sergas convocatoria logopeda

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  • DOG Nm. 121 Martes, 30 de junio de 2015 Pg. 27277

    ISSN1130-9229 Depsito legal C.494-1998 http://www.xunta.es/diario-oficial-galicia

    IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

    SERVICIO GALLEGO DE SALUD

    RESOLUCIN de 17 de junio de 2015, de la Direccin General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso-oposicin para el ingreso en diversas categoras de personal estatutario.

    De conformidad con lo establecido en el Decreto 157/2014, de 11 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo pblico correspondiente a diversas categoras de per-sonal estatutario del Servicio Gallego de Salud para el ao 2014 (Diario Oficial de Galicia n 243, de 19 de diciembre) y el Decreto 59/2015, de 16 de abril, por el que se aprueba la oferta de empleo pblico correspondiente a diversas categoras de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud para el ao 2015 (Diario Oficial de Galicia n 76, de 23 de abril), este centro directivo, previa elaboracin por la Comisin Tcnica de Procesos Selectivos y posterior negociacin con la representacin sindical en el seno de la Mesa Sectorial de Negociacin y en el uso de las competencias que le atribuye el artculo 8 de los menciona-dos decretos y el artculo 4.1.b) de la Orden de 5 de julio de 2012 (Diario Oficial de Galicia n 139, de 20 de julio) sobre delegacin de competencias en rganos centrales y perifri-cos del Servicio Gallego de Salud resuelve convocar concurso-oposicin para el ingreso en las categoras de enfermero/a especialista en obstetricia y ginecologa, fisioterapeuta, logopeda, terapeuta ocupacional, tcnico/a superior en anatoma patolgica y citologa, tcnico/a superior en higiene bucodental, tcnico/a superior en imagen para el diagnstico, tcnico/a superior en laboratorio de diagnstico clnico, tcnico/a superior en radioterapia, tcnico/a en cuidados auxiliares de enfermera y tcnico/a en farmacia, de acuerdo con las siguientes

    Bases:

    I. Normas generales.

    1.1. Plazas.

    1.1.1. Se convoca concurso-oposicin para el ingreso en las categoras de enfermero/a especialista en obstetricia y ginecologa, fisioterapeuta, logopeda, terapeuta ocupacional, tcnico/a superior en anatoma patolgica y citologa, tcnico/a superior en higiene buco-dental, tcnico/a superior en imagen para el diagnstico, tcnico/a superior en laboratorio de diagnstico clnico, tcnico/a superior en radioterapia, tcnico/a en cuidados auxiliares de enfermera y tcnico/a en farmacia del Servicio Gallego de Salud.

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    1.1.2. El nmero de plazas que se convoca en este proceso selectivo es el que se es-pecifica para cada una de las categoras en el anexo I, con expresin diferenciada de las plazas por su sistema de acceso.

    1.2. Sistemas de acceso.

    Las personas interesadas podrn participar en este proceso selectivo por alguno de los siguientes sistemas de acceso: acceso libre, acceso de personas con discapacidad o promocin interna.

    Los/las aspirantes slo podrn participar en uno de los turnos citados. Despus de fina-lizado el plazo de inscripcin, no se permitir ningn cambio en la modalidad de acceso.

    1.3. Personas con discapacidad.

    1.3.1. De conformidad con lo establecido en el artculo 6.2 del Decreto 157/2014, de 11 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo pblico correspondiente a diver-sas categoras de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud para el ao 2014 y el artculo 6.2 del Decreto 59/2015, de 16 de abril, por el que se aprueba la oferta de empleo pblico correspondiente a diversas categoras de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud para el ao 2015, del total de las vacantes incluidas en la oferta se reservar una cuota del 5 % para ser cubierta por personas con un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su dis-capacidad y la compatibilidad con el desempeo de las tareas y funciones correspondiente.

    1.3.2. El nmero de plazas reservadas en esta convocatoria para el acceso por perso-nas con discapacidad se concreta en el anexo I.

    1.3.3. En el supuesto de que algn/a aspirante con discapacidad que se hubiera pre-sentado por el cupo de reserva superara el proceso selectivo y no obtuviera plaza en el citado cupo, siendo su puntuacin superior a la obtenida por otros/as aspirantes del turno de acceso libre, ser incluido/a por su orden de puntuacin en el turno de acceso libre.

    1.3.4. Los/las aspirantes con discapacidad, opten o no opten por participar en el turno reservado a personas con discapacidad podrn solicitar adaptacin de tiempo y medios para la realizacin de los ejercicios. Los/las interesados/as, excepto causas sobrevenidas, debern formular la correspondiente peticin concreta en la solicitud de participacin en la

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    que debern reflejar con claridad las necesidades especficas que tiene el/la candidato/a

    para acceder al proceso de seleccin en condiciones de igualdad, debiendo adjuntar el dictamen tcnico facultativo emitido por el rgano tcnico de calificacin del grado de dis-capacidad competente, acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanente/s

    que dieron origen al grado de discapacidad reconocido.

    Las solicitudes de adaptacin sern resueltas por el rgano de seleccin. A tal efecto, el tribunal podr requerir informe y, en su caso, la colaboracin de los rganos tcnicos de la Administracin laboral, sanitaria o de los dems rganos competentes. La adaptacin no se otorgar de forma automtica sino nicamente en aquellos casos en los que la discapa-cidad guarde relacin directa con la prueba a realizar.

    1.3.5. Con el fin de garantizar la proteccin de la salud de los/las aspirantes que superen

    definitivamente el proceso selectivo por el turno de reserva de personas con discapacidad

    se efectuar una evaluacin inicial de su salud que permita adoptar las medidas preventi-vas y de proteccin necesarias para evitar que puedan verse afectados/as de manera sin-gular por algn riesgo laboral identificado en su puesto de trabajo. Dicha evaluacin ser

    realizada por la Unidad Perifrica de Prevencin de Riesgos Laborales de referencia para el centro de gestin al que pertenezca la plaza adjudicada.

    1.4. Promocin interna.

    1.4.1. De conformidad con lo establecido en el artculo 25.1 del Decreto 206/2005, de 22 de julio, el artculo 5.1 del Decreto 157/2014, de 11 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo pblico correspondiente a diversas categoras de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud para el ao 2014 y el artculo 5.1 del Decreto 59/2015, de 16 de abril, por el que se aprueba la oferta de empleo pblico correspondiente a diversas cate-goras de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud para el ao 2015, se reserva el 50 % del total de las plazas que se convocan en cada categora para su provisin por el sistema de promocin interna.

    1.4.2. Cuando el resultado de la aplicacin del citado porcentaje d un resto igual o su-perior a 0,5 plazas, se computar cmo una plaza que se incluir en esta reserva.

    1.4.3. Las plazas del turno de promocin interna que no sean cubiertas se acumularn a las del turno de acceso libre.

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    II. Requisitos.

    Las personas interesadas en participar en este proceso debern poseer en la fecha en que finalice el plazo de presentacin de solicitudes y mantener hasta la toma de posesin como personal estatutario fijo del Servicio Gallego de Salud los siguientes requisitos:

    2.1. Requisitos comunes para todos los turnos de acceso.

    2.1.1. Nacionalidad:

    a) Tener la nacionalidad espaola.

    b) Ser nacional de alguno de los dems Estados miembros de la Unin Europea o na-cional de algn Estado en el que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unin Europea y ratificados por Espaa, sea de aplicacin la libre circulacin de traba-jadoras/es.

    c) Tambin podrn participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cnyuge de los/las espaoles/espaolas y de los/las nacionales de alguno de los dems Estados miem-bros de la Unin Europea y el de los/las nacionales de algn Estado al que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unin Europea y ratificados por Espaa, sea de aplicacin la libre circulacin de trabajadores/as, siempre que no estn separados/as de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrn participar sus descendientes y los/las de su cnyuge siempre que no estn separados/as de derecho, sean menores de veintin aos o mayores de dicha edad dependientes.

    2.1.2. Edad: tener cumplidos los diecisis aos de edad y no exceder de la edad mxima de jubilacin forzosa legalmente vigente.

    2.1.3. Capacidad funcional: poseer las capacidades y aptitudes fsicas y psquicas que sean necesarias para el desempeo de las correspondientes funciones o tareas.

    2.1.4. Habilitacin: no haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplina-rio, de cualquier servicio de salud o Administracin pblica en los seis aos anteriores a la convocatoria, ni estar inhabilitado con carcter firme para el ejercicio de funciones pblicas ni, en su caso, para la correspondiente profesin.

    En el caso de los/las nacionales de otro Estado, no encontrarse inhabilitado/a por san-cin o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios pblicos

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    en un Estado miembro, ni ser separado/a, por sancin disciplinaria, de alguna de las admi-nistraciones o servicios pblicos en los seis aos anteriores a la convocatoria.

    2.1.5. Titulacin: estar en posesin de la titulacin que se especifica en el anexo I de esta resolucin o estar en condiciones de obtenerla dentro del plazo de presentacin de solicitudes.

    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, debern poseer el documento que acredite fidedignamente su homologacin o la credencial de reconocimiento del ttulo a efectos profesionales al amparo de lo dispuesto en el Real decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorpora al ordenamiento jurdico espaol la Directiva comunita-ria 2005/36/CE y Real decreto 459/2010, de 16 de abril.

    2.1.6. Abonar las tasas por derecho de examen, en su caso.

    2.1.7. No podr participar en el proceso selectivo el personal estatutario fijo de la misma categora.

    2.2. Requisitos especficos.

    2.2.1. Personas con discapacidad.

    Adems de los requisitos anteriores, los/las aspirantes que se presenten por el turno de personas con discapacidad tendrn que tener reconocida la condicin legal de persona con un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento.

