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Prestaciones por desempleo asistenciales para trabajadores eventuales agrarios de Andalucía y Extremadura
Subsidio agrario
Renta agraria RESUMEN DE DATOS DE ENERO/2017
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Índice
1. Introducción 5 2. Resumen ejecutivo 11
2.1 Cuadro evolutivo de las principales variables ............................................................................................. 13 2.2 Síntesis de resultados ............................................................................................................................... 15
2.2.1 Solicitudes 15 2.2.2 Altas iniciales 17
2.2.2.1 Altas iniciales en el mes según tipología 17 2.2.2.2 Altas iniciales en el mes según causa de acceso 17
2.2.3 Beneficiarios 18 2.2.3.1 Beneficiarios en el mes según tipología 18 2.2.3.2 Beneficiarios en el mes por provincias 18 2.2.3.3 Beneficiarios según sexo, tramos de edad, causas de acceso, jornadas trabajadas y beneficiarios extranjeros del subsidio agrario 20 2.2.3.4 Beneficiarios según sexo, tramos de edad, jornadas trabajadas y beneficiarios extranjeros de la renta agraria 21 2.2.3.5 Beneficiarios según sexo, tramos de edad, causas de acceso, jornadas trabajadas y beneficiarios extranjeros del total de la protección asistencial agraria 22
2.2.4 Jornadas 23 2.2.4.1 Jornadas justificadas por alta inicial según causa de acceso 23 2.2.4.2 Jornadas trabajadas por beneficiario durante la percepción de la prestación, según causa de acceso 24
�. Glosario de términos 25 Altas iniciales ................................................................................................................................................. 27 Bajas .............................................................................................................................................................. 27 Reanudaciones ............................................................................................................................................... 27 Beneficiarios .................................................................................................................................................. 27 Perceptores ................................................................................................................................................... 27 Jornadas justificadas ...................................................................................................................................... 27 Jornadas trabajadas ....................................................................................................................................... 27 Nómina pagada .............................................................................................................................................. 27 Indicador Público de Renta de Efectivos Múltiples (IPREM) ............................................................................. 27
�. Normativa 29 Subsidio agrario ............................................................................................................................................. 31 Renta agraria ................................................................................................................................................. 31 Normativa común para ambas prestaciones .................................................................................................... 31
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1. Introducción
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El informe actual recoge, con periodicidad mensual, los datos estadísticos del subsidio agrario y la renta agraria, que son las prestaciones por desempleo de nivel asistencial destinadas a los trabajadores eventuales agrarios por cuenta ajena en Andalucía y Extremadura. El informe consiste en un resumen ejecutivo con las principales variables y la presentación mediante tablas y gráficos de los datos estadísticos del mes sobre estas mismas variables, según se refiere a continuación:
Cuadro evolutivo de las principales variables: datos acumulados en el año hasta el mes de estudio para los últimos cinco años y su evolución porcentual de beneficiarios, altas iniciales, jornadas justificadas y trabajadas y gasto de las dos prestaciones.
Síntesis de resultados: datos del mes de estudio de estas variables en la última década y, además, de solicitudes y denegaciones y, en su caso, altas iniciales con situación especial de reducción de jornadas cuando una disposición legal así lo determina.
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El subsidio por desempleo agrario La renta agraria
Requisitos Requisitos
Ser trabajador eventual agrario por cuenta ajena con domicilio en alguna localidad de Andalucía o Extremadura y haber percibido este subsidio en alguno de los 3 años anteriores a la fecha de su solicitud.
Haber cotizado un mínimo de 35 jornadas, en los doce meses naturales inmediatamente anteriores a la situación de desempleo, salvo si Ud. fue beneficiario del Empleo Comunitario en 1983 en cuyo caso podrá acceder de nuevo al subsidio con solo 20 jornadas cotizadas al SEASS y/o con cotizaciones en trabajos de AEPSA.
Si Ud. es mayor de 35 años o menor con responsabilidades familiares podrá completar las 35 jornadas con las cotizaciones en el AEPSA.
