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CENTRO INTEGRADO DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE ÁVILA C/ Giacomo Puccini 2 05003 ÁVILA Tel. 920 25 82 90 Fax 920 25 82 81 http://cifpavila.centros.educa.jcyl.es/ email : [email protected] P R O Y E C T O F U N C I O N A L C E N T R O I N T E G R A D O D E F O R M A C I Ó N P R O F E S I O N A L D E Á V I L A

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PROYECTO FUNCIONAL CENTRO INTEGRADO DE

FORMACIÓN PROFESIONAL DE ÁVILA

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1.- PRESENTACIÓN.

2.- CONTEXTUALIZACION. 2.1 Ubicación 2.2 Historia 2.3 Profesorado 2.4 Espacios 2.5 Fines y funciones

3.- ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN.

3.1 Organigrama

3.1.1 Organigrama jerárquico.

3.1.2 Organigrama funcional.

3.1.3 Organigrama de participación.

3.1.4 Documentos Institucionales del Centro.

3.1.5 El Director

3.1.6 El Jefe de Estudios

3.1.7 El Secretario

3.1.8 El Consejo Social

3.2 Organización pedagógica

3.2.1 El Claustro de profesores

3.2.2 La Comisión de Coordinación

3.2.3 Departamentos Didácticos y Familias Profesionales.

3.2.4 Departamento de Orientación

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3.2.5 Tutorías

3.2.6 Departamento de Actividades Extraescolares y Complementarias

3.3 Oferta educativa

3.3.1 Ciclos Formativos.

3.3.2 Formación en Centros de Trabajo

3.4 Asociaciones

3.4.1 Asociación de Padres.

3.4.2 Asociación de Alumnos.

3.5 Participación

3.5.1 Delegado de Grupo.

1. Junta de Delegados.

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1. PRESENTACIÓN

Para todos los profesionales del Centro Integrado de Formación Profesional de Ávila existen tres motivos para abordar la elaboración de su Proyecto Funcional :

1- Dar cumplimiento y desarrollo a la normativa que resulta de aplicación:

a. Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

b. Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y de la Formación Profesional

c. Real Decreto 1558/2005, de 23 de diciembre, por el que se regulan los requisitos básicos de los Centros Integrados de Formación Profesional.

d. Orden ADM/1635/2007, de 4 de octubre, por la que se regulan los Centros Integrados de Formación Profesional en Castilla y León.

2 - Convertir el Proyecto Funcional en uno de los pilares básicos que permita a la comunidad educativa la posibilidad de diseñar un centro educativo acorde con sus intereses, necesidades, motivaciones, expectativas, siempre enfocada a la completa formación del alumnado ( humana y profesiional ) etc., teniendo en cuenta que este centro es nuevo y que los primeros años este documento estará sujeto a una profunda renovación

Una comunidad educativa debe plantearse el tipo de educación que quiere ofrecer a sus alumnos, es decir, debe definir su identidad. La exposición

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de esa identidad es lo que se llama Proyecto Funcional. Este debe ofrecer una propuesta educativa integral que guíe todas las actividades de un centro.

La comunidad educativa del Centro Integrado de Formación Profesional de Ávila se ha propuesto dar una formación de calidad a través de :

a. una profunda implicación del profesorado en todas las actividades del centro

b. una importante e intensa relación con las instituciones sociales, económicas ( empresas ) y laborales de nuestro entorno

c. una orientación profesional del alumnado enfocada a una búsqueda objetiva de sectores de empleo acorde a sus intereses y fomación

d. una implicación de todos los ciclos formativos en actividades comunes de desarrollo de las competencias educactivas propias de cada ciclo, de cara al exterior ( actividades en instituciones, empresas o ac. Divulgativas : fietas en el Grande, etc... )

3- Gestionar un centro educativo de forma eficaz exige una acción coherente, coordinada y solidaria de todos los miembros de la comunidad educativa.

Esta labor no resulta sencilla ya que se parte de un conjunto de personas con intereses y necesidades variadas, se plantean objetivos muy diversos, al constituir además el profesorado un bloque en sus respectivos ciclos formativos que puede llegar a ser demasiado estanco y sin comunicación ni vínculo de intereses con el resto de los ciclos formativos del centro.

Por ello, se requieren actuaciones eficaces en ámbitos de gestión también diversos como el pedagógico, institucional, administrativo, de

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proyección interna, humano y de servicios y no siempre se cuenta con el tiempo y los recursos necesarios.

Se precisa, por tanto, de una organización sólida pero flexible y ágil a la vez, basada en una división racional de tareas, con actuaciones complementarias de los distintos sectores, tratando así de evitar los peligros de la dispersión y la indefinición de responsabilidades.

La institución escolar necesita instrumentos y pautas claras que favorezcan y permitan racionalizar el trabajo, clarificar objetivos, evitar improvisaciones y contradicciones, generar motivación, en resumen, facilitar la confluencia de diversos intereses.

El Proyecto Funcional de Centro ha de ser el instrumento útil y fundamental para orientar y facilitar la gestión coherente con nuestro contexto escolar, que enumere y defina las notas de identidad de nuestro centro, formule los objetivos que pretende y exprese la estructura organizativa de la institución. Debe constituir el marco global que permitirá al equipo docente desarrollar su labor de forma coordinada y eficaz, dando soluciones a la problemática específica que se presente, desde el contexto del centro y desde la perspectiva de sus objetivos.

Siendo éstas las razones que justifican la elaboración de este Proyecto Funcional resulta imprescindible, al presentar este documento, señalar que todas se sustentan en la regulación normativa de los Centros Integrados de Formación Profesional.

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El Real decreto 1558/2005, que regula los Centros Integrados de Formación Profesional establece en su artículo 9.2 que estos centros elaborarán un Proyecto Funcional de Centro en el que se establezca el sistema organizativo, los procedimientos de gestión, los proyectos curriculares de ciclo formativo, las programaciones didácticas y el plan de acción tutorial.

La Comunidad Educativa del Centro Integrado de Formación Profesional de Ávila haciendo uso de uno de los derechos que le garantiza la LOE en su artículo 120, la autonomía pedagógica, de organización y gestión, a la vez que cumpliendo con una de sus obligaciones normativas, ha realizado las tareas de elaboración del Proyecto Funcional en el curso 2009/2010 con la intención de dar identidad al centro y facilitar y racionalizar la gestión del mismo y concretar una visión de futuro de la formación del alumnado en relación al tejido empresarial de Ávila y provincia.

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2. CONTEXTUALIZACIÓN

2.1 UBICACIÓN

Nuestro centro está ubicado en la zona sureste de la ciudad ( Puente de las Sanguijuelas – antiguo Camino de Sonsoles ), zona de nueva expansión urbanística de la ciudad. Es una zona que a fecha actual se encuentra ciertamente despoblada, ya que la cantidad de viviendas existentes tienen una escasa ocupación.

Al recinto se accede fácilmente, ya que una de las líneas de autobuses urbanos llega, prácticamente, hasta la misma puerta del centro, posibilitando el acceso del alumnado desde cualquier punto de la ciudad, si bien las estaciones de tren y autobús se encuentran bastante alejadas de la zona.

2.2 HISTORIA

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El centro fue inaugurado el 16 de Septiembre de 2009 por D. Juan Vicente Herrera, presidente de la Junta. Comienza pues, su andadura, este curso 2009/2010.

2.3 EL PROFESORADO

El horario del Centro Integrado de Formación Profesional de Ávila se estructura, en este curso, en un turno. El centro permanece abierto de 8,30 de la mañana a 15 horas.

En función de los cursos programados junto al ECYL, se habilitará horario de tarde, de 16 a 20,30 horas, durante la duración de los cursos.

Las acciones formativas que se imparten son de Formación Profesional de Ciclo medio y Superior :

• Ciclos Superiores : de Educación Infantil y Animación de Actividades Físicodeportivas

• Ciclos Medios : Peluquería, Atención Sociosanitaria y Conducción de Actividades Físicodeportivas en el medio natural

2.4 LOS ESPACIOS

El centro cuenta con espacios suficientes para este primer año, pero que deberán ser distribuídos de forma eficaz en el segundo y posteriores curso,

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cuando entren los segundos cursos de los ciclos, ya que la ocupación de aulas polivalentes y específicas será total.

Cada Familia Profesional cuenta con aulas específicas, aula de informática/biblioteca, talleres/gimnasio, sala de reuniones, de profesores, AMPA, asociaciones de alumnos, despachos y pistas polideportivas exteriores.

De cara a aumentar la oferta de acciones de Formación Profesional para el Empleo o ampliar plazas en ciclos formativos, habría que iniciar dichas acciones por la tarde, ya que el centro por la mañana estará completo en 2010/2011

1. FINES Y FUNCIONES

Los Centros Integrados de Formación Profesional contribuirán al desarrollo del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional y, en consecuencia, tendrán los fines siguientes:

1.- La cualificación y recualificación de las personas a lo largo de la vida, mediante el establecimiento de una oferta de formación profesional modular, flexible, de calidad, adaptada a las demandas de la población y a las necesidades generadas por el sistema productivo.

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2.- Cuando proceda, y en el marco del Sistema nacional de cualificaciones y formación profesional, contribuir a la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral y de vías no formales de formación, promoviendo así la valoración social del trabajo.

3.- La prestación de los servicios de información y orientación profesional a las personas para que tomen las decisiones más adecuadas respecto de sus necesidades de formación profesional en relación con el entorno productivo en el que se desenvuelven.

4.- El establecimiento de un espacio de cooperación entre el sistema de formación profesional y el entorno productivo sectorial y local para desarrollar y extender una cultura de la formación permanente, contribuyendo a prestigiar la formación profesional.

5.- Fomentar la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres.

El Centro Integrado de Formación Profesional tendrá las siguientes funciones :

1. Impartir las ofertas formativas conducentes a títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad de la familia o área profesional que tengan autorizadas y otras ofertas formativas que den respuesta a las demandas de las personas y del entorno productivo.

