presentacion final particip

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MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA AMBIENTAL http://www.voltairenet.org/IMG/jpg/es-publosindigenas_ ww.colombia-virtual.com/images/content/fb5e915.es/choco_2.jpg Presentado por: Ana Milena Piñero

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Presentacion final

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Page 1: Presentacion final particip

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA AMBIENTAL

http://www.voltairenet.org/IMG/jpg/es-publosindigenas_390.jpg

http://www.colombia-virtual.com/images/content/fb5e915.es/choco_2.jpg

Presentado por: Ana Milena Piñeros

Page 2: Presentacion final particip

COLOMBIA

Reconocimiento constitucional participación Desarrollo de los fundamentos

Constitución Política de 1991Participación es un derecho y un deber

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN INTRODUCCIÓN

Art. 1: “Colombia es un Estado Social de Derecho, participativo y pluralista”Art. 2: Uno de los fines del Estado es facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.Art. 79: “Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo”

Page 3: Presentacion final particip

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN INTRODUCCIÓN

LEY 99 DE 1993Título X

Nuevos instumentos de participaciónDesarrollan los principios de la Declaración de Río y de la Constitución

Declaración de Río Principio 10

“El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados en el nivel que corresponda. En el plano nacional toda persona deberá teneracceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierren peligro ensus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la poblacióncolocando la información a disposición de todos.Deberá proporcionar acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos.

Page 4: Presentacion final particip

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ASPECTOS POSITIVOS

• Han permitido conocer problemas ambientales del país y contribuir en la búsqueda de soluciones.

• Han generado espacios de respeto de las diferencias.

• Permiten que las decisiones sean producto de un mayor consenso.

• Permiten asegurar el cumplimiento de la Ley.

• Se pueden originar espacios de mediación de conflictos y de negociación.

Page 5: Presentacion final particip

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ASPECTOS NEGATIVOS

• Falta de educación para la participación.

• Desconocimiento por parte de los ciudadanos de los mecanismos de participación.

• Posibilidad de manipulación de los mecanismos por grupos políticos o económicos.

• Desconfianza en los mecanismos al no observarse su incidencia en lasdecisiones finales.

Page 6: Presentacion final particip

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CLASES DE MECANISMOS

Participación en la administración de la justicia

Participación en los procesos de toma de decisiones administrativas

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN

-Acción de tutela.

-Accion de cumplimiento.

-Acción de grupo.

-Acción popular.

Participación en procesos de producción y discusión de normas ambientales

-Audiencias públicas.-Consulta a comunidades indígenas y negras.-Derecho de petición de información ambiental.-Derecho a intervenir en losprocesos administrativosambientales.

-Participación en los Consejos Directivos de las Corporaciones Autónomas Regionales.

Page 7: Presentacion final particip

ACCIÓN DE TUTELA

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CLASES DE MECANISMOS

http://galeon.hispavista.com/cocomacia/img/grafico%20trio%20con%20panoramica%20y%20gente.jpg

Page 8: Presentacion final particip

Mecanismo

Normas

Definición

Quién?

Ante quién?

Tiempo

Ejemplos

Ventajas

No procedencia

Procedencia

Procedimiento

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN DE TUTELA

Page 9: Presentacion final particip

NORMAS

Constitución Política de Colombia. Artículo 86:

Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente (preferencial) y sumario (rápido), por sí misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública.

Decreto reglamentario:

Dec. 2591 de 1991

Dec. 306 de 1992

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN DE TUTELA

Derechos Fundamentales-Derecho a la vida.-Derecho a la igualdad-Derecho a participar-Derecho a la intimidad.

Page 10: Presentacion final particip

DEFINICIÓN

Mecanismo consagrado por la Constitución cuyo objetivo es proteger los derechos fundamentales que han sido vulnerados por una acción u omisión de una autoridad pública o por los particulares.

Cualquier persona por sí misma o a través de un representante.

No necesita abogado.

El Defensor del Pueblo(en nombre de cualquier persona que esté en indefensión) y los personeros municipales.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN DE TUTELA

¿QUIÉN LA INTERPONE?

En primera instancia: Jueces

En segunda instancia: Otro de mayor jerarquía

En tercera instancia: Corte Constitucional (todas van a la Corte para su eventual revisión).

