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AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARÍA ___________________________________________________________________________________________ PLIEGO TÉCNICO GESTIÓN RECOGIDA SELECTIVA 1 PLIEGO DE CLAUSULAS TÉCNICAS PARTICULARES QUE HABÁN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DE LA GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE RECOGIDA SELECTIVA, SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS INDUSTRIALES Y GESTIÓN DE LA PLANTA DE SEPARACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE ENVASES (CRR). 1. OBJETO DEL CONTRATO El presente pliego tiene por objeto fijar la descripción de las características y condiciones técnicas de la gestión del servicio público de recogida selectiva de residuos; del servicio de recogida de residuos industriales; y de la gestión de la Planta Municipal de Clasificación de envases y residuos de envases. (CRR), todo ello en el municipio de El Puerto de Santa María Este contrato es consecuencia de la obligación municipal, establecida por: - Ley Reguladora de bases de Régimen Local 7/1985 en su artículo 26.1 apartado a) establece que en todos los Municipios por si o asociados deberán prestar el servicio de recogida de residuos. - Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía - Artículo 9. Competencias municipales. Los municipios andaluces tienen las siguientes competencias propias: Apartado 6. Ordenación, gestión, prestación y control de los servicios de recogida y tratamiento de residuos sólidos urbanos o municipales, así como la planificación, programación y disciplina de la reducción de la producción de residuos urbanos o municipales. - Decreto 73/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía. Artículo 9. Competencias de los municipios en materia de residuos. Artículo 24. Derechos de las personas o entidades productoras o poseedoras de residuos municipales. Artículo 25. Obligaciones de las personas o entidades productoras de residuos municipales. Respecto al Punto Limpio, artículos 118 a 127. - Ley 22/2.011 de Residuos y Suelos Contaminados. 2. ALCANCE TERRITORIAL DEL SERVICIO El alcance y extensión de este pliego se refiere a la totalidad de los trabajos necesarios para el buen funcionamiento de los servicios objetos del contrato, así como los de recepción de residuos reciclables establecidos por los Sistemas Integrales de Gestión (SIG) y las derivadas de la gestión de residuos industriales a empresas e instituciones. 3. MODALIDAD DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO 3.1. RECOGIDA MONOMATERIAL DE ENVASES DE PAPEL-CARTÓN

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AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARÍA

___________________________________________________________________________________________ PLIEGO TÉCNICO GESTIÓN RECOGIDA SELECTIVA

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PLIEGO DE CLAUSULAS TÉCNICAS PARTICULARES QUE HABÁN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DE LA GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE RECOGIDA SELECTIVA, SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS INDUSTRIALES Y GESTIÓN DE LA PLANTA DE SEPARACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE ENVASES (CRR). 1. OBJETO DEL CONTRATO El presente pliego tiene por objeto fijar la descripción de las características y condiciones técnicas de la gestión del servicio público de recogida selectiva de residuos; del servicio de recogida de residuos industriales; y de la gestión de la Planta Municipal de Clasificación de envases y residuos de envases. (CRR), todo ello en el municipio de El Puerto de Santa María

Este contrato es consecuencia de la obligación municipal, establecida por:

- Ley Reguladora de bases de Régimen Local 7/1985 en su artículo 26.1 apartado a) establece que en todos los Municipios por si o asociados deberán prestar el servicio de recogida de residuos.

- Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía - Artículo 9. Competencias municipales. Los municipios andaluces tienen las siguientes competencias propias: Apartado 6. Ordenación, gestión, prestación y control de los servicios de recogida y tratamiento de residuos sólidos urbanos o municipales, así como la planificación, programación y disciplina de la reducción de la producción de residuos urbanos o municipales.

- Decreto 73/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía. Artículo 9. Competencias de los municipios en materia de residuos. Artículo 24. Derechos de las personas o entidades productoras o poseedoras de residuos municipales. Artículo 25. Obligaciones de las personas o entidades productoras de residuos municipales. Respecto al Punto Limpio, artículos 118 a 127.

- Ley 22/2.011 de Residuos y Suelos Contaminados.

2. ALCANCE TERRITORIAL DEL SERVICIO El alcance y extensión de este pliego se refiere a la totalidad de los trabajos necesarios para el buen funcionamiento de los servicios objetos del contrato, así como los de recepción de residuos reciclables establecidos por los Sistemas Integrales de Gestión (SIG) y las derivadas de la gestión de residuos industriales a empresas e instituciones. 3. MODALIDAD DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO 3.1. RECOGIDA MONOMATERIAL DE ENVASES DE PAPEL-CARTÓN

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Los envases de papel-cartón se recogerán vía contenedores específicos identificados con el color azul de carga lateral, y se entregarán en un centro de clasificación o de reciclado que sea gestor autorizado para este tipo de material, de forma que se asegure el reciclado y/o recuperación de los residuos de papel-cartón. Las actividades incluidas en el servicio son las siguientes:

- Adquisición e instalación de los contenedores. - Limpieza, mantenimiento y reposición de los contenedores. - Puesta a disposición y mantenimiento de los vehículos adecuados para

realizar el servicio de recogida - Recogida y transporte del material depositado en los contenedores hasta el

centro de clasificación. La empresa informará a la Inspección municipal del nombre y datos de la empresa recuperadora a la que le entregarán este material, así como en caso que la propia Inspección lo requiera a presentar los albaranes de entrega en el que figuren entre otros datos: kilogramos entregados y fecha. La dotación, ubicación y tipo de contenedores y demás parámetros de prestación del servicio serán adecuados al tipo de recogida y material solicitado, definiéndose de forma que se garantice el cumplimiento de las ETMR (especificaciones técnicas de los materiales recuperados) previstas por ECOEMBES, aplicando siempre criterios de aceptación social, eficiencia técnica y viabilidad ambiental y económica. La aportación económica de ECOEMBES en concepto de recogida formará parte de la retribución del concesionario por la prestación de este servicio. 3.1.1. Adquisición e instalación de los contenedores La empresa adjudicataria llevará a cabo la adquisición de los contenedores necesarios para la prestación del servicio, con los requisitos establecidos en el presente pliego. La dotación mínima de contenedores para papel/cartón será de 255 contenedores, de tal manera que se asegure una capacidad instalada de 9,23 litros/habitantes. La población de referencia es de 88.503 habitantes. El adjudicatario se responsabilizará de que exista un número determinado de contenedores de reserva para hacer frente a posibles ampliaciones y ajustes del servicio, manteniendo siempre instalados en la vía pública como mínimo el número de contenedores ofertados. Tomando la referencia de las ubicaciones actuales, será el adjudicatario el que proponga la ubicación exacta de los nuevos contenedores de 3200 lts. de carga lateral a lo largo de todo el término, ajustándose a los criterios generales que defina la Inspección Municipal. La empresa adjudicataria propondrá los ajustes de contenerización necesarios para obtener la optimización de las rutas. Asimismo para la ubicación de los contenedores realizará las adaptaciones necesarias que conlleven obra civil en los distintos acerados de la vía pública, incluido los trabajos de pintura, señalización y colocación de separadores metálicos, todo ello a su cargo. Estas adaptaciones se mantendrán en buen estado de conservación durante todo el contrato.

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Los contenedores incorporarán la imagen corporativa que la Inspección Municipal indique. La empresa adjudicataria estará obligada a efectuar los cambios de ubicación de los contenedores que la Inspección municipal establezca, así como a proponer cambios que favorezcan el llenado de los contenedores. La ubicación de los contenedores se efectuará en lugares de fácil acceso para los ciudadanos y para los vehículos recolectores. Asimismo, siempre que sea factible estos contenedores de colocarán junto con los destinados para residuos urbanos (R.U.) o fracción resto. La empresa adjudicataria procederá a la identificación individualizada de los contenedores instalados mediante un número de referencia o de serie. La propiedad de los contenedores una vez adquiridos será del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María, no obstante será el contratista el que asuma la responsabilidad en el caso de producirse cualquier incidencia asociada a los contenedores durante las operaciones desarrolladas. 3.1.2. Limpieza, mantenimiento y reposición de los contenedores Será por cuenta del contratista las labores de limpieza, mantenimiento y reposición de los contenedores. Para las operaciones de lavado de los contendores de recogida de papel y cartón se fija un número de lavados mínimos anuales de 3. La limpieza será interior y exterior, pudiendo lavarse in situ o bien trasladando los mismos al lavadero de las instalaciones, quedando de nuevo colocados antes del final de la jornada de trabajo. Será obligación del adjudicatario el mantenimiento integral de los contendores con el objeto de que éstos se encuentren siempre en perfecto estado de conservación y uso, de manera que la Inspección Municipal podrá solicitar la sustitución o reparación de aquellos contenedores cuyo estado no considere adecuado. Dentro de las tareas más frecuentes de mantenimiento a realizar están: restitución de pintura, reparación de anclajes, reposición de los elementos identificativos, serigrafía, y reposición de cuerpos y tapas. La empresa adjudicataria se responsabilizará de que exista suficiente dotación de contenedores de reserva para hacer frente a la sustitución de aquellas unidades que se vean deterioradas a causa de un uso normal o por actos de vandalismo urbano. Debiendo prever al menos un 10% anual del total del parque instalado. Para reducir las reparaciones y maximizar la vida útil de los contenedores el adjudicatario deberá instar a sus conductores y operarios para que efectúen un trato correcto a las unidades de contenerización que manejen a diario. 3.1.3. Puesta a disposición y mantenimiento de los vehículos adecuados para realizar el servicio de recogida

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El adjudicatario pondrá a disposición del servicio de recogida los vehículos de recogida necesarios para la prestación del mismo en las condiciones definidas en el presente pliego. Los vehículos irán equipados con sistema de compactación para carga lateral. La compactación del material estará limitada por los condicionantes de la posterior clasificación de los mismos en las Plantas de selección. Será obligación del adjudicatario el mantenimiento integral de los vehículos con el objeto de que éstos se encuentren siempre en perfecto estado de conservación y uso. Asimismo estará obligado a disponer de todos los requisitos legales necesarios para la utilización de los vehículos asignados al servicio (seguros, inspecciones técnicas, homologaciones,…). El adjudicatario, deberá disponer en el servicio de un vehículo auxiliar satélite con equipo instalado para el transporte de contenedores de carga lateral, de tal manera que un operario (peón) pueda dirigir las operaciones de carga y descarga de los contenedores para ubicarlos en la vía pública. Asimismo, todo el año de lunes a viernes y en temporada de Verano de lunes a domingo, incluidos festivos, dispondrá de otro vehículo auxiliar tipo volquete de al menos 4 m3 también para ser dirigido por un peón para los desbordes y reboses alrededor de los contenedores de selectiva. 3.1.4. Recogida y transporte del material depositado en los contenedores hasta el centro de clasificación. El operador del servicio realizará las rutas de recogida de la manera más óptima y eficiente, en función de las necesidades del servicio, adaptándose a todo tipo de incidencias, imprevistos o variaciones que afecten a la naturaleza o lugar de la prestación del servicio. El ajuste de las rutas y de la frecuencia semanal de recogida se establecerá en función de la dotación de contenedores y de la aportación esperada por contenedor. El operador del servicio estará obligado a la retirada y vaciado de los contenedores instalados en vía pública de lunes a domingo, incluido festivos, cuando estos se encuentren al menos a 2/3 de su capacidad. Excepcionalmente, y en particular en fechas señaladas como Verano y Navidad, incluido domingos y festivos, a criterio de la Inspección la periodicidad de recogida podrá ser aumentada en aquellos contenedores que por su ubicación así lo requieran, en razón al incremento de su ritmo de llenado habitual; en estos casos se analizará la conveniencia de aumentar el número de contenedores en puntos concretos. La recogida se llevará a cabo preferiblemente durante el día y en los horarios que mejor se adapten a las condiciones urbanísticas y viarias de las zonas a recoger. El adjudicatario informará en todo momento a la Inspección del servicio de cuantas incidencias se produzcan y propondrá los cambios de frecuencia de recogida en caso necesario.

