prescripción de patente municipal

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En Lo Principal: Demanda de prescripción de deuda por aseo municipal. Primer Otrosí: Acompaña documentos, con citación. Segundo Otrosí: Patrocinio y poder. S.J.L. Civil de Quillota. (1º). Clodomira del Carmen Silva González, labores de casa, domiciliada en Villa Pedro de Valdivia, calle Ricardo Canales Nº 1074, Quillota, en representación de su hijo don Germán Kohnnenkamp Silva, técnico electromecánico, de su mismo domicilio, a S.S. respetuosamente digo: Que vengo en interponer demanda de prescripción de las cuotas insolutas por deuda de aseo municipal que se indicarán, en contra de ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA, domiciliada en calle Maipú nº 330, representada legalmente por su alcalde, don LUIS MELLA GAJARDO, médico cirujano, del mismo domicilio, en virtud de los antecedentes de hecho y de derecho que a continuación se señalan. 1. El Código Civil en su artículo 2521 que se encuentra dentro del párrafo 4º, Título XLII, Libro IV de dicho código, denominado “De ciertas acciones que prescriben en corto tiempo”, señala: “Articulo 2521. Prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos”

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patente municipal

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EN LO PRINCIPAL:

En Lo Principal: Demanda de prescripcin de deuda por aseo municipal.

Primer Otros: Acompaa documentos, con citacin.

Segundo Otros: Patrocinio y poder.

S.J.L. Civil de Quillota. (1).

Clodomira del Carmen Silva Gonzlez, labores de casa, domiciliada en Villa Pedro de Valdivia, calle Ricardo Canales N 1074, Quillota, en representacin de su hijo don Germn Kohnnenkamp Silva, tcnico electromecnico, de su mismo domicilio, a S.S. respetuosamente digo:

Que vengo en interponer demanda de prescripcin de las cuotas insolutas por deuda de aseo municipal que se indicarn, en contra de ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA, domiciliada en calle Maip n 330, representada legalmente por su alcalde, don LUIS MELLA GAJARDO, mdico cirujano, del mismo domicilio, en virtud de los antecedentes de hecho y de derecho que a continuacin se sealan.

1. El Cdigo Civil en su artculo 2521 que se encuentra dentro del prrafo 4, Ttulo XLII, Libro IV de dicho cdigo, denominado De ciertas acciones que prescriben en corto tiempo, seala: Articulo 2521. Prescriben en tres aos las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos

2. Como consta en el listado de cuotas de aseo que acompao en un otros, emitido por el Departamento de Aseo Domiciliario, mi hijo y mandante, debe por concepto de cuotas de aseo municipal, reajustes e intereses, correspondientes al perodo que va desde el ao 1998al 2004, que asciende a $266.594 (doscientos sesenta y seis mil quinientos noventa y cuatro pesos).

3. Desde el momento en que se devenga la ltima de estas cuotas, ( ao 2003) hasta la fecha de la presentacin de esta demanda han pasado ms de tres aos.

4. Que las deudas por aseo municipal, se encuentran insertas dentro de la frase toda clase de impuesto, de la norma antes citadas.Por Tanto, conforme al mrito de lo expuesto, documentos que se acompaan y disposicin legal citada.Ruego a US. tener por interpuesta demanda de prescripcin de cuotas de aseo municipal en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA, representada por su Alcalde Sr. LUIS MELLA GAJARDO, ya individualizados, y en definitiva declarar que se encuentran prescritas la cuotas ya sealadas.

Primer Otros: Solicito a S.S. tener por acompaado bajo apercibimiento del artculo 346 N 3 del Cdigo de Procedimiento Civil, Listado de Cuotas de Aseo domiciliario, emitido por el Departamento de Aseo de la Ilustre Municipalidad de Quillota, correspondiente al inmueble de propiedad de mi mandante.

