primera unidad: teoria general del derecho administrativo derecho administrativo profesora: aurora...

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PRIMERA UNIDAD PRIMERA UNIDAD : : TEORIA GENERAL DEL TEORIA GENERAL DEL DERECHO ADMINISTRATIVO DERECHO ADMINISTRATIVO DERECHO ADMINISTRATIVO DERECHO ADMINISTRATIVO Profesora: AURORA CASTILLO Profesora: AURORA CASTILLO FUERMAN FUERMAN

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PRIMERA UNIDADPRIMERA UNIDAD: : TEORIA GENERAL DEL TEORIA GENERAL DEL

DERECHO ADMINISTRATIVODERECHO ADMINISTRATIVO

DERECHO ADMINISTRATIVODERECHO ADMINISTRATIVO

Profesora: AURORA CASTILLO FUERMANProfesora: AURORA CASTILLO FUERMAN

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16 de Agosto del 200816 de Agosto del 2008

FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVOFUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO

CODIFICACIÓN DEL DERECHO CODIFICACIÓN DEL DERECHO ADMINISTRATIVO ADMINISTRATIVO

CONSTITUCIONALIZACIÓN DEL DERECHO CONSTITUCIONALIZACIÓN DEL DERECHO ADMINISTRATIVO ADMINISTRATIVO

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FUENTES DEL DERECHO FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO

CLASIFICACION DE LAS FUENTESCLASIFICACION DE LAS FUENTES (MARTIN MATEO, Ramón):(MARTIN MATEO, Ramón):

FUENTES PRIMARIASFUENTES PRIMARIAS, las que nos dan un derecho , las que nos dan un derecho directamente aplicable. Escritas.directamente aplicable. Escritas.

CaracteresCaracteres: Generalidad, publicidad, jerarquización, : Generalidad, publicidad, jerarquización,

pervivencia hasta su derogación, vocación de futuropervivencia hasta su derogación, vocación de futuro

Comprende: CONSTITUCIÓN, LEYES Y Comprende: CONSTITUCIÓN, LEYES Y REGLAMENTOSREGLAMENTOS

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FUENTES DEL DERECHO FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO

CLASIFICACION DE LAS FUENTESCLASIFICACION DE LAS FUENTES (MARTIN MATEO, Ramón):(MARTIN MATEO, Ramón):

FUENTES COMPLEMENTARIAS, su vigencia FUENTES COMPLEMENTARIAS, su vigencia se deriva de los propios pronunciamientos de se deriva de los propios pronunciamientos de las fuentes primariaslas fuentes primarias

Comprende: LA COSTUMBRE, LOS Comprende: LA COSTUMBRE, LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO Y PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO Y LOS TRATADOS INTERNACIONALES LOS TRATADOS INTERNACIONALES

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FUENTES DEL DERECHO FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO

CLASIFICACION DE LAS FUENTESCLASIFICACION DE LAS FUENTES

(MARTIN MATEO, Ramón):(MARTIN MATEO, Ramón):

FUENTES ACLARATORIAS, orientan FUENTES ACLARATORIAS, orientan sobre el auténtico sentido y alcance de lo sobre el auténtico sentido y alcance de lo querido por el legisladorquerido por el legislador

Son: LA JURISPRUDENCIA Y LA Son: LA JURISPRUDENCIA Y LA DOCTRINADOCTRINA

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FUENTES DEL DERECHO FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO

Juan Carlos Morón denomina FUENTES DE Juan Carlos Morón denomina FUENTES DE INTEGRACION a: La JURISPRUDENCIA, las INTEGRACION a: La JURISPRUDENCIA, las RESOLUCIONES O PRECEDENTES de la RESOLUCIONES O PRECEDENTES de la ADMINISTRACION CONTENCIOSA, los ADMINISTRACION CONTENCIOSA, los PRONUNCIAMIENTOS de la ADMINISTRACION PRONUNCIAMIENTOS de la ADMINISTRACION CONSULTIVA, PRINCIPIOS GENERALES DEL CONSULTIVA, PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO ADMINISTRATIVODERECHO ADMINISTRATIVO

