rm 279-2019-mtc 01...suscripción del acta de fusión y transferencia de fecha 11 de marzo del 2019....

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ot.ICA De . 279-2019 MTC/01 Lima, 12 12 de abril de 2019 VISTOS: El Informe N° 001-2019-MTC/CTF de la Comisión encargada de coordinar y ejecutar el proceso de fusión y la transferencia de los bienes muebles e inmuebles, recursos, personal, acervo documentario, derechos, obligaciones, convenios y contratos, pasivos y activos correspondientes, entre otros, del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Memorándum N° 734-2019-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 031-2019-MTC/09.05 de la Oficina de Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 018-2018-MTC, se aprueba la fusión del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones — FITEL con personería jurídica en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, correspondiéndole a este último la calidad de entidad absorbente y la administración del Fondo, el cual mantiene su intangibilidad, cuyo proceso de fusión concluye en un plazo no mayor de noventa (90) días calendario; Que, el referido Decreto Supremo a su vez crea el Programa Nacional de Telecomunicaciones — PRONATEL, dependiente del Viceministerio de Comunicaciones, cuyo objetivo es la provisión de acceso universal de servicios de telecomunicaciones, el desarrollo de la banda ancha en su ámbito de intervención, la promoción de servicios, contenidos, aplicaciones y habilidades digitales y la reducción de la brecha de infraestructura de comunicaciones, a nivel nacional; o .1 Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 018- 2018-MTC, dispone que PRONATEL inicia operaciones a partir del día siguiente de la Te aprobación de su Manual de Operaciones; y que en tanto PRONATEL inicie operaciones, proyectos y actividades a cargo de FITEL continúan siendo financiadas y ejecutadas su Secretaría Técnica, sujetándose a los acuerdos de la Comisión de Transferencia, n afectar la operatividad ni la ejecución de las mismas, en el marco de las disposiciones establecidas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, con Resolución Ministerial N° 998-2018 MTC/01, se constituye la Comisión de Transferencia, encargada de coordinar y ejecutar el proceso de fusión y la transferencia de los bienes muebles e inmuebles, recursos, personal, acervo documentario, derechos, obligaciones, convenios y contratos, pasivos y activos correspondientes, entre otros, del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones al Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

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ot.ICA De.

279-2019 MTC/01 Lima, 12 12 de abril de 2019

VISTOS: El Informe N° 001-2019-MTC/CTF de la Comisión encargada de coordinar y ejecutar el proceso de fusión y la transferencia de los bienes muebles e inmuebles, recursos, personal, acervo documentario, derechos, obligaciones, convenios y contratos, pasivos y activos correspondientes, entre otros, del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Memorándum N° 734-2019-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 031-2019-MTC/09.05 de la Oficina de Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 018-2018-MTC, se aprueba la fusión del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones — FITEL con personería jurídica en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, correspondiéndole a este último la calidad de entidad absorbente y la administración del Fondo, el cual mantiene su intangibilidad, cuyo proceso de fusión concluye en un plazo no mayor de noventa (90) días calendario;

Que, el referido Decreto Supremo a su vez crea el Programa Nacional de Telecomunicaciones — PRONATEL, dependiente del Viceministerio de Comunicaciones, cuyo objetivo es la provisión de acceso universal de servicios de telecomunicaciones, el desarrollo de la banda ancha en su ámbito de intervención, la promoción de servicios, contenidos, aplicaciones y habilidades digitales y la reducción de la brecha de infraestructura de comunicaciones, a nivel nacional;

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.1 Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 018- 2018-MTC, dispone que PRONATEL inicia operaciones a partir del día siguiente de la

Te aprobación de su Manual de Operaciones; y que en tanto PRONATEL inicie operaciones,

proyectos y actividades a cargo de FITEL continúan siendo financiadas y ejecutadas su Secretaría Técnica, sujetándose a los acuerdos de la Comisión de Transferencia,

n afectar la operatividad ni la ejecución de las mismas, en el marco de las disposiciones establecidas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, con Resolución Ministerial N° 998-2018 MTC/01, se constituye la Comisión de Transferencia, encargada de coordinar y ejecutar el proceso de fusión y la transferencia de los bienes muebles e inmuebles, recursos, personal, acervo documentario, derechos, obligaciones, convenios y contratos, pasivos y activos correspondientes, entre otros, del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones al Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, asimismo, la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución Ministerial N° 146-2019-MTC/01 que aprueba el Manual de Operaciones de PRONATEL, entre otros aspectos, establece que, el inicio de actividades y funcionamiento del PRONATEL, se realiza de manera progresiva conforme se vayan culminando los procesos de fusión y de transferencia establecidos en la citada norma, con la suscripción de las actas de transferencia por los representantes de la comisión constituida para dicho fin, y la aprobación de los actos resolutivos que correspondan, precisando las fechas en que PRONATEL inicia el ejercicio de sus funciones;

Que, en ese contexto, mediante Informe N° 001-2019-MTC/CTF la Comisión de Transferencia sustenta la realización de sus actividades, señalando que el proceso de fusión y transferencia ha culminado dentro del plazo establecido para ello, con la suscripción del Acta de Fusión y Transferencia del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones al Ministerio de Transportes y Comunicaciones efectuada el 11 de marzo de 2019, diligencia que contó con la participación del veedor del Órgano de Control Institucional de este Ministerio;

Que, con Memorándum N° 734-2019-MTC/09 la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en atención a lo señalado en el Informe N° 031-2019-MTC/09.05 de la Oficina de Modernización, que hace suyo, expresa su opinión favorable respecto a la culminación del proceso de fusión del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones — FITEL en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo dispuesto en los Lineamientos de Organización del Estado aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, y a los documentos presentados por la Comisión de Transferencia;

Que, en ese contexto, habiendo culminado el proceso de fusión por absorción del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones — FITEL al Ministerio de Transportes y

municaciones, conforme a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo N° 018-8-MTC, corresponde emitir la Resolución Ministerial formalizando la culminación del

eferido proceso y precisar la fecha de inicio del ejercicio de las funciones del Programa Nacional de Telecomunicaciones — PRONATEL;

Con los vistos del Despacho Viceministerial de Comunicaciones, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Resolución Ministerial N° 145-2019 MTC/01; y el Decreto Supremo N° 018-2018-MTC;

‘1531..ICA D p

279-2019 MTC/01

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Formalizar la culminación del proceso de fusión por absorción del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dispuesto en el Decreto Supremo N° 018-2018-MTC, a partir de la suscripción del Acta de fusión y transferencia de fecha 11 de marzo del 2019.

Artículo 2.- Precisar conforme a lo dispuesto en la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución Ministerial N° 146-2019-MTC/01, que el inicio del ejercicio de las funciones del Programa Nacional de Telecomunicaciones — PRONATEL, se realiza a partir de la suscripción del Acta de fusión y transferencia a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc).

Regístrese y comuníquese.

EDMER IRUJILLO MORE Ministro de Transportes y Comunicaciones