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Restricción a la circulación de mercancias por las carreteras catalanas, Verano 2012. El céntimo santario. El gobierno anuncia de la expulsión de los módulos a los transportistas.

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Redacción: Evaristo Magaña Galera, Conchi Estévez, Trinidad Magaña Caballero, Xavier Felani Rovira. Diseño gráfico: Marc Molner, DeBarris, sccl. Impresión: Zukoy5. Edita: ASTAC CONDAL, c/ Sardenya, 69-73 entlo. 08018 Barcelona. Publicitat: DeBarris, sccl - Tel. 93 217 44 10 - [email protected]. Depósito legal: B-29269-97.

ASTAC-INFO es una revista con intención divulgativa dedicada en exclusiva al sector del Transporte de Mercancías por Carretera, con una publicación bimensual de 6.000 ejemplares gratuitos. ASTAC no se responsabiliza de las opiniones que expresan los autores de los artículos contenidos en esta revista.ASTAC CONDAL. Tel. 902 427 822 - Fax 93 309 88 25www.astac.com – e-mail: [email protected], sccl no se hace responsable del contenido de los anuncios de esta publicación. En relación a cualquier derecho de propiedad intelectual y/o industrial sobre las fotografías, dibujos, logotipo y/o cualquier material proporcionado por EL CLIENTE a DeBarris, sccl para ser publicado en esta revista. EL CLIENTE asume que garantiza ser el titular de los derechos de los mismos o estar legalmente facultado para su uso eximiendo a DeBarris, sccl de cualquier responsabilidad al respecto.

3 Editorial

3 Indicador gasóleo

13 Visado

Y además...

14 Accidentómetro

15 Bolsa de trabajo: Ofertas y demandas Mercado de ocasión

INSTITUTO DE FORMACIÓN DEL TRANSPORTE

Formación: Formación Continua CAP. Materias Peligrosas. Capacitación Profesional. Perfeccionamiento en la conducción.

CRÓNICA DEL TRANSPORTE

Menor presupuesto para las ayudas al abandono de la actividad para transportistas de más de 58 años. El Presupuesto de este año será de un total de 20,5 millones de euros

El Parlamento Europeo en contra de eliminar la figura del gasóleo profesional para el transporte en 2013. División entre los Estados miembros

Controvertido “céntimo sanitario”. Las Comunidades Autónomas se unen a su imposición y solo algunas a su devolución

Sanción para los transportistas españoles que procedan de Marruecos con más de 200 litros de gasóleo en sus depósitos

Observatorios de costes, precios y actividad del cuarto trimestre de 2011

Resultados Plan Nacional de Inspección del Transporte 2011. Descienden un 5% el número de infracciones y sanciones impuestas

Francia implanta la obligatoriedad de llevar etilómetro

Retriccions a la circulació de mercaderies per les carreteres catalanes ESTIU 2012

INFORMACIÓN FISCAL

El Gobierno anuncia la expulsión de los módulos a los transportistas. Se agrava aún más la precariedad de nuestro sector.

AREA LABORAL

Europa exige a España la aplicación de la directiva comunitaria sobre el tiempo de trabajo de los conductores autónomos

DERECHO Y TRANSPORTE

El Tribunal Supremo declara ilegal la contratación por debajo de costes. La sentencia considera competencia desleal la imposición de precios a los transportistas por debajo

de costes.

45

12

1412

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Entre las últimas noticias, se debe destacar el anuncio, contenido en el Anteproyecto de ley de medidas de lucha contra el fraude fiscal, sobre la exclusión de los transportis-tas del régimen de módulos.

Efectivamente, una de las propuestas del Ministerio de Hacienda ha sido la preten-sión de establecer la imposibilidad de aco-gerse al régimen fiscal de estimación objeti-va por módulos a determinados colectivos, entre otros el de transportistas, si superan los 50.000 euros de facturación anual. Y ello, afectaría a gran parte del sector del transporte de mercancías por carretera, tanto por su composición (alto porcentaje de autónomos), como por la estructura de sus ingresos que engloba el coste del ejercicio de la actividad, comportando que el importe de facturación sea mucho mayor que el de otros colectivos, a pesar de que el beneficio es prácticamente nulo.

En resumen, si no se modifica finalmente esta propuesta de ley, se expulsará del ré-gimen de módulos a alrededor de 100.000 pequeños transportistas autónomos, que se encontrarán ante una situación catas-trófica.

Esta pretensión del Ministerio de Hacien-da no es nueva, siendo de conocimiento general que, periódicamente desde hace años, aparecen artículos o pronunciamien-tos en su contra en diferentes ámbitos, resultando particularmente llamativa la

editorial

oposición del cuerpo de inspección. No obstante, hasta ahora el gobierno no se había pronunciado sobre su eliminación y, el problema es que se ha realizado justo cuando el sector y la economía en general atraviesan uno de sus peores momentos.

Ante semejante noticia, una vez más hemos podido apreciar la poco o nula preocupación del Ministerio de Fomento por este sector, quién parece haberse despertado solo ante la presión de las asociaciones de transportistas por la grave situación que provocaría la adopción de esta medida.

Estos movimientos y la inquietud mani-festada por el sector han comportado que, de momento, el tema no esté nada claro, y tengamos que esperar para conocer la po-sición definitiva, porque tras el inesperado anuncio ahora nuestro gobierno está con-templando determinadas modificaciones, entre otras la cuantía de esta facturación, sobre rendimientos brutos, netos,…..

