Área de administraciÓn

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ORGANO DE DIRECCION

PROCEDIMIENTO: EXPEDICION DE CONSTANCIA DE NOTIFICACION DE DE RESOLUCION DIRECTORAL

CÓDIGO: D/TD-01

EQUIPO DE TRAMITE DOCUMENTARIO

OBJETIVO: Otorgar constancia de Notificación de Resolución Directoral BASE LEGAL:

Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Ley 27815 Ley de Código de Ética de la Función Pública

Decreto Supremo Nº 027-2007PCM

TUPA .

REQUISITOS:

Copia de la Resolución del interesado

DNI del interesado ORIGEN: Se inicia cuando el administrado se presenta ante Mesa de Partes presentando copia de su Resolución Directoral. ORGANO DE DIRECCION OFICINA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Oficinista: 1. Elabora la constancia de notificación de Resolución Directoral , verificando la fecha de entrega en el

cuaderno de cargo , 2. Enumera la Constancia de notificación y deriva al Especialista de Tramite Especialista: 3. Firma y sella la Constancia de notificación y devuelve a la Oficinista

Oficinista: 4. Entrega al usuario, quién firma el cargo correspondiente

Duración: 01 día

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ORGANO DE DIRECCION

PROCEDIMIENTO: EXPEDICION DE CERTIFICADO DE ESTUDIOS PARA ALUMNOS DE IIEE RECESADAS O CLAUSURADAS

CÓDIGO: D/TD-A-01

EQUIPO DE TRAMITE DOCUMENTARIO – ACTAS Y CERTIFICADOS

OBJETIVO: Otorgar certificado de estudio duplicados para ex alumnos de Instituciones Educativas recesadas o clausuradas. BASE LEGAL:

Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y D.S. Nº 027-2007-PCM

Ley 27815 Ley de Código de Ética de la Función Pública

Ley Nº 28044 Ley General de Educación

Decreto Supremo Nº 011-2012-ED

Resolución Ministerial Nº 0440-2008 Diseño Curricular Nacional EBR

Diseño Curricular Básico Nacional de Educación Básica Alternativa

TUPA .

REQUISITOS:

Solicitud en FUT

Recibo por derecho de pago en Caja según TUPA

2 fotos tamaño carnet ORIGEN: Se inicia cuando el administrado presenta su solicitud en Mesa de Partes. ORGANO DE DIRECCION OFICINA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO (Paso 01)

Técnico Administrativo (M.P.): 5. Recepciona, sella el cargo del usuario y folea el expediente. Técnico Administrativo (T.D.): 6. Registra el expediente en el Sistema 7. Deriva el expediente al Equipo de Actas y Certificados 8. Recaba los cargos de entrega de expedientes

OFICINA DE ACTAS Y CERTIFICADOS (Paso 02)

Técnico Administrativo: 9. Técnico Recepciona y registra el Expediente, 10. Expide el Certificado de Estudio verificando en las Actas de Evaluación Final de estudios de la

respectiva Institución Educativa y lo firma.

Especialista Administrativo de Trámite Documentario: 7. Firma el Certificado de Estudio y devuelve al Técnico Administrativo para la entrega correspondiente al

usuario. Duración: 05 días

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ORGANO DE DIRECCION

PROCEDIMIENTO: VISACION DE CERTIFICADO DE ESTUDIOS CÓDIGO: D/TD-A-02

EQUIPO DE TRAMITE DOCUMENTARIO-ACTAS Y CERTIFICADOS

OBJETIVO: Verificar la conformidad del Certificado de Estudio con las Actas de Evaluación Final que emiten las instituciones Educativas Públicas y Privadas. BASE LEGAL:

Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y D.S. Nº 027-2007-PCM

Ley 27815 Ley de Código de Ética de la Función Pública

Ley Nº 28044 Ley General de Educación

Decreto Supremo Nº 011-2012-ED

Resolución Ministerial Nº 0440-2008 Diseño Curricular Nacional EBR

Diseño Curricular Básico Nacional de Educación Básica Alternativa.

TUPA .

REQUISITOS:

Solicitud en FUT

Certificado de Estudio original

Recibo por derecho de pago en Caja de acuerdo al TUPA ORIGEN: Se inicia cuando el usuario presenta su solicitud y requisitos establecidos ante la Oficina Trámite Documentario ORGANO DE DIRECCION (Paso 01) OFICINA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Técnico Administrativo (M.P): 1. Recepciona, sella el cargo del usuario y folea el expediente. Técnico Administrtivo (T.D.): 2. Registra el expediente en el Sistema 3. Deriva el expediente al Equipo de Actas y Certificados 4. Recaba los cargos de entrega de expedientes

OFICINA DE ACTAS Y CERTIFICADOS: (Paso 02)

Técnico Administrativo: 5. Técnico Recepciona y registra el Expediente, 6. Verifica la conformidad del Certificado de Estudio con las Actas de Evaluación Final de estudios de

la respectiva Institución Educativa. 7. De encontrarse conforme visa el Certificado de Estudio y registra

Especialista Administrativo de Trámite Documentario 8. Visa el Certificado de Estudio y devuelve al Técnico Administrativo para la entrega correspondiente

al usuario.

DURACIÓN: 05 días

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ORGANO DE ASESORIA JURÍDICA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: RECURSO DE RECONSIDERACIÓN CÓDIGO: OAJ-01

ASESORIA JURIDICA

OBJETIVO Expedir las resoluciones por reconsideración de procesos administrativos. BASE LEGAL

Ley 28044, Ley General de Educación.

Ley 24029 y su modificatoria la Ley 25212

Ley 27444 Ley General de Procesos Administrativos

Ley Nº 29944 Ley de Reforma Magisterial

D.Leg. 276

D.S. 019-90-ED

D.S. 005-90-PCM

Reglamento Interno de la Comisión de Procesos Administrativos REQUISITOS

Solicitud en Formulario Único de Trámite.

Se deben presentar dentro de los 15 días hábiles de haber sido notificado con firma de Abogado.

Constancia de recepción de la RD y copia de la RD.

ORIGEN El Usuario presenta solicitud en Trámite Documentario. DESCRIPCIÓN ORGANO DE DIRECCIÓN (PASO 01) EQUIPO DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Técnico Administrativo 1 . Recepciona el expediente, numera y folea Oficinista 2. Registra en el sistema y deriva Área correspondiente. 3. Remite con antecedentes administrativos el recurso de reconsideración

ASESORIAJURÍDICA. (Recurso de Reconsideración) JEFE 4. Recibe y deriva el expediente por competencia. ABOGADO. 5. Recibe los documentos y anota en el registro correspondiente. 6. . Revisa el Expediente y emite su Informe legal para ser derivado a la Dirección JEFE 7. Firma el documento correspondiente ORGANO DE DIRECCIÓN : Secretaria: 8. Recepciona el Expediente con antecedentes y deriva al Director para su conocimiento

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Director: 9. Dispone que se derive para su proyección respectiva AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA (Paso 02) Equipo de Personal Oficinista 10 Recepciona expediente y deriva al Jefe de Personal para su atención Especialista de Personal : 11 Deriva al Técnico para la proyección de la RD.

Técnico de Personal : 12. Proyecta la RD de acuerdo al Informe Legal y con la visación del Jefe de Personal y de AGA deriva a

Dirección para la firma correspondiente ORGANO DE DIRECCION (Paso 03)

Secretaria 13. Recepciona y registra el expediente

Director 14. Firma la resolución.

Secretaria 15. Deriva la Resolución Directoral con sus antecedentes al Equipo de Trámite Documentario TRAMITE DOCUMENTARIO (Paso 04)

Especialista Administrativo 16. Recepciona la Resolución firmada, revisa antecedentes, foliación y procede a numeración y deriva a

impresiones para su reproducción. 17. Deriva la Resolución Directoral autógrafa y sus antecedentes a la Oficina de Archivo.

Técnico Administrativo 18- Entrega al usuario y distribuye la Resolución directoral a las áreas correspondientes y archiva. FIN DURACIÓN : 30 DIAS

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ÁREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: CESE Y PENSIÓN PROVISIONAL CÓDIGO: AGA/MP-PLLAS-01

EQUIPO DE PERSONAL

PROCEDIMIENTO CESE Y PENSION PROVISIONAL BASE LEGAL

D.L. 20530, Régimen de Pensiones y Compensaciones por servicios civiles prestados al Estado.

D.L. 19990, Sistema Nacional de Pensiones

D.S. 015-83-PCM.

Ley 25212, Ley del Profesorado.

D.L. 276 - Carrera Administrativa.

D.S. 005-90-PCM, Ley de Bases de la Carrera Administrativa.

D.L. 817, Régimen Previsional a cargo del Estado (O.N.P.).

R.G. 201-96-ONP-GG, que autoriza otorgar provisionalmente el 90% a cuenta de la posible pensión.

D.S. 019-90-ED. Reglamento de la Ley del Profesorado

R.S. Nº 5590-86-ED.

Resolución Nº 009-90-TNCS.

Ley Nº 29944 Ley de Reforma Magisterial

Ley Nº 28449-2004. Ley que establece las nuevas reglas del régimen de pensiones del Decreto

REQUISITOS

Solicitud con la firma legalizada o autenticada por el fedatario de la Institución

12 Últimas boletas de pago.

Copia de DNI

Constancia emitida por el Director de no Adeudar Documentos . a la I.E.

Indicar la fecha del Cese con 30 Días de Anticipación.

Copia R.D. de Nombramiento. ORIGEN

El procedimiento se origina cuando el usuario presenta su solicitud con los requisitos establecidos en Trámite Documentario.

DESCRIPCION TRÁMITE DOCUMENTARIO ( PASO 01) Técnico Administrativo

1. Ingresa expediente y asigna Número de expediente. AREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA (PASO 02) EQUIPO DE ESCALAFON

Secretaria 2. Recibe, registra los expedientes.

Técnico Escalafón 3. Elabora el informe escalafonario y lo deriva. AREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA EQUIPO DE PLANILAS

Técnico de Planillas 4. Elabora Informe de Liquidación 5. Proyecta la Resolución de Cese y Pensión Provisional. 6. Registra el Proyecto de Resolución en el Libro de Registro de Proyectos, consignando el Nº de Proyecto, Nº de

Expediente, Fecha, Nombre del solicitante y el tipo de Acción solicitada.

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7. Entrega a la Oficinista de Planillas, recabando el sello de recepción en el Libro de Registro y la copia del Proyecto la que a su vez realiza el despacho con el especialista de personal quien coloca el visto bueno a fin que continúe con el tramite.

Jefe de AGA

8. Pone su visto bueno y deriva a la Dirección para la firma del Proyecto de RD.

ORGANO DE ASESORIA JURÍDICA (PASO 03) 9. Revisa y visa la RD.

ORGANO DE DIRECCIÓN (PASO 04)

Secretaria 10. Recepciona y deriva al director

Director 11. Firma la R.D y devuelve a Secretaría para su derivación correspondientes EQUIPO DE TRÁMITE DOCUMENTARIO

Especialista de Trámite Documentario: 11 Recepciona la Resolución Directoral firmada, revisa los antecedentes, la foleación y procede a la numeración y

registro y deriva a Impresiones 12 Deriva la Resolución Directoral autógrafa y sus antecedentes a la Oficina de Archivo.

Oficinista: 13 Notifica al usuario y distribuye la Resolución directoral a las Áreas correspondientes

Y archiva Oficinista encargado del Archivo:

14 .Registra, clasifica y ordena las Resoluciones Directorales emitidas por la UGEL. DURACION 20 días

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ÁREA DE ADMINISTRACIÓN – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: SUBSIDIO POR LUTO Y GASTOS DE SEPELIO. CÓDIGO: AGA/MP-PLLAS-02

EQUIPO DE PLANILLAS

OBJETIVO: Otorgar al servidor el beneficio económico que le corresponde de acuerdo a Ley BASE LEGAL:

Ley Nº 28044 Ley General de Educación

Ley 24029 y su modificatoria Ley 25212.

Ley Nº 29444 Ley de Reforma Magisterial

Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento D.S 005-90-PCM

Decreto Supremo Nº 19-90-ED .

REQUISITOS:

FUT

DNI

Partida de Defunción

Boleta de Pago del mes anterior a la fecha de fallecimiento del familiar.

Partida de Nacimiento y/o Partida de Matrimonio (original o copia legalizada)

En el caso de Gastos de Sepelio debe adjuntar:

El original de la boleta de gastos a nombre del servidor solicitante.

ORIGEN: Se inicia cuando el usuario presenta su solicitud ante la Oficina de trámite Documentario con los requisitos establecidos.

ORGANO DE DIRECCION (Paso 01) TRAMITE DOCUMENTARIO Técnico Administrativo: 1. Recepciona, folea el expediente y asigna número de expediente. Oficinista: 2. Registra el expediente en el Sistema 3. Deriva los expedientes al Equipo de Escalafón 4. Recaba los cargos de entrega de expedientes AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA (Paso 02) EQUIPO DE ESCALAFON:

Oficinista: 5. Recepciona, registra y deriva al Técnico

Técnico Administrativo: 6. Elabora el informe escalafonario de acuerdo al legajo personal

EQUIPO DE PLANILLAS:

Oficinista: 7. Recepciona, registra y deriva el expediente al Técnico.

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Técnico Administrativo:

8. Elabora el Proyecto de Resolución Directoral y lo deriva al Coordinador de Planillas EQUIPO DE MOVIMIENTO DE PERSONAL

Especialista de Movimiento de Personal: 9. Verifica y firma el Proyecto de Resolución Directoral y lo deriva al Área de Administración

Jefe de AGA: 10 Visa el proyecto de Resolución Directoral ORGANO DE ASESORIA JURÍDICA (Paso 03) Asesor Jurídico 11 Revisa y visa el Proyecto de Resolución Directoral ORGANO DE DIRECCION: (Paso 04) Secretaria: 12. Recepciona el proyecto de Resolución Directoral y lo deriva con los antecedentes respectivos al

Director de la UGEL para la firma. Director:

13. Revisa y firma el proyecto de Resolución Directoral

OFICINA DE TRAMITE DOCUMENTARIO Especialista de Trámite Documentario:

14. Recepciona la Resolución Directoral firmada, revisa los antecedentes, la foliación y procede a la numeración, registro y deriva a impresiones para su reproducción.

15. Deriva la Resolución Directoral autógrafa y sus antecedentes a la Oficina de Archivo. Oficinista:

16. Entrega al usuario y distribuye la Resolución Directoral a las áreas correspondientes

DURACIÓN: 16 días

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ÁREA DE GESTIÓN ADMIISTRATIVA - UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: LICENCIA POR ENFERMEDAD-MATERNIDAD CÓDIGO: AGA/MP-02

EQUIPO DE PERSONAL

OBJETIVO Autorizar al trabajador para no asistir al Centro de Trabajo por uno o más días. El uso del derecho de licencia se inicia a petición de parte y esta condicionada a la conformidad institucional. La licencia se formaliza mediante resolución directoral. BASE LEGAL

Ley Nº 28044 Ley General de Educación

Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y D.S. Nº 027-2007-PCM

Ley 24029 y su modificatoria Ley 25212.

Decreto Legislativo Nº 276 y su reglamento Decreto Supremo N° 005-90-PCM.

R.M. Nº 114-01-ED Reglamento de Organización y Funciones de Dirección Regional de Lima y Callo y las Unidades de Gestión Educativa Local.

Ley de Presupuesto del Sector Público vigente

Decreto Supremo Nº 023-2003 ED, adecuación como Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana y Unidades de Gestión Educativa Local.

Decreto Supremo N° 007-2001-ED y la RM que norma las orientaciones que norma las actividades de la Instituciones Educativas.

Ley 28765 Ley Marco del Empleo Público.

Ley 28411 Ley General del Sistema de Presupuesto.

Ley 27815 Ley de Código de Ética de la Función Público

Ley Nº 29944 Ley de Reforma Magisterial REQUISITOS Enfermedad

Solicitud Formulario Único de Trámite (F.U.T.)

Copia autenticada del certificado médico de incapacidad temporal para el trabajo (CITT), otorgado por ESSALUD, si el certificado médico es expedido por médico particular debe ser visado por ESSALUD y MINSA, Visado por la Oficina de Bienestar Social.

El Oficio del Director de la Institución Educativa remitiendo el expediente de licencia presentado por el servidor.

Maternidad

Solicitud Formulario Único de Trámite (F.U.T.)

Copia autenticada del certificado médico de incapacidad temporal para el trabajo (CITT), Pre y Post Natal otorgado por ESSALUD, si el certificado médico es expedido por médico particular debe ser visado por ESSALUD y MINSA. Visado por la Oficina de Bienestar Social.

El Oficio del Director de la Institución Educativa remitiendo el expediente de licencia presentado por el servidor.

ORIGEN El Usuario presenta el oficio con los requisitos establecidos en Trámite Documentario. DESCRIPCION

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ORGANO DE DIRECCION (Paso 01) TRÁMITE DOCUMENTARIO

Técnico Administrativo 1. Recepciona el expediente

Oficinista: 2. Registra el expediente en el Sistema. 3. Deriva los expedientes al Equipo de Bienestar Social 4. Recaba los cargos de entrega de expedientes ÁREA DE GESTION ADMINISTRATIVA (Paso 02) OFICINA DE BIENESTAR SOCIAL Asistenta Social 5. Recepciona, registra en su cuaderno para el trámite de subsidio correspondiente

OFICINA DE ESCALAFON Secretaria 6. Recepciona, registra y deriva el expediente

Técnico Administrativo 7. Elabora el Informe Escalafonario 8. Remite el informe al Equipo de Administración de Personal. EQUIPO DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

Secretaria 9. Recepciona el expediente y deriva

Técnico de Personal 10. Revisa y elabora el Proyecto de Resolución Directoral

Especialista de Movimiento de Personal 11. Visa el Proyecto de Resolución JEFATURA DE ADMINISTRACION 12. Visa el Proyecto de Resolución Directoral

Secretaria 13. Recepciona y deriva el Proyecto de Resolución Directoral a la Dirección.

