"recursos federales y ley de contabilidad gubernamental."
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"Recursos Federales y ley de contabilidad gubernamental." Dr. Anselmo Salvador Chávez Capó Ley de contabilidad gubernamental, elemento central para el control de los Recursos Públicos. 23 de Noviembre 2013 Fiesta Inn Chetumal, Quintana Roo.TRANSCRIPT
La contabilidad gubernamental, elemento central para el control de
los Recursos Públicos
Dr. Anselmo Salvador Chávez Capó
25 de noviembre de 2013
Chetumal, Quintana Roo
Introducción
• En México la Contabilidad Gubernamentaltiene más de cien años de haber aparecido, yde esta manera hacer frente a las demandasde información de los diferentes usuarios.
• Los requerimientos que formulan los diversosusuarios de la información, se constituyen enuno de los principales factores que hanintervenido en la evolución del sistemacontable en México.
Definición
• Es la técnica que sustenta los sistemas decontabilidad gubernamental y que se utiliza parael registro de las transacciones que llevan a cabolos entes públicos, expresados en términosmonetarios, captando los diversos eventoseconómicos identificables y cuantificables queafectan los bienes e inversiones, las obligacionesy pasivos, así como el propio patrimonio, con elfin de generar información financiera que facilitela toma de decisiones y un apoyo confiable en laadministración de los recursos públicos (Art 4°Fracc IV, LGCG)
Definición
• A través de la contabilidad gubernamental, losFuncionarios Públicos deben rendir cuentas alos Organismos Normativos para mostrarcómo administran los recursos públicos.
• Así mismo es una herramienta imprescindiblepara la elaboración del presupuesto.
• La intención es que la gestión financiera delgobierno de turno sea transparente.
Factores que influyen en la generación de información
Evolución del Presupuesto
Congreso de la Unión
Ejecutivo
Demandas InternacionalesOtras
Información de la Contabilidad Gubernamental
Es una función básica de la Contabilidad
Porque así lo establece la normatividad vigente
Por los requerimientos de información que existen
Porque
Información que genera la Contabilidad Gubernamental
Para que
Fiscalización
Plan Nacional de Desarrollo
Evaluación de la Gestión Publica
Control y seguimiento de los ingresos y gastos públicos
Toma de decisiones
Usuarios de la Información Contable
Áreas Externas
SHCPPolitica PresupuestalControl Presupuestal
Contabilidad GubernamentalINEGI
SECODAM
LegislativoCámara de DiputadosContaduría Mayor de
HaciendaOtras
Banco de MéxicoOrganismos Internacionales
Universidades
SHCPPolítica PresupuestalControl Presupuestal
Contabilidad GubernamentalINEGI
Secretaria de la Función Publica
El Sistema de Contabilidad Gubernamental ( Art 16 LGCG)
El sistema, al que deberán sujetarse los entes públicos, registrará las operaciones presupuestarias
• De manera
• Armónica
• Delimitada
• Específica
• las operaciones contables ypresupuestarias, derivadasde la gestión pública, asícomo otros flujoseconómicos.
Generará Estados Financieros
• Confiables
• Oportunos
• Comprensibles
• Periódicos
• Comparables
• Expresados en términos monetarios.
Características de la Información Contable
ConfiabilidadObjetividad
VerificabilidadEstabilidad
UtilidadContenido Informativo
Comparabilidad
RelevanteSignificación
ClaraAccesible
El Sistema de Contabilidad Gubernamental requiere que: (Art. 19 LGCG)
• I. Refleje la aplicación de los principios, normas contables generales y específicas e instrumentos que establezca el consejo;
• II. Facilite el reconocimiento de las operaciones de ingresos, gastos, activos, pasivos y patrimoniales de los entes públicos;
• III. Integre en forma automática el ejercicio presupuestario con la operación contable, a partir de la utilización del gasto devengado;
• IV. Permita que los registros se efectúen considerando la base acumulativa para la integración de la información presupuestaria y contable;
• V. Refleje un registro congruente y ordenado de cada operación que genere derechos y obligaciones derivados de la gestión económico-financiera de los entes públicos;
• VI. Genere, en tiempo real, Estados Financieros, de ejecución presupuestaria y otra información que coadyuve a la toma de decisiones, a la transparencia, a la programación con base en resultados, a la evaluación y a la rendición de cuentas, y
• VII. Facilite el registro y control de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles de los entes públicos.
El Registro Contable de las operaciones
• Deberá permitir la expresión fiable de las transacciones en los estados financieros y considerar las mejores prácticas contables nacionales e internacionales en apoyo a las tareas de planeación financiera, control de recursos, análisis y fiscalización.
• Deberá contener registros auxiliares que muestren los avances presupuestarios y contables, que permitan realizar el seguimiento y evaluar el ejercicio del gasto público y la captación del ingreso, así como el análisis de los saldos contenidos en sus estados financieros.
