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DISTRITO CENTRO Proyecto de Automatización de riegos en diversas zonas ajardinadas del Distrito de Centro.
Documento III. Pliego de Condiciones
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
DISTRITO CENTRO Proyecto de Automatización de riegos en diversas zonas ajardinadas del Distrito de Centro.
Documento III. Pliego de Condiciones
ÍNDICE DEL PLIEGO DE CONDICIONES ÍNDICE DEL PLIEGO DE CONDICIONES .................. ................................................................. 2
1.- PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS ................. ..................................................... 1
2.- OBJETO DEL PLIEGO. ................................ ....................................................................... 1
3.- NORMATIVA LEGAL. .................................. ....................................................................... 1
4.- PLAZO DE GARANTÍA ................................. ...................................................................... 3
5.- CRITERIOS OPERATIVOS EN LA EJECUCIÓN .............. .................................................. 4
5.1.- DOCUMENTOS QUE DEFINEN LAS OBRAS ........................................................ 4
5.2.- CONTRADICCIONES, OMISIONES O ERRORES EN LOS DOCUMENTOS......... 4
5.3.- DIRECCIÓN DE LA OBRA ..................................................................................... 4
5.4.- DOCUMENTACIÓN RECEPCIÓN DE LA OBRA ................................................... 6
6.- ORGANIZACIÓN TÉCNICA DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA.IN TERLOCUTOR DEL
CONTRATISTA ....................................... ................................................................................... 13
6.1.- PERSONAL ......................................................................................................... 13
6.1.1.- PERSONAL TÉCNICO DE LA CONTRATA ......................................................... 13
6.1.2.- CUADRILLA DE TRABAJOS. .............................................................................. 14
6.1.3.- MAQUINISTAS. ................................................................................................... 14
6.1.4.- CONDICIONES COMUNES PARA LA MANO DE OBRA. ................................... 14
6.2.- MAQUINARIA, MEDIOS DE TRANSPORTE Y MEDIOS AUXILIARES ................ 15
7.- MATERIALES ........................................ ........................................................................... 15
7.1.- CONDICIONES DE ÁMBITO GENERAL PARA MATERIALES. ........................... 15
7.1.1.- INSPECCIÓN Y ENSAYO DE LOS MATERIALES .............................................. 16
7.1.2.- ACOPIO, MEDICIÓN Y APROVECHAMIENTO DE MATERIALES ...................... 17
7.1.3.- DOSIFICACIONES .............................................................................................. 19
7.1.4.- SUSTITUCIONES ................................................................................................ 19
7.1.5.- HERRAMIENTAS. ............................................................................................... 20
7.2.- CEMENTOS ........................................................................................................ 20
7.2.1.- DEFINICIÓN Y CLASIFICACIÓN ......................................................................... 20
7.2.2.- TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO ............................................................... 20
7.2.3.- RECEPCIÓN Y CONTROL .................................................................................. 21
7.2.4.- LIMITACIONES DE EMPLEO .............................................................................. 23
7.3.- HORMIGONES .................................................................................................... 23
7.3.1.- DEFINICIÓN ........................................................................................................ 23
7.3.2.- MATERIALES ...................................................................................................... 24
7.3.3.- TIPOS DE HORMIGÓN ....................................................................................... 24
7.3.4.- EJECUCIÓN ........................................................................................................ 25
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7.3.5.- RECEPCIÓN ....................................................................................................... 26
7.4.- MATERIALES VARIOS ........................................................................................ 27
7.4.1.- AGUA A EMPLEAR EN MORTEROS Y HORMIGONES ..................................... 27
7.4.1.1.- CONDICIONES GENERALES ............................................................................. 27
7.4.1.2.- CONTROL. CRITERIOS DE ACEPTACIÓN Y RECHAZO ................................... 27
7.4.1.3.- RECEPCIÓN ....................................................................................................... 28
7.4.2.- ÁRIDOS PARA MORTEROS Y HORMIGONES .................................................. 28
7.4.2.1.- CONDICIONES GENERALES ............................................................................. 28
7.4.2.2.- CONTROL. CRITERIOS DE ACEPTACIÓN Y RECHAZO ................................... 29
7.4.3.- ADITIVOS A EMPLEAR EN HORMIGONES ....................................................... 29
7.4.3.1.- CONDICIONES GENERALES ............................................................................. 29
7.4.3.2.- CONTROL. CRITERIOS DE ACEPTACIÓN Y RECHAZO ................................... 29
7.5.- MATERIALES NO INCLUIDOS EN EL PRESENTE PLIEGO. .............................. 30
7.6.- EXÁMENES Y ACEPTACIÓN DE LOS MATERIALES. ........................................ 30
7.7.- MATERIALES QUE NO REÚNAN LAS CONDICIONES. ...................................... 31
7.8.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA .......................................................... 31
8.- MAQUINARIA. ....................................... ........................................................................... 31
8.1.- CUESTIONES COMUNES PARA LA MAQUINARIA. ........................................... 31
9.- MEDIOS AUXILIARES. ................................ ..................................................................... 32
10.- EJECUCION DE LAS OBRAS ............................ ................................................ 33
10.1.- CONDICIONES GENERALES. ............................................................................ 33
10.2.- COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO ................................................................. 33
10.3.- PERMISOS, LICENCIAS Y AUTORIZACIONES .................................................. 35
10.4.- MEDIDAS DE SEGURIDAD ................................................................................. 35
10.5.- CONSERVACIÓN DE LA ZONA AFECTADA POR LA OBRA .............................. 35
10.6.- LEVANTADOS ..................................................................................................... 36
10.6.1.- DEFINICIÓN ........................................................................................................ 36
10.6.2.- EJECUCIÓN DE LAS OBRAS. ............................................................................ 36
10.6.3.- CONTROL. .......................................................................................................... 37
10.6.4.- MEDICIÓN Y ABONO. ......................................................................................... 38
10.7.- EXCAVACIÓN EN ZANJAS. ................................................................................ 38
10.7.1.- DEFINICIÓN ........................................................................................................ 38
10.7.2.- EJECUCIÓN ........................................................................................................ 39
10.7.3.- MEDICIÓN Y ABONO .......................................................................................... 41
10.8.- RELLLENO Y COMPACTACIÓN EN ZANJAS ..................................................... 42
10.8.1.- DEFINICIÓN ........................................................................................................ 42
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10.8.2.- MATERIALES ...................................................................................................... 42
10.8.3.- EJECUCIÓN ........................................................................................................ 43
10.8.4.- MEDICIÓN Y ABONO .......................................................................................... 43
10.9.- EXCAVACIÓN DE TIERRAS A MANO ................................................................. 43
10.9.1.- DEFINICIÓN ........................................................................................................ 43
10.9.2.- EJECUCIÓN ........................................................................................................ 43
10.9.3.- MEDICIÓN Y ABONO .......................................................................................... 44
10.10.- RIEGO ................................................................................................................. 45
10.10.1.- TUBERÍAS DE POLIETILENO ............................................................................. 45
10.10.1.1.- DEFINICIONES ............................................................................................... 45
10.10.1.2.- CONDICIONES GENERALES. ........................................................................ 46
10.10.1.3.- MATERIALES .................................................................................................. 47
10.10.1.4.- CARACTERISTICAS GEOMÉTRICAS. ........................................................... 48
10.10.1.5.- COLOCACIÓN ................................................................................................. 51
10.10.2.- ELEMENTOS PARA RIEGO DE PARQUES Y JARDINES. ................................. 52
10.10.2.1.- TUBERÍA CON GOTEROS INTEGRADOS AUTOCOMPENSANTES ............. 53
10.10.2.2.- SISTEMA DE RIEGO RADICULAR ................................................................. 53
10.10.2.3.- DIFUSORES .................................................................................................... 54
10.10.2.4.- ELECTROVÁLVULAS ...................................................................................... 55
10.10.2.5.- CONEXIONES ESTANCAS ............................................................................. 56
10.10.2.6.- ARQUETAS ..................................................................................................... 56
10.10.2.7.- PROGRAMADOR ............................................................................................ 56
10.10.2.8.- VÁLVULA DE CORTE ..................................................................................... 57
10.10.2.9.- TOMA DE ENCHUFE RÁPIDO ........................................................................ 57
10.11.- REPOSICIÓN DEL MATERIAL VEGETAL. .......................................................... 57
10.12.- PLANTACIONES. ................................................................................................ 58
10.12.1.- MATERIALES ...................................................................................................... 58
10.12.1.1.- SUMINISTRO MATERIAL VEGETAL. CALIDAD GENERAL. .......................... 58
10.12.1.2.- PREPARACIÓN, TRANSPORTE Y DESCARGA. ............................................ 60
10.12.1.3.- SUELOS .......................................................................................................... 64
10.12.1.4.- ABONOS ......................................................................................................... 66
10.12.1.5.- MANTILLO ....................................................................................................... 66
10.12.2.- PLANTACIÓN ...................................................................................................... 67
10.13.- ZONAS TERRIZAS .............................................................................................. 67
10.13.1.- MATERIALES ...................................................................................................... 68
10.13.2.- COLOCACIÓN ..................................................................................................... 68
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10.13.3.- MEDICIÓN Y ABONO .......................................................................................... 68
10.14.- GESTIÓN DE RESIDUOS. ................................................................................... 68
10.15.- DESPEJE Y LIMPIEZA DEL TERRENO. .............................................................. 71
10.16.- PRUEBAS Y ENSAYOS....................................................................................... 71
10.17.- SEÑALIZACIÓN DE LAS OBRAS. ....................................................................... 72
10.18.- OBRAS Y TRABAJOS NO PREVISTOS. ............................................................. 72
11.- CLAUSULAS SOCIALES ................................ .................................................... 72
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Documento III. Pliego de Condiciones 1
1.-PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
Será de aplicación el “Pliego de Condiciones Técnicas Generales” del Excmo.
Ayuntamiento de Madrid, incluyendo el presente Pliego de Prescripciones Técnicas las
especificaciones complementarias hasta su total y correcta definición.
2.-OBJETO DEL PLIEGO.
Se consideran sujetas a las condiciones de este Pliego todas las obras cuyas
características, planos y presupuestos se adjuntan en las partes correspondientes del
presente Proyecto: “Automatización de riegos en diversas zonas ajardinadas del distrito
de Centro”.
El presente Pliego de Prescripciones Técnicas constituye el conjunto de instrucciones
para el desarrollo de las obras del proyecto de referencia, y contiene las condiciones
técnicas mínimas referentes a mano de obra, materiales y maquinaria, las instalaciones y
detalles de ejecución y el sistema de pruebas a que han de someterse los trabajos, así
como los materiales. La ejecución de las obras se efectuará con arreglo a las condiciones
que aquí se estipulan de las que se derivan los derechos y obligaciones de ambas partes.
3.-NORMATIVA LEGAL.
Será de aplicación en la ejecución de las obras toda la normativa legal y técnica vigente
que afecte a las distintas unidades de obra. Será de aplicación “Pliego de Condiciones
Técnicas Generales” del Excmo. Ayuntamiento de Madrid, además de cualquier otra
disposición, norma, instrucción reglamento a nivel municipal, de la Comunidad de Madrid,
nacional y en el ámbito de la Comunidad Económica Europea en todo lo que resulte
aplicable a las obras a realizar.
A continuación se citan otras normativas de carácter general cuyo cumplimiento es
recomendable:
• Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
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• RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento
General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (BOE, 26
de octubre de 2001)
• Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de
Madrid para la Protección de Medio Ambiente (B.O.C.M. Nº 154 de 1 de
julio de 2002)
• Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción
y gestión de los residuos de construcción y demolición.
• Normas para el abastecimiento de agua (versión 2012) Canal de Isabel II.
• Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para tuberías de
abastecimiento de agua (1974) O.M. de 28 de Julio de 1974.
• Guía técnica sobre tuberías para el transporte de agua a presión. CEDEX
(2006)
• Normas UNE-EN-ISO.
• Normas ASTM Y AWWA sobre tuberías y conducciones de agua.
• Real Decreto 314/2006, de 17 de Marzo, por el que se aprueba Código
Técnico de la Edificación.
• Real Decreto 1371/2007, de 19 de Octubre, por el que se aprueba el
documento básico “DBHR Protección frente al ruido” del Código Técnico de
la Edificación y se modifica el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por
el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
• Real Decreto 2060/2008, de 12 de Diciembre, por el que se aprueba el
reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas
complementarias.
• Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
(BOE Nº 269 de 10-11-1995) y los Reales Decretos que la complementan.
• Real Decreto1627/1997, de 24 de Octubre, por el que se establecen las
disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción
(BOE nº 257 de 25-10-1997)
• Ordenanza General de Seguridad de Higiene en el Trabajo. O.M. de 9 de
Marzo de 1991.
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Documento III. Pliego de Condiciones 3
• Real Decreto 886/1988 de 15 de Julio sobre protección de accidentes
mayores en determinadas Actividades Industriales.
• Publicación de la “Comisión de Tuberías de Abastecimiento de Agua y
Saneamiento de Poblaciones”, en particular el Estudio Técnico en Base de
1995.
• Normas españolas UNE elaboradas por AENOR, Normas UNE- EN
(traducción directa de las normas EN) y los proyectos de normas europeas
“prEN”.
• Normas ISO (International Organization for Standarization)
• Normas NF elaboradas por AENOR (Association francaise de
normalization)
• Normativa del Canal de Isabel II Gestión S.A.
• Normativas de organismos y compañías, públicas o privadas, en cuanto al
mantenimiento y reposición de los servicios que sean afectados.
• Normalización de Elementos Constructivos para obras de Urbanización del
Ayuntamiento de Madrid.
La referencia a recomendaciones y normativas generales será establecida según lo
dictamine la Dirección de las Obras quien, a su juicio, podrá solicitar el cumplimiento de
otras normas o recomendaciones.
Serán también de aplicación las normas y recomendaciones que se aprueben antes de
la adjudicación. Igualmente, serán de obligado cumplimiento las nuevas normas que, si
procediese, sustituyan a las existentes.
4.-PLAZO DE GARANTÍA
El plazo de garantía del presente contrato será de doce (12) meses, a contar desde la
firma del acta de recepción de las obras.
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5.-CRITERIOS OPERATIVOS EN LA EJECUCIÓN
5.1.-DOCUMENTOS QUE DEFINEN LAS OBRAS
La definición general de las obras está contenida en los Planos del Proyecto y en este
Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, atendiendo a su situación y definición
geométrica los primeros y a su naturaleza y características físicas el segundo.
5.2.-CONTRADICCIONES, OMISIONES O ERRORES EN LOS DOCUMENTOS
Lo mencionado en este Pliego y omitido en los Planos o viceversa, deberá ejecutarse
como si estuviese expuesto en ambos documentos. En caso de contradicciones entre los
Planos y el Pliego prevalecerá lo escrito en este último. Las omisiones en Planos y Pliego
o las prescripciones erróneas de los detalles de obra que sean indispensables para llevar
a cabo las mismas en el espíritu o intención expuesto en dichos documentos y que, por
uso o costumbre, deban ser realizados, no sólo no eximen al Contratista de la obligación
de ejecutar estos detalles de obra omitidos o erróneamente descritos, sino que, por el
contrario, deberán ser ejecutados como si hubiesen sido completa y correctamente
especificados en los Planos y Pliego.
5.3.-DIRECCIÓN DE LA OBRA
La administración nombrará en su representación a un Técnico encargado de la
Dirección de la Obra por parte de la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas
Verdes, que estará encargado directamente de la dirección, control y vigilancia de las
obras de este proyecto. Los trabajos se ejecutarán con sujeción a cuanto se determina en
el presente Pliego de condiciones y a todas las instrucciones verbales o escritas del
Técnico encargado de la Dirección de la Obra, por parte del Servicio de Parques y
Jardines, y que tenga a bien dictar en cada caso particular.
Los lugares de actuación están reseñados en la Memoria y en los Planos, y será la
Dirección Facultativa quién establecerá el orden a seguir en los trabajos.
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Documento III. Pliego de Condiciones 5
Las funciones del Director de las obras, o Dirección Facultativa, en orden a la dirección,
control y vigilancia de las obras, que fundamentalmente afectan a sus relaciones con el
Contratista, son las siguientes:
• Levantar Acta de la Comprobación del Replanteo.
• Analizar la viabilidad del Programa de trabajos presentado por el
Contratista.
• Analizar la viabilidad del Plan de aseguramiento de la calidad presentado
por el contratista
• Proponer al Órgano de Contratación las modificaciones pertinentes que, en
el momento de la comprobación del replanteo, sean necesarias, valorando
las mismas.
• Garantizar que las obras se ejecuten ajustadas al proyecto aprobado, o a
las modificaciones adoptadas y debidamente autorizadas. Debe exigir al
Contratista el cumplimiento de las condiciones contractuales.
• Estudiar las incidencias o problemas planteados en las obras y que impidan
el normal cumplimiento del contrato o aconsejen su modificación,
tramitando, en su caso, las propuestas correspondientes.
• Definir aquellas condiciones técnicas que los Pliegos de Prescripciones
correspondientes dejan a su decisión: suspensión de los trabajos por
excesiva humedad, heladas, defectuosa calidad de planta, etc. Debe
decidir sobre la buena ejecución de los trabajos de restauración y
plantación y suspenderlos en su caso.
• Resolver todas las cuestiones técnicas que surjan en cuanto a
interpretación de planos, condiciones de los materiales y sistema de
ejecución de unidades de obra, siempre que no se modifiquen las
condiciones del Contrato, ni se interfiera la autonomía del Contratista en la
organización y ejecución.
• Obtener de los Organismos competentes los permisos necesarios para
proceder a la ejecución de las obras, así como resolver los problemas
planteados por los servicios y servidumbres afectados por las mismas.
• Asumir personalmente, y bajo su responsabilidad, la dirección inmediata en
determinadas operaciones o trabajos en curso, en casos de urgencia o
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Documento III. Pliego de Condiciones 6
gravedad. Para ello, el Contratista deberá poner a su disposición al
personal y material de la obra.
• Acreditar y certificar mensualmente al Contratista las mediciones de las
unidades de obra realizadas, conforme a lo dispuesto en la normativa
vigente.
