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politico apuntes

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DERECHO POLITICO

DERECHO POLITICO: Dra. Mara Alicia Meixner

HYPERLINK "http://www.planetaius.org/" www.planetaius.org

___________________________________________________________________________

DERECHO POLITICO

BOLILLA I

La Poltica: Concepto, Fases.

Segn Zimmerman la poltica como definicin no ha sido univoca a lo largo de tiempo. Se precisa como la poltica, una actividad humana o una disciplina dentro del ncleo de las ciencias sociales. Al mismo tiempo aborda el estudio de fenmenos sociales y su manera de conocerlos.

La voz poltica deriva del griego donde tambin se reconocen diversas acepciones:

A) Polis: identifica la comunidad, la ciudad-estado griega y la reunin de ciudadanos que integran la comunidad.

B) Politeia: se refiere a la constitucin, al rgimen poltico, a la institucin de la polis.

C) Poltica: implica la poltica como actividad, la ordenacin poltica de la vida, la simbiosis de ciudadanos e individuos.

D) Politike: seala el quehacer poltico como un arte.

Duverger explica que en el diccionario de la academia francesa se la define como el conocimiento de todo lo que se relacin con el arte de gobernar un Estado o de dirigir las relaciones con otros Estados.

Para Fayt es la actividad humana destinada a ordenar jurdicamente la vida social humana. De ellos deriva el Gobierno de los Hombres en la comunidad organizada y consiste en acciones ejecutadas con intencin de influir, obtener, conservar, crear, extinguir o modificar el poder, la organizacin o el ordenamiento de la comunidad.

El acto poltico es una exterioridad de sentido, un acto de la vida social, la realidad poltica es la realidad humana. Es vida y modo de vivir, de crear estructuras, de perfeccionar la convivencia dentro de la comunidad humana. De ah que el Hombre sea, en su propia realidad, un ser poltico.

La realidad poltica es un sector de la realidad social, como vida humana, que se traduce en acciones vinculadas al Poder. Se manifiesta como lucha, como arte de gobierno y como empresa comunitaria, que constituyen fases o momentos de un mismo proceso circular. Esos tres momentos, siguiendo un criterio que pertenece a Aristteles se denominan;

Faz Agonal: Se corresponde con la conquiste y la conservacin del poder.

Faz Arquitectnica: Se corresponde con el ejercicio del poder.

Faz Plenaria: Se corresponde con el reciproco entrelazamiento de las dos primeras ms un alto grado de consenso.

Dimensiones

Ciencia: En su acepcin cientfica, la poltica aparece como el estudio de la organizacin y gobierno de las comunidades humanas.

La acepcin cientfica de lo poltico se reduce al conocimiento sistematizado de los fenmenos polticos.

La ciencia poltica, como discusi1n de valores, comprende el estudio del poder y de las relaciones polticas, para establecer sus causas y consecuencias, fijar sus principios y deter1minar sus regularidades.

La ciencia poltica es la descripcin, interpretacin y crtica de los fenmenos polticos y las relaciones que presenta en su realidad especfica.

Arte: La tcnica poltica, como aplicacin de valores, se nos presenta como accin o tcnica del gobierno. Deriva en tcnica del poder, en la actividad de captar y conservar el poder. Es as la poltica la accin referida al poder, y por consiguiente, el ARTE de gobernar.

El Pragmatismo y la Prudencia Poltica

Prudencia Poltica

Para Santo Toms de Aquino, la prudencia aconseja, juzga y manda correctamente en relacin a los medios para alcanzar un fin. Cuando la prudencia es dirigida a los medios para alcanzar el bien comn del Estado, es llamada virtud de la prudencia poltica. La prudencia poltica no se preocupa de calcular beneficios personales, sino de determinar los medios apropiados para alcanzar el bien comn, simples polticas deben elevarse al nivel de estadistas.

La prudencia es ciertamente perspicaz y prev a travs de la incertidumbre de los sucesos, lo propio de la prudencia es poder aconsejar bien. Ahora bien, el consejo versa sobre lo que debemos hacer en orden a un fin determinado. Resulta, por lo mismo, evidente que la prudencia radica exclusivamente en el entendimiento prctico.

Pragmatismo Poltico

El Fundamento filosfico est en la idea de que el nico criterio vlido para juzgar el valor o la verdad de cualquier doctrina, decisin, etc., es tomar en cuenta sus efectos prcticos. En simples palabras, es decir, los cierto es lo que funciona. En poltica, equivale a actuar con prescindencia de ideologas principistas y de cosmovisiones teleolgicas, haciendo lo que parece ms adecuado de acuerdo a como se presentan las circunstancias de cada momento. El pragmatismo, sin embargo, es tambin una ideologa cuyos lmites estn en la dificultad para proveer las consecuencias a largo plazo de nuestras acciones y en las tendencias a desentenderse de realidades que no encajan en nuestra corta visin de las conveniencias momentneas.

Mtodos

Mtodo histrico: de carcter emprico, opera sobre procesos observables, pero pretritos. Las fases son la seleccin del material; interpretacin de los documentos; investigacin crtica y explicacin histrica. Aplica procedimientos de reduccin y deduccin.

Mtodo Jurdico: estudio del elemento jurdico de la realidad estatal (encuadre jurdico). Vara el mtodo segn las escuelas

Realismo jurdico: preferentemente el mtodo inductivo

Empirismo jurdico: mtodo analgico

Positivismo jurdico: tiene una fase inductiva y otra deductiva, utilizando el anlisis y la sntesis.

Formalismo jurdico: puramente logicista y formalista

Mtodo Sociolgico: parte de la observacin directa de la realidad mediante el anlisis de los hechos. Utiliza la induccin experimental en base a tipos; el anlisis crtico de su material; las encuestas las social surveys. Es inductivo, emprico, experimental.

Derecho Poltico

De Vedia y Mitre sostuvo que el derecho poltico encara al Estado por los procedimientos de investigacin de la ciencia jurdica sin abandonar ni un instante el mtodo histrico que fija el carcter de cada institucin en cada momento dado.El Derecho Poltico trata del rgimen jurdico del Estado.

Segn Legn la finalidad del derecho poltico era la ordenacin del Estado dentro de la naturaleza tica adems de jurdicas.

Para Fayt el Derecho Poltico es el estudio de la estructura dinmica de la organizacin poltica y sus relaciones con la sociedad, el orden y la actividad poltica, incorporando el mtodo sociolgico y poltico, sin abandonar el jurdico, inherente a la disciplina, por la relacin funcional del Derecho con lo dems elementos de la estructura de la organizacin poltica.

El Derecho Poltico se presenta como un sistema, cuya unidad resulta del enlace de una teora de la sociedad, una teora de la organizacin, una teora de la constitucin y una teora de los actos polticos.

Objeto Contenido

En cuanto al adjetivo poltico, l determina el objeto y contenido de la disciplina. Los diversos sentidos que pueden darse a lo poltico es la fuente de la imprecisin de la doctrina tradicional y el origen de sus limitaciones.

La autonoma del Derecho Poltico aparece ntida si referimos lo poltico a la organizacin poltica, a la realidad social y poltica en su totalidad.

La poltica recobra su homognea realidad de lucha y cooperacin, su fuerza vital de accin y realizacin. El derecho poltico se transforma, de este modo, en teora de la organizacin poltica, en un sistema de conceptos sobre la realidad social y poltica. Es decir, un sistema de las relaciones y funciones de los elementos de la organizacin poltica y en consecuencia, comprensivo de una teora de la sociedad, del Estado, de la Constitucin y de los actos polticos.

BOLILLA II:

Teoras Religiosas:

a) Paganas: Egipto y Persia.

b) Pre cristiana: Juda

c) Cristiana: puede ser directa o indirecta.

PaganasEgipto: su forma de poltica era la Teocracia, el faran era el dios viviente. La centralizacin del poder era manifiesta y su violacin era un sacrilegio.

Teocracia: Egipto gobernado por una personalizacin divina: el faran. Si bien existe una diversidad de dioses, hay en definitiva una expresin ms alta. Es Amn el faran mismo es Dios viviente, continuador de dioses anteriores, con lo que remonta en el tiempo es igual al Dios, un Homlogo de Dios.

En los tiempos histricos, el faran se hallaba en un pie de igualdad con otras figuras divinas, esto es, en compaa de los dioses.

Caracteres:

1. Poder absoluto como consecuencia de la Teocracia.2. Las rdenes del faran eran divinas y no se podan violar.3. Poder iluminado.4. Desigualdad.5. Centralizacin del poder.6. Infraccin igual a sacrilegio.7. El faran indicaba el culto y hacia las leyes.8. Confunde poder poltico con poder divino.Persia: la versin persa, parta de un principio equiparable. La sociedad y la entidad poltica eran emanaciones de la creacin divina y el rey, un intermediario entre el cielo y la tierra. l ejerca un poder vicarial, esto es, era el representante de Dios en la tierra y el intermediario indispensable e insustituible entre el pueblo y Dios. Intrprete de la voluntad divina, ello quedaba traducido en la irresponsabilidad poltico-religiosa de su propia voluntad. Se ejerca un poder teocrtico de raz mediata.

De cualquier forma, toda explicacin se basa en Dios, como fundamento de lo creado y de la vida misma. La sociedad deba, en consecuencia, su propio origen a una voluntad ultra personal, y en definitiva inalcanzable. As se personalizaba el Rey, que reconoca la razn de su propia investidura, en un acto religioso o divinizado.

Los reyes eran agentes de los dioses. Eran una teocracia vicarial.

Pre cristiana:

Juda: recuerda Garca Pelayo que segn la concepcin hebrea. Dios es el gobernante del mundo natural, que lo ha constituido y ordenado mediante el acto creativo. Dios dice a Moiss escribe todas esta palabras segn las cuales hago alianza contigo y con Israel. Dios es el verdadero y nico creador, formula y al propio tiempo decide, el pacto con el pueblo elegido, al pueblo constituye como Sociedad poltica.

Hace dos aspectos destacables en el pacto:

a) Del pueblo con Dios

b) Del Rey con Dios.

Dios hace su primer pacto con Abraham y luego con Moiss. Israel pasa por las siguientes pocas:

1. La de los jueces o de la Teocracia inmediata.

2. La poca de los reyes o de la teocracia mediata.

3. La poca de la cautividad o de la esperanza escatolgica del reino.

En la primera poca los jueces eran personas con un carisma especia, en quienes se haca presente el espritu del ser. Desde su piedra, imparta declaraciones y directivas que, inspiradas en la fe y en la ley mosaica, sealaban el curso cotidiano de la vida.

