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PROYECTO FSAL / ACTRAV PROYECTO FSAL / ACTRAV Autoreforma sindical ante los nuevos retos de la integración y globalización económica SEGUNDA PARTE Oficina Internacional del Trabajo Oficina Regional para América Latina y el Caribe Oficina de Actividades para los Trabajadores Proyecto financiado por el Ministerio de Trabajo e Inmigración – Gobierno de España

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PROYECTO FSAL / ACTRAVPROYECTO FSAL / ACTRAV

Autoreforma sindical ante los nuevos retos de la integración y globalización

económica SEGUNDA PARTE

Oficina Internacional del TrabajoOficina Regional para América Latina y el CaribeOficina de Actividades para los Trabajadores

Proyecto financiado por el Ministerio de Trabajo e Inmigración – Gobierno de

España

Análisis del contexto

• Segunda parteSegunda parte:

La Libertad Sindical, la Negociación Colectiva, las estructuras sindicales y la acción sindical en América Latina.

Relaciones laborales en las Américas

El modelo de relaciones laborales es similar en casi todos los países de las Américas, con salvedades en algunos sectores como construcción o los casos de Canadá, algunos Estados y sectores de EE.UU, México, en parte Brasil y especialmente Argentina, México y Uruguay.

Libertad sindical en América Latina

• Derecho de sindicalización ejercido y practicado casi en exclusivo en y desde el centro de trabajo.

• Condicionado a la existencia de un número X de trabajadores dispuestos a organizarse.

• No reconocimiento y/o práctica del ejercicio de la afiliación directa a las estructuras sindicales superiores a la empresa.

Ejercicio de la Libertad Sindical

El ejercicio de Libertad Sindical está

condicionada por la normativa.

1.Tener un trabajo determinado, estable.

2.La voluntad de un número X de trabajadores.

3.El tamaño de la empresa.

La tasa de sindicación

• La media nacional no suele superar el 10%

• En el sector público suele ser superior.

Negociación colectiva en América Latina

• Ámbito de la negociación colectiva reconocido y ejercido casi exclusivamente a nivel de empresa.

• La negociación colectiva sectorial es la excepción. En algunos países está prohibida.

Capacidad de negociar

El sindicato de empresa.

Ejercicio de la negociación colectiva

• Si hay sindicato en la empresa capaz de “forzar” la negociación.

La tasa de cobertura de la negociación colectiva

• No suele llegar al 10% de media nacional.• Hay países en los que no llega al 1%. • La tendencia es decreciente, con pocas excepciones.

Modelo basado en el sindicato de empresa

• Estructura base de la organización: el sindicato de empresa o ente administrativo con un funcionamiento y acción sindical endogámica, corporativa, y con dificultades de articulación en los niveles superiores.

“Estructuras sindicales condicionadas”

El modelo organizativo sindical es reflejo de la norma y está condicionado por la forma en que están reguladas la libertad sindical y la negociación colectiva y no suele ser producto de la autonomía sindical.

Afiliación, negociación colectiva y estructura sindical.

Las limitaciones normativas a la afiliación y a la negociación colectiva y la estructura de sindicato de sindicato de empresaempresa, representan un obstáculo al crecimiento y desarrollo sindical, entre otros factores al no darse:

• Afiliación libre y directa a las estructuras superiores al ámbito de empresa

• La negociación colectiva en ámbitos superior a la empresa.

• Estructuras sectoriales de Federaciones nacionales representativas.

.

Es un modelo exclusivo

Este modelo excluye a: • Los que trabajan en empresas de menos de 15, 20 o más

trabajadores, depende del país.• a los temporales, descentralizados, subcontratados,

tercerizados e independientes-dependientes.• a los que no tienen trabajo y lo buscan.• a los jubilados.• a los trabajadores por “cuenta propia de la economía

autogenerada”, cuando son la mayoría de la PEA en casi todos los países de la región.

Es un modelo exclusivo

Este modelo supone una limitación real a la plena aplicación y desarrollo de los Convenios 87 y 98 de la OIT.

(Además de que América Latina es el continente donde más violaciones a estos dos derechos se constatan).

Conclusión

• ¿El actual sistema de relaciones laborales (SRL) en América Latina es el adecuado para hacer frente sindicalmente a los retos de la globalización económica?

• ¿Este sistema facilita, limita o constriñe la acción sindical?

Causas - Efectos

• Las fronteras de la posible afiliación y representatividad sindical directa se circunscriben a un número determinado de empresas y colectivos de trabajadores, imposibilitándose a la mayoría de los trabajadores y trabajadoras que componen la PEA el ejercicio de este derecho fundamental.

• Por consiguiente, el crecimiento y desarrollo sindical están siendo limitados por razones estructurales.

Causas - Efectos

• La poca negociación colectiva que existe son eventos “isla”, con predominio de la reivindicación de carácter económico defensivo.

• Es deficiente la articulación entre los sindicatos base y las políticas de la “superestructura” de la central.

• Dificultades para articular globalmente la pluralidad de intereses del conjunto diverso de trabajadores que trabajan o buscan trabajo.

Causas - Efectos

• Dificultades para construir un proyecto de poder sindical autónomo integrador.

• Dificultades para la práctica de un sindicalismo sociopolítico.

• Débil capacidad de propuesta e incidencia del sindicalismo en las políticas públicas:

- Política económica.- Marco de relaciones laborales.- Políticas Sociales y Seguridad Social.- Políticas de fomento de empleo de calidad.- Sindicalismo de resistencia.- Inaplicabilidad de los pactos y la normativa vigente favorable.- Débil cultura tripartita.

Conclusiones• El sistema de relaciones laborales vigente

en América Latina obstaculiza el crecimiento y desarrollo del sindicalismo latinoamericano.