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PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL ESCUELA “ESTRELLA DEL SUR” POZO
ALMONTE
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Índice ANTECEDENTES GENERALES ..............................................................................................................6
DATOS DE LA ESCUELA ...................................................................................................................6
PRESENTACIÓN...............................................................................................................................7
RESEÑA HISTÓRICA.........................................................................................................................8
ANTECEDENTES DEL ENTORNO ......................................................................................................8
IDEARIO ............................................................................................................................................10
SELLOS EDUCATIVOS ....................................................................................................................10
SANA CONVIVENCIA Y BUEN TRATO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. ....................................10
VALORACIÓN DEL ENTORNO NATURAL Y CULTURAL. ..............................................................10
DIVERSIDAD PARA EL APRENDIZAJE INTEGRAL DE TODA LA COMUNIDAD EDUCATIVA. ..........11
VISIÓN ..........................................................................................................................................11
MISIÓN .........................................................................................................................................11
DEFINICIONES Y SENTIDOS INSTITUCIONALES .................................................................................12
PRINCIPIOS Y ENFOQUES EDUCATIVOS ........................................................................................12
VALORES .......................................................................................................................................13
PERFILES DE COMPETENCIA .............................................................................................................14
EQUIPO DIRECTIVO ......................................................................................................................14
DIRECTOR/A .............................................................................................................................14
INSPECTOR/A GENERAL ............................................................................................................15
APOYO A INSPECTORÍA.............................................................................................................16
ENCARGADO/A EXTRAESCOLAR ...............................................................................................16
JEFE/A DE UNIDAD TÉCNICA PEDAGÓGICA (UTP) ....................................................................17
COORDINADOR/A PEDAGÓGICO ..............................................................................................17
COORDINADOR/A DE CONVIVENCIA ESCOLAR .........................................................................18
COORDINADOR/A PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR (PIE) ............................................18
PROFESIONALES ...........................................................................................................................19
DOCENTE Y EDUCADOR/A DE PARVULOS .................................................................................19
DOCENTE DIFERENCIAL ............................................................................................................19
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KINESIOLOGO/A .......................................................................................................................20
FONOAUDIOLOGO/A ................................................................................................................20
PSICOPEDAGOGO/A .................................................................................................................20
PSICÓLOGO/A (PIE) ..................................................................................................................21
PSICÓLOGO/A (CONVES) ..........................................................................................................21
TRABAJADOR/A SOCIAL ............................................................................................................21
APOYO INFORMÁTICO ..............................................................................................................22
ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN ....................................................................................................23
TÉCNICO EN PÁRVULOS ............................................................................................................23
TENS .........................................................................................................................................23
SECRETARIA/O ..........................................................................................................................23
ASISTENTE DE AULA .................................................................................................................24
TUTOR/A ..................................................................................................................................24
PORTERO/A ..............................................................................................................................25
INSPECTOR/A DE PATIO ............................................................................................................25
AUXILIAR DE SERVICIOS MENORES DE ASEO Y SERVICIOS MENORES DE MANTENIMIENTO....25
ESTUDIANTE .................................................................................................................................26
APODERADO .................................................................................................................................26
PROYECCIONES DEL PEI ....................................................................................................................28
SEGUIMIENTO ..............................................................................................................................28
METAS ..............................................................................................................................................29
GESTIÓN PEDAGÓGICA. ................................................................................................................29
LIDERAZGO ...................................................................................................................................30
CONVIVENCIA ESCOLAR ...............................................................................................................31
ÁMBITOS EDUCATIVOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR:................................................................32
GESTIÓN DE RECURSOS ................................................................................................................33
AREA DE RESULTADOS..................................................................................................................34
ANEXO 1: REGLAMENTO CONSEJO DE PROFESORES ........................................................................36
I. ORIENTACIONES ....................................................................................................................37
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II. PARTICIPACIÓN.....................................................................................................................37
III. ORGANIZACIÓN ...................................................................................................................38
IV. FUNCIONES .........................................................................................................................39
V. VIGENCIA ..............................................................................................................................40
ANEXO 2: REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO Y PLA DE TRABAJO DE CENTRO DE ESTUDIANTES 41
PRESENTACIÓN .........................................................................................................................42
TÍTULO I DE LA DIRECTIVA Y LOS CARGOS ................................................................................43
TÍTULO II DE LAS FUNCIONES Y ATRIBUTOS DE LOS INTEGRANTES DE LA DIRECTIVA ..............43
TÍTULO III DE LAS NORMAS COMUNES A LA DIRECTIVA ...........................................................45
TITULO IV REQUISITOS DE POSTULACION ................................................................................46
TITULO V ELECCIONES DEL CENTRO DE ESTUDIANTES. ............................................................47
TÍTULO VI DE LAS SANCIONES Y EXPULSIÓN DE ESTUDIANTES DEL CENTRO DE ESTUDIANTES.
.................................................................................................................................................48
TÍTULO VII DE LAS REUNIONES DE LA DIRECTIVA .....................................................................48
PLAN DE TRABAJO 2019 ...............................................................................................................49
ANEXO 3: REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR ........................50
PRESENTACIÓN .........................................................................................................................51
TITULO I DEL CONSEJO .............................................................................................................52
TITULO II DE LAS SESIONES .......................................................................................................52
TITULO III DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO ............................................................................53
TITULO IV DEL SECRETARIO GENERAL ......................................................................................53
TITULO V DE LAS ACTAS............................................................................................................53
TITULO VI DE LA COMUNICACIÓN ............................................................................................53
TITULO VII DE LOS ACUERDOS ..................................................................................................54
TITULO VIII DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS ............................................................54
TITULO IX DE LAS ACTAS ...........................................................................................................54
ANEXO 4: REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CENTRO GENERAL DE
PADRES Y APODERADOS ..................................................................................................................55
PRESENTACIÓN .........................................................................................................................56
TITULO I DE LAS NORMAS GENERALES .....................................................................................57
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TITULO II DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO ............................................................57
TÍTULO III DE LA ASAMBLEA GENERAL .....................................................................................59
ASAMBLEA DE SUB-CENTROS DE PADRES Y APODERADOS ......................................................60
ASAMBLEA DE CURSOS DE PADRES Y APODERADOS ................................................................61
DIRECTORIO DEL CENTRO DE PADRES Y APODERADOS ............................................................63
TITULO V DE LOS CARGOS ........................................................................................................66
TÍTULO VI DEL PATRIMONIO SOCIAL ........................................................................................69
TITULO VII DE LAS SANCIONES .................................................................................................70
TITULO VIII DE LA COMISIÓN REVISORA DE CUENTAS..............................................................70
TITULO IX DE LA REFORMA DEL REGLAMENTO Y DE LA DISOLUCIÓN DEL CENTRO GENERAL .71
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ANTECEDENTES GENERALES
DATOS DE LA ESCUELA
Dirección Calle Estación # 551
Comuna Pozo Almonte
Provincia Del Tamarugal
Región Tarapacá
Teléfono
RBD 12617-9
Dependencia Municipal
Área Educación
Nivel de Enseñanza Pre-básica y Básica
Matrícula 921
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PRESENTACIÓN
La escuela "Estrella del Sur” es de dependencia municipal, ubicada en el sur
poniente de la comuna, atiende a una población de 921 estudiantes, repartidos en
28 cursos de Educación Parvularia a Octavo Año. Tiene un alto índice de
vulnerabilidad el cual asciende a un 85,38%, atiende a 171 estudiantes que
pertenecen a PIE y en la medición SIMCE 2017 ha experimentado un repunte de
5% en los IDPS logrando llegar a un 85% de logros.
El 33% de la población estudiantil es de ascendencia aymara razón por la cual se
imparte como lo dicta la normativa del MINEDUC 4 horas de clases de lengua
materna de la etnia mencionada.
Nuestra institución ha experimentado un gran crecimiento estudiantil lo que ha
traído como consecuencia tener que ampliar la construcción del establecimiento
dotándolo de un nuevo pabellón con salas modulares para acoger y atender
adecuadamente a los educandos que han optado por nuestro Proyecto Educativo
En la actualidad se trabaja arduamente para lograr calidad académica, para lo cual
cuenta con laboratorio de idiomas, de ciencias, enlaces, BIBLIOCRA, estructura que
complementa la labor docente para ir consolidando las áreas de trabajo que
permitirán paulatinamente ir generando mejores aprendizajes.
El propósito final es ubicar a los estudiantes en niveles Elemental y Adecuado
propuestos en los estándares de aprendizaje planteados por el Ministerio de
educación, en los próximos ciclos de mejora basado en el trabajo colaborativo,
desarrollo entre pares y centrado en lo pedagógico.
El Protocolo de Atención a Estudiantes con Necesidades Educativas Especiales,
tanto de carácter transitorio como permanente es otro de los focos de atención
prioritaria en la escuela, para lo cual se implementan estrategias y procedimientos
y se entregan los medios y recursos necesarios para el logro de aprendizaje de
nuestros estudiantes, con un enfoque integrador en comunidad escolar.
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La escuela "Estrella del Sur" aspira a convertirse en un centro educativo en donde
sus estudiantes reciban educación de calidad para formarse como personas
integrales, con posibilidades de acceder al bienestar cultural y social y así poder
enfrentar los desafíos futuros, principios declarados en nuestra Misión.
RESEÑA HISTÓRICA
La Escuela “Estrella del Sur” se funda 4 de abril del año 2000, como anexo de la
Escuela Básica Pozo Almonte. Situada en la parte sur de la comuna, su creación
surge de la necesidad de dar respuesta al crecimiento poblacional de ese sector,
por la construcción de la Villa 2000 y Santa Ana.
En sus comienzos funcionó con 2 cursos por nivel de Educación Parvularia a
Octavo, con 8 salas por lo cual los estudiantes debían asistir en media jornada.
Entre los años 2007 y 2008, se produce un aumento de matrícula, y cuatro cursos
deben funcionar en salas- conteiner. El año 2012 se construye la segunda etapa
con nuevas dependencias que albergan 9 cursos y una sala para profesores.
En la actualidad por el creciente aumento de matrícula, (la cual asciende a 921
estudiantes), cuenta con 8 nuevas salas modulares entregadas en mayo del 2018,
las cuales cubren las necesidades de atención de la población estudiantil.
El nombre "Estrella del Sur" se inspira en el astro que aparece en el punto cardinal
austral del pueblo, y que ilumina no sólo de luz sino también de esperanza en la
formación de los hombres y mujeres del futuro que acuden a sus aulas en el
presente.
ANTECEDENTES DEL ENTORNO
Las tomas de terreno del sector sur del Pozo Almonte, se van transformando con el
tiempo en poblaciones vastamente habitadas, y dan origen a la Villa 2000, Villa
Milenio, y Las Quintas (sector de plantaciones de flores y hortalizas). Esto sobre
lleva a que una nueva dotación de ciudadanos se sume y arraigue en la comunidad
pozo almontina, la mayoría de ascendencia aymara.
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Se suma además la población flotante de empresas constructoras que emplea a
trabajadores para faenas, principalmente mineras y los inmigrantes que llegan a la
comuna en busca de mejores expectativas de vida, los que en su mayoría son de
origen boliviano y peruano.
Lo anterior trae como consecuencia un inminente crecimiento de la población
estudiantil que acude a solicitar admisión a la escuela más cercana, en este caso
“Estrella del Sur”.
Reiterando que el IVE es de un 85,38% es que a los estudiantes se entrega
beneficio de alimentación, atención dental, de oftalmología y otorrinolaringología, y
asistencialidad de JUNAEB.
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IDEARIO
SELLOS EDUCATIVOS
DESARROLLO DE HABILIDADES POR MEDIO DE LA EXPLORACIÓN EN EL ÁREA ARTÍSTICA,
DEPORTIVA, CULTURA Y CIENTÍFICA-TECNOLÓGICA.
Según lo declarado en nuestra Misión- Visión, es importante desarrollar habilidades
en nuestros estudiantes, para ello se pondrán en práctica estrategias que apunten
al desarrollo de destrezas para aprender, es decir captar y procesar información,
guardarla en la memoria y utilizarla para razonar y resolver problemas. El
aprendizaje por tanto recurrirá al lograr que los estudiantes aprendan
Conocimientos, Habilidades y Actitudes (CHA) en forma gradual, diversificando
estrategias, consolidando habilidades TIC para el aprendizaje, habilidades sociales,
habilidades para expresar y reconocer emociones.
