procesal civil 1.odt

Upload: ivan-lupich

Post on 21-Feb-2018

224 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 7/24/2019 procesal civil 1.odt

    1/8

    1.1. Derecho Procesal y el derecho procesal civil.

    1.1.1.Conceptoy Contenido (Cap. I, pg. 11 a 19)

    Realizacin directa o indirecta del derecho

    Para Robinson Crusoe, es ipensable uncon!lictode los del tipo "ue el D#R#C$% est llaado a solucionar.

    #l D#R#C$% tiene sentido cuandoel $obrede&a de vivir para epe'ar a C%IIR.

    #l Derecho sustancial tiende a lograr el orden en las relaciones entre los hobres.De este odo, consagraderechosy establece obligaciones

    *a ayor+a de las veces, lasnoras&ur+dicas "ue establecen reglas de conductas son obedecidas y los derechos espontneaente

    go'ados por sus titulares (R#*I-CI DIR#C/)

    Pero, cuando ello no ocurre, se debe acudir ante los tribunales (R#*I-CI IDIR#C/ D#* %RD# 0R2DIC%), por estar

    PR%$I3ID la&usticiapor ano propia, salvo4 /%//#* de los derechos ( leg+tia de!ensa4 penal5 Derecho de retenci6n4 civil).

    Diario la o' del Interior 178:89

    ;illa Carlos Pa'. olar+s, un polic+a !ederal retirado, to6 el ara "ue llevaba

    en el veh+culo y e!ectu6 un disparo hacia la parte posterior del veh+culo "ue ipact6 en uno de los asaltantes.

    #l!iscalRicardo Aa''uchi le di&o a este diario "ue to6 la decisi6n de no iputar a >olar+s por"ue ;actu6 en de!ensa propia;. B aadi64;#s una causa de &usti!icaci6n de una conducta"ue de otra anera ser+a delictiva, "ue es atar a otro;.

    #ste caso, coo bien podeos observar, es de e?cepci6n4 encuadrar+a en lo "ue laleydispone coo utotutela de los derechos.

    #n nuestra asignatura estudiareos todo lo relacionado con el derecho privado, coo es el derecho civily coercial, por"ue ante la

    http://www.monografias.com/trabajos10/teca/teca.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/teca/teca.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/teca/teca.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/confyneg/confyneg.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/confyneg/confyneg.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/confyneg/confyneg.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/fundamento-ontologico/fundamento-ontologico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/fundamento-ontologico/fundamento-ontologico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/fundamento-ontologico/fundamento-ontologico.shtmlhttp://www.monografias.com/Derecho/index.shtmlhttp://www.monografias.com/Derecho/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/hanskelsen/hanskelsen.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/hanskelsen/hanskelsen.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/control-fiscal/control-fiscal.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/control-fiscal/control-fiscal.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/control-fiscal/control-fiscal.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/conducta/conducta.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/conducta/conducta.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/evco/evco.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/confyneg/confyneg.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/fundamento-ontologico/fundamento-ontologico.shtmlhttp://www.monografias.com/Derecho/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/hanskelsen/hanskelsen.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/control-fiscal/control-fiscal.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/conducta/conducta.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/evco/evco.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/teca/teca.shtml
  • 7/24/2019 procesal civil 1.odt

    2/8

    presencia de un con!licto entre las partes stas podrn solucionarlo ocurriendo al tribunal.

    Podeos de!inir al Derecho Procesal coo4

    #l con&unto de principiosy noras &ur+dicas, "ue regulan la actividad &udicial del#stadoy de los particulares en la reali'aci6n indirecta

    del derecho.

    ;nte la violaci6n del orden &ur+dico, cabe la posibilidad de coposici6n de la controversia con o sin la intervenci6n de los 6rganos

    &udiciales.

    s+, el orden &ur+dico puede recoponerse directa y espontneaente, sin necesidad de intervenci6n de los 6rganos &udiciales. % caso

    contrario, puede re"uerirse la intervenci6nde los 6rganos estatales a !in de lograr su cupliiento coactivo. (Reali'aci6n o!icial indirecta).

    Destacaos "ue hay ciertas situaciones en donde la intervenci6n de los 6rganos &udiciales se torna indispensable para recoponer el

    &ur+dico "uebrantado. #s el caso cuando se trata

    de ateriano disponible por e?clusiva voluntad de las partes, as+ por e&eplo, en losdelitosdeacci6npEblica, o en ateria

    de divorcio,en donde es necesaria la intervenci6n

    del &ue', es decir no e?iste el divorcio sin sentencia "ue as+ lo declare.

    >u ob&eto de estudio se copone del anlisisde principios "ue hacen a lossisteasprocesales y ediati'an las garant+as

    constitucionales "ue deben asegurarse en la reali'aci6n delproceso&udicial (inviolabilidad de la de!ensa en &uicio, &ue' natural, debido

    proceso, etc.), coo as+ tabin del derecho positivo contenido en las leyes4Constituci6nacional y Provincial, C6digos de !ondo y

    !ora.

    #l estudio de estadisciplinapuede reali'arse desde un punto de vista esttico y dinico. #l priero coprende el anlisis de las

    reglas contenidas en las Constituciones (acional y

    Provincial), leyes orgnicas delpoder &udicialy acordadas en los /ribunales >uperiores. *a !a'dinicase ocupa de la actividad "ue

    desarrollan los su&etos procesales en el trite &udicial y "ue var+a segEn la ateria y elsistea.

    Por otra parte, puede conocerse estacienciapor su aspecto sub&etivoFob&etivo. #l priero anali'a la actuaci6n de los su&etos segEn su

    posici6n en la litis, precisando sus deberes, !acultades y cargas. #l ob&etivo atiende a cuestiones !orales (circunstancias de

    lugar,tiepoy odo).

    #l principal ob&eto de estudio de la ciencia procesal es el anlisis del proceso coo estructuratcnico F &ur+dica tabin sus diversas

    !oras de ani!estaci6n en la actuaci6n del derecho.

