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SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SG-SST PROENSALUD PROFESIONALES EN SALUD SINDICATO DE GREMIO Asesorado por SANDRA E. ORTIZ SALAZAR ASESOR EN PREVENCIÓN POR PROYECTOS COLMENA,Vida y Riesgos Laborales REVISADO POR: ANDREA MARÍA SUAZA TORRES Coordinadora Salud Ocupacional Con licencia N°096452 MEDELLÍN Enero de 2014

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SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SG-SST

PROENSALUD PROFESIONALES EN SALUD SINDICATO DE GREMIO

Asesorado por

SANDRA E. ORTIZ SALAZAR ASESOR EN PREVENCIÓN POR PROYECTOS

COLMENA, Vida y Riesgos Laborales

REVISADO POR: ANDREA MARÍA SUAZA TORRES Coordinadora Salud Ocupacional

Con licencia N°096452

MEDELLÍN

Enero de 2014

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CONTENIDO

PRESENTACIÓN

1. DEFINICIONES

2. GENERALIDADES DE LA EMPRESA

2.1 Identificación

2.2 Actividad económica

2.3 Número de Sedes y Ubicación

2.4 Horario de Trabajo

2.5 Número de trabajadores

2.6 Principales Materiales, Maquinaria y Herramientas Utilizadas

3. ORGANIZACIÓN DE LA SALUD OCUPACIONAL

3.1 Marco conceptual

3.2 Marco legal

3.3 Objetivos del programa de salud ocupacional

3.4 Liderazgo y administración (organigrama, responsable, política, funciones)

3.4.1 Organigrama

3.4.2 Política de Salud Ocupacional

3.4.3 Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial

3.4.4 Roles y Responsabilidades

3.4.5 Recursos

3.4.5.1 Recurso Humano

3.4.5.2 Recursos Físicos

3.4.5.3 Recursos Económicos

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4. SUBPROGRAMAS A DESARROLLAR

4.1 Subprograma de Medicina Preventiva y del Trabajo

4.1.1 Definición y objetivos

4.1.2 Seguimiento médico al trabajador (Exámenes de ingreso, periódicos y retiro)

4.1.3 Programa de inmunizaciones

4.1.4 Programa de ausentismo

4.1.5 Sistemas de Vigilancia Epidemiológica

4.1.6 Programa para la prevención de sustancias psicoactivas

4.2 Subprograma de Seguridad Industrial

4.2.1 Definición y objetivos

4.2.2 Matriz de Peligros

4.2.3 Programa para la intervención de la accidentalidad.

4.2.4 Inspecciones de auditoria

4.2.5 Señalización y demarcación de áreas

4.2.6 Plan de emergencias

4.2.7 Investigación de accidentes e incidentes de trabajo

4.2.8 Elementos de protección personal

4.2.9 Manual de Bioseguridad

4.2.10 Programa de Manejo de Residuos Hospitalarios y Similares

5. CAPACITACIÓN E INDUCCION

6. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

7. EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

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LISTA DE ANEXOS

Anexo 1 Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial

Anexo 2 Exámenes médicos de ingreso, periódicos y retiro

Anexo 3. Base de datos del historial inmunológico contra HB

Anexo 4. Estadísticas de accidentalidad y ausentismo laboral

Anexo 5. Sistemas de Vigilancia Epidemiológica para Riesgos Prioritarios:

OSTEOMUSCULAR, BIOLÓGICO

Anexo 6. Matriz de Peligros

Anexo 7 Programa de Auditoría para el manejo integral del riesgo Biológico

Anexo 7. Inspecciones de Seguridad con enfoque Programa JANO: Almacenamiento,

Aseo, Orden, Seguridad Y Tecnovigilancia

Anexo 8. Inspección de extintores

Anexo 9. Elementos de protección personal por cargo

Anexo 10. Manual de Bioseguridad

Anexo 11 Procedimiento y Formato de investigación de Accidentes

Anexo 12 Fichas de seguridad

Anexo 13 PLAN DE ACCION CONJUNTA

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PRESENTACIÓN

La Seguridad y Salud en el Trabajo actualmente representa una de las herramientas de gestión más importantes para mejorar la calidad de vida laboral en las empresas y con ella su competitividad. Esto es posible siempre y cuando la empresa promueva y estimule en todo momento la creación de una cultura en seguridad y salud ocupacional que debe estar sincronizada con los planes de calidad, mejoramiento de los procesos y puestos de trabajo, productividad, desarrollo del talento humano y la reducción de los costos operacionales.

Es por ello que PROENSALUD, tiene entre sus propósitos desarrollar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST, con el fin de mejorar la calidad de vida laboral, lograr una reducción de los costos generados por los accidentes y las enfermedades laborales, mejorar la calidad de los servicios y ante todo generar ambientes sanos para los que allí trabajan.

El interés es suministrar los recursos necesarios para responder a las demandas de la población trabajadora respecto a su salud y el medio ambiente laboral, así como para dar cumplimiento a la normatividad vigente.

El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST está orientado a lograr una adecuada administración de riesgos que permita mantener el control permanente de los mismos en los diferentes oficios y que contribuya al bienestar físico, mental y social del trabajador y al funcionamiento de los recursos e instalaciones.

El documento que se presenta a continuación refleja el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST para la empresa basado en las características especificas de su proceso y su actividad económica.

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1. DEFINICIONES

Accidente de trabajo

� Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.

� Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas del trabajo.

� Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas del trabajo.

� Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.

� También se considera accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función.

� De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión. Ley 1562 de 2012.

Enfermedad Laboral:

� Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. El Gobierno Nacional, determinará, en forma periódica, las enfermedades que se consideran como laborales y en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades laborales, pero se demuestre la causalidad con los factores de riesgo ocupacionales será reconocida como enfermedad laboral, conforme lo establecido en las normas legales y vigentes. Ley 1562 de 2012

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Factor de riesgo

� Todo aquello como elemento o sustancia que encierra una capacidad potencial de producir algún daño a la salud o a los bienes.

