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AUTONOMÍA
MUNICIPAL
Freddy E. Aliendre
España
CONTENIDO Antecedentes
Finalidades Municipales
Competencias Exclusivas Municipales
Competencias compartidas y concurrentes
El gobierno municipal El Concejo Municipal
El Alcalde municipal
Los recursos municipales
Las Empresas Municipales
ANTECENTES
RÉGIMEN MUNICIPAL CPE 1967
El gobierno comunal es autónomo.
En las capitales de Departamento habrá un
Concejo Municipal y un Alcalde. En las provincias,
en sus secciones y en los puertos habrá juntas
municipales. Los alcaldes serán rentados.
Los miembros de los Concejos y Juntas
Municipales serán elegidos mediante sufragio
popular según sistema de lista incompleta y por el
periodo de dos años. Los Alcaldes serán elegidos
por los respectivos Concejos o Juntas
Municipales, por el periodo de dos años; sistema
de elección indirecta.
ART. 200
RÉGIMEN MUNICIPAL CPE 1967 ART. 201
Las atribuciones del Concejo Municipal son las de aprobar
ordenanzas para el buen servicio de la población; aprobar el
presupuesto, establecer y suprimir impuestos, municipales previa
aprobación del Senado, proponer ternas ante los Alcaldes para la
designación de empleados municipales, considerar el informe
anual del Alcalde
ART. 202
Los Concejos Municipales de las capitales departamentales
ejercerán supervigilancia y control sobre los Concejos Municipales
Provinciales; los Alcaldes de las capitales de departamento, sobre
los Alcaldes provinciales y estos sobre los agentes cantonales
RÉGIMEN MUNICIPAL CPE 1967
Son atribuciones de los Alcaldes:
- velar por el abastecimiento de las
poblaciones;
- reprimir la especulación, fijar y controlar los
precios de venta de los artículos de primera
necesidad;
- atender y vigilar los servicios relativos a la
buena vecindad, aseo, comodidad, ornato,
urbanismo y recreo;
- impulsar la cultura popular;
- precautelar la moral pública.
ART. 203
CPE 1967: LO MUNICIPAL NO APARECE COMO PARTE DEL ESTADO
Estado
Poder Ejecutivo
Régimen Interior
circunscripciones
administrativas;
Prefecto;
descentralización administrativa
Regimenes Especiales
Régimen Municipal
Parte de la CPE Titulo de la CPE Capítulo de la CPE
DEMOCRACIA – ESTADO
DESCENTRALIZACIÓN MUNICIPALIDADES
CIUDAD
ESTADO
HERNÁN SILES SUAZO
LEY ORGÁNICA DE
MUNICIPALIDADES Nº 696
10 de enero de 1985
NATURALEZA DE LA MUNICIPALIDAD 1985
Artículo 1. La municipalidad, como gobierno local y autónomo es la entidad de derecho público, con personalidad jurídica reconocida y patrimonio propio, que representa al conjunto de vecinos asentados en una jurisdicción territorial determinada, cuya finalidad es la satisfacción de las necesidades de la vida en comunidad”.
Municipalidad como
gobierno local y autónomo.
NATURALEZA DE LA MUNICIPALIDAD 1985
La autonomía del gobierno municipal se ejerce a través de:
La libre elección de sus autoridades.
La facultad de recaudar recursos e invertirlos.
La programación y ejecución de toda gestión técnica administrativa, jurídica, económica, financiera, cultural y social.
Las municipalidades, como
entidades de derecho
público, participan en la
realización de los fines de
Estado.
NATURALEZA DE LA MUNICIPALIDAD 1985
La planificación y la promoción del desarrollo urbano.
La administración de los instrumentos reguladores del Sistema de Catastro
Urbano y su recaudación.
La implementación de infraestructura básica de las poblaciones.
Los servicios públicos y su reglamentación.
La protección de la economía popular, mediante la intervención directa en el
abastecimiento y distribución de bienes de consumo y la represión del agio
y la especulación.
La fijación y control de precios en los artículos de primera necesidad.
La construcción, administración y mantenimiento de mercados, mataderos y
frigoríficos locales, lugares de esparcimiento, recreo público, equipamiento y
mobiliarios municipales.
La construcción, administración y mantenimiento de cementerios y crematorios.
Municipales, así como la autorización para la construcción administración y
mantenimiento de cementerios y crematorios a entidades públicas y privadas.
La observación de la moral pública y de las buenas costumbres.
COMPETENCIAS
DOMINIO TRIBUTARIO
DOMINIO TRIBUTARIO EXCLUSIVO
DOMINIO TRIBUTARIO COMPARTIDO
DOMINIO TRIBUTARIO DE COPARTICIPACIÓN
El Presupuesto General de la Nación, consignará
anualmente el 0.5% del total de sus ingresos bajo el
nominativo de “Participación Municipal”
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS
VECINOS (LOM)
EXIGIR EL BUEN FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS MUNICPALES
COOPERAR EN EL DESARROLLO DE SUS ZONAS Y BARRIOS
RECLAMAR ANTE EL CONCEJO MUNICIPAL O EL ALCALDE, CUANDO LE CAUSEN DAÑO.