    *a doctrina sostiene "ue el contenido del Derecho Procesal es4

    1F #studio de las reglas de organi'aci6ny atribuci6n de copetenciadelpoder&udicial (estructura de los 6rganos &udiciales, poderes y

    deberes de sus integrantes, garant+as e incopatibilidades de &ueces y au?iliares, reglas de &urisdicci6n y copetencia, organi'aci6n

    del Ainisterio PEblico).

    GF nlisis del rgien &ur+dico aplicable a los su&etos procesales.

  • 7/24/2019 procesal civil 1.odt

    3/8

    dispositivo y atribuir ayores !acultades al 0ue'. #n 19 se public6 elnteproyectode c6digo Procesal CivilAodelopara

    Iberoarica.

    1.HFProcediiento. Concepto. #leentos. #tapas Cargas yPresupuestosProcesales. (Pg. H= a :1).

    #l derecho procesal civil es una raa del derecho procesal "ue coo disciplina, estudia la naturale'a, desenvolviiento y e!icaciadel

    con&unto de relaciones &ur+dicas denoinadas proceso civil.

    1

    L>C%I, #nri"ue, /eor+ageneral de proceso, /eis, 3s. s, 19=, Pg. =K.

    #l derecho procesal civil tiende a la actuaci6n del derecho de !ondo o aterial "ue es el derecho civil, es decir, tienecoopresupuestouna relaci6n &ur+dica de derecho civil,

    peritiendo la reali'aci6n indirecta del derecho.

    1.H.1 #l derecho procesal civil es un instruento &ur+dico M tcnico para restablecer el orden &ur+dico alterado y por su interedio, se

    procura una resoluci6n &urisdiccional "ue declare

    un derecho "ue lo constituya o "ue iponga una condena de dar, hacer o de no hacer.

    @eneralente se resuelvencon!lictosde carcter patrionial entre personas de derecho privado.

    #l ob&eto de estudio del derecho procesal civil est dado por a"uellosprocesoscuyo ob&eto consiste en una pretensi6n o petici6n

    !undada en el derecho privado, constituye una raa aut6noa dela ciencia&ur+dica, el derecho procesal civil pertenece alderecho

    pEblicoaun"ue las relaciones &ur+dicas "ue se controvierten en el correspondan coo regla al derecho privado, esto trae coo

    consecuencia "ue las partes no se encuentren habilitadas para regular el desenvolviiento del proceso de acuerdo con su voluntad.

    *a ayor+a de los C6digos Procesales civiles del pa+s presentan la caracter+stica de ser escritos y !orales, lo cual iplica "ue la

    actividad procesal se reali'a de esta anera. *as !oras en el proceso no se establecen por"ue s+, sino por una !inalidad trascendente

    y a ello obedecen las !oralidades de los &uicios "ue son ipuestas por la ley para evitar la arbitrariedad del &ue'. #s opuesto este

    principio de legalidadde las !oras a las !oras &udiciales, "ue de&a en libertadal &ue' para iponer la !ora de los actos procesales.

    *as !oras procesales se presentan no por la !ora isa, el abuso del !oraliso el cual se ha presentado en algunos !allos

    &udiciales conduce a lo "ue se ha denoinado coo e?ceso de rigor !oral o e?ceso ritual ani!iesto, "ue ha sido tratado por la Corte

    >uprea de 0usticia de laaci6n.

    #s dispositivo por"ue el ipulso del trite, la !i&aci6n de la plata!ora !ctica y la aportaci6n depruebasest reservada a las partes,

    el 6rgano &urisdiccional provee al trite y su !unci6n

    principal es la de resolver respetando la regla de la congruencia. #l &ue' es tabin "uien deterina el derecho aplicable, pero coo

    se trata de derechos de naturale'a patrionial, las

    partes tienen aplias !acultades de disposici6n sobre el contenido sustancial y procesal de la relaci6n. #l &ue' es un su&eto pasivo y

    espectador.

    #stas caracter+sticas hacen "ue los trites sean largos y tediosos, "ue se prolonguen en el tiepo y "ue e?cepcionalente el &ue'

    toe contacto con el e?pediente o con las partes antes de dictar sentencia.*a doble instancia supone la e?istencia de dos 6rganos &urisdiccionales "ue actEan con un orden de prelaci6n y &err"uico en

    oentos di!erentes.

    #l superior tiene el poderFdeber de revisar, por v+a de recursosordinarios, la apreciaci6n de los hechos y la aplicaci6n del derecho

    e!ectuada por un &ue' de prier grado en su resoluci6n.

    #l &ue' de priera instancia es copetente desde la presentaci6n de ladeandahasta la resoluci6n de rito o sentencia, luego

    alguna o abas partes pueden interponer un recurso

    ordinario "ue abre la copetencia del tribunal de segunda instancia.

