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PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID-19

ÁREA DE ALIMENTACIÓN - OFICINA DE OPERACIONES

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PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID-19 DEL ÁREA DE ALIMENTACIÓN DE LA OFICINA DE OPERACIONES

I. INTRODUCCIÓN.

La Organización Mundial de la Salud informa que las personas mayores y las que sufren enfermedades respiratorias, diabetes, obesidad y cardiopatías podrían desarrollar el virus en un nivel grave, si llegaran a contraerlo. Los síntomas generalmente son fiebre, tos, dolor de garganta, congestión nasal, malestar general y dificultad para respirar. Estos, pueden aparecer de forma gradual y no se manifiestan de la misma manera en todos los casos, algunas personas no desarrollan ningún síntoma. Los distintos países en el mundo, afectados por esta pandemia, han establecido medidas para reducir al mínimo el contacto social (restricciones laborales, aislamiento social, etc.) con la finalidad de reducir el riesgo de contagio de COVID-19 en su población, permitiendo el funcionamiento de servicios básicos e indispensables. El rubro de Restaurantes y Servicios Afines tuvo que detener sus actividades debido a que podría contribuir a la propagación de esta enfermedad. Para asegurar la reactivación de este rubro, es necesario establecer protocolos que permitan implementar medidas preventivas de bioseguridad.

II. OBJETIVOS.

1. Establecer medidas preventivas sanitarias que deben cumplir el Área de Alimentación, con la finalidad de proteger la salud del personal del área y de los comensales frente al riesgo de contagio del COVID-19.

2. Fortalecer los sistemas de vigilancia, contención y respuesta frente al riesgo de contagio del COVID-19.

III. ALCANCE.

Aplica a todo el personal del Área de Alimentación, y al personal civil, policial y militar que hace uso del servicio de alimentación en el Despacho Presidencial.

IV. BASE LEGAL.

- D.L. N° 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos.

- D.L. N° 1062, Ley de Inocuidad de los Alimentos.

- D.S. N° 014-2017-MINAM, Aprueban Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos.

- D.S. N° 022-2001-SA que aprueba el “Reglamento Sanitario para las actividades de Saneamiento Ambiental en Viviendas y Establecimientos Comerciales, Industriales y de Servicios”.

- D.S. N° 031-2010-SA que aprueba el Reglamento de la Calidad del Agua para Consumo Humano

- R.M. N° 250-2020-MINSA que aprueba la “Guía técnica para los Restaurantes y Servicios Afines con modalidad de servicio a domicilio”.

- R.D. N° 003-2020-INACALDN que aprueba la “Guía para la limpieza y desinfección de manos y superficies. 1ª Edición”.

Firmado digitalmente por YANAPAZENTENO Marco Antonio FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 11:39:46 -05:00

Firmado digitalmente por LEONFLORES Luis Alberto FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 15.07.2020 12:25:04 -05:00

Firmado digitalmente por CONDORIDROGO Luis Alberto FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 15.07.2020 16:10:09 -05:00

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- R.M. N° 040-2020-MINSA que aprueba el “Protocolo para la Atención de Personas con Sospecha o Infección Confirmada por Coronavirus (2019-nCoV)”.

- R.M. N° 449-2001-SA-DM que aprueba la “Norma Sanitaria para Trabajos de Desinsectación, Desratización, Desinfección, Limpieza y Desinfección de Reservorios de Agua, Limpieza de Ambientes y de Tanques Sépticos”.

- R.M. N° 773-2012-MINSA que aprueba la Directiva Sanitaria N°048-MINSA/DGPS-V.01, "Directiva Sanitaria para Promocionar el Lavado de Manos Social como Práctica Saludable en el Perú".

- R.M. N° 822-2018-MINSA que aprueba la “Norma Sanitaria para Restaurantes y Servicios Afines”.

- NTP 900.058-2019. Gestión de residuos. Código de colores para el almacenamiento de residuos sólidos.

- Resolución de Subsecretaria General N°011-2020-DP/SSG que aprueba el “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo del Despacho Presidencial”.

V. RESPONSABILIDADES.

1. OFICINA DE OPERACIONES.

- Realiza el seguimiento y vela por el cumplimiento del presente protocolo.

2. ÁREA DE ALIMENTACIÓN.

- Monitorea y hace cumplir las acciones del presente protocolo

- Reporta los incumplimientos a la Oficina de Operaciones.

- Mantiene la documentación para demostrar el cumplimiento del presente protocolo.

3. PERSONAL OPERATIVO DEL ÁREA DE ALIMENTACIÓN.

- Ejecuta y cumple responsablemente todas las medidas preventivas de bioseguridad del presente protocolo y las definidas por la Entidad en todos los procesos operativos para prevenir el contagio de COVID-19.

- Participa de manera obligatoria en las campañas de sensibilización y capacitaciones dirigidas por la Entidad para prevenir el contagio de COVID-19.

- Utiliza los recursos proporcionados por la Entidad de manera responsable para asegurar la salud del resto de personal.

- Reporta cualquier sospecha de infección respiratoria al Área de Bienestar y Servicios Médicos de la Oficina de Recursos Humanos.

- Cumple con el control preventivo de sintomatología de COVID-19 definido por la Entidad.

- Mantiene la confidencialidad de los casos de COVID-19, salvaguardando el anonimato de las personas.

- Informa al superior inmediato sobre situaciones o personas que no cumplan el presente protocolo.

Firmado digitalmente por YANAPAZENTENO Marco Antonio FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 11:40:02 -05:00

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- Consulta al superior inmediato o al Área de Bienestar y Servicios Médicos sobre cualquier duda relacionada al presente protocolo.

- Se contará con el apoyo de un trabajador de limpieza del Área de Servicios Generales, para complementar las funciones de limpieza y desinfección en el Áea de Alimentación.

VI. PROTOCOLOS DE BIOSEGURIDAD Y OPERATIVIDAD.

1. ASPECTOS GENERALES DEL SERVICIO.

- Cumplir con lo establecido en el D.S. N° 080-2020-PCM que aprueba la “Reanudación de actividades económicas en forma gradual y progresiva dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19”, de acuerdo a la fase de inicio de actividades que corresponde.

- Que todo el personal mantenga una distancia entre 1,5 a 2,0 metros distancia por estar clasificado en riesgo medio de exposición.

- Todo el personal del Área de Alimentación deberá pasar por la prueba rápida (pruebas serológicas o molecular) de COVID-19 antes de regresar o reincorporarse a su puesto de trabajo.

- Implementar una política de no contacto durante el servicio, para ello se ha considerado solo el 50% de su capacidad.

- Se ha implementado nuevos horarios de atención para evitar aglomeración y contactos.

Desayuno: Desde las 08:00 a 09:00 horas

Almuerzo: Desde las 11:30 a 13:30 horas

Cena: Desde las 16:00 a 17:00 horas

- Las mesas solo están dispuestas de 02 personas con la distancia mínima de 1,5 metros para el desayuno y almuerzo.

- Se ha dispuesto evitar conversar durante la ingesta de sus alimentos y se tiene un tiempo estimado de 25 minutos como máximo.

- Se han colocado varios tipos de avisos e indicaciones al respecto en el mismo ambiente de los comedores.

- Se sugiere que los usuarios del servicio de alimentación puedan traer sus depósitos, tapers y/o platos personales para recibir los alimentos.

2. EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL.

- Los EPP de bioseguridad empleados se componen principalmente de los siguientes elementos: guantes, cofia, mascarillas, lentes de protección y delantal plástico.

- Los EPP de bioseguridad son usados en función al riesgo de la actividad que realiza el personal y son entregados diariamente por la Entidad.

- Realizar el cambio de los EPP diariamente o cada vez que sea necesario.

Nota: El uso de guantes no exime el lavado de manos y aplicación de la solución desinfectante.

Firmado digitalmente por YANAPAZENTENO Marco Antonio FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 11:40:14 -05:00

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3. INSTALACIONES Y SERVICIOS.

- Se ha implementado la desinfección del calzado al ingreso del comedor

- Una persona le rocía las manos con alcohol de 70% de concentración o más, al ingresar al comedor.

- Los comensales deben de ingresar con mascarillas obligatoriamente.

- Deben de mantener su distancia durante el servido de sus alimentos

- Los comedores se mantienen ventilados todo el día.

- Se evita que el personal del área de alimentación mantenga el contacto directo con el público en general.

- El menaje es lavado con agua caliente (mayor a 60 grados) en lavadoras automáticas con su detergente y aditivo especial.

- Los vasos y cubiertos son lavados con agua caliente (mayor a 60 grados) en lavadoras automáticas con su detergente y aditivo especial.

- Todas las mesas serán limpiadas diariamente con una solución de lejía diluida al 0.1% (20 ml de lejía y 980 ml de agua).

- Se debe de realizar el saneamiento integral de las instalaciones que debe ser evidenciado a través de los certificados correspondientes (desinfección, desratización, desinsectación).

4. PROVEEDORES.

- Se ha implementado la desinfección del calzado al ingreso de las instalaciones.

- Una sola persona ingresa a la cocina debidamente con todos sus EEP (protector bucal, uniforme, gorro), previo al ingreso es rociado su ropa con alcohol por nuestro personal.

- Deben de mantener su distancia durante la recepción de los alimentos

- Está prohibido que los proveedores se dirijan a otras áreas sin autorización.

- De preferencia, los proveedores deberán presentar la constancia de su prueba de COVID-19.

5. PERSONAL DE COCINA.

- Por el estado de emergencia se ha implementado un espacio en la cocina, con la finalidad que este personal de cocina ingiera sus alimentos (desayuno/almuerzo) y así no tenga contacto con los comensales.

Firmado digitalmente por YANAPAZENTENO Marco Antonio FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 11:40:27 -05:00

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ÁREA DE SERVICIOS GENERALES - OFICINA DE OPERACIONES

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PROTOCOLO DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE AMBIENTES DEL DESPACHO PRESIDENCIAL ANTE EL COVID-19

ÁREA DE SERVICIOS GENERALES

I. ANTECEDENTES.

Los coronavirus son una amplia familia de virus que pueden causar diversas afecciones, desde el resfriado común, hasta infecciones respiratorias graves, estos, se transmiten en la mayoría de los casos a través de grandes gotas respiratorias y transmisión por contacto directo.

Actualmente se desconoce el tiempo de supervivencia y las condiciones que afectan la viabilidad en el medio ambiente del virus que produce la enfermedad COVID-19. Según los estudios que evalúan la estabilidad ambiental de otros coronavirus, se estima que el coronavirus del síndrome respiratorio agudo severo (SARS-CoV) sobrevive varios días en el medio ambiente y el coronavirus relacionado con el síndrome respiratorio del Medio Oriente (MERS-CoV) más de 48 horas a una temperatura ambiente promedio (20 ° C) en diferentes superficies.

Debido a la posible supervivencia del virus en el medio ambiente durante varias horas, las instalaciones y áreas potencialmente contaminadas con el virus que produce la enfermedad COVID-19 deben limpiarse permanentemente, utilizando productos que contengan agentes antimicrobianos que se sabe que son efectivos contra los coronavirus.

Es necesario adoptar todas las medidas de seguridad necesarias antes, durante y después de ejecutar las actividades conducentes a la limpieza y desinfección de sitios potencialmente contaminados o contaminados con el virus que produce la enfermedad COVID-19.

II. BASE LEGAL.

Decreto Legislativo N°1501, que modifica el Decreto legislativo N°1278, que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos.

Decreto Supremo N° 013-2018-MINAM, que aprueba la reducción del plástico de un solo uso y promueve el consumo responsable del plástico en las entidades del Poder Ejecutivo.

Resolución Ministerial N° 773-2012-MINSA que aprueba la Directiva Sanitaria N°048-MINSA/DGPS-V.01, "Directiva Sanitaria para Promocionar el Lavado de Manos Social como Práctica Saludable en el Perú".

Resolución Directoral N° 003-2020-INACAL/DN, que aprueba la “Guía para la limpieza y desinfección de manos y superficies”.

Resolución de Subsecretaria General N°011-2020-DP/SSG que aprueba el “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo del Despacho Presidencial”.

Protocolo para el manejo de residuos sólidos durante la emergencia sanitaria por covid-19 y el estado de emergencia nacional – MINAM.

III. OBJETIVO.

Proporcionar las disposiciones para el proceso de limpieza y desinfección de espacios de uso público y lugares de trabajo en las sedes correspondientes al Despacho Presidencial.

Firmado digitalmente porVALVERDE TRUJILLO SandroJesus FAU 20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 14:22:16 -05:00

Firmado digitalmente por LEONFLORES Luis Alberto FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 15.07.2020 12:25:21 -05:00

Firmado digitalmente por CONDORIDROGO Luis Alberto FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 15.07.2020 16:10:55 -05:00

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IV. ALCANCE.

El presente Protocolo se aplicará para todo el personal del Área de Servicios Generales implicado en la limpieza y desinfección de áreas comunes, oficinas, dormitorios, cocinas y salones del Despacho Presidencial.

V. RESPONSABILIDADES.

1. OFICINA DE OPERACIONES.

- Realiza el seguimiento y vela por el cumplimiento del presente protocolo.

2. ÁREA DE SERVICIOS GENERALES.

- Monitorea y hace cumplir las acciones del presente protocolo

- Reporta los incumplimientos a la Oficina de Operaciones.

- Mantiene la documentación para demostrar el cumplimiento del presente protocolo.

3. PERSONAL OPERATIVO DEL ÁREA DE SERVICIOS GENERALES.

- Ejecuta y cumple responsablemente todas las medidas del presente protocolo.

- Participa de manera obligatoria en las campañas de sensibilización y capacitaciones dirigidas por la Entidad para prevenir el contagio de COVID-19.

- Utiliza los recursos proporcionados por la Entidad de manera responsable para asegurar la correcta ejecución de las disposiciones del presente protocolo.

- Reporta cualquier sospecha de infección respiratoria al Área de Bienestar y Servicios Médicos de la Oficina de Recursos Humanos.

- Cumple con el control preventivo de sintomatología de COVID-19 definido por la Entidad.

- Mantiene la confidencialidad de los casos de COVID-19, salvaguardando el anonimato de las personas.

- Informa al superior inmediato sobre situaciones que no cumplan el presente protocolo.

- Consulta al superior inmediato o al Área de Bienestar y Servicios Médicos sobre cualquier duda relacionada al presente protocolo.

VI. PROCEDIMIENTO DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN.

1. Previo a efectuar la desinfección se debe ejecutar un proceso de limpieza de superficies, eliminando suciedad e impurezas, mediante técnica de fricción, utilizando detergente, el cual posteriormente se enjuagará con agua para eliminar la suciedad por técnica de arrastre.

