reglamento general capÍtulo i base legal - colegio monclair · →exigir el cumplimiento del...
TRANSCRIPT
REGLAMENTO GENERAL CICLO ESCOLAR 2019-2020
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º Base Legal La Educación que ofrece el Colegio Monclair se sujetará a los principios establecidos en el Artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y tendrá las finalidades previstas en el Artículo 7° de la Ley General de Educación. Así mismo, se apega a los lineamientos derivados de la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato. La Institución cuenta con autorización oficial para impartir estudios de educación básica incorporados a la Secretaría de Educación de Guanajuato y de educación media superior incorporados a la Dirección General del Bachillerato. Artículo 2º Ámbito de aplicación Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento son aplicables a todos los miembros de la comunidad educativa del Colegio Monclair. El desconocimiento de las normas, derechos, obligaciones y procedimientos contemplados en este documento, no exime a ningún miembro de la comunidad de su vigilancia y cumplimiento. Artículo 3º Derechos y obligaciones Para que el Colegio pueda cumplir con su propósito de educar y formar a los alumnos, es esencial que se les ofrezca la oportunidad de contribuir al desarrollo de las clases y a la vida escolar en general; que estén dispuestos y sean capaces de hacerlo, y que se les capacite para ejercer sus derechos y obligaciones en el marco de los objetivos del Colegio. Parte de la tarea educativa del Colegio consiste en inculcar en los alumnos el sentido de la responsabilidad compartida, principalmente para que pueda colaborar – cada uno conforme a su edad – en la realización de las clases y en la vida escolar. El Colegio crea por su parte, las condiciones para lograrlo. Del mismo modo, se reconoce que la formación y educación de los alumnos es tarea conjunta de padres, madres y tutores con el Colegio, lo cual también se traduce en derechos y obligaciones para ambas partes, sobre la base de una estrecha comunicación.
REGLAMENTO GENERAL – Actualización: 1 de agosto de 2019 1
Artículo 4º Derechos de los alumnos Los alumnos tienen derecho a:
→ Gozar la oportunidad de recibir educación con base en los planes de estudio y programas determinados por las autoridades del Colegio y por las instancias educativas correspondientes.
→ Ser informados oportunamente de las disposiciones reglamentarias que rijan sus actividades escolares.
→ Presentar inconformidad cuando se vean afectados en sus derechos, siguiendo el proceso adecuado y ante la instancia correspondiente.
→ Que se les escuche antes de que se apliquen medidas disciplinarias. → Recibir trato respetuoso por parte de las autoridades, maestros, personal y
compañeros. → Obtener la orientación necesaria por parte de la instancia correspondiente para
resolver sus problemas académicos y disciplinarios. → Gozar del tiempo de descanso necesario, de acuerdo con las características de su
edad y nivel de desarrollo. → Participar en su proceso educativo en la medida de las capacidades propias de su
edad. Artículo 5º Obligaciones de los alumnos Los alumnos tienen la obligación de:
→ Asistir puntualmente a clases. → Dar aviso en caso de padecer alguna enfermedad contagiosa y permanecer en
casa durante el periodo de contagio. → Proveerse, al inicio de clases, de los materiales de uso escolar que las autoridades
del Colegio y el personal docente señalen como indispensables. → Guardar respeto a los maestros, personal, compañeros y miembros de la
comunidad educativa. → Respetar y cuidar las instalaciones y recursos materiales de la Institución y del
resto de los miembros de la comunidad. → Mostrar una conducta responsable consigo mismo y con los demás, adecuada
dentro y fuera del Colegio. → Guardar respeto por los valores y símbolos de México. → Respetar la integridad y dignidad de sus compañeros. → Acatar las disposiciones e indicaciones de las educadoras, los docentes, los
directivos y las personas investidas de las facultades correspondientes, incluyendo las consignadas en el presente reglamento.
Artículo 6º Noción de padre, madre o tutor Para efectos del presente reglamento, se define como padres, madres o tutores de los alumnos a aquellas personas que ejercen la patria potestad sobre éstos. En aras de garantizar la seguridad e integridad del menor, el Colegio se reserva el derecho de exigir que se compruebe dicha potestad a través de los documentos legales a que haya lugar.
REGLAMENTO GENERAL – Actualización: 1 de agosto de 2019 2
Artículo 7º Derechos de los padres, madres y tutores Los padres, madres y tutores de los alumnos del Colegio tienen derecho a:
→ Estar informados de particularidades sobre el desarrollo académico y emocional de sus hijos, siguiendo los canales de comunicación definidos en el presente reglamento.
→ Estar enterados de las acciones académicas a desempeñarse a lo largo del ciclo escolar.
→ Exigir el cumplimiento del reglamento general del Colegio. → Utilizar las instalaciones académicas con fines relacionados al desarrollo de
eventos de la Sociedad de Familias, previa autorización de la Dirección. → Presentar solicitudes de beca en el marco de la normatividad vigente. → Contar con canales de comunicación para externar sus inquietudes u
observaciones acerca del desempeño de sus hijos y del funcionamiento del Colegio.
Artículo 8º Obligaciones de los padres, madres y tutores Los padres, madres y tutores de los alumnos del Colegio tienen la obligación de:
→ Apoyar al Colegio para el logro del proceso y objetivos educativos, brindando colaboración a los maestros, coordinadores y directores, manteniéndose informados de la conducta y aprovechamiento de sus hijos, partiendo de la premisa de que padres, madres y tutores forman parte del proceso educativo y no deben estar ajenos a él.
→ Cuidar que sus hijos cumplan con la obligación de asistir a clases, llevar los útiles adecuados, portar el uniforme acordado con la institución y dar el trato correcto a las instalaciones y equipo.
→ Pagar puntualmente las colegiaturas y demás cuotas que el Colegio establezca. → Recoger a sus hijos dentro de los horarios definidos en este reglamento,
reconociendo que fuera de ellos el Colegio no puede garantizar ninguna vigilancia para quienes permanezcan en el plantel, ni asumir responsabilidad alguna en caso de accidentes o lesiones.
→ Informar por escrito a la Dirección cuando su hijo/hija no asista a clases durante varios días por enfermedad o por motivos personales.
→ Informar a la Dirección del Colegio en caso de que el niño padezca alguna enfermedad contagiosa, y no mandarlo a clases sino hasta que el periodo de contagio haya pasado.
→ Mantenerse informados sobre el desempeño de sus hijos asistiendo a las citas y juntas programadas por el Colegio.
→ Respetar las disposiciones que define el Colegio para el ingreso a las instalaciones, así como para la entrega de alumnos al finalizar la jornada escolar.
→ Cuidar la integridad de toda la comunidad educativa. → Dirigirse con respeto y cordialidad hacia todos los miembros de la comunidad
educativa: alumnos, familias, docentes, directivos y colaboradores en general. → Conocer y cumplir con los Reglamentos del Colegio.
REGLAMENTO GENERAL – Actualización: 1 de agosto de 2019 3
Artículo 9º Uso de imágenes y datos personales Como parte del cuidado de la integridad de la comunidad educativa y protección de la identidad y los datos de los alumnos, el Colegio exhorta a evitar la publicación y difusión pública de fotografías y videos en los que aparezcan alumnos y personal del Colegio, a través de cualquier medio, incluyendo redes sociales digitales. En caso contrario, se libera al Colegio de cualquier responsabilidad derivada de dichas acciones. Artículo 10º Participación de padres y madres de familia El Colegio y los demás órganos de éste, garantizan la participación de los padres, madres y tutores de los alumnos en la vida escolar. Para tal fin, se integra anualmente una Asociación de Familias Monclair conformada por madres, padres, tutores o quienes ejerzan la patria potestad de los educandos. Asimismo, se conforma un Consejo Escolar de Participación Social por cada nivel educativo, el cual incluye representación de las familias. La Asociación de Familias Monclair y el Consejo Escolar de Participación Social se constituirán y funcionarán en conformidad con los lineamientos estipulados por las autoridades correspondientes. Artículo 11º Noción de colaboradores del Colegio Para efectos del presente reglamento, se define como colaboradores del Colegio a todas las personas que laboran en la institución, tanto en el ámbito docente, como en las áreas administrativa, directiva y de apoyo. Artículo 12º Derechos de los colaboradores del Colegio. Los colaboradores del Colegio tienen derecho a:
→ Conocer con precisión todas las normas que rigen la vida institucional del Colegio. → Contar con canales de comunicación para dialogar con los diferentes actores del
proceso educativo, a fin de externar sus observaciones acerca de su propio desempeño dentro del Colegio y del desempeño de los alumnos.
→ Exponer a las autoridades del Colegio sus observaciones sobre el funcionamiento del Colegio siempre que éstas se encaminen a la mejora continua y al logro de los propósitos de la institución.
→ Estar informados acerca de la evaluación que las autoridades del Colegio realicen en torno a su desempeño, a fin de mejorar en los aspectos que sea necesario.
Artículo 13º Obligaciones de los colaboradores del Colegio. Los colaboradores del Colegio tienen obligación de:
→ Cumplir con las funciones que les son asignadas. → Conocer y respetar la normatividad oficial vigente para el sector educativo, el
presente Reglamento y todas las normas derivadas de éste, así como vigilar su cumplimiento.
→ Conocer y cumplir a cabalidad el Reglamento Interno de Trabajo. → En casos no previstos por los reglamentos y normas institucionales, sujetarse a las
disposiciones de rangos superiores y actuar en todo momento asumiendo como prioridad los propósitos educativos marcados por el marco jurídico que sustenta la
REGLAMENTO GENERAL – Actualización: 1 de agosto de 2019 4
operación del Colegio, colocando la formación y el bienestar de los alumnos como el principal de ellos.
Artículo 14º Normativa por Nivel A fin de regular aspectos particulares de cada etapa formativa, el Colegio publica Reglamentos específicos para cada uno de los niveles que imparte. En dichos documentos se especifican lineamientos relativos a:
- Presentación - Asistencia y puntualidad - Permisos especiales - Sistemas de evaluación del aprendizaje - Orden y disciplina
Al momento de su inscripción, los Alumnos, Padres, Madres y Tutores, aceptan las normativas incluidos en dichos Reglamentos, asumiendo las obligaciones y derechos que de ellas emanan. CAPITULO II COMUNICACIÓN CON PADRES Y MADRES DE FAMILIA Artículo 15º Importancia de la comunicación y restricciones generales Para alcanzar los fines que se ha propuesto, el Colegio debe mantener una comunicación abierta y permanente con los padres, madres y tutores. Para ello, se describen en este capítulo canales formales de comunicación, mismos que deben ser respetados por todos los miembros de la comunidad, en un tono de cordialidad y respeto. En congruencia con este propósito, los padres, madres y tutores deben evitar abordar al personal para tratar asuntos específicos durante la entrada, la salida u otros momentos no formales. Asimismo, se exhorta a no establecer contacto con el personal del Colegio llamando a sus teléfonos particulares ni a través de cuentas personales de correo electrónico o de redes sociales digitales. Artículo 16º Datos personales de contacto Con el fin de garantizar una comunicación adecuada y oportuna, el Colegio solicita los principales datos de contacto de los padres, madres y tutores de los estudiantes a través de las Fichas de Archivo, al momento de inscripción y reinscripción. Es responsabilidad de los padres, madres y tutores mantener estos datos actualizados en caso de alguna modificación. El Colegio se compromete a utilizar esta información para fines exclusivamente relacionados con los fines de la Institución y a no divulgarlos o darlos a conocer a terceros. El uso de todos los datos personales se sujetará a lo establecido en el Aviso de Privacidad del Colegio, que se encuentra a disposición de la comunidad en la Administración y en nuestra página de internet.
REGLAMENTO GENERAL – Actualización: 1 de agosto de 2019 5
Artículo 17º Página en internet El Colegio cuenta con una página en internet en la siguiente dirección: http://www.colegiomonclair.edu.mx Esta página constituye un medio de comunicación fundamental para la comunidad del Colegio. En ella existe un Portal para Familias al cual se accede con usuario y contraseña. En este portal se publican comunicados, calificaciones e información administrativa, entre otra información relevante. Es responsabilidad de los padres, madres y tutores consultar periódicamente esta información. El Colegio notificará oportunamente cuando se publique información relevante en este medio. Artículo 18º Comunicados institucionales A través de comunicados se informan las actividades que se realizarán a lo largo del periodo correspondiente y se da a conocer información acerca del funcionamiento del Colegio. Todos los comunicados se publican en el Portal para Familias, donde pueden ser consultadas por padres, madres y tutores de los estudiantes. Si alguna persona tuviera dificultades para acceder a esta información, puede solicitar apoyo en la recepción del Colegio. Algunos comunicados pueden incluir un talón que deberá ser firmado; en tal caso el Colegio emitirá el comunicado de forma impresa para que pueda ser firmado y devuelto por padre, madre o tutor. Las circulares o avisos de la Asociación de Familias Monclair o aquellas propuestas por cualquier otra persona, se distribuirán exclusivamente con la autorización de la Dirección General. Artículo 19º Juntas para padres, madres y tutores Las juntas dirigidas a padres, madres y tutores se realizan en el Colegio para presentar proyectos, entregar reportes de evaluación o difundir información cuya naturaleza amerita el contacto directo con las familias para permitir una interacción más inmediata. Las fechas, horarios y lugares de estas juntas se darán a conocer oportunamente en el calendario de la página de internet y/o a través de comunicados. Artículo 20º Citas Durante el año, las citas o entrevistas pueden ser solicitadas por los padres, madres y tutores o por el Colegio, dentro de los horarios definidos por la Institución para este fin al inicio de cada ciclo. Estas entrevistas serán atendidas por el personal del Colegio que corresponda al motivo de la entrevista, con oportunidad y eficacia. En estas entrevistas se da seguimiento a aspectos particulares, documentando los acuerdos que se establecen entre la familia y el Colegio. Las citas se solicitan a través del personal de atención de recpeción o el personal asistente de dirección del área correspondiente. Artículo 21º Correo electrónico El correo electrónico representa un canal de comunicación en dos direcciones: del Colegio hacia la familia y de la familia hacia el Colegio. Para ello, el personal del Colegio cuenta con direcciones oficiales, identificadas por pertenecer al dominio colegiomonclair.edu.mx.
REGLAMENTO GENERAL – Actualización: 1 de agosto de 2019 6
Por parte del Colegio, se podrán enviar correos informativos sobre los avances de cada alumno o grupo. Por parte de los padres, madres o tutores, éstos podrán utilizar este medio para solicitar información o hacer llegar comentarios o sugerencias a la Dirección General, las Direcciones de Campus, las Direcciones de Nivel, el Departamento Psicopedagógico, la Dirección Administrativa o al personal docente. La vía de respuesta a estos correos se definirá en función del contenido particular de cada uno. Artículo 22º Inconformidades y quejas Las decisiones que tomen las diferentes juntas de maestros en materia de promoción y pase, así como las medidas disciplinarias que establezcan, son esencialmente asuntos internos del Colegio, garantizando en todo momento cumplir con la normatividad vigente y emitida por las instancias educativas competentes. Las inconformidades y quejas se deberán presentar por escrito ante las áreas correspondientes, las cuales serán responsables de dar respuesta oportuna por los canales que las Direcciones consideren más convenientes. CAPITULO III DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS Artículo 23º Sobre la comercialización del servicio educativo Todos los aspectos administrativos y relacionados con la comercialización del servicio educativo que ofrece la institución, descritos en este Reglamento y en el Contrato de Prestación de Servicios Educativos que se firma al momento de la inscripción, se sujetan a lo dispuesto en el Acuerdo que establece las bases mínimas de información para la comercialización de los servicios educativos que prestan los particulares, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 10 de marzo de 1992. Cada ciclo escolar, durante el periodo de inscripción y reinscripción, el Colegio publica los Lineamientos Administrativos vigentes para el ciclo escolar correspondiente, incluyendo las cuotas y condiciones del servicio ofrecido. Artículo 24º Inscripción La inscripción del alumno será realizada por los padres, madres o tutores y estará sujeta al cumplimiento de los requisitos dispuestos por las autoridades educativas, además de los compromisos derivados del Presente Reglamento, los Lineamientos Administrativos y el Contrato de Prestación de Servicios Educativos firmado durante la inscripción o reinscripción del alumno. Ningún alumno podrá asistir a clases sin estar debidamente inscrito. El pago de la inscripción es requisito indispensable para considerar completo el trámite. Todos los pagos deben realizarse en moneda nacional, en los lugares y plazos definidos por la Institución. Artículo 25º Documentación Es obligación de los padres, madres y tutores entregar en los plazos definidos por el Colegio y las autoridades educativas, los siguientes documentos: copia y original de acta de nacimiento, 4 fotografías tamaño infantil, copia de la CURP y, en caso de haber
REGLAMENTO GENERAL – Actualización: 1 de agosto de 2019 7
cursado el año anterior en otra escuela, copia de calificaciones. Estos documentos son necesarios para el registro del alumno ante la Secretaría de Educación del Estado de Guanajuato. Artículo 26º Reinscripción La inscripción del alumno corresponde a un ciclo escolar, en consonancia con los procesos de inscripción que se realizan ante las autoridades educativas. Por ello es necesario realizar un proceso de reinscripción para cada ciclo escolar. Durante el mes de enero de cada año, las familias recibirán la información sobre fechas y montos de reinscripción y colegiaturas para el siguiente ciclo escolar. En Educación Básica (Preescolar, Primaria y Secundaria) el proceso es anual; en el caso de Preparatoria este proceso es semestral. El Colegio podrá negar la reinscripción en los siguientes casos:
→ Si al momento de entregar reinscripciones los resultados del alumno no garantizan su promoción al siguiente grado;
→ Cuando la familia no demuestre interés en cooperar con la educación de su hijo en el Colegio, incumpliendo compromisos específicos acordados previamente;
→ Si el alumno no cumple con los requisitos de inscripción que dicte la Secretaria de Educación.
