responsabilidad médica administrativa

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RESPONSABILIDAD MÉDICA ADMINISTRATIVA. Edward C.G. 2013.

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Presentación que se enfoca en señalar las fallas de los Galenos en la Iatrogenia Jurídica que les compete como trabajadores de servicios de salud del sistema estatal

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Page 1: Responsabilidad médica administrativa

RESPONSABILIDAD MÉDICA

ADMINISTRATIVA.

Edward C.G.

2013.

Page 2: Responsabilidad médica administrativa

Médicos, hombres de suerte. Sus éxitos brillan al sol, sus errores los cubre la tierra.

Michel E. de Montaigne.

28 de febrero de 1533 - 13 de septiembre de 1592.

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El caso del Dr. Hélie.

• El doctor Helie fue llamado a atener un parto distócico con presentación de hombro, encontrándose el brazo derecho fuera de vulva, lo amputó sin intentar ninguna maniobra para corregir la posición del niño por nacer. Al presentarse de inmediato el otro brazo en igual forma procedió a amputarlo.

Page 4: Responsabilidad médica administrativa

• Los padres de la criatura iniciaron la demanda contra el Dr. Hélie; el tribunal pidió opinión a la Academia de Medicina, la cual, oídas sucesivamente dos comisiones especiales nombradas al efecto, dictaminó sosteniendo que el médico no es responsable sino cuando ha producido un daño intencionalmente, "con premeditación, por pérfidos designios y criminales intenciones".

El caso del Dr. Hélie.

Page 5: Responsabilidad médica administrativa

• El tribunal, sin embargo, no acepto esta doctrina y, después de analizar los detalles de la conducta del médico, llegó en su fallo a la conclusión de su responsabilidad, condenándolo al pago de una indemnización en forma de renta vitalicia, por haber obrado "sin prudencia y con una precipitación increíble", lo que lo hace "culpable de una falta grave".

El caso del Dr. Hélie.

Texto extraído de la obra "Medicina Legal" del Dr. Nerio Rojas; Editorial El Ateneo, Buenos Aires, 1947.

Page 6: Responsabilidad médica administrativa

• En 1833 el Fiscal Dupin, Procurador General de Francia, dijo “el médico como profesional cae en la obligación del derecho común siendo responsable por los daños que pueda provocar su negligencia, ligereza o ignorancia inexcusable de cosas que necesariamente debe saber”.

El caso del Dr. Hélie.

Page 7: Responsabilidad médica administrativa

• Procurador General de Justicia, el fiscal Dupin:  “…el médico y el cirujano no son indefinidamente responsables, pero lo son a veces; no lo son siempre, pero no se puede decir que no lo sean jamás. Queda a criterio del juezjuez determinar cada caso, sin apartarse de esta noción fundamental: para que un hombre sea responsable de un acto médico cometido en el ejercicio de su profesión es necesario que haya cometido una falta en dicho acto. Para que haya responsabilidad civil no es necesario buscar si existió intención, basta que haya habido negligencia, imprudencia, impericia grosera y, por lo tanto, inexcusable.”

El caso del Dr Thouret Nouroy.

Page 8: Responsabilidad médica administrativa

La Naturaleza Jurídica de la Obligación del Médico en el Sentido Tradicional.

Page 9: Responsabilidad médica administrativa

La Naturaleza Jurídica de la Obligación del Médico en el Sentido Tradicional.

• No cabe duda de que la actividad del médico puede calificarse jurídicamente como una obligación de hacer; esto es, el médico se obliga a realizar una determinada actividad, conforme al estado actual de la ciencia médica y atendiendo las circunstancias que concurren en el caso concreto.

Page 10: Responsabilidad médica administrativa

La Naturaleza Jurídica de la Obligación del Médico en el Sentido Tradicional.

• Ahora bien, la actividad del médico siempre se caracteriza por la existencia de «un elemento aleatorio, en el sentido de que el resultado buscado no depende exclusivamente de su proceder, sino también de otros factores, endógenos y exógenos a su actuación, que escapan a su control […] el médico no garantiza, por tanto, la curación del enfermo».

Page 11: Responsabilidad médica administrativa

La Naturaleza Jurídica de la Obligación del Médico en el Sentido Tradicional.

