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IEE lnSll:lulo1!81all>181ecforai Baja California Instituto Estatal Electoral de Baja California PRESIDENCIA l 1 Punto de Acuerdo ' IEEBC-CG-PA06-2018 PUNTO DE ACUERDO CONSEJO GENERAL ELECTORAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE BAJA CALIFORNIA PRESENTE. El suscrito Consejero Presidente del Consejo General Electoral del Instituto Estatal Electoral de Baja California, con fundamento en los artículos 33, 35, fracción 111, 36, fracción 11, inciso a), 46, fracción XXVI y 47, fracción 11, de la Ley Electoral del Estado de Baja California, respetuosamente someto a la consideración de este Órgano de Dirección Superior el siguiente PUNTO DE ACUERDO por el que se aprueba la "AUTORIZACIÓN PARA SUSCRIBIR EL ANEXO FINANCIERO DEL ANEXO TfCNICO NÚMERO UNO AL CONVENIO GENERAL DE COORDINACIÓN Y COLABORACIÓN CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y EL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE BAJA CALIFORNIA" bajo los siguientes antecedentes, considerandos y acuerdos. Anexo Financiero Consejero Presidente Consejo General Constitución Federal Constitución Local Convenio General de Coordinación INE Instituto Electoral GLOSARIO El Anexo F1nanc1ero del Anexo Técnico Número Uno al Convenio General de Coordinación y Colaboración para la reahzac1ón del Proceso Electoral l0c1I Ordinario 2018-2019. El Consejero Presidente del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California El Consejo General Electoral del Instituto Estatal Electoral de Baja California La Const1tuc1ón Política de los Estados Unidos Mexicanos. La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California El Convenio General de Coordinación y Colaboración que Celebran por una el Instituto Nacional Electoral y por otra el Instituto Electoral del Estado con el fin de establecer las bases de coord1nac1ón pera hacer efectiva la realización del Proceso Electoral 2018-2019 en el Estado de Baja Ca!iforn:a · para · la renovación de los cargos de Gubernoturo, Diputaciones Locales y Ayuntamientos, c\.Jya Jorncdo Electoral será el 2 de junio de 2019 y. en su coso, los Mecan:srr.os de Participoclón Ciudador.a. El Instituto Nacional El ec toral. El Instituto Estatal Electoral de Baja California.

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IEE lnSll:lulo1!81all>181ecforai

Baja California

Instituto Estatal Electoral de Baja California

PRESIDENCIA l 1 Punto de Acuerdo '

IEEBC-CG-PA06-2018

PUNTO DE ACUERDO

CONSEJO GENERAL ELECTORAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE BAJA CALIFORNIA PRESENTE.

El suscrito Consejero Presidente del Consejo General Electoral del Instituto Estatal Electoral de Baja California, con fundamento en los artículos 33, 35, fracción 111, 36, fracción 11, inciso a), 46, fracción XXVI y 47, fracción 11, de la Ley Electoral del Estado de Baja California, respetuosamente someto a la consideración de este Órgano de Dirección Superior el siguiente PUNTO DE ACUERDO por el que se aprueba la "AUTORIZACIÓN PARA SUSCRIBIR EL ANEXO FINANCIERO DEL ANEXO TfCNICO NÚMERO UNO AL CONVENIO GENERAL DE COORDINACIÓN Y COLABORACIÓN CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y EL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE BAJA CALIFORNIA" bajo los siguientes antecedentes, considerandos y acuerdos.

Anexo Financiero

Consejero Presidente

Consejo General

Constitución Federal Constitución Local

Convenio General de Coordinación

INE Instituto Electoral

GLOSARIO

El Anexo F1nanc1ero del Anexo Técnico Número Uno al Convenio General de Coordinación y Colaboración para la reahzac1ón del Proceso Electoral l0c1I Ordinario 2018-2019. El Consejero Presidente del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California El Consejo General Electoral del Instituto Estatal Electoral de Baja California La Const1tuc1ón Política de los Estados Unidos Mexicanos. La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California El Convenio General de Coordinación y Colaboración que Celebran por una part~ el Instituto Nacional Electoral y por otra el Instituto Electoral del Estado con el fin de establecer las bases de coord1nac1ón pera hacer efectiva la realización del Proceso Electoral 2018-2019 en el Estado de Baja Ca!iforn:a · para · la renovación de los cargos de Gubernoturo, Diputaciones Locales y Ayuntamientos, c\.Jya Jorncdo Electoral será el 2 de junio de 2019 y. en su coso, los Mecan:srr.os de Participoclón Ciudador.a. El Instituto Nacional Electoral. El Instituto Estatal Electoral de Baja California.

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Ley General

Ley Electoral

Secretaría Ejecutiva

Reglamento de Elecciones Unidad de Vlnculación

PRESIDENCIA 12 Punto de Acuerdo

La Ley Generai de Instituciones y Procedimientos Electorales.

La ~ey Electoral de: Es•ado de Baja California.

La Secretaría Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral de Baja Califcrnla. El Reglamento de Elecciones del Instituto Nacionai E!ectoral.

Lo Unidad Técnica de Vinculación con los Órganos Púb!icos Locales del Instituto Nacional E!ectora:.

ANTECEDENTES

1. El 06 de agosto de 20 l 8 se recibió en Oficialía de Partes del Instituto

Electoral el oficio número INE/UTVOPL/8190/20 l 8 signado por el Director de Vinculación, Coordinación y Normatividad de la Unidad Técnica de

Vinculación con los Órganos Públicos Locales, Mtro. Miguel Saúl López Constantino, por el que remite para análisis y revisión el proyecto de Convenio General de Coordinación y Colaboración para el Proceso Electoral Local Ordinario 2018-2019, así como de su Anexo Técnico.

