reglamento de operaciones (completo)

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    INDICE

    1. Objetivo ..................................................................................................................................................................................... 4

    2. Alcance y/o Aplicacin ............................................................................................................................................................... 43. Definiciones ............................................................................................................................................................................... 54. Desarrollo ................................................................................................................................................................................ 18

    4.1 Responsabilidades Generales ......................................................................................................................................... 184.1.1 Responsabilidad sobre la Operacin del Sistema Elctrico .................................................................................... 184.1.2 Responsabilidad sobre el Mantenimiento de Equipos e Instalaciones .................................................................... 194.1.3 Responsabilidad sobre los Proyectos de Ampliacin y/o Modificacin del Sistema Elctrico y su Construccin .... 194.1.4 Responsabilidad sobre el Ingreso y Clasificacin de Interrupciones ....................................................................... 204.1.5 Procedimientos de Intervencin en el Sistema Elctrico y en los Equipos .............................................................. 204.1.6 Aplicacin e Interpretacin del Reglamento de Operacin ..................................................................................... 204.1.7 Modificaciones al Reglamento de Operacin .......................................................................................................... 214.1.8 Rango de Variables Elctricas ................................................................................................................................ 214.1.9 Responsabilidad de la AGC .................................................................................................................................... 214.1.10 Procedimientos Tcnicos ........................................................................................................................................ 224.1.11 Elementos de Proteccin Personal ......................................................................................................................... 224.1.12 Anormalidades ........................................................................................................................................................ 22

    4.2 Responsabilidades y Atribuciones de los que Intervienen en el Sistema Elctrico ........................................................... 224.2.1 Centro de Control de Transmisin ............................................................................................................................. 23

    4.2.2 SCADA y Comunicaciones ........................................................................................................................... 244.2.3 Centro de Control de Distribucin .............................................................................................................................. 25

    4.2.3.1 Jefe de Turno ....................................................................................................................................... 254.2.3.2 Despachador del CCD ........ ......... ......... ........ ......... ......... ......... ........ ......... ......... ........ ......... ......... ........ . 26

    4.2.3.3 Unidad de Programacin de Desconexiones ................................................................................................. 274.2.4 reas Regionales ...................................................................................................................................................... 28

    4.2.4.1 Jefe de Distribucin Regional ........................................................................................................................ 284.2.4.2 Encargado de Operaciones y Mantenimiento ................................................................................................ 29

    4.2.5 rea de Proyectos de Alimentadores y Mejoramientos (MT/BT) ................................................................................ 294.2.5 rea de Protecciones (AT) ........................................................................................................................................ 30

    4.3 Procedimiento de Operacin de los Centros de Control ................................................................................................... 314.3.1 En Caso de Emergencia ................................................................................................................................ 314.3.2 En Trabajos Programados ............................................................................................................................. 31

    4.3.3 En atencin de fallas ..................................................................................................................................... 314.3.4 De las Operaciones ................................................................................................................................................... 324.3.4.1 A Travs de un Ejecutor de Maniobras .......................................................................................................... 324.3.4.2 A Travs del Sistema de Supervisin y Control SCADA ................................................................................ 32

    4.3.5 Registro de las Operaciones y Novedades del Operador CCT .................................................................................. 334.3.6 Operacin de Protecciones y Otros Eventos en AT ................................................................................................... 33

    4.3.6.1 Operacin Automtica de Protecciones de Transformadores de Poder o de Barras ..................................... 334.3.6.2 Prdida de la Supervisin Remota de una Subestacin Primaria ................................................................. 334.3.6.3 Personal de Turno Preventivo para la Atencin de Fallas .............................................................................. 334.3.7.4 Ingreso a Subestaciones de Transformacin AT/AT o AT/MT ....................................................................... 34

    4.4. Intervenciones en los Componentes del Sistema Elctrico .............................................................................................. 344.4.1 Desconexin de Instalaciones .................................................................................................................................... 34

    4.4.1.1 Solicitud de Intervencin ................................................................................................................................. 344.4.1.2 Anlisis de la Intervencin .............................................................................................................................. 344.4.1.3 Desconexin de Componentes ....................................................................................................................... 354.4.1.4 Nombres de los Equipos ................................................................................................................................. 35

    4.4.2 Comunicacin en Operacin de Instalaciones ............................................................................................................ 354.4.2.1 Comunicacin entre Centros de Control ........................................................................................................ 354.4.2.2 Comunicacin con Brigadas de Operacin .................................................................................................... 35

    4.4.3 Permisos ................................................................................................................................................................... 364.4.3.1 Permisos de Trabajo (PT) .............................................................................................................................. 364.4.3.2 Solicitud Interempresas (SODI) ..................................................................................................................... 37

    4.4.4 Conexin a Tierra ...................................................................................................................................................... 374.4.4.1 Zona Desconectada ....................................................................................................................................... 374.4.4.2 Verificacin de Ausencia de Tensin ............................................................................................................. 384.4.4.3 Tierras de Proteccin ..................................................................................................................................... 38

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    4.4.4.4 Zona de Trabajo ............................................................................................................................................ 384.4.4.5 Instalacin de Puestas a Tierra...................................................................................................................... 384.4.4.6 Retiro de las Puestas a Tierra........................................................................................................................ 38

    4.5 Brigadas de Operaciones ................................................................................................................................................. 394.5.1 Definicin ................................................................................................................................................................... 394.5.2 Competencia ............................................................................................................................................................. 394.5.3 Dependencia ............................................................................................................................................................. 39

    4.6 Contratistas ...................................................................................................................................................................... 404.6.1 Nmina de Personal de Contratistas ......................................................................................................................... 404.6.2 Obligaciones .............................................................................................................................................................. 40

    4.6.2.1 De la Empresa Contratista ............................................................................................................................. 404.6.2.2 Del Jefe de Faena ......................................................................................................................................... 414.6.3.1 Del Jefe de Faena ......................................................................................................................................... 424.6.3.2 De la Empresa Contratista ............................................................................................................................. 42

    4.7 Puesta en Servicio de Nuevas Instalaciones .................................................................................................................... 434.7.1 De la Coordinacin .................................................................................................................................................... 43

    4.7.1.1 Reuniones de Coordinacin ........................................................................................................................... 434.7.1.2 Solicitud de Puesta en Servicio...................................................................................................................... 43

    4.7.2 De los Protocolos, Pruebas y Certificados ................................................................................................................. 44

    4.7.2.1 Protocolos de Montaje y Pruebas Elctricas .................................................................................................. 444.7.2.2 Documentacin Tcnica ................................................................................................................................ 44

    4.7.3 De la Energizacin y Puesta en Servicio ................................................................................................................... 444.7.3.1 Programa para Puesta en Servicio ................................................................................................................ 444.7.3.2 Condicin Previa a la Puesta en Servicio ...................................................................................................... 454.7.3.3 Puesta en Servicio ......................................................................................................................................... 454.7.3.4 Acta de Puesta en Servicio ............................................................................................................................ 45

    4.8 Fallas en el Sistema ......................................................................................................................................................... 454.8.1 Informe de Anormalidad ............................................................................................................................................ 454.8.2 Anlisis y Medidas Correctivas .................................................................................................................................. 454.8.3 Prohibicin ................................................................................................................................................................. 464.8.4 Encargado de Permiso .............................................................................................................................................. 464.8.5 Obligacin de Comunicar .......................................................................................................................................... 46

    4.9 Accidentes ....................................................................................................................................................................... 464.9.1 Reporte de Accidentes .............................................................................................................................................. 46

    4.9.2 Comunicacin de Accidentes .................................................................................................................................... 464.9.3 Acciones de Salvataje y Primeros Auxilios ................................................................................................................ 474.9.4 Suspensin de Faenas .............................................................................................................................................. 474.9.5 Suspensin de Permisos de Trabajo ......................................................................................................................... 47

    4.10 Transgresiones al Reglamento de Operacin ............................................................................................................... 474.10.1 Obligacin de informar .................................................................................................................................. 474.10.2 Investigacin ................................................................................................................................................. 474.10.3 Comisin Investigadora de Transgresiones ................................................................................................... 484.10.4 Facultad del Jefe de rea.............................................................................................................................. 484.10.5 Objetivos de la Investigacin de Transgresiones........................................................................................... 484.10.6 Presentacin del Informe............................................................................................................................... 49

    Anexos ........................................................................................................................................................................................ 49

    Control de Revisiones

    Versin Modificaciones Fecha

    2 Deroga RDO en su primera versin de Octubre 2006. Octubre 2008

    3 Deroga RDO en su segunda versin de Octubre de 2008. Diciembre de 2011

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    1. Objetivo

    Definir las atribuciones, responsabilidades y obligaciones que toda persona tiene cuando

    interviene en las instalaciones que componen el sistema elctrico del Grupo Saesa,

    entendindose por ste, instalaciones de transmisin, transformacin, distribucin, generacin y

    comunicaciones.

    La operacin del sistema elctrico del Grupo Saesa se realiza bajo una unidad jerrquica

    de mando que coordina, supervisa y ordena, dentro de un marco de severa disciplina,

    todas las maniobras que se efectan en dicho sistema.

    Este RDO reemplaza al RDO en su segunda versin (Octubre de 2008) y complementa y es

    coherente con los Instructivos Tcnicos (IT) y Procedimientos de Trabajo (PDT), vigentes en el

    Grupo Saesa, que se deben aplicar en la planificacin, supervisin y ejecucin de faenas.