    2.2.2. Promocin interna.

    Las personas aspirantes que accedan por el turno de promocin interna debern reunir, adems de los requisitos indicados en el apartado 2.1, los siguientes requisitos:

    1. Ostentar la condicin de personal estatutario fijo de otra categora de nivel acad-mico igual o inferior a aquella a la que se pretende acceder.

    2. Estar en servicio activo en instituciones sanitarias del Sistema pblico de salud de Galicia y con nombramiento como personal estatutario fijo durante, al menos, dos aos en la categora de origen.

    Al personal integrado en el rgimen estatutario le ser computado, a los efectos del plazo de los dos aos, el tiempo de servicios prestados como funcionario/a de carrera o laboral fijo.

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    En el supuesto de prdida de alguno de los requisitos enumerados en esta base, las personas aspirantes podrn ser excluidas del proceso mediante resolucin motivada del rgano convocante.

    2.3. Tasas.

    2.3.1 Formalizacin del pago de las tasas.

    Por imperativo legal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/2003, de 9 de di-ciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autnoma de Gali-cia, y en la Ley 11/2014, de 19 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autnoma de Galicia para el ao 2015, como requisito necesario para participar en el proceso selectivo se deber abonar previamente en concepto de derechos de examen, el importe de la tasa que se indica a continuacin y, en su caso, los gastos de transferencia correspondientes, en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras autorizadas para la recaudacin de tasas y precios en la Comunidad Autnoma de Galicia.

    Categora TasaEnfermero/a especialista en obstetricia y ginecologa 35,08 Fisioterapeuta 35,08 Logopeda 35,08 Terapeuta ocupacional 35,08 Tcnico/a superior en anatoma patolgica y citologa 30,56 Tcnico/a superior en higiene bucodental 30,56 Tcnico/a superior en imagen para el diagnstico 30,56 Tcnico/a superior en laboratorio de diagnstico clnico 30,56 Tcnico/a superior en radioterapia 30,56 Tcnico/a en cuidados auxiliares de enfermera 24,90 Tcnico/a en farmacia 24,90

    Para el ingreso de la tasa se emplear un impreso de autoliquidacin como el sealado en el anexo VIII. Tal impreso, as como los cdigos para su formalizacin les sern facilita-dos a las personas interesadas en los servicios centrales y perifricos de la Consellera de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud y estarn disponibles, asimismo, en la pgina web del Servicio Gallego de Salud. La no presentacin de este impreso de autoliquidacin en el que deber figurar la fecha y el sello de la entidad bancaria, junto con el formulario de inscripcin en el proceso, determinar la exclusin de la persona aspirante.

    Se podr tambin realizar el pago de la tasa por internet en las entidades financieras actualmente autorizadas. Para esto, debern acceder a la oficina tributaria, a travs de la

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    oficina virtual en la pgina web del Cixtec (www.cixtec.es) y pulsar el enlace Oficina Virtual-

    Tributaria (color azul), entrar a servicios de acceso libre y tasas, precios, multas y sancio-nes. En este caso, una vez efectuado el pago de la tasa correspondiente, se imprimir el justificante de tener abonada la tasa (modelo 730), que ser el que se presente junto con

    la solicitud. Asimismo, el/la solicitante podr hacer efectivo el pago de la tasa desde Fides, habilitndose un enlace directo al sistema de pago electrnico de tasas de la Consellera de Hacienda.

    En ambos supuestos, la presentacin del justificante de abono no supondr el relevo del

    trmite de presentacin, en tiempo y forma, de la solicitud de participacin en el proceso.

    2.3.2. Exencin y bonificacin en el abono de la tasa.

    Estarn exentos del pago de la tasa por derecho de inscripcin:

    Las personas con discapacidad igual o superior al 33 %.

    Las personas que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la categora

    especial.

    Se aplicar una bonificacin del 50 % a la inscripcin solicitada por:

    Las personas que sean miembros de familias numerosas de categora general.

    Las personas que figuren como demandantes de empleo desde, al menos, los seis

    meses anteriores a la fecha de la convocatoria de las pruebas selectivas en las cuales so-liciten su participacin y no estn percibiendo prestacin o subsidio por desempleo.

    Las circunstancias de exencin y bonificacin debern ser acreditadas, segn el su-puesto que corresponda, presentando junto con la solicitud de participacin en el proceso la siguiente documentacin:

    Copia compulsada de la calificacin de discapacidad.

    Copia compulsada del ttulo oficial de familia numerosa, de carcter comn o especial.

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    Certificacin negativa de la percepcin actual de prestacin/subsidio por desempleo y de la antigedad como demandante de empleo expedida por el Servicio Pblico de Empleo.

    2.3.3. Devolucin de tasas.

    El importe abonado en concepto de derechos de examen se devolver, tras los trmites correspondientes, a los/las aspirantes excluidos/as que lo soliciten en el plazo de un mes contado a partir del da siguiente al de la publicacin del listado definitivo de admitidos/as y excluidos/as.

    2.4. Registro electrnico de los requisitos de participacin

    Las personas interesadas en participar en el proceso selectivo debern declarar en el formulario electrnico de inscripcin que renen todos los requisitos de participacin exi-gidos en esta convocatoria segn el turno de acceso por la que opten. Al formulario elec-trnico de inscripcin se acceder a travs de la pgina web del Servicio Gallego de Salud (www.sergas.es) en el apartado Fides/expedient-e/Seccin de Procesos/OPE.

    2.5. Plazo y procedimiento de acreditacin de los requisitos de participacin.

    2.5.1. Las personas aspirantes debern presentar junto con la solicitud de participacin, y dentro del plazo de presentacin de instancias, la siguiente documentacin:

    1) Fotocopia del NIF/NIE/pasaporte/otros.

    Los/las aspirantes extranjeros/as que residan en Espaa debern, adems, presentar una fotocopia cotejada de la tarjeta de residente comunitario/a en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario/a o de trabajador/a comunitario/a fronterizo/a en vigor.

    Los/las aspirantes que sean nacionales de la Unin Europea o de algn Estado al que, en virtud de los tratados internacionales realizados por la Unin Europea y ratificados por Espaa, sea de aplicacin la libre circulacin de trabajadores/as, que no residan en Espa-a, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en Espaa en rgimen de estancia, debern presentar una fotocopia cotejada del documento de identidad o pasaporte.

    Los/las familiares de los/las anteriores debern presentar una fotocopia cotejada del visado y, en su caso, del justificante de solicitar la correspondiente tarjeta o justificante de solicitar la exencin del visado y de la correspondiente tarjeta. De no solicitar estos docu-

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    mentos, debern presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vnculo de parentesco y una declaracin jurada o promesa del espaol/a, del/de la nacional de alguno de los dems Estados miembros de la Unin Europea y del/de la nacional de algn Estado al que, en virtud de los tratados internacionales realizados por la Unin Europea y ratificados por Espaa, sea de aplicacin la libre circulacin de trabaja-dores/as, con el que existe este vnculo, de que no est separado/a de derecho del su cn-yuge y, en su caso, del hecho de que el/la aspirante vive a sus expensas o est a su cargo.

    2) Justificante de haber abonado los derechos de examen. Las personas exentas o con bonificacin en el pago de las tasas debern presentar copia cotejada de la documentacin que acredite este derecho en los trminos exigidos en la base 2.3.2.

    3) Fotocopia compulsada del ttulo exigido para el ingreso en la categora o la documen-tacin acreditativa de estar en condiciones de obtenerlo, en los trminos previstos en los anexos I y V de esta resolucin.

    Deber presentarse traduccin jurada o equivalente segn lo dispuesto en el anexo V de aquellos ttulos que estn redactados en un idioma distinto a cualquiera de los oficiales del Estado espaol.

    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deber adjuntarse adems el do-cumento que acredite fehacientemente su homologacin o reconocimiento.

    El/la aspirante no tendr el deber de presentar la documentacin acreditativa de la titu-lacin cuando la misma conste como validada (V) en Fides/expedient-e.

    2.5.2. Las personas que accedan por el turno de discapacidad debern presentar, ade-ms de la documentacin anterior, copia compulsada del documento que le acredite tener reconocida la condicin legal de persona con un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento.

    2.5.3. Las personas que accedan por el turno de promocin interna no tendrn que pre-sentar fotocopia del DNI/NIE o pasaporte.

    2.5.4. La falta de acreditacin por la persona interesada de los requisitos de participa-cin determinar su exclusin del proceso de seleccin.

    2.5.5. En todo caso, la autoridad convocante se reservar el derecho a exigir que se acredite convenientemente la existencia o no de los requisitos de participacin e idoneidad

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    de los/las aspirantes, en cualquier momento anterior a la resolucin definitiva del concurso-oposicin.

    III. Mritos.

    3.1. Mritos a valorar.

    Los mritos a tener en cuenta en la fase de concurso de este proceso sern los recogi-dos para la categora en el anexo IV y se valorarn con referencia al da inmediatamente anterior, inclusive, al de la publicacin de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

    Tales mritos debern estar debidamente registrados en el sistema informtico Fides/expedient-e y acreditados documentalmente por la persona interesada en la forma y plazos que se indican en esta convocatoria.

    3.2. Registro electrnico y acreditacin de mritos.

    3.2.1. Para el registro electrnico de los mritos, los/las aspirantes debern proceder de la siguiente forma:

    Las personas interesadas accedern a travs de la pgina web del Servicio Gallego de Salud (www.sergas.es) al expediente electrnico del profesional (Fides/expedient-e) segn se indica en el anexo VI de estas bases y comprobarn los datos de su currculum barema-bles en el proceso de seleccin que constan registrados en la aplicacin informtica, as como su estado.