La fuente de la ley se hallaba en la ley mosaica, el antiguo testamento y en las explicaciones de los profetas.

Josu realizara la conquista de Canan, donde se instalaron los jueces desde el siglo XIV al IX a.C. entre los jueces Jaden, Jefte, Sansn y Samuel este era el ultimo juez y el primer profeta, quien hizo proclamar a Sal, rey de todo el pueblo. Este entr en conflicto con Samuel por lo que fue ungido David como rey en privado.

Los jueces dirigan a las 12 tribus.

Con Salomon el ltimo rey de Israel se produce la separacin.

Dispora: se produce con la invasin romana, la dispersin de los judos, se sublevan los judos contra la dinasta de Herodes que no era judo y estaba emparentado con los romanos.

En la teora y prctica de los judos, hoy un lmite, las Tablas de la ley y ms alto, Dios a quien no se poda ofender con un acto cruel o impo. Se impone dentro de la sociedad hebrea la conciencia y el sentido de la igualdad esencial y la limitacin del poder.

Cristianos

El cristiano encuentra con la frase de San Pablo: no hay potestad que no venga de Dios, de consagracin de su doctrina.

Colasion Mediata: segn el cual el poder que proviene de Dios, reside inmediatamente en la comunidad y tan solo mediatamente en el gobernante.

San Agustn (S. IV): es platnico e idealista, sostiene que por ley natural ningn hombre tena autoridad sobre otro pues Dios los hizo a todos libres e iguales y les ha dado domino solamente sobre los irracionales.

La misma ley hace que para conducirla a un fin determinado se necesita la existencia de un jefe de ah nace la autoridad que tener su origen en Dios y se fundamento en la justicia.

Santo Tomas (S. XIII): es Aristocrtico, segn l la naturaleza misma del hombre le exige vivir en sociedad. Tal condicin sera deplorable de no existiera dentro de ella una fuerza rectora que tendiera hacia el bien comn o general de todos los miembros por lo tanto en toda multitud alguien debe gobernar o dirigir. Todo dominio viene de Dios segn tres consideraciones a consideracin del mismo ser, que tuvo el Rey (1 Dios y mismo ser).

b) Consideracin de Dios como autor de todas las cosas.

c) Dios es el fin de todas las cosas.

1. El primer ser es el principio y causa de todas las cosas.

2. Dios es el primer motor, es la primera causa del movimiento.

3. El gobierno de la comunidad tiene un noble fin, por lo tanto el fin de todo dominio viene de Dios.

Francisco Suarez (S. XVI): el poder reside en la naturaleza en toda la sociedad Suarez basa su oposicin en :

1. Pacto de unin entre el pueblo-poder- de Dios al pueblo.

2. Pacto de sujecin a Dios del poder al Rey.

3. Forma de gobierno, consecuencia, igualdad y democracia.

Colacin Inmediata o Transmisin Directa: segn la cual el pueblo no transmite en el poder, ni autoridad, sino que se limita a designar al gobernante, es decir, a establecer quin debe ejercer el poder, el cual le es dada por Dios inmediatamente.

Teoras Sociolgicas:

Teora Matriarcal: (Morgan):

1. Sobre el mismo hecho de los grupos sociales formados por la comunidad de sangre y de parentesco, dos teoras tratan de explicar no tanto el origen como el desarrollo de la sociedad.

2. La primera o teora matriarcal, sostiene que el igual parentesco materno determina la pertenencia del individuo al grupo gentilicio de la madre y su condicin social. El sistema rige el nombre, la herencia de la jefatura, la obligacin de venganza y a adopcin

El matriarcado no implica, no es ginecocracia o gobierno de las mujeres.

3. Fundador del matriarcalismo fue el suizo Bachofen. Sus epgonos fueron Mac-Lenan y Lewis H. Mergan, autor de La sociedad primitiva, libro basado en la observacin directa de la vida de los indios iroqueses por una de cuyas tribus se hizo adoptar.

4. Morgan demuestra la gravitacin de los hechos econmicos sobre la evolucin de la familia. Divide los estadios de la humanidad en: 1) Salvajismo; 2) Barbarie y 3) Civilizacin.

1) Al salvajismo corresponde: la familia promiscua (sin distincin de parentesco; la familia consangunea nace humanos es nacer cnyuges); la familia punala (matrimonio exogmico: de otro grupo)

2) Al estado de barbarie pertenece la familia sindismica (la mujer se incorpora al grupo del marido) poligamia.

3) Por ltimo al estado de civilizacin corresponde la familia monogmica patriarcal.

Teora Patriarcal: (Sir Hanry Sumner Maine):

1. El patriarcalismo se basa en el parentesco por lnea paterna y en el predominio del hombre sobre la mujer. El parentesco paterno rige la pertenencia del hijo al grupo y su condicin social, el hombre, la tolerancia de la jefatura, la obligacin de venganza y adopcin.

2. Su expositor ms importante es Henry Sumner Maine, quien basado en los estudios cientficos de Darwin sobre los pueblos rabes, sostiene que el estado social primitivo fue el estado patriarcal, el seoro del varn de ms edad, en el grupo gentilicio de parentesco consanguneo.

3. En su libro estudios sobre la historia de las instituciones primitivas, traza la evolucin de la sociedad, partiendo de ese estado patriarcal originario de familia dispersas, gobernadas por el ms anciano del grupo y divide el proceso en seis perodos graduales: 1) asociacin domestica; 2) comunidad domstica; 3) comunidad de aldea; 4) marca;5) feudo; y 6) monarqua o imperio.

TEORIAS CONTRACTUALISTAS:

Thomas Hobbes (1588-1679):

Expresa que todos los hombres gustaran vivir bajo las leyes de la naturaleza. Si cada uno de ellos estuviera seguro que los otros estaran tambin lo acataran.

En consecuencia, el Estado a travs de un contrato social, mediante el cual cada individuo renuncia a sus derechos, a la defensa propia del Estado, concedindole omnipotencia al mismo.

El soberano debe encontrarse por encima de la ley y ser fuente de la misma.

Si todo lo anterior se logro, la iglesia debe ser una sierva del Estado teniendo que considerarse al Papado como el principal enemigo de la paz.

John Locke

Explica que realidad hay dos pactos: el de unin por el que se constituye la sociedad civil y el de sujecin que es el que se acuerda con el poder.

De esta manera se formulan las condiciones para este segundo contrato y naturalmente el cumplimiento de estos resulta obligatorio, para las partes intervinientes.

Se quiebra as el consentimiento, cuando el monarca incumple las clausulas contractuales. De este modo, nace el Estado Garantista porque hay derechos que no se cede, que son inalienables, donde solo corresponde al Estado, la tutela de los mismos.

Este autor divide el poder entre el ejecutivo y el legislativo.

Cuando se ocupa del estado de la naturaleza dice que para entender el poder poltico y deducir su origen, se deber considerar el estado en que se encuentran los hombres naturalmente y este es uno de libertad perfecta.

En el estado de la naturaleza, de perfecta igualdad natural, nadie tiene superioridad o jurisdiccin sobre otro y cualquiera tiene derecho a hacer cumplir la ley.

Locke prefera el sistema en que prevaleciera el legislativo, como representante de la nacin.

Rousseau:

Sostiene que la sociedad ms antigua y natural es la familia, la primera imagen de las sociedades polticas.

Ningn hombre tiene autoridad natural sobre sus semejantes y que la fuerza no produce ningn derecho.

El poder legislativo pertenece al pueblo.

Segn su formula todos ceden sus derechos a todos. De este modo el poder resida en la comunidad, la que se expresa a travs del principio de la voluntad general.

Convierte al estado social en la base histrica del estado democrtico.

De naturaleza de los hombres son felices, libres, iguales, sin egosmos ni luchas. Con la civilizacin se hace necesaria la sociedad civil o poltica.

El individuo entrega a la sociedad todos sus derechos, pero los recupera, ampliados, como partcipe de la voluntad general. Esta as sometido solo a si mismo, con lo que conserva su voluntad.

El objeto de la voluntad general es la ley; el objeto del gobierno es la ejecucin de las leyes

ticas:

Fundan al Estado en una necesidad de carcter moral, el Estado hace asequible la perfeccin moral de hombre, que es inalcanzable fuera del orden poltico. Solo viviendo en comunidad poltica puede el individuo desarrollar la plenitud de su naturaleza. El Estado no resulta, de este modo, neutral a los fines ltimos de la persona humana, sino que es un instrumento de cooperacin para su conquista.

Para Wolff, la necesidad de instituir al Estado es consecuencia del ms alto deber moral, del de perfeccin.

Para Hegel, el Estado es la culminacin de la dialctica en espritu objetivo, concibe al Estado real como algo racional en s; es la realidad de la idea moral, un fenmeno espiritual. El deber ms elevado del Hombre es ser miembro del Estado.

BOLILLA IIILa Poblacin

Para Mario Justo Lpez:

Sentido lato: Equivale a Sociedad, y es comprensivo del conjunto y de la totalidad de los seres humanos que conviven entre ellos, sin que importen sus diferencias sociales o jurdicas (en algunas ocasiones se utiliza la palabra pueblo con la misma latitud que poblacin en el sentido amplio).

La poblacin se configura socialmente por el conjunto de los que conviven dentro de un determinado marco (generalmente, el territorio).

Sentido restringido: Hay otro significado de la palabra pueblo con el cual no se puede expresar la totalidad de la palabra poblacin, sino una parte de ella (cuando se usa para designar a un determinado grupo humano que no es toda la sociedad). As, poblacin es ms abarcador que pueblo.

Desde el punto de vista jurdico, la distincin entre poblacin y pueblo radica en la diferencia de status jurdico entre los integrantes de uno y otro grupo. As, la poblacin es un conjunto humano muy abarcador, cada uno de cuyos integrantes es titular de derechos y obligaciones civiles. En cambio, el pueblo es un conjunto humano menos abarcador, cada uno de cuyos integrantes es titular no slo de derechos y obligaciones civiles, sino tambin polticas. En este sentido, el pueblo es solo una parte de la poblacin, pueblo es sinnimo de cuerpo electoral.

Para Fayt: Llmese poblacin a la totalidad de individuos que habitan el territorio de un Estado. La poblacin presenta dos aspectos: uno demogrfico o cuantitativo, referido a su nmero y densidad; y otro demolgico o cualitativo, vinculado a la raza, herencia, seleccin. En cuanto a elemento del Estado, como pueblo o comunidad nacional, esos aspectos gravitan en la estructura, pudiendo como variables, determinar la forma poltica.

Aspecto cuantitativo y cualitativo.