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3.2. RECOGIDA MULTIMATERIAL DE ENVASES LIGEROS Los Envases Ligeros, se recogerán conjuntamente en contenedores identificados con el color amarillo de carga lateral, serán entregados en la Planta de Selección municipal. En caso de avería de la Planta o cualquier otra circunstancia que alterara el correcto procesamiento de este material en la misma, la Inspección Municipal de manera puntual podrá designar otro lugar donde clasificar los envases, en ningún caso los gastos que se originaran de carga y transporte se repercutirán al Ayuntamiento de El Puerto de Santa María. La dotación, ubicación y tipo de contenedores y demás parámetros de prestación del servicio serán adecuados al tipo de recogida y material solicitado, definiéndose de forma que se garantice el cumplimiento de las ETMR (especificaciones técnicas de los materiales recuperados) previstas por ECOEMBES, aplicando siempre criterios de aceptación social, eficiencia técnica y viabilidad ambiental y económica. Los envases se recogerán vía contenedores específicos identificados con el color amarillo de carga lateral, y se entregarán en la Planta de clasificación de El Puerto de Santa María (CRR). Las actividades incluidas en este servicio son las siguientes:

- Adquisición e instalación de los contenedores. - Limpieza, mantenimiento y reposición de los contenedores. - Puesta a disposición y mantenimiento de los vehículos adecuados para

realizar el servicio de recogida - Recogida y transporte del material depositado en los contenedores hasta el

centro de clasificación. La dotación, ubicación y tipo de contenedores y demás parámetros de prestación del servicio serán adecuados al tipo de recogida y material solicitado, definiéndose de forma que se garantice el cumplimiento de las ETMR (especificaciones técnicas material de los materiales recuperados) previstas por ECOEMBES, aplicando siempre criterios de aceptación social, eficiencia técnica y viabilidad ambiental y económica. La aportación económica de ECOEMBES en concepto de recogida formará parte de la retribución del concesionario por la prestación de este servicio. 3.2.1. Adquisición e instalación de los contenedores La empresa adjudicataria llevará a cabo la adquisición de los contendores necesarios para la prestación del servicio, con los requisitos establecidos en el presente pliego. La dotación mínima de contenedores para envases será de 229 contenedores de tal manera que se asegure una capacidad instalada de 8.28 litros/habitantes. La población de referencia es de 88.503 habitantes. El adjudicatario se responsabilizará de que exista un número determinado de contenedores de reserva para hacer frente a posibles ampliaciones y ajustes del

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servicio, manteniendo siempre instalados en la vía pública como mínimo el número de contenedores ofertados. Tomando la referencia de las ubicaciones actuales, será el adjudicatario el que proponga la ubicación exacta de los nuevos contenedores de carga lateral de 3200 lts. a lo largo de todo el término, ajustándose a los criterios generales que defina la Inspección Municipal. La empresa adjudicataria propondrá los ajustes de contenerización necesarios para obtener la optimización de las rutas. Asimismo para la ubicación de los contenedores realizará las adaptaciones necesarias que conlleven obra civil en los distintos acerados de la vía pública, incluido los trabajos de pintura, señalización y colocación de separadores metálicos, todo ello a su cargo. Estas adaptaciones se mantendrán en buen estado de conservación durante todo el contrato. Los contenedores incorporarán la imagen corporativa que la Inspección Municipal indique. La empresa adjudicataria estará obligada a efectuar los cambios de ubicación de los contenedores que la Inspección municipal establezca, así como a proponer cambios que favorezcan el llenado de los contenedores. La ubicación de los contenedores se efectuará en lugares de fácil acceso para los ciudadanos y para los vehículos recolectores. Asimismo, siempre que se factible estos contenedores de colocarán junto con los destinados para R.U. o fracción resto. La empresa adjudicataria procederá a la identificación individualizada de los contenedores amarillos instalados mediante un número de referencia o de serie. La propiedad de los contenedores una vez adquiridos será del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María, no obstante será el contratista el que asuma la responsabilidad en el caso de producirse cualquier incidencia asociada a los contenedores durante las operaciones desarrolladas. 3.2.2. Limpieza, mantenimiento y reposición de los contenedores Será por cuenta del contratista las labores de limpieza, mantenimiento y reposición de los contenedores. Para las operaciones de lavado de los contendores de envases se fija un número de lavados mínimos anuales de 8; los meses de junio, julio, agosto y septiembre, se hará mesualmente. La limpieza será interior y exterior, pudiendo lavarse in situ o bien trasladando los mismos al lavadero de las instalaciones. Será obligación del adjudicatario el mantenimiento integral de los contenedores con el objeto de que éstos se encuentren siempre en perfecto estado de conservación y uso, de manera que la Inspección Municipal podrá solicitar la sustitución o reparación de aquellos contenedores cuyo estado no considere adecuado. Dentro de las tareas más frecuentes de mantenimiento a realizar están: restitución de pintura, reparación de anclajes, reposición de los elementos identificativos, serigrafía, y reposición de cuerpos y tapas.

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La empresa adjudicataria se responsabilizará de que exista suficiente dotación de contenedores de reserva para hacer frente a la sustitución de aquellas unidades que se vean deterioradas a causa de un uso normal o por actos de vandalismo urbano. Debiendo prever al menos un 10% anual del total del parque instalado. Para reducir las reparaciones y maximizar la vida útil de los contenedores el adjudicatario deberá instar a sus conductores y operarios para que efectúen un trato correcto a las unidades de contenerización que manejen a diario. 3.2.3. Puesta a disposición y mantenimiento de los vehículos adecuados para realizar el servicio de recogida El adjudicatario pondrá a disposición del servicio de recogida los vehículos de recogida necesarios para la prestación del mismo en las condiciones definidas en el presente pliego. Los vehículos irán equipados con sistema de compactación para carga lateral. La compactación del material estará limitada por los condicionantes de la posterior clasificación de los mismos en las Plantas de selección. Será obligación del adjudicatario el mantenimiento integral de los vehículos con el objeto de que éstos se encuentren siempre en perfecto estado de conservación y uso. Asimismo estará obligado a disponer de todos los requisitos legales necesarios para la utilización de los requisitos legales necesarios para la utilización de los vehículos asignados al servicio. Al igual que para los contenedores de papel y cartón el adjudicatario contará con los vehículos auxiliares anteriormente descritos en el mismo régimen de trabajo mencionado. 3.2.4. Recogida y transporte del material depositado en los contenedores hasta el CRR. El operador del servicio realizará las rutas de recogida de la manera más óptima y eficiente, teniendo en función de las necesidades del servicio, adaptándose a todo tipo de incidencias, imprevistos o variaciones que afecten a la naturaleza o lugar de la prestación del servicio. El ajuste de las rutas y de la frecuencia semanal de recogida se establecerá en función de la dotación de contenedores y de la aportación esperada por contenedor. El operador del servicio estará obligado a la retirada y vaciado de los contenedores instalados en vía pública de lunes a domingo, incluido festivos, cuando estos se encuentren al menos a 2/3 de su capacidad. Excepcionalmente, y en particular en fechas señaladas, la periodicidad de recogida podrá ser aumentada en aquellos contenedores que por su ubicación así lo requieran, en razón al incremento de su ritmo de llenado habitual; en estos casos se analizará la conveniencia de aumentar el número de contenedores en puntos concretos. La recogida se llevará a cabo preferiblemente durante el día y en los horarios que mejor se adapten a las condiciones urbanísticas y viarias de las zonas a recoger.

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El adjudicatario informará en todo momento a la Inspección del servicio de cuantas incidencias se produzcan y propondrá los cambios de frecuencia de recogida en caso necesario. 3.3. RECOGIDA MONOMATERIAL DE VIDRIO Los envases de vidrio se recogerán vía contenedores específicos identificados con el color verde, el modelo instalado será de tipo iglú, carga superior, y se entregarán en el área de descarga específico para este material que se encuentra dentro de la Planta de selección municipal del CRR. La dotación, ubicación y tipo de contenedores y demás parámetros de prestación del servicio serán adecuados al tipo de recogida y material solicitado, definiéndose de forma que se garantice el cumplimiento de las ETMR previstas por ECOVIDRIO, aplicando siempre criterios de aceptación social, eficiencia técnica y viabilidad ambiental y económica. En Anexo 2 se adjunta actual convenio de colaboración establecido entre el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María y el SIG ECOVIDRIO. Las actividades incluidas en el servicio son las siguientes:

- Adquisición e instalación de los contenedores. - Limpieza, mantenimiento y reposición de los contenedores. - Puesta a disposición y mantenimiento de los vehículos adecuados para

realizar el servicio de recogida - Recogida y transporte del material depositado en los contenedores hasta el

centro de clasificación. La empresa informará a la Inspección municipal del nombre y datos de la empresa recuperadora a la que le entregarán este material, así como en caso que la propia Inspección lo requiera a presentar los albaranes de entrega en el que figuren entre otros datos: kilogramos entregados y fecha. La aportación económica de ECOVIDRIO en concepto de recogida formará parte de la retribución del concesionario por la prestación de este servicio. 3.3.1. Instalación de los contenedores La empresa adjudicataria llevará a cabo la recolocación de los contenedores necesarios para la prestación del servicio, con los requisitos establecidos en el presente pliego. En la actualidad cuenta el servicio con 250 contenedores específicos para este material de 3000 lts, que les serán entregados al inicio del contrato. De estos contenedores, 25 están destinados a grandes productores, cafeterías, bares y restaurantes, contando con el correspondiente elevador (VACRI). La dotación mínima de contenedores para vidrio que deberá instalar será de 240 uds., incluidas las 25 unidades VACRI, de tal manera que asegure una capacidad instalada de 8,16 litros/habitantes. La población de referencia es de 88.503 habitantes.

