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POLITICAS COMERCIALIZADORA GODOY RUIZ S.A. 2013

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POLITICAS

COMERCIALIZADORA

GODOY RUIZ S.A.

2013

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POLITICA GENERAL

COMERCIALIZADORA GODOY RUIZ S.A.

Proceso: Todos

Nro. Revisión: 002

Sustituye a: Políticas 2009

Razón de la Revisión: Actualización

Vigente desde: Enero 2013

ELABORADO POR: REVISADO POR: APROBADO POR:

NOMBRE: DARWIN VALAREZO A. CARGO: J. CONTROL INTERNO FECHA: 01/enero/2013

NOMBRE: AGUSTÍN GODOY R. CARGO: GERENTE GENERAL FECHA: 01/enero/2013

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Índice

Introducción Pág. 3

Ventas Pág. 4 – 5

Marketing Pág. 6

Crédito y Cartera de Clientes Pág. 6 – 8

Cartera Incobrable Pág. 8

Cobranzas Pág. 9

Caja Chica Pág. 10

Caja General Pág.10 – 11

Bancos Pág. 11 – 12

Compras y Abastecimiento Pág. 12

Activos Fijos Pág. 12 – 13

Bodega y Custodia Pág. 13 – 14

Inventario Pág. 14 – 15

Recursos Humanos Pág. 15 – 17

Honorarios, Viáticos y Movilización Pág. 17

Documentación Pág. 17 – 18

Ambiente de Control Pág. 18

Tecnología y Comunicación Pág. 19

Seguridad y Salud Ocupacional. Laboral y Ambiental. Pág. 20

Innovación Pág. 20

Anexos Pág. 21

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INTRODUCCION

La Gerencia General en ejercicio de sus atribuciones actualiza las Políticas Generales de la

Empresa, las mismas que serán de cumplimiento obligatorio por parte de todos los

colaboradores, incluidos los que tengan derecho accionario, en función de éstas se

revisarán y elaborarán los planes, manuales, procedimientos y presupuestos, se

administrarán los recursos, se organizará la administración y el funcionamiento de la

empresa.

La empresa mantiene dentro de su filosofía organizacional como herramienta de desarrollo

el Proceso de Mejora Continua de Calidad y Productividad, al mismo que todo el personal

de las agencias debe cumplir y trasmitirlo a nuevos colaboradores.

La Gerencia General con la finalidad de precautelar los riesgos inherentes a las actividades

comerciales, mantiene pólizas de seguros para minimizar el impacto ante la ocurrencia de

eventos fortuitos presentados a su personal y activos en general.

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VENTAS

1. La fijación de precios estarán bajo la responsabilidad de la Gerencia General y

Gerencia de Ventas, buscando siempre precios competitivos, que proporcionen un

margen de rentabilidad que asegure la continuidad del negocio.

2. Las ventas menores a U.S.$ 6.00 se realizarán solo de contado, de efectuar una venta

a crédito inferior a este monto se responsabilizará y cobrará a la persona que

autorizo dicha venta.

3. Las ventas independientemente del monto deberán facturarse individualmente a

cada cliente.

4. Las ventas de productos a colaboradores será máximo U.S.$ 25,00 mensuales

(intransferible, ni acumulativo), siendo la condición de crédito igual a los clientes. Y

el valor del crédito se cancelara con anticipo a sueldo.

5. La Facturación debe realizarse observando estrictamente todas las disposiciones

tributarias emitidas por el SRI.

6. Descuentos sobre ventas, serán fijados en las facturas de acuerdo al volumen de

adquisición, clientes especiales, forma de pago y se aplicaran según tabla

debidamente aprobada por Gerente de Ventas y el precio neto al cliente en ningún

caso podrá ser inferior al precio de adquisición.

Los descuentos deberán ser preferentemente en producto.

7. La custodia de todos los comprobantes de venta en blanco es responsabilidad del

Administrador/a o Cajero/a – Administrador/a. Concluida la jornada de facturación

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se debe verificar la continuidad de las secuencias, en caso de extravío debe

comunicarse por escrito inmediatamente al Contador General.