ORGANO DE ASESORÍA JURÍDICA (Paso 03) 14. Revisa y visa el proyecto de RD

ORGANO DE DIRECCION (Paso 04)

Secretaria 15. Recepciona el proyecto y deriva al Director para la firma. Director 16. Revisa y firma el Proyecto de Resolución Directoral. Secretaria 17. Deriva la Resolución Directoral y sus antecedentes a Tramite Documentario

EQUIPO DE TRAMITE DOCUMENTARIO Especialista de Trámite Documentario:

18. Recepciona la Resolución Directoral firmada, revisa los antecedentes, la foliación y procede a la enumeración, registra y deriva a impresiones para su reproducción.

19. Deriva la Resolución Directoral autógrafa y sus antecedentes a la Oficina de Archivo.

Page 28: ÁREA DE ADMINISTRACIÓN

Oficinista: 20. Entrega al usuario y distribuye la Resolución Directoral a las áreas correspondientes.

DURACIÓN: 15 días

Page 29: ÁREA DE ADMINISTRACIÓN
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ÁREA DE ADMINISTRACIÓN – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: LICENCIA SIN GOCE DE HABER. CÓDIGO: AGA/MP-03

EQUIPO DE PERSONAL

OBJETIVO: Autorizar al trabajador para no asistir al Centro de Trabajo por 1 o mas días a petición del interesado y condicionado a la conformidad institucional. BASE LEGAL:

Ley Nº 28044 Ley General de Educación

Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y D.S. Nº 027-2007-PCM

Ley 24029 y su modificatoria Ley 25212.

D.S. 019-90-ED Reglamento de la Ley del Profesorado.

Decreto Legislativo Nº 276 y su reglamento D.S. 005-90-PCM

D.S. N° 23-2003-ED, adecuacion como Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana y Unidades de Gestión Educativa Local.

Ley 27815 Ley de Código de Ética de la Función Pública

Ley de Presupuesto del Sector Público para el año vigente

Ley N° 27942, Ley de Administración Publica

D.S. N° 007-2001-ED y la R.M que norma las Orientaciones para el desarrollo de las actividades de las Instituciones Educativas.

Ley Nº 29944 Ley de Reforma Magisterial REQUISITOS:

Solicitud en FUT

DNI

Oficio del Director de la Institución Educativa remitiendo la licencia ORIGEN: El Director de la Institución Educativa presenta el oficio con los requisitos establecidos en trámite documentario. ORGANO DE DIRECCION (Paso 01)

OFICINA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Técnico Administrativo:

1. Recepciona, numera y folea el expediente Oficinista:

2. Registra el expediente en el Sistema Excel 3. Deriva los expedientes al Equipo de Planillas 4. Recaba los cargos de entrega de expedientes AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA (Paso 02)

EQUIPO DE PLANILLAS: Oficinista:

1. Recepciona, registra y deriva al Técnico Técnico Administrativo:

2. Realiza el bloqueo de cuenta y deriva a Escalafón. EQUIPO DE ESCALAFÓN:

Page 31: ÁREA DE ADMINISTRACIÓN

Oficinista: 3. Recepciona, registra y deriva el expediente al Técnico.

Técnico Administrativo:

4. Elabora el Informe escalafonario de acuerdo al Legajo personal y lo deriva al Coordinador de Escalafón Coordinador de Escalafón:

5. Verifica y visa el informe escalafonario para que se derive al Equipo de movimiento de personal.

EQUIPO DE MOVIMIENTO DE PERSONAL: Secretaria:

6. Recepciona y registra el expediente y sus antecedentes y lo deriva al Técnico.

Técnico de Personal: 7. Elabora el proyecto de Resolución directoral y lo deriva al Especialista de Personal.

Especialista de Movimiento de Personal: 8. Verifica y visa el Proyecto de Resolución Directoral y lo deriva al Área de Administración

AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA (Paso 03)

Secretaria 9. Recepción y deriva el Proyecto al Administrador para la visación

Jefe 10. Visa el proyecto de Reso ORGANO DE ASESORÍA JURÍDICA (Paso 04) 11. Revisa y Visa el proyecto de RD ORGANO DE DIRECCION: (Paso 05)

Secretaria: 12 Recepciona el proyecto de Resolución Directoral y deriva al Director de la UGEL para la firma.

Director: 13 Revisa y firma la Resolución Directoral

Secretaria: 14 Deriva la Resolución Directoral al Equipo de Trámite Documentario para su numeración.

EQUIPO DE TRÁMITE DOCUMENTARIO

Especialista de Trámite Documentario: 15 Recepciona la Resolución Directoral firmada, revisa los antecedentes, la foliación y procede a la

enumeración, registra y deriva a impresiones para su reproducción. 16 Deriva la Resolución Directoral autógrafa y sus antecedentes a la Oficina de Archivo.

Oficinista:

17 Entrega al usuario y distribuye la Resolución Directoral a las áreas correspondientes DURACIÓN: 15 días

Page 32: ÁREA DE ADMINISTRACIÓN
Page 33: ÁREA DE ADMINISTRACIÓN

ÁREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: CONTRATO DE PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO CÓDIGO: AGA/MP-04

EQUIPO DE PERSONAL

OBJETIVO Cubrir las plazas vacantes por Contrato Docente, Auxiliar de Educación, administrativo debidamente presupuestada por Cuadro de Horas y Presupuesto Analítico de Personal. BASE LEGAL

Ley Nº 28044 Ley General de Educación

Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y D.S. Nº 027-2007-PCM

Ley 24029 y su modificatoria Ley 25212.

Ley Nº 29944 Ley de Reforma Magisterial

Decreto Legislativo Nº 276 y su reglamento Decreto Supremo Nª 005-90-PCM.

Manual de Organización y Funciones de Dirección Regional de Lima y Callo y las Unidades de Gestión Educativa Local.

Ley de Presupuesto del Sector Público vigente

Decreto Supremo Nª 023-2003 ED, articulo 4 que adecua como Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana y Unidades de Gestión Educativa Local.

Ley 28765 Ley Marco del Empleo Público.

Ley 28411 Ley General del Sistema de Presupuesto.

Directivas para contratos Docentes, Auxiliares de Educación, Administrativos y Profesionales de la Salud vigentes

Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y acceso a la Información pública

Ley 27815 Ley de Código de Ética de la Función Público

D.S. Nº 019-90-ED, Reglamento de la Ley de Profesorado.

REQUISITOS DOCENTES

Acta de adjudicación de la plaza emitida por la Comisión de Contrato de la UGEL.

Oficio de Posesión de Cargo del Director de la Institución Educativa.

Titulo Pedagógico, DNI y demás requisitos según Directiva de Contrato expedida por el MED vigente. AUXILIAR DE EDUCACION Y PERSONAL ADMINISTRATIVO

FUT

Oficio de Propuesta del Director de la Institución Educativa

Resolución Directoral emitida por la UGEL de la conformación de la Comisión de Evaluación

Acta de Evaluación

Informe del Proceso (cronograma).

Acta de Adjudicación.

Anexos de contrato según Directiva vigente.

Currículo Vitae documentado ORIGEN:

El procedimiento se origina cuando el Director de la Institución Educativa presenta a la UGEL el expediente del personal propuesto para cubrir las plazas vacantes con su respectivo Cuadro de Meritos para Auxiliar, Administrativo.

Page 34: ÁREA DE ADMINISTRACIÓN

En caso de contrato docente esto se emiten de acuerdo a la adjudicación de plazas por la Comisión de Contratación docente, asimismo con todos los requisitos estipulados según Directiva que emite el Ministerio de Educación.

ORGANO DE DIRECCION (Paso 01) TRAMITE DOCUMENTARIO. Técnico Administrativo (Mesa de partes): 1. Recepciona el expediente 2. Registra el expediente en el Sistema. 3. Deriva los expedientes al Equipo de Movimiento de Personal 4. Recaba los cargos de entrega de expedientes AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA (Paso 02) EQUIPO DE PERSONAL:

Oficinista: 5. Recepciona, registra y deriva al Especialista de Personal

Especialista de Movimiento de Personal:

6. Revisa expediente y antecedentes y deriva al Técnico administrativo correspondiente

Técnico Administrativo: 7. Revisa la documentación presentada por el usuario 8. Proyecta la Resolución Directoral y lo deriva para su visación correspondiente

Especialista de Movimiento de Personal 9. Verifica y visa el Proyecto de Resolución Directoral.

AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA Jefe del área de Gestión Administrativa: 10. Visado del proyecto de Resolución Directoral

ORGANO DE ASESORIA JURÍDICA (Paso 03) Asesor Jurídico 11. Revisa y visa el Proyecto de Resolución Directoral

ORGANO DE DIRECCION: ( Paso 04)

Secretaria: 12. Recepciona el proyecto de Resolución Directoral y revisa dicho proyecto con los antecedentes respectivos y deriva dicho proyecto al Director de la UGEL para la firma.

Director de la UGEL:

13. Revisa y firma el proyecto de Resolución Directoral Secretaria:

14. Deriva la Resolución Directoral al Equipo de Trámite Documentario para que continúe el trámite respectivo. Equipo de Trámite Documentario Técnico Administrativo:

15 Recepciona la Resolución Directoral firmada, revisa los antecedentes, la foliación, procede a la enumeración y registro y deriva a Impresiones para su reproducción

16. Deriva la Resolución Directoral autógrafa y sus antecedentes a la Oficina de Archivo. Oficinista:

17. Entrega al usuario y distribuye la Resolución directoral a las Área correspondientes y archiva.

DURACIÓN 12 días

Page 35: ÁREA DE ADMINISTRACIÓN
Page 36: ÁREA DE ADMINISTRACIÓN

ÁREA DE ADMINISTRACION

PROCEDIMIENTO: ENTREGA DE MATERIALES EDUCATIVOS A INSTITUCIONES EDUCATIVAS (LIBROS Y TEXTOS)

CÓDIGO: AGA/ABAS-ALM-01

EQUIPO DE ABASTECIMIENTOS

OBJETIVO: Distribución oportuna de materiales educativos. BASE LEGAL:

Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y D. S . Nº 027-2007-PCM

Ley 27815 Ley de Código de Ética de la Función Pública

Ley de Presupuesto Anual vigente

Ley Nº 276

Directiva de Inicio del año escolar vigente .

REQUISITOS:

Solicitud en FUT/Oficio, Memo ORIGEN: Se inicia cuando el administrado presenta su solicitud en Mesa de Partes y/o documento interno de la Sede Institucional. AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA (Paso 01) EQUIPO DE ABASTECIMIENTOS OFICINA DE ALMACEN Técnico Administrativo (Almacén): 11. Ingreso al Almacén de los materiales educativos (Libros. Textos) 12. Envía Memorando a AGA solicitando el Cuadro de Distribución de Materiales al Área de AGP AREA DE GESTION PEDAGOGICA (Paso 02) 13. Emite la relación por nivel de la Distribución de Materiales Educativas , indicando la cantidad y el

cronograma de distribución a cada Institución Educativa, 14. Comunica el cronograma de distribución de materiales a través de la página Web y/o a través de los

coordinadores de las redes educativas. AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA EQUIPO DE ABASTECIMIENTOS OFICINA DE ALMACEN Técnico Administrativo (Almacén): 15. Elabora la PECOSA en el Sistema SIGA 16. Entrega de materiales a los Directores de las Instituciones Educativas y/o al personal autorizado

mediante documento 17. El solicitante firma y sella la PECOSA y las Actas de entrega de los materiales recibidos. 18. Terminada la entrega, el encargado del almacén remite las ACTAS de ENTREGA del Consolidado

de la Salida de Almacenes de los materiales de enseñanza al Equipo de Contabilidad para el registro contable.

19. Prepara el Oficio remiendo las ACTAS a la DREL y al MINEDU Duración:

25 días

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Page 38: ÁREA DE ADMINISTRACIÓN

ÁREA DE ADMINISTRACION

PROCEDIMIENTO: ENTREGA DE MATERIALES EDUCATIVOS A USUARIOS CÓDIGO: AGA/ABAS-ALM-02

EQUIPO DE ABASTECIMIENTOS

OBJETIVO: Distribución oportuna de materiales educativo a usuarios. BASE LEGAL:

Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y D. S . Nº 027-2007-PCM

Ley 27815 Ley de Código de Ética de la Función Pública

Ley de Presupuesto Anual vigente

Ley Nº 276

Directiva de Inicio del año escolar vigente .

REQUISITOS:

Solicitud en FUT/Oficio, Memorandum ORIGEN: Se inicia cuando el administrado presenta su solicitud en Mesa de Partes y/o documento interno de la Sede Institucional. AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA EQUIPO DE ABASTECIMIENTOS OFICINA DE ALMACEN Técnico Administrativo (Almacén): 20. Recibo el Memorando de requerimiento de materiales autorizado con VºBº 21. Verifica el Stock de bienes 22. Elabora la PECOSA en el Sistema de gestión de Almacén (SIGA) 23. Realiza la entrega del bien al usuario con la firma de la conformidad de dicha entrega 24. Consolida mensualmente las salidas del Almacén a través de las cuentas contables de cada bien y

se remite a Contabilidad para su registro Jefe del Área de Gestión Administrativa 25. Deriva el requerimiento al Equipo de Abastecimientos para su atención

Especialista de Abastecimientos 26. Emite Vº Bº al requerimiento presentado por los usuarios y/o Áreas y Equipo de la Sede Institucional

y Directores de las Instituciones Educativas.

Duración: 04 días

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ÁREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: ACTUALIZACION DEL INVENTARIO FISICO DE LA SEDE UGEL 04

CÓDIGO: AGA/ABAS-CP-01

EQUIPO DE CONTROL PATRIMONIAL

BASE LEGAL - Directiva Nº 04-2002-SBN. - Resolución Nº 039-2098-SBN Aprueba el Reglamento para el Inventario de Bienes Muebles del Estado. - R.M Nº 197-2001 – ED Aprueba el Reglamento para el Inventario de los Bienes Muebles del Sector

Educación - Ley Nº 29151-2008 Ley General de Sistema Nacional de Bienes Estatales (Cada Entidad debe adecuar

una unidad orgánica de Control Patrimonial). REQUISITOS *Cronograma de actividades. *Comisión de Inventario. *Contratación de un tercero. ORIGEN -Se necesita la contratación de la Empresa para llevar a cabo el Inventario Físico. DESCRIPCION 1) Elabora el Plan de trabajo en el mes de Octubre. 2) Conformación de la Comisión de Inventario a octubre de cada año. 3) Cronograma de Actividades para el Inventario de los Bienes y Muebles de la Institución. 4) Se realiza el Inventario mediante Acta de Inicio. 5) Se conforma comisiones de apoyo o contratación de una empresa de acuerdo al volumen Patrimonial. 6) Identificación de los bienes sobrantes y faltantes. 7) Fase de gabinete, que es la conciliación del Inventario Físico con el Inventario del año Anterior. 8) Se suscribe el Acta de Conclusión 9) Se emite el Informe Final del Inventario, para su remisión mediante medio magnético en SOFTWARE. SIMI -3-5-SBN. DURACION 03 Meses

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ÁREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: BONIFICACIÓN PERSONAL CÓDIGO: AGA-E-01

EQUIPO DE ESCALAFÓN

OBJETIVO Otorgar de oficio al trabajador nombrado por cada quinquenio de tiempo de servicios: b) La Bonificación Personal correspondiente otorga al personal docente a razón de un porcentaje del 2% de su

remuneración básica por cada Año de servicios cumplidos del 80% solo hasta (40) años de servicios administrativos.

c) La Bonificación Personal se otorga al personal administrativo a razón del 5% del haber básico por cada quinquenio sin exceder del 40% solo hasta (40) años de servicios administrativos.

BASE LEGAL

Ley de Presupuesto anual vigente

Ley Nº 24029 y su modificatoria Ley Nº 25212.

Ley Nº 29944 Ley de Reforma Magisterial

D.S.Nº 009-90-ED. Reglamento de la Ley del Profesorado.

D.L. 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público.

D.S. 005-90-PCM, Reglamento del D.L Nº 276.

DL N° 11377, Estatuto y ESCALAFÓN Servicio Civil.

R.S. N° 280-2001 Cuadro de Asignación Personal CAP. REQUISITOS

Solicitud FUT

Copia del DNI

Copia de último talón de pago

Copia de ultimo Resolución de Quinquenio ORIGEN El procedimiento se origina cuando el usuario solicita su Bonificación personal, adjuntando los requisitos establecidos DESCRIPCION ORGANO DE DIRECCIÓN (PASO 01) EQUIPO DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Técnico Administrativo

1 . Recepciona el expediente, numera y folea Oficinista 2.. Ingresa al Sistema y deriva al Area correspondiente , recabando cargos AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA (Paso 02) Técnico Administrativo (Escalafón) 3. Recibe el expediente, previa firma del cargo, si es conforme. 4. Verifica si le corresponde el beneficio, elabora el informe escalafonario, la orden de ejecución y el proyecto de

Resolución. 5. Recaba la visación del Especialista de Personal y Jefe de AGA. ORGANO DE DIRECCION (Paso 03) Secretaria 6. Recepciona y registra el expediente Director 7. Firma la resolución. Secretaria 7.- Deriva la Resolución Directoral con sus antecedentes al Equipo de Trámite Documentario

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TRAMITE DOCUMENTARIO (Paso 04) Especialista Administrativo 8.- Recepciona la Resolución firmada, revisa antecedentes, foliación y procede a numeración y deriva a

impresiones para su reproducción. 9.- Deriva la Resolución Directoral autógrafa y sus antecedentes a la Oficina de Archivo. Técnico Administrativo 10.- Entrega al usuario y distribuye la Resolución directoral a las áreas correspondientes y archiva.

FIN

DURACION 09 días

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ÁREA DE GESTION ADMINISTRATIVA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: BONIFICACIÓN FAMILIAR CÓDIGO: AGA/E-02

EQUIPO DE ESCALAFON

OBJETIVO: Otorgar al usuario a petición la bonificación que corresponde por Bonificación Familiar. BASE LEGAL:

Ley Nº 28044 Ley General de Educación

Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Ley 24029 y su modificatoria Ley 25212.

Ley Nº 29944 Ley de Reforma Magisterial

Decreto Legislativo Nº 276

Manual de Organización y Funciones de la UGEL Nº 04

Ley 27815 Ley de Código de Ética de la Función Pública

Ley de Presupuesto del Sector Público para el año vigente .

REQUISITOS:

Solicitud en FUT

Boleta de Pago

DNI

Partida de nacimiento del hijo/partida de matrimonio civil

Declaración jurada del usuario y su cónyuge de no percibir remuneración familiar en ninguna institución Pública.

