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2018 RUTA DE ATENCIÓN www.cibercolegioucn.edu.co Convivencia E·S·C·O·L·A·R

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2018RUTA DEATENCIÓN

www.cibercolegioucn.edu.co

Convivencia E·S·C·O·L·A·R

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RUTA DE CONVIVENCIA ESCOLAR

La siguiente es la ruta para la atención, intervención y seguimiento en situaciones de convivencia escolar, la cual favorece los procesos de inclusión, equidad y respeto por la diferencia:

RUTA UNO

Identifique el tipo de situación presentada.

La siguiente es la clasificación por tipo de situaciones correspondiente a las características presentadas:

CARACTERÍSTICAS

CLASIFICACIÓN

TIPO 1 TIPO 2 TIPO 3

» Son conflictos de convivencia maneados inadecuadamente, son esporádicos, no causan daños físicos al cuerpo, la salud e estado emocional.

X

» Son conflictos de convivencia que se presentan de manera repetida y sistemática, causan daños físicos al cuerpo y a la salud mental sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los implicados.

X

» Situaciones de convivencia constitutivos de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual a uno o varios miembros de la comunidad educativa.

X

» Fuente: Ministerio de Educación Nacional

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RUTA DOS

Reconozca los mecanismos de atención e información inmediata de acuerdo con el tipo de situación presentada.

Los siguientes son los responsables y el medio de comunicación que tienen los diferentes miembros de la comunidad educativa para reportar diferentes situaciones de convivencia según el tipo:

TIPO DE CONVIVENCIA RESPONSABLE DE ATENCIÓN MEDIO DE COMUNICACIÓN

NIVEL 1 Director de grupoCorreo institucional y herramientas de comunicación sincrónica (Skype)

NIVEL 2 Comité de Convivencia Escolar

Correo electrónico: [email protected]éfono: (4) 6051535 ext. 4025

NIVEL 3

Comité de Convivencia Escolar

Correo electrónico: [email protected]éfono: (4) 6051535 ext. 4025

Autoridades competentes

Policía de Infancia y Adolescencia:Teléfono: 018000 910 112

Policía atención de emergencia: teléfono 123

Fiscalía General de la Nación:Teléfono: 57 (1) 5702058

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar:Teléfono: 01 8000 91 80 80

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RUTA TRES

Reconozca los mecanismos de intervención a partir de acciones pedagógicas para el restablecimiento de derechos y deberes según el tipo de situación.

Las siguientes son las acciones pedagógicas estipuladas por el Comité de Convivencia Escolar para la atención de situaciones que afectan la convivencia según el tipo:

TIPO 1 TIPO 2 TIPO 3

» Mediar de manera pedagógica con las personas involucradas.

» Brindar atención inmediata en salud física y mental de los afectados

» Brindar atención inmediata en salud física y mental de los afectados.

» Fijar formas de Solución de manera imparcial, equitativa y justa y acciones para la reparación de los daños causados, el establecimiento de los derechos y la reconciliación.

» Remitir la situación a las autoridades administrativas cuando se requieran medadas de restablecimiento de derechos.

» Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes

» Establecer compromisos y hacer seguimiento por parte del director de grupo.

» Adoptar medidas de protección para los involucrados para evitar posibles acciones en su contra.

» Informar de la situación a la Policía Nacional (Policía de Infancia y Adolescencia)

» Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes.

» Citar a los integrantes de Comité y ponerles en conocimiento del caso.

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» Generar espacios para exponer y precisar lo acontecido.

» Adaptar las medidas propias para proteger a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada.

» Determinar acciones restaurativas para la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación.

» Realizar el reporte en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

» El comité Escolar de Convivencia realiza el análisis del caso y seguimiento de las soluciones.

» Realizar seguimiento por parte del Comité Escolar de Convivencia, de la autoridad que asume el conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo.

» Fuente: Ministerio de Educación Nacional » Tomado de: https://www.mineducacion.gov.co/1759/articles-322486_archivo_

pdf_ruta.pdf

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RUTA CUATRO

Identifique los protocolos para la recepción, radicación de quejas y seguimiento al proceso.