Aspecto cuantitativo:

Volumen de la poblacin:

Cuestin de nmero ptimo: es imposible determinarlo, careciendo de inters toda investigacin al respecto.

Cuestin vinculada a la relacin entre el nmero de habitantes y las leyes, la libertad poltica y los factores geofsicos.Densidad de la poblacin:

La cuestin se vincula a la relacin entre las reas de dispersin y concentracin de la poblacin y las formas de vida y su influencia en la formacin de la opinin pblica, los grupos de inters, los partidos de masas.

Aspecto cualitativo:

1. El problema se centra en la raza como factor que podra influir:

a) En la heterogeneidad o homogeneidad de la poblacin.

b) En sus caracteres morales e intelectuales.

c) En las costumbres sociales y polticas.

2. La raza ha sido definida como la frecuencia de ciertos rasgos, fiscos y hereditarios que distinguen, entre si, a los grupos humanos.

Han sido clasificadas en: Monglica. Negra y australiana. Caucsica, negra, monglica by australiana. Caucsica (nrdico alpino y mediterrneo).

3. No hay dudas sobre las diferencias fsicas que presentan las diferentes poblaciones, pero esas diferencias no permiten sustentar criterios de superioridad o inferioridad de una raza sobre otra.

4. La raza, como estudio cientfico, no tiene conexin con el racismo, forma mtica al servicio de ideologas de exterminios.

5. Entre las teoras utilizadas por el racismo se destacan la teora racial de Arthur de Gobineau; y la de su yerno, que proclamaran la superioridad tnica de la raza aria.

Comunidad Humana

Segn Tnnies, la comunidad es el centro de vida real y orgnica, su teora de la comunidad parte de la unidad de la voluntad humana, que sigue siendo natural en la relaciones entre individuos diversamente condicionados, tomando como punto de partida el nexo de la vida vegetativa, debido al nacimiento, que genera tres tipos de relaciones:

Entre madre e hijo

Entre marido y mujer, como cnyuges

Entre los hermanos y parientes

Esas relaciones originarias se traducen en la vida en comn, o convivencia, y en reciprocidad o solidaridad por el mutuo auxilio de voluntades.

En la comunidad, los hombres estn esencialmente unidos, hay tres tipos de comunidad:

La comunidad de sangre, que tiene la casa por morada, participacin de los alimentos y cosas comunes

La comunidad de lugar o vecindad, es la convivencia en el poblado, en la proximidad de las viviendas, los bienes comunales, o la contigidad de los campos, determinan numerosos contactos entre los hombres y hacen que estos se acostumbren a tratarse y conocerse mutuamente

La comunidad de espritu o de amistad, surge por efecto de actuaciones y concepciones coincidentes, de ah que es comn que pueda producirse ms fcilmente en razn de pertenecer a un oficio o arte iguales o semejantes.

Para Max Webber los miembros de una comunidad se sienten parte constitutiva de un todo, formando un nosotros. Para Mac Iver, la comunidad presupone una vida en colectividad, que desarrolla en los hombres caracteres comunes. Es una real vida en comn, que no persigue propsitos especficos.

Caracteres

Naturalidad: La comunidad surge como un haz, al conjuro de necesidades fundamentales, de acuerdo a determinadas condiciones. Esta naturalidad se manifiesta en la organizacin que ha ido surgiendo con la comunidad misma, como en las costumbres y en la modalidad de la vida colectiva.

Unidad: La autntica comunidad es un bloque humano, con mayor integracin de sus miembros que nunca.

Igualdad: No se trata de una igualdad biolgica-mental, que no existe, se trata de una igualdad desde los puntos de vista econmico, social y jurdico

Solidaridad: Es una manera de vivir en relacin con los dems, est implcita en la igualdad y en la unidad.

Individualismo y Asociacionismo

Individualismo

Histricamente el trmino individualismo ha do utilizado para caracterizar tanto las doctrinas del contrato social, que surge en el siglo XVII, como a sus sucesoras, que heredan la visin de la sociedad como constituida por individuos, por sujetos que tienen metas, proyectos y fines especficamente individuales.

El individualismo es un legado de Hobbes y de Locke; para ellos, la sociedad es simplemente un instrumento que nos ayuda a proteger ciertos derechos, y a producir algunos bienes en mayor cantidad.

El individualismo poltico afirma que la sociedad es un conjunto de individuos racionales, generadores de deseo y preferencias y nicos jueces y defensores de sus intereses. Las ideas principales del individualismo poltico son:

La legitimidad y la autoridad del gobierno derivan del consentimiento individual de los ciudadanos.

La representacin poltica no es una representacin de sectores o de clases, sino una representacin de intereses individuales.

El propsito del gobierno es proporcionar la satisfaccin de las necesidades particulares y la proteccin de los derechos individuales.

Asociacionismo:

La esencial sociabilidad de la persona la coloca siempre en un medio social anterior al Estado, la coloca en una circunstancia ttulo de mltiples especificaciones; el hombre es miembro de un grupo domstico, de un ncleo pedaggico, etc., es decir, integra numerosas sociedades menores, imperfectas, pero no menos legtimas que el Estado.

El hombre forma parte de la comunidad poltica a travs de la multiplicidad de manifestaciones asociativas que constituyen centros de actividad grupal.

Los Grupos

Lo social importa la existencia de un conjunto de seres humanos, entre los cuales existe toda una serie de acciones y de relaciones. Por lo tanto, los seres humanos en permanente interaccin, conviven en mltiples grupos, de los cuales existen varias clasificaciones, de acuerdo a distintas finalidades cientficas, y consiguientemente, con la variedad de objetos considerados.

Las fuerzas o grupos sociales que influyen en la gnesis de la decisin poltica pueden clasificarse en:

Grupos Estatales:

Autoridades Polticas, cuya funcin especfica es adoptar la decisin y ejecutarla en cuanto sus rganos (legislativo ejecutivo judicial). Constituyen el grupo de direccin, a quienes el ordenamiento jurdico constitucional confiere las facultades propias para adoptar la decisin y llevarla a cabo mediante la accin y sancin.

Las Fuerzas Armadas, como auxiliares de la actividad poltica, cuya funcin es resguardar la soberana interna y externa.

El grupo tecno-burocrtico, organizado jerrquicamente para la ejecucin y transmisin de las decisiones polticas (leyes, decretos, resoluciones).

Grupos Polticos

Los Partidos Polticos, que se manifiestan como organizaciones permanentes para competir por la captacin o conservacin del poder.

Las Fuerzas Polticas, no organizadas para la lucha electoral, y que procuran captar el poder por medios no institucionalizados.

Grupos de Inters: formaciones sociales interiores que formulan pretensiones o requerimientos al poder y que pueden asumir las siguientes formas o especies:

Grupos de Presin, operan en lo interior del poder y despliegan poder econmico.

Grupos de Tensin, operan al margen del poder y despliegan poder social.

Grupos de Poder, adoptan decisiones de acuerdo a los intereses del grupo.

Esto muestra la correlacin y recproco condicionamiento en que se encuentran la Sociedad y el Estado, a travs de los grupos y fuerzas sociales que actan en la realidad concreta.

Las Instituciones

La Institucin o grupo institucionalizado ha sido estudiado por toda una ciencia del derecho. La Institucin es definida como una idea de obra que se realiza y dura en un medio social. La Institucin, no obstante asocia a hombres, es algo objetivo, es otra realidad social que cobra cierta vida y cierta independencia con respecto a sus integrantes individuales. La idea de obrar un objeto de la institucin es la espina dorsal de esta: es la idea de lo que hay que hacer, de la obra comn, en la que participan solidariamente los hombres. Para cumplir esa obra, ese quehacer colectivo, se organiza un poder, una estructura, y se forma un derecho: cada institucin tiene su propio derecho, su propia regulacin, su propio rgimen jurdico. La Institucin es la base del derecho.

La Institucin es una persona moral, a lo que despus se agrega, como vestidura exterior, la personalidad jurdica que la depara el orden jurdico.

Pueblo

Sentido vulgar: el trmino pueblo se utiliza en oposicin a los grupos dominantes, comprendiendo a los sectores excluidos del poder social, econmico y poltico.

Sentido demogrfico: equivalente a poblacin.

Sentido jurdico: en cuanto a sus miembros, habitantes, gozan de derechos civiles y sociales.

Sentido poltico positivo: como equivalente a Nacin. Tiene dos aspectos, uno en cuanto a la Nacin es titular del poder constituyente; otro en cuanto a sus miembros son titulares de derechos polticos. En el primer aspecto, el pueblo constitucional, en el segundo, como cuerpo electoral.

Sentido tnico: como unidad racial.

Sentido negativo: como aclamante, como masa.

Segn Snchez Agesta, el Pueblo es la unidad de la poblacin ordenada segn su propia naturaleza y por una autoridad, que no es slo principio directivo, sino antes bien, coordinar de fuerzas y comunidades espontneas.

Heller distingue entre:

Pueblo como formacin natural o pueblo en el Estado (en cuanto poblacin y en cuanto raza) Como pueblo en el Estado puede ser captado por la estadstica, respecto de la raza no hay camino que conduzca desde la raza al Estado.

Pueblo como formacin cultural o pueblo del Estado (en cuanto a Nacin poltica) Como pueblo del Estado o Nacin, a fin del S. XVIII adquiri importancia, tanto que el Estado nacional lleg a caracterizar la forma poltica moderna.

Nacin

Segn Fayt la Nacin es una comunidad, determinada objetivamente por el nacimiento o su asimilacin, y subjetivamente por nexos sociolgicos (lenguaje, hbitos, religin, usos, costumbres, etc.) y psicolgicos (la voluntad de pertenencia y conciencia, de poseer un origen, un destino comn, etc.), que se resuelven en determinadas formas de vida en comn, en cooperacin y solidaridad.

Segn Lpez M. Justo el concepto de Nacin aparece recin como reflejo de nuevas realidades polticas en los comienzos de la edad moderna, y llega a su pleno desarrollo con la revolucin francesa y las revoluciones de los siglos XIX y XX. Por lo tanto, y ante todo, puede afirmarse que las Naciones son realidades histricas, productos y hechuras de la historia.

La Realidad Nacional

Con esta expresin pretendemos alcanzar a todos los factores que tienen influencia en las condiciones de un pueblo y de un estado.

La expresin Geopoltica fue construida como una disciplina, para ensear la relacin profunda que existe entre la ubicacin de un pas, y sus posibilidades en el plano de la poltica nacional.

Hace mucho tiempo se hablaba de la influencia del clima en el temperamento del pueblo y en su capacidad resolutiva. Tambin cobran importancias sus concretas posibilidades materiales, entre las que cabe computarse, naturalmente, su propia situacin geogrfica.

