revista actualicese no56 mayo 2016 vs

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  • 7/25/2019 Revista Actualicese No56 Mayo 2016 Vs

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    Publicacin

    Revista ActualceseEdicin 56 - junio 2016

    ISSN: 2248-745XEditora actualicese.com LTDA.

    Direccin Editorial:

    Mara Cecilia Zuluaga C.

    Redaccin:Carlos CerveraCoordinacin:

    Sandra Torres S.Correccin:

    Leonardo MorenoDiseo & Diagramacin:

    Bryan David JuvinaoJulio Csar RamosColaboradores:

    Diana Paola Luna RodrguezSandra Milena Acosta lvarez

    Mara Rita Marnez GalvisPaula Andrea Ruz Pelez

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    Las sugerencias y/o comentarios a estapublicacin pueden ser enviados a

    [email protected] o comunicados alCentro de Atencin al Suscriptor (CAS).

    Esta publicacin se imprimi enSanago de Cali por Ingeniera Grca S.A. en

    el mes de junio del 2016

    Se prohbe la reproduccin total o parcial deesta publicacin con nes comerciales.

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    Ms secciones

    Actualidad en

    Impuestos

    Actualidad

    Contable

    Actualidad

    Laboral

    Actualidad

    Comercial

    Actualidad en

    Auditora y Revisora Fiscal

    Breves Tributarias

    Trmites del RUT - Ya no se exigir cuenta bancariao de ahorros para su inscripcin

    Nuevos reportes de la DIAN - Ms personasnaturales declararn renta por el ao gravable 2015

    Breves Contables

    Convergencia en Pymes - Documentos que ya debentener listos en el Grupo 2

    Medicin de una propiedad a valor razonable

    Breves Laborales

    Gobierno le pone n a la tercerizacin laboral -

    Trabajadores no podrn ser vinculados a travs decooperativas que hagan intermediacin laboral

    Breves Comerciales

    Reversin de pagos por compras a travs de

    medios tecnolgicos - Se jan parmetros para que

    los consumidores que se consideren afectados duranteuna negociacin puedan protegerse

    Breves en Auditora y Revisora Fiscal

    Responsabilidad del Revisor Fiscal frente a los

    reportes de informacin exgena - Es importantevericar que los datos contenidos en dichos reportes

    correspondan a los dictaminados en los estadosnancieros presentados y aprobados

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    42 Consultorio en lnea

    Siguenos:

    Las URL para todos losarculos y contenidos deesta edicin las puedesencontrar en:

    hp://actualice.se/8r4w

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    este cdigo QR desde tudisposivo mvil.

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    Contribuyentes en desventaja - Al momento depreparar la declaracin de renta, algunas personasnaturales no pudieron contar a tiempo con el servicde consulta de datos de la DIAN

    Editorial - Panama Papers, dnde se encontrabanlos Contadores?

    Benecios de la Ley Projoven -Nuevas empresaspueden crearse con exoneracin en el registromercantil

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    Inecacia del preaviso por renuncia - Empleadorpuede solicitar indemnizacin demostrando daos yperjuicios

    Conductas antiticas en ambientes laborales -

    Indelidad en el trabajo puede ser causal de despido

    justicado

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    Prelacin de crditos - Obligaciones alimentariasprevalecen sobre el resto

    Responsabilidades en las construcciones -

    Constructor es responsable por daos estructuralesincluso luego de entregar el bien

    ACTUALCESE

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    Revisora scal al tanto del proceso de

    convergencia - Dictamen es afectado por elincumplimiento en el cronograma de implementacin

    Planeacin del proceso de auditora despus del

    cierre - En este procedimiento se debe mantener eldireccionamiento estipulado en la NIA 300

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    Benecios de las suscripciones ORO

    Benecios ORO

    Prxima reforma tributaria.Debe ser amigable con la

    inversin y la generacin de empleo

    Estndares Internacionales. Es necesario transformar la

    manera de pensar los modelos y paradigmas

    Normalizacin tributaria. Contribuyentes tienen una

    oportunidad de oro para normalizar su situacin con la DIAN

    Recerticacin profesional?

    Reconocimiento de los impuestos devengados

    Conictos de intereses de las rmas de Auditora y las

    Normas Internacionales

    Tax tips para elaborar las declaraciones de renta y CREE 20

    OpininEntrevistas

    SUMARIO MEN INTERACT

    /actualicese @actualicese /actualicese

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    ACTUALCESE// Junio del 2016

    Declaracin de rentainfluye en otras

    La declaracin del impuestosobre la renta y complementariocorrespondiente al ao gravable2015, la cual se viene presentando

    por parte de las personas jurdicasacompaada del pago de la primeracuota desde el 12 de abril del 2016 ycuyos vencimientos nalizarn el 10

    de mayo, inuye en las declaraciones

    del impuesto a la riqueza y en lainformativa de activos en el exterior.

    Firma en declaraciones del IVA

    El Estatuto Tributario seala las situaciones en las cuales los contribuyentes,agentes retenedores y/o responsables de los diferentes impuestosnacionales deben presentar las declaraciones tributarias rmadas por el

    contador pblico; una de estas se encuentra establecida en el artculo 602 delET, en el cual se seala que los responsables del impuesto sobre las ventas

    que se encuentren obligados a llevar libros de contabilidad, deben presentarla respectiva declaracin del IVA rmada por el contador pblico. Lo anteriorindependientemente de que este se encuentre vinculado o no laboralmente a laempresa, siempre y cuando el patrimonio bruto del responsable en el ltimoda del ao inmediatamente anterior o los ingresos brutos de dicho ao, seansuperiores a 100.000 UVT, o cuando la declaracin del impuesto sobre las ventas

    presente un saldo a favor del responsable.

    Problema en formulario 230 para IMAS

    Cuando se intenta diligenciar de forma virtual el formulario 230 para lasdeclaraciones del IMAS de empleados ao gravable 2015, ya sea por laopcin de usuarios registrados o de usuarios no registrados,la DIAN estindicando que los ingresos brutos que permitiran usar dicho formulario no

    pueden exceder las 2.800 UVT, involucrando para dicho clculo hasta laspensiones y los ingresos que forman ganancias ocasionales.

    Deducibilidad decostos y/o gastos

    Al respecto de la deduccin delos costos y gastos en renta,el artculo 58 del ET seala quelos costos legalmente aceptables se

    entienden realizados cuando se paguenefectivamente en dinero o en especie,o cuando su exigibilidad termine porcualquier otro modo que equivalgalegalmente a un pago. Por su parte,el artculo 104 del ET indica queaquellos costos que sean deducibles yen los cuales se incurra por anticipado,solo se deducen en el ao o perodogravable en que se causen.

    Retenciones del IVA se pueden descontar

    Tenemos que acabar conesa prctica de que lo que setiene por fuera no se declara.Hay una oportunidad de oro

    declarada exequible por la CorteConstitucional para que quienes

    tengan activos en el exterior ylos hayan omitido, los incluyan y

    paguen una penalidad, una multadel 11,5 %: Mauricio Crdenas,

    Ministro de Hacienda.

    Breves Tributarias

    La Cita

    De acuerdo con el artculo 484-1 del ET y con el artculo 31 del Decreto 3050de 1997, las retenciones del IVA que le sean practicadas al responsable

    del impuesto pueden ser tomadas en la declaracin del perodo en el cual sepracticaron, o en cualquiera de los dos perodos siguientes.

    A su vez, el artculo 31 del Decreto 3050 de 1997 establece que a n de tomar

    las retenciones como menor valor del saldo a pagar o mayor valor del saldo afavor en la declaracin del IVA del perodo en el cual efectivamente se practicla retencin, o alguna de las dos inmediatamente siguientes, el sujeto a quienle practicaron la retencin debe llevar una subcuenta en donde registre lasretenciones que corresponden a las facturas expedidas a los compradores quetienen la calidad de agentes de retencin.

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    ACTUALCESE// Junio del 2016

    Casos que el MUISCA no podr controlar

    En razn a que la DIAN decidi que su propia plataforma MUISCA sera laencargada de calcular la base gravable nal de las declaraciones obligatorias y/ovoluntarias del impuesto a la riqueza y su complementario de normalizacin tributariaque se presenten por el 2016, es importante destacar que existirn varios casosespeciales en los cuales el MUISCA no podr hacer correctamente dicho trabajo. Hayque recordar que el impuesto a la riqueza se fusiona en un mismo formulario con elimpuesto voluntario de normalizacin tributaria, representando para la DIAN un marde complejidades en el proceso de su administracin, las cuales no se tenan con losimpuestos al patrimonio de aos anteriores.

    5 modificacin a lainformacin exgen

    Atravs de la Resolucin 0038de abril 29 del 2016 la DIANintrodujo una quinta modicacin

    al texto de su Resolucin 220 deoctubre del 2014, a travs de la cualse efectu la solicitud de informaciexgena del ao gravable 2015y cuyos vencimientos ya habaniniciado el 19 de abril del 2016. Conla quinta modicacin solo se hizouna importante precisin respectoa los reportes especializados queentregan las sociedades duciarias.

    Estos mismos ajustes tambin serequerirn en la exgena del aogravable 2016.

    Ley Projovenbeneficia tambinen renta

    Precios de transferencia son aplicables en rentay CREE

    De acuerdo con lo indicado en los artculos 260-1a 260-11 del ET, los contribuyentes del impuestosobre la renta, sean personas naturales, sucesionesilquidas o personas jurdicas, y sin importar si

    pertenecen al rgimen ordinario o al rgimen especial,que estn ubicados en Colombia y hayan realizadodurante el ao operaciones de ventas, compras o

    prstamos, etc., con entidades o personas que calican

    como vinculados econmicos ubicados en el exterioro incluso dentro de alguna zona franca en Colombia,debieron haber efectuado tales operaciones aplicandoel rgimen de precios de transferencia, que por el aogravable 2015 tiene efectos tanto en la determinacindel impuesto de renta, como en el CREE.

    Adicionalmente, y de acuerdo con lo indicado en el artculo 260-7 del ET, quienes

    hayan realizado operaciones durante el 2015 con cualquier persona natural o jurdica,independientemente de que sea o no vinculado econmico, ubicada en pases oterritorios considerados por el Gobierno colombiano como parasos scales, quedaban

    tambin obligados a aplicar en sus operaciones el rgimen de precios de transferencia.

    Excedentes reinvertidos pueden ser rentaexenta

    Las fundaciones, corporaciones y asociaciones que pertenezcan al rgimen especial(se debe vericar la responsabilidad en el RUT, 04) pueden tomar su excedentescal de la declaracin de renta como renta exenta, siempre y cuando se cumplan

    las condiciones sealadas en el artculo 358 del ET. Al respecto, dichos artculossealan que para que el excedente tenga el carcter de exento, se debe destinardirecta o indirectamente a programas que desarrollen el objeto social de la entidadque lo percibe, en el ao siguiente al cual se obtuvo. Cabe recordar que el artculo359 del ET seala que el objeto social de la fundacin, corporacin y asociacindebe corresponder al desarrollo de actividades de salud, educacin, cultura, deporteacionado o investigacin cientca y tecnolgica, en benecio del inters general.

    Igualmente, para que el excedente sea exento se puede destinar a la constitucin deuna asignacin permanente, la cual se debe conformar siguiendo las indicacionesestablecidas en los artculos 9 y 10 del Decreto 4400 del 2014.