Carecer de rentas de cualquier naturaleza que en cómputo anual no superen los 8.492,40 €, y no superar el límite familiar de rentas establecido.
Estar inscrito en el censo del SEASS y al corriente del pago de la cuota fija.
Inscribirse como demandante de empleo, mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción y suscribir el compromiso de actividad.
Ser trabajador eventual agrario por cuenta ajena, empadronado y con residencia en alguna localidad de Andalucía o Extremadura, un mínimo de 10 años.
No haber sido beneficiario del subsidio por desempleo agrario en alguno de los 3 años anteriores a la solicitud.
Estar inscrito en el censo del SEASS ininterrumpidamente en los 12 meses anteriores a la solicitud y los mayores de 45 años, entre 5 y 20 años, y estar al corriente de pago de la cuota fija.
Haber cotizado en el SEASS en los 12 meses naturales inmediatamente anteriores a la situación de desempleo un mínimo de 35 jornadas reales
Carecer de rentas de cualquier naturaleza que en cómputo anual superen los 8.492,40 €, y no superar el límite familiar de rentas establecido.
Inscribirse como demandante de empleo, mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción y suscribir el compromiso de actividad.
Devengo de la renta
El pago se inicia al día siguiente de haber comenzado la primera acción de inserción laboral o de la finalización de la primera colocación o, en su defecto, a los tres meses desde la fecha de solicitud.
Cuantía del subsidio Cuantía de la renta
426,00 € mensuales (80% IPREM). Entre 426,00 y 569,00 € (80% a 107% IPREM) en función del número de jornadas que se justifiquen en la solicitud.
Duración del subsidio Duración de la renta
La duración del subsidio es, en términos generales, para los menores de 52 años 180 días y para los mayores de esta edad 300 o 360 días en el año.
Los trabajadores mayores de 52 años que cumplen los requisitos para poderse jubilar podrían tener derecho a percibir el subsidio durante todo el año sin necesidad de acreditar jornadas trabajadas.
En general 180 días y para los mayores de 52 años 300 días. Los trabajadores menores de 25 años que no tengan
responsabilidades familiares percibirán esta ayuda durante el tiempo que resulte de calcular el número de jornadas justificadas en la solicitud por el cociente 3,43, con un máximo de 180 días de derecho.
Tipología del subsidio Acciones de inserción Laboral
Subsidio normal. Causa de acceso 51 Debe de cumplir los requisitos descritos anteriormente, teniendo distinta duración según la edad.
Edad
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2. Resumen ejecutivo
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2.1 Cuadro evolutivo de las principales variables En el siguiente cuadro se resumen las variables más destacadas para el análisis del subsidio agrario y de la renta agraria en los últimos 5 años. Los datos presentados son los correspondientes al mes de enero.
Figura 2.1.1 RESUMEN DE LAS PRINCIPALES VARIABLES Enero
2013 2014 2015 2016 2017 2014-2013 2015-2014 2016-2015 2017-2016
Beneficiarios (media) 195.390 191.864 193.427 188.963 188.744 -1,80 0,81 -2,31 -0,12
Subsidio agrario 134.777 128.272 123.486 118.027 112.977 -4,83 -3,73 -4,42 -4,28
Renta agraria 60.613 63.592 69.941 70.936 75.767 4,91 9,98 1,42 6,81
Altas iniciales (acumulado) 19.329 18.045 15.609 14.009 14.266 -6,64 -13,50 -10,25 1,83
