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Avenida Arturo Prat Nº 237 Arauco – Octava Región Teléfono 41- 2552304 E Mail [email protected] www.colegioelbosquedearauco.cl Arauco 2017-2018 COLEGIO EL BOSQUE REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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Avenida Arturo Prat Nº 237 Arauco – Octava Región

Teléfono 41- 2552304 E Mail [email protected]

www.colegioelbosquedearauco.cl

Arauco 2017-2018

COLEGIO EL BOSQUE

REGLAMENTO INTERNO Y DE

CONVIVENCIA ESCOLAR

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I.- IDENTIFICACION DEL COLEGIO

NOMBRE DEL COLEGIO : COLEGIO EL BOSQUE DE ARAUCO

DIRECCION : AVENIDA PRAT 237 ARAUCO

ROL BASE DE DATOS (RBD) : 17728-8

DECRETO - RESOLUCION DE RECONOCIMIENTO OFICIAL O DE

FUNCION COOPERADOR A LA FUNCIÓN EDUCACIONAL DEL ESTADO :

“RESOLUCIÓN EXENTA Nº 1.000 DE 25 MAYO 1998”

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INTRODUCCIÓN

El presente Documento tiene un propósito fundamentalmente formativo y

orientador para favorecer la apropiación de actitudes y prácticas sociales que

favorezcan vivir en armonía al interior de la Comunidad Escolar “Colegio El

Bosque”. Por tanto, su objetivo fundamental será promover, fomentar y articular

un conjunto de acciones que favorezcan esa formación y el ejercicio de los valores

de convivencia en la cultura escolar araucana.

Siendo la convivencia escolar una política pública, constituirá nuestra gran

preocupación para que las acciones colectivas, concertadas, en función de un bien

común. La buena convivencia escolar es un factor que favorece los aprendizajes y

constituye un bien por si mismo a la vez que se enmarca en el Proyecto de

Virtudes y Formación Ciudadana que el Colegio desarrolla en sus programas de

estudio.

DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD.

Los principios rectores del presente Reglamento de Convivencia Escolar, son:

La educación como derecho de la persona a desarrollarse en plenitud.

Convivencia democrática, ética y preparatoria de ciudadanía.

Respeto y protección a la vida privada, pública y a la honra de las personas.

Igualdad de oportunidades para todos los integrantes de la comunidad

escolar.

Los principios se subordinan a un conjunto de marcos legales que les

otorgan legitimidad y obligatoriedad. Especial mención hacemos a:

- La Constitución Política de la República de Chile.

- La Declaración Universal de los derechos humanos.

- La convención sobre los derechos del niño.

- La Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza.

- Los Decretos de Educación Vigentes

- El Instructivo Presidencial sobre Participación Ciudadana.

- La Política de Participación de Padres, Madres y Apoderados en el sistema

educativo.

- Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Gestión Escolar.

- Marco Curricular vigente, para la Educación Pre-Básica, Básica y Media.

- Ley 20.845 d

- e Inclusión Escolar

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Colegio El Bosque, comunitariamente ha abordado la revisión de su

Reglamento Interno y lo ha adecuado a la normativa vigente y a los fundamentos que sostienen la actual política de Convivencia Escolar.

Los principales beneficiarios con el proyecto Colegio El Bosque, en un

ambiente de equidad, son niños, niñas y jóvenes de las localidades de: Arauco,

Laraquete, Carampangue, Ramadilla, Tubul, Llico y Punta Lavapié, todas ellas

pertenecientes a la Comuna de Arauco.

El Reglamento Interno y de Convivencia Escolar, da énfasis a la formación

humana de cada uno de los componentes de la comunidad escolar del Colegio El

Bosque, Alumnos, Padres y Apoderados y Profesores, basada en una concepción

laica del hombre, como persona, a través de una interacción e interrelación

honesta, responsable, comprometida consigo misma, transparente y solidaria,

donde los valores y virtudes sean la base para un desarrollo personal y social en

que la armonía, el progreso, el equilibrio humano y ecológico, sean garantía y

seguridad para las actuales generaciones en formación y para las futuras, de modo

que su actuación constituya un aporte positivo para la sociedad en la cual le

corresponda desenvolverse.

Este reglamento facilitará la interacción de los distintos estamentos que

conforman la comunidad escolar, permitiendo y objetivando la toma de decisiones.

Es deber de cada integrante de la Comunidad Colegio El Bosque cumplir con

las normas establecidas en el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar, de

Evaluación y Manuales de Procedimientos del Colegio.

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TITULO I

DE LOS FINES Y OBJETIVOS DEL PRESENTE REGLAMENTO

MARCO NORMATIVO – PRINCIPIOS Y SELLOS QUE RIGEN LA CONVIVENCIA

ARTÍCULO 1

El Colegio, El Bosque de Arauco, se emplaza en la comuna del mismo nombre como

una entidad de servicio, destinada a impartir educación en la jurisdicción de la Comuna de

Arauco, de acuerdo a las políticas educacionales del Gobierno de Chile y conforme a la

legislación vigente sobre esta materia.

Para el cumplimiento de sus fines, la unidad educativa se constituye en un centro que

promueve y acoge iniciativas razonables a favor del progreso de la comunidad que sirve.

En el Establecimiento, en cualquier circunstancia, primará la función pedagógica sobre

la administrativa, y se regirá por el presente Reglamento de Convivencia Interna.

El presente Reglamento Interno y de Convivencia Escolar es coherente en sus objetivos

y planteamientos con toda la normativa legal nacional e interna del Establecimiento, la que está

expresada en:

- Proyecto Educativo Institucional PEI

- Reglamento de Evaluación y Promoción de los Niveles de Educación Básica y Media

- Estatutos CGPA

- Estatutos CCAA

- Protocolo de acción para accidentes escolares

- Protocolo situaciones de embarazo, maternidad y paternidad

- Protocolo acoso escolar

- Protocolo ante situaciones de maltrato entre estudiantes

- Protocolo ante situaciones de maltrato de adulto a menor

- Protocolo salidas pedagógicas

- Plan de gestión para la convivencia escolar

- Plan Integral de Seguridad Escolar (PISE) Incluye Protocolo Primeros Auxilios

Los textos normativos antes citados constituyen anexos del presente Reglamento

Interno y de Convivencia Escolar

ARTICULO 2 PRINCIPIOS.

OBJETIVOS GENERALES

a) Orientar el desarrollo integral y armónico del alumno.

b) Contribuir a formar en los estudiantes, los valores, actitudes y hábitos que pretende la

Política Educacional vigente.

c) Proporcionarles los medios para que adquieran la cultura conveniente a sus

potencialidades, de modo que, en la medida de su desarrollo, puedan comprender sus

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propios cambios y los que se operan en el mundo actual y sean capaces de adaptarse

constructivamente a ellos.

d) Guiarlos a través del proceso educativo, para que aprendan a conocerse y apreciarse

objetivamente y logren orientar sus vidas y realizarse como individuos, en actividades

socialmente útiles, ya sea en otros niveles educacionales, en el campo del trabajo o en

grupos socioculturales.

NUESTROS SELLOS EDUCATIVOS SE RESUMEN EN:

Entregar una educación científico – humanista de calidad en todas las áreas del currículum, en

un ambiente disciplinado y sistemático con apoyo de la familia, que permita a nuestros

estudiantes proseguir con éxito estudios superiores, potenciando la enseñanza del idioma inglés

como una herramienta efectiva y eficaz de comunicación y enfatizando los valores del respeto y

la solidaridad hacia todos miembros y /o estamentos de la sociedad.

ARTICULO 3

PERFIL DEL ALUMNO

Con nuestra acción educativa, queremos formar un estudiante cuyos sellos identitarios se

demuestren en la capacidad de:

1. Aceptarse y valorarse en todos los ámbitos de su quehacer estudiantil y personal.

2. Ser tolerante e inclusivo en su actuar.

3. Expresarse creativamente aplicando sus propios estilos de aprendizaje para desarrollar al

máximo todas sus potencialidades.

4 .Adquirir conciencia del compromiso con su comunidad en la construcción de un mundo más

humano.

5. Saber valorar la oportunidad de educarse, buscando los más altos niveles académicos para así

hacerse responsable de las habilidades y talentos que posee.

6.- Apreciar y valorar con gratitud a todas y cada una de las personas de su entorno:

familiares, compañeros, profesores, personal de apoyo docente.

7.- Orientar su mirada a la excelencia, siendo exigente en las metas que se propone.

8. -Integrarse con el mundo actual, posicionado en el uso de las Tecnologías de la Información y

la Comunicación, al servicio del bien común.

9. –Emplear un marcado sentido de autocontrol, en términos de tolerar frustraciones, clarificar y

replantear metas y orientarse a ellas.

10.- Utilizar la lengua extranjera como una herramienta de comunicación efectiva y eficaz.

11.- Asumir y promover un estilo de vida saludable.

12.- Cumplir con el Reglamento de Convivencia Escolar en cada una de sus acciones,

justificando su actuar.

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ARTICULO 4

PERFIL DEL PROFESOR

El quehacer pedagógico del profesor de nuestro establecimiento se define como un

docente que:

1. Orienta y realiza sus actividades de acuerdo con las finalidades y normas generales de la

educación y las propias del establecimiento (Marco de la Buena Enseñanza).

2. Desarrolla el Programa de Estudios que le corresponde, planificando cada una de las

unidades y clases de acuerdo a los Objetivos de Aprendizaje y/o Aprendizajes

Esperados vigentes generales y de su propia asignatura procurando alcanzar siempre

niveles de excelencia.

3. Evalúa el rendimiento de los alumnos en las fechas y formas acordadas por los

organismos pertinentes.

4. Procura la integración de los contenidos programáticos de su asignatura con las de otras

disciplinas con el objeto de enriquecer el proceso educativo.

5. Aplica técnicas metodológicas recomendables para alcanzar los objetivos de su

asignatura y de acuerdo a lo determinado por la Unidad Técnico Pedagógica, con

manifiesto dominio de contenidos.

6. Se integra y participa en la creación y elaboración de proyectos e innovaciones

curriculares

7. Es consecuente en su proceder, tanto en su presentación personal, en su actuar y en su

forma de relacionarse con el alumnado, manteniendo en todo momento una postura

profesional frente a sus educandos.

8. Crea una atmósfera propicia para el aprendizaje, en donde prima en todo momento, la

disciplina dentro del aula.

9. Tiene un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria con los estudiantes y demás

miembros de la comunidad.

10. Orienta valóricamente a sus estudiantes.

TITULO II

DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

ARTÍCULO 1

El establecimiento educacional se estructurará de la siguiente manera:

a) Sostenedor

b) Jefe de Administración

c) Director

d) Jefe Unidad Técnico Pedagógica.

e) Coordinador de Ciclo.

f) Orientador

g) Inspector

h) Equipo Docente. Asistentes de la Educación.

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ARTÍCULO 2

DE LA DIRECCIÓN

La Dirección es el organismo encargado de planificar, organizar, dirigir, coordinar,

orientar, supervisar y evaluar la realización de las funciones generales del establecimiento de

acuerdo con las normas legales y reglamentarias vigentes.

DEL DIRECTOR

ARTÍCULO 3

El Director es un Docente Directivo, jefe del establecimiento, en consecuencia, es responsable

de la organización y funcionamiento del Establecimiento. Para ello, debe cumplir funciones de

carácter General, Técnicas y Administrativas.

Para el cumplimiento de su labor contará con la asesoría del Sostenedor, Jefe Técnico y el

Consejo de Profesores.

ARTÍCULO 4

Corresponde al Director:

a) Funciones de carácter general:

1. Planificar, organizar, orientar, coordinar, conducir, controlar, supervisar y evaluar las

actividades de los distintos estamentos del establecimiento con el fin de lograr los

objetivos señalados precedentemente, teniendo presente que en el establecimiento

primará la función pedagógica sobre la administrativa.

2. Respetar y hacer respetar el cumplimiento de las funciones específicas del personal,

estimulando a todos a participar en la administración del programa educativo, para lo

cual facilitará el desarrollo de labores, escuchará opiniones y sugerencias.

3. Velar por el prestigio del establecimiento y asumir su representación, promocionando la

imagen de éste en todas las organizaciones cívicas, profesionales y culturales. etc.

4. Convocar y presidir cuando corresponda, el Consejo profesores, las comisiones y otras

reuniones que se constituyan, teniendo en consideración los acuerdos adoptados para su

realización.

5. Controlar y fijar normas y criterios para la distribución horaria del personal docente y la

asignación de funciones que deberá realizar cada uno de acuerdo con el presente

reglamento.

6. Estimular y facilitar el perfeccionamiento y la capacitación del personal, siempre que no

entorpezca la marcha normal del establecimiento.

7. Proponer a las autoridades pertinentes las medidas que conduzcan al mejor cumplimiento

de los objetivos de la educación a nivel del establecimiento e informar oportunamente las

necesidades del plantel.

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8. Mantener un trato amable, respetuoso y formal con todos los estamentos de la

comunidad educativa, como también con personas externas.

9. Mantener estrecha comunicación y colaboración con la entidad sostenedora.

10. Transmitir fielmente el sentido de las decisiones tomadas en común acuerdo con la

entidad sostenedora

11. Atender, en casos calificados ,en forma prioritaria y oportuna, las situaciones y

problemas de alumnos, apoderados, personal del plantel y otros, previa constatación de

la acción ejercida por las instancias anteriores al respecto (profesor de asignatura,

profesor jefe, orientación, jefe técnico).

12. Llevar en forma personal un registro del desempeño profesional de los funcionarios del

establecimiento.

13. Delegar atribuciones en casos calificados en el Jefe Técnico, u otros, según corresponda,

en conformidad con el presente reglamento.

