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Preparado por: Dr. Jose Maldonado Stark Lic. Monica Villafaña Aquino www.rvhb.com Referencia LATINLAWYER – Financiación de Adquisiciones 2017 - Cuestionario para República Dominicana

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Preparado por: Dr. Jose Maldonado Stark

Lic. Monica Villafaña Aquino www.rvhb.com

Referencia LATINLAWYER – Financiación de Adquisiciones 2017

- Cuestionario para República Dominicana

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1.¿CuálfueelniveldeFusionesyAdquisicionesfinanciadasenbaseaendeudamientoensujurisdicciónen2016?¿Huboalgunaindustriaosectorquevioalgúnrepuntesignificativoenlasfusionesyadquisicionesylasactividadesrelacionadasconelfinanciamientoen2016ensujurisdicción?

Laactividadde fusionesyadquisicionessemantuvoestableen laRepúblicaDominicanaen2016,convariasoperacionesdefusionesyadquisicionesdealtoperfilenmúltiplesáreasdenegocio, como administración de aeropuertos, gasolineras, cigarros, telecomunicaciones,manufactura,farmacéutica,banca,segurosdesaludyminería,contransaccionesfinanciadasenbaseaendeudamientoquerepresentanunaparteimportantedelasmismas.

2. ¿Qué tipos de inversionistas son las fuentes más frecuentes de financiación deadquisicionesensujurisdicción?

Losbancos,tantonacionalescomoextranjeros,suelenserfuentesfrecuentesdefinanciaciónde adquisiciones en la República Dominicana. Los fondos de inversión extranjera,principalmentede losEstadosUnidos, sonactoresmuyactivosen laRepúblicaDominicanaen este sentido, con fondos locales que muestran una incidencia cada vez mayor en losacuerdos locales de fusiones y adquisiciones. No existe ninguna ley que limite elfinanciamientoexterno.

Al menos a nivel local, parecería que el espectro de inversionistas no es más amplio,principalmente como resultado de restricciones regulatorias para sectores específicos. Talparece ser el caso de los fondos de pensiones locales, que han crecido de maneraimpresionantecomoresultadode laestructuraobligatoriadecotizaciónprevistapor laLeydeSeguridadSocialNo.87-01,yque,sinembargo,sonlimitadosensucapacidaddeinvertirdebidoalosreguladoresque,cuandoseleshaencargadodecidirtantoeltipocomoelgradodeinversiónquesepuedenrealizarconlosfondos,hastaahorahansidomuyconservadores.Sinembargo, sehademostradoun interésen la liberalizacióngradual, con lanecesidaddediversificarlascarterasdeinversión,dadalaaltaconcentraciónactualenlosbancoslocalesylosbonosdelEstado.

Elmercadodevaloresrelativamenteincipientetambiénpuederepresentarunalimitaciónaltipo de fondos locales disponibles. Sin embargo, las recientes propuestas generales parareformarlosreglamentoslocalesdevalores,queasuvezseesperaquevayanemparejadoscon enmiendas a las leyes aplicables, incluyendo modificaciones para permitir que los

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fideicomisos bajo la ley dominicana participen en el mercado de valores local, puedanincentivarunmayordesarrollodelmercadodevaloresde laRepúblicaDominicanaycomoresultado,deopcionesyoportunidadesdeestructuracióndeladeudalocal.

3. ¿Qué tipo de instrumentos de deuda considera más frecuentemente parafinanciamientosdeadquisicioneslocales?

Aún cuando las facilidades de crédito de los bancos y fondos de inversión sindicados hanimpulsado operaciones de fusión y adquisición en la República Dominicana, también handesempeñado un papel importante otras formas de endeudamiento senior garantizado,incluyendo bonos, aunque no emitidos localmente. La moneda de denominación de losinstrumentos de deuda emitidos en o con respecto a transacciones en la RepúblicaDominicanatiendeasereldólarestadounidenseenlamayoríadeloscasos,aunqueestamosconscientes de instrumentos emitidos en otras monedas para financiar acuerdos locales,comolosbonoseneuros.

4. ¿Cuáles son los perfiles vencimientos y de amortización habituales de las líneas decréditoparafinanciamientodeadquisiciones?

Los perfiles vencimientos y de amortización varían considerablemente en función de lascaracterísticasdelatransacción,laexistenciaocalidaddelasgarantíasprometidasyelnivelde riesgo percibido en general. En la mayoría de las transacciones, tanto grandes comopequeñas, y en las que se ha financiado, el comprador tiende a adquirir o tener acceso afondos en el exterior, haciendo que las condiciones y características específicas delinstrumentodedeudaencuestiónsemantenganfueradelcontextodelanegociación.

5. ¿Existen consideraciones legales, bancarias, cambiarias, regulatorias u otras quefavorezcanciertas fuentesde fondos sobreotras?Porejemplo, requisitosobligatoriosdereservaodepósito?¿Los requisitosvarían segúnel tipoy laubicacióndel inversionistaoprestamista?¿Huboalgúncambioenelentornoregulatorioen2016quepuedaafectaralasfusionesyadquisicionesyalasactividadesdefinanciamientorelacionadas?

Desdeelpuntodevistadelosincentivos,aunquelaleydominicanaofrecemuchosincentivosa la inversión extranjera en múltiples áreas de negocio (por ejemplo, manufacturas yexportaciones, zonas francas, energías renovables, turismo, vivienda asequible, cine,establecimiento de industrias en zonas cercanas a la frontera, etc.) y que el Estado

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dominicano ha tendido a proporcionar incentivos fiscales que benefician la inversión enminería,construcción,turismoyenergía,nohaymuchosincentivosdirigidosalainversióndefuentesespecíficasdefondosoinversiónextranjeraengeneralfueradeltratoenigualdaddecondiciones con respecto a los inversionistas locales con muy pocas excepciones y sinninguna restricción relativa a la repatriación de gananciasmás allá del pago del impuestosobrelarentaaplicablevíaunaretenciónaunatasafija.

