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1 REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR COLEGIO ALTAMIRA EDUCACIÓN PARVULARIA ENSEÑANZA BÁSICA ENSEÑANZA MEDIA AÑO 2015 I. FUNDAMENTOS Artículo 1.- Nuestro colegio se fundamenta en la convicción de que todos y todas los(as) estudiantes pueden aprender sin exclusión. En este contexto, las normas de convivencia son un acuerdo social que busca generar un ambiente que fomente el compromiso y el afecto, la responsabilidad y la participación, la creatividad y la solidaridad, el trabajo colaborativo y la aceptación de la diversidad, el cultivo de la excelencia en distintos dominios y la innovación como una manera de co-crear el mundo en que queremos vivir. Las personas que formamos esta comunidad entendemos que necesitamos ponernos de acuerdo en una manera de con-vivir, que anticipe aquí, la sociedad dialogante que esperamos ocurra fuera de estos límites espaciales. Por lo tanto, estas normas de convivencia son una construcción colectiva que compromete a todos los actores educativos, sin excepción. Esta comunidad tiene por misión defender el valor supremo de la vida y respetar la diversidad, buscando el diálogo para la superación de las diferencias a través del r econocimie nto y promoción de la dignidad humana. Entendemos la diversidad desde el respeto, desde el juicio de aceptación del otro como un ser diferente a mí, legítimo en su forma de ser, autónomo en su capacidad de actuar. No podemos abordar los aprendizajes ni la convivencia, si no miramos la emocionalidad y el ser histórico de nuestros(as) estudiantes, sus familias, y el propio. Fomentamos que todos y todas nuestros(as) estudiantes sean personas capaces de aprender a manejar la libertad con responsabilidad, a ejercitar su imaginación con rigor, en un clima de

Author: ronald52

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    REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

    COLEGIO ALTAMIRA

    EDUCACIN PARVULARIA

    ENSEANZA BSICA

    ENSEANZA MEDIA

    AO 2015

    I. FUNDAMENTOS

    Artculo 1.- Nuestro colegio se fundamenta en la conviccin de que todos y todas los(as)

    estudiantes pueden aprender sin exclusin. En este contexto, las normas de convivencia son un

    acuerdo social que busca generar un ambiente que fomente el compromiso y el afecto, la

    responsabilidad y la participacin, la creatividad y la solidaridad, el trabajo colaborativo y la

    aceptacin de la diversidad, el cultivo de la excelencia en distintos dominios y la innovacin comouna manera de co-crear el mundo en que queremos vivir.

    Las personas que formamos esta comunidad entendemos que necesitamos ponernos de acuerdo

    en una manera de con-vivir, que anticipe aqu, la sociedad dialogante que esperamos ocurra fuera

    de estos lmites espaciales. Por lo tanto, estas normas de convivencia son una construccin

    colectiva que compromete a todos los actores educativos, sin excepcin.

    Esta comunidad tiene por misin defender el valor supremo de la vida y respetar la diversidad,

    buscando el dilogo para la superacin de las diferencias a travs del reconocimiento y promocin

    de la dignidad humana. Entendemos la diversidad desde el respeto, desde el juicio de aceptacin

    del otro como un ser diferente a m, legtimo en su forma de ser, autnomo en su capacidad deactuar.

    No podemos abordar los aprendizajes ni la convivencia, si no miramos la emocionalidad y el ser

    histrico de nuestros(as) estudiantes, sus familias, y el propio.

    Fomentamos que todos y todas nuestros(as) estudiantes sean personas capaces de aprender a

    manejar la libertad con responsabilidad, a ejercitar su imaginacin con rigor, en un clima de

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    g)

    Colaborar en las actividades generales que organiza el Centro de Padres y Madres parabien de todo el Colegio, tales como, ferias temticas, campeonatos deportivos, foros oeventos artsticos especiales, jornadas comunitarias de recreacin familiar y la granfiesta de la comunidad, que se realiza en el mes de Octubre de cada ao.

    Artculo 5.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones antes mencionadas, las cualesconstituyen pilares fundamentales de nuestro proyecto educativo, sern sancionadas de lasiguiente forma:

    a)

    Carta Compromisob)

    Condicionalidad del Apoderadoc)

    Condicionalidad extrema del Apoderadod)

    Expulsin del Apoderado, lo que no implica la expulsin del estudiante.

    Quedar a criterio del equipo de convivencia escolar, compuesto por los coordinadores decomunidad y Direccin, la evaluacin de la sancin a aplicar.

    Artculo 6.- Corresponde a los profesores y profesoras contar con una actitud flexible y abierta al

    proceso acelerado de cambios que experimenta la cultura, a asumir responsabilidad profesional

    en su trabajo diario y en su invitacin a la excelencia. De la misma manera, se pide que tengan

    curiosidad e indagacin frente al mundo del saber y, de ser posible, una actitud aventurera frente

    al riesgo de la innovacin.

    Adems, deben poseer un gran respeto por la diversidad de las personas, ideologas y culturas,

    realizar una valoracin de la participacin social constructiva y particularmente del espritu

    democrtico. Finalmente, se les pide demostrar respeto por el entorno natural del Colegio, del

    barrio y del pas, as como gran prestancia humana y acadmica, que sea ejemplo de satisfaccin

    vital para sus alumnos.

    Artculo 7.- Especficamente, se espera de los profesores y profesoras que:

    a)

    Conozcan y apliquen los principios y orientaciones bsicas del establecimiento, conforme

    al Proyecto Educativo del Colegio.

    b) Planifiquen, organicen, conduzcan y evalen el proceso de enseanza y aprendizaje de los

    alumnos y alumnas que se le confen.

    c)

    Cumplan con las planificaciones y acuerdos de los Departamentos de Asignatura.

    d)

    Participen comunitariamente en las reuniones de planificacin docente o de reflexineducativa, privilegiando el trabajo en equipo.

    e)

    Participen en los consejos de profesores de curso.

    f)

    Hagan cumplir las normas de conducta y disciplina durante el desarrollo de sus clases.

    g) Sean un modelo de disciplina, orden, limpieza y puntualidad para sus alumnos.

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    h)

    Cumplan con su responsabilidad administrativa en el proceso de enseanza y aprendizaje:

    Firma de libro de clases, registro de materia, evaluacin peridica de sus alumnos, plazos

    de colocacin de notas, consignacin de conductas especiales de los alumnos.

    i) Ayuden a sus alumnos y alumnas para que asuman una responsabilidad en su propio

    proceso de formacin.

    j)

    Participen en actividades de perfeccionamiento docente y de extensin, en el Colegio ofuera de l.

    Artculo 8.- A nuestros alumnos, a travs de su accin personal y de su participacin en las

    distintas instancias que el Colegio les ofrece, deben actuar en consecuencia a los principios y

    valores en que se sustenta nuestro Proyecto Educativo, asumiendo un protagonismo responsable

    en su educacin, asumiendo derechos y deberes; y respetando las reglas de convivencias

    declaradas para la comunidad estudiantil.