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2. Desarrollar vínculos con el sistema productivo del entorno (sectorial y comarcal o local), en los ámbitos siguientes: formación del personal docente, formación de alumnos en centros de trabajo y la realización de otras prácticas profesionales, orientación profesional y participación de profesionales del sistema productivo en la impartición de docencia. Asimismo, y en este contexto, colaborar en la detección de las necesidades de cualificación y en el desarrollo de la formación permanente de los trabajadores.

3. Informar y orientar a los usuarios, tanto individual como colectivamente, para facilitar el acceso, la movilidad y el progreso en los itinerarios formativos y profesionales, en colaboración con los servicios públicos de empleo.

4. Participar en los procedimientos de evaluación y, en su caso, realizar la propuesta de acreditación oficial de las competencias profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, de acuerdo con lo que se establezca en desarrollo del artículo 8 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.

5. Impulsar y desarrollar acciones y proyectos de innovación y desarrollo, en colaboración con las empresas del entorno y los interlocutores sociales, y transferir el contenido y valoración de las experiencias desarrolladas al resto de los centros.

6. Colaborar en la promoción y desarrollo de acciones de formación para los docentes y formadores de los diferentes subsistemas en el desarrollo

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permanente de las competencias requeridas en su función, respondiendo a sus necesidades específicas de formación.

7. Colaborar con los Centros de Referencia Nacional, Observatorios de las profesiones y ocupaciones, Institutos de cualificaciones y otras entidades en el análisis de la evolución del empleo y de los cambios tecnológicos y organizativos que se produzcan en el sistema productivo de su entorno.

8. Informar y asesorar a otros centros de formación profesional.

9. Cuantas otras funciones de análoga naturaleza determinen las Administraciones competentes.

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3. ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN

3.1 ORGANIGRAMAS

3.1.1 ORGANIGRAMA JERÁRQUICO

Jefe/a de Estudios

Secretario/a

Director/a

Claustro de profesores/as

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3.1.2 ORGANIGRAMA FUNCIONAL

Dep. Orientación

Dep. Ciclos Formativos

Dep. A.A. Extraescolares

Jefe/a de Estudios Secretario/a

Gestión y coordinación

académica

Funciones de representación y

de relación institucional

Gestión económica, presupuesto,

pedidos, suministros, control

del material e inventario y

mantenimiento del centro.

Director/a

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3.1.3 ORGANIGRAMA DE PARTICIPACIÓN

Supervisión Dep. Orientación

Supervisión Dep. Ciclos Formativos

Supervisión Dep. A.A.

Extraescolares y Relaciones

Institucionales

Programa CICERÓN F.C.T.

Programa CICERÓN F.C.T.

Representante alumnado

Consejo Social

Jefe/a de Estudios Director/a

Conserjería y personal

administrativo

Consejo Social

Representante del centro en C.F.I.E.

Programa CICERÓN F.C.T.

Departamentos Ciclos formativos

Secretario/a

Responsable de personal de

conserjería y administrativo

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3.2 DOCUMENTOS INSTITUCIONALES DEL CENTRO

DOCUMENTO ÓRGANO QUE PROPONE LA ELABORACIÓN/REVISIÓN

REVISIÓN

Proyecto Funcional del Centro/PEC

Equipo Directivo Anual

Tutores de Ciclos formativos

Representantes profesorado y alumnado en

Consejo Social

Junta de Delegados

Comisión de Coordinación

A.M.P.A.

Claustro de profesores

Otro personal adscrito al centro con funciones no

académicas

( prof. del Ecyl )

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Documento Organización de Centro ( D.O.C. )

Equipo Directivo Anual, comienzo de curso

Plan Anual/PGA Equipo Directivo Anual

Reglamento Régimen Interior Equipo Directivo Anual

Plan de Convivencia Equipo Directivo y Departamento de Orientación

Anual

Plan fomento a la lectura Departamentos, coordinados por el Departamento de Orientación

Anual

Programaciones Didácticas y de A.A. Extra escolares

Jefes de Departamentos con sus respectivos Departamentos Didácticos

Anual, comienzo de curso

Memoria Anual de los Departamentos

Jefatura del Departamento respectivo

Fin de curso

Memoria Anual del Plan de Acción Tutorial

Orientador/a Fin de curso

Resumen de sesiones Comisión de Coordinación y Claustros

Secretario/a Fin de curso

Memoria de Jefatura de Estudios, resultados académicos y estadísticas

Jefe/a de estudios Fin de curso

Inventarios de materiales e informe de estado de los mismos

Jefe Departamento y Secretario/a

Inicio/Fin de curso

Memoria de A.A. Extraescolares Responsable Dep. A.A. Extraescolares

Fin de curso

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Memoria Anual de Dirección Directo Fin de curso

Memoria de calidad Equipo directivo, DOE y Jefes Departamento

Fin de curso

Memoria sección bilingüe Profesores implicados Fin de curso

Todos los documentos se elaborarán con el membrete y datos actualizados del centro Las programaciones y demás documentos de inicio de curso, se entregarán antes del 20 de Octubre del curso de que se trate. Todas las memorias se entregarán antes del 30 de junio del año en que finalice el curso 3.3 EL DIRECTOR

Son competencias del Director, Ley Orgánica de Educación de 3 de mayo de 2006:

1. Ostentar la representación del centro, representar a la Administración Educativa en el mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos,

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aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa. 2. Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro de profesores y al Consejo Social. 3. Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la consecución de los objetivos del Proyecto Funcional del Centro. 2. Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes. 3. Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro. 4. Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos. 5. Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, 6. Fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos. 7. Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado. 8. Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro de acuerdo con lo que establezcan las autoridades educativas.

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Son competencias del Director, Real decreto 1558/2005 Centros Integrados:

9. Dirigir y coordinar las actividades del centro y ostentar su representación. 10. Proponer a la Administración competente el nombramiento y, en su caso, de los órganos unipersonales de gobierno, una vez oídos los órganos colegiados respectivos. 11. Dirigir y coordinar el Proyecto Funcional de centro, evaluar su grado de cumplimiento y promover planes de mejora. 12. Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro, fijar y aplicar la política de recursos humanos y adoptar las resoluciones disciplinarias que correspondan de acuerdo con las normas aplicables. 13. Fomentar y facilitar la suscripción de acuerdos y convenios de colaboración, previa aprobación del Consejo Social, con empresas, entidades y otras Administraciones para impartir la formación integrada y velar por su adecuado cumplimiento. 14. Elaborar y ejecutar el presupuesto, autorizando los ingresos y gastos, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro. 15. Contratar, en su caso, los recursos humanos necesarios para desarrollar las acciones formativas y otros servicios programados. 16. Favorecer acciones de formación para el personal docente y formador. 17. Justificar la gestión económica del centro ante las administraciones correspondientes.

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18. Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la administración competente.

3.4 EL JEFE DE ESTUDIOS

Son competencias del Jefe de Estudios: • Ejercer,

por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico.

• Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad.

• Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de profesores y alumnos, en relación con el Proyecto Funcional y el Plan Anual y, además, velar por su ejecución.

• Elaborar, en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, los

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horarios académicos de alumnos y profesores de acuerdo con los criterios aprobados por el Claustro y con el horario general incluido en el Plan Anual, así como velar por su estricto cumplimiento.

• Coordinar las actividades de los jefes de departamento.

• Coordinar y dirigir la acción de los tutores con la colaboración, en su caso, del departamento de orientación y de acuerdo con el plan de orientación académica y profesional y del plan de acción tutorial.

• Coordinar, con la colaboración del representante del Claustro en el centro de formación e innovación educativa, las actividades de formación y perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas por el centro.

• Organizar los actos académicos.

• Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar, especialmente en lo referente al alumnado, facilitando y orientando su organización, y apoyando el trabajo de la junta de delegados.

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• Participar en la elaboración de la propuesta de Proyecto Funcional y del Plan Anual, junto con el resto del equipo directivo.

• Favorecer la convivencia en el centro y garantizar el procedimiento para imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes y lo establecido en el reglamento de régimen interior y los criterios fijados por el Consejo Social.

• Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director dentro de su ámbito de competencia.

3.5 EL SECRETARIO

Son competencias del Secretario: 1. Ordenar el régimen administrativo del centro de conformidad con las

directrices del Director.

2. Actuar como Secretario de los órganos colegiados de gobierno del centro, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director.

3. Custodiar los libros y archivos del centro.

4. Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los

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interesados.

5. Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado en colaboración con los jefes de departamentos y familias profesionales.

6. Custodiar y coordinar la utilización de los medios, informáticos, audiovisuales y del resto del material didáctico.

7. Ejercer, por delegación del Director, y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y servicios adscrito al centro.

8. Elaborar el presupuesto del centro y la cuenta de gestión.

9. Ordenar el régimen económico del centro, de conformidad con las instrucciones del Director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.

10. Velar por el mantenimiento material del centro en todos sus aspectos, de acuerdo con las indicaciones del Director.

11. Participar en la elaboración de la propuesta del Plan Anual y del Proyecto Funcional de Centro junto con el resto del equipo directivo.

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12. Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director dentro de su ámbito de competencia.

3.6 EL CONSEJO SOCIAL

En tanto no se regule reglamentariamente el régimen de funcionamiento del Consejo Social, éste se regirá por las normas establecidas con carácter general para órganos colegiados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Serán preceptivas dos reuniones a lo largo del curso escolar: una durante el primer trimestre del mismo y otra al final del curso.

Las funciones del Consejo Social serán las siguientes:

a. Establecer las directrices para la elaborar el proyecto funcional de centro y aprobar dicho proyecto.

b. Aprobar el presupuesto y el balance anual.

c. Realizar el seguimiento de las actividades del centro, asegurando la calidad y el rendimiento de los servicios.

d. Emitir

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informe con carácter previo al nombramiento del Director del centro.

e. Aprobar y evaluar el Proyecto Funcional de Centro y el Plan Anual sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores.

f. Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

El Consejo Social fue constituido el Miércoles 9 de Diciembre de 2009. Se propondrá la constitución en él de la Comisión de Escolarización ( para el seguimiento del proceso de admisión del alumnado en el centro ) y , en su caso, la Comisión de Convivencia ( constituida por el Jefe de Estudios que sería su presidente, el Coordinador de Convivencia y un representante de los alumnos en el Consejo Social )

Los miembros del Consejo Social en el curso 2009/2010 son :

• Sector profesores del centro : Dª Alicia Beltrán

• Sector Alumnos/as : D. Raúl Serrano

• Sector Sindicatos : D. Juan Martí Fandos y D. Santiago ( CCOO y UGT )

• Sector representantes Dirección provincial : D. Luis García Martín y D. Francisco López López

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• Sector CECALE – Confae : D. Yuste y D.

