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PROYECTO DE ADAPTACIÓN A NORMATIVA DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS Y EFICIENCIA ENERGÉTICA EN HEMEROTECA MUNICIPAL Sito en Edificio Conde Duque. C/ Conde Duque 9 y 11. Madrid. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

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  • PROYECTO DE ADAPTACIÓN A NORMATIVA DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS Y EFICIENCIA ENERGÉTICA EN HEMEROTECA MUNICIPAL

    Sito en Edificio Conde Duque. C/ Conde Duque 9 y 11. Madrid.

    PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

  • PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

    CAPITULO I. Objeto de este documento.

    1.1. El Pliego de Prescripciones Técnicas reúne las normas a seguir para la realización de las obras de que es objeto el presente proyecto.

    1.2. El presente Pliego, conjuntamente con los otros documentos requeridos en el artículo en el artículo 107 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público -en adelante LCSP- forma el proyecto que servirá de base para la contratación de las obras denominadas:

    Proyecto de adaptación a normativa de prevención de incendios y eficiencia energética en hemeroteca municipal 1.3. Las presentes prescripciones técnicas serán de obligada observación por el contratista a

    quién se adjudique la obra, el cual deberá hacer constar que las conoce y que se compromete a ejecutar la obra con estricta sujeción a las mismas en la propuesta que formule y que sirva de base para la adjudicación.

    CAPITULO II Descripción de las obras

    2.1. Las obras objeto del contrato son las que quedan especificadas en los restantes documentos del Proyecto, tales como la Memoria Descriptiva, el estado de Mediciones y Presupuesto General y los distintos planos que lo componen básicamente y que, en resumen, consisten en:

    Se realiza un reacondicionamiento completo de la sala de calderas nº 3, eliminando la producción de frío y descomponiéndola en dos sectores: sala de impulsión de PCI, con aljibe de estructura de hormigón incluido en la misma, y sala de calderas nº 3 que recibe la producción de frío de otra sala exterior a ella. Se crea un sistema de extinción automática mediante agente extintor conocido como NOVEC 1230 de la firma comercial 3M. Se crea asimismo, un sistema de extinción por BIE´s con su correspondiente aljibe a situar junto con su grupo de bombeo en una posición anexa a la sala de calderas nº 3. De igual manera, se crea también un sistema de detección de incendios que sustituye al existente y acorde con la normativa vigente. Respecto a climatización, se producirá una demolición de los equipos existentes en la sala de calderas nº 3, así como las torres de refrigeración. Se sustituirá el conjunto caldera-quemador por un equipo de alta eficacia. Se sustituirá la chimenea para obtener un tiro adecuado. Se independizarán los circuitos de calefacción y refrigeración. Se conectarán los sistemas de refrigeración a los grupos frigoríficos existentes en la sala nº 1, que dispone de un sistema eficiente. Se adecuará la ventilación de la sala de calderas nº 3 a la normativa vigente y se reformarán los conductos de climatización que atraviesan la sala de calderas sin ningún tipo de protección contra incendios.

  • CAPITULO III Características que deben tener los materiales y productos a emplear

    3.1. General. Todos los materiales y productos a emplear en la presente obra serán de calidad adecuada y reunirán las condiciones generales de índole técnica prevista en el Pliego de Condiciones Técnicas Generales –en adelante PCTG-1999– aplicable a la redacción de proyectos y ejecución de las obras municipales 1999», aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 23 de diciembre de 1998, pliegos de recepción de yesos, ladrillos y cementos RY-85, RL-88 y RC-03 y demás disposiciones vigentes referentes a materiales y prototipos de construcción.

    3.2. Origen y Garantía de los materiales y productos. Todos los materiales y productos a emplear en la presente obra deberán tener registrado, conocido e identificable los datos del origen y el suministrador, sea este persona física o jurídica. Igualmente deberán tener las garantías de calidad, sellos y marcas suficientes para justificar su idoneidad respecto de lo especificado en proyecto. En caso contrario, se someterán a los controles previos de ensayo, experimentación, etc., necesarios para demostrar su adecuación suficiente a las especificaciones y prescripciones técnicas conforme a las disposiciones vigentes referentes a materiales o prototipos de construcción que le son de aplicación, así como todos aquellos que se crean necesarios para acreditar su calidad y funcionamiento, por cuenta de la contrata. Cualquier otro que no haya sido especificado y que sea necesario realizar deberá ser aprobado por la Dirección de las Obras, bien entendido que será rechazado el que no reúna las condiciones exigidas por la buena práctica de la construcción. Todas las características serán registradas en un libro memoria de la obra que mantendrá el constructor como registro de materiales y productos, del cual se entregará finalmente a la Dirección Facultativa un ejemplar, con independencia de las consultas que durante la misma esta quiera realizar.

    3.3. Materiales no consignados en proyecto. Los materiales no consignados en proyecto que dieran lugar a precios contradictorios, reunirán, además de las condiciones señaladas en 6.7., las condiciones de bondad necesarias a juicio de la Dirección Facultativa, no teniendo el contratista derecho a reclamación alguna por estas condiciones exigidas.

    3.4. Comprobación de los materiales y productos. Con carácter previo a la ejecución de las unidades de obra, los materiales y productos habrán de ser reconocidos y aprobados por la Dirección Facultativa, para lo cual, el contratista presentará oportunamente muestras de cada clase de material y producto a la aprobación de la Dirección Facultativa, las cuales deben estar numeradas y corresponder con lo registrado en el libro memoria de la obra, conservándose para efectuar en su día la comparación o cotejo con los que se empleen en la ejecución de la obra. Si se hubiese efectuado su manipulación o colocación sin obtener dicha conformidad, deberán ser retirados todos aquellos que la citada Dirección rechazara dentro de un plazo de treinta días.

    3.5. Ensayos, análisis e informes específicos. Serán de cuenta del contratista, hasta un importe máximo del 5% del precio de la obra, los ensayos, análisis de materiales y unidades de obra, e informes específicos que en cada caso resulten pertinentes y que se recaben por el director de la misma. En este porcentaje se incluirán los gastos de asistencia técnica a la dirección facultativa, como ayudas al cálculo de estructuras, instalaciones, mediciones, delineación, etc.

    El Director de la Obra designará para la realización de estudios y ensayos, los laboratorios

  • acreditados y empresas especializadas que tengan independencia jurídica y económica respecto de sociedades relacionadas con la empresa adjudicataria.

    Los resultados de los diferentes ensayos, análisis e informes, deberán ser suministrados simultáneamente a la empresa constructora y a la dirección facultativa asumiendo la empresa adjudicataria las observaciones relacionadas con la ejecución de las obras que se reflejen en los informes de dicho control. En el supuesto de resultados anómalos deberán repetirse los ensayos o efectuarse los complementarios que fueran necesarios.

    El contratista asumirá, a su cargo, el coste de los ensayos, análisis y trabajos a los que se refiere esta cláusula, debiendo acreditar ante el director facultativo los gastos soportados mediante la presentación de las correspondientes facturas.

    CAPITULO IV Normas para la elaboración de las distintas unidades de obra

    4.1. Equipo y maquinaria. El contratista queda obligado a aportar a las obras el equipo de maquinaria y medios auxiliares que sea preciso para la buena ejecución en los plazos parciales y total convenidos en el contrato.

    4.2. Replanteo. Como actividad previa a cualquiera otra de la obra, dentro del plazo de un mes desde la fecha de la formalización del contrato, se procederá por la Dirección de la misma, en presencia del contratista, a efectuar la comprobación del replanteo hecho previamente a la licitación, extendiéndose acta del resultado, que será firmada por ambas partes interesadas.

    Cuando de dicha comprobación se desprenda la viabilidad del proyecto a juicio del Director de las obras, sin reserva por el contratista, se darán comienzo a las mismas con fecha a contar, desde el día siguiente a la firma del acta de comprobación de replanteo, a efectos del cumplimiento del plazo de ejecución de las obras.

    4.3. Condiciones generales de ejecución. Todos los trabajos incluidos en el proyecto se ejecutarán esmeradamente, con arreglo a las buenas prácticas de la construcción, de acuerdo con las condiciones establecidas en el PCTG-1999, y cumpliendo estrictamente las instrucciones recibidas de la Dirección Facultativa, no pudiendo, por tanto, servir al contratista la baja de adjudicación de pretexto para desviarse de la esmerada ejecución ni de la calidad de las instalaciones proyectadas en cuanto a sus materiales, productos y mano de obra, ni pretender proyectos adicionales.

    4.4. Normativa obligatoria. Se tendrán presentes las disposiciones e instrucciones de tipo particular referentes a determinadas actividades, que serán de obligado cumplimiento, tales como el ya citado PCTG-1999, las Normas Básicas de la Edificación (LOE), citadas en la Disposición Final Segunda de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, o sus normas sustitutivas según el Código Técnico de Edificación: DB SI Seguridad en caso de Incendio, DB SU Seguridad de Utilización, DB HE Ahorro de energía, DB SE Seguridad Estructural, DB SE-AE Acciones en la edificación, DB SE-C Cimientos, DB SE-A Acero, DB SE-F Fábrica, DB SE-M Madera DB-HS Salubridad y DB HR Protección frente al ruido que sustituye a la NBE-CA-88 a partir del 20/octubre/2008 ; la Instrucción de Hormigón Estructural EHE (Real Decreto 124/2008 de 18 de julio).

  • Para el cálculo de las instalaciones se cumplirá, además del Código Técnico de la Edificación, el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) aprobado por RD 1027/2007 de 20 de julio. Las instalaciones eléctricas cumplirán el Reglamento Electrotérmico de Baja Tensión, según RD 842/2002 de 2 de agosto. Del mismo modo será de aplicación el resto de la reglamentación técnica de obligado cumplimiento que regule alguno de los requisitos básicos establecidos en el artículo 3 de la LOE, la Ordenanza de Prevención de Incendios del Ayuntamiento de Madrid , las normas y reglamentos sobre Seguridad Industrial aplicables a las instalaciones de los edificios, y las Ordenanzas y Reglamentos municipales o de la Comunidad de Madrid vigentes que sean de aplicación y que se refieran a la construcción.

    4.5. Comprobación de la ejecución. Si a juicio de la Dirección Facultativa hubiese alguna parte de obra mal ejecutada, el contratista tendrá la obligación de demolerla y volverla a realizar cuantas veces fuera necesario, hasta que alcance el nivel de calidad definido y exigido por dicha Dirección, no otorgando estos aumentos de trabajo derecho a percibir indemnización de ningún genero, aunque las condiciones de mala ejecución de la obra se hubiesen notado después de la recepción, sin que ello pueda influir en los plazos parciales o total de ejecución de la obra.

