reglamento interno para la buena convivencia escolar

20
Reglamento Interno para la buena Convivencia Escolar Educación para la Libertad [email protected]

Upload: others

Post on 21-Jul-2022

12 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Reglamento Interno para la buena Convivencia Escolar

Reglamento Interno para la buena Convivencia

Escolar

Educación para la Libertad [email protected]

Page 2: Reglamento Interno para la buena Convivencia Escolar

SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CINCHORRO

ESCUELA E-93 “PEDRO GUTIÉRREZ TORRES” EDUCACIÓN DE ADULTOS CONTEXTO DE ENCIERRO

[email protected]

Educación para la Libertad

SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA ‘CHINCHORRO’ ESCUELA E-93 “PEDRO VICENTE GUTIÉRREZ TORRES”

COMPLEJO PENITENCIARIO DE ARICA ACHA – ARICA

REGLAMENTO INTERNO PARA LA BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR

Escuela “Pedro Vicente Gutiérrez Torres”

2020- 2021

Page 3: Reglamento Interno para la buena Convivencia Escolar

SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CINCHORRO

ESCUELA E-93 “PEDRO GUTIÉRREZ TORRES” EDUCACIÓN DE ADULTOS CONTEXTO DE ENCIERRO

[email protected]

Educación para la Libertad

INDICE

TITULO PRELIMINAR

MANUAL DE CONVIVENCIA

OBJETIVOS GENERALES Y ESPECÍFICOS DEL MANUAL DE

CONVIVENCIA ESCOLAR

MISIÓN

TITULO ll

DE LA JORNADA DE TRABAJO

TITULO lll

DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNO(A)

DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN

DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES TÉCNICOS

TITULO IV

DE LAS NORMAS, PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES.

TITULO V

DE LAS NORMAS ESCOLARES.

TITULO VI

DE LOS COMPORTAMIENTOS GENERALES CON RESPECTO AL RESPETO A LA DIVERSIDAD

TITULO VII

DE LA VIOLENCIA ESCOLAR ENTRE PARES.

TITULO VIII

PROTOCOLO DE COMPORTAMIENTOS GENERALES CON RESPECTO A LAS FALTAS GRAVÍSIMAS.

TITULO IX

CUIDADO DE LA INFRAESTRUCTURA Y EQUIPOS TECNOLÓGICOS DE LA ESCUELA.

TITULO X

PROTOCOLO SOBRE OCURRENCIA DE DELITO

TITULO XI

PROTOCOLO DE VIOLENCIA ESCOLAR.

TITULO XII

DE LAS CONSIDERACIONES TÉCNICAS ESPECÍFICAS.

ANEXOS:

REQUISITOS PARA MATRICULAR ALUMNOS (AS).

MEDIACION ESCOLAR.

GESTIÓN DE CONVIVENCIA ESCOLAR

3

Page 4: Reglamento Interno para la buena Convivencia Escolar

SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CINCHORRO

ESCUELA E-93 “PEDRO GUTIÉRREZ TORRES” EDUCACIÓN DE ADULTOS CONTEXTO DE ENCIERRO

[email protected]

Educación para la Libertad

TITULO PRELIMINAR

TITULO I

FUNDAMENTOS

EL REGLAMENTO INTERNO ES UN INSTRUMENTO EN EL CUAL SE PONE EN MANIFIESTO LOS ASPECTOS QUE

DETERMINAN UNA SANA CONVIVENCIA ESCOLAR, ORIENTANDO LAS RELACIONES INTERPERSONALES,

INSTAURANDO NORMAS, DEFINIENDO CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS.

Este Reglamento se fundamenta en establecer las orientaciones básicas para el funcionamiento del

Establecimiento educacional en un Recinto Penitenciario. El objetivo central el proceder con normas conocidas y

respetadas por los alumnos(as) usuarios(as), docentes y Gendarmería de Chile, que permitan un funcionamiento

adecuado en las diferentes instancias, indicando derechos y los deberes basados en que “toda persona tiene el

derecho a ser tratada como tal, respetando su cultura, etnia, capacidades físicas y mentales, condición sexual,

creencia religiosa y su libre pensamiento, siempre que su conducta individual no vaya en contra de la convivencia

armónica en general”

Para su elaboración se ha tenido en cuenta el planteamiento fundamental del Proyecto Educativo Institucional

(PEI), los sellos y principios que en él se consideran y los derechos y deberes pertinentes consagrados en la

Declaración universal de Derechos Humanos. Participan en su aprobación y conocimiento, el Consejo de

Profesores, el Equipo de Gestión, el equipo Directivo de la Escuela, Gendarmería de Chile, el Microcentro

Penitenciario y Consejo Escolar de GENCHI.

DOCUMENTOS Y FUNDAMENTOS LEGALES QUE ENMARCAN NUESTRO REGLAMENTO INTERNO

a) CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE CHILE.

b) LA DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS.

c) MARCO CURRICULAR EDUCACIÓN BÁSICA DE ADULTOS (D.L. N° 257/2004)

d) MARCO PARA LA BUENA ENSEÑANZA.

e) MARCO PARA LA BUENA DIRECCIÓN.

f) PLANES Y PROGRAMAS EDUCACIÓN BÁSICA DE ADULTOS (D.L. 584/2007 – Cód. 165 y 167)

g) PLAN DE LA GESTIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR (LEY N° 20536)

h) PLAN DE SEXUALIDAD, AFECTIVIDAD Y GÉNERO (LEY N° 20418)

i) PLAN DE FORMACIÓN CIUDADANA (LEY N° 20911)

j) PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR (RES. EX. N° 51/2001)

k) PLAN DE APOYO A LA INCLUSIÓN (LEY N° 20845)

l) PLAN DE DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE (LEY N° 20903)

OBJETIVOS GENERALES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

1.- PROMOVER Y DESARROLLAR EN TODOS LOS INTEGRANTES, UNA SANA CONVIVENCIA BASADA EN EL

RESPETO Y ACEPTACIÓN DE LAS DIFERENCIAS INDIVIDUALES. PROMOVIENDO LA RESOLUCIÓN DE

CONFLICTOS, LA PARTICIPACIÓN, EL DIALOGO, LA SOCIALIZACIÓN Y LA INTERACCIÓN COMO

HERRAMIENTAS PEDAGÓGICAS DIRIGIDAS A LA MISIÓN DE EDUCAR.

2.- ESTABLECE PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN ANTE CONFLICTOS, PROVOCANDO EL ENTENDIMIENTO COMO

PARTE DE UNA FORMACIÓN HUMANISTA.

4.- IMPULSAR TALLERES DE PREVENCIÓN Y FORTALECIMIENTO DE LA AUTOREFERENCIA.

5.- IMPLEMENTAR UN PROGRAMA ACTIVO, EN EL “ESTUDIEMOS SIN VIOLENCIA”.

4

Page 5: Reglamento Interno para la buena Convivencia Escolar

SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CINCHORRO

ESCUELA E-93 “PEDRO GUTIÉRREZ TORRES” EDUCACIÓN DE ADULTOS CONTEXTO DE ENCIERRO

[email protected]

Educación para la Libertad

OBJETIVOS ESPECIFICOS DEL REGLAMENTO INTERNO.

1.- INCULCAR EL RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS

2.- REFORZAR EL CUMPLIMIENTO RESPONSABLE DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES CIUDADANOS

3.- GARANTIZAR LA INTERACCIÓN EDUCATIVA, PARA OPTIMIZAR LA ACTIVIDAD ESCOLAR.

4.- PREPARAR A LOS(AS) USUARIOS(AS) PARA LA REINSERCIÓN SOCIAL, CON RESPONSABILIDAD.