2. Una vez efectuado el proceso de limpieza, se debe realizar la desinfección de superficies, aplicando productos desinfectantes, a través del uso de, rociadores, toallas, paños de fibra o microfibra, trapeadores, entre otros métodos.

3. Los desinfectantes a utilizar son las soluciones de hipoclorito de sodio, amonios cuaternarios, peróxido de hidrógeno y los fenoles. Para los efectos de este protocolo, se utilizará hipoclorito de sodio al 0.1% (dilución 1:50 si se usa cloro doméstico a una concentración inicial de 5%. Lo anterior equivale a que por cada litro de agua se debe agregar 20cc de Cloro (4 cucharaditas) a una concentración de un 5%.

Firmado digitalmente porVALVERDE TRUJILLO SandroJesus FAU 20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 14:22:44 -05:00

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4. Para las superficies que podrían ser dañadas por el hipoclorito de sodio, se utilizará una concentración de etanol del 70%.

5. En el caso de contar con otro tipo de desinfectante, se deben seguir las recomendaciones del fabricante para su preparación y aplicación.

6. Cuando se utilizan productos químicos para la limpieza, es importante mantener la instalación ventilada (por ejemplo, abrir las ventanas, si ello es factible) para proteger la salud del personal de limpieza, así como contar con registros sanitarios, y verificar la fecha de caducidad.

7. Para efectuar la limpieza y desinfección, se debe privilegiar el uso de utensilios desechables. En el caso de utilizar utensilios reutilizables en estas tareas, estos deben desinfectarse utilizando los productos arriba señalados.

8. Se debe priorizar la limpieza y desinfección de todas aquellas superficies que son manipuladas por los usuarios con alta frecuencia, como lo es: botoneras, manillas, pasamanos, taza del inodoro, llaves de agua, superficies de las mesas, escritorios, superficies de apoyo, entre otras.

VII. EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (EPP).

Se deben considerar el uso de los siguientes Elementos de Protección Personal (EPP) cuando se realicen los trabajos de limpieza y desinfección en espacios de uso público y lugares de trabajo:

1. Uniforme completo adecuado para sus actividades (específico para el personal de limpieza)

2. Zapatos con punta de acero o antideslizante (específico para el personal de limpieza)

3. Gorra o cofias (específico para el personal de limpieza

4. Lentes o careta de protección.

5. Mascarilla desechable o reutilizable.

6. Guantes para labores de aseo desechables o reutilizables: resistentes, impermeables y de manga larga (no quirúrgicos).

7. Realizar higiene de manos

VIII. MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS.

El personal de limpieza, verificará que cada sede cuente con tachos para la disposición de los residuos sólidos biocontaminados (mascarillas, guantes, entre otros) generados en la institución, estos deben contener bolsas plásticas, de preferencia se deben seguir las siguientes características:

1. Todo el personal del DP, deberá colocar los residuos sólidos (mascarillas, guantes o pañuelos) que genere en el tacho correspondiente.

2. El área de servicios generales deberá tener en cuenta lo siguiente:

El personal de limpieza asignado para esta tarea deberá ser el mínimo necesario y no deberá formar parte del grupo de riesgo.

Firmado digitalmente porVALVERDE TRUJILLO SandroJesus FAU 20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 14:23:05 -05:00

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El personal de limpieza deberá contar con los equipos de protección personal (EPP) adecuados para el manejo de los residuos sólidos y deberá ser capacitado previamente acerca de su correcto uso.

El recojo de los residuos peligrosos se realizará los días viernes a las 16.00 horas.

El personal de limpieza, con sus EPP, recogerá las bolsas de cada sede y las trasladará al punto de acopio (contenedores ubicados en el patio de transportes de Palacio de Gobierno), colocarlo y amarrarlo dentro de una segunda bolsa. Por ningún motivo se deberán abrir las bolsas que contienen estos residuos sólidos.

Después de su uso, los tachos deberán ser desinfectados con solución de hipoclorito de sodio al 1 % (lejía).

Culminado el procedimiento, el personal de limpieza deberá lavarse las manos profundamente con agua y jabón por mínimo 20 segundos.

3. El personal debe recoger y mover las bolsas de residuos hacia el vehículo pudiendo utilizar como ayuda una manta u otro, a fin de evitar que los residuos tengan contacto con el personal.

4. Minimizar la generación de polvo alrededor del residuo y deben abstenerse en todo momento de abrir o romper la bolsa con el fin de prevenir la dispersión del virus.

5. Antes de subir al vehículo, el personal debe aplicarse los insumos de limpieza y desinfección personal en los guantes, para no favorecer el surgimiento de una cadena de transmisión.

6. Lavado y desinfección del vehículo, incluyendo la tolva con los hipocloritos de sodio al 1%.

7. El personal debe depositar los EPP de un solo uso en una bolsa de plástico, amarrarlas con doble nudo y rociadas con una solución de lejía 1%.

8. Los trabajadores deben tomarse una ducha. Además del cambio de indumentaria laboral, el uso de ropa limpia cada día incluye el calzado limpio y cerrado.

IX. OTRAS CONSIDERACIONES.

Las exigencias del plan de limpieza y desinfección se mantienen de acuerdo a lo solicitado en las bases del CP N°002-2019-DP-1 y el CONTRATO N°034-2019-DP de acuerdo al siguiente cuadro dada la situación generada por la pandemia ocasionada por el virus que produce la enfermedad COVID-19.

Firmado digitalmente porVALVERDE TRUJILLO SandroJesus FAU 20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 14:23:23 -05:00

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ACTIVIDAD FRECUENCIA DÍAS

El procedimiento de limpieza y desinfección de las superficies y de los ambientes en contacto con el servidor público se hará de considerando la cuidadosa limpieza y desinfección del establecimiento. Se deberá limpiar y desinfectar de forma continua los ambientes destinados para servicios higiénicos (pisos, sanitarios, mayólicas, muros, puertas, grifería y espejos);

Así mismo botoneras de ascensores pasamanos de escaleras de ingreso, etc.

Se contempla la verificación y abastecimiento de solución de lejía en los pediluvios o felpudos de ingreso.

Se emplearán los detergentes y desinfectantes habituales (alcohol, lejía o amonio cuaternario) recomendados por la autoridad competente para tal fin (con efecto virucida) y para las superficies se utilizará material textil desechable. Mopear y desinfectar los pisos.

Para efectuar la limpieza y desinfección, se debe privilegiar el uso de utensilios desechables (trapo industrial o waipe). En el caso de utilizar utensilios reutilizables en estas tareas, estos deben desinfectarse utilizando los productos ante señalados. Se Mantendrá el abastecidos diariamente los servicios higiénicos privados con papel higiénico, papel toalla y jabón líquido

Inicia las 07:00 y se hace cada 2 horas hasta el fin del turno.

TODOS LOS DÍAS

Limpiar las superficies horizontales de las áreas de concentración de personas sala de reuniones y salones protocolares, con cuidado especial en las superficies donde el público haya estado pisando, tocado con frecuencia y alrededores.

Antes y después de cada reunión

TODOS LOS DÍAS

Para la limpieza de las oficinas y Residencia del SPR, esto se hará periódicamente, mopear, trapear, todos los pisos de oficinas, escaleras, pasadizos, veredas perimetrales y en general de todas las áreas interiores pertenecientes al Despacho Presidencial y áreas comunes.

Una vez al día TODO LOS DÍAS

Para el caso de los puestos de trabajos de deberá considerar lo siguiente: No se deben rociar las superficies con desinfectante. Rociar sobre un paño limpio y seco, y empaparlo lo suficiente. Las superficies deben limpiarse a fondo durante más de 1 minuto. Limpiar y desinfectar las superficies de aparatos telefónicos fijos con alcohol.

Cuando se utilizan productos químicos para la limpieza, es importante mantener la instalación ventilada (por ejemplo, abrir las ventanas, si ello es factible) para proteger la salud del personal de limpieza, limpiar desinfectar con alcohol (todos los días) y dejar con brillo las superficies del mobiliario en general ubicado en las oficinas; utilizándose materiales que ayuden a conservarla. El aplicado de cremas es una vez x semana (No silicona).

Antes del ingreso de personal de oficina

TODOS LOS DÍAS

Firmado digitalmente porVALVERDE TRUJILLO SandroJesus FAU 20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 14:23:45 -05:00

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ÁREA DE SERVICIOS GENERALES - OFICINA DE OPERACIONES

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Cuando se tenga a un personal sospechoso de COVID-19 de algún área, se debe realizar la desinfección ambiental y del equipamiento. Si el ambiente se encuentra sin servidores o personal que no presenta ningún síntoma de COVID-19 es necesario ventilar la habitación durante 2 horas. Limpiar las superficies externas de aparatos acondicionadores de aire, ventiladores, trituradoras, fotocopiadoras, equipos contraincendios, equipos de cómputo, surtidores de agua, letreros de señalización, pantallas de luminarias, pasamanos de escaleras, entre otros.

1 vez x cuando sea necesario

A SOLICITUD

Firmado digitalmente porVALVERDE TRUJILLO SandroJesus FAU 20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 14:24:04 -05:00

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ÁREA DE TRANSPORTES - OFICINA DE OPERACIONES

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PROTOCOLO LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE DE PERSONAL EN PREVENCIÓN ANTE EL COVID-19

ÁREA DE TRANSPORTES DE LA OFICINA DE OPERACIONES

I. INTRODUCCIÓN.

Debido a la posible supervivencia del virus en las superficies durante varias horas, los vehículos del Área de Transportes deben limpiarse y desinfectarse permanentemente, siguiendo las recomendaciones de buenas prácticas de higiene en las actividades en el uso de las unidades vehiculares, con la finalidad de minimizar las posibilidades de contagio del COVID-19, y asegurar la continuidad del servicio de transporte de personal en el Despacho Presidencial.

II. OBJETIVO.

Establecer un protocolo de limpieza y desinfección de vehículos de transporte de personal para contribuir con la reducción del riesgo de contagio de COVID-19 en el Despacho Presidencial.

III. ALCANCE.

Aplica para todo el personal del Área de Transportes que tienen asignado o hacen uso de un vehículo de transporte de personal.

IV. BASE LEGAL.

- Decreto Legislativo N°1501, que modifica el Decreto legislativo N°1278, que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos.

- Decreto Supremo N° 013-2018-MINAM, que aprueba la reducción del plástico de un solo uso y promueve el consumo responsable del plástico en las entidades del Poder Ejecutivo.

- Resolución Ministerial N° 773-2012-MINSA que aprueba la Directiva Sanitaria N°048-MINSA/DGPS-V.01, "Directiva Sanitaria para Promocionar el Lavado de Manos Social como Práctica Saludable en el Perú".

- Resolución Directoral N° 003-2020-INACALDN que aprueba la “Guía para la limpieza y desinfección de manos y superficies. 1ª Edición”.

- Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 049-2020-ATU/PE.

- Resolución de Subsecretaria General N°011-2020-DP/SSG que aprueba el “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo del Despacho Presidencial”.

V. RESPONSABILIDADES.

1. OFICINA DE OPERACIONES.

- Realiza el seguimiento y vela por el cumplimiento del presente protocolo.

2. ÁREA DE TRANSPORTES.

- Monitorea y hace cumplir las acciones del presente protocolo.

- Reporta los incumplimientos a la Oficina de Operaciones.

Firmado digitalmente por CALLEMEZARES Andres FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 14:28:13 -05:00

Firmado digitalmente por LEONFLORES Luis Alberto FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 15.07.2020 12:25:42 -05:00

Firmado digitalmente por CONDORIDROGO Luis Alberto FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 15.07.2020 16:13:45 -05:00

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ÁREA DE TRANSPORTES - OFICINA DE OPERACIONES

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- Mantiene la documentación para demostrar el cumplimiento del presente protocolo.

3. PERSONAL OPERATIVO DEL ÁREA DE TRANSPORTES.

- Ejecuta y cumple responsablemente todas las medidas preventivas de bioseguridad del presente protocolo y las definidas por la Entidad en todos los procesos operativos para prevenir el contagio de COVID-19.

- Participa de manera obligatoria en las campañas de sensibilización y capacitaciones dirigidas por la Entidad para prevenir el contagio de COVID-19.

- Utiliza los recursos proporcionados por la Entidad de manera responsable para asegurar la salud del resto de personal.

- Reporta cualquier sospecha de infección respiratoria al Área de Bienestar y Servicios Médicos de la Oficina de Recursos Humanos.

- Consulta al superior inmediato o al Área de Bienestar y Servicios Médicos sobre cualquier duda relacionada al presente protocolo.

VI. PROCEDIMIENTO.

1. MATERIALES.

Hipoclorito de sodio (Lejía) (Diluir 20 ml en 1 litro de agua).

Alcohol etílico.

Paños de Papel.

Paños de Tela.

Bolsas para desechos.

2. FRECUENCIA.

a) Para el uso de los vehículos institucionales, el personal designado deberá efectuar la limpieza cotidiana de dichas movilidades antes y después de la labor de traslado que realicen, y adicionalmente se debe desinfectar el vehículo, para lo cual se hará uso de un desinfectante, en este caso del hipoclorito de sodio al 0,1% (Referencia: Guía para la limpieza y desinfección de manos y superficies de INACAL).

Limpieza profunda: Esta debe realizarse semanalmente, a cargo del personal capacitado para la desinfección profunda, designado por el Área de Transportes.

b) Para el uso del desinfectante se utilizará un rociador de plástico, y se echará en las partes del vehículo con las que se tiene contacto frecuentemente, tales como: manijas de las puertas, volante, palanca de cambios, hebillas del cinturón de seguridad, radio, comandos del vehículo, entre otros; y luego pasarle un trapo desinfectado.

c) Desinfección (superficies): Las superficies de los vehículos deben ser desinfectadas diariamente, prestando especial atención a las superficies y objetos que tienen contacto frecuente con los usuarios del servicio (por

Firmado digitalmente por CALLEMEZARES Andres FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 14:28:48 -05:00

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ejemplo: manijas de las puertas, pasamanos, apoyabrazos, cinturones de seguridad, otros). Utilizar guantes de látex y mascarillas.

3. CONSIDERACIONES.

a) Antes y después del trayecto.

Desinfectar el vehículo.

Después de realizar la desinfección, el conductor debe lavarse y desinfectarse las manos.

b) Durante el trayecto.

Utilizar guantes de látex y mascarillas.

Mantener una distancia adecuada entre los pasajeros.

