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REPレBLICA DOMINICANA MINISTERIO DE LAS FUERZAS ARMADAS SANTO DOMINGO, D. N. “TODO POR LA PATRIA” MINISTERIO DE LAS FUERZAS ARMADAS Manual de Organización y Funciones Santo Domingo, D. N. --------, 2011

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REPÚBLICA DOMINICANAMINISTERIO DE LAS FUERZAS ARMADAS

SANTO DOMINGO, D. N.“TODO POR LA PATRIA”

MINISTERIO DE LAS FUERZAS ARMADAS

Manual de Organización y Funciones

Santo Domingo, D. N.--------, 2011

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PRESENTACION

El presente Manual de Organización y Funciones, es el resultado de las instrucciones emitidas

por el Ministro de las Fuerzas Armadas, basadas en el trabajo conjunto de una comisión

integrada por la COPREMFA y la Dirección de Doctrina de las FFAA, y la asesoría

administrativa brindada por el Ministerio de Administración Pública (anterior Oficina Nacional

de Administración y Personal).

Para la elaboración de este importantísimo instrumento, contamos con la valiosa cooperación

de los respectivos miembros del Estado Mayor Conjunto Coordinador y Especial de las FF.AA.,

como también de todos los miembros que integran la Comisión Permanente para la

Reforma y Modernización de las Fuerzas Armadas (COPREMFA), sin la cual no hubiese

sido posible presentarlo a sus autoridades.

El Manual de Organización y Funciones es un documento que en la medida en que los

miembros del Ministerio de las Fuerzas Armadas se identifiquen con el mismo, se convertirá

en un verdadero instrumento de gerencia y en un aliado permanente para facilitar el

cumplimiento y alcance de la Misión, Visión y Objetivos de la Institución.

Esperamos que este esfuerzo en pro de la modernización del Ministerio de las Fuerzas

Armadas, sea asumido por todos los servidores de esta Institución, con el entusiasmo y

compromiso que caracteriza la verdadera vocación de servicio.

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INTRODUCCIÓN

El Manual de Organización y Funciones del Ministerio de las Fuerzas Armadas, constituye la

fuente oficial de consulta sobre la organización y el funcionamiento de la Institución. Contiene

detalles sobre su estructura, líneas de autoridad, relaciones jerárquicas y de coordinación,

descripción de funciones y estructura de cargos.

La Comisión Permanente para la Reforma y Modernización de las Fuerzas Armadas

(COPREMFA), y la Dirección de Doctrina del MIFFAA, dentro del programa de redefinición de

las funciones de los Cuerpos Castrenses, producto del perfeccionamiento de la democracia,

así como también por el proceso de globalización por el que se encaminan las Naciones, se

impuso entre los objetivos prioritarios la elaboración de un documento que constituya un ente

de consulta para identificar las respectivas prerrogativas y deberes de las personas

designadas para ocupar determinadas funciones dentro de este Ministerio y sus

dependencias, denominado dicho documento como “Manual de Organización y Funciones” del

Ministerio de las Fuerzas Armadas.

Este Manual de Organización y Funciones, de manera principal, se basa en una compilación

de Normas Legales y Administrativas, de manera enunciativa, la Ley Sustantiva de la Nación,

Leyes Adjetivas, Decretos Presidenciales, Reglamentos, Órdenes Generales y otras

regulaciones, que permiten identificar al Titular de cada una de las dependencias del

Ministerio de las Fuerzas Armadas; cuáles son las reglas normativas mediante las cuales

tienen que estar circunscritas todas sus actuaciones de manera, que se erradiquen las

prácticas de dirigir las instituciones, como entidades de manejo discrecional del titular.

En la precedente premisa, podemos significar que el Manual de Organización y Funciones del

Ministerio de las Fuerzas Armadas, constituye un conjunto de principios que tienen que

aplicarse en un medio determinado, teniendo en cuenta sus características y particularidades,

lo que como es obvio, generan políticas, estrategias, métodos y procedimientos que norman

las acciones destinadas a alcanzar un propósito específico, siendo su finalidad principal que

todo el personal que integra el Ministerio de las Fuerzas Armadas y sus diferentes

dependencias, pueda conocer y manejar idóneamente los preceptos y procedimientos,

respecto del cumplimiento de sus funciones, deberes y responsabilidades de la misión que le

fuere asignada.

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El Manual de Organización y Funciones, es una declaración autorizada de principios

fundamentales, para el buen funcionamiento Institucional Organizativo del Ministerio de las

Fuerzas Armadas y sus diferentes dependencias, con el propósito de establecer y delimitar las

funciones inherentes al cargo a desempeñar, así como sus deberes y responsabilidades que

servirán para desarrollar, organizar, entrenar, equipar y dirigir las Fuerzas Armadas

Dominicanas, en el cumplimiento de su misión, en concordancia con nuestra realidad.

La dinámica organizacional hace que documentos de esta naturaleza se desactualicen

frecuentemente; en tal sentido, es requisito indispensable que la Dirección General de

Organización y Doctrina, la Comisión Permanente para la Reforma y Modernización

de las Fuerzas Armadas y la Dirección de Personal (J-1) del EMACON, velen por la

oportuna introducción de los cambios que genere dicha dinámica.

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TABLA DE CONTENIDO

I. ASPECTOS GENERALES DEL MANUAL………….....……………………….08

1.1 Objetivos....................................................................................................091.2 Distribución del Manual……...………………..….…………...……….….………..………...091.2 Puesta en Vigencia…………............................................................................091.3 Edición, Publicación y Actualización………………………………………………............09

II. INFORMACIONES GENERALES DE LA INSTITUCIÓN………………….11

2.1 Origen y Evolución del MIFFAA......................................................................122.2 Base Legal...................................................................................................222.3 Objetivo General…….....................................................................................22

III. ORGANIZACIÓN…..................................................................................23

3.1 Niveles Jerárquicos.......................................................................................243.2 Estructura Organizativa……...........................................................................243.3 Organigrama................................................................................................26

IV. FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANIZATIVAS….............……..…..27

4.1 Organismos de Dirección………..…………….……………….…………........28

a) MINISTRO DE LAS FUERZAS ARMADAS…..……………………...…………………………..29b) ESTADO MAYOR GENERAL DE LAS FF.AA (EMGFFAA)…….……………………..……...34c) COMANDANTE DE LAS OPERACIONES CONJUNTAS……….……….……………….…...36d) VICEMINISTROS DE LAS FF.AA………………..…………………….……………………………38e) INSPECTOR GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS…….………………………………..40f) JEFES DE ESTADO MAYOR DE LOS INSTITUTOS CASTRENSES……..………………..43

4.2 Organismos Asesores…...........................................................................46

a) ESTADO MAYOR CONJUNTO (EMACON)………..…………………………………..………...47b) DIRECCIÓN DE PERSONAL (J-1)……………………………………………..……………........49c) DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA (J-2)….……………..………………………………………….52d) DIRECCIÓN DE PLANES Y OPERACIONES (J-3)……………………..………………….…..56e) DIRECCIÓN DE LOGÍSTICA (J-4)……………………………….…………………………..…….59f) DIRECCIÓN DE ASUNTOS CIVILES (J-5)……………………….……………………………...62g) DIRECCIÓN DE COMUNICACIONES Y ELECTRÓNICA (J-6)…….………………………67h) CENTRO DE OPERACIONES CONJUNTAS (COC)……………….……………………......…70

4.3 Organismos Auxiliares o de Apoyo …………...….......................................74

a) PROCURADURÍA GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS………….…………………...75b) CONSULTORIA JURÍDICA DE LAS FF. AA……………………..….……………………………79c) AYUDANTÍA ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE LAS FF.AA…………………….83d) CONTRALORÍA GENERAL DE LAS FF.AA………………..……………………………….…....86e) DIRECCIÓN GENERAL FINANCIERA DEL MIFFAA………..…………………………….…..90f) AUDITORÍA GENERAL DE LAS FF.AA……………….………………………….………………..94

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g) OBISPADO CASTRENSE………….……………………………………..…………………...........98h) DIRECCIÓN DE BANDAS DE MÚSICA DE LAS FUERZAS ARMADAS….……………100i) DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA, MIFFAA ………….………………………..……………….103j) DIRECCIÓN DE INGENIERÍA DE LAS FF.AA…………………………………………….…..107

4.4 Organismos Asesores Especializados ………….………..………................110

a) COMISIÓN PERMANENTE PARA LA REFORMA Y MODERNIZACIÓN DE LASFUERZAS ARMADAS (COPREMFA)………….…………………………..…………….……..…111

b) DIRECCIÓN GENERAL DE ORGANIZACIÓN Y DOCTRINA……………..……………….115c) SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA, MIFFAA…..….119d) DIRECCIÓN DE LA RESERVA DE LAS FUERZAS ARMADAS…………………………….125e) DIRECCIÓN DE ASUNTOS HAITIANOS, MIFFAA…………………………………..….…..127f) DIRECCIÓN DE ASUNTOS INTERNOS, MIFFAA…..….………………….………………..129g) DIRECCIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DEL MIFFAA…..………………….…....132h) REPRESENTANTE DE LA REPÚBLICA DOMINICANA ANTE LA CFAC…….…….…..135

4.5 Organismos de Educación y Formación .………………………..…………….139

a) INSTITUTO SUPERIOR PARA LA DEFENSA (INSUDE)…………..…………………….…140b) ESCUELA DE GRADUADOS DE ALTOS ESTUDIOS PARA LA DEFENSA Y

SEGURIDAD NACIONAL (EGAE)…………………………………………………….……………144c) ESCUELA DE GRADUADOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR (EGES)…………………....147d) ESCUELA DE GRADUADOS DE DERECHOS HUMANOS Y DERECHO

INTERNACIONAL HUMANITARIO………………………………………………………………..151e) DIRECCIÓN GENERAL DE LAS ESCUELAS VOCACIONALES DE LAS FF.AA……....155f) DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO MILITAR VOLUNTARIO………….……………159g) DIRECCIÓN GENERAL DEL PROGRAMA DE EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN

PROFESIONAL DE LAS FF.AA…………………………………………………………………..…163h) DIRECCIÓN GENERAL DE HISTORIA MILITAR DE LAS FF.AA………………………..166

4.6 Organismos Especiales .……………………………………………..………....169

a) DIRECCIÓN DEL INSTITUTO CARTOGRÁFICO MILITAR………………………………..170b) DIRECCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS TECNOLÓGICOS…..……..……………...173c) CÍRCULO DEPORTIVO DE LAS FF.AA. Y LA POLICÍA NACIONAL…..….…...….….177d) INTENDENCIA GENERAL DE MATERIAL BÉLICO DE LAS FF.AA…………..………….180e) DIRECCIÓN GENERAL DE ARMAS, EXPLOSIVOS Y SUSTANCIAS QUÍMICAS DE

LAS FF.AA…………………………………………………………………………………………………184f) CÍRCULO RECREATIVO PARA OFICIALES DE LAS FF.AA…………………………..……189g) DIRECCIÓN GENERAL DE CEREMONIAL, PROTOCOLO MILITAR Y

EXTRANJE RÍA DEL MIFFAA……….………………………………………………………..….…192h) DIRECCIÓN DE LA RADIO EMISORA CULTURAL “LA VOZ DE LAS FF.AA”………195i) DIRECCIÓN DE LA REVISTA DE LAS FUERZAS ARMADAS…………………………....198j) DIRECCIÓN GRAL. DE PROMOCION DE LAS COMUNIDADES FRONTERIZAS….…201

4.7 Organismos Especializados de Seguridad …………………………………....204

a) CUERPO ESPECIALIZADO DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA (CESA)…………...…205b) CUERPO ESPECIALIZADO DE SEGURIDAD PORTUARIA (CESEP)………………..…..211c) CUERPO ESPECIALIZADO DE SEGURIDAD FRONTERIZA (CESFRONT)…………....215d) CUERPO ESPECIALIZADO DE SEGURIDAD PARA EL METRO DE STO. DGO…….219

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4.8 Comandos Conjuntos y Unidades Operativas……..……………….……...220

a) COMANDOS CONJUNTOS DE LAS FF.AA.……………………………………………….…...223b) COMANDANCIA DEL RECINTO MILITAR “GRAL. MATÍAS RAMÓN MELLA”.…….227c) REGIMIENTO GUARDIA DE HONOR, MIFFAA……..……………………………….……….230d) UNIDAD COMANDO ESPECIAL CONTRATERRORISMO, MIFFAA.……..……….…….233e) FUERZA DE TAREA CONJUNTA INTERAGENCIAL “DEPROSER”…..……………....…236f) FUERZA DE TAREA CONJUNTA CIUDAD TRANQUILA (CIUTRAN).………………..240

4.9 Organismos de Bienestar y Servicios Sociales………………..………..…...243

a) DIRECCIÓN GRAL. DE CUERPO MÉDICO Y SANIDAD MILITAR DE LAS FF.AA.…244b) DIRECCIÓN GRAL. DE LOS SERVICIOS ODONTOLÓGICOS DE LAS FF.AA………251c) DIRECCIÓN DEL HOSPITAL CENTRAL DE LAS FUERZAS ARMADAS……………..…254d) DIRECCIÓN DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS FF. AA……..…..…258e) JUNTA DE RETIRO DE LAS FF.AA……………………………………………………………….262f) ADMINISTRADORA DE RIESGO DE SALUD. (ARS-FFAA)…….………………………..266g) DIRECCIÓN DEL PLAN SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS…………………….…..269h) ASOCIACIÓN DE ESPOSAS DE OFICIALES DE LAS FF.AA (ADEOFA)..………….…272i) DIRECCIÓN GRAL. DE LAS FUERZAS ARMADAS DE ALBERGUE Y RESIDENCIA

PARA LA REEDUCACIÓN CIUDADANA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES(DIGFARCIN)…………………………………………………………………………………………….274

DISPOSICIONES FINALES……………………………….…………………………....277

BIBLIOGRAFÍA………………………………………………………………………......278

ANEXO: ORGANIGRAMA……………………………………………………………....281

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I. ASPECTOS GENERALES DEL MANUAL

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I. ASPECTOS GENERALES DEL MANUAL

1.1 Objetivos

a) Presentar una visión de la estructura organizativa de la entidad, mostrando susprincipales funciones, sus niveles jerárquicos, unidades que la conforman y laestructura de cargos.

b) Dotar a la institución de una estructura organizativa basada en los principios deadministración moderna que facilite la planificación, dirección y control de lasoperaciones y de los recursos humanos.

c) Facilitar la coordinación entre las diferentes unidades y dependencias, delimitandoclaramente las actividades correspondientes a cada una de ellas.

d) Coadyuvar a la capacitación del personal y especialmente del personal de nuevoingreso, al facilitarle una visión global de toda la institución y al mostrarle la relaciónentre las funciones de su unidad y otras unidades relacionadas

e) Permitir una mejor ubicación del personal, a tono con sus conocimientos y aptitudes.

f) Viabilizar todo lo relativo al proceso administrativo entre las diferentes dependenciasutilizando como base primordial el órgano regular a seguir en las mismas.

1.2 Distribución del Manual

Ministro de las FF.AA Estado Mayor General de las FF.AA Estado Mayor Conjunto Coordinador y Especial Direcciones Generales y/o Ejecutivas

Los demás encargados solamente recibirán la parte del manual correspondiente a lasunidades, departamentos, divisiones y secciones, bajo su responsabilidad.

1.3 Puesta en Vigencia

El Manual de Organización y Funciones del Ministerio de las Fuerzas Armadas, deberáser puesto en vigencia mediante una Resolución aprobada por el Estado MayorGeneral, previa revisión e introducción del mismo por la Comisión Permanentepara la Reforma y Modernización de las FF.AA. (COPREMFA), donde seresponsabilice al personal por el cumplimiento de las disposiciones contenidas en elmismo.

1.4 Edición, Publicación y Actualización

El Manual de Organización y Funciones debe ser revisado periódicamente cada vez queocurra un cambio en la organización para que refleje la realidad existente dentro de lamisma. El Ministro de las Fuerzas Armadas, delegará en la Dirección General deOrganización y Doctrina, la Comisión Permanente para la Reforma y Modernización delas Fuerzas Armadas y la Dirección de Personal (J-1) del EMACON, la distribución,edición y actualización del Manual. Las peticiones de cambios deberán ser sometidasformalmente y por escrito.

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Las propuestas y modificaciones a la estructura organizativa deberán ser sometidas ala consideración de la Comisión Permanente para la Reforma y Modernización de lasFuerzas Armadas y ser socializadas con todos los Encargados de las diferentesunidades, departamentos, divisiones y secciones que conforman el Ministerio de lasFuerzas Armadas.

Deberá realizarse una revisión de la estructura organizativa por lo menos una vez cada2 años, como medio de adecuarla a la dinámica de crecimiento de la Institución.

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II. INFORMACIONES GENERALES DE LA INSTITUCIÓN

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II. INFORMACIONES GENERALES DE LA INSTITUCIÓN

2.1 Origen y Evolución

Las Fuerzas Armadas dominicanas nacen con la Declaración de Independencia Nacionalconstituyéndose en un resultado inequívoco de las luchas emancipadoras. En efecto, laprimera Constitución dominicana, promulgada el 6 de noviembre de 1844, a unos meses delnacimiento de la República, establecía en su Título VIII, que: “La fuerza armada es ladefensora del Estado, tanto contra las agresiones externas, como contra lasconmociones internas, y la custodia de las libertades públicas”, lo cual dejaclaramente establecido que desde el principio, el legislador concibió la creación de una fuerzaarmada con misiones y responsabilidades definidas, compuesta por un Ejército de Tierra, unaArmada Nacional y la Guardia Cívica.

Desde entonces quedó establecido que la Fuerza Armada es “esencialmente obediente ypasiva y que ningún cuerpo de la misma, podía deliberar…”.

Para apuntalar este texto constitucional, el 29 de noviembre de ese año, el Poder Ejecutivoemitió el Decreto No. 23, en el que se establecía que la Fuerza Armada Nacional estabacompuesta por la totalidad de los dominicanos que fueren llamados a conformar el EjércitoPermanente, en virtud de dicho decreto.

2.1.1- EL EJÉRCITO NACIONAL

El Ejército Nacional es denominado como tal a partir de la Ley No. 928, del 17 de mayo de1928. Sin embargo, ese componente terrestre, definido como Ejército de Tierra en laConstitución de 1844, nació prácticamente con la República, reflejado en las accionesmilitares desarrolladas por los patriotas la noche memorable del 27 de febrero, encabezadospor el trabucazo del prócer Matías Ramón Mella.

Los integrantes de ese primer ejército provenían de las unidades haitianas conocidas como losRegimientos 31, 32 y 33, que funcionaban en Santo Domingo los dos primeros, y en Santiagoel tercero, y que estaban compuestos en su gran mayoría por dominicanos, así como de lasdiferentes dotaciones de la Guardia Cívica, que funcionaban en las provincias, en cuyo cuerpoingresó e hizo carrera el patricio Juan Pablo Duarte y Diez. Por estas razones de peso, alEjército Nacional se le considera como precursor de las actuales Fuerzas Armadas, pues comoya se ha establecido, nació con el proceso prodigioso que dio como fruto la IndependenciaNacional y la consolidación de la República Dominicana en Estado libre, independiente ysoberano.

La respuesta bélica protagonizada por nuestro pueblo en armas desde el año 1844 al 1856,no es el resultado de un hecho aislado ni mucho menos improvisado. Es la expresióncualitativa de más de 300 años defendiendo el suelo patrio de las agresiones extranjeras. Delvalor viril de "Las Cincuentenas"; de la sangre redentora de “La Limonade"; de laesplendente victoria criolla en Palo Hincado y de la sacrosanta jornada patriótica que culminacon la expulsión del invasor haitiano, nuestras tropas se corporizan con unidad de mando yconciencia de su protagonismo histórico, militar y social.

De ahí vemos cómo se va conformando una aptitud guerrera muy propia de nuestrasrealidades geográficas, sociales y económicas, que ya para la Primera República se puederesumir en los rudimentos de una técnica militar criolla, que va a constituir por suscaracterísticas, la zapata de una doctrina militar defensiva que con el tiempo va a sobrepasarnuestras fronteras, para imponerse como instrumento idóneo de libertadores, como lo

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denuncia la aparición y aplicación de la táctica del machete en el área caribeña ycentroamericana, donde el caso cubano es de por si extremadamente elocuente.

Los resonantes triunfos de Azua y Santiago, los días 19 y 30 de marzo de 1844respectivamente, fueron pues un reflejo de la aptitud y capacidad militar de los dominicanos,quienes contaron con la asesoría de militares expertos de otras nacionalidades,principalmente de Francia, los que prefirieron acogerse al manto de la nueva nación, antesque verse sometidos al yugo de sus antiguos esclavos.

No obstante, la afanosa actividad militar posterior a la proclamación de la IndependenciaNacional, se ha acogido el 29 de noviembre para celebrar el aniversario del Ejército Nacional,a propósito de la emisión del Decreto No. 23 de esa fecha de 1844, citado anteriormente.

El 14 de diciembre del mismo año se formaron el 1ro. y 2do. Regimientos Dominicanos,compuestos de veteranos de la recién finalizada campaña, cuyas fuerzas actuarían en formarotativa para sustituir las tropas del Ejército Expedicionario del Sur, bajo el mando del Generalde Brigada Antonio Duvergé y el de las fronteras del Norte, comandado por el General deDivisión Francisco A. Salcedo.

Se crearon además varias unidades distribuidas en diferentes partes del país: El BatallónOcoa, en Baní, integrado por veteranos de la región y compuesto por dos Compañías deFusileros, una de Cazadores y otra de Granaderos; el Batallón Nigua, en San Cristóbal; elRegimiento Seibano, formado con las tropas de El Seibo, de Hato Mayor y un Batallón conasiento en Higüey.

Para el año 1845, los regimientos de Santo Domingo son denominados: No. 1, Dominicano yNo. 2, Ozama; en Santiago de los Caballeros se crea el 3er. Regimiento; en Azua, el BatallónAzuano; en San Juan de la Maguana, el San Juan y la Compañía de Los Llanos; en la Vega, unRegimiento de Infantería, una Brigada menor de Artillería y un Escuadrón de Caballería;Brigadas de Artillería en Santiago, la Capital y Puerto Plata.

Mediante el Decreto No. 61 de fecha 15 de julio de 1845, se establece una especie de primeraLey Orgánica, que contaba de 43 artículos y derogaba el Decreto No. 23. En el mismo seestablecía la composición, el uso de uniformes, banderas y estandartes; disposición sobre elempleo y manejo de los armamentos (instrucción del cañón para los artilleros, fusil y sablepara la infantería y lanza para la caballería), tanto del Ejército Permanente como de laGuardia Cívica Nacional.

La infantería estaba organizada en regimientos, compuestos por dos batallones y éstos a suvez, por seis compañías, con un efectivo de 63 hombres; el estado mayor del regimientoestaba compuesto por 8 hombres y el del batallón, de 4 hombres. La artillería estabaorganizada en brigadas y medias brigadas, compuestas por cuatro y dos compañíasrespectivamente, con un efectivo de 53 hombres; el estado mayor de la brigada estabaintegrado por 8 hombres y el de la media brigada, por 4 hombres. La caballería estabaorganizada en escuadrones, compuestos por compañías, con un efectivo de 53 hombres; elestado mayor del escuadrón estaba compuesto por 3 hombres.

Durante la Primera República, período que abarca desde el año 1844 al 1861, el EjércitoDominicano llegó a alcanzar niveles de organización y eficiencia de estimable notoriedad.Como ejemplo de ello bastaría reseñar el hecho de la consecución y preservación de laindependencia nacional, con la victoria dominicana sobre reiteradas invasiones militareshaitianas en el período de 12 años que siguió a la proclamación de la independencia.

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Cuatro campañas militares y más de 15 batallas victoriosas, le dieron a la llamada Guerra dela Separación los entornos de una gran epopeya nacional, donde las armas dominicanassólo vieron nublarse momentáneamente el sol del triunfo en las primeras acciones de lacampaña de 1849, que sirvieron para que la gloria brillara con resplandor renovado en lamonumental Batalla de Las Carreras.

El Ejército Dominicano poseía, además, una estructura logística fundamentada en la prioridadbélica de la nación y una reglamentación militar eficaz extremadamente elaborada. Ademásdisponía de una burocracia efectiva, estructuras de instrucción básica operativa y una justiciamilitar rigurosa. En esta organización encontramos notorias influencias españolas, aunque enel armamento tendríamos una diversidad de orígenes, donde por circunstancias históricaspredominaban el francés, el español y hasta el norteamericano hacia finales de la guerra.

La extracción social de este Ejército fue predominantemente campesina y ello constituyó enprincipio un grave problema, ya que durante las campañas, la agricultura y la ganaderíadominicanas quedaron despojadas de mano de obra, llevando la producción nacional amomentos casi de inactividad total, por lo que en base a una sabia organización se dispuso unmétodo de rotación en la conscripción, que dejaba fuerzas humanas en la retaguardia paratales fines.

En virtud del Decreto No. 664, del 24 de agosto de 1860, se crea la primera academia militar,con capacidad para cincuenta alumnos, y sus estudios tendrían una duración de dos años,distribuidos en seis trimestres. Sin embargo esta iniciativa se vio truncada por la decisiónpolítica de anexar el país a España. La anexión a España en principio y la Guerra de laRestauración posteriormente, produjo una grave ruptura en la organización del EjércitoDominicano, pero no así en el aspecto doctrinal. La desaparición de la República y laocupación española habría de producir también el desmembramiento del ejército paraconstituirse en una reserva local del Ejército Español, tras una rigurosa y esmeradadepuración, en la que no cupieron ni fueron reconocidos como tales muchos de los ofíciales ysoldados del “antiguo Ejército Dominicano", como se le llamaría entonces.

Sin embargo, en la Guerra de la Restauración, ante la imposibilidad de las fuerzas españolasde controlar a "los insurrectos", habría de operarse en doble sentido la vigencia de la doctrinadel desaparecido Ejército Dominicano, ya que por un lado se hizo preciso activar las reservaspara defender el Estado español y por otro lado, ofíciales de ese antiguo cuerpo armado ibana capitanear al pueblo en armas contra el orden de cosas de la anexión española,produciéndose así una guerra de liberación nacional sin precedentes en nuestra historia, tantopor lo cruenta, como por lo elevado de su intensidad.

En tal sentido, esta guerra no iba a enfrentar preponderantemente la doctrina militar españolacon la ya definida doctrina militar dominicana, sino iba a enfrentar a dos partes significativasde la sociedad dominicana con la misma doctrina de guerra, y de paso, cabe aquí resaltarque cuando se tocaron los extremos, las fuerzas españolas no pudieron sofocar unainsurrección popular que devastó con una velocidad asombrosa todo el territorio insular.

Tras la victoria de las fuerzas restauradoras y el retorno a la soberanía nacional, lareorganización y continuidad del Ejército Dominicano fue sumamente accidentada por unperíodo de más de 50 años de inestabilidad política, producto del caudillismo y de frecuentese interminables guerras civiles. Sin embargo, los gobiernos de este período que retornaron laorganización militar de la Primera República y fortalecieron su maquinaría militar, lograron enesa misma medida no sólo perpetuarse en el poder, sino estabilizar el país. Tal es el caso delos gobiernos de Buenaventura Báez y Ulises Heureaux, en lo que corresponde al Siglo XIX.

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El General Ignacio María González, hizo algunos esfuerzos apreciables respecto a laorganización militar, y en virtud del Decreto 1358 de 1874, creó un Batallón en SantoDomingo, denominado “Restauración” y una brigada de artillería; un batallón de cazadores enLa Vega; el batallón Yaque en Santiago, con su compañía de artillería; un batallón en PuertoPlata; y una compañía en Samaná.

Uno de los hombres más visionario en materia militar, fue el General Gregorio Luperón, quienen el gobierno provisional presidido por él, entre 1879 y 1880, ordenó la reparación de todoslos cuarteles militares con sus fortificaciones y se construyeron locales para albergar lasgobernaciones y comandancias de armas de diferentes ciudades y pueblos. Compró armas ypertrechos para abastecer los arsenales de la República que estaban vacíos después de tantosaños de guerras y revoluciones. Dispuso de la creación de escuelas militares, las dotó delibros y ordenó la compra de uniformes nuevos, al estilo europeo.

El General Luperón, mediante el Decreto No. 1834 de fecha 18 de febrero de 1880, instituyeel servicio militar obligatorio, definiendo las funciones de la reserva nacional como apoyo a lastropas regulares, en acciones bélicas contra extranjeros o conflictos internos. Formó en SantoDomingo y cabeceras de provincias, guarniciones y en las comunes, cuerpos y bandos paragarantizar el orden, logrando con esta organización cambiar el escenario social, produciendouna tranquilidad confortable durante el año de su gobierno y los dos del Presidente Arturo deMeriño.

En virtud del Decreto No. 1840, de fecha 12 de marzo de 1880, se establecieron escuelas yacademias en cada batallón para que los militares aprendieran a leer, escribir y contar, ya queesa era una aspiración del General Luperón: “que la clase militar de hoy en adelante, nosea entre nosotros una máquina amenazante de esbirros del poder, sino unconjunto de ciudadanos que conozcan sus deberes y sepan defender y amparar losderechos legítimos de los gobiernos y del pueblo”.

Para el 1892, en el gobierno de Ulises Heureaux, el ejército estaba organizado en cuerposmilitares, diseminados en las provincias; unidades auxiliares, en las comunes; y fuerzas de lareserva, en los cantones. Este creó las unidades Batallón Pacificador en Santo Domingo;Cazadores Yaque en Santiago; San Felipe en Puerto Plata; Francotiradores en Azua; y SantaBárbara en Samaná.

A principios del Siglo XX, después de la muerte de Ulises Heureaux, la organización militarsólo logra visos de cierta regularidad en la administración del Presidente Ramón Cáceres consu Guardia Republicana, con la que logró pacificar al país, generando sus instituciones ysometiendo a la obediencia a los truculentos caudillos regionales. Desgraciadamente suasesinato, el 19 de noviembre de 1911, revivió el expediente de las luchas intestinas y generóel estado de cosas que condujeron a la ocupación norteamericana de 1916, haciendodesaparecer todo vestigio de la estructura militar dominicana. Serían las propias fuerzas deocupación norteamericanas las que organizarían una Guardia Nacional criolla, con el propósitode pacificar el país, reorganizarlo y crear un cuerpo de policía, que efectivamente pasaría allamarse así, a raíz de que la nación recobrara su soberanía en el 1924.

El Gobierno del Presidente Horacio Vázquez, que surgió en 1924, a raíz del final de laocupación estadounidense, le dio nueva vez calor y visos de Ejército a este cuerpo, lograndouna relativa estabilidad siempre amenazada por el fantasma de la resurrección de los caudillosregionales y de las guerras fratricidas.

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Durante el Gobierno del General Rafael L. Trujillo Molina, el Ejército Dominicano tomaría laconnotación moderna del Ejército que hoy conocemos, con sus tres componentesdiferenciados y tendría enormes progresos materiales, además de una gran cuota deresponsabilidad en el control del país y el sostenimiento del régimen.

Sin embargo, tras la muerte del dictador, y por no haber participado de manera protagónicaen los excesos del mismo, estas instituciones pudieron sortear con éxito y con vocaciónpatriótica el tránsito hacia la democracia, habiendo salvado los peligrosos escollos de laanarquía, una guerra civil, y los procesos subversivos de la guerra fría, mediante laasimilación de las experiencias y de un desarrollo sostenido, dando como resultado unainstitución de sólidas bases de respeto y obediencia al poder civil legalmente constituido y unsoporte fundamental para la democracia.

2.1.2 - LA MARINA DE GUERRA.

Esta institución, que de acuerdo al texto constitucional de 1844 se denominó ArmadaNacional, nace también con la República, pues sus fundadores se encontrabancomprometidos con el proyecto de la creación de la nación dominicana.

La noche del 27 de febrero de 1844, en ausencia del Padre de la Patria, Juan Pablo Duarte,sus discípulos y partidarios proclaman la Independencia de la República en la Puerta de laMisericordia y la Puerta del Conde, donde se encontraban entre otros marinos: Juan AlejandroAcosta, José Antonio Sanabia, Joaquín Orta, Teodoro Ariza, Pedro Tomás Garrido y FermínGonzález.

La Junta Central Gubernativa presidida por Tomás Bobadilla, ordenó la toma del Puerto deSanto Domingo y de todas las embarcaciones haitianas, y al mismo tiempo designó unacomisión para que partiera de inmediato a Curazao, abordo de la goleta "Leonor" al mandode Juan Alejandro Acosta, en busca de Juan Pablo Duarte, siendo esta la primeraembarcación oficial de la República y la primera unidad que enarboló la Bandera Dominicanaen ultramar.

La trilogía de héroes navales dominicanos la integran los comandantes Juan BautistaCambiaso, Juan Bautista Maggiolo y Juan Alejandro Acosta. Cambiaso, responsable yfundador de la Armada Naval Nacional, recibió de la Junta Central Gubernativa el encargo deorganizar la Marina de Guerra Nacional.

Durante la campaña de 1844, la incipiente Armada dominicana apoyó las actividades militaresdel improvisado Ejército Dominicano, mediante el transporte de personal y de abastecimiento,previo a los combates que se desarrollarían en el sur del país. Sin embargo la acción que laconsagra y en la cual obtiene el bautismo de fuego es la “Batalla Naval de Tortuguero”,llevada a cabo el 15 de abril de ese año, donde tres goletas, la "Separación Dominicana",Comandada por Juan Bautista Cambiaso, la "María Chica", por Juan Bautista Maggiolo, y la"Leonor", por Juan Alejandro Acosta, derrotaron una escuadra haitiana que operaba enaguas del Mar Caribe. Esta fecha ha sido elegida para conmemorar el aniversario de la actualMarina de Guerra.

Durante la campaña de 1845, la contribución de la flotilla nacional a las actividades delEjército Dominicano se llevó a cabo en el Océano Atlántico, siendo decisiva su intervención enel triunfo obtenido en la Batalla de Beller. La flotilla nacional, compuesta por la fragata“Cibao”, al mando del Coronel Cambiaso; la goleta “General Santana”, del Comandante JuanAlejandro Acosta; el bergantín San José, del Comandante Juan Evertz; el bergantín “Libertad”;la goleta “Mercedes”, del Comandante Simón Corso; la goleta “Separación”, del Comandante

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Juan Bautista Maggiolo; la goleta “27 de Febrero”, del Comandante José Antonio Sanabia; lagoleta “Maria Luisa”; del Comandante Ramón González; la goleta “30 de Marzo”, delComandante Alejandro Belén; y la goleta “Esperanza”, del Comandante Julián Balduin,atacaron las costas de Fort Liberté y Cabo Haitiano, interpretándose que se trataba de unainvasión y motivando que un contingente que iba a reforzar las tropas haitianas que seencontraban defendiendo el fuerte de Beller, no pudiera hacerlo, ya que se contemplóenfrentar la invasión con el mismo, contribuyendo al resonante triunfo de las armasdominicanas.

Para 1846 la flota dominicana estaba compuesta de 10 buques, siete del Estado y 3 tomadosen requisición y armados por el Gobierno: la fragata Cibao, con 20 cañones; el bergantíngoleta San José, 5 cañones; el bergantín goleta La Libertad, 5 cañones; la goleta GeneralSantana, 7 cañones; la goleta La Merced, 5 cañones; la goleta Separación, 3 cañones; lagoleta 27 de Febrero, 5 cañones. Los tomados en requisición: la goleta Maria Luisa, 3cañones; la goleta 30 de Marzo, 3 cañones; y la goleta Esperanza, 3 cañones.

La flota nacional prestó importantes servicios al Ejército en el desarrollo de la campaña de1849, ayudando a ese cuerpo armado a lograr el triunfo en las batallas de El Número y LasCarreras, mediante la ubicación de los buques en línea de batalla frente a Playa Grande, locual al tiempo que evitaba el abastecimiento de las tropas haitianas surtas en tierra, impediríaque las mismas tomaran el camino de la playa, obligándolas a avanzar a través de lasescarpadas montañas de El Número.

Con motivo de la revuelta iniciada el 7 de Julio de 1857 en Santiago contra el PresidenteBuenaventura Báez, quien dicho sea de paso había ordenado el establecimiento de la primeraEscuela de Marina en 1853, la flotilla se dividió en dos facciones: una al mando del GeneralJuan Alejandro Acosta, quien contando con las goletas: " 7 de Julio”, “Libertad” y “19 deMarzo”, las que puso a las órdenes del gobierno revolucionario instalado en Santiago,encabezado por el General José Desiderio Valverde; y la otra parte, comandada por el Generalde Marina Simón Corso y compuesta por las goletas “Mercedes”, “Libertador” y “Victoria”, lacual permaneció con su personal leal al gobierno de Buenaventura Báez.

Con el triunfo de la revolución y el consiguiente derrocamiento del presidente Báez, la Armadavolvió a unificarse. En Enero de 1869, el General Gregorio Luperón adquirió el vapor"Telégrafo", al cual le instaló piezas de artillería con la intención de utilizarlo en su luchacontra el gobierno de los seis años de Báez.

En 1893, siendo presidente de la República Ulises Heureaux, se llevó a cabo una importantereestructuración de la Armada Nacional. Se creó la Academia de Náutica, para la cual trajoinstructores Españoles de Artillería, Navegación y Máquinas, dirigidos por el entoncesTeniente de Navío de la Real Armada Española Luis Martínez Viñalet, a quién lo sustituyeGerardo Jansen, quien fue el primer dominicano en llevar un buque con bandera Dominicanaa Europa (Hamburgo) cargado de Azúcar, llamado el “Jorge Estela”, convirtiéndose luego enbuque de guerra bajo el nombre de “Capotillo” y posteriormente nombrado “Montecristi.”

En 1917, la Marina de Guerra tenía un personal de 42 efectivos para tripular los tres buquesen operación de una flota compuesta por el crucero Independencia y dos cañoneros , ya quesu desaparición gradual se había iniciado en virtud de la Orden Ejecutiva No.47, del 7 de Abrilde 1917, del Gobierno Militar de Santo Domingo, pues mediante esa orden se disolvieron lasFuerzas Armadas y se creó la Guardia Nacional Dominicana como institución dereemplazo del Ejército, la Marina de Guerra, y la Guardia Republicana.

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Como una consecuencia de esta acción, todavía en el año 1933 la Marina de Guerrafuncionaba como un destacamento del Ejército, y sus miembros vestían uniforme caqui conzapatos amarillos y corbata caqui, para diferenciarse de los miembros de esa institución, y elComandante del Destacamento de Marina lo era el entonces Coronel McLughlin.

En su informe sobre las actividades realizadas durante el año 1933 el titular de la cartera deGuerra y Marina, Don Teódulo Pina Chevalier, decía al Presidente General Rafael LeonidasTrujillo lo siguiente: “Carecemos de Marina de Guerra, y es plausible el propósito de VuestraExcelencia de restablecerla, pues las condiciones geográficas de nuestro país la reclaman. Notiene dudas esta Secretaría de Estado de que V.E. con su vibrante espíritu de progreso yatento siempre a las necesidades perentorias de la República logre en el futuro próximorestaurar nuestra extinta Marina de Guerra, y aun superarla, para la defensa de nuestrosmares, puertos y costas nacionales”.

El 15 de Enero de 1934, arribaron al país los guardacostas GC-1 y GC-2 de cascos de madera,y posteriormente arribó el guardacostas GC-3, también de madera. Esas unidades eranutilizadas por el Gobierno norteamericano para perseguir a los contrabandistas de licores, y alser derogada la famosa Ley Seca fueron sacadas de servicio y vendidas al Gobiernodominicano.

En el 1937 se estableció la equivalencia de rangos entre los oficiales de la Marina de Guerra yel Ejército Nacional, mediante la Orden General No.93, del 14 de Julio de 1937, delComandante en Jefe del E.N., y el 2 de Febrero de 1938, la Orden General No.11, consignacomo fuerza autorizada de la Marina de Guerra Nacional a 17 Oficiales y 86 Alistados.

El 10 de abril de 1943 se creó la Comandancia de la Marina Nacional y su Comandante lo fueel Mayor Manuel A. Perdomo, quién había sido el asistente del Coronel McLughlin, el cual ladirigió hasta el año 1947.

En Septiembre del año 1943 se iniciaron los trabajos de construcción de la actual Base Naval27 de Febrero, a cargo de una Misión Naval de asistencia Norteamericana bajo las órdenes delComandante Hilton, del servicio de Guardacostas, misión que fue enviada al país porque losnorteamericanos temían que Trujillo mantuviera una posición pro Hitler, durante la II GuerraMundial.

Esta Base fue inaugurada en el año 1944, pero la misma quedó bajo control del Ejército yaque la mayoría de los oficiales de marina estaban realizando cursos de entrenamiento en losEstados Unidos, de donde regresaron con tres Caza Submarinos donados por los EEUU,comandados por los Tenientes de Navío Didiez Burgos, Rafael Arvelo y César De WindtLavandier. Como resultado de esta misión, en Mayo de 1944 fue abierta la Escuela de Marinaen la Base Naval de las Calderas, bajo la dirección del Comandante Ramón Didiez Burgos.

Mediante Decreto No. 4169 del 10 de Febrero de 1947 el Poder Ejecutivo dispuso laorganización de la Marina de Guerra con su Estado Mayor propio, designándose titular delmismo al entonces Capitán de Fragata Transitorio Ramón Didiez Burgos.

Para esta fecha, la instalación denominada Comandancia de Marina Nacional, dirigida por elMayor Manuel R. Perdomo, operaba la Base Naval de las Calderas, el Puesto de la Isla Beata,10 guardacostas, 3 lanchas Auxiliares, una goleta de instrucción, una fragata, una corbeta yun personal del Cuerpo Naval que incluía 322 efectivos. El 24 de febrero del mismo año fueascendido al rango de Capitán de Navío Transitorio y designado Subsecretario de Estado deMarina, el Teniente de Navío Cesar De Windt Lavandier.

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Durante el año 1948, el Capitán de Fragata de la Real Armada Inglesa Sir John Agnew fuetraído al país junto con otros técnicos de diversas especialidades para reestructurarnuevamente el programa de enseñanza de la Escuela Naval. En ese mismo año la sede de laJefatura de Estado Mayor de la Marina de Guerra fue trasladada en tres ocasiones: el 22 deEnero se trasladó a las instalaciones en las cuales operaba la oficina de Enlace de la Armada,en Santo Domingo; el 22 de Mayo se instaló en el edificio de la firma Lockie y Cía., en elpuerto capitalino, y finalmente el 4 de Diciembre en la recién inaugurada Base Naval deSanto Domingo, la cual se había destinado al alojamiento de tropas del Ejército Nacionaldesde su inauguración en el año 1947.

En Marzo de 1949 el Poder Ejecutivo, en virtud del Decreto No.5713 del 23 de Marzo de 1949,designó Jefe de Estado Mayor al Capitán de Navío Cesar De Windt Lavandier, en sustitucióndel Capitán de Fragata Ramón Julio Didiez Burgos, quien había sido sustituido interinamentepor el Capitán de Fragata Rogelio Salvador Prestol. El 16 de Abril de 1953 el Capitán deNavío Ramón Julio Didiez Burgos reemplazó en la Jefatura de Estado Mayor de la Marina deGuerra al Contralmirante Cesar De Windt Lavandier, quién fue designado Consultor Naval delPresidente de la República. Didiez Burgos fue sustituido el 1ro. de Agosto del mismo año porel General de Brigada del Ejército Nacional José García Trujillo, quien ocupó el cargo por 16días, ya que fue relevado el 16 de Agosto de 1953 por el Capitán de Corbeta Luis HomeroLajara Burgos, designado Jefe de Estado Mayor de la institución con rango transitorio deContralmirante en virtud del Decreto No. 9263 de esa misma fecha.

En marzo de 1957 fue creado el Centro de Instrucción Naval "San Cristóbal", con asiento en laciudad del mismo nombre. Al centro se trasladó la Academia Naval "24 de Octubre " y laSección Naval de Entrenamiento, que operó allí hasta el 10 de Noviembre de 1957, fecha enla que fue trasladada a la Base Naval Las Calderas.

El 2 de Agosto de 1958 se trasladó la sede del Comando Naval y sus dependencias alpabellón de las FF.AA., ubicado en el "Centro de los Héroes". En 1965 el personal y lasunidades de la Marina de Guerra participaron en los acontecimientos bélicos desencadenadosen el país a partir del 24 de Abril de ese año, pero al iniciarse la rebelión de las unidades delEjército Nacional contra el Triunvirato, la Marina de Guerra adoptó una posición neutral.

Iniciadas las hostilidades entre las tropas del Ejército y la Fuerza Aérea por un lado, y lasFuerzas del Movimiento Constitucionalista, entre los que se encontraban Francisco AlbertoCaamaño y Manuel Montes Arache y otros oficiales de Marina, el Comodoro Francisco JavierRivera Caminero se trasladó en horas de la noche del 26 de Abril al Palacio Nacional encompañía de varios oficiales, para allí apreciar la situación y entrevistarse con el PresidenteDr. Rafael Molina Ureña.

Tras retirarse de la casa de gobierno, el Comodoro Rivera Caminero estableció contacto con elEstado Mayor y los Comandantes de buques a quiénes informó sobre la visita. A partir de esemomento abandonó su neutralidad y es entonces cuando el mando naval superior ordenócañonear el Palacio Nacional, cerca del mediodía del 27 de Abril de 1965, acción que fuellevada a cabo por varias unidades destacadas en las proximidades del lugar conocido como“Placer de los Estudios”.

A raíz del golpe de Estado contra el Triunvirato y los sucesos desencadenados a partir de eseacontecimiento, la Jefatura y el Estado Mayor de la Armada se instalaron a bordo de laFragata "Mella", y el 8 de Mayo de 1965 el Comodoro Rivera Caminero fue designado Ministrode Defensa.

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En Enero de 1967 inició sus actividades el Centro de Capacitación para Oficiales de la Marinade Guerra, en las instalaciones de la Escuela Naval y el 1ro. de Julio de ese año fuereinaugurada la Base Naval 27 de Febrero, donde comenzó una nueva época para lainstitución ya que fue fortalecido el sistema de enseñanza para la formación de los oficiales,guardiamarinas y alistados.

De esta fecha en adelante la Marina de Guerra se ha caracterizado por ser una institución deuna alta exigencia académica para sus miembros, los cuales han de incursionar en lasdiferentes áreas técnicas que sirven de soporte al mundo marítimo, amén de su soportedecidido al desarrollo y democracia del país.

2.1.3- LA FUERZA AÉREA DOMINICANA.

La historia de la Fuerza Aérea Dominicana nos lleva al año 1928, cuando se proyectó porprimera vez en la República Dominicana, la creación de un organismo militar aéreo, mediantela Ley No. 904, la cual autoriza la erogación de 125 mil dólares para la creación de unaEscuela de Aviación. Sin embargo, por razones desconocidas se impidió el progreso delproyecto, cuando la Ley que lo instituía fue derogada un año más tarde.