5.- ORIENTAR A LOS(AS) ALUMNOS(AS) A VALORAR LAS INDIVIDUAIDADES EN SU PROYECTO DE VIDA.

6.- PROPICIAR LAS RELACIONES ENTRE ESCUELA Y COMUNIDAD SOCIAL CON PROPÓSITOS EDUCATIVOS.

7.- ESTABLECER PROTOCOLOS PARA PROPICIAR EL ENTENDIMIENTO ENTRE PARTES EN CONFLICTOS.

8.- IMPULSAR ACCIONES DE PREVENCIÓN, COMO TALLERES, CHARLAS, TRABAJOS GRUPALES.

MISIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO.

Formar personas con una Concepción Humanista de la vida, que le permita contribuir positivamente a su familia, a

la sociedad, al mundo laboral y profesional. Propiciando un buen clima organizacional, con sana convivencia

escolar, con todos los integrantes de la Comunidad Educativa.

TITULO ll

DE LA JORNADA DE TRABAJO

La Escuela desarrolla actividades educativa de lunes a viernes en forma regular, con un horario extensivo de 08:30

a 18:30 hrs. Durante todo este tiempo los alumnos y alumnas deben cumplir con todas las clases que se

encuentran insertas en su currículo escolar.

Los alumnos(as) deben cumplir con sus horarios de clases, comunicando oportunamente al profesor cualquier

problema que impida la asistencia a clases.

TITULO lll

DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS

ART. 1 LOS USUARIOS DE LA ESCUELA TIENEN LOS SIGUIENTES DERECHOS

01.- Estudiar en una comunidad educativa armónica, dentro de un ambiente de Sana Convivencia, Tolerancia y de

Respeto Mutuo.

02.- Derecho a recibir un trato digno y deferente, de todos quienes inciden en el proceso educativo.

03.- Derecho a una Educación de Calidad y Equidad, dentro del Marco de la Buena Enseñanza.

04.- Recibir un trato respetuoso, sin discriminación de ninguna índole.

05.- Permitir la continuidad de estudios a las alumnas embarazadas (Ley N° 19688)

06.- Recibir de los docentes, de manera adecuada, la enseñanza correspondiente en cada asignatura.

07.- Atención oportuna del Profesor Jefe y del Encargado de Convivencia, cuando sea necesario.

08.-Recibir la retroalimentación de la enseñanza, cuando sea necesario.

09.- Conocer oportunamente el Sistema de Evaluación y la calendarización de Evaluaciones. Obtener los resultados

de las evaluaciones, dentro de un plazo de 15 días desde la aplicación de dicha evaluación.

10.- Ser recibido y/o atendido por los Docentes y/o Docentes Directivos, y ser escuchado en sus demandas y

peticiones, siempre que la formule de forma correcta y oportunamente, respetando el conducto regular.

11.- Derecho a ser informado oportunamente de la causa, el motivo y la sanción disciplinaria si la hubiere.

12.- Participar en actividades programadas por la Escuela (extra-programáticas y/o deportivas-recreativas)

13.- En caso de desaprobación, el usuario, debe volver a desarrollar su trabajo escolar en el establecimiento, a

excepción de aquellos educandos que por voluntad propia desean retirarse.

5

Page 6: Reglamento Interno para la buena Convivencia Escolar

SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CINCHORRO

ESCUELA E-93 “PEDRO GUTIÉRREZ TORRES” EDUCACIÓN DE ADULTOS CONTEXTO DE ENCIERRO

[email protected]

Educación para la Libertad

ART. 2 LOS ALUMNOS Y ALUMNAS DE LA ESCUELA TIENEN LOS SIGUIENTES DEBERES

01.-Asistir e ingresar a clases dentro del horario estipulado puntualmente.

02.-Mantener una conducta y un vocabulario adecuado, dentro y fuera de la sala de clases,

03.-Tratar a todos los agentes insertos en la comunidad escolar con el respeto que se merecen.

04.-Cumplir con sus obligaciones de escolares (evaluaciones y otros que contemple la planificación).

05.-Mantener en buen estado la infraestructura, mobiliario, textos de estudio, computadores y todo material

educativo. Debe hacerse responsable en la reposición ante cualquier daño, perjuicio o pérdida en su uso.

06.-Respetar dentro y fuera del aula las normas establecidas.

07.-Acudir a citaciones de la dirección o profesor jefe, cuando se le solicite.

08.- Estudiar y repasar los contenidos entregados en las diferentes asignaturas del plan de estudio.

TITULO IV

DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN

DE LOS DERECHOS

ART. 3 LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN TIENEN DERECHO

01.- Trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo.

02.- Ser respetado(a) en su integridad física, sicológica y/o moral, por parte de toda la comunidad educativa.

03.- Proponer iniciativas para elevar niveles del Establecimiento de acuerdo a la Normativa Interna.

04.- Disponer de los espacios y tiempo en su carga horaria para realizar óptimamente su trabajo educativo.

04.- Disponer de un horario para reuniones técnicas, administrativas y/o gremiales, cuando se requiera.

05.- Disponer de un lugar adecuado para trabajar y socializar.

ART. 4 LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN DEBEN CUMPLIR LOS SIGUIENTES DEBERES.

01.- Ejercer la Docencia idónea y responsablemente, considerando las individualidades de los alumnos.

02.- Actualizar sus conocimientos y autoevaluarse periódicamente.

03.- Investigar y enseñar los contenidos, correspondiente a cada nivel, establecidos en las Bases Curriculares y los

Planes y Programas de EPJA, en concordancia con el Marco para la Buena Enseñanza.

04.- Respetar sin discriminar a los(AS) usuarios(as) y a los demás miembros de la comunidad escolar.

05.- Respetar las Normas del Establecimiento, como también los Derechos de los(as) usuarios(as)

06.- Permitir que los Docentes Directivos y Técnicos observen, supervisen y evalúen su trabajo pedagógico.

ART. 5 DE LOS DERECHOS DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES TÉCNICOS.

01.- Recibir un trato digno y respetuoso de todos los agentes que incidan en el Proceso Educativo.

02.- Conducir técnica y objetivamente la realización del Proyecto Educativo del Establecimiento.

03.- Promover en la C.E. un Clima Organizacional de Sana Convivencia y un Ambiente Pedagógico de calidad.

04.- Observar, Supervisar y Evaluar el trabajo docente.

ART. 6 DE LOS DEBERES DE LOS EQUIPOS DIRECTIVOS TÉCNICOS Y TÉCNICOS DOCENTES

01.- Liderar Administrativamente el Establecimiento a su cargo, en base a sus responsabilidades

02.-Comprometerse a elevar los Índices de Calidad Educacional del Establecimiento.

03.-Desarrollarse profesionalmente, cumpliendo a cabalidad con su cometido de Técnico y Administrativo.

04.-Promover el Desarrollo Profesional Docentes necesario para el cumplimiento de Metas Educativas.

05.- Cumplir y respetar todas las Normas del Establecimiento.

06.- Informar oportunamente la toma de decisiones de manera personal y argumentos sólidos y fidedignos.

07.- Generar instancias de Análisis y Reflexión Pedagógica permanentemente.

6

Page 7: Reglamento Interno para la buena Convivencia Escolar

SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CINCHORRO

ESCUELA E-93 “PEDRO GUTIÉRREZ TORRES” EDUCACIÓN DE ADULTOS CONTEXTO DE ENCIERRO

7

[email protected]

Educación para la Libertad

TITULO V

DE LAS NORMAS, PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES

ART. 7 PARA EL REGLAMENTO INTERNO, SE APLICARÁN LOS SIGUIENTES CONCEPTOS:

NORMA: Regla que debe ser respetada que permite ajustar conductas de las personas de una institución.