Para el trámite de quejas o reportes de novedad, el afectado o cualquier miembro de la comunidad educativa lo puede hacer teniendo en cuenta el siguiente proceso:

TIPO PROCESO MEDIO

NIVEL 1

1. El afectado u otro miembro que presencie la situación comunica al director de grupo la novedad presentada

Correo institucional y herramientas de comunicación sincrónica (Skype)

2. El director de grupo revisa la solicitud, dialógica con los implicados, y genera las acciones pedagógicas en consecuencia con la situación.

Herramientas de interacción sincrónica (Aula Adobe Connect o Skype)

3. El director de grupo en un periodo de tiempo no superior a diez días hábiles revisa nuevamente la situación y verifica que los compromisos asignados se han cumplido.

Herramientas de interacción sincrónica (Aula Adobe Connect o Skype)

4. El estudiante afectado o acudiente solicita al director de grupo reporte de las acciones aplicadas en un tiempo no superior a diez días hábiles

Herramientas de interacción sincrónica (Aula Adobe Connect o Skype)

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NIVEL 2

1. El afectado u otro miembro de la comunidad educativa que presencie la situación comunica a una de las siguientes áreas: Comité de convivencia escolar, director de grupo o directivos docentes.

Correo electrónico: [email protected]

Llamada telefónica o herramientas de interacción sincrónicas.

Teléfono: (4) 6051535 ext. 4025

2. Quien reciba la solicitud, comunica de manera oportuna al área de Psicología, para que esta a su vez convoque a los implicados, escuche la versión de los hechos, y la reconstruya a través de fuentes secundarias y demás material zprobatorio

Correo electrónico: [email protected]éfono: (4) 6051535 ext. 4025

3. Reunido el material, con evidencia probatoria, se convoca al comité de convivencia, liderado por la rectoría, en un tiempo no mayor a 24 horas, para que analice la información suministrada y genera las acciones pedagógicas correspondientes.

Herramientas de interacción sincrónica (Aula Adobe Connect o Skype) u oficinas de la institución educativa.

4. El Comité de Convivencia, en un periodo de tiempo no mayor a cinco días hábiles, revisa nuevamente la situación y verifica que los compromisos asignados se han cumplido o, en caso contrario, genera las acciones correspondientes para su mediación, e informa de los resultados a los estudiantes y respectivos acudientes.

Herramientas de interacción sincrónica (Aula Adobe Connect o Skype) u oficinas de la institución educativa.

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NIVEL 3

1. El afectado u otro miembro que presencie la situación comunica a una de las siguientes áreas: Comité de convivencia escolar, director de grupo o directivos docentes.

Correo electrónico: [email protected]

Llamada telefónica o herramientas de interacción sincrónicas.

Teléfono: (4) 6051535 ext. 4025

2. Quien reciba la solicitud, comunica de manera oportuna a la rectoría, para que este a su vez convoque a los implicados, escuche la versión de los hechos, y con el apoyo de la coordinación académica, área de psicología y atención y seguimiento a estudiantes reconstruyen a través de fuentes secundarias y demás material probatorio, generen informe para ser presentado al comité de convivencia.

Correo electrónico: [email protected]

3. Reunido el material, con evidencia probatorias, se convoca al comité de convivencia en un tiempo no mayor a 24 horas, para que analice la información suministrada y genera las acciones pedagógicas correspondientes.

Correo electrónico:[email protected]

4. El Comité de Convivencia en un periodo de tiempo no superior a cinco días hábiles revisa nuevamente la situación y verifica que los compromisos asignados se han cumplido, o en caso contrario genera las acciones correspondientes para su mediación.

Reunión en oficinas de la institución y se consigna en acta.

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RUTA QUINTA

Identifique los protocolos para la recepción, radicación de quejas y seguimiento al proceso.

Para el trámite de quejas o reportes de novedad, el afectado o cualquier miembro de la comunidad educativa lo puede hacer teniendo en cuenta el siguiente proceso:

1. Principios:

1. Diálogo: herramienta mediadora en las relaciones interpersonales, la cual a través de la escucha empática y de la inteligencia emocional de ambas partes, contribuye a la adecuada resolución de conflictos suscitados en el diario vivir.

2. Respeto: sentimiento positivo que le permite al ser humano reconocer al otro como persona sujeta de derechos y deberes, con igual dignidad y valor al propio.