Cuando existe más de un grupo en un grado, la conformación de grupos se renueva cada ciclo escolar, considerando la matrícula de cada grado y cuidando que su conformación sea equilibrada en aras de generar un ambiente de aprendizaje propicio. Artículo 27º Pago de colegiaturas En Educación Básica se realizan 10 pagos de colegiatura al año y en Educación Media Superior se realizan 5 pagos de colegiatura por semestre. Se han definido dos montos de Colegiatura: uno con descuento por pago puntual y otro por cargo completo. El monto de Colegiatura Puntual debe cubrirse en moneda nacional durante los primeros 15 días naturales de cada mes, por los medios que el Colegio defina para ese fin. Si se paga la colegiatura después del día 15 se cubrirá el monto de Colegiatura por cargo completo. Una vez pagada la colegiatura en su totalidad o por eventos, no será posible bajo ninguna circunstancia efectuar su devolución. Las ausencias prolongadas de los alumnos de cualquier nivel, no los eximen del pago puntual de las colegiaturas. Artículo 28º Incumplimiento en el pago de colegiaturas El incumplimiento de la obligación del pago de tres meses de colegiaturas, por los padres, madres, tutores o usuarios, libera la Institución de la obligación de continuar con la prestación del servicio. Artículo 29º Becas El Colegio otorga becas en el pago de colegiaturas de acuerdo con los procedimientos establecidos por las autoridades educativas y sujetándose a los dispuesto en el Acuerdo 010/2002 publicado por la Secretaría de Educación de Guanajuato. La Convocatoria y el Reglamento correspondientes se publican en el mes de febrero y establecen los requisitos de la solicitud y las condiciones de asignación, así como de
REGLAMENTO GENERAL – Actualización: 1 de agosto de 2019 8
conservación de este beneficio; dichos criterios toman en cuenta el aprovechamiento académico del solicitante, su comportamiento, su situación socioeconómica y su estatus administrativo. El Colegio se reserva el derecho de cancelar una beca en los siguientes casos:
→ Cuando se compruebe que se proporcionó información falsa para su obtención. → Cuando se registre incumplimiento en el pago de colegiaturas durante más de dos
meses consecutivos. → Cuando el alumno presente o se involucre de manera reiterada en problemas de
conducta dentro del plantel y, en su caso, el Padre o tutor no haya atendido las amonestaciones o prevenciones que el Colegio les hubiere comunicado oportunamente.
Artículo 30º Bajas Para tramitar la baja voluntaria de un alumno del plantel, los padres, madres o tutores deberán llenar el formato correspondiente y entregarlo a la Dirección. La entrega de su documentación se hará en un plazo máximo de 10 días hábiles después de notificar por escrito la baja, toda vez que se haya comprobado que no existan adeudos en ningún área del Colegio. En este sentido, las colegiaturas deberán estar cubiertas hasta el mes en el que se registre la baja. El Colegio, a su vez, podrá tramitar la baja de un alumno en los siguientes casos:
→ Cuando haya finalizado los cursos que se le habían señalado como meta. → Cuando haya incumplido del pago de tres meses de colegiatura o su equivalente. → Cuando el alumno transgreda sistemáticamente las disposiciones de orden y
disciplina del presente reglamento. Artículo 31º Devolución de inscripción o reinscripción El Colegio devolverá el pago total de inscripción o reinscripción cuando la familia comunique por escrito a la Administración el motivo de la baja antes de 60 días previos al inicio de clases según calendario autorizado en Educación Básica y 30 días antes en el caso de Educación Media Superior. Esta devolución se hará efectiva en un plazo de 15 días después de solicitada la misma. Si la familia no informa su deseo de no continuar con los servicios que el Colegio ofrece en las fechas estipuladas, la devolución estará sujeta a una penalización del 50% hasta 30 días antes del inicio de clases en Educación Básica y 15 días antes en Educación Media Superior; fuera de estos plazos no se aplicará devolución por este concepto. Artículo 32º Credencial y Constancias Durante el primer mes de clases, el Colegio emite y entrega las credenciales de cada alumno en función de su vigencia anterior. En caso de pérdida, la reposición de credencial tendrá un costo. El Colegio puede extender Constancias de Estudios, Constancias de Conducta y Constancias de No Adeudo y Certificados Parciales de Estudios (estos últimos en el caso de bachillerato) a quienes llegaran a solicitarlas. En las Constancias de Conducta, se incluirá el promedio obtenido por el alumno en dicho rubro. Los costos o cargos por emisión de estos documentos, serán exhibidos públicamente en las oficinas del Colegio.
REGLAMENTO GENERAL – Actualización: 1 de agosto de 2019 9
Artículo 33º Aumento en colegiaturas El Colegio no incrementará las colegiaturas durante el periodo escolar, siempre y cuando la economía del país se mantenga estable; de no ser así se convocará a asamblea a la comunidad educativa para justificar y definir aumentos extemporáneos. Artículo 34º Venta de útiles y material La escuela no exigirá que se adquieran con determinados proveedores útiles escolares, libros ni otros artículos o servicios que puedan ser adquiridos en el comercio en general. Artículo 35º Transporte escolar El Colegio promueve el uso del transporte escolar a través de un proveedor externo para ese servicio, sujetándose a las disposiciones particulares que el Colegio dispone para esta materia. Artículo 36º Horario de administración El horario de atención en administración es de 7:30 a 15:00 horas, los días hábiles. CAPITULO IV DISPOSICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD Artículo 37º Obligaciones de Colegio en materia de salud Con el fin de garantizar la seguridad y salud de los miembros de su comunidad, el Colegio se obliga a:
→ Cuidar de la integridad de los alumnos durante las clases, los recreos, excursiones, participación de otros eventos escolares dentro de los horarios establecidos.
→ Organizar la vigilancia, que estará a cargo de maestros y otras personas a quienes se encomiende esta función.
→ Tomar medidas para garantizar el cuidado de la salud dentro de su ámbito; tanto los padres, madres y tutores como los alumnos quedarán obligados a acatar las disposiciones que emita el Colegio sobre el particular.
Artículo 38º Enfermedades contagiosas En caso de que un alumno padezca una enfermedad contagiosa, sus padres, madres o tutores deberán informarlo de inmediato al Colegio y no deberán enviar al alumno a clases sino hasta que el periodo de contagio haya terminado. El Colegio se reserva la posibilidad de exigir un comprobante médico de alta cuando considere que existan riesgos de contagio. Así mismo, ante padecimientos graves o brotes epidémicos, la Dirección tomará las medidas necesarias de acuerdo con las disposiciones de las autoridades sanitarias.
REGLAMENTO GENERAL – Actualización: 1 de agosto de 2019 10
Artículo 39º Administración de medicamentos Si algún alumno requiere un medicamento como parte de un tratamiento, es necesario que los padres, madres o tutores entreguen personalmente en la enfermería el medicamento con copia de la receta médica y la autorización expresa y por escrito para su administración. Artículo 40º Accidentes escolares En caso de accidente dentro o fuera del aula se avisará al personal de enfermería, quien determinará las medidas consecuentes. Los alumnos están cubiertos por una póliza de Seguro Contra Accidentes Escolares. Los términos y condiciones de dicho seguro son determinados por la Compañía de Seguros contratada, siendo ésta la responsable de definir los alcances y aplicabilidad de la póliza. Dichos términos y condiciones pueden consultarse en la Administración, incluyendo los Hospitales de Convenio para efectos de obtener el servicio médico a través de Pago Directo. Artículo 41º Planteles libre de humo Dada su naturaleza, las instalaciones que ocupan los planteles del Colegio son espacios libres de humo de tabaco, por lo que está estrictamente prohibido fumar dentro de los mismos o en sus inmediaciones. TRANSITORIOS El presente reglamento entra en vigor el día siguiente de su publicación y deja sin efecto los anteriores. Los casos no previstos en el presente reglamento, serán estudiados y resueltos por el Consejo Ejecutivo del Colegio, cuyo dictamen será inapelable. Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento serán absueltos por la normatividad vigente en el Estado. Este reglamento fue elaborado bajo la supervisión del Consejo Directivo del Colegio Monclair.
LEÓN, GUANAJUATO A 1 DE AGOSTO DE 2019.
A T E N T A M E N T E DIRECCIÓN GENERAL
REGLAMENTO GENERAL – Actualización: 1 de agosto de 2019 11
REGLAMENTO PREESCOLAR CICLO ESCOLAR 2019-2020
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º Base Legal El presente Reglamento se sujeta a los principios establecidos en el Artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y tendrá las finalidades previstas en el Artículo 7° de la Ley General de Educación. Así mismo, se apega a los lineamientos y normatividad derivados de la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato. La Institución cuenta con autorización oficial para impartir estudios de educación básica incorporados a la Secretaría de Educación de Guanajuato. Artículo 2º Ámbito de aplicación Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento son aplicables a los alumnos y alumnas inscritos en el nivel Preescolar del Colegio Monclair, así como a sus padres, madres o tutores. El desconocimiento de las normas, derechos, obligaciones y procedimientos contemplados en este documento, no exime a ningún miembro de la comunidad de su vigilancia y cumplimiento. CAPÍTULO II PRESENTACIÓN DE LOS ALUMNOS Artículo 3º Importancia de la presentación de los alumnos La presentación personal de las alumnas y alumnos del Colegio debe ser impecable, en congruencia con la formación de hábitos y con la imagen que la Institución busca transmitir a la comunidad. Artículo 4º Conveniencia del uso del uniforme En congruencia con el espíritu formativo que impera en todas las acciones propuestas por el Colegio y aceptadas por el pleno de la Comunidad Educativa y los organismos que en ella operan como el Consejo Directivo, el Consejo Técnico y la Mesa Directiva de la Asociación de Padres de Familia, se contempla el uso del uniforme escolar institucional como un medio eficaz que genera sentido de pertenencia y unidad, además de inspirar orden y disciplina en el alumno. El uniforme deberá portarse digna y respetuosamente. Artículo 5º Características del uniforme De lunes a viernes y en los actos oficiales en que las alumnas y alumnos representen al Colegio, éstos portarán completo, limpio y en buenas condiciones el uniforme institucional, que consta de: Uniforme de Diario
→ Pantalón de mezclilla azul (sin aplicaciones, decorados ni hoyos) → Suéter Monclair → Playera blanca tipo polo con el escudo Monclair
→ Bata de mezclilla azul con escudo Monclair → Calcetas blancas → Zapatos escolares negros sin aplicaciones
Uniforme de deportes → Pantalón y chamarra deportivos Monclair → Playera deportiva Monclair (roja) → Shorts Monclair (opcional) → Calcetines o calcetas blancas → Zapatos deportivos (tenis)
Artículo 6º Identificación de prendas Todas las prendas de los uniformes deberán tener bordado el nombre o las siglas iniciales del alumno. En caso de extravío el Colegio no se hace responsable de las prendas, sin embargo, en caso de encontrarlas; cumplir con esta disposición permitirá que sean devueltas al alumno que acredite su pertenencia. Artículo 7º Presentación del alumnado El arreglo de los alumnos debe ser discreto. Los alumnos deberán presentarse limpios, bien peinados y sin tintes; en caso de cabello largo, preferentemente recogido, con ligas o moños discretos; sin maquillaje ni barniz en las uñas. El uso de gorras o sombreros no estará permitido dentro del salón de clases. Se prohíbe el uso de piercings, accesorios vistosos o cualquier elemento que no forme parte de una vestimenta escolar. Por seguridad de los alumnos en el nivel Preescolar se prohíbe el uso de accesorios, tales como anillos, pulseras, cadenas, aretes grandes y accesorios similares. Artículo 8º Ropa de Invierno Las prendas de abrigo durante la temporada de frío, pueden ser chamarra o abrigo de color gris, blanco, rojo o azul marino sin adornos, ni logotipos vistosos. Estas prendas deberán ir marcadas como el resto del uniforme. En el caso de gorros, estos no podrán usarse dentro de los salones. Ninguna de estas prendas sustituye al suéter o la chamarra del Colegio. Artículo 9º Incumplimiento de normas de presentación En caso de incurrir en alguna falta a las disposiciones puntualizadas en este Capítulo la Dirección comunicará oportuna y directamente a los Padres de Familia la incidencia en la que se incurrió, con el fin de acordar las líneas de acción convenientes y los plazos para llevar a efecto el cumplimiento adecuado de la presente normatividad. CAPÍTULO III PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA Artículo 10º De la importancia de la puntualidad El Colegio Monclair contempla como parte de su Misión promover valores formativos fundamentales para el desarrollo integral de los alumnos y los hábitos que en ellos deberán inculcarse y perpetuarse, por tal motivo la puntualidad y la asistencia de los alumnos en sus labores escolares es de gran importancia.
REGLAMENTO PREESCOLAR Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 2
Artículo 11º Del Ingreso al Colegio El ingreso de alumnos será de las 8:30 a las 8:50 horas, con 10 minutos de tolerancia. En el caso de familias que tengan contratado el servicio de ampliación de horario por guardería, la recepción de alumnos es de 7:30 a 8:00 horas. Artículo 12º Retardos Se considera alumnos con retardo a todos aquellos que ingresan al Colegio de 8:51 a las 9:00 horas. A las 9:00 se cierra la puerta del Colegio. El alumno podrá acumular un máximo de tres retardos durante cada trimestre del ciclo escolar. Para dar seguimiento a estas medidas, se vigilará el mecanismo de registro y seguimiento que la Dirección disponga. En caso de emergencias previas al ingreso a clases, los Padres de Familia pueden comunicarse telefónicamente al área de Recepción, donde se registrará el reporte correspondiente. Artículo 13º De la puntualidad en otras actividades Las disposiciones de puntualidad y asistencia descritas en este capítulo, serán aplicables también a los alumnos en las actividades extraescolares que, dentro o fuera del plantel, de manera particular o general, sean convocadas por el Colegio. Artículo 14º De la salida de los alumnos La hora de salida de los alumnos se realiza a partir de las 13:30 horas. Los padres se comprometen a recoger a sus hijos en un lapso no mayor a treinta minutos después de la hora de la salida. En el caso de familias que tengan contratado el servicio de ampliación de horario por guardería, la salida es de 14:20 a 14:45 horas. Artículo 15º Entrega de alumnos Para agilizar la entrega de los alumnos es indispensable que los vehículos respeten la normativa peatonal y vehicular vigente. Queda estrictamente prohibido que los alumnos abandonen las instalaciones del Colegio solos o con otros compañeros sin que exista la autorización emitida por la Dirección, la cual los padres o tutores del alumno deberán solicitar en la recepción, personalmente o vía telefónica antes de las 12:00 horas en el caso de Preescolar, o vía correo electrónico un día hábil antes. Artículo 16º De los Justificantes La calidad de falta justificada sólo se concede por problemas de salud, trámites o requerimientos legales y actividades extracurriculares de representación previamente autorizadas por la Dirección. Para ello, el alumno deberá presentar en la Dirección de su nivel el informe o documento avalado por los padres de familia que explique el motivo de la ausencia. Esta entrega puede ser vía correo electrónico. Cuando se trata de problemas de salud, el justificante deberá ser entregado a la Dirección en un plazo máximo de 48 horas después de la falta. En caso de permisos por trámites y representaciones, deberá solicitarse autorización a la Dirección cuando menos dos días hábiles antes de la fecha prevista para la ausencia.