SANA CONVIVENCIA Y BUEN TRATO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
Nuestra escuela quiere establecer relaciones sociales y humanas de calidad,
fundadas en la tolerancia y el respeto a los demás, generando así un buen trato que
se refleje en la debida escucha, reconocidos y comprendidos por nuestros
semejantes, y valorados en lo que somos o podemos llegar a ser.
VALORACIÓN DEL ENTORNO NATURAL Y CULTURAL.
Relevamos la importancia de desarrollar en los estudiantes y comunidad educativa,
competencias cognitivas afectivas y sociales, para interactuar con y en su entorno
natural y cultural, cuidándolo respetándolo y aprendiendo a valorarlo y disfrutarlo,
con el objetivo de contribuir con ciudadanos conscientes.
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DIVERSIDAD PARA EL APRENDIZAJE INTEGRAL DE TODA LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
En la actualidad la diversidad se debe entender como la capacidad para
comprender, aceptar e integrar aquello que se aleja a mi propia normalidad, es por
eso que se requiere una visión amplia que permita gestionar en nuestros
estudiantes el desarrollo de sus propios aprendizajes, de acuerdo a sus
particularidades en el más amplio de los sentidos, con esto garantizamos la
existencia de una flexibilidad y adaptabilidad necesaria en una sociedad de
permanente cambio.
VISIÓN
La Escuela Básica Estrella del Sur, quiere posicionarse como un centro educacional
que sustenta su quehacer en el respeto a la diversidad y la sana convivencia,
potenciando las habilidades cognitivas y competencias individuales, formando
personas integrales en lo cultural, artístico, científico tecnológico y/o deportivo, que
les permitirá un desarrollo integral para enfrentar los desafíos futuros.
MISIÓN
“La Escuela Básica Estrella del Sur entrega educación integral de NT1 a Octavo
Básico, a estudiantes de la Provincia del Tamarugal, fomentando la sana
convivencia en un ambiente de actitud inclusiva, potenciando el desarrollo de
habilidades y adquisición de conocimientos para generar competencias en las áreas
científica tecnológica, deportiva, artística y socio-cultural, respetando la diversidad,
formando personas que valoren su entorno, con identidad cultural y desarrollando
herramientas que contribuyan a la continuidad de sus estudios.
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DEFINICIONES Y SENTIDOS INSTITUCIONALES
PRINCIPIOS Y ENFOQUES EDUCATIVOS
Nuestro PEI está enfocado en lograr aprendizajes de calidad, para ello se diseñan
estrategias para estimular el desarrollo de habilidades de orden superior en los
estudiantes y lograr la movilidad de menor desempeño a un nivel elemental o
superior.
Teniendo en cuenta estas premisas es que el equipo de gestión y técnico
pedagógico se enfoca en la tarea de consolidar el acompañamiento docente
fortaleciendo la retroalimentación, potenciando el trabajo colaborativo y la reflexión
entre pares como uno de los ejes centrales del proceso, garantizando la permanente
mirada de lo que ocurre en el aula y con los estudiantes.
Se espera que en el nuevo ciclo de mejora 2019 - 2022 el avance en el desarrollo
de habilidades cognitivas de orden superior en los estudiantes sea significativo. Se
compartirán experiencias, conocimientos y habilidades entre docentes a través del
diálogo pedagógico para construir una visión compartida de la cultura escolar. El
desafío es instalar en el quehacer pedagógico, clases colaborativas, diversificación
de estrategias pedagógicas, conocer estrategias del equipo PIE y fortalecer la co-
docencia y la co- enseñanza.
Se podrán los énfasis necesarios para cumplir con la premisa de que “todos los
estudiantes aprenden”.
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VALORES
Respeto: Es aceptar a la otra persona y no pretender cambiarla, no juzgarla por sus
pensamientos.
Diversidad: Comprender y aceptar las diferencias en el más amplio sentido, como
parte esencial de la riqueza humana.
Honestidad: Valor moral apoyado en la verdad y la justicia, fundamental para
entablar relaciones interpersonales basadas en la confianza, la sinceridad y el
respeto mutuo.
Empatía: Capacidad de percibir, compartir y comprender lo que otro puede sentir,
favorece las relaciones interpersonales basadas en la tolerancia y favorece el
compañerismo y la solidaridad.
Disciplina: Es la templanza de una persona basada en la convicción de que el
trabajo, la regularidad y perseverancia, son el camino para desarrollarse en
cualquier ámbito.
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PERFILES DE COMPETENCIA
EQUIPO DIRECTIVO
DIRECTOR/A
El Director(a) de la escuela debe ser un profesional capaz de liderar los procesos y
desafíos que exigen los procesos educativos actuales, entre ellos están definir y
difundir el PEI y la Planificación Estratégica del Establecimiento, liderar los procesos
de gestión pedagógica, proveer de apoyo técnico a docentes. monitorear la
implementación curricular, las prácticas pedagógicas y la evaluación de los logros
del aprendizaje, de manera de mantener el foco en los procesos de enseñanza
aprendizaje, además de promover el trabajo colaborativo de y entre los docentes y
el equipo directivo.
El Director(a) debe gestionar la convivencia y la participación de la comunidad
escolar, propiciar un clima de trabajo que favorezca las relaciones humanas con el
fin de generar un clima escolar basado en relaciones de confianza y respeto, la
habilidad de comunicarse de manera efectiva, abierta, clara y congruente.
El director debe promover y modelar activamente una cultura escolar inclusiva,
equitativa y de altas expectativas sobre los logros de aprendizaje de los estudiantes
y desempeño de todos los miembros del establecimiento.
Debe tener capacidad de generar condiciones institucionales que permitan realizar
en forma adecuada los procesos de selección, evaluación y desarrollo del personal
del establecimiento, establecer condiciones de trabajo que permitan a los docentes
y asistentes de la educación desarrollar todas sus motivaciones y capacidades,
gestionando los recursos de forma eficaz, con el fin de potenciar las condiciones de
calidad de vida dentro del establecimiento, el director debe hacer frente a
situaciones complejas resolviendo conflictos con estrategia, método y decisión.
Ser capaz de organizar los recursos físicos y financieros y apoyar el logro de las
metas y prioridades del establecimiento asegurando que la administración y control
financiero sean efectivos y faciliten la mejora de los resultados del establecimiento.
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Debe ser un líder que muestre empatía frente a sus dirigidos, rigurosidad y disciplina
en su trabajo y un trato afable y respetuoso hacia sus dirigidos.
INSPECTOR/A GENERAL
El Inspector general es la persona que tiene la capacidad de influir en la cultura del
establecimiento actuando en forma coherente tanto con los valores del Proyecto
Educativo Institucional, como con los principios éticos de la profesión docente.
Es responsable y se compromete con el cumplimiento de las tareas encomendadas.
Es capaz de generar relaciones interpersonales que promuevan un ambiente de
trabajo cordial, colaborativo y cooperativo.
Es asertivo para expresarse eficazmente. Su comunicación persuasiva incide
directamente en la disciplina y orden del estudiantado. Es capaz de adaptar el nivel
comunicativo a las diferentes edades de sus interlocutores. Es un canal de
comunicación válido entre el director (a) y los profesores y estudiantes.
Es capaz de poner en práctica un sistema de control del comportamiento que
permita promover un buen clima de convivencia escolar, desde una perspectiva
operativa
Puede manejar situaciones riesgosas (Control de riegos y manejo de accidentes) y
anticiparse a situaciones que conlleven riesgo de accidentes y/o conflictos en el
estudiantado, ocurrencia de accidentes. Aplica un correcto criterio al momento de
intervenir en la resolución de conflictos.
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APOYO A INSPECTORÍA
Quienes cumplan labores de apoyo a inspectoría, deben cautelar en todo momento
actuar en forma coherente tanto con los valores del Proyecto Educativo Institucional,
como con los principios éticos de la profesión docente.
Es responsable y se compromete con el cumplimiento de las tareas encomendadas.
Es capaz de generar relaciones interpersonales que promuevan un ambiente de
trabajo cordial, colaborativo y cooperativo.
Es capaz de poner en práctica un sistema de control del comportamiento que
permita promover un buen clima de convivencia escolar, desde una perspectiva
operativa
Puede manejar situaciones riesgosas (Control de riegos y manejo de accidentes) y
anticiparse a situaciones que conlleven riesgo de accidentes y/o conflictos,
ocurrencia de accidentes. Aplica un correcto criterio al momento de intervenir en la
resolución de conflictos.
ENCARGADO/A EXTRAESCOLAR
Cumple el rol contribuir al desarrollo integral del proceso educativo mediante la
asesoría y acompañamiento en materias de educación extraescolar, ya sea a través
del diseño y ejecución de programas, proyectos y/o la incorporación de este ámbito
en la formación de los estudiantes.
Motiva, sensibiliza y acompaña a la comunidad educativa, en torno al área de
Educación Extra-escolar en la elaboración y ejecución de proyectos, coordinando
los distintos recursos existentes para ello.
Elabora, propone y coordina programas y proyectos en torno a las necesidades del
área, previamente diagnosticadas, a fin de gestionar recursos tanto propio, como
adicionales, mediante la postulación a distintos fondos concursables.
Gestiona alianzas estratégicas con instituciones afines con el objetivo de desarrollar
actividades que contribuyan al fortalecimiento de la Educación Extraescolar.
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Cumple con otras tareas que le asigne el Jefe y/o el Director para el mejor logro de
los objetivos de acuerdo a la naturaleza de sus funciones.
JEFE/A DE UNIDAD TÉCNICA PEDAGÓGICA (UTP)
El (la) jefe de UTP, es el profesional que lidera junto al director(a) el proceso
académico del establecimiento, enfrentando los desafíos que demandan los
actuales procesos, educativos, debe ejercer un liderazgo con foco pedagógico, y
demostrar capacidad para organizar las actividades técnico-pedagógicas,
determinando objetivos y metas claras alineadas con las de la institución.
El jefe(a) técnico, debe tener competencias para brindar apoyo técnico e interactuar
con los Coordinadores y movilizar a los profesores en el proceso de aprender a
mejorar su práctica la cual debe estar vinculada a los objetivos del proceso técnico
pedagógico del Establecimiento
Debe ser capaz de organizar los recursos didácticos y asignarles el uso adecuado,
implementando sistemas y procedimientos tendientes a mejorar el desempeño y los
procesos de aprendizaje.
COORDINADOR/A PEDAGÓGICO
El Coordinador Pedagógico es quien acompaña y orienta a los maestros para
fortalecer el desempeño del docente y mejorar su práctica en el aula, es el docente
que por su trayectoria está validado para ejercer liderazgo educativo de gestión
junto al equipo pedagógico, acompaña, retroalimenta, promueve el diálogo y la
reflexión entre pares para mejorar la práctica individual y colectiva, motiva a los
docentes y reconoce sus logros comparte sus conocimiento, es empático,
responsable, disciplinado en su trabajo vive y promueve los principios declarados
en el Proyecto Educativo Institucional, para lograr avances y mejoras en el
aprendizaje de los estudiantes.
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COORDINADOR/A DE CONVIVENCIA ESCOLAR
El Coordinador de Convivencia es el profesional cuya responsabilidad se centra en
la mantención de climas propicios para el aprendizaje, es una persona que genera
actitudes de escucha, respeto y tolerancia, acompaña constantemente en la
resolución de conflictos, crea conciencia en los estudiantes, docentes asistentes y
padres de familia, los valores institucionales. Es empático (a), respetuoso (a) y vela
además por el manejo de estrategias adecuadas para lograr mejores aprendizajes
en los estudiantes.
Es un profesional que maneja competencias para articular las acciones de
convivencia con el currículo para desarrollar en forma natural y sistemática las
habilidades sociales afectivas y cognitivas en los estudiantes y comunidad escolar.
COORDINADOR/A PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR (PIE)
El Coordinador(a) PIE es el profesional que deberá velar porque la normativa vigente
(Decreto Nº170/2009, Decreto Nº83/2015, Ley de Inclusión, Ley 20.422, entre otras) se
cumpla dentro del establecimiento educacional en el cual se desempeña, favoreciendo un
clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar
integralmente a los estudiantes a través de la implementación de estrategias que favorezca
la equidad de oportunidades en todos los estudiantes y erradique las barreras del
establecimiento.