    Breves Tributaria

    Las nuevas pequeas empresasque se creen luego del 2 demayo del 2016, y que puedanacceder al benecio que les concede

    la Ley 1780 tambin conocidacomo Ley Projoven, en relacincon su matrcula mercantil y surenovacin por el primer ao,tambin podran al mismo tiempoacceder a los benecios en materia

    del impuesto de renta que lesconcede el artculo 4 de la Ley 1429del 2010, el cual est reglamentadocon los artculos 1 a 6 y 8 a 10 delDecreto 4910 de diciembre del 2011

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    Actualidad

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    TRMITES DELRUTYa no se exigir cuenta bancaria o de ahorros para su inscripcin

    IMPUESTOS

    En abril 11 del 2016 el Ministeriode Hacienda expidi el Decreto589, a travs del cual se hizo unasegunda y muy importante modicacin

    al texto del Decreto 2460 de noviembre 7del 2013, el cual regula desde dicha fechalos procesos de inscripcin, actualizaciny cancelacin del registro nico tributario

    RUT administrado por la DIAN. Laprimera modicacin al Decreto 2460 del2013 se haba realizado con el Decreto2620 de diciembre 17 del 2014.

    Esta vez los artculos 3 a 12 del Decreto589 de abril del 2016 modicaron los

    artculos 10 (inscripcin por primera vezen el RUT), 17 (cancelacin del RUT)

    y 17-1 (documentos para la cancelacindel RUT) del Decreto 2460 del 2013,

    establecindose en especial la elimina-cin de la exigencia de contar con unacuenta bancaria o de ahorros al momentode inscribirse en el RUT.

    Dicha exigencia se vena realizandodesde la expedicin de los Decretos 2645de julio 27 del 2011 y 2820 de agosto9 del 2011, los cuales modicaron el

    Decreto 2788 del 2004, norma que en esemomento contena los requisitos para los

    procesos de inscripcin, actualizaciny cancelacin del RUT que luego fuederogada y reemplazada por el Decreto2460 de noviembre del 2013. La exigen-cia de contar con una cuenta bancariase estableci como un mecanismo paragarantizar que en el RUT no se siguieraninscribiendo personas jurdicas fan-tasmas, con las cuales se hicieron losfamosos fraudes de solicitudes de devolu-cin de falsos saldos a favor en IVA.

    En los considerandos del Decreto 589de abril del 2016 se menciona que dichaexigencia se elimina para lograr mayoreciencia administrativa en los trmites

    tributarios. Sin embargo, se aclara que laDIAN podr exigir la titularidad de una

    cuenta bancaria para adelantar trmitesdiferentes a los de la inscripcin o actua-lizacin del RUT. Ese sera el caso, porejemplo, de cuando se efectan solicitu-des de devolucin de saldos a favor, puesel artculo 862 del ET y el artculo 20del Decreto 2277 de noviembre del 2012indican que las devoluciones de saldos afavor inferiores a 1.000 UVT se efec-tuarn con consignaciones a una cuentacorriente o de ahorros.

    Los cambios introducidos por el Decreto589 de abril 11 del 2016 solo empezarna aplicarse a partir de mayo 11 del 2016(ver el artculo 14); a continuacin deta-llamos los ms importantes.

    Cambios en los procesos deinscripcin en el RUT

    Los artculos 6 a 12 del Decreto 589 deabril del 2016 modicaron los literales

    a) hasta i) del artculo 10 del Decre-

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    Actualida

    ACTUALCESE// Junio del 2016

    El numeral 4, que exiga que algunode los miembros del consorcio ounin temporal acreditara tenerabierta una cuenta bancaria o de ahorros, termin siendo eliminado.

    El artculo 10 del Decreto 589modic el literal f) del artculo

    10 del Decreto 2460 del 2013. Dicholiteral f) regula los requisitos que se

    exigen a los inversionistas no residentesni domiciliados en Colombia titulares deinversiones de capital del exterior de portafolio cuando se inscriban por primeravez en el RUT; este literal abarcaba tresnumerales:

    El primero de ellos fue modicadopara indicar que cuando se actamediante apoderado y se lleve una

    copia simple del poder especial, yano es necesario exhibir el original ddicho poder.

    El numeral 2, que exiga que lapersona jurdica administradora de linversin en Colombia tuviera abierta una cuenta bancaria o de ahorros,fue eliminado.

    Y el numeral tercero, que exige unacerticacin especial al represen-tante legal del administrador de la

    inversin en Colombia, solo sufriun cambio en su numeracin, puesahora se convirti en el numeral 2.

    El artculo 11 del Decreto 589modic el literal h) del artculo 1

    del Decreto 2460 del 2013. Dicho literalh) regula los requisitos que se exigen a

    las personas naturales sin residencia enColombia y las sociedades y entidadesextranjeras que realicen operaciones atravs de establecimientos permanen-tes diferentes a sucursales cuando se

    inscriban por primera vez en el RUT.En el caso de la exigencia a las personasnaturales el literal se subdivida en tresnumerales.

    El primero de ellos fue modicadopara indicar que cuando se actamediante apoderado y se lleve unacopia simple del poder especial, yano es necesario exhibir el original ddicho poder.

    El artculo 7 del Decreto 589modic el literal b) del artculo 10

    del Decreto 2460 del 2013. Dicho literalb) regula los requisitos que se exigen a

    las personas naturales que se inscribanpor primera vez en el RUT; este literalabarcaba dos numerales.

    El primero de ellos fue modicadopara indicar que cuando se actamediante apoderado y se lleve unacopia simple del poder especial, yano es necesario exhibir el original dedicho poder.

    El numeral 2, que exiga que ciertostipos de personas naturales acredita-ran tener abierta una cuenta bancariao de ahorros, fue eliminado.

    El artculo 8 del Decreto 589modic el literal c) del artculo 10

    del Decreto 2460 del 2013. Dicho literalc) regula los requisitos que se exigen a

    las sucesiones ilquidas que se inscribanpor primera vez en el RUT; este literalabarcaba cinco numerales.

    El tercero de ellos fue modicadopara indicar que cuando se actamediante apoderado y se lleve unacopia simple del poder especial, yano es necesario exhibir el original de

    dicho poder.

    El numeral 5, que exiga queciertos tipos de sucesiones ilqui-das acreditaran tener abierta unacuenta bancaria o de ahorros, fueeliminado.

    El artculo 9 del Decreto 589 modi-c el literal d) del artculo 10 del

    Decreto 2460 del 2013. Dicho literal d)

    regula los requisitos que se exigen a losconsorcios y uniones temporales que se

    inscriban por primera vez en el RUT; esteliteral abarcaba cuatro numerales.

    El primero de ellos fue modicadopara indicar que cuando se actamediante apoderado y se lleve unacopia simple del poder especial, yano es necesario exhibir el original dedicho poder.

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    4.

    to 2460 del 2013, introduciendo lassiguientes modicaciones en el proceso

    de inscripcin por primera vez en elRUT:

    El artculo 6 del Decreto 589modic el numeral 2 del literal

    a) del artculo 10 del Decreto 2460

    del 2013. Dicho literal a) regula losrequisitos que se exigen a las personas

    jurdicas y asimiladas que se inscribanpor primera vez en el RUT; este literalabarca tres numerales. El numeral 2 serelaciona con los documentos que debe

    presentar el representante legal o suapoderado. La nueva versin de dichonumeral indica que cuando se lleveuna copia simple del poder especialcuando se acta mediante apoderado,ya no es necesario exhibir el original

    de dicho poder. Adems, la verdaderaintencin que el Ministro de Haciendatuvo al modicar dicho literal era la de

    eliminar el numeral 3 del literal a) en el

    cual se contempla la exigencia de quelas personas jurdicas que se inscribanen el RUT deben primero abrir unacuenta corriente o de ahorros en unaentidad nanciera; para esto la DIAN, a

    travs de las Cmaras de Comercio, lesasigna un NIT provisional y con ellotienen solo 15 das calendario siguien-tes para poder abrir la cuenta y regresar

    a nalizar el proceso de inscripcin enel RUT.

    Por tanto, como el numeral 3 del literala) no qued derogado con el artculo

    6 del Decreto 589, es por esta raznque el 14 de abril del 2016 se publicun proyecto de decreto con el cual seanuncia que se volver a modicar el

    literal a) del artculo 10 del Decreto

    2460 para eliminar el numeral 3 ycon ello ocializar jurdicamente la

    eliminacin de la exigencia de cuenta

    bancaria a las personas jurdicas que seinscriban en el RUT. Adems, como laexigencia de abrir primero una cuenta

    bancaria terminar siendo eliminada, espor esta razn que el da 11 de abril del2016 se public tambin un proyecto deresolucin que derogar la Resolucin122 de junio 20 del 2014 y volver aredenir los procesos de la obtencin

    del RUT a travs de las Cmaras deComercio.

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    Actualidad

    ACTUALCESE// Junio del 2016

    17 del Decreto 2460 del 2013, el cualregula los casos en los cuales se podrefectuar una cancelacin del RUT porsolicitud de la parte interesada. La modi-cacin consisti en agregar el literal i),

    con el cual se indica que el RUT de unpatrimonio autnomo se podr solicitarpor causa de la terminacin y/o liquida-cin del contrato de ducia mercantil.

    El artculo 14 del Decreto 589 derog elinciso 1 del pargrafo del artculo 17 delDecreto 2460 del 2013, el cual indicabaque para el trmite de cancelacin delRUT por solicitud de la parte interesadano se necesitaba demostrar la titularidadde una cuenta bancaria.

    El artculo 5 del Decreto 589 de abrildel 2016 modic el artculo 17-1 del

    Decreto 2460 del 2013, el cual regulalos tipos de documentos que se deben

    presentar para un proceso de cancelacindel RUT. La modicacin consisti en

    agregar el numeral 9, en el cual se indicaque para la cancelacin del RUT de un

    patrimonio autnomo se deber adjuntarla certicacin del representante legal de

    la sociedad duciaria en la que conste la

    terminacin o liquidacin del contrato deducia mercantil.

    La exigencia decontar con una cuentabancaria se establecicomo un mecanismopara garantizar que enel RUT no se siguieraninscribiendo personasjurdicas fantasmas,con las cuales sehicieron los famososfraudes de solicitudesde devolucin defalsos saldos a favor

    en IVA.

    El numeral 3, que exiga que lapersona natural sin residencia enColombia y con establecimiento

    permanente en el pas, tuviera abiertauna cuenta bancaria o de ahorros enColombia, fue eliminado.

    En el caso de la exigencia a las

    sociedades y entidades extranjeras,el literal se subdivida en cinconumerales.

    El tercero de ellos fue modicadopara indicar que cuando se actamediante apoderado y se lleve unacopia simple del poder especial, yano es necesario exhibir el original dedicho poder.

    El numeral 5, que exiga que lasociedad extranjera y con estableci-miento permanente en el pas tuvieraabierta una cuenta bancaria o deahorros en Colombia, fue eliminado.

    El artculo 12 del Decreto 589modic el literal i) del artculo 10

    del Decreto 2460 del 2013. Dicho literali) regula los requisitos que se exigen

    a las sociedades o entidades consideradasnacionales por tener su sede efectiva deadministracin en el territorio colombia-no cuando se inscriban por primera vez

    en el RUT; este literal abarcaba cinconumerales.