    A continuacin se indican los principios bsicos, normas generales y definiciones que

    conforman el presente RDO.

    2. Alcance y/o Aplicacin

    El alcance de este documento, es para toda operacin en el sistema elctrico del Grupo Saesa o

    en las proximidades de redes, en explotacin o no, propias o de terceros.

    El conocimiento del RDO es obligatorio para todo el personal que participa del ciclo tcnico, para

    el personal del ciclo comercial que interviene en el sistema elctrico y para todos los empleados

    del Grupo Saesa y de aquellos contratistas que presten servicios a cualquiera de sus empresas

    integrantes o relacionadas, quienes debern conocerlo, dar estricto cumplimiento a todas sus

    disposiciones y aclarar con sus supervisores, previamente a la intervencin, cualquier duda que

    ste les merezca.

    Ser responsabilidad de cada Jefe de rea sujeto a este RDO, capacitar sobre el mismo a su

    personal dependiente y verificar que tenga un adecuado conocimiento en todos los aspectos

    de este documento, necesarios para el desarrollo de sus funciones en forma segura y

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    ajustada a normas.

    El presente RDO comenzar a regir desde la fecha de su publicacin y difusin y tendr una

    vigencia de dos aos, al trmino de los cuales se deber revisar la validez de su contenido

    para efectuar las modificaciones que correspondan, luego de lo cual regir por un perodo

    similar.

    En todo caso, ante cambios en la estructura organizacional del Grupo Saesa o de alguna de

    sus empresas, el RDO deber adecuarse a dichos cambios.

    3. Definiciones

    Accidente:

    Acontecimiento no deseado e imprevisto que interrumpe un proceso normal de trabajo y que

    puede dar como resultado lesiones a personas y/o daos a equipos e instalaciones

    Anormalidad:

    Evento que perturba el normal desarrollo de la explotacin del sistema elctrico.

    Alta Tensin (AT):

    De acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Instalaciones Elctricas de Corrientes Fuertes

    (NSEG 5. E.n. 71), se consideran en este grupo los sistemas o instalaciones con tensiones

    superiores a 60 kV con un mximo de 220 kV. Para efectos de este RDO se considera como AT

    a aquellas instalaciones que la NSEG 5. E.n. 71 define como de categora C, es decir, en las

    cuales el voltaje entre conductores sea superior a 25.000 volts.

    rea de Gestin de Contratistas (AGC):

    Coordina, controla y fiscaliza administrativamente la gestin de contratistas y de su personal,

    para asegurar el correcto cumplimiento de leyes, condiciones contractuales, normativa interna

    y el buen desempeo de contratistas.

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    Es el rea responsable de comunicar y mantener actualizada la nmina de contratistas,

    incluyendo al personal de estos, habilitados para efectuar tareas encargadas por el Grupo

    Saesa.

    Baja Tensin (BT):

    De acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Instalaciones Elctricas de Corrientes Fuertes,

    se consideran en este grupo los sistemas o instalaciones con tensiones superiores a 100 V con

    un mximo de 1.000 V.

    Bitcora de Transmisin CCT:

    Es el libro o registro en el cual el Operador del CCT deja constancia de todas las operaciones

    manuales y/o automticas ocurridas en el Sistema Elctrico de Transmisin y que representen

    anormalidades, y de todas las intervenciones en algn componente de dicho sistema,

    programadas o de curso forzoso.

    Bitcora de Distribucin CCT:

    Es el libro o registro en el cual el Operador del CCT deja constancia de todas las operaciones

    manuales y/o automticas ocurridas en el Sistema Automatizado de Distribucin y de todas las

    intervenciones en algn componente de dicho sistema, programadas o de curso forzoso.

    Bitcora de Subestaciones:

    Es un libro o registro en el cual las personas que realizan alguna actividad en una subestacin

    primaria, dejan constancia de las visitas y/o de los trabajos ejecutados durante su permanencia

    en ella.

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    Brigada:

    Personal calificado de terreno, capacitado para realizar maniobras en el sistema elctrico, que

    interacta con un Despachador del CCD o con un Operador CCT, informando a estos de todas

    las maniobras que se realizan en terreno.

    Cada Total del Servicio (Black Out):

    Es la interrupcin total del suministro elctrico de la zona de concesin de cualquiera de las

    empresas del Grupo Saesa.

    Cada Parcial del Servicio:

    Es la interrupcin parcial del suministro elctrico en la zona de concesin de cualquiera de las

    empresas del Grupo Saesa.

    Circuito Elctrico:

    Es el conjunto de dispositivos que sirven para generar, transmitir, transformar y distribuir la

    energa elctrica y que dispone de elementos para la conexin o desconexin del servicio. Cada

    circuito debe estar identificado en forma precisa y nica.

    Circuito Desconectado:

    Es un circuito que est con todos los equipos lmites de zona abiertos, enclavados y con el letrero

    de No Operar instalado(Deben adquirirse los letreros suficientes para cumplir ).

    Circuito Energizado:

    Es un circuito que est comprobadamente conectado y con tensin.

    Circuito sin Energa o Desenergizado:

    Es un circuito que, adems de estar desconectado, tiene bloqueadas todas las posibles vas de

    llegada accidental de energa (aterrizado).

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    Conexin a Tierra de Proteccin:

    Es la accin de unir elctricamente a potencial cero cada fase, propia de un circuito o equipo

    elctrico desconectado, con el objeto de proteger a las personas que intervienen en l.

    Conexin:

    Es la accin de unir al sistema elctrico un circuito o equipo elctrico, actuando sobre sus

    dispositivos de operacin.

    Contratista:

    Persona natural o jurdica que, en virtud de un contrato marco o especfico, permanente o

    transitorio, contrae la obligacin de ejecutar una obra, o prestar un servicio, sea o no del giro

    elctrico, para una o ms empresas del Grupo Saesa.

    Centro de Control de Distribucin (CCD):

    Es la unidad operativa del Grupo Saesa, desde donde se supervisa, controla y dirige la operacin

    del sistema elctrico de media y baja tensin. El CCD Norte, con asiento en Temuco, opera las

    instalaciones de FRONTEL, mientras que el CCD Sur, con asiento en Osorno, opera las

    instalaciones de Saesa, Luz Osorno y Edelaysen.

    Centro Control Local (CCL)

    Unidad encargada de coordinar y controlar las actividades diarias de las brigadas de

    operaciones, adems de controlar los tiempos de respuesta para las diferentes Ordenes de

    Atencin (OA) asignadas a brigadas de operacin propias y de contratistas.

    Centro de Control de Transmisin (CCT):

    Es la unidad operativa del Grupo Saesa, desde donde se supervisan y controlan las operaciones

    y variables elctricas del sistema de Transmisin, Subtransmisin, Generacin y de Distribucin

    automatizado.

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    REGLAMENTO DE OPERACIONES v.3 Versin 3Pgina 9 de 49

    Coordinador de Brigadas CCL

    Personal tcnico que proporciona al CCD los recursos necesarios para la atencin de OA, y

    asigna diferentes actividades del tipo tcnico o comercial a las brigadas de operacin,

    optimizando su uso.

    Desconexin:

    Es la accin voluntaria de interrumpir un circuito o equipo elctrico, abriendo los dispositivos de

    operacin correspondiente. Puede ser programada o de curso forzoso. Esta ltima consiste en

    una desconexin impostergable, que no permite cumplir los plazos que imponen, ya sea este

    RDO o la legislacin vigente, respecto de los avisos a los afectados.

    Despachador CCD:

    Personal calificado, integrante del CCD, responsable de interactuar con el personal de brigadas

    de terreno y de dirigir las maniobras necesarias para: (i) aislar las zonas afectadas por fallas y

    guiar las acciones necesarias para la recuperacin del suministro y, (ii) reconfigurar la red de

    distribucin para llevar las instalaciones a las condiciones solicitadas en un Permiso de Trabajo

    (PT).

    Despacho de Centrales:

    Corresponde a las rdenes dadas por un Centro de Control a una o varias centrales de

    generacin, ya sea para sincronizar las unidades e inyectar potencia al sistema elctrico o para

    retirarse del sistema si estaban sincronizadas.

    Ejecutor de Maniobras:

    Es el encargado de efectuar maniobras en el sistema elctrico, producto de una desconexin

    programada o de curso forzoso, dirigido por un Despachador CCD u Operador CCT.

    Empresa Cliente:

    Cualquiera de las empresas que forman parte del Grupo Saesa: Sociedad Austral de

    Electricidad S.A. (SAESA); Empresa Elctrica de la Frontera S.A. (FRONTEL); Compaa

    Elctrica de Osorno S.A. (LUZ OSORNO); Empresa Elctrica de Aysn S.A. (EDELAYSEN);

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    REGLAMENTO DE OPERACIONES v.3 Versin 3Pgina 10 de 49

    Sociedad Austral de Generacin y Energa Chile S.A., (SAGESA); Sistema de Transmisin del

    Sur S.A. (STS); y cualquier otra empresa filial o relacionada que se constituya o se adquiera

    en el futuro.

    Encargado de Instalacin:

    Es el responsable de autorizar la intervencin en la instalacin en explotacin correspondiente,

    solicitada por medio de un PT o SODI en las distintas instalaciones, segn se detalla en

    Instructivo Uso de Permisos de Trabajo, anexado a este documento.