14. Representar al establecimiento en actividades locales, comunales y/o provinciales.

b) Funciones de carácter pedagógico

1.- Liderar, proponer, organizar e implementar con el equipo Técnico, la Función

Pedagógica del establecimiento, teniendo presente en todo momento, que esta función,

constituye la esencia del quehacer institucional.

2.-Generar propuestas y estrategias pedagógicas destinadas a mejorar resultados

3.-Supervisar la planificación, desarrollo y evaluación del proceso enseñanza-aprendizaje del

establecimiento y en este contexto le corresponderá velar por una total concordancia de este

proceso, con el Plan de Mejoramiento Educativo (PME) de acuerdo a la normativa y

requerimientos vigentes y relevando los sellos identitarios del Proyecto Educativo

Institucional (PEI)

4.-Generar instancias de encuentro colaborativo entre departamentos y/o ciclos.

5.-Preocuparse en forma preferente de los factores que determinan el rendimiento escolar.

6.-Supervisar, pedagógica, administrativa y técnicamente, aulas, terrenos, y otras

dependencias con el fin de apoyar y mejorar el proceso de enseñanza aprendizaje.

7.- Promover, construir y fortalecer relaciones de cooperación y confianza con actores

internos y externos a la organización aunando voluntades para lograr los propósitos del PEI.

Implica la habilidad de comunicarse de manera abierta, clara y congruente, respetando

puntos de vista diferentes, fomentando la convivencia y también la capacidad para negociar

y resolver conflictos.

8.-Promover instancias de encuentro con otras Instituciones, con el fin de fortalecer el

trabajo pedagógico replicando las buenas prácticas.

9.-Impulsar en el alumnado y en el cuerpo docente un clima de altas expectativas

académicas

c) Funciones de carácter administrativo

1. Firmar y autorizar el despacho de todo documento oficial, responsabilizándose de su

presentación y contenido.

2. Informar las inasistencias y atrasos del personal de su dependencia cuando corresponda.

3. Dictar resoluciones internas, previa consulta al consejo de profesores cuando

corresponda.

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4. Delegar en el Docente de nivel superior correspondiente, la representación del

Establecimiento en la comunidad, visitas, salidas a terreno, supervisión en el aula, etc.,

cuando lo estime conveniente y siempre que dicha delegación de funciones no desvirtúe

el objetivo fijado.

5. Organizar el funcionamiento del Consejo Escolar, que estará estructurado de la siguiente

manera: el Director que la preside, un representante del consejo de Profesores,

representante de CGPA, representantes del CCAA, representante de los Asistentes de la

Educación y representante del Sostenedor.

6. Orientar su acción de acuerdo al Marco para la Buena Dirección.

7. Dar Cuenta Pública de su gestión, en reunión citada expresamente, de acuerdo a la

normativa vigente.

ARTICULO 5

La subrogancia legal del cargo de Director se determinada por el representante legal de la

Sociedad Educativa El Bosque Ltda.:

ARTÍCULO 6

DE LA UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA

La Unidad Técnico Pedagógica es la responsable del desarrollo de todas las actividades

curriculares y evaluativas del establecimiento, le corresponde por tanto programar, organizar,

supervisar y evaluar estos procesos. Estará dirigida por el Jefe de la Unidad Técnica.

ARTÍCULO 7

Son funciones de la Unidad Técnico Pedagógica:

1. Dirigir la planificación y organización de los contenidos programáticos que permitan

la organización del proceso enseñanza- aprendizaje.

2. Supervisar el desarrollo de los contenidos programáticos, adecuándolos con criterio

de flexibilidad curricular, y dar el apoyo correspondiente a los profesores de

asignatura.

3. Confeccionar los horarios sistemáticos y de colaboración siguiendo las directrices de

la Dirección.

4. Promover la aplicación de medios, métodos y técnicas de enseñanza que aseguren

con efectividad, el aprendizaje de los educandos, dando, además, apoyo a los

departamentos de asignaturas.

5. Velar por el mejoramiento del rendimiento escolar impulsando planes y programas

especiales de reforzamiento, y lograr paulatinamente, una educación más

centrada en la persona.

6. Planificar, desarrollar y evaluar planes y/o programas complementarios.

7. Participar en la Cuenta Pública, desde la gestión pedagógica.

8. Realizar su labor, recogiendo las orientaciones del Marco para la Buena Enseñanza.

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DEL JEFE DE LA UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA

ARTÍCULO 8

El Jefe de la Unidad Técnica Pedagógica es el Profesional de nivel Superior encargado de

dirigir la programación, organización, supervisión y evaluación del currículo;

comprendiendo el desarrollo del programa de Estudio, actividades de orientación,

metodologías, evaluación, actividades de colaboración informática, medios audiovisuales y

biblioteca. Investigación pedagógica y coordinación de procesos de perfeccionamiento

docente y otras análogas que por decreto reconozca el Ministerio de Educación.

ARTÍCULO 9

Corresponde al Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica:

1. Asesorar a la Dirección del establecimiento en materias de su competencia.

2. Dirigir, organizar, coordinar, supervisar y evaluar las actividades curriculares, velando

por que los objetivos de la unidad educativa se cumplan.

3. Supervisar y evaluar el desarrollo de los Programas Anuales, sugiriendo readecuaciones

cuando corresponda.

4. Responsabilizarse porque la biblioteca técnica mantenga todos los Planes y Programas

de estudios vigentes que correspondan al Establecimiento y velar para que todos los

docentes los conozcan, como así mismo, que toda la información pedagógica emanada

de las autoridades educacionales llegue oportunamente a ellos.

5. Impulsar la aplicación de nuevos métodos y técnicas de enseñanza que hayan sido

probados por organismos o entidades competentes, que cuenten con la anuencia de la

Secretaría Ministerial de Educación y de acuerdo con la realidad del establecimiento.

6. Dirigir la organización, programación y desarrollo de las actividades de evaluación del

proceso enseñanza de aprendizaje.

7. Velar por el mejoramiento del rendimiento escolar e impulsar planes definidos de

reforzamiento a favor del alumnado y en coordinación con los Consejos de Profesores de

curso, niveles y Departamentos de asignaturas.

8. Impulsar el incremento de material didáctico disponible y su adecuada utilización por

parte de profesores y alumnos.

9. Visitar, aulas, talleres y otras dependencias en función del mejoramiento del proceso de

enseñanza aprendizaje.

10. Velar porque se desarrolle una efectiva orientación educacional, vocacional y

profesional cuando corresponda.

11. Dirigir y evaluar las actividades de orientación.

12. Supervisar el funcionamiento de la Biblioteca y la Sala de Computación.

13. Supervisar y controlar la elaboración, aplicación y evaluación de los Exámenes de

Validación de Estudios, de Equivalencia con fines laborales y de Admisión cuando

corresponda en conformidad con la legislación vigente.

14. Orientar, supervisar y evaluar el desarrollo de las actividades de colaboración que le

correspondan a su unidad.

15. Controlar y supervisar el cumplimiento de horarios y puntualidad en el desarrollo de las

actividades programadas.

16. Velar por la conservación de dependencias, mobiliarios y material de enseñanza que le

corresponda.

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17. Revisar personalmente o por delegación, en funcionarios especializados de su Unidad,

los libros de clases, formulando observaciones a los docentes afectados y, en casos de

reincidencia informar por escrito a la Dirección.

18. Promover el mejoramiento del proceso de enseñanza de aprendizaje a través del

perfeccionamiento del personal y docente de Unidad a su cargo, con una adecuada

coordinación de este proceso.

19. Supervisar el cumplimiento de los horarios de clases y de colaboración.

20. Proponer para su resolución, el Calendario de Efemérides anual y velar por su

cumplimiento.

21. Preocuparse, con los otros miembros de la Unidad, del rendimiento y proyectar

actividades que tiendan a la superación colectiva e individual de las diferentes disciplinas.

ARTICULO 10

UNIDAD DE ORIENTACIÓN

La Unidad de Orientación es la responsable del desarrollo de todas las actividades que se

realicen en los Consejos de cursos, Orientación y Jefaturas de Cursos, también es la encargada

de atender las situaciones de los alumnos con dificultades en sus procesos de aprendizajes y/o

conductuales. Le corresponde programar, organizar, supervisar y evaluar todos estos procesos.

Estará dirigida por el Orientador.

El Orientador asume el nombramiento como encargado(a) de Convivencia Escolar en el

Establecimiento.

ARTÍCULO 11

Son funciones del Orientador:

1. Dirigir la planificación y organización de los contenidos programáticos que permitan la

organización de los objetivos fundamentales transversales.

2. Supervisar el desarrollo de los contenidos programáticos de orientación y consejo de

curso, adecuándolos con criterio de flexibilidad curricular; según el nivel, y dar el

apoyo correspondiente a los profesores jefes.

3. Apoyar en la confección de los horarios sistemáticos y de colaboración siguiendo las

directrices de la Dirección.

4. Promover la aplicación de medios, métodos y técnicas de enseñanza que aseguren con

efectividad, el aprendizaje y formación valórica de los educandos, fortaleciendo las

labores inherentes del profesor jefe, para ello convocará al menos una vez al mes a

reuniones de coordinación por ciclo a las jefaturas correspondientes.

5. Dirigir la organización, programación y desarrollo de las actividades del proceso de

enseñanza-aprendizaje en el subsector de Orientación y Consejo de Curso.

6. Velar por el mejoramiento del proceso de formación humana impulsando planes y

programas especiales de atención grupal y personificada.

7. Planificar, desarrollar y evaluar programas complementarios, que refuercen el proceso

de formación humana.

8. Participar en la Cuenta Pública y Orientación.

9. Planificar, desarrollar y evaluar programas de atención y seguimiento de casos.

10. Asesorar al CCAA.

11. Velar porque se desarrolle una efectiva orientación educacional, vocacional,

profesional cuando corresponda.

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12. Realizar su labor, recogiendo las orientaciones del Marco para la Buena Dirección.

13. Proponer y/o dirigir Consejo de profesores de Orientación.

14. Proponer temas a tratar en reuniones de apoderados y/o asambleas generales.

15. Desarrollar su gestión en forma colaborativa con UTP e Inspectoría respetando las

funciones y roles específicos de cada área. Informando a Equipo de Gestión

periódicamente.

DEL INSPECTOR

Velará por el desarrollo integral de los alumnos de la comunidad educativa en su calidad

de docente; incorporando el desarrollo de valores y hábitos en la misma, realizando funciones

complementarias a la labor educativa, dirigida a desarrollar, apoyar y controlar el proceso de

enseñanza-aprendizaje en un ambiente de sana convivencia escolar según lo establecido en

reglamento de convivencia escolar y todas las normativas y protocolos asociados.

El Docente que asume la función de inspectoría, desarrolla su gestión en forma

colaborativa con UTP y Orientación respetando las funciones y roles específicos de cada área.

Recibirá indicaciones y dará cuenta permanente a la Dirección del Establecimiento.

Mantener la Convivencia

Escolar

1. Conocer y hacer cumplir el reglamento de convivencia escolar,

dentro del Colegio.

2. Velar por el orden y disciplina, de manera permanente, en

situaciones tales como; la entrada y salida al recinto educacional,

recreos, actos, entre otros.

3. Resguardar que el alumnado se encuentre dentro del aula en las

horas que corresponden a la realización de las clases.

4. Resguardar la disciplina de los cursos en los que se encuentre

ausente el profesor.

5. Supervisar a los alumnos en todos los espacios del

establecimiento, tales como; servicio higiénico, espacios

apartados, entre otros; especialmente en horas de recreo.

6. Informar a UTP – Dirección u orientación cuando un curso se

encuentre sin atención de un docente.

7. Interpretar y aplicar las sanciones correspondientes, respecto a

las faltas que comete el alumnado, guiándose por el Reglamento

Interno y de Convivencia Escolar de Colegio El Bosque

8. Derivar los casos disciplinarios que no se encuentran

contemplados en el reglamento de convivencia escolar al Comité

de Convivencia escolar.

9. Coordinar atención de alumnos con la Orientadora o Unidad

Técnica según corresponda a la naturaleza de la situación.

10. Atención de apoderados que concurran a formalizar sanciones

disciplinarias.

1. Inculcar a los alumnos hábitos sociales (autocuidado), tales

como la limpieza, el orden, la responsabilidad, el respeto, entre

otros; con el fin de mantener la convivencia escolar dentro del

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Educar y Formar

Transversalmente

Colegio

2. Difundir las normas y reglas (instrumentos de gestión) del

recinto educativo a los alumnos, con el fin de promover los

hábitos que allí se establecen.

3. Difundir las sanciones que son necesarias cuando no se

cumplen los hábitos que se definen dentro del Reglamento de

Convivencia Escolar.

4. Inculcar y reforzar valores sociales, orientándolos a las

acciones diarias dentro del Colegio

5. Disipar dudas del alumnado respecto a las acciones correctas e

incorrectas que se ejercen en convivencia con otros.

6. Controlar que se cumpla con los hábitos de higiene personal y

ornato necesarios según los estándares definidos por el

establecimiento educacional.

7. Prevenir que los alumnos no porten elementos que atenten en

contra de su propia seguridad y la de otros.

Resguardar la Integridad de

los Alumnos

1. Mediar en las situaciones de conflicto entre alumnos que se

produzcan dentro del establecimiento.

2. Informar a Dirección y/o orientación cuando se observen

situaciones que puedan ser tipificadas como acoso escolar.

3. Resguardar la integridad de los alumnos más pequeños dentro

de los patios, al relacionarse con los alumnos de cursos más

avanzados.

4. Resguardar la entrada y salida de los alumnos en cada jornada

de clases.