De todas formas, ante las múltiples ma-nifestaciones realizadas en contra de este régimen de módulos y las alegaciones de que se debe tributar igual que el resto de contribuyentes, como si el transporte aportara menos, lo que no deja de ser una apreciación sesgada e interesada de la realidad, no puedo dejar pasar la ocasión de evidenciar que ello no es cierto. En absoluto, dado que el transporte es uno

Evaristo Magaña GaleraPresidente de ASTAC CONDAL

de los sectores que más impuestos paga al Estado, al efecto nuestra herramienta de trabajo le proporciona por cada litro consumido más del 50% de impuestos, y eso es mucho dinero, más aún con la ince-sante subida del gasóleo, o con la discutida introducción del céntimo sanitario.

En consecuencia, y aún siendo suma-mente perjudicial en estos momentos la eliminación del régimen de módulos por la grave situación económica, creo que no es lo más importante, porque lo más importante seria que el precio del gasóleo no se incrementara incesantemente, así como que se disminuyera la fiscalidad para nuestro sector, igual que para los otros modos de transporte, eso sí que es de justicia tributaria. Lo más importante es que se subsanen las deudas de las autonomías respecto al céntimo sanitario (en Cataluña nos deben tres años). Lo más importante es que se nos respecte como sector.

3

Sin novedades importantesEl precio del gasóleo continúa sin grandes alteraciones en los primeros meses de este año. Ligeros descensos, a penas im-perceptibles en el bolsillo, en países como Alemania, Bélgica, Francia o Portugal, mientras que en los Países Bajos o en el caso de España se mantiene al final del primer cuatrimestre del año en el mismo baremo registrado ya en el mes de febrero.

INDICADOR GASÓLEO...INDICADOR GASÓLEO...

Fuente: IRU

PAÍS Febrero 2012 Abril 2012 ALEMANIA 1,512 1,505

AUSTRIA 1,421 1,432

BÉLGICA 1,550 1,538

ESPAÑA 1,380 1,380 ç

FINLANDIA 1,567 1,549

FRANCIA 1,460 1,456

GRECIA 1,544 1,556

IRLANDA 1,559 1,599 ç

ITALIA 1,721 1,734

LUXEMBURGO 1,279 1,277

PAÍSES BAJOS 1,499 1,499 ç

PORTUGAL 1,505 1,490

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Crónica del Transporte

Menor presupuesto para las ayudas al abandono de la actividad para transportistas de más de 58 años

El pasado 24 de mayo fina-lizaba el plazo de presenta-ción de solicitudes. Este año el presupuesto destinado se ha rebajado en un 50% como consecuencia de la actual crisis económica.

Con fecha de 24 de abril de 2012 se publicada en el B.O.E. la Resolución del Ministerio de Fomento de 17 de abril de 2012 por la que se convocaban las ayudas a transportistas autónomos de edad avanzada que deseen abandonar la actividad durante este año 2012. El plazo de presentación de las solicitudes finalizó el pasado 24 de mayo.

La principal novedad de esta nueva convocatoria, se ha encontrado en la

importante reducción de la cuantía presupuestada por el Ministerio de Fomento para dichas ayudas fruto de la actual situación económica, de forma que el presupuesto para este año será de un total de 20,5 millones de euros, es decir, un 50% menos respecto al año pasado.

Los requisitos para la solicitud de las ayudas eran los siguientes:• Ser transportistaautónomodemer-

cancías o viajeros dado de alta en este régimen en la Seguridad Social, de forma ininterrumpida, durante los últimos diez años. Se permitía, sin embargo, una única interrupción por periodo no superior a tres meses.

• Tenerunaedadigualosuperiora58años. También podían solicitarla las personas que con independencia de su edad tuvieran declarada una incapacidad permanente absoluta o

total para la profesión habitual.• Ser titular de forma ininterrumpida

durante los últimos 10 años de un máximo de tres autorizaciones (co-pias) de transporte público (debiendo al menos una encontrarse vigente en el momento de la solicitud), permi-tiéndose una única interrupción por periodo no superior a tres meses.

• No haber desaprovechado otrasayudas al abandono de la actividad en años anteriores.

El Ministerio de Fomento otorgará las

siguientes ayudas económicas a los que resulten beneficiarios:•Por laautorizaciónoautorizaciones

de transporte público 30.000 €.• Enelcasodetransportistasconedad

inferior a 65 años, adicionalmente 5.300 € por cada semestre completo que le falte hasta cumplir los 65.

El Parlamento Europeo en contra de eliminar la figura del gasóleo profesional para el transporte en 2013

El gasóleo profesional para el trans-porte por carretera fue establecido en el ámbito de la Unión Europea en el año 2003 con la aprobación de la Directiva 2003/96, que regula la fiscali-dad a aplicar por los diferentes Estados miembros en los carburantes, resol-viendo de este modo la discriminación histórica que el sector del transporte por carretera soportaba frente al resto de sectores profesionales consumidores de carburantes, ya que hasta ese año era el único sector que no contaba con una fiscalidad específica, a diferencia de otros sectores económicos como la agricultura, la pesca, la minería, o in-cluso los transportes aéreo, marítimo y ferroviario, sectores que sí disfrutaban de una exención total de impuestos en el carburante que consumen.

Tras casi diez años de vigencia del gasóleo profesional para el transporte por Carretera, la Comisión Europea elaboraba el pasado año un proyecto de modificación de la citada Directiva 2003/96, que entre otras cosas, prevé la derogación de la figura del gasóleo profesional para el transporte y el incre-mento de la actual fiscalidad que grava los carburantes en torno a un 10%, con

la excusa del impacto de la emisión del CO2 generado.