Riesgo

� La probabilidad de que ocurra un daño a los bienes o a la salud de las personas. Es la combinación de la probabilidad y las(s) consecuencias (s) de que ocurra un evento peligroso específico.

Peligro

� Es una fuente o situación con potencial de daño en términos de lesión o enfermedad, daño a la propiedad, al ambiente de trabajo o una combinación de éstos. (NTC-OHSAS 18001).

Riesgo no tolerable

� Riesgo que no se ha reducido a un nivel que la organización puede soportar respecto a sus obligaciones legales y su propia política de seguridad y salud ocupacional. (NTC-OHSAS 18001)

Identificación de peligros

� Metodología que define el proceso para reconocer si existe un peligro y definir sus características.

Evaluación de riesgos

� Proceso general de estimar la magnitud de un riesgo y decidir si es tolerable o no. (NTC-OHSAS 18001).

Panorama de factores de riesgo

� Se entiende por panorama general de riesgos el análisis global del conjunto de factores de riesgo presentes en ambiente laboral.

Fuente generadora:

� Se refiere a los procesos, instrumentos, objetos, condiciones físicos o psicológicas donde se originan los diferentes factores de riesgo.

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Grado de riesgo (peligrosidad)

� Es un dato cuantitativo obtenido para cada factor de riesgo detectado, que permite determinar y comparar la agresividad de un factor de riesgo con respecto a los demás.

Condiciones de trabajo y salud:

� Son el conjunto de factores relacionados con las personas y sus acciones, los materiales utilizados, el equipo o herramienta empleados y las condiciones ambientales que pueden afectar la salud de los trabajadores.

Higiene industrial

� Comprende el conjunto de actividades destinadas a la identificación a la evaluación y al control de los agentes y factores del ambiente de trabajo que pueden afectar la salud de los trabajadores.

Seguridad industrial

� Comprende el conjunto de actividades destinadas a la identificación y control de las causas de los accidentes de trabajo

Medicina del trabajo

� Es el conjunto de actividades medicas y paramédicas destinadas a promover y mejorar la salud del trabajador, evaluar su capacidad laboral y ubicarlo en un lugar de trabajo de acuerdo a sus condiciones psicobiológicas.

Salud ocupacional

� Se entenderá a partir de la Ley 1562 de 2012 como Seguridad y Salud en el Trabajo, definida como aquella disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones del trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así como la salud en el trabajo que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones.

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Seguridad y salud ocupacional

� Condiciones y factores que inciden en el bienestar de los empleados, colaboradores y visitantes y cualquier otra persona en el sitio de trabajo de la organización.

Exposición

� Es la frecuencia con la cual las personas o la estructura entran en contacto con el factor de riesgo.

Cronograma

� Registro pormenorizado del plan de acción del programa, en el cual se incluyen las tares, los responsables y las fechas precisas de realización.

Ausentismo

� Condición de ausente del trabajo. Número de horas programadas que se dejan de trabajar como consecuencia de los accidentes de trabajo o las enfermedades profesionales.

Sistema de gestión en la seguridad y salud en el trabajo / Programa en Salud Ocupacional

� En lo sucesivo a la Ley 1562 de 2012, se entenderá como el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. Este sistema consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría, y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar, y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo.

Vigilancia epidemiológica

� Sistema continuo de administración de información estratégica, tanto del ambiente como de las personas, que sirven de base para la orientación de las decisiones y las acciones para el control de los factores de riesgo y para el logro de los objetivos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

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2. GENERALIDADES DE LA EMPRESA

2.1 Identificación de la Empresa

NOMBRE EMPRESA: PROFESIONALES EN SALUD “PROENSALUD”

NIT: 900.445.494-1

DIRECCIÓN: Cra.50C No. 58-58

CLASE DE RIESGO: Nivel I III IV

ACTIVIDAD ECONÓMICA: 3851101 PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN SALUD

CIUDAD MEDELLÍN- ANTIOQUIA

TELEFONO: 4449981

REPRESENTANTE LEGAL JORGE ANDRES POSADA CARRASCAL

ENCARGADO DE SALUD OCUPACIONAL

ANDREA MARIA SUAZA TORRES

ARL Colmena Vida y Riesgos Laborales

2.2 Actividad Económica:

Empresa dedicada a la actividad económica de las instituciones prestadora de servicio de salud, con internación, incluye hospitales generales, centros de atención médica con ayudas diagnósticas, instituciones prestadoras de servicios de salud, centros especializados

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2.3 Número de Sedes y Ubicación:

Nombre de la sede Clase de riesgo

Dirección

Administrativa I Cra.50C No. 58-58 Medellín

IPS universitaria III Medellín

Hospital Amor de Patria I, III, V San Andrés Islas

Hospital Antonio Roldan Betancur I, III Apartadó

Red Distrital de Salud I, III Barranquilla

2.4 Horario de Trabajo:

Diurno Corrido 7AM 7PM

ASISTENCIAL Nocturno Corrido 7PM 7AM

Mañana 7AM 1PM

Tarde 1PM 7PM

Administrativo 8AM 6PM ADMON

2.5 Número de Trabajadores

PROENSALUD cuenta con un total de (599) trabajadores, distribuidos por áreas y por sexo, tal como se observa en las tablas

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Sede Administrativa Medellín

AREA FEMENINO MASCULINO TOTAL

ADMINISTRACIÓN 9 6 15

TOTAL 9 6 15

Sede IPS Universitaria

AREA FEMENINO MASCULINO TOTAL

Asistencial 72 89 161

Total 72 89 161

Sede Barranquilla

AREA FEMENINO MASCULINO TOTAL

Asistencial 176 139 315

Administrativos 4 1 5

Total 72 89 320

Sede San Andrés

AREA FEMENINO MASCULINO TOTAL

Asistencial 30 23 53

Administrativos 1 0 1

Total 72 89 54

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Sede Apartadó

AREA FEMENINO MASCULINO TOTAL

Asistencial 23 27 50

Administrativos 1 0 1

Total 72 89 51

2.6 Principales Materiales, Maquinaria y Herramientas Utilizadas

Equipos

� Equipos para la evaluación auditiva, presión sanguínea y vascular. � Aparatos de monitoreo de presión y tensión. � Equipo dental. � Equipo de reanimación. � Equipo de nebulización. � Equipos de Cómputo de escritorio y portátiles

Materiales:

� Agujas, baja lenguas, bisturí, aplicadores, Jeringa, torniquete, equipo de venoclisis, catéter, venocat, medicamentos, tubo de ensayo, medios de cultivos, guantes, productos de aseo.

