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Plan de Ordenamiento Territorial San Juan de Girn. Proyecto de Acuerdo No XX de 2010

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EXPOSICIN DE MOTIVOS La Constitucin Poltica Nacional facult a los Municipios para orientar el desarrollo de sus territorios (art. 311) y regular los usos del suelo (art. 313). La Ley 152 de 1994 (art. 41), prev que adems del Plan de Desarrollo, los Municipios cuenten con un Plan de Ordenamiento Territorial (POT), segn el caso. La Ley 99 de 1993 (art. 65) estableci que los Municipios deban dictar sus propias normas sobre Ordenamiento Territorial (OT) y reglamentar el uso del suelo, de conformidad con la Constitucin y la Ley. La Ley 388 de 1997 estableci la obligacin de los municipios de expedir el POT en concordancia con el Plan de Desarrollo Municipal vigente. De conformidad con la Ley 388 de 1997, el OT comprende un conjunto de acciones poltico- administrativas y de planeacin fsica concertadas y coherentes, emprendidas por los municipios para disponer de instrumentos eficaces de orientacin del desarrollo del territorio bajo su jurisdiccin y de regulacin de la utilizacin, ocupacin y transformacin de su espacio fsico. El OT debe estar acorde con las estrategias de desarrollo econmico del municipio y armnico con el medio ambiente y sus tradiciones histricas y culturales, procurando aumentar la gobernabilidad sobre el territorio de una manera concertada (Decreto. 879 de mayo 13 de 1998, art. 2). Por su parte en el artculo 3 de este mismo Decreto, se contempla que en la definicin del OT se tendrn en cuenta las prioridades del Plan de Desarrollo del Municipio y los determinantes establecidos en normas de superior jerarqua, que son: a. Las relacionadas con la conservacin y proteccin del medio ambiente, los recursos naturales y la prevencin de amenazas y riesgos naturales. b. Las polticas y normas sobre conservacin y uso de las reas e inmuebles que son patrimonio cultural. c. El sealamiento y localizacin de las infraestructuras de la red vial nacional y regional, los puertos y aeropuertos y los sistemas de suministros de agua, energa y servicios de saneamiento bsico. d. El fomento de la concertacin entre los intereses sociales, econmicos y urbansticos mediante la participacin de los ciudadanos y sus organizaciones (art. 4, Decreto. 879 de 1998). La definicin del territorio La definicin del territorio se funda en el reconocimiento de propiedad, particular y colectiva, que sobre un lugar realizan individuos y comunidades. Cuando dicha territorialidad se expresa en un proyecto urbano colectivo se llama ciudad y sus actores y protagonistas ciudadanos. La ciudadana es igualmente considerada expresin de la nacionalidad y como tal expresa el ser poltico y cultural de los hombres; se cruzan por tanto en la definicin territorial las instancias de lo local y lo regional, e incluso de mltiples maneras se encuentran adems los rangos nacional y global. El OT debe reflejar, por tanto, el reconocimiento de las formas culturales, polticas, sociales, histricas, econmicas, antropolgicas, ambientales, geogrficas, narrativas y morfolgico arquitectnicas de apropiacin y territorializacin que realizan dichos colectivos e individuos, tanto en el tiempo como en el espacio del entorno municipal. La formulacin corresponde a la representacin de dichas formas en una red de sistemas a travs de los cuales se posibilita la lectura, interpretacin y proyeccin de los fenmenos urbanos. La creacin de mecanismos de representacin de ciudad permite el desarrollo de dispositivos de planeamiento y gestin que operen armnicamente con la idea de ciudad de los ciudadanos. El mecanismo de representacin del territorio es el mapa; pues en l confluyen las variables determinadas por las instancias administrativas y ejecutivas como directrices para el reconocimiento e interpretacin de la ciudad, en este caso, las referentes a usos del suelo, infraestructuras, tratamientos y acciones puntuales que a modo de macroproyectos comprometern los recursos y esfuerzos futuros de los colectivos municipales. Debe igualmente reconocerse, que si bien los elementos ordenadores son definidos por consenso como puntos de encuentro de las definiciones territoriales, stos no existen en la realidad como elementos aislados, sino que por el

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contrario, ms que elementos particulares, son perspectivas o modos de ver aspectos de la realidad ciudadana, cuya primera y principal caracterstica es la complejidad y la irrepresentabilidad o imposibilidad de reduccin a hechos simples.

La definicin del Ordenamiento Territorial En correspondencia a lo ordenado por la Ley 388 de 1997 que modific la Ley 9 de 1989 y la Ley 3 de 1991, adems de otras disposiciones, el OT se fundamenta en los siguientes principios: la funcin social y ecolgica de la propiedad, la prevalencia del inters general sobre el particular y la distribucin equitativa de las cargas y los beneficios. El OT como poltica de Estado y como instrumento de planificacin, permite orientar el proceso de ocupacin y transformacin del territorio, mediante la formulacin del Plan de Ordenamiento Territorial (POT), el cual prev el desarrollo integral del Municipio bajo los criterios de equidad, sostenibilidad, competitividad, solidaridad y participacin, de tal forma que garanticen el mejoramiento de la calidad de vida de la poblacin. EL POT como instrumento normativo y herramienta de gestin administrativa, se fundamenta en las polticas, objetivos y estrategias de desarrollo y ordenamiento territorial Municipal, Departamental, y Nacional. Los objetivos del OT representan el modelo territorial deseado para el futuro desarrollo Municipal y en tal sentido se ocupar de la zonificacin y reglamentacin de usos del suelo para las reas urbanas y rurales, establecer las normas urbansticas y propondr las bases de los Planes especficos complementarios, como el Plan Vial, el Plan de Servicios Pblicos Domiciliarios, los Planes Parciales Complementarios y dems disposiciones y facultades especiales necesarias para que la administracin Municipal fortalezca su capacidad de gestin para ejecutar el POT, dando prioridad a las actividades de planeacin y autonoma del desarrollo del municipio, pero en concordancia con los dems entes territoriales y normas de superior jerarqua. De acuerdo al artculo 3 de la Ley 388 de 1997, el OT constituye en su conjunto una funcin pblica, para el cumplimiento de los siguientes fines: - Posibilitar a los habitantes el acceso a las vas pblicas, infraestructuras de transporte y dems espacios pblicos, y su destinacin al uso comn, y hacer efectivos los derechos constitucionales de la vivienda y los servicios pblicos domiciliarios. - Atender los procesos de cambio en el uso del suelo y adecuarlo en aras del inters comn, procurando su utilizacin racional en armona con la funcin social de la propiedad a la cual le es inherente una funcin ecolgica, buscando el desarrollo sostenible. - Propender por el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribucin equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservacin del patrimonio cultural y natural. - Mejorar la seguridad de los asentamientos humanos ante los riesgos naturales. En ejercicio de las diferentes actividades que conforman la accin urbanstica, la administracin municipal deber fomentar la concertacin entre los intereses sociales, econmicos y urbansticos, mediante la participacin democrtica de la poblacin. El Ordenamiento Territorial Municipal tiene por objeto complementar la planificacin econmica y social con la dimensin territorial, racionalizar las intervenciones sobre el territorio y orientar su desarrollo y aprovechamiento sostenible, mediante la definicin de las estrategias territoriales de uso, ocupacin y manejo del suelo, en funcin de los objetivos econmicos, sociales, urbansticos y ambientales; el diseo y adopcin de los instrumentos y procedimientos de gestin y actuacin que permitan ejecutar acciones urbanas integrales y articular las actuaciones sectoriales que afectan la estructura del territorio municipal; y definir los programas y proyectos que concretan estos propsitos. La Planeacin Participativa y el OT dan lugar a un nuevo modelo de gestin pblica que le permite a la comunidad participar activamente en la toma de decisiones gubernamentales y a su vez ejercer un control ciudadano sobre la correcta inversin de los recursos y las actuaciones gubernamentales; generar un mayor acercamiento entre el gobierno y la poblacin, mediante un manejo racional de los recursos y la participacin efectiva y concertada de la sociedad civil, el sector productivo, las universidades, y la administracin local.

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La Revisin Excepcional de Norma del Plan de Ordenamiento Territorial de San Juan Girn se bas en los preceptos establecidos en el Artculo 28 de la Ley 388 de 1997 y el Decreto reglamentario 4002 de 2004; los que permiten la revisin al vencimiento de los contenidos urbano y rural de corto y mediano plazo, as como la reprogramacin de actuaciones, programas y proyectos establecidos en el POT. Por ltimo, es importante anotar que el Consejo Territorial de Planeacin, el Consejo Consultivo de Ordenamiento, la Corporacin Autnoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga - CDMB y el rea Metropolitana de Bucaramanga, tienen una gran responsabilidad en la evaluacin de los estudios que determinaron la conveniencia de la presente revisin.

LUIS ALBERTO QUINTERO GONZLEZ ALCALDE MUNICIPAL DE SAN JUAN GIRN

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PROYECTO DE ACUERDO No. XX de 2010 (XX de XXX) Por el cual se adopta la Revisin Excepcional de Norma PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (POT) DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN GIRN, se definen los usos del suelo urbano, de expansin urbana, rural, suburbano y suelo de proteccin, se establece la reglamentacin sobre el uso, ocupacin y manejo del suelo, correspondiente y se plantea los programas, proyectos, y planes complementarios para el futuro desarrollo territorial del Municipio dentro de la vigencia del POT. El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN GIRN - SANTANDER En uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en particular las conferidas por los artculos 311 y 313 de la Constitucin Poltica y por las Leyes 546 de 1999, 388 de 1997, 152 de 1994, 136 de 1994, 99 de 1993, 9 de 1989 y el Decreto Ley 1333 de 1986. CONSIDERANDO: Que el Alcalde Municipal en cumplimiento de la Ley 388 de 1997 y el Decreto Nacional 879 de 1998, adopt el Plan de Ordenamiento Territorial para el municipio San Juan Girn, por medio del Decreto Municipal 237 de Agosto 2 de 2001. Que el Alcalde Municipal en cumplimiento de la Ley 388 de 1997 y sus decretos reglamentarios, presento el da 12 de abril de 2010, ante el Consejo de Gobierno, la Revisin Excepcional de Norma del POT, emitiendo concepto favorable mediante Acta No. 002 del 12 de Abril de 2010. Que el Alcalde Municipal, posterior a la presentacin ante el Consejo de Gobierno, presento la Revisin Excepcional de Norma del POT ante el Consejo Consultivo de Ordenamiento Territorial el cual emiti concepto favorable mediante acta numero 002 de mayo 14 de 2010. Que de conformidad con la Ley 388 de 1997, el Alcalde municipal radico el da 9 de julio de 2010, ante el rea Metropolitana de Bucaramanga, la Revisin Excepcional de Norma del Plan de Ordenamiento del Municipio de Girn, revisin que fue concertada mediante Acta 007 del 13 de septiembre de 2010, por la Junta Metropolitana. Que el alcalde Municipal radic posteriormente ante la Corporacin Autnoma para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga el da 20 de agosto de 2010, la revisin Excepcional de norma del Plan de ordenamiento territorial. Que se surti concertacin con la Corporacin Autnoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga CDMB, como consta en la Resolucin 01389 del 22 de noviembre de 2010; los aspectos ambientales definidos en la concertacin fueron incluidos en el documento tcnico de soporte, la cartografa y el acuerdo. Que en la Convocatoria Pblica realizada por el Concejo Municipal de San Juan Girn para la revisin del Plan de Ordenamiento Territorial, se presentaron algunas proposiciones para que fueran revisadas por la Administracin Municipal. Que revisadas las proposiciones enviadas por el Concejo Municipal por parte de la Administracin Municipal, se surti trmite de concertacin con la CDMB, como consta en la Resolucin 01469del 30 de noviembre de 2010. ACUERDA: Artculo 1. Adopcin. Adptese el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) para el municipio de San Juan Girn, consignado en las siguientes Partes, Ttulos, Captulos, Secciones y Artculos en concordancia con el Documento Tcnico Soporte, el cual hace parte integral del mismo al igual que los mapas, grficos, tablas y anexos contenidos en el mismo.