5. Aplicar las normas de seguridad ante las situaciones de

emergencia, resguardando la integridad de los alumnos.

6. Encargarse del retiro de los alumnos en horarios excepcionales

Comunicación

1. Expresar las ideas en forma eficaz en situaciones individuales y

grupales (incluyendo el uso adecuado de la comunicación no

verbal); ajustar el lenguaje o la terminología a las características y

las necesidades de alumnos y apoderados, entregando

eficazmente el mensaje.

2. Utilizar un lenguaje cercano que promueva el diálogo.

3. Entregar a los alumnos las razones por las cuales es necesario

cumplir las normas disciplinarias, más allá de imponer autoridad

sin que estos comprendan el sentido de ellas.

4. Escuchar las necesidades de los alumnos y apoderados

5. Retroalimentar positivamente a los alumnos, potenciando sus

habilidades personales.

Confianza

1. Capacidad de ser percibidos y valorados por otros como una persona que cumple los compromisos y responsabilidades

asumidas, que genera un clima que propicia la apertura y

participación.

2. Capacidad para empatizar con los alumnos y apoderados

3. Tratar a los alumnos con respeto en todas las condiciones que

se interactúe con ellos.

4. Contener emocionalmente a los alumnos que requieren de un

adulto al que valoren y consideren.

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5. Atender a las necesidades emocionales de los alumnos,

desarrollando vínculos profesionales.

6. Generar un ambiente en el cual sea posible que el alumno logre

poner de manifiesto sus ideas sin temor.

Manejo de Conflictos

1. Tratar eficazmente las situaciones de enfrentamiento con otras

personas; usar estilos y métodos interpersonales adecuados para

reducir las tensiones o conflictos entre dos o más individuos.

2. Identificar el conflicto, participantes, implicancias y desarrollo.

3. Otorgar opciones para llegar a un acuerdo entre los alumnos,

cuando se producen situaciones de conflicto.

4. Resaltar las posiciones de los distintos actores que participan

en el conflicto y validarlas.

5. Identificar la razón del conflicto y actuar sobre ellas.

6. Promover un diálogo respetuoso donde se consideren las

opiniones del otro.

7. Mediar entre las diversas posturas.

Labores Administrativas

1. Inspeccionar que las salas clases cuenten con las condiciones

necesarias para impartir las actividades docentes.

2. Verificar la asistencia de los alumnos a clases de forma regular

al recinto educacional, de lo contrario informar a quienes

corresponda para tomar las acciones correspondientes.

3. Informar del cumplimiento del horario de clases de acuerdo a

las políticas internas.

4. Prestar apoyo a situaciones de índole conductual, entre

alumnos y hacia los profesores, que se den dentro de la sala de

clases.

5. Entregar la información necesaria que emane desde la

dirección, respecto a cualquier acontecimiento que deba ser

informado a toda la comunidad escolar.

6. Informar sobre el deterioro de los materiales que son

necesarios para el proceso educativo dentro del establecimiento y

que no se encuentren en las condiciones idóneas, en el ámbito de

su accionar.

7. Mantener el registro de los atrasos de los alumnos. Comunicar

a los apoderados y sancionar de acuerdo a reglamento interno

8. Otorgar información, tanto presencial como por informes, del

historial disciplinario del alumno a quien lo requiera, de acuerdo

a los protocolos estipulados por el Colegio

9. Mantener registro de comunicación enviadas por apoderados

que revistan un carácter excepcional (salud – familiar- etc) e

informar a los estamentos correspondientes siguiendo conductos

regulares.

10. Registrar dentro del historial del alumno, las condiciones

médicas excepcionales que le impidan llevar a cabo alguna

actividad dentro del recinto escolar.

11. Conocer los procedimientos y normativas de la mantención de

los libros de clases.

12. Revisar los libros de clases diariamente haciendo cumplir con

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las firmas, registros de inasistencias, asistencia total, atrasos y

observaciones. Revisar el registro de subvención (Llevar un

control de incumplimientos informando diariamente a dirección)

13. Atención de cursos en ausencia del docente titular.

ARTÍCULO 12

DE LA DOCENCIA

DE LA DOCENCIA PROPIAMENTE TAL

La Docencia es la función de carácter profesional de nivel superior, que se realiza en el

establecimiento, para dar cumplimiento al proceso de Enseñanza Aprendizaje, en

conformidad con los Fines y objetivos de la Educación Chilena y con los objetivos

específicos de la Comuna y de cada Establecimiento.

El sujeto de la educación es el alumno, y por lo tanto, es el receptor de la enseñanza, la que

se logra a través de los siguientes organismos del plantel que inciden especialmente en su

formación.

DEL PROFESORADO

ARTÍCULO 13

El profesor es el responsable de orientar e impartir la enseñanza en conformidad con las

finalidades generales de la educación y específicas del establecimiento. Posibilitará la

participación y autonomía en el ejercicio de la función docente de acuerdo a lo estipulado en los

artículos N°14 y 16 de la Ley 19070. (Estatuto Docente).

Su labor comprende dos aspectos: asignatura propiamente tal y jefatura de curso.

Funciones del Profesor

1. Orientar y realizar sus actividades de acuerdo con las finalidades y normas generales de la

educación. Y las propias del establecimiento (Marco de la Buena Enseñanza).

2. Apropiarse de los objetivos de aprendizaje y/o aprendizaje esperados de su especialidad

con la finalidad de alcanzar niveles de excelencia.

3. Desarrollar el Programa de Estudios que le corresponde, planificando cada una de las

unidades y clases de acuerdo a los Objetivos de Aprendizaje y/o Aprendizajes Esperados

vigentes. 4. Evaluar el rendimiento de los alumnos en las fechas y formas acordadas por los

organismos pertinentes.

5. Procurar la integración de los contenidos programáticos de su asignatura con las de potras

disciplinas con el objeto de enriquecer el proceso educativo.

6. Aplicar técnicas metodológicas recomendables para alcanzar los objetivos de su

asignatura y de acuerdo a lo determinado por la Unidad Técnico Pedagógica, con

manifiesto dominio de contenidos y del grupo curso.

7. Velar por la formación de la personalidad del alumnado.

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8. Promover a través de su asignatura una orientación vocacional permanente.

9. Registrar oportuna y adecuadamente en los libros y documentos la asistencia,

rendimiento, materias, aspectos conductuales y demás datos que fueren necesarios en un

Archivo de Registro.

10. Responsabilizarse de los aspectos disciplinarios del curso durante el desarrollo de sus

clases.

11. Velar por el buen estado, uso, mantención y custodia del mobiliario, de los elementos y

material de enseñanza de su departamento y del establecimiento.

12. Participar en las actividades educativas, paraacadémicas, extraprogramáticas y

extraescolares, que le corresponda realizar conforme al Plan Operativo del

establecimiento.

13. Integrarse y participar en los Consejos de Profesores, Reuniones Técnicas, Asesorías y

Comisiones de Trabajo, responsabilizándose de la discreción de los temas tratados.

14. Integrar y cumplir las comisiones y cometidos que le encomiende la Dirección, y los otros

organismos del establecimiento que corresponda.

15. Cumplir las normas administrativas y contempladas en el presente reglamento y en la

legislación vigente.

16. Colaborar con el establecimiento en las actividades ordinarias cuando circunstancias

especiales requieran del apoyo de sus servicios.

17. Participar en aquellos estudios y actividades que tiendan a su perfeccionamiento

profesional.

18. Integrarse y participar en la creación y elaboración de proyectos e innovaciones

curriculares.

19. Mantener comunicación permanente con los Padres y Apoderados de sus alumnos,

proporcionándoles información sobre el desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje

y orientación de sus hijos o pupilos.

20. Ser consecuente en su proceder, tanto en su presentación personal, en su actuar y en su

forma de relacionarse con el alumnado, manteniendo en todo momento una postura

profesional frente a sus educandos.

21. Crear una atmósfera propicia para el aprendizaje, en donde prime en todo momento, la

disciplina dentro del aula.

22. Informar oportunamente al Profesor Jefe acerca de conductas inadecuadas de sus

estudiantes, dejando constancia en el libro de clases de dicha situación, la cual deberá

llevar la firma de ambos docentes. Posteriormente, profesor jefe debe trabajar con

Orientador en un plan formativo dicha conducta inapropiada.

23. Motivar a los estudiantes, haciéndoles comprender la importancia práctica de la disciplina

que imparte.

24. Asegurarse de que los alumnos se encuentren realizando actividades en todo momento de

la clase, a modo de evitar “tiempos muertos”.

25. Confeccionar y revisar guías, pruebas y otros instrumentos de evaluación en horarios

exclusivos de planificación.

26. Recabar la información de acuerdos tomados en Consejo de Profesores cada vez que el

docente no asista a dicho Consejo.

27. Hacerse cargo del curso inmediatamente al toque de campana, ya que la responsabilidad

del profesor con sus alumnos comienza en ese momento.

28. Cumplir con las fechas programadas y/o establecidas por el equipo técnico y de gestión

escolar.

29. Informar a profesor jefe de conductas inadecuadas de los estudiantes que sean observadas

tanto dentro como fuera del establecimiento educacional. Dejar registro escrito en hoja en

Bitacora existente en Orientación, firmada por ambos.

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30. Participar en Consejo de Evaluación, aportando desde su especialidad y nivel,

directrices de mejoras que sean significativas para toda el área.

31. Tener un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria con los estudiantes y demás

miembros de la comunidad.

32. Orientar valóricamente a sus estudiantes.

33. Adhesión al PEI del Colegio

34. Proponer las iniciativas que estime útil para el progreso del establecimiento, en los

términos previstos por la normativa existente.

ARTÍCULO 14

De la Relación Profesor – Alumno

1. La relación profesor – alumno debe ser estrictamente en el plano profesional, es decir el

profesor no debe entablar relaciones de amistad o de otro tipo con sus alumnos.

2. El profesor que participa en redes sociales deberá excluir a sus alumnos de ellas.

3. En la relación alumno – profesor el lenguaje verbal debe ser formal; incluye esto que el

trato sea siempre de “ ud.” excluyendo groserías y/o o lenguaje soez.

4. El lenguaje corporal debe ser delicado, amable y formal.

5. El profesor deberá usar un tono de voz firme, con inflexiones adecuadas, lo suficientemente

alto para que todos sus alumnos lo escuchen evitando gritar,

6. Frente a situaciones complejas, el profesor debe mantener el control, actuando con

prudencia, templanza, liderazgo etc. según corresponda.

7. Ejercer sobre sus alumnos un trato justo, objetivo, uniforme, sin arbitrariedades ni

preferencias.

8. Desde el momento que inicia la clase hasta que termina deberá ceñirse a dictar su

asignatura, sin alusiones a su vida personal.

ARTÍCULO 14

Al Profesor Jefe le corresponde

1. Velar por el bienestar, orientación, rendimiento y comportamiento de los alumnos de su

curso, estimulando formas de conductas deseables.

2. Organizar y asesorar todas las actividades de Consejo de Curso y Orientación de Grupo,

de acuerdo a los principios educacionales que rigen la vida estudiantil y las normas

vigentes emanadas desde el área de Orientación del Colegio.

3. Estructurar los Consejos de Curso con una doble organización: la administrativa;

liderada por los estudiantes a través de su directiva supervisada por el profesor jefe, y la

formación valórica dirigida por el mismo docente , de tal forma que se logre prevenir y/o

revertir situaciones problemáticas que afecten a todo el curso.

4. Estudiar los casos problemas de su curso, derivándolos al Orientador determinando en

conjunto el tratamiento más conveniente a seguir.

5. Informar a Equipo de Gestión; vía correo electrónico, acerca de la participación de sus

alumnos en actividades comunitarias.

6. Velar por el rendimiento de los alumnos de su curso, procurando su mejoramiento

mediante un seguimiento y atención personal y oportuna.

7. Gestionar reuniones con docentes de su curso; en forma conjunta con orientador,

inspector y/o área técnica, cuando existan situaciones que lo ameriten.

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8. Analizar en el Consejo de Profesores, el comportamiento y rendimiento escolar,

examinando los casos especiales a fin de determinar el tratamiento adecuado en

concordancia con la Unidad Técnico Pedagógica.

9. Preocuparse del bienestar individual de sus alumnos, buscando recursos extraordinarios

si fuera necesario.

10. Organizar y asesorar el Microcentro de Padres y Apoderados de su curso de acuerdo al

reglamento.

11. Mantener contacto permanente con los Padres y Apoderados para informarles de la

puntualidad, asistencia, comportamiento y rendimiento de sus hijos. Realizar reuniones

de microcentro mensualmente y atender en forma individual a los padres para tratar

casos específicos de sus pupilos en los tiempos acordados para estos fines.

12. Recibir y tramitar solicitudes presentadas por padres, apoderados y alumnos sobre

situaciones especiales atingentes a la vida escolar.

13. Confeccionar a comienzos del año escolar el panorama del curso efectuando un

diagnóstico de la realidad socioeconómica, biológica y pedagógica del alumnado,

requiriendo la asesoría de otros profesionales si fuera necesario.

14. Presentar al Consejo de Profesores el Informe de los Rasgos de personalidad de los

alumnos, tomando como base los antecedentes de los Registros respectivos.

15. Confeccionar los Certificados de Notas, Informes Escolares, Actas, Planillas y otros

documentos que le correspondan. No obstante, la Dirección del establecimiento podrá

delegar esta función en otro funcionario.

16. Informar semestralmente y/o trimestralmente; según sea el caso, en los Consejos de

Evaluación la labor realizada por el curso y anualmente la evaluación final.

DE LOS CONSEJOS DE PROFESORES

ARTÍCULO 15

Los Consejos de Profesores son organismos de carácter consultivo y/ o resolutivo asesores

de la Dirección.