3. Verdad: valor ético que se presenta cuando existe coherencia entre el pensar, decir y actuar.

4. Reparación: capacidad que tiene la persona para reconocer sus faltas y actuar de manera correctiva sobre estas, con el fin de aminorar las consecuencias negativas que se desencadenan a partir de los actos fallidos y que perjudican la sana convivencia en su entorno inmediato.

5. Reconciliación: restablecimiento de los vínculos personales, familiares y sociales, que se han visto quebrantados en las relaciones humanas a causa de los conflictos.

2. Mecanismos de mediación pedagógica para la reconciliación y reparación de daños causados

TIPO MEDIACIÓN PEDAGÓGICA RECONCILIACIÓN REPARACIÓN TIEMPO DE EJECUCIÓN

NIVEL 1

» El director de grupo propicia espacios de diálogo entre las partes.

» Escucha empática y fraterna entre las partes.

» Quien hace la afectación ofrece disculpas al afectado, y este asume una actitud de aceptación y en conjunto se comprometen a no repetir acciones que limiten la sana convivencia.

3 días hábiles

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NIVEL 1

» El director de grupo genera procesos de sensibilización a través del desarrollo de actividades que propendan por una buena convivencia, y establece compromisos, acciones de seguimiento, formas de solución de manera imparcial, equitativa y justa para la reparación de los daños causados.

» Genera-ción de com-promisos para aportar al desarrollo de conviven-cia armonio-sa.

» Los estudiantes y el director de grupo se comprometen a trabajar por una sana convivencia y apoyar a quienes se han visto afectados por la situación, con el fin de contrarrestar los efectos negativos que se hayan generado en ambas parte quien ha generado afectación para que corrija su comportamiento.

3 días hábiles

NIVEL 2

» El acudiente, monitor, docente o directivo docente acompañan al afectado para brindarle atención inmediata en salud física y mental.

» Acom-pañamiento fraterno.

» Seguimiento y acompañamiento periódico.

Inmediata

» Recibida la si-tuación por parte de uno de los miembros del comité de convi-vencia escolar, este genera las acciones pertinentes orien-tadas a: espacios de diálogo de manera independiente escu-chando las partes, buscando principio de verdad y repa-ración de daños de los afectados hasta donde sea posible.

» Escucha fraterna y renocomien-to de erro-res.

» Quien hace la afectación reco-noce su error y se compromete a generar diálogo con el afectado.

2 días hábiles

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NIVEL 2

» De tener un ambiente propicio para el diálogo entre las partes, el comité de Convivencia les cita, y de manera ordenada cada uno expone cómo sucedieron los hechos.

» Escucha fraterna, respeto por las opinio-nes y reco-nocimiento de errores.

» Quien incurre en la falta ofrece disculpas al afec-tado, comprome-tiéndose a la no reincidencia y de acuerdo con los daños causados genera repara-ción.

» Quien(es) reciba(n) la afec-tación asume(n) una actitud de escucha respe-tuosa, de con-ciliación para llegar acuerdos con respecto a la reparación a recibir.

» De no tener un ambiente propicio para el diálogo entre las partes, el comité de Convivencia genera diversas estrategias a través del área de bienestar y pastoral para lograr persuasión y que permita escenarios de reconciliación y reparación.

» Escucha fraterna, respeto por las opinio-nes y reco-nocimiento de errores.

» Quien hace la afectación ofre-ce disculpas, y se compromete a generar actitud abierta para lo-grar conciliación y acuerdo entre las partes para reparar los daños causa-dos.

» Quien(es) reci-ba(n) la afectación se acompaña para que asuma(n) una actitud de escucha respetuosa, de conciliación para llegar a acuerdos con respecto a la reparación.

2 días hábiles

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NIVEL 2

» Quien genere afectación participa en curso de formación según la situación de convivencia efectuada, y genera las acciones de reparación.

» Escucha respetuosa

» La persona implicada genera proceso de reflexión y compromiso para no repetición.

3 días hábiles

» De las medidas adoptadas por el Comité de Convivencia, se comunican de manera inmediata a los padres, madres o acudientes e implicados.

» Comuni-cación, escu-cha respe-tuosa

» Las personas implicadas reciben por parte de la institución el acompañamiento y asesoría para la restauración de derechos y deberes.