¿ANTE QUIÉN?

Page 11: Presentacion final particip

TIEMPO PARA DAR RESPUESTA

- Diez días para dar el fallo.- Puede impugnarse ante el superior, este tiene 20 días para

fallar.- No debe pasar mucho tiempo entre la ocurrencia del hecho y la

solicitud.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN DE TUTELA

Page 12: Presentacion final particip

PROCEDENCIA- Se presenta contra toda acción u omisión de las autoridades o los

particulares.- Para su procedencia se requiere conexidad entre el derecho a gozar de

un ambiente sano (colectivo) y otros derechos fundamentales (vida intimidad) Los derechos relativos al ambiente adquieren la dimensión de fundamentales, son indispensables para la superviviencia humana.

- No debe existir otro medio de defensa judicial eficaz.- Que el daño no se encuentre consumado, la tutela no tiene fines

resarcitorios, sino preventivos.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN DE TUTELA

- Cuando existan otros recursos o medios de defensa, salvo que se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable

- No procede para obtener indemnización.

NO PROCEDENCIA

Page 13: Presentacion final particip

PROCEDIMIENTO

Escrito:- Nombre del demandante y demandado.- Derecho vulnerado- Hechos- Pruebas- Solicitud

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN DE TUTELA

Incumplimiento a la orden del juez: arresto hasta de 6 meses y multa hasta de 20 salarios mínimos mensuales

SANCIONES

Page 14: Presentacion final particip

- Ha sido un importante mecanismo para la protección de los

derechos relativos al ambiente.- La jurisprudencia de la Corte Constitucional derivada de la

acción de tutela enfocada a garantizar el derecho a la salud, la vida y el medio ambiente es muy amplia.

- Los jueces de tutela se han pronunciado sobre gran diversidad de problemas como contaminación del aire, aguas, auditiva, licencias ambientales, derecho de grupos étnicos, consulta previa.

VENTAJAS

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN DE TUTELA

Page 15: Presentacion final particip

EJEMPLOSSentencia T-975/00

Malos olores porqueriza, contaminación de las aguas-cableado. Fecha: 31 de julio de dos mil. Lugar: vereda Montegrande, jurisdicción del Municipio de Caicedonia, Valle.

Interpuesta por: Luz Amanda Saldarriaga Ortiz

Contra: Alvaro Urrea Botero

Derechos reclamados: Derechos colectivos (ambiente sano) en conexidad con derechos fundamentales (intimidad, derecho a la vida por el cableado del predio vecino, derecho a la salud).

La Corte Constitucional ha manifestado que: ¨Los malos olores provenientes de la actividad industrial no sólo son fuente de contaminación ambiental sino que obligan a la víctima a abandonar su residencia con el consiguiente recorte de su libertad de autodeterminación. El mal olor, incontrolado y evitable, vulnera el derecho fundamental a la intimidad personal o familiar. Viable el mecanismo de la tutela para proteger el derecho a un medio ambiente sano, como derecho colectivo, por estar en conexidad con los derechos fundamentales a la vida que, evidente y directamente, están siendo vulnerados por la emanación de los malos olores.

Fallo de la Corte Constitucional: Se deniega la tutela de los derechos a la vida, la salud, al medio ambiente sano y la intimidad personal y familiar, en relación con la existencia de las porquerizas porque el demandado hace las mejoras que ordena la Secretaría de Salud. Se concede la tutela de los derechos fundamentales a la vida y a la salud, en lo que se refiere a los cables de energía. Se le ordena al señor llevar a cabo todos los acondicionamiento técnicos necesarios para que se mejoren las condiciones del cableado.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN DE TUTELA

Page 16: Presentacion final particip

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO

ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO

Page 17: Presentacion final particip

Mecanismo

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO

Normas

¿Cuándo?

Procedencia

No procedencia

¿Ante quién?

¿Quién?

Definición

Procedimiento

Page 18: Presentacion final particip

NORMAS

Constitución Política de Colombia. Artículo 87:

Toda persona podrá acudir ante la autoridad judicial para hacer efectivo el cumplimiento de una ley o un acto administrativo. En caso de prosperar la acción, la sentencia ordenará a la autoridad renuente el cumplimiento del deber omitido.