Estarán presididos por el Director, o por el funcionario que él designe.

En estos organismos se expresará la opinión profesional de sus integrantes.

El establecimiento podrá tener los siguientes tipos de Consejos:

- Consejo General de Profesores

- Consejos Técnicos

- Consejo de Profesores Jefes.

- Consejo de Profesores de Curso.

ARTÍCULO 16

El Consejo General de Profesores estará formado por todos los docentes del plantel. Será

presidido por el Director quien podrá delegar esta función en el docente que el designe.

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ARTÍCULO 17

Corresponde al Consejo General de Profesores:

1. Participar con carácter consultivo en el diagnóstico, planificación y ejecución de las

actividades de la Unidad Educativa, y proponer las sugerencias que estime convenientes.

2. Proponer e impulsar medidas que promuevan la optimización del proceso educativo.

3. Encauzar la participación de los profesionales en el cumplimiento de los objetivos y

programas educacionales de alcance nacional o comunal y en el desarrollo del Proyecto

Educativo del establecimiento.

4. Promover el mejoramiento de la enseñanza, y el bienestar de los alumnos y funcionarios

a través los organismos que correspondan.

5. Resolver en materias técnico-pedagógicas, en conformidad al proyecto educativo del

establecimiento y su reglamento interno.

6. Aprobar las actas de reuniones tomadas por la Secretaria de Consejo.

7. Participar con carácter consultivo en la evaluación de las actividades de la unidad

educativa.

8. Elegir de entre sus pares al representante para Consejo Escolar.

9. Elegir de entre sus pares al representante para el Comité de Convivencia Escolar

DEL CONSEJO DE PROFESORES (AS) JEFES (AS).

ARTÍCULO 18

El Consejo de Profesores(as) Jefes(as), estará constituido por todos los profesores(as)

jefes(as) del establecimiento, el Jefe Técnico y/o Coordinadores de ciclo, el Orientador y el

Director de ser necesario.

El Director podrá delegar la presidencia de este Consejo, en otro docente directivo o

en un (a) profesor (a) jefe (a).

ARTÍCULO 19

Corresponde al Consejo de Profesores (as) jefes (as):

1. Impulsar y coordinar el desempeño de los profesores jefes del establecimiento.

2. Organizar y coordinar la acción educativa de los diversos profesores, para facilitar la

formación de hábitos, aptitudes y valores comunes, colectivos e individuales.

DEL CONSEJO DE PROFESORES (AS) DE CURSO

ARTÍCULO 20

El Consejo de Profesores (as) de Curso, estará constituido por los profesores de un

mismo curso, la Directora y la Jefa de la Unidad Técnica.

La Directora podrá delegar la presidencia de este Consejo en otro docente directivo o en

el profesor (a) jefe (a) del curso.

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ARTÍCULO 21

Corresponde al Consejo de Profesores (as) de Curso:

1. Analizar las características generales del curso, y los casos individuales que el (la)

Profesor (a) Jefe (a) presente o que el Consejo requiera, y proponer las alternativas de

solución.

2. Organizar y coordinar la acción de los diferentes profesores del curso, para que haya

comunidad de objetivos y procedimientos entre ellos.

3. Analizar el rendimiento del curso y arbitrar los medios para aumentar la eficiencia de la

enseñanza y del aprendizaje.

4. Analizar el comportamiento de los alumnos del curso, y determinar el tratamiento en

cada caso, con la asesoría del Jefe Técnico.

5. Estudiar los problemas de desadaptación al medio escolar de algún alumno o grupo de

alumnos, que afecten a la totalidad del establecimiento, y proponer medidas para darle la

solución más adecuada de acuerdo al Reglamento Interno y de Convivencia Escolar.

6. Analizar los rasgos de personalidad de los alumnos para confeccionar el Informe de

Desarrollo Escolar.

ARTÍCULO 22

Grupos de Trabajo técnico, en el contexto formativo

Consiste en:

1. Una estrategia de espacio-tiempo profesional docente para el rediseño de sus prácticas de

enseñanza y, en consecuencia mejorar la calidad de los aprendizajes.

2. Un nuevo tipo de aprendizaje docente en servicio.

3. Un espacio de reflexión pedagógica orientada al cambio de las prácticas de enseñanza.

4. Una comunidad de profesionales que analiza las propuestas y contenidos de diversos

materiales curriculares, planes y programas de estudio, módulos didácticos, textos de

estudio, páginas didácticas, entre otros, con el fin de promover y sostener un proceso

continuo en las prácticas.

Se proponen como objetivos:

1. Desarrollar una instancia de reflexión sobre las prácticas pedagógicas objetivándolas con

la finalidad de mejorar los procesos de enseñanza y de aprendizaje en el aula, a través de

diversificar las formas de enseñar y evaluar.

2. El uso de los recursos de aprendizaje en la modificación de las prácticas de enseñanza

para entender los diversos estilos de aprendizaje de los alumnos y alumnas y a los

diferentes tipos de inteligencia.

3. La actualización de conocimientos pedagógicos-disciplinarios y actualización

tecnológica.

4. Las formas de organizar y enriquecer la interacción en el aula que permita instalar un

proceso gradual de mejoramiento de los aprendizajes.

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DEL PERSONAL NO - DOCENTE

ARTÍCULO 23

Del personal Paradocente:

Como principal tarea les corresponde brindar apoyo y colaboración a los docentes y

administrativos en sus respectivas funciones. Deben además:

1. Participar en las acciones educativas de los alumnos y orientarlos en su conducta y

actitudes, de acuerdo con las normas existentes en el Establecimiento.

2. Mantener la disciplina y presentación personal del alumno dentro y fuera del

establecimiento y del cumplimiento del reglamento interno del establecimiento.

3. Estimular en los alumnos el cuidado de las dependencias del Establecimiento, dando

cuenta a la instancia superior (administradora) de sus observaciones.

4. Apoyar las actividades extraescolares.

5. Controlar el cumplimiento de los alumnos en los siguientes aspectos de: asistencia,

atrasos, comunicaciones, justificativos, participaciones y compromisos con el

establecimiento.

6. Preocuparse en forma prioritaria de la atención de los alumnos accidentados y enfermos.

7. Prestar la atención debida a padres, alumnos y funcionarios cuando le corresponda.

8. Llevar al día la documentación que se le asigne según normas del servicio y las

emanadas de la Dirección.

9. Responsabilizarse de la conservación y buen funcionamiento de máquinas y elementos a

su cargo.

10. Cumplir con turnos, comisiones y cometidos que le asigne la autoridad competente.

DEL PERSONAL AUXILIAR

ARTÍCULO 24

El personal Auxiliar es el encargado de vigilar, asear, cuidar, mantener y reparar el

local, mobiliario, enseres e instalaciones del plantel y colaborar en las actividades que en él se

realicen. Su dependencia directa es del(a) Administrador(a) de establecimiento.

ARTÍCULO 25

Corresponde a los Auxiliares:

1. El aseo, cuidado y vigilancia de las oficinas, salas, talleres, comedor, cocinas y sus

menajes, dependencias, etc.

2. Desempeñar cuando se le asigne las funciones de portería, debiendo informar los hechos

importantes que se produzcan e informar oportunamente si el hecho requiere solución

inmediata.

3. Retirar, repartir y franquear mensajes, correspondencia y otros, obteniendo la firma de

destinatarios y responsabilizándose de su cometido.

4. Ejecutar las reparaciones básicas, restauraciones, transformaciones e instalaciones en el

establecimiento y que determinen las autoridades respectivas.

5. Cuidar y responsabilizarse del uso y conservación de herramientas, maquinarias y útiles

que se le hubieran designado.

6. Dar cuenta de inmediato, a la Administración y/o, de los daños detectados en las

dependencias del establecimiento.

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TITULO III

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO: PROCESO DE ADMISIÓN, USO DE

UNIFORMES, HORARIOS, ENTRE OTROS.

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1:

La difusión del Reglamento Interno y de Convivencia del año 2017-2018, será dada a conocer a

los Padres y Apoderados a través de:

- Página WEB del Establecimiento

- Reuniones de Microcentro

- Entrega de un ejemplar impreso en el momento de la matrícula.

Artículo 2 : Todo alumno o alumna que se matricule en este establecimiento será considerado como sujeto

de formación y receptor de conocimientos. Asimismo, tendrá derecho a proseguir sus estudios

toda vez que cumpla con lo establecido en las normas que orientan este Colegio.

Al solicitar matrícula para su pupilo, el apoderado acepta las disposiciones reglamentarias

vigentes del Ministerio de Educación y las Normas Internas de la vida escolar de Colegio El

Bosque, comprometiéndose a colaborar también en el hogar con la educación impartida por éste.

Es deber de los apoderados cumplir con los compromisos derivados de Financiamiento

Compartido del Colegio en las fechas pactadas en el Contrato de Prestación de Servicios

Educacionales.

2.1 DE LA ADMISION DE ALUMNOS NUEVOS

2.2 El proceso de admisión de nuevos alumnos se realiza el mes de octubre de cada año.

2.3 El proceso de Admisión se realiza con estricto apego a lo que determina el Ministerio de

educación – Superintendencia de Educación – Ley 20.485/2015

Las especificaciones se darán a conocer públicamente a través de la página WEB y fichero del

Establecimiento para asegurar total transparencia e igualdad de oportunidades.

2.4 El Apoderado deberá comunicar a la Dirección, por escrito y con la debida anticipación, el

retiro de su pupilo.

2.5 El alumno que se retira o egresa del Colegio deberá devolver el material escolar facilitado

por el Establecimiento, antes de recibir su Certificado de Estudios y demás documentos

Artículo 3 :

El Colegio impartirá Enseñanza Básica y Media en la modalidad Humanístico-Científico.

El número de alumnos por curso está determinado por la capacidad de las salas; la que en

promedio es de 34 alumnos.

Artículo 4 :

El alumno; de acuerdo con la normativa vigente, podrá repetir al menos una vez en Enseñanza

Básica y una vez en Enseñanza Media.

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Artículo 5: Es deber del alumno portar siempre la Agenda Escolar, como medio de comunicación apoderado

– Colegio y viceversa.

Artículo 6 :

Serán los padres quienes determinarán al momento de la matrícula si sus hijos recibirán clases

de religión y cuál de éstas. Firmarán una constancia que se archivará en el expediente del

alumno(a).

TITULO IV

FUNCIONAMIENTO OPERATIVO

Artículo 1: Del Funcionamiento:

1.1.Horarios :

El Colegio El Bosque desarrolla sus actividades académicas en jornada escolar completa:

Mañana: 08: 00 a 13.00 horas.

Período de almuerzo: 13.00 a 14.30 horas.

Tarde: 14.30 a las 17:45 horas

NOTA:

1) Los alumnos deben retirarse del Colegio una vez terminada su jornada escolar.

2) Los apoderados no pueden traspasar el hall de entrada, sin previa autorización de

secretaria.

3) Cuando el apoderado concurra a reunión deberá hacerlo sin la compañía de menores.

4) No está autorizada la entrega de materiales a los estudiantes en la jornada de clases.

1.2. Horario de justificativos:

Inasistencias: 14:30 a 17:45 horas.

Atrasos durante: Toda la jornada.

Retiro de alumnos: Durante toda la jornada (exceptuando los periodos de

recreo) Sólo por uno de los dos apoderados registrados al matricular, o persona autorizada con

poder simple.

1.3. Entrevistas de Apoderados:

Cada profesor tiene un horario asignado para entrevista de apoderados, el cual es dado a conocer

en el mes de marzo por la Dirección del Colegio. El interesado que desee una entrevista la

solicitará por escrito, a lo menos, con 24 horas de antelación. Los temas tratados, acuerdos,

observaciones y conclusiones deberán quedar por escrito y firmadas por el Profesor y

Apoderados en el acta de entrevistas del curso al cual pertenece el alumno.

1.4. Funcionamiento Biblioteca :

Alumno: Durante toda la jornada escolar.

Profesores: Durante toda la jornada escolar.

1.5. Sala de Computación :

Alumnos: Durante los horarios asignados a cada curso y en

aquellos períodos especiales definidos por el Profesor Encargado del Laboratorio de

Computación.

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Profesores: Durante los períodos solicitados al Profesor

Encargado de computación, no podrá concurrir más de un curso, a la vez, a la sala de

computación.

1.6. Laboratorio de Ciencias:

Alumnos: Durante los horarios asignados a cada curso y en

aquellos períodos especiales solicitados al Profesor Encargado del Laboratorio de Ciencias.

Profesores: Durante los períodos definidos por el Profesor

Encargado del Laboratorio de Ciencias.

Artículo 2: Inasistencias:

2.1. Inasistencia a clases:

La ausencia a clases deberá ser justificada por el apoderado, a través de la Libreta de

Comunicaciones, siempre y cuando no exceda un día, de lo contrario el apoderado deberá

justificarlo personalmente.

2.2. Enfermedad:

En caso de licencia médica es necesario presentar el certificado médico en un plazo no mayor a

48 horas después de emitido el certificado médico. La ausencia a las clases de Educación Física,

sólo será válido con certificado médico o comunicación escrita del apoderado, siempre que esto

último no se constituya en un hábito.

2.3. Atrasos:

Los atrasos son registrados diariamente en el Colegio; tres atrasos serán motivo de citación al

apoderado(a) quién tomará conocimiento y firmará registro en secretaría.

Si el atraso del alumno(a) superara los 45 minutos de haberse iniciado la jornada de clases;

deberá ser presentada una justificación por escrito en la libreta de comunicaciones.

Si el alumno vuelve a acumular tres atrasos, se procederá a la suspensión por un día de clases.