8. Reporte de clientes Visitados, los vendedores deben llenar el “Reporte Diario de

Visitas a Clientes”, (Formulario V2).

9. El vendedor establecerá el itinerario de viajes o visitas a clientes, dependiendo de

las condiciones del mercado en base a los ruteros establecidos, optimizando su

recorrido para cubrir el 100% de visitas.

10. Supervisión directa a vendedores, el Supervisor de Agencia según sea el caso

debe acompañar a sus vendedores en visitas a sus clientes. El control se llevará en

reportes preestablecidos, los mismos que estarán disponibles para ser auditados.

11. Es responsabilidad de todo el personal del área comercial mantener las mejores

relaciones con nuestros clientes, y de presentarse algún conflicto debe ser

comunicado a su jefe inmediato para su pronta solución.

12. Créditos a autoservicios y clientes especiales, el Gerente de Ventas establecerá

según el caso los plazos y descuentos, buscando siempre el mejor beneficio mutuo.

13. Reclamos de Productos, Todo reclamo presentado por productos defectuosos debe

ser atendido y dársele el tratamiento según la “Hoja de Retiro de Devoluciones”.

14. Productos Caducados, para evitar la caducidad de los productos el vendedor es

responsable de observar que los mismos que no hayan rotado en más de 90 días,

sean retirados y canjeados por productos de mayor rotación, de presentarse

caducidad de productos en los clientes deben ser retirados y negociar el valor de su

devolución en porcentaje de acuerdo al tipo de cliente, tiempo de caducidad y

condición del producto.

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MARKETING

15. Las actividades de mercadotecnia serán aprobadas por Gerente General y Gerente

de Ventas y estas actividades serán comunicadas oportunamente a cada una de las

agencias.

16. Todo artículo publicitario y promocional que se entrega a clientes debe estar basado

en un plan debidamente aprobado por Gerente de Ventas.

17. Los diseños de todo auspicio publicitario deberán cumplir las exigencias del manual

corporativo.

18. Las campañas de degustación e impulsación se deben organizar proyectando una

imagen corporativa sólida, con personal debidamente capacitado en usos y

cualidades del producto.

19. El Departamento de Marketing es responsable de la coordinación, conjuntamente

con el Gerente de Ventas, Supervisores de Agencia, que las actividades

promocionales consigan su mejor resultado y proyecten una imagen corporativa

sólida.

20. Todo material publicitario POP recibido en la Agencia Comercializadora debe ser

usado en base a las directrices dictadas por el Departamento de Marketing.

CREDITOS Y CARTERA DE CLIENTES

21. Todas las ventas a crédito requerirán, independientemente del monto, el visto

bueno del Supervisor de Ventas, en caso de ausencia de este, autorizará el

Administrador/a o Cajero Administrador/a de la Agencia.

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22. El monto mínimo para la concesión de un crédito, el plazo y los créditos que se

podrán acumular, se fijaran por agencia y tipo de cliente a quien está dirigido bajo

tabla vigente emitida por Gerente de Ventas y aprobado por Gerencia General.

(Anexo 1)

23. El Gerente de Ventas, El Supervisor de Agencia o Vendedores que contravengan el

articulo Nro. 22 de este manual de políticas, y los valores no se recuperasen estos

serán de absoluta responsabilidad de quien lo concedió y autorizo.

24. El plazo del crédito estará en relación a la frecuencia de visitas que se realizan al

cliente, exceptuando a clientes especiales debidamente listados y autorizados por

Gerente de Ventas cuyo plazo será hasta 30 días y los autoservicios no superaran

los 60 días, y/o se regirán por los convenios establecidos.

25. Todo cliente antes de acceder a un crédito, el Supervisor o Administrador/a Cajero –

Administrador y Vendedor deberán realizar una investigación del futuro deudor, se

deberá adjuntar la respectiva solicitud de crédito, copia de cedula y la autorización

del cliente para revisar su record crediticio en buró de crédito. De este análisis se

autorizará o negara el crédito.

