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  • /RESOLUCIN N O4 9 5EXPEDIENTE N 3511 - 02934/04

    NEUQUN, 5 ABR 2005VISTO:

    La presentacin efectuada por la Direccin General de Educacin Fsica,respecto a establecer un nuevo Reglamento Orgnico de Centros de EducacinFsica;y

    CONSIDERANDO:Que por Resolucin 0361/87 se aprob por primera vez el

    ReglamentoOrgnico de centros de EducacinFsica;

    Que del ao 1987 hasta la fecha los Centros de EducacinFsica se han regido por las normas establecidas en el Reglamento Orgnicomencionado;

    Que es necesario la actualizacin del presente Reglamento;

    Que los Centros de Educacin Fsica, a travs del personaldirectivo y del cuerpo docente, han participado voluntariamente con aportes paraeste nuevo Reglamento;

    Que los mencionados aportes fueron canalizados ycompaginados por una Comisn Redactora integrada por una representante decada una de las zonas - Sur, Norte, Centro y Confluencia - y un representante dela Direccin General;

    Que corresponde emitir la norma legal pertinente;

    Por ello:

    EL CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIN DEL NEUQUNRESUELVE

    1) APROBAR el "REGLAMENTOORGNICODE CENTROSDE EDUCACINFSICA" que corre como Anexo I de la presente Resolucin.-

    2) DEJAR sin efecto la ResolucinN 0361/87 a partir de la firma de la presentenormativa.

    3) DETERMINAR que por la Direccin General de Educacin Fsicase cursarnlas comunicacionescorrespondientes.

    4) REGISTRAR, dar conocimiento a la Direccin de Despacho; Vocalas;Centro de Documentacin; Direccin General Distritos Regionales Zona I alVIII, y GIRAR el presente Expediente a la Direccin General de EducacinFsicaa los efectos establecidosen el Artculo 3) .- CUMPliDO, ARCHIVAR.-

    Praf. EVA omA. CHAQUIREZ~;;',.."""',"" Subsecralera da Educllcin~\ \' .-. '" ~ ~.~. A/C Pre.ldtmcIe dal C. P.E.

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    "1...,CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIN

    PROVINCIA DEL NEUQUN

    RESOLUCIN N O4 9 5EXPEDIENTE N 3511- 02934/04

    NEUQUN, 5 ABR 2005ANEXO 1

    REGLAMENTO ORGNICO DE LOS CENTROS EDUCACIN FSICA

    LA EDUCACIN FSICA EN LOS CENTROS DE EDUCACIN FSICA

    De acuerdo a la Constitucin Provincial la Educacin Fsica en la provincia delNeuqun es obligatoria. En los niveles inicial, primario y medio se imparten dosestmulos semanales, sin embargo para que exista un mejor desarrollo cualitativo ydar satisfaccin a las demandas de actividades fisicas, es necesario e importante larealizacin de ese tipo de actividades en forma complementaria en el sistemaeducativo no formal, para dar continuidad al proceso formal, ampliando el volumende ejercitaciones de las habilidades, el desarrollo de capacidades fisicas yconsolidando el hbito de la prctica sistemtica de actividades fisicas.Debe existir una adecuada interrelacin entre posibilidades de tiempo libre de lacomunidad y las posibilidades existentes en la institucin y la programacin que seestablezca.

    Definicin de Centro de Educacin Fsica

    Centro de Educacin Fsica es un Establecimiento Educativo que depende de laDireccin General de Educacin Fsica del Consejo Provincial de Educacin.Brinda servicios educativos no formales a la comunidad, destinando sus esfuerzos ala atencin de nios, adolescentes, jvenes y adultos, ofreciendo sistematicidad,continuidad pedaggica, contencin y aprendizaje constante, procurando conformaruna base con gran cantidad y variedad de actividades que desarrollen un granacervo motor, una rica historia de movimientos, incorporando progresivamentesituaciones a resolver que puedan desarrollarse a travs de la gimnasia, el juego, lainiciacin deportiva, el deporte y la vida en la naturaleza, de acuerdo a la etapaevolutiva de los alumnos.

    Los Centros de Educacin Fsica canalizarnpreferentemente la actividad competitiva de los grupos que lo requieran, enEncuentros y Competencias InterCEF.

    Intentan por una parte captar las expectativas ynecesidades del medio social y por otra prolongar aquellos lineamientos, fuera delcontexto formal.

    As entonces, los CENTROS DE EDUCACINFSICA, son la clula que propende a la relacin ALUMNO - COMUNIDADSOCIAL.