    El tercero de ellos fue modicadopara indicar que cuando se actamediante apoderado y se lleve unacopia simple del poder especial, yano es necesario exhibir el original dedicho poder.

    El numeral 5, que exiga que lasociedad tuviera abierta una cuenta

    bancaria o de ahorros en Colombia,

    fue eliminado.

    El artculo 14 del Decreto 589derog los pargrafos 3, 4 y 5 del

    artculo 10 del Decreto 2460 del 2013, elcual haca referencia a que las personasnaturales del rgimen simplicado del

    IVA o del INC no deban acreditar la ti-tularidad de una cuenta bancaria; o a quelas sociedades intervenidas y en procesode liquidacin podan utilizar para el

    proceso de inscripcin o actualizacin en

    el RUT la cuenta bancaria que estuvieraa nombre del representante legal; o a losrequisitos para demostrar que un contri-

    buyente estaba actuando como importa-dor ocasional.

    Los artculos 1 y 2 del Decreto589, en cumplimiento de lo dis-

    puesto por el numeral 5 del artculo 102del ET, establecieron que las sociedadesduciarias que administren patrimo-nios autnomos constituidos para eldesarrollo de operaciones de comercioexterior, en desarrollo y cumplimiento dela regulacin aduanera, debern reali-zar la inscripcin en el registro nicotributario RUT de dichos patrimoniosautnomos para la obtencin del nmerode identicacin tributaria NIT que

    los identique de manera individual. Las

    sociedades duciarias debern presentaruna declaracin independiente por cadapatrimonio autnomo con NIT indepen-diente y suministrar la informacin quesobre los mismos le sea solicitada por launidad administrativa especial UAEDireccin de Impuestos y Aduanas

    Nacionales DIAN.

    El artculo 3 del Decreto 589agreg el literal j) al artculo

    10 del Decreto 2460 del 2013, estable-ciendo los requisitos que se debern

    cumplir para que las sociedades ducia-rias puedan tramitar un NIT individual alos patrimonios autnomos constituidos

    para operaciones de comercio exterior.Dicho literal j) qued compuesto de tresnumerales; el tercero de ellos se subdivi-de en cuatro literales (a hasta d). Sin

    embargo, la redaccin del literal a) delnumeral 3 fue equivocada, pues hace re-ferencia al artculo 1 de este decreto, elcual se entendera como el artculo 1 delDecreto 2460 del 2013 y dicha referenciaes errnea. En realidad, en la redaccin

    de ese literal a) del numeral 3 del nuevoliteral j), agregado al artculo 10 del De-creto 2460, se tena que haber utilizadouna redaccin que hiciera referencia alartculo 1 del Decreto 589 de abril del2016.

    Cambios en los procesos decancelacin del RUT

    El artculo 4 del Decreto 589 de abril del2016 modic el numeral 1 del artculo

    7.

    8.

    9.

    10.

  • 7/25/2019 Revista Actualicese No56 Mayo 2016 Vs

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    Actualida

    ACTUALCESE// Junio del 2016

    NUEVOS REPORTES DE LA DIANMs personas naturales declararn renta por el ao gravable 2015

    IMPUESTOS

    De acuerdo con lo indicado enla Resolucin 220 de octubredel 2014, la cual ha tenido 5modicaciones, la DIAN recibir por el

    ao gravable 2015 un mayor volumende informacin que no se reciba hasta elao gravable 2014 y con el cual lograr

    perfectamente rastrear a ms personasnaturales que quedaran obligadas a

    presentar declaracin de renta por el ao

    gravable 2015.

    En efecto, para el ao gravable 2015 laDIAN solicit por primera vez que lagran mayora de empleadores de Co-lombia (tanto personas naturales como

    jurdicas) le reporten el nuevo formato

    2276 con el detalle del monto totalpagado durante el 2015 (sin importar sucuanta) a todos sus empleados y que se

    certica a travs del formulario 220. Con

    esto la DIAN lograr conocer el total de

    los ingresos efectivamente recibidos porlos empleados, lo cual no se lograba enaos anteriores (en tales aos, y solamen-te en el formato 1001, los empleadoresreportaban nicamente los nombres delos empleados a los que se les hubiera

    pagado ms de $10.000.000).

    De igual forma, con los nuevos reportesque se exigieron a todos los municipios ydepartamentos de Colombia, la DIAN po-dr conocer quines son los dueos por el2015 de los bienes inmuebles existentes

    en Colombia y de los vehculos que porel 2015 estuvieron circulando (ver el art-culo 30 de la Resolucin 220 del 2014 ylos nuevos formatos 1476 y 1480). Por

    tanto, si alguna persona natural es inclui-da en esos nuevos reportes, y en efectoal cierre del 2015 segua siendo dueade los inmuebles y/o de los vehculosque sean reportados por los municipiosy departamentos, la DIAN podr teneruna idea de lo que valdra su patrimo-nio bruto al cierre del ao y obligarlo a

    declarar renta del ao gravable 2015 porhaber superado el tope de patrimonio

    bruto mencionado en los artculos 592 a594-3 del ET.

    Cules son los topes deingresos brutos y/o depatrimonio bruto que obligarna las personas naturales apresentar la declaracin derenta del ao gravable 2015?

    Los anteriores fueron solo dos ejemplosde los muchos datos nuevos que por el2015 la DIAN recibir y con los cuales

    podr rastrear de mejor manera los ingre-sos y patrimonios brutos de las personasnaturales por el 2015 y determinar si que-dan obligadas a presentar la declaracinde renta por dicho ao gravable.

    Al respecto, debe tenerse presente que laspersonas naturales y/o sucesiones ilqui-das que no quedarn obligadas a declararrenta por el ao gravable 2015, son soloaquellas que cumplan con la totalidad delos siguientes 6 requisitos (ver el artculo7 del Decreto 2243 de noviembre del2015):

    1. Que el patrimonio bruto en el ltimoda del ao gravable 2015 no excedade cuatro mil quinientas (4.500) UVT

    ($127.256.000).

    2. Que los ingresos brutos sean inferio-res a mil cuatrocientas (1.400) UVT

    ($39.591.000).

    3. Que los consumos mediante tarjeta decrdito no excedan de dos mil ocho-cientas (2.800) UVT ($79.181.000).

    4. Que el valor total de compras y con-sumos no supere las dos mil ocho-cientas (2.800) UVT ($79.181.000).

    5. Que el valor total acumulado deconsignaciones bancarias, depsitoso inversiones nancieras, no exceda

    de cuatro mil quinientas (4.500) UVT

    ($127.256.000).

    6. Que durante el 2015 no hayan sidoresponsables del IVA en el rgimencomn.

    Cuando la persona natural concluyaque efectivamente qued obligada a

    presentar la declaracin de renta delao gravable 2015, tendr que decidiren cul de los 4 formularios deber y/o

    podr presentar su declaracin (formulario 110, 210, 230 o 240; ver Resolucin004 de enero 8 del 2016, modicada co

    la 0029 de marzo 29 del 2016). Incluso

    deber tener en cuenta los mltiples eimportantes cambios que la Ley 1739del 2014, las sentencias de la Corte del2015, y las doctrinas de la DIAN del2015 le introdujeron al tema de la declaracin del 2015.

    Adems, aquellas que an dudan siquedaron o no obligadas a presentardeclaracin de renta por el ao gravable2015 (pues no recuerdan el total de susconsumos o consignaciones del ao,etc.), deberan apoyarse en el informe

    virtual que suministra cada ao la DIANconocido como consulta de datos paradeclaracin de rentael cual esta vez

    estara disponible solo a nales de juliodel 2016, justamente cuando la DIANhaya acabado de recibir los reportes deinformacin exgena del ao gravable2015. Ahora bien, el problema es que los

    plazos para presentar la declaracin derenta de las personas naturales empiezana vencerse a partir de agosto 9 del 2016(ver el artculo 14 del Decreto 2243 del2015).

  • 7/25/2019 Revista Actualicese No56 Mayo 2016 Vs

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    Actualidad

    0 ACTUALCESE// Junio del 2016

    CONTRIBUYENTESEN DESVENTAJAAl momento de preparar la declaracin de renta, algunas personas naturales no

    pudieron contar a tiempo con el servicio de consulta de datos de la DIAN

    IMPUESTOS

    Existen varias razones por lascuales algunos tipos de personasnaturales y/o sucesiones ilqui-das tuvieron la obligacin de elaborar eincluso presentar ms temprano que lasdems personas naturales su respectivadeclaracin de renta del ao gravable2015. Entre tales razones guran:

    Son personas naturales y/o suce-siones ilquidas que a diciembredel 2015 tenan la calicacin de grandes

    contribuyentes (responsabilidad 13 en elRUT). Para este tipo de contribuyentes, el

    plazo en que deban presentar su decla-racin de renta del ao gravable 2015 yavenci, pues transcurra entre el 12 y el25 de abril del 2016 (ver el artculo 11 delDecreto 2243 de noviembre del 2015).

    Son personas naturales y/o sucesio-nes que estn obligadas a entregar

    los mltiples formatos de informacinexgena del ao gravable 2015 que sesolicitaron con la Resolucin 220 deoctubre 31 del 2014, pues existan en el2013 y en dicho ao obtuvieron ingre-sos brutos, incluyendo rentas ordinariasy ganancias ocasionales, que fueronsuperiores a $500.000.000. En este caso,sabiendo que la entrega de los reportesde informacin exgena del ao gravable2015 se les vencer primero (entre abril19 y junio 1 del 2016), este tipo de perso-nas naturales y/o sucesiones ilquidas se

    ven obligadas a tener que elaborar su de-claracin de renta del ao gravable 2015ms temprano que las dems personasnaturales, pues los reportes de exge-na solo se pueden elaborar y presentarcorrectamente si primero se tiene aunquesea elaborada la declaracin de renta delao gravable 2015. Obviamente despus,entre agosto y octubre del 2016, siemprey cuando no tengan la calicacin de

    grandes contribuyentes (ver el artculo14 del Decreto 2243 de noviembre del

    2015), podrn presentar y pagar esa de-claracin de renta del ao gravable 2015,que en todo caso tuvieron que elaborarmuy temprano (desde abril del 2016).

    Son personas naturales y/o suce-siones ilquidas que deben presen-

    tar entre el 11 y el 24 de mayo del 2016su declaracin del impuesto a la riqueza

    del 2016 (ver el artculo 23 del Decre-to 2243 de noviembre del 2015). Alrespecto, es claro que el patrimonio quegurar en la declaracin del impuesto

    a la riqueza del 2016 es el posedo aenero 1 del 2016, el cual en la prcticaes casi igual al mismo que gurar en

    su declaracin de renta del ao gravable2015. Por esa razn, lo correcto es que

    primero elaboren la declaracin de rentadel ao gravable 2015 y de esa forma

    podrn elaborar y presentar de formacorrecta la declaracin del impuesto a la

    riqueza del 2016. Obviamente despus,entre agosto y octubre del 2016, siemprey cuando no tengan la calicacin de

    grandes contribuyentes, podrn presen-tar y pagar esa declaracin de renta delao gravable 2015, que en todo casotuvieron que elaborar muy temprano(desde abril del 2016).