Adicionalmente, se recibió el oficio INE/BC/ JLE/VS/2257/2018 signado por la Vocal Ejecutiva del INE en Baja California, Lic. María Luisa Flores Huerta,

quien realizó una atenta invitación al Consejero Presidente para llevar a cabo una mesa de trabajo en la que revisará de manera conjunta el referido proyecto de convenio.

2. El 08 de agosto de 2018 tuvo verificativo la reunión de trabajo entre los integrantes de la Junta Local Ejecutiva del INE en Baja California y del

Instituto Electoral encabezados por el Consejero Presidente y el Secretario Ejecutivo.

3. El l O de agosto de 2018 el Consejero Presidente a través del oficio

número IEEBC/CGE/1352/2018 remitió a la Junta Local Ejecutiva del INE en Baja California, las observaciones y propuestas de ajustes al proyecto de convenio y su Anexo Técnico, a efecto de que fueran trasladadas a la Unidad de Vinculación para su validación.

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PRESIDENCIA l 3 Punto de Acuerdo

4. El 14 de agosto de 2018 se recibió en Oficialía de Partes del Instituto Electoral el oficio número INE/BC/ JLE/VS/2307 /2018 signado por la Vocal Ejecutiva del INE en Baja California, Lic. María Luisa Flores Huerta, mediante el cual remite la circular número INE/UTVOPL/0944/2018 en el que se adjunta el acuerdo identificado con la clave INE/CG 1176/2018 por el que se aprobó el Plan Integral y Calendario de Coordinación del Proceso Electoral Local Ordinario 2018-2019 en Baja California

5. . El 29 de agosto de 2018 se recibió en Oficialía de Partes del Instituto Electoral el oficio número "INE/PC/214/2017" (sic) signado por el Consejero Presidente del INE, Dr. Lorenzo Cordova Vianello, mediante el cual hace una atenta invitación a la firma del Convenio General de Coordinación y Colaboración a celebrarse el próximo 06 de septiembre del año en curso, en la Ciudad de México.

6. El 03 de septiembre de 2018 el Consejo General durante la décima segunda sesión extraordinaria aprobó el punto de acuerdo relativo a la "AUTORIZACIÓN PARA SUSCRIBIR EL CONVENIO GENERAL DE COORDINACIÓN Y COLABORACIÓN QUE CELEBRARÁN EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y EL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE BAJA CALIFORNIA", estableciendo en considerando IV del referido Punto de Acuerdo que dado que los anexos técnicos y financieros no habían sido validados hasta ese momento por el INE, la firma de los mismos tendría que realizarse más adelante, previa autorización del Consejo General.

7. El 06 de septiembre de 2018 el Consejero Presidente y el Secretario Ejecutivo, suscribieron en la Ciudad de México el Convenio General de Coordinación y Colaboración con el INE, en el convenio de referencia, se establece en su cláusula primera que el objeto del Convenio es el de establecer las bases de coordinación entre ambos institutos para la realización del Proceso Electoral Local 2018-2019, respetando el ámbito de sus respectivas competencias para establecer las reglas y procedimientos, los cuales serían detallados de manera específica en el Anexo Técnico respectivo; así mismo, en la cláusula tercera del instrumento de referencia se asentó que se suscribiría e l Anexo Técnico en el que serían definidos a detalle los procedimientos y especificaciones técnicas para la

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PRESIDENCIA 14 Punto de Acuerdo

consecución de los compromisos asumidos, comprometiéndose ambos institutos a cumplir los acuerdos establecidos en el clausulado del documento.

8. El 19 de octubre de 2018 el Consejo General durante la cuarta sesión extraordinaria aprobó el punto de acuerdo relativo a la "AUTORIZACIÓN PARA SUSCRIBIR EL ANEXO TÉCNICO NÚMERO UNO AL CONVENIO GENERAL DE COORDINACIÓN Y COLABORACIÓN CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y EL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE BAJA CALIFORNIA".

9. El 28 de enero de 2019 se recibió en Oficialía de Partes del Instituto Electoral el oficio número INE/BC/ JLE/VS/0221 /2019 signado por la Vocal Ejecutiva del INE en Baja California, Lic. María Luisa Flores Huerta, mediante el cual remite el oficio número INE/UTVOPL/04415/2019, el que adjunta cuatro tantos del Anexo Financiero del Anexo Técnico Número Uno al Convenio General de Coordinación y Colaboración para la realización del Proceso Electoral Local Ordinario 2018 -2019, solicitando su remisión una vez que el mismo fuese firmado tanto por el Consejero Presidente del Consejo General y el Secretario Ejecutivo.

Con base en lo anterior, y

CONSIDERANDO l. COMPETENCIA. 1 . Que el Consejo General es competente para emitir el presente Punto de Acuerdo, de conformidad con- el artículo 46, fracciones 11, de la Ley Electoral, en relación con el diverso 35, del Reglamento de Elecciones que establece el procedimiento para la elaboración, integración y suscripción del convenio general de coordinación, así como de su anexo técnico, anexo financiero y, en su caso, adendas: en ese sentido, el artículo 46, fracción XXVI establece que el Consejo General tiene la atribución de autorizar la celebración de convenios de apoyo y colaboración con las autoridades federales o estatales electorales en materia electoral.

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11. MARCO NORMATIVO. "Constitución de los Estados Unidos Mexicanos"

PRESIDENCIA 15 Punto de Acuerdo

1. Que el artículo 41, párrafo segundo, Base V, Apartados B y C, párrafo segundo, inciso c), de la Constitución Federal señala que la organización de las elecciones es una función estatal que se realiza a través del INE y de los organismos públicos locales, dotando a cada uno de ellos de funciones y atribuciones para la realización de los Procesos Electorales Locales.

"Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales" 2. Que, el artículo l 04, numeral l, inciso a), establece que corresponde a los Organismos Públicos Locales aplicar las disposiciones generales, regios, lineamientos, criterios y formatos que, en ejercicio de las facultades

que le confiere la Constitución y esta Ley, establezca el Instituto.

