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1 I.MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DIRECCION DE EDUCACION ESCUELA REPUBLICA DE PANAMA DIRECCION Reglamento de Evaluación y Promoción (Decreto Exento Nº 511/ 08-05-1997) INTRODUCCIÓN Un Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar debe ser coherente con el propósito educativo que regula, por lo que sus normas deben atender las necesidades formativas y educativas de la comunidad que conforma cada establecimiento educacional. En efecto, la evaluación debe ser considerada un aspecto indispensable al proceso de enseñanza aprendizaje y debe permitir recopilar información relevante acerca del estado de desarrollo de los objetivos de aprendizajes explicitados para cada nivel. Desde esta perspectiva y, considerando la diversidad sociocultural de los estudiantes de la Escuela república de Panamá y “Asegurando el derecho a la educación de todos/as los estudiantes, resguardando su ingreso y permanencia durante su trayectoria escolar1 . Se propicia un enfoque evaluativo inclusivo y de proceso, que privilegia la utilización de procedimientos e instrumentos de evaluación holística que integren los principios del Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA). MARCO LEGAL El presente Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar para la Educación Básica se fundamenta en el siguiente Marco Legal: 1. Ley General de Educación N° 20.370/2009 2. Bases Curriculares para Educación Básica. Decreto N° 433/2012 y 439/2012 3. Decreto 2960/2012 del Ministerio de Educación. 4. El Decreto Exento Nº 511/97 y sus modificaciones (D.E. 158/99 y 107/03), del Ministerio de Educación. 5. Decreto Nº 924 de 1983 del MINEDUC, reglamenta las clases de Religión en establecimientos educacionales. 6. El Decreto Nº 170/2009 del Ministerio de Educación. 7. El decreto n°83/2015, aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica 8. Ley 20.845 de inclusión escolar que regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del estado Tomando en cuenta los principios administrativos y de flexibilidad otorgados por el Decreto 511/1997, y para cumplir a cabalidad con las leyes vigentes, la Escuela República de Panamá, ex D-69 elaboró su Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar, el cual fue modificado a contar de este año 2017, de la siguiente manera: I.- DISPOSICIONES GENERALES. Art. Nº1.- Las disposiciones del presente Reglamento se aplican en la Unidad Educativa desde el año 1997 desde 1° a 8° Básico en forma paulatina. Art. Nº2.- Una vez modificado el presente Reglamento, con la aprobación del Consejo de Profesores , se enviará una copia al Departamento Provincial de Educación Santiago Centro y se informará a todos los Apoderados y alumnos durante el año Escolar 2016. 1 Ministerio de Educación Gobierno de Chile - 8. Ley 20.845 /2016

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I.MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO

DIRECCION DE EDUCACION

ESCUELA REPUBLICA DE PANAMA

DIRECCION

Reglamento de Evaluación y Promoción

(Decreto Exento Nº 511/ 08-05-1997)

INTRODUCCIÓN

Un Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar debe ser coherente con el propósito

educativo que regula, por lo que sus normas deben atender las necesidades formativas y

educativas de la comunidad que conforma cada establecimiento educacional.

En efecto, la evaluación debe ser considerada un aspecto indispensable al proceso de

enseñanza aprendizaje y debe permitir recopilar información relevante acerca del estado de

desarrollo de los objetivos de aprendizajes explicitados para cada nivel. Desde esta perspectiva

y, considerando la diversidad sociocultural de los estudiantes de la Escuela república de

Panamá y “Asegurando el derecho a la educación de todos/as los estudiantes, resguardando su

ingreso y permanencia durante su trayectoria escolar”1. Se propicia un enfoque evaluativo

inclusivo y de proceso, que privilegia la utilización de procedimientos e instrumentos de

evaluación holística que integren los principios del Diseño Universal para el Aprendizaje

(DUA).

MARCO LEGAL

El presente Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar para la Educación Básica se

fundamenta en el siguiente Marco Legal:

1. Ley General de Educación N° 20.370/2009

2. Bases Curriculares para Educación Básica. Decreto N° 433/2012 y 439/2012

3. Decreto 2960/2012 del Ministerio de Educación.

4. El Decreto Exento Nº 511/97 y sus modificaciones (D.E. 158/99 y 107/03), del Ministerio

de Educación.

5. Decreto Nº 924 de 1983 del MINEDUC, reglamenta las clases de Religión en

establecimientos educacionales.

6. El Decreto Nº 170/2009 del Ministerio de Educación.

7. El decreto n°83/2015, aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para

estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación

básica

8. Ley 20.845 de inclusión escolar que regula la admisión de los y las estudiantes, elimina

el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que

reciben aportes del estado

Tomando en cuenta los principios administrativos y de flexibilidad otorgados por el Decreto

511/1997, y para cumplir a cabalidad con las leyes vigentes, la Escuela República de

Panamá, ex D-69 elaboró su Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar, el cual fue

modificado a contar de este año 2017, de la siguiente manera:

I.- DISPOSICIONES GENERALES.