    Desventaja de no contar con elservicio de consulta de datospara declaracin de renta

    Siendo claro que ese tipo de personas na-turales y/o sucesiones ilquidas s deben

    por lo menos elaborar su declaracin derenta del ao gravable 2015 en una fechatan temprana como abril del 2016, ladesventaja que enfrentaron estos contri-

    buyentes es no haber podido contar enesa fecha tan temprana con el ya famososervicio virtual de consulta de datos paradeclaracin de renta, que se ofrece cadaao a las personas naturales en el portalde la DIAN.

    Ese servicio virtual, al igual que lo suce-dido en los aos gravables ms recientes,solo podr estar disponible a nales de

    julio del 2016, cuando la DIAN primerohaya recibido todos los reportes de lainformacin exgena del ao gravable2015 que se solicitaron a travs de laResolucin 220 del 2014.

    Incluso, y en razn a que esta vez elltimo reporte de informacin exgenase estar entregando en junio 30 del 2016(plazo que se concedi a los municipios

    para entregar el formato 1481 con losdatos de todas las declaraciones de Indus-tria y Comercio del ao gravable 2015,que apenas les estn presentando ahoraen el 2016), lo que puede suceder es

    que el servicio de consulta de datos paradeclaracin de renta solo empiece a estardisponible a nales de julio del 2016.

    En vista de lo anterior, las personasnaturales y/o sucesiones ilquidas quedeban preparar la declaracin de rentadel ao gravable 2015 desde abril del2016 pero que no pudieron contar en esafecha con el servicio virtual antes co-mentado, son personas que debieron sermuy cuidadosas al momento de elaborardicha declaracin (en especial aquellasque no llevaron ningn tipo de conta-

    bilidad durante el 2015 y no recuerdantodas sus operaciones); de lo contrario,

    es claro que dicha declaracin corri elriesgo de ser elaborada con decienciasy las mismas solo las podran detectarcuando en julio del 2016 puedan accederal servicio virtual al que nos hemos refe-rido. En ese caso, aunque la declaracinde renta del ao gravable 2015 s puedaalcanzar a ser ajustada antes de ser

    presentada, el problema sera que los re-portes de exgena y hasta la declaracindel impuesto a la riqueza ya estaran

    presentadas y, por tanto, tendran queentrar a ser corregidas.

    1.

    2.

    3.

    http://actualicese.com/normatividad/2015/11/24/decreto-2243-de-24-11-2015-calendario-tributario-2016/http://actualicese.com/normatividad/2015/11/24/decreto-2243-de-24-11-2015-calendario-tributario-2016/http://actualicese.com/modelos-y-formatos/categorias-de-informantes-de-exogena-por-el-ano-gravable-2015-y-los-formatos-que-deben-usar/http://actualicese.com/modelos-y-formatos/categorias-de-informantes-de-exogena-por-el-ano-gravable-2015-y-los-formatos-que-deben-usar/http://actualicese.com/modelos-y-formatos/categorias-de-informantes-de-exogena-por-el-ano-gravable-2015-y-los-formatos-que-deben-usar/http://actualicese.com/modelos-y-formatos/categorias-de-informantes-de-exogena-por-el-ano-gravable-2015-y-los-formatos-que-deben-usar/http://actualicese.com/normatividad/2015/11/24/decreto-2243-de-24-11-2015-calendario-tributario-2016/http://actualicese.com/normatividad/2015/11/24/decreto-2243-de-24-11-2015-calendario-tributario-2016/http://actualicese.com/normatividad/2015/11/24/decreto-2243-de-24-11-2015-calendario-tributario-2016/http://actualicese.com/actualidad/2015/07/07/oro-personas-naturales-ya-pueden-consultar-en-la-dian-datos-para-declaracion-de-renta-ano-gravable-2014/http://actualicese.com/actualidad/2015/07/07/oro-personas-naturales-ya-pueden-consultar-en-la-dian-datos-para-declaracion-de-renta-ano-gravable-2014/http://actualicese.com/actualidad/2015/07/07/oro-personas-naturales-ya-pueden-consultar-en-la-dian-datos-para-declaracion-de-renta-ano-gravable-2014/http://actualicese.com/actualidad/2015/07/07/oro-personas-naturales-ya-pueden-consultar-en-la-dian-datos-para-declaracion-de-renta-ano-gravable-2014/http://actualicese.com/actualidad/2015/07/07/oro-personas-naturales-ya-pueden-consultar-en-la-dian-datos-para-declaracion-de-renta-ano-gravable-2014/http://actualicese.com/actualidad/2016/02/09/exogena-2015-solicitada-a-los-municipios-y-departamentos-podria-no-serle-util-a-la-dian/http://actualicese.com/actualidad/2016/02/09/exogena-2015-solicitada-a-los-municipios-y-departamentos-podria-no-serle-util-a-la-dian/http://actualicese.com/actualidad/2016/02/09/exogena-2015-solicitada-a-los-municipios-y-departamentos-podria-no-serle-util-a-la-dian/http://actualicese.com/actualidad/2016/02/09/exogena-2015-solicitada-a-los-municipios-y-departamentos-podria-no-serle-util-a-la-dian/http://actualicese.com/actualidad/2016/02/09/exogena-2015-solicitada-a-los-municipios-y-departamentos-podria-no-serle-util-a-la-dian/http://actualicese.com/actualidad/2016/02/09/exogena-2015-solicitada-a-los-municipios-y-departamentos-podria-no-serle-util-a-la-dian/http://actualicese.com/actualidad/2016/02/09/exogena-2015-solicitada-a-los-municipios-y-departamentos-podria-no-serle-util-a-la-dian/http://actualicese.com/actualidad/2016/02/09/exogena-2015-solicitada-a-los-municipios-y-departamentos-podria-no-serle-util-a-la-dian/http://actualicese.com/actualidad/2016/02/09/exogena-2015-solicitada-a-los-municipios-y-departamentos-podria-no-serle-util-a-la-dian/http://actualicese.com/actualidad/2016/02/09/exogena-2015-solicitada-a-los-municipios-y-departamentos-podria-no-serle-util-a-la-dian/http://actualicese.com/actualidad/2016/02/09/exogena-2015-solicitada-a-los-municipios-y-departamentos-podria-no-serle-util-a-la-dian/http://actualicese.com/actualidad/2016/02/09/exogena-2015-solicitada-a-los-municipios-y-departamentos-podria-no-serle-util-a-la-dian/http://actualicese.com/actualidad/2015/07/07/oro-personas-naturales-ya-pueden-consultar-en-la-dian-datos-para-declaracion-de-renta-ano-gravable-2014/http://actualicese.com/actualidad/2015/07/07/oro-personas-naturales-ya-pueden-consultar-en-la-dian-datos-para-declaracion-de-renta-ano-gravable-2014/http://actualicese.com/actualidad/2015/07/07/oro-personas-naturales-ya-pueden-consultar-en-la-dian-datos-para-declaracion-de-renta-ano-gravable-2014/http://actualicese.com/actualidad/2015/07/07/oro-personas-naturales-ya-pueden-consultar-en-la-dian-datos-para-declaracion-de-renta-ano-gravable-2014/http://actualicese.com/actualidad/2015/07/07/oro-personas-naturales-ya-pueden-consultar-en-la-dian-datos-para-declaracion-de-renta-ano-gravable-2014/http://actualicese.com/normatividad/2015/11/24/decreto-2243-de-24-11-2015-calendario-tributario-2016/http://actualicese.com/normatividad/2015/11/24/decreto-2243-de-24-11-2015-calendario-tributario-2016/http://actualicese.com/normatividad/2015/11/24/decreto-2243-de-24-11-2015-calendario-tributario-2016/http://actualicese.com/modelos-y-formatos/categorias-de-informantes-de-exogena-por-el-ano-gravable-2015-y-los-formatos-que-deben-usar/http://actualicese.com/modelos-y-formatos/categorias-de-informantes-de-exogena-por-el-ano-gravable-2015-y-los-formatos-que-deben-usar/http://actualicese.com/modelos-y-formatos/categorias-de-informantes-de-exogena-por-el-ano-gravable-2015-y-los-formatos-que-deben-usar/http://actualicese.com/modelos-y-formatos/categorias-de-informantes-de-exogena-por-el-ano-gravable-2015-y-los-formatos-que-deben-usar/http://actualicese.com/normatividad/2015/11/24/decreto-2243-de-24-11-2015-calendario-tributario-2016/http://actualicese.com/normatividad/2015/11/24/decreto-2243-de-24-11-2015-calendario-tributario-2016/
  • 7/25/2019 Revista Actualicese No56 Mayo 2016 Vs

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    Editoria

    ACTUALCESE// Junio del 2016

    PANAMA PAPERS,DNDE SE ENCONTRABAN LOS CONTADORES?

    LderGeneracindeConocimiento

    Por Mara Cecilia Zuluaga C.

    En el mes de mayo se sintieron los coleta-zos a nivel mundial que dej el renom-brado caso de ltracin de los PanamaPapers. A raz de esta situacin, a nales de abril

    del 2016 los gobiernos de Colombia y Panamlograron un acuerdo de intercambio de informa-cin tributaria cuyo objetivo, en el caso nacional,es lograr que los colombianos que tienen capita-

    les en el pas vecino los declaren en Colombia.Santiago Rojas, director de la DIAN, manifestque aunque el acuerdo de intercambio autom-tico de informacin tributaria entra en vigenciaen el 2018, la entidad podr solicitar la informa-cin que tiene hoy en da de colombianos conactivos en Panam. Para el funcionario, uno delos mayores logros del acuerdo es la retroactivi-dad, y por eso destac la importancia de declarary normalizar la situacin colombiana; as loconrm en nuestras instalaciones la directora de

    Gestin de Ingresos de la DIAN, Cecilia Rico,quien acept que este hecho produjo que algunoscontribuyentes normalizaran sus activos de formainmediata.

    Despus de la avalancha de informacin quellega de esta investigacin, queda la inquietud:dnde estaban los contadores pblicos dentrode este panorama? Es claro que tanto para crearempresas cticias en el exterior para evadir

    impuestos, as como para normalizar los activosen el pas, estos contribuyentes debieron haberseasesorado de profesionales, quienes les dieran

    luces o directamente les ayudaran en dichosprocedimientos. No podemos seguir viendo esteescndalo como ajeno ni dejar de llamar lascosas por su nombre. Es cierto que es legal teneruna cuenta bancaria en el extranjero, inclusosiendo paraso scal; lo que s es ilegal es que el

    titular de la cuenta no declare esos fondos o lasganancias que generan los mismos en su pas deresidencia. Entonces, por qu normalizar losactivos solo hasta cuando existe ya la amenazade una sancin onerosa o el escarnio pblico?

    La tica es el nivel de compromiso que tieneun individuo al momento de aplicar los princi-pios y valores con los cuales ha sido formado,en el entendido que, en algunas ocasiones, elindividuo se enfrenta a una eleccin entre el

    benecio personal y el de la sociedad. La tica

    es la medida en la cual el individuo renuncia aprebendas personales, en pro de los benecios

    sociales. En este sentido, los principios y valo-res contribuyen al equilibrio social, pero solo enla medida en que los individuos sean educados

    para renunciar a los intereses personales enbenecio de la sociedad. La tica se aplica en

    todos los escenarios de la vida cotidiana, desdela eleccin de ser el a la esposa y familia, has-ta la decisin de trabajar con integridad aunquenadie se encuentre supervisando.