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PROFESIONALES
DOCENTE Y EDUCADOR/A DE PARVULOS
El docente de aula es el profesional capaz de ejercer un liderazgo pedagógico que
comprometa activamente a sus estudiantes con su proceso de aprendizaje, el
docente debe mostrar un desempeño profesional que refleje el esfuerzo por hacer
sus tareas con eficiencia y calidad, , mostrar habilidad para buscar, trabajar
colaborativamente y compartir nuevos conocimientos potenciando su desarrollo
personal y profesional, Debe tener capacidad de influir en la cultura del
establecimiento actuando en forma coherente tanto con los valores del Proyecto
Educativo Institucional y como con los principios declarados en el Estatuto Docente.
Debe ser respetuoso (a), empático (a), tener disposición para acceder al
perfeccionamiento y a nuevos aprendizajes, y de esta forma adquirir las
competencias para desarrollar en sus estudiantes destrezas y habilidades de orden
superior, para el logro de mejores aprendizajes.
DOCENTE DIFERENCIAL
El profesor/a Diferencial del programa de Integración Escolar deberá diagnosticar y
atender a los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales,
favoreciendo un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo
a su vez, formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de
estrategias diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula,
asistentes de la educación, equipo directivo y apoderados.
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KINESIOLOGO/A
El Kinesiólogo/a del Programa de Integración Escolar deberá diagnosticar y atender
a los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales, favoreciendo
un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez,
formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de estrategias
diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula, asistentes de la
educación, equipo directivo y apoderados.
FONOAUDIOLOGO/A
El Fonoaudiólogo/a del Programa de Integración Escolar deberá detectar,
diagnosticar y atender a los estudiantes que presentan Necesidades Educativas
Especiales a nivel de sus competencias comunicativas y de lenguaje, favoreciendo
un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez,
formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de estrategias
diversificadas creadas colaborativamente con Profesores de aula, Asistentes de la
Educación, equipo Directivo y Apoderados.
PSICOPEDAGOGO/A
El Psicopedagogo/a del Programa de Integración Escolar deberá diagnosticar y
atender a los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales,
favoreciendo un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo
a su vez, formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de
estrategias diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula,
asistentes de la educación, equipo directivo y apoderados.
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PSICÓLOGO/A (PIE)
El Psicólogo/a del Programa de Integración Escolar deberá diagnosticar y atender
a los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales, favoreciendo
un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez,
formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de estrategias
diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula, asistentes de la
educación, equipo directivo y apoderados.
PSICÓLOGO/A (CONVES)
El Psicólogo que trabaja en Convivencia Escolar es responsable de contribuir al
proceso de enseñanza aprendizaje, ya sea este individual o grupal, a través del
trabajo con los estudiantes que presenten esta necesidad, derivada de su desarrollo
emocional o social, procurando en su salud mental.
TRABAJADOR/A SOCIAL
El trabajador Social que trabaja en Convivencia Escolar es responsable de contribuir
al proceso de enseñanza aprendizaje, ya sea este individual o grupal, a través del
trabajo con os estudiantes que presenten la necesidad de ser asistidos en el área
social, procurando propiciar un clima organizacional de aprendizaje seguro,
adecuado y socialmente equitativo en su desarrollo como persona.
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APOYO INFORMÁTICO
El encargado de Apoyo Informático o Encargado de Enlaces, es el Profesional que
deberá velar por el normal funcionamiento de las redes de internet en las distintas
dependencias del establecimiento, además de mantener en óptimas condiciones el
material tecnológico utilizado tanto por los docentes, estudiantes y demás
funcionarios del área administrativa, en el quehacer diario de la escuela, mantiene
una actitud atenta al requerimiento de los estudiantes, docentes, asistentes de la
educación y Equipo Directivo y apoderados, es apoyo constante en el área de
Unidad Técnica en el ámbito tecnológico en el desarrollo de distintas tareas que se
le asignan mantiene una rigurosidad y disciplina en su trabajo y un trato afable y
respetuoso hacia sus superiores. Es responsable en el cumplimiento de sus
deberes.
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ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN
TÉCNICO EN PÁRVULOS
La Técnico en párvulos es la persona que acompaña en la labor educativa a la
Educadora, para propiciar un ambiente grato de trabajo, cálido y agradable para
establecer una relación de confianza entre el adulto y el párvulo, debe ser proactiva
en todos los espacios educativos en que se desenvuelve, debe mantener una
actitud atenta y afable al requerimiento de los niños, atenta y cordial con los
apoderados, muestra empatía frente a sus pares y estudiantes, rigurosidad y
disciplina en su trabajo y un trato afable y respetuoso hacia sus superiores. Es
responsable en el cumplimiento de sus deberes.
TENS
La o él Tens es la persona encargada de la Enfermería del establecimiento, por lo
tanto, es quién realiza las prestaciones de Primeros Auxilios a los estudiantes luego
de ocurrido un accidente escolar o por complicaciones por alguna patología o
enfermedad que los estudiantes padezcan, mantiene un ambiente grato y cordial.
La o él Tens es empática, acogedora, proactiva y responsable en el cumplimiento
de sus deberes, y disciplinada en su trabajo.
SECRETARIA/O
Las habilidades y competencias que debe poseer la secretaria o el secretario para
desarrollar de manera eficiente su labor profesional en la oficina, esencialmente,
son el buen trato, brindar un servicio de calidad y calidez humana a los jefes,
compañeros de trabajo, docentes y estudiantes, en sus labores cotidianas, es la
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imagen primera que tiene la comunidad para cuando ingresa a la escuela, recibe a
los visitantes.
Es disciplinada y discreta con los documentos que emite o recibe tiene habilidades
de comunicación, es muy proactiva, tiene iniciativa y es autónoma, es consciente
de su rol y los lineamientos del PEI, con los cuales se logra un alto rendimiento
institucional para conseguir mejores aprendizajes en los estudiantes.
ASISTENTE DE AULA
El o la Asistente de aula es la persona que asume actividades complementarias a
la labor educativa del profesor, apoya el proceso formativo de los estudiantes es
preactiva (o) en todas las actividades, mantiene una actitud atenta al requerimiento
de los estudiantes dentro y fuera del aula, tiene un trato atento y cordial con los
apoderados, tiene una actitud de colaboración en la generación un ambiente cálido
y propicio para que los estudiantes puedan aprender. Es responsable en el
cumplimiento de sus deberes
TUTOR/A
El tutor/a del Programa de Integración Escolar deberá atender a uno o más
estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales Permanentes,
favoreciendo un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo
a su vez, formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de
estrategias diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula,
profesionales PIE, equipo directivo y apoderados. Es responsable en el
cumplimiento de sus deberes, respetuoso y empático.
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PORTERO/A
El portero o portera es la persona que debe favorecer la buena conducta de
estudiantes a la entrada y salida del establecimiento, estimular las habilidades
sociales de los estudiantes mediante el saludo correcto. Mostrar un trato cordial
frente a sus superiores, docentes, padres y apoderados y sus pares.
Favorece las relaciones de respeto y cordialidad entre todos los integrantes,
mediante la recepción empático y acogedora.
Es responsable en el cumplimiento de sus deberes.
INSPECTOR/A DE PATIO
Es la persona que apoya la labor del Inspector general, es quien colabora en la
orientación de los estudiantes en su conducta y actitud, buenos hábitos y
costumbres, es la persona que controla las inasistencias atrasos presentación
personal, lo cual incide en los índices de eficiencia interna. Presta primeros auxilios
y vela por que el entorno estudiantil se mantenga aseado.
La inspectora es empática, acogedora, proactiva y responsable en el cumplimiento
de sus deberes, y disciplinada en su trabajo.
AUXILIAR DE SERVICIOS MENORES DE ASEO Y SERVICIOS MENORES DE MANTENIMIENTO
El auxiliar de aseo es el funcionario que cumple una muy importante función en las
dependencias interiores y exteriores de la escuela, son quienes exteriorizan con su
ejemplo y sencillez un clima de respeto hacia las personas con quienes comparten
el día a día, deben ser honestos, responsables y disciplinados al momento de
acatar las normas de la institución, trasmitir hábitos y buenas costumbres en
especial a los estudiantes colaborando en inculcar el cuidado del entorno,
contribuyendo desde su rol, al logro de los objetivos del proyecto educativo
Institucional.
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ESTUDIANTE
Nuestros estudiantes deben ser personas capaces de abrirse a la diversidad y a las
diferencias culturales, excluyendo la discriminación y propiciando la apertura de la
cultura escolar para vincularse de manera positiva con su entorno, cuidándolo y
disfrutando de él. El estudiante de la “Estrella del Sur” debe ser capaz de convivir
en un ambiente de respeto mutuo, honesto, empático y disciplinado, para lograr
así desarrollo de habilidades en lo cognitivo, emocional y social, convirtiéndose en
un ciudadano que reconozca y respete sus raíces, cumpla con sus deberes
escolares y sea un estudiante que pueda formular su proyecto de vida en la sólida
base de principios que lo forjen como un ciudadano capaz de cumplir con las
normas, buscar el bien común, opinando, aportando y exigiendo, cimentando así
oportunidades verdaderas para surgir en los diferentes ámbitos que le depare la
vida.
APODERADO
Nuestra escuela tiene como principal desafío la integración de la familia al proceso
educativo a través de su Proyecto Educativo Institucional. Por tanto, la participación
de este estamento debe generar una relación de colaboración mutua, en la relación
escuela-familia-comunidad. Se debe establecer un vínculo en donde confluyan
variadas dinámicas y estrategias en la cual la comunicación debe ser un factor
prioritario.
A su vez las familias deben colaborar con instancias que promuevan el aprendizaje
desde el hogar, tales como tareas y deberes, inculcar el hábito de estudio, valores
como el respeto, la honestidad y la disciplina. Las familias que integran la Escuela
“Estrella del Sur” deben manifestar su compromiso y responsabilidad con el proceso
educativo de sus hijos asistiendo a las convocatorias tales como reuniones de
padres, talleres, encuentros, etc.
Deben además colaborar activamente en las actividades que organiza el Centro
General de Padres., mantener una buena relación con los integrantes de la
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comunidad educativa, ser respetuosos y cordiales y además respetar la
organización interna que las escuelas presenta.
En el contexto actual, la escuela debe ser un agente crucial y mediador para con las
familias buscando estrategias para entregarles contenido cultural y cognitivo y
generar así condiciones institucionales que hagan posible integrarlos a una
educación inclusiva y de respeto a la diversidad.
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PROYECCIONES DEL PEI
Dicho proceso estará a cargo de Equipo de Gestión, quienes verificarán el
cumplimiento de lo estipulado en el Proyecto Educativo Institucional.
El Equipo de Gestión Directiva deberá elaborar informes anuales de estado de
avance y presentarlos a la comunidad educativa y al Consejo Escolar de acuerdo a
indicaciones previamente señaladas.
Los respectivos encargados de áreas (Liderazgo, Convivencia y Gestión
Pedagógica) serán responsables de la puesta en marcha, ejecución y evaluación
de cada uno de los proyectos generados en el PME en concordancia con el PEI.
SEGUIMIENTO
El Proyecto Educativo Institucional, será revisado anualmente y si es necesario será
sometido a ajustes, de los cuales se derivarán lineamientos estratégicos que
implementará la escuela para el nuevo periodo.
Este proceso se realizará con la participación de los distintos actores de la
comunidad educativa, preferentemente al término de cada año.
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METAS
GESTIÓN PEDAGÓGICA.
OBJETIVO: Consolidar estrategias de desarrollo profesional a través del trabajo
colaborativo e inter disciplinario para desarrollar habilidades cognitivas de orden
superior en los estudiantes.
Indicadores Medios de verificación Metas estratégicas
1. Mediciones de Implementación curricular en las asignaturas de Lenguaje, Matemática, Ciencias Naturales e Historia.
2. Resultados SIMCE
emitidos por MINEDUC.
Reporte de resultados emitidos por UTP.
Reportes de socialización de resultados con los docentes.
Acta de acuerdos con remediales a implementar.
Incrementar en un 10% anual los resultados de las pruebas de cobertura curricular de los estudiantes.
Subir 12 puntos en las evaluaciones SIMCE, tomando como base la medición del 2018.
3. Desarrollo de habilidades en los estudiantes vinculadas al currículum
Reportes por habilidades
Que el 50% de cada curso tenga un desarrollo elemental de las habilidades trabajadas.
4. Disminuir el porcentaje de estudiantes ubicados en el nivel insuficiente en Lenguaje. Matemáticas, Ciencias e Historia.
Reportes de resultados de pruebas de cobertura curricular.