3 días hábiles

» El Comité de Convivencia y demás miembros de la comunidad educativa, deben adoptar medidas de protección para los involucrados con el fin de evitar posibles acciones en su contra

» Protec-ción

» Las personas implicadas reciben por parte de la institución el acompañamiento y asesoría necesarios.

Inmediata

NIVEL 3

» El acudiente, monitor, docente o directivo docente acompañan al afectado para brindarle atención inmediata en salud física y mental.

» Acom-pañamiento Fraterno

» Acompa-ñamiento para la atención a la situación.

Inmediata

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NIVEL 3

» La rectoría o directivo docente informa de manera inmediata a los padres, madres o acudientes Policía Nacional (Policía de Infancia y Adolescencia) e informan sobre la situación presentada.

» Diálogo fraterno

» Acompaña-miento personal y familiar frente a la situación pre-sentada, segui-miento periódico al proceso.

Inmediata

» Citar a los inte-grantes del Comité de Convivencia Escolar y ponerles en conoci-miento del caso, con el fin de adoptar las me-didas para proteger a la víctima, a quien se le atribuye la agre-sión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada y generar las accio-nes pedagógicas que corresponda.

» Diálogo fraterno

» Acompaña-miento a la situa-ción.

Inmediata

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NIVEL 3

» Para el caso de las faltas cometidas por los estudiantes y que no son motivo de pérdida de cupo, la institución genera estrategias de for-mación, intervención y acompañamien-to permanente por parte del Comité de Convivencia Escolar, área de Bienestar y Pastoral y Rectoría para modificar prác-ticas de comporta-miento que limitan la sana convivencia y el proceso de formación integral.

» Escucha fraterna, respeto por las opinio-nes y reco-nocimiento de errores

» Quien hace la afectación ofrece disculpas, y se compromete a generar actitud abierta para lo-grar conciliación y acuerdo entre las partes para reparar los daños causados.

2 días hábiles

» Quien fuese víc-tima, recibe acompa-ñamiento permanen-te para él y su familia por parte del área de bienestar y pastoral y del director de grupo

» Escucha respetuosa, sanación espiritual y emocional

» Apoyo psico-lógico y espiritual para la recupera-ción.

2 días hábiles

» Quien genere afectación participa en curso de forma-ción en orden a la situación falta come-tida.

» Escucha respetuosa

» La persona implicada gene-ra proceso de reflexión y com-promiso para no repetición

3 días hábiles

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NIVEL 3

» Realizar segui-miento por parte del Comité Escolar de Convivencia, de la autoridad que asume el conocimiento y del comité municipal, distrital o departa-mental de conviven-cia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento edu-cativo.

» Escucha y aplicación de acciones restaurati-vas.

» La persona implicada gene-ra proceso de reflexión y com-promiso para no repetición.

5 días hábiles

RUTA SEXTA

Identifique los derechos y deberes al debido proceso para el tratamiento en situaciones que alteran la convivencia.

Para efectos del debido proceso, las partes implicadas, víctima y victimario tienen acceso a los siguientes derechos y deberes con el fin de restablecer los propios:

TIPO ROL DERECHOS DEBERES

NIVEL 1Víctima » Verdad y reparación » Escuchar y

conciliar

Victimario » Escuchar y conciliar » Verdad y reparación

NIVEL 2NIVEL 3

Víctima

» Verdad, justicia, reparación, dignidad, atención psicológica,

pastoral y académica.

» Escuchar, conciliar y perdonar

VictimarioEscuchar, justicia, conciliar,

perdón, trato digno, protección

» Verdad, reparación

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RUTA SÉPTIMA

Identifique las formas de protección de datos y de información suministrada.Se asumen los siguientes elementos:

1. Principios:

Con el fin de brindar un correcto tratamiento a las bases de datos, se aplicarán de manera armónica los siguientes principios rectores:

» PRINCIPIO DE LA LEGALIDAD: el Tratamiento de datos es una actividad regulada, que debe sujetarse a lo establecido en la ley y las demás disposiciones que la desarrollen.

» PRINCIPIO DE FINALIDAD: el tratamiento debe obedecer a una finalidad legítima de acuerdo con la Constitución y la Ley, la cual debe ser informada al titular. En lo correspondiente a la recolección de datos personales, el Cibercolegio UCN se limitará a aquellos datos que sean pertinentes y adecuados para la finalidad con la cual fueron recolectados o requeridos, lo cual debe ser informado al momento de recolectar la información.