Resolución de nombramiento

Si son casados:

- Declaración Jurada de convivencia,

- certificado comisaría que indique 2 años de convivencia.

Partida de Nacimiento de los menores hijos (18 años)

Talón de pago si ambos son docentes.

Si el titular ha tenido subsidio:

- Partida de Nacimiento

- Partida de Matrimonio

- Miembro de FF.AA. o de la PNP, adjuntar talón de pago.

ORIGEN: Se inicia cuando el usuario presenta su solicitud y requisitos establecidos en los Procedimientos Administrativos, ingresado por la Oficina trámite documentario (Mesa de partes). ORGANO DE DIRECCION

TRAMITE DOCUMENTARIO.(Paso 01) Técnico Administrativo:

1. Recepciona, sella cargo y folea expediente Oficinista:

2. Registra el expediente en el Sistema Excel 3. Deriva los expedientes al Equipo de Escalafón 4. Recaba los cargos de entrega de expedientes

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AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA (Paso 02) EQUIPO DE ESCALAFON: Oficinista:

5. Clasifica, registra y Deriva el Expediente a los Técnicos de Escalafón para su atención Técnico Administrativo:

6. Técnico Administrativo elabora el Informe Escalafonario en base al legajo personal y lo deriva al Proyectista de R.D. para su elaboración

7. Se deriva al Coordinador de Escalafón para la verificación del proyecto de Resolución Directoral y visado correspondiente. Coordinador del Equipo de Escalafón:

8. El coordinador verifica y visa el proyecto de Resolución Directoral y lo deriva al Equipo de Personal. EQUIPO DE MOVIMIENTO DE PERSONAL: Especialista de Personal:

9. Visado del proyecto de Resolución Directoral. JEFE DEL AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA:

10. Visado del proyecto de Resolución Directoral ORGANO DE DIRECCION: (Paso 03) Secretaria:

11. Recepciona el proyecto de Resolución Directoral y revisa dicho proyecto con los antecedentes respectivos y deriva el proyecto al Director de la UGEL para la firma. Director :

12. Revisa y firma el proyecto de Resolución Directoral Secretaria:

13. Deriva la Resolución Directoral al Equipo de Escalafón para que continúe el trámite respectivo. Equipo de Tramite Documentario (Paso 04) Especialista de Trámite Documentario:

14. Recepciona la Resolución Directoral firmada, revisa los antecedentes, la foleación y procede a la enumeración, y deriva a Impresiones para su reproducción

15. Deriva la Resolución Directoral autógrafa y sus antecedentes a la Oficina de Archivo Oficinista:

16. Entrega al usuario y distribuye la Resolución directoral a las Areas correspondientes y archiva DURACIÓN:

9 días

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ÁREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: INFORME ESCALAFONARIO CÓDIGO: AGA/ E-03

EQUIPO DE ESCALAFON

OBJETIVO: Informar al usuario sobre la actualización de su legajo personal. BASE LEGAL:

Ley Nº 28044 Ley General de Educación

Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Ley 24029 y su modificatoria Ley 25212.

Ley Nº 29944 Ley de Reforma Magisterial

Decreto Legislativo Nº 276

Manual de Organización y Funciones de la UGEL Nº 04

Ley 27815 Ley de Código de Ética de la Función Pública

Ley de Presupuesto del Sector Público para el año vigente

REQUISITOS:

Solicitud en FUT

Copia de DNI

Copia del Ultimo Talón de Pago

Recibo por derecho de pago en Caja de acuerdo al TUPA ORIGEN: Se inicia cuando el usuario presenta expediente. ORGANO DE DIRECCION: (Paso 01 ) OFICINA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO

Técnico Administrativo: 1. Recepciona, sella cargo y folea expediente y enumera. Oficinista: 2. Registra el expediente en el Sistema 3. Deriva los expedientes al Equipo de Escalafón 4. Recaba los cargos de entrega de expedientes

AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA: ( Paso 02 ) EQUIPO DE ESCALAFON:

Oficinista: 5. Recepciona, Clasifica, registra y Deriva el Expediente al Técnico Administrativo de Escalafón para su

atención. Técnico Administrativo:

6. Elabora el Informe Escalafonario en base al legajo personal, visa el coordinador y deriva al Especialista de Personal para la firma.

EQUIPO DE PERSONAL

Especialista de Personal 7. Firma el informe escalafonario y deriva a la oficina de escalafón para su entrega. EQUIPO DE ESCALAFON

Oficinista 8. Recepciona y entrega al usuario DURACIÓN: 05 días

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ÁREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: PASE DE UGEL CÓDIGO: AGA/E-04

EQUIPO DE ESCALAFON

OBJETIVO: Atender al usuario en su requerimiento de contar con su Pase de UGEL de acuerdo a su legajo personal. BASE LEGAL

Ley Nº 28044 Ley General de Educación

Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Ley 24029 y su modificatoria Ley 25212.

Ley Nº 29944 Ley de Reforma Magisterial

Decreto Legislativo Nº 276

Manual de Organización y Funciones de la UGEL Nº 04

Ley 27815 Ley de Código de Ética de la Función Pública

Ley de Presupuesto del Sector Público para el año vigente

REQUISITOS

FUT

Boleta de pago (copia autenticada)

Recibo de pago original (TUPA)

Copia de DNI.

Indicar dirección de la Institución Educativa donde labora

ORIGEN El procedimiento se origina cuando el usuario presenta su solicitud con los requisitos establecidos en Trámite Documentario. DESCRIPCION ORGANO DE DIRECCION: (Paso 01 ) OFICINA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO

Técnico Administrativo: 3. Recepciona, sella cargo y folea expediente y enumera. Oficinista: 4. Registra el expediente en el Sistema 3. Deriva los expedientes al Equipo de Escalafón 4. Recaba los cargos de entrega de expedientes AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA ( Paso 02 ) Equipo de Escalafón:

Técnico Administrativo

5. Recibe los documentos, previa firma de cargo, y verifica su conformidad 6. Elabora el Pase de UGEL, visado por el Jefe de AGA, Jefe de Personal, Jefe del OCI y Director

UGEL (Original y 1 copia), el original se adjunta al Expediente y la copia de archiva. 7. Deriva el expediente con el Pase de UGEL al Equipo de Trámite Documentario para la entrega al

usuario. FIN DURACIÓN:

06 DIAS.

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ÁREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: CONTROL Y REVISION DE LAS PAPELETAS DE MOVILIDAD Y OTROS Y SU AFECTACION PRESUPUESTAL CON CARGO AL FONDO PARA PAGOS EN EFECTIVO

CÓDIGO: AGA/CONT-01

EQUIPO DE CONTABILIDAD

PROCEDIMIENTO Control y Revisión de las Papeletas de movilidad y otros y su afectación presupuestal con cargo al Fondo para Pagos en Efectivo OBJETIVO Realizar el control interno previo BASE LEGAL Ley 28411 Ley del Sistema Nacional de Presupuesto Ley 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2013 Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General REQUISITOS Papeleta de Movilidad Memorando del Jefe de Área de autorización de la comisión Reporte de la encargada de Control Interno ORIGEN El procedimiento se origina cuando el servidor de la Sede Institucional de la UGEL Nº 04 presenta su Papeleta de Movilidad para el control previo y su afectación presupuestal DESCRIPCION: AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA (PASO 01) EQUIPO DE CONTABILIDAD

Técnico Administrativo 1. Recepciona la papeleta de movilidad y la revisa que este acorde a lo establecido en la

Directiva Nº 025-2013-DUGEL.04/JAGA-ETES. Contador : (PASO 02) 2. Firma, sella y realiza la afectación presupuestal en la Papeleta de Movilidad siempre y

cuando cuente con la disponibilidad presupuestal. Técnico Administrativo: (PASO 03)

3. Devuelve al interesado a fin de que se apersone al Equipo de Tesorería para su cancelación

DURACION 01 día

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ÁREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: CONTROL INTERNO PRESUPUESTAL DE ORDENES DE COMPRA Y DE SERVICIO

CÓDIGO: AGA/CONT-02

EQUIPO DE CONTABILIDAD

PROCEDIMIENTO Control y Revisión de las Órdenes de Compra y Ordenes de Servicios emitidas OBJETIVO Realizar el control interno previo BASE LEGAL Ley 28411 Ley del Sistema Nacional de Presupuesto Ley 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2013 Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General REQUISITOS Ordenes de Compra Ordenes de Servicios ORIGEN El procedimiento se origina cuando se recibe la Orden de Compra y/o Servicio a fin de que se afecte presupuestalmente. DESCRIPCION: AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA (PASO 01) EQUIPO DE CONTABILIDAD

Técnico Administrativo 4. Recepciona del Equipo de Abastecimientos la Orden de compra y/o Servicio para su

revisión y afectación presupuestal teniendo en cuenta lo siguiente: Registro del Compromiso SIAF de la Orden de compra y servicio Nombre de la Empresa Descripción de la Orden de Compra y/o servicio Certificación de crédito presupuestario Requerimiento con hora de envío de Jefe de Administración Solicitud de cotización Documentación de la Empresa Factura Registro de Proveedores Realiza la afectación presupuestal en la Orden de Compra y Servicios siempre y

cuando cuente con la disponibilidad presupuestal Contador: (PASO 02)

5. Firma, sella la Orden de Compra y Servicios que cuente con la disponibilidad presupuestal. 6. Devuelve la Orden de Compra y Servicios al Técnico de Contabilidad para que se remita al

Equipo de Abastecimientos

DURACION 01 día

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ÁREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: CONTROL INTERNO PRESUPUESTAL DE COMPROBANTES DE PAGO CÓDIGO: AGA/CONT-03

EQUIPO DE CONTABILIDAD

PROCEDIMIENTO Control Interno Presupuestal de los Comprobantes de Pago OBJETIVO Realizar el control interno previo BASE LEGAL Ley 28411 Ley del Sistema Nacional de Presupuesto Ley 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2013 Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General REQUISITOS Ordenes de Compra Ordenes de Servicios Comprobante de Pago Factura de Pago ORIGEN El procedimiento se origina cuando se recibe el Comprobante de pago con sus documentos sustentatorios para la afectación presupuestal. DESCRIPCION: AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA (PASO 01) EQUIPO DE CONTABILIDAD

Técnico Administrativo 7. Recepciona del Equipo de Tesorería el Comprobante de Pago con sus documentos

sustentatorios para su revisión y afectación presupuestal teniendo en cuenta lo siguiente: Registro SIAF Número de Comprobante de Pago Nombre del Comprobante de Pago ( Proveedor y/o Empresa) Monto en letras y Soles Concepto Clasificador del gasto Cuenta de la Contabilidad Patrimonial Factura de Pago Que cuente con las respectivas Firmas Contador: (PASO 02) y (PASO 03)

8. Firma, sella el Comprobante de Pago que cuente con la disponibilidad presupuestal. 9. Devuelve el Comprobante de Pago al Técnico de Contabilidad para que se remita al Equipo

de Tesorería

DURACION 01 día

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ÁREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: REVISION DE LOS LIBROS CAJAS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PUBLICAS

CÓDIGO: AGA/CONT-04

EQUIPO DE CONTABILIDAD

PROCEDIMIENTO Revisión de Los Libros Cajas de las Instituciones Educativas Públicas OBJETIVO Realizar el control interno previo BASE LEGAL Ley 28411 Ley del Sistema Nacional de Presupuesto Ley 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2013 Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General Directiva Nº 014-2013-DUGEL.04/AGA/Contab. REQUISITOS Libros Cajas de Las Instituciones Educativas Recibos de ingreso debidamente prenumerados Boletas, Facturas y otros de egresos Voucher de depósitos bancario Estracto del saldo de la cuenta de depósito y/o corriente. ORIGEN El procedimiento se origina cuando se recibe el Libro Caja y sus antecedentes para la verificación y el visado correspondiente DESCRIPCION: ORGANO DE DIRECCION (Paso 01)

OFICINA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Técnico Administrativo( Mesa de Partes):

5. Recepciona, numera y folea el expediente

Técnico Administrativo : (OTD) 6. Registra el expediente en el Sistema Excel 7. Deriva los expedientes al Equipo de Contabilidad 8. Recaba los cargos de entrega de expedientes AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA (Paso 02) EQUIPO DE CONTABILIDAD

Técnico Administrativo 9. Recepciona los Libros Cajas de las Instituciones Educativas que en forma trimestral deben

presentar a la UGEL 04, dicho Libro Caja y los documentos fuentes de ingreso y egreso deben estar debidamente firmados por los integrantes del Comité de Gestión de Recursos Propios de cada Institución Educativa, los revisa y visa debiendo adjuntar lo sgte:

* Libro Caja con la firma de integrantes del Comité de Gestión de Recursos Propios * Boletas, Facturas y otros documentos que justifiquen el egreso , debidamente firmada por los integrantes del Comité de Gestión de Recursos Propio

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* Recibos originales de cobranzas con la firma y sello del Tesorero, responsable de la recaudación.

* Voucher del Estado de cuenta bancaria mancomunada a nombre de la Institución Educativa. En los casos que se presenten observaciones el Libro Caja es devuelto a la Institución Educativa para su corrección. * Procede a Firmar el Libro Caja

Contador: (PASO 03)

10. Visa y sella el Libro Caja que ha sido previamente verificado por el Técnico Administrativo para su devolución a la Institución Educativa

DURACION 06 días

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ÁREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: CONSTANCIAS DE PAGO DE REMUNERACIONES, PENSIONES CÓDIGO: AGA/ET-01

EQUIPO DE TESORERÍA

OBJETIVO Expedir Constancias de Pago de Remuneración, Pensión y/o descuentos que acrediten según la Planillas de Remuneraciones y Pensiones. BASE LEGAL

Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

Ley del Presupuesto para el año fiscal vigente.

Directiva de Tesorería para el año vigente.

Ley del Profesorado.

Ley de la Carrera Administrativa.

Ley 27444 Ley General de Procedimientos Administrativos REQUISITOS

Solicitud FUT

Copia del DNI

Resolución de Contrato y/o Nombramiento.

Comprobante de Pago. ORIGEN El administrado presenta su solicitud de constancia por el Equipo de Trámite Documentario DESCRIPCION TRÁMITE DOCUMENTARIO (Paso 01) Técnico Administrativo (Ventanilla) 1. Ingreso de Documentos a Trámite Documentario. AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA (Paso 02) Técnico Administrativo (Tesorería) 2. Recibe, revisa los datos del usuario. 3. Busca en la Planilla de Pago de Remuneraciones y/o Pensiones los datos del Trabajador de acuerdo a los

meses solicitados. 4. Elabora y/o prepara la Constancia de Pago de Remuneraciones y/o Pensiones un (01) juego con los siguientes

datos: Mes Año Nombre de la persona Ingresos detallados (Importe bruto), Descuentos (detallados) y el Monto Liquido. (según el caso)

5. Sella y firma la Constancia de Pago de Remuneraciones, Pensiones y/o descuentos. Tesorero 6.- Visa la Constancia de Pago de Remuneraciones 7.- Entrega al Técnico de Tesorería (Constancias de pagos) Técnico Administrativo de Tesorería:

Page 61: ÁREA DE ADMINISTRACIÓN

8.- Entrega la Constancia al usuario el cual firma en el cuaderno de cargo, especificando detalladamente los meses y/o años que se entregan.

9 Considerando si es trabajo manual tendrá una duración de 20 días. FIN

DURACION : 20 Días

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ÁREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: PAGO DE CHEQUES DE REMUNERACIONES Y PENSIONES CÓDIGO: AGA/ET-02

EQUIPO DE TESORERIA

PROCEDIMIENTO Pago de Cheques de Remuneraciones y Pensiones del personal activo y cesante OBJETIVO Pago oportuno de remuneraciones y pensiones BASE LEGAL Ley 28411 Ley del Sistema Nacional de Presupuesto Ley 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2013 Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General Directiva de Tesorería vigente REQUISITOS Cheques Relación de cheques retenidos y anulados Planilla de remuneraciones ORIGEN El procedimiento se origina cuando se reciben las planillas y cheques, en el Equipo de Tesorería. DESCRIPCION: AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA (PASO 01) EQUIPO DE TESORERÍA

Técnico Administrativo : 10. Recaba las Planillas y cheques del personal activo y cesante para la entrega a los usuarios

y/o Directores de las Instituciones Educativas. 2.- Recibe la relación de cheques retenidos de parte del Equipo de Planillas 3.- Efectúa la retención de cheques tanto de activos y cesantes. 4.- Compagina las planillas y cheques por unidad de costeo 5.- Realiza la anulación de cheques a los 30 días de su vigencia e informa a la Tesorera para

su procesamiento en el SIAF 6.- Entrega los cheques a los usuarios previa identificación y si son cheques retenidos se

solicita la presentación de la orden de pago emitida por el Equipo de Planillas

DURACION 30 días .

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ÁREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: CAPTACION DE RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS Y SU DEPOSITO AL BANCO DE LA NACION

CÓDIGO: AGA/ET-03

EQUIPO DE TESORERIA

PROCEDIMIENTO Captación de Recursos Directamente Recaudados y su Deposito al Banco de la Nación OBJETIVO Captación de Recursos Directamente Recaudados BASE LEGAL Ley 28411 Ley del Sistema Nacional de Presupuesto Ley 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2013 Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General Directiva de Tesorería vigente REQUISITOS Voucher de depósito al Banco Recibos de ingreso a caja ORIGEN El procedimiento se origina cuando se recauda a través del Cajero responsable y se deposito al Banco de la Nación diariamente. DESCRIPCION: AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA (PASO 01) EQUIPO DE TESORERÍA

Técnico Administrativo (Cajero :

11. Recauda los ingresos que están considerados en el TUPA de la Unidad de la Gestión Educativa Nº 04, registra y realiza el depósito ante el Banco de la Nación diariamente.

Técnico Administrativo 12. Registra el importe de la recaudación y el número de la Papeleta de depósito en el Sistema

SIAF Recauda los ingresos que están considerados en el TUPA de la Unidad de la Gestión Educativa Nº 04, registra y realiza el depósito ante el Banco de la Nación diariamente.

DURACION 01 día

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ÁREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: TRAMITE DE SUBSIDIOS ANTE ESSALUD CÓDIGO: AGA/BS-01

EQUIPO DE BIENESTAR SOCIAL

PROCEDIMIENTO Tramites de Subsidios ante ESSALUD BASE LEGAL

Ley Nº 28044 Ley General de Educación

Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y D.S. Nº 027-2007-PCM

Ley 29944 Ley de Reforma Magisterial.