Art. Nº1.- Las disposiciones del presente Reglamento se aplican en la Unidad Educativa

desde el año 1997 desde 1° a 8° Básico en forma paulatina.

Art. Nº2.- Una vez modificado el presente Reglamento, con la aprobación del Consejo

de Profesores , se enviará una copia al Departamento Provincial de Educación Santiago

Centro y se informará a todos los Apoderados y alumnos durante el año Escolar 2016.

1 Ministerio de Educación Gobierno de Chile - 8. Ley 20.845 /2016

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II.- DE LA EVALUACIÓN.

La evaluación en todos los niveles y modalidades del sistema educativo será:

PERMANENTE, SISTEMÁTICA Y CIENTIFICA.

Permitirá reorientar los procesos educativos, modificar actitudes y procedimientos,

proporcionar información, detectar vacíos, atender diferencias individuales y

fundamentar la promoción de los (y las) estudiantes.

Se orientará un enfoque holístico, que considera al estudiante en su integridad,

visualizando de manera natural la información a partir de la prácticas cotidianas de

trabajo, de la realización de las tareas docentes, de la comunicación entre los

participantes, a fines de orientar, regular, promover el aprendizaje. Privilegiando el uso

de medios informales de captación de información sobre las vías formales,

especialmente concebidas para comprobar resultados parciales y finales.

Definiciones

Artículo 3°.- Para los efectos de este Reglamento, se entiende por:

a) “Diseño Universal para el Aprendizaje” (DUA): “Es una estrategia de respuesta a la diversidad, cuyo fin es maximizar las oportunidades de aprendizaje de todos los estudiantes, considerando la amplia gama de habilidades, estilos de aprendizaje y preferencias.”2 Para tal efecto, es necesario identificar por qué se producen esas barreras, qué se puede hacer para que no se vuelvan a originar y cómo desarrollar las medidas necesarias para avanzar hacia la igualdad de oportunidades de todos los estudiantes.

b) Evaluación Educacional: proceso dinámico, continuo y sistemático de recogida de información válida y confiable, que permite emitir juicios fundamentados de los logros adquiridos en función de los objetivos propuestos, sobre la que profesores y estudiantes reflexionan y toman decisiones para modificar sus estrategias de enseñanza y aprendizaje, así como para introducir las correcciones y mejoras necesarias.

c) Calificación: asignación numérica o conceptual que expresa el grado de suficiencia o

el nivel de logro alcanzado por los estudiantes, respecto de los aprendizajes esperados

en concordancia con los requerimientos establecidos en cada Programa de Asignatura.

d) Procedimiento de Evaluación: actividad de evaluación llevada a cabo por los

estudiantes tales como disertaciones, trabajos de investigación, informes, ensayos,

diversos tipos de organizadores gráficos, bitácoras, entrevistas, ejecución de tareas y/o

de ejercicios, elaboración de productos, aplicación de procedimiento, entre otros. De

acuerdo con Salinas (2002) “Se trata de procedimientos que se elaboran desde un

número determinado de categorías de análisis que nos pueden permitir organizar de

forma ordenada un conjunto de aspectos a ser observados y valorados por el profesor o,

en otros casos por los propios alumnos”.3

e) Instrumento de Evaluación: herramienta específica de recopilación de información como pruebas escritas, pautas de cotejo, escalas de apreciación, rúbricas, entre otros.

f) Retroalimentación Pedagógica: Proceso mediante el cual se entregan orientaciones técnico metodológica y de contenido a los estudiantes y docentes producto de la información recopilada a través de la evaluación realizada, con el objeto de superar debilidades y fortalecer logros del proceso de enseñanza y aprendizaje.

2 Ministerio de Educación Gobierno de Chile - Decreto N°83/2015

3 Salinas, D (2002) ¡Mañana Examen! Editorial Grao: Barcelona.

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Art. Nº4.-

A) La Escuela tendrá régimen Semestral.

B) Se evaluará el aprendizaje de los estudiantes según estrategias diseñadas por cada

Docente, de acuerdo a los objetivos de aprendizajes, planificados y trabajados. Esta

evaluación podrá ser individual o grupal.

C) Los aprendizajes serán evaluados de la siguiente forma:

a) Según el momento:

Evaluación Inicial.- Consiste en la recolección de datos en la situación de partida

del proceso de enseñanza-aprendizaje. Permite conocer la realidad de inicio del estudiante y

determinar, más adelante, sus verdaderos logros y progresos. Además permite clarificar el

panorama de aprendizaje del curso en cuanto a sus fortalezas y debilidades, y las Necesidades

Educativas existentes.