"Reglamento de Elecciones" 3. El Reglamento de Elecciones, en su artículo 26 indica que la coordinación entre el Instituto y los organismos públicos locales tiene como

propósito esencial concertar la actuación entre ambas autoridades, cada una en el ámbito de sus respectivas competencias, para elevar la calidad

y eficacia en la organización y operación de los procesos electorales, y optimizar Jos recursos humanos y materiales a su disposición, bajo un estricto apego al marco constitucional y legal aplicable.

4. En ese tenor, en el citado reglamento señala que las bases contenidas

en él, son de observancia general para el personal y los diversos órganos del INE y de los Organismos Públicos Locales, y que las mismas serán aplicables en el desarrollo de los procesos electorales locales.

5. Así mismo, señala en su artículo 27 que, para la ejecución de las tareas inherentes a la organización de los procesos electorales locales, la coordinación con !os organismos públicos locales se sustentará en los

convenios generales de coordinación y, en su caso, en anexos técnicos,

anexos financieros o adendas.

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PRESIDENCIA 16 Punto de Acuerdo

6. Aunado a lo anterior, el artículo 29, del Reglamento, mandato que, para la organización de los procesos electorales locales, el INE y los organismos públicos locales formalizarán un convenio general de coordinación que establezca las bases generales de coordinación.

7. Por su parte, el artículo 30, del Reglamento establece que una vez formalizado el convenio general de coordinación entre el Instituto Electoral y el organismo público local, para el proceso electoral local que corresponda, se suscribirán los anexos técnicos y financieros y, en su caso, las adendas, con el propósito de establecer los compromisos, instancias responsables y demás elementos necesarios para la ejecución de las tareas que implican el ejercicio de las facultades de cada institución.

"Constitución Política del Estado Ubre y Soberano de Baja California". 8. Que, de conformidad con el artículo 5, Apartado B, de la Constitución Local, el Instituto Electoral es un organismo público autónomo e independiente, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, a cuya integración concurren los ciudadanos y los partidos políticos. Sus actividades se regirán por los principios.rectores de certeza, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad y objetividad y que tiene la función pública de organizar las elecciones estatales y municipales.

9. Así mismo, establece como actividad que el Instituto Electoral desempeñará de forma directa e integral, entre otras, la siguiente:

"ARTÍCULO 5 . ... ( ... ) APARTADO 8. del Instituto Estatal Electoral. ( ... ) l. a lo IX .... X. Implementar y verificar el cumplimiento de los criterios generales que emita el Instituto Nacional Electoral;; XI •. .. ( .. . )"

"Ley Electoral del Estado de Baja California".

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PRESIDENCIA 17 Punto de Acuerdo

1 O. Que el Consejo General es el órgano superior de dirección responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad guíen todas las actividades del Instituto Electoral, como se establece en el artículo 37 de la Ley Electora!.

11 . La fracción 11 del artículo 46, de la Ley Electoral, prescribe que, es atribución del Consejo General expedir los acuerdos necesarios para el cumplimiento de las disposiciones de la propia Ley.

12. Que, entre los acuerdos que el Consejo General puede expedir, se encuentra el señalado por la fracción XXVI del propio artículo 46, de la Ley Electoral, que indica:

"ARTÍCULO 46 . ... 1 a la XXV .... XXVI. Autorizar la celebración de convenios de apoyo y colaboración con las autoridades federales o estatales electorales en materia electora1 ;1 XXVI: a la XXXV!ll. . .. "

13. Por otra parte, el artículo 47, fracción 11, de la Ley Electoral contempla como atribución del Consejero Presidente del Consejo General la de establecer los vínculos y celebrar los convenios entre el Instituto Electoral y las autoridades federales, estatales y municipales, centros de enseñanza para el apoyo y colaboración en sus respectivos ámbitos, cuando sea necesario para el cumplimiento de los fines; exceptuando los convenios con organismos electorales establecidos en la fracción XXVI, del artículo 46, de la referida Ley Electoral, en cuyo caso, deberá contar con la anuencia del Consejo General para su suscripción.

14. Así mismo, respecto a la Secretaría Ejecutiva, el artículo 55, fracciones 1 y 11, de la Ley Electoral señala como sus atribuciones, representar legalmente al Instituto Electoral y actuar como secretario del Consejo General.

1 Énfasis añadido.

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MOTIVACIÓN DEL PUNTO DE ACUERDO.

PRESIDENCIA l 8 Punto de Acuerdo

1. Que tal y como se estableció en el antecedente número 9, el INE remitió el Anexo Financiero del Anexo Técnico Número Uno al Convenio Genera! de Coordinación y Colaboración, mismo que se adjunta al presente acuerdo.

2. Que una vez hecho el análisis respectivo del Anexo Financiero de referencia, se colige que el mismo contempla un monto de $75'030,228.51 M.N. (Setenta y cinco millones treinta mil doscientos veintiocho pesos 51/100 moneda nacional) por conceptos de gastos y costos de los procedimientos, actividades, plazos y acciones para la organización del Proceso Electoral local Ordinario 2018.:.2019 en Baja California; monto que no considera gastos y costos adicionales.

3. Lo montos referidos serán ejercicios por el INE de acuerdo con el calendario contenido en el concentrado general y serán financiados de la siguiente manera:

a. Por el INE la cantidad de 73'390,803.00 M.N. {Setenta y tres millones treinta mil ochocientos tres pesos 00/100 moneda nacional} , y b. Por el Instituto Electoral la cantidad de $1 '639,425.51 M.N. (Un millón seiscientos treinta y nueve mil cuatrocientos veinticinco pesos 51 /100 moneda nacional).