En 1930, el Poder Ejecutivo envía un grupo de oficiales y alistados calificados a formarsecomo pilotos aviadores, mecánicos de aviación y técnicos en alineación a la Escuela deAviación Columbia de Cuba, en La Habana. La delegación estaba formada por el entoncesCapitán Aníbal Vallejo Sosa, Primer Teniente Frank A. Feliz Miranda y los rasos GregorioPeguero, Ernesto Tejeda Matos y Andrés Rodríguez, todos del E.N. Para 1931, obtienen susdiplomas de graduación, que les fueron entregados el día de la Aviación Militar Cubana, por elentonces Presidente de Cuba, Dr. Gerardo Machado, convirtiéndose en los precursores de laaeronáutica militar dominicana. A dicho grupo se integra el Primer Teniente Enrique Valverde,en el año 1932, quien había regresado de los Estados Unidos de Norteamérica, piloteando unavión biplano tipo Beird, realizando la travesía en un tiempo relativamente corto para eseentonces.

Este oficial tiene el privilegio de haber sido el primero que como piloto, representó al país enuna conferencia de aviación en el año 1930 en los Estados Unidos, acontecimiento que colocóal país dentro del marco internacional en el plano de la aeronáutica.

En el año 1932, el Poder Ejecutivo, mediante Decreto No. 297, crea el Arma de Aviación,adscrito al Ejército Nacional, siendo derogado a los pocos meses de haberse dictado.Posteriormente, mediante la promulgación de la Ley No. 283 de ese mismo año, se vuelve acrear el arma adscrito nuevamente al Ejército Nacional, nombrándose al Capitán Aníbal VallejoSosa, Comandante del recién creado organismo; al Primer Teniente Piloto Frank A. FelizMiranda, segundo en mando; al Sargento Mayor Ernesto Tejeda Matos, Jefe delDepartamento de Mecánica de Aviones; y al Sargento Gregorio Peguero, Encargado de laSección de Alineación. Esta organización tenía su asiento en el Aeródromo Limbergh,ubicado en el kilómetro 8 de la actual Autopista Duarte. Coincidiendo con este hecho,aterrizan en el aeródromo Limbergh, procedentes de los Estados Unidos, los dos primerosaviones del tipo Bellanca. A los pocos días se recibe el primer avión de guerra, un Vough-Corsair, modelo 02V3 de un grupo de tres que fueron adquiridos por el gobierno dominicanoen los Estados Unidos de América. Esa aeronave fue marcada con el No. 1, y se denominó “22de Junio”. Los dos restantes fueron recibidos al año siguiente, los cuales fueron numerados 2y 3, denominándoseles “Reelección” y “Ramfis”, respectivamente.

En el año 1934, es designado el Capitán Frank Feliz Miranda como comandante de lainstitución. Y en 1935 se incorpora al grupo de los primeros aviadores dominicanos el cuarto

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piloto, el Capitán Piloto Santo Mélido Marte Pichardo, quien llegó procedente de los EstadosUnidos de Norteamérica, después de haberse graduado como piloto el 1ro de marzo de eseaño, para integrarse al grupo existente. En ese mismo año, se reciben cuatro aviones tipoFleet de construcción canadiense y un Cutty Sark. Mediante la Orden General No. 1 de 1936del Ejército Nacional se crea, efectivo el primero de enero de ese mismo año, elDestacamento de Aviación adscrito al Cuartel General del Estado Mayor del Ejército Nacional,con sede en el Campo de Aviación Miraflores, constituido por sólo 31 hombres; y el 2 dejunio, se publica mediante Orden General No. 65 del Ejército Nacional, el Reglamento Generalde Aviación, por el cual se regiría el citado destacamento.

Uno de los acontecimientos de gran trascendencia histórica que repercutió en todos los paíseslatinoamericanos, del Caribe y Europa, lo constituyó el famoso “Vuelo Panamericano”,recorrido aéreo por los cielos del Hemisferio Occidental, que fue una proyección de la QuintaConferencia Internacional Americana, celebrada en La Habana, donde los Estadospertenecientes a ese cónclave aprobaron por unanimidad la resolución mediante la cual serecomendó a los gobiernos de las Repúblicas Americanas honrar la memoria del GranAlmirante Don Cristóbal Colón, con la construcción de un Faro Monumental en su honor,monumento que debía ser levantado en la ciudad de Santo Domingo con la cooperación delos gobiernos y pueblos del Continente Americano.

Los gobiernos de Cuba y República Dominicana, receptivos de esa directiva, se decidieron pormancomunar esfuerzos para crear una escuadrilla aérea que volara los espacios aéreos enrecorrido de buena voluntad por los países americanos, haciendo de ese modo un llamadofraternal a esos pueblos a fin de que participaran en la cristalización del proyecto.

La escuadrilla panamericana estuvo integrada por cuatro aviones, tres de ellos procedían deCuba y pertenecían a la Sociedad Columbista Panamericana, al Ejército Constitucionalista deCuba y a la Marina Constitucionalista respectivamente. El restante pertenecía al Cuerpo deAviación del Ejército Nacional de la República Dominicana.

A los aviones cubanos del tipo Stinson se les bautizó con los nombres históricos de SantaMaría, Pinta y Niña. Sus pilotos fueron los Tenientes Antonio Menéndez Peláez, FelicianoRisech Amat y Alfredo Jiménez Alum, ases de la Aviación Militar Cubana.

La unidad dominicana fue bautizada con el nombre de Colón, un avión del tipo Curtiss WrightR-19, adquirido por el gobierno Dominicano en los Estados Unidos con miras a la participaciónen el Vuelo Panamericano.

Este aparato fue piloteado por el Mayor Frank A. Féliz Miranda y su asistente, el SargentoMayor Mecánico Ernesto Tejeda. El vuelo se inició a las 9:50 A.M, del 12 de noviembre de1937, cuando despegaron desde el campo de aviación Miraflores con destino a San Juan dePuerto Rico, para seguir ruta hacia numerosos países.

En Colombia ocurrió la tragedia en la que sucumbieron los aparatos y tripulantes cubanoscuando una tempestad envolvió a la escuadrilla. El desastre sobrevino en horas de la mañanadel 29 de diciembre de 1937, en las cercanías de Cali, en el Departamento de El Valle, a pocotiempo de haber despegado la escuadrilla del aeropuerto local con rumbo a Panamá.

Los únicos sobrevivientes al desastre fueron el mayor Frank Feliz Miranda y su copiloto elSargento mecánico Tejeda, quienes aterrizaron en Panamá a las 2:30 de la tarde, cerrándosede ese modo un luctuoso episodio de nuestra historia aérea.

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El 15 de febrero de 1948 el Poder Ejecutivo emite el Decreto No. 4918, mediante el cual elDestacamento de Aviación del Ejército Nacional pasa a ser el Cuerpo de Aviación Militar,dejando establecido su Estado Mayor y la condición de independencia total del EjércitoNacional, siendo nombrado el Coronel Piloto Fernando Manuel Castillo como su primer Jefede Estado Mayor. Esta fecha ha sido establecida para la celebración del aniversario de lainstitución.

El 22 de marzo de 1953 fue inaugurada la Base Aérea de San Isidro que ha servido de asientoa la institución hasta la fecha.

El 9 de febrero de 1962, el Poder Ejecutivo emite el Decreto No. 7222, en virtud del cual elCuerpo de Aviación Militar adquiere el nombre de Fuerza Aérea Dominicana, su nombreactual.

2.2 Base Legal:

El presente Manual de Organización y Funciones del Ministerio de las Fuerzas Armadas, esuna declaración legal, de las funciones, deberes y responsabilidades de la estructuraOrganizacional e Institucional, que tiene su base jurídica en la Constitución de la República yen la Ley Orgánica, Decretos Presidenciales, Órdenes Generales y Circulares de las FuerzasArmadas.

La Comisión Permanente para la Reforma y Modernización de las Fuerzas Armadas, junto a laDirección de Organización y Doctrina, al proceder a la elaboración del Manual de Funcionesdel Ministerio de las Fuerzas Armadas, da fiel cumplimiento a las prescripciones estatuidas enel Artículo 155 y siguientes de la Ley No. 873, del 31 de julio del 1978 (Ley Orgánica de lasFF.AA), donde se establece que los Reglamentos Militares, determinarán las bases sobre lascuales deben desarrollarse las actividades de Organización, Planes, Entrenamientos, yOperaciones, de las Fuerzas Armadas, para cuyos fines continúa disponiendo el precitadotexto legal, la conveniencia de agrupar todas las disposiciones generales y de detalles decarácter permanente en publicaciones impresas, que por su sólo título, indique la actividad delos cargos, sin que exista el peligro de duplicación o interferencia de reglamentos.

En la presente revisión normativa, que significa que el Manual de Organización yFunciones del Ministerio de las Fuerzas Armadas y sus Dependencias constituye unarecopilación de normas y principios consuetudinarios, que no son reglas restrictivas, porcuanto requieren de juicio en su aplicación y demanda de adecuación con relativaperiodicidad, de conformidad con los cambios que se fundamentan en la experiencia, laevolución, estudio y el progreso de la ciencia y tecnología, así como los cambios políticos en lavida nacional e internacional en función del desarrollo de las Fuerzas Armadas.

2.3 Objetivo General:

Gerenciar con eficiencia los recursos disponibles para defender y garantizar la independencia,la soberanía e integridad territorial de la República Dominicana, para mantener el ordenpúblico, sostener la Constitución y las Leyes; manteniendo unas Fuerzas Armadas con el másalto nivel de listeza operacional capaces de enfrentar y defender a la nación de cualquieramenaza o peligro que atente a la seguridad nacional, promoviendo un clima de paz yseguridad que permita un desarrollo sostenido en lo social, económico y político de la nacióndominicana.

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III. ORGANIZACIÓN

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III. ORGANIZACIÓN

3.1 Niveles Jerárquicos

a) Nivel Normativo y Ejecutivo Máximo

Ministro de las FF.AA

b) Nivel Consultivo Máximo

Estado Mayor General de las FF.AA

c) Nivel Operativo

Estado Mayor Conjunto y EspecialDirecciones Generales y/o Ejecutivas

3.2 Estructura Organizativa

La siguiente relación de unidades, integra la estructura organizativa del Ministerio delas Fuerzas Armadas.

MINISTRO DE LAS FUERZAS ARMADAS ESTADO MAYOR GENERAL DE LAS FF.AA (EMGFFAA) COMANDANTE DE LAS OPERACIONES CONJUNTAS VICEMINISTROS DE LAS FF.AA INSPECTOR GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS JEFES DE ESTADO MAYOR DE LOS INSTITUTOS CASTRENSES DIRECCIÓN DE PERSONAL (J-1) DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA (J-2) DIRECCIÓN DE PLANES Y OPERACIONES (J-3) DIRECCIÓN DE LOGÍSTICA (J-4) DIRECCIÓN DE ASUNTOS CIVILES (J-5) DIRECCIÓN DE COMUNICACIONES Y ELECTRÓNICA (J-6) CENTRO DE OPERACIONES CONJUNTAS (COC) PROCURADURÍA GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS CONSULTORÍA JURIDICO DE LAS FFAA CONTRALORÍA GENERAL DE LAS FFAA DIRECCIÓN FINANCIERA AUDITORÍA GENERAL OBISPADO CASTRENSE DIRECCIÓN DE BANDAS DE MÚSICA DE LAS FUERZAS ARMADAS DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA, MIFFAA DIRECCIÓN DE INGENIERÍA COMISIÓN PERMANENTE PARA LA REFORMA Y MODERNIZACIÓN DE LAS FFAA. DIRECCIÓN GENERAL DE ORGANIZACIÓN Y DOCTRINA SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA, MIFFAA DIRECCIÓN DE LAS RESERVAS DE LAS FUERZAS ARMADAS DIRECCIÓN DE ASUNTOS HAITIANOS DIRECCIÓN DE ASUNTOS INTERNOS DIRECCIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS MIFFAA. REPRESENTANTE DE LA REPÚBLICA DOMINICANA ANTE LA CFAC

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INSTITUTO SUPERIOR PARA LA DEFENSA (INSUDE) DIRECCIÓN GENERAL DE LAS ESCUELAS VOCACIONALES DE LAS FUERZAS ARMADAS DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO MILITAR VOLUNTARIO PROGRAMA DE EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN PROFESIONAL DE LAS FF.AA DIRECCIÓN GENERAL DE HISTORIA MILITAR DE LAS FF.AA INSTITUTO CARTOGRÁFICO MILITAR DIRECCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS TECNOLÓGICOS CÍRCULO DEPORTIVO DE LAS FF.AA. Y LA POLICÍA NACIONAL INTENDENCIA DE MATERIAL BÉLICO DE LAS FFAA SECCIÓN DE ARMAS Y EXPLOSIVOS, MIFFAA CÍRCULO RECREATIVO PARA OFICIALES DE LAS FF.AA DIRECCIÓN DE CEREMONIAL, PROTOCOLO MILITAR Y EXTRANJERÍA DIRECCIÓN DE LA RADIO EMISORA CULTURAL “LA VOZ DE LAS FF.AA” DIRECCIÓN DE LA REVISTA DE LAS FUERZAS ARMADAS DIRECCIÓN DE COMUNIDADES FRONTERIZAS CUERPO ESPECIALIZADO DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA (CESA) CUERPO ESPECIALIZADO DE SEGURIDAD PORTUARIA (CESEP) CUERPO ESPECIALIZADO DE SEGURIDAD FRONTERIZA (CESFRONT) CUERPO ESPECIALIZADO DE SEGURIDAD PARA EL METRO DE STO. DGO. (CESMET) COMANDO CONJUNTO METROPOLITANO COMANDO CONJUNTO NORTE COMANDO CONJUNTO ESTE COMANDO CONJUNTO SUR COMANDANCIA DEL RECINTO MILITAR “GENERAL MATÍAS RAMÓN MELLA” REGIMIENTO GUARDIA DE HONOR, MIFFAA UNIDAD COMANDO ESPECIAL CONTRATERRORISMO, MIFFAA FUERZA DE TAREA CONJUNTA INTERAGENCIAL (DEPROSER) FUERZA DE TAREA CONJUNTA CIUDAD TRANQUILA (CIUTRAN) DIRECCIÓN GENERAL DE CUERPO MÉDICO Y SANIDAD MILITAR DE LAS FF. AA SERVICIOS ODONTOLÓGICOS DE LAS FFAA HOSPITAL CENTRAL DE LAS FUERZAS ARMADAS DIRECCIÓN DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS FF. AA JUNTA DE RETIRO DE LAS FFAA ADMINISTRADORA DE RIESGOS DE SALUD. (ARS-FFAA) PLAN SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS ASOCIACIÓN DE ESPOSAS DE OFICIALES DE LAS FF.AA (ADEOFA) DIRECCIÓN GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS DE ALBERGUE Y RESIDENCIA PARA

LA REEDUCACIÓN CIUDADANA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES (DIGFARCIN)

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3.3 Organigrama

(Ver anexo A)

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IV. FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANIZATIVAS

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4.1 ORGANISMOS DE DIRECCIÓN

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4.1 Organismos de Dirección

MINISTRO DE LAS FUERZAS ARMADAS

I. Naturaleza de la Unidad: Organismo de Dirección

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución.

IV. OBJETIVO GENERAL

Dirigir las Fuerzas Armadas, en base al cumplimiento de los objetivos de la política de defensanacional, asegurando su máxima eficacia, en concordancia con los recursos logísticos ypresupuestarios, observando los principios de interoperatividad, eficiencia y accionarconjunto.

V. FUNCIONES DEL MINISTRO DE LAS FF. AA.

El Ministro de las Fuerzas Armadas es la máxima autoridad militar en servicio activo entodas las cuestiones de mando, organización, instrucción y administración de las FuerzasArmadas de la República Dominicana, y es el principal asesor y responde directamente alos lineamientos del Excelentísimo Sr. Presidente Constitucional de la República, en sucondición de Autoridad Suprema de las Fuerzas Armadas, de acuerdo con la Constituciónde la República.

Funge como Presidente del Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas y tendrábajo su mando las dependencias adscritas al Ministerio de las Fuerzas Armadas, losViceministros de las Fuerzas Armadas del Ejército Nacional, Marina de Guerra y FuerzaAérea Dominicana, el Inspector General de las Fuerzas Armadas, los Jefes de EstadoMayor del Ejército Nacional, Marina de Guerra y Fuerza Aérea Dominicana, y las distintasdirecciones, administraciones, institutos, comandos y demás dependencias.

Garantiza el cumplimiento de la misión constitucional de defender la independencia ysoberanía de la nación, la integridad de sus espacios geográficos, la Constitución y lasinstituciones de la República.

Gestiona los recursos necesarios para viabilizar la ejecución de proyectos y programasdirigidos a garantizar los niveles operacionales requeridos para el cumplimiento de lamisión.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Velará por la protección del libre tráfico, industrias y comercios legales, combatir lapiratería, el narcotráfico, el terrorismo, cuando lo disponga el Señor Presidente por elmantenimiento del orden público, y las demás amenazas en contra de la SeguridadNacional.

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2. Representa a las Fuerzas Armadas ante el Consejo de Gobierno.

3. Representa a las Fuerzas Armadas ante el Consejo de Seguridad Nacional.

4. Representa a las Fuerzas Armadas ante la Comisión de Medio Ambiente y RecursosNaturales.

5. Diseña la Estrategia Militar Nacional, derivándola de la Estrategia de SeguridadNacional para garantizar la Defensa Nacional, tomando en cuenta las amenazaspresentes y futuras que puedan identificarse.

6. Es responsable de la Administración del Poder Militar en todos los órdenes, así comodefinir la estructura de las Fuerzas Armadas, su organización y su equipamiento,teniendo en cuenta que sus actuaciones deben estar orientadas al apoyo de laEstrategia Nacional de Desarrollo y la Estrategia Militar Nacional.

7. Como Presidente del Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas y máximaautoridad de la estructura de Mando Conjunto, es responsable de identificar y definirestrategias para uso y empleo de las Fuerzas Terrestres, Marítimas y Aéreas, demanera Conjunta y/o Combinada.

8. Debe velar porque las Instituciones y Dependencias bajo su mando se mantengan enel más alto nivel de listeza operacional, para lo cual dispone la elaboración y elcumplimiento de los programas de entrenamiento, planes de contingencia y deemergencia, que sean necesarios para un adecuado empleo de las fuerzas en elcumplimiento de las misiones y tareas asignadas a las Fuerzas Armadas por medio delas Leyes, Convenios Internacionales y/o por mandato presidencial.

9. Dispone de las medidas de vigilancia que considere necesarias en todo el espacioterrestre, aéreo y marítimo correspondiente a la República Dominicana, haciendoespecial énfasis en las áreas que sean consideradas estratégicas para garantizar laintegridad territorial.

10. Dispone la construcción de fortificaciones, cuarteles, recintos militares y otrainfraestructura necesaria, basado en los planes de organización y en la estructura delas fuerzas.

11. Tiene el mando operacional de las Fuerzas Armadas y designa a los OficialesGenerales que considere como Comandantes de las Operaciones Conjuntas yCombinadas, que se realizan, tanto en tiempos de paz, como en tiempos de guerra.

12. Dicta, de conformidad con la estrategia militar nacional, por intermedio de la DirecciónGeneral de Organización y Doctrina de las Fuerzas Armadas, las normas para laelaboración, formulación y revisión de los Manuales Doctrinarios, y de los ReglamentosOrgánicos y Disciplinarios, necesarios para el buen funcionamiento de las FuerzasArmadas.

13. Ordena la elaboración y tramita al Poder Ejecutivo, todos los planes relacionados conla Defensa Nacional, y los asuntos administrativos que considere de importancia.

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14. Tiene el Comando y Control de todos los Cuerpos Policiales y Organismos Armadosregulares, no adscritos a las Fuerzas Armadas, que tengan como misión garantizar elorden público y la paz ciudadana, cuando lo ordene el Poder Ejecutivo.

15. Formula el Presupuesto de Gastos para cubrir las necesidades de las Fuerzas Armadas,asegurándose que sean aplicados de manera correcta.

16. Recomienda al Poder Ejecutivo las medidas, Decretos, Resoluciones, Anteproyectos deLey y Convenios Internacionales, que considere importantes para el Gobierno en laformulación de sus políticas en el ramo de la Defensa Nacional.

17. Presenta, conoce y recomienda al Presidente Constitucional de la República, losproyectos necesarios para la actualización, modernización y reforma de las FuerzasArmadas, incluyendo Leyes, Reglamentos, Organización y cualquier otro aspectorelacionado con el funcionamiento y las operaciones que se realicen en elcumplimiento de las misiones.

18. Mantiene la supervisión y control sobre las Fuerzas de Reservas de las FuerzasArmadas Dominicanas.

19. Recomienda que sea convocado el Consejo de Seguridad Nacional, en caso de fuerzamayor o estado de emergencia

20. Preside la Comisión de Seguridad Aeroportuaria.

21. Preside el Consejo de Seguridad Portuaria.

22. Preside el Consejo Directivo del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.

23. Vela por el bienestar de todos los miembros de las Fuerzas Armadas, incluyendo laelaboración de programas tendentes a mejorar sus condiciones de salud y bienestarsocial.

24. Dispone de la colección, análisis y diseminación de las informaciones de inteligencia,que sean necesarias para garantizar la Soberanía y la Defensa Nacional.

25. Designa al personal a las diferentes dependencias de este Ministerio, conforme a lasreglamentaciones existentes.

26. Inspecciona las diferentes Instituciones y Dependencias de las Fuerzas Armadasdirectamente o por medio de los Oficiales que designa, con el objetivo de garantizar laconservación y uso adecuado de los medios y equipos asignados, para el cumplimientode sus funciones.

27. Mantiene los órganos de difusión apropiados para informar al personal de las FuerzasArmadas y a la sociedad civil de los asuntos No Clasificados que no comprometan laSeguridad Nacional.

28. Dispone la inspección, fiscalización y control de todo lo relativo al material de guerra,armas de fuego, municiones, sustancias explosivas y demás pertrechos militares,existentes en el país o cuando se requiere su importación.

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29. Dispone la publicación de Circulares, instituyendo las normas de carácter disciplinariopara todos los miembros de las Fuerzas Armadas.

30. Ordena por conducto del Director de Personal (J-1), la transcripción de los Decretosemitidos por el Poder Ejecutivo, que son de competencia de las Fuerzas Armadas.

31. Tramita al Poder Ejecutivo las resoluciones relativas a los ascensos y retiros de losdiferentes miembros de las Fuerzas Armadas, de conformidad con lo establecido en laLey Orgánica.

32. Toma el juramento a los Jueces Titulares de los tribunales de los Consejos de Guerra.

33. Recomienda al Poder Ejecutivo el nombramiento de los Jueces, Fiscales, Secretarios yAbogados de los diferentes tribunales que integran la Jurisdicción Militar.

34. Suspende de sus funciones a los miembros de las Fuerzas Armadas que cometeninfracciones de acuerdo con las Leyes y Reglamentos Militares, que así lo ameriten.

35. Acoge o desestima las recomendaciones hechas por todas las juntas deinvestigaciones ordenadas a los miembros de las Fuerzas Armadas.

36. Convoca las audiencias que celebren el Consejo de Guerra de Primera Instancia Mixto,Corte de Apelación Mixta y Corte de Apelación de las Fuerzas Armadas, a solicitud desus respectivos Jueces Presidentes de los tribunales en mención.

37. Tramita al Poder Ejecutivo las solicitudes formuladas para la operación en el TerritorioNacional de las Empresas de Vigilantes.

38. Expide las licencias a personas morales que se dediquen a la venta de armas.

39. Aprueba los permisos a las personas físicas y jurídicas, para las importaciones dearmas y de sustancias químicas.

40. Reglamenta todo lo relativo al servicio exterior de los Agregados Militares.

41. Refiere al Poder Ejecutivo las memorias de fin de año, conteniendo las principalesactividades realizadas por este Ministerio y las demás Instituciones bajo su mando.

42. Solicita al Poder Ejecutivo la emisión de un Poder, cuantas veces haya quesuscribir algún Convenio, para contratación de bienes y servicios cuyo monto así lorequiera.

43. Dispone el acuartelamiento de todos los miembros de las Fuerzas Armadas cuando lascircunstancias así lo requieran.

44. Aprueba las licencias a los miembros de las Fuerzas Armadas, en ocasión decontraer nupcias, muerte de familiares directos y permisos para viajar al exterior.

45. Tramita al Poder Ejecutivo las normas incluidas en el Reglamento de uso deUniforme, para los miembros de las Fuerzas Armadas.

46. Promulga las Reglas de Enfrentamiento que rigen el uso del Poder Militar en lasdiferentes operaciones que realizan los miembros de las Fuerzas Armadas.

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47. Vela por el cumplimiento de los Convenios Internacionales, sobre DerechosHumanos, Derecho Internacional Sobre los Conflictos Armados; ReglasInternacionales para el manejo de prisioneros, desplazados, refugiados, asilados;Operaciones de Fuerza de Paz, Operaciones de la Cruz Roja y asistencia médica.

VII. ESPECIFICACION DEL PUESTO:

Teniente Gral./Almirante en el área de comando Antigüedad en el servicio militar. Altas condiciones profesionales. Experiencia de mando. Trayectoria en su carrera militar apegada a los principios y valores que rigen a las

Fuerzas Armadas.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Ministro Ayudantía Auxiliar de Relaciones Públicas Asesores Escolta y Seguridad Periodista Coordinador de Protocolo y Eventos Fotógrafo Diseñador Gráfico Recepcionista Mensajero Chofer Conserje

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4.1 Organismos de Dirección

ESTADO MAYOR GENERAL

I. Naturaleza de la Unidad: Decisoria y Asesora

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: N/A

IV. Objetivo General:

Servir de Órgano de decisión en los aspectos estratégicos que le sean sometidos por elMinistro de las Fuerzas Armadas.

V. FUNCIONES DEL ESTADO MAYOR GENERAL

Estudiar los asuntos relacionados con las Fuerzas Armadas en cuanto a su Organización,Composición, Equipamiento, Funcionamiento y Empleo tanto en tiempos de paz, como entiempos de guerra. Está directamente subordinado al Ministro de las Fuerzas Armadas.

Decidir todo lo concerniente a la organización, disposición, movilización y concentraciónde tropas, así como en lo referente a los planes de operaciones, adopción de nuevosarmamentos y todas las medidas orientadas a la preparación de las Fuerzas Armadas.

Esta compuesto por los siguientes miembros: El Ministro de las Fuerzas Armadas, quienlo preside; los Viceministros de las FF.AA por el Ejército Nacional, Marina de Guerra yFuerza Aérea Dominicana; el Inspector General de las Fuerzas Armadas; los Jefes de EstadoMayor del Ejército Nacional, Marina de Guerra y Fuerza Aérea Dominicana. El ConsultorJurídico de las Fuerzas Armadas fungirá como Secretario (Sin Voto).

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Decidir sobre cualquier aspecto que a juicio del Ministro de las Fuerzas Armadas o apropuesta de cualquiera de sus miembros, sea conveniente conocer, discutir oresolver.

2. Aprobar las disposiciones para la movilización y concentración de tropas, así como losdiferentes planes de operaciones, para apoyar de manera efectiva las operacionesrealizadas en el cumplimiento de las misiones asignadas, además de la adquisición denuevos armamentos, equipos y pertrechos militares.

3. Las decisiones de éste, se adoptarán por mayoría de votos, en caso de empate, elMinistro de las Fuerzas Armadas tendrá el voto decisivo.

4. Aprobar las solicitudes de cambio de estructura de las diferentes instituciones quecomponen las Fuerzas Armadas, definiendo los tipos de Organizaciones, susCapacidades, Equipos y la cantidad de personal, con el propósito de definir la Tabla deOrganización y Equipos (TOE).

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5. Se reúne (siempre que sea necesario), por disposición del Ministro de las FuerzasArmadas y pueden invitar cualquier militar y/o persona, para ser oídos o consultadossobre cualquier asunto que interese a los mismos.

6. Aprobar las reglas de Enfrentamiento, que regirán el uso y empleo de las FuerzasMilitares en las diferentes operaciones que éstas realizan.

7. Actuar como Junta de Investigación en aquellos casos especiales que les seansometidos por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

VII. ESPECIFICACION DEL PUESTO:

Ministro, Viceministro, Inspector Gral. de las FF.AA. o Jefe de Estado Mayor deuna de las Fuerzas Institucionales.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

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4.1 Organismos de Dirección

COMANDANTE DE LAS OPERACIONES CONJUNTAS

I. Naturaleza de la Unidad: Operativa

II. Estructura Organizativa: N/A

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General:

Planifica y dirige las operaciones conjuntas de las Fuerzas Armadas logrando la integración delos medios militares de las diferentes fuerzas, gubernamentales y privados, bajo un comandoúnico, otorgándole versatilidad, agilidad, sincronización y profundidad a las fuerzas.

V. FUNCIONES DEL COMANDANTE DE LAS OPERACIONES CONJUNTAS

Coordina la elaboración, actualización e implementación de los planes de OperacionesConjuntas, atendiendo a la misión, objetivo y propósito de las operaciones.

Gestiona los recursos logísticos necesarios para asegurar el éxito de la misión.

Dirige las operaciones conjuntas de las Fuerzas Armadas garantizando la coordinación eintegración de las unidades empeñadas, asegurando la versatilidad y agilidad en elcumplimiento de la misión.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Proporcionar los recursos logísticos necesarios a los comandantes y dependenciasparticipantes en las operaciones.

2. Mantener informado al Ministro de las Fuerzas Armadas del desarrollo de lasoperaciones.

3. Velar porque las Instituciones Militares se encuentren organizadas y equipadas deacuerdo a lo establecido por la Tabla de Organización y Equipos (TOE), aprobada porel Ministro de las Fuerzas Armadas.

4. Velar porque las Instituciones de las Fuerzas Armadas se encuentren en el más altonivel de listeza operacional, para garantizar una respuesta rápida y efectiva antecualquier crisis que amerite una respuesta militar.

5. Supervisar la implementación de los planes de contingencia y de emergencia activadospor orden del Ministro de las Fuerzas Armadas.

6. Conformar un Estado Mayor Conjunto para apoyar la conducción de las Operaciones.

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7. Proporcionar una respuesta inmediata y adecuada ante la situación, siguiendo loslineamientos que emanen del Alto Mando.

8. Coordinar el desarrollo de las operaciones con los comandantes conjuntos involucradosen las operaciones.

9. Elaborar un informe detallado al Ministro de las Fuerzas Armadas con el resultado delas Operaciones.

10. Propiciar una reunión de retroalimentación con los comandantes de las diferentesunidades, directores o encargados de dependencias que participaron en la operación.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Ministro de las Fuerzas Armadas o la persona a quien este designe.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Comandante de las Operaciones Conjuntas Subcomandante de las Operaciones Conjuntas Ayudante Estado Mayor

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4.1 Organismos de Dirección

VICEMINISTROS DE LAS FUERZAS ARMADAS.

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: N/A

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV Objetivo General:

Asesorar al Ministro de las Fuerzas Armadas en todos los aspectos relacionados con la fuerzainstitucional a la cual representan.

V. FUNCIONES DE LOS VICEMINISTROS DE LAS FF.AA.

Representar al Ministro de las Fuerzas Armadas en todos los casos en que seandesignados.

Asesorar al Ministro de las Fuerzas Armadas en todos los asuntos relacionados con susrespectivas instituciones.

Cumplir con todas las misiones ordenadas por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Son los asesores del Ministro de las Fuerzas Armadas en los asuntos relacionados consus respectivas Instituciones Armadas.

2. Cumplen con los deberes asignados al Estado Mayor General, en calidad de miembrosdel mismo; al que pueden presentar las iniciativas y planes que consideran necesariaspara el buen funcionamiento de las Fuerzas Armadas.

3. Representan al Ministro de las Fuerzas Armadas en los asuntos y comisiones que ésteconsidere de lugar.

4. Sirven de enlace entre el Ministerio de las Fuerzas Armadas y sus respectivasinstituciones.

5. Se constituyen en Junta de Investigación, en los casos ordenados por el Ministro delas Fuerzas Armadas.

6. Formulan las recomendaciones que estimen pertinentes, para el mejor funcionamientode las Fuerzas Armadas.

7. Pertenecen en calidad de miembros al Consejo Directivo de la Dirección General de losServicios Tecnológicos de las Fuerzas Armadas.

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8. Pertenecen en calidad de miembros, al Consejo Directivo del Instituto de SeguridadSocial de las Fuerzas Armadas.

VII. ESPECIFICACION DEL PUESTO:

Mayor General/Vicealmirante de Comando Antigüedad en el servicio militar. Altas condiciones profesionales. Experiencia de mando. Trayectoria en su carrera militar apegada a los principios y valores que rigen a las

Fuerzas Armadas.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Viceministros Ayudante Sección de Escribientes Sección de Archivo y Correspondencia Mensajería Chofer

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4.1 Organismos de Dirección

INSPECTORÍA GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS

I. Naturaleza de la Unidad: Asesora

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución.

IV. Objetivo General:

Velar para que se cumplan todos los procedimientos operativos, administrativos, financieros ydisciplinarios de las Fuerzas Armadas de la República Dominicana como lo establece la LeyOrgánica, los reglamentos militares y las disposiciones emanadas del Ministro de las FuerzasArmadas, para lograr una alta eficiencia de la fuerza en las misiones encomendadas.

V. FUNCIONES DEL INSPECTOR GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS

En virtud de lo establecido en la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, la InspectoríaGeneral de las Fuerzas Armadas estará a cargo de un Mayor General o un Vicealmirante,seleccionado de una de las Instituciones Militares, quien formará parte del Estado MayorGeneral de las FF.AA.

El Inspector General dependerá directamente del Ministro de las Fuerzas Armadas

La Inspectoría General de las Fuerzas Armadas estará integrada además por un oficialsuperior como ayudante, un oficial superior como asistente de investigaciones, un asesorlegal y un oficial encargado de la oficina, como también del personal necesario conforme alas necesidades del servicio.

Coordina de manera permanente las políticas de acción, emanadas del Ministro de lasFuerzas Armadas, con los Inspectores Generales del Ejército Nacional, la Marina de Guerray la Fuerza Aérea Dominicana.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDAD

1. Supervisar el cumplimiento por parte del personal de todas las Instituciones Militares yde las dependencias del Ministerio de las Fuerzas Armadas, de las órdenes impartidaspor el Ministerio, de las Leyes, Reglamentos, Circulares y Órdenes Generales vigentes.

2. Mantener informado al Ministro de las Fuerzas Armadas, sobre los niveles deentrenamiento, condiciones de los recintos militares, condiciones de los equipos dearmas, transporte y pertrechos militares, asignados a las instituciones armadas yDependencias de este Ministerio.

3. Velar por todos los asuntos que afectan la moral y disciplina, así como la conducta y laintegridad del personal de las Fuerzas Armadas y sus dependencias.

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4. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas, en los asuntosrelacionados con el buen aspecto y apariencia, la salubridad, la alimentación,abastecimiento de agua, deportes y áreas fijadas para la instrucción.

5. Velar por el cumplimiento de la rutina, de los programas de entrenamiento einstrucción, establecidos por este Ministerio.

6. Disponer las Inspecciones Generales y Extraordinarias que considere necesarias, a finde garantizar el buen estado de los recintos militares, equipos de armas yadministrativos bajo control de las Fuerzas Armadas.

7. Designar a los Oficiales Generales que realizarán el recorrido fronterizo a fin deinspeccionar y supervisar el buen estado del personal, los recintos militares y equiposde armas bajo control de las Fuerzas Armadas.

8. Velar porque las sanciones impuestas al personal de Oficiales, Alistados y Asimiladosde las Fuerzas Armadas, que se correspondan con los lineamientos establecidos en losReglamentos vigentes.

9. Tramitar por ante el Ministro de las Fuerzas Armadas y el Estado Mayor General de lasFuerzas Armadas, a solicitud de parte interesada, las revisiones a los procedimientosde cancelación de los miembros de las Fuerzas Armadas, en los que a juicio de losmismos se haya violado la Ley Orgánica.

10. Mantener comunicación con los Fiscales de los Consejos de Guerra, así como con losConsultores Jurídicos del Ministerio de las Fuerzas Armadas y las demás InstitucionesArmadas.

11. Verificar el cumplimiento de las Sanciones Disciplinarias, impuestas por sentencias deConsejo de Guerra, por recomendación de Juntas de Investigación o por el Ministro delas Fuerzas Armadas.

12. Inspeccionar las condiciones de las cárceles para Militares y civiles ubicadas en losdiferentes recintos militares y dependencias de las Fuerzas Armadas.

13. Proponer al Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas las modificaciones queentienda de lugar a las Leyes y Reglamentos vigentes en todas las instituciones ydependencias de las Fuerzas Armadas con el fin de mantenerlas debidamenteactualizadas.

14. Verificar que sean conocidas por todos los miembros de las Fuerzas Armadas, lasReglas de Enfrentamiento, que rigen el empleo de la Fuerza Militar, en las operacionesque son ordenadas por el Alto Mando Militar.

15. Velar porque los miembros de las Instituciones de las Fuerzas Armadas, conozcan ycumplan los Convenios Internacionales sobre los Derechos Humanos, DerechoInternacional Sobre los Conflictos Armados (Reglas Internacionales para el Manejo dePrisioneros, Desplazados, Refugiados, Asilados, Operaciones de Fuerza de Paz,Operaciones de la Cruz Roja y Asistencia Médica).

16. Presidir el Consejo Directivo de la Dirección General de los Servicios Tecnológicos delas Fuerzas Armadas.

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17. Pertenecer al Consejo Directivo del Instituto de Seguridad Social de las FuerzasArmadas.

VII. ESPECIFICACION DEL PUESTO:

Mayor General o Vicealmirante de Comando. Antigüedad en el servicio militar. Altas condiciones profesionales. Experiencia de mando. Trayectoria en su carrera militar apegada a los principios y valores que rigen a las

Fuerzas Armadas.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Inspector General Ayudante Sección de escribientes Sección de archivo y correspondencia Mensajería Chofer.

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4.1 Organismos de Dirección

JEFES DE ESTADO MAYOR DE LAS INSTITUCIONES CASTRENSES.

I. Naturaleza de la Unidad: Sustantiva

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General:

Conducir las instituciones militares conforme a los lineamientos estratégicos dictados por elMinistro de las FF.AA. para el cumplimiento de la misión establecida en la Constitución y lasleyes.

V. FUNCIONES DE LOS JEFES DE ESTADO MAYOR DE LAS INSTITUCIONESCASTRENSES.

Las Fuerzas Armadas Dominicanas tienen un Jefe de Estado Mayor por cada CuerpoArmado que compone las mismas. Una Jefatura de Estado Mayor para el Ejército Nacional,la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea Dominicana.

Los Jefes de Estado Mayor del Ejército Nacional, Marina de Guerra y Fuerza AéreaDominicana, tienen el mando inmediato de cada una de sus respectivas Fuerzas y sonresponsables de la preparación integral de las mismas, de acuerdo con la Ley Orgánica delas Fuerzas Armadas.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Son directamente subordinados al Ministro de las Fuerzas Armadas.

2. Son los responsables del cumplimiento de las misiones asignadas a sus respectivasInstituciones, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas,demás Leyes vigentes y en las disposiciones emanadas del Poder Ejecutivo, a travésdel Ministerio de las Fuerzas Armadas, así como de los Convenios firmados yratificados por el Estado Dominicano.

3. Disponen la Organización, Entrenamiento y Equipamiento de sus respectivasInstituciones, para el cumplimiento de las misiones asignadas, de manera que puedanenfrentar cualquier amenaza en contra de la Seguridad Nacional en forma rápida ysostenible con un elevado nivel de listeza operacional.

4. Cumplen con los mandatos que aplican a sus respectivas Instituciones contenidos enla Estrategia de Seguridad Nacional y en la Estrategia Militar Nacional.

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5. Recomiendan al Ministro de las Fuerzas Armadas las doctrinas de aplicación militar enlo que concierne al empleo de sus respectivas Fuerzas, proponiendo modificaciones onuevas doctrinas, cuando éstas sean necesarias.

6. Asesoran al Ministro de las Fuerzas Armadas en todo lo relativo a cada una de susrespectivas Instituciones Armadas.

7. Desarrollan los principios doctrinarios sobre los cuales opera cada una de susrespectivas Fuerzas, tomando en consideración que los mismos se corresponden conlas normas de la Doctrina Conjunta, a fin de permitir la interoperabilidad de lasFuerzas, cuando realizan Operaciones Conjuntas y/o Combinadas.

8. Planifican, preparan y someten al Ministerio de las Fuerzas Armadas en la fechaestablecida, el Presupuesto de Gastos, para cubrir las necesidades de cada una de susrespectivas instituciones, de acuerdo al Plan Operativo Anual.

9. Informan al Ministro de las Fuerzas Armadas, sobre todos los asuntos que afectan asus respectivas Instituciones Armadas, así como de su estado de listeza operacional.

10. Emiten, transmiten y publican mediante Órdenes Generales, Órdenes Especiales,Circulares, Boletines Informativos, Oficios y/o Mensajes en sus respectivasInstituciones Armadas, todas las Informaciones, Operaciones, Planes y Proyectos NoClasificados, relacionados con el buen funcionamiento de las mismas.

11. Cumplen con la Organización y Fuerza Autorizada, dispuestas mediante la Tabla deOrganización y Equipos (TOE), aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

12. Realizan de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica, las designaciones,ascensos, traslados, becas, licencias, retiros, cancelaciones, bajas o suspensión defunciones, que sean necesarias, para el buen funcionamiento de sus respectivosCuerpos Armados.

13. Recomiendan al Poder Ejecutivo, a través del Ministro de las Fuerzas Armadas, lacontratación de los servicios profesionales de personal civil o de misiones militaresextranjeras, para desempeñarse como asesores, profesores o técnicos; los cuales nopueden ejercer mando, ni obtener grado, ni ser figurados en los cuadros orgánicos, niescalafones.

14. Notifican al Ministro de las Fuerzas Armadas, de las amenazas presentes y futuras a laSeguridad Nacional, que son identificadas; así como las capacidades y mediosrequeridos para enfrentarlas.

15. Recomiendan las modificaciones a las Leyes, Reglamentos, Decretos, así como laadopción de convenios que consideran beneficiosos a los intereses de la Patria y desus respectivas Instituciones.

16. Ordenan, previa autorización del Ministro de las Fuerzas Armadas, las operacionesmilitares, que consideran necesarias, para lograr un cumplimiento efectivo de susrespectivas misiones, de conformidad con la política de Empleo de la Fuerza.

17. Disponen del personal requerido para integrar las Fuerzas de Tarea Conjuntas y/oCombinadas, para las Operaciones Militares, ordenadas por el Ministerio de las FuerzasArmadas.

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18. Velan porque todos los miembros de sus Instituciones, cuando están involucrados enoperaciones militares, ya sea con miembros de su misma Fuerza u OperacionesConjuntas y/o Combinadas, estén familiarizados con las Reglas de Enfrentamiento,para garantizar el uso apropiado de la política de empleo y uso de la Fuerza.

19. Velan que todos los miembros de sus instituciones, conozcan y cumplan los ConveniosInternacionales sobre los Derechos Humanos, Derecho Internacional Sobre losConflictos Armados (Reglas Internacionales para el Manejo de Prisioneros,Desplazados, Refugiados, Asilados, Operaciones de Fuerza de Paz, Operaciones de laCruz Roja y Asistencia Médica).

20. Recomiendan al Poder Ejecutivo, a través del Ministro de las Fuerzas Armadas, lasCondecoraciones Nacionales a los miembros de las instituciones de las FuerzasArmadas Dominicanas así como también las Condecoraciones Nacionales a losmilitares extranjeros que hayan cumplido misiones diplomáticas sin novedad en elpaís.

21. Ejercen el poder disciplinario a través del Reglamento Militar Disciplinario a losmiembros de las instituciones de las Fuerzas Armadas, conforme a la Ley Orgánica delas FF.AA.

22. Pertenecen al Consejo Directivo del Instituto de Seguridad Social de las FuerzasArmadas.

VII. ESPECIFICACION DEL PUESTO:

Mayor General o Vicealmirante de Comando. Antigüedad en el servicio militar. Altas condiciones profesionales. Experiencia de mando. Trayectoria en su carrera militar apegada a los principios y valores que rigen a las

Fuerzas Armadas.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Jefe de Estado Mayor Ayudantía Oficiales Auxiliares Administrativos Asesores Sección de Escribientes Sección de Correspondencia Mensajería Sección de Archivo Escolta y Seguridad

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Unidades Sustantivas u Operativas

4.2 Organismos Asesores

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4.2 Organismos Asesores

ESTADO MAYOR CONJUNTO

I. Naturaleza de la Unidad: Asesora

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General:

Asistir y asesorar al Ministro de las Fuerzas Armadas, en el cumplimiento de lasresponsabilidades que tiene asignadas, mediante el desarrollo de políticas, preparación,coordinación y desarrollo de planes, así como en el seguimiento y supervisión de todas lasmisiones asignadas.

V. FUNCIONES DEL ESTADO MAYOR CONJUNTO

Transmitir a las dependencias y los mandos subordinados todas las órdenes, Planes,Políticas y Decisiones emanadas del Mando Superior, coordinadas a través de los canalescorrespondientes, de manera que lleguen a sus destinatarios, de forma clara y oportuna,para lograr su adecuado cumplimiento.

Mantener informado al Comandante mediante la presentación de planes, anticipando lasnecesidades futuras para el desarrollo de las operaciones.

Traducir la intención del Comandante en planes y proyectos, interpretando sus políticasde manera eficaz y asegurando la unidad de esfuerzo.

Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando en losaspectos de sus respectivas áreas de responsabilidad.

El Estado Mayor Conjunto, por su naturaleza, en todos sus Planeamientos y Operacionesen el estimado del Comandante y el concepto de la Operación, deben estar basados en laInteroperabilidad de las Fuerzas y en la Doctrina Conjunta.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Dirigen las Órdenes y Directivas firmadas por el Ministro de las Fuerzas Armadasdirectamente a las unidades subordinadas según la línea de comando.

2. Están autorizados para comunicarse directamente con los oficiales del Estado Mayorde las diferentes Instituciones Armadas, para acelerar la ejecución de órdenes,directivas y promover el trabajo en equipo entre las Instituciones. Cada oficial delEstado Mayor deberá coordinar sus acciones con los demás miembros del EstadoMayor.

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3. Deberán realizar los Estudios de Estado Mayor que sean necesarios, de acuerdo alsiguiente formato: Identificación del problema; Definir las asunciones y factores queguían el problema colectando la información necesaria; Promover las discusiones paradescubrir, analizar y comparar las posibles soluciones; Sacar las conclusiones yrecomendaciones para seleccionar la mejor solución al problema.