Según establece el Decreto 83 “Las estrategias para dar respuesta a la diversidad en

el aula deben considerar la evaluación diagnóstica de aprendizaje del curso, la cual se realiza al

inicio del año escolar, y proporciona información relevante al docente respecto del progreso,

estilo y ritmo de aprendizaje de todos los estudiantes de un curso y de cada uno en particular, lo

que permite planificar estrategias diversificadas que favorezcan el aprendizaje de todos. Esta

evaluación es relevante porque aporta información de los factores que favorecen o dificultan el

aprendizaje, y en consecuencia, para el diseño de respuestas educativas ajustadas a la

diversidad.” 4

Evaluación Procesual.- Se realiza cuando la valoración se desarrolla sobre la base

de un proceso continuo y sistemático de evaluación de los aprendizajes, con el objetivo de

mejorar los resultados de los estudiantes. Esta evaluación es de gran importancia dentro de una

concepción formativa, porque permite tomar decisiones de mejora oportunamente.

CUADRO N° 1 INSTRUMENTOS PARA LA EVALUACIÓN DEL PROCESO DE APRENDIZAJE

INSTRUMENTOS CAPACIDADES

-Escalas de observación -Listas de control -Registro anecdótico

-Actitud

-Cuaderno -Todas las capacidades (Comprensión, expresión, razonamiento y actitud).

Exámenes tradicionales, en todas sus variantes, tanto orales como escritos. Pruebas de ensayo y composición Preguntas de respuesta corta Preguntas de texto incompleto Preguntas de correspondencia o emparejamiento. Preguntas de opción múltiple Preguntas de verdadero – falso (justificadas) Preguntas de analogías/diferencias Preguntas de interpretación y/o elaboración de gráficos, mapas, estadísticas, etc.

-Comprensión, expresión y razonamiento, además de la actitud para las pruebas orales -Todas las capacidades. – Comprensión y expresión. – Comprensión y expresión. – Comprensión, expresión y razonamiento. -Comprensión y razonamiento. -Compresión, expresión y razonamiento. – Compresión, expresión y razonamiento. – Compresión, expresión y razonamiento.

Cuestionarios – Todas las capacidades

Mapa conceptual – Comprensión y razonamiento

Resolución de problemas explicitando los pasos seguidos.

-Comprensión y razonamiento

Fichas de recogida de información – Comprensión

Trabajos monográficos, pequeñas investigaciones, etc.

– Todas las capacidades

4 Ministerio de Educación Gobierno de Chile - Decreto N°83/2015

4

Evaluación Final.- Consiste en la recogida y valoración de datos al finalizar un

período de tiempo previsto para la realización de un aprendizaje o para la

consecución de los aprendizajes esperados.

b) Según la intencionalidad:

Evaluación Diagnóstica.- La evaluación diagnóstica es aquella que se realiza al momento de iniciar el proceso enseñanza-aprendizaje con una finalidad proyectiva. Pretende determinar el punto de partida, identificar los conocimientos previos, destrezas previas y actitudes en términos de conductas de entrada de los estudiantes, prever causas que podrían afectar el aprendizaje de los estudiantes y precisar cuál será la metodología más adecuada al grupo. Los resultados se deben consignar en el Libro de Clases. Los resultados serán expresados en base a los conceptos MB, B; S, I por cada habilidad o eje medido.

Evaluación Formativa.- Su finalidad principal es ver cómo se está desarrollando el proceso y constituye la base para su retroalimentación. Permite tomar decisiones de mejora sobre la marcha, tanto del aprendizaje de los estudiantes como de la enseñanza del docente, quien puede aprovecharla como una autoevaluación para observar su gestión docente, introducir modificaciones e innovar metodológicamente.

Considerando que la evaluación siempre contempla el ciclo: obtención de información, formulación de juicios de valor y toma de decisiones, en el caso de la evaluación formativa esta debiera ser orientadora, reguladora y motivadora.

Evaluación Sumativa.- Esta evaluación se realiza en el momento en que el proceso formativo de una unidad de aprendizaje o período de trabajo finaliza o está culminando. Con la calificación de cada estudiante se formaliza el proceso de evaluación y promoción. Incorporando en lo posible la autoevaluación y coevaluación para potenciar la propia responsabilidad del aprendizaje.

c) Según el agente evaluador:

Autoevaluación.- Forma de evaluación por medio de la cual el sujeto juzga sus propios conocimientos, actitudes, habilidades y destrezas, adoptando una actitud personal crítica y reflexiva.

Coevaluación.- Forma de evaluación por medio de la cual un estudiante o un grupo de estudiante expresa las valoraciones de los trabajos de alguno de sus miembros o del grupo en su conjunto.

