presentación diplomado derecho agrario y ambiental luz
TRANSCRIPT
República Bolivariana de VenezuelaUniversidad del Zulia
Facultad de AgronomíaDivisión de Extensión Agrícola
La Productividad Agraria
Mediador:Abg. Ing. Víctor Manuel García Fermín, M.Sc.
Cohorte II: 2016
Productividad Agraria
-¿Qué es Productividad Agraria? - Características
-¿Qué es Función Social?
-¿Hay relación entre FS y la PA?
-Clases de FS presentes en la LTDA: De la tierra, de la Seguridad Agroalimentaria y de la Producción Nacional. Función Social ambiental o agroecológica
Definiciones (propuestas), características, elementos constitutivos según LTDA, LSSA, Ley de Ambiente y decretos. Doctrina.
Productividad Agraria
-Factores que influyen en la P.A
-Uso racional de los suelos
-Niveles (medidas) de la P.A según LTDA
-Sanciones por incumplimiento de la P.A según LTDA
-Impuesto predial. Cálculos: BI, RI, RRO en la LTDA
-Estudios de casos. Ejemplos
Un concepto jurídico indeterminado que
funge como patrón de medición de la
adecuación que exista entre la tierra
objeto de propiedad y su función social
LTDA (Exp. Motivos)
Productividad Agraria
1) Es Indeterminado: Desde el punto de vista legal por ser un término técnico-económico
2) Es determinado: Desde el punto de vista técnico-económico, porque de lo contrario, no se pudiera medir
3) Es Patrón de medición de la adecuación: entre la tierra objeto de propiedad y su función social
Productividad Agraria CARACTERÍSTICAS QUE SE DESPRENDEN DEL CONCEPTO
Productividad Agraria
“…la sujeción de la propiedad, cualquiera que ésta
sea, a las contribuciones, restricciones u
obligaciones que establezca la ley, por razones de
interés público o interés social…”
Productividad Agraria
“En virtud de su función social la propiedad estará
sometida a las contribuciones, restricciones y
obligaciones que establezca la ley con fines de
utilidad pública o de interés general”
Productividad Agraria
Mientras que la vigente CRBV en lo relativo al derecho de propiedad (Art 115), si bien no menciona el término “función social”, si menciona sus elementos:
“…la propiedad estará sometida a las
contribuciones, restricciones y obligaciones
que establezca la ley por causa de la utilidad
pública o de interés social…”
Productividad AgrariaBasado en jurisprudencia, doctrina, normas legales y constitucionales, se definió FUNSIÓN SOCIAL PARA LA LTDA:
Someter las distintas formas de tenencia directa de la
tierra con vocación agraria, a las contribuciones,
restricciones y obligaciones que establezca la LTDA, leyes
conexas y la CRBV con fines de la utilidad pública o interés
social para el establecimiento de las bases del desarrollo
rural integral y sustentable y la seguridad agroalimentaria
Productividad Agraria
LTDA (Exp. Motivos):
En caso de las tierras con
vocación agraria, SU USO,
GOCE Y DISPOSICIÓN, están
sujetas al EFECTIVO
CUMPLIMIENTO DE SU
FUNCIÓN SOCIAL, que viene
a ser la PRODUCTIVIDAD
AGRARIA
Por lo tanto y según la LTDA:
FUNCIÓN SOCIAL Y
PRODUCTIVIDAD AGRARIA
SON LO MISMO.
Es decir, cumplo con la
función social siempre y
cuando haya alcanzado la
productividad agraria y
viceversa
La Productividad Agrariaes
la medida del cumplimiento
Función Socialde la
Medidas1. Certificación de finca productiva
2. Certificación de finca mejorable3. Finca ociosa o de uso no
conforme
Productividad Agraria
Para que exista adecuación entre la tierra objeto de propiedad y su función social
Requisitos
Productividad Agraria
Art. 305 CRBV: La seguridad alimentaria se alcanzará desarrollando y
privilegiando la producción agropecuaria interna, entendiéndose
como tal la proveniente de las actividades agrícola, pecuaria,
pesquera y acuícola
Art. 9 LSSA: El Estado incentivará la producción nacional de
alimentos…
Art. 13 LSSA: La Administración Agraria propenderá al
establecimiento de una estructura agrícola territorializada (…) en la
producción nacional agrícola
Productividad Agraria
Clase Rubros
IHortalizas.Leguminosas.
IIHortalizas.Leguminosas.CerealesMusáceos.Raíces y Tubérculos.Plantaciones Tropicales Conservacionistas (café y Cacao).