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PARTE I: DISPOSICIONES INICIALES TTULO I: MBITO Artculo 2. mbito de aplicacin del Plan de Ordenamiento Territorial. El desarrollo fsico y la utilizacin del suelo en el territorio del municipio de San Juan Girn, se regir por las disposiciones previstas en el Plan de Ordenamiento Territorial de que trata el presente Decreto y en los instrumentos que lo desarrollan. Artculo 3. Documentos del Plan. Hacen parte integral del Plan de Ordenamiento Territorial de que trata el presente Decreto, adems de las disposiciones en l contenidas, los siguientes documentos: a. El Documento Tcnico de Soporte. Compuesto por la Sntesis del Diagnostico, el Componente General, el Componente Urbano, el Componente Rural b. La Cartografa. Comprende los mapas sobre los que se ha tomado las decisiones y aquellos de carcter normativo. Son los siguientes: Diagnstico Mapa 1d. Plano bsico rural Mapa 2d. Plano bsico urbano Mapa 3d. Zonas climticas de vida Mapa 4d. Hidrolgico Mapa 5d. Geomorfolgico Mapa 6d. Geolgico Mapa 7d. Zonificacin geotcnica Mapa 8d. Formaciones vegetales Mapa 9d. Uso actual del suelo Mapa 10d. Infraestructura vial actual Mapa 11d. Estructura ecolgica principal Mapa 12d. Identificacin de fenmenos - amenaza ssmica Mapa 13d. Identificacin de fenmenos - amenaza remocin Mapa 14d. Identificacin de fenmenos - inundacin Formulacin Mapa 1f Clasificacin del suelo general Mapa 2f Estimacin relativa del riesgo por fenmenos naturales Mapa 3f reas de expansin general Mapa 4f Sistema vial general Mapa 5f Equipamientos de soporte territorial general Mapa 6f Areas homogneas urbanas Mapa 7f Usos del suelo urbano Mapa 8f reas de actividad urbana Mapa 9f Tratamientos urbanos Mapa 10f Sntesis de formulacin Mapa 11f Uso recomendado rural Mapa 12f Uso potencial rural Mapa 13f Sistema vial urbano Mapa 14f Suelos rurales suburbanos Mapa 15f Suelos rurales centros poblados Mapa 16f rea generadora de plusvala c. d. Memoria Justificativa de la revisin Excepcional de Norma. El Programa de Gestin y Ejecucin. Define las actuaciones que se realizarn y ejecutarn sobre el territorio, durante cada una de las administraciones subsiguientes del Municipio, segn la periodizacin de corto, mediano y largo plazo. El Programa de Ejecucin formar parte del Plan de Inversiones del respectivo Plan de Desarrollo

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Municipal y deber ser puesto a consideracin del Concejo conjuntamente con el del respectivo Plan de Desarrollo. El Acuerdo Municipal que adopta la Revisin del POT

Pargrafo 1: las imprecisiones cartogrficas presentadas se pueden precisar mediante decreto, siempre y cuando se enmarque en el artculo 100 de la Ley 388 de 1997. Pargrafo 2: Las actualizaciones al sistema de informacin geogrfico que administra la informacin del POT deber estar georeferenciada cumpliendo con los siguientes parmetros: a. Estar en coordenadas planas cartesianas con origen en el vrtice geodsico ST-144A de coordenadas geogrficas Latitud: 07 Grados 04 Minutos 43,993710 Segundos Norte y Longitud 73 Grados 11 Minutos 50,435600 Segundos Oeste de Greenwich, a la cual se le asignaron las coordenadas 1.274.642,278 metros Norte y 1.097.241,305 metros Este b. El plano de proyeccin esta a 931 metros sobre el nivel medio del mar. c. Las coordenadas de origen cartesiano debern estar referidas al Datum Magna. d. El Elipsoide ser el GRS80. e. Para efectos de la actualizacin de la informacin alfanumrica y espacial, Bsica y Temtica que estructura el POT Municipal, El municipio deber designar un administrador nico experto en SIG y GPS responsable de los cambios o ajustes que se hagan en el sistema. Para tal efecto deber disponer de una licencia para SIG que permita la edicin y estructuracin, una Licencia de software para publicacin en SIG de consulta y un sistema de Georeferenciacin GPS de precisin Subcentimtrica Pargrafo 3: El literal d del presente artculo cuenta adems con los proyectos formulados por el Plan Estratgico del rea Metropolitana de Bucaramanga, que se articulan con el Plan de Ordenamiento Territorial para el Municipio de San Juan de Girn perteneciente a los siguientes proyectos: 1 Evaluacin, administracin y uso eficiente de las fuentes (superficiales y subterrneas) de abastecimiento de agua para el A.M.B. 2 Diseo y puesta de una estrategia de produccin eco-eficiente en el A.M.B. 3 Sistema metropolitano de vivienda 4 Programa de proteccin, conservacin y recuperacin de ecosistemas estratgicos y zonas de ladera del territorio metropolitano 5 Estructuracin y puesta en marcha del sistema de informacin ambiental metropolitano 6 Implementacin del sistema de gestin ambiental metropolitano 7 Conocimiento, conservacin y uso sostenible de la biodiversidad del territorio metropolitano TTULO II: PRINCIPIOS Artculo 4. El Ordenamiento Territorial. El Ordenamiento Territorial es la poltica de Estado e instrumento de planificacin que permite orientar el proceso de ocupacin y transformacin del territorio, mediante la localizacin adecuada y racional de los asentamientos humanos, las actividades socioeconmicas, la infraestructura fsica y los equipamientos colectivos, preservando los recursos naturales y el ambiente, con el fin de mejorar la calidad de vida de la poblacin. Artculo 5. El Plan de Ordenamiento Territorial. El Plan de Ordenamiento Territorial es el instrumento de gestin administrativa que racionaliza la toma de decisiones sobre la asignacin y regulacin del uso del suelo urbano y rural, la adecuada localizacin de los asentamientos humanos, de la infraestructura fsica y de los equipamientos colectivos.

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Artculo 6. Principios bsicos del Plan de Ordenamiento Territorial municipal. El proceso de formulacin y gestin del Plan de Ordenamiento Territorial se adelantar bajo los principios de: a. Integralidad: caracteriza las dinmicas y estructuras territoriales bajo una aproximacin holstica al considerar las dimensiones biofsica, econmica, sociocultural, poltico-administrativa y espacial, de forma interactuante en el territorio. b. Articulacin: el proceso de ordenamiento territorial establece armona y coherencia entre las polticas de desarrollo sectorial y ambiental en todos los niveles territoriales. c. Participacin: aporta legitimidad y viabilidad al proceso. Depende de la participacin de los actores sociales y busca garantizar el control ciudadano sobre las decisiones del Gobierno. d. Prospeccin: la prospectiva territorial permite identificar las tendencias de uso y ocupacin del territorio y el impacto que sobre l tienen las polticas sectoriales y macroeconmicas. El futuro de los procesos de uso y ocupacin y las medidas previstas para la materializacin del futuro deseado se apoyan en el diseo de escenarios, sobre los cuales se gestionar y gerenciar el desarrollo territorial local. e. Distribucin de competencias: bajo los principios de complementariedad, subsidiariedad y concurrencia (ley 152 de 1994), el ordenamiento territorial incorporar los aspectos relacionados con las funciones territoriales y competencias de las entidades territoriales o administrativas. f. Equilibrio territorial: la ejecucin de polticas del ordenamiento territorial busca reducir los desequilibrios territoriales y mejorar las condiciones de vida de su poblacin a travs de la adecuada distribucin de actividades y servicios bsicos, la mejor organizacin funcional del territorio y las posibilidades de su uso. g. Sostenibilidad ambiental: garantiza que el uso actual de los recursos naturales no impida a las prximas generaciones su utilizacin y calidad adecuadas. Artculo 7. Alcances del Plan de Ordenamiento Territorial Municipal. Los alcances del Ordenamiento Territorial son: a. Contribuir a la reorganizacin poltico - administrativa de la nacin dentro de un rgimen unitario, como base para el logro de la autonoma de las entidades territoriales, la descentralizacin y el fortalecimiento de la participacin democrtica (artculo 1, CPN). b. Contribuir a la proteccin de la diversidad tnica y cultural de la Nacin (artculo 7 CPN). c. Proporcionar estrategias que propicien un desarrollo territorial equilibrado, que se manifieste en una mejor distribucin espacial y estructural del bienestar social (artculos 65 y 334 CPN). d. Propiciar la asignacin eficiente de la inversin pblica y privada, la distribucin y dotacin adecuada de servicios pblicos y sociales, la implementacin de infraestructura, la transferencia de tecnologa y la capacitacin de la comunidad. e. Fortalecer la coordinacin administrativa e institucional para la planificacin solidaria, coherente, eficiente y eficaz. f. Propender por la distribucin y localizacin ordenada de las actividades y usos del territorio, en armona con el medio ambiente (artculos 79, 80 CPN; ley 99 de 1993). g. Orientar y regular los procesos de utilizacin y ocupacin del espacio (planificacin del uso de la tierra). La definicin de formas alternativas de uso se basa en el concepto de uso ptimo de la tierra (agrcola, forestal, pecuario, urbano, industrial, conservacin, etc.), ecolgicamente sostenible, econmicamente viable, social, cultural y polticamente aceptable. Artculo 8. Polticas de Ordenamiento Territorial Municipal. El desarrollo territorial municipal se adelantar bajo los principios anteriormente expuestos y contribuir al proceso de modernizacin del Estado, la descentralizacin y autonoma territorial y propender por: a. Mejores condiciones y calidad de vida de la poblacin, atendiendo los principios y preceptos constitucionales y legales y las polticas, objetivos y estrategias de desarrollo de los niveles nacional, regional, departamental y municipal y particularmente con lo establecido por la ley 388 de 1997. b. Preservacin del patrimonio ecolgico y cultural del Municipio, representado por los recursos naturales, el ambiente y la identidad cultural. c. Desarrollo territorial armnico y equilibrado entre sector urbano y rural, en su contexto regional.