    Artculo 9.- Especficamente, a nuestros estudiantes pedimos:

    a)

    Tener una actitud responsable y activa en el proceso de su propia formacin.b)

    Cuidar el Colegio y medioambiente que lo rodea.

    c)

    Esforzarse por desarrollar al mximo sus potencialidades corporales, intelectuales,

    afectivas, artsticas y fsicas, adquiriendo as el dominio de las competencias necesarias

    para enfrentar con xito el futuro.

    d) Desarrollas una voluntad vigorosa, capaz de tomar decisiones y de comprometerse en

    forma responsable y autnoma.

    e)

    Cultivar, en s mismos y sus familias, un sentido social y de pas, en el cual ms adelante se

    insertarn solidariamente.

    f)

    Hacer propios los valores importantes que el Colegio y sus padres les invitan a vivir,

    conforme al ideario que se seala en el Proyecto Educativo, enfatizando los valores de la

    lealtad, la honradez, la libertad responsable y la solidaridad.

    g) Asumir y cumplir el reglamento interno del alumno, con sus respectivas normas de

    actitudes y conducta.

    h)

    Respetar, con especial aprecio, a las dems personas de la propia comunidad escolar:

    alumnos mayores y menores, profesores, mediadores, administrativos, directivos,

    auxiliares, apoderados, visitas e invitados ocasionales.

    i)

    Ser el rostro pblico del Colegio en su vida y actividades fuera del establecimiento.

    III.

    NORMAS LEGALES QUE SUSTENTAN ESTE REGLAMENTO

    Artculo 10.- Cumpliendo con lo dispuesto por nuestro ordenamiento jurdico, nuestra convivencia

    que se ver reflejada en este Reglamento, est compelida a encontrarse en concordancia a las

    normas legales que rige nuestro entorno cultural y social. Especialmente, nos referimos a:

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    -

    La Constitucin Poltica de la Repblica de Chile

    -

    La Convencin sobre los Derechos del Nio

    - La Ley de Responsabilidad penal juvenil y adolescente (Ley N 20.084)

    - Ley General de Educacin (Ley N 20.370)

    -

    Decreto con Fuerza de Ley sobre Violencia Escolar (Ley N 20.536)

    -

    Ley de No Discriminacin (Ley N 20.609)-

    El Proyecto Educativo del Colegio Altamira.

    IV. LA CONVIVENCIA ESCOLAR

    Artculo 11.- De acuerdo a las normas legales que se aplican a este Reglamento, y cuyo

    cumplimiento es sumamente importante tanto para nuestro Colegio como para toda la

    comunidad, la buena convivencia escolar se define como la coexistencia pacfica de los miembros

    de la comunidad educativa, que supone una interrelacin positiva entre ellos y permite el

    adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral

    de los estudiantes.

    Artculo 12.- Los responsables de la buena convivencia escolar sern la comunidad escolar,

    constituida por los estudiantes, padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de la

    educacin, as como tambin los equipos docentes y directivos.

    Artculo 13.- Comit de Buena Convivencia Escolar. Dentro de los responsables anteriormente

    mencionados, se encuentra el Comit de Buena Convivencia Escolar, que corresponde al equipo

    especialmente designado para promover la buena convivencia escolar y prevenir cualquier forma

    de violencia fsica o psicolgica, agresiones u hostigamientos entre los miembros de la comunidad

    escolar. Estar compuesto por las personas designadas, para un bienio, por el/la directora/a.

    Artculo 14.- Encargado de la convivencia escolar. Es el responsable permanente de implementar

    los acuerdos, decisiones y planes que determine el Comit de Buena Convivencia Escolar,

    investigar los casos correspondientes e informar a la Direccin sobre cualquier asunto relativo a la

    convivencia. Ser designado por el/la directora/a, y ejercer de presidente del Comit. En caso de

    empate en sus votaciones, le corresponde el derecho a decidir.

    Artculo 15.- Obligacin de informar. Los padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes

    de la educacin, as como los equipos docentes y directivos de los establecimientos educacionales,

    debern informar las situaciones de violencia fsica o psicolgica, agresin u hostigamiento queafecten a un estudiante miembro de la comunidad educativa de las cuales tomen conocimiento,

    todo ello conforme al reglamento interno del establecimiento (artculo 16 D de Ley N 20.536

    sobre Violencia Escolar). Respecto de las informaciones que se reciban por parte del Director,

    luego del plazo pertinente de 24 horas, ser asesorado por el Comit de Buena Convivencia

    Escolar para adoptar las medidas necesarias para la resolucin del asunto y proteccin de los

    miembros de la comunidad.

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    Artculo 16.- Funciones del Comit de Buena Convivencia Escolar. Entre las funciones del Comit

    se encuentran las siguientes:

    a)

    Proponer las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar

    sano.

    b)

    Disear e implementar planes de prevencin de la violencia escolar en el establecimiento,tales como talleres de habilidades socio-afectivas, entre otros.

    c)

    Coordinar la informacin a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de los

    perjuicios y consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo

    de conducta contraria a la sana convivencia.

    d) Capacitar a todo el personal del Colegio sobre las medidas para promover la buena

    convivencia escolar y el manejo de situaciones de conflicto.

    e)

    Conocer los informes e investigaciones presentados por el Encargado de la convivencia

    escolar.

    f)

    Requerir a la Direccin, a los profesores o a quien corresponda informes, reportes o

    antecedentes relativos a la convivencia escolar.g) Deliberar sobre los casos de maltrato o acoso escolar que se presenten y sobre las

    sanciones y medidas correctoras que hayan de tomarse.

    h)

    Aplicar medidas y sanciones dentro de su competencia, y proponer al Director las

    sanciones que a ste correspondan. En ambos casos, dejar constancia de las razones que

    las avalan.

    V.

    NORMAS PARA LA BUENA CONVIVENCIA

    Artculo 17.- El espritu de estas normas rige para todos los miembros de nuestra comunidad, aun

    cuando el enunciado ponga a uno u otro actor como el objetivo de stas. Entendiendo que hemos

    hecho un compromiso con el cuidado de los miembros de esta comunidad y el espacio fsico del

    Colegio. Por lo tanto, las siguientes normas tienen por objeto el cuidado de estudiantes,

    profesores(as) y dems integrantes de nuestra comunidad.

    IV.1. PUNTUALIDAD

    Artculo 18.- La puntualidad es un hbito que se relaciona con los valores del respeto, la

    responsabilidad y el compromiso.

    Artculo 19.- Horario de llegada. Las actividades se inician a las 08:30 hrs. en la sala de clases, para

    lo cual los estudiantes son avisados por un timbre, el cual tocar tambin cinco minutos antes. Por

    lo tanto, los alumnos y alumnas debern llevar al colegio con el tiempo suficiente para estar a las

    08:30 hrs. en su sala. Quien llegue al establecimiento despus de dicha hora, se le pedir un pase

    para ingresar a clases, que ser otorgado en las salas de mediacin o en recepcin.

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    La hora tope de entrada es a las 09:30 de la maana. Pasada esa hora, deber ser mostrado un

    justificativo, que de no tenerlo, se le permitir entrar a clases, pero el mediador correspondiente

    tendr que llamar a su apoderado.