Se restringe el uso del aire acondicionado.

Evitar toser y/o estornudar abiertamente en el auto. Para ello usar papel desechable o cubriéndote con tu brazo.

4. METODOLOGÍA.

a) La limpieza profunda debe realizarse cada semana (usando paños de tela), debiendo retirar los accesorios para ser limpiados con minuciosidad. El responsable debe contar con EPP especial para dicha labor.

b) La desinfección se debe desarrollar antes y después del trayecto.

c) Para desinfectar se usa la solución de lejía o alcohol etílico.

d) Es necesario procurar una adecuada ventilación en las unidades vehiculares durante la prestación del servicio, manteniendo las ventanas abiertas.

e) Se debe poner a disposición de los pasajeros toallitas húmedas, geles o soluciones alcohólicas. Asimismo, se debe colocar un cartel informativo con las recomendaciones y cuidados para la Prevención Contra la Infección de COVID-19.

f) El conductor debe lavarse las manos frecuentemente con jabón, por un tiempo aproximado de veinte segundos, sin perjuicio del uso de desinfectantes de manos. Además, estornudar y toser cubriéndose con el antebrazo y usar toallas de papel, posteriormente desinfectarse el rostro y los lugares donde se produjo el estornudo. En todo momento debe usar su mascarilla.

VII. ANEXO.

Formato de Limpieza y Desinfección de Vehículos de Transporte de Personal

Firmado digitalmente por CALLEMEZARES Andres FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 14:29:24 -05:00

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ÁREA DE TRANSPORTES - OFICINA DE OPERACIONES

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N° DETALLE

I II III IV I II III IV I II III IV I II III IV I II III IV I II III IV I II III IV

1 Asiento del conductor

2 Asientos de pasajeros

3 Ventanas (marcos y lunas)

4 Consola, timón, palanca de cambios, luces, radio

5 Manijas, pasamanos

6 Pisos, exterior del vehículo

7 Otros: _________________________________

I II III IV I II III IV I II III IV I II III IV I II III IV I II III IV I II III IV

1 Asiento del conductor

2 Asientos de pasajeros

3 Consola, timón, palanca de cambios, luces, radio

4 Manijas, pasamanos

5 Otros: _________________________________

_______________________________________ ______________________________________

Firma del responsable de patio

Nombre y apel l ido: Nombre y apel l ido:

Firma del conductor

SÁBADO DOMINGO

Desinfección (Diario)

Observaciones:

N°: ____________

Mes: _________________________________

Semana: Del _________________ al __________________ 2020

Servicio/turno/ruta: _________________________________________________________________

Conductor: _____________________________________________________

Vehículo: ___________________________________________________

DOMINGO

LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE DE PERSONAL

Leyenda:

I: Antes de recoger al personal

II: Después de dejar al personal en el centro de labores

III: Antes que el personal ingrese al vehículo

IV: Después de culminar el traslado del personal

Limpieza profunda (Semanal)

LUNES MARTES MIÉRCOLES JUEVES VIERNES

LUNES MARTES MIÉRCOLES JUEVES VIERNES SÁBADO

Firmado digitalmente por CALLEMEZARES Andres FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 14:30:00 -05:00

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ÁREA DE ALMACÉN - OFICINA DE ABASTECIMIENTO

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PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID-19 DEL ÁREA DE ALMACÉN DE LA OFICINA DE ABASTECIMIENTO

RECEPCIÓN, VERIFICACIÓN, INTERNAMIENTO, REGISTRO, CUSTODIA Y DISTRIBUCIÓN DE BIENES DEL ALMACÉN CENTRAL DEL DESPACHO

PRESIDENCIAL

I. INTRODUCCIÓN

Lo que se busca con este proceso es brindar mayores garantías para la continuidad de la recepción, verificación, internamiento, registro, custodia y distribución de alimentos y bienes. No hay evidencia de que los alimentos sean una fuente o vía probable de transmisión del virus. No obstante, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha emitido recomendaciones de precaución, y ha incluido consejos sobre el seguimiento de buenas prácticas de higiene durante la manipulación de alimentos y bienes. Con el objetivo de minimizar las posibilidades de contagio del COVID-19, se deberán implementar todas las medidas generales básicas de seguridad, higiene, desinfección y cuidado personal de los servidores del Área de Almacén, para minimizar las posibilidades de contagio del virus.

II. OBJETIVO

Establecer medidas preventivas sanitarias que se debe cumplir en el Área de Almacén, con la finalidad de proteger la salud del personal del área, proveedores y de los servidores de las diferentes Unidades Orgánicas frente al riesgo de contagio del COVID-19.

III. ALCANCE

Aplica a todo el personal del Área de Almacén, así como al personal civil, policial, militar y proveedores que realizan o coordinan acciones con el Área de Almacén en el Despacho Presidencial.

IV. BASE LEGAL

- Decreto Supremo N° 013-2018-MINAM, que aprueba la reducción del plástico de un solo uso y promueve el consumo responsable del plástico en las entidades del Poder Ejecutivo.

- Resolución Ministerial N° 773-2012-MINSA que aprueba la Directiva Sanitaria N°048-MINSA/DGPS-V.01, "Directiva Sanitaria para Promocionar el Lavado de Manos Social como Práctica Saludable en el Perú".

- Resolución Directoral N° 003-2020-INACALDN que aprueba la “Guía para la limpieza y desinfección de manos y superficies. 1ª Edición”.

- Resolución de Subsecretaria General N°011-2020-DP/SSG que aprueba el “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo del Despacho Presidencial”.

V. RESPONSABILIDADES.

1. ÁREA DE ALMACÉN.

- Monitorea y hace cumplir las acciones del presente protocolo

Firmado digitalmente porCAMACHO GADEA Beder RamonFAU 20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 18:32:56 -05:00

Firmado digitalmente por REVILLAGARCIA Edwin Luis FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 15.07.2020 12:10:38 -05:00

Firmado digitalmente por CONDORIDROGO Luis Alberto FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 15.07.2020 16:13:30 -05:00

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ÁREA DE ALMACÉN - OFICINA DE ABASTECIMIENTO

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- Reporta los incumplimientos a la Oficina de Abastecimiento.

2. PERSONAL DEL ÁREA ALMACÉN.

- Ejecuta y cumple responsablemente todas las medidas preventivas de bioseguridad del presente protocolo y las definidas por el Despacho Presidencial en todos los procesos operativos para prevenir el contagio de COVID-19.

- Participa de manera obligatoria en las campañas de sensibilización y capacitaciones dirigidas por la entidad para prevenir el contagio de COVID-19.

- Utiliza los recursos proporcionados por la entidad de manera responsable para asegurar la salud de los servidores públicos de la Entidad.

- Reporta cualquier síntoma o sospecha de COVID-19 al superior inmediato o al Área de Bienestar y Servicios Médicos de la Oficina de Recursos Humanos.

- Cumple con el control preventivo de sintomatología de COVID-19 definido por la Entidad.

- Mantiene la confidencialidad de los casos de COVID-19, salvaguardando el anonimato de las personas.

- Consulta al superior inmediato o al Área de Bienestar y Servicios Médicos de la Oficina de Recursos Humanos sobre cualquier duda relacionada al presente protocolo

- El personal deberá pasar su despistaje de COVID-19, según lo dispuesto por la normatividad vigente.

VI. DISPOSICIONES.

1. ASPECTOS GENERALES.

- El Área de Almacén optará por brindar el servicio de atención al servicio de almacenamiento y distribución de bienes cumpliendo el presente protocolo.

- Cumplir con lo establecido en el D.S. N° 080-2020-PCM que aprueba la “Reanudación de actividades económicas en forma gradual y progresiva dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19”, de acuerdo a la fase de inicio de actividades que corresponde.

- Que todo el personal mantenga una distancia entre 1,5 a 2,0 metros distancia con la finalidad de ser considerado con riesgo medio de exposición.

- Todo el personal del Área de Almacén deberá pasar por la prueba rápida (pruebas serológicas o molecular) de COVID-19 antes de regresar o reincorporarse a su puesto de trabajo.

- Implementar una política de no contacto durante el servicio, para ello se considera solo el 50% de su capacidad.

- Se implementará nuevos horarios de atención para evitar aglomeración y contactos.

- Se colocara diferentes tipos de avisos e indicaciones al respecto en los ambientes del área de almacén.

Firmado digitalmente porCAMACHO GADEA Beder RamonFAU 20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 18:33:30 -05:00

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2. RECEPCIÓN DE BIENES.

- El proceso de descarga de bienes se debe realizar de la manera más rápida posible, para que éstas se lleven a cabo se deben brindar los medios necesarios.

- En la recepción de bienes, se evitara el contacto físico, al personal de los proveedores se les solicitará que utilicen equipos de bioseguridad.

- Al personal de los proveedores se les desinfectaran las manos, prendas de vestir y se les tomará la temperatura.

- Se recomienda delimitar un área para que los proveedores realicen la descarga de bienes y mantener en todo momento la distancia interpersonal mínima de 2 metros.

- Será de obligatorio cumplimiento el uso de equipos de bioseguridad.

- Los bienes recepcionados serán desinfectados con (hipoclorito 0.5% y agua) antes de su ingreso al almacén.

- Tras cada manipulación de equipos se realizara un proceso de desinfección con alcohol o gel antibacterial con una concentración de 70% o mayor, y/o hipoclorito al 0.5% con agua.

- Limitar al máximo posible el acceso a zonas del almacén a los proveedores.

- Hacer respetar las medidas preventivas establecidas por la Entidad.

- Utilizar guantes para proteger las manos y desinfectar las Guías de Remisión, facturas y/u otra documentación.

- Deberá ser utilizado el pediluvio al ingreso del almacén para desinfectar el calzado.

3. ENTREGA DE PRODUCTOS.

- Se adecuará un ambiente para la entrega de alimentos y bienes.

- La entrega debe asegurar la distancia de al menos 1.5 metros, evitando que el servidor que va a recoger el bien, tenga contacto con picaportes, rejas, puertas, etc.

- Los bienes antes de ser entregados deberán ser desinfectados.

- Se debe reforzar los canales de comunicación digitales y atención con las áreas usuarias (comunicaciones telefónicas, WhatsApp, correo electrónico, etc.), a fin de evitar desplazamientos o reuniones innecesarias.

- La entrega de bienes se realizara mediante un cronograma de atenciones, para evitar la aglomeración y el contagio del COVID-19.

4. ALMACENAMIENTO DE BIENES.

- Antes de almacenar bienes (alimentos y/o útiles), se deben desinfectar.

- La desinfección de los productos debe realizarse periódicamente.

- Al área de bienes (útiles y alimentos) solo podrá ingresar personal autorizado.

- Incrementar la ventilación en los espacios cerrados.

Firmado digitalmente porCAMACHO GADEA Beder RamonFAU 20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 18:34:02 -05:00

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5. EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL.

- Los EPP de bioseguridad empleados se componen principalmente de los siguientes elementos: guantes, mascarillas, lentes de protección, protector facial.

- Los EPP de bioseguridad son usados en función al riesgo de la actividad que realiza el personal y son entregados por la Entidad.

- Realizar el cambio de los EPP diariamente o cada vez que sea necesario.

Nota: El uso de guantes no exime el lavado de manos y aplicación de la solución desinfectante.

6. INSTALACIONES Y SERVICIOS.

- Se implementara equipos de desinfección del calzado al ingreso del almacén.

- Se implementara un dispensador donde se cuente con alcohol líquido y/o en gel al ingreso del almacén.

- Los servidores y/o proveedores deben de ingresar con mascarillas obligatoriamente.

- Deben de mantener su distancia durante la permanencia en el Área de Almacén.

- Se debe de realizar el saneamiento integral de las instalaciones que debe ser evidenciado a través de los certificados correspondientes (desinfección, desratización, desinsectación).

7. PROVEEDORES.

- Se ha implementado la desinfección del calzado al ingreso de las instalaciones.

- Una sola persona ingresa al almacén utilizando debidamente su EPP (mascarilla, uniforme, gorro, otros), y previo al ingreso, su indumentaria será rociada con alcohol por nuestro personal.

- Deben de mantener su distancia durante la entrega de bienes.

- Está prohibido que los proveedores se dirijan a otras áreas sin autorización.

8. PERSONAL DEL ALMACÉN.

- El personal del Almacén está en la obligación de cumplir con las disposiciones para evitar el contagio del COVID-19, emitidas por la Entidad.

Firmado digitalmente porCAMACHO GADEA Beder RamonFAU 20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 18:34:32 -05:00

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OFICINA DE TELECOMUNICACIONES

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PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID-19 DE LA OFICINA DE TELECOMUNICACIONES

LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE EQUIPOS DE TELEFONÍA, AUDIO Y VIDEO

I. OBJETIVO.

Mantener en óptimas condiciones de salubridad a los equipos de telefonía, audio y video del Despacho Presidencial para minimizar y prevenir la probabilidad de contagio del COVIT-19.

II. ALCANCE.

Aplica para todos los usuarios del Despacho Presidencial que tienen asignado o hacen uso de un equipo de telefonía, audio y/o video.

III. BASE LEGAL.

Resolución Ministerial N° 773-2012-MINSA que aprueba la Directiva Sanitaria N°048-MINSA/DGPS-V.01, "Directiva Sanitaria para Promocionar el Lavado de Manos Social como Práctica Saludable en el Perú".

Resolución Directoral N° 003-2020-INACAL/DN, que aprueba la “Guía para la limpieza y desinfección de manos y superficies”.

Resolución de Subsecretaria General N°011-2020-DP/SSG que aprueba el “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo del Despacho Presidencial”.

IV. RESPONSABILIDADES.

1. RESPONSABLES DE ÓRGANOS Y UNIDADES ORGÁNICAS.

Es responsable de difundir entre todo su personal el presente procedimiento y monitorear su cumplimiento.

2. USUARIOS.

Responsables de la desinfección de los equipos de telefonía, audio o video bajo su uso.

V. DISPOSICIONES.

1. LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE DISPOSITIVOS MÓVILES.

a) Condiciones previas a la desinfección.

El personal deberá estar protegido con mascarilla y de preferencia guantes, antes de proceder con la desinfección.

Se deberá apagar el dispositivo móvil

Retirar la carcasa

Desconectar cualquier accesorio conectado al dispositivo.

Firmado digitalmente porCARMELINO SOLIS Cesar ErnestoFAU 20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 23.06.2020 08:40:48 -05:00

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OFICINA DE TELECOMUNICACIONES

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b) Limpieza y desinfección del dispositivo móvil.