    Si no consta ninguna informacin o est incompleta, la persona aspirante registrar en el sistema los mritos que posee a los efectos de su valoracin en la fase de concurso de este proceso, hasta el ltimo da del plazo de presentacin de solicitudes, inclusive. Des-pus de registrados electrnicamente, deber imprimir la solicitud de validacin, que estar disponible en la aplicacin informtica en el epgrafe de Informe.

    La solicitud de validacin para este proceso se dirigir a una unidad de validacin de las relacionadas en el formulario electrnico de inscripcin y podr presentarse hasta el ltimo da del plazo de presentacin de instancias en registro administrativo o a travs de cualquiera de los procedimientos que se indican en la base 5.2.

    3.2.2. Junto con la solicitud de validacin, el/la aspirante deber presentar la documen-tacin acreditativa de los mritos que figuren pendientes de validacin en los trminos que

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    se indican en el anexo V. Slo se admitir como medio de acreditacin el que se indica para cada uno de los mritos en el indicado anexo.

    La documentacin acreditativa de los mritos deber presentarse en el orden que figura cada uno de los mritos en la solicitud de validacin.

    3.2.3. Por tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva no se admitir, una vez finalizado el plazo de presentacin de instancias y a los efectos de su valoracin en este proceso, ninguna documentacin acreditativa de nuevos mritos aunque consten registrados en el expediente electrnico, excepto aquella documentacin que, exigida en el anexo V y constando documentalmente haber sido solicitada por el interesado al orga-nismo o entidad competente en el plazo de presentacin de solicitudes o en un momento anterior, esta no fuera recepcionada por el/la interesado/a en el indicado plazo, supuesto en el que se admitir su presentacin en el plazo de reclamacin contra la lista provisional de admitidos/excluidos.

    Fuera de este supuesto y plazo no se admitir la presentacin de ninguna documenta-cin acreditativa de nuevos mritos.

    3.2.4. Aquellas personas que, con anterioridad a la fecha de publicacin de esta con-vocatoria en el Diario Oficial de Galicia solicitaran, mediante la presentacin de la do-cumentacin correspondiente, la validacin de algn mrito previamente registrado en el expediente electrnico y que se encuentre validado o pendiente de catalogar por la Admi-nistracin, no tendrn que presentar nuevamente la documentacin acreditativa de tal/es mrito/s excepto la complementaria que resulte necesaria para su actualizacin.

    3.2.5. Aquellas personas que, con anterioridad a la fecha de publicacin de esta convo-catoria en el Diario Oficial de Galicia hubieran solicitado, mediante la presentacin de la documentacin correspondiente, la validacin de algn mrito previamente registrado en el expediente electrnico y que se encuentre pendiente de validar, debern presentar, en su caso, dentro del plazo de presentacin de solicitudes, la documentacin complementaria para acreditar debidamente el mrito en los trminos del anexo V.

    3.2.6. Aquellas personas que, con anterioridad a la fecha de publicacin de esta con-vocatoria en el Diario Oficial de Galicia hayan registrado en el sistema informtico sus mritos, que figuran como pendientes de validar sin que hubieran presentado ninguna documentacin acreditativa de los mismos, debern solicitar su validacin y acreditar do-

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    cumentalmente su posesin en los trminos del anexo V dentro del plazo de presentacin de instancias para que puedan ser, en su caso, valorados en dicho procedimiento.

    3.2.7. No ser necesaria la acreditacin documental del cumplimiento de los siguientes mritos:

    La experiencia profesional como personal estatutario en las instituciones sanitarias del Servicio Gallego de Salud y entidades pblicas adscritas a la Consellera de Sanidad.

    La formacin recibida e impartida por la Fundacin Escuela Gallega de Administracin Sanitaria.

    3.2.8. Los mritos que a la fecha de publicacin de esta convocatoria figuren como va-lidados en Fides/expedient-e permanecern en dicho estado, excepto en los supuestos en que se aprecie un error de validacin que obligue a su modificacin.

    Los mritos que no consten registrados en el sistema informtico en la fecha de finaliza-cin del plazo de presentacin de instancias no sern objeto de valoracin.

    3.2.9. La Administracin podr requerir, en cualquier momento, la aportacin de do-cumentacin complementaria acreditativa de cualquier requisito o mrito aunque conste validado.

    3.2.10. A los efectos de este proceso y sin perjuicio de su validacin y catalogacin en un momento posterior, podrn dejarse sin validar y catalogar en el expediente electrnico personal del/de la aspirante aquellos mritos que no tengan incidente en la puntuacin a asignar en la fase de concurso por haber conseguido el/la aspirante, con los mritos ya validados y catalogados, la puntuacin mxima en el respectivo apartado del baremo.

    IV. Acreditacin del conocimiento de la lengua gallega.

    A los efectos de resultar exento/a de la realizacin del ejercicio de lengua gallega, aque-llos/as aspirantes de cualquier turno de acceso, que estn en posesin del Celga 4, curso de perfeccionamiento de gallego o equivalente debidamente homologado por el rgano competente en materia de poltica lingstica de la Xunta de Galicia, de conformidad con lo establecido en la disposicin adicional segunda de la Orden de 10 de febrero de 2014 por la que se modifica la Orden de 16 de julio de 2007, que regula los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega, debern registrar ste

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    en el apartado Idiomas del expedient-e y presentar copia compulsada del mismo dentro del plazo de presentacin de la solicitud de participacin, salvo que ya conste este ttulo como validado en el expedient-e.

    Las personas aspirantes que no presenten la documentacin acreditativa del conoci-miento de la lengua gallega en los trminos establecidos en esta base, debern realizar el ejercicio de lengua gallega.

    V. Solicitud.

    5.1. Formulario de inscripcin.

    5.1.1. Las personas que deseen tomar parte en el proceso selectivo debern cubrir una nica solicitud de participacin, en modelo normalizado, a travs de la Oficina Virtual del Profesional (Fides/expedient-e/Seccin de Procesos/OPE), a la que se acceder siguiendo las instrucciones que se establecen en el anexo VI, y que despus de formalizada elec-trnicamente debern imprimir, firmar y presentar en los lugares y plazo indicados en los apartados 5.2 y 5.3, respectivamente.

    5.1.2. No se admitirn las solicitudes que contengan alguna enmienda, marca o tacha-dura en el formulario de participacin o en cualquiera de los documentos acreditativos de los requisitos de participacin.

    Las modificaciones que, con carcter excepcional resulte necesario que efecte el/la aspirante en alguno de los datos contenidos en la solicitud de participacin impresa se realizarn mediante escrito dirigido a la misma unidad de validacin a la que se dirija la ins-tancia de participacin y en el que se indicar con claridad la modificacin que se pretende.

    Tal solicitud de modificacin deber presentarse, junto con la instancia que modifica o copia de sta, a travs del procedimiento y plazo previstos en la clusula 5.2 y 5.3 de esta convocatoria.

    Transcurrido el plazo para la presentacin de solicitudes, no se admitirn las modifica-ciones de las solicitudes previamente presentadas.

    5.1.3. Los/las aspirantes con discapacidad que lo precisen, opten o no opten por parti-cipar en el turno reservado de personas con discapacidad, debern sealar en la solicitud las adaptaciones de tiempo y medios para la realizacin de los ejercicios, de conformidad con lo establecido en la base 1.3.

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    5.1.4. La consignacin de datos falsos en la solicitud o en la documentacin presentada por los/las aspirantes se sancionar con la anulacin de la solicitud, sin perjuicio de las dems medidas legales que correspondan.

    5.1.5. El domicilio que figure en las solicitudes se considerar como el nico vlido a

    los efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del/de la aspirante tanto el

    error en su consignacin como la comunicacin al Servicio Gallego de Salud de cualquier cambio del mismo. Lo mismo ser aplicable a los otros medios de comunicacin posibles, como los telfonos de contacto y el correo electrnico.

    La Administracin convocante podr comunicar a travs de Fides/expedient-e, de for-ma general o individualizadamente, cualquier noticia que se produzca en el desarrollo del proceso.

    5.1.6. Junto con la solicitud de participacin, la persona aspirante deber presentar la documentacin exigida en la base 2.5, la justificacin documental de todos los mritos pre-viamente registrados en el expediente electrnico que no haya acreditado en los trminos de la base 3.2 y, en su caso, la documentacin acreditativa del conocimiento de la lengua gallega.

    5.2. Lugar de presentacin.

    Las solicitudes de participacin en el concurso-oposicin se dirigirn a una unidad de validacin de las relacionadas en el propio formulario electrnico de inscripcin y podrn presentarse en el Registro General de los servicios centrales y perifricos de la Consellera de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud, o a travs de cualquiera de los procedimientos del artculo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de rgimen jurdico de las adminis-traciones pblicas y del procedimiento administrativo comn, modificada por la Ley 4/1999,

    de 13 de enero.

    Las solicitudes suscritas en el extranjero se podrn cursar, en el plazo expresado en el nmero tres de esta base, a travs de las representaciones diplomticas o consulares es-paolas correspondientes,que las remitirn seguidamente al organismo competente.

    5.3. Plazo de presentacin.

    Las personas interesadas podrn presentar la solicitud de participacin en el proceso desde el da siguiente al de la publicacin de esta convocatoria en el Diario Oficial de Ga-licia hasta el da 20 de agosto, ambos incluidos.

