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GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN Manual de Organización y de Servicios Secretaría de Educación

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MANUAL DE ORGANIZACION DE NUEVO LEON

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GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN Manual de Organización y de Servicios

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I. ORGANIGRAMA

Secretaria deEducación

Dirección Jurídica

Subsecretaría deEducación MediaSuperior y Superior

Subsecretaría deDesarrolloMagisterial

Subsecretaría deEducación Básica

Subsecretaría de Recursos Humanos

Dirección deInstitucionesFormadorasde Docentes

Dirección deCentros de

Capacitación delMagisterio

Dirección deCarrera Magisterial

Coordinación delSistema Estatalde Educaciónpara Adultos

Dirección de Selección y Contratación Dirección de Nóminas y

Prestaciones

Coordinación de Estudios Técnicos

Dirección de Relaciones Laborales

Dirección deEducación Inicial

Dirección deEducaciónPreescolar

Dirección deEducación Primaria

Dirección deEducación Especial

Dirección deEducación Física y Deporte Escolar

Dirección deEducación

Extraescolar

Dirección deEducaciónSecundaria

Dirección deParticipación Social

Dirección deEducación Superior

DirecciónEducativa Media

Superior

Dirección deAcreditación,Certificación y

Control Escolar

Coordinación deServicio Social

Coordinación del Proyecto de

Modernización de laEducación Técnica

y Capacitación

Coordinaciónde Idiomas

Coordinación de Tecnología Educativa

Dirección General de la Oficina de la

Secretaría Dirección General

de Administración y Finanzas

Dirección Generalde Evaluación

Educativa

Dirección de Administración

Financiera y Contabilidad Dirección de

Administración Central

Dirección de Informática

Dirección de Comunicación y

Prensa

Dirección de Control de Gestión

Coordinación de Organismos

Descentralizados y Desconcentrados

Secretaría Particular

Coordinación de Unidades

Regionales Dirección de

Recursos Materiales y Servicios

Dirección de Programación y

Presupuesto

Dirección de Calidad Educativa

Dirección de Planeación Estratégica

Coordinación de Estadística

Coordinación de Programas

Compensatorios

Coordinación Operativa

Dirección General de Planeación y

Coordinación Educativa

Coordinación deProyectos deInvestigación eInnovación

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II. MISIÓN Administrar los servicios educativos y los recursos humanos, financieros y materiales, con el fin de asegurar a todos los nuevoleoneses una educación de calidad, equitativa y formativa con un sentido humanístico, que constituya la base fundamental del desarrollo sustentable económico, científico, tecnológico, social y cultural del Estado.

III. VISIÓN Lograr para los nuevoleoneses un sistema educativo integral equitativo y con calidad, pertinente, incluyente e innovador, que forme ciudadanos comprometidos con una sociedad del conocimiento y el desarrollo sustentable de la comunidad, así como orientado hacía el aprendizaje a lo largo de toda la vida y vinculado a los sectores social y productivo.

IV. ANTECEDENTES Y TIPO DE ORGANIZACIÓN Periódico Oficial publicado el 22 de Noviembre de 1985; Se crea la Secretaría de Educación y Cultura dependiente del Titular del Ejecutivo.

Periódico Oficial publicado el 31 de Julio de 1991; Se crea la Secretaría de Desarrollo Social dependiente del Titular del Ejecutivo.

Periódico Oficial publicado el 3 de Junio de 1992; Ley que crea la Unidad de Integración Educativa.

Periódico Oficial publicado el 3 de Julio 1992; Se que crea la Secretaría de Educación dependiente del Titular del Ejecutivo.

V. ATRIBUCIONES De acuerdo con el artículo 25 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León el 9 de octubre de 2003, la Secretaría de Educación es la dependencia encargada de establecer, ejecutar y coordinar la política educativa en el Estado, y le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I. Planear, desarrollar, dirigir y vigilar la educación a cargo del Gobierno del Estado y de los particulares cuyos planteles se encuentran incorporados al Estado, en todos los tipos, niveles y modalidades, así como celebrar los convenios conducentes al desarrollo educativo de la Entidad, buscando la participación de la comunidad y la de los padres o tutores de los alumnos;

II. Aplicar y vigilar el cumplimiento de las disposiciones que en materia educativa contienen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado, las leyes federal y local de educación, las demás leyes y reglamentos vigentes, así como los Acuerdos del Ejecutivo;

III. Promover y desarrollar la edición de libros y demás recursos didácticos; diseñar programas informáticos y tecnológicos para apoyar la educación, así como el establecimiento de bibliotecas y librerías;

IV. Establecer y aplicar las normas a que debe ajustarse la revalidación de estudios, diplomas, grados y la incorporación de las escuelas particulares, en congruencia con lo que establezca la Ley Estatal de Educación;

V. Coordinar con las Universidades e Instituciones de educación superior, con absoluto respeto a las políticas educativas de las mismas, el servicio social de pasantes, la orientación vocacional y otros aspectos educativos;

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VI. Promover la creación de institutos de investigación científica y tecnológica, el establecimiento de laboratorios, observatorios, planetarios y demás centros que requiere el desarrollo educativo, social y productivo del Estado;

VII. Otorgar becas para los estudiantes del Estado de escasos recursos económicos o de más altas calificaciones, en los términos que al efecto se establezcan;

VIII. Tener a su cargo lo relacionado con el registro de profesiones, colegios o asociaciones profesionales, títulos y certificados, que le correspondan en el ámbito de sus atribuciones, conforme a la reglamentación correspondiente;

IX. Crear, por acuerdo del Ejecutivo, las escuelas oficiales del Estado; X. Organizar, vigilar y desarrollar, en su caso, las escuelas oficiales e incorporadas, relativas a:

a) La enseñanza inicial, preescolar, primaria, secundaria y normal, en el medio urbano y rural. b) La enseñanza técnica, industrial, comercial y de artes y oficios, incluyendo la educación que se

imparta a los adultos. c) La enseñanza media superior, profesional y de postgrado, en los términos de las leyes. d) La enseñanza con requerimientos de educación especial.

XI. Crear y organizar sistemas de enseñanza especial de integración para niños, adolescentes y jóvenes que lo requieran, a fin de incorporarlos a la vida productiva;

XII. Establecer un esquema para el desarrollo profesional del personal del sistema educativo estatal; administrar y pagar la nómina federal y mantener actualizados los niveles, puestos, salarios y curriculum, y efectuar el pago de los sueldos y salarios que correspondan;

XIII. Organizar y desarrollar la educación artística que se imparta en las escuelas e instituciones oficiales e incorporadas, para la enseñanza y difusión de las bellas artes y de las artes populares;

XIV. Establecer programas de deporte y educación física en los planteles escolares; y XV. Las demás que le señalen las leyes, reglamentos y otras disposiciones jurídicas vigentes en la

materia.

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VI. SERVICIOS

Nombre del servicio Área responsable Domicilio Medios de acceso e información del servicio

Quejas y denuncias (teléfonos)

Legalizaciones de estudios de Educación Básica

Duplicados de estudios de Educación Básica

Equivalencias de Estudios de Escuelas Técnicas y Comerciales, bachillerato, licenciatura.

Revalidaciones de estudios del nivel básico de educación, preparatoria, nivel superior.

Incorporaciones de Escuelas Particulares de los Niveles Inicial, Preescolar, Primaria, Secundaria, Nivel Medio Superior y Superior.

Dirección de Acreditación, Certificación y

Control Escolar

Nueva Jersey # 4038 1er. Piso Fracc. Industrial Lincoln, Monterrey, N.L. C.P. 64310

Personal, Telefónico 8158-10-00 Exts. 2841, 2842, 2843 Electrónico.

8158-10-00 Exts. 2111, 2112, 2130. 8371-08-53, 8373-17-28

Incorporación de Escuelas Técnicas y Comerciales; y Capacitación para el Trabajo.

Registro y legalización de Títulos expedidos por Instituciones Particulares de Educación Superior.

Registro y expedición de Títulos de Escuelas Normales desaparecidas

Transcripción de Títulos de Escuelas Normales

Registro y Legalizaciones de Certificados y / o Actas de Examen Profesional de Educación Normal

Dirección de Acreditación, Certificación y

Control Escolar

Nueva Jersey # 4038 1er. Piso Fracc. Industrial Lincoln, Monterrey, N.L. C.P. 64310

Personal, Telefónico 8158-10-00 Exts. 2841, 2842, 2843 Electrónico.

8158-10-00 Exts. 2111, 2112, 2130. 8371-08-53, 8373-17-28

Elaboración de Registro y Legalización de Certificados de Escuelas Normales Clausuradas.

Elaboración de Constancias de Servicio Social de Escuelas desaparecidas

Registro de Títulos y expedición de Cédulas Profesionales a Maestros Normalistas, Licenciados en Educación, Licenciaturas e Ingenierías, Enfermeras.

Expedición de Cédulas para el Ejercicio de Especialidades

Expedición del nuevo formato de Cédula Profesional

Dirección de Acreditación, Certificación y

Control Escolar

Nueva Jersey # 4038 1er. Piso Fracc. Industrial Lincoln, Monterrey, N.L. C.P. 64310

Personal, Telefónico 8158-10-00 Exts. 2841, 2842, 2843 Electrónico.

8158-10-00 Exts. 2111, 2112, 2130. 8371-08-53, 8373-17-28

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VII. ESTRUCTURA ORGÁNICA 1.0 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

1.0.1 Dirección General de la Oficina de la Secretaria 1.0.1.1 Dirección de Comunicación y Prensa 1.0.1.2 Dirección de Control de Gestión 1.0.1.3 Coordinación de Organismos Descentralizados y Desconcentrados 1.0.1.4 Coordinación de Unidades Regionales 1.0.1.5 Dirección de Recursos Materiales y Servicios

1.0.2 Dirección General de Planeación y Coordinación Educativa 1.0.2.1 Dirección de Programación y Presupuesto 1.0.2.2 Dirección de Calidad Educativa 1.0.2.3 Dirección de Planeación Estratégica 1.0.2.4 Coordinación de Estadística 1.0.2.5 Coordinación de Programas Compensatorios 1.0.2.6 Coordinación Operativa

1.0.3 Dirección General de Administración y Finanzas 1.0.3.1 Dirección de Administración Financiera y Contabilidad 1.0.3.2 Dirección de Administración Central 1.0.3.3 Dirección de Informática

1.0.4 Dirección Jurídica. 1.0.5 Dirección General de Evaluación Educativa 1.1 Subsecretaría de Desarrollo Magisterial

1.1.1 Dirección de Instituciones Formadoras de Docentes 1.1.2 Dirección de Centros de Capacitación del Magisterio 1.1.3 Dirección de Carrera Magisterial 1.1.4 Coordinación del Sistema Estatal de Educación para Adultos 1.1.5 Coordinación de Proyectos de Investigación e Innovación

1.2 Subsecretaría de Educación Básica 1.2.0.1 Coordinación de Idiomas 1.2.0.2 Coordinación de Tecnología Educativa 1.2.1 Dirección de Educación Inicial 1.2.2 Dirección de Educación Preescolar 1.2.3 Dirección de Educación Primaria 1.2.4 Dirección de Educación Secundaria 1.2.5 Dirección de Educación Especial 1.2.6 Dirección de Educación Física y Deporte Escolar 1.2.7 Dirección de Educación Extraescolar 1.2.8 Dirección de Participación Social

1.3 Subsecretaría de Recursos Humanos 1.3.1 Dirección de Selección y Contratación 1.3.2 Dirección de Nóminas y Prestaciones 1.3.3 Coordinación de Estudios Técnicos 1.3.4 Dirección de Relaciones Laborales

1.4 Subsecretaría de Educación Media Superior y Superior 1.4.1 Dirección de Educación Superior 1.4.2 Dirección Educativa Media Superior 1.4.3 Dirección de Acreditación, Certificación y Control Escolar 1.4.4 Coordinación de Servicio Social 1.4.5 Coordinación del Proyecto de Modernización de la Educación Técnica y Capacitación

(PMETyC)

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VIII. FUNCIONES

DIRECCIÓN GENERAL DE LA OFICINA DE LA SECRETARÍA

Área Superior Inmediata: Secretaría de Educación

FUNCIONES GENERALES

• Coordinar y supervisar la ejecución y cumplimiento de la Política General de la Secretaría de Educación.

• Dar seguimiento a los acuerdos que el Secretario de Educación tenga con los Subsecretarios, rectores y directores Generales de Organismos.

• Realizar la planeación de las acciones estratégicas para el logro de objetivos propuestos.

ESPECÍFICAS

• Coordinar y supervisar la ejecución y cumplimiento de la política general de la Secretaría, determinada por el Secretario y derivada de las estrategias, programas y prioridades del Plan Estatal de Desarrollo y de los lineamientos que el Gobernador del Estado expresamente señale;

• Diseñar y operar el procedimiento para el acuerdo del Secretario con los titulares de las dependencias y entidades del sector educativo, con la finalidad de facilitar las decisiones en consideración a la información y propuesta que se presente;

• Realizar la planeación específica de las acciones estratégicas y proponer al Secretario los programas derivados de esa planeación;

• Dar seguimiento a los acuerdos, resoluciones y demás determinaciones del Secretario para que se cumplan en sus términos;

• Establecer las bases para la integración de la agenda del Secretario; • Propiciar la comunicación y coordinación oportuna, objetiva y directa entre las dependencias y

entidades del sector educativo, para el debido cumplimiento de las atribuciones que a cada una le corresponde;

• Establecer las bases para la programación y contenido de las giras del Secretario, y su coordinación con las dependencias y entidades del sector educativo o de otros órdenes de gobierno;

• Establecer las bases de organización y control del archivo de la Oficina del Secretario; • Supervisar el cumplimiento de las políticas establecidas para la comunicación interna y externa,

para el manejo de las relaciones públicas con la comunidad y con medios masivos de comunicación;

• Supervisar que la vinculación con los organismos descentralizados y desconcentrados del gobierno, estatal y federal que ofrecen servicios educativos, se dé en un marco de mutua cooperación y cordialidad para la adecuada planeación de la oferta educativa;

• Llevar la comunicación de trámite con las dependencias y entidades de los gobiernos municipales, dando las bases para la organización y el funcionamiento de las Unidades de Servicios Educativos Descentralizados;

• Auxiliar al Secretario en la coordinación de sus asesores; • Coordinar el seguimiento de los acuerdos que el Secretario emita en apoyo a los planes

educativos nacionales, estatales, sectoriales y municipales; • Desarrollar proyectos estratégicos de interés del Secretario y de aplicación general en la

Secretaría.

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DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN Y PRENSA

Área Superior Inmediata: Dirección General de la Oficina de la Secretaría

FUNCIONES GENERALES

• Establecer relaciones públicas con los medios de comunicación. • Coordinar el diseño de campañas de la Secretaría, con las áreas responsables, y supervisar que

dichas campañas salgan al aire en algún programa de radio, televisión o en la prensa; • Supervisar y autorizar el servicio de producción gráfica, videos, audios y cualquier otro

instrumento de comunicación a las diferentes áreas de la Institución. • Coordinar la difusión de logros y proyectos de la Secretaría de Educación que se manejan en

conjunto con la difusión que se presentará a los medios de comunicación de Gobierno del Estado.

ESPECÍFICAS

• Ser el vocero oficial de la Secretaría de Educación; • Proponer las políticas de comunicación en la Secretaría; • Supervisar, autorizar y difundir cualquier material informativo elaborado por las unidades

operativas y administrativas de la Secretaría; • Supervisar y autorizar la elaboración de materiales gráficos de difusión de las Unidades

Administrativas de la Secretaría; • Desarrollar los órganos de información del Sistema Educativo y proporcionar los servicios

correspondientes a las dependencias de la Secretaría; • Dar servicios de logística de eventos, producción gráfica, videos, audios y cualquier otro

instrumento de comunicación a las diferentes áreas de la Secretaría; • En coordinación con la Coordinación de Tecnología Educativa desarrollar Programas de

informática aplicada a la educación y lo relativo a capacitación y producción de programas, rutinas, información y lenguajes simbólicos para operar las computadoras;

• Supervisar y autorizar la elaboración de materiales educativos, boletines, folletos, audiovisuales y cualquier otro instrumento análogo requerido por las Unidades Administrativas de Secretaría;

• Desarrollar programas y material de radio y televisión en apoyo a los Programas educativos; • Desarrollar y aplicar encuestas y estudios de opinión sobre servicios educativos y programas

sobre orientación educativa conjuntamente con la Dirección de Planeación e Investigación Educativa;

• Proporcionar a los medios de comunicación orientación e información respecto a los servicios de la Secretaría;

• Coordinar el contenido y difusión de la página oficial de internet de la Secretaría de Educación.

DIRECCIÓN DE CONTROL DE GESTIÓN

Área Superior Inmediata: Dirección General de la Oficina de la Secretaría

FUNCIONES GENERALES

• Vigilar el cumplimiento del proceso de recepción, canalización y respuesta de las quejas, demandas y denuncias que se presenten en la Secretaría de Educación.

• Coordinar la recopilación de información para la comparecencia de la C. Secretaria.

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• Coordinar y administrar el Módulo de Información de la Secretaría de Educación a fin de proporcionar atención verídica y oportuna de los servicios que proporciona la Secretaría de Educación al usuario.

ESPECÍFICAS

• Llevar a cabo el registro, seguimiento y control de programas y proyectos estratégicos, así como los compromisos públicos del Gobernador del Estado y del Secretario de Educación relacionados con la materia;

• Integrar y vigilar el cumplimiento del calendario estratégico de trabajo de la Secretaría;

• Registrar, canalizar y dar seguimiento a las quejas, demandas y denuncias que se presenten en la Secretaría de Educación;

• Diseñar la metodología de planeación para la ejecución de los Programas estratégicos, así como asesorar y apoyar su implementación; y

• Elaborar y actualizar los indicadores internos y de operación del servicio educativo en coordinación con la Dirección de Planeación e Investigación Educativa de la Secretaría;

• Coordinar y administrar el Módulo de Información de la Secretaría de Educación.

COORDINACCIÓN DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS Y DESCONCENTRADOS

Área Superior Inmediata: Dirección General de la Oficina de la Secretaría

FUNCIONES GENERALES

• Establecer canales de comunicación entre la Institución y los diferentes organismos descentralizados y desconcentrados que operan en el Estado para efectos de proyectos, quejas, solicitudes, eventos, gestiones, convenios.

• Coordinar el desarrollo de proyectos, mediante la vinculación con los diferentes organismos de Educación Media Superior y Superior, para analizar propuestas, estudios de oferta y demanda educativa, con el objeto de dar congruencia a los programas educativos con el medio laboral.

• Integrar de información de los organismos descentralizados y desconcentrados en el Estado de Nuevo León.

• Participar en consejos consultivos, reuniones académicas, subcomités de supervisión de organismos descentralizados.

• Coordinar las actividades, asistencias a eventos y la temática de las reuniones a desarrollar por la Secretaría con los organismos descentralizados y desconcentrados.

• Coordinar acuerdos y convenios de la Secretaría de Educación, con los diferentes organismos descentralizados y desconcentrados.

• Fungir como enlace y coordinar el convenio establecido con el Tecnológico de Monterrey.

• Establecer el Convenio de Convalidación de Estudios entre la UANL y los organismos descentralizados.

• Promover y difundir los diferentes organismos descentralizados y desconcentrados.

• Visitar escuelas de Educación Media Superior, y Capacitación para el Trabajo.

ESPECÍFICAS

• Establecer canales de comunicación con los diferentes organismos descentralizados y sectoriales que operan en el Estado;

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• Establecer vinculación con las distintas universidades e instituciones de niveles medio-superior y superior para facilitar la coordinación de la planeación de la oferta educativa en estos niveles en coordinación con las áreas de Educación Media Superior, Educación Superior y PEMTyC de la Secretaría de Educación;

• Preparar los acuerdos del Secretario con los distintos organismos descentralizados y desconcentrados;

• Dar seguimiento a los acuerdos, resoluciones y demás determinaciones emitidas por el Secretario y destinadas a los organismos descentralizados y desconcentrados;

• Integrar la agenda de actividades y la temática de las reuniones a desarrollar por el Secretario con los organismos descentralizados y desconcentrados en coordinación con las áreas de Educación Media Superior y Superior de la Secretaría de Educación;

• Integrar información de los organismos descentralizados y desconcentrados;

• Contribuir al fortalecimiento de los vínculos con el Gobierno Federal, y facilitar el establecimiento de una oferta educativa acorde al Plan Nacional de Desarrollo y al Plan Estatal de Desarrollo;

• Elaborar estudios de oferta y demanda educativa con el objeto de dar congruencia a los programas educativos con el medio laboral.

COORDINACIÓN DE UNIDADES REGIONALES

Área Superior Inmediata: Dirección General de la Oficina de la Secretaría

FUNCIONES GENERALES

• Proponer las normas, políticas y procedimientos para regular el uso distribución, conservación y administración de los recursos materiales y servicios generales destinados al Servicio Educativo, en concentración con las dependencias estatales competentes, orientadas a la eficiencia, la pertinencia de las obras, proyectos y racionalización de tiempos y Recursos Materiales

• Administrar las 12 SEDES (Servicios Descentralizados) en el Estado para que la comunidad en general que acudan a realizar alguna gestión el tiempo que requerirá el trámite, los requisitos y documentación que deberán presentar procurando que tanto requisitos como documentación sean los más indispensables para facilitar el trámite y que el tiempo de trámite sea el menor posible

• Establecer coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales en las tareas relativas a la integración, ejecución y seguimiento del programa de construcción, equipamiento, remodelación o adecuación de la infraestructura educativa en el Estado con apego a la Normativa vigente.

• Coordinar y ejecutar los mecanismos de adquisiciones de bienes materiales y servicios para la operación del sistema educativo de acuerdo con la normatividad jurídica aplicable.