Herramientas:

� Lámpara de iluminación intraoral � Carrito de circulación. � Pulsoxímetro � Instrumental de odontología � Instrumental Quirúrgicos � Equipo de órganos � Fonendoscopio

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� Tensiómetro � Laringoscopio � Pinzas � Torniquete � Termómetros

Maquinaria:

� Rayos X. � Intensificador de imagen � Vehículo automotor.

3. ORGANIZACIÓN DE LA SALUD OCUPACIONAL

3.1 Marco Conceptual

El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo es la bitácora de la organización que le permite promover y proveer de seguridad, protección y atención en salud a los empleados en el desempeño de su trabajo. Su principal acción es controlar los accidentes laborales en las Institución de salud, debido entre otras cosas al no cumplimiento de las normas y procedimientos implementados en la institución y por los entes reguladores de las actividades económicas, como el ministerio dela protección social la superintendencia de salud y los entes territoriales, en este programa encontrará los sistemas de aseguramiento aplicables al sector salud (OHSAS 18800, ISO 9000 y 14OOO, y decreto 2309), los programas de prevención y promoción de acuerdo a los riesgos y las acciones ha implementar: como manejo de muestras potencialmente contaminadas, reactivos peligrosos, materiales de uso delicado, infraestructuras inadecuadas y medidas por fallas humanas.

3.2 Marco Legal

Los tratados internacionales de la OIT, la Constitución Política de Colombia y las Leyes, Resoluciones y Decretos que constituyen el marco legal de la Salud Ocupacional en el país, permiten desarrollar acciones establecidas en ellas y orientar las políticas de Salud Ocupacional de la empresa. Logrando con esta aplicación, implícitamente la eficiencia y productividad de la compañía, a continuación se citan las normas dictadas por el gobierno nacional, encaminadas a promover y proteger la salud en los lugares de trabajo:

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NORMAS LEGALES CONTENIDO

Constitución Política de 1991

Ley 9ª de 1979 Código Sanitario

Norma para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones

Resolución 2400 del 22 de Mayo de 1979 de Ministerio de Trabajo

Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo

Decreto 614 del 14 de Marzo de 1984 de Ministerio de Trabajo y Ministerio de Salud

Bases para la organización y administración de Salud Ocupacional en el país

Resolución 2013 de Junio 6 de 1986 de Ministerio de Trabajo

Reglamento para la organización, funcionamiento de los comités de medicina, higiene y seguridad industrial en los lugares de trabajo.

Se complementa con el Decreto 1295 de 1994 en cuanto al nombre COPASO y funciones. Hay cambios sobre su inscripción con la Ley 1429 de 2010, parágrafo 2 Artículo 65.

Resolución 1016 de Marzo 31 de 1989 de Ministerio de Trabajo

Reglamento de la organización, funcionamiento y forma de los programas de salud ocupacional

Resolución 179 de 1990 Art: 1-2

Por la cual se adoptan valores límites permisibles para la exposición ocupacional al ruido. Evaluación de los valores límites permisibles para la exposición ocupacional al ruido de acuerdo a la jornada laboral aplicados al ruido continúo o intermitente.

Resolución 6398 de 1991 Art: 1-2-3

Por lo cual se establecen procedimientos en materia de salud ocupacional. Exámenes médicos pre ocupacionales. Práctica de exámenes médicos de admisión, para determinar la aptitud física y mental del trabajador para el oficio que vaya a desempeñar.

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DEROGADA por Res. 2346 de 2007

Resolución 1075 de 1992 art: 1-2

Actividades en materia de salud ocupacional: incluye farmacodependencia, alcoholismo y tabaquismo en los POS.

Incluir dentro de las actividades del subprograma de medicina preventiva, campañas específicas para la prevención y el control de la farmacodependencia, alcoholismo y tabaquismo.

Resolución 3715 de 1994 Campañas información y educación en materia de ETS/ VIH / SIDA

Comentario: El art. 1º. Establece que los empleadores públicos y privados, incluirán dentro de las actividades de Medicina Preventiva, establecidas por la Resolución 1016 de 1989, campañas y estrategias de promoción sanitarias orientadas a facilitar la información y educación en materia de ETS/ VIH / SIDA en los lugares de trabajo.

Decreto Ley 1295 de Junio 22 de 1994 de Ministerio de Trabajo y Ministerio de Hacienda

Organización administración del Sistema General de Riesgos Profesionales (SGRP).

Decreto 1772 de Agosto 3 de 1994 de Ministerio de Trabajo

Por el cual se reglamenta la afiliación y las cotizaciones al Sistema General de Riesgos Profesionales

Decreto 1833 de Agosto 3 de 1994 de Ministerio de Trabajo

Determina la administración y funcionamiento del fondo de riesgos profesionales

Decreto 1834 de Agosto 3 de 1994 de Ministerio de Trabajo

Reglamenta la integración y funcionamiento del Consejo Nacional de Riesgos Profesionales

Resolución 4059 de 1995 Reportes de accidente de Trabajo y enfermedad profesional

Circular 002 de 1996 de Ministerio de Trabajo

Obligatoriedad de inscripción de empresas de alto riesgo cuya actividad es 4 o 5

Ley 100 de 1993 de Ministerio de trabajo

Se crea el régimen de seguridad social integral

Ley 776 de 2002 del Congreso de Colombia

Se dictan Normas sobre la organización, administración y prestaciones del SGRP. (hace cambios importantes al decreto 1295/1994)

Decreto 1607 de 2002 de Ministerio de trabajo y

Se modifica la tabla de clasificación de actividades económicas para

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seguridad social el SGRP Decreto 2100/1995

Ley 1010 de 2006 Por la cual se disponen medidas preventivas y correctivas para el Acoso Laboral.