PROCEDIMIENTO: Acción de PROCEDER, una forma de actuar. Es un método o manera de ejecutar algo.

SANCIÓN: Es la aplicación de pena o castigo, ante un comportamiento inapropiado, peligroso o ilegal.

“Toda acción trae consigo una consecuencia. Si es positiva, tendrá como consecuencia un reconocimiento, en

cambio si la acción es negativa, ésta se constituirá en una falta y tendrá como consecuencia una sanción”

ART. 8 TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS:

FALTAS LEVES:

Son actitudes y comportamientos que alteran la convivencia, pero que no involucren daño a otros miembros de la

comunidad (físico o psicológico). Esto significa que se producen al no respetar las Normas Básicas de Convivencia,

Responsabilidad y/o Disciplina. Son faltas que no atentan a las virtudes y valores de la escuela.

Se consideran FALTAS LEVES.

01.- Lanzar papeles y objetos en la sala de clases impidiendo el desarrollo normal de una clase ordenada y

armoniosa y que distraiga la atención de los compañeros(as), pero no entorpece la labor del Profesor.

02.- Desatender y/o desobedecer órdenes impartidas por el docente u otra autoridad de la Unidad Educativa.

Por lo que es necesario conversar con el o los involucrado(s) y el Coordinador Educacional, con el objetivo de

reconocer la falta y asumir el propósito de superación, lo que deberá quedar plasmado en el Libro de Clases.

FALTAS GRAVES:

Son actitudes y/o comportamientos que atentan la integridad física y/o psicológica de otro miembro de la C. E.,

como también acciones que afecten la convivencia. Además las que atentan contra los valores fundamentales

propiciados por la U. E., como también las Faltas Leves reiteradas, sin disposición al cambio de conducta.

Se consideran FALTAS GRAVES.

01. La reiteración continua de faltas leves.

02. Intentar y/o copiar en pruebas, trabajos de investigación, presentar trabajos que no son de su autoría.

03. Irrespetar a un igual; alzando la voz, decir improperios, hacer gestos obscenos o amenazantes.

01. Cualquier tipo de menoscabo personal, ya sea este de tipo físico o psicológico.

02. Salir continuamente de la sala de clases, durante el desarrollo de la jornada escolar, sin autorización.

FALTAS GRAVÍSIMAS:

Son comportamiento que atentan contra la integridad física o psicológica de otros miembros de la Comunidad

Educativa; agresiones tipificadas como delito de una gravedad mayor y exponen a los miembros de la C. E. a una

situación de riesgo personal que no permiten que el trabajo escolar. Lo que se informará a Guardia Interna.

Son consideradas FALTAS GRAVÍSIMAS:

O1. La reiteración permanente de las conductas calificadas como GRAVES.

02. El uso de cadenas, cuchillos cartoneros u otro elemento corto-punzante u otro elemento peligroso, que se

considere un arma con la que se atente contra la seguridad de otro miembro de la comunidad educativa.

03. El Bullyng en o fuera del aula, hacia algún miembro de la C.E., ya sea verbal, escrito, físico y/o psicológico.

04. Amenazar, ofender, injuriar, calumniar o desprestigiar a cualquier miembro de la comunidad escolar

05. Adulterar notas en el libro de clases y/o falsificar la firma del profesor.

06. Ingresar a la sala de clases material de carácter inmoral y atentatorio a las buenas costumbres.

07. Sustraer, hurtar, robar material del establecimiento o de cualquier miembro de la unidad educativa.

08. El deterioro de la sala de clases en lo que se refiere a útiles escolares o infraestructura.

09. Agredir, intentar agredir y/o proferir amenazas a cualquier miembro de la comunidad escolar.

Page 8: Reglamento Interno para la buena Convivencia Escolar

SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CINCHORRO

ESCUELA E-93 “PEDRO GUTIÉRREZ TORRES” EDUCACIÓN DE ADULTOS CONTEXTO DE ENCIERRO

8

[email protected]

Educación para la Libertad

TITULO VI

DE LAS NORMAS ESCOLARES

ART. 9 DEL RENDIMIENTO ESCOLAR

NORMA PROCEDIMIENTO SANCIÓN FORMATIVA

Todo alumno que presente

problemas de rendimiento

escolar, será atendido por

los profesores del

establecimiento a fin de

mejorar esta condición.

Los profesores de toda las

asignaturas tienen el deber

de informar, de manera

oportuna, el bajo

rendimiento de algún

alumno o alumna, para que

este reciba la atención

permanente.

Cada profesor debe estar atento a cualquier problema

de rendimiento con la finalidad de realizar las acciones

pertinentes.

Si observa una problemática recurrente debe

involucrar al equipo multidisciplinario de la escuela a

objeto que evalúe y otorgue apoyo psicológico, social

y/o pedagógico al alumno.

El profesor también informará a la U.T.P para aplicar

una solución técnica/pedagógica, que consiste en el

apoyo entre pares. (el de mejor rendimiento apoya a

los deficitarios)

Realizar talleres que sean para el desarrollo de

habilidades de aprender a aprender.

Elaborar programa que permita desarrollar sus

capacidades y habilidades para superar sus déficits de

aprendizaje.

En los casos que

presenten problemas

con el rendimiento

escolar, se tomarán las

medidas para una

evaluación psicológica

y/o cualquier otro tipo

de evaluación que sea

necesario con la

finalidad de revisar,

cual es la situación del

alumno y planificar

acciones remediales.

ART. 10 DE LA ASISTENCIA A CLASES.

La ausencia reiterada puede ser indicador de enfermedad o desmotivación respecto del Proceso de Enseñanza.

Estas y otras posibles causas es necesario abordarlas, para optimizar la cobertura curricular y los alumnos no

pierdan la continuidad académica.

NORMA PROCEDIMIENTO SANCION FORMATIVA

Los alumnos(as) deben asistir

dentro de sus POSIBILIDADES

a todas las actividades

programadas por el

establecimiento.

De acuerdo a la legislación

vigente los alumnos(as)

deben cumplir con un 85%

mínimo de asistencia anual

como requisito de

promoción.

Revisar al final del año escolar de los alumnos(as) el

promedio de asistencia el cual no debe ser menor a

un 85%.

El alumno junto a su profesor, podrán solicitar a la

Dirección de la escuela reconsiderar la sanción de la

falta cometida de acuerdo a lo establecido en la

NORMA en cuestión.

Revisar las inasistencias del alumno y/o alumna, las

cuales pueden producirse durante el año.

Revisar el libro de clases para observar el

comportamiento y rendimiento.

No será promovido de

curso.

Aceptación con

acreditación de

certificación médica.

Aceptación con

acreditación de otra

certificación.

Page 9: Reglamento Interno para la buena Convivencia Escolar

SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CINCHORRO

ESCUELA E-93 “PEDRO GUTIÉRREZ TORRES” EDUCACIÓN DE ADULTOS CONTEXTO DE ENCIERRO

9

[email protected]

Educación para la Libertad

ART. 11 DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL

En distintos contextos de la vida personal y social, debemos que cumplir con aspectos formales, asociados a

responsabilidad y ordenamiento institucional. La escuela educa y proyecta esta estructura como parte de la

formación integral que debe tener cada alumno y alumna que asiste a sus aulas.

NORMA ROCEDIMIENTO SANCIÓN FORMATIVA

Todos los alumnas

y alumnos tienen la

obligación de

preocuparse de

una buena

presentación

personal

Los profesores deben

supervisar que los

alumnos y alumnas

asistan a la escuela

con una presentación

personal adecuada

Cuando el alumno o alumna asiste con una inadecuada

presentación personal, el docente debe hablar con él o ella

para que cambie su actitud.

