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Sindicatos sin fronteras – Por una Europa social 50 años de política sindical europea en los sectores de agricultura, alimentación y turismo 1958 – 2008 Politica Sindical Global

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Sindicatos sin fronteras – Por una Europa social

50 años de política sindical europea en los sectores de agricultura, alimentación y turismo

1958 –2008

Politica

Sindical Global

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Sindicatos sin fronteras – Por una Europa social

50 años de política sindical europea en los sectores de agricultura, alimentación y turismo

1958 –2008

Rainer Fattmann

Prólogo Harald Wiedenhofer

Politica

Sindical Global

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En 2008 los sindicatos del sector agrícola, alimentario y hostelero celebran su 50 aniver-sario; motivo más que sufi ciente para hacer balance de una importante y reveladora parte de la historia sindical europea y también transnacional e internacional de la segunda mitad del Siglo XX.

El hecho de que la constitución de las primeras organizaciones predecesoras de la EFFAT se produjese ya en el año 1958 como respuesta a la recién constituida CEE, así como muchas de sus resoluciones e intervenciones políticas programáticas, demuestra que los sindicatos deseaban asumir no sólo una función de protección, sino también de confi guración en el incipiente proceso de integración europeo.

El problema no residió tanto en la falta de objetivos políticos claros y visiones convin-centes, ya que los intereses de los trabajadores siempre ocupaban un plano central; lo que faltó principalmente fueron los recursos necesarios para llevar a la práctica e implantar en todo momento los objetivos y acuerdos conjuntos. Las estructuras y los recursos débil-mente desarrollados siguen siendo a fecha de hoy un handicap y una desventaja compe-titiva frente a las docenas de asociaciones empresariales e industriales en los sectores por los que velamos, a las que en este sentido, nunca les faltó de nada. No obstante, esta pequeña historia de la EFTA muestra los grandes avances que pudieron lograr los sindicatos en un plano europeo, especialmente en los últimos 20 años. Mientras que las asociaciones predecesoras sólo actuaban al principio como un tipo de centro de compensación para información para las organizaciones miembro, la EFFAT es hoy en día una asociación sindical con capacidad de acción y negociación que negocia y cierra acuerdos de tú a tú con asociaciones europeas de trabajadores y cúpulas directivas de empresas, y, de este modo, asume cada vez más las funciones sindicales originales.

En cualquier caso, deberíamos aprovechar la ocasión de este aniversario para mirar hacia el futuro: ¿Cuáles son los nuevos grandes retos?

Tras dos ampliaciones de la UE en los años 2004 y 2007, una de las tareas más apremiantes en el futuro será también fomentar el desarrollo económico, social y sindical de los nuevos países miembros de Europa Central y del Este, y, de forma particular, crear en todas partes estructuras de diálogo social y de negociación de convenios colectivos. Si no se logra llevar los estándares laborales y de vida de los nuevos países de la UE hacia los estándares de los antiguos estados miembros, Europa permanecerá socialmente dividida.

Prólogo

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Los sindicatos en el sector alimentario, agrícola y turístico se han perfi lado de forma tem-prana como los protagonistas “verdes” del movimiento sindical. Descubrieron antes que otros que el futuro de su ámbito de organización y, con ello, la seguridad de los puestos de trabajo, dependía totalmente del cuidado y la conservación del medio ambiente, esto es, de lo que hoy se denomina un desarrollo sostenible (social y ecológico).

No obstante, este desarrollo no sólo está seriamente amenazado por el cambio climático, sino también por una serie de nuevos retos adicionales.

Aquí se mencionan, de forma sucinta, cuatro de ellos:

1. la creciente precariedad del empleo, que no sólo está asociada para los trabajadores con una remuneración peor y menores oportunidades de formación y desarrollo laboral, sino también con un alto grado de inseguridad laboral;

2. la creciente fi nancialización de estructuras e intereses empresariales por fondos de alto riesgo (hedge funds) y empresas de capital de inversión y riesgo que fuerzan a los equipos directivos de las empresas a adoptar una política empresarial con un horizonte cada vez más estrecho debido a que no están interesados en el éxito económico a largo plazo de las empresas, sino únicamente en el resultado fi nanciero a corto plazo (ganancia). En la medida en que las cotizaciones en bolsa, las agencias de clasifi cación de valores (rating) y las empresas de capital de inversión y riesgo determinan la estrategia empresarial se evitarán también las estructuras de decisión y coparticipación tradicionales para los trabajadores

3. la europeización de los mercados laborales fomenta por un lado la movilidad y la migración de trabajadores, pero, por otro lado, la discriminación y el dumping social, siempre que unos estándares sociales mínimos europeos no se encarguen de que en el mismo puesto de trabajo, para el mismo trabajo, rijan las mismas condiciones laborales y de ocupación;

4. la globalización del comercio, que sin normas sociales y ecológicas, no solo impulsa la competencia desleal, sino que, sobre todo, sigue ampliando el abismo entre países ricos y pobres y explota sin consideración los recursos limitados de nuestro planeta.

Estos retos son tan inmensos como los intentos de muchas empresas y políticos por disputar a los sindicatos su función necesaria y legítima como conciencia social de la sociedad.

EFFAT 1958–2008 3

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Como sindicatos, también debemos ser capaces de aprender y seguir evolucionando. Esto ocurre, al mismo tiempo, en organizaciones democráticas en las que el voto de todos los miembros cuenta y que con frecuencia no se sigue la norma sencilla de ‘conservar lo logrado en tiempos de incertidumbre’. Siempre hemos demostrado que lo podemos hacer. Pero nuestra preparación y capacidad para seguir evolucionando y adaptarnos a nuevos retos de forma rápida y efi caz será cada vez más exigente en el futuro.

Lo que, no obstante, permanece inalterable pese a todos los cambios y todos los nuevos desafíos, es la ambiciosa tarea de prestar un mayor respaldo a nuestros miembros en el futuro.

Si la historia del movimiento de los trabajadores nos ha enseñado algo, esto es principal-mente que a los trabajadores nunca se les ha regalado nada. Las prestaciones sociales nun-ca han caído del cielo. Existen porque los trabajadores se agruparon en sindicatos y lucha-ron juntos por sus derechos.

También seguirá valiendo:El futuro llega solo,el avance social solo con nosotros, los sindicatos.

Doy las gracias a la fundación Hans-Böckler y a la fundación Friedrich Ebert por el respaldo fi nanciero para la creación de este folleto.

Y agradezco especialmente a Rainer Fattmann por haber escrito una breve historia tan amena de leer e interesante de nuestra EFFAT, que también nos muestra que después de la Segunda Guerra Mundial, pese al pluralismo sindical difundido en muchos países y pese a las estructuras y tradiciones sindicales nacionales muy diversas, se ha logrado formar un sindicato unifi cado a nivel europeo, lo que constituye, pese a todos los problemas, un verdadero éxito histórico.

Harald Wiedenhofer Bruselas, 19 de septiembre de 2008Secretario General de la EFFAT

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Índice

Introducción 6

Comienzos:

La formación de estructuras sindicales europeas en el sector agrícola, alimentario y turístico 8

Primeros pasos:

Política sindical europea en el sector agrario, alimentario y turístico en los años 60 y 70 14

Consolidación:

Política sindical a nivel europeo hasta el tratado de Maastricht (1980-1992) 21

Nuevas funciones:

Política sindical europea después de Maastricht – Consejos de empresa europeos y diálogo social 26

Reorganización:

La constitución de la EFFAT – Política sindical europea en el siglo 21 38

Consideraciones fi nales 43

Relación de abreviaturas 46

Bibliografía selecta: 47

Fuentes: 48

Dirección bibliográfi ca 48

EFFAT 1958–2008 5

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La Federación Europea de Sindicatos de la Alimentación, Agricultura y Turismo (EFFAT) está formada actualmente por 120 sindicatos de 35 países de Europa. Constituye una de las 12 uniones sectoriales en la Confederación Europea de Sindicatos (CES). La EFFAT repre-senta actualmente los intereses de más de 2,6 millones de miembros ante las instituciones europeas, asociaciones industriales y patronales, y direcciones de empresa de los consorcios transnacionales que operan en Europa.

En su forma actual, la EFFAT existe desde el 1 de enero de 2001. Por entonces se unieron las federaciones sindicales SETA-UITA – Sindicato Europeo de Trabajadores de la Alimenta-ción, Hotelería y afi nes dentro de la UITA – y la Federación Europea de Sindicatos de Trabajadores Agrícolas (EFA). La EFA se fundó poco después de la fi rma de los Tratados de Roma y del inicio asociado a ello de una política agraria común europea con el nombre de “Grupo de Trabajo de Sindicatos Europeos de Trabajadores Agrícolas” en 1958 como organización central autónoma de los sindicatos de trabajadores agrícolas de los antiguos seis miembros de la CEE (de modo que la EFFAT cumple este año 2008 medio siglo de existencia).

La confi guración y el desarrollo continuo de estructuras sindicales a nivel europeo tuvieron unos comienzos de lo más calmados. Pasaron muchos años hasta que se consolidó una conciencia de la necesidad de una organización de intereses sindicales inteligente a nivel europeo en las organizaciones miembros nacionales para que se pudiese hablar de una capacidad de negociación política independiente. La dotación fi nanciera y organizativa de los secretariados sindicales europeos fue en un principio manifi estamente débil y escasa. Pese a estos tranquilos inicios, desde los años 80 el crecimiento acelerado de las organizaciones sindicales europeas y su creciente consolidación institucional refl ejan la importancia cada vez mayor que ha adquirido “Europa” para la confi guración de las relaciones laborales de los trabajadores, primero en la CEE, luego en la CE y, fi nalmente, en la UE con sus 27 Estados miembros actuales, ya que las relaciones laborales de las personas en los Estados de la UE son reguladas actualmente por un número creciente de normas administrativas y legales, cuyo origen ya no se encuentra en los parlamentos nacionales, sino en Bruselas. Dado que la política agraria era desde la fundación de la CEE una compe-tencia exclusiva de la Comunidad, la densidad normativa en este sector ha sido muy elevada desde los comienzos. Desde que la protección del consumidor en el año 1993 se elevó a través del Tratado de Maastricht al rango de una política comunitaria, también se determinaron ampliamente las condiciones generales para la producción de alimentos mediante normas de derecho europeas.

Introducción

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Pese a la creciente infl uencia directa e indirecta de Europa sobre la confi guración de las relaciones laborales en los Estados miembros, con frecuencia domina entre el público, y también entre muchos trabajadores, la incertidumbre sobre el papel y el modo de trabajo de sus organizaciones de intereses sindicales a nivel europeo. El presente folleto debería contribuir a reducir este défi cit esbozando los rasgos esenciales de la evolución histórica de la EFFAT y sus organizaciones predecesoras.

Rainer Fattmann Bonn, septiembre de 2008

EFFAT 1958–2008 7

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COMIENZOS:

La formación de estructuras sindicales europeas en el sector

agrícola, alimentario y turístico

Después de que la Segunda Guerra Mundial, desencadenada por Alemania, convirtiese una amplia parte de Europa en escombros, matase o lesionase a incontables personas, y produ-jese un sufrimiento inmenso a millones de personas, en la época de posguerra inmediata-mente posterior, la idea de una “Europa Unida” encontró en una gran parte de Europa un amplio respaldo. La unión de Estados nacionales europeos en permanente enfrentamiento durante siglos debería superar las guerras sangrientas en el continente de una vez por todas y sentar las bases para el bienestar económico de todas las naciones participantes. Mientras que los Estados de Europa del Este y Europa Central se quedaron forzosamente al margen del proyecto de unión europea a causa de la Guerra Fría, los planes para una coope-ración económica más profunda de los Estados de Europa Occidental tomaron rápidamen-te formas concretas. Como primera institución, se fundó el 18 de abril de 1951 a través del Tratado de París la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA) con efecto a partir del 23 de julio de 1952. Los miembros fundadores fueron, además de los Estados del Benelux, la República Federal de Alemania, Francia e Italia. En junio de 1955, los Ministros de Asuntos exteriores de la CECA acordaron la unión económica general de sus economías en la conferencia de Messina; una Comisión bajo la presidencia del Ministro de Asuntos exteriores belga Paul-Henri Spaak debía elaborar propuestas para ello. El así denominado “Informe Spaak” condujo el 25 de marzo de 1957 a la suscripción de los Tratados de Roma y, con ello, a la fundación de la Comunidad Económica Europea (CEE).1 El 1 de enero de 1958 entraron en vigor ambos tratados.El objetivo de la CEE debía ser:

“(…) promover, mediante el establecimiento de un mercado común y la aproximación progresiva de las políticas de los Estados miembros, un desarrollo armonioso de las actividades económicas en el conjunto de la Comunidad, un desarrollo continuo y equilibrado, una mayor estabilidad, una creciente elevación del nivel de vida y un estrechamiento de las relaciones entre los Estados miembros”.2

Asimismo, el preámbulo señalaba de forma explícita “constante mejora de las condiciones de vida y de trabajo” en la Comunidad y el fomento de un “desarrollo armonioso” de las seis economías como objetivo del Tratado. Esto lo querían alcanzar los socios del Tratado

1 El segundo Tratado negociado en Roma hacía referencia a la constitución de una “Comunidad Europea de la Energía Atómica” (EURATOM)

2 Art. 2 del Tratado de la Comunidad Europea.

CEE

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“reduciendo las diferencias entre las diversas regiones y el retraso de las regiones menos favorecidas”.3 La armonización de los estándares económicos y sociales “hacia arriba” puede por tanto considerarse como el objetivo original de la constitución de la Comunidad, una circunstancia a la que hacen referencia una y otra vez los sindicatos en el acompañamiento de la política económica y social europea.

