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Escuela La Dama Blanca, Talcahuano 2016 -2018 Reglamento Interno y de Convivencia Escolar

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Escuela La Dama Blanca, Talcahuano

2016 -2018

Reglamento Interno y de

Convivencia Escolar

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Contenido TITULO I: ANTECEDENTES…………………………………………………………………………………………………………….. 3

TITULO II : REGLAMENTO INTERNO………………………………………………………………………………………………..4

Del ingreso a la escuela ............................................................................................... 4

De la permanencia en la escuela. ................................................................................ 4

De los canales de comunicación (Revisar y Completa) ............................................... 5

Los conductos regulares de comunicación serán: ....................................................... 5

De reuniones, entrevistas, otros. (Revisar y Completar) ........................................... 6

Normas para el correcto y normal desarrollo de la actividad escolar diaria. ......... 6

TITULO III:

Talleres extraescolares. ........................................................................................... 9

Salidas educativas ....................................................................................................... 9

Participación y formas de apoyo a las estudiantes que representan a la escuela en

actividades extraescolares. ............................................................................................................... 11

Normas y uso de la Agenda Escolar .......................................................................... 12

Uso de los diferentes espacios ............................................................................ 12

TITULO III : MARCO DE VALORES DE CONVIVENCIA ESCOLAR……………………………………………………….14

Deberes generales para todos los miembros de la comunidad educativa. .......... 18

A los deberes y responsabilidades de cada estamento. ....................................... 18

A los Derechos de cada estamento. ......................................................................... 24

Normas Generales de conducta ........................................................................... 27

De las normas trabajo escolar y responsabilidad de las estudiantes .................... 28

Normas de conductas de sana convivencia de las estudiantes.Error! Bookmark

not defined.

Normas fuera del establecimiento: ....................................................................... 28

Presunción de inocencia............................................ Error! Bookmark not defined.

El Justo Procedimiento .......................................................................................... 29

Definición de faltas ............................................................................................ 30

Clasificación de las faltas ................................................................................... 30

Faltas Leves ....................................................................................................... 31

Sanción para falta leve ...................................................................................... 32

Faltas Graves. .................................................................................................... 32

Faltas gravísimas ............................................................................................... 33

Medidas y Sanciones para faltas graves. ........................................................... 34

Sanciones se clasificarán en leves, graves y gravísimas. ................................... 36

CAPITULO VIII: Medidas preventivas alumnas……………………………………………………………………………..40

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TITULO I: ANTECEDENTES

El presente Reglamento Interno y de Convivencia Escolar establece el conjunto de

normas y procedimientos que regulan y orientan la forma en cómo deben relacionarse

todos los miembros de nuestra comunidad educativa, Escuela “La Dama Blanca” de

Talcahuano, especificando los derechos y deberes de todos los actores de ésta institución

educacional. Con el fin de conseguir en nuestras estudiantes las metas propuestas en

nuestro proyecto educativo institucional

El Reglamento Interno tiene como objetivo asegurar el normal desarrollo de las actividades

académicas, velar permanentemente por el desarrollo de las estudiantes, junto con cautelar

la seguridad de todos los integrantes de la comunidad educativa, en un marco de respeto,

confianza, comprensión y tolerancia. Con el fin principal de enseñar a vivir en paz y armonía

con otros.

El logro de estos objetivos exige que todos los integrantes de nuestra comunidad educativa

respeten sus derechos y cumplan con sus obligaciones, fomentando siempre la capacidad

de tolerancia, aceptando y valorando las diferencias y siendo solidarios, principalmente con

aquellas estudiantes que necesitan más ayuda para construir sus proyectos de vida.

Nuestra comunidad educativa, Escuela La Dama Blanca de la comuna de Talcahuano, es una

institución escolar municipal, diurna y gratuita, que imparte enseñanza en los niveles de

Pre-Kínder y Kínder en Educación Parvularia ; y de 1° a 8° año de Educación Básica, con un

funcionamiento en dos jornadas. Con una matrícula aproximada de 750 estudiantes.

Pertenece a la Municipalidad de Talcahuano, Región del Bio-Bío, siendo administrada por el

DAEM quien realiza las funciones de sostenedor. La Escuela La Dama Blanca es declarada

cooperador de la función educacional del Estado por Decreto de Reconocimiento Oficial Nº

1438 de 1982 y Rol Base de Datos 4724-4.

Cuenta con un equipo multidisciplinario aproximadamente de 50 personas, entre

profesores de educación básica, con diversas especialidades, profesores de enseñanza

media aptos para educación básica, profesores diferenciales, psicólogas, trabajadores

sociales, asistentes de la educación, personal administrativo y auxiliar, cada uno con

funciones específicas para cubrir las necesidades educativas de todas nuestras estudiantes.

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El objetivo común de nuestra unidad educativa, es contribuir a la formación y el logro de

aprendizajes de todas las estudiantes que son miembros de ésta, propendiendo a asegurar

una educación integral-inclusiva que potencie saberes de las ciencias, artes, deportes,

tecnología, habilidades sociales comunicativas, trabajo en equipo, creatividad, sentido

crítico-reflexivo, y empoderadas en su identidad de género femenino. El propósito

compartido de la comunidad se expresa en la adhesión al proyecto educativo del

establecimiento y a sus reglas de convivencia establecidas en el presente reglamento

interno.

Nuestra Unidad Educativa promueve formar personas en valores humanos de

responsabilidad, respeto, solidaridad, honestidad, autonomía, afectividad, y disciplina.

“Para promover la buena convivencia escolar y prevenir toda forma de violencia física o

psicológica, de agresiones y de cualquier forma de hostigamientos” (Artículos de la Ley Nº

20.536, sobre Violencia Escolar). Entre los integrantes de nuestra comunidad educativa,

contamos con un encargado y un equipo de Convivencia escolar, éste órgano está integrado

por representantes de todos los estamentos de nuestra comunidad.

IDENTIFICACIÓN DE NUESTRO ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL

NOMBRE DE LA ESCUELA: La Dama Blanca

DIRECCIÓN: Sargento Aldea 132, Talcahuano

TELEFONO: 41-2542997

CORREO ELECTRÓNICO: [email protected]

RBD: 4724-4

DIRECTOR: Germán Cisternas Riffo

INSPECTORÍA GENERAL: Viviana Gutiérrez Vásquez

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TITULO II: REGLAMENTO INTERNO

El presente Reglamento Interno regula las relaciones entre el establecimiento y los

distintos actores de la comunidad educativa, garantizando un justo procedimiento en el

caso en que se contemplen sanciones, las que en ningún caso podrá contravenir la

normativa vigente. Para esto es necesario establecer normas de funcionamiento para todos

los integrantes de nuestra comunidad educativa, por lo tanto todos los que son parte de la

escuela “La Dama Blanca” de Talcahuano, asumen las siguientes Normas de

Funcionamiento:

Del ingreso a la escuela

Sección 1.01 Entregar los siguientes documentos:

(a) Certificado de nacimiento.

(b) Informe de notas.

(c) Informe de personalidad.

Sección 1.02 En caso de ser estudiante nueva, una vez entregado los documentos y la disponibilidad de matrícula, la estudiante y apoderado deberán ser entrevistados(as) por Inspectoría y departamento de Orientación.

Sección 1.03 Posteriormente Dirección confirmará la incorporación de la nueva estudiante.

Sección 1.04 Las estudiantes que ingresan a los niveles de 1er y 2do ciclo, serán acompañadas por el equipo de orientación y psicosocial para evaluar su adaptación a nuestro proyecto educativo durante su primer semestre.

De la permanencia en la escuela.

Sección 2.01 La permanencia de una estudiante está sujeta a su comportamiento regulado por este reglamento interno y de convivencia escolar. Ajustándonos a la ley 20.845, Ley de Inclusión Escolar.

Sección 2.02 Si existieran faltas gravísimas al Reglamento y Sana Convivencia Escolar, cabe la solicitud de parte de Dirección el cambio de escuela de la estudiante, siempre y cuando exista la aplicación del justo procedimiento.

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De los canales de comunicación.

Sección 3.01 La Escuela se compromete a dar información oportuna a los padres, madres o apoderados en los aspectos académico y formativo a fin de reforzar conductas positivas y de enmendar aquellas que pudieran estar alterando negativamente su desarrollo integral, de igual forma, los padres también deben pedir información cuando lo estimen necesario. La familia es la primera responsable de actualizarse respecto a la situación de su hija. Sin embargo, cada Profesor(a) Jefe, también es responsable de dar la información oportuna a los padres, madres o apoderados sobre el desarrollo académico y formativo del estudiante, garantizando una comunicación actualizada y permanente entre la escuela y el hogar. Los Profesores de Asignatura también podrán comunicarse con los padres vía agenda escolar y/o entrevista personal si fuera necesario.

Sección 3.02 Las entrevistas personales son el medio de comunicación más directa entre el profesor(a) y el apoderado(a) y entre profesor(a) y la estudiante. Las entrevistas pueden ser solicitadas por la Dirección, Inspectoría, los Profesores(as) Jefes, Profesores(as) de Asignatura, profesores diferenciales, profesionales asistentes de la educación o por los padres, madres o apoderados.

Sección 3.03 Toda información de actividades propias del establecimiento, reuniones de apoderados u otros será a través de las circulares o comunicaciones en la agenda, emanadas de la Dirección de la escuela a toda la comunidad educativa.

Sección 3.04 El sitio web de la escuela es, www.ladamablanca.cl, está a disposición de toda la comunidad educativa donde podrá encontrarse información relevante sobre la comunidad escolar.

Sección 3.05 Las notas de nuestras estudiantes son comunicadas a los padres a través de un documento que se entrega en reuniones de microcentro planificadas para ello, también pueden ser informadas en entrevista personal o en Informe de Notas.

Sección 3.06 Los registros de anotaciones positivas o negativas de las estudiantes serán comunicadas a los apoderados por el profesor jefe a través de entrevista personal.

Los conductos regulares de comunicación serán:

(a) Asuntos académicos: (i) Profesor(a) de asignatura.

(ii) Profesor(a) Jefe.

(iii) Jefa de U.T.P. (iv) Director

(b) Asuntos académicos de estudiantes con N.E.E.: (i) Profesor(a) diferencial.

(ii) Profesor(a) de asignatura. (iii) Profesor(a) Jefe. (iv) Coordinadora P.I.E. (v) Jefa de U.T.P

(vi) Director.

(c) Asuntos formativos: (i) Profesor(a) de asignatura.

(ii) Profesor(a) Jefe. (iii) Inspectoría General (Encargada de Convivencia Escolar) (iv) Orientación y equipo psicosocial. (v) Director.

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De reuniones, entrevistas, otros.

Sección 5.01 Para los padres y apoderados, la asistencia a reuniones académicas y formativas (charlas, talleres, jornadas, etc.) son de carácter obligatorio.

Sección 5.02 La inasistencia a reunión, debe ser justificada previamente vía agenda; en caso contrario al día siguiente el apoderado(a) deberá justificarlo personalmente, en inspectoría. Esta medida tiene por objeto cautelar que los padres asuman la responsabilidad de ser los primeros educadores de sus hijos, y por lo tanto, responder a un compromiso adquirido.

Sección 5.03 El Informe de Notas o informe evaluativo del estudiante cuyo apoderado no acuda a reunión, se entregará personalmente a través del Profesor(a) Jefe en entrevista.

Sección 5.04 Las entrevistas para padres o apoderados se realizarán en los horarios disponibles por cada profesor previa citación.

Sección 5.05 En el caso de dos citaciones a entrevista no concretadas y sin justificación, el Profesor(a) Jefe, Educadora o quien haya citado, informará a Inspectoría para que el apoderado(a) sea citado por este estamento en forma urgente.

Sección 5.06 Los apoderados que requieran entrevista extraordinaria con el Profesor(a) Jefe, Profesor(a) de Asignatura u otra persona, podrán solicitar dicha entrevista por escrito vía agenda.