Subsidio agrario 11.606 11.068 9.412 8.822 8.247 -4,64 -14,96 -6,27 -6,52
Renta agraria 7.723 6.977 6.197 5.187 6.019 -9,66 -11,18 -16,30 16,04
Jornadas justificadas por alta inicial (media) 52,40 52,30 56,02 54,95 56,00 -0,19 7,11 -1,90 1,91
Causa de acceso 51 54,31 55,23 59,21 58,16 60,12 1,70 7,21 -1,78 3,36
Causa de acceso 53 43,26 39,59 49,31 58,77 48,09 -8,47 24,56 19,17 -18,17
Renta agraria 50,85 49,89 53,64 52,45 53,74 -1,90 7,52 -2,22 2,48
Jornadas trabajadas por beneficiario (acumulado en el periodo) 3,11 3,75 2,98 3,83 4,70 20,36 -20,39 28,34 22,82
Causa de acceso 51 4,83 5,82 4,72 6,06 7,58 20,52 -18,85 28,39 25,02
Causa de acceso 52 2,08 2,66 2,00 2,55 3,39 27,61 -24,84 27,68 32,73
Causa de acceso 53 3,42 4,77 3,18 4,13 5,46 39,38 -33,40 29,84 32,20
Causa de acceso 54 1,36 1,60 1,26 1,55 2,01 17,45 -21,28 23,00 29,33
Renta agraria 3,05 3,93 3,25 4,49 5,49 28,61 -17,16 37,88 22,29
Gasto acumulado (en millones de euros) 82,46 79,98 80,51 78,94 77,79 -3,01 0,66 -1,94 -1,47
Subsidio agrario 59,21 56,27 54,40 51,57 49,99 -4,98 -3,32 -5,20 -3,06
Renta agraria 23,25 23,72 26,11 27,37 27,79 1,99 10,09 4,84 1,54
Fuente: SEPE - M inisterio de Empleo y Seguridad Social TGSS - Tesorería General de la Seguridad Social
Valores Evolución en %
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Respecto del total de las prestaciones por desempleo, el subsidio agrario y la renta agraria suponen, para el mes de enero de 2017, el 4,84% del gasto total y el 9,37% de beneficiarios.
1.530,0595,16%
27,791,73%
49,993,11%
77,794,84%
GASTO ACUMULADO (en millones de euros)
Resto prestaciones Renta agraria Subsidio agrario
1.825.84190,63%
75.7673,76%
112.9775,61%
188.7449,37%
MEDIA DE BENEFICIARIOS
Resto prestaciones Renta agraria Subsidio agrario
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2.2 Estaasistbenede rcircu
2.2. En esido Segú13.4del m Se ddene
Fuente: SE
E
Síntesis de
síntesis prtencial agrareficiarios, joreducción dunstancia.
.1 Solicitud
enero de 201o aprobadas e
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EPE
ExpedientExpe
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20161.47516.12914.7962881.47516.5591.045
SUBSIDIO
15
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43 solicitude51.
otal de 15.8589,89% y el
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a 2.2.1.1 SOLICI
20171.00215.76314.2552741.32915.858907
O AGRARIO
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ITUDES
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20171.02013.4212.29403786
13.48962
NTA AGRARIA
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7 200 2.727 29.096 26.5
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16 2799 2067 29577 2675336 2688 29178 1
OTAL PROTECCI
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(274
Enero 2017
2017.0229.1906.551677.1159.343.869
IÓN
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Analizando las causas por las cuales se deniegan las solicitudes, se observa que las principales son:
Haber superado, en cómputo familiar, el límite establecido de rentas, que supone el 24,67% de las denegaciones (0,57% sobre el total de las solicitudes recibidas) No acreditar 35 jornadas reales trabajadas en los últimos 12 meses, que supone el 14,92% del total de las denegaciones (0,34% de las solicitudes) Haber superado las rentas del solicitante el límite de 8.492,40€, en cómputo anual, que es el 10,04% de las denegaciones.