Reporte de resultados SIMCE entregados por el Ministerio de Educación
Disminuir de un 51% a 30% la ubicación de los estudiantes en el nivel insuficiente
Aumentar de un 34% a un 44% la ubicación de los estudiantes en el nivel elemental.
Aumentar de un 15% a un 26% la ubicación de los estudiantes en el nivel adecuado
5. Implementación de las acciones PME en el
Plan de mejoramiento educativo
Lograr al término del periodo de 4 años el
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área de gestión pedagógica
95% de cumplimiento de las acciones
6. Mejorar los índices de promoción escolar en todos los niveles
Resultados de promoción termino año escolar
Alcanzar a lo menos 89 % de promoción de los estudiantes en cada uno de los niveles
LIDERAZGO
OBJETIVO: Liderar y gestionar el PEI y PME del establecimiento con una visión de
mejoramiento continuo y ejecutar un liderazgo efectivo técnico y pedagógico.
Indicadores Medios de verificación Metas estratégicas
Subir el rendimiento de los estudiantes en los estándares de aprendizaje y en su desarrollo personal y social.
Reporte de agencia de la calidad de la educación
Aumentar en un 10 puntos el desarrollo de los IDPS, tomado como base la medición 2018.
Mejorar los índices de eficiencia interna de la institución referidos a retención escolar
Resultados de promoción termino año escolar.
Aumentar los resultados de índices de retención escolar de un 80% a un 95% en 4 años del ciclo de mejora.
Mejorar los índices de eficiencia interna de la institución escolar referidas a asistencia.
Resultados de asistencia escolar
Aumentar los resultados de índices de asistencia escolar en 6 puntos porcentuales en relación al período 2018 en un lapso de 4 años.
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CONVIVENCIA ESCOLAR
OBJETIVO: Mejorar el clima de aprendizaje y la convivencia escolar en el establecimiento consolidando un apropiado clima escolar a través de la vinculación de acciones de convivencia con el currículo e impactar en el desarrollo integral de los estudiantes
Indicadores Medios de verificación Metas estratégicas
1. Difundir y aplicar el manual de convivencia vigente, utilizando criterios para implementar
Informe descriptivo del manual de convivencia.
100% de la comunidad educativa conoce y acepta el manual de convivencia.
El 75% de los apoderados manifiesta conformidad en la aplicación de los protocolos establecidos.
2. Formalización y funciones de la norma y acciones preventivas de violencia
Manual de convivencia , estadísticas e informes evaluaciones de casos atendidos.
El 100% de los estudiantes del establecimiento trabajan formalmente con el manual de convivencia.
3. Funcionamiento de instancias y estrategias de integración y participación de la comunidad escolar
Acta de reuniones de las organizaciones que componen la comunidad escolar.
El 80% de los miembros de la comunidad educativa participa de los espacios dados.
80% de la comunidad educativa vincula las acciones de convivencia con el currículum.
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ÁMBITOS EDUCATIVOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR:
Indicadores Medios de Verificación Metas estratégicas
1. Autoestima académica y motivación escolar.
Reporte de agencia de la calidad de la educación
Incrementar los resultados en el IDPS, donde sean iguales o superior a 80 puntos.
2. Clima de convivencia escolar.
Reporte de agencia de la calidad de la educación
Incrementar los resultados en el IDPS, donde sean iguales o superior a 80 puntos.
3. Participación y formación ciudadana.
Reporte de agencia de la calidad de la educación
El 90% de los estudiantes participa en los talleres de formación ciudadana.
El 95% de los estudiantes habilitados para sufragar participa del proceso.
El 95% de los estudiantes, participa de las acciones en favor de la diversidad social y cultural.
4. Hábitos de vida saludable.
Reporte de agencia de la calidad de la educación
Vincular 3 asignaturas con el plan de desarrollo de los IDPS.
El 90% de los estudiantes participa en los eventos.
El 80% de los estudiantes adquieren hábitos sobre consumo y cuidado del agua.
5. Equidad de género.
Reporte de agencia de la calidad de la educación
El 85% de los estudiantes participa en los talleres de vida afectiva, sexual y social.
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El 100% de los cursos o niveles participan de taller de temática de género e igualdad de condiciones.
GESTIÓN DE RECURSOS
OBJETIVO: Administrar eficientemente los recursos humanos y materiales que se
disponen para impulsar y fortalecer la actividad educativa y lograr mejores
resultados de aprendizaje.
Indicadores Medios de verificación Metas estratégicas
1. Dotación docente y asistentes de la educación según las necesidades del establecimiento
Contrato y planes de trabajo de RRHH, según necesidades.
El 100% del RRHH cumple con las funciones de acuerdo al perfil de cargo.
2. Disponer de los recursos educativos y materiales tecnológicos para optimizar los procesos de aprendizaje
3. .
Listado de materiales inventario, fotografías, informes periódicos de su uso.
Disponer del 100% de los recursos necesarios para apoyar y optimizar el proceso de enseñanza.
4. Optimizar los procesos de aprendizaje con el uso de los recursos adquiridos
Reporte estadístico comparativo de los procesos.
A lo menos el 90% del uso de los recursos impactan en la mejora de los aprendizajes.
5. Gestionar los recursos que entregan los programas de apoyo a la educación PME, PIE, SEP y FAEP
Reporte estadístico de cada programa
A lo menos el 95 % de los recursos se gestiona vinculada a la gestión pedagógica.
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AREA DE RESULTADOS
OBJETIVO: Establecer resultados institucionales en todas las dimensiones
triangulando información contenida en los planes de gestión, PEI y PME, para lograr
institucionalizar estrategias que permitan obtener mejores resultados de aprendizaje
y alcanzar la media nacional.
Indicadores Medios de verificación Metas estratégicas
1. Aumento de porcentaje de estándares de aprendizaje en nivel elemental y adecuado en todas las asignaturas
Informe de la agencia de la calidad , SIMCE
Subir 12 puntos en las evaluaciones SIMCE, tomando como base la medición del 2018.
2. Cambio de categoría de desempeño agencia de la calidad.
Reporte ministerio de educación, avance año a año
Subir a la categoría de desempeño de medio-bajo a medio.
3. Desarrollo de habilidades en los estudiantes vinculadas al currículum
Reportes por habilidades
Que el 50% de cada curso tenga un desarrollo elemental de las habilidades trabajadas.
4. Disminuir el porcentaje de estudiantes ubicados en el nivel insuficiente en Lenguaje. Matemáticas, Ciencias e Historia
Reportes de resultados de pruebas de cobertura curricular
Reporte de resultados SIMCE entregados por el Ministerio de Educación
Disminuir de un 51% a 30% la ubicación de los estudiantes en el nivel insuficiente.
Aumentar de un 34% a un 44% la ubicación de los estudiantes en el nivel elemental.
Aumentar de un 15% a un 26% la ubicación de los estudiantes en el nivel adecuado.
5. Disminuir la deserción escolar creando condiciones favorables para
Estadísticas de subvención SIGE
Aumentar los resultados de índices de retención escolar de un 80% a un 95% en 4
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subir los índices de retención y asistencia
años del ciclo de mejora.
Aumentar los resultados de índices de asistencia escolar en 6 puntos porcentuales, en relación al período 2018 en un lapso de 4 años.
6. Difundir el MCE, en la comunidad educativa gestionando el cumplimiento de sus acciones.
Informe evaluativo del MCE.
100% de la comunidad educativa conoce y acepta el manual de convivencia.
El 75% de los apoderados manifiesta conformidad en la aplicación de los protocolos establecidos.
7. Lograr la categorización Medio según los estándares de la Agencia de Calidad.
Informe de la Agencia de calidad
La escuela logra cambiar
categorización agencia de la calidad de medio bajo a medio.
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ANEXO 1: REGLAMENTO CONSEJO DE PROFESORES
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I. ORIENTACIONES
Art. 1
El Consejo de Profesores es un Organismo de Carácter Consultivo integrado por el
personal Docente Directivo, el personal Técnico Pedagógico y por todo el cuerpo
docente del establecimiento.
Art. 2
El Consejo de Profesores tendrá carácter resolutivo cuando la Dirección del
Establecimiento así lo explicite y la materia tratada no escape al ámbito técnico
pedagógico y de formación que establece el Proyecto Educativo del
establecimiento, el Reglamento Interno de Convivencia Escolar y el Reglamento
Interno de Orden Higiene y Seguridad.
Art.3
El consejo de profesores es una instancia fundamental para el logro de los objetivos
educativos de la escuela. Es el núcleo central de la toma de decisiones en los
ámbitos de la organización del currículum, evaluación y análisis del diseño de
enseñanza y necesidades de los estudiantes, organización, implementación y
adecuación de planes pedagógicos y todo lo referente a los procesos evaluativos
de los estudiantes.
II. PARTICIPACIÓN
Art. 4
Las reuniones profesionales docentes se realizan a lo menos una vez a la semana
y son obligatorias para todos los miembros del cuerpo docente. La Dirección del
colegio es quien convoca y establece horarios de tiempos no lectivos, priorizando
una metodología activa-participativa que fomente el desarrollo del trabajo
colaborativo entre pares en coherencia con las necesidades del establecimiento y
el cumplimiento de las metas institucionales.
Art. 5
Todo docente, tiene la responsabilidad de asistir con puntualidad a todos los
Consejos de Profesores. La asistencia quedará registrada con nombre y firma de
cada integrante. Las ausencias deben ser justificadas personalmente ante la
dirección o UTP de ciclo correspondiente.
Art. 6
Es fundamental la participación activa de cada uno de los miembros del consejo,
cuidando: apagar celulares, no revisar libros de clases, no corregir pruebas o
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realizar otros trabajos. Las salidas durante esta reunión deben evitarse. Es
importante participar en comisiones, estar atentos a los temas que se trabajen y dar
opiniones cuando así se requiera.
Art. 7
Los profesores autorizados para ausentarse o con licencia médica, tienen la
responsabilidad de informarse de los temas tratados y los acuerdos tomados en
esta instancia, a través del acta que consigna el trabajo realizado.
Art.8
La temática de trabajos si así lo requiera se solicitará la participación de los
asistentes de la educación que les permita informarse de todos los temas tratados
y participar activamente en la toma de decisiones.
Art. 9
Cada integrante del Consejo de Profesores tiene el derecho de expresar libre y
responsablemente su opinión profesional y pudiendo ser consultado sobre materias
atingentes al diagnóstico, planificación, ejecución y evaluación de las actividades
propias de la escuela, ya sea en los ámbitos de convivencia escolar o del programa
de integración que están para apoyar la gestión de aula y potenciar a los
estudiantes.
III. ORGANIZACIÓN
Art. 10
El Consejo de Profesores lo preside el/la director/a del establecimiento o quien
designe, en coherencia a la temática tratada.
Art. 11
El Consejo General de Profesores elegirá al profesional docente que representa a
los profesores en el Consejo Escolar. Quien recogerá las inquietudes y necesidades
presentadas por el cuerpo docente para lo cual tendrá un tiempo exclusivo dentro
de la sesión si lo requiere. En cada sesión de consejo de profesores, existirá una
Secretaria de Actas que tomará nota y redactará está considerando los acuerdos
tomados, los que serán revisados y monitoreados al inicio de la sesión siguiente.
Art. 12
Cada sesión de Consejo de Profesores tendrá una tabla que responderá como
mínimo a la siguiente estructura:
A- Revisión y monitoreo de acuerdos sesión anterior
B- Informaciones generales de la comunidad.
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C- Abordaje de temáticas establecidas y/o consensuadas con los propios
docentes y que respondan al cumplimiento de metas institucionales.
D- Conclusiones y acuerdos.
E- Espacio docente y/o varios.
Art. 12
El Consejo de Profesores aborda aspectos formativos de los siguientes tipos:
reflexión-discusión sobre temas pedagógicos, disciplinarios, de convivencia escolar,
orientación; aspectos informativos y de programación de actividades dentro del
período lectivo; organización de actividades solidarias y recreativas; entre otras
acciones referidas a la labor formativa y pedagógica que establece el Proyecto
Educativo.
Art. 14
El Consejo de Profesores se puede desarrollar en las siguientes modalidades:
Consejo General de Profesores, Consejo de Nivel, Consejo de Ciclo, Consejo
Específico de un curso, Reuniones de Departamento de Asignatura, Consejos de
Articulación de ciclos, Consejos de Subciclos, Consejo de Profesores Jefes, entre
otros.