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El adjudicatario se responsabilizará de que exista un número determinado de contenedores de reserva para hacer frente a posibles ampliaciones y ajustes del servicio, manteniendo siempre instalados en la vía pública como mínimo el número de contenedores ofertados. La empresa adjudicataria propondrá los ajustes de contenerización necesarios para obtener la optimización de las rutas. Asimismo para la ubicación de los contenedores realizará las adaptaciones necesarias que conlleven obra civil en los distintos acerados de la vía pública, incluido los trabajos de pintura, señalización y colocación de separadores metálicos, todo ello a su cargo. Estas adaptaciones se mantendrán en buen estado de conservación durante todo el contrato. Los contenedores incorporarán la imagen corporativa que la Inspección Municipal indique. La empresa adjudicataria estará obligada a efectuar los cambios de ubicación de los contenedores que la Inspección municipal establezca, así como a proponer cambios que favorezcan el llenado de los contenedores. La ubicación de los contenedores se efectuará en lugares de fácil acceso para los ciudadanos y para los vehículos recolectores. Asimismo, siempre que se factible estos contenedores de colocarán junto con los destinados para R.U. o fracción resto. La empresa adjudicataria procederá a la identificación individualizada de los contenedores instalados mediante un número de referencia o de serie. La responsabilidad en el caso de producirse cualquier incidencia asociada a los contenedores durante las operaciones desarrolladas, serán asumidas por el contratista. 3.3.2. Limpieza, mantenimiento y reposición de los contenedores Será por cuenta del contratista las labores de limpieza, mantenimiento y reposición de los contenedores. Para las operaciones de lavado de los contendores de recogida de papel y cartón se fija un número de lavados mínimos anuales de 6. La limpieza será interior y exterior, pudiendo lavarse in situ o bien trasladando los mismos al lavadero de las instalaciones. Será obligación del adjudicatario el mantenimiento integral de los contendores con el objeto de que éstos se encuentren siempre en perfecto estado de conservación y uso, de manera que la Inspección Municipal podrá solicitar la sustitución o reparación de aquellos contenedores cuyo estado no considere adecuado. Dentro de las tareas más frecuentes de mantenimiento a realizar están: restitución de pintura, reparación de anclajes, reposición de los elementos identificativos, serigrafía, y reposición de cuerpos y tapas. La empresa adjudicataria se responsabilizará de que exista suficiente dotación de contenedores de reserva para hacer frente a la sustitución de aquellas unidades

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que se vean deterioradas a causa de un uso normal o por actos de vandalismo urbano. Debiendo prever al menos un 10% anual del total del parque instalado. Para reducir las reparaciones y maximizar la vida útil de los contenedores el adjudicatario deberá instar a sus conductores y operarios para que efectúen un trato correcto a las unidades de contenerización que manejen a diario. 3.3.3. Puesta a disposición y mantenimiento de los vehículos adecuados para realizar el servicio de recogida El adjudicatario pondrá a disposición del servicio de recogida un vehículo de recogida de nueva adquisición para la prestación del mismo en las condiciones definidas en el presente pliego. Los vehículos que el adjudicatario, destine a este servicio, estarán adaptados en todo momento para esta actividad, teniendo en cuenta el tipo de contenedor a usar. Será obligación del adjudicatario el mantenimiento integral de los vehículos con el objeto de que éstos se encuentren siempre en perfecto estado de conservación y uso. Asimismo estará obligado a disponer de todos los requisitos legales necesarios para la utilización de los vehículos asignados al servicio. 3.3.4. Recogida y transporte del material depositado en los contenedores hasta el centro de clasificación. El operador del servicio realizará las rutas de recogida de la manera más óptima y eficiente, teniendo en función de las necesidades del servicio, adaptándose a todo tipo de incidencias, imprevistos o variaciones que afecten a la naturaleza o lugar de la prestación del servicio. El ajuste de las rutas y de la frecuencia semanal de recogida se establecerá en función de la dotación de contenedores y de la aportación esperada por contenedor. El operador del servicio estará obligado a la retirada y vaciado de los contenedores instalados en vía pública de lunes a domingo, incluidos festivos, y cuando estos se encuentren al menos a 2/3 de su capacidad. Excepcionalmente, y en particular en fechas señaladas, la periodicidad de recogida podrá ser aumentada en aquellos contenedores que por su ubicación así lo requieran, en razón al incremento de su ritmo de llenado habitual; en estos casos se analizará la conveniencia de aumentar el número de contenedores en puntos concretos. La recogida se llevará a cabo preferiblemente durante el día y en los horarios que mejor se adapten a las condiciones urbanísticas y viarias de las zonas a recoger. El adjudicatario informará en todo momento a la Inspección del servicio de cuantas incidencias se produzcan y propondrá los cambios de frecuencia de recogida en caso necesario. En la Feria de Primavera de manera coordinada con ECOVIDRIO se establecerá de un servicio de recogida de vidrio en el recinto ferial, dicho servicio se realizará

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mediante el sistema “puerta a puerta”, es decir entregando y recogiendo contenedores específicos de pequeñas dimensiones a los responsables de las casetas. 3.4. SERVICIO ACCESORIOS Durante la prestación de los servicios se pondrán en marcha los siguientes servicios y/o actuaciones: 3.4.1. Gestión del Punto Limpio Industrial El adjudicatario del servicio gestionará un Punto Limpio existente en las instalaciones del CRR, aquí podrán depositar sus residuos industriales todo tipo de empresas, así como los gestores de residuos urbanos inscritos en el registro municipal y/o autonómico. Las tarifas a pagar por los usuarios serán:

- Residuos no valorizables; Voluminosos…45,69 €/Tn; (I.V.A. no incluido) - Residuos no valorizables; Restos Vegetales…45,69 €/Tn (I.V.A. no incluido) - Residuos valorizables…Gratuitos

Estas tarifas deberán ser aprobadas anualmente por la Junta de Gobierno Local. El concesionario propondrá en el mes de enero al Ayuntamiento el incremento conforme al I.P.C. interanual de los últimos doce meses de las tarifas. Las tarifas a abonar por los usuarios formarán parte de la retribución del concesionario por la prestación de este servicio. Serán por cuenta del adjudicatario toda la gestión de todos los residuos depositados, incluidos los residuos peligrosos; para lo cual igualmente gestionarán un depósito temporal de estos residuos existente en el interior del CRR. Este depósito estará adaptado a la normativa legal vigente para este tipo de instalación. El horario de apertura será de 8,00 a las 15,00 horas y habrá excepciones de pago de las tarifas al propio Ayuntamiento y entidades públicas. En todo caso los usuarios de este Punto Limpio respetarán las normas de uso existentes que se adjuntan en el Anexo 5 y que aplicará el gestor del servicio, dichas normas podrán sufrir variaciones si así lo solicita el adjudicatario y lo aprueba la Tenencia de Alcaldía del Área de Medioambiente. Asociado a este Punto Limpio el adjudicatario se encargará de las relaciones y coordinación con los SIG RECILEC y ECOPLILAS (Anexo 2) dentro del ámbito previsto en los actuales convenios de colaboración suscritos entre estos con el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María, para ellos en las inmediaciones del Punto Limpio se colocarán diversas cubas y “jaulas” para el depósito de los materiales relacionados con la actividad de estos SIG, estos son: aparatos

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eléctricos y electrónicos, lámparas y pilas. Finalmente, el adjudicatario realizará la gestión de los residuos electrónicos y eléctricos, y de los residuos valorizables del Punto Limpio doméstico del CEMULIMP, así como los residuos de esta naturaleza que recojan la contrata de recogida de muebles y enseres. Formarán también parte de la retribución del adjudicatario los rendimientos derivados de todas estas actividades. 3.4.2. Recogida puerta a puerta de cartón comercial El objetivo de este servicio es optimizar la recogida selectiva de residuos de cartón procedentes de los sectores comercial y de servicios a fin de minimizar el volumen de vertido en los contenedores instalados para papel-cartón en la vía pública. Asimismo con este servicio de retirará cartón comercial en aquellas zonas urbanas que por sus características de accesibilidad impiden la ubicación de contenedores específicos para cartón. La empresa adjudicataria del servicio se hará cargo de la recogida puerta a puerta de la fracción cartón susceptible de reciclaje, para ello deberá proveerse de vehículos aptos para la cobertura de este servicio, así como de los medios oportunos para maximizar el rendimiento del mismo. El adjudicatario propondrá a la Inspección Municipal las rutas más adecuadas para la máxima cobertura del servicio, las cuales contemplarán como mínimo, las siguientes calles por tener suficiente número de comercios: Avda. del Ejército, Camino de los Enamorados, calle Larga, calle Manuel Fernández Sevilla, calle Ganado, calle Vicario, la Placilla, El Juncal, Avda. de la Libertad, C.C. Vistahermosa, calle Luna, calle Nevería, y Valdelagrana (Avda. de la Paz y aparcamientos cercanos al Paseo Marítimo). Preferentemente estas tareas se realizarán en horario de tarde-noche de lunes a viernes, coincidiendo con el cierre de los establecimientos. Asimismo este servicio servirá para limitar el rebose existente alrededor de los contenedores de selectiva instalados en la Ciudad, pudiendo la Inspección requerirles recogidas puntuales de contenedores en cualquier punto distinto a la ruta que se establezca de comercios. En esta actividad igualmente el adjudicatario deberá cumplir con las ETMR propuestas por ECOEMBES en su Convenio con el Ayuntamiento. El cartón recogido lo entregarán en el reciclador designado por ECOEMBES o bien el que establezca el Ayuntamiento. La aportación económica de ECOEMBES en concepto de recogida formará parte de la retribución del concesionario por la prestación de este servicio. 3.4.3. Recogida de otros residuos reciclables y reutilizables La empresa adjudicataria dentro de los servicios de recogida establecidos en este pliego deberá por último realizar la recogida selectiva de otros residuos potencialmente reciclables y reutilizables como son los aceites vegetales y los residuos textiles (ropa usada). En ambos caso la prestación del servicio podrá estar subcontratada.

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Los contenedores se instalarán igualmente en vía pública, para su posterior recogida y transporte, de modo que se garantice la seguridad y limpieza de los elementos colindantes. Las labores de vaciado y mantenimiento de los contenedores deberá realizarse por personal identificado durante dichas labores, además de contar durante la prestación del servicio de las debidas condiciones técnicas, higiénico-sanitarias y de seguridad. En el caso de los aceites vegetales, el contenedor a colocar será de acero galvanizado y constará en su interior de una cuba auto transportable y estanca de aproximadamente 900 litros de capacidad, que permitirá albergar aceite usado embotellado, evitando cualquier riesgo de fugas y garantizando el poder soportar la carga se su volumen una vez llena. La cuba se podrá retirar fácilmente por la puerta existente en el contenedor para ser reemplazada por otra vacía o ser vaciada gracias a su sistema de acceso al interior. Tanto el contenedor como la cuba, serán fácilmente manejables con la ayuda de una grúa pluma. La capacidad máxima que se permitirá instalar será de 0,6 lts/hab, 60 contenedores. En el caso de los residuos textiles, se instalarán en vía pública en las mismas condicionantes que los destinados a aceites vegetales. El contenedor a colocar será de chapa galvanizada, con medidas máximas de 1,15x1,85 mts. Antivandálico, con doble cerradura, reforzada y cubierta; igualmente contará el contenedor con torno o tope en la parte interior de la boca evitando la introducción de la mano u objeto para sacar la ropa. El número máximo de contenedores para los residuos textiles con las especificaciones técnicas citadas será de 50 unidades. Para ambos casos los contenedores incorporarán la imagen corporativa que la Inspección Municipal indique; además, con el fin de mejorar la efectividad de esta recogida, deberán ir incorporando aquellas medidas en cuanto a diseño, funcionalidad y seguridad que la Inspección vaya observando. La aportación económica que el licitador pueda obtener por la venta y reciclaje de estos subproductos formará parte de la retribución del concesionario por la prestación de este servicio. A los tres años de gestión de estos otros residuos reciclables y reutilizables, aceites vegetales y ropa usada, el adjudicatario del servicio presentará una memoria de gestión y económica de esta actividad; analizada la misma por los servicios municipales, el Ayuntamiento podrá tomar la decisión de recuperar dicha gestión o bien continuarla el adjudicatario en las mismas condiciones de partida, y por el plazo restante del contrato y su posible prórroga. 3.5. GESTIÓN DE LA PLANTA MUNICIPAL DE CLASIFICACIÓN DE ENVASES La Planta de separación de envases ligeros (CRR), es propiedad de El Ayuntamiento de El Puerto de Santa María. La nave en donde se encuentra la Planta se sitúa en el