4. Recomendarán, prepararán, actualizarán y ejercitarán los Planes de Operaciones,Órdenes de Operaciones, Planes de Contingencia y Directivas, que sean necesariospara garantizar el cumplimiento de las misiones de las Fuerzas Armadas.

5. Procesarán, analizarán y diseminarán la información disponible a los interesados.

6. Prepararán informes, realizarán investigaciones e inspecciones, planificarán ycoordinarán adiestramientos.

7. Identificarán y analizarán problemas, debiendo recomendar las posibles soluciones.

VII. ESPECIFICACION DEL PUESTO:

Rango de Oficial General o Coronel/Cap. de Navío. Diplomado de Estado Mayor. Preferiblemente graduado de Maestría en Seguridad y Defensa o áreas afines. Haber desempeñado funciones en el Estado Mayor Coordinador de su respectiva

institución.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Encargado de Departamento Encargados de Secciones

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4.2 Organismos Asesores

DIRECCIÓN DE PERSONAL DEL ESTADO MAYOR CONJUNTO (J-1), MIFFAA

I. Naturaleza de la Unidad: Operativa

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General:

Administrar eficientemente los recursos humanos de las Fuerzas Armadas, a través del diseñoy planificación de programas y proyectos encaminados al bienestar y adecuado desempeño decada miembro en la institución.

V. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE PERSONAL (J-1)

Interpretar, Diseñar, Planificar y ejecutar las Políticas de Personal en cumplimiento a lasórdenes, Planes y Decisiones emanadas del mando de las Fuerzas Armadas debiendoprocurar que las mismas mantengan el número de hombres asignados por la fuerzaautorizada descrita en la tabla de organización y equipo (TOE), aprobada por el Presidentede la República, Autoridad Suprema de las Fuerzas Armadas.

Desarrollar un programa de organización con la finalidad de obtener una eficienteadministración del personal militar y civil perteneciente a las Fuerzas Armadas y así lograrque los mismos sean asignados a dependencias en las cuales puedan poner en práctica susexperiencias y especialidades.

Coordinar con los encargados de personal y de seguridad de las diferentes dependenciasde las Fuerzas Armadas y de la Administración Pública, para mantener el número dehombres necesarios y así mejorar las condiciones de servicios de sus miembros.

Esta Dirección de Personal (J-1) es una dependencia directa del Ministro de las FuerzasArmadas, con el objetivo de coordinar, regularizar y facilitar todas las actividades(administrativas y operacionales) que desarrolle este Ministerio, con las diferentesinstituciones armadas y dependencias de la misma, así como con otras instituciones decarácter público o privado.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Asesorar al Ministro de las Fuerzas Armadas en todo lo relativo a los asuntos demanejo y administración del personal militar y civil perteneciente a las FuerzasArmadas.

2. Es responsable del desarrollo de las políticas de personal de las Fuerzas Armadas.

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3. Velar, identificar y documentar los requerimientos de personal de las distintasdependencias e instituciones de las Fuerzas Armadas, debiendo procurar que lasmismas mantengan el número de hombres asignados por la Fuerza Autorizadadescrita en la tabla de organización y equipo (TOE) aprobada por el Presidente de laRepública.

4. Definir los aspectos relacionados con el personal y apoyo necesario, para el personalasignado a cualquier operación, basado en el estimado del Comandante, mediante lapreparación de la apreciación de personal.

5. Mantendrá los records de los cursos, entrenamientos, ascensos, traslados,condecoraciones, sanciones y demás informaciones relacionadas con la evaluación y eldesempeño del personal de las Fuerzas Armadas.

6. Tramitar todas las solicitudes de permisos, licencias o vacaciones del personal militarpreviamente verificadas, para disfrutarlos en el país o en el extranjero.

7. Trabajar en Coordinación con los demás miembros del Estado Mayor Conjunto delMinisterio de las Fuerzas Armadas, y poner a su disposición el personal requerido, parala realización de las operaciones y/o activación de los diferentes planes de operacionesque sea necesario ejecutar en el cumplimiento de nuestras misiones.

8. En caso de conflicto será responsable del buen manejo de los prisioneros de guerraapegado a lo estipulado en la ley del Derecho Internacional Humanitario y las normasde los Derechos Humanos.

9. Publicar todas las órdenes generales y circulares del Ministerio de las FuerzasArmadas, debiendo enviar las mismas a las diferentes instituciones armadas ydependencias para los fines correspondientes.

10. Recibir, tramitar y despachar, las correspondencias que son enviadas al Ministro de lasFuerzas Armadas, por cada Jefatura de Estado Mayor, dependencias y departamentosde este Ministerio, en lo concerniente a personal.

11. Velar por la actualización de los récords de los miembros de las Fuerzas Armadas, queprestan servicio en empresas gubernamentales y no gubernamentales, y dependenciasde este Ministerio.

12. Mantener actualizados los libros récord de los Oficiales activos de las FuerzasArmadas, así como las tarjetas-récords de los Asimilados Militares de las dependenciasde este Ministerio.

13. Tramitar las solicitudes de traslados, ascensos, pensiones, transferencias deinstituciones que sean solicitadas por los Jefes de Estado Mayor de cada una de lasInstituciones Castrenses, por los Directores Generales y Comandantes de cada una delas dependencias del Ministerio de las Fuerzas Armadas.

14. Desarrollar las políticas de traslado del personal de las Fuerzas Armadas, de maneraque los miembros de las distintas instituciones sean asignados a dependencias en lascuales puedan poner en práctica sus experiencias y especialidades.

15. Diseñar las políticas necesarias, para garantizar que al personal de las InstitucionesMilitares, les sean brindadas las atenciones y facilidades de alojamiento,

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entretenimiento y esparcimiento necesarias en su estación de servicio, y desarrollarprogramas de apoyo para mejorar la calidad de vida de los miembros de las FuerzasArmadas y sus dependencias

16. Elaborar la apreciación de personal, para apoyar y satisfacer los requerimientos quedemanden los Planes Estratégicos y Operacionales, contemplados para enfrentar lasdiferentes amenazas, situaciones, emergencias y otras.

17. Planear y coordinar la política a aplicar al personal que ha sido determinado comoincapacitado para servicio.

18. Establecer y dar seguimiento a programas de condecoraciones y premios.

19. Recomendar programas tendentes a levantar la moral y espíritu de cuerpo entre losmiembros del MIFFAA

20. Mantener una constante auditoría y revisión del cumplimiento a los movimientos detraslado del personal.

21. Mantener una estrecha coordinación y comunicación con los encargados de personal yseguridad de las diferentes dependencias de las Fuerzas Armadas, así como de lascondiciones del servicio de los miembros de las FF.AA. que se encuentran en otrasdependencias, como también de la administración pública.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Rango de Oficial General o Coronel/Cap. de Navío. Diplomado de Estado Mayor. Preferiblemente graduado de Maestría en Seguridad y Defensa o áreas afines. Haber desempeñado funciones en el Estado Mayor Coordinador de su respectiva

institución.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Encargados de Departamentos Encargados de Secciones

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4.2 Organismos Asesores

DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA DEL ESTADO MAYOR CONJUNTO (J-2), MIFFAA

I. Naturaleza de la Unidad: Operativa

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General:

Facilitar el cumplimiento de las misiones asignadas a las Fuerzas Armadas, mediante lacolección de las informaciones, las cuales, una vez analizadas, puedan ser diseminadas comoInteligencia que permita la toma de decisiones relacionadas con la seguridad del Estado.

V. FUNCIONES DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA (J-2)

Colectar, analizar, y diseminar las informaciones de inteligencia que sean necesarias paragarantizar la Defensa y Seguridad del Estado Dominicano, y facilitar el cumplimiento de lasdiferentes Misiones asignadas a las Fuerzas Armadas.

Esta Dirección de Inteligencia (J-2) es una dependencia directa del Ministro de lasFuerzas Armadas, con el objetivo de facilitar de manera precisa, objetiva y oportuna toda lainformación de inteligencia, para satisfacer los requerimientos de las diferentes actividadesque desarrolle este Ministerio, así como a las diferentes Instituciones Armadas ydependencias de la misma.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Asesorar al Ministro de las Fuerzas Armadas, en todos los asuntos relacionados con laInteligencia.

2. Clasificar las informaciones de inteligencia en Estratégica, Operacional y Táctica.

3. Elaborar semanalmente un análisis de inteligencia con su apreciación de la situación,para ser puesto a disposición del Ministro de las Fuerzas Armadas. Sin embargo, esteanálisis podrá ser evaluado en cualquier otro momento, si fuese necesario.

4. Trabajar en coordinación con los demás miembros del Estado Mayor Conjunto delMinisterio de las Fuerzas Armadas, y poner a su disposición todas las informaciones deinteligencia que sirvan de base para la realización de las operaciones y/o activación delos diferentes planes de operaciones que sea necesario ejecutar en el cumplimiento denuestras misiones.

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5. Velar porque el Diario de Inteligencia concentre todas las informaciones que sereciban de las demás agencias de Inteligencia de las Fuerzas Armadas y Organismosde Seguridad del Estado, así como de cualquier otra fuente.

6. Promover el intercambio de informaciones de inteligencia, manteniendo un canal decomunicación abierto, a través del personal que se desempeña como enlace con otrasAgencias de inteligencia, organismos de lucha contra la delincuencia y con cualquierotra entidad.

7. Requerir el apoyo de las demás agencias de inteligencia de las Fuerzas Armadas (G-2,M-2 y A-2), para cumplir con las misiones que sean ordenadas por la Superioridad.

8. Coordinar y supervisar los servicios de seguridad que prestan los miembros de lasFuerzas Armadas, a través de la Dirección de Inteligencia (J-2).

9. Disponer que sean diseminadas las informaciones de inteligencia necesarias a loscomandantes operacionales correspondientes, que les puedan servir como base, paraenfrentar las actividades ilegales que se cometan en sus áreas de responsabilidad.

10. Disponer medidas especiales para la colección de informaciones de inteligencia encasos y fechas especiales, así como cuando el país vaya a ser visitado por dignatariosy personalidades de otras Naciones.

11. Alertar al Ministro de las Fuerzas Armadas de las amenazas potenciales que seandetectadas con tiempo suficiente, para poder repelerlas.

12. Disponer la distribución de su personal, de manera que pueda mantener la captaciónde informantes y fuentes de inteligencia que sean necesarias, para colectar lasinformaciones de inteligencia que considere de interés para la Defensa y Seguridad delEstado y la Soberanía Nacional.

13. Mantener estrecha coordinación con los Agregados Militares de las Fuerzas Armadasacreditados en Naciones extranjeras, con el propósito de recibir las informaciones deinterés, para los análisis de inteligencia estratégica que sean elaborados.

14. Servir de enlace con las Agregadurías Militares y Agencias de Inteligencia de Nacionesamigas, a través de las cuales podrá realizar intercambio de informaciones, paraplanificar operaciones combinadas, en contra de las amenazas comunes que sonidentificadas.

15. Servir de organismo rector de los destacamentos operativos de inteligencia fronteriza(DOIF), a través de los cuales mantendrá un sistema de colección y análisis deinteligencia, haciendo énfasis en Actividades de Narcotráfico, tráfico ilegal depersonas, armas y contrabando de mercancías.

16. Mantener un archivo de fichas (pasivas y activas) de las personas investigadas en estaDirección, así como una sinopsis de los casos relacionados con actividades ilegales quehayan sido investigados por la misma.

17. Disponer las medidas de lugar para la colección de informaciones de contrainteligenciaen todos los órdenes y actividades que se relacionen con las misiones de Defensa ySeguridad Nacional.

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18. Coordinar y supervisar todas las operaciones y actividades relacionadas con elterrorismo y crímenes internacionales, a través de la división de antiterrorismo.

19. Velar porque las operaciones de inteligencia que realicen las Fuerzas Armadas esténguiadas por los principios doctrinarios vigentes.

20. Disponer la colección de informaciones sobre blancos estratégicos a ser atacados enterritorio enemigo en caso de guerra o conflicto, debiendo de asegurarse que losmismos cumplan con las clasificaciones establecidas en la ley internacional sobreconflictos armados, para apoyar las acciones de los comandantes de las operaciones,identificando y determinando los objetivos a ser neutralizados.

21. Coordinar con el Director del Cuerpo Especializado de Seguridad Aeroportuaria (CESA),el Director del Cuerpo de Seguridad Portuaria (CESEP), Director de Planes yOperaciones (J-3), el Intendente General de Material Bélico y Encargado de laDirección de Armas y Explosivos del Ministerio de las Fuerzas Armadas, todas lasoperaciones de importación, exportación, y traslado de armas, municiones, explosivosy demás pertrechos militares que sean realizadas, ya sea para uso militar o comercial.

22. Disponer la colección de todas las informaciones sobre Fuerzas Enemigas o PotencialesFuerzas Enemigas, indicando armamentos, capacidades, medios y equipos, sistemasde comunicación, ubicación y sistema de operación del C4I, ubicación de tropas ycuarteles generales, centros de abastecimiento, comandos de logísticas, líneas deabastecimiento, etc.

23. Disponer la diseminación de informaciones para disuadir al enemigo sobre lasintenciones reales de nuestras fuerzas y garantizar mejores niveles de sorpresa yseguridad en los ataques a ser realizados.

24. Elaborar los dispositivos de seguridad para la protección de personas importantes(VIP) y en la realización de eventos que requieran de seguridad especializada, a travésde la División de Protección.

25. Vigilar el adiestramiento continuo de los miembros de las Fuerzas Armadas en materiade inteligencia y en cualquier otro tipo de instrucción que ordene la superioridad.

26. Elaborar la apreciación de inteligencia, para apoyar y satisfacer los requerimientos quedemandan los planes estratégicos y operacionales, contemplados para enfrentar lasdiferentes amenazas, situaciones, emergencia y otras.

27. Investigar los hechos en que estén involucrados miembros de las Fuerzas Armadas;casos sobre crímenes y delitos cuya información llegue hasta esta Dirección, así comopara cualquier investigación ordenada por la superioridad relacionada con otrasInstituciones del Estado.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Rango de Oficial General o Coronel/Cap. de Navío. Diplomado de Estado Mayor. Preferiblemente graduado de Maestría en Seguridad y Defensa o áreas afines. Haber desempeñado funciones en el Estado Mayor Coordinador de su respectiva

institución.

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VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Encargados de Departamentos Encargados de Secciones

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4.2 Organismos Asesores

DIRECCIÓN DE PLANES Y OPERACIONES DEL ESTADO MAYOR CONJUNTO (J-3),MIFFAA

I. Naturaleza de la Unidad: Operativa

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General:

Supervisar el logro del más alto nivel de listeza operacional de las Fuerzas Armadas, paralograr que nuestras capacidades y medios sean empleadas de manera sincronizada con elpropósito de lograr la consecución de los objetivos asignados.

V. FUNCIONES DIRECCIÓN DE PLANES Y OPERACIONES (J-3)

Diseña, planifica, coordina, ejecuta y supervisa todos los planes, órdenes, directivas deoperaciones, así como el entrenamiento que realicen las Fuerzas Armadas en elcumplimiento de sus misiones, para garantizar la Defensa y Seguridad Nacional y el OrdenPúblico en toda la República.

Esta Dirección de Planes y Operaciones (J-3) es una dependencia directa del Ministro delas Fuerzas Armadas, con el objetivo de coordinar, ejecutar y supervisar las diferentesactividades operacionales y de entrenamiento que desarrollen este Ministerio y las FuerzasArmadas.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Asesora al Ministro de las Fuerzas Armadas, en lo concerniente a las operacionesconjuntas, así como las que lleven a cabo las Instituciones castrenses y dependenciasde las Fuerzas Armadas.

2. Es responsable de definir el concepto de operaciones y la apreciación de la situaciónde todos los planes, directivas y órdenes de operaciones, que realice basado en laintención del Ministro de las Fuerzas Armadas.

3. Es responsable de la formulación de los planes de operaciones, órdenes deoperaciones y directivas que sean necesarios para garantizar el cumplimiento de lasmisiones asignadas a las Fuerzas Armadas, así como de los planes, órdenes ydirectivas de operaciones que sean necesarios, para enfrentar las posiblescontingencias que pudieran afectar la Defensa y Seguridad del Estado, la soberaníanacional, el orden público y nuestro desarrollo social, político y económico.

4. Desarrolla los planes correspondientes, basado en las amenazas presentes y futurasque sean definidas por el Alto Mando, para enfrentarlas.

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5. Solicita al Ministro de las Fuerzas Armadas la designación de los comandantes de lasoperaciones y entrenamientos conjuntos que disponga.

6. En los casos de conflicto o emergencia, asignará las fuerzas de tarea a ser puestasbajo el mando de los Comandantes de las regiones militares, y activará el Centro deOperaciones Conjuntas (COC), bajo el mando del Oficial General que sea designadopor el Ministro de las Fuerzas Armadas como Comandante de la Operación.

7. Coordina con el jefe de operaciones de las distintas instituciones y dependencias delas Fuerzas Armadas, el cumplimiento de las misiones y tareas asignadas por elMinistro de las Fuerzas Armadas.

8. Planificar y coordinar las operaciones de patrullaje y vigilancia de nuestros espaciosjurisdiccionales con los jefes de operaciones de las diferentes Instituciones armadas,basado en una programación y en las informaciones de inteligencia de que disponga.

9. Es responsable de la activación del Centro de Operaciones Conjuntas (COC), para serutilizado como Centro de Comando y Control en las Operaciones y Entrenamientosordenados por la superioridad.

10. Requiere que todos los integrantes del Estado Mayor Conjunto del Ministerio de lasFuerzas Armadas den sus respectivas apreciaciones, así como la elaboración de losrespectivos anexos, para poder dar soporte y satisfacer los requerimientos impuestospor los diferentes planes y órdenes de operaciones.

11. Mantiene un récord de todas las operaciones militares que se realicen de maneraindividual en cada una de las instituciones y dependencias de las Fuerzas Armadaspara el cumplimiento de sus misiones.

12. Informa diariamente al Ministro de las Fuerzas Amadas, sobre los resultados de lasdiferentes operaciones y entrenamientos en los que participen miembros de lasFuerzas Armadas, realizadas en el país, como en el extranjero, ya sea de maneraIndividual, Conjunta o Combinada.

13. Elabora las directivas correspondientes para la Rendición de Honores, Desfiles,Ceremonias, y demás actividades militares que sean celebradas reglamentariamente opor disposición del Ministro de las Fuerzas Armadas.

14. Vela porque los Planes, Órdenes y Directivas de Operaciones, así como los Programasde Entrenamiento Conjuntos y Combinados que emanen del Ministro de las FuerzasArmadas, estén guiados por los principios Doctrinarios Conjuntos vigentes y basadosen los principios establecidos en el Arte Operacional.

15. Es responsable de la implementación de los principios Doctrinarios, aplicables en lasOperaciones y Entrenamientos, que realice cada una de las dependencias delMinisterio de las Fuerzas Armadas.

16. Tramita las recomendaciones de revisión y actualización de los Principios Doctrinariosque reciba de parte de los Comandantes Operacionales y de las distintas dependenciase instituciones de las Fuerzas Armadas.

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17. Vela por que sea respetada la jurisdicción y área de responsabilidad de cada una delas Instituciones Castrenses, así como de las Regiones Militares en todo el territorionacional.

18. Es responsable de la Planificación y Coordinación del Empleo y Entrenamiento de losGrupos de Fuerzas Especiales de las distintas Instituciones de las Fuerzas Armadas, enlas Operaciones Conjuntas.

19. Informa periódicamente al Ministro de las Fuerzas Armadas los niveles de listezaoperacional existentes en todas las Instituciones y Dependencias de las FuerzasArmadas.

20. Asesora al Ministro de las Fuerzas Armadas sobre las fortalezas y debilidades que seandetectadas en las distintas Instituciones y Dependencias de las Fuerzas Armadas.

21. Coordina con la Policía Nacional, Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD),Departamento Nacional de Investigaciones (DNI), Dirección General de Migración(DGM) y cualquier otra Institución Gubernamental Nacional o Extranjera, el Conceptode Operaciones que regirá la participación de miembros de las Fuerzas Armadas enacciones conjuntas o combinadas con estas Instituciones.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Rango de Oficial General o Coronel/Cap. de Navío. Diplomado de Estado Mayor. Preferiblemente graduado de Maestría en Seguridad y Defensa o áreas afines. Haber desempeñado funciones en el Estado Mayor Coordinador de su respectiva

institución.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Encargados de Departamentos Encargados de Secciones

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4.2 Organismos Asesores

DIRECCIÓN DE LOGÍSTICA DEL ESTADO MAYOR CONJUNTO (J-4), MIFFAA.

I. Naturaleza de la Unidad: Operativa

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General:

Asesorar al Ministro de las Fuerzas Armadas en Logística, así como diseñar, planificar yejecutar los planes necesarios para asegurar y dar una respuesta rápida en el abastecimientoy sostenimiento general de todas las dependencias de las Fuerzas Armadas.

V. FUNCIONES DIRECCIÓN DE LOGÍSTICA (J-4).

Diseñar, planificar y formular los planes logísticos necesarios, para asegurar elabastecimiento general de todas las dependencias de las Fuerzas Armadas, con el propósitoque las mismas se mantengan aptas para el cumplimiento de sus misiones.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Asesorar al Ministro de las Fuerzas Armadas sobre los recursos logísticos necesariospara garantizar el buen funcionamiento administrativo y operacional de las FuerzasArmadas.

2. Coordinar con el Contralor General de las Fuerzas Armadas, todas las operaciones quese lleven a cabo en la Dirección General de Logística (J-4) del Estado Mayor delMinisterio de las Fuerzas Armadas.

3. Velar y ser responsable del abastecimiento de todos los Departamentos y Unidades delMinisterio de las Fuerzas Armadas (Administración Superior).

4. Velar y asegurarse de la obtención de los objetivos y del cumplimiento de las metas decada departamento y sección dependiente de la Dirección General de Logística.

5. Planificar, coordinar y ejecutar los planes logísticos para garantizar el abastecimientode todos los departamentos y unidades dependientes directamente del Ministerio delas Fuerzas Armadas.

6. Disponer del Control y Supervisión de los almacenes de propiedades gastables y nogastables, bajo responsabilidad del Ministerio de las Fuerzas Armadas.

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7. Mantener un listado actualizado del inventario de equipos y propiedades (formulario12) de cada una de las Instituciones y Dependencias de las Fuerzas Armadas.

8. Verificar que todas las propiedades y equipos adquiridos por el Ministerio de lasFuerzas Armadas, sean procesados y recibidos de acuerdo con las normas establecidaspor la Contraloría General de la República y la Contraloría General de las FuerzasArmadas.

9. Coordinar y planificar los recursos necesarios, para el mantenimiento de lasedificaciones e instalaciones militares y unidades que dependen directamente delMinisterio de las Fuerzas Armadas, de manera que las mismas presenten el mejoraspecto.

10. Garantizar y vigilar la estandarización e interoperabilidad con las demás Fuerzas de losequipos de transporte, armas, cómputos, comunicaciones, etc., que sean adquiridospor el Ministerio de las Fuerzas Armadas, así como también garantizar que los mismospuedan ser sustentados por programas de mantenimiento y abastecimiento derepuestos.

11. Apoyar los requerimientos logísticos, que sean realizados por los Comandantes de lasUnidades y Dependencias del Ministerio de las Fuerzas Armadas, basado en lasprioridades que estos le establezcan.

12. Supervisar las actividades y operaciones que realicen el Taller de Mecánica, elDepartamento de Placas de Oficiales y la Estación de Combustibles del Ministerio delas Fuerzas Armadas.

13. Mantener informado al Contralor General de las Fuerzas Armadas, de las operacionesrealizadas en sus funciones.

14. Trabajar en coordinación con los demás miembros del Estado Mayor Conjunto delMinisterio de las Fuerzas Armadas, y pondrá a su disposición todos los recursoslogísticos disponibles para la realización de las actividades operacionales oadministrativas de las mismas.

15. Elaborar la apreciación de logística, para coordinar, apoyar y satisfacer losrequerimientos logísticos que demanden los Planes Estratégicos y Operacionales,contemplados para enfrentar las diferentes amenazas, situaciones, emergencia yotras.

16. Ser responsable de otras funciones inherentes al cargo.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Rango de Oficial General o Coronel/Cap. de Navío. Diplomado de Estado Mayor. Preferiblemente graduado de Maestría en Seguridad y Defensa o áreas afines. Haber desempeñado funciones en el Estado Mayor Coordinador de su respectiva

institución.

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VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante del Director Departamento de Placas Departamento de Licencias de Vehículos de Motor Encargado de Almacén de Propiedades Encargado de Suministro de Combustibles Departamento de Propiedades Departamento de Transportación y Mecánica

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4.2 Organismos Asesores

DIRECCIÓN DE ASUNTOS CIVILES DEL ESTADO MAYOR CONJUNTO (J-5), MIFFAA.

I. Naturaleza de la Unidad: Operativa

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General:

Diseñar, planificar, formular e implementar políticas y estrategias orientadas al fortalecimientode las relaciones Cívico-Militares, debiendo establecer, mantener, influenciar y explotar lasconexiones entre las Fuerzas Militares y las Autoridades Civiles Gubernamentales, noGubernamentales y con la población civil, en las áreas de operaciones, ya sean estas amigas,neutras o enemigas, con el propósito de consolidar los Objetivos Operacionales.

V. FUNCIONES DIRECCIÓN DE ASUNTOS CIVILES (J-5).

Desarrollar programas de coordinación e interoperabilidad entre las instituciones E.N., M.de G. y F.A.D., con la finalidad de establecer y mantener la buena voluntad y comprensiónmutua entre las Fuerzas Armadas.

Establecer mecanismos para lograr una efectiva interrelación entre la sociedad y lasFuerzas Armadas.

Desarrollar las actividades relacionadas con las áreas de Ceremonial y Protocolo Militar.

Depender directamente del Ministro de las Fuerzas Armadas, teniendo a su disposicióntodo el personal, medios y recursos necesarios para cumplir con su misión.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Asesora y asiste al Ministro de las Fuerzas Armadas, al Alto Mando, al Estado MayorConjunto y Especial, en todo lo concerniente al apoyo, coordinación y cooperacióndirecta, para reducir las tensiones que afectan a la población civil y sus recursos,causados por Desastres, Emergencias, Conflictos u Operaciones Militares, con lafinalidad de fomentar la estabilidad, tranquilidad y el desarrollo Nacional.

2. Asiste y asesora al Ministro de las Fuerzas Armadas, en todo lo relacionado con laproyección y promoción de las actividades realizadas por las Fuerzas Armadas, en elcumplimiento de sus misiones, hacia lo interno y hacia el público en general.

3. Coordina con el Ayudante Personal, la Agenda Diaria del Ministro de las FuerzasArmadas para un mejor desenvolvimiento del servicio.

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4. Mantiene informado al Ministro de las Fuerzas Armadas de los acontecimientos másimportantes, resaltados por los distintos Medios de Comunicación.

5. Presenta al Ministro de las Fuerzas Armadas, un resumen detallado de las noticias deinterés, relacionadas con asuntos de Defensa y Seguridad en el orden nacional einternacional, en que se involucren miembros de las Fuerzas Armadas, ya sean delpaís o extranjeros.

6. Elaborar las notas de prensa que sean necesarias, para transmitir las informacionesque sean de interés de las Fuerzas Armadas, de manera clara, precisa y concisa.

7. Convocar y coordinar las ruedas de prensa que sean necesarias u ordenadas por elMinisterio de las Fuerzas Armadas.

8. Mantiene un intercambio de informaciones con los diferentes relacionadores públicosde las instituciones y dependencias de las Fuerzas Armadas, a fin de presentar unaposición unificada ante los medios de comunicación y mantener informado al Ministrode las Fuerzas Armadas y al Alto Mando Militar de las acciones y actividadesdivulgadas por las mismas.

9. Vela y es responsable, porque las informaciones divulgadas se hagan de conformidada la clasificación de seguridad que reciban, con el propósito de no comprometer laseguridad de las operaciones y sus participantes.

10. Coordina las citas o visitas oficiales, que realice o sean realizadas al Ministro de lasFuerzas Armadas, y planificará la adquisición de regalos y presentes a serintercambiados.

11. Velar porque las informaciones divulgadas se correspondan con la intención de nuestraautoridad suprema y del Alto Mando de las Fuerzas Armadas.

12. Confeccionar cartas de cumpleaños, cartas de condolencias, cartas de aniversarios debodas, así como también cartas de agradecimiento para cuantas personas oInstituciones el Ministro de las Fuerzas Armadas considere necesario enviar.

13. Coordina todos los trámites administrativos con el Ministerio de Relaciones Exteriores,para los miembros de las Fuerzas Armadas designados a realizar Cursos u otra MisiónMilitar Oficial o Diplomática en el extranjero.

14. Coordina la confección de las invitaciones a las diferentes actividades que realice elMinisterio de las Fuerzas Armadas, debiendo velar que las mismas lleguen a susdestinatarios a tiempo.

15. Mantiene un listado actualizado con las fechas nacionales de los distintos países, quetienen embajadas acreditadas en nuestro país, con el propósito de enviar Cartas y/omensajes de felicitaciones.

16. Coordina la participación o entrevistas de los miembros de las Fuerzas Armadas en losmedios televisivos, radiales o escritos y demás actividades de carácter público, quesean autorizadas por el Ministro de las Fuerzas Armadas, de los cuales elaborará unresumen para ser presentado al Ministro de las Fuerzas Armadas.

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17. Distribuye a los medios de comunicación los discursos, biografías, estudios y demásdocumentos que sean necesarios, para promover las actividades de las FuerzasArmadas.

18. Facilita diariamente los periódicos matutinos y vespertinos asignados a las diferentesOficinas y Dependencias de este Ministerio de las Fuerzas Armadas.

19. Mantiene personal de prensa en todas las actividades públicas que realicen las FuerzasArmadas, así como en todas las entrevistas realizadas al Ministro de las FuerzasArmadas por los medios de comunicación, con el objetivo de mantener un récord detodas las informaciones suministradas y garantizar que las mismas sean divulgadas deconformidad con lo expresado.

20. Mantiene un listado actualizado de los funcionarios civiles y militares, empresarios, ypersonalidades en general, relacionadas con las Fuerzas Armadas, conteniendo:nombre correcto, dirección, cargo y números de teléfonos.

21. Mantiene un listado actualizado de todos los oficiales generales, superiores ysubalternos de las Fuerzas Armadas, indicando: Estación de Servicio, FunciónDesempeñada, Números de Teléfonos y demás informaciones relacionadas.

22. Elabora mensualmente un informe de las actividades, destacando las principalesactividades desarrolladas por las instituciones y dependencias de las Fuerzas Armadas,con el propósito de publicarlas, difundirlas y promoverlas por la Revista, la Emisora yen la Pagina Web del Ministerio de las Fuerzas Armadas.

23. Designa un representante en cada una de las dependencias de las Fuerzas Armadas,para que sirva de Delegado de Relaciones Públicas y enlace con su división.

24. Provee las informaciones de lugar en cuanto a las obras de infraestructuras civilesdisponibles en las áreas de operaciones.

25. Realizar campañas destinadas a promover y resaltar los valores de las FuerzasArmadas.

26. Realizar la difusión consensuada, veraz y explícita de las actividades del Ministerio delas FF.AA., a nivel de los diferentes medios de comunicación masiva.

27. Prevenir conflictos y malas interpretaciones de los medios de comunicación y lasociedad, por medio de la transparencia de las informaciones.

28. Fomentar por la vía radial, escrita y televisiva el respeto mutuo y la responsabilidadsocial que tienen las Fuerzas Armadas.

29. Asistir en la operación de los refugios, que sean habilitados en casos de Conflictos,Contingencias, Emergencias y/o Catástrofes.

30. Servir de enlace entre las Fuerzas Militares y Grupos Civiles, dentro de las áreas deConflictos, Contingencias, Emergencias y/o Catástrofe.

31. Asistir en la preparación del área de operaciones, antes de iniciar cualquier tipo deconflicto, contingencias, emergencias y/o catástrofes, y en la restauración de lasAutoridades Civiles al finalizar las operaciones militares.

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32. Planifica y coordina junto con la Dirección de Planes y Operaciones (J-3), lasoperaciones cívico-militares y de administración civil que sean necesarias antes delinicio de las operaciones.

33. Planifica y coordina con la Dirección de Planes y Operaciones (J-3), las operacionescívico-militares y de administración civil, que sean necesarias en las operacionesmilitares realizadas para la mitigación de desastres, detallando las medidas deseguridad del personal civil desplazado, refugiados o evacuados.

34. Coordina con los comandantes de las operaciones, las acciones civiles con lasoperaciones de combate, con el propósito de salvaguardar las vidas de los nocombatientes y proteger sus bienes e intereses.

35. Coordina el apoyo en el período de reconstrucción y reordenamiento antes, durante ydespués de las otras operaciones militares diferentes a la guerra, tales como:asistencia humanitaria, fuerzas de paz, operaciones domésticas para desarme,operaciones contra huelgas y motines, operaciones de refugiados, rescate de nocombatientes, insurgencia y contrainsurgencia, operaciones antinarcóticos yantiterroristas, entre otras.

36. Coordina y asesora a la Dirección de Logística (J-4), en cuanto a la adquisición ydistribución de los recursos necesarios, para apoyar y asistir a la población civil, y parael reordenamiento de las zonas de conflicto u operaciones en casos de desastresnaturales u operaciones militares.

37. Coordina el apoyo de la fuerza militar necesaria, para la protección especial depropiedades culturales, artes, monumentos históricos y archivos, en caso de desastresnaturales u operaciones militares.

38. Obtiene la autorización correspondiente del Ministro de las Fuerzas Armadas, parafacilitar aquellos recursos que puedan ser de utilidad a la población, en caso dedesastres u operaciones militares, que incluyan servicios médicos, distribución dealimentos, construcción de viviendas básicas y otros.

39. Coordina la adquisición de recursos, previa aprobación del Ministro de las FuerzasArmadas, con Organismos Gubernamentales, de Socorro y Organizaciones noGubernamentales (ONG), para brindar ayuda a la población civil, en caso de Desastresu Operaciones Militares.

40. Coordina y apoya las Misiones Conjuntas con las dependencias de Asuntos Civiles, delas diferentes Instituciones Militares.

41. Coordina los lugares o áreas donde sea necesaria la realización de acciones cívicas,por parte de las diferentes Instituciones y Dependencias de las Fuerzas Armadas.

42. Elabora la apreciación de situación, para apoyar y satisfacer los requerimientos quedemanden los diferentes planes estratégicos y operacionales, contemplados paraenfrentar las diferentes amenazas, situaciones, emergencias y otras.

43. Trabaja en coordinación con los demás miembros del Estado Mayor Conjunto delMinisterio de las Fuerzas Armadas, y pondrá a su disposición todas las Informaciones y

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Recursos que sirvan de base, para la realización de las Operaciones Militares y/oactividades de las Fuerzas Armadas en el cumplimiento de nuestras misiones.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Rango de Oficial General o Coronel/Cap. de Navío. Diplomado de Estado Mayor. Preferiblemente graduado de Maestría en Seguridad y Defensa o áreas afines. Haber desempeñado funciones en el Estado Mayor Coordinador de su respectiva

institución.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Encargados de Departamentos Encargados de Secciones

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4.2 Organismos Asesores

DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIONES Y ELECTRÓNICADEL ESTADO MAYOR CONJUNTO (J-6), MIFFAA.

I. Naturaleza de la Unidad: Operativa

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Velar por que los Sistemas de C4I que disponga las Fuerzas Armadas, puedan ser utilizadosde manera rápida, segura y efectiva, para la transmisión de todas las informaciones que seannecesarias durante las Operaciones Militares.

V. FUNCIONES DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIONES Y ELECTRÓNICA DELESTADO MAYOR CONJUNTO (J-6).

Diseñar, planificar, coordinar y proporcionar a las Fuerzas Armadas un sistema decomunicaciones y computadoras adecuadas y seguras, para ejercitar el comando, control,comunicaciones y computadoras, durante las ejecuciones de las operaciones militares yotras actividades, a fin de garantizar el cumplimiento efectivo de sus misiones.

Es una dependencia directa del Ministro de las Fuerzas Armadas, teniendo bajo sujurisdicción todo el personal técnico y especializado, así como los equipos y mediosdisponibles para el cumplimiento de su misión.

Configurar las medidas y contramedidas de la guerra electrónica, a aplicarse en losequipos C4I (Comando, control, comunicaciones, computadoras e información).

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Asesorar al Ministro de las Fuerzas Armadas, en todo lo concerniente a los Sistemas deComando, Control, Comunicaciones y computadoras.

2. Velar porque los Sistemas de C4I, que posean y adquieran las Instituciones yDependencias de las Fuerzas Armadas, sean compatibles entre sí, para facilitar lasOperaciones Conjuntas y/o Combinadas, y que puedan operar entre sí en los nivelesestratégicos, operacional y táctico, y que sean ínter-operables.

3. Desarrollar los sistemas de códigos y claves que sean necesarios para las OperacionesMilitares, garantizando que los mismos sean distribuidos de una manera segura, asícomo que sean conocidos por el personal autorizado a emplearlos.

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4. Velar porque las frecuencias, códigos y claves de las Fuerzas Armadas, seanmanejados con la seguridad necesaria, para prevenir que los mismos sean interferidoso descifrados, en perjuicio de nuestras operaciones.

5. Promover el uso de frecuencias de Comunicación cifradas, para garantizar una mayorseguridad en los Sistemas de Comunicación que sean usados por las Instituciones yDependencias de las Fuerzas Armadas.

6. Proveer los medios para interferir y descifrar las comunicaciones de las Fuerzasenemigas con las que nos enfrentemos.

7. Coordinar con la Dirección de Planes y Operaciones (J-3), las necesidades de apoyologístico e instalación de sistemas C4I, que requieran todas las operaciones militaresejecutadas en el país o en el extranjero.

8. Velar por el buen funcionamiento, mantenimiento y actualización tecnológica de lossistemas C4I, que posean las Fuerzas Armadas, a fin de garantizar su funcionalidad yel mantenimiento del más alto nivel de listeza operacional en nuestras fuerzas.

9. Planificar, coordina y supervisa los programas de entrenamiento y capacitación delpersonal que sean necesarios, para garantizar el buen funcionamiento del sistema deC4I.

10. Administrar todas las frecuencias otorgadas por el Instituto Dominicano deTelecomunicaciones (INDOTEL), al Ministerio de las Fuerzas Armadas.

11. Velar por la protección y seguridad de los equipos de apoyo al sistema de C4I de lasFuerzas Armadas, ubicados en los distintos puntos de la geografía nacional.

12. Mantener un inventario actualizado de los equipos e instalaciones, de comunicacionesque sean propiedad del Ministerio de las Fuerzas Armadas, Instituciones Armadas ydependencias bajo su jurisdicción.

13. Garantizar un adecuado mantenimiento de las piezas y equipos que sean propiedad delas Fuerzas Armadas.

14. Elaborar los manuales de operación y mantenimiento de cada equipo existente, paraser distribuidos al personal responsable del uso y cuidado de los mediospertenecientes a esa Dirección.

15. Hacer las recomendaciones de lugar para el fortalecimiento de los aspectos doctrinalesrelacionados con la Dirección General.

16. Trabajar en coordinación con los demás miembros del Estado Mayor Conjunto delMinisterio de las Fuerzas Armadas, y poner a su disposición todos los servicios de losSistemas de C4I que sean necesarios para la realización de las diferentes OperacionesMilitares y/o actividades que realicen las Fuerzas Armadas en cumplimiento de susmisiones.

17. Elaborar la apreciación de comunicaciones y electrónicas, para apoyar, coordinar ysatisfacer los requerimientos que demanden los diferentes planes estratégicos yoperacionales, contemplados para enfrentar las diferentes amenazas, situaciones,emergencias y otras, para garantizar el éxito de los mismos.

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VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Rango de Oficial General o Coronel/Cap. de Navío. Diplomado de Estado Mayor. Preferiblemente graduado de Maestría en Seguridad y Defensa o áreas afines. Haber desempeñado funciones en el Estado Mayor Coordinador de su respectiva

institución.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Encargados de Departamentos Encargados de Secciones

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4.2 Organismos Asesores

DIRECCIÓN DEL CENTRO DE OPERACIONES CONJUNTAS (COC), MIFFAA.

I. Naturaleza de la Unidad: Operativa

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Garantizar el mando, control e interoperabilidad de la fuerza actuante en las operacionescombinadas, conjuntas e interagenciales, para maximizar el empleo de los medios disponibles.

V. FUNCIONES DEL CENTRO DE OPERACIONES CONJUNTAS (COC)

El Centro de Operaciones Conjuntas de las Fuerzas Armadas (COC), es la instanciapermanente de coordinación y ejecución de las operaciones combinadas y/o conjuntas,interagenciales o coordinadas y sirve como puesto de mando principal del comandantegeneral de las Fuerzas Armadas, para garantizar el mando y control e interoperatividad delas fuerzas actuantes, función que será garantizada por el Estado Mayor Conjunto y suDirector, bajo el mando del Ministro de las Fuerzas Armadas, a través del Jefe de EstadoMayor General o del Oficial designado como Supervisor y Coordinador General de lasOperaciones.

Recopila y procesa las informaciones de naturaleza operativa inmediata que lleguen almismo, procedentes de las diversas zonas de operaciones, identificando los requerimientosa satisfacer, todo lo cual se le comunicará de manera oportuna al Ministro de las FuerzasArmadas y a los niveles que corresponda de acuerdo a la planificación, todo ello paragarantizar que dichas informaciones propicien un efectivo proceso de toma de decisionesen los diversos niveles de mando involucrados.

En caso de activación de las Estructuras de Defensa nacional por motivo de desastres ocalamidad pública, será el centro para la sincronización de esfuerzos con el Centro Nacionalde Emergencia (CNE) y el Centro de Operaciones de Emergencia (COE), de la Defensa Civil,para el empleo de las Estructuras de Defensa Militar, a través de la representación de lasFuerzas Armadas ante ese organismo, quien fungirá como oficial de enlace.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Facilitará la canalización de los recursos que sean necesarios para el cumplimiento dela misión.

2. Servir como medio para la activación y ejecución de los planes de operaciones,acciones de contingencias y de crisis, para lo cual tendrá a su cargo implantar losprotocolos y los procedimientos aprobados por el Ministro de las Fuerzas Armadas, y

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actuará como órgano de recepción, procesamiento y valoración de la inteligencia dealerta sobre una situación especifica enfocada.

3. Mantiene en todo momento los niveles adecuados de coordinación entre los diversoscomponentes de la operación.

4. Mantiene de manera permanente, una estrecha coordinación con el J-3, Director deOperaciones del MIFFAA, para que los planes conjuntos deliberados existentes dentrode las FF.AA. se mantengan actualizados.

5. Lleva un estricto control diario de todos los movimientos de tropas, embarcaciones yaeronaves militares a nivel nacional.

6. Es el punto de contacto inicial para todas las coordinaciones operacionales, queinvolucren dos o más instituciones de las Fuerzas Armadas.

7. Será la vía que coordinará las informaciones operativas referentes al empleo ypreparación de la fuerza desde el inicio de las operaciones hasta la finalización de lamisma.

8. Deberá estar al tanto de los escenarios posibles para la planificación de la respuestaante las amenazas y riesgos considerados.

9. Mantendrá protocolos permanentes y actualizados sobre los diversos planescombinados y/o conjuntos e interagenciales en las Fuerzas Armadas.

10. Garantizar el mando, control e interoperabilidad de la fuerza actuante en las diferentesoperaciones o actividades llevadas a cabo desde el centro.

11. Velar por el funcionamiento eficaz y efectivo del centro, por la protección yadministración de las instalaciones físicas y de los equipos, administrando el uso de laSala de Mando y Control, del Salón del Estado Mayor General y del Auditorio Generalde División José Antonio Salcedo.

12. Llevar y producir el Diario de Operaciones, donde deberán registrarse todas lasactividades que realicen los miembros de las Fuerzas Armadas de acuerdo con laoperación o acciones en curso, incluyendo en el mismo todo tipo de actividad queconstituya una novedad o que haya ameritado la intervención de las instituciones,dependencias o fuerzas bajo el mando directo de las Fuerzas Armadas.

13. Ser el ente integrador de los esfuerzos del Estado Mayor Conjunto (EMACON), en lasfunciones de esta instancia, de ser el órgano de evaluación de riesgos y deplanificación de las respuestas operativas ante la valoración de las contingencias queconstituyan amenazas patentes o latentes a la seguridad nacional.

14. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

15. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

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16. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

17. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

18. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

19. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

20. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

21. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

22. Fija las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

23. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

24. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

25. Vela porque sean divulgados y cumplidos a todos los miembros bajo su mando, lasreglamentaciones, códigos y normas existentes.

26. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

27. Recomendará la asignación del personal necesario para el buen funcionamiento de suunidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que no rindan una buena laboro cometan faltas que así lo ameriten.

28. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

29. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

30. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

31. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

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VII. ESPECIFICACION DEL PUESTO:

Coronel/Capitán de Navío. Especialidad de Comando y Estado Mayor Preferiblemente graduado de Maestría en Seguridad y Defensa o áreas afines. Haber desempeñado funciones en el Estado Mayor Coordinador de su respectiva

institución.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Oficiales de Enlace de las Fuerzas Institucionales Encargado de Sección

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Unidades Sustantivas u Operativas

4.3 Organismos Auxiliares o de apoyo.

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4.3 Organismos Auxiliares o de apoyo.

PROCURADURÍA GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS.

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con Consultor Jurídico MIFFAA, Consultores Jurídicos delas demás Fuerzas Institucionales.

IV. Objetivo General

Supervisar el fiel cumplimiento de los procesos en la investigación y persecución de los delitosestrictamente militares; así como recomendar al Ministro de las Fuerzas Armadas las ternaspara la designación de los Oficiales que funjan como funcionarios judiciales en la jurisdicciónmilitar. Además deberá representar a las Fuerzas Armadas ante la Suprema Corte de Justiciaen coordinación con el Ministerio Público competente.

V. FUNCIONES DEL PROCURADOR GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS.

Supervisar los distintos procesos jurídicos de los cuerpos armados a fin de garantizar elrespeto de las reglas, el debido proceso y preservar los derechos sociales o individuales detodos los miembros de los Cuerpos Castrenses.

Vigilar el decurso de los procesos judiciales de los tribunales militares o consejos deguerra, así como la capacitación de los oficiales abogados de las Fuerzas Armadas en suárea profesional.

Someter las ternas al Ministro de las Fuerzas Armadas para la designación de losprocuradores generales adjuntos de las Fuerzas Armadas, los jueces de Corte, PrimeraInstancia, Instrucción, de Ejecución de la Pena, y secretarios de Tribunal.