Reglamentado:

Ley 393 de 1997

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO

Page 19: Presentacion final particip

DEFINICIÓN

Es el mecanismo empleado para garantizar el cumplimiento de una ley o un acto administrativo.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO

¿QUIÉN LA INTERPONE?

- Cualquier persona natural o jurídica.- Las organizaciones sociales.- Las organizaciones no gubernamentales.- El Procurador General de la Nación.- El Defensor del Pueblo.- El Contralor General- Servidores públicos.

Page 20: Presentacion final particip

¿ANTE QUIÉN?

En primera instancia: Jueces administrativos.

En segunda instancia: Tribunal Contencioso Administrativo.

En tercera instancia: Consejo de Estado – Sala Contencioso Administrativo

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO

¿CUÁNDO?En cualquier momento

PROCEDENCIA

- Contra toda acción u omisión de la autoridad o los particulares que incumplan o ejecuten actos que permitan deducir incumplimiento de normas con fuerza de ley o actos administrativos.

- Se requiere que el accionante haya reclamado previamente el cumplimiento de la ley o acto adminsitrativo y que la autoridad haya ratificado su incumplimiento o no contestado dentro de los 10 días siguientes a la presentación de la solicitud.

- Se puede interponer junto a una acción popular.

Page 21: Presentacion final particip

NO PROCEDENCIA No puede presentarse para el cumplimiento de normas que

establezcan gastos. Para la protección de derechos que pueden ser garantizados

por medio de tutela. Cuando se ha ejercido con anterioridad por los mismos hechos.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO

PROCEDIMIENTO

Se debe solicitar de manera escrita, excepcionalmente verbal (cuando el solicitante no sepa leer ni escribir, sea menor de edad o se encuentre en situación de emergencia).

La solicitud debe contener: nombre, determinación de la norma incumplida, demandante, demandado, hechos, pruebas, entre otros.

Page 22: Presentacion final particip

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN DE GRUPO

ACCIÓN DE GRUPO

Page 23: Presentacion final particip

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN DE GRUPO

Mecanismo

Normas

¿Quién?

¿Ante quién?

Procedencia

No pocedencia

Tiempo

Definición

Procedimiento

Ejemplos

Page 24: Presentacion final particip

NORMAS Constitución Política de Colombia. Reglamentada por: Ley 472 de 1998

Derechos e intereses colectivos relacionados con el ambiente

- El goce de un ambiente sano

- La existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.

- La conservación de las especies animales y vegetales, la protección de áreas de especial importancia ecológica, de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas, así como los demás intereses de la comunidad relacionados con la preservación y restauración del medio ambiente

- La prohibición de la fabricación, importación, posesión, uso de armas químicas, biológicas y nucleares, así como la introducción al territorio nacional de residuos nucleares o tóxicos.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN DE GRUPO

Page 25: Presentacion final particip

DEFINICIÓN

Personas naturales o jurídicas que sufran un perjuicio individual. Defensor del Pueblo, Personeros municipales y distritales – a

nombre de personas desprotegidas. Quien actúe como demandante representa a las demás personas

sin necesidad de que cada uno ejerza por separado su protección. Necesita abogado.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN DE GRUPO

¿QUIÉN LA INTERPONE?

Son aquellas interpuestas por un número plural o conjunto de

personas que tienen condiciones uniformes respecto de una misma

causa que originó perjuicios individuales para dichas personas.

Page 26: Presentacion final particip

Jurisdicción contenciosa administrativa: procesos originados en la actividad de entidades públicas y personas que desempeñen funciones administrativas.

Primera instancia: Jueces administrativos.

Segunda instancia: Sección primera del Tribunal Contencioso Administrativo

Jurisdicción civil ordinaria: los demás procesos.

Primera instancia: Jueces civiles del circuito

Segunda instancia: Sala Civil del Tribunal del Distrito Judicial

¿ANTE QUIÉN SE INTERPONE?

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN DE GRUPO

¿CUÁNDO? Debe promoverse dentro de los dos años siguientes a la fecha en que se

causó el daño.

PROCEDENCIA

- Sólo para obtener indemnización. - Debe existir y demostrarse un perjuicio.

Page 27: Presentacion final particip

PROCEDIMIENTO

El grupo debe estar conformado por no menos de 20 personas.