REGLAMENTO PREESCOLAR Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 3
Artículo 17º De los Permisos Por razones de continuidad en el aprendizaje ningún alumno podrá salir del Colegio durante horas de clase, por lo que se solicita programar las citas médicas o trámites de diversa índole fuera del horario de clases. En caso de existir alguna situación extraordinaria, solicitamos que el alumno no se presente a clases y entregue el justificante correspondiente siguiendo el proceso del artículo anterior. De igual forma, una vez dentro del Colegio, no se permitirá entregar a los alumnos dentro del horario de clases material, tareas, ni ningún otro objeto que hayan olvidado. Artículo 18º De las Salidas Escolares Las salidas escolares, tanto académicas como de esparcimiento, se comunican formalmente a través de comunicados impresos y publicados en el Portal de Familias. Para poder asistir a una salida escolar, el alumno deberá presentar su autorización por escrito y debidamente requisitada, así como cubrir en caso necesario y en los plazos establecidos la cuota definida para cada caso. Del mismo modo, para poder participar en estas salidas el alumno deberá portar su credencial, estar al corriente con el pago de colegiaturas y cumplir con los requisitos que en cada caso defina la Dirección. En caso de que la salida sea dentro de la ciudad de León, el costo del transporte está cubierto por el Colegio. De lo contrario, dicho costo será cubierto por los Padres de Familia. CAPÍTULO IV DE LA EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE Artículo 19º Filosofía de la evaluación En el Colegio Monclair la evaluación del aprendizaje es concebida como un proceso integral, continuo y sistemático que proporciona información significativa para orientar la toma de decisiones respecto al logro de los propósitos educativos, motivar el aprendizaje significativo, así como contribuir al mejoramiento y la calidad del proceso educativo. Los maestros determinarán y darán a conocer con responsabilidad y criterio pedagógico el grado de aprovechamiento de los alumnos, observando para ello las disposiciones vigentes y los criterios establecidos con su Dirección. Los periodos de evaluación, el proceso de reporte de resultados de evaluación, las escalas de evaluación y los criterios de acreditación y promoción de grado, estarán sujetos a lo dispuesto en el Acuerdo Número 11/03/19 publicado por la Secretaría de Educación Pública, en el cual se establecen las normas generales para la evaluación, acreditación, promoción y certificación de la Educación Básica. Si entrara en vigor alguna disposición que derogara o sustituyera a lo establecido en dicho Acuerdo, el Colegio se sujetará a las disposiciones correspondientes. Artículo 20º Actividades de aprendizaje En todas las materias, el trabajo principal se realiza en el aula. Las tareas deben ser el resultado lógico de esto, y han de servir para la consolidación, profundización y preparación. La extensión y el grado de dificultad de las tareas se adaptarán a la edad y capacidad de los alumnos así como a las características de cada materia. Las tareas se programan y distribuyen de manera que el alumno pueda hacerlas solo y en un tiempo razonable. El cumplimiento de estas tareas es indispensable en todos los grados, por lo que tienen un valor en la evaluación cualitativa del alumno. Estas tareas deberán realizarse con limpieza, orden y de acuerdo a las especificaciones de la maestra.
REGLAMENTO PREESCOLAR Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 4
Artículo 21º Periodos de evaluación El ciclo escolar contempla diferentes periodos de evaluación en cada nivel. En concordancia con el Acuerdo Número 11/03/19 publicado por la Secretaría de Educación Pública, en Primaria, el ciclo escolar contempla la evaluación del aprendizaje a través de tres periodos, considerados de la siguiente manera:
● Primer Periodo: Del comienzo del ciclo escolar y hasta el final del mes de noviembre. ● Segundo Periodo: Del comienzo del mes de diciembre y hasta el final del mes de marzo. ● Tercer Periodo: Del comienzo del mes de abril y hasta el final del ciclo escolar.
La evaluación de los estudiantes se integra a través de las anécdotas que día a día las maestras y segundos adultos anotan o registran todos los días, en las diferentes actividades y períodos de trabajo, mismas que serán clasificadas por la maestra titular en su diario y registradas en el control cualitativo de cada alumno, para después conformar la evaluación que será entregada a los padres explicándoles el nivel de desarrollo de su hijo (a), junto con un portafolio con los trabajos que avalen esta evaluación. Artículo 22º Reporte de resultados de evaluación El reporte de evaluación se emite de manera trimestral y se hace llegar a los padres o tutores electrónicamente a través del portal de internet del Colegio. En los tres periodos de evaluación, se entrega un informe personal de los avances del alumno a través de una cita con la maestra o maestro titular del grupo. Artículo 23º Promoción de grado y nivel El pase al grado inmediato superior y la asignación de calificaciones quedan sujetos a la reglamentación correspondiente, establecida por la junta general de maestros y la Dirección, en el marco de las disposiciones que emite la Secretaría de Educación de Guanajuato. En el caso de 3º de Preescolar, los alumnos deberán demostrar que han consolidado la base de su proceso de lectoescritura y contar con un 80% anual de asistencia para poder ingresar a 1º de Primaria. CAPÍTULO V DISPOSICIONES DE ORDEN Y DISCIPLINA Artículo 24º Importancia del orden y la disciplina La vida escolar y las clases requieren de un orden que contribuya a la realización del proceso educativo. El propósito del presente capítulo es señalar normas, derechos, obligaciones y procedimientos dirigidos a promover un ambiente armónico que favorezca la convivencia sana de los miembros de la comunidad escolar y el logro de los objetivos educativos que se propone la Institución. En Preescolar la disciplina se basa en enseñar a los alumnos y alumnas a verbalizar sus sentimientos y a encontrar formas adecuadas para expresar su ira o frustración. Las disposiciones de este capítulo se sujetarán en todo momento a lo dispuesto en las normas oficiales vigentes, en particular: la Ley para una convivencia libre de violencia en el entorno escolar para el Estado de Guanajuato y sus municipios y su respectivo Reglamento, así como el Reglamento escolar para una convivencia en la paz del Estado de Guanajuato, publicado por la Secretaría de Educación de Guanajuato.
REGLAMENTO PREESCOLAR Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 5
Artículo 25º Objetos ajenos a las labores escolares En el Preescolar, está estrictamente prohibido ingresar y utilizar reproductores portátiles de música, juegos portátiles de video, cámaras fotográficas y cualquier otro objeto ajeno a las labores escolares. En Preescolar está prohibido además ingresar teléfonos móviles. El alumno que llegara a ingresar al Colegio cualquier objeto ajeno a las labores escolares como los mencionados en el párrafo anterior, asume la responsabilidad absoluta sobre el mismo y se compromete a no utilizarlo durante la jornada escolar de modo que no interfiera con las actividades escolares. Para vigilar el cumplimiento de esta disposición, cualquier miembro del personal académico o administrativo podrá retirar al alumno cualquiera de los objetos descritos en el presente artículo, en cuyo caso serán entregados a la Dirección del nivel correspondiente, quien solo podrá devolver el artículo a los padres de familia. En caso de reincidencia, el objeto podrá ser retenido hasta finalizar el semestre en curso. Artículo 26º Conservación de instalaciones y recursos materiales Los recursos materiales y el edificio escolar reúnen las condiciones necesarias para realizar eficientemente las funciones y actividades para las que están destinadas. La administración y cuidado de cada área será responsabilidad de todas las personas que la utilicen. En este sentido, tanto profesores como alumnos comparten la responsabilidad de mantener el orden y la limpieza en los salones, pasillos, baños y en todas las áreas a las que tengan acceso, vigilando el cumplimiento de las siguientes normas generales:
→ Todos los alumnos aceptan la responsabilidad de mantener el orden y la limpieza en todos los salones y pasillos.
→ Quienes ocasionen desorden, se encargarán de restablecer el orden y la limpieza, sin que ello deje al resto de los alumnos exentos de la obligación de cuidar estos aspectos.
→ Durante el tiempo de descanso, los alumnos deben permanecer solamente en las áreas destinadas a este propósito.
→ Se debe garantizar la limpieza de las áreas de estancia, así como el cuidado de las áreas verdes.
→ Los alumnos son los responsables del buen estado de sus salones. Las anomalías deberán informarse inmediatamente a su maestra. Los daños efectuados con premeditación conllevan, además de sanciones previstas en el reglamento de disciplina, la reparación o reposición de los mismos por parte del responsable.
→ Todos los anuncios que aparezcan en el Colegio, deben tener la autorización de la Dirección de Marketing y serán exhibidos solamente en aquellas áreas asignadas para este propósito.
→ Los objetos extraviados deben ser entregados y recogidos en la Dirección. Los objetos no reclamados durante el ciclo escolar serán exhibidos a fin de cada semestre (diciembre y junio) para su identificación. Aquellos que no hayan sido reclamados serán donados para fines caritativos.
→ El salón de maestros es para uso exclusivo del personal académico. → Se exhorta a la comunidad a hacer buen uso del estacionamiento y favorecer la circulación
a la entrada y salida del Colegio. Artículo 27º Protocolos ante situaciones de conflicto y violencia La distinción entre conflicto y violencia se apegará a lo dispuesto en la Ley para una convivencia libre de violencia en el entorno escolar para el Estado de Guanajuato y sus municipios y su respectivo Reglamento. En caso de conflicto, se seguirá el Protocolo para la detección y tratamiento de conflicto así como, en caso necesario, los medios alternos de solución de conflictos. En caso de violencia, se seguirá el Protocolo para el tratamiento de la violencia escolar. Ambos
REGLAMENTO PREESCOLAR Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 6
protocolos se seguirán de acuerdo con lo dispuesto en la citada ley y en el Reglamento escolar para una convivencia en la paz del Estado de Guanajuato, publicado por la Secretaría de Educación de Guanajuato. TRANSITORIOS El presente reglamento entra en vigor el día siguiente de su publicación y deja sin efecto los anteriores. Los casos no previstos en el presente reglamento, serán estudiados y resueltos por el Consejo Ejecutivo del Colegio, cuyo dictamen será inapelable. Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento serán absueltos por la normatividad vigente en el Estado. Este reglamento fue elaborado bajo la supervisión del Consejo Directivo del Colegio Monclair.
LEÓN, GUANAJUATO A 1 DE AGOSTO DE 2019.
A T E N T A M E N T E DIRECCIÓN GENERAL
REGLAMENTO PREESCOLAR Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 7
REGLAMENTO PRIMARIA CICLO ESCOLAR 2019-2020
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º Base Legal El presente Reglamento se sujeta a los principios establecidos en el Artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y tendrá las finalidades previstas en el Artículo 7° de la Ley General de Educación. Así mismo, se apega a los lineamientos y normatividad derivados de la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato. La Institución cuenta con autorización oficial para impartir estudios de educación básica incorporados a la Secretaría de Educación de Guanajuato. Artículo 2º Ámbito de aplicación Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento son aplicables a los alumnos y alumnas inscritos en el nivel Primaria del Colegio Monclair, así como a sus padres, madres o tutores. El desconocimiento de las normas, derechos, obligaciones y procedimientos contemplados en este documento, no exime a ningún miembro de la comunidad de su vigilancia y cumplimiento. CAPÍTULO II PRESENTACIÓN DE LOS ALUMNOS Artículo 3º Importancia de la presentación de los alumnos La presentación personal de las alumnas y alumnos del Colegio debe ser impecable, en congruencia con la formación de hábitos y con la imagen que la Institución busca transmitir a la comunidad. Evitar portar prendas rotas, descosidas o rasgadas en todo momento. Artículo 4° Conveniencia del uso del uniforme En congruencia con el espíritu formativo que impera en todas las acciones propuestas por el Colegio y aceptadas por el pleno de la Comunidad Educativa y los organismos que en ella operan como el Consejo Directivo, el Consejo Técnico y la Mesa Directiva de la Asociación de Padres de Familia, se contempla el uso del uniforme escolar institucional como un medio eficaz que genera sentido de pertenencia y unidad, además de inspirar orden y disciplina en el alumno. El uniforme deberá portarse digna y respetuosamente. Artículo 5º Características del uniforme De lunes a viernes y en los actos oficiales en que las alumnas y alumnos representen al Colegio, éstos portarán completo, limpio y en buenas condiciones el uniforme institucional, que consta de: Uniforme de Diario → Pantalón de mezclilla azul (sin aplicaciones, decorados ni hoyos) → Suéter Monclair → Playera blanca tipo polo con el escudo Monclair
REGLAMENTO PRIMARIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 1
→ Calcetas blancas → Zapatos escolares negros sin aplicaciones Uniforme de deportes → Pantalón y chamarra deportivos Monclair → Playera deportiva Monclair (roja) → Shorts Monclair (opcional) → Calcetines o calcetas blancas → Zapatos deportivos (tenis) Artículo 6° Identificación de prendas Todas las prendas de los uniformes deberán tener bordado el nombre o las siglas iniciales del alumno. En caso de extravío el Colegio no se hace responsable de las prendas, sin embargo, en caso de encontrarlas; cumplir con esta disposición permitirá que sean devueltas al alumno que acredite su pertenencia. Artículo 7º Presentación del alumnado El arreglo del alumnado debe ser discreto. El alumnado deberá presentarse limpio, bien peinados y sin tintes; en caso de cabello largo, preferentemente recogido, con ligas o moños discretos; sin maquillaje, uñas postizas ni barniz en las uñas. El uso de gorras o sombreros no estará permitido dentro del salón de clases. Se prohíbe el uso de piercings, accesorios vistosos o cualquier elemento que no forme parte de una vestimenta escolar. Artículo 8º Ropa de Invierno Las prendas de abrigo durante la temporada de frío, pueden ser chamarra o abrigo de color gris, blanco, azul marino o rojo sin adornos, ni logotipos vistosos. Estas prendas deberán ir marcadas como el resto del uniforme. En el caso de gorros, estos no podrán usarse dentro de los salones. Ninguna de estas prendas sustituye al suéter o la chamarra del Colegio. Artículo 9º Incumplimiento de normas de presentación En caso de incurrir en alguna falta a las disposiciones puntualizadas en este Capítulo la Dirección comunicará oportuna y directamente a los Padres de Familia la incidencia en la que se incurrió, con el fin de acordar las líneas de acción convenientes y los plazos para llevar a efecto el cumplimiento adecuado de la presente normatividad. CAPÍTULO II PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA Artículo 10º De la importancia de la puntualidad El Colegio Monclair contempla como parte de su Misión promover valores formativos fundamentales para el desarrollo integral de los alumnos y los hábitos que en ellos deberán inculcarse y perpetuarse, por tal motivo la puntualidad y la asistencia de los alumnos en sus labores escolares es de gran importancia.