• Levantar el Acta de recepción de las obras y redactar la liquidación de las
obras conforme a las normas legales establecidas.
5.4.-DOCUMENTACIÓN RECEPCIÓN DE LA OBRA
Antes de la recepción de la obra el Contratista estará obligado a presentar toda la
documentación exigida sobre la misma según el formato del Ayuntamiento de Madrid.
La documentación debe presentarse atendiendo a la estructura que se presenta a
continuación, aportándose únicamente las carpetas sobre los servicios en los que se ha
intervenido.
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Documento III. Pliego de Condiciones 7
DOCUMENTACIÓN GENERAL, NECESARIA PARA TRAMITAR LA RECEPCIÓN DE OBRAS DE URBANIZACIÓN
A LOS EFECTOS DE PROCEDER A TRAMITAR LA RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN SE PRESENTARA LA DOCUMENTACIÓN DE LOS SERVICIOS EJECUTADOS QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLA: CARPETA 0.- SUBDIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL DE LA URBANIZACIÓN (Información General). (Área de
Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible / Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras)
0.1.- Índice detallado de toda la documentación aportada. 0.2.- Certificado final de obra de los directores facultativos de las obras de urbanización.
0.3.- Conformidad expresa a las redes instaladas de las compañías de servicios (Canal de Isabel II, Gas Natural, compañías de telecomunicaciones y eléctricas) y los planos que se relacionan con dicha conformidad.
0.4.- Inventario de todas las unidades de obra ejecutada (según modelo municipal) con las
mediciones correspondientes. Dicho inventario vendrá firmado por el Director de la obra. 0.5.- Documentación fotográfica de las obras realizadas.
0.6.- Certificado de la Dirección Facultativa de las obras en el que se especifique el “Correcto Cumplimiento de los Procedimientos de Gestión de Residuos”, todo ello de acuerdo con lo establecido en el REAL DECRETO 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
0.7.- Certificado favorable Director Obra con resultados Control Calidad CARPETA 2.- SUBDIRECCIÓN GENERAL DE CONSERVACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURAS PÚBLICAS.
(Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible / Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras)
CARPETA 2.1.- PAVIMENTACIÓN. 2.1.1.- Inventario especifico
2.1.2.- Planos fin de obra de los viarios públicos y zonas verdes públicas con indicación de los firmes utilizados en las aceras, paseos y calzadas, de acuerdo con la Normalización de Elementos Constructivos para Obras de Urbanización del año 2002 y sus posteriores actualizaciones (NECOU).
* PLANO DE PLANTA DE PAVIMENTACIÓN (de todos los viarios). * PLANO DE PLANTA DE PAVIMENTACIÓN (Adoquines, losetas ,etc.) (de zonas verdes). CARPETA 2.2.- ESTRUCTURAS. 2.2.1.- Inventario especifico, y para cada una de las estructuras incluidas en el P.U.
2.2.2.- Cálculo de los elementos que componen las estructuras; muros, tableros, pantallas, soportes,
…
2.2.3.- Documentación descriptiva de las Estructuras (paso inferior, superior, muros de contención,
etc.). * PLANOS DE PLANTA * PLANOS DE ALZADO * PLANOS DE SECCIONES * PLANOS DE DETALLES (juntas de dilatación, gálibos,...) * PLANOS DE SERVICIOS AFECTADOS * PLANOS DE SEÑALIZACIÓN CARPETA 2.3.- GALERIAS DE SERVICIOS. 2.3.1.- Inventario especifico. 2.3.2.- Documentación descriptiva de la infraestructura. * PLANOS DE TRAZADO Y UBICACIÓN * PLANOS DE ALZADOS
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Documento III. Pliego de Condiciones 8
* PLANOS DE PERFIL LONGITUDINAL * PLANOS DE DETALLES * PLANOS DE INSTALACIONES 2.3.3.- Memoria del Sistema de Seguridad implantado que deberá recoger las Características y
Planos de todos los componentes de los equipos indicados a continuación: * Sistema de detección de humos y temperatura. * Sistema de detección lineal de incendios. * Sistema de detección de gases tóxicos y explosivos. * Sistema de comunicación mediante armarios SOS. * Sistema de vigilancia mediante circuito cerrado de televisión. * Sistema de control de accesos. * Sistema de comunicaciones. * Sistema de Control y Supervisión Centralizado (G.I.S.). * Equipos y mobiliario de uso general. Así mismo deberán proporcionar la documentación siguiente: * Aplicaciones propietarias de los fabricantes de los dispositivos instalados que, proveerán
herramientas de control y captura de datos específicos para sus dispositivos. * Integración de datos. Las diferentes aplicaciones de los fabricantes facilitarán el resultado
de las lecturas de los dispositivos en bases de datos de formato Microsoft Access o SQL Server y estructura/modelo conocida. Ésta Base de datos deberá ser leída por un módulo intermedio de comunicación que tendrá que ser específicamente desarrollado para los nuevos conjuntos de aplicación/dispositivo.
* GIS del Centro de Control. El Gis visualizará los datos procedentes de los módulos intermedios desarrollados y los operadores validarán las alarmas remitidas por los diferentes dispositivos instalados en la galería, para lo cual, habrá de geoposicionar en el mismo la galería y la ubicación exacta de todos los dispositivos instalados en la misma, por lo que, los diferentes instaladores deberán proporcionar, planos georeferenciados de las galerías con los dispositivos instalados.
CARPETA 2.4.- ALUMBRADO PÚBLICO 2.4.1.- Inventario especifico. 2.4.2.- Boletines eléctricos de la instalación de alumbrado público. 2.4.3.- Protocolo de la red de tierra. 2.4.4.- Certificado de Continuidad de Tierras (emitido por empresa certificadora). 2.4.5.- Certificado de la empresa instaladora en relación con el cumplimiento del Reglamento
Electrotécnico de Baja Tensión, el Pliego de Condiciones Técnicas Generales y la Normalización de Elementos Constructivos.
2.4.6.- PLANO DE PLANTA RED DE ALUMBRADO PÚBLICO. Planos fin de obra de toda la red de alumbrado público, incluidas las zonas verdes y pasos inferiores. Los símbolos utilizados en los planos de alumbrado público serán los descritos en la ficha AE-1.
2.4.7.- Contrato de acometida eléctrica al/los centro/s de mando de alumbrado público con plano de su situación.
2.4.8.- Justificante del Pago de los derechos de Contratación 2.4.9.- Todas las facturas abonadas hasta la fecha de recepción. 2.4.10.- Certificado de Eficiencia Energética de la Instalación. (“Clase A”). CARPETA 2.5.- FUENTES ORNAMENTALES (Excepto Parques históricos y Singulares) 2.5.1.- Inventario especifico. 2.5.2.- Sistema de tratamiento del agua del circuito hidráulico. 2.5.3.- Sistema para la prevención y control de la legionelosis. 2.5.4.- Boletín de la instalación eléctrica debidamente legalizado. 2.5.5.- Certificado de la instalación eléctrica favorable emitido por la EICI correspondiente. 2.5.6.- Contrato de suministro de energía eléctrica y justificante de pago de haber abonado los
derechos de contratación. 2.5.7.- Contrato de suministro de agua del Canal de Isabel II y justificante de pago de haber
abonado los derechos de contratación. 2.5.8.- Documentación descriptiva de la infraestructura.
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Documento III. Pliego de Condiciones 9
* PLANOS DE UBICACIÓN * PLANOS DE OBRA CIVIL DEL VASO Y DEPÓSITO AGUAS ABAJO * PLANOS DE DETALLES (Impermeabilización, bancadas, rejillas, pozo de aspiración, etc.)
* PLANOS DE SISTEMAS DE RECIRCULACIÓN, LLENADO Y VACIADO. (Rebosadero y conexión
al saneamiento). * PLANOS DE EQUIPOS ELECTROMECANICOS. * PLANOS DE ILUMINACIÓN. * DOCUMENTACIÓN FOTOGRÁFICA DE LOS ELEMENTOS QUE CONSTITUYEN LA FUENTE.
* Memoria descriptiva de la instalación, recogiendo las especificaciones de los productos
utilizados y los cálculos justificativos de la misma. CARPETA 3.- SUBDIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DEL AGUA (Área de Gobierno de Medio Ambiente y
Movilidad / Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes) CARPETA 3.1.- ALCANTARILLADO 3.1.1.- Inventario especifico.
3.1.2.- Informe favorable de la dirección facultativa de la inspección de la red de saneamiento
realizada mediante cámara de televisión, junto con el video de la misma.
3.1.3.- Memoria justificativa de los cálculos hidráulicos para el dimensionamiento de la red, caudales
de aguas negras y pluviales y velocidades respectivas.
3.1.4.- PLANO DE PLANTA Y PERFILES LONGITUDINALES DE LA RED DE SANEAMIENTO. Planos fin de obra de la red de saneamiento que incluyan un listado con las coordenadas x,y [en u.t.m. (ETRS89)] y z ,de los siguientes elementos: * Los centros de tapas de: - Pozos de registro. - Pozos absorbederos. - Pozos de ventilación. * Puntos de conexión a la red existente. • En los colectores visitables: - Vértices de aliviaderos, rápidos y de los puntos intermedios entre pozos en caso de
curvas, cambios de dirección, etc.
* • La profundidad de todos los pozos, las pendientes, longitudes y diámetros de todas las conducciones y las dimensiones de todos los elementos de la red.
* • Características y especificaciones de los materiales de todos los elementos empleados (tapas, pozos, pates, buzones, rejillas, etc.).
CARPETA 3.2.- RED DE AGUA REGENERADA. 3.2.1.- Inventario especifico. 3.2.2.- Documentación descriptiva de la infraestructura. * PLANO DE PLANTA DE LA RED.
* PLANO DE DETALLES Y ELEMENTOS DE LA RED (Conducciones, depósitos, cámaras de
bombeo, etc.)
3.2.3.- Contratos de acometidas de agua y energía eléctrica para las redes descritas con plano de
su situación. Justificante de pago de los derechos de enganche. 3.2.4.- Planos de ubicación de las acometidas existentes.
3.2.5.- Contratos de suministro de agua del Canal de Isabel II y justificantes de pago de haber
abonado los derechos de contratación. 3.2.6.- Todas las facturas abonadas hasta la fecha de recepción. CARPETA 3.3.- CONTRATOS ACOMETIDAS DE AGUA POTABLE 3.3.1.- Inventario especifico. 3.3.2.- Planos de ubicación de las acometidas de riego existentes.
3.3.3.- Contratos de suministro de agua del Canal de Isabel II y justificantes de pago de haber
abonado los derechos de contratación. 3.3.4.- Todas las facturas abonadas hasta la fecha de recepción. CARPETA 4.-
JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO
DISTRITO CENTRO Proyecto de Automatización de riegos en diversas zonas ajardinadas del Distrito de Centro.
Documento III. Pliego de Condiciones 10
CARPETA 4.1.- INSTALACIONES DEPORTIVAS BÁSICAS 4.1.1.- Inventario específico. 4.1.2.- Planos de definición de las instalaciones.
Planos de planta. Planos de Servicios de las instalaciones. Planos de detalle de los elementos de las instalaciones.
4.1.3.- Documentación relativa a los servicios. Alumbrado pistas deportivas: Inventario especifico. Boletines eléctricos de la instalación de
alumbrado. Protocolo de la red de tierra. Certificado de Continuidad de Tierras (emitido por empresa certificadora). Certificado de la empresa instaladora en relación con el cumplimiento del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. Contrato de acometida eléctrica al/los centro/s de mando de alumbrado público con plano de su situación. Contrato de acometida eléctrica. Justificante del Pago de los derechos de Contratación. Agua Potable y/o Regenerada: Contratos de suministro de agua con el Canal de Isabel II y justificantes de pago de haber abonado los derechos de contratación.
CARPETA 5.- SUBDIRECCIÓN GENERAL DE CONSERVACIÓN DE ZONAS VERDES Y ARBOLADO URBANO.
(Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad / Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes)
CARPETA 5.1.- CONTRATOS ACOMETIDAS DE RIEGO 5.1.1.- Inventario especifico. 5.1.2.- Planos de ubicación de las acometidas de riego existentes. 5.1.3.- Contratos de suministro de agua del Canal de Isabel II y justificantes de pago de haber
abonado los derechos de contratación. 5.1.4.- Todas las facturas abonadas hasta la fecha de recepción. CARPETA 5.2.- RED DE AGUA REGENERADA. 5.2.1.- Inventario especifico. 5.2.2.- Documentación descriptiva de la infraestructura. * PLANO DE PLANTA DE LA RED. * PLANO DE DETALLES Y ELEMENTOS DE LA RED (Conducciones, depósitos, cámaras de
bombeo, etc.) 5.2.3.- Contratos de acometidas de agua y energía eléctrica para las redes descritas con plano de
su situación. Justificante de pago de los derechos de enganche. 5.2.4.- Planos de ubicación de las acometidas existentes. 5.2.5.- Contratos de suministro de agua del Canal de Isabel II y justificantes de pago de haber
abonado los derechos de contratación. 5.2.6.- Todas las facturas abonadas hasta la fecha de recepción. CARPETA 5.3.- ARBOLADO DE ALINEACIÓN 5.3.1.- Inventario especifico. 5.3.2.- Planos fin de obra de los árboles de alineación que indiquen la especie y su altura o perímetro
y de la red riego automático que indiquen todos los elementos, situados en las aceras de los viarios públicos y en las medianas pavimentadas.
* PLANO DE PLANTA DE PLANTACIONES (árboles de alineación) * PLANO DE PLANTA DE LA RED DE RIEGO (viario público) CARPETA 5.4.- PARQUES Y JARDINES 5.4.1.- Inventario especifico. 5.4.2.- Plantaciones * PLANO DE PLANTA DE PLANTACIONES (jardines y glorietas) * PLANO DE PLANTA DE PLANTACIONES (zonas con tratamiento forestal) 5.4.3.- Instalaciones * PLANO DE PLANTA DE LA RED DE RIEGO (zonas verdes y glorietas) * PLANO DE LA RED DE DRENAJE. CARPETA 6.- DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE CONSUMO DE AGUA EN ZONAS VERDES Y ESPACIOS
URBANOS (Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad /Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes)
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Documento III. Pliego de Condiciones 11
CARPETA 6.1.- HIDRANTES
6.1.1.- Inventario especifico.
6.1.2.- PLANO DE PLANTA DE HIDRANTES (Con indicación de su acometida a red de Canal de Isabel
II)
CARPETA 6.2.- FUENTES AGUA POTABLE
6.2.1.- Inventario especifico.
6.2.2.- Documentación descriptiva de la infraestructura. * PLANOS DE UBICACIÓN * PLANOS DE DETALLES 6.2.3.- Planos de ubicación de las acometidas existentes. CARPETA 6.3.- CONTRATOS ACOMETIDAS DE AGUA POTABLE 6.3.1.- Inventario especifico. 6.3.2.- Planos de ubicación de las acometidas de riego existentes.
6.3.3.- Contratos de suministro de agua del Canal de Isabel II y justificantes de pago de haber
abonado los derechos de contratación. 6.3.4.- Todas las facturas abonadas hasta la fecha de recepción. CARPETA 7.- SUBDIRECCIÓN GENERAL DE LIMPIEZA Y RECOGIDA DE RESIDUOS (Área de Gobierno de
Medio Ambiente y Movilidad / Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos) CARPETA 7.1.- SUPERFICIES DE VIARIO PARA LIMPIEZA. 7.1.1.- Inventario especifico 7.1.2.- Planos fin de obra de los viarios públicos. * PLANO DE PLANTA PAVIMENTACIÓN (de todos los viarios) CARPETA 7.2.- PAPELERAS DE VIARIO. 7.2.1.- Inventario especifico 7.2.2.- Planos fin de obra de los elementos instalados. * PLANO DE PLANTA UBICACIÓN DE ELEMENTOS. * PLANOS DE DETALLE DE LOS ELEMENTOS INSTALADOS. CARPETA 7.3.- MOBILIARIO URBANO 7.3.1.- Inventario especifico
7.3.2.- Planos fin de obra de los elementos de mobiliario urbano instalados, (excepto las papeleras
colocadas en los viarios públicos). * PLANO DE PLANTA MOBILIARIO URBANO (en Viario) * PLANO DE PLANTA MOBILIARIO URBANO (en Zona Verde) 7.3.3.- Homologación de los servicios del Ayuntamiento de Madrid. 7.3.4.- PERGOLAS.
* Memoria de calidades y planos que describan sus principales características y
dimensiones.
* Certificado de Calidad de la Pérgola emitido por la empresa fabricante y refrendado por
los resultados de los ensayos de calidad pertinentes. CARPETA 7.4.- JUEGOS INFANTILES Y ELEMENTOS DE MAYORES. 7.4.1.- Inventario especifico 7.4.2.- Planos fin de obra de los elementos instalados. * PLANO DE PLANTA ELEMENTOS (en Viario) * PLANO DE PLANTA ELEMENTOS (en Zona Verde) 7.4.3.- Homologación de los elementos por los servicios del Ayuntamiento de Madrid. 7.4.4.- Certificados áreas de juego. CARPETA 8.- SUBDIRECCIÓN GENERAL DE REGULACIÓN DE LA CIRCULACIÓN Y DEL SERVICIO DEL TAXI. (Área
de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad / Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación)
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Documento III. Pliego de Condiciones 12
CARPETA 8.1.- SEMAFOROS 8.1.1.- Inventario especifico. 8.1.2.- Planos fin de obra de la red de semáforos. * PLANO DE PLANTA DE LA RED DE SEMÁFOROS. 8.1.3.- Contratos de acometida eléctrica al/los reguladores de semáforo/s con plano de su situación. CARPETA 9.- SUBDIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE LA MOVILIDAD (Área de Gobierno de Medio
Ambiente y Movilidad /Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental. CARPETA 9.1.- SEÑALIZACIÓN 9.1.1.- Inventario especifico.
9.1.2.- Planos fin de obra que indique el modelo según Reglamento General de Circulación o según
la NECOU. * PLANO DE PLANTA SEÑALIZACIÓN VERTICAL Y HORIZONTAL.