2.4. Permisos

El alumno deberá permanecer en el Colegio durante toda la jornada. Sólo se permitirá el retiro

del establecimiento de aquéllos alumnos cuyo apoderado o tutor legal lo solicite personalmente

firmando el Libro de registro de salidas. Si el Apoderado, por motivos de fuerza mayor, no

puede retirar al alumno personalmente debe enviar un correo electrónico autorizando e

informando el nombre y rut de la persona que retirará a su pupilo.

En caso de ausencias prolongadas por motivos ajenos a problemas de salud, el Consejo de

Profesores resolverá su promoción, previa solicitud formal escrita de los Padres o Apoderados

dirigida a la Dirección del Colegio.

Artículo 3: Presentación Personal:

3.1 Higiene y Uso de Accesorios

El alumno(a) deberá

a) Presentarse aseado y ordenado con su uniforme completo.

b) En el caso de los varones usar pelo corto, que no toque el cuello de la camisa o polera del

uniforme y que no luzca abultado o tape las orejas. No se permite el cabello tinturado o rapado.

Los varones deben asistir al Colegio prolijamente afeitados.

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c) En el caso de las damas pelo recogido de tal forma que el rostro esté despejado. Solo se

permitirán accesorios sobrios y en los colores del uniforme escolar.

d) No se permite el uso joyas en el establecimiento; uso de computadores, celulares, tablet u otro

similar, aparatos de audio, balones deportivos, naipes, juguetes u otros que distraigan la

atención en horarios de clases.

e) Los varones no podrán usar aros, pulseras, collares ni “piercing”, ni otro accesorio que no

corresponda al uniforme como bufanda, pañuelos, gorros, jockey, etc.

f) Las damas podrán usar un par de aros pequeños y discretos, sólo en orejas. No podrán usar

accesorios, maquillaje, manicure, peinados y tinturas de cabello que no correspondan al contexto

escolar. Tampoco se aceptarán adornos (piercing, etc.) y aquellas prendas que no corresponden

al uniforme (bufandas coloridas, pañuelos, etc.)

g) En relación a la pérdida de prendas de vestir, si estas están debidamente marcadas con

nombre y curso serán guardadas en el Kiosko para ser retiradas por el apoderado. El colegio no

se hace responsable de pertenencias sin marcar.

3.2. Uniforme:

Varones

Pantalón recto de vestir, color gris.( No pitillo)

Camisa blanca /polera mostaza con insignia del colegio.

Sweater gris con insignia colegio

Corbata del colegio

Zapatos negros (no zapatillas)

Calcetín gris

Chaqueta oficial del Colegio Damas

Falda plisada institucional (4 cms. sobre la rodilla)

Calcetas gris, color institucional ( No grafito)

Sweater gris con insignia colegio

Blusa blanca/ polera mostaza con insignia del colegio.

Corbata del colegio

Zapatos negros (no zapatillas, no bototos)

Chaqueta oficial del Colegio

NOTA:

1. Se podrá hacer uso de la polera del Colegio (color mostaza con insignia del Colegio),

durante todo el año a excepción del día lunes. El uso de la camisa, blusa y chaqueta es

de carácter obligatorio en Actos oficiales y actividades formales en que le corresponda

participar al Colegio y/o cuando lo solicite la Dirección del Establecimiento.

2. Se permitirá el uso de parca azul marino, gris o negra, cuellos o bufandas en los colores

institucionales, solo en caso de lluvia o durante el periodo comprendido entre 20 de

mayo al 20 de septiembre.

3. Para los talleres de tecnología, artes y laboratorio, se deberá usar delantal o cotona a

requerimiento explícito del docente; lo que será informado a comienzos del año lectivo.

3.3. Uniforme Educación Física:

Polera mostaza con insignia del Colegio.

Short azul a mitad de muslo con insignia del Colegio

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Calcetas blancas

Zapatillas – sin plataforma o urbana

Buzo del Colegio (pantalón no pitillo)

Útiles de aseo

El profesor de educación física, deberá cautelar que el uso del uniforme sea el descrito anteriormente.

3.4. Colegio El Bosque de Arauco establece claramente que el uniforme es una necesidad para la

formación, disciplina y desarrollo positivo de buenos hábitos de orden, limpieza y presentación personal,

que está contemplado como característica y sello institucional, por lo que su correcto uso será

monitoreado tanto por Inspectoría como por los docentes que laboran en sus aulas. También se reitera

que el uso de cualquier indumentaria no autorizada y/o adorno, como piercing, en cualquier parte del

cuerpo, anillos de metal, cadenas en el cuello, son considerados peligrosos, por posibles infecciones o

accidentes que pueden producir a quien los porta, como a las demás personas que se encuentran

alrededor. El incumplimiento de la presentación personal será considerado una falta leve, que de

reiterarse significará la citación al apoderado, para explique las razones del incumplimiento y se

establecerá un acuerdo para mejorar la presentación del alumno(a).

El alumno que se presenta sin su uniforme, como lo establece el Reglamento deberá

justificar con su apoderado en Inspectoría ya sea vía agenda o personalmente.

El apoderado podrá concurrir al Establecimiento con las prendas que correspondan al uniforme

para subsanar la situación.

Cualquier situación que justifique la ausencia de alguna prenda del uniforme, debe ser temporal

y puesta en conocimiento del Establecimiento.

Artículo 4: Tareas y Presentación de Materiales

4.1. Cumplimiento de tareas:

Es un deber del alumno cumplir puntualmente con las tareas que sean asignadas en las distintas

asignaturas. El no cumplimiento de éstas será consignado como un aspecto negativo en el

registro de observaciones personales del leccionario.

4.2. Presentación a evaluaciones:

Se procederá de acuerdo a lo establecido en el Anexo Reglamento de Evaluación y Promoción

del Colegio.

4.3. Presentación de materiales:

Todo alumno deberá presentarse a clases con todos los materiales requeridos, solicitados en su

mayoría en el listado de materiales entregado al momento de matricularse y aquéllos requeridos

de modo especial durante el año de clases.

No está autorizada la entrega de materiales a los estudiantes durante la jornada de clases; para lo

cual es preciso cerciorarse en el hogar que los estudiantes sean responsables en el cumplimiento

de sus obligaciones (tareas, útiles, trabajos, materiales, etc.)

El incumplimiento de esta norma implica el registro de observación negativa.

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Artículo 5:

5.1. No está permitido al alumno el uso en clases de equipos audiovisuales, tales como:

computadores, tablet, teléfonos celulares, equipos de música, televisores, entre otros; salvo

previa solicitud por escrito del profesor y no constituye una obligación. Cabe consignar, que el

Colegio no se responsabiliza por cualquier daño o pérdida que se pueda producir.

El profesor procederá a retirar estos objetos a los alumnos que no cumplan con la medida, y lo

derivará a Inspectoría, desde donde lo retirará el apoderado.

Artículo 6: De su permanencia y trayecto: 6.1. Es obligación del alumno conocer y respetar las reglas para el uso de talleres, laboratorios,

gimnasio, sala de computación y otras dependencias del Colegio, las que serán dadas a conocer

al inicio del período escolar. En caso de que un alumno provoque daño o deterioro en las

instalaciones o equipamiento del establecimiento, tendrá que reponerlo o repararlo en un

período acordado entre su apoderado y el profesor jefe, y que no podrá exceder a 30 días.

6.2. En Biblioteca:

El alumno podrá concurrir a ella en el horario establecido o cuando él lo requiera, manteniendo

siempre una actitud adecuada, considerando que el uso de esta dependencia es de toda la

comunidad escolar.

6.3. En la sala de clases:

El alumno debe mantener una conducta que le permita concentrarse y desarrollar sus tareas

escolares, según la indicación del profesor, permanecer en el puesto asignado manteniéndose

atento y ordenado para facilitar el aprendizaje propio y el de sus compañeros, participando

activamente en el desarrollo de la clase, y manteniendo una conducta deferente y respetuosa

frente a profesores y compañeros.

Al final de cada clase el alumno(a) dejará su puesto ordenado y limpio. Sólo podrá permanecer

en ella sí el profesor se lo permite.

Así mismo, si durante la clase se tuviera que abandonar la sala por motivos de fuerza mayor

deberá solicitar expresamente permiso al profesor y posteriormente concurrir a la secretaría para

informar y dar aviso a su apoderado si el caso lo amerita.

6.4. En baños y ducha:

En baños: Cada alumno cumplirá con los hábitos de higiene en forma rigurosa usando de

manera correcta papel higiénico, jabón y toalla de papel; conservando, respetando y

cuidando el aseo y ornato del lugar.

Inmediatamente después de la clase de Educación Física el alumno de Enseñanza Media debe ducharse, haciendo uso de sus útiles de aseo personal, conservando, respetando y

cuidando el aseo y ornato del lugar.

Artículo 7: Problemas de salud:

7.1. Embarazos: Las disposiciones y normativa se encuentran en el Anexo: Protocolo

Situaciones de Embarazo, maternidad y paternidad

7.2. Riesgo Social:

Cuando el profesional competente certifique que el alumno(a) se encuentra en circunstancia de

riesgo social, tales como: alcoholismo, abuso sexual, drogadicción entre otros, podrá

presentarse solamente a rendir evaluaciones de acuerdo a una calendarización especial. En el

caso, en que esta situación se genere al término de un trimestre, éste quedará cerrado con las

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evaluaciones que al momento la alumno(a) haya rendido; debe incluirse en ellas la

Evaluación C2. Siempre y cuando esto no involucre la reprobación de una o más asignaturas.

7.3. Discapacidad:

No se puede expulsar o no renovar la matrícula a un alumno por razón de su discapacidad, a

menos que los especialistas determinen que es lo mejor para el niño(a), porque requiere

condiciones que el establecimiento no le puede brindar. Esto, siempre debe ser analizado y

decidido en conjunto con la familia para reubicar al menor en un establecimiento adecuado.

Artículo 8: del Apoderado: 8.1. Habrá dos apoderado por alumno o alumna, debe ser el Padre o la Madre, o un pariente

adulto cercano que viva con él, el que deberá cuando el Establecimiento lo requiera presentar

un “Certificado Notarial” que acredite su responsabilidad como tal, y comprometerse a

concurrir al establecimiento cuando se le requiera.

8.2. Los padres y apoderados son los primeros educadores, es allí en el núcleo familiar donde

se adquieren los primeros hábitos, valores y normas de comportamiento y responsabilidad que

más tarde serán reforzados y reafirmados en el Colegio.

8.3. Desde el momento que el niño forma parte del Colegio los padres aceptan acatar las

normativas internas y comprometerse, apoyando y colaborando en todas las acciones en que se

les requiera.

8.4. Un papel fundamental les corresponde realizar en el hogar, supervisando y controlando el

normal desarrollo de los horarios de estudio, cumplimiento de tareas escolares, normas de

higiene y disciplina, y de períodos de recreación de su hijo(a).

8.5. Cada apoderado debe revisar a diario la Agenda del Colegio para estar informado del

trabajo escolar o de situaciones especiales ocurridas a su hijo durante el día.

8.6. Es deber y obligación que el apoderado asista a todas las reuniones o citaciones que se le

hagan por Profesor Jefe, Profesor de Asignatura, Inspector, Orientador, Coordinadores de Ciclo,

Jefe Técnico y Director del Colegio. En caso de no poder asistir debe avisar previamente y por

escrito las razones de la ausencia y solicitar inmediatamente un nuevo día y hora en que se

entrevistará con el profesor.

8.7. En caso de preguntas o dudas sobre el desempeño escolar de su pupilo, el apoderado

deberá solicitar por escrito una entrevista siguiendo el conducto regular (Profesor Asignatura,

Profesor Jefe, Jefe Técnico, Orientación, Dirección).

8.8. El Colegio se reserva el derecho de comunicar por escrito y/o entrevistar a aquel

apoderado que genere un clima de conflicto que perturbe la armonía o convivencia escolar.

8.9. Es deber de los padres o apoderados reponer oportunamente los útiles y materiales

escolares, dañados o destruidos por sus pupilos. 8.10 Queda estrictamente prohibido a los Apoderados transitar por el Colegio en horario de

clases. Sólo pueden acceder hasta el hall a menos que hayan sido citados en otras dependencias

por algún funcionario o docente.

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8.11 Es responsabilidad del Padre o Apoderado comunicar por escrito al colegio en caso de

ausentarse de la ciudad, indicando el nombre de la persona que le reemplazará y el tiempo del

mismo.

8.12 Es responsabilidad del Padre o Apoderado el llegar puntualmente con sus hijos al Colegio,

evitando de esta manera las sanciones estipuladas en el presente manual de convivencia y que

dicen relación con los atrasos reiterados.

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TITULO V

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

PROCEDIMIENTO DE DESIGNACIÓN DE ENCARGADO DE CONVIVENCIA

ESCOLAR.

El encargado de convivencia escolar será un Docente designado por El Director(a), quién

nombrará de preferencia al Docente que ejerce como Orientador (a) del establecimiento,

dicha resolución será enviada a la Deproe correspondiente, a principios del año escolar.

El encargado de Convivencia Escolar elaborará el Plan de Gestión de la Convivencia

Escolar a principios del año lectivo. Este deberá ser aprobado por el Director y

monitoreado en conjunto con el Director y el Equipo de Convivencia si este se hubiera

conformado.

Al final de cada año, el encargado de Convivencia Escolar presentará su cuenta anual ante

el Consejo Escolar.

ARTÍCULO 1: DE LOS ASPECTOS FORMATIVOS

Consecuente con lo enunciado en la introducción, el Colegio tendrá la siguiente misión:

1.1 Promover las condiciones reales que permitan a cada cual realizarse integralmente, de

acuerdo con los postulados del Proyecto Educativo Institucional (PEI). Niños y niñas, jóvenes

capaces de alcanzar los aprendizajes fundamentales y de lograr su propio perfeccionamiento

para incorporarse a estudios superiores y/o asertivamente a una sociedad en constante cambio.