La fi rma de los Tratados de Roma presentó a los sindicatos de los Estados de la CEE la tarea directa de estar presentes en la confi guración del espacio económico europeo.Las organi-zaciones centrales de los sindicatos libres fundaron por tanto en enero de 1958 el “Secre-tariado Sindical Europeo” (SSE) en Bruselas. Posteriormente, a nivel sectorial también se produjo una formación lenta de estructuras sindicales en un plano europeo. Esto quedó patente, como cuestión de especial urgencia, en el sector agrícola, ya que el artículo 3 del Tratado de la Comunidad Europea declaraba la Política Agraria Común (PAC) como uno de los principales campos de actividad y competencia de la Comunidad; y el artículo 43 del Tratado de la Comunidad Europea determinaba que la Comisión Europea, fundada como órgano ejecutivo de la CEE, debía convocar inmediatamente después de la entrada en vigor del Tratado una conferencia de los Estados miembros que estableciese las directrices de la PAC futura. Esta conferencia agraria se celebró del 3 al 12 de julio de 1958 en el balneario de la ciudad italiana de Stresa.

PAC

9EFFAT 1958–2008

Firma de los

Tratados de Roma,

el 25 de marzo de

1957

3 Tratado de la Comunidad Europea, Preámbulo.

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Sindicatos sin fronteras – Por una Europa social10

En respuesta a estos planes, los representantes sindicales de los futuros Estados de la CEE acordaron ya en el marco de la 14 Conferencia de la Federación Internacional de Trabaja-dores Agrícolas (ILF), celebrada el 6 y el 7 de junio de 1957 en Ginebra, reunirse en un futuro próximo para discutir sobre las cuestiones y los problemas surgidos. A invitación del sindicato agrícola neerlandés se reunieron representantes de los sindicatos agrícolas libres en la CEE por primera vez el 11 y el 12 de marzo de 1958 en una conferencia conjunta en Luxemburgo. Estuvieron presentes representantes de ocho miembros fundadores de cinco Estados de la CEE4.

• Centrale Générale/Algemene Centrale, Bélgica• Gewerkschaft Gartenbau, Land- und Forstwirtschaft (GGLF), República Federal de

Alemania• Fédération Nationale Force Ouvrière de l’Agriculture et Secteurs Connexes, Francia• Federazione Italiana Coloni Mezzadri e Coltivatori Diretti (Federcoltivatori-CISL), Italia• Federazione Italiana Salariati Braccianti Agricoli e Maestranze Specializzate (FISBA),

Italia• Unione Italiana Mezzadri e Coltivatori Diretti (UIMEC), Italia• Unione Italiana Salariati Braccianti Agricoli (UISBA), Italia• Agrarische en Voedingsbedrijfsbond (AVB), Países Bajos

La conferencia de Luxemburgo puede considerarse como la conferencia de constitución de la posterior “Federación Europea de Sindicatos de Trabajadores Agrícolas” (EFA), ya que con el “Grupo de Trabajo de Sindicatos Agrícolas Europeos“ se fundó desde ese momento un acuerdo sindical de los sindicatos agrícolas a nivel de la CEE. Algo aparatoso desde el principio fue que su estructura de miembros no comprendía solamente sindicatos agrí-colas, sino también dos asociaciones italianas que representaban a pequeños agricultores (y éstos siguen estando representados en la actualidad en el marco de la EFFAT). Como presidente del grupo de trabajo se nombró a Hellmut Schmalz, el presidente suplente en ese momento del sindicato alemán “Gartenbau, Land- und Forstwirtschaft” (horticultura, agricultura y silvicultura) (GGLF). El hecho de que a las instituciones de la CEE de la organización recién fundada se les concedió peso lo ilustra la presencia del comisario de política agraria de la CEE y el presidente suplente de la Comisión Sicco Mansholt, quien marcaría la política agraria de la Comunidad durante décadas. Como antiguo Ministro neerlandés de agricultura y miembro del ‘Sociaal Democratische Arbeiders Partij’ (SDAP), Mansholt se enfrentó al deseo de hacer un sitio también a los trabajadores independientes del sector agrícola.5 Con Hendrikus (Henk) Vredeling, un representante del sindicato agrícola holandés, el grupo de trabajo contó además con un representante en el Parlamento Europeo; con el italiano Rossi, con un miembro ordinario en el Comité Económico y Social (CES).

Conferencia de

Luxemburgo

4 En Luxemburgo no existían sindicatos agrícolas. 5 15 años después de la conferencia de Stresa, la valoración del papel de Mansholt por parte del anterior presidente de la

EFA, Alois Pfeiffer, resulta en cualquier caso positivo. Véase la Federación Europea de Trabajadores Agrícolas (EFA) y su programa de acción. Ponencia de Alois Pfeiffer, presentada con ocasión de la conferencia de la EFA, 5/6 de julio de 1973 en la Haya (contenida en: AdsD, EFA, EFAA00006)

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11EFFAT 1958–2008

Si, y en qué medida, el “grupo de trabajo” y sus miembros pudieron infl uir realmente en las resoluciones tomadas en la conferencia de Stresa, es difícil de valorar.Sus objetivos ambiciosos se centraban también en la política sindical defendida por sus asociaciones de miembros nacionales, especialmente en dos áreas: en primer lugar, debería intentarse equiparar gradualmente los salarios de los trabajadores agrícolas, que estaban muy por detrás de los salarios pagados en la industria en todos los Estados miembros, con los salarios de los trabajadores de la industria. Y, en segundo lugar, los estándares sociales, por los que ya habían luchado los trabajadores de la industria en la mayoría de los Estados miembros, deberían extenderse también al sector agrario. Esto afectaba sobre todo a cuestiones de la protección por enfermedad, desempleo y las pensiones, y, por tanto, a áreas en las que los trabajadores agrarios estaban tradicionalmente en un plano de desigualdad respecto a los trabajadores de la industria. Ante este escenario, los protagonistas del “grupo de trabajo” pudieron apuntarse ampliamente un éxito, ya que estas dos pretensiones se refl ejaron realmente en la resolución defi nitiva de la conferencia de Stresa. Debían, así se decía, solucionarse las causas de la peor posición relativa de los trabajadores agrícolas en el futuro próximo, y si no, al menos analizarse (“une étude des causes de la détérioration relative des revenus agricoles”). Y se señaló la necesidad de equiparar la legislación social para los trabajadores agrícolas con el estándar de los demás trabajadores (“Rapprochement des législations sociales, commerciales et économiques).6

Conferencia de

los Ministros de

Agricultura de la

CEE en julio de

1958

6 Citas según: Communauté européenne (Ed.) Recueil des documents de la Conférence agricole des Etats membres de la Communauté économique européenne à Stresa du 3 au 12 juillet 1958. Ofi cina de Publicaciones Ofi ciales de las Comunidades Europeas, 1958, pág. 223 y siguientes

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7 Un año más tarde, las cooperativas agrícolas de la Comunidad también crearon su organización central europea, COGECA (Comité General de la Cooperación Agrícola). Ambas organizaciones entraron en escena conjuntamente desde el principio y cuentan desde 1962 con un secretariado común.

8 Véase a este respecto Sabine Huppertz, Federación Europea de Trabajadores Agrícolas/Federación Internacional de Trabajadores Agrícolas (ILF) en: Fundación Friedrich Ebert (Ed.), Organizaciones Sindicales Europeas, Bonn 2a edición, 2007; un resumen sobre la historia de la ILF lo ofrece Julius Uhlirs, 40 años de la Federación Internacional de Trabaja-dores Agrícolas) o.O. 1960

Sindicatos sin fronteras – Por una Europa social12

El mismo año, el 27 de septiembre de 1958 tuvo lugar un segundo encuentro de los sindi-catos agrícolas de los Estados de la CEE, esta vez con ocasión del 15 congreso de la ILF en Copenhague. El “grupo de trabajo” confi rmó su exigencia de una confi guración social de la PAC y propuso la constitución de un comité paritario de trabajadores y patronal a nivel europeo. Con el recién fundado “Comité de las Organizaciones Profesionales Agrícolas” (COPA) surgió un interlocutor para ello.7

Esta segunda reunión se consideró posteriormente como la primera conferencia de la feder-ación europea de sindicatos en el sector agrícola. Los participantes confi rmaron su deter-minación de intensifi car y proseguir el trabajo conjunto en el futuro. Con ello, se había establecido defi nitivamente el comité organizativo de los sindicatos agrícolas europeos a nivel de la CEE.

* * *

No debe pasarse por alto que, además del “grupo de trabajo”, con la “Federación Europea de Productores Agrícolas” se fundó el 1 de enero de 1960 una segunda asociación de sindi-catos agrícolas europeos. Ésta procede directamente del Secretariado Profesional Interna-cional de Sindicatos Agrícolas, la “Federación Internacional de Trabajadores Agrícolas” (ILF). La ILF se constituyó en 1920 en Ámsterdam, con lo que el primer intento de una cooperación sindical transfronteriza en el sector agrario ya se había emprendido. Desde 1950 tuvo su sede en Utrecht, desde donde Adri de Ruijter dirigía sus operaciones como secretario general. En 1958 el 15 Congreso de la ILF decidió entablar negociaciones con la Federación Internacional de Asociaciones de Trabajadores de Plantaciones (IPWF), fundada un año antes, sobre la unión de ambas organizaciones. La fusión se consumó en diciembre de 1959; como “Federación Internacional de los Trabajadores de las Plantaciones Agrícolas y Similares” (FITPAS), la nueva organización inició su trabajo el 1 de enero de 1960. Asimis-mo, el ELF se fundó como nueva organización regional de la FITPAS, continuando sus actividades los miembros europeos de la antigua ILF. Hellmut Schmalz fue elegido su presidente, presidiendo con ello las dos organizaciones sindicales europeas en el sector agrícola en unión personal. La sede del secretariado permaneció, como antes, bajo la dirección de Ruijter, en Utrecht. En los años sucesivos, el centro de gravedad del trabajo sindical europeo en el sector agrícola se desplazó cada vez más al ámbito de la C(E)E. Esto condujo a que la ELF decidiese su disolución en 1971 como organización independiente.8

* * *

ELF

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9 Véase. “Congres van onze Internationale”, en: De Bode. Orgaan van de Algemene Bedrijfsbond Voedingsen Genotmid-delen vom 17.06.1958; Willy Buschak menciona 1959 como año de constitución; véase La Confederación Europea de Sindicatos y las Asociaciones Sindicales Europeas, en: Organizaciones Sindicales Europeas, pág. 14.

10 Véase Sindicato NGG (Ed.), Anuario del NGG 1960/61, Hamburgo 1962, pág. 345

13EFFAT 1958–2008

En el ámbito de la industria de la alimentación y del turismo, la fundación de la Comuni-dad Económica Europea también impulsó la formación de estructuras sindicales europeas. No obstante, ello se produjo de forma más vacilante que en el sector agrícola. En efecto, los representantes sindicales de los seis Estados miembros de la CEE acordaron en mayo de 1958 reforzar su cooperación, en el ámbito de la industria de la alimentación y la hostelería y de la industria del tabaco, cada vez más importante dadas las crecientes cifras de empleo, en el marco del 12 Congreso de la Unión Internacional de Asociaciones de Trabajadores de Alimentos y Ramos Afi nes (UITA) en Bruselas.9 No obstante, ya a fi nales de 1961, el presi-dente del Sindicato Alemán de Hostelería, Alimentación e Industrias Afi nes (NGG), Hans Nätscher, se quejaba de que sus esfuerzos por lograr una cooperación más estrecha de los sindicatos de la industria de la alimentación en los Estados de la CEE o la creación de un comité industrial de la industria de la alimentación a nivel de la CEE apenas había suscita-do interés hasta la fecha.10 No obstante, un año más tarde pudo fundarse un “Comité Sindical Europeo para la Alimentación, las Bebidas y el Tabaco, y la Hostelería” de los sindicatos de la industria de la alimentación de los seis países de la CEE, que debía co ordinar los intereses de las organizaciones participantes y representar los intereses de los traba-jadores de la industria de la alimentación ante las instituciones competentes de Bruselas. Contó desde el principio con un Comité ejecutivo , pero, como era el caso también para el grupo de trabajo de los sindicatos agrícolas, no contaba con estatutos ni con un secretariado.

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PRIMEROS PASOS:

Política sindical europea en el sector agrario,

alimentario y turístico en los años 60 y 70

El hecho de que el desarrollo de las instituciones sindicales en organizaciones de intereses sólidas de los trabajadores europeos en las primeras dos décadas después de la constitución de la CEE fuese impulsado de forma fl uida y con fi rmeza por las organizaciones partici-pantes, apenas puede ser puesto en tela de juicio por observadores complacientes. En realidad, la creación de estructuras sectoriales sindicales, al igual que el Secretariado Sin-dical Europeo, no avanzó durante mucho tiempo más que centímetro a centímetro. No obstante, en este proceso generalmente muy lento, las organizaciones de los trabajadores de los sectores de la agricultura y la alimentación asumieron durante mucho tiempo un papel pionero específi co. Emprendieron conjuntamente un primer paso para la continua-ción de su trabajo presentando los recursos desde 1963 para una secretariado en Bruselas que se ubicó en el SES.

La primera secretaria de los sindicatos europeos de los sectores agrícola, alimentario y hos-telero fue Astrid Lulling. El hecho de que dicho cargo fuese ocupado por una mujer, fue sin duda a principios de los años 60 algo extremadamente inusual no sólo a nivel sindical europeo. El motivo residió manifi estamente en la igual de sorprendente trayectoria de la candidata: Nacida en 1929 en la ciudad luxemburguesa de Schiffl ange, Lulling pudo, pese

Secretariado conjunto

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Astrid Lulling

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11 Lulling fue miembro del PE hasta 1974. Entre 1970 y 1985 ocupó el cargo de alcaldesa de su localidad natal Schiffl ange. Después de un cambio hacia el Christlich-Sozialen Volkspartei (CSV) de Luxemburgo, volvió a ocupar un cargo de diputada del PE, y hasta la actualidad.