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    VI. Admisin de aspirantes.

    6.1. Expirado el plazo de presentacin de solicitudes, la Direccin General de Recursos Hu-manos del Servicio Gallego de Salud publicar en el Diario Oficial de Galicia la resolucin por la que se declaren con carcter provisional los/las aspirantes admitidos/as y excluidos/as, con el motivo de la exclusin, as como los/las aspirantes exentos y no exentos/as de la realizacin del ejercicio acreditativo del conocimiento de lengua gallega.

    6.2. Los/las aspirantes excluidos/as y los/las declarados/as no exentos/as de la realiza-cin del ejercicio de gallego dispondrn de un plazo de diez das hbiles, contados a partir del da siguiente al de la publicacin de la resolucin para poder corregir, en su caso, el defecto que motiv su exclusin o la no exencin del ejercicio de lengua gallega.

    Dispondrn del mismo plazo de reclamacin las personas que, habiendo presentado de-bidamente solicitud de participacin en el proceso, no consten como admitidas ni excluidas en la relacin publicada.

    6.3. No se podr subsanar la presentacin de la solicitud fuera del plazo habilitado a este efecto. La estimacin o desestimacin de las solicitudes de subsanacin se entende-rn implcitas en la resolucin por la que se apruebe el listado definitivo de admitidos/as y excluidos/as, as como el listado definitivo de exentos y no exentos del ejercicio acreditativo del conocimiento de la lengua gallega, que se publicar en el Diario Oficial de Galicia.

    Contra tal resolucin se podr interponer recurso potestativo de reposicin ante la Di-reccin General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud en el plazo de un mes a contar desde el da siguiente al de su publicacin en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o se podr inter-poner directamente recurso contencioso-administrativo en los trminos de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

    El hecho de figurar en la relacin de admitidos/as no prejuzga que se reconozca a los/las interesados/as la posesin de todos los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoca. Cuando de la documentacin que debe presentarse, en el caso de superar el proceso selectivo, se desprendiera que no poseen alguno de los requisitos, los/las intere-sados/as decaern en todos los derechos que pudieran derivarse de su participacin en el procedimiento.

    VII. Tribunales.

    7.1. De conformidad con el Decreto 157/2014 y el Decreto 59/2015, la composicin de los tribunales de seleccin ser paritaria para el conjunto de la oferta de empleo pblico del Servicio Gallego de Salud.

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    7.2. Los tribunales calificadores ser nombrados por la autoridad convocante con una antelacin mnima de un mes al de la fecha de realizacin de las pruebas, publicndose a este efecto la oportuna resolucin en el Diario Oficial de Galicia.

    Sin perjuicio de las competencias de ordenacin material y temporal propias del rgano convocante, le corresponden a los tribunales las funciones relativas a la determinacin concreta del contenido de las pruebas, la calificacin de los/las aspirantes, la emisin de cuantos informes sean requeridos derivados de su intervencin en el proceso as como, en general, la adopcin de cuantas medidas sean precisas en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas y a la resolucin de incidentes.

    7.3. El tribunal ser nico para la categora. No obstante, el rgano convocante, en aten-cin al elevado nmero de aspirantes, podr nombrar una comisin o grupo de trabajo para realizar las tareas auxiliares de carcter tcnico u organizativo que le sean encomendadas, sin que su actuacin afecte a las competencias y a la autonoma del tribunal de seleccin.

    7.4. Los tribunales tendrn su sede, a efectos de comunicaciones, envo de documen-tacin o incidentes, en la Direccin General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud, situada en San Lzaro, s/n, 15703 de Santiago de Compostela.

    7.5. Los tribunales estarn compuestos por un nmero de miembros no inferior a cinco, debiendo designarse el mismo nmero de miembros suplentes.

    De conformidad con lo establecido en el artculo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto bsico del empleado pblico, la pertenencia a los rganos de seleccin ser siempre a ttulo individual, no pudiendo ostentarse sta en representacin o por cuenta de nadie.

    El personal de eleccin o de designacin poltica, los funcionarios interinos y el personal eventual no podr formar parte del rgano de seleccin.

    Los miembros de los tribunales tendrn la condicin de personal funcionario de carrera o estatutario fijo de las administraciones pblicas o de los servicios de salud, o de personal laboral fijo de los centros vinculados al Sistema nacional de salud, en plaza o categora para la que se exija poseer titulacin de nivel acadmico igual o superior a la exigida para el ingreso.

    Los tribunales podrn proponer al rgano convocante la incorporacin a sus trabajos de los/las asesores/as especialistas o de apoyo que estime oportunos. Dichos/as ase-

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    sores/as se limitarn a prestar su colaboracin en las especialidades tcnicas, con voz y sin voto.

    7.6. Los miembros de los tribunales debern abstenerse de intervenir, notificndoselo a la autoridad convocante, cuando concurra en ellos/as alguna circunstancia de las previstas en el artculo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y en el Acuerdo adoptado en el Consello de la Xunta de 8 de abril de 2010 o hayan realizado tareas de preparacin de as-pirantes a pruebas selectivas de la correspondiente categora en los cinco aos anteriores a la publicacin de esta convocatoria.

    El/la presidente/a deber solicitar de los/las miembros del tribunal declaracin expresa de no encontrarse incursos/as en las circunstancias previstas en el citado artculo 28 de la Ley de rgimen jurdico de las administraciones pblicas y del procedimiento administrativo comn ni en las dems causas de abstencin previstas en esta base. Esta declaracin de-ber ser tambin realizada por los/las asesores/as especialistas previstos y por el personal auxiliar que el tribunal incorpore a sus trabajos.

    Asimismo, los/las aspirantes podrn recusar a los miembros del tribunal y dems perso-nal colaborador cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en la pre-sente base, conforme al artculo 29 de la Ley de rgimen jurdico de las administraciones pblicas y del procedimiento administrativo comn.

    7.7. La autoridad convocante publicar, en su caso, en el Diario Oficial de Galicia, re-solucin por la que se nombre a los/las nuevos/as miembros del mismo que tengan que sustituir a los/las que perdieron su condicin por alguna de las causas previstas.

    7.8. Previa convocatoria del/de la presidente/a, se constituir el tribunal con la asistencia de la mayora de sus miembros, titulares o suplentes, con la presencia en todo caso del/de la presidente/a y del/de la secretario/a. En dicha sesin, el tribunal adoptar las decisiones que le correspondan para el correcto desarrollo del proceso selectivo.

    A partir de la sesin de constitucin, la actuacin vlida del tribunal requerir la concu-rrencia de la mayora de sus miembros, con presencia, en todo caso, del/de la presidente/a y del/de la secretario/a.

    Por acuerdo de sus miembros, el tribunal podr decidir la autoconvocatoria para la si-guiente o siguientes sesiones que tengan lugar sin necesidad de citacin por escrito.

    De las sesiones realizadas por el tribunal se redactarn las correspondientes actas, que sern firmadas por el/la secretario/a con el visto bueno del/de la presidente/a.

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    7.9. Los acuerdos del tribunal que supongan para el/la interesado/a la imposibilidad de continuar el procedimiento podrn ser objeto de recurso de alzada ante la Direccin Gene-ral de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud en los trminos previstos en los artculos 114 y 115 de la Ley 30/1992.

    7.10. El tribunal que acte en el proceso selectivo tendr la categora primera de las recogidas en el Decreto 144/2001, de 7 de junio, actualizado por la Resolucin de 20 de junio de 2008 (Diario Oficial de Galicia n 138, de 17 de julio), segn lo acuerde el rgano competente en la materia.

    VIII. Procedimiento de seleccin.

    Procedimiento de seleccin.

    De acuerdo con lo establecido en el artculo 6 del Decreto 206/2005, de 22 de julio, el sistema de seleccin ser el de concurso-oposicin.

    8.1. Fase de oposicin.

    8.1.1. La fase de oposicin consistir en la realizacin de los ejercicios que se enumeran en el anexo III de esta resolucin y con la forma y sistema de calificacin descritos.

    8.1.2. Una vez realizados los distintos ejercicios de la fase de oposicin, le corresponde al tribunal establecer los criterios de correccin de las pruebas.

    Estos criterios de correccin se realizarn teniendo en cuenta que, en los ejercicios de la fase de oposicin que sean eliminatorios ser necesario que los/las aspirantes consigan una puntuacin del cincuenta por ciento de la puntuacin mxima asignada a cada uno de los ejercicios de tal carcter. El ejercicio sobre el contenido de la parte comn del progra-ma (temas uno al ocho, ambos incluidos) tendr carcter obligatorio y no eliminatorio para todos/as los/las aspirantes, con la excepcin de los/las del turno de promocin interna que estarn exentos/as de su realizacin.

    El ejercicio que acredita el conocimiento de la lengua gallega, tendr carcter obliga-torio no eliminatorio para todos/as los/las aspirantes, con la excepcin de los/las que ha-yan acreditado poseer el Celga 4, curso de perfeccionamiento o equivalente debidamente homologado por el rgano competente en materia de poltica lingstica de la Xunta de Galicia de conformidad con lo establecido en la disposicin adicional segunda de la Orden

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    de 10 de febrero de 2014 por la que se modifica la Orden de 16 de julio de 2007, que regula

    los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega.

    Las respuestas incorrectas, en los ejercicios de tipo test, se penalizarn con la puntua-cin negativa que resulte de aplicar un veinticinco por ciento de la puntuacin asignada a la respuesta correcta.

    Los/las aspirantes que no superen o no obtengan el cincuenta por ciento de la puntua-cin fijada como mxima en el anexo III, en el ejercicio de carcter eliminatorio, resultarn

    eliminados.