Dichoesto, la LeyNo.171-07 sobrePensionistas yRentistasproporciona ciertos incentivosfiscales con respecto a los fondos de pensionistas o rentistas locales o extranjeros, en lamedida en que residan en la República Dominicana y que los fondos correspondientes sehayangeneradoenelextranjeroyexcedanIngresosmensualesdeUS$1.500yUS$2.000,respectivamente. Dichos pensionistas y rentistas estarían exentos de cualquier impuestosobrelarentaaplicablealosdividendosointeresesgeneradosasufavor,yasealocalmenteoen el extranjero y tendrían una reducción del 50 por ciento en cualquier impuesto sobregananciasdecapitalaplicable.

Antesdefinalesdelaño2012,laLeydeValoresNº19-00incluíaincentivosfiscalesgeneralesa favorde inversionistasdedeudaexternaen relación conofertaspúblicasengeneral. Sinembargo,lasdisposicionescorrespondientesfueronderogadasenelcontextodeunaampliareformatributariaquebuscafortalecerlacapacidadderecaudacióndelEstadoDominicano

Por otra parte, también se ha derogado un considerable desincentivo a las fuentes notradicionalesdefinanciacióndeadquisiciones.Enestesentido,aunqueactualmentetodoslospagosdeinteresesodividendosenelextranjeroestánsujetosalmismotipoderetencióndel10 por ciento, los pagos a un receptor queno sea una institución financiera (por ejemplo,ciertostenedoresdebonos,fondosdecapitalprivado,etc.)estuvieronpreviamentesujetosaunatasaderetenciónsignificativamentemayordel27porciento,loqueefectivamenteactuócomoundesincentivoalosinversionistasquenoeranlosbeneficiariosdelamenortasaderetencióndeimpuestos.

Porúltimo,observamosquelosbancos localesestánsujetosarestriccionesregulatoriasdelcoeficientedesolvencia,quelimitanefectivamentesucapacidaddeprestarindividualmentegrandescantidadesaentidadesindividualesogruposeconómicos.Sinembargo,comohemosvistoanteriormente,siguenactivosenfusionesyadquisicionesenlaRepúblicaDominicana,enparticularatravésdeungrupodebancoslocalesy/olocalesyextranjeros.

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En el año 2016, entran en vigencia algunos cambios normativos que pueden afectar a lasfusiones y adquisiciones ya las actividades de financiamiento relacionadas, en particular laLey No. 42-08 de Defensa a la Competencia ("Ley 42-08"), donde el porcentaje departicipacióndemercadodeotrosparticipantesenelmercadoestomadoencuentaalahoradedeterminarsiunaempresaounconjuntodeempresastieneunaposicióndominanteenun mercado relevante y si se puede tomar en cuenta en la actividad de fusiones yadquisiciones. El mercado relevante es definido por la Ley 42-08 como un sector de laactividad económica y su correspondiente área geográfica, definida para cubrir todos losbienesoserviciossustituibles,ytodosloscompetidoresinmediatos,alosqueelconsumidorpodríallegarenelcortoplazosiunarestricciónoabusoconduciríaaunaumentosignificativode losprecios. LaLey42-08noprevéunporcentajeespecíficoquedetermineunaposicióndominante, por lo que un acuerdo de F & A puede analizarse previamente. La posicióndominantesedefineen laLey42-08comoelcontroldeunmercadorelevanteejercidoporunagentecomercial,porsímismooconotros,yesaposiciónlepermiteelpoderestablecerbarrerasenelmercadorelevantequeafectanaunalibrecompetenciaefectivaolepermiteactuarconindependenciadesuscompetidores,clientesoconsumidores.

Noobstante,segúnladefinicióndeposicióndominante,yelartículo7,incisoIV,delaLey42-08,tenerunaposicióndominante,oaumentarla,noes,porsímisma,unaviolacióndelaLey42-08.LoquelaLey42-08pretendeprincipalmenteespromoverydefenderlacompetenciaefectiva,yesdentrodeeseámbito,quepretendequeelabusodeunaposicióndominantenotengalugar.

6.¿Cuálesel tratamientode retenciónde impuestosdepréstamosde financiamientodeadquisiciones realizadas y de los bonos adquiridos por inversionistas extranjeros en sujurisdicción? ¿Hubo cambios en las leyes tributarias en 2016 que puedan afectar a lasfusionesyadquisicionesylasactividadesrelacionadasconelfinanciamiento?

De conformidad con lo establecido en el Código Tributario Dominicano, todo pago deintereses por la deuda externa está sujeto a una retención del 10 por ciento, el cual seconsideraráelúnicopago requeridoparacumplir con lasobligaciones fiscalesdelacreedorcorrespondiente.

Como se discutió en la pregunta 5, el Código Tributario ya no distingue entre los tipos deinversionistas de deuda en este sentido, y aunque hubo una excepción a esta regla quefavoreció a los inversionistas de la deuda externa en el contexto de las ofertas públicashechasenlaRepúblicaDominicana,dichaexcepciónfuederogadaafinalesde2012.

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No hay cambios que informar sobre normas tributarias que afectarían a las fusiones yadquisicionesylasactividadesdefinanciamientorelacionadas.

7.¿Haylimitacionesenlacapacidaddelaspartesparaelegirunaleyextranjeracomolaleyque rige la financiación o para seleccionar un foro extranjero para la resolución dedisputas?