    En dicho caso podramos decir que ante el ofreci-miento econmico para manipular la informacinnanciera o scal, estas personas se enfrentaron

    a la decisin de buscar el benecio personal (la

    evasin) o el benecio social (la declaracin del

    impuesto). Si la persona no ha sido formada tica-mente, lo cual a la larga no es algo que se aprendeen la universidad, sino desde la infancia, en elseno de la familia, decidir por el inters personaly aceptar el ofrecimiento econmico para mani-

    pular su informacin.

    El reto que tienen los contadores pblicos en unmundo tan globalizado como el actual es ayudara combatir la corrupcin desde su criterio perso-nal. Seguramente si quienes aparecieron en estos

    papers hubieran recibido una asesoria tica departe de su consultor, la historia sera distinta.

  • 7/25/2019 Revista Actualicese No56 Mayo 2016 Vs

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    2 ACTUALCESE// Junio del 2016

    Cheques segn EstndaresInternacionales

    Dos de los temas ms frecuentes que sepresentan en la conciliacin bancaria tienenque ver con el tratamiento de cheques giradosno cobrados y de cheques posfechados. Para elreporte de estas partidas en los estados nancieros

    bajo los Estndares Internacionales se debentener en cuenta dos aspectos: en primer lugar,los cheques posfechados han surgido comouna forma de nanciacin con garanta, pues el

    emisor y el beneciario del cheque acuerdan unafecha futura para el cobro del mismo. Es decir,estos no extinguen obligaciones en los estadosnancieros, ni tienen implicacin contable alguna.

    En segundo lugar, a diferencia de los chequesposfechados, los cheques girados no cobradosno estn sujetos a una condicin de cobro en una

    fecha futura, sino que pueden ser cobrados encualquier momento por el beneciario.

    Anticipos no son instrumentosfinancieros

    Este tipo de acuerdos no otorgan el derecho de cobrar o recibirefectivo o equivalentes al efectivo u otro instrumento nancierodel tercero con el cual se negocia; por el contrario es la promesa derecibir en el futuro un producto o la prestacin de un servicio. Eneste sentido, cuando una empresa entrega un anticipo a un proveedorno est adquiriendo el derecho de cobrar, sino de recibir un activo,lo que se diferencia de la condicin obligatoria para clasicar una

    partida en instrumentos nancieros: la expectativa de recibir efectivo

    o equivalentes.

    Ingresos no operacionales

    Es frecuente encontrar en los estados de resultados de muchascompaas una serie de ingresos clasicados como nooperacionales. De tal manera, es necesario evaluar la naturaleza ycuanta de estos para clasicarlos adecuadamente en los estados

    nancieros bajo los nuevos marcos normativos. Cabe recordar que

    la Seccin 2 del anexo 2 del Decreto 2420 del 2015 contiene losfundamentos conceptuales sobre los cuales se preparan y presentanlos estados nancieros bajo Normas Internacionales.

    Contratos de anticresis

    Servicio virtual paraContadores

    Durante abril del 2016 la Junta Central deContadores puso en marcha en su pginade internet un nuevo servicio virtual gratuitodenominado Consulta del Estado del Contador.Cuando se accede a dicho servicio, la informacininicial despliega un enlace mediante el cual elusuario puede digitar la cdula de cualquiercontador persona natural del cual se quieraconrmar si est activo o inactivo. Es decir, si

    tiene matrcula profesional vigente o si dichamatrcula ya fue cancelada (esto ltimo, porejemplo, por causa de muerte u otras faltasdisciplinarias).

    El mencionado servicio virtual solo sirve para

    conrmar si el contador est activo o no portener todava vigente su matrcula profesional,

    pero no permitir conocer si el contador pblicose encuentra habilitado o no para prestar losservicios; es decir, si se haya o no suspendida sumatrcula. Esto ltimo solo se puede consultar si

    primero se cumple con obtener un certicado de

    antecedentes disciplinarios, el cual tiene un costodurante el 2016 de $24.000 (ver el artculo 7 de laResolucin 977 de diciembre del 2015).

    Breves Contables

    La anticresis es un contrato por medio del cual un deudor entrega alacreedor una nca raz, con la nalidad de que la deuda pactadasea cancelada con el usufructo obtenido del bien entregado. En otras

    palabras, una entidad le entrega a su acreedor una propiedad razbajo el acuerdo de que el acreedor explote los benecios del bienpara cancelar la deuda. En este tipo de negociacin quien recibe elinmueble queda facultado para utilizarlo o alquilarlo y de los recursosresultantes de dicha actividad, ir disminuyendo la deuda.

  • 7/25/2019 Revista Actualicese No56 Mayo 2016 Vs

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    ACTUALCESE// Junio del 2016

    Breves Contable

    DUR 2420 omiti la Seccin 23

    En diciembre del 2015 el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo emitiel Decreto nico Reglamentario 2420, mediante el cual se compilaron todoslos decretos vigentes en relacin a las Normas Internacionales de InformacinFinanciera y las de Aseguramiento de la Informacin. Sin embargo el anexo2 de dicho decreto salta de la Seccin 22 dePasivos y patrimonioa la 24 de

    Subvenciones del Gobierno,lo cual dara pistas de un vaco normativo en laspymes para el abordaje de un tema de tan elevada importancia como es eltratamiento de los ingresos de actividades ordinarias.

    Cronograma deconvergencia nopuede obviarse

    No es extrao que muchas pequeasempresas colombianas, aun a estafecha, no se hayan puesto al da en el

    proceso de convergencia a su nuevomarco normativo; sin embargo, debetenerse presente que el cronograma esineludible y que los cambios no hansido exagerados. Cabe recordar que elcalendario de la convergencia de lasmicroempresas estableci como aode transicin el 2014 y primer ao deimplementacin plena el 2015, estandoactualmente obligadas a desarrollaractividades de su segundo ao deimplementacin plena.

    Contribucin quegenera polmica

    La Supersociedades emiti doctrina

    en abril del 2016 donde indica quepara el clculo de dicha contribucinse tendra que tomar en cuenta el totalde los activos del 2015 determinadoscon los nuevos marcos normativos bajo

    Normas Internacionales. Sin embargo,existe otra posicin que indica que parael clculo de dicha contribucin solose deberan tomar en cuenta los activosdel 2015 determinados con los antiguosmarcos contables.

    Efectivo y sus equivalentes

    En el argot del Estndar Internacional desaparece la categora disponibleyse da lugar al efectivo y sus equivalentes,entendidos como los recursosrealmente disponibles en efectivo y los equivalentes a este, que son inversionesa corto plazo de gran liquidez, mantenidas para cumplir compromisos de pago

    a corto plazo, ms que para propsitos de inversin u otros. Adicionalmente,segn el glosario de los Estndares Internacionales, son fcilmente convertiblesen importes determinados de efectivo y estn sujetos a un riesgo insignicante de

    cambios en su valor.

    Bienes de uso personal bajo Estndares

    Los bienes productivos de la persona natural suelen cumplir sin mayorescomplicaciones con la denicin de activos, entendidos como recursoscontrolados por la entidad, producto de hechos pasados, de los cuales se esperarecibir benecios econmicos futuros. La inquietud surge en el tratamiento de

    los bienes de uso personal, tales como ncas o casas de recreo. No obstante, cabe

    sealar que cualquier recurso del cual se espere obtener benecios futuros, y que

    cumpla la denicin misma de activo, se puede reconocer como tal en los estados

    nancieros.

    SAS pueden requerir dos contadores

    S

    egn lo dispuesto en el inciso 2 del artculo 28 de la Ley 1258 del 2008,se exige que bajo ciertas circunstancias los estados nancieros de las SAS

    debern ser dictaminados por lo menos por un contador pblico independiente.De tal manera, por los aos en que las SAS no tengan nombrado un revisorscal, pero sus ejercicios anuales arrojen utilidades en lugar de prdidas, se

    har necesario conseguir un contador pblico independiente que les dictamineal nal del ao todos sus estados nancieros. Adems, si los estados nancieros

    van a quedar dictaminados por un contador independiente, signica que dichos

    estados nancieros primero debern ser certicados, es decir, rmados por el

    representante legal y el contador de planta de la sociedad que los prepararon.

    Las sociedades comerciales empresas unipersonales quediciembre 31 del 2015 haya

    alcanzado por primera vez el tope dactivos totales contables por un montsuperior a $20.683.650.000, o que e

    dicho ao hayan obtenido ingresobrutos contables superiores a esta cifra partir del 1 de abril del 2016 pasar

    de ser inspeccionadas a vigiladas poparte de la Supersociedade

    El Dato

  • 7/25/2019 Revista Actualicese No56 Mayo 2016 Vs

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    Actualidad

    4 ACTUALCESE// Junio del 2016

    CONVERGENCIA EN PYMESDocumentos que ya deben tener listos en el Grupo 2

    CONTABLE

    La gran mayora de las empresas co-lombianas se clasican en el Grupo2 de la convergencia a EstndaresInternacionales de Informacin Finan-ciera, es decir en el grupo de las pymes;estas entidades, de acuerdo con el crono-grama que les fue establecido, tuvierondurante el 2015 su perodo de transicin yel 2016 es su primer perodo de aplica-cin plena. Por tal motivo, en cumpli-miento de la intencin del cronograma deconvergencia y de facilitar los procesosinternos de transformacin de datos entodas las organizaciones nacionales, lasentidades debieron ir atravesando variasetapas que niquitaron con la expedicin

    de los siguientes documentos clave:

    Proyecto de implementacin

    En este documento la entidad debiconsignar al principio del proceso de

    convergencia, los recursos asignados alproyecto, la competencia en toma de de-cisiones, el cronograma, las fechas lmitey los procedimientos para la solucin dediferencias en la interpretacin del Estn-dar Internacional para Pymes.

    Manual de polticas contables

    Los Estndares Internacionales de Infor-macin Financiera son una gua para eltratamiento de la informacin contable;sin embargo hay varias precisiones que

    dependern de las cualidades especcasde cada organizacin y que por tantodeben ser establecidas internamente enun manual de polticas contables, quesern los principios, bases, acuerdos,reglas y procedimientos especcos a losque acudir la organizacin para la pre-

    paracin de sus datos nancieros. Cada

    una de las polticas contables adoptadaspor la entidad debe estar adecuadamentesustentada.

    Estado de situacin financierade apertura

    La Seccin 35 del Estndar Internacio-nal para Pymes indic que toda entidadque presente por primera vez estadosnancieros bajo esta norma, deberelaborar un estado de situacin nancierade apertura ESFA. En el caso de las

    pymes, este documento debi elaborarsecon corte al 1 de enero del 2015 y paratal n solamente se tom como referencia

    el balance general dado que este reeja

    la situacin nanciera a dicha fecha de

    corte especco. Para efectos del proce-so de convergencia, no son interesanteslos datos ocurridos antes de la fecha deinicio del plan.

    Primer juego de informesfinancieros

    Al cierre del 2015, las pymes debieronrealizar un cierre completo de infor-macin nanciera bajo Estndares

    Internacionales, que aunque no fue lainformacin vlida para efectos legalesdurante dicho ao, s ser fundamental

    para preparar los primeros estados nan-cieros bajo el nuevo marco normativo enel 2016.