Si la conducta se repite, el docente amonestará por escrito,

consignándolo en la hoja de observaciones del libro de clases.

Posteriormente deberá reunirse con el monitor educacional del

módulo y buscar una solución en conjunto.

TITULO VII

DE LOS COMPORTAMIENTOS GENERALES

ART. 12 DEL RESPETO POR LA DIVERSIDAD

La Escuela incorpora el Plan de Apoyo a la Inclusión y el Plan de Sexualidad, Afectividad y Género, mandato

educativo y legislativo, donde el respeto social, cultural, a los derechos humanos y a la diversidad, es la Norma

Institucional.

NORMA PROCEDIMIENTO SANCIÓN FORMATIVA

La Escuela asegura la continuidad de los estudios a

los alumnos (as) que pudieran estar afectados de

enfermedades, tales como el VHS, la cual realizara

todas adecuaciones curriculares y sociales que

pudiera requerir para el normal desarrollo de su

proceso. Nuestra escuela

Asegura el respeto por la orientación sexual de sus

alumnos y alumnas, conforme al principio de no

discriminación, velará para que las comunidades en

su conjunto respete esa autonomía, sancionando y

trabajando pedagógicamente por las veces que esta

orientación sexual sea motivo de violencia de

cualquier forma.

Esta escuela es respetuosa de cualquier tipo de NO

DISCRIMINACIÓN tales como; género, raza, etnia,

religión etc. El no cumplimiento de una de estas

normas será considerada una FALTA GRAVE y se

derivará a la dirección de la escuela, donde se

aplicarán las sanciones formativas correspondientes

antes de cualquier medida como lo indican las

graves

Todos los miembros

de la comunidad

educativa pueden

hacer llegar su

observación al

encargado de

convivencia escolar

para que éstas den

curso a la sanción

formativa que

corresponda

Todos los profesores

deben promover el

respeto por las

diferencias

individuales

El alumno que sea sancionado

formalmente por cometer falta a la

norma citada, debe someterse a elaborar

acciones concretas que puedan remediar

la falta cometida.

Cuando este mismo alumno o alumna

recurra a cometer la misma falta, deberá

firmar una carta compromiso en

conjunto con el Coordinador Educacional

de Gendarmería, y el encargado de la

Convivencia Escolar, donde se

compromete a no volver a cometer esta

falta.

Si esta falta es recurrente, se deriva el

caso a la dirección del establecimiento,

para que evalúe la suspensión, tipificada

como falta grave y se comunicará al

Coordinador Educacional de

Gendarmería.

Page 10: Reglamento Interno para la buena Convivencia Escolar

SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CINCHORRO

ESCUELA E-93 “PEDRO GUTIÉRREZ TORRES” EDUCACIÓN DE ADULTOS CONTEXTO DE ENCIERRO

10

[email protected]

Educación para la Libertad

ART. 13 TRABAJO RESPONSABLE. IMPLICANCIA PARA EL APRENDIZAJE

El trabajo responsable es una actitud eficiente y eficaz frente a nuestras acciones educacionales, lo cual es básico

para un aprendizaje significativo, procurando establecer condiciones óptimas.

NORMA PROCEDIMIENTO SANCIONES FORMATIVAS

Cada estudiante debe

portar oportunamente

todo lo que requiere

para su trabajo escolar

Eventualmente la

escuela podrá facilitar

material anexo que se

requiera.

Los trabajos solicitados

como parte del Proceso

de Enseñanza deben ser

presentados en los

plazos establecidos.

Cada profesor(a) que esté a cargo del curso o

asignatura, debe supervisar que el alumno o

alumna cumpla con lo requerido

ENTREGA DE TRABAJOS FUERA DE PLAZO

ESTABLECIDO

-Se registrará este hecho en la hoja de vida

del libro de clases del alumno(a) como

observación negativa.

-Se debe presentar el trabajo en la clase

siguiente, con una nota máxima 5.0. Si no

presenta su trabajo en esta segunda

oportunidad, será evaluado con nota 2.0.

El profesor(a) jefe conversará con

el estudiante en busca de una

solución, el hecho queda

consignado en la hoja de vida del

libro de clases del alumno(a)

A la tercera falta el alumno debe

firmar una Carta de Compromiso

junta al profesor jefe y el

encargado de UTP y su matrícula

quedará en carácter de

CONDICIONAL.

ART. 14 DE LA CONDUCTA EN LA SALA DE CLASES

Las conductas disruptivas afectan el Clima de Aprendizaje del Aula, causando malestar entre los compañeros(as) y

profesores(as). Se espera que los alumnos(as) estén atento a la clase que se realiza y a las instrucciones dadas,

para llevar a cabo el proceso de aprendizaje efectivo y mantener un ambiente de armonía y respeto hacia

todos(as) quienes se encuentren presentes. (Se refiere a factores que impacten en lo emocional, autoestima, la

integración social y directamente el aprendizaje).

NORMA PROCEDIMIENTO SANCIONES FORMATIVAS

Los estudiantes deben

manifestar una conducta

adecuada y abstenerse de

cualquier tipo de manifestación

que lo implique burlas, gritos,

exclamaciones en voz alta,

vocabulario soez, entre otras.

Los estudiantes deben

mantener un trato respetuoso

y tolerante entre ellos. (evitar

groserías, gestos obscenos,

ofensas verbales, de cualquier

índole)

Cuando se

produzca algún

tipo de conducta

que esté en

contra de las

normas

establecidas en el

Reglamento de

Convivencia de la

escuela, se

procederá a una

sanción.

Como primera medida se corrige la falta en forma verbal y

en buen tono.

Por segunda vez, se coloca una anotación negativa en la

hoja de vida del alumno(a) del libro de clases, y se insta a

firmar una carta de compromiso para mejorar su

conducta ante el profesor jefe, encargado de UTP y

Coordinador Educacional.

Por tercera vez y más el caso pasa a la Dirección de la

escuela que junto con el encargado de UTP, determinarán

la sanción a aplicarse, que podría ser condicionamiento o

suspensión de matrícula. Se comunica a Gendarmería.

Page 11: Reglamento Interno para la buena Convivencia Escolar

SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CINCHORRO

ESCUELA E-93 “PEDRO GUTIÉRREZ TORRES” EDUCACIÓN DE ADULTOS CONTEXTO DE ENCIERRO

[email protected]

Educación para la Libertad

TITULO VIII

DE LA VIOLENCIA ESCOLAR ENTRE PARES

ART. 15 DE LA VIOLENCIA ESCOLAR, BULLYNG, ACOSO Y/O ABUSO ESCOLAR

NORMAS PROCEDIMIENTOS SANCIÓN FORMATIVA

Los(as) alumnos(as) deben

tener un comportamiento

en pro de la buena

convivencia.

Los(as) alumnos(as) dicen

NO al Bullyng. (respecto

de cualquier forma de

agresión, ya sea física,

verbal o escrita)

Todos los miembros de la

comunidad escolar tienen

responsabilidad respecto de

cualquier tipo de acoso o

Bullyng.

Se debe informar

inmediatamente al encargado

de UTP, para tomar medidas

indicadas en los protocolos que

corresponden.

El encargado de UTP, debe

realizar las acciones necesarias

para resolver en base a los

parámetros del protocolo de

acción.

Las acciones en primera instancias siempre serán

formativas, debe dejarse constancia en Hoja de

Vida del Libro de Clases.

Cuando exista conducta reiterada, se cita al

Encargado de UTP y Coordinador Educacional

para firmar una Carta de Compromiso para el

cambio de actitud y conducta.