Sirven para iSirven para interpretanterpretar r y delimitay delimitar r campo de campo de aplicación del ordenamiento positivo (Ley 27444)aplicación del ordenamiento positivo (Ley 27444)

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FUENTES DEL DERECHO FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO

LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADOLA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADOLA LEYLA LEYLA COSTUMBRELA COSTUMBREJURISPRUDENCIAJURISPRUDENCIADOCTRINADOCTRINAPRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHOPRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHOPRECEDENTES ADMINISTRATIVOSPRECEDENTES ADMINISTRATIVOS

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FUENTES DEL DERECHO FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO

CONSTITUCIÓNCONSTITUCIÓN::

Límites de la actividad estatal por los derechos Límites de la actividad estatal por los derechos humanos, derechos positivos estatales, función humanos, derechos positivos estatales, función pública en la constitución, rol del estado en la pública en la constitución, rol del estado en la constitución económica, solución de controversia constitución económica, solución de controversia con el Estado, régimen de asignación de con el Estado, régimen de asignación de recursos del Estado, rendición de cuentas por recursos del Estado, rendición de cuentas por empleo, uso de bienes del estado y medios de empleo, uso de bienes del estado y medios de control sobre los actos de la Administración control sobre los actos de la Administración Pública (MORON URBINA, Juan Carlos)Pública (MORON URBINA, Juan Carlos)

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FUENTES DEL DERECHO FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO

TRATADOSTRATADOS: : Artículo 55Artículo 55 Constitución: Constitución: Los tratados Los tratados

celebrados por el Estado y en vigor celebrados por el Estado y en vigor forman parte del derecho nacional.forman parte del derecho nacional.

Los tratados y convenios internacionales Los tratados y convenios internacionales incorporados al Ordenamiento Jurídico incorporados al Ordenamiento Jurídico Nacional. (Ley 27444)Nacional. (Ley 27444)

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FUENTES DEL DERECHO FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO

LEYESLEYES: :

Leyes, decretos leyes, decretos Leyes, decretos leyes, decretos legislativos, decretos de urgencialegislativos, decretos de urgencia

Las leyes y disposiciones de jerarquía Las leyes y disposiciones de jerarquía equivalente. (Ley 27444)equivalente. (Ley 27444)

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FUENTES DEL DERECHO FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO

REGLAMENTOSREGLAMENTOS: : Decretos supremos y Decretos supremos y normas reglamentarias de normas reglamentarias de otros poderes del Estado otros poderes del Estado FACULTADES REGLAMENTARIAS DE LA FACULTADES REGLAMENTARIAS DE LA ADMINISTRACION:ADMINISTRACION:

- Los demás reglamentos del Poder Ejecutivo, - Los demás reglamentos del Poder Ejecutivo, los estatutos y reglamentos de las entidades, así los estatutos y reglamentos de las entidades, así como los de alcance institucional o provenientes como los de alcance institucional o provenientes de los sistemas administrativos.de los sistemas administrativos.

- Las demás normas subordinadas a los - Las demás normas subordinadas a los reglamentos anteriores. (Ley 27444)reglamentos anteriores. (Ley 27444)

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FUENTES DEL DERECHO FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO

JURISPRUDENCIAJURISPRUDENCIA: : Se integra con las resoluciones reiteradas y Se integra con las resoluciones reiteradas y uniformes que se expiden de las autoridades uniformes que se expiden de las autoridades jurisdiccionales competentes para resolver jurisdiccionales competentes para resolver casos específicos, que después pueden servir casos específicos, que después pueden servir de modelo o antecedente en casos análogos. de modelo o antecedente en casos análogos. (Patrón Faura y Patrón Bedoya) (Patrón Faura y Patrón Bedoya) En Procesos Constitucionales y en Procesos En Procesos Constitucionales y en Procesos Contencioso Administrativos Contencioso Administrativos que al resolver un que al resolver un caso concreto interpretan disposiciones caso concreto interpretan disposiciones administrativas. administrativas.