NORMAS DE PRESENTACIÓN: La totalidad de la documentación será presentada en soporte papel y soporte digital (Tres copias de cada uno – Cada carpeta deberá contener el soporte digital de la documentación incluida en la misma). En el caso de soporte digital se adoptarán los siguientes formatos:
Documentos de texto: Se aportarán en formato .PDF, a excepción del Inventario Generalrecogido en la CARPETA 0.- el cual se presentará tanto en formato .PDF, como en formato .DOC( Archivo de Word).
Planos: Se presentarán tanto en formato .PDF como en formato .DWG.
Los Planos de Saneamiento deberán presentarse bien en fichero .mxd (propio de ArcGis) o en Autocad (referenciado al ETRS89 o ED59) con campos asociados a ficheros de datos.
Video de inspección de saneamiento:
Deberá ser realizado con "Robot de inspección 3D Panoramo" o similar, aportando junto video resultante el programa de visualización y control de inspección empleado.
LA CLASIFICACIÓN QUE SE RECOGE DEBERÁ CORRESPONDER CON LAS "CARPETAS" Y "SUBCARPETAS" QUE CONTENGAN LA DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR, TAL Y COMO SE HAN DESCRITO. SOLO SE ENTREGARÁN LAS CARPETAS QUE CONTENGAN UNIDADES EJECUTADAS. NOTA: No será necesaria la aportación de las carpetas de servicios inexistentes. No obstante deberá respetarse la numeración de carpetas y documentos establecida en este protocolo.
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Documento III. Pliego de Condiciones 13
6.-ORGANIZACIÓN TÉCNICA DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA
6.1.-PERSONAL
6.1.1.- PERSONAL TÉCNICO DE LA CONTRATA
La empresa adjudicataria deberá responsabilizar de la ejecución de la obra a un
titulado capacitado, tanto técnica como legalmente. Estará ayudado por un encargado
general, ambos a pie de obra para desempeñar las funciones que su titulación exige de
ellos. Las personas indicadas serán a costa del Contratista y deberán ser admitidos por la
Dirección Facultativa, la cual, podrá en cualquier momento y por causas justificadas,
prescindir de ellos, exigiendo al Contratista su reemplazo. En las visitas a la obra que
efectúe la Dirección Facultativa, estará acompañado por las dos personas mencionadas,
de las que recibirá cuantas aclaraciones o ayudas necesite.
El contratista deberá establecer a su costa, los servicios que requiera la eficiente
explotación de sus instalaciones y la correcta ejecución de la obra, tales como Servicios
Técnicos de Gabinete y Campo, incluidos los de Topografía, Delineación, mediciones y
valoración, seguridad y salud en el trabajo, medidas de primeros auxilios, de transportes,
de comunicaciones, de vigilancia, de talleres, de prevención y de extinción de incendios,
etc.
El Ayuntamiento quedará eximido de toda relación laboral y jurídica con el personal
de la Empresa Adjudicataria, ya sea de plantilla fija o de cualquier otro que pudiera
contratar con carácter transitorio. Igualmente quedará eximido de intervenir en las
relaciones económicas y laborales que pudieran establecer subcontratos con aquellos.
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia
laboral, de seguridad social y de seguridad y salud en el trabajo.
El contratista deberá designar a la persona que actúe como interlocutor con el ente contratante y que garantice que la empresa cumple con sus obligaciones contractuales. En caso de vacante, ausencia o enfermedad, el contratista deberá designar un sustituto del mismo.
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Documento III. Pliego de Condiciones 14
CUADRILLA DE TRABAJOS.
Los trabajos objeto del proyecto se realizarán empleando el personal adecuado y
suficiente para cada una de las operaciones recogidas en el Proyecto. El personal, salvo
los maquinistas y sus ayudantes, se agrupará en cuadrillas.
El capataz, que realizará las veces de conductor del vehículo asignado a la cuadrilla,
deberá contar con suficiente experiencia y competencia en la realización de trabajos de
riego, jardinería y construcción, así como capacidad de mando sobre el personal a él
encargado y disposición para entender las instrucciones que se le indiquen y hacer que se
cumplan. Los peones de la cuadrilla deberán tener suficiente destreza en la realización de
los trabajos y en el manejo de las herramientas propias del oficio.
6.1.2.-MAQUINISTAS.
Para todas las operaciones en las que sea necesario el empleo de maquinaria, el
Contratista deberá atenderlas con personal suficientemente cualificado y experimentado.
En todo caso, los maquinistas tendrán en cuenta las instrucciones señaladas por la
Dirección Facultativa, en concreto las relativas a la realización de trabajos, respeto a
determinados ejemplares o masas vegetales de especial importancia, horarios de trabajo
y evitación de contaminaciones, en concreto en las labores de mantenimiento de la
maquinaria adscrita a la obra.
6.1.3.-CONDICIONES COMUNES PARA LA MANO DE OBRA.
Cuando el Contratista, o las personas de él dependientes, incurran en actos u
omisiones que comprometan o perturben la buena marcha de las obras, o el
incumplimiento de los programas de trabajo, la Dirección Facultativa podrá exigirle la
adopción de medidas concretas y eficaces, para conseguir o restablecer el buen orden en
la ejecución de la obra. Igualmente, cuando a juicio de la Dirección Facultativa un
trabajador incumpla las condiciones mínimas exigibles en cuanto a seguridad y salud, sin
perjuicio de aquellas recogidas en convenios u otras estipulaciones de carácter general,
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Documento III. Pliego de Condiciones 15
aquel lo pondrá en conocimiento del Contratista, para que lleve a cabo las medidas
oportunas, según la normativa en materia de Trabajo.
6.2.-MAQUINARIA, MEDIOS DE TRANSPORTE Y MEDIOS AUXI LIARES
La empresa adjudicataria contará igualmente con un parque de maquinaria y
medios auxiliares adecuados a las labores incluidas en el proyecto y presentará una
planificación organizativa de los medios que pone a disposición de las obras.
7.-MATERIALES
7.1.-CONDICIONES DE ÁMBITO GENERAL PARA MATERIALES.
Los materiales empleados en las obras cumplirán los requisitos exigidos por la
normativa oficial vigente, así como habrán de reunir las condiciones mínimas que se
establecen en este Pliego de Prescripciones según la materia. Los materiales que se
propongan para su empleo en las obras de este Proyecto, deberán:
• Ajustarse a las especificaciones del presente Pliego y a la descripción hecha
en la Memoria, en los Planos o en el Presupuesto.
• Ser examinados y aceptados por la Dirección Facultativa. La aceptación de
principio no presupone la definitiva, que está supeditada a la ausencia de
defectos o uniformidad, considerados en el conjunto de la obra.
• Este criterio tiene especial vigencia y relieve en el estado de las plantas, caso
en que el contratista viene obligado a:
o Reponer todas las marras producidas por causas que le sean
imputables.
o Sustituir todas las plantas que a la terminación del plazo de garantía,
no reúnan las condiciones exigidas en el momento del trasplante.
La aceptación o rechazo de los materiales compete a la Dirección Facultativa, que
establecerá sus criterios de acuerdo con las normas y los fines del Proyecto. Los
materiales rechazados serán retirados rápidamente de la obra, salvo autorización expresa
de la Dirección Facultativa.
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Documento III. Pliego de Condiciones 16
El Contratista tiene libertad para obtener los materiales que las obras precisen en
los puntos que estime convenientes, sin modificación de los precios establecidos. En estos
casos, deberá notificar a la Dirección Facultativa, con suficiente antelación, la procedencia
de los materiales, aportando las muestras y datos necesarios para determinar la
posibilidad de su aceptación. Todos los materiales habrán de ser de primera calidad, y
podrán ser examinados antes de su empleo por la Dirección Facultativa, quien dará su
aprobación o los rechazará en el caso de considerarlos como inadecuados, debiendo en
tal caso ser retirados de inmediato por el contratista. En relación con cuanto se prescribe
en este Pliego acerca de las características de los materiales, el Contratista está obligado
a presenciar o admitir, en todo momento, aquellos ensayos o análisis que la Dirección
Facultativa juzgue necesarios realizar para comprobar la calidad y características de los
materiales empleados o que hayan de ser empleados.
Los materiales que hayan de emplearse en las obras sin que se hayan especificado
en este Pliego deberán ser de primera calidad, no podrán ser utilizados sin haber sido
previamente reconocidos por la Dirección Facultativa, quien podrá admitirlos o rechazarlos
según reúnan o no las condiciones que, a su juicio, sean exigibles, y sin que el Contratista
tenga derecho a reclamación alguna. El Contratista se abstendrá de hacer acopio alguno
de materiales sin contar con la debida autorización escrita.
7.1.1.-INSPECCIÓN Y ENSAYO DE LOS MATERIALES
El Contratista deberá permitir a la Dirección de Obra y a sus delegados, el acceso
a los talleres, almacenes, naves, etc., donde se encuentren los materiales, y la realización
de todas las pruebas y ensayos que la Dirección de Obra considere conveniente.
Los ensayos y pruebas, tanto de materiales como de unidades de obra, serán
realizados por Laboratorios o Centros Homologados especializados en la materia, que en
cada caso serán designados por dicha Dirección Técnica.
Los gastos derivados de la realización de los ensayos y análisis de materiales y
unidades de obra y de los informes específicos que se recaben, serán de cuenta del
contratista hasta un importe del 2% sobre el PEM del proyecto sin baja. Los ensayos o
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Documento III. Pliego de Condiciones 17
reconocimientos verificados durante la ejecución de los trabajos, no tienen otro carácter
que el de simples antecedentes para la recepción.
Por consiguiente, la admisión de materiales o piezas en cualquier forma que se
realicen antes de la recepción, no atenúa las obligaciones de subsanar o reponer que el
Contratista contrae, si las obras o instalaciones resultaran inaceptables parcial o
temporalmente, en el acto del reconocimiento final y pruebas de recepción.
7.1.2.-ACOPIO, MEDICIÓN Y APROVECHAMIENTO DE MATERIALES
El emplazamiento de los acopios en los terrenos de las obras o en los marginales
que pudieran afectarles, así como el de los eventuales almacenes, requerirán la
aprobación previa de la Dirección Facultativa. Si los acopios de áridos se dispusiesen
sobre el terreno natural, no se utilizarán sus quince centímetros (15 cm.) inferiores. Estos
acopios se construirán por capas de espesor no superior a metro y medio (1,5 m.), y no
por montones cónicos.
Las cargas se colocarán adyacentes, tomando las medidas oportunas para evitar
su segregación. Si se detectasen anomalías en el suministro, los materiales se acopiarán
por separado hasta confirmar su aceptabilidad. Esta misma medida se aplicará cuando se
autorice un cambio de procedencia.
Queda terminantemente prohibido efectuar acopios de materiales, cualquiera que
sea su naturaleza, sobre la plataforma de la carretera y en aquellas zonas marginales que
defina la Dirección Facultativa. Los materiales se almacenarán en forma tal que se asegure
la preservación de su calidad y consiguiente aceptación para la utilización en la obra,
requisitos que deberán ser comprobados en el momento de su utilización.
Las superficies empleadas como zonas de acopios deberán reacondicionarse una
vez terminada la utilización de los materiales acumulados en ellas, de forma que puedan
recuperar su aspecto original. Todos los gastos requeridos para ello serán de cuenta del
Contratista. Todos los gastos e indemnizaciones, en su caso, que se deriven de la
utilización de los acopios serán de cuenta del contratista. El Contratista deberá situar, en
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Documento III. Pliego de Condiciones 18
los puntos que designe la Dirección Facultativa, las balanzas o instalaciones necesarias
para efectuar las mediciones requeridas por peso y su utilización deberá ir precedida por
la correspondiente aprobación de la citada Dirección Facultativa.
Los materiales que deban abonarse por unidades de volumen serán medidos sobre
vehículos adecuados. Dichos vehículos deberán ser previamente aprobados por la
Dirección Facultativa y, a menos que todos ellos tengan una capacidad uniforme, cada
vehículo autorizado llevará una marca, claramente legible, que indique su capacidad en
las condiciones que ha considerado su aprobación. Cuando se autorice la conversión de
peso a volumen, o viceversa, los factores de conversión serán definidos por la Dirección
Facultativa, quien, por escrito, justificará al Contratista los valores adoptados. Si el Pliego
de Prescripciones Técnicas Particulares no exigiera una determinada procedencia de los
materiales, el Contratista notificará a la Dirección Facultativa, con suficiente antelación, la
procedencia de los materiales que se proponga utilizar, a fin de que por dicha Dirección
Facultativa puedan ordenarse los ensayos necesarios para acreditar su idoneidad.
Los productos importados de otros Estados miembros de la Unión Europea, incluso
si se hubieran fabricado con arreglo a prescripciones técnicas diferentes de las que se
contienen en el presente pliego, podrán utilizarse si asegurasen un nivel de protección de
la seguridad de los usuarios equivalente al que proporcionan éstas.
Si el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares fijase la procedencia de unos
materiales, y durante la ejecución de las obras se encontrasen otros idóneos que pudieran
emplearse con ventaja técnica o económica sobre aquellos, la Dirección Facultativa podrá
autorizar o, en su caso, ordenar un cambio de procedencia a favor de éstos. Si el
Contratista obtuviera de terrenos de titularidad pública productos minerales en cantidad
superior a la requerida para la obra, la Administración podrá apropiarse de los excesos,
sin perjuicio de las responsabilidades que para aquel pudieran derivarse.
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Documento III. Pliego de Condiciones 19
7.1.3.-DOSIFICACIONES
En el presente Pliego de prescripciones y/o en el Cuadro de Precios, se indican las
dosificaciones y tipos de materiales previstos para el Proyecto. Estos datos se dan solo a
título orientativo. Todas las dosificaciones y fórmulas de trabajo a emplear en las obras,
deberán ser aprobadas antes de su empleo, por la Dirección Facultativa, quien podrá
modificarlos a la vista de los ensayos y pruebas que se realicen en obra, y de la experiencia
obtenida durante la ejecución de los trabajos. El Contratista someterá a la aprobación de
la Dirección Facultativa el procedimiento de ejecución y la maquinaria que considere más
adecuadas, siempre que con ellos se garantice una ejecución de calidad igual o superior
a la prevista en el Proyecto. Los equipos necesarios para ejecutar las obras deberán
cumplir, al menos, una serie de condiciones generales como son:
• Deberán estar disponibles con suficiente antelación al comienzo del trabajo
correspondiente, para que puedan ser examinados y aprobados por la
Dirección Facultativa, en todos sus aspectos, incluso en su potencia o
capacidad, que deberá ser adecuada al volumen de obra a efectuar en el
plazo programado.
• Deberá mantenerse, después de aprobado por la Dirección Facultativa, en
todo momento en condiciones de trabajo satisfactorias, haciéndose las
reparaciones o sustituciones necesarias para ello.
• Si durante la ejecución de las obras se observase que, por cambio de las
condiciones de trabajo, o por cualquier otro motivo, el equipo o equipos
aprobados no son idóneos para el fin propuesto, deberá ser sustituidos por
otros que lo sean.
7.1.4.-SUSTITUCIONES
Si por circunstancias imprevisibles, hubiera que sustituir algún material, se recabará
por escrito la autorización de la Dirección Facultativa, especificando las causas que hacen
necesaria la sustitución.
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Documento III. Pliego de Condiciones 20
La Dirección Facultativa determinará, en caso de sustitución justificada, qué nuevos
materiales han de reemplazar a los no disponibles, cumpliendo idéntica función y
manteniendo indemne la esencia del Proyecto.
7.1.5.-HERRAMIENTAS.
El Contratista dotará a su personal de todas las herramientas necesarias para la
realización de las obras previstas en el proyecto, que se encontrarán en un perfecto estado
y, de forma especial, los mecanismos de corte (cuchillas, etc.), que estarán afilados y
limpios.
También correrá a su cuenta su mantenimiento y reposición. Durante el transporte,
toda la herramienta deberá ser colocada y asegurada de forma tal que permita la visibilidad
al conductor, no comprometa la estabilidad del vehículo, ni pueda causar riesgo para los
ocupantes o terceros.
El Contratista deberá suministrar a todos los trabajadores adscritos a la obra, aquel
equipo de protección individual que sea pertinente para la realización de las distintas
labores que engloba el Proyecto.
7.2.-CEMENTOS
7.2.1.-DEFINICIÓN Y CLASIFICACIÓN
Se harán de acuerdo con la norma UNE 80-301-88 “Cementos. Definiciones,
clasificación y especificaciones”.
7.2.2.-TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Los sacos empleados para el transporte de cemento serán de plástico o de papel,
en cuyo último caso estarán constituidos por cuatro (4) hojas de papel como mínimo, y se
conservarán en buen estado, no presentando desgarrones, zonas húmedas ni fugas. A la
recepción en obra de cada partida, el Director de las obras examinará el estado de los
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Documento III. Pliego de Condiciones 21
sacos y procederá a dar su conformidad para que se pase a controlar el material o a
rechazarlo.
Los sacos empleados para el transporte del cemento se almacenarán en sitio
ventilado, protegido de la intemperie y la humedad, tanto del suelo como de las paredes.
A tal efecto los sacos se apilarán sobre tarimas, separados de las paredes del almacén,
dejando corredores entre las distintas pilas para permitir el paso del personal y conseguir
una máxima aireación del local. Cada cuatro (4) capas de sacos como máximo, se colocará
un tablero o tarima que permita el paso de aire a través de las propias pilas que forman
los sacos.
El Director comprobará, con la frecuencia que crea necesaria, que del trato dado a
los sacos durante su descarga no se siguen desperfectos que puedan afectar a la calidad
del material; y, de no ser así, impondrá el sistema de descarga que estime más
conveniente. Cuando el sistema de transporte sea a granel, el Contratista comunicará al
Director con la debida antelación el sistema que va a utilizar, con objeto de obtener la
autorización correspondiente.
A la vista de las condiciones indicadas en los párrafos anteriores, así como de
aquellas otras referentes a la capacidad de la cisterna, rendimiento del suministro, etc.,
que estime necesarias el Director, procederá éste a aprobar o rechazar el sistema de
transporte y almacenamiento presentado.
