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REGLAMENTO ORGANICO ESTRUCTURAL Y FUNCIONAL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL DE "MUYUNA".

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REGLAMENTO ORGANICO

ESTRUCTURAL Y FUNCIONAL GOBIERNO

AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO

PARROQUIAL RURAL DE "MUYUNA".

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Tabla de contenido INTRODUCCIÓN ............................................................................................................ 4

CAPÍTULO I .................................................................................................................... 6

BASE LEGAL Y COMPETENCIAS ....................................................................................... 6

CAPITULO II ................................................................................................................... 7

ESTRUCTURA ORGÁNICA ................................................................................................... 7

CAPITULO III ............................................................................................................... 11

ESTRUCTURA FUNCIONAL ............................................................................................... 11

FUNCIONES DE LA ALTA DIRECCIÓN O PROCESOS GOBERNANTES ................ 11

FUNCIONES DEL NIVEL ASESOR Y COORDINACIÓN O PROCESOS

HABILITANTES ................................................................................................................ 11

FUNCIONES DEL NIVEL DE APOYO Y OPERATIVO O AGREGADORES DE

VALOR ............................................................................................................................... 14

BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................................ 25

PALABRAS CLAVE ..................................................................................................... 26

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Figura 1: Modelo de Sistema del Orgánico Estructural Parroquial ................................ 10

Figura 2: Modelo de Sistema de Gestión de Calidad .................................................... 10

Figura 3. La evaluación en la lógica de la planificación ................................................ 21

Figura 4. Etapas en el ciclo de los proyectos (ODEPLAN) ........................................... 23

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INTRODUCCIÓN ACUERDO N°: GADPRM-2014

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA PARROQUIAL DE MUYUNA

CONSIDERANDO:

Que, la administración debe ser la coordinación de seres humanos y recursos materiales

para la consecución de objetivos organizacionales;

Que, la denominación de gobierno autónomo, determinada en su creación, es percibida

como la composición de partes interconectadas y relacionadas, cuyas conexiones deben

estar debidamente identificadas, conocidas y comprendidas al interno;

Que, la Entidad como parte del sistema público y con el fin de desarrollar y aportar a la

nueva política nacional y cumplir con los mandatos de la Constitución y las leyes, sin que

se releve de responsabilidades por su tamaño o composición;

Que, como componente del sistema gubernamental público y desde el punto de vista

sistémico, la Institución parroquial debe contar con un patrón de organización compuesto

de sustancia (estructura) y forma (configuración de relaciones ordenadas);

Que, como parte del Sector Público, debe cumplir y hacer cumplir con las disposiciones,

reglamentos, leyes y normas que rigen a éste sector;

Que, la organización administrativa, como garantía de su existencia, debe ser capaz de

revertir al medio, lo que el medio le proporciona;

Que, para mantener una efectiva gobernabilidad dinámica de un sistema abierto, es

necesario el aumento de la división del trabajo, la integración y el desarrollo equilibrado;

Que, de conformidad al COOTAD en su artículo 338 en el que determina que el gobierno

autónomo descentralizado parroquial rural tendrá una estructura administrativa mínima

requerida para el cumplimiento de fines y el ejercicio de sus competencias;

Que, el GADPRM, como parte de las instituciones del Estado, como señala la

Constitución, le corresponde rendir cuentas de los logros alcanzados, a través de la

evaluación del desempeño de su organización interna, de sus funcionarios y servidores,

considerando las responsabilidades y funciones del puesto que ocupan,

En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 70, literal h) del Código Orgánico

de Organización, Autonomía y Descentralización COOTAD,

ACUERDA:

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EXPEDIR EL SIGUIENTE REGLAMENTO ORGÁNICO ESTRUCTURAL Y

FUNCIONAL DEL

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO

PARROQUIAL RURAL “SAN JUAN DE MUYUNA":

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CAPÍTULO I

BASE LEGAL Y COMPETENCIAS

Art. 1 BASE LEGAL.- En concordancia y de conformidad al artículo 63 del COOTAD:

El Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural de Muyuna (GADPRSJM)

reconoce al Presidente o Presidenta, como la primera autoridad del ejecutivo del GAD

parroquial rural.

Art. 2 ÓRGANO DE GOBIERNO. (GADPRSJM)- Está determinado en el Art. 66 del

COOTAD que dice: la "Junta Parroquial rural" es el órgano máximo de gobierno; el

mismo que estará conformado por cinco vocales elegidos por votación popular; de entre

los cuales, el más votado electoralmente será elegido presidente y en orden de prelación,

el siguiente, será nominado vicepresidente.

Art. 3 Son COMPETENCIAS del (GADPRSJM), las determinadas en el COOTAD, en

el Art. 65, denominado "Competencias exclusivas del gobierno autónomo descentralizado

rural".

Art 4.- MISIÓN, VISIÓN:

MISIÓN:

Cumplir con las necesidades Parroquiales en el ámbito de sus competencias, con

responsabilidad social, responsabilidad económica y responsabilidad legal a través del

desempeño de actividades enfocadas al bien común y a la satisfacción del cliente

ciudadano.