• Es posible afirmar que, en el ámbito de la medicina curativa el médico cumple con su obligación cuando realiza el conjunto de actividades exigibles a un profesional de la medicina, aunque «el paciente no se cure, pues este resultado, la curación, es el fin de la intervención médica pero no entra en el contenido de su obligación».

GALÁN CORTÉS, Julio César, Responsabilidad civil médica,(Madrid, 2005), p. 65.

Page 12: Responsabilidad médica administrativa

Lex Artis ad hoc.

Page 13: Responsabilidad médica administrativa

Lex Artis ad hoc.

• "En resumen, la lex artis ad hoc es la buena práctica profesional de acuerdo a criterios generales admitidos por la profesión, aplicada a cada caso particular, teniendo en cuenta los factores de tiempo, lugar, persona, circunstancias, etc., que se dan en cada paciente».

Manual de Gestión de Riesgos Sanitarios. Francisco José Martínez López, José María Ruíz Ortega. Edición Ilustrada, publicada por Ediciones Díaz de Santos, 2001

pág 30 de 262.

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Lex Artis Jurídica.O

La Naturaleza Jurídica de la Obligación del Médico en el Sentido No Tradicional.

Page 15: Responsabilidad médica administrativa

Lex Artis Jurídica.• La obligación jurídica, es el vínculo jurídico mediante el

cual dos partes (acreedora y deudora) quedan ligadas, debiendo la parte deudora cumplir con una prestación objeto de la obligación. Ósea, el Médico debe cumplir con los requerimientos legales (no prestacionales biológicos) para con el usuario de forma eficaz y eficiente.

Page 16: Responsabilidad médica administrativa

Lex Artis Jurídica.

• Servidor PúblicoServidor Público:

• Es servidor público la persona que presta servicios a la Administración o a nombre y por cuenta de ésta, como parte de su organización, en virtud de un acto válido y eficaz de investidura, con entera independencia del carácter imperativo, representativo, remunerado, permanente o público de la actividad respectiva. Art 111 LGAP.

Page 17: Responsabilidad médica administrativa

Lex Artis Jurídica.

• Bloque de LegalidadBloque de Legalidad:

• Termino acuñado por Maurice Hauriou para designar el conjunto de disposiciones a las que está sujeta la Administración: Constitución, leyes, reglamentos, principios generales del Derecho. Es pues lo que otros autores han llamado el principio de juridicidad".

Dictamen : 202 del 16/12/1996

Page 18: Responsabilidad médica administrativa

Lex Artis Jurídica.

• Deberes del Funcionario PúblicoDeberes del Funcionario Público:

• Bloque de Legalidad Arts. 11 y 194 CP y 11, 13 y 113 de la LGAP.

• Obediencia, Responsabilidad, Lealtad, Eficiencia, Probidad, Buena fe, Fidelidad Diligencia, Celeridad.

Page 19: Responsabilidad médica administrativa

Lex Artis Jurídica.• Articulo 129 Const P.

• Las leyes son obligatorias y surten efectos desde el día

que ellas designen; a falta de este requisito, diez días después de su publicación en el Diario Oficial.

• Nadie puede alegar ignorancia de la ley, salvo en los casos que la misma autorice.

Page 20: Responsabilidad médica administrativa

Tres Obligaciones Jurídicas Básicas.

Page 21: Responsabilidad médica administrativa

Lex Artis Jurídica.• Derecho a ser InformadoDerecho a ser Informado:

• Artículo 2º Ley 8239.

• Recibir información clara, concisa y oportuna de sus derechos y deberes, ser informadas de los datos completos de quienes les sirven, recibir la información necesaria y, con base en ella, brindar o no su autorización para un determinado procedimiento o tratamiento médico.

Page 22: Responsabilidad médica administrativa

Lex Artis Jurídica.

• Derecho a ser InformadoDerecho a ser Informado:

• Está referido a recibir información sobre su diagnóstico, alternativas de tratamiento, riesgos, pronósticos, beneficios, efectos secundarios, posibles estadísticas, etc. También recibir la información concerniente al medicamento que le será suministrado y la información epidemiológica que, en los casos de salud pública, resultan de vital importancia para la profilaxis de enfermedades.