Resolución 2346 de 2007 Art 1-19

Por la cual se regula las prácticas de evaluaciones medicas ocupacionales (de ingreso, control y egreso) y valoración complementaria. Personal responsable de realizar las evaluaciones médicas ocupacionales.

Contenido y custodia de las historias clínicas ocupacionales

Resolución 1918 de 2009 Modifica artículos 11 y 17 de la Resolución 2346 de 2009 evaluaciones médicas ocupacionales

Resolución 1401 de 2007 art 1 – 16

Por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo que ocurran en la empresa, he informar a la administradora de riesgo profesionales sobre los resultados de la investigación

Resolución número 2646 de 2008

Por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional.

Ley 1221 de 2008 Por la cual se establecen normas para promover y regular el Teletrabajo y se dictan otras disposiciones.

Decreto 1299 de 2008. Reglamenta el Departamento de Gestión Ambiental de las empresas a nivel industrial, de conformidad con el artículo 8 de la ley 1124 de 2007

Resolución 181294 de 2008

RETIE

Comentario: Integra las Resoluciones 180398 de 2004, 180498 de 2005, 180466 de 2007

Resolución número 3673 de 2008. (26 de septiembre de 2008)

Tiene por objeto establecer el reglamento técnico para trabajo seguro en alturas y aplica a todos los empleadores, empresas, contratistas, subcontratistas y trabajadores de todas las actividades económicas de los sectores formales e informales de la economía, que desarrollen trabajos en alturas con peligro de caídas.

Para efectos de la aplicación se entenderá por trabajo en alturas, toda labor o desplazamiento que se realice a 1,50 metros o más sobre un nivel inferior.

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Res 736 de 2009

Res 1486 de 2009

Res 1938 de 2009

Circular 070 de 2009

Res 2291 de 2010

Modifican o complementan parcialmente Resolución 3673 de 2008 (Trabajo en alturas)

Resolución 652 de 2012 Por la cual se establecen disposiciones para la conformación del comité de convivencia laboral.

Resolución 1356 de 2012 Por la cual se modifica parcialmente la resolución 652 de 2012

Ley 1523 de 2013 Por la cual se adopta la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones.

Ley 1562 de 2012 Por la cual se modifica el sistema de riesgos laborales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional

Ley 1566 de 2012 Por la cual se dictan normas para garantizar la atención integral a personas que consumen sustancias psicoactivas y se crea el premio nacional “Entidad comprometida con la prevención del consumo, abuso y adicción a sustancias psicoactivas”.

Decreto 884 de 2012 Reglamenta la Ley 1221 de 2008 (teletrabajo)

Ley 1016 de 2013 Por la cual se regulan algunos aspectos sobre las inspecciones del trabajo y los acuerdos de formalización laboral

Ley 1616 de 2013 Por medio de la cual se expide la ley de Salud Mental y se dictan otras disposiciones

Decreto 1352 de 2013 Por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez y se dictan otras disposiciones.

Comentario: Deroga el Decreto 2463 de 2001.

Por disposición del artículo 61 del Decreto 1352 de 2013, continúan vigentes las siguientes normas del Decreto 2463 de

2001: • incisos 1 y 2 del artículo 5º:

Resolución 0723 de 2013 Por el cual se reglamenta la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas y de los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo y se dictan otras disposiciones.

Decreto 1637 de 2013 Por el cual se reglamenta el parágrafo 50 del artículo 11 de la Ley

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1562 de 2012 y se dictan otras disposiciones – Intermediación de seguros

Circulares: Reglamentan aspectos administrativos y procedimentales del Sistema General de Riesgos Profesionales en lo referente a obligaciones de las Administradoras de Riesgos Laborales (A.R.L.), con el fin de regular las prácticas y llenar los vacíos dejados por la reglamentación anterior. Las Circulares expedidas por el anterior Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (actual Ministerio de Protección Social) son:

CIRCULAR FECHA ASUNTO

Circular 01 de 1997

10 de julio Presentación por parte de la A.R.P. del compromiso de servicios, anexo a la afiliación de cada empresa.

Circular 02 de 1997

10 de Julio Reglamenta la prohibición a la A.R.P. de hacer devoluciones en dinero, asumir responsabilidades de Salud Ocupacional o re-emplazar o desplazar personas en las empresas afiliadas.

Circular 03 de 1997

10 de Julio Establece el envío de información estadística por parte de la ARL sobre el Sistema de Riesgos Profesionales al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Circular 04 de 1997

10 de Julio Define aspectos sobre el procedimiento de clasificación y pago de la cotización de Riesgos Profesionales según el Decreto 2100/ 95

Circular 05 de 1997

1 de Octubre

Aclara el procedimiento de traslado de las empresas entre diferentes A.R.P.

Circular 01 de 1998

10 de marzo

Reglamenta asuntos relacionados con carnetización, divulgación de la política de Salud Ocupacional, tasa de accidentalidad, balance social y operativo y guías técnicas.

Circular 02 de 1998

7 Septiembre

Establece incompatibilidades, inhabilidades, impedimentos, recusaciones, retención en la fuente y recurso de queja ante las Juntas de calificación de invalidez.