Sección 5.07 Cualquier situación relevante relacionada con las estudiantes, debe ser comunicada al Profesor(a) Jefe o a la Educadora a la brevedad. En ausencia de ellos la comunicación se debe hacer a Inspectoría General.

Normas para el correcto y normal desarrollo de la actividad escolar

diaria: horarios, asistencias, atrasos, uniforme.

Respecto del horario de funcionamiento y en virtud de estar adscritos al Proyecto de Ambas

Jornadas Escolares, nuestra escuela ha establecido el siguiente horario de trabajo:

Sección 6.01 Horario de jornada de clases.

(a) Respecto al horario de las estudiantes:

Pre- Básico J.

Mañana

Pre- Básico J.

Tarde

Jornada de la

Mañana

Jornada de la

Tarde

Ingreso 8:30 14:00 8:00 14:00

1er recreo 9:30 15:30

2do recreo 11:25 17:10

Salida 12:30 18:00 12:55- 13:40 18:50- 19:20

Colación

(Almuerzo)

12: 00 15:00 13:00 – 14:00 13:00 – 14:00

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Sección 6.02 Respecto de la inasistencia se establece que:

(a) La inasistencia a una jornada de clases se justifica personalmente por el o la apoderado(a) en Inspectoría General, con un plazo máximo de 24 horas desde ocurrida la inasistencia. En su defecto un certificado médico acompañado de la comunicación del apoderado en la agenda.

(b) La inasistencia a una evaluación calendarizada se justifica personalmente por el apoderado o en su defecto una comunicación de él en la agenda, con un plazo máximo el día de reincorporación a clases de la estudiante y con la presentación del certificado médico correspondiente a su atención de salud, el que debe ser presentado en inspectoría, quién lo visará para su presentación al profesor jefe y jefe de UTP. La evaluación pendiente queda sujeta al reglamento de evaluación.

(c) Cuando las inasistencias o atrasos de las estudiantes sean producto de alguna representatividad reconocida por la Dirección de la escuela no será considerada como tal, dejando constancia de esto en el Libro de Clases.

(d) En los primeros minutos de cada clase, será responsabilidad de cada Profesor(a) pasar asistencia y solicitar los pases correspondientes en cada hora de clases u otra actividad programada y registrar lista de inasistencia al término de la hora en el libro de clases.

Sección 6.03 Respecto de los atrasos se establece que:

(a) Las estudiantes que lleguen al establecimiento después de 10 minutos de iniciada la jornada escolar, registrarán su atraso en inspectoría. Ingresando al aula con su pase correspondiente.

(b) Al producirse la tercera falta de este tipo se citará al apoderado para que firme y tome conocimiento de la sanción respectiva.

(c) La estudiante que llegué al establecimiento después de 30 min. De iniciada la jornada escolar, se registrará en inspectoría y se dará aviso al apoderado vía llamada telefónica, lo cual quedará registrado en el anecdotario de la estudiante. Dándole pase para ingresar al aula.

(i) En caso de que el apoderado no conteste la llamada, se le citará a entrevista con Inspectoría General para el día siguiente. Se registrará en el anecdotario de la estudiante.

(ii) Si el apoderado no asiste a entrevista la estudiante será derivada a orientación para seguimiento.

Sección 6.04 Respecto a los retiros de la jornada de clases, se establece que:

(a) La única forma que una estudiante pueda salir del establecimiento durante la jornada escolar es mediante el retiro directo del apoderado titular o suplente. En casos excepcionales, el apoderado titular podrá autorizar por escrito y en la agenda escolar, a un adulto responsable quien deberá ser explícitamente identificado con su nombre y RUT. Dicha autorización de retiro será válida sólo para ese evento. De este acto, se debe dejar constancia en el registro de Inspectoría y en el registro de salida de la portería.

(i) En caso de atención médica de estudiantes de 7mos y 8vos años, el apoderado puede autorizar la salida de la estudiante por escrito en agenda junto a la citación o carnet médico, sin la compañía de un adulto. La salida quedará registrada en el anecdotario de la estudiante junto a la copia del documento.

(b) Las alumnas convocadas para representar a la escuela en actos públicos, lo harán con la autorización de la Dirección y respaldados por el protocolo de salida respectivo y con la autorización del apoderado dejada en Inspectoría General.

Sección 6.05 Respecto uso del uniforme de las estudiantes se establece que es obligatorio. Este se debe ser usado con respeto y dignidad durante toda la jornada escolar y en aquellas ocasiones que el colegio así lo determine. El uniforme de la Escuela La Dama Blanca de Talcahuano, es el siguiente:

(a) Falda cuadrillé en tonalidad gris/ burdeo cuya extensión no debe ser menor a 5cm. por sobre la rodilla.

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(b) Blusa con corbata institucional de la Escuela para ocasiones formales.

(c) Polera gris institucional uso cotidiano.

(d) Chaleco de color azul, con escote V, que contiene la insignia de la escuela, y no ajustado en la cintura.

(e) Calcetas de color azul, panty o ballerina en color azul.

(f) Zapatos negros, (no está permitido el uso de botines ni zapatillas de lona negra).

(g) Para recogerse el pelo deberán usar un ajustador de color burdeo, blanco o azul.

(h) Parka del Colegio institucionalizada o azul marino.

(i) Delantal blanco desde 1° a 8° año, pre-kínder y kínder cuadrille institucional.

(j) Si la estudiante no tiene estos implementos por motivos económicos, su apoderado deberá comunicar al establecimiento a través de entrevista personal.

(k) Para la clase de educación física las alumnas deberán presentarse son el siguiente uniforme, para resguardar su integridad física y su salud corporal:

(i) Polera de Educación Física: Color blanca institucional (parte superior), manga corta. (ii) Buzo institucional del Colegio, recto sin “apitillar”.

(iii) Zapatilla deportiva (cualquier marca)

Sección 6.06 Con el fin de resguardar la salud e integridad física las estudiantes deberán mantener la siguiente presentación personal:

(a) Usar las uñas cortas, limpias y sin pintar.

(b) Presentar un rostro limpio, sin maquillaje ni adornos (piercing).

(c) Deberán permanecer con el cabello recogido, ordenado y sin teñir.

(d) No deberán portar joyas como piercing y/o expansiones. Sólo se permitirá el uso de aros que no sean colgantes, que no sean de colores llamativos, ni que interfieran o molesten en el desarrollo de las clases, especialmente en Educación Física.

El personal docente, asistentes de la educación profesionales y no

profesionales del sector municipal y personal pro-empleo, se regirá según Ley Nº 19070

del estatuto docente y código del trabajo, de acuerdo a las normativas vigentes.

Normas legales referidas a:

a) Ingreso: Art. 64 y 65 del estatuto docente y código del trabajo.

b) Contrato: Art. 151 y 152 del estatuto docente y por el código del trabajo.

c) Licencias: Art. 94 del estatuto docente.

d) Permisos: Art. 95 del estatuto docente.

e) Feriados: Art. 96 del estatuto docente.

Sección 7.01 No obstante la normativa Dirección e inspectoría general, comunicarán por memorándum la situación que corresponda.

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Talleres extraescolares.

Sección 8.01 El horario de funcionamiento de las talleres extraescolares, se desarrollarán de lunes a viernes en contra jornada y los sábados entre las 9:00 hrs y 14:00 hrs.

Sección 8.02 Las estudiantes podrán inscribirse en más de un taller.

Sección 8.03 Para ingresar al taller la estudiante debe traer una ficha de inscripción firmada por el apoderado, en donde autoriza su participación y así cubrir el seguro escolar y las salidas respectivas relacionadas con la participación del taller.

Sección 8.04 El profesor o Talleristas se hará responsable de la promoción de su taller y de la asistencia de las niñas.

Sección 8.05 El profesor debe informar a inspectoría general y encargado(a) de extraescolar cualquier cambio de horario o espacios en donde se debe desarrollar el taller y además informar al apoderado a través de la agenda escolar.

Sección 8.06 El taller funcionará con un mínimo de 5 estudiantes.

Sección 8.07 La continuidad del taller será evaluado mensualmente por encargado de taller, encargado extraescolar y jefe U.T.P.

Sección 8.08 El encargado de taller deberá informar la inasistencia de la estudiante a inspectoría general una vez finalizada la clase. Registrándose su inasistencia en su anecdotario.

Sección 8.09 Las inasistencias al taller deben ser justificadas como una clase normal, según este reglamento.

Sección 8.10 El apoderado debe comunicar la inasistencia de la estudiante al taller a través de la agenda escolar.

Salidas educativas.

El Proyecto Educativo de la escuela ofrece a los alumnos la posibilidad de participación organizada en diversas actividades en relación con materias técnico-pedagógicas y formativas que pueden realizarse, tanto al interior como fuera del establecimiento. Se consideran salidas generales: salidas educativas, visitas solidarias, encuentros deportivos, culturales, desfiles, giras de estudio, etc.

Sección 9.01 Las salidas generales deben ser autorizadas por Dirección y U.T.P.

Sección 9.02 Para obtener la autorización el Profesor(a) debe presentar previamente a U.T.P. proyecto, programa y presupuesto de salida con la debida anticipación. Las actividades deberán programarse anual o semestralmente quedando debidamente presupuestadas. En caso de situaciones emergentes y/o de excepción el plazo de presentación mínimo será una semana de anticipación, quedando sujetas a revisión para su posible autorización.

(a) El proyecto de salida educativa debe estar inserto en las actividades de las planificaciones de la asignatura, talleres u otros.

Sección 9.03 La coordinadora SEP, con previa autorización firmada por Dirección y U.T.P., gestionará el transporte el cual debe ofrecer garantías de seguridad y contar con un Contrato celebrado por escrito por el prestador del servicio conforme a lo estipulado en el Ord. 4248 de Secretaría Ministerial de Educación, punto Nº5. Además de lo solicitado y autorizado en la programa de la actividad.

Sección 9.04 Las estudiantes deben ir acompañadas permanentemente por los profesores que han de brindar los resguardos necesarios, lo que debe ir especificado en el programa de la actividad.

Sección 9.05 Toda salida debe contar con la autorización escrita de los padres o apoderados de las estudiantes participantes.

Sección 9.06 Una salida que se está realizando, podrá ser suspendida si la situación lo amerita.

Sección 9.07 Una vez realizada la actividad, el responsable informará por escrito a la U.T.P. el desarrollo de la experiencia incluyendo evidencias fotográficas.

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Sección 9.08 En el caso que la estudiante tenga un comportamiento inadecuado (que no se ajuste a las normas de convivencia escolar establecidas en nuestro reglamento), puede ser suspendida la actividad y/o enviar de vuelta a la o las estudiantes involucradas al establecimiento en compañía de un profesor o un adulto responsable, informando previamente de la situación a sus padres y/o apoderado, quienes tendrán que cubrir los gastos implicados.

Sección 9.09 Salida educativa: el conjunto de actividades educativas extraescolares que planifiquen, organicen y realicen dentro del territorio nacional, grupos de las estudiantes del establecimiento, con el objeto de adquirir experiencia en los aspectos económicos, sociales, culturales y cívicos de la región que visiten, que contribuyan a su formación y orientación integrales (Circular Nº 2 Superintendencia de Educación, 22/03/2013) del Ministerio de Educación.

(a) Se podrá otorgar autorización siempre y cuando en su realización participe a lo menos un profesor por cada 15 estudiantes.

(b) Aquellos viajes que no cuenten con la autorización del Ministerio de Educación, no podrán acogerse al Decreto 313/72 de Seguro Escolar.

(c) Será el Director del establecimiento, quien reúna los antecedentes, cautele el cumplimiento de los requisitos y disponga de ellos para su posible revisión por parte de los fiscalizadores de la Superintendencia de Educación.