El Director comprobará, con la frecuencia que crea necesaria, que durante el
vaciado de las cisternas no se llevan a cabo manipulaciones que puedan afectar a la
calidad del material; y, de no ser así, suspenderá la operación hasta que se tomen las
medidas necesarias para que aquella se realice de acuerdo con sus exigencias.
7.2.3.-RECEPCIÓN Y CONTROL
En el caso de plantas de fabricación de hormigones preparados o plantas
industriales de prefabricación se tomará una muestra por cada 500 t de cemento o por el
utilizado en la fabricación realizada en un día, en el caso de rebasarse diariamente la cifra
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Documento III. Pliego de Condiciones 22
anterior, siempre que el cemento utilizado sea de la misma procedencia. Cuando por
aplicación de las condiciones contractuales, o por indicación del Director, sea preciso
comprobar la característica de calidad de una partida, se remitirá al laboratorio encargado
de realizar los ensayos la muestra representativa de aquella partida, que deberá mantener
inalterados sus envases y precintos a su llegada a tal centro.
Cada partida llegará a obra acompañada de su correspondiente documento de
origen, en el que figurarán el tipo, clase y categoría a los que pertenece el cemento. El
fabricante enviará, además, si se le solicita, copia de los resultados de análisis y ensayos
correspondientes a cada partida. A la recepción en obra de cada partida, y siempre que el
sistema de transporte y la instalación de almacenamiento cuenten con la aprobación del
Director, se llevará a cabo una toma de muestras, y sobre ellas se procederá a medir el
rechazo por el tamiz 0,080 UNE. Con independencia de lo anteriormente establecido,
cuando el Director lo estime conveniente, se llevarán a cabo los ensayos necesarios para
la comprobación de las características, temperatura y condiciones de conservación.
Durante la marcha de la obra, como mínimo una vez cada tres meses y no menos
de tres veces durante la duración de la obra, se comprobará al menos pérdida al fuego,
residuo insoluble, finura de molido, principio y fin de fraguado, resistencia a flexotracción
y compresión y expansión en autoclave.
Esta exigencia podrá suprimirse si el cemento posee el “Distintivo de Calidad”
(DISCAL), o si con cada partida el fabricante acompaña un certificado de ensayo que
corresponda a una fabricación sometida a un sistema de control de calidad avalado por
una entidad ajena, siempre que lo acepte el Director.
Cuando el cemento haya estado almacenado, en condiciones atmosféricas
normales, durante un plazo superior a un (1) mes, se procederá a comprobar que sus
características continúan siendo adecuadas. Para ello, dentro de los veinte (20) días
anteriores a su empleo se realizarán, como mínimo, los ensayos de fraguado y resistencias
mecánicas a tres (3) y siete (7) días sobre una muestra representativa del cemento
almacenado, sin excluir los terrones que hayan podido formarse.
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Documento III. Pliego de Condiciones 23
De cualquier modo, salvo en los casos en que el nuevo período de fraguado resulte
incompatible con las condiciones particulares de la obra, la sanción definitiva acerca de la
idoneidad del cemento en el momento de su utilización vendrá dada por los resultados que
se obtengan de la resistencia mecánica a veintiocho (28) días del hormigón con el
fabricado. En ambientes muy húmedos, o en el caso de condiciones atmosféricas
especiales, el Director podrá variar el plazo de un (1) mes, anteriormente indicado, para la
comprobación de continuidad de las características del cemento. El cemento no llegará a
obra excesivamente caliente. Si su manipulación se va a realizar por medios mecánicos,
su temperatura no excederá de setenta grados centígrados (70ºC), y si se va a realizar a
mano, no excederá del mayor los dos límites siguientes:
o Cuarenta grados centígrados (40ºC).
o Temperatura ambiente más cinco grados centígrados (5ºC).
De no cumplirse lo anterior, deberá comprobarse con anterioridad a su empleo que
el cemento no presenta falso fraguado.
7.2.4.-LIMITACIONES DE EMPLEO
En el caso de que las condiciones de la obra requieran determinadas características
del producto terminado, bien sea mortero, hormigón o lechada, podrá utilizarse como
cemento el obtenido mediante la mezcla íntima, cuidadosamente vigilada, de cementos
naturales, portland o siderúrgicos.
Los cementos compuestos y naturales no son aptos para elementos y estructuras
resistentes de hormigón.
7.3.-HORMIGONES
7.3.1.-DEFINICIÓN
Se define como hormigón la mezcla en proporciones adecuadas de cemento, árido
grueso, árido fino y agua, con o sin la incorporación de aditivos o adiciones, que desarrolla
sus propiedades por endurecimiento de la pasta de cemento (cemento y agua). Los
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Documento III. Pliego de Condiciones 24
hormigones que aquí se definen cumplirán las especificaciones indicadas en la vigente
“Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)” o normativa que la sustituya, así como las
especificaciones adicionales contenidas en este artículo.
Siempre que en una misma obra se utilicen cementos de distintos tipos, será
necesario tener presente cuanto se indica en las Instrucciones y Pliego de Condiciones
vigentes sobre la incompatibilidad de hormigones fabricados con distinto tipo de
conglomerante.
7.3.2.-MATERIALES
Los áridos, cuya definición será la que figura en el artículo 28º de la vigente
“Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)” o normativa que la sustituya, cumplirán todas
las especificaciones recogidas en la citada Instrucción.
7.3.3.-TIPOS DE HORMIGÓN
La dosificación y consistencia de los distintos tipos de hormigón será la establecida
a continuación, “Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)”.
• HM-20/P/20/I o Solera de hormigón para bordillos y losetas.
o Canalizaciones de servicio de telefonía y telecomunicaciones.
o Resistencia característica a compresión a los 28 días (fck) 20 N/mm2
o Máxima relación agua /cemento, para ambiente I 0,65.
o Mínimo contenido de cemento para ambiente I 200 kg/m3.
• HM-25/P/20/I o Canalizaciones alumbrado público y red eléctrica.
o Resistencia característica a compresión a los 28 días (fck) 25 N/mm2
o Máxima relación agua /cemento para ambiente I 0,65.
o Mínimo contenido de cemento para ambiente I 200 kg/m3.
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Documento III. Pliego de Condiciones 25
• HA-25/P/40/I o Fábricas de ladrillo en saneamiento.
o Resistencia característica a compresión a los 28 días (fck) 25 N/mm2
o Máxima relación agua /cemento para ambiente I 0,65.
o Mínimo contenido de cemento para ambiente I 250 kg/m3.
• HP-40
o Pavimento continuo de hormigón.
o Resistencia característica a compresión a los 28 días (fck) 40 N/mm2
o Máxima relación agua /cemento para ambiente I 0,6.
o Mínimo contenido de cemento para ambiente I 275 kg/m3.
o Los hormigones se tipifican de acuerdo con el siguiente formato:
• T-R/C/TM/A
Donde:
T: Indicativo, HM en el caso de hormigón en masa, HA en el caso de hormigón
amado.
R: Resistencia característica especificada, en N/mm2
C: Letra inicial del tipo de consistencia, tal y como se define en la EHE.
TM: Tamaño máximo del árido en milímetros, definido en el artículo 28.3 (EHE).
A: Designación del ambiente, de acuerdo con el artículo 8.2.1 (EHE)
7.3.4.-EJECUCIÓN
La fabricación y transporte del hormigón se realizará de acuerdo con las
indicaciones de la vigente “Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)” o normativa que la
sustituya. La entrega del hormigón deberá regularse de manera que su puesta en obra se
efectúe de manera continua.
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Documento III. Pliego de Condiciones 26
El tiempo transcurrido entre entregas no podrá rebasar, en ningún caso, los treinta
minutos (30 min), cuando el hormigón pertenezca a un mismo elemento estructural o fase
de un elemento estructural. Se cumplirán las prescripciones indicadas en la vigente
“Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)” o normativa que la sustituya. Para el vertido
del hormigón se cumplirán las prescripciones de la vigente “Instrucción de Hormigón
Estructural (EHE)” o normativa que la sustituya.
El Director de las Obras podrá modificar el tiempo de puesta en obra del hormigón
fijado por la vigente “Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)” o normativa que la
sustituya, si se emplean productos retardadores de fraguado; pudiendo aumentarlo
además cuando se adopten las medidas necesarias para impedir la evaporación del agua,
o cuando concurran condiciones favorables de humedad y temperatura.
La compactación del hormigón se realizará de acuerdo con las indicaciones de la
vigente “Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)” o normativa que la sustituya. Se
cumplirán también las prescripciones para hormigonado en tiempo frío y caluroso de la
vigente “Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)” o normativa que la sustituya. Las
juntas podrán ser de hormigonado, contracción y/o dilatación. Las de dilatación vienen
definidas en los Planos del Proyecto. Las de contracción y hormigonado se fijarán de
acuerdo con el plan de obra y las condiciones climatológicas, pero siempre con antelación
al hormigonado.
El Director de las Obras aprobará, previamente a su ejecución, la localización de
las juntas que no aparezcan en los Planos. Se cumplirán las prescripciones de la vigente
“Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)” o normativa que la sustituya. Durante el
fraguado y primer período de endurecimiento, se someterá al hormigón a un proceso de
curado que se prolongará a lo largo del plazo que resulte de aplicar las indicaciones de la
vigente “Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)” o normativa que la sustituya.
7.3.5.-RECEPCIÓN
No se procederá a la recepción de la unidad de obra terminada hasta que se
satisfaga el cumplimiento de las tolerancias exigidas, el resultado de los ensayos de control
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Documento III. Pliego de Condiciones 27
sea favorable y se haya efectuado, en su caso, la reparación adecuada de los defectos
existentes.
7.4.-MATERIALES VARIOS
7.4.1.-AGUA A EMPLEAR EN MORTEROS Y HORMIGONES
7.4.1.1.- CONDICIONES GENERALES
Se denomina agua para emplear en el amasado o en el curado de morteros y
hormigones, tanto a la natural como a la depurada, sea o no potable, que cumpla los
requisitos que se señalan en el apartado correspondiente de este pliego. Lo dispuesto en
este artículo se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Real Decreto 1630/92
(modificado por el Real Decreto 1328/95), por el que se dictan disposiciones para la libre
circulación, en aplicación de la Directiva 89/106 CE. En particular, en lo referente a los
procedimientos especiales de reconocimiento, se estará a lo establecido en el artículo 9
del mencionado Real Decreto.
Deberá cumplir todas las condiciones especificadas en el Artículo 27 “Agua” de la
Instrucción EHE. Con la maquinaria y equipos utilizados en el amasado deberá
conseguirse una mezcla adecuada de todos los componentes con el agua.
7.4.1.2.- CONTROL. CRITERIOS DE ACEPTACIÓN Y RECHAZO
En general, podrán ser utilizadas, tanto para el amasado como para el curado de
morteros y hormigones, todas las aguas que la práctica haya sancionado como aceptables.
En los casos dudosos o cuando no se posean antecedentes de su utilización, las aguas
deberán ser analizadas.
En ese caso, se rechazarán las aguas que no cumplan alguno de los requisitos
indicados en el de la vigente “Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)” o normativa que
la sustituya, salvo justificación especial de que su empleo no altera de forma apreciable
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Documento III. Pliego de Condiciones 28
las propiedades exigibles a los morteros y hormigones con ellas fabricados. Los ensayos
indicados en el apartado anterior, se realizarán en los siguientes casos:
• Antes de comenzar la obra, si no se tienen antecedentes del agua que vaya a
utilizarse.
• Siempre que varíen las condiciones de suministro, si no se tienen
antecedentes del agua que vaya a utilizarse.
• Cuando así lo indique el Director de la obra.
Los criterios de aceptación o rechazo se definirán por el Director de obra, pero, en
cualquier caso, el no cumplimiento de las condiciones especificadas en el apartado, será
razón suficiente para calificar el agua como no apta para fabricación de hormigones o
morteros, y al rechazo del material y de la obra con él ejecutada.
7.4.1.3.- RECEPCIÓN
El control de calidad de recepción se efectuará de acuerdo con el artículo 81.2 de
la vigente “Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)” o normativa que la sustituya.
El Director de las Obras exigirá la acreditación documental del cumplimiento de los
criterios de aceptación y, si procede, la justificación especial de inalterabilidad
mencionada.
7.4.2.-ÁRIDOS PARA MORTEROS Y HORMIGONES
7.4.2.1.- CONDICIONES GENERALES
Deberán cumplir todas las condiciones específicas en el Artículo 28º “Áridos” de la
Instrucción EHE.
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Documento III. Pliego de Condiciones 29
7.4.2.2.- CONTROL. CRITERIOS DE ACEPTACIÓN Y RECHAZO
Los ensayos indicados en el apartado anterior, se realizarán en los siguientes
casos:
• Antes de comenzar la obra, si no se tienen antecedentes de los áridos que
vayan a utilizarse.
• Siempre que varíen las condiciones de suministro o si no se tienen
antecedentes de los áridos que vayan a utilizarse.
• Cuando así lo indique el Director.
Los criterios de aceptación o rechazo serán definidos por el Director de obra, en
cualquier caso, el no cumplimiento de las condiciones especificadas en el apartado, será
razón suficiente para calificar el árido como no apto para fabricación de hormigones o
morteros, y al rechazo del material.
7.4.3.-ADITIVOS A EMPLEAR EN HORMIGONES
7.4.3.1.- CONDICIONES GENERALES
Podrá autorizarse el empleo de todo tipo de aditivos, siempre que se justifique,
mediante ensayos, que la sustancia agregada en las condiciones y proporciones previstas
produce el efecto deseado sin perturbar las restantes características del hormigón ni
representar peligro para las armaduras. Será de aplicación la Norma UNE 83-200-84
“Aditivos para Hormigones, Morteros, y Pastas. Clasificación y definición”.
7.4.3.2.- CONTROL. CRITERIOS DE ACEPTACIÓN Y RECHAZO
El tipo de control a realizar, así como los oportunos ensayos y criterios de
aceptación o rechazo, serán definidos por el Director de obra.
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Documento III. Pliego de Condiciones 30
7.5.-MATERIALES NO INCLUIDOS EN EL PRESENTE PLIEGO.
Los materiales no incluidos en éste Pliego serán de probada calidad, debiendo
presentar el contratista para recabar la aprobación del Ingeniero Director, cuantos
catálogos, muestras, informes y certificados de los correspondientes fabricantes se
estimen necesarios. Cuando la información aportada por el contratista no se considere
suficiente, podrán exigirse los ensayos oportunos.
7.6.-EXÁMENES Y ACEPTACIÓN DE LOS MATERIALES.
Con independencia de los mínimos establecidos en este Pliego, en relación a
cuanto se prescribe en éste acerca de las características de los materiales, el contratista
está obligado a presenciar o admitir, en todo momento, aquellos ensayos o análisis que el
Director de Obra juzgue necesario realizar para comprobar la calidad, resistencia y
restantes características de los materiales empleados o que hayan de emplearse.
La elección de los laboratorios, oficiales o privados homologados, y el
enjuiciamiento e interpretación de dichos análisis serán de la exclusiva competencia del
Director de Obra, quien a la vista de los resultados obtenidos y de acuerdo a las normas
de realización de ensayos reconocidos en la especialidad, rechazará aquellos materiales
que considere no responden a las condiciones del presente Pliego.
Los gastos derivados de la toma y transporte de muestras y de los ensayos y
análisis de éstas, que sean ordenados por el Director de Obra, se abonarán de acuerdo
con el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del
Estado. Los ensayos y reconocimientos, más o menos minuciosos, verificados durante la
ejecución de los trabajos, no tienen otro carácter que el de mero antecedente para la
recepción de materiales o instalaciones de cualquier clase, que se realice antes de la
recepción definitiva, no exime al Contratista de las obligaciones de subsanar o reponer,
parcial o totalmente, los materiales, instalaciones o unidades de obra, que resulten
inaceptables en el reconocimiento final y pruebas de recepción definitivas.
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Documento III. Pliego de Condiciones 31
7.7.-MATERIALES QUE NO REÚNAN LAS CONDICIONES.
Cuando, a juicio del Ingeniero Director, alguno de los materiales a emplear en la
obra no fuera aceptable, deberá comunicarlo por escrito al contratista, señalando las
causas que motivan tal decisión. En este caso, el contratista podrá reclamar ante la
Administración, en el plazo de diez (10) días, contados a partir del de la notificación.
Cuando las circunstancias no permitan esperar la resolución de la Administración, la
Dirección podrá imponer al contratista el empleo de los materiales que considere
adecuados, asistiendo a éste el derecho de indemnización, por los perjuicios ocasionados,
en el caso de que la resolución le fuese favorable.
Si los materiales a emplear fueran defectuosos, pero aceptables a juicio de la
Dirección de la Obra, podrán ser empleados, pero con la rebaja del precio que la misma
determine, a no ser que el contratista opte por el empleo de materiales de las calidades
exigidas por este pliego.
7.8.-RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
La aceptación de los materiales no exime la responsabilidad del contratista respecto
a la calidad de los mismos, que subsistirá hasta que se reciban definitivamente las obras
en que se hayan empleado.
8.-MAQUINARIA.
8.1.-CUESTIONES COMUNES PARA LA MAQUINARIA.
El contratista queda obligado como mínimo a situar en las obras los equipos de
maquinaria necesarios para la correcta ejecución de las mismas, según se especifica en
el Proyecto y de acuerdo con los programas de trabajos.
El Director de la Obra podrá ordenar la retirada y sustitución de maquinaria o sus
aperos que no satisfagan las condiciones mínimas exigibles en la ejecución de los distintos
trabajos recogidos en Proyecto.
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Documento III. Pliego de Condiciones 32
Así mismo, quedarán adscritos a la obra durante el curso de ejecución de las
unidades en que deban utilizarse. En ningún caso podrán retirarse sin consentimiento del
Director de Obra. Toda la maquinaria, sus aperos y demás elementos de trabajo deberán
estar en perfectas condiciones de funcionamiento, así como reunir todos los requisitos de
seguridad y normalización que le sean exigibles de acuerdo con la legislación en vigor.
9.-MEDIOS AUXILIARES.
Se consideran medios auxiliares todos aquellos útiles, herramientas, equipos o
máquinas, incluso servicios, necesarios para la correcta ejecución de las distintas
unidades de obra, cuyo desglose ha sido obviado en aras de una simplificación del cálculo
presupuestario.