4. Las actividades y acciones que comprenden el anexo financiero son en materia de organización electoral a cargo de ambos organismos electorales, tales como:

• Diseño, implementación y operación del Sistema de Información sobre el desarrollo·de la Jornada Electoral (SIJE}; • Recorridos y visitas de examinación a cargo de las juntas ejecutivas y consejos distritales para la ubicación de domicilios donde se instalarán las casillas; • Difusión de las listas de ubicación e integración de mesas directivas de casillas;

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PRESIDENCIA 19 Punto de Acuerdo

• Equipamiento y acondicionamiento de casillas electorales; • Apoyo por concepto de alimentación a funcionarios de mesa directiva de casillas; • Apoyo por concepto de limpieza a propietarios o responsables de inmuebles; • Gastos generados por los daños o reposición del inmueble donde se instale la casilla; • Conteo, sellado y agrupamiento de boletas;

-1 • Adquisición de dados marcadores; • Distribución de documentación y materiales electorales a presidentes de mesa directiva de casilla; • Recepción de paquetes electorales, entre otros.

5. Las aportaciones a cargo del Instituto Electoral se efectuarán dentro de los primeros cinco días de cada mes conforme al siguiente recuadro:

~· - ·

APORTACIONES MENSUALES DEL IEEBC o FEBRERO ABRIL MAYO JUNIO TOTAL

i $103,252.00 $467,422.30 $849 ,666.13 $199 ,281.08 $19,804.00 $1 '639,425.51

6. En ese orden de ideas, dado que, el Anexo Financiero tiene por objeto precisar los conceptos de gastos y costos de los procedimientos, actividades, plazos, obligaciones, acciones y mecanismos de colaboración pactados en el Convenio General de Coordinación y Colaboración y el Anexo Técnico, respecto de la organización y desarrollo del Proceso Electoral Local Ordinario 2018-.2019 en el Estado de Baja California, donde se renovarán los cargos de Gubernatura, Diputaciones Locales y Ayuntamientos, con jornada electoral el día 2 de junio de 2019, y que el mismo no.contraviene a lo dispuesto en la normatividad aplicable, sino por el contrario viene a delimitar las competencias de los órganos electorales que convergen en la organización del proceso ·electoral, se propone autorizar al Consejero Presidente y al Secretario Ejecutivo para que, en representación del Instituto Electoral para que lo suscriban de manera conjunta.

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PRESIDENCIA 11 O Punto de Acuerdo

Por lo antes expuesto, fundado y motivado, se someten a la consideración de este Órgano de Dirección Superior, los siguientes:

ACU ERDOS

PRIMERO. Se autoriza al Consejero Presidente del Consejo General y al Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Baja California para que lleven a cabo la suscripción del Anexo Financiero del Anexo Técnico número Uno del Convenio General de Coordinación y Colaboración, el cual forma parte integral del presente punto de acuerdo.

SEGUNDO. El presente acuerdo surtirá efectos a partir de su aprobación por el Consejo General.

TERCERO. Notifíquese al INE por conducto de la Unidad de Vinculación, así como a las áreas ejecutivas y técnicas del Instituto Electoral, para los efectos legales conducentes.

CUARTO. Publíquese el presente punto de acuerdo en el portal de internet institucional en términos de lo señalado en el artículo 22, párrafo cuarto, del Reglamento Interior del Instituto Electoral.

Dado en la Sala de Sesiones del Instituto Estatal Electoral de Baja California, a los cinco días del mes de febrero -o dos mil diecinueve.

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l~J3TiTUTO t~:-í-\IAL ELECTORAL . DE Br..;.:~ CAi..IFORNiA tr~~ ~~ µc.r';Ol -.1

:~ ~ .u el'-C. ~J ~

' .¡ 2 B ENE 20·:9 BAJA CALIFORNIA ,"'- . '3Y~f M JUNTA LOCAL EJECUTIVA

E 0 ~ f2. ~ LJ • ASUNTO: SE REMITE ANEXOS JO GD>IERAL ELECTORAL OFICIO NÚM.: INE/BC/JLENS/0221/2019

MEXICALI, BAJA CFA. FECHA: 28 DE ENERO DE 2019

LIC. CLEMENTE CUSTODIO RAMOS MENDOZA CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL ELECTORAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE BAJA CALIFORNIA PR ESE N TE.-

Por medio del presente y de conformidad con lo establecido en el artículo 62, párrafo 2 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y de lo previsto en el artículo 26, párrafo 5 del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral, y en el artículo 57, numeral 1, incisos o) y q) del Reglamento Interior del Instituto. Nacional Electoral, y en los términos solicitados por el Director de Vinculación, Coordinación y Normatividad de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales del Instituto Nacional Electoral (INE) mediante Oficio No. INE/UTVOPU04415/2019, se expone lo siguiente:

Que adjunto al oficio de referencia, remitió en cuatro tantos y en original el documento relativo al Anexo Financiero del Anexo Técnico Número Uno al Convenio General de Coordinación y Colaboración del Proceso Electoral Local 2018-2019 del estado de Baja California, solicitando se recabaran las firmas respectivas.

En virtud de lo antes expuesto, y para los efectos señalados en el párrafo precedente, se adjuntan los cuatro documentos conteniendo del Anexo Financiero, solicitando de la manera más atenta que una vez suscritos por el Consejero Presidente y el Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral, se remitan a esta Junta Local Ejecutiva.

Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para hacerle llegar un cordial saludo.