Limpieza de la superficie del equipo con un paño o toalla suave, sin pelusas y seco.

Para la desinfección, mojar la punta del paño con agua destilada o desinfectante. Se recomienda un producto a base de alcohol (formulado con más del 70% de etanol o alcohol isopropílico).

Con el extremo mojado, limpiar sin demasiada presión las partes frontal y trasera del terminal con movimientos verticales.

Si se utiliza carcasa en el móvil, así como los accesorios; deberían también limpiarse de esa forma.

Evitar que se humedezcan las zonas abiertas del aparato, como la entrada del cable del cargador o del auricular.

Esperar que el desinfectante seque, la espera no debería ser menor a 15 minutos para luego poder encender el dispositivo.

2. LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE TELÉFONOS FIJOS.

a) Condiciones previas a la desinfección.

El personal deberá estar protegido con mascarilla y de preferencia guantes, antes de proceder con la desinfección.

El equipo a tratar deberá estar apagado y desenchufado de la toma de corriente.

Retirar la tapa trasera del equipo si fuera el caso.

Desconectar el auricular, cableado y fuente de energía conectado al dispositivo.

b) Limpieza y desinfección del teléfono fijo.

Para la limpieza de la superficie del equipo, deberá usarse un paño o toalla suave, sin pelusas y seco.

Para la desinfección, mojar la punta del paño con agua destilada o desinfectante. Se recomienda un producto base de alcohol (formulado con más del 70% de etanol o alcohol isopropílico).

Con el extremo mojado, limpiar sin demasiada presión las partes frontal y trasera del teléfono.

De igual forma, se debe limpiar la tapa trasera y el auricular por separado.

Evitar que se humedezcan las zonas de conectividad del teléfono, tales como entrada de energía, auricular y puertos de conexión de señal (RRJ45, RJ11 u otros).

Esperar que el desinfectante seque, la espera no debería ser menor a 15 minutos para luego poder realizar la conexión del equipo y posterior encendido.

Firmado digitalmente porCARMELINO SOLIS Cesar ErnestoFAU 20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 23.06.2020 08:41:22 -05:00

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OFICINA DE TELECOMUNICACIONES

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3. LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS DE AUDIO Y VIDEO.

a) Condiciones previas a la desinfección.

El personal deberá estar debidamente implementado con lentes de protección, guantes y mascarilla antes de proceder con la desinfección. Así también contar con el material necesario útil para la desinfección.

El equipamiento electrónico de audio y video, previo a la desinfección deberá ser desconectado por completo

Se revisará la integridad física del equipamiento a manipular.

b) Limpieza y desinfección del dispositivo móvil.

Limpieza de la superficie del equipo: Hacer uso del pulverizador con alcohol isopropílico y un paño o toalla suave, sin pelusas y seco.

Para la desinfección, mojar el paño con el desinfectante (alcohol isopropílico).

Con el paño húmedo del desinfectante, limpiar sin demasiada presión las partes frontal y trasera del chasis con movimientos verticales, haciendo énfasis en las partes donde se manipula los controles.

Para los equipos y accesorios de uso directo como micrófonos y unidades delegado (conferénciales); deberán limpiarse de esa forma y luego preservarlos con una capucha plástica desechable de protección, la cual será retirado por el propio usuario.

Evitar que se humedezcan las zonas abiertas del aparato, como las conexiones de entradas y del cargador, altavoces, auricular entre otros.

Esperar que el desinfectante seque, la espera no debería ser menor a 10 minutos para luego poder encender el dispositivo.

El material utilizado para la desinfección deberá ser desechado inmediatamente, respetando el tipo de residuo que corresponda.

Firmado digitalmente porCARMELINO SOLIS Cesar ErnestoFAU 20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 23.06.2020 08:41:37 -05:00

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OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

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PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID-19 DE LA OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

MANEJO INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS

I. INTRODUCCIÓN

El brote de enfermedad por COVID-19, ha sido declarado emergencia sanitaria a nivel nacional e internacional. El virus se transmite por el contacto directo con personas, superficies contaminadas, por esta razón, se deben tomar medidas para prevenir su transmisión, reducir la repercusión del brote y adoptar medidas de control. En ese sentido, el manejo adecuado de residuos sólidos y peligrosos generados por las actividades cotidianas en la institución, contribuye a la prevención de focos infecciosos, contaminación cruzada o la expansión del virus.

Considerando lo dispuesto, el presente protocolo establece acciones para el manejo adecuado de los residuos sólidos y peligrosos generados en la institución, con el objetivo de asegurar las condiciones adecuadas para la protección de la salud humana y el medio ambiente.

II. OBJETIVO

El presente documento tiene por objetivo establecer medidas prácticas para el adecuado manejo de los residuos sólidos generados durante la emergencia sanitaria, a fin de contribuir con la reducción de la propagación de contagio del COVID-19 y brindar mayor seguridad a la salud del personal que labora o ingresa a la institución al ambiente.

III. ALCANCE

El presente documento es de cumplimiento obligatorio por los servidores civiles y militares de todos los órganos y unidades orgánicas del Despacho Presidencial, cualquiera sea la modalidad de contratación, incluyendo el personal destacado de otras entidades públicas, así como, visitas que realicen actividades en las instalaciones de la institución.

IV. BASE LEGAL

Decreto Legislativo N° 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos.

Decreto Legislativo N°1501, que modifica el Decreto legislativo N°1278, que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos

Decreto Supremo N°080-2020-PCM, que aprueba la reanudación de actividades económicas en forma gradual y progresiva dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.

Decreto Supremo N°014-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos.

Resolución Ministerial N°702-2008/MINSA, que aprueba la “Norma Técnica de Salud que guía el manejo selectivo de residuos sólidos por segregadores”

Firmado digitalmente por CONDORIDROGO Luis Alberto FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 16:12:24 -05:00

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OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

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Resolución Directoral N°003-2019-INACAL/DN, que aprueba la Norma Técnica NTP 900.058-2019. Gestión de residuos. Código de colores para los dispositivos de almacenamiento de residuos.

Resolución de Subsecretaría General N°011-2020-DP/SSG, que aprueba el “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo del Despacho Presidencial”.

Protocolo para el manejo de residuos sólidos durante la emergencia sanitaria por COVID-19 y el estado de emergencia nacional - MINAM.

V. RESPONSABILIDADES

1. OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, es responsable de realizar el seguimiento y cumplimiento de las actividades establecidas en el presente protocolo. Además de, reportar los incumplimientos a los órganos y unidades orgánicas correspondientes.

2. OFICINA DE OPERACIONES, es responsable de velar el cumplimiento de las actividades correspondientes a sus dependencias jerárquicas lineales, a fin de prevenir y controlar la salud de los trabajadores frente al COVID-19.

3. ÁREA DE SERVICIOS GENERALES, es responsable de la limpieza y desinfección de las etapas de recolección y disposición final de los residuos sólidos, dispuestos en el presente protocolo.

4. ÁREA DE TRANSPORTES, es responsable de la limpieza y desinfección de la etapa de transporte de los residuos sólidos, dispuestos en el presente protocolo.

5. DEMÁS ÓRGANOS Y UNIDADES ORGÁNICAS DEL DESPACHO PRESIDENCIAL, son responsables de cumplir con lo dispuesto en el presente protocolo.

VI. DISPOSICIONES PARA EL MANEJO INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS

1. DISPOSICIONES GENERALES

Para el manejo y gestión de los residuos sólidos se debe atender lo siguiente:

a) Disminuir al máximo la generación de residuos, y a su vez, minimizar el volumen de los residuos que se entreguen al servicio de limpieza pública.

b) Se debe segregar los residuos generados en:

- Aprovechables: plásticos, metal, vidrio, papel y cartón (deben ser almacenados en un ambiente seco, ventilado y de acceso restringido).

- No aprovechables: restos de comida, papel higiénico, paños húmedos, colillas de cigarro, plásticos de un solo uso y envolturas (almacenarlos en un punto de acopio ventilado).

- Peligrosos (no biocontaminados): pilas y baterías, medicinas vencidas, luminarias, envases de material peligroso (almacenarlos en un lugar adecuado y ventilado, para su posterior disposición en lugares autorizados).

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- Peligrosos biocontaminados: punzocortantes, bolsas de sangre, biológicos, residuos de atención al paciente, residuos infecciosos (guantes, mascarillas), entre otros (almacenarlos en un punto de acopio ventilado).

c) Contar con contenedores debidamente etiquetados, para la disposición adecuada, respetando la Norma Técnica Peruana 900.058-2019, que establece el código de colores para dispositivos de almacenamiento de residuos.

d) Los residuos sólidos biocontaminados deben disponerse en contenedores de material rígido con tapa, de preferencia con pedal, vaivén o don't touch y estos deben contener una bolsa en su interior.

e) Las bolsas con residuos biocontaminados generados por el COVID-19 (mascarillas, guantes, entre otros), deben ser dispuestas como residuos domiciliarios.

f) Las bolsas de residuos sólidos, deben llenarse hasta las ¾ partes de su capacidad, debe ser amarrada con doble nudo para asegurar su hermeticidad.

g) Todas las bolsas deberán ser rociadas por una solución de hipoclorito de sodio (lejía) al 0.5%.

h) Todas las bolsas de los residuos sólidos generados deben disponerse en el horario establecido por la municipalidad correspondiente, el cual se establece en el protocolo de prevención y control de COVID-19 del Área de Servicios Generales de la Oficina de Operaciones.

i) La manipulación de los residuos sólidos debe realizarse con su equipo de protección personal, el cual se encuentra detallado en el Protocolo de prevención y control de COVID-19 del Área de Servicios Generales de la Oficina de Operaciones.

j) La recolección, el transporte y la disposición final de los residuos debe respetar las medidas establecidas en la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, su Reglamento y modificatoria, la cual se encuentra detallado en el protocolo de prevención y control de COVID-19 del Área de Servicios Generales de la Oficina de Operaciones.

2. MEDIDAS PARA LA LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN EN EL MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS:

a) El personal que realiza la manipulación de los residuos sólidos, debe cumplir con lo establecido en el ítem Procedimientos obligatorios de prevención del COVID-19 del Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 y a su vez lo dispuesto en el ítem Manejo de residuos sólidos del protocolo de prevención y control de COVID-19 del Área de Servicios Generales de la Oficina de Operaciones.

b) Las bolsas cerradas herméticamente de residuos aprovechables, no aprovechables y biocontaminados deben ser rociada con una solución del hipoclorito de sodio (lejía) diluida al 0.5% o según las instrucciones de desinfección señaladas en la etiqueta del producto, el cual debe contar con autorización sanitaria de DIGESA y no se encuentre caduco.

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c) Realizar la limpieza y desinfección de las áreas donde están dispuestas los contenedores de residuos así como los contenedores, siguiendo el procedimiento establecido en el protocolo de prevención y control de COVID-19 del Área de Servicios Generales de la Oficina de Operaciones.

d) Posterior a las actividades de limpieza y desinfección, se debe proceder con el lavado de los artículos o herramientas utilizadas con agua y detergente, para posteriormente desinfectarlos y, proceder con el descarte de los guantes y las mascarillas en el contenedor para biocontaminantes (color rojo).

e) Las actividades de limpieza y desinfección del vehículo que transporte los residuos sólidos, deben seguir lo establecido en el protocolo de prevención y control de COVID-19 del Área de Transportes de la Oficina de Operaciones.

3. MANEJO DURANTE LA RECOLECCIÓN, TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS:

La recolección, transporte y disposición final de los residuos sólidos deben cumplir con lo establecido en la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos y su Reglamento.

a) Acciones previas:

- El/la supervisor/a del personal de limpieza deberá supervisar que el personal cuente con EPP antes de realizar sus actividades de manipulación de residuos, así como las herramientas que faciliten la operación de recolección e insumos de limpieza y desinfección.

- Se debe lavar y desinfectar el vehículo previo al transporte de los residuos sólidos.

b) Acciones durante:

- Realizar las acciones establecidas en el ítem de Manejo de residuos sólidos del protocolo de prevención y control de COVID-19 del Área de Servicios Generales de la Oficina de Operaciones, en relación a la recolección, traslado, trasporte y disposición final de los residuos sólidos, la cual abarca la limpieza y desinfección en las etapas mencionadas,

- Los residuos, deben ser dispuestos en los puntos más cercanos de acopio de la municipalidad y/o con empresas autorizadas, según corresponda al tipo de residuos (aprovechable, no aprovechable, peligrosos o biocontaminados).

- Realizar la limpieza y desinfección del vehículo posterior a su uso, de acuerdo al protocolo de prevención y control de COVID-19 del Área de Transportes de la Oficina de Operaciones.

4. ACCIONES PARA LA ADECUADA HIGIENE PERSONAL CULMINADAS LAS LABORES DIRECTAS CON RESIDUOS SÓLIDOS:

a) En los lugares de higiene, se debe colocar afiches didácticos del proceso de lavado y desinfección de manos y ahorro de agua.

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b) El personal debe tomar las consideraciones de higiene indicadas en el protocolo de prevención y control de COVID-19 del Área de Servicios Generales de la Oficina de Operaciones.

VII. ANEXO

ANEXO I: DEFINICIONES

1. Disposición final: Procesos u operaciones para tratar y disponer en un lugar los residuos como último proceso de su manejo en forma permanente, sanitaria y ambientalmente segura.

2. Manejo Integral de Residuos Sólidos: Es un conjunto de acciones normativas, financieras y de planeamiento que se aplica a todas las etapas del manejo de residuos sólidos desde su generación, basándose en criterios sanitarios ambientales y de viabilidad técnica y económica para la reducción en la fuente, el aprovechamiento, tratamiento y la disposición final de los residuos sólidos.

3. Residuos Biocontaminados: Son aquellos residuos peligrosos generados en el proceso de la atención e investigación médica y científica, que están contaminados con agentes infecciosos, o que pueden contener concentraciones de microorganismos que son de potencial riesgo para la persona que entre en contacto con dichos residuos.

4. Recolección interna: Actividad que implica el recojo de los residuos desde la fuente de generación en los diversos servicios, unidades, oficinas o áreas al interior de la institución hacia el almacenamiento intermedio y/o final o central según corresponda.

5. Residuos Peligrosos: Son residuos sólidos peligrosos aquéllos que, por sus características o el manejo al que son o van a ser sometidos, representan un riesgo significativo para la salud o el ambiente.

6. Segregación: Acción de agrupar determinados componentes o elementos físicos de los residuos sólidos para ser manejados en forma especial.