26. Las ventas a crédito se deberán respaldar con la factura debidamente firmada

por el cliente o su representante y la persona de la empresa que hace los

despachos, preferentemente para garantizar su cobro solicitar cheque cruzado a

nombre de la empresa.

27. Las ventas a crédito se deberán facturar a nombre del cliente, citando claramente en

la factura: todos y cada uno de los requisitos de llenado que exige el Reglamento de

Facturación.

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28. Funcionario que otorgue o autorice un crédito sin observar los requisitos

requeridos y de darse caso que los valores involucrados en este crédito no sean

recuperados, éstos serán de su absoluta responsabilidad.

29. Todo funcionario de ventas, para la realización de descuentos deberán considerar:

tipo de productos, monto de compra, plazo y forma de pago, el mismo que no

superara los rangos establecidos para cada agencia. (Anexos 1)

30. El funcionario que realice recaudaciones que al momento de rendir cuentas tuviere

faltante de mercadería o efectivo, se exigirá el pago en forma inmediata. De

subsistir pérdidas o faltantes se deberá dar cumplimiento al Reglamento Interno de

la Empresa.

31. Cuando se realice el cambio de vendedores o rutas, el Supervisor de Agencia,

verificara con los clientes la cartera real recuperable, mediante acta que suscribirá

con el nuevo vendedor, efectuara la entrega

CARTERA INCOBRABLE

32. Las cuentas por cobrar que resultaren incobrables por diferentes actividades de

comercialización, deben cumplir las formalidades legales e internas, además la

verificación de Control Interno o Auditoria y con la autorización de Gerencia General

se calificaran estos valores como incobrables.

33. Los descuentos a realizarse al personal por cuentas incobrables que se generen por

diferentes causas, serán autorizados por Gerencia General, previa presentación de

informe.

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COBRANZA

34. Todo cobro, por cancelación o abono de facturas a crédito debe estar respaldado por

el Recibo de Cobros.

35. Los cobros en cheque de preferencia deben ser de la cuenta del cliente, de terceras

personas deberá quedar constancia firmada del cliente que entregó el cheque.

36. Los entregadores y/o cobradores deben depositar a las cuentas bancarias de la

empresa la totalidad o mayor porcentaje de las recaudaciones diarias que realicen,

reportarán a la agencia los depósitos y el dinero efectivo restante.

37. Los documentos de cobro, su recepción, archivo, entrega y custodia, es de exclusiva

responsabilidad de Administrador/a o Cajero Administrador/a.

38. El Administrador/a, Cajero Administrador/a o su delegado entregara los

documentos de cobro según el Reporte de Salida de Documentos.

39. La conciliación de los documentos enviados al cobro debe ser realizada de forma

diaria o al final de la ruta.

40. En caso de pérdida de documentos de cobro, será de absoluta y total

responsabilidad de quien lo tuviese a cargo y de no recuperarse su valor por otra

vía, dicho valor le será endosado según artículo 4.

41. Los cheques devueltos por protesto, extraviados, substraídos o robados, se debe

gestionar la recuperación de su valor de forma inmediata siendo responsables el

Supervisor y Administrador/a o Cajero Administrador/a de cada Agencia.

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CAJA CHICA

42. El fondo de caja chica se crea única y exclusivamente para gastos menores a

U.S.$ 40.00, la suma de los gastos no sobrepasarán el monto del fondo establecido

para cada agencia.

43. La creación y aumento del fondo de Caja Chica se basara en las necesidades de cada

Agencia y será solicitado por el Contador y autorizado por Gerencia General.

44. El fondo de Caja Chica se debe reponer cuando los pagos efectuados sumen hasta el

70% del monto total, garantizando que siempre tenga dinero disponible.

45. No deben cancelar comprobantes de ventas (factura, nota de venta) que no reúnan

los requisitos indicados en el reglamento de facturación vigente estipulado por el

SRI.

