principios valores luis heber torres

22
SEGUNDO SEMESTRE DE DRECHO UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA HUMANIDADES INSTITUCIONAL CARTAGO VALLE PRINCIPIOS Y VALORES UNIVERSALES COOPERATIVOS PRINCIPIOS Y VALORES DE BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA Presentado por: EDNA KARINA VARGAS CASTAÑO ALEXÁNDER CASTAÑO GÓMEZ LUIS HEBER TORRES

Upload: luis-heber-torres-gaviria

Post on 18-Dec-2014

849 views

Category:

Documents


1 download

DESCRIPTION

 

TRANSCRIPT

Page 1: Principios valores luis heber torres

SEGUNDO SEMESTRE DE DRECHOUNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA

HUMANIDADESINSTITUCIONAL

CARTAGO VALLE15/ 09/ 2012

PRINCIPIOS Y VALORES UNIVERSALES COOPERATIVOS

PRINCIPIOS Y VALORES DE BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA

Presentado por: EDNA KARINA VARGAS CASTAÑO ALEXÁNDER CASTAÑO GÓMEZ LUIS HEBER TORRES

Page 2: Principios valores luis heber torres

ESTATUTOS DE LA COOPERATIVA BENEFICIAR

CONSTITUCION DE LAS COOPERATIVAS

Las cooperativas se constituyen por escritura pública o documento privado. El documento privado corresponde al acta de asamblea de constitución, que deberá estar suscrito por todos los asociados fundadores con su identificación y el valor de los aportes iniciales.

En la asamblea de constitución serán aprobados los estatutos y nombrados en propiedad los órganos de administración y vigilancia. El consejo de administración designado nombrará al representante legal de la entidad, quien se encargará de adelantar los trámites para el registro de la cooperativa en la cámara de comercio.

El número mínimo de fundadores es de veinte (20), salvo las excepciones consagradas para algunas cooperativas. Los asociados fundadores de una cooperativa deben acreditar la educación cooperativa con intensidad no inferior a veinte (20) horas, impartida por una entidad autorizada por el Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria –Dansocial.

En el documento de constitución se expresará por lo menos lo siguiente:

El nombre, identificación y domicilio de las personas que intervienen.El nombre de la entidad.La clase de persona jurídica.El objeto.El patrimonio y la forma de hacer los aportes.

Page 3: Principios valores luis heber torres

La forma de administración con indicación de las atribuciones y facultades de quien tenga a su cargo la administración y representación legal.La periodicidad de las reuniones ordinarias y los casos en los cuales habrá de convocarse a reuniones extraordinarias.La duración precisa de la entidad y las causases de disolución.La forma de hacer la liquidación una vez disuelta.Las facultades y obligaciones del Revisor Fiscal, si es del caso.Nombre e identificación de los administradores y representantes legales.

La cooperativa adquiere personería jurídica cuando se realice su registro en la cámara de comercio con jurisdicción en el lugar del domicilio principal; sin embargo, el registro e inscripción de cierto tipo de cooperativas lo realiza directamente la Superintendencia de la Economía Solidaria, como el de las cooperativas de trabajo asociado cuyas actividades no están sometidas a supervisión estatal especializada, el de las que ejercen la actividad educativa, etc. Las restantes cooperativas, luego de constituidas y registradas en la cámara de comercio correspondiente, deben remitir información a la mencionada Superintendencia, para que ésta realice control de legalidad sobre la constitución. Algunas actividades que pueden desarrollar las cooperativas se encuentran sometidas a la supervisión especializada del Estado, como la actividad financiera, los servicios de vigilancia y seguridad privada, transporte, salud, educación y servicios públicos; por tal razón, es necesario cumplir los requisitos especiales que para el desarrollo de las mismas exigen las entidades que ejercen supervisión y control sobre las mismas: Superintendencia de la Economía Solidaria, Superintendencia Financiera, Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, Superintendencia de Transporte, Superintendencia Nacional de Salud, Ministerio de Educación Nacional y Superintendencia de Servicios Públicos, según el caso.

REQUISITOS ESPECIALES

Cooperativas que desarrollan la actividad financiera:

En el caso de la actividad financiera, por ser ésta de interés público, requiere la previa autorización de las entidades estatales encargadas de su control y vigilancia, esto es, de la Superintendencia de la Economía Solidaria o Superintendencia Financiera. Dicha autorización será impartida cuando se acredite el monto de aportes sociales mínimos que se exija para este tipo de entidad, y se cumpla con la totalidad de los requisitos legalmente establecidos.