VISIÓN:

Aplicación de técnicas de prospectiva orientadas a la identificación permanente de los

principales retos, anticipándose a las necesidades de la sociedad, analizando y

promoviendo soluciones con una visión de horizonte en un plazo determinado, dándole

respuestas a los requerimientos de las diferentes clientes demandantes tanto internos

como externos.

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CAPITULO II

ESTRUCTURA ORGÁNICA

Art. 5.- El Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural de Muyuna, tiene los

siguientes niveles Administrativos:

a. De Alta Dirección, (Procesos Gobernantes),

b. De Asesoría y Coordinación, (Procesos Habilitantes),

c. De Apoyo y Operativo, (Procesos agregadores de valor).

Art. 6.- El nivel de Alta Dirección está constituido por:

a. La Junta Parroquial, conformada por los vocales elegidos por votación

popular,

b. Por el Presidente o presidenta de la Junta Parroquial y,

c. Por el Vicepresidente o vicepresidenta de la junta.

Art.7.- El nivel de Asesoría y Coordinación está conformado por las siguientes unidades:

a. Unidad Administrativa y Financiera.

b. Unidad de Planificación y Ordenamiento territorial

Art.- 8.- El nivel de Apoyo y Operativo está constituido por los siguientes apoyos

administrativos:

a. En lo Administrativo

a. Secretaría General

b. Talento Humano

c. Comunicación

d. Servicios Generales

b. En lo Financiero

a. Compras Públicas

b. Presupuesto

c. Contabilidad

d. Tesorería (Ingresos y transferencias)

c. En Planificación y Ordenamiento territorial:

a. Evaluación y seguimiento

b. Estudios y Proyectos

Art. 9.- El Gobierno Descentralizado Parroquial Rural de Muyuna es un Ente jurídico

Sistémico, caracterizado como un organismo con sustancia (o estructura) y forma (o

patrón - funcionamiento) configurado de componentes básicos relacionados y ordenados

entre sí, como elementos de un sistema vivo.

Art. 10.- CALIDAD INSTITUCIONAL.- El GAD parroquial rural con decisión política

y perspectiva sistémica, implementará actividades y procesos de calidad en la prestación

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de servicios públicos, como opción fundamental de consolidación y fortalecimiento de

la gestión institucional; actividades vinculadas a la racionalización del gasto, la

comunicación de resultados alcanzados, la transparencia y responsabilidad pública y la

rendición de cuentas a la sociedad.

Art. 11.- El GAD Parroquial rural de Muyuna considerará como insumo principal de

administración y dirección estratégica, con una visión de horizonte para su

funcionamiento: el "Plan de desarrollo y ordenamiento territorial" específico y flexible;

del cual se derivarán los Planes Operativos, Programas, Proyectos y presupuestos

orientados a la consecución de Objetivos.

Art.12.- El GADPRSJ de Muyuna establecerá mecanismos adecuados para la

comunicación y difusión de información relevante para los ciudadanos, información que

incluirá los servicios que presta y la forma de acceder a ellos, así como los derechos y

obligaciones de los ciudadanos como destinatarios.

Art. 13.- Los tres niveles de estructura orgánica del GAD parroquial rural de Muyuna

contienen las siguientes definiciones:

a. El nivel de Alta Dirección conformado por los miembros determinados en el Art.

6 de éste reglamento; son responsables de los procesos Gobernantes, encargados

de cumplir y hacer cumplir con la Constitución, Leyes, Reglamentos y Normas

técnicas que regulan y rigen al GAD parroquial rural; así como de determinar y

definir políticas institucionales para el cumplimiento de la Gestión estratégica;

aprobación de planes, programas, proyectos y del control, seguimiento y

evaluación de los resultados.

b. El nivel de Asesoría y Coordinación conformado por los miembros determinados

en el Art. 7 de éste reglamento, son responsables de los procesos Habilitantes;

encargados de la adopción y guía de aplicación de medidas de calidad para la

obtención de información oportuna con criterios orientadores y homogéneos, para

lograr las acciones y decisiones coherentes y oportunas por parte del nivel de Alta

Dirección o procesos Gobernantes.

c. El nivel de Apoyo y Operativo, son los que a través de sus diferentes procesos,

aportan con valores agregados hasta obtener los productos objetivo, con calidad,

para satisfacción de la población.

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Art. 14 ORGANIGRAMA.- La estructura física del GAD parroquial es el siguiente:

JUNTA

PARROQUIAL

PRESIDENCIA JUNTA

PARROQUIAL

SECRETARÍA GENERAL

DOCUMENTACIÓN Y

ARCHIVO

UNIDAD ADMINISTRATIVA FINANCIERA UNIDAD DE PLANIFICACIÓN

EVALUACIÓN Y

SEGUIMIENTO

ESTUDIOS Y

PROYECTOS

TALENTO HUMANO

COMUNICACIÓN

SERVICIOS

GENERALES

COMPRAS

PÚBLICAS

PRESUPUESTO

CONTABILIDAD

TESORERÍA

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JUNTA PARROQUIAL

PRESIDENCIA JUNTA PARROQUIAL

SECRETARÍA GENERAL

DOCUMENTACIÓN Y

ARCHIVO

UNIDAD ADMINISTRATIVA

FINANCIERA

UNIDAD DE PLANIFICACIÓN

EVALUACIÓN

Y

SEGUIMIENTO

ESTUDIOS

Y

PROYECTO

S

TALENTO

HUMANO

COMUNICACIÓN

SERVICIOS

GENERALES

COMPRAS

PÚBLICAS

PRESUPUESTO

CONTABILIDAD

TESORERÍA

Confiabilidad y

calidad integral

Desarrollo del

compromiso de

alta dirección

Implementación

del Sistema de

Gestión de la

Calidad

Mejora en la gestión

del gobierno local y

confiabilidad para los

ciudadanos

Figura 2: Modelo de Sistema de Gestión de Calidad

Figura 1: Modelo de Sistema del Orgánico Estructural Parroquial

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CAPITULO III

ESTRUCTURA FUNCIONAL

FUNCIONES DE LA ALTA DIRECCIÓN O PROCESOS GOBERNANTES

Art. 15.- FUNCIONES INSTITUCIONALES.- Son funciones del Gobierno Autónomo

Descentralizado Parroquial Rural de Muyuna todas aquellas que se encuentran

determinadas en la Constitución, Leyes, Reglamentos y Normas que rigen y regulan al

Sector Público.

Art. 16.- FUNCIONES ESPECÍFICAS.- Son funciones del Gobierno Autónomo

Descentralizado Parroquial Rural de Muyuna las que se encuentran determinadas en el

COOTAD Art. 64 Funciones, las mismas que se darán cumplimiento con observancia a

la Constitución, Leyes, Reglamentos, Normas Técnicas de la República.

Art. 17.- FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA

PARROQUIAL.- Les corresponde a los Miembros que conforman la Junta Parroquial dar

cumplimiento a las funciones expresas determinadas en el Art, 67 Atribuciones de la junta

parroquial rural, descritas y definidas en el COOTAD.

Art. 18.- FUNCIONES DEL PRESIDENTE (A).-Son funciones del presidente (a) las

que están determinadas en el Art. 70 del COOTAD

FUNCIONES DEL NIVEL ASESOR Y COORDINACIÓN O PROCESOS

HABILITANTES

Art. 19.- Son funciones principales del nivel Asesor las siguientes:

a. Prestar asistencia técnica a los miembros del Directorio, Presidente o presidenta

del GAD parroquial.

b. Absolver las consultas que formule el personal operativo y de apoyo.

c. Sugerir las alternativas de solución sobre las problemáticas que surgieren en los

procesos administrativos institucionales para orientar a la Administración y dar

respuestas a los requerimientos de las diferentes partes interesadas.

d. Incentivar y mantener el compromiso y comprometimiento de todos los miembros

que conforman la organización institucional para que aporten con toda su

capacidad y cooperación, su talento para trabajar y vivir construyendo procesos y

productos de calidad.

e. Especificar metas y medidas concretas de operación que refuercen los cambios de

retroalimentación contínua.

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f. Eliminar costumbres y normas ambiguas, reemplazándolas por nuevas

costumbres que fortalezcan las nuevas maneras de operación.

g. Fortalecer y desarrollar la Estructura Organizacional, generando cambios

específicos que desarrollen la gestión institucional.

h. Generar en forma permanente procesos estructurados de transformación y mejora

para el corto, mediano y largo plazo; considerando que los cambios sustanciales

y sostenibles se lograrán en el futuro mediato.

i. Optar por modelos estratégicos de calidad y excelencia; lo que permitirá al

gobierno parroquial mayor capacidad de respuesta.

Art. 20.- Las principales funciones del nivel Coordinador son las siguientes:

a. Crear y tomar acciones para implementar estrategias de calidad en la

administración parroquial con criterios anticipativos y adaptativos atentos a la

dinámica de cambios del entorno.

b. Coordinar la implementación adecuada de la normativa interna, la eficiencia de

los procesos, el mejoramiento y madurez de la estructura organizacional, para

fortalecer el desarrollo institucional.

c. Coordinar el establecimiento de mecanismos de integración e intercambio de

experiencias con los demás órganos, asociaciones, entes públicos y privados, lo

que permitirá generar y obtener aprendizaje y promover mejoras y beneficios

continuos institucionales.

d. Coordinar la generación y ejecución de un buen gobierno a través de un fuerte

liderazgo del nivel directivo, para lograr la confianza y credibilidad de las

autoridades políticas del ejecutivo del Gobierno Central y demás entidades del

sector público y privado.

e. Coordinar la adecuación y fortalecimiento de de la normativa interna, la eficiencia

de los procesos y estructura, para lograr una madurez organizacional y

funcional, que contribuya al desarrollo institucional parroquial.

f. Captar oportunidades de cooperación e integración que favorezca al gobierno

parroquial firmar convenios, compromisos e intercambio de experiencias y

metodologías

Art. 21.- Son funciones de la Unidad Administrativa Financiera en su nivel Habilitante

las siguientes:

1. Dirigir, supervisar y ejecutar las actividades Administrativas y Financieras de la

Entidad.

2. Agilizar y simplificar los procesos administrativos y financieros con la

implantación y uso de tecnologías modernas.

3. Establecer procedimientos de CONTROL INTERNO, para fortalecer el sistema

integrado Administrativo y Financiero.