12 Véase en este sentido, particularmente, Ingrid Stöckl Comités Sindicales en la CE. El desarrollo de la organización y la estrategia transnacionales de los sindicatos profesionales europeos y sus posibilidades de representación de intereses sindicales en el marco de la Comunidad Europea, Estrasburgo, entre otros 1986).

a su juventud, adquirir una impresionante experiencia en el trabajo sindical europeo: Además de su actividad como secretaria y redactora en la Lëtzebuerger Arbechter-Verband (LAV) (1949-1963), entre 1950 y 1958 trabajó a su vez en la ofi cina de enlace de los traba-jadores de la minería y del metal en la CECA en Luxemburgo, y presenció la formación de la estructura institucional europea desde el principio como pocos otros. Dirigió el secreta-riado conjunto de ambas organizaciones hasta el fi nal del año 1971. En este periodo también fue presidenta de la unión socialista de mujeres del Lëtzebuerger Sozialistesch Arbechterpartei LSA). A su vez, fue elegida en 1965 bajo propuesta de su partido para el Parlamento Europeo, un mandato del que se benefi ció de forma particular en su función y que, por otro lado, permitió a ambas federaciones sindicales un acceso directo a esta (en aquel momento no estaban dotadas con autorizaciones demasiado amplias) institución europea.11

¿En qué áreas funcionales principales trabajaban las federaciones sindicales europeas en el sector agrícola y alimentario en los años 60 y 70 en la práctica (el ámbito organizativo de la industria de la hostelería y el turismo no asumió todavía en el trabajo sindical un papel prominente y comenzó a cobrar importancia a principios de los años 80) y a qué problemas organizativos y políticos se enfrentaban?12

De forma general, hay que constatar que sus posibilidades de negociación eran muy limita-das en un principio. Un objetivo principal de su trabajo residía en primer lugar en recoger informaciones de los Estados miembros de la CEE sobre las condiciones laborales, salarios, horarios laborales, protecciones laborales nacionales, etc., y hacer que estos datos estu-viesen disponibles para las organizaciones miembros. A ello se añadió la actividad ante las instituciones europeas; de forma particular, la coparticipación en el sistema cada vez más diferenciador de los comités asesores ganó peso y permitió ejercer infl uencia, aunque sólo en cierta medida, en los procesos de toma de decisiones en la Comunidad. A fi nales de los años 70, existían solo en el sector de la agricultura no menos de 27 comités de tales características que se ocupaban de cuestiones relativamente específi cas. Por ejemplo, existía un “Comité para los huevos” y un “Comité para el lúpulo”. Estos comités fueron (y son) dotados, por un lado, de representantes de los agricultores y de las cooperativas, de la industria y del comercio, y, por otro lado, de los trabajadores y los consumidores. En la industria de la alimentación también existían comités homólogos.

Una cuestión de especial importancia para la EFA resultó ser la cooperación en el “Comité Paritario para los Problemas Sociales de los Trabajadores Agrícolas”, cuya constitución impulsó desde un principio. En mayo de 1963 la Comisión anunció la constitución del

Campos de actividad

Comitéparitario

15EFFAT 1958–2008

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13 Véase el Diario Ofi cial de la CEE del 29.05. 1963, pág. 1534-36.14 No obstante, fue bajo el amparo del tratado de la CECA en 1952 cuando se constituyó un comité paritario para la

minería. El hecho de que las propias instituciones de la UE no son siempre conscientes de su propia historia lo constata un folleto informativo de la Comisión sobre el diálogo social sectorial del año 2002, en el que se aplaza la constitución del comité paritario para la agricultura al año 1974; véase Comisión de la UE (Ed.), El diálogo social europeo a nivel sectorial, Bruselas 2003, pág. 31. Al comité pertenecían, además de los representantes de la EFA del lado de los trabaja-dores, también tres sindicatos cristianos delegados y un representante de una organización liberal.

Sindicatos sin fronteras – Por una Europa social16

comité en el Boletín Ofi cial de la CEE.13 A diferencia del resto de comités, aquí sólo estaban presentes los representantes de la patronal y los trabajadores La constitución del comité paritario para la agricultura marcó ni más ni menos que el comienzo del diálogo social entre los interlocutores sociales a nivel de la C(E)E.14

El comité paritario ofreció a la EFA una plataforma para discutir la situación social de los trabajadores del campo con la patronal organizada en la COPA, y para solicitarle exigencias concretas. En 1996 exigieron por primera vez establecer un acuerdo conjunto para la reducción de las jornadas de trabajo excesivas de los trabajadores del campo en los Estados de la CEE. En efecto, el 6 de junio de 1968 se llegó a un acuerdo entre la EFA y la COPA que debía limitar el tiempo de trabajo semanal de los trabajadores agrícolas a 45 horas. Pero, en contra de los deseos originales de los representantes sindicales, este acuerdo sólo tuvo un carácter de recomendación. Pese a ello, estableció claras marcas de referencia para las nego-ciaciones regionales y nacionales de convenios colectivos a las que se podían remitir los sindicatos nacionales. No menos importante fue uno de los acuerdos fi rmados por los pre-sidentes de la EFA y la COPA en marzo de 1978 “sobre la armonización del tiempo de trabajo de los trabajadores permanentes en agricultura de la CEE“ que fl anqueó los acuerdos colectivos sobre jornadas de trabajo de los sindicatos a nivel nacional. Contemplaba un tiempo de trabajo semanal de 40 horas y cuatro semanas de vacaciones pagadas al año y, de este modo, condiciones de las que no gozaban, o sólo gozaban en cierta medida, los trabajadores agrícolas de la mayoría de los Estados de la CE en ese momento. Ambos acuerdos permitieron perfi lar por primera vez el potencial futuro de una política en mate-ria de negociación colectiva europea.

Asimismo, la EFA y la COPA pudieron ponerse de acuerdo desde los años 60 respecto a una serie de acuerdos relativos a la formación profesional y, de forma particular, a la seguridad

RelaciónEFA/ COPA

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y la higiene laboral en la agricultura.No obstante, estos acuerdos no fueron vinculantes en un principio, aun cuando algunos de ellos permitiesen con frecuencia realmente poner en práctica acuerdos muy especiales. Entre ellos estuvo el acuerdo celebrado en 1970 sobre el equipamiento de tractores con cabinas de seguridad o arcos antivuelco que debían proteger al conductor, en caso de vuelco, del aplastamiento. Este acuerdo, que fue llevado a la práctica por parte de los interlocutores sociales a buen ritmo a nivel nacional, disminuyó en poco tiempo el número de accidentes mortales en los sectores agrícolas de los Estados miembros desde más de 100 muertes al año en los años 60 a prácticamente cero.

La actividad del ETUCF ante las instituciones europeas era comparable a la de la EFA. No obstante, a diferencia de ésta, el ETUCF no contó a nivel europeo durante mucho tiempo con un interlocutor adecuado del lado de la patronal. De este modo, todavía en 1975, frente a un único secretario sindical titular del ETUCF del lado de la industria y de la patronal existían no menos de cuarenta secretariados con ciento cincuenta empleados.15 No se alcanzaron acuerdos consistentes con ellos en un principio. En 1981 el ETUCF pidió a la Comisión que en adelante se establecieran más comités paritarios en los sectores de la industria del azúcar, las cervecerías, la industria del tabaco y la industria cárnica, para permitir llegar a acuerdos en sus marcos con la patronal.16

Desde una perspectiva organizativa, tanto la EFA como el ETUCF estuvieron caracterizados durante los años 60 y 70 por una lenta diferenciación de sus estructuras de trabajo.En 1973, la EFA estableció unos estatutos, el ETUCF lo hizo un año más tarde. Posteriormente, en el año 1973, Dinamarca, Irlanda y el Reino Unido, que estaban representados conjunta-mente, se adhirieron, después de algunas vacilaciones, a las federaciones sindicales europeas desde los sindicatos nacionales de los trabajadores agrícolas y de la industria alimentaria de los nueve Estados miembros.

Hellmut Schmalz

15 Indicación según Karl Feldengut, El movimiento sindical europeo y la Comunidad Europea, en GMH, 1975, pág. 496–502, pág. 499

16 Solicitud aceptada “Comités paritarios en la CE” desde la 3a Asamblea General del EG-NGG del 23–25.11. 1981, conte-nido en: 5/UITAE000001.

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Como también era el caso en los otros comités sindicales europeos, en la EFA y en el ETUCF se formaron ya desde su constitución estructuras organizativas en forma de unos estatutos: además de un Congreso como organismo máximo de decisión, existía un Comité ejecutivo y un Praesidium , así como el secretariado y una comisión de auditoría. En los congresos tenían y tienen derecho a presentar propuestas los sindicatos asociados, además del Praesi-dium y del Comité ejecutivo. El número de delegados de los sindicatos individuales se calculó conforme a un esquema que fue modifi cado múltiples veces. Las asociaciones pequeñas y grandes debían estar razonablemente representadas. En los congresos corres-pondía también a los presidentes y sus representantes, así como a los socios, elegir el comité ejecutivo. Este comité ejecutivo era a su vez competente para la dirección política de los comités sindicales entre los congresos. Estaba formado por el presidente, su suplente y, como mínimo, un representante de los sindicatos miembros nacionales. En su ámbito de responsabilidad recaía la delegación de los representantes sindicales en las comisiones europeas; y también el derecho de establecer comisiones especiales para el tratamiento de determinadas cuestiones.

Al mismo tiempo, desde 1963 existía el secretariado en Bruselas que, como ya se ha indica-do, fue dirigido en unión personal por Astrid Lulling hasta fi nales de 1971. Desde 1972, la EFA con Jenny Pander y el ETUCF con Baudouin Jonckheere, contaron con un secretario o una secretaria propios. En 1974, Otto Staadt ocupó la ofi cina del secretario del ETUCF, que dirigió y moldeó hasta su jubilación en el año 1989.

Al igual que otros comités sindicales, el secretariado tanto del ETUCF como de la EFA tam-bién actuó como servicio de atención central para las uniones de miembros asociadas. Al mismo tiempo, era responsable de la preparación del contenido y de la organización de las distintas reuniones. Mientras que el ámbito funcional principal de ambos secretariados residía en un primer momento en la confi guración administrativa del trabajo sindical a nivel europeo, en los años 60 y 70, además de los congresos, el praesidium y el comité ejecutivo constituyeron el centro de decisión político de ambas asociaciones. En los años 80 debía trasladarse el centro de gravedad político de los comités sindicales europeos a los secretarios (generales) respectivos.

* * *

En general, la formación de estructuras sindicales a nivel europeo en los años 70 avanzó muy lentamente. Los recursos fi nancieros y los comités sindicales siguieron estando muy restringidos y su margen de actuación extremadamente limitado.

De todos modos, en 1973 se tomó un nuevo impulso para coordinar mejor el trabajo inter-sectorial de los sindicatos a nivel europeo y para organizarlo de forma más consistente. El 9 de febrero de 1973 17 asociaciones sindicales de 15 Estados europeos fundaron la Confe-

CES

Estructura de la

organización

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deración Europea de Sindicatos (CES). La CES prosiguió el trabajo del SES en Bruselas y asumió además las funciones que realizaba previamente la ofi cina sindical competente para los Estados AELC. Además del SES, desde el principio también pertenecieron al CES asociaciones sindicales europeas de otros Estados distintos a los nueve Estados que forma-ban la CE en aquel momento. Y ello permitió desde muy temprano la asociación, además de a las asociaciones centrales nacionales libres, vinculadas en un plano internacional a la CISL, también a las asociaciones sindicales de orientación cristiana17 y ya en 1975 también a la “eurocomunista” Confederazione Generale Italiana del Lavoro (CGIL); ésta había relajado previamente su vinculación en la Federación Sindical Mundial dominada por los sindicatos estatales del bloque oriental. Con la fundación de la CES se dio sin lugar a dudas un importante paso para la superación de las escisiones ideológico-políticas del movi-miento sindicalista europeo.

Además de las asociaciones sindicales nacionales, la CES debía agrupar también a los comi-tés sindicales europeos como segundo pilar. No obstante, exigió de éstos como requisito para su reconocimiento ofi cial que se abrieran también, conforme a las propias normas, a sindicatos miembros no pertenecientes a la CE, así como a los sindicatos miembros de orientación cristiana y a los de la CGIL. En efecto, la EFA se adaptó parcialmente a las directrices de la CES en 1975 con la aceptación de tres sindicatos cristianos y la Feder-braccianti-CGIL italiana, aun cuando desde 1982 podía decidir sobre la aceptación de nuevos miembros fuera del espacio de la Comunidad Europea. Al ETUCF también se a dhirieron ya en 1974 los sindicatos cristianos de la industria alimentaria de Bélgica, Luxemburgo y Holanda, un poco más tarde lo hizo la primera de varias organizaciones de la CGIL.18

Si bien el ETUCF pudo ampliar signifi cativamente su base de miembros a mediados de los años 70, la mayoría de los miembros no pudieron llegar a un acuerdo sobre la aceptación de sindicatos de fuera de la CE. Por otro lado, de forma particular, los sindicatos británicos y daneses tenían una postura más bien reticente, sino de rechazo frontal, respecto al proyecto de unifi cación europea, y, con ello, a una orientación unilateral de los sindicatos europeos hacia las instituciones de la CE. Deseaban y forzaron la constitución de una orga-nización regional europea dentro de la UITA, cuyo ámbito de organización se extendiese más allá del espacio de la CE. También la propia UITA, que había recetado un camino mar-cadamente izquierdista bajo el prolongado mandato de su secretario general, Dan Gallin, y que rechazaba cualquier “nacionalismo de la CE”, apoyó este proyecto.19

Finalmente, en 1975 con la Euro-UITA se constituyó realmente una organización regional europea de la UITA, y se dio la situación paradójica de que existían y competían entre sí dos organizaciones a nivel europeo con la misma función, y con idéntica composición de miembros. La Euro-UITA abrió también un secretariado en Bruselas que fue dirigido por Horst Stasius, quien había trabajado previamente en la central de la UITA en Ginebra.

Euro-UITA

17 Con la Confederación Mundial del Trabajo éstas contaron con una propia asociación central internacional que estaba en competencia tradicionalmente con la IBFG (hasta la fusión de ambas organizaciones en el año 2007). Una organi-zación regional europea fundada en los años 60 de la WVA se labró ampliamente su existencia sobre el papel.