CUMPLIR LAS ORDENANZAS Y OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO 1994
CARACTERÍSTICAS DEL ESTADO BOLIVIANO
ART 1º: Bolivia, libre, independiente, soberana, multiétnica y pluricultural, constituida en República unitaria, adopta para su gobierno la forma democrática representativa y participativa fundada en la unión y solidaridad de todos los bolivianos .
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO 1994
RÉGIMEN MUNICIPAL
ART 200º.- I. El gobierno y la administración de los municipios están a cargo de Gobiernos Municipales autónomos y de igual jerarquía. En los cantones habrá agentes municipales bajo supervisión y control del Gobierno Municipal de su jurisdicción.
II. La autonomía municipal consiste en la potestad normativa, ejecutiva, administrativa y técnica en el ámbito de su jurisdicción y competencia territoriales.
III. El Gobierno Municipal está a cargo de un Concejo y un Alcalde.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO 1994
RÉGIMEN MUNICIPAL
IV. Los Concejales son elegidos en votación universal, directa y secreta por un periodo de 5 años. Los agentes municipales se elegirán, por simple mayoría de sufragios.
V. Son candidatos a Alcalde, quienes estén inscritos en primer lugar en las listas de Concejales de los partidos. El Alcalde será elegido por mayoría absoluta de votos válidos.
VI. Si ninguno de los candidatos a Alcalde obtuviera la mayoría absoluta, el Concejo tomará a los dos que hubieran logrado el mayor número de sufragios válidos y de entre ellos hará la elección por mayoría absoluta de votos válidos del total de miembros del Concejo
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO 1994
RÉGIMEN MUNICIPAL VII La Ley determina el número de miembros de los Concejos Municipales ART. 201º I. El Concejo Municipal tiene potestad normativa y fiscalizadora. El Alcalde tiene potestad ejecutiva, administrativa y técnica en el ámbito de su competencia. II. Cumplido por lo menos un año desde la posesión del Alcalde, el Concejo podrá censurarlo y removerlo por tres quintos del total de sus miembros mediante voto constructivo de censura siempre que simultáneamente elija al sucesor de entre los Concejales.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO 1994
RÉGIMEN MUNICIPAL
ART. 203º Cada municipio tiene una jurisdicción territorial continua determinada por ley.
ART. 204º Para ser elegido Concejal o Agente Cantonal se requiere tener como mínimo veintiún años de edad y estar domiciliado en la jurisdicción municipal respectiva durante el año anterior a la elección.
ART. 205º La ley determina la organización y atribuciones del Gobierno Municipal.
LEY DE PARTICIPACIÓN POPULAR
TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Descentralización - Participación Popular
PODER
Integración de Políticas Públicas
Inclusión Social e Igualdad de Oportunidades en el Desarrollo
ESTADO SOCIEDAD CIVIL
Gobierno Municipal Sociedad Civil
Nuevas Competencias y
Recursos
Participa en toma de decisiones
y Control Social
OBJETIVOS DE LA LEY DE PARTICIPACIÓN
POPULAR
1. MEJORAR LA CALIDAD DE VIDA DE LOS
BOLIVIANOS Y BOLIVIANAS
2. LOGRAR MAYOR JUSTICIA EN LA DISTRIBUCIÓN DE
LOS RECURSOS
3. MEJORAR LA ADMIISTRACIÓN DE LOS RECURSOS
4. FORTALECER LOS INSTRUMENTOS POLÍTICOS Y ECONÓMICOS
DEL ESTADO Y LA SOCIEDAD
5. INCORPORAR LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA
TOMA DE DECISIONES
6. GARANTIZAR IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
ENTRE HOMBRES Y MUJERES.
7. CORREGIR DESEQUILIBRIO HISTORICOS REGIONALES Y
ENTRE LO URBANO Y LO RURAL
LEY DE PARTICIPACIÓN POPULAR (LOS CAMBIOS)
LEY
PARTICIPACION
POPULAR
JURISDICCIÓN URBANO RURAL- SECCIÓN DE PROVINCIA
TRANSFERENCIA AUTOMATICA DE RECURSOS
NACIONALES (20%) POR POBLACIÓN
LIMITES DEL GASTO DE INVERSIÓN Y DE
FUNCIONAMIENTO
ESTRUCTURA DEL GOBIERNO MUNICIPAL
COMPETENCIAS MUNICIPALES: SALUD
EDUCACION, SERVICIOS BASICOS, PRODUCTIVOS
ESTRUCTURA SOCIAL: OTBs y COMITÉ DE
VIGILANCIA
INSTRUMENTOS DE GESTION: PLANIFICACION PARTICIPATIVA
CONTROL SOCIAL, SAFCO
LEY DE PARTICIPACION POPULAR: NUEVAS COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL
Ordenamiento
Territorial
COMPETENCIAS MUNICIPALES
Fomentar actividades
culturales artísticas , etc
Promover la participación de
la mujer
Mantenimiento de
caminos
Conservar patrimonio
cultural e históricos
Alimentación
complementaria Padrón de contribuyentes
Catastro urbano rural
Supervisar
autoridades de salud
Supervisar
desempeño
educativo
Infraestructura Salud
educación, deporte
cultura
Equipamiento Salud
Educación
Promover el
desarrollo rural
LEY DE PARTICIPACIÓN POPULAR
POLÍTICO
Democracia Participativa
Fin Estado Prebendal
Recursos y Poder de
decisión
Inclusión social
Integración del Estado
DES. HUMANO
Salud
Educación
Servicios básicos
Medio ambiente
ECONÓMICO Promotor del desarrollo
Caminos
Micro riego
Infraestructura productiva
SOCIAL
Redes sociales
Canales de
participación y
movilización
Equidad
económica y social
LA LEY DE MUNICIPALIDADES
LEY DE MUNICIPALIDADES
Población Diversidad
étnica y cultural
Municipalidad Forma parte del Estado
Gobierno Municipal Gobierna y administra
Municipio Unidad territorial
(Sección de Provincia)
Normar
Fiscalizar
Ejecutar
- Libre elección de autoridades.