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Lex Artis Jurídica.• Derecho a ser InformadoDerecho a ser Informado:

• La interactuación correcta tratara de encontrar un equilibrio donde ni uno ni otro haga prevalecer su voluntad de forma arbitraria. La voz alemana Aufklaerungsflicht, expresa que el médico debe esclarecer al paciente los temas que necesite conocer, en cada tramo del tratamiento, para que este decida lo que le convenga que el médico haga en relación con su salud.

http://derecom.com/numeros/pdf/montoya.pdf

Page 24: Responsabilidad médica administrativa

Lex Artis Jurídica.

• Consentimiento InformadoConsentimiento Informado:

• Artículo 2º Ley 8239.

• Recibir información y con base en ella, brindar o no su autorización para que le administren un determinado procedimiento o tratamiento médico. Negarse a que le examinen o le administren tratamiento, salvo en situaciones excepcionales o de emergencia, previstas en otras leyes, en que prevalezcan la salud pública, el bien común y el derecho de terceros. Aceptar o rechazar la proposición para participar en estudios de investigación clínica.

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Lex Artis Jurídica.• Consentimiento Informado:Consentimiento Informado:

• “es una de las principales consecuencias de la consecución del Estado Social y Democrático de Derecho. El ciudadano está legitimado, como ser libre, para adoptar una posición ante los poderes públicos que respetando el interés colectivo suponga la posibilidad de decidir por sí mismo dentro del ámbito de su esfera individual y de la autonomía de su voluntad”.

Page 26: Responsabilidad médica administrativa

Lex Artis Jurídica.

• Consentimiento Informado:Consentimiento Informado:

• “el deber de información en la medicina satisfactiva (STS de 12 febrero de 2007), en la doctrina reiterada por la jurisprudencia de esta Sala, debe ser una información objetiva, veraz, completa y asequible, y comprende las posibilidades de fracaso de la intervención, es decir, el pronóstico sobre la probabilidad del resultado, y también cualesquiera secuelas, riesgos, complicaciones o resultados adversos se puedan producir, sean de carácter permanente o temporal, con independencia de su frecuencia”.

Sentencia del Tribunal Supremo Español de 23 de mayo de 2007

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Lex Artis Jurídica.

• Consentimiento Informado:Consentimiento Informado:

• Bajo criterio del modelo vertical la información se le dispensa al Paciente sólo para obtener su colaboración (seguimiento de una terapia, por ejemplo). Conforme al modelo horizontal, sin embargo, el objeto de la información es conformar (dar forma) a la voluntad del Paciente para que pueda tomar decisiones orientadas a consentir o a disentir.

Page 28: Responsabilidad médica administrativa

Lex Artis Jurídica.• Confección Historia Clínica:Confección Historia Clínica:

• Artículo 2º Ley 8239.

• Hacer que se respete el carácter confidencial de su historia clínica y de toda la información relativa a su enfermedad salvo cuando, por ley especial, deba darse noticia a las autoridades sanitarias. En casos de docencia, las personas usuarias de los servicios de salud deberán otorgar su consentimiento para que su padecimiento sea analizado.

Page 29: Responsabilidad médica administrativa

Lex Artis Jurídica.

• Confección Historia Clínica:Confección Historia Clínica:

• El respeto de la autonomía del paciente, abandonando las viejas formas paternalistas, exige la realización de una medicina documentada. Es por ello que “en íntima relación con el deber de informar, la historia clínica constituye un documento de gran trascendencia a efectos probatorios, puesto que en él se refleja todo lo relativo a la enfermedad del paciente”.

Amelia SÁNCHEZ GÓMEZ “Contrato de Servicios médicos y contrato de servicios hospitalarios” Edit. Tecnos, Madrid 1998, pág. 89.

Page 30: Responsabilidad médica administrativa

Lex Artis Jurídica.

• Artículo 1. Expediente de Salud, en lo sucesivo “expediente”. Es el conjunto de documentos derivados de la atención de una misma persona, y eventualmente, del producto de la concepción, que en un establecimiento, permanecen archivados bajo una misma identificación y con carácter de único. El expediente está conformado por los formularios oficiales aprobados por la Gerencia de División Médica, y en su caso, por los documentos que se originaren en los procesos de atención en salud que el paciente pudiere recibir externamente a la Caja.