    http://www.monografias.com/trabajos10/ante/ante.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/ante/ante.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/ante/ante.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/cardiopatias-congenitas/cardiopatias-congenitas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/adolmodin/adolmodin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/adolmodin/adolmodin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/adolmodin/adolmodin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos3/presupuestos/presupuestos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos3/presupuestos/presupuestos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos3/presupuestos/presupuestos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/naturaleza/naturaleza.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/veref/veref.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/epistemologia/epistemologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/clapre/clapre.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/clapre/clapre.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/clapre/clapre.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos55/conflictos/conflictos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos55/conflictos/conflictos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos55/conflictos/conflictos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/administ-procesos/administ-procesos.shtml#PROCEhttp://www.monografias.com/trabajos14/administ-procesos/administ-procesos.shtml#PROCEhttp://www.monografias.com/trabajos16/ciencia-y-tecnologia/ciencia-y-tecnologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/ciencia-y-tecnologia/ciencia-y-tecnologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/derpub/derpub.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/derpub/derpub.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/derpub/derpub.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/legalidad-moralidad-escision-moderna/legalidad-moralidad-escision-moderna.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/la-libertad/la-libertad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/debate-multicultural-etnia-clase-nacion/debate-multicultural-etnia-clase-nacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/debate-multicultural-etnia-clase-nacion/debate-multicultural-etnia-clase-nacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/romandos/romandos.shtml#PRUEBAShttp://www.monografias.com/trabajos12/romandos/romandos.shtml#PRUEBAShttp://www.monografias.com/trabajos4/refrec/refrec.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/refrec/refrec.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/ofertaydemanda/ofertaydemanda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/ofertaydemanda/ofertaydemanda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/ofertaydemanda/ofertaydemanda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/ante/ante.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/cardiopatias-congenitas/cardiopatias-congenitas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/adolmodin/adolmodin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos3/presupuestos/presupuestos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/naturaleza/naturaleza.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/veref/veref.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/epistemologia/epistemologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/clapre/clapre.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos55/conflictos/conflictos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/administ-procesos/administ-procesos.shtml#PROCEhttp://www.monografias.com/trabajos16/ciencia-y-tecnologia/ciencia-y-tecnologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/derpub/derpub.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/derpub/derpub.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/legalidad-moralidad-escision-moderna/legalidad-moralidad-escision-moderna.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/la-libertad/la-libertad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/debate-multicultural-etnia-clase-nacion/debate-multicultural-etnia-clase-nacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/romandos/romandos.shtml#PRUEBAShttp://www.monografias.com/trabajos4/refrec/refrec.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/ofertaydemanda/ofertaydemanda.shtml
  • 7/24/2019 procesal civil 1.odt

    4/8

    #l proceso &udicial es una serie gradual, progresiva y concatenada de actos &ur+dicos procesales cuplidos por 6rganos predispuestos

    porel #stadoy por los particulares "ue intervienen en l, en !ora voluntaria o coactiva, en e&ercicio de las !acultades y en

    cupliiento de las cargas dispuestas por la ley para la actuaci6n del derecho sustantivo, el restableciiento del orden &ur+dico

    alterado y la reali'aci6n del valor&usticia.

    #l proceso representa el con&unto de actos necesarios para obtener la decisi6n de un casoconcretopor parte de deterinados

    6rganos. di!erencia de losprocediientos"ue son diversas !oras o cainos "ue toa el proceso en la reali'aci6n &urisdiccional del

    derecho. *a palabra proceso (processus) viene de pro ;para adelante; y cedere ;caer, cainar;. Iplica un desenvolviiento una

    sucesi6n una continuidad dinica.1.H.G Caracteres y eleentos4 el proceso es pEblico, aut6noo, reali'ador, secundario y teleol6gico.

    PEblico, ya "ue sus !ines responden a un inters "ue e?cede del privado y su trite debe llevarse a cabo con!ore a los andatos de

    la ley ad&etiva de naturale'a pEblica y ante 6rganos &urisdiccionales del #stado.

    Reali'ador y >ecundario, del derecho aterial o de !ondo, seala el caino procesal para el restableciiento del orden &ur+dico

    alterado.

    ut6noo, en relaci6n con el derecho sustantivo.

    /eleol6gico, por cuanto se dirige al cupliiento de !ines individuales o sociales.

    #n cuanto a los eleentos del proceso, la doctrina distingue tres esenciales4 el ob&etivo, el sub&etivo y el teleol6gico.

    #l eleento ob&etivo hace a la ;...serie gradual, progresiva y concatenada de actos...;. @radual por"ue los actos se reali'an con!ore a

    un orden deterinado previaente por la ley.

    Progresiva ya "ue se van cupliendo en !ora paulatina y tienden a un !in. *a culinaci6n de un acto supone el inicio de otro y

    ades estos estn estructurados en etapas cuyo coien'o y !in estn eslabonados, es decir, concatenados. #l proceso avan'a y se

    desarrolla sobre la base de ipulsos "ue provienen del actor, del deandado y del propio tribunal, tendiendo a un !in, la resoluci6n

    de!initiva del &uicio a travs de la sentencia.

    #l eleento sub&etivo est representado por las personas "ue intervienen en el trite procesal.

    Pueden ser su&etos necesarios o eventuales. *os prieros inde!ectibleente deben estar presentes en la relaci6n &ur+dicoFprocesal. #n

    el proceso civil son protagonistas el actor, el deandado y el &ue'.

    Cada uno de los su&etos e&erce poderes de raigabre constitucional. #l actor tiene a su cargo el poder de poner en oviientoel

    proceso coo e?presi6n del derecho constitucional de peticionar ante las autoridades. #l &ue' e&erce el poder de &urisdicci6n y el

    deandado e&erce el leg+tio derecho de de!ensa. siiso, todos ellos precisan condiciones sub&etivas de actuaci6n. #l &ue' y el

    inisterio pEblico deben ser designados con!ore preceptos constitucionales y estructurados de acuerdo a leyes orgnicas. *os

    particulares deben contar con capacidad ylegitiaci6nreconocida y pueden intervenir a travs de sus apoderados o representantes.

    Por Eltio, los su&etos eventuales coprenden los au?iliares del tribunal y el personal subalterno "ue colabora con el o!icio &udicial

    en calidadde secretarios letrados, prosecretarios, &e!es de despacho y des au?iliares. /abin coprende a patrocinantes, testigos,

    peritos, etc.#l eleento teleol6gico atiende a las e?pectativas colectivas de la sociedady a los intereses individuales de las partes. #n el prier

    sentido, el !in principal de cual"uier proceso, sea de naturale'a civil, penal o !ailiar, se identi!ica con la obtenci6n de una sentencia

    &usta, ya "ue al dictarla se restablece el orden &ur+dico alterado y la reali'aci6n del valor &usticia. Desde el punto de vista individual el !in

    consiste en la obtenci6n de una sentencia !avorable o desestiatoria.

    De todas !oras, el prop6sito !undaental de cual"uier proceso est dado por la tutelageneral en la reali'aci6n del derecho ob&etivo

    sustancial en casos concretos con el !in de obtener la aron+a y la pa' social.