Heteroevaluación.- Forma de evaluación por medio de la cual un sujeto que pertenece a un nivel distinto de otro juzga su desempeño respecto de su trabajo, actuación o rendimiento. Se observa en la evaluación del docente a sus estudiantes y también de los estudiantes hacia sus profesores y profesoras. d) Según Necesidades Educativas Especiales y Específicas (NEE) de los estudiantes:

Diferenciada: Respetando los ritmos de aprendizajes de aquellos estudiantes con

NEE, de acuerdo a instrucciones específicas entregadas y socializadas por las

profesoras de Integración y Educación Diferencial. Según Decreto Nº 170/2009 y el Decreto N°83/2015 . (Se detalla en el artículo N° 6)

D) Los procedimiento evaluativos se referirán a los contenidos establecidos en la

planificación, y sus correcciones deberán establecerse en base a conductas,

habilidades y competencias observables, a partir de una situación inicial (

diagnóstica) comparado consigo mismo (proceso)

5

E) Para realizar las evaluaciones, se utilizarán los siguientes instrumentos

evaluativos5 :

INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN EN EL PROCESO ENSEÑANZA –

APRENDIZAJE

A través de la observación se obtiene información sobre la conducta o comportamiento que los alumnos manifiestan espontáneamente. Para aprovechar mejor la información que pueden aportar estas observaciones, se pueden utilizar los siguientes instrumentos:

– LAS ESCALAS DE VALORACIÓN contienen una listado de rasgos en los que se gradúa el nivel de consecución del aspecto observado a través de una serie de valoraciones progresivas (de nunca siempre; de poco a mucho de nada a todo; etc.)

– LAS LISTAS DE CONTROL contienen una serie de rasgos a observar, ante los que el profesor señala su presencia o ausencia durante el desarrollo de la actividad o tarea.

– EL REGISTRO ANECDÓTICO, que consiste en fichas para recoger comportamientos no previsibles antemano y que pueden aportar una información significativa para evaluar carencias o actitudes positivas.

CUADERNO

El cuaderno de clase del alumno es un instrumento de recogida de información muy útil para la evaluación continua, pues refleja el trabajo diario que realiza el alumno. A través de él se puede comprobar:

Si el alumno toma apuntes correctamente se puede evaluar:

Su nivel de comprensión, de abstracción y que ideas selecciona. Su nivel de expresión escrita, la claridad y propiedad de sus expresiones. La ortografía, la caligrafía, la composición de frases, etc. Los planteamientos que hace de la información aportada, si ha entendido el contenido

esencial, si llega a ordenar y diferenciar los aportados diferenciables en esos contenidos. Si incluye reflexiones o comentarios propios. Si amplía la información sobre los temas trabajados consultando otras fuentes. Si realiza esquemas, resúmenes, subrayados, etc. El cuidado o dedicación que emplea en llevar al día su cuaderno, etc.

Es necesario establecer unos criterios previos que faciliten la valoración de cualquiera de estos rasgos, evitando que ninguno de ellos por sí solos determine la evaluación propiamente dicha.

Además, desde el primer momento, se deberá informar al alumno de los aspectos que se van a valorar en su cuaderno y, realizada la valoración, aprovechar el momento de devolverlos para indicar cuales son los aspectos que lleva bien, en los que está mejorando y los que más necesita trabajar o cuidar.

Para sistematizar la recogida de la información que pueda aportar el análisis de los cuadernos de clase es conveniente utilizar fichas o escalas que orienten sobre los rasgos a valorar.

5 Eva Mª Molina Soldán. revista digital “investigación y educación”. Sevilla. España

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EXÁMENES TRADICIONALES, EN TODAS SUS VARIEDADES, TANTO ORALES

COMO ESCRITOS

Son aquellas en las que la información se obtiene presentando al alumno una serie de tareas o cuestiones que se consideran representativas de la conducta a medir o valorar. A partir de la ejecución en las tareas propuestas o de las respuestas generadas en el proceso de su realización, se infiere la presencia o ausencia de esa conducta en los alumnos.

Se caracterizan porque tratan de medir resultados máximos. – Las condiciones de aplicación son estándares. – Las tareas son uniformes para todos los alumnos. – Los alumnos se dan cuenta de que están siendo examinados. – Existen patrones externos que nos permiten realizar las medidas

Pertenecen a este tipo de técnicas los exámenes y demás pruebas escritas y orales, que también pueden resultar unos instrumentos válidos para la evaluación formativa, si se utilizan como fuente de información complementaria y no única, y se entienden como medios para analizar y valorar otros aspectos del trabajo de los alumnos.

En general, se consideran especialmente indicados para evaluar las capacidades de:

– Recordar contenidos relevantes ya trabajados. – Asociar o establecer relaciones coherentes entre contenidos próximos. – Expresar opiniones personales o juicios de valor sobre cuestiones básicas de las materias tratadas. – Ejercitar la atención, la observación, la memoria, la curiosidad, el análisis reflexivo, etc.

Recordar que al atender a los errores, incorrecciones u omisiones que se ponen de manifiesto en los alumnos cuando se aplica esta clase de pruebas, se debe actuar con una actitud más investigadora que sancionadora. Desde esta perspectiva, tanto las respuestas correctas como las incorrectas aportan al profesor una información valiosa para orientar su práctica, y al alumno para corregir y superar sus deficiencias.