ATENTAMENTE INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL ES'f.Al'J."J D~ SA. •A CALIFORNIA

E ~P "" - ' "'~D tr.. • ,. .1.: :..· ' ·.,

í: B ENE 2019

:S~t.Jk~~ÁD JUNTA LOCAL EJECUTIVA

C.c.p.- LIC. EOMUNDO JACOBO MOLINA. -Secretario E!eculillO del ln1tiMo Nacional Electoral. -Presente. C.c.p.-MTRO. MIGUEL ANGEL PAT!ÑO ARROYO. -O:rector de la !,;nida<f Técnica de Vincu!ación con :os OPLES. -Presente C.e-p.- LIC. MARIA MAGDALENA PEREZ ORT:z. -Voca! Secretario de la Junta Loca: Ejecutiva de Baja Califcmla. -Presente C.c.p.- Archivo. MlFH/MMPO

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INE Instituto Naclonal Electoral tIEE

lndll*) Estala( Bedoral

Baja California

ANEXO FINANCIERO DEL ANEXO TÉCNICO NÚMERO UNO AL CONVENIO GENERAL DE COORDINACIÓN Y COLABORACIÓN, QUE SUSCRIBEN, POR UNA PARTE, EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, EN LO SUCESIVO "EL INE11

1 REPRESENTADO POR El DOCTOR LORENZO CÓRDOVA VIANELLO Y POR EL LICENCIADO EDMUNDO JACOBO MOLINA, PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL Y SECRETARIO EJECUTIVO, RESPECTIVAMENTE, ASISTIDOS POR LA LICENCIADA MARÍA LUISA FLORES HUERTA, VOCAL EJECUTIVA DE LA JUNTA LOCAL EJECUTIVA EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA; POR LA OTRA, EL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE BAJA CALIFORNIA, EN LO SUCESIVO "EL IEEBC11

1 REPRESENTADO POR EL LICENCIADO CLEMENTE CUSTODIO RAMOS MENDOZA Y EL MAESTRO RAÚL GUZMÁN GÓMEZ, CONSEJERO PRESIDENTE Y SECRETARIO EJECUTIVO, RESPECTIVAMENTE; INSTITUCIONES QUE AL ACTUAR DE FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES"; PARA DEFINIR LOS CONCEPTOS DE GASTOS Y COSTOS DE LOS PROCEDIMIENTOS, ACTIVIDADES, PLAZOS Y ACCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL LOCAL ORDINARIO 2018-2019 EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, CUYA JORNADA ELECTORAL SERÁ EL 2 DE JUNIO DE 2019, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

l. El 6 de septiembre de 2018, "LAS PARTES" firmaron un Convenio General de Coordinación y Colaboración en el que se establecen las reglas, actividades y procedimientos a los que se sujetará la organización del Proceso Electoral Local Ordinario 2018-2019 del Estado de Baja California, cuya Jornada Electoral tendrá verificativo el 2 de junio de 2019.

11. El 10 de septiembre de 2018, 11LAS PARTES" suscribieron el Anexo Técnico número Uno que establece los procedimientos, actividades, plazos, obligaciones, acciones y mecanismos que deberá realizar cada una para coordinarse y colaborar en el desarrollo del Proceso Electoral Local Ordinario 2018-2019 del Estado de Baja California.

111. En la cláusula Cuarta del Anexo Técnico precitado, "LAS PARTES" acordaron que los compromisos económicos derivados de dicho instrumento jurídico, se establecerían en un Anexo Financiero que forma parte integral del mismo.

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INE Instituto Nacional Electoral tIEE

lf!lllllo ltlalal Electoral Baja Cafrf omia

IV. En términos de lo establecido en el articulo 32 del Reglamento de Elecciones, los anexos financieros reflejaran los costos que se generen con motivo de la coordinación entre "LAS PARTES" para el Proceso Electoral Local Ordinario 2018-2019 del Estado de Baja California, precisando cuáles corresponderá erogar a cada una de "LAS PARTES".

De esta manera, se suscribe el presente Anexo Financiero, con base en las siguientes:

DECLARACIONES

ÚNICA. "LAS PARTES" acuerdan tener por reproducidas como si se insertaran a la letra las declaraciones contenidas en Convenio General de Coordinación y Colaboración, firmado el 6 de septiembre de 2018.

De conformidad con lo anterior, "LAS PARTES" convienen las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA. Los conceptos de gastos y costos de los procedimientos, actividades, plazos y acciones para la organización del Proceso Electoral Local 2018-2019 en el Estado de Baja California, ascienden a la cantidad de $75,030,228.51 (setenta y cinco millones treinta mil doscientos veintiocho pesos 51/100 M.N. ), monto que no considera los gastos y costos adicionales que, en su caso, pacten "LAS PARTES" mediante una adenda; el monto referido será ejercido por las áreas de "EL INE" de acuerdo con el calendario contenido en el concentrado general, y en el entendido de que dicho monto será financiado de la manera siguiente:

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*-INE Instituto Nacional Electoral

CONCENTRADO GENERAL

~tIEE lnllluto &lalal Bedanll Baja California

$186,445.00 1 $269,058.00 1 $5,514,264.00 1 $12,808,821.00 1 $13,218,559.00 1 $13,576,211.00 1 $13,256,332.00 1 $7,374,258.00 1 $765,389.00 1 $15,032.00 1 $10,800.00 1 $&,261,224.00 1 $73,390,803.00

--+-------! $73,390,803.00

$1,536, 173.51

$467,422.30 $849,666.13 $199,211.11 $19,ao.t.OO $1,53',173.51

- -----!----·--+-----

$103,252.00

$103,252.00 $103,252

$13',AOO.OO 1 $186,445.00 1 $269,088.00 1 $5,514,264.00 1 $12,881,821.00 1 $13,218,559.00 1 $13,576,211.00 1 $13,256,332.00 1 $7,374,258.00 1 $765,319.00 1 $15,032.00 1 $10,800.00 1 $6,261,224.00 1 $73,390,803.00

l--------l--- ---+-- ----4-----·+-- - - --+-- - --+---- --+-- --- -+--- - --+- -----11--- --+- ---+--- --+-- --- -l $75,030,22l51

$0.00 $0.00 $0.00 $103,252.00 1 $467,422.30 $0.00 $149,H&.13 $199,211.08 $19,804.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $1,139,425.51

~

Page 15: Punto de Acuerdo - IEEBC · Punto de Acuerdo consecución de los compromisos asumidos, comprometiéndose ambos institutos a cumplir los acuerdos establecidos en el clausulado del