    8.1.3. El tribunal adoptar las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios tipo test de la fase de oposicin sean corregidos sin que se conozca la identidad de los/las aspirantes. A la finalizacin de los ejercicios tipo test se entregar a cada aspirante la hoja

    autocopiativa de su examen. El modelo con las respuestas correctas se publicar con pos-terioridad en la pgina web www.sergas.es.

    Se facilitar a los aspirantes, el acceso al cuestionario de preguntas una vez finalizados

    los ejercicios.

    8.1.4. Los ejercicios de la fase de oposicin se realizarn en el lugar y a la hora que se fije en una resolucin de la Direccin General de Recursos Humanos del Servicio Gallego

    de Salud que se publicar en el Diario Oficial de Galicia con un plazo mnimo de antela-cin de cinco das hbiles, adems de poder ser anticipada para efectos informativos en la pgina web www.sergas.es.

    De conformidad con lo establecido en el artculo 15 del Decreto 206/2005, de 22 de julio, se podrn realizar ejercicios conjuntos para varias categoras, as como varios ejer-cicios, en la misma fecha, para la misma categora en unidad de acto y de tiempo, incluso cambiando el orden de realizacin de stos. Durante el tiempo fijado para la realizacin de

    los ejercicios, no se podrn utilizar ni manipular de ninguna manera aparatos de telefona mvil o soportes con memoria, quedando prohibido el acceso al recinto de realizacin de las pruebas con tales dispositivos, constituyendo causa de inadmisin al llamamiento la mera tenencia de ellos.

    8.1.5. En cualquier momento los/las aspirantes podrn ser requeridos/as con la finalidad

    de acreditar su identidad.

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    8.1.6. Los/las aspirantes sern convocados/as para cada ejercicio en un nico llama-miento, siendo excluidos/as del concurso-oposicin los que no comparezcan. En todo caso, para garantizar la unidad de acto, no sern tenidas en cuenta causas de fuerza mayor o cualquier otra causa para subsanar la no comparecencia.

    En el marco de las previsiones de la Ley 7/2004, de 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres, y de la Ley orgnica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efec-tiva de mujeres y hombres, el Servicio Gallego de Salud permitir a las mujeres embara-zadas, ingresadas en el mismo da del examen, hacer los distintos ejercicios de la fase de oposicin, derivados de este proceso selectivo. Por ello, con la nica limitacin de respetar, en todo caso, la unidad de acto y de tiempo de ejecucin fijados en los llamamientos para la realizacin de los exmenes, como garanta de igualdad y de imparcialidad para todos/as los/las aspirantes, el Servicio Gallego de Salud desplazar al centro sanitario una de-legacin del tribunal que permita la ejecucin material de la prueba a aquellas opositoras gestantes que previamente lo hayan justificado y hayan solicitado en el fax de la Direccin General de Recursos Humanos 881 542818 o a travs de la siguiente direccin de correo electrnico: [email protected] hasta con 48 horas de antelacin a la fecha de celebracin de los ejercicios.

    8.1.7. En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tuviera conocimiento de que alguno/a de los/las aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del/de la interesado/a, deber proponer su exclusin a la autoridad convocante. Del mismo modo, el tribunal deber dar cuenta de las inexactitudes o falsedades en las que pudieran incurrir los/las aspirantes, a los efectos procedentes.

    8.1.8. Se establece un plazo nico de cinco das hbiles siguientes a la publicacin de los modelos provisionales de respuestas para que los/las interesados/as puedan presentar reclamacin contra los ejercicios.

    Si el tribunal, de oficio o con base en las reclamaciones presentadas, anulara alguna o algunas de las preguntas incluidas en un ejercicio lo anunciar en la pgina web del Servi-cio Gallego de Salud (www.sergas.es).

    En este caso sern tenidas en cuenta las preguntas de reserva, que tendrn una pun-tuacin igual que el resto de las preguntas del correspondiente ejercicio.

    La estimacin o desestimacin de las reclamaciones se entender implcita en la reso-lucin por la que se publiquen las puntuaciones provisionales y las respuestas definitivas de los distintos ejercicios, que se efectuar en la pgina web del Servicio Gallego de Salud (www.sergas.es).

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    8.1.9. Tras la publicacin de las puntuaciones provisionales de los ejercicios, los/las aspirantes podrn presentar reclamacin ante el tribunal en el plazo de cinco das hbiles siguientes al de dicha publicacin, nicamente de existir errores en la confeccin aritmtica de la puntuacin obtenida.

    La estimacin o desestimacin de dichas reclamaciones se entender implcita en la resolucin por la que se aprueben las puntuaciones definitivas de los distintos ejercicios, que se publicar en el Diario Oficial de Galicia.

    8.1.10. Podrn superar la fase de oposicin un nmero de aspirantes superior al de las plazas convocadas en la correspondiente categora.

    8.1.11. Finalizada en su totalidad la fase de oposicin, se publicar en el Diario Oficial de Galicia el acuerdo de finalizacin de esta fase del proceso.

    8.2. Fase de concurso.

    8.2.1. De acuerdo con lo establecido en el artculo 23.2 del Decreto 206/2005, de 22 de julio, modificado por el Decreto 236/2008, de 16 de octubre, la valoracin de la fase de concurso no podr exceder del cuarenta por ciento de la puntuacin mxima atribuible en el proceso selectivo.

    8.2.2. El tribunal podr requerir, de oficio, de los/las aspirantes o de cualquier Admi-nistracin pblica, la documentacin complementaria o las aclaraciones precisas con la finalidad de asegurar la mxima objetividad en la adjudicacin de la puntuacin en esta fase de concurso.

    8.2.3. Realizada por el tribunal la baremacin correspondiente, se publicar por la Di-reccin General de Recursos Humanos, en el Diario Oficial de Galicia el anuncio de su exposicin, con indicacin de la puntuacin provisional obtenida por cada aspirante en los distintos apartados, as como la valoracin total de la fase de concurso.

    Contra los resultados de la baremacin provisional, los/las aspirantes que lo consideren oportuno podrn presentar reclamacin ante el propio tribunal en el plazo de diez das hbiles contados a partir del siguiente al de su publicacin en el Diario Oficial de Galicia.

    8.2.4. A la vista de las reclamaciones presentadas o apreciado de oficio por el rgano de seleccin algn error material en la baremacin provisional asignada a los aspirantes, el tribunal practicar las oportunas correcciones y aprobar las puntuaciones definitivas de la fase de concurso y la relacin de aspirantes seleccionados, por el orden de puntuacin

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    alcanzada en los diferentes turnos de acceso, elevando esta relacin a la autoridad convo-cante para su publicacin en el Diario Oficial de Galicia.

    8.2.5. El sistema de desempate se efectuar a favor de los/las aspirantes que tuvieran la mayor puntuacin en la fase de oposicin en su conjunto y de persistir el empate, por la mayor puntuacin en los ejercicios de la parte especfica y comn del programa, por este orden.

    De persistir aun el empate, se dirimir a favor del/la aspirante con mayor puntuacin en la fase de concurso y, de ser necesario, sucesivamente por cada apartado de la fase de concurso y por su orden. Para finalizar, decidir la mayor edad del/de la aspirante.

    8.2.6. La puntuacin obtenida en la fase de concurso no podr ser aplicada para superar la fase de oposicin.

    IX. Relacin de aspirantes seleccionados/as y eleccin de destino.

    9.1. Los/las aspirantes definitivamente seleccionados/as dispondrn del plazo de un mes a contar desde el da siguiente al de la publicacin de la resolucin prevista en el apartado 8.2.4 para la presentacin de la siguiente documentacin:

    a) Declaracin bajo su responsabilidad de no haber sido separado/a del servicio, me-diante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administracin pblica en los seis aos anteriores a la convocatoria, ni estar inhabilitado/a con carcter firme para el ejercicio de funciones pblicas ni, en su caso, para la correspondiente profesin.

    En el caso de los/las nacionales de otro Estado, no encontrarse inhabilitado/a, por san-cin o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios pblicos en un Estado miembro, ni ser separado/a, por sancin disciplinaria, de alguna de las admi-nistraciones o servicios pblicos en los seis aos anteriores a la convocatoria.

    b) Certificado mdico oficial en el que se acredite la capacidad funcional necesaria para el desempeo de las funciones propias de la categora.

    Los/las participantes que accedan por el turno de personas con discapacidad debern presentar en este momento, adems de la documentacin anterior, original o certificacin compulsada acreditativa del mantenimiento de los requisitos para acceder por el corres-pondiente turno, de no tener carcter definitivo la resolucin por la que se le reconoci la discapacidad, y que fue aportada al inicio del proceso selectivo.

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    9.2. Los/las que dentro del plazo fijado no presentaran la documentacin o del examen de ella se dedujera que carecen de alguno de los requisitos para participar en el presente proceso selectivo, no podrn ser nombrados/as personal estatutario fijo y quedarn anula-das sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurrieran por falsedad en la solicitud inicial.

    9.3. Comprobada la documentacin de todos/las los aspirantes aprobados, la Direccin General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud publicar en el Diario Oficial de Galicia la relacin definitiva de aspirantes seleccionados/as.

    En ningn caso se podr declarar que superaron el concurso-oposicin un nmero de aspirantes superior al de plazas convocadas. Tal declaracin ser nula de pleno derecho.

    9.4. En esta misma resolucin se aprobar la relacin, por institucin sanitaria, de pla-zas que se oferten a los/las aspirantes seleccionados/as y el procedimiento y el plazo para que stos manifiesten su opcin por los destinos ofertados.