Existe una amplia posibilidad para elaborar y realizar este tipo de pruebas, cada una de ellas con ventajas e inconvenientes, por lo que es necesario seleccionar el tipo en función de la capacidad que se desea evaluar, y combinarlas entre sí al objeto de obtener la información más válida. A continuación se recogen algunas pruebas, así como sus principales características.

a) Pruebas de composición y ensayo: Están encaminadas a pedir a los alumnos que organicen, seleccionen y expresen las ideas esenciales de los temas tratados. Son, así mismo, adecuadas para realizar análisis, comentarios y juicios críticos sobre textos o cualquier otro documento, visitas a exposiciones y empresas, salidas culturales, asistencia a conferencias, charlas-coloquio, etc.

b) Preguntas de respuesta corta: En ellas el alumno debe aportar una información muy concreta y específica que podrá resumirse en una frase, un dato, una palabra, un signo, una fórmula, etc., evidentemente referidos a cuestiones de cierta relevancia. (Están especialmente indicadas para trabajar cuestiones numéricas)

c) Preguntas de texto incompleto: Las respuestas quedan intercaladas en el texto que se les presenta a los alumnos (que deberá ser un enunciado verdadero al que le falten algunas palabras. Son adecuadas para valorar la comprensión de hechos, el dominio de una terminología exacta, el conocimiento de principios básicos, etc. Al redactarlas se debe evitar copiar enunciados textuales y se presentarán en un lenguaje adaptado, comprensible y que no añada mayor dificultad al contenido de la prueba.

d) Preguntas de correspondencia o emparejamiento: Consisten en presentar dos listas, A y B, con palabras o frases breves dispuestas verticalmente para que los alumnos establezcan las relaciones que consideren adecuadas entre cada palabra de la columna A con la correspondiente de la B, argumentando la relación establecida entre las mismas. Al prepararlas es conveniente incluir en cada ítem un número desigual de elementos entre las columnas A y B para evitar que se establezcan relaciones por eliminación. Están especialmente indicadas para tareas de memorización, discriminación y conocimiento de hechos concretos.

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e) Preguntas de opción múltiple: Constan de un tronco o base en el que se fundamenta el problema, y un número indeterminado de respuestas opcionales de las cuales una es la correcta y las demás son distractores. Son recomendables para valorar la comprensión, aplicación, discriminación de significados, etc.

f) Preguntas de verdadero – falso (justificadas): Pueden ser útiles para medir la capacidad de distinción entre hechos y opiniones o para mejorar la exactitud en las observaciones, argumentando la respuesta elegida.

g) Preguntas analogías/diferencias: Se pretende establecer clasificaciones o características entre hechos, acciones… es un grado mayor de interiorización de los conceptos adquiridos y se trabaja sobre todo la comprensión y el razonamiento.

h) Preguntas de interpretación y/o elaboración de gráficos, mapas, estadísticas, etc.: Por un lado, la elaboración de gráficos sirve para organizar y representar la información con códigos no verbales, es decir, otras formas de expresión; y por otro lado, la lectura e interpretación sirve para extraer conclusiones, posibilitando la generalización de la información.

CUESTIONARIOS

Sirve para evaluar los conocimientos previos que tiene el alumno sobre una unidad didáctica determinada.

MAPA CONCEPTUAL

Es un método para ayudar a educadores y alumnos a captar el significado de las materias que se van a aprender.

Dirigen la atención sobre el reducido número de ideas importantes en las que debemos centrarnos.

Permiten conocer qué sabe o comprende un alumno sobre una unidad cualquiera y permiten detectar conexiones equivocadas entre conceptos.

RESOLUCIÓN DE PROBLEMAS EXPLICITANDO LOS PASOS SEGUIDOS

Sirve para verificar que el alumno ha comprendido y razonado la situación problemática y su solución. Resaltar, que la importancia de este instrumento reside en la justificación de los pasos seguidos para la obtención de un resultado.

FICHAS DE RECOGIDA DE INFORMACIÓN

Este instrumento tiene una doble utilidad:

Para el alumno: Sirve para sistematizar la recogida de información sobre pequeños trabajos de investigación.

Para el profesor: Sirve como guía, a tener en cuenta, para valorar otros instrumentos.

TRABAJOS MONOGRÁFICOS Y PEQUEÑAS INVESTIGACIONES

Este tipo de tareas tiene como finalidad profundizar en algún conocimiento específico, favorecer la adquisición de determinados procedimientos y desarrollar actitudes relacionadas con el rigor, el gusto por el orden y la presentación correcta, tanto del resultado, como del proceso de elaboración del mismo, etc.

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F) Cada docente debe entregar a la Unidad Técnico Pedagógica, las evaluaciones

formativas y sumativas de cada unidad, junto con sus planificaciones.

G) La evaluaciones antes mencionadas, deberán ajustarse al

50% de logro de exigencia en pruebas parciales de proceso y un 60% de logros

de exigencias en pruebas sumativas de cada unidad, con un margen de 15% de

notas insuficientes por cada evaluación aplicada.

