protocolo para juzgar con perspectiva de género: haciendo realidad el derecho a la igualdad

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Washington, D. C V. Reunión de Estados parte del MESEVIC

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Page 1: Protocolo para juzgar con perspectiva de género: haciendo realidad el derecho a la igualdad

Washington, D. CV. Reunión de Estados parte del MESEVIC

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Protocolo para juzgar

con perspectiva de

género: haciendo

realidad el derecho

a la igualdad

Page 3: Protocolo para juzgar con perspectiva de género: haciendo realidad el derecho a la igualdad

Premisas– El fin del Derecho es combatir las relaciones asimétricas

de poder y los esquemas de desigualdad que determinan el diseño y ejecución del proyecto de vida de las personas.

– El quehacer jurisdiccional tiene un invaluable potencial para la

transformación de la desigualdad formal, material y estructural. Quienes juzgan son agentes de cambio en el diseño y ejecución del proyecto de vida de las personas.

– El mandato de la igualdad requiere eventualmente de quienes

imparten justicia un ejercicio de deconstrucción de la forma en que se ha interpretado y aplicado el Derecho.

Page 4: Protocolo para juzgar con perspectiva de género: haciendo realidad el derecho a la igualdad

¿A quién está dirigido?

• Personal que imparte justicia

• Litigantes y abogados y abogadas

• Defensores y defensoras de derechos humanos

Page 5: Protocolo para juzgar con perspectiva de género: haciendo realidad el derecho a la igualdad

Método¿Cómo juzgar con PEG?

• Cuestiones previas al proceso

• Determinación de los hechos e interpretación de la prueba

• Determinación del derecho aplicable

• Argumentación

• Reparación del daño

Page 6: Protocolo para juzgar con perspectiva de género: haciendo realidad el derecho a la igualdad

Método

• Evitar formalismo mágico.

• Importancia del precedente.

• Lenguaje en las sentencias.

Page 7: Protocolo para juzgar con perspectiva de género: haciendo realidad el derecho a la igualdad

V. Método

¿Cómo juzgar con PEG?•Cuestiones previas al proceso

– ¿El caso requiere que se dicten órdenes de protección?

– ¿La admisibilidad del asunto requiere un análisis de género?

Page 8: Protocolo para juzgar con perspectiva de género: haciendo realidad el derecho a la igualdad

V. Método

• Determinación de los hechos e interpretación de la prueba

– ¿Cuál es el contexto en el que se desarrollan los hechos?– ¿Alguna de las personas involucradas se encuentran en situación de

marginación, vulnerabilidad o discriminación basada en el sexo, género o preferencia/orientación sexual?

– ¿Entre las personas vinculadas al caso subyace una relación asimétrica de poder? ¿Cómo influye esto?

– ¿La persona pertenece a un grupo históricamente desaventajado?– ¿La persona presenta características que la exponen a una doble

discriminación (interseccionalidad)?– ¿El comportamiento que se espera de las personas o de las víctimas

obedece a estereotipos o a una de las manifestaciones del sexismo?

Page 9: Protocolo para juzgar con perspectiva de género: haciendo realidad el derecho a la igualdad

V. Método

– ¿Cuál es la norma que garantiza mejor el derecho a la igualdad de las personas involucradas consideradas en su contexto?

– ¿Cuáles son las estrategias jurídicas para contrarrestar una norma discriminatoria por objeto o por resultado?

– ¿El caso demanda la deconstrucción de un paradigma, concepto o institución jurídica?

– ¿Cuáles son las herramientas que el marco normativo aplicable brinda para resolver las asimetrías en la relación así como la desigualdad estructural de la que derivó el caso?

Determinación del derecho aplicable– ¿Cuál es el marco jurídico de origen

interno e internacional aplicable caso?– ¿Resoluciones de organismos

internacionales que brinden argumentos para resolver el asunto?

– ¿Las observaciones generales de los comités de las Naciones Unidas y los criterios de la Comisión IDH aportan elementos valiosos para la resolución del caso?

– ¿Cuál es la concepción de sujeto que subyace al marco normativo aplicable?

– ¿La norma responde a una visión estereotípica o sexista del sujeto?

Page 10: Protocolo para juzgar con perspectiva de género: haciendo realidad el derecho a la igualdad

V. Método

– Evidenciar los estereotipos y los sexismos detectados en los hechos acontecidos, en la valoración de las pruebas, en los alegatos de las partes, o en normas aplicables.

– Cuando sea necesario, hacer ejercicio de ponderación, tomar en cuenta las asimetrías de poder.

– Exponer las razones por las que en el caso subyace una relación desequilibrada de poder y/o un contexto de desigualdad estructural.