    Encargado del CCL:

    Profesional responsable de supervisar, dirigir y coordinar las diferentes actividades que

    realiza el CCL

    Equipo Disponible:

    Es el componente del sistema elctrico que se encuentra en condiciones de ser utilizado u

    operado por el personal de terreno a solicitud de los despachadores CCD u operadores CCT en

    caso de ser requerido.

    Falla:Alteracin de los parmetros de un sistema, que impide continuar con la normal operacin de

    uno o ms componentes que requiere la rpida accin de los esquemas de protecciones o de la

    intervencin de personal para no daar a los equipos.

    Gestor Tcnico u Operativo:

    Supervisor Empresa con licencia de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles clase

    A, a cargo de actividades o servicios de mantenimiento, obras o equipos, reconocidos como

    tal en los contratos vigentes, quien validar las planificaciones y mantendr la relacinejecutiva con el contratista.

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    REGLAMENTO DE OPERACIONES v.3 Versin 3Pgina 11 de 49

    Gua de Maniobras:

    Documento que contiene la secuencia, numerada y en estricto orden de ejecucin, de las

    acciones necesarias para llevar las instalaciones a las condiciones operacionales requeridas

    para una intervencin amparada por un Permiso de Trabajo o SODI.

    Incidente:

    Acontecimiento no deseado, que bajo circunstancias un poco diferentes pudo haber resultado en

    lesiones o daos.

    Inspector de Faena e Inspector Tcnico de Obra:

    Corresponde a un empleado de la compaa o a personal contratado especficamente para estos

    efectos, profesional especialista y con experiencia en el rea de distribucin, transmisin,

    generacin o afines, que asume las funciones de inspeccin tcnica y control de tareas

    ejecutadas por contratistas no licitados o cuando el jefe de faenas no sea trabajador del Grupo

    Saesa.

    Instalaciones Energizadas:

    Se considerarn como instalaciones energizadas todos aquellos recintos o lugares en que

    existan fuentes de energa de cualquier tipo, o sus elementos de distribucin, que constituyan

    peligro para el personal o que, por razones fortuitas, puedan comprometer la seguridad del

    servicio. Adems, recintos o lugares en que exista riesgo para el desplazamiento del personal

    por su proximidad a las fuentes de energa o a sus elementos de distribucin.

    Instalacin Desenergizada:

    Una instalacin se considerar como desenergizada cuando se encuentre con sus equipos o

    dispositivos de maniobras de llegada de energa abiertos y bloqueados. Adems, la instalacin

    debe tener bloqueadas toda otra posible va de llegada de energa.

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    REGLAMENTO DE OPERACIONES v.3 Versin 3Pgina 12 de 49

    Intervencin en AT, MT y BT:

    Son los trabajos que, con fines de reparacin, mantenimiento, ampliacin o mejora del sistema

    elctrico, efecta personal debidamente autorizado.

    Jefe de Faena:

    Personal validado por la Subgerencia Prevencin de Riesgos y Capacitacin, para el que no

    es obligatorio tener la calidad de instalador elctrico clase A, pero de comprobada experiencia

    en el mbito correspondiente, responsable de la planificacin y ejecucin, conforme a normas

    y en condiciones de seguridad suficientes, de un trabajo o intervencin en las instalaciones en

    explotacin o en sus cercanas. Podr solicitar, siempre que el Supervisor o Gestor Operativo

    lo autorice, la vigencia o cancelacin de un PT al Centro de Control correspondiente. (Ver

    Instructivo Funciones y Requisitos de Supervisores en TerrenoVersin 3).

    Jefe de Grupo:

    Personal validado por la Subgerencia de Prevencin de Riesgos y Capacitacin al que se le

    ha asignado la direccin y control de un grupo de trabajadores para desarrollar ciertas tareas

    especficas en faenas que involucran a 2 ms frentes de trabajo. Debe tener conocimiento

    cabal de la planificacin de la parte de la faena que le corresponde y su relacin con otros

    grupos.

    Jefe de Turno CCD:

    Profesional (Ingeniero Electricista, Instalador Elctrico Clase A) integrante del CCD, encargado

    de supervisar, dirigir y apoyar la gestin de los despachadores de este centro en la operacin del

    sistema de distribucin.

    Maniobra:

    Accin realizada por el personal en terreno a consecuencia de una instruccin emitida por el

    Operador del CCT o por el Despachador del CCD, con el objeto de modificar el estado de un

    componente del sistema elctrico.

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    REGLAMENTO DE OPERACIONES v.3 Versin 3Pgina 13 de 49

    Media Tensin (MT)

    De acuerdo a lo establecido en el reglamento de corrientes fuertes, se consideran en este grupo

    los sistemas o instalaciones con tensiones superiores a 1 kV y con un mximo de 60 kV. Para

    efectos de este RDO, se considerarn como de MT a aquellas instalaciones que la NSEG 5 E.n.

    71 define como de categora B, es decir, mayores a 1.000 volts y en las cuales el voltaje entre

    conductores no exceda de 25.000 volts.

    Normalizacin:

    Es el conjunto de maniobras que permiten volver un circuito o equipo a su condicin normal de

    operacin.

    Operacin:

    Es una accin, local, remota o por telecomando, manual o automtica, ejercida sobre un

    componente del sistema elctrico para modificar su estado o condicin de operacin.

    Operador CCT:

    Ingeniero Electricista, profesional integrante del CCT, responsable de mantener el sistema de

    transmisin en los rangos normales de operacin, de dirigir las maniobras necesarias tanto para

    llevar las instalaciones a las condiciones solicitadas en un PT o SODI como para aislar las zonas

    afectadas por fallas en el sistema de transmisin y subtransmisin del Grupo, y de dirigir las

    acciones necesarias para la recuperacin del suministro.

    Orden de Atencin:

    Documento electrnico, con un nmero nico, creado a partir de la informacin recibida en el

    sistema de manejo de interrupciones (SIPRE), y que permite asignar las labores de inspeccin

    y/o reparacin al personal de terreno. En casos calificados, tales como riesgo inminente o fallas

    en empalmes de BT, se podr intervenir en la red sin este documento. No obstante, deber

    crearse a la brevedad posible para mantener la integridad de la informacin.

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    M-N-OP-001

    REGLAMENTO DE OPERACIONES v.3 Versin 3Pgina 14 de 49

    Pauta de Trabajo (Planificacin de Faenas):

    Es una gua de comprobacin de los pasos mnimos indispensables que deben cumplirse en la

    planificacin y realizacin de faenas en instalaciones en explotacin, energizadas,

    desenergizadas o en las proximidades de ellas. Su uso es obligatorio y no admite exencin en la

    programacin y realizacin de todo trabajo con lneas o equipo energizados, prximos a lneas o

    equipos energizados.

    Permiso de Trabajo (PT):

    Es un documento numerado, personal e intransferible, destinado a autorizar y regular las

    acciones y condiciones originadas por la ejecucin de trabajos que afecten a las instalaciones en

    explotacin, sean stas de alta, media o baja tensin que otorga el Encargado de Instalacin y

    cuya vigencia hace efectiva el Operador del CCT o Despachador del CCD, al Jefe de Faena,

    Inspector de Faena, Inspector Tcnico de Obra o Supervisor, para ejecutar una tarea

    previamente autorizada. El PT cumple con el propsito de controlar los riesgos que acarrean

    tales acciones para las personas, los equipos y la continuidad de servicio. El formato de PT se

    indica en Anexo Instructivo Uso de Permisos de Trabajo, de este RDO.

    No se podr otorgar PT con diferentes condiciones para una misma faena, cuyas condiciones

    sean diferentes, segn se vayan presentando variables en la obra o de las condiciones

    ambientales o en las instalaciones. Se deber elaborar un solo PT con las condiciones ms

    exigentes.

    Planes de Emergencia:

    Es el conjunto de medidas y acciones preestablecidas que considera la participacin de mayores

    recursos para la atencin de eventos imprevistos, los cuales, por su magnitud, superan los

    recursos normales disponibles.

    Procedimientos Tcnicos (Instructivos Tcnicos):

    Es la recopilacin ordenada y sistemtica que rene todos los mtodos y normas de trabajo que

    estn vigentes en el Grupo Saesa, publicados en la intranet o en manuales.

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    REGLAMENTO DE OPERACIONES v.3 Versin 3Pgina 15 de 49

    Puesta en Servicio:

    Es la accin de conectar por primera vez un circuito y/o equipo al sistema elctrico para su

    explotacin.

    Prueba Experimental:

    La prueba experimental tiene por objeto verificar las condiciones de operacin de un equipo

    previo a su entrega a la explotacin. Debe ser especificada expresamente por el Jefe de Faena.

    Durante la prueba experimental, la instalacin queda a disposicin del Jefe de Faena y bajo su

    responsabilidad.

    Puesta a tierra de Proteccin:

    Equipo que permite, mediante una conexin fsica, ya sea, a una malla de tierra o a un barreno

    de puesta a tierra, colocar una red o equipo elctrico al mismo potencial de aquella.

    Puesta a Tierra Personal o Individual:

    Equipo de puesta a tierra unifilar o trifilar y provisional que se instala en el punto de trabajo y que

    mantiene al mismo potencial todas las partes metlicas donde se ubica el trabajador.

    Su instalacin slo puede hacerse despus que se han instalado las tierras de proteccin

    de la zona de trabajo.

    Recuperacin del Servicio:

    Son las acciones tendientes a restablecer las condiciones normales de suministro de energa.