REGLAMENTO PRIMARIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 2
Artículo 11º Del Ingreso al Colegio Las clases en Primaria inician a las 7:50 horas. Por ello, el ingreso de alumnos se realiza de las 7:30 a las 7:50 horas, con 10 minutos de tolerancia. Artículo 12º Retardos Se considera alumnos con retardo a todos aquellos que ingresan al Colegio de las 7:51 a las 8:00 horas. A las 8:00 se cierra la puerta del Colegio. El alumno podrá acumular un máximo de tres retardos durante cada trimestre del ciclo escolar. Para dar seguimiento a estas medidas, se vigilará el mecanismo de registro y seguimiento que la Dirección disponga. En caso de emergencias previas al ingreso a clases, los Padres de Familia pueden comunicarse telefónicamente al área de Recepción, donde se registrará el reporte correspondiente. Artículo 13º Porcentaje de asistencia Para poder acreditar un periodo de evaluación, el alumno deberá registrar un mínimo de 80% de asistencia en cada una de sus asignaturas durante el periodo de evaluación correspondiente. Artículo 14º De la puntualidad entre sesiones de clase Es obligación del alumno estar a tiempo en los talleres que marque su horario de clases. En caso de ingresar tarde al salón, la maestra o maestro podrá aplicar las medidas correspondientes a la falta y edad del niño, orientado por el Catálogo de Faltas y Consecuencias. Artículo 15º De la puntualidad en otras actividades Las disposiciones de puntualidad y asistencia descritas en este capítulo, serán aplicables también a los alumnos en las actividades extraescolares que, dentro o fuera del plantel, de manera particular o general, sean convocadas por el Colegio. Artículo 16º De la salida de los alumnos La hora de salida de los alumnos se realiza a partir de las 14:20 hrs. Los padres se comprometen a recoger a sus hijos en un lapso no mayor a treinta minutos después de la hora de la salida. Artículo 17º Entrega de alumnos Para agilizar la entrega de los alumnos es indispensable que los vehículos respeten la normativa peatonal y vehicular vigente. Queda estrictamente prohibido que los alumnos abandonen las instalaciones del Colegio solos o con otros compañeros sin que exista la autorización emitida por la Dirección, la cual los padres o tutores del alumno deberán solicitar en la Dirección, personalmente o vía telefónica antes de las 13:00 horas, o vía correo electrónico un día hábil antes. Artículo 18º De los Justificantes La calidad de falta justificada sólo se concede por problemas de salud, trámites o requerimientos legales y actividades extracurriculares de representación previamente autorizadas por la Dirección. Para ello, el alumno deberá presentar en la Dirección de su nivel el informe o documento avalado por los padres de familia que explique el motivo de la ausencia. Esta entrega puede ser vía correo electrónico. Cuando se trata de problemas de salud, el justificante deberá ser entregado a la Dirección en un plazo máximo de 48 horas después de la falta. En caso de permisos por trámites y
REGLAMENTO PRIMARIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 3
representaciones, deberá solicitarse autorización a la Dirección cuando menos dos días hábiles antes de la fecha prevista para la ausencia. Las ausencias por viajes personales en los días de clases no son justificables, por lo que es responsabilidad de cada familia evitar programar actividades en días que puedan tener un impacto significativo en la evaluación de aprendizajes de los estudiantes. Artículo 19º De los Permisos Por razones de continuidad en el aprendizaje ningún alumno podrá salir del Colegio durante horas de clase, por lo que se solicita programar las citas médicas o trámites de diversa índole fuera del horario de clases. En caso de existir alguna situación extraordinaria, solicitamos que el alumno no se presente a clases y entregue el justificante correspondiente siguiendo el proceso del artículo anterior. Durante los periodos de exámenes no se autorizarán permisos para faltar a clases; en caso de presentarse alguna situación extraordinaria la Dirección determinará las medidas procedentes. De igual forma, una vez dentro del Colegio, no se permitirá entregar a los alumnos dentro del horario de clases material, libros, o tareas que hayan olvidado. Artículo 20º De las Salidas Escolares Las salidas escolares, tanto académicas como de esparcimiento, se comunican formalmente a través de comunicados impresos y publicados en el Portal de Familias. Para poder asistir a una salida escolar, el alumno deberá presentar su autorización por escrito y debidamente requisitada, así como cubrir en caso necesario y en los plazos establecidos la cuota definida para cada caso. Del mismo modo, para poder participar en estas salidas el alumno deberá portar su credencial, estar al corriente con el pago de colegiaturas y cumplir con los requisitos que en cada caso defina la Dirección. En caso de que la salida sea dentro de la ciudad de León, el costo del transporte está cubierto por el Colegio. De lo contrario, dicho costo será cubierto por los Padres de Familia. CAPÍTULO IV DE LA EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE Artículo 21º Filosofía de la evaluación En el Colegio Monclair la evaluación del aprendizaje es concebida como un proceso integral, continuo y sistemático que proporciona información significativa para orientar la toma de decisiones respecto al logro de los propósitos educativos, motivar el aprendizaje significativo, así como contribuir al mejoramiento y la calidad del proceso educativo. Los maestros determinarán y darán a conocer con responsabilidad y criterio pedagógico el grado de aprovechamiento de los alumnos, observando para ello las disposiciones vigentes y los criterios establecidos con su Dirección. Los periodos de evaluación, el proceso de reporte de resultados de evaluación, las escalas de evaluación y los criterios de acreditación y promoción de grado, estarán sujetos a lo dispuesto en el Acuerdo Número 11/03/19 publicado por la Secretaría de Educación Pública, en el cual se establecen las normas generales para la evaluación, acreditación, promoción y certificación de la Educación Básica. Si entrara en vigor alguna disposición que derogara o sustituyera a lo establecido en dicho Acuerdo, el Colegio se sujetará a las disposiciones correspondientes. Artículo 22º Actividades de aprendizaje En todas las materias, el trabajo principal se realiza en el aula. Las tareas deben ser el resultado lógico de esto, y han de servir para la repetición, profundización y preparación. La extensión y el grado de dificultad de las tareas se adaptarán a la edad y capacidad de los alumnos así como a las
REGLAMENTO PRIMARIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 4
características de cada materia. Las tareas se programan y distribuyen de manera que el alumno pueda hacerlas solo y en un tiempo razonable. El cumplimiento de estas tareas es indispensable en todos los grados, por lo que tienen un valor en la evaluación sumativa del alumno. Estas tareas deberán realizarse con limpieza, orden y de acuerdo a las especificaciones de la maestra. Artículo 23º Periodos de evaluación El ciclo escolar contempla diferentes periodos de evaluación en cada nivel. En concordancia con el Acuerdo Número 11/03/19 publicado por la Secretaría de Educación Pública, en Primaria, el ciclo escolar contempla la evaluación del aprendizaje a través de tres periodos, considerados de la siguiente manera:
● Primer Periodo: Del comienzo del ciclo escolar y hasta el final del mes de noviembre. ● Segundo Periodo: Del comienzo del mes de diciembre y hasta el final del mes de marzo. ● Tercer Periodo: Del comienzo del mes de abril y hasta el final del ciclo escolar.
Artículo 24º Reporte de resultados de evaluación Los resultados de evaluación se comunican a las familias al final de cada uno de los tres periodos. Esta comunicación se hace electrónicamente a través del portal de internet del Colegio y en reuniones con las familias de los estudiantes. Los resultados de evaluación se expresan de acuerdo con lo señalado en el Acuerdo 11/03/19, es decir, con valores numéricos en una escala de 5 a 10, excepto en 1º y 2º de primaria donde la escala es de 6 a 10.
- Para las asignaturas de los campos de Formación Académica y las áreas de Artes y Educación Física, cuyos programas de estudio están definidos a partir de aprendizajes esperados, la boleta interna del Colegio incluye una valoración orientativa de los Niveles de Desempeño, con la siguiente escala:
- Nivel IV (N-IV). Indica dominio sobresaliente de los aprendizajes esperados. - Nivel III (N-III). Indica dominio satisfactorio de los aprendizajes esperados. - Nivel II (N-II). Indica dominio básico de los aprendizajes esperados. - Nivel I (N-I). Indica dominio insuficiente de los aprendizajes esperados.
- Para el área de Educación Socioemocional y para los clubes de Autonomía Curricular, no se emiten calificaciones numéricas. El reporte interno de evaluación incluye una valoración orientativa estos elementos con niveles de desarrollo, con la siguiente escala:
- Nivel IV (N-IV). Indica desarrollo sobresaliente del indicador de logro. - Nivel III (N-III). Indica desarrollo satisfactorio del indicador de logro. - Nivel II (N-II). Indica desarrollo básico del indicador de logro. - Nivel I (N-I). Indica desarrollo insuficiente del indicador de logro.
Artículo 25º Promoción de grado y nivel El pase al grado inmediato superior y la asignación de calificaciones quedan sujetos a lo dispuesto en el Acuerdo 11/03/19 de la Secretaría de Educación Pública.
REGLAMENTO PRIMARIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 5
CAPÍTULO V DISPOSICIONES DE ORDEN Y DISCIPLINA Artículo 26º Importancia del orden y la disciplina La vida escolar y las clases requieren de un orden que contribuya a la realización del proceso educativo. El propósito del presente capítulo es señalar normas, derechos, obligaciones y procedimientos dirigidos a promover un ambiente armónico que favorezca la convivencia sana de los miembros de la comunidad escolar y el logro de los objetivos educativos que se propone la Institución. Las disposiciones de este capítulo se sujetarán en todo momento a lo dispuesto en las normas oficiales vigentes, en particular: la Ley para una convivencia libre de violencia en el entorno escolar para el Estado de Guanajuato y sus municipios y su respectivo Reglamento, así como el Reglamento escolar para una convivencia en la paz del Estado de Guanajuato, publicado por la Secretaría de Educación de Guanajuato. Artículo 27º Procedimiento disciplinario y clasificación de las faltas Para la aplicación de consecuencias ante las faltas disciplinarias, el Colegio se sujetará a lo dispuesto por el marco legal referido en el artículo 26º del presente reglamento. La aplicación de procedimiento guardará una proporción razonable cuando se trate de determinar la consecuencia o sanción de una falta, destacando que la misión educativa del Colegio implica favorecer el diálogo con el alumno, el padre de familia y el personal docente, para que los alumnos comprendan y valoren la necesidad y el significado de las normas. Para alcanzar los fines que persigue este apartado, las faltas disciplinarias se clasifican en leves y graves, según los criterios y las descripciones que aparecen más adelante. Para las faltas académicas, de presentación personal, de puntualidad y asistencia se aplican los procedimientos definidos en los apartados correspondientes de este mismo Reglamento. Artículo 28º Faltas leves Se denomina faltas disciplinarias leves a aquellas que alteran la dinámica cotidiana en que se desarrollan las labores escolares y no se traduce en violencia. Se consideran faltas leves las siguientes conductas, mismas que se presentan de forma enunciativa, mas no limitativa: → Entrar tarde o salir del aula durante el desarrollo de una clase, sin motivo justificado. → Consumir alimentos o bebidas dentro del salón de clase. → Usar calculadoras, computadoras u otros dispositivos electrónicos durante las sesiones de clase, cuando no hayan sido requeridos por el profesor como material de trabajo. → Perturbar el orden durante el desarrollo de la clase; interrumpir a las demás personas durante la clase o no solicitar el uso de la palabra. → Entorpecer las actividades escolares negándose injustificadamente a participar, individual o colectivamente, en las actividades o eventos propuestos por el Colegio. → Llevar a cabo, en el salón de clase, actividades escolares que no correspondan a la asignatura que en ese momento se esté impartiendo. → Presentarse a clase sin el material solicitado previamente por el profesor para la sesión. → Levantar la voz o gritar en las áreas comunes. → Afectar el mantenimiento de la limpieza de las instalaciones del Colegio. → Causar daños materiales a bienes muebles o inmuebles del Colegio por negligencia. → Usar palabras altisonantes en la interacción con sus compañeros. → Comercializar bienes o servicios dentro del Colegio sin autorización por escrito de la Dirección.
REGLAMENTO PRIMARIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 6
Artículo 29º Faltas disciplinarias graves Se denominan faltas disciplinarias graves, aquellas que atentan contra la integridad de cualquier miembro de la comunidad escolar, así como aquellas que ponen en riesgo el buen nombre de la Institución. Se consideran faltas graves, las siguientes conductas, mismas que se presentan de forma enunciativa, mas no limitativa: → Participar en juegos bruscos, peleas o cualquier tipo de agresión física. → Utilizar un lenguaje ofensivo, verbal (oralmente o por escrito) o no verbal, para dirigirse a sus compañeros de clase o profesores. → Realizar demostraciones excesivas de afecto. → Cometer actos obscenos. → Usar los medios electrónicos o las facilidades tecnológicas para acceder a información con contenidos de pornografía u otros tópicos que no sean congruentes con los fines educativos. → Robar, tomar, conservar o defender como propio un bien ajeno. → Alterar, falsificar o sustraer documentos. → Invadir o dañar los sistemas informáticos de la Institución. → Faltar el respeto a los símbolos patrios. → Cometer actos de vandalismo que deterioren el mobiliario, las instalaciones o cualquier otro recurso material del Colegio o sus integrantes. → Introducir al Colegio armas de fuego u objetos punzo cortantes. → Consumir, introducir, poseer, distribuir o vender: cigarros, cigarros electrónicos, productos derivados de tabaco, bebidas alcohólicas, narcóticos o drogas en las instalaciones del Colegio o sus alrededores. → Capturar, almacenar, mostrar o distribuir imágenes (fotos, videos) que comprometan la integridad física, emocional o moral de cualquier persona, ya sea por por medios físicos o electrónicos, incluyendo redes sociales digitales y servicios de mensajería electrónica. → Participar en actividades de riesgo para la salud y para la integridad personal de otros, portando el uniforme del Colegio o haciendo alusión a su pertenencia al mismo. → Difundir imágenes en donde personas que portan el uniforme del Colegio o que hacen alusión a su pertenencia al mismo, participen en acciones consideradas de riesgo para la salud y la integridad de las personas. Artículo 30º Consecuencias y procedimientos La aplicación de estas disposiciones guardará una proporción razonable cuando se trate de determinar la consecuencia o sanción de una falta, destacando que la misión educativa del personal académico implica favorecer el diálogo para que los alumnos comprendan y valoren la necesidad y el significado de las normas. La aplicación de consecuencias buscará fortalecer el sentido de responsabilidad de los alumnos, así como salvaguardar el ambiente de armonía y de trabajo del plantel, por lo que deberán ejercerse a través del diálogo y sin violencia, quedando prohibida cualquier medida que sea violatoria de la dignidad humana. Las consecuencias se aplicarán en consonancia con lo dispuesto en el Reglamento escolar para una convivencia en la paz del Estado de Guanajuato, publicado por la Secretaría de Educación de Guanajuato. Cuando un alumno comete una falta leve, que altere la dinámica de aprendizaje, o una falta grave que no se traduzca en violencia, pueden ser impuestas como consecuencias las siguientes medidas:
● Llamada de atención verbal, que se registra en una bitácora de disciplina y puede ser impuesta por cualquier miembro del personal académico, administrativo o de intendencia.
● Envío de notificación por escrito a padres de familia, cuya copia firmada se archiva en expediente. Esta medida puede solicitarla cualquier miembro del personal académico o administrativo, y deberá contar con el visto bueno de la Dirección.
REGLAMENTO PRIMARIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 7
● Cita de padres de familia con Dirección. ● Retención durante recesos o vespertina, previo visto bueno de la Dirección, con notificación
oportuna a padres y con trabajo asignado. ● En caso de reincidencias frecuentes en estas faltas, se establecerá con el alumno un Plan de
Disciplina a través de un contrato con su Tutor y la Dirección, del cual podrán derivar otras consecuencias congruentes con este reglamento.
Cuando un alumno comete una falta grave que sea catalogada como violencia, se seguirán los procedimientos establecidos en la normatividad vigente en el Estado de Guanajuato, las cuales incluyen la separación temporal, separación indefinida y separación definitiva del educando. Ante desacuerdos en la aplicación del reglamento, así como ante situaciones no previstas o inusuales, se podrá integrar un Consejo Disciplinario, encargado de definir la consecuencia que habrá de imponerse. Cualquier consecuencia no prevista en este Reglamento deberá contar con el visto bueno de la Dirección de Campus. Artículo 31º Catálogo de Faltas y Consecuencias Con el fin de facilitar y unificar criterios en la gestión de consecuencias, el Colegio se apoyará en un Catálogo de Faltas y Consecuencias que especifique las conductas más habituales, así como las personas que pueden imponer las consecuencias. El envío de notificaciones, retenciones, citas con padres de familia serán impuestas solo con visto bueno de la Dirección de Nivel. Las separaciones temporal, indefinida y definitivas, deberán contar con el visto bueno de la Dirección de Campus. Artículo 32º Protocolos ante situaciones de conflicto y violencia La distinción entre conflicto y violencia se apegará a lo dispuesto en la Ley para una convivencia libre de violencia en el entorno escolar para el Estado de Guanajuato y sus municipios y su respectivo Reglamento. En caso de conflicto, se seguirá el Protocolo para la detección y tratamiento de conflicto así como, en caso necesario, los medios alternos de solución de conflictos. En caso de violencia, se seguirá el Protocolo para el tratamiento de la violencia escolar. Ambos protocolos se seguirán de acuerdo con lo dispuesto en la citada ley y en el Reglamento escolar para una convivencia en la paz del Estado de Guanajuato, publicado por la Secretaría de Educación de Guanajuato. Artículo 33º Objetos ajenos a las labores escolares En términos generales está prohibido utilizar teléfonos celulares, reproductores portátiles de música, juegos portátiles de video, cámaras fotográficas y cualquier otro objeto ajeno a las labores escolares. El alumno que llegara a ingresar al Colegio cualquier objeto ajeno a las labores escolares como los mencionados en el párrafo anterior, asume la responsabilidad absoluta sobre el mismo y se compromete a no utilizarlo durante la jornada escolar de modo que no interfiera con las actividades escolares. En caso de que el estudiante requiera hacer una llamada telefónica, deberá hacerlo desde las oficinas del Colegio, con autorización y en presencia de personal de la Institución. Está estrictamente prohibido ingresar navajas, cuchillos, envases de cristal, armas de fuego y en general cualquier objetos que represente una amenaza para la integridad física de cualquier miembro de la comunidad. Para vigilar el cumplimiento de esta disposición, cualquier miembro del personal académico o administrativo podrá retirar al alumno cualquiera de los objetos descritos en el presente artículo, en cuyo caso serán entregados a la Dirección del nivel correspondiente, quien podrá devolverlos al estudiante al finalizar la jornada. En caso de reincidencia o de objetos peligrosos, el objeto podrá ser retenido hasta ser entregado al padre, madre o tutor.