    Creemos importante que la formacin del hombre seauna situacin que exceda lo escolar y lo sistemtico y que los patrones elegidossean comunes a la vida escolar y a lo cotidiano. Pero para esto hay que brindaroportunidades de transferencia. f6/,:;~\~;i:,,"",\\"........ ... ') -,....

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    . -L.~n:Ua"'I -VI !-,V"VU,",J.UJ.U,", J.~'-'Ul"V" UUUU11lU:S a un ue mejorar la calloao de laeducacin compartida .

    .- Posibilitar igualdad de oportunidades a travs de la satisfaccin de intereses en lacreacin de grupos vitales .

    .- Revalorizar el juego, el deporte y la competencia como medios de Educacin .

    .- Elegir metodologas vlidas, que incluyan una relacin funcional entreconocimiento, valores y capacidades.

    El Centro de Educacin Fsica capta los interesescomunitarios y arbitra los medios para satisfacerlos.

    Propone nuevas opciones y alternativas para el usoproductivo y saludable del tiempo libre.A travs de

    .- Reconocer y respetar la heterogeneidad cultural de cada comunidad (observandolo tradicional, educando en lo ignorado).

    - Defender la idea del Deporte Educativo en Encuentros y Torneos:a) con el trabajo rico en opciones y sin exitismosb) con el ejemplo docente en situaciones de competencia

    - Promover alternativas concretas contra los flagelos sociales que corrompen laadolescencia .

    .- Formar dirigentes, rbitros y grupos de jvenes que defiendan una posturaeducativa a travs del movimiento.

    OBJETIVOS

    .- Promover la prctica deportiva - recreativa como medio educativo .

    .- Desarrollar actividades deportivas y de recreacin de sano esparcimiento, paranios, jvenes y adultos para que ocupen sus momentos libres, con actividadespositivas que conduzcan a una gratificacin espiritual.

    .- Realizar un programa organizado y sistemtico que utilice los innumerablesbeneficios que aporta la Educacin Fsica en todas las edades y en todos losniveles sociales .

    .- Coordinar con Asociaciones e Instituciones toda actividad que pudiera contribuiral bienestar de la comunidad.

    Del Reglamento Interno

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    (/)U1

    La Direccin de cada Centro deEducacin Fsica elevar un proyecto de Reglamento Interno para sufuncionamiento, teniendo en cuenta las prescripciones del presenteREGLAMENTO ORGNICO y las caractersticas zonales, regionales yparticulares de cada uno, el que podr ser modificado cuando las condiciones ycircunstancias as lo indiquen.

    El Reglamento Interno de cada Centro entrar envigencia a los TREINTA (30) das d~.Ja;,'~~h.~l

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    CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACiNPROVINCIA DEL NEUQUN

    RESOLUCIN N O4 9 5EXPEDIENTE N 3511- 02934/04

    Creacin de un Centro de Educacin Fsica Para poder crear un CEF se debentener en cuenta diferentes aspectos:Una necesidad manifiesta de la comunidad y que formalmente lo solicite.Para ello se deben tener en cuenta:

    -el nmero potencial de alumnos de la localidad-la infraestructura disponible-docentes de la especialidad que residan en la localidad.- factibilidad de establecer un convenio de uso de instalacionesa largo plazo.

    Disponiendo de estos datos, la Direccin General de Educacin Fsica, evaluar lasposibilidades concretas para que un establecimiento de este tipo pueda desarrollarsesistemticamente. Luego con el informe tcnico respectivo, el Consejo Provincialde Educacin, a travs de los organismos pertinentes, decidir al respecto.

    De la Planta FuncionalLa planta funcional inicial para la creacin de un Centro de Educacin Fsica serpropuesta por la Direccin General de Educacin Fsica, previo diagnstico yevaluacin de las condiciones de infraestructura y poblacin potencial.El crecimiento de la Planta Funcional ser de acuerdo al crecimiento de lamatrcula de alumnos de la Institucin, establecindose una Planta Funcionalmxima con los siguientes cargos:

    1 Director1 Vice Director2 Regentes1 Secretario Docente15 cargos DCA 42 cargos preceptor DDB 4Personal administrativo, de servicios, serenos4 Guardavidas1Mdico

    Conformacin de los Grupos de alumnos Se exigir un nmero no inferior a 15(quince) alumnos presentes por clase.Cada grupo podr tener hasta un mximo de tres (3) estmulos semanales. Seentiende por estimulo: un (1) da de clase. La carga horaria mxima asignada paracada grupo ser de tres (3).Distribucin de carga horaria El setenta por ciento (70 %) del total de la cargahoraria de la institucin deber destinarse a nios, adolescentes y el treinta porciento (30 %) restante se destinar a jvenes y adultos.