CAJA GENERAL

46. Contar con caja fuerte para la custodia del efectivo y sus documentos, cuya clave

solo debe conocer el Cajero/a.

47. Deberá conservar en la caja fuerte los ingresos del día, hasta su depósito en bancos

que se realizara en un máximo de 24 horas siguientes.

48. La entrega recepción de los valores de Caja General, a un nuevo Cajero/a, Cajero –

Administrador/a será coordinado por el Departamento de Contabilidad.

49. El responsable de Caja deberá expedir la Liquidación de Cobros al momento de

efectuarse la recepción de valores con sus respectivos recibos, verificando que el

número de facturas emitidas correspondan a las devueltas. (contado – crédito)

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50. El cierre de caja debe ser realizado diariamente de manera impostergable.

51. Los cheques recibidos se sellaran y cruzaran al momento de su recepción, y se

registraran en el Sistema Contable.

52. Todos los valores recaudados por ventas, cobros, cheques vencidos, o cualquier otro

valor recibido, debe depositarse diariamente.

BANCOS

53. La apertura de cuentas corrientes será autorizadas por la Gerencia General y será

registrada a nombre de la Empresa.

54. Las cuentas corrientes tienen destinó específico, solo para las transacciones de la

empresa.

55. El manejo de la chequera deberá estar a cargo de Administrador/a o Cajero –

Administrador/a, quien es responsable de forma absoluta por los valores girados.

56. El Gerente General determinara los montos máximos a girar por cheque de acuerdo

al volumen de operación de la agencia.

57. Las chequeras en blanco, cheques girados deben guardarse en caja fuerte.

58. Las Conciliaciones Bancarias, de las diferentes cuentas de la empresa

obligatoriamente serán realizadas por el Contador mes a mes y presentadas a

Gerencia General junto con los Estados Financieros.

59. De suscitar que un cheque girado por nuestra empresa se extravíe, se restituirá de

acuerdo a las disposiciones de la ley de Bancos.

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60. Para la emisión de cheques estos deben tener documento soporte del gasto, costo o

inversión.

61. Los cheques deben ser a beneficiarios nominativos y cruzados, por tanto sé prohíbe

el giro al portador en blanco y posfechados.

62. Los cheques girados y no cobrados después de trece meses de su giro, deberán pedir

su anulación respectiva indicando este causal.

COMPRAS Y ABASTECIMIENTOS

63. Toda compra de bienes, servicios, suministros, etc., se efectuará tomando en

consideración precio, calidad, tiempo de entrega y la importancia operacional del

recurso.

64. Las compras se realizan a proveedores que aseguren el mantenimiento, soporte y

garantías del producto.

65. Se deberá tener más de un proveedor por cada bien, con la finalidad de obtener

mejores beneficios y evitar desabastecimiento.

ACTIVOS FIJOS

66. Adquisiciones de activos con valor de hasta U.S.$ 200.00 serán autorizados por

Administrador/a o Cajero Administrador/a, montos entre U.S.$ 201.00 a U.S.$

5,000.00, serán autorizados por el Gerente de Ventas y montos superiores a U.S.$

5,001.00 se requerirá de forma obligatoria la autorización de Gerencia General.

67. Toda adquisición independiente del monto debe cumplir con las formalidades

requeridas.

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68. La movilización o traslado de Activos entre agencias deben ser con autorización

expresa de Gerencia General.

69. El cuidado y buen uso de todos los activos de la agencia son responsabilidad de

Administrador/a o Cajero Administrador/a.

70. Toda transferencia interna, y cambio de responsable sobre un activo se debe

realizar un acta entrega recepción del mismo. De no existir este documento y de

extraviarse el activo el valor comercial del mismo será imputado al responsable

original.

71. Los vehículos son de uso exclusivo para el trabajo operativo de la agencia, los

mismos que al terminar la jornada serán guardados en los lugares determinados.

72. Cuando los activos en general por su uso presenten daños o deterioro y requieran

reparación, antes de ejecutar la misma, debe realizarse un análisis costo beneficio

para su sustitución o reparación.