En caso de existir un porcentaje superior al 15% de notas insuficientes, el

Docente deberá retroalimentar la Unidad y establecer una nueva evaluación. La

U.T.P. tiene la facultad para anular notas que no cumplan con esta norma.

H) En caso de que el estudiante presente dos notas insuficientes continuas, se deberá

notificar a UTP y apoderados, para tomar las remédiales para cada caso.

I) Se realizará un análisis bimensual (Mayo-Julio-Septiembre-Noviembre) del

rendimiento del curso y/o de los casos de Necesidades Educativas Especiales en los

consejos técnicos. Responsable de esta acción será UTP y Encargado de Sineduc.

J) Se informará a los Apoderados cada dos meses del estado de avance de su

pupilo(a) mediante Informe de Notas Parciales, siendo la primera entrega

durante el mes de Mayo.

Art. Nº 4.-

Los estudiantes que tengan impedimentos para cursar en forma regular una asignatura,

ya sea por problemas físicos temporales, enfermedades u otros, serán evaluados con

diferentes procedimientos evaluativos acorde a la situación presentada.

Para hacer uso de este derecho, el Apoderado deberá presentar a Profesor

Jefe los certificados médicos que avalen la situación presentada, con un plazo de

10 días, de lo contrario, el estudiante será evaluado en forma normal a su reingreso a

clases.

N° 4.1.- Los estudiantes que tengan problemas para desarrollar las asignaturas de

Inglés o Educación Física en forma normal por ejemplo: Trastornos específicos del

aprendizaje, discapacidad intelectual, diferentes niveles de comprensión del español en

estudiantes migrantes o por problemas de desfase generalizado en las áreas

instrumentales del aprendizaje.

Podrán eximirse previa certificación de un especialista ya sea: (neurólogo, Psicólogo,

psicopedagoga o profesora Educación Diferencial.

El plazo máximo para presentar certificado y/o informe de especialista para la eximición

será el mes de mayo de cada año escolar.

Procedimiento de eximición:

1.- Pesquisa a estudiantes con NEE de eximición.

2.- Reunión de análisis de casos pesquisados con: Directora/or, Jefa de UTP,

Coordinadora PIE, profesor de asignatura correspondiente.

3.- Elaboración de nómina anexando documentación que certifique la eximición.

4.- Toma de conocimiento formal del profesor jefe del curso y apoderado.

5.- Elaboración registro con número correlativo.

6.- Unidad Técnico Pedagógica recibe documento oficial de eximición para monitorear el

proceso de notas en los leccionarios y actas en la finalización del año escolar.

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Art. Nº 5.- Evaluación Diferenciada que aporta a la Educación Inclusiva.

Se debe aplicar Evaluación Diferenciada a estudiantes cuyo Diagnóstico sea efectuado por

especialistas y que asigne dificultades de aprendizaje” o también a aquellos alumnos que

el Consejo Técnico del establecimiento les haya reconocido como con Retraso

Pedagógico, es decir la evaluación diferenciada se aplicará a todos los estudiantes con

Necesidades Educativas , ya sea temporal o permanente.

Art. N°6.- Características operacionales de la Evaluación Diferenciada

a) La Evaluación Diferenciada se debe observar e informar a UTP durante los

meses de Marzo y Abril, adjuntando las certificaciones del especialista (Psicólogo,

Fonoaudiólogo, Psicopedagogo, Evaluadora Diferencial, Traumatólogo u otro

especialista).

b) A fines del mes de abril se realizará reunión del Equipo de Gestión para informar

sobre los estudiantes que serán evaluados en forma diferenciada.

Los estudiantes con estas necesidades que lleguen posteriormente a la fecha estipulada serán

notificados en forma escrita al Equipo de Gestión.

c) La Unidad Técnica Pedagógica informará por escrito y bajo firma a los profesores y

apoderados en cuyas asignaturas o sectores se debe aplicar la Evaluación Diferenciada.

d) La Evaluación Diferenciada no necesariamente implica promoción automática.

e) Se debe: registrar evaluación diferenciada en la prueba y en el leccionario.

f) Las estrategias a implementar son las que se indican a continuación:

Estas deben permitir ajustar y adaptar el proceso evaluativo a las diferencias individuales de

los alumnos de tal forma de dar cabida a los ritmos de avances, estilos y procesamiento

de aprendizajes, entre otros. (Cuadro N° 2)

g) En el caso que el alumno/a presente dificultades para desarrollar el Instrumento de

Evaluación que se le aplica a su curso el docente debe adecuarlo a las Necesidades Educativas

Especiales NEE del alumno/a.

h) La escuela debe adecuar procedimientos e instrumentos de evaluación y calificación

diferenciada como: Trabajos, exposiciones, investigaciones relacionadas con los OA con la

asignatura y nivel correspondiente.