• 1NE Instituto Nacional Electoral

1000 ELIEEBC

DIRECCIÓN EJECUTIVA DE CAPACITACIÓN ELECTORAL Y EDUCACIÓN CÍVICA

~tIEE lnstllulo &lalal lllclaral Baja California

~-;t34,400~~----· f--

$375,551.00 l $317,349.00 1 $159,731.00 1 $481,516.00 1 $237,600.00 $1,118,1'7.0I 2000

ELIEEBC --

a lNE 3IDO 1--

$1,752,7•1.00 1 $3,80ot,A29.0I 1 S.,268,&7Ut 1 S.,278,629.00 1 S.,182,6&6.00 1 $2,595,121.00 1 S.75,611.00 $21,357,941.00

ELIEEllC - '·- - - -+-----!

alNE $39,t23.00 5'8,000.00 5'6,001.00 1 $10,IOG.OO 1 $10,800.00 1 $10,800.00 1 $10,800.00 Sm,323.00

:LIEEBC --

$134,AOO.OO $116"45.ID $289,D61.00 $5,514,2U.ff 1 $12,808,821.0t 1 $13,211,559.ff 1 $13,576,211.00 1 $13,251,332..00 1 $7 ,m,251.00 1 $765,389.00 1 $15,032.00 1 $10,IOO.OO 1 $6,261,224.00 1 $73,390,803.00

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• 1NE Instituto Nacion•I Electoral

DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ORGANIZACIÓN ELECTORAL

tIEE 1.-...0 l!llalal El9dold

Baja CaíJfomia

l. ACTIVIDADES EN MATERIA DE ORGANIZACIÓN ELECTORAL A CARGO DE "EL INE"

"El INE" realizará las gestiones correspondientes a fin de contar con suficiencia presupuesta! para atender los requerimientos financieros de los conceptos de gasto destinados para los procedimientos, actividades y acciones, para el cumplimiento de las funciones del Proceso Electoral Local Ordinario 2018-2019.

1. Los recursos que serán programados dentro de su presupuesto y ejercidos directamente por "EL INE", son:

a) Diseño, implementación y operación del Sistema de Información sobre el desarrollo de la Jornada Electoral (SIJE).

b) Comunicación en las juntas ejecutivas distritales para la Jornada Electoral.

e) Recorridos y visitas de examinación a cargo de las juntas ejecutivas y consejos distritales para la ubicación de domicilios donde se instalarán las casillas.

c.Q Supervisión de la junta local ejecutiva y consejo local a los recorridos para la ubicación de domicilios donde se instalarán las casillas.

e) Difusión de las listas de ubicación e integración de mesas directivas de casilla (primera y, en su caso, segunda publicación).

~ Equipamiento y acondicionamiento de casillas electorales.

g) Apoyo por concepto de alimentación a funcionarios de mesa directiva de casilla.

h) Apoyo por concepto de limpieza a propietarios o responsables de inmuebles.

2 Los costos y la comprobación de los recursos ejercidos para las actividades señaladas en el numeral 1, serán responsabilidad de "EL INE".

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INE IMtltuto N1clon1I Electoral

IEE lndUo l!llalal a.eta.aj

Baja California

l. ACTIVIDADES EN MATERIA DE ORGANIZACIÓN ELECTORAL A CARGO DE "EL IEEBC"

"El IEEBC" realizará las gestiones correspondientes a fin de contar con suficiencia presupuesta! para atender los requerimientos financieros de los conceptos de gasto destinados para los procedimientos, actividades, plazos y acciones, para el cumplimiento del Proceso Electoral Local Ordinario 2018-2019, asf como para Ja operación de las funciones encomendadas.

1. Los recursos que serán ejercidos directamente por "EL IEEBC", son:

a) En caso del acompañamiento a "EL INE" en los recorridos y visitas de examinación a cargo de las juntas distritales y consejos distritales en la entidad, para la ubicación de domicilios donde se instalarán las casillas, "EL IEEBC", deberá sufragar los gastos correspondientes de los funcionarios, consejeras y consejeros electorales y representantes de partidos políticos y candidaturas independientes debidamente acreditados ante el órgano respectivo de "EL IEEBC".

b) En caso de que los lugares donde se ubiquen las casillas, así como el mobiliario utilizado en las mismas, resultaren con algún daño durante y posterior a la Jornada Electoral, una vez verificados y cuantificados los daños que se pudieran haber generado, "EL INE" lo hará de conocimiento a "EL IEEBC" a más tardar el 7 de junio de 2019.

Los gastos generados por los daños o reposición del inmueble en donde se instale la casilla, serán erogados directamente por "EL IEEBC", y serán pagados a cada uno de los propietarios, responsables o encargados de los mismos.

Los gastos generados por los daños o reposición del mobiliario utilizado en la casilla, arrendados o prestados, serán pagados a cada uno de los propietarios, responsables o encargados, con recursos erogados directamente por "EL IEEBC".

Una vez reparados los daños o la reposición, "EL IEEBC", lo hará de conocimiento a "EL INE" a más tardar el 14 de junio de 2019.

e) En caso del acompañamiento a "EL INE" en la supervisión de la Junta Local Ejecutiva y el Consejo Local a los recorridos para la ubicación de domicilios donde se instalarán las casillas, "EL IEEBC", deberá sufragar los gastos correspondientes de sus funcionarios, consejeras y consejeros electorales y representantes de partidos políticos y candidaturas independientes debidamente acreditados ante el órgano respectivo de "EL IEEBC".

d) Conteo, sellado y agrupamiento de boletas.

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• 1NE ln1tltuto Nacional Electoral tlEE

... l!llcllol !leclofal

Baja Caflf ornia

e) Adquisición de los dados marcadores con el año de la elección "19n. para actualizar las marcadoras de credenciales, así como los gastos generados por la no devolución de las marcadoras de credenciales o la devolución de marcadoras con daños. serán erogados directamente por "EL IEEBC", cuyo costo unitario es de $142.72 pesos (ciento cuarenta y dos 72/100 M.N.), IVA incluido.