Se debe presentar demanda con información que considere un

estimativo del valor de los daños, información sobre el

demandante y demandado, pruebas.

Existe una reunión o diligencia de conciliación.

Se dicta la sentencia, esta debe contener: pago de una

indemnización colectiva.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN DE GRUPO

Page 28: Presentacion final particip

EJEMPLOS

Consejo de Estado – Sala de lo Contencioso Adminsitrativo

10 de Junio de 2004

Actor: Pescadores de San Antero (Córdoba)

Demandado: ECOPETROL, OCCIDENTAL DE COLOMBIA, INC., COMPAÑÍA SHELL DE COLOMBIA Y OCENSA S.A.

Pretensiones: Que se declare a ECOPETROL, Occidental de Colombia, Inc.,

Compañía Shell de Colombia y Ocensa S.A., responsables de los continuos derrames de hidrocarburos en el Golfo y por consiguiente en el lento proceso de deterioro ambiental que hoy en día se hace evidente en la zona de influencia, principalmente en el Municipio de San Antero.

Se condene a las accionadas a indemnizar, a cada uno de los pertenecientes al grupo accionante por los daños ambientales causados y su consecuencial perjuicio económico, mediante las compensaciones que permitan recuperar el deterioro ambiental.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN DE GRUPO

Page 29: Presentacion final particip

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN POPULAR

ACCIÓN POPULAR

Page 30: Presentacion final particip

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN POPULAR

Mecanismo

Normas

¿Quién?

¿Ante quién?

Tiempo

Procedencia

No procedencia

Procedimiento

Ejemplos

Definición

Ventajas

Page 31: Presentacion final particip

NORMAS Constitución Política de Colombia. Art. 88:

La ley regulará las acciones populares para la protección de los derechos e

intereses colectivos, relacionados con el ambiente.

Reglamentada por:

Ley 472 de 1998

Derechos e intereses colectivos relacionados con el ambiente

- El goce de un ambiente sano

- La existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional

de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su

conservación, restauración o sustitución.

- La conservación de las especies animales y vegetales, la protección de áreas

de especial importancia ecológica, de los ecosistemas situados en las zonas

fronterizas, así como los demás intereses de la comunidad relacionados con la

preservación y restauración del medio ambiente

- La prohibición de la fabricación, importación, posesión, uso de armas

químicas, biológicas y nucleares, así como la introducción al territorio nacional

de residuos nucleares o tóxicos.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN POPULAR

Page 32: Presentacion final particip

DEFINICIÓN Son los medios procesales para la protección de los derechos e intereses

colectivos.

Se ejercen para evitar el daño contingente, hacer cesar el peligro, la amenaza, la vulneración o agravio sobre los derechos e intereses colectivos, o restituir las cosas a su estado anterior cuando fuere posible.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN POPULAR

¿QUIÉN LA INTERPONE? 1. Toda persona natural o jurídica.

2. Las Organizaciones No Gubernamentales, las Organizaciones Populares, Cívicas o de índole similar.

3. Las entidades públicas que cumplan funciones de control, intervención o vigilancia, siempre que la amenaza o vulneración a los derechos e intereses colectivos no se haya originado en su acción u omisión.

4. El Procurador General de la Nación, el Defensor del Pueblo y los Personeros Distritales y municipales, en lo relacionado con su competencia.

5. Los alcaldes y demás servidores públicos que por razón de sus funciones deban promover la protección y defensa de estos derechos e intereses.

Page 33: Presentacion final particip

TIEMPO

Podrá promoverse durante el tiempo que subsista la amenaza o peligro al derecho e interés colectivo.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN POPULAR

PROCEDENCIA Proceden contra toda acción u omisión de las autoridades públicas

o de los particulares, que hayan violado o amenacen violar los derechos e intereses colectivos.

¿ANTE QUIÉN?Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo – entidades públicas.En los demás casos, conocerá la jurisdicción ordinaria civil Primera instancia los jueces administrativos y los jueces civiles de

circuito. Segunda instancia sección primera del Tribunal Contencioso

Administrativo o a la Sala Civil del Tribunal de Distrito Judicial – Consejo de Estado.