    De las ActividadesEn los Centros de Educacin Fsica se consideran Actividades Formales a las quese desarrollan como clases propiamente dichas, con personal a cargo, sistemticas yque podrn dictarse de lunes a viernes de 8.00 a 23.00 y los das sbado en la franja

    I'~" horar,l.ia,\.,comprendida entre las 8.00 y las 20.00.~_ ' ' Prof. EV.lI, OLGA CH.A.QUIREZ~ I ':1;\ e o p , A ~I."'",,'--""';"."> :"l"r:~,,;-''!1. ~ . ji E S ','.',.o t'A; .. _ _ , I'~)i,! ..uV~1 .v.>

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  • ~CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIN

    PROVINCIA DEL NEUQUN

    RESOLUCIN N O4 9 5EXPEDIENTE N 3511- 02934/04

    Las Actividades Coprogramticas son aquellas que responden coherentemente a laplanificacin anual y se desarrollan fuera del horario habitual de clases.Actividades Institucionales Obligatorias: Sern consideradas obligatorias aquellasque estn incluidas en el Proyecto Institucional. Ejemplos: Aniversarios, ActosPatrios, InterCEF.

    Actividades a DesarrollarPor ser una Institucin Educativa y teniendo en cuenta la continuidad que sepretende dar a lo formativo del sistema educativo, las actividades a desarrollar enlos Centros de Educacin Fsica sern las que estn contempladas en losDocumentos elaborados en la Direccin General de Educacin Fsica y aprobadospor el Consejo Provincial de Educacin para los niveles inicial, primario y medio (Documentos Curriculares) y adaptadas a las caractersticas propias de este tipo deEstablecimiento. En cuanto a las actividades destinadas a los adultos sedesprendern del anlisis que la institucin efecte, de acuerdo a los intereses de lacomunidad y a las reales posibilidades de aquella.

    De la infraestructura

    Para posibilitar un buen desarrollo y control de losservicios y actividades que cada Centro de Educacin Fsica brinda a la comunidadse considera que como Infraestructura mxima debe tenerse en cuenta:1 Gimnasio2 Playones1Natatorio cubierto de 25 x 12.501 Cancha de ftbol1 pista de atletismoDependencias administrativasSanitarios que correspondan

    De las condiciones para desempear cargos en los Centros de EducacinFsica.

    Para desempear Cargos Directivos en los Centros de Educacin Fsica se tendrnen cuenta los listados de aspirantes por orden de mrito, confeccionados por laJunta de Clasificacin, en el Centro donde se produzca la vacante.Para desempear cargo de Secretario Docente se tendrn en cuenta los listados pororden de mrito del establecimiento en que se produzca la vacante, ofreciendo elcargo al docente que se encuentre en situacin activa.Para desempear Cargos Docentes (profesor) se tendrn en cuenta los listados deaspirantes por orden de mrito, que figuren en los listados del Centro donde seproduzca la vacante.

    ES COPIA

    5

  • CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACINPROVINCIA DEL NEUQUN

    RESOLUCIN N O4 9 5EXPEDIENTE N 3511- 02934/04

    De la Direccin

    Los Directores de Centros sern responsablesdirectos del gobierno, de la labor educativa, de conservacin y custodia de bienes yelementos del Establecimiento a su cargo.

    Corresponde al Director

    a) Adoptar todas las medidas conducentes al fielcumplimiento de lo establecido en el presente Reglamento y en las Resoluciones yDisposiciones emanadas de la Superioridad.

    b) Aplicar al Personal del Establecimiento lassanciones que merecieran de acuerdo con las facultades que le confiere el Estatutodel Docente en vigencia y el Estatuto de la Administracin Pblica Provincial y susReglamentaciones.

    e) Proponer el reajuste de la situacin de revista delPersonal del Establecimiento, sobre las bases de las Disposiciones y condicionesque regulan el procedimiento.

    d) Dar satisfaccin a las Disposiciones vigentes encuanto a aprobacin y distribucin de horarios e instalaciones, Calendario Anual,planes y programas, informes mensuales, suspensin de actividades, recesos,conceptos, inventarios, memoria anual y dems asuntos relacionados con laorganizacin y control de las tareas del Centro, en los plazos fijados por laSuperioridad.