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Artculo 9. Modificaciones y revisiones del Plan de Ordenamiento Territorial. El contenido estructural del plan tendr una vigencia de largo plazo, que para este efecto se entender como mnimo el correspondiente a tres (3) perodos constitucionales de la Administracin municipal: los contenidos urbanos de mediano plazo una vigencia de 2 periodos constitucionales, y los contenidos urbanos de corto plazo regirn como mnimo durante un periodo Las revisiones debern coincidir con el inicio de un nuevo periodo administrativo y estarn sometidas al mismo procedimiento previsto para la aprobacin del POT, sustentadas en estudios tcnicos que incluyan parmetros e indicadores de soporte y seguimiento. Pargrafo 1: Si al finalizar el plazo de vigencia establecido no se ha adoptado modificaciones, revisiones o un nuevo Plan de Ordenamiento Territorial, seguir vigente el ya adoptado. PARTE II: CONTENIDO ESTRUCTURAL TITULO 1: COMPONENTE GENERAL CAPTULO 1: VISIN DE FUTURO PARA SAN JUAN GIRN Adptese como Visin de Futuro para San Juan Girn el siguiente texto: La visin prospectiva es la de un Municipio que asume su papel de lder regional y de enlace con los dems municipios, construyendo para el nuevo milenio una plataforma territorial con capacidad de ofrecer condiciones y servicios, para turistas e inversionistas y para dirigir el progreso social y econmico de sus habitantes, quienes contribuirn con una actitud de pertenencia y la generacin de una cultura de atencin y amabilidad a la vez que desarrollarn los valores de la tolerancia, el respeto a la diferencia y la democracia participativa. El Girn del futuro consolidar su vocacin turstica y la convertir en una actividad econmica importante generadora de empleo, apoyado en su patrimonio histrico actuante, que lo define como un Municipio progresivo y dinmico, generador de un ambiente de porvenir, con un mejor hbitat y una estructura de competitividad; encaminado a ofrecer condiciones de habitabilidad y desarrollo agrcola en armona con su medio ambiente. De la misma manera Girn afianzar la vocacin industrial y construir un escenario adecuado para el asentamiento de una estructura agroindustrial que fortalezca y propicie el desarrollo del sector agrcola municipal . De igual forma, es compromiso del Municipio, como parte del rea Metropolitana, coadyuvar en el avance y alcance de la Visin de Futuro del AMB: La Regin Metropolitana de Bucaramanga, Punto de Encuentro e Integracin del Nororiente Colombiano, ser un territorio verde donde convive una sociedad solidaria y creadora, que se une con sus instituciones para liderar su propio desarrollo. CAPTULO 2: OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS DE MEDIANO Y LARGO PLAZO Los objetivos y estrategias del Plan de Ordenamiento Territorial de San Juan Girn, son de obligatorio cumplimiento en la vigencia del POT y muestran las caractersticas de la acciones a realizar en el territorio municipal. Artculo 10. Objetivos y estrategias de largo plazo. Son objetivos del modelo de ocupacin del POT: 1. Organizar el Municipio en un modelo de ordenamiento territorial (urbano-rural) econmica y ambientalmente sostenible que racionalice y optimice el uso de los recursos naturales existentes en el territorio, que convalide los conocimientos locales y fortalezca la identidad y sentido de pertenencia de sus habitantes, para otorgarle un mayor nivel de competitividad al territorio municipal y optimice las condiciones de calidad de vida urbana y rural de los habitantes de Girn. Para el logro de este objetivo se definen las siguientes estrategias: a. Orientar el proceso de desarrollo urbanstico y regular la utilizacin y transformacin del suelo. b. Prever el crecimiento ordenado de los asentamientos humanos en las reas que ofrezcan las mejores condiciones integrales. c. Garantizar la calidad y el disfrute de un ambiente sano y de las reas de uso pblico.

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d. Velar por la calidad del espacio pblico definiendo su funcin, complementando los espacios existentes y buscando un diseo armnico, agradable y amable para sus usuarios. e. Involucrar la gestin del riesgo como parte estructural de las polticas de desarrollo urbanstico del municipio 2. Reconocer las fortalezas y limitaciones del Municipio. Para racionalizar y optimizar el uso de los recursos humanos y naturales existentes en el territorio municipal es necesario identificar sus fortalezas y debilidades de tal forma que se pueda realizar un desarrollo sostenible, que convalide los conocimientos locales y fortalezca la identidad y sentido de pertenencia de sus habitantes, para otorgarle un mayor nivel de competitividad al territorio municipal. Las estrategias para alcanzar este objetivo son: a. Gestionar la aplicacin, en forma participativa, del modelo de ordenamiento territorial establecido, buscando salvaguardar los principios de integralidad, sostenibilidad y carcter holstico que caracterizan al OT, y los objetivos del desarrollo: crecimiento, equidad, justicia social, estabilidad poltica institucional, para que los sectores urbano y rural puedan cumplir con los papeles estratgicos sealados y lograr as la visin de futuro planteada para el Municipio. b. Aplicar los lineamientos generales establecidos en las normas de superior jerarqua, tales como los establecidos por la Corporacin Autnoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga (CDMB) el Ministerio de Cultura y el Ministerio del Medio Ambiente y armonizar los lineamientos del AMB en su Plan de Desarrollo Metropolitano, el Plan de Desarrollo Departamental de Santander, y dems instituciones relacionadas directamente con el POT; evaluando y acogiendo las estrategias de descentralizacin del territorio. c. Establecer para el Municipio un sistema de Proteccin Ambiental que permita la conservacin de la biodiversidad y la perpetuacin de las especies. 3. Garantizar una estructura funcional moderna. Las estrategias en el mbito municipal y acorde con las necesidades y requerimientos metropolitanos y regionales de desarrollo urbano y rural son: a. Establecer las relaciones funcionales urbanorurales y urbanoregionales que garanticen la articulacin espacial del Municipio con su contexto regional. b. Impulsar armnicamente el modelo municipal del POT con el Modelo de Ocupacin Metropolitano, mediante la descentralizacin del territorio y la conformacin de Centralidades Urbanas, la definicin de una estructura urbana que articule los elementos del contexto existentes con las reas de futuro desarrollo (tales como el Sistema Verde Ambiental Metropolitano, Sistema Vial Metropolitano, Sistema Histrico Cultural, Sistema Estructurante de Transporte Masivo, Sistema Recreativo y de lugares de encuentro, Sistema de Equipamientos Metropolitanos, y el establecimiento de la forma de ocupacin del suelo con las reas funcionales. 4. Articular estrechamente la nocin de cultura y turismo con la conservacin histrica y el desarrollo econmico. De esta forma se hace posible reorientar el desarrollo de Girn para conservar su patrimonio histrico y cultural, creando parmetros de libertad, democracia e igualdad. a. El crecimiento econmico, social, ambiental y poltico de Girn, debe tener una dimensin histrico cultural que eleve la calidad de vida de sus habitantes, en congruencia con su identidad y con sus propios recursos; partiendo de las formas culturales propias, lo que supone: que su comunidad puede ser creadora de cultura, que su cultura y patrimonio histrico tienen un desarrollo, gestin y evolucin propia, que le otorgan identidad al grupo que la produce, que define objetivos con la sociedad en su proyecto de vida y que el mbito cultural abarca tambin estrategias, programas y proyectos. b. Proteger, conservar, rehabilitar y divulgar el patrimonio histrico cultural con el propsito de que ste sirva de testimonio de la identidad cultural municipal, regional y nacional, tanto en el presente como en el futuro. c. Identificar, valorar, restaurar, consolidar, proteger, preservar y conservar el patrimonio histrico, arqueolgico, arquitectnico y ambiental de Girn, como el principal componente del proceso de desarrollo histrico y cultural del Municipio.