Afortunadamente, el Parlamento eu-ropeo aprobaba el pasado jueves 19 de abril, por 374 votos a favor y 217 en contra, el informe de la Eurodiputada popular Astrid Lulling en el que se de-fiende “el mantenimiento de la distinción entre el gasóleo profesional y el gasóleo de uso particular” con ocasión de la modificación de dicha Directiva.

En busca de la unanimidad...

Al tratarse de una modificación de una directiva de materia fiscal, se necesita la unanimidad de todos los Estados

miembros, hecho que resulta diíicil de conseguir ya que hay cinco países eu-ropeos (España, Italia, Bélgica, Francia y Alemania) que se han manifestado en contra de la desaparición del gasóleo profesional, mientras que hay siete a favor de su abolición (Luxemburgo, Austria, Holanda, Grecia, Suecia, Repú-blica Checa y Letonia). Por ello, la Unión Europea de Transportistas por Carretera (UETR), ha hecho pública su intención de seguir presionando a dichos Esta-dos miembros para que modifiquen su posición de cara a la próxima reunión del Consejo Europeo en la que se ana-lizará el proyecto de modificación de la Directiva europea.

LAS POSTURAS EUROPEAS....

En contra de la desaparición del gasóleo profesional

-España-Italia-Bélgica-Francia -Alemania

A favor de la desaparición del gasóleo profesional

-Luxemburgo -Austria -Holanda -Grecia -Suecia -República Checa -Letonia

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BREVE

Crónica del Transporte

Baleares se une a la devolución del céntimo sanitario y el Gobierno anuncia su desaparición en 2013

La comunidad de Baleares se suma a Valencia y Castilla-León al aprobar la devolución del céntimo sanitario a los transportistas. Sin embargo comunidades como Cata-lunya siguen negándose a aprobar la devolución pese a haber incrementado el impor-te del céntimo sanitario desde el pasado abril. Asimismo el Gobierno ha anunciado una disposición mediante la cual a partir del 1 de Enero de 2013 se deroga el impuesto sobre ventas minoristas de determinados hidrocarburos, es decir el impopular céntimo sanitario.

Con el inicio del mes de mayo entraba en vigor el Decreto Ley 4/2012 sobre Medidas Tributarias y Financieras apro-bado por el Consell de las Islas Baleares, que establece la puesta en marcha de una serie de nuevos impuestos y otras actuaciones tributarias encaminadas a paliar los efectos que la crisis económica está originando en dicha región.

Entre las medidas aprobadas, destaca la puesta en vigor del tramo autonómico del impuesto sobre las ventas minoristas de hidrocarburos (coloquialmente deno-minado céntimo sanitario), estableciendo un gravamen de 4’8 céntimos por litro,

con el que se estima recaudar más de 35 millones de euros anuales.

Además el Decreto-Ley introduce el sistema de devolución de la totalidad del impuesto para los transportistas de todas las especialidades del transporte (incluyendo los camiones) siguiendo el ejemplo de la medida aprobada el pasa-do mes de enero por la Comunidad Va-lenciana y en febrero por Castilla-León.

Poca sensibilidad en Catalunya...

A pesar del ejemplo seguido por Balea-res, Valencia o Castilla-León, el Gobierno catalán acordaba incrementar desde el pasado 1 de abril el tramo autonómico del impuesto al máximo permitido, esto es, 4’8 céntimos por litro, lo que se recogió en la Ley 5/2012 de medidas fiscales, sin que simultáneamente se haya aprobado el sistema de devolución del impuesto para el colectivo de transportistas, a diferencia de lo que han llevado a cabo las demás Comunidades autónomas que han aplicado también el recargo autonó-mico en su tramo máximo.

Solicitud de la devolución íntegra del céntimo sanitario

Por su parte y dada la lentitud o negación en algunos casos de permitir la devolución del céntimo sanitario, las organizaciones nacionales de transportistas solicitarán al Gobierno que se devuelva íntegramente a los transportistas la totalidad del céntimo sanitario que tienen establecidas las Co-munidades autónomas.

La medida solicitada sería de aplicación a todos los transportistas titulares de vehículos de transporte tanto pesados como ligeros, y exclusivamente de ser-vicio público.

Las organizaciones nacionales que in-tegran el Comité Nacional de Transporte por Carretera han mostrado su gran pre-ocupación por el incremento generalizado de la fiscalidad sobre los carburantes, a través del denominado impuesto so-bre ventas minoristas de hidrocarburos (céntimo sanitario), que están llevando a cabo las Comunidades autónomas, que en la actualidad aplican 12 Comunidades autónomas, con incrementos de hasta 4’8 céntimos por litro de carburante.

Las organizaciones rechazan esta fiscalidad por su carácter discrimina-torio, en primer lugar por contribuir a la financiación de la sanidad los transpor-tistas proporcionalmente muy superior al resto de ciudadanos por ser mayor el consumo de carburante, y en segundo lugar porque una vez más los restantes modos de transporte, como el ferroviario, marítimo y aéreo, han quedado exentos de su aplicación.

Por todo ello las organizaciones han acordado solicitar al Gobierno que, con ocasión de la próxima aprobación de la Ley de Presupuestos para 2012, se establezca la obligatoriedad para las Comunidades Autónomas de la devo-lución íntegra del tramo autonómico del céntimo sanitario que tengan establecida y del recargo autonómico del impuesto de hidrocarburos que lo sustituya a partir del próximo año.

Además también se demanda al Go-bierno que se modifique el ámbito de aplicación de los beneficiarios de dicha devolución íntegra del impuesto, de tal modo que resulten beneficiarios los transportistas titulares tanto de vehículos de transporte pesado como de transporte ligero a partir de 3’5 toneladas, y exclusi-vamente de servicio público por ser más eficiente que el transporte privado.