ESPECÍFICAS

• Proponer las normas, políticas y procedimientos para regular el uso, distribución, conservación y administración de los recursos materiales y servicios generales destinados al servicio educativo, en concertación con las dependencias estatales competentes, orientadas a la eficiencia, la pertinencia de las obras, proyectos y racionalización de tiempos y recursos materiales;

• Integrar el presupuesto de la Dirección en coordinación con la Dirección de Planeación e Investigación Educativa;

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• Dar el visto bueno al programa anual de adquisiciones para satisfacer las necesidades de recursos materiales y servicios generales del sistema educativo en el Estado, y gestionar su autorización;

• En coordinación con la Dirección de Vinculación Social, promover entre la comunidad y entre organismos públicos y privados, la aportación de recursos económicos, materiales y servicios generales, que permitan cubrir las necesidades del servicio educativo;

• Instrumentar las medidas necesarias para asegurar que la adquisición, conservación, uso, distribución y administración de recursos materiales y servicios generales, se realicen de conformidad con la normativa vigente, promoviendo un sentido de pertenencia que respalde acciones de respeto, cuidado y mantenimiento de las instalaciones y equipo de las escuelas e infraestructura en general;

• Desarrollar, difundir y asegurar la aplicación de estrategias de comunicación efectiva, procesos administrativos eficientes que permitan atender con excelencia, servicios administrativos que se proporcionan a alumnos, padres de familia, maestros, autoridades civiles y comunidad en general a través de las Unidades de Servicios Administrativos Descentralizados;

• Coadyuvar en la planeación, ejecución y evaluación de los Programas y actividades que instrumentan las diferentes áreas de la Secretaría de Educación, que incidan en la prestación de servicios administrativos a las escuelas, de acuerdo con los lineamientos y procedimientos determinados;

• En coordinación con la Subsecretaría de Educación Básica, a través de los representantes designados por esta última dependencia, favorecer el flujo de información, para facilitar la correcta aplicación de las directrices de operatividad académica y administrativa de los supervisores, inspectores y directores en cada escuela, en todas las unidades de servicios descentralizados

• Diagnosticar, evaluar, resolver y proponer a las Unidades Administrativas responsables, las soluciones de los problemas con relación a la operación administrativa de las Unidades de Servicios Educativos Descentralizados;

• Dar solución, a través de las Unidades de Servicios Educativos Descentralizados, con la intervención de los representantes de las Subsecretarías y Direcciones, designados con apoyo a lo señalado en el artículo 6° fracción VII de este Reglamento, a los problemas que se presenten con motivo de la prestación del servicio educativo, en materia de recursos humanos, relaciones laborales, participación social, recursos materiales y financieros correspondientes; y en general, de cualquier servicio competencia de la Secretaría, en los planteles y demás dependencias del área de su adscripción.

• Promover y coordinar la participación de la comunidad escolar de acuerdo con la Normativa y las políticas establecidas;

• Proponer a la Dirección de Planeación e Investigación Educativa la creación, cierre o fusión de las escuelas y demás instituciones dependientes de la Secretaría y en caso de proceder, llevar a cabo las acciones de acuerdo a las instrucciones superiores

• Previo acuerdo con el Secretario y en coordinación con el Comité de Construcción de Escuelas establecer coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales en las tareas relativas a la integración, ejecución y seguimiento del programa de construcción, equipamiento, remodelación o adecuación de la infraestructura educativa en el Estado con apego a la Normativa vigente;

• Coordinar y ejecutar los mecanismos de adquisiciones de bienes materiales y servicios para la operación del sistema educativo, de acuerdo con la normatividad jurídica aplicable;

• Administrar los recursos materiales y servicios generales destinados a los centros educativos;

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• Recibir, analizar, gestionar y resolver los requerimientos en materia de equipamiento, mantenimiento y construcción, coordinándose para tal efecto con las unidades correspondientes;

• Recibir y notificar a las Unidades de Servicios Educativos Descentralizados los cambios a la Carpeta Única de Información;

• Desarrollar y proponer estrategias para que la información requerida por las oficinas centrales de los planteles educativos, se apegue al Programa de Simplificación Administrativa Escolar en tiempo y forma;

• Definir las políticas y tomar las medidas necesarias para colaborar en la organización y control de los archivos de los planteles educativos y de las demás dependencias de la Secretaría de Educación.

• Organizar, administrar y controlar el archivo general histórico de la Secretaría de Educación en el estado.

• Desarrollar e implementar modelos de información y gestión orientados a dar un auténtico servicio a la comunidad, a través de las Unidades de Servicios Educativos Descentralizados;

• Difundir entre alumnos, maestros, padres de familia, directivos, supervisores y entre la comunidad en general que acuden a las Unidades de Servicios Educativos Descentralizados a realizar alguna gestión, el tiempo que requerirá el trámite, los requisitos y documentación que deberán presentar, procurando que tanto requisitos como documentación sean los más indispensables para facilitar el trámite y que el tiempo de trámite sea el menor posible;

• Vigilar el cumplimiento de las normas laborales, de asistencia y puntualidad del personal adscrito a cada centro de trabajo.

DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS

Área Superior Inmediata: Dirección General de la Oficina de la Secretaría

FUNCIONES GENERALES

• Elaborar de acuerdo a las necesidades presentadas por las unidades administrativas de la Secretaría, el programa anual de adquisiciones.

• Gestionar la adquisición de equipo y mobiliario escolar, proveerlo de acuerdo a los lineamientos, reglamentos y demás disposiciones vigentes en materia escolar.

• Administrar y controlar los recursos materiales, mobiliario, equipo y bienes muebles e inmuebles de la Secretaría.

• Gestionar ante las autoridades competentes las solicitudes de donación o entrega en comodato de terrenos para la construcción de planteles escolares, así como aquellos en los cuales ya están construidos planteles educativos.

ESPECÍFICAS

• Aplicar las normas, lineamientos y políticas que regulan la función pública para la administración de los recursos materiales y la prestación de los servicios generales orientados hacia el Servicio Educativo;

• Formular el programa anual de adquisiciones de su competencia, con base en las necesidades expuestas por las demás áreas de la Secretaría, y presentarlo a la Dirección de Servicios Educativos Descentralizados para lo conducente;

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• Tramitar la adquisición del mobiliario y equipo de las unidades escolares de la Secretaría de Educación y proveerlo de conformidad a los lineamientos establecidos en las leyes, reglamentos y demás disposiciones;

• Programar y proporcionar el mantenimiento a los vehículos e instalaciones de las Unidades de Servicios Educativos Descentralizados;

• Vigilar que los materiales y equipos que se adquieran, cumplan con las normas de calidad establecidas y que sean las cantidades requeridas;

• Controlar, supervisar y regular las entradas, salidas y existencias de materiales y equipo del almacén de la Secretaría;

• Registrar y controlar los bienes muebles e inmuebles del nivel básico y formadoras de docentes, propiedad del estado y a cargo de la Secretaría de Educación en el Estado;

• Gestionar ante las autoridades federales, municipales, ejidales y organismos descentralizados las solicitudes de donación o entrega en comodato a favor del gobierno del Estado para uso de la Secretaría de Educación de los terrenos para la construcción de edificios escolares y aquellos en que se encuentran ya construidos planteles educativos;

• Proveer en coordinación con las Unidades de Servicios Educativos Descentralizados los materiales y servicios a los planteles educativos oficiales;

• Realizar la distribución de libros de texto en coordinación con las Unidades de Servicios Educativos Descentralizados;

• Atender, previa autorización y disponibilidad presupuestal, las necesidades de transporte requeridas por las distintas áreas de la Secretaría.

DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN Y COORDINACIÓN EDUCATIVA

Área Superior Inmediata: Secretaría de Educación

FUNCIONES GENERALES

• Coordinar el diseño, estructuración, seguimiento y evaluación del programa estatal de educación alineado al plan estatal de desarrollo y al programa nacional de desarrollo educativo,

• Proponer políticas y estrategias educativas para el cumplimiento del programa estatal educativo y el mejoramiento de la competitividad del sistema educativo.

• Anticipar las necesidades de recursos del sector educativo y proponer estrategias de financiamiento para su atención.

• Definir las políticas y normatividad necesarias para maximizar la relación calidad / gasto educativo en la entidad.

• Promover y coordinar la participación de la SENL (Secretaría de Educación en Nuevo León) en proyectos y organismos internacionales.

• Desarrollar modernos y eficaces sistemas de información, planeación y seguimiento que faciliten la planeación preventiva en todas las áreas de la SENL (Secretaría de Educación en Nuevo León).

• Registrar y publicar las estadísticas e indicadores oficiales de la entidad.

• Oficializar el nombre de los centros escolares

• Proponer y Coordinar estrategias y políticas necesarias para lograr la equidad educativa.

• Promover y facilitar el desarrollo de la administración por calidad en el sector educativo.

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ESPECÍFICAS

• Proponer al Secretario las estrategias para el cumplimiento de las políticas, prioridades y objetivos del Sistema Educativo Estatal, así como sus planes y programas a corto, mediano y largo plazo, y los sistemas para evaluar su cumplimiento;

• Coordinar las acciones de la programación detallada, procedimientos de control, verificación y seguimiento que permitan conocer con objetividad, precisión, oportunidad y regularidad el desarrollo del Sistema Educativo Estatal;

• Integrar el anteproyecto de presupuesto de la Secretaría, así como proponer sistemas para su ejercicio y control, conforme a los lineamientos establecidos por la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado y de la Secretaría de la Contraloría General del Estado;

• Proponer al Secretario los ajustes que requiera el calendario escolar de cada año lectivo;

• Normar, coordinar, integrar y mantener actualizada la información relacionada con el Sistema Educativo Estatal, así como elaborar, publicar y difundir la estadística oficial que corresponda;

• Coordinar los estudios tendientes a la formulación de indicadores educativos estatales e internacionales y realizar estudios comparativos en la materia;

• Elaborar los estudios de prospectiva y Programas alternativos para elevar la cobertura de los servicios educativos y fortalecer el Sistema Educativo Estatal;

• Integrar y supervisar los Programas estratégicos de la Secretaría que acuerde el Ejecutivo del Estado;

• Proponer el diseño de los contenidos regionales y su adecuación e inclusión en los planes de estudio para la educación básica;

• Promover la comunicación e intercambio de información sobre investigaciones en materia educativa, con otras instituciones educativas a nivel estatal, nacional e internacional;

• Verificar que los modelos y métodos educativos congruentes con las normas respectivas, así como estimular en todos los niveles de la educación la filosofía de calidad total;

• Llevar a cabo investigaciones para el desarrollo de la superación de las tareas de educación, así como fomentar las que realicen los sectores público y privado;

• Impulsar la ejecución de los programas compensatorios para alcanzar una mayor equidad educativa y lograr una efectiva igualdad en oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos de educación básica para los niños y niñas de zonas rurales y urbano marginadas.

• Tomar las medidas necesarias para que los programas compensatorios se ejecuten de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Educación, la Ley de Educación del Estado y las disposiciones que emitan las autoridades educativas en el respectivo ámbito de su competencia.

DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO

Área Superior Inmediata: Dirección General de Planeación y Coordinación Educativa

FUNCIONES GENERALES

• Estructurar un adecuado proceso de planeación en la educación básica del estado.

• Desarrollar y coordinar el proceso de programación orientado a la determinación anticipada de los recursos necesarios del sector educativo del Estado.

• Distribuir los recursos financieros orientando el uso racional de los mismos

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• Coordinar las acciones para la realización de los estudios de factibilidad respecto a la creación de escuelas.

• Analizar y proponer las modificaciones presupuestales correspondientes

ESPECÍFICAS

• Desarrollar los mecanismos necesarios para implantar la planeación estratégica en la educación a cargo del Estado;

• Estructurar un adecuado proceso de planeación, programación y presupuestación, orientando el uso racional y eficiente de los recursos disponibles al programa operativo anual;

• Elaborar el anteproyecto de presupuesto de la Secretaría de Educación con base a los programas y partidas presupuéstales autorizadas en los que deberán señalarse los objetivos, metas, las Unidades responsables de su ejecución, valuación estimada por programa y la información necesaria para su correcto análisis.

• Examinar que los costos para cada programa estén fundamentados en las necesidades de recursos contenidas en el anteproyecto de presupuesto;

• Asesorar a las Unidades Administrativas en la formulación de su anteproyecto de presupuesto y establecer en forma coordinada las fechas de entrega de información para la oportuna formulación del anteproyecto de presupuesto de la Secretaría;

• Impulsar una política de ahorro, eficiencia y transparencia en la utilización de los recursos y promover entre distintas Unidades Administrativas de la Secretaría bajo la premisa de asociar la planeación a la presupuestación;

• Coordinar las acciones de la programación detallada, los procedimientos de control, verificación y seguimiento, que permitan conocer con objetividad, precisión, oportunidad y regularidad el desarrollo educativo;

• Realizar estudios de microplaneación tendientes a generar propuestas para corregir los desequilibrios que presente el Sistema Educativo;

• Promover la realización de estudios y Programas estratégicos acordes a las prioridades y objetivos del Sistema Educativo Estatal;

• Elaborar las normas y procedimientos metodológicos pertinentes para la realización de estudios de factibilidad respecto a la creación de escuelas oficiales;

• Elaborar los estudios de factibilidad respecto a la creación de escuelas en coordinación con las Unidades de Servicios Educativos Descentralizados;

• Analizar y en su caso proponer las modificaciones y afectaciones a proyectos, programas, mecanismos y gastos de la Secretaría.

DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA

Área Superior Inmediata: Dirección General de Planeación y Coordinación Educativa

FUNCIONES GENERALES

• Promover la implementación del modelo de calidad total en las Escuelas de Educación Básica, así como la implementación de un plan de calidad en las Unidades Administrativas de Secretaría.

• Fortalecer la estrategia de Proyecto Escolar en los Planteles Educativos. • Promover la participación en Premios Externos de Calidad para Dependencias y Escuelas de la

Secretaría.

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• Promover la evaluación y reconocimientos a escuelas y maestros de la Secretaría de Educación. • Actualizar herramientas del Modelo de Calidad aplicado en los procesos de Secretaría. • Establecer el programa Interno de Calidad de la Dirección de Calidad Educativa. • Difundir la cultura de calidad y los logros realizados con el proyecto de la Dirección en la

Secretaría. • Administrar los recursos económicos de la Dirección.

ESPECÍFICAS

• Promover e implementar el Modelo de Calidad Total en la Educación Básica;

• Definir estudios estratégicos del Sistema Educativo para la toma de decisiones;

• Apoyar en la definición y aplicación de los indicadores en materia de calidad en las distintas Unidades Administrativas de la Secretaría y en las escuelas;

• Proponer la capacitación en materia de Calidad Total a todo el personal de los planteles educativos;

• Proponer un esquema de capacitación en programas de calidad para el desarrollo profesional del personal administrativo de la Secretaría;

• Desarrollar métodos para implementar la filosofía de Calidad Total dentro del Sistema Educativo en el Estado;

• Organizar eventos de promoción y reconocimiento a la Calidad;

• Asesorar a las escuelas del Sistema Educativo y a las distintas Unidades Administrativas de la Secretaría en los conceptos de Calidad y Mejora Continua.

DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN ESTRATEGICA

Área Superior Inmediata: Dirección General de Planeación y Coordinación Educativa

FUNCIONES GENERALES • Desarrollar y estructurar el programa estatal de educación alineado al plan estatal de desarrollo y

al programa nacional de desarrollo educativo. • Diseñar políticas y estrategias educativas para el cumplimiento del programa estatal educativo y

el mejoramiento de la competitividad del sistema educativo. • Analizar el origen y destino de los recursos públicos. • Establecer estrategias que favorezcan el aprovechamiento de los recursos públicos. • Elaborar informes de Gobierno. • Generar documento de análisis educativo estatal en contexto nacional e internacional.

COORDINACIÓN DE ESTADISTICA

Área Superior Inmediata: Dirección General de Planeación y Coordinación Educativa

FUNCIONES GENERALES

• Supervisar el levantamiento de la estadística de bibliotecas escolares y municipales. • Supervisar el levantamiento de la estadística de inmuebles escolares.

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• Supervisar la generación de indicadores educativos y evaluar los mecanismos de difusión. • Impulsar el desarrollo del sistema GEOSEP (Sistema de Información Geográfica) actualizando e

incrementando las bases de datos, así como difundir la utilidad del GEOSEP (Sistema de Información Geográfica).

• Concentrar la información estadística educativa del Estado. • Supervisar la actualización del registro estatal de establecimientos educativos, culturales y

administrativos. • Coordinar las actividades del Comité Estatal de Nomenclatura Escolar.

ESPECÍFICAS

• Ser el órgano oficial de consulta en materia de información estadística e indicadores; • Capturar y procesar la información estadística, elaborar indicadores educativos y realizar

estudios de coyuntura; • Elaborar el diseño de muestras para la supervisión de la información estadística, encuestas y

demás estudios relativos; • Difundir la información estadística en coordinación con la Dirección de Comunicación y Prensa; • Apoyar los programas de capacitación en el manejo y uso de la información estadística; • Coordinar la integración y actualización del registro estatal de establecimientos educativos y

demás centros de trabajo de la Secretaría de Educación, en los catálogos básicos y proporcionar las claves de centros;

• Coordinar las actividades del Comité Estatal de Nomenclatura Escolar; • Proporcionar información para apoyar la evaluación pragmática del sector educativo.

COORDINACIÓN DE PROGRAMAS COMPENSATORIOS

Área Superior Inmediata: Dirección General de Planeación y Coordinación Educativa

FUNCIONES GENERALES

• Determinar y coordinar la instrumentación de estrategias estatales de implantación, desarrollo y evaluación del PIARE, PAREIB, y someterlos a consideración del Secretario de Educación.

• Promover y concretar el desarrollo de alternativas estatales de gestión institucional y escolar para conducir e integrar las acciones compensatorias derivadas de la operación de los componentes que conforman los 3 programas.

• Aplicar la normatividad para el manejo de los recursos financieros asignados por CONAFE (Consejo Nacional de Fomento Educativo) y el Gobierno del Estado de Nuevo León.

• Vigilar y hacer cumplir la normatividad técnica y administrativa establecida para la operación de los programas compensatorios en el Estado.

• Gestionar ante el Gobierno del Estado y el CONAFE (Consejo Nacional de Fomento Educativo) la concurrencia de recursos para la operación de los programas compensatorios.

• Crear vínculos colaterales con los municipios y dependencias estatales. • Coordinar las acciones operativas de capacitación, difusión, participación social, coordinación

interninstitucional de los distintos componentes de primaria formal. • Dar seguimiento y verificar la aplicación eficiente de los recursos del programa en cada uno de

los componentes.

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• Organizar y coordinar las acciones de evaluación propuestas por el estado y el CONAFE (Consejo Nacional de Fomento Educativo).

ESPECÍFICAS

• Proponer en coordinación con la Subsecretaría de Educación Básica y el nivel respectivo modelos pedagógicos adecuados a los fines de los Programas Compensatorios;

• Recibir, adaptar y elaborar en coordinación con la Subsecretaría de Educación Básica y el nivel respectivo material didáctico, guías de aprendizaje, instrumentos de evaluación y medición de resultados;

• Atender en coordinación con la Subsecretaría de Educación Básica y el nivel respectivo a los alumnos con rezago escolar y efectuar entrevistas con sus padres;

• Recibir, administrar y supervisar la aplicación de los recursos humanos, materiales, financieros y tecnológicos que la Federación y los particulares destinen a la realización de los Programas Compensatorios, previo acuerdo con el Secretario;

• Ejercer y supervisar la correcta aplicación del presupuesto que el Estado y los Municipios destinen a los Programas Compensatorios a su cargo, de conformidad con la normativa federal vigente previo acuerdo con el Secretario;

• Ejercer, administrar y verificar la correcta aplicación de los recursos que, a través de los Programas Compensatorios, se destinan a la capacitación de los Padres de Familia en las escuelas inscritas en estos programas para generar los conocimientos, las habilidades, y las actitudes necesarias que orienten el trato y la forma de interacción entre el niño y el ambiente que lo rodea, previo acuerdo con el Secretario;

• Coordinar, dentro de la normativa legal aplicable, la construcción, rehabilitación y el equipamiento para las escuelas y niveles de supervisión escolar incorporadas a los Programas Compensatorios;

• Brindar asistencia técnica para la realización de estudios de diagnóstico y evaluación en el sector educativo del Estado;

• Suscribir convenios con maestros y directivos incorporados a Programas Compensatorios, a fin de otorgarles incentivos económicos por el buen desempeño docente;

• A partir del enfoque de los Programas Compensatorios y con el apoyo y soporte de la Subsecretaría de Desarrollo Magisterial, capacitar al personal docente y directivo de las escuelas incorporadas a estos programas;

• Ejecutar dentro del ámbito de su competencia, las actividades y disposiciones que para la equidad en la Educación establecen los artículos 32, 33, 34, 35 y 36 del Título Tercero de la Ley General de Educación;

• Realizar sus funciones de acuerdo con lo que establece la Ley General de Educación y los Convenios de Coordinación firmados entre la Secretaría de Educación y el Consejo Nacional de Fomento Educativo.

COORDINACIÓN OPERATIVA

Área Superior Inmediata: Dirección General de Planeación y Coordinación Educativa

FUNCIONES GENERALES

• Desarrollar sistemas que faciliten una planeación preventiva en todas las áreas de la Secretaría de Educación, modernizando el proceso de planeación y mejorando su eficacia.

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• Coordinar la programación de los proyectos y actividades estratégicas y proponer los ajustes pertinentes a fin de lograr la participación oportuna de las unidades administrativas.

• Vigilar el uso racional y eficiente de los recursos disponibles del POA (Programa Operativo Anual).

• Diseñar sistemas de información y seguimiento de los proyectos estratégicos de la Secretaría de Educación.

• Coordinar los procedimientos de verificación y seguimiento que permitan conocer con objetividad, precisión, oportunidad y regularidad el desarrollo de las actividades de la Secretaría de Educación.

• Coordinar y dar seguimiento a las diferentes áreas de la Secretaría de Educación que intervienen en proyectos de colaboración internacionales.