Figura 2.2.1.2 DENEGACIONES
Enero 2017
2016 % 2017 % 2016 % 2017 % 2016 % 2017 %
No estar inscrito en el censo agrario, de alta en el SEASS o no pertenecer al ámbito geográfico 7 2,43 13 4,74 58 11,91 52 12,90 65 8,39 65 9,60
No tener 35 jornadas reales trabajadas en los últimos 12 meses 33 11,46 43 15,69 71 14,58 58 14,39 104 13,42 101 14,92
No acreditar las jornadas suficientes para acceder al subsidio 12 4,17 17 6,20 10 2,05 2 0,50 22 2,84 19 2,81
La renta individual del solicitante supera el S.M.I. 65 22,57 36 13,14 40 8,21 32 7,94 105 13,55 68 10,04
Las rentas de la unidad familiar superan el tope establedido en relación con el S.M.I. 104 36,11 93 33,94 125 25,67 74 18,36 229 29,55 167 24,67
No tener el trabajador la condición de eventual agrario por cuenta ajena 1 0,35 0 0,00 1 0,21 0 0,00 2 0,26 0 0,00
No estar al corriente del pago de la cuota agraria 8 2,78 6 2,19 9 1,85 9 2,23 17 2,19 15 2,22
No haber transcurrido 12 meses desde el nacimiento del último derecho 0 0,00 0 0,00 27 5,54 23 5,71 27 3,48 23 3,40
Falta de otros requisitos o incompatibilidad con la percepción del subsidio agrario o la renta agraria 22 7,64 18 6,57 110 22,59 117 29,03 132 17,03 135 19,94
No reunir los requisitos para el subsidio especial de enerores de 52 años (subsidio agrario) 6 2,08 16 5,84 6 0,77 16 2,36
Otras causas 30 10,42 32 11,68 36 7,39 36 8,93 66 8,52 68 10,04
Total 288 100,00 274 100,00 487 100,00 403 100,00 775 100,00 677 100,00
Fuente: SEPE
SUBSIDIO AGRARIO RENTA AGRARIA TOTAL PROTECCIÓN ASISTENCIAL AGRARIA
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2.2.2 Altas iniciales
2.2.2.1 Altas iniciales en el mes según tipología En enero de 2017 se han incorporado un total de 14.266 personas a estas prestaciones, causando alta inicial. De ellas, 8.247 acceden al subsidio agrario y 6.019 a la renta agraria. En los últimos diez años, el peso de las altas iniciales del subsidio agrario ha ido perdiendo importancia en favor de las altas de la renta agraria, consecuencia de la aplicación de la Ley 45/2002, que impide nuevas incorporaciones al subsidio agrario al establecer como requisito de acceso a la prestación haber sido beneficiario en alguno de los tres años anteriores. Así se aprecia una disminución paulatina en el número de entradas al subsidio y un aumento en los de la renta agraria, vía de incorporación de nuevos trabajadores eventuales a la protección asistencial agraria.
Figura 2.2.2.1. ALTAS INICIALES SEGÚN TIPOLOGÍA Comparativa meses de enero
14.01812.409 12.549 11.682 10.920 11.606 11.068
9.412 8.822 8.247
3.6623.734 4.111 5.594 5.978
7.7236.977
6.1975.187 6.019
2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017
Subsidio agrario Renta agraria
2.2.2.2 Altas iniciales en el mes según causa de acceso En el mes de enero, al subsidio normal (causas de acceso 51 y 53 del subsidio agrario), que exige haber trabajado al menos 35 jornadas, se han incorporado 3.571 altas nuevas, el 25,03% del total de altas de la protección. Además 4.676 personas se han incorporado al subsidio especial (causas de acceso 52 y 54), que no requiere haber trabajado en los 12 meses anteriores, un 32,78% del total. En cuanto a la renta agraria este mes, el número de altas es de 6.019 personas, que representan el 42,19% del total de altas a la protección asistencial de eventuales agrarios.
Figura 2.2.2.2. ALTAS INICIALES SEGÚN CAUSA DE ACCESO Enero 2017
3.477
36894
4.308
6.019
Causa 51 Causa 52 Causa 53 Causa 54 Renta agraria
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2.2.3 Beneficiarios
2.2.3.1 Beneficiarios en el mes según tipología En el mes de enero se han beneficiado de la protección asistencial agraria 188.744 personas, correspondiendo un 59,86% al subsidio agrario (112.977 personas) y un 40,14% a la renta agraria (75.767 personas). En la última década se aprecia un descenso en el número de beneficiarios del subsidio agrario y un aumento en los de la renta agraria. Esto es debido a la imposibilidad de incorporación de nuevos beneficiarios al subsidio agrario, como se ha explicado anteriormente, pudiendo acceder, en cambio, a la renta agraria. Las características de los beneficiarios de la protección asistencial para eventuales agrarios se definen en mayor medida por el perfil que muestran los beneficiarios del subsidio agrario puesto que la proporción de éstos es superior a la de renta agraria.