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d. Apoyar y estimular el desarrollo de investigaciones sobre el patrimonio cultural de Girn, en el campo del arte, la cultura popular, las reas histricas y hallazgos antropolgicos, para ampliar el conocimiento de su historia Municipal y sus culturas locales. e. Fortalecer la cultura como base de la identidad, respetando la diversidad y pluralidad que la integran. f. Fomentar la participacin creativa de todos los sectores sociales en el desarrollo cultural, facilitando el acceso de las mayoras al goce y conocimiento de la riqueza de su patrimonio. Artculo 11. Objetivos y estrategias de mediano plazo. a. Dotar al territorio municipal de los elementos de infraestructura y equipamiento necesarios para el desarrollo econmico y social sostenible. b. Delimitar de manera precisa el mbito municipal a fin de organizar la intervencin municipal de manera concertada con el AMB y la regin. c. Promover la armoniosa concurrencia de la Nacin y dems entidades territoriales. d. Incorporar los aspectos fisiogrficos e hdricos como elementos estructuradores del territorio municipal. e. Considerar el espacio pblico como ordenador del territorio. f. Potenciar las funciones del patrimonio histrico - culturales de Girn. g. Definir y fortalecer la vocacin econmica del Municipio. Artculo 12. Dotar al territorio municipal de los elementos de infraestructura y equipamiento necesarios para el desarrollo econmico y social sostenible. Las estrategias son las siguientes: a. Indicar las necesidades de infraestructura para el desarrollo con las cuales la Administracin Municipal gestionar e implementar mediante planes y proyectos especficos, el modelo de desarrollo territorial futuro. b. Organizar un sistema vial jerarquizado, acorde con la ubicacin regional del municipio de Girn, y con las necesidades propias de sus dinmicas internas, urbanas y rurales, promoviendo la prelacin del peatn con respecto al vehculo automotor, la racionalizacin de recorridos en los sistemas de transporte masivo y un desarrollo vial armnico y respetuoso del paisaje. Artculo 13. Delimitar de manera precisa el mbito municipal a fin de organizar la intervencin municipal de manera concertada con el AMB y la regin. Definir el permetro urbano, los usos y tratamientos de los terrenos actualmente desarrollados y los susceptibles de ser urbanizados, segn la dinmica de crecimiento econmico y poblacional previsto para los prximos nueve (9) aos, construyendo el espacio urbano bajo condiciones dignas de habitabilidad humana. Promover acciones conjuntas para el manejo de las problemticas comunes en los campos ambiental, habitacional, vial y de transporte, dotacional, disposicin de residuos slidos y lquidos y estrategias de desarrollo econmico. Artculo 14. Promover la armoniosa concurrencia de la Nacin y dems entidades territoriales. Coordinar la actualizacin de las disposiciones pertinentes y facilitar la ejecucin de actuaciones urbanas integrales, por medio de la interrelacin del OT con los Planes de Desarrollo Municipal, Metropolitano, Departamental y Nacional, lo cual permitir articular los distintos niveles de competencias entre ellos. En este sentido es necesario destacar las estrategias y objetivos de cada uno de estos planes para establecer dichos niveles de articulacin con: a. Plan de Desarrollo de Girn Monumento Nacional : la Obra Continua entre Todos, 2008 2010 b. Plan de Desarrollo del AMB, 1994 2010 c. Plan de Desarrollo Departamental Santander Incluyente 2008 - 2010 d. Plan Nacional de Desarrollo Estado Comunitario: Desarrollo para Todos 2006 - 2010 Pargrafo. De manera especfica, el presente Acuerdo tiene en cuenta en sus postulados los 7 ejes programticos del Plan de Desarrollo Girn: Monumento Nacional: la Obra Continua entre Todos: Eje Programtico 1: desarrollo integral del ser humano Eje Programtico 2: educacin y desarrollo tecnolgico Eje Programtico 3: seguridad y convivencia ciudadana Eje Programtico 4: sostenibilidad ambiental y servicios pblicos Eje Programtico 5: desarrollo institucional Eje Programtico 6: infraestructura y servicios para el desarrollo social

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Eje Programtico: productividad humana. Artculo 15. Incorporar la Gestin del Riesgo al desarrollo municipal. Tomado como un proceso social por medio del cual la comunidad de Girn reconoce el riesgo que enfrenta, analizndolo, entendindolo, ampliando su conocimiento tcnico y definiendo prioridades para reducirlo y prevenirlo. Artculo 16. Incorporar los aspectos fisiogrficos e hdricos como elementos estructuradores del territorio municipal. Implementar un desarrollo sostenible y sustentable de los recursos naturales renovables, lo que implica mantener la capacidad de regeneracin de estos recursos y la integridad de los ecosistemas de los cuales dependen. Su gestin debe realizarse en forma integral, en reconocimiento del amplio espectro de sus usos y valores, incluyendo no slo la produccin de bienes, sino tambin los servicios que prestan como hbitat de especies, la preservacin de la biodiversidad y otros, adems del uso eficiente desde el punto de vista econmico y social. Aplicar los lineamientos y polticas de conservacin para los siguientes recursos naturales patrimoniales: Bosque nativo: regular la conservacin, uso y manejo sustentable del recurso bosque nativo, el fomento de prcticas adecuadas de manejo y el desarrollo de programas de seguimiento del estado del recurso. Recurso hdrico: perfeccionar su administracin mediante la formulacin de planes de manejo integral para la utilizacin sustentable de ros, cuerpos lacustres y el anlisis de las modificaciones legales en cuanto a su acceso. Suelos: regular la permanencia y el desarrollo de actividades que atenten contra la sustentabilidad del recurso suelo, recuperar zonas degradadas. Biodiversidad: velar por la conservacin, manejo y uso sustentable de la biodiversidad y establecer sistemas de informacin sobre la biodiversidad. Artculo 17. Considerar el espacio pblico como ordenador del territorio. El espacio pblico debe instituirse como primer ordenador del territorio, en l debe posibilitarse las actividades de carcter social y comunitario que dan vida al concepto de pueblo. Las actividades pertinentes al espacio social son tales, en la medida en que manifiestan y expresan colectivos, sin subordinacin a intereses de mercado. En el espacio pblico se materializa la funcin social de la propiedad, como primera y nica determinante. Debe entenderse que el espacio pblico es un bien comn de las generaciones presentes y futuras, y que su defensa y reconocimiento excede las directrices del POT, pues su constitucin como tal debe ser irreversible e imprescriptible. Artculo 18. El espacio pblico se organiza de acuerdo a las siguientes variables. a. Espacio que garantiza la permanencia, individual y colectiva; su modo de ser son los lugares y su interpretacin en la formulacin es la de un modelo de escenarios para la construccin de ciudad (sistema de espacios pblicos). b. Espacio Pblico, garantiza la movilidad individual y colectiva, su modo de ser son los flujos y su interpretacin en la formulacin es la de un modelo de movilidad urbana (sistema vial y de transportes). c. Espacio de soporte ambiental, garantiza la conservacin de las condiciones de habitabilidad del territorio en trminos de recursos hdricos, orogrficos, agrcolas, paisajsticos, etc., su modo de ser son las reas de proteccin, conservacin y restauracin ambiental en las que se restringe la permanencia y movilidad del hombre en aras del bien comn (sistema de proteccin ambiental). Artculo 19. Potenciar las funciones del patrimonio histrico - cultural de Girn. a. Elaborar inventarios completos del patrimonio histrico, arquitectnico, artstico y cultural de Girn. b. Establecer convenios para la restauracin y conservacin de los inmuebles histricos del Municipio. c. Apoyar la realizacin de proyectos de investigacin sobre patrimonio cultural municipal, ejecutados por investigadores y profesionales en antropologa e historia, y museografa, as como tcnicos en conservacin, cuyos resultados lleven a acciones concretas de conservacin del monumento histrico. d. Preservar el patrimonio histrico - cultural con la participacin conjunta del Estado y la ciudadana.

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e. Brindar servicios educativos y recreativos en los museos que promuevan un mayor acercamiento de la poblacin al patrimonio cultural. Para el efecto es importante sealar que parte de los bienes muebles se puede destinar a las actividades de enseanza, investigacin, difusin, divulgacin y administracin del patrimonio cultural que les es propio. f. Utilizar los diversos medios de comunicacin para difundir el patrimonio cultural destacando su importancia como parte de la cultura y el desarrollo local. g. Integrar un Sistema Municipal de Informacin del Patrimonio Cultural Municipal. h. Crear nuevos mecanismos de financiamiento para apoyar y desarrollar la conservacin, proteccin, restauracin y difusin del patrimonio histrico cultural. i. Establecer una mayor interaccin y coordinacin con el sector turismo en la promocin de la cultura como parte de las estrategias para el desarrollo turstico. Artculo 20. Definir y fortalecer la vocacin econmica del Municipio. a. Sealar los sectores y reas econmicas que tengan carcter estratgico y permitan aprovechar las ventajas comparativas y mejorar la competitividad del territorio municipal, mediante la unin de esfuerzos gobierno comunidad sector productivo. b. Generar una cultura de identidad y compromiso institucional para realizar una gestin eficiente y planificada, que lidere e impulse el desarrollo de las actividades productivas y del sector servicios, a la vez que promocione el talento humano y el capital social local. c. Generar alianzas estratgicas con los sectores pblico, privado y la sociedad civil organizada, para canalizar inversiones de inters general. d. Crear sistemas de informacin actualizados y consolidar el Banco de Datos y Proyectos, para facilitar la toma de decisiones. e. Profundizar la descentralizacin mediante la modernizacin institucional. f. Establecer una distribucin geogrfica de las actividades y de los usos del suelo de Girn, armonizada con el desarrollo econmico, las potencialidades existentes en el territorio y la proteccin de la naturaleza y del patrimonio histrico, todo ello con el fin de conseguir la plena cohesin e integracin de un desarrollo equilibrado y en definitiva, la mejora de las condiciones de bienestar y calidad de vida de sus habitantes. g. Reforzar la articulacin fsica del territorio, internamente y con el exterior, desarrollando un sistema urbano bien estructurado y equilibrado en su distribucin espacial, que favorezca la difusin de las actividades, y la cohesin econmica y social del territorio. Artculo 21. Aportar en la consolidacin y avance del Plan Estratgico del rea Metropolitana Con el objeto de alcanzar y complementar el fortalecimiento de los objetivos y estrategias del POT se determinan las siguientes lneas estratgicas establecidas en el Plan Estratgico para el rea Metropolitana de Bucaramanga. 1. 2. 3. 4. 5. 6. Ciudad Integradora, Incluyente y Participativa. Ciudad Educadora y Cultural. Ciudad Competitiva. Hbitat Sustentable. Gestin Pblica Eficiente Relacional. Metrpolis Integrada Regionalmente.

Artculo 22. De la lnea estratgica Ciudad Integradora, Incluyente y Participativa. Contempla Hacer una Ciudad para todas y todos, construida con el esfuerzo de una sociedad civil organizada, amable, justa, tolerante y participativa. Con ciudadanas y ciudadanos informados con capacidad para crear o modificar el orden social y disfrutar de altos estndares de vida; est orientada a: 1. Cobertura total en el sistema educativo Educacin para todas y todos Lograr la cobertura total en el sistema educativo con criterios de calidad y equidad mediante incrementos sostenidos y garantizando especialmente a los menores y jvenes el derecho a educarse.