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FUENTES DEL DERECHO FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO

RESOLUCIONES DE LA ADMINISTRACIÓNRESOLUCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN a a través de sus tribunales o consejos regidos por través de sus tribunales o consejos regidos por leyes especiales, que al resolver un caso leyes especiales, que al resolver un caso concreto estable criterios interpretativos de concreto estable criterios interpretativos de alcance general y deben ser publicadas. Lo alcance general y deben ser publicadas. Lo emiten Tribunal (Ley 27444)emiten Tribunal (Ley 27444)PRONUNCIAMIENTO ADMINISTRACIÓN PRONUNCIAMIENTO ADMINISTRACIÓN CONSULTIVACONSULTIVA, (Ley 27444). De carácter , (Ley 27444). De carácter vinculante para el receptor. Lo emiten órganos vinculante para el receptor. Lo emiten órganos técnicos como Superintendencia de Banca y técnicos como Superintendencia de Banca y Seguros, Consejo Superior de Contrataciones y Seguros, Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, etc. Adquisiciones del Estado, etc.

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FUENTES DEL DERECHO FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO

LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO ADMINISTRATIVOSADMINISTRATIVOS::PGD son los soportes estructurales del sistema PGD son los soportes estructurales del sistema normativo. Integran las pautas de orientación jurídica de normativo. Integran las pautas de orientación jurídica de las norma, a veces ocasionales e incompletas y las norma, a veces ocasionales e incompletas y sometidas a cambios incesantes y continuos, como es la sometidas a cambios incesantes y continuos, como es la materia administrativa, sujeta a legislación dinámica. materia administrativa, sujeta a legislación dinámica. (Roberto Dromi)(Roberto Dromi)El derecho administrativo se constituye necesariamente El derecho administrativo se constituye necesariamente sobre un sistema de PGD que no sólo suplen las fuentes sobre un sistema de PGD que no sólo suplen las fuentes escritas, sino que son los que dan sentido y presiden su escritas, sino que son los que dan sentido y presiden su interpretación. Son principios técnicos, que articulan interpretación. Son principios técnicos, que articulan sobre todo el mecanismo básico del derecho, que son sobre todo el mecanismo básico del derecho, que son las instituciones (García de Enterría y T-Ramón las instituciones (García de Enterría y T-Ramón Fernandez)Fernandez)

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FUENTES DEL DERECHO FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO

LEY 27444: PRECEDENTES ADMINISTRATIVOSLEY 27444: PRECEDENTES ADMINISTRATIVOS1. Los actos administrativos que al resolver casos particulares 1. Los actos administrativos que al resolver casos particulares

interpreten de modo expreso y con carácter general el sentido de interpreten de modo expreso y con carácter general el sentido de la legislación, constituirán precedentes administrativos de la legislación, constituirán precedentes administrativos de observancia obligatoria por la entidad, mientras dicha observancia obligatoria por la entidad, mientras dicha interpretación no sea modificada. Dichos actos serán publicados.interpretación no sea modificada. Dichos actos serán publicados.

2. Los criterios interpretativos establecidos por las entidades, podrán 2. Los criterios interpretativos establecidos por las entidades, podrán ser modificados si se considera que no es correcta la ser modificados si se considera que no es correcta la interpretación anterior o es contraria al interés general. La nueva interpretación anterior o es contraria al interés general. La nueva interpretación no podrá aplicarse a situaciones anteriores, salvo interpretación no podrá aplicarse a situaciones anteriores, salvo que fuere más favorable a los administrados.que fuere más favorable a los administrados.

3. En todo caso, la sola modificación de los criterios no faculta a la 3. En todo caso, la sola modificación de los criterios no faculta a la revisión de oficio en sede administrativa de los actos firmes.revisión de oficio en sede administrativa de los actos firmes.