    .1.H.H #tapas en el procediiento civil

    >i bien el proceso &udicial es un !en6eno Enico, en la vida &urisdiccional se ani!iesta a travs de diversos procediientos "ue se

    estructuran de anera di!erente teniendo en cuenta4 el derecho de !ondo "ue se pretende reali'ar, el sistea procesal elegido y la

    necesidad de iponer deterinada !ora organi'ativa a los tribunales. #n tal sentido, en el proceso civil, "ue se rige por el sistea

    dispositivo, las etapas estn estructuradas en !ora precisa y deterinada.

    #n el !uero civil, el proceso tipo por e?celencia es el &uicio declarativo ordinario5 ste tiene por ob&eto "ue una pretensi6n inicialenteincierta sea conocida a !ondo por el tribunal "ue entiende en la causa ediante la recepci6n de la prueba pertinente y luego dicte

    sentencia de rito, decidiendo en !ora de!initiva la cuesti6n. #s la v+a de ayor aplitud para resolver contiendas o con!lictosy se

    caracteri'a por el e!ecto de cosa &u'gada aterial "ue suscita la resoluci6n !inal.

    PalacioG de!ine al proceso civil deconociientou ordinario coo a"uel "ue tiene por ob&eto una pretensi6n tendiente a "ue el 6rgano

    &udicial dilucide y declare, ediante la aplicaci6n de las noras pertinentes a los hechos planteados y (eventualente) discutidos, el

    contenido y alcance de la situaci6n &ur+dica e?istente entre las partes.

    #l &uicio ordinario por lo general y sin per&uicio de ciertas e?cepciones, consta de cuatro etapas esenciales4 la introductoria, la

    probatoria, la discusoria y la decisoria. /abin hay etapas eventuales "ue pueden plantearse o no4 edidas preparatorias, cautelares,

    ipugnativas y de e&ecuci6n de sentencia. Cada acto procesal se debe llevar a cabo de una anera l6gica,no se cuple en cual"uier

    oento, sino "ue lleva una ilaci6n, agrupndose en etapas o !ases de desarrollo"ue tienen, cada una, una !inalidad propia "ue

    contribuye al !in Eltio.

    a) #tapa Introductoria

    #n esta etapa las partes hacen conocer al 6rgano &urisdiccional la e?istencia del con!licto a travs de sus respectivas versiones acerca

    de la cuesti6n, "uedando deliitada la plata!ora !ctica del &uicio.

    #l actor deduce deanda en la cual e!ectEa las a!iraciones de hechos &ur+dicaente relevantes y sobre la base de las cuales

    http://www.monografias.com/trabajos12/elorigest/elorigest.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elorigest/elorigest.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/nuevmicro/nuevmicro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/nuevmicro/nuevmicro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/histoconcreto/histoconcreto.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/histoconcreto/histoconcreto.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/histoconcreto/histoconcreto.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/kinesiologia-biomecanica/kinesiologia-biomecanica.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/legitimacion/legitimacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/legitimacion/legitimacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/legitimacion/legitimacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conge/conge.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conge/conge.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/sociedad/sociedad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/tutela/tutela.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/tutela/tutela.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/confyneg/confyneg.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/epistemologia2/epistemologia2.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/epistemologia2/epistemologia2.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/epistemologia2/epistemologia2.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/logica-metodologia/logica-metodologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/logica-metodologia/logica-metodologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/desorgan/desorgan.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elorigest/elorigest.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/nuevmicro/nuevmicro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/histoconcreto/histoconcreto.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/kinesiologia-biomecanica/kinesiologia-biomecanica.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/legitimacion/legitimacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conge/conge.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/sociedad/sociedad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/tutela/tutela.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/confyneg/confyneg.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/epistemologia2/epistemologia2.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/logica-metodologia/logica-metodologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/desorgan/desorgan.shtml
  • 7/24/2019 procesal civil 1.odt

    5/8

    solicitar la tutela del derecho "ue invoca. *uego, el deandado puede contestar la deanda e&erciendo de esta !ora su derecho de

    de!ensa, en el pla'o de die' d+as (rt. =9H C.P.C.). Lsta debe versar sobre cada uno de los puntos de la deanda, negando o

    reconocindolos, debe reali'arse con claridad por"ue en caso de abigNedad puede constituirse en una presunci6n de reconociiento

    de los hechos a!irados en la deanda (rt. 19G C.P.C.). /abin es la Enica oportunidad en "ue el deandado puede oponer

    e?cepciones dilatorias en !ora de previo y especial pronunciaiento y reconvenir.

    G

    Palacio, *ino, Derecho procesal civil, t. 1, beledoFPerrot, 3s. s., p. 1K7 y 1=.

    Concluida esta etapa, si se ha producido controversia respecto de los hechos a!irados por cada una de las partes, se abrir unasegunda etapa.

    b) #tapa probatoria

    #s el oento procesal en el cual cada una de las partes deber deostrar la veracidad de sus a!iraciones, introduciendo en la

    causa eleentos de convicci6n tendientes a probar hechos invocados en la deanda y su contestaci6n. Puede presentarse coo no

    esencial si los hechos no !ueran controvertidos.

    >e inicia con el decreto de apertura a prueba y coprende recepci6n de audiencias, perita&es, inspecciones oculares, diligenciaiento

    de o!icios, etc. #n ella participan todos los su&etos procesales y en especial los 6rganos de prueba (testigos, peritos, intrpretes, etc.).

    #sta !ase se encuentra doinada por pla'os perentorios !atales (rt. =9, Inc. = C.P.C.).

    Por Eltio, segEn dispone el rt. =9, el pla'o ordinario de prueba asciende a cuarenta d+as pero el &ue' podr designar uno enor "ue

    se podr prorrogar hasta copletar a"uel, sin necesidad de causa &usti!icada. #?iste un pla'o e?traordinario ayor a cuarenta d+as

    reservado para casos especiales cuando la prueba deba rendirse !uera de la provincia, ya sea dentro de la Republica o en el e?tran&ero

    (rt. =99 C.P.C.). *a etapa probatoria concluye con el decreto "ue ordena correr traslados para alegar.

    c) #tapa discusoria

    #s una etapa de plena discusi6n entre las partes representada por los alegatos. Cada parte aportar los eleentos "ue estie

    necesarios para convencer al &ue' de "ue le asiste la ra'6n.