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2. Capacidad Productiva. Fortalecer la capacidad productiva de la poblacin vulnerable propiciando la creacin de empresas asociativas articuladas con las cadenas productivas estratgicas que generen bienestar y valor econmico agregado. 3. Participacin Ciudadana. Desarrollar entre las ciudadanas y ciudadanos, competencias y valores necesarios para hacer de la participacin y la corresponsabilidad ciudadana una realidad tangible que contribuya al acceso equitativo y pleno a bienes y servicios, as como a relaciones de convivencia pacfica. 4. Salud para todas y todos. Ampliar la cobertura en la prestacin de servicios bsicos de salud de la poblacin mediante incrementos sostenidos hasta lograr el cubrimiento total con altos estndares de calidad. 5. Seguridad Ciudadana. Disear y establecer estrategias que promuevan medidas de informacin, coordinacin y orientacin, control y prevencin, vigilancia y proteccin para incrementar la seguridad para los habitantes. 6. Recreacin y Deporte para todas y todos. Contribuir a la formacin integral de los habitantes de la Ciudad, mediante el diseo y ejecucin de planes y programas de recreacin, actividad fsica y deporte, estructurados tcnica y cientficamente, a partir de las necesidades de los usuarios, y atendidos por un talento humano preparado y comprometido con el proceso formativo de la comunidad. Artculo 23. De la lnea estratgica Ciudad Educadora y Cultural. Contempla, Optimizar y cualificar el servicio educativo y la accin cultural para dignificar la vida humana a travs de la formacin integral que facilite a cada persona la construccin responsable de su vida como parte del proyecto colectivo y ciudadano de la Ciudad, est orientada a: 1. Cobertura total en el Sistema Educativo Educacin para todas y todos Lograr la cobertura total en el sistema educativo con criterios de calidad y equidad mediante incrementos sostenidos y garantizando especialmente a los menores y jvenes el derecho a educarse. 2. Excelencia en Contenidos Educativos. Lograr que el Sistema Educativo Metropolitano forme personas integrales, calificadas y competentes, capaces de convivir socialmente en armona, participar en la construccin de una cultura democrtica, impartiendo especialmente en las instituciones educativas (Formal, No formal) y en los diversos mbitos sociales los aprenderes bsicos necesarios para integrarse a la vida productiva y social. 3. Cultura Ciudadana de Pertenencia y Amor por la Ciudad. Lograr una cultura ciudadana de pertenencia y amor por la ciudad que permita su posicionamiento y proyeccin, a travs del fortalecimiento de su identidad regional y la valoracin de su diversidad cultural. 4. Sistema Educativo y Cultural Eficiente y Articulado. Lograr un Sistema Educativo y Cultural eficiente y articulado buscando su mejoramiento continuo y orientacin a la excelencia en cada uno de sus procesos de planeacin, administracin y gestin. 5. Apropiacin Social de la Ciencia y la Tecnologa. Generar la actitud y el espritu cientfico e investigativo en los ciudadanos de la regin, favoreciendo el uso y disfrute de los espacios disponibles en los diversos mbitos de la misma, para contribuir en la formacin de ciudadanos competentes. 6. Cultura al Alcance de la Poblacin. Incrementar la produccin de bienes y servicios culturales, y el acceso de la poblacin a los mismos a travs del intercambio, desconcentracin y circulacin. Artculo 24. De la lnea estratgica Ciudad Competitiva. Contempla, Construir un escenario de generacin de riqueza colectiva bajo principios de equidad social y sostenibilidad ambiental, basado en la aplicacin de la ciencia y la tecnologa para el desarrollo de los sectores estratgicos, con el compromiso social de los agentes del desarrollo, en especial de los empresarios, los trabajadores y el gobierno, est orientada a:

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1. Cultura Empresarial para la Competitividad. Lograr una transformacin cultural en los empresarios y dirigentes locales hacia nuevas formas de gestin orientadas a la competitividad, incentivando su participacin en este proceso. 2. Recurso Humano Calificado y Competente. Formar un recurso humano calificado y competente en los sectores econmicos estratgicos actuales y potenciales de la regin a travs de la articulacin oferta demanda educativa con el fin de fortalecer la competitividad de la ciudad. 3. Infraestructura para la Competitividad. Lograr la conectividad regional mediante la ampliacin y el mantenimiento de la infraestructura de transporte, telecomunicaciones y servicios pblicos, as como el adecuado soporte logstico necesario para responder ante las exigencias del mercado. 4. Sectores Estratgicos Competitivos. Formar y consolidar los sectores estratgicos identificados en la ciudad con el fin de hacerlos competitivos. 5. Ciencia y Tecnologa al Servicio de un Sector Productivo Innovador. Lograr la aplicacin del conocimiento cientfico y tecnolgico existente en la ciudad hacia el mejoramiento continuo de los sectores productivos estratgicos a travs de la promocin de espacios que faciliten el encuentro entre investigadores y empresarios. 6. Creacin de un Escenario Competitivo. Creacin de la plataforma competitiva estimulando la generacin de servicios de apoyo necesarios para lograr el crecimiento econmico de la ciudad. Artculo 25. De la lnea estratgica Hbitat Sustentable. Contempla, Hacer del municipio un territorio equilibrado en sus relaciones urbano-rurales, integrado regionalmente, con calidad en su espacio habitable y equilibrio en el aprovechamiento de sus recursos fsicos (naturales y construidos), sociales, culturales y ambientales, para garantizar el desarrollo sostenible en el territorio, teniendo como ejes importantes de actuacin la promocin de la investigacin aplicada, el manejo responsable del agua y el mejoramiento de la Gestin Ambiental, est orientada a: 1. Relacin del ciudadano con su entorno. Generar una nueva cultura ciudadana participativa, de respeto y cuidado del medio ambiente en el municipio que posibilite una relacin equilibrada del ciudadano con su entorno a travs de estrategias educativas que integren los niveles formal, No-formal e informal. 2. Habitabilidad en el territorio inmediato. Adecuar la plataforma de infraestructura del municipio para garantizar las condiciones bsicas de habitabilidad, equilibrio funcional y competitividad territorial, mediante la coordinacin de acciones frente a los Hechos Metropolitanos. 3. Desarrollo de la Oferta Ambiental. Conservar y mejorar la oferta ambiental de la Cuenca Superior del Ro Lebrija, para garantizar el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables, mediante su estudio, difusin y aprovechamiento planificado. 4. Gobernabilidad del medio ambiente en el municipio. Garantizar una gestin ambiental eficiente, mediante la articulacin de la planeacin y las actuaciones institucionales para el logro de la gobernabilidad ambiental en el territorio. 5. Sostenibilidad en los procesos productivos en el municipio. Promover el desarrollo de acciones concertadas entre el sector empresarial, la academia y el gobierno, para mejorar el desempeo ambiental del sector productivo, a travs de la difusin y aplicacin de conceptos de ecoeficiencia, produccin ms limpia y de tecnologas ambientales. 6. Investigacin aplicada al medio ambiente y el hbitat. Fortalecer los procesos de investigacin ambiental aplicada en el municipio para solucionar las necesidades generadas por las problemticas ambientales y aprovechar las potencialidades locales y regionales en la materia, mediante la coordinacin de las actuaciones institucionales.

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Artculo 26. De la lnea estratgica Gestin Pblica Eficiente y Relacional. Como elemento estructurante del territorio contempla, Optimizar la funcionalidad poltico administrativa y la gobernabilidad regional mediante el incremento de la eficiencia de la administracin territorial y la articulacin de los actores sociales bajo el liderazgo del Estado, para el logro del desarrollo de los habitantes, est orientada a: 1. Eficiencia en la administracin pblica. Hacer eficiente y compatible la administracin territorial del municipio mediante la optimizacin de sus estructuras y procesos de manera que puedan responder adecuadamente a las demandas de la sociedad. 2. Integracin Metropolitana para el desarrollo. Lograr la articulacin de las administraciones municipales, metropolitana y departamental; mediante la inversin coordinada en proyectos de inters metropolitano, para el logro del desarrollo equilibrado del territorio. 3. Gestin Relacional. Lograr la actuacin coordinada de las instituciones pblicas, privadas, sociales y acadmicas de la Ciudad mediante el mejoramiento y articulacin de sus procesos de comunicacin, planificacin y gestin, con el fin de optimizar recursos y lograr soluciones integrales, de gran impacto y de largo plazo para la problemtica de la sociedad. 4. Participacin y control ciudadano. Asegurar la participacin y corresponsabilidad ciudadana en la toma de decisiones frente al desarrollo y la defensa de lo pblico, para contribuir al logro de una sociedad incluyente, mediante la generacin de capacidades en la poblacin y el mejoramiento de los mecanismos establecidos para ello por la constitucin y las leyes. Artculo 27. De la lnea estratgica Metrpolis Integrada Regionalmente. Como elemento estructurante del territorio contempla, Lograr la participacin activa de la Ciudad en el desarrollo integral y armnico del entorno en el cual se inserta, mediante la identificacin de alternativas de integracin y el desarrollo de acciones estratgicas, que generen calidad de vida a toda la poblacin, est orientada a: 1. Satisfaccin de las necesidades bsicas regionales. Elevar las condiciones de vida (incremento de los ndices de calidad y cobertura en educacin, salud, alimentacin, vivienda y servicios bsicos), mediante el desarrollo de proyectos conjuntos regionales, que permitan generar la plataforma bsica para el desarrollo social de las comunidades. 2. Sostenibilidad ambiental de la regin. Lograr el adecuado uso, conservacin, proteccin y restauracin de los recursos naturales renovables, mediante la ejecucin de prcticas ambientalmente sostenibles en los sectores estratgicos, el ordenamiento territorial y la planificacin ambiental, para garantizar el equilibrio y la supervivencia de los ecosistemas estratgicos y de las comunidades actuales y futuras en la regin. 3. Infraestructura para la competitividad regional. Lograr la conectividad regional mediante la construccin, mejoramiento y mantenimiento de proyectos estratgicos de infraestructura de transporte multimodal, de telecomunicaciones y equipamientos, que generen la plataforma requerida para el logro de la competitividad. 4. Crecimiento econmico regional. Mejorar el nivel y la distribucin del ingreso en los habitantes, mediante la identificacin y desarrollo de alternativas estratgicas de intercambio econmico, para contribuir a elevar la calidad de vida regional. 5. Desarrollo institucional y gobernabilidad regional. Lograr la gobernabilidad del Sistema Regional con base en el desarrollo institucional, el fortalecimiento de los procesos de descentralizacin y la actuacin coordinada de los actores sociales bajo el liderazgo del Estado, para alcanzar el desarrollo armnico e integral en todo el territorio. 6. Identidad local y regional. Lograr la integracin de la diversidad regional con base en el conocimiento de las dinmicas territoriales y el fortalecimiento de la organizacin social y cultural, para contribuir al desarrollo humano y la convivencia pacfica.