18 Véase Stöckl, Comités Sindicales en la CE, pág 196–198 (lista de las asociaciones de miembros de SETA-UITA 1982).19 Véase en este sentido: Entrevista con Dan Gallin, en: UITA e IBV: Protocolos e informes; con un ensayo preliminar de

estructura y política: Esbozos sobre la historia de la Internacional de los Trabajadores de la Minería y la Alimentación de Peter Rütters y una entrevista con Dan Gallin / [revis. por Gabriele Rose] Bonn 2001, pág. 46–51.

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De todos modos, ambas organizaciones dieron un importante paso en 1978 para la coordi-nación de su trabajo. Acordaron que ambas organizaciones sindicales seguirían existiendo en su forma actual, pero que debían crear un secretariado conjunto en Bruselas que fuese dirigido por el secretario por aquel entonces del ETUCF, Otto Staadt. El secretario común debía trabajar para conseguir una cooperación perfecta de ambas organizaciones.

No obstante, tuvieron que pasar tres años para crear defi nitivamente la unidad organizativa y estructural en el grupo de los sindicatos europeos. Después de largas negociaciones, conversaciones y discusiones, los miembros de ambas organizaciones decidieron el 25 de noviembre de 1981 en la ciudad danesa Helsingor, fundar una organización común: el Comité Europeo de Sindicatos de la Industria de la Alimentación en la UITA (SETA-UITA). El danés Eric Toxvaerd Nielsen fue elegido como primer presidente.

El SETA-UITA se constituyó como comité sindical independiente a nivel europeo con un presupuesto y un aparato de organización propios. A su vez, se entendía como organización regional europea de la UITA y, por tanto manifestaba de forma más clara que otras confe-deraciones sindicales europeas “considerar en sus acciones sindicales sectoriales, por un lado, la acción y la solidaridad a nivel europeo, y, por otro lado, la acción y la solidaridad a nivel mundial“.20

SETA-UITA

Sindicatos sin fronteras – Por una Europa social20

Publicación del

SETA-UITA.

El euro-boletín

era publicado en

común con la EFA

20 Véase Estatutos del SETA-UITA, aprobados el 25 de noviembre de 1981.

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CONSOLIDACIÓN:

Política sindical a nivel europeo hasta el tratado de

Maastricht (1980–1992)

En los años 80 creció en los sindicatos la conciencia de tener que representar de forma efi caz los intereses de los trabajadores europeos a nivel europeo. El Acta Única Europea (AUE) que habían acordado los Jefes de Estado y de gobierno a principios de 1985 y que entró en vigor el 1 de julio de 1987, contemplaba la implementación defi nitiva del merca-do interior común hasta fi nales de 1992. Mientras que la Comisión ponía la esperanza en un mayor crecimiento económico, un incremento de la ocupación y unos menores precios al consumo, los sindicatos estimaban en parte unos riesgos muy altos del mercado interior. Se temía la migración de sectores completos hacia “regiones de bajos salarios” de la Comu-nidad. A su vez, otro importante factor a tener en cuenta en este sentido fue el hecho de que la CEE se amplió en tres economías en 1981 con la entrada de Grecia y en 1986 con la entrada de España y Portugal, cuya competitividad económica y cuyos estándares sociales distaban en gran medida en ese momento de la media de la CE. Por estos temores y miedos, en un primer momento no cambió el hecho de que la AUE permitiese desde ese momento decisiones por mayoría del Consejo de Ministros en el ámbito del “entorno de trabajo”, especialmente, en la protección laboral, y que la Comisión tuviese capacidad de exigir el diálogo social entre sindicatos y patronal al nivel de la Comunidad. Como profetizó Jacques Delors a fi nales del año 1988, de que en los próximos diez años el “80 por ciento de la legislación económica tendrá quizá un origen fi scal y social común”, ello tuvo una gran resonancia pública. La exigencia de una “base social” vigente en toda Europa o de la garantía de los derechos básicos sociales volvió ocupar el plano central de la discusión sindical.

El hecho de que los sindicatos a nivel europeo estarían sujetos a unas mayores exigencias con la constitución de dicha “base social” se perfi ló con mayor nitidez en el transcurso de los años 80. No obstante, faltaba en un principio el marco institucional en el cual poder sentar las bases para una protección social válida de los trabajadores para toda Europa. Esto cambió, ya que a invitación del Presidente de la Comisión Delors, en 1985 se reunieron por primera vez en Val Duchesse (Bruselas) representantes de la CES y de las asociaciones europeas de patronales en una cumbre, iniciándose así el denominado diálogo social a nivel europeo. Las sesiones de los grupos de trabajo de los interlocutores sociales europeos condujeron en los años sucesivos a una serie de recomendaciones conjuntas, algunas en el ámbito de la formación profesional o de la introducción de nuevas tecnologías. Como pilar independiente de la política social europea el diálogo social se fi jó contractualmente por primera vez en el Acta Única Europea.

Diálogosocial

21EFFAT 1958–2008

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La EFA, como ya se indicó anteriormente, ya había mantenido un diálogo social, especial-mente con la COPA, desde los años 60, de forma libre, sin que estas rondas de conversación y negociación se denominasen así hasta ese momento. En los años 80 este proceso, deno-minado posteriormente “diálogo social sectorial” condujo a una serie de acuerdos relativos de forma particular a la formación profesional y la seguridad y la higiene laboral en la agricultura. No obstante, al igual que antes, estos acuerdos no fueron vinculantes en un principio, aun cuando algunos de ellos permitiesen con frecuencia poner en práctica parcialmente acuerdos muy especiales. Entre ellos estuvo, por ejemplo, la protección de los trabajadores frente a determinados pesticidas en la agricultura. En el ámbito del sector alimentario se emprendieron los primeros pasos de un diálogo sectorial social, en primer momento sólo en la industria azucarera, para la cual, a principios de los años 80 se consti-tuyó también un comité paritario. No obstante, hasta los años 90 no se alcanzaron im portantes acuerdos. En el ámbito de la hostelería, los hoteles, los restaurantes y las cafe-terías, el SETA-UITA condujo desde mediados de los años 80 un diálogo social, informal en un primer momento, sobre una amplia variedad de temas.

Como nueva materia, compleja, de regulación también para los sindicatos el Acta Única Europea fi jó la confi guración del derecho futuro europeo sobre los alimentos en el orden del día político. Mediante una unifi cación de las normas jurídicas sobre los alimentos debería alcanzarse también en la industria alimentaria un mercado interior común europeo. El SETA-UITA aplaudió en esencia, al igual que la CES, este objetivo, pero criticó en varios informes extensos, en el comité consultivo de alimentos de la CE y en el comité econó mico

Seguridad de los alimentos

Protección de los

consumidores

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23EFFAT 1958–2008

y social, numerosas medidas concretas propuestas por la Comisión. El debate incluyó te-mas como el etiquetado de alimentos, la aprobación de aditivos y conservantes, la conser-vación de alimentos mediante radiación ionizante y también la indicación de las caracterí-sticas nutritivas de los alimentos. De forma general, el SETA-UITA exigió garantizar una protección máxima de los consumidores en el ámbito de los alimentos en estas consultas que se realizaban, en la mayoría de las ocasiones, de espaldas al público y que fueron muy prolongadas. Para la industria agraria y de la alimentación, debían fi jarse principios de sostenibilidad medioambiental que considerasen la diversidad regional de la producción y debía renunciarse en la mayor medida posible a la utilización de productos de sustitución. El SETA-UITA exigió además a la Comisión establecer una regulación homogénea para la CE para el control ofi cial de los alimentos y garantizar una formación razonable en toda Europa para el personal de control.21 Al mismo tiempo, en un simposio de la CE en Roma sobre el control de los alimentos tuvo la posibilidad en diciembre de 1989 de presentar extensamente su punto de vista sobre el control de los alimentos. Sin duda, las ideas origi-nales de la Comisión no pudieron modifi carse en algunos puntos individuales. De este modo, el SETA-UITA prestó ya de forma temprana una contribución para que la protección de los consumidores y la seguridad de los alimentos en Europa se estableciesen a un alto nivel (aun cuando el posterior escándalo de la carne podrida y la crisis de la encefalopatía espongiforme bovina demostrasen que las regulaciones y controles existentes exigían un reajuste permanente).

No solo en el ámbito de la producción del consumidor y de la seguridad de los alimentos se amplió el espectro de funciones de las asociaciones sindicales europeas en los años 80. Cada vez se hizo más patente que no solo en la industria de los alimentos comenzaba a girar cada vez más rápido el carrusel de las fusiones y adquisiciones de empresas y que ya no eran sufi cientes los derechos de coparticipación altamente diferenciados en un plano nacional para la regulación de los problemas asociados a ello. Por este motivo, los sindica-tos exigieron a nivel europeo consolidar institucionalmente derechos de participación auténticos de los trabajadores.

De forma pionera en 1986 se pudo instaurar en el grupo alimentario Danone (por aquel entonces: BSN) un comité de consulta de los trabajadores europeos en el marco de un acuerdo voluntario. Pese a este éxito puntual, la 2a conferencia regional del SETA-UITA, que se celebró del 14 al 16 de noviembre de 1989 en Luxemburgo, tuvo que constatar de forma crítica que las iniciativas actuales de los sindicatos para llegar a acuerdos con grupos de empresas transnacionales que operen en Europa sobre la creación de dichos comités de empresa europeos (CoEE) se habrían abortado a causa de la resistencia de las direcciones de empresa. La organización reforzó su voluntad por lograr en el marco del diálogo social acuerdos vinculantes con la patronal, y exigió a la Comisión “lograr oportunidades para la realización del diálogo social europeo en el nivel de los grupos transnacionales indi-

Primeroscomités de empresaeuropeos

21 Véase Perfeccionamiento del mercado interior: El derecho comunitario sobre los alimentos (postura del SETA-UITA de junio de 1986, en: Memoria NGG 1986–1989, 121–124.

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viduales, y, para ello, ofrecer también ayudas fi nancieras y organizativas”. Además, debía intentarse vincular, “además de a la CE y a los países de la AELC, también a los países de la OCDE en los que están representados los grupos de empresas transnacionales”.22 En noviembre de 1989 se logró en Nestlé la instauración de un segundo CoEE en el sector de los alimentos, que amplió sus actividades gradualmente en los años sucesivos.23

* * *

En los años 70 y 80 cobró una importancia cada vez mayor la “Política Agrícola Común” (PAC), también para la situación social de los trabajadores del campo. Las pérdidas de ingresos de los agricultores debían compensarse a través de una “maraña” cada vez más densa de subvenciones directas e indirectas. Naturalmente, esto también afectaba directa-mente al importe de los salarios de los trabajadores agrícolas. Los precios y contingentes fi jos para prácticamente todos los productos agrícolas debían estabilizar los ingresos de los productores agrícolas y confi gurar de forma sostenible socialmente el cambio estructural en el sector agrario. A más tardar en los años 80 se refl ejaron los primeros efectos negativos de esta actuación. La CE tenía que intentar nivelar unos precios ampliamente reducidos por la venta de “montañas de mantequilla” y “mares de leche y vino” surgidos como con-secuencia de su política de subvenciones – por lo demás, con consecuencias desastrosas para el sector agrícola en aquellos países del tercer mundo en los que se vendía el exceso de producción a precios de dumping. Ante este escenario, la EFA abogó por el camino de la reforma prudente de las condiciones agrarias europeas. Para la eliminación de los exce-dentes estructurales se exigió la reorganización de la política de precios; debía ser eximida de sus obligaciones relativas a la política de rentas mediante un sistema de subvenciones directas a la renta. Este sistema de subvenciones debía mejorar, desde una perspectiva social, las rentas de los agricultores que debían continuar su actividad por motivos de

Tres Secretarios

generales:

Harald Wiedenhofer

(SETA-UITA/EFFAT,

desde 1993)

Otto Staadt

(ETUCF/SETA-UITA,

1974–1989)

Jaap Nieuwenhuize

(SETA-UITA,

1990–1993)

EFA yPAC

22 Cita de la memoria NGG 1986-89, pág. 134.23 Véase en este sentido Müller, Torsten/ Hans-Wolfgang Platzer/ Stefan Rüb, ¿Relaciones laborales mundiales en grupos

de empresa mundiales?: Sobre la transnacionalización de la política empresarial y sindical: Un estudio del caso compa-rativo, Wiesbaden 2004, pág. 151 y siguientes.

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primer rango; el número de trabajadores en explotaciones agrícolas debía ser además uno de los criterios determinantes para la cuantía de la subvención concedida. Además de estas perspectivas sociales, los aspectos ecológicos y de protección del paisaje ocuparon un plano cada vez más central en la política agraria sindical. Éstos también debían ser tenidos en cuenta en el futuro para el importe de la subvención de las explotaciones individuales.24

* * *

De forma general, las estructuras sindicales europeas se consolidaron en los años 80, aun-que de forma lenta, y, al igual que antes, a un bajo nivel. Por ejemplo, el secretariado del SETA-UITA tenía además del secretario sólo dos trabajadores. En la EFA, el trabajo de los congresos y de los comités ejecutivos era cada vez más constante, y éstos ya no se reunían „bajo demanda“, sino de forma regular, y con el efecto de la consumación del mercado interior aumentó la comprensión de los sindicatos nacionales de Europa como arena de la política sindical. Con la creación de las primeras estructuras de un diálogo social a nivel europeo y mediante la constitución de las primeras estructuras de participación en los gru-pos de empresas individuales a nivel europeo se abrieron nuevos campos de actuación de la política sindical que se ampliarían considerablemente como consecuencia del Tratado de Maastricht. A su vez, en el 7° Congreso ordinario de la CES en Luxemburgo en mayo de 1991, se acordaron las líneas directrices “para una CES con mayor competencia”. En los “comités de industria” hubo ahora asociaciones sindicales que estaban representadas en la CES con asiento y voto.