IV. FUNCIONES
Art. 15
Proponer e impulsar acciones tendientes a mejorar el proceso educativo,
enfatizando la formación de valores, personales y sociales, según lo promueve el
Proyecto Educativo de la escuela.
Art. 16
Revisar los resultados obtenidos por los estudiantes en todos los ámbitos de
formación general y específica y, de acuerdo a ello, proponer las estrategias,
recursos y momentos de premiación y estímulo positivo a quienes destacan por sus
méritos y logros.
Art. 17
Analizar los resultados del proceso educativo en los distintos tipos de evaluación
interna y externa, y sugerir acciones pedagógicas preventivas, correctivas o de
refuerzo tendientes al mejoramiento de los logros alcanzados.
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Art. 18
Estudiar y analizar situaciones que afecten la sana convivencia escolar,
procediendo según lo establece el Reglamento Interno de Convivencia Escolar de
la escuela para acordar las medidas pedagógicas formativas, reparatorias y/o de
sanción apropiadas a cada caso.
Art. 19
Colaborar activamente en la ejecución y evaluación de los planes de gestión para
contribuir al cumplimiento de las metas establecidas en cada uno de ellos.
Art. 20
Analizar, promover y desarrollar iniciativas destinadas a fortalecer la comunidad
educativa y su relación con redes de apoyo.
V. VIGENCIA
Art. 21
El presente Reglamento tendrá una vigencia de un año, desde la fecha en que sea
revisado y puesto en conocimiento de los docentes, pero se entenderá
automáticamente prorrogado por períodos iguales si no se presentan observaciones
para su revisión por parte de cualquier miembro del cuerpo docente, la Dirección de
la escuela Estrella del Sur.
Art. 22
La solicitud y sugerencia de revisión del presente reglamento debe ser presentada
por escrito ante el/la director/a del establecimiento señalando con precisión el
ajuste, actualización o complemento solicitado. El/la Director/a resolverá con
consulta al representante de los docentes ante el Consejo Escolar y a al equipo de
gestión del establecimiento.
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ANEXO 2: REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO Y PLA DE TRABAJO
DE CENTRO DE ESTUDIANTES
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PRESENTACIÓN
El Reglamento Interno del Centro de Estudiantes de La Escuela Estrella del Sur,
tiene la misión de garantizar la participación del alumnado en los ámbitos que les
corresponda para bien de toda la Comunidad Educativo. Son una invitación para
generar espacios de mejores compromisos y colaborar así al cumplimiento de las
metas institucionales.
Queda normado así una forma de participación y, al mismo tiempo, la posibilidad
de crear otras formas que permitan, especialmente al alumnado, nuevas instancias
en las que se pueda expresar la vida.
Estos Estatutos son, además, una invitación para quienes tienen el talento del
“liderazgo”, de la “conducción”, para ponerlo al servicio de los demás en la tarea de
la animación de personas.
Como toda comunidad viva, este Reglamento dibuja nuestro presente, pero debe
proyectarnos hacia el futuro y, por ello, debe estar abierto a la revisión constante y
así poder expresar mejor su meta, que es el fortalecimiento de la comunidad
estudiantil.
Animados a seguir colaborando en la construcción de nuestra Comunidad
Educativa, para que en la excelencia que busca, sea mejor “casa, patio y escuela
que educa para la vida”.
LA DIRECCIÓN
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TÍTULO I DE LA DIRECTIVA Y LOS CARGOS
ART. 1: La Directiva del Centro de Estudiantes de la Escuela Estrella del Sur, en
conformidad a lo estipulado en el Decreto Núm. 524 de 1990, modificado por
Decreto Núm. 50 de 2006 y el Título II, Artículo 10 de los Estatutos de los Centros
de Estudiantes y basados en la formación del ciudadano(a) solidarios y
comprometidos con su sociedad. Estará conformada por:
1. Presidente
3. Secretario
4. Tesorero
4. Delegado de Deportes
5. Delegado de Cultura
6. Delegado de Medio Ambiente
ART. 2: Para efectos de subrogación de la presidencia, se procede según el orden
jerárquico anterior.
ART. 3: En caso de ausencia de los primeros tres integrantes de la directiva, se
permite que los restantes integrantes presentes elijan quien subrogará al
presidente.
TÍTULO II DE LAS FUNCIONES Y ATRIBUTOS DE LOS INTEGRANTES DE LA DIRECTIVA
ART. 3: Son atribuciones del Presidente(a) del Centro de Estudiantes (CEES):
1. Liderar y representar al alumnado, como un líder, a objeto de animar,
conducir, representar las ideas y planteamientos de los estudiantes, creando
las condiciones para la consecución de sus objetivos colectivos coordinando
como primer responsable la discusión y ejecución de los proyectos.
2. Representar como única voz a los Estudiantes ante la Dirección y el Consejo
de Profesores, en todas aquellas ocasiones en que las necesidades y
acontecimientos de la vida escolar lo requieran, sin perjuicio de las
atribuciones que le corresponden a la Directiva.
3. Presidir el Consejo de Presidentes, del que es miembro y en el que podrá
tomar parte de los debates y votar.
4. Convocar al Consejo de Presidentes a sesión extraordinaria, cuando lo
estimase conveniente con Acuerdo de la Directiva de Centro de Estudiantes.
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5. Convocar a los Comités Generales del Centro de Estudiantes a sesión
extraordinaria, cuando lo estimase conveniente con Acuerdo de la Directiva
de Centro de Estudiantes. En tal caso, presidirá la reunión.
6. Integrar el Consejo Escolar, representando el sentir y voluntad de los
estudiantes.
7. Emitir informe fundado para solicitar la destitución del Asesor del Centro de
Estudiantes, informando previamente a la Dirección y al Consejo de
Presidentes.
8. Sobre el incumplimiento de las funciones del Asesor; Convocar la elección
del Tribunal Calificador de Elecciones y de los vocales de mesa, de la manera
prevista por este Estatuto y el Reglamento Interno de cada Centro de
Estudiantes, e instituirlo con la facultades y autonomía que el cargo requiere;
y Responsabilizarse, junto con el Asesor del Centro de Estudiantes.
9. Las reuniones del CEES son presididas por el Presidente(a) o quien le
reemplace. Sin embargo, todas las decisiones se toman de común acuerdo
mediante votación a mano alzada. Por lo tanto, son todos corresponsables
de las decisiones tomadas y nadie puede desvincularse de esta
responsabilidad.
ART. 4: Son funciones del Secretario:
1. Ser testigo fiel y tomar acta de toda reunión del Consejo de Presidentes y de
los Comités Generales del Centro de Estudiantes, presididas por el
Presidente de Centro de Estudiantes, por el Presidente Subrogante, o por el
Delegado correspondiente.
2. Ser testigo fiel y tomar acta de las reuniones de la Directiva de Centro de
Estudiantes.
3. Difundir los acuerdos tomados por el Consejo de Presidentes y los Comités
Generales del Centro de Estudiantes, a través del Diario Mural y de la Página
Web del Centro de Estudiantes, si la hubiere.
4. Hacer cumplir y recordar a los miembros de la Directiva los acuerdos
válidamente tomados.
5. Redactar y enviar citaciones, circulares y respuesta de cartas.
ART. 5: Son funciones del Tesorero:
1. Crear, en conjunto con la Directiva, el Presupuesto Anual de Centro de
Estudiantes, en conformidad a lo que este Reglamento establece;
2. Organizar las actividades que estimare conveniente, con el objetivo de
conseguir los fondos que el Proyecto Anual demande, de acuerdo a las
determinaciones que adopte el Consejo de Presidentes;
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3. Entregar un informe mensual sobre los Fondos de Centro de Estudiantes, al
Consejo de Presidentes y al Director cuando así lo solicite;
4. Dar cuenta sobre la contabilidad de los Fondos, a la Asamblea General,
durante la sesión ordinaria de ésta y Entregar balance final de egresos e
ingresos en la Cuenta Pública final antes del cambio de Directiva.
ART.6: Delegados:
I. Los delegados forman parte del equipo de trabajo del centro de estudiantes, su función está orientada a recibir y gestionar diversas actividades de acuerdo a lo que les ha sido designado, además son los encargados de mantener un diálogo fluido y cercano con los delegados de cada curso frente al área en la cual ellos están a cargo. Cada uno de los delegados debe tener presente lo siguiente:
a) Deportes: Fomentar el deporte dentro del establecimiento ayudando a entablar mejores redes de amistad dentro del establecimiento.
b) Cultura: Informa del papel del estudiante, reconoce y estimula fortalezas. Enfatiza el aporte y ayuda mutua de elementos culturales entre los propios estudiantes. En una estrecha relación con él o la coordinador/a de extraescolar del establecimiento.
c) Medio Ambiente: Fomentar la conciencia Ecológica velar por el desarrollo de actividades en un ambiente limpio, preservando y mejorando el entorno. De los cual se desprende el cuidado del interior de sus salas de clases, el patio del establecimiento, así como otras dependencias de la escuela.
ART.7: Delegado de Deportes.
El cargo tiene como rol crear espacios e instancias para la práctica participativa de
variados deportes dentro de la gestión del CEES.
1. Presentar un proyecto anual a la directiva los estudiantes que representen al
colegio deportivamente.
2. Apoyar las actividades deportivas del colegio cuando se solicite.
3. Mantener y velar por el buen estado de los implementos deportivos que se
adquiera para desarrollar las actividades que organice.
TÍTULO III DE LAS NORMAS COMUNES A LA DIRECTIVA
ART.8: Son funciones y atribuciones de la directiva en su conjunto las siguientes:
1. Debe asistir a todos los actos oficiales de la escuela.
2. En el caso de producirse vacancia de algún cargo, será la directiva quien
determinará los nombres que serán presentados en la terna al Consejo de
Presidentes.
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3. En cuanto la directiva del CEES asuman su cargo, el(la) Director(a) del
establecimiento junto con el Equipo de liderazgo presentarán una terna de
nombres de los posibles candidatos a Profesor Asesor del CEES, la directiva
elegirá de entre la terna a su Profesor Asesor.
4. Solicitar salas y dependencias de la escuela, a través de su Asesor, para
realizar actividades, reuniones o asambleas.
5. Al momento de solicitar salas, espacios, materiales o medios a otro
estamento de la escuela, lo debe canalizar a través del Asesor, quien es el
único autorizado para realizar dicho trámite.
6. Ser consultados por dificultades, necesidades y aspiraciones, actividades
extracurriculares, uso de tiempo de libre disposición, actividades que
promuevan los OAT, PEI, actividades extraescolares en las puedan participar
ART.9: De la Junta electoral:
La Junta Electoral estará compuesta a lo menos por tres miembros, ninguno de los
cuales podrá formar parte de la Directiva o de los organismos y comisiones creados
por éste. Le corresponde organizar, supervigilar y calificar todos los procesos
eleccionarios que se lleven a cabo en los organismos del Centro, de acuerdo con
las disposiciones que sobre elecciones se establecen en la normativa legal vigente,
los cuales serán asesorados por un profesor designado por Dirección.
ART.10: La forma de seleccionar a los miembros de la Junta electoral será por
sorteo, público e informado entre todos los estudiantes matriculados en el período
lectivo comprendidos entre 5° año y 8° año básico respectivamente, exceptuando a
los estudiantes que se encuentren en postulación a algún cargo.
TITULO IV REQUISITOS DE POSTULACION
ART. 11: Para optar a cargos en la Directiva del Centro de Estudiantes, el postulante
deberá cumplir los siguientes requisitos:
1) Tener a lo menos un año de permanencia en el establecimiento al momento de
postular.
2) No haber sido destituido de algún cargo del Centro de Estudiantes por infracción
a sus reglamentos.
3) Poseer rendimiento y conducta deseable al cargo que postula. Entendiendo por
rendimiento una nota mínima de postulación de 5.0 y por conducta el cumplimiento
de los siguientes requisitos: no poseer en su hoja de vida anotaciones de carácter
grave, gravísimo o cartas de condicionalidad durante el año en que se postule como
en el año anterior a su postulación.
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ART.12: Para optar a cargos específicos del Centro de Estudiantes, el estudiante
debe poseer los siguientes requisitos.
• PRESIDENTE/A: Ser estudiante de 5°año a 8° año básico.
• SECRETARIO/A: Ser estudiante de 5°año a 8° año básico.
• TESORERO/A: Ser estudiante de 5°año a 8° año básico.