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Polígono de Las Salinas, calle Aguas s/n, y tiene una extensión aproximada de 2.100 m2 dentro de una parcela urbanizada de 11.000 m2. En el Anexo 1 que acompaña al presente pliego se adjunta la descripción de la Planta de clasificación de envases que tendrá que gestionarse. Independientemente de la descripción no exhaustiva del proceso aquí explicado, los licitadores podrán consultar el proyecto constructivo de la Planta, el proyecto de la automatización de la instalación, así como visitar la misma previa concertación con la inspección municipal para comprobar el estado de la maquinaria y de la instalación. El adjudicatario dentro de las obligaciones del contrato deberá proceder a la explotación del CRR, de forma que permita a la misma trabajar con la máxima efectividad y rendimiento posible y con la mayor flexibilidad posible, logrando con ello que dichas instalaciones puedan adaptar su régimen de funcionamiento en función de la evolución de la calidad de los materiales recepcionados y de la evolución de las especificaciones técnicas de materiales recuperados (ETMRs) previstas en el Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María y Ecoembes. Siguiendo con la obligación expresada en el apartado anterior, el adjudicatario deberá revisar y modificar, en caso necesario, todos los equipos que existen actualmente en funcionamiento en la Planta. Asimismo, deberá reparar y, en su caso, reemplazar todos los equipos averiados durante la gestión de la Planta con objeto de lograr en todo momento un funcionamiento óptimo de las instalaciones. Para ello el adjudicatario deberá prever en su presupuesto anual los costes de amortización derivados de la renovación de los equipos e instalaciones que hayan agotado su vida útil y tengan que ser reemplazados a lo largo del contrato. Por ello, las renovaciones que se realicen no generarán derecho alguno a revisión del canon del servicio. En este sentido, los licitadores deberán presentar en sus estudios detalle de toda la maquinaria indicando la vida útil estimada de cada uno de los equipos existentes actualmente en la Planta (en función de su estado y uso en el momento de realizar la oferta) y que se tenga previsto incluir en la gestión de la Planta y los equipos de nueva adquisición. Asimismo deberán indicar la vida útil de la maquinaria al final del contrato. La Planta deberá adaptarse a las variaciones que a lo largo del tiempo se produzcan en la cantidad y calidad de los materiales recepcionados en la misma. Los licitadores, sin repercusión económica para el Ayuntamiento, pueden proponer, mejoras, variaciones o modificaciones de los equipos al servicio de la Planta que redunden en la mejora del rendimiento de las operaciones de clasificación, con el fin de lograr la efectividad establecida en el punto 3.5.6. del presente Pliego. Prioritariamente, las mejoras se propondrán en la zona de alimentación al triaje con el objeto de facilitar la separación de materiales voluminosos al inicio del proceso, en la línea de selección automática para optimizar la efectividad y pureza de las recuperaciones y en el área de embalado de los productos clasificados. De igual manera, pueden proponer la ampliación de la playa de descarga de la zona de triaje, incorporando, si se considera conveniente, nuevos equipos destinados a

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optimizar la operativa del área de recepción. Para la ampliación podrán habilitar el actual patio de maniobras anexo a la nave de triaje o bien proponer la utilización de otra zona que reúna las condiciones funcionales y técnicas necesarias para esta actividad. Todas estas propuestas que deben ser convenientemente justificadas y proyectadas deben estar ejecutadas en un plazo máximo de 12 meses desde el inicio del servicio. En el plazo de un mes desde la firma del contrato el adjudicatario presentará un proyecto de ejecución visado por colegio profesional donde se recogerán todas las soluciones propuestas para la mejora de la efectividad de la Planta. 3.5.1. Cantidad y procedencia de los materiales entregados en la Planta El adjudicatario realizará la selección y clasificación de todos los envases y residuos de envases que sean entregados en dicha Planta. La capacidad máxima de procesamiento de la Planta es de 13.000 toneladas anuales; pudiendo el gestor alcanzar esta cantidad sin variación del canon anual establecido. De forma genérica, la gestión de la presente Planta destinada a la separación y clasificación de envases y residuos de envases, comprenderá todas las operaciones necesarias a realizar desde la recepción y control de entrada de los mismos en la Planta, hasta que el material clasificado y acondicionado es cargado para su transporte a las Plantas de recuperación/reciclado, incluyendo en transporte del rechazo para su eliminación o valorización, y en particular comprenderá las tareas señaladas a continuación:

- La recepción y control de todas las entradas de envases en la Planta.

- Las operaciones de separación y de clasificación manual y automática, así como el acondicionado de los envases entregados en la Planta hasta alcanzar los niveles exigidos en cuanto a cantidades de materiales a recuperar y cumplimiento de las especificaciones técnicas de los materiales recuperados (ETMR) establecidas en cada momento por Ecoembes.

- El almacenaje de regulación hasta la expedición de los materiales

recuperados.

- La carga de los materiales recuperados para su transporte a las Plantas de recuperación/reciclado designadas en cada momento por Ecoembes.

- El transporte y la eliminación y/o valorización del rechazo de la Planta.

- El control de todas las salidas de los materiales de la Planta.

La organización y ejecución de los trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo de la nave, equipos, maquinaria, mobiliario y demás equipamientos que integran la Planta, así como la limpieza y conservación de la totalidad de las instalaciones a fin de que se encuentren siempre en óptimas condiciones de funcionamiento, seguridad y salubridad. Se consideran objeto de limpieza el conjunto de instalaciones de la Planta, (con especial interés los pavimentos y espacios en los que se han depositado residuos), el recinto y su perímetro, así

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como las superficies y vías de acceso exteriores que se vean afectadas por su actividad.

El adjudicatario asumirá todos y cada uno de los gastos que se deriven de la gestión de la Planta, inclusive los de mantenimiento y conservación de las instalaciones, consumos de agua, energía eléctrica, telefonía, seguridad, seguros, etc. Los materiales recuperados cumplirán un nivel de calidad determinado por las ETMR donde se especifican, tanto la composición como la expedición del producto clasificado. Estas especificaciones técnicas de materiales recuperados, están incluidas dentro del Convenio del Ayuntamiento que se firmará con Ecoembes, y que se adjuntan al presente pliego en el Anexo 2 serán de obligado cumplimiento. Si tras un control de calidad se constata que el material no cumple las ETMR el contratista deberá adoptar de forma inmediata las medidas necesarias para que el material se adapte a las ETMR. Las declaraciones de disconformidad planteadas por los recuperadores o recicladores por incumplimiento de las ETMR en los materiales recuperados en la Planta, serán resueltas por el adjudicatario de acuerdo con el procedimiento establecido en el convenio suscrito entre este Ayuntamiento y Ecoembes. Si finalmente, se concluyese que el material rechazado no satisface las ETMR, la totalidad de los gastos ocasionados por el conflicto serán a cargo del contratista, inclusive los de reprocesado, almacenaje provisional, caracterización, transporte, eliminación y cualquier otro gasto relacionado, Los licitadores pueden consultar la página web de Ecoembes, www.ecoembes.com, donde figuran las entradas y salida de Planta de clasificación de los últimos años de explotación, así como los rendimientos obtenidos. Los licitadores deberán detallar en sus ofertas sus previsiones de entrada de materiales en la Planta durante el período de vigencia del contrato, que servirá como punto de partida para diseñar sus respectivos proyectos de organización, medios y personal. El mayor o menor grado de coincidencia entre las previsiones de entrada realizada por los licitadores con las entradas reales que finalmente se produzcan en la Planta durante la vigencia del contrato, será de entera responsabilidad del adjudicatario así como las consecuencias de orden organizativo, de medios y personal que de ello se deriven. Por tanto, todos los valores que figuran en los informes de la página de Ecoembes son meramente orientativos, sin que, en ningún caso, puedan ser tomados como contractuales en el momento de la adjudicación. Dentro de la capacidad máxima establecida para la Planta en el pliego de condiciones técnicas, el SIG Ecoembes, a través de la correspondiente firma del Convenio de Colaboración con cualquier entidad local interesada, podrá designar a dicha Planta de clasificación el destino para el procesamiento de los envases provenientes de otros municipios, sin que ello suponga coste alguno para el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María y sin variar el canon inicial establecido. Los materiales recuperados no serán en ningún caso propiedad del adjudicatario. El Ayuntamiento autoriza al adjudicatario a entregar los envases y residuos de envases, así como el resto de materiales recogidos y seleccionados, a

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recuperadores/recicladores designados por los distintos SIG, o bien, a los que el Ayuntamiento establezca. Todas las aportaciones económicas que hagan los diferentes SIG en base a los Convenios suscritos con el Ayuntamiento, así como las diferentes ventas de subproducto a recicladores irán a la cuenta del adjudicatario que además de la aportación del Ayuntamiento en concepto de canon, percibirán estos ingresos para financiar los diferentes servicios solicitados. Será el adjudicatario quien realice las operaciones de facturación y cobro. El adjudicatario no podrá utilizar la Planta para otro fin que no sea el del objeto del presente contrato ni prestar el servicio contratado a otros usuarios que no estén autorizados por el Ayuntamiento de El Puerto. Con carácter general no se permitirá la transferencia de material de envases y residuos de envases a otras Plantas de selección de envases. La transferencia de material de envases entre Plantas y/o instalaciones deberá ser aceptada expresamente por la Inspección Municipal y Ecoembes. En caso de avería grave, se habrá de informar a la Inspección Municipal sobre el alcance de esta, así como el tiempo necesario para resolverla. Dicha circunstancia será valorada por la propia Inspección a los efectos de autorizar la transferencia de material a otra Planta de clasificación. En el supuesto de imposibilidad parcial o total de procesar el material por causas imputables directamente al adjudicatario, el Ayuntamiento de El Puerto negociará el trasvase de material excedente a otra Planta y/o zona. Ene estos supuestos, todos los gastos derivados del traspaso irán a cargo del adjudicatario. 3.5.2. Condiciones para la recepción de los materiales en la Planta Antes de proceder a la descarga del residuo en la Planta, los vehículos serán pesados en la báscula, realizándose la labor de toma de datos necesaria. Una vez descargado el residuo en la zona asignada por el personal de báscula, el vehículo se pesará en vacío, generándose el albarán pertinente, incluyendo al menos los siguientes datos: matrícula del vehículo, tipo de vehículo, volumen de entrada en función del tipo de vehículo y/o del contenedor que lo porte, naturaleza y tipología del residuo, origen del residuo, fecha de descarga, hora de descarga, peso neto, firma del transportistas. Para facilitar las labores de control de la Inspección Municipal el adjudicatario utilizará un sistema informático que permita el almacenamiento en soporte digital de, al menos, los datos contenidos en el albarán de entrada. Se archivará, al menos, una copia del albarán firmado en los sistemas de archivo de la Planta, siendo dichos albaranes propiedad del Ayuntamiento, bajo custodia de la empresa explotadora. La operativa para los materiales de salida, ya sean estos de productos terminados o rechazos derivados del proceso industrial, será la misma que la descrita para los residuos de entrada.