    4.6. Obligaciones exigibles al contratista durante la ejecución de la obra. 4.6.1. Marcha de los trabajos Para la ejecución del programa de desarrollo de la obra, previsto en el artículo 107 apartado e) de la LCSP el contratista deberá tener siempre en la obra un número de obreros proporcionado a la extensión de los trabajos y clases de éstos que estén ejecutándose.

    4.6.2. Personal. Todos los trabajos han de ejecutarse por personas especialmente preparadas. Cada oficio ordenará su trabajo armónicamente con los demás, procurando siempre facilitar la marcha de los mimos, en favor de la buena ejecución y rapidez de la construcción, ajustándose en la medida de lo posible a la planificación económica de la obra prevista en el proyecto.

    4.6.3. Carteles de obra. Será de cuenta del Contratista la confección e instalación de los carteles de obra, de acuerdo con los Modelos y Normas del Ayuntamiento de Madrid, incluyendo su retirada a la recepción de las obras.

    4.7. Presencia técnica del contratista. El contratista permanecerá en la obra durante la jornada de trabajo, pudiendo estar representado por un Delegado de obra apto, autorizado por escrito, para recibir instrucciones verbales y firmar recibos, planos y comunicaciones que se le dirijan. En particular en esta obra, por ser su presupuesto superior a 60.101,00 euros, el contratista vendrá obligado a tener al frente de la obra y por su cuenta a un Delegado con la titulación profesional adecuada a la naturaleza de las obras, que pueda intervenir en todas las cuestiones de carácter técnico relacionados con la Contrata.

    4.8. Libro Oficial de Ordenes, Asistencia e Incidencias. Con objeto de que en todo momento se pueda tener un conocimiento exacto de la ejecución e incidencias de la obra, se llevará mientras dure la misma, el Libro de Ordenes, Asistencia e Incidencias, en el que quedarán reflejadas las visitas facultativas realizadas

  • por la Dirección de la obra, las incidencias surgidas y, con carácter general, todos aquellos datos que sirvan para determinar con exactitud si por la Contrata se han cumplido los plazos y fases de ejecución previstas para la realización de las obras proyectadas.

    El Libro de Órdenes y Asistencias se ajustará a lo estipulado en el Decreto 462/71, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" de 24 de Marzo.

    4.8.1. A tal efecto, a la formalización del contrato, se diligenciará dicho libro por el Servicio al que esté adscrita la obra, el cual se entregará a la Contrata en la fecha del comienzo de las obras, para su conservación en la oficina de la obra, en donde estará a disposición de la Dirección Facultativa y de las autoridades que debidamente lo requieran.

    4.8.2. El Arquitecto Director de la Obra, el Aparejador o Arquitecto Técnico Director de la ejecución y los demás facultativos colaboradores en la Dirección de las obras, dejarán constancia mediante las oportunas referencias, de sus visitas, inspecciones y, asimismo, de las incidencias que surjan en el transcurso de los trabajos, especialmente de los que obliguen a cualquier modificación del proyecto, así como de las órdenes que se necesite dar al Contratista respecto a la ejecución de las obras, que serán de obligado cumplimiento por parte de éste.

    4.8.3. Este Libro de Ordenes, estará a disposición de cualquier autoridad debidamente designada para ello, que tuviera que realizar algún trámite o inspección relacionados con el desarrollo de la obra.

    4.8.4. Las anotaciones en el Libro de Ordenes, Asistencia e Incidencias darán fe a efectos de determinar las posibles causas de resolución e incidencias del contrato. Sin embargo cuando el Contratista no estuviese conforme, podrá alegar en su descargo todas aquellas razones que abonen su postura aportando las pruebas que estimara pertinentes. El consignar una orden a través del correspondiente asiento en este Libro, no constituirá obstáculo para que cuando la Dirección Facultativa así lo estime conveniente, se efectúe la misma también por oficio.

    4.8.5. Cualquier variación en la cuantía de las unidades de obra que supongan realizar un número distinto, en más o menos, de aquellas que figuran en las Mediciones y Presupuesto del proyecto, deberá ser reconocida y autorizada con carácter previo a su ejecución por la Dirección Facultativa de las obras, haciéndose constar en el Libro de Ordenes, tanto la autorización de esta variación como la comprobación posterior de su ejecución.

    4.9. Dudas respecto al proyecto. Las dudas que pudieran ocurrir respecto de los documentos del proyecto, o si se hubiera omitido alguna circunstancia en ellos, se resolverán por la Dirección Facultativa de la obra en cuanto se relacione con la inteligencia de los planos, descripciones y detalles técnicos, debiendo someterse dicho contratista a lo que la misma decida, comprometiéndose a seguir todas sus instrucciones para que la obra se haga con arreglo a la práctica de la buena construcción, siempre que lo dispuesto no se oponga a las condiciones facultativas y económicas de este Pliego ni a las generales del Ayuntamiento de Madrid o del Estado, reflejándose tal aclaración, si así lo requiere la Contrata, en el libro de Ordenes.

    CAPITULO V Instalaciones auxiliares y precauciones a adoptar durante la construcción.

    5.1. Instalaciones auxiliares. La ejecución de las obras que figuran en el presente proyecto requerirá las instalaciones auxiliares, que a juicio de la dirección facultativa, sean necesarias para la buena marcha de dichas obras y el cumplimiento de los plazos establecidos.

  • 5.2. Precauciones. Las precauciones a adoptar durante la construcción se ajustarán a lo establecido en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción y resto de legislación y normativa sobre Prevención de Riesgos Laborales, y en particular lo establecido en el Estudio de Seguridad y Salud, que forma parte del presente proyecto, así como en el Plan de Seguridad y Salud que el contratista debe elaborar en aplicación del mismo.

    CAPITULO VI Forma de medición y valoración de las distintas unidades de obra

    y abono de las partidas alzadas.

    6.1. Mediciones. La medición del conjunto de unidades de obra que constituyen la obra a realizar se verificará aplicando a cada unidad de obra la unidad de medida que le sea más apropiada y siempre con arreglo a las mismas unidades adoptadas en el presupuesto contratado: unidad completa, partida alzada, metros lineales, metros cuadrados, cúbicos, kilogramos, etc., y a lo establecido para cada unidad de obra en el PCTG-1999.

    6.2. Participantes. La Dirección de la obra realizará mensualmente la medición de las unidades de obra ejecutadas durante el período de tiempo anterior, pudiendo el Contratista presenciar su realización.

    6.3. Contenido de las mediciones. Todas las mediciones que se efectúen comprenderán las unidades de obra realmente ejecutadas, no teniendo el Contratista derecho a reclamación de ninguna especie por las diferencias que se produjeran entre las mediciones que se ejecuten y las que figuren en el estado de mediciones del proyecto, así como tampoco por los errores de clasificación de las diversas unidades de obra que figuren en los estados de valoración.

    6.4. Valoraciones. Las valoraciones de las unidades de obra que figuran en el presente proyecto, se efectuarán multiplicando el número de éstas resultantes de las mediciones, por el precio unitario asignado a las mismas en el presupuesto contratado.

    6.5. Contenido del precio. En el precio unitario aludido en el párrafo anterior se consideran incluidos los gastos del transporte de materiales, las indemnizaciones o pagos que hayan de hacerse de cualquier concepto, así como todo tipo de impuestos fiscales que graven los materiales por el Estado, Comunidad Autónoma, o Municipio, durante la ejecución de las obras, así como toda clase de cargas sociales. También serán de cuenta del contratista los honorarios, tasas y demás impuestos o gravámenes que se originen con ocasión de las inspecciones, aprobación y comprobación de las instalaciones del edificio y/o de la obra, y documentación oficial reglamentaria para la puesta en marcha de las instalaciones. En el precio de cada unidad de obra van comprendidos todos los materiales, productos, accesorios y operaciones necesarias para dejar la obra terminada y en disposición de recibirse.

    6.6. Valoración de las obras no incluidas o incompletas. Las obras concluidas se abonarán con arreglo a los precios consignados en el presupuesto. Cuando por consecuencia de rescisión u otra causa fuese preciso el valorar obras incompletas, se aplicarán los precios del presupuesto.

    6.7. Precios contradictorios. Si ocurriese algún caso excepcional o imprevisto en el cual fuese necesaria la designación de precios contradictorios entre la Administración y el Contratista, estos precios deberán

  • fijarse de acuerdo con lo establecido en el artículo 217.2 de la LCSP.

    6.8. Relaciones valoradas. El Director de la Obra formulará mensualmente una relación valorada de los trabajos ejecutados en el mes anterior, con sujeción a los precios del contrato y de acuerdo con lo establecido en el artículo 16.14 del PCTG-1999. Estas relaciones valoradas no tendrán más que carácter provisional a buena cuenta y no suponen la aprobación de las obras que en ella se comprenden.

    6.9. Audiencia del contratista. Simultáneamente a la tramitación de la relación valorada la dirección de obra enviará un ejemplar al contratista a efectos de su conformidad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 217.3.b) de la LCSP.

    6.10. Obras que se abonarán al Contratista y precios de las mismas. Tanto en las certificaciones de obra como en la liquidación final, se abonará al contratista la obra que realmente ejecute a los precios de ejecución material que figuran en el presupuesto contratado para cada unidad de obra, con sujeción al proyecto que sirve de base a la licitación, o las modificaciones del mismo autorizadas por la superioridad, o a las órdenes que con arreglo a sus facultades le haya comunicado por escrito el Director de la Obra, siempre que dicha obra se encuentre ajustada a los preceptos del contrato y sin que su importe, añadido a los restantes, pueda exceder de la cifra total de los presupuestos aprobados. Por consiguiente, el número de unidades que figuran en el proyecto o en el presupuesto no podrá servirle de fundamento para entablar reclamaciones de ninguna especie, salvo en los casos de rescisión.