73. Para la venta de activos fijos se debe emitir un memorando donde se estipulen las

causas por las cuales se pretende vender el activo, cuyo precio no será nunca menor

al valorado en libros contables y solo podrá realizarse si lo autoriza expresamente

por escrito la Gerencia General.

74. Activos que por su uso presenten destrucción o deterioro total y deban ser dados de

baja y destruidos se emitirá un memorando a Gerencia General solicitando lo

mencionado y en presencia de entes de control interno se procederá a ejecutar lo

solicitado.

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BODEGAS Y CUSTODIA

75. El área física para la instalación de una agencia debe cumplir los requerimientos de

las Normas de Salud y Seguridad industrial.

76. El bodeguero es responsable por el inventario de producto terminado y activos

entregados a su custodia.

INVENTARIOS

77. Las diferencias encontradas en inventario deberán ser revisadas minuciosamente

antes de proceder a realizar los ajustes correspondientes. Los faltantes presentados

en bodega serán facturados al Bodeguero, Administrador/a y Facturador, se acepta

ajustes entre productos de la misma presentación y los sobrantes se realizara Nota

de Crédito y ajuste al inventario.

78. La constatación física de inventarios debe ser de 40 ítems aleatorios por semana y

en su totalidad cada fin de mes.

79. La Entrega – Recepción del inventario de producto a nuevos bodegueros será

coordinado por el Administrador/a o Cajero/a – Administrador/a y se respaldara

con acta entrega recepción.

80. Toda devolución que se genere en el mercado indistintamente de sus causas debe

cumplir con los procesos de control interno establecidos en un plazo máximo de 12

horas.

81. El pedido que la agencia genere para los proveedores considerara niveles óptimos

de inventario y debe ser revisado y sumillado por Supervisor de Ventas,

Administrador/a o Cajero – Administrador/a y Bodeguero.

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82. El mantener un inventario óptimo es responsabilidad de Administrador/a o Cajero –

Administrador/a, Supervisor de Agencia y Bodeguero quienes deben verificar las

existencias y evitar que en bodega existan ítems con antigüedad mayor a 90 días.

83. En caso que desde la planta de ILE C.A., se envíe productos que no han sido

requeridos por la agencia, éstos deberán ser devueltos en forma inmediata en el

mismo vehículo que llevo el pedido, sin que esto sea considerado como devolución

para efectos de medición estadística.

84. Productos retirados del mercado para su devolución a los proveedores deben de

forma obligatoria cumplir con el “Formato de Devoluciones”.

RECURSOS HUMANOS

85. La desvinculación de un colaborador de la empresa se la realizara por inobservancia

al Reglamento Interno de Trabajo o por bajos rendimientos en su evaluación de

desempeño.

86. Todo colaborador desvinculado de la compañía previo su finiquito debe descontarse

los valores pendientes.

87. Todo colaborador desvinculado de la compañía debe ser cancelado su finiquito en

máximo 30 días.

88. Todo colaborador previo a la tramitación de su finiquito debe realizarse los

exámenes post – ocupacionales y devolver los activos y uniformes.

89. Para la incorporación de un nuevo colaborador, se deberá cumplir con todos los

requisitos exigidos por los entes gubernamentales y la empresa.

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90. Todo nuevo colaborador previa su incorporación a la empresa deberá recibir la

inducción básica y capacitación.

91. La empresa concederá préstamos a sus colaboradores por casos de calamidad

domesticas o fortuitos debidamente demostrados y su aprobación se regirá en base

a la Tabla de Prestamos establecida. (Anexo 2).

92. Se prohíben rifas, colectas, ventas por sistema, préstamos a rédito y demás

actividades de este tipo entre el personal de la empresa, colectas con fines

humanitarios deberán ser autorizadas por el nivel jerárquico superior.

93. La empresa realizara anticipos a sueldos a partir del día 7 del mes y máximo el 40%

del total de la remuneración del colaborador, la misma que será descontado en su

totalidad a final de mes.