    e) De acuerdo con las necesidades el Director podrafectar hasta un mximo de un 20% de horas reloj de la carga horaria del docente,que ser destinadas a la realizacin de actividades coprogramticas, previstas en laPlanificacin Institucional.

    f) Resolver la cesin de instalaciones a losEstablecimientos Educativos y otras instituciones que lo soliciten.

    g) Convocar a Reunin de Personal toda vez que loconsidere necesario, labrando el acta correspondiente. Una reunin al mes concarcter de obligatoria y fuera de la carga horaria.

    h) Representar al Establecimiento en Actosoficiales.

    i) Emitir la Calificacin de Concepto del PersonalDocente y no docente, de acuerdo con las normas vigentes.

    j) Organizar, orientar, asesorar, coordinar yevaluar la actividad Pedaggica y Administrativa del Centro, para sustentar elprestigio del Establecimiento y lograr la armnica convivencia entre el Personal ylos usufructuarios.

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    CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACINPROVINCIA DEL NEUQUN

    RESOLUCIN N O4 9 5EXPEDIENTE N 3511- 02934/04

    k) Propiciar estudiospermitan la revisin permanente de sus Programaselevarlos a la Superioridad a sus efectos.

    1) Presenciar frecuentemente las clases yactividades propias del Centro.

    m) Proyectar el Reglamento Interno conadecuacin a ste Reglamento Orgnico.

    n) Asesorar a la Asociacin Cooperadora,Asociacin de Alumnos y dems Entidades Privadas de Cooperacin, vinculadas alEstablecimiento.

    o) Extender constancias al Personal Docente y nodocente por trabajos, colaboraciones, por actuacin extraordinaria, de carctermeritorio, realizadas en el Establecimiento y documentadas en l, consignando susalcances, significacin y tiempo empleado.

    p) Suscribir toda documentacin relacionada conel movimiento docente y no docente del Establecimiento, en los plazosreglamentarios para su elevacin y que requiera la participacin de la Superioridad.Autorizar la destruccin. Luego de transcurrido el plazo legal, de aquellosDocumentos que por su escaso valor no sea necesario conservar, por existirconstancias en los Libros y Registros, tales como justificaciones de inasistencias,Libros de Temas, Partes Diarios.

    q) Plantear ante la Direccin de Educacin Fsicalos asuntos que superen su autoridad, sin inferir los que correspondanespecficamente a otras reparticiones; comunicar a la Direccin Educacin Fsica,producidas las vacantes, indicando causas y dando cumplimiento a las normasvigentes.

    r) Comunicar a la Superioridad cualquier novedadde servicio, cuya importancia requiera la intervencin de la misma, efectuando almismo tiempo, las denuncias y diligencias urgentes que correspondan.

    s) Definir conjuntamente con personal directivo, elprograma de supervisin a desarrollar en el ciclo lectivo, para conducir, orientar yevaluar la labor educativa para el mejoramiento del servicio del Establecimiento.

    t) Solicitar a la Superioridad la instruccin deSumario correspondiente, cuando observare o comprobare cualquier irregularidad,sin perjuicio de efectuar la Prevencin Sumarial que fuere menester, a fin decumplir medidas que considere de urgencia.

    u) Cubrir las clases en las que no puedan serdesignados suplentes, si se es personal directivo nico.

    e investigaciones quesobre bases cientficas y

    De la Vice Direccin

    El Vice Director de Centro ser responsable directodel desarrollo de la labor Pedaggica y Tcnica del Establecimiento.

    Prof. EVAOlGA CHAQUlREZSubS9Crct!}ti~ .~f} Ed.:c!d6nAA":. Pr~.!~~'.:::L:,(:"~;~.::.r: r.ES COPIA

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    RESOLUCIN NEXPEDIENTE N 3511- 02934/04

    0495

    Corresponde al Vice Directora) Desempear las funciones del Director, en caso

    de acefala, ausencia, licencia o impedimento circunstancial de aquel y auxiliarlo enfuncin de dependencia, en el cumplimiento de sus funciones.

    b) Elevar al Director para su consideracin yaprobacin, el Proyecto de Organizacin de horarios, calendario, Planes yProgramas de Actividades.

    e) Recibir y comunicar las instrucciones impartidaspor el Director, y controlando que sean debidamente cumplidas.