Obras de mejora en el túnel de la C-16 de Guardiola de Berguedà

El Departament de Territori i Sostenibilitat de la Generalitat ha comenzado ya las obras de mantenimiento y mejora del túnel de la C-16 en Guardiola de Berguedà. Las obras incluyen el saneamiento y refuerzo del túnel, la renovación del pavimento y la señalización y mejora de los elementos de seguridad. Este túnel tiene una longitud de 368 metros y dos carriles de circulación.

Estas actuaciones supondrán importan-

tes restricciones de tráfico: •Del 17deabrilamediadosde julio:

se cortará totalmente al tráfico el túnel. Durante este período, los dos sentidos del tráfico de la C-16 se desviaran por la C-1411z, por la travesía de Guardiola de Berguedà.•Demediadosde julioamediadosde

agosto: se cerrará el túnel a la circu-lación de lunes a viernes al mediodía,

abriéndose los fines de semana.•Demediadosdeagostoamediadosde

octubre: el tráfico circulará por un solo sentido del túnel de lunes a viernes al mediodía. Mientras que en el otro senti-do se desviará por la travesía de Guar-diola de Berguedà. Durante el fin de semana a partir del viernes a mediodía, se restituirá el tráfico en ambos sentidos de la circulación.

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Crónica del Transporte

ÚLTIMAS NOTICIAS

Más comunidades autónomas se unen a la devolución del céntimo sanitario.

Castilla-La Mancha también pone en marcha la devolución del céntimo sanitario a los transportistas desde el pasado 1 de mayo. Cantabria y Extre-madura también aprobarán en breve la devolución del céntimo sanitario.

Buenas notícias...

El Gobierno derogará el céntimo sanitario en 2013

El Gobierno ha incluido en el Proyecto de Ley General de Presupuestos para 2012 una disposición final mediante la cual a partir del 1 de enero de 2013 se deroga el impuesto sobre ventas minoristas de determinados hidrocar-buros (“céntimo sanitario”). Junto a lo anterior, la propia Ley de Presupuestos faculta a las Comunidades autónomas para que establezcan un recargo sobre el actual impuesto de hidrocarburos.

El céntimo sanitario, entró en vigor en enero de 2002 y grava el consumo de carburantes (gasolinas o gasóleos) con un sobrecargo en toda España (a ex-cepción de Canarias) de 2’4 céntimos (4 pesetas) en cada litro consumido por los profesionales (transportistas y taxistas principalmente) como por los restantes consumidores particulares. Asimismo en 10 Comunidades Autó-nomas se aplica un recargo superior que alcanza hasta los 4’8 céntimos de euro (8 pesetas) por litro.

Presión de la Comisión EuropeaLa Comisión Europea mediante dic-

tamen motivado el año 2008 instaba al Gobierno español a que modificara la legislación española por considerar que dicho impuesto no se ajustaba a la nor-mativa comunitaria, amenazando con presentar la correspondiente demanda ante el Tribunal de Justicia Europeo, si no corregía dicha situación ilegal.

Dicha decisión de la Comisión Eu-ropea contra el Gobierno español, no había sido ejecutada por el Gobierno español hasta la fecha, por lo que de dictarse una previsible sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que en la actualidad está conociendo del asunto, podría obligar a la Agencia Tributaria española a devolver a los consumidores profesionales y particu-lares lo recaudado en los últimos años por este impuesto, lo que supondría un importante quebranto económico para las arcas públicas superior a los 5.000 millones de euros, lo que acon-sejaba derogar la aplicación de dicho impuesto, a fin de no agravar la preca-ria situación financiera de la Hacienda española.

Sanción para los transportistas españoles que procedan de Marruecos con más de 200 litros de gasóleo en sus depósitos

En contra de lo que dicta el el Tratado Bilateral entre España y Marruecos, desde enero de este año, las diferentes Dependencias de Aduanas e Impues-tos Especiales de la Agencia Tributaria situadas en los pasos fronterizos de España con Marruecos (principalmente los puertos de Algeciras y Málaga) están procediendo a sancionar de forma alea-toria a los transportistas españoles que entran a nuestro país procedentes de Marruecos, si comprueban que en los depósitos de sus vehículos contienen más de 200 litros de gasóleo, obligán-doles a tributar el impuesto aplicable en nuestra legislación por el exceso de litros que supere dicho límite.

Dicha actuación sitúa a los transpor-tistas en una situación de indefensión jurídica y discriminación, por cuanto para la Agencia Tributaria resulta ma-terialmente imposible comprobar ni el origen del carburante ni el volumen exacto de litros que contiene el depó-

sito, con la paradoja de que tales ac-tuaciones sólo se llevan a cabo contra los transportistas españoles y no a los transportistas marroquíes que cruzan el Estrecho.

Queja presentada

Por ello las organizaciones nacionales de transportistas han planteado la co-rrespondiente queja ante el Ministerio de Hacienda con el objetivo de que se suspendan dichas actuaciones, ya que contravienen el Acuerdo Bilateral firmado entre España y Marruecos sobre transportes terrestres internacio-nales de mercancías en 1988, en cuyo artículo 5 del Protocolo se establece expresamente que en lo que se refiere al régimen aduanero aplicable a los vehículos matriculados en el territorio de cada uno de los países firmantes del Tratado, “los carburantes que se encuentren en los depósitos de los

vehículos no serán sometidos a nin-gún impuesto, derecho o tasa”.