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ANEXO II: UBICACIÓN DE CONTENEDORES PARA RESIDUOS BIOCONTAMINADOS

N° Ubicación Sede N° Ubicación Sede

1 Ingreso a la sede Edificio Palacio 8 Ingreso de la Oficina de Apoyo al Cónyuge

Palacio de Gobierno

2 Ingreso puerta carabaya Palacio de Gobierno

9 Ingreso a Secretaría General

Palacio de Gobierno

3 Área de atención al ciudadano

Edificio Palacio 10 Ingreso a Subsecretaría General y Secretaría de

Consejo de Ministros

Palacio de Gobierno

4 Pasadizo amarillo al costado de máquinas

expendedoras

Palacio de Gobierno

11 Al costado del punto de segregación

Julian Piñeyro (Loreto)

5 Pasadizo amarillo al costado del punto de segregación cerca al

ascensor

Palacio de Gobierno

12 Ingreso a Secretaría de Prensa e Imagen

Institucional

Palacio de Gobierno

6 Interior de residencia Palacio de Gobierno

13 3er piso donde se ubica las oficinas de: OGA,

OCF, OA, OGPM

Palacio de Gobierno

7 Área de Alimentación Palacio de Gobierno

14 Área de Servicios Generales

Palacio de Gobierno

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PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID-19 DEL ÁREA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO Y TRÁMITE DOCUMENTARIO DE LA OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

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I. INTRODUCCION

El servicio al ciudadano es un fin esencial del Estado, según el artículo 2° de la Constitución Política, la política nacional de modernización de la gestión pública, señala como principio fundamental la orientación a la ciudadanía, y es en este marco que la mejora de la atención, debe primar en la actuación del estado.

La Constitución es categórica al afirmar que las autoridades, esencialmente, se deben a los ciudadanos, por lo que es necesario que en el ejercicio de la función pública se establezcan protocolos de atención por los distintos canales de servicio.

Una buena atención a la ciudadanía involucra prestar servicios de calidad y pasa por interiorizar que todas nuestras acciones o inacciones como servidores públicos, a lo largo del ciclo de la gestión pública, impactan en el servicio final que la entidad presta al ciudadano.

II. OBJETIVO

Establecer lineamientos para la atención al ciudadano y la tramitación de los documentos presentados ante el Despacho Presidencial, durante la declaratoria de emergencia sanitaria a nivel nacional, con el fin de prevenir y controlar la propagación del contagio por el COVID -19 en el Perú, a través de las medidas excepcionales y transitorias, siguiendo los lineamientos aprobados por el Ministerio de Salud.

III. ALCANCE

Las disposiciones contenidas en el presente Protocolo son de obligatorio cumplimiento, por los servidores civiles que prestan servicios en la entidad, principalmente en la oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, independientemente del régimen laboral y/o contractual con la entidad, durante la emergencia sanitaria.

El Protocolo es de obligatorio cumplimiento por las personas que se vinculen con el Despacho Presidencial en el marco de las consultas, trámites, procedimientos administrativos y otros aspectos de su competencia.

IV. BASE LEGAL

3.1 Ley N° 27408, Ley que establece la atención preferente a las mujeres embarazadas, las niñas, niños, los adultos mayores, en lugares de atención al público, modificada por la Ley N° 2868

3.2 Ley N° 27337 - Código de los Niños y Adolescentes.

3.3 Ley N° 28803 - Ley de las Personas Adultas Mayores

3.4 Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

3.5 Ley N° 27927 Modificatoria de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

3.6 Decreto supremo Nº 072-2003-PCM - Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

3.7 Decreto supremo Nº 043-2003-PCM – Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Firmado digitalmente por CHIPANAENCISO Dora Emilia FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 16:08:05 -05:00

Firmado digitalmente por ALIAGAFALCON Gianina Manuela FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 16.07.2020 09:20:07 -05:00

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3.8 Decreto Supremo N° 081-2013-PCM, que aprueba la Política Nacional de Gobierno Electrónico 2013-2017.

3.9 Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública. Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, Decreto Supremo que declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y dicta medidas de prevención y control del COVID-19.

3.10 Resolución Ministerial N° 103-2020-PCM, Aprueban los “Lineamientos para la atención a la ciudadanía y el funcionamiento de las entidades del Poder Ejecutivo durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria producida por el Covid-19 en el marco del Decreto Supremo N° 008-2020-SA”.

3.11 Resolución de Subsecretaría General N° 011-2020-DP/SSG, que aprueba el “Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el trabajo del Despacho Presidencial”

V. DEFINICIONES

Para efectos del presente protocolo, se debe tener en consideración las siguientes definiciones:

Atención al Ciudadano: Servicio que presta o proporciona la entidad, a los ciudadanos, en las materias de su competencia.

Canales de Atención: Medios o puntos de acceso, a través de los cuales, la ciudadanía hace uso de los servicios de comunicación provistos por el Despacho Presidencial. Incluye espacios del tipo presencial (oficinas, módulos, ventanillas), teléfono y virtual.

Distancia social: Medida que consiste en mantener la distancia mínima entre personas de 1.5 metros, particularmente aquellas que presenten síntomas respiratorios y tengan fiebre, para evitar que una persona con una potencial infección por COVID-19, tosa o estornuda y proyecte pequeñas gotículas que contengan el virus.

Mascarilla: Mecanismo de protección personal (barrera de bioseguridad) encaminado a evitar o disminuir el riesgo de contaminación desde y/o hacia las mucosas de nariz y boca de su portador.

Mesa de Partes Virtual: Servicio digital que permite al administrado presentar documentos digitales, respetando los requisitos generales establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General vigente.

Escríbele al Despacho Presidencial: Plataforma que permite el acceso, la autenticación y autorización de los usuarios en los sistemas que dicha plataforma contempla, cuyo enlace se encuentra ubicado en el Portal Institucional del Despacho Presidencial.

Sistema de Gestión Documentaria (SGD): Sistema de Información que se constituye en un soporte tecnológico orientado a tener el control de la ubicación de la documentación que ingresa y fluye en la institución; así como de la documentación que se genera en el Despacho Presidencial, permite realizar el seguimiento del flujo de atención de los documentos por parte de los usuarios internos y externos.

Ciudadano: Persona que acude al Despacho Presidencial de manera presencial a las instalaciones del Despacho Presidencial o a través de los canales de atención, con la finalidad de solicitar información o iniciar un trámite ante el Despacho Presidencial.

Firmado digitalmente por CHIPANAENCISO Dora Emilia FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 16:08:44 -05:00

Firmado digitalmente por ALIAGAFALCON Gianina Manuela FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 16.07.2020 09:20:24 -05:00

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VI. DISPOSICIONES GENERALES

6.1 La atención que se brinda a los ciudadanos en el Despacho Presidencial se realiza a través de los canales: presencial, telefónico y virtual (correo electrónico o en los enlaces creados para tal fin).

6.2 El horario de atención presencial en Mesa de Partes es continuo, de lunes a viernes dentro de la jornada laboral diaria; según disposiciones establecidas por el Despacho Presidencial o el Gobierno Nacional el horario de atención puede ser modificado, previo aviso en el Portal Institucional.

6.3 Se prioriza la atención a través de los canales telefónico y digital, siendo el canal presencial de carácter excepcional y sólo cuando no sea posible su presentación virtual por algún impedimento fáctico o de derecho.

6.4 La Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria (OACGD) promueve acciones que contribuyan a reducir la asistencia de los ciudadanos en forma presencial.

La recepción de documentos se realiza a través de la Mesa de Partes Virtual, a la cual se accede las 24 horas del día, a través de: www.presidencia.gob.pe o del correo [email protected]

La atención y trámite se sujeta al horario regular dentro de la jornada laboral diaria, la presentación de documentos luego del horario regular se tendrá por ingresada en el día y hora hábil siguiente.

6.5 Durante el Estado de Emergencia Sanitaria, todo el personal que tiene contacto con el público debe utilizar los implementos de protección contra el COVID-19 (mascarilla, guantes y otros que resulten necesarios), con la finalidad de resguardar su estado de salud y mitigar el riesgo de exposición y contagio del COVID-19, en el marco de lo establecido por el Documento Técnico: “Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo a exposición a COVID-19”, aprobado con Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA.

6.6 Los ciudadanos que ingresan a la ventanilla de atención al ciudadano o mesa de partes del Despacho Presidencial, obligatoriamente, deben usar mascarillas faciales, incluso durante las diligencias que realicen y hasta encontrarse fuera de la Institución. El personal verifica su cumplimiento.

6.7 La atención al ciudadano a través de la central telefónica (01) 311-3900 se realiza de lunes a viernes, en el horario de atención presencial establecido para este periodo de Emergencia Sanitaria.

6.8 Se prioriza la rápida atención de ciudadanos: niños, niñas, adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad, mujeres embarazadas, entre otras personas en situación de vulnerabilidad y pertenecientes a los grupos de riesgo.

VII. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

7.1 Canal Presencial

La OACGD, acondiciona el área en la que se brinda la atención presencial a la ciudadanía, con el fin de asegurar el distanciamiento social y recomendaciones sanitarias emitidas por el Ministerio de Salud.

Los/Las servidores/as civiles que atiendan en las ventanillas de Mesa de Partes, deben cumplir con las recomendaciones sanitarias emitidas por el MINSA, debiendo

Firmado digitalmente por CHIPANAENCISO Dora Emilia FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 16:09:08 -05:00

Firmado digitalmente por ALIAGAFALCON Gianina Manuela FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 16.07.2020 09:20:31 -05:00

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obligatoriamente usar los elementos de protección necesarios: mascarillas, guantes, preparación alcohólica (en forma de gel o solución), etc.

El aforo del ambiente de mesa de partes para la atención de la ciudadanía, será reducido al 50% y se colocará en un cartel en un lugar visible a fin que la ciudadanía tome conocimiento.

Los ciudadanos que busquen ingresar a los espacios de atención al público deben colocarse en una de las marcaciones establecidas.

7.1.1 Del ingreso de los ciudadanos y la atención en las ventanillas de Mesa de Partes

Una vez ubicados, el personal Despacho Presidencial, correctamente equipado, procede a la toma de temperatura del ciudadano utilizando el termómetro infrarrojo sin contacto. Sólo pueden ingresar los ciudadanos que cuenten con una temperatura menor o igual a 38.0°C.

En caso de que algún ciudadano presente temperatura mayor a 38.0 °C., no se le permite el ingreso y se le proporciona información de los canales de atención y orientación sobre COVID-19 gestionados por el MINSA y Es Salud.

De persistir en su ingreso, el personal de seguridad procede a registrar la incidencia y comunica a su supervisor para las acciones correspondientes.

Autorizado el ingreso, los ciudadanos proceden a desinfectarse las manos con alcohol en gel, o líquido, siendo obligatorio el uso de mascarillas faciales durante su permanencia en el Despacho Presidencial.

Asimismo, procede a realizar la desinfección de su calzado en una mezcla de agua con lejía, tapete sanitizante con desinfectante líquido, una alfombra microporosa u otro similar.

Una vez efectuada la higiene, el ciudadano debe ubicarse en las marcaciones colocadas en el piso del área de la espera. Solo ingresa una persona por trámite.

Sin perjuicio de lo antes indicado, el ciudadano tiene a su disposición dispensadores de alcohol gel u otro desinfectante similar para su uso durante su permanencia en los espacios de atención al público.

La atención en ventanillas de Mesa de Partes, se realiza respetando la distancia social mínima de 1.5 metros entre el servidor civil y el ciudadano.

El ciudadano entrega el documento en la ventanilla y se ubica en la zona de espera, donde permanecerá a fin de recibir la constancia de recepción del documento. El ciudadano permanece en su ubicación de marcación colocada en el piso durante el registro.

La Oficina de Atención al Ciudadano instruye al administrado respecto de dicha disposición y/o coloca afiches informativos en la Mesa de Partes.

En el área de espera los ciudadanos deben estar parados respetando la distancia social de un 1.5 metros, como mínimo. En caso no hubiera sitio disponible en el área de espera, los ciudadanos deben esperar en la puerta de ingreso del Despacho Presidencial, de manera ordenada y guardando la distancia social mínima.

Firmado digitalmente por CHIPANAENCISO Dora Emilia FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 16:09:22 -05:00

Firmado digitalmente por ALIAGAFALCON Gianina Manuela FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 16.07.2020 09:20:39 -05:00

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El personal de mesa de partes deberá desinfectarse las manos con alcohol en gel o líquido proporcionado por el Despacho Presidencial, una vez que haya recepcionado y digitalizado los documentos en la mesa de partes.

Los documentos recibidos en la mesa de partes del Despacho Presidencial, serán derivados de manera digital a las oficinas internas del Despacho Presidencial, mediante el Sistema de Gestión Documentaria (SGD) evitando el contacto y uso de comunicaciones escritas.

El Personal de seguridad verifica su cumplimiento y apoya en el ingreso de los ciudadanos.

De corresponder la entrega de notificaciones como resultado de procedimientos administrativos, el personal de Mesa de Partes debe requerir la autorización expresa del administrado para la notificación electrónica, de conformidad con las disposiciones vigentes que al respecto establece el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, con excepción de aquellos casos en que, por mandato legal, la notificación electrónica resulte obligatoria.

7.2 Canal Telefónico

Es el medio por el cual los ciudadanos pueden realizar una interacción con el personal encargado de la recepción de llamadas de la ciudadanía del Despacho Presidencial, realizadas a la línea de atención dispuesta para tal fin, a través de la central telefónica del Despacho Presidencial N° 01-3113900, con el fin de facilitar el acceso a la información, hacer llegar sugerencias, consultas de trámites, orientaciones, sugerencias y otros.

7.3 Canal Virtual

Es el medio por el cual se recepcionan solicitudes online, mediante una plataforma virtual a disposición de los ciudadanos, con la finalidad de prestar servicios a través de tecnologías de información sea: página Web, correos electrónicos, redes sociales, etc.

La Oficina de Atención y Orientación al Ciudadano difundirá a los ciudadanos el uso de la Mesa de Partes Virtual, a la cual se accede a través de: www.presidencia.gob.pe, o del correo [email protected], durante los días de vigencia del periodo de aislamiento social obligatorio indicado en el Articulo 1 del Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, que declara el Estado de Emergencia Nacional, a fin que ingresen sus solicitudes y pedidos con sus requisitos, desde cualquier lugar sin tener necesidad de acercarse a la sede del Despacho Presidencial.

El correo remitido deberá contener en caso de personas naturales: nombres y apellidos completos, domicilio, documento de identidad y correo electrónico; en caso de personas jurídicas deberán señalar adicionalmente el nombre de la empresa, RUC, y cargo de la persona que envía el correo, y de conformidad con el TUO vigente de la Ley 27444 la autorización expresa a fin de recibir las notificaciones al correo electrónico.