• DELEGADOS/AS: Ser estudiante de 5°año a 8° año básico.
TITULO V ELECCIONES DEL CENTRO DE ESTUDIANTES.
DE CARÁCTER GENERAL.
1. Las elecciones se deben realizar de manera anual 45 días antes de finalizar el año escolar o dentro de los 45 días iniciado el año escolar. 2. La votación debe ser universal, informada y secreta. 3. Cada lista poseerá un tiempo determinado en el cual podrá entregar a la comunidad escolar sus propuestas. DE CARÁCTER ESPECÍFICO.
1. Junta Electoral es el organismo encargado de organizar, supervigilar y calificar todos los procesos eleccionarios que se lleven a cabo en el Centro de Estudiantes. Esta estará compuesta a lo menos por tres miembros, ninguno de los cuales podrá formar parte de la Directiva, del Consejo de Delegados de Curso o de los organismos y comisiones creados por éste. 2. La Junta Electoral poseerá una lista donde figure el universo de votantes (estudiantes de 3° a 8° básico), la que deberá ser firmada por los electores al momento de sufragar. 3. Los votos serán elaborados y numerados por la Junta Electoral y Profesor Asesor. 4. Al momento de producirse la votación los estudiantes encargados del proceso eleccionario cortaran la parte numerada del voto para un mejor control, del número de votantes y los votos emitidos. 5. La lista que logre el 50% + 1 de los votos o más de 10 puntos de diferencia con la lista siguiente, será la lista ganadora. 6. Si ninguna de las listas logra obtener el 50% +1 de los votos o la diferencia de más de 10 puntos en los mismos, se procederá a una segunda vuelta entre las dos listas que obtuvieron mayor cantidad de votos. 7. La segunda vuelta se llevará a cabo después de una semana de realizada la primera vuelta. Durante esta semana se realizarán las actividades de propaganda por parte de cada una de las listas que pasaron a la segunda vuelta. 8. Levantar un acta al finalizar el proceso eleccionario en el cual se indique de manera clara: Hora de inicio del proceso eleccionario y la hora de finalización, cantidad de estudiantes participantes, número de votos obtenidos por cada una de las listas participantes, conformación del Centro de Estudiantes señalando quienes
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son sus integrantes para finalizar el acta debe registrar si se ha producido alguna situación irregular dentro del proceso eleccionario. 9. Finalizado el proceso eleccionario se presentará el acta respectiva Director(a) e Inspector(a) General del establecimiento y se coordinará el acto de entrega de mando de la directiva saliente. 10. Los votos, actas y listas con los nombres de los participantes serán entregadas
al profesor Asesor quien las conservará.
TÍTULO VI DE LAS SANCIONES Y EXPULSIÓN DE ESTUDIANTES DEL CENTRO DE
ESTUDIANTES.
ART.13: Ningún estudiante integrante del CEES tiene fuero especial. Es decir,
deben regirse como cualquier estudiante por las normas de convivencia. Por lo
tanto, en caso de incurrir en una falta grave, el Asesor deberá resolver en conjunto
con el resto del CEES si procede la expulsión del estudiante del CEES.
ART14: El CEES junto al Asesor tendrán la facultad de aplicar sanciones de carácter
interno a sus integrantes cuando el caso lo amerite.
ART.15: En caso que uno o más de un estudiante de la Directiva del CEES bajen
su rendimiento académico, el asesor resolverá según su criterio podrá decidir un
tipo de sanción basado en las normas de convivencia y el reglamento interno en
conjunto con el Director (a).
TÍTULO VII DE LAS REUNIONES DE LA DIRECTIVA
ART.16: El CEES realizará una reunión mensual obligatoria y/o semanal, si el caso
lo amerita. Reunión que se realizará al interior de la escuela y en la cual deberán
estar presentes todos los integrantes de la Directiva y el Profesor Asesor.
ART.17: En caso de ausencia de uno de los integrantes, este deberá justificar su
inasistencia con el Presidente o con el Asesor, previo a la reunión y, por lo tanto,
estará obligado a acatar las decisiones que en dicha reunión se tomen.
ART.18: El presidente no tiene derecho a imponer su parecer al resto de la directiva,
pues al interior del CEES todos tienen igualdad de voz y voto. En caso de empate,
el Asesor debe dirimir, previa argumentación por las partes.
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PLAN DE TRABAJO 2019
El trabajo del centro de estudiantes estará centrado en canalizar sus necesidades
y aspiraciones en el consejo escolar, de manera de promover el derecho de los
estudiantes. De lo anterior es que para su organización se realizaran las
siguientes acciones.
Sesionar periódicamente para:
Coordinar su participación activa en celebraciones tales como día del estudiante,
día del profesor, entre otras.
Trabajar y generar un reglamento de uso para de Kiosco saludable.
Participar activamente en actividades que promuevan el cuidado del medio
ambiente.
Coordinar con la dirección del establecimiento, un espacio físico para el trabajo del
CEES.
Participar de acciones que puedan organizar el centro de padres.
Promover en el estudiantado de manera permanente a la participación en la
actividades que se generen
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ANEXO 3: REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL
CONSEJO ESCOLAR
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PRESENTACIÓN
La Escuela Básica Estrella del Sur en su quehacer Educativo, siempre ha integrado
a los estudiantes, educadores, padres de familia y Personal Asistente de la
Educación; quienes conforman la Comunidad Educativa. A ellos, se les considera
en las diversas actividades relacionadas con la formación integral de los
estudiantes.
Considerando el objetivo de los Consejos Escolares: “Integrar a los distintos actores
que componen una Comunidad Educativa a través de la participación efectiva, de
manera que puedan informarse, participar, opinar y proponer sobre materias
relevantes del quehacer educativo, con el propósito de colaborar con la gestión
escolar de su establecimiento.
“Nuestro esfuerzo se centra en fortalecer en el clima de cercanía cálida, basado en
un diálogo e interacciones positivas entre los miembros de la Comunidad Educativa
para generar la corresponsabilidad y compromiso con el Proyecto Educativo.
Por ello, lo estipulado en la Ley 19.979, promulgada el 28 de octubre de 2004, donde
se estipula como obligatorio la creación de los Consejos Escolares, nos motiva, a
superarnos especialmente, si consideramos que los distintos actores de la
Comunidad contribuyen al logro de una Educación de Calidad.
LA DIRECCIÓN
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TITULO I DEL CONSEJO
De acuerdo a lo señalado en el artículo Nº 10 del Decreto que reglamenta el
funcionamiento de los Consejos Escolares y a las facultades que este mismo
entrega, Laura Elizabeth Bravo Godoy, en su calidad de directora del
establecimiento y presidente del consejo; Carlos Emilio Páez Contreras en
representación de los docentes; Pamela Garrido en representación del Centro
General de Padres y Apoderados; Rayen Valentina Riquelme en representación
del Centro de Estudiantes: Wilma Castillo Plaza en representación del Personal
Asistente de la Educación; y en representación de los Directivos Docentes. Todos
los anteriores, miembros del consejo Escolar de la Escuela ESTRELLA DEL SUR,
Comuna Pozo Almonte, constituidos con fecha 28 de marzo de 2019, han
consensuado el siguiente Reglamento Interno de funcionamiento.
OBJETIVO GENERAL:
¿Qué es el consejo Escolar?
Es un organismo creado por Ley Nº 19.979 del 28 de octubre de 2004, donde
participan los miembros de la Comunidad Educativo Pastoral, con el propósito de
dar respuesta a las necesidades del Colegio, para mejorar la gestión educativa.
Coadyuvar con la Unidad Educativa con el Proceso Educativo y en lo particular lo
relativo a programación anual y actividades extracurriculares, metas y proyecto de
mejoramiento propuestos, PEI, PME, elaboración y/o modificaciones a los
reglamentos y planes de gestión del establecimiento, evaluación del cumplimiento
de compromisos educativos.
¿Cuál será su método de trabajo?
Participación en reuniones sistemáticas de trabajo, con la asistencia de la mayoría
de los integrantes.
TITULO II DE LAS SESIONES
a) ORDINARIAS: Estas se realizarán cuatro anuales.
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b) EXTRAORDINARIAS: Cuando una situación o problemática emergente así lo
amerite.
c) DE LAS CITACIONES: Estas se cursarán por escrito, recordando las fechas.
TITULO III DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO
a) QUIENES FORMAN PARTE:
Aquéllos que permite y/o sugiere el artículo tercero del Decreto Nº 24 del 27 de
enero de 2005 del Ministerio de Educación.
b) QUIENES PODRAN FORMAR PARTE:
Todo representante de un sector significativo de la Comunidad Educativa.
c) CONDICIONES PARA PERTENECER AL CONSEJO:
Aquéllas que otorga el Decreto Nº 24 del 27 de enero de 2005, artículo tercero del
Ministerio de Educación y tener la aprobación de la Dirección del Colegio.
d) PERÍODO QUE PERMANECEN:
Está determinado por la permanencia que tengan en el cargo.
e) CUANDO DEJA DE PERTENER UN MIEMBRO AL CONSEJO:
- Por desvinculación de la Comunidad Educativa.
- Por reiteradas faltas injustificadas a las reuniones.
- Por determinación de la Dirección del establecimiento educacional.
TITULO IV DEL SECRETARIO GENERAL
Será elegido por la Asamblea y deberá tomar nota de Acta.
TITULO V DE LAS ACTAS
Estas podrán archivarse o registrarse en un Libro de Actas, las que deberán ser
firmadas por todos los miembros del Consejo.
TITULO VI DE LA COMUNICACIÓN
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Cada miembro debe informar los acuerdos a sus representados, lo más
objetivamente.
Una copia de la comunicación debe ser remitida al Secretario del Consejo.
TITULO VII DE LOS ACUERDOS
Se consensuará por mayoría. Se elegirá a un miembro para que gestione y/o
informe los acuerdos.
TITULO VIII DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS
Asistir a las reuniones citadas. Guardar la reserva necesaria cuando la situación lo
amerite.
TITULO IX DE LAS ACTAS
Presentar objetivamente las peticiones y/o sugerencias de sus representados.
Ser escuchado respetuosamente.
Solicitar que los acuerdos se cumplan y las gestiones derivadas de ellos, se
realicen.
El Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Escolar, podrá ser
modificado cuando un integrante lo solicite, fundamentando debida y cabalmente su
petición y con la aprobación de la mayoría.
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ANEXO 4: REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO CENTRO GENERAL DE PADRES Y APODERADOS
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PRESENTACIÓN
La tarea principal y fundamental de la Familia es colaborar en la formación y
educación de sus hijos, a través de un proceso que comienza con la
corresponsabilidad de la familia en la
comunidad educativa de la escuela y su organización con su acompañamiento,
formación y
apoyo permanente.
“En el propósito educativo que anhelamos, resulta fundamental la
corresponsabilidad de la
Familia en la Educación de las y los estudiantes, en sintonía con el Proyecto
Educativo, para aunar y complementar esfuerzos, logrando su desarrollo integral y
armónico”.
En esta línea se genera la necesidad del liderazgo de quienes tienen la
responsabilidad de llevar a cabo los procedimientos para fortalecer la dinámica entre
todos los padres y/o apoderados de nuestra Unidad Educativa. Labor que
desempeña el Centro General de
Padres y Apoderados.
LA DIRECCIÓN
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TITULO I DE LAS NORMAS GENERALES
ART. 1
En Asamblea General de sub. -Centro de Padres y Apoderados de la Escuela
Estrella del Sur fue aprobado el Reglamento Interno de Organización y
Funcionamiento del Centro de Padres y Apoderados en conformidad a lo dispuesto
por el Decreto Nº 565, de 6 de junio de 1990, del Ministerio de Educación y
modificado por Decreto Nº 828, de 19 de enero de
1996.
ART. 2
El Centro de Padres y Apoderados de la Escuela Estrella del Sur, en adelante,
orientará su acción con plena observancia del desarrollo integral de los estudiantes,
que constituye una de las bases del establecimiento y de las atribuciones técnico-
pedagógicas
que competen exclusivamente a la escuela Estrella del Sur que le sirve de
plataforma; promoverá la unidad, la cohesión grupal entre sus miembros, apoyará
organizadamente las labores educativas de la escuela y estimulará el desarrollo y
progreso del conjunto de la comunidad escolar.