    Red de Distribucin Primaria:

    Conjunto de componentes elctricos en media tensin destinados al transporte de la energa

    elctrica, desde la salida de una subestacin de poder o de una central generadora, hasta el lado

    primario de los transformadores de distribucin.

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    REGLAMENTO DE OPERACIONES v.3 Versin 3Pgina 16 de 49

    Red de Distribucin Secundaria:

    Conjunto de componentes elctricos, destinados al transporte final del suministro de energa

    elctrica desde los transformadores de distribucin hasta los consumidores en baja tensin. Se

    denomina de "Distribucin Secundaria" debido a que se energizan desde el lado secundario de

    dichos transformadores.

    Red de SubtransmisinTransmisin:

    Conjunto de componentes elctricos en alta tensin destinados al transporte y transformacin

    AT/AT y AT/MT de la energa elctrica disponible en los puntos de interconexin con

    proveedores hasta los inicios de la Red de Distribucin Primaria. Incluye los interruptores

    cabecera de alimentadores.

    Reemplazante Autorizado:

    Persona de igual o superior calificacin que el Jefe de Faena y con los mismos conocimientos en

    cuanto a la tarea que se planifica o ejecuta. En caso de imposibilidad del Jefe de Faena para

    dirigir las tareas (o continuar dirigindolas), el reemplazante autorizado toma la funcin de aquel,

    con las mismas obligaciones y atribuciones. Si la ausencia o imposibilidad del Jefe de Faena es

    slo temporal, la faena debe suspenderse.

    Sistema de Supervisin y Control SCADA:

    Es el conjunto de equipos y programas computacionales que permiten, en forma remota y a

    travs de canales de comunicacin, monitorear en tiempo real el sistema elctrico y tele

    comandar sus equipos de operacin y maniobra.

    Sistema Elctrico:

    Es el conjunto de centrales generadoras, subestaciones elctricas, equipos y lneas de

    transmisin, subtransmisin y de distribucin interconectadas entre s o no, que permiten la

    distribucin de la energa elctrica a los usuarios finales.

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    REGLAMENTO DE OPERACIONES v.3 Versin 3Pgina 17 de 49

    Supervisor de Faena:

    Profesional del rea responsable de la planificacin, direccin, control y supervisin, presencial o

    no, de una tarea, especialmente en lo que respecta a la metodologa de trabajo, deteccin de

    condiciones inseguras, riesgos potenciales y al establecimiento y cumplimiento de las

    condiciones de seguridad necesarias para el desarrollo de las tareas. Para obras elctricas, debe

    ser Instalador Elctrico Clase A de probada experiencia y conocimiento de terreno.

    Solicitud de Intervencin Inter-empresas o Inter-centros de Despacho (SODI):

    Es una solicitud escrita y numerada que hace un representante de una empresa o de un Centro

    de Control a otra empresa o Centro de Control, en la que se solicitan las condiciones necesarias

    para una intervencin planificada en las instalaciones elctricas cuando los trabajos afecten o

    puedan afectar las instalaciones o los intereses de la otra parte.

    Zona Desconectada:

    Es la zona de un circuito que, para realizar las faenas indicadas en un PT se debe dejar sin

    tensin y con los equipos de operacin que fueron abiertos para impedir la energizacin de la

    zona, enclavados (bloqueados) y sealizados. Tambin deben estar instalados los equipos de

    puesta a tierra necesarios.

    Zona de Trabajo:

    Es la parte de la Zona Desconectada en la que se interviene bajo un PT autorizado por el

    Encargado de la Instalacin, que ha sido llevada, por el Despachador u Operador respectivo, a

    las condiciones indicadas en dicho documento y que est claramente demarcada por las puestas

    a tierra de bloqueo y debidamente sealizada.

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    REGLAMENTO DE OPERACIONES v.3 Versin 3Pgina 18 de 49

    4. Desarrollo

    Para todo trabajo elctrico recuerde siempre tener presente las 5 Reglas de Oro.

    4.1 Responsabilidades Generales

    4.1.1 Responsabilidad sobre la Operacin del Sistema Elctrico

    La operacin del sistema elctrico consiste en el manejo de los equipos que estn en

    servicio o disponibles para ser energizados, de tal modo que permitan el flujo permanente

    y ptimo de la energa elctrica hacia los puntos de consumo o venta, de acuerdo con las

    normas de calidad y seguridad exigidas por la Ley General de Servicios Elctricos y sus

    normas y reglamentos complementarios.

    Para el caso de los sistemas elctricos del Grupo Saesa, la responsabilidad de la

    operacin del sistema recae en la Subgerencia de Explotacin del Sistema,especficamente en el Centro de Control de Transmisin (en adelante CCT), Centro de

    Control de Distribucin Norte y en el Centro de Control de Distribucin Sur (en adelante

    CCD). En consecuencia, todo equipo que est en servicio o se encuentre en condiciones

    de estarlo en dichos sistemas elctricos, est bajo el control exclusivo de los operadores

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    REGLAMENTO DE OPERACIONES v.3 Versin 3Pgina 19 de 49

    del CCT y de los despachadores de los CCD. Por lo tanto, toda maniobra en la red debe

    ser exclusivamente ordenada y dirigida por stos, salvo en los casos en que se haya

    autorizado expresamente y en cada oportunidad, una operatoria diferente.

    4.1.2 Responsabilidad sobre el Mantenimiento de Equipos e Instalaciones

    El mantenimiento del sistema elctrico consiste en la supervisin permanente de los

    equipos e instalaciones y en la ejecucin de los trabajos de mantenimiento programados,

    segn estrategias previamente definidas, que permitan asegurar la disponibilidad del

    sistema elctrico, de modo que ste sea explotado, manteniendo la calidad y continuidad

    del servicio en ptimas condiciones. Esta responsabilidad recae en el rea de

    Mantenimiento de Transmisin y en las Subgerencias de Operaciones Regionales (Norte y

    Sur).

    En consecuencia, ser deber de los responsables del mantenimiento:

    a) Encargar la ejecucin de los trabajos, de acuerdo al plan de mantenimiento definido;

    b) Que los equipos que les han sido asignados funcionen dentro de los rangos de

    rendimiento tcnicos, en tanto sean explotados bajo condiciones preestablecidas, y

    c) Aportar al CCT y a los CCD la informacin tcnica necesaria para la operacin de los

    equipos instalados.

    4.1.3 Responsabilidad sobre los Proyectos de Ampliacin y/o Modificacin del Sistema

    Elctrico y su Construccin

    Los proyectos de ampliacin y/o modificacin del sistema elctrico consisten en la

    elaboracin de la ingeniera conceptual, bsica y de detalles necesarios en un proyecto para

    satisfacer los requerimientos de los clientes, ya sean internos o externos. Esta

    responsabilidad recae en la Gerencia de Ingeniera y Proyectos, en la Gerencia de

    Operaciones y en la Gerencia de Generacin, segn corresponda a las diferentes etapas del

    proyecto

    Ser deber de los integrantes de las gerencias indicadas, considerar y consensuar los

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    REGLAMENTO DE OPERACIONES v.3 Versin 3Pgina 20 de 49

    requerimientos de las reas de Mantenimiento y de Explotacin en cada una de las etapas

    que contemplen los proyectos, y velar porque las ampliaciones o modificaciones del sistema

    elctrico sean ejecutadas de acuerdo a las normas de construccin aceptadas por el Grupo

    Saesa.

    4.1.4 Responsabilidad sobre el Ingreso y Clasificacin de Interrupciones

    La responsabilidad del ingreso al sistema OMS (Sistema de Gestin de Interrupciones), de

    las interrupciones ocurridas en el sistema elctrico de Distribucin del Grupo Saesa recaer

    sobre los CCD, debiendo ceirse a lo establecido en el Instructivo Calificacin de

    Interrupciones de Suministro, anexado a este documento.

    4.1.5 Procedimientos de Intervencin en el Sistema Elctrico y en los Equipos

    Las intervenciones en cualquier componente del sistema elctrico o en sus cercanas, estn

    o no en funcionamiento, ya sean elementos primarios, de control, de proteccin, de medida,

    etc., se regirn siempre por las normas constitutivas de este Reglamento, siendo su

    incumplimiento causal de sanciones segn la gravedad de la infraccin y lo indicado en el

    Instructivo Actuacin de la Comisin Investigadora de Transgresiones al RDO, anexado a

    este documento.

    4.1.6 Aplicacin e Interpretacin del Reglamento de Operacin

    La responsabilidad de capacitar en el RDO al personal de contratistas recaer en sus

    supervisores, siendo los Gestores del Contrato los responsables de verificar el grado de

    conocimiento del mismo.

    Sin perjuicio de lo anterior, el cumplimiento del RDO no exime ni excusa a ningn

    trabajador del Grupo Saesa o de contratistas de la obligacin de aplicar todos los

    procedimientos tcnicos vigentes y las normas de prevencin de riesgos usuales, que

    correspondan en la ejecucin de faenas.

    Toda transgresin al RDO ser investigada, segn se establece en el Instructivo Actuacin

    de la Comisin Investigadora de Transgresiones al RDO, anexado a este Reglamento.

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    REGLAMENTO DE OPERACIONES v.3 Versin 3Pgina 21 de 49

    La administracin (modificacin, actualizacin, distribucin, etc.) del presente Reglamento

    ser de exclusiva responsabilidad del Gerente de Operaciones. Su aplicacin y la

    investigacin de trasgresiones estarn bajo la coordinacin de la Subgerencia de

    Explotacin del Sistema.