Circular 001 de 1999

25 Enero Problemas computacionales cambio de milenio.

Circular 002 de 1999

25 Enero Informe pago de aportes.

Circular 003 de 8 de abril Establece aspectos de intermediarios de seguros; reporte extemporáneo de A.T.E.P. y empresas desafiliadas automáticamente

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1999 por no pago; vigilancia y control sobre la clasificación y cotización de las empresas afiliadas; departamentos de Promoción y Prevención de las A.R.P. y funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez.

Aclara la prohibición a la A.R.P. de no prestar algunos servicios de Salud Ocupacional que por ley son responsabilidad del empleador.

Circular 002 de 2002

20 de Febrero

Establece planes de trabajo anual y financiación de los programas de promoción y prevención que deben adelantar los empleadores y las administradoras de riesgos profesionales

Circular 001 de 2003

17 de Junio Vigilancia y control para la afiliación, promoción y prevención en riesgos profesionales

Circular Unificada de 2004

22 Abril Unificar las instrucciones para la vigilancia, control y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales

Circular 070 de 2009

13 Noviembre

Procedimientos e instrucciones para el trabajo en alturas.

3.3 Objetivos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo

Objetivo general

-Establecer el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST con el fin de prevenir accidentes y enfermedades laborales factibles de intervención, dando cumplimiento a la normatividad vigente.

Objetivos específicos

-Garantizar la adecuación, conveniencia y eficacia de la gestión del riesgo ocupacional mediante la revisión periódica gerencial.

-Garantizar el cumplimiento de los requisitos legales que en materia de seguridad y salud en el trabajo apliquen a la organización.

-Implementar sistemas de tratamiento para los riesgos significativos que aporten a disminuir la probabilidad de ocurrencia y las consecuencias.

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-Definir la estructura y responsabilidades del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST.

-Implementar un plan de prevención, respuesta y recuperación ante emergencias.

-Velar por la recuperación del trabajador y su calidad de vida mediante el proceso de reintegro laboral.

-Monitorear el desempeño del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST.

3.4 LIDERAZGO Y ADMINISTRACION

3.4.1 Organigrama

PROENSALUD tiene establecida su estructura orgánica, actualmente el área encargada de la Salud Ocupacional, es comunicaciones que depende del Directo Ejecutivo. Tal como se observa en el organigrama adjunto

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El Director Ejecutivo de PROENSALUD, asignó como responsable de la Salud Ocupacional a ANDREA MARIA SUAZA TORRES quien llevará a cabo las funciones de líder de Salud Ocupacional de la Institución

3.4.6 POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

PROENSALUD, se compromete con la protección y promoción de la salud de los trabajadores, procurando su integridad física mediante el control de los riesgos, el mejoramiento continuo de los procesos y la protección del medio ambiente.

Todos los niveles de dirección asumen la responsabilidad de promover un ambiente de trabajo sano y seguro, cumpliendo los requisitos legales aplicables, vinculando a las partes interesadas en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo y destinando los recursos humanos, físicos y financieros necesarios para la gestión de la salud y la seguridad.

Los programas desarrollados en PROENSALUD, estarán orientados al fomento de una cultura preventiva y del auto cuidado, a la intervención de las condiciones de trabajo que puedan causar accidentes o enfermedades laborales, al control del ausentismo y a la preparación para emergencias.

Todos los empleados, afiliados y contratistas tendrán la responsabilidad de cumplir con las normas y procedimientos de seguridad, con el fin de realizar un trabajo seguro y productivo. Igualmente serán responsables de notificar oportunamente todas aquellas condiciones que puedan generar consecuencias y contingencias para los empleados y la organización.

Representante Legal Fecha: Enero 2014

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3.4.3 Reglamento de Higiene y Seguridad. Anexo 1. Reglamento de higiene y

seguridad industrial

3.4.4 Roles y Responsabilidades

El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST está bajo la responsabilidad del Director Ejecutivo con el apoyo de:

• Responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo designado. • Jefes de áreas o procesos • Comité paritario de Salud Ocupacional

Rol Responsabilidad

Director Ejecutivo

Suministrar los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades del SG-SST.

Asignar y comunicar responsabilidades a los trabajadores en seguridad y salud en el trabajo dentro del marco de sus funciones.

Garantizar la consulta y participación de los trabajadores en la identificación de los peligros y control de los riesgos, así como la participación a través del comité paritario de salud ocupacional.

Garantizar la supervisión de la seguridad y salud en el trabajo.

Evaluar por lo menos una vez al año la gestión de seguridad y salud en el trabajo.

Implementar los correctivos necesarios para el cumplimiento de metas y objetivos.

Garantizar la disponibilidad de personal competente para liderar y controlar el desarrollo de la seguridad y salud en el trabajo.

Garantizar un programa de inducción y entrenamiento para los trabajadores que ingresen a la empresa, independientemente de su forma de contratación y vinculación.

Garantizar un programa de capacitación acorde con las necesidades específicas detectadas en la identificación de peligros y valoración de riesgos.

Garantizar información oportuna sobre la gestión de seguridad y salud en el trabajo y canales de comunicación que permitan recolectar información manifestada por los trabajadores.

Jefes de área Participar en la actualización del panorama de factores de riesgo

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Rol Responsabilidad

Participar en la construcción y ejecución de planes de acción

Promover la comprensión de la política en los trabajadores

Informar sobre las necesidades de capacitación y entrenamiento en seguridad y salud ocupacional

Participar en la investigación de los incidentes y accidentes de trabajo

Participar en las inspecciones de seguridad.

Responsable de seguridad y salud en

el trabajo

Coordinar con los jefes de las áreas, la elaboración y actualización del panorama de factores de riesgos y hacer la priorización para focalizar la intervención.

Validar o construir con los jefes de las áreas los planes de acción y hacer seguimiento a su cumplimiento.

Promover la comprensión de la política en todos los niveles de la organización.

Gestionar los recursos para cumplir con el plan de salud ocupacional y hacer seguimiento a los indicadores.