    6.11. Materiales o productos no previstos. Cuando se presente como necesario emplear materiales o productos para ejecutar obras que no figuren en el proyecto, se valorará su importe a los precios asignados a otras obras o materiales análogos, si los hubiera, y en caso contrario, se discutirá entre el Director de la Obra y el Contratista, sometiéndolos a la superior aprobación por parte del Órgano de contratación. Los nuevos precios convenidos por uno u otro procedimiento, se sujetarán en cualquier caso a lo establecido en el párrafo 6.10. del presente capítulo y se fijarán de acuerdo con los precios unitarios integrados en el contrato y, en cualquier caso, en los costes que correspondiesen a la fecha en que tuvo lugar la adjudicación.

    6.12. Abono de las partidas alzadas. Para la ejecución material de las partidas alzadas figuradas en el proyecto de obra a las que afecta la baja de adjudicación, deberá obtenerse la aprobación de la Dirección Facultativa. A tal efecto, antes de proceder a su realización se someterá a su consideración el detalle desglosado del importe de la misma, el cual, si es de conformidad, podrá ejecutarse. De las partidas unitarias o alzadas que en el estado de mediciones o presupuesto figuran, serán a justificar las que en los mismos se indican, siendo las restantes de abono íntegro. Una vez realizadas las obras, le serán abonadas al contratista en el precio aprobado siguiente: Las cantidades calculadas para obras accesorias, aunque figuren por una partida alzada del presupuesto, no serán abonadas sino a los precios de la contrata, según las condiciones de la mismas y los proyectos particulares que para ello se formen o, en su defecto, por lo que resulte de la medición final.

    CAPITULO VII Plazo de garantía y pruebas previstas para la recepción.

    7.1. El contratista una vez finalizadas las obras, hallándose éstas al parecer en las condiciones

  • exigidas, y antes de la recepción de las mismas, deberá haber realizado todas las pruebas necesarias de las instalaciones del edificio que garanticen su perfecto funcionamiento.

    7.2. La recepción de las obras será dentro del mes siguiente de haberse finalizado éstas y esté comprobado el perfecto funcionamiento de las instalaciones, a efectos de cumplimiento del artículo 205.2 de la LCSP.

    7.3. A la recepción de las obras concurrirá un facultativo designado por el Ayuntamiento de Madrid, representante de ésta, el facultativo encargado de la Dirección de las obras y el contratista, asistido, si lo estima oportuno, de su facultativo, a efectos de cumplimentar el artículo 205.1 de la LCSP.

    7.4. El facultativo designado por la Administración contratante podrá dar por recibidas las obras levantándose acta de dicha recepción.

    7.5. El plazo de garantía comenzará a contar a partir de la fecha del acta la recepción de las obras.

    7.6. De no ser recibidas, el Director de Obra señalará los defectos observados y fijará un plazo para remediarlos.

    7.7. El contratista deberá remediar los defectos en el plazo señalado, y de no hacerlo así, podrá concedérsele otro nuevo plazo, improrrogable o declarar resuelto el contrato. Tanto la recepción como la obligación de remediar defectos en el plazo señalado, en su caso, se recogerá en la correspondiente acta, a efectos de cumplimentar el artículo 218.2 de la LCSP.

    7.8. El plazo de garantía será de 1 AÑO y durante este período el contratista corregirá los defectos observados, eliminará las obras rechazadas y reparará, en su caso, las averías que se produzcan. Todo ello por su cuenta y sin derecho a indemnización alguna, ejecutándose, en caso de resistencia, dichas obras por la Administración con cargo a la garantía.

    7.9. Podrán ser objeto de recepción parcial aquellas partes de la obra susceptibles de ser ejecutadas por fases que puedan ser entregadas al uso público, según lo establecido en el contrato, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 218.5 de la LCSP.

    7.10. El contratista garantiza a la Administración contra toda reclamación de tercera persona derivada del incumplimiento de sus obligaciones económicas o disposiciones legales relacionadas con la obra. Una vez aprobada la recepción y liquidación de las obras, la Administración tomará acuerdo respecto a la garantía depositada por el contratista.

    7.11. Transcurrido el plazo de garantía, el contratista quedará relevado de toda responsabilidad, salvo en lo referente a los vicios ocultos de la construcción tal y como se estipula en el artículo 219 de la LCSP. De dichos vicios ocultos, si los hubiera, el contratista responderá durante el término de quince años. Transcurrido este plazo quedará totalmente extinguida su responsabilidad.

    CAPITULO VIII Cesiones y subcontratos.

    8.1. Cesiones y subcontratos La empresa que resulte adjudicataria de la licitación a que se refiere el presente pliego

  • podrá ceder los derechos derivados del contrato, en las condiciones que señalan los artículos 209, 210 y 211 de la LCSP.

    CAPITULO IX Cláusulas finales.

    9.1. El contratista, de acuerdo con la Dirección Facultativa, entregará en el acto de la recepción los planos de todas las instalaciones ejecutadas en la obra, con las modificaciones o estado definitivo en que han quedado.

    9.2. El contratista se compromete a entregar en el plazo de un mes, desde recepción de las obras en el servicio correspondiente, las autorizaciones necesarias de los Organismos competentes local y autonómico para la total puesta en servicio de todas las instalaciones.

    Son igualmente por cuenta del contratista, el impuesto sobre el valor añadido y todos los arbitrios, tasas, licencias y costes de uso, conservación y mantenimiento que ocasionen las obras hasta su total terminación, al igual que las sanciones o multas que pudieran derivarse de actuaciones u omisiones por la ejecución de la obra.

    9.3. Conservación de la obra hasta la recepción. El contratista, desde la finalización de las obras, hasta la recepción de las mismas, será el conservador del edificio, donde tendrá el personal suficiente para atender a todas las averías y reparaciones que puedan presentarse, aunque el establecimiento fuese ocupado por la propiedad antes de la recepción de la misma.

    9.4. Libro Oficial de Ordenes, Asistencia e Incidencias. Una vez finalizada la obra, el Libro Oficial de Ordenes, asistencia e incidencias, en unión del libro memoria de la obra, se entregarán a la Dirección de las obras para su archivo.

    Madrid, Enero de 2009

    EL ARQUITECTO

    Fdo.:

  • PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS DE LA INSTALACION PCI

  • 1.1 CONDICIONES GENERALES¡Error! Marcador no definido.

    1.1.1 FINALIDAD DEL PLIEGO

    1.1.2 CONCEPTOS COMPRENDIDOS

    1.1.3 CONCEPTOS NO COMPRENDIDOS

    1.1.4 COORDINACION

    1.1.5 INTERPRETACION DEL PROYECTO

    1.1.6 MODIFICACIONES

    1.1.7 DOCUMENTACION GRAFICA

    1.1.8 INSPECCIONES

    1.1.9 CALIDAD

    1.1.10 REGLAMENTACION DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO

    1.1.11 GARANTIAS

    1.1.12 REPLANTEO

    1.1.13 ACOPIO DE MATERIALES

    1.2 CONDICIONES TECNICAS ESPECÍFICAS24

    1.2.1 MATERIALES COMPLEMENTARIOS COMPRENDIDOS

    1.2.2 RED GENERAL P.C.I. (COMPONENTES)

    1.2.3 LINEAS DE TUBERÍAS ENTERRADAS (SISTEMA DE AGUA)

    1.2.4 LINEAS DE TUBERÍAS AEREAS (SISTEMAS AGUA)

    1.2.5 INSTRUMENTACIÓN

    1.2.6 EQUIPO DE BOMBEO

    1.2.7 DEPOSITO DE RESERVA DE AGUA C.I.

    1.2.8 BOCAS DE INCENDIO EQUIPADAS

    1.2.9 EXTINTORES PORTATILES

  • 1.2.10 LINEAS DE TUBERIAS PARA SISTEMAS NOVEC™ 1230 de 3M™.

    1.2.11 SISTEMAS DE NOVEC™ 1230 de 3M™ (COMPONENTES)

    1.2.12 SISTEMA DE CONTROL Y ALARMA

    1.2.13 SISTEMA DE DETECCIÓN Y ALARMA

    1.2.14 COMPARTIMENTACIÓN: OBRA CIVIL

    1.2.15 COMPARTIMENTACIÓN: PUERTAS Y COMPUERTAS RF

    1.2.16 ILUMINACIÓN DE EMERGENCIA

    1.2.17 SEÑALIZACIÓN

    1.2.18 PRUEBAS

    1.2.19 CONDICIONES ESPECIFICAS DE MONTAJE

  • FINALIDAD DEL PLIEGO

    El presente pliego tiene por finalidad la determinación y definición de los siguientes

    conceptos:

    1. Extensión de los trabajos a realizar por el Instalador y por lo tanto,

    plenamente incluidos en su oferta.

    2. Materiales complementarios para el correcto acabado de la instalación, no

    relacionados explícitamente en el presupuesto pero que por su lógica aplicación

    quedan incluidos en el suministro del Instalador.

    3. Calidad y forma de instalación de los diferentes equipos y elementos

    primarios y auxiliares.

    4. Pruebas y ensayos parciales a realizar durante el transcurso de los montajes o

    finales provisionales y definitivos de las correspondientes recepciones.

    5. Las garantías exigidas tanto en los materiales, como en su montaje o en su

    funcionamiento conjunto.

    Se entiende que el Instalador que ejecute las obras, objeto del presente Proyecto,

    debe cumplir todos los requisitos exigidos en el Reglamento de Instalaciones de

    Protección Contra Incendios, aprobado por el R.D. 1942/1993 y Normas de

    Procedimiento y Desarrollo del R.D., según Orden de 16 de abril de 1998, debiendo

    presentar la documentación acreditativa junto con la oferta y estar homologado

    como “instalador” y “mantenedor” de instalaciones de P.C.I.

  • CONCEPTOS COMPRENDIDOS

    Es de total competencia del Instalador y por lo tanto queda incluido en el precio

    ofertado el suministro de todos los elementos y materiales, mano de obra, medios

    auxiliares y en general aquellos conceptos necesarios para el correcto acabado y

    puesta a punto de las instalaciones tal y como se describen en la memoria, son

    representados en los planos, quedan relacionadas de forma básica en el presupuesto

    y cuya calidad y montaje se indican en el pliego de condiciones técnicas.

    Quedarán así mismo comprendidas en la oferta del Instalador cualquier pequeña

    variación en la medición de tuberías, número de accesorios, longitud de cableado,

    etc. que no afecten, según criterio de la Dirección de Obra y de forma significativa al

    monto del presupuesto.

    Queda entendido que los cuatro documentos del Proyecto, memoria, presupuesto,

    planos y pliego de condiciones, forman todo un conjunto. Si fuese advertida o

    existiese una posible discrepancia entre los cuatro documentos anteriores, su

    interpretación será la que determine la Dirección de Obra.