    d) Presenciar frecuentemente y coordinadamentecon el Regente, las clases y actividades que se desarrollen en el Centro; colaborarcon el Director en la confeccin de los conceptos del Personal Docente,asistindolo en los mismos, con respecto al Personal No Docente.

    e) Controlar la siguiente documentacin: Registro deAsistencia de Alumnos, Registro de Personal Docente, Registro de Temas, Registrode asistencia de Profesores de Establecimientos que utilicen el Centro, efectuandolas comunicaciones correspondientes.

    f) Supervisar el cumplimiento de las obligacionesReglamentarias vigentes, relacionadas con el dictado de las clases, asistencia, delos profesores que desarrollan sus clases en el Centro.

    g) Cubrir las clases en las que no puedan serdesignados suplentes, siempre y cuando la Institucin no tenga cubierto el cargo deRegente.

    De la Regencia

    Es la Dependencia que tiene a su cargo laorientacin, asesoramiento, supervisin y evaluacin del desarrollo especfico delos Planes y Programas, Actividades Complementarias Educativas de IntegracinCultural y por otra parte, las de las relaciones con los padres de los Educandos.

    Corresponde al Regentea) Desempear las funciones del Vice Director, en

    caso de acefala, ausencia, licencia oimpedimento circunstancial de aquel.

    b) Integrar el Consejo Asesor cuando as lodetermine el Director.

    e) Desempearse como Superior Jerrquico dePreceptora; orientar y supervisar susactividades.

    d) Evaluar el desarrollo de las actividades docentesy administrativas a su cargo.

    e) Cubrir las clases ante la ausencia de los docenteshasta tanto se presente el responsable de la actividad o en su defecto el suplente.

    En su carcter de Auxiliar inmediato de-lbV:::cfl-..Uirector,le corresponde:..\\,

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    PROVINCIA DEL NEUQUN

    RESOLUCIN N O [l' 9 5EXPEDIENTE N 3511- 02934/04

    Colaborar con el Vice Director en la confeccin delos horarios de clases, en las reuniones de Profesores y en los conceptos.

    Asistir frecuentemente a las clases, fiscalizando eldesarrollo de los Programas; de cada visita dejar constancia, emitiendo conceptosfundados.

    Controlar la asistencia de los docentes a susrespectivas actividades y del resto del personal a su cargo.

    Participar de las reuniones de docentes que seefecten con fines didcticos.

    Colaborar con el Director y Vice Director en laconfeccin de la Calificacin Anual del Personal.

    Ser responsable de un Registro de Temas de Clases;Registro de Asistencia de Profesores y Registro de Asistencia de Alumnos.

    De la Secretara

    Secretara Docente de la EspecialidadEl cargo ser desempeado por personal con Ttulo

    Docente de la especialidad. Ser quien administre el accionar Tcnico del Centrode Educacin Fsica.

    Asistir y Asesorar al personal Directivo en elrea Tcnico Administrativa para el logro de la eficacia del Servicio Educativo.

    Ser el Jefe del Servicio Administrativo del Centro

    Corresponde a la Secretara Docente

    a) Acciones DocentesElaborar la programacin anual de la tarea

    especificando los plazos de cumplimiento.Atender las consultas del Personal Docente de la

    Institucin.Analizar documentos de apoyo, elaborados por

    Personal Docente, emitiendo opinin remitindolo a la aprobacin del Director.Coordinar el accionar de los Docentes con el rea

    de Administracin (salida de documentacin).

    Registrar inscripciones de Interinatos y Suplencias.Colaborar en la preparacin de reuniones del equipo

    docente y participar de las mismas, redactando las actas correspondientes.Asesorar sobre Legislacin Escolar y Regmenes de

    Licencias.

    En caso de ausencia de docentes cubrir las clasesde acuerdo a lo indicado por la Direccin del establecimiento.

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    CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACINPROVINCIA DEL NEUQUN

    RESOLUCIN N O4 9 5EXPEDIENTE N 3511- 02934/04

    Realizar la tramitacin correspondiente a disciplina,asistencia y licencias del personal, conforme a las normas en vigencia.

    Cumplimentar los legajos del Personal del Centro,altas y bajas, Archivos, licencias, inasistencias, ficheros de alumnos y preparar ladocumentacin requerida por la Superioridad.

    Informarse e informar sobre el contenido deDecretos, Resoluciones, Disposiciones y directivas.

    Atender al pblico y evacuar consultas, concertaraudiencias del Director.

    Realizar procesamientos estadsticos, actualizandodatos.