4. Implementar Procesos estandarizados de calidad, con la aplicación de Sistemas

informáticos modernos e integrados.

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5. Crear e impulsar programas certificados de calidad para el análisis y evaluación

de los procesos y resultados a obtenerse; así como la mejora continua de la calidad.

6. Generar y mantener información permanente y al día para la toma de decisiones

por los niveles competentes.

7. Asegurar la correcta aplicación y utilización del talento humanos, los recursos

materiales y financieros de la Entidad.

8. Asesorar a la máxima autoridad y a los usuarios de la información financiera y

administrativa, cuando lo requieran, generando reportes y anexos

complementarios sobre los resultados emitidos.

9. Coordinar la participación en los procesos de adquisición y contratación pública

de la entidad de conformidad a las leyes, reglamentos y normas existentes.

10. Inducir, coordinar y participar en tomas físicas, bajas, remates, actas de entrega

recepción de los bienes de la entidad.

11. Ejercer el desarrollo de las funciones, coordinando y dirigiendo al personal

administrativo organizacional; evaluando las actividades y productos obtenidos,

en aras de una armonía permanente y la búsqueda del desarrollo del talento

humano a través de su permanente preparación y crecimiento.

12. Implementar sistemas de monitoreo, medición y controles rigurosos y oportunos

que permitan la objetiva determinación de resultados y la toma de decisiones

oportunas y medidas correctivas de retroalimentación.

13. Programar las tareas del talento humano operativo, para cubrir los procesos y

alcanzar los objetivos y beneficios que aporta a los grupos de interés que va

dirigido dentro y fuera de la institución.

Art. 22.- Son funciones de la Unidad de Planificación y Ordenamiento Territorial en su

nivel Habilitante las siguientes:

1. Dirigir, coordinar y supervisar la elaboración y formulación del Plan de desarrollo

y ordenamiento territorial parroquial, de conformidad a los instrumentos de

Planificación definidos en el Código Orgánico de Planificación y finanzas

públicas, y en concordancia a los instructivos metodológicos desarrollados

por la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo.

2. Generar mecanismos e instancias de coordinación, apoyo externo y asesoría

permanente multidisciplinaria para la obtención y construcción de un Plan que

conduzca al logro de resultados y objetivos del territorio parroquial.

3. Coordinar la estructuración del Consejo de Planificación parroquial de

conformidad a las disposiciones legales determinadas en el Código Orgánico de

Planificación y Finanzas Art. 28.

4. Introducir organización y racionalidad en los procesos y actividades de

elaboración del Palan de desarrollo, para el logro de Objetivos y metas.

5. Implementar procesos organizativos para mejorar las actividades en marcha y

asesorar a los niveles competentes, con informes de retroalimentación que ayuden

a la administración, con la toma de decisiones en reprogramar las acciones futuras

y fomentar una planificación más satisfactoria.

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6. Aplicar procesos de análisis críticos a los diferentes factores que incidieron en el

establecimiento y ejecución de los programas y de las actividades a realizar en los

programas; para determinar su pertinencia, su eficacia y eficiencia, su costo y su

aceptabilidad de los demandantes sociales.

7. Coordinar, planificar y ejecutar los procesos de evaluación basados en la

lógica de planificación y en el concepto de retroalimentación, calendarizando su

aplicación: antes, durante la implementación, o después de su conclusión; a fin de

conocer quienes se han beneficiado, de qué manera, en qué medida y porqué.

FUNCIONES DEL NIVEL DE APOYO Y OPERATIVO O AGREGADORES DE

VALOR

SECRETARÍA GENERAL

Art. 23.- Corresponde a éste apoyo administrativo (Agregado de Valor) desempeñar las

siguientes actividades:

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS:

1. Operar dentro de un sistema informático integrado para asegurar la oportunidad,

seguimiento y atención de todos los requerimientos demandados por el cliente

ciudadano o institución, al gobierno parroquial.

2. Administrar la documentación y conformar el archivo institucional parroquial.

3. Examinar y analizar la documentación y comunicaciones ingresadas a la

Institución, previo a alimentar al sistema informático integrado de

documentación y archivo, para asegurar la asignación de responsabilidad y el

flujo que debe seguir dicha documentación.

4. Impresión y entrega de la constancia certificada de ingreso de la documentación

receptada; certificación numerada y fechada por el sistema computacional,

definiendo además la fecha más corta de respuesta.

5. Efectuar el seguimiento continuo de la documentación distribuida a las unidades

administrativas o funcionarios correspondientes, responsables de responder con

los requerimientos solicitados, dentro de los tiempos establecidos.

6. Coordinar entre las Unidades administrativas y con los funcionarios asignados,

como responsables, la atención y despacho oportuno de la correspondencia y

respuestas demandadas.

7. Organizar y mantener el archivo Permanente e Histórico de la Entidad de acuerdo

a las exigencias y tiempos determinados para el sector público.

8. Mantener la eficiencia y la efectividad de atención integral de la demanda

oficiada a la Junta Parroquial de Pano.

FUNCIONES COMPLEMENTARIAS:

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1. Preparar las comunicaciones determinadas por el Directorio y la Presidencia.