• Sector ECYL : D. Agustín

• Equipo Directivo : D. Sergio Felipe Rodríguez , Dª Raquel y D. José Jiménez Sierra

3.7 ORGANIZACIÓN PEDAGÓGICA

3.7.1 EL CLAUSTRO DE PROFESORES

El Claustro de profesores estará integrado por todos los profesores que impartan docencia en el centro y celebrará al menos una sesión cada trimestre y además una al comienzo del curso y otra al finalizar el mismo.

El Claustro de profesores tendrá las siguientes competencias, Real decreto 1558/2005 Centros Integrados:

a. Formular al equipo directivo y al Consejo Social propuestas para la elaboración del Proyecto Funcional de Centro.

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b. Promover iniciativas en el campo de la experimentación y la innovación pedagógica y en la formación del profesorado.

c. Participar en la elaboración de los planes de mejora de calidad del centro.

d. Cualquier otra que le sean atribuidas por la Administración competente.

El Claustro de profesores tendrá las siguientes competencias, Ley Orgánica de Educación de 3 de mayo de 2006:

e. Formular al equipo directivo y al Consejo Social propuestas para la elaboración del Proyecto Funcional y del Plan Anual

f. Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y del Plan Anual.

g. Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.

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h. Elegir su representante en el Consejo Social del Centro y participar en la selección del Director en los términos establecidos en la normativa de aplicación.

i. Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

j. Analizar y valorar el funcionamiento general del Centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

k. Informar las normas de organización y funcionamiento del centro.

l. Conocer la resolución de los conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar porque éstas se atengan a la normativa vigente.

m. Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

n. Cualesquiera otra que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las respectivas normas de organización y funcionamiento.

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3.7.2 LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN

La Comisión Coordinación estará integrada por el Director del centro que será su presidente, el Jefe de Estudios y los jefes de los diferentes departamentos y familias profesionales. Actuará como Secretario el jefe de departamento de menor edad.

La Comisión Coordinación se está reuniendo semanalmente de 12,10 a 13 horas todos los Martes, por la cantidad de asuntos que hay que tratar este primer año, pasando a celebrarse en el próximo curso 2010/2011 una vez al mes, siendo preceptivas además una reunión al comienzo del curso, previa al primer Claustro de Profesores, y otra al final del curso, previa al último Claustro del curso.

Son competencias de la Comisión de Coordinación:

2. Establecer las directrices generales para la elaboración y concreción de los currículos y las programaciones.

3. Supervisar la elaboración y revisión de la concreción de los currículos, así como coordinar y responsabilizarse de la redacción de los mismos y su posible modificación, y asegurar su coherencia con el Proyecto Funcional del Centro.

4. Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de las

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programaciones didácticas de los departamentos, del plan de orientación académica y profesional y del plan de acción tutorial.

5. Proponer al Claustro las concreciones de los currículos para su aprobación.

6. Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de las concreciones de los currículos.

7. Proponer al Claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación y el calendario de exámenes o pruebas extraordinarias, de acuerdo con la jefatura de estudios.

8. Proponer al Claustro de profesores el plan para evaluar, los aspectos docentes del Proyecto Funcional y el Plan Anual, la evaluación del rendimiento escolar del centro y el proceso de enseñanza.

9. Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del centro, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno o de la Administración educativa e impulsar planes de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones.

i. Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director dentro de su ámbito de competencia.

3.7.3 DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS Y FAMILIAS PROFESIONALES

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En función de la normativa vigente, las reuniones de los departamentos didácticos y familias profesionales tendrán la consideración de hora complementaria de carácter semanal figurando en el horario personal de cada profesor/a y se celebrarán los jueves de 14,15 a 15,15 horas, salvo imposibilidad de asistencia a las mismas de profesores compartidos con otros centros educativos.

Los Departamentos Didácticos que se constituirán en el Centro serán:

a. Departamento de Orientación

b. Departamento de Formación y Orientación Laboral

c. Dep.to de la Familia Profesional de Servicios Socioculturales y a la Comunidad : Ciclo Superior de Educación Infantil y Medio de Atención Sociosanitaria

d. Dep.to de la Familia Profesional de Actividades Físicodeportivas : Ciclo Superior de Animación de Actividades Físicodeportivas y Ciclo Medio de Conducción de Actividades Físicodeportivas en el Medio Natural

e. Dep.to de la Familia Profesional de Imagen Personal : Ciclo Medio de Peluquería

f. Dep.to Actividades Extraescolares y Complementarias

Son competencias de los departamentos didácticos:

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1. Formular propuestas al equipo directivo y al Claustro relativas a la elaboración o modificación del Proyecto Funcional de Centro y el Plan Anual.

2. Formular propuestas a la Comisión de Coordinación relativas a la elaboración o modificación de las concreciones de los currículos.

c. Elaborar, antes del comienzo del curso académico, la programación didáctica de las enseñanzas correspondientes a los módulos integrados en el departamento, bajo la coordinación y dirección del jefe del mismo, y de acuerdo con las directrices generales establecidas por la Comisión de Coordinación.

3. Promover la investigación educativa y proponer actividades de perfeccionamiento de sus miembros.

4. Mantener actualizada la metodología didáctica.

e. Colaborar con el Departamento de Orientación, bajo la dirección del Jefe de Estudios, en la prevención y detección temprana de problemas de aprendizaje, y desarrollar las acciones necesarias mediante el Plan de Acción Tutorial que conlleven a la mejora en los casos de problemas de aprendizaje.

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5. Organizar y realizar actividades complementarias en colaboración con el departamento correspondiente.

6. Organizar y realizar las pruebas necesarias para los alumnos de ciclos formativos con materias o módulos pendientes y, en su caso, para los alumnos libres.

7. Resolver las reclamaciones derivadas del proceso de evaluación que los alumnos formulen al departamento y dictar los informes pertinentes.

8. Elaborar, a final de curso, una memoria en la que se evalúe el desarrollo de la programación didáctica, la práctica docente y los resultados obtenidos.

9. Proponer la impartición de acciones de Formación Profesional para el Empleo dependientes del departamento, que serán impartidas por los profesores del mismo u otros ajenos a él, en atención a la importancia del desarrollo de estos cursos en el centro, cuando se consideren de interés.

10. Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director dentro de su ámbito de competencia.

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Son funciones de los jefes de departamento o familia profesional:

1. Participar en la elaboración de las concreciones del currículo, coordinar la elaboración de la programación didáctica de las áreas, materias o módulos que se integran en el departamento y la memoria final de curso, así como de su redacción.

2. Dirigir y coordinar las actividades académicas del departamento.

3. Convocar y presidir las reuniones ordinarias del departamento y las que, con carácter extraordinario, fuera preciso celebrar.

4. Elaborar y dar a conocer a los alumnos la información relativa a la programación, con especial referencia a los objetivos, los mínimos exigibles y los criterios de evaluación. Al comienzo de curso y antes del primer día de clase ( o durante la primera semana de clase ) se expondrán en el tablón de anuncios de la Familia Profesional y en las clases de los ciclos respectivos, todos los aspectos relativos a la evaluación, formas de calificación, trabajos que se pidan y exámenes de la asignatura, tanto teóricos como prácticos y faltas de asistencia para la pérdida de la evaluación continua, para conocimiento del alumnado

5. Realizar las convocatorias, cuando corresponda, de los exámenes para los alumnos con materias o módulos pendientes, alumnos libres, y de las pruebas extraordinarias, siempre en coordinación con la jefatura de

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estudios. Presidir la realización de los ejercicios correspondientes y evaluarlos en colaboración con los miembros del departamento.

6. Velar por el cumplimiento de la programación didáctica del departamento y la correcta aplicación de los criterios de evaluación.

7. Resolver las reclamaciones a las calificaciones que afecten a su departamento, de acuerdo con las deliberaciones de sus miembros, y elaborar los informes pertinentes.

8. Coordinar la organización de espacios e instalaciones, adquirir el material y el equipamiento específico asignado al departamento, y velar por su mantenimiento.

9. Promover la evaluación de la práctica docente de su departamento y de los distintos proyectos y actividades del mismo.

10. Colaborar en las evaluaciones que sobre el funcionamiento y las actividades del centro, promuevan los órganos de gobierno del mismo o la Administración educativa.

11. Colaborar con el equipo directivo en el fomento de las relaciones con las empresas e instituciones que participen en la formación de los alumnos en el centro de trabajo.

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12. Mantener permanentemente actualizado el inventario del material didáctico, técnico, informático y audiovisual de su departamento, aulas laboratorios o talleres.

13. Cumplimentar en forma y plazo los documentos que correspondan del plan de calidad ISO 9001, cuando éste se implante en el centro u otro sistema de calidad cuya implantación determine la Dirección General de Formación Profesional.

n. Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director dentro de su ámbito de competencia.

3.7.4 EL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN

El Departamento de Orientación realizará las siguientes funciones:

a. Formular propuestas al Equipo Directivo y al Claustro relativas a la elaboración o modificación del Proyecto Funcional del Centro y el Plan Anual.

b. Formular propuestas al Equipo Directivo y al Claustro relativas a la elaboración o modificación del Plan de Fomento a la lectura, del Reglamento de Régimen Interior y del Plan de Convivencia.