Cuando exista conducta reiterada por tercera

vez, se deja a disposición de la dirección del

establecimiento para la condicionalidad de la

matrícula o expulsión de la escuela. Previo

informe a Gendarmería.

Toda agresión física y/o

verbal a otro miembro de

la Comunidad Escolar, se

considerará una falta

gravísima

Se constata en el libro de

clases, se cita al Coordinador

Educacional de Gendarmería,

para informar la situación.

La dirección de la escuela tomará las medidas

que pueden llegar a la cancelación de la

matrícula. Previo informe a Gendarmería.

TÍTULO IX

PROTOCOLO DE COMPORTAMIENTOS GENERALES

ART. 16 DESCRIPCIÓN DE FALTAS GRAVES – GRAVÍSIMAS.

01.- El uso y/o porte, tenencia y uso de cualquier elemento peligroso, que sea considerada un arma con la cual se

pueda atentar contra la seguridad personal de cualquier miembro de la comunidad educativa.

02.- Hacer Bullyng dentro o fuera del aula, hacia un miembro de la comunidad educativa, ya sea de tipo verbal,

escrito, físico o psicológico.

03.- Adulterar notas en libros de clases, falsificar la firma del profesor o cualquier irregularidad administrativa.

04.- Portar imágenes o material audiovisual de carácter inmoral y/o que atente las buenas costumbres.

05.- Sustraer, hurtar, robar; material del establecimiento, profesores u otro miembro de la C.E.

06.- El deterioro de la sala de clases en lo que se refiere a recursos materiales e infraestructura

07.- Amenazar o intentar agredir a un profesor(a) o docente directivo, con la intención de causar daño.

11

Page 12: Reglamento Interno para la buena Convivencia Escolar

SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CINCHORRO

ESCUELA E-93 “PEDRO GUTIÉRREZ TORRES” EDUCACIÓN DE ADULTOS CONTEXTO DE ENCIERRO

[email protected]

Educación para la Libertad

ART. 17 DE LOS PROCEDIMIENTO FORMATIVO PARA LAS FALTAS

1.- INTENCIÓN FORMATIVA.

El comportamiento de los estudiantes debe estar regido por el respeto y se excluyen las conductas que atenten

contra la dignidad del ser humano y disten de los valores que imparte el E.E., El trato cortés debe ser práctica

permanente en todo momento y lugar, hacia todos y todas, dentro y fuera de la U.E.

2.- TIPO DE FALTA: GRAVE - GRAVÍSIMA. Definición

“Son actitudes y comportamientos que atentan contra la integridad física o psicológica de los miembros de la

Comunidad Educativa y tipificadas como delito”.

ART. 18 PROCEDIMIENTO FRENTE A UNA FALTA GRAVE – GRAVÍSIMA.

FASE 1.- DETECCIÓN DE LA FALTA Y CONVERSACIÓN CON EL O LA ESTUDIANTE

1.1.- Quien observe un hecho, o el mismo afectado, debe comunicar al profesor o Dirección del E.E.

1.2.- Quien reciba la denuncia, debe registrar el hecho en el libro de clases. (Hoja de observaciones)

1.3.- Quien reciba la denuncia, debe comunicar al encargado del Módulo la situación y los hechos.

1.4.- Se informa a la Dirección del E.E. y al Coord. Educ. de Gendarmería, de la situación y los hechos.

FASE 2.-CONVERSACIÓN CON EL ESTUDIANTE Y EL ENCARGADO DE UTP

01.- El profesor jefe y/o el encargado de UTP conversan estudiante, para conocer las causas y circunstancias de su

comportamiento.

02.- Debe quedar un Registro por Escrito de los aspectos centrales y objetivos de la conversación.

03.- El alumno debe plasmar su firma en el Registro por Escrito de la reunión y del compromiso y/o medida

formativa que se decida aplicar.

FASE 3.- DETERMINACIÓN DE LAS MEDIDAS FORMATIVAS.

01.- El profesor jefe y el encargado de UTP, analizan y evalúan la situación. Considerando circunstancias, hechos y

antecedentes personales y sociales de los involucrados.

02.- Se determinan las medidas formativas por parte del profesor jefe y/o el encargado de UTP.

03.- Se comunica las medidas formativas a involucrados, Dirección y al Coord. Educ. de Gendarmería

FASE 4.- TRABAJO DE APOYO AL ESTUDIANTE

01.-Se debe elaborar un Plan de Acción de medidas formativas de apoyo al estudiante de parte del profesor jefe

y/o el encargado de UTP.

02.- Se debe elaborar un Plan de Acción con las medidas formativas, orientadas al alumno(a) a reconocer su falta,

con técnicas basadas en un Diálogo Constructivo y de Resolución de Conflictos.

03.- Orientar a que voluntariamente pida disculpas y/o compense con una acción concreta, lo dañado.

04.- Derivar al especialista que corresponda, si fuese necesario.

04.- Se elabora registro de monitoreo, procedimientos y evolución del caso, por parte del profesor jefe.

05.- Monitoreo del proceso por parte del Profesor Jefe y el encargado de UTP

FASE 5.- INFORME FINAL Y CIERRE DE PROTOCOLO.

01.- Elaboración de un informe final con los resultados del procedimiento, de aplicación de medidas formativas de

apoyo al estudiante por parte del encargado de UTP.

02.- Entrega de informe final a los Docentes Directivos, al profesor jefe y al (la) alumno(a)

03.- El profesor jefe archiva el informe final en una carpeta de antecedentes al (la) alumno(a)

04.- Los Docentes Directivos resuelven la situación final del estudiante, si el hecho lo ameritase podría ocasionar su

condicionalidad y comunicar al encargado de convivencia y monitor educacional.

12

Page 13: Reglamento Interno para la buena Convivencia Escolar

SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CINCHORRO

ESCUELA E-93 “PEDRO GUTIÉRREZ TORRES” EDUCACIÓN DE ADULTOS CONTEXTO DE ENCIERRO

13

[email protected]

Educación para la Libertad

ART. 19 FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA UNIDAD EDUCATIVA

01. DETECCIÓN DE LA FALTA MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ESCOLAR

02. CONVERSACION CON ESTUDIANTE PROFESOR JEFE Y/O ENCARGADO DE UTP

03. DETERMINACIÓN DE MEDIDAS FORMATIVAS ENCARGADO DE UTP

04. TRABAJO DE APOYO A ESTUDIANTE PROFESOR JEFE Y/O ENCARGADO DE UTP

05. MONITOREO PROFESOR JEFE Y/O ENCARGADO DE UTP

06. ELABORACIÓN DE BITACORA PROFESOR JEFE.

07. ELABORACIÓN Y ENTREGA DE INFORME ESPECIAL PROFESOR JEFE, ENCARGADO DE UTP Y/O

DOCENTES DIRECTIVOS

08. CIERRE DE PROTOCOLO DOCENTES DIRECTIVOS

TITULO X

PROTOCOLO SOBRE EL CUIDADO DE LA INFRAESTRUCTURA Y EQUIPOS TECNOLÓGICOS DE LA ESCUELA

ART. 20 DESCRIPCIÓN DE LAS FALTAS AL CUIDADO DE LOS BIENES DE LA ESCUELA

SON FALTAS GRAVES

01.- Manifestar una conducta poco respetuosa y despreocupada hacia la mantención del entorno escolar

como pasillos y sala de clases u otros sitios, dejando basura donde no corresponde. Además rayar las

paredes, baños, bancos, pupitres, no cooperar con la mantención y la limpieza de los espacios escolares.

02.- Dañar objetos de la Sala de Clases como interruptores, chapas, ampolletas, puertas, manillas etc.