    /abin se interpretara la ley y se acopaarn los arguentos &ur+dicos, doctrinarios y &urisprudenciales "ue avalen su posici6n y en

    su caso, destacarn tabin la ausencia de eleentos probatorios corroborantes de los hechos a!irados por la contraria.

    >e debatesobre la totalidad de lo sustanciado durante el procediiento.

    #n el proceso ordinario los alegatos se reali'an en !ora de traslados de ley por su orden (rt. =9K y :: C.P.C.) por seis d+as

    sucesivaente a cada litigante, reservndose los escritos en secretar+a hasta el decreto de autos.#sto signi!ica "ue los alegatos de

    cada parte no son pEblicos y no se agregan al e?pediente hasta "ue se ordene el llaaiento de autos para de!initiva. >olo se de&a

    una constancia de su presentaci6n ediante una certi!icaci6n puesta por el secretario.

    d) #tapa decisoria

    Coien'a con el decreto de autos y concluye con la sentencia (rt. :7 y 1G1, Inc. H C.P.C.).

    partir de este oento concluye la actividad de las partes y es el &ue' "uien asue el e?pediente para pronunciarse sobre lacontroversia, declarando los hechos y aplicando el derecho.

    Desde "ue el decreto de autos "ueda !ire hasta el oento "ue se dicta sentencia, el &ue' puede ordenar las llaadas edidas para

    e&or proveer "ue tienen coo !inalidad aclarar o copletar algEn aspecto de los hechos "ue no sur&a con nitide' de la prueba

    incorporada (rt. HG: C.P.C.).

    *a sentencia es el odo noral de conclusi6n del proceso, es un acto !oral, de caracter+sticas docuentales y "ue es propio de la

    &urisdicci6n. #sta decisi6n !inal debe responder al principio de congruencia, plenitud y vastedad. #l &ue' debe resolver sobre la base de

    los hechos !i&ados en los escritos de la etapa introductiva, teniendo en cuenta los "ue e!ectivaente han sido acreditados por las partes

    y deber contener decisi6n e?presa sobre cada uno de los puntos soetidos a su decisi6n (rts. HG7 a HH1 C.P.C.). De la isa

    anera, la Constituci6n de la Provincia de C6rdoba en su art+culo 1:: e?ige "ue toda resoluci6n contenga !undaentaci6n l6gica y

    legal.

    De las cuatro etapas re!eridas, son esenciales la introductoria de las cuestiones y la resolutoria, las otras dos son iportantes pero no

    esenciales. >i la cuesti6n debatida es de puro derecho, no habr hechos controvertidos y por ende no habr etapa probatoria, en tantono hay hechos "ue probar. Del iso odo, en ciertos tipos de procediientos coo el abreviado, la etapa discusoria est ausente

    (rt. :1= C.P.C.).

    l argen de las cuatro etapas encionadas "ue en el &uicio ordinario son esenciales, e?isten otras tantas "ue tienen carcter de

    eventuales, tales coo4 1) etapa de edidas preparatorias5

    G) etapa de cautelares anteriores a la deanda5

    H) etapa de e&ecuci6n de sentencia5

    =) etapa ipugnativa.

    Dentro de la priera etapa encontraos las edidas preparatorias propiaente dichas, "ue estn previstas con el !in de

    obtenerdatos"ue resultan de conociiento indispensable para "ue el actor en el !uturo pueda plantear correctaente su deanda.

    Con!iguran casos de e?cepci6n, son deinterpretaci6nrestrictiva e iplican para "uien las propone la carga de deandar o de

    concretar la pretensi6n dentro de los treinta d+as de su reali'aci6n ba&o apercibiiento de caducidad. >e encuentran previstas en el

    art+culo =: de nuestro c6digo de rito y entre ellas puede encionarse a la declaraci6n &urada del !uturo deandado sobre hechos

    relativos a supersonalidady sin cuyo conociiento no sea posible proover el &uicio (Inc. 1)5 la e?hibici6n de la cosa ueble "ue !uere

    ob&eto del pleito (Inc. G), o de algEn testaento cuando el solicitante se crea heredero, coheredero, legatario o albacea (Inc. H)5 se

    nobre tutor o curador para el &uicio de "ue se trate (Inc. K)5 se practi"ue ensura del inueble ob&eto de la deanda (Inc. )5 entre

    http://www.monografias.com/trabajos16/tecnicas-didacticas/tecnicas-didacticas.shtml#DEBATEhttp://www.monografias.com/trabajos16/tecnicas-didacticas/tecnicas-didacticas.shtml#DEBATEhttp://www.monografias.com/trabajos15/automovil-historia/automovil-historia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/automovil-historia/automovil-historia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/basda/basda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/basda/basda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/basda/basda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos37/interpretacion/interpretacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos37/interpretacion/interpretacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos37/interpretacion/interpretacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/personalidad/personalidad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/personalidad/personalidad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/tecnicas-didacticas/tecnicas-didacticas.shtml#DEBATEhttp://www.monografias.com/trabajos15/automovil-historia/automovil-historia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/basda/basda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos37/interpretacion/interpretacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/personalidad/personalidad.shtml
  • 7/24/2019 procesal civil 1.odt

    6/8

    otros.

    n art+culo despus se encuentran reguladas las edidas de prueba anticipada "ue tabin integran esta priera etapa eventual, ya

    "ue pueden recepcionarse previo a la interposici6n de la deanda. >u !inalidad es la de preservar eleentos de prueba cuando "uien

    pretenda deandar o "uien con !undaento prevea ser deandado, tuviere otivos para teer "ue la producci6nde las pruebas "ue

    se indican pudiere resultar iposible o uy di!icultosa en el per+odo respectivo. *as pruebas a las "ue hace enci6n son4 la

    declaraci6n de testigos de uy avan'ada edad, graveente en!eros o pr6?ios a ausentarse del pa+s5 el reconociiento &udicial y

    dictaen pericial para hacer constatar la e?istencia dedocuentoso el estado, calidad o condici6n de personas, cosas o lugares y el

    pedido dein!oreso copias a entes privados, a reparticiones pEblicas oregistrosnotariales.na segunda etapa eventual se integra por la posibilidad de ordenar edidas cautelaresantes de la prooci6nde la deanda (rts.