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c. Elaborar, de acuerdo con las directrices establecidas por la Comisión de Coordinación y en colaboración con los tutores, las propuestas de organización de la orientación educativa, psicopedagógica, profesional y del Plan de Acción Tutorial, y elevarlas a la Comisión de Coordinación para su discusión y posterior inclusión en las programaciones.

d. Contribuir al desarrollo de la orientación educativa, psicopedagógica y profesional de los alumnos, especialmente en lo que concierne a la elección entre las distintas opciones académicas, formativas y profesionales.

e. Desarrollar el Plan de Orientación Académica y Profesional y el Plan de Acción Tutorial, y elevar al Consejo Social una memoria sobre su funcionamiento al final del curso.

f. Realizar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para llevar a cabo las ayudas al estudio para los alumnos con necesidades educativas o carencias significativas, y elevarla a la Comisión de Coordinación para su discusión y posterior inclusión en las Programaciones.

g. Colaborar con los profesores del centro, bajo la dirección del Jefe de Estudios, en la prevención y detección temprana de problemas de aprendizaje, y en la programación y aplicación de adaptaciones curriculares dirigidas a los alumnos que lo precisen, entre ellos los alumnos con necesidades educativas especiales.

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g´. Asumir la docencia de los grupos de alumnos que le sean encomendados en relación al desarrollo del Plan de Acción Tutorial.

g´´. disponer de 6 horas trimestrales por curso, de cada ciclo formativo, para la acción tutorial, previa planificación y acuerdo en los departamentos en la evaluación cero.

h. Formular propuestas a la Comisión de Coordinación sobre los aspectos psicopedagógicos de las concreciones de los currículos y de las programaciones.

i. Promover la investigación educativa y proponer actividades de perfeccionamiento de sus miembros.

j. Organizar y realizar actividades complementarias en colaboración con el departamento correspondiente.

k. Coordinar la orientación laboral y profesional con aquellas otras administraciones o instituciones competentes en materia de formación profesional y empleo.

l. Elaborar el plan de actividades del departamento y, a final de curso, una memoria en la que se evalúe el desarrollo del mismo.

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14. Asesorar a los tutores y facilitarles los recursos necesarios, interviniendo directamente en los casos en que aquellos así lo soliciten.

15. Programar en colaboración con los tutores las actividades más acordes para cada grupo de alumnos, siguiendo las líneas generales marcadas por el plan de acción tutorial.

16. Cumplimentar en forma y plazo los documentos que correspondan del plan de calidad ISO 9001 o plan de calidad que se implante

17. Cualquier otra que en el ámbito de sus competencias le encomiende la dirección del centro.

3.7.5 TUTORÍAS

Globalmente contemplados, los grandes objetivos y finalidades de la tutoría pueden sintetizarse afirmando que la acción tutorial debe pretender la ayuda y orientación en la formación humana, académica y profesional del alumno, procurando un adecuado crecimiento y potenciación de todos los aspectos humanos, sociales y escolares de la persona en período de formación. Se apuntan los siguientes objetivos:

• Formar: crear las condiciones propicias y favorables dentro del contexto educativo para que pueda darse un crecimiento y maduración de las

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aptitudes y destrezas de todos y cada uno de los alumnos, posibilitando en ellos el mayor desarrollo posible de las distintas facetas que configuran la personalidad global del educando, mediante el estimulo adecuado y la acción programada y planificada.

• Informar: a los propios alumnos, padres y profesores de las posibilidades y limitaciones, reales y plurales, de las características del propio alumno, del Centro o del sistema educativo, tomando conciencia de ellas y procurando ofertar alternativas, prever causas, consecuencias, ventajas e inconvenientes en situaciones concretas.

• Prevenir: adelantarse a las situaciones de riesgo o posible aparición de problemas, tanto psicoevolutivos como sociales y de aprendizaje, para que esto no se dé ni deje sentir su incidencia negativa en la evolución personal y grupal del alumnado.

• Ayudar a decidir: asesorar adecuadamente para que el alumno, los padres o el propio centro tomen aquellas decisiones o adopten las posturas pertinentes y conseguir una acción educativa lo más aconsejable y acertada posible.

Debido a que en Formación Profesional no existen horas asignadas como tutorias en el horario del profesorado, cada tutor informará a sus tutorandos en la primera clase de cada mes de las diferentes propuestas que en el desarrollo de la acción tutorial le traslade el Orientador/a del centro o, en coordinación con éste/a, se propondrán otras fechas o momentos para hacer la tutoría. Se opte por la alternativa que sea, se expondrá, junto al calendario trimestral de

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exámenes y actividades, las horas dedicadas a tutoría dentro de la hora vlectiva de la asignatura, así comomlas horas de atención del tutor en su departamento.( ver punto g. del apartado anterior )

Para cumplir los objetivos antes descritos, las tareas del tutor,

sucintamente reflejadas, pueden resumirse en tres:

Conocer a los alumnos en:

1. Su personalidad global: inteligencia, aptitudes, carácter, gustos, valores, intereses, preocupaciones...

2. Sus circunstancias ambientales: barrio, familia, grupos inmediatos de referencia, compañeros, diversiones...

Ayudar y orientar a los alumnos en:

a. Situaciones y problemas personales: adaptación familiar, escolar, social,...

b. Situaciones de aprendizaje: rendimiento académico, problemas de aprendizaje, técnicas de trabajo intelectual...

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c. La elección académico-profesional: profesiones futuras, demanda del mercado laboral...

Facilitar un clima de relación social en el que el alumno:

1. Se sienta a gusto y estimulado.

b. Potencie los valores humanos y sociales.

3.7.5.1 La triple dirección de la intervención tutorial

Partiendo del supuesto de que la acción tutorial supone siempre ayuda y orientación al alumno, tanto a nivel individual como grupal, es obvio admitir que la intervención tutorial tiene como destinatarios inmediatos a los alumnos. Sin embargo, el alumno aprende, evoluciona y vive dentro de un contexto educativo variado que influye en él de una forma decisiva.

En este contexto educativo, juega un papel importante la organización del propio centro, el profesorado y el medio familiar del alumno. Por ello, la acción del profesor-tutor se dirige al alumnado, padres ( en el caso de menores

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) y profesores. Todo ello supone acciones e intervenciones específicas y diferenciadas, con el único fin de mejorar la formación global del alumno.

3.7.5.2 La intervención tutorial con los alumnos

La intervención tutorial con los alumnos se justifica, en general, por subrayar “aquellas características de la educación por las que ésta no se reduce a una mera instrucción y constituye una educación individualizada de la persona entera, ocupándose de la integración en el alumno de los aspectos escolares, vocacionales y de personalidad, contemplando no sólo los aspectos cognoscitivos, sino también los metodológicos, los actitudinales y los axiológicos”.

Las principales funciones a llevar a cabo con los alumnos se concretan en las siguientes:

a. Facilitar la integración de los alumnos en su grupo-clase y en el conjunto de la dinámica escolar, fomentando su participación en las actividades del centro.

b. Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades académicas y profesionales.

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c. Encauzar las demandas e inquietudes de los alumnos y mediar, en colaboración con el delegado y subdelegado del grupo, ante el resto de los profesores y el equipo directivo en los problemas que se planteen.

d. Coordinar las actividades complementarias para los alumnos del grupo.

e. Informar a los alumnos del grupo de todo aquello que les concierna, en relación con las actividades docentes y complementarias y con el rendimiento académico.

f. Efectuar un seguimiento global de los procesos de aprendizaje de los alumnos para detectar las dificultades y las necesidades especiales al objeto de articular las respuestas educativas adecuadas.

g. Favorecer los procesos de maduración vocacional, así como de orientación educativa y profesional de los alumnos.

h. Fomentar en el grupo de alumnos el desarrollo de actitudes participativas tanto en el centro como en su entorno sociocultural y natural.

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El tutor de cada grupo asumirá también, respecto al módulo de Formación en Centros de Trabajo, las siguientes funciones:

− Revisar los datos de los alumnos del ciclo formativo que realizarán el módulo de FCT durante el curso académico y que figuran en el programa CICERON y, en su caso, subsanar los defectos.

− Generar y cumplimentar, a través del sistema de gestión CICERON, la documentación (anexos), correspondiente a la FCT.

− Elaborar la previsión presupuestaria anual de gastos para el desarrollo del módulo de FCT.

− Elaborar, con el responsable designado por el centro de trabajo, el Programa Formativo” (anexo II) de la FCT.

− Informar al alumnado sobre los aspectos generales del módulo y las condiciones concretas acordadas con el centro de trabajo.

− Ordenar, si procede y con el acuerdo del jefe de departamento de familia profesional, la secuenciación de la FCT en varios centros de trabajo.

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− Solicitar las autorizaciones de desplazamiento, en aplicación de lo establecido en el decreto 252/1993 de 21 de octubre de la Junta de Castilla y León, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

− Relacionarse periódicamente (cada quince-veinte días) con el responsable designado por el centro de trabajo para el seguimiento del Programa Formativo.

− Atender, al menos una vez cada 15 días y en el centro educativo al alumnado durante el período de realización de la FCT, con objeto de valorar el desarrollo de las actividades correspondientes al Programa Formativo, supervisar las “Hojas Semanales del Alumno”, organizar las puestas en común del alumnado y los apoyos en el centro educativo si fueran necesarios.

− Extraer datos y conclusiones que realimenten las actividades, con especial atención a aquellos que sugieran la modificación de la programación docente, del Programa Formativo o que afecten a la continuidad del acuerdo de colaboración con la entidad.

− Evaluar el módulo de FCT con la colaboración del responsable del centro de trabajo.

− Calificar el módulo de FCT en términos de Apto / No Apto y grabar los datos en el programa CICERON.

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− Revisar los datos de participación en la FCT del ciclo formativo relativos al curso académico que figuran en el programa CICERON y, en su caso, subsanar los defectos.

− Cumplimentar semestralmente los datos de inserción laboral del alumnado, a los seis y doce meses de la obtención del título a través del programa CICERON.