03.- Callar u omitir información cuando se es testigo de hechos que deterioran objetos de la Sala de Clases.

04.- Hacer uso indebido de textos y material didáctico, rayarlos o manipularlos innecesariamente.

05.- No cumplir con reparar el material indicado cuando haya reconocido que lo ha dañado intencionalmente.

06.- Insistir en traer a la escuela materiales no solicitados e inadecuados para el Proceso de Enseñanza.

ART. 21 PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS PARA LAS FALTAS

Mantener el espacio escolar adecuado e higiénico, y usar adecuadamente de los materiales de estudios en la de

clases, con una actitud de cuidado y respeto por los equipos y materiales para la enseñanza-aprendizaje.

01.-DETECCIÓN DE LA FALTA Y CONVERSACIÓN CON EL ESTUDIANTE.

1.1.- El miembro de la unidad educativa que observe el hecho, o el mismo afectado, comunicará oralmente al

profesor jefe.

1.2.- El profesor registra, el hecho en el libro de clases y en la hoja de observaciones del alumno(a) causante

del hecho.

1.3.- Se comunica por escrito, al monitor educacional correspondiente, la situación del alumno.

02.- CONVERSACION CON EL ESTUDIANTE Y SU MONITOR EDUCACIONAL CORRESPONDIENTE.

2.1.- El profesor jefe conversa con el alumno y su monitor educacional, para conocer las causas y

circunstancias del hecho considerado como falta grave.

2.2.- Registran de manera objetiva los aspectos centrales del hecho acordados en la reunión.

2.3.- El alumno involucrado firma registro de la entrevista, con el compromiso de cumplir y apoyar las

medidas formativas que la escuela decida aplicar.

Page 14: Reglamento Interno para la buena Convivencia Escolar

SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CINCHORRO

ESCUELA E-93 “PEDRO GUTIÉRREZ TORRES” EDUCACIÓN DE ADULTOS CONTEXTO DE ENCIERRO

14

[email protected]

Educación para la Libertad

03.- DETERMINACIÓN DE LAS MEDIDAS FORMATIVAS.

3.1 El profesor jefe analiza la información recogida y valora la situación. Para ello se deberá tener en cuenta

las circunstancias del hecho, las características personales y sociales de los estudiantes involucrados.

3.2.- Determinar las medidas formativas de apoyo al estudiante causante del hecho, por parte del profesor

jefe y encargado de convivencia.

3.3.- Comunicación de las medidas formativas de apoyo para el o los estudiantes involucrados, a las

autoridades Directivas- técnicas, y al consejo de profesores.

04.- TRABAJO DE APOYO AL ESTUDIANTE.

4.1.- Las medidas formativas deben orientarse a ayudar al estudiante causante del daño, a reconocer la falta y

sus razones a través de diversas técnicas basada en un diálogo constructivo y resolución pacífica del

conflicto. Si fuese pertinente orientarlo a que decida disculparse y compensar el daño provocado

4.2.- Derivar a especialista si fuese necesario.(por ejemplo al psicólogo correspondiente de la unidad

penitenciaria)

4.3 Monitoreo del proceso a seguir por parte del profesor jefe o encargado de convivencia

05.-INFORME FINAL O CIERRE DEL PROTOCOLO.

5.1.- Elaboración de un informe final con los resultados del procedimiento, de aplicación de medidas

formativas de apoyo al estudiante. Por parte del profesor jefe y el encargado de convivencia.

5.2.- Entrega de informe a las autoridades directivas-técnicas, al consejo de profesores y al monitor

educacional, por parte del profesor jefe y el encargado de convivencia.

ART. 22 FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

01. DETECCIÓN DE LA FALTA MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ESCOLAR

02. CONVERSACION CON ESTUDIANTE PROFESOR JEFE Y/O ENCARGADO DE UTP

03. DETERMINACIÓN DE MEDIDAS FORMATIVAS ENCARGADO DE UTP

04. TRABAJO DE APOYO A ESTUDIANTE PROFESOR JEFE Y/O ENCARGADO DE UTP

05. MONITOREO PROFESOR JEFE Y/O ENCARGADO DE UTP

06. ELABORACIÓN DE BITACORA PROFESOR JEFE.

07. ELABORACIÓN Y ENTREGA DE INFORME

ESPECIAL

PROFESOR JEFE, ENCARGADO DE UTP Y/O

DOCENTES DIRECTIVOS

08. CIERRE DE PROTOCOLO DOCENTES DIRECTIVOS

Page 15: Reglamento Interno para la buena Convivencia Escolar

SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CINCHORRO

ESCUELA E-93 “PEDRO GUTIÉRREZ TORRES” EDUCACIÓN DE ADULTOS CONTEXTO DE ENCIERRO

15

[email protected]

Educación para la Libertad

PREVIO A LA APLICACIÓN DE ESTE PROTOCOLO, SE DEBERÁ TENER LA CERTEZA DE QUE, EL

HECHO CONSTATADO CONFIGURA UN DELITO.

TÍTULO X

PROTOCOLO SOBRE OCURRENCIA DE DELITO

ART. 23 DESCRIPCIÓN DE LOS DELITOS

Definición de delito: En términos generales son actos que lesionan algún bien jurídico determinado, existiendo una

sanción a imponer a quien los efectúa.

SON DELITOS.

01.- Provocar lesiones y/o amenazas a algún miembro de la unidad educativa.

02.- Robar o hurtar especies del establecimiento y/o de algún miembro de la comunidad educativa.

03.- Portar armas.

04.-Tenencia ilegal de armas.

05.-Tráfico de sustancias ilícitas

06.-Delitos de connotación sexual.

07.-Otras acciones constitutivas de delito.

ART. 24 PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Según lo establecido en el Código Penal en su artículo 175, el director de la Unidad Educativa y profesores tienen la

obligación de denunciar cualquier acción u omisión que revista carácter de delito y que afecte a un miembro de la

comunidad educativa o que hubiere tenido lugar en el establecimiento.

PARA CUMPLIR CON LO ANTERIOR SE DEBEN REALIZAR LOS SIGUIENTES PROCEDIMIENTOS:

01.- Cuando las autoridades del establecimiento educacional tomen conocimiento de este tipo de hecho,

que tienen carácter de delito, es necesario que cuenten con la mayor cantidad de antecedentes que

permitan fundamentar la denuncia.

02.- Comunicar de manera inmediata este tipo de hecho a las autoridades superiores del DAEM. y al

monitor educacional que pertenece a Gendarmería de Chile. Esto en el caso de tratarse de un delito muy

grave.

03.- Se comunica el hecho a las autoridades de la Unidad Penal, por parte del Director de la Escuela y el

encargado de convivencia.

04.- Mientras se estén llevando a cabo las indicaciones aclaratorias y el discernimiento de las medidas

correspondientes, se asegura a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su

dignidad y honra.

05.- No se debe entregar información alguno, a ningún medio de comunicación ni a personas ajenas a la

Unidad Educativa sin la autorización expresa de la dirección de la Escuela.