    En caso de divergencias o dudas, la interpretacin de las disposiciones y/o la fijacin de

    normas especiales, que no estn expresamente contempladas en este Reglamento, ser

    privativa del Gerente de Operaciones.

    4.1.7 Modificaciones al Reglamento de Operacin

    De la aplicacin del presente Reglamento, pueden surgir situaciones no consideradas, las

    cuales debern ser estudiadas por los afectados y, con la aprobacin del Jefe de rea

    correspondiente, proponer al Subgerente de Explotacin del Sistema los cambios

    necesarios a la normativa existente o la incorporacin de nuevas normas.

    La incorporacin de modificaciones a este RDO es una funcin del Subgerente de

    Explotacin del Sistema. En caso que no sean aceptadas las modificaciones se podr

    apelar a travs de la gerencia correspondiente al rea que lo solicita

    Toda modificacin al presente RDO ser aprobada por el Gerente de Operaciones a

    proposicin del Subgerente de Explotacin del Sistema.

    4.1.8 Rango de Variables Elctricas

    El rango de operacin de las variables elctricas con que se deber operar el sistema

    elctrico ser el que indiquen las normas y reglamentos vigentes, tanto para condiciones

    normales como para contingencias.

    4.1.9 Responsabilidad de la AGC

    La AGC deber comunicar, publicar y mantener actualizado, en la intranet del Grupo

    Saesa, el listado de contratistas y de su personal habilitado para intervenir en el sistema

    elctrico del Grupo Saesa.

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    REGLAMENTO DE OPERACIONES v.3 Versin 3Pgina 22 de 49

    4.1.10 Procedimientos Tcnicos

    Para el cumplimiento de sus funciones, todo empleado y empresa contratista que

    intervenga directamente en las instalaciones del sistema elctrico del Grupo Saesa,

    deber conocer los Instructivos tcnicos y procedimientos de trabajo aprobados por la

    empresa, los que mantendr actualizados y ordenados con toda la informacin necesaria

    para que su personal desarrolle su cometido de modo uniforme, cumpliendo con normas

    tcnicas y procedimientos de trabajo seguros. Estos procedimientos debern ser

    entregados por el supervisor o el rea administradora del contrato.

    4.1.11 Elementos de Proteccin Personal

    Toda persona que, por cualquier motivo, ingrese a una subestacin o participe en alguna

    faena en instalaciones del Grupo Saesa, deber usar los elementos de proteccin personal

    (EPP) y cumplir con las normas de seguridad establecidas por el rea de Prevencin de

    Riesgos y Salud Ocupacional (uso de: casco de seguridad dielctrico, gafas de seguridad,

    zapato de trabajo, capacitacin adecuada, certificacin DAS, etc.) y adems, con los

    equipos necesarios, certificados y adecuados para la operacin, cuando corresponda.

    Excepcionalmente, se podr ingresar sin calzado de seguridad a subestaciones en las que

    no se estn desarrollando obras o faenas de mantenimiento, debiendo, eso s, usar el resto

    de los EPP.

    4.1.12 Anormalidades

    Cualquier empleado del Grupo Saesa que observe una anormalidad en los equipos o en el

    desarrollo de los trabajos, deber detener la ejecucin de las faenas y poner este hecho en

    conocimiento del CCT o del CCD y dejar constancia en la Bitcora de la subestacin, si

    corresponde.

    Esta obligacin tambin se har extensiva al personal de contratistas que detecte alguna

    anormalidad, dando cuenta del hecho a su supervisor directo.

    4.2 Responsabilidades y Atribuciones de los que Intervienen en el Sistema Elctrico

    La operacin del sistema elctrico de subtransmisin es responsabilidad del CCT, en lo referente

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    REGLAMENTO DE OPERACIONES v.3 Versin 3Pgina 23 de 49

    a la supervisin, coordinacin, autorizacin de desconexiones e intervenciones en sus

    componentes, direccin, control e interaccin con otros centros de operacin o de control.

    Cuando estas funciones tengan relacin con la red de distribucin primaria o secundaria, la

    responsabilidad recae sobre los CCD.

    4.2.1 Centro de Control de Transmisin

    Es la unidad funcional que opera el sistema elctrico de Transmisin y subtransmisin. Para

    el cumplimiento de sus funciones, el Operador CCT tiene las siguientes responsabilidades y

    atribuciones.

    a) Responsabilidades

    Operar todas las lneas de alta tensin, las subestaciones de poder, los equipos

    principales y auxiliares de stas, y los equipos de distribucin y de generacin

    automatizados expresamente asignados a este centro.

    Definir las estrategias de normalizacin del servicio para condiciones de falla en el sistema

    elctrico.

    Representar oficialmente a STS en la operacin del Sistema elctrico ante el Centro de

    Despacho y Control del CDEC SIC y ante los Centros de Control de otras empresaspertenecientes al Sistema Interconectado Central.

    Analizar y ejecutar las operaciones programadas o de emergencia que afecten a todos los

    equipos a su cargo, ya sea por telecomando o con ejecutores de maniobras en terreno.

    Coordinar con los despachadores del CCD la recuperacin de suministro cuando las fallas

    afecten a las cabeceras de los Alimentadores o reconectadores telemandados.

    Autorizar las intervenciones mediante Permisos de Trabajo o SODI, de acuerdo a lo

    establecido en el punto 4.4, Intervenciones en los Componentes del Sistema Elctrico, de

    este Reglamento.

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    REGLAMENTO DE OPERACIONES v.3 Versin 3Pgina 24 de 49

    Frente a fallas, ordenar las maniobras necesarias para aislar los componentes fallados y

    restablecer el suministro interrumpido.

    Despachar las centrales de generacin a su cargo.

    Preparar informes de falla y de gestin.

    b) Atribuciones

    En las cadas totales de servicio, aplicar el Esquema de Recuperacin de Servicio que

    corresponda y determinar la aplicacin del Plan de Recuperacin correspondiente.

    Podr suspender las maniobras o trabajos cuando detecte, o es informado, que se estn

    transgrediendo las normas y procedimientos de operacin.

    Definir y ejecutar las acciones necesarias para corregir las variables que se encuentren

    fuera de los lmites permitidos, pudiendo incluso interrumpir el suministro.

    Tiene facultad de mando sobre el personal que presta servicios de operacin en terreno.

    Posee la facultad de ordenar y/o ejecutar las operaciones que estime conveniente, siendo

    responsable de lo que haya ordenado y/o ejecutado.

    Tiene la facultad de definir los horarios en que se podrn desarrollar las intervenciones

    programadas en el sistema.

    4.2.2 SCADA y Comunicaciones

    rea encargada de proyectar, programar, instalar y mantener los elementos necesarios, tanto

    de software como de hardware, para la operacin por telecomando del sistema elctrico del

    Grupo Saesa y para el establecimiento de los canales de comunicacin por radiofrecuencia

    necesarios entre los centros de control y el personal de terreno, propio o de contratistas.

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    REGLAMENTO DE OPERACIONES v.3 Versin 3Pgina 25 de 49

    4.2.3 Centro de Control de Distribucin

    Es el rea que opera el sistema elctrico de distribucin. Su estructura jerrquica est

    compuesta por Jefes de Turno, Despachadores y Programadores de Desconexiones.

    4.2.3.1 Jefe de Turno

    Es el supervisor que ejerce su accin directamente sobre los despachadores, a quienes

    asesora en la toma de decisiones para la solucin de problemas que presente la operacin

    del sistema. Adems, autoriza las intervenciones programadas en el sistema elctrico de

    distribucin de operacin centralizada del Grupo Saesa.

    a) Responsabilidades

    Optimizar la utilizacin de los recursos de operacin y coordinar la accin de los

    despachadores del CCD.

    Definir las estrategias de normalizacin del servicio para condiciones de falla en el

    sistema elctrico de distribucin.

    Coordinar con los Operadores del CCT las acciones de normalizacin del servicio

    para fallas que afecten las cabeceras de los alimentadores y reconectadorestelemandados.

    Autorizar las intervenciones, mediante Permisos de Trabajo, en el sistema elctrico

    de distribucin minimizando el impacto en los clientes.

    Atender emergencias, supervisar operaciones e intervencin de brigadas.

    b) AtribucionesPodr suspender las maniobras cuando detecta o es informado que se estn

    transgrediendo las normas y procedimientos de operacin.

    Tiene facultad para aceptar o rechazar las SODI o PT, de acuerdo con el Instructivo

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    REGLAMENTO DE OPERACIONES v.3 Versin 3Pgina 26 de 49

    Uso de Permisos de Trabajo.

    Tiene facultad para suspender trabajos si las condiciones de seguridad para las

    personas o componentes del sistema elctrico se ponen en riesgo.

    4.2.3.2 Despachador del CCD

    Es el encargado de dirigir las maniobras, programadas o de curso forzoso, necesarias

    para la intervencin de personal propio y/o de terceros en el sistema elctrico de

    distribucin.

    a) ResponsabilidadesOperar todas las redes de media y baja tensin y los equipos principales y auxiliares

    en estos niveles en el sistema elctrico de la zona centralizada.

    Dar vigencia a los Permisos de Trabajo en intervenciones aprobadas, de acuerdo a

    lo establecido en el punto 4.4, Intervenciones en los Componentes del Sistema

    Elctrico, de este RDO.