En caso de ser ambigua la solicitud y/o de faltar algún requisito se enviará un correo electrónico, solicitando la subsanación, de lo contrario no se podrá derivar la documentación a la dependencia correspondiente.

Firmado digitalmente por CHIPANAENCISO Dora Emilia FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 16:09:37 -05:00

Firmado digitalmente por ALIAGAFALCON Gianina Manuela FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 16.07.2020 09:20:47 -05:00

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Estos aplicativos webs, automáticamente remitirán un correo y/o formulario a través del correo institucional al especialista o profesional competente de atenderlos, dentro del plazo que corresponda.

En caso se recepcione una consulta que no es de competencia del Despacho Presidencial, se procederá a informar al ciudadano a través del correo institucional, señalando el lugar que corresponda tomar conocimiento y/o atención en el marco de sus competencias.

Las respuestas mediante correo electrónico deben ser claras, cortas y precisas evitando malos entendidos o confusiones.

Los documentos ingresados por los canales virtuales se registran en el Sistema de Gestión Documentaria (SGD) y continúan su trámite y evaluación conforme a las normas que los regulan; por lo que deberán cumplir con presentar los requisitos que sustentan su presentación.

El número de registro en el Sistema de Gestión Documentaria (SGD) y la clave para realizar el seguimiento respectivo, se harán llegar al administrado a la dirección electrónica desde donde remite su documentación, entendiéndose como válidamente notificado cuando la entidad reciba la respuesta de recepción o esta sea generada en forma automática por una plataforma tecnológica o sistema informático, en caso el administrado no hubiese autorizado en su solicitud la notificación al correo electrónico del cual envía la comunicación.

La Oficina de Atención y Orientación al Ciudadano difundirá a los ciudadanos recomendaciones, así como los mecanismos de información visuales, que permitan reducir el contacto directo interpersonal, con la finalidad de mitigar el riesgo de exposición y contagio del COVID-19.

7.4 De la atención de consultas, seguimiento de expedientes u otros requeridos por el ciudadano en la Mesa de partes del Despacho Presidencial.

La atención de consultas, seguimiento de expedientes u otros requeridos por el ciudadano, se realiza mediante las siguientes modalidades:

• Correo electrónico: [email protected]

• Vía telefónica, a través del teléfono (01) 311-3900 anexo 5980 y 5981.

La atención de los ciudadanos que se acerquen al Despacho Presidencial a realizar consultas se efectúa en la zona de mesa de partes, mediante un anexo telefónico, considerándose las medidas sanitarias después de cada uso; evitando el ingreso de ciudadanos a las instalaciones de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria

7.5 Del recojo de documentos expedidos por la entidad

El personal que entrega la información debe utilizar los elementos de protección (guantes, mascarillas y otros que resulten necesarios) y respetar la distancia establecida.

El ciudadano sólo se acercará a la ventanilla para recoger los documentos y de inmediato debe alejarse y conservar la distancia social de 1.5 metros, como mínimo para revisar la misma. No se permite que el usuario permanezca en la ventanilla revisando la documentación.

Firmado digitalmente por CHIPANAENCISO Dora Emilia FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 16:09:51 -05:00

Firmado digitalmente por ALIAGAFALCON Gianina Manuela FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 16.07.2020 09:20:56 -05:00

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El personal de seguridad es el encargado de controlar que el ingreso de los ciudadanos a las instalaciones de la entidad (Mesa de Partes) se realice de manera ordenada y por orden de llegada.

Permanentemente verifica que en el área de espera y en la puerta del Despacho Presidencial los ciudadanos respetan la distancia social mínima, evitando en todo momento la aglomeración de personas.

El personal de seguridad debe evitar que personas ajenas al Despacho Presidencial ingresen sin autorización.

VIII. RESPONSABILIDADES

El personal de la oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria del Despacho Presidencial, es responsable del cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Protocolo, así como, de apoyar en brindar una adecuada y oportuna atención de los ciudadanos, siempre que se tomen las medidas necesarias para no afectar el aislamiento social obligatorio dispuesto por el gobierno y las recomendaciones sanitarias emitidas por el Ministerio de Salud.

IX. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

La Oficina de Atención al Ciudadano del Despacho Presidencial de considerarlo pertinente, implementa horarios de atención diferenciados, a fin de garantizar la seguridad y salud del personal, así como de los ciudadanos con la autorización de la Subsecretaría General.

La Oficina de atención al ciudadano y Gestión Documentaria del Despacho Presidencial, establece la posibilidad de utilizar alternativamente otros espacios de atención al público en el supuesto que alguno de ellos tuviese que ser temporalmente suspendido por sospecha o presencia del COVID-19. En los casos que corresponda, dicha determinación se establece con la autorización de la Subsecretaría General.

Las medidas de prevención y control de los trabajadores de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, se adecuan conforme lo dispuesto por el Gobierno Nacional en el marco de la presente Emergencia Sanitaria y de la evaluación que realiza el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (CSST); la Oficina General de Administración, y la Oficina General de Recursos Humanos en el marco de sus competencias.

La Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, se encuentra facultada para la emisión de disposiciones complementarias para la prevención y control del COVID-19 en la atención al ciudadano y gestión documental.

Los aspectos de gestión documental no regulados en el presente Protocolo se rigen por las disposiciones contenidas en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con Decreto Supremo N° 021-2019-JUS y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, así como las demás disposiciones y directivas aplicables sobre la materia.

Firmado digitalmente por CHIPANAENCISO Dora Emilia FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 16:10:08 -05:00

Firmado digitalmente por ALIAGAFALCON Gianina Manuela FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 16.07.2020 09:21:06 -05:00

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DESINFECCIÓN DE DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS

I. OBJETIVO

Establecer un procedimiento de desinfección de los dispositivos electrónicos para contribuir con la reducción del riesgo de contagio de COVID-19 en el Despacho Presidencial

II. ALCANCE

Aplica para todos los usuarios del Despacho Presidencial que tienen asignado o hacen uso de un equipo informático o de telecomunicaciones.

III. RESPONSABILIDADES

1. RESPONSABLES DE ÓRGANOS Y UNIDADES ORGÁNICAS

Es responsable de difundir entre todo su personal el presente procedimiento y monitorear su cumplimiento.

2. USUARIOS

Responsables de la desinfección de los equipos informáticos bajo su uso.

IV. MATERIALES

Un trapo limpio de algodón o microfibra (libre de pelusas o residuos).

Alcohol líquido al 70% (de preferencia en spray).

V. PROCEDIMIENTO

1. Desenchufar o desconectar el equipo, dispositivo periférico (teclado, mouse) o móvil a desinfectar, a fin de evitar descargas eléctricas.

2. Humedecer el trapo o paño de microfibra con alcohol líquido, evitando derrames que puedan dañar los equipos.

3. Desinfectar la superficie del dispositivo pasando el trapo o paño humedecido cuidadosamente.

4. Dejar que seque el dispositivo antes de utilizarlo o encenderlo, por al menos 10 minutos.

VI. CONSIDERACIONES

1. El usuario deberá realizar el presente procedimiento cuando sea necesario, evitando el uso excesivo del alcohol, ya que puede desgastar las piezas del equipo o dispositivo.

2. De no contar con alcohol de 70%, medir 70ml de alcohol al 96% y diluir en agua destilada o agua hervida fría completando 100ml.

3. Evitar conectar el dispositivo inmediatamente después de la desinfección a una fuente de energía.

4. Si el equipo a utilizar es compartido por otros usuarios, el proceso de desinfección deberá realizarse al inicio y al final de cada uso.

Firmado digitalmente por CHAVEZPISCOYA Gloria Cecilia FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 02.06.2020 15:49:48 -05:00

Firmado digitalmente por DIAZBAZAN Pepe Hernando FAU20161704378 softMotivo: Soy el autor del documentoFecha: 02.06.2020 16:20:29 -05:00

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VII. ANEXOS

INSTRUCTIVO GRÁFICO 1

INSTRUCTIVO GRÁFICO 2

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PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID-19 DE LA OFICINA DE

CONTABILIDAD Y FINANZAS

ATENCIÓN DE CAJA CENTRAL DEL DESPACHO PRESIDENCIAL

I. OBJETIVO.

Establecer medidas de prevención y protección frente al COVID-19 del personal de Caja Central del Área de Tesorería de la Oficina de Contabilidad y Finanzas para evitar la transmisión del mismo, como parte de los protocolos específicos en el “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo del Despacho Presidencial” (Anexo N°7).

II. ALCANCE.

Las disposiciones contenidas en el presente documento son de obligatorio cumplimiento por los servidores que realizan la labor de Cajero o Responsable de la administración de Caja Chica y los usuarios o comisionados designados por los órganos o unidades orgánicas del Despacho Presidencial.

III. RESPONSABLES.

1. Director de la Oficina de Contabilidad y Finanzas

Implementar y velar por el cumplimiento del presente protocolo.

2. Sub directora del Área de Tesorería

Vigilar el cumplimiento del presente protocolo por parte del personal a su cargo, en el marco de sus competencias, informando sobre su adecuada implementación y los recursos necesarios para su cumplimiento efectivo.

3. Cajero y/o Responsable de la administración de Caja Chica

Ejecutar y cumplir con los procedimientos de prevención y protección establecidos en el presente protocolo, solicitando y conservando los recursos necesarios para su efectivo cumplimiento; y der ser el caso, proponer acciones de mejora.

4. Usuarios de Caja Chica y personal que efectué operaciones en caja.

Cumplir con las disposiciones contenidas en el presente protocolo.

IV. BASE LEGAL.

- Resolución Ministerial N° 773-2012-MINSA que aprueba la Directiva Sanitaria N°048-MINSA/DGPS-V.01, "Directiva Sanitaria para Promocionar el Lavado de Manos Social como Práctica Saludable en el Perú".

- Resolución Directoral N° 003-2020-INACAL/DN, que aprueba la “Guía para la limpieza y desinfección de manos y superficies”.

- Resolución de Subsecretaria General N°011-2020-DP/SSG que aprueba el “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo del Despacho Presidencial”.

V. PROCEDIMIENTOS.

Los procedimientos que se describen a continuación, se han elaborado, en el entendido que los procedimientos obligatorios establecidos en el Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo del Despacho

Firmado digitalmente por ROMEROCHAVEZ Jose Luis FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 17:10:22 -05:00

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Presidencial, han sido implementados y cumplidos por los órganos o unidades orgánicas del Despacho Presidencial.

1. Antes de la actividad:

El cajero deberá lavarse y desinfectarse las manos.

Deberá colocarse los implementos de bioseguridad necesarios para comenzar con la atención por la ventanilla de caja chica:

- Mascarilla.

- Protector facial.

- Guantes de protección.

- Alcohol líquido o en gel (con una concentración igual o mayor a 70%).

El cajero deberá contar con un dispensador de alcohol en gel para desinfección de sus manos después de cada atención.

Antes de iniciar con la atención el Cajero deberá de verificar:

- La correcta ubicación de la señalética de distanciamiento y sillas de espera.

- La habilitación de las bandejas o pediluvios de desinfección de calzado proporcionados por la Entidad.

- Que se encuentren a la vista las comunicaciones o instrucciones a los usuarios (el aforo, el horario de atención y otros procedimientos de atención establecidos por la Oficina de Contabilidad y Finanzas).

El Cajero procederá a desinfectar el dinero efectivo a utilizar en el día para la entrega de caja chica o para ser depositados a las cuentas de la Entidad o Tesoro Público.

El aforo de los usuarios en atención y espera de atención será de 3 personas, 1 en ventanilla y 2 esperando. En el caso que hayan personas esperando, estás deberán esperar su turno sentadas en las sillas que se encuentran separadas tomando en cuenta las distancias recomendadas. En el caso que haya más personas que el aforo permitido, se les indicará que deberán esperar fuera de la oficina manteniendo la distancia recomendada.

2. Durante la actividad:

Verificar que el usuario cuente con todos implementos de bioseguridad requeridos por la institución, caso contrario no serán atendidos y serán retirados del recinto.

Recomendar a los usuarios que cumplan las medidas de bioseguridad durante el servicio.

Mantener el distanciamiento social de más de un (01) metro de distancia.

Deberá ofrecérsele al usuario de caja, al iniciar y terminar la atención, alcohol en gel con el fin de que se desinfecte las manos.

El dinero a entregar a los usuarios, previamente desinfectado con alcohol líquido, se colocará dentro de un sobre. El Usuario, luego de verificar el dinero entregado, se desinfectará las manos y procederá a retirarse.

El dinero recibido de los usuarios, será puesto en un bolso especial para su posterior desinfección e integración al dinero en custodia al final del día.

Firmado digitalmente por ROMEROCHAVEZ Jose Luis FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 18.06.2020 17:11:03 -05:00

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Realizar la desinfección de las manos después de manipular dinero.

Evitar tocarse la boca, nariz y ojos. Mantener el lavado de manos de manera permanente durante la jornada laboral.

Cuando haga uso de un dispositivo móvil no deberá manipular la mascarilla. Procurar utilizar audífonos o contestar de modo altavoz.

3. Después de la actividad:

Al terminar la jornada laboral se deberá desinfectar el dinero recibido en el día y luego guardarlo en la caja fuerte.

Lavarse y desinfectarse las manos después de culminar sus actividades.

Firmado digitalmente por ROMEROCHAVEZ Jose Luis FAU20161704378 softMotivo: Soy el autor del documentoFecha: 18.06.2020 17:09:48 -05:00

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PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID-19 DE LOS SERVICIOS MÉDICOS DEL ÁREA DE BIENESTAR Y SERVICIOS MÉDICOS

MANEJO DE LOS PACIENTES CON SINTOMATOLOGÍA RESPIRATORIA EN PANDEMIA COVID-19

I. INTRODUCCIÓN.

El coronavirus COVID19 es un virus nuevo, desconocido anteriormente en la patología humana, de etiología desconocida. Los primeros casos descritos, proceden de la ciudad de Wuhan, provincia de Hubei, China. En enero del 2020 fue declarado como “Emergencia de Salud Pública de importancia internacional” (ESPII) por la OMS. Alcanzando en marzo de este año niveles de pandemia. La transmisión es de persona a persona por vía respiratoria a través de gotas de más de 5 micras, al contacto directo con secreciones de personas infectadas. El periodo de incubación puede variar entre 2 y 14 días. Por ello, una de las mejores medidas de protección es el aislamiento de personas contagiadas y portadoras del virus y la higiene personal. Actualmente, no hay evidencia de que los alimentos sean una fuente o vía probable de transmisión del virus. Por su parte, el Centro Europeo para la Prevención y el Control de 3 Enfermedades (ECDC) ha dicho que, si bien los animales en China eran la fuente probable de la infección inicial, el virus se está propagando de persona a persona, principalmente a través de gotas respiratorias que las personas estornudan, tosen o exhalan.