    9.5. De acuerdo con lo establecido en el artculo 17 del Decreto 206/2005, de 22 de julio, las plazas vacantes que se oferten correspondern siempre a plazas bsicas de la correspondiente categora.

    9.6. Las plazas se adjudicarn entre los/las aspirantes, por el orden de puntuacin con-seguido en el concurso-oposicin con preferencia a favor de los/las aspirantes que acce-dieron por el turno de promocin interna.

    9.7. Slo a los efectos de eleccin de destino, de conformidad con el artculo 54 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, de empleo pblico de Galicia, los/las aspirantes que superaran el concurso-oposicin por el turno reservado a personas con discapacidad, podrn solicitar a la autoridad convocante, en el plazo previsto en la base 9.1 la alteracin del orden de prelacin para la eleccin de las plazas por motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento u otras anlogas, que debern ser debidamente acreditados. El rga-no convocante decidir dicha alteracin cuando se encuentre debidamente justificada, y deber limitarse a realizar la mnima modificacin en el orden de prelacin necesario para posibilitar el acceso al puesto de la persona con discapacidad.

    9.8. La solicitud que formulen los aspirantes ser vinculante e irrenunciable.

    9.9. El/la aspirante seleccionado/a que no opte por un destino en el plazo y de acuerdo al procedimiento establecido, no podr ser nombrado/a, y quedarn sin efecto todas sus

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    actuaciones. En todo caso, no sern tenidas en cuenta causas de fuerza mayor o cualquier otra causa para subsanar la no eleccin de destino.

    En este supuesto, la autoridad convocante proceder al llamamiento de nuevos/as as-pirantes, en el nmero que se corresponda con las plazas ofertadas y no elegidas, con la finalidad de que manifiesten su opcin por las mismas, previa acreditacin del cumplimien-to de los requisitos exigidos. Esta opcin se realizar por el orden de prelacin que resulte de la lista definitiva.

    X. Nombramiento y toma de posesin.

    10.1. Una vez adjudicados los destinos, se publicar en el Diario Oficial de Galicia la resolucin por la que se declare finalizado el proceso selectivo, con nombramiento como personal estatutario fijo del Servicio Gallego de Salud y asignacin de destino a aquellos/as aspirantes seleccionados/as que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos.

    No podrn ser nombrado personal estatutario fijo las personas aspirantes seleccionadas que al tiempo de expedir el correspondiente nombramiento se encontraran en situacin de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.

    10.2. Los/las nombrados/as dispondrn del plazo de un mes para incorporarse a la plaza adjudicada. El cmputo de este plazo se iniciar al da siguiente al de la publicacin a la que se refiere el apartado anterior. La toma de posesin de la plaza se efectuar en el centro de gestin al que pertenezca sta. La falta de incorporacin en el plazo referido, cuando sea imputable al/a la interesado/a y no responda a causas justificadas, producir el decaimiento de su derecho a obtener la condicin de personal estatutario fijo como consecuencia del concreto proceso selectivo. No obstante, en casos de fuerza mayor, y a instancia del/de la interesado/a, la Direccin General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud podr prorrogar el plazo de toma de posesin.

    10.3. La incorporacin a las plazas adjudicadas llevar aparejado el cese del personal temporal que, en su caso, las ocupe, de acuerdo con los criterios de incorporacin y cese vigentes.

    XI. Norma final.

    11.1. Esta convocatoria y sus bases vinculan a la Administracin, a los tribunales encar-gados de juzgar el concurso-oposicin y a los/las que participen en el mismo.

    11.2. Asimismo, cuantos actos administrativos sean producidos por los tribunales, por la autoridad convocante o el rgano encargado de la gestin, podrn ser impugnados por

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    los/las interesados/as de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de rgimen jurdico de las administraciones pblicas y del procedimiento administrativo co-mn, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

    11.3. Contra esta resolucin, que pone fin a la va administrativa, se podr interponer

    recurso potestativo de reposicin ante esta direccin, en el plazo de un mes a contar desde el da siguiente al de su publicacin en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o se podr impugnar directamente en la jurisdiccin contencioso administrativa en los trminos de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

    Santiago de Compostela, 17 de junio de 2015

    Margarita Prado Vaamonde Directora general de Recursos Humanos

    ANEXO I Plazas y titulaciones

    Categora Grupo Acceso librePromocin

    internaReserva

    discapacidad Total Titulacin

    Enfermero/a especialista en obstetricia y ginecologa A2 5 7 1 13

    Ttulo universitario oficial de grado en Enfermera, diplomatura universitaria en Enfermera y el ttulo de enfermero/a especialista en Enfermera Obsttrica-Ginecolgica o equivalente

    Fisioterapeuta A2 4 6 1 11

    Ttulo universitario oficial de grado en Fisioterapia, diplomatura universitaria en Fisioterapia o ttulo de Enfermera con la especialidad de Fisioterapia

    Logopeda A2 1 1 2

    Ttulo universitario oficial de grado en Logopedia, diplomatura universitaria en Logopedia o licenciado o diplomado universitario con el programa de posgrado de especialista en Psicopatologa del Lenguaje y su Rehabilitacin

    Terapeuta ocupacional A2 1 1 2Ttulo universitario oficial de grado en Terapia Ocupacional o diplomatura universitaria en Terapia Ocupacional

    Tcnico/a superior en anatoma patolgica y citologa

    C1 1 1 2Ttulo de tcnico/a superior en la correspondiente rama sanitaria o titulacin equivalente

    Tcnico/a superior en higiene bucodental C1 1 1 2

    Ttulo de tcnico/a superior en la correspondiente rama sanitaria o titulacin equivalente

    Tcnico/a superior en imagen para el diagnstico C1 3 3 6

    Ttulo de tcnico/a superior en la correspondiente rama sanitaria o titulacin equivalente

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    Categora Grupo Acceso librePromocin

    internaReserva

    discapacidad Total Titulacin

    Tcnico/a superior en laboratorio de diagnstico clnico

    C1 4 6 1 11Ttulo de tcnico/a superior en la correspondiente rama sanitaria o titulacin equivalente

    Tcnico/a superior en radioterapia C1 1 1 2

    Ttulo de tcnico/a superior en la correspondiente rama sanitaria o titulacin equivalente

    Tcnico/a en cuidados auxiliares de enfermera C2 55 62 7 124

    Ttulo de tcnico/a auxiliar de clnica (FP 1), tcnico/a auxiliar de enfermera (mdulo profesional nivel 2, rama sanitaria) o tcnico/a en cuidados auxiliares de enfermera (FP de grado medio, familia profesional sanidad).

    Tcnico/a en farmacia C2 11 13 2 26

    Ttulo de tcnico/a auxiliar de farmacia (FP 1, rama sanitaria) o tcnico/a en farmacia (FP de grado medio, familia profesional Sanidad).

    ANEXO II Programa de las pruebas selectivas

    Parte comn

    Tema 1. La Constitucin espaola: principios fundamentales, derechos y deberes funda-mentales de los espaoles. La proteccin de la salud en la constitucin.

    Tema 2. Estatuto de autonoma de Galicia: estructura y contenido. El Parlamento. La Xunta y su presidente. La Administracin pblica gallega.

    Tema 3. La Ley general de sanidad: fundamentos y caractersticas. Competencias de las administraciones pblicas en relacin con la salud. Derechos y deber de los usuarios del sistema sanitario pblico.

    Tema 4. La Ley de salud de Galicia: El Sistema pblico de salud de Galicia. Competen-cias sanitarias de las administraciones pblicas de Galicia. El Servicio Gallego de Salud. La estructura organizativa de gestin integrada: disposiciones que la regulan.

    Tema 5. El Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud: clasifi-cacin del personal estatutario. Derechos y deberes. Retribuciones. Jornada de trabajo. Situaciones del personal estatutario. Rgimen disciplinario. Incompatibilidades. Represen-tacin, participacin y negociacin colectiva.

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    Tema 6. El personal estatutario del Servicio Gallego de Salud: rgimen de provisin y seleccin de plazas.

    Tema 7. La Ley orgnica 15/1999, de 13 de diciembre, de proteccin de datos de ca-rcter personal. La Ley gallega 3/2001, de 28 de mayo, reguladora del consentimiento informado y de la historia clnica de los pacientes.

    Tema 8. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevencin de riesgos laborales: cap-tulos I, II, III y V. Principales riesgos y medidas de prevencin en las IISS. Legislacin sobre igualdad de gnero: su aplicacin en los distintos mbitos de la funcin pblica.

    Los textos legales sern los vigentes a la fecha de publicacin en el Diario Oficial de Ga-licia de la resolucin de la Direccin General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud por la que si procede al nombramiento del tribunal de calificacin.

    Parte especfica

    Enfermero/a especialista en obstetricia y ginecologa (matrn/a)

    Tema 1. Asistencia sanitaria: objeto y hechos causantes. Beneficiarios/as. Prestaciones mdicas y farmacuticas. Modalidades de la prestacin mdica. Participacin de los/las beneficiarios/as en el precio de los medicamentos. Plan de prioridades sanitarias y Estrate-gia del Servicio Gallego de Salud. Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia.

    Tema 2. Principios fundamentales de la biotica: dilemas ticos. El secreto profesional: concepto y regulacin jurdico. Cdigo deontolgico de la enfermera espaola. El cdigo tico de la Confederacin Internacional de Matronas. Comisin Gallega de Biotica. Co-mits de tica Asistencial y Comits de tica de la Investigacin del Sistema pblico de salud de Galicia. Ley 3/2005, de 7 de marzo, de modificacin de la Ley 3/2001, de 28 de mayo, reguladora del consentimiento informado y de la historia clnica de los pacientes. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, bsica reguladora de la autonoma del paciente y de derechos y deberes en materia de informacin y documentacin clnica.