    Frente a fallas, ordenar las operaciones necesarias para aislar los componentesfallados y restablecer el suministro interrumpido.

    Ingresar toda la informacin pertinente a los sistemas informticos y simular en ellos

    las maniobras realizadas en terreno, ya sea por trabajos programados o por fallas.

    Indisponer, en los sistemas informticos, las zonas afectadas por prdida de

    suministro, programada o por falla.

    b) Atribuciones

    Tiene facultad de mando sobre el personal que presta servicios de operacin en

    terreno.

    Posee la facultad de ordenar y/o ejecutar las operaciones que estime conveniente,

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    siendo responsable de lo que haya ordenado y/o ejecutado.

    4.2.3.3 Unidad de Programacin de Desconexiones

    Es la unidad que analiza las solicitudes de intervencin en el sistema elctrico de

    distribucin, verifica el cumplimiento de lo indicado en el Instructivo Uso de Permisos de

    Trabajo, anexado a este RDO, evala la factibilidad de lo solicitado y programa la

    desconexin.

    a) Responsabilidades

    Optimizar el tiempo de interrupcin de los componentes del sistema elctrico por

    efecto de desconexiones programadas, haciendo un mejor aprovechamiento de

    ellas, mediante la coordinacin con los responsables del mantenimiento y de la

    construccin.

    Determinar la secuencia correcta de maniobras que permitan desconectar, en forma

    programada, un componente o equipo en el sistema de distribucin, cuidando que

    se establezca claramente la Zona Desconectada para la Zona de Trabajo solicitada.

    Preparar y enviar los avisos correspondientes a los medios de comunicacin y a losclientes internos, dentro de los plazos establecidos en el Instructivo Desconexiones

    Programadas en MT y BT, anexada a este documento.

    Informar al solicitante la Resolucin respecto al PT, indicando bajo qu condiciones

    se entregarn los componentes del sistema elctrico que sern intervenidos.

    Entregar oportunamente al CCD el programa de intervenciones programadas y las

    correspondientes Guas de Maniobras.

    b) Atribuciones

    Est facultada para cambiar fechas y horarios de ejecucin de las intervenciones,

    para atenuar los efectos de stas en el sistema elctrico y/o disminuir su impacto en

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    REGLAMENTO DE OPERACIONES v.3 Versin 3Pgina 28 de 49

    los clientes. En todo caso debe consensuar el requerimiento con el (los) solicitante

    (s).

    4.2.4 reas Regionales

    Son las reas encargadas del mantenimiento preventivo, correctivo y de la construccin de

    obras de Dx en su zona de jurisdiccin. En el ciclo tcnico, su estructura jerrquica est

    compuesta por el Administrador Regional, por el Jefe de Distribucin, por el Jefe de

    Proyectos y Obras, por el Encargado de Operaciones y Mantenimiento y por los

    Coordinadores de Obras.

    4.2.4.1Jefe de Distribucin Regional

    Responsable, en su zona de jurisdiccin, de todas las acciones preventivas y correctivas

    necesarias para mantener en buen estado el sistema elctrico de distribucin, tal que se

    minimicen las interrupciones a los consumidores finales por cualquier causa. Es tambin

    responsable de verificar y hacer cumplir los lineamientos generales establecidos en los

    contratos de Operaciones Tcnicas.

    a) Responsabilidades

    Mantener las instalaciones en condiciones de servicio, de acuerdo a la normativa

    vigente y a los estndares del Grupo Saesa.

    Cooperar con los programadores de desconexiones en la verificacin en terreno de la

    conectividad de la red y de las condiciones especiales que pudiesen existir en la

    zona donde se efectuar la intervencin.

    Administrar la informacin tcnica sobre el sistema elctrico aportada por los

    encargados de la ingeniera, construccin y mantenimiento.

    Coordinar los recursos humanos y materiales de su zona de jurisdiccin, tanto para

    la operacin normal como bajo condiciones de emergencia.

    b) Atribuciones

    Podr requerir que se posponga la puesta en servicio de nuevos componentes

    cuando falte la informacin tcnica necesaria para la operacin de los equipos, o no

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    REGLAMENTO DE OPERACIONES v.3 Versin 3Pgina 29 de 49

    se tenga el plazo suficiente para poner en conocimiento sobre esta informacin a los

    responsables de la operacin.

    Durante la ejecucin de maniobras, cuando detecte transgresiones a las normas de

    prevencin y operacin, que a su juicio puedan dar origen a un accidente, podr

    suspender temporalmente la ejecucin de las faenas, mientras informa de sus

    observaciones al Jefe de Turno del CCD.

    Est facultado para requerir, al Jefe de Faena, la presentacin de los documentos

    que debe mantener en terreno, segn lo sealado en el Instructivo Uso de Permisos

    de Trabajo, anexado a este documento.

    Est facultado para aprobar o rechazar solicitudes de Permisos de Trabajo en

    instalaciones, en explotacin o no, de su responsabilidad

    4.2.4.2 Encargado de Operaciones y Mantenimiento

    Es el responsable de la coordinacin operativa directa con el contratista de operaciones

    tcnicas, tanto en el cumplimiento de la normas de seguridad como las de construccin.

    Debe, adems, verificar el cumplimiento, por parte del contratista, de la confeccin

    correcta de Permisos de Trabajo, Planificacin de Tareas y Evaluaciones de Riesgo.

    4.2.5 rea de Proyectos de Alimentadores y Mejoramientos (MT/BT)

    Es la unidad que realiza estudios y define las polticas y criterios para la instalacin y

    parametrizacin de las protecciones de distribucin, de modo que se minimicen las zonas

    afectadas en caso de fallas, con las responsabilidades siguientes, entre otras:

    Realizar los estudios de coordinacin de protecciones de todos los equipos, nuevos y en

    servicio, en alimentadores, subalimentadores y otras instalaciones, excluyendo

    subestaciones de poder y lneas de transmisin, subtransmisin y adicionales (como por

    ejemplo: Lago AtravesadoTehuelche).

    Verificar que la parametrizacin de los equipos sea la definida en el estudio.

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    REGLAMENTO DE OPERACIONES v.3 Versin 3Pgina 30 de 49

    4.2.5 rea de Protecciones (AT)

    Es la unidad que realiza estudios y define las polticas y criterios en la instalacin y

    parametrizacin de las protecciones del sistema de transmisin y subtransmisin,

    incluyendo las protecciones de interruptores de cabecera de alimentadores de distribucin,

    de modo que se minimicen las zonas afectadas en caso de fallas y se cumpla la normativa

    vigente. Sus responsabilidades principales relativas a la operacin del sistema elctrico

    son:

    Realizar los estudios de coordinacin de protecciones de todos los equipos, nuevos y en

    servicio, instalados en el sistema de transmisin y subtransmisin, entendindose por tal

    toda instalacin con voltaje superior a 23 kV, a las lneas Lago Atravesado Tehuelche y

    aquellas similares que se pongan en servicio en el futuro.

    Efectuar los anlisis de operacin de protecciones cuando stas hayan operado por falla en

    el sistema y emitir los informes correspondientes.

    Parametrizar los equipos con los valores obtenidos en los estudios correspondientes o

    verificar la parametrizacin cuando sta es realizada por terceros.

    Efectuar las Pruebas a los Rels de acuerdo a los ajustes determinados en los Estudios.

    Los equipos nuevos sern parametrizados en laboratorio. Para efectuar las pruebas a los

    equipos en servicio, Mantenimiento Tx deber otorgar las condiciones requeridas por el

    rea de Protecciones para la aplicacin de las pruebas a esos equipos. Se consignar el

    resultado de estas pruebas en Protocolos de Prueba.

    En la modificacin temporal de parmetros operacionales que involucren reprogramacin

    de protecciones en cabecera de alimentadores, tales como la funcin HLT, deber

    autorizar los PT necesarios y verificar el estado final de ajuste de protecciones. La

    ejecucin del ajuste temporal es responsabilidad del CCT de acuerdo al instructivo

    correspondiente

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    REGLAMENTO DE OPERACIONES v.3 Versin 3Pgina 31 de 49

    4.3 Procedimiento de Operacin de los Centros de Control

    4.3.1 En Caso de Emergencia

    En aquellos casos en que se requiera accin inmediata, por riesgos inminentes a las

    personas o por fallas en un equipo, la funcin del Despachador del CCD de envo del mvil

    para atencin, podr ser asumida transitoriamente por personal debidamente autorizado, el

    cual podr realizar la intervencin en el sistema elctrico de distribucin, bajo su

    responsabilidad, dando aviso al Centro de Control respectivo, en forma previa o posterior,

    segn lo amerite la situacin.

    El personal calificado podr actuar de inmediato para proceder a la apertura de los equipos

    necesarios. Posteriormente, deber informar a su Jefe inmediato y al Despachador que

    corresponda, las acciones ejecutadas.

    Sin perjuicio de ello, en ningn caso se podrn cerrar interruptores o equipos de

    maniobra sin orden expresa del Despachador u Operador, salvo lo indicado en 4.1.1

    4.3.2 En Trabajos Programados

    En la puesta en servicio de nuevas instalaciones que requieran pruebas especiales, para

    dirigir las maniobras en el lugar de trabajo podr reemplazarse al Despachador de turno

    por una persona previamente designada para este objeto, quien pasar a denominarse

    "Operador de Terreno".