Nuestra Realidad

La Argentina est dotada de un amplio territorio, con una poblacin de aproximadamente 40.000.000 de habitantes. Se destaca el elemento de concentracin en determinados centros urbanos, a travs de una continua migracin interna desde la periferia al centro, cuyo eje pasa por la Capital Federal.

La mano de obra, juntamente con la intelectualidad, no se afinca en sus viejas zonas y provincias, sino que prefieren agruparse en torno a los centros ms poblados, generando una doble situacin:

El despoblamiento de las provincias ms afectadas:

La congestin en los centros urbanos densamente poblados.

BOLILLA IVTipos histricos de organizacin poltica.

Tipo histrico de organizacin poltica oriental:

Comprende los grandes reinos del antiguo oriente: Egipto, Babilonia, Asiria, Persia. Israel es una excepcin.

Se caracteriza:

Por ser teocracias;

Tener como substractum los vnculos emergentes de las tribus;

La estratificacin social de la poblacin;

Un orden establecido por los reyes-dioses como emanacin de poderes sobrenaturales.

Israel es un caso similar:

La teocracia no expande, sino limita al poder;

El poder, individualizado en jueces y reyes no es objeto de idolatra; de esto surge el sentido republicano e individualista de la estructura israel.

La organizacin poltica en Grecia:

La ciudad antigua: no es todava la polis. Es la morada del rey patriarcal y asiento del templo y del mercado. La organizacin poltica en tiempos de Homero comprenda:

Una serie de comunidades gentilicias, y

Un poder de tipo patriarcal ejercido por un jefe con el ttulo de rey, un consejo de ancianos y una asamblea de los miembros de la familia y clanes de la tribu.

La unidad poltica era el demos compuesto por una asociacin de familias, no de individuos, que formaban una aldea. Originariamente la ciudad era una confederacin de aldeas.

La polis adviene con la desintegracin del agregado o confederacin gentilicia. Es una unidad poltica y religiosa, la tpica ciudad-estado griega.

Es ante todo, una ciudad por el ritmo de su vida, el comercio, la competencia. Y un estado, en cuanto unidad poltica y religiosa.

La democracia ateniense se caracteriza:

Por ser directa;

Por ser activa.

No se puede vivir en sociedad sin organizacin poltica.

Los pensadores griegos se valieron de un vocablo de origen histrico, para ellos, la sociedad perfecta, autrquica, que satisfaga la buena vida de la convivencia era la polis o pequea ciudad, base de las obras de Platn y Aristteles. La polis fue el equivalente de lo que ahora llamamos Estado.

La ciudad requerir apretar a los hombres en un escenario estrecho, dentro del cual pudieron conocer o participar activa o directamente en la poltica. La comunidad poltica es un rgimen llamado politaria, constituido de una manera determinada con su autosuficiencia, su forma de vida y su ciudad.

La polis confunde el mundo temporal y el espiritual, abarca conceptos polticos, econmicos, sociales, religiosos, culturales, etc.

La polis gira alrededor del hombre, es una forma poltica profundamente humana y de gran fortaleza militar y asambleas comunales.

Scrates era muy individualista y tena un profundo respeto a las leyes, crea en sus ideas y en la unidad de la polis

Platn consideraba que la polis era el equilibrio de la comunidad

Aristteles cre la lgica o ciencia de razonamiento, y escribi la pltica relacionando entre sus temas: individuos, familia y polis

La organizacin poltica en Roma:

La civitas Romana primitiva era una confederacin de gentes, de curias y de tribus. El rey, el consejo y la Asamblea de todos los hombres de la curia, componan sus rganos de decisin.

Bajo la Repblica la civitas es una comunidad del pueblo (repblica) y el poder de mando (imperiurn) y la majestas radica en un rgano supremo. Tena un complejo sistema de magistraturas; pero el rgano clave era el Senado.

1) El primer Imperio o Principado (27 a. De C.-284) se inicia con Octavio. La civitas se transforma en ciudad Imperio.

2) El segundo Imperio (284 a 476 de n. Era) se inicia con Dioclesiano que convirti al poder imperial en una autocracia.

Feudalismo

El Estado antiguo fue una unidad interna, el Estado medieval es pluralista, pues nos muestra una multiplicidad de poderes congregado en una pirmide jerrquica.

La divisin del imperio carolingio y las invasiones normandas favorecen el advenimiento de un nuevo rgimen poltico y social llamado Feudalismo, que predomina en Europa entre los S. IX y XV.

El poder del rey est limitado, la autoridad del rey disminua y los seores feudales aumentaron su poder, los campesinos se amparan bajo la proteccin de los castellanos que reciban sus tierras. En su territorio, el seor feudal era un verdadero soberano, la autoridad del rey deja de ser nacional, y se limita a ejercer la terica propiedad de todos los feudos.

Durante el rgimen feudal, la sociedad estaba formada por tres clases: nobleza, clero religioso (un tercio de los seores eran feudos eclesisticos) y campesinos.

El feudalismo se caracteriz:

a) Su estructura est territorialmente limitada al feudo;

b) La poblacin es dependiente del propietario o beneficiario de la tierra.

c) El poder es privativo del poseedor del feudo;

d) El orden se asienta sobre un sistema de seoro y vasallaje derivado de la posesin y cesin de feudos.

Estados Modernos

El absolutismo cobra auge y se extiende por Europa, las transformaciones sociales y econmicas, el crecimiento del comercio y de la industria, hicieron que desde comienzos del S. XIII surja una gran cantidad de nuevas ciudades, y que otras ms antiguas volvieran a readquirir su antiguo esplendor.

Nace la burocracia, que al crear el orden jerrquico entre rey y sbditos impone para todos la debida satisfaccin de impuestos.

Pasa el tiempo y vemos a una Europa anteriormente atomizada, dividida en muchos feudos, ahora unida bajo la autoridad irresistible de alguno de los reyes.

La edad moderna comienza y los grandes estados sern de ah en ms los protagonistas del mundo poltico.

Los grandes Estados Modernos

Esta forma de organizacin poltica, caracterizada por la institucionalizacin del Poder, fue desconocida en la antigedad, as como en Grecia, Roma y la Edad Media. Es la culminacin de un largo proceso, que va de la inorgnica a la orgnica, del poder annimo al individualizado en los jefes y de este al poder institucionalizado. El trnsito de lo carismtico a lo tradicional, y de ste a la dominacin legal, en la distancia histrica que separa el reinado de la fuerza del imperio del derecho. Al Estado los griegos lo llamaron polis, los romanos civitas o repblica, reservando la de imperium para el poder de dominacin del prncipe. En la edad media se hace derivar al poder poltico de la propiedad del suelo, utilizando las expresiones regnum (tierra del rey) o land (tierra), sirviendo para comprender los poderes territoriales existentes. Recin cuando va surgiendo una nueva realidad poltica con un centro unitario de poder, independiente de lo exterior e interior, concentrando en una unidad de dominacin los instrumentos de poder efectivo, en un mbito territorial determinado, la palabra Estado es utilizada para comprender esa nueva realidad.

Es posible que originariamente la palabra Estado haya sido utilizada para designar el territorio sometido a esa forma naciente de autoridad, luego para designar al gobernador mismo, y por ltimo, se la hizo comprensiva de la forma de organizacin poltica, de lo que el territorio y el poder son elementos.

La Supranacionalidad. Formas

Las comunidades internacionales y las tendencias de los Estados modernos a integrarse en organizaciones regionales y mundiales por imperio de las circunstancias, vienen a alterar algunos de los elementos de la soberana.

La ONU, en el orden mundial, prohbe a sus miembros el uso de la guerra como instrumento de poltica internacional. Este tipo de prohibicin limita considerablemente las soberanas nacionales.

En el orden regional existen, entre otros, la OEA, la Comunidad Britnica de las Naciones y la Liga de Estados rabes, la EURATOM (comunidad europea de energa nuclear), todas ella en el orden poltico, social, econmico, constituyen mercados comunes, y por ende influyen en la esfera de las relaciones internacionales, no obstante mientras conserve la forma de confederacin, no podrn ejercer efectivamente una misin conservadora de la paz, seguridad y la libertad mundial.

BOLILLA VEl Poder. Nocin

El Poder es un fenmeno social producto de la interaccin humana, es el despliegue de una fuerza, energa o potencia, proveniente de la relacin de subordinacin en que se colocan recprocamente los seres humanos. En u especfica realidad, el poder es el resultado del mando y la obediencia.

El carcter relacional del poder se hace evidente a poco que se lo observa, el gobernante es poder o tiene poder slo en la medida en que es obedecido.

Acepcin amplia del Poder: la acepcin del poder como relacin de mando y obediencia. Dentro de esta amplia acepcin, cabe tanto el poder poltico como el no poltico

Acepcin limitada del Poder: cuando se trata del sistema poltico, y la poltica se reduce conceptualmente a la actividad y a la relacin que tienen al Estado como marco de referencia. Abarca slo el Poder del Estado, al poder poltico en sus distintas manifestaciones.

Justificacin

Implica el examen racional de por qu manda el que manda y por qu obedece el que obedece.

Las cuestiones de la finalidad de la organizacin y la legitimidad de la autoridad, se encuentran implcitas en el problema de la justificacin. Todo poder necesita justificarse, en la forma poltica moderna, la respuesta se expresa en trminos jurdicos: la dominacin legal, como elemento modal de la estructura, transforma el poder en un poder jurdico.

Teoras sobre la justificacin del poder.

I. La justificacin del poder por su funcin:

Esa funcin consiste en la satisfaccin de los requerimientos y demandas sociales. La autoridad de un estado depende de que pueda asegurar un orden social deseable.

El poder solo puede justificarse en trminos de lo que trate de hacer: se justifica por cuanto asegura, con el menor sacrifico posible, la mxima satisfaccin de las necesidades humanas.

II. La justificacin del poder por el derecho:

Todo poder vive de su justificacin. Esa justificacin no puede guindarse en su funcin de organizar la cooperacin territorial.

Toda explicacin se refiere al pasado, toda justificacin al futuro.

El estado se justifica como organizacin necesaria para asegurar el derecho en una determinada etapa de su evolucin y el poder se justifica como instancia de decisin para realizar la certeza de sentido del derecho.

III. La justificacin del poder por la obediencia:

La obediencia, que es la esencia del poder puede ser: a) racional o voluntaria; b) irracional o refleja. Se obedece voluntaria o conscientemente; se obedece por indolencia, por temor, por hbito.