» PRINCIPIO DE LIBERTAD: ll tratamiento solo puede ejercerse con el consentimiento previo, expreso, e informado del titular. Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento.

» PRINCIPIO DE VERACIDAD: la información sujeta a tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error.

» PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA: en el tratamiento debe garantizarse el derecho del titular a obtener del responsable información acerca de la existencia de datos que le conciernan.

» PRINCIPIO DE ACCESO Y CIRCULACIÓN RESTRINGIDA: el tratamiento se sujeta a los límites que se derivan de la naturaleza de los datos personales, de las disposiciones de la ley y la Constitución. En este sentido, el tratamiento sólo podrá hacerse por personas autorizadas por el titular o por las personas previstas en la ley. Los datos personales, salvo la información pública, no podrán estar disponibles en internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a los titulares o terceros autorizados conforme a la ley.

» PRINCIPIO DE SEGURIDAD: la información sujeta a tratamiento se deberá manejar con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.

» PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD: el Cibercolegio está obligado a garantizar

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la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas en la ley.

2. Derechos que le asisten al titular de la información:

El titular de los datos tendrá los siguientes derechos:

a. Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente al Cibercolegio UCN en su condición de responsable del tratamiento. Este derecho se podrá ejercer, entre otros, frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo tratamiento esté expresamente prohibido o no haya sido autorizado.

b. Solicitar prueba de la autorización otorgada al Cibercolegio UCN salvo cuando expresamente se exceptúe como requisito para el tratamiento (casos en los cuales no es necesaria la autorización).

c. Ser informado por el Cibercolegio UCN, previa solicitud, respecto del uso que le ha dado a sus datos personales.

d. Presentar ante las autoridades competentes y las demás, normas que la modifiquen, adicionen o complementen.

e. Revocar la autorización o solicitar la supresión del dato cuando en el tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales.

f. Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de tratamiento.

3. Derechos de los niños y adolescentes:

En el Tratamiento se asegurará el respeto a los derechos prevalentes de los niños, niñas y adolescentes. Queda proscrito el Tratamiento de datos personales de niños, niñas y adolescentes, salvo aquellos datos que sean de naturaleza pública. Es tarea del Estado y las entidades educativas de todo tipo proveer información y capacitar a los representantes legales y tutores sobre los eventuales riesgos a los que se enfrentan los niños, niñas y adolescentes respecto del tratamiento indebido de sus datos personales y proveer de conocimiento acerca del uso responsable y seguro por parte de niños, niñas y adolescentes de sus datos personales, su derecho a la privacidad y protección de su información personal y la de los demás.

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4. Deberes del Cibercolegio UCN

En virtud de la presente política de tratamiento y protección de datos son deberes del Cibercolegio UCN los siguientes:

a. Garantizar al titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data.

b. b. Solicitar y conservar, copia de la respectiva autorización otorgada por el titular. c. Informar debidamente al titular sobre la finalidad de la recolección y los derechos

que le asisten en virtud de la autorización otorgada. d. Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para

impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.

e. Garantizar que la información sea veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible.

f. Actualizar la información, atendiendo de esta forma todas las novedades respecto de los datos del titular. Adicionalmente, se deberán implementar todas las medidas necesarias para que la información se mantenga actualizada.

g. Rectificar la información cuando sea incorrecta y comunicar lo pertinente.h. Respetar las condiciones de seguridad y privacidad de la información del titular. i. Tramitar las consultas y reclamos formulados en los términos señalados por la

ley.j. Identificar cuando determinada información se encuentra en discusión por parte

del titular. k. Informar a solicitud del titular sobre el uso dado a sus datos. l. Informar a la autoridad de protección de datos cuando se presenten violaciones a

los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los titulares.

m. Cumplir los requerimientos e instrucciones que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio sobre el tema en particular.

n. Usar únicamente datos cuyo tratamiento esté previamente autorizado de conformidad con lo previsto en la ley 1581 de 2012. El Cibercolegio UCN hará uso de los datos personales del titular solo para aquellas finalidades para las que se encuentre facultada debidamente y respetando en todo caso la normatividad vigente sobre protección de datos personales.