(d) Para tal efecto se requiere lo siguiente:

(i) Presentación de una planificación didáctica que declare propósitos, objetivos de aprendizaje, el programa de la actividad e itinerario.

(ii) Autorización escrita de los padres o apoderados, la que quedará en poder del establecimiento.

(iii) Nombre completo y Rut del profesor (a) que irá a cargo de los alumnos y alumnas y de los adultos acompañantes.

(iv) Curso, fecha, horario y lugar donde se realizará la actividad.

(v) Fotocopia de la documentación del medio de locomoción que se utilizará en el traslado de los alumnos, número de la patente, permiso de circulación, registro de Seguros del Estado al día, Licencia de Conducir.

(vi) Si se cumplen las disposiciones, el Departamento Provincial de Educación autorizará la actividad y otorgará acceso al Seguro Escolar para alumnos, alumnas y profesores que participarán.

(e) Para la aprobación y realización será requisito el cumplimiento de lo antes señalado, explicitando la planificación didáctica formalizada a través de un instrumento que declare los Objetivos de Aprendizaje correspondientes que se fortalecerán en dicha actividad, como la sana convivencia, respeto, tolerancia, colaboración mutua y otros contenidos relacionados con las unidades desarrolladas durante el año escolar.

(f) Esta visita está considerada como una actividad curricular y forma parte de los programas de estudio.

(g) Las estudiantes que participen en las Giras de Estudio estarán protegidos por el Seguro Escolar, al que tienen derecho las estudiantes regulares. No procederá en vacaciones de invierno ni después del término del año escolar.

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Participación y formas de apoyo a las estudiantes que representan a la

escuela en actividades extraescolares.

La Escuela apoya la promoción y fortalecimiento de las áreas deportiva, cultural y artística como

fuentes del desarrollo integral de nuestras estudiantes, y particularmente brindará apoyo cuando

se trate de participación en actividades o eventos de representación institucional. Lo hará bajo los

siguientes criterios:

Sección 10.01 Para Participar en Actividades Deportivas, Culturales y Cívicas representando a la escuela, la estudiante debe considerar:

(a) Salud física y mental compatible con la actividad, especificada en la ficha de autorización.

(b) Tener asistencia sistemática a los entrenamientos y/o actividades de formación, mínimo 75%.

(c) Tener un desarrollo personal acorde al reglamento de convivencia escolar.

(d) En situación de Condicionalidad se analizará caso a caso, pudiendo participar sólo previa autorización de la Dirección, informando de ello al Comité de Convivencia Escolar. En caso de apelación, la decisión corresponderá al Consejo Escolar.

Sección 10.02 Apoyos otorgados por la escuela a las deportistas y participantes de actividades culturales en general:

(a) Readecuación del calendario de pruebas para todas aquellas estudiantes que participen en torneos o eventos (oficiales) convocados y/o autorizados por la escuela. Esta readecuación será realizada por el Profesor(a) Jefe y el jefe de UTP, informando a los respectivos profesores de asignatura. Se sujeta a reglamento de evaluación.

(b) Proveer a la estudiante de medios de retroalimentación, correspondientes a la(s) asignatura(s) en que ha debido ausentarse, con el respectivo apoyo pedagógico del profesor(a) de asignatura, si es solicitado.

(c) Autorización para asistir a clase con el buzo deportivo de la escuela el día de la competencia o presentación en el caso que esta sea durante el horario de clase o muy cercano a éste.

(d) Disponer de locomoción para el traslado a competencias y presentaciones locales realizados durante la semana, en el caso que ésta sea durante el horario de clase o muy cercano a éste.

(e) Todos los talleres Deportivos (Básquetbol, Fútbol, Gimnasia Artística, zumba kids, etc), tendrán como con indumentaria oficial el uniforme deportivo de la escuela (buzo, short y polera).

(f) La Escuela dispondrá de indumentaria deportiva básica, que facilitará a las estudiantes, que represente en eventos importantes como competencias o presentaciones locales, comunales, provinciales y regionales. Esta indumentaria deberá ser devuelta por la estudiante, al término del evento. En caso de extravío o deterioro, su familia asume la responsabilidad de reposición de la indumentaria facilitada.

(g) Difusión sistemática de participación y resultados en eventos deportivos y culturales a través página web y medios de comunicación disponibles, de acuerdo a las informaciones enviadas a Coordinación de Actividades Extraescolares por el profesor(a) encargado.

Sección 10.03 A las deportistas o participantes culturales destacadas: Estudiante que representa o proyecta a la Escuela, integrando una Selección a nivel comunal, provincial o regional.

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(a) Se recalendarizará las evaluaciones cuando la situación lo amerite.

(b) Las estudiantes que se ausenten por la participación de actividades extraescolares quedarán presentes en los registros.

Normas y uso de la Agenda Escolar

La Agenda Escolar es un documento de uso diario, obligatorio y oficial de la escuela, una ayuda para

el trabajo escolar de la estudiante y un instrumento de comunicación con los padres de familia.

Sección 11.01 En ella las estudiantes deben completar sus datos personales y las del apoderado y apoderado suplente, anotar las asignaturas, calificaciones, horario, tareas y pruebas que tiene para cada día. La Agenda Escolar debe:

(a) Tener los datos generales debidamente registrados. (b) Estar sin inscripciones, estampas, dibujos o anotaciones ajenas a su finalidad. (c) Estar firmada sólo por los padres de familia o apoderados, cuyas firmas se encuentren

registradas. (d) Informar inmediatamente en caso de extravío. (e) Contener comunicaciones del hogar escritas sólo por el apoderado (puño y letra). (f) Ser firmada al recibir una comunicación (no debe tener firmas sin comunicación). (g) La adulteración de la firma del padre, madre y/o apoderado constituye una falta grave y se

aplicarán las sanciones que corresponden.

Sección 11.02 Los padres registran las observaciones, anotaciones, justificaciones y solicitudes de permisos y entrevistas.

Sección 11.03 Los profesores anotan en ella lo que desean comunicar a los padres.

Sección 11.04 Las estudiantes deben traer su agenda todos los días. La presentará firmada por el padre, madre o apoderado, cuando el Profesor de Asignatura, Profesor Jefe, inspectoría, orientadoras, equipo psicosocial, jefe de U.T.P., o Director lo soliciten.

Sección 11.05 La agenda será revisada una vez al semestre por Profesor jefe, Inspectoría General o Dirección, quedando registrado dicha supervisión en su hoja de vida.

Uso de los diferentes espacios (laboratorios de ciencias, sala de

computación, biblioteca, comedor)

Sección 12.01 Durante los recreos, las estudiantes deben jugar en los patios asignados para cada nivel, con excepción de los días de lluvia donde permanecerán en gimnasio y pasillo del 1er piso del s2do pabellón. Con efecto de organizar estas situaciones, se establece para estos casos:

(a) Pre- kínder y Kínder en patio de Educación preescolar.

(b) 1er y 2do ciclo en patio central, según jornada.

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Sección 12.02 Frente a cualquier situación anómala (es decir que requiera de intervención de un adulto, tales como: caídas, golpes, agresiones o accidentes, entre otros), durante el recreo, la estudiante debe acudir al inspector de patio o asistente de la educación de turno, en el caso de la educación pre-escolar la Educadora o Técnico Asistente, o Profesor(a) que se encuentre más cercano.

Sección 12.03 Para el traslado de cursos en horario de clases, hacia el gimnasio, laboratorio de computación, laboratorio de ciencias o biblioteca las estudiantes, acompañados por un Profesor(a) y/o Asistente, lo harán en silencio y en orden a fin de no afectar el normal desarrollo de las clases de los demás cursos. El Profesor(a) de la asignatura correspondiente es el responsable de que lo anterior se cumpla.

Sección 12.04 Uso del Laboratorios de ciencias, se establece que:

(a) Toda estudiante puede hacer uso de los laboratorios con presencia de un profesor responsable y con la autorización de los respectivos encargados.

(b) Todo daño o deterioro del material debe ser repuesto por la estudiante que lo ocasionó.

(c) Es necesario cuidar los objetos y las sustancias que se emplean en los experimentos y dejar todo limpio al término del trabajo.

(d) Para ingresar al laboratorio deben estar acompañados del profesor respectivo, llevar los libros y guías así como el delantal, de acuerdo a las indicaciones recibidas y mantener el orden que exige la actividad.

(e) Se espera de todos las estudiantes cooperación, orden, ambiente de trabajo, uso moderado de la voz, con el objeto de aprovechar el tiempo y lograr un buen rendimiento en las prácticas.

(f) Queda prohibida estrictamente la manipulación de cualquier sustancia u objeto de laboratorio sin autorización y supervisión del profesor de la asignatura.

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TITULO III: MARCO DE VALORES SOBRE CONVIVENCIA.

Con el objetivo de ofrecer a nuestra comunidad educativa un marco que regule y promueva

la sana convivencia y que la oriente a cómo convivir con los diversos actores que la conforman, se

han elaborado normas y se han tomado acuerdos que definen los comportamientos aceptados,

esperados y prohibidos, estableciendo criterios y procedimientos formativos para abordar los

conflictos y las situaciones de violencia. Teniendo en cuenta que es responsabilidad de todos y cada

uno de los miembros de ésta comunidad generar una convivencia escolar armónica.

Este Reglamento está inspirado en el Proyecto Educativo de nuestro establecimiento, el cual

pretende potenciar el desarrollo integral de nuestras estudiantes (personal, social y académico), es

por esto que tiene un enfoque formativo, orientativo y disciplinar. Conjuntamente con esto

promovemos que en todas y cada una de las acciones, procedimientos y políticas de la escuela se

debe tener en consideración el interés superior de las estudiantes de nuestra comunidad educativa,

pero fortaleciendo a la vez la autoridad del profesor para un correcto desarrollo del proceso

educativo y una mayor colaboración y compromiso de los padres, madres, tutores y/o apoderados

de las estudiantes en la función de este para el desarrollo y fortalecimiento de los aprendizajes

integrales de sus niñas, nuestras estudiantes. A la vez entendiendo que las acciones preventivas son

la más adecuada garantía para la mejora de la convivencia escolar.

Es por esto que este reglamento está sujeto a las normas, leyes, políticas y convenios vigentes de

nuestro país, como se nos exige. En consecuencia los documentos que sustentan este reglamento

son:

• PEI de La escuela La Dama Blanca.

• Constitución Política de la República de Chile.

• Ley de Convivencia escolar.

• Ley General de Educación.

• Declaración Universal de los Derechos Humanos.

• Convención de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes

• Ley de Violencia Escolar.

• Ley de No Discriminación.

• Ley de Inclusión.

Sentidos y definiciones institucionales definidos en nuestro PEI

Nuestro proyecto educativo institucional promueve los siguientes Sellos educativos, que se

relacionan con la convivencia escolar

• Formar personas en valores humanos de responsabilidad, respeto, solidaridad, honestidad,

autonomía, afectividad, y disciplina.

• Promover una educación integral-inclusiva que potencie saberes de las ciencias, artes,

deportes, tecnología, habilidades sociales comunicativas, trabajo en equipo, creatividad,

sentido crítico-reflexivo, y empoderadas en su identidad de género femenino.

• Desarrollar una Convivencia Escolar de escuela segura, con hábitos de vida saludable, con

formación ciudadana, conciencia medioambiental, de atención a la diversidad para la

efectiva igualdad de oportunidades educativas.

Todo nuestro que hacer está basado en la visión y misión de nuestro PEI

Visión

“La Escuela La Dama Blanca de Talcahuano es una comunidad escolar de Educación Pre-Básica y

Básica integral-inclusiva con identidad de género-mujer. Su modelo educativo concibe una

formación de personas mediante experiencias de aprendizajes significativos en valores de

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responsabilidad, respeto, afectividad, solidaridad, honestidad, y disciplina; y en capacidades de

creatividad, sentido crítico-reflexivo, autonomía, conciencia medioambiental y tecnológica,

habilidades sociales comunicativas, de vida saludable y formación ciudadana, para contribuir a

potenciar la autoestima, la integración social, y la continuidad de estudios de nuestras alumnas.”