La inercia, el hbito a obedecer, el hecho de ser mas fcil obedecer que mandar, la creencia irracional en la santidad del orden existente, sostienen al poder, con el peso de la habitualidad psicolgica.

IV. La doctrina religiosa, sus variantes:

1. Se basa en el supuesto de que todo poder proviene de Dios.

2. Se basa en pasajes evanglicos.

3. En su origen, sirvo para justificar la subordinacin del imperio al papado y se ha mantenido como fuente de la pretensin del poder espiritual de tener supremaca sobre el poder temporal.

4. Sus variantes son tres:

a) la doctrina religiosa sobrenatural: dios confiere directamente el poder a quien lo ejerce.

b) La doctrina de derecho divino providencial: dios no da el poder a los gobernantes sino a los pueblos, quienes delegan ese poder en el gobernante. La causa mediata del poder es dios; la causa inmediata, la naturaleza humana.

c) La doctrina del derecho divino de los reyes: es una variante de la doctrina sobrenatural al servicio de los reyes absolutos y sus dinastas. Dios mismo confiere poder la monarca o a su familia, quienes gobiernan por derecho.

V. La doctrina de la fuerza:

1. Concibe al poder como una relacin de dominio de los fuertes sobre los dbiles.

2. El fundamento del estado radica en la natural desigualdad entre los hombres.

3. El poder no puede justificarse ni legitimarse. Jams podr demostrarse como un hombre puede tener legtimamente el poder de imponer su voluntad a otro hombre.

4. Para el marxismo, el estado expresa las relaciones de fuerza de las clases sociales.

VI. Las doctrinas jurdicas:

1. Consideran al estado como producto del derecho.

A. Teora patriarcal:

1. Pretende que el estado deriva de la familia, no siendo otra cosa que una gran familia. Los gobernantes, como padres de esa familia, tienen el derecho a la obediencia y el deber de proteger y la felicidad de sus sbditos.

B. Teora patrimonial:

1. Justifica el poder como poder de propiedad. Sostiene que el orden de la propiedad es anterior al orden del estado y su funcin consiste en la proteccin de la propiedad.

2. Afirma que la propiedad no ha nacido del estado, sino que el estado h nacido de la propiedad.

3. Es una variante de la teora de la fuerza.

C. Teora del contrato social:

1. Justifica al poder y al estado como producto de la libre voluntad contractual de sus miembros, teniendo en el consentimiento el fundamento racional de la existencia del poder.

2. Hobbes:

a) no distingue entre sociedad y gobierno;

b) el estado de naturaleza es de guerra de todos contra todos, sin leyes, ni sociedad ni gobierno.

c) El contrato lo realiza cada uno con todos y transfieren todos sus derechos al soberano, que puede ser un hombre o una asamblea.

d) El soberano no es parte del contrato.

e) Es el terico del absolutismo monrquico.

En el leviathan distingue:

a) Un estado natural: fundado en la fuerza, en la lucha de todos contra todos.

b) Un estado racional: por egotismo, por temor y con el fin de obtener seguridad, todos conciertan un contrato de unin, sometindose todos a una voluntad.

3. Locke:

a) Los hombres, en el estado de naturaleza, tiene el goce de sus derechos naturales: a la vida, a la libertad, a la propiedad privada y a la seguridad.

b) Con el fin de obtener seguridad abandonan el estado de naturaleza y fundada la sociedad civil o poltica, delegndole nicamente el derecho a la seguridad y con la nica funcin de proteger la vida, la libertad y la propiedad privada.

Caractersticas:

a) Distingue entre sociedad, ya que exioste en el estado natural, y gobierno.

b) El contrato no es obra de la enajenacin de todos los derechos, sino la delegacin del derecho de seguridad.

c) Tiene por finalidad proteger los derechos naturales.

d) Es el fundamento del estado liberal cuya finalidad suprema es la garanta de la vida, la libertad y la propiedad privada.

4. Rousseau:

a) Convierte al estado social en la base histrica del estado democrtico.

b) De naturaleza de los hombres son felices, libres, iguales, sin egosmos ni luchas. Con la civilizacin se hace necesaria la sociedad civil o poltica.

c) Por un acto de voluntad, toda vez que la libertad es irrenunciable, los hombres se coloca bajo la direccin de una voluntad general formada por la comunidad.

d) El individuo entrega a la sociedad todos sus derechos, pero los recupera, ampliados, como participe de la voluntad general. Esta as sometido solo a si mismo, con lo que conserva su voluntad.

e) El objeto de la voluntad general es la ley; el objeto del gobierno es la ejecucin de las leyes.

VII. Doctrina psicolgico-moral:

1. En general, consideran que son determinantes psicolgicos y morales, los que hacen que el hombre viva en sociedad. Justifican en base a la realizacin moral del individuo y a la satisfaccin de tendencias innatas, la existencia del poder y del estado.

2. Las doctrinas morales conciben al estado como una necesidad moral.

3. La doctrina psicolgica justifica al poder y al estado por las tendencias e instintos del ser humano.

VIII. Doctrinas negativas:

A. El marxismo:

Sostiene que el estado, como organizacin de poder, se extinguir.

El estado no representa a la sociedad, sino a la clase dominante, la posesin de los medios de produccin y sirve de instrumento al mantenimiento de la explotacin de una clase por otra.

Cuando se convierta en representante de la sociedad, ser por si miso superfluo. Desaparecidas las clases, cuando se tome posesin de los medios de produccin en nombre de la sociedad, ya no habr nada que reprimir. El gobierno sobre las personas ser substituido por la administracin de las cosas y por la direccin de los procesos de produccin. El estado no ser abolido; se extinguir.

B. El anarquismo:

Niega al poder y no al estado.

Distintas corrientes:

a) Individualista;

b) Socialista o colectivista;

c) Violento;

d) Pacifico.

Mando y Obediencia

En un Estado de derecho todos mandan y obedecen, cada uno dentro de la esfera de su competencia, esto es un juicio de responsabilidad, de ah que algunos hayan caracterizado el poder como una relacin de mando y obediencia. En la poltica existe una relacin interhumana, en virtud de la cual la accin de unos determina el comportamiento de otros. Es una relacin de mando y obediencia. El gobernante es poder, o tiene poder en la medida en la medida que es obedecido.

La obediencia es la adhesin ntima a una conviccin, puede lograrse por mtodos coactivos o por propia adhesin del mandado.

La convivencia social se articula por la dicotoma mando-obediencia.

El Estado

Segn Jellinek, all donde haya una comunidad con un poder originario y medios coactivos para dominar sobre sus miembros y sobre su territorio, conforme a un orden que le es propio, all existe un Estado.

En primer lugar, el Estado tiene algunas caractersticas propias de las que resulta que no debe ser confundido con cualquier forma o sociedad poltica. En segundo lugar, el Estado comprende tanto a la comunidad como a un poder de dominacin. En tercer lugar, comprende como tercer elemento el territorio.

El Estado como forma de organizacin poltica moderna: se caracteriza por la institucionalizacin del poder, cualificado por la idea de soberana y el imperio de la ley como orden fundado en una constitucin. Son entonces sus elementos modales, la soberana como cualidad del poder; y el imperio de la ley como cualidad del ordenamiento jurdico.

Exgesis de la terminologa: origen y vocablos empleados

1) Los griegos llamaban polis a su organizacin poltica (ciudad-estado)

2) Los romanos la denominaban civitas o repblica, reservando la de imperium para el poder de dominacin del prncipe

3) Durante la Edad Media, se utilizan expresiones como regnum y land para comprender los poderes territoriales existentes

4) A partir del reconocimiento con la concentracin de los instrumentos de mando, militares, burocrticos y econmicos en una unidad de accin poltica, aparece el trmino Estado para designar esa realidad

5) Maquiavelo introduce el trmino stato

Snchez Agesta clasifica las definiciones de Estado en:

1) Deontolgicas: se distinguen en dos corrientes

a. Escuela del Derecho Natural (Kant): el estado es la unin de una multitud de hombres bajo leyes jurdicas por las cuales el arbitrio de uno puede coexistir con el arbitrio de otro, segn la ley universal de la libertad

b. Corriente aristotlica-tomista (Hauriou): el estado es el rgimen que adopta una nacin mediante una centralizacin jurdica y poltica para realizar el bien comn

2) Sociolgicas: (Jellinek) El Estado es la unidad de asociacin dotado originariamente de poder de dominacin y formado por hombres asentados en un territorio

3) Jurdicas: (Kelsen) El Estado es el orden, derecho total. Como persona, la personificacin metafsica de ese orden. Como poder, la efectividad del orden jurdico

4) Polticas: (Gumplowicz) El Estado es slo poder

La Estructura de la Autoridad

Segn Aquino: Es la titularidad del poder institucionalizado en el Estado.

Es condicin indispensable que exista una autoridad, como antes, dedicada a la coordinacin, coercin, orientacin, unin, etc.

Esa estructura se manifiesta a travs de algunos pasos, pues la autoridad es la consecuencia de la comunidad, es la unidad. En toda autoridad existe:

1) Decisin o un rgano con capacidad de resolucin

2) Ejecucin: aplicacin de sanciones u rganos de ejecucin

3) Cdigo de sancin: conjunto de normas, costumbres, tradiciones

Tienen que aplicarse las medidas, y en su caso, la sancin correspondiente, pues de esa manera se estructura, pero teniendo en cuenta la unidad.

Legitimidad

El Poder existe para un fin, el poder del Estado es legtimo en cuanto tiende al fin pblico del bien comn.

La legitimidad del poder radica en la manera de ser ejercido, cuando es ejercido en forma justa, el poder es legtimo, tan legtimo que an cuando en sus comienzos haya carecido de legitimidad de origen, debe ser obedecido.

Duverger: Se tiene por legtimo al poder constituido de acuerdo a cierta creencia dominante. Por eso, no hay legitimidad, sino legitimidades (legitimidad monrquica, legitimidad comunista, etc.).

Elementos de la Legitimidad: eficacia y consenso o creencia compartida

Valores bsicos que cubre la legitimidad:

Legalidad

Es la adecuacin de la conducta a la naturaleza del ordenamiento jurdico. Es un concepto jurdico-normativo que responde al orden positivo. La legalidad hace al orden normativo, y la legitimidad es un juicio de valor.

Consenso y Disenso

Consenso: es el alma de la legitimidad, es su elemento espiritual. Es adhesin que se presta a un sistema de gobierno, admitiendo como buena accin. La eficacia es un elemento material, y si esto se deteriora, surge el conflicto. Clases:

1) Activo: es el prestado cuando se crea un movimiento de multitudes

2) Pasivo: cuando se acepta sin mover multitudes.