    La acumulacin de pases en la maana produce una sancin que consistir en acudir a clases un

    da mircoles, entre las 16:15 y 17:30 hrs. Despus de la segunda sancin, sta ser realizada unda sbado, entre las 09:00 y 11:30 hrs.

    Artculo 20.- Medidas disciplinarias en caso de atrasos. En caso de que el alumno ingrese a la sala

    despus de 5 minutos del toque del timbre, se aplicarn las siguientes medidas, segn el nmero

    de atrasos acumulados.

    a) Entre 5 a 10 atrasos: El estudiante debe quedarse a Reparacin un da.

    b) Ms de 11 atrasos: El estudiante debe asistir el sbado a Reparacin.

    c)

    Ms de 12 atrasos: El estudiante ser suspendido y deber volver con su apoderado(a),

    para firmar una carta de compromiso con el profesor jefe.

    Artculo 21.- Pases Matinales. Sern aquellos necesarios para ingresar tarde a la sala de clases,

    debido a que tambin se requiere ser puntual en el ingreso durante el da, y no nicamente en

    relacin a la entrada al Colegio. Al respecto, se debe considerar que:

    a)

    Todos los atrasos entre las 8:35 y las 9:00 hrs. sern registrados por el profesor a cargo

    en el libro de clases.

    b) Los pases matinales sern entregados por Mediacin a partir de las 9:00 hrs. y tambin

    deben ser registrados en el libro de clases por el profesor.

    c) NO se darn pases interclases.

    Artculo 22- Capeo. Esta conducta corresponde a los atrasos al ingreso a la sala con ms de 15minutos. La consecuencia de no asistir a clases estando dentro del colegio es la suspensin.

    Si el estudiante estuvo en enfermera, deber presentarse con la papeleta correspondiente.

    Finalmente, si el estudiante estuvo en el aula de apoyo y se atrasa por algn motivo, debe traer

    pase del aula.

    Artculo 23.- Consideraciones finales respecto a la puntualidad. Deber tomarse en cuenta que:

    a) Los estudiantes tienen la posibilidad de borrar atrasos despus de haber cumplido una

    semana sin ningn tipo de falta (al inicio de la jornada o interclases). Es responsabilidad decada estudiante solicitar este beneficio, con la mediadora correspondiente.

    b)

    Los atrasos se cuentan semestralmente, por lo tanto, comienzan desde cero durante el 2

    semestre.

    c)

    Los estudiantes deben presentar justificativo escrito por el especialista en caso de

    encontrarse enfermo. Si existe el justificativo, la ausencia no se registrar como tal.

    IV.2. ASISTENCIA

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    Artculo 24.- La asistencia y participacin en clases son parte importante del proceso acadmico,

    pues es fundamental el compartir con compaeros(as) y el resto de la comunidad. En relacin a

    ello, se pide que cuando no sea posible asistir a clases, se comuniquen al profesor o profesora jefe

    las razones de la inasistencia, para as atender a ellas y poder entregar las ayudas

    correspondientes.

    Artculo 25.- Porcentaje de asistencia. Recordamos que el porcentaje requerido para poder ser

    promovido y pasar de curso ser sobre el 85%.

    En caso de inasistencia, el estudiante deber presentar en su agenda un justificativo de su

    apoderado, al da inmediatamente siguiente.

    Finalmente, es importante mencionar que la llegada al colegio despus de las 10.00 hrs. no ser

    considerada como asistencia.

    IV.3. REPARACIONES VALRICAS Y PEDAGGICAS.

    Artculo 26.- Los das de reparacin corresponden a aquellos que se agregan a la jornada normal

    de clases, producto de alguna infraccin que no se encuentre debidamente justificada. Ellas se

    distribuirn de la siguiente manera:

    a)

    Los alumnos de 5 Bsico a II Medio las reparaciones se realizarn los mircoles, entre las

    16:15 a 17:30 hrs.

    b) Los alumnos de III y IV medio se quedarn el da viernes, entre las 14:30 y las 16:00 hrs.

    Si el estudiante no asiste a reparacin, deber presentar justificativo de su apoderado. De lo

    contrario, procede la suspensin.

    La citacin a reparacin ser informada va mail por Mediacin y la suspensin ser informada va

    telefnica y va mail por el profesor jefe.

    Finalmente, las reparaciones pedaggicas se realizarn con material que los profesores de

    asignatura deben entregar.

    IV.4. RETIROS DEL COLEGIO.

    Artculo 27.- No est permitido a los estudiantes salir del Colegio durante el perodo de clases. Sin

    embargo, slo podrn retirarse antes del trmino de la jornada los estudiantes que presenten

    autorizacin por escrito de su apoderado, en la agenda.

    El estudiante puede ser retirado por su apoderado registrando en recepcin su retiro.

    En caso de alguna urgencia, el apoderado deber informar va mail o llamado telefnico al

    profesor jefe y/o al mediador correspondiente.

    Finalmente, en caso de urgencia mdica, ser la mediadora la encargada de avisar al apoderado.

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    Artculo 28.- Constituye una falta grave de responsabilidad no presentarse a clases estando en el

    Colegio y/o retirarse sin la autorizacin respectiva. Estas faltas sern motivo de suspensin de

    clases, correspondiendo asimismo una llamada a los apoderados.

    IV.5. COMPORTAMIENTO EN EL AULA.

    Artculo 29.- Profesores(as) y estudiantes se deben respeto, y las clases deben ser el espacio para

    ejercitarlo. La tolerancia y la compasin por el otro deben ser el motor que impulse esta relacin.

    Artculo 30.- Expulsin de clases. Ella slo corresponder en consecuencia de un comportamiento

    francamente inadecuado para el desarrollo de la clase. Todo estudiante que sea expulsado de la

    sala de clases deber presentarse en la oficina de Mediacin que corresponda.

    Cuando se exceda de la cuarta expulsin en un mes, tendr que ser llamado el apoderado o

    apoderada, y citado con el profesor(a) jefe, o la directora del ciclo.

    Artculo 31.- El cuidado por nuestros profesores(as) y compaeros(as) requiere de mantener una

    adecuada actitud en clases para permitir el desarrollo correcto de sta. Por lo tanto, no est

    permitido el uso de celulares, MP3/MP4, radios y juegos PSP/NINTENDO DS/OTROS en clase.

    IV.6. REGISTRO DE OBSERVACIONES EN EL LIBRO DE CLASES

    Artculo 32.- Las observaciones en el libro de clases constituyen un registro de aquellas actitudes y

    conductas relativas al plano acadmico, social y afectivo. Esta informacin se encuentra

    permanentemente disponible para el apoderado en Schooltrack.

    En caso de ser anotada una sancin, debe dejarse clara la gravedad de sta dentro de la

    tipificacin ya realizada.

    Las observaciones positivas son consideradas como un valioso referente del proceso de

    crecimiento de nuestros estudiantes.

    VI.