REGLAMENTO PRIMARIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 8
Artículo 34º Conservación de instalaciones y recursos materiales Los recursos materiales y el edificio escolar reúnen las condiciones necesarias para realizar eficientemente las funciones y actividades para las que están destinadas. La administración y cuidado de cada área será responsabilidad de todas las personas que la utilicen. En este sentido, tanto profesores como alumnos comparten la responsabilidad de mantener el orden y la limpieza en los salones, pasillos, baños y en todas las áreas a las que tengan acceso, vigilando el cumplimiento de las siguientes normas generales: → Todos los alumnos aceptan la responsabilidad de mantener el orden y la limpieza en todos los salones, pasillos y áreas comunes. → Quienes ocasionen desorden, se encargarán de restablecer el orden y la limpieza, sin que ello deje al resto de los alumnos exentos de la obligación de cuidar estos aspectos. → Durante el tiempo de descanso, los alumnos deben permanecer solamente en las áreas destinadas a este propósito. → Se debe garantizar la limpieza de las áreas verdes. → Los alumnos son los responsables del buen estado de sus salones. Las anomalías deberán informarse inmediatamente al personal docente. Los daños efectuados con premeditación conllevan, además de sanciones previstas en el reglamento de disciplina, la reparación o reposición de los mismos por parte del responsable. → Los objetos extraviados deben ser entregados y recogidos en la Dirección. Los objetos no reclamados durante el ciclo escolar serán exhibidos a fin de cada semestre (diciembre y junio) para su identificación. Aquellos que no hayan sido reclamados serán donados para fines caritativos. Artículo 35º Celebración de cumpleaños Con el fin de asegurar que las celebraciones de cumpleaños no afecten las actividades planificadas por los docentes y el Colegio, estos festejos deberán ser acordados previamente con la Dirección de Primaria. Para ello, dicha Dirección emite lineamientos que son publicados y dados a conocer al inicio de ciclo escolar, mismos que serán vigentes todo el curso. Artículo 36º Plantel Libre de Humo de Tabaco Dada su naturaleza, el Plantel que ocupa el Colegio es un edificio libre de humo de tabaco, por lo que está estrictamente prohibido fumar dentro del mismo o en sus inmediaciones. TRANSITORIOS El presente reglamento entra en vigor el día siguiente de su publicación y deja sin efecto los anteriores. Los casos no previstos en el presente reglamento, serán estudiados y resueltos por el Consejo Ejecutivo del Colegio, cuyo dictamen será inapelable. Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento serán absueltos por la normatividad vigente en el Estado. Este reglamento fue elaborado bajo la supervisión del Consejo Directivo del Colegio Monclair.
LEÓN, GUANAJUATO A 1 DE AGOSTO DE 2019.
A T E N T A M E N T E DIRECCIÓN GENERAL
REGLAMENTO PRIMARIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 9
REGLAMENTO SECUNDARIA CICLO ESCOLAR 2019-2020
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º Base Legal El presente Reglamento se sujeta a los principios establecidos en el Artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y tendrá las finalidades previstas en el Artículo 7° de la Ley General de Educación. Así mismo, se apega a los lineamientos y normatividad derivados de la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato. La Institución cuenta con autorización oficial para impartir estudios de educación básica incorporados a la Secretaría de Educación de Guanajuato. Artículo 2º Ámbito de aplicación Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento son aplicables a todos los alumnos y alumnas del nivel Secundaria, así como a sus padres, madres o tutores. El desconocimiento de las normas, derechos, obligaciones y procedimientos contemplados en este documento, no exime a ningún miembro de la comunidad de su vigilancia y cumplimiento. CAPÍTULO II PRESENTACIÓN DE LOS ALUMNOS Artículo 3º Importancia de la presentación de los alumnos La presentación personal de las alumnas y alumnos del Colegio debe ser impecable, en congruencia con la formación de hábitos y con la imagen que la Institución busca transmitir a la comunidad. Artículo 4º Conveniencia del uso del uniforme En congruencia con el espíritu formativo que impera en todas las acciones propuestas por el Colegio y aceptadas por el pleno de la Comunidad Educativa y los organismos que en ella operan como el Consejo Directivo, el Consejo Técnico y la Mesa Directiva de la Asociación de Padres de Familia, se contempla el uso del uniforme escolar institucional como un medio eficaz que genera sentido de pertenencia y unidad, además de inspirar orden y disciplina en el alumno. El uniforme deberá portarse digna y respetuosamente. Artículo 5º Características del uniforme De lunes a viernes y en los actos oficiales en que las alumnas y alumnos representen al Colegio, éstos portarán completo, limpio y en buenas condiciones el uniforme institucional, que consta de: Uniforme de Diario
→ Pantalón de mezclilla azul (sin aplicaciones, decorados ni hoyos)
REGLAMENTO SECUNDARIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 1
→ Suéter o sudadera Monclair → Playera blanca tipo polo con el escudo Monclair → Calcetas blancas → Calzado negro sin aplicaciones
Uniforme de deportes → Pantalón deportivo y chamarra deportiva Monclair → Shorts Monclair (opcional) → Playera deportiva Monclair (roja) → Calcetas blancas → Zapatos deportivos (tenis).
Artículo 6º Identificación de prendas Todas las prendas de los uniformes deberán tener bordado el nombre o las siglas iniciales del alumno. En caso de extravío el Colegio no se hace responsable de las prendas, sin embargo, en caso de encontrarlas; cumplir con esta disposición permitirá que sean devueltas al alumno que acredite su pertenencia. Artículo 7º Presentación del alumnado El arreglo del alumnado debe ser discreto. El alumnado deberá presentarse limpio, bien peinados y sin tintes; en caso de cabello largo, preferentemente recogido, con ligas o moños discretos. El uso de gorras o sombreros no estará permitido dentro del salón de clases. Se prohíbe el uso de piercings, accesorios vistosos o cualquier elemento que no forme parte de una vestimenta escolar. Artículo 8º Ropa de Invierno Las prendas de abrigo durante la temporada de frío, pueden ser chamarra o abrigo de color gris, blanco, azul marino o rojo sin adornos, ni logotipos vistosos. Estas prendas deberán ir marcadas como el resto del uniforme. En el caso de gorros, estos no podrán usarse dentro de los salones. Ninguna de estas prendas sustituye al suéter o la chamarra del Colegio. Artículo 9º Incumplimiento de normas de presentación En caso de incurrir en alguna falta a las disposiciones puntualizadas en este Capítulo la Dirección comunicará oportuna y directamente a los Padres de Familia la incidencia en la que se incurrió, con el fin de acordar las líneas de acción convenientes y los plazos para llevar a efecto el cumplimiento adecuado de la presente normatividad. CAPÍTULO III PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA Artículo 10º De la importancia de la puntualidad El Colegio Monclair contempla como parte de su Misión promover valores formativos fundamentales para el desarrollo integral de los alumnos y los hábitos que en ellos deberán inculcarse y perpetuarse, por tal motivo la puntualidad y la asistencia de los alumnos en sus labores escolares es de gran importancia.
REGLAMENTO SECUNDARIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 2
Artículo 11º Del Ingreso al Colegio Las clases en Secundaria inician a las 7:30 horas. Por ello, el ingreso de alumnos se realiza de las 7:00 a las 7:25 horas, con 10 minutos de tolerancia. Artículo 12º Retardos Se considera alumnos con retardo a todos aquellos que ingresan al Colegio a partir de las 7:25 horas. El alumno podrá acumular un máximo de tres retardos durante cada trimestre del ciclo escolar. Para dar seguimiento a estas medidas, se vigilará el mecanismo de registro y seguimiento que la Dirección disponga. En caso de emergencias previas al ingreso a clases, los Padres de Familia pueden comunicarse telefónicamente al área de Recepción, donde se registrará el reporte correspondiente. Artículo 13º Porcentaje de asistencia Para poder acreditar un periodo de evaluación, el alumno deberá registrar un mínimo de 80% de asistencia en cada una de sus asignaturas durante el periodo de evaluación correspondiente. Artículo 14º De la puntualidad entre sesiones de clase Es obligación del alumno estar a tiempo en las sesiones que marque su horario de clases. En caso de ingresar tarde al salón, el docente registrará retardo y podrá aplicar las medidas que considere pertinentes en función de la clase y actividad en curso, orientado por el Catálogo de Faltas y Consecuencias. Artículo 15º De la puntualidad en otras actividades Las disposiciones de puntualidad y asistencia descritas en este capítulo, serán aplicables también a los alumnos en las actividades extraescolares que, dentro o fuera del plantel, de manera particular o general, sean convocadas por el Colegio. Artículo 16º De la salida de los alumnos La hora de salida de los alumnos se realiza a partir de las 14:40 hrs. Los padres se comprometen a recoger a sus hijos en un lapso no mayor a treinta minutos después de la hora de la salida. Artículo 17º Entrega de alumnos Para agilizar la entrega de los alumnos es indispensable que los vehículos respeten la normativa peatonal y vehicular vigente. Los alumnos podrán salir solos de las instalaciones del Colegio, previa autorización escrita por parte de los padres y/o tutor. Aquellos alumnos que no tengan dicha autorización, esperarán al interior del plantel a que los recojan. Artículo 18º De los Justificantes La calidad de falta justificada sólo se concede por problemas de salud, trámites o requerimientos legales y actividades extracurriculares de representación previamente autorizadas por la Dirección.
REGLAMENTO SECUNDARIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 3
Para ello, el alumno deberá presentar en la Dirección de su nivel el informe o documento avalado por los padres de familia que explique el motivo de la ausencia. Esta entrega puede ser vía correo electrónico. Cuando se trata de problemas de salud, el justificante deberá ser entregado a la Dirección en un plazo máximo de 48 horas después de la falta. En caso de permisos por trámites y representaciones, deberá solicitarse autorización a la Dirección cuando menos dos días hábiles antes de la fecha prevista para la ausencia. Las ausencias por viajes personales en los días de clases no son justificables, por lo que es responsabilidad de cada familia evitar programar actividades en días que puedan tener un impacto significativo en la evaluación de aprendizajes de los estudiantes. Artículo 19º De los Permisos Por razones de continuidad en el aprendizaje ningún alumno podrá salir del Colegio durante horas de clase, por lo que se solicita programar las citas médicas o trámites de diversa índole fuera del horario de clases. En caso de existir alguna situación extraordinaria, solicitamos que el alumno no se presente a clases y entregue el justificante correspondiente siguiendo el proceso del artículo anterior. Durante los periodos de exámenes no se autorizarán permisos especiales para faltar a clases; en caso de presentarse alguna situación extraordinaria la Dirección determinará las medidas procedentes. De igual forma, una vez dentro del Colegio, no se permitirá entregar a los alumnos dentro del horario de clases material, tareas, ni ningún otro objeto que hayan olvidado. Artículo 20º De las Salidas Escolares Las salidas escolares, tanto académicas como de esparcimiento, se comunican formalmente a través de comunicados impresos y publicados en el Portal de Familias. Para poder asistir a una salida escolar, el alumno deberá presentar su autorización por escrito y debidamente requisitada, así como cubrir en caso necesario y en los plazos establecidos la cuota definida para cada caso. Del mismo modo, para poder participar en estas salidas el alumno deberá portar su credencial, estar al corriente con el pago de colegiaturas y cumplir con los requisitos que en cada caso defina la Dirección. En caso de que la salida sea dentro de la ciudad de León, el costo del transporte está cubierto por el Colegio. De lo contrario, dicho costo será cubierto por los Padres de Familia. CAPÍTULO IV DE LA EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE Artículo 21º Filosofía de la evaluación En el Colegio Monclair la evaluación del aprendizaje es concebida como un proceso integral, continuo y sistemático que proporciona información significativa para orientar la toma de decisiones respecto al logro de los propósitos educativos, motivar el aprendizaje significativo, así como contribuir al mejoramiento y la calidad del proceso educativo. Los maestros determinarán y darán a conocer con responsabilidad y criterio pedagógico el grado de aprovechamiento de los alumnos, observando para ello las disposiciones vigentes y los criterios establecidos con su Dirección. Los periodos de evaluación, el proceso de reporte de resultados de evaluación, las escalas de evaluación y los criterios de acreditación y promoción de grado, estarán sujetos a lo dispuesto en el Acuerdo Número 11/03/19 publicado por la Secretaría de Educación Pública, en el cual se establecen las normas generales para la evaluación, acreditación, promoción y certificación de la
REGLAMENTO SECUNDARIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 4
Educación Básica. Si entrara en vigor alguna disposición que derogara o sustituyera a lo establecido en dicho Acuerdo, el Colegio se sujetará a las disposiciones correspondientes. Artículo 22º Actividades de aprendizaje En todas las materias, el trabajo principal se realiza en el aula. Las tareas deben ser el resultado lógico de esto, y han de servir para la repetición, profundización y preparación. La extensión y el grado de dificultad de las tareas se adaptarán a la edad y capacidad de los alumnos así como a las características de cada materia. Las tareas se programan y distribuyen de manera que el alumno pueda hacerlas solo y en un tiempo razonable. El cumplimiento de estas tareas es indispensable en todos los grados, por lo que tienen un valor en la evaluación sumativa del alumno. Estas tareas deberán realizarse con limpieza, orden y de acuerdo a las especificaciones de los docentes. Artículo 23º Periodos de evaluación El ciclo escolar contempla diferentes periodos de evaluación en cada nivel. En concordancia con el Acuerdo Número 11/03/19 publicado por la Secretaría de Educación Pública, en Secundaria, el ciclo escolar contempla la evaluación del aprendizaje a través de tres periodos, considerados de la siguiente manera:
● Primer Periodo: Del comienzo del ciclo escolar y hasta el final del mes de noviembre. ● Segundo Periodo: Del comienzo del mes de diciembre y hasta el final del mes de marzo. ● Tercer Periodo: Del comienzo del mes de abril y hasta el final del ciclo escolar.
Artículo 24º Reporte de resultados de evaluación Los resultados de evaluación se comunican a las familias al final de cada uno de los tres periodos. Esta comunicación se hace electrónicamente a través del portal de internet del Colegio y en reuniones con las familias de los estudiantes. Los resultados de evaluación se expresan de acuerdo con lo señalado en el Acuerdo 11/03/19, es decir, con valores numéricos en una escala de 5 a 10.
- Para las asignaturas de los campos de Formación Académica y las áreas de Artes y Educación Física, cuyos programas de estudio están definidos a partir de aprendizajes esperados, la boleta interna del Colegio incluye una valoración orientativa de los Niveles de Desempeño, con la siguiente escala:
- Nivel IV (N-IV). Indica dominio sobresaliente de los aprendizajes esperados. - Nivel III (N-III). Indica dominio satisfactorio de los aprendizajes esperados. - Nivel II (N-II). Indica dominio básico de los aprendizajes esperados. - Nivel I (N-I). Indica dominio insuficiente de los aprendizajes esperados.
- Para el área de Educación Socioemocional y para los clubes de Autonomía Curricular, no se emiten calificaciones numéricas. El reporte interno de evaluación incluye una valoración orientativa estos elementos con niveles de desarrollo, con la siguiente escala:
- Nivel IV (N-IV). Indica desarrollo sobresaliente del indicador de logro. - Nivel III (N-III). Indica desarrollo satisfactorio del indicador de logro. - Nivel II (N-II). Indica desarrollo básico del indicador de logro. - Nivel I (N-I). Indica desarrollo insuficiente del indicador de logro.