2. Revisar y analizar la concordancia de la documentación preparada como

respuesta de lo demandado, previa a la legalización por parte del representante

legal de la Institución.

3. Notificar dentro de los plazos comprometidos, los resultados y respuestas

generadas por la Institución a sus demandantes. Las notificaciones y envíos de

respuestas ya sean físicamente documentadas o por medios electrónicos, se

considerarán OFCIALES.

4. Coordinar la construcción del archivo Histórico Institucional Oficial

CENTRALIZADO (debidamente referenciado de todos los ACUERDOS,

RESOLUCIONES, ACTAS, REGLAMENTACIÓN INTERNA, Etc.), para la

administración y atención de consultas y respuestas internas y externas

Institucionales.

5. Coordinar el mantenimiento actualizado, depurado y funcional del archivo

institucional, mediante procesos de baja debidamente sustentados y legalizados.

TALENTO HUMANO

Art. 24.- Las funciones y acciones básicas para una administración eficiente y eficaz del

talento humano son las siguientes:

1. Administrar el talento humano parroquial de conformidad a las disposiciones

emitidas en la LOSCCA (Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera

Administrativa) y su Reglamento; como una disposición obligatoria a acatarse en

todas las instituciones públicas.

2. Implantar y mantener un sistema automatizado para la administración y registro

del personal, desde su ingreso y posesión, hasta su retiro institucional. El sistema

permitirá accesos para alimentar información y datos para mantener el historial

individualizado de cada servidor. El sistema emitirá información específica

para evaluar la eficiencia y efectividad de la inversión en talento humano por

parte de la Institución; y para la toma de decisiones sobre los informes de

evaluación y desempeño del personal institucional, por las autoridades

competentes.

3. Planificar el desarrollo, satisfacción y bienestar del talento humano parroquial,

incorporando programas de capacitación y formación continua de gran calidad,

para fortalecer el conocimiento, habilidades, creatividad innovadora,

motivación y compromiso del personal.

4. Establecer e implementar prácticas laborales de alto rendimiento y flexibilidad

para obtener resultados dentro de un clima laboral adecuado.

5. Sensibilizar e implicar al personal en torno a la calidad del servicio público.

6. Implementar incentivos vinculados a la evaluación del desempeño para

promover la calidad desde la perspectiva del ciudadano, usuario o beneficiario.

7. Promover y mantener mecanismos y cauces adecuados de diálogo para la mejora

de la gestión pública.

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COMUNICACIÓN

Art. 25.- Le corresponde a éste apoyo desarrollar los siguientes procesos de calidad:

1. Generar información pública de interés general, que sea completa, veraz y

actualizada; en especial aquella referida a los resultados de la gestión, las

actividades trascendentales, el logro de resultados favorables así como de los

problemas existentes; y, el desempeño de los encargados de la administración del

Gobierno autónomo parroquial.

2. Hacer conocer el esquema de organización de la Junta Parroquial, los servicios y

prestaciones que hace la Institución y los requisitos, condiciones, trámites y

procedimientos administrativos y medios para beneficiarse de ellos.

3. Integrar a la sociedad a través de la comunicación a participar en la formación,

ejecución, evaluación y control de las políticas públicas del territorio parroquial.

4. Formular programas de relaciones públicas, sociales y culturales de integración

institucional del Gobierno autónomo parroquial rural de Muyuna.

5. Formar y mantener un archivo informático de consultas a través de la página

WEB Institucional.

6. Promover relaciones e intercambios de carácter profesional con el periodismo y

medios de comunicación local, nacional e internacional, para aplicar e integrar

buenas prácticas de comunicación en la organización parroquial.

7. Planificar, coordinar y determinar la información específica a ser difundida en

los medios de comunicación social.

8. Producir información comunicacional de calidad, comprobable y sustentada en

la investigación científica y documentada.

9. Programar, organizar y ejecutar eventos de relaciones humanas, sociales y

culturales que estén relacionados y se hallen dentro de las competencias y de

divulgación parroquial.

10. Coordinar y organizar la Agenda de participación de los Ejecutivos de la

institución a los eventos de carácter nacional o internacional tanto públicos como

privados.

11. Editar informes, revistas, acuerdos, convenios, reglamentos y leyes de

divulgación institucional.

12. Las demás que le sean designadas por el nivel Gobernante y Habilitante.

SERVICIOS GENERALES

Art. 26 Son funciones del apoyo operativo de Servicios generales las siguientes:

1. Coordinar y registrar la asignación de los bienes; entrega y distribución de los

suministros, materiales y servicios necesarios para el desempeño de las

actividades institucionales, de conformidad a los planes de requerimiento

establecidos en la planificación presupuestaria y plan anual de compras.

2. Velar por la correcta y óptima utilización de los bienes, materiales y servicios

(telecomunicaciones) de la Institución.

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3. Mantener registros automatizados e integrados al sistema financiero, de los

procesos de requerimiento, adquisición, ingreso, egreso, entrega y consumo de

suministros y materiales.

4. Mantener registros automatizados e integrados al sistema financiero, el control,

movilización y uso de vehículos, mantenimiento, repuestos, consumo de

combustibles y lubricantes.