    DERECHOS DEL ESTUDIANTE

    Artculo 33.- Todo alumno y alumna del Colegio tiene los siguientes derechos, todos los cuales son

    considerados fundamentales por nuestra Institucin.

    a)

    Ser tratados como personas, y por lo mismo, escuchados, atendidos en sus

    preocupaciones, respetados en sus opiniones, considerados como jvenes en edad de

    desarrollo y crecimiento.

    b)

    Recibir una informacin adecuada a su edad y condiciones, que les ayude a formarse como

    personas libres, capaces, emprendedoras y solidarias.

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    c)

    Recibir una educacin plural e integrada, respecto a los diferentes puntos de vista que

    existen sobre la vida y el mundo.

    d) Tener clases debidamente preparadas, con profesores(as) que les inviten con sabidura a

    explorar los mundos del conocimiento.

    e)

    Disponer de un equipo de apoyo multidisciplinario, que les ayude en su proceso de

    crecimiento.f)

    Constar con un ambiente escolar seguro, agradable y limpio, pero a la vez exigente y

    desafiante.

    g)

    Tener tiempo para el deporte, para jugar y recrearse, adems de estudiar y participar en

    los diversos talleres que les ofrece el Colegio.

    h)

    Poder acudir al propio Colegio para actividades deportivas, solidarias, formativas o

    recreativas fuera de los tiempos de clases.

    i)

    Poder organizarse como alumnos y alumnas para debatir, proponer, estudiar y llevar a la

    prctica sus propias preocupaciones, en coordinacin con los dems componentes de la

    comunidad escolar.

    VII.

    DEBERES DEL ESTUDIANTE

    Artculo 34.- Los estudiantes de nuestro Colegio deben saber y aceptar que las normas no son slo

    un compromiso que se acepta libremente, sino que tambin se trata de una forma de hacer

    efectiva la buena convivencia, puesto que el respeto a las normas nos beneficia a todos quienes

    formamos parte de esta comunidad educativa. Por eso, los deberes ms importantes del

    estudiante son:

    a)

    Tener una actitud responsable y activa en el proceso de su propia formacin.

    b)

    Cuidar el Colegio y el medio ambiente que lo rodea.

    c)

    Esforzarse por desarrollar al mximo sus potencialidades corporales, intelectuales,

    afectivas, artsticas y fsicas, adquiriendo as el dominio de las competencias necesarias

    para enfrentar con xito el futuro.

    d) Desarrollar una voluntad vigorosa, capaz de tomar decisiones y de comprometerse en

    forma responsable y autnoma.

    e)

    Cultivar en s mismos(as) y sus familias un sentido social y de pas, en el que se inserten

    solidariamente.f)

    Hacer propios los valores importantes que el Colegio y sus padres les invitan a vivir,

    conforme al ideario que se seala en el Proyecto Educativo, particularmente los valores de

    la lealtad, la honradez, la libertad responsable y la solidaridad.

    g) Asumir y cumplir el reglamento interno del alumnado, con sus respectivas normas de

    actitudes y conducta.

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    h)

    Respetar, con especial aprecio a las dems personas de la propia comunidad escolar:

    alumnos mayores y menores, profesores, inspectores, administrativos, directivos,

    auxiliares, apoderados, visitas e invitados ocasionales.

    VIII.

    MALTRATO O ACOSO ESCOLAR

    Artculo 35.- Todo estudiante del Colegio Altamira tiene derecho a ser tratado(a) con dignidad y

    respeto, en un ambiente alegre y grato, que permita su crecimiento y bienestar fsico, psquico y

    emocional. Se espera, por tanto, que todos los miembros de la comunidad ejerciten el respeto a

    los dems, la expresin de sentimiento y emociones a travs de la palabra, la solidaridad,

    entendida como el inters y accionar hacia el bien comn.

    Artculo 36.- Maltrato escolar. Se entiende por tal toda accin u omisin intencional, que

    constituya agresin u hostigamiento reiterado, realizada por otro u otros estudiantes, dentro o

    fuera del establecimiento educacional, en forma verbal, escrita o a travs de medios tecnolgicos

    o cibernticos, en contra de otro estudiante, valindose para ello de una situacin de superioridad

    del agresor o de indefensin del estudiante afectado, que provoque en este ltimo:

    a) Temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad fsica o psquica,

    en su vida privada, en su propiedad o en otros derechos fundamentales.

    b)

    Situacin escolar hostil, humillante o abusiva.

    c)

    Impedimento o dificultad para su desarrollo o desempeo acadmico, afectivo, moral,

    intelectual, espiritual o fsico.

    Artculo 37.- Los hechos de esta naturaleza sern manejados con el fin de fomentar la toma de

    conciencia y el cambio, adems de la reparacin del dao respecto de los involucrados.

    Aun as, cualquier acto de violencia recibir la sancin correspondiente para dar lugar a las

    medidas reparatorias antes mencionadas.

    La violencia bajo cualquier punto de vista es considerada una falta gravsima, y ser sancionada

    como tal.

    IX.

    NORMAS DE CUIDADO GENERAL

    Artculo 38.- Cuidado Personal. El cuidado del individuo pasa por la comunidad y los compromisos

    que ste haya hecho con su desarrollo.

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    Creemos firmemente que la vida y su cuidado es el valor ms grande que cultiva nuestro Colegio,

    por lo que mirando ese horizonte, se encuentra expresamente prohibido fumar, beber alcohol,

    consumir drogas y/o presentarse a las actividades escolares (programticas y extraprogramticas)

    bajo sus efectos. La sancin que corresponde en estos casos ser la de venir dos sbados seguidos

    entre las 08:30 y las 11:30 hrs.

    Artculo 39.- En caso de que un miembro de la comunidad sea sorprendido bajo los efectos del

    alcohol o las drogas, o ingresando estas sustancias al establecimiento; mediadores, el profesor(a)

    jefe(a) y/o los directores del ciclo estn en la obligacin de comunicar a los padres y apoderados

    de esta situacin. A estos se les pedir su asistencia, a fin de evaluar el cuidado que se requiera

    para con el estudiante.

    Artculo 40.- Cuidado del Espacio y Materiales de Trabajo. El no traer los materiales de trabajo

    ser considerado una falta grave. El cuidado de estos, por otra parte, es responsabilidad del

    propietario. Sin embargo, cualquier dao que sufran los materiales por parte de un miembro de la

    comunidad, ser considerado una falta gravsima, por tratarse de un hecho de violencia.

    El Colegio es una obra que sirve a cada uno de los integrantes de la comunidad. Cuando se daa,

    maltrata o simplemente no se respeta, se est daando a cada uno de los estamentos que en este

    espacio encuentran acogida. sta es considerada una falta grave y su reiteracin como gravsima.

    Artculo 41.- Aquel que destroce a propsito parte importante del material del colegio, tendr que

    recuperarlo, as como compensar el dao causado, sirviendo a la comunidad el da mircoles entre

    16:00 y 17:30. Esto puede consistir en limpiar o pintar los rayados efectuados, ejecutar la obra con

    los tos encargados o simplemente ayudar a reponer aquello que ha sido daado.

    X.

    FALTAS Y SANCIONES

    Artculo 42.- Toda inobservancia consciente del Reglamento Interno, as como acciones contrarias

    al Proyecto Educativo, o bien cualquier otra conducta negativa constituyen de por s una falta.