Misión

“La Escuela La Dama Blanca de Talcahuano es una comunidad escolar que promueve una pedagogía

de enfoque socio-cognitivo, para formar personas con autonomía de aprendizajes, con saberes

socialmente productivos, y prácticas pedagógicas que promuevan diversos estilos de aprender. Para

ello, se propicia una gestión escolar dialógica, que garantice una Convivencia Escolar segura con

responsabilidad sobre los resultados de aprendizaje, el mejoramiento continuo, el trabajo

colaborativo, el efectivo uso de los recursos, y la incorporación de las familias hacia el logro de la

igualdad educativa.”

Valores y competencias específicas de nuestro PEI

• Formar una persona-estudiante en valores humanos de responsabilidad, respeto,

solidaridad, honestidad, afectividad, autonomía, y disciplina.

• Fortalecer la identidad de una educación que promueva los valores de la mujer en un

sentido integrador en la sociedad, que posibilite superar sus condiciones de desigualdad

frente al ethos masculino manifestado en el saber-poder, la participación política, y las

realidades profesionales.

• Educar en una pedagogía socio-cognitiva que favorezca aprendizajes socialmente

productivos.

• Asumir los programas educativos del MINEDUC y los estándares de aprendizajes, y realizar

su adecuación curricular a la realidad de la escuela.

• La educación debe ofrecer a todos los niños y jóvenes la posibilidad de desarrollarse como

personas libres, con conciencia de su propia dignidad y como sujetos de derechos. (Bases

Curriculares: 2013)

Principales fundamentos legales y normativas.

Los siguientes artículos han sido extraídos de la Ley General de Educación N° 20.370

• En el “artículo 46°, letra f) Se establece que todos los establecimientos subvencionados

deben contar con un Reglamento Interno que regule las relaciones entre el establecimiento

y los distintos actores de la comunidad educativa, y que garantice el justo procedimiento en

el caso en que se contemplen sanciones, las que en ningún caso podrá contravenir la

normativa vigente.

• En el artículo 9° Se establece que cada comunidad educativa tiene el derecho a definir sus

propias normas de convivencia, de acuerdo con los valores expresados en su proyecto

educativo. Éstas deben enmarcarse en la ley y en todas las normas vigentes y deben tener

como horizonte la formación de los y las estudiantes.

• En el artículo 10°, letra b) Señala que es deber de las familias conocer el proyecto educativo

y normas de funcionamiento del establecimiento, cumplir con los compromisos asumidos

con el establecimiento educacional y respetar su normativa interna.

• En el artículo 15° Sobre la participación de la Comunidad Educativa, menciona que los y las

estudiantes, padres, madres y apoderados, pueden participar en la revisión del Reglamento

de Convivencia a través de los Consejos Escolares, y aprobarlo, si se le hubiese otorgado esta

atribución.

• Se prohíbe toda forma de discriminación arbitraria que impida el aprendizaje y la

participación de los estudiantes.” (Ley 20.845, art. 1, letra e).

La Ley sobre Violencia Escolar (L.20.536, de 2011)

• Regula las situaciones de violencia en las escuelas; entrega una definición sobre convivencia

escolar y sobre acoso escolar; y establece que debe haber un Encargado/a de Convivencia

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en todos los EE, y en aquellos donde no exista legalmente un Consejo Escolar, se debe

conformar un Comité de Sana Convivencia

Definiciones relacionadas con la Convivencia Escolar que asumimos

como comunidad.

• Comunidad Escolar: Se entiende por Comunidad Escolar a todas las personas que integran

la escuela “La Dama Blanca” D-483 Talcahuano: estudiantes, personal docente,

administrativos, auxiliares, asistente de la educación, padres, madres, cuidadores y/o

apoderados(as), quienes deben relacionarse entre sí, respetando los principios y valores

que sustentan nuestra escuela.

• Convivencia Escolar: Se entenderá por buena convivencia escolar la “coexistencia armónica

de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre

ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que

propicia el desarrollo integral de las estudiantes” (Artículos de la Ley Nº 20.536, sobre Violencia

Escolar) , por la tanto “es la capacidad que tienen las personas de vivir con otras en un marco

de respeto mutuo y de solidaridad recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin

violencia entre los diferentes actores y estamentos de la Comunidad Educativa.”, además

agrega que “La convivencia escolar es un aprendizaje, que se enseña y se aprende, y se ve

expresada en distintos espacios formativos: el aula, las salidas a terreno, los recreos, los

talleres, los actos ceremoniales, la biblioteca, así como también en los espacios de

participación, los Consejos Escolares, Centros de Padres, Centros de Alumnos, Consejos de

Profesores/as, reuniones de padres y apoderados(as)” (Orientaciones para la elaboración y

revisión de Reglamentos de Convivencia Escolar”, emanado de la División Educación

General (2011)).

• Sana convivencia Escolar: Según el Reglamento, emanado del Ministerio de Educación,

Sana Convivencia escolar es “un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la

comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto

que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo

implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de

sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir

sus deberes”.

• Agresividad: “Corresponde a un comportamiento defensivo natural, como una forma de

enfrentar situaciones de riesgo; es esperable en toda persona que se ve enfrentada a una

amenaza que eventualmente podría afectar su integridad”.

• Conflicto: “Involucra a dos o más personas que entran en oposición o desacuerdo debido a

intereses, verdadera o aparentemente incompatibles”.

• Violencia: “todas las definiciones de violencia tienen en común: el uso del poder y de la

fuerza, sea física o psicológica y el daño al otro como una consecuencia”.

• Bullying: “Es una manifestación de violencia en la que un estudiante es agredido(a) y se

convierte en víctima al ser expuesta, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones por

parte de uno a más compañeros(as). Se puede manifestar como un maltrato psicológico,

verbal o físico que puede ser presencial, es decir, directo o mediante el uso de medios

tecnológicos como mensajes de texto, amenazas telefónicas o a través de las redes sociales

de Internet”.

• Acoso Escolar: toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado,

realizada por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otra

estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión de la

alumna afectada, que provoque en esta última, maltrato, humillación o fundado temor de

verse expuesta a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro

medio, tomando en cuenta su edad y condición.

• Falta o infracción: todo hecho, acto u omisión que signifique una trasgresión, atropello o

desconocimiento de las obligaciones, deberes y prohibiciones que establezcan las leyes,

decretos y reglamentos aplicables a los miembros de la comunidad estudiantil, sea que se

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trate de normas de aplicación general o de estricto orden estudiantil y académico interno o

externo.

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TITULO IV: DEBERES Y DERECHOS DE LA COMUNIDAD ESCOLAR

Los integrantes de la comunidad educativa, La Escuela “La Dama Blanca” de la comuna de

Talcahuano están obligados a informar las situaciones de violencia física o psicológica, agresión u

hostigamiento que afecten a una estudiante miembro del establecimiento de las cuales tomen

conocimiento.

Deberes generales para todos los miembros de la comunidad educativa.

Sección 17.01 Promover y asegurar una Sana Convivencia Escolar.

Sección 17.02 Realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la tolerancia en el marco de la Convención de Los Derechos Humanos y Derecho de los Niños, Niñas y Adolescentes y la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Sección 17.03 Comprometerse con el Proyecto Educativo, el Reglamento de Convivencia Escolar, el Reglamento de Evaluación y todos los documentos que rigen el quehacer en nuestra escuela.

Sección 17.04 Participar activamente en todas las actividades programadas tendientes a cumplir con nuestro Proyecto Educativo.

Sección 17.05 Mantener las condiciones de bien común necesarias para la enseñanza y al aprendizaje es tarea de todos/as los participantes, puesto que este ocurre en un marco grupal y comunitario, y no como personas aisladas.

A los deberes y responsabilidades de cada estamento.

Sección 18.01 A los Directivos les corresponde:

(a) Cautelar la coherencia interna entre VISIÓN y MISIÓN del PEI (Proyecto Educativo Institucional) sus normas y procedimiento de abordaje de conflictos en la comunidad educativa.

(b) Crear condiciones de trabajo cooperativo y solidario al interior de la comunidad educativa a través de un lenguaje franco, dinámico y respetuoso de la dignidad humana.

(c) Abordar los problemas de convivencia con un sentido preventivo de comunidad, solidaridad y cooperativismo entre y con los distintos actores en pro de aprender a restablecer las relaciones humanas en un ambiente de sana convivencia.

(d) Los directivos deben desempeñarse de acuerdo al marco de la buena dirección.

Sección 18.02 A los Docentes les corresponde:

(a) Crear condiciones de trabajo cooperativo y solidario en el aula a través de un lenguaje franco, dinámico y respetuoso de la dignidad humana.

(b) Crear condiciones para colaborar y ejercer en el ambiente cotidiano de las estudiantes una relación respetuosa entre todos los miembros de la comunidad.

(c) Estar atento a las necesidades de las estudiantes en una actitud preventiva que permita anticipar las dificultades y conflictos propios del desarrollo humano.

(d) El desempeño del docente está sujeto a las normativas legales y al marco de la buena enseñanza.

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Sección 18.03 A las Estudiantes les corresponde:

(a) Trabajar en conjunto con su familia y profesores para el logro de su desarrollo físico, psicológico, social e intelectual.

(b) Conocer, respetar y cumplir con las disposiciones del Reglamento de Sana Convivencia y los protocolos de prevención de accidentes.

(c) Las estudiantes sólo podrán retirarse de la escuela durante la jornada escolar acompañadas de su apoderado o de la persona expresamente autorizada por este, mediante la coordinación con inspectoría.

(d) Informar al profesor/a jefe o de asignatura en caso de no sentirse bien ni en condiciones para estar en clases. El profesor se encargará de dar aviso a inspectoría.

(e) La presentación personal deberá ser impecable: uniforme oficial de la escuela. Higiene personal deberá advertirse en la vestimenta, cuerpo y cabello (pelo tomado, sin tintura, con “colet” oscuro, sin maquillaje).

(f) Participar informada y responsablemente en las diversas oportunidades de evaluación y difusión que la comunidad escolar promueva, respetando siempre los valores y normas de convivencia establecidos.

(g) Conocer, respetar y colaborar con las normas de convivencia del establecimiento escolar.

(h) Disponer y propiciar una actitud de autodisciplina que favorezca el ambiente escolar.

(i) Cumplir con sus tareas, trabajos y materiales escolares que le sean solicitados en los distintos subsectores y asignaturas. Si tuviera un inconveniente la estudiante y su apoderado deberán comunicar a la profesora.

(j) Las estudiantes deberán respetar y acatar las órdenes y llamadas de atención de profesores, administrativos y auxiliares de servicio del establecimiento, siempre y cuando no atente con su dignidad personal. Si fuera este el caso, la estudiante deberá dar cuenta inmediatamente a la dirección del establecimiento.

(k) Las estudiantes de manera individual y como grupo, deben permanecer en las áreas asignadas para cada actividad, pues ello permitirá que los diversos grupos desarrollen su quehacer en condiciones adecuadas y favorables para el aprendizaje.

(l) Avisar y justificar a través de su apoderado o un familiar autorizado por este sus inasistencias por problemas de salud, duelo o de fuerza mayor. Presentar certificado médico cuando corresponda al momento de reintegrarse a clases.

(m) Asistir puntualmente a todas las clases y actividades escolares dentro y fuera de la escuela, y cumplir con exactitud el horario escolar. Participar puntual y ordenadamente en los actos inaugurales de los días lunes y en todos aquellos que programe la escuela.