- Generar, recaudar e invertir sus recursos.
- Dictar ordenanzas y resoluciones.
- Programar y ejecutar su gestión.
- Exigir el cumplimiento de la ley y sus R. Y O.M.
- Conocimiento y Resolución de controversias relacionadas a sus potestades.
AUTONOMÍA
LEY DE MUNICIPALIDADES
LEY DE MUNICIPALIDADES: FINALIDAD DE LA
MUNICIPALIDAD Y EL GOBIERNO MUNICIPAL
Contribuir a la satisfacción de las necesidades colectivas
Finalidad
Garantizar la Integración y Participación de los ciudadanos en la planificación y el Desarrollo Humano Sostenible
LEY DE MUNICIPALIDADES: FINES DEL
GOBIERNO MUNICIPAL
Promover y Dinamizar el D.H.S. Equitativo y Participativo del Municipio
Crear condiciones para asegurar el bienestar social y material de los habitantes
Promover el crecimiento económico local y regional
Preservar y conservar el medio ambiente y los ecosistemas del Municipio
Preservar el patrimonio paisajístico y resguardar el patrimonio de la Nación
Mantener, fomentar, Defender y difundir los valores culturales, históricos, morales y cívicos de la población
Favorecer la integración social de sus habitantes bajo los principios de equidad e igualdad de oportunidades respetando su diversidad
Promover la participación ciudadana
LEY DE MUNICIPALIDADES: COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL
Defensa del Consumidor
Desarrollo Humano
Sostenible
Administración y Finanzas
Infraestructura Servicios
Competencias del Gobierno
Municipal
LEY DE MUNICIPALIDADES: COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL
Ordenamiento
Territorial
Desarrollo Humano
Sostenible Fomentar actividades
culturales artísticas , etc
Contribuir a la prestación de
serv. de salud: niñez, mujer,
ancianos
Desarrollo de derechos
ciudadanos
Preservar bienes
arqueológicos
Alimentación
complementaria Ev. al personal salud, educación
Equidad de genero
Incentivar el turismo
Prevención de
riesgos naturales
Sancionar daños a la
salud y medio ambiente
Preservar medio
ambiente y rec. Nat.
Promover el
crecimiento económico
LEY DE MUNICIPALIDADES: COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL
Educación
INFRAESTRUCTURA
Oficinas Crematorios
Cementerios
Mingitorios
Frigoríferos
Mataderos
Mercados
Parques lugares de esparcimiento
Caminos
Vías urbanas
Saneamiento básico
Microriego
Deportes
Cultura
Salud
LEY DE MUNICIPALIDADES: COMPETENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL
Registro de vehículos, placas
Concesionar obras, servicios, explotación de rec. Eco.
Aseo urbano, tratamiento de residuos sólidos
Prestar o Concesionar serv. de agua potable y
alcantarillado
Organizar transito y vialidad
SERVICIOS
Coordinar servicio de transporte
Reglamentar publicidad, espectáculos públicos
Alumbrado Público
Servicios legales integrales
Defensorías de la niñez y adolescencia
LEY DEL DIALOGO 2000
LEY DEL
DIALOGO
2000
SOCIEDAD
GOBIERNO
IGLESIA
ORGANISMOS
INTERNACIONALES
EBRP
USO DE RECURSOS
CONDONADOS
DISTRIBUCIÓN POR
POBREZA
FONDO SOLIDARIO MPAL
PARA SALUD Y EDUCACION
NUEVAS COMPETENCIAS
MUNICIPALES
1. Expansión y mantenimiento de vías de acceso a frentes de producción
2. Captaciones de agua y micro riego, electrificación y otra infraestructura productiva de carácter público ;
3. Cofinanciamiento de programas de ordenamiento territorial, desarrollo de catastros y sistemas de registro de derechos de propiedad;
4. Asistencia técnica de apoyo a la producción y a la microempresa; 5. Cofinanciamiento de programas de sanidad animal y vegetal; 6. Infraestructura pública de apoyo al turismo; 7. Ampliación, refacción y construcción de infraestructura escolar,
infraestructura de salud y sistemas de alcantarillado y saneamiento básico;
8. Programas de Educación Alternativa;
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COMPETENCIAS MUNICIPALES LEY DEL DIALOGO
9. Alimentación complementaria pre - escolar y escolar y programas de atención a la niñez;
10. Cofinanciamiento de gastos operativos para prevención y mantenimiento de los programas antirrábicos y de eliminación de roedores;
11. Programas municipales de seguridad ciudadana; 12. Protección del medio ambiente y manejo de los recursos
naturales; 13. Atención de desastres naturales OTRAS COMPETENCIAS 1. SUMI 2. SEGURO DE VEJEZ 3. BONO DIGNIDAD 4. FOMENTO DEL DEPORTE
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COMPETENCIAS MUNICIPALES LEY DEL DIALOGO
COMPETENCIAS CON RECURSOS IDH
EDUCACION
FORTALECIMIENTO DE LA GESTIÓN
EDUCATIVA MUNICIPAL
-PLANIFICACION EDUCATIVA MUNICIPAL (PEM)
-ASISTENCIA TÉCNICA IMPLEMENTACIÓN PEM
PERMANENCIA ESCOLAR
-ALIMENTACION ESCOLAR
-TRANSPORTE ESCOLAR
-INTERNADOS Y HOSPEDAJES
-BECAS ESCOLARES INCENTIVOS
INFRAESTRUCTURA, PROCESOS PEDAGÓGICOS Y EQUIPAMIENTO
-EQUIPAMIENTO, MANTENIMIENTO, REPOSICIÓN DE EQUIPO
INFORMÁTICO, AUDIOVISUAL, BIBLIOTECAS DE AULA, MATERIAL
DIDÁCTICO, DE ESCRITORIO, LIMPIEZA Y SEGURIDAD.