5. Participar e integrar en los procesos y diligencias de estructuración de actas de

entrega recepción de obras, bienes, suministros y materiales.

6. Planificar, coordinar y ejecutar el mantenimiento preventivo y correctivo de

bienes, instalaciones y equipos institucionales.

7. Planificar, coordinar y ejecutar con la integración de apoyos multidisciplinarios,

proyectos de construcción, remodelación, reparación y/o ampliación de los

bienes inmuebles de la institución.

8. Coordinar y preparar planes de contingencia sobre posibles eventos

imprevisibles, siniestros y desastres, con organismos del sector público

encargados de la seguridad y defensa civil.

9. Vigilar, controlar y mantener una imagen y presentación óptima de aseo y

orden de las oficinas, bienes muebles, corredores y demás instalaciones de

atención al público y eficiente desempeño de labores diarias.

10. Las demás que le sean asignadas por el nivel Habilitante.

COMPRAS PÚBLICAS

Art. 27.- Son funciones del apoyo operativo de compras públicas las siguientes:

1. Coordinar la elaboración del Plan anual de compras en base a datos e información

estadística de consumo y proyección de necesidades predeterminadas en el Plan

de desarrollo institucional y Planes operativos anuales.

2. Administrar y ejecutar las actividades de contratación, adquisición e inversión,

observando y aplicando la Ley y reglamento que rige al sector público

denominado: "Sistema Nacional de Contratación Pública"

PRESUPUESTO

Art. 28.- Son funciones específicas del apoyo operativo de presupuesto, las siguientes:

1. Coordinar y ejecutar la programación, formulación, aprobación, ejecución,

seguimiento y evaluación y, liquidación presupuestaria institucional en todo su

ciclo. de conformidad a las disposiciones legales, reglamentos y normas que

regulan estos procesos, en particular, el Código Orgánico de Planificación y

Finanzas Públicas y el COOTAD.

2. Coordinar la PROGRAMACIÓN presupuestaria tomando como base

fundamental y única el Plan de desarrollo institucional en el que se halla

determinado la interrelación de los sistemas territoriales de la parroquia:

ambiental, económico, social, cultural, político-institucional, de asentamientos

humanos, energía y conectividad.

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3. Coordinar la FORMULACIÓN de la proforma presupuestaria anual, tomando

como base el PLAN OPERATIVO ANUAL, considerado como una derivación

(fase anual) del Plan de desarrollo y ordenamiento territorial parroquial. La

formulación y concatenación de los Planes Operativos anuales, conducirá a la

consecución de los Planes, programas, proyectos, metas y proyectados a lograr

los OBJETIVOS planteados en el PLAN DE DESARROLLO para el mediano o

largo plazo. En la formulación de la proforma presupuestaria, se dará estricto

cumplimiento al art.104.- prohibición de donaciones, del código orgánico de

planificación y finanzas y demás articulados y leyes relacionadas.

4. La APROBACIÓN de la proforma presupuestaria se sustentará en las constancias

escritas de cumplimiento y aprobación de los procesos participativos y de

democratización de la gestión en sus diferentes fases, determinados en la

Constitución y las leyes. Los procesos e información para el tratamiento y

análisis de aprobación, serán generadas, conocidas y distribuidas al interno y

externo institucional, con la anticipación debida y suficiente para conocimiento y

estudio de la sociedad.

5. Para la EJECUCIÓN presupuestaria se cumplirá procesos de análisis denominado

CONTROL PREVIO (presupuestario), previo a la "CERTIFICACIÓN

PRESUPUESTARIA" (Art. 115 del COOPYF): el análisis corresponde a la

revisión y estudio de la documentación sustentable suficiente y competente que

viabilice la ejecución; análisis y certificación de que los requerimientos de lo

solicitado se hallen dentro de lo programado, formulado y aprobado en la

planificación presupuestaria; análisis y determinación si es que lo demandado

forma parte de la programación de caja mensual; análisis y determinación sobre

el cumplimiento previo de los procesos legales precontractuales exigidos para el

comprometimiento y certificación de partida, disponibilidad y liquidez.

6. La "CERTIFICACIÓN PRESUPUESTARIA" generará de forma automática el

sistema integrado de contabilidad gubernamental, para legalización del proceso

por parte del "Autorizador del Gasto".

7. La aprobación y legalización del reporte del Flujo de Caja mensual por parte del

Autorizador del Gasto, simplificará la "Certificación Presupuestaria"

individualizada de cada los gastos fijos y/o permanentes, ejemplo: Sueldos,

servicios, retenciones, etc.

8. Coordinar la recopilación de información suficiente y sistemática previa a la

preparación y presentación de informes de reformas presupuestarias.

9. Para el "SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA" se

coordinará en forma sistémica y continua con las unidades y áreas de la

institución.

10. Coordinará la intervención y participación del Comité permanente de

Planificación y Evaluación presupuestaria.

CONTABILIDAD

Art. 29.- Son funciones específicas del apoyo operativo de contabilidad, las siguientes:

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1. Cumplir con las disposiciones legales, reglamentarias, políticas, procedimientos

y demás regulaciones establecidas por el sistema de contabilidad gubernamental,

en todos los procesos y transacciones financieras que ingresa y alimenta los

archivos y módulos automatizados integrados del sistema computarizado de

contabilidad de la institución.