    =77 C.P.C. y GH1 C.C.).

    *a etapa e&ecutoria tabin tiene el carcter de eventual y tiene lugar a solicitud de parte interesada cuando el deandado no se

    hubiere avenido a cuplir voluntariaente la sentencia condenatoria. *a resoluci6n debe encontrarse !ire y haber pasado

    en autoridadde cosa.

    Por Eltio, cuando alguna de las partes o abas se sientan per&udicadas por lo resuelto en sentencia, dar coien'o la etapa

    ipugnativa, "ue les perite interponer recursos ordinarios o e?traordinarios para lograr la revocaci6n o anulaci6n de la sentencia.

    #tapas esenciales en el 0ICI% %RDIRI%F

    1.H.= Cargas procesales y Presupuestos Procesales4

    #l ob&eto del proceso es la actividad de &ue' por la cual ante la pretensi6n del actor y la contrapretensi6n del deandado, aplicando las

    reglas de la sana cr+ticaracional y de la l6gica !oral, se anali'an los hechos a!irados por el actor y contradichos por el deandado a

    lalu'de las pruebas rendidas, llegando a una sentencia de!initiva.

    #l contenido del proceso est dado por las pretensiones o declaraciones de voluntad cuyo acogiiento se intenta obtener. #l actor al

    e&ercer la acci6n y el deandado al contestar o interponer e?cepciones !orulan una declaraci6n de voluntad de tipo iperativo

    aparada por la ley y e?igiendo al &ue' "ue se pronuncie sobre la e?istencia o ine?istencia de una obligaci6n deterinada. *uego el

    &ue' aplica el derecho acogiendo una y reestableciendo el orden &ur+dico alterado.

    #n el desarrollo del contenido procesal C*RI %*A#D%H distingue di!erentes categor+as y situaciones &ur+dicas4a) tribuci6n !acultativa4 !acultad "ue copete al actor para accionar en el capo del proceso civil y obtener una satis!acci6n.

    b) tribuci6n ipuesta4 e?igencia legal "ue tiene el &ue' !rente al proceso, ya "ue dicho !uncionario tiene la obligaci6n de pronunciarse

    ante el siple re"ueriiento de la parte.

    c) >u&eci6n ipuesta4 situaci6n "ue re"uiere la actuaci6n del su&eto por ra'ones "ue atienden al inters pEblico (v.gr. posici6n de

    testigo "ue tiene la carga pEblica de coparecer, declarar y decir la verdad).

    d) >u&eci6n !acultativa4 tiene coo signi!icaci6n satis!acerse a s+ iso para prevenir un per&uicio !uturo. #n ella se encuentra la carga

    procesal, "ue es un iperativo del propio inters. #s una situaci6n &ur+dica instituida en la ley, consistente en el re"ueriiento de una

    conducta de reali'aci6n !acultativa noralente establecida en inters del propio su&eto y cuya oisi6n trae apare&ada una

    consecuencia des!avorable para l. nte el incupliiento de la carga no e?iste sanci6n, sino tan solo iportar para el reiso

    posicionarse en un plano des!avorable (e&. la !alta de contestaci6n de la deanda o !alta de o!reciiento de prueba no tienen una

    sanci6n &ur+dica, pero traen apare&ado per&uicio para la parte "ue de&e de hacerlo).

    Cargas procesales

    @oldschidt a!ira "ue ;s6lo e?iste en el proceso ;cargas;, es decir situaciones de necesidad de reali'ar deterinado acto para evitar

    "ue sobrevenga un per&uicio procesal. >e trata de iperativos de propio inters. *as cargas procesales se hallan en una estrecha

    relaci6n con las posibilidades procesales, puesto "ue toda posibilidad ipone a las partes la carga de ser diligente para evitar su

    http://www.monografias.com/trabajos16/estrategia-produccion/estrategia-produccion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/informeauditoria/informeauditoria.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/informeauditoria/informeauditoria.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/regi/regi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/regi/regi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/medidas-cautelares/medidas-cautelares.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/medidas-cautelares/medidas-cautelares.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/promoproductos/promoproductos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/promoproductos/promoproductos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/rhempresa/rhempresa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/rhempresa/rhempresa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/praxis-critica-tesis-doctoral-marx/praxis-critica-tesis-doctoral-marx.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/praxis-critica-tesis-doctoral-marx/praxis-critica-tesis-doctoral-marx.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/natlu/natlu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/natlu/natlu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/natlu/natlu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/estrategia-produccion/estrategia-produccion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/informeauditoria/informeauditoria.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/regi/regi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/medidas-cautelares/medidas-cautelares.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/promoproductos/promoproductos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/rhempresa/rhempresa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/praxis-critica-tesis-doctoral-marx/praxis-critica-tesis-doctoral-marx.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/natlu/natlu.shtml
  • 7/24/2019 procesal civil 1.odt

    7/8

    prdida

    *as partes ingresan al proceso a los !ines de debatir con!ore a deterinadas reglas conocidas de anteano y a las cuales se

    soeten.

    lvarado elloso seala "ue la carga ;es un iperativo "ue la parte tiene respecto de s+ isa;

    H

    Claria %ledo, 0orge, Derecho procesal, Depala, 3s. s., t. I, 19G, p. 1K.

    B nadie puede copelerla a "ue la cupla, no se trata de una obligaci6n, pues la obligaci6n supone "ue otro su&eto tiene un derecho

    correlativo con esa obligaci6n y "ue por ende puede e?igir su cupliiento.#l incupliiento de la carga no genera una sanci6n, sino la consecuencia de preclusi6n y un e!ecto contrario a su situaci6n procesal

    >e di!erencia de la carga pEblica por"ue en esta puede haber coacci6n sobre el su&eto, ientras "ue en la carga procesal s6lo se

    reali'a una coninaci6n o advertencia de "ue se puede per&udicar.