Cuatros Presidentes

de la EFA:

el ex Presidente

Jean-Marie Pop,

el Presidente actual

del sector Agricultura

de la EFFAT

Peter Holm,

los ex Presidentes

Francesco Orsomando

y Andrea Gianfagna

24 Véase en este sentido Wilfried Höhnen /Günther Horzetzky, Política Agraria Europea: Problemas y enfoques de reforma en: GMH, 1984, pág. 310–22.

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25 En 1997 el Reino Unido, bajo el nuevo gobierno laborista, abandonó su resistencia contra la política social comunitaria asociada al protocolo social y al pacto social, de modo que el texto del pacto social de 1999 pudo aprobarse con el Tratado de Ámsterdam como artículo 137 y siguientes en el Tratado de la CE.

26 Las determinaciones sobre el diálogo social se integraron como art. 137 y 138 en el Tratado de la Comunidad Europea.27 La bibliografía sobre el CoEE es bastante extensa hasta la fecha. Véase provisionalmente: Kotthoff, Herrmann, Años de

aprendizaje del Comité de Empresa Europeo. 10 años de representación transnacional de los trabajadores, Berlín 2006.

Sindicatos sin fronteras – Por una Europa social26

NUEVAS FUNCIONES:

Política sindical europea después de Maastricht –

Consejos de empresa europeos y diálogo social

Con la entrada en vigor del Tratado de Maastricht sobre la Unión Europea el 1 de noviem-bre de 1993 cambiaron y se ampliaron los márgenes de actuación de los sindicatos a nivel europeo de forma fundamental. El pacto incluido en el Tratado sobre la política social preveía que el Consejo Europeo de Ministros de Trabajo y Asuntos Sociales (que no incluía al Reino Unido ni a Irlanda del Norte)25 pudiese promulgar directivas en prácticamente todos los campos del derecho laboral o social de forma unánime o con mayoría. Al mismo tiempo, el papel del diálogo social se revaluó considerablemente, y, con ello, se estableció un nuevo pilar de la política social europea: Desde entonces, los resultados de las nego-ciaciones colectivas europeas de las asociaciones centrales de trabajadores y patronales pudieron aprobarse en el derecho comunitario en un procedimiento simplifi cado presen-tando una moción; los sindicatos y asociaciones de trabajadores europeos podían de este modo crear normas de derecho laboral y social europeas mediante una producción norma-tiva consensuada.Esto vale tanto para los niveles sectoriales como a un nivel intersectorial. Asimismo, los interlocutores sociales de la UE de la Comisión deben participar forzosamente en cualquier propuesta presentada para la producción normativa en la política social desde “Maastricht”.26

Otra innovación importante de la legislación social europea la representa la “Directiva 94/45 CE del Consejo” aprobada en 1994 sobre los comités de empresa europeos (CoEE). Fue, además del diálogo social, la segunda respuesta de la Unión Europea a los temores discutidos públicamente y articulados por los sindicatos de un desmantelamiento completo de los estándares sociales que se temía con el desarrollo progresivo del mercado interior europeo. La directiva determinaba que los grupos de empresas transnacionales que operen dentro de la UE deben tener CoEE constituidos. Se aplicaba a todas las empresas con un número mínimo de 1.000 trabajadores en la UE, de los cuales estuviesen empleados en al menos dos Estados miembros 150 trabajadores como mínimo. La creación de un CoEE se realiza mediante negociaciones entre representantes de los trabajadores de los países de la UE y de las direcciones de empresa. Si la dirección central se opone a la creación de un CoEE, los trabajadores tienen derecho, conforme al art. 6 de la directiva, a crearlo.27

Con la directiva CoEE se satisfi zo desde los años 70 una reivindicación planteada de forma constante por los sindicatos. Pese a que los derechos del CoEE se limitaban esencialmente

CoEE

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28 Para el desarrollo de los sindicatos de Europa Central y Oriental y su integración en las estructuras sindicales europeas, véase debajo.

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a los derechos de consulta e información de los trabajadores, debe considerarse, al igual que el diálogo social, un importante éxito para el fortalecimiento de la dimensión social de Europa. En efecto, la directiva condujo a una expansión en la creación de órganos de participación de los trabajadores a nivel europeo, y no sólo en los numerosos grupos de empresas transnacionales de la industria alimentaria europea y en las cadenas internacio-nales de hoteles. Desde entonces, la creación y la atención del CoEE constituyen uno de los aspectos centrales más importantes del SETA-UITA o de la EFFAT.

Hasta 1997 se pudo acordar la creación de al menos 21 CoEE en los sectores atendidos por el SETA-UITA. El SETA-UITA perseguía esencialmente en este sentido los siguientes objeti-vos para permitir un trabajo lo más efi ciente posible en los comités de empresa europeos: Los sindicatos (nacionales y europeos) debían estar incluidos en el trabajo de los CoEE desde el principio; debía incluirse en la mayor medida posible a Europa Central y Europa del Este en el trabajo de los CoEE;28 los derechos de información y consulta de los CoEE debían defi nirse con la mayor precisión posible; a su vez, dada la ocasión, debía celebrare más de una reunión al año, y, en cualquier caso, acordarse la instalación de un comité de pilotaje que permitiese el trabajo continuo entre las reuniones; por otro lado, la fi nancia-ción completa de todas las estructuras y actividades del CoEE debía estar garantizada contractualmente por la empresa, y, por último, debían acordarse medidas de formación continua para miembros del CoEE.

La conformación de la mayoría de CoEE en el ámbito de organización del SETA-UITA estuvo acompañada directamente por su secretariado. Harald Wiedenhofer, el secretario general en funciones desde 1993, participó directamente en la confi guración de los respectivos

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29 Impreso en: SETA-UITA (Ed.), Informe de Actividades del Secretariado 1997–2000, Apéndice 5.30 Ebd., Apéndice 6.31 Hasta el 22 de septiembre de 1996, el derecho europeo condecía amplia libertad a los negociadores sobre cómo estab-

lecer la información y la consulta de los trabajadores en toda Europa. Mientras dichos acuerdos estén vigentes, la direc-tiva no se aplicará a las empresas o los grupos de empresas concernidos. Los acuerdos antiguos también pueden seguir aplicándose, y también prolongarse y adaptarse a estructuras empresariales modifi cadas. Se denominan “acuerdos del artículo 13” porque están regulados en este artículo de la directiva CoEE. Los nuevos acuerdos se denominan respec-tivamente “acuerdos del artículo 6”.

Sindicatos sin fronteras – Por una Europa social28

acuerdos en la mayoría de las ocasiones. Asimismo, el secretariado contó desde 1993 con un coordinador del trabajo transnacional de los grupos de empresas. Para garantizar una asistencia y promoción lo más intensa posible del CoEE, los sindicatos nacionales nom-braron además, bajo la dirección del comité ejecutivo del SETA-UITA, “coordinadores” que debían impulsar y dirigir el trabajo de los sindicatos en los grupos de empresas transnacio-nales.

Una de las tareas más importantes del CoEE residía (y reside) en la confi guración social de las reestructuraciones de los grupos de empresas. Para alcanzar este objetivo, el SETA-UITA elaboró “directivas para un acuerdo modelo sobre la información y la consulta del Comité de empresa europeo para reestructuraciones”;29 y desarrolló en forma de un acuerdo vin-culante de las organizaciones miembros, un sistema de alerta temprana y coordinación en forma de un detallado “código de conducta SETA-UITA sobre la política industrial europea”30, según el cual, en caso de reestructuraciones, acordarían entre sí de forma solidaria su modo de proceder.

Hasta la entrada en vigor de la directiva CoEE el 22 de septiembre de 1996, 50 grupos de empresa, y, por tanto, prácticamente una tercera parte de todas las empresas existentes en el sector de los alimentos, las bebidas y el tabaco, la hostelería y la restauración, cerraron acuerdos “voluntarios” sobre la creación de un CoEE (conforme al art. 13 de la directiva31. En ningún acuerdo se contemplaba únicamente la creación de un mecanismo de informa-

Expansión de la creación

deCoEE

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29EFFAT 1958–2008

Unilever

ción de los trabajadores conforme a las exigencias mínimas de la directiva, sino siempre la creación de un “auténtico” CoEE cuyos derechos de información y consulta se conso-lidasen en caso de reestructuraciones y cierres de plantas en prácticamente todos los acuerdos. Mientras que prácticamente dos terceras partes de los grupos de empresas recurrieron a la oferta de los sindicados de una colaboración constructiva, algunas “ovejas negras”, entre ellas Hilton y Pepsi Co, intentaron eludir la directiva a toda costa. Pese a que la directiva no contemplaba de forma explícita la participación de sindicatos en el CoEE, en dos terceras partes de todos los contratos se logró aprobar la participación directa de los sindicatos en el CoEE, y, en otros 11 casos, se permitió la participación de expertos sindi-cales. Por otro lado, en al menos ocho empresas se pudo lograr la vinculación de trabaja-dores de Europa Central y Oriental. En todos los casos, la empresa corrió con los costes del CoEE. Y, por último, en el 60% de los CoEE pudo negociarse la creación de un comité especial para mantener de forma continua el trabajo de los grupos participantes entre las reuniones.32 De forma general, el SETA-UITA realizó en noviembre de 1996 un balance positivo de los efectos de la directiva CoEE: Se ha constatado “que los comités de empresa europeos complementan de forma razonable a las estructuras nacionales y que abren por primera vez la puerta a los representantes de los trabajadores a la administración europea central, que normalmente es responsable en la actualidad de decisiones con amplias r epercusiones para los trabajadores, como por ejemplo los cierres de empresas”.33

La necesidad y también el éxito que podía tener un modo de proceder concentrado de sindicatos y CoEE para paliar los efectos de “medidas de reestructuración” de grupos de empresas transnacionales quedó patente en los años 90, especialmente en el caso de Uni-lever. Entre 1990 y 1997, el grupo de empresas británico-holandés había vendido o cerrado en torno a una cuarta parte de sus centros europeos y el número de sus trabajadores había descendido de 70.000 a unos 50.000. La crítica sindical a esta tendencia de destrucción de puestos de trabajo culminó en un día de acción que realizó el SETA-UITA el 23 de febrero de 1999, el día de la conferencia de prensa sobre el balance, junto con la también afectada Federación Europea de Trabajadores de Minera, Química y Energía (EMCEF), y el comité de empresa europeo de Unilever. Varios miles de trabajadores del grupo se manifestaron públi-camente de forma efi caz contra la evolución del grupo con acciones de reparto de octavil-las, en reuniones del personal de la empresa y con suspensiones del trabajo. Cuando en el mismo año se vendió la parte química de Unilever a ICI, el CoEE y los sindicatos del SETA-UITA lograron por primera vez que se pudiesen garantizar las condiciones laborales de sus trabajadores durante cuatro años. La misma protección pudo lograrse también en la venta de la cadena de pescado “Nordsee”.34

En los años sucesivos, Unilever volvió a estar en el punto de mira del trabajo sindical de la EFFAT (como organización sucesoria del SETA-UITA). El 12 de octubre de 2005, la dirección del grupo comunicó que gran parte de los departamentos de personal, fi nanzas y TI se

32 Véase Declaración de prensa del SETA-UITA del 12.11.1996: 50 comités de empresa europeos en el sector de la alimen-tación, el tabaco y las bebidas, la hostelería y la restauración.

33 Ebd., página 234 Véase Cornelia Girndt, Carrera de fondo hacia el comité de empresa europeo, en: Coparticipación 05/1999.

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trasladaría a un proveedor externo (denominado Shared Service Center) en Europa Central y Oriental o Asia, lo que costaría 2.500 puestos de trabajo. A su vez, se estaba planteando también separar el negocio de ultracongelados completo, una división central del grupo que había crecido durante décadas y muy rentable. Después de este comunicado se produ-jeron manifestaciones espontáneas y acciones de protesta en Alemania, Francia y Holanda. El 22 de noviembre de 2005 se celebró una reunión extraordinaria del CoEE en la sede del grupo en Rótterdam, en la que se formularon claras exigencias: un aplazamiento de dos años respecto a la escisión de los ámbitos de servicio y el mantenimiento del negocio de ultracongelados en el grupo.Junto con el Comité de empresa europeo, los sindicados de la EFFAT realizaron un día de acción en toda Europa el 1 de diciembre de 2005. En todas partes de Europa se manifestaron trabajadores contra los planes para la eliminación de puestos de trabajo, entre ellos 1.000 trabajadores en la sede de la central alemana en Hamburgo. Posteriormente, el CoEE pudo acordar al menos con la dirección un aplazamiento y una modifi cación socialmente sostenible de los planes de reestructuración.

Al poco tiempo, Unilever volvió a ser objeto de las críticas: Después de que el grupo anunciara el 2 de agosto de 2007 la venta de negocios “de lento crecimiento” y la elimina-ción en todo el mundo de no menos de 20.000 puestos de trabajo, volvió a haber un enor-me revuelo en el grupo. La EFFAT y la EMCEF organizaron junto con el comité de empresa europeo de Unilever el 4 de diciembre una conferencia europea de los representantes de los trabajadores y una manifestación en Rótterdam con más de 700 representantes de los trabajadores de 16 países distintos que fue acompañada de protestas en toda Europa.35

El grupo aceptó al menos al CoEE de Unilever como representante legítimo de los trabaja-dores y también la participación de los sindicatos. No obstante, esto no pudo (y no puede) constatarse de modo alguno en todos los grupos transnacionales. McDonald’s o Pepsi Co se oponen obstinadamente hasta la fecha contra toda forma auténtica de negociación transfronteriza con representantes de los trabajadores. En dichos casos, se evidencian defectos criticados con frecuencia por los sindicatos hasta la fecha de la directiva CoEE: no contemplaba ninguna clase de mecanismo de sanción efi caz en caso de que las direcciones de los grupos de empresas no cumpliesen sus obligaciones.