Someter al Ministro de las Fuerzas Armadas las ternas para la designación de los fiscalesde Corte, Primera Instancia y sus adjuntos, así como los defensores públicos en lajurisdicción militar.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Garantizar los principios de legalidad, para que el ministerio público pueda sometersus actuaciones a los dictados de la Constitución, las leyes y tratados internacionales,ratificados por la República Dominicana.

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2. Asegura el éxito de las investigaciones, formulando las indicaciones que juzgue útiles,y requiriendo las medidas procedentes para garantizar a la persona del presuntoinfractor de cualquier regla de orden público, el debido proceso.

3. Requiere que se subsanen los errores u omisiones que se cometen en la instrucción delos procesos, en los casos seguidos a los procesables en la jurisdicción militar, ydetermina la puesta en movimiento y el ejercicio de la acción pública en todos aquelloscasos en que el inculpado tenga privilegios de jurisdicción ante el Consejo de Guerrade Apelación de las Fuerzas Armadas.

4. Dictamina en todas las consultas que se le requieren respecto a los asuntosrelacionados con la jurisdicción militar.

5. Representa, por sí mismo o a través de sus adjuntos, al Ministerio Público por ante laSuprema Corte de Justicia del país, cuando allí se ventilen casos de interés militar,previa coordinación con el Ministerio Público Ordinario competente por ante esajurisdicción, actuando como rama especializada del área militar.

6. Dirige la política de la Policía Judicial Militar contra la criminalidad, conforme a loslineamientos trazados para tales fines por las Fuerzas Armadas.

7. Dicta las instrucciones generales sobre la dirección de la investigación de los hechospunibles en cuanto al ejercicio de la ley penal y su oportunidad y en cuanto a laprotección de las víctimas y los testigos.

8. Preside el Consejo General de Procuradores dentro del ámbito de justicia militar.

9. Interviene personalmente y cuando lo juzgue conveniente al interés militar, en losprocesos penales en la jurisdicción militar, en especial por ante cualquier tribunal desu competencia con el objetivo de poner en movimiento o ejercer la acción pública enel proceso que se trate. Podrá también designar mediante memorando uno de susadjuntos o uno cualquiera de los demás funcionarios del ministerio público militar, concalidad jerárquica para actuar ante el tribunal que se trate, para ejercer dichaatribución.

10. Define y ejecuta la política penitenciaria militar de acuerdo con los lineamientostrazados por los estamentos legales de las Fuerzas Armadas y lo instaurado por la ley224, del 26 de Julio del año 1984 y cualesquiera otros instrumentos afines.

11. Interviene por sí o por medio de otro representante del ministerio público militar, encualquier lugar del Territorio Nacional en los asuntos propios de su ministerio.

12. Rinde cuenta al Ministro de las Fuerzas Armadas de las actividades realizadas por elMinisterio Público Militar en el año anterior, a fin de que sea incluida en la memoriaanual ante el Poder Ejecutivo, según lo estipula la Constitución de la República.

13. Recibe querellas y denuncias en contra de militares que violen los Derechos Humanosy Derecho Internacional Humanitario debiendo darle el curso legal correspondiente.

14. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

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15. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

16. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

17. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

18. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

19. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

20. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

21. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

22. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

23. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

24. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

25. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

26. Velar porque sean divulgados y cumplidos a todos los miembros bajo su mando, lasreglamentaciones, códigos y normas existentes.

27. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

28. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

29. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

30. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

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31. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

32. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

33. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACION DEL PUESTO:

Oficial general Licenciado en Derecho con Maestría en una de sus ramas. Experiencia de más de 12 años ejerciendo la función de abogado en los cuerpos

castrenses. Haberse desempeñado como Juez o Ministerio Público de los tribunales

castrenses.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Procurador General. Procuradores Adjuntos. Ayudante. Encargado de Departamento. Encargado de Sección.

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4.3 Organismos Auxiliares o de apoyo.

CONSULTORÍA JURÍDICA DE LAS FUERZAS ARMADAS.

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con Procurador General del MIFFAA, Consultores Jurídicosde las demás Fuerzas Institucionales.

IV. Objetivo General:

Asesorar al Ministro de las Fuerzas Armadas en todos los aspectos legales referentes a lalegislación nacional e internacional de interés militar.

V. FUNCIONES CONSULTOR JURÍDICO DE LAS FF.AA.

Asesorar al Ministro de las Fuerzas Armadas en lo concerniente a las leyes militares ycualquier otra norma jurídica de interés del Ministro.

Asesorar al Ministro de las Fuerzas Armadas en cuanto a los miembros de las FuerzasArmadas, referente a las separaciones, cancelaciones, retiros, bajas y sancionesdisciplinarias.

Asesorar al Ministro de las Fuerzas Armadas en lo relacionado a los Derechos Humanos yel Derecho Internacional Humanitario, y recomendar la designación de los asesoresjurídicos de las diferentes dependencias, muy especialmente los asesores jurídicos de loscomandantes de unidades operacionales.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Emitir la opinión legal de todo tipo de documento y expediente a requerimiento delMinistro de las Fuerzas Armadas, dándole el curso legal correspondiente.

2. Emitir la opinión legal que corresponda en torno a las investigaciones realizadas por lacomisión de infracciones cometidas por miembros de las Fuerzas Armadas.

3. Vigilar el fiel cumplimiento de las reglas procesales del Ministerio Público (MagistradoProcurador Fiscal) de los Consejos de Guerra en los diferentes grados de jurisdicción.

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4. Representar al Ministerio de las Fuerzas Armadas en cualquier acción jurídica quepudiere incoarse en su perjuicio dentro del ámbito jurisdiccional.

5. Elaborar la memoria anual concerniente a las actividades más prominentesdesarrolladas por el Ministerio de las Fuerzas Armadas y sus dependencias, así comopor las Jefaturas de Estado Mayor del Ejército Nacional, Marina de Guerra y FuerzaAérea Dominicana, para ser rendidas al Presidente de la República.

6. Constituirse en ente conciliador, para dirimir las acciones interpuestas en perjuicio delos Militares y Asimilados, por violación a la Ley 14-94 sobre el Código de Niños,Niñas y Adolescentes, y toma las medidas legales correspondientes.

7. Coordinar con los diferentes asesores jurídicos de las dependencias de las FuerzasArmadas sobre los aspectos legales de la legislación nacional e internacional y losreglamentos internos inherentes a sus respectivas dependencias.

8. Velar por que la instrumentación de los expedientes sobre las decisiones tomadas alrespecto, sean apegadas a la Constitución, tratados, leyes y reglamentos.

9. Elaborar las actas correspondientes a las sesiones del Estado Mayor General de lasFuerzas Armadas y del Consejo Directivo del Instituto de Seguridad Social de lasFuerzas Armadas (ISSFFAA).

10. Asesorar a los miembros del Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas en todo loconcerniente a la tramitación de los expedientes, y servir como Secretario del mismo,sin derecho al voto.

11. Elaborar y notificar los contratos que realice el Ministerio de las Fuerzas Armadas, conparticulares, y darle el destino correspondiente.

12. Proceder a apoderar al Fiscalizador o Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicialcorrespondiente, de los expedientes con los resultados incriminatorios que emanen delas investigaciones sobre las infracciones cometidas por los miembros adscritos a esteMinisterio, que no resulten de la competencia de los tribunales militares.

13. Vigilar la correcta aplicación de la Ley, basado en el Código de Justicia de las FuerzasArmadas y las leyes complementarias, supervisando los tribunales militares.

14. Recibir y notificar todas las Querellas que sean interpuestas a los miembros de lasFuerzas Armadas asignados bajo la jurisdicción del Ministerio de las Fuerzas Armadas.

15. Designar y/o Contratar los abogados necesarios para representar a los miembros delas Fuerzas Armadas, con procesos pendientes en los tribunales militares o tribunalesordinarios, que hayan sido sometidos en el cumplimiento de sus funciones.

16. Supervisar las consultorías jurídicas pertenecientes a los diferentes cuerpos armados,así como las dependencias adscritas a este Ministerio.

17. Divulgar y hacer del conocimiento general de todos los miembros de las FuerzasArmadas las Leyes Nacionales e Internacionales, relacionadas con el DerechoInternacional Sobre los Conflictos Armados, Derechos Humanos, y demás Leyesrelacionadas con las operaciones que realizan las Fuerzas Armadas en el cumplimientode sus misiones.

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18. Asistir y asesorar al Ministro de las Fuerzas Armadas en todos los asuntos jurídicos engeneral.

19. Concluir y opinar las investigaciones que les son asignadas por el Ministro de lasFuerzas Armadas.

20. Elaborar los convenios y Acuerdos que suscriba el Ministro de las Fuerzas Armadas coninstituciones públicas o privadas.

21. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

22. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

23. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

24. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

25. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

26. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

27. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

28. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad para comprobarel buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

29. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

30. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

31. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

32. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su dependencia.

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33. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su dependencia, así como el traslado o cancelación de aquellos queno rindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

34. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

35. Realizar inspecciones periódicas a las dependencias bajo su mando para comprobar elbuen aspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o seaordenado por la superioridad.

36. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

37. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

38. Representar su dependencia, previa autorización del Ministro, en los actos oficiales,sociales y culturales, así como ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACION DEL PUESTO:

Coronel o Capitán de Navío. Licenciado en Derecho con Maestría en una de sus ramas. Haberse desempeñado como Consultor Jurídico de su respectiva institución. Haberse desempeñado como Juez o Ministerio Público de los tribunales castrenses.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirectores Ayudante Encargado de Departamento Encargado de Sección Abogados Auxiliares

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4.3 Organismos Auxiliares o de Apoyo

AYUDANTÍA ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE LAS FUERZAS ARMADAS

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Mantener la estructura requerida para que los documentos recibidos en el Ministerio de lasFF.AA., sean tramitados a la oficina competente para su proceso o elaboración; además,prever que las correspondencias firmadas por el Ministro sean debidamente procesadas,previas a ser despachadas y cronológicamente archivadas, dotadas de seguridad para llegaroportunamente al lugar de su destino final.

V. FUNCIONES DE LA AYUDANTIA ADMINISTRATIVA DE LAS FF.AA.

Trazar las pautas para que se disponga de los medios para recibir, registrar, elaborar,controlar, supervisar, despachar, archivar y velar por la llegada a tiempo y segura al lugarde destino final de las correspondencias firmadas por el Ministro de las FF.AA.

Recibir, interpretar, y transmitir las instrucciones del ministro de las FF.AA., comotambién estudiar, analizar y depurar las correspondencias ingresadas, producidas ydestinadas a la firma del Ministro.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Recibir y tramitar las instrucciones impartidas por el Ministro de las FF.AA.

2. Resguardar la buena imagen del área administrativa del Ministerio de las FF.AA.

3. Salvaguardar los instrumentos y cumplir con las políticas del Ministro para firmardocumentos.

4. Colaborar con el funcionamiento del Estado Mayor General y el Estado Mayor Conjuntodel Ministerio.

5. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones emanadas del Ministro.

6. Procesar documentos para la firma del Ministro de las FFAA.

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7. Coordinar el manejo de los documentos recibidos de los poderes del Estado, deinstituciones públicas y privadas.

8. Instruir para que los documentos firmados por el Ministro lleguen a tiempo y seguros asu destino final.

9. Coordinar y controlar las actuaciones y procesos administrativos de las diferentesáreas del Ministerio.

10. Viabilizar solución para las inquietudes o problemas ocasionales.

11. Despachar con los miembros del Estado Mayor Conjunto.

12. Mantener reuniones con los responsables de su equipo de trabajo para recibirinformaciones y trazar directrices.

13. Informar al Ministro cualquier novedad de interés ocurrida en su área de trabajo ofuera de ella.

14. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

15. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

16. Depender del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitarátodas las correspondencias, recomendaciones e informes.

17. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

18. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

19. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

20. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

21. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

22. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

23. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

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24. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

25. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

26. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

27. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

28. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

29. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

30. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

31. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

32. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

33. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

34. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

35. Otras que le sean asignadas por el Ministro de las FF.AA.

VII. ESPECIFICACION DEL PUESTO:

Oficial General o Almirante de las FF.AA. Haber desempeñado funciones en el Estado Mayor Coordinador de su respectiva

institución. Preferiblemente graduado de la Maestría de Seguridad y Defensa

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Ayudante Administrativo Auxiliar del Ayudante Administrativo Encargados de Secciones

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4.3 Organismos Auxiliares o de apoyo.

CONTRALORÍA GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Asesorar al Ministro en cuanto a los medios de control y de inspección, así como establecerpolíticas de control de los niveles operacionales en el ámbito administrativo y financiero de lasFuerzas Armadas y asegurar su cumplimiento de manera que garantice una mejoreficientización en la administración de los recursos.

V. FUNCIONES CONTRALORIA GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS.

Es el organismo de control, previo y concurrente de todas las operaciones financieras querealizan los diferentes programas y actividades económicas de las Instituciones Armadas,mediante un sistema de monitoreo sobre todas las operaciones, estableciendo losprocedimientos y normas, para garantizar un efectivo control y ejecución de los Programasdel las Fuerzas Armadas, que permitan un razonable manejo de los recursos asignados.

Asesorar al Ministro de las Fuerzas Armadas en la Evaluación Planificación y ponderaciónde los proyectos económicos, así como en la administración de dichos recursos.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Establecer los controles y supervisión necesarios en la administración de los recursoseconómicos de las Fuerza Armadas.

2. Elaborar el anteproyecto de presupuesto de gastos anual de las Fuerzas Armadas, y losomete al Ministro de las Fuerzas Armadas para los fines procedentes.

3. Cumplir y hacer cumplir las leyes vigentes, los decretos del Poder Ejecutivo, lasnormas y procedimientos emanados de la Contraloría General de la República, enmateria del uso eficiente y transparente de los recursos económicos asignados a lasFuerzas Armadas.

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4. Implementar los mecanismos oportunos para cumplir con las Políticas administrativastrazadas, y así alcanzar los objetivos deseados.

5. Representa al Ministro de las Fuerzas Armadas en las operaciones financieras que lainstitución realiza con personas físicas o jurídicas.

6. Recomienda al Ministro de las Fuerzas Armadas, las políticas, normas yProcedimientos que sean necesarias, para lograr que las operaciones financierasresulten más oportunas y eficaces.

7. Requiere a los departamentos y unidades de controles de las Fuerzas Armadas, lasinformaciones financieras necesarias para fines de evaluación, análisis y planificacióndel gasto militar.

8. Vigila que los bienes y servicios adquiridos por las Fuerzas Armadas tengan la calidadrequerida, el precio del mercado y asegurarse que a la cantidad facturada se le dioentrada íntegramente al almacén, en el tiempo indicado y que a la misma se le estadando el uso para el cual fue adquirida.

9. Establece los controles necesarios de los bienes muebles e inmuebles, propiedad delas Fuerzas Armadas, bajo un sistema de inventario actualizado.

10. Asegura que todas las documentaciones financieras de los diferentes cuerposcastrenses y sus Dependencias, que van a la firma del Ministro de las FuerzasArmadas, estén debidamente correctas y de acuerdo a las normas establecidas.

11. Promueve la modernización de los procesos Operativos y la creación de las nuevasfunciones administrativas de las Fuerzas Armadas, que se consideren necesarias.

12. Contribuye de manera participativa y concurrente con el desarrollo de las FuerzasArmadas.

13. Mantiene los estándares de capacitación y actualización de los contadores y auditoresde las Fuerzas Armadas.

14. Pondera y aprueba la planificación y el programa de auditorias del año, a efectuarseen los institutos castrenses, en el Ministerio de las Fuerzas Armadas y susdependencias.

15. Evaluarár las recomendaciones del Auditor General de las Fuerzas Armadas, plasmadasen los trámites de informe de auditoria.

16. Es responsable del producto final de las auditorias realizadas en los diferentesorganismos de las Fuerzas Armadas, y determina las medidas a tomar ante lasrecomendaciones hechas en los trámites de informe de auditoria, realizados por elAuditor General de las Fuerzas Armadas.

17. Coordina, conjuntamente con el Auditor General de las Fuerzas Armadas, los trabajosque están destinados a realizar los entes externos de fiscalización, como son laContraloría General de la República, la Cámara de Cuentas y las Firmas de AuditoresIndependientes.

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18. Mantiene oportuna y debidamente informado al Ministro de la Cartera de lasoperaciones financieras, realizadas en las Fuerzas Armadas.

19. Pertenecer al Consejo Directivo del Instituto de Seguridad Social de las FuerzasArmadas.

20. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

21. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

22. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

23. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

24. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

25. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

26. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

27. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

28. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

29. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

30. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

31. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

32. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

33. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

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34. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

35. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

36. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

37. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

38. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

39. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACION DEL PUESTO:

Ser Oficial General o Coronel/Capitán de Navío. Ser Licenciado en el área de las Finanzas, con Maestría en una de sus ramas. Experiencia en administración de presupuestos.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Contralor Subcontralor Ayudante Encargado de Departamento Encargado de Sección.

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4.3 Organismos Auxiliares o de apoyo.

DIRECCIÓN GENERAL FINANCIERA DEL MIFFAA

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Contralor del MIFFAA, y departamentos de contabilidadde las diferentes dependencias

IV. Objetivo General

Apoyar al Contralor General de las Fuerzas Armadas en cumplimiento de la administración delos recursos financieros puestos a su disposición de acuerdo a las políticas trazadas por elMinistro de las Fuerzas Armadas.

V. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN FINANCIERA, MIFFAA

Gestionar los recursos económicos asignados a l Ministerio de las FF.AA. consignados enla Ley de Presupuestos y Gastos Públicos.

Garantizar que los recursos sean administrados con transparencia y eficiencia de acuerdocon las Normas Generales de Contabilidad

Aplicar las políticas administrativas trazadas por el Contralor General de las FF.AA., parala administración de los recursos financieros.

Depender directamente del Contralor General de las FF.AA., y tener bajo suresponsabilidad todas las direcciones, subdirecciones, departamentos y secciones del áreafinanciera para el cumplimiento de su misión.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Asegura que el anteproyecto de presupuesto anual se elabore y se tramita en eltiempo previsto.

2. Administra con ética, eficacia y transparencia los recursos financieros de las FF.AA.

3. Asegura que la ejecución presupuestaria se lleve a cabo cumpliendo la programacióny normativas establecidas.

4. Vela por el cumplimiento de que los fondos presupuestados para uso específico seanaplicados para los fines que fueron aprobados, tales como raciones, sueldos, dietas,viáticos, ayudas y otros.

5. Mantiene comunicación permanente con la Dirección Nacional de Presupuesto,Contraloría General de la República y Tesorería Nacional.

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6. Cumple con las leyes vigentes, Decretos del Poder Ejecutivo, Normativas deContraloría General de la República, Cámara de Cuentas y disposiciones emanadas dela instancia superior de las FF.AA.

7. Velar porque las compras que realice la institución cumplan con las normas yrequisitos vigentes.

8. Gestiona la aprobación del Contralor General para la adquisición de bienes y servicios.

9. Vela porque los bienes y servicios adquiridos en el mercado local lleguen intactos en eltiempo estimado a su destino final.

10. Implementa los mecanismos que sirvan de acopio de los expedientes aprobados,contentivos del aprovisionamiento de las instituciones.

11. Vela porque los bienes y servicios adquiridos, tengan la calidad requerida y el precioacorde con el mercado.

12. Vela por el cumplimiento de los controles vigentes sobre la administración de fondosde raciones presupuestados.

13. Es responsable del pago de raciones, debiendo solicitar el compromiso de fondos a laDirección Nacional de Presupuesto y enviar el libramiento al organismocorrespondiente, directamente a nombre de los Oficiales Generales de Mesa, Oficialesde Mesas u otros beneficiarios.

14. Asegurar que las erogaciones por concepto de pago de raciones, dietas, viáticos, etc.,estén calculadas conforme a las normas establecidas.

15. Velar por el cumplimiento de las recomendaciones formuladas por los auditores.

16. Asegurar que la documentación financiera que va a la firma de la instancia superioreste completa y correcta.

17. Velar porque los valores financieros en tesorería estén debidamente protegidos.

18. Rendir informe mensual al Contralor General, de las operaciones financieras querealiza la Dirección General Financiera.

19. Asegurar que los expedientes que involucren las operaciones financieras, se trabajencon la debida agilidad y flexibilidad acorde con las normativas para el mejordesenvolvimiento de los sistemas financieros correspondientes.

20. Velar porque todos los expedientes relacionados a cheques emitidos tengan ladocumentación correspondiente.

21. Velar porque las conciliaciones bancarias se realicen mensualmente a fin de que losbalances que presenten los libros bancos sean confiables.

22. Enviar diariamente los balances de la cuenta del efectivo en banco, al Contralor Gral.de las FF.AA.

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23. Verificar antes de emitir un cheque que exista el balance que cubra el monto que sedesea desembolsar.

24. Verificar todas las transacciones contables que se originen antes de ser enviadas a laDirección de Auditoría Interna.

25. Velar que se realice mensualmente un estado por antigüedad y saldo de la cuenta porpagar a proveedores, debiendo observar que la misma disponen de los documentosque la avalan, además de que estén registradas en el Libro Mayor General.

26. Velar de que en la elaboración y formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Leyy Gasto Público satisfagan todas las necesidades del año siguiente.

27. Velar porque los desembolsos, ya sean de cheques de la cuenta interna o libramientos,anexen sus documentos soporte antes de ser archivados.

28. Velar porque los cheques emitidos, de las diferentes cuentas de efectivo en banco,cumplan con su caducidad sean reintegrados a su cuenta de origen.

29. Verificar diariamente la secuencia de los cheques vírgenes.

30. Supervisar cada una de las dependencias para que no archiven documentosincompletos.

31. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

32. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

33. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas a travésdel Contralor General de las FF.AA., así como cumplir y hacer cumplir las leyes y losreglamentos de la institución y todas las disposiciones legales emanadas de unaautoridad competente.

34. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

35. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

36. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

37. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

38. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

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39. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

40. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

41. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

42. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

43. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

44. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

45. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

46. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

47. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

48. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

49. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

50. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACION DEL PUESTO:

Oficial Superior Ser Licenciado en el área de las Finanzas, con Maestría en una de sus ramas. Experiencia en administración financiera.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director General Directores Subdirectores Ayudante Encargados Departamentos.

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4.3 Organismos Auxiliares o de apoyo.

AUDITORÍA GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS.

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Hacer que las Fuerzas Armadas alcancen y mantengan la máxima eficiencia de los recursoseconómicos a su disposición, los cuales deben ser administrados con la debida transparencialograda a través de la aplicación y de la evaluación permanente de los controles internosestablecidos.

V. FUNCIONES DEL AUDITOR GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS.

El Auditor General de las Fuerzas Armadas, tiene como función, examinar, fiscalizar ysupervisar las operaciones administrativas y financieras que realizan las Fuerzas Armadas.

Tiene bajo su dirección los auditores de programas, los cuales tendrán categoría de sub-auditores generales de las Fuerzas Armadas, así como los auditores internos de losinstitutos castrenses, auditores internos de Ministerio de las Fuerzas Armadas y susdependencias.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Examinar, fiscaliza y supervisa las operaciones administrativas y financieras querealizan las Fuerzas Armadas.

2. Emitir su opinión apegado a las leyes vigentes, decretos del Poder Ejecutivo, normasde la Cámara de Cuentas, Contraloría General de la República y normasinternacionales de auditoría.

3. Vigilar que los programas y actividades presupuestarias cumplan con las normasestablecidas.

4. Supervisar los trabajos de auditoria realizados por el personal bajo su dirección.

5. Elaborar un programa anual de auditoría a realizar y realiza las auditorías en lasFuerzas Armadas.

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6. Mantener debidamente informado al Contralor General de las Fuerzas Armadas delcumplimiento de los controles internos.

7. Asegurar que las recomendaciones hechas por los auditores de la cámara de cuenta yla Contraloría General de la República, se cumplan.

8. Tramitar los informes de auditoría al Ministro de las Fuerzas Armadas, vía ContralorGeneral de las Fuerzas Armadas, emitiendo su opinión y recomendación al respecto.

9. Recomendar los mecanismos de controles necesarios para el registro de lasoperaciones administrativas y financieras de las Fuerzas Armadas.

10. Evaluar el adecuado uso y preservación de los bienes y servicios adquiridos por lasFuerzas Armadas.

11. Vigila por que los fondos apropiados sean asignados conforme con las normasestablecidas.

12. Evaluar las operaciones administrativas y financieras realizadas en las FuerzasArmadas.

13. Vigilar el cumplimiento de los mecanismos y controles establecidos en los anticipos aproveedores.

14. Revisar el cumplimiento de los mecanismos de controles establecidos para lasconciliaciones bancarias.

15. Realizar evaluaciones periódicas de las operaciones administrativas y financieras en losdiferentes organismos de las Fuerzas Armadas.

16. Ofrecer la mayor colaboración posible a los auditores de la Cámara de Cuentas cuandose presentan a inspeccionar oficialmente las operaciones administrativas y financierasde las Fuerzas Armadas.

17. Supervisar el cumplimiento de los controles internos establecidos para el manejo delas nominas de pago al personal en los diferentes organismos de las Fuerzas Armadas.

18. Vigilar que los descuentos realizados a los miembros de las Fuerzas Armadas seanaplicados con equidad y racionalidad conforme a las normas vigentes establecidas.

19. Fiscalizar el cumplimiento de los controles internos establecidos para el manejo de losfondos de raciones en los diferentes organismos de las Fuerzas Armadas.

20. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

21. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

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22. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

23. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

24. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

25. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

26. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

27. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

28. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

29. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

30. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

31. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

32. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

33. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

34. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

35. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

36. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

37. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

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38. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

39. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACION DEL PUESTO:

Oficial General o Coronel/Capitán de Navío. Ser Licenciado en el área de las Finanzas, con Maestría en una de sus ramas. Experiencia en administración financiera.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Auditor General Sub-auditores Ayudante Encargados de Departamentos Encargados de Secciones.

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4.3 Organismos Auxiliares o de apoyo

OBISPADO CASTRENSE

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Incentivar todas las actividades de carácter religioso acontecidos en la iglesia católica entrelos miembros pertenecientes a las Fuerzas Armadas, logrando su participación de formavoluntaria.

V. FUNCIONES DEL OBISPADO CASTRENSE.

Desarrollar un programa de supervisión que controle el buen funcionamiento de lasCapellanías Castrenses de las Fuerzas Armadas.

Velar que los mismos participen en estas de manera voluntaria. El Ordinariato Castrensees una jurisdicción eclesiástica instituida por la Santa Sede en la República, para laevangelización, la atención pastoral y el cuidado espiritual de los miembros de las FuerzasArmadas Dominicanas, así como los familiares de estos.

Depende directamente del Ministerio de las Fuerzas Armadas, tiene la siguienteestructura jerárquica del ordinariato u obispado Castrense. El Obispo Castrense, quien seencuentra al frente de Ordinariato, por disposición de la Santa Sede es el ArzobispoMetropolitano de Santo Domingo. El Vicario General, nombrado por el Obispo Castrense,según las normas canónicas y de acuerdo con el gobierno. Los Capellanes de los tresCuerpos Armados de las Fuerzas Armadas Dominicanas. En cada una de las unidades delOrdinariato Castrense se encuentran varios capellanes, algunos diáconos y catequistas.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Es el principal asesor eclesiástico del Ministro de las Fuerzas Armadas.

2. Vigila el buen funcionamiento de las Capellanías Castrenses de las Fuerzas Armadas.

3. Vigila que las Capellanías Castrenses, funcionen apegadas a las Normas yReglamentos Militares.

4. Planifica, coordina y supervisa las actividades religiosas que se realicen en las distintasdependencias e instituciones de las Fuerzas Armadas.

5. Promueve la fe católica, dentro de los miembros de las Fuerzas Armadas, respetandola creencia e ideología de los miembros que no la practiquen.

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6. Designa los sacerdotes necesarios, para apoyar el personal participante en lasoperaciones de misiones en el extranjero, conflicto, emergencias entre otras.

7. Coordina todas las actividades eclesiásticas en las que participan los miembros de lasFuerzas Armadas junto a personal civil y de otras congregaciones.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Obispo

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Obispado Castrense Capellán

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4.3 Organismos Auxiliares o de apoyo.

DIRECCIÓN DE BANDAS DE MÚSICA DE LAS FUERZAS ARMADAS

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: J-3, J-5 y directores de las bandas de música de lasFuerzas Institucionales

IV. Objetivo General

Dar cumplimiento a las disposiciones del Alto Mando, relacionadas con las actividadesformales de ceremoniales y celebraciones que requieran la participación de las bandasmilitares, elevando la calidad de la interpretación musical mediante la constante capacitaciónde sus miembros.

V. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE BANDAS DE MÚSICA DE LAS FUERZASARMADAS

Recopilar, investigar y documentar todo lo relativo a la tradición Musical, MarchasMilitares e Himnos de las Fuerzas Armadas, con la finalidad de estandarizar losprocedimiento y el espectro musical de las diferentes Bandas de Músicas de los CuerposArmados de la Nación, para ser interpretadas con la mayor lucidez y solemnidad durantelos Ceremoniales Militares, Actos Especiales y Marchas Militares, como una forma degarantizar el mas alto nivel artístico posible de las mismas.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Velar porque las Bandas de Música de las distintas Instituciones de las FuerzasArmadas, mantengan un óptimo nivel Militar y Artístico.

2. Diseñar, planifica y ejecuta un programa de capacitación musical y militar, dentro deesa área especializada, para que sea impartido por la Dirección General de las Bandasde Música del Ejército Nacional, Dirección General de las Bandas de Música de laMarina de Guerra y Dirección General de las Bandas de Música de la Fuerza AéreaDominicana.

3. Es responsable de la Organización y Coordinación de las distintas Bandas de Músicaque conforman las Fuerzas Armadas.

4. Coordinar las solicitudes de Agrupaciones Musicales, tanto en la parte Militar comoCivil, que les hagan al Ministro de las Fuerzas Armadas.

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5. Velar y asegurarse que el repertorio que posea la Dirección General de las Bandas deMúsica del Ejército Nacional, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea Dominicana, formeparte de todo el material que tenga que ver con el Ceremonial Militar y Especial, comoson las Marchas Militares, los Himnos de Naciones Amigas, entre otros.

6. Realizar visitas de trabajo a las Instituciones de las Fuerzas Armadas, como una formade verificar el estado de funcionamiento de las Bandas de Música de las mismas.

7. Exigir que los Directores Generales de las Bandas de Música de las InstitucionesArmadas, le informen mensualmente mediante comunicación escrita, los serviciosrealizados por sus respectivas Bandas de Música, para mantener informado al Ministrode las Fuerzas Armadas, sobre las actividades conjuntas.

8. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

9. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

10. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

11. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

12. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

13. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

14. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

15. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

16. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

17. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

18. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

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19. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

20. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

21. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

22. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

23. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

24. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

25. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

26. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

27. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACION DEL PUESTO:

Oficial General o Coronel/Capitán de Navío. Ser graduado de una escuela elemental de música Experiencia en la dirección de la banda de música de su institución o Subdirector

de la Banda de Música de las FF.AA. Tener dominio de al menos dos instrumentos de una misma familia. Tener conocimientos básicos de composición musical para voces corales u

orquestación.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Encargado Departamento Encargado de Sección.

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4.3 Organismos Auxiliares o de apoyo.

DIRECCIÓN DE INFORMATICA DE LAS FUERZAS ARMADAS

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Asesorar al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando militar en el aprovechamientoóptimo de los recursos tecnológicos para la toma de decisiones, así como de ser el enteadministrador del centro de cómputos del Ministerio de las Fuerzas Armadas en coordinacióncon las direcciones de informática de los cuerpos castrenses.

V. FUNCIONES DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA

Diseñar, planificar, desarrollar e incentivar el uso de la tecnología computacional einformática en las Fuerzas Armadas, principalmente en el área de la informática, el estudiode la telemática, en todos los niveles de las distintas dependencias del Ministerio de lasFuerzas Armadas.

Es una dependencia de la Dirección de Comunicaciones y Electrónica, (J-6), teniendobajo su jurisdicción el personal especializado y equipos necesarios, con la finalidad deapoyar a las diferentes dependencias e Instituciones de las Fuerzas Armadas, en elcumplimiento de las diferentes actividades administrativas y operacionales que estasrealicen en cumplimiento de su misión.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Asesorar al Ministro de las Fuerzas Armadas y sus Dependencias, en elaprovechamiento óptimo de los recursos tecnológicos que administran.

2. Coordinar con todas las dependencias del Ministerio de las Fuerzas Armadas y lasdiferentes Instituciones Armadas, la Identificación, Descripción y Sistematización delos procesos y operaciones que se realizan en la misma.

3. Dirigir, coordina y vela, por la ejecución del plan de sistematización de todas lasdependencias del Ministerio de las Fuerzas Armadas, y garantizará su funcionalidad através del tiempo.

4. Dirigir, coordina y vela, que los trabajos relativos al desarrollo e implementación através de los sistemas de información que requieran las diferentes dependencias delMinisterio de las Fuerzas Armadas, para hacer más eficiente el uso del flujo deinformación que se genera en cada una de ellas.

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5. Diseñar, planificar y ejecutar un plan de contingencia que garantice la permanencia delas informaciones que genera la Institución, ante desastres o imprevistos.

6. Administrar los equipos computacionales centrales de la institución, a fin de prestarapoyo y asistencia técnica a las áreas con terminales periféricas, en la producción,diseño, implantación y seguridad de los equipos.

7. Velar por la integridad de las informaciones en los computadores centrales de esteMinisterio, estableciendo normas codificadas de acceso restringido, evitandoinfiltraciones de intrusos informáticos en los mismos.

8. Es responsable, de que los diferentes usuarios de la Red de Informática del Ministeriode las Fuerzas Armadas, sólo puedan acceder a la información permitida o autorizada.

9. Mantener copias actualizadas bajo estrictas medidas de seguridad de todos losprogramas y bases de datos relacionadas con la red de informática del Ministerio delas Fuerzas Armadas.

10. Velar por la actualización de esta Dirección de Informática, adquiriendo el últimomodelo de equipos y programas, existentes en el mercado nacional e internacional.

11. Coordinar con centros de estudios públicos o privados, los cursos y entrenamientosnecesarios, para la actualización del personal y del equipo de técnicos de estaDirección de Informática.

12. Es responsable del mantenimiento, funcionalidad y actualización de la Pagina Web delMinisterio de las Fuerzas Armadas.

13. Velar por que todas las dependencias de las Fuerzas Armadas tengan acceso a la redde Internet y direcciones de correo electrónico, necesarias.

14. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

15. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

16. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

17. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

18. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

19. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

20. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos de

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dirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

21. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

22. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

23. Fija las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

24. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

25. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

26. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

27. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

28. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

29. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

30. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

31. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

32. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

33. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACION DEL PUESTO:

Coronel o Capitán de Navío. Licenciado en el área de Informática, Maestría en un área afín. Experiencia en administración de centros de informática.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

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Director Subdirector Ayudante Encargado de Departamento Encargado de Sección

4.3 Organismos Auxiliares o de apoyo

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DIRECCIÓN DE INGENIERIA DE LAS FUERZAS ARMADAS

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Optimizar los altos estándares de diseños, presupuestos y construcción de todas las obras querequiera el Ministerio de las Fuerzas Armadas y todas sus dependencias a nivel nacional.

V. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE INGENIERIA DE LAS FF.AA.

Administra el diseño, presupuesto y construcción de todas las obras que requiera elMinisterio de las fuerzas armadas y todas sus dependencias a nivel nacional.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. La Dirección General de Ingeniería del Ministerio de las Fuerzas Armadas, bajo lasdirectrices del Señor Ministro tiene a su cargo la construcción y mantenimiento de lasinfraestructuras de esta dependencia y la supervisión de las construcciones yremodelaciones de obras realizadas por compañías privadas.

2. En detalle esta Dirección General esta comprometida con mantener el buen estado delas plantas físicas que alojan los diferentes departamentos que conforman esteMinisterio.

3. Tiene a su cargo el mantenimiento periódico de las edificaciones en lo que se respectaa: Mantenimiento General, Electricidad, Plomería, Pintura, etc., todo esto con lafinalidad de mantener el buen estado dichas infraestructuras.

4. Mantener en buen estado las dependencias físicas de esta sede central y susdependencias en todo el país.

5. Fiscalizar y supervisar las obras realizadas por contratistas privados cuando así lasituación lo amerite.

6. Mantener en buen estado las instalaciones físicas de la sede central de este Ministerioy sus dependencias en todo el país.

7. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y la

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capacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

8. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

9. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

10. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

11. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

12. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

13. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

14. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

15. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

16. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

17. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando,en el área de su incumbencia.

18. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

19. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

20. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

21. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

22. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

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23. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

24. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

25. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

26. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACION DEL PUESTO:

Coronel o Capitán de Navío. Ser Ingeniero Civil, con Maestría en una de sus ramas. Experiencia como titular en el área de ingeniería de su institución.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Encargado Departamento Encargado de Sección

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Unidades Sustantivas u Operativas

4.4 Organismos Asesores Especializados

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4.4 Organismos Asesores Especializados

COMISIÓN PERMANENTE PARA LA REFORMA Y MODERNIZACIÓN DE LASFUERZAS ARMADAS (COPREMFA)

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con J-3, Dirección de Doctrina, INSUDE, Dirección deProgramas y Proyectos

IV. Objetivo General

Formular políticas claras sobre reforma, adecuación e institucionalización de las FuerzasArmadas, para inducir a una cultura de transformación reformadora y de superación de laeficiencia institucional, para garantizar la defensa y seguridad Nacional, a fin de proporcionarla existencia de un clima de paz, que nos permita la consecución y mantenimiento de losObjetivos Nacionales, propiciando el desarrollo nacional.

V. FUNCIONES DE LA COMISIÓN PERMANENTE PARA LA REFORMA YMODERNIZACIÓN DE LAS FUERZAS ARMADAS.

Evaluar, estudiar, dirigir, coordinar, y supervisar las propuestas de reforma ymodernización hechas por las distintas Instituciones de las Fuerzas Armadas, con lafinalidad de reformar, modernizar y adecuar a sus respectivas organizaciones, paraenfrentar las amenazas futuras que atenten contra el Estado, así como formular políticasclaras sobre reformas, adecuación e institucionalización de las Fuerzas Armadas.

Inducir a una cultura de transformación reformadora y de superación de la deficienciainstitucional, para garantizar la defensa y seguridad nacional, a fin de propiciar la existenciade un clima de paz, que nos permita la consecución y mantenimiento de los ObjetivosNacionales, permitiendo el desarrollo y evolución de nuestra nación.

Tiene sus respectivas dependencias administrativas para un mejor desenvolvimiento.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Actuar como Presidente de la Comisión en todas las reuniones y actividades en queparticipen, ya sea de carácter interno o en asuntos externos relacionados con susfunciones.

2. Presentar al Ministro de las Fuerzas Armadas las propuestas de reformas que lacomisión entienda deban de realizarse.

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3. Tramitar al Ministro de las Fuerzas Armadas, las propuestas de reforma que hagan lasInstituciones a través de sus respectivas Comisiones.

4. Tomar en cuenta la importancia de la interoperabilidad de las fuerzas, previendo quetodos los procesos de reforma y de modernización que se desarrollen, estén basadosen la doctrina conjunta.

5. Recomendar la actualización de las leyes, reglamentos, órdenes generales, circulares ydemás disposiciones que se vean afectadas durante la implementación de lasreformas, que hayan sido aprobadas por el Estado Mayor General de las FuerzasArmadas.

6. Recomendar la sustitución o reconstrucción, de los medios y equipos disponibles en lasinstituciones militares para cualquiera de las diferentes unidades, departamentos yespecialidades, de manera de adecuarlos a las necesidades y misiones que lescorrespondan.

7. Recomendar y supervisa los trabajos de las Comisiones de Especialistas que seandesignadas, a fin de evaluar el nivel de funcionalidad de cualquier área que seasometida a un proceso de reforma y modernización en las Fuerzas Armadas.

8. Recomendar al Ministro de las Fuerzas Armadas la integración de representantes delos distintos sectores de la vida nacional a las distintas Comisiones de Especialistas queconsidere sean necesarios.

9. Supervisar la implementación de todas las medidas y procesos de Reforma yModernización, que hayan sido debidamente aprobados de manera directa oauxiliándose de sus delegados permanentes.

10. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

11. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

12. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

13. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

14. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

15. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

16. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

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17. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

18. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

19. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

20. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

21. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

22. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

23. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

24. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

25. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

26. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

27. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

28. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

29. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

30. Planificar, programar y ejecutar el proyecto de presupuesto anual de acuerdo a lasnormas establecidas por la Contraloría General de la República y la Contraloría Generalde las Fuerzas Armadas.

31. Elaborar y someter al Ministerio de las Fuerzas Armadas, para la aprobación delPresidente de la República, los Reglamentos Internos necesarios para el buenfuncionamiento de su dependencia.

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VII. ESPECIFICACION DEL PUESTO:

Oficial General Maestría en Seguridad y Defensa o áreas afines. Experiencia como Miembro del Estado Mayor Conjunto o Director.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Presidente Director Ejecutivo Encargado de Proyectos, Planes y Documentación Asesores Ayudante Encargados de Secciones

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4.4 Organismos Asesores Especializados

DIRECCIÓN DE ORGANIZACIÓN Y DOCTRINA DEL MINISTERIODE LAS FUERZAS ARMADAS.

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Diseñar, planificar y definir un Sistema de Organización y Doctrina, que permita desarrollar lasnormas y procedimientos apropiados para el empleo y uso eficiente de las capacidadesestratégicas, operacionales y administrativa de las Fuerzas Armadas.

V. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE ORGANIZACIÓN Y DOCTRINA

Elaborar sus proyectos de manera consensuada y adaptadarlo a las realidades actualesen que viven y operan nuestras Fuerzas Armadas, amparado en las recomendacionesbasadas en la experiencia, la historia y las tradiciones vigentes en nuestras InstitucionesArmadas.

Para el cumplimiento de sus funciones será auxiliado por una plana mayor compuesta porOficiales de las Fuerzas Armadas, para los fines correspondientes.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Emitir y comunica su parecer en cuanto a los aspectos doctrinales que estosimpliquen, sobre los expedientes a ser conocidos por el Estado Mayor General de lasFuerzas Armadas, para sustentar las ponderaciones en el proceso de la toma dedecisiones del mismo.

2. La planificación, revisión, evaluación, publicación e implementación mediantemanuales, reglamentos de las normas y procedimientos que servirán como guía paralas actuaciones de los miembros de las Fuerzas Armadas, en cada una de las áreas enque se desarrollan ya sea a nivel Conjunto y/o Combinado o de manera individual encada una de las respectivas Instituciones y Dependencias que integran las FuerzasArmadas.

3. Promover la elaboración y actualización de las leyes, reglamentos, códigos y manualesvigentes en las Fuerzas Armadas, que sean necesarios publicar.

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4. Vigilar que los Manuales de Doctrina que se desarrollan, se correspondan con lasnecesidades reales de las instituciones armadas, y de que permitan unainteroperabilidad para facilitar las operaciones conjuntas y combinadas.

5. Requerir a las diferentes Instituciones de las Fuerzas Armadas, la actualización de laTabla de Organización y Equipos (TOE), basadas en la estructura de las fuerzasdescritas por el Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas.

6. Colectar libros, manuales, referencias, entrenamiento y la experiencia, para eldesarrollo de la doctrina de las Fuerzas Armadas.

7. Elaborar el organigrama del Ministerio de las Fuerzas Armadas y sus diferentesdependencias, de conformidad con la Tabla de Organización y Equipo (TOE), encoordinación con los respectivos directores de planes y operaciones (J-3) y de Personal(J-1) del MIFFAA, señalando su ubicación, misión, organización, cantidad de personalasignado o fuerza actual, fuerza autorizada, armamentos, equipos, y demásespecificaciones.

8. Identificar los cursos de capacitación y entrenamiento, que reciben los miembros de laInstitución a nivel nacional e internacional, evalúa su propósito, contenido y alcance,así como su relación con el soporte de la misión de la institución.

9. Definir las necesidades de capacitación y entrenamiento, para las distintasinstituciones y dependencias de las Fuerzas Armadas, y remitirlas a la Dirección deEducación y Capacitación Profesional de las Fuerzas Armadas, Gran GeneralRestaurador Gregorio Luperón.

10. Definir los aspectos doctrinales, para el desarrollo de las tácticas para el empleo de lasunidades en combate, las técnicas para el empleo y entrenamiento del Personal de lasFuerzas Armadas, y los procedimientos necesarios para definir lo que debe hacer cadaorganización o dependencia durante los periodos de crisis o durante las operacionesque están llamadas a realizar en el cumplimiento de sus misiones asignadas.

11. Recomendar al Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas, los estándares yrequerimientos que tienen los miembros de las mismas, con el objetivo de desarrollar,mantener y elevar los niveles de listeza operacional necesarios, mediante elentrenamiento y la publicación de los manuales de doctrina correspondientes.

12. Vigilar que la doctrina a ser implementada se corresponda con la estructura de mandoconjunto que tienen nuestras Fuerzas Armadas, a fin de que la misma permita lainteroperabilidad en las operaciones conjuntas, que disponga el Ministerio de lasFuerzas Armadas.

13. Verificar que los manuales doctrinales sean desarrollados cumpliendo con el ciclodoctrinario, el cual consiste en la evaluación, planificación, desarrollo, aprobación,edición, publicación, distribución e implementación.

14. Distribir los manuales, reglamentos y demás proyectos a las distintas dependencias delas Fuerzas Armadas, de manera que, se reciban las opiniones de los miembros sobrelos aspectos contenidos en los mismos, para garantizar que los productos finales seanelaborados de manera consensuada.

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15. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

16. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

17. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

18. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

19. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

20. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

21. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

22. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

23. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

24. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

25. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

26. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

27. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

28. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

29. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

30. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

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31. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

32. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

33. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

34. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

General de Brigada/Contralmirante o Coronel/Capitán de Navío. Diplomado de Estado Mayor.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Encargado Departamento Encargado de Sección.

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4.4 Organismos Asesores Especializados

SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADADEL MINISTERIO DE LAS FUERZAS ARMADAS

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las instituciones de nuestras Fuerzas Armadas,organismos de seguridad del Estado, e institucionesnacionales e internacionales afines con la seguridadprivada.

IV. Objetivo General

Ejercer la regulación, el control, inspección y vigilancia necesarios, sobre todas las personas einstituciones que desarrollan actividades de Vigilancia y Seguridad Privada en la RepúblicaDominicana, a fin de garantizar la vigencia de los estándares legales y reglamentariosestablecidos para los servicios de este tipo, especialmente en el control de las armas, equipos,dispositivos y en lo relativo al perfil, identificación y capacitación del personal empleado.

V. FUNCIONES DE LA SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDADPRIVADA, MIFFAA.

Promover el desarrollo de los servicios de seguridad privada, implementando el principiode garantía de protección a los ciudadanos y sus bienes.