El Contratista queda obligado a poner a disposición, para la ejecución de las obras,
todos aquellos medios auxiliares que resulten imprescindibles para la correcta ejecución
de los trabajos.
Corresponderá al Director de Obra la elección de los medios auxiliares, bien a
iniciativa propia o bien de entre los propuestos por el Contratista. Cuando alguno de los
medios auxiliares no responda a las especificaciones señaladas por el Director de Obra, o
no cumpla disposiciones de la normativa aplicable, será retirado de la obra y reemplazado
por uno que sí lo cumpla, sin que el Contratista tenga derecho a contraprestación alguna.
Cuando la Administración aporte al Contratista medios auxiliares para la realización
de las obras, éste quedará obligado a su empleo en las condiciones que sean señaladas
para su utilización, siendo responsable de su adecuado estado de conservación. En el
caso de medios auxiliares que deban ser devueltos a la Administración una vez finalizado
su empleo, el Contratista deberá devolverlos en los plazos y lugares que se indiquen en la
misma resolución de concesión.
En el caso de no ser devueltos tales medios, o su estado de conservación sea
deficiente, serán deducidos a su precio de la correspondiente certificación. En todo caso,
los medios auxiliares aportados por la Administración de obligada devolución deberán ser
reintegrados, total o parcialmente antes de la liquidación.
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Documento III. Pliego de Condiciones 33
10.-EJECUCION DE LAS OBRAS
10.1.-CONDICIONES GENERALES.
Todas las obras del Proyecto se ejecutarán de acuerdo con los Planos y órdenes
del Ingeniero Director de las Obras, quién resolverá las cuestiones que se planteen
referentes a la interpretación de aquellos y de las condiciones de ejecución.
El Ingeniero Director suministrará al Contratista cuanta información se precise para
que las obras puedan ser realizadas. El orden de la ejecución deberá ser aprobado por el
Ingeniero Director, y será compatible con los plazos estipulados.
Antes de iniciar cualquier obra, el Contratista deberá ponerlos en conocimiento del
Ingeniero Director y recabar su autorización. Todos los equipos que se empleen en la
ejecución de las obras deberán cumplir las condiciones generales siguientes:
• Estarán disponibles con suficiente anticipación al comienzo del trabajo
correspondiente, para que puedan ser examinados y aprobados en su caso, por el
Ingeniero Director.
• Después de aprobado un equipo por el Ingeniero Director, deberá mantenerse en
todo momento en condiciones de trabajo satisfactorias, haciendo las sustituciones
o reparaciones necesarias para ello.
• Si durante la ejecución de las obras, el Ingeniero Director observara que, por cambio
de las condiciones de trabajo o por cualquier otro motivo, el equipo o equipos
aprobados no son idóneos al fin propuesto, deberán ser sustituidos por otros que lo
sean.
10.2.-COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO
Consiste en el conjunto de operaciones que es preciso efectuar para trasladar al
terreno los datos del proyecto de referencia. El replanteo definitivo se hará en una o varias
veces, de acuerdo con las instrucciones de la Dirección Facultativa.
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Documento III. Pliego de Condiciones 34
Una vez adjudicada la obra definitivamente, y dentro del plazo marcado por las
Condiciones Administrativas que para cada obra se señalen, la Dirección Facultativa
efectuará sobre el terreno comprobación del replanteo previo de las obras y sus distintas
partes, en presencia del Contratista o de su representante legalmente autorizado, para
comprobar su correspondencia con los planos.
El Contratista está obligado a suministrar todos los útiles y elementos auxiliares
necesarios para estas operaciones. También correrá de su cuenta el personal necesario
para las mismas. El contratista vigilará, conservará y responderá de las estacas y señales
haciéndose directamente responsable de cualquier desaparición o modificación de estos
elementos. Los trabajos se comenzarán trazándose, de acuerdo con los planos de obra,
las líneas principales que habrán de servir de base para trazar los principales ejes de
composición del conjunto, y a éstos referirán a su vez el resto de ejes de las alineaciones,
zanjas, muros, etc. que es necesario replantear; estos ejes se marcarán con puntos que
queden invariables durante la marcha de la obra.
Se determinarán los perfiles del terreno que sean necesarios para obtener
exactamente la cantidad de tierras a desmontar o a rellenar, marcándose las alineaciones
y rasantes en los puntos necesarios para que, con auxilio de los planos de detalle, pueda
el contratista realizar los trabajos con arreglo a los mismos. Se señalará finalmente una
línea invariable, que marcará el plano horizontal de referencia para las obras del
movimiento de tierras y apertura de zanjas.
Del resultado de la comprobación del replanteo se levantará un Acta, que firmarán
el Contratista y la Dirección Facultativa y se hará constar en ella si se puede proceder a
dar el comienzo de las obras.
Las variaciones que surjan en este replanteo y a lo largo de la instalación deberán
estar incluidas en los planos de final de obra.
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Documento III. Pliego de Condiciones 35
10.3.-PERMISOS, LICENCIAS Y AUTORIZACIONES
El Contratista deberá obtener todos los permisos y licencias necesarias para la
ejecución y puesta en servicio de las obras y deberá abonar los cargos, tasas e impuestos
derivados de la obtención de aquellos, sin que tenga derecho a reclamar cantidad alguna
por tal concepto. Así mismo, será responsabilidad del contratista recabar la información
necesaria de las empresas u organismos que tengan a su cargo la prestación de servicios
públicos o privados, para determinar la incidencia de la obra en dichos servicios y prever
con antelación suficiente las alternativas de obra o de estos servicios que fuese necesario
producir.
10.4.-MEDIDAS DE SEGURIDAD
El Contratista deberá atenerse a las disposiciones vigentes sobre seguridad y salud
en el trabajo. El Contratista deberá adoptar las máximas precauciones y medidas de
seguridad en el acopio de materiales y en la ejecución y conservación de las obras para
proteger a los obreros, público, vehículos, animales y propiedades ajenas de posibles
daños y perjuicios, corriendo con la responsabilidad que de las mismas se derive.
Asimismo, estará obligado al cumplimiento de todo aquello que la Dirección de la obra le
dicte para garantizar esa seguridad. Bien entendido que, en ningún caso dicho
cumplimiento eximirá al Contratista de responsabilidades.
10.5.-CONSERVACIÓN DE LA ZONA AFECTADA POR LA OBRA
El Adjudicatario deberá asumir a su costa, la conservación y mantenimiento de los
elementos presentes en la zona afectada por la obra.
Esta obligación se extenderá durante el período comprendido desde el inicio de los
trabajos hasta la firma del Acta de Recepción.
Así mismo, en aquellas zonas de tránsito utilizadas por la maquinaria y medios al
servicio de la obra, aunque estas zonas no estuviesen especialmente acotadas o valladas,
que sufriesen deterioro en el transcurso de la misma, el Adjudicatario, deberá reponerlas
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Documento III. Pliego de Condiciones 36
y mantenerlas adecuadamente hasta el momento de la firma del Acta de recepción, a su
costa y sin cargo alguno.
10.6.-LEVANTADOS
10.6.1.-DEFINICIÓN
Demolición progresiva, elemento a elemento, pavimentos, aceras, bordillos y
elementos similares de exterior, así como soleras (generalmente de hormigón).
10.6.2.-EJECUCIÓN DE LAS OBRAS.
a) Condiciones generales.
o Antes del inicio de las actividades de demolición se comprobará que los
medios auxiliares a utilizar, mecánicos o manuales, reúnen las condiciones
de cantidad y cualidad especificadas en el plan de demolición.
o Esta comprobación se extenderá a todos los medios disponibles
constantemente en la obra, especificados o no en la normativa aplicable de
higiene y seguridad en el trabajo, que puedan servir para eventualidades o
socorrer a los operarios que puedan accidentarse.
o En los casos en que se vaya a efectuar la demolición de viales, aceras,
soleras y solados de planta baja o sótanos, etc., se investigará si existen
conducciones enterradas que puedan atravesar el solar o las calles
afectadas (conducciones de agua, gas, electricidad, saneamiento, etc.).
Conocidos estos servicios y notificadas las obras a la/s respectiva/s
compañía/s u organismo/s, se determinará si procede su desvío o si
únicamente cabe actuar con precaución sin modificar su trazado. En todo
caso, se anulará previamente aquel suministro que sea susceptible de
ocasionar algún tipo de daño o accidente.
o Se protegerán, por otro lado, los elementos de Servicio Público (como bocas
de riego, tapas y rejillas de pozos y sumideros, árboles, farolas, etc.), que
puedan resultar dañados por los medios mecánicos utilizados en los trabajos
de demolición de pavimentos exteriores y viales.
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Documento III. Pliego de Condiciones 37
b) Precauciones a adoptar.
o Se facilitará la herramienta y medios auxiliares adecuados para la realización
de estos trabajos.
o Se tendrán en cuenta todas las prescripciones tendentes a conseguir la
máxima seguridad de los operarios y que se indican en el apartado
correspondiente de Demoliciones en general (gafas que protejan de
esquirlas, tenazas, protecciones para las manos, etc.).
o Cuando los pavimentos o viales a demoler se ubiquen en el casco urbano,
todos los linderos de la obra con vías públicas o lugares privados transitados,
donde cabe la posibilidad de existir riesgo para personas o bienes, deberá
ser vallado adecuadamente con material consistente. Esta valla deberá
llevar, en caso de obstaculizar el paso de vehículos, su correspondiente
iluminación en todas sus esquinas y cada 10 metros en su longitud.
c) Ejecución
o El orden, forma de ejecución y los medios a emplear se ajustarán a las
prescripciones establecidas en el proyecto y a las órdenes de la Dirección
Técnica. En cualquier caso, se tendrán en cuenta las siguientes premisas:
o El empleo de compresores, martillos neumáticos, eléctricos o cualquier
medio auxiliar que produzca vibraciones deberá ser previamente autorizado
por la Dirección Técnica.
o El empleo de máquinas en la demolición de soleras y pavimentos de planta
baja o viales queda condicionado a que trabajen siempre sobre suelo
consistente y tengan la necesaria amplitud de movimiento.
10.6.3.-CONTROL.
Serán objeto de control el orden, la forma de ejecución y los medios a emplear, no
aceptándose que estos puedan diferir de lo especificado o de las instrucciones impartidas
por la Dirección Técnica.
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Documento III. Pliego de Condiciones 38
Cuando se detecte alguna anomalía o incumplimiento de tales prescripciones, la
Dirección Técnica dejará constancia expresa de las mismas y trazará, a continuación, las
pautas de corrección necesarias.
10.6.4.-MEDICIÓN Y ABONO.
Los criterios a seguir para la medición de este tipo de elementos a demoler serán
los que aparecen en los enunciados de las partidas correspondientes, en los que quedan
definidas tanto la unidad geométrica considerada más idónea para medir el elemento, las
características y peculiaridades del mismo, el empleo de medios mecánicos o manuales,
las inclusiones o exclusiones y el criterio para llevar a cabo la propia medición, aspectos
todos ellos que influyen en el cálculo del precio descompuesto.
En el caso de elementos lineales (bordillos, etc.), los levantados se abonarán por
metros lineales (ml.).
10.7.-EXCAVACIÓN EN ZANJAS.
10.7.1.-DEFINICIÓN
Esta unidad consiste en el conjunto de operaciones necesarias para abrir zanjas y
pozos. Las excavaciones de zanjas y pozos del presente Proyecto, serán excavaciones
sin clasificar (en cualquier clase de terreno).
Su ejecución incluye las operaciones de:
• Excavación.
• Nivelación y evacuación del terreno.
• Agotamiento de la zanja o pozo, si fuese necesario.
• Transporte de los productos sobrantes removidos a vertedero, depósito o lugar de
empleo.
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Documento III. Pliego de Condiciones 39
10.7.2.-EJECUCIÓN
Referente a la ejecución de las obras, en especial se determina en este Pliego
Particular que los productos sobrantes procedentes de la excavación, aquellos clasificados
que no se reutilicen en el tapado de las zanjas, se transportarán a vertedero cuya gestión
y utilización correrán de cuenta del Contratista, no habiendo lugar a abonos adicionales.
El Contratista de las obras, hará sobre el terreno un replanteo general del trazado de la
conducción y del detalle de las obras de fábrica, marcando las alineaciones y rasantes de
los puntos necesarios, para que con auxilio de los planos, pueda el Contratista ejecutar
debidamente las obras. Será obligación del Contratista la custodia y reposición de las
señales que se establezcan en el replanteo.
Las zanjas para colocación de tuberías tendrán el ancho de la base, profundidad y
taludes que figuren en el Proyecto o indique la Dirección Técnica de las obras. Cuando se
precise levantar un pavimento o bordillo existente para la ejecución de las zanjas, se
marcarán sobre la superficie de este el ancho absolutamente imprescindible, que será el
que servirá de base para la medición y el abono de esta clase de obra.
La reposición del citado pavimento o bordillo se hará empleando los mismos
materiales obtenidos al levantarlo, sustituyendo todos los que no queden aprovechables y
ejecutando la obra de modo que el pavimento o bordillo nuevo sea de idéntica calidad que
el anterior.
La ejecución de las zanjas para emplazamiento de las tuberías, se ajustará a las
siguientes normas:
a. Se replanteará el ancho de las mismas, el cual es el que ha de servir de base
al abono del arranque y reposición del pavimento correspondiente. Los
productos aprovechables de este se acopiarán en las proximidades de las
zanjas.
b. No se autorizará la circulación de vehículos a una distancia inferior a 3 m del
borde de la excavación para vehículos ligeros, y de 4 m para vehículos
pesados.
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Documento III. Pliego de Condiciones 40
c. Los productos procedentes de la excavación se acopiarán a una distancia
de la coronación de los taludes siempre en función de la profundidad de la
zanja con el fin de no sobrecargar y aumentar el empuje hacia las paredes
de la excavación. En caso de que no exista forma de evitar tal acopio, el
empuje se tendrá en cuenta para el cálculo y dimensionamiento de la
entibación.
d. Los productos de las excavaciones se depositarán a un solo lado de las
zanjas, dejando una banqueta de sesenta (60) centímetros como mínimo.
Estos depósitos no formarán cordón continuo, sino que dejarán paso para el
tránsito general y para entrada a las viviendas afectadas por las obras, todos
ellos se establecerán por medios de pasarelas rígidas sobre las zanjas.
e. El Contratista pondrá en práctica cuantas medidas de protección, tales como
cubrición de la zanja, barandillas, señalización, balizamiento y alumbrado,
sean precisas para evitar la caída de personas o de ganado en las zanjas.
Estas medidas deberán ser sometidas a la conformidad de la Dirección
Técnica, que podrá ordenar la colocación de otras o la mejora de las
realizadas por el Contratista, si lo considerase necesario.
f. Se tomarán las precauciones precisas para evitar que las lluvias inunden las
zanjas abiertas.
g. Deberán respetarse cuantos servicios se descubran al abrir las zanjas,
disponiendo los apeos necesarios. Cuando hayan de ejecutarse obras por
tales conceptos, lo ordenará la Dirección Técnica de las obras. La
reconstrucción de servicios accidentalmente destruidos, será de cuenta del
Contratista.
h. Durante el tiempo que permanezcan las zanjas abiertas, establecerá el
Contratista señales de peligro, especialmente por la noche. El Contratista
será responsable de los accidentes que se produzcan por defectuosa
señalización.
i. No se levantarán los apeos establecidos sin orden de la Dirección
Facultativa.
j. La Dirección Facultativa podrá prohibir el empleo de la totalidad o parte de
los materiales procedentes de la demolición del pavimento, siempre que a
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Documento III. Pliego de Condiciones 41
su juicio hayan perdido sus condiciones primitivas como consecuencia de
aquella.
k. Cualquier achique que sea necesario efectuar por la presencia de aguas que
afloren en el interior de las zanjas se hará de manera inmediata.
El diseño y ejecución de cualquier zanja prevista como parte de la obra civil de
cualquier sistema de riego nuevo o modificado deberá cumplir con las especificaciones
contenidas en la Normalización de Elementos Constructivos para obras de urbanización
del Ayuntamiento de Madrid, en su apartado de Red de Riego. En previsión de la evolución
de las zonas verdes se deberá prever la obra civil necesaria para la conexión de parterres
con pasatubos en caminos, con una distancia máxima entre cada cruce de 150 m. En los
extremos de los pasatubos se dispondrán arquetas de obra de fábrica de ladrillo con tapa
resistente recibida y visible. En la parte superior de los tubos se dispondrá de una cinta
señalizadora.
10.7.3.-MEDICIÓN Y ABONO
Se abonará por metros cúbicos, determinados a partir de las secciones tipo
representadas en planos y de las profundidades de excavación realmente ejecutadas. No
serán de abono los desprendimientos de las zanjas ni los agotamientos, si son necesarios.
Tampoco serán de abono las entibaciones, si su inclusión está expresamente considerada
en la definición de la unidad.
En ningún caso se abonarán excesos no justificados y que no hayan sido
previamente autorizados por la Dirección Facultativa. Tampoco se abonará el relleno en
exceso derivado del anterior exceso de excavación. Incluye refino, compactación del fondo
y carga en camión.
El empleo de máquinas zanjadoras, con la autorización de la Dirección Facultativa,
cuyo mecanismo activo dé lugar a una anchura de zanja superior a la proyectada, no
devengará a favor del Contratista el derecho a percepción alguna por el mayor volumen
excavado ni por el correspondiente relleno.
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Documento III. Pliego de Condiciones 42
10.8.-RELLLENO Y COMPACTACIÓN EN ZANJAS
10.8.1.-DEFINICIÓN
Esta unidad consiste en la extensión y compactación de materiales procedentes de
excavaciones o préstamos para relleno de zanjas, trasdós de obras de fábrica o cualquier
otra zona cuyas dimensiones no permitan la utilización de los mismos equipos de
maquinaria con que se lleva a cabo la ejecución de terraplenes.