Decreto Legislativo Nº 276 y su reglamento Decreto Supremo N° 005-90-PCM.

R.M. Nº 114-01-ED Reglamento de Organización y Funciones de Dirección Regional de Lima y Callo y las Unidades de Gestión Educativa Local.

Ley de Presupuesto del Sector Público vigente

Decreto Supremo Nº 023-2003 ED, adecuación como Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana y Unidades de Gestión Educativa Local.

Decreto Supremo N° 007-2001-ED y la RM que norma las orientaciones que norma las actividades de la Instituciones Educativas.

Ley 28765 Ley Marco del Empleo Público.

Ley 28411 Ley General del Sistema de Presupuesto.

Ley 27815 Ley de Código de Ética de la Función Público REQUISITOS

Solicitud Formulario Único de Trámite (F.U.T.)

Copias fedateada de las 12 Boletas de pagos antes de la contingencia.

Copia de DNI

Formato de Descanso original (Por maternidad y/o enfermedad) emitido por el MINSA, Particulares y ESSALUD

Formulario 8002

Carta de vacaciones ( Administrativo)

Copia fedateada de las Resoluciones de contrato de los 02 años anteriores (En el caso de personal contratado)

Previamente el usuario presenta los requisitos a la Oficina de Bienestar Social a fin de que le emitan el visto bueno para su presentación a Trámite Documentario. Para el trámite del Subsidio por enfermedad y maternidad tiene un Plazo de 06 meses para que se soliciten, posteriormente prescribe no siendo reconocido por Essalud. ORIGEN El Usuario presenta el Expediente con los requisitos establecidos en Trámite Documentario Vº Bº DESCRIPCION ORGANO DE DIRECCION (Paso 01) TRÁMITE DOCUMENTARIO

Técnico Administrativo (M.P.) 14. Recepciona el expediente

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Técnico Administrativo (OTD): 15. Registra el expediente en el Sistema. 16. Deriva los expedientes al Equipo de Bienestar Social 17. Recaba los cargos de entrega de expedientes ÁREA DE GESTION ADMINISTRATIVA (Paso 02) OFICINA DE BIENESTAR SOCIAL Asistenta Social 18. Recepciona, registra en su cuaderno para el trámite de subsidio y se deriva a ESSALUD para su

procesamiento (15 días). 19. En Essalud procesan el expediente y programan el cobro de cheque en el Banco Continental 20. Se entrega los cheques de Subsidio por enfermedad y maternidad

DURACIÓN: 16 días

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ÁREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: REGISTRO Y CONTROL DE LICENCIAS POR SALUD CÓDIGO: AGA/BS-02

EQUIPO DE BIENESTAR SOCIAL

PROCEDIMIENTO Registro y Control de Licencias por Salud BASE LEGAL

Ley Nº 28044 Ley General de Educación

Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y D.S. Nº 027-2007-PCM

Ley 29944 Ley de Reforma Magisterial.

Decreto Legislativo Nº 276 y su reglamento Decreto Supremo N° 005-90-PCM.

R.M. Nº 114-01-ED Reglamento de Organización y Funciones de Dirección Regional de Lima y Callo y las Unidades de Gestión Educativa Local.

Ley de Presupuesto del Sector Público vigente

Decreto Supremo Nº 023-2003 ED, adecuación como Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana y Unidades de Gestión Educativa Local.

Decreto Supremo N° 007-2001-ED y la RM que norma las orientaciones que norma las actividades de la Instituciones Educativas.

Ley 28765 Ley Marco del Empleo Público.

Ley 28411 Ley General del Sistema de Presupuesto.

Ley 27815 Ley de Código de Ética de la Función Público REQUISITOS

Solicitud Formulario Único de Trámite (F.U.T.)

Descanso médico (03 copias)

Copia de DNI

Última Boleta de pago

Oficio de la Institución Educativa remitiendo la Licencia ORIGEN El Director de la Institución Educativa presenta el Expediente con los requisitos establecidos en Trámite Documentario. DESCRIPCION ORGANO DE DIRECCION (Paso 01) TRÁMITE DOCUMENTARIO

Técnico Administrativo (M.P) 21. Recepciona el expediente

Técnico Administrativo ( OTD): 22. Registra el expediente en el Sistema. 23. Deriva los expedientes al Equipo de Bienestar Social 24. Recaba los cargos de entrega de expedientes ÁREA DE GESTION ADMINISTRATIVA (Paso 02) OFICINA DE BIENESTAR SOCIAL

Page 71: ÁREA DE ADMINISTRACIÓN

Asistenta Social 25. Visa los documentos previamente, a fin de que el interesado presente la licencia y sus requisitos a la

Institución Educativa. 26. Se emite el informe correspondiente de la Licencia y luego se deriva al Equipo de Escalafón a fin de

que sea procesada.

DURACIÓN: 03 días

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Page 73: ÁREA DE ADMINISTRACIÓN

ÁREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: ATENCION MEDICA A ALUMNOS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS

CÓDIGO: AGA/BS-03

EQUIPO DE BIENESTAR SOCIAL

PROCEDIMIENTO Atención médica a los Alumnos de las Instituciones Educativas BASE LEGAL

Ley Nº 28044 Ley General de Educación

Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y D.S. Nº 027-2007-PCM

Ley 29944 Ley de Reforma Magisterial.

Decreto Legislativo Nº 276 y su reglamento Decreto Supremo N° 005-90-PCM.

R.M. Nº 114-01-ED Reglamento de Organización y Funciones de Dirección Regional de Lima y Callo y las Unidades de Gestión Educativa Local.

Ley de Presupuesto del Sector Público vigente

Decreto Supremo Nº 023-2003 ED, adecuación como Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana y Unidades de Gestión Educativa Local.

Decreto Supremo N° 007-2001-ED y la RM que norma las orientaciones que norma las actividades de la Instituciones Educativas.

Ley 28765 Ley Marco del Empleo Público.

Ley 28411 Ley General del Sistema de Presupuesto.

Ley 27815 Ley de Código de Ética de la Función Público REQUISITOS

Solicitud de la Institución Educativa

Adjunta recibo de pago a Caja. ORIGEN El Usuario presenta el Oficio con los requisitos establecidos en Trámite Documentario. DESCRIPCION ORGANO DE DIRECCION (Paso 01) TRÁMITE DOCUMENTARIO

Técnico Administrativo (M.P) 27. Recepciona el expediente

Técnico Administrativo (OTD): 28. Registra el expediente en el Sistema. 29. Deriva los expedientes al Equipo de Bienestar Social 30. Recaba los cargos de entrega de expedientes ÁREA DE GESTION ADMINISTRATIVA (Paso 02) OFICINA DE BIENESTAR SOCIAL Asistenta Social 31. Coordina con el Médico para confirmar la fecha de la evaluación médica 32. Comunica al Director/Tutor la fecha de la evaluación médica Médico: 33. Realiza la evaluación médica a los alumnos 34. Emite la Hoja de evaluación que es entregada al tutor y /o Director responsable.

DURACIÓN: 06 días

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ÁREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: PROGRAMA DE SALUD PARA LOS TRABAJADORES DE LA UGEL Nº 04-COMAS

CÓDIGO: AGA/BS-04

EQUIPO DE BIENESTAR SOCIAL

PROCEDIMIENTO Programa de Salud para los Trabajadores de la UGEL Nº 04-Comas BASE LEGAL

Ley Nº 28044 Ley General de Educación

Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y D.S. Nº 027-2007-PCM

Ley 29944 Ley de Reforma Magisterial.

Decreto Legislativo Nº 276 y su reglamento Decreto Supremo N° 005-90-PCM.

R.M. Nº 114-01-ED Reglamento de Organización y Funciones de Dirección Regional de Lima y Callo y las Unidades de Gestión Educativa Local.

Ley de Presupuesto del Sector Público vigente

Decreto Supremo Nº 023-2003 ED, adecuación como Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana y Unidades de Gestión Educativa Local.

Decreto Supremo N° 007-2001-ED y la RM que norma las orientaciones que norma las actividades de la Instituciones Educativas.

Ley 28765 Ley Marco del Empleo Público.

Ley 28411 Ley General del Sistema de Presupuesto.

Ley 27815 Ley de Código de Ética de la Función Público REQUISITOS

Carta de la Empresa solicitante ORIGEN El Usuario presenta el Expediente con los requisitos establecidos en Trámite Documentario. DESCRIPCION ORGANO DE DIRECCION (Paso 01) TRÁMITE DOCUMENTARIO

Técnico Administrativo (M.P) : 35. Recepciona el expediente Técnico Administrativo (OTD) : 36. Registra el expediente en el Sistema. 37. Deriva los expedientes al Equipo de Bienestar Social 38. Recaba los cargos de entrega de expedientes ÁREA DE GESTION ADMINISTRATIVA (Paso 02) OFICINA DE BIENESTAR SOCIAL Asistenta Social 39. Recepciona y registra en su cuaderno para el trámite correspondiente 40. Solicita mediante memorando la autorización de la Campaña al Jefe del Área de Gestión

Administrativa Jefatura del Área de Gestión Administrativa: 41. Autoriza la realización de la Campaña médica, quién dispone la misma mediante Hoja de Envío.

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Asistenta Social: 42. Una vez autorizado, coordina con las Entidades que van realizar su campaña 43. La atención médica la realizan en la Oficina del Médico, dichas campañas oscilan de 1 a 5 días

según sea el caso.

DURACIÓN: 03 días

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ÁREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: TRAMITE DE SUBSIDIOS POR LACTANCIA CÓDIGO: AGA/BS-05

EQUIPO DE BIENESTAR SOCIAL

PROCEDIMIENTO Tramites de Subsidios de Lactancia ante ESSALUD BASE LEGAL

Ley Nº 28044 Ley General de Educación

Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y D.S. Nº 027-2007-PCM

Ley 29944 Ley de Reforma Magisterial.

Decreto Legislativo Nº 276 y su reglamento Decreto Supremo N° 005-90-PCM.

R.M. Nº 114-01-ED Reglamento de Organización y Funciones de Dirección Regional de Lima y Callo y las Unidades de Gestión Educativa Local.

Ley de Presupuesto del Sector Público vigente

Decreto Supremo Nº 023-2003 ED, adecuación como Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana y Unidades de Gestión Educativa Local.

Decreto Supremo N° 007-2001-ED y la RM que norma las orientaciones que norma las actividades de la Instituciones Educativas.

Ley 28765 Ley Marco del Empleo Público.

Ley 28411 Ley General del Sistema de Presupuesto.

Ley 27815 Ley de Código de Ética de la Función Público REQUISITOS

Registro del recién nacido en Essalud

Formulario 8002 Essalud

Copia fedateada del DNI del Titular

Copia fedateada del DNI del recien nacido

Copias fedateada de las 05 boletas de pago desde el nacimiento del Bebe hacia atrás.

Si el titular es varón adjuntar el DNI de la conyuge y debe estar inscrita en Essalud (La conyuge cobra la lactancia)

Si el solicitante es contratado adjuntar copia de la R.D. del contrato

Si al contratado se le pago en forma global (reintegro) debe solicitar el desglosamiento de haberes. ORIGEN El Usuario presenta el Formulario 8002 y los requisitos ante la Oficina de Bienestar Social. DESCRIPCION ÁREA DE GESTION ADMINISTRATIVA (Paso 01) OFICINA DE BIENESTAR SOCIAL Asistenta Social 44. Recepciona el Formulario 8002 y sus requisitos, registra en su cuaderno para el trámite de subsidio

por Lactancia 45. Deriva a Essalud el expediente para su procesamiento (15 días). 46. En Essalud procesan el expediente y programan el cobro de cheque en el Banco Continental 47. Se entrega los cheques de Subsidio por Lactancia a los administrados DURACIÓN: 15 días

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ÁREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: INSCRIPCION ANTE ESSALUD DEL PERSONAL TITULAR Y DERECHO HABIENTE

CÓDIGO: AGA/BS-06

EQUIPO DE BIENESTAR SOCIAL

PROCEDIMIENTO Tramites de Inscripción ante Essalud del Personal Titular y Derecho habiente BASE LEGAL

Ley Nº 28044 Ley General de Educación

Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y D.S. Nº 027-2007-PCM

Ley 29944 Ley de Reforma Magisterial.

Decreto Legislativo Nº 276 y su reglamento Decreto Supremo N° 005-90-PCM.

R.M. Nº 114-01-ED Reglamento de Organización y Funciones de Dirección Regional de Lima y Callo y las Unidades de Gestión Educativa Local.

Ley de Presupuesto del Sector Público vigente

Decreto Supremo Nº 023-2003 ED, adecuación como Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana y Unidades de Gestión Educativa Local.

Decreto Supremo N° 007-2001-ED y la RM que norma las orientaciones que norma las actividades de la Instituciones Educativas.

Ley 28765 Ley Marco del Empleo Público.

Ley 28411 Ley General del Sistema de Presupuesto.

Ley 27815 Ley de Código de Ética de la Función Público REQUISITOS Conyuge:

Formulario 1010 (03 copias)

Copia fedateada del DNI del Titular

Partido de matrimonio

Tres últimas boletas de pagos

Declaración Jurada de concubinato cuando son conviviente (formulario de ESSALUD) Hijo:

Formulario 1010 (03 copias)

DNI del titular

DNI del bebe

3 últimas boletas de pago ORIGEN El Usuario presenta el Formulario 1010 y los requisitos ante la Oficina de Bienestar Social. DESCRIPCION ÁREA DE GESTION ADMINISTRATIVA (Paso 01) OFICINA DE BIENESTAR SOCIAL Asistenta Social Para asegurar al conyuge y a hijo: 48. Recepciona el Formulario 1010 y sus requisitos.. 49. Firma el Formulario y devuelve al interesado para que lo presente ante la agencia de ESSALUD de

Comas. 50. Una vez presentado en ESSALUD, después de 48 horas puede hacer uso de la atención de

ESSALUD DURACIÓN:

01 día

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ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: VERIFICACION Y OPINON SOBRE DISPONIBILIDAD DE INFRAESTRUCTURA PARA APERTURA DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS

CÓDIGO: AGA/INFRAES-01

EQUIPO DE INFRESTRUCTURA

OBJETIVO Verificar y opinar sobre la disponibilidad de Infraestructura para la Apertura de Instituciones Educativas Privadas. BASE LEGAL

Constitución Política del Perú

Ley Nº 28044 Ley General de de Educación y su reglamento Decreto Supremo Nº 011-2012-ED

Ley Nº 26549 Ley de Instituciones Educativa Privadas

Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General

Ley Nº 27665 Ley de Protección a la Economía Familiar respecto al pago de pensiones en Centros y Programas Educativas Privadas.

D. S. Nº 009-2006--ED Reglamento de las Instituciones Privadas de Educación Básica y Educación Técnico-Productiva.

D. S .Nº 011-98-ED Modifica artículo del Reglamento de infracciones y sanciones para Instituciones Educativas Privada

D .S .Nº 016-20114-ED que aprueba el Texto Único de Procedimientos del Ministerio de Educación

R. M. Nº 181-2004-ED Nuevo Procedimiento para a aplicación del Reglamento de Multas y Sanciones

R. M. Nº 070-2008-ED Procedimiento Administrativo a cargo de las Direcciones Regionales de Educación y demás instancias de gestión educativa descentralizada.

Directiva Nº 032-DRELM-UGI/EI-ER-2010 Directiva de Instituciones Educativas Privadas REQUISITOS

Expediente y antecedentes solicitando la autorización de Apertura de Institución Educativa Privada.

Memorándum del Área de Gestión institucional

Plano de ubicación a escala 1/500, firmado y sellado en original por un Ingeniero Civil o Arquitecto colegiado.

Plano de distribución del local a escala 1/50, adjuntando la Carta de Seguridad de Obra y/o Memoria descriptiva, firmado y sellado por un Ingeniero Civil o Arquitecto colegiado.

Copia del Certificado de Seguridad expedido por la instancia correspondiente de Defensa Civil.

Certificación de Compatibilidad de Uso y Zonificación emitida por la Municipalidad correspondiente.

Copia del Título de propiedad del terreno o contrato de alquiler del local donde funcionará la Institución Educativa, mínimo por 03 años, legalizado notarialmente.

ORIGEN El Propietario de la Institución Educativa presenta requisitos al Equipo de Trámite Documentario DESCRIPCION AREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA (Paso 01)

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ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: VERIFICACION Y OPINON SOBRE DISPONIBILIDAD DE INFRAESTRUCTURA PARA APERTURA DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS

CÓDIGO: AGA/INFRAES-01

EQUIPO DE INFRESTRUCTURA

Equipo de Infraestructura

Oficinista 1. Recepciona y registra el Expediente 2. Deriva al Especialista en Infraestructura Especialista de Infraestructura 3. Elabora el Cronograma de visita y coordina con el Jefe de Administración 4. Visita INSITU la Institución Educativa Privada , llevando el Expediente y sus antecedentes 5. Verifica los requisitos exigidos con el local físico 6. Suscribe el Acta de Verificación y si hubiera observaciones se consigna en el Acta dándole el plazo de Ley

para que subsane las observaciones. 7. Una vez subsanada las observaciones se procese a Emitir el Informe de verificación, recomendando se

derive el Expediente al Área de Gestión Pedagógica para que continúe el trámite.

Oficinista 8. Deriva el Informe, Expediente y sus antecedentes al Área de Gestión Pedagógica. DURACION

20 días

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ÁREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: VERIFICACION Y OPINION SOBRE DISPONIBILIDAD DE INFRAESTRUCTURA PARA AMPLIACION DE NIVEL DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS

CÓDIGO: AGA/INFRAES-02

EQUIPO DE INFRAESTRUCTURA

OBJETIVO Verificar y opinar sobre la disponibilidad de Infraestructura para la Ampliación del Nivel de Instituciones Educativas Privadas. BASE LEGAL

Constitución Política del Perú

Ley Nº 28044 Ley General de de Educación y su reglamento Decreto Supremo Nº 011-2012-ED

Ley Nº 26549 Ley de Instituciones Educativa Privadas

Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General

Ley Nº 27665 Ley de Protección a la Economía Familiar respecto al pago de pensiones en Centros y Programas Educativas Privadas.