Garantizar la prestación de servicios de seguridad privada con características de calidad yprecios que se traduzcan en la existencia de una competencia sostenible, leal y efectiva.

Defender y hacer efectivos los derechos de los clientes, usuarios y prestadores de dichosservicios, dictando los reglamentos pertinentes, haciendo cumplir las obligacionescorrespondientes a las partes y cuando fuere necesario aplicando las sancionescorrespondientes de conformidad con las disposiciones contenidas en el decreto 1128-03 ysu reglamento.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Diseñar un plan orientado a mejorar las capacidades del Sistema de Seguridad Privadade las Fuerzas Armadas.

2. Distribuir periódicamente a todo el sector de seguridad, informaciones de utilidad alas mismas, tales como, informes relativos a la incorporación de nuevas empresas; lasque cesan o les son suspendidos sus servicios; novedades en materia de seguridad, derecursos humanos y técnicos en esta materia, así como los costos para la emisión delos diferentes tipos de licencias.

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3. Gestionar la aprobación del Anteproyecto de Ley de Seguridad Privada, el cual seencuentra en estos momentos en revisión en el Congreso Nacional.

4. Elaborar programas de capacitación conjuntamente con el INFOTEP, en los nivelesbásicos, supervisores y encargados de operaciones que sea homogéneo a todo el sub-sector.

5. Establecer y ejecutar las políticas de seguridad privada orientadas a la protección de laciudadanía y al bienestar general, elevando los niveles de eficiencia, transparencia yprotección de los servicios prestados por las empresas privadas de seguridad.

6. Fiscalizar y supervisar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias,así como de las normas técnicas en relación con la organización y funcionamiento dela seguridad privada.

7. Verificar el cumplimiento de la calidad y continuidad del servicio, la preservación deseguridad de las instalaciones y todo su personal, así como otras condiciones deeficiencia de los servicios que se presten a los usuarios, de acuerdo a las regulacionesestablecidas.

8. Requerir de las empresas de seguridad privada, y del propio Estado Dominicano, lasinformaciones técnicas y estadísticas que fuesen necesarias para el cumplimiento desus funciones y atribuciones.

9. Acceder dentro del marco establecido en el Decreto 1128-03 y su reglamento a lasinstalaciones de las empresas de seguridad privada en la realización de sus funciones,procurando no interferir el normal desenvolvimiento de sus actividades.

10. Elaborar reglamentos de alcance general, dictar normas y procedimientosadministrativos de alcance particular, dentro del marco de la regulación vigente.

11. Regular aquellos servicios de seguridad privada en los que la ausencia de competenciaresulte perjudicial al usuario de los mismos.

12. Otorgar, ampliar y revocar concesiones o licencias en las condiciones previstas en elReglamento.

13. Dar seguimiento a todas las solicitudes de los ciudadanos relacionadas a los serviciosde compañías de seguridad privada.

14. Prevenir o corregir prácticas discriminatorias o anticompetitivas dentro del marco delReglamento vigente.

15. Dirimir de acuerdo a los principios establecidos en el Decreto 1128-03 y suReglamento, y en protección del interés público, las diferencias que pudieren surgirentre las empresas entre sí y entre las empresas y sus clientes o usuarios.

16. Vigilar por el buen cumplimiento de las obligaciones de las empresas de seguridadprivada y de los usuarios de esos servicios, protegiendo en sus actuaciones el derechode defensa de las partes.

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17. Fijar las tarifas por la emisión y / o renovación de licencias de operación y de losservicios de: certificación de registro de compañía, categorizaciones, evaluacionespsicológicas, pruebas antidrogas (doping), capacitación, carnetización, depuraciónpara ingresos y otros servicios.

18. Aplicar las sanciones establecidas en el Decreto 1128-03 y su reglamento cuando secometan faltas administrativas previstas en la Ley y su Reglamento.

19. Autorizar a las empresas prestadoras de servicios de seguridad privada a que asumanla condición de signatarios de organismos internacionales de seguridad, deconformidad con las reglas aplicables y en su caso, coordinar la participación nodiscriminatoria del resto de las empresas.

20. Aprobar, previa consulta y coordinación con los interesados las nuevas reglas deoperaciones que el Reglamento establezcan, otorgando plazos razonables paraadecuarse a las mismas.

21. Dictar normas técnicas que garanticen la compatibilidad técnica y operativa de losservicios de seguridad y la calidad del mismo. Estas normas se adecuarán a lostratados, prácticas y recomendaciones de organismos internacionales de que formeparte la República Dominicana.

22. Supervisar que el personal operativo esté debidamente entrenado, capacitado yadiestrado, así como verificar su programa de entrenamiento y capacitación.

23. Elaborar especificaciones técnicas para la homologación y/o certificación de equipos,aparatos y sistemas de seguridad y expedir, en su caso, el correspondiente certificado.

24. Velar porque las compañías que ofrecen servicios de seguridad cumplan con laspolíticas y disposiciones de las leyes y reglamentos trazados por la superintendencia.

25. Dirigir poniendo en práctica las leyes y reglamentos normativos que regulan laactividad de vigilancia y seguridad Privada en todo el país, rindiendo informesperiódicos a la junta directiva, sobre la situación del sector.

26. Ordenar visitas de inspección a las compañías y aplicar los correctivos de lugar en casode que sean detectadas irregularidades en violación a los reglamentos y normasvigentes en la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

27. Autorizar la constitución, fusión, transformación, renovación, compraventa, cambio desocios y representantes legales, establecimiento de sucursales, cancelación de licenciade funcionamiento y credenciales de identificación para los servicios de vigilancia yseguridad privada.

28. Dar apertura o suprimir oficinas regionales en las ciudades que considere de lugar afin de tener un mejor control de inspección y regulación de las compañías deSeguridad en todo el territorio Nacional.

29. Ser responsable del manejo eficiente de los recursos presupuestarios, humanos,técnicos y materiales puestos a su disposición, para el buen desenvolvimiento de lasuperintendencia en el desempeño de sus funciones.

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30. Presentar a consideración del Ministerio de las Fuerzas Armadas, el presupuesto anualde la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

31. Coordinar con la Policía Nacional el apoyo que esta debe prestar para las actividadesde vigilancia, control e inspección de los servicios de Seguridad Privada.

32. Ejercer en coordinación con el Ministerio de las Fuerzas Armadas, la supervisión ycontrol de las armas, municiones y accesorios que utilizan las empresas de SeguridadPrivada.

33. Preparar y presentar a consideración del Ministro de las Fuerzas Armadas, losproyectos de ley o reglamentación relacionados con el tema de Vigilancia y SeguridadPrivada.

34. Señalar las políticas para el desarrollo de programas de capacitación y entrenamientode las compañías de Vigilancia y Seguridad Privada.

35. Establecer en coordinación con la Policía Nacional, mecanismos a seguir para que lascompañías de seguridad colaboren con las autoridades en la prevención del delito y elmantenimiento de la paz ciudadana.

36. Presentar al Ministro de las Fuerzas Armadas el informe anual de labores.

37. Coordinar con el Ministerio de Interior y Policía, todo lo concerniente a expedición delicencias de armas para los servicios de vigilancia y seguridad privada.

38. Cualquier otra medida que conforme a la ley pueda desarrollar

39. Supervisar que la actuación de las Empresas de vigilantes privados, se limiten acumplir con las actividades que les compete, y que no interfieran con las actuacionesque correspondan a los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.

40. Fiscalizar las armas, municiones, entrenamientos y operaciones de todas las empresasde vigilantes privadas y de instituciones del Estado radicadas en el territorio nacional.

41. Verificar que las armas de fuego que poseen las empresas de vigilantes, no sean delas catalogadas como armas de guerra.

42. Evaluar las solicitudes de adquisición de armas, que sean presentadas por lasempresas de vigilantes, con el propósito de verificar que las mismas se ajusten a lasnecesidades de la empresa.

43. Supervisar que los sistemas de comunicaciones de radio, operen con los permisoscorrespondientes y de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.

44. Estar facultada a evaluar cada dos (2) años las empresas prestadoras de los serviciosde seguridad privada, a fin de revisar su organización, procesos y funcionamiento conel objetivo de certificarlas y categorizarlas.

45. Regular y mantener actualizadas las normas técnicas relacionadas con la calidad de losservicios de seguridad privada.

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46. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

47. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

48. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

49. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

50. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

51. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

52. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

53. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

54. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

55. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

56. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

57. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

58. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

59. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

60. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

61. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

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62. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

63. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

64. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

65. Planificar, programar y ejecutar el proyecto de presupuesto anual de acuerdo a lasnormas establecidas por la Contraloría General de la República y la Contraloría Generalde las Fuerzas Armadas.

VII. ESPECIFICACION DEL PUESTO:

Oficial General o Coronel/Capitán de Navío Maestría en Seguridad y Defensa o áreas afines.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Junta Directiva Superintendente de Seguridad Privada Intendente Asistente del Superintendente Auditor Interno Inspector General Inspectores Encargados Regionales Enlace Policía Nacional Consultor Jurídico Oficial Ejecutivo Encargados de Departamentos Encargados de Secciones

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4.4 Organismos Asesores Especializados

DIRECCIÓN DE LA RESERVA DE LAS FUERZAS ARMADAS

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con Junta de Retiro, ISSFFAA, J-1, J-3

IV. Objetivo General

Constituirse en personal de reserva con alto nivel técnico y profesional, con los cuales sepueda prestar, a orden, el requerido apoyo a nuestras Fuerzas Armadas.

V. FUNCIONES DIRECCIÓN DE LA RESERVA DE LAS FUERZAS ARMADAS

Agrupa y Organiza los Cuadros de Reserva del personal de las Fuerzas Armadas, que nose mantiene en Servicio Activo, pero por sus condiciones físicas y psicológicas puedan serutilizados para servicio en caso de movilización total o parcial, cuando el Presidente de laRepública lo disponga, por ser necesario y de interés para la Defensa y Seguridad Nacional.

El Comandante de la Reserva de las Fuerzas Armadas es designado por el Presidente dela República previa recomendación del Ministro de las Fuerzas Armadas.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Es responsable de la Organización de los Cuadros de la Reserva, así como delprocedimiento de llamarlas a Servicio Activo, de acuerdo a las disposiciones queestablezca el Ministerio de las Fuerzas Armadas, para tales fines.

2. Es responsable de mantener un record actualizado de todos sus miembros, en el queseñale: edad, condiciones físicas, último rango, institución y especialidaddesempeñada, entre otras.

3. Es responsable del cumplimiento de la clasificación del personal que forma parte de laReserva, disponiendo la misma de acuerdo a lo establecido para la categoría deOficiales y Alistados.

4. Planificar, elaborar, programar y ejecutar el Anteproyecto de Presupuesto Anualasignado a la Reserva de las Fuerzas Armadas.

5. Planificar, elaborar, programar, y coordinar el Plan de Empleo de la Reserva, en lasmisiones asignadas y ejercerá el Comando de la misma.

6. Ejercer la Autoridad Ejecutiva del Instituto de Bienestar y Asistencia Social de laReserva de las Fuerzas Armadas, del cual formará parte del Consejo Directivo.

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VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Oficial General activo o en retiro, en plenas facultades físicas y mentales.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Comandante Subcomandante Ayudante Encargado Departamento Encargado de Sección.

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4.4 Organismos Asesores Especializados

DIRECCIÓN DE ASUNTOS HAITIANOS DEL MINISTERIODE LAS FUERZAS ARMADAS.

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con J-2

IV. Objetivo General

Dar seguimiento efectivo a todos los aspectos relacionados con la República de Haití, a fin detener información actualizada y precisa de situaciones que pudieran afectar la Seguridad yDefensa Nacional al tiempo de coordinar la cooperación y/o comunicación constante entre lasinstituciones afines, además de identificar el status de nacionales haitianos que ingresen aterritorio dominicano.

V. FUNCIONES DEL DIRECTOR DE ASUNTOS HAITIANOS

Identificar, estudiar y analizar los problemas referentes a las relaciones dominico-haitianas, con el propósito de recomendar las acciones de lugar, para prevenir cualquiertipo de conflicto que afecte la Defensa y Seguridad del Estado Dominicano.

Es un organismo especializado en asuntos haitianos, que deberá mantener un controlestadístico sobre los problemas internos relacionados con su desarrollo social, político yeconómico, así como con la migración ilegal y las actividades que estos desarrollan ennuestro territorio, con el objetivo de estudiar sus implicaciones e identificar cualquieramenaza en contra de la Defensa y Seguridad Nacional.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Colectar y diseminar a los organismos de seguridad y demás dependencias del Estado,por intermedio del Ministro de las Fuerzas Armadas, todos los estudios e informesrelacionados con los asuntos haitianos, para asistirlos en el cumplimiento de susmisiones.

2. Mantener un canal de comunicación abierto, a través del personal que se desempeñacomo enlace en la Dirección General de Migración, del Ministerio de RelacionesExteriores y otros Organismos Gubernamentales, con el objetivo de mantener un flujode información constante, que permitan un mejor cumplimiento de la misión.

3. Fomentar el diálogo y la cooperación entre las instituciones nacionales conresponsabilidades directas o indirectas en los Asuntos Haitianos, con el objetivo deunificar esfuerzos y criterios en el manejo de las situaciones que pudieran producirse,

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dentro de un clima de trabajo óptimo y para que el personal alcance el mayor nivel deproductividad y calidad en sus respectivas áreas de trabajo.

4. Producir informaciones estadísticas relacionadas con la cantidad de inmigranteshaitianos residentes en el país, niveles de crecimiento, puntos de concentración, áreasde ocupación, procesos de transculturación, entre otros.

5. Mantener una estrecha comunicación con el personal asignado a la Misión DiplomáticaDominicana en Haití, con el propósito de intercambiar informaciones relacionadas conla situación interna de ese país, cantidad de visas emitidas, entre otros.

6. Elaborar informes periódicos sobre la situación interna en Haití, tomando en cuenta lasinformaciones originadas, tanto dentro de esa nación como en el ámbito internacional,que sean necesarios.

7. Mantener informado al Ministro de las Fuerzas Armadas, sobre las amenazas ysituaciones de conflicto que representen los problemas internos de Haití e identificarlas que se puedan presentar, con el propósito de mantener planes actualizados paraenfrentarlos.

8. Recomendar al Ministro de las Fuerzas Armadas, las medidas que considereapropiadas para el manejo y/o solución, en casos de Contingencias y/o ConflictosInternos en Haití, además de evaluar sus magnitudes e implicaciones.

9. Asesorar al Ministro de las Fuerzas Armadas y a los Jefes de Estado Mayor de lasInstituciones Militares, en todo lo relacionado con cualquier operativo que se lleve acabo, a fin de mantener el control de inmigrantes ilegales haitianos.

10. Velar por la Organización, Supervisión, Control y Disciplina de la Dirección de AsuntosHaitianos.

11. Planificar, elaborar, programar y ejecutar el proyecto de presupuesto anual de laDirección, de conformidad con las normas establecidas por la Contraloría General de laRepública y por la Contraloría General de las Fuerzas Armadas.

VII. ESPECIFICACION DEL PUESTO:

Coronel/Capitán de Navío Diplomado de Estado Mayor

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS: Director Subdirector Ayudante Encargado Departamento Encargado de Sección.

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4.4 Organismos Asesores Especializados

DIRECCIÓN DE ASUNTOS INTERNOS DEL MINISTERIO DE LASFUERZAS ARMADAS (DAIFA)

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con J-1, J-2 y demás organismos de inteligencia delEstado.

IV. Objetivo General

Servir como ente catalizador de la conducta de los militares frente a sus Instituciones y a lasociedad, a fin de garantizar que la imagen de moralidad, transparencia y confianza, queestas presentan, sean preservadas como garantía de que la defensa y seguridad de losciudadanos de la República Dominicana está soportada en estructuras moralmente sólidas.

V. FUNCIONES DE LA DAIFA

Cumplir y hacer cumplir todas las disposiciones emanadas del Ministerio de las FuerzasArmadas relativas a la conducta moral de sus miembros. Impartir planes de educación y estudio basados en la concienciación y capacitación denuestros miembros en lo concerniente a la cultura de gestión pública y ética. Dirigir actividades encaminadas a realzar los valores institucionales y de conducta moralen el marco de la prevención de actos reñidos con la ley y las buenas costumbres. Fomentar una gestión interna basada en los valores éticos y morales correspondientescomo cultura institucional. Mantener en coordinación con la Dirección de Inteligencia J-2 y demás agencias deinteligencia un monitoreo constante a todos los miembros. Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Ejercerá estricto control sobre todo lo relacionado a las investigaciones llevadas a cabopor la Dirección.

2. Crear una ficha de control de todos los Militares y asimilados involucrados en los casosinvestigados.

3. Llevar las estadísticas para edificar al Alto Mando de los casos investigados.4. Analizar las estadísticas de la separación de los miembros de las diferentes Fuerzas

con apoyo de los subdirectores Institucionales, para proponer al Ministro de las

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Fuerzas Armadas políticas relativas a campañas de orientación y prevención y de estamanera minimizar la comisión de estos hechos.

5. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

6. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

7. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

8. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

9. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

10. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

11. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

12. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

13. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

14. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

15. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

16. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

17. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

18. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

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19. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

20. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

21. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

22. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

23. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

24. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Oficial General/Oficial Almirante o Coronel/Capitán de Navío

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Encargado Departamento Encargado de Sección.

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4.4 Organismos Asesores Especializados

DIRECCIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DEL MINISTERIO DELAS FUERZAS ARMADAS

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con EMACON, COPREMFA, INSUDE

IV. Objetivo General

Planificar, diseñar y desarrollar proyectos y programas de índole tecnológico y general cuyasejecuciones sean de importancia estratégica para las instituciones castrenses y sobre las quede igual modo sea necesaria la planificación y coordinación con organizaciones internas asícomo externas que permitan focalizar y viabilizar la obtención de recursos financierosnecesarios para la ejecución de dichos proyectos y programas.

V. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS, MINISTERIODE LAS FUERZAS ARMADAS

Contribuir al fortalecimiento institucional del Ministerio de las Fuerzas Armadas mediantela evaluación e implementación ordenada, efectiva y económica de los proyectos yprogramas que le sean asignados.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. La Dirección General de Proyectos y Programa, MIFFAA será responsable de laplanificación, coordinación y ejecución, de todos los proyectos y programas asignadosa esta dependencia. Debiendo solicitar por ante los organismos correspondientes, losrecursos necesarios para asegurar el buen desenvolvimiento de su organización.

2. Coordinar y evaluar la factibilidad de los proyectos y programas, así como lasupervisión de toda actividad (visitas, intercambios, entrenamiento, etc.) que sedesarrolle.

3. Organizar y mantener un sistema de planificación actualizado sobre la ejecución de losproyectos y programas a realizar, que facilite concretizar las proyeccionescorrespondientes a cada una de las iniciativas dispuestas por la superioridad, así comotambién dar seguimiento al desarrollo de los proyectos y programas que seencuentren en fase de ejecución.

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4. Evaluar los estándares y requisitos con que tengan que cumplir los proyectos yprogramas, así como las obras de infraestructura relacionadas a los mismos cuando elcaso lo amerite. Debiendo hacer todas las coordinaciones de lugar para que semantenga la calidad de los trabajos ejecutados. Se asesorará cuando así lo amerite elcaso de especialistas en la materia que se requiera.

5. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

6. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

7. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

8. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

9. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

10. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

11. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

12. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

13. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

14. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

15. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

16. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

17. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

18. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

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19. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

20. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

21. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

22. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

23. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

24. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

General de Brigada/Contralmirante o Coronel/Cap. de Navío Diplomado de Estado Mayor

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Encargado Departamento Encargado de Sección.

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4.4 Organismos Asesores Especializados

REPRESENTANTE DE LA REPÚBLICA DOMINICANA ANTE LA CONFERENCIA DE LASFUERZAS ARMADAS CENTROAMERICANAS (CFAC)

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con EMACOM y COPREMFA

IV. Objetivo General

Contribuir a la seguridad, desarrollo, e integración militar de la región, impulsandosistemáticamente la cooperación, coordinación y apoyo mutuo entre las Fuerzas ArmadasCentroamericanas y la República Dominicana, para el estudio colegiado de sus asuntos deinterés común y proporcionar un nivel óptimo de defensa contra las amenazas a lademocracia, la paz y la libertad de las mismas.

V. FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DE LA REPÚBLICA DOMINICANA ANTE LACFAC

Asesorar sobre las acciones concretas contra las amenazas a la democracia, la paz y lalibertad, con el fin de proporcionar el nivel óptimo de defensa. Participar en foros políticos, económicos, psicosociales y militares de interés para laintegración de la defensa, la seguridad democrática, la paz y la libertad de la región. Coadyuvar en los estudios que contribuyan a promover el desarrollo de la región, y a lareducción del impacto en caso de desastres.

En coordinación con el Secretario General, dar seguimiento al cumplimiento de losacuerdos emitidos por el Consejo Superior, Comité Ejecutivo, resultados de las Reunionesde Representantes y Actividades Especializadas.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Promover por medio de actividades especializadas, el estudio, discusión y reflexiónsobre los asuntos militares y otros de interés común.

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2. En coordinación con el Secretario General, observar el cumplimiento del Reglamento,Manuales y documentación normativa de la CFAC.

3. Participar en las reuniones de Representantes y demás actividades oficiales de laCFAC.

4. Intercambiar información y experiencias en todos los aspectos de cooperación, eimpulsar los mecanismos de confianza mutua entre los Países Miembros.

5. Planificar con su Fuerza Armada Miembro (FAM) las actividades anuales de la CFAC.

6. Enviar a la Secretaría General Pro-témpore de la CFAC (SGP- CFAC) el informe de losresultados de las actividades especializadas, ejercicios de gabinete, actividadesdeportivas y ejecutadas en su país, dentro de los quince (15) días posteriores a lafinalización de las mismas.

7. Asesorar a los diferentes especialistas en la organización y desarrollo de lasactividades de la CFAC que se realicen en su país.

8. En coordinación con las instancias correspondientes, asegurar el funcionamiento de laoficina de enlace de cada una de la Fuerza Armada Miembro de la CFAC con la SGP-CFAC.

9. Mantener informado al miembro del Consejo Superior y del Comité Ejecutivocorrespondiente, de lo tratado en las reuniones de Representantes.

10. Establecer comunicación permanente con la Secretaría General del Sistema deIntegración Centroamericana (SICA).

11. Participar con los señores representantes de los países miembros de la CFAC, en laelaboración de proyectos para ser considerados en el Plan de Trabajo de la CFAC.

12. Presentar al Secretario para su aprobación el instructivo para regular losprocedimientos de planificación, coordinación y ejecución de las Reuniones Ordinarias,Actividades Especializadas, Actividades Deportivas y Ejercicios de Gabinete en la cualparticipan las instituciones, direcciones, organismos y dependencias de nuestrasFuerzas Armadas.

13. Asesorar al señor Ministro sobre el desarrollo y los logros alcanzados en las diferentesactividades de la CFAC.

14. Presentar anualmente al Ministro para su aprobación el cronograma de actividades dela CFAC, con su respectivo presupuesto de gasto, tanto para las actividades de laCFAC, que se realicen en el país o el extranjero, determinando el número departicipantes, grado de los participantes el número de días que dura la actividad y elpaís donde se realiza la misma.

15. Presentar al Ministro para su aprobación la directiva que regula la ejecución delprograma (memoria) de medidas para fomento de la confianza de la CFAC, por partede las diferentes instituciones, direcciones, organismos y dependencias de laSecretaría.

16. Elaborar los reportes anuales (memoria) de las medidas de fomento de la confianza decarácter militar ha ser enviada a la Secretaría General Pro-Témpore de la CFAC, para

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que elabore una consolidada CFAC que sea presentada a la Junta Interamericana deDefensa u otros organismos militares internacionales.

17. Enviar los informes de Inteligencia y Operaciones mensuales y consolidados semestralde acuerdo al Plan de Cooperación Integral para prevenir y contrarrestar el crimenorganizado y actividades conexas a la Secretaría General Pro-Tempore de la CFAC,para que ésta labore el consolidado de la CFAC.

18. Llevar control sobre las variaciones que se presenten en el presupuesto de lasactividades de la CFAC, a efecto de ofrecer una información confiable a losinteresados.

19. Coordinar envío y recepción de personal participante en las diferentes actividades dela CFAC.

20. Coordinar con los organismos internacionales en la ejecución de nuevos programas decooperación en el marco de la CFAC.

21. Elaborar y enviar convocatorias respectivas de las Reuniones Ordinarias, actividadesespecializadas y deportivas de la CFAC, a realizarse con sede en RepúblicaDominicana.

22. Dar respuesta a los requerimientos solicitados por las instituciones, direcciones,organismos y dependencia de nuestras Fuerzas Armadas.

23. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

24. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

25. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

26. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

27. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

28. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

29. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

30. Supervisa todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

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31. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

32. Fija las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

33. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

34. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

35. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

36. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

37. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

38. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

39. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

40. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

41. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

42. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Coronel / Capitán de Navío Diplomado de Estado Mayor Experiencia en temas relacionados a la CFAC

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Oficiales de Enlace Encargado del Departamento de Operaciones Encargado de Sección

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Unidades Sustantivas u Operativas

4.5 Organismos de Educación y Formación

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4.5 Organismos de Educación y Formación

INSTITUTO SUPERIOR PARA LA DEFENSA (INSUDE), Y SUS ESCUELAS

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Regular las funciones de docencia, investigación y extensión de todas las escuelas yacademias de estudios superiores en una sola estructura funcional académica, mediante lacual se gestionan y administran los programas educativos de especialización y formación querequiere la carrera militar de los miembros de las FF.AA, así como también laprofesionalización de aquellos sectores de la sociedad, nacionales y extranjeros, relacionadosal ámbito de la Seguridad y la Defensa Nacional, todo ello concebido dentro del SistemaNacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología.

V. FUNCIONES DEL INSTITUTO SUPERIOR PARA LA DEFENSA (INSUDE)

Establecer las Normativas para su funcionamiento, los mecanismos que aseguren lacalidad y la pertinencia de los Programas Educativos que desarrollen las diferentes escuelasde educación y formación de las Fuerzas Armadas, y sentar las bases jurídicas para eldesarrollo científico y tecnológico en las mismas. Velará para que los Centros de EducaciónMilitar, respondan adecuadamente a las exigencias académicas, desarrolladas por loscambios en los contextos Nacional e Internacional, como parte fundamental de la Reformay Modernización continua de las Fuerzas Armadas.

El Instituto Superior para la Defensa, estará compuesto por un conjunto de Instituciones,que de manera explícita estén orientadas al logro de los fines y objetivos de la EducaciónSuperior Militar y el desarrollo Científico y Tecnológico en las Fuerzas Armadas.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Ejecutar las políticas de educación de las Fuerzas Armadas.

2. Propiciar las buenas relaciones y actividades coordinadas de los institutos, centros deformación y capacitación técnico-profesional, que integran el Sistema de Instrucción yEducación Militar entre sí, así como con otros organismos científicos, tecnológicos,culturales y de la sociedad en general.

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3. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones contenidas en el Reglamento Interno delInstituto, así como las Órdenes, Reglamentos y Resoluciones que emanen del mismoy del Ministerio de las Fuerzas Armadas.

4. Convocar y presidir las reuniones del Consejo de Directores.

5. Representar al Instituto, en actos públicos y privados.

6. Avalar y registrar los certificados, títulos y otros documentos académicos expedidospor los institutos de educación de las Fuerzas Armadas.

7. Supervisar a las instituciones del Sistema de Instrucción y Educación Militar, a fin develar por el cumplimiento de su misión, fines, metas y objetivos.

8. Coordinar asesorías con los institutos del Sistema de Instrucción y Educación, con elpropósito de mejorar sus programas y contribuir al perfeccionamiento de su personaldocente, de investigación y administrativo.

9. Establecer los órganos de colección de estadísticas e informaciones actualizadas detodas las actividades del sistema de instrucción y educación.

10. Someter a la consideración del Consejo, proyectos y propuestas presentadas por lasdiferentes comisiones e integrantes del Consejo.

11. Rendir al Ministro de las Fuerzas Armadas, los informes correspondientes acerca de lasactividades del sistema de instrucción y educación de las Fuerzas Armadas.

12. Establecee las políticas tendentes a desarrollar el sistema de instrucción y educaciónsuperior, procurando que los mismos respondan a las necesidades, sociales yculturales de la Nación.

13. Definir estrategias, programas y metas para el desarrollo del sistema de instrucción yeducación militar, en coordinación con las instituciones educativas de las FuerzasArmadas.

14. Definir políticas de financiamiento, prioridades y criterios en el uso de los fondosasignados a las instituciones que conforman el sistema de instrucción y educación delas Fuerzas Armadas.

15. Vigilar por el cumplimiento de los programas de instrucción y educación en todos losinstitutos y centros de enseñanza y capacitación de las Fuerzas Armadas.

16. Aprobar los reglamentos que viabilicen la implementación de la Circular No.19, defecha 28 de agosto del 2002, del Ministro de las Fuerzas Armadas.

17. Recomendar al Ministro de las Fuerzas Armadas, la creación, apertura o cierre de loscursos o centros de educación de las Fuerzas Armadas.

18. Coordinar con el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología, elestablecimiento de mutuo acuerdo con los Institutos de Educación Superior de lasFuerzas Armadas, los lineamientos generales que servirán de base para la evaluaciónde dichos Institutos.

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19. Coordinar con el Ministerio de las Fuerzas Armadas, contratar asesorías, consultorías einvestigaciones educativas, científicas y/o tecnológicas.

20. Aprobar el número mínimo de crédito por nivel educativo y/o título de instrucción oeducación superior.

21. Establecer el alcance de los programas de instrucción y educación que se imparten enlos diferentes niveles educativos y formativos.

22. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

23. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

24. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

25. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

26. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

27. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

28. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

29. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

30. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

31. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

32. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

33. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

34. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

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35. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

36. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

37. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

38. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

39. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

40. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

41. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Oficial General Maestría en Seguridad y Defensa o áreas afines.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Rector Vicerrectores Ayudante Encargados de Departamentos Encargados de Secciones.

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4.5 Organismos de Educación y Formación

ESCUELA DE GRADUADOS DE ALTOS ESTUDIOS PARA LA DEFENSA Y SEGURIDADNACIONAL (EGAE)

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con INSUDE

IV. Objetivo General

Preparar e integrar funcionarios civiles, personal militar y policial de nuestro país así comociviles y militares del extranjero, para que se desempeñen en niveles de alta responsabilidadde análisis, planificación y asesoramientos en los aspectos relacionados con la SeguridadNacional. De igual manera, diseña, elabora y ejecuta el programa de Especialidad enGeopolítica para funcionarios civiles, militares y policiales, a fin de que éstos se desempeñencomo planificadores y asesores en el área.

V. FUNCIONES DE LA ESCUELA DE GRADUADOS DE ALTOS ESTUDIOS PARA LADEFENSA Y SEGURIDAD NACIONAL (EGAE)

Diseñar, planificar y ejecutar los Programas Académicos sobre la investigación, estudio yanálisis de los diversos aspectos relacionados con la Maestría en Defensa y SeguridadNacional y la Especialidad en Geopolítica del Gran Caribe.

Generar respuesta a través de investigaciones científicas a los problemas nacionalessobre los temas de Defensa y Seguridad Nacional y Geopolíticos, que afecten a loselementos del poder nacional.

Unir a los participantes con la comunidad de defensa y seguridad del país, para asícontribuir con las soluciones de temas prioritarios y sensibles para nuestra sociedadrelacionados con la Defensa y Seguridad Nacional y la Geopolítica del Gran Caribe.

Constituirnos en el centro educativo por excelencia en asuntos relacionados con laseguridad y defensa nacional en la República Dominicana.

Formar y perfeccionar civiles, militares y policías de alto nivel, en funciones deasesoramiento y dirección en asuntos vinculados con la geopolítica, seguridad, defensa ydesarrollo nacional.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Asesorar al Ministro de las Fuerzas Armadas y a pedido, previa autorización, a lasinstancias y organismos gubernamentales y de la sociedad en general que así lorequieran en materia relacionada con la Defensa y Seguridad Nacional y los aspectosGeopolíticos del Gran Caribe.

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2. Cumplir con las Disposiciones y Órdenes emanadas del Instituto Superior para laDefensa del Ministerio de las Fuerzas Armadas.

3. Representar y ser miembro del Consejo de Directores del Instituto Superior para laDefensa (INSUDE) de las Fuerzas Armadas.

4. Cumplir con las directrices y normas del Instituto Superior para la defensa, modificar,diseñar, planificar y ejecutar los programas académicos de la Maestría en Defensa ySeguridad Nacional y la Especialidad en Geopolítica del Gran Caribe.

5. Formar equipos de trabajo y motiva a los miembros del Instituto, para promover eldesarrollo institucional y el análisis de las amenazas en contra de la SeguridadNacional en todos los órdenes, con el objetivo de fortalecer la base para eldesarrollo de la misma, a través de recomendaciones al Instituto Superior para laDefensa, quien a través de los canales institucionales dispone su uso oficial para lassoluciones de los problemas nacionales.

6. Durante la ejecución de los programas académicos de la Escuela, informar al InstitutoSuperior para la Defensa (INSUDE), sobre el proceso enseñanza-aprendizaje de losestudiantes y los resultados de los estándares de medición de los mismos.

7. A través del Instituto Superior para la Defensa, establecer acuerdos interinstitucionalescon Escuelas a fines de otros países, universidades nacionales y extranjeras,tendentes a elevar el desempeño académico de la Escuela.

8. Previa aprobación del Instituto Superior para la Defensa, promover y recomendar losSeminarios, Talleres o Conferencias nacionales o internacional, que considereoportunos sobre Temas que sean de gran interés para los programas de existente enla Escuela.

9. Programar y ejecutar el Presupuesto Anual de acuerdo a las normas establecidas porla Contraloría General de la República y la Contraloría de las Fuerzas Armadas.

10. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

11. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

12. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

13. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

14. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

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15. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

16. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

17. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

18. Recomendará todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de la Escuela.

19. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

20. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

21. Realizará inspecciones periódicas a todas las dependencias bajo su mando paracomprobar el buen aspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgueconveniente o sea ordenado por la superioridad.

22. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

23. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

24. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Oficial de Comando General de Brigada/Contralmirante o Coronel/Capitán de Navío Curso o Maestría en Seguridad y Defensa o áreas afines.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirectores Ayudante Oficial Ejecutivo Encargado de Biblioteca Encargados de Departamentos Encargados de Secciones.

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4.5 Organismos de Educación y Formación

ESCUELA DE GRADUADOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR (EGES)

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Consolidar la capacitación profesional de los oficiales cursantes, proporcionándolesconocimientos especializados en defensa nacional, para su participación dentro de cualquierequipo de planificación en el ámbito del desarrollo nacional en apoyo al GobiernoConstitucional.

V. FUNCIONES DE LA ESCUELA DE GRADUADOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR(EGES)

Gestionar y administrar programas de especialización que desarrollen las facultadesintelectuales de los oficiales, sobre los aspectos amplios de la ciencia militar y capacitarlosen la elaboración de planes tácticos y estratégicos, a fin de que puedan desempeñarse demanera eficiente como miembros de un Estado Mayor o una Plana Mayor, así comocomandantes de unidades tamaño batallón o mayores.

Diseñar, Planificar y ejecutar los programas necesarios, para la educación continua de losoficiales de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y representantes de la sociedad civil,en las funciones de Estado Mayor, en el orden estratégico, operacional y táctico, así comoen lo concerniente a las ideas centrales y fundamentales de las ciencias sociales, siendoesta una dependencia directa del Ministerio de las Fuerzas Armadas.

Se constituye en un centro de investigación y experimentación, para el estudio de losproblemas de seguridad y defensa nacional, y consecuentemente con ello, los problemas deestrategia, táctica, administración y organización militar, debiendo profundizar los aspectosrelativos a las ciencias militares, centralizando en un mismo programa de instrucción,actividades de operaciones conjuntas y/o combinadas, Comando y Estado Mayor, a fin deasegurar que los estudios realizados sean enfocados hacia la problemática nacional.

Fomentar entre los cursantes o participantes, una actitud crítica y de análisis paraidentificar problemas reales o potenciales, tomando en consideración los valores, interesesy objetivos nacionales, desarrollando así un intelectual con el conocimiento adecuado y conuna sólida formación humanística, social, económica, tecnológica, científica y cultural.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

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VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Representa y es Miembro Vocal ante el Consejo de Directores, del Instituto Superiorpara la Defensa (INSUDE).

2. Motiva a los cursantes para desarrollar en ellos la iniciativa y la creatividad, tantoindividual como colectiva, con el propósito de promover siempre la excelencia.

3. Fomenta e incrementa las virtudes éticas y morales, así como las habilidades,destrezas, aptitudes y condiciones militares necesarias.

4. Convoca y preside el Consejo Académico de la Escuela de Graduados de EducaciónSuperior, donde las decisiones son tomadas por consenso de todos sus miembros.

5. Recomienda los profesores e instructores, que considere apropiados para impartir lasdistintas materias contenidas en los diferentes programas de los cursos ofrecidos porla Escuela.

6. Presenta los Currícula de Estudio de cada curso al Consejo de Directores del INSUDEde las Fuerzas Armadas, así como las modificaciones y actualizaciones que deban serrealizadas a los mismos, haciendo énfasis en que los mismos sirvan para fortalecer lasoperaciones conjuntas y combinadas, para luego ser presentadas al Estado MayorGeneral de las Fuerzas Armadas.

7. Presenta al Consejo de Directores del INSUDE de las Fuerzas Armadas, el calendarioanual de los cursos programados, indicando fecha de inicio, cantidad y rango de losestudiantes, programación académica, objetivos del curso y fecha de graduación deacuerdo al calendario académico, para luego ser enviado al Estado Mayor General delas FF.AA.

8. Representa a la Escuela de Graduados Educación Superior (EGES), en todas lasactividades, y ante el Ministerio de Educación Superior Ciencia y Tecnología (MESCYT)y el Consejo de Directores del INSUDE.

9. Vela por el cumplimiento de los programas de estudios aprobados por el Estado MayorGeneral de las Fuerzas Armadas y por que los estudiantes logren los objetivospropuestos por cada uno de los cursos.

10. Rinde informes periódicos al Ministro de las Fuerzas Armadas, sobre las actividades yel desempeño de todos los departamentos, secciones y cursantes de la escuela.

11. Debe rendir un informe al finalizar cada curso, sobre el comportamiento, habilidades yrendimiento académico de los oficiales cursantes, debiendo reflejar en el mismo lascondiciones físicas de cada uno de ellos.

12. Promueve las actividades que desarrolle la escuela dentro de las Fuerzas Armadas, enlos medios de comunicación masiva y en los centros académicos afines, a través deintercambios culturales, participación en conferencias, y acuerdos de cooperación y detrabajo.

13. Recomienda los acuerdos de trabajo y colaboración para impartir docencia, con lasuniversidades y centros académicos nacionales e internacionales, de tal forma que loscostos no sean excesivos, ajustado a la disponibilidad presupuestaria para tales fines.

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14. Programa y ejecuta el presupuesto anual de acuerdo a las normas establecidas por laContraloría General de la República y la Contraloría de las Fuerzas Armadas.

15. Solicita el personal de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, para integrar losdiferentes cursos, de acuerdo con el calendario anual, a través del Ministerio de lasFuerzas Armadas.

16. Realiza cambios en el horario de instrucción, siempre que lo considere conveniente.

17. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

18. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

19. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

20. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

21. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

22. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

23. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

24. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

25. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

26. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

27. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

28. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

29. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

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30. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

31. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

32. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

33. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

34. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

35. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

36. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

General de Brigada/Contralmirante Maestría en Seguridad y Defensa o áreas afines

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirectores Ayudante Oficial Ejecutivo Encargado de Biblioteca Encargados de Departamentos Encargados de Secciones.

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4.5 Organismos de Educación y Formación

ESCUELA DE GRADUADOS DE DERECHOS HUMANOS Y DERECHO INTERNACIONALHUMANITARIO

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Promover, difundir y aplicar las Normas y Principios de los Derechos Humanos y del DerechoInternacional Humanitario, en todos los niveles de enseñanza de las Fuerzas Armadas, laPolicía Nacional y la sociedad civil.

V. FUNCIONES DE LA ESCUELA DE GRADUADOS DE DERECHOS HUMANOS YDERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO.

Diseñar, planificar y ejecutar los programas de adiestramiento y educación, que lepermitan cumplir eficientemente con su objetivo.

Se constituye en un centro para el estudio, capacitación y orientación de todos losmiembros de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y la sociedad civil, en las normas yleyes nacionales e internacionales, relacionadas con el respeto a los Derechos Humanos y elDerecho Internacional Humanitario.

El Director de la EGDHDIH será un oficial general o almirante de las Fuerzas Armadas enservicio activo permanentes, designado por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Asesorar al Ministro de las Fuerzas Armadas, en materia de Derechos Humanos yDerecho Internacional Humanitario.

2. Representar y ser Miembro Vocal ante el Consejo de Directores del INSUDE.

3. Coordinar a través del Ministerio de las Fuerzas Armadas, con el Ministerio deRelaciones Exteriores todo lo concerniente a los tratados y convenios que en materiade Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, haya firmado y ratificadola República Dominicana.

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4. Representar a las Fuerzas Armadas Dominicanas ante la Comisión Permanente para laaplicación del Derecho Internacional Humanitario, que preside el Ministerio deRelaciones Exteriores de la República.

5. Mantener relaciones con organismos nacionales e internacionales, que participan enactividades educativas en el área de Derechos Humanos y Derecho InternacionalHumanitario.

6. Convocar y presidir las reuniones del Consejo de Dirección de la Escuela deGraduados de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.

7. Representar a la Escuela de Graduados de los Derechos Humanos y DerechoInternacional Humanitario en los actos públicos y privados, tanto en el país como en elexterior.

8. Coordinar con los diferentes Directores de las Escuelas, Centro de Entrenamiento yFormación, que conforman el Sistema de Educación de las Fuerzas Armadas, a fin dedarle cumplimiento al Oficio No. 4233, de fecha 31-1-2003, del Ministerio de lasFuerzas Armadas.

9. Coordinar con el Consejo de Directores del INSUDE, de las Fuerzas Armadas,establecer convenios de cooperación y asesorías técnicas con otras entidadeseducativas nacionales o del exterior, especializadas en Derechos Humanos y DerechoInternacional Humanitario.

10. Remitir al Consejo Técnico de las Escuelas de Graduados, el Programa Anual deEstudios, para fines de revisión y aprobación, para posterior conocimiento del EstadoMayor General de las Fuerzas Armadas.

11. Coordinar a través del Ministerio de las Fuerzas Armadas, con los Jefes de EstadoMayor del Ejército Nacional, Marina de Guerra, Fuerza Aérea Dominicana, Jefe de laPolicía Nacional y otras instituciones de la sociedad civil, la realización de charlas,conferencias, talleres y seminarios sobre temas relacionados con los DerechosHumanos y Derecho Internacional Humanitario.

12. Vigilar la organización y actualización de los archivos y documentación histórica de laEscuela.

13. Mantener la pertinencia y actualización de todos los programas de instrucción quedesarrolla la Escuela, tomando en cuenta la Legislación Nacional e Internacional querigen sobre la materia.

14. Mantener un Cuerpo Docente debidamente capacitado, a fin de asegurar un adecuadonivel y calidad de la instrucción, y demás actividades educativas que desarrolla elmismo.

15. En coordinación con el Ministerio de las Fuerzas Armadas, realizar publicaciones através de boletines informativos o artículos relacionados con los Derechos Humanos yDerecho Internacional Humanitario.

16. Aprobar u objeta las recomendaciones para la selección del personal docente de lasdiferentes actividades que se desarrolle en la Escuela.

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17. Formalizar acuerdos con universidades, centros académicos, nacionalesinternacionales e instituciones afines.

18. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

19. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

20. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministerio de las Fuerzas Armadas, asícomo cumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

21. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

22. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

23. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

24. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

25. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

26. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

27. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

28. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

29. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

30. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

31. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

32. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

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33. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

34. Realizar inspecciones periódicas a la unidad bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de la misma cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenado porla superioridad.

35. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

36. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

37. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

General de Brigada/Contralmirante Maestría en Seguridad y Defensa o áreas afines

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirectores Ayudante Oficial Ejecutivo Encargado de Biblioteca Encargados de Departamentos Encargados de Secciones.

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4.5 Organismos de Educación y Formación

DIRECCIÓN GENERAL DE LAS ESCUELAS VOCACIONALESDE LAS FUERZAS ARMADAS.

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Dotar a la oficialidad, clases y miembros de las instituciones castrenses y policiales, de losconocimientos y destrezas necesarios que les permitan ejercer un oficio productivo para lasFuerzas Armadas, y cuando por cualquier circunstancia dejen de pertenecer a sus filas yregresen a la vida civil.

V. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LAS ESCUELAS VOCACIONALES DELAS FUERZAS ARMADAS

Organizar, desarrollar y fomentar la formación profesional tanto de militares como deciviles, creando de ellos hábitos de trabajo eficientes y disciplinarios, haciéndolosciudadanos responsables y poseedores de los valores morales y culturales necesarios parala armonía y la convivencia nacional.

Diseñar, planificar y ejecutar los diferentes programas de educación y capacitacióntécnico-profesional a disposición de los miembros de las Fuerzas Armadas y la sociedadcivil, para preparar técnicos calificados en los diferentes oficios, que le garanticen unaprofesión digna, que permita elevar su nivel de vida, contribuyendo con el desarrollo socialy económico de la República Dominicana.

Tiene a su disposición las infraestructuras, aulas, talleres y laboratorios necesarios,ubicados estratégicamente en toda la geografía nacional, para incorporar una mano deobra calificada para las Fuerzas Armadas como también al mercado laboral productivo, unavez culminados los estudios correspondientes.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Velar por la organización, planificación, administración, coordinación, supervisión ycontrol de todos los servicios y actividades administrativas, educativas y técnicas quese desarrollen en las distintas dependencias bajo su mando.

2. Representar y ser Miembro Vocal ante el Consejo de Directores del INSUDE de lasFuerzas Armadas.

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3. Velar por el cumplimiento de los Planes y Programas que tenga asignados lainstitución, dentro de los criterios que reciba del Poder Ejecutivo a través del Ministrode las Fuerzas Armadas.

4. Presentar al Poder Ejecutivo a través del Ministro de las Fuerzas Armadas, el plananual tentativo de actividades, que incluirá el proyecto de presupuesto por programapara la siguiente gestión.

5. Recomendar al Ministerio de las Fuerzas Armadas, el nombramiento o remoción depersonal de la institución, dentro de las normas establecidas por el Poder Ejecutivoen la administración pública.