– Determinar la estrategia jurídica adecuada para aminorar el impacto de la desigualdad estructural.

Argumentación

– Justificar el uso de la normativa que sea más protectora de la persona que se encuentra en una situación asimétrica de poder o de desigualdad estructural.

– Acudir a los análisis de género contenido en sentencias de otros países y a la doctrina sobre la materia.

– Esgrimir las razones por las que la aplicación de la norma en cuestión deviene en un impacto diferenciado.

– Reconocer y evidenciar en la resolución de la sentencia los sesgos de género encontrados en el proceso.

– Eliminar la posibilidad de revictimizar y estereotipar a la victima

Page 11: Protocolo para juzgar con perspectiva de género: haciendo realidad el derecho a la igualdad

V. Método

– ¿Cuáles son las medidas más adecuadas para reparar el daño?

– ¿Cuál es el impacto del daño en los roles y responsabilidades familiares, laborales y comunitarios de la víctima? ¿Cómo puede subsanarse este impacto?

– ¿Existió un daño colectivo? ¿Es posible repararlo?

– ¿Se trata e un caso donde el daño se produjo por pertenecer a un determinado grupo?

– ¿La reparación se hace cargo de todos los daños detectados?

– ¿El daño genera un impacto diferenciado a partir del sexo, género, preferencia u orientación sexual de la persona involucrada?

– ¿Qué tipo de medidas de reparación pueden hacerse cargo de este impacto diferenciado?

– Si fueron detectadas relaciones asimétricas de poder y condiciones de desigualdad estructural, ¿cuáles son las medidas que la sentencia puede adoptar para revertir dichas asimetrías y desigualdades?

– En la definición de las medidas de reparación, ¿se tomó en cuenta el parecer de la víctima?

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V. Método

• Evitar formalismo mágico.

• Importancia del precedente.

• Lenguaje en las sentencias.

Page 13: Protocolo para juzgar con perspectiva de género: haciendo realidad el derecho a la igualdad

• Revisar si procede otorgar medidas especiales de protección.

• Analizar la admisibilidad de los asuntos de acuerdo con los postulados de la perspectiva de género y el control de convencionalidad.

VI. Lista de verificaciónA. Respecto a las cuestiones

previas al proceso

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• Identificar la existencia de una relación desequilibrada de poder y a la persona que se encuentra en situación de vulnerabilidad o de desigualdad formal, material y/o estructural.

• Aplicar un escrutinio estricto en casos en los que estén involucradas categorías sospechosas como sexo, género y/o preferencia/orientación sexual.

• Prestar particular atención a los casos en donde confluyan dos categorías sospechosas como sexo y raza, sumados a ciertos contextos como, por ejemplo, pobreza, situación de calle y migración.

VI. Lista de verificaciónB. Respecto a los sujetos

involucrados

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• Leer e interpretar los hechos sin estereotipos discriminatorios y de acuerdo al contexto de desigualdad verificado.

VI. Lista de verificaciónC. Respecto de los hechos que

originan la resolución o sentencia

Page 16: Protocolo para juzgar con perspectiva de género: haciendo realidad el derecho a la igualdad

• Aplicar los estándares de derechos humanos, así como los principios constitucionales de universalidad, indivisibilidad, interdependencia, progresividad y pro persona.

• Cuestionar la pretendida neutralidad de la norma, a fin de evaluar los impactos diferenciados en su aplicación.

• Verificar la existencia de estereotipos en la norma y en el actuar de las autoridades y determinar la manera de combatirlos por medio de la resolución o sentencia.

• Establecer el marco normativo aplicable conforme al control de constitucionalidad y convencionalidad.

• Argumentar de tal manera que la sentencia se haga cargo de las desigualdades detectadas.

• Usar lenguaje incluyente y no invisibilizador.

• En la medida de lo posible, fijar precedentes y aportes en materia de género con la argumentación y el sentido de la sentencia.

VI. Lista de verificaciónD. Respecto al derecho aplicable a

la resolución o sentencia

Page 17: Protocolo para juzgar con perspectiva de género: haciendo realidad el derecho a la igualdad

• Determinar medidas de reparación integral del daño que atienden a la afectación del proyecto de vida de la persona involucrada y que se hagan cargo del poder simbólico de las sentencias. En su caso, establecer medidas de reparación transformativas.

• Asegurar que la etapa de ejecución y seguimiento a la resolución o sentencia dé continuidad a la aplicación de la perspectiva de género realizada en etapas anteriores del proceso judicial.

VI. Lista de verificaciónE. Respecto a la etapa final del

proceso