Dependiendode las características de la deuda y / o de la garantía involucrada, se aplicanciertaslimitacionescomounacuestióndepolíticapública.Enestesentido,yenlamedidaenque el vehículo elegido para financiar el acuerdo de F & A en cuestión utilice una ofertapúblicahechaen laRepúblicaDominicanapara llegarapotenciales inversionistas, laLeydeValoresNo.19-00establecequedichatransaccióndebeestarsujetaalaleydominicana.Lasdisposicionesdepolíticaspúblicas tambiénrequierenque losdocumentosdegarantía talescomohipotecas ehipotecasmobiliarias estén sujetos a la LeyDominicana. En cuanto a lasgarantíassobreloscontratosdeconcesiónotorgadosporelEstadodominicano,nosóloestánsujetasalaleydominicana,sinoqueelconsentimientoonoobjecióndelestadoesrequeridoen lamayoríade los casos, ya seapor requerimientoestatutarioo contractual,parapoderperfeccionarlos.

Por otra parte, sin embargo, hay relativamente pocos límites en la selección de un foroalternativo o foráneo para la resolución de disputas como una cuestión del principio delibertad para contratar. En este sentido, la República Dominicana es signataria de laConvención de Nueva York sobre Reconocimiento y Ejecución de Fallos de ArbitrajeExtranjerosylaspartescontratantessesometenamenudoalarbitrajeinternacionalcuandounadeellasesunaentidadextranjera.Tantolasfallosdearbitrajeextranjeroscomolosdelos tribunales jurisdiccionales extranjeros están sujetas a la concesión del exequátur ovalidación local por parte de los tribunales dominicanos para verificar ciertos aspectosprocesalesylaausenciadecualquierasuntodepolíticapúblicaenlaRepúblicaDominicana.Alobtenerel exequátur concedidoporun tribunal local, ladecisiónen cuestiónpasaa seraplicablelocalmente.

8.¿Elrégimendeinsolvencialocaltrataalosprestamistasbajounafacilidaddecréditosingarantía sobreunabaseparipassu con todas lasdemásobligacionesnogarantizadasdeldeudor?

Sí.Elrégimendeinsolvenciadominicano,talcomolodisponeactualmentelaLeyNo.141-15deReestructuraciónyLiquidacióndeEmpresasyPersonasFísicasComerciantespromulgadael12deagostode2015,quederogalosartículos437a614delCódigodeComercioylaLey4582de1956,sobrelaDeclaracióndeQuiebra.LaLeyN°141-15,queentróenvigenciaen

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febrerode2017,secentraenlaidentificaciónyagrupamientodedeudasnogarantizadasconelfindeliquidarlosactivosdeldeudoryprorratearlassumasobtenidasentrelosacreedoresno garantizados después de que todas las reclamaciones relacionadas con la deudagarantizada se hayan satisfecho, en caso de que no sea viable una reestructuración de laempresa o del comerciante, es decir, siempre que sea posible, una reestructuración de laempresa o del comerciante prevalecerá sobre los procesos de liquidación. Sin embargo,existen ciertas excepciones, como los "privilegios" estatutarios que se otorgan en casosespecíficos, como a favor de la administración tributaria (con respecto a los impuestosdebidos y no pagados) y a los empleados (con respecto a los salarios no pagados y lasindemnizaciones por despido). Estos privilegios conceden a los acreedores mencionadosprioridadsobrecualquierotrocrédito,yaseaaseguradoonogarantizado.

Estanueva leyprevéciertosprocesosderegistropara losacreedores,sieldeudorentraenun proceso de reestructuración. Asimismo, la LeyNo. 141-15 clasifica a los acreedores, deacuerdo con el tipo de crédito que posean como: (i) privilegiado o garantizado; (Ii) singarantía;Y(iii)subordinado.

La Ley No. 141-15 también provee planes y no sólo liquidación por insolvencia de unaempresaocomerciante.

9.Discuta las limitaciones legales yprácticas sobre laobtencióndeunagarantía válida yperfeccionada.¿Existenformalidadesdedocumentaciónrequeridasporlalegislaciónlocalparahacerquelagarantíarealseaexigiblecontraeldeudoryterceros?¿Esposiblecrearungravamenflotantesobretodoslosactivosdeldeudor?

La ley dominicana permite la perfección de las garantías sobre un amplio espectro degarantías, incluyendoperono limitadoabienesmuebleso inmuebles, bienesperecederos,cuentas por cobrar, acciones o participaciones, y activos intangibles como propiedadintelectual y derechos contractuales. Si bien hay activos sobre los cuales la ley no permiteregistrar garantías, estos activos generalmente no serían relevantes en el contexto de unatransaccióndefusionesyadquisiciones(F&A).

Sinembargo,elperfeccionamientodeunagarantíaenlaRepúblicaDominicanarequierequesecumplanunaseriedeformalidadesencadacaso,particularmenteconrespectoalefectofrenteaterceros.Enlaactualidadnoexisteunregistrocentralizadoparalasgarantíasrealesengeneral,y las formalidadescorrespondientesvaríanen funcióndel tipodegravamenen

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cuestión,queasuvezdependerádelactivoqueseproporcionecomogarantía;Porejemplo,bienesinmueblesfrenteabienespersonales.

Por lo tanto, aunque un acuerdo general de garantía pueda ser ejecutado con el fin decomprometer múltiples tipos de activos como garantía para una operación dada, losderechosdegarantíaen cuestión tendríanque serperfeccionados, segúnelprocedimientocorrespondiente y ante la autoridad correspondiente, en cada caso, como veremos másadelante. En el caso de una garantía real sobre un activo perteneciente a una sociedad, amenos que se disponga lo contrario en los estatutos correspondientes, será necesaria laaprobación específica del accionista o del consejo para obtener la perfección, segúncorresponda.