(n) Esforzarse por lograr un rendimiento cada vez mejor en las distintas asignaturas que cursan, persistir en el logro de su excelencia en todos los aspectos de la vida escolar

(o) Las estudiantes serán puntuales en la entrega de tareas, trabajos de investigación, informes, etc. Cuidando y esmerando su presentación.

(p) Cuidar los bienes de la escuela y en caso contrario reponer a través de su apoderado los enceres o bienes destruidos producto de su mal comportamiento.

(q) El porte de equipos de comunicación será de exclusiva responsabilidad de la estudiante y su familia, la utilización de estos aparatos en horario de clase solo se podrá hacer si el profesor/a lo autoriza. La escuela no se hace responsable de perdida de este tipo de elementos.

(r) Se pueden utilizar joyas o aros acorde a la armonía del uniforme escolar. Todo objeto de valor será responsabilidad de la estudiante y su apoderado, la escuela no se hace responsable de la perdida de estos.

(s) Permanecer en el establecimiento una vez que se haya ingresado en el.

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(t) Queda estrictamente prohibido el consumo, porte o venta de tabaco, alcohol, estupefaciente, droga u otro tipo de sustancias dañinas dentro del establecimiento. Si esto ocurre el establecimiento deberá dar aviso a las autoridades pertinentes (PDI o Carabineros). Además, de realizar derivación a Centro de Salud y SENDA.

(u) Preocuparse del aseo, ornato y cuidado de las dependencias, mobiliario, instalaciones y recursos didácticos del establecimiento. Hacer uso pedagógico de la tecnología, se prohíbe entrar a páginas que no sean pertinentes a su aprendizaje.

(v) Se prohíbe la práctica de juegos peligrosos en cualquier momento o dependencia de la escuela.

(w) Tienen la obligación de respetar a las autoridades públicas, así como a los directivos, docentes, asistentes de la educación, funcionarios administrativos, auxiliares, a otras estudiantes, apoderados y demás integrantes de la comunidad escolar.

(x) Participar en los planes, programas, estrategias, campañas y acciones de convivencia escolar promovidas por la Escuela, favoreciendo la resolución pacífica de los conflictos.

(y) Asistir a clases, puntual y regularmente, como asimismo a todas las actividades propias de la de la Escuela La Dama Blanca de Talcahuano, como reforzamientos, actividades extra-programáticas, salidas educativas, etc.

(z) Ajustarse al Perfil de la Alumna de la Escuela “La Dama Blanca” de Talcahuano, el que contempla el compromiso con su desarrollo, el respeto y responsabilidad hacia sí misma, los demás y el medio ambiente, con apertura al cambio e interés por la diversidad cultural.

(aa) Responder a las obligaciones académicas, cumplir oportunamente con todas las obligaciones propias del rol de estudiante (evaluaciones calendarizadas, trabajos, evaluaciones del sistema nacional de evaluación, asistencia y puntualidad, etc.) poniendo el esfuerzo, la voluntad y la honestidad que ellas demanden, como lo exige el reglamento de evaluación de nuestra institución.

(bb) Evitar las inasistencias para no retrasarse en pruebas y trabajos. Si es inevitable la ausencia a clases, ponerse al día en los contenidos y trabajos atrasados, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Evaluación de nuestra escuela.

(cc) Presentarse y comportarse adecuadamente en todo espacio y actividad organizada por la escuela dentro y fuera de él, como así también en la vía pública, en los medios de transporte o cualquier sitio donde se encuentre. Acorde a los sellos, principios y valores del Proyecto Educativo de la Escuela.

(dd) Llevar oportunamente a los padres la información que envíe la Escuela, a través de la agenda, circulares, cartas o autorizaciones y devolver oportunamente a quien corresponda las respuestas requeridas, teniendo presente que dicha información siempre es de carácter oficial y se asume como recibida por parte del apoderado.

(ee) Presentar la Agenda de la Escuela con el justificativo, escrito y firmado por el apoderado, de la inasistencia a clases. De prolongarse, por más de tres días el periodo de inasistencia, y/o la inasistencia a evaluaciones, deberán ser justificadas a través de certificado médico.

(ff) Representar de manera digna y apropiada a su Escuela “La Dama Blanca” de Talcahuano en actos públicos y privados, desfiles, ceremonias u otros en los cuales les corresponda participar o asistir.

(gg) Aceptar que el respeto a todas las personas y la tolerancia son valores esenciales para una sana convivencia y un ambiente adecuado para el aprendizaje. Manifestándolo con corrección en sus modales, lenguaje y trato dentro o fuera del establecimiento.

(hh) Respetar a sus compañeras de curso y de la Escuela, al igual que a los demás miembros de la comunidad escolar.

(ii) Utilizar de manera apropiada y cuidadosa las dependencias, muebles e inmuebles del establecimiento y contribuir al cuidado del aseo, mantenimiento y embellecimiento de la Escuela, respetando, preservando y cuidando el medio ambiente.

(jj) Respetar los símbolos religiosos, patrios e institucionales de la escuela, además de nuestros valores culturales, nacionales y étnicos.

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(kk) Presentar en el momento oportuno los diversos pases firmados por Inspectoría general, en caso de atrasos, inasistencias y retiros en medio de la jornada escolar correspondiente.

(ll) Solucionar los conflictos a partir de la práctica de la no-violencia, la negociación y el diálogo, fundamentado por la fuerza de la verdad y de la caridad, siguiendo las instancias regulares y evitando las agresiones verbales y con mayor razón, las agresiones físicas.

Sección 18.04 A los Asistentes de la educación les corresponde:

(a) Resguardar y apoyar una convivencia respetuosa y solidaria en los espacios y ámbitos educativos que les corresponden.

(b) Resguardar el cumplimiento de las normativas internas de la escuela en los diversos espacios educativos.

(c) Actuar preventivamente creando un ambiente de buenas relaciones y sana convivencia.

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Sección 18.05 A los Padres y Apoderados les corresponde:

(a) Garantizar la asistencia a clases y el desarrollo pleno e integral de sus hijas o pupila, nuestras estudiantes.

(b) Acompañar, colaborar y comprometerse activamente en el proceso educativo integral de sus hijas o pupilas.

(c) Conocer, respetar y hacer respetar el PEI y el presente Reglamento de Convivencia Escolar de La Escuela “La Dama Blanca”.

(d) Ser testimonio de una sana convivencia en su relación con los miembros de la comunidad escolar.

(e) Justificar personalmente las inasistencias de su pupila. En caso de presentar certificado médico, éste deberá ser entregado a inspectoría, en un plazo no superior a 48 hrs. de emitida la licencia.

(f) Revisar diariamente la Agenda Escolar de su pupila y firmar todas las notas enviadas.

(g) Nombrar a un apoderado suplente responsable que reemplace idóneamente al apoderado cuando éste, por fuerza mayor, no pueda responder con los deberes que le corresponden como apoderado.

(h) Asistir a las citaciones, entrevistas y reuniones generales. En casos de inasistencia, esta deberá ser justificada con anterioridad o con 24 hrs después de la reunión al profesor/a jefe, a través de una comunicación en la agenda de la Escuela. La inasistencia sin justificación será considerada Falta Grave, por lo que tendrá que justificar personalmente en inspectoría general.

(i) Los Apoderados titulares que por razones de fuerza mayor no pudieran asistir a reunión, podrán facultar al apoderado suplente para que los represente en dicha actividad.

(j) Toda información entregada en reunión de apoderados será considerada como oficialmente entregada a cada padre, independientemente si éste se encuentra presente o no. Es obligación del apoderado informarse de las temáticas tratadas en dicha reunión.

(k) Por norma, la reunión de apoderados se realizará sólo con la presencia de adultos. La escuela no tiene obligación de asumir la atención ni custodia de niños en porterías, pasillos, patios u otros espacios del establecimiento.

(l) Estar en frecuente contacto con el profesor/a jefe de su pupila, de modo especial si éste está con alguna situación disciplinaria, académica, social, psicológica u otra.

(m) Presentar al inicio del año escolar o en su defecto con la antelación necesaria, todo tipo de información de salud de su pupila, especialmente situaciones referidas a diagnósticos de dificultad de aprendizaje, tratamientos neurológicos, psicológicos u otros similares.

(n) Firmar los diversos compromisos de sanción y acompañamiento que amerite su pupila, los que están consignados en el presente manual, tales como amonestación y condicionalidad; caso contrario la escuela se reserva el derecho de considerarlo como una negligencia que vulnera los derechos de la estudiante.

(o) Respetar las disposiciones contraídas en el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar de la escuela.

(p) Derecho a asociarse, comprometerse y participar de las reuniones y actividades que propicie el Centro General de Padres y Apoderados. Cooperar con las actividades del curso y del Centro General de Padres y/o Apoderados cuando se le solicite

(q) Cumplir con los procedimientos de ingreso y salida del establecimiento. Además de respetar los horarios de salida de su pupila, retirándola oportunamente, particularmente en los niveles de pre- básicos y primeros ciclo básico.

(r) Manifestar en forma respetuosa cualquier opinión, reclamo, o sugerencia a cualquier miembro de la comunidad educativa. En caso contrario la dirección del colegio lo considerará como una infracción grave al Reglamento de Convivencia Escolar.

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(s) Usar apropiadamente los conductos regulares de comunicación que mantiene la escuela, indicados en nuestro reglamento interno.

(t) Solicitar personalmente la autorización en Inspectoría cuando su hija deba abandonar el Establecimiento durante la hora de clases.

(u) Comunicar oportunamente a la Inspectoría general del Establecimiento, todo cambio de domicilio, teléfono u otro dato importante que se produzca durante el año escolar.

(v) Reponer al Establecimiento por todo daño al establecimiento y sus inmuebles que su pupila o usted mismo cometa, tales como romper vidrios, deterioro o pérdida de textos, deterioro o rayado de muebles, etc.

(w) No ingresar a las salas ni otra dependencia en donde se esté desarrollando una clase, interrumpiendo el proceso de enseñanza – aprendizaje.

(x) Colaborar con los Docentes y Dirección en el bienestar de todos los miembros de la Comunidad Educativa. Por lo que está prohibido increpar y/o agredir física o verbalmente a una Estudiante, Profesor/a u otro profesional y funcionario dentro del Establecimiento. Toda acción del apoderado(a) debe adecuarse a los protocolos de acción y conductos regulares del Reglamento Interno de la Escuela. En caso contrario, se solicitará cambio de apoderado.

(y) Cautelar que su pupila no asista a la Escuela con joyas, aparatos tecnológicos (teléfonos, computadores, cámaras, etc.), dinero u otro artículo de valor, ya que de cuya pérdida la Escuela no se hará responsable.

(z) Referirse a la Escuela, a los Profesores y a los Asistentes de la Educación con el debido respeto, ya que ello contribuye a la educación, formación integral y valórica de las Estudiantes.

(aa) Tomar las medidas pertinentes cuando su pupila presente síntomas enfermedad, cautelando su atención médica si así lo requiere.

(bb) Velar en todo momento por el prestigio de la Escuela que ofrece a su hija las posibilidades educativas, evitando hacer comentarios sin estar debidamente informado de las situaciones que se pudiesen presentar y los fundamentos de las medidas que se apliquen.

(cc) Aportar con ideas, críticas constructivas y/o sugerencias para mejorar el quehacer educativo.

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A los Derechos de cada estamento.

Sección 19.01 Derechos Generales para los miembros de la Comunidad Educativa.

(a) A convivir en un ambiente sano y a promover acciones necesarias para construirlo.

(b) A ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos.

(c) A recibir colaboración en forma oportuna en situaciones de conflicto o maltrato entre cualquier miembro de la comunidad escolar.

(d) Conocer el Proyecto Educativo, el Reglamento de Convivencia Escolar, el Reglamento de Evaluación y todos los documentos que rigen el quehacer en nuestra escuela.