Figura 2.2.3.1. BENEFICIARIOS SEGÚN TIPOLOGÍA Comparativa meses de enero
167.942 157.608 151.494 148.216 143.047 134.777 128.272 123.486 118.027 112.977
28.87331.214 37.525 47.689 54.583 60.613 63.592 69.941 70.936 75.767
2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017
Subsidio agrario Renta agraria
2.2.3.2 Beneficiarios en el mes por provincias El siguiente conjunto de gráficos muestra la distribución de los beneficiarios del subsidio agrario y de la renta agraria en cada una de las provincias de las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura. Este reparto territorial muestra similar comportamiento para ambas prestaciones. Las provincias que mayor número de beneficiarios tienen en el mes de enero de 2017 son: Sevilla, con 43.094 personas, Córdoba con 28.793 y Jaén, con 23.400. Así Sevilla tiene el 22,83% del total, Córdoba el 15,26% y Jaén el 12,40%. Estas provincias son habitualmente las que mayor proporción de beneficiarios registran para ambas prestaciones.
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Figura 2.2.3.2. BENEFICIARIOS POR PROVINCIAS Comparativa meses de enero
6.0
17
5.8
44
5.7
78
5.7
10
5.5
55
5.3
33
5.3
28
5.2
04
5.0
96
5.1
28
ALMERÍA
14
.96
6
14
.37
1
14
.58
3
14
.98
2
14
.78
6
14
.94
7
14
.40
2
14
.23
8
13
.85
1
13
.83
2
CÁDIZ
28
.87
5
28
.25
8
28
.06
6
28
.87
1
29
.60
6
29
.23
7
28
.48
5
28
.72
6
28
.59
4
28
.79
3
CÓRDOBA
20
.70
5
20
.10
6
20
.11
3
20
.78
2
20
.74
3
20
.99
0
20
.18
7
20
.13
6
20
.06
1
20
.21
0
GRANADA
15
.14
6
14
.51
8
14
.43
2
14
.64
6
14
.91
4
14
.97
8
15
.27
5
15
.39
4
15
.52
4
15
.27
7
HUELVA
23
.05
4
22
.02
0
21
.55
2
23
.55
4
24
.71
2
24
.97
9
23
.53
8
25
.54
1
23
.57
0
23
.40
0
JAÉN
14
.02
5
13
.71
0
13
.61
3
14
.00
7
13
.79
9
13
.51
1
13
.14
3
12
.79
5
12
.56
6
12
.55
5
MÁLAGA
46
.90
1
43
.93
4
44
.89
4
46
.88
8
46
.71
3
45
.45
8
44
.98
9
44
.59
5
43
.33
7
43
.09
4
SEVILLA
17
.24
0
16
.48
8
16
.54
8
16
.91
6
17
.30
5
16
.91
4
17
.20
1
17
.49
9
17
.21
7
17
.22
9
BADAJOZ
9.8
86
9.5
73
9.4
40
9.5
49
9.4
97
9.0
43
9.3
16
9.2
99
9.1
47
9.2
26
CÁCERES
-
20
2.2.3.3 Beneficiarios según sexo, tramos de edad, causas de acceso, jornadas trabajadas y beneficiarios extranjeros del subsidio agrario
En el mes de enero de 2017, en el análisis de los beneficiarios del subsidio agrario por sexo, se observa que un 65,29% son mujeres y un 34,71% hombres. Debido a que a este subsidio no se pueden incorporar nuevos trabajadores, la edad media de los que lo perciben sigue aumentando cada mes. Para este periodo
destacan los mayores de 52 años que, con 72.060 beneficiarios, suponen el 63,78% del total. También son un colectivo numeroso el tramo de 45 a 51 años con el 19,30% del total.