D. S. Nº 009-2006--ED Reglamento de las Instituciones Privadas de Educación Básica y Educación Técnico-Productiva.

D. S .Nº 011-98-ED Modifica artículo del Reglamento de infracciones y sanciones para Instituciones Educativas Privada

D .S .Nº 016-20114-ED que aprueba el Texto Único de Procedimientos del Ministerio de Educación

R. M. Nº 181-2004-ED Nuevo Procedimiento para a aplicación del Reglamento de Multas y Sanciones

R. M. Nº 070-2008-ED Procedimiento Administrativo a cargo de las Direcciones Regionales de Educación y demás instancias de gestión educativa descentralizada.

Directiva Nº 032-DRELM-UGI/EI-ER-2010 Directiva de Instituciones Educativas Privadas REQUISITOS

Expediente y antecedentes solicitando la autorización de Ampliación de Institución Educativa Privada.

Memorandum del Área de Gestión institucional

Plano de ubicación a escala 1/500, firmado y sellado en original por un Ingeniero Civil o Arquitecto colegiado.

Plano de distribución del local a escala 1/50, adjuntando la Carta de Seguridad de Obra y/o Memoria descriptiva, firmado y sellado por un Ingeniero Civil o Arquitecto colegiado.

Copia del Certificado de Seguridad expedido por la instancia correspondiente de Defensa Civil.

Certificación de Compatibilidad de Uso y Zonificación emitida por la Municipalidad correspondiente.

Copia del Título de propiedad del terreno o contrato de alquiler del local donde funcionará la Institución Educativa, mínimo por 03 años, legalizado notarialmente.

ORIGEN El Propietario de la Institución Educativa presenta requisitos al Equipo de Trámite Documentario

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ÁREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: VERIFICACION Y OPINION SOBRE DISPONIBILIDAD DE INFRAESTRUCTURA PARA AMPLIACION DE NIVEL DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS

CÓDIGO: AGA/INFRAES-02

EQUIPO DE INFRAESTRUCTURA

DESCRIPCION AREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA (Paso 01)

Equipo de Infraestructura

Oficinista 8. Recepciona y registra el Expediente 9. Deriva al Especialista en Infraestructura Especialista de Infraestructura 10. Elabora el Cronograma de visita y coordina con el Jefe de Administración 11. Visita INSITU la Institución Educativa Privada , llevando el Expediente y sus antecedentes 12. Verifica los requisitos exigidos con el local físico 13. Suscribe el Acta de Verificación y si hubiera observaciones se consigna en el Acta dándole el plazo de Ley

para que subsane las observaciones. 14. Una vez subsanada las observaciones se procese a Emitir el Informe de verificación, recomendando se

derive el Expediente al Área de Gestión Pedagógica para que continúe el trámite.

Oficinista 8. Deriva el Informe, Expediente y sus antecedentes al Área de Gestión Pedagógica. DURACION

20 días

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ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: CONSTANCIA DE UBICACIÓN GEOGRAFICA CÓDIGO: AGI/E-01

EQUIPO DE ESTADÍSTICA

OBJETIVOS Informar, la ubicación geográfica y las características de la Institución Educativa donde labora el personal docente, administrativo y otros. BASE LEGAL

Ley Nº 24029 Ley d el Profesorado, y su modificatoria Ley Nº 25212.

Ley Nº 29944 Ley de Reforma Magisterial

Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

D. Leg Nº 276 Ley De Bases De La Carrera Administrativa Y De Remuneraciones. Del Sector Público

D.S. Nº 19-90-E, Aprueban Reglamento de la Ley del Profesorado REQUISITOS

Solicitud FUT

Copia del DNI

Copia del último talón de pago

Copia de Resolución de Nombramiento y/o Reasignación

Comprobante de pago ORIGEN Procedimiento, se origina cuando el usuario solicita la Constancia de Ubicación Geográfica adjuntando los requisitos establecidos. DESCRIPCIÓN TRÁMITE DOCUMENTARIO (Paso 01) Técnico Administrativo (Mesa de partes) 1. Ingresa el expediente y se asigna el número de expediente. AREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL (Paso 02) Secretaria 2. Recepciona, registra y asigna el expediente Especialista de Estadística 3. Revisa el expediente, si esta conforme, elabora la Constancia de Ubicación Geográfica Jefe 4. Visa la Constancia. Secretaria 5. Entrega al usuario la Constancia de Ubicación Geográfica firmando el cuaderno de cargos FIN DURACION 05 días

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ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: CONSTANCIA DE NO ADEUDAR DOCUMENTOS CÓDIGO: AGI/E-02

EQUIPO DE ESTADÍSTICA

OBJETIVOS Informar, la constancia de no adeudar documentos estadísticos a la UGEL nº 04 BASE LEGAL

Ley Nº 24029 Ley d el Profesorado, y su modificatoria Ley Nº 25212.

Ley Nº 29944 Ley de Reforma Magisterial

Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

D. Leg Nº 276 Ley De Bases De La Carrera Administrativa Y De Remuneraciones. Del Sector Público

D.S. Nº 19-90-E, Aprueban Reglamento de la Ley del Profesorado

Directiva de Inicio del año escolar vigente REQUISITOS

Solicitud FUT

Copia del DNI

Resolución de la Institución Educativa

Copia de los envíos electrónicos de información estadísticas

Comprobante de pago Copia de los envíos electrónicos de las nóminas (SIAGIE) Copia de haber entregado documentos de gestión (PEI, PAT, RI) ORIGEN Procedimiento, se origina cuando el usuario solicita la Constancia de No adeudar documentos, adjunto los requisitos establecidos. DESCRIPCIÓN TRÁMITE DOCUMENTARIO (Paso 01) Técnico Administrativo (Mesa de partes)

6. Ingresa el expediente y se asigna el número de expediente. AREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL (Paso 02) Secretaria 7. Recepciona, registra y asigna el expediente Especialista de Estadística 8. Revisa el expediente, si esta conforme, elabora la Constancia de no Adeudar documentos Jefe 9. Firma la Constancia. Secretaria 10. Entrega al usuario y hace firmar el cargo correspondiente FIN DURACION 06 días

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ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: MONITOREO DEL ENVIO VIRTUAL DEL CENSO DE MATRICULA Y LOCAL ESCOLAR

CÓDIGO: AGI/E-03

EQUIPO DE ESTADÍSTICA

OBJETIVOS Monitorear el envío oportuno del censo de matrícula y Local escolar BASE LEGAL

Constitución Política del Perú

Ley General de Educación Nº 28044

Ley de Centros y Programas Educativas Privados Nº 26549

Ley de Promoción de la Inversión en la Educación D. Leg. 882

Ley Nº 27665- Ley de Protección a la Economía Familiar respecto al Pago de pensiones en Centros y Programas Educativas Privados, y su reglamento D. S .Nº 005-2002-ED

D. S. Nº 004-98-ED- Aprueba el Reglamento de Infracciones y sanciones para Instituciones Educativas Particulares.

D. S. Nº 011-98-ED – Modifican el Reglamento de infracciones y sanciones para Instituciones Educativas particulares

R. M .Nº 181-2004-ED – Establecen procedimientos para la aplicación del reglamento de infracciones y sanciones para Instituciones Educativas Particulares

Ley Nº 23585- Estudiantes de planteles y universidades particulares que pierdan a sus padres o tutores tienen derecho a beca.

REQUISITOS

Estadística On Line ORIGEN Procedimiento, se origina cuando se verifica en el Sistema On Line el envío de la información estadística DESCRIPCIÓN AREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL (Paso 01) Especialista de Estadística 11. Verifica en la opción ESTADISTICA ON LINE el envío de la Estadística 12. Realiza el Control de Calidad de la información remitida y pone el sello a las constancias que envía

cada Director de su información estadística, si esta conforme. 13. Se verifica si hay inconsistencias en el reporte a fin de ser corregidas por el Director de la IE. 14. Se elabora lista de OMISOS 15. Se elabora el informe a la Jefatura de AGI Jefe del Área de AGI 16. Deriva el Informe a los Equipo de Planificación, Racionalización, Coproa, OCI, Comisión de Multas y

Sanciones, etc. según sea el caso. FIN DURACION 4 meses

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ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: MONITOREO EL ENVIO VIRTUAL DEL RESULTADO DEL EJERCICIO EDUCATIVO

CÓDIGO: AGI/E-04

EQUIPO DE ESTADÍSTICA

OBJETIVOS Monitorear el envío oportuno del censo del Resultado del Ejercicio Educativo BASE LEGAL

Constitución Política del Perú

Ley General de Educación Nº 28044

Ley de Centros y Programas Educativas Privados Nº 26549

Ley de Promoción de la Inversión en la Educación D. Leg. 882

Ley Nº 27665- Ley de Protección a la Economía Familiar respecto al Pago de pensiones en Centros y Programas Educativas Privados, y su reglamento D. S .Nº 005-2002-ED

D. S. Nº 004-98-ED- Aprueba el Reglamento de Infracciones y sanciones para Instituciones Educativas Particulares.

D. S. Nº 011-98-ED – Modifican el Reglamento de infracciones y sanciones para Instituciones Educativas particulares

R. M .Nº 181-2004-ED – Establecen procedimientos para la aplicación del reglamento de infracciones y sanciones para Instituciones Educativas Particulares

Ley Nº 23585- Estudiantes de planteles y universidades particulares que pierdan a sus padres o tutores tienen derecho a beca.

REQUISITOS

Estadística On Line ORIGEN Procedimiento, se origina cuando se verifica en el Sistema On Line el envío deL Resultado del Resultado del Ejercicio Educativo DESCRIPCIÓN AREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL (Paso 01) Especialista de Estadística 17. Verifica en la opción ESTADISTICA ON LINE el envío de la Estadística 18. Realiza el Control de Calidad de la información remitida y pone un sello a las constancias que envía

cada Director de su información estadística, si esta conforme 19. Se verifica si hay inconsistencias en el reporte a fin de ser corregidas pro el Director de la IE. 20. Se elabora lista de OMISOS 21. Se elabora el informe a la Jefatura de AGI Jefe 22. Deriva el Informe a los Equipo de Planificación, Racionalización, Coproa, OCI, Comisión de Multas y

Sanciones, etc. según sea el caso. FIN DURACION 2 meses

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ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNA INSTITUCION EDUCATIVA DE GESTION PRIVADA: EDUCACION BASICA REGULAR - EDUCACION BASICA ESPECIAL, EDUCACION BASICA ALTERNATIVA Y TÉCNICO PRODUCTIVA

CÓDIGO: AGI/RAC-01

EQUIPO DE RACIONALIZACIÓN

OBJETIVO Autorizar la Apertura y Funcionamiento de una Institución Educativa de Gestión Privada: Educación Básica Regular - Básica Especial, Básica Alternativa y Técnico Productiva. BASE LEGAL

Constitución Política del Perú

Ley Nº 28044 Ley General de de Educación y su reglamento Decreto Supremo Nº 011-2012-ED

Ley Nº 26549 Ley de Instituciones Educativa Privadas

Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General

Ley Nº 27665 Ley de Protección a la Economía Familiar respecto al pago de pensiones en Centros y Programas Educativas Privadas.

D. S. Nº 009-2006--ED Reglamento de las Instituciones Privadas de Educación Básica y Educación Técnico-Productiva.

D. S .Nº 011-98-ED Modifica artículo del Reglamento de infracciones y sanciones para Instituciones Educativas Privada

D .S .Nº 016-20114-ED que aprueba el Texto Único de Procedimientos del Ministerio de Educación

R. M. Nº 181-2004-ED Nuevo Procedimiento para a aplicación del Reglamento de Multas y Sanciones

R. M. Nº 070-2008-ED Procedimiento Administrativo a cargo de las Direcciones Regionales de Educación y demás instancias de gestión educativa descentralizada.

Directiva Nº 032-DRELM-UGI/EI-ER-2010 Directiva de Instituciones Educativas Privadas REQUISITOS

Solicitud FUT

Ficha Registra debidamente llenada (Sin borrones ni enmendaduras).

Fundamentación de la solicitud de Apertura, debe fundamentarse:

Terna de nombres (03) debidamente fundamentada, resaltando el valor o cualidades sobresalientes de dichas nominaciones,

Cuadro de asignación del Comité Directivo de ser el caso, del personal docente y administrativo.

Metas de atención y número de secciones para la EBR y EBA

Proyecto Educativo Institucional (PEI), Proyecto Curricular de Centro (PCC), Plan Anual de Trabajo (PAT) y Reglamento Interno (RI).

Servicios de apoyo y asesoramiento SAANEE para los estudiantes con necesidades educativas especiales.

Plano de ubicación a escala 1/500, firmado y sellado en original por un Ingeniero Civil o Arquitecto colegiado.

Plano de distribución del local a escala 1/50, adjuntando la Carta de Seguridad de Obra y/o Memoria descriptiva, firmado y sellado por un Ingeniero Civil o Arquitecto colegiado.

Copia del Certificado de Seguridad expedido por la instancia correspondiente de Defensa Civil.

Certificación de Compatibilidad de Uso y Zonificación emitida por la Municipalidad correspondiente.

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ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNA INSTITUCION EDUCATIVA DE GESTION PRIVADA: EDUCACION BASICA REGULAR - EDUCACION BASICA ESPECIAL, EDUCACION BASICA ALTERNATIVA Y TÉCNICO PRODUCTIVA

CÓDIGO: AGI/RAC-01

EQUIPO DE RACIONALIZACIÓN

Copia del Título de propiedad del terreno o contrato de alquiler del local donde funcionará la Institución Educativa, mínimo por 03 años, legalizado notarialmente.

Inventario de mobiliario escolar, material educativo pertinente, equipos y bienes.

Comprobante de pago. DEL PROPIETARIO

Copia autenticada del D.N.I. o Carné de Extranjería.

Escritura Pública de Constitución de Empresa (Persona Jurídica)

Declaración Jurada simple de no tener Antecedentes policiales.

Certificado de antecedentes penales. DEL DIRECTOR

Copia de DNI o carné de extranjería autenticado.

Declaraciones Juradas Simple de no tener Antecedentes policiales

Contrato Laboral, como mínimo por dos (02) años.

Documento que acredite cinco (05) años de experiencia en la docencia.

Copia autenticada de Título profesional Universitario o Pedagógico y Registro del Colegio Profesional.

Perfil psicológico expedido por el área de salud respectiva.

Certificado de antecedentes penales. ORIGEN El Propietario de la Institución Educativa presenta requisitos al Equipo de Trámite Documentario DESCRIPCION ORGANO DE DIRECCION (Paso 01) Técnico Administrativo (Mesa de partes) 15. Ingreso del Documentos a Trámite Documentario AREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL (Paso 02) Secretaria 16. Recepciona, Registra y Asignación de Expediente Especialista de Racionalización 17. Recibe el expediente y firma el cargo en el Cuaderno de Correspondencia 18. Verifica que los documentos se encuentren de acuerdo a los requisitos 19. Realiza el estudio y análisis del Expediente, si es conforme y si no mediante Oficio le comunica al

propietario que debe adjuntar los documentos que faltan en un plazo de 10 días, 20. Remite del expediente al Especialista de Infraestructura. 21. Con el informe de infraestructura y del Área de Gestión Pedagógica lo remite a la Dirección

Regional de Educación de Lima Metropolitana, para la emisión de la Resolución Directoral de autorización de funcionamiento.

AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA (Paso 03) Secretaría 22. Recepción, Registro y Asignación de Expediente

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ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNA INSTITUCION EDUCATIVA DE GESTION PRIVADA: EDUCACION BASICA REGULAR - EDUCACION BASICA ESPECIAL, EDUCACION BASICA ALTERNATIVA Y TÉCNICO PRODUCTIVA

CÓDIGO: AGI/RAC-01

EQUIPO DE RACIONALIZACIÓN

Especialista de Infraestructura 23. Verifica que el local sea adecuado para una Institución Educativa y si cuenta con lo siguiente:

Las medidas, los accesos y la seguridad

Tener ambientes para biblioteca, laboratorio, tópico (dependiendo del nivel), patio, etc. 24. Levanta un Acta de Verificación o llena Ficha Informe de Verificación de Condiciones de

Infraestructura para Autorización de Instituciones Educativas Privadas 25. La Comisión firma el Acta de Verificación coloca fecha y sello previa firma del Director de la

Institución o Programa Educativo, dará 10 días de plazo a fin de que subsanen las observaciones. 26. Elabora el Informe Técnico de Infraestructura (Original y 2 Copias); Anexa Original y Acta o Ficha

de Verificación al Expediente; archiva Primera Copia y entrega Segunda Copia a la Secretaria para el archivo del Área., y deriva el Expediente al Área de Gestión Pedagógica para el informe correspondiente.

Secretaria 27. Remite, mediante memorándum el informe y antecedentes al Area de Gestión Pedagógica. AREA DE GESTION PEDAGOGICA (Paso 04) Secretaría 28. Registro y Asignación de Expediente Especialista de Gestión Pedagógica. 29. Verifica si los documentos de Gestión, están acorde con los lineamientos requeridos por el

Ministerio de Educación 30. Elabora el Informe Técnico Pedagógico de procedencia y/o improcedencia (Original y 2 Copias);

Anexa Original y Acta o; archiva Primera Copia y entrega Segunda Copia a la Secretaria para el archivo del Área.

Secretaria 31. Remite, mediante memorándum el informe y antecedentes al Area de Gestión Institucional. AREA DE GESTION INSTITUCIONAL (Paso 05) Especialista de Racionalización 32. Recibe el expediente y firma como cargo en el Cuaderno de Correspondencia 33. Realiza el estudio y análisis del expediente 34. Elabora y remite el Informe final y oficio de Funcionamiento de una institución Educativa (Original

y 2 copias), visado por el Jefe de Area. Secretaria 35. Remite el Oficio (original y tres copias) y antecedentes a Dirección. ORGANO DE DIRECCION (Paso 06) Secretaria 24 Recepciona el Oficio y deriva al Director para la firma Director 25 Firma el Oficio y devuelve a Secretaria Secretaria. 36. Enumera el oficio (original y 03 copias) y 37. Remite el Oficio, adjuntando los antecedentes a la Dirección Regional de Educación de Lima

Metropolitana para el tramite correspondiente. Se deriva a la DRELM. DURACION

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50 días

ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN DE AMPLIACIÓN DE NIVEL DE UNA I.E. PRIVADA CÓDIGO: AGI/RAC-02

EQUIPO DE RACIONALIZACIÓN

OBJETIVO Autorizar la Ampliación de servicios educativos de una Institución Educativa de Gestión Privada: Educación Básica Regular - Básica Especial y Básica Alternativa. BASE LEGAL

Constitución Política del Perú

Ley Nº 28044 Ley General de de Educación y su reglamento Decreto Supremo Nº 011-2012-ED

Ley Nº 26549 Ley de Instituciones Educativa Privadas

Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General

Ley Nº 27665 Ley de Protección a la Economía Familiar respecto al pago de pensiones en Centros y Programas Educativas Privadas.