Page 4: Principios valores luis heber torres

De acuerdo con la Ley 454 de 1998, se entiende por actividad financiera la captación de depósitos, a la vista o a término, de asociados o de terceros, para colocarlos nuevamente a través de préstamos, descuentos, anticipos u otras operaciones activas de crédito y, en general, el aprovechamiento o inversión de los recursos captados de los asociados o de terceros.

La prestación de servicios de carácter financiero, puede llevarse a cabo a través de una de las siguientes modalidades:

Cooperativas de ahorro y crédito. Son organismos especializados que ejercen la actividad financiera exclusivamente con sus asociados y están sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia de Economía Solidaria.

Cooperativas Financieras. Son organismos especializados que prestan sus servicios no sólo a sus asociados sino también a terceros; su control y vigilancia le corresponde a la Superintendencia Financiera.

Cooperativas multiactivas y cooperativas integrales con sección de ahorro y crédito . Prestan los servicios financieros sólo a sus asociados y se encuentran sometidas al control de la Superintendencia de Economía Solidaria.

Cooperativas de trabajo asociado:

Son organizaciones que asocian personas naturales que simultáneamente son gestoras de la empresa, contribuyen económicamente a la cooperativa y aportan en forma directa su capacidad de trabajo para el desarrollo de actividades económicas, profesionales o intelectuales, con el fin de producir en común bienes, ejecutar obras o prestar servicios para satisfacer las necesidades de sus asociados y de la comunidad en general.

Page 5: Principios valores luis heber torres

Se constituyen con un número mínimo de diez (10) asociados y tienen por objeto social generar y mantener trabajo para los asociados de manera autogestionaria, con autonomía, autodeterminación y autogobierno.

Las cooperativas de trabajo asociado cuya actividad sea prestar servicios de salud, transporte, vigilancia y seguridad privada, y educación, deberán ser especializadas en la respectiva rama de la actividad, es decir, no pueden desarrollar actividades diferentes. (Decreto 4588 de 2006)

El registro e inscripción de las cooperativas de trabajo asociado lo realiza la Superintendencia de la Economía Solidaria o la Superintendencia que ejerce control sobre la respectiva actividad. Para llevar a cabo este registro es necesario obtener previamente la aprobación de los regímenes de trabajo asociado y de compensaciones, por parte del Ministerio de la Protección Social.

Las cooperativas de trabajo asociado que al 23 de enero de 2009 no iniciaron los trámites para obtener la aprobación del Ministerio y el registro ante la respectiva Superintendencia, quedaron incursas en causal de disolución y liquidación, de acuerdo con la Ley 1233 de 2008.

PERSONAS NATURALES

Las personas naturales que deseen afiliarse a BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA, deben cumplir con los siguientes requisitos:

1. Ser legalmente capaces y en el caso de los menores de edad no habilitados por la ley, lo pueden hacer a través de su representante legal.

Page 6: Principios valores luis heber torres

2. Comprometerse a pagar mensualmente como mínimo en aportes sociales, el monto señalado en los estatutos de BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA, es decir el 6% del ingreso básico mensual.

3. Diligenciar los formatos de afiliación y seguro de aportes, anexando Fotocopia del documento de identidad, Certificacion Laboral y dos (2) últimos desprendibles de nómina, para quienes laboren en aquellas empresas que no tengan vinculo de asociación con la Cooperativa y para aquellas personas que generan su ingreso de alguna actividad independiente, deben diligenciar los documentos de afiliación anexando Fotocopia del documento de identidad, Certificado de Existencia y Representación Legal, Nit u Rut, Balances y estados Financieros o Extractos Bancarios.

4. Deben contar con una cuenta de un Banco y autorizar el debito mensual de esta cuenta de los aportes y obligaciones que contraiga con la Cooperativa.

APORTES Y AHORROS PERMANENTES

El fomento de la cultura del ahorro es uno de los principales objetivos de BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA, ya que es mediante este mecanismo que nuestros asociados fortalecen su patrimonio en el corto y en el largo plazo, al tiempo que permiten a la Cooperativa generar toda una variedad de productos y servicios tendientes a cumplir con nuestra misión.