TITULO II DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
ART. 3
El Centro de Padres y Apoderados, para llevar a cabo su misión, deberá:
a. Apoyar la labor formativa de la Escuela Estrella del Sur, interesándose por su
crecimiento moral y prosperidad material, teniendo como meta la formación integral
de sus estudiantes.
b. Estimular la cooperación y participación de la comunidad educativa, a través del
proyecto educativo de la Escuela Estrella del Sur, en las actividades escolares y
extraprogramáticas de ésta.
c. Mantener un vínculo permanente con la Dirección de Escuela Estrella del Sur,
para el cumplimiento de los objetivos del Centro General de Padres y Apoderados.
d. Proponer y patrocinar ante las autoridades de Escuela Estrella del Sur, iniciativas
en beneficio de la educación de los estudiantes.
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e. Interesar a sus miembros en la mejor formación de sus hijos e hijas o pupilos y
capacitarlos para ello mediante actividades adecuadas de perfeccionamiento en los
aspectos moral, educacional y cívico social.
f. Orientar sus recursos, preferentemente para apoyar mutuamente a la Escuela
Estrella del Sur de la infraestructura necesaria para mejorar la calidad de la
educación - tanto en el aspecto material como formativo y, en general, todo aquello
que contribuya a una formación integral de los estudiantes.
g. Comunicar a la Dirección de la Escuela Estrella de las inquietudes, sugerencias
y proyectos emanados de un curso o de las directivas del sub. - centro.
ART. 4
DEFINICIONES
Padres y Apoderados:
Persona que representa al estudiante en su curso, definido en el momento de
matricular al estudiante.
Directiva de curso:
Padre o Apoderado elegido en reunión de curso para desempeñarse en algún cargo.
Definido en el presente reglamento.
El Centro de Padres y Apoderados se encuentra formado por las siguientes
categorías de miembros:
a.- Los Padres y Apoderados de los estudiantes.
b.- El Director de la escuela, a quien se le reconoce y otorga la calidad de miembro
activo del Centro de Padres y Apoderados o a quién él estime para su
representación.
ART. 5
Los integrantes del Centro General de Padres y Apoderados tendrán los siguientes
derechos:
a.- Elegir y ser elegidos para los cargos directivos del Directorio del Centro General
de Padres y apoderados y sub. -centros.
b.- Presentar cualquier proyecto o proposición al estudio del Directorio por
intermedio de los sub. -centro de cada curso, el que decidirá su rechazo o inclusión
en la tabla de la Asamblea del sub. -centro.
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Todo proyecto o proposición patrocinada por el 50% de los integrantes del sub. -
centro, será sometido a la consideración de éste, no pudiendo ser rechazado por el
Directorio del Centro de Padres y Apoderados.
c.- Participar con voz y voto en las asambleas generales para elegir el C.G.P.A. y
en las reuniones de curso.
ART.6
La calidad de miembro del Centro de Padres y Apoderados se perderá al momento
de dejar de pertenecer el estudiante a la escuela.
ART. 7
El Centro de Padres y Apoderados tendrá la siguiente estructura de funcionamiento:
a.- Asamblea General
b.- Asamblea de sub-centro
c.- Asamblea de cursos
TÍTULO III DE LA ASAMBLEA GENERAL
ART.8
La Asamblea General del Centro de Padres y Apoderados se encuentra formada
por los padres y apoderados, de los estudiantes de la escuela que deseen participar
y, en ausencia de cualquiera de ellos, por quienes debidamente las representen, en
la forma indicada en este Reglamento.
ART. 9
Las asambleas generales podrán ser Ordinarias o Extraordinarias.
ART.10
Las Asambleas Ordinarias se celebrarán de acuerdo al cronograma anual de
actividades elaborado por el Colegio, y en ellas se tratarán las siguientes materias:
a.- Proceder a la elección de los miembros del Directorio del Centro General de
Padres y Apoderados, si corresponde.
b.- Informar sobre los avances de metas y presentación de proyectos.
ART.11
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Las Asambleas Generales Extraordinarias se celebrarán en las oportunidades que
el/ la presidente/a ó el/la directora/a acuerde convocar a ellas por estimarlas
necesarias para la buena marcha de la organización, o cada vez que se lo solicite.
En estas Asambleas Extraordinarias únicamente podrán tratarse las materias
indicadas en la convocatoria. Cualquier acuerdo que se tome sobre otras materias,
será nulo.
ASAMBLEA DE SUB-CENTROS DE PADRES Y APODERADOS
ART. 12
Serán materias propias de las Asambleas de sub-centro, las siguientes:
a.- Aprobar el Reglamento Interno y sus modificaciones.
b.- La reforma de los estatutos del Centro de Padres y Apoderados.
c.- La disolución del Centro de Padres y Apoderados.
d.- Elegir los integrantes de la Comisión Revisora de Cuentas
e.- Las reclamaciones contra el Directorio del Centro de Padres y Apoderados
para hacer efectivas las responsabilidades que conforme a los estatutos les
correspondan.
Las asambleas generales del año serán calendarizadas al inicio del año y
aprobadas con la mayoría simple de los asistentes. Las reuniones extraordinarias
serán citadas por el directorio del centro general de padres y apoderados ante casos
excepcionales y debidamente de urgencia.
Las citaciones a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias de sub-
centro se notificarán a los padres y apoderados por medio de sus hijos (a) o
pupilos(a).
La citación deberá hacerse, a lo menos, con dos días anticipación y, en el caso de
las Asambleas Extraordinarias, deberá contener la tabla de la materia que se va a
tratar.
Dirección de la escuela colaborará con la máxima diligencia, a fin de que las
citaciones sean despachadas oportunamente y los padres y apoderados tomen
debido conocimiento de ellas.
ART.13
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Para los efectos de las votaciones que se practiquen en las Asamblea General de
sub-centro, sea en reunión Ordinaria o Extraordinaria, cada curso será representado
sólo por una persona que podrá ser el presidente o quien le subrogue.
ART.14
Los acuerdos de asamblea general de sub-centro se adoptarán con el voto
conforme de la mayoría absoluta de los representantes de cada curso, salvo que la
ley, los estatutos del Centro de Padres y Apoderados o este Reglamento exijan un
quórum especial.
Cada curso tendrá derecho a un voto. De las deliberaciones y acuerdos se dejará
constancia en el Libro de Actas que llevará el Secretario. Las actas serán firmadas
por el Presidente, el Secretario o quien lo reemplace. En la cual se adjuntará las
planillas correspondientes con la votación de cada curso.
ART.15
Las Asambleas Generales de sub-centro serán presididas por el Presidente del
Centro de Padres y Apoderados, actuando como Secretario el que lo sea del
Directorio o la persona que lo reemplace. En caso de ausencia del Presidente, lo
reemplazará el Vice-Presidente y, en caso de faltar ambos, se estará al siguiente
orden de prelación:
a.- Tesorero
b.- Secretario
ASAMBLEA DE CURSOS DE PADRES Y APODERADOS
ART.16
La asamblea de los Sub-centros se encuentra constituida por todos los padres y
apoderados del curso que, guiados por un interés común, se han unido y, como
integrantes de una Comunidad Educativa velan por el desarrollo integral de todos
los educandos. Por tanto, cada uno de sus integrantes, juega un rol importante en
el logro de metas y programas a cumplir, tanto a nivel curso como a nivel de escuela.
ART.17
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En las deliberaciones del Directorio del Centro de Padres y Apoderados, los Sub-
centros se encuentran representados por sus respectivos sub-centros, teniendo
derecho a voto el Presidente o quien lo represente de cada curso.
ART.18
Las asambleas de los Sub-centros pueden delegar en sus representantes ante el
Directorio del Centro de Padres y Apoderados con derecho a voto, esto es, el
Presidente de cada curso, las facultades que este reglamento les otorgan, tales
como aprobar las reformas que se introduzcan a los estatutos, conocer y aprobar el
presupuesto y balances anuales, etc.
ART.19
Los Directivas de cursos de Padres y Apoderados son organismos intermedios de
colaboración de la Comunidad Educativa, integrados por los padres y apoderados
que conforman cada curso, con las siguientes finalidades:
a.- Interesar y fomentar la responsabilidad de los padres y apoderados en la
formación integral de sus hijos e hijas.
b.- Apoyar, en todo sentido, la labor y actividades de la escuela.
c.- Patrocinar, ante la Dirección de la escuela y el Directorio del Centro de Padres y
Apoderados, iniciativas de carácter general y que sirven a un mayor logro de los
objetivos de la Comunidad Educativa, especialmente aquellos que guarden relación
con la formación integral de los educandos.
ART.20
Las Directivas de cursos, se elegirán en la primera reunión del año escolar. Sólo
podrán postularse las personas que cumplan con los requisitos del artículo 25 de
este reglamento.
ART.21
Una vez elegidas las directivas se remitirá la nómina de sus integrantes con sus
datos personales a la Dirección de la escuela y al Directorio del Centro de Padres y
Apoderados.
ART.22
Las directivas podrán sesionar cuando lo estimen necesario o lo solicite la Profesor
(a) Jefe. Tanto para las reuniones de sub-centros como para las reuniones de
Padres y Apoderados de curso, se notificará con anticipación a la Dirección de la
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escuela, a objeto de no interferir con las actividades que se programan a nivel de
toda la escuela o de Centro de Padres y Apoderados.
ART.23
Las directivas, son las encargadas de organizar y dirigir la participación de los
padres de familia de su curso, en el cumplimiento de los objetivos del Centro de
Padres y Apoderados, teniendo presente en todo momento la labor asesora de la
Profesor (a) Jefe del curso.
Les corresponderá, asimismo, vincular a sus respectivos cursos con el Directorio
del Centro de Padres y Apoderados. Durarán un año en sus cargos y podrán ser
reelegidos indefinidamente.
DIRECTORIO DEL CENTRO DE PADRES Y APODERADOS
ART.24
El Centro de Padres y Apoderados será dirigido por un Directorio conformado de la
siguiente manera:
1.- Director de la escuela
2.- Presidente
3.- Vicepresidente
4.- Secretario
5.- Tesorero
6.- Director
Podrá incorporar adicionalmente:
1.- Delegado de Relaciones Publicas
2.- Delegado de Deportes
3.- Delegado de Cultura
Podrán ser reelegidos en un periodo seguido y cada periodo tendrá la duración de
3 años.
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ART.25
Para poder optar a un cargo del Directorio, se requiere cumplir con los siguientes
requisitos:
a.- Ser mayor de 21 años.
b.- Tener, a lo menos, un año de pertenencia a la directiva de curso y como mínimo
2 años en la escuela.
c.- Tener cualidades sociales y morales que lo habiliten para ejercer el cargo de
directivo en un establecimiento educacional.
d.- No estar procesado ni haber sido condenado por crimen o simple delito que
merezca pena aflictiva.
ART.26
La elección del Directorio deberá efectuarse durante el mes de abril y comenzará
sus funciones a los 15 días de la elección. La votación será universal, secreta e
informada. El Directorio se elegirá de entre la nómina de postulantes que
confeccione el Centro de Padres y Apoderados y la Dirección de la escuela. Dicha
nómina se formará de la siguiente manera:
a.- Cada curso de la escuela podrá presentar 1 candidato, acompañando de una
breve reseña de sus antecedentes personales confeccionado por los respectivos
profesores jefes tales como: años de permanencia en la escuela, cargos
desempeñados, número de hijos en la escuela y aquellos que se estimen
adecuados para su mejor conocimiento y postulación. Motivos que inspiran su
postulación.
b.- El listado de precandidatos se remitirá al Directorio del Centro de Padres y
Apoderados durante el mes de noviembre, quien, en forma conjunta con la dirección
de la escuela, realizaran la confección de los votos con la lista oficial de candidatos
a Directivos.
ART 27
Serán electas las 9 personas que obtuvieren las más altas mayorías relativas. En
caso de producirse empate, decidirá la Dirección de la escuela.
Los directivos electos asumirán sus funciones a los 15 días de la elección y se
reunirán a fin de efectuar la repartición de los cargos.
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ART.29
El Directorio sesionará ordinariamente, a lo menos, una vez por semestre y
extraordinariamente cada vez que el Presidente lo determine o lo pidan a éste la
mayoría de sus integrantes indicando el objeto de la reunión. Las citaciones a
reunión ya sea ordinaria o extraordinaria, se efectuarán por comunicación escrita, o
mensaje de texto o bien vía telefónica.
El quórum para sesionar será el 50% de los Directivos. Los acuerdos se adoptarán
con el voto conforme de la mayoría absoluta de los Directivos presentes. Los
empates que se produzcan se dirimirán por votación; en el evento de repetirse,
decidirá el voto del Presidente o quien haga sus veces.