Además del trabajo del CoEE, el desarrollo continuo del diálogo social constituyó una acti-vidad central adicional tanto del SETA-UITA como de la EFA. Principalmente en la indust-ria del azúcar, desde los años 70 hubo contactos regulares entre los sindicatos europeos y el Comité Europeo de Fabricantes de Azúcar (CEFS). Estos desembocaron en noviembre de 1997 en un acuerdo sobre diálogo social entre SETA-UITA y CEFS, en cuyo marco se insti-tucionalizó la cooperación regular de ambas organizaciones respecto a todos los temas económicos y sociales de la industria europea del azúcar. El comité así creado fue recono-cido ofi cialmente el 23 de noviembre de 1999 por la Comisión Europea. Los interlocutores

35 Véase EFFAT (Ed.), EFFAT-News del 07.01.2008, pág. 1.

Diálogo social con

CEFS

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sociales acordaron, entre otras cosas, una iniciativa conjunta sobre una mejor formación de los aprendices en el sector del azúcar que se comprometiese a formar a los jóvenes según sus propias necesidades. También se acordaron pasos conjuntos para fomentar y supervisar la implementación del “acervo comunitario”36 en los nuevos Estados miembros de Europa Central y Oriental.

El diálogo social se concentró especialmente en la protección laboral. En el marco de dos proyectos rectores conjuntos sobre la seguridad y la salud en el puesto de trabajo se desar-rollaron diversos medios de aprendizaje (folletos, medios de información, video, CD-Rom) con ayuda de los cuales debía sensibilizarse e instruirse a los trabajadores de los peligros en el puesto de trabajo y sobre las medidas de protección que deben emprenderse. Los medios de aprendizaje desarrollados se tradujeron en once idiomas y se emplearon en toda la industria europea del azúcar.37

Este diálogo social alcanzó un nuevo nivel en febrero de 2003 con la fi rma del primer código de conducta sectorial europeo sobre una actuación socialmente responsable.38 El objetivo del código de conducta es lograr a través de las denominadas “mejores prácticas” unas condiciones laborales en la industria del azúcar que sean mejores que las condiciones legales y negociadas colectivamente vigentes, según la defi nición de los interlocutores sociales de actuación socialmente responsable y “mejores” prácticas, que sirvió (y sirve), por así decirlo, de fuerza impulsora para la implantación del código de conducta conjunto.

36 Los ‘acquis communautaires’ caracteriza el conjunto de derechos y obligaciones que son vinculantes para los Estados miembros de la UE.

37 Véase en este sentido el sitio web conjunto de EFFAT y CEFS: www.eurosugar.org (la fecha de todos los datos de Internet es: Sept. 2008).

38 Responsabilidad social de las empresas en la industria europea del azúcar – Código de con-ducta, en: EFFAT (Ed.), Informe de Actividades 2001–2004, Apéndice 38.

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39 Las „directrices OCDE“ aprobadas en 1976 son un código de conducta para una actuación mundial responsable y representan recomendaciones de gobiernos. En 1998 se revisaron y ampliaron extensamente con la participación de asociaciones empresariales, sindicatos y ONG.

40 El código de conducta está impreso en: EFFAT (Ed.), Informe de Actividades 2001–2004, Apéndice 37; se documentan las numerosas actividades dentro del diálogo social en la industria del azúcar, también en el sitio web arriba indicado: www.eurosugar.org; también pudo establecerse un diálogo social adicional en 1997 con la unión europea de la indus-tria del tabaco (GITES).

Sindicatos sin fronteras – Por una Europa social32

La implementación se revisó y se revisará anualmente y se publicará en un sitio web conjunto. En el marco del código de conducta las empresas de la industria del azúcar también se declaran partidarias de su responsabilidad mundial ampliando (y considerando ya en la elección de los proveedores las disposiciones del código de conducta) el concepto de “Corporate Social Responsability” (responsabilidad social de las empresas) también a nivel internacional; – comprueban si pueden contribuir a la lucha contra el trabajo infantil cumpliendo los así denominados “principios rectores de la OCDE para empresas multi-nacionales”39 y abriéndose al diálogo con grupos de interés de países en desarrollo.

El los siguientes años se produjo una evaluación regular de los estándares sociales en la industria europea del azúcar. En el ámbito de la protección laboral y de la salud pudieron revisarse y mejorarse en muchos lugares, con el respaldo del acuerdo EFFAT-CEFS, normas entre CoEE y patronal.40

En el ámbito de la hotelería y la hostelería, el diálogo social entre el SETA-UITA y HOTREC, la Confederación Europea de Federaciones Hoteleras, Restaurantes y Cafeterías se remonta a mediados de los años 80. En los años 90 pudieron ponerse de acuerdo sobre multitud de proyectos y declaraciones conjuntas. Ejemplos de ello son varias declaraciones conjuntas sobre el impuesto sobre el valor añadido (ambas organizaciones impulsaron la introduc-ción de un impuesto sobre el valor añadido homogéneo y lo más bajo posible para toda Europa), sobre el turismo interior y sobre el fomento del empleo en la industria hotelera y hostelera. A fi nales de los años 90 el SETA-UITA propuso la elaboración conjunta de un “pasaporte de capacitación europeo” con ayuda del cual los trabajadores en el sector turístico pudiesen documentar de forma homogénea en toda Europa sus competencias adquiridas durante su formación y trayectoria profesional. En 2002, los interlocutores sociales analizaron los resultados de un estudio sobre “Flexible e-Learning” (estudios a distancia fl exibles por ordenador). Asimismo, el tema “Aprendizaje permanente” volvió a ocupar en los últimos años un plano cada vez más central del trabajo sindical a nivel europeo: en diciembre de 2003, la EFFAT y HOTREC organizaron en Bruselas un seminario sobre el desarrollo a medio plazo de su sector que giraba sobre todo en torno a las nuevas formas de formación y desarrollo continuo, un año más tarde aprobaron una recomenda-ción conjunta sobre „directivas sobre la formación y el desarrollo conjunto, especialmente en PYME y en la industria hotelera y hostelera”. Hasta el momento no se pudo aprobar el desarrollo de un “pasaporte de capacitación y competencia” homogéneo para toda Europa para los trabajadores en el sector hotelero y hostelero. A fi nales de 2007, la EFFAT y HOTREC acordaron el modelo de dicho pasaporte y buscaron desde entonces opciones de implementación consensuadas.

A diferencia de otras organizaciones, la EFFAT dio expresamente la bienvenida después de la entrada de los nuevos países miembros en mayo de 2005, a los trabajadores del sector

HOTREC

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hotelero y hostelero y rechazó todo tipo de discriminación de trabajadores de temporada o desplazados, como también habían practicado de forma general el ETUCF y la EFA en décadas anteriores.41

De forma general, el trabajo en el sector del turismo cobra una importancia cada vez may-or especialmente desde los años 90 en el trabajo del SETA-UITA, y posteriormente, también en el de la EFFAT. El gran potencial de futuro del sector turístico respecto al crecimiento y la ocupación, y las condiciones laborales, con frecuencia menos atractivas, las relaciones laborales precarias, y la alta movilidad internacional para muchas profesiones en el sector hotelero, restaurador y turístico exigían también nuevas respuestas de los sindicatos a nivel europeo. Por ello, en 1995 las federaciones sindicales europeas decidieron representar a los trabajadores en el sector del turismo,42 agrupar sus actividades y coordinarlas en el marco de un comité de enlace sindical europeo sobre el turismo (European Trade Union Liaison Committee on Tourism – ETLC). Los objetivos del ETLC eran principalmente mejorar las condiciones laborales de los trabajadores en el sector turístico, fomentar el diálogo social y la formación y el desarrollo continuo en la industria del turismo y fortalecer la colaboraci-ón transfronteriza de los sindicatos en el sector del turismo.43

El ETLC se ocupaba y se ocupa en numerosas conferencias de expertos, cursos de forma-ción, seminarios y conferencias de las exigencias de los trabajadores en el sector turístico y ha ofrecido multitud de informes. En 1996 se aprobó, por ejemplo, una “Resolución con tra el turismo sexual y la prostitución infantil”; en 1998/99 el ETLC, con ayuda fi nanciera de la UE realizó el estudio “Qué clase de ocupación en el sector turístico” para obtener una

Turismo

www.etlc-network.eu

41 Bajo el término “Bienvenida” la EFFAT y HOTREC acordaron una “Declaración conjunta sobre la ampliación de la UE” (véase EFFAT (Ed.), Informe de Actividades 2001–2004, Apéndice 44.

42 Actualmente, éstas son además de la EFFAT la Federación de Sindicatos del Sector Servicios Europeo (UNI-Europa) y la Federación Europea de los Trabajadores del Transporte (ETF). Los secretariados profesionales internacionales de estas tres organizaciones también son miembros del ETLC.

43 Véase: http://www.etlc-network.eu/etlc/data/etlc_broschuere_en.pdf (en inglès)

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mejor perspectiva de la realidad social en las distintas zonas turísticas. Nombra además a representantes sindicales como expertos para los grupos de trabajo del grupo asesor sobre turismo de la Comisión de la UE. La EFFAT desempeña en este sentido una función de coordinación y respaldo.

Un diálogo social adicional pudo establecerse desde mediados de los años 90 con la “Federa-ción Europea de Restauración Colectiva” (FERCO). Entre los temas tratados no sólo estu-vieron los problemas generales de la formación y el desarrollo continuo: En 1999 fi rmaron un “Acuerdo para la formación profesional en el sector de la restauración colectiva euro-pea”.44 Algunas asociaciones miembros tomaron los principios del acuerdo al pie de la letra en las disposiciones nacionales para la formación interna de trabajadores en la industria hotelera y hostelera. Otros acuerdos y declaraciones hacen referencia al impuesto sobre el valor añadido, cuestiones de la seguridad de los alimentos, y, cada vez más, también a la protección del medio ambiente. En 2005 pudo aprobarse un extenso y detallado “compen-dio sobre una oferta favorable económicamente en la restauración colectiva. El objetivo del compendio publicado en prácticamente todos los idiomas europeos es ser de ayuda a los clientes públicos y privados e instituciones en la comparación de los proveedores de restau-ración colectiva externa mediante esquemas de análisis detallados. Además, la EFFAT y FERCO acordaron que por “más favorable económicamente” no se entendiese sencilla-mente la oferta más barata, sino aquella que considere de forma equilibrada las necesidades de los clientes, la exigencia de calidad y diversidad de comidas, las obligaciones en el ám-bito de higiene y seguridad de los alimentos, y por último, las condiciones laborales de los trabajadores.45 Los clientes debían poder así decidirse por las ofertas de cualquier empresa que cumpliese realmente los convenios colectivos y las normas de calidad y que considerase

FERCO

44 El documento se encuentra en Internet en la siguiente dirección: http://ec.europa.eu/employment_social/dsw/public/actRetrieveText.do;jsessionid=Lmb49W22y4TJXJQ0ppkxW427ws2hT4qm0pRwYYWQmCJphc0wsS3F!1482349680?id=8526

45 Véase EFFAT-FERCO (Ed.), “Guía sobre la oferta ‘más favorable económicamente’ en la restauración colectiva”, Bruselas 2006.

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los criterios de calidad y sostenibilidad. A los consejos de empresa en las empresas y autoridades europeas que tienen derecho de intervención en el nombramiento de empresas de restauración colectiva se les exigió por circular utilizar en sus empresas sus derechos de participación para la implantación del compendio, y, con ello, para la mejora de las con-diciones laborales en el ámbito de la restauración.46

En enero de 2007, la EFFAT y FERCO pudieron fi nalmente, después de un prolongado trabajo preparatorio, suscribir un detallado “Acuerdo sobre la responsabilidad social de las empresas (RSE) en el sector de la restauración colectiva”.47

Para la EFA, la continuación del diálogo social con las confederaciones agrícolas europeas constituyó en los años 90, como anteriormente, el ámbito de actividad más importante. Se emitieron varios informes conjuntos de la EFA y la COPA/COGECA sobre el acompaña-miento social de la Política Agraria Común que trataban principalmente, como en décadas anteriores, cuestiones de prejubilación, de formación profesional y protección laboral ( salud y seguridad). Respecto al tema de la organización del trabajo, en 1997 se pudo acordar una “Recomendación marco para la mejora del empleo remunerado en la agri-cultura” con la patronal. También incluyó un capítulo sobre “Disposiciones sobre el tiempo de trabajo” que continuó y mejoró las normas del acuerdo aprobado ya en 1978 y 1980. El acuerdo iba mucho más allá de las disposiciones poco ambiciosas de una primera directiva laboral de la UE aprobada en 1993, mediante la determinación de un tiempo de trabajo anual máximo de 1.827 horas. A su vez, contenía disposiciones adicionales detalladas representativas sobre las horas extraordinarias, el trabajo nocturno, la compensación de tiempo libre y cuestiones similares, y recalcaba el objetivo declarado de los negociadores de prestar en su ámbito de competencia una contribución al fomento del empleo48 En el ámbito de la organización del tiempo de trabajo, la EFA (su todavía muy pequeño secre-tariado fue dirigido hasta 1997 por Eddy Klöcker, y posteriormente, hasta el año 2000 por Wolfgang Weipert) pudo una vez más respaldar de forma efi caz la política de convenios colectivos de sus organizaciones miembros.

En el campo de la formación, la EFA y las organizaciones agrícolas acordaron la elaboración de un extenso libro blanco sobre la formación profesional en Europa, que pudo aparecer en el año 2000, acompañado de una conferencia sobre el tema de la ocupación.49

En el nuevo mileno, el diálogo social en el ámbito agrícola también condujo a una serie de pactos y acuerdos. El 5 de diciembre de 2002, GEOPA-COPA y EFFAT suscribieron un acuerdo sobre la formación profesional en la agricultura que ponía énfasis en que debía fomentarse la movilidad de los trabajadores en Europa y reconocerse el valor de la formación.