    Es responsabilidad del instalador el cumplimiento de la normativa oficial vigente al

    respecto del proyecto. Si en el mismo existiesen conceptos ocultos que se desviasen o

    no cumpliesen las mismas, es obligación del Instalador comunicarlo a la Dirección

    Técnica y Propiedad, en la forma que se describirá más adelante y en ningún caso

    efectuar un acopio de materiales, un suministro o un montaje, que contravenga la

    normativa. Son extensivos también a los trabajos del instalador, la gestión y

    confección de toda la documentación técnica necesaria para su tramitación ante

    los diferentes Organismos Oficiales, así como la elaboración del PLAN DE SEGURIDAD

    Y SALUD, con el objeto de obtener todos los permisos requeridos de acuerdo a la

    legislación, no pudiéndose proceder a una recepción provisional si todo lo anterior no

    estuviese debidamente cumplimentado.

  • Dentro de las actividades de albañilería serán responsabilidad del instalador los

    siguientes conceptos:

    1. Andamiajes o elementos de soportería para zonas altas o fachadas, necesarias

    para el montaje de las instalaciones.

    2. Ayudas de estricto peonaje y maquinaria para carga y descarga y elevación

    de materiales hasta el lugar de ejecución.

    3. Sellado de pasamuros de sus instalaciones.

    4. Coordinación de los diferentes trabajos de obra civil y la ejecución de las

    instalaciones de P.C.I.

    5. Definición de las dimensiones y ubicación de pasamuros, soportes, etc.

    6. Caseta de obra y almacenes, en caso de ser necesarios.

    7. Apertura de rozas y posterior recibido de las instalaciones con el mortero

    correspondiente.

    8. Apertura de huecos en suelos, paredes, forjados u otros elementos de obra civil

    o albañilería para la distribución de las diferentes canalizaciones.

    9. Recibido de soportería de instalaciones, siempre que en los mismos se utilice

    material de construcción.

    10. En general cualquier tipo de albañilería necesaria para el montaje de las

    instalaciones.

    11. Contenedores para el acopio de materiales de desecho, así como la retirada

    de residuos, escombros, etc.

  • 12. Materiales de protección de mobiliario y equipos; labores de limpieza diaria de

    la zona de montaje.

    13. Traída de fuerza de las tomas existentes a la zona de montaje.

    14. Montaje y desmontaje de las placas de falso techo y/o suelo, así como su

    taladro.

    Cualquier exclusión incluida por el instalador en su oferta y que difiera de los

    conceptos expuestos en los párrafos anteriores, no tendrá ninguna validez, salvo que

    en el contrato de una forma particular y explícita, se manifieste la correspondiente

    exclusión.

    CONCEPTOS NO COMPRENDIDOS

    En general solamente quedan excluidos de realización por parte del instalador los

    conceptos que responden a actividades de albañilería resumidos en los siguientes

    puntos:

    1. Suministro de agua y electricidad necesarios para el montaje y pruebas de las

    instalaciones.

    2. Los permisos de obra, y su tramitación, de acuerdo con la legislación vigente.

    Al igual que en anteriores capítulos todo lo anterior se entiende excluido salvo que en

    el contrato de forma concreta o explícita se incluya cualquiera de los puntos

    anteriores.

  • COORDINACION

    El Instalador coordinará y pondrá los medios necesarios para que esta coordinación

    tenga la efectividad consecuente con los diferentes oficios o instaladores de otras

    especialidades que concurran en los montajes de las instalaciones.

    En aquellos puntos concurrentes entre dos oficios o instaladores y que por lo tanto

    pueda ser conflictiva la delimitación de la frontera de los trabajos y responsabilidades

    correspondientes a cada uno, el instalador se atendrá al dictamen que sobre el

    particular indique la Dirección de Obra y/o en su defecto la Propiedad.

    Todas las terminaciones de los trabajos deberán ser limpias, estéticas y dentro del

    acabado arquitectónico del edificio, esmerando principalmente los trazados de las

    redes y soporterías de forma que respeten las líneas geométricas y planimétricas de

    suelos, techos, falsos techos, paredes y otros elementos de construcción e

    instalaciones adjuntas.

    Todos los materiales acopiados o montados deberán estar suficientemente

    protegidos, al objeto de que sean evitados los daños que se puedan ocasionar por

    agua, basura, sustancias químicas, causas mecánicas y en general afectaciones de

    construcción u otros oficios, reservándose la Dirección de Obra el derecho a eliminar

    cualquier material que por inadecuado acopio, bien en almacén o montado,

    juzgase defectuoso.

    A la terminación de los trabajos, el Instalador debe proceder a una limpieza general y

    eliminación del material sobrante, recortes, desperdicios, etc., en las zonas en las que

    haya efectuado trabajos y en los elementos montados o de cualquier otro concepto

    relacionado con su trabajo, no siendo causa justificativa para la omisión de lo anterior

    la afectación del trabajo de otros oficios o empresa instaladora.

  • INTERPRETACION DEL PROYECTO

    La interpretación del proyecto corresponde en primer lugar a la Ingeniería autora del

    mismo o en su defecto a la persona que ostente la Dirección de Obra. Se entiende el

    proyecto en su ámbito total de todos los documentos, memoria, planos, presupuesto

    y pliego de condiciones técnicas, quedando, por tanto, el Instalador enterado por

    éste pliego de condiciones técnicas, que cualquier interpretación del proyecto para

    cualquier fin y entre otros para una aplicación de contrato, debe atenerse a las dos

    figuras (Autor o Director) indicadas anteriormente.

    MODIFICACIONES

    Sólo serán admitidas modificaciones a lo indicado en el proyecto por alguna de las

    siguientes causas:

    a) Mejoras en la calidad, cantidad o montaje de los diferentes componentes de la

    instalación, siempre y cuando no quede afectado el presupuesto o en todo caso

    sea disminuido, no repercutiendo en ningún caso este cambio con

    compensación de otros materiales.

    b) Modificaciones en la arquitectura de los edificios y consecuentemente variación

    de su instalación correspondiente. En este caso la variación de instalaciones será

    exclusivamente la que defina la Dirección de Obra o en su caso el Instalador con

    la aprobación de aquella. Con el objeto de matizar este apartado, se indica que

    se entienden modificaciones importantes en la función o conformación de una

    zona amplia del edificio. Las pequeñas variaciones debidas a los normales

    cambios de uso en los locales o movimientos de obra quedan incluidas en el

    precio del Instalador.

  • DOCUMENTACION GRAFICA

    El Instalador debe preparar todos los planos, tanto de taller, como de montaje

    necesarios, mostrando en detalle las características de construcción precisas para el

    correcto montaje de los equipos y redes por sus montadores, para pleno

    conocimiento de la Dirección de Obra y de los diferentes oficios y empresas

    instaladoras que concurren a la obra. Entre otros puntos los mencionados planos

    deben determinar la situación exacta de bancadas, anclajes, huecos, soportes, etc.,

    y todo ello dentro de los plazos de tiempo exigidos para no entorpecer el programa

    general de instalación. Independiente de lo anterior el instalador debe marcar en

    obra los huecos, pasos, trazados y en general todas aquellas señalizaciones

    necesarias tanto para sus montadores, como de otros oficios o empresas

    constructoras.

    Según se ha indicado en párrafos precedentes, es así mismo competencia del

    Instalador, la presentación de los escritos y planos correspondientes para la

    legalización de su instalación ante los diferentes entes u organismos.

    Asimismo al final de la obra, el Instalador deberá entregar tres juegos en papel y tres

    copias en disquetes de los planos de construcción y diferentes esquemas de

    funcionamiento o conexionado necesarios para que en el futuro haya una

    determinación precisa de cómo es su instalación, tanto en sus elementos vistos como

    ocultos.

    Se entregarán, además, tres juegos de Libros de Instrucciones, que incluirán

    descripción de los equipos, así como de las operaciones normales de los diferentes

    sistemas y programa de mantenimiento y revisiones periódicas. También se deberá

    entregar tres Dossieres con todos los certificados exigidos, a los distintos tipos de

    materiales, en el Pliego de Condiciones específicas.

    De los planos se entregaran tres copias en papel y tres en soporte informático

    (AUTOCAD).

  • Sin la entrega de esta documentación, planos "as-built" y libros de instrucciones, etc.,

    no se procederá a la recepción provisional de la instalación.

    Cualquier documentación gráfica generada por el instalador, sólo tendrá validez si

    está visada por la Dirección de Obra, entendiéndose que esta aprobación es general

    y no relevará de ningún modo al instalador de la responsabilidad de errores y de la

    correspondiente necesidad de comprobación y reparación de planos por su parte.

    INSPECCIONES

    Tanto la Dirección de Obra como la Propiedad podrá realizar todas las revisiones o

    inspecciones tanto, en el edificio como en los talleres, fábricas, laboratorios, etc.,

    donde el instalador se encuentre realizando los trabajos correspondientes con ésta

    instalación, pudiendo ser las mencionadas inspecciones totales o parciales, según los

    criterios que la Dirección dictamine al respecto.

    Si para la verificación de calidad o capacidad de un material o equipo fuese

    necesario la asistencia a pruebas o ensayos, fuera de la obra, el coste de los mismos

    será a costa del Instalador.

    CALIDAD

    Cualquier elemento, máquina, material y en general cualquier concepto en el que

    pueda ser definible una calidad, será el indicado en el proyecto, bien determinado

    por una marca comercial, o por una especificación concreta. Si no estuviese definida

    una calidad, la Dirección podrá elegir la que corresponda en el mercado a niveles

    de primera calidad.

    Si el instalador propusiese una calidad similar, exclusivamente la Dirección de Obra

    definirá si es o no similar, por lo que todo aquello que no sea lo específicamente

    indicado en el presupuesto o proyecto deberá haber sido aprobado, por escrito, por

    la Dirección de Obra para su instalación, pudiendo ser eliminado, por tanto, sin

    ningún perjuicio para la Propiedad si no fuese cumplido este requisito.

  • Cuando en la Memoria o el Pliego de Condiciones se especifique una marca y

    modelo comerciales, se preferirá, ésta, aunque a juicio de la Dirección de Obra se

    podría aceptar otra de calidad similar.