3) Total: hay acuerdo en todo

4) Parcial: hay acuerdo, pero disenso en algunos aspectos

Disenso: es el quebrantamiento del apoyo dado por la comunidad al sistema poltico o al gobernante.

Aquino dice:

Es no estar de acuerdo con el sistema

Es estar contra la autoridad del sistema

Y es no estar dentro del sistema

El territorio

Es el espacio en el que se realiza la actividad Estatal. Comprende el suelo, el subsuelo, y el espacio areo. Las fronteras son las lneas naturales o ideales de separacin que delimitan la esfera de actividad; derecho poltico del estado.

Situacin jurdica del territorio. Doctrinas.

Las doctrinas que se han formulado son las siguientes:

a) De la propiedad o dominio: Sostiene que el poder tiene sobre el territorio derecho real de dominio, es decir la propiedad del mismo.

Esta doctrina, en el orden internacional, se conoce con el nombre de dominio internacional. Al incluir al territorio en el haber, no en el ser del estado, y considerarlo objeto de dominio, altera la realidad esencial, entre el territorio y los elementos de la estructura del estado.

b) De la soberana territorial o imperium: sostiene que la relacin no es de dominio sino d imperio, es decir, de soberana.

Se ejerce a travs de los habitantes, no directamente sobre el territorio.

c) Del dominio eminente: consiste en un derecho que tiene ciertas analogas con el dominio privado, pero no es un derecho de propiedad pleno, tanto por su naturaleza como por los lmites que se el imponen. En efecto, consiste tan solo en ciertas facultades de utilizacin el territorio con miras al inters pblico.

Del mbito de validez del orden jurdico: estima al territorio como mbito de validez espacial del orden jurdico.

BOLILLA VILa Soberana

1) La Soberana es un elemento modal de la estructura dinmica de la forma poltica moderna. Cualifica el poder y determina sus relaciones con el Estado y los restantes elementos de la estructura, es un elemento o atributo del Estado y una cualidad del poder.

2) Convierte a un determinado poder poltico en supremo, adicionando a su capacidad de direccin, la de obrar como instancia final de decisin, accin y sancin.

3) El Poder, con la soberana, es en su especie lo ms alto.

4) El orden jurdico impera en funcin de la soberana.

5) Se comprende como soberana exterior en sentido de igualdad.

6) Cualidad del poder con jerarqua interior.

Origen y evolucin

El concepto nace de la lucha de la realeza francesa con el imperio y el papado, por una parte, y con la feudalidad por otra. Por primera vez se hace mencin de ello en una mxima del tiempo del Rey San Luis: El Rey no tiene soberano en asuntos temporales. Beaumanoir, luego, afirma que: Cada barn es soberano en su barona, el Rey es soberano por encima de todos. Bodn sostuvo que el Estado es un recto gobierno de varias agrupaciones y de lo que es comn, con potestad suprema.

La soberana es una forma utilizada en la lucha poltica para condensar la independencia exterior y la supremaca interior en un centro de poder, convirtiendo al rey en depositario de la legislacin y jurisdiccin.

Sus efectos son legitimar el establecimiento de la monarqua absoluta en Francia, Inglaterra y Alemania. Convertida en soberana del pueblo, condujo a las grandes revoluciones que le dieron forma a la democracia moderna.

Durante la edad moderna se elabor un nuevo concepto de soberana que difera del de sus orgenes medievales. Se discute si el concepto surge en la edad moderna o si se empieza a utilizar la palabra soberana para designar un concepto antes existente.

Muchos consideran que en Francia naci el concepto moderno de soberana con Bodn, el elemento esencial de su concepto es el referente a la falta de restricciones legales: el poder de dar la ley sin someterse a ella, lo que no impide, que halle lmites ms all del derecho positivo (lmites naturales, morales y religiosos)

Concepto

Bidart Campos: la soberana es la cualidad de aquel poder que para organizarse jurdicamente no reconoce, dentro del mbito de relaciones que rige, otro orden superior de cuya normacin positiva derive lgicamente su propia validez normativa.

Bodin: soberana Es el poder supremo ejercido sobre sbditos y ciudadanos sin restricciones legales. Es una cualidad de poder supremo sin restricciones jurdicas.

La Soberania es el poder absoluto y perpetuo de una Republica. De ambas definiciones extraemos los siguientes elementos esenciales constitutivos del concepto:

Poder Supremo (no hay otro sobre el)

Es ilimitado(no est sujeta a restricciones jurdicas de derecho positivo)

Es un poder absoluto(esta sobre todo y todos)

Es un poder indivisible(no es compartible)

Es un poder perpetuo sin limitacin temporal

Es un poder imprescriptible (no caduca por su no uso).

Teoras

1) De la autolimitacin: (Loband y Jellinek)

Autolimitacin del poder del Estado por el derecho del mismo, no hay Estado sin derecho, siempre debe haber constitucin cualquiera sea su clase. Este ltimo carcter marca la diferencia del concepto moderno con el de Bodn

2) De los derechos individuales:

Nace con la revolucin francesa. El Estado es una esfera de poder que puede regular la conducta del hombre sin ingresar en su individualidad, ya que esta es una esfera propia de los individuos en la cual los derechos del hombre no pueden ser alterados

3) De la solidaridad:

La soberana es un producto de la voluntad de los hombres y slo ellos la poseen, no podemos hablar de soberana sin hablar de solidaridad, cada uno cumple una funcin social. Por lo tanto, niega la soberana del Estado, adems de negarle personalidad. Es un servicio pblico.

Pluralidad de SoberanaEl carcter de la soberana absoluta entr en crisis. El segundo carcter de la soberana indivisible, entr en crisis con el desarrollo de las doctrinas pluralistas. Dentro de estas doctrinas, las que tienen base territorial, denominadas de pluralismo federal, es por la que se inclinan todos los autores a contrario del pluralismo propio o pluralismo interno.

El pluralismo federal considera que la soberana reside total y exclusivamente en el Estado federal sin perjuicio de los Estados miembros.

El pluralismo propio o interno, pretende afirmar las prerrogativas y facultades de los llamados grupos o sociedades intermedias contra la vocacin absorbente y totalizadora del Estado

Negacin de la soberana

Tanta disparidad de criterios ha llevado a que haya autores que nieguen la soberana

Duguit presenta tres objeciones al concepto de soberana:

a) El origen del derecho de soberana, la imposibilidad absoluta de explicar humanamente, por vas positivas, la existencia de una voluntad soberana, es la mejor demostracin de las doctrinas que niegan la soberana.

b) Es menester abandonar la ficcin de la soberana personalizada en el gobierno. Ni el pueblo, ni la nacin, ni el Estado, son personas morales o jurdicas.

c) Para Duguit, la soberana se trata de una antinomia: o el Estado est sujeto al derecho, y entonces no es soberano; o no est sujeto al derecho, y entonces s es soberano; y en el dilema opta por la sujecin al derecho, relegando la soberana.

BOLILLA VII

Gobierno y la dinmica poltica

Gobierno

Es la estructura de poder en el Estado o la organizacin de la magistratura del Estado

Segn Linares Quintana, el gobierno indica la accin y el efecto de mandar o autoridad, ordenar y regir. El gobierno es la organizacin mediante la cual la voluntad del Estado es formulada, expresada y realizada.

Segn Duguit, el gobierno es el conjunto de rganos directivos del Estado.

El poder poltico como consecuencia se desarrolla y acta mediante el gobierno, que es el cuarto integrante del Estado. El poder como elemento del Estado se dinamiza a travs del gobierno. El poder recin se manifiesta y percibe a medida que se lo transmite o pone en ejercicio.

Sentido amplio: es el cmulo de rganos estatales que tienen a su cargo todas las funciones del poder Estatal, o sea que lo integran al poder ejecutivo leyes judiciales. Sentido de Amrica.

Sentido restringido: es el gobierno del poder ejecutivo en oposicin al rgano legislativo. Sentido europeo (Gobierno es el rgimen parlamentario del gabinete).

Pensamiento de Bidart Campos: an dentro del primer sentido, debemos reconocer que el ncleo gubernativo se halla en el poder ejecutivo, ya sea asumiendo la condicin del Estado, la gobernacin y la administracin.

Las restantes funciones (para el legislativo y el judicial), son funciones intermitentes en su ejercicio, ya que pueden ser ejercidas por el rgano ejecutivo. Es decir, ningn Estado puede mantenerse sin el poder ejecutivo que gobierne y administre, pero si puede subsistir sin el legislativo y el judicial, que pueden ser absorbidos por el ejecutivo. Ello supone que la funcin imprescindible es la ejecutiva, ya que las dems son discontinuas y pueden llegar a confundirse.

Dinmica Estatal

El Estado es una situacin o condicin que se moviliza a travs del poder. El Estado es un orden, pero no esttico, la institucin vive y lo hace como una empresa, como un rgimen. La consecucin del fin comn que lo unifica, implica un quehacer comn, un obrar colectivo en el que participan gobernantes y gobernados. La poltica transcurre en permanente movilidad, en un orden dinmico, pues el devenir estatal es algo cotidiano que fluye por el cauce de un orden permanente. Hay actividad, el Estado acta y los sbditos actan. El gobierno manda los gobernados obedecen o no.

La decisin poltica es un proceso que posee las siguientes etapas: Iniciativa: a quien corresponde proponer las leyes

Deliberacin

Resolucin: conocida como la toma, eleccin de un proyecto. El acto debe ser realizado por alguien, o sea por un rgano con competencia normativa establecida. Puede suceder que en esta etapa se produzca intromisin de influjos anteriores o influencia de ciertos poderes no Estatales.

En ciertos casos, ciertas fuerzas (burocracia y las FFAA) influyen a veces sobre la decisin poltica al margen de sus funciones especficas.

Forma de Estado y Forma de Gobierno

La forma de de gobierno es la forma de uno de los elementos del Estado, la manera de organizar y distribuir las estructuras y competencia de los rganos que componen al gobierno, el problema de quin ejerce el poder o de quines son los repartidores del rgimen poltico. En cambio, la forma de estado ya no es la de uno de sus elementos, sino de la institucin misma, del propio Estado. Si el Estado es un rgimen dentro del cual se realiza un reparto, la forma del Estado es la manera de realizar ese mismo reparto, ataa el problema de cmo se ejerce el poder.

Posada concepta la forma de Estado como la manera segn la cual funciona la actividad del Estado, y al funcionar se concreta en rganos y en una estructura. Segn como el poder estatal se ejerza en relacin con la base fsica en que se asienta el Estado, pueden dividirse en Unitaria o Federales. Segn como el mismo poder se ejerza en relacin con el elemento humano, las formas de estado pueden ser democrticas, autoritarias y totalitarias. Es el poder frente a la poblacin.