PropiedadInmobiliaria

Enelcasodebienes inmuebles,unagarantía realpuedeserperfeccionadaa travésdeunahipoteca,lacualpuedellevarseacaboenformadedocumentofirmadoporparticularesounacto auténtico por notario público ejecutado en lamisma jurisdicción donde la propiedadinmobiliaria está localizada; Es decir, declarado ante un notario público dominicano yredactadoporésteenpresenciadedostestigosounsegundonotariopúblico.

Unavezfirmado,dichocontratohipotecariodebeserregistradocomoungravamensobreeltítuloodocumentodelapropiedadinmobiliariaencuestiónatravésde:i)lacorrespondienteOficinadeRegistrodeTítulos,enelcasodebienes inmueblesregistrados,queactualmenterepresentalagranmayoríadeloscasos;Oii)lacorrespondienteConservaduríadeHipotecas,enelcasodebienesinmueblesnoregistrados,quesonsignificativamentemenoscomunesysólopermitenelusodeactosauténticosparasucontratobase.Encualquiercaso,el costoadministrativodelregistro(impuestodeactoauténtico)antelaautoridadcorrespondienteesel2porcientodelvalortotaldelatransacciónencuestión.

Es este registro del contrato de hipoteca que se considera por ley para incorporarefectivamente los derechos garantizados del acreedor sobre el bien inmueble que fueprometido como garantía inmobiliaria por el deudor. Dicho registro establece también laprioridad en función de la fecha y hora del registro de los derechos subsecuentementeregistradosyhacequedichosderechosgarantizadossurtanefectoenrelaciónconterceros,talescomofuturosacreedores,garantizadosono,e inclusonuevospropietariosencasodeque la garantía sea vendido por el deudor o que de alguna manera sea transferida a untercero. El concepto de prioridad temporal basado en el momento del registro sólo se

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extiende claramente a las hipotecas, pero no necesariamente a otras formas de garantíasque,obiensonuncasodiscutibleoestánexpresamenteexcluidas.

Sinembargo,enloquerespectaalaprioridad,síobservamosquelaleyestablecíagarantíasconocidas como privilegios,mencionados en la pregunta 8 y que tendrían prioridad sobrecualquierhipotecaregistrada,independientementedequesehayaregistradoono.

Propiedadpersonal

Lapropiedadpersonal,asuvez,puedeserobjetodegarantíaatravésdedosformas:

Prendaengarantía,enlaqueeldeudorponelagarantíaenpoderdelacreedorhastaquesepagueladeudaencuestión.Laprendaengarantíanoseutilizaregularmenteenlapráctica;y,

Hipotecamobiliaria, en la cual el deudor retiene la posesión de la garantía. Las hipotecasmobiliarias son el instrumento que se utiliza generalmente para establecer una garantíasobrelapropiedadpersonal.ReguladoporlaLeydePromociónAgrícolaNo.6186,estetipode garantía cubre la mayoría de los bienes personales y bienes muebles en general,incluyendovehículosdemotor,inventarioymaquinaria.

Hay varios requisitos formales quedeben cumplirse con el fin de obtener la perfeccióndeuna hipoteca mobiliaria. Las hipotecas mobiliarias pueden instrumentarse mediante uncontratoescritoentreeldeudor yel acreedoroactoauténticoanteelnotariopúblicopordichaspartes.Enestesentido,lashipotecasdebenser:i)realizadasendosoriginales,anteunjuez de paz o un notario público; Y ii) registrado ante el juez de paz correspondiente, quedeberáincluirdichodocumentoensusregistrosatalefecto.

En lashipotecasmobiliarias,elacreedorpuedesolicitar,dentrode los90días siguientesalincumplimiento,aljuezdepazdellugarenqueseencuentrelapropiedadpersonal,paraquela misma se venda en un proceso de licitación pública. Todo el dinero recaudado en lasubasta se pagará al acreedor hasta elmonto pendiente del préstamomás los intereses ygastos.Encasodequeeldinerorecaudadonoseasuficiente,elacreedorpermanecerácomoacreedorsingarantíaporelresto.

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Es importante señalar que, como resultado de disposiciones legales especiales, el interésasegurado sobre ciertos tipos o bienes personales requiere un conjunto diferente derequisitosquesedebencumpliralosfinesdelaperfección.Enestesentido,deconformidadconlaLeyGeneraldeSociedadesAnónimasNº479-08,LeydePropiedadIntelectualNº20-00y la Ley de Aviación Civil Nº 491-06, las garantías sobre acciones, derechos de propiedadintelectualyaeronavesdeberánregistrarseantelacorrespondienteCámaradeComercio,laOficina Nacional de Propiedad Intelectual y el Registro Nacional de Aeronaves,respectivamente.

FideicomisodeGarantía

Aunque no se considera una garantía en el sentido tradicional bajo la ley dominicana, unfideicomisodegarantía,recientementereconocidoexpresamenteporlaLeyNo.189-11parael Desarrollo del Mercado de la Vivienda y los Fideicomisos en la República Dominicana,puedecumplirunpropósitomuysimilar,altiempoqueproporcionaelbeneficioadicionaldeunprocedimientodeejecuciónrápidaafavordelbeneficiario.

Suponiendo que no existan otras garantías o gravámenes con respecto al activo o activoscomprometidoscomogarantíaatravésdeunfideicomisodegarantía,dichosactivospuedenser otorgados al fideicomiso en cuestión y efectivamente separados del patrimonio deldeudor / otorgante y protegerlos en términos de propiedad y riesgo, sirviendoexclusivamentecomogarantíaafavordelacreedor/beneficiarioapartirdeesemomento.