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

Área Superior Inmediata: Secretaría de Educación

FUNCIONES GENERALES

• Administrar el presupuesto de ingresos y egresos de los servicios educativos asignados a la Secretaría, así como proponer a la titular las modificaciones presupuestales necesarias y realizar el seguimiento del control presupuestal.

• Definir y proponer a la Secretaría las políticas, normas y sistemas para desarrollar una administración programada y eficiente.

• Instrumentar mecanismos que aseguren el pago oportuno de los emolumentos y prestaciones del personal que presta sus servicios en las distintas Unidades Administrativas, en coordinación con las dependencias correspondientes

• Establecer coordinación con la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, para el ejercicio presupuestal asignado a la Secretaría de Educación

• Atender las necesidades de recursos materiales, humanos y tecnológicos de las Unidades Administrativas que integran la Secretaría, y aprobar la adquisición de bienes y contratación de servicios.

• Administrar los Servicios de Informática Administrativa y Educativa.

ESPECÍFICAS

• Definir y proponer al Secretario las políticas, normas y sistemas para desarrollar una administración programada y eficiente, buscando la pertinencia y la racionalización de los tiempos, los recursos materiales, humanos y tecnológicos, destinados a las Unidades Administrativas de la Secretaría;

• Promover, en coordinación con la Subsecretaría de Recursos Humanos, una cultura institucional de excelencia creando un ambiente favorable para el desarrollo del trabajo eficiente y la práctica de un verdadero servicio a la comunidad;

• Atender las necesidades de recursos materiales, humanos y tecnológicos de las Unidades Administrativas que integran la Secretaría, y aprobar la adquisición de bienes y la contratación de servicios, a través de las instancias correspondientes, de conformidad con las políticas, normas y procedimientos autorizados por el Secretario, y los principios, lineamientos y disposiciones de carácter jurídico que rigen la Administración Pública;

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• Instrumentar mecanismos que aseguren el pago oportuno de los emolumentos y prestaciones del personal que presta sus servicios en las distintas Unidades Administrativas, en coordinación con las dependencias correspondientes;

• Coordinar el establecimiento y operación del programa interno de protección y seguridad para el personal, instalaciones, bienes y edificios de las Unidades Administrativas de la Secretaría;

• Definir los lineamientos para la administración del parque vehicular; • Promover medidas de control, conservación, rehabilitación, reposición, y en general, el buen uso

de los recursos materiales a cargo de la Unidades Administrativas de la Secretaría; • Administrar el presupuesto de ingresos y egresos de los servicios educativos asignados a la

Secretaría, así como proponer al Titular las modificaciones presupuestales necesarias y realizar el seguimiento del control presupuestal;

• Implementar y actualizar las políticas internas de administración y ejercicio del gasto, previa autorización del Secretario, vigilando su cumplimiento;

• Coordinarse con la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, para el ejercicio del presupuesto estatal asignado a la Secretaría de Educación;

• Aplicar los recursos financieros de otras entidades administrativas que se reciban en la Secretaría de Educación, y llevar el control en coordinación con la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado;

• Llevar la contabilidad de los recursos que se asignan a la Secretaría para el cumplimiento de sus fines;

• Formular y presentar los informes del ejercicio del gasto de los recursos asignados; • Realizar revisiones, a solicitud del C. Secretario, Subsecretarios y Directores de primer nivel, a

las Unidades Administrativas de la Secretaría de Educación en el Estado, así como a los planteles educativos, para verificar el buen uso de los recursos materiales, humanos y financieros y supervisar el cumplimiento de las normas y políticas establecidas en la materia;

• Administrar los Servicios de Informática Administrativa y Educativa.

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Y CONTABILIDAD

Área Superior Inmediata: Dirección General de Administración y Finanzas

FUNCIONES GENERALES

• Administrar y controlar el presupuesto de ingresos y egresos federales y estatales autorizados al servicio educativo.

• Elaborar, validar y emitir los estados financieros mensuales, trimestrales y anuales.

• Rendir cuenta pública mensual, trimestral y anualmente.

• Elaborar análisis financieros diversos para diferentes instancias del gobierno estatal y federal sobre el gasto educativo.

• Mantener coordinación con Tesorería General del Estado y Secretaría de Educación Pública (México) para el ejercicio del gasto educativo.

ESPECÍFICAS

• Administrar los recursos financieros y el manejo de cuentas bancarias;

• Diseñar y aplicar mecanismos que permitan optimizar el rendimiento financiero de los recursos asignados a la Secretaría;

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• Dar seguimiento al presupuesto autorizado para el gasto educativo del Estado;

• Proveer de recursos financieros a las Unidades Administrativas de la Secretaría, en función de las partidas presupuestales autorizadas;

• Elaborar reportes del ejercicio presupuestal de todas las Unidades Administrativas de la Secretaría e informar al Director de Administración y Finanzas;

• Mantener coordinación con la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado para la aplicación de los recursos presupuestales asignados a la Secretaría de Educación;

• Coadyuvar con la Dirección de Administración y Finanzas en la aplicación de los recursos financieros de otras entidades administrativas que se reciban en la Secretaría de Educación, y llevar el control en coordinación con la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado;

• Efectuar el registro de los ingresos y egresos de la Secretaría, de conformidad con las normas establecidas por las leyes, reglamentos y demás disposiciones legales;

• Elaborar los reportes e informes financieros que le sean requeridos por el Director de Administración y Finanzas;

• Realizar las conciliaciones bancarias necesarias para presentar adecuadamente los reportes e informes financieros que le sean requeridos;

• Verificar que los comprobantes que amparan los gastos efectuados por las distintas Unidades Administrativas de la Secretaría de Educación, respecto de los recursos entregados, cumplen con los ordenamientos normativos;

• Verificar el cumplimiento de las políticas de administración dictadas por las autoridades competentes, respecto del gasto efectuado por las diferentes Unidades Administrativas de la Secretaría.

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN CENTRAL

Área Superior Inmediata: Dirección General de Administración y Finanzas

FUNCIONES GENERALES

• Administrar el presupuesto federal y estatal asignado a la Dirección de Administración Central con acuerdo del Director de Administración y Finanzas.

• Realizar los trámites para la contratación del personal requerido para las unidades administrativas, previo acuerdo con el Director de Administración y Finanzas y con base al presupuesto autorizado.

• Contar con el parque vehicular asignado a la Secretaría de Educación y administrar la dotación de combustible y lubricantes gestionar mantenimiento preventivo y correctivo de vehículos.

• Elaborar y mantener actualizado el inventario de los bienes muebles al servicio de las unidades administrativas de la Secretaría de Educación con sus resguardos.

• Gestionar y pagar oportunamente los pagos y prestaciones al personal que presta sus servicios en las unidades administrativas de la Secretaría de Educación.

ESPECÍFICAS

• Vigilar el cumplimiento de derechos y obligaciones de los servidores públicos adscritos a las Unidades Administrativas de la Secretaría de Educación, y en su caso, notificar las violaciones a los ordenamientos establecidos a fin de que se apliquen las medidas preventivas y correctivas;

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• Promover la capacitación y el desarrollo del personal de las Unidades Administrativas de la Secretaría de Educación;

• Aplicar los esquemas de capacitación en programas de calidad autorizados para el desarrollo profesional del personal administrativo de la Secretaría;

• Desarrollar y aplicar estrategias para la mejora continua del clima organizacional de la Secretaría de Educación;

• Controlar las altas, bajas e incidencias del personal adscrito a las Unidades Administrativas de la Secretaría de Educación, así como establecer controles de asistencia para dicho personal;

• Elaborar y mantener actualizada la plantilla de personal de las Unidades Administrativas de la Secretaría de Educación;

• Gestionar los servicios y materiales consumibles necesarios para el buen desempeño de las funciones en las Unidades Administrativas de la Secretaría de Educación, considerando el presupuesto autorizado y su política de ejercicio;

• Con base al presupuesto autorizado y la información proporcionada por las Unidades Administrativas de la Secretaría de Educación, efectuar los trámites para que los requerimientos sean proporcionados a los usuarios, así como ejercer el control del mismo;

• Gestionar los servicios de vigilancia y proporcionar los servicios de intendencia, mantenimiento preventivo y correctivo a las instalaciones y equipos de las Unidades Administrativas de la Secretaría de Educación;

• Proporcionar los servicios de traslado de funcionarios, mensajería y carga dentro del Estado;

• Controlar los accesos del edificio de la Secretaría de Educación;

• Proporcionar los servicios de impresión de papelería de línea, folletos, volantes, pósters, diplomas y reconocimientos, de acuerdo a la capacidad instalada;

• Ejercer el presupuesto asignado a la Dirección de Administración Central;

• Implementar y actualizar las políticas internas de administración de las Unidades Administrativas de la Secretaría de Educación.

DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA

Área Superior Inmediata: Dirección General de Administración y Finanzas

FUNCIONES GENERALES

• Coordinar la administración de tiempos de proceso y prioridades de los sistemas en operación y establecer calendarios de trabajo.

• Supervisar el cumplimiento de control de recepción y entrega de información, así como el respaldo de información y sistemas operativos.

• Coordinar y vigilar el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos.

• Coordinar los proyectos de automatización (análisis, diseño, desarrollo e implementación de sistemas).

ESPECÍFICAS

• Procesar los datos y entregar la información que sea requerida por las Unidades de la Secretaría de Educación;

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• Proponer al Director de Administración y Finanzas las políticas en materia de informática para el diseño, desarrollo e implementación de sistemas de cómputo;

• Elaborar para su aprobación los programas internos para el procesamiento electrónico de datos que se realicen en el Centro de Cómputo a su cargo en los términos y con periodicidad que se establezca con los usuarios del servicio;

• Administrar en Centro de Cómputo de la Secretaría y desarrollar los procesos de operación en materia computacional en coordinación con las distintas áreas de la propia Secretaría que requieran el servicio;

• Realizar estudios e investigaciones en materia de informática que permitan a la Secretaría estar a la vanguardia en la aplicación y uso de sistemas electrónicos para la gestión administrativa institucional que favorezca el servicio educativo;

• Establecer mecanismos para el uso más adecuado y el mejor aprovechamiento de equipos de computación y del software a cargo de las Unidades Administrativas de la Secretaría;

• Brindar apoyo técnico a las Unidades Administrativas de la Secretaría en el desarrollo de sistemas de informática, adquisición de software y equipo de cómputo necesario para la automatización y simplificación de los procesos y servicios administrativos de la Secretaría;

• Diseñar para su aplicación sistemas de mantenimiento y protección de la información y procesos administrativos que se desarrollan a través de medios electrónicos, así como de los equipos de computación del gobierno del estado a cargo de la Secretaría de Educación;

• En coordinación con la Unidades Administrativas de la Secretaría y la Dirección de Administración Central detectar y satisfacer las necesidades de capacitación en materia de computación entre el personal de la propia Secretaría;

• Planear, evaluar y dar seguimiento a la implantación de sistemas informáticos integrales a nivel macro y micro computacionales, que permitan modernizar y hacer más ágiles y eficientes la operación y los procesos administrativos;

• Diseñar los sistemas de información y estructurales que requiere el desarrollo organizacional de la Secretaría de Educación;

• Elaborar y coordinar los planes, programas y normativa técnica y operativa, de las redes de comunicación y sistemas de información de la Secretaría de Educación;

• Efectuar revisiones que permitan asegurar el buen uso del equipo de cómputo, de los sistemas electrónicos de información, de la paquetería utilizada y en del apego a las políticas y normas establecidas;

• Promover y fomentar la cultura del cuidado, conservación, eficiencia y buen uso de los equipos electrónicos de información;

• Adoptar las medidas necesarias para salvaguardar la información, los programas y el equipo computacional que tiene bajo su responsabilidad.

DIRECCIÓN JURÍDICA

Área Superior Inmediata: Secretaría de Educación

FUNCIONES GENERALES

• Asesorar en materia jurídica y normativa al Secretario de Educación y a las Unidades Administrativas que conforman la Secretaría de Educación.

• Actualizar el marco legal aplicable a la Secretaría de Educación.

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• Representar legalmente a la Secretaría y a sus Unidades. Administrativas ante los Tribunales Estatales y Federales, Órganos Jurisdiccionales, Contencioso Administrativos y Autoridades Administrativas, en los procesos o procedimientos de toda índole.

• Rendir los informes que requiera la Comisión Estatal de Derechos Humanos, sobre las quejas presentadas ante dicho organismo.

• Dictaminar, evaluar y en su caso elaborar los convenios y contratos que suscriben los Titulares de las Unidades Administrativas de la Secretaría o el Secretario.

ESPECÍFICAS

• Asesorar al Secretario en materia jurídica y normativa;

• Proporcionar asesoría técnica-jurídica a las Unidades Administrativas que conforman la Secretaría;

• Promover la modernización del marco legal estatal en la materia que concierne a la Secretaría;

• Representar legalmente a la Secretaría y a sus Unidades Administrativas, ante los Tribunales Estatales y Federales, órganos jurisdiccionales, contencioso-administrativos y autoridades administrativas, en los procesos o procedimientos de toda índole;

• Establecer los mecanismos de comunicación y coordinación con las Unidades Administrativas de la Secretaría para apoyarlas en el cumplimiento de las resoluciones judiciales o extrajudiciales, o de carácter administrativo;

• Ejercitar las acciones judiciales y contencioso-administrativas que competan a la Secretaría, presentar querellas y denunciar ante el Ministerio Público con motivo de los hechos que lo ameriten, otorgar perdones, presentar desistimientos y acordar conciliaciones en beneficio de la Secretaría, así como también representar al Secretario en los juicios laborales;

• Dictaminar, evaluar y en su caso elaborar los convenios y contratos que suscriban los titulares de las Unidades Administrativas de la Secretaría o el Secretario;

• Planear, organizar, normar, coordinar, supervisar y evaluar los servicios jurídicos y la aplicación de las disposiciones jurídicas relativas a la competencia de la Secretaría;

• Registrar los instrumentos normativos que emita el Secretario de Educación y las Unidades Administrativas de la Secretaría, los nombramientos que expida el titular de las mismas, así como también las autorizaciones que, para ejercer atribuciones, expidan el Secretario y los titulares de las Unidades Administrativas conforme a este Reglamento y las disposiciones aplicables;

• Remitir para su publicación en el Periódico Oficial las disposiciones y lineamientos generales de la Secretaría que así lo ameriten, así como también difundir los acuerdos del Secretario que no se divulguen por dicho Periódico Oficial;

• Compilar y divulgar las leyes, reglamentos, decretos y acuerdos que se relacionen con la esfera de competencia de la Secretaría, así como también las circulares y órdenes que, en razón de sus atribuciones, expidan los titulares de las Unidades Administrativas de la Secretaría;

• Resolver las dudas que se susciten sobre la interpretación o aplicación del presente reglamento o bien sobre los casos no previstos en el mismo;

• Atender las resoluciones que pronuncien las autoridades jurisdiccionales, exigiendo su cumplimiento a las Unidades Administrativas de la Secretaría y rendir los informes que requiera la Comisión Estatal de Derechos Humanos;

• Autentificar, cuando sea procedente, las firmas de los servidores públicos de la Secretaría asentadas en los documentos que expidan con motivo del ejercicio de sus atribuciones;

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• Substanciar y resolver los procedimientos administrativos de nulidad, revocación, cancelación, reconsideración, revisión y, en general todos aquellos que tiendan a modificar o extinguir derechos u obligaciones generados por resoluciones que dicte la Secretaría, con excepción de aquellos que hubiesen sido encomendados a otras Unidades Administrativas de la misma;

• Proponer al Secretario la Normativa general que habrá de observarse en el ejercicio de la delegación y autorización para ejercer atribuciones;

• Gestionar ante las autoridades competentes, para que resuelvan sobre la legalización de bienes inmuebles propiedad del Estado cuando se destinen al servicio educativo, o sobre la incorporación al patrimonio del Estado de los que siendo propiedad de los los municipios o particulares se destinen al mismo fin;

• Expedir copias certificadas de las constancias que obren en los archivos de la Secretaría cuando deban ser exhibidas en procedimientos judiciales o contencioso-administrativos y, en general, para cualquier proceso o averiguación;

• Proporcionar asesoría sobre el registro de la propiedad intelectual de los autores que producen y crean obra literaria, científica, plástica, pedagógica y sistemas de computación y las demás de naturaleza análoga, para que realicen su trámite ante la autoridad competente;

• Proporcionar asesoría sobre reservas de derechos al uso exclusivo de publicaciones y difusiones periódicas, personajes ficticios y humanos de caracterización, nombres y denominaciones artísticas, características gráficas de obras y publicaciones periódicas, así como también de las características originales de promociones publicitarias, para que realicen su trámite ante las autoridades correspondientes;

• Proporcionar asesoría sobre los trámites ante el Instituto Nacional de Derechos de Autor, respecto de las solicitudes para el registro internacional en los términos de las disposiciones aplicables;

• Mantener coordinación con los representantes sindicales para dar solución adecuada a los conflictos laborales, aplicando la Normatividad;

• Representar legalmente a la Secretaría, a sus servidores públicos y a sus Unidades Administrativas ante el Tribunal de Arbitraje del Estado, y ante autoridades estatales y federales para la resolución de los asuntos de su competencia. El titular de la Dirección Jurídica mediante oficio podrá conferir dicha representación en servidores públicos y sustituir o revocar dichas facultades;

• Aplicar las leyes, reglamentos, manuales y demás disposiciones en materia laboral a los trabajadores al servicio de la Secretaría de Educación, y en caso, ocurrir ante los Tribunales competentes, solicitando la suspensión y cese de los efectos del nombramiento, sin responsabilidad de la Secretaría.

• Asesorar a las autoridades educativas en los aspectos normativos para su correcta aplicación;

• Dictaminar la vigencia o prescripción del derecho de personal del servicio educativo para efectuar el cobro de remuneraciones omitidas;

• Intervenir en los conflictos que se presenten con el sindicato y con los trabajadores del servicio educativo, procurando la mejor solución de acuerdo a la Normatividad vigente;

• Estudiar, analizar y proponer prácticas líderes en materia de leyes y reglamentos que afecten las relaciones laborales;

• Estudiar y analizar todas las propuestas de modificación a la legislación estatal en materia laboral aplicable, y realizar el proceso necesario para su implementación;

• Llevar a cabo cuando lo soliciten, en coordinación con las autoridades administrativas de nivel correspondiente, la substanciación de los procedimientos en los casos y términos a que se

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refiere los artículos 121 y 122 de la Ley de Educación del Estado y ponerlo a consideración de la autoridad competente para que se emita la resolución respectiva;

• Supervisar que la entrega recepción que realizan los servidores públicos cuando dejan el puesto que ocuparon en la Secretaría se realicen en los términos y procedimientos de Ley.

DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA

Área Superior Inmediata: Secretaría de Educación

FUNCIONES GENERALES

• Dirigir la elaboración de planes y programas de operativos estatales, federales e internacionales, administrar los recursos del Sistema Estatal Evaluación Educativa en Nuevo León y realizar el seguimiento de los mismos.

• Dirigir coordinadamente con el área técnico pedagógica la elaboración de juegos de instrumentos de evaluación.

• Dirigir en coordinación con el área operativa la ejecución de los proyectos y/o programas.

• Dirigir en coordinación con el área de lectura óptica el análisis de resultados de cada operativo de evaluación.

• Dirigir la difusión de resultados obtenidos por cada escuela con objeto de que esta desarrolle la cultura de auto evaluación.

• Servir como vinculo permanente entre el Sistema Estatal Evaluación Educativa en Nuevo León la federación y organismos internacionales de evaluación educativa.

ESPECÍFICAS

• Establecer un Sistema Estatal de Evaluación Educativa, que permita a la Secretaría, contar con los indicadores claves del desempeño y evolución de las funciones educativas, tanto públicas y privadas que se brindan en el Estado;

• Diseñar los indicadores que periódicamente se deberán evaluar en el Sistema Estatal de Educación, difundiendo los mismos en los diferentes niveles públicos y privados que integran el Sistema Educativo en el Estado;

• Establecer referencias nacionales e internacionales que sirvan de marco de comparación a los indicadores establecidos en el Sistema Educativo Estatal;

• Formar un Banco de Datos con la información básica que deberá estarse evaluando sistemáticamente por la Secretaría;

• Realizar modificaciones en los indicadores establecidos para adecuarlos a las necesidades que se presenten en el Sistema Educativo;

• Proporcionar periódicamente información de los indicadores evaluados, a las diferentes escuelas e instituciones públicas y privadas que forman el Sistema Educativo, acerca del comportamiento de dichos indicadores para cada nivel en lo particular;

• Coordinarse con las diversas dependencias oficiales e instituciones privadas para recabar información estadística;

• Implementar y desarrollar el sistema estatal de evaluación académica en todos los niveles y coordinarse en la esfera de su competencia, con el sistema federal de evaluación;

• Recolectar, a través de los mecanismos establecidos, las experiencias, opiniones e información que en materia de evaluación obtienen los inspectores del nivel;

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• Evaluar el aprovechamiento académico de los educandos del sistema de educación básica de Nuevo León;

• Evaluar en coordinación con las áreas competentes los servicios de educación que proporciona la Secretaría, y proponer las modificaciones procedentes;

• Evaluar periódica y sistemáticamente los resultados obtenidos en los servicios educativos, y sugerir a la Subsecretaría que corresponda las adecuaciones pertinentes para el mejoramiento de los mismos;

• Revisar en forma permanente los instrumentos, métodos y técnicas de evaluación con el fin de estimular el avance educativo de los alumnos de los sistemas abiertos de enseñanza, vinculando acciones con la Dirección de Planeación e Investigación Educativa con el propósito de proponer al responsable del servicio, estrategias técnico pedagógicas que permitan mejorar el nivel académico;

• Ser el representante de la Secretaría, ante la Dirección General de Evaluación Nacional para mantener constante comunicación y coordinación con dicha dependencia.

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MAGISTERIAL

Área Superior Inmediata: Secretaría de Educación

FUNCIONES GENERALES

• Atender a la formación inicial de los profesores de Educación Básica.

• Proponer planes y programas que coadyuven al desarrollo profesional del maestro.

• Diseñar y promover nuevos métodos, formas y recursos didácticos congruentes con los propósitos formativos del currículo.

