proyecto de ley 15171-ley de salario escolar-la gaceta n. 120-24 jun-2003

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  • 8/16/2019 Proyecto de Ley 15171-Ley de Salario Escolar-La Gaceta n. 120-24 JUN-2003

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    La Gaceta n. 120 24 JUN-2003

    PROYECTOS Nº 15171

    LEY DE SALARIO ESCOLAR 

    Asa!"ea Le#$s"at$%a&

     Nuestro país se ha caracterizado por sus atinadas decisiones en el transcurso de

    su historia política. De tal manera, nuestros mandatarios escoieron el papel ! l"piz en

    #ez de ca$ones ! %usiles, como las #erdaderas herramientas para com&atir la in'usticia !

    la desiualdad social.

    Costa Rica se con#ierte en el primer país latinoamericano en esta&lecer la

    educaci(n ratuita ! o&liatoria durante el mandato del e)presidente *es+s *imnez

    -amora.1

     osteriormente, la sociedad costarricense ha sido pri#ileiada con ser#idores p+&licos /ue le &rindaron un luar pri#ileiado a la educaci(n, dentro de sus distintas

     políticas de o&ierno.

    Sin em&aro, la realidad #iente nos demuestra /ue las medidas adoptadas en el

     pasado, son insu%icientes para aseurar el #erdadero acceso a la educaci(n. De tal

    manera, el costo de los materiales &"sicos /ue se re/uieren para tomar un curso lecti#o,

    solo pueden ser su%raados a cam&io de importantes sacri%icios personales /ue

    repercuten en la calidad de #ida de los costarricenses.La situaci(n se ara#a si la responsa&ilidad econ(mica del hoar est" a caro

    solo de la mu'er. Los +ltimos in%ormes de las Naciones 0nidas se$alan /ue la po&reza

    aumenta, ! /ue en Latinoamrica, uno de cada cinco hoares tienen como 'e%a a una

    mu'er.1

     Nuestro país cuenta con un ordenamiento 'urídico /ue contiene un con'unto de

    arantías, /ue proteen al tra&a'ador tanto en el Sector +&lico como en el sector 

     pri#ado.

    ese a lo anterior, la realidad #iente nos con%irma el hecho de /ue la clase

    asalariada costarricense, se est" en%rentando a uno de sus ma!ores retos. La in%laci(n !

    la de#aluaci(n del col(n hacen /ue el costo de la #ida se encarezca ! los salarios

     pierdan poder ad/uisiti#o. La hist(rica crisis econ(mica mundial, así como las

    insu%icientes políticas de esta&ilizaci(n econ(mica, son s(lo alunos de los %actores /ue

    repercuten en la calidad actual de #ida de las %amilias costarricenses.

    En #irtud de lo anterior, los leisladores de&emos responder a este nue#o reto

    /ue a%rontan tanto la educaci(n, así como la clase tra&a'adora costarricense.

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    Esta iniciati#a leislati#a tiene como o&'eti#o proteer la educaci(n de acuerdo

    con lo esta&lecido en nuestra Carta 2ana ! en la Con#enci(n de los Derechos del

     Ni$o, así como %ortalecer al sector la&oral nacional, tanto p+&lico como pri#ado, para

    impedir las condiciones /ue en aluna %orma menosca&en la dinidad del ser humano.

    2ientras la Constituci(n olítica indica di%erentes medidas adoptadas por el

    Estado para arantizar la educaci(n a todos los costarricenses, la Con#enci(n de los

    Derechos del Ni$o rati%icada por nuestro país, esta&lece /ue los Estados parte adoptar"n

    cuantas medidas sean adecuadas para #elar por una disciplina escolar /ue se administre

    de modo compati&le con la dinidad humana del ni$o.

    En este conte)to, el salario escolar se esta&leci( #ía Decreto, tanto para el Sector 

    +&lico como para el Sector ri#ado, con el %in de %ormalizar este a'uste salarial !

    otorarle el rano de le!.