-CONSTRUCCIÓN, AMPLIACION REFACION INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA
DISTRIBUCION Y
CONSERVACION DE
MATERIAL EDUCATIVO
DEL MIN EDUCACION
COMPETENCIAS CON RECURSOS IDH
SALUD
PROG.
VIGILANCIA
CONTROL
EPIDEMIOLOGICO
PLAN ESTRATEG MPAL DE SALUD
VACUNACION
PREVENCIÓN
ASISTENCIA
NUTRICIONAL
COMPLEMENTARIA
MENOR DE 2 AÑOS
BRIGADAS MOVILES
DE SALUD
FONDOS PARA PROMOCION
DE SALUD Y PREVENCION
DE ENFERMEDADES
COMPETENCIAS CON RECURSOS IDH FOMENTO AL DESARROLLO ECONOMICO LOCAL Y PROMOCION DE EMPLEO
ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION A TRAVÉS DE PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACION TECNOLÓGICA, DE MERCADOS, GESTION DE CALIDAD, GESTION DE PROCESOS, FORTALECIMIENTO A ORGANIZACIONES PRODUCTIVAS, CALIDAD, MARKETING, ELABORACION DE PLANES DE NEGOCIOS PARA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, RUEDA DE NEGOCIOS, CAPACITACION PARA LA TRANSFORMACION DE PRODUCTOS PRIMARIOS. FACILITACION AL ACCESO AL SISTEMA FINANCIERO A TRAVÉS DE APOYO A LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA PARA LA CONFORMACIÓN DE FONDOS DE GARANTÍA, CAPITAL SEMILLA, CAPITAL RIESGO SUBSIDIOS A LOS COSTOS DE TRANSACCIÓN Y SEGUROS U OTROS MECANISMOS DE FINANCIAMIENTO PÚBLICO – PRIVADO.
COMPETENCIAS CON RECURSOS IDH FOMENTO AL DESARROLLO ECONOMICO LOCAL Y PROMOCION DE EMPLEO
PROVISIÓN DE SERVICIOS, INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DE CENTROS DE ACOPIO, CENTROS ARTESANALES, MAQUICENTROS, CENTROS DE PROMOCIÓN TURÍSTICA, CENTROS FERIALES, CENTROS DE FORMACIÓN Y/O CAPACITACIÓN PARA LA PRODUCCIÓN, CENTROS DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO, INCUBADORAS DE EMPRESAS, ZONAS Y PARQUES INDUSTRIALES Y TECNOLÓGICOS.
ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE INSTANCIAS RESPONSABLES DE PROMOCIÓN PRODUCTIVA MUNICIPAL Y/O MANCOMUNITARIA, PROMOCIÓN DEL TERRITORIO Y DESARROLLO DE ESPACIOS E INSTANCIAS DE CONCERTACIÓN PUBLICO - PRIVADA
COMPETENCIAS CON RECURSOS IDH FOMENTO AL DESARROLLO ECONOMICO LOCAL Y PROMOCION DE EMPLEO
PROMOCIÓN DE EMPLEO A TRAVÉS DE LA PARTICIPACIÓN OPERATIVA EN PROGRAMAS NACIONALES DE GENERACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL Y PERMANENTE, EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN, SEGUIMIENTO DEL MERCADO LABORAL Y CREACIÓN DE BANCOS DE EMPLEO.
NUEVA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO 2009
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO 2009
En la Tercera Parte de la CPE: Estructura y organización territorial del estado, Título I: Organización territorial del Estado, se define la división política territorial del Estado así: “Bolivia se organiza territorialmente en departamentos, provincias, municipios y territorios indígena originario campesinos” (Artículo 269).