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BREVE

Crónica del Transporte

Observatorios de costes, precios y actividad del cuarto trimestre de 2011

El pasado 13 de marzo se reunía en el Minis-terio de Fomento el Grupo de Trabajo de los Observatorios del sector del transporte de mercancías, formado por representantes de la Administración, de las asociaciones de trans-

portistas y de las asociaciones de empresas cargadoras. Dicho Grupo de Trabajo se reúne trimestralmente para proceder a la aproba-ción de la actualización de los Observatorios correspondientes al cuarto trimestre de 2011:

Observatorio de costes

Fruto de la subida del carburante en el último trimestre en 4’5% (anualmente se ha incrementado un 11%), los costes di-rectos totales para las 15 categorías de vehículos de transporte analizados presentan un incremento en el cuarto trimestre de 2011 respecto al trimestre anterior.

En consecuencia, para cada tipo de vehículo el incremento de los costes desde el anterior trimestre ha sido el siguiente:

Vehículo articulado de carga general ................................1’8%Vehículo de 3 ejes de carga general .................................1’5%Vehículo de 2 ejes de carga general .................................1’5%Vehículo frigorífico articulado ............................................1’9%Vehículo frigorífico de 2 ejes ..............................................1’5%Vehículo cisterna articulado de peligrosas químico ..........1’5%Vehículo cisterna articulado de peligrosas gases .............1’5%Vehículo cisterna articulado de alimentos .........................1’7%Vehículo cisterna articulado de pulverulentos ...................1’7%Portavehículos tren de carretera ........................................1’9%Tren de carretera: ...............................................................1’9%Vehículo articulado portacontenedores ............................1’7%Volquete articulado de graneles ........................................1’8%Volquete articulado de obra ..............................................1’2%Furgoneta ...........................................................................0’6%

Observatorio de precios

Los precios que perciben los transportistas disminuyen en los diferentes segmentos del transporte en función de la distancia recorrida en este cuarto trimestre de 2011 respecto del trimestre anterior. En consecuencia se incrementa la divergencia entre los costes y los precios similar a la que hubo en 2008.

Observatorio de actividad

Se observa una disminución de la actividad en el cuarto trimes-tre de 2011 respecto del año pasado en todos los segmentos del transporte analizados en función de la distancia recorrida, excepto en transporte intrarregional e internacional:

En transporte el total de segmentos del transporte ........ -1’1%En transporte nacional ..................................................... -3’4%

Los datos completos pueden consultarse en www.fomento.es

Un dato muy importante del Observatorio de Costes es que el índice de evolución de los costes del transporte de mercancías por carretera cerró el año 2011 con un total de 14,3 puntos porcentuales por encima del índice de precios, brecha que refleja con claridad la insostenible situación del sector. Con los costes al alza y los precios a la baja, la pér-

dida de rentabilidad del sector es claramente significativa. Aunque los precios crecieron en 2011 un 2,5% no sólo lo hicieron a una menor velocidad que los costes a lo largo de todo el ejercicio, sino que en el último tramo además descendieron, un ejemplo más de la grave situación que atravesamos.

Movilizaciones de los transportistas canariosEl pasado 12 de abril más de 1.600 transportistas se mani-festaron en las siete Islas Canarias. Dichas movilizaciones tuvieron como objetivo protestar entre otros temas por el intrusismo, la competencia desleal, las sanciones abusi-vas, los contratos escolares y el tacógrafo. Dicha protesta

fue ampliamente secundada. Según datos de las fuerzas de orden el paro fue seguido por 850 vehículos en Gran Canaria, en Tenerife por 500 vehículos, en El Hierro por 25 vehículos, en Lanzarote por 330 vehículos, en Fuerteventu-ra por 160 vehículos y por 80 vehículos en La Palma.

La subida de los costes asfixia al sectorLa subida de los costes asfixia al sector

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Publireportaje

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Resultados Plan Nacional de Inspección del Transporte 2011Descienden un 5% el número de infracciones y sanciones impuestas

Se han presentado recientemente los resultados del Plan Nacional de Inspec-ción de Transporte correspondiente al año 2011.

Las conclusiones recogen que tanto las infracciones detectadas como el importe total de las sanciones impues-tas se redujeron un 5% respecto al año anterior, recaudándose en total más de 144 millones de euros en 2011.

Entre los datos más significativos del mencionado Plan de Inspección desta-can los siguientes:

Infracciones detectadas: 141.044 (143.430 en 2010).Expedientes resueltos: 100.042 (125.584 en 2010).Importe de las sanciones resueltas: 144.043.000 euros (147.664.000 en 2010). Carencia de tarjetas de transporte: 14.425 infracciones (11.763 en 2010).Expedientes incoados por tiempos de conducción y descanso: 19.112 infracciones (18.186 en 2010).Expedientes incoados por limitador de velocidad: 1.510 infracciones (1.948 en 2010).Excesos de peso: 24.418 infracciones (27.616 en 2010).Infracciones en materia de transporte de mercancías peligrosas: 6.735 infracciones (4.723 en 2010).Infracciones en materia de transporte de mercancías perecederas: 2.447 infrac-ciones (2.902 en 2010).Infracciones en transporte internacional: 700 infracciones (788 en 2010).Infracciones en vehículos de viajeros de hasta 9 plazas: 1.172 infracciones (1.334 en 2010).Empresas que no visaron en el año 2011: 6.145 empresas requeridas con el resultado de 1.153 infracciones impuestas.Campañas de inspección a empresas cargadoras: 430 infracciones (484 en 2010).Campañas de inspección a intermediarios operadores de transporte: 578 infrac-ciones (572 en 2010).Controles realizados en carretera tanto por el Ministerio de Fomento como las Comunidades Autónomas: 9.785 vehículos (9.081 en 2010).Controles realizados por la Guardia Civil en carretera: 958.072 vehículos (896.625 en 2010).

