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COMPROBANTES DE VENTA ECUADOR

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Page 1: Resumen sri

COMPROBANTES DE VENTA

ECUADOR

Page 2: Resumen sri

¿QUÉ SON?

Son documentos quesustentan la transferenciade bienes y la prestación deservicios. Estos documentosdeberán contar con laautorización del SRI paraser emitidos.

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FACTURA

NOTA DE VENTA

LIQUIDACION EN COMPRA

TICKET DE MAQUINA REGISTRADORA

LOS COMPROBANTES DE VENTA SON:

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DIFERENCIA ENTRE NOTA DE VENTA Y FACTURA

La Nota de Venta utilizan las personas que estén afiliados al RISE, no desglosa el IVA. Y se utiliza en las pequeñas empresas.

Las Facturas se utilizan en empresas grandes, desglosan el IVA y utilizan las personas que son obligadas a llevar contabilidad

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FACTURA

Las facturas deben ser emitidas con el propósito de respaldar la transferencia de un bien o prestación de un servicio.

En las facturas se detalla el valor del Impuesto. Cuando la factura se emita con la leyenda

Cuando la factura se emita con la leyenda “Consumidor Final”, no se desglosara el impuesto.

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TIQUETES

Son documentos emitidos por maquinas registradoras autorizadas por el SRI. Estos documentos son utilizados exclusivamente con consumidores final ya que no identifican al comprador.

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¿QUÉ COMPROBANTES DE VENTA DEBO ADQUIRIR PARA ENTREGAR A

MIS CLIENTES?

Adquiera comprobantes de venta tomando en cuenta su actividad económica y las necesidades de sus clientes. Es recomendable que usted emita y entregue los comprobantes de ventas que sus clientes necesiten.

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RECOMENDACIONES PARA EL LLENADO DE LOS COMPROBANTES DE VENTA

• Los Comprobantes de Venta no pueden llevar tachones, ni borrones.

• Si comete un error, escriba la palabra “ANULADO”

• Si tiene facturas caducadas no las emita.

• No preste o entregue comprobantes de venta en blanco.

• Asegúrese de tener comprobantes de venta autorizados por el SRI.

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RUCRegistro único

de Contribuyente

Page 11: Resumen sri

QUE ES ?El RUC corresponde a un número de

identificación para todas las personas naturales y sociedades que realicen alguna actividad económica en el Ecuador, en forma permanente u ocasional o que sean titulares de bienes o derechos por los cuales deban pagar impuestos.

El número de registro está compuesto por trece números y su composición varía según el Tipo de Contribuyente.

Page 12: Resumen sri

Actualización del RUC

REGIMEN GENERAL

Usted tiene la obligación de actualizar la información registrada en la inscripción de su RUC cada vez que exista un cambio en la misma en un plazo no mayor a 30 días, presentando los requisitos para cada caso

Page 13: Resumen sri

Cuando se obtiene el RUC se adquiere la responsabilidad de llevar correctamente las obligaciones tributarias

El RUC es una identificación propia e intransmisible por seguridad no se debe involucrar a terceras personas.

Page 14: Resumen sri

DERECHOS Y

OBLIGACIONES DEL

VENDEDOR Y

COMPRADOR

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VENDEDOR

DERECHOS

Recibir protección del Estado por la actividad licita que realiza.Vender sus bienes en sana competencia con otros vendedores.Fijar el precio de venta de sus productos en base a la oferta y la demanda.Recibir del comprador el valor pactado por la venta.Recibir del comprador los documentos respectivos que abalicen el contrato de compra-venta.

Entregar al comprador el bien, mueble o inmueble objeto del contrato compra-venta.Reparar o indemnizar al comprador por daños o perjuicios derivados de la relación contra actual.Exhibir en lugares visibles los precios de los productos que comercializan.Brindar la garantía respectiva a los productos vendidos.Entregar al comprador el Comprobante de Venta.Llevar un registro de las ventas y devoluciones en ventas detallando los clientes y los comprobantes de venta autorizados.Declarar al SRI el informe de las ventas realizadas.

OBLIGACIONES

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COMPRADOR

OBLIGACIONES

Recibir protección del Estado por la actividad licita que realiza.

Recibir reparación e indemnización por daños y perjuicios, por deficiencia y mala calidad de bienes y servicios adquiridos.

Derecho a la protección contra la publicidad engañosa o abusiva, los métodos comerciales o acercitivo o desleales.

Adquirir el bien o producto de buena calidad a un precio y peso justo.

Asumir el dominio sobre el bien con el pago de la totalidad del precio.

Recibir crédito mercantil de parte del vendedor en caso de incumplimiento a las condiciones del contrato.

Recibir del vendedor los correspondientes documentos que avalen la venta de parte de este, y las garantías expresas sobre los mismos.

Devolver los bienes adquiridos cuando estos no se ajusten a las condiciones del contrato compra-venta.

Pagar al vendedor el pecio de venta convenido en los términos señalados en el contrato.

Reparar e indemnizar al vendedor, por daños y perjuicios derivados de la relación contractual.

Entregar al vendedor el respectivo comprobante de retención por las retenciones que le hiciere por mandato expreso de ley.

Llevar un registro de compras realizadas las devoluciones en compra generales con detalle de los proveedores y los comprobantes tributarios utilizados en cada caso con detalles de los proveedores.

Asumir el riesgo del bien adquirido desde el momento en que lo recibieran del poder del vendedor.

Pagarle al vendedor los intereses en caso de mora en el pago de la deuda asumida por una venta a plazos.

Declarar a la administración tributaria las compras realizadas en base a la actividad mercantil , según los plazos establecidos para el efecto.

DERECHOS

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IMPUESTO AL VALOR AGREGADO I.V.A.

PORCENTAJE 12%

PORCENTAJE 0%

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IMPUESTO AL VALOR AGREGADO 12%

Los productos que gravan IVA del 12%, son los que fueron alterados químicamente, y no se encuentran en estado natural.Ejemplo:

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IMPUESTO AL VALOR AGREGADO 0%Bienes gravados con tarifa 0 %1. Productos alimenticios en estado natural o que no hayan sido procesados.

2. Leches en estado natural, pasteurizadas, homogenizadas o en polvo de producción nacional, quesos, yogures, leches maternizadas; o proteicos infantiles.

3. Alimentos de primera necesidad como: pan; azúcar; panela; sal; manteca; margarina; avena; maicena; fideos; harinas para consumo humano; enlatados nacionales de atún, macarela, sardina y trucha; y aceites comestibles, excepto el de oliva.

4. Medicamentos y drogas de uso humano, de acuerdo con las listas que mediante Decreto establecerá anualmente el Presidente de la República, así como la materia prima e insumos importados o adquiridos en el mercado interno para producirlas.

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5. Envases y etiquetas utilizadas en la fabricación de medicamentos de uso humano o veterinario.

6. Papel bond, libros y material complementario a comercializar conjuntamente con los libros.

7. Semillas certificadas, bulbos, plantas, esquejes y raíces vivas. Harina de pescado y los alimentos balanceados, preparados forrajeros con adición de melaza o azúcar, y otros preparados que se utilizan como comida de animales que se críen para alimentación humana. Fertilizantes, insecticidas, pesticidas, fungicidas; herbicidas, aceite agrícola utilizado contra la sigatoka negra, antiparasitarios y productos veterinarios así como la materia prima e insumos, importados o adquiridos en el mercado interno, para producirlas, de acuerdo con las listas que mediante Decreto establezca el Presidente de la República.