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El adjudicatario asimismo, deberá llevar un control permanente de la calidad de los materiales que llegan a la Planta. El adjudicatario podrá realizar por su cuenta y riesgo cuantos análisis, pruebas y caracterizaciones considere convenientes. El adjudicatario estará obligado a disponer en la Planta de todos los materiales, aparatos, maquinara, y recambios para su funcionamiento normal y para las reparaciones rutinarias. Diariamente se acometerán las tareas básicas de mantenimiento y lubricación en la maquinaria y equipos que así lo requieran. El programa de mantenimiento preventivo se realizará de acuerdo con los criterios planteados por el fabricante de cada equipo y de la práctica corriente en la Ingeniería, pudiendo ser más estrictos en función de la experiencia de adjudicatario y la importancia que el equipo pueda tener para el proceso. El adjudicatario será el único responsable del correcto mantenimiento de la instalación mecánica y es en consecuencia, responsable del aseguramiento de la producción en la instalación. Por ello será su obligación la organización y ejecución de los trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo de la nave, equipos, maquinaria, mobiliario y demás equipamientos que integran la Planta de selección. El explotador garantizará, en los diversos ámbitos, el funcionamiento adecuado de los sistemas de ventilación, desodorización, ausencia de polvo y demás servicios auxiliares. Será a cargo del contratista la desratización, desinfección y desinsectación de la Planta, que efectuará de forma sistemática y conforme e un plan anual que será parte integrante del plan de mantenimiento y conservación. Una vez adjudicado el contrato, el adjudicatario no podrá exigir a la Administración la modificación, reforma o ampliación de las instalaciones que hayan sido puestos a su disposición. 3.5.3. Calendario y horario de recepción de materiales en Planta El adjudicatario vendrá obligado a recepcionar los envases y residuos de envases en los días y horarios en los que éstos sean entregados por los diferentes usuarios de la Planta, adecuando la organización de los trabajos de recepción y procesamiento de materiales al calendario y horario de descargas. Para lo cual deberá concertar previamente con cada una de las entidades usuarias de la Planta el calendario y horario habitual de descarga, para evitar o limitar posibles trastornos en el normal funcionamiento de la Planta. El adjudicatario también deberá prever situaciones tales como las posibles averías o retrasos en los vehículos que efectúan la recogida selectiva de envases, las modificaciones en el calendario ordinario de recogida como consecuencia de la celebración de días festivos y el consiguiente adelanto o retraso en su descarga, las recogidas selectivas programadas por alguna de las entidades usuarias de la Planta en días festivos intersemanales, los períodos punta de producción y otras situaciones imprevistas. 3.5.4. Materiales objeto de separación y clasificación

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Será obligación del adjudicatario la separación y clasificación de todos los envases y residuos de envases entregados en el CRR por parte de los usuarios autorizados, así como al almacenamiento de regulación y carga de los materiales recuperados para su posterior expedición al recuperador/reciclador que en cada momento designe Ecoembes. El adjudicatario no podrá utilizar la Planta para otro fin que no sea el del objeto del presente contrato ni prestar el servicio contratado a otros usuarios que no estén autorizados. La selección abarcará, como mínimo. Las siguientes fracciones de materiales provenientes de la recogida selectiva:

- Residuos de envases de plástico PET - Residuos de envases de plástico PEAD - Residuos de envases de plástico FILM (bolsas y láminas de plástico) - Residuos de envases de plástico “MEZCLA” (PM) - Residuos de envases de BRIKS - Residuos de envases metálicos de ACERO - Residuos de envases metálicos de ALUMINIO

3.5.5. Etiquetado y entrega de los materiales recuperados El adjudicatario deberá embalar todos los materiales obtenidos en la selección y etiquetar las balas, así como almacenar correctamente las mismas hasta el momento de la entrega al recuperador/reciclador. Es obligatorio el etiquetado de las balas de material recuperado, debiendo realizarse el mismo mediante el modelo de etiqueta que determine Ecoembes en cada momento. De acuerdo con el convenio suscrito entre este Ayuntamiento y Ecoembes, éste garantizará la retoma de los materiales de envases seleccionado en la Planta, designando en cada momento un recuperador/reciclador para cada tipo de material seleccionado. El adjudicatario notificará al recuperador/reciclador designado la puesta a disposición de material en la Planta, para que, en el plazo de 5 días desde la notificación escrita, el recuperador/reciclador proceda a la retirada de los materiales seleccionados. Cualquier incidencia que surja en la retirada del material por los recuperadores designados, será puesta en conocimiento de Ecoembes. 3.5.6. Efectividad mínima a alcanzar El adjudicatario deberá gestionar el CRR de tal forma que, en condiciones normales de operación, logre una efectividad mínima global en la selección de envases ligeros del 85%, o en todo caso al porcentaje que establezca en cada momento el Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María y Ecoembes. Por efectividad debe entenderse el cociente entre la cantidad recuperada de envases ligeros y la cantidad de envases ligeros en las entradas en la Planta.

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El adjudicatario deberá tener en cuenta la evolución y variaciones de la calidad de los materiales de entrada durante todo el tiempo de vigencia del contrato, inclusive sus prórrogas. En aquellos casos en los que la efectividad resultante en la Planta de selección sea inferior al 85%, o en su caso, al porcentaje que establezca en cada momento el Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María y Ecoembes, serán de aplicación al adjudicatario la metodología y procedimiento establecidos en cada momento por Ecoembes en cuanto al análisis de la situación, establecimiento de las causas, adopción de medidas correctoras y en su caso, el establecimiento de de un sistema de penalización en el pago por selección; siempre asumido por el adjudicatario sin posibilidades de repercusión al Ayuntamiento de El Puerto de Santa María. Igualmente en los supuestos de super-efectividades, es decir de efectividades por materiales iguales o superiores al 100%, o al porcentaje que establezca en cada momento Ecoembes, se estará a lo dispuesto en el Procedimiento de corrección de la superefectividad fijado en el Convenio de Colaboración con Ecoembes. 3.5.7. Gestión del rechazo El material de rechazo producido durante el proceso de separación y clasificación de los envases y residuos de envases se destinará a una instalación de eliminación y/o valorización autorizada, justificando las salidas de este material de la misma forma que para el caso de entrega de los productos recuperados. La totalidad de los costes de rechazo producido durante el proceso de separación y clasificación de los envases (almacenaje, transporte y eliminación) serán por cuenta del contratista. 3.6. RECOGIDA DE RESIDUOS INDUSTRIALES El concesionario del servicio con los medios adscritos al mismo, y con medios propios podrá gestionar residuos industriales, residuos peligrosos, RCDs (residuos de construcción y demolición) y/o de restos forestales, a aquellas empresas y entidades que así se lo soliciten; dándose así una alternativa viable para las empresas que tienen la obligación de gestionar los residuos que ellos produzcan, y que por razones de tipología, cantidad y apariencia no puedan ser gestionados por el servicio municipal de recogida de residuos urbanos. En todo caso los servicios citados no formarán parte del servicio público, prestándose en régimen de competencia con el sector privado. Las tarifas de aplicación serán detalladas en la memoria anual prevista en el punto 4.8, -Sistemas de Control-, de este pliego. Formará parte de la retribución del adjudicatario los rendimientos derivados de esta actividad comercial, pudiendo el concesionario cobrar las tarifas que considere de mercado. Con carácter gratuito para el Ayuntamiento los licitadores le propondrán un número de servicios de esta naturaleza a prestarle por parte del adjudicatario.

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Por último, el adjudicatario se hará cargo durante la Feria de Primavera de la transferencia de los residuos urbanos procedentes de las casetas del recinto, utilizando para ello un máximo de 8 autocompactadores de grandes dimensiones (mayores de 20 m3) , que deberán vaciarse mínimo 3 veces durante el evento. Correrá igualmente a cargo del adjudicatario todos los gastos que deriven de su instalación 4. ORGANIZACIÓN Y CONTROL 4.1. ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJOS Los licitadores en sus ofertas deberán elaborar el plan anual del servicio, definiendo para cada una de las operaciones contempladas los proyectos de organización más eficaces de acuerdo con las directrices especificadas en el presente Pliego de Condiciones y presentado en soporte informático, según los criterios descritos. Como consecuencia de los trabajos a realizar por los distintos equipos que se propongan, los licitadores indicarán en sus ofertas los aspectos organizativos que consideren, concretando en particular: - Organización detallada para todos los elementos personales y materiales aportados. - Sistema de control de cantidad de medios humanos y calidad de los servicios que permitan proporcionar al Ayuntamiento diariamente todos los datos requeridos en orden a la justificación de los trabajos realizados. - Relación de puestos de mando previstos a todos los niveles con sus funciones generales. - Dispositivos organizativos y personales en relación con todos los servicios internos necesarios. - Mantenimiento de las instalaciones fijas. - Planificación operativa de los trabajos. - Gestión de personal, control absentismo y seguros sociales. - Para el control de presencia de los medios humanos, adscritos a este contrato, el adjudicatario dispondrá de sistemas informáticos adecuados, y de marcaje y transmisión de datos cuantas veces sea solicitado por la inspección municipal. - Los licitadores propondrán la instalación de un sistema de seguimiento en tiempo real por GPS, de los vehículos y equipos adscritos a los servicios de recogida selectiva de los contenedores. - La empresa adjudicataria instalará y mantendrá actualizado un sistema informático para la planificación operativa de los servicios, manejo de los servicios, manejo de información, planimetría y control de los servicios, conectado por ADSL. Anualmente y en el mes de diciembre la empresa contratada aportará en soporte informático las modificaciones introducidas durante el año, en el caso que se hubieran producidos. 4.2. RELACIÓN CON LOS USUARIOS Se dará adecuada respuesta a los ciudadanos de cuantas peticiones, quejas o reclamaciones se formulen en relación con todos los servicios objeto del presente contrato.