El registro del presupuesto
• Se efectuará en las cuentas contables que,para tal efecto, establezca el Consejo Nacionalde Armonización Contable, las cuales deberánreflejar:
• I. En lo relativo al gasto, el aprobado,modificado, comprometido, devengado,ejercido y pagado,
• II. En lo relativo al ingreso, el estimado,modificado, devengado y recaudado.
Información Generada por la Contabilidad Gubernamental
Información contable, con la desagregación siguiente: a) Estado de situación financiera; b) Estado de variación en la hacienda pública; c) Estado de cambios en la situación financiera; d) Informes sobre pasivos contingentes; e) Notas a los estados financieros; f) Estado analítico del activo; g) Estado analítico de la deuda y otros pasivos, del cual se derivarán las siguientes
clasificaciones: i. Corto y largo plazo, así como por su origen en interna y externa; ii. Fuentes de financiamiento; iii. Por moneda de contratación, y iv. Por país acreedor;
Para Quien
Áreas Internas
DirecciónAdministración
Control
Áreas ExternasEjecutivo
LegislativoÓrganos de
control
Información Generada por la Contabilidad Gubernamental (Art 46, LGCG)
II. Información presupuestaria, con la desagregación siguiente: a) Estado analítico de ingresos, del que se derivará la presentación en clasificación
económica por fuente de financiamiento y concepto, incluyendo los ingresos excedentes generados;
Inciso reformado DOF 12-11-2012
b) Estado analítico del ejercicio del presupuesto de egresos del que se derivarán las
siguientes clasificaciones: i. Administrativa; ii. Económica y por objeto del gasto, y iii. Funcional-programática;
El estado analítico del ejercicio del presupuesto de egresos deberá identificar los montos y adecuaciones presupuestarias y subejercicios por Ramo y/o Programa;
Párrafo adicionado DOF 12-11-2012
c) Endeudamiento neto, financiamiento menos amortización, del que derivará la
clasificación por su origen en interno y externo; d) Intereses de la deuda; e) Un flujo de fondos que resuma todas las operaciones y los indicadores de la postura fiscal;
Información Programática y complementaria
III. Información programática, con la desagregación siguiente: a) Gasto por categoría programática; b) Programas y proyectos de inversión; c) Indicadores de resultados, y
IV. La información complementaria para generar las cuentas nacionales y atender otros
requerimientos provenientes de organismos internacionales de los que México es miembro. Los estados analíticos sobre deuda pública y otros pasivos, y el de capital deberán considerar por
concepto el saldo inicial del ejercicio, las entradas y salidas por transacciones, otros flujos económicos y el saldo final del ejercicio.
En las cuentas públicas se reportarán los esquemas bursátiles y de coberturas financieras de los entes públicos.
La Cuenta Publica
• I. Información contable, conforme a lo señalado en la fracción I del artículo 46 de esta Ley;
• II. Información Presupuestaria, conforme a lo señalado en la fracción II del artículo 46 de esta Ley;
• III. Información programática, de acuerdo con la clasificación establecida en la fracción III del artículo 46 de esta Ley;
• IV. Análisis cualitativo de los indicadores de la postura fiscal, estableciendo su vínculo con los objetivos y prioridades definidas en la materia, en el programa económico anual:
• a) Ingresos presupuestarios• b) Gastos presupuestarios• c) Postura Fiscal• d) Deuda pública y• V. La información a que se refieren las fracciones I a III de este
artículo, organizada por dependencia y entidad.
Transparencia y difusión de la Información ( Título Quinto)
• La generación y publicación de la
información financiera de los entes
públicos a que se refiere este Título, se
hará conforme a las normas, estructura,
formatos y contenido de la información,
que para tal efecto establezca el consejo y
difundirse en la página de Internet del
respectivo ente público.
Transparencia y difusión de la Información ( Título Quinto, Art 56, 58 LGCG)
• La información financiera que deba incluirse enInternet en términos de este Título deberápublicarse por lo menos trimestralmente, aexcepción de los informes y documentos denaturaleza anual y otros que por virtud de estaLey o disposición legal aplicable tengan un plazo yperiodicidad determinada.
• Difundirse en dicho medio dentro de los treintadías naturales siguientes al cierre del período quecorresponda.
• Asimismo, deberá permanecer disponible enInternet la información correspondiente de losúltimos seis ejercicios fiscales.
Consideraciones Finales
• La Contabilidad Gubernamental sirve adiferentes fines, se canaliza a diversosusuarios, se emite con variada periodicidadatendiendo a necesidades específicas
• La información que genera la contabilidadgubernamental es amplia y variada.
• Debe haber claridad para determinar qué tipode información se utilizara para la toma dedecisiones.
Muchas gracias y buenas tardes