3.7.5.3 La intervención tutorial con los profesores

El hecho de que un grupo de profesores imparta la docencia de las distintas materias a un mismo grupo de alumnos evidencia la necesidad de coordinación entre ellos y una labor de mediación entre profesores y alumnos. Estas tareas de mediación y coordinación en muchos aspectos educativos legitiman y hacen necesaria la figura del tutor. Las principales funciones de la acción tutorial con los profesores son:

2.5 Coordinar el ajuste de las programaciones al grupo de alumnos, especialmente en lo referente a las respuestas educativas ante supuestos especiales de ayuda al estudio u otras carencias que sea necesario atender.

2.6 Coordinar el proceso evaluador que llevan a cabo los profesores del grupo, así como toda la información relativa a los alumnos.

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2.7 Posibilitar líneas comunes de acción con los demás tutores en el marco del Proyecto Funcional de Centro y, en su caso, del Departamento de Orientación.

3.7.5.4 La intervención tutorial con los padres de alumnos menores de edad

Los padres de los alumnos, como principales responsables de la educación de sus hijos, no emancipados, deben estar implicados en ella lo más posible y coordinados, de alguna forma, con los criterios o pautas educativas del centro para que sea ésta una acción unificada y cooperadora. Se hace preciso también aquí una labor de coordinación con unas tareas y funciones que se concretan en:

a. Contribuir, en la medida de lo posible, en el mantenimiento de estrechas y fluidas relaciones entre padres y centro.

b. Informar a los padres de la evolución y rendimiento académico de sus hijos, puntual y objetivamente.

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c. Implicar a los padres en la acción educativa de sus hijos, fomentando la cooperación y participación en el aprendizaje y orientación de sus hijos.

3.8 DEPARTAMENTO DE ACTIVIDADES COMPLEMETARIAS Y EXTRAESCOLARES

Será responsable un profesor/a del centro nombrado por el director, con el que se coordinará un responsable de cada departamento.

A la hora de plantear la programación de actividades extraescolares se habrá de tener en cuenta:

1. El entorno social en el que está ubicado el centro.

2. El número de alumnos y sus características; procedencia, nivel cultural, familiar, intereses culturales...

3. El tipo de estudios que se imparten en el centro.

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4. Las actividades declaradas obligatorias por la Administración competente.

Estas cuatro variables permitirán programar y llevar a cabo unas actividades que satisfagan los intereses del grupo al que van dirigidas. Este grupo aglutinará a alumnos, profesores, y padres. Estos últimos podrán aportar su bagaje cultural en el período formativo de los alumnos.

El Proyecto Funcional de Centro (PFC) no tiene que responder únicamente al contexto socio-cultural del entorno más inmediato, sino que debe de tener y alcanzar una proyección externa más amplia.

Esta proyección externa se puede localizar en una doble vertiente: por una parte, habrá que contar con las instituciones y organismos de los diferentes ámbitos territoriales, y por otra, conseguir que las demandas y expectativas culturales del alumnado de este centro no se reduzcan a su entorno social, sino que adquieran una perspectiva mucho más amplia.

Objetivos:

• Aumentar el nivel de participación de la comunidad educativa, no sólo respecto a las familias profesionales en actividades formativas de carácter extraescolar o complementario, sino ACTIVIDADES CONJUNTAS DE CENTRO en las que se impliquen todas las ramas educativas del centro. Este tipo de actividades serán prioritarias.

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• Fomentar la colaboración entre el Departamento de Orientación, los tutores y el Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares.

• Proyectar el centro a la sociedad abulense y darnos a conocer.

• Conseguir que el alumnado del centro adquiera una visión global de los hechos científicos y culturales.

• Entender la actividad cultural como un exponente claro de participación para la formación de personas y de ciudadanos.

• No se realizarán actividades extraescolares púramente lúdicas o que no tengan una repercusión o aprovechamiento académico o formativo ( ya sea propio del ciclo que estudien o de caracter general o humanístico ) para el alumnado. Este tipo de actividades se podrán hacer fuera del horario lectivo, en épocas de fin de curso o en otros periodos en los que no se produzca alteración de la vida lectiva. Los viajes de fin de curso o fin de estudios no competen al centro, si bien éste puede ayudar al alumnado que lo requiera y el profesorado podrá acompañar privadamente al alumnado fuera de los periodos lectivos. En

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ningún caso se utilizarán días lectivos para este tipo de actividades.

En la Familia de AA. Físicodeportivas, se realizarán durante el curso tres semanas temáticas (prioritariamente dirigidas al ciclo medio):

a. Semana Verde, en la última semana de Octubre, primera de Noviembre.

b. Semana Blanca, en el segundo trimestre, preferentemente en la última semana antes de Semana Santa, en todo caso después de los exámenes de la segunda evaluación

c. Semana Azul : en mayo, la 3ª-4ª semana, finalizados todos los exámenes.

d. Estas fechas podrán sufrir variaciones en función del calendario anual de vacaciones, que acordará la Dirección del centro con los profesores responsables, previa justificación de la alteración de las fechas citadas.

Estas semanas están dirigidas :

a. De forma prioritaria al ciclo medio de Conducción de AFD en el Medio Natural.

b. Para completar los medios de transporte y por el interés de las mismas para el resto de alumnos de la misma familia, se ampliarán al alumnado del ciclo superior de AFD.

Profesorado acompañante en estas semanas :

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a. 1º Profesorado que imparta clase al alumnado asistente en el módulo directamente relacionado con la actividad propuesta para el ciclo medio

b. 2º Profesorado que imparta clase al ciclo en el resto de los módulos de desplazamientos en el medio terrestre, conducción de rutas en btt o a caballo.

c. 3º Resto de profesorado que imparta clase en el ciclo medio.

d. 4º Profesorado del ciclo superior.

e. 5º Resto de profesorado del centro en el caso de que no se completara el profesorado acompañante, que de algún modo, tenga relación con la actividad propuesta o pueda proponer un aprovechamiento educativo o profesional para con el alumnado.

Ratio profesor/alumno en las actividades extraescolares y complementarias :

a. 1 profesor/a cada 15 alumnos/as como norma general

b. el equipo directivo estudiará, (en las Semanas Temáticas de los ciclos de AFD y en otras del resto de las familias que sean de larga duración o que por sus necesidades o características impliquen más apoyo del profesorado), la reducción de la ratio a 1/10 pudiendo acompañar un profesor/a más a los grupos que lo que corresponda por ratio – 1/15 – , tanto por constituir un apoyo más en las tareas de organización y desarrollo de las actividades, como por la impartición de tareas docentes con el

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alumnado asistente y/o por realizar apoyos con vehículos y por ser, en algunos casos, actividades realizadas muy lejos de los centros educativos ( Pirineos, Andorra, etc...), siendo necesario más profesorado de apoyo en la actividad

Suspensión de clases y realización de la actividad :

Las clases se suspenden para un grupo de clase y la actividad podrá realizarse cuando al alumnado asistente supere :

a. el 75 % en actividades de un día de duración ( visitas diversas ) : 23 sobre un total de 30 alumnos/as

b. en las semanas temáticas, el 65 % del total del alumnado al que se dirige la actividad ( 40 sobre un total de 60 alumnos/as en el caso de AFD - % referido a DOS cursos completos de 30 - ) y siempre y cuando el coste por ese número mínimo no encarezca la actividad hasta el punto de hacerla inabordable para el alumnado

c. Los alumnos que hayan dejado de asistir a las clases de manera continuada no podrán participar en la actividad, y no contarán para el cálculo de la ratio.

Los alumnos que hayan perdido la evaluación contínua en un módulo del ciclo formativo, aunque no sea el afín con la actividad que se realice, no podrán asistir a las actividades complementarias ( semanas temáticas ) y

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no computarán para los cálculos de las ratios de asistencia o configuración del mínimo de alumnos/as para que el viaje se realice.

Dietas por realización de actividades curriculares y extraescolares :

f. Atendiendo a la legalidad vigente en tema de dietas, en aquellas actividades en las que el profesorado tenga cubierta la manutención y el alojamiento, no se percibirá ninguna dieta.

g. Para las dietas siempre primará la ratio profesor alumno, que es de 1:15, con un mínimo de dos profesores, salvo en aquellas actividades que por sus características de duración, peligrosidad etc...sea necesaria la incorporación de otro profesor de apoyo, aspecto que valorará el equipo directivo. ( ver apartado de Extraescolares )

No se añadirá un nuevo profesor hasta que no se alcancen otros 8 alumnos el el computo de la tanda siguiente DNI( así ,si por ejemplo van 36 alumnos a una excursión, seguirán acudiendo 2 profesores al no llegar a 38 ).

No obstante y para compensar el esfuerzo que realizan los profesores al tener mas alumnado, se prorrateará la parte proporcional de dieta/alumno extra para dicho profesorado.

h. Las dietas quedan establecidas de la siguiente manera:

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COMIDA CENA NOCHE TOTAL

18e 18e 32e 68e

Prorrateo 1,2e/alumno

Prorrateo 1,2e/alumno

Prorrateo 2,15e/alumno

4,55e/alumno

3.9 OFERTA EDUCATIVA

Dado que el objetivo primordial del Centro Integrado de Formación Profesional de Ávila es desarrollar acciones formativas derivadas de la integración de las ofertas de formación profesional, dirigidas a la población demandante, jóvenes, trabajadores en activo ocupados y desempleados, que faciliten el aprendizaje a lo largo de la vida, ampliar las enseñanzas que imparte debe ser objetivo prioritario a corto y medio plazo.

El Centro Integrado se concibe como una institución al servicio de los ciudadanos y del sector productivo y debe servir a la cualificación y recualificación de las personas acomodándose a sus distintas expectativas profesionales. El Centro Integrado pretende así mismo atender las necesidades de cualificación inmediatas y emergentes del sistema productivo, ser un referente orientador para el sector productivo y formativo de su entorno, facilitar la integración de las ofertas de formación profesional y rentabilizar los recursos humanos materiales y disponibles, sabiendo que los años que corren son

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complicados debido a la crisis general en la que nos encontramos sumidos.

El Centro Integrado de Formación Profesional debe tener autonomía y flexibilidad organizativa, versatilidad en la programación de su oferta formativa y capacidad de respuesta formativa a las necesidades del mercado laboral como consecuencia de los rápidos cambios tecnológicos, organizativos y materiales.