Page 34: Presentacion final particip

NO PROCEDENCIA

No procede para exigir indemnización.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN POPULAR

PROCEDIMIENTO Presentación de la demanda o petición con los requisitos:

derecho o interés colectivo amenazado, hechos, actos, acciones u omisiones que motivaron la petición, pretensiones, persona natural o jurídica o autoridad pública responsable de la amenaza, pruebas, etc.

Pacto de cumplimiento (conciliación). Fallo de sentencia (orden de hacer o no hacer)

VENTAJAS Permiten evitar el daño contingente, -o hacer cesar el peligro, o

la amenaza, o la vulneración o los agravios sobre los derechos e intereses colectivos, -y/o restituir las cosas a su estado anterior, cuando fuere posible.

Page 35: Presentacion final particip

EJEMPLOS

Consejo de Estado – Sala de lo Contencioso Adminsitrativo

19 de abril de 2001

Derecho reclamado: Goce a un ambiente sano– contaminación río Acaciitas

Demandante: Jesús María Quevedo

Demandado: Alcalde Municipio de Acacías

Pretensiones: Proteger los intereses colectivos al goce de un ambiente sano, los cuales se están viendo amenazados y vulnerados por la contaminación del río Acaciítas por tres motivos: Depósito de basuras y residuos sólidos, -La falta de acueducto y alcantarillado para aguas negras, -El vertimiento de aguas negras por los habitantes de las zonas ribereñas al río sin ningún control. Ordenar al Alcalde Municipal de Acacías en primer lugar, adoptar las medidas necesarias para la descontaminación del mencionado río y, en segundo lugar cumplir su programa de gobierno en el cual prometió construir una planta de potabilización.

Fallo: Proteger los derechos colectivos de la comunidad del Municipio de Acacías al goce de un ambiente sano, la seguridad y la salubridad públicas. se ordena al Alcalde del Municipio de Acacías adelantar las actuaciones administrativas de policía frente a las personas que vierten sus aguas residuales, en el río Acaciítas. Fíjar como incentivo a favor de Jesús María Quevedo, y a cargo del Municipio de Acacías, el valor en pesos colombianos de diez salarios mínimos legales mensuales de 2001.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN ACCIÓN POPULAR

Page 36: Presentacion final particip

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN AUDIENCIAS PÚBLICAS

AUDIENCIAS PÚBLICAS

Participación en los procesos de toma de decisiones administrativas

Page 37: Presentacion final particip

Mecanismo

Normas

Definición

¿Quién?

Tiempo

¿Cuándo?

Procedimiento

Ventajas/Desvent

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN AUDIENCIAS PÚBLICAS

Page 38: Presentacion final particip

NORMAS

Ley 99 de 1993. Art. 72 Reglamentación: Dcto 2762 de 2005

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN AUDIENCIAS PÚBLICAS

DEFINICIÓN

Mecanismo que permite conocer, tener información e intercambiar criterios sobre la conveniencia de una obra o actividad que se desarrolle o se vaya a desarrollar.

Tiene por objeto dar a conocer a la comunidad, organizaciones sociales, entidades públicas o privadas, la solicitud de licencias, permisos o concesiones ambientales o la existencia de un proyecto, obra o actividad, los impactos que pueda generar y las medidas de manejo propuestas para prevenir, mitigar, corregir o compensar los impactos.

Recibir opiniones, informaciones y documentos que aporte la comunidad.

Page 39: Presentacion final particip

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLA?

Por lo menos 100 personas o 3 ONG´S Procurador General de la Nación o el delegado para asuntos

ambientales. Defensor del Pueblo. Ministerio de Ambiente. Gobernadores, alcaldes.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN AUDIENCIAS PÚBLICAS

TIEMPO

La autoridad ambiental no puede tomar una decisión durante los 30 días hábiles siguientes a la convocatoria.

Debe ser solicitada por la autoridad adminsitrativa con una anticipación de por lo menos 30 días a la toma de la decisión.

Page 40: Presentacion final particip

¿CUÁNDO SE PUEDE REALIZAR? Antes de la expedición del acto adminsitrativo que otorga la licencia o

permiso. Durante la ejecución de la obra que haya requerido permiso, cuando se

manifieste la violación de los requisitos exigidos para su otorgamiento.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN AUDIENCIAS PÚBLICAS

PROCEDIMIENTO

Se hace solicitud de la audiencia La autoridad ambiental convoca la audiencia mediante edicto.

este debe ser comunicado. Para intervenir debe registrarse un escrito antes de la

audiencia. La autoridad ambiental preside la audiencia. Puede intervenir el que solicita la licencia, el representante de

los peticionarios, el Minsiterio Público (Procuraduría General, Defensor del Pueblo), Gobernador, Alcalde del área.