    REGLAMENTACION DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO

    Con total independencia de las prescripciones indicadas en los documentos del

    proyecto, es prioritario para el Instalador el cumplimiento de cualquier

    reglamentación de obligado cumplimiento que afecte a su instalación, bien sea de

    índole nacional, autonómica, municipal, compañías de seguros o en general, de

    cualquier ente que pueda afectar a la puesta en marcha legal y necesaria para la

    consecución de las funciones de la industria, siendo por tanto, competencia y

    responsabilidad del Instalador la previa revisión del proyecto antes de que realice

    ningún pedido ni que ejecute ningún montaje y su denuncia a la Dirección y

    Propiedad de cualquier concepto no compatible con la reglamentación exigida.

    Esta comunicación deberá ser realizada por escrito y entregada en mano a la

    Dirección de Obra.

    Una vez iniciados los trabajos o pedidos de los materiales relativos a la instalación

    contratada, cualquier modificación que fuera necesario realizar por cumplimiento de

    normativas, será realizada con cargo total al Instalador y sin ningún coste para la

    Propiedad u otros oficios o contratistas, reservándose ésta los derechos por

    reclamación de daños y perjuicios en la forma que se considere afectada.

    En ningún caso el Instalador podrá justificar el incumplimiento de normativas por

    identificación de proyecto o por instrucciones directas de la Dirección de Obra.

    GARANTIAS

    Tanto los componentes de la instalación como su montaje y funcionalidad debe

    quedar garantizada, por escrito y un año como mínimo a partir de la recepción

    provisional, y en ningún caso, esta garantía cesará hasta que sea realizada la

    recepción definitiva. Es criterio de la Dirección de Obra determinar ante un defecto

    de maquinaria su posibilidad de reparación o el cambio total de la unidad.

  • REPLANTEO

    El instalador, antes del comienzo de los trabajos, e incluso antes de la firma del

    contrato, deberá efectuar un replanteo de los mismos, indicando cualquier variación

    sustancial en las mediciones del proyecto o de equipos necesarios para el

    cumplimiento de la reglamentación vigente y de los códigos o normas de diseño

    empleados.

    Durante el replanteo inicial el instalador también deberá comprobar las posibles

    interferencias con otras instalaciones y sus posibles implicaciones durante el montaje.

    Una vez aceptadas las mediciones del proyecto cualquier variación de las mismas

    será a cargo del instalador.

    Durante la obra el instalador efectuará replanteos parciales de la zona de trabajo. Los

    planos de proyecto se emplearán como planos de montaje solo si no varían ninguna

    de las condiciones de montaje, por interferencias con estructura u otras instalaciones,

    en ellos recogidos. En caso de que existan otras condiciones de montaje el instalador

    deberá realizar planos de montaje, que deberán ser aprobados por la Dirección de

    Obra.

    ACOPIO DE MATERIALES

    El Instalador podrá acopiar sin autorización de la Dirección Facultativa de Obra los

    materiales o equipos no referenciados por marca o modelo comercial, tales como:

    - Tuberías

    - Bridas y otros accesorios

    - Soportes estándar

    - Tubo eléctrico

    - Cables

    - Cajas de derivación

    - Etc.

  • Siempre que cumplan sus correspondientes Pliegos de Condiciones Técnicas. Junto

    con estos materiales se deberá facilitar los certificados u aprobaciones exigidos en su

    correspondiente P.C.T.

    También podrá acopiar aquellos materiales o equipos referenciados con marca y

    modelo, siempre que sea el recogido en el proyecto y vaya acompañado de los

    certificados de pruebas y aprobaciones exigidos en su P.C.T.

    Para el acopio de:

    - Rociadores.

    - Equipos de bombeo.

    - Depósito de agua.

    - Válvulas (Compuerta, bola, mariposa, asiento o retención).

    - Válvulas de control y alarma.

    - Detectores de flujo.

    - Presostatos.

    - Manómetros.

    Y en general todos los equipos referenciados con marca y modelo comercial, siempre

    que vayan a ser de otra marca o modelo, y todos aquellos elementos montados

    vistos en las plantas sobre superficie, se precisará la autorización de la Dirección de

    Obra. Aún con esta autorización, estos materiales y equipos se acopiarán

    acompañados de los correspondientes certificados de pruebas y aprobaciones

    exigidos en sus correspondientes P.C.T.

    CONDICIONES TECNICAS ESPECÍFICAS

  • MATERIALES COMPLEMENTARIOS COMPRENDIDOS

    Dentro de los conceptos comprendidos indicados en las condiciones generales, a

    continuación se indican algunos puntos particulares concretos, exclusivamente como

    ejemplo o aclaración para el Instalador, no significando por ello que los mismos

    excluyan la extensión o el alcance de otros:

    • Soporterías, perfiles, estribos, tornillería y en general elementos de sustentación

    necesarios, debidamente protegidos por pinturas o tratamientos electroquímicos.

    • Protecciones de redes, equipos y accesorios con pinturas antioxidantes o

    anticorrosivas, enfundados plásticos termoadaptables para canalizaciones

    empotradas o enterradas, y en general todos aquellos elementos de prevención y

    protección de agresiones externas.

    • Pinturas y tratamientos de terminación, tanto de equipos, canalizaciones y

    accesorios, como de flechas y claves de identificación.

    • Gases de soldadura, pastas, mastics, siliconas y cualquier elemento necesario para

    el correcto montaje, acabado y sellado.

    • Canalizaciones eléctricas para maniobra, control o mando, desde los regleteros

    previstos a tal efecto en los cuadros eléctricos (Es responsabilidad del Instalador el

    suministro de los planes de enclavamiento correspondiente y su verificación

    funcional, aunque el montaje se haya realizado dentro de cuadros eléctricos

    existentes). Las calidades de éstas canalizaciones serán acordes a las contiguas

    paralelas, cuando existan, o a las adoptadas en el montaje eléctrico.

    • Manguitos pasamuros, marcos de madera, bastidores y bancadas metálicas, y en

    general todos aquellos elementos necesarios de paso o recepción de los

    correspondientes de la instalación.

    25/147

  • • Elementos elásticos de soportería y en general todos aquellos elementos

    necesarios para la eliminación de vibraciones.

    • Puesta a tierra adecuada de los equipos que lo necesiten.

    RED GENERAL P.C.I. (COMPONENTES)

    VALVULAS AISLAMIENTO

    En caso de existir, todas las válvulas de corte (o seccionamiento) a utilizar en la

    red exterior, tendrán indicador de posición y serán válvulas de accionamiento

    lento.

    Las válvulas de seccionamiento a montar en la red general contra incendios, se

    instalarán en lugares de fácil acceso, debiendo estar protegidas

    adecuadamente contra las condiciones térmicas adversas.

    Las válvulas a utilizar podrán ser de los siguientes tipos:

    • Válvulas de compuerta de husillo ascendente, o con poste de

    accionamiento e indicador de posición.

    • Válvula de asiento (solo en conexión de limpieza de la red general).

    • Válvulas de mariposa con poste telescópico e indicador de posición y

    accionamiento manual a través de reductor.

    Todas las válvulas de mariposa tendrán un mecanismo de accionamiento

    manual, de manera que deban darse al menos cuatro vueltas al mismo desde

    su posición de completamente abierta o completamente cerrada.

    Las válvulas a instalarse en la red exterior serán como mínimo PN-16 o 150 lb y se

    unirán al tendido de la red exterior mediante bridas de idéntica presión nominal,

    26/147

  • y cumplirán con los mismos requisitos exigidos para el resto de las válvulas a

    instalar en los otros sistemas.

    El cuerpo de las válvulas de mariposa podrán ser de acero o fundición, la

    mariposa o clapeta de bronce, al eje de la válvula en acero inoxidable, el poste

    indicador en hierro fundido o laminado (según diámetro) y el eje en acero

    laminado, estará prevista para su instalación enterrada y para soportar bajas

    temperaturas.

    Las válvulas serán de las marcas GRINNELL, VIKING, ANGODOS o similar con

    prolongador telescópico, o volante, y visor a distancia.

    A efectos de dimensionamiento del poste indicador, se prevé una distancia

    aproximada desde el nivel del terreno al eje de la tubería enterrada de 1,10

    metros.

    27/147

  • LINEAS DE TUBERÍAS ENTERRADAS (SISTEMA DE AGUA)

    Todas las líneas de tubería serán de fundición dúctil, fabricada según norma ISO 2531

    de la serie K=9, con recubrimiento interior de cemento centrifugado rico en Si-Al, con

    un espesor mínimo de 3,2 mm. La unión de tubos se efectuará mediante junta

    automática flexible.

    Para derivaciones, empalmes, cambios de dirección, etc., se utilizarán los accesorios

    correspondientes (tés, codos, reducciones, etc.) de fundición dúctil con junta exprés.

    Las uniones de la tubería con valvulería o tubería de acero se efectuarán mediante

    uniones embridadas PN-16 (DIN) o 150 lb (ANSI).

    En cuanto a las condiciones de instalación, cuando el fabricante del material utilizado

    en dicha red tenga condiciones particulares de instalación, estas deberán seguirse, a

    no ser que las mismas sean menos exigentes que las expresadas en el presente Pliego

    de Condiciones.

    1. Excavaciones de zanja con ancho mínimo de 0,80 m al nivel de la parte superior

    de la tubería y una profundidad mínima de 1,30 m.

    La profundidad mínima desde la superficie del terreno a la generatriz superior de

    la tubería enterrada será de 1,0 m.

    En cualquier caso, las tuberías deberán discurrir a una distancia de, al menos, 200

    mm de cualquier conducción de baja tensión (400 mm si es de media tensión),

    aunque esto obligue a aumentar la profundidad de enterramiento mencionada.

    2. En las zonas de “empalme” deberá rebajarse, convenientemente la zanja

    para asegurar que la tubería apoya completamente sobre su generatriz inferior.

    28/147

  • 3. Si en la excavación aparecen rocas, se deberán retirar de forma que al menos en

    15 cm debajo y cada lado de la tubería no exista ninguna. El fondo de la zanja

    deberá estar libre de rocas o cantos rodados y adecuadamente compactada.

    4. La tubería irá apoyada sobre una cama de 20 cm de arena de río o terreno

    mejorado.

    5. Los tramos de tubería y demás accesorios no deberán presentar defectos por

    transporte, almacenamiento, manejo o instalación inadecuada, por lo que antes

    de proceder al tendido de un tramo de tubería, se revisarán los materiales,

    rechazando los que presenten defectos.