Impulsar la búsqueda permanente de las mejores opciones para lograr competencias y

desarrollar las capacidades de nuestros alumnos, que posibiliten su adaptación a los cambios

y su felicidad en el marco familiar y social.

1.2 Fomentar los valores de lealtad, amor, veracidad, y respeto por sus semejantes, solidaridad,

convivencia democrática, buenos modales, autodisciplina, espíritu de trabajo y perseverancia.

1.3 Fomentar el afianzamiento del concepto de equipo y de comunidad, ofreciendo las

condiciones que permitan una libre integración a éstos.

1.4 Procurar que el alumno pueda integrarse a actividades que correspondan a sus intereses e

inclinaciones naturales, tales como, Centros de Alumnos, talleres y otros.

1.5 Interesar al alumno en el conocimiento de la comunidad cultural, social, económica y

educacional en que vive, e incentivarlo a una participación crítica y eficaz.

1.6 Orientar e incentivar en los alumnos el amor y respeto a la Patria y sus tradiciones.

1.7 Fomentar un real entendimiento de la diversidad, enseñando la necesaria tolerancia frente a

los valores nacionales, culturales y religiosos de otras comunidades y seres humanos.

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ARTICULO 2: DE LOS DERECHOS DEL ALUMNO

2.1. Todo alumno del Colegio El Bosque tiene derecho a ser educado y formado de manera

íntegra, colaborando el Colegio con el hogar para que el educando logre su realización personal

y la plena actualización de sus potencialidades acorde con sus valores familiares y

educacionales.

2.2 El Colegio se preocupará de orientarlo y apoyarlo en la búsqueda de soluciones a sus

dificultades emocionales, de aprendizaje y otros que afecten el desarrollo armónico de su

personalidad.

2.3 Recibir de sus Profesores y demás funcionarios del Colegio un trato respetuoso,

comprometiéndose, el alumno, a proceder de la misma manera.

2.4. Tener audiencia con los Profesores de la Asignatura, Profesor Jefe, Jefe de UTP, orientador

y Dirección respetando el conducto regular.

2.5 Tener las pruebas o trabajos debidamente corregidos y evaluados en su poder, en un plazo

máximo de 7 días hábiles, a contar del día de la evaluación, que le permita analizar sus propios

progresos.

2.6. Conocer el Informe de Evaluación, correspondiente al sistema adoptado por el Colegio.

2.7. Solicitar, respetuosamente, a los Profesores de Asignatura, aclaración frente a dudas que se

le planteen en el desarrollo de los contenidos o acerca de las calificaciones obtenidas.

2.8. Integrar desde Educación Básica la Directiva del Consejo de Curso o de los distintos

comités que se constituyan, como una forma de ir desarrollando su personalidad, el proceso de

socialización, el espíritu de responsabilidad, el trabajo en equipo y convivencia cívica.

2.9 Participar y colaborar activamente en el Centro de Alumnos.

2.10 Integrar los distintos talleres y actividades extra-programáticas que le ofrezca el Colegio.

2.11 Participar en las diferentes salidas a terreno que se programen dentro del respectivo curso o

Colegio.

2.12 Estudiar en un ambiente en donde se respete su integridad física y moral, no siendo objeto

de tratos vejatorios o degradantes y/o maltratos psicológicos.

2.13 Ser informado de las causas o motivos de alguna sanción que lo afecte, y además ser

comunicada al apoderado

2.14 Al respeto de la dignidad, identidad de género, diferencias étnicas, religiosas e ideológicas

siempre que su acción o práctica no perjudiquen el bien común.

2.15 Tiene derecho a que se presuma su inocencia frente a cualquier situación en la que se vea

involucrado, como un elemento básico del debido proceso.

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2.16 Tiene derecho a ser escuchado y protegido cuando denuncia un hecho en el cual sea

testigo o víctima. 2.17.- Conocer los Objetivos y Contenidos Mínimos de cada asignatura que estudiará durante el año y la

propuesta curricular que le ofrece el colegio y que le asegura una educación de calidad.

2.18.- Construir sus conocimientos bajo la orientación oportuna y acertada de sus profesores, quienes

con la debida anticipación, le darán a conocer los objetivos, contenidos, metodologías y criterios de

evaluación de cada asignatura.

2.19.- A ser evaluado según el reglamento de evaluación de su colegio y a conocer los resultados de la

evaluación, antes de ser registrado en el libro de clase.

2.20.- A recibir atención educativa grupal o individual en caso de bajo rendimiento.

2.21.- Disfrutar de un ambiente sano.

2.22.- Participar en programas recreativos, culturales, sociales, deportivos y otros eventos que desarrollen

su personalidad y un uso adecuado para el tiempo libre.

2.23.- Cuando en representación del colegio, en las actividades mencionadas deba ausentarse de clase,

tiene derecho a presentar trabajos y evaluaciones posteriores, justificando las ausencias según el

procedimiento vigente.

2.24.- A no ser discriminado y tratado con respeto por todos los integrantes de la escuela.

ARTÍCULO 3: DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL ALUMNO

3.1 Tomar conocimiento y comprometerse responsablemente para lograr los objetivos

propuestos en cada una de las asignaturas.

3.2 Deberá participar respetuosa, correcta y disciplinadamente en los Actos Cívicos, como una

manera de sentirse vinculado con los valores nacionales y los propios del Colegio.

3.3 El alumno deberá asistir regularmente a clases con el uniforme reglamentario, cumpliendo

con las tareas, evaluaciones y obligaciones que le corresponda realizar.

3.4 Cumplir fielmente con los horarios estipulados, para el ingreso a clases, cambio de hora y

actividades fuera de la jornada habitual, previamente avisadas, ya sea en el Colegio o en lugares

oportunamente señalados.

3.5 Permanecer en el establecimiento durante las jornadas de clases o actividades

complementarias no pudiendo abandonar la sala o el edificio sin la debida autorización del

profesor o funcionario que corresponda.

3.6 Cumplir oportuna, cuidadosa y sistemáticamente con sus deberes escolares (tareas, útiles,

materiales individuales y/o grupales, preparación para interrogaciones, pruebas, disertaciones,

etc).

3.7 Mantener una disciplina de trabajo en las clases o actividades que se desarrollan en el aula,

laboratorio, biblioteca, patio de juegos, gimnasio u otros lugares, que eventualmente sean usados

para la cobertura educativa.

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3.8 Conservar los cuadernos, agenda del colegio, libros, útiles escolares de uso personal en

buenas condiciones y en orden; del mismo modo asumir el compromiso de conservar los

materiales que complementan el desarrollo pedagógico como: textos de biblioteca, material del

laboratorio de ciencias y de computación, implementos deportivos, audiovisual, mobiliario e

infraestructura en perfecto estado, ya que es patrimonio de toda la comunidad educativa. Por

extensión, es deber, cooperar y mantener el aseo y ornato en salas de clases, laboratorio, patios

de juego y lugares de uso frecuente.

3.9 Informar al Profesor de las condiciones inseguras que signifiquen riesgos.

3.10 Informar al profesor de cualquier accidente que ocurra dentro del Colegio.

3.11 Recrearse de acuerdo a su edad, evitando siempre los juegos bruscos, peleas, correr dentro

de la sala de clase, pasillos, escaleras o cualquier acción que pueda ocasionar accidentes a sí

mismo o a otra persona.

3.12 No deberán traer ni manipular materiales como herramientas, elementos cortantes u otros

artículos que revistan peligro para sí mismo y los demás sin ser solicitados y supervisados por

un Profesor. Por normativa ministerial se prohíbe tajantemente portar y/o utilizar cuchillo

cartonero y silicona dentro del establecimiento.

3.13 Todo alumno que pertenezca al colegio deberá tener una conducta acorde a los principios y

valores básicos, de convivencia humana, antes descritos, por lo tanto, evitará conductas que

transgredan normas internas conocidas y aceptadas por todos, tales como:

3.14 La agresión verbal, física y/o psicológica a un compañero(a) o funcionario dentro y fuera

del Establecimiento.

3.15 Hacer comentarios que perjudiquen la reputación de compañeros, funcionarios y personas e

instituciones dentro y fuera del establecimiento.

3.16 Apropiarse indebidamente de material, objetos y dineros ajenos.

3.17 Destruir (rayar, romper, marcar, etc.) mobiliario (mesa, silla, pizarrón, estantes, etc) u

otros elementos de la sala de clases, como así mismo, material educativo del colegio, (de

biblioteca, sala de computación, sala de video, laboratorio de ciencias, etc) o de sus compañeros

(útiles escolares, vestuario, etc.). La reposición del material dañado o extraviado por el alumno,

será cargo del Apoderado.

3.18 Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, cigarrillos

convencionales y cigarrillos eléctricos o vaporizadores, drogas, o sustancias ilícitas, o

encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del Colegio o en actividades organizadas,

coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste.

Este punto también contempla dichas acciones fuera del establecimiento vistiendo el uniforme

escolar.

3.19 Usufructuar del esfuerzo ajeno en situaciones evaluativas tales como: tareas,

investigaciones, trabajos prácticos, pruebas escritas y orales u otras situaciones del ámbito

escolar. Del mismo modo se sancionará al alumno que preste ayuda indebida en las situaciones

antes descritas.

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3.20 Falsificar notas o alterar documentos de uso privado o público especialmente libro de

clases, calificaciones, certificados de estudios, informe de notas parciales, certificados médicos,

justificativos, autorizaciones, comunicaciones, etc.

3.21 Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente

a Cualquier miembro de la comunidad educativa.

3.22 Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno o

miembro de la comunidad educativa (ejemplo: sobre nombres hirientes, mofarse de

características físicas, etc.)

3.23 Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social,

situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre,

nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra situación no

indicada en este manual.

3.24 Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o cualquier integrante de la

comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de texto, correos electrónicos,

foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro

medio tecnológico, virtual o electrónico.

3.25 Está estrictamente prohibido sacar fotos y/ o grabar dentro del establecimiento sin la

autorización de algún miembro del cuerpo docente. Se agrava la falta si cometida esta acción se

sube a las redes sociales.

La Dirección del colegio, considera al celular como una herramienta necesaria para la

comunicación y para la seguridad de los alumnos, pero su uso se debe normar para que no sea

motivo de distracción y desconcentración del estudiante en actividades de aprendizaje, de esta

forma, el alumno podrá utilizarlo con expresa indicación del profesor, para uso pedagógico y

por el período de tiempo que éste lo estime pertinente.

Además, es la familia la que debe, inicialmente, formar en el uso adecuado de los implementos y

herramientas tecnológicas, para que estos sean una ayuda en el diario vivir y no un obstáculo

para el desarrollo de nuestros niños.

3.26 Las áreas de recreo están asignadas para cada sección y para cada turno de recreo el alumno

debe respetar, por razones de seguridad, las áreas de trabajo, juegos y baños, designados para

cada sección del Colegio.

● Las salas de clases durante los recreos, y en general cualquier lugar no autorizado, se

consideran “fuera de los límites” para todos los alumnos.

● Los alumnos que deseen utilizar la biblioteca durante horas de clase, sólo podrán hacerlo con

autorización y supervisión del Profesor.

● Los alumnos deberán cuidar permanentemente el aseo y orden de todos los lugares del

Colegio para hacer de éste un lugar agradable para la convivencia y el trabajo escolar, en el que

todos se sientan respetados.

● Al alumno que ocasione deterioros en el material y/o infraestructura del Colegio, se le

sancionará y su apoderado deberá cancelar los gastos de reparación y/o reposición. En caso que

no se pueda identificar al alumno responsable, se realizará una intervención con todo el curso. El

daño ocasionado intencionalmente a la infraestructura del colegio (mueble y/o inmueble) podrá

implicar, según sea el caso, la no renovación de matrícula.

.

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● El alumno debe respeto por el medio ambiente. La contaminación por cualquier medio, y/o

la destrucción del entorno escolar, no está permitida.

ARTÍCULO 4: El Encargado de Convivencia Escolar es quién deberá analizar y determinar

procedimientos para tratar casos de disciplina graves que atenten contra la sana convivencia

escolar del Establecimiento.

ARTÍCULO 5: El Director del Colegio es quien deriva dichos casos al Encargado de

Convivencia Escolar y al Equipo de Gestión cuando la falta lo amerite.

ARTÍCULO 6: La encargada de Convivencia escolar en el establecimiento es un Docente, de

preferencia la Orientadora.

ARTÍCULO 7: DE LA INTERRELACION ENTRE LOS MIEMBROS DE LA

COMUNIDAD EDUCATIVA

Los integrantes de la comunidad educativa del Colegio El Bosque, Profesores, Asistentes de la

educación, Apoderados y Alumnos, deberán proyectar en su conducta (vocabulario y actitudes)

la visión del ser humano que el proyecto académico contempla, es decir:

a) Del vocabulario:

Las formas lingüísticas utilizadas en el quehacer diario deben obedecer a un lenguaje

culto formal y tender al crecimiento personal, fomentando la comunicación y el respeto

mutuo.

b) De las actitudes:

Se entenderá por actitudes aquellas disposiciones corporales que connotan un determinado estado de ánimo de quien las hace hacia quien las recibe, de acuerdo a esto,

las actitudes de los integrantes de la comunidad educativa Colegio El Bosque deben

enmarcarse en criterios de respeto mutuo y fomento de las libertades individuales,

consagradas en la Constitución Política del Estado y en los acuerdos internacionales

suscritos por nuestro país.