El conveniomedianteel cual secreael fideicomisoencuestióndebeser registradoanteelRegistro Mercantil de la correspondiente Cámara de Comercio para generar efectos enrelación con terceros. El deudor / otorgante podrá retener el usufructo del bien o activoscomprometidos como garantía en la medida en que así lo dispongan los términos delcontratodefideicomisocorrespondiente.

Posibilidaddeungravamenflotantesobrelosactivosdeldeudorengeneral

El derecho dominicano no reconoce expresamente la posibilidad general de establecer talgravamen general ni prevé la creación de una garantía general sobre un activo futuro. Sinembargo, nada prohíbe que las partes acuerden establecer garantías reales sobre activosfuturosamedidaqueseanadquiridosporeldeudor.

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No obstante, dado que bajo la ley dominicana los valores deben necesariamente abarcaractivos específicos existentes, la inclusión de activos futuros requiere la enmienda de lahipotecaoriginaloprendayelregistrodedichaenmiendaantelaautoridadcorrespondiente.Comoresultado,talgarantíarequeriríarevisiónyactualizaciónconstantes,tendiendoahacerdesumantenimientoycumplimientounatareadifícilypotencialmentecostosa.

Existen, sin embargo, casos específicos para los cuales los gravámenes generales sobreciertos activos están expresamente previstos por la ley. Un ejemplo de esto es la Ley dePromoción Agrícola No. 6167, que establece una 'hipoteca universal mobiliaria'exclusivamente en favor de las instituciones financieras locales que otorgan préstamos aempresasagrícolas,ganaderasy/opesqueras.

La hipoteca universal comprende todos los activos que forman parte de la "unidadproductiva"dedichonegocio,que incluyensiembras, siembrasycosechasy futuros frutos,ganado, equipo, maquinaria, materias primas y cualquier arrendamiento o derechos depropiedad intelectual relacionados. Los contratos para este tipo de garantía deben serpresentados en dos originales ante un juez de paz o un notario público y deben serregistrados en la correspondienteConservaduría deHipotecapara ser perfeccionados. Conexcepcióndelosimpuestosadeudadosyporpagarydelossalariosyderechospendientesdelos empleados, este tipo de garantía tiene prioridad legal con respecto a todos los demásderechosdelosacreedores.

OtroejemplodeunmecanismodegravamengeneraleselhabilitadobajolaLeyMineraNo.146 como resultado de su categorización de derechos de concesión minera como bienesinmueblesyconsiderando

que dichos derechos abarcan todos los activos destinados a su operación, aunque esténsituadosfueradelperímetrocorrespondiente.

Comoresultado,puedenestablecersehipotecassobrelasconcesionesmineras,abarcandodemanera efectiva las instalaciones, equipos, maquinaria, vehículos y todo tipo de activosrelacionados con el uso comercial de la concesión. El perfeccionamiento de las hipotecassobre las concesiones mineras requiere el registro del correspondiente contrato ante elRegistroPúblicodeMineríaylacorrespondienteOficinadeRegistrodeTítulos.

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10.¿Elrégimenlocaldeinsolvenciapermiteestructurasdecapitalcomplejas,porejemplo,reconocer la validez de la subordinación del pago, la subordinaciónde los gravámenes yotrosacuerdosentreacreedores?

EnvirtuddelprincipiodelibertadcontractualestablecidoenelCódigoCivil,laleydominicanareconocelasubordinacióndeladeudacomoresultadodecomplejasestructurasdecapitaloacuerdos entre acreedores en general. No se genera ningún efecto en relación con lostercerosacreedorescomoresultadodeestosacuerdos,loscualespuedenserimplementadosconrespectoalcréditogarantizadoynogarantizado.

Ley141-15deReestructuraciónyLiquidacióndeEmpresasyPersonasFísicasComerciantes,clasifica créditosen3 categorías:privilegiadoogarantizado,nogarantizaday subordinado.Entre los créditos subordinados se encuentran aquellos que en virtud de un acuerdocontractualestánsubordinadosconrespectoatodoslosdemáscréditoscontraeldeudor.

Noobstanteloanterior,encasodeocurrenciadeunoomáseventosprevistosenlaLey141-15deReestructuraciónyLiquidacióndeEmpresasyPersonasFísicasComerciantes,entreloscuales se incluye el incumplimiento por más de 90 días de cualquier obligación de pago,líquidayejecutable,previanotificacióndepago; lanotificacióndeldeudora losacreedoresdelasuspensióndelpago,olaintencióndelamisma;yelembargoejecutivooinmobiliario,olassentenciasoejecucionesdesentenciasqueafectenoquepuedanafectaral50%omásdelpatrimoniodeldeudoryprevioa lapresentaciónde la solicitudde reestructuración,eldeudor puede presentar ante el tribunal un Plan de Acuerdo Previo, el cual debe tener laaceptacióndelamayoríadelosacreedores,estánprevistosendichaLey,loquerequiereelacuerdodel 60%de los acreedores registrados o reconocidos. El objetivo de dichoPlan espermitir la continuidad del negocio a través de la reestructuración, protegiendo al mismotiempoalosacreedoresdelainsolvenciadesudeudor,yenéldebenincluirselosaspectosfinancierosdelnegocioasícomosuadministraciónquelepermitaresolverlasdificultadesosituacionesquehayancolocadodeudorensituacióndereestructuración.

LaLeyDominicanaNo.141-15secreósobrelabasedelasnormasmodelosaplicablesa losprocedimientos de insolvencia con efectos internacionales o transfronterizos desarrolladosporlaComisióndelasNacionesUnidasparaelDerechoMercantilInternacional(UNCITRAL).