ART.30
En caso de fallecimiento, ausencia, renuncia o imposibilidad definitiva de un
directivo para el desempeño de su cargo, el Directorio le nombrará un reemplazante,
que durará en sus funciones sólo el tiempo que falte para que éste cumpla su
período.
Se entenderá por ausencia o imposibilidad definitivas, la inasistencia de un directivo
por un período de dos meses consecutivos.
ART. 31
Las atribuciones y los deberes del Directorio serán las siguientes:
a.- Dirigir el Centro de Padres y Apoderados y administrar sus bienes.
b.- Convocar las asambleas Ordinarias y Extraordinarias, en conformidad a los
estatutos.
c.- Someter a la aprobación de la asamblea los reglamentos que proceda dictar para
el buen funcionamiento del Centro de Padres y Apoderados.
d.- Cumplir los acuerdos de las Asambleas Generales de sub. -centro.
e.- Dar cuenta de la inversión de los fondos del Centro, mediante la presentación a
la asamblea de sub. -centro, del balance, inventario.
f.- Resolver, en forma conjunta con la Dirección de la escuela, las dudas y
controversias que surjan con motivo de la aplicación de estatutos y reglamentos. g.-
Ser considerado para la evaluación del PEI, definición de mecanismos para el actuar
coordinado, generar alianzas para el involucramiento de la familia en el PEI y apoyo
a los aprendizajes, mantener una buena comunicación con los distintos estamentos
del establecimiento, garantizando canales de comunicación expeditos.
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h.- Elaborar el plan de trabajo anual, en conformidad al Proyecto Educativo de la
escuela y darlo a conocer a los sub. -centro de padres y apoderados.
i.- Designar reemplazante de los Directivos, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 31 del presente reglamento. El cual será sometido a votación en reunión de
sub-centro.
ART.32
De las deliberaciones y acuerdos del Directorio del Centro de Padres y Apoderados,
se dejará constancia en un Libro de Actas llevado por el Secretario y que será
firmado por todos los Directivos que hubieren concurrido a la sesión. El Directivo
que quisiera salvar su responsabilidad por algún acto o acuerdo, deberá exigir que
se deje constancia de su opinión en el acta.
TITULO V DE LOS CARGOS
DEL PRESIDENTE
ART. 35
El Presidente del Directorio del Centro de Padres y Apoderados, lo representará de
las siguientes atribuciones:
a.- Presidir las reuniones del Directorio y las Asambleas Generales de Sub. - centro
de Padres y Apoderados.
b.- Ejecutar los acuerdos del Directorio, sin perjuicio de las funciones que los
estatutos encomiendan al resto de los integrantes.
c.- Proponer al Directorio el plan general de actividades anuales estando facultado
para organizarlo y establecer prioridades en su ejecución.
d.- Velar por el cumplimiento de los Estatutos, reglamentos y acuerdos que adopte
el Directorio y el Sub. -Centro de Padres y Apoderados.
e.- Nombrar las comisiones de trabajo que estime convenientes
f.- Firmar la documentación propia de su cargo.
g.- Dar cuenta, en la Asamblea General Ordinaria de Sub-Centro de padres y
apoderados que corresponda, en nombre del Directorio, de la marcha de la
institución y del estado financiero de la misma.
h.- Las demás atribuciones que señale este Reglamento.
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DEL VICEPRESIDENTE
ART. 36
a.- El Control de la constitución y funcionamiento de las comisiones de trabajo.
b.- Subrogar al Presidente en caso de enfermedad, permiso, ausencia o
imposibilidad temporales, renuncia o fallecimiento. En los casos de renuncia
aceptada o fallecimiento, el Vicepresidente ejercerá las funciones de Presidente
hasta la terminación del respectivo período, sin perjuicio del nombramiento de otro
Directivo para completar el número que establece este reglamento por el período
que falte. Según el artículo 31 del presente reglamento.
DEL SECRETARIO, TESORERO Y DELEGADOS
ART. 37
Corresponderá al Secretario:
a.- Desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones en las que le
corresponda intervenir y certificar como tal la autenticidad de las resoluciones o
acuerdos del Directorio y de la Asamblea General de Sub. -Centro.
b.- Redactar y despachar, bajo su firma y la del presidente, toda la correspondencia
relacionada con el Centro de Padres y Apoderados.
c.- Contestar personalmente y dar curso a la correspondencia de mero trámite.
d.- Tomar las actas de las sesiones del Directorio y de las Asambleas Generales del
sub-centro; redactarlas e incorporarlas antes de que se pronuncien sobre ellas, en
los libros respectivos, bajo su firma.
e.- Informar a la Asamblea conforme al contenido del archivo sobre las inhabilidades
que afecten a los candidatos a Directivos, cuando procediere.
f.- Despachar las citaciones a asambleas Ordinarias y Extraordinarias.
g.- Formar la tabla de sesiones del Directorio y de Asambleas Generales de Sub. -
Centro, de acuerdo con el Presidente.
h.- Autorizar con su firma las copias de las actas que solicite algún miembro del
Centro de Padres y Apoderados.
i.- En general, cumplir con todas las tareas que le encomiende el Directorio, el
Presidente, los Estatutos y el reglamento, relacionados con sus funciones.
j. - Llevar al día el archivo de toda la documentación del Centro de Padres y
Apoderados.
ART. 38
Corresponderá al Tesorero:
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Son deberes y obligaciones del Tesorero como encargado y responsable de la
custodia de los bienes y valores del Centro:
a.- Llevar al día los libros de contabilidad, en la forma establecida por el Centro de
Padres y Apoderados.
b.- Efectuar, conjuntamente con el Presidente, todos los pagos o cancelaciones
relacionadas con las Actividades del Centro de Padres y Apoderados, debiendo al
efecto firmar los documentos necesarios.
c.- Exhibir, a la asamblea del directorio, todos los libros y documentos de la
Tesorería que le sean Solicitados para su revisión y control.
d.- Presentar en forma extraordinaria un estado de tesorería, en cada reunión de
Directorio y a la Asamblea General de Sub-Centro el balance general de todo el
movimiento contable del respectivo período.
e.- Llevar y mantener al día los inventarios de todos los bienes del Centro de Padres
y Apoderados.
ART. 39
Serán funciones del Delegado de Deportes:
a.- Participar en las distintas instancias que sea requerido por el directorio.
b.- Dar fiel cumplimiento al programa anual de actividades, en conjunto con la
Directiva del Centro de Padres
c.- Realizar reuniones de coordinación con los delegados de los respectivos cursos
de la escuela, cuando corresponda.
d.-. Presentar al directorio un ante proyecto de actividades deportivas al finalizar el
año para ser incluido en el plan de trabajo del año siguiente.
ART. 40
Serán funciones del Delegado de Cultura:
a.- Participar en las distintas instancias que sea requerido por el directorio.
b.- Dar fiel cumplimiento al programa anual de actividades, en conjunto con la
Directiva del Centro de Padres
c.- Realizar reuniones de coordinación con los delegados de los respectivos cursos
de la escuela, cuando corresponda.
d.- Participar en todas las actividades que le encomiende la Dirección de la escuela.
e.- Presentar al directorio un ante proyecto de actividades culturales al finalizar el
año para ser incluido en el plan de trabajo del año siguiente.
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ART. 43
Serán funciones del Director:
a.- Participar en las distintas instancias que sea requerido por el Directorio.
b.- Dar fiel cumplimiento al programa anual de actividades, en conjunto con la
Directiva del Centro de Padres.
DE LOS CARGOS DEL SUB-CENTRO
ART. 44
a.- Presidente: Es quien dirige las reuniones y, juntamente con la Profesora (o) Jefe,
vela porque estas reuniones se ciñan a lo eminentemente educativo y, por lo tanto,
a una tabla programada con antelación.
Será responsable del inicio y término de las reuniones en los horarios establecidos.
Velará por el cumplimiento puntual de los acuerdos. Le corresponderá presentar y
plantear situaciones especiales o de urgencia ante el Directorio del Centro de
Padres y Apoderados y será el responsable de las votaciones de los cursos ante
del directorio del centro de apoderados.
b.- Vicepresidente: Subrogar al presidente en ausencia de éste y cooperar con el
Centro de Padres y Apoderados a nivel general y de curso.
c.- Secretario: Es labor del Secretario llevar un cuaderno de actas donde consten
los acuerdos tomados en las reuniones del sub. -centro o de asamblea de curso,
rendición de cuentas del Tesorero e información de los delegados de Pastoral,
Relaciones Publicas, Deportes y de la Profesora Jefe.
d.- Tesorero: Llevará a cabo la recaudación de dinero en las reuniones de padres y
apoderados, El dinero recolectado quedará en custodia del Tesorero, quien llevará
estricta cuenta de los ingresos y egresos. Dará cuenta del balance en cada reunión
de curso, efectuará las compras necesarias que se tomen en acuerdo en las
reuniones de curso.
TÍTULO VI DEL PATRIMONIO SOCIAL
ART. 45
El patrimonio del Centro de Padres y Apoderados se formará por:
a.- Las cuotas ordinarias y extraordinarias, debidamente fijadas y autorizadas por la
Asamblea General de sub. -centro.
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b.- El producto de los bienes y actividades sociales, debidamente contempladas en
el programa anual de la escuela.
ART.46
Las cuotas extraordinarias serán fijadas por las asambleas generales de sub. -
centros,
en casos calificados, y cuando sean precisas para el cumplimiento de los fines del
Centro de Padres y Apoderados, debiendo destinarse los fondos recaudados
solamente al objeto para el cual fueron solicitados.
TITULO VII DE LAS SANCIONES
ART.47
Los Directivos de los cursos, ante el Directorio del Centro de Padres y Apoderados,
son los canales por donde fluyen las orientaciones y decisiones, tanto de la
Dirección de la escuela como del Directorio del Centro de Padres y Apoderados, por
lo que su asistencia a las reuniones del Sub. -Centro son esenciales para la buena
marcha de sus respectivos cursos, en cuya consideración la inasistencia, sin causa
justificada a tres reuniones, se sancionará con la pérdida de su calidad de Directivo
ante el curso.
El incumplimiento grave y notorio de los deberes inherentes al cargo que ocupen,
debidamente comprobado, harán asimismo perder de inmediato la calidad de
Directivo, siendo reemplazado por el tiempo que falte, por otro apoderado que
designe la asamblea-curso.
TITULO VIII DE LA COMISIÓN REVISORA DE CUENTAS
ART.48
La Comisión Revisora de cuentas estará integrada por tres Directivos, que serán
elegidos mediante votación, en asamblea de Sub. -Centro. Para ser miembros de la
Comisión Revisora de Cuentas será necesario cumplir con los requisitos
establecidos en el ART. Nº 25 de este reglamento.
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ART.49
Los miembros de la comisión Revisora Cuentas durarán solo el tiempo que lleve
este proceso el cual no podrá durar más de 15 días posterior a la elección del nuevo
directorio.
La conclusión a que llegue esta comisión la entregara tanto a la directiva elegida
como a la dirección del colegio. A fin de tomar razón.
TITULO IX DE LA REFORMA DEL REGLAMENTO Y DE LA DISOLUCIÓN DEL CENTRO GENERAL
ART.50
La reforma del Reglamento vigente sólo podrá ser acordada con el voto conforme
de los dos tercios del total de los cursos representados exclusivamente por su
presidente, y citados exclusivamente con el objeto de pronunciarse sobre el
proyecto de reforma que deberá presentar el Directorio, por propia iniciativa o por
acuerdo de la Asamblea de Sub. -Centro. La asamblea de reforma deberá
celebrarse con la asistencia de un Representante de la dirección del Colegio, quien
deberá certificar que se han cumplido todas las formalidades que el estatuto exige
para acordar la modificación del o la disolución del Centro, según corresponda.
ART.51
La disolución voluntaria del Centro de Padres y Apoderados sólo podrá ser
acordada por dos tercios del total de los cursos del colegio reunidos en una
Asamblea de Sub- Centro Extraordinaria citada, solamente, para pronunciarse
sobre la proposición de disolución acordada por el Directorio, sobre la base
exclusiva de no disponer de medios para cumplir las finalidades de la institución.
ART. 52
Aprobada por la autoridad que corresponda, la disolución voluntaria o decretada su
disolución forzada, sus bienes pasarán al Dirección de la escuela.