    Sobre las sanciones, stas quedarn tipificadas en tres grupos: leves, graves y gravsimas.

    A fin de diferenciar su carga y sancin, cada caso ser examinado por los miembros del equipo de

    Mediacin, la Direccin y los profesores jefes, segn corresponda.

    Artculo 43.- Clasificacin de las faltas.

    a)

    Faltas leves:De acuerdo a lo sealado por el Ministerio de Educacin, son faltas leves las

    actitudes y comportamientos que alteren la convivencia, pero que no involucren dao

    fsico o psicolgico a otros miembros de la comunidad. En nuestro Colegio, corresponder

    a la infraccin del Reglamento y de la normativa vigente en el Colegio, que por su misma

    entidad o por sus circunstancias no deba ser considerada grave o muy grave. Ejemplos de

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    ellos son atrasos, no entrar a tiempo a la sala de clases, uso de celular en clases, no traer

    los materiales de trabajo, entre otras.

    b) Faltas graves:Son aquellas actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad

    sicolgica de otro miembro de la comunidad educativa y del bien comn, as como

    acciones deshonestas que afecten la convivencia. Ejemplos son: Agredir a otro compaero

    de la comunidad educativa, ofender o intimidar a un docente o asistente, falsear o corregircalificaciones, y en general, cualquiera que atenten contra la seguridad e integridad de

    otra persona vinculada al Colegio.

    c)

    Faltas gravsimas:Igualmente de acuerdo a lo establecido por el MINEDUC, corresponden

    a actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad fsica y sicolgica de otros

    miembros de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el tiempo, conductas

    tipificadas como delito, entre otras. Ejemplos de ellas son la violencia contra compaeros

    o docentes, bajo cualquier punto de vista, dao a materiales de trabajo a propsito, dao

    reiterado a espacios del Colegio.

    Artculo 44.- Sanciones. Para una buena educacin es necesario procurar la enmienda o

    correccin de los comportamientos indebidos. Son muchas las medidas que para ello pueden

    aplicarse, desde la mera reflexin o consideracin verbal hasta sanciones graves o muy graves. Las

    ms graves sern siempre sometidas a consideracin del Director del Colegio.

    Entre las medidas o sanciones que el Colegio puede aplicar a los alumnos destacamos:

    a)

    Dilogo personal pedaggico y reparador

    b)

    Dilogo grupal

    c)

    Anotacin en el Libro de clased)

    Amonestacin formal por parte del Mediador o Director de Ciclo. De ella quedar siempre

    constancia escrita.

    e)

    Comunicacin al apoderado

    f)

    Citacin al apoderado: En situaciones especiales o ante la reiteracin de observaciones

    negativas, el profesor(a) jefe(a) citar al apoderado para informarle de la situacin y

    buscar remediales.

    g) Retirada de objetos: Todo objeto que los alumnos porten al Colegio indebidamente o que

    sea usado de manera improcedente, podr ser requisado por los profesores o directivos.

    Posteriormente ser devuelto al apoderado.

    h)

    Derivacin psicosocial: Terapia personal, familiar o grupal; talleres de reforzamiento, deeducacin o de control de conductas perjudiciales para la convivencia con otros/as.

    i)

    Suspensin temporal del derecho de asistir a clase o a otras actividades del Colegio: El

    Director de Ciclo podr aplicar esta sancin, que puede durar uno o varios das. Deber

    ser comunicada al apoderado con antelacin.

    j)

    Realizacin de tareas compensatorias: Ante determinadas faltas, puede resultar

    conveniente imponer la obligacin de realizar, fuera del horario de clases, trabajos

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    conducentes a reparar o compensar el dao causado (estudiar, limpiar, pintar, reparar,

    etc.). Estas sanciones slo las pueden imponer el mediador, el Coordinador o el Director

    de Ciclo. Y deben ser conocidas previamente por el Apoderado.

    k) Condicionalidad de la matrcula: Ante repetidos comportamientos inadecuados de un

    alumno, el Director puede declarar la condicionalidad de su matrcula en colegio. Ello

    exige, de parte del alumno, una clara superacin de los aspectos deficitarios delestudiante para poder continuar en el colegio. Ser comunicada oportunamente al

    apoderado.

    l)

    Cancelacin de matrcula: Ante situaciones graves que no se revierten pese a las

    reiteradas medidas previamente tomadas, o por faltas especialmente graves, podr

    aplicarse la cancelacin de matrcula para el ao siguiente. Slo el/la Director/a puede

    imponerla.

    m)

    Expulsin inmediata y definitiva del Colegio, slo aplicable en casos de extrema gravedad y

    urgencia, debidamente fundamentados, y con pleno respeto al principio del debido

    proceso. Slo el/la directora/a puede aplicarla.

    Artculo 45.- Criterios de aplicacin de las medidas y sanciones. De acuerdo a lo sealado por el

    MINEDUC, de acuerdo con la edad, el rol y la jerarqua de los involucrados, vara el nivel de

    responsabilidad que cada persona tiene sobre sus acciones. Por lo tanto, se tomarn en

    consideracin, al momento de aplicar una sancin, si es que se trata de un adulto o de una

    persona con jerarqua dentro de la estructura escolar.

    De la misma forma, se tomar en consideracin el origen del conflicto que dio lugar al

    comportamiento sancionado. Segn ello, se hace necesario conocer el contexto, la motivacin y

    los interesas que rodean la aparicin de la falta. Por lo tanto, se evaluar la condicin del agresor,

    las circunstancias del caso, la situacin emocional del involucrado, entre otras.

    Artculo 46.- Procedimiento. En los casos de conflictos que afecten la convivencia escolar, as

    como todos los que tengan carcter delictual o cuasi delictual, debern aplicarse las siguientes

    normas y criterios:

    a) Confidencialidad: Mientras se estn llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el

    discernimiento y mientras permanezca en el mbito estrictamente colegial, se asegurar a

    todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra.

    b)

    Documentacin: De cada actuacin y resolucin deber quedar constancia escrita en losdocumentos propios del establecimiento. No se podr tener acceso a dichos antecedentes

    por terceros ajenos a la investigacin, a excepcin de la autoridad pblica competente.

    c) Proteccin y garantas: Durante el procedimiento se garantizar la proteccin del afectado

    y de todos los involucrados, el derecho de las partes a ser odas, la fundamentacin de las

    decisiones y la posibilidad de impugnarlas.

    Si el afectado fuere un alumno, se le deber brindar proteccin, apoyo e

    informacin durante todo el proceso.

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    Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deber

    otorgar proteccin y se tomarn las medidas necesarias para que pueda

    desempear normalmente sus funciones, salvo que esto implique peligro para l o

    para los alumnos.

    d)

    Notificacin a los apoderados: Al inicio de todo proceso en el que sea parte un

    estudiante, se deber notificar a sus padres o apoderados. Dicha comunicacin podrefectuarse por cualquier medio idneo, pero deber quedar constancia de ella.

    e)

    La investigacin: El/la directora/a, o la persona a quien l delegue, segn sea el caso,

    deber llevar adelante la investigacin de los hechos entrevistando a las partes,

    solicitando informacin a terceros, o disponiendo cualquier otra medida que estime

    conveniente para su esclarecimiento.