Aporte es la cuota que mensualmente se descuenta por nómina o efectua el asociado en la Cooperativa el cual debe ser como mínimo el 6% del salario básico o flexible del ingreso total percibido.

Cuando los ingresos del asociado corresponden a un valor igual o superior a un salario mínimo integral legal vigente, el aporte mínimo que debe realizar es el equivalente al 70% de un SMMLV.

Page 7: Principios valores luis heber torres

De conformidad con los estatutos de la Cooperativa, este aporte se contabiliza de la siguiente manera:

10% en la cuenta de aporte social individual.

90% en la cuenta de ahorro permanente individual.

Los aportes obtienen una revalorización equivalente al 100% del IPC certificado por el Dane para el año inmediatamente anterior al de la vigencia y los ahorros permanentes tienen una tasa de rentabilidad anual superior a la DTF.

Está demostrado que la mejor manera de prepararse para afrontar momentos de restricción y escasez económica, es generando ahorro de forma permanente cuando se tiene la posibilidad de percibir un ingreso. Recordemos que es más razonable gastar después de haber hecho el ahorro, que ahorrar lo que queda después de haber hecho los gastos. En BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA le ayudamos a poner en práctica este principio mediante los diferentes productos diseñados especialmente para tal propósito.

Page 8: Principios valores luis heber torres

Curso Doctrina de la Cooperativa

Cuadro Actividad 3

Fecha de Elaboración: 15/09/2012 Equipo N°5

Nombre del estudiante: EDNA KARINA VARGAS CASTAÑO

Nombre cooperativa: BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA.

Página Web de la empresa cooperativa: http://www.beneficiar.com.co/index.php?option=com_content&view=frontpage&Itemid=30

VALORES UNIVERSA

LES

DEL

COOPERATIVISMO

VALORDEFINICIÓN DEL

VALOR

N° Y TEXTO DEL

ARTÍCULO QUE

APLICA EL VALOR

EXPLIQUE LA APLICACIÓN PRÁCTICA DEL

VALOR EN LA COOPERATIVA

AYUDA MUTUA

Se basa en la creencia de

que toda la gente puede

y debe controlar su

propio destino.

1. Ayuda mutua:

Se basa en la creencia

de que toda la gente

puede y debe controlar

su propio destino.

La ayuda mutua es un valor y principio de la

cooperativa y está dirigida de estricto y es

aplicable para solidaridad y humanismo y todo lo

que uno quiere recuperar si se dedica lo logra por

medio del amor que le pongamos a toda

actividad dejando de lado el egoísmo moderno

que nos aparta de lo humanos que podríamos ser.

RESPONSABILIDAD

Quiere decir que los

miembros asumen la

responsabilidad para su

cooperativa, para su

creación y vitalidad

continua.

2. Responsabilida

d: Quiere decir que los

miembros asumen la

responsabilidad para

su cooperativa, para

su creación y vitalidad

continua.

La responsabilidad en la La Cooperativa es la

imagen o confianza de todos los asociados y las

personas con las cuales nos comprometemos en

prestarle un servicio en este caso es parte

fundamental para que se desarrolle cualquier

trabajo o tarea que nos encomienden y si

Page 9: Principios valores luis heber torres

pensamos en nosotros como profesionales no

encontraríamos un futuro prominente porque nos

detestarían y nos apartarían de encomendarnos

asesorías judiciales.

DEMOCRACIA

Los miembros tienen

derecho a participar, ser

informados, ser

escuchados y ser

involucrados en la toma

de decisiones.

3. Democracia:

Los miembros tienen

derecho a participar,

ser informados, ser

escuchados y ser

involucrados en la

toma de decisiones.

En la cooperativa se busca con la implementación

de este valor la participación en todas las

decisiones para que le traigan beneficios y un

equilibrio a su economía solidaria

IGUALDAD

Los miembros deben

asociarse lo más

igualitariamente posible,

aunque esto sea, a veces

un reto difícil en las

grandes cooperativas o

en las federaciones de

cooperativas.

4. Igualdad: Los

miembros deben

asociarse lo más

igualitariamente

posible, aunque esto

sea, a veces un reto

difícil en las grandes

cooperativas o en las

federaciones de

cooperativas.

La igualdad es la finalidad del cooperativismo

para que por medio de esta se implemente un

beneficio común para todos los asociados.