En el ámbito de la protección laboral (salud y seguridad), la EFFAT continuó también el trabajo de su organización predecesora en el marco del diálogo social.50 Finalmente, como consecuencia de un “Acuerdo europeo sobre la formación profesional en el sector agrícola”

Diálogo social en el ámbito agrícola

46 Una versión electrónica del compendio está disponible en: www.contract-catering-guide.org47 Éste también se encuentra en Internet: http://www.effat.org/fi les/1182518326_fr_ferco_fr.pdf 48 Impreso en: Memoria EFA 1994–97, Apéndice.49 EFA (Ed.), Libro blanco: Protección del empleo mediante formación profesional y formación continua en el sector

agrícola europeo, Bonn 2000 (= Aportaciones a la política social y de empleo europea, 1).50 El 21 de noviembre de 2005 el presidente de la GEOPA/COPA y el presidente agricultura de la EFFAT, Peter Holm,

suscribieron un “Acuerdo europeo sobre la reducción de la exposición de los trabajadores al riesgo de trastornos mus-culoesqueléticos de origen profesional en agricultura”

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51 Véase: www.agripass.eu .52 Véase: www.rural-services.eu 53 Resolución de la Comisión del 20 de mayo de 1998; 98/500/CE.54 EFFAT (Ed.), Memoria 2001–2004, pág. 74.55 Sindicato de la industria metalúrgica, textil y alimentaria.

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del 5 de diciembre de 2002 pudo lograrse recientemente la introducción a medio plazo de un “pasaporte de capacitación” para los trabajadores europeos del sector agrícola: Agripass”)51 Y, en 2007, la EFFAT logró, a través de un acuerdo con sus interlocutores sociales para servicios agrícolas, la primera profesión unifi cada en toda Europa en el sector agrícola: los técnicos de los servicios agrícolas.52

De forma general, la importancia del diálogo social en un nivel sectorial europeo cobró peso después de la entrada en vigor del Tratado de Maastricht y caracterizó el trabajo de las federaciones sindicales europeas. En 1998, la Comisión precisó las competencias de los comités sociales sectoriales mediante una nueva directiva que contenía disposiciones detalladas sobre su constitución, representatividad y modo de trabajo.53

* * *

La caída del muro de Berlín en noviembre de 1989 y, con ello, el fi n sellado de la Guerra Fría, fi jó otro importante campo de trabajo en la agenda del movimiento sindical europeo, y también del movimiento sindical internacional: la transformación de economías planifi -cadas socialistas en economías de mercado con la transición de la dictadura de un partido a la democracia parlamentaria signifi có un nuevo comienzo para la creación de estructuras sindicales libres y democráticas en los países de Europa Central y Oriental (ECO). Este proceso debía desembocar en 2004 para Polonia, Hungría, República Checa y Eslovaquia, Eslovenia y los tres Estados bálticos en la entrada a la Unión Europea.

Los sindicatos sectoriales europeos y la CES abogaban sin restricciones por la entrada de los países ECO en la UE y lo impulsaron mediante numerosas medidas. La EFFAT observó aquí “un paso histórico para la superación de la división de Europa”54; en consecuencia, la EFFAT o sus dos organizaciones predecesoras respaldaron de forma activa desde 1990 la creación de estructuras sindicales en los antiguos Estados del bloque oriental. También la EFA y el SETA-UITA, éste último en estrecha cooperación con el UITA y, no pocas veces, bajo el auspicio de o en colaboración con comités europeos de empresa, realizaron desde principios de los años 90 una serie de seminarios básicos y medidas de formación de todo tipo para miembros y funcionarios de los nuevos sindicatos que se iban a formar. Los lugares de reunión y formación iban desde Sarajevo a Moscú. Numerosos sindicatos nacio-nales se hermanaron con las organizaciones de trabajadores en decadencia en los Estados ECO. De este modo, por ejemplo, los sindicatos escandinavos cuidaron de los sindicatos del Báltico, el GMTN55 austriaco de los sindicatos húngaros, y los sindicatos belgas de sus organizaciones asociadas en Eslovaquia.

El objetivo era la creación de estructuras sostenibles y resistentes de trabajo de los sindica-tos de Europa Central, Oriental y del Sudeste, con el fi n, no exclusivo, de poder compensar

Sindicatos de Europa

Central y Oriental

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socialmente el poder de los grupos de empresas transnacionales que se trasladaban a una velocidad de vértigo a los nuevos mercados, particularmente de los grupos de empresa ac-tivos en el sector alimentario, pero también en el sector hotelero y de la restauración. Al principio no sólo se trataba de respaldar a la organización ECO en la creación de una políti-ca independiente de convenios colectivos. La EFFAT y sus dos predecesores intentaron prestar una contribución a reducir gradualmente el abismo de los estándares sociales entre los Estados de Europa Occidental y los Estados ECO y evitar el dumping salarial antisocial. A su vez, la anteriormente mencionada vinculación temprana de los centros de producción ubicados en los nuevos Estados miembros en los Estados CoEE, y el intento de determinar estándares mínimos para toda Europa en el marco del diálogo social para la confi guración de las relaciones laborales apuntaban en esa dirección.

En resumidas cuentas, la EFFAT y sus predecesores respaldaron a los sindicatos ECO de su ámbito de organización mediante una amplia variedad de medidas, no sólo mediante la concesión de contribuciones de afi liación reducidas, desde la segunda mitad de la década de los 90, el SETA-UITA contaba junto con el UITA con cuatro ofi cinas de coordinación en los Estados ECO (en Budapest, Moscú, Vilnius y Zagreb) y organizaba “Conferencias de coordinación ECO” regulares. En la primera de estas conferencias en 1996 en Praga, la región ECO se dividió, por razones técnicas de trabajo, en cuatro regiones, asistidas por las respectivas ofi cinas. Justo antes de la asociación con la EFA ya pertenecían al SETA-UITA 23 organizaciones miembros de 12 Estados de Europa Central y Oriental.56

Con la fusión de ambas federaciones sindicales europeas en la EFFAT se escribió un nuevo capítulo con el cambio de siglo en la historia de la organización de los sindicatos europeos en el sector agrícola, alimentario y turístico. La nueva organización también debía encar-garse de seguir respaldando a las organizaciones ECO en el proceso de ampliación de la UE e integrarlas plenamente en todas sus actividades y estructuras de decisión sindicales.

56 37–39. Véase Informe de actividades SETA-UITA 1997–2000, pág. 67 y siguiente y Apéndices 37–39.

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REORGANIZACIÓN:

La constitución de la EFFAT –

Política sindical europea en el siglo 21

La colaboración del movimiento sindical europeo en el sector agrario, alimentario, y turís-tico tiene una larga tradición. El primer secretariado de ambas organizaciones fue dirigido, esto se describió al principio, en unión personal por Astrid Lulling, hasta 1983 existió una junta de ofi cina entre la EFA y el ETUCF. Desde 1983 las federaciones de los sindicatos agrarios y alimentarios lanzaron con el “Euro-Bulletin“ un órgano de comunicación para sus organizaciones miembros. Esto fue algo natural, ya que numerosos sindicatos naciona-les en el sector agrario y alimentario pertenecían tradicionalmente tanto a la EFA como al SETA-UITA. Ambas organizaciones elaboraron numerosos campos funcionales político-sindicales, que comprendían cuestiones de la seguridad de los alimentos, pasando por la protección de los consumidores, hasta el tema general de la ecología, especialmente en los múltiples comités consultivos de la Comunidad trabajaron durante muchos años en estrecha sintonía.

En vista de las crecientes exigencias a la política sindical europea a consecuencia del Tratado de Maastricht, aumentó la necesidad de abordar conjuntamente las funciones existentes. En la primavera de 1993 ambas organizaciones se declararon básicamente preparadas para la fusión; un acuerdo de cooperación suscrito el 1 de abril del año siguiente hacía referen-cia a las siguientes consideraciones y objetivos que fueron formulados previamente en un documento conjunto:

“Mientras que las fábricas agrícolas en Europa y también los directores de grupos de empresa y sus grupos de presión europeos se han vuelto cada vez más grandes e infl uyentes, los sindicatos apenas están armados para el nuevo desafío. Por el contrario: La ofensiva de la globalización ha conducido en muchos lugares a un debilitamiento peligroso de los sindicatos (…). Esta evolución con una calidad totalmente nueva nos exige, por tanto, también como sindicatos, adaptar nuestras estructuras y conceptos a los nuevos retos. La justicia social no es una cuestión del mercado o de buenos argumentos, sino una cuestión de poder. Por tanto, debemos agrupar y utilizar de forma óptima nuestros recursos políti-cos, fi nancieros, organizativos y personales”.57

No obstante, el proceso de fusión pretendido de 1993/94 volvió a encallar. En 1997 se logró aprobar el borrador de un plan de fusión conjunto. Al fi nal del otoño de 1997 los congresos

57 Citado en el mismo lugar, pág. 65.

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58 Véase EFFAT (Ed.), Estatutos (Preámbulo).

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de la EFA y del SETA-UITA reforzaron su voluntad de fusión. No obstante, la fusión tardó aún tres años en consumarse. De todos modos, la mayoría de las cuestiones y detalles confl ictivos relativos a la fusión pudieron aclararse de antemano y se pudo garantizar la capacidad de trabajo de la nueva federación sindical europea desde el principio.

Finalmente, ambas organizaciones se fusionaron el 11 y el 12 de diciembre de 2000 en un congreso conjunto en Luxemburgo como la Federación Sindical Europea para los sectores Sector Alimentario, Agrario y Turístico (EFFAT). Uliano Stendardi fue nombrado nuevo presidente, Harald Wiedenhofer secretario general. La EFFAT reposa sobre los tres pilares sectoriales de la industria de los alimentos, las bebidas y el tabaco, el turismo y la agricul-tura, que dentro del secretariado son atendidos por un/a secretario/a respectivamente. Las asembleas generales de los sectores individuales eligen además a un presidente sectorial.

Conforme al preámbulo de sus estatutos, la EFFAT es una federación sindical europea autó-noma que actúa para una representación conjunta y consistente de los intereses de los miembros en todos los asuntos europeos intersectoriales. “A su vez, representa a la mayor parte de los trabajadores de la cadena alimentaria “desde el campo hasta la mesa”. Más allá de un nivel europeo, su objetivo como organización regional en la UITA es defender los intereses de los trabajadores de su ámbito de organización también en todo el mundo. Más fuerte que otras federaciones sindicales europeas, la EFFAT se considera comprometida también con el trabajo y la solidaridad sindical internacional.58

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La EFFAT concede una mayor importancia que los estatutos de las organizaciones predece-soras59 a los temas “igualdad de oportunidades entre géneros”. Bajo los términos genéricos “gender mainstreaming” debía integrarse la dimensión de la igualdad de oportunidades y de las perspectivas de género en todos los ámbitos de la planifi cación política de la EFFAT. En sus gremios y estructuras, la cuota de mujeres debía corresponderse desde ahora con la cuota de su afi liación, otro objetivo de los estatutos era también que los/las mandatarios/as y sus representantes debían ser de distintos sexos. Sin embargo, se trataba de disposicio-nes voluntarias y no de normas de obligado cumplimiento. De todos modos, se logró aumentar la participación de delegadas en congresos, en el congreso de la EFFAT de 2005 aumentó un 7% respecto al congreso de constitución del año 2000 hasta el 31%. Las propuestas del Comité de mujeres en el 2° Congreso de la EFFAT de 2005 de crear derechos vinculantes de participación de las mujeres y de sancionar su infracción, lograron avances sucesivos. Sin embargo, la participación razonable en los distintos gremios de la EFFAT conforme a su cuota de afi liación en las asociaciones vinculadas todavía no se ha im plementado completamente.60

No obstante, el tema “gender mainstreaming” experimentó sin duda, con la constitución de la EFFAT y con las discusiones sobre los estatutos asociadas a dicha constitución, una fuerte revalorización política como nuevo tema central del trabajo sindical.

Para alcanzar sus objetivos sindicales, la EFFAT asume distintas funciones centrales confor-me a la propia concepción de sí misma. Frente a las organizaciones miembros tiene, en primer lugar, una función de servicio, que incluye la información y el asesoramiento de las federaciones asociadas, la asistencia a los CoEE y la organización de un intercambio de consultas europeo; su segunda función reside en la coordinación de la política de sus miembros, especialmente en reestructuraciones de empresas, en la lucha contra el dumping social y, fi nalmente, en el trabajo de negociación de convenios colectivos, funciones que puede prestar a continuación con voz a nivel europeo. En este sentido, en los años 1999 y 2000 se establecieron las bases y se crearon las estructuras pertinentes. Por último, de cara al exterior, la EFFAT tiene la función de representar los intereses de sus miembros y de participar en las negociaciones con las instituciones europeas, las asociaciones industriales y de empresarios y las direcciones de grupos de empresa europeos.61 A su vez, la EFFAT no tiene como objetivo “ocupar el sitio de los sindicatos nacionales”, sino más bien “cubrir los espacios que no son accesibles para los sindicatos nacionales”.62

Además, la EFFAT dio prueba tempranamente de su capacidad de movilización y campaña. Con el efecto de los recientes escándalos alimentarios, organizó el 24 de abril de 2001 en Luxemburgo una manifestación bajo el lema „Piensos seguros – Alimentos Seguros – Comidas seguras – Trabajos seguros en la agricultura y en la industria alimentaria y turís-

Gender Mainstreaming

Funcionesde la EFFAT

59 Los estatutos del SETA-UITA, modifi cados por última vez en 1997, contemplaban única-mente una “participación razonable” de las mujeres en los congresos. Esto se consideraba cumplido cuando entre tres y cuatro de los delegados enviados por los sindicatos miembros al menos se encontraba una mujer, para entre cinco y ocho delegados debía haber dos mujeres, véase SETA-UITA, estatutos, art. IV.1.

60 Véase EFFAT (Ed.), Política de la EFFAT para la igualdad de hombres y mujeres – Resultados y perspectivas, Bruselas 2006.61 La propia EFFAT distingue su función orientada hacia el exterior en una función de representación y negociación que

se resumió aquí; véase EFFAT (Ed.), campos de trabajo de la EFFAT, pág. 2005–2009, pág. 8 y siguiente62 EFFAT (Ed.), campos de trabajo 2005–2009, Bruselas 2005, pág. 6.