Page 41: Presentacion final particip

VENTAJAS

• Permite a la comunidad intervenir con argumentos que

contribuyan a la toma de una decisión.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN AUDIENCIAS PÚBLICAS

De lo que pasa en la audiencia se deja constancia mediante

acta, formará parte del expediente de solicitud de la licencia.

La decisión se toma con base en la audiencia.

DESVENTAJAS

Manipulación audiencias – actores.

Lentitud, falta voluntad autoridades convocar.

Falta de difusión instrumento.

Carencia de soporte científico que incida en decisiones.

Carencia presupuesto para impulsar el mecanismo.

Page 42: Presentacion final particip

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CONSULTA PREVIA

CONSULTA PREVIA A COMUNIDADES INDÍGENAS Y NEGRAS

Page 43: Presentacion final particip

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CONSULTA PREVIA

Mecanismo

Normas

Definición

Procedencia

Procedimiento

Ventajas/Desv

Page 44: Presentacion final particip

NORMAS Constitución Política de Colombia. Art. 330 La explotación de los recursos naturales en los territorios indígenas se hará sin

desmedro de la integridad cultural, social y económica de las comunidades indígenas. En las decisiones que se adopten respecto de dicha explotación, el Gobierno propiciará la participación de los representantes de dichas comunidades.

Convenio 169 de la OIT (aprobado por Ley 21 de 1991) Exige la consulta con las comunidades indígenas. Ley 99 de 1993. Art. 76 Incluye la consulta previa a las comunidades negras tradicionales. Decreto 1320 de 1998 Establece la participación de los indígenas en la elaboración de los estudios de impacto

ambiental y diagnósticos ambientales. Ley 70 de 1993 Sobre comunidades negras y titulación de tierras. Se fundamenta en la participación de

las comunidades negras. Decreto 1397 de 1996 Participación de comunidades indígenas en la elaboración de los estudios de impacto.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CONSULTA PREVIA

Page 45: Presentacion final particip

DEFINICIÓN

Es el mecanismo que se fundamenta en el derecho que tienen los

pueblos indígenas y afrocolombianos, donde se va a realizar un

proyecto o actividad, de decidir la conveniencia de éste.

El Estado debe consultar a los pueblos cada vez que se vayan a

implementar medidas que puedan afectar a las comunidades étnicas.

Por medio de este mecanismo se busca que la comunidad tenga una

participación activa y efectiva en la toma de decisiones.

Tiene por objeto analizar el impacto económico, ambiental, social y

cultural que puede ocasionarse a una comunidad por la explotación

de recursos naturales dentro de su territorio.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CONSULTA PREVIA

Page 46: Presentacion final particip

PROCEDENCIA

Debe ser realizada con anterioridad a la toma de una decisión para que

la comunidad tenga conocimiento pleno sobre los proyectos de

exploración y explotación de recursos, para que se entere de los

efectos que pueda traer el proyecto, valorar las ventajas y desventajas,

manifestar sus inquietudes.

Debe realizarse cuando el proyecto, obra o actividad pretenda

desarrollarse en zonas de resguardo indígena o en zonas adjudicadas

en propiedad colectiva a comunidades negras. Igualmente en zonas no

tituladas y habitadas regularmente por dichas comunidades.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CONSULTA PREVIA

Page 47: Presentacion final particip

PROCEDIMIENTO

El responsable del proyecto envía a la comunidad una participación para la elaboración del estudio de impacto escrita.

Si a los 20 días no recibe respuesta por parte de los pueblos indígenas o comunidades negras debe comunicar al Ministerio del Interior para que verifique dentro de los 10 días siguientes si existe voluntad de participación. En caso de que no den respuesta o se nieguen a participar dará inicio a la elaboración del estudio.

En los estudios de impacto y planes de manejo se identificarán los impactos sociales, económicos y culturales que sufrirán las comunidades y las medidas para prevenir, corregir, mitigar, controlar o compensar los impactos.