Sección 19.02 Todas las estudiantes tienen los siguientes derechos:

(a) A recibir y participar de un proceso de enseñanza aprendizaje de excelencia académica, basado en el mérito personal de las alumnas, que privilegie su formación integral de acuerdo a los principios, valores y al Proyecto Educativo de la Escuela La Dama Blanca de Talcahuano. En ningún caso se aplicarán sanciones que menoscaben la integridad física, la honra o la dignidad personal de la alumna.

(b) A recibir una educación de calidad y equidad de acuerdo a las políticas educacionales vigentes. El pleno respeto a sus derechos fundamentales establecidos tanto en la Constitución Política de la República de Chile como en otras leyes y tratados internacionales que nuestro país haya suscrito, considerando especialmente la Convención de los Derechos del Niño/a.

(c) A recibir un trato respetuoso y digno por parte de todos los integrantes de la comunidad, a ser respetada como persona humana en formación, especialmente en lo referente a las diferencias individuales. Por lo tanto, que no se emplee la amenaza ni el trato que implique, de alguna manera, afectar la dignidad personal.

(d) Que los profesores que guían el proceso formativo cumplan con sus tareas profesionales: puntualidad, preparación de clases y actividades, responsabilidad en las evaluaciones y entrega de los instrumentos debidamente evaluados y calificados dentro del plazo y condiciones estipuladas en el Reglamento de Evaluación.

(e) A expresar por sí o a través de sus representantes, opinión o queja fundada respecto a situaciones que estime injustas o arbitrarias, bastando que lo haga en términos respetuosos y a través del conducto regular que corresponda, como se establece en nuestro reglamento interno.

(f) A usar adecuada y responsablemente las dependencias y/o recursos comunes de la escuela, tales como Gimnasio, Biblioteca, Laboratorio de Ciencias, Laboratorio de Computación y otros cumpliendo con los procedimientos normales , las restricciones que regulan su uso .y en los tiempos dados para ello.

(g) Recibir información oportuna respecto a las observaciones que se le registran en el libro de clases y sobre su situación académica y conductual.

(h) Ser informada oportunamente sobre los horarios y las actividades que son parte de la formación integral, sobre las normas, las consecuencias a su trasgresión y los procedimientos que las rigen.

(i) Ser acompañada en el proceso de desarrollo personal y a tomar la iniciativa para pedir este apoyo.

(j) Disfrutar del descanso, del deporte y de las distintas formas de recreación en los tiempos previstos para ello.

(k) Una programación dosificada de trabajos, tareas y evaluaciones, respetando el cronograma mensual y el horario previamente establecido por la escuela y el reglamento de evaluación.

(l) Desempeñar cargos en el Centro de Alumnas o dentro de su curso, cumpliendo con las exigencias respectivas: buen rendimiento escolar, buen desarrollo personal y no tener vigente ningún tipo de sanción.

(m) Ser evaluada objetivamente con justicia e imparcialidad.

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(n) Recibir premios y estímulos individuales o colectivos en mérito al rendimiento, actitud, logros y conducta.

(o) A una investigación desarrollada en conformidad con las normas de este Reglamento frente a una denuncia y previo a la aplicación de una medida, que implique condicionalidad inmediata o cancelación de matrícula, con el objetivo de acreditar su responsabilidad o absolución en los hechos investigados. Cautelando un justo procedimiento.

(p) Presentar sus descargos, respetuosa, formal y responsablemente, frente a indagaciones de orden disciplinario o situaciones particulares que lo ameriten.

(q) A permanecer en el establecimiento dentro la de jornada escolar. En ningún caso las estudiantes serán devueltas a sus hogares en caso de atrasos, no justificaciones de inasistencias por parte del apoderado o como aplicación de una medida disciplinaria. En caso de ser necesario se comunicará al apoderado la necesidad de trasladar a la alumna a su domicilio.

(r) Expresar sus discrepancias con oportunidad, respeto; en el ámbito y en las instancias que correspondan. Así también ser escuchadas y atendidas por el personal del establecimiento

(s) Ser tratadas como personas en formación, evitando sanciones que dañen su integridad física y/o psicóloga.

(t) Que sus problemas personales, familiares y escolares sean tratados en un ambiente de respeto, privacidad y confidencialidad. Realizar acciones pertinentes y necesarias en el marco de las garantías de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, denunciar si es necesario.

(u) Ser protegida contra las prácticas de discriminación arbitraria (raza, sexo, género, religiosa, situación socioeconómica, etc.). Respetando Ley de no discriminación 20.609.

(v) Se respeten sus características personales, ritmos y estilos de aprendizaje en los procesos de control y evaluación escolar.

(w) En caso de enfermedad o accidente recibir las primeras atenciones y comunicarse con su hogar para que sea derivada a su domicilio o al hospital Higueras, acompañada por un familiar y en caso de extrema urgencia por un funcionario del establecimiento.

(x) Ser evaluada en sus aprendizajes de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Evaluación de la escuela.

(y) Tener un proceso de mediación justo, transparente y objetivo en caso de conflicto.

(z) Ser informada periódicamente, ella y su apoderado de su rendimiento escolar y las anotaciones que registra en su hoja de vida.

(aa) Postular a becas o beneficios que ofrezca el establecimiento u organismos municipales o ministeriales.

(bb) Recibir felicitaciones y distinciones, por su desempeño como estudiante del establecimiento o en otras instancias sociales, culturales o deportivas.

(cc) Conocer: Calendario del año escolar, Reglamento de Convivencia, Reglamento de evaluación y promoción, Calendario de evaluaciones

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Sección 19.03 A los derechos de los apoderados:

(a) Conocer las disposiciones reglamentarias del Reglamento de Convivencia Escolar.

(b) Desempeñar funciones, cargos y participar de sus cursos y/o del Centro General de Padres y Apoderados de la Escuela.

(c) Solicitar al estamento correspondiente y en los horarios dispuestos para ello, la atención e Información del desempeño académico, disciplinario, formativo u otros que realice su pupila.

(d) Solicitar y a recibir apoyo escolar especializado (PIE) de la escuela y/o grupo psicosocial u otro, que requiera su hija o pupila según las posibilidades de atención de la escuela.

(e) Usar el conducto regular definido en nuestro reglamento interno, recurriendo a estamentos superiores de responsabilidad a fin de canalizar sus inquietudes y problemas, sólo cuando éstas no sean resueltas por los niveles anteriores.

(f) Solicitar beneficios de Becas especiales cuando su pupila cumpla los requisitos exigidos en los respectivos reglamentos y en los plazos para ello estipulados.

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TITULO V: NORMAS DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR.

Las normas de convivencia escolar son los marcos de acción que como comunidad educativa hemos acordado para el desarrollo integral de nuestras alumnas y para garantizar la concreción del Proyecto Educativo Institucional. Independientemente de su forma de enunciación (deseo, aseveración, prohibición, etc.), las normas constituyen un acuerdo institucional y su no acatamiento constituye una falta a la convivencia escolar. Por lo tanto se incluyen las conductas deseadas, permitidas y prohibidas.

Estas normas resguardan la interrelación respetuosa entre los distintos miembros de la comunidad escolar, en toda actividad organizada por la escuela “La Dama Blanca”.

Normas Generales de conducta para todos los integrantes de la

comunidad educativa.

Sección 20.01 Mantener una conducta que cuide la integridad física, psicológica y moral de todos los integrantes de nuestra comunidad educativa.

Sección 20.02 Mantener una conducta que no dañe el prestigio de La Escuela La Dama Blanca de Talcahuano.

Sección 20.03 No causar daños de forma intencionada o por negligencia a los bienes y pertenencias de cualquier miembro de la comunidad educativa, quedan obligados a reparar el daño causado o hacerse cargo del costo económico de su reparación, en los términos previstos en la legislación vigente.

Sección 20.04 Reconocer y respetar en los otros, los mismos derechos que exijo para mí y que están indicados en el Manual de Convivencia.

Sección 20.05 Cumplir y exigir el respeto de las Normas de Funcionamiento en las condiciones que se estipulan en este Manual de Convivencia.

Sección 20.06 Respetar la diversidad ejerciendo la tolerancia hacia las personas y acogiendo la normativa que resguarda el bien común. Junto con resguardar un trato sin discriminación entre los y las integrantes de la comunidad escolar, rechazando toda forma de discriminación (de género, cognitiva, física, socio-económica, étnica, afectivo-sexual, religiosa) que pueda generarse al interior de la comunidad escolar.

Sección 20.07 Resguardar la integridad psicológica de los miembros de la comunidad escolar, rechazando toda conducta que signifique un menoscabo psicológico (descalificación, mofa, ironía, burla, abuso de poder, confrontación, amenaza, apodos, etc…)

Sección 20.08 Proteger la integridad física de los distintos miembros de la comunidad educativa, acatando toda indicación tendiente a cuidar de la integridad física propia y de los demás integrantes de la comunidad escolar.

Sección 20.09 Solucionar discrepancias a partir del respeto, la negociación y el diálogo, sustentado en la fuerza de la verdad.

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De las normas trabajo escolar y responsabilidad de las estudiantes

Sección 21.01 Asistir y contribuir al éxito de las clases regulares, actividades organizadas por la escuela, talleres extraescolares, actividades deportivas, actividades artístico - culturales y salidas educativas, demostrando un trabajo colaborativo.

Sección 21.02 Entregar oportunamente a la madre, padre o apoderados la información que envíe la escuela, a través de circulares y/o agenda escolar.

Sección 21.03 Ser generosa y colaboradora, de manera especial ante dificultades, situaciones de emergencia o accidentes que puedan presentarse en el transcurso de la jornada de trabajo escolar o de actividades planificadas por el colegio.

Sección 21.04 Respetar y valorar el trabajo que realizan los profesores, inspectores, administrativos y auxiliares en beneficio de la formación integral de las estudiantes.

Sección 21.05 Actuar responsable y conscientemente en la sala de clases, laboratorios, talleres, biblioteca, gimnasio y otras dependencias, y con disposición para el mejor aprovechamiento del proceso de enseñanza - aprendizaje.

Sección 21.06 Responder a las obligaciones escolares poniendo el esfuerzo, la voluntad y la honestidad que ellas demanden.

Sección 21.07 Poner los talentos al servicio de las compañeras más necesitadas de la clase.

Sección 21.08 Estar al día en los contenidos o actividades cuando se haya faltado a clases, recurriendo a compañeras o profesores de curso.

Sección 21.09 Aprovechar al máximo el tiempo de trabajo pedagógico.

Sección 21.10 Llegar puntualmente a todas las clases, talleres y actividades.

Sección 21.11 Permanecer en su sala durante la hora de clase o en el lugar en que se esté desarrollando la clase (gimnasio, patio, biblioteca, laboratorio de ciencias, computación), no se permitirá estar fuera de ella sin la correspondiente autorización.

Sección 21.12 No está permitido el uso de los teléfonos celulares y otros dispositivos electrónicos que no estén autorizados por el profesor, por lo tanto deben permanecer guardados y apagados. La escuela no se responsabiliza por la pérdida de ellos durante el periodo de clases.

Normas fuera del establecimiento:

Se entiende que fuera del perímetro de la escuela, no se puede regular las conductas sociales de las

estudiantes, pero, sin embargo, se advierte que en el evento de llevar uniforme o participar de una

actividad escolar, aún sin uniforme, deberán cumplir las mismas normativas que se aplica en el

establecimiento educacional.

(a) Tanto las salidas y actividades escolares fuera del establecimiento como las actividades realizadas dentro de la escuela fuera del horario habitual de clases, se consideran una extensión de la actividad escolar, por lo cual se aplica la misma normativa que se utiliza internamente en el escuela.

(b) El comportamiento de una estudiante debe estar acorde a las explicitadas en Las Normas de Convivencia, tanto dentro del establecimiento como fuera de él. El no hacerlo constituye una falta de autenticidad, y de falta de adhesión al Proyecto Educativo de la Escuela.