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CAPTULO 3: POLTICAS GENERALES DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Artculo 28. Las polticas generales del Ordenamiento Territorial estn enmarcadas en los siguientes aspectos. a. La Sostenibilidad ambiental b. Gestin del riesgo. c. El espacio pblico d. La movilidad e. El desarrollo urbano f. El patrimonio histrico - cultural g. El desarrollo de la productividad y la competitividad local Seccin 1: Polticas generales de sostenibilidad ambiental. El modelo territorial propuesto entiende la realidad urbana y medio ambiental de Girn como una totalidad en la que los componentes que lo integran y se conjugan para alcanzar un hbitat acogedor, confortable, humano, urbanamente viable y ambientalmente sostenible. Las polticas generales establecen las directrices para el desarrollo de un Plan Estratgico de Gestin Ambiental para el municipio de Girn, mismo que debe ser una meta a mediano plazo. Este plan estratgico se apoya en los siguientes criterios bsicos de sostenibilidad ambiental. Artculo 29. Polticas de sostenibilidad ambiental. Las polticas de sostenibilidad ambiental estn basadas en los siguientes aspectos: a. Promover la planificacin ecolgica del territorio b. Manejo adecuado de basuras c. Desarrollar empresas productivas, eficientes y ambientalmente sanas d. Manejo adecuado, proteccin y recuperacin ecolgica de los recursos hdricos del municipio e. Garantizar aire limpio para los ciudadanos f. Gestin ambiental responsable Artculo 30. Promover la planificacin ecolgica del territorio. La planificacin ecolgica del territorio debe solucionar la ocupacin racional y ptima del territorio, el uso y aprovechamiento adecuado del suelo y la preservacin de las reas de inters ambiental prioritarias para el Municipio. a. b. c. d. e. f. Determinar las reas que presentan amenazas naturales. Garantizar la proteccin del rea de Reserva Forestal Protectora definida por el DMI de Bucaramanga. Garantizar la proteccin de los ecosistemas de especial importancia ambiental. Fomentar un desarrollo urbano y rural con criterios de sostenibilidad ambiental. Incorporar el componente ambiental en los planes, programas y proyectos de los servicios pblicos. Minimizar los efectos del desarrollo urbano en las reas rurales, previniendo la suburbanizacin y generacin de asentamientos no planificados. g. Desarrollar tursticamente el potencial que representa el ro de Oro para el Municipio. h. Preservar los reductos de bosques y las zonas con vegetacin nativa o silvestre en la actualidad como mecanismo para preservar el recurso hdrico, la biodiversidad de la regin y control a la ampliacin de la frontera agrcola y a los usos urbanos en zonas de montaa y laderas. i. Planificar la recuperacin ecolgica y descontaminacin del ro de Oro, como elemento fundamental en el desarrollo turstico del Municipio. Artculo 31. Manejo adecuado de basuras. El manejo adecuado de basuras implica la clausura tcnica del actual sitio de disposicin final El Carrasco, de conformidad con lo establecido por las Autoridades Ambientales y su posterior adecuacin como zona de Recreacin Pasiva. a. El manejo adecuado de los residuos slidos como poltica general propende por la incorporacin de las basuras en las reas de tratamiento productivo (Industrias procesadoras de residuos slidos y Plantas de Compostaje). b. Generar los programas culturales y educativos para reorientar a la poblacin en el manejo de los desechos.

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c. Realizar un programa que contemple la disminucin de la generacin de basura, la recoleccin y transporte ordenado de la misma promoviendo el reciclaje. d. Implantar severos controles sobre la disposicin de los escombros de materiales de construccin. Artculo 32. Desarrollar empresas productivas, eficientes y ambientalmente sanas. Busca promover el desarrollo de empresas productivas de pequea y mediana escala, empresas que puedan, en funcin de su tamao y organizacin, aportar sus recursos tcnicos, gerenciales y econmicos al desarrollo tanto del sector urbano como del sector rural, sin generar impacto ambiental negativo. a. Manejo integrado del ciclo de vida del producto b. Eficiencia energtica en la productividad c. Mejoramiento en la calidad del producto d. Innovacin tecnolgica en los ciclos y sistemas de produccin Artculo 33. Manejar en forma adecuada los recursos naturales Asegurar calidad y cantidad de agua adecuada para la poblacin actual y futura. a. Toda industria de alto impacto ambiental del Municipio deber entrar en un proceso de reconversin tecnolgica o implementacin de medidas tendientes a mitigar los efectos contaminantes que produce. b. Las zonas industriales debern constituir barreras verdes aislantes de las zonas residenciales. c. Reducir la contaminacin vehicular estableciendo medidas de control de emisin de gases y reestructuracin del sistema de trnsito y transporte en la ciudad. d. Constituir un Sistema de Transporte Masivo para el municipio de Girn, que garantice bajo impacto ambiental y bajos niveles de contaminacin del aire, ya sea por ruidos, olores o gases txicos. e. Las industrias de alto impacto ambiental que se localizan en zonas residenciales, debern ser reubicadas en la zona industrial que posee el Municipio, para lo cual cuentan con un periodo de tiempo igual a la vigencia del POT. f. Establecer restricciones de localizacin de la industria agropecuaria en torno a los Centros Poblados y el Casco Urbano del Municipio. Artculo 34. Garantizar aire limpio para los ciudadanos. La calidad del aire es uno de los temas de mayor importancia y cuidado por sus efectos sobre la salud humana en la ciudad. La industria y los vehculos son las mayores fuentes de contaminacin y sobre ellos se debe empezar a actuar. Las acciones para desarrollar esta poltica son las siguientes: a. Reducir la contaminacin vehicular estableciendo medidas de control y reestructuracin del sistema de trnsito y transporte en la ciudad. b. Constituir un Sistema de Transporte Masivo para el municipio de Girn, que garantice bajo impacto ambiental y bajos niveles de contaminacin del aire, ya sea por ruido, olores o gases txicos. c. Las industrias contaminantes del aire, debern establecer mecanismos de control ambiental para eliminar el impacto que ellas generan. d. Toda nueva industria o empresa deber garantizar que en su funcionamiento no generar contaminacin del aire, agua, etc. e. Establecer una franja de proteccin ambiental entre el sector residencial y la zona industrial. f. Reducir los niveles de contaminacin por ruido tanto en las zonas industriales como en los ejes viales. Artculo 35. Gestin ambiental responsable. El sector privado, la ciudadana y la administracin municipal requieren aunar esfuerzos y encarar sus respectivas responsabilidades ambientales. a. Determinar las responsabilidades en trminos de deberes y derechos que con respecto al medio ambiente tienen tanto el ciudadano comn como el funcionario pblico y las instituciones pblicas y privadas. b. Desarrollar un programa de informacin y conocimiento sobre el medio ambiente, los factores de cambio o destruccin del mismo, las posibles alternativas para su solucin y los beneficios sociales y econmicos que tiene la implementacin de respuestas ambientalmente adecuadas. c. Coordinar las polticas que sobre la materia vienen desarrollando las instituciones nacionales, regionales y locales que tienen incidencia en la ciudad.

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d. Desarrollar una legislacin y una normativa propia y particular para el municipio de Girn, de manera que se oriente la solucin de conflictos urbanos o de desarrollo hacia la poltica de sostenibilidad ambiental que define el modelo territorial. e. Gestionar programas y proyectos tendientes a la recuperacin y descontaminacin del ro de Oro, como elemento fundamental en el desarrollo econmico y ambiental del Municipio. f. Promover programas de educacin ambiental y asesora tcnica a los ciudadanos del Municipio con el fin de realizar un uso racional y sostenible de los recursos naturales. Seccin 2: Polticas generales de espacio pblico. El espacio pblico est orientado a proteger la integridad y la destinacin de los espacios de uso comn, de inters general, donde se asume como una funcin pblica del urbanismo, dando prelacin a la planeacin, construccin, mantenimiento y proteccin del espacio pblico sobre los dems usos del suelo. Las polticas estn orientadas bsicamente a la proteccin y dotacin de los elementos constituyentes de este espacio. Artculo 36. Dotacin del espacio pblico. El espacio pblico debe ser dotado entre otros de los siguientes aspectos y elementos. a. Los bienes de uso pblico, es decir aquellos inmuebles de dominio pblico cuyo uso pertenece a todos los habitantes del territorio nacional, destinados al uso o disfrute colectivo. b. Los elementos arquitectnicos, espaciales y naturales de los inmuebles de propiedad privada que por su naturaleza, uso o afectacin satisfacen necesidades de uso pblico. c. Las reas requeridas para la conformacin del sistema de espacio pblico. Artculo 37. Elementos constitutivos naturales. El espacio pblico debe ser dotado entre otros de los siguientes aspectos y elementos constitutivos naturales. - Recuperacin de las reas para la conservacin y preservacin del sistema orogrfico o de montaas, tales como cerros, montaas, colinas, valles, volcanes y nevados. - Restauracin de las reas para la conservacin y preservacin del sistema hdrico, del cual hacen parte los elementos naturales, relacionados con corrientes de agua, tales como cuencas y microcuencas, manantiales, ros, quebradas, arroyos, playas fluviales, rondas hdricas, cuerpos de agua, playas, cinagas, pantanos, humedales, zonas de manejo y proteccin ambiental. - Constitucin del sistema de parques ecolgicos o ecoparques. Se constituirn estas zonas con componentes de un rea forestal protectora y de un rea de recreacin, para lo cual se adoptar la propuesta de Parques Ecolgicos propuestos por el AMB para el Municipio. Artculo 38. Elementos constitutivos artificiales o construidos. Las polticas estn orientadas a promover la construccin, proteccin y dotacin de: a. reas integrantes de los sistemas de circulacin peatonal y vehicular tales como reas de control ambiental, zonas de mobiliario urbano y sealizacin, crcamos y ductos, tneles peatonales, puentes peatonales, escalinatas, bulevares, alamedas, rampas para discapacitados, andenes, malecones, paseos martimos, camellones, sardineles, cunetas, ciclopistas, ciclovas, estacionamientos, entre otras. b. reas articuladoras del espacio pblico y de encuentro, tales como parques urbanos, zonas de cesin gratuita al Municipio o distrito, plazas, plazoletas, escenarios deportivos; escenarios culturales y de espectculos al aire libre. c. reas para la conservacin y preservacin de las obras de inters pblico y los elementos urbansticos, arquitectnicos, histricos, culturales, recreativos, artsticos, inmuebles individuales, monumentos nacionales, murales, esculturas, fuentes ornamentales y zonas arqueolgicas o accidentes geogrficos, entre otras. d. De igual forma se considera parte integral del perfil vial, los antejardines de propiedad privada. Artculo 39. Elementos complementarios. La ciudad debe ser dotada a su vez de los elementos complementarios como son los componentes de la vegetacin natural y ornamental, elementos para jardines, arborizacin y proteccin del paisaje, tales como vegetacin herbcea o csped, jardines, arbustos, setos o matorrales, rboles o bosques y los componentes del amueblamiento urbano. a. Elementos de comunicacin tales como mapas y planos de localizacin del Municipio y sus inmuebles histricos, y mensajes, telfonos, carteleras locales, mogadores y buzones, entre otros. b. Elementos de organizacin tales como bolardos, paraderos, tope llantas y semforos.