D. S. Nº 009-2006--ED Reglamento de las Instituciones Privadas de Educación Básica y Educación Técnico-Productiva.

D. S .Nº 011-98-ED Modifica artículo del Reglamento de infracciones y sanciones para Instituciones Educativas Privada

D .S .Nº 016-20114-ED que aprueba el Texto Único de Procedimientos del Ministerio de Educación

R. M. Nº 181-2004-ED Nuevo Procedimiento para a aplicación del Reglamento de Multas y Sanciones

R. M. Nº 070-2008-ED Procedimiento Administrativo a cargo de las Direcciones Regionales de Educación y demás instancias de gestión educativa descentralizada.

Directiva Nº 032-DRELM-UGI/EI-ER-2010 Directiva de Instituciones Educativas Privadas REQUISITOS 1. Solicitud dirigida al Director Regional de Educación de Lima Metropolitana y presentada ante la UGEL

, en Formulario Único de Trámite (FUT), 2. Fundamentación del Director de la Institución Educativa, sobre la necesidad de la ampliación. 3. Proyecto Educativo Institucional (PEI) de Ampliación del Servicio Educativo Proyecto Curricular

Institucional (PCI), Plan Anual de Trabajo (PAT), Reglamento Interno (RI). 4. Planos de ubicación (a escala 1/500), distribución o áreas (a escala 1/100, 1/50, 1/75 dependiendo de

la magnitud del proyecto o dimensiones del terreno), 5. Certificación de Parámetros y/o Zonificación emitida por la Municipalidad. 6. Copia del Informe Técnico y/o Certificado de Seguridad, expedido por Defensa Civil. 7. Inventario del mobiliario, material educativo pertinente, equipos y bienes con que contará la Institución

Educativa, para las nuevas metas de atención. 8. Metas de atención, área de influencia e índice de crecimiento de la población escolar en los últimos

años o grados. 9. En Educación Básica Alternativa la ampliación de formas de atención, requiere autorización expresa

de la DIGEBA. 10. Todas las Resoluciones Directorales fedateadas con que cuente la Institución Educativa.

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ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN DE AMPLIACIÓN DE NIVEL DE UNA I.E. PRIVADA CÓDIGO: AGI/RAC-02

EQUIPO DE RACIONALIZACIÓN

11. Recibo de pago por derecho de Ampliación, de acuerdo al monto autorizado por el Equipo de Tesorería del Área de Gestión Administrativa de la UGEL.

ORIGEN El Promotor de la Institución Educativa presenta el Expediente conteniendo todos los requisitos al Equipo de Trámite Documentario. DESCRIPCION TRAMITE DOCUMENTARIO (Paso 01) Técnico Administrativo (Mesa de partes) 1. Ingresa el Expediente, donde se le asigna el Número de Expediente. AREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL (Paso 02) Secretaria 2. Recepciona y registra. Especialista de Racionalización 3. Recibe el expediente y firma el cargo en el Cuaderno de Correspondencia 4. Especialista verifica que los documentos se encuentren de acuerdo a los requisitos, dando

un plazo de 10 días para que subsanen la información observada. 5. Remite del expediente al Especialista de Infraestructura. AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA (Paso 03) Secretaria 6. Recepciona y registra y el Expediente. Especialista de Infraestructura 7. Verifica que el local sea el adecuado para un Centro o Programa Educativo y se tiene en

cuenta lo siguiente: Las medidas, los accesos y la seguridad Tener ambientes para biblioteca, laboratorio, patio etc.

8. Levanta un Acta de Verificación o llena Ficha Informe de Verificación de Condiciones Pedagógicas e Infraestructura para Autorización de Instituciones Educativas Privadas

9. Elabora Informe Técnico de Infraestructura (Original y 2 Copias) en caso de estar conforme; Anexa Original y Acta o Ficha de Verificación al Expediente; archiva Primera Copia y entrega Segunda Copia a la Secretaria para el archivo del Área, de no contar con los requisitos otorga 10 días para que se subsane la información según dispositivos vigente, seguidamente elabora el informe de procedente y/o improcedencia y deriva a AGP para que se continúe con el tramite correspondiente.

Secretaria 10. Remite, mediante memorándum el informe y antecedentes al Área de Gestión

Administrativa.

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ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: AUTORIZACIÓN DE AMPLIACIÓN DE NIVEL DE UNA I.E. PRIVADA CÓDIGO: AGI/RAC-02

EQUIPO DE RACIONALIZACIÓN

AREA DE GESTION PEDAGOGICA (Paso 04) Secretaria 11. Recepciona y registra el Expediente Especialista de Gestión Pedagógica. 12. Verifica si los documentos de Gestión, están acorde con los lineamientos requeridos por el

Ministerio de Educación 13. Prepara el Informe Técnico Pedagógico Original y 2 Copias de Procedencia y/o

improcedencia; Anexa Original y Acta o; archiva Primera Copia y entrega Segunda Copia a la Secretaria para el archivo del Area.

Secretaria 14. Remite, mediante memorándum el informe y antecedentes al Area de Gestión Institucional. AREA DE GESTION INSTITUCIONAL (Paso 05) Especialista de Racionalización 15. Recibe el expediente y firma como cargo en el Cuaderno de Correspondencia. 16. Realiza el estudio y análisis del expediente. 17. Elabora y remite el Informe final de ampliación y/o improcedencia y lo deriva al Jefe para

que ordene la proyección de la Resolución Directoral. . Secretaria 18. Remite el Informe y Proyecto de Resolución Directoral al Órgano de Asesoría Jurídica para su

visación. ORGANO DE ASESORÍA JURÍDICA: (Paso 06) Secretaria 20. Recibe, registra y deriva el proyecto de Resolución Directoral y sus antecedentes al Despacho del Asesor Jurídico. Asesor Jurídico 21. Revisa y visa el Proyecto de Resolución Directoral para que se derive a Dirección para la firma ORGANO DE DIRECCION (Paso 07) Director 22. Firma la Resolución Directoral. Secretaria 23. Deriva al Área de Gestión Institucional para que se enumere a través de Mesa de Partes.

FIN DURACION:

50 días

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Page 105: ÁREA DE ADMINISTRACIÓN

ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: CAMBIO DE DIRECTOR DE UNA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DE GESTIÓN PRIVADA

CÓDIGO: AG/RAC- 03

EQUIPO DE RACIONALIZACIÓN

OBJETIVO CAMBIO DE DIRECTOR DE INSTITUCIÓN EDUCATIVA DE GESTIÓN PRIVADA: EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR, EDUCACIÓN BÁSICA ESPECIAL Y EDUCACIÓN BÁSICA ALTERNATIVA. BASE LEGAL

Constitución Política del Perú

Ley Nº 28044 Ley General de de Educación y su reglamento Decreto Supremo Nº 011-2012-ED

Ley Nº 26549 Ley de Instituciones Educativa Privadas

Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General

Ley Nº 27665 Ley de Protección a la Economía Familiar respecto al pago de pensiones en Centros y Programas Educativas Privadas.

D. S. Nº 009-2006--ED Reglamento de las Instituciones Privadas de Educación Básica y Educación Técnico-Productiva.

D. S .Nº 011-98-ED Modifica artículo del Reglamento de infracciones y sanciones para Instituciones Educativas Privada

D .S .Nº 016-20114-ED que aprueba el Texto Único de Procedimientos del Ministerio de Educación

R. M. Nº 181-2004-ED Nuevo Procedimiento para a aplicación del Reglamento de Multas y Sanciones

R. M. Nº 070-2008-ED Procedimiento Administrativo a cargo de las Direcciones Regionales de Educación y demás instancias de gestión educativa descentralizada.

Directiva Nº 032-DRELM-UGI/EI-ER-2010 Directiva de Instituciones Educativas Privadas

REQUISITOS

Solicitud.- La solicitud se presenta con el Formulario único de Trámite.

Copia autenticada del DNI. del Promotor y Director.

Si es persona natural.- Copia autenticada del DNI. Promotor y Director de la IE.

Si es personal jurídica.- Copia autenticada del DNI. Del Director y Copia autenticada de la primera hoja de la Constitución de la Sociedad debidamente legalizada por el Notario.

Copia Autenticada del Acta de la sociedad donde se registre el acuerdo de cambiar, ratificar o reconocer al Director (sólo para persona Jurídica) y Vigencia del Poder.

Resolución Directoral UGEL del Director anterior.

Título del Director autenticado por la DRELM.

Registro de Colegiatura, carné y/o Constancia del Colegio de Profesores vigente

Certificado original de antecedentes penales.

Certificado Psicológico expedida por el Ministerio de Salud.

Declaración jurada simple de no tener antecedentes policiales.

Recibo de pago por el trámite a realizar.

Constancia de experiencia laboral por mas de 05 años como docente

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ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: CAMBIO DE DIRECTOR DE UNA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DE GESTIÓN PRIVADA

CÓDIGO: AG/RAC- 03

EQUIPO DE RACIONALIZACIÓN

ORIGEN El Promotor de la Institución Educativa presenta el Expediente conteniendo todos los requisitos al Equipo de Trámite Documentario. DESCRIPCION TRAMITE DOCUMENTARIO (Paso 01) Técnico Administrativo (Mesa de partes) 24. Ingresa el Expediente a Trámite Documentario, donde se le asignará el Número de Expediente. AREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL (Paso 02) Secretaria 25. Recepciona, Registro el Expediente. Especialista de Racionalización 3 Recibe el expediente y firma como cargo en el Cuaderno de Correspondencia 4 Realiza el estudio y análisis del expediente y concede 10 días de plazo para que el administrado

subsane las observaciones 5 Elabora el Oficio y el Informe (Original y 2 Copias). Secretaria 6 Recibe el Oficio, los informes (original y dos copias) y antecedentes. 7 Registra el Oficio, el informe y antecedentes 8 Entrega una copia del Informe al Especialista de Racionalización, en conformidad, archivando la

otra copia. 9 Entrega el oficio original, el informe original y antecedentes al Jefe de Area. Jefe del Área 10 Revisa el Oficio, el Informe y antecedentes por el Especialista de Racionalización, visa el Oficio y

entrega a la Secretaria. Secretaria 11 Recepciona y Remite el Oficio (original y dos copias) y antecedentes a Dirección. ORGANO DE DIRECCION (Paso 03) Secretaria de Dirección 12 Recepciona el Oficio y Antecedentes 13 Deriva el Oficio y antecedentes al Director para la firma correspondiente Director 14 firma el oficio y devuelve a Secretaria Secretaria 15 Enumera el Oficio y deriva AREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL (PASO 04) Secretaria. 16 Recepciona el Oficio y antecedentes del Órgano de Dirección 17 Descarga en el Sistema el Expediente. 18 Remite el Oficio, adjuntando los antecedentes a la Dirección Regional de Educación de Lima

Metropolitana. DURACIÓN 20 días

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Page 108: ÁREA DE ADMINISTRACIÓN

ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: RATIFICACION DE DIRECTOR DE UNA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DE GESTIÓN PRIVADA

CÓDIGO: AGI/RAC-04

EQUIPO DE RACIONALIZACIÓN

OBJETIVO RATIFICACION DE DIRECTOR DE INSTITUCIÓN EDUCATIVA DE GESTIÓN PRIVADA: EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR, EDUCACIÓN BÁSICA ESPECIAL Y EDUCACIÓN BÁSICA ALTERNATIVA. BASE LEGAL

Constitución Política del Perú

Ley Nº 28044 Ley General de de Educación y su reglamento Decreto Supremo Nº 011-2012-ED

Ley Nº 26549 Ley de Instituciones Educativa Privadas

Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General

Ley Nº 27665 Ley de Protección a la Economía Familiar respecto al pago de pensiones en Centros y Programas Educativas Privadas.

D. S. Nº 009-2006--ED Reglamento de las Instituciones Privadas de Educación Básica y Educación Técnico-Productiva.

D. S .Nº 011-98-ED Modifica artículo del Reglamento de infracciones y sanciones para Instituciones Educativas Privada

D .S .Nº 016-20114-ED que aprueba el Texto Único de Procedimientos del Ministerio de Educación

R. M. Nº 181-2004-ED Nuevo Procedimiento para a aplicación del Reglamento de Multas y Sanciones

R. M. Nº 070-2008-ED Procedimiento Administrativo a cargo de las Direcciones Regionales de Educación y demás instancias de gestión educativa descentralizada.

Directiva Nº 032-DRELM-UGI/EI-ER-2010 Directiva de Instituciones Educativas Privadas

REQUISITOS

Solicitud.- La solicitud se presenta con el Formulario único de Trámite.

Copia autenticada del DNI. del Promotor y Director.

Si es persona natural.- Copia autenticada del DNI. Promotor y Director de la IE.

Si es personal jurídica.- Copia autenticada del DNI. Del Director y Copia autenticada de la primera hoja de la Constitución de la Sociedad debidamente legalizada por el Notario.

Copia Autenticada del Acta de la sociedad donde se registre el acuerdo de cambiar, ratificar o reconocer al Director (sólo para persona Jurídica) y Vigencia del Poder.

Resolución Directoral UGEL del Director anterior.

Título del Director autenticado por la DRELM.

Registro de Colegiatura, carné y/o Constancia del Colegio de Profesores vigente

Certificado original de antecedentes penales.

Certificado Psicológico expedida por el Ministerio de Salud.

Declaración jurada simple de no tener antecedentes policiales.

Recibo de pago por el trámite a realizar.

Constancia de experiencia laboral por mas de 05 años como docente

ORIGEN El Promotor de la Institución Educativa presenta el Expediente conteniendo todos los requisitos al Equipo de Trámite Documentario.

Page 109: ÁREA DE ADMINISTRACIÓN

ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: RATIFICACION DE DIRECTOR DE UNA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DE GESTIÓN PRIVADA

CÓDIGO: AGI/RAC-04

EQUIPO DE RACIONALIZACIÓN

DESCRIPCION TRAMITE DOCUMENTARIO (Paso 01) Técnico Administrativo (Mesa de partes) 26. Ingresa el Expediente a Trámite Documentario, donde se le asignará el Número de Expediente. AREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL (Paso 02) Secretaria 27. Recepciona, Registro el Expediente. Especialista de Racionalización 14 Recibe el expediente y firma como cargo en el Cuaderno de Correspondencia 15 Realiza el estudio y análisis del expediente y concede 10 días de plazo para que el administrado

subsane las observaciones 16 Elabora el Informe y Proyecto de Resolución Directoral. Secretaria 17 Recibe el Informe y deriva a Despacho del Jefe del Área . Jefe del Área 18 Revisa el Informe y dispone la proyección de la Resolución Directoral Secretaria 19 Recepciona y Remite el Proyecto de Resolución Directoral y antecedentes a la Oficina de Asesoría

Jurídica. ORGANO DE DIRECCION (Paso 03) Asesoría Jurídica 20 Recepciona, verifica y visa el proyecto de Resolución Directoral 21 Deriva al Despacho de Dirección para la firma Secretaria de Dirección 22 Recepciona el Proyecto y sus Antecedentes y lo registra 23 Deriva el Proyecto al Director para la firma correspondiente Director 14 firma la Resolución Directoral y devuelve a Secretaria Secretaria 15 Registra y devuelve al Área de AGI AREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL (PASO 04) Secretaria. 16 Recepciona el Proyecto y antecedentes del Órgano de Dirección 17 Deriva a la oficina de Trámite Documentario para que se enumere DURACIÓN 20 días

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Page 111: ÁREA DE ADMINISTRACIÓN

ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: CAMBIO DE PROMOTOR DE INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA CÓDIGO: AGI/RAC -05

EQUIPO DE RACIONALIZACIÓN

OBJETIVO CAMBIO DE PROMOTOR DE INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA BASE LEGAL

Constitución Política del Perú

Ley Nº 28044 Ley General de de Educación y su reglamento Decreto Supremo Nº 011-2012-ED

Ley Nº 26549 Ley de Instituciones Educativa Privadas

Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General

Ley Nº 27665 Ley de Protección a la Economía Familiar respecto al pago de pensiones en Centros y Programas Educativas Privadas.

D. S. Nº 009-2006--ED Reglamento de las Instituciones Privadas de Educación Básica y Educación Técnico-Productiva.

D. S .Nº 011-98-ED Modifica artículo del Reglamento de infracciones y sanciones para Instituciones Educativas Privada

D .S .Nº 016-20114-ED que aprueba el Texto Único de Procedimientos del Ministerio de Educación

R. M. Nº 181-2004-ED Nuevo Procedimiento para a aplicación del Reglamento de Multas y Sanciones

R. M. Nº 070-2008-ED Procedimiento Administrativo a cargo de las Direcciones Regionales de Educación y demás instancias de gestión educativa descentralizada.

Directiva Nº 032-DRELM-UGI/EI-ER-2010 Directiva de Instituciones Educativas Privadas

REQUISITOS

Solicitud.- La solicitud se presenta con el Formulario único de Trámite.

Copia autenticada del DNI. del nuevo Promotor.

Si es persona jurídica – Copia autenticada del DNI. Del Director y Copia autenticada de la primera hoja

De la Constitución de la Sociedad debidamente legalizada por el Notario

Copia Autenticada del Acta de la sociedad donde se registre el acuerdo de cambiar, ratificar o reconocer al Director (sólo para persona jurídica) y Vigencia del poder

Resolución Directoral Ugel del Director anterior

Declaración Jurada simple del Promotor

RUC

Transferencia de derechos legalizado notarial

Certificado de antecedentes penales

Copia de resoluciones de la IEP

Constancia de no adeudo (Estadística)

Recibo de pago por el trámite a realizar

ORIGEN

Page 112: ÁREA DE ADMINISTRACIÓN

El Promotor de la Institución Educativa presenta el Expediente conteniendo todos los requisitos al Equipo de Trámite Documentario.

ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: CAMBIO DE PROMOTOR DE INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA CÓDIGO: AGI/RAC -05

EQUIPO DE RACIONALIZACIÓN

DESCRIPCION TRAMITE DOCUMENTARIO (Paso 01) Técnico Administrativo (Mesa de partes) 28. Ingresa el Expediente a Trámite Documentario, donde se le asignará el Número de Expediente. AREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL (Paso 02) Secretaria 29. Recepciona, Registro el Expediente. Especialista de Racionalización 24 Recibe el expediente y firma como cargo en el Cuaderno de Correspondencia 25 Realiza el estudio y análisis del expediente y concede 10 días de plazo para que el administrado

subsane las observaciones 26 Elabora el Oficio y el Informe (Original y 2 Copias). Secretaria 27 Recibe el Oficio, los informes (original y dos copias) y antecedentes. 28 Registra el Oficio, el informe y antecedentes 29 Entrega una copia del Informe al Especialista de Racionalización, en conformidad, archivando la

otra copia. 30 Entrega el oficio original, el informe original y antecedentes al Jefe de Area. Jefe del Área 31 Revisa el Oficio, el Informe y antecedentes por el Especialista de Racionalización, visa el Oficio y

entrega a la Secretaria. Secretaria 32 Recepciona y Remite el Oficio (original y dos copias) y antecedentes a Dirección. ORGANO DE DIRECCION (Paso 03) Secretaria de Dirección 33 Recepciona el Oficio y Antecedentes 34 Deriva el Oficio y antecedentes al Director para la firma correspondiente Director 14 firma el oficio y devuelve a Secretaria Secretaria 15 Enumera el Oficio y deriva AREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL (PASO 04) Secretaria. 16 Recepciona el Oficio y antecedentes del Órgano de Dirección 17 Descarga en el Sistema el Expediente. 18 Remite el Oficio, adjuntando los antecedentes a la Dirección Regional de Educación de Lima

Metropolitana. DURACIÓN 20 días

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Page 114: ÁREA DE ADMINISTRACIÓN

ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: TRASLADO DE LOCAL DE INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA CÓDIGO: AGI/RAC -06

EQUIPO DE RACIONALIZACIÓN

OBJETIVO TRASLADO DE LOCAL DE INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA BASE LEGAL

Constitución Política del Perú

Ley Nº 28044 Ley General de de Educación y su reglamento Decreto Supremo Nº 011-2012-ED

Ley Nº 26549 Ley de Instituciones Educativa Privadas

Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General

Ley Nº 27665 Ley de Protección a la Economía Familiar respecto al pago de pensiones en Centros y Programas Educativas Privadas.

D. S. Nº 009-2006--ED Reglamento de las Instituciones Privadas de Educación Básica y Educación Técnico-Productiva.

D. S .Nº 011-98-ED Modifica artículo del Reglamento de infracciones y sanciones para Instituciones Educativas Privada

D .S .Nº 016-20114-ED que aprueba el Texto Único de Procedimientos del Ministerio de Educación

R. M. Nº 181-2004-ED Nuevo Procedimiento para a aplicación del Reglamento de Multas y Sanciones

R. M. Nº 070-2008-ED Procedimiento Administrativo a cargo de las Direcciones Regionales de Educación y demás instancias de gestión educativa descentralizada.

Directiva Nº 032-DRELM-UGI/EI-ER-2010 Directiva de Instituciones Educativas Privadas

REQUISITOS

Solicitud.- La solicitud se presenta con el Formulario único de Trámite.

Copia autenticada del DNI. del Promotor.

Fundamentación del Traslado

Certificado de Defensa Civil de la Municipalidad

Certificado de Compatibilidad de Uso y Zonificación.

Planos de Ubicación

Distribución memoria Descriptiva, Carta de seguridad firmado por Ing. y/o Arq.

Título de Propiedad y/o Contrato de Alquiler Notarial

Copia de Resoluciones de la IEP Fedateadas

Si es persona jurídica presentar Acta del acuerdo de hacer el traslado de local legalizada

Recibo de pago

ORIGEN El Promotor de la Institución Educativa presenta el Expediente conteniendo todos los requisitos al Equipo de Trámite Documentario.

Page 115: ÁREA DE ADMINISTRACIÓN

ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: TRASLADO DE LOCAL DE INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA CÓDIGO: AGI/RAC -06

EQUIPO DE RACIONALIZACIÓN

DESCRIPCION TRAMITE DOCUMENTARIO (Paso 01) Técnico Administrativo (Mesa de partes) 1. Ingresa el Expediente a Trámite Documentario, donde se le asignará el Número de Expediente. AREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL (Paso 02) Secretaria 2. Recepciona, Registro el Expediente. Especialista de Racionalización 3 Recibe el expediente y firma como cargo en el Cuaderno de Correspondencia 4 Realiza el estudio y análisis del expediente y concede 10 días de plazo para que el administrado

subsane las observaciones 5 Elabora el Oficio y el Informe (Original y 2 Copias). 6 Deriva al Equipo de Infraestructura para el estudio correspondiente AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA (Paso 03) Especialista de Infraestructura 7 Verifica que el local sea el adecuado para un Centro o Programa Educativo y se tiene en cuenta lo

siguiente: Las medidas, los accesos y la seguridad Tener ambientes para biblioteca, laboratorio, patio etc.

8 Levanta un Acta de Verificación o llena Ficha Informe de Verificación de Condiciones Pedagógicas e Infraestructura para Autorización de Instituciones Educativas Privadas

9 Elabora Informe Técnico de Infraestructura (Original y 2 Copias) en caso de estar conforme; Anexa Original y Acta o Ficha de Verificación al Expediente; archiva Primera Copia y entrega Segunda Copia a la Secretaria para el archivo del Área, de no contar con los requisitos otorga 10 días para que se subsane la información según dispositivos vigente, seguidamente elabora el informe de procedente y/o improcedencia y deriva a AGU para que se continúe con el tramite correspondiente.

AREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL (Paso 04) Secretaria 10 Recibe el Oficio, los informes (original y dos copias) y antecedentes. 11 Registra el Oficio, el informe y antecedentes 12 Entrega una copia del Informe al Especialista de Racionalización, en conformidad, archivando la otra

copia. 13 Entrega el oficio original, el informe original y antecedentes al Jefe de Área. Jefe del Área 14 Revisa el Oficio, el Informe y antecedentes por el Especialista de Racionalización, visa el Oficio y

entrega a la Secretaria.

Page 116: ÁREA DE ADMINISTRACIÓN

ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: TRASLADO DE LOCAL DE INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA CÓDIGO: AGI/RAC -06

EQUIPO DE RACIONALIZACIÓN

Secretaria 15 Recepciona y Remite el Oficio (original y dos copias) y antecedentes a Dirección. ORGANO DE DIRECCION (Paso 03) Secretaria de Dirección 16 Recepciona el Oficio y Antecedentes 17 Deriva el Oficio y antecedentes al Director para la firma correspondiente Director 14 firma el oficio y devuelve a Secretaria Secretaria 15 Enumera el Oficio y deriva AREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL (PASO 04) Secretaria. 16 Recepciona el Oficio y antecedentes del Órgano de Dirección 17 Descarga en el Sistema el Expediente. 18 Remite el Oficio, adjuntando los antecedentes a la Dirección Regional de Educación de Lima

Metropolitana. DURACIÓN 20 días

Page 117: ÁREA DE ADMINISTRACIÓN
Page 118: ÁREA DE ADMINISTRACIÓN

ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: CAMBIO DE NOMBRE DE INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA CÓDIGO: AGI/RAC -07

EQUIPO DE RACIONALIZACIÓN

OBJETIVO CAMBIO DE NOMBRE DE INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA BASE LEGAL

Constitución Política del Perú

Ley Nº 28044 Ley General de de Educación y su reglamento Decreto Supremo Nº 011-2012-ED

Ley Nº 26549 Ley de Instituciones Educativa Privadas

Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General

Ley Nº 27665 Ley de Protección a la Economía Familiar respecto al pago de pensiones en Centros y Programas Educativas Privadas.

D. S. Nº 009-2006--ED Reglamento de las Instituciones Privadas de Educación Básica y Educación Técnico-Productiva.

D. S .Nº 011-98-ED Modifica artículo del Reglamento de infracciones y sanciones para Instituciones Educativas Privada

D .S .Nº 016-20114-ED que aprueba el Texto Único de Procedimientos del Ministerio de Educación

R. M. Nº 181-2004-ED Nuevo Procedimiento para a aplicación del Reglamento de Multas y Sanciones

R. M. Nº 070-2008-ED Procedimiento Administrativo a cargo de las Direcciones Regionales de Educación y demás instancias de gestión educativa descentralizada.

Directiva Nº 032-DRELM-UGI/EI-ER-2010 Directiva de Instituciones Educativas Privadas

REQUISITOS

Solicitud.- La solicitud se presenta con el Formulario único de Trámite.

Copia autenticada del DNI. del Promotor.

Fundamentacion del cambio de nombre

Terna de 03 nombres fundamentadas

RUC ( Hoja Informativa de la SUNAT)

Resoluciones de la IEP fedateadas

Si es personal jurídica presentar Acta del acuerdo de hacer el cambio de nombre

Recibo de Pago del trámite a realizar

ORIGEN El Promotor de la Institución Educativa presenta el Expediente conteniendo todos los requisitos al Equipo de Trámite Documentario. DESCRIPCION TRAMITE DOCUMENTARIO (Paso 01)

Page 119: ÁREA DE ADMINISTRACIÓN

Técnico Administrativo (Mesa de partes) 1. Ingresa el Expediente a Trámite Documentario, donde se le asignará el Número de Expediente.

ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: CAMBIO DE NOMBRE DE INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA CÓDIGO: AGI/RAC -07

EQUIPO DE RACIONALIZACIÓN

AREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL (Paso 02) Secretaria 2. Recepciona, Registro el Expediente. Especialista de Racionalización 3 Recibe el expediente y firma como cargo en el Cuaderno de Correspondencia 4 Realiza el estudio y análisis del expediente y concede 10 días de plazo para que el administrado

subsane las observaciones 5 Elabora el Oficio y el Informe (Original y 2 Copias). Secretaria 6 Recibe el Oficio, los informes (original y dos copias) y antecedentes. 7 Registra el Oficio, el informe y antecedentes 8 Entrega una copia del Informe al Especialista de Racionalización, en conformidad, archivando la otra

copia. 9 Entrega el oficio original, el informe original y antecedentes al Jefe de Area. Jefe del Área 10 Revisa el Oficio, el Informe y antecedentes por el Especialista de Racionalización, visa el Oficio y

entrega a la Secretaria. Secretaria 11 Recepciona y Remite el Oficio (original y dos copias) y antecedentes a Dirección. ORGANO DE DIRECCION (Paso 03) Secretaria de Dirección 12 Recepciona el Oficio y Antecedentes 13 Deriva el Oficio y antecedentes al Director para la firma correspondiente Director 14 firma el oficio y devuelve a Secretaria Secretaria 15 Enumera el Oficio y deriva AREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL (PASO 04) Secretaria. 16 Recepciona el Oficio y antecedentes del Órgano de Dirección 17 Descarga en el Sistema el Expediente. 18 Remite el Oficio, adjuntando los antecedentes a la Dirección Regional de Educación de Lima

Metropolitana. DURACIÓN 10 días

Page 120: ÁREA DE ADMINISTRACIÓN
Page 121: ÁREA DE ADMINISTRACIÓN

ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: REGISTRO DE APAFA Y CONSEJO DE VIGILANCIA

CÓDIGO: AGI/APAFA-01

EQUIPO DE PLANIFICACION-APAFA

OBJETIVOS Registro de Apafa y Consejo de Vigilancia de Instituciones Educativas BASE LEGAL

Ley Nº 28628 Ley de Asociación de Padres de Familia y su D.S. Nº 004-2006-Ed

Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Directiva de inicial del año Escolar

Ley Nº 27815 Ley de Código de Ética de la Función Pública

Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. . REQUISITOS

FUT

Copia del Acta del Proceso Electoral

Informe del Comité Electoral

DNI de todos los integrantes de APAFA y vigilancia ORIGEN Procedimiento, se origina cuando se presenta el expediente ante la Mesa de Partes DESCRIPCIÓN AREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL (Paso 01) Especialista de APAFA 23. Revisa el expediente si esta conforme los requisitos de acuerdo a ley 24. Verificado si esta conforme , se procede a registrar en el Libro de Actas de la UGEL Nº 04 25. Se emite la constancia de registro al usuario, dicha constancia es firmada por el Jefe del Área de

Gestión Institucional 26. Si no esta conforme lo devuelve con Oficio dándole un plazo de 10 días, de conformidad al numeral

Nº 04 del Artículo 132 de la Ley Nº 27444 Jefe 27. Firma la Constancia y devuelve a Secretaría. Secretaría 6. Registro y entrega al usuario FIN DURACION 5 días

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ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: RESOLUCION DE CONEI CÓDIGO: AGI/APAFA-02

EQUIPO DE PLANIFICACION-APAFA

OBJETIVOS Emitir las Resoluciones de CONEI BASE LEGAL

Ley Nº 28628 Ley de Asociación de Padres de Familia y su D.S. Nº 004-2006-ED

Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Directiva Nº 088-2003-VMGI

Directiva de inicial del año Escolar

Ley Nº 27815 Ley de Código de Ética de la Función Pública

Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública REQUISITOS

FUT

Copia del Acta de Instalación de la Comisión de CONEI

Copia de la Resolución de reconocimiento de parte de la Dirección de la Institución Educativa

DNI de todos los integrantes

Relación de integrantes de CONEI ORIGEN Procedimiento, se origina cuando se presenta el expediente ante la Mesa de Partes DESCRIPCIÓN AREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL (Paso 01) Especialista de APAFA 1. Revisa el expediente si esta conforme los requisitos de acuerdo a ley 2. Verificado si esta conforme , se procede a registrar en el Libro de Actas del CONEI de la UGEL Nº

04 3. Se emite el informe técnico y el Proyecto de Resolución Directoral 4. Si no esta conforme lo devuelve con Oficio dándole un plazo de 10 días, de conformidad al numeral

Nº 04 del Artículo 132 de la Ley Nº 27444 Jefe 5. Revisa el informe y dispone la proyección de la Resolución Directoral 6. Visa el Proyecto de RD Secretaria 7. Registra y deriva al Órgano de Asesoría Jurídica ORGANO DE ASESORÍA JURIDICA (Paso 02) Asesor Jurídico 8. Revisa y visa el proyecto de RD

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ORGANO DE DIRECCION ( Paso 03) Secretaria 9. Registra y deriva al Director para la firma

ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: RESOLUCION DE CONEI CÓDIGO: AGI/APAFA-02

EQUIPO DE PLANIFICACION-APAFA

Director 10. Firma la Resolución Directoral Tramite Documentario 11. Enumera la Resolución Directoral FIN DURACION 20 días

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ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: MONITOREO Y ASESORAMIENTO DE APAFAS

CÓDIGO: AGI/APAFA-03

EQUIPO DE PLANIFICACIÓN-APAFA

OBJETIVOS Monitoreo y Asesoramiento de APAFAS BASE LEGAL

Ley Nº 28628 Ley de Asociación de Padres de Familia y su D.S. Nº 004-2006-Ed

Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Directiva Nº 088-2003-VMGI

Directiva de inicial del año Escolar

Ley Nº 27815 Ley de Código de Ética de la Función Pública

Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública . REQUISITOS

FUT solicitando la presencia del Especialista de APAFA ORIGEN Procedimiento, se origina cuando se presenta el expediente ante la Mesa de Partes DESCRIPCIÓN AREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL (Paso 01) Especialista de APAFA 1. Acude a la Institución Educativa y levanta Acta con los Padres de Familia respecto al asesoramiento y

deja recomendaciones a cumplir ( 02 horas demora el asesoramiento) 2. Emite el Informe a la Jefatura sobre la problemática que ha encontrado emitiendo recomendaciones 3. Emite Oficios a las APAFAS sobre recomendaciones para el mejor cumplimento de las normas

legales Jefe 4. Revisa el informe y visa el Oficio ORGANO DE DIRECCION (Paso 02) 5. Firma el Oficio FIN DURACION 04 días

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ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: APROBACION DE CERTIFICACIONES PRESUPUESTALES CÓDIGO: AGI/FINANZAS-01

EQUIPO DE FINANZAS

PROCEDIMIENTO Aprobación de Certificaciones Presupuestales. OBJETIVO Establecer el procedimiento para las Aprobaciones de Certificaciones Presupuestales BASE LEGAL Ley Nº 28411 Ley del Sistema Nacional de Presupuesto. Ley Nº 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público vigente. Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley Nº 27815 Ley del Código de Ética de la Función Pública. Normas para la Ejecución Presupuesta que se dictan anualmente Reglamento de Organización y Funciones del MED y de la UGEL Nº 04. Manual de de Organizaciones y Funciones del MED y de la UGEL Nº 04. REQUISITOS Oficio del Área de Gestión Administrativa solicitando la aprobación de Certificación

Presupuestal ORIGEN El procedimiento se origina cuando el Jefe del Área de Gestión Administrativa remite al Área de AGI el documento solicitando la Aprobación de la Certificación Presupuestal para la ejecución de partidas presupuestales DESCRIPCION: AREA DE GESTION INSTITUCIONAL (01 DIA)

Secretaria de AGI 1. Recibe el Oficio presentado por el Área de Gestión Administrativa,, registra y deriva al

Jefe para su Despacho Jefe del Área de Gestión Institucional

2. Revisa y dispone se derive al Especialista de Finanzas para su revisión y atención Especialista de Finanzas

3. Revisa y verifica en el Modulo Presupuestario la existencia del Presupuesto en la Meta específica del gasto solicitada y en atención a la normado en la Directiva sobre normas de ejecución presupuestaria vigente.

4. Visualiza en el Módulo Presupuestario la Certificación emitida por el Módulo Administrativo, aprueba la misma e imprime la certificación solicitada.

5. Si hay observaciones en la solicitud, se rechaza Via Sistema y se devuelve al Área de Gestión Administrativa mediante Oficio.

6. Elabora el Oficio de respuesta al Área de Gestión Administrativa anexando el resumen del Sistema SIAF y lo deriva a la firma del Jefe del Área

Jefe del Área de Gestión Institucional

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7. Revisa, valida y firma el Oficio de respuesta sobre aprobación de Certificación Presupuestal para su derivación al Área de Administración

Secretaria de AGI 8. Enumera y deriva con cargo el Oficio y antecedentes al Área de Gestión Administrativa.