    Intervenir en el control de gestin de laProgramacin y sus plazos de accin.

    De los ProfesoresSon los responsables directos de la accin docente

    del Centro; sern designados de acuerdo a los listados emitidos por la Junta deClasificacin pertinente.

    Corresponde a los Profesores propios del Centro

    Desempear digna, eficaz y lealmente las funcionesinherentes a su cargo y procurar permanentemente su perfeccionamientoprofesional.

    Dictar clases en los grupos que la Direccin delEstablecimiento le asigne.

    Dar cumplimiento a los Programas que fueronaprobados por las autoridades del Centro.

    Proyectar cada ao los Programas de las actividadesa su cargo y elevarlos a sus superiores cuando se los solicite, evaluando los mismosen forma permanente.

    Tener a disposicin de las autoridades deconduccin del Centro y/o del Superior correspondiente, copia de la planificacinde las actividades a su cargo.

    Registrar donde correspondiere y con antelacin, eltema o actividad a desarrollar, firmar las planillas de asistencia.

    Dirigir las tareas complementarias que lecorrespondan.

    De los Preceptores del Centro de Educacin Fsica.

    ~~TOMO

    Los cargos de Preceptores sern cubiertos porpersonal docente del rea de acuerdo a los listados emitidos por la Juntapertinente.

    Asistir al Profesor de la ctedra en el dictado de laclase y los reemplazar en su ausenci O'1\!'\CI.4(

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    Prof, 81A OLGA CHAQUlREZSubsecretcra de [,l"cllt:inA/C Pr9'JIWe.-.c" o.'! C. r: E.

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    CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACINPROVINCIA DEL NEUQUN

    RESOLUCIN N O l~9 5EXPEDIENTE N 3511- 02934/04

    Preparar y ordenar el material didctico para cadaclase.

    Ser el responsable del control de asistencia de losalumnos.

    De los Guardavidas

    Los cargos de guardavidas sern cubiertos porpersonal docente de la especialidad que adems posean la acreditacin oficialcomo Guardavidas, expedida por organismo debidamente reconocido.

    Se ofrecer el cargo de acuerdo al listado emitidopor la Junta de Clasificacin pertinente.

    Tendrn una carga horaria de 25 horas reloj.Corresponde a los profesores de establecimientos educacionales quedesarrollan sus clases de educacin fsica en el centro.

    Notificarse de la Reglamentacin que nge en elestablecimiento: Reglamento Orgnico y Reglamento Interno.

    Del personal administrativo, auxiliares de servicio.

    Las designaciones, obligaciones, derechos delPersonal Administrativos y Auxiliares de Servicio se ajustarn por las normas en. .vigencia.

    Corresponde al mismo

    Desempearse en el total de horas establecidas enlos Reglamentos vigentes.

    Cumplir el tumo de trabajo que le asigne laDireccin del Centro, el cual se organizar segn las necesidades delEstablecimiento.

    Se dar prioridad de eleccin de tumo de trabajo aquien justifique una razn valedera para ello.

    Cumplir con trabajos peridicos deacondicionamiento e higiene general del Establecimiento, en las oportunidades queas se disponga.

    De la licencia anual del personal.

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    La Licencia Anual por descanso para el personal delos Centros de Educacin Fsica, podr s oncedida entre el perodo comprendidoentre el 21 de diciembre y el ltim ldl s de febrero del ao siguiente, enq,(\{

  • >l).1 " IVIDirector Gral el,; DespachoConsejo POV. ce Educacin

  • CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACINPROVINCIA DEL NEUQUN

    RESOLUCIN N O4 9 5EXPEDIENTE N 3511- 02934/04

    Actividades del periodo diciembre - febreroDurante el perodo de actividades citado, el

    Personal estar a disposicin de la Direccin del Centro, incluyendo el lapsocorrespondiente a la Licencia Anual Ordinaria. En este perodo las actividadessern las correspondientes a Vida en la Naturaleza, Colonias, Natacin yRecreativas, pudindose variar los horarios de clases respecto al perodo marzo -diciembre.

    De los RecesosLos Centros de Educacin Fsica dispondrn de un

    receso de invierno que deber coincidir con el que se determine en el CEUR paralos establecimientos del perodo marzo - noviembre, de los niveles primario ymedio.

    Del uso de las instalaciones del Centro y de las Institucionesusufructuarias.