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c. Elementos de ambientacin tales como luminarias peatonales, luminarias vehiculares, protectores de rboles, rejillas de rboles, materas, bancas, relojes, prgolas, parasoles, esculturas y murales. d. Elementos de recreacin tales como juegos para adultos y juegos infantiles. e. Elementos de servicio tales como parqumetros, bicicleteros, surtidores de agua, casetas de ventas, casetas de turismo, muebles de emboladores. f. Elementos de salud e higiene tales como baos pblicos, canecas para reciclar las basuras. g. Elementos de seguridad, tales como barandas, pasamanos, cmaras de televisin para seguridad, cmaras de televisin para el trfico, sirenas y alarmas de emergencia, hidrantes, equipos contra incendios. Artculo 40. Elementos de sealizacin. El espacio pblico debe ser dotado entre otros de los siguientes aspectos y elementos de sealizacin: a. Elementos de nomenclatura domiciliaria y urbana. b. Elementos de sealizacin vial para prevencin, reglamentacin, informacin, marcas y varias. c. Elementos de sealizacin fluvial para prevencin, reglamentacin, informacin, especiales, verticales y horizontales. d. Elementos de sealizacin frrea tales como semforos elctricos, discos con vstago para hincar en la tierra, lmparas, linternas de mano y banderas. e. Elementos de sealizacin area. Seccin 3: Polticas generales de movilidad. El sistema vial es uno de los sistemas estructurantes del territorio, por lo que es fundamental, que como parte del desarrollo urbano exista una estrecha relacin entre la red vial y la estructura urbana existente para as lograr optimizar los movimientos de personas y bienes que se crean y que se movilizan por ella, y as garantizar la integracin municipal. Las polticas estn orientadas a: Artculo 41. Definir la estructura urbana. a. Los sistemas de transporte de una ciudad, pues de stos depende en parte su estructura y ordenamiento, la productividad urbana y la calidad de vida de sus habitantes, este sistema es a su vez determinado por la estructura urbana y estructurador de sta; es un reflejo de la cultura de la ciudad y un resultado de la competitividad econmica de la ciudad. b. La creciente demanda por transporte, sobre todo su concentracin en los mismos ejes, la concentracin de actividades econmicas en el centro de la ciudad de Bucaramanga y el aumento en tiempos de viaje de sus habitantes, con sitios de vivienda cada vez ms lejanos al centro, como el caso de Girn, son factores que generan retos exigentes para Girn y el AMB en los prximos aos. Artculo 42. Funcionalidad Vial. El espacio pblico debe ser dotado entre otros de los siguientes aspectos y elementos de funcionalidad vial. a. La garanta de movilidad eficiente la proporciona el sistema vial y de transporte mejorando la transversalidad del Municipio. b. El modelo exige que exista ejes organizadores y corredores eficaces para la conectividad de la ciudad, tanto en su interior como con su entorno metropolitano. c. El Sistema Vial jerarquiza el tejido urbano y organiza su entorno, respeta el Sistema Ambiental con el que se integra para formar un solo sistema, proporcionando senderos que le sirven a la movilidad ciclopeatonal, garantizando que en todos los sectores haya la posibilidad de realizar paseos, as como desplazarse en vehculos automotores. d. De acuerdo con su funcin, las vas definen el mbito de cobertura que les es propio y las autoridades competentes para su estructuracin, construccin y mantenimiento. e. Las vas deben mantener su funcin desde el inicio; es la nica manera de garantizar que sean eficientes y que exista siempre, una autoridad competente que vele por su mantenimiento. Artculo 43. Clasificacin de las vas de acuerdo a su funcin. Las vas se pueden clasificar de acuerdo a su funcin en:

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a. Nacionales. Son vas con funcin de conexin nacional sobre las que aparecen usos urbanos con alto impacto, tales como: la Autopista Bucaramanga - Girn - Barranca, Chimita - Palenque - Anillo Vial - Troncal Central. Estas vas son de competencia de la Nacin. b. Regionales. Son vas con funciones de conexin interregional sobre las que aparecen usos urbanos, tales como: Va a Zapatoca. Estas vas son de competencia del departamento de Santander. c. Metropolitanas. Corresponden a las vas estructurantes de la ciudad y las de nuevos desarrollos contempladas en el Plan Vial Metropolitano, sobre todo aquellas que tienen que ver con lo que se conoce como las vas metropolitanas primarias, que son vas del sistema regional y/o nacional que articulan con la red vial metropolitana, permitiendo la accesibilidad y conexin funcional con el Departamento y la Nacin. d. Municipales. Son las vas urbanas y rurales. Corresponden a las vas de sector, no estructurales, que facilitan la movilidad, la comunicacin y la penetracin intersectorial. Pertenecen a este grupo las vas naranjas y amarillas. Las vas peatonales corresponden a senderos que cumplen funciones de conexin con el rea rural, paseos ecolgicos asociados a ncleos institucionales o de educacin ambiental y vas para control y vigilancia. Tambin son de competencia del municipio de Girn las vas que trasponen el macizo y llevan a la cima o comunican con sectores y veredas vecinas y que no tienen la importancia de las vas regionales, las cuales deben mantener su carcter de vas pblicas y servir de acceso al sistema de parques del rea rural. Artculo 44. El sistema areo. Las polticas para el desarrollo del sistema areo debern estar enfocadas a: a. Ajustar las especificaciones de la va de acceso al Aeropuerto, Girn Barrancabermeja, mejorando el tiempo de recorrido. b. Restringir las actividades dentro del permetro de aislamiento establecido para el aeropuerto Palonegro segn lo establecido en las normas internacionales y la Aeronutica Civil. c. Analizar nuevas propuestas de acceso al aeropuerto, tal como la planteada por el Telefrico. d. Incluir en la normatividad los contenidos de la gua de usos del suelo en reas aledaas a aeropuertos expedida por la Aeronutica Civil. Artculo 45. El sistema frreo. Las polticas para el desarrollo del sistema frreo debern estar enfocadas a: a. Rehabilitacin del tramo frreo inactivo localizado en la vereda de Bocas, la cual podr hacerse en cualquier tiempo dentro del trmino del contrato de concesin de propiedad de la Empresa Ferrovas, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones que en tal sentido le correspondan para el momento de la reversin. b. Conservacin Histrica de la Antigua Estacin Frrea de Bocas y su rea de influencia para garantizar el manejo adecuado del inmueble y su entorno inmediato, a partir de las normas establecidas por el Consejo de Monumentos Nacionales, el Ministerio de Cultura y el Decreto 746 de 1996 que Declara Monumento Nacional el Conjunto de las Estaciones de Pasajeros del Ferrocarril en Colombia. c. Los terrenos contiguos a la zona de la lnea frrea no podrn ejecutarse a una distancia de menos de veinte (20) m, a partir del eje de la va en obras tales como represas, excavaciones, estanques, explotaciones de cantera, construcciones; igualmente no podrn plantarse arboles a una distancia menor de doce (12) m de la va (Ley 76 del 15 de Noviembre de 1920). Artculo 46. Sistema de transporte Metropolitano. Las polticas en este aspecto estn orientadas a: a. Armonizar el sistema de transporte urbano de Girn con la propuesta metropolitana. b. La creacin de un Sistema de Transporte Masivo cuyos principales componentes sern desde el punto administrativo y de operacin, una nueva configuracin institucional que involucra al sector pblico y privado, constituyendo un Sistema Integrado de Transporte. Seccin 4: Polticas generales de desarrollo urbano. Las polticas para el desarrollo urbano estarn basadas en la Renovacin Urbana, Mejoramiento Integral, Medio ambiente y Urbanismo.

Contrato de Concesin Frrea del ..Tramo Puerto Wilches (Km 0) a Bucaramanga (Km 118) del proceso de Licitacin No. 001 de 1999 de la Red del Atlntico.. en su Clusula 22, prrafo ltimo.

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Artculo 47. Polticas de Mejoramiento Integral. Est orientado a reestructurar la infraestructura bsica, equipamiento, infraestructura de servicios pblicos domiciliarios, accesibilidad, recuperacin ambiental y espacio pblico de los sectores residenciales de desarrollo incompleto, con deterioro o en proceso de legalizacin, incorporados a travs del Modelo Territorial, el cual determina las acciones sobre estos sectores como hechos que garantizarn condiciones de vida urbana digna. Artculo 48. Polticas de Renovacin Urbana. Plantean la realizacin de acciones de recomposicin de las estructuras urbanas deterioradas al igual que promueve actuaciones privadas en sectores localizados sobre la Zona de Manejo del Espacio Pblico para su incorporacin al uso Dotacional y del Espacio pblico el cual ofrece la posibilidad de reedificar algunos sectores de la ciudad para acondicionarlos a los nuevos requerimientos y salvar sus demandas de infraestructura, equipamiento y espacio pblico. Pargrafo: Las acciones a desarrollar en las polticas de Renovacin Urbana son: a. Efectuar actuaciones pblicas que conlleven el desarrollo de proyectos integrales de renovacin urbana que tengan por objeto suplir las carencias de espacio pblico y equipamientos colectivos sobre la Zona de Manejo del Espacio Pblico (10m). Ests zonas harn parte del espacio pblico efectivo, como parte de los 15 m2 por habitantes, densidad a la cual debe propender el municipio. b. Desarrollar actuaciones pblicas en infraestructura y equipamientos para la cualificacin de los sectores que presentan problemas de deterioro. c. Promover las acciones de construccin a travs de mecanismos de gestin asociada de vecinos en sectores deteriorados. d. Motivar la reutilizacin de sectores desarrollados de la ciudad que han perdido su vigencia urbana. Artculo 49. Polticas del medio ambiente y urbanismo. Las acciones de esta poltica estn orientadas a: a. Promover las iniciativas de urbanizacin que incluyan espacios para la produccin, la recreacin, el descanso, la proteccin ambiental y los servicios de manera integral. b. Adoptar mecanismos que faciliten y apoyen la inversin privada en el Municipio para promocionar el establecimiento de pequea y mediana industria y la generacin de procesos productivos ambientalmente limpios. c. Integrar el sistema hdrico y fisiogrfico al sistema de espacio pblico del Municipio, a travs de la conformacin de los parques lineales y parques urbanos, de tal forma que se complemente la proteccin de escarpes, ros, quebradas y caadas con la recreacin, que las rondas faciliten la movilidad y mejoren la calidad de vida y el disfrute del paisaje. Se trata de reconocer y hacer explcito que hay que enriquecer el modelo de urbanismo actual y que ste sea compatible con la defensa, proteccin y conservacin de los recursos naturales. Seccin 5: Polticas generales del Patrimonio Cultural Artculo 50. Definicin de Cultura. La cultura es el cultivo de la razn promovido por el desarrollo de los procesos psicolgicos superiores del ser humano, como resultado de la transformacin educacional, individual y permanente, en su dimensin procesal y, en su dimensin cultural, como producto, es todo esfuerzo intelectual convertido en forma. La cultura debe ser comprendida entonces como ...el conjunto de rasgos distintivos, espirituales, materiales, intelectuales y emocionales que caracterizan a los grupos humanos y que comprende, ms all de las artes y las letras, modos de vida, derechos humanos, sistemas de valores, tradicin y creencias... (Ley 397 de 1997). Subseccin 1: Patrimonio cultural y el Plan de Ordenamiento Territorial. Artculo 51. Patrimonio cultural. El patrimonio cultural, comprende tanto los productos intangibles de la cultura ...los bienes y valores culturales expresin de la nacionalidad colombiana, tales como la tradicin, las costumbres y los hbitos... como aquellos tangibles ...bienes materiales muebles e inmuebles.... La conservacin del patrimonio cultural inmueble es uno de