Page 16: Reglamento Interno para la buena Convivencia Escolar

SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CINCHORRO

ESCUELA E-93 “PEDRO GUTIÉRREZ TORRES” EDUCACIÓN DE ADULTOS CONTEXTO DE ENCIERRO

[email protected]

Educación para la Libertad

ART. 25 FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

DETECCIÓN DE LA FALTA MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ESCOLAR

COMUNICACIÓN A GENDARMERIA DE CHILE DIRECTOR Y/O ENCARGADO DE UTP

COMUNICACIÓN A AUTORIDADES

SUPERIORES D.A.E.M. DIRECTOR Y/O ENCARGADO DE UTP

COMUNICACIÓN A AUTORIDADES DEL

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECTOR DE LA ESCUELA

TITULO XI

PROTOCOLO DE VIOLENCIA ESCOLAR ENTRE PARES

ART. 26 DEFINICIÓN DE VIOLENCIA ESCOLAR

Es todo acto de agresión u hostigamiento que es realizado por estudiantes que atenten en contra de otro

estudiante, valiéndose de una situación de superioridad o de indefensión de la víctima, que le provoque maltrato,

humillación o temor fundado de verse expuesta a un mal, siendo de carácter grave. Este acto agresivo puede ser

cometido por un solo estudiante o por un grupo y puede ser tanto fuera o dentro de la sala de clase.

EN ESTE ÁMBITO SE CONSIDERAN FALTAS.

01.- Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender a cualquier miembro de la

comunidad educativa.

02.- Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno(a) o de cualquier otro miembro de la

comunidad educativa.

03.- Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.

04.- Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, acosar, mofarse o burlarse de un alumno(a) u otro miembro de

la comunidad educativa.

05.- Discriminar a un integrante de la comunidad educativa ya sea por su condición social, económica, religión,

política, filosófica, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad o defecto físico o

cualquier otra circunstancia.

06.- Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito.

ART. 27 PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS

El comportamiento de los alumnos(as) debe estar regido por el respeto y por ello deben quedar excluidas las

conductas que atenten contra la dignidad del ser humano y que se aparten de los valores que imparte la escuela y

que siempre hay que brindarle a otros. El trato cortés no puede estar limitado a la relación alumno(a) profesor que

se produce en el momento de la clase, esta debe ser una práctica permanente expresada en todo momento y

lugar.

ART. 28 PROCEDIMIENTOS A SEGUIR SEGÚN FALTA GRAVE – GRAVÍSIMA

FASE 1. Detección de la falta.

01.- El miembro de la Unidad Educativa que observe el hecho o el mismo afectado comunica oralmente al profesor

jefe o al encargado de convivencia

02.- El profesor jefe o el encargado de convivencia registra el hecho en el libro de clases y en la hoja de

observaciones del estudiante causante del hecho y del estudiante dañado

16

Page 17: Reglamento Interno para la buena Convivencia Escolar

SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CINCHORRO

ESCUELA E-93 “PEDRO GUTIÉRREZ TORRES” EDUCACIÓN DE ADULTOS CONTEXTO DE ENCIERRO

[email protected]

Educación para la Libertad

FASE 2 “CONVERSACIÓN CON ÉL O LA ESTUDIANTE.

01.- El profesor jefe o el encargado de convivencia conversan con el alumno(a) causante del daño para conocer las

causas y circunstancia del hecho considerado una causa gravísima.

02.- El profesor jefe y el encargado de convivencia conversan con alumno (a) dañado para conocer las causas y

circunstancias del hecho considerado como falta grave.

03.- Registran de manera objetiva los aspectos centrales de cada una de las reuniones.

04.- Los estudiantes involucrados firman registro de la reunión con el compromiso de apoyar las medidas

formativas que se decidan aplicar.

FASE 3.- “DETERMINACUÓN DE MEDIDAS FORMATIVAS”

01.-El encargado de convivencia y el profesor jefe analizan la información recogida y valoran la situación. Para ello,

se deberá tomar en cuenta las circunstancias del momento de los hechos y las características personales de los

estudiantes involucrados.

DETERMINACIÓN DE:

01.-Medidas formativas de apoyo al estudiante causante.

02.-Medida de apoyo y seguridad al estudiante dañado, por parte del encargado de convivencia el profesor jefe y

del monitor educacional.

03.-Comunicación de las medidas formativas y de apoyo para los estudiantes involucrados, a las autoridades

Directivas – Técnicas y al Consejo de Profesores por parte del profesor jefe y el encargado de convivencia.

FASE 4 “TRABAJO DE APOYO AL ESTUDIANTE”

01.-Elaboración de un plan de acción común de apoyo a estudiantes con medidas formativas por parte del

encargado de convivencia y profesor jefe.

02.-las medidas formativas deben orientarse a ayudar al estudiante causante del daño, a reconocer la falta y

razones de su comportamiento a través de diversas técnicas basadas en un diálogo constructivo y resolución

pacífica de conflictos. Si fuese pertinente orientarlo a que voluntariamente decida disculparse y/0 compensar con

una acción concreta a la persona dañada concreta o al objeto dañado. Así también derivar a los especialistas que

corresponda

03.-Las medidas de seguridad y de apoyo al estudiante afectado, pueden ser el incremento de las medidas de

vigilancias:

-Vigilancia específica del alumno agresor.

-reorganización de los horarios del profesorado para la atención específica del alumno afectado

-Colaboración de los compañeros para acompañar a la víctima, en los momentos de riesgos

-Cambio de grupo humano. O solicitar cambio de Módulo a las autoridades de Gendarmería. (Temporal o

definitivo)

04.- Aplicación de estrategias específicas de desarrollo emocional, habilidades sociales y ayuda personal

05.-- Elaboración de una bitácora que registre los procedimientos y evolución del caso, por parte del profesor jefe

y el encargado de convivencia. Y profesor jefe.

06.-Monitoreo del proceso por parte del encargado de convivencia o profesor jefe.

FASE 5 INFORME FINAL

01.-Elaboración de un informe con los resultados del procedimiento de aplicación de las medidas formativas de

apoyo al estudiante por parte del encargado de convivencia y profesor jefe.

02.- Entrega de informe final a las autoridades directivas – técnicas, consejo de profesores por parte del encargado

de convivencia y profesor jefe.

03.-Las autoridades directivas resuelven la situación final del estudiante y comunican al Consejo de profesores y al

monitor educacional correspondiente. Si el hecho lo ameritase podría ocasionar condicionalidad o cancelación de

matrícula.

17

Page 18: Reglamento Interno para la buena Convivencia Escolar

SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CINCHORRO

ESCUELA E-93 “PEDRO GUTIÉRREZ TORRES” EDUCACIÓN DE ADULTOS CONTEXTO DE ENCIERRO

[email protected]

Educación para la Libertad

FASE 6 CIERRE DE PROTOCOLO

01.- El profesor jefe comunica a los estudiantes involucrados el resultado final del procedimiento formativo

02.-El encargado de convivencia escolar archiva el informe final y resolución final, en carpeta de antecedentes del

estudiante causante y del afectado si correspondiera.

ART. 29 FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

01. DETECCIÓN DE LA FALTA MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ESCOLAR

02. CONVERSACION CON ESTUDIANTE PROFESOR JEFE Y/O ENCARGADO DE UTP

03. DETERMINACIÓN DE MEDIDAS FORMATIVAS ENCARGADO DE UTP

04. TRABAJO DE APOYO A ESTUDIANTE PROFESOR JEFE Y/O ENCARGADO DE UTP

05. MONITOREO PROFESOR JEFE Y/O ENCARGADO DE UTP

06. ELABORACIÓN DE BITACORA PROFESOR JEFE.

07. ELABORACIÓN Y ENTREGA DE INFORME

ESPECIAL

PROFESOR JEFE, ENCARGADO DE UTP Y/O

DOCENTES DIRECTIVOS

08. CIERRE DE PROTOCOLO DOCENTES DIRECTIVOS

TITULO XII

DE LAS CONSIDERACIONES TÉCNICAS ESPECÍFICAS

ART. 30 CONSIDERACIONES DE SANCIONES DISCIPLINARIAS, FACTORES ATENUANTES Y AGRAVANTES

a).-SANCIONES DISCIPLINARIAS

Las medidas disciplinarias en su aplicación, deben ser una experiencia capaz de contribuir en forma positiva al

desarrollo de la personalidad del alumno (a

Se aplicarán luego de una información objetiva de la falta en que haya incurrido el alumno y considerando el grado

de su gravedad. Podrán ser leves, graves, y gravísimas, tomando en cuenta o considerar los factores atenuantes o

agravantes.

b).- FACTORES ATENUANTES.