    Tema 3. Calidad en el Sistema nacional de salud: caractersticas de la atencin sanitaria. Dimensiones de calidad asistencial: cientfico tcnica, efectividad, eficiencia, accesibilidad y satisfaccin del usuario. Evaluacin de estructura, proceso y resultados. Mejora continua de la calidad. Mtodos de evaluacin de la calidad: criterios, indicadores y estndares. Pro-

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    gramas de calidad: diseo e implantacin. Gestin y control de la calidad total. Seguridad del paciente en el Servicio Gallego de Salud. Equidad, eficiencia, eficacia y efectividad. Costes sanitarios: concepto, tipos y clculo.

    Tema 4. Metodologa de investigacin: tcnicas cuantitativas y cualitativas. Estructura metodolgica de un trabajo cientfico. Fuentes de datos. Investigacin bsica: estudios de identificacin y priorizacin de problemas. Investigacin aplicada: estudios descriptivos y analticos de los diagnsticos utilizados, estudios de procesos y resultado.

    Tema 5. Salud pblica: concepto. Salud y enfermedad: concepto. Prevencin y promo-cin de la salud. Indicadores de salud por edad y sexo: morbilidad, mortalidad, letalidad y esperanza de vida. Principales problemas de salud en la poblacin gallega actual. Elemen-tos de priorizacin: magnitud, trascendencia, vulnerabilidad y coste.

    Tema 6. Demografa sanitaria. Indicadores demogrficos y su utilidad para el trabajo: natalidad, fecundidad, mortalidad, migraciones, crecimiento vegetativo. Indicadores demo-grficos sanitarios: salud maternoinfantil, morbilidad y mortalidad materna y mortalidad pe-rinatal e infantil.

    Tema 7. Epidemiologa: concepto. El mtodo epidemiolgico. Concepto de infecciones transmisibles. Vigilancia epidemiolgica de las infecciones transmisibles y su control. En-fermedades transmisibles ms importantes. Infecciones transmisibles sexualmente (ITS): tipos, caractersticas y prevencin. Prevencin de la transmisin vertical de enfermedades infecciosas durante la gestacin. Sistema nacional de vigilancia epidemiolgica. Enferme-dades de declaracin obligatoria.

    Tema 8. Tcnicas y habilidades de comunicacin interpersonal e interprofesional. Escu-cha activa y relacin de ayuda. Trabajo en equipo. Entrevista clnica. Concepto y caracte-rsticas. Identificacin de necesidades de apoyo emocional a la mujer y familia durante los procesos de embarazo, parto y puerperio. Sistemas de comunicacin e informacin en la educacin para la salud de la mujer y salud perinatal. Dinmica de grupos en los grupos de educacin para salud sexual y reproductiva de la mujer.

    Tema 9. Gestin y planificacin de servicios sanitarios: concepto. Producto sanitario: concepto. Elaboracin de programas de salud y su evaluacin. Planes de atencin integral. Gestin por procesos asistenciales. Programas y planificacin de los cuidados obsttricos-ginecolgicos. Continuidad asistencial entre Atencin Primaria y Atencin Especializada. Modelos de cuidados obsttrico-ginecolgicos. Cartera de servicios comn y complemen-taria.

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    Tema 10. Nociones bsicas de informtica: concepto de procesador de textos, base de datos y correo electrnico. Historia clnica electrnica del Servicio Gallego de Salud (IANUS). Principales sistemas de informacin de los centros hospitalarios y de atencin primaria del Servicio Gallego de Salud. Clasificaciones internacionales de problemas de

    Salud. Conjunto mnimo bsico de datos (CMBD). La intimidad y la confidencialidad en el

    mbito sanitario. Sistemas de clasificacin de cuidados de enfermera.

    Tema 11. Atencin primaria y atencin hospitalaria. Estructuras organizativas de gestin integrada del Servicio Gallego de Salud. Organizacin, estructura y coordinacin de los servicios ginecolgicos. Prctica clnica basada en la evidencia. Bases de datos bibliogrfi-cos, revisin crtica de la evidencia. Incorporacin de la evidencia a la prctica clnica.

    Tema 12. Perspectiva de gnero. Salud y gnero. Morbilidad diferencial. Violencia de gnero: prevencin, deteccin y actuacin por parte de los profesionales del Servicio Ga-llego de Salud.

    Tema 13. Modelo de cuidados obsttrico-ginecolgicos: criterios de eleccin. Sistemas de planificacin de cuidados obsttrico-ginecolgicos: estandarizacin, individualizacin.

    Datos de la historia obsttrico-ginecolgica y su registro. Programas y protocolos de cui-dados ginecolgicos: definicin, estructura, elaboracin, implantacin y revisin. Coordina-cin de cuidados obsttrico-ginecolgicos entre ambos niveles asistenciales.

    Tema 14. Educacin para la salud de la mujer. Concepto, objetivos, planificacin, me-todologa, evaluacin. Diseo, implantacin, seguimiento y evaluacin de programas de educacin para la salud de la mujer. Implicacin de la mujer en la educacin para la salud. Caractersticas de la mujer adolescente y adulta. Sistemas de comunicacin e informacin en la educacin para la salud de la mujer.

    Tema 15. Anatoma y fisiologa del aparato reproductor masculino y femenino. Ciclo ov-rico y endometrial. Conceptos generales sobre reproduccin humana. Ovognesis, esper-matognesis. Herencia gentica, genes y cromosomas. Desarrollo embrionario. Embriolo-ga y anatoma funcional del aparato genital femenino y sus relaciones topogrficas. Pelvis

    sea. Esterilidad e infertilidad. Fecundacin natural y artificial. Tcnicas de reproduccin

    asistida.

    Tema 16. Malformaciones genticas: tipos, clasificacin, causas, prevencin y diagns-tico.

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    Tema 17. Consulta preconcepcional. Valoracin del riesgo obsttrico preconcepcional. Actuaciones preventivas y promotoras de la salud. Actuaciones en el caso de enfermeda-des previas. Educacin sanitaria durante la consulta preconcepcional.

    Tema 18. Anatoma y fisiologa del embarazo. Valoracin de enfermera obsttrico-gine-colgica en el diagnstico de embarazo. Consulta prenatal: objetivos, nmero mnimo de consultas, valoracin de los riesgos, pruebas diagnsticas, recomendaciones, informacin a la mujer. Actividades que realiza la matrona durante las consultas prenatales. Control y seguimiento de embarazo de bajo riesgo. Autocuidados derivados del embarazo. Versin ceflica externa. Gestacin cronolgicamente prolongada. Registro de datos: Historia cl-nica electrnica; libro de salud de la embarazada, plan de parto/nacimiento. Educacin sanitaria individual y de grupo durante el embarazo. Cribado de cromosomopatas durante la gestacin.

    Tema 19. Alimentacin saludable y ejercicio durante el embarazo, lactancia y puerperio. Medicamentos durante el embarazo y lactancia materna. Conductas adictivas en el emba-razo y puerperio: repercusiones en la salud materna e infantil. Intervenciones y educacin sanitaria.

    Tema 20. Prevencin de infecciones en el embarazo. Inmunizacin activa o pasiva. In-fecciones durante el embarazo. Vacunas durante la gestacin. Educacin sanitaria.

    Tema 21. Educacin sanitaria individual y de grupo durante el embarazo y en el puerpe-rio (pre y postnatal): definicin, programas, metodologa, contenidos y evaluacin. Entrena-miento psicofsico, psicoprofilaxis obsttrica, tcnicas de relajacin y respiracin, posturas facilitadoras durante el parto. Gua tcnica del proceso de educacin maternal pre y post-natal del Servicio Gallego de Salud. Planificacin y puesta en marcha de un programa de educacin sanitaria de grupo y su evaluacin.

    Tema 22. Atencin y cuidados complementarios a la mujer con embarazo de alto riesgo. Valoracin del riesgo ginecolgico-obsttrico, psicolgico y social, planificacin de cuida-dos ginecolgicos y actuacin. Atencin y cuidados complementarios a las mujeres em-barazadas con alteraciones cardiovasculares, respiratorias, digestivas, renales, hemato-lgicas, neurolgicas. Atencin y cuidados complementarios a la mujer embarazada que presenta complicaciones segn el trimestre de gestacin.

    Tema 23. Preparto, signos y sntomas de inicio de trabajo de parto. Atencin y cuidados proporcionados a la mujer durante las distintas etapas del parto. Mecanismos de parto. Situacin y presentacin fetal. Tipos de parto. Valoracin fetal y materna durante el tra-bajo de parto. Monitorizacin y registro de la frecuencia cardaca fetal y dinmica uterina.

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    Interpretacin del registro tococardiogrfico durante el trabajo de parto. Acompaamiento durante el parto de la matrona y de la persona de confianza de la mujer durante el parto y postparto. Plan de parto/nacimiento. Partograma.

    Tema 24. Mtodos no farmacolgicos y farmacolgico (analgesia neuroaxial) de alivio del dolor durante el parto, ventajas e inconvenientes. Farmacoterapia durante el trabajo.

    Tema 25. Rotura prematura de membranas. Parto mltiple. Parto de nalgas. Induccin de parto y fracaso de induccin. Complicaciones obsttricas durante el trabajo de parto: valoracin y recomendaciones de actuacin. Situaciones de emergencia obsttrica: defini-cin, clasificacin, etiopatogenia, factores de riesgo, manifestaciones clnicas e interven-ciones. Estudio de equilibrio cido base. Criterios clnicos de indicacin de cesrea urgente y programada. Atencin a la mujer y al recin nacido tras una cesrea.