5. Autorizaciones y consentimientos del titular

Sin perjuicio de las excepciones previstas en la Ley, en el tratamiento de datos personales del titular se requiere la autorización previa e informada de éste, la cual deberá ser obtenida por cualquier medio que pueda ser objeto de consulta posterior.

La autorización para el tratamiento de los datos personales será otorgada por:

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» El titular, quien deberá acreditar su identidad en forma suficiente por los distintos medios que le ponga a disposición

» Los causahabientes del titular, quienes deberán acreditar tal calidad. » El representante y/o apoderado del titular, previa acreditación de la representación

o apoderamiento. » Otro a favor o para el cual el titular hubiere estipulado. » El Cibercolegio UCN obtendrá la autorización mediante diferentes medios, entre

ellos el documento físico, electrónico, mensaje de datos, Internet, Sitios Web, o en cualquier otro formato que en todo caso permita la obtención del consentimiento mediante conductas inequívocas a través de las cuales se concluya que de no haberse surtido la misma por parte del titular o la persona legitimada para ello, los datos no se hubieran almacenado o capturado en la base de datos.

» La autorización será solicitada por El Cibercolegio UCN de manera previa al tratamiento de los datos personales.

» EL Cibercolegio UCN conservará la prueba de la autorización otorgada por los titulares de los datos personales para su tratamiento, para lo cual utilizará los mecanismos disponibles a su alcance en la actualidad, al igual que adoptará las acciones necesarias para mantener el registro de la forma y fecha y en la que obtuvo ésta. En consecuencia, el Cibercolegio UCN podrá establecer archivos físicos o repositorios electrónicos realizados de manera directa o a través de terceros contratados para tal fin.

6. Revocatoria de la autorización

Los titulares de los datos personales pueden en cualquier momento revocar la autorización otorgada a al Cibercolegio UCN para el tratamiento de sus datos personales o solicitar la supresión de los mismos, siempre y cuando no lo impida una disposición legal o contractual. El Cibercolegio UCN establecerá mecanismos sencillos y gratuitos que permitan al titular revocar su autorización o solicitar la supresión sus datos personales, al menos por el mismo medio por el que lo otorgó.

Para lo anterior, deberá tenerse en cuenta que la revocatoria del consentimiento puede expresarse, por una parte, de manera total en relación con las finalidades autorizadas, y por lo tanto el Cibercolegio UCN deberá cesar cualquier actividad de tratamiento de los datos; y por la otra, de manera parcial, en relación con ciertos tipos de tratamiento, en cuyo caso serán estos sobre los que cesarán las actividades de tratamiento, como para fines publicitarios, entre otros. En este último caso, el Cibercolegio UCN podrá continuar tratando los datos personales para aquellos fines en relación con los cuales el titular no hubiera revocado su consentimiento.

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7. Tratamiento al cual serán sometidos los datos y finalidad del mismo

El tratamiento de los datos personales de estudiantes, aspirantes, graduados, egresados, profesores, padres de familia, administrativos y directivos docentes, o de cualquier persona con la cual el Cibercolegio UCN tuviere establecida o estableciere una relación, permanente u ocasional, lo realizará en el marco legal que regula la materia y en virtud de su condición de Institución de Educación, y serán todos los necesarios para el cumplimiento de la misión institucional. En todo caso, los datos personales podrán ser recolectados y tratados para:

a. Realizar el envío de información relacionada con programas, actividades, noticias, contenidos por área de interés, procesos académicos o de convivencia y demás bienes o servicios ofrecidos por el Ciberolegio UCN.

b. El tratamiento de la solicitud o la inscripción a servicios educativos o bases de datos para los procesos de selección.

c. Desarrollar la misión del Cibercolegio UCN conforme a sus estatutos. d. Cumplir con la normatividad vigente en Colombia para las Instituciones de

Educación, incluyendo, pero sin limitarse ello a cualquier requerimiento de autoridad competente, entidades acreditadoras o las autoridades locales.

e. Cumplir las normas aplicables a proveedores y contratistas, incluyendo pero sin limitarse a las tributarias y comerciales.

f. Cumplir lo dispuesto por el ordenamiento jurídico colombiano en materia laboral y de seguridad social, entre otras, aplicables a ex empleados, empleados actuales y candidatos a futuro empleo.

g. Realizar encuestas relacionadas con los servicios o bienes del Cibercolegio UCN. h. Desarrollar programas conforme a su Proyecto Educativo Institucional.i. Fomentar la investigación en todos los campos incluyendo el científico. j. Cumplir todos sus compromisos contractuales.