En este sentido, en lo que respecta al crédito no garantizado en el contexto de unprocedimiento de quiebra local, los acuerdos de subordinación de deudas sólo serían

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ejecutablesenlamedidaenquelosacreedoresnogarantizadosencuestiónrecibanelpagodistribuidoparipassujuntocontodoslosdemásacreedoresnogarantizadosconcurrentes.

Lo mismo ocurriría con respecto a las complejas estructuras de capital, aunque comoresultado de la subordinación legal de las reclamaciones originadas en acciones en suconjunto, losmecanismosprioritariosaplicables sólo funcionaránen casodepagodespuésdequesehayansatisfechotodaslasdemásreclamacionesdelosacreedores.

Losacuerdosentreacreedoresqueoperanconrespectoalcréditogarantizadonormalmentedebenserejecutablesenelcontextodeprocedimientosdequiebra,yaque,conexcepcióndelos efectos sobre acumulación de intereses, el crédito garantizado no se ve afectado pordichoprocedimiento.

11. Si un inversionista de capital proporciona parte de la financiación de la deuda, ¿lasnormas de insolvencia locales otorgan a esos préstamos el mismo trato que a otrospréstamos(deterceros)?

No. A estos préstamos se les concedería igualdad de trato en virtud de la ley, entre otrospréstamos garantizados o no garantizados, según corresponda, salvo en el caso de unproceso de liquidación por el cual los préstamos otorgados por personas físicas que enconjuntoo separadamente representenel30%del capital suscritoypagadode laempresadeudora, o que controlen a la empresa deudora se consideran créditos subordinados. Delmismo modo, los créditos de entidades jurídicas controladas por el deudor, que ejercencontrol sobreésteoquesoncontroladospor lamismaentidadquecontrolaaldeudorsoncréditossubordinados.

En ese sentido, la recientemente promulgada Ley No. 141-15 para la Reestructuración yLiquidacióndeEmpresasyPersonasFísicasComerciantes,creaunajurisdicciónespecialparatodaslasreestructuracionesyliquidacionesconlaasistenciadeltribunalylaintervencióndelas partes y expertos nombrados por los tribunales para ayudar en un plan dereestructuración.La intencióndela leyessalvaratodoslosnegociosycomerciantesconelfindepermitirqueelnegociocontinúe.Enesteproceso,alosacreedoressubordinadosnoselespermitevotarenlaaprobacióndelplandereestructuración.

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En caso de que no sea posible la reestructuración, la ley prevé un proceso de liquidacióncontrolado principalmente por expertos nombrados por los tribunales, incluida larepresentacióndetodoslosacreedores.

Unajurisdicciónespecialparalainsolvencia,incluiráuntribunaldeprimernivelyuntribunaldeapelaciones.Asimismo, la leyestableceunmarco jurídicoaplicablea losprocedimientosde reestructuración y de insolvencia transfronteriza. También permite que los acreedoresextranjerossoliciten lareestructuraciónenmateriade insolvenciacon losmismosderechosquelosacreedoreslocales,conlaexcepcióndecualquierprioridadquepuedabeneficiaraunacreedor.

Enloquerespectaalassociedadescomercialesdominicanas,estosóloocurriríaenlamedidaenquesehayancumplidolascondicioneslegalesdeconflictodeinteresesparalavalidezdedicha financiación de deuda y / o se haya ejecutado con el consentimiento de lacorrespondienteasambleadeaccionistasoJuntaDirectiva,conformealoestablecidoenlasdisposicionespertinentesdelaLeydesobreSociedadesComercialesyEmpresasIndividualesde Responsabilidad Limitada Nº 479-08 y / o los estatutos de la sociedad deudora. De locontrario, el préstamo puede ser impugnado en el tribunal por el deudor en cuestión ypotencialmenteconsideradoinválido,conlaposibilidaddequeelacreedorseaconsideradoresponsablededañosyperjuicios.

12.¿Existenotrasconsideracionesdeinsolvenciaqueuninversionistadedeudaexternaoprestamistadebetenerencuenta?

Como se indicó anteriormente, la Ley No. 141-15 de Reestructuración y Liquidación deEmpresasyPersonasFísicasComerciantes,atravésdelprocesodeinsolvenciaprevistoenlamisma, permitirá la creación de un plan de reestructuración con la intención de darcontinuidad del negocio. Como parte del proceso, y una vez iniciado, se nombrará unVerificador, y dicho oficial confirmará si hay motivos para que el deudor se someta a unprocesodereestructuraciónono.Siesasí,sedesignaráunConciliadoryelprocesoterminaráen un plan de reestructuración aprobado por la mayoría (60% o más) de los acreedoresreconocidosyregistradosyeldeudor,salvoquenoseafactiblequeeldeudorsesometaaunproceso de reestructuración, En cuyo caso el tribunal podría ordenar la liquidación de laempresa. Si esto ocurre, un se designará un Liquidador que realizará todas las accionesrelacionadas con la venta de los activos de la compañía. Una vez que una solicitud dereestructuraciónhasidopresentadaeneltribunalporeldeudor,oqueeldeudorhayasidonotificado por el acreedor o por los acreedores para comparecer ante el tribunal por unasolicituddereestructuración,eldeudordebeinformaraltribunalyalVerificadordecualquier

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actoquerepresenteuncambiodirectoo indirectode losestatutos, la fusiónoescisióndeldeudorenperjuiciodelpatrimoniodeldeudor, laejecucióndegarantíassobresusbienesyderechos, el hacer compensaciones, pagos, embargos, terminación unilateral o mutua deobligaciones,entreotros.