Reglamento del Expediente de salud de laCaja

Page 31: Responsabilidad médica administrativa

Lex Artis Jurídica.

• Confección Historia Clínica:Confección Historia Clínica:

• Médicos la historia clínica ha dejado de ser su propiedad exclusiva y absolutamente reservada. Ahora, además de la función fundamental que tiene asignada, también se constituye en elemento básico para la efectivización de los derechos de los pacientes y primordial medio de prueba en un juicio por responsabilidad civil médica.

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Lex Artis Jurídica.

• Confección Historia Clínica:Confección Historia Clínica:

• “La historia clínica, ese documento médico, es la mejor fuente de información para evaluar la calidad de la atención médica brindada al paciente, siendo un derecho de éste que se deje constancia en el mismo de todo lo que se realiza, para entre otros supuestos, ser en su momento evaluado, determinando según su resultado el comportamiento médico desde diferentes ángulos, técnico, legal, administrativo (C. Civil y Com., sala 2ª, de Morón, 28/2/91, Juris, 87-

168).

http://www.sideme.org/doctrina/articulos/historiaclinica_rvf.pdf

Page 33: Responsabilidad médica administrativa

Responsabilidad Administración Vs Personal.

Page 34: Responsabilidad médica administrativa

Responsabilidad Administración Vs Personal.

• La diferencia de la responsabilidad de la Administración con la del funcionario es que esta no es objetivaobjetiva, sino subjetivasubjetiva, según la LGAP. El funcionario responde personalmente, frente a terceros o ante la propia Administración, cuando haya actuado con culpa grave o dolo (199 -210 LGAP) O.J.- 081-2001 de 25 de junio del 2001.

Page 35: Responsabilidad médica administrativa

Responsabilidad Administrativa.

• La CP recoge un derecho fundamental innominado que es el de los administrados al buen funcionamiento de los servicios públicos, al que se infiere claramente de la relación de los numerales interpretados a contrario sensu, 140, inciso 8, 139, inciso 4 y 191 de LGAP.

El artículo 9, 11 párrafo 2, 18, 33, 41, 45, 49, 50, 74, 148, 149, 150, 154, 188, de la Constitución Política

Page 36: Responsabilidad médica administrativa

Responsabilidad Administrativa.

• Tenemos entonces los parámetros deontológicos de la función administrativa, tales como el "buen funcionamiento de los servicios y dependencias administrativas", "buena marcha del gobierno" y "eficiencia de la administración".

Page 37: Responsabilidad médica administrativa

Responsabilidad Administrativa.

• Influye sobre la gestión administrativa siendo la indemnización un sustitutivo a una buena gestión administrativa que no se dio porque el servicio funcionó mal, tardíamente o se omitió su prestación.

Page 38: Responsabilidad médica administrativa

Responsabilidad Administrativa vs Penal.

• “III. En otros términos, un mismo hecho puede dar lugar tanto a responsabilidad penal, civil y administrativa, sin que con ello se lesione el derecho fundamental que se invoca. Distinto sería que un mismo hecho sea sancionado doblemente en una misma vía, supuesto que no es el que acontece en autos […] son vías que mantienen su propia autonomía e independencia […]”. (SC. No. 6211-93 de 17:00 horas del 24 de noviembre de 1993)

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Responsabilidad Administrativa.

• ARTÍCULO 2.-• La Jurisdicción Contencioso-Administrativa y Civil de Hacienda también conocerá lo siguiente: • a) La materia de contratación administrativa, incluso los actos preparatorios con efecto propio, así como la

adjudicación, interpretación, efectos y extinción, cualquiera que sea su naturaleza jurídica.•  • b) Las cuestiones de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública y sus funcionarios.•  • c) Los procesos ordinarios que la Ley orgánica del Poder Judicial y las demás leyes atribuyan,

exclusivamente, a la vía civil de Hacienda, los cuales se tramitarán de conformidad con la presente Ley.•  • d) Los procesos sumarios y civiles de Hacienda, distintos de los ordinarios, los cuales se tramitarán con

arreglo a la ley específica que corresponda a cada uno de ellos.•  • e) Las conductas o relaciones regidas por el Derecho público, aunque provengan de personas privadas o

sean estas sus partes.•  • f) Los procesos ordinarios en los que intervenga una empresa pública.•  • g) Las demás materias que le sean atribuidas, expresamente, por ley.