    6. La dirección de la campana de los tramos de tubería no está relacionada

    funcionalmente con la dirección del flujo en el colector.

    7. En el interior de las tuberías y accesorios no deberá haber, durante su

    almacenamiento, puesta en obra o una vez instaladas, materiales extraños.

    8. El material de relleno de la zanja estará libre de cenizas, escorias, desperdicios,

    cascotes, material vegetal u orgánico, rocas o cantos rodados, tierra congelada,

    o cualquier otro material considerado como inadecuado por la Dirección de

    obra.

    El material de relleno podrá contener piedras o cantos rodados con una

    dimensión máxima de 50 mm, desde 300 mm por encima de la generatriz superior

    hasta la altura del suelo o pavimento; hasta esta distancia el tamaño máximo

    permitido será de 20 mm.

    9. Una vez colocada la tubería, se rellenará con arena “compactada” hasta 200

    mm por encima de la generatriz superior de la tubería. Si se considera adecuado

    29/147

  • por la dirección de obra podrá utilizarse el material excavado para este relleno

    (tierra cribada):

    10. El resto de la zanja se rellenará por tongadas, hasta 300 mm. por encima de la

    generatriz con grado de compactación del 95 % del próctor normal.

    Las restantes tongadas se compactarán con un grado del 100 % del proctor

    normal.

    En la red exterior las juntas de unión de los tramos de tubería, uniones con

    válvulas, con accesorio, acometidas a sistemas de protección, etc. se dejarán al

    descubierto hasta realizar, de forma satisfactoria, las pruebas hidrostáticas.

    11. Las condiciones de ejecución se ajustarán a las exigencias del Pliego de

    Prescripciones Técnicas generales para tuberías de abastecimientos de agua del

    MOPU y del ANSI/AWWA C600.-82.

    12. Una vez montados los tubos y accesorios, se procederá a la sujeción y apoyo de

    los codos, cambios de dirección, reducciones, piezas de derivación y en general

    todos aquellos elementos que están sometidos a acciones que puedan originar

    desviaciones perjudiciales.

    Estos apoyos o sujeciones serán de hormigón establecido sobre terreno de

    resistencia suficiente, y con el desarrollo preciso para evitar que puedan ser

    movidos por los esfuerzos soportados.

    Además de en todos aquellos puntos de la red de tuberías donde existen

    derivaciones y codos, se situarán anclajes de hormigón en los puntos que se

    indican en planos, a los cuales se anclaran “abrazaderas” metálicas protegidas

    con “fundas” de PVC para no dañar el acabado de las tuberías.

    30/147

  • En caso de modificar lo indicado en planos, el Instalador deberá realizar cálculos

    justificativos de dimensionado de estos dados, en función de los esfuerzos que

    deban soportar y de las características del terreno, que deberán ser aprobados

    por la Dirección de obra.

    Los apoyos, salvo indicación expresa contraria, deberán ser colocados en forma

    tal que las juntas de las tuberías y de los accesorios sean accesibles para su

    reparación.

    Para estas sujeciones y apoyo se prohibe de manera terminante el empleo de

    cuñas de piedra o de madera que puedan desplazarse.

    13. Para la recepción de la red exterior se realizará una prueba hidrostática de

    acuerdo con la norma ANSI/AWWA C-600 o el código nº 24 de la NFPA.

    Además de esta prueba se realizará una prueba de flujo que abarque a todas las

    secciones de la red para comprobar que las prestaciones son las esperadas y que

    la curva del abastecimiento se adapta a las necesidades de los sistemas de

    protección, para lo cual se instalará una conexión de prueba y limpieza, dotada

    de una válvula de seccionamiento.

    Además de las condiciones exigidas hasta el momento, se deberán seguir las

    siguientes recomendaciones:

    • No deberá transcurrir más de una semana entre la excavación de la zanja y

    la colocación de la tubería. De modo contrario, se deberán dejar sin excavar

    los últimos 200 mm. para realizar el acabado de la zanja en un plazo menor

    que el indicado.

    31/147

  • • Las zanjas tendrán un trazado correcto, alineadas en planta y con su fondo

    con una rasante uniforme a excepción de los rebajes que se efectúen

    durante el montaje para permitir que la tubería apoye en toda su longitud.

    • Para el montaje de las tuberías se deberán tener en cuenta las condiciones

    de preparación y ejecución dadas por el fabricante de las tuberías, válvulas,

    elementos auxiliares o cualquier otro accesorio de acabado especial.

    • Las tuberías se centrarán en el fondo de las zanjas respecto a los bordes de la

    misma y a los tubos adyacentes, y se alinearán. Una vez conseguido esto se

    calzarán y acodarán para impedir su movimiento.

    • Cuando se interrumpa la colocación de la tubería se taparán sus extremos

    para impedir la entrada de agua o cuerpos extraños. No se debe colocar

    más de 100 m de tubería sin proceder al relleno, al menos parcial para evitar

    la posible flotación de los tubos en caso de inundación de la zanja. Asimismo,

    durante la colocación de las tuberías las zonas se mantendrán libres de agua.

    En las zonas que se encuentren pavimentadas la apertura de la zanja se realizara

    previo “corte” del hormigón y/o asfalto y, se deberán dejar con igual acabado,

    teniendo la prevención de ejecutar una losa de hormigón antes del acabado

    asfáltico.

    32/147

  • LINEAS DE TUBERÍAS AEREAS (SISTEMAS AGUA)

    TUBERIAS

    Todas las líneas aéreas de tubería utilizadas en los sistemas de columna húmeda

    (presurizados permanentemente) serán de acero estirado sin soldaduras, clase

    negra. Los tipos de tubería a emplear serán:

    Tubería según dimensiones y condiciones técnicas de suministro de la norma

    DIN 2440 y prescripciones de calidad St. 33-2 conforme a la norma DIN

    17100, número de material 1.0035, para uniones roscadas o ranuradas

    mecánicas tipo “roll grooved”.

    Tubería según dimensiones de la norma DIN 2448, condiciones técnicas de

    suministro según la norma DIN 1629 y prescripciones de calidad St.37.0,

    número de material 1.0254, para uniones soldadas o ranuradas mecánicas

    tipo “roll grooved”.

    En ambos casos los materiales se suministrarán acompañados por la

    documentación correspondiente según la norma DIN 50.049-2.2.

    El diámetro nominal mínimo permitido, en las tuberías de los sistemas de contra

    incendios es de 1” (25 mm).

    METODOS DE UNION

    Los tipos o métodos de unión de posible utilización, y sus campos de

    aplicación serán:

    33/147

  • Uniones roscadas para diámetros iguales o menores de 2”. Las roscas

    empleadas serán las GAS-WITHWORTH (DIN 2999), aunque en ciertos

    componentes y accesorios se admitirá el empleo de rosca NPT, según

    ANSI B.2.1.

    En las uniones roscadas los elementos de junta (teflón, cáñamo y minio,

    etc.) se aplicarán siempre en las roscas de la tubería (macho) y no en las

    del accesorio (hembra).

    La conexión mínima será de 7 hilos completos de rosca en uniones

    roscadas de tuberías de 1” a 11/2” de diámetro y de 8 hilos en las de 2” de

    diámetro.

    Uniones de enchufe y soldadura o soldadura a solape (Socket-weld) para

    diámetros de tuberías iguales o menores de 2”. Los enchufes empleados

    serán los definidos en la norma ANSI B16.11. La distancia entre el fondo del

    enchufe y la tubería será de 2 mm. antes de efectuar la soldadura.

    Uniones soldadas a tope para tuberías de diámetro mayores de 2”.

    Cuando se utilice este tipo de unión, los bordes de las tuberías se

    prepararán biselados según la norma ANSI B 16.25.

    Uniones embridadas para diámetros iguales o mayores de 2”. Las uniones

    entre bridas se efectuarán utilizando espárragos y tuercas cadmiados, de

    las dimensiones y pasos adecuados. No se admite el empleo de tornillos

    con tuercas.

    Los espárragos sobresaldrán de las tuercas entre tres y cinco hilos de

    rosca como mínimo.

    34/147

  • El material de los espárragos será acero aleado ASTM A 193 grado B.7,

    rosca según ANSI B1.1 y el de las tuercas acero al carbono ASTM A 194,

    rosca ANSI B.1.1.

    Uniones ranuradas mecánicas “roll grooved” en cualquier diámetro. •

    NOTA: (1) Las conexiones ranuradas mecánicas se admitirán únicamente del

    tipo “roll grooved”. En caso de utilizarse del tipo “cut grooved”, se

    determinará el espesor de tuberías a utilizar, para ser aprobado

    por la Dirección de Obra.

    Los elementos elásticos de estanqueidad deberán ser adecuados

    para las condiciones donde se instalen y específicamente en los

    sistemas instalados en intemperie, se deberán suministrar

    certificados de adecuación y durabilidad a las condiciones medio

    ambientales.

    (2) Los soldadores estarán homologados según lo requerido en la

    Norma UNE-EN 287-1

    ACCESORIOS

    En la ejecución del tendido de tubería los “accesorios normalizados” de posible

    utilización serán:

    Accesorios para unión roscada

    Accesorios de fundición maleable DIN 2950, con las siguientes limitaciones:

    35/147

  • Las tuercas de reducción M/H solo se utilizarán cuando no estén

    disponibles o no sea posible el uso de otros accesorios de reducción.

    Las tuercas de unión solo se utilizarán si no es posible la utilización de otro

    accesorio de unión y nunca en diámetros superiores a 1 ½”.

    Accesorios para unión soldada a solape (socket-weld)

    Accesorios de acero forjado ASTM A-105, ANSI B16.11, clase 3000 libras.

    Accesorios para unión soldada a tope

    Codos DIN, de acero sin soldadura, para soldar a tope según las normas

    DIN 2605 y 2606.

    Accesorios de acero forjado ASTM A-234, ANSI B 16.9, Standard.

    Bridas

    Bridas con cuello para soldar (RF,S.O. o W.N., según el caso), según la norma

    DIN 2632 PN-16, o de acero forjado ASTM A-105 ó A-181 grado I,

    dimensionadas según ANSI B16.5 en clases 150 lb; en todo caso bridas con

    resalte para juntas “Klingerit” de 1,5 mm de espesor.

    Uniones ranuradas mecánicas

    36/147

  • Accesorios para juntas ranuradas mecánicas tipo “roll grooved”. Accesorios

    tipo “Hole filt”.