Sieltribunalapruebaunprocesodereestructuracióndeldeudorohastaqueseapruebeelplan de reestructuración, o que el proceso desemboque en la liquidación del deudor, conpocas excepciones previstas por la Ley No. 141-15, se suspende lo siguiente: Desalojo oembargo por acreedores, con respecto a los activos y bienes raíces del deudor; cualquierdisposicióndelosactivosdeldeudor(poreldeudor),amenosquelopermitalaLey141-15,entreotros.

Del mismo modo se suspende la acumulación de intereses, ya sean convencionales ojudiciales,ytambiéncualquiercláusuladepenalidad.

Noobstante,nosesuspenden lospagosquesonesencialesparael funcionamientoregulardel deudor, que el Conciliador ha considerado que son justificables. Los proveedoresesenciales deben mantener el suministro de bienes y servicios mientras el proceso estéactivo,amenosqueeldeudordejedehacerelpago.

Eltribunal,conformelarecomendacióndelConciliador,puederemoveraladministradordeldeudor.

Deconformidadconlosartículos98y99delaLeyNo.141-15,determinadasaccionesseránconsideradas nulas y sin efecto por solicitud motivada de cualquier acreedor, ya que seconsideraráunadistraccióninjustificadadelosbienesdelconjuntosiserealizaendetrimentode los acreedores y dentro de los dos años anteriores a la fecha de solicitud dereestructuración.Entretalesaccionesseencuentranlospagosefectuadosporeldeudorporobligaciones no vencidas y pagaderas en el momento en que se realizó el pago, lacondonacióndeladeudadeldeudor,laconcesióndegarantíasoelaumentodelasgarantíasvigentes para las deudas contraídas antes de la solicitud de reestructuración sinconsideraciónrazonable,sielcontratoinicialnocontemplaesaposibilidad,ylatransferenciadepropiedadhechaennombrede losacreedoresdeldeudor,mediante lacualelacreedorrecibióunbeneficiomásaltodelquerecibiríaencasodeliquidaciónjudicial.Estotambiénseaplicaacualquiertransferenciadeactivosquesehayahechosincontraprestaciónafavordeldeudor,oconunprecioconsiderablementepordebajodelpreciodemercado.

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Noobstante,ningúncontratopuedeserrescindido,deningunamanera,debidoaunprocesodereestructuracióndeldeudor.Delmismomodo,notieneefecto legalningunadisposicióncontractual que 60 días hábiles antes de un proceso de conciliación y negociación, o delnombramientodeunConciliador,odespuésdetaleseventos,establezcamodificacionesqueempeorenparaeldeudorlostérminoscontractuales,oquehaganpagaderaslasdeudassinvencer.

Tambiénesrelevantequelosacreedoresqueseconviertanenadministradoresoaccionistasde una entidad en defecto, se arriesgan a ser responsables solidarios por ciertasreclamacionestributariasylaboralesquepodríanhacersecontradichaentidad.Además,silaentidadendefectodealgunamaneradefraudóalosempleadosodejólossalariossinpagar,se pueden imponer sanciones penales a los administradores, directores o a cualquier otrapersonaconatribucionesgerenciales.

Porúltimo, laLey141-15prevéunprocesodereestructuraciónabreviadocuandoelmontototal del crédito no exceda de RD $ 10,000,000.00 (aproximadamente US $ 213,000.00),medianteelcualsereducenlosperiodosdelproceso.

13. ¿Qué espera ver en términos de evolución del mercado para financiamientos deadquisicionesen2017?

En términos de variedad en el conjunto de potenciales prestamistas / inversionistas,seguimos esperando ver alguna participación de las instituciones multilaterales en losacuerdosde fusionesyadquisicionesen2017.Porotro lado,eldebatesobre laampliacióndel alcance de las inversiones que se le permite hacer a los fondos locales de pensionespermanece en curso y puede resultar en que se les permita participar en este tipo deacuerdos.

Enmaterianormativay reglamentaria, la LeyNo.141-15deReestructuraciónyLiquidaciónde Empresas y Personas Físicas Comerciantes, y su Reglamento de Aplicación, promulgadaporDecretoN°20-17,otorgaalaRepúblicaDominicanaunmuynecesarioymuyesperadoestatutodereestructuraciónsocietaria,previendolareorganizacióndeunaentidaddeudoraen dificultades y permitiendo la adquisición de dicha entidad fuera de quiebra, encontraposiciónconel enfoqueprácticamenteexclusivosobre liquidacióndelmarcoactual.Puesto que la Ley 141-15 comenzó a estar vigente este año, aún está por verse suimplementación,así comoelprocesode reestructuracióny liquidacióncon laaplicacióndedichaLey.

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Sin embargo, también está pendiente la reforma de la legislación local sobre valores que,juntoconlareformaregulatoriayaestablecida,deberíatenerrepercusionespositivasparaeldesarrolloycrecimientodelmercadolocaldevalores.

LasáreasdenegocioparaobservaractividadesdeF&Aen2017incluyenminería,energía,infraestructura,turismo,segurosyvalores.

En términos de variedad en el conjunto de prestamistas / inversionistas potenciales,esperamosverunaciertaparticipacióndelasinstitucionesmultilateralesenlosacuerdosdefusiones y adquisiciones en 2017. Dado el debate existente y en curso sobre el asunto,esperamos ver una ampliacióndel alcancede las inversiones que Los fondosdepensioneslocalesestánautorizadosahacer,permitiéndolesparticiparenestetipodeacuerdos.

También está pendiente la reforma de los estatutos locales de valores que, junto con lareformaregulatoriayaestablecida,deberíatenerrepercusionespositivasparaeldesarrolloycrecimientoencursodelmercadolocaldevalores.

LasáreasdenegocioparaobservarlaactividaddeF&Aen2017incluyenminería,energía,energíarenovable,infraestructura,turismo,segurosyvalores.