    Las Instalaciones del Centro estarn al servicio de:

    a) Desarrollo de actividades programadas por laDireccin del Centro (propias y de extensin).

    b) Las necesidades que surjan para el dictado de lasclases o sesiones de Educacin Fsica en los Establecimientos de Enseanza.

    e) Actividades programadas por la DireccinGeneral de Educacin Fsica, coordinacin con la Direccin del Centro.

    d) Actividades complementarias de losEstablecimientos de Enseanza, fuera de las clases o sesiones de Educacin Fsica.

    e) Necesidad de la Comunidad. La adjudicacin dehorarios y comodidades a los Establecimientos de Enseanza.Se fundar en las siguientes razones, por orden progresivo:

    1) Falta absoluta de Instalaciones propias parasatisfacer las clases o sesiones de Educacin Fsica.

    2) Insuficiencias de las mismas.3) Negativa de los Clubes e Instituciones

    Deportivas prximas al Establecimiento a ceder sus Instalaciones para el dictado declases.

    4) Distancia del Establecimiento al Centrocorrespondiente.

    Los Establecimientos de Enseanza Mediasolicitarn a la Direccin del Centro, la adjudicacin de horarios e Instalacionespara el dictado de las clases de educacin fisica, manifestando las causas de supedido, entre el 1 y el 15 de diciembre de cada ao, del mismo modo lo harn losestablecimientos de Enseanza Primaria.

    Aprobad~:!l!t:~roposicin horaria por parte delCentro, los Establecimientos debe r r el detalle de los Profesores,

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    ES COPIA Prot. EVA DlGA CHAQUfREZSUbSflCrOl&ria do Ed'JcllCnA/C Pril1lkle~iaeJel C. P. E.

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    CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACINPROVINCIA DEL NEUQUN

    K.l!ii:)U~U"'lUn n v... V vEXPEDIENTE N 3511- 02934/04

    cursos, grupos, cantidad de alumnos que integra cada curso o grupo, tumos yhorarios que cubrirn de acuerdo a lo concedido.

    Son obligaciones de los Establecimientosusufructuarios:

    a) Comunicar por escrito al Centro, cualquiercambio o reemplazo de Profesores a cargo de la clase, cursos y divisiones afectadaspor tales causas.

    b) Solicitar por escrito cualquier cambio de horarioy comunicar toda suspensin de clases.

    e) Informar el retiro total o parcial de alumnos.d) Solicitar con al debida anticipacin, la

    adjudicacin de horarios e instalaciones para la realizacin de torneos internos, yexmenes de educacin fisica.

    e) Dar curso a las solicitudes de sancionesdisciplinarias que gestione la Direccin del Centro, graduando la aplicacin de lasrmsmas,

    f) Considerar a los efectos correspondientes, lasplanillas que suscriben los Profesores y que les sern enviadas por el Centro concarcter oficial.

    De los Recursos

    Los Centros de Educacin Fsica contarn con lossiguientes aportes:

    a) Aporte presupuestario del Consejo Provincial deEducacin de Educacin, a travs de la Direccin General de Educacin Fsica.

    b) Aporte Estatal permanente u ocasional, medianteConvenio suscrito por el Consejo Provincial Educacin.

    e) Aportes de la Asociacin Cooperadora delCentro, mediante contribuciones que no impliquen coaccin para losusufructuarios.

    d) Aportes de la Asociacin Cooperadora de cadaEstablecimiento que concurra al Centro para el dictado de sus clases,entrenamiento, competencias.

    e) Aportes de las Instituciones Oficiales o Privadasque usen las Instalaciones del Centro.

    El Centro tendr permanentemente actualizados, losRegistros y Estatutos de Cuentas y Balances a disposicin de la Superioridad paraconocimiento y efectos.

    De los Actos y de los Smbolos

    Los Centros podrn realizar Ceremonias Especiales~ o sin suspensin de actividades - para celebrar Actos de trascendencia local

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    RESOLUCIN N O 9 C\EXPEDIENTE N 3511- 02934/tf4

    y/o de significacin para el Establecimiento; los mismos debern ser incluidos en elCalendario de Actividades.

    El uso de los Smbolos Nacionales y Provincialesde los Centros, se ajustar a las Disposiciones vigentes para los Establecimientos deEducacin de la Provincia.

    En representacin de la Institucin deber participarla/las bandera/s de ceremonia/s, personal directivo, docentes y una delegacin dealumnos.