Coordinar las necesidades de capacitación en materia de prevención según los riesgos prioritarios y los niveles de la organización.

Apoyar la investigación de los accidentes e incidentes de trabajo.

Participar de las reuniones del Comité Paritario y apoyar su gestión.

Implementación y seguimiento del SG-SST.

Trabajadores

Conocer y tener clara la política de salud ocupacional.

Procurar el cuidado integral de su salud.

Suministrar información clara, completa y veraz sobre su estado de salud.

Cumplir las normas de seguridad e higiene propias de la empresa.

Participar en la prevención de riesgos profesionales mediante las actividades que se realicen en la empresa.

Informar las condiciones de riesgo detectadas al jefe inmediato.

Reportar inmediatamente todo accidente de trabajo o incidente.

COPASO

Proponer a las directivas las actividades relacionadas con la salud y la seguridad de los trabajadores.

Analizar las causas de accidentes y enfermedades.

Visitar periódicamente las instalaciones.

Acoger las sugerencias que presenten los trabajadores en materia de seguridad.

Servir de punto de coordinación entre las directivas y los trabajadores para las situaciones

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Rol Responsabilidad

relacionadas con salud ocupacional.

Comité de convivencia

Recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones que puedan constituir acoso laboral, así como las pruebas que las soportan.

Examinar de manera confidencial los casos específicos o puntuales en los que se formule queja o reclamo, que pudieran tipificar conductas o circunstancias de acoso laboral, al interior de la entidad pública o empresa privada.

Escuchar a las partes involucradas de manera individual sobre los hechos que dieron lugar a la queja.

Adelantar reuniones con el fin de crear un espacio de diálogo entre las partes involucradas, promoviendo compromisos mutuos para llegar a una solución efectiva de las controversias.

Formular planes de mejora y hacer seguimiento a los compromisos,

Presentar a la alta dirección de la entidad pública o la empresa privada las recomendaciones para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral.

Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del Comité que incluya estadísticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones.

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3.4.5 Recursos 3.4.5.1 Recurso Humano

- Líder de Salud Ocupacional PROENSALUD

- COPASO

- Asesores de diferentes especialidades de la ARL Colmena vida y riesgos laborales

3.4.5.2 Recursos Físicos

Instalaciones Locativas

Para el desarrollo de las actividades productivas PROENSALUD cuenta con las siguientes instalaciones locativas:

ESTRUCTURA Concreto

Mampostería (ladrillo).

CUBIERTA Losa

DIVISIONES INTERIORES Concreto

Mampostería (ladrillo)

AREAS COMUNES Tipo de pisos (Baldosa)

Además cuenta con salud de reuniones dotada de tablero y video beam, equipo de cómputo, página Web

Recursos económicos

Con base en la programación del Cronograma de actividades y previo conocimiento por parte del Grupo Directivo de PROENSALUD, se definirán los recursos económicos necesarios, estableciendo un presupuesto para el desarrollo de cada Subprograma.

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4. SUBPROGRAMAS A DESARROLLAR

4.1 Subprograma de Medicina Preventiva y del Trabajo

4.1.1 Definición y objetivos

Son acciones del sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo dirigidas a las personas. Se encarga de la vigilancia, promoción y mantenimiento de la salud del trabajador, procurando que las condiciones de trabajo de PROENSALUD no conduzcan al deterioro de su estado físico y mental.

Estudiar las consecuencias de las condiciones ambientales sobre las personas, y junto con la Seguridad y la Higiene Industrial, busca que las condiciones de trabajo no generen daños ni enfermedades.

Objetivos

Objetivo General:

Propender por el mejoramiento y mantenimiento de las condiciones generales de salud y calidad de vida de los trabajadores.

Objetivos Específicos:

Educar a todo el personal en la forma de como mantener su salud.

Capacitar a los trabajadores expuestos sobre los factores de riesgo, sus efectos sobre la salud y la manera de prevenirlos.

Prevenir, detectar precozmente y controlar las enfermedades Laborales (EL).

Ubicar al trabajador en un cargo acorde con sus condiciones psicológicas y fisiológicas.

Hacer seguimiento periódico del estado de salud de los trabajadores expuestos a los diferentes factores de riesgo, con el fin de verificar los sistemas de control implementados y detectar precozmente la aparición de enfermedades.

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4.1.2 Seguimiento médico al trabajador

Exámenes de ingreso

Objetivos

- Ubicar al trabajador en cargo acorde con sus características físicas, psicológicas e intelectuales.

- Detectar alteraciones incipientes o avanzadas en el estado de salud del trabajador, que potencialmente se podrían ver agravadas con el desempeño de las funciones del cargo, con miras a tomar las medidas preventivas pertinentes.

- Tener un punto de partida para la definición y planteamiento de los diferentes programas de Vigilancia Epidemiológica, de acuerdo a los riesgos prioritarios.

Exámenes Periódicos.

Los exámenes periódicos están enfocados al establecimiento de los efectos que sobre la salud de los trabajadores, generan los factores de riesgo presentes en la labor que desempeñan, se realizarán cada dos años y a las personas que tengan alguna patología especial de acuerdo a las recomendaciones del médico especialista.

Exámenes de Retiro

Tiene como finalidad reconocer el estado de salud con el que el empleado que se retira del Sindicato, después de haber estado expuesto a los factores de riesgo presentes en el puesto de trabajo.

Como resultado de estos exámenes deben originarse:

• Restricciones ocupacionales para el personal de los servicios de salud después del diagnóstico oportuno de enfermedades ocupacionales.

• Suministro de profilaxis para ciertas enfermedades previsibles a las cuales se ha expuesto el trabajador.

• Aislamientos y restricciones a lugares de trabajo como por ejemplo trabajadoras embarazadas.

• Programas de vacunación.