I) Modificación al principio artículo n°1 letra F que establece la diversidad. Ley 20.845

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CUADRO N° 2

EJEMPLOS Y ESTRATEGIAS DE EVALUACIÓN DIFERENCIADA

TIPO DE NECESIDADES EDUCATIVAS.

ESTRATEGIAS DE EVALUACIÓN

DIFERENCIADA

Dificultades de lenguaje a nivel articulatorio Tomarle la evaluación que se realiza a nivel

oral, en forma escrita.

Dificultad de motricidad fina (no se entiende lo

que escribe)

Lo que el resto del curso hace a nivel

escrito, él lo realiza en forma oral.

Si tengo claro que el alumno sabe las

materias, pero es lento para responder

Asignar mayor tiempo para que responda

(dos períodos)

Disminuir la cantidad de actividades por

EJE U OA.

Si el alumno no maneja los códigos

lingüísticos, para darse a entender en forma

escrita.

Hay que evaluar en forma oral.

Para eso se puede utilizar las horas PIE que

tienen los docentes.

No sabe leer Para eso se puede utilizar las horas PIE que

tienen los docentes

Si el alumno presenta problemas de atención

y concentración.

Ayudar en la lectura y comprensión de

instrucciones.

Si es necesario ejemplificando el ejercicio a

realizar.

Observar evaluación de la tarea.

Dar más tiempo.

Parcelar la prueba.

Se adecuan instrumentos de evaluación,

especialmente a los estudiantes migrantes

que se incorporan recientemente al EE

durante el proceso de adaptación escolar

durante.

Si el alumno presenta errores específicos

ortográficos (diagnosticado por

psicopedagogos)

Evaluar de acuerdo a los contenidos

tratados, sin considerar los errores

específicos que presenta.

En caso de alumno/a de discapacidad

intelectual y limítrofe.

Incorporar uso de material concreto, y/o

dibujos o esquemas para apoyar la

comprensión. Uso de TICS.

Estudiantes con retraso pedagógico, dos

años de acuerdo a su curso

Problemas de concentración

Asignar otra alternativa de trabajo tarea a

desarrollar.

Ver cuadro n° 1

11

J) Evaluación, calificación y promoción de los estudiantes con necesidades educativas especiales, con Adecuaciones Curriculares6

Desde la perspectiva de los principios que guían la toma de decisiones de adecuación curricular, la evaluación, calificación y promoción de los estudiantes que presentan necesidades educativas especiales con Adecuaciones Curriculares, se determinará en función de lo establecido en el Plan de Adecuación Curricular Individual (PACI).

La promoción de los estudiantes se determinará en función de los logros obtenidos con relación a los objetivos de aprendizaje establecidos en el Plan de Adecuación Curricular Individual (PACI).

III. - DE LAS CALIFICACIONES

Art. Nº 7.- Los alumnos serán evaluados en todas las Asignaturas del Plan de estudios con

nota de 2.0 a 7.0. Religión y orientación se evaluará con conceptos: MB, B; S, I, y su

evaluación no incidirá en la promoción de los estudiantes.

El procedimiento para establecer la calificación final de los alumnos/as o actividades de

aprendizaje será el siguiente:

Semestralmente se considera ponderación de notas parciales 70%, notas prueba coeficiente 2.

30% las que promediadas darán la calificación final del semestre en cada asignatura. El

promedio anual será el Promedio de los dos semestres. (2° ciclo)

Art. Nº 8.- El logro de los Objetivos Transversales, se registrará en el Informe de Desarrollo

Personal y Social de los estudiantes como resumen del comportamiento registrado en la Hoja

de vida en la cual el docente debe registrar las anotaciones positivas y negativas de los

estudiantes.

Esta Hoja de vida, debe ser firmada por el Apoderado en las reuniones o en las citaciones

personales que realice cada Docente. Para llevar un registro del proceso conductual y

emocional de estudiante y así monitorear su desarrollo.

El informe será entregado semestralmente a los padres junto con el informe de calificaciones.

Art. Nº 9.-

A) Durante cada Semestre lectivo, los alumnos tendrán un mínimo de calificaciones según la

cantidad de horas del Plan de estudios de cada asignatura. Estas evaluaciones

podrán ser parciales, semestrales y anuales.

B) El número de notas a registrar se hará de acuerdo a la cantidad de horas por

asignatura.

B-1) Asignaturas con 2 horas semanales: mínimo 4 calificaciones por semestre coef. 1

B-2) Asignaturas con 3 horas semanales: mínimo 5 calificaciones por semestre coef.1

B-3) Asignaturas con 4 horas semanales: mínimo 6 calificaciones por semestre Coef. 1

B-4) Asignaturas con 5 o más horas semanales: mínimo 7 calificaciones por semestre Coef.

1

6 Ministerio de Educación Gobierno de Chile - Decreto N°83/2015

12

C).-Los a estudiantes deberán rendir las evaluaciones en fechas estipuladas, en caso de

inasistencia justificada.