IIIFruticultura.Cereales.Oleaginosas.Raíces y Tubérculos.Plantaciones Tropicales Conservacionistas (café y Cacao).
IVRaíces y Tubérculos.Fruticultura.Plantaciones Tropicales.
Suelos principalmente agrícolas
VGanado Vacuno: Leche. Doble Propósito (Leche y Carne); Cría.GANADO Bufalino, Caprino, Ovinos, Porcinos, Aves, Especies de Fauna Silvestre.
VIGanado Vacuno: Leche. Doble Propósito (Leche y Carne); Cría.GANADO Bufalino, Caprino, Ovinos, Porcinos, Aves, Especies de Fauna Silvestre.
VIIAgroforesteria.Plantaciones Forestales.
VIIIAgroforesteria.Plantaciones Forestales.
Productividad Agraria
Suelos principalmente pecuarios
Suelos principalmente forestales
Productividad Agraria
Declaración de Fincas Ociosas o de Uso No Conforme
Título II De la Afectación de Uso y Redistribución de las Tierras
Capítulo IIArt. 35 - 40
Productividad Agraria
Son aquellas tierras que: ó no
cumplen con los requisitos mínimos
de producción; ó están destinadas
para otros objetivos ó usos distintos a
su clasificación y/o para tercería
Productividad Agraria
Este procedimiento se puede iniciar de dos maneras:
a) Por denuncia de parte.
Consiste en poner en
conocimiento al INTI
sobre la irregularidad de
determinada tierra
Productividad Agraria
La sanción va a depender de la condición jurídica del predio (Ver: Art. 2 LTDA)
La declaratoria se sanciona con:
Productividad Agraria
Certificación de Finca Productiva
Título II De la Afectación de Uso y Redistribución de las Tierras
Capítulo IIIArt. 41 - 48
Productividad Agraria
Es aquella finca que está
dentro de los parámetros de
productividad establecidos
por el Ejecutivo Nacional
Productividad Agraria
Se concede a los propietarios de tierras
privadas y a los que poseen tierras
públicas que se encuentren en óptimos
niveles de producción acorde a los
lineamientos del Ejecutivo Nacional
Productividad Agraria
Certificación de Finca Mejorable
Título II De la Afectación de Uso y Redistribución de las Tierras
Capítulo IVArt. 49 - 58
Productividad Agraria
Es aquella finca que sin ser productiva, puede
ser puesta en producción en un lapso de
tiempo razonable.
Busca que el propietario de la misma sea quien
lleve a cabo el plan de adaptación de las tierras
a los niveles de productividad requeridos
CERTIFICADO: Es un instrumento por el cual
se asegura la verdad de alguna cosa, bajo la
fe y palabra del funcionario que lo autoriza
con su firma.
(Cabanellas: 2012)
Productividad Agraria
Productividad Agraria
“Contribución, gravamen, carga o tributo que
se ha de pagar, casi siempre en dinero, por
las tierras, frutos, mercancías, industrias,
actividades (…) para sostener los gastos del
Estado…” (Cabanellas: 2001)
Productividad Agraria
La base imponible será la diferencia entre la
sumatoria de los rendimientos idóneos y la
sumatoria de los rendimientos reales,
parciales, obtenidos para todas las clases de
tierras en el ejercicio fiscal correspondiente
(Art. 103 LTDA), es decir:
Productividad Agraria
Base Imponible Tipo de gravamen PorcentajeTarifa
I II IIIEntre 0 y 20% del valor del rendimiento idóneo.
0 0 0
Más del 20% y hasta el 30% del valor del rendimiento idóneo.
0,5 1 1,5
Más del 30% y hasta el 40% del valor del rendimiento idóneo.
1,5 2 2,5
Más del 40% y hasta el 50% del valor del rendimiento idóneo.
2,5 3 3,5
Más del 50% y hasta el 60% del valor del rendimiento idóneo.
4,5 5 5,5
Más del 60% y hasta el 70% del valor del rendimiento idóneo.
5,5 6 6,5
Más del 70% del valor del rendimiento idóneo.