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los objetivos del Plan de Ordenamiento, pues incluye todos los bienes culturales materiales que tienen presencia en el territorio y que por su condicin deben estar sometidos a un tratamiento diferencial o especial por parte del Estado. El patrimonio cultural de la Nacin ...est constituido por todos los bienes y valores culturales que son expresin de la nacionalidad colombiana, tales como tradicin, las costumbres y los hbitos, as como el conjunto de bienes inmateriales y materiales, muebles e inmuebles, que poseen un especial inters histrico, artstico, esttico, plstico, arquitectnico, urbano, arqueolgico, ambiental, ecolgico, (...) antropolgico y las manifestaciones, los productos y las representaciones de la cultura popular.... Artculo 52. El Patrimonio cultural inmueble. Comprende todos los signos que documentan las actividades y logros de los seres humanos a lo largo del tiempo, est relacionado con la totalidad de las construcciones y debe considerarse dentro del contexto ecolgico mundial. Artculo 53. Los valores del Patrimonio. a. Elemento bsico en la formacin de la cultura nacional, cuando los inmuebles han permitido hacer concretos los aspectos de la historia institucional del pas que la sociedad ha querido resaltar como las bases de construccin de la sociedad. b. El patrimonio cultural inmueble como testimonio de eventos o hechos pasados que forman la base de nuestra nacionalidad y que en las nuevas prcticas, se ha extendido a la formacin de la cultura regional o local, es decir aquellos eventos particulares a cada ciudad que deben considerarse como componentes esenciales de cada territorio. c. Los edificios o espacios urbanos que por su mera supervivencia en el tiempo (su antigedad) se han convertido en documentos irremplazables del pasado sobre el desarrollo de la arquitectura, la tecnologa, la planificacin de las ciudades o la creacin de paisajes en un periodo especfico del desarrollo nacional, tienen un valor histrico al igual que las piezas arqueolgicas, los libros y documentos antiguos. d. Tambin se le ha asignado al patrimonio un valor artstico, que cubre aquellos bienes que constituyen ejemplos de gran factura y que son ejemplos nicos del quehacer humano. Artculo 54. Dimensin del patrimonio cultural en el POT. El patrimonio cultural debe considerar dos aspectos: a. El conjunto de bienes inmuebles que tienen una presencia fsica en el territorio. b. Considerar esta dimensin como parte del contenido estructural del POT. Artculo 55. Estrategias Para proteger el patrimonio cultural. Para proteger es necesario tener y aplicar varias estrategias: a. Proteger, especialmente en el corto plazo, entornos de gran calidad urbanstica y arquitectnica que tienden a ser presas del mercado inmobiliario, para ser destruidos y reemplazados por nuevas construcciones. b. Mejorar las condiciones de habitabilidad de los sectores antiguos en sus condiciones de funcionamiento vial, de servicios pblicos, de equipamientos, de calidad espacial del entorno, etc., para que sigan siendo un lugar de vida urbana, como cualquier otro lugar en la ciudad, pero con un entorno que los ennoblece frente a stos. c. Permitir intervenciones en los inmuebles protegidos de acuerdo a la normatividad establecida por Monumentos Nacionales y el Ministerio de Cultura, para conservar sus caractersticas originales y sus valores patrimoniales principales. d. Identificar y delimitar los lugares, edificios, conjuntos, reas, etc., que conforman el patrimonio y que, por lo tanto, tienen un tratamiento especial diferenciado del resto de la ciudad, que lo somete a reglas que limitan las intervenciones dentro del mercado inmobiliario. e. Integrar de manera adecuada, las zonas de valor patrimonial al desarrollo contemporneo de la ciudad, a las actividades actuales (turismo, representatividad, etc.), sin que sufra menoscabo de sus valores principales. f. Prever las acciones para el mejoramiento de las zonas y reas de valor patrimonial y buscar los incentivos para que los poseedores privados de patrimonio los recuperen y les den un uso acorde a las propuestas del propio POT sin perder sus valores patrimoniales.

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Seccin 6: Polticas sobre el desarrollo de la productividad y la competitividad local. Artculo 56. Elevar la productividad y la competitividad local. a. La ubicacin regional estratgica del municipio de Girn y la definicin de una vocacin econmica para su territorio, exige concebir unas polticas y estrategias que permitan elevar la productividad y la competitividad local y por ende, alcanzar un mayor desarrollo socioeconmico. b. Identificar las potencialidades internas y responder a las exigencias del mercado internacional, a la vez que permita desarrollar y aprovechar el patrimonio histrico - cultural y los recursos paisajsticos para potencializar las actividades tursticas y recreacionales. c. El sector agropecuario del municipio de Girn, debe sustentarse en la existencia de pequeas unidades de produccin destinadas al cultivo de materias primas que luego son procesadas, y de algunos productos para el consumo interno sin mayores relaciones intersectoriales. d. Las actividades agropecuarias pequeas y de economa campesina deben articularse y estimularse con los mercados metropolitanos, siendo necesario entonces fortalecer las relaciones intersectoriales. e. Aprovechar la ubicacin estratgica de Girn en la medida en que potencialice su influencia hacia la frontera colombo-venezolana (Cuenca del Maracaibo con el Pacfico), el Caribe Insular y Centroamrica. f. Aprovechar la cercana a la zona del Magdalena Medio, con la proyeccin que tiene esta zona de convertirse en un polo de desarrollo energtico, petroqumico y agroindustrial. g. Hacer parte del corredor turstico del Departamento (Girn Socorro - San Gil) como Patrimonio Histrico de la Nacin y adems de poseer un potencial turstico por la variedad de sus paisajes; presentando sin lugar a dudas grandes oportunidades para el municipio de Girn. h. Regular y organizar el uso del suelo y las actividades productivas en el territorio con el fin de lograr la proteccin del ambiente, la preservacin y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, para lo cual es necesario hacer cumplir la normatividad existente sobre proteccin y conservacin del recurso hdrico. i. Establecer polticas de estmulo al sector primario. j. Racionalizar la ampliacin de la frontera agrcola. k. Disminuir gradualmente el uso de productos agroqumicos. l. Limitar la importacin de productos agropecuarios que se cultivan en el Municipio en forma sostenible y competitiva y en forma suficiente para atender la demanda local. m. Profundizar el proceso de descentralizacin. n. Consolidar la autonoma territorial. o. Armonizar los niveles de competencia entre la Nacin y las entidades territoriales, dados los principios de coordinacin, concurrencia y subsidiariedad. p. Girn debe unirse al esfuerzo conjunto por redireccionar el desarrollo regional y crear una concepcin de desarrollo regional que involucre al Patrimonio Histrico y Turstico como una industria bsica para la regin. q. Estos factores le otorgan a este sector una gran potencialidad para el progreso regional, complementndolo con el que el ecoturismo se convierta en una alternativa para la articulacin del patrimonio ambiental, su explotacin econmica y su preservacin, mediante su asignacin como uso compatible. r. Fomentar la inversin interna y la capacitacin especializada del recurso humano, seleccionar sectores econmicos y de servicios, para conseguir una mayor competitividad endgena a partir del desarrollo cientfico y tecnolgico. s. Localizacin de centros de investigacin e innovacin en sectores como la educacin, salud, innovacin tecnolgica, produccin informtica para lo que se requiere la incubacin y el desarrollo de empresas especializadas. t. Generar ventajas competitivas y participar del nuevo modelo exportador, sin descuidar la base productiva existente, la cual gira alrededor de la pequea y mediana industria, del sector avcola rea rural -. u. El Plan para el desarrollo de la productividad y la competitividad local deber partir de la base del fortalecimiento de relaciones entre el sector industrial y el agropecuario para establecer cadenas agroindustriales, con el fin de competir con calidad, redefinir y fortalecer la vocacin econmica de Girn, mejorar la calidad de vida de la comunidad en general y establecer un equilibrio armnico entre el hombre y el medio ambiente, liderado por un modelo de gestin fortalecido por la relacin Gobierno comunidad sector productivo.

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Seccin 7: Acciones Generales. Artculo 57. Acciones Generales. a. Para el desarrollo de las polticas es necesario implementar acciones generales durante la vigencia del POT, con carcter permanente, las cuales tienen que ver con la sostenibilidad ambiental, el desarrollo econmico, la conservacin histrico cultural, la prestacin de los servicios sociales bsicos, la infraestructura de movilidad y transporte, los servicios pblicos domiciliarios y la vivienda, entre otras: b. Controlar la contaminacin producida por los asentamientos humanos y la que se genere como resultado de los procesos productivos. c. Controlar los procesos de deforestacin y mantener los reductos de bosques y las zonas con vegetacin nativa o silvestre como mecanismo para preservar la biodiversidad de la regin. d. Controlar la expansin de la frontera agrcola sobre los ecosistemas estratgicos y establecer programas de produccin ambientalmente sostenibles. e. Difundir la experiencia desarrollada en el rea Metropolitana por parte de la Corporacin Autnoma en el manejo y recuperacin de la escarpa y complementarla para la creacin de los Parques Ecolgicos Metropolitanos. f. Promover la formulacin de proyectos y macroproyectos de infraestructura de equipamientos bsicos y de ampliacin de coberturas de servicios sociales y servicios pblicos domiciliarios. g. Garantizar el acceso a los progra