Los estudiantes que no justificasen su inasistencia a alguna prueba, tendrán derecho a

rendirla a la clase siguiente.

Si el estudiante es sorprendido copiando, se le suspenderá la prueba, la que deberá

rendir una vez terminada ésta, en forma oral, con un nivel de exigencia de 70%.

D).- El promedio final de cada semestre lectivo y el promedio anual, serán iguales al

promedio matemático con aproximación, es decir, 5,54 = 5,5 / 5.55 = 5,6.

IV.- DE LA PROMOCION

Art. Nº 10.- Serán promovidos todos los estudiantes de Primero a Octavo año básico que hayan

asistido al menos el 85%.

En los alumnos del Primer Ciclo, el Director y el Profesor Jefe, determinan la promoción de los

Alumnos(as) con un % inferior al 85%.

En el Segundo Ciclo, la promoción de los alumnos(as) con un % inferior al 85% es

responsabilidad del Director y profesor jefe, refrendada por el Consejo de Profesores.

Art. Nº 11.- Para la promoción de los estudiantes se considerarán conjuntamente el logro de los

objetivos de las Asignaturas del Plan de Estudios y la Asistencia a clases.

1.- Respecto del logro de los objetivos:

a) Serán promovidos todos los estudiantes que hubieren aprobado todos las Asignaturas de

sus respectivos Planes de estudio.

b) Serán promovidos todos los alumnos de Primero a Octavo año básico que hubieren

Reprobado un Subsector, siempre que su promedio general sea igual o superior a 4,5

incluido el Subsector deficitario.

c) Igualmente serán promovidos todos los alumnos de Primero a Octavo año Básico que

hubieren Reprobado dos Subsectores siempre que su promedio general sea igual o

superior a 5.0, incluidos los Subsectores deficitarios.

Art. Nº 12 .- Al término de cada año escolar, todos los estudiantes que se encuentren con

riesgo de repitencia, tendrán derecho a rendir una prueba especial en aquellas asignaturas

deficitarias. En caso de aprobación, la nota máxima será 4.0.

Para la aplicación de esta prueba especial el docente deberá cumplir el siguiente protocolo:

Entregar con anticipación el temario, informar al apoderado, elegir entre la variedad de

instrumentos de evaluación sugeridos en cuadro n°1 y n° 2.

Art. Nº 13.- El Director de la Unidad Educativa, con el Jefe de U.T.P., el Profesor de la

Asignatura y el Profesor Jefe en Primer Ciclo., deberán resolver las situaciones especiales de

evaluación y promoción.

Las oficinas competentes del Ministerio de Educación, podrán expedir los certificados anuales,

certificados de concentraciones (Decto. 157/2000).

Art 14.- El establecimiento gestionara ante la dirección provincial, la regulación curso edad

cronológica, de los niños y niñas de diferentes niveles que se encuentren en estas condiciones,

que no excedan los 16 años para el 8° básico, por decreto de validación de estudios n° 2272

Articulo 7.

Art 15.- Si existieran problemas Familiares de salud u otros y si el apoderado se compromete

enviando una carta dirigida a la dirección del establecimiento, solicitando apoyo para poder

terminar el año escolar, el alumno, alumna. Vendrá al establecimiento solo a rendir exámenes y

trabajos, según indica este reglamento en el articulo 3 letra E (instrumentos evaluativos). Con el

fin de evitar deserciones escolares (salida del sistema anticipadamente).

13

Art. Nº 16.- Todos los estudiantes migrantes que ingrese como alumno/a regular, deberán

presentar documentación al día, para certificar su año escolar.

Art. Nº 17.- La situación final de promoción de los estudiantes deberá quedar resuelta al

término del año escolar.

Una vez finalizado el proceso, la Unidad Educativa emitirá un Certificado de Estudios

computacional que permanecerá en el Establecimiento junto a la ficha de matrícula del

estudiante. El Apoderado de estos estudiantes recibirá un Informe de notas Semestral y anual

que le informará de la situación final de su pupilo(a).

En caso de cambio de establecimiento educacional, será entregada toda la documentación

pertinente al Apoderado del estudiante.

Art. Nº 18- Los resultados finales de cada curso quedarán consignados en el Registro Escolar

y en las Actas de Calificaciones y Promoción Escolar, las que se imprimirán desde el SIGE

firmadas y timbradas para ser enviadas a la Secretaría Ministerial de Educación, organismo

que las legalizará, devolviendo una copia a la escuela.

Art. Nº 19.- Las situaciones de evaluación y promoción escolar no previstas en este

Reglamento, serán resueltas por el Director (a) y la Jefatura Técnica de esta Unidad Educativa.

_________________________ __________________________

Jefa Unidad Técnico Pedagógica Directora

_____________________________________

Representante Consejo Escolar

Santiago, Septiembre / 2016.

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REGLAMENTO DE EVALUACIóN Y

PROMOCIóN

ESCUELA REPúBLICA DE PANAMá D-69