ARTÍCULO 8: DE LAS NORMAS DE COMPORTAMIENTO DENTRO DE LA SALA

DE CLASES

Atendiendo a la importancia que tiene para el proceso educativo la labor del aula, es necesario

establecer pautas conductuales que regulen su normal desarrollo.

a) Del profesor: El Profesor(a) deberá:

Utilizar un vocabulario y actitudes adecuadas a la edad y etapa evolutiva de los alumnos, promoviendo con ello el crecimiento y desarrollo personal de cada uno.

Promover una actitud participativa, que favorezca el autoaprendizaje y la labor cooperativa entre el alumnado.

Atender a las necesidades educativo–formativas particulares de cada alumno,

estableciendo pautas especiales si así lo requiere el caso.

Fomentar la existencia de instancias de diálogos con los alumnos que permitan la resolución de conflictos y el entendimiento mutuo, velando siempre por el óptimo

desarrollo de la labor en aula.

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Entregar al inicio de sus actividades académicas las normas que tengan relación a las

faltas de: responsabilidad y honestidad.

b) De los alumnos: Los alumnos deberán:

Utilizar un vocabulario y una actitud tendiente al logro de los objetivos académico–formativo grupales y personales, evitando la utilización de groserías, apodos y

expresiones ofensivas, así como de gestos ofensivos o despectivos, hacia todos los

integrantes de la comunidad educativa.

ARTÍCULO 9: DE LA INTEGRACION EN LA TAREA EDUCATIVA

Dentro de los criterios que gobiernan el Proyecto Educativo Colegio El Bosque y que se erige

como pilar fundamental de él, está la tolerancia, entendida ésta como una virtud aglutinante de

las personas y sus esfuerzos por el logro de metas y defensa de valores comunes. De esta forma

quienes integran esta comunidad no pueden, bajo ningún pretexto, discriminar a ninguno de sus

integrantes, en razón a su condición económica, social, cultural, sexual, a su posición política o

religiosa.

ARTÍCULO 10: DE LA INTEGRIDAD PSICOLOGICA DE LOS MIEMBROS DE LA

COMUNIDAD EDUCATIVA

Considerando al ser humano como un todo corporal, espiritual, intelectual y psicológico, es

necesario propender al estímulo y sano desarrollo de cada una de éstas áreas. Debe ser evitada

aquella actitud que exija de manera desmedida al otro, provocando así angustia y descontrol

(corporal, espiritual, intelectual o psicológica).

ARTÍCULO 11: DE LA INTEGRIDAD FISICA DE LOS MIEMBROS DE LA

COMUNIDAD EDUCATIVA

Basados en la consideración teórica del Artículo 6, es útil proyectar el desarrollo corporal

armonioso de los alumnos, debido a que es el sustento físico de las potencialidades espirituales,

intelectuales y psicológicas de cada individuo.

Por ello, deben ser evitados los juegos violentos, las agresiones física, riñas o utilización de

implementos peligrosos que pueden dañar físicamente a los integrantes de la comunidad

educativa.

En el caso de que se produzca una de las situaciones antes señaladas, será resorte de la Dirección

del Colegio y, cuando la situación lo requiera (por la gravedad de los hechos) con el apoyo del

Consejo de Profesores y Comité de Convivencia Escolar, determinar los pasos a seguir.

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NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR, MEDIDAS DISCIPLINARIAS

FORMATIVAS, FALTAS Y PROCEDIMIENTOS.

PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN: DE LOS PROCEDIMIENTOS PARA EVALUAR Y

GRADUAR LAS FALTAS

ARTÍCULO 12: Formas de evaluación de las faltas

12.1 Como una forma de evitar que las infracciones a la norma den origen a sanciones injustas,

es necesario apegarse a criterios de graduación de faltas, consideración de agravantes y

atenuantes, sanciones proporcionales y formas alternativas de resolución de conflictos.

En relación con lo anterior, se deberá velar por el cumplimiento de los siguientes puntos:

a) Presumir la inocencia del infractor.

b) Evaluar el contexto en el que se da la falta.

c) Considerar los agravantes y atenuantes (reincidencia, edad del infractor, rol y

jerarquía del mismo, interés y motivos de la falta).

d) Velar por el cumplimiento del derecho a apelación, siguiendo el conducto regular

para ello (Profesor de Aula, Profesor de Turno, Profesor Jefe, Jefe Técnico,

Orientación, Dirección), de manera oral o escrita.

ARTÍCULO 13: Gradualidad de las faltas

13.1 Faltas leves: Actitudes y comportamientos que alteran el normal desarrollo del proceso de

enseñanza aprendizaje, las cuales no conllevan daño físico ni psíquico a otros miembros de la

comunidad. La repetición de una falta leve la trasforma en una falta grave.

13.2 Faltas graves: Actitudes y comportamientos que rompen la confianza entre los miembros

de la comunidad escolar e interrumpen el normal proceso de enseñanza aprendizaje, la

repetición de una falta grave la convierten en falta muy grave.

13.3 Faltas muy graves: Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física o

psíquica de otro miembro de la comunidad escolar y del bien común; así como acciones

deshonestas que impiden el normal desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje.

13.4 Faltas gravísimas: Actitudes y comportamientos que atenten intencionalmente contra la

integridad física o psíquica de otro miembro de la comunidad escolar y del bien común,

ameritan inmediata cancelación de matrícula para el año lectivo siguiente o la expulsión del

alumno.

CANCELACION DE MATRICULA Y EXPULSION

La ley de Inclusión establece un procedimiento común aplicable tanto a la medida

disciplinaria de expulsión como la de cancelación de matrícula.

En los casos de que la causal invocada corresponda a hechos que afecten gravemente la

convivencia escolar, el Director(a) del establecimiento, previo al inicio del procedimiento de

expulsión o de cancelación de matrícula, deberá:

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1. Haber representado a los padres, madres o apoderados, la inconveniencia de las conductas,

advirtiendo la posible aplicación de sanciones

2. Haber implementado a favor de él o la estudiante las medidas de apoyo pedagógico o psicosocial

que estén expresamente establecidas en el reglamento interno. (REDES DE APOYO QUIENES

GENERARÁN UN PLAN DE INTERVENCIÓN)

Sin embargo, lo anterior no será aplicable cuando la causal invocada corresponda a una conducta

que atente directa y gravemente contra la integridad física o psicológica de alguno de los miembros

de la comunidad escolar.

Las medidas disciplinarias de cancelación de matrícula y de expulsión son excepcionales, y no

podrán aplicarse en un período del año escolar que haga imposible que el estudiante pueda ser

matriculado en otro establecimiento educacional, salvo cuando se trate de una conducta que atente

directa y gravemente contra la integralidad física o psicológica de alguno de los miembros de la

comunidad escolar.

Al momento de aplicar estas medidas el establecimiento deberá seguir el siguiente

procedimiento:

1. La decisión de expulsar o cancelar la matrícula a un estudiante sólo podrá ser adoptada por el

Director del establecimiento.

2. Esta decisión, junto a sus fundamentos, deberá ser notificada por escrito al estudiante afectado

y a su padre, madre o apoderado.

3. El estudiante afectado o su padre, madre o apoderado, podrán pedir la reconsideración de la

medida dentro de quince días de su notificación, ante el Director, quien resolverá previa

consulta al Consejo de Profesores.

4. El Consejo de Profesores deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista el o los

informes técnicos psicosociales pertinentes.

5. El Director del establecimiento, una vez que haya aplicado la medida de expulsión o

cancelación de matrícula, deberá informar de aquella a la Dirección Regional respectiva de la

Superintendencia de Educación, dentro del plazo de cinco días hábiles, a fin de que ésta revise,

el cumplimiento del procedimiento contemplado en la ley.

ARTÍCULO 14: Procedimientos y sanciones

a) Amonestación Verbal: Diálogo privado con el profesor de asignatura, profesor Jefe,

Inspector, orientadora, jefe UTP, Directora.

b) Amonestación Verbal y Escrita: Diálogo privado con el Profesor de Asignatura o Profesor

Jefe e inspector, y registro escrito de la situación en la hoja de vida del estudiante consignada en

el libro de clases.

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c) Amonestación Leve: Registro escrito de la situación en la hoja de vida del estudiante

consignada en el libro de clases. Citación del apoderado por parte del Profesor de Asignatura,

Profesor Jefe, Inspectora, Orientadora, Jefe Técnico, Directora.

d) Permanencia: Asistencia del estudiante al colegio, fuera del horario de clases, con uniforme

completo debiendo trabajar individualmente en sus deberes escolares como tareas, estudios u

otros relacionados.

Viernes 15:00 a las 17:00 hrs. Si llega atrasado o es retirado o se presenta sin uniforme quedará

automáticamente citado a una nueva Permanencia. Es responsabilidad de los padres el

cumplimiento de la permanencia.

Esta sanción se aplicará al estudiante que haya acumulado 5 anotaciones negativas en el registro

de observaciones. Si acumula otras cinco anotaciones, se procederá de igual manera. Quién

cumpla 3 permanencias será suspendido por dos días.

e) Amonestación grave o gravísima: registro escrito de la situación en la hoja de vida del

estudiante consignadas en el libro de clases. El Inspector(a) o El Director(a) del Colegio

respectivamente, citará al Apoderado y aplicará las medidas que estime conveniente.

f) Suspender al estudiante de clases por un periodo de un día cuando la falta sea de una

gravedad que así lo amerite. De incurrir en faltas muy graves o gravísimas se podrá aplicar hasta

cinco días de suspensión.

g) Condicionar la matrícula de aquellos alumnos que hayan sobrepasado 15 anotaciones

negativas en el Registro de Observaciones. Alumnos que cometan faltas muy graves. Esta

condición será formalizada por medio de un documento firmado por el Apoderado y la

Dirección del Colegio. Apoyado por Equipo de Gestión. (El estudiante y su apoderado deberán

someterse a Plan de Intervención elaborado, aplicado y supervisado por área de Orientación)

h) No renovación de matrícula al estudiante que estando con condicionalidad no cumple el

apoderado y/o el alumno con Plan de Intervención.

i) Expulsión: Esta medida disciplinaria se aplicará al estudiante que presente una conducta que

atente con la integridad física y/o psicológica de algún integrante de la comunidad escolar, si en

el momento de la expulsión no es posible encontrar otro establecimiento educacional, el alumno

permanecerá en el mismo colegio hasta fines de año, al cual asistirá solo a dar las evaluaciones

en horario diferido.

j) Si alumnos(as) de 3° y 4° Años Medios, durante el año incurriesen en actos que afecten la

normalidad de la Convivencia Escolar como: publicación de listas negras, guerras de agua u

otros elementos, ingresos no autorizados a dependencias del Colegio que impidan el normal

desarrollo del proceso educativo, u otras acciones que atenten contra la integridad física o

psicológica de cualquier integrante de la Comunidad Educativa o dañen la imagen del Colegio,

implicará la inmediata cancelación de la Ceremonia de Licenciatura.

k) Cuando las faltas tengan relación con acoso escolar, en todas sus formas, y violencia escolar,

se procederá de acuerdo a la normativa existente.

ARTÍCULO 15: Justificación de las sanciones

El aplicar sanciones en el momento que corresponde, estas deben conllevar a:

a) Favorecer la formación integral de los alumnos y alumnas.

b) Fortalecer su compromiso personal con la comunidad escolar.

c) Fortalecer la formación de hábitos en las alumnas y alumnos.

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d) Necesidad de que el alumno replantee su desempeño en el ámbito académico.

e) Favorecer su sentido de integración dentro de la comunidad escolar.

f) Corregir a tiempo aquellas posibles desviaciones conductuales.

g) Acompañar al joven en su desarrollo hacia la madurez.

h) Fortalecer las relaciones entre la Comunidad Escolar (Padres y Apoderados, Alumnos y

Profesores).

i) Proteger el clima positivo de convivencia escolar

ARTÍCULO 16: Ejemplos de Faltas; sus Procedimientos y Sanciones

Faltas Leves Procedimiento

- No presentar tareas

- No usar el uniforme completo

- No portar agenda del colegio diariamente

- Atrasos en la hora de llegada al colegio

- Ser enviado fuera de la sala de clases

- Uso de accesorios no permitidos por el

uniforme del colegio

- Presentación y aseo personal

- Comer y beber durante la hora de clases

- No tener los materiales solicitados

- No cumplir con las normas establecidas en

baños y duchas.

- No cumplir con las normas establecidas en

salas de Laboratorios, Talleres y Biblioteca

- No trabajar en clases

- Conversar en clases y no atender a la misma

- Llegar atrasado a clases durante la jornada

escolar

- Utilizar medios audiovisuales, celulares,

computacionales o cualquier otro sin haber

sido solicitado por el profesor.

- La persona que observa la falta deberá tener

una conversación formativa con el alumno/a

para que exista una toma de conciencia y así

evitar la reiteración de la misma.

- Además debe informar de manera inmediata

al profesor jefe e Inspector.

Sanciones: Amonestación verbal y escrita – permanencia cuando se acumulen 5 faltas.

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Faltas Graves Procedimiento

- Reiteradas faltas leves

_ Hacer uso de cualquier implemento que

simule utilización de alcohol, droga, cigarrillo

u otra sustancia ilícita. Dichas conductas

fomentan el consumo.

- Incumplimiento de trabajos prácticos en

fechas oportunas.

- Interrumpir el normal desarrollo de las clases

o actividades complementarias (tirar papeles u

otros objetos, burlarse de sus compañeros, reír

o gritar destempladamente, conversar

reiteradamente.)

- Tener una actitud irrespetuosa en ceremonias

internas del colegio (burlarse de sus

compañeros, actitud corporal inadecuada,

como estar apoyado en la pared, estar con las

manos en los bolsillos en momentos tales

como la entonación de himnos Nacionales y

del colegio).