    Se utilizarán uniones ranuradas mecánicas con presiones nominales de

    trabajo superiores a los 175 psi. En su utilización se seguirán todas las

    indicaciones del fabricante de las juntas (Profundidad de ranura, elementos a

    lubricar y lubricante a utilizar, etc.).

    Las juntas de estanqueidad de estas conexiones, así como de los accesorios

    especiales que las usen, serán adecuadas al lugar de montaje, debiendo

    suministrarse el correspondiente certificado de adecuación y durabilidad.

    En todos los casos los accesorios, curvas, reducciones y demás elementos se

    realizarán mediante accesorios normalizados.

    DERIVACIONES DE FLUJO

    Las derivaciones de flujo se realizarán según los siguientes criterios:

    Mediante T roscada maleable y/o por injerto soldado de un medio

    manguito a la tubería (Thereaded) y extremo roscado H, para diámetros de

    las tuberías implicadas iguales o menores de 2” de diámetro.

    Por injerto de los accesorios adecuados, si el colector es de diámetro mayor

    de 2” y la tubería derivada o menor de 2”.

    Por injerto directo de las tuberías implicadas si los diámetros son de 2 ½” o

    mayores.

    37/147

  • En todos los casos los accesorios, curvas, reducciones y demás elementos se

    realizarán siempre mediante accesorios normalizados.

    • Accesorios de injerto

    • Injertos de derivación para tuberías en acero forjado (Forged steel

    autlets) ASTM A-105 grado II, standard ó clase 3000 lb, para salida

    roscada según ANSI B2.1 (Theadolet), soldada a solape según ANSI

    B16.11 (Sockolet) o soldada a tope con extremos biselados según ANSI

    B16.25 (Weldolet). También podrán utilizarse las derivaciones a 45º

    (Latrolet) o en codos (Elbolets).

    • Medios manguitos de acero forjado ASTM A-105 grado II, clase 3000 lb,

    para salida roscada según ANSI B2.1 o soldada a solape según ANSI B

    16.11.

    • Injertos para soldar a tope según ANSI B16.5 (Weld couplets-branch

    connection), en acero forjado ASTM A-105 grado II, clase 3000 lb, para

    salida roscada según ANSI B2.1 o soldada a solape según ANSI B 16.11.

    • Derivaciones de flujo. Condiciones de Ejecución

    En las derivaciones de flujo, para el injerto de tuberías o para la utilización de

    accesorios de injerto, medios manguitos y accesorios especiales, el orificio

    en el colector se deberá efectuar teniendo en cuenta las siguientes

    condiciones:

    • Los orificios en el colector deberán realizarse ajustados al diámetro

    interno de la tubería derivada o del accesorio de derivación.

    38/147

  • • Los orificios se practicaran por taladro o fresado del colector, para

    diámetros de 2 ½” y menores. En estos diámetros no se permitirá el

    empleo de oxicorte. Únicamente en el injerto directo de tuberías se

    permitirá el corte de la tubería derivada por oxicorte.

    • Cuando la tubería injertada sea de 3” o más, el orificio en el colector

    se practicará con oxicorte. La terminación se efectuará con muela,

    hasta que el diámetro del orificio y la preparación de los bordes sea

    adecuado. Como en el caso anterior la tubería derivada se cortará

    con oxicorte. La terminación y preparación de bordes de estas

    tuberías también se realizará con muela.

    • El acabado del orificio del colector deberá ser perfectamente limpio,

    sin presencia de irregularidades en el corte, rebabas o virutas.

    • Deberán retirarse las virutas y sobrantes producidos por el corte dentro

    y fuera de la tubería y prepararse adecuadamente los bordes.

    En las siguientes tablas se recogen, dentro de las posibles, las formas

    recomendadas de efectuar las derivaciones de flujo.

    39/147

  • - DERIVACIONES DE FLUJO -

    ACCESORIO: FUNDICION MALEABLE DIN 2950 (TAMBIEN PARA ACCESORIO DE ACERO FORJADO ASTM A-105 PARA UNION SOLDADA A SOLAPE ANSI B16.11).

    40/147

  • - DERIVACIONES DE FLUJO -

    ACCESORIO: INJERTO DE ACERO FORJADO, EN ESTA ZONA TAMBIEN ES POSIBLE UTILIZAR, EN

    ALGUNOS DIAMETROS, T REDUCIDAS DE ACERO FORJADO ASTM A-234 ANSI B16.9.

    41/147

  • - DERIVACIONES DE FLUJO -

    ACCESORIO: MEDIOS MANGUITOS DE ACERO FORJADO ASTM A-105, CLASE 3000 LIBRAS

    42/147

  • - DERIVACIONES DE FLUJO -

    INJERTO DIRECTO DE TUBERIAS

    43/147

  • - DERIVACIONES DE FLUJO -

    ACCESORIO: T IGUALES Y REDUCIDAS DE ACERO FORJADO ASTM A-234, ANSI B16.9. LAS T REDUCIDAS NO DISPONIBLES EN EL MERCADO SE PUEDEN SUSTITUIR POR UN CONJUNTO DE T IGUAL O REDUCIDA Y REDUCCION. CON ESTE SISTEMA SE LLEGARIAN A CUBRIR LOS DIAMETROS QUE FALTAN EN COLECTORES DE 4”, 6” Y 8”.

    44/147

  • - DERIVACIONES DE FLUJO -

    ACCESORIOS ESPECIALES: SIN LIMITACIONES DE DIAMETROS, SOLO LAS DE APROBACION

    POR FM Y DISPONIBILIDAD EN EL MERCADO.

    45/147

  • CONDICIONES DE MONTAJE

    En los sistemas de “columna húmeda” (en nuestro de B.I.E.), el tendido de

    tuberías se efectuará de manera que quede garantizado el drenaje total de los

    sistemas, de forma que se permita el vaciado total de los mismos a través de la

    válvula principal de drenaje dispuesta, a tal efecto, en el “Puesto de Control”

    con las excepciones permitidas en el código nº 13 de la NFPA, en aquellas zonas

    que queden “atrapadas” se dispondrán drenajes auxiliares dimensionados y

    ubicados adecuadamente.

    Para ello, las tuberías tendrán una pendiente hacia la válvula de drenaje,

    ubicada en “Puesto de Control” de, al menos, 1 mm por metro (0,1%) en los

    ramales y colectores.

    Cualquier tubería que deba atravesar un muro o forjado deberá contar con un

    pasamuro construido con tubería de la misma calidad y de 1 a 2 diámetros

    nominales más. Si el muro o forjado atravesado ha de contar con una cierta

    resistencia al fuego se deberá sellar el hueco con mástic flexible incombustible

    (MO) o de adecuada resistencia al fuego.

    El sellado del pasamuros será realizado por el instalador, indicando los

    pasamuros sellados y comprobando que se ha ejecutado el mismo.

    El acabado de las tuberías será limpieza de las mismas, imprimación

    antioxidante con epoxy rica en cinc con espesor final de 60-70 micras y

    acabado con dos manos de 40-50 micras de espesor de epoxy, poliuretano o

    clorocaucho, siempre en color rojo incendios (RAL 3000).

    Como única excepción a lo indicado con anterioridad para sistemas de tubería

    húmeda, se encuentra el circuito hidráulico de alarma y en general el triming de

    46/147

  • las válvulas de alarma, en el cual el acabado será galvanizado interior y

    exteriormente.

    El pintado se efectuará en una zona libre de polvo o arena y lejos de lugares en

    donde se esté soldando. No se permitirán zonas sin aplicación del recubrimiento

    de acabado o con daños en el mismo.

    No se podrá pintar en condiciones de humedad relativa superior al 85%, ni con

    temperaturas inferiores a 10ºC o cuando la temperatura de la superficie de la

    tubería descienda a 3ºC por encima del punto de rocío, o con la superficie

    húmeda.

    Los tramos de tubería instalados en el exterior, serán aislados con manta de lana

    de roca, de 50 mm de espesor mínimo, capa de emulsión asfáltica y acabado

    para exteriores en aluminio.

    Se tendrá especial cuidado, sobre todo en los instalados en intemperie, de

    forma que garantice la estanqueidad del aluminio.

    SOPORTADO

    El soportado de la red de tuberías, se realizará basándose en perfiles

    normalizadas de acero y abarcones comerciales, en tramos horizontales y

    verticales. En tramos horizontales también se admite el empleo soportes de

    varilla, que deberán ser del tipo aprobados por FM para tal uso. En tendidos

    horizontales las distancias máximas entre soportes y los diámetros de las varillas

    de soporte y abarcones serán:

    ∅ TUBERIA DISTANCIA MAX ENTRE SOPORTES

    (m)

    ∅ VARILLA O ABARCON

    (mm) 1” 3,0 10

    1 ¼” 3,0 10 1 ½” 3,0 10

    47/147

  • 2” 4,0 10 2 ½” 4,0 12

    3” 4,5 12 4” 4,5 16

    5” y 6” 5,0 16 8” 6,0 16

    En todo caso, los soportes y su distanciamiento se diseñarán siguiendo los

    criterios de la norma UNE 23 590 apartado 17.2 y, en todo caso, del Código nº 13

    de la NFPA, en caso contrario el Instalador deberá entregar los cálculos

    justificativos de los mismos en función de los esfuerzos y tensiones que deban

    soportar, teniendo especial atención en los “puntos fijos” de la soportación de la

    red de tuberías, hecho que se identificará claramente en los planos AS BUILT.

    El Instalador deberá tener en cuenta, a la hora de determinar la ubicación de

    los soportes y puntos fijos, las distintas “losas de cimentación” existentes.

    La distancia máxima desde el último soporte al final de la tubería no superará las

    siguientes distancias:

    • 900 mm para tuberías de 25 mm de diámetro

    • 1.200 mm para tuberías de diámetro > 25 mm

    Para cualquier otra condición de la soportación no recogida en este pliego,

    como ubicación de los soportes, distanciamiento, etc., se deberán seguir los

    criterios de norma UNE 23590 y del código 13 de la NFPA.

    48/147

  • INSTRUMENTACIÓN

    PRESOSTATOS

    Los presostatos a utilizar en los sistemas de protección contra incendios tendrán,

    como mínimo, las siguientes características:

    FLUIDO DE PROCESO: Agua contraincendios. •

    TIPO: Tubo Bourdon.

    MATERIAL: Acero inoxidable o fundición de aluminio.

    EJECUCIÓN: Estanca, grado de protección. Según IEC IP-55 y NEMA 4 (PN

    16).