Acompao con citacin, copia de escritura pblica de compraventa y mandato.Segundo Otros: Solicito a S.S. tener presente que designo abogado patrocinante a don Armando Guzmn Carvajal, abogado habilitado de la Corporacin de Asistencia judicial, Consultorio jurdico de Quillota, y le confiero poder con todas las facultades de ambos incisos del artculo 7 del cdigo de Procedimiento civil, que se dan por expresa e ntegramente reproducidas, en especial las de transigir, percibir y la de renunciar recursos y trminos legales, como tambin confiero poder al egresado de derecho, postulante en prctica profesional, don Andrs Figueroa Reinoso, con las misma facultades que el anterior, quienes podrn actuar conjunta o separadamente, ambos domiciliados en calle pinto N 355, Quillota, quienes firman en seal de aceptacin.

En Lo Principal: Demanda de prescripcin de deuda por patente comercial municipal.

Primer Otros: Acompaa documentos, con citacin.

Segundo Otros: Patrocinio y poder.S.J.L. Civil de Quillota. (1).

Mnica Gloria Vila Len, comerciante, cdula nacional de identidad N 6.300.643-2, domiciliada en Poblacin Rebolar, calle Alfredo Rebolar N 1103, Quillota, a S.S. respetuosamente digo:

Que vengo en interponer demanda de prescripcin de las cuotas insolutas por deuda de patente comercial municipal y aseo que se indicarn, en contra de ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA, domiciliada en calle Maip n 330, representada legalmente por su alcalde, don LUIS MELLA GAJARDO, mdico cirujano, del mismo domicilio, en virtud de los antecedentes de hecho y de derecho que a continuacin se sealan.

5. El Cdigo Civil en su artculo 2521 que se encuentra dentro del prrafo 4, Ttulo XLII, Libro IV de dicho cdigo, denominado De ciertas acciones que prescriben en corto tiempo, seala: Articulo 2521. Prescriben en tres aos las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos

6. Como consta en el listado de cuotas de patente comercial que acompao en un otros, emitido por el Departamento de Rentas Municipales, debo por concepto de cuotas de patente comercial municipal y aseo, reajustes e intereses, correspondientes al perodo que va desde el ao 1999 al 2005, que asciende a $716.403 (setecientos diecisis mil cuatrocientos tres pesos).

7. Desde el momento en que se devenga la cuota del ao 2005, a la fecha de la presentacin de esta demanda han pasado ms de tres aos.

8. Que las deudas por pago de patente comercial y aseo municipal, se encuentran insertas dentro de la frase toda clase de impuesto, de la norma antes citadas.

Por Tanto, conforme al mrito de lo expuesto, documentos que se acompaan y disposicin legal citada.

Ruego a US. tener por interpuesta demanda de prescripcin de cuotas de pago de patente comercial y aseo municipal en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA, representada por su Alcalde Sr. LUIS MELLA GAJARDO, ya individualizados, y en definitiva declarar que se encuentran prescritas la cuotas ya sealadas.

Primer Otros: Solicito a S.S. tener por acompaado bajo apercibimiento del artculo 346 N 3 del Cdigo de Procedimiento Civil, Listado de Cuotas de Aseo domiciliario, emitido por el Departamento de Aseo de la Ilustre Municipalidad de Quillota, correspondiente al inmueble de propiedad de mi mandante.

Acompao con citacin, certificado de Privilegio de Pobreza.

Segundo Otros: Solicito a S.S. tener presente que designo abogado patrocinante a don Armando Guzmn Carvajal, abogado habilitado de la Corporacin de Asistencia judicial, Consultorio jurdico de Quillota, y le confiero poder con todas las facultades de ambos incisos del artculo 7 del cdigo de Procedimiento civil, que se dan por expresa e ntegramente reproducidas, en especial las de transigir, percibir y la de renunciar recursos y trminos legales, como tambin confiero poder al egresado de derecho, postulante en prctica profesional, don Toms Daz Hormazabal, con las mismas facultades que el anterior, quienes podrn actuar conjunta o separadamente, ambos domiciliados en calle pinto N 355, Quillota, quienes firman en seal de aceptacin.