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Establecerán los protocolos oportunos para que compatibilicen un servicio telefónico específico con el de atención al usuario existente en el Área de Medio Ambiente-, en jornada de mañana y tarde. Todas las consultas y respuestas realizadas a los usuarios serán puestas en conocimiento de la inspección municipal. La empresa concesionaria cursará denuncia al Ayuntamiento de las infracciones cometidas en la vía pública y que hayan sido detectadas por su personal, con precisa concreción del hecho, del autor y del daño, perjuicio o coste que su reparación haya supuesto. 4.3. INSPECCIÓN MUNICIPAL DEL SERVICIO Corresponde al Servicio Municipal de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de este Ayuntamiento designar a la inspección municipal que velará por el adecuado control del cumplimiento de las prestaciones convenidas en el contrato. 4.4. RESPONSABLE DEL ADJUDICATARIO La empresa concesionaria designará un Jefe de Servicio o Director, encargado de la organización, dirección del personal y relación con el Ayuntamiento y los usuarios. Deberá aportar experiencia suficiente y probada en la gestión de este tipo de servicio y titulación universitaria acorde. Este responsable tendrá plena dedicación a este contrato, no pudiendo compaginar estas labores con otras propias de su empresa, estando permanentemente localizable y disponible para atender e informar a la inspección municipal. El Ayuntamiento podrá recusar el nombramiento del responsable del servicio si a su juicio no reúne las condiciones, de idoneidad para el cargo. El responsable del servicio deberá tener capacidad y poder suficiente para tomar decisiones sobre la gestión del servicio, sin que los mismos puedan verse afectados por la falta de capacidad decisoria. 4.5 ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA Los licitadores en sus ofertas definirán con el máximo detalle todo el equipo administrativo necesario para la realización correcta de las tareas propias de este servicio. Indicarán todos los medios adscritos al servicio, tanto humanos como materiales. El equipo administrativo estará suficientemente informatizado, será compatible y estará conectado permanentemente con el sistema informático de la Inspección municipal. La organización administrativa propuesta deberá tener capacidad para atender las llamadas del público en general en horario de mañana y tarde. 4.6. INSPECCIÓN POR PARTE DEL ADJUDICATARIO El adjudicatario en su propuesta incluirá el establecimiento de un sistema de inspección, a desarrollar por sus propios inspectores y encargados, cuya misión

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será obtener el mayor rendimiento posible de los medios materiales y humanos a su cargo, proponiendo a la inspección municipal posibles mejoras al servicio, así como proponer denuncias de todas las infracciones que se produzcan en consonancia con la aplicación de la Ordenanza municipal de limpieza y recogida de residuos. Estas personas irán identificadas y uniformadas, y tendrán las cualidades y formación necesaria para el desarrollo de estas labores. El horario de trabajo de los inspectores y encargados podrá ser flexibles, en todo caso tendrá que cubrir todos los turnos de trabajo que se prevean, todo ello determinándose conjuntamente y en cada momento por la inspección municipal. 4.7. INSPECCIÓN POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO Los servicios contratados estarán sometidos permanentemente a la inspección municipal. La prestación contratada será remunerada según el pago previsto, siempre que el servicio se haya realizado con todos los equipos previstos, bien sean de programación fija o equipos sin itinerario fijo, y con un nivel de acabado satisfactorio. Para la correcta realización de las inspecciones, el concesionario remitirá diariamente los partes de trabajo, donde se señalarán las incidencias con respecto a la programación prevista y en particular la relación de equipos que no pudieron realizar su labor o salieron incompletos. Los cometidos de la inspección municipal serán: Controlar que las labores se efectúen oportunamente y en la forma estipulada en este pliego y en lo recogido en el libro de ordenes. Determinar si los equipos, maquinaria y herramientas que hayan de utilizarse en la realización de las labores, se encuentran en adecuado estado. Vigilar que las instalaciones de la contrata, se encuentren en perfecto estado de uso. Diligenciar la certificación mensual, una vez comprobada la ejecución de los trabajo. El adjudicatario deberá recibir y hacer efectivas las instrucciones dadas por la Inspección Municipal, para ello, deberá contar con un Libro de Órdenes, que estará en todo momento a disposición de ambas partes. Las órdenes e instrucciones se enviarán normalmente por correo electrónico y se irán adjuntando a dicho libro. 4.8. SISTEMAS DE CONTROL Dentro de la organización municipal propuesta, los licitadores deberán proponer unos dispositivos ágiles que permitan trasladar a tiempo todos los datos requeridos por la inspección municipal para llevar a cabo satisfactoriamente los controles que crea convenientes sobre el servicio propuesto.

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La empresa concesionaria queda obligada a remitir a la inspección municipal, unos informes en soporte digital, en los que se reflejen, como mínimo y sin carácter limitativo los siguientes datos:

• Informes diarios: - Distribución de medios humanos y materiales desglosados por turnos, categorías y tipos de trabajos. - Baja y absentismo por cualquier causa de todos los operarios de la plantilla, incluido administración y talleres. - Incidencias ocurridas durante la jornada, tanto de personal como de equipos. - Siniestros relacionados con vehículos e instalaciones

• Informes mensuales: Conjuntamente con la certificación mensual, el adjudicatario presentará mensualmente también en soporte digital: - Relación detallada del personal que presta los servicios y su DNI, comunicando cualquier variación respecto de los mismos. - Documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones de la empresa sobre Seguridad Social respecto a los citados trabajadores (TC1 y TC2, por meses vencidos). - Certificación acreditativa de estar al corriente en el pago con la Tesorería General de la seguridad Social. - Situación y estado de la maquinaria y equipos, así como cualquier incidencia que repercuta en el valor de los mismos. - Entradas de materiales en la Planta, con indicación de la fecha, peso y procedencia. - Los materiales recuperados en la Planta, con indicación del tipo de material y la cantidad recuperada. - Las salidas de los diferentes materiales recuperados acompañados de sus correspondientes formularios de entrega a recuperadores/recicladores. - Los materiales recuperados que hayan quedado en stock en la Planta y el stock acumulado. - Los materiales de rechazo enviados al vertedero o Planta de valorización, con indicación de fechas y pesos de los diferentes envíos. - Resumen de las incidencias acontecidas más reseñables.

• Memoria anual de gestión del CRR: - Detalle de los conceptos de ingresos de la explotación con el mayor nivel de desglose utilizado por cada cuenta. - Detalle de los conceptos de gastos de la explotación con el mayor nivel de desglose utilizado por cada cuenta. - Cuenta Analítica por líneas de producción, con detalle de los ingresos y gastos de las líneas de producción con el mayor nivel de desglose utilizado por cada cuenta. - - Las líneas de producción mínimas a analizar son: Servicio de recogida de envases en contenedores de la localidad, Servicios de recogida de papel-cartón en contendores de la localidad, Servicio de recogida de vidrio de la localidad, Servicio de recogida Nocturno, Servicio Punto Limpio, Servicio de Triaje de la localidad,

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Servicio de Triaje otros municipios, Gestión Residuos, recogida de ropa y recogida de aceite. - Detalle de personas y equipamiento por línea de producción. - Tarifas aplicadas en servicios industriales. - Plantilla de personal en el ejercicio, inicial y final, con indicación de puesto de trabajo, número, adscripción por línea de producción y retribución anual. - Inventario de bienes afectos a los servicios objeto de la concesión, con denominación, identificación, línea de producción y precio de adquisición Plan de amortización La presentación del informe mensual será requisito para que el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María haga efectivo el pago de la certificación mensual correspondiente a dicho mes. El adjudicatario dispondrá de un Libro de Explotación pudiendo ser en formato digital y al que tendrá acceso la Inspección Municipal en la que se anotará diariamente todas las entradas y salidas de materiales de la Planta, los diferentes materiales de envases que se recuperen o pasen a constituir la fracción de rechazo de la Planta, incidencias técnicas, averías, operaciones de mantenimiento y consumos. En un plazo inferior a 6 meses a partir de la adjudicación, el concesionario tendrá que digitalizar en sistemas informáticos compatibles con los que disponga el Ayuntamiento, todos los planos que comprendan recorridos, itinerarios, ubicación de contenedores, instalaciones,..., que constituyan parte de los servicios recogidos en el contrato de adjudicación. Todos los años, esta información será puesta al día y entregada una copia a la inspección municipal, indicándose las variaciones habidas. El adjudicatario queda obligado también a preparar cuantos informes y estudios relacionados con el servicio le sean ordenados por la Inspección Municipal. 4.9 PLAN DE GESTIÓN DE CALIDAD Y DE MEDIOAMBIENTE El licitador incorporará todas aquellas innovaciones tecnológicas, sistemas, procedimientos, etc, que contribuyan a la minimización de impactos ambientales en todos los aspectos relativos al servicio, en especial a medios materiales y las instalaciones fijas. Los sistemas de calidad y gestión medioambiental implantados se deberán mantener a lo largo de la vigencia del contrato. Para todas las actividades descritas el Centro posee las siguientes Certificaciones:

- Norma ISO 9001:2000 de Calidad

- Norma ISO 14001:2004 de Medio Ambiente

- Reglamento CE 761/2001 EMAS de Medio Ambiente

- Norma OHSAS 18001:2007 de Prevención de Riesgos Laborales

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Asimismo, reseñar que será obligatorio por parte del adjudicatario corregir las deficiencias e incidencias que pudieran detectarse dentro del procedimiento de seguimiento de la calidad en lo concerniere a la gestión del servicio de recogida selectiva de envases ligeres y papel-cartón recogido en el ANEXO IV.I.3 del Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María y ECOEMBALAJES ESPAÑA S.A.”. 4.10. OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN El Ayuntamiento de El Puerto de Santa María habrá que cumplir las obligaciones que se deriven del contrato y en particular las siguientes: - Indemnizar al concesionario en caso de suprimir el servicio o de asumir directamente el Ayuntamiento su gestión, de acuerdo a lo establecido en la ley. - Poner a disposición del contratista los bienes y las instalaciones que se hayan convenido. - Otorgar al contratista la protección adecuada para la prestación del servicio. 4.11. POTESTADES DE LA ADMINISTRACIÓN El Ayuntamiento, como titular del servicio público, ostenta toda y cada una de las potestades que le son de aplicación (Art.127 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales). Además podrá ejercer las facultades siguientes: - Ordenar discrecionalmente la variación de la calidad, la cantidad y el tiempo de las prestaciones en que consiste el servicio, respetando en todo caso el mantenimiento del equilibrio financiero de la concesión. - Fiscalizar la gestión del concesionario, solicitando la información económica y técnica que en cada momento estime pertinente y dictando, en su caso, las órdenes precisas para garantizar una adecuada gestión del servicio. - Asumir temporalmente la gestión directa del servicio en los casos en que no lo presta el concesionario por circunstancias que le sean o no imputables, en los términos previstos en la ley. - Imponer al concesionario las sanciones pertinentes por razón de las infracciones que cometa en la prestación del servicio. - Rescatar la concesión, en los términos establecidos en la Ley. - Resolver el contrato en los casos previstos en el ordenamiento. 4.12. DERECHOS DEL CONCESIONARIO Además de los expresamente reconocidos en otras cláusulas del presente pliego y los que están reconocidos en Leyes y Reglamentos, el concesionario tendrá los siguientes derechos:

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- La gestión y explotación de los servicios objeto de este contrato durante el período concesional. - Obtener los beneficios y rendimientos que se originen y deriven de los servicios objeto de este contrato, en las condiciones pactadas en el presente pliego. - Utilización de los bienes de dominio público necesarios para la prestación de los servicios. - Recibir del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María, la protección adecuada para la prestación del servicio. Las relaciones del concesionario con terceros no supondrán la adquisición de obligaciones para el Ayuntamiento. En concreto, se observarán las siguientes prescripciones: - Los contratos entre la entidad gestora y terceros finalizarán al extinguirse la concesión, salvo que el Ayuntamiento decida subrogarse en los derechos y obligaciones del adjudicatario que deriven de los mismos. - Los daños y perjuicios que puedan ocasionar a los usuarios o a otras personas no generarán ningún tipo de responsabilidad para el Ayuntamiento, y serán asumidos íntegramente por el concesionario o por el tercero con quien haya contratado. 4.13 OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO Las obligaciones del adjudicatario del servicio contratado objeto de esta licitación, serán como mínimo las siguientes: - Cumplir en todo momento la legislación y normativa medioambiental vigente, y se compromete a cumplir asimismo las resoluciones que dicte el órgano de la Administración de la Junta de Andalucía competente en la materia. - Realizar óptimamente el servicio contratado de acuerdo con todas las condiciones generales y específicas establecidas en el presente pliego de condiciones, y siempre de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente para la regularización de las materias objeto de este contrato. - Cumplir los condicionantes de calidad de las ETMR en vigor. Las condiciones de calidad que deben cumplir la totalidad de materiales recuperados deben ser las adecuadas para asegurar la comercialización de dichos productos. Será responsabilidad del explotador asegurar estas condiciones mínimas de calidad. - Mantener las certificaciones descritas en el presente pliego existentes en el servicio. - El adjudicatario tendrá o deberá obtener el título de gestor de residuos de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2007, de la gestión integrada de la calidad. - Mantener en buen estado los equipos, medios materiales e instalaciones del servicio contratado.