    4.3.3 En Atencin de Fallas

    El personal calificado enviado por el Centro de Control a la atencin de una falla mediante la

    asignacin de una Orden de Atencin, llegado al punto, podr efectuar la apertura de los

    equipos necesarios sin autorizacin del Centro de Control que asign la atencin. Sin

    embargo, las maniobras debern ejecutarse con apego estricto a los procedimientos vigentes

    para la tarea.

    Asimismo, una vez reparada la falla, podr ejecutar las maniobras de normalizacin de las

    instalaciones si as se lo indic el Centro de Control al asignar la Orden de Atencin.

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    Posteriormente deber informar al despachador que corresponda, las acciones ejecutadas y

    los horarios correspondientes.

    4.3.4 De las Operaciones

    El Despachador u Operador ejecutarn las operaciones utilizando personal capacitado y

    calificado para este efecto, segn uno (o ambos) de los siguientes procedimientos:

    4.3.4.1 A Travs de un Ejecutor de Maniobras

    a) La comunicacin entre el Centro de Control y el Ejecutor de Maniobras se efectuar

    siguiendo el instructivo Protocolo de Comunicacin con el Centro de Control, anexado

    a este documento.

    b) Despus de ser solicitada la vigencia de un PT, el Despachador u Operador ordenar

    la ejecucin de las maniobras una por una, en forma clara y precisa, exigiendo al

    Ejecutor de Maniobras, cada vez, la repeticin de la orden, segn lo establece el

    Reglamento de Instalaciones Elctricas de Corrientes Fuertes (NSEG 5. E.n. 71).

    c) Slo en casos justificados, como son: (i) malas comunicaciones, (ii) distancias

    excesivas entre el lugar de operacin y el de comunicacin o (iii) trastornos producidos

    en el sistema, el Despachador u Operador podrn ordenar al Ejecutor de Maniobras,

    ejecutar bloques de operaciones. En todo caso, este ltimo deber anotarlas

    previamente, repetirlas al Despachador u Operador antes de su ejecucin, y no alterar

    la secuencia de ellas. Lo anterior podr omitirse si, con una anticipacin mnima de 24

    horas, se ha hecho llegar al Ejecutor de Maniobras copia escrita de la gua

    correspondiente. Posteriormente, el Ejecutor de Maniobras informar al Despachador u

    Operador la hora en que fue ejecutada cada una de las maniobras.

    4.3.4.2 A Travs del Sistema de Supervisin y Control SCADA

    a) Cada vez que se vaya a operar a travs del SCADA, y con el objeto de prevenir

    accidentes, el Operador deber advertir al personal de terreno la intencin de ejecutar

    operaciones.

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    REGLAMENTO DE OPERACIONES v.3 Versin 3Pgina 33 de 49

    b) Una vez concluidas las maniobras de una desconexin, el Operador proceder a

    inhabilitar los controles de los equipos lmite mediante los bloqueos disponibles en el

    SCADA. Tambin, deber ordenar el bloqueo de los equipos en terreno, segn lo

    indicado en cada PT o SODI.

    4.3.5 Registro de las Operaciones y Novedades del Operador CCT

    El Operador CCT debe dejar anotada, en la Bitcora de Transmisin o en la Bitcora de

    Distribucin, cualquier novedad u observacin al sistema elctrico bajo su control que a su

    juicio estime conveniente.

    4.3.6 Operacin de Protecciones y Otros Eventos en AT

    Cuando ocurra una operacin de una proteccin automtica, una falla u otra

    contingencia, el Operador CCT actuar segn lo establecido en este RDO, poniendo especial

    atencin a los siguientes casos que involucren la participacin inmediata de otras reas:

    4.3.6.1 Operacin Automtica de Protecciones de Transformadores de Poder o de Barras

    El o los interruptores operados slo podrn ser cerrados despus de verificar en terreno la

    inexistencia de anormalidades que lo impidan o lo hagan inconveniente. En caso que la

    operacin haya tenido como causa sobrecarga, el o los interruptores operados podrn ser

    cerrados de inmediato.

    4.3.6.2 Prdida de la Supervisin Remota de una Subestacin Primaria

    Mientras se corrige la anormalidad, se debern adoptar todas las medidas necesarias que

    permitan mantener bajo control, en todo momento, la operacin de la subestacin

    afectada, tal como el envo de personal para maniobras locales.

    4.3.6.3 Personal de Turno Preventivo para la Atencin de Fallas

    En general, toda vez que ocurra alguna novedad que a criterio del Operador del CCT

    requiera atencin inmediata, sta deber ser comunicada al encargado de las brigadas

    ms cercanas al punto afectado para el envo inmediato del personal correspondiente el

    cual se pondr a disposicin del CCT. Se avisar tambin al personal de mantenimiento

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    que corresponda.

    4.3.7.4 Ingreso a Subestaciones de Transformacin AT/AT o AT/MT

    Toda persona que requiera ingresar a cualquier subestacin controlada y supervisada

    por el CCT deber cumplir con lo establecido en el Instructivo Ingreso a Subestaciones

    de Poder anexado en este documento.

    4.4. Intervenciones en los Componentes del Sistema Elctrico

    4.4.1 Desconexin de Instalaciones

    4.4.1.1 Solicitud de Intervencin

    Cuando se requiera intervenir una instalacin del sistema elctrico de distribucin, en

    uso o en condiciones de estarlo, (excluidos los interruptores cabecera de alimentadores

    y los equipos de comunicacin o de telecomando), ser necesario depositar un PT en el

    CCD, con la anticipacin establecida en el Instructivo Uso Permisos de Trabajo, anexado

    a este documento.

    Cuando el equipo a intervenir tenga control por telecomando y est bajo la tuicin del

    CCT, el CCD enviar una SODI a aqul informando de la intervencin en dicho equipo.

    Para los trabajos de mayor importancia, como puesta en servicio de nuevas

    instalaciones, deber efectuarse una reunin de coordinacin entre las reas

    participantes.

    Cuando la intervencin sea en cualquier equipo o componente del sistema de

    generacin, transmisin, subtransmisin, transformacin AT/AT, AT/MT, SCADA o

    comunicaciones, el PT ser depositado en el CCT, cuyos operadores confeccionarn y

    enviarn las SODI que sean necesarias.

    4.4.1.2 Anlisis de la Intervencin

    El CCD o el CCT analizarn la solicitud y determinarn la fecha, hora y condiciones en

    que se ejecutar lo solicitado. La resolucin ser comunicada al interesado dentro de los

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    plazos establecidos en el Instructivo Uso Permisos de Trabajo.

    4.4.1.3 Desconexin de Componentes

    Todo componente que se desconecte para una intervencin, se aislar por medio de

    al menos un equipo normal de maniobra en cada punto lmite de dicha desconexin, o

    bien, mediante un equipo de operacin con bloqueo del cierre, inhabilitacin de los

    comandos o retiro de partes mviles, de modo que impida la energizacin accidental

    del componente desconectado.

    4.4.1.4 Nombres de los Equipos

    Los componentes del sistema elctrico en lneas, arranques, transformadores, etc., se

    denominarn por los nombres oficiales con que el Grupo Saesa designe a dichos

    equipos.

    4.4.2 Comunicacin en Operacin de Instalaciones

    Los Centros de Control son los responsables de dirigir la operacin en las instalaciones,

    tanto en condiciones normales como de falla, salvo las excepciones indicadas en el PEC.

    4.4.2.1 Comunicacin entre Centros de Control

    En emergencia, las solicitudes del Jefe de Turno del CCD a los Operadores del CCT

    sobre operacin, rdenes de precaucin o cambio de algn parmetro elctrico de los

    equipos de distribucin con control SCADA y de alimentadores, se realizarn por

    medio de los sistemas de comunicacin grabados.

    Cuando se requiera una orden de precaucin o de apertura sobre instalaciones de

    terceros, la solicitud se realizar por medio de una SODI entre el CCT y el CCD.

    4.4.2.2 Comunicacin con Brigadas de Operacin

    Las comunicaciones entre los despachadores del CCD, los operadores CCT y las

    brigadas de operaciones se realizarn a travs de medios de comunicacin grabados,

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    donde se aplicar el protocolo de comunicaciones establecido en el Instructivo

    Protocolo de Comunicacin con Centros de Control, anexado a este documento.

    4.4.3 Permisos

    Existen dos tipos de documentos: (i) "Permiso de Trabajo" y (ii) "Solicitud de Intervencin o

    SODI". Esta ltima se utiliza tambin para formalizar las intervenciones que afecten o

    pudiesen afectar a instalaciones de terceros.

    4.4.3.1 Permisos de Trabajo (PT)

    a) La vigencia se da despus de haber creado la Zona Desconectada ejecutando la

    correspondiente Gua de Maniobras. Deber haber tantos PT como frentes de trabajo

    existan, dentro de una misma Zona Desconectada.

    b) El Despachador u Operador, antes de dar vigencia al permiso, explicar

    detalladamente al Jefe de Faena los equipos abiertos, (lmites de la Zona

    Desconectada), el lugar donde estn instaladas las tierras de proteccin y los puntos

    prximos con tensin. En caso de ausencia del Jefe de Faena indicado en el Permiso

    de Trabajo, sus funciones las asumir el Reemplazante Autorizado indicado en el PT,

    previo aviso de esta situacin al Centro de Control respectivo.

    c) Todos los PT deben ser numerados y registrados por el Operador del CCT o por el

    Despachador del CCD en el Libro de Registro de Trabajos, el que podr ser digital. Por

    su parte, el que recibe el permiso deber registrar el nmero en su Gua de Maniobras

    d) El Jefe de Faenas, para protegerse de los puntos prximos con tensin, delimitar la

    Zona de Trabajo instalando tierras de proteccin provisionales en todos los puntos

    necesarios para tener bloqueada dicha zona. Si se verifica que esto no fue cumplido, el

    Despachador u Operador deber ordenar la suspensin del trabajo. Asimismo, podr

    autorizar la ejecucin del trabajo si la sealizacin no pudiese ser colocada por causas

    debidamente justificadas.