    Del servicio Mdico. De los Accidentes

    El servicio mdico del Centro tendr como objetivo,la perseverancia y el cuidado de la salud de las personas que cumplan actividadesfisicas en el mismo; ha de asegurar como mnimo la revisin mdica anual y elcontrol peridico de dichas personas.SERA CUMPLIDO POR:

    Profesionales que integren la Planta Funcional delCentro, ajustndose a las necesidades del Servicio. En este caso la carga horariaque deben cumplir ser de veinte (20) horas semanales.

    Profesionales contratados por la AsociacinCooperadora del entro, ante la carencia de los anteriores o por insuficiencianumrica de los mismos.

    Por Profesionales de otros Organismos Oficiales(nacionales, provinciales o municipales), que presten apoyo a nivel Institucional.

    Los horarios del servicio Mdico sern coordinadoso fijados por la Direccin del Centro, de acuerdo a las necesidades, las normaslegales vigentes.

    La Direccin del Centro ser responsable de latenencia de un Botiqun de Primeros Auxilios, el mismo responder a losrequerimientos Tcnicos - Cientficos mnimos sobre la materia y sernaprovisionados segn el asesoramiento del Servicio Mdico, estar a disposicininmediata de los responsables directos de cada actividad del Establecimiento, locual deber ser de conocimiento general del Personal.

    En caso de accidente se deber actuar de acuerdo alas disposiciones en vigencia.

    De las Entidades de Cooperacin y de Extensin.-e-a.OO organizacin y creacin

    Los Centros de Educacin Fsica propiciarn lade E . Privadas de Cooperacin con el

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    RESOLUCIN N O4 9 5EXPEDIENTE N 3511- 02934/04

    Establecimiento respectivo, a fin de fomentar las relaciones con las familias de losasistentes al mismo y con la comunidad.

    Esas Entidades debern colaborar y secundar laObra del Establecimiento; pueden ser: Asociacin Cooperadora, Comisin dePadres, Cooperativas, Club Colegial, Crculos de Actividades y toda otra queautorice la Superioridad.

    Se caracterizan por:

    El Centro ser sede de las mismasEl Director del Centro ser el Asesor, pudiendo

    delegar funciones en el Vice Director o un Profesor.Al constituirse cada Entidad de Cooperacin,

    deber redactar sus Estatutos, los cuales debern ser aprobados por la Superioridad.Debern disponer de un libro de Actas de sus

    reuniones y un libro de Movimiento de Fondos, como mnimo.

    De las Supervisiones

    Las Supervisiones que se cumplan en cada Centro,quedarn reflejadas o registradas en un nico Libro de Supervisiones; el mismoser habilitado conforme con la Reglamentacin vigente.

    Las supervisiones estarn a cargo de un Supervisordesignado por la Direccin General de Educacin Fsica del Consejo Provincial deEducacin para tal fin.

    A tales efectos se tendr en cuenta:

    La Direccin del Centro tiene la obligacin deponer a disposicin de los funcionarios correspondientes, el libro mencionado, yelevar copia de cuanto se inscriba en el, a la superioridad.

    Las indicaciones de los Supervisores serncumplimentadas bajo la responsabilidad de la Direccin del Centro respectivo.

    De la documentacin

    En los Centros de Educacin Fsica deber constarla siguiente documentacin, la que se cumplimentar sistemticamente y serpresentada toda vez que desde la Supe .. n y/o Direccin General de EducacinFsica se requiera.o'-\\\

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    ~CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIN

    PROVINCIA DEL NEUQUN

    RESOLUCIN N O4 9 5EXPEDIENTE N 3511- 02934/04

    :K.~gl:Slrum: Acta ue KeumonesLegajo de creacin del Establecimiento y antecedentesLegajos de personal de la InstitucinInventario de materiales y bienesRegistro de MatrculaProyecto Educativo InstitucionalPlanificacin Anual de ActividadesRegistro de Asistencia del PersonalRegistro de Asistencia de AlumnosRegistro de Temas de clasesListado de Docentes clasificados por la junta de Educacin FsicaLicencias de PersonalArchivos de NotasArchivo de normas legalesInformes MensualesPlanillas de Organizacin InstitucionalNecesidades para el Ao prximoCuadernos de Actuacin Profesional del personalConceptos Anuales

    De las Disposiciones Transitorias y Complementarias

    Lo no contemplado en el presente REGLAMENTOORGNICO ser resuelto de acuerdo con lo legislado por el Estatuto del Docenteen vigencia y el Estatuto del Personal Civil de la Administracin Pblica Provincialy sus posteriores modificaciones y por las Resoluciones y Disposiciones quefueren menester y segn correspondiere.

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