94. Los anticipos a sueldo o préstamo se los realizará en cheque, salvo casos de extrema

emergencia comprobados, se podrá dar en efectivo provisionalmente, para lo cual

deberá existir la autorización de Gerente de Ventas.

95. Talento Humanos asegurara que todo el personal que ingrese a la empresa cumpla

con los procesos de Inducción, Capacitación y/o Entrenamiento requerido para su

puesto de trabajo.

96. Todo Colaborador tiene la obligación de asistir, participar y evaluar a las diferentes

Capacitaciones y/o Entrenamientos a los que sea requerido por la empresa.

97. Se prohíbe el uso de activos e instalaciones para relaciones maritales o

extramaritales, ante su incumplimiento se aplicara el Reglamento Interno de

Trabajo.

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Nro. Revisión: 002

Sustituye a: Políticas 2009

Razón de la Revisión: Actualización

Vigente desde: Enero 2013

ELABORADO POR: REVISADO POR: APROBADO POR:

NOMBRE: DARWIN VALAREZO A. CARGO: J. CONTROL INTERNO FECHA: 01/enero/2013

NOMBRE: AGUSTÍN GODOY R. CARGO: GERENTE GENERAL FECHA: 01/enero/2013

NOMBRE: AGUSTÍN GODOY R. CARGO: GERENTE GENERAL FECHA: 01/enero/2013

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98. Ante el abuso de autoridad y acoso de cualquier índole, se actuara según lo que

prescriben las leyes vigentes en el país.

99. Se prohíbe nepotismo en el personal que labore en una misma empresa hasta cuarto

grado de consanguineidad y segundo de afinidad. Y de detectarse relaciones

amorosas entre colaboradores se aplicara esta norma.

HONORARIOS, VIATICOS Y MOVILIZACIONES

100. Gerencia General autorizara las tablas de comisiones para todos los cargos de las

comercializadoras.

101. Los valores por movilización, viáticos por hospedaje y alimentación están

establecidos según las rutas asignadas y deben ser revisados frecuentemente por

los Supervisores de Agencia y autorizadas por Gerente de Ventas.

102. Se consideran gastos de viaje todos los que se realicen por actividad comercial y/o

laboral y los soportes deben cumplir con los requerimientos que exige las leyes

tributarias.

103. De requerirse movilización aérea será autorizada por la Gerencia de Ventas.

DOCUMENTACIÓN

104. Toda la documentación que se emita: contables, sociales, poderes, contratos son de

carácter privativo de la empresa, por lo tanto su custodia y conservación estará

bajo la responsabilidad del Administrador/a o Cajero – Administrador/a de

agencia, cualquier información solicitada por autoridades, personas naturales o

jurídicas se proporcionarán previo autorización de Gerencia General o Presidencia.

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NOMBRE: AGUSTÍN GODOY R. CARGO: GERENTE GENERAL FECHA: 01/enero/2013

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Se exceptúa los requerimientos de la Administración Tributaria que se dará

trámite inmediato y se informara a Gerencia General.

105. Para el día 3 de cada mes el Administrador/a o Cajero – Administrador/a debe

remitir la información para los procesos contables.

106. Queda bajo absoluta responsabilidad del Administrador/a o Cajero

Administrador/a de agencia que las facturas se encuentren secuencialmente

archivadas.

107. Todas las facturas anuladas en blanco deben archivarse el juego completo, selladas

como nulas y mutiladas en un sector que imposibilite su uso posterior.

108. Es deber del Administrador/a o Cajero Administrador/a de agencia informar de

forma inmediata al Contador el extravío de documentos de venta para el trámite

respectivo ante el SRI.

AMBIENTE DE CONTROL

109. Promover continuamente una cultura de control, como medida disuasiva para el

cometimiento de actos ilícitos.