Ya hemos citado las familias profesionales de nuestro centro antes.

Respecto a las ofertas formativas de Formación Profesional para el Empleo, las diferentes acciones formativas que se impartan, han de estar inexcusablemente vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Debe tenderse a ofertar al menos un Certificado de Profesionalidad y una oferta modular parcial por cada familia profesional en cada curso académico. En el mes de junio de 2009, tenemos previsto empezar tres cursos ( asociados a certificados de profesionalidad ) solicitados de entre los propuestos por el ECYL :

a. Guía por itinerarios en bicicleta ( 435 horas )

b. Asistente a personas dependientes en instituciones ( 465 h. )

c. Auxiliar de Peluquería ( 335 h. )

3 PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS 3.1 ADMINISTRACIÓN: (MATRICULACIÓN Y EXPEDIENTES.)

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El centro cuenta con un auxiliar administrativo que se encarga de gestionar los

aspectos relativos a la matriculación, expedientes y gestión administrativa de los

aspectos académicos en general. El Horario del auxiliar administrativo es de

mañana.

3.2 Matriculas

La matrícula para la oferta educativa del centro, durante el primer año no

excedió de 150 alumnos, ya que se comenzó con el primer curso de cada uno

de los 5 ciclos formativos con que cuenta.

El proceso de matriculación comienza en Junio con la preescripción o solicitud

de admisión para los diferentes ciclos formativos que se imparten en el centro,

posteriormente, a mediados del mes de julio, salen las listas de los admitidos,

según baremo, para que formalicen la matrícula. En caso de producirse

vacantes, se elaboran con los mismos criterios de admisión que en Julio, una

lista de espera por orden de puntuación, según baremo utilizado. En Septiembre

se convoca un periodo extraordinario de matriculación, de la misma manera que

en julio, se elabora una lista de espera por si surgieran vacantes.

3.3 CONSERJERÍA

En el centro hay en activo dos ordenanzas. El Horario de éste personal es de

mañana de 8:30 a 15:00, dentro de su jornada laboral se contemplan además

dos tardes al mes cada una de ellas, y en aquellas tardes que se las requiera

por necesidades del centro tales como Claustros, evaluaciones y otras

reuniones...etc.

Su situación laboral se rige por el Convenio Colectivo para el personal Laboral

de Castilla y León.

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Estos trabajadores se encargan, entre otras funciones, de la apertura y cierre del

centro Integrado.

3.4 Mantenimiento

Por tratarse de un centro de nueva apertura, en el que está vigente la garantía

de la mayoría de las instalaciones de materiales y de la propia infraestructura del

Centro Integrado, el mantenimiento durante estos primeros años, la realizan las

propias empresas contratadas en proyecto. Además, con muchas de las

empresas que han realizado las instalaciones existe un contrato de

mantenimiento a mayores por duración determinada, así como otros contratos

que se han realizado a mayores, acordados por el centro en función de las

diferentes necesidades que surgen.

En términos generales se listan a continuación las empresas encargadas en la

revisión, instalación y/o mantenimiento con las que tenemos contrato:

1. LIMPIEZAS BRILLO: Se encarga de la desinsectación y

desratización con una periodicidad bimensual en el caso de la

desratización y anual en el caso de la desinsectación.

2. SERKONTEN: mensualmente realiza el mantenimiento

de los cinco contenedores higiénicos (compreseros) con que

cuenta el centro, situados en los baños femeninos, así como de

la alfombra de la entrada al centro. Bimensualmente realiza el

mantenimiento del bacteriostático del inodoro situado en el

baño adaptado del aula de ASS.

3. GUNNEBO: se encarga del control y mantenimiento del

sistema de conexión con la central receptora de alarmas, tanto

la de robo como la de fuego.

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4. CANON: se encarga del mantenimiento de la

fotocopiadora así como de los consumibles necesarios.

5. ASCENSORES EMBARBA: realiza el mantenimiento del

ascensor.

6. AB NET: se ocupa de la instalación, mantenimiento y

revisiones de los equipos informáticos del centro.

3.5 LIMPIEZA.

La empresa EULEN, se encarga de la limpieza del centro durante 2 años, hasta

20012, según se estableció en contrato por adjudicación pública.

El Centro cuenta con 4 limpiadoras, que realizan su trabajo en horario de tarde

de 3:30 a 7 horas.

La empresa encargada de la limpieza del centro se encarga además de la

revisión y suministro de consumibles y los productos de limpieza utilizados para

tal fin, tales como jabones, toallas seca manos, bobinas de papel, entre otros.

4.1 LEGISLACION NORMATIVA GENERAL • ORDEN ADM/1635/2007, de 4 de octubre, por la que se regulan los centros integrados de

formación profesional en Castilla y León.

• ACUERDO 101/2008, de 2 de octubre, de la Junta de Castilla y León, por el que se crean

Centros Integrados de Formación Profesional.

• REAL DECRETO 1538/2006 de 15 de diciembre por el que se establece la ordenación general

de la Formación profesional del sistema educativo.

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• REAL DECRETO 1558/2005 de 23 de diciembre por el que se regulan los requisitos básicos de

los centros integrados de formación profesional.

• REAL DECRETO 362/2004, de 5 de marzo, por el que se establece la ordenación general de la

formación profesional específica.

NORMATIVA SOBRE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN ACADEMICA • ORDEN EDU/2169/2008, de 15 de diciembre, por la que se regula el proceso de evaluación y

la acreditación académica de los alumnos que cursen enseñanzas de formación profesional

inicial en la Comunidad de Castilla y León.

• REAL DECRETO 1538/2006 de 15 de diciembre por el que se establece la ordenación general

de la Formación profesional del sistema educativo.

• ORDEN EDU/2379/2009, de 23 de diciembre, por la que se modifica la Orden EDU/2000/2009,

de 19 de octubre, por la que se establecen criterios comunes de organización y funcionamiento

de los módulos profesionales de proyecto y de formación en centros de trabajo de los ciclos

formativos de formación profesional, en la Comunidad de Castilla y León, para el curso

académico 2009/2010.

• ORDEN EDU/2000/2009, de 19 de octubre, por la que se establecen criterios comunes de

organización y funcionamiento de los módulos profesionales de proyecto y de formación en

centros de trabajo de los ciclos formativos de formación profesional, en la Comunidad de

Castilla y León, para el curso académico 2009/2010.

CURRICULUM, TITULACIONES Y ENSEÑANZAS CICLOS FORMATIVOS

FAMILIA: SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD o DECRETO 67/2008, de 28 de agosto, por el que se establece el currículo correspondiente

al título de Técnico Superior en Educación Infantil en la Comunidad de Castilla y León.

o DECRETO 85/2004 de 22 de julio, por el que se establece el currículo del título de Técnico

en Atención Sociosanitaria en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.

FAMILIA: IMAGEN PERSONAL

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o Real Decreto 629/1995, de 21 de abril por el que se establece el título

de Técnico en Peluquería y las correspondientes enseñanzas mínimas.

o Real Decreto 199/1996; de 9 de febrero, por el que se establece el

currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de

Técnico en peluquería.

FAMILIA: ACTIVIDADES FISICO DEPORTIVAS

o R.D. 2048/1995, de 22 de diciembre, por el que se establece el título de

Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas y

las correspondientes enseñanzas mínimas.-

o R.D. 1262/1997 de 24 de julio, por el que se establece el currículo del

ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico

superior en animación de actividades físicas y deportivas o REAL DECRETO 1263/1997, de 24 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo

formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Conducción de

Actividades Físico-Deportivas en el Medio Natural.

o REAL DECRETO 2049/1995, de 22 de diciembre, por el que se establece el título de

Técnico en Conducción de Actividades Físico-Deportivas en el Medio Natural y las

correspondientes enseñanzas mínimas.

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4.2 CRITERIOS Y ORGANIZACIÓN DE LA FORMACIÓN EN CENTROS DE

TRABAJO

El tutor de F.C.T.

El tutor del modulo de FCT según orden EDU 2000/2009 realizara las

siguientes funciones y tareas:

1. Proponer a la dirección del centro educativo la firma de documentos

de formalización para el desarrollo de actividades correspondientes al módulo

de FCT.

2. Revisar los datos del alumnado que realizará el módulo de FCT durante

el curso académico que figuran en el Sistema Cicerón y, en el caso de

detectar alguna omisión, cargar los datos del alumnado directamente sobre la

aplicación informática.

3. Generar y cumplimentar la documentación correspondiente al módulo

de FCT del alumnado del grupo a través del Sistema Cicerón de gestión del

módulo de FCT vía Internet, y proponerles para su firma a el/la director/a del

centro educativo, al menos siete días antes del inicio del módulo de FCT.

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4. Elaborar y acordar el programa formativo individual de cada alumno/a

en colaboración con la persona responsable del centro de trabajo,

considerando datos y conclusiones anteriores.

5. Informar al alumnado de cuantos trámites y plazos les pudieran afectar,

periodos de realización, exenciones, renuncias y otros.

6. Informar al alumnado, previamente al comienzo del módulo de FCT y

auxiliado por el Departamento de Orientación y el profesorado de la

especialidad de Formación y Orientación Laboral (FOL), sobre los aspectos

generales del módulo, la documentación que ha de cumplimentar y de

todo lo relacionado con las condiciones concretas y las características de su

realización convenidas con el centro de trabajo.

7. Mantener contactos periódicos con la persona responsable del centro

de trabajo, a fin de realizar el seguimiento y evaluación del programa

formativo, cumplimentando la «Ficha individual de Seguimiento y

Evaluación».

8. Solicitar las autorizaciones de desplazamiento, en aplicación de lo

establecido en la normativa vigente.

9. Atender al alumnado en el centro educativo, durante el período de

realización del módulo de FCT periódicamente, al menos una vez cada quince días y auxiliado por el Departamento de Orientación y el profesorado

de la especialidad de Formación y Orientación Laboral (FOL), con objeto de

exponer las experiencias positivas, atender a los problemas de aprendizaje

que se presenten, valorar el desarrollo de las actividades correspondientes al

programa formativo, supervisar las «Hojas semanales del alumnado» y

organizar los apoyos en el centro educativo que sean necesarios.