REGLAMENTO SECUNDARIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 5
Artículo 25º Promoción de grado y nivel El pase al grado inmediato superior y la asignación de calificaciones quedan sujetos a lo dispuesto en el Acuerdo 11/03/19 de la Secretaría de Educación Pública. Los alumnos de 3º de Secundaria, deberán obtener un promedio general de aprovechamiento mínimo de 8.0 y observar una buena conducta durante el ciclo escolar para contar con pase directo de ingreso a Bachillerato Colegio Monclair. Artículo 26º Alumnos en situación de riesgo y reprobación Siguiendo lo marcado por el Acuerdo 11/03/19 de la Secretaría de Educación Pública, el alumno tendrá que volver a cursar el grado cuando al concluir el ciclo escolar tenga cuatro o más asignaturas de Formación Académica no aprobadas. Del mismo modo, el alumno que se encuentre en situación de riesgo por no haber aprobado hasta cuatro asignaturas de Formación Académica, y/o de las áreas de Desarrollo Personal y Social, podrá regularizar esta situación en el periodo inter ciclos escolares, en los términos que para tal efecto establezcan las Normas de Control Escolar aplicables. CAPÍTULO V DISPOSICIONES DE ORDEN Y DISCIPLINA Artículo 27º Importancia del orden y la disciplina La vida escolar y las clases requieren de un orden que contribuya a la realización del proceso educativo. El propósito del presente capítulo es señalar normas, derechos, obligaciones y procedimientos dirigidos a promover un ambiente armónico que favorezca la convivencia sana de los miembros de la comunidad escolar y el logro de los objetivos educativos que se propone la Institución. Las disposiciones de este capítulo se sujetarán en todo momento a lo dispuesto en las normas oficiales vigentes, en particular: la Ley para una convivencia libre de violencia en el entorno escolar para el Estado de Guanajuato y sus municipios y su respectivo Reglamento, así como el Reglamento escolar para una convivencia en la paz del Estado de Guanajuato, publicado por la Secretaría de Educación de Guanajuato. Artículo 28º Procedimiento disciplinario y clasificación de las faltas Para la aplicación de consecuencias ante las faltas disciplinarias, el Colegio se sujetará a lo dispuesto por el marco legal referido en el artículo 27º del presente reglamento. La aplicación de procedimiento guardará una proporción razonable cuando se trate de determinar la consecuencia o sanción de una falta, destacando que la misión educativa del Colegio implica favorecer el diálogo con el alumno, el padre de familia y el personal docente, para que los alumnos comprendan y valoren la necesidad y el significado de las normas. Para alcanzar los fines que persigue este apartado, las faltas disciplinarias se clasifican en leves y graves, según los criterios y las descripciones que aparecen más adelante. Para las faltas académicas, de presentación, de puntualidad y asistencia se aplican los procedimientos definidos en los apartados correspondientes de este mismo Reglamento.
REGLAMENTO SECUNDARIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 6
Artículo 29º Faltas leves Se denomina faltas disciplinarias leves a aquellas que alteran la dinámica cotidiana en que se desarrollan las labores escolares y no se traduce en violencia. Se consideran faltas leves las siguientes conductas, mismas que se presentan de forma enunciativa, mas no limitativa:
→ Entrar tarde o salir del aula durante el desarrollo de una clase, sin motivo justificado. → Consumir alimentos o bebidas dentro del salón de clase. → Usar calculadoras, computadoras u otros dispositivos electrónicos durante las sesiones de
clase, cuando no hayan sido requeridos por el profesor como material de trabajo. → Perturbar el orden durante el desarrollo de la clase; interrumpir a las demás personas
durante la clase o no solicitar el uso de la palabra. → Entorpecer las actividades escolares negándose injustificadamente a participar, individual o
colectivamente, en las actividades o eventos propuestos por el Colegio. → Llevar a cabo, en el salón de clase, actividades escolares que no correspondan a la
asignatura que en ese momento se esté impartiendo. → Presentarse a clase sin el material solicitado previamente por el profesor para la sesión. → Levantar la voz o gritar en las áreas comunes. → Afectar el mantenimiento de la limpieza de las instalaciones del Colegio. → Permanecer en algún lugar de Colegio sin supervisión ni autorización del personal. → Causar daños materiales a bienes muebles o inmuebles del Colegio por negligencia. → Usar palabras altisonantes en la interacción con sus compañeros. → Comercializar bienes o servicios dentro del Colegio sin autorización por escrito de la
Dirección. Artículo 30º Faltas disciplinarias graves Se denominan faltas disciplinarias graves, aquellas que atentan contra la integridad de cualquier miembro de la comunidad escolar, así como aquellas que ponen en riesgo el buen nombre de la Institución. Se consideran faltas graves, las siguientes conductas, mismas que se presentan de forma enunciativa, mas no limitativa:
→ Participar en juegos bruscos, peleas o cualquier tipo de agresión física. → Utilizar un lenguaje ofensivo, verbal (oralmente o por escrito) o no verbal, para dirigirse a
sus compañeros de clase o profesores. → Presentarse a sus actividades con aliento alcohólico. → Realizar demostraciones excesivas de afecto. → Cometer actos obscenos. → Usar los medios electrónicos o las facilidades tecnológicas para acceder a información con
contenidos de pornografía u otros tópicos que no sean congruentes con los fines educativos.
→ Robar, tomar, conservar o defender como propio un bien ajeno. → Alterar, falsificar o sustraer documentos. → Invadir o dañar los sistemas informáticos de la Institución. → Faltar el respeto a los símbolos patrios. → Cometer actos de vandalismo que deterioren el mobiliario, las instalaciones o cualquier otro
recurso material del Colegio o sus integrantes. → Introducir al Colegio armas de fuego u objetos punzo cortantes. → Consumir, introducir, poseer, distribuir o vender cigarros, cigarros electrónicos, productos
derivados de tabaco, bebidas alcohólicas, narcóticos o drogas en las instalaciones del Colegio o sus alrededores.
REGLAMENTO SECUNDARIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 7
→ Capturar, almacenar, mostrar o distribuir imágenes (fotos, videos) que comprometan la integridad física, emocional o moral de cualquier persona, ya sea por medio físicos o electrónicos, incluyendo redes sociales digitales y servicios de mensajería electrónica.
→ Participar en actividades de riesgo para la salud y para la integridad personal de otros, portando el uniforme del Colegio o haciendo alusión a su pertenencia al mismo.
→ Difundir imágenes en donde personas que portan el uniforme del Colegio o que hacen alusión a su pertenencia al mismo, participen en acciones consideradas de riesgo para la salud y la integridad de las personas.
Artículo 31º Consecuencias y procedimientos La aplicación de estas disposiciones guardará una proporción razonable cuando se trate de determinar la consecuencia o sanción de una falta, destacando que la misión educativa del personal académico implica favorecer el diálogo para que los alumnos comprendan y valoren la necesidad y el significado de las normas. La aplicación de consecuencias buscará fortalecer el sentido de responsabilidad de los alumnos, así como salvaguardar el ambiente de armonía y de trabajo del plantel, por lo que deberán ejercerse a través del diálogo y sin violencia, quedando prohibida cualquier medida que sea violatoria de la dignidad humana. Las consecuencias se aplicarán en consonancia con lo dispuesto en el Reglamento escolar para una convivencia en la paz del Estado de Guanajuato, publicado por la Secretaría de Educación de Guanajuato. Cuando un alumno comete una falta leve, que altere la dinámica de aprendizaje, o una falta grave que no se traduzca en violencia, pueden ser impuestas como consecuencias las siguientes medidas:
● Llamada de atención verbal, que se registra en una bitácora de disciplina y puede ser impuesta por cualquier miembro del personal académico, administrativo o de intendencia.
● Envío de notificación por escrito a padres de familia, cuya copia firmada se archiva en expediente. Esta medida puede solicitarla cualquier miembro del personal académico o administrativo, y deberá contar con el visto bueno de la Dirección.
● Cita de padres de familia con Dirección. ● Retención durante recesos o vespertina, previo visto bueno de la Dirección, con notificación
oportuna a padres y con trabajo asignado. ● En caso de reincidencias frecuentes en estas faltas, se establecerá con el alumno un Plan
de Disciplina a través de un contrato con su Tutor y la Dirección, del cual podrán derivar otras consecuencias congruentes con este reglamento.
Cuando un alumno comete una falta grave que sea catalogada como violencia, se seguirán los procedimientos establecidos en la normatividad vigente en el Estado de Guanajuato, las cuales incluyen la separación temporal, separación indefinida y separación definitiva del educando. Ante desacuerdos en la aplicación del reglamento, así como ante situaciones no previstas o inusuales, se podrá integrar un Consejo Disciplinario, encargado de definir la consecuencia que habrá de imponerse. Cualquier consecuencia no prevista en este Reglamento deberá contar con el visto bueno de la Dirección de Campus. Artículo 32º Catálogo de Faltas y Consecuencias Con el fin de facilitar y unificar criterios en la gestión de consecuencias, el Colegio se apoyará en un Catálogo de Faltas y Consecuencias que especifique las conductas más habituales, así como las personas que pueden imponer las consecuencias. El envío de notificaciones, retenciones, citas con padres de familia serán impuestas solo con visto bueno de la Dirección de Nivel. Las
REGLAMENTO SECUNDARIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 8
separaciones temporal, indefinida y definitivas, deberán contar con el visto bueno de la Dirección de Campus. Artículo 33º Protocolos ante situaciones de conflicto y violencia La distinción entre conflicto y violencia se apegará a lo dispuesto en la Ley para una convivencia libre de violencia en el entorno escolar para el Estado de Guanajuato y sus municipios y su respectivo Reglamento. En caso de conflicto, se seguirá el Protocolo para la detección y tratamiento de conflicto así como, en caso necesario, los medios alternos de solución de conflictos. En caso de violencia, se seguirá el Protocolo para el tratamiento de la violencia escolar. Ambos protocolos se seguirán de acuerdo con lo dispuesto en la citada ley y en el Reglamento escolar para una convivencia en la paz del Estado de Guanajuato, publicado por la Secretaría de Educación de Guanajuato. Artículo 34º Objetos ajenos a las labores escolares En términos generales está prohibido utilizar reproductores portátiles de música, teléfonos móviles, juegos portátiles de video, cámaras fotográficas y cualquier otro objeto ajeno a las labores escolares durante las actividades académicas sin la autorización expresa del docente. En caso de que el estudiante requiera hacer una llamada telefónica, deberá hacerlo desde las oficinas del Colegio, con autorización y en presencia de personal de la Institución. El uso de equipos e instrumentos electrónicos y digitales podrá ser regulado por los profesores en el estricto desarrollo de actividades de enseñanza aprendizaje. Ninguno de estos dispositivos puede ser exigido para una actividad escolar por parte de los docentes, salvo en el caso del Chromebook solicitado como material básico de trabajo del alumno. El alumno que ingrese al Colegio cualquier objeto como los mencionados en el párrafo anterior, asume la responsabilidad absoluta sobre el mismo y se compromete a que no interfiera con las actividades escolares. Está estrictamente prohibido ingresar navajas, cuchillos, envases de cristal, armas de fuego y en general cualquier objetos que represente una amenaza para la integridad física de cualquier miembro de la comunidad. Para vigilar el cumplimiento de esta disposición, cualquier miembro del personal académico o administrativo podrá retirar al alumno cualquiera de los objetos descritos en el presente artículo, en cuyo caso serán entregados a la Dirección del nivel correspondiente, quien podrá devolverlos al estudiante al finalizar la jornada. En caso de reincidencia o de objetos peligrosos, el objeto podrá ser retenido hasta ser entregado al padre, madre o tutor. Artículo 35º Conservación de instalaciones y recursos materiales Los recursos materiales y el edificio escolar reúnen las condiciones necesarias para realizar eficientemente las funciones y actividades para las que están destinadas. La administración y cuidado de cada área será responsabilidad de todas las personas que la utilicen. En este sentido, tanto profesores como alumnos comparten la responsabilidad de mantener el orden y la limpieza en los salones, pasillos, baños y en todas las áreas a las que tengan acceso, vigilando el cumplimiento de las siguientes normas generales:
→ Todos los alumnos aceptan la responsabilidad de mantener el orden y la limpieza en todos los salones y pasillos.
→ Quienes ocasionen desorden, se encargarán de restablecer el orden y la limpieza, sin que ello deje al resto de los alumnos exentos de la obligación de cuidar estos aspectos.
REGLAMENTO SECUNDARIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 9
→ Durante el tiempo de descanso, los alumnos deben permanecer solamente en las áreas destinadas a este propósito.
→ Se debe garantizar la limpieza de las áreas de estancia, así como el cuidado de las áreas verdes.
→ Los alumnos son los responsables del buen estado de sus salones. Las anomalías deberán informarse inmediatamente al personal docente. Los daños efectuados con premeditación conllevan, además de sanciones previstas en el reglamento de disciplina, la reparación o reposición de los mismos por parte del responsable.
→ Todos los anuncios que aparezcan en el Colegio, deben tener la autorización de la Dirección de Marketing y serán exhibidos solamente en aquellas áreas asignadas para este propósito.
→ Los objetos extraviados deben ser entregados y recogidos en la Dirección. Los objetos no reclamados durante el ciclo escolar serán exhibidos a fin de cada semestre (diciembre y junio) para su identificación. Aquellos que no hayan sido reclamados serán donados para fines caritativos.
→ El salón de maestros es para uso exclusivo del personal académico. → Se exhorta a la comunidad a hacer buen uso del estacionamiento y favorecer la circulación
a la entrada y salida del Colegio. Artículo 36º Plantel Libre de Humo de Tabaco Dada su naturaleza, el Plantel que ocupa el Colegio es un edificio libre de humo de tabaco, por lo que está estrictamente prohibido fumar dentro del mismo o en sus inmediaciones. TRANSITORIOS El presente reglamento entra en vigor el día siguiente de su publicación y deja sin efecto los anteriores. Los casos no previstos en el presente reglamento, serán estudiados y resueltos por el Consejo Ejecutivo del Colegio, cuyo dictamen será inapelable. Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento serán absueltos por la normatividad vigente en el Estado. Este reglamento fue elaborado bajo la supervisión del Consejo Directivo del Colegio Monclair.
LEÓN, GUANAJUATO A 1 DE AGOSTO DE 2019.