110. Toda denuncia será tratada de manera confidencial y sujeta a su verificación.

111. En caso de Siniestro (robo – asalto) a nuestros colaboradores, el Supervisor de

Agencia o Administrador/a o Cajero/a – Administrador/a, procederá

inmediatamente a realizar las indagaciones necesarias para establecer la veracidad

y circunstancias del siniestro, esta gestión será obligatoriamente respaldada con

informe presentado en lapso máximo de 72 horas, en la que se indicaran los

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NOMBRE: AGUSTÍN GODOY R. CARGO: GERENTE GENERAL FECHA: 01/enero/2013

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resultados y conclusiones de su revisión y será puesta a consideración de los entes

de control.

112. Si el informe del Supervisor de Agencia, requerido en el art. 111 demostrare la

falsedad del siniestro, todos los valores que se produjeren será cobrados a los

involucrados y se aplicara el Reglamento Interno de Trabajo.

113. Administrador/a o Cajero/a – Administrador/a, es responsable de realizar de

forma oportuna el trámite y seguimiento respectivo de los siniestros, además

proporcionar la documentación necesaria y requerida por la empresa aseguradora

y entes de control interno.

TECNOLOGÍA Y COMUNICACION

114. Todo hardware (computador) nuevo que se adquiera debe ser respaldado con las

respectivas licencias del software a utilizarse.

115. Todo software que se requiera instalar en los equipos de la empresa,

indistintamente de su aplicación requerirá la autorización del Departamento de

tecnología y Comunicación, su incumplimiento dará lugar a la aplicación de

Reglamento Interno de Trabajo.

116. Todo colaborador que por su actividad en la empresa tenga acceso a internet, esta

herramienta deberá ser utilizada exclusivamente para fines laborales, se prohíbe la

descarga de todo tipo de archivos que no guarden ninguna relación.

117. El mantenimiento técnico preventivo de todos los activos de tecnología de

información de la Empresa, deberá ser realizado o supervisado por el

Departamento de Sistemas.

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118. Los activos informáticos de misión crítica (servidores, equipos de conectividad,

etc.) deberán estar ubicados en áreas que cumplan con los requerimientos de

seguridad.

119. Es responsabilidad del Departamento de Tecnología mantener vigentes las

licencias y actualizado todo el software de protección.

120. El área de informática debe desarrollar un Plan de Contingencia y monitorear

continuamente su efectividad que garantice la continuidad del negocio.

POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL, LABORAL Y

AMBIENTAL

121. Los colaboradores de las diferentes áreas de la empresa deben cumplir con las

normativas, reglamentos de Salud y Seguridad Ocupacional, laboral y ambiental

vigente.

INNOVACION

122. Se promueve la innovación en todos los niveles de la organización como fuente de

ventajas competitivas, como incentivo la Gerencia General premiara con una

remuneración mensual a su autor o autores de proyectos exitosos.

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ANEXOS

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ANEXO 1

DETALLISTAS COBERTURA

EXTREMA DETALLISTAS COBERTURA

MAYORISTAS

DIAS DE

CREDITO

CREDITO

MINIMO

$

CREDITOS

ACUMULADOS

DIAS DE

CREDITO

CREDITO

MINIMO

$

CREDITOS

ACUMULADOS

DIAS DE

CREDITO

CREDITO

MINIMO

$

CREDITOS

ACUMULADOS

GODOY RUIZ S.A.

Quito Norte 8 8.00 1 8 20.00 1 21 25.00 2

Quito Sur 8 8.00 1 8 20.00 1 21 25.00 2

Santo Domingo 8 10.00 1 8 20.00 2 30 40.00 4

Ambato 8 15.00 1 8 20.00 1 30 50.00 3

Esmeraldas 8 15.00 1 8 25.00 1 30 50.00 4

Lago Agrio 8 10.00 1 8 20.00 1 30 50.00 4

Ibarra 8 8.00 1 8 20.00 1 30 25.00 4

El Puyo 8 10.00 1 8 15.00 1 30 40.00 4

Quito Extremo 8 8.00 1 8 20.00 1 21 25.00 2

AUTOSERVICIOS RESTAURANTES

DIAS DE

CREDITO

CREDITO

MINIMO

$

CREDITOS

ACUMULADOS

DIAS DE

CREDITO

CREDITO

MINIMO

$

CREDITOS

ACUMULADOS

GODOY RUIZ S.A.