(c) Aquellas actitudes que contravengan los fundamentos valóricos de la escuela, que se registren fuera de él y que representen un menoscabo para la imagen de la Escuela La Dama Blanca, podrán ser sancionadas con las medidas correspondientes, señaladas en éste reglamento.

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TITULO VI: PROCEDIMIENTOS: “EL JUSTO PROCEDIMIENTO”

Inspectoría General se encargará de llevar a cabo el justo procedimiento frente a

una falta.

Todos los integrantes de la comunidad educativa involucrados (as) en una acusación

tienen derecho:

Sección 24.01 A ser escuchados.

Sección 24.02 A que sus argumentos sean considerados.

Sección 24.03 Que se presuma su inocencia.

Sección 24.04 Que se reconozca su derecho a la apelación.

El Justo Procedimiento para evaluar la gravedad de la falta y aplicar la sanción

correspondiente es el siguiente:

Sección 25.01 Verificar la falta. Comprobar con las afectadas la veracidad de los hechos que se asumen como faltas a las normas de funcionamiento o a las normas de interacción (Saber qué pasó).

Sección 25.02 Comprender la falta. Escuchar a las partes, conocer el contexto y las motivaciones que originaron la falta.

Sección 25.03 Definir las responsabilidades comprometidas en la falta analizada. Teniendo consideración de las circunstancias, personas, tiempos y lugares involucrados.

Sección 25.04 Determinar la gravedad de la falta. Establecer la sanción que correspondiente.

TITULO VII: FALTAS Y SANCIONES.

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Las aplicaciones de sanciones deben permitir que las estudiantes tomen conciencia

de las consecuencias de sus actos, aprendan a responsabilizarse de ellos y desarrollen compromiso

genuino de reparación del daño para ser formativas, reparadoras y eficientes, las sanciones deben

ser coherentes

El incumplimiento de los deberes y las normas del Reglamento de Convivencia da

origen a una Falta.

La Escuela define falta como: “una conducta transgresora de los derechos, de los

deberes y normas considerados, declarados y aceptados por la comunidad escolar en este

Manual de Convivencia Escolar”. En este sentido, asumirá el análisis e interpretación de una falta

desde el modo de proceder de la Escuela.

Las Faltas se clasificarán en: leves; graves y gravísimas. Según su gravedad y

contexto.

La escuela garantizará que en el análisis e interpretación de una falta se consideren

oportuna, veraz y honestamente todos y cada uno de los antecedentes imprescindibles (atenuantes

y agravantes) para la mejor comprensión de la conducta transgresora de las normas de

funcionamiento o de las normas de interacción declaradas en este Manual de Convivencia.

Sección 30.01 Factores atenuantes o agravantes a la falta. (a) Edad. (b) Rol. (c) Jerarquía. (d) Contexto. (e) Motivación.

Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida

por cualquier medio en contra de una estudiante integrante de La Escuela “La Dama Blanca”,

realizada por quien detente una posición de autoridad, sea director, profesor, asistente de la

educación u otro, la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de una

alumna del establecimiento.

Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida

por una estudiante en contra de una de sus pares y/o de otro miembro de la Comunidad Educativa,

sea Docente superior, profesor/a, personal asistente de la educación u otro.

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Faltas Leves: Se considerarán faltas leves todas aquellas actitudes y

comportamientos que atenten y alteren el normal desarrollo del proceso Enseñanza-Aprendizaje;

pero, que no involucren daño psicológico, ni físico en alguno de los miembros de la Comunidad

Escolar. Nuestro reglamento considerará las siguientes actitudes y comportamiento como faltas

leves:

Sección 33.01 Llegar atrasada en horas intermedias sin una justificación formal.

Sección 33.02 No cumplir con el uso del uniforme y delantal, sin justificación formal.

Sección 33.03 No traer sus útiles escolares sin justificación formal.

Sección 33.04 No cumplir con tareas y deberes escolares.

Sección 33.05 Mantenerse en los pasillos o la sala de clases durante el recreo, contradiciendo las disposiciones de las personas encargadas.

Sección 33.06 No concurrir a los actos inaugurales u otras actividades dispuestas o autorizadas por la Dirección.

Sección 33.07 Promover desordenes en los comedores.

Sección 33.08 Vender alimentos o especies para beneficio personal, sin autorización del establecimiento.

Sección 33.09 Interrumpir, comer, mascar chicle o realizar una actividad que no corresponda a la asignatura en horario de clases y sin autorización del profesor.

Sección 33.10 No devolver los prestamos bibliotecarios en las fechas indicadas.

Sección 33.11 No formarse oportunamente afuera de la sala, ni guardar silencio en las aperturas de clases.

Sección 33.12 Presentarse con maquillaje, uñas pintadas y/o pelo tinturada en la escuela.

Sección 33.13 No mostrar comunicaciones y notas a sus apoderados/as.

Sección 33.14 Pedir dinero a estudiantes de nuestra escuela de forma intimidante.

Sección 33.15 Usar aparatos de multimedia durante la clase (celular, Tablet, reproductor de audio-música) sin la autorización del profesor/a. Serán devueltos al final de la clase.

Sección 33.16 Lanzar objetos dentro de la sala.

Sección 33.17 Rechazar la alimentación escolar.

Sección 33.18 Botar papeles o basura en lugares que no correspondan.

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Sanción para falta leve: Estas sanciones serán medidas formativas,

aplicadas en forma graduada:

Sección 34.01 Dialogo personal, pedagógico y orientador. (Profesores o asistentes De la educación)

Sección 34.02 Amonestación por escrito en la hoja de vida y comunicación al apoderado/a (profesores o asistentes De la educación)

Sección 34.03 Entrevista estudiante- familia para establecer compromisos. (Profesor/a jefe)

Sección 34.04 Derivación a orientación por parte del profesor/a jefe o Equipo Psicosocial según corresponda.

Faltas Graves: Se considerarán Faltas Graves todas aquellas actitudes y

comportamientos que atenten contra la seguridad e integridad, tanto física como

psicológica de cualquiera de los integrantes de la Comunidad Escolar y sobre el bien común.

Nuestro reglamento considerará las siguientes actitudes y comportamiento como faltas

graves.

Sección 35.01 También serán consideradas faltas Graves el no cumplimiento de las medidas formativas de las faltas leves. Así también, reiteradas faltas leves.

Sección 35.02 Hacer comentarios ofensivos sobre otras personas.

Sección 35.03 Usar lenguaje inapropiado, groserías e insultos con algún integrante de la comunidad educativa.

Sección 35.04 Rayar, maltratar o romper el mobiliario. Destruir inmobiliario, pegar carteles en suelos, baños, paredes externas con consigna de cualquier índole, sin autorización.

Sección 35.05 Salir de la sala durante el desarrollo de la clase sin autorización.

Sección 35.06 Lanzar objetos desde el interior de la escuela hacia la calle o hacia el patio.

Sección 35.07 Botar la alimentación escolar.

Sección 35.08 Manifestar conductas agresivas dentro del establecimiento, como golpear el mobiliario, gritar alteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa, etc.

Sección 35.09 No obedecer las órdenes del personal en la sala de clases o dentro del establecimiento.

Sección 35.10 Contestar en forma irrespetuosa al personal del establecimiento (gestos displicentes, obscenos, etc.)

Sección 35.11 Hacer mal uso de la sala de computación, laboratorio de ciencias, biblioteca y otros espacios comunes y/o de sus correspondientes implementos.

Sección 35.12 Grabar imágenes y/o audio de peleas o situaciones que atenten en contra de cualquier integrante de nuestra comunidad educativa.

Sección 35.13 Correr, gritar y/ o hacer desorden en los pasillos en horas de clases.

Sección 35.14 Quitarle la colación o pertenencias a sus compañeras.

Sección 35.15 Pedir y/o quitar dinero a sus compañeras.

Sección 35.16 Abrir y revisar pertenencias ajenas, como mochilas, bolsos, casilleros, etc.

Sección 35.17 Interrumpir una clase con gritos, desobedeciendo las instrucciones del profesor/a.

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Sección 35.18 Sanciones para faltas graves.

(a) Amonestación verbal y escrita. (Profesores o asistente de la educación) (b) Derivación a Inspectoría para aplicar el justo procedimiento. (Profesores/as) (c) Medidas y sanciones según la falta. (Inspectoría General) (d) Citación al apoderado/a, aplicación de medidas formativas según la falta.

(e) En caso de que alguna estudiante rechace la alimentación escolar entregada por JUNAEB, se le deberá comunicar al apoderado para que este determine si es pertinente no entregar dicho beneficio y comunicar a JUNAEB

(f) Suspensión temporal de clases, siempre y cuando la falta atente contra la sana convivencia. (Inspectoría General)

(g) Derivación a equipo de orientación y/o equipo psicosocial, según corresponda. (h) Carta de advertencia para estudiante y apoderado. (i) Condicionalidad de la matrícula, se aplicará a aquellas estudiantes que tengan más de una

hoja de anotaciones negativas, con reiteradas faltas leves y graves, que no han tenido un cambio en su conducta de respeto a la Sana Convivencia Escolar. (Comité de Convivencia Escolar)

(j) Cambio de curso. (Comité de Convivencia Escolar) (k) No renovación de la matrícula para el siguiente año escolar (Comité de Convivencia Escolar)

Faltas gravísimas: Actitudes y comportamientos que atenten contra

la integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa agresiones

sostenidas en el tiempo, conductas tipificadas como delito.

Sección 36.01 Reincidir en conductas tipificadas como graves.

Sección 36.02 Salir del establecimiento durante la jornada escolar, sin autorización.

Sección 36.03 Apropiarse indebidamente de materiales, ropas u objetos menores.

Sección 36.04 Traer, hacer circular o vender material pornográfico.

Sección 36.05 Falsificar firmas, notas, carta de compromiso o cualquier otro documento oficial.

Sección 36.06 Suplantar personas o funciones.

Sección 36.07 Sustraer o hurtar especies de la escuela o pertenecientes a cualquier miembro de la comunidad.

Sección 36.08 Causar premeditadamente daños a terceros dentro del establecimiento.

Sección 36.09 Consumir, traficar o repartir sustancias ilícitas dentro del establecimiento.

Sección 36.10 Agredir verbal, psicológica y físicamente a cualquier miembro de la comunidad escolar.

Sección 36.11 Participar activa o pasivamente en riñas en la escuela.

Sección 36.12 Actuar en forma anónima haciendo llamados, enviando escritos (digitales o en papel) o imágenes, estando dentro del establecimiento, que pretendan dañar a cualquier miembro de la comunidad educativa.

Sección 36.13 Portar armas o elementos contundentes dentro de la escuela.

Sección 36.14 Amenazar a cualquier miembro de la comunidad educativa.

Sección 36.15 Ser cómplice o encubridora de cualquier acto o falta grave.

Sección 36.16 Ejercer bullying dentro de la escuela.

Sección 36.17 Acosar y/o abusar sexualmente a una compañera.

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Sección 36.18 Grabar y difundir en redes sociales o medios de comunicación imágenes y/o audio de peleas o situaciones que atenten en contra de cualquier integrante de nuestra comunidad educativa e imagen y prestigio de nuestra institución.

Sección 36.19 Participar en peleas o juegos peligrosos dentro y fuera del establecimiento, cuando participe en actividades escolares.

Sección 36.20 Si el responsable fuera el apoderado de una estudiante, en casos graves se podrá pedir el cambio de apoderado y la prohibición de la entrada al establecimiento. Haciendo las denuncias en las instituciones correspondientes según lo amerite el caso.

Sección 36.21 Si el responsable fuera un funcionario del establecimiento, se aplicaran las medidas contempladas en normas internas, así como en la legislación pertinente.

Medidas y Sanciones para faltas gravísimas.

Sección 37.01 Las medidas y sanciones para las faltas graves serán graduadas y acumulativas según la falta y la recurrencias de éstas, en el siguiente proceso:

(a) Amonestación verbal y escrita, citación al apoderado/a.