    As pues, el cierre del 2015 debirealizarse con la expedicin de almenos un estado de situacin nancie-ra, un estado de resultados y resultadointegral, un estado de cambios en el

    patrimonio, un estado de ujos de

    efectivo, y un informe de notas a losestados nancieros; estos documentos

    pueden combinarse al menos de tres

    formas diferentes.

    Ahora bien, debe tenerse clara la preci-sin al respecto de que estos informesrealizados al corte del 2015 no se consi-deran an estados nancieros formales

    pues la condicin necesaria para tal n

    es que las cifras se presenten en perodoscomparativos y esto solamente podrlograrse al cierre del 2016.

    Soporte de las operaciones

    Dado que la convergencia a Estnda-res Internacionales involucra todo uncambio de polticas contables, lo cualgenera reclasicaciones y ajustes en los

    estados nancieros, es necesario que la

    entidad recopile la documentacin su-ciente y documente, de manera clara

    y precisa, los cambios en sus estadosnancieros.

    Debe tenerse clara la

    precisin al respectode que los informesfinancieros realizadosal corte del 2015 nose consideran anestados financierosformales pues lacondicin necesariapara tal fin es que lascifras se presenten enperodos comparativosy esto solamentepodr lograrse alcierre del 2016.

    http://actualicese.com/2014/08/20/cronograma-de-aplicacion-de-las-niif-para-pymes/http://actualicese.com/2014/08/20/cronograma-de-aplicacion-de-las-niif-para-pymes/http://actualicese.com/2014/08/20/cronograma-de-aplicacion-de-las-niif-para-pymes/http://actualicese.com/2014/08/20/cronograma-de-aplicacion-de-las-niif-para-pymes/http://actualicese.com/modelos-y-formatos/plan-de-implementacion-niif-para-empresas-del-grupo-2/http://actualicese.com/actualidad/2015/06/10/6-recomendaciones-para-elaborar-sus-politicas-contables-bajo-niif/http://actualicese.com/actualidad/2015/05/27/esfa-para-supersociedades-ya-planeo-su-elaboracion-y-reporte/http://actualicese.com/actualidad/2015/05/27/esfa-para-supersociedades-ya-planeo-su-elaboracion-y-reporte/http://actualicese.com/respuestas/importancia-de-las-notas-a-los-estados-financieros-en-niif/http://actualicese.com/respuestas/importancia-de-las-notas-a-los-estados-financieros-en-niif/http://actualicese.com/respuestas/importancia-de-las-notas-a-los-estados-financieros-en-niif/http://actualicese.com/respuestas/importancia-de-las-notas-a-los-estados-financieros-en-niif/http://actualicese.com/actualidad/2015/05/27/esfa-para-supersociedades-ya-planeo-su-elaboracion-y-reporte/http://actualicese.com/actualidad/2015/05/27/esfa-para-supersociedades-ya-planeo-su-elaboracion-y-reporte/http://actualicese.com/actualidad/2015/06/10/6-recomendaciones-para-elaborar-sus-politicas-contables-bajo-niif/http://actualicese.com/modelos-y-formatos/plan-de-implementacion-niif-para-empresas-del-grupo-2/http://actualicese.com/2014/08/20/cronograma-de-aplicacion-de-las-niif-para-pymes/http://actualicese.com/2014/08/20/cronograma-de-aplicacion-de-las-niif-para-pymes/http://actualicese.com/2014/08/20/cronograma-de-aplicacion-de-las-niif-para-pymes/http://actualicese.com/2014/08/20/cronograma-de-aplicacion-de-las-niif-para-pymes/
  • 7/25/2019 Revista Actualicese No56 Mayo 2016 Vs

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    Actualida

    ACTUALCESE// Junio del 2016

    MEDICIN DE UNA PROPIEDAD

    A VALOR RAZONABLEUna entidad que haya adquirido una propiedad para su uso debe tener claroslos requerimientos sobre reconocimiento y medicin establecidos en la

    Seccin 17 del Estndar Internacional para Pymes

    CONTABLE

    L

    a adopcin del Estndar Interna-cional para Pymes en Colombia

    ya es casi un hecho, pues todaslas pymes, excepto las expresamentemencionadas en el artculo 2 del Decre-to 2496 del 2015, deben estar recono-ciendo y midiendo todas sus transac-ciones bajo dicho estndar a partir del1 de enero del 2016.

    En la aplicacin de la nueva normase han presentado situaciones en lascuales es necesario revisar los re-querimientos sobre reconocimientoy medicin de transacciones en el

    Estndar Internacional para Pymes, an de establecer tratamientos contables

    congruentes con esta norma.

    Para un mejor entendimiento, revise-mos el siguiente caso:

    La empresa Ventura SAS adquiri ennoviembre del 2015 la nca Paraso, de

    su anterior propietario Otoo SAS. Laventa se realiz por un valor demasia-do cercano al avalo catastral, el cualestaba muy por debajo de las valoriza-

    ciones registradas en la contabilidad deOtoo SAS, segn avalo realizado enel 2014.

    Dado que Otoo SAS tena registra-dos unos avalos en su contabilidad,

    pues haba revaluado este inmuebleen su balance de apertura por valor de$2.000.000.000, es posible revaluarel inmueble en los estados nancieros

    del comprador una vez realizada latransaccin de compraventa?

    Suponga que los datos de la transaccinson:

    Valor razonable del activo: $2.000.000.000

    Avalo catastral: $ 500.000.000

    Fecha de la transaccin: 1 de noviembredel 2015

    Valor en libros para elvendedor:

    $2.000.000.000

    Valor de la venta: $550.000.000

    Desde el punto de vista del vendedor,quien enajen el activo en noviembredel 2015 por un valor de $550 millones,siendo su valor en libros $2.000 millones,es necesario tener en cuenta los requeri-mientos establecidos en el prrafo 17.27

    del Estndar Internacional para Pymes:

    Una entidad dar de baja encuentas un elemento de propiedades,

    planta y equipo:

    a) cuando disponga de l; o

    b) cuando no se espere obtenerbenecios econmicos futuros por su

    uso o disposicin.

    (El subrayado es nuestro).

    De acuerdo con lo anterior, en noviembrdel 2015 el vendedor debe dar de bajaeste activo de su estado de situacinnanciera.

    http://actualicese.com/normatividad/2015/12/23/decreto-2496-de-23-12-2015/http://actualicese.com/normatividad/2015/12/23/decreto-2496-de-23-12-2015/http://actualicese.com/normatividad/2015/12/23/decreto-2496-de-23-12-2015/http://actualicese.com/normatividad/2015/12/23/decreto-2496-de-23-12-2015/
  • 7/25/2019 Revista Actualicese No56 Mayo 2016 Vs

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    Actualidad

    6 ACTUALCESE// Junio del 2016

    Una entidad medir un elemento de propiedades, plantay equipo por su costo en el momento del reconocimientoinicial.

    De acuerdo con este requerimiento, el reconocimiento de laadquisicin en los estados nancieros de Ventura SAS, es:

    Cuenta DB CR

    PPE, nca Paraso $550.000.000

    Efectivo o cuentas por pagar $550.000.000

    De tal manera, Ventura SAS no puede medir el activo a su valorrazonable porque:

    1. El prrafo 17.9 establece explcitamente que se debe mediral costo en el reconocimiento inicial.

    2. El prrafo 17.15 establece como nica alternativa demedicin posterior el mtodo del costo-depreciacin-dete-

    rioro. No permite el modelo de revaluacin (el GobiernoNacional adopt el Estndar para Pymes modicado enel 2015, con aplicacin en Colombia a partir del 2016.Sin embargo, en aplicacin del concepto de uniformidadestablecido en la Seccin 2 del Estndar para Pymes, unaentidad no puede cambiar sus polticas contables durante el

    perodo comprendido entre la fecha del balance de aperturay los primeros estados nancieros bajo Estndares Interna-cionales, es decir, entre el 1 de enero del 2015 y el 31 dediciembre del 2016. De acuerdo con lo anterior, la entidad

    podra aplicar el modelo de revaluacin a partir del 1 deenero del 2017 para la nca Paraso).

    Por ltimo, si las empresas son de los mismos propietarios, o

    de familiares, deben revelar el hecho de que esta transaccin sellev a cabo con partes relacionadas, a un valor diferente a loque sera un valor de mercado, de conformidad con las disposi-ciones contenidas en la Seccin 33 del Estndar Internacional

    para Pymes.

    Juan David Maya Herrera

    Contador pblico. Consultor en Estndares Internacionales

    Una entidad reconocer la gananciao prdida por la baja en cuentas deun elemento de propiedades, plantay equipo en el resultado del perodoen que el elemento sea dado debaja en cuentas.

    A su vez, el prrafo 17.28 establece el tratamiento de la ganan-cia o prdida, en los siguientes trminos:

    Una entidad reconocer la ganancia o prdida por labaja en cuentas de un elemento de propiedades, planta yequipo en el resultado del perodo en que el elemento seadado de baja en cuentas.

    Por su parte, el prrafo 17.30 aclara cmo se calcula la prdidao ganancia derivada de la disposicin del activo:

    Una entidad determinar la ganancia o prdidaprocedente de la baja en cuentas de un elemento depropiedades, planta y equipo, como la diferencia entre elproducto neto de la disposicin, si lo hubiera, y el importeen libros del elemento.

    De acuerdo con lo anterior, se analizan las siguientes variables:

    Valor de la venta: $550.000.000

    Fecha de la transaccin: 1 de noviembre del 2015Valor en libros para el vendedor: $2.000.000.000

    Valor neto recibido por la enajenacin: $550.000.000

    Prdida en la enajenacin:$2.000.000.000 $550.000.000

    = $1.450.000.000

    En la fecha de la transaccin, la entidad debe reconocer losiguiente:

    Cuenta DB CR

    PPE, nca Paraso $2.000.000.000

    Efectivo o cuentas por cobrar(valor recibido del comprador) $550.000.000

    Prdida en baja en cuentas de

    activo vendido$1.450.000.000

    Si el vendedor no hubiera revaluado el activo en la fecha delbalance de apertura, entonces el valor en libros del activo a lafecha de la venta (ignorando el importe de la depreciacin) sera

    de $500.000.000. En ese caso, el reconocimiento contable es:

    Cuenta DB CR

    PPE, nca Paraso $500.000.000

    Efectivo o cuentas por cobrar

    (valor recibido del comprador)$550.000.000

    Ganancia en venta de PPE $50.000.000

    Para analizar la transaccin desde el punto de vista del compra-dor, es necesario revisar el prrafo 17.9 del Estndar Internacio-nal para Pymes, el cual establece el tratamiento de una transac-cin de compra o adquisicin de un elemento de propiedades,

    planta y equipo, en los siguientes trminos:

  • 7/25/2019 Revista Actualicese No56 Mayo 2016 Vs

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    Actualida

    ACTUALCESE// Junio del 2016

    BENEFICIOS DE LA LEY

    PROJOVENNuevas empresas pueden crearse con exoneracin enel registro mercantil

    CONTABLE

    En mayo 2 del 2016 fue expedida laLey 1780, mejor conocida comoLey Projoven; entre sus artculos2 a 6 se estableci un benecio especial

    en materia de exoneracin del registromercantil para las nuevas empresas, tanto

    de personas naturales como jurdicas,pero conformadas por personas menoresde 35 aos.