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- Permitir la labor de inspección, control, seguimiento y fiscalización del servicio contratado por el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María. - Facilitar ante cualquier requerimiento de la inspección municipal, los registros de entrada y salidas de materiales. - Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio. 4.14 COLABORACIÓN EN LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE EDUCACIÓN Y CONCIENCIACIÓN AMBIENTAL Con la finalidad se servir de colaboración y apoyo al éxito del desarrollo de la recogida selectiva de residuos, el adjudicatario aportará una cantidad anual para la realización de programas de educación y concienciación ambiental, calculada en función a de la población generadora incorporada a la recogida selectiva, 88.503 habitantes. La cuantía de esta aportación se fija en 0,15€ por habitante y año (IVA no incluido). Esta aportación anual se invertirá por parte del adjudicatario en el transcurso de los 12 meses correspondientes a cada año natural. No pudiendo acumularse de un año a otro. El programa de educación deberá estar previamente informado y aprobado por el Área de Medioambiente. 5. OTRAS ACTUACIONES COMPLEMENTARIAS: PERSONAL, MATERIAL,

INSTALACIONES FIJAS Y VARIOS 5.1. PERSONAL Las empresas licitadoras en sus ofertas explicarán propuesta detallada de las previsiones de la plantilla que considere necesarias en cada una de las operaciones a realizar, con el siguiente desglose: - Personal directo necesario para la realización de los trabajos. Operarios Conductores - Necesidades de personal para asegurar la ejecución de los trabajos cuando se produzcan bajas por vacaciones, absentismo laboral, enfermedad, accidente y otras causas debidamente justificadas. - Personal necesario para ejercer labores de vigilancia y control que aseguren la correcta ejecución de los servicios. Inspectores Encargados Otros mandos intermedios - Asimismo, deberán presentar relación detallada de todo el personal indirecto asignado a los servicios con el fin de garantizar el buen funcionamiento de los mismos y dentro del siguiente desglose:

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Inspectores Encargados Otros mandos intermedios En cada caso deberán los licitadores aportarán el nivel retributivo previsto, desglosando todos los conceptos: salario base, antigüedad, otros complementos y seguros sociales. De igual modo establecerán el coste unitario (anual, por jornada de trabajo, por hora efectiva de trabajo). Durante la vigencia del contrato, siempre que se vaya a producir una variación en la plantilla con que se inicia el contrato, bien sea por jubilación, defunción, baja voluntaria, despido, invalidez temporal, invalidez permanente, ..., o siempre que se produzca una variación por necesidades del servicio, el adjudicatario está obligado a comunicar previamente y por escrito al Ayuntamiento, para su autorización así como las variaciones de los puestos de trabajo que se puedan producir. Se acompaña al presente pliego un Anexo 3, que contiene: Convenio Colectivo, identificación de los trabajadores, antigüedades y categorías del personal que en la actualidad forman parte del servicio. Todo el personal contratado por el adjudicatario del servicio percibirá, como mínimo, los haberes o sueldos fijados en el correspondiente Convenio Colectivo y estará sujetos a los horarios establecidos en dicho convenio, estando en todo momento al corriente del pago de las cuotas de la Seguridad Social y del resto de las cargas sociales establecidas en la normativa vigente. El Ayuntamiento no contraerá ninguna relación laboral con el personal de la empresa adjudicataria ni durante la vigencia del contrato ni a su terminación, siendo por cuenta del contratista todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que surgieran con ocasión de este contrato. 5.2 SEGUROS El adjudicatario deberá tener asegurado a todo el personal a su cargo debiendo aportar a requerimiento de la inspección municipal los impresos oficiales de la Tesorería General a la Seguridad Social correspondiente al personal adscrito Servicio. Asimismo será responsable de cualquier daño o perjuicio a terceros derivado del funcionamiento de las instalaciones, a cuyo fin deberá concertar una póliza de seguros que cubra todos los riesgos de daños a edificios, instalaciones, personal y a terceros, con independencia o complementariamente a los seguros exigidos por el ordenamiento vigente en materia laboral, de seguridad e higiene y de tráfico de vehículos. En dicha póliza deberán incluirse también los riesgos de incendios, robos y accidentes medioambientales. 5.3. UNIFORMIDAD Todo el personal fijo o eventual de los servicios deberá ir uniformado por cuenta de la empresa. El tipo de uniforme tanto de Invierno como de Verano, deberá aprobarse por la Inspección Municipal.

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El adjudicatario se responsabilizará de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestuario llevarán distintivo referido al servicio y tarjeta de identidad. 5.4. MAQUINARIA Y MATERIAL MÓVIL Las empresas detallarán la totalidad del material necesario para la realización de los servicios contemplados en este pliego de condiciones, aportando para ello planos, croquis, fotografías y cuantos datos crean necesarios. Todo el material será de nueva adquisición, no obstante en el Anexo 4 que se acompaña se presenta una relación de material susceptible de uso, así como de reserva o refuerzo. El resto de material adscrito a la actual contrata pasará a disposición del Ayuntamiento. El plazo de entrega de todo el material que integran los servicios de recogida: vehículos, equipos y contenedores se entregarán en un plazo máximo de 12 meses. Mantendrá el adjudicatario en buen estado los bienes, equipos y medios auxiliares aportados por el Ayuntamiento. El contratista deberá tener en funcionamiento el material necesario para prestar los servicios, debiendo disponer de los equipos de reserva que considere oportuno, dicho plan de reserva lo detallarán. El Ayuntamiento entenderá que el material ofertado e indicado en la propuesta, ha sido considerado por el licitador como suficiente para la realización del servicio. De no ser así, el adjudicatario adquirirá a su cargo el material necesario para su correcta prestación. El adjudicatario será el único responsable del correcto mantenimiento de todos los equipos, maquinaria y vehículos, y es en consecuencia, responsable del aseguramiento de la producción y servicios. Por ello será su obligación la organización y ejecución de los trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo de cada uno de los equipamientos que integran este servicio. Los equipos de nueva adquisición tendrán un alto grado de mecanización, así como el máximo respeto y protección al Medio Ambiente, con especial atención a la emisión de ruidos y vibraciones, emisión de partículas a la atmósfera, consumo de energía y consumo de agua. Todos los vehículos y materiales que se empleen deberán estar identificados según la imagen corporativa que proponga el adjudicatario y sea aprobada por el Ayuntamiento. Todo el material móvil adscrito a la contrata, incluso furgonetas y porter, iran dotarán de un sistema de control de localización por GPS. El adjudicatario dispondrá una red de comunicaciones que permita en todo momento la localización y contacto con todos los vehículos, maquinarias y encargados.

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Las ofertas presentadas deberán indicar los sistemas de mantenimiento y organización de talleres y Planta que serán establecidos para lograr el funcionamiento y prestaciones correctas de los equipos a lo largo de la concesión. La limpieza y desinfección de los vehículos se realizará todos los días que presten servicio y estarán en todo momento en perfecto estado de conservación. Se procurará que los diferentes vehículos sean manejados por las mismas personas o por un número reducido de éstas. 5.5. PLAN DE INVERSIONES Todo el material que aporte la empresa adjudicataria será adquirida por la misma y amortizado a lo largo de la concesión. Se prevén los siguientes casos: - Los vehículos y maquinarias nuevas que se adquieran para la prestación del servicio, su amortización se imputará desde el origen del contrato. Las propuestas que realice el adjudicatario incluirán los datos de la vida útil del vehículo, maquinaria, o elemento que se pretenda adquirir, su precio total, la fórmula de amortización propuesta y todos los costes previstos que integren la estructura del precio unitario. La propuesta de amortización que formule el licitador, tanto de los equipos y vehículos que prevea poner en servicio, como la de las adquisiciones o reposiciones, se ajustarán al plazo máximo de duración de 9 años, de tal forma que a medida que concluya la amortización de cada vehículo o equipo el Ayuntamiento pasa a ser propietario del mismo, debiéndose transferir la titularidad de la propiedad al Ayuntamiento, quedando obligado el adjudicatario a soportar los gastos originados por dicha transferencia. En el Anexo 4, se incluyen los vehículos asociados al servicio y las amortizaciones pendientes de vehículos y equipos, que deberán ser asumidas por la empresa adjudicataria, liquidando las mismas con la empresa explotadora del vigente contrato. Igualmente en este Anexo figuran las amortizaciones pendientes de maquinaria del centro de clasificación municipal de envases, de instalaciones fijas y de contenedores para la recogida selectiva, que también serán asumidas por la empresa adjudicataria. Los vehículos, maquinaria y otros materiales puestos a disposición del adjudicatario deberán utilizarlos y conservarlos en buenas condiciones, corriendo a su cargo todas las reparaciones que pudieran producirse. El adjudicatario presentará desglose de los costes de explotación de cada uno de ellos, su coste de amortización en caso que esté pendiente de ello, y su funcionalidad y empleo en el nuevo servicio.

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Cuando finalice el plazo contractual, el contratista deberá entregar al Ayuntamiento de El Puerto de Santa María la totalidad de las obras, instalaciones, maquinaria, equipos y vehículos del servicio en un estado de conservación y funcionamiento adecuados, teniendo en cuenta el deterioro que un uso normal de las mismas y el transcurso del tiempo hubieran podido producir. El Puerto de Santa María a 4 de Diciembre de 2.012

Fdo.: Daniel Lucero Hernández Jefe Secc. Inspección Ambiental

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ANEXO 1

MEMORIA DESCRIPTIVA DEL CRR

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El Ayuntamiento de El Puerto de Santa María puso en marcha en el año 1997 el actual Centro de Recepción y Reciclaje, instalación destinada a servir de base logística a la Recogida Selectiva de Materiales Reciclables, a la recepción de estos conjuntamente con los industriales y voluminosos y, finalmente, al triaje o selección de los residuos de envases procedente de dicha recogida selectiva. Dicha instalación debe considerarse un modelo pionero en la Provincia y prácticamente en nuestra Comunidad, tanto en sus inicios como en la actualidad. La instalación, de propiedad municipal, se denomina Centro de Recepción y Reciclaje y se encuentra situada en el Polígono Industrial Las Salinas, C/ Aguas, 7, de la localidad de El Puerto de Santa María (Cádiz). En estos momentos la Planta atendiendo a las recomendaciones del antiguo Plan Provincial de Residuos, año 1998, ofrece sus servicios de clasificación de residuos a gran parte de los municipios de la Provincia de Cádiz. La experiencia, tecnológicamente modesta en sus inicios, se ha ido desarrollando tecnológicamente a lo largo de los últimos años de forma que en la actualidad las actividades que se desarrollan desde el Centro incluyen:

- Planta de selección automatizada de envases

- Recogida Selectiva en Origen de Papel/cartón, Vidrio y Residuos de

envases.