El subsidio especial (causas de acceso 52 y 54) y el subsidio normal (causas de acceso 51 y 53) suponen un 62% y un 38% de beneficiarios respectivamente, lo que se traduce en que la mayor parte de beneficiarios de esta prestación ya cumplen los requisitos para poderse jubilar, excepto la edad, y perciben un subsidio de 360 días de duración cada año para cuyo acceso no se les exige acreditar un mínimo de jornadas trabajadas.
Durante el mes de enero la mayoría de los beneficiarios trabajó menos de 7 jornadas en el campo. Los trabajadores extranjeros, 1.457, suponen el 1,29% del total de beneficiarios del subsidio. De ellos, un 90,73% son de nacionalidad marroquí, 1.322 beneficiarios.
Portugal y Argelia son los países de origen del 2,13% y del 1,58%, respectivamente, del total de beneficiarios extranjeros.
El perfil tipo del beneficiario del subsidio agrario corresponde al de una mujer, mayor de 52 años que, cumpliendo los requisitos para poderse jubilar, excepto la edad, accede al subsidio especial durante 360 días cada año, hasta la fecha de su jubilación. La cuantía mensual que percibe es el 80% del IPREM, 426 euros.
Figura 2.2.3.3. BENEFICIARIOS SEGÚN SEXO, TRAMOS DE EDAD, CAUSAS DE ACCESO, JORNADAS TRABAJADAS Y BENEFICIARIOS EXTRANJEROS DEL SUBSIDIO AGRARIO Enero 2017
39.211
73.766
Hombres Mujeres
1.687
17.420
21.810
72.060
25 - 34 años 35 - 44 años
45 - 51 años 52 años o más
41.593
6.7701.191
63.423
Causa 51 Causa 52
Causa 53 Causa 54
89.002
9.389
14.307
279
0 a 7 jorn. 8 a 14 jorn.
15 a 29 jorn. >= 30 jorn.
1.322
312312
69
Marruecos Portugal Argelia
Alemania Resto
-
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2.2.3.4 Beneficiarios según sexo, tramos de edad, jornadas trabajadas y beneficiarios extranjeros de la renta agraria
En la renta agraria existe un equilibrio entre hombres y mujeres. En enero de 2017, hay un 53,38% de mujeres y un 46,62% de hombres. La franja de edad que predomina es la de 16 a 34 años, donde se encuentran el 35,76% de los beneficiarios (27.097). La distribución de los beneficiarios por edad
para esta prestación es distinta a la del subsidio agrario, siendo la renta agraria la protección para las nuevas incorporaciones de los trabajadores eventuales del campo en Andalucía y Extremadura.
Durante el mes de enero la mayoría de los beneficiarios trabajó menos de 7 jornadas en el campo. La proporción de beneficiarios extranjeros para la renta agraria es del 3,32%, algo mayor que la del subsidio agrario. Para esta prestación es también la nacionalidad
marroquí la más destacada, que supone un 67,57% (1.700) del total de beneficiarios extranjeros. Les siguen en importancia Rumanía con 434 beneficiarios, Polonia y Ucrania, que no tienen datos representativos en el subsidio agrario.
El perfil tipo del beneficiario de la renta agraria corresponde al de una persona joven, hombre o mujer, con una edad entre 16 y 34 años, con una duración del derecho de 180 días por año, que ha trabajado menos de 7 jornadas este mes. La cuantía mensual que percibe es el 80% del IPREM, 426 euros.
Figura 2.2.3.4. BENEFICIARIOS SEGÚN SEXO, TRAMOS DE EDAD, JORNADAS TRABAJADAS Y BENEFICIARIOS EXTRANJEROS DE LA RENTA AGRARIA Enero 2017
35.319
40.448
Hombres Mujeres
27.097
17.971
11.208
19.491
16 ‐ 34 años 35 ‐ 44 años
45 ‐ 51 años 52 años o más
52.567
9.315
13.774
111
0 a 7 jorn. 8 a 14 jorn.