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FUENTES DEL DERECHO FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO

LEY 27444: CIRCULARES, INSTRUCTIVOSLEY 27444: CIRCULARES, INSTRUCTIVOS1. Las autoridades superiores pueden dirigir u orientar con 1. Las autoridades superiores pueden dirigir u orientar con

carácter general la actividad de los subordinados a ellas carácter general la actividad de los subordinados a ellas mediante circulares, instrucciones y otros análogos, los que mediante circulares, instrucciones y otros análogos, los que sin embargo, no pueden crear obligaciones nuevas a los sin embargo, no pueden crear obligaciones nuevas a los administrados.administrados.

2. Dichas disposiciones deben ser suficientemente difundidas, 2. Dichas disposiciones deben ser suficientemente difundidas, colocadas en lugar visible de la entidad si su alcance fuera colocadas en lugar visible de la entidad si su alcance fuera meramente institucional, o publicarse si fuera de índole meramente institucional, o publicarse si fuera de índole externa.externa.

3. Los administrados pueden invocar a su favor estas 3. Los administrados pueden invocar a su favor estas disposiciones, en cuanto establezcan obligaciones a los disposiciones, en cuanto establezcan obligaciones a los órganos administrativos en su relación con los administrados.órganos administrativos en su relación con los administrados.

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FUENTES DEL DERECHO FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO ADMINISTRATIVO

LEY 27444: Fuentes del procedimiento administrativo

El ordenamiento jurídico administrativo El ordenamiento jurídico administrativo integra un sistema orgánico que tiene integra un sistema orgánico que tiene autonomía respecto de otras ramas del autonomía respecto de otras ramas del Derecho.Derecho.

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FUENTES DEL DERECHO FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO

LEY 27444: DEFICIENCIA DE FUENTESLEY 27444: DEFICIENCIA DE FUENTES1. Las autoridades administrativas no podrán dejar de 1. Las autoridades administrativas no podrán dejar de resolver las cuestiones que se les proponga, por deficiencia resolver las cuestiones que se les proponga, por deficiencia de sus fuentes; en tales casos, acudirán a los PRINCIPIOS de sus fuentes; en tales casos, acudirán a los PRINCIPIOS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PREVISTOS EN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PREVISTOS EN ESTA LEY; en su defecto, a otras fuentes supletorias del ESTA LEY; en su defecto, a otras fuentes supletorias del derecho administrativo, y sólo subsidiariamente a éstas, a las derecho administrativo, y sólo subsidiariamente a éstas, a las normas de otros ordenamientos que sean compatibles con su normas de otros ordenamientos que sean compatibles con su naturaleza y finalidad.naturaleza y finalidad.

2. Cuando la deficiencia de la normativa lo haga aconsejable, 2. Cuando la deficiencia de la normativa lo haga aconsejable, complementariamente a la resolución del caso, la autoridad complementariamente a la resolución del caso, la autoridad elaborará y propondrá a quien competa, la emisión de la elaborará y propondrá a quien competa, la emisión de la norma que supere con carácter general esta situación, en el norma que supere con carácter general esta situación, en el mismo sentido de la resolución dada al asunto sometido a su mismo sentido de la resolución dada al asunto sometido a su conocimiento.conocimiento.

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FUENTES DEL DERECHO FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO

PATRÓN FAURA Y PATRÓN BEDOYA:PATRÓN FAURA Y PATRÓN BEDOYA:

Conjunto de conocimientos escritos y no escritos Conjunto de conocimientos escritos y no escritos que el Derecho Administrativo ha empleado que el Derecho Administrativo ha empleado para surgir y desarrollarse:para surgir y desarrollarse:

La doctrinaLa doctrina

La Normatividad LegalLa Normatividad Legal

La jurisprudenciaLa jurisprudencia

La costumbreLa costumbre

La acción discrecional del funcionarioLa acción discrecional del funcionario

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FUENTES DEL DERECHO FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO

LA DOCTRINALA DOCTRINA. En el derecho administrativo no puede . En el derecho administrativo no puede desconocerse la importancia que ha tenido el derecho científico en desconocerse la importancia que ha tenido el derecho científico en su evolución. Las opiniones de los autores, si bien no son su evolución. Las opiniones de los autores, si bien no son obligatorios tienen la imperatividad de la lógica y del buen sentido obligatorios tienen la imperatividad de la lógica y del buen sentido (CASSAGNE, Juan Carlos)(CASSAGNE, Juan Carlos)LA COSTUMBRELA COSTUMBRE, sólo tiene en el Derecho Administrativo, al , sólo tiene en el Derecho Administrativo, al menos, trascendencia normativa cuando es recogida por el menos, trascendencia normativa cuando es recogida por el legislador, cuando éste expresamente afirma que en determinadas legislador, cuando éste expresamente afirma que en determinadas circunstancias se aplicará la costumbre que reinaba anteriormente.circunstancias se aplicará la costumbre que reinaba anteriormente.(MARTÍN MATEO, Ramón)(MARTÍN MATEO, Ramón)LA ACCION DISCRECIONAL DEL FUNCIONARIOLA ACCION DISCRECIONAL DEL FUNCIONARIO. Patrón Faura y . Patrón Faura y Patrón Bedoya, señalan que se ponen de manifiesto cuando en Patrón Bedoya, señalan que se ponen de manifiesto cuando en determinadas circunstancias aparecen vacíos o lagunas en normas. determinadas circunstancias aparecen vacíos o lagunas en normas. El funcionario resolverá apelando a los principios doctrinarios, El funcionario resolverá apelando a los principios doctrinarios, antecedentes, experiencia, circunstancia y coyuntura del momento, antecedentes, experiencia, circunstancia y coyuntura del momento, sin apartarse de la ley, sino impulsándola y aplicándola sin apartarse de la ley, sino impulsándola y aplicándola adecuadamente.adecuadamente.

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CODIFICACION DEL DERECHO CODIFICACION DEL DERECHO ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO

Roberto DROMI señala que las razones que se Roberto DROMI señala que las razones que se aducen para oponerse a codificación:aducen para oponerse a codificación:Movilidad excesiva del derecho administrativoMovilidad excesiva del derecho administrativoMultiplicidad extraordinaria de las normas Multiplicidad extraordinaria de las normas administrativasadministrativasFalta de orden de las leyes administrativasFalta de orden de las leyes administrativasEl derecho público es incodificableEl derecho público es incodificableLa distinta duración a que se sujetan las leyes La distinta duración a que se sujetan las leyes administrativasadministrativasEl carácter local y nacional del derecho El carácter local y nacional del derecho administrativo administrativo

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CODIFICACION DEL DERECHO CODIFICACION DEL DERECHO ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO

DROMI propone codificación parcial o por DROMI propone codificación parcial o por materias, en: materias, en:

Actos administrativos, Actos administrativos,

parte general de contratos, parte general de contratos,

Organización administrativa y Organización administrativa y

control de la Administración centralcontrol de la Administración central

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CODIFICACION DEL DERECHO CODIFICACION DEL DERECHO ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO

Desde el DS 006-SC de 11.11.1967, el Perú se Desde el DS 006-SC de 11.11.1967, el Perú se adscribió a la tendencia de la regulación adscribió a la tendencia de la regulación unificadora del procedimiento administrativo. El unificadora del procedimiento administrativo. El DL 26111 le otorgó fuerza ley. Texto Único DL 26111 le otorgó fuerza ley. Texto Único Ordenado DS 02-94-JUS y sus modificatorias. Ordenado DS 02-94-JUS y sus modificatorias. Actualmente procedimiento administrativo se Actualmente procedimiento administrativo se rige por la Ley General de Procedimientos rige por la Ley General de Procedimientos Administrativos 27444, modificada por Ley Administrativos 27444, modificada por Ley 29060 (Ley Silencio administrativo, con vigencia 29060 (Ley Silencio administrativo, con vigencia a partir del 08.01.08) y Decreto Legislativo 1029 a partir del 08.01.08) y Decreto Legislativo 1029 (24.06.08) (24.06.08)

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CODIFICACION DEL DERECHO CODIFICACION DEL DERECHO ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO

Derecho Administrativo nacional Derecho Administrativo nacional tradicionalmente ha seguido la tendencia tradicionalmente ha seguido la tendencia legislativa y doctrinaria que diferencia un legislativa y doctrinaria que diferencia un régimen jurídico común para el régimen jurídico común para el procedimiento administrativo y los procedimiento administrativo y los regimenes legales de procedimientos regimenes legales de procedimientos especializados, que precedieron a las especializados, que precedieron a las reglas uniformesreglas uniformes

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CODIFICACION DEL DERECHO CODIFICACION DEL DERECHO ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO

Morón: con la Ley 27444, derecho Morón: con la Ley 27444, derecho administrativo ha sentado las bases para administrativo ha sentado las bases para una integración del tratamiento uniforme una integración del tratamiento uniforme del administrado frente a las potestades del administrado frente a las potestades públicas, conllevando una mejora en la públicas, conllevando una mejora en la predictibilidad de la Administración, en su predictibilidad de la Administración, en su transparencia y en la cautela de sus transparencia y en la cautela de sus facultades legales y constitucionales.facultades legales y constitucionales.

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SISTEMA JURIDICO DE SISTEMA JURIDICO DE DERECHO ADMINISTRATIVO DERECHO ADMINISTRATIVO

La corriente contemporánea predominante La corriente contemporánea predominante la representan los países en que su la representan los países en que su derecho administrativo tiene derecho administrativo tiene ordenamientos normativos que ordenamientos normativos que sistematizan y presentan ordenadamente sistematizan y presentan ordenadamente las disposiciones aplicables a las las disposiciones aplicables a las decisiones ejecutivas de la administración decisiones ejecutivas de la administración públicas para hacerlas homogéneas, públicas para hacerlas homogéneas, previsibles y sujetas a control de legalidad previsibles y sujetas a control de legalidad (MORON URBINA, Juan Carlos)(MORON URBINA, Juan Carlos)

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CONSTITUCIONALIZACION DEL CONSTITUCIONALIZACION DEL DERECHO ADMINISTRATIVODERECHO ADMINISTRATIVO

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE 1993CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE 1993

TITULO II: ESTADO Y LA NACIONTITULO II: ESTADO Y LA NACION

CAPITULO I:ESTADO, LA NACION Y EL CAPITULO I:ESTADO, LA NACION Y EL TERRITORIOTERRITORIO

Artículo 1.- Defensa de la persona humanaArtículo 1.- Defensa de la persona humana

La defensa de la persona humana y el respeto de La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.Estado.

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CONSTITUCIONALIZACION DEL CONSTITUCIONALIZACION DEL DERECHO ADMINISTRATIVODERECHO ADMINISTRATIVO

Derechos fundamentales de la personaDerechos fundamentales de la persona::Toda persona tiene derecho a: Toda persona tiene derecho a: La La VVida, ida, IIdentidad, dentidad, IIntegridad moral, psíquica y físicantegridad moral, psíquica y física, , IgualdadIgualdad, No , No Discriminación; LDiscriminación; Libertad de concienciaibertad de conciencia,, información, opinión información, opinión y y expresiónexpresión;; Buena Reputación e IntimidadBuena Reputación e Intimidad;; libertad de creación intelectual, artística, libertad de creación intelectual, artística, técnica y científicatécnica y científica; i; inviolabilidad del domicilionviolabilidad del domicilio, comunicaciones y documentos , comunicaciones y documentos privados;libre elección de residencia y tránsito; a reunirse pacíficamente, privados;libre elección de residencia y tránsito; a reunirse pacíficamente, asociarse, contratar y a trabajar; a la propiedad y herencia; pasociarse, contratar y a trabajar; a la propiedad y herencia; participararticipar en en vida vida política, económica, social y cultural de la Naciónpolítica, económica, social y cultural de la Nación; m; mantener reserva sobre sus antener reserva sobre sus conviccionesconvicciones;;identidad étnica y culturalidentidad étnica y cultural; f; formular peticionesormular peticiones;la nacionalidad, la ;la nacionalidad, la paz, tranquilidad, disfrute del tiempo libre y descansopaz, tranquilidad, disfrute del tiempo libre y descanso; legítima defensa y ; legítima defensa y llibertad y seguridad personalibertad y seguridad personal