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10. Evaluar el módulo de FCT, teniendo en cuenta el informe valorativo del

responsable del centro de trabajo sobre las actividades realizadas por el

alumnado comprobando la evidencia de competencia mostrada en relación

con el Programa Formativo acordado.

11. Calificar el módulo de FCT en términos de Apto/No Apto.

12. Extraer datos y conclusiones que realimenten las actividades, con

especial atención a aquellos que sugieran la modificación del programa

formativo del módulo de FCT, de la programación docente de otros módulos

profesionales o que afecten a la continuidad del documento de formalización

para la realización de actividades del módulo de FCT.

13. Elaborar los informes y captar los datos significativos que le puedan

ser requeridos por la dirección del centro educativo y la Administración

educativa, para evaluar la gestión del sistema de FCT.

14. Elaborar una memoria de fin de curso que incluirá, entre otros, un

informe sobre el desarrollo del módulo de FCT y las relaciones con los

centros de trabajo, resultados y logros relativos al módulo, propuesta de

nuevas líneas de acción y un estudio sobre la inserción laboral del alumnado

que cursó el ciclo formativo en ese centro en el curso anterior. Dicha

memoria, que elevará al Director del centro educativo, se presentará al

Consejo Escolar y será incluida en la memoria fin de curso del ciclo formativo

correspondiente.

15. Colaborar con la jefatura de estudios, el Departamento de Orientación y

el profesorado de FOL en la elaboración y mantenimiento de una bolsa de

empleo.

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16. Revisar los datos de participación en el módulo de FCT que figuran en el

Sistema Cicerón al término del curso académico.

17. Cumplimentar, semestralmente, las fichas estadísticas de «Datos

Básicos de Participación» en FCT, en aquellos estudios de centros educativos

privados cuya gestión de FCT no se realice a través del Sistema Cicerón. Las

fichas serán remitidas a la dirección provincial de educación antes del 30 de

diciembre y antes del 30 de junio.

18. Elaborar informe semestral sobre accidentalidad y responsabilidad

civil del alumnado durante el módulo de FCT. Los informes serán remitidos a

la dirección provincial de educación antes del 30 de diciembre de 2009 y

antes del 30 de junio de 2010.

19. Al menos, dos veces a lo largo del curso académico contactar con el

alumnado titulado a fin de recabar los «Datos de inserción laboral » e

introducirlos en el Sistema Cicerón de gestión:

– Entre el 1 y el 30 de septiembre de 2009, la información referida a

fecha 30 de junio de 2009 del alumnado titulado 6 meses atrás

(diciembre de 2008) y 12 meses antes (junio de 2008).

– Entre el 1 y el 31 de enero de 2010, la información referida a 31

de diciembre de 2009, del alumnado titulado 6 meses antes (junio de 2009) y 12 meses atrás (diciembre de 2008).

DESIGNACIÓN DE TUTOR DE F.C.T.

A cada grupo de alumnos del curso correspondiente a la realización del módulo de formación en centros de trabajo se le asignará un profesor, que actuará como tutor docente y realizará el seguimiento de dicho módulo.

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La elección del profesor tutor de FCT, la realizará el Director del centro atendiendo a los siguientes criterios :

1º Designación del tutor del ciclo formativo que haya impartido clase a dicho ciclo el año anterior y que debe impartir docencia al grupo en el curso en el que corresponde hacer las prácticas al grupo

2º Profesorado que haya impartido clase al alumno el año previo a las prácticas y que también debe impartir docencia al grupo en el curso en el que corresponde hacer las prácticas al grupo

3º Profesorado que haya impartido docencia el primer año de los estudios

4º Profesorado, que haya impartido docencia el segundo año de los estudios

5º Cualquier otro profesorado que estime conveniente la Dirección del centro

En el caso de ciclos formativos que sólo tienen docencia el primer año, el tutor habrá impartido docencia en el curso anterior para los ciclos en los que éste módulo de formación en centros de trabajo se realice en el 1er. Trimestre del segundo año.

A cada grupo de alumnos del curso correspondiente a la realización del

módulo de formación en centros de trabajo se le asignará un profesor, que

actuará como tutor docente y realizará el seguimiento de dicho módulo,

siguiendo los criterios de asignación anteriormente mencionados.

B. CRITERIOS PARA ACEPTAR Y ARGUMENTAR LAS SOLICITUDES DE

F.C.T. FUERA DE LA PROVINCIA, PERIODIZACIÓN... Y SEGUIMIENTO.

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Con carácter general, el módulo de formación en centros de trabajo se

realizará en empresas e instituciones preferentemente localizadas en el entorno

del centro educativo.

Secundariamente, se podrá realizar la formación en centros de trabajo en

empresas ubicadas en otras localidades cercanas al centro educativo en la

misma provincia, o bien, en otra provincia que pertenezca o no a la comunidad

de Castilla y león. Para estos casos, se tendrán en cuenta los siguientes criterios

de validación:

• Por la proximidad del domicilio familiar del alumno al centro de trabajo

ubicado lejos del centro educativo.

• Por las posibilidades de formalización de contrato trabajo con el alumno

que desarrolla las prácticas en esa empresa.

• Por la garantía del seguimiento tutorial a través de sistemas online, teléfono u otros.

Atendiendo a los lugares de realización del módulo de formación en centros

de trabajo. Las actividades formativas podrán desarrollarse fuera del

emplazamiento habitual de la empresa y/o entidad, de manera continua o

puntual quedando reflejadas en el programa formativo y validadas las

condiciones para su de seguimiento y control tutorial.

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Los alumnos podrán a su vez, realizar su formación en diferentes centros de

trabajo, cuando los puestos formativos en un centro de trabajo se consideren

insuficientes para alcanzar todas las capacidades terminales, o bien, sea

necesario para completar su horario de prácticas, o bien, para realizar el

número total de horas correspondientes al módulo de f.c.t. .En estos casos, las

prácticas profesionales podrán realizarse de forma sucesiva o simultánea en las

diferentes empresas.

También y con carácter excepcional, la formación en centros de trabajo se

podrá realizar en periodos distintos en función de......

CRITERIOS CONCRETOS DE ASIGNACIÓN DE EMPRESAS ALUMNOS :

1.- Una vez conocidas las características personales y profesionales de los

alumnos que puedan acceder a F. C.T., así como el número y puestos de

trabajo de las empresas que colaboran en esta formación, el tutor

procurará adecuar a cada alumno en el mejor puesto posible. De acuerdo

a lo siguiente:

A.- Se atenderá, inicialmente, al interés del alumnado en la empresa

para realizar las prácticas, asociado a un verdadero aprovechamiento de las prácticas en relación a los estudios cursados

B.- Centros de trabajo más cercanos al centro educativo, siempre que

satisfagan las necesidades formativas asociadas a los estudios

B.- El profesor en consenso con los alumnos distribuirá las empresas de

manera individual y privada, escuchando previamente sus preferencias. En caso de falta de acuerdo se asignará:

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1. En función de las características de los alumnos

2. Por mejor expediente académico.

3. Por proximidad al domicilio familiar.

4. El equipo docente decide en función de las características de los

alumnos.

C.- Los alumnos pueden buscar ellos una empresa y realizar en ella la

F.C.T. Siempre el tutor lo considere adecuado y sea el alumno quien

contacte con la empresa para llegar a la formalización del convenio con el

centro educativo.

b. CRITERIOS PARA ESTABLECER LAS FALTAS DE ASISTENCIA A LAS F.C.T.

1.- Las faltas de asistencia deberá justificarla : LA ASISTENCIA A LA FCT ES

OBLIGATORIA; la justificación es la excepción, no la regla.

A) Avisar previamente al tutor de FCT y a la empresa

B) Posteriormente presentará justificación adecuada.

C) El alumno que falte de forma injustificada a las prácticas, podrá

suspender las FCT a criterio del tutor y de la junta de evaluación

c. CRITERIOS PARA LAS VISITAS

A) El tutor acompañará a los alumnos en su presentación en la empresa

siempre que sea posible.

B) Los alumnos se reunirán con el profesor en el Centro, una vez cada

quince días en el horario establecido por el tutor antes de empezar las

FCTs

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C) El profesor realizará visitas periódicas a las empresas, para asegurarse

de la buena marcha de las prácticas, con una frecuencia aproximada de 15

días. En el caso de que por la distancia no sea posible, se mantendrá

contacto quincenal via teléfono o internet.

2. REGULACIÓN DE LAS FALTAS DE ASISTENCIA F.C.T

La asistencia a la F.C.T. es obligatoria. No existen porcentajes de faltas o

ausencias de faltas sin justificar.

El módulo de formación en centros de trabajo se realizará de forma

ininterrumpida de acuerdo con el calendario escolar, y completándose el número

de horas establecido para cada ciclo formativo. Los alumnos por lo tanto,

deberán realizar el total de las horas de prácticas que se exige para evaluación

del módulo.

Las faltas de asistencia de los alumnos al centro de trabajo se regularán

siguiendo los siguientes criterios:

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a. Los alumnos avisarán previamente al tutor docente y al tutor laboral de

la falta de asistencia, aportando posteriormente justificación adecuada de la

misma.

b. La faltas de asistencia justificadas se recuperarán a lo largo del periodo

de realización de las mismas.

c. Las faltas de asistencia no justificadas, la impuntualidad reiterada, y las

actitudes que incidan el un mal aprovechamiento de la formación, supondrán la

calificación de “no apto” el módulo de formación en centros de trabajo.

E. CRITERIOS PARA EL SEGUIMIENTO Y VISITAS.

La realización de las acciones tutoriales se realizarán de forma que la

atención del alumnado sea compatible con el cumplimiento del horario en la

entidad colaboradora y permitan atender y valorar el desarrollo de las

actividades formativas correspondientes al programa educativo.

El tutor docente coordinará conjuntamente con los tutores laborales la

presentación de los alumnos en cada una de las entidades colaboradoras. Y en

su caso, las reuniones y/o visitas periódicas que fueran necesarias para el

seguimiento de las prácticas profesionales de los alumnos.