    Presupuestos procesales

    >on presupuestos procesales a"uellos "ue deterinan el naciiento vlido del proceso, su desenvolviiento y noral culinaci6n con

    la sentencia. >on re"uisitos previos al proceso sin los cuales no puede ser iniciado validaente. >e distinguen de los presupuestos

    sustanciales por"ue estos hacen a las pretensiones de las partes.

    #ntre los presupuestos procesales, la doctrina ayoritaria acepta la siguiente clasi!icaci6n4

    a) Copetencia del /ribunal4 se !unda en los l+itesterritoriales, ateriales y !uncionales

    establecidos por la ley para "ue el &ue' e&er'a su &urisdicci6n. *a copetencia territorial se divide entre &urisdicci6n nacional y provincial

    y dentro de cada una de ellas la copetencia encuentra !undaento en la divisi6n del traba&o, en la especiali'aci6n y en la necesidad

    de "ue el &u'gador se encuentre lo s cerca posible del lugar de los hechos.

    b) Capacidad procesal de las partes4 es una capacidad de hecho o de obrar y se relaciona con la aptitud para poder reali'ar

    e!ica'ente los actos procesales de parte. #s el re"uisito en virtud del cual debe ediar una coincidencia entre las personas "ue

    e!ectivaente actEan en el proceso y las personas a las cuales la ley habilita para re"uerir (actor) y contradecir (deandado) respecto

    de la ateria sobre la cual versa el proceso. #n el supuesto de incapacidades coo la de los enores, deentes, sordoudos o

    ausentes, la ley autori'a "ue concurran a &uicio con sus representantes. o debe olvidarse "ue en la ateria rige la ?ia por la cual

    la capacidad es la regla y la incapacidad la e?cepci6n.

    c) %bservancia de los re"uisitos de !ora4 todo planteo debe e!ectuarse respetando las !oralidades establecidas por la ley a tal e!ecto

    (rt. 1K: y 1K7 C.P.C.5 rts. H1: y H17 C.P.P.).

    #n el caso de no respetarse alguno de los presupuestos procesales re"ueridos para la constituci6n de una relaci6n &ur+dico procesal

    vlida OCul ser la instituci6n procesal "ue el

    C6digo de Procediiento Civil y Coercial de la provincia de C6rdoba establece

    H.1 3ases constitucionales (cap. II, Pgs. :H a K7)

    #l art+culo 1 de la C.. establece "ue laaci6nrgentina adopta para su gobiernola !ora representativa, republicana y !ederal. #lloperite in!erir ades de la !ora &ur+dica "ue asue el #stado, su organi'aci6n y los denoinados derechos !undaentales de los

    individuos.

    Por su parte, el art+culo : ipone a cada Provincia el deber de organi'ar su adinistraci6nde &usticia respetando las reglas de la

    Constituci6n acional. #n virtud de lo e?puesto, coe?isten en nuestro sistea &udicial dos 6rdenes "ue corresponden uno al nacional

    !ederal y otro al de cada provincia.

    Consecuenteente, la Constituci6n acional es la !uente priaria de reali'aci6n del derecho,

    ubicada en la cEspide de la cual descienden todas las des noras reali'adoras. *as provincias estn obligadas a con!orar sus

    constituciones locales y des noras &ur+dicas "ue dictaren a esa ley suprea y a su ve', la Constituci6n de cada provincia es la ley

    suprea !rente a las otras noras "ue dictaren las autoridades del gobierno provincial o de los distintos unicipios o counas. #n tal

    sentido establece el art+culo G de la C..4 ;las declaraciones, derechos y garant+as proclaados por la Constituci6n no pueden ser

    alterados por las leyes "ue reglaente su e&ercicio;.

    tento lo e?puesto, se observa "ue la construcci6ndel odelo re!le&a un escalonaiento &err"uico entre las di!erentes noras "ue laintegran y es all+ donde detectaos las noras reali'adoras procesales "ue sirven a las sustanciales y periten abrir las puertas de los

    tribunales para obtener el respetodel derecho de !ondo. De este odo se consagra el acceso a la &usticia o derecho a la &urisdicci6n.

    *a Constituci6n sienta principios de neto corte procesal a los cuales deben acoodarse las leyes nacionales y provinciales y "ue los

    &ueces tienen el deber de respetar aun cuando contrar+en disposiciones e?presas de las leyes. #llo da origen a la !acultad del &ue' para

    declarar la inconstitucionalidad de una ley en un caso concreto. #sto es lo "ue se conoce coo el controlde constitucionalidad de las

    leyes, "ue se !undaenta en el rt. H1 C.. Cual"uier &ue', ya sea de la aci6n o de las provincias, e&erce ese control ante la

    vulneraci6n de un derecho individual o de incidencia colectiva.

    De acuerdo al rgien republicano de gobierno, el Poder 0udicial es independiente de los des poderes del estado.

    #sa independencia es !undaental para asegurar la iparcialidad del tribunal en cupliiento de la!unci6n&urisdiccional y signi!ica

    "ue los 6rganos de la &usticia no pueden estar subordinados a ninguna autoridad delPoder #&ecutivoo del *egislativo. Peranece

    a&eno a los vaivenes de lapol+tica,con autono+a de criterio a la hora de resolver. *a Enica su&eci6n adisible es la ley isa, no

    habiendo ataduras de +ndoleoralo aterial a ninguna autoridad.