10.8.2.-MATERIALES
Los materiales destinados a rellenos localizados y zanjas precisarán la previa
conformidad de la Dirección Facultativa, y procederán de préstamos. En rellenos
localizados no podrán utilizarse suelos orgánicos, turbosos, fangosos, tierra vegetal, ni
materiales de derribo. En rellenos que formen parte de la infraestructura de las obras se
adoptarán los mismos materiales que en las zonas correspondientes de los terraplenes.
El tapado de las zanjas se realizará siguiendo estas premisas. En el caso de zanjas
realizadas en calzada se rellenará toda la zanja con hormigón en masa HM-12,5/P/40, es
decir 60 cm. Ya que la tubería está canalizada en un pasatubo se puede realizar esta
operación. Se realizará de esta manera para evitar asentamientos por el paso de vehículos
y hundimientos en la calzada. Para el solado de aceras se procederá a tapar los primeros
20 cm con arena de miga y se compactará con un grado superior o igual al 95 % del Proctor
Normal. Posteriormente se rellenará con hormigón en masa HM-12,5/P/40 hasta el nivel
del pavimento existente. En el caso de las zanjas realizadas con zanjadora en zonas
verdes, se rellenará con tierras clasificadas procedentes de la propia excavación, siempre
separando las piedras de más de 5 cm. En los dos primeros casos se señalizará la
canalización mediante una banda de polietileno de color azul de 20 cm de ancho y con un
alma metálica situada 20 cm por encima de la generatriz de la tubería.
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Documento III. Pliego de Condiciones 43
10.8.3.-EJECUCIÓN
No se procederá al relleno de zanjas y pozos sin autorización de la Dirección
Facultativa. El relleno se efectuará extendiendo los materiales en tongadas sucesivas
sensiblemente horizontales y de un espesor tal que, con los medios disponibles, se
obtenga en todo su espesor el grado de compactación requerido, no superando en ningún
caso los veinte (20) centímetros.
El grado de compactación a alcanzar, si la Dirección Facultativa no establece otro,
será del 95% del determinado en el ensayo Proctor normal. Esta unidad ha de ser
ejecutada cuando la temperatura ambiente, a la sombra, sea superior a 2ºC.
10.8.4.-MEDICIÓN Y ABONO
Se abonarán por metros cúbicos medidos sobre los planos de secciones tipo según
las profundidades realmente ejecutadas. El precio de esta unidad incluye los eventuales
transportes del material de relleno por el interior de la obra. En ningún caso se abonarán
excesos no justificados y que no hayan sido previamente autorizados por la Dirección
Facultativa, ni tampoco los procedentes de excesos de excavación no autorizados.
10.9.-EXCAVACIÓN DE TIERRAS A MANO
10.9.1.-DEFINICIÓN
Esta unidad consiste en el conjunto de operaciones necesarias para abrir zanjas y
pozos a mano, no por medios mecánicos, donde fuera necesario a juicio de la Dirección
Facultativa y a la vista de los trabajos a efectuar. Las excavaciones de zanjas y pozos a
mano del presente Proyecto serán sin clasificar.
10.9.2.-EJECUCIÓN
Su ejecución incluye las siguientes operaciones:
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Documento III. Pliego de Condiciones 44
1. Excavación.
2. Colocación de la entibación, si fuese necesaria.
3. Agotamiento de la zanja o pozo, si fuese necesario.
4. Nivelación del terreno.
5. Refino, compactación del fondo.
6. Transporte de los productos sobrantes a vertedero, depósito o lugar de
empleo.
La Dirección Facultativa, hará sobre el terreno un replanteo de la excavación,
marcando las alineaciones y rasantes de los puntos necesarios, para que con auxilio de
los planos, pueda el Contratista ejecutar las obras.
10.9.3.-MEDICIÓN Y ABONO
Se abonará por metros cúbicos. Dichos metros cúbicos se medirán según las
secciones teóricas que figuran en los planos para la excavación, teniendo en cuenta la
profundidad realmente ejecutada. En ningún caso se abonarán excesos no justificados,
que no hayan sido previamente autorizados por la Dirección Facultativa.
Cuando haya de ser adoptada la excavación manual en actuaciones proyectadas
con excavación por medios mecánicos, el Contratista deberá dar cuenta inmediata a la
Dirección Facultativa.
Las excavaciones están referidas a cualquier clase de terreno geológicamente
natural o artificial, ya sea suelto, alterado con elementos extraños o compacto, como
yesos, mallacán o similares, a cualquier profundidad, comprendiendo los medios y
elementos necesarios para llevarlos a cabo, tales como entibaciones y acodalamientos o
bien los agotamientos, si se precisasen.
Esta unidad, incluye, además de las operaciones señaladas, el despeje y desbroce,
el refino y el transporte a los almacenes municipales de cuantos productos u objetos
extraídos tengan futuros aprovechamientos.
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Documento III. Pliego de Condiciones 45
10.10.-RIEGO
10.10.1.-TUBERÍAS DE POLIETILENO
El material de las tuberías para la red de riego será de polietileno alta densidad para
diámetros 50, 40, 32, 25 y 20 mm. La presión nominal de las tuberías (PN) será 10
atmósferas, salvo en las tuberías de 20 mm de diámetro, que será 6. La unión de tuberías
entre sí, o entre estas y el resto de piezas intercaladas en la instalación, se realizará
mediante accesorios de polietileno.
Para los pasatubos se utilizará tubería de polietileno alta densidad diámetro 63 mm.
10.10.1.1.- DEFINICIONES
Tubos de polietileno (PE) son los materiales termoplásticos constituidos por una
resina de polietileno, negro de carbono, sin otras adiciones que antioxidantes
estabilizadores o colorantes. Según el tipo de polímero empleado se distinguen tres clases
de termoplásticos de polietileno.
• Polietileno de baja densidad (LDPE). Polímero obtenido en un proceso de alta
presión. Su densidad sin pigmentar es igual o menor a 0,930 kg/dm3.
• Polietileno de alta densidad (HDPE). Polímero obtenido en un proceso a baja
presión. Su densidad sin pigmentar es mayor de 0,940 kg/dm3.
• Polietileno e media densidad (MDPE). Su densidad sin pigmentar está comprendida
entre 0,931 kg/cm3 y 0,940 kg/dm3.
Los tubos de PE se clasifican, según sea la naturaleza del polímero, en los dos
grupos fundamentales:
• Tubos de polietileno de baja densidad (LDPE)
• Tubos de polietileno de alta o media densidad (HDPE y MDPE).
Los tubos de polietileno de baja densidad solamente podrán emplearse en
instalaciones de vida útil inferior a veinte años y cuyo diámetro nominal sea inferior a ciento
veinticinco milímetros (125 mm).
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Documento III. Pliego de Condiciones 46
Por la presión hidráulica interior se clasifican en:
• Tubos de presión. Los que a la temperatura de 20º C pueden estar sometidos a una
presión hidráulica interior constante igual a la presión nominal (PN) durante 50 años
con un coeficiente de seguridad final o inferior a 1,3.
• Tubos sin presión. Para saneamiento de poblaciones y desagües sin carga.
Solamente se emplearán tubos de PE de alta o media densidad.
• Tubos para encofrado perdido y otros usos similares.
Por la forma de los extremos:
• Tubos de extremos lisos.
• Tubos con embocadura (copa)
Según la aplicación:
• Tubos para conducciones de agua (abastecimiento) UNE 53.131 y UNE 53.188)
• Tubos para saneamiento (UNE 53.131 y UNE 53.188).
• Tubos para canalizaciones eléctricas (UNE 50.086/95 partes 1,2 y 4.)
10.10.1.2.- CONDICIONES GENERALES.
Los tubos de PE solo podrán utilizarse en tuberías si la temperatura del fluente no
supera los 45º C. No son objeto de éste capítulo los tubos de PE para instalaciones de
desagüe y de saneamiento en el interior de edificios o dentro del recinto de instalaciones
industriales.
Será obligatoria la protección contra la radiación ultravioleta que por lo general, se
efectuará con negro de carbono incorporado a la masa de extrusión. El alto coeficiente de
dilatación lineal de PE deberá ser tenido en cuenta en el proyecto. Los movimientos por
diferencias térmicas deberán compensarse colocando la tubería en planta serpenteante.
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Documento III. Pliego de Condiciones 47
La alta resistencia al impacto del PE a bajas temperaturas permite su transporte y
manipulación en climas fríos.
10.10.1.3.- MATERIALES
El material del tubo estará constituido por:
• Resina de polietileno técnicamente pura, de baja, media o alta densidad, según las
definiciones dadas en UNE 53.188.91
• Negro de carbono finamente dividido en una proporción del 2,5 +- 0,5 por 100 del
peso del tubo.
• Eventualmente, otros colorantes, estabilizadores, antioxidantes y aditivos auxiliares
para la fabricación.
El material del tubo no contendrá plastificantes, carga inerte ni otros ingredientes
que puedan disminuir la resistencia química del PE o rebajar su calidad. Queda prohibido
el polietileno de recuperación.
Todos los ingredientes cumplirán la condición de ser aceptables desde el punto de
vista sanitario. La resina de PE será de baja, media o alta densidad según que la clase de
tubo sea de LDPE, MDPE o de HDPE, respectivamente.
El negro de carbono empleado en la fabricación de tubos de PE cumplirá las
especificaciones del apartado 4.1 de la UNE 53.131/90 y su dispersión tendrá una
homogeneidad igual o superior a la definida en el apartado 4.3 de la UNE 53-131/90. La
determinación del contenido en negro de carbono se hará según UNE 53.375-83.
El fabricante de los tubos establecerá las condiciones TÉCNICAS de la resina de
polietileno, de forma que pueda garantizar el cumplimiento de las características a corto
plazo y a largo plazo 50 años. En especial tendrá en cuenta las siguientes características
de la resina:
o Ganulometría.
o Densidad.
o Índice de fluidez
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Documento III. Pliego de Condiciones 48
o Grado de contaminación.
o Contenido en volátiles.
o Contenido en cenizas.
Estas características se determinarán de acuerdo con la Norma UNE 53-188/91.
10.10.1.4.- CARACTERISTICAS GEOMÉTRICAS.
En el cuadro 1 se fijan los diámetros nominales y espesores mínimos de los tubos
de PE de alta o media densidad, correspondientes a las tres series normalizadas de tubos
de presión, cuyos números de serie “S” son 12,5; 8 y 5.
En el cuadro 2 figuran los diámetros nominales, los espesores mínimos y tolerancias
de los tubos de PE de alta o media densidad, correspondiente a las series A y B
normalizadas de tubos sin presión para saneamiento.
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Documento III. Pliego de Condiciones 49
TUBOS DE POLIETILENO DE MEDIA Y ALTA DENSIDAD PARA CONDUCCIONES DE AGUA A PRESION.
DIAMETRO NOMINAL ESPESORES MINIMOS DE PARED (e) DN Tolerancia
(mm) (mm) S = 12,5 S = 8 S = 5 10 12 16 20 25
+ 0,3 + 0,3 + 0,3 + 0,3 + 0,3
- - - - -
- - - - 2,0
2,0 2,0 2,0 2,0 2,3
32 40 50 63 75
+ 0,3 + 0,4 + 0,5 + 0,6 + 0,7
- 2,0 2,0 2,4 2,9
2,0 2,4 3,0 3,8 4,5
2,9 3,7 4,6 5,8 6,8
90 110 125 140 160
+ 0,9 + 1,0 + 1,2 + 1,3 + 1,5
3,5 4,2 4,8 5,4 6,2
5,4 6,6 7,4 8,3 9,5
8,2 10,0 11,4 12,7 14,7
180 200 225 250 280
+ 1,7 + 1,8 + 2,1 + 2,3 + 2,6
6,9 7,7 8,6 9,6 10,7
10,7 11,9 13,4 14,8 16,6
16,4 18,2 20,5 22,7 25,4
315 355 400 450 500
+ 2,9 + 3,2 + 3,6 + 4,1 + 4,5
12,1 13,6 15,3 17,2 19,1
18,7 21,1 23,7 26,7 29,6
28,6 - - - -
560 630 710 800
+ 5,0 + 5,1 + 5,1 + 5,1
21,4 24,1 27,2 30,6
- - - -
- - - -
TOLERANCIA DE DIÁMETROS EN TUBOS A UNIR CON EMBOCADURA SOLDADA.
Diámetro Nominal (mm)
Tolerancia (mm)
Diámetro nominal (mm)
Tolerancia (mm)
20 25 32 40 50 63 75 90
+ 0,3 + 0,3 + 0,3 + 0,4 + 0,4 + 0,4 + 0,5 + 0,6
110 125 140 160 180 200 225 250
+ 0,6 + 0,6 + 0,8 + 1,0 + 1,2 + 1,3 + 1,4 + 1.5
Tolerancias de espesor. La diferencia (e-e) será siempre positiva e inferior al valor
siguiente:
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Documento III. Pliego de Condiciones 50
o Caso a) Tubos de DN menor de 400 mm.
Ae = 0,10e + 0,2 mm
o Caso b) Tubos de DN igual o mayor de 400 mm.
Ae= 0,15 e + 0,2 mm.
Todos los cálculos se redondearán al 0,1 mm más próximo por exceso. En ambos
caso el número de medidas a realizar será:
• En tubos de DN menor de 400 mm, 8 medidas
• En tubos igual o mayor de 400 mm,12 medidas
Ovalación: para los tubos rectos la diferencia máxima admisible entre el diámetro
exterior máximo o mínimo, en una sección recta cualquiera, y el diámetro exterior medio
será menor que: 0,02, redondeado el resultado al 0,1 mm, inmediato superior.
Para los tubos suministrados en rollos, la diferencia máxima admisible será 0,06 De
la ovalación no se comprobará en los tubos cuya relación e/DN sea igual o mayor de 0,08.
La longitud de los tubos rectos será preferentemente de 6, 8, 10 ó 12 m. La longitud media
a la temperatura de 23 ºC será, como mínimo, la nominal.
En el caso de tubos suministrados en rollos, el diámetro de éstos no será inferior a
veinte (20) veces el diámetro nominal del tubo, para polietileno de baja y media densidad
y no será inferior a 24 veces el diámetro nominal, en tubos de polietileno de alta densidad.
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Documento III. Pliego de Condiciones 51
10.10.1.5.- COLOCACIÓN
Este es uno de los aspectos más críticos que influyen en el buen comportamiento
de las tuberías. Si no existe una depurada técnica de instalación, todo el esfuerzo
entregado en la determinación de los parámetros y criterios de diseño puede verse
malogrado en la fase final.
La excavación de la zanja puede ser manual o mecanizada. En relación a la
instalación de la tubería, es conveniente poner especial cuidado en los siguientes
aspectos: alineamiento y uniformidad en la pendiente. Terminada la zanja y una vez
comprobada la rasante se procederá a la colocación de las tuberías. En primer lugar, se
apisonará perfectamente el fondo de la zanja con objeto de eliminar las irregularidades de
la excavación y conseguir que el tubo asiente a lo largo de la generatriz.
Antes de bajar las tuberías a la zanja se examinarán éstas y se apartarán los que
presenten deterioros perjudiciales. Se bajarán al fondo de la zanja con precaución,
empleando los elementos adecuados según su peso y longitud. Una vez los tubos en el
fondo de la zanja, se examinarán para cerciorarse de que su interior está libre de tierras,
piedras, etc., y se realizará su centrado y perfecta alineación, conseguido lo cual se
procederá a calzarlos y acordarlos con un poco de material de relleno para impedir su
movimiento.
No se admitirán piezas especiales fabricadas por la unión mediante soldadura o
pegamento de diversos elementos. Las uniones entre tubos, se realizarán con piezas
especiales roscadas o tipo Fitting. El Fitting a emplear, salvo autorización expresa
de la Dirección Facultativa, será de polietileno, latón o fundición. El acoplamiento de
los Fittings de unión se realizará sobre extremos de tubos normales al eje,
convenientemente achaflanados o biselados y lubricados con agua jabonosa (nunca con
grasas o aceites).
Los conductos no podrán permanecer acopiados a la intemperie. Su colocación en
zanja, debe realizarse con la holgura suficiente que permita absorber las dilataciones.
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Documento III. Pliego de Condiciones 52
Cada tubo deberá centrarse perfectamente con los adyacentes y si se precisase reajustar
algún tubo deberá levantarse el relleno y prepararlo como para su primera colocación.
El relleno de tierras posterior a la colocación de las tuberías se hará por capas de
tierra suelta húmeda, bien apisonadas contra la obra y contra las paredes de la zanja. Este
relleno se llevará hasta las cotas que se indican en los planos, eliminando las piedras o
terrones de gran tamaño u otros objetos diversos que pudieran dañar las canalizaciones.
El resto, hasta completar el relleno, se realizará con tierras procedentes de la excavación,
apisonadas enérgica y cuidadosamente.
El relleno de zanjas se hará con productos seleccionados de la excavación en el
caso de las zonas verdes, pero si éstos no son aptos, a juicio de la Dirección, para el
adecuado terraplenado de aquellas, el Contratista deberá efectuarlo trayendo tierras de
préstamos.
10.10.2.-ELEMENTOS PARA RIEGO DE PARQUES Y JARDINES.
El presente capítulo recoge las condiciones generales exigibles a diversos
elementos constitutivos de la red de riego.
En los siguientes apartados se describen las condiciones que deben cumplir los
siguientes elementos:
1. Tubería con goteros integrados
2. Sistema de riego radicular
3. Difusores emergentes.
4. Electroválvulas.
5. Conexiones estancas
6. Arquetas
7. Programador
8. Válvulas de corte
9. Bocas de riego
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Documento III. Pliego de Condiciones 53
10.10.2.1.- TUBERÍA CON GOTEROS INTEGRADOS AUTOCOMPENSANTES
La tubería con goteros integrados es, en esencia, una tubería superficial, en la cual
se insertan los goteros. Estará fabricada por proceso de extrusión, en Polietileno de alta
densidad y no contendrá productos reciclados. Las tuberías deberán de cumplir lo
especificado en la Norma UNE 68076-89
La tubería será de polietileno de alta calidad, con diámetro exterior de 16 mm y el
espesor de la misma de 1,2 mm. El rango de presiones recomendado para el emisor es
de 8 a 40 m.c.a.