11,5 12 12,5
Base Imponible (Artículo 108 LTDA)
Productividad Agraria
Artículo 35 LTDA, lo define como las
tierras con vocación agrícola, pecuaria,
acuícolas o forestal que alcancen por lo
menos un ochenta por ciento (80%) de la
productividad del producto o rubro
acorde a su clasificación
Productividad Agraria
Se calcula: Promedio de producción anual
nacional idóneo del producto o rubro del
producto multiplicado por el precio promedio
anual nacional de dicho producto, a su vez
multiplicado por la totalidad de hectáreas de la
clase respectiva, es decir:(Artículo 103, parágrafo primero)
Productividad Agraria4) PARA EL CÁLCULO DEL RENDIMIENTO REAL TOTAL DE UPA, SE
DEBE TOMAR EN CUENTA LO SIGUIENTE:
Si se produce + de un tipo de rubro, los rubros
menos importantes en términos de producción
deben alcanzar como mínimo el 30% de RR del
rubro más importante para que pueda ser
sumados a este
Ejemplo: Ganadería doble propósito
Productividad Agraria
b) Se aplica el 100% de la base imponible si UPA produce rubro(s) en una clase de suelo que NO LE CORRESPONDE según lo indicado por la autoridad competente (Art. 114 LTDA),
salvo que fueran en tierras de inferior calidad o vocación para la seguridad alimentaria (Art. 104 LTDA). En este caso, sólo deberá demostrar si alcanza 80% el RI (normal, es decir, sin la sanción)
Productividad Agraria
Por último, luego de
determinarse si UPA
alcanza o no el RI
Se debe evaluar si hay o no
cumplimiento de la “Función
Social”, es decir, si hay o no
“Productividad Agraria”
Productividad Agraria
Datos en Producción BovinaFuente: FAO (2011) y Censo Agrícola (2007/2008)Prod. N.Carne (T): 301.760
Prod. N.Leche (T): 2.294.400
Sup. N. Suelo (ha): 13.788.030,08(pastos/forrajes)
Precio Oficial
Carne (T): 2.500 Bs.
Leche (T): 5.500 Bs.
Leyenda:
N: nacionalT: ToneladasProd: producción.Sup: superficieProm: promedio
PPANI : promedio de producción anual nacional idóneoPPAC: promedio producción anual comercializadoPPAN: precio promedio anual nacionalTH: total de hectáreas
Fórmulas:
RI: PPANI x PPAN x TH (Nacional)
RRO: PPAN x PPAC x TH (Finca)
Productividad Agraria
RI: PPANI x PPAN x TH (Nacional)
RICarne: 120 Bs/haRILeche: 416 Bs/ha
RIDoble propósito: 536 Bs/ha
Sanción: 100%RI = 1.072 Bs/ha
Productividad Agraria
1er. CasoSistema Prod: DP
(carne/leche)Clase de suelo: Predomina Clase V (pecuarios), según ubicación geográfica de coplanarhSup: 440 ha (adjudicadas)
Año: 2011Prod. Carne: 30.524 K/añoProd. Leche: 6.300 L/año
Preguntas:¿Cuál es el Rendimiento Real/ha)?¿Alcanza el PPANI o RI: 536 Bs/ha?¿Cumplirá con la Función Social, es decir, habrá Productividad Agraria?
Productividad Agraria
Prod. Carne: 30.524 1.000 = 30,52 T/añoProd. Leche: 6.300 1.000= 6,3 T/año
Carne: 30,52 T * 5.500 Bs/T = 167.860 Bs.Leche: 6,3 T * 2.500 Bs/T = 15.750 Bs.
RRCarne: 167.860 Bs 440 ha = 382 Bs/ha (71% RI)
RIDoble propósito: 1.072 Bs/ha
RRLeche: 15.750 Bs 440 ha = 36 Bs/ha (9% RRCarne)
Productividad Agraria
Conclusiones:
Por lo tanto, NO hay productividad. Mucho menos, productividad agraria. Puede ser sometida al procedimiento de rescate de tierras o al pago del impuesto por su condición jurídica.
Se recomienda solicitar la certificación de finca mejorable.
El RRT de la finca es: 382 Bs/ha ≤ 80% RI (536)
Productividad Agraria
2do. Caso (Sanción)Sistema Prod: DP (carne/leche) Estudio de suelos: 65%
Clase IV – 35% Clase VI, según RLTDA (Predominante Agrícola) Sup: 440 ha (Privadas)
Año: 2011Prod. Carne: 22.500 K/añoProd. Leche: 151.309 L/añoPreguntas:¿Cuál es el Rendimiento Real/ha)?¿Alcanza el PPANI o RI: 1.072 Bs/ha?¿Cumplirá con la Función Social de la Tierra, es decir, habrá Productividad Agraria?