ESPECÍFICAS

• Proponer al Secretario las políticas y programas que permitan ampliar las oportunidades de formación, capacitación y actualización de los profesores de acuerdo con las necesidades cualitativas y cuantitativas del sistema educativo en la entidad en el corto y mediano plazo;

• Coordinar los esfuerzos de las distintas áreas de la Secretaría para que de conformidad con las políticas y programas autorizados se realicen los cursos, talleres, seminarios, conferencias y cualquier otra actividad que se promueva en la Secretaría para la formación, capacitación y actualización de los profesores;

• Promover acciones para que el docente aspire a optimizar sus potencialidades humanas, sus facultades, actitudes y rasgos personales, que en lo general les permitan crecer tanto personal como profesionalmente, trasformándose así en agentes de cambio con capacidad para proponer alternativas de solución a los múltiples problemas que su profesión les plantea;

• Coordinar acciones para optimizar la articulación entre formación inicial del maestro, su actualización y desarrollo profesional, que permita contar con un sistema integrado, contemplando el conjunto de necesidades de personal calificado para atender el desarrollo de la educación en el Estado;

• Establecer proyectos tendientes a la creación y extensión de los servicios para el desarrollo profesional y el fortalecimiento académico que permitan asegurar la calidad de la enseñanza;

• En coordinación con la Dirección de Planeación e Investigación Educativa, y la Subsecretaría de Evaluación y Educación Superior, realizar estudios para detectar en el mediano y largo plazo las necesidades de docentes y de personal directivo y técnico, que permitan definir los programas

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estatales de formación inicial, para lograr un adecuado equilibrio entre la oferta de formación y las necesidades cuantitativas y cualitativas de la educación básica en el Estado;

• Fortalecer el sistema permanente de formación, capacitación y actualización del magisterio y de administradores de la educación que permita a sus integrantes obtener competencias para desempeñarse en su cargo con calidad, excelencia y liderazgo;

• Promover ambientes académicos y estimulantes, capaces de atraer hacia la profesión de maestro a un número mayor de estudiantes con genuina vocación y sentido de servicio;

• Orientar las capacidades de los maestros hacia la excelencia, que les permitan estimular los procesos de aprendizaje de sus alumnos, aseguren el dominio disciplinario y didáctico en su campo de enseñanza, los familiaricen con las pautas características de las etapas de desarrollo por las que transitan sus alumnos, los hagan sensibles a las particularidades sociales y culturales de su futuro entorno de trabajo, como base de una relación respetuosa y constructiva con los padres de familia y la comunidad;

• Promover la renovación gradual en los docentes, supervisores, directivos y técnicos que incluya: la actualización frente a los cambios del currículo y los avances de las ciencias de la educación; capacitación para educadores de regiones apartadas; superación profesional para quienes desean especialización en sus tareas o alcanzar un nivel más alto de competencia; preparación para directivos y supervisores, más vinculada a la organización escolar y al liderazgo educativo, sin dejar de hacer énfasis al aspecto académico que debe ser el eje rector en el centro escolar;

• Desarrollar acciones que faciliten el conocimiento de los contenidos y enfoques de los planes de estudio, así como promover la utilización de nuevos métodos, formas y recursos didácticos congruentes con los propósitos formativos del currículo;

• Celebrar convenios con instituciones universitarias y técnicas superiores nacionales e internacionales para sumar esfuerzos en la formación, actualización y desarrollo profesional del magisterio, previo el acuerdo delegatorio que al efecto expida el Secretario de Educación;

• Fomentar y apoyar la participación de los profesores en la realización de estudios de postgrado en educación;

• Realizar programas de intercambio académico a nivel nacional e internacional con el objeto de mantener la mejora continua del magisterio;

• Fortalecer los programas de estímulos y reconocimientos como recompensa y aliento a la superación y al alto rendimiento en el ejercicio de la docencia;

• Promover la publicación de libros y revistas especializadas y de difusión, sobre proyectos, métodos, investigaciones y recursos didácticos para reconocer y fomentar la contribución del magisterio;

• Representar a la Secretaría de Educación en la Comisión Mixta de Carrera Magisterial de acuerdo con la normativa vigente;

• Garantizar a través de la Carrera Magisterial el otorgamiento de estímulos, a los docentes, que con base en su preparación y desempeño, contribuyen de manera más directa a elevar la calidad de la educación.

DIRECCIÓN DE INSTITUCIONES FORMADORAS DE DOCENTES

Área Superior Inmediata: Subsecretaría de Desarrollo Magisterial

FUNCIONES GENERALES

• Coordinar las actividades académicas y administrativas de las Instituciones formadoras de Docentes.

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• Coadyuvar para que exista congruencia entre la formación inicial y la demanda educativa. • Proponer la creación de servicios educativos que ofrecen las IFAD (Instituto de Formadoras y

Actualizadores de Docentes). • Coordinar y supervisar la aplicación de normas, lineamientos y políticas de índole Federal y

Estatal • Vincular acciones de proyectos estatales con las disposiciones nacionales.

ESPECÍFICAS

• Propiciar el fortalecimiento de las capacidades del maestro para que, éste, en su desempeño profesional asegure el dominio disciplinario y didáctico de su campo de enseñanza, conozca las etapas del desarrollo intelectual, emocional; y físico por las que transitan sus alumnos, logre que el alumno construya aprendizajes que enriquezcan su conocimiento del mundo físico y social, genere interés del alumno en los contenidos estudiados porque los considera de importancia o significado para su propia vida o para su proyecto de vida;

• Emprender las acciones necesarias para dar coherencia y articulación a las adaptaciones locales de los criterios nacionales en la formación del docente;

• Establecer políticas de acercamiento, coordinación y vinculación con las instituciones formadoras de docentes, para fortalecer permanentemente el sistema de formación inicial y de administradores de la educación, que les permita desempeñar su cargo con calidad, excelencia y liderazgo;

• Proponer el presupuesto financiero requerido para la realización de las actividades propias de la Coordinación;

• Dar seguimiento de los programas establecidos de la Secretaría de Educación Pública.

DIRECCIÓN DE CENTROS DE CAPACITACIÓN DEL MAGISTERIO

Área Superior Inmediata: Subsecretaría de Desarrollo Magisterial

FUNCIONES GENERALES

• Coordinar programas de actualización y capacitación profesional, supervisando y participando en el diseño, organización y planeación de las actividades académicas, administrativas y presupuestales.

• Proponer programas de capacitación y actualización para el personal en servicio, los cuales deberán responder a las necesidades del Sistema Educativo en el Estado.

• Realizar investigaciones acerca de las prácticas de líderes de capacitación y actualización de docentes.

• Definir y evaluar el impacto que los programas de capacitación y actualización profesional tienen en el programa de enseñanza - aprendizaje, gestión escolar y aprovechamiento escolar; a través de parámetros o indicadores establecidos por la Dirección del Sistema Estatal de Evaluación Educativa.

ESPECÍFICAS

• Proponer el diseño de materiales didácticos para los Centros de Capacitación y Actualización; • Contar con registros estadísticos de participación y aprovechamiento del personal en los

programas de capacitación y actualización;

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• Proponer dictámenes sobre los resultados de la evaluación, a fin de definir estrategias para el proceso de mejora continua de los programas de capacitación, actualización y superación;

• Coordinar el proceso para la aplicación de los reconocimientos instituidos a nivel nacional y local; • Definir las políticas para otorgar reconocimientos apegados a la normativa existente, a fin de que

cumplan con el objetivo para el que fueron creados; • Promover la realización de eventos, reuniones, asambleas y otras actividades de carácter

científico y técnico pedagógico; • Determinar anualmente las necesidades de capacitación y actualización académica del

magisterio y proponer los planes de actualización docente requeridos; • Coordinar y operar en la entidad el Programa Nacional de Actualización Permanente para

Maestros de Educación Básica en Servicio; • Proponer cursos y talleres de capacitación y actualización académica, y evaluar el impacto de la

capacitación de docentes en los educandos, en coordinación con la Dirección del Sistema Estatal de Evaluación Educativa;

• Difundir, apoyar y asesorar sobre Planes y Programas de estudio al personal directivo y docente; • Orientar y asesorar a los cuerpos académicos a través de las Unidades de Servicios Educativos

Descentralizados.

DIRECCIÓN DE CARRERA MAGISTERIAL

Área Superior Inmediata: Subsecretaría de Desarrollo Magisterial

FUNCIONES GENERALES • Operar el Programa de Carrera Magisterial en el Estado de Nuevo León. • Distribución del presupuesto para incorporación y promoción en el Programa de Carrera

Magisterial en Nuevo León. • Validar la información de los maestros dictaminados por la Comisión Paritaria Estatal de Carrera

Magisterial. • Coordinación de los procesos de inscripción y de los distintos factores que se evalúan en la

Dirección. • Funciones ejecutivas inherentes al puesto y representación del programa a nivel nacional.

ESPECÍFICAS

• Dar una adecuada interpretación a las normas de Carrera Magisterial a fin de que sean aplicadas adecuadamente;

• Difundir en coordinación con la Comisión Paritaria Estatal, los lineamientos y normativa emitida por la Comisión Nacional SEP–SNTE entre el magisterio de Nuevo León;

• Implementar las acciones necesarias para distribuir, recibir y validar las cédulas para la evaluación del desempeño profesional;

• Aplicar, conforme a los criterios y lineamientos establecidos, los procedimientos para el ingreso, la permanencia y promoción del personal docente y directivo al Programa de Carrera Magisterial;

• Representar al Subsecretario de Desarrollo Magisterial en la Comisión Mixta de Carrera Magisterial e informarle de su gestión;

• Evaluar la operatividad del Programa de Carrera Magisterial y proponer los ajustes necesarios para mejorar su efectividad ante la Coordinación Magisterial;

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• Llevar el registro y validación de los puntajes obtenidos por la asistencia a cursos estatales; • Manejar la inscripción en el Sistema de Evaluación; • Coordinar la aplicación de los instrumentos de valoración.

COORDINACIÓN DEL SISTEMA ESTATAL DE EDUCACIÓN PARA ADULTOS

Área Superior Inmediata: Subsecretaría de Desarrollo Magisterial

FUNCIONES GENERALES

• Elaborar estrategias de educación para los adultos, en vinculación con el sector productivo, el de servicios y con los gobiernos municipales.

• Proponer cursos, conferencias, talleres y seminarios dirigidos al personal docente y de apoyo a la educación para los adultos.

• Difundir a través de los medios de comunicación el Programa de Educación para los Adultos, a fin de llevar este servicio al mayor número de personas posibles.

• Extender los servicios de educación para los adultos en coordinación con otras instituciones no gubernamentales, públicas y privadas.

ESPECÍFICAS

• Proporcionar el servicio educativo semiescolarizado gratuito de alfabetización, primaria intensiva y asesoría en secundaria a las personas mayores de 15 años;

• Integrar los esfuerzos del Gobierno Federal y Estatal para abatir el rezago educativo entre la población mayor de 15 años, y ofrecer alternativas de capacitación y de actualización;

• Asegurar la atención a la población adulta con rezago educativo a través de las distintas modalidades de atención;

• Promover la participación de los estudiantes universitarios en los programas de educación de adultos como parte de las actividades de su servicio social;

• Promover y desarrollar la investigación en el campo de la Educación para Adultos, orientada al fortalecimiento del proceso enseñanza-aprendizaje de los adultos inscritos en esta modalidad educativa;

• Desarrollar programas que permitan al adulto, no sólo su alfabetización, sino además obtener conocimientos y habilidades fundamentales como la lectura, escritura y manejo de las matemáticas, principios elementales de salud e higiene, prevención de enfermedades y cuidados en el hogar, aspectos cívicos, históricos regionales, ecología, y en general, el desarrollo de aptitudes para llevar una vida productiva y la formación de valores fundamentales, para el pleno ejercicio responsable de sus derechos y su participación en la vida democrática;

• Promover el Sistema Educativo no escolarizado con el fin de llevar este servicio al mayor número de personas posible;

• Desarrollar métodos de enseñanza-aprendizaje que fomenten y faciliten el autodidactismo en los sistemas abiertos;

• Diseñar, proponer y producir el material didáctico destinado a la educación para adultos;

• Realizar estudios tendientes a identificar y llevar un registro geográfico actualizado de adultos sin instrucción básica o analfabetas, con el propósito de abatir este rezago educativo;

• Llevar el registro y control de alumnos inscritos en los centros educativos para adultos a cargo del Estado;

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• Coordinar actividades con otras instituciones, con el propósito de extender los servicios de educación para adultos a los diversos sectores de la población;

• Gestionar la acreditación y certificación de estudios de primaria, secundaria y de capacitación en el trabajo, que realicen los adultos en los centros de educación para adultos a cargo del Estado.

COORDINACIÓN DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN

Área Superior Inmediata: Subsecretaría de Desarrollo Magisterial

FUNCIONES GENERALES

• Promover en coordinación con la Subsecretaría de Desarrollo Magisterial y la Subsecretaría de Educación Básica, el desarrollo de la investigación científica, humanística, tecnológica y ambientalmente sustentable;

• Promover la creación, así como, el desarrollo de un centro de investigación, de difusión tecnológica y científica, acorde a las necesidades e intereses de la comunidad magisterial;

• Estudiar y analizar comparativamente las mejores referencias estatales, nacionales e internacionales, en aspectos académicos de educación básica y superior;

• Elaborar estudios y anteproyectos que promuevan la innovación académica y proponerlos a las áreas internas respectivas.

SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN BÁSICA

Área Superior Inmediata: Secretaría de Educación

FUNCIONES GENERALES • Dirigir las acciones encaminadas al cumplimiento del art. 15 del Reglamento Interno de la

Secretaría de Educación.

• Coordinar las actividades Técnico - Pedagógicas de Educación Básica.

• Seguimiento de Proyectos.

• Atención de audiencias.

• Administrar los recursos de la Subsecretaría de Educación Básica.

ESPECÍFICAS

• Administrar con un enfoque de excelencia los servicios de educación inicial, preescolar, primaria, secundaria y especial, que se impartan en los planteles dependientes de la Secretaría, los servicios orientados a favorecer la equidad educativa, el programa de idiomas en la educación básica, la tecnología educativa, los servicios sociales, culturales y deportivos de apoyo a la educación básica, y dentro de su ámbito de competencia conjuntar esfuerzos con la Dirección de Vinculación Social en el desarrollo, impulso y fortalecimiento de los sistemas abiertos de educación básica para adultos;

• Proponer al titular de la Secretaría los lineamientos de políticas, programas y proyectos para el desarrollo académico del Sistema Educativo Estatal del nivel básico;

• Supervisar y asesorar a las instituciones oficiales e incorporadas a la Secretaría de los niveles de educación inicial, preescolar, primaria, secundaria y especial, para que impartan la educación de acuerdo a los planes, programas, métodos de estudio y normas pedagógicas, y para que se cumplan los lineamientos aplicables;

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• Ofrecer a los alumnos a través de los servicios educativos correspondientes, una educación que contemple el desarrollo integral, fortalezca los valores humanos, su identidad nacional y su autoestima, así como su interés por el cuidado de la naturaleza;

• Formular estrategias para la mejora continua de los servicios educativos a cargo de esta Subsecretaría, en un marco de equidad y pertinencia, con indicadores de desempeño, con resultados educativos de excelencia, para todos los grupos sociales y todas las regiones del Estado;

• Proponer el diseño de los contenidos regionales y su adecuación e inclusión en los planes de estudio para la educación básica;

• Realizar estudios, análisis y dictámenes sobre los materiales didácticos y útiles escolares recomendados oficialmente, buscando siempre el beneficio de la educación y la economía familiar, de acuerdo a los planes y programas de educación básica vigentes;

• Participar en la selección, con base en las normas y criterios establecidos por los órganos competentes, de los libros de texto, cuadernos de trabajo y obras de consulta destinados a la educación básica;

• Desplegar en el nivel correspondiente y supervisar la aplicación de modelos pedagógicos adecuados a los fines de los Programas Compensatorios, en las escuelas inscritas en este tipo de programas.

• Aplicar las medidas necesarias para la adecuada y oportuna recepción, adaptación, elaboración y aplicación de recursos didácticos, instrumentos de evaluación y medición de resultados que se destinen a las escuelas de los distintos niveles de Educación Básica inscritas en los programas compensatorios;

• Desarrollar mecanismos para evitar deserciones de alumnos por escasez de recursos económicos o por falta de apoyo familiar;

• Consolidar la formación integral de los estudiantes mediante la sensibilización al arte, la cultura, la recreación y el deporte;

• Promover en los servicios de Educación Básica una orientación educativa encaminada a la educación para la conservación del medio ambiente, el equilibrio ecológico y el amor a la naturaleza;

• Desarrollar acciones para reforzar el aprendizaje de niños de bajo aprovechamiento con riesgo elevado de deserción y reprobación en la escuela, buscando el apoyo de la comunidad y la familia;

• Impulsar medidas que contribuyan a elevar la eficiencia terminal y a obtener un aprendizaje efectivo;

• Impulsar y coordinar el Centro Estatal de Comunicación, Tecnología e Informática Educativa, para la investigación, desarrollo, implantación y evaluación de sistemas y medios, con la finalidad de fortalecer y ampliar de una manera integral los procesos de enseñanza y aprendizaje en todas sus modalidades;

• Desarrollar y coordinar la red de informática educativa en Nuevo León para integrar recursos, proyectos y medios didácticos computarizados para todas las regiones del Estado;

• Conjuntar esfuerzos para ampliar los acervos de las bibliotecas escolares, modernizar sus servicios y crear programas que impulsen el hábito de la lectura crítica;

• Difundir y vigilar el cumplimiento del Calendario Escolar Oficial para los planteles públicos y privados;

• Difundir y vigilar el cumplimiento de los planes, programas, métodos de estudio, normas pedagógicas, contenidos educativos, materiales didácticos e instrumentos para la evaluación del

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aprendizaje de la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, especial, y en coordinación con la Dirección de Vinculación Social los sistemas abiertos de Educación Básica.

• Establecer las estrategias para la integración, aplicación y seguimiento del Programa Anual de inspección y supervisión y de los proyectos escolares de zona en cada uno de los niveles y modalidades de educación básica a cargo del Estado y de los particulares con autorización y reconocimiento oficial de estudios, orientando las funciones del supervisor a un efectivo apoyo a la labor de docentes y directivos, que promuevan la educación significativa, que facilite las tareas de análisis, revisión, consulta, evaluación y aplicación creativa de los planes y programas de estudio en las distintas zonas escolares;

• Elaborar el proyecto anual de la Subsecretaría a fin de orientar las distintas acciones de las áreas que la conforman;

• Instrumentar los mecanismos necesarios para que las tareas de inspección y supervisión permitan una auténtica asesoría y apoyo permanente a directivos y docentes en las escuelas oficiales y particulares de las distintas zonas escolares, que alienten el carácter académico de las funciones que se desarrollan en las escuelas y que a éstas funciones se les dé prioridad sobre otras;

• Fomentar una comunicación efectiva, para hacer acopio de las riquezas didáctico pedagógicas generadas por las escuelas en su cotidiano acontecer educativo, que contribuyan a la mejora continua del proceso de enseñanza–aprendizaje, alienten el diálogo con el personal docente y directivo a través del supervisor o inspector, escuchar sus inquietudes respecto al proceso educativo y valorar y considerar sus opiniones;

• Establecer y aplicar programas especiales tendientes a vigorizar la formación cívica y moral de los educandos en las instituciones oficiales e incorporadas;

• Apoyar la organización racional y el funcionamiento operativo de los planteles educativos conforme a un esquema eficiente y con un enfoque de excelencia;

• Fomentar la enseñanza y difusión de las bellas artes y de las artes populares en las instituciones dependientes de la Secretaría;

• Promover la comunicación y coordinación de actividades con otras instituciones y organismos que impartan educación según los lineamientos establecidos, así como el mejoramiento operativo de los planteles educativos;

• Organizar y promover la participación de los alumnos del Sistema Educativo Estatal en competencias deportivas regionales y nacionales, desfiles y todo género de eventos relacionados con la educación física y cívica de los educandos;

• Realizar las acciones necesarias en conjunto con la Dirección de Comunicación y Prensa para la elaboración de materiales educativos, boletines, folletos, audiovisuales y cualquier otro instrumento análogo;

• Establecer coordinación con las diferentes áreas de la Secretaría, que inciden en los servicios de Educación Básica, a fin de que los apoyos que ofrecen respondan a las características y necesidades de su universo de atención;

• En coordinación con la Dirección de Servicios Educativos Descentralizados, a través de los representantes designados por esta Subsecretaría, favorecer el flujo de información, para facilitar la correcta aplicación de las directrices de operatividad académica y administrativa de los supervisores, inspectores y directores en cada escuela, en todas las unidades de servicios educativos descentralizados;

• En coordinación con la Subsecretaría de Evaluación y Educación Superior contribuir con la Subsecretaría de Desarrollo Magisterial para facilitar el proceso de identificación y canalización de las necesidades de capacitación y actualización del personal docente, directivo, de supervisión y de apoyo a la docencia.

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COORDINACIÓN DE IDIOMAS

Área Superior Inmediata: Subsecretaría de Educación Básica

FUNCIONES GENERALES • Elaborar el programa anual de actividades de los proyectos de inglés y francés. • Coordinar la difusión de los programas en las escuelas oficiales de educación básica y superior. • Administrar el proceso de selección de maestros(as) de enseñanza en el idioma inglés y francés. • Realizar convenios educativos con instituciones extranjeras. • Diseñar y participar en los criterios de selección de candidatos a becas de idiomas ofrecidas por

instituciones educativas extranjeras. • Diseñar los procesos de supervisión y asesoría de los programas implantados en las escuelas

oficiales seleccionadas. • Diseñar los procesos de capacitación y actualización para maestros(as) de los diferentes

proyectos y niveles. • Diseñar las adecuaciones y/o modificaciones al material didáctico, de acuerdo a las necesidades

requeridas por los maestros(as) y alumnos(as) para el siguiente ciclo escolar. • Diseñar material didáctico para la enseñanza-aprendizaje del idioma. • Elaborar la currícula de inglés para los programas (inglés en primarias, escuelas de ampliación

de horario, inglés en Normales y Secretaría de Educación Inglés).