Dentro de los 15 días siguientes a la solicitud de licencia ambiental o del permiso de uso, aprovechamiento o afectación de recursos naturales, la autoridad ambiental comprobará la participación de las comunidades en la elaboración del estudio y citará a la reunión de consulta previa que deberá celebrarse dentro de los 30 días siguientes dentro de la zona donde se encuentre el asentamiento.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CONSULTA PREVIA

Page 48: Presentacion final particip

La reunión será presidida por la autoridad ambiental y deberá contar con la

participación del Ministerio del Interior.

Deben participar el dueño del proyecto y los representantes de las

comunidades.

El responsable del proyecto expondrá el estudio especialmente los impactos.

Se escuchará a los representantes de las comunidades indígenas y negras.

Se identificarán los impactos y las medidas.

De la reunión se levantará un acta.

El acto adminsitrativo para el otorgamiento de la licencia, el establecimiento

del plan de manejo o el permiso de uso, deberá ser comunicado a los

representantes de las comunidades.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CONSULTA PREVIA

PROCEDIMIENTO

Page 49: Presentacion final particip

VENTAJAS

• Espacio que permite expresarle al Estado la búsqueda de garantía de las comunidades.

• Cuestionamiento a los modelos de desarrollo impuestos desde afuera.

• Es una obligación constitucional en el trámite de proyectos que generen impacto sobre grupos tradicionales.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CONSULTA PREVIA

DESVENTAJAS

• Ha sido utilizado como una obligación o trámite más.• Manipulación de las organizaciones y la información.• Hay desconocimiento por parte de las comunidades.• Falta de voluntad política institucional.• Carencia de recursos económicos.• Dificultad en el acceso a información.

Page 50: Presentacion final particip

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DERECHO DE INTERVENIR

DERECHO A INTERVENIR EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS AMBIENTALES

Page 51: Presentacion final particip

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DERECHO DE INTERVENIR

Mecanismo

Normas

Definición

¿Quién?

Procedimiento

Ventajas

Page 52: Presentacion final particip

NORMAS

Ley 99 de 1993. Art.69

Cualquier persona natural o jurídica, pública o privada, sin necesidad de demostrar interés jurídico alguno podrá intervenir en las actuaciones administrativas iniciadas para la expedición, modificación o cancelación de permisos o licencias de actividades que afecten o puedan afectar al ambiente o para la imposición o revocación de sanciones por el incumplimiento de normas y regulaciones ambientales.

Resolución 1007 de 2004 de Minambiente.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DERECHO DE INTERVENIR

Page 53: Presentacion final particip

DEFINICIÓN

Es el mecanismo por medio del cual se le permite a cualquier persona

hacerse parte de los procedimientos administrativos que adelanta la

autoridad ambiental: expedición, modificación o cancelación de

permisos o licencias, imposición o revocación de sanciones por el

incumplimiento de normas y regulaciones ambientales.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DERECHO DE INTERVENIR

¿QUIÉN LO PRESENTA?

Cualquier persona natural o jurídica, pública o privada.

Page 54: Presentacion final particip

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DERECHO DE INTERVENIR

PROCEDIMIENTO

Elevar solicitud mediante un oficio a la autoridad ambiental manifestando interés de intervenir en determinada actuación adminsitrativa.

La petición debe radicarse en la ventanilla única de archivo y correspondencia del Ministerio de Ambiente.

VENTAJAS La persona entra a formar parte del proceso y la autoridad

ambiental debe notificarle todos los actos administrativos. El ciudadano puede intervenir en el proceso de toma de decisión. La persona puede aportar documentos, solicitar pruebas. Genera transparencia en los procesos ambientales.

Page 55: Presentacion final particip

DERECHO DE PETICIÓN DE INFORMACIÓN AMBIENTAL

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DERECHO DE PETICIÓN

Page 56: Presentacion final particip

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DERECHO DE PETICIÓN

Mecanismo

Normas

Definición

¿Quién?

¿Ante quién?

Tiempo

Procedimiento

Page 57: Presentacion final particip

NORMAS

• Constitución Política. Art. 23:

Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivo de interés general o particular, y a obtener pronta resolución.