La enumeración La enumeración nono excluye otros que tengan como excluye otros que tengan como base la dignidad del hombre, o en los principios de base la dignidad del hombre, o en los principios de soberanía del pueblo, del Estado democrático de soberanía del pueblo, del Estado democrático de derecho y de la forma republicana de gobiernoderecho y de la forma republicana de gobierno  

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CONSTITUCIONALIZACION DEL CONSTITUCIONALIZACION DEL DERECHO ADMINISTRATIVODERECHO ADMINISTRATIVO

CAPITULO IICAPITULO II: : DERECHOS SOCIALES Y DERECHOS SOCIALES Y ECONECONÓÓMICOSMICOS: Familia, salud, seguridad : Familia, salud, seguridad social, educación, profesorado (carrera pública), social, educación, profesorado (carrera pública), colegios profesionales, patrimonio cultural, colegios profesionales, patrimonio cultural, Trabajo Trabajo CAPITULO IIICAPITULO III::DERECHOS POLITICOS Y DE DERECHOS POLITICOS Y DE LOS DEBERESLOS DEBERES:: Ciudadanía, deberes de los Ciudadanía, deberes de los peruanosperuanosCAPITULO IVCAPITULO IV::DE LA FUNCION PÚBLICADE LA FUNCION PÚBLICA:: carrera pública, declaración jurada, carrera pública, declaración jurada, sindicalización y huelga, procuradores públicossindicalización y huelga, procuradores públicos

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CONSTITUCIONALIZACION DEL CONSTITUCIONALIZACION DEL DERECHO ADMINISTRATIVODERECHO ADMINISTRATIVO

TITULO IITITULO II: : ESTADO Y LA NACIONESTADO Y LA NACION

CAPITULO ICAPITULO I:: ESTADO, NACION Y ESTADO, NACION Y TERRITORIOTERRITORIO: Estado de derecho, : Estado de derecho, deberes Estado, ejercicio del poder, deberes Estado, ejercicio del poder, procuradores públicos, Supremacía de la procuradores públicos, Supremacía de la ConstituciónConstitución

CAPITULO IICAPITULO II: DE LOS TRATADOS: DE LOS TRATADOS

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CONSTITUCIONALIZACION DEL CONSTITUCIONALIZACION DEL DERECHO ADMINISTRATIVODERECHO ADMINISTRATIVO

TITULO IIITITULO III:: REGIMEN ECONOMICO REGIMEN ECONOMICOCAPITULO ICAPITULO I: : PRINCIPIOS GENERALESPRINCIPIOS GENERALES: Eco. Social de : Eco. Social de

mercado, pluralismo económico, protección al mercado, pluralismo económico, protección al consumidorconsumidor

CCAPITULO IIAPITULO II: : AMBIENTE Y RECAMBIENTE Y RECURSOSURSOSNATURALNATURALES ES CAPITULO IIICAPITULO III::PROPIEDADPROPIEDAD: Inviolabilidad, restricciones, : Inviolabilidad, restricciones,

bienes de dominio público y privadobienes de dominio público y privadoCAPITULO IVCAPITULO IV::REGIMEN TRIBUTARIO Y REGIMEN TRIBUTARIO Y

PRESUPUESTALPRESUPUESTAL: Incluye la Contratación pública: Incluye la Contratación públicaCAPITULO V: MONEDA Y LA BANCA CAPITULO V: MONEDA Y LA BANCA CAPITULO VI: REGIMEN AGRARIO Y COMUNIDADES CAPITULO VI: REGIMEN AGRARIO Y COMUNIDADES

CAMPESINAS Y NATIVASCAMPESINAS Y NATIVAS

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CONSTITUCIONALIZACION DEL CONSTITUCIONALIZACION DEL DERECHO ADMINISTRATIVODERECHO ADMINISTRATIVO