Se considerarán como causales de atenuación de la responsabilidad de la conducta asumida por el alumno(a) y por

ende, en la medida disciplinaria a aplicar las siguientes:

01.-Desarrollo mental y afectivo, circunstancias personales, sociales y familiares.

02.- Haber conservado la mayor parte de las veces buena conducta y disciplina.

03.-Reconocer y confesar la falta oportunamente.

04.- Procurar por iniciativa propia, reparar el daño o compensar el perjuicio causado.

18

Page 19: Reglamento Interno para la buena Convivencia Escolar

SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CINCHORRO

ESCUELA E-93 “PEDRO GUTIÉRREZ TORRES” EDUCACIÓN DE ADULTOS CONTEXTO DE ENCIERRO

[email protected]

Educación para la Libertad

c).- FACTORES AGRAVANTES.

Se considera como causales agravantes, la responsabilidad de la conducta asumida por el estudiante y por ende, la

medida disciplinaria aplicar será:

01.-La reincidencia de la falta que dio lugar a una medida disciplinaria.

02.- La realización del hecho en complicidad o con intervención de otros estudiantes.

03.- Cometer la falta aprovechando la confianza depositada por docentes, personal administrativo y demás

miembros de la comunidad educativa.

04.- Cometer la falta para ocultar otra.

05.- No asumir la responsabilidad personal en el hecho y/o atribuírsela a otro.

d) APLICACIÓN DE SANCIONES FORMATIVAS, RESPETUOSAS DE LA DIGNIDAD DE LAS PERSONAS Y

PROPORCIONAL A LA FALTA.

Las sanciones deben permitir que las y los alumnos tomen conciencia de las consecuencias de sus actos, aprendan

a responsabilizarse de ellos y desarrollen compromisos genuinos de reparación del daño

Para ser reparadoras, formativas y eficientes, las sanciones deben ser coherentes con la falta y siempre que un

profesor u otro miembro de la comunidad educativa la proponga tiene que fundamentarla PEDAGOGICAMENTE a

fin de que la conducta que se quiere corregir signifique para el estudiante un aprendizaje progresivo, y entienda lo

que se espera de él o ella.

Todo tipo de acción que tenga carácter de formativa conlleva también una sanción y ésta se podrá aplicar a quien

incurra en conductas contrarias a la sana convivencia escolar, especialmente en los casos de maltratos.

Una de las medidas o sanción disciplinarias que se aplicará, será la cancelación de la matrícula y se considerará en

la siguiente forma

ART. 31 CANCELACIÓN DE MATRÍCULA DEL ALUMNO(A)

Sólo podrá ocurrir cuando un alumno(a) haya incurrido en una serie de faltas graves y gravísimas y que estén en

conocimiento del profesor jefe y monitor educacional. Se solicitará por escrito información a otros profesionales

como el psicólogo y asistente social, si fuera necesario. Se realizará una reunión técnica pedagógica en caso de una

falta gravísima con todos los estamentos que correspondan, Si la falta lo es realmente gravísima, se procederá de

inmediato a la cancelación de la matrícula. El Director decidirá la medida a tomar considerando la sugerencia del

Consejo de Profesores. Se le informa a

La alumna(o) y al monitor educacional, la decisión tomada. Provocada la cancelación de la matrícula del

estudiante será comunicada al DAEM y a la Dirección Provincial de Educación, como también a la Superintendencia

de Educación Regional.

Se deja establecido sí que la cancelación de la matrícula no procederá por situaciones de rendimiento escolar,

como tampoco por problemas socio- económicos.

Antes de ser aplicada cualquiera de la medidas disciplinarias señaladas, el alumno(a) será objeto de entrevistas con

su profesor jefe, encargado de convivencia, psicólogo, y monitor educacional, Además en aquellos casos de

problemas disciplinarios que impliquen daños o destrucción de mobiliario u otro tipo de material, los gastos que

impliquen la reparación o reposición serán de cargo del alumno involucrado.

TITULO XIII

GESTIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR

ART. 32 ENCARGADO DE LA GESTIÓN DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

Existirá un encargado de Convivencia Escolar quien deberá ejecutar de manera permanente los acuerdos,

decisiones y planes del Comité de sana convivencia escolar, que investigue los casos correspondientes e informará

sobre cualquier asunto relativo a la convivencia.

19

Page 20: Reglamento Interno para la buena Convivencia Escolar

SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA CINCHORRO

ESCUELA E-93 “PEDRO GUTIÉRREZ TORRES” EDUCACIÓN DE ADULTOS CONTEXTO DE ENCIERRO

[email protected]

Educación para la Libertad

ART. 33 SERÁN FUNCIONES CONCRETAS DEL ENCARGADO DE CONVIVENCIA:

a).-Promover la participación de los distintos actores de la comunidad escolar, en el consejo escolar o Comité de

Convivencia Escolar.

b).-Disponer de las medidas sobre Convivencia Escolar que disponga el Comité de Convivencia Escolar.

c).-Elaborar un plan de Convivencia Escolar junto a otros actores que lideren el área.

d).-coordinar iniciativas de capacitación en el área.

e).-Promover el trabajo de los estamentos en la elaboración, implementación y difusión de política de prevención,

medidas pedagógicas y disciplinarias que fomenten la buena convivencia.

ART. 34 DE LA MEDIACIÓN ESCOLAR

a).-GENERALIDADES SOBRE MEDIACÓN.

La mediación escolar es un método para resolver conflictos que supone un tercero neutral que pueda ayudar a los

Disputantes de forma cooperativa de manera tal que puedan resolver el problema que los enfrenta. El clima de

colaboración debe ser creado por el mediador y esto demanda:

01.- Reducir la hostilidad

02.- Orientar la discusión de modo que se llegue a un acuerdo satisfactorio.

03.- Coordinar un Proceso de Negociación.

PARA LLEGAR CON BUENOS PROPÓSITOS A RESOLVER UN POSIBLE CONFLICTO ESCOLAR SE DEBE SEGUIR

LA SIGUIENTE PAUTA:

a) Entender los principios básicos de la mediación

b) Comenzar la discusión

c) Acumular información

d) Desarrollar la agenda y discutir la tarea.

e) Generar movimiento.

f) Resolver la disputa

g) Los conflictos en la escuela

h) Negociación y Mediación

ART. 34 ALGUNOS OBJETIVOS DE LA MEDIACIÓN ESCOLAR.

-Construir un sentido más fuerte de cooperación entre la comunidad y la escuela.

-Mejorar el ambiente en el aula al disminuir la tensión y la hostilidad.

-Desarrollar el pensamiento crítico y habilidades para la solución de problemas.

-Mejorar las relaciones entre alumno(a) y profesor(a).

-Incrementar la participación de los alumnos y desarrollar las habilidades de liderazgo.

-Resolver disputas menores entre iguales que interfieran en el proceso educativo,

-Favorecer el incremento de la autoestima de cada uno de los integrantes del grupo.

-Facilitar la comunicación y mejorar los vínculos en la vida cotidiana.

-Implementar en la escuela la mediación a cargo de un grupo de mediadores especializado es de suma

importancia, dada las circunstancias que en ella se viven.

COMUNIDAD ESCOLAR

ESCUELA PEDRO GUTIÉRREZ TORRES

20