Page 10: Principios valores luis heber torres

EQUIDAD

Se refiere a la forma en

que se trata a los

miembros dentro de la

cooperativa y a la forma

de retribuirles su

participación en la

cooperativa.

5. Equidad: Se

refiere a la forma en

que se trata a los

miembros dentro de la

cooperativa y a la

forma de retribuirles

su participación en la

cooperativa.

La equidad es un valor que permite integrar los

asociados para que adquieran un sentido de

pertenencia al dárseles el mismo trato e

importancia en la cooperativa.

SOLIDARIDAD

La cooperativa tiene la

responsabilidad de velar

por el interés colectivo de

sus miembros. Es la mera

causa y consecuencia de

auto ayuda y ayuda

mutua, dos de los

conceptos fundamentales

que son al corazón de la

filosofía cooperativa

6. Solidaridad: La cooperativa tiene la responsabilidad de velar por el interés colectivo de sus miembros. Es la mera causa y consecuencia de auto ayuda y ayuda mutua, dos de los conceptos fundamentales que son el corazón de la filosofía cooperativa.

Es el fundamento del cooperativismo y el pilar

que guía esta Cooperativa que estudiamos. ya

que esta no solo busca el bienestar de su

comunidad si no también el de si trabajadores, y a

sus beneficiarios.

Page 11: Principios valores luis heber torres

PRINCIPIOS

UNIVERSALES

DEL

COOPERATIVISMO

PRINCIPIODefinición del

principio

N° y Texto del

Artículo que aplica

el valor

Explique la aplicación práctica del

principio en la cooperativa

MEMBRESÍA ABIERTA Y VOLUNTARIA

Las cooperativas son organizaciones voluntarias abiertas para todas aquellas personas dispuestas a utilizar sus servicios y dispuestas a aceptar las responsabilidades que conlleva la membresía sin discriminación de género, raza, clase social, posición política o religiosa.

1. Asociación

Voluntaria y abierta

Las cooperativas son

organizaciones

voluntarias abiertas

para todas aquellas

personas dispuestas a

utilizar sus servicios y

dispuestas a aceptar

las responsabilidades

que conlleva la

membrecía, sin

discriminación de

género, raza, clase

social, posición política

o religiosa.

La cooperativa que estudiamos busca que las

personas interesadas en asociarse y utilizar sus

servicios por iniciativa propi se disponen a

aceptar las responsabilidades internas de

BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA.

2. Control

Page 12: Principios valores luis heber torres

CONTROL DEMOCRÁTICO DE

LOS MIEMBROS

Las cooperativas son organizaciones democráticas controladas por sus miembros quienes participan activamente en la definición de las políticas y en la toma de decisiones. Los hombres y mujeres elegidos para representar a su cooperativa responden ante los miembros. En las cooperativas de base los miembros tienen igual derecho de voto (un miembro, un voto), mientras en las cooperativas de otros niveles también se organizan con procedimientos democráticos.

democrático de los

miembros

Las cooperativas son

organizaciones

democráticas

controladas por sus

miembros, quienes

participan activamente

en la definición de las

políticas y en la toma

de decisiones.

Este principio democrático tan extendido

actualmente se aplica también en la entidad

cooperativa en mención, ya que sus asociados

participan de una manera activa en todas las

decisiones en igualdad de condiciones, es decir

un voto por miembro.

LA PARTICIPACIÓN ECONÓMICA DE LOS

MIEMBROS

Los miembros contribuyen de manera equitativa y controlan de manera democrática el capital de la cooperativa. Por lo menos una parte de ese capital es propiedad común de la cooperativa. Usualmente reciben una

3. Participación

económica

Los miembros

contribuyen

equitativamente y

controlan de manera

democrática el capital

de la cooperativa. Por

lo menos una parte de

Dentro de este principio pudimos observar que se

aplica en nuestra cooperativa estudiada ya que

sus miembros contribuyen e inspeccionan los

aspectos financieros con fines de estructurar

económicamente el capital social de la

cooperativa en mención.

Page 13: Principios valores luis heber torres

compensación limitada, si es que la hay, sobre el capital suscrito como condición de membresía.Los miembros asignan excedentes para cualquiera de los siguientes propósitos: el desarrollo de la cooperativa mediante la posible creación de reservas, de la cual al menos una parte debe ser indivisible; los beneficios para los miembros en proporción con sus transacciones con la cooperativa; y el apoyo a otras actividades según lo apruebe la membresía.

ese capital es

propiedad común de la

cooperativa.