ESPECÍFICAS

• Promover en forma sistemática la incorporación de las escuelas de educación primaria al programa de idiomas, como una herramienta más para el desarrollo personal y escolar del niño;

• Diseñar, desarrollar, coordinar y dar seguimiento a los programas de idiomas en las escuelas oficiales de educación básica y asesorar en el desarrollo y evaluación del programa en aquellas escuelas incorporadas en que aplique;

• Fomentar a través de la enseñanza del idioma extranjero, habilidades de observación, deducción e inducción, el fortalecimiento de la conciencia global comparando su cultura propia con la de otros países, el respeto a las ideas de los demás y el desarrollo de la creatividad del estudiante en el lenguaje;

• Realizar el proceso de selección de maestros especializados en la enseñanza de idiomas a niños de primaria y secundaria;

• Diseñar e impartir cursos de capacitación para la enseñanza de lenguas extranjeras al personal docente incorporado al programa;

• Realizar reuniones periódicas de carácter académico con el personal docente incorporado al programa a fin de planear, evaluar y señalar las directrices para la calidad y mejora continua en el desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje de los idiomas;

• Diseñar y coordinar el sistema de evaluación para medir el aprovechamiento escolar en el aprendizaje de idiomas;

• Asesorar y apoyar permanentemente al personal docente en sus centros de trabajo en materia enseñanza- aprendizaje de idiomas;

• Promover el diseño, generación y uso de materiales, recursos, medios e instrumentos tecnológicos y didácticos que permitan mejorar los procesos de enseñanza-aprendizaje de los idiomas.

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COORDINACIÓN DE TECNOLOGÍA EDUCATIVA

Área Superior Inmediata: Subsecretaría de Educación Básica

FUNCIONES GENERALES

• Planear, diseñar, implantar y evaluar el sistema de tecnología educativa en el Estado. • Promover la innovación en materia de tecnología educativa, mediante el uso de recursos

tecnológicos de punta. • Promover el diseño, generación y uso de materiales, recursos, medios e instrumentos

tecnológicos y didácticos que permitan mejorar los procesos de enseñanza – aprendizaje. • Coordinar y optimizar los sistemas de Edusat, Videotecas Escolares, Red Escolar, Aula Virtual,

Educación a Distancia, Centros Comunitarios de Aprendizaje y todos aquellos proyectos que permitan beneficiar a mayor población, dando preferencia a las áreas marginadas.

• Capacitar instructores, maestros, directores, supervisores y al personal necesario del uso de nuevas aplicaciones de la tecnología educativa.

ESPECÍFICAS

• Definir mediante investigación documental y de campo las necesidades de equipo de software de los planteles de educación básica

• Equipar y dar mantenimiento da los equipos de cómputo y periféricos, de video, antenas, decodificadores satelitales, redes de datos y eléctricas que propicien la cobertura, calidad y pertinencia educativa en los planteles de educación básica;

• Dar apoyo técnico a Telesecundarias a fin de brindar un servicio educativo de calidad en esta modalidad, a los alumnos egresados de escuelas primarias rurales en los lugares apartados y de difícil acceso en el Estado;

• Coordinar los Centros Comunitarios de Aprendizaje para el desarrollo de las comunidades en el Estado, preferentemente de aquellas menos favorecidas y que se encuentran apartadas de los grandes centros urbanos, a través de tecnología de punta y mediante educación de calidad;

• Establecer y mantener relaciones de colaboración con instituciones y organizaciones educativas estatales, nacionales e internacionales para intercambiar información y optimizar el uso de tecnología educativa;

• Apoyar el desarrollo del personal del Magisterio en el campo de la tecnología educativa; • Diseñar, desarrollar y producir Software Educativo de apoyo al proceso de enseñanza–

aprendizaje; • Organizar eventos y actividades especiales que propicien la divulgación de los avances en

materia de tecnología educativa a nivel estatal, nacional e internacional; • Organizar talleres de investigación, experimentación y desarrollo de tecnología educativa.

DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN INICIAL

Área Superior Inmediata: Subsecretaría de Educación Básica

FUNCIONES GENERALES • Elaborar el programa operativo anual de los programas y proyectos escolares. • Brindar apoyo profesional con capacitación y actualización a directivos y docentes. • Asegurar los servicios educativos en inicial y preescolar en el Estado.

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• Verificar que en las escuelas de educación inicial y preescolar se desarrolle el proceso de enseñanza-aprendizaje conforme a lo establecido en los planes y programas de estudio.

• Desarrollar recursos y medios e instrumentos tecnológicos y didácticos que permitan mejorar los procesos de enseñanza-aprendizaje.

ESPECÍFICAS • Administrar, regular, supervisar y desarrollar los Servicios escolarizados de Educación Inicial en

el estado, para que trasciendan del simple cuidado diario a una realmente educativa; • Promover la educación temprana como una forma de establecer las bases para el mejoramiento

del desarrollo del niño y así prevenir el rezago educativo; • Contribuir a una formación equilibrada y a un desarrollo armónico e integral de los niños de 0 a 6

años en los Centros de Desarrollo Infantil (CENDI); • Extender y diversificar los servicios de educación inicial, especialmente aquellos destinados a las

comunidades menos favorecidas, con el fin de brindar orientación a los padres de familia sobre los cuidados y formas de atención y desarrollo del niño en sus aspectos físico, cognoscitivo, afectivo y social, desde su nacimiento hasta los cuatro años de edad;

• Autorizar, verificar y dar seguimiento al programa anual de supervisión elaborado por los supervisores de CENDI y al plan de acción elaborado por coordinadores de zona y supervisores de módulo de la modalidad no escolarizada de educación inicial;

• Promover que el servicio de supervisión y asesoría de ambas modalidades esté orientado a un apoyo efectivo a la cadena operativa, para que los planes y programas se apliquen de acuerdo al diagnóstico socioeducativo y a los fundamentos y principios pedagógicos vigentes;

• Capacitar asesorar y orientar al personal técnico, directivo y de supervisión de los centros de desarrollo infantil oficiales y particulares con reconocimiento de validez oficial, en la operación del programa asistencial y educativo, poniendo especial énfasis en las formas de intervención docente para que niños y niñas adquieran aprendizajes significativos en un ambiente que resguarde su integridad física y emocional.

• Capacitar asesorar y orientar a la cadena operativa de la modalidad no escolarizada en planeación, desarrollo y evaluación de acciones implementadas en comunidad, en atención a las necesidades socioeducativas de los niños menores de 4 años, la familia y la comunidad;

• Recibir y documentar como resultado de la labor de la cadena operativa las riquezas didáctico pedagógicas generadas en los Centros de Desarrollo Infantil y en los grupos de padres de familia, que permitan la mejor continuidad del proceso enseñanzas-aprendizaje;

• Revisar y proponer adecuaciones al marco legal referente a la educación inicial privada para favorecer su control de calidad, acentuando la importancia del área pedagógica;

• Promover, sostener y valorar estrategias para la constitución y operación de consejos técnicos con el fin de planear, evaluar y señalar las directrices para desarrollar con excelencia el proceso educativo;

• Propiciar el establecimiento de condiciones necesarias que permitan incrementar la satisfacción de la cadena operativa, a través de incentivos profesionales, económicos y de seguridad, a fin de superar los retos en el mejoramiento continuo del servicio;

• Evaluar resultados de la acción educativa, para detectar necesidades de capacitación y actualización profesional de la cadena operativa de las modalidades escolarizada y no escolarizada de educación inicial;

• Difundir entre la comunidad educativa y la sociedad, la normatividad técnico-administrativa de la educación inicial en sus dos modalidades y las implicaciones asistenciales y educativas que esto conlleva;

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• Promover el diseño, generación y uso de materiales, recursos, medios e instrumentos tecnológicos y didácticos que permitan mejorar los procesos de enseñanza-aprendizaje;

• Emitir dictámenes para recomendar se otorgue o se retire el reconocimiento de validez oficial de estudios, o para la aplicación de las sanciones correspondientes, a las instituciones particulares del nivel que no cumplan con las normas y lineamientos establecidos en la Ley General y Estatal de Educación, reglamentos y disposiciones emitidas por las autoridades educativas;

• Promover las redes de participación comunitaria en las comunidades en donde se brinda el servicio no escolarizado, con la finalidad de generar una responsabilidad social en beneficio del niño;

• Promover la constitución y funcionamiento eficiente de los consejos escolares de participación social de los Centros de Desarrollo infantil

• Fortalecer la coordinación interinstitucional para impulsar la capacitación, difusión y ampliación de cobertura de la Educación inicial;

• Asesorar las asociaciones de padres de familia sobre sus derechos, obligaciones, procedimientos e instrumentos para el control y uso de los recursos financieros propios.

DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PREESCOLAR

Área Superior Inmediata: Subsecretaría de Educación Básica

FUNCIONES GENERALES • Elaborar el programa operativo anual de los programas y proyectos escolares. • Brindar apoyo profesional con capacitación y actualización a directivos y docentes. • Asegurar los servicios educativos en inicial y preescolar en el Estado. • Verificar que en las escuelas de Educación Inicial y Preescolar se desarrolle el proceso de

enseñanza-aprendizaje conforme a lo establecido en los planes y programas de estudio. • Desarrollar recursos y medios e instrumentos tecnológicos y didácticos que permitan mejorar los

procesos de enseñanza-aprendizaje. ESPECÍFICAS

• Administrar, regular, supervisar y desarrollar los servicios de educación inicial y preescolar en el Estado, orientados a que el niño adquiera una educación integral;

• Promover la estimulación temprana como una forma de establecer las bases para el mejor desarrollo del niño;

• Encausar la educación inicial y preescolar para que el niño desarrolle su seguridad afectiva y confianza en sus capacidades, estimular su curiosidad, despertar formas sensibles de relación con la naturaleza que los prepare para el cuidado de la vida en sus diversas manifestaciones, su socialización a través del trabajo en grupo, fomente formas de expresión creativa, y acerque al niño al campo del arte y la cultura;

• Extender y diversificar los servicios de educación inicial, especialmente a aquellos destinados a las comunidades menos favorecidas, con el fin de brindar a los padres de familia en general, los conocimientos básicos sobre el desarrollo del niño, en sus aspectos físico, cognoscitivo, afectivo y social desde su nacimiento hasta los cuatro años de edad;

• Conjuntamente con la Coordinación de Programas Compensatorios, implantar en las comunidades rurales y en las urbano–marginadas, programas compensatorios para lograr abatir el rezago educativo en este nivel;

• Elaborar el programa Anual de Actividades del nivel que incluya la orientación de la supervisión escolar.

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• Autorizar, verificar la aplicación y dar seguimiento al Programa Anual de Supervisión que deben elaborar los inspectores o supervisores de las distintas zonas escolares del nivel, orientando sus funciones a un efectivo apoyo a la labor de docentes y directivos, que promuevan la educación significativa, que facilite las tareas de análisis, revisión, consulta, evaluación y aplicación creativa de los planes y programas de estudio en las distintas zonas escolares;

• Definir los perfiles y constatar que los docentes y directivos, del nivel a su cargo, de las escuelas públicas y de las particulares en el Estado, con reconocimiento de validez oficial de estudios, satisfagan los requisitos de perfil establecidos para su desempeño;

• Desarrollar, fomentar y verificar la aplicación de una supervisión que permita una auténtica asesoría y apoyo permanente a directivos y docentes en las escuelas oficiales y particulares con reconocimiento de validez oficial de estudios de las distintas zonas escolares del nivel, que alienten el carácter académico de las funciones que se desarrollan en las escuelas y que a estas funciones se les dé prioridad sobre otras;

• Asesorar a docentes y directores de las escuelas oficiales y particulares con reconocimiento de validez oficial de estudios en todas las actividades educativas, poniendo especial atención en la articulación del sano desarrollo físico, cognoscitivo, afectivo y social, en la estimulación de los niños para que exploren y conozcan su entorno, el dominio del lenguaje, y la capacidad de interactuar con seguridad con las personas;

• Recibir y documentar como resultado de la labor del supervisor o inspector las riquezas didáctico pedagógicas generadas por las escuelas del nivel en su cotidiano acontecer educativo, que le permitan la mejora continua del proceso de enseñanza–aprendizaje del nivel educativo a su cargo;

• Alentar el diálogo con el personal docente y directivo a través del supervisor o inspector, escuchar sus inquietudes respecto al proceso educativo y valorar y considerar sus opiniones;

• Revisar y proponer adecuaciones al marco legal referente a la educación inicial privada para favorecer su control de calidad, acentuando la importancia del área pedagógica;

• Promover, sostener y valorar estrategias para que los maestros se reúnan en consejos técnicos con el fin de planear, evaluar y señalar las directrices para desarrollar con excelencia el proceso educativo del plantel;

• Asesorar y apoyar permanentemente en materia técnico-pedagógica al personal de supervisión, directivo y docente en sus centros de trabajo o en los lugares que señale la autoridad educativa;

• Propiciar las condiciones necesarias para apreciar, valorar y estimular la labor magisterial a fin de superar los retos en el mejoramiento continuo del servicio y la excelencia en la educación,

• Evaluar los resultados de la acción educativa desarrollada dentro de sus planteles, para detectar necesidades de capacitación o actualización profesional del personal de supervisión, directivo y docente;

• Difundir entre los maestros de este nivel educativo, el sentido, enfoque e interrelación curricular nacional y regional de los planes y programas de estudio e implicaciones académicas en las aulas escolares, además de valuar su aplicación dentro de los planteles educativos;

• Promover el diseño, generación y uso de materiales, recursos, medios e instrumentos tecnológicos y didácticos que permitan mejorar los procesos de enseñanza - aprendizaje;

• Difundir los lineamientos normativos en materia técnico–administrativa a fin de orientar y asesorar al personal directivo de las escuelas de su nivel;

• Emitir dictámenes para recomendar se otorgue o retire el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, o para la aplicación de las sanciones correspondientes, a las instituciones particulares del nivel que no cumplan con las normas establecidas en las leyes, reglamentos y disposiciones de carácter general emitidas por las autoridades educativas;

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• Apoyar a la correcta aplicación de los recursos escolares; • Promover los Consejos Escolares de Participación Social.

DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PRIMARIA

Área Superior Inmediata: Subsecretaría de Educación Básica

FUNCIONES GENERALES • Planear y administrar los servicios de educación primaria en el Estado, orientados a que el

alumno adquiera una educación integral. • Brindar asesoría Técnico-Pedagógica y asesoría Técnico-Administrativa. • Diseñar, elaborar y distribuir los materiales y recursos didácticos. • Control de información. • Dar seguimiento y evaluación a las acciones y actividades realizadas y programadas en el ciclo

escolar vigente.

ESPECÍFICAS

• Orientar la educación primaria al fortalecimiento de los valores fundamentales, a la formación de alumnos, reflexivos, críticos, participativos y responsables de sus actos y de sus decisiones;

• Desarrollar estrategias que permitan a los planteles educativos reforzar en los alumnos de educación primaria la autoestima, el respeto, la tolerancia, la libertad para expresarse, el sentido de la responsabilidad, la actitud cooperativa, la disciplina racionalmente aceptada, el gusto por aprender, la honradez, la democracia y el aprecio por el trabajo y por los que trabajan;

• Intensificar acciones, en coordinación con la Dirección de Vinculación Social, para que en los planteles de educación primaria, los alumnos reciban información y orientación adecuada sobre su maduración personal y sobre factores que amenacen su integridad física y emocional, su salud y su seguridad personal;

• Asesorar a los docentes en todas las actividades académicas, dedicando especial atención en materias como la lectura, la escritura y la expresión oral que desarrollen en el alumno la capacidad de comunicación escrita y hablada; las matemáticas que tienen un carácter primordial en el desarrollo de la capacidad de reconocer, plantear y resolver problemas; las ciencias naturales con énfasis en la conservación de la salud, la protección del ambiente y los recursos naturales;

• Establecer modelos de asesoría a supervisores, directivos y docentes en donde se enfatice el aprendizaje significativo, que enriquezca el mundo físico y social del alumno, genere su interés, logre que él valore los contenidos estudiados, debido a que los considera importantes en su vida o para su proyecto de vida;

• Propiciar en coordinación con la Dirección de Servicios Sociales, Culturales y Deportivos en los planteles educativos del nivel de primaria, dentro de los espacios del programa escolar destinados para este fin, la apreciación de las diversas manifestaciones del arte y la expresión de la sensibilidad artística, las actividades físicas recreativas y deportivas que apoyen el crecimiento sano y los valores asociados al juego, el trabajo en equipo y la competencia amistosa;

• Facilitar la diversificación de las actividades señaladas en el párrafo anterior en los planteles educativos, conforme al grado de desarrollo y los intereses de los alumnos de educación primaria fuera del horario escolar, utilizando las instalaciones de que disponen los planteles y aprovechando mejor el trabajo del personal docente especializado, el de maestros interesados y,

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con una orientación adecuada y en coordinación con la Dirección de Vinculación Social, el de padres de familia, personas y organizaciones de las localidades;

• Instrumentar mecanismos para que en los planteles de educación primaria se fomente en los alumnos el interés por la tecnología, la reflexión sobre sus modalidades, la racionalidad de su utilización, sus ventajas y los riesgos que implica cuando no se emplea adecuadamente;

• En coordinación con la Dirección de Vinculación Social, establecer programas en los planteles de educación primaria para dar, de manera respetuosa y clara, orientación relacionada con la sexualidad y la salud reproductiva, con la finalidad de contribuir en la disminución de la incidencia del embarazo y la maternidad precoz, de combatir la agresión sexual en cualquiera de sus formas y reducir la incidencia de las enfermedades sexualmente transmitidas;

• En coordinación con la Dirección de Vinculación Social, intensificar acciones educativas para combatir las adicciones a las substancias tóxicas y generadoras de dependencia para que los alumnos obtengan información oportuna sobre los daños fisiológicos, intelectuales y emocionales asociados con las adicciones y sobre los efectos desintegradores que estos producen en las relaciones familiares y sociales de los adictos;

• Promover, sostener y valorar estrategias para que los maestros se reúnan en consejos técnicos con el fin de planear, evaluar y señalar las directrices para el desarrollo con excelencia del proceso educativo del plantel;

• Elaborar el programa Anual de Actividades del nivel que incluya la orientación de la supervisión escolar;

• Autorizar, verificar la aplicación y dar seguimiento al Programa Anual de Supervisión y al Proyecto Escolar que deben elaborar los directores de escuela y los inspectores o supervisores en las distintas zonas escolares del nivel, orientando sus funciones a un efectivo apoyo a la labor de docentes y directivos, que promuevan la educación significativa, que facilite las tareas de análisis, revisión, consulta, evaluación

• Definir los perfiles y constatar que los docentes y directivos, del nivel a su cargo, de las escuelas públicas y de las particulares en el Estado, con reconocimiento de validez oficial de estudios, satisfagan los requisitos de perfil establecidos para su desempeño;

• Desarrollar, fomentar y verificar la aplicación de una supervisión que permita una auténtica asesoría y apoyo permanente a directivos y docentes en las escuelas oficiales y particulares con autorización para operar de las distintas zonas escolares del nivel, que alienten el carácter académico de las funciones que se desarrollan en las escuelas y que a estas funciones se les dé prioridad sobre otras;

• Recibir y documentar como resultado de la labor del supervisor o inspector las riquezas didáctico pedagógicas generadas por las escuelas del nivel en su cotidiano acontecer educativo, y reflejadas a través del diseño y aplicación de sus proyectos escolares que le permitan la mejora continua del proceso de enseñanza–aprendizaje del nivel educativo a su cargo;

• Alentar el diálogo con el personal docente y directivo a través del supervisor o inspector, escuchar sus inquietudes respecto al proceso educativo y valorar y considerar sus opiniones;

• Asesorar y apoyar permanentemente al personal directivo y docente en sus centros de trabajo en materia pedagógica;

• Propiciar las condiciones necesarias para apreciar, valorar y estimular la labor magisterial a fin de superar los retos en el mejoramiento del servicio y la excelencia en la educación;

• Evaluar los resultados de la acción educativa desarrollada dentro de sus planteles, para detectar necesidades de capacitación o actualización profesional del personal directivo y docente;

• Verificar que en las escuelas de su nivel, se desarrolle el proceso de enseñanza–aprendizaje, conforme al Calendario Escolar y a lo establecido en los planes y programas de estudio;

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• Difundir entre los maestros de este nivel educativo, el sentido, enfoque e interrelación curricular nacional y regional de los planes y programas de estudio e implicaciones académicas en las aulas escolares, además de valuar su aplicación dentro de los planteles educativos;

• Promover el diseño, generación y uso de materiales, recursos, medios e instrumentos tecnológicos y didácticos que permitan mejorar los procesos de enseñanza-aprendizaje;

• Difundir los lineamientos normativos en materia técnico–administrativa, a fin de orientar y asesorar al personal directivo de las escuelas de su nivel;

• Diseñar y proponer los contenidos regionales que posibiliten al educando un desempeño más adecuado en el entorno social y cultural de la entidad y efectuar su aplicación previa autorización de las autoridades competentes, en coordinación con área de Investigación e Innovación;

• Emitir dictámenes para recomendar se otorgue o retire la Autorización, o para la aplicación de las sanciones correspondientes, a las instituciones particulares del nivel que no cumplan con las normas establecidas en las leyes, reglamentos y disposiciones de carácter general emitidas por las autoridades educativas;

• Apoyar a la correcta aplicación de los recursos escolares; • Promover los Consejos Escolares de Participación Social.

DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN SECUNDARIA

Área Superior Inmediata: Subsecretaría de Educación Básica

FUNCIONES GENERALES

• Dirigir, administrar, regular, supervisar los servicios de educación secundaria en el Estado. • Recibir y documentar como resultado de la labor del supervisor o inspector, las labores didáctico-

pedagógicas generadas por las escuelas del nivel educativo a su cargo. • Dar seguimiento y aplicación del Programa Anual de Supervisión elaborado por los

Inspectores/Supervisores. • Evaluar resultados de la acción educativa desarrollada dentro de los planteles, para detectar

necesidades de capacitación o actualización profesional del personal directivo y docente. • Verificar que en las escuelas del nivel, se desarrolle el proceso de enseñanza-aprendizaje

conforme a lo establecido en los planes y programas de estudio.

ESPECÍFICAS

• Administrar, regular, supervisar y desarrollar los servicios de educación secundaria en el Estado, orientados a que el alumno adquiera una educación integral;

• Orientar la educación secundaria al fortalecimiento de los valores fundamentales, a la formación de alumnos, reflexivos, críticos, participativos y responsables de sus actos y de sus decisiones;

• Desarrollar estrategias que permitan a los planteles educativos en el Estado reforzar en los alumnos la autoestima, el respeto, la tolerancia, la libertad para expresarse, el sentido de la responsabilidad, la actitud cooperativa, la disciplina racionalmente aceptada, el gusto por aprender, la honradez, la democracia y el aprecio por el trabajo y por los que trabajan;

• Intensificar acciones, en coordinación con la Dirección de Vinculación Social, para que en los planteles de educación secundaria, los alumnos reciban información y orientación adecuada sobre su maduración personal y sobre factores que amenacen su integridad física y emocional, su salud y su seguridad personal;

• Elaborar el programa Anual de Actividades del nivel a fin de orientar; entre otras, la función de la supervisión escolar;

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• Autorizar, verificar la aplicación y dar seguimiento al Programa Anual de Supervisión y al Proyecto Escolar que deben elaborar los directores de escuela y los inspectores o supervisores de las distintas zonas escolares del nivel, orientando sus funciones a un efectivo apoyo a la labor de docentes y directivos, que promuevan la educación significativa, que facilite las tareas de análisis, revisión, consulta, evaluación y aplicación creativa de los planes y programas de estudio en las distintas zonas escolares;

• Definir los perfiles y constatar que los docentes y directivos, del nivel a su cargo, de las escuelas públicas y de las particulares en el Estado, con reconocimiento de validez oficial de estudios, satisfagan los requisitos de perfil establecidos para su desempeño;

• Desarrollar, fomentar y verificar la aplicación de una supervisión que permita una auténtica asesoría y apoyo permanente a directivos y docentes en las escuelas oficiales y particulares con autorización para operar de las distintas zonas escolares del nivel, que alienten el carácter académico de las funciones que se desarrollan en las escuelas y que a estas funciones se les dé prioridad sobre otras;

• Alentar el diálogo con el personal docente y directivo a través del supervisor o inspector, escuchar sus inquietudes respecto al proceso educativo y valorar y considerar sus opiniones;

• Asesorar a los docentes en todas las actividades académicas, poniendo especial atención en materias como la lectura, la escritura y la expresión oral que desarrollen en el alumno la capacidad de comunicación escrita y hablada; las matemáticas que tienen un carácter primordial en el desarrollo de la capacidad de reconocer, plantear y resolver problemas; las ciencias naturales con énfasis en la conservación de la salud, la protección del ambiente y los recursos naturales;

• Establecer modelos de asesoría a supervisores, directivos y docentes en donde se enfatice el aprendizaje significativo, que enriquezca el mundo físico y social del alumno, genere su interés, logre que él valore los contenidos estudiados, debido a que los considera importantes en su vida o para su proyecto de vida;

• Propiciar, en coordinación con la Dirección de Servicios Sociales, Culturales y Deportivos, en los planteles educativos del nivel de secundaria, dentro de los espacios del programa escolar destinados para este fin, la apreciación de las diversas manifestaciones del arte y la expresión de la sensibilidad artística, las actividades físicas recreativas y deportivas que apoyen el crecimiento sano y los valores asociados al juego, el trabajo en equipo y la competencia amistosa;

• Facilitar la diversificación de las actividades señaladas en el párrafo anterior, conforme al grado de desarrollo y los intereses de los alumnos de educación secundaria fuera del horario escolar, utilizando las instalaciones de que disponen los planteles y aprovechando mejor el trabajo del personal docente especializado, el de maestros interesados y, con una orientación adecuada y en coordinación con la Dirección de Vinculación Social, el de padres de familia, personas y organizaciones de las localidades;

• Instrumentar mecanismos para que en los planteles educativos de educación secundaria se fomente en los alumnos el interés por la tecnología, la reflexión sobre sus modalidades, la racionalidad de su utilización, sus ventajas y los riesgos que implica cuando no se emplea adecuadamente;

• En coordinación con la Dirección de Vinculación Social establecer programas para dar, de manera respetuosa y clara, orientación relacionada con la sexualidad y la salud reproductiva, con la finalidad de contribuir en la disminución de la incidencia del embarazo y la maternidad precoz, de combatir la agresión sexual en cualquiera de sus formas y reducir la incidencia de las enfermedades sexualmente transmitidas;

• En coordinación con la Dirección de Vinculación Social intensificar acciones educativas para combatir las adicciones a las substancias tóxicas y generadoras de dependencia para que los

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alumnos obtengan información oportuna sobre los daños fisiológicos, intelectuales y emocionales asociados con las adicciones y sobre los efectos desintegradores que estos producen en las relaciones familiares y sociales de los adictos;

• Promover, sostener y valorar, estrategias para que los maestros se reúnan en consejos técnicos con el fin de planear, evaluar y señalar las directrices para el desarrollo con excelencia del proceso educativo del plantel;

• Asesorar y apoyar permanentemente al personal directivo y docente en sus centros de trabajo en materia pedagógica;

• Propiciar las condiciones necesarias para apreciar, valorar y estimular la labor magisterial a fin de superar los retos en el mejoramiento del servicio y la excelencia en la educación;

• Difundir entre los maestros de este nivel educativo, el sentido, enfoque e interrelación curricular nacional y regional de los planes y programas de estudio e implicaciones académicas en las aulas escolares, además de valuar su aplicación dentro de los planteles educativos;

• Promover el diseño, generación y uso de materiales, recursos, medios e instrumentos tecnológicos y didácticos que permitan mejorar los procesos de enseñanza-aprendizaje;

• En coordinación con el área de Investigación e Innovación diseñar y proponer los contenidos regionales que posibiliten al educando un desempeño más adecuado en el entorno social y cultural de la entidad y efectuar su aplicación previa autorización de las autoridades competentes;

• Administrar y brindar el servicio de telesecundarias y educación secundaria a distancia, a los alumnos egresados de escuelas primarias rurales en los lugares apartados y de difícil acceso en el Estado, con apoyo de la Coordinación de Tecnología Educativa;

• Difundir los lineamientos normativos en materia técnico–administrativa a fin de orientar y asesorar al personal directivo de las escuelas de su nivel;

• Emitir dictámenes para recomendar se otorgue o retire la Autorización, o para la aplicación de las sanciones correspondientes, a las instituciones particulares del nivel que no cumplan con las normas establecidas en las leyes, reglamentos y disposiciones de carácter general emitidas por las autoridades educativas;

• Apoyar a la correcta aplicación de los recursos escolares; • Promover los Consejos Escolares de Participación Social.

DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL

Área Superior Inmediata: Subsecretaría de Educación Básica

FUNCIONES GENERALES

• Ampliar las oportunidades de educación a las personas con necesidades especiales, incluyendo aquellas con aptitudes y capacidades sobresalientes, y apoyar sus procesos de integración a la familia, la sociedad y al mercado laboral.

• Fomentar la integración de los menores con necesidades de educación especial a los planteles de educación básica.

• Implantar alternativas de apoyo educativo para aquellos alumnos que abandonan o para quienes tienen bajo riesgo su permanencia en la escuela primaria, por razones intra o extraescolares.

• Ofrecer alternativas y apoyos para los menores de edad escolar que, por motivos de salud o condiciones socioeconómicas, no pueden asistir a la escuela.

• Proporcionar orientación a la comunidad para responder a la población con necesidades educativas especiales.

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ESPECÍFICAS

• Elaborar y difundir programas de Sensibilización que permitan crear una cultura social de aceptación y respeto a las diferencias individuales de las personas con necesidades educativas especiales dentro de un marco de equidad y justicia.

• Desarrollar, impulsar y ofrecer los servicios de gabinetes de servicios educativos para que brinden, con eficiencia y calidad, atención especializada a alumnos con problemas de carácter biopsicosocial que repercutan en el proceso de enseñanza-aprendizaje, o en el sano desarrollo del educando, así como la orientación adecuada al padre y/o a la madre o a quienes ejerzan la patria potestad de estos niños;

• Efectuar, a través de los Gabinetes de Servicios Educativos, diagnósticos y aplicar el tratamiento correspondiente a los alumnos que presenten problemas de conducta o aprendizaje;

• Dar la orientación correspondiente a los padres de familia, cuando el caso lo requiera, para que los alumnos con problemas agudos de comportamiento o aprendizaje sean tratados en instituciones públicas especializadas. Estos servicios serán extensivos a la sociedad en general a través de los medios y en las modalidades establecidas;

• Promover, crear y desarrollar centros de aprendizaje en los que, con el soporte de equipos multidisciplinarios de psicólogos, educadores, consultores familiares, trabajadores sociales y padres de familia, se contribuya al desarrollo de habilidades del pensamiento, rehabilitación física y emocional, y de educación remedial para niños adolescentes y adultos;

• Orientar a educadores, padres de familia y a la sociedad en general sobre la definición y características de las personas que requieren de educación especial, haciendo uso oportuno de los medios masivos de comunicación;

• Capacitar a maestros y padres de alumnos emigrantes o de poblaciones indígenas, así como garantizar el acceso real a la educación de este tipo de población y dar seguimiento a estos programas;

• Desarrollar programas en coordinación con la Dirección de Servicios Sociales, Culturales y Deportivos para elevar el nivel cultural, fomentar la participación deportiva y la mejora en la convivencia familiar, social y laboral de los alumnos de las modalidades educativas a su cargo;

• Tramitar en la Dirección de Acreditación, Certificación y Control Escolar, en forma rápida y expedita la documentación oficial que certifica los estudios realizados por los alumnos inscritos en las modalidades y servicios educativos a cargo de esta Dirección;

• Actualizar y organizar la información estadística de los centros de trabajo, del personal directivo, docente, de apoyo a la docencia y alumnado de las modalidades y servicios educativos a cargo de esta Dirección;

• Administrar la prestación del servicio educativo, mediante la planeación, organización e integración y supervisión de los recursos que ejercen los diferentes planteles de educación especial a cargo del Estado;

• Promover los servicios educativos implementando nuevos modelos de atención de acuerdo a las necesidades, características y recursos específicos de cada servicio educativo a cargo de esta Dirección;

• Eficientar la atención asistencial y educativa que reciben los alumnos de educación especial a través de servicios multidisciplinarios como pedagogía, medicina, psicología, trabajo social y nutricional con el propósito de garantizar el desarrollo armónico de los niños;

• Elaborar el programa Anual de Actividades del nivel que incluya la orientación de la supervisión escolar;

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• Promover en general el desarrollo de la tarea educativa en los servicios de educación especial y de otros servicios alternos a través de la supervisión de los centros educativos existentes;

• Autorizar, verificar la aplicación y dar seguimiento al Programa Anual de Supervisión y al proyecto Escolar que deben elaborar los directores y los inspectores o supervisores de las distintas zonas escolares de estas modalidades educativas, orientando sus funciones a un efectivo apoyo a la labor de docentes y directivos, que promuevan la educación significativa, que facilite las tareas de análisis, revisión, consulta, evaluación y aplicación creativa de los planes y programas de estudio en las distintas zonas escolares;

• Definir los perfiles y constatar que los docentes y directivos, del nivel a su cargo, de las escuelas públicas y de las particulares en el Estado, con reconocimiento de validez oficial de estudios, satisfagan los requisitos de perfil establecidos para su desempeño.

• Desarrollar, fomentar y verificar la aplicación de una supervisión que permita una auténtica asesoría y apoyo permanente a directivos y docentes en las escuelas de estas modalidades educativas, que alienten el carácter académico de las funciones que se desarrollan en ellas y que a estas funciones se les dé prioridad sobre otras;

• Recibir y documentar como resultado de la labor del supervisor o inspector las riquezas didáctico pedagógicas generadas por las escuelas del nivel en su cotidiano acontecer educativo, que le permitan la mejora continua del proceso de enseñanza–aprendizaje en las modalidades educativas a su cargo;

• Alentar el diálogo con el personal docente y directivo a través del supervisor o inspector, escuchar sus inquietudes respecto al proceso educativo y valorar y considerar sus opiniones;

• Proponer la creación, reubicación o ampliación de los centros educativos para ofrecer los servicios de educación a migrantes y a grupos indígenas;

• Coordinar actividades técnico pedagógicas con otras instituciones afines a los objetivos de los diferentes servicios de esta Dirección;

• Promover la participación sistemática de toda la sociedad en la acción del servicio educativo, mediante el establecimiento de convenios que coadyuven al desarrollo de programas de apoyo a los diferentes objetivos de los servicios coordinados por esta Dirección;

• Tomar en cuenta las opiniones y sugerencias que emitan los Consejos Consultivos que estén reconocidos por la Secretaría de Educación y que tengan como objetivo apoyar la Educación Especial en el Estado, aplicando aquéllas estrategias que sean viables y de beneficio para la integración social de estos grupos de alumnos.

DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTE ESCOLAR

Área Superior Inmediata: Subsecretaría de Educación Básica

FUNCIONES GENERALES

• Convocar a los maestros de educación primaria en servicio a que participen en la capacitación anual de acuerdo a los lineamientos nacionales.

• Planear, organizar y realizar las fases de capacitación Inicial – Intensiva.

• Selección y capacitación de los instructores que participan en las fases de capacitación Inicial Intensiva.

• Planear, organizar, dirigir y evaluar las actividades anuales del programa de educación física, deporte escolar y eventos especiales.

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• Informar a la Subsecretaría, al INDE (Instituto Estatal de Cultura Física y Deporte) y al CONDEBA (Consejo Nacional de Deporte Básico Nacional).

ESPECÍFICAS

• Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desempeño de las labores encomendadas al departamento.

• Proponer normas pedagógicas, estrategias para la educación física y el deporte escolar que se ofrece en los planteles de educación básica del estado.

• Difundir las normas, métodos pedagógicos, contenidos, planes y programas de estudio aprobados, así como los lineamientos generales para la operación del servicio de educación física, desarrollo y promoción deportiva escolar en Educación Básica.

• Formular disposiciones técnicas y administrativas para que los supervisores de Educación Física y deportes, organicen, operen, desarrollen y supervisen el servicio.

• Atender en el estado, los servicios de Educación Física y deporte escolar conforme a los proyectos aprobados y de acuerdo con los directores, supervisores y jefes de las USEDES (Unidades de Servicio Educativo Descentralizado) del Estado.

• Vigilar con la participación de las jefaturas de las USEDES (Unidades de Servicio Educativo Descentralizado) los lineamientos generales emitidos para la operación del servicio de Educación Física y desarrollo deportivo en los municipios del Estado.

• Participar y promover la atención de la Educación Física en preescolar y lograr una mayor eficiencia en el nivel secundaria.

• Diseñar y desarrollar, de acuerdo con los lineamientos establecidos, programas para la supervisión académica del personal de este departamento que imparta la Educación Física y el deporte.

• Participar en reuniones nacionales orientadas a la actualización y supervisión del personal.

• Promover y organizar las actividades deportivas escolares.

• Evaluar en el Estado los servicios de Educación Física que ofrece el departamento y proponer con base en los resultados obtenidos, modificaciones que tiendan al constante mejoramiento de esta área.

• Participar con la Subsecretaría de Educación Básica en el estudio y diseño de proyectos que coadyuven a mejorar el funcionamiento del departamento.

• Promover y apoyar en su caso, la investigación en materia de Educación Física y deporte escolar.

• Optimizar recursos humanos y financieros para el desarrollo e implementación de los programas.

• Establecer convenios con otras dependencias y organismos vinculados con Educación Física y deportes en el Estado.

• Apoyar y promover las actividades deportivas que convocan la comisión nacional del deporte a través del CONDEBA (Consejo Nacional de Deporte Básico Nacional).

• Establecer mecanismos de desempeño de las funciones del personal adscrito al departamento.

• Registrar las incidencias en puntualidad y asistencias del personal adscrito al departamento de Educación Física.

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DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN EXTRA ESCOLAR

Área Superior Inmediata: Subsecretaría de Educación Básica

FUNCIONES GENERALES

• Coordinar y realizar actividades enfocadas a la prevención y detección oportuna de problemas que afecten la salud y el desarrollo biopsicosocial de los educandos.

• Mejorar el funcionamiento de las escuelas, mediante una mayor participación de los padres de familia y la comunidad en general.

• Promover acciones en la comunidad educativa que conlleven a la protección del ambiente y de los recursos naturales.

• Recibir, evaluar y resolver sobre las solicitudes de becas y créditos para alumnos del sistema oficial.

• Concertar acuerdos y convenios interinstitucionales que permitan una vinculación entre la Secretaría y la Sociedad en general.

• Impulsar la educación para adultos, promoviendo su acercamiento a las áreas de población que requieren de mayor atención.

• Coordinar la Red Estatal de Bibliotecas, a fin de que reorientando sus funciones, se cumpla la demanda que existe en el Estado en esta materia.

ESPECÍFICAS

• Establecer vínculos con los distintos sectores en el Estado, para apoyar servicios de educación extraescolar que contribuyan a prevenir problemas sociales, fortalecer el espíritu nacionalista, el respeto a los valores morales universales y al desarrollo humano, dirigidos a la comunidad, dando especial énfasis a la población menos favorecida y a la atención y comprensión de las personas con problemas físicos o mentales que afecten la enseñanza y el aprendizaje;

• Coordinar y realizar actividades enfocadas a la prevención y detección oportuna de problemas que afecten la salud y el desarrollo biopsicosocial de los educandos;

• Asegurar la participación de las familias y la sociedad en general, en actividades que tengan por objeto fortalecer y elevar la calidad de la educación;

• Ofrecer programas para padres de familia en temas de prevención del consumo de sustancias adictivas, el cuidado de la salud, orientación sexual y práctica de los deportes, con el fin de que apoyen la educación de sus hijos;

• Promover el funcionamiento de los consejos de participación social y las asociaciones de padres de familia a nivel escolar, municipal y estatal;

• Promover una cultura de participación y un sentido de pertenencia que respalde acciones de respeto, cuidado y mantenimiento de las instalaciones y equipo de las escuelas;

• Involucrar a las familias y a los diversos sectores de la comunidad en un programa permanente de supervisión y aseguramiento de la calidad educativa en la escuela;

• Coordinar actividades con otras dependencias y organismos vinculados con la promoción de la educación y la enseñanza en el Estado;

• Promover, organizar y coordinar la capacitación no formal para el trabajo, la promoción social y recreativa en beneficio de la comunidad;

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• Fomentar la creación y difusión de la educación en el Estado, mediante la publicación, edición y divulgación de la obra humanística, literaria, científica, tecnológica, trabajos de investigación, monografías, tesis, ensayos y otras aportaciones en las diversas áreas del conocimiento de autores nuevoleoneses y de los demás autores mexicanos y extranjeros;

• Efectuar la compilación de obra de carácter educativo, literario, tecnológico, científico y cultural ya sea escrito, litográfico o utilizando medios electrónicos o audiovisuales;

• Supervisar que la asignación de becas en las escuelas privadas con autorización y reconocimiento de validez oficial de estudios se apeguen a los lineamientos establecidos;

• Promover la vinculación nacional e internacional del sistema Educativo Estatal.

DIRECCIÓN DE PARTICIPACIÓN SOCIAL

Área Superior Inmediata: Subsecretaría de Educación Básica

FUNCIONES GENERALES

• Coordinar el evento masivo de la Feria Escolar donde participan diversas instancias gubernamentales y proveedores que apoyan la economía familiar.

• Supervisar el Diplomado de Orientación Familiar para maestros.

• Implementar las acciones que contribuyan al beneficio de la comunidad escolar de Participación Social y supervisar el registro de las Asociaciones de Padres de Familia.

• Planear e implementar la información de asesoría y elementos básicos que contribuyan al desarrollo integral educativo.

ESPECÍFICAS

• Promover la participación social en la educación;

• Planear, desarrollar y coordinar proyectos estratégicos de Participación Social;

• Actualizar, reproducir y distribuir las normas para el manejo de los recursos de las asociaciones de padres de familia de las escuelas, así como orientar, recibir información, supervisar y vigilar la aplicación de los mismos;

• Capacitar, asesorar y apoyar los Consejos de Participación Social;

• Difundir entre la comunidad educativa las bases normativas para la integración de los Consejos de Participación Social;

• Fortalecer las actividades que tengan como objetivo mejorar la calidad de la educación a través del mejoramiento físico y material de la escuela, sin demérito de la labor que en este orden le corresponde desempeñar a la autoridad educativa;

• Promover la capacidad de organización y autogestión de la comunidad en torno a la escuela;

• Impulsar las acciones de la escuela en beneficio de la comunidad;

• Realizar el registro de las Asociaciones de Padres de Familia;

• Coordinar las relaciones de las Asociaciones de Padres de Familia con las distintas Unidades Administrativas de la Secretaría de acuerdo a la Normativa aplicable;

• Ofrecer a los padres de familia la información, asesoría y elementos básicos con los que se busca el desarrollo integral de los educandos.

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SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HUMANOS

Área Superior Inmediata: Secretaría de Educación

FUNCIONES GENERALES

• Administrar el ingreso del personal docente y de apoyo a la educación.

• Administrar y supervisar el pago al personal docente y de apoyo a la educación.

• Supervisar la aplicación de las normas laborales.

• Asesorar a las direcciones que depende de la Subsecretaría (Selección y Contratación, Nóminas y Prestaciones, Relaciones Laborales, Coordinación de Estudios Técnicos), así como las áreas que se desprenden de las direcciones mesas de trabajo, escalafón estatal y federal, pagos, etc. Reunión semanal con Directores de la Subsecretaría, asistir a eventos en representación del Gobernador y del Secretario de Educación.