La forma de estado, segn Ruiz Castillo, se mezcla con cuestiones de fondo, pues toma en consideracin la totalidad de los elementos del estado territorio, poblacin, poder, mientras que la forma de gobierno determina slo la estructura del ltimo de estos elementos.

Toda constitucin implica una forma de Estado; en esa constitucin, en esa manera de estar constituido el Estado, hay una forma de estado y una forma de gobierno; o sea, un modo de ser del Estado y una estructura de sus rganos representativos. La forma de Estado y la forma de Gobierno pueden no estar enunciadas en frmulas expresas, pero se hallan implcitas siempre en una decisin poltica suprema. Estas decisiones polticas supremas que resuelven como ha de ser la forma de estado y la forma de gobierno, se hallan en la cspide de la constitucin; cuando cambia la decisin poltica, todo el rgimen poltico sufre la repercusin

La Decisin Poltica

La forma de estado y de gobierno, se hallan implcitas siempre en una decisin poltica suprema. Toda constitucin tiene una decisin poltica, el Estado decide, y decide muchas cosas: cul ha de ser su forma, su modo de actuar, cul ha de ser la organizacin de su gobierno, cules son sus fines y su programa. Esas decisiones se van manteniendo o se van alterando sobre el curso del quehacer poltico, sobre la marcha de la actividad en que se trasunta la dinmica estatal.

Estas decisiones polticas supremas, que resuelven como han de ser la forma de estado y la forma de gobierno, se hallan en la cspide de la constitucin; todo lo dems arranca desde all, por eso, cuando cambia la decisin poltica, todo el rgimen poltico sufre la repercusin.

Clasificacin de la forma de gobierno

La diversidad de gobiernos y modos de ejercer el poder hacen que las clasificaciones sean incompletas, proporcionando una imagen incompleta de la realidad poltica. No existe una clasificacin de valor universal por:

a) Falta de un criterio omnicomprensivo

b) Desaparecen y surgen nuevas formas

c) Creciente complejidad de las funciones

Clasificacin segn (Clsicas)

Herodoto: se refiere al gobierno popular, a la aristocracia y a la monarqua.

Platn: distingue entre:

Monarqua: gobierno de uno, de la que nace el reinado y la tirana

Gobierno de pocos: del que nace la aristocracia y la oligarqua

Gobierno de muchos o democracia: de la que nacen otras dos formas; porque se pueden mandar segn las leyes o con desprecio de ellas.

Aristteles en La Poltica adopta en lneas generales la clasificacin de Platn, pero la desarrolla en base a un doble criterio:

a) Cuantitativo o estructural

b) Cualitativo o teolgico

Estas formas puras son: la monarqua, la aristocracia y la democracia.

Cuantitativamente: el gobierno de uno, de pocos y de muchos.

Cualitativamente: tienen en vista el bien general.

Las formas impuras, que tienen en cuenta el inters de los gobernantes, se encuentran viciadas en su base, no siendo ms que una corrupcin de las buenas: son la tirana, la oligarqua y la demagogia.

Polibio considera que existen tres formas de gobierno: real, aristocrtico y democrtico.

Cicern en La Repblica acepta la clasificacin tripartita y menciona a la monarqua, la aristocracia y el gobierno popular

Maquiavelo divide a las formas de gobierno en principados repblicas. l realiza una clasificacin bipartita.

Montesquieu divide las formas de gobierno en:

Monarqua

Despotismo

Repblica

Estas tres se subdividen en aristocrticas y democrticas.

Locke distingue entre democracia, oligarqua y monarqua.

Rousseau se refiere a la democracia, aristocracia y monarqua.

Kant considera autocracia, aristocracia y monarqua.

Jellinek considera que las formas de gobierno fundamentales son la monarqua y la repblica, de la que surgen numerosas variedades:

La monarqua puede ser absoluta y hereditaria, electiva y limitada, esto ltimo a su vez, de clase, de ndole constitucional o parlamentaria.

La repblica puede dividirse en aristocrtica, oligrquica y democrtica; en antigua y moderna; en directa o indirecta, etc.

Kelsen, de acuerdo al mtodo de creacin del derecho, menciona a dos: autocracia y democracia

Bordeau clasifica no a la forma, sino a los regmenes polticos en: autocrticos y democrticos.

Formas Mixtas

Algunos autores consideran que existe una cuarta forma de gobierno que resulta de la combinacin de las formas o tipos puros. Es la forma mixta.

Polibio estim que esa forma mixta exista en la repblica romana: el consulado, el senado y los comicios contenan, respectivamente, los principios monrquicos, aristocrticos y democrticos. Ese mismo criterio es compartido por Cicern; Maquiavelo, en los discursos, se muestra partidario de este tipo de forma de gobierno.

Bluntschli afirma que tal forma de gobierno no existe. El poder supremo estar concentrado, sea en manos del monarca, de la aristocracia o del pueblo. Existe oposicin entre las formas simples.

Formas de Gobierno en la actualidad

Segn Aquino:

Autocracia: gobierno en el cual la voluntad de un solo hombre es la ley suprema, hay concentracin de poder.

Democracia:

Sistema presidencialista: nace en EEUU, el Jefe de Gobierno y Estado es el presidente, el cual es elegido por el pueblo, su responsabilidad es verificada por el congreso por medio del juicio poltico.

El presidente no posee facultad para disolver las cmaras.

Sistema parlamentario: nace en Inglaterra, el Jefe de Estado es el Rey. El Jefe de Gobierno es el Primer Ministro, el Gabinete es el poder ejecutivo, los ministros son parlamentarios y se eligen del o de los partidos mayoritarios.

Distintos regmenes parlamentarios del mundo.

1) Parlamentarismo clsico: Francia presidente y parlamento

2) Parlamentarismo hbrido: un ejecutivo dualista, un canciller y un parlamento

3) Parlamentarismo controlado: Alemania presidente y gabinete, el primer ministro preside el gabinete, y un parlamento.

4) Parlamentarismo federado: 5 Repblica de Francia presidente y primer ministro, tienen el poder que tena la asamblea

5) Gobierno de gabinete: Inglaterra primer ministro y parlamento

El gobierno como delegacin

El gobierno en la accin y efecto de mandar con autoridad.

Teora de la delegacin: (Rosseau)

No admite la representacin poltica. Tiene su origen en el derecho pblico francs, que en 1875 dispone: todo mandato imperativo es nulo y sin ningn efecto

Rosseau sostiene que por razones materiales el pueblo debe nombrar representantes que lo gobiernen, admite por lo tanto la representacin poltica por razones materiales, pero nunca por fundamentos sustanciales, y es sometido a dos condiciones:

1) Que existan mandatos imperativos

2) La nacin debe perfeccionarse con la ratificacin popular

Teora del rgano:

Gierke: la doctrina alemana parte de la idea de que no existen dos voluntades (nacin y representante). Los rganos del Estado crean la voluntad estatal, producen la decisin estatal.

La titularidad del poder descentralizado se descompone en rganos menores que integran al rgano madre, que es la soberana.

En todo rgano hay dos elementos:

Objetivo: (lo institucional) sus atribuciones y deberes

Subjetivo: (lo personal) las personas o conjunto de personas

Los rganos deben actuar dentro del campo de su competencia: ste es el lmite de la voluntad psicolgica o arbitrio del rgano.

a) Existe:

1. Omisin: si no cumple plenamente su funcin

2. Desviacin de poder: si sale del marco de su funcin o competencia

3. Exceso de poder: cuando el arbitrio o voluntad psicolgica reboza la esfera de la funcin o competencia

b) Se clasifican:

1. De acuerdo a su posicin jerrquica: constitucionales o inmediatos; subordinados o mediatos

2. De acuerdo a su estructura: individuales; colegiados; asambleas

3. Segn que la funcin se cumpla por uno o varios rganos: simples o complejos

4. De acuerdo a su funcin: legislativo, ejecutivos o judiciales

5. Segn su relacin con el pueblo: representativos o no representativos

6. Segn sus facultades: magistrados; funcionarios y empleados

La constitucin no se refiere a rganos sino a autoridades y empleos.

El pueblo acta como un rgano primario en el acto de eleccin de sus representantes, crendose un vnculo persistente entre pueblo y representantes.

El pueblo exterioriza su voluntad con el sufragio, adquiriendo significacin por medio de sus rganos secundarios.

Teora del oficio

En la doctrina espaola de servicio pblico (tesis abandonada), el gobierno es un oficio, es un lugar donde cada uno o alguien desempea una tarea. Los espaoles hablan de monarqua, donde hay un rgano-oficio. El rgano contina siempre, el oficio se reemplaza.

Teora de la representacin (Bidart Campos)

La representacin poltica es elemento esencial, inseparable del rgimen democrtico en su generalidad, y prcticamente nica manifestacin contempornea: la democracia indirecta. La forma de gobierno democrtica, ms comnmente practicada, porque es de ordinario la nica practicable, es la democracia indirecta, llamada representativa.

La soberana reside en el pueblo, la nica forma posible de que una democracia opere en las naciones modernas es mediante la representacin, configurando una democracia representativa o indirecta.

Justo Lpez considera que la funcin representativa emana directamente del principio de la soberana del pueblo.

Desde que los asociados son numerosos y se encuentran en un territorio demasiado extenso como para ejercitar ellos mismos su voluntad, el tipo ideal de un gobierno perfecto no puede ser otro que el representativo.

Segn Malberg, el pueblo mismo gobierna o se considera que gobierna, pero por medio de representantes agrupado en instituciones.

Crtica a la teora representativa:

La representacin arranca del supuesto de que el pueblo es una unidad susceptible de representacin, y la verdad es lo contrario: el pueblo rene a una pluralidad de intereses, de individuos y de sectores que carecen de homogeneidad, y que tampoco pueden adquirirla.

BOLILLA VIII

Participacin y Representacin poltica

Segn Lpez Justo, la representacin poltica es elemento esencial, inseparable del rgimen democrtico en su generalizada y prcticamente nica manifestacin contempornea: la democracia indirecta. La forma de gobierno democrtica, explica Dobin, ms comnmente practicada, porque es de ordinario la nica practicable, es la democracia indirecta, tambin llamada representativa.

Concepto: es la situacin objetiva por la cual la accin de los gobernantes se imputa a los gobernados, siendo para estos de efecto obligatorio, siempre que se ejercite en su nombre y con su aprobacin expresa.