6. Analizar, planificar y organizar las nuevas creaciones de Escuelas Vocacionales y/oaulas móviles, con el objetivo de ponerlas a disposición del público en general en loslugares que estime conveniente, de acuerdo a las instrucciones que en tal sentidoreciba del Ministro de las Fuerzas Armadas.

7. Supervisar que todos los funcionarios, profesores, alumnos y demás personal bajo sumando, cumplan con los deberes figurados en el Reglamento Interno de estaInstitución.

8. Someter al Consejo de Directores del INSUDE y al Estado Mayor General de lasFuerzas Armadas, para aprobación y/o modificación de los sistemas y normas, quedeben ser seguidos por la Dirección General, en los campos de la selección,orientación, promoción y formación de los estudiantes.

9. Velar por el cumplimiento de todo lo relativo con las normas de seguridad y régimende guardia interior, en todos los recintos bajo su responsabilidad.

10. Planificar la ampliación del programa de cursos y especialidades que se requieran,para mejorar la oferta de formación técnico-profesional, de acuerdo con lasnecesidades y demandas que reciba, por intermedio del Ministro de las FuerzasArmadas, de las distintas dependencias bajo su mando o de sectores productivos y dela sociedad.

11. Aprobar o rechazar las becas solicitadas, tomando en cuenta que se cumplan losrequisitos establecidos y fijará el cupo de estas.

12. Ordenar los traslados o cambios del personal a los puestos que por necesidad delservicio fueren necesarios.

13. Conceder vacaciones, permisos, licencias, etc. al personal civil y militar que labora enlas diferentes Escuelas Vocacionales, conforme a lo estipulado en el Reglamento.

14. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

15. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

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16. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministerio de las Fuerzas Armadas, asícomo cumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

17. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

18. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

19. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

20. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

21. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

22. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

23. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

24. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

25. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

26. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

27. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

28. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

29. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

30. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

31. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

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32. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

General de Brigada/Contralmirante o Coronel/Capitán de Navío Diplomado de Estado Mayor

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Encargados de Departamentos Encargados de Secciones.

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4.5 Organismos de Educación y Formación

DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO MILITAR VOLUNTARIO.

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Diseñar, planificar y ejecutar un programa dirigido a la juventud dominicana, para que estos,a través del mismo, puedan disponer de un mecanismo preciso y eficaz, que los induzca porel camino de la disciplina, a la plena conciencia y el resaltamiento de los valores y símbolospatrios; y que al mismo tiempo este programa sea una excelente herramienta para que lasociedad pueda identificar y formar mejores hombres y mujeres, para el futuro de la patria.

V. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO MILITAR VOLUNTARIO

Diseñar, planificar y ejecutar un Programa de Formación Disciplinaria, dirigido aresponder a las necesidades de la juventud dominicana para que ésta, a través de losmismos pueda disponer de mecanismos precisos y eficaces, que la induzcan por el caminode la disciplina, educación, respeto y amor a los símbolos patrios, tradiciones culturales, yel fortalecimiento de la dominicanidad, como condición principal de la existencia de nuestraNación.

Para el cumplimiento de sus funciones será auxiliado por una Plana Mayor compuesta poroficiales de las Fuerzas Armadas, teniendo a su disposición todas las infraestructuras einstalaciones militares necesarias, para el proceso de formación y educación de losaspirantes del Servicio Militar Voluntario (SMV).

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Diseñar, planificar y ejecutar los programas de instrucción y formación tipo militar aser impartidos a cada promoción del SMV, aprovechando las experiencias yrecomendaciones obtenidas de los grupos anteriores.

2. Coordinar el uso de las instalaciones e infraestructuras militares, cuando se trate delPrograma de Adiestramiento Básico del SMV y centros educativos cuando se trate deinstalaciones de adiestramiento especial para estudiante de educación media para laejecución de los programas de instrucción y formación a nivel nacional.

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3. Ser responsable del proceso de coordinación, evaluación y selección de los aspirantesa ser ingresados en cada promoción.

4. Representar y ser Miembro Vocal ante el Consejo de Directores del INSUDE de lasFuerzas Armadas.

5. Ser responsable de ejecutar, supervisar y evaluar el cumplimiento de la programaciónacadémica aprobada para cada promoción.

6. Identificar las aptitudes de los miembros del Servicio Militar Voluntario, que seránasignados a la Reserva de las Fuerzas Armadas, con el propósito de seleccionarlospara participar junto al personal de militares activos, en los cursos y entrenamientosde especialización que se realizan después de haber concluido el ciclo básico deentrenamiento.

7. Velar por el buen desempeño y ejecución de las funciones administrativas y operativasde los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su jurisdicción.

8. Presentar informes periódicos al Ministro de las Fuerzas Armadas, así como los deotras actividades que desarrolle la Dirección General.

9. Coordinar con el Director de Planes y Operaciones (J-3), del MIFFAA y el Director dela Reserva de las Fuerzas Armadas, los programas de entrenamiento en que seaconveniente involucrar a los voluntarios egresados, con el objetivo de fortalecer losCuadros de la Reserva de las Fuerzas Armadas.

10. Realizar los actos, operaciones y contratos necesarios, para el cumplimiento de losobjetivos de la Dirección General, dentro de los límites que determine el Ministerio delas Fuerzas Armadas.

11. Elaborar, sustentar y presentar el Proyecto de Presupuesto Anual, de acuerdo con lasnormas vigentes dictadas por la Contraloría General de la República y la ContraloríaGral. de las Fuerzas Armadas.

12. Convocar a sesiones ordinarias o extraordinarias, de todos los involucrados en eldesarrollo del Programa del Servicio Militar Voluntario, por conducto del Ministro de lasFuerzas Armadas.

13. Representar legalmente a la Institución ante los organismos públicos y privados,nacionales e internacionales.

14. Coordinar con las instituciones públicas y privadas así como con personalidades delámbito educativo, para la realización de charlas que complemente la orientación de losvoluntarios.

15. Solicitar los oficiales de comando, auxiliares y alistados de las instituciones de lasFuerzas Armadas que fungirán como instructores y monitores de cada promoción delSMV.

16. Coordinar con el Ministerio de Educación la selección de los centros educativos queparticiparán en cada promoción del Programa de Adiestramiento Especial paraestudiantes de educación media, del SMV.

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17. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

18. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

19. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

20. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

21. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

22. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

23. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

24. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

25. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

26. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

27. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

28. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

29. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

30. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

31. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

32. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

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33. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

34. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

35. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

36. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

General de Brigada/Contralmirante o Coronel/Capitán de Navío Diplomado de Estado Mayor

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Encargados de Departamentos Encargados de Secciones.

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4.5 Organismos de Educación y Formación

DIRECCIÓN GENERAL DEL PROGRAMA DE EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓNPROFESIONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS.

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Canalizar los cursos de formación y capacitación que se realizan en coordinación con centrosde instrucción de fuerzas armadas de países hermanos.

V. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL PROGRAMA DE EDUCACIÓN YCAPACITACIÓN PROFESIONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS.

Canalizar y coordinar los asuntos académicos, vinculados a los cursos, entrenamientos yespecialidades a los que asistan los miembros de las Fuerzas Armadas, en institucionesinternacionales.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Es el responsable de desarrollar políticas que permitan optimizar los recursosdisponibles, canalizándolos hacia su uso racional y acorde con las necesidadesprofesionales de las instituciones armadas.

2. Hacer las coordinaciones académicas en el área de su competencia y dirigir lasacciones en su nivel de ejecución, previa directriz del Ministro de las Fuerzas Armadas.

3. Ser responsable de que los programas de estudios estén dirigidos a todo el personal delas Fuerzas Armadas para un mayor provecho y desenvolvimiento en la sociedad.

4. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

5. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

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6. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

7. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

8. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

9. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

10. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

11. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

12. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

13. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

14. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

15. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

16. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

17. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

18. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

19. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

20. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

21. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

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22. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

23. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

General de Brigada/Contralmirante o Coronel/Capitán de Navío Maestría en Seguridad y Defensa o áreas afines.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Asesores Externos Auditor Interno Asesor Jurídico Enlaces Interinstitucionales Encargados de Departamentos Encargados de Secciones.

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4.5 Organismos de Educación y Formación

DIRECCIÓN GENERAL DE HISTORIA MILITAR DE LAS FUERZAS ARMADAS.

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Preservar la memoria histórica de las Fuerzas Armadas, destacando los héroes nacionales ylugares de importancia histórica, inventariando, clasificando y restaurando aquellos objetos deinterés histórico para las Fuerzas Armadas.

V. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE HISTORIA MILITAR

Recopilar y resguardar objetos militares de valor histórico, así como otros artículosrelacionados con el desarrollo de las Fuerzas Armadas.

Compilar y distribuir el conocimiento e información histórica militar, en todos los ámbitosdel saber para fortalecer las instituciones militares dominicanas y la sociedad civil.

Proteger, conservar, investigar y divulgar el patrimonio histórico, cultural, mueble,documental y bibliográfico militar, naval y aéreo de las Fuerzas Armadas dominicanas. Paraello llevará a cabo los siguientes cometidos:

Asesorar al Ministro de las Fuerzas Armadas en cuanto a las actividades de caráctergeneral relacionadas con los aspectos históricos y culturales, redactando los informestécnicos y propuestas que se soliciten o a propia iniciativa.

Garantizar la conservación y custodia de los bienes del patrimonio histórico militar.

Coordinar la elaboración y actualización de las guías registros, censos, inventarios,catálogos e índices de los fondos del patrimonio histórico de las Fuerzas Armadas, así comosu informatización.

Facilitar y promocionar por parte de investigadores, el estudio, de los bienes queconstituyen el patrimonio histórico de las Fuerzas Armadas.

Realizar, respecto a estos bienes, el intercambio de información cultural, técnica ocientífica con otros organismos civiles o militares, públicos o privados.

Inspeccionar el funcionamiento de los órganos de ejecución y servicios relacionados conel patrimonio histórico de las Fuerzas Armadas, con el fin de estudiar su situación y estado.

Asegurar el cumplimiento de los reglamentos y normas de aplicación en los archivos,bibliotecas y museos de las Fuerzas Armadas.

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Estudiar las solicitudes de acceso a los documentos excluidos de consulta pública ytramitarlas conforme al Reglamento de Archivos.

Administrar los recursos presupuestarios que tenga asignados.

Ejercer la representación de las Fuerzas Armadas en los organismos o comisionesespecíficas relacionados con asuntos de su competencia, que expresamente se leencomienden.

Archivar, inventariar, redactar y publicar documentos y temas históricos relacionados conla institución y la profesión de las armas.

Acoger y potenciar los trabajos individuales que versen sobre el pensamiento militar a lolargo de la historia, instituciones, acontecimientos bélicos, personalidades militaresdestacadas, usos y costumbres del pasado, etc.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Recibir y tramitar las órdenes que emanen del Ministerio de las Fuerzas Armadas.

2. Velar porque las tareas asignadas a las secciones se cumplan a cabalidad.

3. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

4. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

5. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

6. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cada caso.

7. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

8. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

9. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

10. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

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11. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

12. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

13. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

14. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

15. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

16. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

17. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

18. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

19. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

20. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

21. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

22. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Oficial General o Coronel/Capitán de Navío Maestría en Seguridad y Defensa o áreas afines. Especialista en Historia Militar Dominicana

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Encargados de Departamentos Encargados de Secciones.

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Unidades Sustantivas u Operativas

4.6 Organismos Especiales

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4.6 Organismos Especiales

DIRECCIÓN DEL INSTITUTO CARTOGRÁFICO MILITAR.

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Crear cartografía y ofrecer apoyo cartográfico a las instituciones públicas y privadasgeneradoras o usuarias de la cartografía nacional.

V. FUNCIONES DEL INSTITUTO CARTOGRÁFICO MILITAR.

Impulsar reformas que fortalezcan la integración del sector, bajo una base cartográficaunificada y certificada.

Establecer normativas dentro de un marco legal que impulse reformas, acuerdos ycooperación, entre instituciones gubernamentales.

Adhesión a un sistema de información geográfica bajo lineamientos geográficoscartográficos militares, que apoyen proyectos de desarrollo en beneficio de la nación.

Planifica, diseña y elabora todas las cartas terrestres, náuticas y aéreas correspondientesa los espacios jurisdiccionales de la República, manteniendo actualizadas todas lasinformaciones relacionadas con la cartografía, topografía, hidrografía y aeronáutica, que deconformidad con el Derecho Internacional, tratados y los convenios firmados y ratificadospor el Estado Dominicano, sean necesarias, para garantizar la seguridad y defensa de lasoberanía nacional en nuestros espacios jurisdiccionales, así como de tenerla a disposiciónde las instituciones de las Fuerzas Armadas, dependencias gubernamentales y empresasprivadas legalmente constituidas.

Es una dependencia técnica especializada del Ministerio de las Fuerzas Amadas,constituyéndose en el organismo coordinador y Director de los trabajos geodésicos,cartográficos y foto-gramáticos de la República, teniendo bajo su jurisdicción para eldesempeño de sus funciones operacionales, técnicas y administrativas, tendrá una PlanaMayor integrada por oficiales de las Fuerzas Armadas.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Planificar, coordina, dirige y vela que los programas de desarrollo y actualización delas cartas militares, planos cartográficos, cartas náuticas y mapas de todo el territorionacional indicando los aspectos de interés militar en los mismos, sólo serán de usoexclusivo de las Fuerzas Armadas.

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2. Velar porque todas las cartas militares elaboradas por el Instituto Cartográfico Militar,contengan las siguientes informaciones: ancho de las avenidas, altura máxima detránsito permitido, ancho, capacidad y altura máxima de puentes, de manera quesuministren a los comandantes operacionales las informaciones necesarias para elcumplimiento de las misiones asignadas.

3. Coordinar la realización de los levantamientos hidrográficos que le sean requeridos conla Dirección General de Dragas, Balizamiento y Ayuda a la Navegación.

4. Suplir a las instituciones militares y a la Policía Nacional, de cartas militares,fotografías aéreas y cualquier otro dato cartográfico que les sea requerido, a travésdel Ministro de las Fuerzas Armadas.

5. Realizar los trabajos que le sean requeridos por las instituciones gubernamentales yempresas privadas, que hayan sido debidamente autorizados por el Ministro de lasFuerzas Armadas, debiendo los solicitantes aportar los fondos necesarios para surealización.

6. Recomendar la suscripción de los convenios, acuerdos de cooperación y científicos queestime necesarios, con instituciones nacionales e internacionales afines.

7. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

8. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

9. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

10. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

11. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

12. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

13. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

14. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

15. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

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16. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

17. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

18. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

19. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

20. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

21. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

22. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

23. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

24. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

25. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

26. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Oficial General o Coronel/Capitán de Navío Maestría en Seguridad y Defensa o áreas afines.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Encargados de Departamentos Encargados de Secciones.

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4.6 Organismos Especiales

DIRECCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS TECNOLÓGICOS.

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Planificar y promover el desarrollo tecnológico de las Fuerzas Armadas, para contribuir con elprogreso industrial de la República Dominicana, de manera que sirva como un instrumento deapoyo a las necesidades y requerimientos industriales de las instituciones militares,gubernamentales y del sector privado, supliendo los materiales y equipos de alta calidad a uncosto razonable, sin que esto represente una competencia desleal a la industria nacional.

V. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS TECNOLÓGICOS.

Tiene un Consejo Directivo como organismo consultivo y de supervisión de la misma, enlo concerniente a la administración y operación de esta Dirección. Este Consejo Directivoestará integrado por el Inspector General de las Fuerzas Armadas (Presidente) y los tresViceministros de las Fuerzas Armadas, quienes actuarán como asesores del Ministro de lasFuerzas Armadas, con la misión de garantizar el buen funcionamiento de esta institución.

El Director General es el responsable de administrar eficientemente la institución y losdepartamentos bajo su mando, ante el Ministro de las Fuerzas Armadas y el ConsejoDirectivo, así como de cumplir con las órdenes emanadas de los mismos.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Velar por el manejo de todos los recursos financieros que ingresen a la institución, yasea por la vía de la Oficina Nacional de Presupuesto o por ingresos de las operacionescomerciales que realice la empresa, de conformidad con las normas establecidas por laContraloría General de la República y la Contraloría General de las Fuerzas Armadas.

2. Presentar al Consejo Directivo mensualmente y al finalizar cada año, los estadosfinancieros correspondientes, conteniendo: estados de resultados y análisis de costos,conciliación de cuentas bancarias, etc., señalando la ejecución de los ingresosrecibidos por la vía presupuestaria y los recursos recibidos por concepto de lasoperaciones comerciales que realice la institución.

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3. Promover ante el sector industrial privado, instituciones gubernamentales o militares yusuarios en sentido general, los bienes de servicios industriales que ofrece la DirecciónGeneral de Servicios Tecnológicos de las Fuerzas Armadas.

4. Supervisar los procesos de compra, ventas, comercialización, costo y producción de losdistintos bienes que sean fabricados por la institución.

5. Elaborar los planes y programas de desarrollo que estime sean beneficiosos para lasFuerzas Armadas, las instituciones gubernamentales y las empresas privadas del país,con la finalidad de ser presentados al Consejo Directivo y al Ministro de las FuerzasArmadas para su aprobación, basado en las capacidades y recomendaciones técnicasde que disponga.

6. Velar por el mantenimiento, operación y seguridad de los equipos y programas deproducción que lleve a cabo la institución, debiendo mantener informado al Ministro delas Fuerzas Armadas y al Consejo Directivo sobre el estado y las condiciones de cadauno.

7. Autorizar la contratación del personal técnico que considere necesario, para garantizarlas operaciones de la institución.

8. Informar al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Consejo Directivo mensualmente,sobre todos los contratos, préstamos, y demás actividades u operaciones comerciales,que vayan a ser suscritas por esta Dirección General, con la finalidad de recibir suaprobación o no.

9. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

10. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

11. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

12. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

13. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

14. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

15. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

16. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

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17. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

18. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

19. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando,en el área de su incumbencia.

20. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

21. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

22. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

23. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

24. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

25. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

26. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

27. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

28. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. DEBERES Y RESPONSABILIDADES DEL CONSEJO

1. Depender del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitarátodas las correspondencias, recomendaciones, e informes que sean recibidas oenviadas por la Dirección General de los Servicios Tecnológicos de las FuerzasArmadas.

2. Asesorar al Ministro de las Fuerzas Armadas, y es responsable de conocer los planes,proyectos, programas de trabajo y de desarrollo, que sean presentados por el DirectorGeneral de los Servicios Tecnológicos de las Fuerzas Armadas, y en los casos queconsideren recomendaran su aprobación.

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3. Evalúar los informes de gestión preparados por la Dirección General de los ServiciosTecnológicos, que sean sometidos al conocimiento del Ministro de las FuerzasArmadas, con el objetivo de verificar que el mismo esté operando de manerasatisfactoria y que cumpla con los propósitos, objetivos asignados, presenta susrecomendaciones y consideraciones de lugar.

4. Conocer los contratos, préstamos, operaciones comerciales y demás actividades, quevayan a ser suscritas por el Director General de los Servicios Tecnológicos de lasFuerzas Armadas, con la finalidad de dar su aprobación.

5. Conocer, aprueba la planificación, formulación, programación y ejecución del proyectode presupuesto anual de gastos de la Dirección General de los Servicios Tecnológicosde las Fuerzas Armadas.

6. Conocer mensualmente y al final de cada año, los informes financieros presentadospor la Dirección General de los Servicios Tecnológicos de las Fuerzas Armadas, comoresultado de las operaciones comerciales realizadas por la institución.

7. Inspeccionar periódicamente las instalaciones bajo el control de la Dirección Generalde los Servicios Tecnológicos de las Fuerzas Armadas, con el objetivo de garantizar elbuen cuido, manejo y operación de la misma.

VIII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Oficial General o Coronel/Capitán de Navío Maestría en Seguridad y Defensa

IX. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Encargados de Departamentos Encargados de Secciones.

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4.6 Organismos Especiales

CÍRCULO DEPORTIVO DE LAS FF.AA. Y LA POLICÍA NACIONAL

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Promover la hermandad entre las instituciones que conforman las Fuerzas Armadas y laPolicía Nacional, a través del espíritu deportivo, organizando periódicamente competenciasdeportivas entre estas instituciones, dentro de las reglas que rigen cada disciplina.

V. FUNCIONES DEL CÍRCULO DEPORTIVO DE LAS FF.AA. Y LA POLICÍA NACIONAL

Constituye el organismo rector de las políticas y actividades deportivas de las FuerzasArmadas y la Policía Nacional, fomentando e incentivando las actividades deportivas ybellas artes en las distintas instituciones de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional,debiendo organizar periódicamente competencias deportivas en todas las disciplinas, entrelas instituciones de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, estableciendo las reglas queregirán cada una de las disciplinas que participen y se practiquen en las institucionescastrenses y policiales.

Tiene un Consejo Directivo, integrado por el Director del Círculo Deportivo (Presidente);un Oficial General por cada institución armada y de la Policía Nacional; cuatro representante(Vocales) uno por institución, designados por su respectivo Jefe de Estado Mayor y de laPolicía Nacional, así como también un personal calificado, con las funciones de: AsesorMédico, Técnico y Comunicación Social, los cuales serán miembros del Consejo Directivocon voz, pero sin voto.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Auspiciar y fomentar la celebración de competencias, torneos e intercambiosdeportivos, entre los miembros de las distintas instituciones armadas y PolicíaNacional.

2. Convocar y presidir las sesiones necesarias del Consejo Directivo del Círculo Deportivode las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.

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3. Decidir las situaciones de empate, en los debates de las sesiones efectuadas por elConsejo Directivo.

4. Representar al Consejo Directivo en todos los actos deportivos y sociales.

5. Velar y orientar la buena marcha de las actividades deportivas en todas lasinstituciones armadas y de la Policía Nacional.

6. Velar por el cumplimiento de todas las disposiciones del Consejo Directivo en todos losórdenes.

7. Vigilar las actividades de las comisiones especiales nombradas por el ConsejoDirectivo.

8. Tramitar ante el Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas y ante la Plana Mayorde la Policía Nacional, todas las resoluciones adoptadas por el Consejo Directivo, a serefectuadas, modificadas o enmendadas.

9. Proponer al Ministro de las Fuerzas Armadas los miembros del Comité Organizador delos Juegos Deportivos Militares, para su consideración y aprobación.

10. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

11. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

12. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

13. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

14. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

15. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

16. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

17. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

18. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

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19. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

20. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

21. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

22. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

23. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

24. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

25. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

26. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

27. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

28. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

29. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Oficial General o Coronel/Capitán de Navío

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Encargados de Departamentos Encargados de Secciones.

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4.6 Organismos Especiales

INTENDENCIA GENERAL DE MATERIAL BÉLICO DE LAS FUERZAS ARMADAS.

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con J-2, Dirección de Armas, Explosivos y SustanciasQuímicas e Intendencias de Material Bélico de las FuerzasInstitucionales.

IV. Objetivo General

Mantener la custodia, control y supervisión de las armas, municiones y demás pertrechosmilitares, material y equipos de guerra de producción nacional o que ingresen al país.

V. FUNCIONES DE LA INTENDENCIA GENERAL DE MATERIAL BÉLICO

Diseña, planifica, mantiene y vela por un sistema de control de todas las propiedades dearmas y explosivos de las Fuerzas Armadas, así como el control de las armas autorizadaspor el Ministerio de Interior y Policía a instituciones gubernamentales, a las personas de laclase civil, a las empresas privadas y a las compañías de vigilantes privados.

Tiene bajo su jurisdicción el personal técnico, especialista y administrativo necesario,para auxiliarlo en sus funciones de salvaguardar los arsenales de la República, regulando laentrada y salida de municiones, armas y todo el material explosivo del territorio nacional,utilizado por las Fuerzas Armadas, instituciones gubernamentales, empresas privadas y porlas compañías privadas debidamente autorizadas.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Asesorar al Ministro de las Fuerzas Armadas sobre todas las compras de armas yequipos realizadas por las Fuerzas Armadas, debiendo garantizar que los mismosfortalezcan los principios de interoperabilidad de las fuerzas.

2. Velar y es responsable del cuidado, mantenimiento, almacenamiento de todo elmaterial de armas, explosivos y pertrechos militares propiedad de las FuerzasArmadas.

3. Servir como depositario de los explosivos, que sean propiedad de empresas privadas,compañías de vigilantes privados e instituciones gubernamentales debidamenteautorizadas por el Ministro de las Fuerzas Armadas, los cuales sólo podrán serretirados cuando vayan a ser usados de manera legal bajo la supervisión de técnicos

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de las Fuerzas Armadas debidamente autorizados y de técnicos privados reconocidospor esta dependencia.

4. Ser el responsable de supervisar las operaciones de transporte y movilización deexplosivos, armas y municiones que se realicen por vía de importaciones marítimas oaéreas, así como de su traslado a los distintos almacenes o depósitos en todo elterritorio nacional.

5. Inspeccionar los distintos depósitos de armas y explosivos existentes en las FuerzasArmadas, con la intención de garantizar la seguridad de las instalaciones, y un manejoadecuado de las armas, municiones y explosivos existentes.

6. Recomiendar al Ministro de las Fuerzas Armadas cuando considere necesario, ladestrucción de armas, municiones o explosivos cuya vida útil haya expirado.

7. Realizar anualmente auditoria de todas las armas, explosivos, municiones equipos ypertrechos militares bajo el control de las distintas instituciones militares ydependencias de las Fuerzas Armadas, así como en las demás instituciones públicas.

8. Auditar anualmente las armas propiedad de las empresas privadas y compañíasprivadas, en coordinación con el Director de la Superintendencia de Vigilancia ySeguridad Privada y el Ministerio de Interior y Policía.

9. Mantener una estrecha comunicación y coordinación con la Dirección de Armas yExplosivos del Ministerio de las Fuerzas Armadas, sobre todos los aspectosrelacionados con la importación de armas, municiones y explosivos, para garantizarque las mismas se realicen de acuerdo a lo establecido por el Ministerio de las FuerzasArmadas.

10. Coordinar con la Dirección de Armas y Explosivos del Ministerio de las FuerzasArmadas, las diferentes actividades donde se vayan a utilizar municiones, armas oexplosivos, por parte de las Fuerzas Armadas o empresas privadas debidamenteautorizada, para garantizar que se agoten los trámites y estudios correspondientespara su aprobación.

11. Coordinar con el Encargado de Armas y Explosivos, Director de Inteligencia (J-2),Director de Planes y Operaciones (J-3), los Directores del CESA y CESEP, sobre lasoperaciones de importación, exportación, transportes y movilización de material dearmas, municiones y explosivos que se realicen a través de los diferentes puertos yaeropuertos del país.

12. Investigar el origen de las armas de fuego, que al ser depuradas se compruebe que nofueron importadas por ninguna casa comercial debidamente autorizada, debiendoproceder a establecer responsabilidades y determinar si procede o no la autorizaciónde la expedición de la licencia correspondiente.

13. Solicitar al Ministro de Interior y Policía, la expedición de la licencia de porte y tenenciade armas de fuego, previa presentación de las documentaciones y certificacionesexpedidas legalmente por las diferentes instituciones involucradas en el proceso paratales fines.

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14. Ser responsable de la supervisión y control de la expedición de permisos para porte dearma de fuego del personal militar retirado y de la clase civil, debidamente autorizadopor el Ministro de las Fuerzas Armadas.

15. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

16. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

17. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

18. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

19. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

20. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

21. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

22. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

23. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

24. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

25. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

26. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

27. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

28. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

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29. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

30. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

31. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

32. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

33. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

34. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Coronel/Capitán de Navío Diplomado de Estado Mayor

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Intendente General Ayudante Encargados de Departamentos Encargados de Secciones.

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4.6 Organismos Especiales

DIRECCIÓN GENERAL DE ARMAS, EXPLOSIVOS Y SUSTANCIAS QUÍMICAS DE LASFUERZAS ARMADAS.

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con EMACON y Material Bélico

IV. Objetivo General

Regular la comercialización y uso de todas las armas de fuego, municiones, explosivos,sustancias químicas y demás pertrechos militares bajo la responsabilidad de las FuerzasArmadas, así como la comercialización de armas de uso general, para que cumplan con elproceso y requisitos exigidos por las leyes y reglamentos vigentes.

V. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE ARMAS Y EXPLOSIVOS

Asesor principal del Señor Ministro de las Fuerzas Armadas en todo lo concerniente altema de armas, explosivos y sustancias químicas bajo la responsabilidad de las FuerzasArmadas. (Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, Producción, Almacenaje y Uso deArmas Químicas y sobre su Destrucción).

Vigila y coordina que todas las solicitudes formuladas por las instituciones odependencias de las Fuerzas Armadas, empresas de vigilantes privados, empresas privadasy personas de la clase civil relacionadas con la importación de armas de fuego, municiones,explosivos y de más pertrechos de guerra, cumplan con el proceso y los requisitos exigidospor la Ley.

Es el organismo nacional designado como punto formal de contacto con los organismosinternacionales, encargados de la regulación de armas, explosivos y sustancias químicas

Tiene bajo su jurisdicción el personal técnico, especialista y administrativo necesario,para auxiliarlo en sus funciones.

La Dirección General de Armas, Explosivos y Sustancias Químicas, es una dependenciadirecta del Ministerio de las Fuerzas Armadas, surge como una necesidad de la fuerza decrear un organismo que permita un control eficiente de las armas, los explosivos y lassustancias químicas que ingresan a nuestro país.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

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VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Ser la persona que representa al Ministro de las Fuerzas Armadas en todas lasresponsabilidades inherentes a la designación de este Ministerio como AutoridadNacional para dar cumplimiento a las obligaciones comprendidas en el Convenio sobrela Prohibición del Desarrollo, Producción, Almacenaje y Uso de Armas Químicas ysobre su Destrucción.

2. Mantener informadas a todas las empresas, en caso de ser necesario, sobre todas lasmedidas adoptadas por el MIFFAA, relacionadas a armas, explosivos y sustanciasquímicas.

3. Mantener la coordinación con los organismos internacionales de todo lo concernientea los convenios firmados y ratificados por nuestro país, concernientes a Armas,Explosivos y Sustancias Químicas.

4. Verificar que la Sub-dirección, las secciones de Armas, Explosivos y SustanciasQuímicas, cumplan con sus funciones y deberes.

5. Velar porque se cumpla con los compromisos internacionales relativos a Armas,Explosivos y Sustancias Químicas.

6. Crear las condiciones para un trabajo armonioso y coordinado entre los distintosactores que convergen en los temas de armas, explosivos y sustancias químicas.

7. Dar apoyo para que se mantenga al día un plan nacional de defensa contra las armasquímicas.

8. Velar porque se mantenga un personal entrenado en Armas Químicas, que tenga lacapacidad de dar una respuesta a situaciones de emergencia química.

9. Supervisar que el Material Bélico de las Fuerzas Armadas, del Ejército Nacional, de laMarina de Guerra y de la Fuerza Aérea Dominicana, cumplan con las reglamentacionesvigentes para el almacenaje de las Armas y Explosivos bajo su custodia.

10. Autorizar todos los permisos de importación, retiro de aduanas, licencias, voladuras,certificaciones, permisos y cualquier otro documento que se necesite para eldesenvolvimiento organizado de las compañías que laboran en la importación, venta yproducción de armas, explosivos y sustancias químicas.

11. Verificar que el personal de la Dirección labore en estrecha coordinación con laDirección de Inteligencia, J-2, en lo concerniente a los diferentes temasresponsabilidad de esta Dirección.

12. Realizar las coordinaciones de lugar con las diferentes instancias de apoyo, con lascuales se deben coordinar los trabajos para cumplir con la misión.

13. Supervisar el buen funcionamiento de las fábricas instaladas en nuestro territorio quese dedican a la producción de explosivos.

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14. Trabajar de forma estrechamente coordinada con la Intendencia de Material Bélico delas FF.AA., del Ejercito Nacional, Marina de Guerra y de la Fuerza Aérea Dominicana.

15. Verificar que todos los directivos de las compañías que soliciten permiso paraimportar, comercializar, producir o exportar, armas, explosivos y sustancias químicas,estén debidamente depuradas por los servicios de inteligencia, antes de otorgarle unalicencia.

16. Trabajar en coordinación con el Estado Mayor Conjunto para todo lo concerniente alos temas de armas, explosivos y sustancias químicas.

17. Depurar todas las solicitudes que sean realizadas de importación de armas, explosivoso municiones, con el propósito de verificar que las mismas se ajusten a las normasestablecidas por las fuerzas armadas, en cuanto al calibre, tipo de municiones, tiposde explosivos, entre otros.

18. Mantener un inventario actualizado de las importaciones realizadas de armas,municiones y explosivos por parte de las Fuerzas Armadas, así como por las empresasprivadas autorizadas a realizar importaciones.

19. Notificar al Intendente General del Material Bélico, Dirección de Inteligencia (J-2), alCuerpo de Seguridad Aeroportuaria (CESA) y al Cuerpo Especializado de SeguridadPortuaria (CESEP) de todas las operaciones de importación o exportación y traslado dearmas, municiones y explosivos y demás pertrechos militares, que sean aprobadas yvayan a ser realizadas en sus áreas de responsabilidad.

20. Mantener un estricto control sobre los permisos de importación que sean otorgados yejecutados.

21. Informar a las dependencias que correspondan, sobre la cancelación de permisos deimportación que hayan expirado o hayan sido cancelados.

22. Inspeccionar todos los depósitos de explosivos en mano de empresas privadas, noobstante los mismos se encuentren debidamente controlados por militares.

23. Inspeccionar todos los campos de tiro de armas de fuego cortas en todo el territorionacional, con fines de comprobar si los mismos están funcionando con las normas deseguridad que le exige la Sección de Armas y Explosivos

24. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

25. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

26. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

27. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

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28. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

29. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

30. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

31. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

32. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

33. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

34. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

35. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

36. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

37. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

38. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

39. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

40. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

41. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

42. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

43. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

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VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Oficial General o Coronel/Capitán de Navío Diplomado de Estado Mayor

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Encargados de Departamentos Encargados de Secciones.

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4.6 Organismos Especiales

CÍRCULO RECREATIVO PARA OFICIALES DE LASFUERZAS ARMADAS

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Organizar actividades sociales, culturales y recreativas para los miembros de las institucionesde las Fuerzas Armadas, sus socios y para aquellas personas a quienes les sea autorizado suuso en ocasiones especiales por el Ministro de las Fuerzas Armadas, como parte de losprogramas de acción cívica y asistencia comunitaria.

V. FUNCIONES DEL CÍRCULO RECREATIVO PARA OFICIALES DE LAS FF. AA.

Es el organismo rector de las actividades de esparcimiento sano y seguro de losmiembros de las Fuerzas Armadas y sus familiares directos, debiendo fomentar, incentivar yfacilitar las actividades recreativas, sociales y culturales en las distintas Instituciones de lasFuerzas Armadas, así como también dar las facilidades requeridas a aquellas personas,organizaciones e instituciones públicas o privadas, que tengan la autorización del Ministrode las Fuerzas Armadas, para el uso en ocasiones especiales, como parte de los programasde acción cívica y asistencia comunitaria.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES DEL GOBERNADOR

1. Auspiciar periódicamente la celebración de actividades sociales, culturales y recreativaspara el esparcimiento de todos los miembros de las Fuerzas Armadas y sus familiaresdirectos.

2. Supervisar que todas las actividades que sean realizadas en el mismo, esténdebidamente aprobadas por el Ministro de las Fuerzas Armadas, de manera que lasmismas se apeguen a los reglamentos vigentes.

3. Verificar que los servicios ofertados en las diferentes facilidades pertenecientes alCírculo Recreativo, tengan precios justos, no pudiendo en ninguno de los casossuperar los precios de clubes y entidades sin fines de lucro, afines.

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4. Realizar un inventario semestral de las propiedades adquiridas por las FuerzasArmadas, de acuerdo con el formulario No.12, para garantizar el cuidado de lasmismas.

5. Proponer al Ministro de las Fuerzas Armadas, las medidas que considere de lugar parael mejoramiento de las actividades que se realicen, así como garantizar el uso yfuncionamiento adecuado de las instalaciones.

6. Velar por que los servicios ofertados al personal que visita las instalaciones del CírculoRecreativo, sean de la más alta calidad posible.

7. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

8. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

9. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

10. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

11. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

12. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

13. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

14. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

15. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

16. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

17. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

18. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

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19. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

20. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

21. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

22. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

23. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

24. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

25. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

26. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Oficial General o Superior

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Gobernador Ayudante Encargados de Departamentos Encargados de Secciones.

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4.6 Organismos Especiales

DIRECCIÓN GENERAL DE CEREMONIAL, PROTOCOLO MILITARY EXTRANJERÍA DEL MINISTERIO DE LAS FUERZAS ARMADAS.

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Cumplir con todas las misiones referentes al ceremonial que han sido encomendadas a laDirección General de Ceremonial, Protocolo Militar y Extranjería, MIFFAA., unificando criterios,conceptos y usos militares sobre el protocolo en las Fuerzas Armadas.

V. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE CEREMONIAL, PROTOCOLO MILITAR YEXTRANJERÍA

Investiga, recopila y actualiza todas las reglamentaciones legales y administrativasvigentes sobre los ceremoniales militares, protocolo militar y servicios de extranjería,estableciendo un patrón definido en consonancia con los símbolos y tradiciones en lasinstituciones castrenses que conforman las Fuerzas Armadas; debiendo unificar criterios yconceptos relativos al ceremonial, protocolo militar y extranjería”, mediante lainvestigación, el análisis y el estudio de las normativas disponibles en los cuerpos armados,y de esta forma reglamentar todo lo concerniente a estos aspectos.

Es una dependencia de la Dirección General de Asuntos Civiles (J-5), teniendo unConsejo conformado por: un Director General, un Subdirector, un Jefe de la DivisiónAdministrativa, un Jefe de la División de Protocolo, un Jefe de la División de Extranjería, unJefe de la División de Ceremonial, un asesor de cada una de las diferentes Divisiones y unJurídico quien fungirá como Secretario (sin voz ni voto). Esta estructura servirá para eldesenvolvimiento administrativo y operacional del mismo.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Coordinar con el encargado de protocolo del Ministerio de las Fuerzas Armadas, lasnormas a seguir en los actos y ceremonias en que participe el Ministro de las FuerzasArmadas.

2. Investigar y recopilar todas las reglamentaciones, códigos y normas existentes en elEjército Nacional, Marina de Guerra y Fuerza Aérea Dominicana.

3. Unifica los criterios, conceptos y usos militares, existentes en la actualidad sobreceremonias, protocolos y extranjerías militares.

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4. Trazar las directrices, para los trabajos presentes y futuros que se deban realizar sobreceremonias, protocolo y extranjerías militares.

5. Publicar, de manera coordinada y conjunta con la Dirección de Organización y Doctrinade las Fuerzas Armadas, los manuales, reglamentos, ceremoniales y reglasprotocolares, que sean aprobados por el Estado Mayor General de las FuerzasArmadas.

6. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

7. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

8. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

9. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

10. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

11. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

12. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

13. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

14. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

15. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

16. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

17. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

18. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

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19. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

20. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

21. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

22. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

23. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

24. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

25. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Oficial Superior Diplomado de Estado Mayor

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Encargados de Departamentos Encargados de Secciones.

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4.6 Organismos Especiales

DIRECCIÓN DE LA RADIO EMISORA CULTURAL “LA VOZ DE LASFUERZAS ARMADAS”

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Ser el órgano de difusión radial de las Fuerzas Armadas, con excelente calidad técnica,veracidad y pulcritud de los programas y conceptos que se difunden.

V. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE LA RADIO EMISORA CULTURAL “LA VOZ DELAS FUERZAS ARMADAS”.

Es el organismo encargado de la radiodifusión de la programación educativa y cultural delas Fuerzas Armadas, llevando la misma a todo el territorio nacional.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Preparar para la aprobación del Señor Ministro de las Fuerzas Armadas, laprogramación diaria que será radiodifundida, y le comunicará cualquier cambioimprevisto en la misma.

2. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

3. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

4. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

5. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

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6. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

7. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

8. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

9. Supervisa todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

10. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

11. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

12. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

13. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

14. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

15. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

16. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

17. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

18. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

19. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

20. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

21. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

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VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

General de Brigada/Contralmirante o Coronel/Capitán de Navío

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Encargados de Departamentos Encargados de Secciones.

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4.6 Organismos Especiales

DIRECCIÓN DE LA REVISTA DE LAS FUERZAS ARMADAS

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Ser el órgano de difusión escrito de las Fuerzas Armadas, con excelente calidad, veracidad delcontenido y conceptos que se publiquen.

V. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE LA REVISTA DE LAS FF.AA.

Recavar información acerca de las actividades operativas, educativas, de entrenamiento,culturales y recreativas para ser difundidas a todos los miembros de las FF. AA., entidadesy personas relacionadas.

Contribuir a elevar el espíritu de cuerpo, la moral y la disciplina de los miembros de lasFuerzas Armadas, diseminando las informaciones que coadyuven con este propósito.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Coordinar con el Ministro, todo el contenido y distribución de la revista de las FuerzasArmadas para su aprobación.

2. Coordinar con J-5 las informaciones que deban ser incluidas en las publicaciones,acorde con las directrices del Ministro de las Fuerzas Armadas.

3. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

4. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

5. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

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6. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

7. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

8. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

9. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

10. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

11. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

12. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

13. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

14. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

15. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

16. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

17. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

18. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

19. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

20. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

21. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

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22. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Coronel/Capitán de Navío

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Encargados de Departamentos Encargados de Secciones.

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4.6 Organismos Especiales

DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LAS COMUNIDADES FRONTERIZAS

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Establecer unidades de producción alimenticia y forestal que sirvan de modelo para lacapacitación del habitante fronterizo con miras a extenderlas a todo lo largo y ancho de laregión, para mejorar las condiciones de vida en el ámbito socioeconómico de las poblacionesfronterizas.

V. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE PROMOCION DE LAS COMUNIDADESFRONTERIZAS

Promover el desarrollo de programas agropecuarios en sentido general, para elevar losniveles de vida, el desarrollo social y económico de las provincias fronterizas, con elpropósito de conectar la migración de sus habitantes a otras ciudades e incentivar lapermanencia de los mismos en toda la línea fronteriza, a través de las facilidades otorgadaspor medio de los programas de desarrollo agropecuarios y sociales.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Incentivar el desarrollo social y económico de los habitantes de las comunidadesfronterizas, a fin de elevar la calidad de vida de los mismos, a través de los diferentesprogramas implementados por la institución.

2. Construir granjas avícolas en cada una de las cinco provincias fronterizas.

3. Promover la elevación de los niveles de vida de los habitantes de la zona fronteriza.

4. Velar por el mantenimiento de los caminos vecinales, el funcionamiento de lasescuelas de alfabetización, así como promover el desarrollo general de la zona a travésdel cooperativismo y ferias intercomunicarías, así como promover la cunicultura,crianza avícola, piscícola y bovina.

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5. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

6. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

7. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

8. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

9. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

10. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

11. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

12. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

13. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

14. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

15. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

16. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

17. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

18. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

19. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

20. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

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21. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

22. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

23. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

24. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Oficial General o Superior Diplomado de Estado Mayor

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Encargados de Departamentos Encargados de Secciones.

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Unidades Sustantivas u Operativas

4.7 Organismos Especializados de Seguridad

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4.7 Organismos Especializados de Seguridad

CUERPO ESPECIALIZADO DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA (CESA).

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Garantizar los servicios de seguridad en los aeropuertos nacionales e internacionales,mediante la aplicación de las normas, métodos y procedimientos, establecidos por laOrganización de Aviación Civil Internacional (OACI), para la protección de la aviación civilinternacional frente a los actos de interferencia ilícita.

V. FUNCIONES DEL CUERPO ESPECIALIZADO DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA(CESA)

Garantizar la seguridad de los pasajeros, las tripulaciones, el personal en tierra y elpúblico en general, en todos los asuntos relacionados con la salvaguardia contra los actosde interferencia ilícita en la aviación civil nacional e internacional.

Dirigir la aplicación y ejecución de la política nacional en materia de seguridadaeroportuaria, estableciendo y manteniendo los niveles de seguridad en todos losaeropuertos del país, en forma óptima, de manera, que estos cumplan con las normas,métodos, procedimientos y regulaciones de la aviación civil nacional e internacional;teniendo una estrecha coordinación de trabajo con el Instituto Dominicano de AviaciónCivil, Junta de Aviación Civil y el Departamento Aeroportuario.

Está integrado por personal militar de los diferentes cuerpos armados de las FuerzasArmadas, debidamente seleccionados y entrenados para cumplir con las diferentes misionesasignadas. El mismo consta de una plana mayor que sirve de auxilio de las diferentestareas, misiones y responsabilidades inherentes a las funciones que desempeñan, siendoésta una dependencia directa del Ministerio de las Fuerzas Armadas.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Elaborar y aplicar normas, métodos recomendados y procedimientos parasalvaguardar a la aviación civil contra los actos de interferencia ilícita, teniendopresente la seguridad, la regularidad, y la eficacia de los vuelos. (OACI/A-17 N. 2.1.2)

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2. Elaborar, establecer, aplicar y aprobar por escrito un Programa Nacional de Seguridadde la Aviación Civil (PNSAC), para salvaguardar las operaciones de la aviación civilcontra los actos de interferencia ilícita, mediante normas, métodos y procedimientosque tomen en cuenta la seguridad, regularidad y eficiencia de los vuelos. (OACI/A-17N .3.1.1)

3. Mantener actualizado el PNSAC, examinándolo como mínimo cada veinticuatro (24)meses o ante una amenaza a la seguridad de la aviación civil, la ocurrencia de actosde interferencia ilícita o nuevas ediciones de los documentos relacionados en materiade seguridad de la aviación civil.

4. Elaborar, establecer, aplicar y aprobar por escrito y en armonía con el PNSAC, elPrograma Nacional de Control de Calidad de Seguridad de la Aviación Civil (PNCCSAC),Programa Nacional de Instrucción de Seguridad de la Aviación Civil (PNISAC) yReglamento de Acreditación de los Proveedores de los Servicios Privados de Seguridadde la Aviación Civil, examinándolos como mínimo cada veinticuatro (24) meses.

5. Revisar y aprobar los Programas de Seguridad de los Proveedores de Servicios deSeguridad, examinándolos como mínimo cada doce (12) meses, a fin de que cumplancon las normativas, medidas y procedimientos de seguridad del PNSAC.

6. Revisar y aprobar los Reglamentos de Control de Acceso e Identificación,examinándolos como mínimo cada doce (12) meses, a fin de que cumplan con lasnormativas, medidas y procedimientos de seguridad del PNSAC.