- No asistir a los actos cívicos, culturales,

sociales u otros programados por el Colegio.

- Quedarse fuera de la sala de clases sin

autorización de ningún tipo.

- Escuchar Mp3, mp4 atender el celular,

chatear o jugar con algún aparato electrónico

en clases.

- No cumplimiento en actividades

extraescolares en las que está comprometido.

- No cumplir con traer el material didáctico

solicitado y que sea necesario para desarrollar

la clase.

- Inasistencia no justificada a prueba.

- La no justificación por parte del Apoderado de las Inasistencias de su pupilo.

- La inasistencia del Apoderado a reuniones y

entrevistas sin justificación.

- La persona que observa la falta grave debe

actuar formativamente, conversando con el

alumno o alumna para que exista una toma de

conciencia de la seriedad de la falta.

- Luego debe registrar dicha falta en el libro de

clases, describiendo los hechos, sin emitir

juicios.

- Además debe informar al Inspector(a) quién

tomará medidas e informará al profesor jefe e

Inspector.

Sanciones: Amonestación verbal y escrita y amonestación leve – permanencia cuando se

acumulen 5 faltas

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Faltas Muy Graves Procedimiento

- Actos de agresión escrita, verbal y/o física a

sus pares y a cualquier miembro de la

Comunidad Educativa.

- Actos de agresión física a cualquier persona

vistiendo el Uniforme del Colegio.

- Dañar o destruir materiales de estudio y/o

prendas de vestir de sus pares

- Alumno(a) que no cumple con lo acordado

con cada uno de los profesores durante el año

en materia de responsabilidades y actitudes

deshonestas.

- Sustraer material, objetos o dinero ajeno.(

Hurto o robo)

- Ausentarse del Colegio en horario de clases

sin autorización.

- Permanecer en dependencias del colegio,

evadiendo el ingreso a clases en los horarios

correspondientes.

- Hacer uso de gestos o un vocabulario soez,

de una manera agresiva hacia cualquier

persona o alumno de la comunidad educativa.

- Fumar cualquier tipo de tabaco o droga,

dentro del colegio o en sus alrededores

vistiendo el Uniforme.

- Traer al Colegio objetos peligrosos (corta

pluma, armas, hoja de afeitar, corta cartón,

etc.) que no hayan sido solicitados por un

Profesor.

- Ingresar, por parte de las Damas o los

Varones a los camarines o baños del sexo

opuesto.

- Negarse a participar en alguna actividad que

involucre la representación del Colegio. (sin justificación del apoderado, personalmente)

- Dañar o destruir mobiliario de sala de clases,

implementos deportivos, de infraestructura,

etc. que propiedad del establecimiento

- Dañar o destruir objetos y/o materiales de

estudio de sus compañeros(a)

- La persona que observa la falta grave debe

actuar formativamente, conversando con el

alumno o alumna para que exista una toma de

conciencia de la seriedad de la falta.

- Luego debe registrar dicha falta en el libro de

clases, describiendo los hechos, sin emitir

juicios.

- Además debe informar al profesor jefe quién

informará a Encargado de Convivencia Escolar

e Inspector.

- Encargado de Convivencia Escolar informará

a Dirección, quién informará a los apoderados

activando el Plan de Intervención

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- Rayar o dañar paredes, artefactos de baño,

textos de estudio, etc.

- Tener manifestaciones amorosas explícitas

dentro del recinto del colegio sin importar su

orientación sexual

- Portar y/o exhibir material pornográfico.

- Mentir deliberadamente.

- Engañar a cualquier funcionario con

falsificación de comunicaciones, recados y

firmas.

- Falsear notas en el libro de clases.

- Abandonar el colegio sin autorización

durante la jornada de clases.

- Usufructuar del trabajo ajeno (copiar en las

pruebas, tareas, trabajos, y otros).

-Utilizar “torpedo” en evaluaciones

- Entregar información en cualquier situación

evaluativa (pruebas, interrogaciones orales,

prestar trabajos, etc.).

Sanciones: Amonestación verbal y escrita - permanencia - Suspensión de uno a 5 días

Faltas Gravísimas Procedimiento

- Agredir en forma física con intención de

daño a un alumno o funcionario dentro o fuera

del establecimiento.

- Agredir en forma psicológica a un

compañero, ya sea en forma verbal o a través

de cualquier medio, entre otros; tecnológicos,

como celulares o internet.

- Expresar comentarios verbales, escritos o

gráficos que perjudiquen la reputación de

algún alumno o funcionario y del Colegio en

general, en cualquier momento del año,

utilizando para esto cualquier medio, entre

otros; tecnológico, celular, escrito, fotográfico,

de video o puesto en internet.

- Portar, consumir o traficar: marihuana,

- La persona que observa la falta debe actuar

formativamente, conversando con el alumno o

alumna para que exista una toma de conciencia

de la seriedad de la falta.

- Luego debe registrar dicha falta en el libro de

clases, describiendo los hechos, sin emitir

juicios.

- Además debe informar al profesor jefe, quién

informará a Encargado de Convivencia Escolar

e Inspector.

- Informar a Dirección

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bebidas alcohólicas y/o alucinógenos dentro

del establecimiento; o presentarse bajo los

efectos de cualquiera de ellos.

- Hacer uso indebido de dineros que han sido

confiados por su curso, Centro de Alumnos o

Profesores jefes.

- Portar o descargar material pornográfico.

- Incitar a huelga, toma de salas y locales con

propósitos políticos, partidistas o académicos o

cualquier otra actividad que impida el normal

funcionamiento del colegio.

- Provocar intencionalmente incendios en el

establecimiento.

- Destruir intencionalmente símbolos patrios o

de representación del establecimiento.

- Falsificar o alterar cualquier documento

oficial del colegio. (libro de clases,

certificados, informes, comunicaciones,

etc.)

- Cualquier mal uso de recursos tecnológicos y

la difusión del mismo por cualquier medio, ya

sea que signifique menoscabo o no, referidas a

la Institución, a un alumno, funcionario o

integrante de la comunidad escolar.

- Discriminación por sexo, discapacidad, culto

o raza.

- Actos que atenten contra la moral y las

buenas costumbres

- No acatar la autoridad de cualquier

funcionario de la comunidad Educativa;

desautorizándolo públicamente.

-Notificación por Parte de Dirección a

padres y / o apoderados en el caso de

expulsión y/ o no renovación de matrícula.(

plan de intervención si amerita)

Sanciones: Amonestación verbal y escrita. Suspensión por hasta cinco días –

Condicionalidad de Matrícula – EXPULSIÓN Y /O No renovación de matrícula.

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TITULO VI

DE LOS ORGANISMOS ESTUDIANTILES

Participación estudiantil

En un enfoque pedagógico centrado en el alumno, como principal agente de su propio

desarrollo, la participación del estudiante en las decisiones que le afectan directamente, así como

en las diversas actividades de la vida institucional, constituye un componente esencial. Por ello,

en la Comunidad Escolar se fomenta la comunicación, se cautelan los derechos de las personas y

se favorece la gestión directa del estudiante en aquellos trámites que le afectan individual o

grupalmente.

Esta participación se institucionaliza también a través de los organismos estudiantiles. Éstos

tienen la finalidad de facilitar a los alumnos su formación como personas activas en la vida

comunitaria, contribuyendo a buscar soluciones creativas y eficaces a los problemas que se

viven, canalizando la participación estudiantil, dentro de la comunidad educativa, con respeto a

la dignidad y derecho de las personas y propiciando la solidaridad, el compañerismo y apoyo

mutuo entre los alumnos del Colegio.

La responsabilidad de las decisiones pertenece a las autoridades del Colegio.

Organismos Estudiantiles:

1.- Los objetivos de los Organismos Estudiantiles son los siguientes:

a) Promover en el cuerpo estudiantil los ideales y espíritu de la educación humanista y laica, así

como el ideario del Colegio.

b) Ser portadores de las inquietudes, sugerencias y opiniones de los alumnos ante la dirección y

otras instancias de la organización del Colegio.

c) Fomentar la integración entre los alumnos en cada clase, en el Consejo de Curso y entre todo

el Colegio, así como también con los demás miembros de la comunidad educativa (profesores,

personal administrativo, de servicio y padres de familia).

d) Promover la proyección social, la participación, la autodisciplina, el estudio, el deporte, la

cultura, el arte, la ciencia y la sana recreación.

e) Elaborar y ejecutar planes de trabajo que aseguren la presencia y aporte de los estudiantes en

la vida del Colegio.

2.- Los organismos estudiantiles del Colegio son: El Consejo de Curso y el Centro de

Alumnos. El número de miembros de cada organismo, las funciones de cada cargo y la forma de

elegirlos son normados por los Estatutos del Centro de Alumnos y normativa de cada curso.

3.- El Consejo de Curso, elegido por los alumnos de cada curso, tiene como finalidad la

organización e integración de los miembros de cada curso, promoviendo su participación a

través de actividades que fomenten la autodisciplina, el trabajo formativo y académico, así como

acciones de servicio a la comunidad y las de carácter cultural, social y deportivo; se regirán por

una estructura organizacional que coordinará la Jefatura Técnica y Orientación.

4.- El Centro de Alumnos, constituye el canal de participación más alto de los alumnos en la

vida institucional del Colegio, para lo cual tiene reuniones periódicas con la Dirección.

Asimismo, promueve la integración, participación y organización de todos los alumnos como

miembros de la comunidad educativa.

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CAPITULO VII

DE LOS ESTIMULOS

Todo grupo humano estimula o reconoce de alguna manera las conductas positivas de sus

miembros.

Son estímulos las acciones que se realizan para reconocer, reforzar y motivar las conductas

positivas propuestas en el perfil del alumno, por participación en actividades relevantes y

acciones destacadas individuales, grupales y en representación del Colegio.

El Colegio tiene los siguientes estímulos:

a) Observaciones de carácter positivo en la hoja de vida del estudiante consignada en el libro de

clases.

b) Reconocimiento y felicitación pública en Actos Semestrales y/o anuales.

c) Premios y distinciones especiales.

CAPITULO VIII

DEL DERECHO A APELACIÓN.

Todos los miembros de la Comunidad Educativa tienen derecho a la apelación frente a cualquier

medida que se considere injusta, arbitraria o que no se ajuste a reglamento.

1.1 Las formas de apelación son:

a) Conversación en entrevista formal (Constancia en hoja de entrevista)

b) Carta dirigida Administración – Dirección – Unidad Técnica – Consejo Escolar – Comité

de Convivencia Escolar - CGPA – CCAA - otros; dependiendo la materia o situación

particular y atendiendo al estamento correspondiente de acuerdo a lo establecido en los

reglamentos y protocolos del Colegio.

c) Una vez recepcionada se le dará respuesta en un plazo máximo de quince días hábiles

d) Si el alumno(a) o apoderado(a) considera insatisfecha su inquietud tiene el derecho a

dirigir su reclamo a la Superintendencia de Educación.

1.2 Colegio El Bosque cuenta con un Libro de Sugerencias y Reclamos que está a disposición de

toda la comunidad educativa en secretaría; con el objeto de conocer oportunamente las

inquietudes de sus miembros. Existe la disposición y máximo interés en mejorar

permanentemente la gestión en beneficio de la educación integral de los estudiantes.

1.3 Se insta a todos los miembros de la Comunidad Educativa de Colegio El Bosque a seguir los

conductos regulares para que las relaciones interpersonales se den en un marco de confianza y

respeto mutuo.

En Arauco, se promulga el Reglamento de Convivencia Escolar 2017 del Colegio El

Bosque, con la participación de todos los estamentos que conforman el Consejo Escolar.

Actualizado con ORD: N° 0476 de la Superintendencia de Educación.

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ANEXO:

Forman parte como Anexos del presente documento, el Proyecto Educativo Institucional PEI, los sgtes

Reglamentos, Protocolos, , Planes y Estatutos , todos ellos disponibles en página web del colegio

- Proyecto Educativo Institucional PEI

- Reglamento de Evaluación y Promoción de los Niveles de Educación Básica y Media

- Estatutos CGPA

- Estatutos CCAA

- Protocolo de acción para accidentes escolares

- Protocolo situaciones de embarazo, maternidad y paternidad

- Protocolo acoso escolar

- Protocolo ante situaciones de maltrato entre estudiantes

- Protocolo ante situaciones de maltrato de adulto a menor

- Protocolo salidas pedagógicas

- Plan de gestión para la convivencia escolar

- Plan Integral de Seguridad Escolar (PISE) Incluye Protocolo Primeros Auxilios

IMPORTANTE:

Todos los establecimientos deberán publicar su Reglamento Interno en el sitio web del

establecimiento educacional o mantenerlo disponible en el recinto, para conocimiento de los estudiantes, padres madres y apoderados. Además de mantenerlo actualizado en la plataforma del Ministerio de Educación.

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NOMBRE CARGO FIRMA

MARCIA VALENZUELA CARRASCO

REPRESENTANTE

LEGAL SOCIEDAD

EDUCATIVA

CLAUDIA CUEVAS HERMOSILLA

REPRESENTANTE

DE LOS

PROFESORES

MILLARAY PINO VEGA

PRESIDENTE DEL

CGPA

JAVIERA NÚÑEZ PIRUL PRESIDENTE DEL

CCAA

GLORIA CARRASCO NUÑEZ

ENCARGADA DE

CONVIVENCIA

ESCOLAR

ORIENTADORA

PAOLA ROZAS SANCHEZ

REPRESENTANTE

DE LOS

ASISTENTES DE

LA EDUCACIÓN.

LESLY PADILLA NORAMBUENA DIRECTORA