    Una vez recopilados los antecedentes y agotada la investigacin, el Encargado deber

    elaborar un informe que presentar al Comit de buena convivencia escolar, para que ste

    delibere y decida la sancin que l mismo aplicar o que recomendar a la Direccin.

    f)

    Citacin a entrevista: Una vez recibidos los antecedentes, la Direccin, o aqul a quien ella

    delegue, deber citar a las partes y, en su caso, a los padres o apoderados del estudiante oestudiantes involucrados, a una reunin que tendr como principal finalidad buscar un

    acuerdo entre las partes. Para esta entrevista se considerar qu datos o aspectos

    convenga ser tratados en presencia de los alumnos y cules entre los adultos.

    En el caso de existir acuerdo, se podr suspender el curso de la indagacin,

    exigiendo a cambio el cumplimiento de determinadas condiciones en un perodo

    de tiempo convenido. Si se cumplen ntegramente estas condiciones, se dar por

    cerrado el caso, dejndose constancia de ello.

    Si no hubiere acuerdo, se deber or a las partes involucradas, quienes

    presentarn todos los antecedentes que estimen oportunos. Tambin se podr

    citar al Psiclogo o a otra persona idnea, quien podr aconsejar o pronunciarse al

    respecto.

    g) Resolucin: La autoridad competente (el Comit de buena convivencia o el/la directora/a,

    segn los casos) deber resolver si se cumplen los requisitos para imponer una sancin, o

    bien si el reclamo debe ser desestimado. Deber quedar constancia de los fundamentos

    que justifiquen la decisin adoptada. Dicha resolucin debe ser notificada a las partes y,

    en su caso, al Comit de buena convivencia escolar.

    h) Medidas de reparacin:En la resolucin se deber especificar las medidas de reparacin

    adoptadas a favor del afectado y la sancin para el culpable, as como la forma en que se

    supervisar su efectivo cumplimiento.

    i)

    Recursos:Todas las partes tendrn la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la

    resolucin adoptada por el Comit de buena convivencia o por la Direccin, dentro del

    plazo que se determine.

    Artculo 47.- Reclamos y Apelaciones. Ante faltas graves o muy graves, como cancelacin de

    matrcula, expulsin, entre otros, el apoderado podr reclamar o apelar, si considera que la

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    sancin ha sido injusta o desproporcionada. Deber, sin embargo, cumplir con ciertos requisitos, a

    saber:

    a)

    Deber presentarse por escrito, conjuntamente a todos los antecedentes y medios de

    prueba que aminoren o eximan de responsabilidad.

    b)

    Se debe presentar luego de 5 das desde la notificacin de la sancin.c)

    Deber enviarse al/la directora/a del Colegio, quien tendr un plazo de 7 das para

    resolver la apelacin presentada.

    d)

    No se podr imponer sancin disciplinaria alguna en contra del reclamante basada

    nicamente en el mrito de su reclamo o apelacin.

    XI. FELICITACIONES Y RECONOCIMIENTOS

    Artculo 48.- Por cada curso, anualmente el consejo de profesores entregar dos distinciones,

    Espritu Altamira y Excelencia Acadmica, adems de un premio al Mejor Compaero oCompaera, entregado por los estudiantes (por curso). El primero de ellos es la mxima distincin,

    lo recibe quien encarna la matriz valrica del colegio; el segundo, distingue a quin ha

    desarrollado sus potenciales con distincin en cualquier rea del currculum, adems de ser quien

    presente una mayor curiosidad intelectual y espritu de aprendizaje.

    Artculo 49.- En IV medio se entregarn las siguientes distinciones, en la Ceremonia de

    Graduacin:

    a)

    Destacados por reas.

    b)

    Excelencia Acadmica.

    c)

    Distinciones a los Alumnos Histricos.d)

    Espritu Altamira.

    e)

    Premio Isidora Gonzlez Calvo a la Resiliencia.

    ANEXOS

    Normativa Particular y Procedimientos

    ANEXO 1. Actuacin y protocolo en caso de Maltrato o Violencia Escolar.

    1.

    Definiciones

    Segn lo establecido por el Ministerio de Educacin, y por la Ley sobre Violencia Escolar (Ley N

    20.536), se entiende por maltrato escolar toda accin u omisin constitutiva de agresin u

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    hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes

    que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valindose para ello de

    una situacin de superioridad o de indefensin del estudiante afectado, que provoque en este

    ltimo, maltrato, humillacin o fundado temor de verse expuesto a un mal de carcter grave, ya

    sea por medios tecnolgicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condicin .

    (artculo 16 B de Ley N 20.535 sobre Violencia Escolar).

    En virtud de ello, se considerarn faltas constitutivas de maltrato o violencia escolar, las siguientes

    conductas:

    a)

    Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender

    reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.

    b)

    Agredir fsicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier

    otro miembro de la comunidad educativa.

    c) Agredir verbal o psicolgicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.

    d) Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno u

    otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes,

    mofarse de las caractersticas fsicas, etc.)

    e)

    Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condicin social,

    situacin econmica, religin, pensamiento poltico o filosfico, ascendencia tnica,

    nombre, nacionalidad, orientacin sexual, discapacidad, defectos fsicos o cualquier otra

    circunstancia.

    f) Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la

    comunidad educativa a travs de chats, blogs, Facebook, twitter, mensajes de texto,

    correos electrnicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografas, sitios webs,

    telfonos o cualquier medio tecnolgico, virtual o electrnico,

    g)

    Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernticos cualquier conducta de maltrato

    escolar.

    h)

    Realizar acosos o ataques de connotacin sexual, aun cuando no sean constitutivos de

    delito.

    i) Portar cualquier tipo de armas, instrumentos u objetos cortantes, punzantes o

    contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya

    hecho uso de ellos.

    j)

    Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohlicas, drogas o sustancias

    ilcitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o

    en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por ste.

    2.

    Obligacin de denunciar

    Los Mediadores, Profesionales y Asistentes de la educacin debern informar inmediatamente a la

    Direccin del Colegio sobre las situaciones de violencia fsica o psicolgica, agresin u

    hostigamiento que afecten a un estudiante miembro de la comunidad educativa de las cuales

    tomen conocimiento.

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    El/la directora/a del Colegio o los Directores de Ciclo debern denunciar, dentro del plazo de 24

    horas desde que tome conocimiento del hecho, aquellas situaciones citadas en el punto anterior

    que revistan caracteres de delito, as como tambin cualquier otra accin u omisin que revistan

    las mismas caractersticas y que afecte a los estudiantes del Colegio. Esta denuncia deber hacerse

    ante las autoridades competentes.

    3.

    Protocolo de Actuacin

    Una vez recibida informacin o denuncia de algn hecho o situacin concreta que implique posible

    maltrato escolar, el Director:

    a)

    Encargar al Psiclogo del Colegio o del ciclo que entreviste a la posible vctima y emita un

    informe sobre su situacin psicolgica y emocional.

    b) Citar al Encargado de la Convivencia Escolar, para que ponga en marcha, de inmediato, el

    siguiente procedimiento:

    Notificacin al apoderado: Al inicio de todo proceso en el que sea parte un

    estudiante, se deber notificar a sus padres o apoderados.