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tica” en la que no menos de 3.000 participantes respaldaron las exigencias de la EFFAT de una política agraria y alimentaria sostenible.

Además del trabajo (ya descrito en la sección previa) en los distintos comités sociales sectoriales, el trabajo del CoEE siguió ocupando en la primera década del nuevo mileno el centro de la actividad sindical en el ámbito de organización de la EFFAT. En la década actu-al siguió aumentando el número de CoEE en el sector alimentario y turístico. Después del 1 de mayo de 2004 y la entrada de Eslovenia, Hungría, Eslovaquia, República Checa, Polonia, Lituania, Letonia, Estonia, Chipre y Malta, la directiva CoEE también entró en vigor en los nuevos países de la UE. La EFFAT debía ahora llevar adelante de forma perseverante su política defendida tradicionalmente de una vinculación de los centros de producción en los nuevos países miembros en el trabajo del CoEE. La difi cultad que ello implicaba quedó patente por el hecho de que hasta principios de 2005 sólo se había logrado en 20 CoEE la inclusión de representantes de trabajadores de los Estados recién integrados (de unos 60 considerados). Volvieron a producirse intentos de obstrucción por parte de las direcciones de empresa. Con el resto de sindicatos europeos, la EFFAT también hizo un llamamiento con carácter de urgencia a la Comisión Europea para crear un nuevo borrador de directiva que permitiese a los trabajadores evitar este bloqueo.

* * *

La década actual no sólo estuvo marcada para la UE por la ampliación, especialmente mediante la aceptación de los Estados ECO, y, con ello, la superación de la división de Europa. Pese a todos los debates en torno de la capacidad de negociación insufi ciente, también estuvo marcada por una mayor cooperación de sus miembros. El Proceso de Lisboa iniciado en 2000 persigue el objetivo de convertir a la UE en un plazo de diez años en el espacio económico más competitivo y dinámico, respaldado por el conocimiento, del mundo. Y con la designación del euro como moneda común, el 1 de enero de 1999 comenzó el tercer y último nivel de la unión monetaria europea, que comprendía por entonces a 15 Estados de la UE. A medida que la UE se ampliaba y profundizaba, y las empresas seguían una política de ubicación europea con estructuras de dirección realmente europeas, también cobró importancia la lucha contra el dumping social.

Este tema también trataba de la confrontación en torno a la directiva de servicios. Se dirimió en la mitad de la década actual con una atención de los medios y una controversia pública no vista hasta ahora para un tema de política social europea.

CoEE

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La confrontación en torno a la directiva de servicios mostró a ojos de una amplia parte de la sociedad europea en qué medida la calidad de las relaciones laborales y estándares sociales se había determinado mediante decisiones de la UE. El debate en torno a la direc-tiva contribuyó esencialmente, según la opinión general, a que se rechazase el borrador de Constitución Europea a ratifi car de forma simultánea en los referendos en Francia y los Países Bajos. Su primer borrador respondía plenamente a una fi losofía que apostaba por la desregulación y la liberalización que había predominado al comienzo del nuevo siglo en la mayoría de las naciones industrializadas occidentales. Los sindicatos exigieron que los proveedores de servicios tuviesen que estar vinculados a los estándares sociales del país en el que prestaban realmente sus servicios. Con ocasión de la segunda lectura de la directiva, modifi cada en varios puntos, el 14 de febrero en Estrasburgo salieron a la calle no menos de 40.000 personas aquí y en Berlín, bajo convocatoria de la CES, de las federaciones sindicales europeas y de las organizaciones miembros nacionales. Se trataba de la cuestión fundamental de si los trabajadores que realizan el mismo trabajo en el mismo puesto de trabajo, también deben ser compensados de forma equivalente o no.63

La cuestión “principio del país de origen o país de destino” ha cobrado una fuerza explosiva mediante la directiva sobre el desplazamiento de trabajadores que prestan servicios y diferentes sentencias del Tribunal de Justicia Europeo sobre la libertad de movimiento de los trabajadores y la migración de ciudadanos de fuera de la UE al mercado laboral europeo, y dicha cuestión mantendrá sin duda ocupada a la EFFAT durante años.

Directiva deservicios

63 Todavía parece demasiado pronto para realizar una valoración defi nitiva de los efectos de la directiva de servicios aprobada fi nalmente en su forma modifi cada. Muchos observadores juzgaron en un primer momento que los sindica-tos pudieron modifi car disposiciones esenciales de la directiva según sus intereses.

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Consideraciones fi nales

En los cincuenta años en los que los sindicatos europeos operan en el ámbito del actual campo de organización de la EFFAT, el perfi l de exigencias para el trabajo sindical se ha transformado de forma esencial. Después de que, como consecuencia de la constitución de la CEE en 1958, se estableciese un Grupo Colectivo de Trabajo de los Sindicatos Agrarios Europeos y poco tiempo después también un Comité Sindical Europeo para el Sector Alimentario, de las Bebidas y el Tabaco y la Hostelería, que duró hasta 1963, ambas organi-zaciones decidieron crear una ofi cina de enlace conjunta en Bruselas. En esta época, los secretariados de los comités sindicales europeos eran poco más que ofi cinas de información y consulta que informaban a las organizaciones nacionales sobre los procesos más im-portantes en Bruselas, que coordinaban el envío de expertos sindicales nacionales a los numerosos comités de la CEE y que preparaban en únicamente reuniones esporádicas de los gremios sindicales. Esto apenas cambió en los años 70, como tampoco lo hicieron los muy limitados recursos fi nancieros y personales de los secretariados. Pese a ello, la EFA logró, en el marco de un diálogo social con la COPA-GEOPA, el primero de todos los diálogos sociales sectoriales, llegar a acuerdos efectivos, especialmente en los campos de la protección laboral y del tiempo de trabajo.

En los años 80 las estructuras sindicales europeas se consolidaron en el ámbito de organi-zación actual de la EFFAT, aunque de forma lenta, y al igual que antes, a un bajo nivel. Sólo después de la fi rma del Acta Única Europea aumentó, con el efecto de la consumación del mercado interior, la comprensión de los sindicatos nacionales de Europa como arena de la política sindical. A su vez, con la creación de las primeras estructuras de un diálogo social a nivel europeo y mediante la constitución de las primeras estructuras de participación en los grupos de empresas individuales a nivel europeo se abrieron nuevos campos de actuación de la política sindical que se ampliaron considerablemente como consecuencia del Tratado de Maastricht. “Maastricht” no sólo trasladaba las competencias de decisión centrales en el ámbito del entorno de trabajo (y también los importantes ámbitos de la seguridad de los alimentos y la protección del consumidor para los sindicatos agrarios, alimentarios y turísticos) desde un nivel nacional a nivel europeo, sino que también sentaba unas nuevas bases cualitativas para el diálogo social sectorial e intersectorial entre los inter-locutores sociales. Con la aprobación de la directiva CoEE y la expansión sucesiva de constituciones de órganos de participación europeos, un año más tarde se añadió un campo central de actuación adicional para una política sindical moderna. La constitución de la EFFAT no solo sirvió para aunar fuerzas sindicales para la multiplicidad de funciones y campos de trabajo que se abrirían tan solo unos pocos años después.

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64 Véase de forma general: EFFAT (Ed.), campos de trabajo 2005–2009.

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¿Cuál es el futuro del trabajo sindical en el sector agrario, alimentario, hotelero y turístico a nivel europeo? Si bien no pueden realizarse pronósticos desde una perspectiva científi ca e histórica, no obstante, parecen plausibles los siguientes supuestos: los efectos de la globa-lización con sus permanentes traslados económicos y reestructuraciones de empresas crecerán probablemente de forma constante, y la capacidad de los Estados nacionales para abordar los problemas asociados a ello chocará contra sus fronteras de forma más intensa a lo que se observa en la actualidad. Por ello, el papel de Europa y, especialmente de la UE, como espacio de protección social (potencial) crecerá seguramente. En la confi guración de este espacio de protección debe demandarse en primer lugar la participación de los sin-dicatos. La EFFAT perseguirá y ampliará sus campos centrales de trabajo político-sindicales declarados de los últimos años. De forma particular, parece urgente seguir abordando de forma intensiva los siguientes campos de trabajo:64

• Debe seguir impulsándose la creación sucesiva de nuevos CoEE y el estímulo y el desar-rollo continuo de CoEE existentes como órganos de participación auténticos de los trabajadores, con la integración particular de los Estados ECO, pero también de los Estados (todavía) no pertenecientes a la UE. El hecho de que los CoEE con capacidad de funcionamiento estén capacitados, como mínimo, para paliar con éxito las reestructura-ciones de grupos de empresas, ya se ha demostrado desde mediados de los años 90.

• El desarrollo continuo del diálogo social a nivel sectorial seguirá siendo sin duda uno de los campos de trabajo más importantes de la política de la EFFAT. Los diálogos sociales con la industria hostelera y en la agricultura, y, especialmente, el diálogo social con el sector azucarero, han mostrado durante los años pasados que mediante la identifi cación y la implementación de procedimientos “best practice” se pueden mejorar las condicio-nes laborales locales en muchos sentidos.

• Ante el escenario del rápido progreso tecnológico y la transformación económica, el conjunto de temas relativos a la formación y al desarrollo continuo, la mejora de la capacidad de empleo mediante el “aprendizaje permanente” cobrará sin duda una mayor importancia, también para la EFFAT, y también, pero no únicamente, en el diálogo con los distintos interlocutores sociales a nivel europeo.

• Para impedir el dumping social se necesita una coordinación más consistente de la política nacional de convenios colectivos a nivel europeo. A medio plazo, también debería ser concebible evitar convenios colectivos transfronterizos que hagan enfrentarse a los trabajadores en distintos países a las direcciones de los grupos de empresas.

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• La protección de los consumidores, la seguridad de los alimentos y la reforma sucesiva de la PAC también seguirán siendo importantes campos de trabajo para la EFFAT. En este sentido debería seguir impulsándose una compensación justa de intereses de los pequeños productores agrícolas fuera de Europa, especialmente del tercer mundo. A su vez, a la EFFAT también se le exigirá que se vele por los intereses tanto de los numerosos trabajadores inmigrantes de su ámbito de organización, como también de las exigencias de los pequeños agricultores.

También existen otros nuevos temas importantes, como los efectos del cambio climático sobre los trabajadores en el sector turístico y agrario. El objetivo de la EFFAT es, a través de iniciativas sindicales, contribuir a un desarrollo sostenible y ecológico, especialmente en el sector agrario y turístico, para luchar contra el cambio climático. Respecto al tema repre-sentativo “gender mainstreaming” y la cuestión de cómo abordar la migración dentro de y hacia la UE, la EFFAT ofrece la oportunidad de recalcar los valores originales sindicales de la solidaridad y la humanidad, y mejorar así el movimiento sindical entre los jóvenes trabajadores. No obstante, un requisito es que se refuerce desde una perspectiva política y organizativa el papel de un secretariado, en el que no abundan los recursos fi nancieros y personales para el cumplimiento de sus funciones.

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AdsD Archivo de la democracia social AELC Asociación Europea de Libre Comercio Art. Artículo AUE Acta Única Europea CE Comunidad Europea CECA Comunidad Europea del Carbón y del Acero CEE Comunidad Económica Europea CEFS Comité Européen des Fabricants de Sucre (Comité Europeo de Fabricantes d’Azúcar) CES Confederación Europea de Sindicatos CES Comité Económico y Social CoEE Comité de empresa europeo COGECA Confederación General de la Cooperación Agrícola COPA Comité de las Organizaciones Profesionales Agrícolas ECO Europa Central y Oriental EFA Federación Europea de Sindicatos de Trabajadores Agrícolas EFFAT Federación Europea de Sindicatos de la Alimentación, Agricultura y Turismo EMCEF Federación Europea de Trabajadores de Minera, Química y Energiá ETLC Comité de Enlace Sindical Europeo para el Sector Turístico ETUCF Comité Sindical Europeo para la Alimentación, las Bebidas y el Tabaco y la Hostelería FERCO Federación Europea de Trabajadores para el Sector de Restauración Colectiva FITPAS Federación Internacional de las Plantaciones, Agrícolas y Similares GGLF Sindicato Alemán de Horticultura, Agricultura y Silvicultura GITES Unión Europea de la Industria del Tabaco HOTREC Asociación de Trabajadores de Hoteles, Restaurantes y Cafeterías en la Unión Europea IG BAU Sindicato alemán de la Construcción, la Agricultura y el Medioambiente IISG Instituto Internacional de Historia Social ILF Federación Internacional de Trabajadores Agrícolas NGG Sindicato alemán de Hostelería, Alimentación e Industrias Afi nes OCDE Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico OIT Organización Internacional del Trabajo ONG Organización No Gubernamental PE Parlamento Europeo PYME Pequeñas y medianas empresas SETA-UITA Sindicato Europeo de Trabajadores de la Alimentación, Hotelería y Afi nes dentro de la UITA SSE Secretariado Sindical Europeo TCE Tratado de la C(E)E UE Unión Europea UITA Unión Internacional de Asociaciones de Trabajadores de Alimentos y Ramos Afi nes

Relación de abreviaturas

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Fuentes:

Archivo de la Democracia Social de la Fundación Friedrich Ebert:Colecciones: EFA ILF/ELF SETA/UITA y predecesores

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Dirección bibliográfi ca

Editor : Fundación Friedrich-EbertPolítica sindical mundialGodesberger Allee 14953175 Bonn

© Fundación Friedrich-Ebert

Texto y redacción:Rainer Fattmann

Fotos: Archivo de la democracia social, EFFATDado que en algunos casos no ha sido posible identifi car con certeza los autores y derechohabientes, el editor pide que se le mande las reclamaciones.

Formatación:Pellens Kommunikationsdesign, Bonn

Impresión: Warlich Druck Meckenheim GmbH

Imprimido en Alemania, 2008

ISBN 978-3-89892-989-9

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ISBN 978-3-89892-989-9