15 a 29 jorn. >= 30 jorn.
1.700
434
76 53253
Marruecos Rumanía Polonia
Ucrania Resto
-
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2.2.3.5 Beneficiarios según sexo, tramos de edad, causas de acceso, jornadas trabajadas y beneficiarios extranjeros del total de la protección asistencial agraria La visión de conjunto de la protección agraria analizada queda definida por las características del subsidio agrario, ya que existe un mayor número de beneficiarios que perciben esta prestación, lo que determina el perfil del beneficiario tipo de la prestación asistencial agraria. Así, el perfil tipo conjunto del beneficiario de la protección asistencial agraria es el de una mujer mayor de 52 años que accede a un subsidio agrario de 360 días de duración anual, que cumple todos los requisitos, salvo la edad, para poderse jubilar y que percibe el 80% del IPREM, 426 euros mensuales.
Figura 2.2.3.5. BENEFICIARIOS SEGÚN SEXO, TRAMOS DE EDAD, CAUSA DE ACCESO, JORNADAS TRABAJADAS Y BENEFICIARIOS EXTRANJEROS DEL TOTAL DE LA PROTECCIÓN ASISTENCIAL AGRARIA Enero 2017
74.530
114.214
Hombres Mujeres
28.784
35.391
33.018
91.551
16 - 34 años 35 - 44 años
45 - 51 años 52 años o más
41.593
6.770 1.191
63.423
75.767
Causa 51 Causa 52
Causa 53 Causa 54
Renta agraria
141.569
18.704
28.081
390
0 a 7 jorn. 8 a 14 jorn.
15 a 29 jorn. >= 30 jorn.
3.022
444
77 60370
Marruecos Rumanía Polonia
Ucrania Resto
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2.2.4 Jornadas
2.2.4.1 Jornadas justificadas por alta inicial según causa de acceso Las jornadas justificadas son las que el trabajador acredita cuando solicita la prestación. La normativa establece, de forma general, un mínimo de 35 jornadas para el acceso al subsidio agrario o la renta agraria. Dado que para el acceso al subsidio especial (causas de acceso 52 y 54) los beneficiarios no necesitan justificar jornadas, este análisis se centrará en el subsidio normal (causas de acceso 51 y 53) y la renta agraria. En el mes del informe, en las altas de subsidio agrario se han justificado 60 jornadas de media por trabajador que ha accedido por la causa 51, de 48 jornadas los que han accedido por la causa 53 y en renta agraria esta media es de 54 jornadas. Por tanto, de media, los trabajadores que necesitan justificar jornadas para acceder a esta protección han superado ligeramente el mínimo de 35 jornadas requerido. En la figura adjunta se aprecia que en la última década el número medio de jornadas justificadas en altas ha ido descendiendo paulatinamente hasta el año 2013 volviendo a producirse un incremento a partir del año 2015.
Figura 2.2.4.1. JORNADAS JUSTIFICADAS POR ALTA INICIAL SEGÚN CAUSA DE ACCESO Comparativa meses de enero
59,36 58,16 57,79 54,20 55,56 54,31 55,23 59,21 58,16 60,12
46,25 47,09 43,04 44,62 42,00 43,26 39,5949,31 58,77 48,09
56,58 53,69 51,74 48,81 51,16 50,85 49,8953,64
52,4553,74
2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017
Causa 51 Causa 53 Renta agraria
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2.2.4.2 Jornadas trabajadas por beneficiario durante la percepción de la prestación, según causa de acceso Analizando los últimos diez años se observa que entre 2009 y 2015 se da un descenso considerable en el número de jornadas trabajadas por beneficiario, con repuntes en 2011 y 2012. En 2016 parece iniciarse la tendencia de recuperación hacia los niveles de 2008 y en 2017 se superan.
En el gráfico adjunto se observa que los beneficiarios de subsidio agrario, causas 51 y 53, y los beneficiarios de renta agraria acumulan mayor número de jornadas que el resto. Hay que recordar que estos colectivos necesitan acreditar un mínimo de 35 jornadas para poder acceder a un nuevo derecho.