Quito Norte 45 100.00 10 8 15.00 2

Quito Sur 45 100.00 10 8 15.00 2

Santo Domingo -- 15 10.00 2

Ambato 30 100.00 3 15 10.00 1

Esmeraldas 30 50.00 4 8 10.00 1

Lago Agrio 30 100.00 4 8 10.00 1

Ibarra 30 40.00 4 15 8.00 1

El Puyo 30 40.00 4 8 10.00 1

Quito Extremo 45 100.00 10 8 15.00 2

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ANEXO 2

Reglamento Préstamos a Colaboradores:

1. Los préstamos serán única y exclusivamente para emergencias, se detallan:

Enfermedad del Colaborador

Enfermedad de familiar cercano (conyugue, hijos, padres)

Pago de matrículas y útiles de hijos

Fallecimiento de familiar cercano (conyugue, hijos, padres)

Pago de gastos educativos (los que estudian)

Pago por obtención de licencia de manejo

Otras verificables

2. Los préstamos deberán ser aprobados por el Gerente de Ventas o Gerente General,

según los montos que a continuación se detallan:

De U.S.$ 1.00 a U.S.$ 700.00, aprueba el Gerente de Ventas.

De U.S.$ 701.00 en adelante aprobara Gerencia General, previa verificación de

Gerente de Ventas.

3. La solicitud de Préstamos deberá llevar la firma del Supervisor o Asistente

Administrativo/a, según el área en la que se desempeñe:

Certificando que es un colaborador con desempeño aceptable de sus labores y de

que no hay intención de separarlo de la empresa en futuro cercano.

Certificar que el colaborador no tiene otros valores a descontar.

4. Los descuentos deberán hacerse estrictamente en el tiempo pactado.

Cualquier cambio al plazo deberá ser autorizado por la autoridad que aprobó el

préstamo.

5. Si se detecta a una persona que para efectos de conseguir un crédito, mintiese en la

razón del mismo, se aplicara el Reglamento Interno de trabajo.

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6. Todo préstamo deberá ser respaldado por una letra de cambio firmado por el

colaborador, la misma que le será devuelta una vez cancelado el crédito.

7. Si un colaborador que tiene préstamo comete acciones que amerita ser separado de la

empresa, el valor del crédito debe ser descontado en forma inmediata.

8. Los montos de los créditos a aprobar se acogerán a la siguiente matriz:

TIEMPO EN LA EMPRESA

INGRESO MENSUAL USD

(promedio)

VALOR A PRESTAR (máximo)

MESES PARA DESCUENTO

(máximo)

5 a 12 MESES hasta 300 $ 120 2 meses

1 a 2 AÑOS hasta 300 $ 140 4 meses

2 a 3 AÑOS hasta 300 $ 180 5 meses

3 o más AÑOS hasta 300 $ 240 6 meses

5 a 12 MESES 301 – 400 $ 150 2 meses

1 a 2 AÑOS 301 – 400 $ 160 4 meses

2 a 3 AÑOS 301 – 400 $ 240 5 meses

3 o más AÑOS 301 – 400 $ 350 6 meses

5 a 12 MESES 401 – 500 $ 180 2 meses

1 a 2 AÑOS 401 – 500 $ 200 4 meses

2 a 3 AÑOS 401 – 500 $ 280 5 meses

3 o más AÑOS 401 – 500 $ 450 6 meses

5 a 12 MESES 501 – 700 $ 200 2 meses

1 a 2 AÑOS 501 – 700 $ 250 4 meses

2 a 3 AÑOS 501 – 700 $ 320 5 meses

3 o más AÑOS 501 – 700 $ 550 6 meses

5 a 12 MESES 701 o mas $ 250 2 meses

1 a 2 AÑOS 701 o mas $ 350 4 meses

2 a 3 AÑOS 701 o mas $ 450 5 meses

3 o más AÑOS 701 o mas $ 650 6 meses