• Establecer acuerdos con las organizaciones sindicales del magisterio.

ESPECÍFICAS

• Proponer al titular de la Secretaría las bases y lineamientos de la política para la administración del personal al servicio del Sistema Educativo en el Estado, así como vigilar su cumplimiento;

• Efectuar la asignación a los planteles educativos del personal docente, no docente, directivo y de supervisión de acuerdo a las necesidades recabadas y valoradas por la Dirección de Planeación e Investigación Educativa y las Unidades de Servicios Educativos Descentralizados, así como en función de los perfiles definidos para cada plaza, asegurando la calidad en la enseñanza;

• Generar proyectos y programas que mejoren el nivel de vida, de trabajo y que propicien la superación personal y familiar de los trabajadores al servicio de la educación;

• Atender los asuntos derivados de las relaciones entre la Secretaría de Educación y el personal del servicio educativo;

• Establecer coordinación con terceros institucionales que ofrecen seguridad y servicios sociales al personal de base adscrito a la Secretaría de Educación;

• Expedir las constancias de antigüedad solicitadas por el personal del servicio educativo.

• Substanciar, a través de la Dirección de Relaciones Laborales, los procedimientos administrativos que correspondan en contra de los servidores públicos de la Secretaría de Educación, por violación a las disposiciones de la Ley General de Educación, Ley de Educación del Estado, Ley del Servicio Civil en el Estado, Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal al servicio de la Educación y demás disposiciones administrativas aplicables;

• Determinar y aplicar conforme al Reglamento de las Condiciones Generales del Trabajo del Personal al Servicio al Servicio de la Educación y a la Ley del Servicio Civil del Estado a través de la Dirección de Relaciones Laborales, la sanción administrativa laboral a que sean acreedores los servidores públicos infractores de las normativas mencionadas en la fracción que antecede; de ser necesario, ejercer las acciones conducentes en representación de la Secretaría de Educación, turnando el expediente a la Dirección Jurídica para tal fin;

• Mantener una estrecha comunicación con el Sindicato sobre los planes, programas y nuevos proyectos que la Secretaría de Educación emprenda en beneficio de los trabajadores al servicio de ésta;

• Previo acuerdo con el Secretario y tomando en cuenta el presupuesto autorizado, realizar los movimientos de altas, bajas y cambios de la plantilla magisterial, así como generar la nómina y

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realizar el pago a través del personal de Recursos Humanos que se encuentre asignado en las Unidades de Servicios Educativos Descentralizados;

• Ordenar y realizar los cambios de adscripción de los trabajadores, cuando las necesidades del servicio lo requieran, o se derive de sanción impuesta por faltas cometidas por los mismos;

• Integrar y actualizar las fichas informativas del personal docente y no docente de la Secretaría de Educación en el Estado;

• Convocar e integrar las comisiones mixtas que sean necesarias entre la Secretaría de Educación y los organismos sindicales que representan a los trabajadores, para la revisión y elaboración de las condiciones generales de trabajo en los términos de las disposiciones laborales aplicables;

• Aplicar, conforme a los criterios y lineamientos establecidos, los procedimientos para el ingreso, permanencia, promoción y retiro del personal del magisterio;

• Coordinarse con la Dirección de Planeación e Investigación Educativa, a fin de integrar el Programa del presupuesto de la Subsecretaría;

• Coordinar, previo acuerdo con el Secretario, la realización de concursos para la promoción y nuevo ingreso, por examen de oposición, a las jefaturas de asignatura para el nivel de educación básica y personal docente de las instituciones formadoras de maestros.

DIRECCIÓN DE SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN

Área Superior Inmediata: Subsecretaría de Recursos Humanos

FUNCIONES GENERALES

• Dar a las escuelas estatales y transferidas de personal docente y de apoyo.

• Determinar los procesos de selección y asignación de personal a las escuelas.

• Participar en negociaciones con el sindicato para lograr y firmar acuerdos que beneficien al personal.

• Asegurar el adecuado enlace con la Dirección de Nóminas y Prestaciones.

• Revisar y autorizar los movimientos de personal de ambos sistemas.

• Asegurar el cumplimiento de la normativa en los procesos de la Dirección.

• Realizar la revisión de los procesos de trabajo buscando optimizar el resultado.

ESPECÍFICAS

• Administrar el proceso de selección que dé garantía a la adecuada incorporación de personal al servicio educativo;

• Definir los perfiles académicos requeridos para cada plaza;

• Asegurar que cada persona que ingrese al servicio educativo cumpla con el perfil académico requerido;

• Desarrollar y aplicar los exámenes tanto psicométricos como de conocimientos para evaluar a los candidatos a ingresar al servicio educativo;

• Crear y mantener actualizada una bolsa de trabajo para responder con oportunidad y calidad a los requerimientos de personal;

• Operar el proceso de contratación de personal para el servicio educativo cumpliendo con los requerimientos administrativos marcados por la Secretaría de Educación y asegurando el pago oportuno desde el inicio de labores;

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• En coordinación con las Unidades de Servicios Educativos Descentralizados, aplicar con oportunidad y eficiencia la movilidad del personal requerida para la prestación del servicio educativo;

• Diseñar, operar y mantener actualizados los procedimientos que aseguren la oportuna asignación del personal directivo docente y de apoyo en los planteles al inicio del ciclo escolar y cuando se requieran substituciones;

• Otorgar vigencia a un nombramiento, contratación o incidencia, autorizando la fecha de inicio de efectos sin que éstos tengan carácter de retroactivo

• Coordinarse con las Comisiones Mixtas de Escalafón para la oportuna elaboración de los Catálogos Escalafonarios;

• Proponer ante las instancias correspondientes nuevos mecanismos para evaluar la competencia profesional y que puedan ser incorporados al Reglamento de Escalafón;

• Garantizar la comunicación adecuada con la Dirección de Nóminas y Prestaciones para que se operen los movimientos de personal en el sistema de nóminas;

• Refrendar la autenticidad de las firmas de los funcionarios del departamento de Escalafón que estén facultados para emitir constancias del personal del servicio educativo, en los términos de ley.

• Coordinar el apoyo administrativo hacia las comisiones escalafonarias y de ingresos; cambios y ascensos; y llevando a cabo la revisión de los expedientes en los diversos movimientos que estas realicen, y en caso de detectarse irregularidades en los dictámenes, suspender o cancelar los movimientos realizados regresando el expediente para su modificación y tramitación conforme a la normativa aplicable.

DIRECCIÓN DE NOMINAS Y PRESTACIONES

Área Superior Inmediata: Subsecretaría de Recursos Humanos

FUNCIONES GENERALES

• Supervisar el funcionamiento de los Departamentos a su cargo a fin de evitar incoherencias y contribuir a que el pago al personal se efectúe de manera eficiente y oportuna.

• Verificar que se mantenga actualizadas las plantillas de personal de los centros de trabajo y de las unidades administrativas.

• Vigilar que se efectúe de manera correcta y oportuna la recepción y captura de nómina.

• Supervisar que se proporcionen oportunamente los servicios al personal que lo solicite.

• Coordinar que los procesos de emisión y reposición de cheques se ajusten a las normas y lineamientos establecidos.

• Determinar las medidas de seguridad requeridas para el resguardo de los cheques emitidos.

• Evaluar la operación del sistema de pagos, y en caso necesario, ampliar las medidas que se consideren pertinentes.

• Autorizar la emisión de cheques y elaborar la nómina - plantilla de los movimientos verificados y aceptados.

• Verificar que los ajustes y actualización de las nóminas se efectúen permanentemente y correctamente.

• Evaluar periódicamente el funcionamiento de cada una de las áreas con objeto de aplicar las correcciones necesarias.

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ESPECÍFICAS

• Elaborar y pagar la nómina del personal del servicio educativo en coordinación con la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado y la Dirección de Administración y Finanzas de la propia Secretaría, de conformidad con el presupuesto aprobado y los tabuladores vigentes;

• Ejercer el control de los cheques de nómina y llevar a cabo su distribución a través del responsable de Recursos Humanos que se encuentra asignado en las Unidades de Servicios Educativos Descentralizados;

• Ejercer el control y dar cumplimiento a las prestaciones que por Ley le corresponde recibir al personal del servicio educativo con apego a la normativa establecida;

• Integrar, resguardar, actualizar y archivar los expedientes laborales del personal del servicio educativo, a fin de dar seguimiento a cada caso durante las fases de ingreso, permanencia, promoción y retiro de cada trabajador;

• Valorar los expedientes laborales del personal de base del servicio educativo para efectos de expedición de constancias de antigüedad en el empleo y para la emisión de dictámenes para otorgamiento de prestaciones económicas específicas, en apoyo a las funciones del responsable de Recursos Humanos adscrito a las Unidades de Servicios Educativos Descentralizados;

• Aplicar los descuentos convenidos por los trabajadores del servicio educativo con terceros institucionales que ofrecen seguridad y servicios sociales y de distinto tipo, previa autorización del C. Subsecretario;

• Instrumentar métodos y procedimientos que permitan mejorar la calidad del pago, atenuar al mínimo posible el número de reclamaciones así como la reducción de tiempos de trámite de las mismas;

• Ejercer el control de Puntualidad y Asistencia de los trabajadores del servicio educativo, aplicando los estímulos y las sanciones que por tal concepto corresponden a cada caso, de acuerdo a la reglamentación correspondiente;

• Expedir las constancias solicitadas por el personal del servicio educativo en materia de ingresos, antigüedad y no adeudo a través del responsable de Recursos Humanos que se encuentra asignado en las Unidades de Servicios Educativos Descentralizados;

• Generar las estadísticas relacionadas con la información de la nómina del personal del servicio educativo;

• Realizar en coordinación con la Dirección de Relaciones Laborales los estudios requeridos sobre el impacto económico que representen las diversas estrategias de compensación establecidas para la Secretaría;

• Mantener actualizadas las plantillas de personal de los centros de trabajo;

• Participar en la negociación de los convenios colectivos de trabajo;

• Aplicar el pago de sueldos y prestaciones en función de la vigencia del nombramiento, contratación o incidencia.

COORDINACIÓN DE ESTUDIOS TÉCNICOS

Área Superior Inmediata: Subsecretaría de Recursos Humanos

FUNCIONES GENERALES • Realizar propuestas que contribuyan a la simplificación administrativa y al flujo organizacional de

la Secretaría de Educación.

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• Elaborar el Manual de Organización y Procesos de la Secretaría de Educación. • Analizar los procesos o actividades susceptibles a optimizar, plantear a las áreas involucradas y

analizar conjuntamente las necesidades, y proponer la sistematización o rediseño de procesos. • Revisar las descripciones de los puestos de la Secretaría de Educación analizar las

interrelaciones con otros puestos y que las funciones sean de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Interior.

• Realizar diversos análisis especiales para apoyar técnicamente el desarrollo o implementación de diferentes proyectos basados en la normativa existente (estudio de tabuladores, propuestas de categorías, comparativos, investigaciones, etc.), con el propósito de reunir los elementos necesarios para aprobar o descartar una decisión.

• Revisar y supervisar la emisión de oficios comisión. • Coordinar el seguimiento al proyecto SIMPLE (Sistema Integral de Manejo y Planeación Escolar). • Coordinar la elaboración de la Carpeta Única de Información.

ESPECÍFICAS • Definir modelos de administración orientados al servicio educativo que contribuyan a hacer más

eficiente la operación de la Secretaría de Educación, que promuevan la simplificación de estructuras y procesos y arraiguen la cultura de la excelencia en el desarrollo del trabajo;

• Estructurar, aplicar y supervisar el Programa de Simplificación Administrativa Escolar y su automatización, diseñar y publicar la Carpeta Única de Información en los planteles de educación básica;

• Coordinar las acciones para la elaboración de los manuales de organización y de procedimientos de las Unidades Administrativas de la Secretaría de Educación en el Estado, en los términos del artículo 15 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León;

• Colaborar en la creación o modificación de plantillas de personal, reglamentos internos y catálogos de la Secretaría;

• Elaborar propuestas de estructuras, funciones y políticas de las Unidades Administrativas de la Secretaría;

• Elaborar diagnósticos de evaluación operacional de la Secretaría; • Desarrollar estrategias de operación para mejorar los servicios en la Secretaría; • Reestructurar las zonas escolares de los planteles de educación básica en el estado y asignar

zona a los planteles educativos de nueva creación o que se incorporen al Sistema en coordinación con la Dirección de Planeación, Programación y Presupuesto;

• Analizar, desarrollar e implementar los proyectos de interés estratégico de la Secretaría de Educación;

• Describir, analizar y valuar los puestos administrativos y de funcionarios de las Unidades Administrativas de la Secretaría de Educación, en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos del Gobierno del Estado;

• Diseñar los tabuladores internos de sueldo, analizar y formular las propuestas de incremento y/o nivelaciones de sueldo para el personal administrativo, en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos del Gobierno del Estado;

• Apoyar técnicamente en materia de Recursos Humanos a las distintas dependencias Administrativas de la Secretaría de Educación;

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• Establecer relación con el mercado laboral para efectos de intercambio de información de Recursos Humanos, encuestas de sueldos, prestaciones y tabuladores, en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos del Gobierno del Estado;

• Controlar la asignación de claves para la creación y reducción de plazas con base al uso de criterios presupuéstales y de acuerdo a las normativas vigentes, en estrecha coordinación con las demás áreas administrativas competentes;

• Analizar y dar seguimiento a los indicadores clave de los proyectos estratégicos; • Diseñar y proponer sistemas de estímulos especiales para premiar el esfuerzo de los maestros.

DIRECCIÓN DE RELACIONES LABORALES

Área Superior Inmediata: Subsecretaría de Recursos Humanos

FUNCIONES GENERALES • Mantener actualizados los expedientes del personal que incurrió en un conflicto laboral.

• Resolver la problemática que se presenta dentro de la Secretaría de Educación de docentes y administrativos.

• Normar y conducir las negociaciones laborales entre la Secretaría de Educación y el personal.

• Determinar los requisitos que deben contener las actas administrativas para que tengan validez, los plazos para levantarlas y los procedimientos y criterios para la aplicación de las sanciones a los trabajadores.

• Remitir a la Dirección Jurídica las actas administrativas levantadas a los trabajadores por abandono de empleo y/o violaciones a las Leyes, Condiciones y Reglamentos que regulan las relaciones laborales entre los trabajadores y la Secretaría.

• Atender al personal docente y administrativo para asesoramiento y dar seguimiento a todas las denuncias.

ESPECÍFICAS

• Establecer programas para la mejora de las relaciones entre la Secretaría y sus trabajadores, de éstos entre sí, y con el Sindicato;

• Realizar los estudios requeridos sobre el impacto económico que representen las diversas estrategias de compensación;

• Participar en la negociación de los convenios colectivos de trabajo;

• Planear y elaborar las estrategias previas a las negociaciones de los convenios colectivos de trabajo;

• Atender los asuntos en materia laboral del personal del servicio educativo cuando lo soliciten las Unidades de Servicios Educativos Descentralizados asesorando a las autoridades administrativas y educativas en los aspectos normativos para su correcta aplicación y una vez analizado el caso, realizadas las actuaciones y levantadas las actas correspondientes, de ser necesario el ejercicio de acciones en representación de la Secretaría de Educación, turnar el expediente a la Dirección Jurídica para tal fin;

• Substanciar los procedimientos administrativos que correspondan en contra de los servidores públicos de la Secretaría de Educación, por violación a las disposiciones de la Ley General de Educación, Ley de Educación del Estado, Ley del Servicio Civil en el Estado, reglamento de las

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Condiciones Generales del Trabajo del Personal al servicio de la Educación y demás disposiciones administrativas aplicables;

• Determinar y aplicar conforme al reglamento de las Condiciones Generales de trabajo del Personal al servicio de la Educación y la Ley del Servicio Civil en el Estado, la sanción administrativa laboral a que se hagan acreedores los servidores públicos infractores de las normativas mencionadas en la fracción que antecede;

• Mantener coordinación con los representantes sindicales para dar solución adecuada a los asuntos que en materia laboral le sean remitidos por las Unidades de Servicios Educativos Descentralizados;

• Mantener actualizados los expedientes del personal del servicio educativo; en lo referente a conflictos de carácter laboral y de las resoluciones que de ellos se deriven;

• Preparar y colaborar en la negociación del convenio laboral anual que se firma entre el Gobierno del Estado y las Secciones Sindicales;

• Proponer a la Dirección Jurídica las modificaciones necesarias a la Normativa jurídico-laboral existente para dar respuesta a las necesidades actuales y facilitar la prestación de los servicios educativos en forma eficiente;

• Difundir la Normativa existente en lo relativo a las relaciones laborales;

• Establecer relaciones interinstitucionales que redunden en beneficios adicionales para los trabajadores de la educación;

• Promover los valores organizacionales entre el personal del servicio educativo;

• Organizar y promover actividades deportivas, culturales, talleres de actividades artísticas, formación de grupos artísticos, eventos sociales y de desarrollo dirigidos al personal en servicio educativo, jubilados y sus familias;

• Realizar estudios sobre las relaciones interpersonales en el ámbito laboral y generar planes de acción para una mejora continua;

• Diseñar estrategias y programas de revaloración para el personal en servicio y jubilado.

SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR

Área Superior Inmediata: Secretaría de Educación

FUNCIONES GENERALES • Establecer las estrategias, planes, programas y objetivos para la prestación de servicios

educativos de excelencia en los niveles de educación media-superior y superior en el estado. • Propiciar la vinculación entre universidades, las escuelas de educación media superior, el sector

productivo y la sociedad con el fin de cumplir con planes de estudio acordes a sus necesidades y demandas, obteniendo mejores resutados en la formación de egresados.

• Gestionar ante la autoridad correspondiente el registro de títulos profesionales y la expedición de cédulas profesionales.

• Suscribir los documentos necesarios para cumplir con la normativa del sistema educativo estatal, así como legalizar, certificar y registrar documentos escolares que acrediten las aptitudes y conocimientos adquiridos por los educandos en los niveles de primaria, media superior y superior, cursados en las escuelas públicas dependientes de la secretaría de educación y en las escuelas particulares incorporadas.

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• Proponer, aplicar y evaluar las políticas, leyes y reglamentos en materia de autorización y reconocimiento de validez oficial en planteles particulares, así como la certificación, revalidación y equivalencia de los mismos y retomar sus acciones.

ESPECÍFICAS

• Representar al Secretario en la Comisión Estatal de Planeación para la Educación Superior, y proponer las medidas tendientes a la mayor racionalidad y uniformidad en la prestación de los servicios educativos, partiendo de un enfoque de excelencia;

• Promover una mayor coordinación, que permita desde la diversidad de cada una de las instituciones de educación media superior y superior, la búsqueda de objetivos comunes;

• Establecer las estrategias para la integración, aplicación y seguimiento del Programa Anual de inspección y supervisión, en cada uno de los niveles y modalidades de educación media–superior y superior a cargo del Estado y de los particulares con autorización y reconocimiento oficial de estudios, orientando las funciones del supervisor a un efectivo apoyo a la labor de docentes y directivos, que promuevan la educación significativa, que facilite las tareas de análisis, revisión, consulta, evaluación y aplicación creativa de los planes y programas de estudio en las distintas zonas escolares;

• Instrumentar los mecanismos necesarios para llevar a cabo la inspección y supervisión del nivel medio superior que permitan una auténtica asesoría y apoyo permanente a directivos y docentes en las escuelas oficiales y particulares del nivel, que alienten el carácter académico de las funciones que se desarrollan en las escuelas y que a estas funciones se les dé prioridad sobre otras;

• Fomentar la comunicación para hacer el acopio de las riquezas didáctico pedagógicas generadas por las escuelas en su cotidiano acontecer educativo, que contribuyan a la mejora continua del proceso de enseñanza–aprendizaje, alienten el diálogo con el personal docente y directivo a través del supervisor o inspector, permitan escuchar sus inquietudes respecto al proceso educativo y valorar y considerar sus opiniones;

• Evaluar los efectos de las estrategias, planes, programas y objetivos que forman la política que se aplica en el Sistema Educativo Estatal con la participación de las demás Unidades Administrativas de la Secretaría;

• Propiciar la vinculación entre las universidades, las escuelas de educación media superior, el sector productivo y la sociedad, con el fin de contar con planes de estudio acordes con sus necesidades y demandas, obteniendo mejores resultados en la formación de los egresados;

• Planear, organizar, coordinar, desarrollar, controlar y dirigir las actividades de la Dirección del Sistema Estatal de Evaluación Educativa;

• Impulsar el fortalecimiento y la consolidación de la Comisión Estatal para la Planeación de la Educación Superior, como organismo responsable de la planeación de la Educación Media Superior y Superior en el Estado;

• Promover y coordinar los servicios de orientación educativa y vocacional dirigidos a estudiantes de los niveles de educación básica y media-superior en coordinación con la Dirección de Comunicación y Prensa;

• Propiciar la integración de grupos técnicos interinstitucionales para consolidar la orientación educativa, vocacional, la evaluación y el servicio social;

• Fomentar y apoyar los estudios de postgrado;

• Promover en las instituciones de educación superior la investigación, el desarrollo humano, el científico y el tecnológico e impulsar los programas de carácter cultural;

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• Gestionar la creación de Universidades Tecnológicas en el Estado;

• Emitir opinión sobre las solicitudes de autorización de incorporación y el reconocimiento de validez oficial de estudios de las escuelas particulares;

• Gestionar a través de la Dirección de Acreditación, Certificación y Control Escolar, ante la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, el registro de títulos profesionales y la expedición de cédulas profesionales conforme a las disposiciones legales aplicables;

• Proponer, aplicar y evaluar las políticas, leyes y reglamentos, en materia de autorización y reconocimiento de validez oficial de estudios en planteles particulares, así como en materia de certificación, revalidación y equivalencia de los mismos y regular sus relaciones;

• Suscribir los documentos necesarios para cumplir con la Normativa en la operación del Sistema Educativo Estatal, así como; a través de la Dirección de Acreditación, Certificación y Control Escolar, legalizar, certificar y registrar los documentos escolares que acrediten las aptitudes y conocimientos adquiridos por los educandos en los niveles de educación primaria, media y superior, cursados en las escuelas públicas dependientes de la Secretaría y en las escuelas particulares incorporadas;

• Resolver sobre las solicitudes de incorporación al Sistema Educativo Estatal de las escuelas particulares;

• Apoyar al titular de la Secretaría en la coordinación de los trabajos de la Comisión Estatal para la Planeación de la Educación Superior;

• Organizar, operar y supervisar los servicios de educación media superior y superior que se impartan en los planteles dependientes de la Secretaría;

• Promover en el Estado el Proyecto de Modernización de la Educación Técnica y la Capacitación (PMETyC),

• Proporcionar la información general del sistema de preparatoria abierta y realizar la inscripción, solicitud y prestación de los exámenes correspondientes y entregar el certificado de ciclo al momento de concluir la acreditación de estudios.

DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Área Superior Inmediata: Subsecretaría de Educación Media Superior y Superior

FUNCIONES GENERALES

• Analizar y valorar los planes y programas de estudio de las 55 Instituciones de Educación Superior para llegar a una Educación de Excelencia.

• Supervisar que las Instituciones particulares de Educación Superior cumplan con el compromiso contraído en Educación al obtener el RVOE (Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios).

• Promover en las Instituciones Particulares de Educación Superior la actualización en la capacitación de Docentes y Directivos (55 Instituciones).

• Asesorar a los Particulares que deseen impartir Educación Superior en la elaboración de planes y programas de estudio para que logren el RVOE (Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios) desde un enfoque de Excelencia.

• Buscar que las Instituciones de Educación Superior con RVOE (Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios) logren la mejora continua a través de una autoevaluación que permita a esas instituciones un diagnóstico claro de su situación y un compromiso ante educandos, sociedad y autoridades educativas de lograr Educación de Excelencia.

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ESPECÍFICAS

• Analizar y valorar los planes y programas de estudio de las instituciones de educación superior desde un enfoque de excelencia que responda a las necesidades de los diferentes sectores sociales a nivel local, nacional e internacional en el marco de la globalización;

• Autorizar, verificar la aplicación y dar seguimiento al Programa Anual de Supervisión que deben elaborar los inspectores o supervisores de las distintas zonas escolares del nivel, orientando sus funciones a un efectivo apoyo a la labor de docentes y directivos, que promuevan la educación significativa, que facilite las tareas de análisis, revisión, consulta, evaluación y aplicación creativa de los planes y programas de estudio en los distintos planteles de Educación Superior;

• Desarrollar, fomentar y verificar la aplicación de una supervisión que permita una auténtica asesoría y apoyo permanente a directivos y docentes, en las escuelas oficiales y particulares de Educación superior con reconocimiento de validez oficial de estudios, que aliente el carácter académico de las funciones que se desarrollan en las escuelas y que a estas funciones se les dé sobre otras;

• Recibir y documentar como resultado de la labor del supervisor o inspector, las riquezas didáctico pedagógicas generadas por las escuelas del nivel en su cotidiano acontecer educativo, que le permitan la mejora continua del proceso de enseñanza–aprendizaje del nivel educativo a su cargo;

• Alentar el diálogo con el personal docente y directivo a través del supervisor o inspector, escuchar sus inquietudes respecto al proceso educativo, valorar y considerar sus opiniones;

• Revisar la pertinencia de los perfiles docentes del personal educativo y de apoyo a la educación que conforma la plantilla de las instituciones de educación superior;

• Propiciar que se cumplan las normas de evaluación del aprovechamiento escolar, establecidas en cada uno de los planteles de nivel superior;

• Difundir entre las instituciones del nivel, las normas que regulan el funcionamiento de las instituciones de educación superior, así como los aspectos relativos a los servicios educativos, académicos y metodológicos;

• Impulsar la creación y fortalecimiento de los Consejos Técnicos Escolares; • Promover actividades culturales, científicas y deportivas extracurriculares; • Convocar a los miembros de la Subcomisión de Estudios y Dictámenes de la Comisión Estatal

para la Planeación de la Educación Superior a reuniones de trabajo; a fin de que esta Subcomisión elabore el dictamen correspondiente y posteriormente comunicar el resultado a la Institución a través de la Dirección de Acreditación, Certificación y Control Escolar;

• Revisar planes y programas de estudio y perfiles docentes de instituciones particulares del nivel superior que soliciten reconocimiento de validez oficial de estudios y turnar la documentación correspondiente a la Subcomisión de Estudios y Dictámenes de la Comisión Estatal para la Planeación de la Educación Superior a fin de que esta Subcomisión elabore el dictamen correspondiente y posteriormente comunicar el resultado a la Institución a través de la Dirección de Acreditación, Certificación y Control Escolar;

• Entregar la documentación necesaria para el desarrollo de sus trabajos, a los miembros de la Subcomisión de Estudios y Dictámenes de la Comisión Estatal para la Planeación de la Educación Superior;

• Informar a las instituciones educativas particulares a través de la Dirección de Acreditación, Certificación y Control Escolar del resultado de la revisión de planes, programas y/o perfiles docentes, efectuada por la Subcomisión de Estudios y Dictámenes de la Comisión Estatal para la Planeación de la Educación Superior;

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• Entregar por escrito a los particulares a través de la Dirección de Acreditación, Certificación y Control Escolar, las recomendaciones emitidas por la Subcomisión de Estudios y Dictámenes de la Comisión Estatal para la Planeación de la Educación Superior;

• Programar y realizar visitas para verificar la infraestructura física de las instalaciones y condiciones higiénico-pedagógicas, académicas y del servicio educativo en general de las instituciones de nivel superior que solicitan o que se les haya otorgado Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios;

• Supervisar que las instituciones de educación superior cumplan con las normas establecidas en las leyes, reglamentos y disposiciones de carácter general emitidas por las autoridades educativas;

• Emitir por escrito las recomendaciones necesarias para regularizar el servicio educativo para subsanar las irregularidades encontradas con motivo de las visitas de inspección realizadas a las instituciones educativas particulares;

• Emitir dictámenes para recomendar se otorgue o retire el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, o para recomendar la aplicación de las sanciones correspondientes, a las instituciones particulares de educación superior que no cumplan con las normas establecidas en las leyes, reglamentos y disposiciones de carácter general emitidas por las autoridades educativas.

DIRECCIÓN EDUCATIVA MEDIA SUPERIOR

Área Superior Inmediata: Subsecretaría de Educación Media Superior y Superior

FUNCIONES GENERALES

• Promover en las instituciones oficiales y particulares los concursos y exposiciones que proporcionen mayor información a alumnos maestros y padres de familia.

• Mejorar la educación en Monterrey y Nuevo León a través de la calidad, la equidad, la labor docente y los servicios prestados por las instituciones incorporadas.

• Administrar la aplicación de los programas que ofrece progresa a los alumnos de educación media superior capacitando a los enlaces de las instituciones con los becarios.

• Coordinar y dirigir las funciones a su cargo para crear mecanismos de capacitación a prestadores de servicios y participar en los seguimientos de los proyectos y programas de la Secretaría.

• Informar a los directores que los solicitan los criterios de la Secretaría de Educación para realizar una propuesta de solicitud de RVOE (Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios).

• Realizar una proyección mejor hacia el estudiantado de educación media superior por medio de la información de eventos que den oportunidad de conocer las opciones educativas del Estado.

ESPECÍFICAS

• Analizar y valorar los planes y programas de estudio de las instituciones de educación media superior desde un enfoque de excelencia; que responda a las necesidades de los diferentes sectores sociales a nivel local, nacional e internacional en el marco de la globalización.

• Supervisar que las instituciones particulares de educación media superior den cumplimiento a los compromisos académicos contraídos al obtener Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE);

• Alentar e impulsar la capacitación y actualización para directivos y docentes de los planteles de educación media superior;

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• Asesorar en la elaboración de planes y programas de estudio a las instituciones particulares de educación media superior que soliciten Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios desde un enfoque de excelencia; que responda a las necesidades de los diferentes sectores sociales a nivel local, nacional e internacional en el marco de la globalización;

• Autorizar, verificar la aplicación y dar seguimiento al Programa Anual de Supervisión que deben elaborar los inspectores o supervisores del nivel, orientando sus funciones a un efectivo apoyo a la labor de docentes y directivos, que promuevan la educación significativa, que facilite las tareas de análisis, revisión, consulta, evaluación y aplicación creativa de los planes y programas de estudio en las distintas escuelas del nivel;

• Desarrollar, fomentar y verificar la aplicación de una supervisión que permita una auténtica asesoría y apoyo permanente a directivos y docentes en las escuelas oficiales y particulares de educación del nivel con reconocimiento de validez oficial de estudios que alienten el carácter académico de las funciones que se desarrollan en las escuelas y que a éstas funciones se les den prioridad sobre otras;

• Recibir y documentar como resultado de la labor del supervisor o inspector, las riquezas didáctico pedagógicas generadas por las escuelas del nivel en su cotidiano acontecer educativo, que le permitan la mejora continua del proceso de enseñanza–aprendizaje del nivel educativo a su cargo;

• Alentar el diálogo con el personal docente y directivo a través del supervisor o inspector, escuchar sus inquietudes respecto al proceso educativo y valorar y considerar sus opiniones;

• Revisar la pertinencia de los perfiles docentes del personal educativo y de apoyo a la educación que conforma la plantilla de las instituciones de educación media superior;

• Propiciar que se cumplan las normas de evaluación del aprovechamiento escolar establecidas, en cada uno de los planteles de nivel medio superior;

• Difundir entre las instituciones del nivel las normas que regulan el funcionamiento de las instituciones de educación media superior, así como los aspectos relativos a los servicios educativos, académicos y metodológicos;

• Impulsar la creación y fortalecimiento de los Consejos Técnicos Escolares;

• Promover actividades culturales, científicas y deportivas extracurriculares;

• Convocar a los miembros de la Subcomisión de Estudios y Dictámenes de la Comisión Estatal para la Planeación de la Educación Superior a reuniones de trabajo a fin de que esta Subcomisión elabore el dictamen correspondiente y posteriormente comunicar el resultado a la Institución a través de la Dirección de Acreditación, Certificación y Control Escolar;

• Revisar planes y programas de estudio y perfiles docentes de instituciones particulares del nivel medio-superior que soliciten reconocimiento de validez oficial de estudios y turnar la documentación correspondiente a la Subcomisión de Estudios y Dictámenes de la Comisión Estatal para la Planeación de la Educación Superior a fin de que esta Subcomisión elabore el dictamen correspondiente y posteriormente comunicar el resultado a la Institución a través de la Dirección de Acreditación, Certificación y Control Escolar;

• Entregar la documentación necesaria para el desarrollo de sus trabajos, a los miembros de la Subcomisión de Estudios y Dictámenes de la Comisión Estatal para la Planeación de la Educación Superior;

• Informar a las instituciones educativas particulares, a través de la Dirección de Acreditación, Certificación y Control Escolar del resultado de la revisión de planes, programas y/o perfiles docentes, efectuada por la Subcomisión de Estudios y Dictámenes de la Comisión Estatal para la Planeación de la Educación Superior;

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• Programar y realizar visitas de inspección para verificar la infraestructura física de las instalaciones y condiciones higiénico-pedagógicas, académicas y de servicio educativo en general de las instituciones de nivel medio superior que soliciten o se les haya otorgado Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios;

• Supervisar que las instituciones de educación media superior particulares y a cargo de la Secretaría de Educación, cumplan con las normas establecidas en las leyes, reglamentos y disposiciones de carácter general emitidas por las autoridades educativas;

• Emitir por escrito las recomendaciones necesarias para regularizar el servicio educativo o para subsanar las irregularidades encontradas con motivo de las visitas de inspección realizadas a las instituciones educativas particulares;

• Coordinar las actividades de preparatoria abierta orientadas a fomentar el autoaprendizaje y autodidactismo de calidad, mediante el cual el alumno adquiere conocimientos, hábitos, habilidades y actitudes de manera personal que le permitan continuar satisfactoriamente con estudios de educación superior;

• Coordinar la operación de la Preparatoria Emiliano Zapata, con un enfoque de excelencia, que permita a los alumnos egresados, además de la posibilidad de continuar con sus estudios de educación superior, adquirir las competencias necesarias para ingresarse al sector productivo;

• Emitir dictámenes para recomendar se otorgue o retire el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, o para recomendar la aplicación de las sanciones correspondientes, a las instituciones particulares de educación media superior que no cumplan con las normas establecidas en las leyes, reglamentos y disposiciones de carácter general emitidas por las autoridades educativas.

DIRECCIÓN DE ACREDITACIÓN, CERTIFICACÓN Y CONTROL ESCOLAR

Área Superior Inmediata: Subsecretaría de Educación Media Superior y Superior

FUNCIONES GENERALES

• Coordinar los procesos para firma de los documentos de revalidación oficial, certificación y acreditación escolar.

• Emisión de autorizaciones de Incorporaciones al Sistema Educativo Nacional. • Revisar que las Instituciones particulares satisfagan las condiciones higiénicas de seguridad y

control escolar. • Legalización y expedición de documentos oficiales de educación. • Autorizaciones o reconocimientos de validez oficial de estudios a Instituciones particulares

solicitantes para que puedan ofrecer estudios con reconocimiento oficial.

ESPECÍFICAS

• Informar sobre los diversos trámites para la autorización y reconocimiento de validez oficial de estudios a las escuelas particulares en el Estado; emitir valoración de la documentación presentada por los particulares y elaborar los acuerdos de resolución sobre las solicitudes de trámites para la autorización y reconocimiento de validez oficial de estudios;

• Revisar, que las instalaciones de las escuelas particulares del nivel básico en el Estado que soliciten ó cuenten con autorización y/o reconocimiento de validez oficial de estudios, satisfagan las condiciones higiénicas y de seguridad;

• Elaborar, para su publicación, en el mes de enero de cada año, en el órgano informativo oficial la relación de instituciones a las que se les haya concedido autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios. Así mismo elaborar para su publicación oportuna y en cada caso la

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inclusión o supresión del acuerdo por el que se otorguen, nieguen revoque o retire las autorizaciones o reconocimientos de validez oficial de estudios;

• Exigir y vigilar que las instituciones particulares que impartan estudios con autorización o reconocimiento, mencionen en la documentación que expidan y en la publicidad que hagan, una leyenda que indique su calidad de incorporados, el número y fecha del acuerdo respectivo, así como la autoridad que lo otorgó;

• Exigir y vigilar que las instituciones particulares que impartan estudios sin autorización o sin reconocimiento, mencionen en la documentación que expidan y en la publicidad que hagan una leyenda que indique su calidad de no incorporados;

• Realizar la legalización, en los términos de ley, de los certificados y documentación escolar expedida por las escuelas técnicas y comerciales oficiales y particulares incorporadas a la Secretaría;

• Emitir dictamen sobre la documentación necesaria para acreditar los perfiles académicos que requieren directivos y docentes que laboren en los planteles educativos particulares de Educación Básica;

• Coordinar las operaciones relacionadas con el registro escolar y la certificación de estudios de los niveles educativos básico, medio-superior y superior, tanto para los planteles oficiales como para planteles particulares incorporados;

• Elaborar y vigilar el cumplimiento del calendario anual de actividades de certificación para asegurar la entrega oportuna de certificados para los educandos de los distintos niveles educativos;

• Coordinar la correcta aplicación y registro correspondiente de los exámenes extraordinarios de regularización y a título de suficiencia con base en los acuerdos de la Secretaría de Educación Pública;

• Con fundamento en los Artículos 13, fracción V y 14, fracción III de la Ley General de Educación, revalidar y otorgar equivalencias de estudios de todos los niveles educativos, de acuerdo a los lineamientos generales que la Secretaría de Educación Pública expida;

• Tramitar la requisición anual en la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación de los formatos y certificados de los diferentes niveles conforme a los convenios de federalización educativa;

• Brindar el servicio de trámite de registro de títulos, grados, diplomas, especialidades, cédulas profesionales y demás servicios que otorga la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública;

• Establecer y mantener relaciones entre la Secretaría y los colegios de profesionistas, así como llevar un directorio actualizado de los mismos;

• Registrar los títulos profesionales de las carreras que tengan reconocimiento de validez oficial; • Llevar el libro de registro de los colegios de profesionales previstos en la Ley de Profesiones del

Estado; • Registrar las firmas de los servidores públicos y funcionarios facultados para firmar documentos

parciales y terminales de las escuelas públicas y particulares así como su respectivo sello, en los niveles de Educación media superior y superior;

• Notificar a las instituciones educativas particulares sobre las recomendaciones académicas emitidas por la Subcomisión de Estudios y Dictámenes de la Comisión Estatal para la Planeación Educación;

• Apoyar en la inspección, vigilancia, supervisión y la aplicación de las leyes y reglamentos en las instituciones de educación básica, media superior y superior en todas sus modalidades a cargo

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de particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, a fin de que cumplan con las disposiciones contenidas en la Ley General de Educación y la Ley de Educación del Estado y demás normatividad aplicable;

• Suscribir los documentos necesarios para cumplir con la normativa en la operación del sistema educativo estatal en materia de incorporación y control escolar, así como legalizar, certificar y registrar los documentos escolares que acrediten las aptitudes y reconocimientos adquiridos por los educandos en todos los niveles cursados en las instituciones públicas y particulares;

• Gestionar la Clave Única de Registro de Población (CURP) a la comunidad educativa como unidad de servicio.

COORDINACIÓN DE SERVICIO SOCIAL

Área Superior Inmediata: Subsecretaría de Educación Media Superior y Superior

FUNCIONES GENERALES • Crear nuevos mecanismos de captación de prestadores de servicio social para los programas de

la Secretaría de Educación. • Fomentar la participación en los programas de la Secretaría de Educación en los proyectos de

las instituciones de educación media superior y superior. • Dar seguimiento a los programas de servicio social y sus prestadores.

ESPECÍFICAS

• Coordinar con las Universidades e Instituciones de educación superior, en los términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León, el servicio social de los pasantes de las profesiones que de conformidad con la propia Ley de Profesiones, deben realizar para la obtención del Título Profesional;

• Facilitar la prestación del servicio social a los estudiantes de educación media superior que así lo soliciten;

• Coordinar el registro de programas para la asignación de los prestadores de servicio de índole social, con las demás dependencias del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado, y de aquellas instituciones de asistencia social, jurídicamente autorizadas para operar;

• Proponer al Ejecutivo del Estado las normas, políticas, procedimientos y reglamentos para la prestación del servicio profesional de índole Social en el Estado;

• Incorporar a los prestadores de servicio social en los sectores afines a la naturaleza de su profesión y a las necesidades sociales que se trate de satisfacer;

• Asegurar la vinculación y adaptación de los prestadores de servicio social al mundo profesional;

• Extender la documentación que acredite la prestación del servicio profesional de índole social;

• Infundir en los prestadores de servicio social la vocación de servicio, la ética profesional y el gusto y la realización en el trabajo;

• Asistir a las reuniones que convoque la Comisión Estatal para la Planeación de la Educación Superior, para tratar aspectos relacionados con el servicio social y mantener informado al Subsecretario sobre su gestión;

• Mantener comunicación constante con los prestadores de servicio social, con las distintas dependencias gubernamentales y demás instituciones, para dar seguimiento y supervisar si se alcanzan los objetivos y expectativas del que presta el servicio social y del que lo recibe;

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• Llevar archivo de documentación que ampare la prestación del servicio social y emitir duplicados de constancias, cuando le sean requeridas.

COORDINACIÓN DEL PROYECTO DE MODERNIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN TÉCNICA Y CAPACITACIÓN

Área Superior Inmediata: Subsecretaría de Educación Media Superior y Superior

FUNCIONES GENERALES

• Desarrollar modelos educativos que permitan al alumno obtener conocimientos, habilidades y destrezas, requeridas para el desempeño de funciones productivas.

• Desarrollar la educación técnica y la capacitación en coordinación con los sectores empresarial y laboral en el Estado, con el propósito de dar respuesta a los trabajadores, empresarios y al gobierno para cubrir los requerimientos de calificación de los trabajadores.

• Realizar las investigaciones tendientes a la modernización de la educación técnica y de la capacitación para el trabajo, que satisfaga las necesidades del mercado laboral y del sector productivo de la región.

• Desarrollar, proponer e instrumentar planes, programas de estudio en la educación técnica y de capacitación para el trabajo, vinculando a los sectores público y privado, considerando su posible financiamiento.

• Alentar la preparación, actualización y superación del personal docente y de apoyo a la docencia, en materia pedagógica, técnica y de capacitación en el trabajo.

ESPECÍFICAS

• Ser el representante de la Secretaría de Educación ante el Comité del Proyecto de Modernización de la Educación Técnica y la Capacitación (PMETyC);

• Proponer normas consensuadas con los sectores productivos, respecto a los conocimientos, habilidades y destrezas que deben poseer los individuos para el desempeño de funciones productivas;

• Impulsar el desarrollo y extensión de planteles de educación técnica y de capacitación para el trabajo en el Estado;

• Promover y coordinar el diseño, generación y de uso de materiales, recursos, medios e instrumentos tecnológicos y didácticos que permitan mejorar los procesos de enseñanza-aprendizaje;

• Asistir a las reuniones del Comité del Proyecto de Modernización de la Educación Técnica y Capacitación (PMETyC), opinar y proponer alternativas para el fortalecimiento de la educación técnica y capacitación para el trabajo, e informar de su gestión al Subsecretario de Evaluación y Educación Superior;

• Promover la concurrencia de recursos públicos y privados, a nivel nacional e internacional, para la modernización e impulso de la educación técnica y capacitación para el trabajo;

• Proponer sistemas y procedimientos para normar el funcionamiento de planteles de educación técnica y de capacitación en el trabajo.

Nota: Las atribuciones de la Unidad de Integración Educativa, actualmente están realizadas a través

de la Secretaría de Educación en virtud de un convenio de coordinación entre ambas partes.