Francia implanta la obligatoriedad de llevar etilómetroTodos los vehículos que cir-culen por Francia desde el próximo 1 de julio deberán llevar equipado un apara-to que impida su puesta en marcha si el conductor supera la tasa de alcohol permitida.

fabricante y deberá contar con una eti-queta de certificación o un distintivo del fabricante que indique que cumple con los requisitos exigidos, entre otros, que el vehículo quedará inmovilizado si se supera los límites permitidos. Todos los vehículos equipados con un certificado de inmovilizador del vehículo mediante etilómetro serán considerados que cum-plen con el Decreto.

Se admiten etilómetros fijos y portátiles

Los etilómetros exigidos podrán ser tanto fijos como portátiles, es decir, que serán admitidos tanto los etilómetros fi-jos que vengan instalados en el vehículo como también se admitirán los aparatos etilómetros portátiles, que pueden ser de estos tipos:•Etilómetro químicos: consistentes

en una bolsa o balón para insuflar, permiten un único uso, por lo que en este caso, las autoridades francesas recomiendan llevar a bordo dos dispo-sitivos, uno para comprobar el posible índice de alcoholemia y un segundo sin usar a disposición de los agentes para el caso de que fuera requerido. Tiene un coste de 2 €.

•Etilómetro electrónico: consiste en un pequeño aparato con boquillas intercambiables, que permite un uso repetido, si bien su coste es más ele-vado.

Los etilómetros deberán estar homo-logados y debidamente calibrados, en su caso, y además deberán encontrarse siempre dentro de su periodo de vigen-cia, incorporando etiqueta de certifica-ción o un distintivo del fabricante que indique que cumple con los requisitos exigidos.

Sanciones a partir de noviembre Aunque el Decreto que obliga a la

instalación del etilómetro entra en vigor el 1 de julio, hasta el 1 de noviembre no se impondrán sanciones.

El Gobierno francés ha establecido, mediante el Decreto nº 2012-284 del pasado 28 de febrero, la obligatoriedad de que a partir del 1 de julio de este año todos los vehículos a motor (excepto las motocicletas) que circulen por Francia lleven equipado un etilómetro a bordo, que comprobará si el conductor cumple los límites permitidos de consumo de alcohol para poder circular.

Dicha medida se exigirá además de a los vehículos franceses también a los vehículos no matriculados en Francia que circulen por dicho país. El apa-rato etilómetro debe disponer de un certificado de homologación, incluida la fecha de revisión, entregada por el

En Francia el límite de alcohol permitido está fijado en 0,25 miligramos por litro de aire expirado, tasa similar a la normativa española

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Crónica del Transporte

Retriccions a la circulació de mercaderies per les carreteres catalanes ESTIU 2012

Aquestes són les mesures de regulació del transport de mercaderies per les carre-teres les carreteres catalanes a l’estiu de 2012. Aquestes mesures es dicten amb

la finalitat d’una banda de garantir la mo-bilitat dels usuaris i la fuidesa de la xarxa viària i d’altra banda millorar la seguretat viària de tots el usuaris de les vies amb

ocasió de festivitats, períodes de vacances, desplaçaments massius de vehicles o bé d’altres circumstàncies que puguin afectar les condicions de la circulació.

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Crónica del Transporte

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Información Fiscal

Área Laboral

Europa exige a España la aplicación de la directiva comunitaria sobre el tiempo de trabajo de los conductores autónomos

La Comisión Europea ha exigido a nues-tro país- y a otros seis países más- que adopten las medidas necesarias para aplicar la directiva comunitaria sobre el tiempo de trabajo de los conductores autónomos bajo amenaza de llevar el asunto a la Justicia.

El ejecutivo comunitario ha remitido a los Estados miembros un dictamen motivado, segundo paso de los procedi-mientos de infracción, para reclamarles que en un plazo máximo de dos meses notifiquen las medidas adoptadas para garantizar que la legislación se respeta.

De no ser así, los países se podrían enfrentar a una denuncia ante el Tribunal de Justicia de la Unión, según ha recor-dado la Comisión Europea.

Bruselas exige el cumplimiento de las

normas mínimas de protección social para todos los trabajadores del transpor-te por carretera, recordando que desde 2009 esas reglas cubren también a los conductores autónomos.

Según recoge en un comunicado, los siete países en cuestión no han notifi-cado “la adopción de las disposiciones oportunas para incorporar la directiva a sus ordenamientos y aplicar las normas en materia de tiempo de trabajo de la di-rectiva a los conductores autónomos”.

Bruselas ha recordado que el incum-plimiento de esas normas europeas en algunos países permitiría a los profe-sionales del transporte por carretera superar el tiempo de trabajo semanal máximo y distorsionar así la compe-tencia respeto a los Estados miembros que sí han incorporado la directiva a sus

normas nacionales.En su día, la Comisión Europea pro-

puso excluir de forma permanente a los autónomos de estas normas, algo que nunca ha sido aceptado por el Parla-mento Europeo.

¿Qué establece la norma?

La norma vigente fija un límite de 48 horas semanales de trabajo para los conductores, aunque permite llegar a las 60 siempre que no se supere la media de 48 en un periodo de cuatro meses.

Asimismo establece toda una serie de normas comunes sobre el tiempo de conducción, los tiempos de carga y descarga, la asistencia a los pasajeros, la limpieza y mantenimiento, y los trámi-tes con la policía y las aduanas.