El gotero autocompensante es aquel que arroja igual cantidad de agua para un
intervalo determinado de presiones. Dispondrá de los siguientes elementos y
características:
• Caudal uniforme para presiones entre 0,5 y 3,5 kg/cm2.
• Goteros electrosoldados
• Filtro incorporado a la entrada del laberinto.
• Diafragma como mecanismo de autolimpieza.
• Caudal variable entre 1,2-3,5 l/h.
• Distancia entre goteros: 30-33 cm.
• Presión de funcionamiento: 1-4 kg/cm2.
• Presión de trabajo no inferior a 2 kg/cm2.
Para su colocación sobre el terreno se utilizarán estacas de sujeción cada 3 m como
mínimo.
10.10.2.2.- SISTEMA DE RIEGO RADICULAR
El sistema de riego radicular o enraizador localiza el agua directamente en las
raíces, sea cual sea el tipo de suelo, además de posibilitar la aireación del terreno, y de
conseguir un anclaje mejor del árbol y un aumento de su resistencia al viento. Se instalarán
dos unidades por árbol. Estará constituidos por los siguientes elementos:
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Documento III. Pliego de Condiciones 54
• Inundador preinstalado de ½”, autocompensante de 1,5 a 5,5 bares y caudal de 57
l/h
• Carcasa microperforada de 10,2 cm de diámetro y 45,7 cm de longitud
• Pletina de sujeción antivandálica
• Fabricado con polímeros resistentes a los rayos UV
• Preensamblado
• Conexión por tubo PET de baja densidad de 16 mm de diámetro
10.10.2.3.- DIFUSORES
Los difusores emergentes y de diferentes alturas de emergencia sobre el terreno de
acuerdo con su diseño de riego, estarán constituidos por los siguientes elementos o
sistemas.
• Filtro bajo boquilla, extraíble y junta limpiadora de elastómero flexible.
• Dispositivo de cremallera para ajuste direccional del arco de riego.
• Muelle de acero inoxidable de fuerte retracción.
• Angulo bajo y normal de riego.
• El cuerpo del difusor, eje y filtro serán de material plástico de alta calidad, ABS
resistentes a la corrosión, con inhibidores de rayos ultravioleta.
• Válvula antidrenaje
• Regulador de presión a 2,1 y 3,1 bar en función de la tobera instalada
• Conexión hembra de ½” de diámetro.
• Toberas estándar fijas o regulables en función de los alcances y arcos requeridos
• Toberas giratorias de sector y radio de alcance regulables según diseño de riego
para su conexión a cuerpos de difusores.
• Tornillo de regulación de alcance de acero inoxidable.
Especificaciones:
o Presión: 1,0 a 3,1 bares
o Alcance: 0,6 m a 5,5 m para toberas estándar y de 4 m a 7,1 m para toberas
giratorias
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o Caudales: 0,06 -1,21 m3/h para toberas estándar y 0,11-0,91 para toberas
giratorias.
o Caudal paralelo: 0 m3/h a 0,6 bares o presiones superiores; 0,02 m3/h a
presiones inferiores a 0,6 bares
10.10.2.4.- ELECTROVÁLVULAS
Las electroválvulas realizan las maniobras de apertura y cierre del ciclo de riego,
debido a la corriente eléctrica que les llega desde el programador. Se utilizarán
electroválvulas fabricadas en nylon reforzado con fibra de vidrio con solenoide de impulsos
de 9v y núcleo cautivo. Serán de ¾” y 1” en función del caudal que tengan que dejar pasar.
Las de sección 1” irán equipadas con regulador de caudal. Deberá instalarse siempre,
antes de cada electroválvula una válvula de corte.
Especificaciones:
o Caudal: desde 0, 045 hasta 9 m3/h
o Presión: desde 1,0 hasta 10,4 bares
o Temperatura: 43° C máximo
Todos los sectores de riego localizado, tubería con goteros integrados y sistema de
riego radicular, irán equipados además por un filtro y un regulador de presión de ¾” y 1”
dependiendo del caudal circulante.
El filtro será de material metálico, en forma de Y, PN 16, con tamiz de acero
inoxidable AISI 316, luz de 500 micras y extremos roscados preferentemente.
La válvula reductora de presión será de latón estampado, cierre de acero inoxidable
AISI 303, muelle de acero zincado, extremos roscados preferentemente. Presión máxima
de entrada 16 bar y estará equipada con un manómetro de glicerina con escala de 0 a 10
kg/cm2.
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Documento III. Pliego de Condiciones 56
10.10.2.5.- CONEXIONES ESTANCAS
Para la unión entre los cables del programador y las electroválvulas se utilizarán
conexiones estancas para línea eléctrica de riego, de 3x1,5 mm2 de sección, y un voltaje
<30V, con grasa, vaselina u otra sustancia hidrófoba.
10.10.2.6.- ARQUETAS
Alojarán las electroválvulas, válvulas de corte, filtros, válvulas reductoras de presión
y programadores. Tendrán el cuerpo de fibra de vidrio de dimensiones rectangulares
54x38x32 o 67x48x32 cm dependiendo del número de elementos alojados en ellas. La
tapa será antivandálica con un marco de acero galvanizado con mallazo y relleno de
hormigón e incluirá un tornillo de seguridad y una llave de acero inoxidable para la apertura
de este tornillo. La arqueta estará colocada sobre un cerco de ladrillos y relleno de grava.
Se situarán dentro de la zona ajardinada, en el borde de ésta y alineadas con dicho
borde.
10.10.2.7.- PROGRAMADOR
Se utilizarán programadores autónomos de 9v con funcionamiento mediante pilas y
programables mediante consola de programación. De 1, 2 o 4 estaciones dependiendo del
número de electroválvulas a controlar en cada arqueta.
Con memoria interna, posibilidad de almacenar un programa de seguridad,
componentes electrónicos revestidos de resina y con índice de protección IP68
Irán ubicados en el interior de las arquetas junto con las electroválvulas, anclado al
cuerpo de la arqueta.
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10.10.2.8.- VÁLVULA DE CORTE
En la entrada de la electroválvula, en el interior de cada arqueta, se instalarán una
válvula de corte de esfera, de tamaño acorde al caudal circulante, de tal forma que sirva
para cerrar el paso de agua ante cualquier avería en los sectores o las electroválvulas.
10.10.2.9.- TOMA DE ENCHUFE RÁPIDO
En las zonas en las que no existen, se proyecta la colocación de bocas de riego o
más bien tomas de enchufe rápido, cuya función principal será asegurar el servicio en caso
de avería del riego automático. Las bocas de riego, tipo acople rápido, serán de diámetro
¾”.
Serán metálicas de bronce y acero inoxidable, con tapa termoplástica y cubierta sin
cierre. La llave será de conexión tipo Acme. La tapa tendrá muelles de acero inoxidable
para un correcto cierre y protección de los componentes de las juntas de la válvula.
10.11.-REPOSICIÓN DEL MATERIAL VEGETAL.
La reposición de las plantas en los casos en los que las actuaciones solamente
comprenden la red de riego, se realizará empleando el mismo tipo de planta. Debido a que
la planta levantada está consolidada y tiene un porte considerable se empleará planta
grande para evitar que la competencia con la existente impida su desarrollo. Las
características de las plantas a utilizar y operaciones de plantación están descritas en el
siguiente punto denominado plantaciones.
En las zonas de césped afectadas por la apertura de zanjas se repondrán mediante
semillado a mano aportando previamente una capa de tierra vegetal fertilizada. La mezcla
de semillas deberá ser lo más parecida posible a la existente o la que dictamine la
Dirección Facultativa.
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Documento III. Pliego de Condiciones 58
10.12.-PLANTACIONES.
Hay ciertas zonas en las que se va a realizar una remodelación de la jardinería
aprovechando las operaciones de instalación de la red de riego. En este apartado se
detallan las operaciones relativas a las plantaciones.
Se han utilizado como base las “Normas Tecnológicas de Jardinería y Paisajismo”
del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas de Cataluña.
10.12.1.-MATERIALES
10.12.1.1.- SUMINISTRO MATERIAL VEGETAL. CALIDAD GENERAL.
Los arbustos suministrados deberán tener identidad y pureza adecuadas en
relación al género o especie a que pertenezcan y, cuando se comercialicen o se quieran
comercializar con una referencia al cultivar, deberán tener también identidad y pureza
adecuadas respecto al cultivar. Los marcos de plantación deberán ser proporcionales a
las necesidades de los individuos según la especie y la variedad y según el sistema de
mecanización usado.
En todas las plantas, deberá haber una proporción entre la altura total y el diámetro
del tronco, que depende de la especie o variedad y que puede variar según las condiciones
de cultivo en distintas zonas climáticas. La altura, la anchura de copa, la longitud de las
ramas, las ramificaciones y el follaje deberán corresponder a la edad del individuo según
la especie o variedad en proporciones bien equilibradas.
Las raíces deberán estar bien desarrolladas y proporcionadas de acuerdo con la
especie o variedad, la edad, las condiciones del suelo y el crecimiento. El sistema radical
deberá ser equilibrado y proporcionado con el tamaño del cepellón o del contenedor.
La medida del cepellón deberá ser proporcional al tipo de crecimiento y estructura
de la especie o variedad, al desarrollo de la planta y a las condiciones del suelo. El sistema
radical deberá estar bien desarrollado y corresponder, tanto en forma como en tamaño, a
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Documento III. Pliego de Condiciones 59
las características de la especie o variedad, a la edad del árbol o arbusto, así como a las
características del suelo o substrato donde haya sido cultivado.
• Indicación: “Calidad CEE”.
• Código del Estado miembro.
• Nombre o código de identificación del organismo oficial responsable.
• Identificación del vivero o proveedor (nombre o número de registro o
autorización).
• Fecha de expedición del documento.
• Nombre botánico.
• Denominación del cultivar, si procede.
• Denominación de la patente, si procede.
• Denominación del portainjerto, si procede.
• Número individual de serie o de lote.
• Cantidad de plantas del lote.
• Presentación del sistema radical.
• En ejemplares de tronco múltiple, número de troncos.
• Perímetro del tronco o total.
• Altura total.
• Altura de copa, si procede.
• Volumen del contenedor, si procede.
• Número de repicados.
• Fecha del último repicado.
• Fecha del arranque en vivero.
• En su caso, número de Pasaporte Fitosanitario.
• En su caso, Etiqueta Ornamental.
La planta estará certificada por el vivero suministrador.
La Dirección Facultativa se reserva el derecho de ejercer control sobre el 2% del
material vegetal (por lo cual el contratista deberá suministrar ese material extra, no sólo
en calidad de reposición de marras, sino como material de control) para llevar a cabo
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Documento III. Pliego de Condiciones 60
cuantas pruebas de calidad considere necesarias. La dirección se reserva el derecho de
rechazar toda la partida si la planta objeto de control no reúne los requisitos exigidos.
10.12.1.2.- PREPARACIÓN, TRANSPORTE Y DESCARGA.
• Preparación para el transporte
Todas las plantas suministradas deberán encontrarse en perfecto estado sanitario
y fisiológico en el momento de salida del vivero. Durante todo el manejo de las plantas
deberán protegerse de posibles daños mecánicos y de la exposición a la insolación, al
viento o a las temperaturas extremas, tanto al frío como al calor. A la hora de la carga, si
las plantas se apilan unas sobre otras, deberá hacerse de tal manera que no resulten
dañadas las situadas en la parte inferior. Para ello las plantas más robustas deberán ir
colocadas en la parte inferior y las más frágiles en la superior.
Todas las operaciones deberán ir encaminadas a evitar un exceso de transpiración
en las plantas para evitar el peligro de deshidratación. Puede ser necesario en coníferas
y otras perennifolias el uso de antitranspirantes que se aplicarán unos días antes del
transporte. En las plantas suministradas en cepellón o contenedor se deberá vigilar que el
sustrato mantenga la humedad adecuada.
• Transporte
El transporte de las plantas se deberá realizar en camiones cerrados, ya sea caja
cubierta con lona o caja cerrada, de forma que se evite la incidencia del aire en las plantas,
que podría provocar perjudiciales deshidrataciones. En transporte de largo recorrido y,
especialmente en épocas calurosas, es recomendable la utilización de camiones con caja
frigorífica.
En ningún caso podrá excederse la carga máxima del camión y las plantas deberán
entrar en toda su dimensión. No se podarán las plantas para que entren en el transporte.
El transporte de plantas deberá cumplir la normativa vigente relativa al transporte de
mercancías.
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Documento III. Pliego de Condiciones 61
• Descarga
Los camiones deberán descargarse nada más llegar a la obra en el lugar destinado
para tal fin y siempre que la Dirección Facultativa controle la descarga y la calidad de la
planta. No obstante, si llega al atardecer o por la noche, se podrá retrasar la descarga
hasta el día siguiente a primera hora de la mañana.
• Zona de acopio elementos vegetales
Se define como el lugar destinado al acopio de los elementos vegetales durante los
breves periodos que transcurran entre la recepción de la planta en obra y la plantación en
su emplazamiento definitivo. El suministro de planta deberá realizarse a un ritmo similar a
las necesidades, para evitar la acumulación de planta en la zona de acopio. La zona de
acopio cumplirá los siguientes requisitos:
o Deberá habilitarse una zona apta para acopiar el material vegetal, situada en
una zona que no se encharque y que disponga de agua para el riego.
o La zona deberá estar vallada y protegida contra actos vandálicos, robos y
contra el tráfico pesado de la obra.
o Al llegar del vivero se deberán eliminar todas las envolturas, mallas,... que
puedan dañar a las plantas, y se podarán las ramas que se hayan visto
dañadas en el transporte.
o Las plantas acopiadas deberán estar debidamente acondicionadas y
protegidas, con sus necesidades hídricas y nutricionales cubiertas.
o Deberá evitarse la desecación de cualquier parte de la planta así como el
exceso de agua o el encharcamiento.
o Se controlarán las plagas y/o enfermedades que puedan aparecer así como
todo tipo de afecciones de tipo abiótico.
o Las plantas deben acopiarse según su especie, variedad y tamaño, sin
mezclar lotes que dificulten su control, además deberán mantener sus
etiquetas identificativas, para poder realizar una verificación constante de las
existencias en el acopio.
o Se instalarán sistemas de protección contra el viento, que eviten la caída o
las malas posiciones de los árboles por su causa.
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o Durante el invierno, los arbustos leñosos se cubrirán con un acolchado.
o Los arbustos suministrados con cepellón sin protección deberán cubrirse con
tierra, acolchado o similar, quedando el cepellón completamente cubierto y
protegido. Se evitará estropear la estructura del cepellón.
o Los cepellones deben permanecer húmedos pero nunca encharcados.
o Los arbustos suministrados en contenedor también se mantendrán en
condiciones hídricas adecuadas, manteniéndose en su recipiente hasta la
plantación.
o Se instalará un umbráculo para el acopio de las plantas más delicadas, que
servirá de protección ante temperaturas extremas, exceso de insolación, etc.
o En el caso de que la calidad de la planta acopiada fuera en detrimento con
el paso del tiempo, bien por malas condiciones de mantenimiento o bien por
problemas no observados en su recepción, la Dirección Facultativa exigirá
que sean inmediatamente sustituidas.
o En caso de permanecer en la zona de acopios los elementos rechazados en
la recepción, deberá ser por periodos muy breves de tiempo y estar
perfectamente señalizados y balizados.
• Recepción de las plantas.
La empresa adjudicataria, deberá aportar la siguiente documentación de todos los
lotes de planta a utilizar en el presente Proyecto:
• Documento de acompañamiento que reúna la información mínima necesaria
para identificar el lote desde el punto de vista genético y su proceso en vivero.
• Pasaporte fitosanitario a modo de documento del lote o mediante etiquetas
adheridas.
Una vez comprobada la adecuación de las plantas, con los documentos citados,
respecto a las exigencias de índole genético, se realizará el control de la calidad exterior,
es decir, de las características cualitativas y cuantitativas de las plantas constitutivas del
lote. Cada recepción dará lugar a la realización de un documento de control firmado por
las dos partes y se guardará junto con copia del documento que acompaña al lote.
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Documento III. Pliego de Condiciones 63
La Dirección Facultativa realizará la recepción por sí mismo, o designará una
persona con autoridad para proceder a la recepción de la planta. El adjudicatario está
obligado a llevarse de la obra los lotes rechazados y a proceder a su sustitución.
CUADRO RESUMEN DE LAS CARACTERÍSTICAS QUE SE VALORA RÁN A LA
HORA DE COMPROBAR LA CALIDAD DE LA PLANTA:
CARACTERÍSTICAS Básicas Complementarias
Propias o Autenticidad específica
y varietal
Internas o Hidratación
o Sanidad
Externas
Fácilmente
visibles
o Tamaño de las plantas
o Rectitud del tronco
o Estructura
o Número de brotaciones
o Ausencia de defectos
o Adecuado sistema
radical
o Cepellón
o Sanidad
o Vigor
o Densidad del follaje
o Compactación
o Relación parte aérea-
sistema radical
o Homogeneidad
o Color
o Ausencia de malas
hierbas
Difíciles de
observar o Frecuencia de repicados
• Método de control.
A continuación se expone el método de control de aplicación para las especies
forestales reguladas por el RD 298/2003 y para aquellas especies que por legislación de
índole autonómica, estatal o comunitaria puedan dictarse.
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La Dirección Facultativa se reserva el derecho de ejercer control sobre el 2% del
material vegetal (por lo cual el contratista deberá suministrar ese material extra, no sólo
en calidad de reposición de marras, sino como material de control) para llevar a cabo
cuantas pruebas de calidad considere necesarias, siendo habitualmente las siguientes:
• Apertura del cepellón y lavado de tierras para inspección del sistema
radicular
• Corte del tronco por encima del nivel del cuello de la raíz para comprobar en
los anillos de crecimiento el número de repiques.
La Dirección Facultativa se reserva el derecho de rechazar toda la partida si la
planta objeto de control no reúne los requisitos exigidos.