    De acuerdo con las normas antes seala-das, y de conformidad con lo establecidoen el artculo 2 de la Ley 1429 del 2010,las nuevas empresas que se inscriban enCmaras de Comercio a partir del 2 demayo del 2016, sin importar si son em-

    presas de personas naturales o jurdicas,podrn estar exoneradas del valor de lainscripcin en el registro mercantil y de

    la renovacin del primer ao de dichamatrcula, solamente si se cumple la tota-lidad de las siguientes condiciones:

    Cuando la nueva empresa sea depersona natural, dicha persona tiene

    que tener como mximo 35 aos de edad.

    Cuando la nueva empresa sea depersona jurdica, como mnimo la

    mitad ms uno de sus acciones o cuotassociales le deben pertenecer a una o ms

    personas naturales con edades inferiores

    a los 35 aos.La renovacin de la matrculamercantil se tendr que hacer opor-

    tunamente (dentro de los tres primerosmeses del ao).

    No podrn acceder al benecio

    las nuevas empresas que aunquerenan los requisitos a) y b), al nal ter-minen teniendo el mismo objeto social,la misma nmina, o el mismo domici-lio, etc., de empresas que se disuelvan,

    liquiden, o escindan luego de la entradaen vigencia de la Ley 1780 del 2016 (verel artculo 6).

    Debern mantenerse al da en lapresentacin y pago de sus obliga-

    ciones tributarias y laborales.Este benecio contemplado en la Ley

    1780 del 2016 al nal es mucho msreducido que aquel que se concedi en elartculo 7 de la Ley 1429 del 2010, pueseste ltimo permita que las nuevas pe-queas empresas que se hubieran creadoentre diciembre 29 del 2010 y diciembre31 del 2014 (ver el pargrafo 1 del art-culo 65 de la Ley 1429 del 2010), podan

    pagar de forma reducida progresiva larenovacin de su matrcula mercantil

    durante sus primeros 5 aos y no solodurante su primer ao.

    Adems, es importante destacar que tantola Ley 1429 del 2010 como la Ley 1780del 2016, conceden benecios en materia

    de lo que cueste la matrcula mercan-til y su renovacin, pero no conceden

    benecios en materia de lo que cuesta

    la inscripcin de los establecimientoscomerciales que le pertenecern a la

    pequea empresa, ni de lo que cuestenlos derechos de renovacin de dichos

    establecimientos de comercio.Recurdese que en las Cmaras deComercio se cobra de forma indepen-diente tanto la matrcula mercantil y susrenovaciones, como la inscripcin deestablecimientos de comercio y sus reno-vaciones (ver los artculos 2.2.2.46.1.1y 2.2.2.46.1.2 del Decreto nico 1074de mayo del 2015, los cuales retomaronlas mismas medidas que hasta esa fechaestuvieron contenidas en los artculos 23y 24 del Decreto 393 de marzo del 2002).

    Tambin pueden disfrutarde los beneficios en materiadel impuesto de renta queconcede la Ley 1429 del 2010

    Es importante comentar que las nue-vas pequeas empresas que se creenluego del 2 de mayo del 2016 y que

    puedan acceder al benecio que les

    concede la Ley 1780 en relacin consu matrcula mercantil y su renovacin

    por el primer ao, tambin podran almismo tiempo acceder a los benecios

    en materia del impuesto de renta queles concede el artculo 4 de la Ley1429 del 2010, el cual est reglamen-tado con los artculos 1 a 6 y 8 a 10

    del Decreto 4910 de diciembre del2011(recurdese que el artculo 7 delDecreto 4910 del 2011 sigue suspen-dido por el Consejo de Estado y no seest aplicando en estos momentos).

    Dichos benecios se pueden utilizar

    durante los primeros 5 o 10 aos (de-pendiendo del departamento en que seinstalen) y consisten en:

    a. Tributar en el impuesto de rentay de ganancia ocasional de forma

    reducida progresiva.

    b. No estar sujetos a renta presuntiva.

    c. No estar sujetos a que se lespractiquen retenciones en la fuenteni a ttulo de renta ni a ttulo deganancia ocasional.

    Para poder optar por esos requisitos,las nuevas pequeas empresas, sin im-

    portar quines sean sus dueos, y quese estn inscribiendo en Cmaras deComercio luego de diciembre 29 del2010, solo tienen que preocuparse porllevar a la DIAN, antes de diciembre31 del ao en que se inscriban en lasCmaras de Comercio, los documen-tos del artculo 6 del Decreto 4910 del2011. Adems, deben asegurarse decontar en todo tiempo con un mximode 50 trabajadores y unos activos queno superen los 5.000 salarios mnimosmensuales legales vigentes.

    a.

    b.

    c.

    d.

    e.

    http://actualicese.com/normatividad/2016/05/02/ley-1780-de-02-05-2016/http://actualicese.com/normatividad/2016/05/02/ley-1780-de-02-05-2016/http://es.presidencia.gov.co/noticia/160502-Presidente-Santos-sanciono-ley-que-facilita-el-acceso-de-los-jovenes-a-trabajos-formales-y-de-calidadhttp://actualicese.com/normatividad/2010/12/29/ley-1429-de-29-12-2010/http://actualicese.com/normatividad/2015/05/26/decreto-1074-de-26-05-2015/http://actualicese.com/normatividad/2015/05/26/decreto-1074-de-26-05-2015/http://actualicese.com/normatividad/2015/05/26/decreto-1074-de-26-05-2015/http://actualicese.com/normatividad/2011/12/26/decreto-4910-de-26-12-2011/http://actualicese.com/normatividad/2011/12/26/decreto-4910-de-26-12-2011/http://actualicese.com/normatividad/2011/12/26/decreto-4910-de-26-12-2011/http://actualicese.com/normatividad/2011/12/26/decreto-4910-de-26-12-2011/http://actualicese.com/normatividad/2011/12/26/decreto-4910-de-26-12-2011/http://actualicese.com/normatividad/2011/12/26/decreto-4910-de-26-12-2011/http://actualicese.com/normatividad/2015/05/26/decreto-1074-de-26-05-2015/http://actualicese.com/normatividad/2015/05/26/decreto-1074-de-26-05-2015/http://actualicese.com/normatividad/2015/05/26/decreto-1074-de-26-05-2015/http://actualicese.com/normatividad/2010/12/29/ley-1429-de-29-12-2010/http://es.presidencia.gov.co/noticia/160502-Presidente-Santos-sanciono-ley-que-facilita-el-acceso-de-los-jovenes-a-trabajos-formales-y-de-calidadhttp://actualicese.com/normatividad/2016/05/02/ley-1780-de-02-05-2016/http://actualicese.com/normatividad/2016/05/02/ley-1780-de-02-05-2016/
  • 7/25/2019 Revista Actualicese No56 Mayo 2016 Vs

    18/57

    Entrevista

    8 ACTUALCESE// Junio del 2016

    La ltima reforma tributaria

    ha sido muy criticada porque

    su objetivo fue recaudar

    ms ingresos fiscales para

    suplir un dficit, pero fue

    insensible en su efecto sobre

    la inversin. A su vez, en la

    que est sobre los papeles no

    se observa que se encuentre

    diseada por el y para elposconflicto; as lo asegura

    Ricardo Ruiz,socio de

    impuestos de EY Colombia.

    PRXIMA REFORMA TRIBUTARIADebe ser amigable con la inversin y la generacin de empleo

    Ricardo Ruiz piensa que las refor-mas tributarias son mecanismosque impulsan o estancan laseconomas; por eso, el proyecto que secontemple para discusin legislativa debeser algo ms que una reforma recauda-toria, como su predecesora contenida enla Ley 1739 del 2014. En la prximareforma tributaria se debe considerar elestablecimiento de benecios tributarios

    para estimular la economa, la cual ac-tualmente est decreciendo, asegura.

    Aunque la visin estructural de unareforma debe considerar el recaudo y lasnecesidades de caja por parte del Estado,

    expresa Ruiz, es importante que se es-tablezcan objetivos trazados en el corto,mediano y largo plazo, buscando queesos cambios impulsen el crecimientoeconmico y permitan el funcionamientodel Estado, mientras que aseguran el cu-

    brimiento de los derechos fundamentalesde los colombianos.

    Por lo tanto, el objetivo principal dela prxima reforma tributaria debe serla bsqueda de un cambio positivo al

    sistema de tributacin de nuestro paspara que sea amigable con la inversiny la generacin de empleo, progresivo,simplicado y moderno, pero administra-ble bajo la realidad colombiana, diceRuiz.

    Para el socio de impuestos en EY Colom-bia, en un mundo de economa globali-zada, donde los capitales, las personasy los factores de produccin son movi-bles, el Congreso debera contemplar lavariable de la competitividad del pas almomento de disear el nuevo sistema.

    Al mirar el modelo tributario actual, entrminos generales, la ltima reformatributaria ha sido muy criticada porquesu objetivo fue recaudar ms ingresosscales para suplir un dcit, pero fue

    insensible en su efecto sobre la inversin.Sin embargo, hay temas que podranrescatarse, como por ejemplo la bs-queda de la asimilacin del impuesto

    sobre la renta para la equidad, conocidocomo CREE, alimpuesto sobre la renta,entre otros ajustes hechos por la anteriorreforma; tambin se reconoci la proce-dencia de prdidas scales, como lo hizo

    la Corte Constitucional, arma Ruiz.

    Otros puntos positivos fueron la exten-sin de la deduccin especial por inver-siones en ciencia y tecnologa para co-

    bijar las actividades de innovacin; y laprrroga, hasta el 2019, para que entre aregir la utilizacin obligatoria de mediosde pago para efectos de la aceptacin decostos, deducciones, pasivos e impues-

    tos descontables, pues las compaas noestaban listas para cumplir esta exigenciaen el 2015.

    Por otro lado, varias medidas adoptadaspor la reforma tributaria del 2014 sonsusceptibles de revisarse, por ejemplo,las tarifas estatutarias en los impues-tos corporativos sobre la renta frente aEstndares Internacionales. A ttulo dederecho comparado, con la creacin dela sobretasa al impuesto sobre la renta

    para la equidad CREE, a nivel corpo-rativo Colombia tiene una de las tarifasde impuesto sobre la renta ms altas delmundo; en efecto, la tarifa combinadaasciende hoy al 40%, frente a promediosinternacionales que oscilan en el 25%.

    De tal manera, sera conveniente evaluarlos dos impuestos que gravan la renta, yla eliminacin del impuesto a la riqueza,

    por su carcter antitcnico y cuyo efectoes castigar la inversin, al menos a nivelcorporativo, por los efectos negativos enel crecimiento econmico.

    A pesar de que la prxima reforma tribu-taria puede coincidir con la coyuntura del

    posconicto no encontramos que estdiseada para esto, luego de consultarel reporte del Comit de Expertos, con locual es necesario esperar a la propuestalegislativa ya que el proyecto de ley seradicara en el segundo semestre delao; situacin que podra coincidir conel momento en que se rmase la paz con

    la insurgencia, asegura Ruiz.