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO 2009
Autonomía “la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos, y el ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por sus órganos del gobierno autónomo en el ámbito de su jurisdicción y competencias y atribuciones”. (Artículo 272)
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO 2009
El Concejo Municipal elaborará de manera participativa el proyecto de Carta Orgánica que deberá ser aprobado por dos tercios del total de sus miembros, y previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción”(Artículo 275).
Las entidades territoriales autónomas no estarán subordinadas entre ellas y tendrán igual rango constitucional (Artículo 276).
AUTONOMÍA - CPE 1994 ART. 200
a) Elegir sus
propios
gobernantes
c) Imponer
contribuciones
locales;
b) Organizar su
funcionamiento
interno;
d) Capacidad de elaborar
y administrar su
propio presupuesto;
f) Derecho de
prestar
servicios
públicos
locales;
e) Posibilidad de
contratar
empréstitos;
g) Garantía de que sólo
judicialmente podrá
cuestionarse la
validez de sus
acuerdos
AUTONOMÍA
1) INSTITUCIONAL, lo cual supone el efectivo ejercicio del Poder Constituyente de tercer grado o municipal, facultad que le permite el dictado de su propia carta orgánica municipal,
2) POLÍTICO;
3) ECONÓMICO FINANCIERO;
4) ADMINISTRATIVO-FUNCIONAL.
DESARROLLO HUMANO 1. Planificar y promover el desarrollo humano en su jurisdicción. 2. Proyectos de fuentes alternativas y renovables de energía
preservando la seguridad alimentaria de alcance municipal. 3. Controlar la calidad y sanidad en la elaboración, transporte y
venta de productos alimenticios para el consumo humano y animal.
4. Deporte en el ámbito de su jurisdicción 5. Aseo urbano, manejo y tratamiento de residuos sólido . 6. Diseñar, construir, equipar y mantener la infraestructura y obras de
interés público y bienes de dominio municipal, dentro de su jurisdicción territorial
7. Promoción y desarrollo de proyectos y políticas para niñez y adolescencia, mujer, adulto mayor y personas con discapacidad.
8. Servicios básicos así como aprobación las tasas que correspondan en su jurisdicción.
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COMPETENCIAS EXCLUSIVAS
MUNICIPALES
DESARROLLO ECONÓMICO 1. Promoción del empleo y mejora de las condiciones laborales en el
marco de las políticas nacionales.
2. Planificar, diseñar, construir, conservar y administrar caminos vecinales en coordinación con los pueblos indígena originario campesinos cuando corresponda.
3. Construcción, mantenimiento y administración de aeropuertos públicos locales.
4. Políticas de turismo local.
5. Creación y administración de tasas, patentes a la actividad económica y contribuciones especiales de carácter municipal.
6. Proyectos de infraestructura productiva.
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COMPETENCIAS EXCLUSIVAS
MUNICIPALES (NCPE 2009)
DESARROLLO ECONÓMICO 7. Fondos fiduciarios, fondos de inversión y mecanismos de
transferencia de recursos necesarios e inherentes a los ámbitos de sus competencias.
8. Empresas públicas municipales. 9. Sistemas de microriego en coordinación con los pueblos indígena
originario campesinos. 10. Áridos y agregados, en coordinación con los pueblos indígena
originario campesinos, cuando corresponda 11. Planificación del desarrollo municipal en concordancia con la
planificación departamental y nacional 12. Participar en empresas de industrialización, distribución y
comercialización de Hidrocarburos en el territorio municipal en asociación con las entidades nacionales del sector.
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COMPETENCIAS EXCLUSIVAS
MUNICIPALES (NCPE 2009)
DESARROLLO SOSTENIBLE
1. Preservar, conservar y contribuir a la protección del medio ambiente y recursos naturales, fauna silvestre y animales domésticos
2. Áreas protegidas municipales en conformidad los con parámetros y condiciones establecidas para los Gobiernos Municipales.
3. Promoción y conservación del patrimonio natural municipal
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COMPETENCIAS EXCLUSIVAS MUNICIPALES
DESARROLLO URBANO TERRITORIAL
1. Elaboración de Planes de Ordenamiento Territorial y de uso de suelos.
2. Catastro urbano. 3. Transporte urbano, registro de propiedad automotor,
ordenamiento y educación vial, administración y control del tránsito urbano.
4. Expropiación de inmuebles por razones de utilidad y necesidad pública municipal,
5. Desarrollo urbano y asentamientos humanos urbanos 6. Alumbrado público. 7. Atención de Desastres y Emergencias
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COMPETENCIAS EXCLUSIVAS
MUNICIPALES
DESARROLLO SOCIAL Y CULTURAL
1. Promoción y conservación de cultura, patrimonio cultural. histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, científico, tangible e intangible municipal.