10.12.1.3.- SUELOS
• Suelos aceptables
Se definen como suelos aceptables para la implantación de vegetación, los que
reúnen las siguientes condiciones:
a) Composición granulométrica de la tierra fina:
o Arena: entre 50-75%
o Limo y arcilla: alrededor del 30%
o Cal: inferior al 10%
o Humus: entre 2-10%
o Porcentajes que corresponden a una tierra franca, o franca- arenosa
b) Granulometría
o Ningún elemento de 5 centímetros
o Menos del 3% de elementos entre 1 y 5 centímetros
c) Composición Química, porcentajes mínimos:
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Documento III. Pliego de Condiciones 65
o Nitrógeno: 1 p.p. mil
o Fósforo: 150 p.p. millón
o Potasio: 80 p.p. millón
o Asimilable: 0,3 p.p. mil
o K2O asimilable: 0,1 p.p. mil
d) Profundidad mínima:
La de los hoyos que se proyectan para cada tipo de plantación. Cuando la
profundidad mínima recomendada por el vivero oficial sea diferente a la del Proyecto, se
tomará la mayor de las indicadas.
• Modificación
El hecho de ser suelo aceptable en su conjunto, no será un obstáculo para que haya
de ser modificado en casos concretos, cuando vayan a plantarse vegetales con
requerimientos específicos.
Cuando el suelo no sea aceptable, se tratará de que obtenga esta condición por
medio de enmiendas y abonados realizados “in situ”.
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Documento III. Pliego de Condiciones 66
10.12.1.4.- ABONOS
Los abonos de liberación controlada (recubiertos por una resina porosa) suponen
un gran avance ya que liberan los macro y micronutrientes solubles de alta calidad a
medida que la planta los va necesitando en función de la temperatura y humedad. De esta
forma se evitan, tanto los excesos puntuales de nutrientes en el suelo que pueden resultar
dañinos para las plantas, como las deficiencias nutritivas que frenan su desarrollo. Por otra
parte, la liberación lenta de los nutrientes permite en muchos casos solucionar la nutrición
de la planta con una única aportación, al menos durante el plazo estimado. El abono está
envuelto por una cápsula de resina que permite una difusión controlada y eficaz de los
nutrientes.
En el caso que nos ocupa se deberá añadir dicho abono mezclado con el sustrato
de plantación de árboles, arbustos y plantas vivaces, siempre en superficie y sobre el
cepellón. Para ello, se emplearán abonos de liberación controlada con una fórmula de 9 -
13 - 18 + 3 Mg + 0,5 Fe de 12 a 14 meses de longevidad a las siguientes dosis
aproximadas: 100 gr. por árbol, 60 gr. por arbusto grande y 30 gr. por arbusto pequeño,
vivaces y anuales.
Como se ha dicho el fertilizante se encuentra protegido por diversas sustancias, en
general resinas, que garantizan su llegada a la solución nutritiva del suelo de una forma
continua a lo largo de un determinado periodo de tiempo (en este caso de 12 a 14 meses).
Cuando los nutrientes se liberan son rápidamente asimilados por el sistema
radicular, sin posibilidad de que se pierdan sustancias nutritivas por lixiviación, debido a la
complicidad establecida. La forma química en que aparece el elemento fertilizante libera
el nitrógeno de forma gradual en función de las condiciones de temperatura y humedad
del suelo.
10.12.1.5.- MANTILLO
El mantillo debe proceder del estiércol o de un compost, en grado muy avanzado
de descomposición, de forma que la fermentación no produzca temperaturas elevadas.
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Documento III. Pliego de Condiciones 67
Su color ha de ser oscuro, suelto y pulverulento, untuoso al tacto y grado de
humedad, tal que no produzca apelotonamiento en su distribución
Su contenido en nitrógeno será aproximadamente del catorce por ciento (14%) y su
pH no deberá ser superior a siete (7). Se utiliza en la cubrición de la siembra.
10.12.2.-PLANTACIÓN
Antes de “presentar” la planta, se echará en el hoyo la cantidad precisa de tierra
para que el cuello de la raíz quede luego a nivel del suelo o ligeramente más bajo. Sobre
este particular, que depende de la condición del suelo y de los cuidados que puedan
proporcionarse después, se seguirán las indicaciones de la Dirección de Obra, y se tendrá
en cuenta el asiento posterior del aporte de tierra, que puede establecerse como término
medio en un quince por ciento (15%).
Se procede al relleno del hoyo por capas y se hace coincidir el nivel del suelo
original de la planta con el nivel definitivo del suelo, sin cubrir con tierra la base del tronco.
Se coloca la planta con el tronco recto y en la misma posición que tenía en el vivero,
y se forma una poza de riego con un borde de unos 20 cm. de alto, que se ajuste al tamaño
del cepellón.
Una vez realizada la plantación se procede al recebo con mantillo y a la aplicación
de un primer riego abundante. Por lo que se refiere a la densidad de plantación, ésta oscila
dependiendo de la zona entre 2-4 plantas por m2 que se alcanzan como cifra óptima para
las arbustivas.
10.13.-ZONAS TERRIZAS
En dos zonas se va a utilizar material pétreo para completar la jardinería. En
concreto en la zona de la Calle Concepción Jerónima y en la Plaza de la Armería.
El único objetivo de estos pavimentos es completar la zona verde, no tienen carácter
estructural.
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Documento III. Pliego de Condiciones 68
10.13.1.-MATERIALES
En la zona verde de la Calle Concepción Jerónima se va a formar una franja
perimetral junto a los muros de bolo de río de tamaño entre 80 y 100 mm.
En el caso de la Plaza de la Armería la franja perimetral de terrizo se va a rellenar
con granito triturado cribado de tamaño entre 8 y 20 mm.
10.13.2.-COLOCACIÓN
La colocación del bolo en la Calle Concepción Jerónima se realizará tomando las
piezas entre ellas con mortero de 5 N/mm2 (M-5) de cemento (CEM-II/B-P 32,5) y arena
de río.
En la Plaza de la Armería se realizará una retirada de la primera capa de terreno
existente y una posterior compactación del fondo de la zanja. Se retirará una capa de
terreno de 20 cm. Posteriormente se colocará una tela geotextil de 140 g/m2 y a
continuación se extenderá el árido de granito triturado. Se humectará convenientemente y
se compactará. La compactación se realizará por tongadas de 5 cm.
10.13.3.-MEDICIÓN Y ABONO
Estas zonas terrizas se abonarán por metros cuadrados (m2) medidos sobre los
planos de Proyecto. En ningún caso se abonarán excesos no justificados y que no hayan
sido previamente autorizados por la Dirección Facultativa.
10.14.-GESTIÓN DE RESIDUOS.
Gestión de residuos según RD 105/2008 y orden 2726/2009 de la CAM,
realizándose su identificación con arreglo a la Lista Europea de Residuos publicada por
Orden MAM/304/2002 de 8 de febrero o sus modificaciones posteriores. La segregación,
tratamiento y gestión de residuos se realizará mediante el tratamiento correspondiente,
por parte de empresas homologadas, mediante contenedores o sacos industriales que
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Documento III. Pliego de Condiciones 69
cumplirán las especificaciones del artículo 8 de la Orden 2726/2009, de 16 de julio, de la
Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se regula la gestión
de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid.
Es obligación del contratista proporcionar a la Dirección Facultativa de la obra y a
la Propiedad de los certificados de los contenedores empleados así como de los puntos
de vertido final, ambos emitidos por entidades autorizadas y homologadas por la
Comunidad de Madrid. Es obligación del Contratista mantener limpias las obras y sus
alrededores tanto de escombros como de materiales sobrantes, retirar las instalaciones
provisionales que no sean necesarias, así como ejecutar todos los trabajos y adoptar las
medidas que sean apropiadas para que la obra presente buen aspecto.
Como norma general, se procurará actuar retirando los elementos contaminados
y/o peligrosos tan pronto como sea posible, así como los elementos a conservar o valiosos
(cerámicos, mármoles…). Seguidamente se actuará desmontando aquellas partes
accesibles de las instalaciones, carpinterías y demás elementos que lo permitan.
El depósito temporal de los escombros, se realizará bien en sacos industriales de
1,5 m³, bien en contenedores metálicos de 6 m3 con la ubicación y condicionado que
establezcan las ordenanzas municipales. Dicho depósito en acopios, también deberá estar
en lugares debidamente señalizados y segregados del resto de residuos. El depósito
temporal para RCDs valorizables (maderas, plásticos, metales, chatarra…) que se realice
en contenedores o acopios, se deberá señalizar y segregar del resto de residuos de un
modo adecuado.
Los contenedores deberán estar pintados en colores que destaquen su visibilidad,
especialmente durante la noche, y contar con una banda de material reflectante de al
menos 15 cm. a lo largo de su perímetro. En los mismos deberá figurar la siguiente
información: Razón social, CIF, teléfono del titular del contenedor / envase y el número de
inscripción en el registro de transportistas de residuos, creado en el art. 43 de la Ley 5/2003
de 20 de marzo de Residuos de la CAM. Esta información también deberá quedar reflejada
en los sacos industriales y otros medios de contención y almacenaje de residuos.
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Documento III. Pliego de Condiciones 70
El responsable de la obra a la que presta servicio el contenedor adoptará las
medidas necesarias para evitar el depósito de residuos ajenos a la misma. Los
contenedores permanecerán cerrados, o cubiertos al menos, fuera del horario de trabajo,
para evitar el depósito de residuos ajenos a la obra a la que prestan servicio.
En el equipo de obra deberán establecerse los medios humanos, técnicos y
procedimientos para la separación de cada tipo de RCD. Se atenderán los criterios
municipales establecidos (ordenanzas, condiciones de licencia de obras…),
especialmente si obligan a la separación en origen de determinadas materias objeto de
reciclaje o deposición.
En este último caso se deberá asegurar por parte del contratista realizar una
evaluación económica de las condiciones en las que es viable esta operación, tanto por
las posibilidades reales de ejecutarla como por disponer de plantas de reciclaje o gestores
de RCDs adecuados.
La Dirección de Obra será la responsable de tomar la última decisión y de su
justificación ante las autoridades locales o autonómicas pertinentes. Se deberá asegurar
en la contratación de la gestión de los RCDs que el destino final (planta de reciclaje,
vertedero, cantera, incineradora…) son centros con la autorización autonómica de la
Consejería de Medio Ambiente, así mismo se deberá contratar sólo transportistas o
gestores autorizados por dicha Consejería e inscritos en el registro pertinente.
Se llevará a cabo un control documental en el que quedarán reflejados los avales
de retirada y entrega final de cada transporte de residuos.
El Contratista, ya sea de obras o de demolición, debe de dar cumplimiento a lo
establecido en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la
producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, y que más
concretamente en su Artículo 5 establece las obligaciones que le son propias como
poseedor de residuos de construcción y demolición.
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Documento III. Pliego de Condiciones 71
De su aplicación, se deriva que a partir del Estudio de Gestión de Residuos
contenido en el Proyecto de Ejecución, el Contratista elaborará su Plan de Gestión de
Residuos para presentarlo ante la Propiedad; en el cual se analicen, estudien, desarrollen
y complementen las previsiones contenidas en el Estudio de Gestión de Residuos, en
función de su propio sistema de ejecución de la obra, ya que nadie mejor que él conocerá
cómo va a ejecutarla (medios materiales y humanos, sistemas de ejecución, almacenaje,
selección,...).
Dicho Plan se redactará en cualquier caso, atendiendo en lo establecido en las
normas que sobre éste sean de aplicación, y en particular la Ley 10/1998 de 21 de abril
de Residuos, la Orden MAM/304/2002 de 8 de febrero, por la que se publican las
operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos, y el
Real Decreto 105/2008 de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de
residuos de construcción y demolición.
En cualquier caso, el Plan de Gestión de Residuos o PGR, una vez redactado,
deberá de ser aprobado formalmente por la Dirección Facultativa de dicha obra, para así
darle total validez y efectividad.
10.15.-DESPEJE Y LIMPIEZA DEL TERRENO.
Las superficies que han de ser ocupadas por las construcciones permanentes de
éste proyecto, zona de préstamos y zonas de acopio de materiales, y las que a juicio del
Ingeniero Director de las Obras sean precisas, se limpiarán de raíces, matorrales,
desechos y otros materiales perjudiciales.
Las operaciones de despeje y desbroce, se ejecutarán en las zonas designadas por
el Ingeniero Director.
10.16.-PRUEBAS Y ENSAYOS.
Los ensayos y reconocimientos, verificados durante la ejecución de las Obras, no
tienen otro carácter que el de simple antecedente para la Recepción.
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Documento III. Pliego de Condiciones 72
10.17.-SEÑALIZACIÓN DE LAS OBRAS.
Las obras estarán debidamente señalizadas mediante carteles, señales, vallas y
elementos auxiliares precisos, a juicio de la Dirección Facultativa de las Obras.
Se ha contemplado la instalación de un cartel con información de la obra que se
colocará en un lugar visible de cada una de las actuaciones. Este cartel estará formado
por una chapa de acero galvanizado de 1,8 mm de espesor con un vinilo adhesivo
recortado por ordenador de tamaño 2,00 x 1,31 m. Tendrá dos postes formados por tubos
de acero de 2,5 mm de espesor que estarán anclados en dos cajones de hormigón en
masa HM-12,5/P/40 de dimensiones 0,6 x 0,6 x 0,6 m. Los postes tendrán una altura de 2
metros. En el precio del cartel está contemplado el traslado del mismo a cada una de las
zonas del proyecto.
El contenido del cartel será semejante a la imagen que se presenta en la página
siguiente.
10.18.-OBRAS Y TRABAJOS NO PREVISTOS.
En la ejecución de trabajos para los cuáles no existiesen prescripciones
explícitamente consignadas en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas
Particulares, el contratista se atendrá a las instrucciones de la Dirección Facultativa y
tendrá la obligación de ejecutar cuanto sea necesario para la buena construcción y aspecto
de las obras.
11.-CLAUSULAS SOCIALES
CONDICIÓN ESPECIAL DE EJECUCIÓN. CLÁUSULAS SOCIALES
SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
“Es condición especial de ejecución que la empresa adjudicataria designe una persona de
contacto, vinculada a la empresa y con formación específica en la materia, para la
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Documento III. Pliego de Condiciones 73
supervisión y control de la aplicación de las condiciones de seguridad y salud laboral
exigibles así como para la detección de las posibles incidencias que surjan en este ámbito,
sin perjuicio de las funciones encomendadas al coordinador de seguridad y salud en
aquellos contratos en los que esta figura tenga carácter preceptivo”.
Con el fin de dar cumplimiento a esta condición especial de ejecución, la empresa
adjudicataria, al inicio de la ejecución del contrato, deberá comunicar a la persona
responsable del contrato la persona de contacto designada. Antes de la finalización del
contrato, la empresa adjudicataria deberá aportar a la persona responsable del contrato
un informe detallado sobre las actuaciones realizadas por aquella, con determinación de
su contenido y alcance.
Dicha persona dispondrá de formación adecuada en materia de seguridad y salud
en el ámbito de los trabajos del contrato.
CLÁUSULAS SOCIALES
Para dar cumplimiento al Decreto de 19 de enero de 2016 sobre la Instrucción
1/2016 relativa a la incorporación de cláusulas sociales en los contratos celebrados por el
Ayuntamiento de Madrid es necesario incluir en los pliegos de prescripciones técnicas las
cláusulas sociales.
1. Los bienes o servicios objeto del contrato deberán ser producidos o desarrollados
respetando las normas sociolaborales vigentes en España y en la Unión Europea o
de la Organización Internacional del Trabajo.
2. En toda la documentación, publicidad o materiales que deban aportar los licitadores
o que sean necesarios para la ejecución del contrato, deberá hacerse uso no sexista
del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos
sexista, y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y
la corresponsabilidad.
3. La empresa adjudicataria tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad y
salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos
que puedan afectar a la vida, la integridad y salud de las personas trabajadoras.
Asimismo, deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes:
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Documento III. Pliego de Condiciones 74
o La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva
correspondiente a la actividad contratada.
o La formación e información en materia preventiva a las personas adscritas a
la ejecución del contrato.
o El justificante de la entrega de equipos de protección individual que, en su
caso, sean necesarios.
La empresa adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de estos extremos a la
finalización de las obras y en todo caso antes de la recepción de las mismas,
considerándose adecuada para dicha acreditación la declaración responsable de la
persona designada por la empresa para las funciones de supervisión y control de la
aplicación de las condiciones de seguridad y salud laboral exigibles indicado con
anterioridad, junto a los documentos de evaluación de riesgos y planificación de la acción
preventiva, documentos que declaren la formación y la información en materia preventiva
a las personas adscritas a la ejecución del contrato y los justificantes de los equipos de
protección individual que hayan sido distribuidos al personal por ser necesarios
La empresa adjudicataria deberá adoptar las medidas previstas en el Estudio de
Seguridad y Salud para evitar que de la ejecución del Contrato puedan derivarse daños al
personal municipal o a los ciudadanos en general.
4. La empresa adjudicataria deberá acreditar mediante declaración responsable la
afiliación y el alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas
a la ejecución del contrato. Esta obligación se extenderá a todo el personal
subcontratado por la empresa adjudicataria principal destinado a la ejecución del
contrato.
Para la acreditación del cumplimiento de esta obligación, la empresa adjudicataria
presentará al inicio de la ejecución del contrato una declaración responsable en la
que se señale que las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato
se encuentran afiliadas y dadas de alta en la Seguridad Salud.
Aquellas empresas cuya actividad consista en ser contratadas o subcontratadas
habitualmente para la realización de trabajos de obras del sector de la construcción,
deberán contar con un número de personas trabajadoras con contratos indefinidos
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Documento III. Pliego de Condiciones 75
no inferior al 30%, de conformidad con lo previsto en el art. 4.4 de la Ley 32/2006
de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción.
La empresa adjudicataria deberá acreditar al inicio, cuando transcurra un 50% del
plazo del contrato y previo a su finalización, copia de los contratos de las personas
trabajadoras contratadas adscritas a la ejecución del contrato que permita verificar
el cumplimiento del porcentaje exigido.
En Madrid, a 15 de diciembre de 2016
Autor del proyecto
La Directora del proyecto
Fdo. Carlos Encinas Andueza Ingeniero Agrónomo, Col. nº 5.067
Fdo. Olga Mora Rodríguez Adjunta a la Sección de Rehabilitación de Obra Civil, Instalaciones y Parques