~ Distribución de documentación y materiales electorales a presidentes de Mesa Directiva de Casilla.

g) Publicación de las listas de ubicación e integración de mesas directivas de casilla (Encarte).

h) Recepción de paquetes electorales al término de la Jornada Electoral.

2 Los recursos destinados para el funcionamiento de los mecanismos de recolección serán proporcionados por "EL IEEBC", a "EL INE", a más tardar a la semana siguiente a su aprobación, mismos que se verán reflejados en una Adenda al presente Anexo Financiero.

DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ORGANIZACIÓN ELECTORAL

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ELINE

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ELINE

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.INE Instituto Nacional Electoral

. IEE lndlulD Ellalal EIK!oral Boja California

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES

ELINE

1000 ELIEEBC $128,078.00 $128,078.00

ELINE Lista 2000 Nomina! da ELIEEBC $363,746.07 $363,746.07

Electores $1,177,286.25 Definitiva ELINE

con 3000 Fotognlfla ELIEEBC $685,462.18 $685,462.18

ELINE

4000 ELIEEBC

ELINE

Subtot.I ELIEEBC $363,746.07 $813,540.18 $1, 177,286.25

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1 Fr.bÍS"!> a.l).ni por ~~1 tWIO;

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ELINE

1000

Lista Nominal ELIEEBC

de Electores con Fotogralla ELINE Producto de 2000 lnstincJas ELIEEBC $11,611.23 $11,611.23

Administrativas y Resaluclones $40,458.09

dlll Tribunal ELINE

Electoral del 3000 Poder Judlclal ELIEE.BC $28,846.86 $28,846.86

dala Federación ELINE

4000 ELIEEBC

ELINE

Subtotal ELIEEBC $11,611.23 $28,846.86 $40,458.09

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-INE Instituto Naclonal Electoral

Pr~yuelo j,ll)llfl)IOlnl C:Wlli111:,

1000

2000

Verificación de Apoyo

Ciudadano $92,065.00

3000

4000

Subtolal

1

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l>fO)'ft.1Q ' Mo<uo 11!1JI c.1:1,1m10

1 :

1000

2000 Devolución

de las Listas $19,804.00 Nominales

3000

4000

Subtotal

lt11lblll

ELINE

ELIEEBC

ELINE

ELIEEBC

ELINE

ELIEEBC

ELINE

ELIEEBC

ELINE

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ELINE

ELIEEBC

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ELINE

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ELINE

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ELINE

ELIEEBC

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$89,383.00 $89,383.00

$2,682 $2,682

$92,065.00 $92,065.00

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$10,000.00 $10,000.00

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$19,804.00 $19,804.00

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INE Instituto Nacional Electoral tIEE

lnstlfulo Ellatal Electoral Baja California

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ELINE 1000

ELIEEBC

ELINE 2000

Relgulnlo de ELIEEBC Credenciales $36,125.95

ELINE 3000

ELIEEBC $36,125.95 $36,125.95

ELJNE 4000

ELIEEBC

ELINE Subtotal

ELIEEBC $36,125.95 $36,125.95

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ELINE

tOOO ELIEEBC $110,982.00 $110,982.00

Nolificaci6n ELJNE Ciudadana 2000

para $7,926.22 Ublcwónde ELIEEBC $7,926.22

Casillnpor $170,434.22 Afectacionn ELINE

al Marco GeogrAflco 3000 Electoral ELIEEBC $51,526.0 $51,526.00

ELINE

4000 ELIEEBC

ELINE

Subtotal ELIEEBC $170,434.22 $170,434.22

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INE tIEE ln•tllulll Elkllal ElecfofGI Baja California lnatltuto Naclonal Electoral

SEGUNDA. Los montos señalados en los cuadros anteriores son los necesarios para llevar a cabo el Proceso Electoral Local 2018-2019 en el Estado de Baja California en el año 2019, y las transferencias electrónicas deberán hacerse a la cuenta bancaria de "EL INE" número: 0196253482, Clabe: 012180001962534822 de la Institución Financiera BBVA Bancomer, S.A. En tal sentido, "EL IEEBC" se compromete a que, dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes, realizará la aportación de las ministraciones de los recursos que le corresponde cubrir, conforme al Concentrado General contenido en la Cláusula Primera del presente Anexo Financiero, mismo que, para estos efectos, se sintetiza en el cuadro siguiente:

$103,252.00 $467,422.30 $849,666.13 $199,281.08 $19,804.00 $1,639,425.51

TERCERA. "EL IEEBC" se compromete a informar por escrito a "EL INE", a través de la Junta Local Ejecutiva del Estado de Baja California, de las aportaciones efectuadas conforme a lo establecido en el presente instrumento.

CUARTA. Los recursos distintos a los enunciados en las cláusulas anteriores, serán asumidos por la parte que corresponda, de acuerdo con lo previsto en el Anexo Técnico número Uno, debiendo observarse las formalidades y procedimientos que en el mismo se establecen.

En el supuesto de que los recursos erogados superen el monto total establecido en el concentrado general descrito en el presente Anexo Financiero por razones supervenientes, "EL IEEBC" autoriza a "EL INE" su erogación anticipada , ello en el entendido de que "EL INE" comunicará a "EL IEEBC" los montos y conceptos que al efecto se requieran, cantidades que "EL IEEBC" deberá cubrir mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria de "EL INE", señalada en la Cláusula Segunda del presente Anexo Financiero, dentro de los cinco días naturales siguientes al mes en que se erogaron.

Con independencia de lo anterior, "LAS PARTES" podrán asignar recursos adicionales con cargo a su presupuesto cuando con ello contribuyan al logro del objeto del Convenio y Anexo Técnico, acción para la cual, en todo caso, deberán contar con suficiencia presupuesta!.