DURACION 03 días.

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ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: APROBACION DE MODIFICACIONES PRESUPUESTALES CÓDIGO: AGI/FINANZAS-02

EQUIPO DE FINANZAS

PROCEDIMIENTO Aprobación de Modificaciones Presupuestales. OBJETIVO Establecer el procedimiento para las Aprobaciones de Modificaciones Presupuestales BASE LEGAL Ley Nº 28411 Ley del Sistema Nacional de Presupuesto. Ley Nº 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público vigente. Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley Nº 27815 Ley del Código de Ética de la Función Pública. Normas para la Ejecución Presupuesta que se dictan anualmente Reglamento de Organización y Funciones del MED y de la UGEL Nº 04. Manual de de Organizaciones y Funciones del MED y de la UGEL Nº 04. REQUISITOS Oficio del Área de Gestión Administrativa solicitando la aprobación de Modificación

Presupuestal ORIGEN El procedimiento se origina cuando el Jefe del Área de Gestión Administrativa remite al Área de AGI el documento solicitando la Aprobación de Modificación Presupuestal de las metas y específicas de gastos, que no son necesarias para habilitar marco presupuestal. DESCRIPCION: AREA DE GESTION INSTITUCIONAL

Secretaria de AGI 1. Recibe el Oficio presentado por el Área de Gestión Administrativa adjuntando el Anexo

03, registra y deriva al Jefe para su Despacho Jefe del Área de Gestión Institucional

2. Revisa y dispone se derive al Especialista de Finanzas para su revisión y atención Especialista de Finanzas

3. Revisa y verifica en el Modulo Presupuestario la existencia del Presupuesto en las metas y específicas de gastos solicitados y en atención a las normas legales vigentes.

4. Si hay observaciones se devuelven con Oficio al Área de Gestión Administrativa para su rectificación..

5. Ejecuta la Modificación presupuestal ( Anexo 03) en el Módulo Presupuestario. 6. Elabora el Informe Técnico dirigido al Jefe del Área, sugiriendo que se derive al Ministerio

de Educación-Unidad de Presupuesto a fin de que la modificación presupuestal sea aprobada por la Sede Central

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7. Implementa el Oficio a ser dirigido al Ministerio de Educación-Unidad de Presupuesto a fin de que sea evaluado para su aprobación.

Jefe del Área de Gestión Institucional

8. Revisa, valida y visa el Oficio dirigido a la Unidad de Presupuesto solicitando la modificatoria presupuestal.

ORGANO DE DIRECCIÓN Secretaria

9. Recibe Oficio y antecedente, registra y deriva al Despacho del Director para su firma Director

10. Revisa y firma el Oficio La Modificación Presupuestal es aprobada por el Ministerio de Educación en el lapso de 02 días siendo visualizada en el Sistema Presupuestal, por lo tanto el Área de Administración solicita la certificación presupuestal en las Metas y Específicas de Gasto.

DURACION 04 días.

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ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: EVALUACION TRIMESTRAL DEL PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL CÓDIGO: AGI/PLAN-01

EQUIPO DE PLANIFICACION

PROCEDIMIENTO Evaluación de las actividades programadas en el Plan Operativo Institucional. OBJETIVO Establecer orientaciones, pasos, para la remisión oportuna de la información de metas físicas y avances cualitativos de las diferentes Unidades Operativas, para la evaluación trimestral de las actividades incluidas en el Plan Operativo Institucional; información que deberá ser cierta, suficiente, adecuada y que incluya las medidas adoptadas, las acciones desarrolladas para la mejora de la ejecución de las actividades. BASE LEGAL Ley Nº 28411 Ley del Sistema Nacional de Presupuesto. Ley Nº 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2013. Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley Nº 27815 Ley del Código de Ética de la Función Pública. Reglamento de Organización y Funciones del MED y de la UGEL Nº 04. Manual de de Organizaciones y Funciones del MED y de la UGEL Nº 04. REQUISITOS Oficios y/o informes de las Unidades Operativas en forma oportuna de logros, dificultades y

medidas adoptadas. ORIGEN El procedimiento se origina cuando se remite a las diferentes Unidades Operativas los requerimientos de información de avances cualitativos y de metas físicas. DESCRIPCION: AREA DE GESTION INSTITUCIONAL

Especialista de Planificación 1. Elabora Oficios y/o Memorandums a las Unidades Orgánicas de la Sede Administrativa,

solicitando lo siguiente: Evaluación Trimestral de metas físicas del Plan Operativo Institucional. Informe de logros, dificultades y medidas adoptadas. Secretaria de AGI

2. Recepciona documentos y deriva al Jefe para la firma. Jefe del Área de Gestión Institucional

3. Revisa los Oficios y/o Memorandums dirigido a las Unidades Orgánicas de la Sede Administrativa, si está conforme, lo firma. Secretaria de AGI

4. Remite los Oficios y/o Memorandums a las Unidades Orgánicas.

UNIDADES ORGÁNICAS (AGA, AGP, AGI, OAJ, OCI,OD) (7 DIAS)*

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5. Secretaria – Recepciona Oficio/Memo y deriva al Jefe para despacho. 6. Jefe – Revisa documentos y designa Oficinas y/o equipos. 7. Secretaria – Distribución del documento a los Equipos/Oficinas. 8. Equipos y Oficinas – Toman acciones de respuesta a los documentos. 9. Secretaria – Recibe documento de respuesta de los equipos/oficinas, para la firma del Jefe. 10. Jefe – Firma documento de respuesta y deriva a la Secretaria. 11. Secretaria – Remite documentos de respuesta a Secretaría del Área de Gestión

Institucional. AREA DE GESTION INSTITUCIONAL

Secretaria de AGI 12. Recepciona documentos emitidos por las Unidades Orgánicas y deriva al Jefe. 13. Deriva los documentos al Especialista de Planificación.

Especialista de Planificación 14. Consolida y evalúa la información de los avances cualitativos y cuantitativos. 15. Implementa los Oficios para el Ministerio de Educación y Dirección Regional de Educación

de Lima Metropolitana. Secretaria de AGI

16. Recepciona Oficios y deriva al Jefe para la firma. Jefe del Área de Gestión Institucional

17. Revisa y visa los Oficios y pasa a Secretaría. Secretaria de AGI

18. Deriva Oficios al Órgano de Dirección. ÓRGANO DE DIRECCION Secretaria

19. Registra los Oficios y deriva al Director para la firma. Director de la UGEL

20. Firma los Oficios. Secretaria

21. Devuelve los oficios firmados a Secretaría del Área de Gestión Institucional. AREA DE GESTION INSTITUCIONAL

Secretaria de AGI 22. Recepciona Oficios y deriva al Especialista de Planificación.

Especialista de Planificación 23. Remite los Oficios al Ministerio de Educación y a la Dirección de Educación de Lima

Metropolitana. Nota: (*) De ser el caso, puede ampliarse el plazo por tres (03) días más.

DURACION 18 días.

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ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: FORMULACION DEL PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL SE REQUIERE PLANES ANUALES DE TRABAJO DE LAS AREAS Y EQUIPOS DE LA SEDE INSTITUCIONAL

CÓDIGO: AGI/PLAN-02

EQUIPO DE PLANIFICACION

PROCEDIMIENTO Formulación de las actividades y tareas a ejecutarse en el Ejercicio Fiscal correspondiente. OBJETIVO Realizar un proceso de planificación estratégica y organizacional en las Áreas, Equipos, Oficinas de la Sede Administrativa y de las Instituciones Educativas de la jurisdicción de la UGEL Nº 04. BASE LEGAL Ley Nº 28411 Ley del Sistema Nacional de Presupuesto. Ley Nº 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2013. Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley Nº 27815 Ley del Código de Ética de la Función Pública. Reglamento de Organización y Funciones del MED y de la UGEL Nº 04. Manual de de Organizaciones y Funciones del MED y de la UGEL Nº 04. REQUISITOS Información Estadística por niveles y distritos:

- Alumnos Matriculados, por nivel y/o modalidad. - Reporte de personal auxiliar y docente. - Reporte de personal administrativo. - Total de Instituciones Educativas.

Información actualizada del Módulo de Recursos Humanos. Cuadro de Necesidades. Proyección de población demográfica por edades y sexo. ORIGEN Directiva emitida y aprobada por el Ministerio de Economía y Finanzas. El Ministerio de Educación envía la Guía para la Formulación del Plan Operativo Institucional de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 04. DESCRIPCION: Labor realizada por un trabajo en conjunto con:

1. AREA DE GESTION INSTITUCIONAL EQUIPO DE PLANIFICACION EQUIPO DE FINANZAS

2. UNIDADES DE COSTEO 3. RESPONSABLE MÓDULO DE RECURSOS HUMANOS 4. RESPONSABLE DE ELABORACION DE CUADRO DE NECESIDADES 5. UNIDADES ORGÁNICAS

- ÁREA DE GESTION ADMINISTRATIVA

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- ÁREA DE GESTION PEGAGÓGICA - ÁREA DE GESTION INSTITUCIONAL - ÓRGANO DE DIRECCION - ÓRGANO DE ASESORÍA JURÍDICA - ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

PROCEDIMIENTO La Elaboración de los Planes de Trabajo y Planes Operativos son realizados en el

presente año para el ejercicio del año siguiente: Elaboración de Planes de Trabajo Recomendable – elaboración y presentación en el mes de Febrero*. Participación y Elaboración de cada Unidad Orgánica. -Diagnóstico Situacional. -Actividades Programadas. -Cronogramas de Actividades. -Costos. -Otros. DURACION 1 a 3 meses * Hasta Abril, si es que requiere actualizaciones y/o modificaciones; antes de iniciar la programación. Elaboración del Plan Operativo Institucional Mayo a Diciembre (Ref:. Directiva del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobación de la Estructura Funcional Programática, Guía metodológica para la Formulación del Plan Operativo Institucional del Ministerio de Educación) -Visión y Misión. -Prioridades de la Política Nacional. -Diagnóstico Situacional. *Ubicación. *Consolidados Estadísticos. *Indicadores Básicos. *Análisis FODA. -Actividades Programadas por Categoría Presupuestaria.(Anexos 5, 6, 7 y C) -Cronogramas de Actividades.(Diagrama Gantt) -Costos. (Depende del Módulo de Recursos Humanos y del Cuadro de Necesidades para la sustentación) -Otros. Debe ser aprobada mediante Resolución Directoral por el Titular de la Entidad.

DURACION 8 meses

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ÁREA DE GESTIÓN PEDAGOGICA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: CAPACITACIÓN A DIRECTORES Y A DOCENTES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS POR REDES EDUCATIVAS

CÓDIGO: AGP-01

OBJETIVOS Capacitar a los Directores y Docentes de las Instituciones Educativas por Redes Educativas BASE LEGAL

Ley Nº 24029 Ley d el Profesorado, y su modificatoria Ley Nº 25212.

Ley Nº 29944 Ley de Reforma Magisterial

Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

D. Leg Nº 276 Ley De Bases De La Carrera Administrativa Y De Remuneraciones. Del Sector Público

D.S. Nº 19-90-ED, Aprueban Reglamento de la Ley del Profesorado

Directiva de Inicio del año escolar vigente y otras REQUISITOS

Plan de Trabajo

Elaboración de diseño y materiales educativos

Implementación de Oficios

Coordinación con Jefatura, Dirección e Instituciones Educativas

Convocatoria a la capacitación ORIGEN Procedimiento, se origina cuando el Jefe y Especialista del Área de Gestión Pedagógica consideran en su Plan de Trabajo Anual, la capacitación a Directores y personal Docente de las Instituciones Educativas por Niveles y Modalidades DESCRIPCIÓN AREA DE GESTIÓN PEDAGOGICA (Paso 01) Jefe y Especialista y Coordinadores de niveles y modalidad 1. Elaboran el Plan del Trabajo del Área de Gestión Pedagógica, en el que considera la capacitación a

Directores y Docentes por redes educativas Especialista 2 Presenta el Plan de Trabajo sobre Capacitación a Directores y Docentes por redes educativas 3 Adjunta el Informe Técnico Pedagógico

Secretaria 4. Registra en el sistema y deriva al Jefe para el despacho correspondiente. Jefe 5. Revisa y/o Aprueba el Plan de Trabajo sobre capacitación y dispone su ejecución. Especialista

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6. Coordina con la Institución Educativa sobre el local, fecha y hora 7. Elabora el Oficio solicitando el uso del local/auditorio para el evento 8. Elabora el Oficio de convocatoria a participar en la Capacitación. Jefe 9. Revisa y visa el Oficio a ser derivado al Director para la firma

ÁREA DE GESTIÓN PEDAGOGICA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: CAPACITACIÓN A DIRECTORES Y A DOCENTES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS POR REDES EDUCATIVAS

CÓDIGO: AGP-01

ORGANO DE DIRECCIÓN (Paso 02) 10. Firma el Oficio de convocatoria AREA DE GESTION PEDAGOGICA (Paso 03) 11. Registro del Oficio de convocatoria 12. Distribución de Oficios sobre la capacitación 13. Difusión del evento a través de la página Web. 14. Entrega al usuario y hace firmar el cargo correspondiente 15. Desarrollo de la Capacitación Especialista 16. Emite Informe del desarrollo de la capacitación Secretaria 17. Registra el informe y deriva al Jefe Jefe 18. Evalúa el Informe y comunica al Despacho de Dirección

FIN DURACION 23 días

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ÁREA DE GESTIÓN PEDAGOGICA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: SUPERVISION, MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO A LOS DIRECTORES Y DOCENTES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS

CÓDIGO: AGP-02

OBJETIVOS Realizar la Supervisión, monitoreo y acompañamiento a los Directores y Docentes de las Instituciones Educativas. BASE LEGAL

Ley Nº 24029 Ley d el Profesorado, y su modificatoria Ley Nº 25212.

Ley Nº 29944 Ley de Reforma Magisterial

Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

D. Leg Nº 276 Ley De Bases De La Carrera Administrativa Y De Remuneraciones. Del Sector Público

D.S. Nº 19-90-ED, Aprueban Reglamento de la Ley del Profesorado

Directiva de Inicio del año escolar vigente y otras REQUISITOS

Plan de Trabajo

Elaboración y distribución de fichas por redes educativas

Visita para monitores

Consolidación de informes e informe a Jefatura ORIGEN Procedimiento, se origina cuando el Jefe y Especialistas del Área de Gestión Pedagógica considera en su Plan de Trabajo la capacitación a Directores y personal Docente de las Instituciones Educativas por redes educativas DESCRIPCIÓN AREA DE GESTIÓN PEDAGOGICA (Paso 01) Especialista 1. Presenta el Plan del Trabajo sobre Supervisión, Monitoreo y Acompañamiento a los Directores y

docentes de las Instituciones Educativas. 2. Distribución de Instituciones Educativas por redes a los Especialistas. 3. Visita para monitores 4. Consolidad información. 5. Informe a la Jefatura del Área Secretaria 6. Registra en el sistema y deriva al Jefe para el despacho correspondiente. Jefe 7. Revisa el Informe y Plan de Trabajo sobre monitoreo y capacitación y dispone su ejecución.

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Especialista 8. Realiza el monitoreo a Directivos por Especialista y Red. 9. Realiza el monitoreo a Personal docente. 10. Emite el Informe a la Jefatura

ÁREA DE GESTIÓN PEDAGOGICA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: SUPERVISION, MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO A LOS DIRECTORES Y DOCENTES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS

CÓDIGO: AGP-02

Jefe 11. Revisa el informe, lo valida y dispone se informe al Despacho del Director para su conocimiento. FIN DURACION 29 días

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ÁREA DE GESTIÓN PEDAGOGICA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: REUNIONES INFORMATIVAS Y DE TRABAJO CON DIRECTORES SUBDIRECTORES, COORDINADORES PEDAGOGICOS Y COORDINADORES DE ÁREA POR REDES EDUCATIVAS

CÓDIGO: AGP-03

OBJETIVOS Realizar reuniones informativas y de trabajo con Directores, subdirectores, coordinadores de área por redes educativas. BASE LEGAL

Ley Nº 24029 Ley d el Profesorado, y su modificatoria Ley Nº 25212.

Ley Nº 29944 Ley de Reforma Magisterial

Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

D. Leg Nº 276 Ley De Bases De La Carrera Administrativa Y De Remuneraciones. Del Sector Público

D.S. Nº 19-90-ED, Aprueban Reglamento de la Ley del Profesorado

Directiva de Inicio del año escolar vigente y otras REQUISITOS

Plan de Trabajo

Elaboración de oficios

Ejecución de reunión de coordinación

Acta de acuerdos ORIGEN Procedimiento, se origina cuando el Jefe y Especialistas del Área de Gestión Pedagógica considera en su Plan de Trabajo reuniones informativas y de trabajo con Directores, Subdirectores, coordinadores de área y Coordinadores por redes educativas. DESCRIPCIÓN AREA DE GESTIÓN PEDAGOGICA (Paso 01) Especialista 1. Presenta el Plan del Trabajo sobre Reuniones informativa y de trabajo con Directores, Subdirectores,

coordinadores pedagógicas y de área por redes educativas. 2. Elaboración de oficios y su difusión Secretaria 3. Registra en el sistema y deriva al Jefe para el despacho correspondiente. Jefe 4. Revisa el Informe y Plan de Trabajo sobre Reuniones informativas y de trabajo con Directores,

Subdirectores, coordinadores de área por redes educativas y dispone su ejecución Especialista 5. Elaboración de Oficios y su difusión

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6. Realiza la Reunión Informativa y de trabajo con Directores, Subdirectores, coordinadores de área por redes educativas.

7. Acta de acuerdos 8. Emite el Informe a la Jefatura

ÁREA DE GESTIÓN PEDAGOGICA – UGEL Nº 04

PROCEDIMIENTO: REUNIONES INFORMATIVAS Y DE TRABAJO CON DIRECTORES SUBDIRECTORES, COORDINADORES PEDAGOGICOS Y COORDINADORES DE ÁREA POR REDES EDUCATIVAS

CÓDIGO: AGP-03

Jefe 9. Revisa el informe, lo valida y dispone se informe al Despacho del Director para su conocimiento. FIN DURACION 20 días

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