    RANGO: 0 a 16 bar.

    DIFERENCIAL: 0,15 a 0,30.

    CONTACTOS ELECTRICOS: 1 microrruptor SPDT sellado, contactos

    normalmente abiertos sin presión.

    TARADO: Según ubicación en la instalación y a definir en cada caso.

    CONEXIONES: Al proceso: ½” NPT macho.

    Eléctrica: ½” NPT hembra.

    TENSIÓN DE AISLAMIENTO: 2000 V c.a.

    49/147

  • Estos elementos se entregarán con certificado de conformidad de materiales,

    de tarado y de repetibilidad.

    Se recomienda utilizar presostatos marca “VIKING”, “DANFOS” tipo RT, o similar

    para la sala de bombas y GRINNELL modelo PS40-1A, o VIKING (part. Nº 09470)

    para los puestos de control.

    MANOMETROS/ MANOVACUÓMETROS

    Al igual que los presostatos, se utilizarán tipos de manómetros en los sistemas de

    protección contra incendios, con las siguientes características:

    FLUIDO DE PROCESO: Agua contraincendios. •

    MATERIAL: Acero inoxidable.

    CONEXIONES: 1/ 4” NPT M o 1/ 2” NPT M.

    DIAMETRO: 100 mm.

    ESCALA: Manómetros: O @ 16 bar.

    Manovacuómetros: -1/2 @ + 1/2 bar.

    Se recomienda utilizar manómetros marca WIKA, NUOVA-FIMA, CELLA o similar,

    pero SIEMPRE en baño de glicerina.

    Además de los manómetros antes indicados, se podrán utilizar otros, siempre y

    cuando estén listados “UL” y/o aprobados “FM.

    50/147

  • DETECTORES DE FLUJO

    Serán del tipo “paleta” que cubra la práctica totalidad del interior de la tubería

    donde sean instalados.

    Serán capaces de provocar la correspondiente señal de alarma con una sola

    BIE φ 25 mm que entre en funcionamiento y dispondrán de un elemento de

    retardo ajustable, entre 0 y 90 segundos, para reducir la aparición de falsas

    alarmas. Este retardo estará comprendido, normalmente, entre 30 y 45

    segundos, y en ningún caso será inferior a 20 segundos ni superior a 60 segundos.

    Admitirán su instalación, tanto en posición vertical como en posición horizontal, y

    se deberá respetar las recomendaciones de distancias de instalación a otros

    elementos o accesorios de tuberías, facilitados por el fabricante o en todo caso

    recomendados por NFPA.

    Dispondrán de dos (2) contactos SPDT para cableado, bien en posición N.O. o

    N.C.

    Podrán ser de la marca VIKING modelo VSR-F (capacidad de los contactos de

    10 A a 125/250 v C.A., y 2 A a 0-30 v. DC), de la marca POTTER modelo VSR-D

    (capacidad de los contactos de 10 A a 125/250 v. C.A., 0,5 A a 125 V c.c., 0,25 A

    a 250 v c.c.), o de la marca GRINNEL modelo VSR-F para φ ≥ 2”(capacidad de los

    contactos de 10 A a 125/250 v.C.A. y 2 A a 0-30 v. D.C.) y modelo VS-SP para φ <

    2” o cualquier otro que justifique adecuadamente las prestaciones exigidas.

    En cualquiera de los casos los detectores de flujo estarán aprobados por FM y

    listados por UL y con el material deberá suministrarse el certificado de

    homologación correspondiente, así como el certificado de conformidad de

    materiales.

    51/147

  • EQUIPO DE BOMBEO

    BOMBAS PRINCIPALES Y DE RESERVA

    Las bombas utilizadas, tanto la eléctrica (B.P.E.) como diesel (B.P.D. y B.R.D.)

    cumplirán tanto en sus componentes, como en sus prestaciones los

    requerimientos indicados en la memoria del presente proyecto, así como los

    exigidos en las Normas UNE 23500.

    El equipo estará compuesto por dos (2) bombas al 100%, una principal

    accionada por motor eléctrico y una de reserva accionada por motor diesel,

    todas con iguales características y prestaciones funcionales.

    Las bombas serán DIN (caracol) de una sola etapa. Trabajarán siempre en

    carga, con presión de aspiración positiva en todas las condiciones.

    La curva característica de las bombas utilizadas será tal que cumpla las

    siguientes condiciones:

    A caudal 0, la presión no será superior al 130 % de la presión nominal de la

    bomba ("rated total head") y nunca superior a 120 m.c.a.

    A caudal 140% del caudal nominal ("rated capacity") la presión no será

    inferior al 70% de la presión nominal de la bomba ("rated total head"),

    debiendo además cumplir esta condición para que a caudal 150% del

    nominal, la presión no sea inferior al 65% de la nominal.

    Los motores de las bombas deberán dimensionarse, al menos, para cumplir

    el punto de 150% del caudal nominal, y en todo caso, se dimensionará para

    la potencia máxima absorbida para la bomba al final de su curva, donde el

    52/147

  • final de la curva corresponde al caudal con presión de impulsión cero,

    medida en la impulsión de la bomba.

    La curva pasará o estará situada por encima del punto de demanda de los

    sistemas de protección contra incendios más desfavorables que pueden

    funcionar simultáneamente, indicados en el apartado correspondiente del

    presente Proyecto.

    Los materiales de los distintos elementos de la bomba serán:

    Cuerpo ...........................................Hierro fundido

    Impulsores y aros de cierre .........Bronce

    Rodamientos .................................Bronce

    Eje ....................................................Acero inoxidable

    Sellado............................................Empaquetadura

    El NPSH disponible deberá ser superior al requerido por la bomba en cualquier

    punto de funcionamiento de su curva, siempre que ésta trabaje en carga, de

    forma que quede asegurado que el NPSH en la entrada de la bomba supera el

    NPSH requerido en al menos 1 m con el 135% del caudal máximo demandado

    en el nivel mínimo de agua.

    Los conjuntos motobombas irán montados sobre bancadas construidas con

    perfiles metálicos normalizados, anclados sobre otra bancada de hormigón.

    El acoplamiento entre el motor y la bomba será del tipo que permita que los dos

    se puedan desmontar independientemente, sin necesidad de desembridar las

    tuberías de impulsión y aspiración del cuerpo de la bomba.

    53/147

  • Aunque la bancada de hormigón no será ejecutada por el Instalador, este

    deberá dimensionarla, para que sea realizada por la Propiedad, en función de

    las necesidades de las bombas instaladas.

    La cimentación de las bombas puede hacerse de cualquier material que

    suministre un soporte rígido y permanente a toda la superficie de apoyo del

    cabezal de descarga, y que además absorba las posibles solicitaciones y golpes

    que puedan producirse durante el funcionamiento de la bomba.

    Las cimentaciones deberán dimensionarse de manera que sean capaces de

    soportar el peso completo de la bomba, el motor y el agua que puede estar

    contenida en la misma y estará aislada totalmente con base y planchas

    perimetrales antivibratorias de 50 mm de espesor como mínimo,

    adecuadamente protegida.

    Los pernos de anclaje de las bombas serán de al menos φ 28 para las principales

    y φ 14 para la Jockey y deberán ser instalados de acuerdo con el dibujo de la

    placa base de la bomba.

    Cada perno de anclaje debe estar rodeado de un manguito tubular que tenga

    de 2 a 3 veces el diámetro del perno de anclaje, de forma que pueda ajustarse

    la posición de dichos pernos con los agujeros de la placa base. La bancada

    dispondrá, al menos, de 4 tornillos de nivelación.

    Los grupos motobomba serán probados en fábrica, debiendo emitirse un

    "Certificado de pruebas" en el que constará al menos:

    Curva real de la bomba. (Curva de presión total de impulsión). Para la

    obtención de esta curva, la de NPSH requerido y la de potencia absorbida

    se deberá ensayar el funcionamiento en al menos seis puntos, tres de los

    cuales serán el punto de caudal cero, el punto de funcionamiento nominal y

    el punto de 150% de caudal nominal.

    54/147

  • Curva de NPSH requerido (curva de altura neta positiva de aspiración). •

    Curva de potencia absorbida por la bomba. Durante la obtención de la

    curva característica real de la bomba en cada punto de ensayo se medirán

    intensidad, tensión y factor de potencia en cada fase en la B.P.E. También

    se medirá en cada punto la velocidad de giro del motor.

    Pruebas de funcionamiento durante 60 minutos al 150% del caudal nominal

    (B.P.E.).

    Prueba de funcionamiento durante 90 minutos en el punto nominal (Sólo

    bombas con motor diesel)

    Durante la realización de las pruebas de los equipos de bombeo accionados

    por motor diesel se tomarán además los siguientes datos:

    Temperatura ambiente.

    Temperatura del aceite después de las pruebas.

    Caudal de agua de refrigeración (en los motores con intercambiador agua-

    agua).

    Temperatura del agua del circuito abierto, en los motores con

    intercambiador agua-agua, a la entrada y a la salida.

    En la impulsión se instalarán dos (2) presostatos para el arranque de cada

    grupo de bombeo, conectados en serie con contactos normalmente

    cerrados; uno de ellos se ubicara en la propia tubería de impulsión y el otro

    se llevara al “maneral de arranque” o, en su defecto, a los correspondientes

    controladores.

    55/147

  • MOTORES ELECTRICOS. CONDICIONES DE MONTAJE

    El motor eléctrico de accionamiento de la B.P.E. será asíncrono, con rotor en

    jaula de ardilla, trifásico a 380 v, dimensionado para dar al menos la máxima

    potencia absorbida por la bomba en su punto de máximo consumo, como

    mínimo, el 150% de su caudal nominal (150% de su "rated capacity").

    El motor estará protegido contra polvo, goteo y cualquier otra condición

    adversa que pueda presentarse en la sala de bombas y en cualquier caso no

    será inferior a un IP-55, aislamiento clase F calentamiento B, hecho que deberá

    ser certificado por el fabricante del motor, haciendo referencia expresa a la

    obra concreta de que se trata.

    El arranque del motor de accionamiento podrá realizarse por alguna de las

    siguientes modalidades:

    Arranque directo a la línea. Se aplicará este método siempre y cuando lo

    permita la compañía suministradora y lo soporte la instalación.

    Arranque mediante resistencia estatórica. •

    Arranque estrella-triángulo. •

    Para cualquier otra condición no reflejada