    Investigacin: En Encargado de la Convivencia Escolar llevar adelante la

    investigacin del reclamo o denuncia, entrevistando a las partes, solicitando

    informacin a terceros y/o disponiendo cualquier otra medida que estime

    necesaria para su esclarecimiento. Si se trata de un alumno, ser obligado recabar

    informacin del respectivo Profesor Jefe y del Inspector.

    Citacin a las partes: Una vez concluidos los pasos anteriores, el Director deber

    citar a las partes y, en su caso, a los padres o apoderados del estudiante o

    estudiantes involucrados a una reunin que tendr como finalidad buscar un

    acuerdo entre las partes. En esta entrevista estar presente tambin el Encargado

    de la Convivencia Escolar. En caso de existir acuerdo entre las partes, se podr

    suspender el curso de la investigacin.

    Si no hubiere acuerdo, se deber or a las partes involucradas. Tambin se podr

    citar a un profesional en la materia, quien podr aconsejar o pronunciarse al

    respecto.

    Deliberacin del Comit de Convivencia: Una vez recopilados los antecedentes

    correspondientes o agotada la investigacin, el Encargado deber presentar un

    informe ante el Comit de Buena Convivencia Escolar, para que delibere sobre los

    hechos presentados.

    Resolucin: El Comit de Buena Convivencia deber resolver si se cumplen los

    requisitos para imponer una sancin, o bien si el reclamo debe ser desestimado.

    En el primer caso, el Comit decidir tambin la sancin que, a su juicio,

    corresponde imponer a los culpables. La aplicacin de esta sancin ser

    competencia de la Direccin del establecimiento; y, si la sancin implica

    cancelacin de matrcula o expulsin definitiva del colegio, ser necesaria tambin

    la aprobacin del representante del Sostenedor.

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    La decisin final debe ser notificada a todas las partes y, en su caso, al Comit de

    Buena Convivencia Escolar.

    Medidas de reparacin: En la resolucin se debern especificar las medidas de

    reparacin adoptadas a favor del afectado, as como la forma en que se

    supervisar su efectivo cumplimiento. Tales medidas podrn consistir, por

    ejemplo, en disculpas privadas o pblicas, restablecimiento de efectos personales,cambio de curso u otras de las contempladas en artculos anteriores de este

    Reglamento.

    Recursos: Todas las partes tendrn la facultad de recurrir en contra de la

    resolucin adoptada, siguiendo el procedimiento sealado artculos anteriores.

    ANEXO 2. Presentacin Personal y Uniforme

    La presentacin personal de los estudiantes de nuestro Colegio refleja lo que somos como

    comunidad educativa en el exterior, por lo que los alumnos y alumnas debern presentarse de

    manera ordenada, limpia y correcta, sin perjuicio de que nuestro Colegio no exige el uso de

    uniforme escolar, puesto que buscamos y respetamos el desarrollo de la propia identidad.

    nicamente se solicita a nuestros estudiantes que usen ropa deportiva para las clases y

    actividades de naturaleza fsica.

    ANEXO 3. Reglamento de uso de Laboratorios de Computacin y Dispositivos del rea de

    tecnologas para el aprendizaje.

    1.

    Disposiciones Generales:

    Los laboratorios de computacin -de ingls y de los ITP-Cs-, adems de pertenecer a las reas para

    las que han sido diseados, estn adscritos al rea de Tecnologas para el Aprendizaje, as como

    tambin todo tipo de dispositivos de acceso e infraestructura computacionales, especialmente, en

    lo relativo al monitoreo del funcionamiento de los equipos, el apoyo en los contenidos y en el

    seguimiento a las apropiaciones de la tecnoestructura instalada.

    Estos espacios y dispositivos han sido diseados y adquiridos para apoyar los procesos de

    aprendizaje de los nios y nias; adems de ampliar el trabajo docente, ofreciendo nuevas

    posibilidades de interaccin, organizacin de la informacin y generacin de redes. Por lo tanto, es

    de responsabilidad de toda la comunidad del Colegio Altamira colaborar para incentivar el uso de

    estos materiales, su cuidado y mantencin a lo largo del tiempo.

    Las salas estn disponibles en forma gratuita para la Comunidad Altamira, de acuerdo a las

    disposiciones de este reglamento.

    El rea de Tecnologas para el Aprendizaje asume como vocacin de servicio, la formacin

    permanente de sus usuarios en el uso de tecnologas de informacin y comunicacin, as como

    tambin de colaboracin en la bsqueda y creacin de contenidos y servicios para facilitar los

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    procesos de aprendizaje de los estudiantes en conjunto con los profesores y profesoras del

    Colegio.

    Sern usuarios de estos espacios, segn las especificaciones que se indican a continuacin:

    a)

    Estudiantes del Colegio Altamira.b)

    Profesores/as.

    c)

    Profesionales y administrativos de los equipos de Apoyo.

    d)

    Equipo de direccin del Colegio.

    e)

    Asistentes de sala.

    f) Asistentes de aseo y personal de seguridad.

    2.

    Procedimiento para su uso

    a)

    Para el uso del Laboratorio de Computacin del ala sur, se deber entregar alAdministrador de la Sala, la credencial o agenda, que ser devuelta cuando l o la usuario

    se retire. Los dems laboratorios sern usados por los estudiantes junto a sus

    profesores(as), previa reservacin con los encargados de estos espacios.

    b)

    Las y los usuarios deben consumir sus alimentos y bebidas antes de ingresar a los

    laboratorios.

    c) Las y los usuarios deben mantener un comportamiento adecuado de respeto hacia s

    mismos, sus compaeros, el encargado de la sala y los materiales que ocupan, de modo

    que puedan ser usados por sus compaeros. No se permite faltar el respeto al personal de

    la sala.d)

    No se permite visitar, interactuar o descargar contenido pornogrfico y/o inadecuado para

    los estudiantes.

    e)

    El usuario se har responsable por deterioros, daos, prdidas o accidentes ocurridos en el

    equipo asignado y/o sus perifricos.

    f) Las y los usuarios podrn utilizar los equipos slo para fines acadmicos.

    g) No se permite borrar archivos de las cuentas, copiar software desde los equipos e instalar

    aquellos que no sean autorizados. Esto incluye adems la infeccin intencionada de virus a

    los equipos.

    h)

    Cuando se requiera la obtencin de un programa o aplicacin disponible en las redes

    acadmicas, intra y extrainstitucionales, el usuario deber solicitar autorizacin a los

    responsable del servicio.

    i) El horario de atencin estar publicado, cualquier cambio en l, se avisar con

    anterioridad.

    j)

    Se permite conversar en voz baja, procurando respetar la concentracin de los dems

    usuarios.

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    k)

    Se permite escuchar msica desde los equipos slo con audfonos, en tanto dispongan de

    ellos.

    l) Se encontrar un libro de sugerencias y reclamos, el cual estar a disposicin de los

    usuarios.

    m)

    Los equipos no podrn apagarse. Slo el Administrador de Sala podr hacerlo al terminar

    la jornada.n)

    El laboratorio de computacin ser utilizado por los alumnos previa reservacin y su uso

    ser para apoyar sus procesos de aprendizaje.