7. Proteger la seguridad de los pasajeros, la tripulación, el personal de tierra y el públicoen general en todos los asuntos relacionados con la salvaguardia de la aviación civilfrente a actos de interferencia ilícita. (OACI/A-17 N. 2.1.3)

8. Dar una respuesta rápida a cualquier amenaza creciente a la seguridad de la aviacióncivil. (OACI/A-17 N. 2.1.3)

9. Definir y asignar tareas y coordinar las actividades entre los departamentos, lasagencias y otras organizaciones del Estado, los explotadores de aeropuertos yaeronaves y otras entidades involucradas o responsables de la implantación de losdiversos aspectos del PNSAC. (OACI/A-17 N. 3.1.4)

10. Coordinar las actividades del PNSAC, entre los diferentes organismos del Estado,interesados o responsables de los diversos aspectos de dicho programa a través delComité Nacional de Seguridad de la Aviación Civil (CONASAC), los Comité deSeguridad de Aeropuertos (CSA), personal de enlace de este organismo ycomunicación directa.

11. Poner a disposición de los explotadores de aeropuertos y aeronaves que operan enterritorio Dominicano y otras entidades interesadas, una versión por escrito u otrosmedios de las partes pertinentes del PNSAC, PSA y/o de la información o directricespertinentes que les permitan satisfacer los requisitos de los mismos. (OACI/A-17 N.3.1.9)

12. Elaborar y gestionar, la promulgación de reglamentos de aplicación de la ley relativa ala seguridad de la aviación civil.

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13. Asegurar que los requisitos de diseño de aeropuertos, incluidos los requisitosarquitectónicos y los relacionados con la infraestructura que son necesarios para laaplicación de las medidas de seguridad del PNSAC, se integren en el diseño y en laconstrucción de nuevas instalaciones, así como en las reformas de las instalacionesexistentes en los aeropuertos. (OACI/A-17 N. 3.2.4)

14. Elaborar, mantener, aprobar y aplicar un Manual de Perfil de Cargo en el cual seestipulen las direcciones o departamentos de este organismo que llevarán a cabo elcumplimiento de las normativas establecidas en el PNSAC, así como todas lasfunciones administrativas y de sostenimiento a la seguridad de la aviación civil.

15. Vigilar, mantener la seguridad, el orden, prevenir e investigar la comisión de delitos yfaltas dentro de su ámbito de jurisdicción.

16. Recibir, compilar, analizar y distribuir información sobre las amenazas a la seguridadde la aviación civil, y en función de las mismas disponer y aplicar cuantas medidas deseguridad se consideren necesarias.

17. Emitir Circular y Directiva de Seguridad.

18. Colaborar en la búsqueda, asistencia y salvamento de aeronaves, así como también,en toda otra situación de emergencia dentro el ámbito aeroportuario.

19. Controlar el acceso a las zonas de seguridad restringidas, mediante la inspección delos pasajeros, tripulantes, y otras personas autorizadas, al igual que sus respectivosequipajes acompañados y no acompañados o facturados; y a través de la emisión dedirectivas que regulen la expedición de permisos para personas y vehículos.

20. Formular normas y recomendaciones respecto a las especificaciones y desempeño delequipo de seguridad, para que este se adapte a los requisitos y necesidades enmateria de seguridad.

21. Establecer un comité de seguridad en cada aeropuerto que preste servicios a laaviación civil, para ayudar al Director de Seguridad de Aeropuerto a coordinar laaplicación de controles y procedimientos de seguridad tal como se estipula en los PSA.(OACI/A-17 N. 3.2.3)

22. Cuando suceda un acto de interferencia ilícita en los aeropuertos y en aeronaves envuelo o en tierra, el CESA convocará, por la vía correspondiente, la convergencia delas entidades que tienen responsabilidades asignadas en el PNSAC, al tiempo quenotificará a los Estados pertinentes y entidades internacionales, a las que diere lugar lasituación.

23. Recomendar al CONASAC, las medidas que se consideren necesarias para la soluciónde deficiencias que puedan afectar a la seguridad de la aviación civil.

24. Asumir el control de todas las instalaciones de los aeropuertos del país, con laocurrencia de algún acto de interferencia ilícita de la aviación civil, debiendo todos losdemás organismos públicos y privados acatar y cooperar con las medidas deprotección y seguridad que sean tomadas.

25. Proporcionar protección y procedimientos apropiados a la información confidencialsobre seguridad, facilitada por otros Estados Contratantes, o que pueda afectar a los

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intereses de seguridad de otros Estados, a fin de asegurarse de que se evite el usoinapropiado o la divulgación de dicha información.

26. Asesorar a los explotadores de aeronaves, y aeropuertos y proveedores de servicios deseguridad y otras entidades, sobre el uso más eficaz que pueda hacerse de losrecursos humanos, de los métodos, procedimientos, dispositivos y sistemas deseguridad.

27. Notificar al Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC), al DepartamentoAeroportuario y las Administraciones de los Aeropuertos, las deficiencias en lasinstalaciones aeroportuarias que pongan o puedan poner en riesgo la seguridad de laaviación civil y que tengan que ver con sus respectivas áreas de responsabilidad.

28. Con autorización del Poder Ejecutivo o el Ministerio de Relaciones Exteriores, vía delMinisterio de las Fuerzas Armadas, realizar convenios con otros organismosinternacionales destinados a la seguridad de la aviación civil; con fines de cooperación,reciprocidad y ayuda mutua para eficientizar y facilitar el cumplimiento de la misiónencomendada.

29. Autorizar la denegación del transporte por vía aérea a las personas que se considerenser amenaza para la seguridad de cualquier vuelo.

30. La detención o interrupción de cualquier servicio de los aeropuertos, explotadores deaeronaves, proveedores de seguridad, agentes acreditados o cualquier otra entidadque incida en las operaciones aeroportuarias, por incumplimiento de losprocedimientos de seguridad como resultado de las pruebas, estudios, auditorías einspecciones de seguridad.

31. Revisar y aprobar los Programas de Seguridad de Explotadores de Aeronaves (PSEA) ycualquier otro documento en materia de seguridad de la aviación civil, debiendoexaminarlo como mínimo cada doce (12) meses, a fin de que cumplan con lasnormativas, medidas y procedimientos de seguridad del PNSAC, y los Documentos deSeguridad de la Aviación Civil (DSAC).

32. Establecer, aplicar y mantener actualizado los programas de seguridad aeroportuaria,escritos en idioma español, examinándolo cada doce (12) meses y aprobándolo, a finde que cumpla con las normativas, medidas y procedimientos de seguridad del PNSAC.(OACI/A-17 N. 3.2.1)

33. Designar en cada aeropuerto que presta servicios a la aviación civil, un Director deSeguridad de Aeropuerto, para que coordine la aplicación de controles de seguridad.(OACI/A-17 N. 3.2.2)

34. Fomentar el desarrollo de canales de comunicación, tanto oficial como extraoficial, conlos funcionarios responsables de la seguridad de la aviación civil de otros Estados.

35. Nombrar y designar al personal de seguridad de la aviación civil necesario en cadaaeropuerto.

36. Someter ante las autoridades judiciales correspondientes las personas que incurran endelito en contra de la aviación civil.

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37. Crear a lo interno una Comisión Técnica, a los fines de asesorar en materia deseguridad, al Director General del CESA.

38. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

39. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

40. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

41. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

42. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

43. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

44. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

45. Supervisa todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

46. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

47. Fija las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

48. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

49. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

50. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

51. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

52. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

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53. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

54. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

55. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

56. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

57. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Oficial General Diplomado de Estado Mayor

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director General Subdirector General Directores Departamentos Comisión Técnica Divisiones Secciones Unidades Especializadas Asesores

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4.7 Organismos Especializados de Seguridad

CUERPO ESPECIALIZADO DE SEGURIDAD PORTUARIA (CESEP)

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Proteger, junto a la Autoridad Portuaria Dominicana, las instalaciones físicas de los puertosMarítimos y sus operaciones de toda actividad o interferencia ilícita, así como hacer cumplirtodas las normas, procedimientos y regulaciones de carácter nacional o internacional.

V. FUNCIONES DEL CUERPO ESPECIALIZADO DE SEGURIDAD PORTUARIA.

Dirigir la aplicación y ejecución de la política nacional en materia de seguridad en todoslos puertos del país, estableciendo y manteniendo los niveles de seguridad en los diferentespuertos habilitados para el comercio, de manera eficiente y respetando los convenios ytratados internacionales vigentes, así como también establecer armonía con las demásentidades involucradas con propósitos afines, en el sentido de no obstaculizar sus funcionesy jurisdicciones.

Está integrado por personal militar de los diferentes cuerpos castrenses de las FuerzasArmadas, debidamente seleccionados y entrenados para cumplir con las diferentes misionesasignadas. El mismo consta de una plana mayor que sirve de auxilio de las diferentestareas, misiones y responsabilidades inherentes a las funciones que desempeñan, siendoesta una dependencia directa del Ministerio de las Fuerzas Armadas.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Garantizar el más alto nivel de seguridad portuaria, de manera tal que todos losrecintos portuarios y sus proximidades, tengan la vigilancia y supervisión necesaria,para crear, así un ambiente de confianza entre navieros, comerciantes, DirecciónGeneral de Aduanas, Autoridad Portuaria Dominicana, Marina de Guerra y usuarios ensentido general.

2. Mejorar los niveles de seguridad industrial y física en todos los puertos de país,garantizando la seguridad de las mismas.

3. Promover el fortalecimiento de la seguridad portuaria dentro de las empresas einstituciones relacionadas con las operaciones portuarias.

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4. Establecer las normas y procedimientos de aplicación e implementación de lasregulaciones de seguridad portuaria.

5. Identificar y reducir las debilidades de seguridad portuaria en todos los puertos delpaís.

6. Combatir el narcotráfico, haciendo las coordinaciones necesarias con la DirecciónNacional de Control de Drogas (DNCD).

7. Tomar las medidas de lugar a fin evitar la migración ilegal a través de lasembarcaciones que tocan nuestros puertos, así como evitar y combatir los robos,contrabando de mercancías y actos de piratería en contra de los buques y tripulantesque visiten puertos nacionales.

8. Elaborar el “Plan Nacional de Seguridad Portuaria”, de manera conjunta con la Jefaturade Estado Mayor de la Marina de Guerra, la Dirección General de Comandancias dePuertos (M de G), la Dirección Ejecutiva de Autoridad Portuaria Dominicana y suunidad de seguridad física e industrial, definiendo y asignando las tareas para suejecución.

9. Velar por el cumplimiento del “Plan Nacional de Seguridad Portuaria”, en los diferentespuertos del país.

10. Disponer que se establezcan las medidas complementarias de seguridad en lospuertos, dependiendo del nivel de las vulnerabilidades y amenazas a que esténexpuestos los mismos.

11. Establecer los medios de coordinación entre los departamentos, dependencias y otrosorganismos del Estado, responsables de los diversos aspectos del plan nacional deseguridad portuaria.

12. Asegurar que se elabore un programa de seguridad, ajustado a las necesidades decada puerto del país.

13. Disponer que en cada puerto haya un oficial superior, como jefe de seguridad, el cualformará parte del comité de seguridad del puerto, a través del cual se establecerántodos los servicios de seguridad física y las medidas tendentes a garantizar laseguridad industrial dentro de sus respectivas áreas de responsabilidad.

14. Asegurar que en cada puerto, haya personal debidamente entrenado y autorizadopara resolver cualquier problema de seguridad industrial y física que se presente.

15. Asegurar que se adopten disposiciones para examinar los casos que supone querepresentan riesgos a la seguridad de los puertos de nuestro país.

16. Proveer recursos auxiliares necesarios para los servicios de seguridad en cada puerto.

17. Exigir a las navieras, compañías de combustibles, compañías de suministro dealimentos o cualquier otra compañía, que brinde servicio a los buques dentro del áreade operaciones, el cumplimiento de los requisitos establecidos en el plan nacional deseguridad portuaria.

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18. Presidir el consejo académico del centro de entrenamiento del cuerpo de seguridadportuaria.

19. Poner a disposición de los Comandantes de Puerto, Administradores de Puertos,Colectores de Aduanas, Inspectores de Migración, Sanidad Animal, Sanidad Vegetal,Medio Ambiente, Dirección Nacional de Control de Droga, Líneas Navieras que operanen el País y otras entidades interesadas, una copia del “Plan Nacional de SeguridadPortuaria”, que les compete.

20. Coordinar con el jefe de la Dirección de Inteligencia (J-2), jefe de la Dirección dePlanes y Operaciones (J-3), Intendente General de Material Bélico y encargado de laSección de Armas y Explosivos, MIFFAA, sobre todas las operaciones de exportación,importación y traslado de armas, municiones, explosivos y demás pertrechos militares,que sean realizadas dentro de su área de responsabilidad.

21. Coordinar con el Director Ejecutivo de autoridad portuaria, sobre las medidas deseguridad a aplicar ante cualquier interferencia ilícita, que altere las operacionesPortuarias.

22. Proponer todas las medidas legislativas y los reglamentos generales y especialesnecesarios, para el buen funcionamiento del CESEP.

23. Velar por el bienestar de los miembros de las FF.AA. bajo su mando, en los asuntosrelacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

24. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

25. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

26. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

27. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

28. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

29. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

30. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

31. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

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32. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

33. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

34. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

35. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

36. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

37. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

38. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

39. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

40. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

41. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

42. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Oficial Almirante Diplomado de Estado Mayor

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director General Subdirector General Directores Departamentos Comisión Técnica Divisiones Secciones Unidades Especializadas Asesores

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4.7 Organismos Especializados de Seguridad

CUERPO ESPECIALIZADO DE SEGURIDAD FRONTERIZA (CESFRONT)

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Controlar y asegurar la frontera dominico-haitiana mediante la capacitación continua yrenovada de sus miembros, sirviendo de ente coordinador al ejecutarse operaciones conjuntascon las demás instituciones y agencias destacadas en la frontera.

V. FUNCIONES DEL CUERPO ESPECIALIZADO DE SEGURIDAD FRONTERIZA(CESFRONT).

Establecer un dispositivo de seguridad y control permanente en los puntos formales deentrada y salida, así como en las áreas que le sean asignadas a lo largo de la fronteraterrestre dominicana: realizar patrullajes y establecer puestos de control, observación ychequeo, aplicando todas las medidas de coordinación necesarias para el desarrollo deoperaciones conjuntas con las diferentes agencias destacadas a todo lo largo de la fronteradominico-haitiana.

Controlar la penetración a territorio dominicano del crimen organizado en sus expresionesde terrorismo, tráfico de armas, narcótico, migración ilegal, trata de blanca, contrabando demercancía y destrucción del medio ambiente. Establecer medidas de coordinación con lasdiferentes instituciones destacadas en la frontera, proporcionar respuesta rápida yadecuada a cualquier situación en la que se altere el equilibrio de la frontera, a través de lacapacitación del personal de este cuerpo especializado, además de apoyar el desarrollo depolíticas nacionales en seguridad y control de frontera.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Asistir e informar al Ministro de las FF.AA. de todo lo relacionado con la seguridad ycontrol permanente en los puntos de entrada y salida (Pedernales, Jimaní, Elías Piña yDajabón), a todo lo extenso de la línea fronteriza terrestre dominicana.

2. Garantizar los más altos niveles de seguridad y control en torno a los cruces defrontera entre República Dominicana y el vecino país de Haití, mediante el estrictocumplimiento de las disposiciones emanadas de la Constitución de la República, lasLeyes Nacionales, así como aquellas establecidas por los tratados y acuerdosinternacionales vigentes, de los cuales nuestra nación es signataria.

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3. Garantizar la aplicación de una política nacional en seguridad y control de puntosfronterizos terrestres, en coordinación con las instituciones gubernamentales afines,con la finalidad de contrarrestar amenazas y hechos delictivos, que violen las leyesdominicanas, acuerdos y tratados internacionales, ratificados por la Rep. Dominicana.

4. Implementación de programas de control de accesos por los cruces fronterizos desdey hacia territorio de la República Dominicana.

5. Establecer estrecha colaboración con los organismos de inteligencia del Estado einstituciones gubernamentales que tienen influencia en los cruces fronterizos, con lafinalidad de implementar medidas conjuntas en busca de objetivos comunes.

6. Velar por el desempeño eficiente de los organismos gubernamentales afines.

7. Desarrollar programas de contingencia ante la ocurrencia de desastres naturales oprovocados por el hombre.

8. Supervisar el tránsito vehicular y peatonal mediante un adecuado proceso de manejo,análisis y control de la procedencia de los mismos.

9. Velar y supervisar las actividades del Subdirector, Inspectores, así como también delos jefes de divisiones y encargados de bases.

10. Procurar que el personal militar desempeñado en la frontera tenga cierto dominio delcreole e instituir un centro de enseñanza intensiva de este idioma y otros afines.

11. Realizar investigaciones e inspecciones periódicas de todas las direcciones yencargados de bases.

12. Velar para que se mantenga la eficiencia y el desarrollo normal de las actividades de launidad, sus sistemas operativos, administrativos, mantenimiento del buen orden,organización, disciplina, eficiencia del entrenamiento de las tropas.

13. Cumplimiento cabal del servicio y fiel ejecución de las órdenes y reglamentos.

14. Preparar todas las reglamentaciones concernientes a informes de inspección yrecopilar toda la información que merezca su atención y la de las demás institucionesvinculadas.

15. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

16. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

17. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

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18. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

19. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

20. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

21. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

22. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

23. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

24. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

25. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

26. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

27. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

28. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

29. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

30. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

31. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

32. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

33. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

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34. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Oficial General Diplomado de Estado Mayor

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Directores Departamentos Comisión Técnica Divisiones Secciones Unidades Especializadas Asesores

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4.7 Organismos Especializados de Seguridad

CUERPO ESPECIALIZADO DE SEGURIDAD PARA EL METRO DE SANTO DOMINGO(CESMET)

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Garantizar la seguridad del Metro de Santo Domingo, sus estaciones y usuarios, manteniendouna apropiada listeza operacional y la coordinación con los demás órganos y dependenciasgubernamentales involucradas en las operaciones del mismo.

V. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DEL CUERPO ESPECIALIZADO DESEGURIDAD PARA EL METRO DE SANTO DOMINGO.

Dirigir y coordinar los trabajos de planificación de todas las dependencias del CuerpoEspecializado para la Seguridad del Metro, con las demás instituciones del Estado queestarán involucradas en las medidas de seguridad que serán establecidas, durante unevento no programado que pueda afectar la operatividad del Metro.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Supervisar la elaboración de los planes, aplicables a casos específicos de cualquiereventualidad.

2. Garantizar la preparación, ejecución y cumplimiento de las medidas de seguridad querigen el Cuerpo Especializado para la Seguridad del Metro, dependiendo del nivel de laamenaza a que esté expuesto el Metro de Santo Domingo.

3. Establecer los medios de coordinación entre los departamentos, dependencias y otrosorganismos del Estado, encargados o responsables de los diversos aspectos deseguridad aplicables en el Metro de Santo Domingo.

4. Definir y asignar tareas para la ejecución de los planes de contingencias para laseguridad del Metro.

5. Disponer la elaboración de medidas de seguridad complementarias a cada estación delMetro, que complete la planificación general.

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6. Establecer los medios de coordinación con las demás dependencias y organismos deseguridad del Estado, encargados o responsables de los diversos aspectos delPrograma Nacional de Seguridad.

7. Asegurar que sean adoptadas las disposiciones para examinar y desactivar objetos,que se supone son artefactos de sabotaje o que representen riesgos en las estacionesdel Metro.

8. Asegurar que en cada estación del Metro, haya un personal debidamente autorizado ycapacitado, a fin de enfrentar cualquier novedad que pueda ocurrir, o algunainterferencia a las medidas de seguridad establecidas en el Metro.

9. Supervisar la preparación y ejecución de programas de instrucciones para reforzar laeficiencia del sistema de seguridad del Metro.

10. Supervisar que en cada estación del Metro se realicen ejercicios de manejo de crisisy/o cualquier situación que requiera de una atención especial.

11. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

12. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

13. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

14. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

15. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

16. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

17. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

18. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

19. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

20. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

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21. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

22. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

23. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

24. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

25. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

26. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

27. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

28. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

29. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

30. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Oficial General Diplomado de Estado Mayor

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Inspectoría Departamentos Comisión Técnica Secciones Unidades Especializadas Asesores

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Unidades Sustantivas u Operativas

4.8 Comandos Conjuntos y Unidades Operativas

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4.8 Comandos Conjuntos y Unidades Operativas

COMANDOS CONJUNTOS DE LAS FUERZAS ARMADAS

I. Naturaleza de la Unidad: Operativa

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con J-3, comandantes de las unidades en su área deresponsabilidad.

IV. Objetivo General

Dirigir, supervisar, y coordinar las operaciones militares en sus respectivas áreas deresponsabilidad, a orden o cuando son activados los planes de contingencia y emergencia.

V. FUNCIONES DE LOS COMANDOS CONJUNTOS

Evaluar las amenazas y vulnerabilidades en sus áreas de responsabilidad.

Planificar, ejecutar y supervisar las operaciones militares en el marco de los planes decontingencia y emergencia en su área de responsabilidad.

Requerir los recursos logísticos necesarios para el cumplimiento de las misionesasignadas.

Identificar y coordinar los recursos logísticos que se encuentren en sus áreas deresponsabilidad que pudieran ser usados en las operaciones que lleven a cabo.

Los comandantes estarán auxiliados en el cumplimiento de sus tareas y deberes por unaPlana Mayor Coordinadora. El asiento de los Comandantes Conjuntos, será determinado poreste Ministerio.

El Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas atendiendo a las necesidades,conveniencia del servicio y la funcionalidad de la misma, ha dividido geográficamente alpaís en Cuatro (4) Comandos conjuntos regionales: el Comando Conjunto, Metropolitano,está integrado por el Distrito Nacional y las provincias Santo Domingo, San Cristóbal yMonte Plata; el Comando Conjunto Norte está integrado por las provincias de MonseñorNouel, La Vega, Santiago, Santiago Rodríguez, Valverde, Montecristi, Dajabón Puerto Plata,Espaillat, Salcedo, Sánchez Ramírez, Duarte, María Trinidad Sánchez, Samaná; elComando Conjunto Este, está integrado por las provincias de San Pedro de Macorís, HatoMayor, El Seibo, La Altagracia y La Romana; el Comando Conjunto Sur está integrado porlas provincias de Peravia, San José de Ocoa, Azua, San Juan de la Maguana; Elías Piña,Independencia Barahona, Bahoruco y Pedernales.

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VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Asumir, a orden, el Comando y control de todas las Fuerzas Militares ubicadas dentrode su área de responsabilidad, en caso de contingencia de cualquier tipo, alteracióndel orden público, desastres naturales y en todas aquellas intervenciones que les seanrequeridas para contribuir a las labores del desarrollo nacional.

2. Coordinar a través del Ministerio de las Fuerzas Armadas, las medidas a tomarconforme a los mandatos que le sean impartidos para tales fines, en caso decontingencia de cualquier tipo.

3. Informar periódicamente al Ministro de las Fuerzas Armadas, por escrito, de lasituación forestal y ecológica, seguridad turística, producción agrícola, estado de lainfraestructura vial e hidrográfica de su demarcación territorial.

4. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

5. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

6. Recibir, como dependencia del Ministerio de las Fuerzas Armadas, los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitarátodas las correspondencias, recomendaciones e informes.

7. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

8. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

9. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

10. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

11. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

12. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

13. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

14. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando orientadas al cumplimiento de lasmisiones asignadas, salvo en los casos en que las mismas sean establecidas por losreglamentos correspondientes.

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15. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando,en el área de su incumbencia.

16. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

17. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

18. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

19. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

20. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

21. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

22. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

23. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

24. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. AREAS DE RESPONSABILIDAD DE LOS COMANDOS CONJUNTOS REGIONALES

1. Comando Conjunto Metropolitano: Distrito Nacional, Provincia Santo Domingo (SantoDomingo Norte, Este y Oeste) San Cristóbal y Monte Plata.

2. Unidad Altar de la Patria, MIFFAA.

3. Comando Conjunto Norte: Santiago Rodríguez, Valverde, Montecristi, Dajabón, PuertoPlata, Santiago, La Vega, Espaillat, Hermana Mirabal (Salcedo), Monseñor Nouel,Sánchez Ramírez, Duarte, María Trinidad Sánchez y Samaná.

4. Comando Conjunto Este: La Altagracia, La Romana, Hato Mayor, El Seibo y San Pedrode Macorís.

5. Comando Conjunto Sur: San Juan, Bahoruco, Barahona, Azua, San José de Ocoa,Peravia, Elías Pina, Independencia y Pedernales.

6. Dirección de Comunidades Fronterizas.

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VIII. ESPECIFICACION DE PUESTO:

Oficial General de las Fuerzas Armadas.

IX. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Comandante Subcomandante Ayudante Plana Mayor Encargado Departamento Encargado de Sección.

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4.8 Comandos Conjuntos y Unidades Operativas

COMANDANCIA DEL RECINTO MILITAR “GENERAL DE BRIGADAMATÍAS RAMÓN MELLA” DEL MINISTERIO DE LAS FUERZAS ARMADAS

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Velar por la seguridad, condiciones físicas y organización del recinto que aloja el Ministerio delas Fuerzas Armadas, así como por la disciplina del personal que se encuentre en el mismo;además servir de elemento regulador ante las diferentes dependencias de este Ministerio.

V. FUNCIONES DE LA COMANDANCIA DEL RECINTO MILITAR “GENERAL DEBRIGADA MATÍAS RAMÓN MELLA” DEL MIFFAA.

Velar por la seguridad general del recinto que aloja el Ministerio de las Fuerzas Armadas.

Vigila y mantiene la disciplina del personal asignado a las diferentes dependencias delMinisterio de las Fuerzas Armadas.

Velar por el mantenimiento de las edificaciones y limpieza de las áreas circundantes, quealojan a este Ministerio.

El Comandante tiene la autoridad sobre el personal que labora en los diferentesdepartamentos y secciones, establecidos dentro de su jurisdicción, teniendo laresponsabilidad ante el Ministro de las Fuerzas Armadas por la disciplina, pulcritud y moraldel mismo.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Verificar el servicio de los Inspectores y Supervisores del recinto de este Ministerio,los cuales son designados diariamente por el Oficial Ejecutivo de la misma.

2. Supervisar el control adecuado de todo el personal que visita al Ministerio de lasFuerzas Armadas y que no posee pases permanentes.

3. Supervisar que se realice un análisis periódico del agua de consumo humano en elMinisterio de las Fuerzas Armadas.

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4. Supervisar el mantenimiento y uso adecuado de todas las instalaciones y equipos quealojan las diferentes dependencias del Ministerio de las Fuerzas Armadas.

5. Supervisar el mantenimiento y esplendor de las áreas circundantes del recinto.

6. Supervisar el buen funcionamiento de los Comedores para Oficiales y Alistados delrecinto.

7. Supervisar la adecuada señalización e iluminación de las vías y parqueos del recinto.

8. Vigilar y es responsable de la disciplina, pulcritud y moral, así como del cumplimientodel horario de trabajo por parte del personal.

9. Proponer los Proyectos que mejoren el desarrollo del Ministerio de las FuerzasArmadas, en lo relativo a la seguridad e infraestructura del recinto.

10. Supervisar los servicios especiales que sean ordenados por el Ministro de las FuerzasArmadas con el Comandante del Regimiento Guardia de Honor.

11. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

12. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

13. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

14. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

15. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

16. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

17. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

18. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

19. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

20. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

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21. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

22. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

23. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

24. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

25. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

26. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

27. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

28. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

29. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

30. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

General de Brigada/Contralmirante

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Comandante Subcomandante Ayudante Encargado Departamento Encargado de Sección.

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4.8 Comandos Conjuntos y Unidades Operativas

REGIMIENTO GUARDIA DE HONORDEL MINISTERIO DE LAS FUERZAS ARMADAS

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con el J-3.

IV. Objetivo General

Garantizar la seguridad de las instalaciones que alojan el Ministerio de las Fuerzas Armadas,realizar los servicios de “Guardia de Honor”, “Rendición de Honores”, manteniendo, el másalto grado de listeza del personal, para así poder cumplir con las disposiciones emanadas delAlto Mando.

V. FUNCIONES DEL REGIMIENTO GUARDIA DE HONOR

Entrena y capacita al personal de las Fuerzas Armadas asignado al Regimiento Guardiade Honor, para garantizar la seguridad de las instalaciones que aloja el Ministerio de lasFuerzas Armadas y sus Dependencias, así como realizar los servicios de Guardia de Honor yrendición de honores que le sean ordenados por el Alto Mando Militar por la víacorrespondiente.

Tiene una Plana Mayor para auxiliarlo en sus funciones, y la misma está conformada porpersonal perteneciente a los tres cuerpos castrenses de las Fuerzas Armadas.

Planificar y realizar prácticas de los planes de emergencia y contingencia para laseguridad del recinto.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Ordenar, disponer y supervisar los servicios de guardia interior del recinto que alojaeste Ministerio de las Fuerzas Armadas y sus dependencias.

2. Disponer y supervisa los servicios especiales que sean ordenados por el Ministro de lasFuerzas Armadas, en coordinación con el Comandante del Recinto Militar General deBrigada “Matías Ramón Mella”.

3. Disponer el entrenamiento periódico y las prácticas periódicas de todos losCeremoniales Militares y Rendición de Honores que estén llamados a realizar.

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4. Capacitar al personal bajo su mando, para cumplir las misiones de Policía Militar que lesean asignadas por el Alto Mando Militar.

5. Supervisar y administrar la Cárcel para Alistados, que se encuentra en el RecintoMilitar General de Brigada “Matías Ramón Mella”.

6. Vigilar el buen aspecto moral, disciplinario y presencia del personal de las distintasInstituciones de las Fuerzas Armadas asignados al Regimiento Guardia de Honor.

7. Garantizar la Rendición de Honores al ser izado y arriado diariamente el PabellónNacional en el Recinto Militar General de Brigada “Matías Ramón Mella”.

8. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

9. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

10. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

11. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

12. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

13. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

14. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

15. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

16. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

17. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

18. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando,en el área de su incumbencia.

19. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

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20. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

21. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

22. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

23. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

24. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

25. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

26. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

27. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Oficial de Comando Coronel/Cap. de Navío Diplomado de Estado Mayor Haber comandado unidades tamaño batallón o su equivalente.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Comandante Subcomandante Ayudante Plana Mayor Encargados de Departamentos Encargados de Secciones.

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4.8 Comando Conjuntos y Unidades Operativas.

UNIDAD COMANDO ESPECIAL CONTRATERRORISMODEL MINISTERIO DE LAS FUERZAS ARMADAS

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Disponer de un elemento de reacción rápida con movilidad y equipo en alerta las 24 horas deldía para cumplir cualquier misión ordenada por el Ministerio de las Fuerzas Armadas,manteniendo un personal altamente adiestrado para eliminar todo tipo de amenaza terroristay resolver cualquier crisis que atente contra la seguridad nacional.

V. FUNCIONES UNIDAD COMANDO ESPECIAL CONTRATERRORISMO DELMINISTERIO DE LAS FUERZAS ARMADAS.

Prevé y contrarresta las actividades terroristas en todas sus modalidades, con elpropósito de proteger los intereses nacionales y garantizar la defensa, seguridad, paz y lasoberanía nacional.

Cuenta con una Plana Mayor para auxiliarlo en el cumplimiento de su misión. Estaorganización se corresponde con la de una Unidad de Fuerzas Especiales, entrenada paracontrarrestar cualquier tipo de operación terrorista que pueda surgir en el TerritorioNacional.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Desarrollar los planes de operaciones, directivas y órdenes que sean necesarias, paraejecutarlas en contra de organizaciones terroristas, basándose en los acontecimientosy experiencias aprendidas de ataques terroristas, acontecidos en otras naciones.

2. Planificar operaciones de entrenamiento para la unidad, creando situaciones deconflicto en las que puedan operar de manera independiente, conjunta o combinada,garantizando la interoperatividad con las demás fuerzas que participan.

3. Es responsable de identificar los riesgos, que puedan afectar sus operaciones y tratarde minimizarlos, debiendo velar en todo momento por la seguridad del personal en elcumplimiento de sus misiones.

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4. Planificar, coordinar y realizar entrenamientos, y planes de operaciones paragarantizar su potencial empleo en las operaciones típicas de fuerzas especiales.

5. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

6. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

7. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

8. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

9. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

10. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

11. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

12. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

13. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

14. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

15. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando,en el área de su incumbencia.

16. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

17. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

18. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

19. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

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20. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

21. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

22. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

23. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

24. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Mayor/Capitán de Corbeta Curso de Plana Mayor Haber pertenecido a la Unidad

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Comandante Subcomandante Ayudante Plana Mayor Encargado Departamento Encargado de Sección.

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4.8 Comandos Conjuntos y Unidades Operativas

FUERZA DE TAREA CONJUNTA INTERAGENCIAL “DEPROSER”

I. Naturaleza de la Unidad: Operativa

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con J-3 y la DNCD

IV. Objetivo General

Planificar, coordinar y conducir operaciones en coordinación con la Dirección Nacional deControl de Drogas (DNCD), a través de los Grupos de Tarea Conjunta e Interagencialdiseminados en todo el territorio nacional, con el fin de enfrentar, neutralizar, detener ydestruir cualquier amenaza de la violación a la soberanía de los espacios aéreos, marítimos yterrestre de nuestro país.

V. FUNCIONES DE DEPROSER

Conducir operaciones tácticas de manera deliberada contra la amenaza del NarcotráficoInternacional y Delitos conexos, manifestados en nuestro territorio nacional, en apoyo a laDirección Nacional de Control de Drogas (DNCD).

Cumplir tareas tácticas de Derrotar, Destruir y Disuadir, a orden del Nivel EstratégicoMilitar, cuando se enfrente a la amenaza del Narcotráfico Internacional y Delitos conexos.

Interdicciones Terrestres, Marítimas y Aéreas.

Estudio del comportamiento, presencia, flujo y movilidad de las amenazas en los espaciosterrestres, marítimos y aéreos de sus respectivas áreas de responsabilidad.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Mantener constantemente informado al Ministro de las Fuerzas Armadas, al “J-3”Director de Planes y Operaciones EMACON, MIFFAA y al Director del Centro deOperaciones Conjuntas de las Fuerzas Amadas (COC).

2. Mantener la Estructura de la Fuerza de Tarea Conjunta é Interagencial con una fuerzaautorizada de personal que se corresponda con su Tabla de Organización y Equipo(TOE).

3. Percatar que los medios (Vehículos de Transporte Terrestre, Sistemas de Armas,Instrumentos de Trabajos, etc.), se encuentren en perfecto estado de operatividad,con el fin de asegurar la efectividad del empleo de la fuerza.

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4. Mantener un entrenamiento constante de la fuerza, soportado en un Plan anual dedesarrollo de aptitudes y destrezas para elevar el nivel de listeza operacional de laUnidad.

5. Inspeccionar periódicamente las diferentes Bases o Estaciones de servicio de cadaGrupo de Tarea, con la finalidad de mantener en óptimo estado el grado de listezaoperacional.

6. Coordinar y solicitar los requerimientos logísticos necesarios, que aseguren el éxito dela conducción de todas las operaciones tácticas que sean ejecutadas contra laamenaza del Narcotráfico Internacional y Delitos conexos.

7. Planificar y coordinar todos los procesos orientados a asegurar la capacitación delpersonal que integra la Fuerza de Tarea Conjunta é Interagencial “DEPROSER”, amodo de fortalecer los aspectos de Pericia, Espíritu del Cuerpo, Disciplina y Moral.

8. Establecer puestos de chequeos alternos a los ya establecidos, en las diferentes rutasy vías de comunicación del territorio nacional.

9. Establecer Patrullaje terrestre y aéreo preventivo en zonas costeras y demás zonasdentro de su área de responsabilidad, en las que se sospeche la ocurrencia deactividades ilícitas, tales como bombardeos de drogas, tráfico de armas, personas uotras.

10. Identificación, monitoreo y aseguramiento de pistas clandestinas, o aeropuertos ypistas domésticas que puedan ser utilizadas para fines ilícitos.

11. Identificación, monitoreo y aseguramiento de puertos clandestinos, zonas marítimas ycosteras que puedan ser utilizadas para fines ilícitos.

12. Patrullaje marítimo y aéreo preventivo para la identificación de buques mercantes,embarcaciones de pesca, de recreo, deportivas, etc., que transiten por los espaciosmarítimos jurisdiccionales de la República Dominicana para la realización de abordajes.

13. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

14. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

15. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministerio de las Fuerzas Armadas, asícomo cumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

16. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

17. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

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18. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

19. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

20. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

21. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

22. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

23. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

24. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

25. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

26. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

27. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

28. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

29. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

30. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

31. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

32. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

33. Cualquier otra acción cuya importancia sea justificada como deber inherente delcomandante DEPROSER, que permita hacer más eficiente la labor de la fuerzaorientada a salvaguardar los intereses nacionales.

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VII. ESPECIFICACION DE PUESTO:

Coronel o Capitán de Navío Diplomado de Estado Mayor Haber comandado unidades tamaño batallón o su equivalente.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Comandante Subcomandante Ayudante Plana Mayor Comandantes Regionales Encargados de Secciones

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4.8 Comandos Conjuntos y Unidades Operativas.

FUERZA DE TAREA CONJUNTA CIUDAD TRANQUILA (CIUTRAN)

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con J-3

IV. Objetivo General

Realizar operaciones coordinadas en apoyo a la Policía Nacional, con la finalidad de prevenir laactividad delictiva, garantizar la seguridad ciudadana y el normal desenvolvimiento de lasactividades de la población, en cumplimiento al Plan de Seguridad Democrática, que lleva acabo el Ministerio de Interior y Policía.

V. FUNCIONES DE LA FUERZA DE TAREA CONJUNTA CIUDAD TRANQUILA(CIUTRAN)

Mantener una unidad altamente entrenada y equipada, con la finalidad de coordinar enconjunto con la Policía Nacional un programa de operaciones policiales.

Fortalecer el rol preventivo mediante el patrullaje y presencia policial, con un efectivosistema de mando, control y comunicaciones.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

2. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

3. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

4. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

5. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

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6. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

7. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

8. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

9. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

10. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

11. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

12. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

13. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

14. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

15. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

16. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

17. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

18. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

19. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

20. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

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VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Coronel/Capitán de Navío o Teniente Coronel/Capitán de Fragata. Diplomado de Estado Mayor. Oficial de Comando. Haber comandado unidades tamaño Batallón o su equivalente.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Comandante Subcomandante Ayudante Plana Mayor Encargados de Departamentos Encargados de Secciones

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Unidades Sustantivas u Operativas

4.9 Organismos de Bienestar y Servicios Sociales.

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4.9 Organismos de Bienestar y Servicios Sociales.

DIRECCIÓN GENERAL DEL CUERPO MÉDICO Y SANIDAD MILITAR DE LAS FUERZASARMADAS.

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Proporcionar en coordinación con los Directores de Cuerpo Médico y los Directores dehospitales militares el apoyo sanitario a través de la selección, conservación y recuperacióndel personal, estableciendo la promoción de la salud, la prevención de las enfermedades yminimizando los efectos que las lesiones sanitarias puedan tener sobre la efectividad,disponibilidad y moral de las unidades militares, utilizando para ello su entrenamiento militar ysu profesionalidad.

V. FUNCIONES DIRECCIÓN GENERAL DEL CUERPO MÉDICO Y SANIDAD MILITARDE LAS FUERZAS ARMADAS.

Contribuir a garantizar una salud integral en los miembros de las Fuerzas Armadas ysus dependientes directos, a través de la conducción, regulación, y armonización de laprovisión de los servicios de salud, instituyendo políticas sanitarias dirigidas a la promociónde la salud y la prevención de enfermedades.

Promover, diseñar e implementar el Plan Nacional de Salud Militar en correspondenciacon el seguimiento, evaluación y análisis de la situación de salud dentro de las FFAA.

Contribuir a formular, organizar y dirigir la ejecución de la política nacional de saluddefinida por la autoridad sanitaria nacional en consonancia con las condiciones específicasdel subsistema. (Cuerpos médicos y dependencias del subsistema).

Desarrollar y perfeccionar la legislación de salud dentro de las FFAA.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Asesorar al Ministro de las Fuerzas Armadas, en todos los asuntos que guardanrelación con la salud integral del personal militar de las Fuerzas Armadas y susdependientes directos.

2. Implementar el marco normativo sanitario que protege y promueve la salud, así comola garantía de su cumplimiento en las diferentes instituciones del Subsistema.

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3. Fomentar la participación social y comunitaria de todo el sector en pro de la salud conénfasis en la promoción de la salud y la prevención de enfermedades y daños comocondición para el adecuado desempeño de las funciones sustantivas de las FFAA.

4. Implementar y evaluar el sistema de información, Registros Rutinarios de Salud y elSub sistema de Vigilancia Epidemiológica de la Salud Militar.

5. Promover la investigación y control de riesgos y daños en salud.

6. Implementar los programas de salud colectiva y ambiental en la red deestablecimientos del subsistema de salud militar y sus dependencias.

7. Promover el diseño y/o adecuación y la implementación de las normas y protocolos deatención en salud en línea con las especificidades de nuestro contexto

8. Fomentar los procesos y mecanismos de acreditación de los servicios como base de lagarantía continua de la calidad y seguridad del paciente

9. Proponer las políticas y estrategias necesarias para garantizar que las diversasmodalidades de financiamiento tengan la complementariedad necesaria para permitirel acceso equitativo a los servicios de salud de calidad para todos los militares ydependientes.

10. Vigilar la aplicación del contenido de los planes básicos de cobertura universal.

11. Armonizar y vigilar la formación de los recursos humanos para la salud militar.

12. Fomentar las investigaciones en salud mediante una política de investigación en saludmilitar que contemple la Bioética y la seguridad del paciente.

13. Diseñar y coordinar los planes militares sanitarios de contingencia ante Emergencias yDesastres

14. Planificar, coordinar, monitorear, supervisar y evaluar programas sanitariosdesarrollados por el Sub Sistema de Salud Militar, tendentes a garantizar la buenasalud del personal de las Fuerzas Armadas y sus dependientes directos encoordinación con los Directores de Cuerpos Médicos y de Hospitales Militares de lasFuerzas Armadas.

15. Velar por el desarrollo de programas integrales efectivos de promoción de salud,prevención de enfermedades, evaluaciones y provisión de servicios de atencionesmédicas al personal de las Fuerzas Armadas y sus dependientes directos, parafortalecer la efectividad, moral y listeza operacional de los miembros que componenlas Fuerzas Armadas.

16. Realizar investigaciones operacionales en su ámbito de responsabilidad sobre factorescondicionantes de los mismos, para la evaluación y reajuste periódico de losProgramas Sanitarios.

17. Vigilar por el desarrollo de programas integrales de salud, eficaces y eficientes, deevaluaciones y atenciones médicas dirigidas al personal de las Fuerzas Armadas y sus

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dependientes directos, para fortalecer la efectividad, moral y listeza operacional de losmiembros que componen las Fuerzas Armadas.

18. Planificar, coordina y supervisa los Programas Médicos necesarios, para garantizar labuena salud del personal de las Fuerzas Armadas y sus familiares en coordinación conlos Directores de Hospitales y Cuerpos Médicos de las Fuerzas Armadas.

19. Velar por el desarrollo de programas efectivos de evaluaciones y atenciones médicas alpersonal de las Fuerzas Armadas y sus dependientes directos, para fortalecer laefectividad, moral y listeza operacional de los miembros que componen las FuerzasArmadas.

20. Servir de enlace entre el Ministerio de las Fuerzas Armadas y el Ministerio de SaludPública, el Instituto Dominicano de Seguros Social y los demás Institutos y Centros deSalud Privados que componen el Sistema de Seguridad Social Nacional y el SistemaNacional de Salud.

21. Coordinar las órdenes del Ministro de las Fuerzas Armadas, para la participación delpersonal médico de las Fuerzas Armadas en las acciones cívicas que le seanordenadas.

22. Coordinar el personal médico a ser puesto a disposición de los Comandantes de lasFuerzas de Tarea Conjuntas, designadas para cumplir las misiones y operacionesmilitares que ordene el Ministro de las Fuerzas Armadas.

23. Coordinar los Entrenamientos, Capacitación y Especialización del personal médico delas Fuerzas Armadas, atendiendo las solicitudes y requerimientos de los Directores delos Hospitales y Cuerpos Médicos de las Fuerzas Armadas, de conformidad con loestablecido en la fuerza autorizada descrita por la Tabla de Organización y Equipos(TOE).

24. Disponer las medidas de Control Sanitario que sean necesarias, para garantizar elbuen funcionamiento de las Instituciones, dependencias y operaciones de las FuerzasArmadas.

25. Planificar y evalúar el desarrollo del Plan Anual de Información, Educación yComunicación de Salud, en colaboración con el Ministerio de Salud Pública y susdiferentes programas, a ser impartido a todo el personal de las Fuerzas Armadassegún las necesidades.

26. Desarrollar programas de educación y prevención de enfermedades infecto-contagiosas, para ser impartidos a todo el personal de las Fuerzas Armadas.

27. Coordinar las prestaciones sanitarias, atenciones médicas en centros privadosnacionales, en hospitales y centros privados en el extranjero en caso que seanecesario, para garantizar la salud del personal que no puedan ser atendidos en losHospitales de las Fuerzas Armadas o públicos.

28. Disponer las juntas médicas que sean necesarias, para evaluar los resultados de losexámenes médicos anuales que se realizan al personal de las instituciones castrenses.

29. Monitorear y evaluar las inspecciones de las condiciones de accesibilidad a lasfacilidades de la red de instalaciones y servicios, así como los niveles de satisfacción

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de los usuarios por las atenciones prestadas por los hospitales y dispensarios médicosen todas las instituciones de las Fuerzas Armadas.

30. Representar al Ministro de las Fuerzas Armadas en los consejos técnicos de loshospitales.

31. Disponer las medidas de Control Epidemiológico y Sanitario que sean necesarias, paragarantizar el buen funcionamiento en salud de las Instituciones, dependencias yoperaciones de las Fuerzas Armadas.

32. Disponer los programas de vacunación preventiva que sean necesarios, paragarantizar la salud del personal militar y sus familiares directos en correspondenciacon el esquema nacional de inmunizaciones vigente.

33. Vigilar que las Unidades de Atención Primaria Militares, así como los dispensariosmédicos de las instituciones de las Fuerzas Armadas, estén equipados para brindar losprimeros Servicios de Atención Primaria adecuadamente y, posean un servicio dereferencia y contrarreferencia para atender aquellas emergencias que superen su nivelde resolución.

34. Disponer de un servicio de epidemiología que dará seguimiento a casosepidemiológicos en la red de servicio de salud de las Fuerzas armadas, así como encaso de brotes epidémicos en los Recintos Militares, dispondrá las investigacionespara determinar las causas que lo originan, debiendo recomendar las medidaspertinentes para su control, erradicación y prevención futura.

35. Disponer las medidas de Control de Vectores como son la fumigación periódica, ladestrucción de criaderos y la desratización de los Recintos Militares, para prevenirplagas y enfermedades.