4. Autonomía e

Page 14: Principios valores luis heber torres

AUTONOMÍA E INDEPENDENCIA

Las cooperativas son organizaciones autónomas de ayuda mutua, controladas por sus miembros. si entran en acuerdos con otras organizaciones (incluyendo gobiernos) o tienen capital de fuentes externas, lo realizan en términos que aseguren el control democrático por parte de sus miembros y mantengan la autonomía de la cooperativa.

Independencia

Las cooperativas son

organizaciones

autónomas de ayuda

mutua, controladas por

sus miembros. Si

entran en acuerdos

con otras

organizaciones,

(incluyendo gobiernos)

o tienen capital de

fuentes externas, lo

realizan en términos

que aseguren el

control democrático

por parte de sus

miembros y

mantengan la

autonomía de la

cooperativa.

Este principio universal forma parte esencial de la

cooperativa en estudio ya que para su

consolidación ha hecho uso de acuerdo con otros

entidades cooperativas adquiriendo capital para

ser una entidad de economía solidaria sin

necesidad de recurrir a aportes estatales,

conservando su autonomía e independencia.

5. Educación,

Page 15: Principios valores luis heber torres

EDUCACIÓN, FORMACIÓN E INFORMACIÓN

Las cooperativas brindan educación y entrenamiento a sus miembros, a sus dirigentes electos, gerentes y empleados, de tal forma que contribuyan eficazmente al desarrollo de sus cooperativas. Las cooperativas informan al público en general -particularmente a jóvenes y creadores de opinión- acerca de la naturaleza y beneficios del cooperativismo.

Entrenamiento e

información

Las cooperativas le

proporcionan

educación y

entrenamiento a sus

miembros,

representantes

electos, dirigentes y

empleados de modo

que puedan contribuir

eficazmente al

desarrollo de sus

cooperativas.

Esta cooperativa con este principio busca

garantizar a sus empleados y asociados una

educación y cultura con fin de mejorar la calidad

de vida de todas las personas que hacen parte de

esta, además el de informar a las sociedad los

beneficios que esta tiene para lograr una

incentivación el cual permitirá nuevos aportes

para esta.

COOPERACIÓN ENTRE

COOPERATIVAS

Las cooperativas sirven a sus miembros más eficazmente y fortalecen el movimiento cooperativo, trabajando de manera conjunta por medio de estructuras locales, nacionales, regionales e internacionales.

6. Cooperación

entre Cooperativas

Las cooperativas sirven

a sus miembros más

eficazmente y

fortalecen el

movimiento

cooperativo trabajando

en conjunto o

mediante las

Este principio se invoca con la finalidad de

fortalecer el pensamiento cooperativo al trabajar

mancomunadamente en su desarrollo tanto a

nivel regional, nacional e internacional.

Page 16: Principios valores luis heber torres

estructuras locales,

nacionales e

internacionales.

COMPROMISO CON LA COMUNIDAD

La cooperativa trabaja para el desarrollo sostenible de su comunidad por medio de políticas aceptadas por sus miembros.

7. Compromiso

con la Comunidad

La cooperativa trabaja

para el desarrollo

sostenible de su

comunidad por medio

de políticas aceptadas

por sus miembros.

El fin primordial y el motor de esta entidad es la

ayuda , la solidaridad encaminada al desarrollo de

la comunidad dentro de las políticas estatutarias

aprobadas pro los asociados en pro del bienestar

común.

Page 17: Principios valores luis heber torres

BIBLIOGRAFÍA

Alianza Cooperativa Internacional para las Américas. (2012). PRINCIPIOS Y VALORES UNIVERSALES DEL COOPERATIVOS.

Beneficiar Entidad Cooperativa. (2012). Beneficiar Entidad Cooperativa. Obtenido de Cooperativismo, Doctrina Valores y Principios Cooperativos : http://www.beneficiar.com.co/index.php?option=com_content&view=article&id=96&Itemid=117

FONDO DE EMPLEADOS. (2012). FONDO DE EMPLEADOS. Obtenido de VALORES UNIVERSALES DEL COOPERATIVISMO: http://portal2.feud.com.co/nosotros/114-valores-universales-del-cooperativismo