    3.

    Sanciones

    El dao intencional realizado a los equipos ser sancionado con:

    a)

    Multas equivalentes al valor del equipo(s) o accesorio(s) daado(s).

    b)

    Trabajar en la tarde del mircoles, suspensin temporal o definitiva del servicio para las

    personas involucradas.c)

    Aplicacin del Reglamento del Colegio, vlido tambin en caso de mal comportamiento o

    incumplimiento de normas.

    ANEXO 4. Reglamento de servicios bibliotecarios, Biblioteca y Sala de Estudios Marcela Paz.

    1. Misin de la Biblioteca.

    Nuestra biblioteca tiene por objeto proporcionar servicios bibliotecarios de calidad a la comunidad

    Altamira, para la satisfaccin de sus necesidades de informacin. Para ello se adquiere, procesa y

    se pone a disposicin la bibliografa adecuada para apoyar los objetivos de docencia, investigacin

    y extensin escolar, de acuerdo con la misin del Colegio Altamira.

    2. Coleccin

    La biblioteca cuenta en la actualidad con: Monografas, 6.100 ejemplares, correspondientes a

    3.400 ttulos, dividida en:

    a) Obras de referencia: Diccionarios, enciclopedias, mapas, atlas, almanaques, etc, slo de

    consulta en sala de biblioteca.

    b)

    Fondo general: De prstamo en biblioteca y domicilio.

    Toda coleccin est dividida y organizada en 10 reas principales:

    a)

    Generalidades (000)

    b) Filosofa (100)

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    c)

    Religin (200)

    d)

    Ciencias Sociales (300)

    e) Lenguas (400)

    f) Ciencias Puras (500)

    g)

    Tecnologas (600)

    h)

    Bellas Artes (700)i)

    Literatura (800)

    j)

    Geografa e Historia (900).

    3. Procesamiento de datos.

    La coleccin se encuentra clasificada de acuerdo al Sistema de Clasificacin Decimal Dewey (por

    materia) y catalogada de acuerdo a las Reglas de Catalogacin Angloamericanas. Toda la coleccin

    est ingresada en la Base de Datos Mediatrack, la que se va incrementando con el material que va

    llegando a la biblioteca, lo que permite realizar el prstamo en forma automatizada.

    4. Servicios.

    El usuario puede hacer uso de los diferentes servicios de prstamos, previa presentacin de su

    credencial de biblioteca:

    a)

    Prstamo en sala

    b)

    Prstamo en biblioteca

    c)

    Prstamo a domicilio

    5. Actividades relacionadas

    a)

    Feria del Libro

    b)

    Hora del Cuento: destinado al primer ciclo bsico

    c)

    Actividades otorgadas por las editoriales, sin costo para el colegio, que apoyan el gusto

    por la lectura.

    d) Visitas de escritores y otros.

    6. Reglas generales

    a)

    Tendr derecho al uso de la Biblioteca toda la comunidad escolar, incluidos los docentes,

    administrativos y personal auxiliar.

    b)

    Las y los usuarios deben presentar su credencial para hacer uso de los servicios de la

    biblioteca, la que durar dos aos.

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    c)

    Las obras de lectura domiciliaria y de recreacin sern facilitadas por dos semanas,

    prorrogables por un tiempo razonable, siempre y cuando no est reservada por otro

    usuario.

    d) El usuario deber devolver el material bibliogrfico solicitado en la fecha indicada en la

    contratapa del texto. De lo contrario, deber enfrentar una multa, aplicndose sta

    tambin a los prstamos en sala y biblioteca. Esta multa ser aplicada igualmente a todoslos usuarios de la biblioteca.

    e)

    Si el usuario extrava el texto, deber reponerlo lo antes posible, o en su defecto, pagar el

    valor del libro, adems de la multa correspondiente.

    f)

    Las y los usuarios que no devuelvan el material bibliogrfico pedido, a pesar de los

    reiterados avisos, ser notificados con una comunicacin, previa conversacin con el

    profesor jefe.

    g)

    Si el usuario o usuaria tiene un atraso en la fecha de devolucin y/o multa impaga, no

    podr solicitar otro material en prstamo.

    h)

    El usuario o usuaria se har responsable del material que ha solicitado, e incluso de

    reponerlo en caso de ser necesario.i)

    El usuario o usuaria deber mantener una actitud respetuosa, hacia s mismo y los dems,

    mientras permanezca en la biblioteca.

    j) El usuario o usuaria deber mantener silencio y un tono de voz adecuado, pues la

    biblioteca es un lugar de lectura y estudio.

    k)

    Las y los usuarios no pueden entrar comiendo y bebiendo bebidas o jugos.

    l)

    Los celulares deben estar en tonos bajos.

    m)

    Las o los usuarios deben cuidar el aseo, orden y mobiliario de la biblioteca.

    n)

    La multa ser de $ 100 por da de atraso.

    o)

    Es relevante que toda la comunidad Altamira considere la importancia de cumplir con los

    compromisos adquiridos con la biblioteca.

    ANEXO 5. Normas bsicas de Enfermera.

    Es su misin, atender fundamentalmente las urgencias que eventualmente puedan presentar, ya

    sea por accidente, por la aparicin de un sntoma o dolor.

    Desde este punto de vista, la labor de enfermera es prestar los primeros auxilios de modo que el

    accidentado o enfermo salga del Colegio en las mejores condiciones posibles para no agravar la

    situacin; en ningn caso est dentro de su rol diagnosticar estados de salud.

    En general, la enfermera atiende diariamente urgencias primarias y deriva los temas que no le

    competen a las secretarias y mediadoras del primer ciclo.

    1. Procedimiento.

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    a)

    Es labor de la enfermera comunicar a la brevedad posible a las secretarias y/o mediadoras

    de ciclo las situaciones urgentes, para que ellas a su vez informen a los apoderados,

    quienes resolvern en definitiva lo que se har.

    b) Si la situacin es grave, la enfermera deber llamar a la ambulancia para derivar al

    enfermo a urgencia lo ms rpido posible.

    c)

    En caso de urgencias menores, los alumnos debern asistir solos a la enfermera.d)

    Es labor de la enfermera llevar un registro de los alumnos que deben medicamentarse en

    horas de clases para suministrar las dosis indicadas por el mdico. El alumno debe llegar a

    la hora a la enfermera, enviado por el profesor, para que la enfermera no se ausente de

    su lugar de trabajo.

    e)

    Es de suma importancia mantener informada a la enfermera de las condiciones y

    caractersticas especiales de salud de algunos alumnos que puedan ser utilizadas como

    prevencin y para una mejor y ms eficiente atencin.

    f)

    En caso de situaciones menores, los profesores(as) podrn enviar a un(a) estudiante, o

    bien ella o l mismo dirigirse a la enfermera por su propia voluntad, debido a situaciones

    de malestar. Sin embargo, un(a) alumno(a) no puede quedarse en la enfermera parareposar, salvo excepciones que lo ameriten.