- Recogida de Residuos banales y comerciales y transporte de residuos no

peligrosos.

- Recogida, transporte y almacenamiento temporal de residuos peligrosos

en pequeñas cantidades.

- Transferencia de residuos peligrosos y no peligrosos.

- Punto Limpio para recepción de fracciones valorizables.

Las dependencias o zonas principales de dicho centro serían las que siguen a continuación:

Zona Superficie (m2)

Nave de triaje 2.187,54

Área educativa 222

Oficinas 222

Zona Almacenamiento Temporal Residuos Peligrosos 152

Punto limpio 496

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Nave almacén 48

Área Circulación Vehículos, Aparcamientos y Resto instalaciones 6.433

Báscula 50

Lavadero de vehículos 100

Caseta de control de acceso 15

Depósito de gasoil 5.000 litros

Las características y funciones de cada una de las zonas es la que se indica a continuación:

1. NAVE DE TRIAJE:

La Planta de selección se encuentra totalmente automatizada desde mediados del año 2006 y en la actualidad recibe los residuos derivados de la recogida selectiva de envases de las poblaciones de Barbate, Conil, Chiclana de la Frontera, San Fernando, Cádiz, Puerto Real, Mancomunidad de la Janda, Mancomunidad de la Sierra y El Puerto de Santa María. La capacidad nominal de tratamiento de la Planta Automatizada es de unos 3.000 Kg/h. Los porcentajes de recuperación dependen de la calidad del material de entrada. Descripción del proceso de triaje:

a. Alimentación al triaje:

Los vehículos que contienen los residuos a tratar depositan su contenido en la playa de recepción y mediante la pala cargadora los materiales son depositados en el alimentador de placas metálicas que tiene la misión de introducirlo de forma homogénea en la línea de selección. El flujo de residuos es introducido mediante el transportador de banda en una cabina de triaje manual donde se pueden seleccionar los siguientes productos valorizables:

• Cartón: se deposita en la tolva correspondiente que lo hace llegar hacia una

caja de 30 m3 de capacidad bajo la cabina.

• Chatarra: es depositada por el operario en contenedores.

• PEBD: se deposita en el transportador de banda TB-68 que lo dirigirá a la

prensa de PEBD.

• Rechazo: Aquellos elementos que son perjudiciales para el correcto

desarrollo del proceso operativo, se depositan en la tolva que lo hace llegar

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hacia una caja de 30 m3 de capacidad bajo la cabina. La cual es llevada a

vertedero como rechazo de Planta.

El flujo de residuos no seleccionado se conduce hacia el equipo abridor de bolsas. Una vez abiertas todas las bolsas que contienen los envases a seleccionar, estos se dirigen mediante los transportadores de banda al separador balístico.

b. Separador de flujos.

El equipo para la separación balística consta de dos rampas independientes dispuestas de forma paralela, compuestas de placas perforadas independientes con un tamaño de criba de 40 y 190 mm, que remueven el material, consiguiendo una separación óptima de los materiales en base a sus características físicas. El material procesado por el separador balístico esta dividido en cuatro fracciones totalmente diferenciadas:

• Fracción cribada menor de 40 mm

• Fracción “planos y ligeros” mayor de 190 mm

• Fracción “planos y ligeros” menor de 190 mm

• Fracción “rodantes y pesados”

La fracción cribada a 40 mm, formada por elementos de dimensiones reducidas (materia orgánica, arenas, chatarra magnética) será recogida mediante un transportador por bandas que se encarga de dirigirla al conjunto de transportadores de banda que alimentan el compactador estático de rechazo (CE-13), previa separación de férricos. La fracción denominada “planos y ligeros” se divide en dos flujos, de granulometría menor o mayor de 190 mm, que se depositan en un transportador de banda dividido longitudinalmente. En una cabina de selección manual acondicionada adecuadamente se efectuarán las operaciones que se describen a continuación con cada uno de los flujos originados. La fracción planos y ligeros mayor de 190 mm esta compuesta principalmente por bolsas de plástico (PEBD), esta fracción recuperable se dirige mediante los transportadores de banda a la prensa de PEBD, previo control de calidad donde se extraen los impropios presentes en el flujo de producto (básicamente papel y envases aplastados). La fracción planos y ligeros menor de 190 mm esta compuesta por el resto de materiales planos y ligeros sobre los que se realiza el triaje manual de envases (se deposita en la línea de selección automática de envases, mediante el transportador de banda, papel (se deposita en contenedores situados bajo la cabina) y PEBD (se deposita en los transportadores que se dirigen a la prensa de PEBD . El material no seleccionado se dirige al compactador estático de rechazo (CE-13). La fracción de “rodantes y pesados” formada fundamentalmente por los envases (botellas, briks y latas) es conducida a través de un conjunto de transportadores por banda, al separador óptico. Previamente se habrá realizado una captación neumática para extraer los elementos ligeros y planos menor de 190 mm.

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c. Línea de Selección automática.

La línea de selección automática de envases se inicia con el separador óptico de una válvula de donde resultan dos flujos:

• Plásticos, mediante los transportadores por banda son dirigidos al

segundo separador óptico.

• No plásticos, que se dirige mediante el transportador por banda al

separador óptico.

Del separador óptico de doble válvula resultan tres flujos:

• PET, que mediante el transportador por banda dividido longitudinalmente se

dirigirá al correspondiente depósito independiente.

• PEAD, que mediante el transportador por banda dividido longitudinalmente

se dirige al correspondiente depósito independiente.

• Rechazo, que mediante los transportadores por banda compartimentados se

dirigirá al correspondiente depósito independiente.

Antes de producirse el vertido a los diferentes depósitos independientes es posible efectuar un control de calidad, realizando el triaje manual sobre cada uno de los subproductos con el objeto de depurar las diferentes fracciones. Del separador óptico de una válvula resultarán dos flujos:

• Brick, que mediante los transportadores por banda se dirige al

correspondiente depósito independiente.

• Rechazo, que mediante el conjunto de transportador por banda se dirige a la

línea de transportadores compartimentados. Previamente, el separador de

inducción se encarga de separar el aluminio, el cual será depositado en

contenedor de 1100 lts para su posterior prensado en la prensa de chatarra.

Sobre los flujos de rechazo de ambas líneas de proceso (“plásticos y “no plásticos”) conducidos de forma paralela por un mismo transportador compartimentado a través de la cabina de selección, se realiza el triaje manual de PET, PEAD y BRICK. El flujo correspondiente al rechazo de la línea de proceso de “plásticos” después de su depuración, se deposita en el depósito correspondiente al plástico mezcla. Por su parte, el flujo resultante del rechazo de la línea de “no plásticos” continuará circulando por el citado transportador hasta depositarse en el transportador por banda que lo conduce hacia el compactador de rechazo. Los productos recuperados serán dirigidos por tolvas a los correspondientes depósitos independientes.

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d. Embalado de subproductos.

Se dispondrá de tres prensas automáticas con capacidad para procesar la totalidad de los subproductos susceptibles de ser recuperados.

� La prensa continua que embala:

o Tetra-bricks

o PET

o PEAD

o Plástico Mezcla Los subproductos almacenados en los cuatro pisos móviles son introducidos en el alimentador de placas metálicas, que conduce los subproductos al alimentador de placas metálicas que alimenta a la prensa de subproductos. Las balas de los diferentes productos tras el preceptivo etiquetado son apiladas, en la playa pavimentada, situada ante la prensa de subproductos, a la espera de su recogida por parte del correspondiente reciclador.

� La Prensa de chatarra procesa los férricos. El prensado de los férricos es en

continuo.

� El aluminio se deposita en un contenedor volteable el cual se lleva a una

prensa situada en el punto limpio o permanece en el contenedor hasta que

la prensa de férrico quede disponible.

� La prensa de film procesa el PEBD procedente de selección manual en las

cabinas de voluminosos y PEBD.

Además, existe una Planta superior, en la que se encuentran: dos oficinas, un almacén y la sala de control de la automatización.

2. AREA EDUCATIVA:

En origen se realizaban visitas organizadas para el aprendizaje y la concienciación de la población escolar; pero con la automatización se cancelaron temporalmente dichas visitas. En la actualidad existe una nueva zona educativa sin desarrollar, que el Ayuntamiento se reserva para un posible uso de actividades propias de dicha área.

3. OFICINAS:

Dependencias destinadas a la administración del centro y al archivo de toda la documentación correspondiente. Estas se encuentran en nave anexa en régimen de alquiler con un tercero. El adjudicatario mantendrá dicho alquiler o podrá alquilar otra de similares características para esta actividad. Zona almacenamiento temporal de residuos peligrosos:

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Almacén cubierto y con control de acceso destinado al depósito temporal de residuos peligrosos, con un periodo máximo de almacenamiento de 6 meses. Cuenta con zona cubierta delimitada por cerramiento y bordillo circundante de protección y una arqueta ciega para recogida de posibles derrames.

4. PUNTO LIMPIO:

El Punto Limpio constituye el servicio de recepción y posterior transferencia de aquellos residuos derivados de distintos referentes sobre todo de ámbito local como pueden ser: el propio ciudadano, empresas previamente autorizadas por el Ayuntamiento y servicios municipales. Para este servicio se cuenta con una serie de muelles de descarga dotado de;

• Silo cerrado para envases de vidrio.

• Muelle para descarga exclusiva de cartón dotado de rulo compactador y cuba

abierta de 25 m3 para el depósito del material.

• Muelle para residuos voluminosos dotado de rulo compactador y cuba

abierta de 25 m3 para el depósito del material.

• Muelle dotado de mesa estática para la compactación de residuos vegetales.

5. NAVE ALMACÉN:

Para el almacenamiento de herramientas y útiles de trabajo y taller para reparaciones menores.

6. AREA DE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS Y RESTO DE INSTALACIONES:

Las zonas de tránsito de vehículos son diáfanas y se encuentran complementadas por zonas de aparcamientos de vehículos y por zonas de almacenamiento de residuos recuperados (envases, palets, residuos eléctricos...).

7. BÁSCULA:

Equipo para el pesaje de los vehículos que descargan o cargan materiales en el centro.

8. LAVADERO DE VEHÍCULOS:

Zona destinada al lavado de vehículos propios del servicio.

9. CASETA DE CONTROL DE ACCESO:

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Destinada para el personal de seguridad, que controla tanto el acceso como el pesaje en báscula de los diferentes usuarios y el propio personal del centro. El servicio de vigilancia se encuentra externalizado y lo lleva una empresa homologada, es ininterrumpido las 24 horas del día, los 365 días del año. El adjudicatario deberá mantener este servicio con la empresa existente o bien con otra de similares características.

10. DEPOSITO DE GASOIL:

Tiene una capacidad de 5000 litros y se destina al repostaje de los equipos móviles de Planta (pala y carretillas elevadoras) y de los diferentes vehículos de servicio.

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ANEXO 2

CONVENIO ECOEMBES

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ANEXO 2

CONVENIO ECOVIDRIO

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ANEXO 2

CONVENIO RECILEC

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ANEXO 2

CONVENIO ECOPILAS

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ANEXO 3

CONVENIO COLECTIVO, PLANTILLA

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ANEXO 4

RELACIÓN DE VEHÍCULOS Y MAQUINARIA/ AMORTIZACIONES PENDIENTES

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ANEXO 5

REGLAMENTO USO DEL PUNTO LIMPIO