    Y agrega:En todo caso, el debateen Colombia no debe ser nicamentealrededor de una reforma tributaria pararecaudar ms ingresos, sino que tambin

    se debe plantear una reforma al gastodel Estado. Las estadsticas muestranque el crecimiento de este rubro es alto,

    y por ello, el esfuerzo para contar conun mejor sistema tributario debera seracompaado con un importante recortede gastos.

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    Opini

    ACTUALCESE// Junio del 2016

    RECERTIFICACIN

    PROFESIONAL?

    EditorContraparda,Novitas,RegistroContable,VademcumTomadodeContrapardaDeComputaonisJureOpinionesNmero2018,abril25de2016

    Por Hernando Bermdez Gmez

    No es correcto exigirque ()La inscripcin comoContador Profesional, deber certicarse cada tresaos(). En primer lugar, la forma como en Co-lombia certicamos una inscripcin de un contador pblico es

    la tarjeta profesional. En segundo lugar, debido a los derechosadquiridos y las situaciones jurdicas consolidadas, no creemosque sea conveniente desconocer la competencia profesional

    que una persona demostr en un momento dado, obligndola avolver a hacer de nuevo tal demostracin como si acabase determinar sus estudios. Otra cosa es que exijamos que los con-tadores mantengan su competencia para los servicios espec-cos que quieran realizar, lo cual, como lo plantea la profesinmundial a travs de IAESB, se logra mediante el aprendizajecontinuo.

    En todas las profesiones los estudiantes se ocupan de asigna-turas fundamentales, no tanto de los detalles y complejidadesde todas las prcticas posibles. Adems, cuando un egresado seincorpora al mundo del trabajo suele escoger ciertas modalida-des y abstenerse de practicar otras. As, mientras pierde com-

    petencia respecto de stas, adquiere una competencia superiorrespecto de las que lleva a cabo. Por eso se habla de actualiza-cin profesional. Porque lo que se espera es que el profesionalse mantenga al da y, si quiere adentrarse en nuevas tareas, se

    prepare para ellas.

    Los exmenes siempre han sido objeto de grandes controver-sias. En primer lugar, existe la dicultad de hacer un cues-tionario leal. No han faltado las ocasiones en las cuales los

    preparadores de la prueba introducen preguntas que a priori

    favorecen a unos y perjudican a otros. Por eso es importanteque el ordenamiento determine el mnimo de conocimientosrequeridos, evitando que unos intenten imponerles a otros sus

    propias concepciones, atacando las libertades de investigacinenseanza, ctedra, informacin, opinin y aprendizaje.

    En segundo lugar, existe muchos que indican que no es posible

    construir pruebas totalmente objetivas. Ms an: hay quienessostienen que se requiere de pruebas donde lo importante no seel resultado, sino el proceso seguido para alcanzarlo: es decir,el mtodo, la lgica, el juicio, la expresin. Por esto en otros

    pases la profesin contable ha recurrido a elaborar pruebas mediante procedimientos muy transparentes y colaborativos. Losexmenes practicados y sus respuestas se conocen por todos yson objeto de estudio, de aplauso o rechazo.

    Qu debemos hacer en Colombia? Regular la educacin delgraduado? Exigir cierta cantidad de horas de actualizacinen los asuntos respecto de los cuales se ejerce? Demandarcerticaciones, es decir, constancias de aprobacin, respecto

    de ciertos temas emergentes? Practicar exmenes peridicos?Constituir un organismo especializado para disear y aplicarlas pruebas? Reformar el Saber Pro y dejar la cuestin enmanos del Icfes? Recordemos el pasado. Lo que no supimosresolver en la dcada que se inici en 1950, nos ha trado hastaaqu en estado de desunin.

    Las publicaciones Contrapartida son escritas por miembros de la comu-nidad acadmica del Departamento de Ciencias Contables de la Facultad deCiencias Econmicas y Administrativas de la Ponticia Universidad Javeriana

    http://www.cpcpcolombia.org/cpcp/index.php?option=com_content&view=article&id=57&Itemid=64http://www.icfes.gov.co/index.phphttp://www.icfes.gov.co/index.phphttp://www.cpcpcolombia.org/cpcp/index.php?option=com_content&view=article&id=57&Itemid=64
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    Breves Laborales

    Responsabilidad enafiliacin y pago deaportes

    La Corte Constitucional ha sentenciadoque el no pago o la morosidad delempleador en el pago de las cotizacionesal sistema vulnera los derechos al mnimovital, seguridad social y dignidad humanade los trabajadores, pues imposibilita laobtencin de la pensin de vejez. De talmanera, el empleador tiene la obligacin yresponsabilidad de pagar oportunamente losaportes propios y de sus trabajadores.

    Prrroga del contrato detrabajo

    Si bien la ley faculta a las partesinvolucradas en la relacin laboral aprorrogar o renovar el vnculo contractualde manera voluntaria, ofrece ciertos

    parmetros para que esto se presente.Al respecto, el artculo 46 del CdigoSustantivo del Trabajo CST indica ensu numeral 2 que cuando se trate de unvnculo laboral con un trmino jo inferior

    a un ao, dicho contrato se podr renovarnicamente en tres ocasiones por perodosiguales o inferiores; posterior a esto, cadarenovacin se debe hacer por lo menos porun trmino de un ao.

    Aportes a seguridad porincapacidad de aprendiz

    Es importante destacar que durantela incapacidad de un aprendiz el

    contrato de trabajo se suspende mas nose naliza; por tanto, al an existir un

    vnculo contractual, el empleador nopuede esperar resultar exonerado desus responsabilidades, por ejemplo, del

    pago de los aportes al sistema general deseguridad social en salud SGSSS a sucargo. Es decir, debe continuar con lasrespectivas cotizaciones a favor de suaprendiz.

    Consecuencias de no conformar elCOPASST

    Cabe recordar que el COPASST es uno de los elementos relevantes delsistema de gestin de seguridad y salud en el trabajo SGSST; estebusca disminuir de manera ecaz los peligros y riesgos que se presenten

    con ocasin del trabajo. De tal manera, el incumplimiento de cualquiera delos mecanismos dados por el Decreto 1443 del 2015, como por ejemplo lano conformacin del COPASST, es considerado como una inobservanciaa lo ordenado por el SGSST y acarrea una sancin en los trminoscontemplados por el artculo 91 del Decreto 1295 de 1994.

    Proteccin del debido proceso

    Cabe recordar que si bien las acciones disciplinarias en el sector privadono son similares a las del sector pblico, eso no signica que el derechoal debido proceso se deba omitir. Es por esto que en virtud al artculo 29 de

    la Constitucin Poltica, todo aquel que haga uso de la facultad disciplinariay busque juzgar la conducta de terceros debe procurar un debido proceso.Dicha gestin, adems de quedar sustentada en un proceso disciplinario quecumpla los presupuestos legales, debe tener soporte en el reglamento internode trabajo.

    Bono alimenticio protege al cesante

    El bono de alimentacin es una prestacin econmica con la cual sebusca brindar un benecio al cesante, para que ante la ausencia de untrabajo pueda cubrir sus gastos alimenticios. Este equivale a un salario ymedio mnimo mensual (1,5 smmlv), el cual se debe dividir por el perodo

    de cobertura mxima (6 meses).

    Para que una persona pueda solicitar tal bono de alimentos, debe cumplirlos siguientes requisitos: a) Ser trabajador del sector pblico o privado,

    sin importar si es dependiente o independiente. b) Haber realizado aportes

    a las cajas de compensacin familiar por 1 ao continuo o 3 discontinuospara los dependientes, o 2 para los independientes. c) Encontrarse sin

    vnculo laboral vigente y no contar con otra fuente de ingresos. Y d) Estar

    inscrito en la Red de Servicios de Empleo.

    Entre 5% y 20%de personas se trasladan de manera acertada

    de un rgimen pensional a otroPor esta razn, la Superintendencia Financiera de Colombia emiti

    la Circular Externa 016 del 2016, cuyo objetivo es establecer elprocedimiento que debern tener en cuenta las administradoras de fondosde pensiones y Colpensiones cuando reciban solicitudes de traslado entre

    regmenes pensionales.

    La cifra

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    Breves Laborale

    Tutela ante negativa de licencia dematernidad

    Apesar de existir diversos pronunciamientos de la Corte Constitucionalexplicando por qu las EPS no pueden negar el pago de la licencia dematernidad, ha sido enftica al indicar que es necesario comprobarse laexistencia de una vulneracin al derecho fundamental del mnimo vital dela madre y su hijo que hubiese nacido por la falta de reconocimiento de la

    prestacin. Lo anterior para que la aliada pueda, mediante el ejercicio de la

    accin de tutela, salvaguardar sus derechos y los del menor.

    Cabe recordar que dicha licencia puede ser pagada total o parcialmente segnel perodo cotizado, es decir, que si la aliada no cotiz la totalidad del tiempo

    de gestacin no pierde el derecho a recibir la licencia de maternidad, sino quedebe serle reconocida proporcionalmente. Para esto es necesario tener en cuentalos siguientes aspectos: a) Si a la aliada le falt por cotizar menos de 2 meses

    del perodo de gestacin, la EPS debe reconocerle la totalidad de la licencia dematernidad. b) Si por el contrario dej de cotizar ms de 2 meses del perodo de

    gestacin, se le debe ordenar el pago proporcional de la licencia.

    Plan de retiro voluntariopara la terminacin delcontrato

    En algunas ocasiones, por motivos de cierrede plantas de personal, las empresas ysus trabajadores acuerdan planes de retirovoluntario, y posteriormente suscriben

    conciliaciones para niquitar las relacioneslaborales. Por tratarse de derechos de carcterlaboral por mandato de ley, tales acuerdosconciliatorios deben contar con la vigilancia,mediacin y aval de la autoridad del trabajo(en este caso Ministerio del Trabajo), a n

    de garantizar la proteccin de las garantasmnimas de los trabajadores y la legalidad dedichos acuerdos conciliatorios.

    Derechos laborales ciertos e indiscutibles

    En virtud a que las relaciones laborales, es decir entre trabajador y empleador,no se desarrollan dentro de un estado de igualdad, el artculo 14 del CdigoSustantivo del Trabajo busca impedir que las personas renuncien a sus derechostanto laborales como de seguridad social cuando estos son ciertos e indiscutibles,as dicho desistimiento sea voluntario o como resultado de un estado denecesidad. Por lo tanto, no se encuentra permitida la conciliacin o transaccinde estos derechos, y en caso de realizarse resultara viciada por alguna nulidad.

    Para entender cules son tales derechos es importante recordar dos de suscaractersticas: la primera es que no exista duda sobre su existencia y la segundaes que sean exigibles. Entre estos encontramos el salario, las vacaciones, lascesantas y los derechos pensionales.

    Permiso de estudiopara empleados

    El hecho que un empleado enmedio de su jornada laboral seencuentre estudiando no signica que

    el empleador tenga que sufragar loscostos del salario mensual, seguridadsocial y pago de prestaciones socialesa una persona que solamente trabajar

    por un determinado nmero de horas, que no cumple con la jornada de trabaj

    para la cual se le contrat.

    Es importante destacar que lospermisos que se deben otorgar son5: a) Para votar. b) Para desempear

    cargos ociales transitorios de forzosa

    aceptacin (jurado de votacin, olla