36. Disponer los mecanismos de monitoreo y evaluación de las acciones de SaneamientoBásico integradas por el control de la disposición de desechos sólidos y aguas servidas.

37. Disponer de los mecanismos de control de agua de consumo humano (tanques,cisternas y red) y de las áreas de recreación tales como piscinas.

38. Disponer mecanismos para el monitoreo y evaluación del cumplimiento de las medidassanitarias para el almacenamiento, elaboración y expendio de alimentos en los recintosmilitares, así como a los manipuladores de los mismos.

39. Disponer mecanismos de bioseguridad y control de infecciones en la red de serviciosdel subsistema de provisión de servicios de las FFAA.

40. Disponer de mecanismos para la prevención de los accidentes ocasionados por riesgosocupacionales para prevenir los accidentes de trabajo, enfermedades profesionales ybrindar condiciones seguras de trabajo monitoreando el suministro, reposición,almacenamiento adecuado, mantenimiento, uso y control de los elementos deprotección personal requeridos, acorde con la actividad laboral que desempeña y losfactores de riesgo identificados.

41. Coordinar la orden superior sobre la participación de los médicos de las FuerzasArmadas en labores de asistencia a la población civil, en los caso de contingencia civil,desastres naturales o huelgas en los Hospitales del Sistema Nacional de Salud.

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42. Mantener un Récord Informativo sobre los tipos de sangre e historial médico de losOficiales Generales y Superiores de las Fuerzas Armadas.

43. Vigilar que los Directores del Cuerpo Médico de cada una de las instituciones, poseanun récord informativo sobre los tipos de sangre e historial médico de todo el personalde su Institución.

44. Vigilar porque los Cuerpos Médicos de las instituciones, estén equipados para brindarprimeros auxilios y posean ambulancias para atender las emergencias que sepresenten.

45. Coordinar con la orden superior, en caso de desastres naturales o huelgas de médicos,la participación de los médicos de las Fuerzas Armadas en labores de asistencia a lapoblación civil.

46. Elaborar, planificar y disponer los programas de educación y prevención del uso deDrogas, y ordena la realización de pruebas selectivas a los miembros de las FuerzasArmadas para prevenir el consumo de drogas narcóticas.

47. Colaborar con organizaciones sanitarias nacionales, provinciales y regionales para laconfección de programas compartidos de salud en el ámbito civil, así como programarlas actividades tendientes a integrar a las Fuerza Armadas en el sistema de VigilanciaEpidemiológica Nacional.

48. Disponer, en caso de brotes de epidemias en los Recintos Militares, las investigacionespara determinar las causas que lo originan, debiendo recomendar las medidaspertinentes para su control, erradicación y prevención futura.

49. Disponer la fumigación periódica de los Recintos Militares, para prevenir plagas yenfermedades.

50. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

51. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

52. Mantener un Récord Informativo sobre los tipos de sangre e historial médico de losOficiales Generales de las Fuerzas Armadas.

53. Vigilar que los Directores del Cuerpo Médico de cada una de las instituciones, poseanun récord informativo sobre los tipos de sangre e historial médico de los oficialessuperiores de su institución, así como los Directores de Hospitales para todo elpersonal de la Institución.

54. Participar en la normalización en los procesos relacionados con el funcionamiento de lared de servicios de salud de las Fuerzas Armadas como son compras para adquisiciónde equipos, medicamentos, e insumos entre otros, en volumen, calidad, oportunidad yrapidez, de forma tal que facilite el trabajo de la red de servicios de salud.

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55. Recibir del Ministro de las Fuerzas Armadas los lineamientos de acción para elcumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todas lascorrespondencias, recomendaciones e informes.

56. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

57. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

58. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

59. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

60. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

61. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

62. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

63. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

64. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando,en el área de su incumbencia.

65. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

66. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

67. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

68. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

69. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

70. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

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71. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, comolas normas de derecho que rigen los conflictos armados.

72. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

73. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

General de Brigada/Contralmirante o Coronel/Capitán de Navío Grado de Doctor(a) en el área de Salud de una universidad reconocida. Especialista: en una de las ramas de la medicina Postgrado: Maestría o Diplomado, en las Áreas correspondientes,

preferentemente en Gerencia, Servicio de Salud, Salud Publica, Economía de laSalud u otras áreas afines al cargo.

Experiencia: 10 años como especialista en el área de la salud, y 5 años deexperiencia en el área de gerencia en salud o áreas afines a la Administración deServicios de Salud.

Conocimiento y habilidad en la Elaboración, Socialización y publicación deprotocolos de Atención en Salud.

Conocimiento y habilidad en Sistema de información Gerencial. Habilidad de coordinar, conducir, orientar, apoyar, supervisar y monitorear a

equipos de trabajos multidisciplinarios. Conocimientos y habilidades para la Evaluación de Servicios de Salud Clínico-

Quirúrgicos, de Apoyo Clínico y administrativos de servicios de salud. Conocimiento y habilidades para el diseño y ejecución de investigaciones clínicas

y de servicios de salud.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director General Subdirector General Directores Departamentos Comisión Técnica Secciones Unidades Especializadas Asesores.

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4.9 Organismos de Bienestar y Servicios Sociales.

DIRECCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS ODONTOLÓGICOSDE LAS FUERZAS ARMADAS.

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con el Director de Cuerpo Médico y Sanidad Militar de lasFuerzas Armadas

IV. Objetivo General

Planificar, coordinar y ejecutar los Planes Odontológicos necesarios, para garantizar la saludBucal de los miembros de las Fuerzas Armadas y sus familiares directos, en coordinación conlos Directores de los Hospitales y Cuerpos Médicos de las instituciones castrenses.

V. FUNCIONES DIRECCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS ODONTOLÓGICOS DELAS FUERZAS ARMADAS.

Implementación de un Programa Integral de atención odontológica para el personal delas Fuerzas Armadas y sus familiares directos.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Coordinar con el Director de Cuerpo Médico y Sanidad Militar de las Fuerzas Armadas,los Programas Odontológicos a ser implementados en las distintas institucionesMilitares.

2. Coordinar chequeo Bucal rutinario a todos los miembros de las Fuerzas Armadas, conla finalidad de garantizar la salud bucal de los mismos, debiendo mantener un récordde todos los integrantes de las instituciones Castrenses.

3. Servir de enlace entre las Fuerzas Armadas y la Sección de Salud Bucal del Ministeriode Salud Pública, Instituto Dominicano de Seguros Sociales y los demás institutos desalud odontológicos privados.

4. Coordinar la participación del personal odontológico de las Fuerzas Armadas en lasacciones cívicas ordenadas por el Alto Mando.

5. Designar el personal Odontológico que va a participar en las diferentes misiones querealizan las Fuerzas Armadas, ya sea en casos de desastres o de conflictos.

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6. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

7. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

8. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

9. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

10. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

11. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

12. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

13. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

14. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

15. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

16. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

17. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

18. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

19. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

20. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

21. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

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22. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

23. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

24. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

25. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Coronel/Capitán de Navío Odontólogo Especialidad en su rama de desempeño

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director General Subdirector General Departamentos Comisión Técnica Secciones

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4.9 Organismos de Bienestar y Servicios Sociales

DIRECCIÓN DEL HOSPITAL CENTRAL DE LAS FUERZAS ARMADAS.

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Brindar servicios de salud con calidad, eficiencia, cobertura completa y equitativa al personalde las Fuerzas Armadas.

V. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DEL HOSPITAL CENTRAL DE LAS FUERZASARMADAS.

Brindar los servicios de atención médica integral necesarios, orientados a la prevención,curación y rehabilitación de la salud de los Oficiales y Alistados activos y retirados de lasFuerzas Armadas, así como a sus familiares directos, también a los Asimilados Militares delas distintas instituciones de las Fuerzas Armadas.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Planificar, organizar, dirigir, controlar, vigilar y coordinar todos los servicios médicos,paramédicos y administrativos del Hospital Central, en cumplimiento con losreglamentos y normas establecidas por el Ministerio de las Fuerzas Armadas.

2. Canalizar todas sus solicitudes y correspondencias a través del Director del CuerpoMédico y Sanidad Militar de las Fuerzas Armadas.

3. Realizar visitas periódicamente a las distintas áreas y departamentos, para comprobarlas necesidades existentes y constatar el buen funcionamiento del hospital.

4. Formar parte del Consejo Técnico General con los Directores de los Cuerpos Médicos ySanidad Militar de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.

5. Ordenar las reuniones del consejo de Dirección, el consejo de Administración y deEnseñanzas del Hospital Central.

6. Coordinar con las dependencias del Ministerio de las Fuerzas Armadas yparticularmente con el Director del Cuerpo Médico y Sanidad Militar de las FuerzasArmadas, las medidas a tomar en casos de Calamidad Pública.

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7. Coordinar con el Ministerio de las Fuerzas Armadas y con el Director del CuerpoMédico y Sanidad Militar de las Fuerzas Armadas, el personal médico bajo su mando aser puesto a disposición de los Comandantes de las Fuerzas de Tarea Conjuntas en lasmisiones y operaciones militares, que ordene el Ministro de las Fuerzas Armadas.

8. Coordinar los entrenamientos, capacitación y especialización del personal médico delas Fuerzas Armadas, atendiendo las solicitudes y requerimientos de los Directores delos distintos Departamentos del Hospital y Directores de Cuerpo Médico de lasInstituciones Armadas, de conformidad con lo establecido en la Fuerza Autorizadadescrita por la Tabla de Organización y Equipos (TOE).

9. Autorizar las pasantías y especialidades a los estudiantes de medicina, que les seansolicitadas por las Instituciones correspondientes, de conformidad con las normas yreglamentos del Ministerio de las Fuerzas Armadas, y de acuerdo a las posibilidades yfacilidades existentes.

10. Disponer la participación del personal y equipos bajo su responsabilidad, que les seanrequeridos por intermedio del Ministerio de las Fuerzas Armadas y del Director delCuerpo Médico y Sanidad Militar de las Fuerzas Armadas, en los Programas de AcciónCívica.

11. Promover programas de “investigación y desarrollo científico”, con el propósito defortalecer el desarrollo de los estudios y ciencias médicas en la República Dominicana.

12. Presentar informes de su gestión de manera trimestral y anual al Ministro de lasFuerzas Armadas y al Director del Cuerpo Médico y Sanidad Militar de las FuerzasArmadas, detallando las principales Actividades, Análisis Financieros, EstudiosRealizados, Conferencias, Cursos, Talleres y Charlas impartidas, así como lasEspecialidades logradas por el personal bajo su mando.

13. Disponer la realización de inventarios físicos de propiedades, dos veces al año, paragarantizar el cuido y el mantenimiento adecuado de los equipos, detallados en suinventario de propiedades.

14. Presentar los indicadores de gestión de manera periódica ante el Ministro de lasFuerzas Armadas y el Director General de Cuerpo Médico y Sanidad Militar de lasFF.AA.

15. Conocer la idoneidad y factibilidad de nuevas técnicas del área de gerencia ymantenimiento de la salud.

16. Supervisar la entrada de datos al sistema de información del hospital, tanto de saludcomo financiero y de estado operacional y su reporte oportuno al Ministro de lasFuerzas Armadas y el Director General de Cuerpo Médico y Sanidad Militar de lasFF.AA.

17. Supervisar los recursos humanos y solucionar conflictos tomando las medidas que creapertinentes según los reportes de auditoría de calidad y de gestión de servicios, comode comportamiento.

18. Supervisar las operaciones de compras, facturación y solicitudes de pago a losproveedores.

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19. Supervisar el buen cumplimiento de las acciones médicas corrientes, las autorizacionesde procedimientos médicos, áreas quirúrgicas, áreas técnicas y de diagnósticos deacciones cívicas y caso especiales.

20. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

21. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

22. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

23. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

24. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

25. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

26. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

27. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

28. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

29. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

30. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando,en el área de su incumbencia.

31. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

32. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

33. Recomendar las medidas y cambios que beneficien el buen funcionamiento de suunidad.

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34. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

35. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

36. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

37. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

38. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

39. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

General de Brigada/Contralmirante o Coronel/Capitán de Navío Grado de Doctor(a) en el área de Salud de una universidad reconocida. Especialista en una de las ramas de la medicina Postgrado, Maestría o Diplomado, en las Áreas correspondientes, preferentemente

en Gerencia, Servicios de Salud, Salud Pública, Economía de la Salud u otrasáreas afines al cargo.

Experiencia mínima de 10 años como especialista en el área de la salud y 5 añosde experiencia en el área de Gerencia en Salud o áreas afines a la Administraciónde Servicios de Salud.

Conocimiento y habilidad en la elaboración, socialización y publicación deprotocolos de atención en salud.

Conocimiento y habilidad en sistemas de información gerencial. Habilidad de coordinar, conducir, orientar, apoyar, supervisar y monitorear a

equipos de trabajo multidisciplinarios. Conocimientos y habilidades para la evaluación de servicios de salud clínico-

quirúrgicos, de apoyo clínico y administrativos de servicios de salud. Conocimiento y habilidades para el diseño y ejecución de investigaciones clínicas

y de servicios de salud.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director General Subdirector General Ayudante Directores Departamentos Comisión Técnica Secciones Unidades Especializadas Asesores.

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4.9 Organismos de Bienestar y Servicios Sociales.

DIRECCIÓN DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIALDE LAS FUERZAS ARMADAS (ISSFFAA)

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Brindar la seguridad social y los servicios esenciales para mejorar la calidad de vida de todoslos miembros de las Fuerzas Armadas y sus familiares directos, a través de un sistema deseguridad social que satisfaga las necesidades en las áreas de salud, educación, vivienda,asistencia económica y recreación, garantizando así el bienestar y estabilidad social de todossus miembros.

V. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LASFUERZAS ARMADAS.

Promover las políticas de ahorro entre los miembros de las Fuerzas Armadas, así como laadministración de los fondos asignados, con la finalidad de garantizar la Seguridad Socialde los miembros activos y en retiro de las Fuerzas Armadas y de sus familiares directos,mediante la facilitación de préstamos personales e hipotecarios, asistencia social yasistencia médica. Otorgando las siguientes facilidades a sus afiliados: Plan de Seguro deVida y Accidentes, Plan de Defunción Familiar, Plan de Retiro (Sueldo por año), Programade Becas Universitarias, Plan de Adquisición de Vehículos de Motor, Proyectos de Viviendas,Venta de medicamentos al más bajo precio del mercado, Otorgamiento de préstamos almás bajo interés, entre otros.

Esta subordinado de manera directa del Ministerio de las Fuerzas Armadas, teniendo un“Consejo Directivo”, integrado por el Ministro de las Fuerzas Armadas (preside); losViceministros de las Fuerzas Armadas del Ejército Nacional, Marina de Guerra y FuerzaAérea Dominicana, el Inspector General de las Fuerzas Armadas y los Jefe de Estado Mayordel Ejercito Nacional, Marina de Guerra y Fuerza Aérea Dominicana, el Contralor de lasFuerzas Armadas, un representante de los miembros retirados de las Fuerzas Armadas,designado por la reserva de las Fuerzas Armadas; y el Presidente de retiro de las FuerzasArmadas y el Director del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFFAA).

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

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VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Garantizar la elaboración, ejecución y supervisión de los planes de Seguridad Socialorientados a elevar los niveles de calidad de vida de los miembros de las FuerzasArmadas y sus familiares directos.

2. Vigilar porque sean debidamente canalizadas las asistencias quirúrgicas, obstetricias yhospitalarias, que requieran los familiares de los afiliados en pagos o en servicios.

3. Coordinar la concesión de préstamos personales a los afiliados, de acuerdo con lasdisponibilidades existentes.

4. Vigilar el mantenimiento de una cartera de préstamos sana y efectiva.

5. Ser responsable del mantenimiento y administración de todos los “Programas” quelleva a cabo el Instituto, y presentará periódicamente el estado de los mismos alConsejo Directivo.

6. Velar por la administración de todos los bienes, dependencias y recursos propiedad delInstituto, debiendo para tales fines seguir las normas de administración públicadispuestas por la Contraloría General de la República y la Contraloría General de lasFuerzas Armadas.

7. Ser el responsable de la planificación, elaboración, programación y ejecución delPresupuesto Anual de Gastos y del programa de Inversiones de Fondos y distribuciónde beneficios, para su presentación al Consejo Directivo.

8. Elaborar mensualmente los Estados Financieros y un Estado de Resultados, reflejandolas operaciones realizadas, para ser presentado al Consejo Directivo.

9. Verificar que sean facilitadas las fianzas, para el alquiler de viviendas temporales quesean solicitadas por los afiliados.

10. Velar por la organización del sistema de ahorros y préstamos, que facilite el ahorro yla obtención de préstamos hipotecarios a los miembros de las Fuerzas Armadas.

11. Velar por la buena administración de los fondos asignados para Pensiones yCompensaciones de Retiro, así como de los fondos de las otras actividades financieraso comerciales que realice el instituto.

12. Garantizar que el instituto sirva de Agente Financiero del Fondo de Pensión de losmiembros de las Fuerzas Armadas.

13. Representar legalmente al Instituto en el país y en el extranjero, para todos losasuntos jurídicos que sean necesarios, así como para la suscripción de los acuerdos,negociaciones y demás actividades, para las cuales haya recibido autorización delConsejo Directivo y del Ministerio de las Fuerzas Armadas.

14. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

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15. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

16. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

17. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

18. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

19. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

20. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

21. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

22. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

23. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

24. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando,en el área de su incumbencia.

25. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

26. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

27. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

28. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

29. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

30. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

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31. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

32. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

33. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

General de Brigada/Contralmirante o Coronel/Capitán de Navío

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Encargados de Departamentos Encargados de Secciones.

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4.9 Organismos de Bienestar y Servicios Sociales

JUNTA DE RETIRO DE LAS FUERZAS ARMADAS

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Realizar el control administrativo y asignación de la pensión correspondiente al personalmilitar y asimilado al momento de pasar a situación de retiro o a sus familiares.

V. FUNCIONES DE LA JUNTA DE RETIRO DE LAS FUERZAS ARMADAS.

Vigila por el cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas,en lo relativo al Régimen de Retiro y Pensiones.

Administrar los recursos asignados para el otorgamiento de las pensiones a los miembrosde las Fuerzas Armadas que pasan a la condición de retiro o a sus familiares.

La Junta de Retiro de las Fuerzas Armadas tiene personalidad jurídica y estará formadapor un presidente, un vicepresidente, un tesorero, cuatro vocales y un secretario sinderecho al voto, designado por el Presidente de la República y escogidos entre los oficialesgenerales y superiores activos.

Para la toma de decisiones, deberán estar el Presidente o Vicepresidente de la misma ypor lo menos cuatro de los miembros presentes, en “caso de empate” el voto decisivo en lareunión, será el que presida la misma.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Velar por el Cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley Orgánica de lasFuerzas Armadas, para hacer las evaluaciones de las solicitudes y recomendaciones deretiro que hayan recibido.

2. Evaluar de manera colegiada, las medidas a tomar en cuanto a las solicitudes de retirode los miembros activos de las Fuerzas Armadas que se hagan de manera forzosa ovoluntaria, con la responsabilidad de establecer la clasificación en cada uno de loscasos, en que sea recomendada la Pensión de cualquier miembro de las FuerzasArmadas.

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3. Representar a la Junta de Retiro de las Fuerzas Armadas, en el Consejo Directivo delInstituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFFAA).

4. Remitir al Poder Ejecutivo, por conducto del Ministerio de las Fuerzas Armada, losexpedientes que le hayan sido remitidos, después de evaluados y depurados.

5. Remitir a los Jefes de Estado Mayor de las distintas Instituciones Castrenses, los“Expedientes Aprobados” por el Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de lasFuerzas Armadas, para su asiento en los tarjeteros personales y su publicación enórdenes.

6. Gestionar y procesará el pago de los beneficios de pensiones de los retirados de lasFuerzas Armadas de acuerdo a la nomina de pago de cada mes.

7. Presentar un Informe Anual en la primera quincena de cada año, al Ministro de lasFuerzas Armadas, informándole de todas las actividades realizadas durante el añoanterior.

8. Designar la Junta Médica militar que considere, para tratar cualquier incapacidad físicao mental de un miembro de las Fuerzas Armadas, pudiendo solicitar en los casos quelas circunstancias lo requieran médicos de la clase civil.

9. Establecer la clasificación del Retiro Militar de cualquier miembro de las FuerzasArmadas, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica, en cuanto a la causa delretiro.

10. Convocar reuniones ordinarias o extraordinarias, en el primer día laborable de cadames o cuando lo juzguen conveniente.

11. Llevar un libro para asentar los asuntos tratados y los acuerdos a que se llegue encada sesión, debiendo levantar un Acta de la misma, la cual deberá ser leída y firmadapor el Presidente o el Vicepresidente de la Junta de Retiro en los casos en que esteúltimo la presida.

12. Transmitir a través del Ministro, a las respectivas Instituciones y al Instituto deSeguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFFAA), y a la Junta Central Electoral, lasResoluciones emitidas y aprobadas por el Poder Ejecutivo, para los finescorrespondientes.

13. Administrar los fondos de pensión que sean recolectados, los cuales deberán serdepositados en el banco depositario del Gobierno, debiendo rendir un informe sobre elestado de estos en cada reunión ordinaria.

14. Establecer, en caso de defunción del pensionado o retirado, el o los beneficiarios delos derechos de pensión que correspondan a los familiares.

15. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

16. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

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17. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

18. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

19. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

20. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

21. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

22. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

23. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

24. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

25. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

26. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

27. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

28. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

29. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

30. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

31. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

32. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

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33. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

34. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Oficial General /Oficial Almirante

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Consejo Directivo Presidente Vicepresidente Directores Subdirectores Ayudantes Encargados de Departamentos Encargados de Secciones.

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4.9 Organismos de Bienestar y Servicios Sociales

ADMINISTRADORA DE RIESGOS DE SALUD DE LAS FUERZAS ARMADAS(ARS-FFAA)

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con las direcciones de hospitales y Prestadoras deServicios de Salud

IV. Objetivo General

Administrar y asegurar la provisión de un plan básico de salud, garantizando a sus afiliados anivel nacional servicios eficientes, oportunos, satisfactorios y equitativos que contribuyan aelevar su calidad de vida a través de las prestadoras de servicios de salud de las FuerzasArmadas (PSS-FF.AA.) y de las Prestadora de Servicios de Salud (PSS) privadas y/o publicascontratadas para garantizar dichos servicios donde no exista la red de PSS-FF-AA y/o paraaquellos servicios que no son ofertados por estas ultimas.

V. FUNCIONES DE LA ADMINISTRADORA DE RIESGOS DE SALUD DE LAS FUERZASARMADAS (ARS-FFAA)

Garantizar a los afiliados y beneficiarios un plan básico con servicios de salud de altacalidad, oportuna y satisfactoria.

Administrar los riesgos de salud con eficiencia, equidad y efectividad.

Disponer de una red nacional de prestadores de servicios de salud con criterios dedescentralización, pero con identidad de objetivos y metas.

Coordinar la red de Proveedores de Salud para maximizar su capacidad resolutiva.

Contratar y pagar a los prestadores de servicios de salud en la forma y condicionesprescritas por la Ley de Creación del Sistema Dominicano de Seguridad Social para lasAdministradoras de Riesgos de Salud.

Rendir Informe periódico al Ministerio de las Fuerzas Armadas, al Consejo Nacional deSeguridad Social y a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales, sobre laAdministración de los recursos para garantizar su uso eficiente y transparente.

Administrar los planes complementarios y Voluntarios de salud con calidad, eficiencia yoportunidad de los servicios.

Cursar ante la ARL las reclamaciones de las PSS, por las atenciones y servicios prestadosen los casos de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales de los afiliados.

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Racionalizar el costo de los servicios logrando niveles adecuados de productividad yeficiencia.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Garantizar al afiliado una oferta de servicios asequibles, satisfactorios, con calidad,calidez y equidad bajo un ambiente ético y solidario.

2. Cumplir con las normas prudenciales en la administración de los recursos y riesgos desalud de sus afiliados, es decir, los militares dominicanos de las tres ramas y susdependientes y/o familiares.

3. Lograr que el rol de la ARS-FF.AA., en el nuevo Sistema Dominicana de SeguridadSocial (SDSS), se traduzca en una evidente mejoría de todos los indicadores que en elcampo de la salud inciden en los miembros afiliados a la ARS-FF.AA.

4. Velar por la eficiente y sana administración, así como el cumplimiento de lasnormativas que en el campo financiero, administrativo, y técnico establezca laSuperintendencia de salud y Riesgos Laborales (SISALRIL).

5. Organizar una eficiente y moderna estructura de administración de riesgos de salud,coherente y moderna, capaz de insertarse y mantenerse con solidez en el mercado deservicios de salud, cuyos organismos directivos y gerenciales se correspondan con lasfunciones que habrán de desempeñar durante los procesos de gestión.

6. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

7. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

8. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de las instituciones que rigen el Sistema Dominicanode Seguridad Social.

9. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

10. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasGerencia y Departamentos bajo su Dirección.

11. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

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12. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

13. Mantener un sistema de control y vigilancia preventivos, que proporcionen informaciónefectiva y a tiempo, sobre la situación financiera de la ARS-FF.AA., así como, elcumplimiento apegado a las normas vigentes de la institución, preestablecidas por laSISALRIL.

14. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

15. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

16. Velar por que sean divulgados y cumplidos a todos los miembros bajo su mando, lasreglamentaciones, códigos y normas existentes.

17. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de la institución bajo su dirección.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Oficial de Comando Oficial General o Coronel/Capitán de Navío Alta Capacidad de Dirección y Gestión Administrativa. Conocimientos sobre la Ley 87-01 (Seguridad Social), y la Ley 42-01 (Ley General

de Salud).

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director General Subdirectores Ayudante Encargados de Departamentos Encargados de Secciones

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4.9 Organismos de Bienestar y Servicios Sociales.

DIRECCIÓN DEL PLAN SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con J-5

IV. Objetivo General

Ejecutar y supervisar los operativos de acción cívica y las disposiciones ordenadas por elMinistro de las Fuerzas Armadas, tendentes a garantizar el bienestar del soldado y su familia,así como también de las personas más necesitadas de la sociedad en general, además depromocionar los programas sociales que permitan a esta Dirección ayudar a solucionar lasnecesidades básicas de los miembros de las Fuerzas Armadas.

V. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE PLAN SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS

Planifica, coordina, supervisa y ejecuta los programas de acción cívica que seannecesarios, para brindar asistencia a los sectores de nuestra población más necesitada entoda la geografía Nacional, con el propósito de desarrollar las estrategias necesarias paraestrechar lazos efectivos y verdaderos, entre las Fuerzas Armadas y la población Civil denuestro país.

Es una dependencia de la Dirección de Asuntos Civiles (J-5), teniendo bajo su jurisdiccióntodo el personal necesario, para cumplir con los requerimientos que demandan la ejecuciónde los diversos “Programas de Acción Cívica”, así como de las actividades propias de laInstitución.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Planificar, coordinar, ejecutar y supervisar, los operativos de acción cívica necesarios uordenados por el Ministro de las Fuerzas Armadas en todo el Territorio Nacional.

2. Coordinar y planificar los operativos de acción cívica que sean recomendados por laDirección de Asuntos Civiles (J–5), en apoyo a las Operaciones que realicen lasFuerzas Armadas.

3. Gestionar y coordinar el apoyo necesario, con las entidades Gubernamentales,Organizaciones no Gubernamentales, Empresas Privadas e Instituciones afines, paraeficientizar los programas de acción cívica en beneficio de la población civil.

4. Concienciar al personal de las Fuerzas Armadas en la importancia de los programas deacción cívica”, para fortalecer la imagen de las Fuerzas Armadas.

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5. Coordinar con la Dirección de Relaciones Públicas de este Ministerio, la producción deboletines informativos, en los cuales se dé a conocer el trabajo que realiza laInstitución, así como los Planes y Programas futuros.

6. Coordinar con la Dirección de Logística (J-4), la elaboración del anteproyecto dePresupuesto Anual de esta Dirección, basado en una Programación Planificada juntocon las Direcciones de Planes y Operaciones (J-3), Asuntos Civiles (J-5) y RelacionesPúblicas del Ministerio de las Fuerzas Armadas.

7. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

8. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

9. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

10. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

11. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

12. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

13. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

14. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

15. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

16. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

17. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

18. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

19. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

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20. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

21. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

22. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

23. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

24. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

25. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

26. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Oficial Superior Diplomado de Estado Mayor

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Encargados de Departamentos Encargados de Secciones

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4.9 Organismos de Bienestar y Servicios Sociales

ASOCIACIÓN DE ESPOSAS DE OFICIALES DE LAS FUERZAS ARMADAS (ADEOFA)

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con todas las unidades de la institución

IV. Objetivo General

Contribuir con el mejoramiento del soldado y su familia, a través de una gestión efectiva yeficiente, con suficiente credibilidad y prestigio, privilegiando las innovaciones tecnológicas.

V. FUNCIONES DE ADEOFA

Apoyar las actividades de bienestar social desarrolladas por el Ministerio, en beneficio delos soldados y sus familiares.

Fortalecimiento estructural de la Asociación de Esposas.

Es una entidad sin fines de lucro, que depende directamente del Ministro de las FF.AA.,que desarrolla y ejecuta programas recreativos y de bienestar social en beneficios de losmiembros de las FF.AA., y sus familiares.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Aportar al bienestar de los militares y su familia.

2. Fomentar e implementar la innovación tecnológica

3. Desarrollar alianza estratégica con sectores internos y externos.

4. Proyectar la imagen de ADEOFA.

5. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

6. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

7. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

8. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cada caso.

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9. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

10. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

11. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

12. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

13. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

14. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando,en el área de su incumbencia.

15. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

16. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

17. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

18. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

19. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

20. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

21. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Esposa del Ministro de las Fuerzas Armadas

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Presidenta Ayudante Encargados de Departamentos Encargados de Secciones

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4.9 Organismos de Bienestar y Servicios Social.

DIRECCIÓN GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS DE ALBERGUE Y RESIDENCIAPARA LA REEDUCACIÓN CIUDADANA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

(DIGFARCIN).

I. Naturaleza de la Unidad: De Apoyo

II. Estructura Organizativa: Personal que la integra

III. Relaciones:

De Dependencia: Dirección Ejecutiva

De Coordinación: Con J-5

IV. Objetivo General

Desarrollar una serie de programas, que incluyan actividades de salud, moral, religiosas,vocacionales, de modificación de conducta, de trabajo social y familiar, recreativas, entreotras, que integradas procuran lograr la reeducación y posterior reinserción en la sociedad delos adolescentes que se encuentran en situación de riesgo que participen en el proceso, a finde contribuir con su desarrollo integral, con el objetivo de fortalecer nuestra sociedad ydisminuir los fenómenos de violencia y costumbres o hábitos divorciados de los marcosconductuales normales.

V. FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS DEALBERGUE Y RESIDENCIA PARA LA REEDUCACIÓN CIUDADANA DE NIÑOS,NIÑAS Y ADOLESCENTES (DIGFARCIN)

Intercambiar ideas, programas y experiencias interinstitucionalmente, que ayuden alograr la modificación de conducta, especifica al problema en cuestión.

Crear escuelas de formación para educadores de calle.

Implementar talleres de capacitación a los educadores.

Depende del Ministro de las Fuerzas Armadas, de quien recibirá los lineamientos deacción para el cumplimiento de sus funciones, y a través del cual recibirá y tramitará todaslas correspondencias, recomendaciones e informes.

VI. DEBERES Y RESPONSABILIDADES

1. Administrar adecuadamente los recursos que son destinados para el funcionamiento ymantenimiento de las estructuras, tantos físicas como del personal bajo su mando.

2. Supervisar, a través de organismos internos, todas las actividades que se desarrollandentro y fuera de la dirección.

3. Mantener un clima apropiado en las relaciones interinstitucionales, como forma deestructurar un trabajo que refleje el sentido de cooperación y solidaridad permanente.

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4. Fomentar cuando así lo considere apropiado y necesario, actividades que busquendinamizar todos los procesos de asistencia educativas que desarrolle la DIGFARCIN.

5. Modificar y cambiar programas que sustenten y limiten controles de enseñanza en elárea pedagógica, considerando los análisis y recomendaciones del personal que laboraen el proceso de capacitación.

6. Presentar las memorias de la Dirección cada año, ante el Ministerio de las FuerzasArmadas, y/o cuando lo considere dicho Ministerio.

7. Coordinar a través de los Departamentos, el desarrollo de Talleres de capacitaciónpara los docentes, a fin de contribuir con su desarrollo integral.

8. Programar visitas periódicas a los albergues, para mantener el debido control y ladisciplina de socialización y adaptación de los internos.

9. Seleccionar previas recomendaciones, equipos de educadores militares y/o asimiladosmilitares u otro personal especializado, cuyo objetivo sea el fortalecimiento de losvínculos con los niños, niñas y adolescentes y que cumplan con los lineamientos y laspolíticas de protección y definición correcta de los programas.

10. Velar por el bienestar de los miembros de las Fuerzas Armadas bajo su mando, en losasuntos relacionados con el buen aspecto y apariencia, salubridad, alimentación, y lacapacitación e instrucción permanente, así como la moral, disciplina e integridad de losmismos.

11. Verificar la organización y cantidad de personal asignado para el funcionamiento de suunidad o dependencia, aprobada por el Ministro de las Fuerzas Armadas.

12. Ejecutar todas las decisiones emanadas del Ministro de las Fuerzas Armadas, así comocumplir y hacer cumplir las leyes y los reglamentos de la institución y todas lasdisposiciones legales emanadas de una autoridad competente.

13. Supervisar el fiel cumplimiento de las misiones y tareas que se le asignen en cadacaso.

14. Ser responsable de la seguridad interna de su dependencia.

15. Velar por el buen orden, limpieza, mantenimiento y buen funcionamiento de todas lasdependencias bajo su mando.

16. Establecer un sistema de administración y control que facilite la aplicación de normas yprocedimientos administrativos eficaces, para la toma de decisiones, en aspectos dedirección, supervisión, delegación de funciones y comunicación de los procedimientosorganizacionales.

17. Supervisar todas las actividades y operaciones bajo su responsabilidad, paracomprobar el buen desenvolvimiento y desarrollo de las mismas.

18. Velar porque los libros, registros, títulos y demás documentos, sean llevados yconservados de forma debida, y porque la contabilidad se mantenga al día.

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19. Fijar las atribuciones al personal bajo su mando siempre y cuando las mismas vayanorientadas al cumplimiento de las misiones asignadas, salvo en los casos en que lasmismas sean establecidas por los reglamentos correspondientes.

20. Asesorar y proveer información al Ministro de las Fuerzas Armadas y al Alto Mando, enel área de su incumbencia.

21. Asumir cualquier otra función afín o complementaria, necesaria para el logro de susobjetivos.

22. Velar porque sean divulgados y cumplidos los códigos, reglamentaciones y normasexistentes a todos los miembros bajo su mando.

23. Recomendar todas las medidas y cambios que a su juicio beneficien el buenfuncionamiento de su unidad.

24. Recomendar la asignación del personal militar y civil necesario para el buenfuncionamiento de su unidad, así como el traslado o cancelación de aquellos que norindan una buena labor o cometan faltas que así lo ameriten.

25. Ejercer estricto control sobre todo lo relacionado a la programación, mantenimiento ybuen uso de los equipos.

26. Realizar inspecciones periódicas a las unidades bajo su mando para comprobar el buenaspecto y estado de las mismas cuantas veces lo juzgue conveniente o sea ordenadopor la superioridad.

27. Vigilar porque el personal bajo su mando conozca las reglas de enfrentamiento, asícomo las normas de derecho que rigen los conflictos armados.

28. Solicitar vacaciones, permisos y licencias, al personal bajo su mando y recomendarsanciones conforme a lo estipulado en el Reglamento Militar Disciplinario.

29. Representar su dependencia o unidad, previa autorización del Ministro, en los actosoficiales, sociales y culturales, ante los organismos nacionales e internacionales.

VII. ESPECIFICACIÓN DEL PUESTO:

Oficial Superior Diplomado de Estado Mayor Conocimiento de la Ley No.136-03 de protección de los derechos de los niños, niñas y

adolescentes.

VIII. ESTRUCTURA DE CARGOS:

Director Subdirector Ayudante Encargados de Departamentos Encargados de Secciones

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DISPOSICIONES FINALES

Este Manual de Funciones del Ministerio de las Fuerzas Armadas y sus Dependencias, fuesometido a la consideración del Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas, organismomilitar que acordó su aprobación a unanimidad de votos, en una sesión celebrada en fecha________ del mes______ del año dos mil diez (2010), disponiendo su publicación en unaOrden General del Ministerio de las Fuerzas Armadas, para los fines correspondientes.

Comisión Permanente para la Reforma y Modernización de lasFuerzas Armadas

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BIBLIOGRAFÍA:

1. Constitución de la República Dominicana

2. Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas

3. Decreto del Poder Ejecutivo No.7617 del 21 de enero del 1962, creando los“Viceministro” de las Fuerzas Armadas, publicada mediante Orden General No.11, delMinisterio de las Fuerzas Armadas del mismo año.

4. Decreto del Poder Ejecutivo No.1222-2001 del 31 de diciembre del 2001, creando la“Contraloría General” de las Fuerzas Armadas, publicada mediante Orden GeneralNo.448-2002 del Ministerio de las Fuerzas Armadas.

5. Decreto del Poder Ejecutivo No.477 del 18 agosto del 2000, creando las “RegionesMilitares”, publicadas mediante Orden General No.56-2000 de fecha 22 de agosto del2000.

6. Orden General No.57-2002 del 7 de agosto del 2003; en su Párrafo Cuarto crea la 6ta.

Región Militar, con efectividad el 29 de julio del 2003.

7. Decreto de Creación del “Cuerpo de Ayudantes Militares” d/f 7 de Junio del año 1929.

8. Decreto del Poder Ejecutivo No.28-97 del 22 de enero del 1997, crea el “CuerpoEspecializado de Seguridad Aeroportuaria” (CESA).

9. Decreto del Poder Ejecutivo No.746-00 del 11 de Septiembre del 2000, que crea el“Cuerpo Especializado de Seguridad Portuaria” (CESEP).

10. Decreto del Poder Ejecutivo No.1301-00 del 21 de diciembre del 2000, que crea la“Dirección General de la Policía Turismo” (POLITUR).

11. Decreto del Poder Ejecutivo No.1194-00 del 13 de noviembre del 2000, que crea la“Policía Ambiental”.

12. Decreto del Poder Ejecutivo No.481-2002 del 18 de agosto del 2000, que crea el“Instituto de Altos Estudios para la Defensa y Seguridad Nacional” (IAEDESEN).

13. Decreto del Poder Ejecutivo No.1581 del 18 de noviembre del 1983, que crea la“Escuela Superior de las Fuerzas Armadas”. El 27 de noviembre del 1989, medianteOrden General No.1194, del Ministerio de las Fuerzas Armadas se eleva a categoría de“Instituto” con el nombre de “General Juan Pablo Duarte y Diez, Ejército Nacional”.

14. Decreto del Poder Ejecutivo No.480-00 del 18 de Agosto del año 2000, que crea el“Instituto Militar de los Derechos Humanos”. El Decreto Presidencial No. 104-03 del 6de febrero del año 2003, modifica el nombre del Instituto, especificándose que en losucesivo se denominará “Instituto Militar de los Derechos Humanos y DerechoInternacional Humanitario”, manteniendo igual su estructura orgánica.

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15. Decreto del Poder Ejecutivo No.479-00 del 18 de Agosto del 2000, que crea el“Programa de Educación y Capacitación Profesional Gran General RestauradorGregorio Luperón”, de las Fuerzas Armadas.

16. Orden General No.78 del 10 de Septiembre del 1956 de la Jefatura de Estado Mayorde Aviación Dominicana, que crea la Academia Militar “Batallas de las Carreras”,ratificada por el Congreso Nacional mediante la Ley No.300 del 17 de Abril de 1968.

17. Decreto del Poder Ejecutivo No.351-2001 del 14 de marzo del 2001, que autoriza a laAcademia Militar de las Fuerzas Armadas “Batalla de las Carreras”, a expedir “TítulosUniversitarios” en el grado de “Licenciatura en Ciencias Militares”, con las siguientesmenciones: Infantería, Caballería, Comunicaciones y Aviación.

18. Ley No.205 del 10 de mayo de 1966, que crea las “Escuelas Vocacionales” de lasFuerzas Armadas, y las mismas son traspasadas al Ministerio de las Fuerzas Armadasmediante Decreto del Poder Ejecutivo No.1323, del 26 de mayo del mismo año.

19. Decreto del Poder Ejecutivo No.1081-01, del 01 de noviembre del 2001, que crea la“Dirección General del Servicio Militar Voluntario”.

20. Decreto del Poder Ejecutivo No.3013 del 26 de febrero del 1982, que crea el “Institutode Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional” (ISSFFAAPOL). ElDecreto del Poder Ejecutivo No.241-00, separa a la Policía Nacional del ISSFFAAPOL,creando dos Instituciones de Seguridad Social, los cuales se llamaran “Instituto deSeguridad Social de las Fuerzas Armadas” (ISSFFAA) e Instituto de Seguridad Socialde la Policía Nacional (ISSPOL).

21. Decreto del Poder Ejecutivo No.691-00 del 18 de agosto del 2000, que crea la“Dirección de Doctrina y Organización” de las Fuerzas Armadas, publicada en la OrdenGeneral No.72-2000, del 7 de septiembre del 2000.

22. Circular No.19 del 28 de agosto del 2002, del Ministerio de las Fuerzas Armadas, quecrea el “Consejo Académico Superior de Educación de las Fuerzas Armadas”, comouna dependencia directa de la misma. El Decreto del Poder Ejecutivo No.781-02, del 9de octubre del 2002, valida jurídicamente la creación del Consejo Superior deEducación de las Fuerzas Armadas.

23. Decreto del Poder Ejecutivo No.265-63 del 28 de noviembre de 1963, que traspasa los“Servicios Tecnológicos” al Ministro de las Fuerzas Armadas.

24. Decretos del Poder Ejecutivo No.3018 del 10 de diciembre del 1968, que crea elCírculo Deportivo de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, y No.412-98 de fecha26 de octubre del 1998.

25. Decreto del Poder Ejecutivo No.697-00 del 02 de agosto del 2000, que crea la“Comisión Permanente para la Reforma y Modernización” de las Fuerzas Armadas yPolicía Nacional.

26. Decreto del Poder Ejecutivo No.691-00 del 4 de septiembre del 2000, que crea la“Dirección de Asuntos Haitianos” del Ministerio de las Fuerzas Armadas.

27. Decreto del Poder Ejecutivo No.3222 del 26 de abril del 1982, que crea la “JuntaReguladora de Vigilantes Privados”.

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28. Ley No.873 del 31 de Julio del 1978 (Ley Orgánica de las FF.AA), que crea la “Junta deRetiro” de las Fuerzas Armadas.

29. Ley No. 2136 del 22 de Octubre del 1949, que crea el “Instituto Cartográfico Militar”,y mediante el Decreto del Poder Ejecutivo No.3449, de fecha 7 de Noviembre del1985, pasa a ser una dependencia del Ministerio de las Fuerzas Armadas.

30. Decreto del Poder Ejecutivo No.1328 del 4 de agosto 1971, que crea la “DirecciónGeneral de las Comunidades Fronterizas” del Ministerio de las Fuerzas Armadas.

31. Orden General No.73-88, del 20 de octubre del 1998, de la Secretaría de Estado de lasFuerzas Armadas, que crea la “Dirección General de Informática” del Ministerio de lasFuerzas Armadas.

32. Orden General No.70 del 22 de noviembre del 1965, que crea la “Dirección de AcciónCívica” de las Fuerzas Armadas, publicada el 24 de noviembre del 1965.

33. Constitución Apostólica “Spirituali Militum Curae”, de Juan Pablo II, del 21 de abril de1986, y las disposiciones de esta “Constitución Apostólica” fueron ratificadas medianteacuerdo en el 1990 entre la Santa Sede y el Gobierno Dominicano.

34. Decreto del Poder Ejecutivo No.1109-2000 del 07 de noviembre del 2000, que crea la“Dirección General de los Servicios Odontológicos”, de las Fuerzas Armadas.

35. Decreto del Poder Ejecutivo No.447-02 del 20 junio del 2002, que crea la “Dirección deCeremonial, Protocolo Militar y Extranjería”, publicada mediante Orden GeneralNo.21-2002, del 1 de abril del 2002, del Ministro de las Fuerzas Armadas.

36. La “Unidad de Comando Especial Antiterrorista” fue creada el 4 de Febrero del 1982,con el nombre de “Unidad de Patrulla y Rescate” y el día 10 de Octubre del 2001 esconvertida en la Unidad Comando Especial Antiterrorista.

37. Orden General No.118-1982 del Ministerio de las Fuerzas Armadas, que crea la“Dirección General de Cuerpo Médico y Sanidad Militar” de las Fuerzas Armadas yPolicía Nacional.

38. Decreto del Poder Ejecutivo No.634 del 5 de enero de 1983, que crea el “HospitalCentral” de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.

39. Ley No.4761 del 01-09-57, que crea las “Reservas de las Fuerzas Armadas y PolicíaNacional”, y modificada por la Ley 873 del 31-7-78 (Ley Orgánica de las FuerzasArmadas).

40. Decreto del Poder Ejecutivo No.1238-2000, que crea el “Estado Mayor Mixto” de laReserva y mediante Decreto No.945-02, se dispone la creación de la Reserva de laPolicía Nacional.

41. Decreto del Poder Ejecutivo No.51-02 del 18 de enero 2002, que crea el “Instituto deBienestar y Asistencia Social de las Reservas” de las Fuerzas Armadas (IBASRFFAA),publicado en la Orden General No.37-2003, del 28 de abril del 2003, del Ministerio delas Fuerzas Armadas.

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ANEXO: ORGANIGRAMA

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ORGANIGRAMA GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS

EJERCITONACIONAL

MARINA DEGUERRA

FUERZA AEREADOMINICANA

INSPECTORIAGENERAL DE LAS

FF.AA.

MINISTERIO DELAS FF.AA.

EST. MAYORGENERAL

VICEMINISTERIODE LAS FF.AA.,

E.N.

VICEMINISTERIODE LAS FF.AA.,

M.DE G.

VICEMINISTERIODE LAS FF.AA.,

F.A.D.

DIR. DE PLANES YOPERACIONES (J-3)

DIR. DEINTELIGENCIA (J-2)

DIR. DE LOGISTICA(J-4)

DIR. DE PERSONALY ORDEN (J-1)

DIR. DE ASUNTOSCIVILES (J-5)

DIR. DECOMUNICACIONES

(J-6)

COMANDOSCONJUNTOS

FUERZAS DETAREA

CUERPOSESPECIALIZADOS

INSUDEDIRECCIONESGENERALES

COPREMFA