procedimiento especial procedimiento trilateral dra. rosario acevedo kenchau 05.03.2013
TRANSCRIPT
PROCEDIMIENTO ESPECIAL
PROCEDIMIENTO TRILATERAL
DRA. ROSARIO ACEVEDO KENCHAU
05.03.2013
INTRODUCCIÓN
• “Aquel procedimiento que ha sido pensado para
una hipótesis particular y concreta cuyo contenido
aconseja una tramitación distinta de la general”.
• Contiene materias especializadas y esta orientada
en la des judicialización de los conflictos.
DEFINICIÓN
• El Procedimiento Trilateral es el procedimiento
administrativo triangular, cuasi-jurisdiccional, o
contencioso en sede administrativa, desarrollado
en el ámbito de la Administración Pública dirigido
a decidir un conflicto de intereses suscitado con
motivo de la actuación pública o en asuntos de
interés público y en donde la autoridad ejerce el
rol de instructor y decisor de la causa.
DEFINICIÓN LEGAL
Artículo 219.1Artículo 219.1
•El procedimiento trilateral es el procedimiento
administrativo contencioso seguido entre dos o
más administrados ante las entidades de la
administración y para los descritos en el inciso 8)
del Artículo I del Título Preliminar de la Ley 27444.
PROCEDIMIENTO TRILATERAL
Contencioso
•existe conflicto
Seguido entre 2 o más partes
•Reclamante y Reclamado
Ante la Autoridad
•Competente para resolver
RÉGIMEN DEL P.A.T
• El procedimiento trilateral se rige por lo dispuesto
en el Titulo IV, Capitulo I de la Ley 27444: P.
Trilateral - 219º – normas especiales, y P.
Sancionador – 230º – Normas especiales• Respecto de los procedimientos administrativos
trilaterales regidos por Leyes especiales, este capítulo tendrá únicamente carácter supletorio.
• La mayoría de estos procedimientos se
encuentran en Leyes especiales
PROCEDIMIENTO ORDINARIO
• En el Procedimiento administrativo ordinario, el
administrado dirige a ésta una solicitud, la cual,
luego de evaluar, aprueba o desaprueba la
solicitud. La Administración actúa como juez
y parte.
PROCEDIMIENTO ESPECIAL
• En el P. trilateral existe una controversia entre los
administrados intervinientes y cada administrado
dirige sus pretensiones a la contraparte y no a la
Administración. La Administración actúa sólo
como un juez.
PROCEDIMIENTO ESPECIAL
• Inciso 8) del Artículo I.- Las personas jurídicas bajo el
régimen privado que prestan servicios públicos o ejercen
función administrativa, en virtud de concesión, delegación
o autorización del Estado, conforme a la normativa sobre la
materia.
• Ejemplo: Edelnor, Telefónica, etc.
CLASES DE CONTROVERSIA
Controversia entre los administrados
•Ejm.: Servicios públicos
Controversia entre la Autoridad y los Administrados
• Ejm.: Contrataciones públicas, tributario, etc
FORMAS DE INICIO
• Solucionar controversias a pedido de parte o de
oficio.
• De oficio: Afectación colectiva o intereses difusos.
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO
• El administrado recurre a la autoridad y solicita el inicio del
Procedimiento Trilateral (reclamante inicia acto
administrativo)
• Esto implica un pronunciamiento de la entidad (emisión
de un acto administrativo)
• Derecho de contradicción de la decisión (derecho a
impugnar)
PROCEDIMIENTO TRILATERAL - I
AUTORIDADADMINISTRATIVA
Reclamante Reclamado
PronunciamientoCOMPETENCIAIMPUGNABLE ANTE
PODER JUDICIAL
1
2
3
4
PROCEDIMIENTO TRILATERAL - II
5
ENTIDADADMINISTRATIVA
Reclamante Reclamado
COMPETENCIA
DEFINITIVO NO IMPUGNABLE ANTE EL PODER JUDICIAL
(Conciliación) (transacción)
ACTOS DE IMPULSO
RECLAMACIÓN
• Requisitos del Artículo 113º de la Ley.
• Nombre y dirección del reclamado.
• Motivos del reclamo.• Petición de sanciones
o acción afirmativa.• Pruebas • Anexos.
CONTESTACIÓN
• Requisitos del Artículo 113º de la Ley.
• Absolución de todos los puntos atribuidos por el reclamante
• Los no absueltos se tienen por ciertos.
• No presentación: Rebeldía o entrega fuera de plazo.
ADMISIÓN A TRÁMITEADMISIÓN A TRÁMITE
• Presentación de Pruebas.
• Por acuerdo de las partes, prescindir de la
actuación de pruebas.
• Interposición de Medidas Cautelares
• Impugnables sin efectos suspensivos.
• Normas Especiales
• Aplicación de normas legales especiales de
manera supletoria.
PROCEDIMIENTO TRILATERALPROCEDIMIENTO TRILATERAL
Reclamación
AutoridadReclamante Reclamado
Resolución de la Autoridad
• Requisitos de fondo y forma.• Datos del Reclamado• Motivos• Pertición de Sanciones• Pruebas
• Admite la Reclamación y notifica al Reclamado. Contestación
Replica
No Contesta
Con Acuerdo
Sin Acuerdo
•Inimpugnables,reconoce actas o convenios
• Impugnables ante la propia autoridad y el Poder Judicial
15 dias15 dias
CONCILIACIÓN - TRANSACCIONCONCILIACIÓN - TRANSACCION
• Procedencia: sólo cuando la Ley lo permita.
• Plazo: Antes de la emisión de la Resolución Final.
• Efectos: Los que la ley establezca en cada caso (fin al
proceso, deja sin efecto las resoluciones que se
hubieren emitido).
• Formalización: Debe ser recogido en una Resolución,
por escrito clara identificación de las partes y los
acuerdos.
• Regla especial: Consecución de oficio a pesar de los
acuerdos, cuando hay intereses general o de terceros.
DERECHO DE CONTRADICCIÓNDERECHO DE CONTRADICCIÓN
• Al ser expedida por una autoridad u órgano sometido a subordinación jerárquica, sólo procede la interposición del recurso de apelación. De no existir superior jerárquico, sólo cabe plantear recurso de reconsideración.(…)
Dentro de los 15 días de recibido el expediente por el superior jerárquico se correrá traslado a la otra parte y se le concederá plazo de 15 días para la absolución de la apelación.
Con la absolución de la otra parte o vencido el plazo … la autoridad podrá señalar día y hora para la vista de la causa que no podrá realizarse en un plazo mayor a de 10 días …
La administración deberá emitir resolución dentro de los 30 días siguientes a la fecha de realización de la audiencia.
IMPUGNACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO IMPUGNACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO TRILATERALTRILATERAL
Reconsideración
Resolución de la Autoridad
Apelación
Sin Acuerdo
15 días15 días
10 días10 días
Absolver la Apelación
Vista de la causa
10 días10 días
30 días30 días
Resolución de la Autoridad
Poder Poder JudicialJudicial
GRACIASDRA. ROSARIO ACEVEDO KENCHAU
[email protected]#945424835