Productividad Agraria
RIDoble propósito: 1.072 Bs/ha
Prod. Carne: 22.500 1.000 = 22,5 T/añoProd. Leche: 151.309 1.000= 151 T/año
Carne: 30,52 T * 5.500 Bs/T = 167.860 Bs.Leche: 151 T * 2.500 Bs/T = 377.500 Bs.
RRLeche: 377.500 Bs 440 ha = 858 Bs/ha (80% RI)
Productividad Agraria
Conclusiones:
No es productiva, porque produce
rubros distintos a la clase de suelo
correspondiente. Por lo tanto,
NO HAY PRODUCTIVIDAD AGRARIA
No paga impuesto por alcanzar
el RI, pero puede ser sometida al
procedimiento de expropiación
por su condición jurídica
Productividad Agraria
Se recomienda insertar cultivos sin
abandonar la GDP para adecuar la
UPA a los cánones de la Ley y
solicitar la certificación de finca
mejorable.
Productividad Agraria
Prod: Arroz (Año 2011) Productor:PPAC: 2500 K/añoSup UPA: 500 ha.
Indicadores OficialesPPANI: 4.000 K/añoPPAN: 300 Bs/TTarifa: 2 (Gravamen)
Productividad Agraria
Preguntas:¿Cuál es la Base Imponible?
1er. Caso
BI: RI – RRO: PPANI x PPAN x TH - PPAN x PPAC x TH
Productividad Agraria
RI: 4 T/ha* 300 Bs/T * 500 ha= 600.000 Bs.
RRO: 300 Bs/T * 2,5 T * 500 ha= 375.000 Bs.
BI: RI – RRO= 225.000 Bs.
Entonces:
%RI: BI/RI*100.
%RI: 225.000/600.000*100 = 37,5%
Base Imponible Tipo de gravamen PorcentajeTarifa
I II IIIEntre 0 y 20% del valor del rendimiento idóneo.
0 0 0
Más del 20% y hasta el 30% del valor del rendimiento idóneo.
0,5 1 1,5
Más del 30% y hasta el 40% del valor del rendimiento idóneo.
1,5 2 2,5
Más del 40% y hasta el 50% del valor del rendimiento idóneo.
2,5 3 3,5
Más del 50% y hasta el 60% del valor del rendimiento idóneo.
4,5 5 5,5
Más del 60% y hasta el 70% del valor del rendimiento idóneo.
5,5 6 6,5
Más del 70% del valor del rendimiento idóneo.
11,5 12 12,5
Productividad Agraria
Productividad Agraria
NOTA:
En el caso de que se produzca
rubros en suelos distintos al
indicado por la LTDA, se le suma
el 100% del RI a la BI
2er. Caso con la sanciónProd: Leche (Año 2011) Productor:
PPAC: 1.200 L/añoSup UPA: 500 ha.
Indicadores OficialesPPANI: 1.830 L/añoPPAN: 200 Bs/TClase de Suelo: ITarifa: 2 (Gravamen)
Preguntas:¿Cuál es la Base Imponible?¿Cuánto es el monto del impuesto a pagar?
BI: RI – RRO: PPANI x PPAN x TH - PPAN x PPAC x TH
Productividad Agraria
RI: 1,83 T/ha* 200 Bs/T * 500 ha= 183.000 Bs.
RRO: 200 Bs/T * 1,2 T * 500 ha= 120.000 Bs.
BI: RI – RRO= 63.000 Bs.
Productividad Agraria
Entonces:
BI: 63.000 Bs + 100% RI (sanción)
BI: 246.000 Bs.
%RI: BI/RI*100.
Productividad Agraria
%RI: 246.000 Bs/183.000 Bs*100.
%RI: 246.000 Bs/183.000 Bs*100.
%RI: 134,4%
Productividad AgrariaBase Imponible Tipo de gravamen Porcentaje
Tarifa
I II IIIEntre 0 y 20% del valor del rendimiento idóneo.
0 0 0
Más del 20% y hasta el 30% del valor del rendimiento idóneo.
0,5 1 1,5
Más del 30% y hasta el 40% del valor del rendimiento idóneo.
1,5 2 2,5
Más del 40% y hasta el 50% del valor del rendimiento idóneo.
2,5 3 3,5
Más del 50% y hasta el 60% del valor del rendimiento idóneo.
4,5 5 5,5
Más del 60% y hasta el 70% del valor del rendimiento idóneo.
5,5 6 6,5
Más del 70% del valor del rendimiento idóneo.
11,5 12 12,5