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Durante el periodo de realización de las prácticas profesionales por los

alumnos, el tutor reservará dos horas cada quince días para realizar las tareas

tutoriales de seguimiento en el centro educativo, en el horario establecido por el

tutor antes del inicio de las practicas profesionales.

Para el seguimiento de las prácticas se utilizarán todos los recursos

disponibles del centro y los materiales tecnológicos que se dispongan y estimen

oportunos.

4. F. LOS PROFESORES QUE VEN REDUCIDA SU JORNADA LECTIVA DURANTE LAS PRÁCTICAS DE F.C.T., CUBRIRÁN SU HORARIO CON

LAS SIGUIENTES ACTIVIDADES: ( en todo caso, deberán permanecer

en el centro cumpliendo su horario personal )

1. Tutorización del módulo de Proyecto.

2. Oferta parcial de Formación profesional

3. Horas lectivas en el aula con los alumnos que tienen módulos pendientes

del Ciclo Formativo. Estas podrán programarse en duración inferior a la

duración del módulo en función de lo que establezca el equipo directivo,

oído el departamento.

4. Guardias.

5. Colaboración con el tutor de FCT.

6. Orientación y atención a los alumnos que van a realizar las Pruebas de

Acceso.

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7. Colaborar en los Estudios de inserción laboral de los alumnos.

8. Cursos de formación para el empleo.

9. Apoyo al Coordinador de calidad del centro.

10. Seguimiento de las estancias formativas.

11. Cualquier otra tarea que le encomiende la Dirección del centro, previa

propuesta de la Jefatura de Estudios, en función de las necesidades del

centro.

4.7 PARTICIPACIÓN 4.8 Delegados de grupo. (ver anexo convivencia, normativa elección de

delegados y modelo de acta)

Coordinados con el Departamento de orientación y tras haber realizado las

actividades oportunas de conocimiento y relación entre los distintos

componentes del grupo en las primeras sesiones de curso, los tutores realizarán

la sesión de elección de los delegados y subdelegados de los distintos grupos, a

lo largo del primer trimestre de curso, de acuerdo con la normativa y levantando

acta de la sesión, determinándose así los representantes de cada grupo y

otorgándoles las responsabilidades oportunas.

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Una vez se hayan elegido los distintos representantes de los grupos, el Jefe

de Estudios del Centro, convocará a todos los delegados y subdelegados de los

distintos grupos para la primera reunión constituyente de la Junta de Delegados.

4.9 Junta de delegados.

En el Centro existirá una Junta de Delegados de Alumnos integrada

por los delegados y subdelegados de los distintos grupos del centro, y los

representantes de los alumnos en el Consejo Social. Esta primera reunión,

se realizará preferentemente antes de la finalización del primer trimestre

del curso. En esta reunión, dirigida y coordinada por Jefatura de Estudios,

se les entregará la información oportuna referida a funciones, normativa,

fechas de evaluación y principales actuaciones en el Centro, con el fin de

poder poner las bases para las futuras reuniones coordinadas y previstas

por el propio alumnado.

La Junta de Delegados, dispondrá en el Centro de una sala de

reuniones así como de los recursos materiales del Centro, con el fin de

facilitar su capacidad de trabajo y organización.

Las reuniones mínimas de la Junta serán de dos al año, pudiéndose

reunir de forma extraordinaria, cuando ellos lo crean conveniente.

4.10- RECURSOS ECONÓMICOS.

4.10.1- PRESUPUESTO.

En Base a la asignación presupuestaria que se solicitó desde la Dirección

Provincial de Avila a la apertura del centro, se han ido ajustando los gastos y

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previsión futura de éstos. Desde el centro además se gestiona el pago de la

empresa encargada de la limpieza “ EULEN” así como del pago a la empresa “

CABALOGIA” para el Módulo de Caballos del CFGM de Conducción de

actividades fisicodeportivas en el medio natural, éstas partidas presupuestarias

vienen con un concepto específico para tales fines, por lo que el centro no puede

disponer en ningún caso de éste dinero para otros gastos.

El Centro puede recibir además ingresos económicos de otras administraciones

públicas tales como el Ayuntamiento, La Diputación o los relativos a los intereses

bancarios, el porcentaje del seguro escolar...etc. Del mismo modo, podría

percibir ingresos relativos al uso de instalaciones del centro, convenios con

empresas por las características del centro Integrado o de Donaciones.

a) PREVISIÓN DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS POR DEPARTAMENTOS

A la Apertura del centro, los objetivos marcados giran en torno a un fin único y

necesario, la puesta en marcha y funcionamiento del centro.

Debido a las características que implica éste objetivo general ,no se dota de una

asignación presupuestaria determinada a las diferentes familias profesionales ,

la decisión es ir dotando a éstos en función de las necesidades que fueran

surgiendo, en base a tres criterios de organización económica, no priorizados

,que se pueden englobar en :

• Ampliación de material y equipamiento didáctico escaso y/o carente

en la dotación de la JCYL .

• Dotación y creación de material Bibliográfico por departamentos.

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• Necesidades intrínsecas de cada módulo específico: material

fungible, trasportes...

Los recursos que se adjudican a los departamentos se basan en la experiencia

de los docentes y las necesidades prácticas reales que éstos manifiestan.

El proceso de dotación sigue los siguientes pasos, de no cumplirse el Centro no

cubrirá los gastos que se ocasionen:

19. Comunicación de la necesidad al jefe de departamento

20. Cálculo aproximado del gasto o en su defecto presentación de

presupuestos al Secretario Petición de permiso al Secretario.

21. Una vez obtenido el Permiso, si procede, se cubrirá tal necesidad en

base al presupuesto acordado, de tal fin se encargará el Jefe del

departamento o el profesor del módulo en particular.

22. Entrega de Factura al secretario, aquellos gastos que no se

presente factura no serán pagados por el Centro Integrado.

Se fomentará que el alumnado adquiera materiales propios de cada módulo

siempre que pueda, con el fin de que se vayan equipando para lo que será su

futuro profesional , y a su vez puedan trabajar con equipos adaptados a sus

propias características ,pudiendo ser necesario a veces por motivos higiénicos ,

y que puedan trabajar con materiales a su gusto personal.

b) GESTIÓN FONDO DE EMERGENCIA.

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EL Centro preverá la gestión de un fondo económico de emergencia cuya

cantidad oscilará en función de cómo vayan surgiendo los acontecimientos, con

el fin de poder tener un “ahorro” para cubrir gastos imprevistos , reparaciones

del centro, ampliaciones y obras si fuese necesario.

CANTIDADES SOLICITADAS AL ALUMNADO DE DETERMINADOS CICLOS

FORMATIVOS PARA REPOSICIÓN, SUSTITUCIÓN Y REPARACIÓN DE

MATERIALES ( pendiente de aprobación en Consejo Social )

5. RELACIONES CON INSTITUCIONES Y ENTIDADES

5.1 Instituciones públicas

Las relaciones con las instituciones públicas se deben establecer de

forma permanente en el tiempo, en busca del beneficio mútuo, del

centro y el alumnado y de la propia instutución y el de la repercusión

social de la propia relación, que deberá favorecer la propia función de

la institución y del centro integrado de cara al beneficio de la población.

Las principales instituciones públicas que entrarán en esta relación

atendiendo a los ciclos formativos que se imparten en el centro, son :

- Ayuntamiento : concejalías de deporte, cultura y asuntos sociales

- Junta de Castiila y León : Ecyl ( para cursos de FP ocupacional y

contínua ) y las propias educactivas derivadas de la dependencia

- Diputación y ayuntamientos de la provincia o de otras : en la medida

de lo posible, todas las relaciones que se deriven de actividades con

estos organismos, para disponer de sus instalaciones u ofreciéndoles

nuestras actividades para sus colectivos

- Otras instituciones públicas, de carácter – o no - educativo: CFIE´s´,

centros escolares, MEPSYD, sindicatos, etc...

5.2 Asociaciones sin ánimo de lucro

La propia característica de centro público que tiene el Centro Integrado

de Ávila y la propia idiosincrasia de los Ciclos formativos que en él se

imparten, que tienen todos ellos que ver con el trabajo con personas (

son todos de servicios a las personas ), hace que la relación con éste

tipo de asociaciones sea fundamental. Debemos por ello,

independientemente de que cada ciclo realice actividades por su

cuenta, intentar integrar en diversos momentos o coincidiendo con

determinadas fechas del año ( Navidad, carnavales, etc...) actividades

en las todos o gran parte de los ciclos formativos realicen una actividad

conjunta, como la fiesta que se hizo para la Residencia “Decanos” el

miércoles 10 de Febrero de 2009.

Como posible elenco de asociaciones en las que participar, podríamos

citar :

- Cruz Roja, residencias diversas de mayores y discapacitados, centros

de día de mayores, Cáritas, etc...

5.3 Entidades privadas

La relación con entidades privadas buscará los beneficios formativos

para el alumnado y el centro en todas las actividades que se puedan

programar con ellas. Las actividades pueden tener carácter muy

diverso :

- alquiler de instalaciones,o cesión de uso de material, cobrando el

centro por su uso

- convenios de colaboración formativa

- centros de prácticas

5.4 Empresas

La relación con ellas se basará en éstos principios :

- búsqueda de plazas para realizar la FCT

- posibilidades de realizar con ellas convenios anteriores a las

prácticas, uso del vivero de empresas, posibilidad de asistir a cursos de

CONFAE ( CECALE ), impartición de conferencias de expertos,

convenios de I+D+I, etc...

5.5 Forma de realizar la relación

- a través de la Dirección del Centro, contactando con los diferentes

entidades, que será la principal forma de contactar con las entidades

de cualquier índole

- recibiendo cualquier tipo de colaboración que por parte de ellas se

ofrezca

- a través del profesorado, alumnado o terceros que nos pongan en

contacto con dichas entidades

- por medio de anuncios, mailing, campañas de promoción de los

servicios del centro, etc..