(b) Aplicación de medidas formativas según la falta.

(c) Carta de compromiso y derivación a equipo de orientación y/o equipo psicosocial.

(d) Suspensión progresiva de clases y/o actividades especiales y/o extraescolares, según lo amerite la falta.

(e) Cambio de curso.

(f) Condicionalidad.

(g) Cambio de escuela. (Comité de Convivencia Escolar y Dirección)

(h) Expulsión del establecimiento educacional, solo aplicable en casos de especial gravedad debidamente fundamentado. (Comité de Convivencia Escolar y Dirección)

Sección 37.02 La estudiante involucrada en una falta grave, será citada por la Coordinadora de Convivencia Escolar para que pueda hacer los descargos concernientes al caso.

Sección 37.03 Posterior a ello se le citará junto a su apoderado para dar conocer la medida o sanción correspondiente.

Sección 37.04 El Director/a de la escuela informará vía verbal y por escrito el cambio de establecimiento. El apoderada/o podrá expresar su opinión y descargas de manera escrita, ajustándose a un debido procedimiento.

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TITULO VIII: Medidas y sanciones disciplinarias:

Las Medidas y Sanciones se podrán aplicar a quienes incurran en conductas contrarias a la sana convivencia escolar que vayan en contra de las normas establecidas en nuestro reglamento de convivencia y especialmente en los casos de maltrato físico y/o psicológico. Estas serán aplicadas en forma graduada, tomando en cuenta la situación, gravedad de la falta, la edad y etapa psicológica de las estudiantes que incurran en faltas o transgredan el presente documento, una vez que se haya aplicado el “justo procedimiento”. Procurando la coherencia con la falta.

Medidas Formativas: se aplicarán en el caso de faltas leves o como

medidas preventivas.

(a) Dialogo personal, pedagógico y orientador. (Profesores o asistentes De la educación)

(b) Amonestación verbal. (Profesores o asistentes De la educación)

(c) Amonestación por escrito en la hoja de vida y comunicación al apoderado/a (profesores o

asistentes De la educación)

(d) Entrevista estudiante- familia para establecer compromisos. (Profesor/a jefe)

(e) Derivación a orientación (profesor/a jefe).

Medidas Disciplinarias: se aplicarán en forma gradual en caso de

faltas graves o gravísimas.

(a) Derivación a Inspectoría para aplicar el justo procedimiento. (Profesores)

(b) Sanciones y/o medidas correspondientes. (Inspectoría General)

(c) Suspensión temporal de clases, siempre y cuando la falta atente contra la Sana Convivencia.

(Inspectoría General)

(d) Condicionalidad de la matrícula. (Comité de Convivencia Escolar)

(e) Cambio de curso. (Comité de Convivencia Escolar)

(f) No renovación de la matrícula para el siguiente año escolar (Comité de Convivencia Escolar)

(g) Cambio de escuela. (Comité de Convivencia Escolar y Dirección)

(h) Expulsión del establecimiento educacional, sólo aplicable en casos de especial gravedad

debidamente fundamentado. (Comité de Convivencia Escolar y Dirección)

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Sanciones se clasificarán en leves, graves y gravísimas.

Sección 40.01 Sanciones Leves:

(a) Amonestación verbal y escrita.

(b) Medidas formativas.

(c) Citación al apoderado(a) para entrevista por profesor jefe.

Sección 40.02 Sanciones graves:

(a) Derivación a Inspectoría General

(b) Citación al apoderado(a) por Inspectoría

(c) Medida formativa y Sanciones (las que están detalladas en este reglamento)

Sección 40.03 Sanciones gravísimas:

(a) Suspensión de clases en caso de daño a la convivencia escolar.

(i) Las suspensiones de clases serán graduadas.

(ii) Las suspensiones podrán ir de 1 a 5 días dependiendo la gravedad de la agresión y del contexto de la situación.

(b) Suspensión de las actividades extraescolares o de planificación especial:

(i) La estudiante puede ser suspendida por un tiempo o expulsada de un taller extraescolar si la situación así lo amerite.

(ii) Toda estudiante de 8vo básico podrá ser sancionada con la no participación en la Ceremonia de Licenciatura y no recibir los estímulos de la escuela. Esta ceremonia no es parte de los Planes y Programas y por tanto son privadas y la escuela se reserva el derecho de admisión a las mismas.

(iii) Esta sanción solo debe ser aplicada con aprobación del Comité de Convivencia Escolar y/o Consejo de Profesores, el cual deberá reunirse en forma extraordinaria para este efecto. Este tipo de sanción deberá ser notificada personalmente al apoderado/a por Inspectoría General.

(c) Condicionalidad: se aplicará de acuerdo al comité de Convivencia Escolar y/o el Consejo de Profesores con una validez de 1 semestre. Se someterá al alumno a un proceso de orientación con fortalecimiento de valores y seguimiento

(i) Inspectoría General informará al apoderado de la condicionalidad y del Plan de Condicionalidad.

(ii) Apoderado y estudiante deben firmar el plan y compromiso de condicionalidad.

(iii) Se entrevistará a la estudiante semanalmente o quincenalmente por un profesional que se hará cargo del seguimiento de la estudiante.

(iv) Se evaluará conducta y rendimiento semanalmente.

(v) Apoderado se citará a entrevista cada 15 días., según el comportamiento de la estudiante.

(vi) Al finalizar el semestre se evaluará continuidad de condicionalidad o aplicación de una sanción mayor, según la conducta de la estudiante.

(vii) La estudiante en este proceso que no cumple con los acuerdos del seguimiento y las normas y deberes de éste reglamento está sujeta a las siguientes sanciones: cambio de curso, cambio de escuela, cancelación de matrícula y/o expulsión.

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(d) Cambio de curso: El cambio de curso se hará en caso de que la estudiante esté en un proceso de condicionalidad y la situación lo amerite. La encargada de Convivencia Escolar reunirá los antecedentes necesarios para que la decisión sea tomada por el comité de convivencia.

(e) Cambio de escuela: El cambio de escuela se efectuará producto de la reiteración de falta gravísima a la Convivencia Escolar y por el no cumplimiento de los acuerdos tomados en el plan de seguimiento de condicionalidad. Existen algunas excepciones, en caso de estar en peligro la integridad física y psicológica de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa, agresiones físicas graves, amenazas, etc. Se podrá solicitar el cambio de establecimiento, sin existir previamente un proceso de seguimiento o Condicionalidad.

(i) Esta sanción puede ser solicitada por los profesionales responsables de los seguimientos de condicionalidad, Inspectoría General y Dirección. Elevando un informe con los antecedentes correspondientes que se presentarán al comité de Convivencia Escolar, Dirección y Consejo Escolar, evidenciando el proceso de seguimiento y el justo procedimiento. para ratificar.

(ii) La decisión final es tomada por el Consejo Escolar.

Sección 40.04 Proceso de expulsión o cancelación de matrícula:

(a) El Director/a del establecimiento comunica al apoderado/a la situación de inconveniencia de las conductas, advirtiendo la aplicación de sanciones y proceso de seguimiento en el cual queda el estudiante, ya sea medidas de apoyo pedagógico o psicosocial. Esta medida no se aplicará cuando se trate de una conducta que atente directamente contra la integridad física o psicológica de alguno de los miembros de la comunidad escolar.

(b) La expulsión o cancelación de matrícula la comunicará el Director al apoderado/a con los fundamentos correspondientes por escrito al estudiante y su familia, quienes podrán pedir reconsideración de la medida dentro de quince días de su notificación, ante la misma autoridad, quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores.

(c) El Consejo de Profesores deberá tener en cuenta los informes técnicos psicosociales pertinentes de la estudiante para resolver.

(d) El Director, una vez aplicada la medida de expulsión deberá informar dentro de 5 días hábiles a la Dirección Regional de Educación.

(e) Previo al inicio del procedimiento de expulsión o de cancelación de matrícula, el director del establecimiento deberá haber presentado a los padres, madres o apoderados, la inconveniencia de las conductas, advirtiendo la posible aplicación de sanciones e implementado a favor de él o la estudiante las medidas de apoyo pedagógico o psicosocial que estén expresamente establecidas en el Reglamento Interno del establecimiento educacional, las que en todo caso deberán ser pertinentes a la entidad y gravedad de la infracción cometida, resguardando siempre el interés superior de la estudiante. No se podrá expulsar o cancelar la matrícula de un estudiante en un período del año escolar que haga imposible que pueda ser matriculado en otro establecimiento educacional (Art. 2°, n°5, letra i).

(f) Lo dispuesto en el párrafo precedente no será aplicable cuando se trate de una conducta que atente directamente contra la integridad física o psicológica de alguno de los miembros de la comunidad escolar, de conformidad al Párrafo 3° del Título I del decreto con fuerza de ley N°2, de 2009, del Misterio de Educación (Art. 2°, n°5, letra i).

Sección 40.05 Las faltas gravísimas de aplicación de condicionalidad, no renovación de matrícula y cancelación de matrícula se aplicaran en cumplimiento de lo que establece el artículo 2 letra D del DFL Número 2/98, “Ley de Subvenciones”, que exige que la causal de cancelaciones de matrícula debe estar en los reglamentos internos del establecimiento.

Sección 40.06 Se constituirá una instancia de apelación y de resolución de situaciones no contempladas en este reglamento o integrada por el Director del establecimiento, a Orientadora, profesor jefe e Inspectoría y representante del Centro General de Padres y/o Apoderados.

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CAPITULO VIII: Medidas preventivas alumnas:

Socialización del reglamento de convivencia escolar a toda la comunidad

educativa.

Desarrollo de habilidades socio-afectivas en las estudiantes en forma

transversal a través del trabajo diario.

Formación desde la educación pre-escolar en valores éticos y morales, de

manera que favorezcan la formación de niños, niñas y adolescentes en el respeto y la

tolerancia.

Generar un clima positivo en el aula y fuera de ella a través de actividades

que lo promuevan.

Fomento de hábitos de vida saludable (Biopsicosocial).

Establecer un vínculo positivo con la comunidad.

Promover participación de las estudiantes en actividades extraescolares que

la escuela y la comuna ofrecen.

Fomentar la participación activa y responsable de los padres, madres,

cuidadores y/o apoderados(as) en el proceso educativo de las estudiantes a través de

instancias tales como escuela de padres, entrevistas personales, reunión de apoderados y

las diferentes actividades que la escuela organiza.

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CAPITULO IX: GESTION DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

El comité de convivencia escolar está compuesto por: Inspectora General, quien lo

preside (Ley 20.536 sobre la violencia escolar), un Coordinador de equipo PIE, un integrante

del Departamento de Orientación, dos representantes del Equipo Psicosocial, dos representantes del Consejo General de Profesores, uno por ciclo y la Coordinadora de Medio Ambiente.

Sección 48.01 Responsabilidad del encargado de convivencia escolar es asumir el rol primario en la implementación de las medidas de convivencia escolar que determine el Consejo Escolar.

Sección 48.02 Compromisos que asume el encargado de Convivencia Escolar.

(a) Promover la participación de los diferentes estamentos de la comunidad educativa en el Consejo Escolar.

(b) Promover el trabajo colaborativo en torno a la Convivencia Escolar.

(c) Disponer la implementación de las medidas sobre Convivencia Escolar que disponga el Consejo Escolar.

(d) Elaborar el plan de acción sobre Convivencia Escolar, en función de las indicaciones del Consejo Escolar.

(e) Coordinar iniciativas de capacitación sobre promoción de la buena convivencia y manejo de situaciones de conflicto, entre los diversos estamentos de la comunidad educativa.

(f) Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la comunidad educativa en la elaboración, implementación y difusión de la política de prevención, medidas pedagógicas y disciplinarias que fomenten la buena convivencia escolar.