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Estos exámenes se conservaran idealmente en una ficha ocupacional y al igual que en la práctica médica general, por todo el tiempo en que éste trabaje en la institución y dos años más después de su retiro. Esto incluye todos sus exámenes físicos, accidentes, diagnósticos y tratamientos. Ver Anexo 2 Exámenes Ocupacionales según cargo

4.1.3 Programa de inmunizaciones:

Se define como la medida preventiva que protege al individuo de enfermedades inmuno- prevenibles, al aplicar una vacuna que contiene como principio activo el virus generador de la patología, con el fin de desarrollar en el organismo los correspondientes anticuerpos de defensa, para cuando esté expuesto al riesgo, no desarrolle la enfermedad.

Según el riesgo endémico o epidémico, se implementa el Programa de inmunización, el cual definirá la población a vacunar, la vacuna a aplicar, la dosis y los correspondientes refuerzos.

Algunas de éstas son:

- Vacuna contra la Hepatitis B: Es la más importante inmunización para los empleados expuestos al riesgo biológico. Esta vacuna debe ser considerada de obligatoriedad y se realizará titulación de Anticuerpos de Superficie de HB para validar la protección contra la enfermedad.

- Vacuna contra tétanos: La cual debe pedirse carnet de vacunación al momento del ingreso.

Por lo tanto PROENSALUD, conserva el historial de los resultados de la titulación de Anticuerpos de superficie de HB del personal objeto de vigilancia Ver anexo 3. Base de datos del historial inmunológico contra HB. (La cual se encuentra en medio magnético por la facilidad de actualización permanente)

4.1.4 Programa de ausentismo

El Decreto 614 de 1984 obliga, dentro de los contenidos mínimos del Programa de Salud Ocupacional , a desarrollar actividades de vigilancia epidemiológica del ausentismo a causa de enfermedades profesionales y patología relacionada con el trabajo (art. 30, literal b) y a elaborar y mantener actualizadas las estadísticas sobre ausentismo (art. 30, literal c.

La Resolución 1016 de 1989 de los Ministros de Trabajo y Seguridad Social y de Salud, establece que las empresas deben llevar registros de ausentismo general, por accidente de trabajo, por enfermedad profesional y por enfermedad común (art. 14, numeral 7. Es más: para la evaluación de los Programas de Salud Ocupacional, las autoridades competentes de vigilancia y control utilizarán, entre otros indicadores, las tasas de ausentismo general y por accidente de trabajo, enfermedad profesional y enfermedad común en el último año (art. 15, numeral 2).

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Para ello PROENSALUD como medida de seguimiento y control del ausentismo lleva registros actualizados tanto del ausentismo por accidente de trabajo, enfermedad profesional y enfermedad común, a través del programa VISOR suministrado por la ARL Comena Vida y Riesgos Laborales. Anexo 4: Informe de Ausentismo

4.1.5 Sistemas de Vigilancia Epidemiológica

Con fin de promover, controlar y promocionar el bienestar integral de los trabajadores del Sindicato, se implementaran los programas de vigilancia para los factores de riesgo prioritarios:

• Biológico ( Incluye Protocolo para el Manejo del Accidente por Riesgo Biológico)

• Ergonómico

• Radiaciones Ionizantes

Anexo 5. Sistemas de Vigilancia Epidemiológica para riesgos prioritarios.

4.1.6 Programa para la Prevención del Consumo de sustancias Psicoactivas

Con el apoyo de las EPS, Cajas de Compensación y ARL, se harán talleres de sensibilización para la prevención del consumo de Sustancias Psicoactivas: FARMACODEPENDENCIA, ALCOHOLISMO Y TABAQUISMO de acuerdo a resol.1075/92.

Se publicará en carteleras material educativo alusivo al tema. Si se evidencian casos que ameriten intervención se hará abordaje inicialmente con psicología y de ser necesario se remitirá a la EPS respectiva del trabajador.

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4.2 SUBPROGRAMA DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

4.2.1 Definición y objetivos

Definición

El programa de seguridad se encarga de Identifica los factores y condiciones de riesgo que producen los accidentes de trabajo; estableciendo las causas potenciales y reales que los generan, formulando medidas de control y permitiendo el seguimiento de las mismas, para prevenir la ocurrencia o recurrencia de accidentes por estas causas.

El objetivo principal de seguridad es mantener un ambiente laboral seguro, mediante el control de las causas que pueden causar daño a la integridad física del trabajador o a los recursos del SINDICATO PROENSALUD

EL programa de higiene comprende el conjunto de acciones dirigidas a la identificación, evaluación y control de los factores de riesgo en el ambiente de trabajo, con el propósito de evitar enfermedades profesionales en los trabajadores del SINDICATO PROENSALUD.

El objetivo principal del programa de higiene es identificar, evaluar y controlar, mediante estudios ambientales periódicos e implementación de controles, los agentes y factores de riesgos físicos, químicos y biológicos presentes en el medio de trabajo, que pueden causar alteraciones reversibles o permanentes en la salud de los trabajadores.

4.2.2 Matriz de Peligros

Es una estrategia metodológica que permite recopilar en forma sistemática y organizada los datos relacionados con la identificación, localización y valoración de los factores de riesgo existentes en un contexto laboral, con el fin de planificar las medidas de prevención más convenientes y adecuadas. Matriz de Peligros (Anexo 6).

4.2.3 Programa para la intervención de la accidentalidad.

MODELO ATENEA: Es un modelo para prevención y control de la accidentalidad Real y Potencial, que tiene cinco componentes:

- Priorización o focalización del problema de la accidentalidad

- Definición de la causalidad de la accidentalidad

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- Selección de la (s) medida (s) de intervención para la causalidad definida

- Elaboración del plan de acción

- Seguimiento del impacto logrado a través de indicadores de gestión.