Código Procesal Contencioso Administrativo.

Page 40: Responsabilidad médica administrativa

• ARTÍCULO 36.-• La pretensión administrativa será admisible respecto de lo siguiente: • a) Las relaciones sujetas al ordenamiento jurídico-administrativo, así como a su

existencia, inexistencia o contenido.•  • b) El control del ejercicio de la potestad administrativa.•  • c) Los actos administrativos, ya sean finales, definitivos o de trámite con efecto propio.•  • d) Las actuaciones materiales de la Administración Pública.•  • e) Las conductas omisivas de la Administración Pública.•  • f) Cualquier otra conducta sujeta al Derecho administrativo.

Responsabilidad Administrativa.

Código Procesal Contencioso Administrativo.

Page 41: Responsabilidad médica administrativa

Ley Artis Codificada.

Page 42: Responsabilidad médica administrativa

Ley Artis Codificada.

• Procurar la aplicación de un sistema de protocolos, que no son vinculantes para el Juez, pero si constituyen sin duda una útil herramienta en la que el puede sustentarse para fundamentar su fallo. Los mismos son un elemento probatorio clave en los juicios por responsabilidad médico-sanitaria, pues si se acredita su cumplimiento, se acredita la lex artis.

Page 43: Responsabilidad médica administrativa

Caso Práctico.

• Sentencia: 00005    Expediente: 11-003298-1027-CA     Fecha: 25/01/2013   Hora: 10:00:00 AM    Emitido

por: Tribunal Contencioso Administrativo Sección IV

• «La La punta del arpón en la mama punta del arpón en la mama izquierdaizquierda»

Page 44: Responsabilidad médica administrativa

Caso Práctico.

• Sentencia: 00875    Expediente: 02-000259-0163-CA     Fecha: 14/12/2007   Hora: 8:00:00 AM    Emitido

por: Sala Primera de la Corte

• «La La Voltaren IncapacitanteVoltaren Incapacitante»

Page 45: Responsabilidad médica administrativa

Caso Práctico.•  Sentencia: 00149    Expediente: 05-000846-0164-CI     Fecha: 09/02/2012   Hora: 8:35:00 AM    Emitido

por: Sala Primera de la Corte

• «La Muerte Lamentable y El La Muerte Lamentable y El Derecho de InformaciónDerecho de Información»

Page 46: Responsabilidad médica administrativa

Caso Práctico.• Sentencia: 01102    Expediente: 03-000823-0163-

CA     Fecha: 14/09/2010   Hora: 2:50:00 PM    Emitido por: Sala Primera de la Corte.

•«Inocente, la Paraplejia y los Inocente, la Paraplejia y los MillonesMillones»

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Caso Práctico.•   Sentencia: 00016    Expediente: 94-000524-0177-

CA     Fecha: 21/02/2012   Hora: 11:15:00 AM    Emitido por: Tribunal Contencioso Administrativo Sección II.

•«De Un Tumor, Paraplejia y La De Un Tumor, Paraplejia y La Información OportunaInformación Oportuna»

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Conclusiones.

• Cumplir el servicio encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o deficiencia de dicho servicio.

• Estar al pendientes de la normativa pues será el incumplimiento a esa ley, norma o reglamento, lo que condicionará el que sean investigados administrativamente.

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Conclusiones.

Actualizar los conocimientos pues los mismos evolucionan, no solo biológicos sino también jurídicos. Exigir que le sea aplicable a la Administración el Principio de Eficiencia y Eficacia con respecto al servicio que ustedes brindan, pues no hay duda muchas veces es la propia Administración la que los coloca en posición de desventaja.

Page 50: Responsabilidad médica administrativa

Consultorio Jurídico León Cortés.«Nuestra Especialidad … Sus DerechosNuestra Especialidad … Sus Derechos»

2779-6500/ 8547-9929 / 8845-5843