2. Centros de información y documentación, archivo s, bibliotecas, museos, hemerotecas y otros municipales.
3. Promoción de la Cultura y actividades artísticas en el ámbito de su jurisdicción
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COMPETENCIAS EXCLUSIVAS
MUNICIPALES
DESARROLLO POLITICO
1. Elaborar su Carta Orgánica Municipal de acuerdo a los procedimientos establecidos en esta Constitución y la Ley.
2. Iniciativa y convocatoria de consultas y referendos municipales en las materias de su competencia
3. Promover y suscribir convenios de asociación mancomunidad o municipal con otros municipios.
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COMPETENCIAS EXCLUSIVAS MUNICIPALES
DESARROLLO INSTITUCIONAL (ADMINISTRATIVAS FINANCIERAS)
1. Elaborar su Carta Orgánica Municipal de acuerdo a los procedimientos establecidos en esta Constitución y la Ley.
2. Estadísticas municipales
3. Creación y administración de impuestos de carácter municipal, cuyos hechos imponibles no sean análogos a los impuestos nacionales o departamentales.
4. Creación y administración de tasas, patentes a la actividad económica y contribuciones especiales de carácter municipal.
5. Espectáculos públicos y juegos recreativos.
6. Publicidad y propaganda urbana.
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COMPETENCIAS EXCLUSIVAS MUNICIPALES
Formular y ejecutar participativamente el Plan Municipal de Salud y su incorporación en el Plan de Desarrollo Municipal.
Implementar el Sistema Único de Salud.
Dotar y administrar la infraestructura y equipamiento de los establecimientos de salud de primer y segundo nivel de atención
Crear la instancia máxima de gestión local de la salud incluyendo a las autoridades municipales, representantes del sector de salud y las representaciones sociales del municipio.
Promoción de la salud y la prevención de la enfermedad en las comunidades urbanas y rurales.
COMPETENCIAS CONCURRENTES
MUNICIPALES LMAD Art. 81.III.2 SALUD
(DES. HUMANO)
Dotar a los establecimientos de salud del primer y segundo nivel: servicios básicos, equipos, mobiliario, medicamentos, insumos y demás suministros, así como supervisar y controlar su uso.
Ejecutar los programas nacionales de protección social en su jurisdicción territorial.
Proporcionar información al Sistema Único de Información en Salud
Ejecutar las acciones de vigilancia y control sanitario
en los establecimientos públicos y de servicios, centros
laborales, educativos, de diversión, de expendio de
alimentos y otros con atención a grupos poblacionales,
para garantizar la salud colectiva en concordancia y
concurrencia con la instancia departamental de salud.
COMPETENCIAS CONCURRENTES MUNICIPALES
LMAD Art. 81.III.2 SALUD (DES. HUMANO)
Art. 82.II. 3 HÁBITAT Y VIVIENDA Formular y aprobar políticas municipales de financiamiento
de la vivienda. Elaborar y ejecutar programas y proyectos de construcción de
viviendas, conforme a las políticas y normas técnicas aprobadas por el nivel central del Estado.
EXCLUSIVAS Catastro Urbano Diseñar, aprobar y ejecutar el régimen del desarrollo urbano
en su jurisdicción. Formular, aprobar y ejecutar políticas de asentamientos urbanos en su jurisdicción.
COMPETENCIAS CONCURRENTES
MUNICIPALES LMAD (DES. HUMANO)
NIVEL CENTRAL
Elaborar, financiar y ejecutar subsidiariamente proyectos de alcantarillado sanitario con la participación de los otros niveles autonómicos, en el marco de las políticas de servicios básicos.
GOBIERNO MUNICIPAL EXCLUSIVAS
Ejecutar programas y proyectos de los servicios de agua potable y alcantarillado.
Elaborar, financiar y ejecutar proyectos de agua potable. Concluidos los proyectos podrán ser transferidos al operador del servicio.
Proveer los servicios de agua potable y alcantarillado a través de entidades públicas, cooperativas, comunitarias o mixtas sin fines de lucro
Aprobar las tasas de los servicios públicos de agua potable y alcantarillado, cuando estos presten el servicio de forma directa.
COMPETENCIAS CONCURRENTES MUNICIPALES
LMAD AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO
Formular y ejecutar políticas de protección, conservación, recuperación, custodia y promoción del patrimonio cultural municipal y descolonización, investigación y prácticas de culturas ancestrales de naciones originarias y pueblos indígenas, idiomas del Estado Plurinacional, en el marco de las políticas estatales.
Elaborar y desarrollar normativas municipales para la declaración, protección, conservación y promoción del patrimonio cultural, histórico, documental, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, científico, tangible e intangible a su cargo, dentro de los parámetros establecidos en la Ley Nacional
del Patrimonio Cultural.
Generar espacios de encuentro e
infraestructura para el desarrollo de las
actividades artístico culturales
COMPETENCIAS CONCURRENTES MUNICIPALES
LMAD: PATRIMONIO CULTURAL (EXCLUSIVAS)
NIVEL CENTRAL hará la clasificación del patrimonio natural, departamental, municipal e indígena originario campesino y será determinada en una ley de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
NIVEL CENTRAL de forma exclusiva creará los mecanismos de cobro por el uso y aprovechamiento de los recursos naturales.
COMPARTIDAS de los Gobiernos municipales autónomos:
Ejecutar la política general de conservación de suelos, recursos forestales y bosques en coordinación con el gobierno departamental autónomo.
Implementar las acciones y mecanismos
necesarios para la ejecución de la política
general de suelos.