    $acen a la iparcialidad del Poder 0udicial los siguientes art+culos de nuestraCartaAagna4 rt. 19, ;en ningEn caso el presidente de

    la aci6n puede e&ercer!unciones&udiciales...;5 rt. 11, ;los &ueces conservarn sus epleos ientras dure su buena conducta, y

    recibirn por susserviciosuna copensaci6n "ue deterinar la ley y "ue no podr ser disinuida en anera alguna, ientras

    http://www.monografias.com/trabajos6/lide/lide.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/el-trabajo/el-trabajo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/origenestado/origenestado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/origenestado/origenestado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/origenestado/origenestado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/derpub/derpub.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/administracion-y-gerencia/administracion-y-gerencia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/administracion-y-gerencia/administracion-y-gerencia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/materiales-construccion/materiales-construccion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/biore/biore.shtml#autohttp://www.monografias.com/trabajos5/biore/biore.shtml#autohttp://www.monografias.com/trabajos14/control/control.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/poder-ejecutivo/poder-ejecutivo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/poder-ejecutivo/poder-ejecutivo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/poder-ejecutivo/poder-ejecutivo.shtmlhttp://www.monografias.com/Politica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/Politica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/Politica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/etica-axiologia/etica-axiologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/etica-axiologia/etica-axiologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/lide/lide.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/el-trabajo/el-trabajo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/origenestado/origenestado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/derpub/derpub.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/administracion-y-gerencia/administracion-y-gerencia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/materiales-construccion/materiales-construccion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/biore/biore.shtml#autohttp://www.monografias.com/trabajos14/control/control.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/poder-ejecutivo/poder-ejecutivo.shtmlhttp://www.monografias.com/Politica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/etica-axiologia/etica-axiologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtml
  • 7/24/2019 procesal civil 1.odt

    8/8

    peranecieren en sus !unciones;. /abin su !ora de designaci6n a travs de un Conse&o de la Aagistratura "ue debe convocar a

    concurso pEblico y "ue luego e!ectEa una propuesta en ternas vinculantes para la designaci6n de los agistrados de los tribunales

    !ederales in!eriores, "uienes luego son nobrados por el presidente de la aci6n con acuerdo del >enado, coadyuva a la

    independencia (rt. 11=, Inc. 1 y G). #n la provincia de C6rdoba la designaci6n de los &ueces y representantes del Ainisterio PEblico

    recae tabin, en el Conse&o de la Aagistratura.

    0uicio previo

    Re'a el art+culo 1 de la Constituci6n acional en su priera parte4 ;ingEn habitante de la

    aci6n puede ser penado sin &uicio previo !undado en ley anterior al hecho del proceso...;.Desglosando la anterior concepci6n se puede coen'ar estableciendo "ue cuando se hace

    re!erencia a penado, signi!ica condena. Re!iere a una iposici6n establecida por sentencia,

    siendo coprensiva tanto de la condena criinal coo de la civil.

    #l trino &uicio previo alude al proceso o a la sentencia, coo resultado !inal de un proceso. o es e"uivalente a proceso sino "ue

    coprende un &uicio l6gico integrado por tres eleentos4tesis,deanda de acusador o actor,ant+tesis, contestaci6n del iputado o

    deandado ys+ntesis,la resoluci6n contenida en la sentencia del &u'gador, "ue debe re!erirse al hecho del proceso y !undarse en el

    derecho.

    Por Eltio, la enci6n a ley anterior al hecho del proceso, iplica "ue el &uicio debe ser previo a la sanci6n, no al hecho "ue otiva el

    proceso, pero ste debe !undarse en una ley "ue s+ tiene "ue ser anterior al hecho del proceso. #l desarrollo l6gico y cronol6gico es el

    siguiente4

    1) ley "ue prev y sanciona el hecho5

    G) el hecho captado por la ley y "ue provoca el proceso5

    H) el proceso "ue contenga atribuci6n responsable de ese hecho y la audiencia del perseguido5

    =) la sentencia condenatoria conclusiva del proceso5

    :) la e&ecuci6n de la pena ipuesta en esa sentencia, si es !ire.

    #l principio constitucional de &uicio previo tiene honda repercusi6n en el proceso penal por vigencia del a!oriso nulla poena, nullu

    crien sine lege praevia, "ue e?ige para condenar la adecuaci6n del hecho criinal con el tipo legal. #ncierra tres subprincipios, el de

    reserva penal, el de indispensabilidad del proceso previo y el de estado de inocencia.

    0ue' natural

    #l art+culo 1 de la Constituci6n acional tabin contiene el principio del &ue' natural al establecer "ue ningEn habitante de la aci6n

    puede4 ;... ser &u'gado por coisiones especiales o sacado de los &ueces designados por la ley antes del hecho de la causa...;.

    0ue' natural es el &ue' u 6rgano &urisdiccional designado por la ley anteriorente al hecho "ue provoca el proceso.

    o son &ueces naturales y por lo tanto estn prohibidos, los siguientes4

    0ueces e? post !acto, creados con posterioridad al hecho. Para cada perseguido &udicialente s6lo deber haber un tribunal con

    copetencia deterinada de anteano, ob&etiva e iparcialente.0ueces ad hoc, creados para &u'gar deterinados hecho o casos.

    Coisiones especiales4 tribunales e?traordinarios "ue sin ser copetentes por no !orar parte del Poder 0udicial del #stado,

    intervienen o deciden en un proceso dado. >on creados de anera inconstitucional.

    *o "ue se ipone es un tribunal peranente, en el "ue aun"ue se sustituyan los &ueces "ue lo personi!ican, sigue siendo &ue' natural

    (e&. &ubilaci6n del &ue') y un tribunal copetente, "ue al contrario de la coisi6n especial, apli"ue el principio de generalidad. *a !unci6n

    &urisdiccional debe ser e&ercida por agistrados instituidos previaente por la ley para &u'gar unaclase de asuntos o una categor+a de

    personas.

    Inviolabilidad del derecho de de!ensa en &uicio.

    http://www.monografias.com/trabajos/tesisgrado/tesisgrado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/tesisgrado/tesisgrado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/tesisgrado/tesisgrado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/desarrollo-grafico-ant/desarrollo-grafico-ant.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/desarrollo-grafico-ant/desarrollo-grafico-ant.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/desarrollo-grafico-ant/desarrollo-grafico-ant.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/sipro/sipro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/sipro/sipro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/sipro/sipro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/tesisgrado/tesisgrado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/desarrollo-grafico-ant/desarrollo-grafico-ant.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/sipro/sipro.shtml