Ley 99 de 1993. Art. 74

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DERECHO DE PETICIÓN

DEFINICIÓN Es un mecanismo que permite consultar información a las

autoridades ambientales sobre:- Elementos susceptibles de ocasionar contaminación.- Peligros para la salud humana derivada de dichos elementos.- Monto y utilización de recursos financieros que se están

destinando a la preservación ambiental.

Page 58: Presentacion final particip

¿QUIÉN?

• Cualquier persona natural o jurídica en forma verbal o escrita.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DERECHO DE PETICIÓN

¿ANTE QUIÉN?

• Cualquier autoridad o persona privada, Min. Ambiente.

TIEMPO

• Cuando se refiera a elementos susceptibles de producir contaminación y efectos en la salud; monto y utilización de recursos financieros, la petición deberá ser resuelta en 10 días.

Page 59: Presentacion final particip

PROCEDIMIENTO

• La petición debe hacer referencia a uno de los tres aspectos

contemplados en la norma: elementos susceptibles de ocasionar

contaminación, peligros para la salud humana derivada de dichos

elementos, recursos financieros ambientales.

• Si se desconoce el derecho de petición se puede acudir a la acción de

tutela para exigir su garantía, pues el derecho de petición es un

derecho fundamental.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DERECHO DE PETICIÓN

Page 60: Presentacion final particip

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN PARTICIPACIÓN EN LOS CONSEJOS DIRECTIVOS CARS

PARTICIPACIÓN EN LOS CONSEJOS DIRECTIVOS DE LAS CORPORACIONES AUTÓNOMAS REGIONALES

Participación en procesos de producción y discusión de normas ambientales

Page 61: Presentacion final particip

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN PARTICIPACIÓN EN LOS CONSEJOS DIRECTIVOS CARS

Mecanismo

Normas

Definición

¿Quién?

Page 62: Presentacion final particip

NORMAS

Ley 99 de 1993. Art. 26 Literal f y g. Resolución 0389 de abril 26 de 2000.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN PARTICIPACIÓN EN LOS CONSEJOS DIRECTIVOS CARS

DEFINICIÓN

Es el mecanismo que le permite al ciudadano influir en la decisión y ser parte de ella, puesto que se encuentra dentro de los órganos administrativos.

¿QUIÉN PUEDE PARTICIPAR EN LOS CONSEJOS? Un representante de las comunidades indígenas y 2 de las ONG´S,

personas del sector privado empresarial, quienes deciden junto a los funcionarios públicos.

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MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN VEEDURÍAS CIUDADANAS EN ASUNTOS AMBIENTALES

VEEDURÍAS CIUDADANAS EN ASUNTOS AMBIENTALES

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MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN VEEDURÍAS CIUDADANAS EN ASUNTOS AMBIENTALES

Mecanismo

Normas

Definición

¿Quién?

¿Ante quién?

Procedimiento

Ventajas

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NORMAS Ley 850 de 2003

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN VEEDURÍAS CIUDADANAS EN ASUNTOS AMBIENTALES

DEFINICIÓN

Mecanismo que le permite a los ciudadanos o a las organizaciones comunitarias vigilar la gestión pública en la utilización de los recursos públicos.

¿QUIÉN PUEDE PARTICIPAR?

Todos los ciudadanos en forma plural o a través de organizaciones.

¿ANTE QUIÉN?

Se ejercen sobre entidades de cualquier nivel o sector de la administración y sobre particulares y organizaciones no gubernamentales que cumplan funciones públicas.

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PROCEDIMIENTO

• Las organizaciones civiles o los ciudadanos elegirán de forma democrática a los veedores.

• Luego elaborarán un documento o acta de cosntitución en la que conste el objeto de la vigilancia, nivel territorial, etc.

• Se realiza la inscripción del documento ante los personeros municipales o distritales o las cámaras de comercio.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN VEEDURÍAS CIUDADANAS EN ASUNTOS AMBIENTALES

VENTAJAS• Posibilitan la vigilancia y control de los programas, proyectos o

actividades que puedan afectar al ambiente.• Permiten vigilar la asignación de recursos en proyectos.• Vigilar la ejecución y calidad de obras y programas regionales.• Permiten dar a conocer a las autoridades los comentarios de la

ciudadanía.• Permiten denunciar ante las autoridades actuaciones irregulares de

los funcionarios públicos.

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GRACIAS