COMPETENCIAS CONCURRENTES MUNICIPALES
LMAD: ART. 87 RECURSOS NATURALES.
Reglamentar y ejecutar el régimen y las políticas de residuos sólidos, industriales y tóxicos, en su jurisdicción.
Proteger y contribuir a la protección del medio ambiente y fauna silvestre, manteniendo el equilibrio ecológico y el control de la contaminación ambiental en su jurisdicción.
Elaborar, financiar y ejecutar proyectos de riego y micro riego de manera exclusiva o concurrente, y coordinada con el nivel central del Estado y entidades territoriales autónomas en coordinación con los pueblos indígena originario campesinos.
Diseñar, ejecutar y administrar proyectos
para el aprovechamiento de recursos
hídricos.
COMPETENCIAS CONCURRENTES MUNICIPALES
BIODIV Y MEDIO AMBIENTE - MICRORIEGO.
Ejecutar las políticas generales sobre agricultura, ganadería, caza y pesca en concordancia con el PGD Rural Integral en coordinación con los planes y políticas departamentales.
Promover el desarrollo rural integral.
EXCLUSIVAS
Promover programas de infraestructura productiva.
Promover complejos productivos en su jurisdicción, en base al modelo de economía plural en el marco del PGD Productivo.
Formular y ejecutar proyectos de infraestructura productiva para el acceso a mercados locales y promoción de compras estatales.
Coordinar una institucionalidad para el financiamiento de la infraestructura productiva a nivel municipal.
Formular, ejecutar planes y proyectos de industrialización de la producción nacional, promoviendo la comercialización a nivel local.
Fomentar y fortalecer el desarrollo de las unidades productivas, su organización administrativa y empresarial, capacitación técnica y tecnológica en materia productiva a nivel municipal.
COMPETENCIAS CONCURRENTES MUNICIPALES
LMAD: DESARROLLO INTEGRAL - PRODUCTIVO
Elaborar, aprobar y ejecutar el Plan de Desarrollo Municipal.
Crear una instancia de planificación participativa y garantizar su funcionamiento, con representación de la sociedad civil organizada.
Diseñar el Plan de Ordenamiento Territorial Municipal
Diseñar y ejecutar el Plan de Uso de Suelos del municipio
Elaborar e implementar el Plan Municipal de Turismo.
Formular políticas de turismo local.
Realizar infraestructura pública de apoyo al turismo.
Supervisar y controlar el funcionamiento de los servicios turísticos
Establecer y ejecutar programas y proyectos que promocionen emprendimientos turísticos comunitarios.
COMPETENCIAS MUNICIPALES LMAD:
PLANIFICACIÓN, ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Planificar y desarrollar el transporte urbano,
incluyendo el ordenamiento del tránsito urbano.
Efectuar el registro del derecho propietario de los vehículos automotores legalmente importados, ensamblados o fabricados en el territorio nacional. Establecimiento de un registro centralizado, integrado y actualizado para todo el país.
Desarrollar, promover y difundir la educación vial con participación ciudadana.
Regular las tarifas de transporte en su área de jurisdicción, en el marco de las normas, políticas y parámetros fijados por el nivel central del Estado.
La competencia exclusiva municipal en transporte urbano, ordenamiento y educación vial, administración y control del tránsito urbano, se la ejercerá en lo que corresponda en coordinación con la Policía Boliviana.
COMPETENCIAS MUNICIPALES
LMAD: TRANSPORTE
Ser parte del Sistema Nacional de Reducción de Riesgos Atención de Desastres y Emergencias (SISRADE) que en el nivel municipal constituye el conjunto orgánico y articulado de estructuras
Normar, conformar y liderar comités municipales de reducción de riesgo y atención de desastres.
Aplicar la metodología común de indicadores de riesgo y reducción del mismo y atención de desastres, formulada por el nivel central del Estado, efectuando el seguimiento correspondiente a escala municipal.
Definir políticas, programas y proyectos que integren la reducción de riesgos de desastre tanto de tipo correctivo como prospectivo.
Realizar evaluaciones exhaustivas del riesgo, aplicando los criterios, parámetros y metodología común para clasificar los niveles de riesgo de desastre, monitorearlos, comunicarlos en el ámbito municipal y reportarlos hacia el (SISRADE).
COMPETENCIAS MUNICIPALES LMAD:
GESTIÓN DE RIESGOS
Gestionar y consolidar información municipal a través de un mecanismo de gestión comunitaria de la información y el conocimiento sobre riesgo, desastre y/o emergencia.
Generar e integrar la información sobre amenazas de orden meteorológico, geológico, geofísico y ambiental.
Implementar sistemas de alerta temprana. Promover el desarrollo de una sociedad civil activa en términos de
reducción de riesgo, desastres y/o emergencia. Aplicar el análisis de los factores de riesgo de desastre en la
planificación del desarrollo municipal, la programación operativa, el ordenamiento territorial y la inversión pública municipal.
Elaborar políticas de incentivos para garantizar una disminución sostenida de los niveles de riesgo existentes en el país.
Declarar desastre y/o emergencia, de acuerdo a la categorización que corresponda. Ejecución de respuesta y recuperación integral con cargo a su presupuesto.