2. Mantener actualizado el sistema contable informático, con el uso y aplicación de

todos sus módulos complementarios e integrados de: Presupuesto, contabilidad,

inventarios (de activos fijos, de consumo interno, etc.), nómina, retenciones.

3. Estructurar y retroalimentar el catálogo de cuentas contables y presupuestarias, de

conformidad al clasificador de cuentas del sector público, compatible y funcional

con los ejes y programas de ejecución del plan de desarrollo institucional, plan

operativo anual (POA), plan anual de compras (PAC).

4. Elaborar el flujo de caja mensual, en forma cronológica y de acuerdo a la

disponibilidad económica existente, prioridad y determinación de pagos y

transferencias.

5. Efectuar el CONTROL CONCURRENTE como continuidad a los procesos de

CONTROL PREVIO (Presupuestario), realizando el análisis sistémico a todos las

tareas y documentación involucrada en las transacciones contables que alimenta

el sistema integrado automatizado presupuestario-contable institucional. Análisis

Ex-ante (Si cuenta con el registro del compromiso pertinente; si se halla dentro de

lo programado y aprobado por órgano regular y autoridad competente, etc.).

6. Analizar, conciliar, ajustar, reclasificar y aplicar métodos rigurosos de análisis y

evaluación de forma permanente a los mayores y auxiliares al último nivel que

conforman el sistema contable-presupuestario institucional, con el fin de mantener

y generar información depurada, válida y confiable.

7. Realizar tomas físicas periódicas para depurar y determinar saldos confiables

entre lo contable y los stocks de bienes patrimoniales (físico); dejando constancia

escrita de las actividades realizadas, intervinientes y de los procesos a seguir como

efecto de los resultados obtenidos; ejemplo: informe de bienes que requieren

mantenimiento, informe de ubicación y reubicación de bienes, informe de estado

de bienes para la planificación de los procesos de baja, etc.

8. Mantenimiento de información en LINEA (continua) de informes y reportes

financieros oportunos, sistemáticos, objetivos y válidos, debidamente legalizados

con firma de responsabilidad, para entrega y conocimiento, aprobación y toma de

decisiones por los niveles correspondientes. Ejemplo: Plan de caja, cédulas

presupuestarias, informe de garantías en custodia, reporte de contratos en proceso,

fechas de vencimiento, informe de obligaciones inmediatas, etc.

9. Conformación permanente y continua del archivo contable de calidad, validez y

estabilidad tanto digital como documentada; debidamente respaldada en

documentación suficiente, competente y legalizada. Con la estabilidad se

pretende que los resultados no varíen con el evaluador.

TESORERÍA

Art. 30.- Son funciones específicas de nivel operativo de Tesorería las siguientes:

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1. Operar en forma mensual en base al flujo de caja debidamente legalizado por el

autorizador del pago. Los flujos de caja mensuales deberán corresponder y

relacionarse con el financiamiento mensual que presente el Plan Operativo anual.

2. Implementar, aplicar y fortalecer al CONTROL INTERNO institucional, a través

de la aplicación continua y permanente del control previo y control concurrente,

de todas las transacciones económicas, procesos y respaldos de los pagos,

transferencias y erogaciones que se ejecuten.

3. Organizar la recaudación de los ingresos de efectivo de la entidad, implementado

las normas de seguridad, en relación al grado de riesgo que se establezca.

4. Requerir, custodiar y mantener el registro actualizado de valores, pólizas y demás

papeles fiduciarios de valor a favor de la institución parroquial, con el fin de

controlar su administración, la renovación, ejecución o efectivización oportunas.

El sistema automatizado integrado de contabilidad, contendrá el subsistema

correspondiente, el mismo que activará los procesos automáticos de seguimiento,

control y la emisión de información digital e impresa para la toma de decisiones.

5. Ejecutar y actuar como Agente de Retención, efectuando las retenciones

tributarias y las demás retenciones que legalmente estén determinadas y

autorizadas. Emitir y entregar los comprobantes de retención, por las retenciones

realizadas a los contribuyentes.

6. Conformar, ordenar numérica y cronológicamente los expedientes de cada una de

las transacciones económicas realizadas, para conformar el archivo contable

debidamente sustentado con la información original.

7. Mantener una comunicación permanente con los organismos de financiamiento y

entrega de recursos, con el fin de recaudar y administrar los recursos en los montos

y fechas señaladas.

EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO

Art.31.- Son funciones específicas del apoyo operativo de Evaluación y seguimiento,

las siguientes:

1. Aplicar las disposiciones determinadas en el COOTAD, CÓDIGO ORGÁNICO

DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS PÚBLICAS y demás leyes que regulan a

los GAD parroquiales.

2. Implantar y mantener el cumplimiento del ciclo de los proyectos que se generen

y emerjan de la ejecución y gestión estratégica del plan de desarrollo y

ordenamiento territorial, siendo éstos:

- Diseño (intuición, percepción, creatividad y conocimiento)

- Planificación de los proyectos,

- Implementación,

- Monitoreo o seguimiento,

- Evaluación,

- Presentación de informes, y

- Aprendizaje.