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    e) El PT deber ser cancelado exclusivamente por quien lo solicit o por el Reemplazante

    Autorizado, si corresponde. El Despachador u Operador proceder a registrar este

    hecho en los espacios correspondientes del formulario PT. El responsable, al momento

    de la cancelacin del PT, deber informar al Despachador u Operador el resultado de

    su trabajo y las modificaciones transitorias o permanentes introducidas en las

    instalaciones, debiendo el Despachador u Operador dejar registro escrito de esto en el

    Libro de Novedades (Bitcoras).

    f) En aquellos casos en que el PT involucre componentes que tenga lmites con terceros,

    o cuando la ejecucin de los trabajos afecte o sea afectada por las instalaciones

    ajenas, debern cursarse la(s) SODI correspondiente(s), y no podrn iniciarse las

    faenas mientras no se obtenga la vigencia de dicho(s) documento(s), otorgada por

    el(los) dueo(s) de las instalaciones afectadas.

    g) Los PT deben ser enviados a los Centros de Control una vez firmados por el

    Supervisor de Faena y el Encargado de la Instalacin, como se indica en el Instructivo

    Uso Permisos de Trabajo.

    4.4.3.2 Solicitud Interempresas (SODI)

    Es una solicitud de intervencin en el sistema elctrico, numerada, que hace una

    empresa a otra, o un Centro de Control a otro, cuando, en las faenas que se deben

    realizar, una empresa o Centro de Control interfiera, o pueda interferir con la normal

    operacin de las instalaciones de la otra. En esta solicitud se establecen las

    condiciones operacionales y de seguridad que debern mantenerse durante los

    trabajos.

    4.4.4 Conexin a Tierra

    4.4.4.1 Zona Desconectada

    Toda la zona desconectada en la que se va a intervenir, amparada por un PT, debe

    tener apertura visible en todas las posibles vas de energizacin, con los equipos

    bloqueados y sealizados y con las correspondientes puestas a tierra de proteccin.

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    En caso de existir generacin en la zona de trabajo, sta debe ser indicada por el Jefe

    de Faena en el PT, indicando el cdigo del poste donde se requiere efectuar una

    apertura visible para aislar el generador de la red.

    La creacin de esta zona es responsabilidad del Centro de Control correspondiente y

    se delimitar por medio de una Gua de Maniobras elaborada para tal efecto.

    4.4.4.2 Verificacin de Ausencia de Tensin

    Antes de ordenar la colocacin de tierras, se deber ordenar y comprobar con

    instrumentos adecuados (detector de tensin por contacto) la ausencia de tensin en

    los puntos donde se instalarn stas.

    4.4.4.3 Tierras de Proteccin

    Ser obligatoria la instalacin de los equipos de puesta a tierra ordenadas por el

    Despachador, las que se denominarn "Tierras de Proteccin y que se instalan para

    crear la zona desconectada.

    4.4.4.4 Zona de Trabajo

    Toda la zona de trabajo por la cual se ha otorgado vigencia por medio de un PT, debe

    estar previamente desconectada y ser aterrizada con una puesta a tierra de bloqueo

    en todos los puntos necesarios, de tal modo que el personal que trabajar en ella

    tenga certeza de que est desconectada y sin tensin. La creacin de esta zona es

    responsabilidad del Jefe de Faena correspondiente.

    4.4.4.5 Instalacin de Puestas a Tierra

    Para hacer la conexin a tierra, el personal deber proceder segn lo dispuesto en el

    Instructivo Conexin a Tierra, anexado a este Reglamento de Operacin.

    4.4.4.6 Retiro de las Puestas a Tierra

    La modificacin o retiro de las tierras de proteccin slo puede disponerla el

    Despachador u Operador del Centro de Control que orden su colocacin. Se

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    exceptan de lo anterior las puestas a tierra de proteccin provisionales, las cuales son

    de responsabilidad del Jefe de Faena.

    4.5 Brigadas de Operaciones

    4.5.1 Definicin

    La Brigada de Operaciones es una entidad, compuesta por una o ms personas, que han

    sido validadas por la Subgerencia de Prevencin de Riesgos y Capacitacin para operar

    equipos elctricos en el sistema del Grupo Saesa.

    4.5.2 Competencia

    Las Brigadas de Operaciones estn autorizadas para operar equipos elctricos y debern

    tener pleno conocimiento de sus caractersticas principales, de los procedimientos y de las

    tcnicas apropiadas para una operacin segura. Tales operaciones siempre debern ser

    efectuadas por instruccin del Despachador u Operador, salvo las excepciones

    expresamente indicadas en este RDO.

    4.5.3 Dependencia

    Las Brigadas de Operaciones dependen de los Jefes de Distribucin o de empresas

    contratistas, segn corresponda, quienes las pondrn a disposicin del CCD cuando ste

    las solicite.

    Si CCT requiere una o ms brigadas, este centro deber solicitarlas al CCD. Una vez

    asignadas quedarn bajo el control directo del Centro de Control de Transmisin. En caso

    de emergencia o fallas en el sistema de transmisin o de subtransmisin, este centro

    tendr prioridad en la asignacin de recursos.

    EL CCT, una vez liberada la brigada que solicit, la pondr a disposicin del CCD. Por su

    parte, si las brigadas utilizadas por el CCD fueron proporcionadas por contratistas,

    Delegados o Jefes de Distribucin, al trmino de las tareas para las que fueron solicitadas

    deber ser puesta a disposicin de quien las proporcion.

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    Respecto a las brigadas permanentes asignadas al CCD en turnos diarios, si no existen

    requerimientos de ningn tipo, dicho centro deber coordinar con los Jefes de Distribucin

    o Delegados, la atencin con estas brigadas de los requerimientos distintos a la

    emergencia. En cualquier caso, ocurrida una emergencia, la prioridad la tendr el CCD.

    4.6 Contratistas

    4.6.1 Nmina de Personal de Contratistas

    Las empresas contratistas que estn autorizadas a operar en el sistema elctrico del Grupo

    Saesa, entregarn a la AGC, segn lo indicado en las bases de licitacin de las actividades

    contratadas, la nmina del personal autorizado a intervenir en las instalaciones de la

    Empresa Cliente, de acuerdo a la estructura de supervisin aprobada por el Grupo Saesa.

    La AGC deber revisar el cumplimiento, por parte del contratista, de todas las obligaciones

    que el personal de ste debe cumplir para poder operar en las instalaciones del sistema

    elctrico de propiedad del Grupo Saesa o de instalaciones operadas por ste, as como del

    cumplimiento de las obligaciones legales, laborales y contractuales para con su personal y

    con los estamentos pblicos y privados pertinentes.

    Asimismo, la AGC deber mantener actualizada en forma permanente la nmina de las

    empresas contratistas y de su personal, autorizadas para efectuar faenas en el sistema

    elctrico del Grupo Saesa o en instalaciones operadas por ste. Esta nmina ser

    publicada en la intranet corporativa (se debe incluir tambin a los Subcontratistas).

    4.6.2 Obligaciones

    4.6.2.1 De la Empresa Contratista

    Las empresas contratistas tendrn la obligacin de proporcionar a su personal

    elementos de proteccin y de seguridad, de acuerdo a las normas exigidas por el

    Grupo Saesa.

    Las empresas contratistas debern certificar que su personal que interviene y/o

    ejecuta maniobras de operacin en el sistema elctrico del Grupo Saesa cuente con la

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    REGLAMENTO DE OPERACIONES v.3 Versin 3Pgina 41 de 49

    capacitacin, los equipos y las herramientas adecuadas y aceptadas por las normas

    tcnicas que regulan los trabajos en instalaciones elctricas, acordes a los niveles

    de tensin utilizados en el Grupo Saesa.

    Las empresas contratistas debern entregar a la AGC los certificados que acrediten las

    pruebas dielctricas realizadas al equipamiento que utilizan en la ejecucin de los

    trabajos, tanto de proteccin personal como de uso colectivo (guantes de goma,

    prtigas, coberturas aislantes u otras), incluyendo los vehculos que lo ameriten.

    Debern contar, adems, con un programa de pruebas del equipamiento sealado.

    Las empresas contratistas debern dotar a sus Jefes de Faena de equipos de

    comunicacin que les permita establecer contacto en forma expedita con los Centros

    de Control.

    Las empresas contratistas tendrn la obligacin de contar con la asesoras de

    expertos en prevencin de riesgos.

    Las empresas contratistas debern instruir a los Jefes de Faena para que den

    oportuno aviso al Despachador u Operador del Centro de Control cuando estimen que

    no podrn cumplir con el horario de cancelacin de los Permisos de Trabajo,

    especificando la causa que origin el retraso.

    4.6.2.2 Del Jefe de Faena

    El personal de contratistas est afecto a las norm