Definir políticas financieras para enfrentar contingencias y permitir la recuperación por desastres en el nivel municipal.
COMPETENCIAS MUNICIPALES LMAD:
GESTIÓN DE RIESGOS
El municipio como proveedor de servicios.
El municipio promotor del Desarrollo Humano
El municipio como promotor del desarrollo económico local.
El municipio como promotor del desarrollo social y cultural
El municipio promotor del Desarrollo sostenible
El municipio promotor del Desarrollo Político
MGP. Freddy E. Aliendre España 67
EL PAPEL DEL MUNICIPIO
GOBIERNO MUNICIPAL
EL RÉGIMEN MUNICIPAL EN LA NCPE 2009
“El gobierno autónomo municipal está constituido por un Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias; y un órgano ejecutivo, presidido por la Alcaldesa o el Alcalde”. (Artículo 283).
“El Concejo Municipal estará compuesto por concejalas y concejales elegidas y elegidos mediante sufragio universal. En los municipios donde existan naciones o pueblos indígena originario campesinos, que no constituyan una autonomía indígena originaria campesina, éstos podrán elegir sus representantes ante el Concejo Municipal de forma directa mediante normas y procedimientos propios y de acuerdo a la Carta Orgánica Municipal.
Delimitar áreas urbanas propuesta
por el Alcalde
Aprobar el Plan de Ordenamiento
Territorial Municipal, que incluye el
uso de suelos y la ocupación del
territorio, propuesto por el Órgano
Ejecutivo Municipal.
Aprobar el POA Presupuesto
Municipal y sus reformulados,
presentados por el Alcalde en base
al Plan de Desarrollo Municipal.
Fiscalizar al Alcalde, Secretarias o
Secretarios y otras autoridades del
Órgano Ejecutivo Municipal, sus
instituciones y Empresas Públicas,
a través de peticiones de informes
escritos y orales, inspecciones y
otros medios de fiscalización.
ATRIBUCIONES GENERALES DEL CONCEJO MUNICIPAL
Aprobar el Reglamento General del
Concejo Municipal.
Organizar su Directiva.
Conformar la Comisión de Ética.
Dictar Leyes y Resoluciones Mpales
Aprobar y ejecutar su POA y Ppto.
Designar a la Máxima Autoridad
Ejecutiva del Concejo Municipal,
Aprobar o ratificar convenios.
Aprobar contratos, de acuerdo a Ley
Mpal.
Aprobar contratos de arrendamiento y
comodato.
Aprobar el Plan de Desarrollo
Municipal a propuesta del Órgano
Ejecutivo Municipal.
Autorizar mediante Resolución
emitida por el voto de dos tercios
del total de sus miembros, la
enajenación de bienes de dominio
público y de patrimonio institucional
del Gobierno Autónomo Municipal.
ATRIBUCIONES GENERALES DEL CONCEJO MUNICIPAL
Autorizar la participación del
Gobierno Autónomo Municipal en
las Empresas Públicas de otros
niveles de gobierno.
Autorizar la creación de Empresas
Públicas Municipales.
Aprobar mediante Ley Municipal, las
Tasas y Patentes a la actividad
económica y contribuciones
especiales de carácter municipal.
Aprobar mediante Ley Municipal, los
impuestos de dominio exclusivo del
Gobierno Autónomo Municipal,
Aprobar la emisión y/o compra de
títulos valores.
Promoción e inversión
Promover el desarrollo
económico, social y cultural
Ejecutar planes, programas y
proyectos
Supervisión
Supervisar la prestación de
servicios básicos
Ordenar demoliciones
Sancionar a quienes infrinjan O. M
Evitar las construcciones en áreas
de riesgo
Planificación
Determinar la estrategia de
desarrollo del municipio
Planificar, organizar, dirigir y
supervisar la administración
Elaborar el POA y
presupuesto
Elaborar el Plan de Uso del
Suelo (PLUS)
Elaborar y proponer el Plan
de Zonific. Y Valuación Z.
Elaborar el Plan de
Desarrollo Municipal y el
Plan de Ordenamiento
Urbano y Territorial
ATRIBUCIONES DEL ALCALDE MUNICIPAL
INGRESOS MUNICIPALES
Recursos Propios
Recursos IDH
Coparticipación
- TRIBUTARIOS - NO TRIBUTARIOS
IVA, IT, ICE, IUE, GAC, ISE, RCIVA
POR POBLACION
Recursos HIPC II POR POBREZA
POR POBLACION
Fondos de Contrapartida FPS, FNDR, INVERSION CONCURRENTE
Otros Recursos Donaciones, aportes de la comunidad
INGRESOS MUNICIPALES
Tributarios
No Tributarios
Tasas: Por servicios
Patentes: Actividades económicas
Impuestos: Automóviles inmuebles Propiedad R. Chicha con % alcohólico Transferencias (inmuebles y vehículos)
Pago por Concesiones Venta o alquiler de B. Ms. Transferencias y Contribuciones Donaciones y legados Indemnización por daños Multas y sanciones Operaciones de crédito público
Participación Popular
AUTONOMÍA PLENA
PARTICIPACIÓN SOCIAL
CONSTITUCIONAL
NUEVA GOBERNANZA
EN BOLIVIA