Para el tratamiento de datos personales de niños, niñas y adolescentes se procederá de acuerdo con lo contemplado en la presente política en el aparte relacionado con los derechos de estos.

8. Procedimiento para la atención de consultas, reclamos, peticiones de rectificación, actualización y supresión de datos

Los titulares o sus causahabientes podrán consultar la información personal del titular que repose en el Cibercolegio UCN, quien suministrará toda la información contenida en el registro individual o que esté vinculada con la identificación del Titular. Con respecto a la atención de solicitudes de consulta de datos personales el Cibercolegio UCN garantiza:

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» Habilitar medios de comunicación electrónica u otros que considere pertinentes. » Establecer formularios, sistemas y otros métodos simplificados, los cuales deberán

ser informados en el aviso de privacidad. » Utilizar los servicios de atención al cliente o de reclamaciones que tiene en

operación. » En cualquier caso, independientemente del mecanismo implementado para la

atención de solicitudes de consulta, las mismas serán atendidas en un término máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho término, se informará al interesado antes del vencimiento de los 10 días, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá su consulta, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer plazo.

» Las consultas podrán formularse al correo: [email protected]

9. Reclamos

El Titular o sus causahabientes que consideren que la información contenida en una base de datos debe ser objeto de corrección, actualización o supresión, o cuando adviertan el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en la ley, podrán presentar un reclamo ante el Cibercolegio UCN, el cual será tramitado bajo las siguientes reglas:

1. El reclamo del Titular se formulará mediante solicitud dirigida al Cibercolegio UCN al correo electrónico [email protected], con la identificación del titular, la descripción de los hechos que dan lugar al reclamo, la dirección, y acompañando los documentos que se quiera hacer valer.

2. Si la solicitud resulta incompleta, se requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción de ésta para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento, sin que el solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido.

3. En caso de que quien reciba la solicitud no sea competente para resolverlo, dará traslado a quien corresponda en un término máximo de dos (2) días hábiles e informará de la situación al interesado.

4. Una vez recibida la solicitud completa, se incluirá en la base de datos una leyenda que diga «reclamo en trámite» y el motivo del mismo, en un término no mayor a dos (2) días hábiles. Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que la solicitud sea decidida.

5. El término máximo para atender la solicitud será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atenderla dentro de dicho término, se informará al interesado los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su solicitud, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.

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10. Los mecanismos mediante los cuales se protege a quien informe sobre situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos son los siguientes

La institución protege la intimidad de la persona, custodia y protección de la información bajo los siguientes protocolos:

1. Secreto profesional: de conformidad con las disposiciones legales establecidas es deber y obligación del personal administrativo, directivo y docente guardar, custodiar la información en las bases de datos estipuladas por la institución y por ningún motivo pueden entregar reportes parciales o totales a terceras personas que lo soliciten, y solo será suministrada información en caso que una autoridad competente así lo determine.

2. Custodia de información: la información de solicitudes de quejas, material probatorio, grabaciones y actas de reuniones se almacena en el repositorio institucional, quien debe cumplir con altos estándares inviolabilidad para asegurar la confidencialidad de quien reporta la información, debida custodia y protocolos de acceso solo a las personas autorizadas. Por ningún motivo las personas pertenecientes al Comité de Convivencia Escolar, docente o directivo docente, puede almacenar información en dispositivos como memorias personales, discos duros institucionales de libre acceso, disco duro del computador personal o institucional, u otros medios que la institución no controle. La información debe estar alojada en repositorios estipulados por la institución.

3. Derecho a la intimidad: ningún miembro de la institución está autorizado, y al igual se prohíbe publicar en los diferentes espacios de difusión institucional, o en otros medios de acceso personal o masivo, información concerniente a la intimidad de cualquier miembro la comunidad educativa en general, al igual que posibles violaciones en sí mismo o sobre otras situaciones de convivencia, el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos o determinaciones tomadas por la institución o autoridades competente.