A T E N T A M E N T E DIRECCIÓN GENERAL
REGLAMENTO SECUNDARIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 10
REGLAMENTO PREPARATORIA CICLO ESCOLAR 2019-2020
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º Base Legal El presente Reglamento se sujeta a los principios establecidos en el Artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y tendrá las finalidades previstas en el Artículo 7° de la Ley General de Educación. Así mismo, se apega a los lineamientos y normatividad derivados de la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato. La Institución cuenta con autorización oficial para impartir estudios de educación media superior incorporados a la Dirección General del Bachillerato (DGB). Artículo 2º Ámbito de aplicación Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento son aplicables a todos los alumnos y alumnas del nivel Preparatoria, así como a sus padres, madres o tutores. El desconocimiento de las normas, derechos, obligaciones y procedimientos contemplados en este documento, no exime a ningún miembro de la comunidad de su vigilancia y cumplimiento. CAPÍTULO II DISPOSICIONES DE CONTROL ESCOLAR Artículo 3º Requisitos de ingreso de alumnos Podrán ingresar a la institución los alumnos que cumplan con los requisitos de acreditación del grado escolar previo al que desean ingresar, esto mediante la documentación oficial correspondiente, que incluye: acta de nacimiento, CURP y certificado de estudios de Secundaria. Para ingresar a un semestre distinto al primero, el alumno deberá presentar además certificado parcial que acredite los estudios del semestre o semestres anteriores y en su caso la equivalencia o la revalidación que fueran necesarios de acuerdo con las normas de control escolar de la DGB, con todas las asignaturas de los semestres previos aprobadas. Estos documentos son indispensables para el registro del alumno ante la DGB y deberán ser entregados al Colegio dentro de los plazos que se marquen de acuerdo con el calendario de Control Escolar de la DGB. Así mismo, el aspirante presentará las evaluaciones diagnósticas que defina la institución, con el fin de determinar las estrategias de acompañamiento de que corresponda. Del mismo modo, el ingreso a la institución estará sujeto a la disponibilidad de lugares de acuerdo con la capacidad del plantel. Artículo 4º Requisitos de promoción y permanencia de alumnos Para ser promovido al siguiente semestre y poder permanecer en la institución, el estudiante deberá cumplir con lo señalado en este Reglamento y con los requerimientos mínimos marcados por las normativas vigentes en materia de Control Escolar de la DGB, incluyendo la aprobación del
REGLAMENTO PREPARATORIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 1
número de materias que hagan posible su inscripción al semestre subsecuente. Para poder registrarse en un nuevo semestre con materias reprobadas, sólo será posible adeudar materias cursadas en Bachillerato Colegio Monclair que correspondan al semestre inmediato anterior. Del mismo modo, deberá cumplir con todos los lineamientos disciplinarios y administrativos derivados de este reglamento. Artículo 5º Periodos de inscripciones y reinscripciones La inscripción y reinscripción de los alumnos en cada semestre, se realizará dentro de los periodos marcados por el calendario de Control Escolar de la DGB, mismos que serán dados a conocer oportunamente por el Colegio a los alumnos y padres de familia. Artículo 6º Calendario Escolar El Calendario Escolar de la institución estará sujeto a los mínimos que marque la DGB, pudiendo agregarse jornadas adicionales que serán notificadas oportunamente al alumno y los padres de familia. El calendario semestral de actividades será dado a conocer a la comunidad al inicio de cada semestre. Artículo 7º Bajas Para tramitar la baja voluntaria de un alumno del plantel, los padres de familia o tutores deberán llenar el formato correspondiente y entregarlo a la Dirección. La entrega de su documentación se hará en un plazo máximo de 10 días hábiles después de notificar por escrito la baja, toda vez que se haya comprobado que no existan adeudos en ningún área del Colegio. En este sentido, las colegiaturas deberán estar cubiertas hasta el mes en el que se registre la baja. El Colegio, a su vez, podrá tramitar la baja de un alumno en los siguientes casos:
● Cuando haya finalizado los cursos que se le habían señalado como meta. ● En caso de reprobar un grado, de acuerdo con los lineamientos de Control Escolar vigentes
para la DGB. ● Cuando haya incumplido del pago de tres meses de colegiatura o su equivalente. ● Cuando el alumno transgreda las disposiciones de orden y disciplina del presente
reglamento. Artículo 8º Movilidad estudiantil Con la finalidad de garantizar que los estudiantes puedan continuar sus estudios en caso de cambios de institución que respondan a cambios en la situación personal del estudiante o su familia, el Colegio pondrá los medios que estén a su alcance dentro de las normas de Control Escolar vigentes para facilitar su movilidad a otra institución o, en su caso, a otro subsistema de Educación Media Superior. Para ello, es importante que el alumno interesado en un cambio de institución lo informe al área de Control Escolar del Colegio al menos dos meses antes del inicio del nuevo ciclo, para poder orientarle con tiempo en los trámites a realizar. Del mismo modo, en el caso de tránsito o movilidad de alumnos que deseen ingresar al Bachillerato Colegio Monclair, además de los documentos señalados en el artículo 2º, deberá presentarse Certificado Parcial que ampare el o los semestres cursados en otro plantel, sin adeudar materias en la escuela de procedencia. De ser necesario y dependiendo del subsistema al que perteneciera el plantel de origen, el área de Control Escolar podrá solicitar también dictamen de revalidación o dictamen de equivalencia de estudios emitida por la Secretaría de Educación de Guanajuato o por la Dirección General del Bachillerato.
REGLAMENTO PREPARATORIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 2
Artículo 9º Expedición de Certificados La expedición de certificados parciales y totales de estudios, se regirá por los formatos, normas y calendarios marcados por el área de Control Escolar de la DGB. Los certificados totales serán entregados por el Colegio a los estudiantes que cumplan con todos los requisitos de acreditación del nivel. Los certificados parciales se emiten a solicitud del estudiante o cuando éste registra su baja de la institución. Los costos por emisión de certificados serán dados a conocer al inicio de cada semestre por el área administrativa. CAPÍTULO III PRESENTACIÓN DE LOS ALUMNOS Artículo 10º Importancia de la presentación de los alumnos La presentación personal de las alumnas y alumnos del Colegio debe ser adecuada, en congruencia con la formación de hábitos y con la imagen que la Institución busca transmitir a la comunidad. Artículo 11º Conveniencia del uso del uniforme En congruencia con el espíritu formativo que impera en todas las acciones propuestas por el Colegio y aceptadas por el pleno de la Comunidad Educativa y los organismos que en ella operan como el Consejo Directivo, el Consejo Técnico y la Mesa Directiva de la Asociación de Padres de Familia, se contempla el uso del uniforme escolar institucional como un medio eficaz que genera sentido de pertenencia y unidad, además de inspirar orden y disciplina en el alumno. El uniforme deberá portarse digna y respetuosamente. Artículo 12º Características del uniforme De lunes a viernes y en los actos oficiales en que las alumnas y alumnos representen al Colegio, éstos portarán completo, limpio y en buenas condiciones el uniforme institucional, que consta de:
● Pantalón largo de mezclilla azul (sin aplicaciones, decorados ni hoyos) ● Suéter o sudadera Monclair ● Playera blanca tipo polo con el escudo Monclair
Los días en que tenga programadas clase de Acondicionamiento Físico, deberán portar el uniforme deportivo del Colegio, que consiste en pantalón deportivo, playera, chamarra o sudadera institucional y calzado deportivo. En lo relativo al calzado diario, se podrán utilizar zapatos de piso y zapatos deportivos. No está permitido el uso de zapatos con tacón alto, calzado abierto (sandalias o similares) ni botas; podrán existir excepciones cuando lo requiera una actividad oficialmente propuesta y autorizada por el Colegio. Artículo 13º Identificación de prendas Se sugiere que todas las prendas del alumno estén marcadas con el nombre o las siglas iniciales del alumno. En caso de extravío el Colegio no se hace responsable de las prendas, sin embargo, cumplir con esta disposición permitirá que en caso de encontrarlas sean devueltas al alumno que acredite su pertenencia.
REGLAMENTO PREPARATORIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 3
Artículo 14º Presentación del alumnado El arreglo del alumnado debe ser discreto. El alumnado deberá presentarse limpio y bien peinado; en caso de cabello largo, preferentemente recogido, con ligas o moños discretos. El uso de gorras o sombreros no estará permitido dentro del salón de clases. Se prohíbe el uso de piercings, accesorios vistosos o cualquier elemento que no forme parte de una vestimenta escolar. Artículo 15º Ropa de Invierno Las prendas de abrigo durante la temporada de frío, pueden ser chamarra o abrigo de color gris, blanco, azul marino o rojo sin adornos, ni logotipos vistosos. Estas prendas deberán ir marcadas como el resto del uniforme. En el caso de gorros, estos no podrán usarse dentro de los salones. Artículo 16º Incumplimiento de normas de presentación En caso de incurrir en alguna falta a las disposiciones puntualizadas en este Capítulo la Dirección comunicará oportuna y directamente a los Padres de Familia la incidencia en la que se incurrió, con el fin de acordar las líneas de acción convenientes y los plazos para llevar a efecto el cumplimiento adecuado de la presente normatividad. CAPÍTULO IV PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA Artículo 17º De la importancia de la puntualidad El Bachillerato Colegio Monclair contempla como parte de su Misión promover valores formativos fundamentales para el desarrollo integral de los alumnos y los hábitos que en ellos deberán inculcarse y perpetuarse, por tal motivo la puntualidad y la asistencia de los alumnos en sus labores escolares es de gran importancia. Artículo 18º Horario de ingreso y salida Las clases en Bachillerato inician a las 7:30 horas. Por ello, el ingreso de alumnos se hará de las 7:00 a las 7:25 horas, con 10 minutos de tolerancia. La salida será a partir de las 2:50 de la tarde. Dentro del horario comprendido de las 7:30 a la hora de salida, los alumnos no podrán abandonar el plantel sin el consentimiento expreso y por escrito de la Dirección correspondiente. Después de las 15:30 horas y hasta las 18:30 horas, los alumnos podrán permanecer solamente si están participando en alguna academia deportiva o si cuentan con autorización expresa por parte del Colegio. Adicionalmente, podrá solicitarse a los alumnos el cumplimiento de actividades de desarrollo (acondicionamiento físico, experiencia comunitaria, entre otras) fuera del horario académico. Los horarios para estas actividades se señalarán por los medios institucionales oportunamente a alumnos y padres, madres o tutores..
REGLAMENTO PREPARATORIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 4
Artículo 19º Retardos Se considera alumnos con retardo a todos aquellos que ingresan al Colegio de las 7:25 a las 7:35 horas. En caso de retardo, quedará sujeto a decisión de la Dirección cuál sea el momento más oportuno para que el alumno se incorpore a sus clases, a fin de no alterar la dinámica académica del resto de los alumnos. El alumno podrá acumular un máximo de tres retardos durante cada periodo parcial del ciclo escolar. Para dar seguimiento a estas medidas, se vigilará el mecanismo de registro y seguimiento que la Dirección disponga. En caso de emergencias previas al ingreso a clases, los Padres de Familia pueden comunicarse telefónicamente al área de Recepción, donde se registrará el reporte correspondiente. Artículo 20º Derecho a exámenes Para contar con el derecho a exámenes de cada periodo parcial, el alumno deberá cumplir con la entrega de la totalidad de las actividades de trabajo solicitadas en la asignatura durante el periodo de evaluación correspondiente. Artículo 21º Asistencia y puntualidad en clase Es obligación del alumno estar a tiempo en las sesiones que marque su horario de clases. En caso de ingresar tarde al salón, el docente podrá aplicar medidas académicas de recuperación, en función de la clase y actividad en curso. Para aprobar un curso en periodo ordinario, es necesario cumplir con un mínimo de 80% de asistencia durante el semestre. Considerando que un periodo parcial está integrado en promedio por 5 semanas y un semestre por 16 semanas, los límites de faltas permitidas se reflejan en la siguiente tabla:
Horas clases a la semana (periodos de 50 minutos)
Límite de faltas (periodos de 50 minutos) durante un
parcial
Límite de faltas (periodos de 50 minutos) durante el
semestre
2 2 6
3 3 9
5 5 15
8 8 24
En caso de exceder el porcentaje de faltas permitido, la asignatura tendrá que ser aprobada en periodo extraordinario de regularización. Artículo 22º De la puntualidad en otras actividades Las disposiciones de puntualidad y asistencia descritas en este capítulo, serán aplicables también a los alumnos en las actividades extraescolares que, dentro o fuera del plantel, de manera particular o general, sean convocadas por el Colegio.
REGLAMENTO PREPARATORIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 5
Artículo 23º De las faltas justificadas La calidad de falta justificada sólo se concede por problemas de salud, trámites o requerimientos legales y actividades extracurriculares de representación previamente autorizadas por la Dirección. Para ello, el alumno deberá presentar en la Dirección de su nivel el informe o documento avalado por los padres de familia que explique el motivo de la ausencia. Esta entrega puede ser vía correo electrónico. Cuando se trata de problemas de salud, el justificante deberá ser entregado a la Dirección en un plazo máximo de 48 horas después de la falta. En caso de permisos por trámites y representaciones, deberá solicitarse autorización a la Dirección cuando menos dos días hábiles antes de la fecha prevista para la ausencia. Las ausencias por viajes personales en los días de clases no son justificables, por lo que es responsabilidad de cada familia evitar programar actividades en días que puedan tener un impacto significativo en la evaluación de aprendizajes de los estudiantes. Artículo 24º De los Permisos Por razones de continuidad en el aprendizaje ningún alumno podrá salir del Colegio durante horas de clase, por lo que se solicita programar las citas médicas o trámites de diversa índole fuera del horario de clases. En caso de existir alguna situación extraordinaria, solicitamos que el alumno no se presente a clases y entregue el justificante correspondiente siguiendo el proceso del artículo anterior. Durante los periodos de exámenes no se autorizarán permisos para faltar a clases; en caso de presentarse alguna situación extraordinaria la Dirección determinará las medidas procedentes. De igual forma, una vez dentro del Colegio, no se permitirá entregar a los alumnos dentro del horario de clases material, tareas, ni ningún otro objeto que hayan olvidado. Artículo 25º De las Salidas Escolares Las salidas escolares, tanto académicas como de esparcimiento, se comunican formalmente a través de comunicados impresos y publicados en el Portal de Familias. Para poder asistir a una salida escolar, el alumno deberá presentar su autorización por escrito y debidamente requisitada, así como cubrir en caso necesario y en los plazos establecidos la cuota definida para cada caso. Del mismo modo, para poder participar en estas salidas el alumno deberá portar su credencial, estar al corriente con el pago de colegiaturas y cumplir con los requisitos que en cada caso defina la Dirección. En caso de que la salida sea dentro de la ciudad de León, el costo del transporte está cubierto por el Colegio. De lo contrario, dicho costo será cubierto por los Padres de Familia. CAPÍTULO V DE LA EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE Artículo 26º Filosofía de la evaluación En Bachillerato Colegio Monclair la evaluación del aprendizaje es concebida como un proceso integral, continuo y sistemático que proporciona información significativa para orientar la toma de decisiones respecto al logro de los propósitos educativos, motivar el aprendizaje significativo, así como contribuir al mejoramiento y la calidad del proceso educativo. Los maestros determinarán y darán a conocer con responsabilidad y criterio pedagógico el grado de aprovechamiento de los alumnos, observando para ello las disposiciones vigentes y los criterios establecidos con su Dirección.
REGLAMENTO PREPARATORIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 6
Artículo 27º Actividades de aprendizaje En todas las materias, el trabajo principal se realiza en el aula. Las tareas deben ser el resultado lógico de esto, y han de servir para la repetición, profundización y preparación. La extensión y el grado de dificultad de las tareas se adaptarán a la edad y capacidad de los alumnos así como a las características de cada materia. Las tareas se programan y distribuyen de manera que el alumno pueda hacerlas solo y en un tiempo razonable. El cumplimiento de estas tareas es indispensable en todos los grados, por lo que tienen un valor en la evaluación sumativa del alumno. Estas tareas deberán realizarse con limpieza, orden y de acuerdo a las especificaciones de los docentes. Artículo 28º Periodos de evaluación Cada semestre contempla la evaluación del aprendizaje a través de tres periodos parciales. Las fechas de los parciales podrán variar en función de las que marquen los calendarios de Control Escolar de la DGB y serán claramente señalados en los calendarios semestrales. Artículo 29º Porcentajes de evaluación Cada calificación parcial estará integrada en términos generales de la siguiente manera: Evaluación continua mínimo 70%, Evaluación sumativa (examen o proyecto final) máximo 30%. A su vez, la calificación semestral se integrará del siguiente modo: Primer parcial 33%, Segundo parcial 33%, Tercer parcial 34%. La forma precisa en que se evaluará cada asignatura será descrita puntualmente en el Contrato Académico de cada materia al inicio del semestre. Artículo 30º Reporte de calificaciones A lo largo del semestre se emiten tres reportes de evaluación: uno por cada evaluación parcial, incluyendo en el último el promedio final del semestre. Estas se hacen llegar a los padres o tutores electrónicamente a través del portal de internet del Colegio. La escala de calificaciones para períodos parciales y evaluación final, se representa mediante números enteros y con hasta un decimal, de 1.0 a 10.0 en donde la mínima calificación aprobatoria es 6.0. La calificación semestral del alumno se reporta mediante números enteros, de 5.0 a 10.0 en donde la mínima calificación aprobatoria es 6.0. Las calificaciones reprobatorias de 1.0 a 5.9, se reportan como 5.0. En calificaciones aprobatorias, cuando el decimal sea igual o mayor a 0.5, se redondeará la calificación al entero siguiente. Artículo 31º Exámenes extraordinarios Los alumnos que no acrediten exámenes parciales deben participar en las actividades remediales que la Dirección disponga para procurar la regulación académica de los alumnos. Los alumnos que aprueben todas las materias del ciclo correspondiente se consideran alumnos regulares; los alumnos que no acreditan una o más materias son irregulares y deben participar en los procesos extraordinarios que la Dirección establece para regularizar su estatus académico, en el marco de los siguientes lineamientos:
- Los alumnos de Bachillerato que al término del periodo ordinario del semestre no obtengan en alguna asignatura un promedio mínimo de 6.0, deberán presentar examen extraordinario en el periodo intersemestral inmediato siguiente, durante las fechas que la Dirección determine con base en el calendario de la DGB.
REGLAMENTO PREPARATORIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 7
- La dirección emitirá una circular con las fechas del periodo de exámenes extraordinarios. Es deber del alumno informarse de las fechas, plazos, costos y procedimientos de cada proceso de regularización y es su obligación participar en ellos para regularizar su condición académica. No presentarse a un periodo de extraordinarios teniendo asignaturas reprobadas, podrá ser condición de baja del alumno.