TTITULO IVITULO IV: : ESTRUCTURA DEL ESTADOESTRUCTURA DEL ESTADO CAPITULO I: PODER LEGISLATIVOCAPITULO I: PODER LEGISLATIVOCAPITULO IVCAPITULO IV: : PODER EJECUTIVO: (118º) PODER EJECUTIVO: (118º) corresponde al Presidente de la República: Ejercer corresponde al Presidente de la República: Ejercer la potestad de reglamentar las leyes sin la potestad de reglamentar las leyes sin transgredirlas ni desnaturalizarlas; y, dentro de tales transgredirlas ni desnaturalizarlas; y, dentro de tales límites, dictar decretos y resoluciones. Administrar la límites, dictar decretos y resoluciones. Administrar la hacienda pública. Ejercer las demás funciones de hacienda pública. Ejercer las demás funciones de gobierno y administración que la Constitución y las gobierno y administración que la Constitución y las leyes le encomiendan.leyes le encomiendan.CAPITULO V: CONSEJO DE MINISTROS: (119º) CAPITULO V: CONSEJO DE MINISTROS: (119º) Dirección y gestión de los Servicios PúblicosDirección y gestión de los Servicios Públicos

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CONSTITUCIONALIZACION DEL CONSTITUCIONALIZACION DEL DERECHO ADMINISTRATIVODERECHO ADMINISTRATIVO

CAPITULO VIII: PODER JUDICIALCAPITULO VIII: PODER JUDICIAL (139) Principios de la (139) Principios de la Administración de Justicia (debido proceso, derecho Administración de Justicia (debido proceso, derecho defensa, non bis in idem, presunción de inocencia)defensa, non bis in idem, presunción de inocencia)Art.148: ACCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA: Art.148: ACCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA: Las resoluciones administrativas que causan estado son Las resoluciones administrativas que causan estado son susceptibles de impugnación mediante la acción susceptibles de impugnación mediante la acción contencioso-administrativa.contencioso-administrativa.Órganos Constitucionales Autónomos: Consejo Nacional Órganos Constitucionales Autónomos: Consejo Nacional De La Magistratura, Ministerio Publico, Defensoría Del De La Magistratura, Ministerio Publico, Defensoría Del Pueblo, Jurado Nacional de Elecciones, Oficina Nacional Pueblo, Jurado Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Registro Nacional de de Procesos Electorales y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Identificación y Estado Civil.

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CONSTITUCIONALIZACION DEL CONSTITUCIONALIZACION DEL DERECHO ADMINISTRATIVODERECHO ADMINISTRATIVO

TÍTULO IV: ESTRUCTURA DEL ESTADOTÍTULO IV: ESTRUCTURA DEL ESTADOCAPÍTULO XIV: LA DESCENTRALIZACIÓN: Es una CAPÍTULO XIV: LA DESCENTRALIZACIÓN: Es una forma de organización democrática y constituye una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país.integral del país.El territorio de la República está integrado por regiones, El territorio de la República está integrado por regiones, departamentos, provincias y distritos, en cuyas departamentos, provincias y distritos, en cuyas circunscripciones se constituye y organiza el gobierno a circunscripciones se constituye y organiza el gobierno a nivel nivel nacional, regional y localnacional, regional y local, en los términos que , en los términos que establece la Constitución y la ley, preservando la unidad establece la Constitución y la ley, preservando la unidad e integridad del Estado y de la Nación. e integridad del Estado y de la Nación.

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CONSTITUCIONALIZACION DEL CONSTITUCIONALIZACION DEL DERECHO ADMINISTRATIVODERECHO ADMINISTRATIVO

TITULO V: GARANTIAS CONSTITUCIONALESTITULO V: GARANTIAS CONSTITUCIONALES

Acción de Amparo Acción de Amparo

La Acción de Hábeas Data La Acción de Hábeas Data

La Acción de Cumplimiento La Acción de Cumplimiento

Page 36: PRIMERA UNIDAD: TEORIA GENERAL DEL DERECHO ADMINISTRATIVO DERECHO ADMINISTRATIVO Profesora: AURORA CASTILLO FUERMAN

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