    Este pro!ecto de le!, homoloa las condiciones de los tra&a'adores del sector 

     pri#ado con las de los ser#idores del sector p+&lico, con el %in de /ue los tra&a'adores

    del sector pri#ado reci&an en la primera /uincena de enero el salario escolar, para /ue

    no /uede al con#enio de las partes como est" esta&lecido en la actualidad, pre#iniendo

    de esta manera /ue los tra&a'adores del sector pri#ado contin+en en una posici(n de

    des#enta'a con respecto a sus patronos.

    1 La rensa Li&re3 Suplemento Educati#o, 456576578 ". 4.

    2 CORRALES 9OLA:OS, *OS; 2I.5>7, Asam&lea Leislati#a de la Rep+&lica de

    Costa Rica, San *os, 1557, ". 4.

    or +ltimo, con esta iniciati#a se &rinda la oportunidad a los adultos /ue /uieran

    estudiar, para /ue puedan desarrollarse a ni#el intelectual, social ! econ(mico.

    or todo lo anterior, presentamos a consideraci(n de las se$oras ! los se$ores

    diputados el presente pro!ecto de le!.LA ASA29LEA LE

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    Artículo 1=BEl salario escolar se esta&lece como un a'uste salarial al aumento

    de salarios por costo de #ida otorado a partir del 4= de 'ulio de 4, /ue se acumula en

    %orma anual, consistente en un porcenta'e calculado so&re el salario nominal de cada

    tra&a'ador.

    Artículo 7=BCuando se trate de tra&a'adores cu!o contrato de tra&a'o no ha!a

    cumplido un a$o de #iencia por cual/uier causa, siempre /ue ha!an prestado sus

    ser#icios por un tiempo no menor de un mes, tendr"n derecho a /ue se les paue una

     parte proporcional del salario escolar de acuerdo con el tiempo ser#ido.

    Artículo =BEl salario escolar ser" entreado al tra&a'ador dentro de los /uince

     primeros días del mes de enero ! su importe ozar" de las protecciones esta&lecidas en

    la leislaci(n la&oral.

    Artículo >=BLa o&liaci(n esta&lecida en esta Le! se tendr" por incorporada a

    todo contrato indi#idual o colecti#o de tra&a'o ! su incumplimiento se considerar", para

    todos los e%ectos leales, como una retenci(n inde&ida del salario ! una %alta ra#e del

     patrono a las o&liaciones /ue a/uellos le imponen. Las %altas ser"n sancionadas

    adem"s con las multas esta&lecidas en el artículo 4 del C(dio de ?ra&a'o. El

    conocimiento de estas in%racciones corresponder" a los 'uzados de tra&a'o.

    Artículo =BLa aplicaci(n de esta Le! no implica renuncia del tra&a'ador ni

    a&andono del patrono de con#enios pree)istentes m"s %a#ora&les al primero, relati#os al

     pao de sumas ma!ores por concepto del salario escolar.

    Artículo F=BEsta Le! es de orden p+&lico ! se aplicar" desde su pu&licaci(n.

    ?ransitorio +nico.Bara el sector pri#ado, la aplicaci(n de esta Le! se har" de la

    siuiente %orma8

    4G En el primer a$o de #iencia de esta Le!, se limitar" el pao del salario escolar 

    en un cuarenta por ciento H5G del mismo.

    1G En el seundo a$o de #iencia de esta Le!, se limitar" el pao del a'uste salarial

    en un ochenta por ciento HJ5G del mismo.

    7G A partir del tercer a$o, para el pao del salario escolar, no se tomar" en cuenta

    ninuna de las limitaciones esta&lecidas en los puntos inmediatos anteriores.

    Carlos A#enda$o Cal#o, Diputado.

     NO?A8 Este pro!ecto pas( a estudio e in%orme de la Comisi(n ermanente de

    Asuntos Sociales.

    San *os, 15 de marzo del 1557.B4 #ez.BCK7755.BH4J71G.