En el derecho civil, la representacin es una institucin jurdica por la cual una persona, en nombre y por cuenta de otra, realiza uno o ms actos jurdicos, cuyos efectos se producen con relacin a la persona representada. El representante est obligado personalmente a reparar los perjuicios que cause a su mandante por traspasar los lmites del mandato, pudiendo ser destituido.

Los representantes de los municipios y corporaciones medievales revestan el carcter de mandatarios, estando sujetos a las instrucciones. El contrato de representacin era de derecho civil.

Con la revolucin francesa, el mandato imperativo es desplazado por la representacin libre.

El mandato imperativo fue la forma de representacin tradicional durante la edad media, y la representacin no tiene carcter individual, sino colectiva.

El mandato representativo es consecuencia, en principio, de soberana y unidad nacional. La voluntad del representante es la voluntad de la nacin.

Justificacin de la representacin poltica

a) Justificacin tica: el diputado, representa a la nacin sin dejar de ser, por una exigencia tica, el representante virtual de sus electores, pero sin sacrificio de su condicin de custodia de los intereses nacionales. (Burke)

b) Justificacin poltica: la diversidad de intereses dentro de la comunidad, requiere de un grado de coordinacin. Hay una funcin poltica que cumplir, la de hacer posible la unidad poltica, la reduccin de las diferencias a un solo inters: el de la comunidad poltica. (Thomas Paine, Friedrich y Justo Lpez)

c) Justificacin por razones de necesidad material:

a. Rousseau reconoce como nica justificacin la extensin territorial y el volumen de la poblacin de los estados modernos, pero la subordina a la existencia del mandato imperativo y a ratificacin popular, para que sus decisiones puedan tener fuerza de ley. La soberana no se delega, y la voluntad general no se representa.

b. Sieys fundaba el rgimen representativo en la falta de tiempo necesario por parte de la mayora de los ciudadanos para ocuparse de los asuntos polticos.

c. Montesquieu sostiene que la falta de capacidad del pueblo para gobernarse por s mismo y su necesidad de ser guiado, justifica materialmente la representacin poltica

Naturaleza de la representacin poltica

a) Teora del mandato representativo: esta teora identifica nacin con cuerpo electoral, atribuye a la eleccin funciones de designacin y delegacin de poder, y reconoce a la nacin que es una universalidad abstracta, una voluntad y una potestad preexistente a la formacin de los rganos legislativos.

b) Teora de la representacin libre: (clsica) excluye toda idea de mandato en la representacin poltica, ello estando el representante sujeto a otra voluntad que la propia, no es representante de los electores, sino de la nacin. La nacin no es el cuerpo electoral, ni la eleccin otra cosa que un procedimiento de designacin, no de transmisin de poder.

c) Teora de la representacin virtual: el representante ejerce la representacin virtual de los deseos y opiniones de los electores, en la medida que sean compatibles con su condicin de representantes de la nacin y del inters general.

d) Teora alemana de los rganos de representacin: sostiene que las personas o cuerpos encargados de la actividad funcional del poder en el Estado son jurdicamente rganos, y aquellos cuya composicin resulta del voto del pueblo (rgano primario), son rganos secundarios.

Los representantes son rganos cuyas funciones y facultades derivan de la constitucin.

e) Teora francesa de los representantes como rganos de la nacin: difiere de la teora alemana al considerar a los representantes como rganos de la nacin, entendiendo que el rgimen representativo no es un sistema de representacin de la persona y de la voluntad nacional, sino un sistema de organizacin de la voluntad y de las personas nacionales. El rgano es el autor de la voluntad.

f) Teora de la investidura: lo que los gobernados hacen, mediante la eleccin, es investir de poder a los gobernantes, quienes lo ejercen con carcter autnomo dentro de los lmites de su competencia. Ms que representantes, deben ser considerados como gestores de negocios.

Criterios que impugnan la idea de representacin:

a) Kelsen sostiene que se trata de una ficcin destinada a ocultar la realidad jurdica, que no es otra que la de la independencia real del parlamento respecto del pueblo.

b) Roger-Collard consideraba a la representacin como una metfora, toda vez que la representacin no puede darse ms que cuando el representante queda subordinado a la voluntad del representado, es decir: cuando existe mandato imperativo.

No obstante estos criterios, la representacin poltica existe, es una relacin de hecho, cuyo fundamento no es jurdico sino poltico. Tiene origen en una pluricausalidad debiendo verse en ello una relacin de concordancia entre la accin del representante y la opinin o voluntad de los representados.

Participar: es tomar parte o tener parte en algo, o sea actuar o ser partcipe como integrante de un todo, pero cuando se habla de participacin en el gobierno o en decisiones polticas, se piensa en una intervencin directa del sujeto sin intermediaciones en aqul o en la adopcin de estos; o sea que cuando as se piensa en representacin y participacin representan conceptos distintos.

Participacin: modo de accin propia del ciudadano en la democracia directa. En la argentina, despus de 1966, la palabra participacin se usa para designar mecanismos de representacin no polticos, o sea mecanismos de representacin basados en la entidad de funcin social o econmica entre representantes y representados, que se utilizan como modos de comunicacin entre el gobierno y las fuerzas vivas de la comunidad, por ejemplo el Consejo de Asesores.

En un sentido ms amplio, dentro de los regmenes polticos, la expresin participacin poltica se usa para designar aquella actividades en las que la gente comn toma o puede tomar parte tales como: votar en las elecciones, militar en un partido poltico, asistir a actos polticos, apoyar a candidatos, presionar sobre los dirigentes, difundir informacin poltica, etc.

Hay diversos niveles de participacin, segn la intensidad del compromiso personal implcito y la actividad desplegada:

Presencia: comportamientos receptivos o pasivos, sin aporte personal.

Activacin: asumir actividades polticas, ser delegado para ellas, promoverlas.

Participacin propiamente dicha: contribuir directa o indirectamente a la estructuracin y dinamizacin de situaciones polticas.

La participacin poltica, dentro del sistema, tiene dos efectos principales: por una parte, facilita el pleno cumplimiento de la normativa electoral, con lo que el gobierno es legal; por otra, permite la emergencia del consenso, con lo que el gobierno alcanza legitimidad. Como consecuencia de la legalidad-legitimidad, el gobierno es representativo.

Sufragio

Concepto: es un derecho pblico subjetivo de naturaleza poltica. Consiste en el derecho que tienen los ciudadanos de elegir, ser elegidos y participar en la organizacin y actividad del poder en el Estado. Tambin puede ser concebido como la energa poltica reconocida a ciertos hombres para que elijan y participen en el gobierno de la comunidad.

Naturaleza Jurdica

Se han formulado diversas concepciones sobre la naturaleza jurdica del sufragio. Estas concepciones han sido sistematizadas con el objeto de reducirlas a una serie de tipos esenciales:

1) Snchez Agesta enumera las siguientes concepciones:

a) Concepcin histrica o medievalista: el sufragio es un privilegio personal, de estamento o clase

b) Concepcin clsica: el sufragio es un derecho de la ciudadana

c) Concepcin jurdica: el sufragio es la funcin de un rgano (cuerpo electoral) para la formacin de otro rgano (rgano representativo)

d) Concepcin personalista: el sufragio es un derecho individual o personal a participar y ser odo en las decisiones polticas

2) Xifra Heras clasifica las concepciones en:

1. Doctrina clsica grecorromana: el sufragio es un atributo de la ciudadana y la ciudadana el privilegio de unos pocos

2. Doctrina medieval: el sufragio es un privilegio feudal inherente a un status concreto, como el derivado de la tierra a la pertenencia o a una clase determinada.

3. Doctrina Iusnaturalista: el sufragio es un derecho natural del individuo

4. Doctrina de la soberana nacional: el sufragio es un derecho de la ciudadana, y la ciudadana una investidura conferida en funcin de la nacin, titular concreto de la soberana

5. Doctrina del positivismo jurdico: el sufragio es un derecho individual que se traduce en el reconocimiento por parte del Estado de la calidad de elector que reviste el titular

6. Doctrina de la contraprestacin: el sufragio es la contrapartida de deberes pblicos como el pago de un impuesto y el servicio militar

7. Doctrina funcionalista: el sufragio es un derecho de carcter funcional. Tiene dos variantes:

a. La que sostiene que el sufragio es una funcin pblica no estatal

b. La que lo define como una funcin pblica estatal

Las distintas concepciones se polarizan en considerar al sufragio:

Como un derecho Como una funcin Calificados autores enlazan el sentido individual y social del sufragio y lo consideran un derecho y una funcin simultnea, sucesiva o separadamente

Bases jurdicas del sufragio

La universalidad, la igualdad, la obligatoriedad y el secreto constituyen las bases jurdicas del sufragio

El sufragio asegura la autonoma de la voluntad poltica, el autogobierno del pueblo.

Requisitos generales del sufragio

La ciudadana

La edad

La inscripcin en el registro o padrn electoral

El sexo debido al reconocimiento universal del voto femenino, ha dejado de ser requisito general

Requisitos especiales

Son requisitos que se aplican al sufragio restringido o calificado, y estn fundados en exigencias econmicas, intelectuales o sociales. En los estados modernos se da el sufragio universal, opuesto al restringido, por lo que no estn condicionados por tales exigencias.

Clasificacin

Voto pblico: el sufragio se emite en voz alta o por llamamiento personal. Individualiza el voto, permitiendo toda clase de presiones sobre el elector.

Voto secreto: el sufragio se emite con la garanta de no poderse individualizar el voto.

Sufragio facultativo: el elector puede abstenerse de votar sin que se sancione su omisin. (voto no obligatorio)

Sufragio obligatorio: el elector se encuentra legalmente obligado a votar, con posibilidad de sanciones morales o pecuniarias. Lo obligatorio es el ejercicio.

Sufragio individual: el sufragio es un derecho poltico cuyo titular es el individuo, en cuanto es miembro activo de la comunidad poltica.

Sufragio corporativo: pretende sustituir al individuo por la asociacin. Fatalmente conduce al totalitarismo o a la dictadura.

Sufragio directo: elige directamente, sin intermediarios, a sus representantes.

Sufragio indirecto: el elector elige a terceros que proceden a elegir al representante.

Sufragio uninominal: el elector vota por un candidato en una circunscripcin determinado.

Sufragio plurinominal: el elector vota por una lista de candidatos.

Incapacitados para votar:

Por falta de discernimiento (sordomudos)

Por su estado o condicin (eclesisticos regulares, detenidos, mendigos)

Por su indignidad (quebrados, fraudulentos, testimonio falso, etc.)

Sistema electoral

Son los distintos mtodos utilizados para el cmputo de los votos y la eleccin de los candidatos.

Cuerpo electora