El Gobierno pretende expulsar de los módulos a los transportistas El anuncio del Antepro-yecto de ley de medidas de lucha contra el fraude fiscal que incluye la exclu-sión de los transportistas del régimen de módulos de Hacienda agrava aún más la precariedad de nuestro sector.

que soportan por el precio actual del gasóleo supera los 50.000 euros, lo que hace imposible en la práctica que ningún transportista pueda continuar acogido a dicho régimen dado que la facturación supera dicha cantidad, aunque en la actualidad no obtengan beneficio alguno.

Si no llega a modificarse la nueva propuesta de ley para el transporte, ello supondrá expulsar del régimen de mó-dulos a alrededor de 100.000 pequeños transportistas autónomos, a los que a partir de ahora se les obligará a sopor-tar una carga administrativa y contable similar a la de una gran empresa.

Anteproyecto de ley de medidas de lucha contra el fraude fiscal

La exclusión de los transportistas en el régimen de módulos se incluye en el Anteproyecto de ley de medidas de lucha contra el fraude fiscal. Este anteproyecto recoge por ejemplo la limitación del uso de efectivo en ope-raciones empresariales/profesionales. De este modo se limitan los pagos en efectivo a cantidades inferiores a 2.500 euros en los siguientes ámbitos de aplicación: – Operaciones realizadas entre empre-

sas y/o profesionales.– Operaciones realizadas por perso-

nas físicas con empresas y/o profe-sionales.

– No se aplica a las operaciones reali-zadas exclusivamente entre particu-lares.

– No se aplica a operaciones realiza-das con entidades de crédito.

Además el anteproyecto señala en esta materia que serán sujetos infractores tanto el pagador como el receptor del pago, la exoneración de sanción para el sujeto que voluntariamente comunique el pago en efectivo a la Administración en los tres meses de haberse producido el pago, además de establecer sanción por incumplimiento tanto al pagador como al perceptor del 25% del valor del pago satisfecho en efectivo.

Por su parte en relación a la exclusión del régimen de módulos se señala como datos principales que: •Seestablecelaexclusióndelrégimen

de estimación objetiva para aquellos empresarios que facturen menos del 50% de sus operaciones a particu-lares.

•Dicha exclusión solo operará paraempresarios cuyo volumen de rendi-mientos íntegros del año anterior sea superior a 50.000 euros.

•Lasactividadessusceptiblesdeexclu-sión son las afectadas por la retención del 1% incluyendo el transporte de mercancías por carretera.

Las asociaciones de transportistas consideran grave y discriminatorio el anteproyecto de ley aprobado por el Gobierno en Consejo de Ministros, por el cual se prevé la imposibilidad de aco-gerse al régimen fiscal de estimación objetiva por módulos a determinados colectivos, entre otros el de transpor-tistas, si superan los 50.000 euros de facturación anual. A diferencia de los otros sectores afectados por dicha me-dida, en los que su materia prima tiene un reducido coste económico, lo que en la práctica les permitirá a muchos de ellos seguir acogidos al régimen de módulos, por el contrario en el sector del transporte por carretera, todo el colectivo de transportistas se verán obligados a abandonar dicho régimen, por cuanto que ya sólo el coste anual

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Visado

Durante el año 2012 se deben renovar o visar las autorizaciones de transporte público, el visado se realiza cada dos años, coincidiendo siempre con los años pares. El mes para renovar dependerá de la última cifra del D.N.I. o C.I.F. del titular, es decir en enero si acaba en 1, febrero si es en 2 y así sucesivamente. En agos-to no se podrá visar, así que si la terminación es en 8 se renovará en septiembre, si es en 9 en octubre y si termina en 0 en noviembre. En diciembre tampoco se visará.

En abril si la última cifra del DNI/NIF es en 4En mayo si la última cifra del DNI/NIF es en 5En junio si la última cifra del DNI/NIF es en 6En julio si la última cifra del DNI/NIF es en 7

Las autorizaciones de transporte público caducadas por falta de visado podrán ser rehabilitadas por el órgano competente para su expedición, cuando así se solicite, en el plazo de un año contado a partir del vencimiento del plazo en que correspondía haber realizado el visado, y se aporte la documentación exigida para ello.

La rehabilitación se llevará a cabo sin perjuicio de la incoación del expe-diente sancionador por la comisión de la infracción leve tipificada en el artículo 199, n) del ROTT.

Visado de las tarjetas de transporte del Servicio Público

IMPORTANTE!!: VISADO 2012

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Derecho y Transporte

“ACCIDENTOMETRO”“ACCIDENTOMETRO”ACCIDENTES DE CAMIONES Y FURGONETAS EN CATALUNYA

DEL 1 DE MARZO AL 30 DE ABRIL

NOTA: Debemos indicar que para la confección de esta estadística se extraen los datos de: Prensa, Radio y Web de Interior de la Generalitat de Catalunya. Solo se incluyen los accidentes con victimas.