II. OBJETIVO.

Brindar atención médica al señor Presidente de la República y su familia. Asimismo hacer extensivo la atención al personal que labora en el Despacho Presidencial.

Contexto de la Pandemia COVID-19

La atención a los pacientes con urgencias y emergencias es una actividad esencial y crítica que debe garantizarse con el funcionamiento y operatividad de los Servicios Médicos especialmente en el estado de emergencia sanitaria.

El principal objetivo será en consecuencia garantizar la salud de las personas para que todos los eslabones de la cadena puedan continuar desempeñando su actividad. Los objetivos de este protocolo de actuación son

1) la implantación de medidas para garantizar la salud de las personas,

2) el control de propagación del virus,

3) acompañamiento de las medidas sociales que las autoridades recomienden o establezcan y

4) garantizar la continuidad de la actividad.

III. ALCANCE.

El presente documento es de observancia obligatoria para el personal que labora o acude por atención sanitaria a los Servicios Médicos del Despacho Presidencial.

Firmado digitalmente porMELENDEZ FIESTAS DE GALDOYazmin Ivonne FAU 20161704378softMotivo: Doy V° B°Fecha: 23.06.2020 12:16:06 -05:00

Firmado digitalmente por ALIAGAFALCON Gianina Manuela FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 16.07.2020 09:22:47 -05:00

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ÁREA DE BIENESTAR Y SERVICIOS MÉDICOS - OFICINA DE RECURSOS HUMANOS

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IV. BASE LEGAL.

Ley N° 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo Principio de Prevención artículo I del Título Preliminar de Ia citada Ley

Resolución Ministerial N°255-2016-MINSA, que aprueba el documento “Guía para la implementación del proceso de higiene de manos de los establecimientos de salud”

Resolución Ministerial N°1295-2018-MINSA, que N° la Norma técnica de Salud denominada “Gestión integral y manejo de residuos sólidos en establecimientos de salud, servicios médicos de apoyo y centros de investigación”

Resolución Ministerial N°733-2012/MINSA, que aprueba la Directiva sanitaria N°048-MINSA-DGPS-V.01.” Directiva sanitaria para promocionar el Lavado de Manos como Practica saludable en el Perú”

Resolución Ministerial N°452-2003-SA/DM, que aprueba el Manual de aislamiento Hospitalario.

Documento Técnico En Prevención y atención de personas afectadas por covid-19 en el Perú.

Resolución Ministerial N°239-2020-MINSA Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19

V. RESPONSABILIDADES DEL ÁREA DE BIENESTAR Y SERVICIOS MÉDICOS.

1. Ejecutar las normas y procedimientos técnicos dispuestos en los Documentos Técnicos de Salud, en lo que corresponda.

2. Garantizar la continuidad del Servicio médico en el Despacho Presidencial

3. Implementar las medidas sanitarias necesarias para prevenir el contagio y optimizar el control de infecciones y la bioseguridad.

VI. PROTOCOLO PARA EL MANEJO DE LOS PACIENTES CON SINTOMATOLOGÍA RESPIRATORIA EN PANDEMIA COVID-19.

1. DISPOSICIONES GENERALES.

Identificar al paciente con sintomatología respiratoria en el área de triaje.

Entregar una mascarilla quirúrgica descartable al usuario y su acompañante, brindar alcohol gel para la higiene de manos y dirigirlo al consultorio

El médico a cargo de la atención realiza anamnesis y examen clínico, identifica factores de riesgo, signos de alarma y realiza calificación del caso (leve, moderado y severo), para definir el manejo institucional correspondiente.

Si el paciente presenta signos de alarma coordinar su traslado al EESS. que le corresponda.

Coordinación con el área correspondiente del personal civil, militar o policial.

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ÁREA DE BIENESTAR Y SERVICIOS MÉDICOS - OFICINA DE RECURSOS HUMANOS

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Limpieza y desinfección de las áreas y elementos en contacto con el paciente COVID-19.

Manejo de los residuos de manera apropiada según Norma técnica, en lo pertinente.

Seguimiento del paciente, a cargo del profesional de la salud o institucional que corresponda.

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PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID-19 DE LA CASA

MILITAR

I. OBJETIVO.

Establecer medidas de prevención y protección frente al COVID-19 dentro de las funciones de la Casa Militar, como parte de los protocolos específicos en el “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo del Despacho Presidencial” (Anexo N°7).

II. ALCANCE.

Las disposiciones contenidas en el presente documento son de obligatorio cumplimiento por el personal de las fuerzas armadas y Policía Nacional que labora en la Casa Militar del Presidente de la Republica.

III. BASE LEGAL.

Decreto Supremo N° 077-2016-PCM del 05/10/2016, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, modificado por el Decreto Supremo N° 037-2017-PCM

Resolución de Subsecretaría General N° 011-2020-DP/SSG, que aprueba el “Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el trabajo del Despacho Presidencial”

IV. RESPONSABILIDADES.

1. Jefe de la casa militar.

Como órgano de dirección y control de las funciones específicas de casa militar es responsable del correcto funcionamiento de las áreas integrantes de la misma para lo cual delega autoridad sobre los jefes de área a fin de operativizar las mencionadas funciones de control

2. Sub jefe de la casa militar.

Es el responsable directo ante el Jefe de Casa Militar sobre las actividades de control y funcionamiento de las diferentes áreas de Casa Militar

3. Jefe del área de gestión de recursos de Casa Militar.

De acuerdo a la organización y funciones de Casa Militar recae sobre sus funciones la responsabilidad de brindar todo el apoyo de gestión de los recursos necesarios para el cumplimiento de los mencionados protocolos de bioseguridad

4. Jefe del Área de Prevención de Riesgos y Desastres.

Por las características de sus funciones y en concordancia con la directiva de Despacho Presidencial asumirá la responsabilidad del control de las medidas de Bioseguridad en todas las instalaciones de Despacho Presidencial

V. DISPOSICIONES.

1. DISPOSICIONES GENERALES.

a) Protección del personal del área de seguridad en el sector de la Garita de Desamparados, mediante el empleo de barreras físicas por ejemplo pantallas o mamparas para mostradores, además de la mascarilla correspondiente.

Firmado digitalmente por VIDALPARDAVE Emer Jose FAU20161704378 softMotivo: Soy el autor del documentoFecha: 19.06.2020 09:47:39 -05:00

Firmado digitalmente por FLORESZUÑIGA Wuilliam Saturnino FAU20161704378 softMotivo: Soy el autor del documentoFecha: 15.07.2020 11:44:58 -05:00

Firmado digitalmente por FLORESZUÑIGA Wuilliam Saturnino FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 15.07.2020 11:45:24 -05:00

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CASA MILITAR

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b) Todo el personal que tiene asignado mobiliario, equipos, herramientas, deberá velar por mantenerlos limpios y desinfectados, bajo condiciones razonables de orden. Asimismo, evitar el intercambio de herramientas, útiles de escritorio, mobiliario u otros objetos o equipos de oficina sin haber pasado por un proceso de limpieza y desinfección.

c) Evitar las comisiones de servicio fuera de las instalaciones de la entidad, sin perjuicio de las que deban realizarse para lo estrictamente necesario.

d) En el caso de dormitorios o habitaciones para el personal, se deberá mantener el distanciamiento entre camas no menor a 1.5 m.

e) Se debe actualizar las fichas de datos médicos del personal que labora en casa militar poniendo especial atención a las edades, fecha de nacimiento, tipo de sangre, dirección domiciliaria, peso, talla, correo electrónico, teléfono, áreas de trabajo y datos de sus familiares directos así como el detalle de SUS enfermedades pre existentes. Los jefes de área, deberán verificar y constatar esta condición, la misma que debe ser debidamente sustentada y monitoreada, a fin de asegurar que este personal se encuentre protegido en su hogar, así como, realizar las coordinaciones técnicas para que puedan aportar con tele trabajo desde su domicilio.

f) En cuanto a la asistencia del personal disponible, esta debe realizarse en una proporción del 50% de sus efectivos o menor como recomendable, debiendo los jefes de área, evaluar el porcentaje a aplicar de acuerdo a la situación existente y que le permita asegurar el normal funcionamiento de su oficina.

g) El horario de trabajo, en esta etapa de será de 0800 a 1700 hrs, pudiéndose prolongar de acuerdo a la responsabilidad que tenga cada dependencia, el área de seguridad mantendrá su horario habitual de acuerdo a la misión encomendada.

h) Para la distribución de rancho de tropa, el oficial de servicio del RMDN deberá tener en consideración adoptar las medidas de dispersión necesarias, guardando el distanciamiento social, evitando en todo momento aglomeraciones del personal, realizándose desinfección individual antes de la salida de sus cuadras y al ingresar a las instalaciones del comedor principal.

i) El personal de las fuerzas armadas y policía nacional se ceñirá a las disposiciones del área de operaciones para la distribución de alimentos en el comedor principal de palacio de gobierno.

j) Sentarse en los espacios definidos por el Área de Alimentación, manteniendo una distancia prudente entre personas.

k) Cada trabajador o visitante utilizará mascarilla protectora que cubra correctamente la nariz y la boca. Adicionalmente, cada persona es libre de utilizar la indumentaria con la que se sienta mejor protegido, siempre y cuando no obstaculice las actividades suyas y de otras personas. Así mismo, se recomienda hablar lo mínimo indispensable, en los patios o pasajes del DP.

l) Antes del inicio de cada actividad diaria, se abrirán puertas y ventanas de las oficinas para obtener una ventilación adecuad procurando la renovación cíclica del volumen de aire.

Firmado digitalmente por VIDALPARDAVE Emer Jose FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 19.06.2020 09:48:01 -05:00

Firmado digitalmente por FLORESZUÑIGA Wuilliam Saturnino FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 15.07.2020 11:46:47 -05:00

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m) Antes del inicio de cada actividad diaria, el personal, procederá a la limpieza de su escritorio, equipos (teclado, mouse, impresoras) e implementos, con una solución de alcohol de concentración igual o mayor a 70%.

2. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS POR ÁREAS.

a) Área de Gestión de Recursos.

(1) Asegurar la disponibilidad de los productos de limpieza y equipos de protección personal e implementar las medidas para su uso correcto y obligatorio, en coordinación y según lo determine el profesional de salud del Servicio de seguridad y salud en el trabajo, estableciendo como mínimo las medidas recomendadas por organismos nacionales e internacionales tomando en cuenta el riesgo de los puestos de trabajo para exposición ocupacional a COVID-19.

(2) Determinar puntos de acopio de residuos sólidos en todas las instalaciones que son de uso de casa militar, estos residuos deberán de ser embolsados y dejados en los puntos establecidos, para evitar la proliferación de enfermedades o del propio COVID 19.

(3) Empleo máximo de medios virtuales para la confección y distribución de documentación institucional.

b) Área de Análisis de Información.

(1) Realizar el estudio permanente de los aspectos de Inteligencia y Contra Inteligencia, relacionados con el cumplimiento de las disposiciones emanadas en la presente directiva, a fin de prevenir riesgos de seguridad al respecto.

(2) El personal de inteligencia que realiza labores de búsqueda de información seguirá los protocolos de prevención de manera estricta y así evitar contagios.

c) Sección de Instrucción y Entrenamiento Físico Militar.

Teniendo en consideración que el entrenamiento físico militar, es una actividad necesaria para mantener buenas condiciones físicas, y de llevarse a cabo entrenamiento programado por la OIES de la Casa Militar, se deberá realizar teniendo en consideración estrictos protocolos de Bioseguridad que se detallan a continuación:

(1) Toda actividad de entrenamiento mediante ejercicios corporales, deberán realizarse con la dispersión adecuada, teniendo en consideración la distancia necesaria entre el personal que efectué las rutinas para ejercitarse, siempre al aire libre y con uso de mascarilla, preferentemente de tela por ser lavable.

(2) Están prohibidas las carreras realizadas de manera grupal, debiendo llevarse a cabo de manera individual, por circuitos pre establecidos, evitando aglomeraciones y pudiendo realizarse en horarios diferenciados, con la mayor dispersión posible.

(3) Está prohibido el empleo del Gimnasios por el peligro de contagio.

Firmado digitalmente por VIDALPARDAVE Emer Jose FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 19.06.2020 09:48:14 -05:00

Firmado digitalmente por FLORESZUÑIGA Wuilliam Saturnino FAU20161704378 softMotivo: Doy V° B°Fecha: 15.07.2020 11:47:18 -05:00

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(4) Los exámenes de esfuerzo físico deben ser administrados respetando los protocolos de distanciamiento social emanados en la presente directiva

(5) Emanar disposiciones específicas a cerca del cuidado del estado físico del personal.

(6) Para evitar el riesgo de contagio la distancia social durante el entrenamiento será de 3 metros.

(7) Las zonas de entrenamiento deberán tener un letrero de AFORO MÁXIMO que permita mantener la distancia social de 3 metros.

(8) Las zonas de servicios higiénicos deberán tener en la entrada un letrero de AFORO MÁXIMO para su empleo a fin de evitar aglomerarse.

(9) Durante la realización del entrenamiento el personal involucrado se concentrará en mantener la distancia de 3 metros, evitara tocarse la boca, la nariz y los ojos con las manos, en caso extremo podrán usar la parte superior del brazo.

(10) Están prohibidas las carreras realizadas de manera grupal, debiendo llevarse a cabo de manera individual, por circuitos preestablecidos, evitando aglomeraciones y pudiendo realizarse en horarios diferenciados con la mayor dispersión posible.

(11) El incremento de la distancia social a 3 metros evitará el contagio, demostrando que, con disciplina y orden, el personal militar continúa con su entrenamiento y simultáneamente cumple con las disposiciones en cumplimiento de su misión.

(12) Cuando el porcentaje de humedad del medio ambiente aumente por la lluvia o garua, el distanciamiento social entre cada individuo se incrementará a 4 metros mientras se realice el entrenamiento.

(13) La dosificación individual está orientado a mantener las capacidades físicas, para ayudar a nuestro sistema inmunológico.

(14) Un prolongado tiempo de inactividad física (sedentarismo) provocará stress en el sistema inmunológico y el efecto deseado será el opuesto.