    Tema 26. Atencin durante el expulsivo (fase pasiva y activa). Valoracin inicial, cui-dados inmediatos del recin nacido. Adaptacin del recin nacido a la vida extrauterina. Contacto piel con piel y fomento de la lactancia materna. Identificacin del recin nacido. Actuaciones durante el libramiento de la placenta. Actuacin en el caso de complicaciones del libramiento de la placenta. Indicaciones y procedimiento de episitoma, episiorrafia. Diagnstico y reparacin de desgarros de esfnter anal. Donacin de sangre de cordn. Registro de los datos del parto/nacimiento.

    Tema 27. Concepto, etapas y duracin del puerperio. Modificaciones fisiolgicas y psi-colgicas. Complicaciones (fsicas y psquicas) de la madre y del beb durante el puerpe-rio. Ictericia, infecciones y sepsis neonatal. Cuidados de la madre y del recin nacido en el posparto inmediato. Cuidados integrales del binomio madre-recin nacido durante el puer-perio hospitalario. Inmunizacin activa durante el puerperio. Informacin a proporcionar a la mujer durante el puerperio para los autocuidados y cuidado del beb. Papel del padre en el proceso de crianza. Control y seguimiento durante puerperio en atencin primaria. Contenidos y objetivos de la visita domiciliaria. Valoracin psicosocial y del entorno familiar. Educacin maternal durante el puerperio y recuperacin posparto.

    Tema 28. Atencin y cuidados al recin nacido de riesgo (prematuro, dismaduro, post-maduro, con malformaciones congnitas, anoxia fetal, sepsis, riesgo social). RCP neona-tal. Atencin en el caso de prdida perinatal. Actuacin en el caso de adopcin.

    Tema 29. Fisiologa de la lactancia materna. Promocin y ayuda a la lactancia materna. Informacin a la madre y al padre. Ayuda prctica a la madre lactante, observacin y va-loracin de la matrona de las tomas de pecho. Iniciativa para la humanizacin de la asis-

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    tencia al nacimiento y lactancia (IHAN) y centros de salud IHAN (CS-IHAN). Alimentacin artificial: informacin a proporcionar a la madre y al padre. Consecuencias para la salud de la madre y del bebe de la no lactancia materna. Extraccin, conservacin y manipula-cin de la leche materna. Recomendaciones sobre la duracin de la lactancia materna e introduccin de la alimentacin complementaria. Educacin sanitaria individual y de grupo (educacin maternal postnatal, talleres de lactancia materna), labor de los grupos de ayu-da a la lactancia materna. Complicaciones tempranas y tardas de la lactancia materna y actuacin. Compatibilidad de medicamentos y otros productos con la lactancia materna. Bancos de leche materna.

    Tema 30. Valoracin y exploracin del recin nacido. Cribado de enfermedades meta-blicas.

    Tema 31. Aborto espontneo. Interrupcin voluntaria del embarazo (IVE): tipos y requi-sitos legales necesarios. Informacin previa al consentimiento. Proteccin de la intimidad y confidencialidad. Atencin y cuidados de la mujer en el caso de aborto o interrupcin voluntario del embarazo.

    Tema 32. Planificacin familiar y anticoncepcin. Mtodos anticonceptivos. Criterios para elegir el anticonceptivo adecuada a cada mujer. Educacin afectivo-sexual y aseso-ramiento contraceptivo.

    Tema 33. Sexualidad de la mujer a lo largo de la vida. Respuesta sexual humana. Difi-cultades en la vivencia de la sexualidad e intervencin. Diseo y desarrollo de programas de educacin afectivo-sexual.

    Tema 34. Atencin y cuidados a la mujer en el caso de menarquia, amenorrea, dismeno-rrea, menorragia, metrorragia, oligomenorrea. Alteraciones del ciclo menstrual. Educacin sanitaria.

    Tema 35. Atencin y cuidados de enfermera obsttrico-ginecolgica a la mujer con problemas ginecolgicos. Enfermedades de cuello uterino: malformaciones, desgarros, in-fecciones y tumores benignos. Entidades precursoras del cncer uterino. Prevencin del cncer de cuello uterino.

    Tema 36. Proceso de deteccin precoz de cncer de crvix: obtencin de muestras, cla-sificacin de lesiones citolgicas e histolgicas, cribado en grupos especiales de mujeres. Terminologa colposcpica. Proceso asistencial integrado del cncer de mama y va rpida para pacientes con sospecha de cncer de mama. Programa gallego de deteccin precoz de cncer de mama.

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    Tema 37. Concepto de higiene hospitalaria. Antispticos, desinfectantes. Esterilizacin. Papel de la matrona en la prevencin de la infeccin nosocomial: medidas preventivas. Asepsia y antisepsia durante el parto/nacimiento. Gestin de residuos sanitarios.

    Tema 38. Evaluacin del suelo pelviano. Promocin y prevencin de las disfunciones del suelo pelviano. Recuperacin y rehabilitacin del suelo pelviano. Programas de entrena-miento de suelo pelviano. Masaje perineal. Incontinencia urinaria y ano-rectal.

    Tema 39. Cambios fisiolgicos y psicosociales durante la perimenopausa y climaterio. Atencin y cuidados a las mujeres en el climaterio. Promocin de hbitos saludables. Edu-cacin para la salud individual y de grupo.

    Fisioterapeuta

    Tema 1. Asistencia sanitaria: objeto y hechos causante. Beneficiarios/as. Prestaciones mdicas y farmacuticas. Modalidades de la prestacin mdica. La participacin de los/las beneficiarios/as en el precio de los medicamentos.

    Tema 2. Principios fundamentales de la biotica: dilemas ticos. El secreto profesional: concepto y regulacin jurdico. El consentimiento informado. Los derechos de informacin sanitaria, intimidad y el respeto de la autonoma del paciente.

    Tema 3. Calidad en el Sistema nacional de salud: caractersticas de la atencin sanita-ria. Dimensiones de calidad: cientfico tcnica, efectividad, eficiencia, accesibilidad y satis-faccin del usuario. Evaluacin de estructura, proceso y resultados. Mejora continua de la calidad. Mtodos de evaluacin de la calidad: auditoras. Programas de calidad: diseo e implantacin.

    Tema 4. Metodologa de investigacin: tcnicas cuantitativas y cualitativas. Estructura metodolgica de un trabajo cientfico. Fuentes de datos. Investigacin bsica: estudios de identificacin y priorizacin de problemas. Investigacin aplicada: estudios descriptivos y analticos de los diagnsticos utilizados, estudios de procesos y resultado.

    Tema 5. Epidemiologa: concepto. El mtodo epidemiolgico. Enfermedades transmisi-bles de mayor incidente en la poblacin gallega: tipos y caractersticas. Sistema nacional de vigilancia epidemiolgica. Enfermedades de declaracin obligatoria.

    Tema 6. Demografa sanitaria. Indicadores demogrficos y su utilidad para el trabajo: natalidad, fecundidad, mortalidad, migraciones, crecimiento vegetativo.

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    Tema 7. Salud pblica: concepto. Salud y enfermedad: concepto. Indicadores de salud por edad y sexo: morbilidad, mortalidad, letalidad y esperanza de vida. Principales proble-mas de salud en la poblacin gallega actual. Elementos de priorizacin: magnitud, trascen-dencia, vulnerabilidad y coste.

    Tema 8. Tcnicas y habilidades de comunicacin y relacin interpersonal. Trabajo en equipo. Entrevista clnica. Concepto y caractersticas. Identificacin de necesidades de

    apoyo emocional y psicolgico al paciente, cuidador principal y familia.

    Tema 9. Gestin y planificacin de servicios sanitarios: concepto. Producto sanitario:

    concepto. Cartera de servicios: concepto.

    Tema 10. Nociones bsicas de informtica: concepto de procesador de textos, base de datos y correo electrnico. Intranet: concepto.

    Tema 11. Prevencin y promocin de la salud: concepto. Deteccin precoz de proble-mas de salud: concepto. Factores de riesgo para la salud en las distintas etapas de la vida (infancia, adolescencia, adulto y anciano): identificacin de factores de riesgo y medidas

    que se deben adoptar.

    Tema 12. La educacin para la salud individual, grupal y comunitaria: concepto, metodo-loga y tcnicas didcticas. Criterios para la elaboracin de programas de educacin para la salud. Grupos de autoayuda: concepto.

    Tema 13. Unidades de fisioterapia de atencin especializada: coordinacin de la activi-dad fisioteraputica con los distintos servicios y departamentos del hospital. Coordinacin

    entre niveles asistenciales: protocolos conjuntos. Unidades de fisioterapia en atencin pri-maria: consulta fisioterpica, coordinacin con los equipos de atencin primaria. Sala de

    fisioterapia. Fisioterapia grupal y atencin comunitaria.

    Tema 14. Metodologa de intervencin en fisioterapia asistencial. Aspectos del diagns-tico fisioteraputico: entrevista clnica, exploracin fsica. Definicin de problemas, objeti-vos y planes de actuacin. Discapacidad, deficiencia y minusvala: concepto.

    Tema 15. Sistemas de informacin utilizados en atencin primaria y atencin especiali-zada: historia clnica. Registros especficos de actividad en atencin primaria y atencin es-pecializada. Informe al alta. Clasificaciones internacionales de problemas de salud (CIAP,

    CIE-9, NANDA): caractersticas generales.

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