En dos meses 13 accidentes, 16 fallecidos, 4 heridos graves y 7 heridos leves

16fallecidos

F e c h a T i p o d e s i n i e s t r o L U G A R M E R C A N C Í A V Í C T I M A S06/03/2012 Choque frontal entre N-II Sant Julià de Ramis General Un muerto un camión y una furgoneta (Gironès)

06/03/2012 Colisión frontal ente N-II Girona (Gironès) General Un muerto un camión y un turismo y un herido leve

10/03/2012 Choque frontal entre C-25 Rajadell Planchas de aluminio Dos muertos y un camión, un todoterreno y una furgoneta (Bages) dos heridos graves

13/03/2012 Vuelco de un camión B-231 Esparreguera Residuos urbanos Un muerto (Baix Llobregat)

18/03/2012 Incendio de un camión C-58 Montcada General Sin heridos con semiremolque (Vallès Occidental)

01/04/2012 Atropello de un viandante Castellví de la Marca General Un muerto por parte de una furgoneta (Alt Penedès)

02/04/2012 Embestida de un camión N-340 L’Ampolla General Un muerto a un turismo (Baix Ebre)

03/04/2012 Salida de la vía de una furgoneta T-310 Pratdip (Baix Camp) General Un muerto

04/04/2012 Colisión entre un camión N-II Sils (La Selva) General Un muerto y una furgoneta

04/04/2012 Colisión entre dos turismos, C-12 Menàrguens (Noguera) General Dos muertos y un todoterreno y un camión grúa seis heridos leves

19/04/2012 Colisión entre un camión N-240 Juneda General Tres muertos de gran tonelaje y una furgoneta (Les Garrigues) y un herido grave alcanzado a un camión ligero

24/04/2012 Colisión entre tres C-25 Calonge de Segarra General Un muerto camiones-tractores (Anoia) y un herido grave

27/04/2012 Colisión entre un camión C-1412a Vilanova de l’Aguda General Un muerto y un vehículo 4X4 (La Noguera)

4 graves

7 leves

El Tribunal Supremo declara ilegal la contratación por debajo de costes

La sentencia desestimatoria del recurso de casación interpuesto por una empre-sa cargadora considera competencia desleal la imposición de precios a los transportistas por debajo de costes.

El Tribunal Supremo, mediante sen-tencia de fecha 29 de Febrero de 2012, confirma el fallo dictado, que confirma el fallo dictado en su día por la Audien-cia Provincial de Córdoba, la demanda planteada en su día por la asociación federada USINTRA contra la multinacio-nal fabricante de cobre Cunext Copper Industries. En dicha sentencia se con-dena de forma expresa a la empresa Cunext por “la conducta de la deman-dada de imponer a los transportistas precios de transporte por debajo de coste y al negarse a retribuirles por los tiempos de espera y los cambios de ruta” obligando a la empresa “a cesar en la mencionada conducta”.

Movilización de los transportis-tas cordobeses

En 2008 y durante más de un mes, más de 150 transportistas cordobeses estuvieron movilizándose frente a la sede de la multinacional ante su actitud que, lejos de acatar dicho fallo y cumplir la sentencia, decidió despedir a más de un centenar de transportistas cordo-beses que operaban en dicha fábrica, pertenecientes a las cooperativas de transportistas Cotranco y San Cristobal, lo que obligó a la Junta de Andalucía a intervenir para desbloquear la situación, servicio, produciéndose en algunos ca-sos bajas temerarias de hasta un 50%.

Reivindicación del sector

Las asociaciones del sector vienen reiterando desde hace meses la ne-cesidad de establecer un sistema que garantice que el transportista perciba un precio mínimo que le permita al me-nos cubrir sus costes, sancionando en caso contrario aquellas conductas que

induzcan a incumplir dichos objetivos, que se consideran básicos para una regulación ordenada y leal del sector y por su incidencia directa en la seguridad vial. Tales costes mínimos ya están cal-culados y actualizados por el Ministerio de Fomento mediante la aprobación y publicación trimestral del Observatorio de Costes que analiza la estructura de costes para 15 categorías diferentes de vehículos de transporte, estableciendo por cada uno de ellos un precio mínimo que permita cubrir al menos sus costes ( sin tener en cuenta ni tan solo un be-neficio mínimo).

Por todo ello se propondrá desde el sector el establecimiento de un sistema sancionador que sancione el incumpli-miento de la contratación de servicios de transporte sin cubrir los costes míni-mos, apoyándose en las estructuras de costes de explotación de los diferentes tipos de vehículos de transporte que se analizan en el Observatorio de Cos-tes antes citado, regulado en el art.29 punto 7 del Reglamento que desarrolla la LOTT.

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Accesos para vehículos industrialesUno de los riesgos laborales que tene-mos los transportistas u operarios, es subir y bajar de las carrocerías de los vehículos, ya que muchas veces debe-mos superarlas trepando por elemen-tos externos de la corrocería produci-éndose caídas.

Coclocando elementos externos o trepando por las carrocerías que suelen estar a una altura considerable (sobre 1,20 metros del suelo), este proyecto

se idea basándose en la experiencia de años de presentar caídas, con los con-siguientes daños físicos, y en algunos casos, quedando secuelas.

Este acceso se basa en una escalera fija integrada en la carrocería del vehí-culo -no sobresale ninguna de las par-tes- facilitando tanto el subir como el bajar sin que haya riesgo de caída, de una forma cómoda, manteniendo las ca-racterísticas para efectear la carga.

Descripción de la escalera

• No pierde espacio de carga. Cu-ando se utiliza, lastrampollas se ci-erran y se puede despositar carga encima.

• En su parte inferior, un peldañoabatoble o móvil posibilita aumen-tar la altura sobre el suelo.

• Lastrampillas,comolaspuertas,seabren de tal manera que se quedan colocadas como medida de segu-ridad para que no haya caídas del interior de la carrocería.

• Suministro kit de montaje paramontar en carroceros.

Escalera fija quedando integrada a la carrocería sin que sobresalga ninguna de sus partes, con un acceso fácil y con mayor comodidad, sin riesgos de caídas al subir o bajar.

ACCESO MEJORADO PARA VEHÍCULOS INDUSTRIALES

Eleuterio BurilloTel: +34 639 828 038e-mail: [email protected]

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