(15) El entrenamiento debe estar estructurada en base a la capacidad física y acondicionamiento físico individual.

(16) Muévase y camine el mayor tiempo posible mientras se encuentre de servicio.

d) Área de Seguridad.

(1) El personal militar policial que cubre los diversos puestos internos y/o externos de Palacio de Gobierno, deberán estar empleando de manera permanente y de forma adecuada su Equipo Personal de Protección (EPP), asimismo deberán realizar todo el procedimiento de bioseguridad para evitar cualquier tipo de contagio:

(a) Lavado de manos

(b) Empleo de uniforme desinfectado

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(c) Material de seguridad (armamento, dispositivos de comunicaciones), debidamente desinfectado.

(d) Evitar en todo momento el uso de material que podría retener el virus (plásticos, metales, cartones).

(e) Contar con alcohol líquido o en gel en su puesto de trabajo.

(2) El acceso peatonal a Palacio de Gobierno por parte de personal civil, militar, policial, deberá ser siguiendo el protocolo establecido, para lo cual dicho personal deberá:

(a) Usar en todo momento su EPP (mascarilla).

(b) Tomarse la temperatura antes de ingresar, para lo cual se contará con termómetro electrónico a cargo del personal de Servicios Médicos y/o del personal de Seguridad de Instalaciones. Si su temperatura sobrepasa los parámetros establecidos, no podrá ingresar y se dará cuenta al personal médico-asistencial del Área de Bienestar y Servicios Médicos de la Oficina de Recursos Humanos.

(c) Limpiarse los zapatos antes de ingresar a palacio en el pediluvio ubicado en la entrada, el mismo que deberá estar en todo momento con líquido desinfectante. De necesitarse algún tipo de trabajo, se coordinará con el área de operaciones del DP.

(d) Mantener en todo momento el “Distanciamiento Social” (1.5 m de separación entre persona y persona), el mismo que estará debidamente señalizado. En caso exista demasiada concurrencia de personal, tendrán que esperar, en los exteriores, respetando la separación e ingresarán de acuerdo a lo que disponga el elemento de seguridad (elemento de la Policía Nacional que cubre servicio). No habrá personal esperando en el acceso Desamparados, todo aquel personal que necesite esperar a alguien para su ingreso o mientras se esté realizando las coordinaciones respectivas, lo hará en los exteriores de Palacio.

(e) Identificarse ante el elemento de seguridad encargado, el mismo que debe figurar en el sistema y/o lista de visitas programadas. Se procederá a la verificación física de la persona, quien se identificara físicamente con su documento de identidad, el mismo que será debidamente registrado en el sistema de control de visitas Despacho Presidencial a la entrada y salida de las instalaciones de Palacio de Gobierno, así mismo indicara el nombre del personal de Despacho Presidencial a visitar, para que el encargado(a) de control y seguridad de la instalación en el módulo de atención, pueda comunicarse con el área o departamento correspondiente. En todo momento el personal que manipule los documentos de identidad del personal visitante, lo hará empleando su EPP, al término de la verificación de los documentos, procederá a desinfectarse las manos con alcohol líquido o en gel.

(f) Dejar en custodia sus equipos electrónicos (celulares, Tablet, cámaras fotográficas, etc.), armas, objetos o materiales peligrosos en

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el módulo de atención que se encuentra ubicado en los diferentes accesos, el personal que manipule dicho material, procederá a desinfectarse las manos luego de manipularlos.

(g) Pasar por los registros corporales y/o revisiones físicas por parte del personal de seguridad, los mismos que en todo momento estarán empleando su EPP y no tendrán contacto físico con los visitantes, lo harán de manera visual, para lo cual pedirán la colaboración de los visitantes de una manera cortés y educada (para personal femenino de visita preferentemente será realizado por personal femenino de seguridad). Dicho registro se realizará mediante el empleo del Garrett y detector de metales; asimismo, los maletines, carteras, bolsos de mano y paquetes (incluyendo alimentos y bebidas) pasarán por la máquina de rayos X y revisión visual, de ser el caso. Posterior al chequeo se procederá a la desinfección del material empleado con alcohol líquido o en gel.

(h) El órgano o unidad orgánica correspondiente que tiene visita, designará a una persona de su área, para recibirla y acompañarla hacia sus respectivas oficinas o lugar de reunión. Aclarando que no se permitirá el ingreso de personas por delegación o reemplazos que no estén consignadas en la relación y quedando PROHIBIDO que las personas transiten por las áreas no autorizadas, siendo de responsabilidad del funcionario o servidor visitado.

(i) Las personas que ingresen serán obligatoriamente registradas en el "Registro de Visitas del Despacho Presidencial". Y se les exigirá el uso de sus EPP y de gel desinfectante antes del ingreso a su lugar de visita.

(j) Luego de haber cumplido con los procedimientos de seguridad y bioseguridad, se entregará a la persona designada por el área solicitante, el documento de “Control de Ingreso de Visitas - Autorización de Ingreso”, la cual al término de la visita será visada por el trabajador de Despacho Presidencial visitado. Al momento de su salida, entregará dicho pase y el personal encargado de recepcionarlo procederá a desinfectarlo antes de colocarlo junto a los demás pases.

(k) Si la visita, requiere ingresar con equipos electrónicos, el funcionario a visitar deberá coordinar con el jefe de la Casa Militar, debiendo remitir dicha solicitud vía correo electrónico al área de Seguridad - DIVSEPRE para la aprobación y desinfección correspondiente.

(l) Se encuentra prohibido el ingreso de mascotas, salvo por Ley que Promueve y Regula el Uso de Perros Guía por Personas con Discapacidad de conformidad con la Ley N°29830. De darse el caso, las mascotas deberán ser debidamente tratados para su desinfección.

(m) Cuando se realicen eventos dentro de las instalaciones de Palacio de Gobierno e ingrese personal de catering para atención de los invitados oficiales, se deberá de registrar y desinfectar todo el

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material que dicho personal ingrese a Palacio de Gobierno por los accesos autorizados.

(n) En caso de que se realicen ferias de expendio de productos en las instalaciones de Palacio de Gobierno, se realizará el mismo procedimiento de seguridad y bioseguridad, sin acceso de medios electrónicos y de acuerdo al correo de autorización respectivo.

(o) El acceso vehicular de cualquier tipo por puerta 4 y/o 6, deberá realizarse teniendo las mismas consideraciones de bioseguridad, debiendo ser desinfectado empleando los dispersores de mochila.

(3) Redoblar los protocolos de limpieza y desinfección en los ambientes donde se brinda la atención a la ciudadanía, (Sector de Desamparados) con especial énfasis en los servicios higiénicos, siguiendo los lineamientos aprobados por el Ministerio de Salud. Se contará con un pediluvio, el mismo que deberá estar en todo momento con líquido desinfectante. De necesitarse algún tipo de trabajo, se coordinará con el área de operaciones del DP.

(4) La división de seguridad presidencial dispondrá medidas adicionales a las prescritas en la presente directiva en lo relacionado al comportamiento en sus respectivos puestos. Tales como:

(a) Mantenimiento del Distanciamiento Social en todo momento, evitando aglomeraciones.

(b) Estar en todo momento con su Equipo Personal de Protección.

(c) Todo contacto con material proveniente del exterior (celulares, carteras, paquetes, documentación, entrega o recepción de pases provisionales), deberá manipularse usando guantes. Al término del chequeo, desinfectarse las manos con alcohol líquido o en gel.

(d) Personal que usa el Garrett, de igual manera, evitara manipular los paquetes provenientes del exterior, limitándose a verificar de manera visual las pertenencias del personal que ingresa a Palacio.

(5) Extremar medidas de seguridad en los vehículos que tengan bajo su responsabilidad desinfectándolos en todo momento. Revisar protocolo de prevención y control de COVID-19 del Área de Transportes de la Oficina de Operaciones.

(6) Efectuar la desinfección de manera previa y posterior las unidades de transporte utilizados en las actividades de protección del SPR y de la familia presidencial.

(7) Conservar la distancia equidistante entre los usuarios, de acuerdo a las pautas recomendadas por los órganos competentes.

(8) Los usuarios que hacen uso de vehículos de seguridad, deberán hacer uso obligatorio de mascarillas durante todo el viaje.

(9) El personal de seguridad de instalaciones extremará medidas de seguridad para evitar cualquier tipo de contacto con otras personas, en

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caso de producirse alguno procederá a la desinfección de manos y ambientes de manera segura.

e) Área de Prevención de Riesgos y Desastres.

(1) Designar un servicio de OFICIAL DE BIO SEGURIDAD durante las horas laborables, cuya función principal será la de verificar el cumplimiento de lo normado en esta directiva.

(2) Determinar el aforo en cada una de las instalaciones, tanto para la atención de la ciudadanía como para las labores diarias.

(3) Las funciones del servicio de Bioseguridad se regirán de acuerdo a las siguientes normas:

(a) Deberes

- Verificar las diversas oficinas durante el desarrollo de las labores diarias

- Velar por el cumplimiento de las disposiciones emanadas por la Secretaria General del Despacho Presidencial con respecto a las medidas de seguridad y prevención COVID-19

- Asegurarse que el personal conozca las medidas mínimas de prevención y protección COVID-19

(b) Responsabilidades

- Que el personal cumpla permanentemente las disposiciones emanadas por la Secretaria General del Despacho Presidencial

- Incrementar el conocimiento de las medidas de prevención COVID-19 en todo el personal

- Las soluciones a las deficiencias encontradas en las revistas diarias sean subsanadas de forma inmediata

(c) Funciones

- Medir la temperatura de forma indistinta a cualquier persona que se encuentre en las oficinas que se estén inspeccionando.

- Verificar que los elementos de protección personal sean los adecuados para el personal que se encuentra laborando en las oficinas.

- Verificar el aforo adecuado de las oficinas.

- Controlar de forma inmediata la solución a las deficiencias del Checklist. (ANEXO 1)

- Asegurarse que el personal no cuente con artículos de uso prohibido (Anillos, Pulseras, Relojes).

- Asegurarse que el personal conozca las medidas de protección básicas en el desarrollo de sus labores:

Lavado de manos

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Ingreso a las oficinas

Retorno a sus hogares

Distanciamiento obligatorio

- Verificar la ventilación en las oficinas.

- Recomendar sobre la ubicación de artículos de oficina que no estén siendo empleados adecuadamente (Roperos, Estantes, Archivadores).

- Verificar que en la oficina no existan demasiados artículos en los escritorios.

- Verificar la lista de contactos de los trabajadores.

- Asegurarse de la disponibilidad de EPP para todos los trabajadores de la oficina.

- Verificar la disponibilidad de Alcohol en Gel/Liquido en la oficina.

- Verificar la disponibilidad de Mascarillas en la oficina.

- Verificar que el personal se encuentre empleando los EPP de acuerdo al riesgo al que está expuesto.

3. OTRAS DISPOSICIONES.

a) Para el funcionamiento de la Peluquería, se observarán las medidas de prevención necesarias, como el distanciamiento social, dispersión, desinfección de utensilios antes y después del servicio, USO de mascarillas, guantes, gorras y careta de plástico por parte de los peluqueros, así como mascarillas por los usuarios, rociado de alcohol antes y después del corte, así como el aseo personal después del mismo, a fin de extremar medidas de prevención en esta actividad.

b) La realización de reuniones y eventos constituye un riesgo potencial para la transmisión de COVID-19 debido a la fácil diseminación de este virus en sitios concurridos. Además, existe el riesgo de que las personas que asistan a la reunión o evento puedan traer involuntariamente el virus de COVID-19 y/o estar expuestos sin saberlo. Ante ello se dispone que hasta el mes de diciembre (inclusive) del año en curso no se desarrollen reuniones ni eventos de concurrencia masiva en las instalaciones.

c) Cada Área es responsable de dirigir y organizar actividades que promuevan el conocimiento sobre la naturaleza de COVID- 19, de sus síntomas, adopción de medidas preventivas y líneas de acción en general. Estas actividades incluyen:

(1) Difusión.

(2) Exhibición de carteles, póster o videos con las recomendaciones generales para evitar el contagio en zonas de flujo de personas, incluyendo, baños, auditorios, oficinas, etc.

(3) Información permanente mediante medios de comunicación virtuales tales como correos institucionales, personales, etc.

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VI. ANEXOS. ANEXO 1: FORMATO DE LISTA DE VERIFICACIÓN Y CONTROL COVID-19

CÓDIGO

VERSIÓN 01

FECHA

HORA

1500

C D A N/A

PERSONAL

1

2

3 Empleo de mascarillas

4

5

OFICINAS

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

1

2

3

1

2

3

4

5

6

Responsable de area

inspeccionada

PREVAC

Disponibilidad de bolsas para desechos

Registro de Limpieza y desinfeccion vehicular

II. ACTOS INSEGUROS DETECTADOS

Disponibilidad de Lejia

Disponibilidad Paños de papel

Disponibilidad Paños de Tela

Disponibilidad de Papel desechable

VEHICULOS

Disponibilidad de Alcohol en gel o liquido

BAÑOS

Limpieza de Baños

Disponibilidad de Jabon Liquido en los baños

Pediluvio al ingreso de la instalacion

Señalizacionn de distanciamiento social

Punto de acopio de articulos desechables

Disponibilidad de mascarillas

Disponibilidad de EPP de acuerdo al riesgo de

exposicion Lista de contactos de los trabajadores actualizada

Orden y limpieza.

Condiciones de barandas, pasamanos o puntos de

agarre.Disponibilidad de Alcohol en gel o liquido

Ventilacion (renovacion ciclica de aire en la oficina)

Estantes/andamios/repisas/archivadores.(Exceso articulos)

Condiciones de almacenamiento y/o apilamiento.

Limpieza de Pasillos.

Limpieza de Escaleras.

Limpieza de Paredes.

I. DISPOSICIONES DE PREVENCION

Temperatura de los asistentes a la oficina

Ficha de salud

Conocimiento basico de medidas de proteccion

Articulos personales (Anillos,Relojes,Pulseras) que

puedan dificultar el lavado de manos

EDIFICIO PALACIO CAP EP ESPIRITU SERRANO PERCY 20/05/2020

MARQUE CON "X" EL ESTADO (C= Conforme, D= Deficiente, A= Ausente, N/A= No Aplica)

ITEM ESTADO DESCRIPCIÓN

ANEXO

LISTA DE VERIFICACIÓN PREVENCION Y CONTROL COVID-19

N° REGISTRO:

ÁREA INSPECCIONADA RESPONSABLE DEL ÁREA INSPECCIONADA FECHA

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