Figura 2.2.4.2. JORNADAS TRABAJADAS ACUMULADAS POR BENEFICIARIO SEGÚN CAUSA DE ACCESO Comparativa meses de enero
7,00 5,49 5,81 6,30 6,38 4,83 5,82 4,72 6,067,58
2,461,94 2,20
2,47 2,712,08
2,662,00
2,553,39
5,43
4,22 4,524,84 5,38
3,42
4,77
3,18
4,13
5,461,32
1,051,19
1,341,66
1,36
1,60
1,26
1,55
2,014,45
3,323,45
3,914,15
3,05
3,93
3,25
4,49
5,49
2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017
Causa 51 Causa 52 Causa 53 Causa 54 Renta agraria
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3. Glosario de términos
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Altas iniciales Trabajadores eventuales agrarios que acceden al subsidio por desempleo agrario o a la renta agraria con un periodo de derecho máximo de 360 días para el subsidio agrario y de 300 días para la renta agraria. En el subsidio agrario se produce el devengo inmediato de la prestación. En renta agraria se inicia un periodo de espera, máximo de 3 meses, para la realización de acciones de inserción laboral previo al devengo de la prestación.
Bajas Salidas definitivas de los beneficiarios del subsidio agrario o de la renta agraria, bien por agotamiento del derecho, defunción, jubilación, de suspensión del derecho por colocación, incapacidad temporal, salida al extranjero, etc.
Reanudaciones Reincorporación al derecho suspendido tras la justificación de la finalización de la causa de suspensión.
Beneficiarios Trabajador eventual agrario de alta en el subsidio agrario o en el devengo de la renta agraria algún día del mes.
Perceptores Trabajador eventual agrario incluido en la nómina del mes del subsidio agrario o de la renta agraria.
Jornadas justificadas Jornadas agrarias trabajadas o asimiladas que el trabajador acredita en el momento de la solicitud del subsidio agrario o de la renta agraria. Con carácter general, deben justificarse un mínimo de 35 jornadas agrarias. En renta agraria, estas jornadas deben de haber sido cotizadas en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios (SEASS); y, en el subsidio agrario, se pueden admitir además jornadas con cotizaciones efectuadas al Régimen General dentro del Programa de Fomento de Empleo Agrario (PFEA).
Jornadas trabajadas Días trabajados durante la percepción del subsidio agrario o de la renta agraria, acreditables para el acceso a un futuro derecho a estas prestaciones agrarias. Información obtenida de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
Nómina pagada Importe pagado a los perceptores en el mes más la cotización al SEASS de la parte de la cuota fija mensual correspondiente a los días de inactividad agraria que el Servicio Público de Empleo Estatal ingresará directamente en la Tesorería General de la Seguridad Social.
Indicador Público de Renta de Efectivos Múltiples (IPREM) Es un índice empleado en España como referencia para la concesión de ayudas, becas, subvenciones o el subsidio por desempleo entre otros. Este índice nace en el año 2004 para sustituir al Salario Mínimo Interprofesional para el cálculo de estas ayudas. Para este año 2016, el IPREM es de 532,51 €/mes.
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4. Normativa
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Subsidio agrario Real Decreto 5/1997, de 10 de enero (B.O.E. nº 10 del 11 de enero), por el que se regula el subsidio por
desempleo a favor de los trabajadores eventuales incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios (SEASS)
Ley 45/2002, de 12 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad.
Real Decreto 2389/2004, sobre aplicación de las disposiciones transitorias del Real Decreto 5/1997, de 10 de enero.
Renta agraria Real Decreto 426/2003, del 11 de abril (B.O.E. nº 88 del 12 de abril), por el que se regula la renta agraria para los
trabajadores eventuales incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios (SEASS).
Normativa común para ambas prestaciones Ley 28/2011, de 22 de diciembre, por la que se procede a la integración del Régimen Especial Agrario de la
Seguridad Social en el Régimen General de la Seguridad Social.
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