Perfilesdesocios

JoseMaldonadoStark

JoséMaldonadoStarkseunióaRussin,Vecchi&HerediaBonettienelaño2001yessociodesde 2009. Concentra su práctica en transacción, financiación y desarrollo de proyectosinternacionales,fusionesyadquisiciones,energíayadquisicionespúblicas.

El Sr. Maldonado Stark tiene una experiencia significativa en inversión extranjera directaasesorandoalosprincipalesinversionistasextranjeros,intermediariosfinancieros,bancosdeinversión y empresas globales en bienes raíces locales, créditos en dificultades y

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adquisiciones corporativas, así como asistencia a promotores internacionales en temas deregulación,financiaciónydesarrollodeproyectos.

El Sr. Maldonado Stark recibió su título de Doctor en Derecho, magna cum laude, de laUniversidadIberoamericanaen1999yobtuvounaMaestríaenLeyesenDerechoAmericanoconespecializaciónenderechocorporativoyregulacióndevaloresdelaFacultaddeDerechode la Universidad de Boston en 2001. Ha completado programas de derecho en laUniversidaddeParís(Pantheon-Sorbonne)ennlaFacultaddeDerechodeCornellycursaunaMaestría en Derecho Constitucional en la Universidad Castilla de la Mancha-PontificiaUniversidadCatólicaMadreyMaestra.

Hablaespañoleinglésconfluidez.

Correoelectrónico:[email protected]

MonicaVillafañaAquino

MónicaVillafañaseincorporóalafirmaenelaño2005.AsociadaSenioracargodelaprácticacorporativa,asesorandoaclientesenunaampliagamadeasuntoscorporativos,talescomola incorporación de empresas, cumplimiento legal corporativo, gobierno corporativo ymantenimiento anual corporativo. Tienemás de 10 años de experiencia en la práctica delderecho, concentrando su práctica en la firma en las áreas de comercial corporativo,contratos,distribución,derechotransaccional,finanzasdeproyectosyF&A.

Representaavariasempresasmultinacionalesenprocesosdereorganizaciónsocietariatalescomo fusiones, escisiones, adquisiciones, financiación de proyectos, disoluciones,reestructuraciones societarias, planificación fiscal, contribuciones en especie, transferenciade acciones, transferencia de activos, zonas francas, joint ventures, inversiones, agencias ydistribución, incorporacióne inscripcióndeorganizaciones localesyextranjerassin finesdelucro,etc.

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MónicaVillafañarecibiósutítulodeDoctoraenDerechodelaPontificiaUniversidadCatólicaMadre yMaestra en 2005 y unaMaestría enDerecho Empresarial y Corporativo en 2008.También completó el Programa de Verano de Harvard Law School sobre Negociación deHarvardLawSchoolen2010yLawRecentDevelopment,ProgramadelaFacultaddeDerechodeFordhamen2013.

Hablaespañoleinglésconfluidez.

Correoelectrónico:[email protected]

Descripcióndelaempresa

Russin,Vecchi&HerediaBonetti

Russin,Vecchi&HerediaBonetti(RVHB)eslaoficinaenlaRepúblicaDominicanadeRussin&Vecchi, un bufete de abogados internacional con una presencia estable en Asia, Europa,NorteaméricayelCaribe.Fuefundadaen1969yestácompuestaporunequipodeabogadosprofesionales multilingües especializados en diversas áreas del derecho que satisfacen lassolicitudesdeasesoramientojurídicodeclientesnacionaleseinternacionales.

RVHBesunaempresa comprometida con la excelencia y el valor agregadoen los serviciosquebrinda,asícomolainnovación,avanceymejoradelmarcolegalparalasempresasenlaRepúblicaDominicanaconelmáximorespetoalestadodederecho.Losestándareséticos,lacalidadylaexperienciadesupersonalsereflejanenelcrecimientocontinuodeRussinVecchi& Heredia Bonetti en el mercado legal en constante cambio y han sido la clave para laposición actual deRVHB comounode losprincipalesbufetesde abogadosen laRepúblicaDominicana.

La firma es el único representante de MERITAS en República Dominicana, una asociaciónreconocida a nivel mundial de abogados independientes especializados en derechoempresarialylitigios,conrepresentaciónen256ciudadesy66países.

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Pormediodesusabogados,seleccionadossobrelabasedesuméritoprofesional,apoyadosprincipalmente en altos estándares de capacidad y experiencia, la firma ha contribuidosignificativamentealareformaymodernizaciónlegislativadelaRepúblicaDominicanayaladifusióndelamismaatravésdepublicacionesenespañoleinglés.

RV & HB ha creado en la República Dominicana un tipo definido de práctica legal que haaseguradosuparticipaciónenciertastransaccionesnacionalesytransfronterizas,incluyendo:concesionesyprivatizacionesdeempresasdeserviciospúblicos(generaciónydistribucióndeenergía), licitaciones internacionalesycomprasgubernamentales,desarrollodeproyectosyfinanzas (energía, turismo e inmobiliario), reestructuración empresarial y financiera einversiónextranjera.

En 2016, RV & HB anunció su "Cuban Desk", una iniciativa con abogados cubanos paraasesoraraclientes interesadosenconocerelmercadocubanoe invertirenelmismo.RV&HBeslaúnicafirmaenelpaísqueasesoraaclientesquebuscanhacernegociosenCuba.

Preparadopor:

Russin,Vecchi&HerediaBonnettiSantoDomingo|www.rvhb.com

RepúblicaDominicana

Russin,Vecchi&HerediaBonettiEdificioMonteMirador,3er.Piso

CalleElRecodoNo.2,SantoDomingo,10101JoseMaldonadoStark([email protected])

+18095359511–www.rvhb.com