- La cantidad máxima de exámenes extraordinarios que un alumno puede presentar en un periodo de exámenes extraordinarios es de tres.
- El máximo de materias reprobadas que puede tener un alumno para ser inscrito a un nuevo semestre es de tres. En este caso, es obligación del alumno presentar las evaluaciones en el periodo de evaluaciones extraordinarias inmediato siguiente.
- El máximo de veces que un alumno podrá presentar una materia en evaluaciones extraordinarias, es de tres, considerándose para ello dos periodos intersemestrales y un periodo intrasemestral. Este lineamiento se sustenta en el criterio marcado en el artículo 3º de este Reglamento, donde se señala que para ser inscrito a un nuevo semestre, solamente podrán adeudarse materias del semestre inmediato anterior.
CAPÍTULO VI DISPOSICIONES DE ORDEN Y DISCIPLINA Artículo 32º Importancia del orden y la disciplina La vida escolar y las clases requieren de un orden que contribuya a la realización del proceso educativo. El propósito del presente capítulo es señalar normas, derechos, obligaciones y procedimientos dirigidos a promover un ambiente armónico que favorezca la convivencia sana de los miembros de la comunidad escolar y el logro de los objetivos educativos que se propone la Institución. Las disposiciones de este capítulo se sujetarán en todo momento a lo dispuesto en las normas oficiales vigentes, en particular: la Ley para una convivencia libre de violencia en el entorno escolar para el Estado de Guanajuato y sus municipios y su respectivo Reglamento, así como el Reglamento Escolar para una Convivencia en la Paz del Estado de Guanajuato, publicado por la Secretaría de Educación de Guanajuato. Artículo 33º Procedimiento disciplinario y clasificación de las faltas Para la aplicación de consecuencias ante las faltas disciplinarias, el Colegio se sujetará a lo dispuesto por el marco legal referido en el artículo 32º del presente reglamento. La aplicación de procedimiento guardará una proporción razonable cuando se trate de determinar la consecuencia o sanción de una falta, destacando que la misión educativa del Colegio implica favorecer el diálogo con el alumno, el padre de familia y el personal docente, para que los alumnos comprendan y valoren la necesidad y el significado de las normas. Para alcanzar los fines que persigue este apartado, las faltas disciplinarias se clasifican en leves y graves, según los criterios y las descripciones que aparecen más adelante. Para las faltas académicas, de presentación, de puntualidad y asistencia se aplican los procedimientos definidos en los apartados correspondientes de este mismo Reglamento.
REGLAMENTO PREPARATORIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 8
Artículo 34º Faltas leves Se denomina faltas disciplinarias leves a aquellas que alteran la dinámica cotidiana en que se desarrollan las labores escolares y no se traduce en violencia. Se consideran faltas leves las siguientes conductas, mismas que se presentan de forma enunciativa, mas no limitativa:
→ Entrar tarde o salir del aula durante el desarrollo de una clase, sin motivo justificado. → Consumir alimentos o bebidas dentro del salón de clase. → Usar calculadoras, computadoras u otros dispositivos electrónicos durante las sesiones de
clase, cuando no hayan sido requeridos por el profesor como material de trabajo. → Perturbar el orden durante el desarrollo de la clase; interrumpir a las demás personas
durante la clase o no solicitar el uso de la palabra. → Entorpecer las actividades escolares negándose injustificadamente a participar, individual o
colectivamente, en las actividades o eventos propuestos por el Colegio. → Llevar a cabo, en el salón de clase, actividades escolares que no correspondan a la
asignatura que en ese momento se esté impartiendo. → Presentarse a clase sin el material solicitado previamente por el profesor para la sesión. → Levantar la voz o gritar en las áreas comunes. → Afectar el mantenimiento de la limpieza de las instalaciones del Colegio. → Permanecer en algún lugar del Colegio sin supervisión ni autorización del personal docente
o directivo. → Causar daños materiales a bienes muebles o inmuebles del Colegio por negligencia. → Usar palabras altisonantes en la interacción con sus compañeros. → Comercializar bienes o servicios dentro del Colegio sin autorización por escrito de la
Dirección. Artículo 35º Faltas disciplinarias graves Se denominan faltas disciplinarias graves, aquellas que atentan contra la integridad de cualquier miembro de la comunidad escolar, así como aquellas que ponen en riesgo el buen nombre de la Institución. Se consideran faltas graves, las siguientes conductas, mismas que se presentan de forma enunciativa, mas no limitativa:
→ Participar en juegos bruscos, peleas o cualquier tipo de agresión física. → Utilizar un lenguaje ofensivo, verbal (oralmente o por escrito) o no verbal, para dirigirse a
sus compañeros de clase o profesores. → Presentarse a sus actividades con aliento alcohólico. → Realizar demostraciones excesivas de afecto. → Cometer actos obscenos. → Usar los medios electrónicos o las facilidades tecnológicas para acceder a información con
contenidos de pornografía u otros tópicos que no sean congruentes con los fines educativos.
→ Robar, tomar, conservar o defender como propio un bien ajeno. → Alterar, falsificar o sustraer documentos. → Invadir o dañar los sistemas de cómputo de la Institución. → Faltar el respeto a los símbolos patrios. → Cometer actos de vandalismo que deterioren el mobiliario, las instalaciones o cualquier otro
recurso material del Colegio o sus integrantes. → Introducir al Colegio armas de fuego u objetos punzo cortantes. → Consumir, introducir, poseer, distribuir o vender: cigarros, cigarros electrónicos, productos
derivados de tabaco, bebidas alcohólicas, narcóticos o drogas en las instalaciones del Colegio o sus alrededores.
REGLAMENTO PREPARATORIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 9
→ Capturar, almacenar, mostrar o distribuir imágenes (fotos, videos) que comprometan la integridad física, emocional o moral de cualquier persona, ya sea por por medios físicos o electrónicos, incluyendo redes sociales digitales y servicios de mensajería electrónica.
→ Participar en actividades de riesgo para la salud y para la integridad personal de otros, portando el uniforme del Colegio o haciendo alusión a su pertenencia al mismo.
→ Difundir imágenes en donde personas que portan el uniforme del Colegio o que hacen alusión a su pertenencia al mismo, participen en acciones consideradas de riesgo para la salud y la integridad de las personas.
Artículo 36º Consecuencias y procedimientos La aplicación de estas disposiciones guardará una proporción razonable cuando se trate de determinar la consecuencia o sanción de una falta, destacando que la misión educativa del personal académico implica favorecer el diálogo para que los alumnos comprendan y valoren la necesidad y el significado de las normas. La aplicación de consecuencias buscará fortalecer el sentido de responsabilidad de los alumnos, así como salvaguardar el ambiente de armonía y de trabajo del plantel, por lo que deberán ejercerse a través del diálogo y sin violencia, quedando prohibida cualquier medida que sea violatoria de la dignidad humana. Las consecuencias se aplicarán en consonancia con lo dispuesto en el Reglamento escolar para una convivencia en la paz del Estado de Guanajuato, publicado por la Secretaría de Educación de Guanajuato. Cuando un alumno comete una falta leve, que altere la dinámica de aprendizaje, o una falta grave que no se traduzca en violencia, pueden ser impuestas como consecuencias las siguientes medidas:
● Llamada de atención verbal, que se registra en una bitácora de disciplina y puede ser impuesta por cualquier miembro del personal académico, administrativo o de intendencia.
● Envío de notificación por escrito a padres de familia, cuya copia firmada se archiva en expediente. Esta medida puede solicitarla cualquier miembro del personal académico o administrativo, y deberá contar con el visto bueno de la Dirección.
● Cita de padres de familia con Dirección. ● Retención durante recesos o vespertina, previo visto bueno de la Dirección, con notificación
oportuna a padres y con trabajo asignado. ● En caso de reincidencias frecuentes en estas faltas, se establecerá con el alumno un Plan
de Disciplina a través de un contrato con su Tutor y la Dirección, del cual podrán derivar otras consecuencias congruentes con este reglamento.
Cuando un alumno comete una falta grave que sea catalogada como violencia, se seguirán los procedimientos establecidos en la normatividad vigente en el Estado de Guanajuato, las cuales incluyen la separación temporal, separación indefinida y separación definitiva del educando. Ante desacuerdos en la aplicación del reglamento, así como ante situaciones no previstas o inusuales, se podrá integrar un Consejo Disciplinario, encargado de definir la consecuencia que habrá de imponerse. Cualquier consecuencia no prevista en este Reglamento deberá contar con el visto bueno de la Dirección de Campus. Artículo 37º Catálogo de Faltas y Consecuencias Con el fin de facilitar y unificar criterios en la gestión de consecuencias, el Colegio se apoyará en un Catálogo de Faltas y Consecuencias que especifique las conductas más habituales, así como las personas que pueden imponer las consecuencias. El envío de notificaciones, retenciones, citas con padres de familia serán impuestas solo con visto bueno de la Dirección de Nivel. Las
REGLAMENTO PREPARATORIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 10
separaciones temporal, indefinida y definitivas, deberán contar con el visto bueno de la Dirección de Campus. Artículo 38º Objetos ajenos a las labores escolares En términos generales está prohibido utilizar reproductores portátiles de música, teléfonos móviles, juegos portátiles de video, cámaras fotográficas y cualquier otro objeto ajeno a las labores escolares durante las actividades académicas sin la autorización expresa del docente. En caso de que el estudiante requiera hacer una llamada telefónica, deberá hacerlo desde las oficinas del Colegio, con autorización y en presencia de personal de la Institución. El uso de equipos e instrumentos electrónicos y digitales podrá ser regulado por los profesores en el estricto desarrollo de actividades de enseñanza aprendizaje. Ninguno de estos dispositivos puede ser exigido para una actividad escolar por parte de los docentes, salvo en el caso del Chromebook solicitado como material básico de trabajo del alumno. El alumno que ingrese al Colegio cualquier objeto como los mencionados en el párrafo anterior, asume la responsabilidad absoluta sobre el mismo y se compromete a que no interfiera con las actividades escolares. Está estrictamente prohibido ingresar navajas, cuchillos, envases de cristal, armas de fuego y en general cualquier objetos que represente una amenaza para la integridad física de cualquier miembro de la comunidad. Para vigilar el cumplimiento de esta disposición, cualquier miembro del personal académico o administrativo podrá retirar al alumno cualquiera de los objetos descritos en el presente artículo, en cuyo caso serán entregados a la Dirección del nivel correspondiente, quien podrá devolverlos al estudiante al finalizar la jornada. En caso de reincidencia o de objetos peligrosos, el objeto podrá ser retenido hasta ser entregado al padre, madre o tutor. Artículo 39º Conservación de instalaciones y recursos materiales Los recursos materiales y el edificio escolar reúnen las condiciones necesarias para realizar eficientemente las funciones y actividades para las que están destinadas. La administración y cuidado de cada área será responsabilidad de todas las personas que la utilicen. En este sentido, tanto profesores como alumnos comparten la responsabilidad de mantener el orden y la limpieza en los salones, pasillos, baños y en todas las áreas a las que tengan acceso, vigilando el cumplimiento de las siguientes normas generales:
● Todos los alumnos aceptan la responsabilidad de mantener el orden y la limpieza en todos los salones, pasillos y áreas comunes.
● Quienes ocasionen desorden, se encargarán de restablecer el orden y la limpieza, sin que ello deje al resto de los alumnos exentos de la obligación de cuidar estos aspectos.
● Durante el tiempo de descanso, los alumnos deben permanecer solamente en las áreas destinadas a este propósito.
● Se debe garantizar la limpieza de las áreas de estancia, así como el cuidado de las áreas verdes.
● Los alumnos son los responsables del buen estado de sus salones. Las anomalías deberán informarse inmediatamente al personal docente. Los daños efectuados con premeditación conllevan, además de sanciones previstas en el reglamento de disciplina, la reparación o reposición de los mismos por parte del responsable.
● Todos los anuncios que aparezcan en el Colegio, deben tener la autorización de la Dirección de Marketing y serán exhibidos solamente en aquellas áreas asignadas para este propósito.
REGLAMENTO PREPARATORIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 11
● Los objetos extraviados deben ser entregados y recogidos en la Dirección. Los objetos no reclamados durante el ciclo escolar serán exhibidos a fin de cada semestre (diciembre y julio) para su identificación. Aquellos que no hayan sido reclamados serán donados para fines caritativos.
● El salón de maestros es para uso exclusivo del personal académico. ● Se exhorta a la comunidad a hacer buen uso del estacionamiento y favorecer la circulación
a la entrada y salida del Colegio. Artículo 40º Protocolos ante situaciones de conflicto y violencia La distinción entre conflicto y violencia se apegará a lo dispuesto en la Ley para una convivencia libre de violencia en el entorno escolar para el Estado de Guanajuato y sus municipios y su respectivo Reglamento. En caso de conflicto, se seguirá el Protocolo para la detección y tratamiento de conflicto así como, en caso necesario, los medios alternos de solución de conflictos. En caso de violencia, se seguirá el Protocolo para el tratamiento de la violencia escolar. Ambos protocolos se seguirán de acuerdo con lo dispuesto en la citada ley y en el Reglamento escolar para una convivencia en la paz del Estado de Guanajuato, publicado por la Secretaría de Educación de Guanajuato. Artículo 41º Uso de estacionamiento El uso del estacionamiento por parte de los estudiantes estará regulado por la normatividad incluida en el Anexo “Reglamento para uso de estacionamiento por parte de estudiantes”. Artículo 42º Plantel Libre de Humo de Tabaco Dada su naturaleza, el Plantel que ocupa el Colegio es un edificio libre de humo de tabaco, por lo que está estrictamente prohibido fumar dentro del mismo o en sus inmediaciones. TRANSITORIOS El presente reglamento entra en vigor el día siguiente de su publicación y deja sin efecto los anteriores. Los casos no previstos en el presente reglamento, serán estudiados y resueltos por el Consejo Ejecutivo del Colegio, cuyo dictamen será inapelable. Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento serán absueltos por la normatividad vigente en el Estado. Este reglamento fue elaborado bajo la supervisión del Consejo Ejecutivo del Colegio Monclair.
LEÓN, GUANAJUATO A 1 DE AGOSTO DE 2019.
A T E N T A M E N T E DIRECCIÓN GENERAL
ANEXO: “REGLAMENTO PARA USO DE ESTACIONAMIENTO POR PARTE DE ESTUDIANTES (CAMPUS LAS TORRES)” El Colegio pone a disposición de los estudiantes de Preparatoria en Campus Las Torres el uso de Estacionamiento Externo, para lo cual deberán cumplir los siguientes lineamientos:
REGLAMENTO PREPARATORIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 12
1. Para hacer uso del estacionamiento los estudiantes deberán realizar un registro en las oficinas entregando copia fotostática de permiso o licencia de conducir vigente y tarjeta de circulación del vehículo.
2. El horario disponible para Estacionamiento de Estudiantes es de 7:10 a 15:10 hrs., de lunes a viernes en días laborables. Los sábados está disponible de 8:00 a 13:00 hrs. en caso de tener evento programado de academias.
3. Los usuarios deben conducir con precaución y cortesía hacia los demás conductores y peatones, respetando el límite de velocidad de 10 km/hr.
4. Los usuarios deben usar un solo cajón de estacionamiento por vehículo y respetar las zonas restringidas para personas con discapacidad.
5. Está prohibido permanecer dentro de los vehículos. 6. No está permitido ingresar o conducir en el estacionamiento con música a alto volumen. 7. Está prohibido introducir, conservar, intercambiar o consumir bebidas alcohólicas,
productos derivados del tabaco u otras sustancias enervantes dentro del estacionamiento. 8. El usuario deberá acatar en todo momento las indicaciones de personal del Colegio,
incluyendo al personal de vigilancia, respetando la decisión de los mismos. 9. El servicio de estacionamiento es gratuito. El usuario acepta que el Colegio no será
responsable por los daños mayores o menores que pudieran sufrir los vehículos (robo parcial o total, incendio, accidentes, etc.).
10. El usuario se hace responsable de cualquier daño o percance que pueda suceder en su vehículo o que le provoque a otros vehículos que estén en el estacionamiento.
11. Cualquier falta del usuario a estos lineamientos, sin importar su gravedad, quedará sujeta al juicio de las autoridades institucionales, quienes podrán restringir al estudiante el uso del estacionamiento de manera temporal o definitiva.
León, Guanajuato, a 1 de agosto de 2019.
REGLAMENTO PREPARATORIA Última Actualización: 1 de Agosto de 2019 p. 13