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3. Verificará a través de la evaluación y seguimiento, la racionalidad en la acción

y cumplimiento -o perspectiva de cumplimiento- de los objetivos y metas

previamente establecidos y la capacidad para alcanzarlos.

4. Definirá procesos y tareas de evaluación y examen continuo o periódico

encaminadas a asegurar que la entrega de insumos, los calendarios de trabajo, los

productos esperados se conformen a metas establecidas de manera sistemática y

objetiva.

5. Generar a través de los procesos de evaluación, informes de resultados objetivos,

sistemáticos y confiables sobre las operaciones y el impacto de la aplicación de

las políticas y programas, con el fin de jerarquizar los programas y proyectos,

proporcionando instrumentos para escoger la mejor alternativa de ejecución,

mejorando procesos de implementación.

ESTUDIOS Y PROYECTOS

Art. 32.- Son funciones específicas del nivel operativo de Estudios y Proyectos las

siguientes:

1. Optar por las políticas determinadas por el nivel Habilitante a fin.

GAD Parroquial Plan de

Desarrollo

Formulación de

políticas

Programación general

Programación detallada

Ejecución

Retroalimentación

Base de

información

Aprendizaje

Evaluación ex ante

Evaluación ex post

Figura 3. La evaluación en la lógica de la planificación

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2. Generar proyectos dentro de un Marco Estratégico en el que se defina: Metas, se

cumpla la Misión; se mantenga latente la Visión; relacionadas éstas siempre

con las personas, grupos, e instituciones.

3. Determinar los aportes de los proyectos a los objetivos del Plan de desarrollo y

los efectos mensurables sobre el progreso del territorio parroquial.

4. Establecer los instrumentos técnicos para optimizar el uso y aplicación óptima de

los recursos.

5. Realizar la preparación de los proyectos, cuya composición contemplará todas sus

fases de estudio y elaboración, que permitan cada uno de ellos ser juzgados,

evaluados y aprobados.

6. Preparar y recopilar la información necesaria y competente a fin de que la

aplicación de los recursos en los proyectos sociales o de inversión se sometan a

la decisión de las autoridades gobernantes, con la razonable seguridad de

haber incluido los principales elementos de juicio, conocimiento, ciencia y

técnica que requiere la sociedad y el territorio parroquial.

7. Determinar y describir las materias que justifiquen los proyectos cuyo contenido

y presentación sea homogénea bajo la siguiente descripción:

Estudio de mercado (productivo o social),

Estudio técnico (tamaño, proceso técnico),

Localización (obra física, calendario, análisis de costos),

Estudio financiero (recursos necesarios,

proyecciones financieras, financiamiento),

Estudio Económico,

Estudio ambiental,

Estudio y análisis de Riesgos,

Plan de ejecución.

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DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Art. 33.- La unidad Administrativa Financiera será el ámbito Habilitante encargado y

responsable de generar la información sustentada en la Constitución, Leyes, reglamentos

y demás disposiciones que rigen y regulan la actividad y gestión del GAD parroquial en

materia administrativa y económica , con el fin de proporcionar al ámbito Gobernante

(Presidente y Directorio) la toma de acciones y decisiones internas, para contar con los

recursos y materiales necesarios para el cumplimiento de la Gestión.

Art. 34.- El contenido y sustentación de los informes que genere el ámbito Habilitante,

para la toma de decisiones y aprobación por el ámbito Gobernante, serán suscritos y

legalizados por los jefes titulares, encargados o contratados oficiales de las unidades

respectivas.

Idea

Espera Rechazo

Estados

Perfil

Rechazo

Ejecución

Prefactibilidad

Rechazo

Ejecución

Factibilidad

Rechazo

Diseño

Ejecución

Operación

Espera

Espera

Espera

Preinversión

Inversión

Operación

Figura 4. Etapas en el ciclo de los proyectos (ODEPLAN)

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Art 35.- El cumplimiento de los procesos de gestión oportuna y eficiente del GAD

parroquial, se complementarán con el apoyo y participación de órganos y entes públicos

que se logre a través de acuerdos y convenios de apoyo y participación y/o con el apoyo

e integración de instituciones y elemento humano multidisciplinario privado bajo la

modalidad de contratación temporal; contratación pública; procesos que se realizarán en

base a las necesidades y disponibilidades de recursos y de acuerdo a las leyes y normas

existentes (LOSCCA y LCP).

Art. 36.- Toda contratación temporal de talento humano que sea requerido para el

funcionamiento de las unidades y procesos administrativos de la Organización parroquial,

contemplará la valoración y clasificación dentro de la escala de remuneraciones

mensuales unificadas.

Art. 37.- Este reglamento entrará en vigencia a partir de la publicación en el medio y

ámbito pertinente.

Dado en el despacho del señor presidente del Gobierno Autónomo Descentralizado Rural

Parroquial de Muyuna.

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PALABRAS CLAVE Sistema, Sustancia, Estructura, Patrón, Evaluación, Seguimiento, Proyecto, Plan, Ente,

Control Interno, Control Concurrente, Control Posterior, Objetivos, Metas, Índices,

Sostenible, Suficiente, Competente, Procesos, Calidad.