QUINTA. "EL INE" entregará a "EL IEEBC" un recibo de ingreso simple, sin requisitos fiscales, por cada aportación derivada del presente Anexo Financiero, por tratarse de ingresos que tienen como única finalidad cumplir con los compromisos establecidos en el Convenio General de Coordinación y Colaboración, y del Anexo Técnico derivado del mismo.

SÉXTA. Los recursos que reciba "EL INE" con motivo del presente Anexo Financiero, se considerarán como ingresos excedentes y se incorporarán al presupuesto autorizado de "EL INE" para el ejercicio

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INE tIEE ln111Mo l!lllllal EIKtaral

. Baja California Instituto Nacional Electoral

fiscal de los años 2018 y 2019, para su posterior erogación en términos del artículo 20 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

SÉPTIMA. En caso de que existan recursos remanentes en los conceptos previstos en las Cláusulas Primera y Segunda, del presente Anexo Financiero, "EL INE" reintegrará a "EL IEEBC", en la misma proporción en la que fue aportado, siempre y cuando "EL IEEBC" haya cubierto la totalidad de los costos y gastos que le corresponden de conformidad con el presente Anexo Financiero. Para lo cual, una vez concluido el Proceso Electoral Local 2018-2019, la Dirección Ejecutiva de Administración en coordinación con la Unidad Técnica de Vinculación, elaborarán un Acta de Cierre en la que se reflejen las erogaciones de los requerimientos solicitados por "EL IEEBC", para conciliar, en su caso, el reintegro o recuperación de los recursos y en el cual intervendrán los funcionarios correspondientes de "LAS PARTES". Para tal efecto, y en base a lo señalado en el artículo 5, párrafo primero, del Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Financieros del Instituto Nacional Electoral que a la letra indica:

Artículo 5. El ejercicio, administración, control y rendición de cuentas de Jos recursos presupuestarios y financieros asignados y/o ministrados a cada Unidad Responsable, son de estricta responsabilidad de sus titulares, quienes deberán vigilar el uso eficiente de Jos mismos de acuerdo con las disposiciones normativas aplicables, así como prever y adoptar medidas necesarias para que Ja presupuestación de Jos recursos cubra sus necesidades de operación y los gastos que se realicen durante el ejercicio se ajusten a los calendarios aprobados y al cumplimiento de los objetivos, metas y proyectos establecidos, así como atender los requerimientos que formulen los órganos fiscalizadores, y su seguimiento hasta Ja so/ventación de las acciones de auditoría que /es coffespondan.

Deberán ser las Unidades Responsables que recibieron recursos presupuestarios provenientes de "EL IEEBC", en cumplimiento de sus atribuciones conferidas en "LA LGIPE" y el "Reglamento Interior del INE", las responsables de vigilar el ejercicio, aplicación y comprobación de dichos recursos, así como de la rendición de cuentas de los mismos. Incluyendo entre estas atribuciones la elaboración del balance general con el fin de realizar la conciliación correspondiente y así proceder al reintegro o recuperación de recursos a que haya lugar.

OCTAVA. "LAS PARTES" convienen en gestionar ante sus máximos órganos de dirección, la adopción de los acuerdos necesarios para la adecuada ejecución de las acciones derivadas de la firma del presente Anexo Financiero. Asimismo, "EL IEEBC" se compromete a realizar las aportaciones económicas derivadas del presente instrumento en los plazos y demás condiciones pactadas y se obliga, en su caso, a gestionar ante las autoridades competentes la obtención de los recursos económicos para cumplimentar las obligaciones que adquiere a la firma del presente Anexo Financiero.

Page 24: Punto de Acuerdo - IEEBC · Punto de Acuerdo consecución de los compromisos asumidos, comprometiéndose ambos institutos a cumplir los acuerdos establecidos en el clausulado del

INE Instituto Naclonal Electoral tIEE

' lnsftlulo Ellalal a.ctaral Baja California

NOVENA. El presente instrumento podrá ser modificado o adicionado por voluntad de "LAS PARTES", en el entendido de que estas acciones tendrán como única finalidad perfeccionar y coadyuvar en el cumplimiento de su objeto.

DÉCIMA. Este instrumento tendrá una vigencia que iniciará a partir de su suscripción y hasta que hayan concluido la elección objeto del mismo y hayan sido cubiertos en su totalidad los costos y gastos comprometidos, periodo en que "LAS PARTES" lo ejecutarán en estricto apego a la normatividad aplicable.

Leido que fue por "LAS PARTES" y ratificado en su contenido y alcance legal, se firma el presente instrumento por cuadruplicado, en la Ciudad de México, el 28 de noviembre de 2018.

Por"ELINE"

Doctor Lorenzo Córdova Vianello

-El Secretario Ejecutivo

---==s-1 N0V1~~ Ud J . ..

Licenciado Edmundo Jacobo Molina

Por"ELIEEBC"

EL Consejero Presidente

Licenciado Clemente Custodio Ramos Mendoza

El Secretario Ejecutivo

Maestro Raúl Guzmán Gómez

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INE Instituto N1clonal Electoral

La Vocal Ejecutiva

Maestra María Luisa Flores Huerta

• INfi= IHUtuto Naolorutl lloctor-1

DIRECCIÓN J" DICA /

Lo cidod6n Ncklc:o d .. ~ •• t.obo con fundam&nto en ol ortkUo 67.

-··-·~7·-~-·~--G HIEL MENDOZA ELVIRA

DIRECTOR JURÍDICO

tIEE IN1Mo Ellatal lleclGlal Baja Californio

Las firmas contenidas en la presente foja forman parte 1 Anexo Financiero del Anexo écnico número Uno al Convenlo General de Coordinación y Colaboración, documento presente que suscriben el In titulo Nacional Electoral y el Instituto Estatal Electoral de Baja California, el 28 de noviembre de 2018, documento que consta de 14 fojas útiles con exto únlcamente n el anverso.