Este modelo se viene Utilizando para la investigación de los Accidentes e Incidentes de Trabajo

Bajo los principios y componentes del modelo de intervención causal se desarrollan diferentes programas y actividades destinadas al control de la accidentalidad como son:

- EL PROGRAMA DE AUDITORÍA PARA EL MANEJO INTEGRAL DEL RIESGO BIOLÓGICO (Anexo 7)

- MANUAL DE BIOSEGURIDAD: Acciones desarrolladas bajo los principios administrativos y gerenciales. (Anexo 10)

4.2.4 Inspecciones de auditoria

EL SINDICATO PROENSALUD implementara un programa de inspecciones, que monitoreará el cumplimiento de las normas de Bioseguridad establecidas y divulgadas en la institución, realizara además una vigilancia en seguridad sobre: manejo de los productos químicos, instalaciones eléctricas, líquidos inflamables, almacenamiento de productos, protección contra incendios, trabajo con gases a presión, radiaciones ionizantes, contaminación biológica y química y manejo de botiquines. Adicionalmente realizara una inspección periódica al sistema contra incendios de la institución (extintores). La periodicidad y responsables de estas inspecciones se efectuarán como se describe a continuación:

TIPO DE INSPECCION

TIPO DE INSPECCION PERIODICIDAD FORMATO A UTILIZAR RESPONSABLE

Programa de Auditoria para el manejo Integral del Riesgo

Biológico Cada 4 meses Anexo 7 Integrantes COPASO

Programa JANO: Almacenamiento, Aseo, Orden,

Cada 4 meses Anexo 8 Integrantes COPASO y Líder de Ambiente

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Seguridad y tecno vigilancia Físico

Estas inspecciones aportaran a la empresa los siguientes aspectos:

Identificación de problemas relacionados con deficiencias en el diseño de las instalaciones o en el diseño de los puestos de trabajo.

Permite un seguimiento de las acciones correctivas implementadas con el fin de minimizar la ocurrencia de accidentes y además retroalimentar la información para La mejora o diseño de nuevos controles.

Definir las posibles causas de accidentalidad.

Determinar costos intangibles a la institución.

Establece necesidad de realizar procedimientos y protocolos de actuación ante determinadas eventos a que ocurran.

Da lineamientos para establecer programa de entrenamiento al personal

4.2.5 Señalización y demarcación de áreas

El programa de señalización y demarcación de áreas, define físicamente la organización y distribución de los sitios de trabajo, Ubica en los planos de la institución: vías de evacuación, puntos de encuentro, zonas de triage, Ubicación de alarmas, riesgos específicos, red contra incendios. Este programa busca apoyar los programas de promoción, normalización y capacitación en prevención de riesgos y brindando además información permanente a los usuarios que visitan la empresa en el tema de prevención de riesgos.

4.2.6 Plan de emergencias

El Sindicato PROENSALUD, cuenta con un plan para plan de preparación y respuesta ante emergencias para garantizar, en caso de cualquier emergencia, la menor cantidad y severidad de daños, tanto a las personas como a los bienes de la empresa.

Este plan debe incluir como mínimo los siguientes elementos:

• Análisis de amenazas e inventario de recursos.

• Determinación de la vulnerabilidad y plan de acción.

• Comité de emergencia y brigadas de apoyo.

• Plan de evacuación y evaluación.

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De igual forma se deberá garantizar su implementación y divulgación. Esta divulgación debe incluir como mínimo los siguientes conceptos:

⋅ Que personas conforman el Comité de emergencia

⋅ Que personas son l(@)s lideres de Evacuación y quienes hacen parte de brigadas de apoyo y como apoyar en su conformación

⋅ Rutas de Evacuación y puntos de Encuentro

Como contribuir a la recuperación y normalización del servicio

Los empleados que se encuentren por fuera de la sede administrativa laborando en las diferentes instituciones donde el Sindicato PROENSALUD tiene contratos adoptaran el plan de emergencia de cada institución y darán cumplimiento a lo establecido en el Plan de emergencias

4.2.7 Notificación e Investigación de accidentes e Incidentes de Trabajo

Objetivo:

Establecer la forma sistemática a seguir para la notificación de accidentes de trabajo en el Sindicato PROENSALUD

Alcance:

El procedimiento se aplica a todos los trabajadores del Sindicato PROENSALUD que sufran accidentes de trabajo

Definiciones:

Procedimiento

⋅ El empleado deberá Notificar al jefe inmediato o responsable de Salud Ocupacional el accidente o incidente de forma inmediata

⋅ Preste los primeros auxilios, si cuenta con los medios para hacerlo.

⋅ Verifique si necesita atención médica. Si se trata de un evento en el que se encuentra en peligro la vida del accidentado trasládelo en el menor tiempo posible a la institución de salud más cercana.

⋅ Verifique si el empleado es vinculado o contratista, el responsable del contrato o responsable de salud ocupacional debe comunicarse con la empresa temporal o contratista para notificar el accidente de trabajo a su respectiva ARL y direccionar la atención requerida.

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⋅ Verifique si el accidente es de origen laboral.

⋅ Llame a la LÍNEA EFECTIVA y solicite orientación para acceder a la atención y reportar el evento*.

¿Cómo reportar un accidente de trabajo a través de la Línea Efectiva?

Cuando usted llame a la LÍNEA EFECTIVA para reportar un accidente de trabajo de un trabajador de su compañía, nuestro asesor le realizará las siguientes preguntas:

⋅ En qué estado se encuentra el trabajador, qué lesión tiene y en qué sitio

⋅ Con qué se lesionó

⋅ Cuando ocurrió el accidente estaba en su jornada laboral? (fecha, hora).

⋅ Hora de inicio y finalización de la jornada (opcional, cuando la hora de ocurrencia se ubica en horas habitualmente no hábiles)

⋅ Qué estaba haciendo y donde estaba cuando se lesionó?

⋅ Qué oficio desempeña el trabajador en la empresa?.

⋅ Diligencie el informe individual de Accidente de Trabajo de nuestra ARL. A través de la página WEB a través de nuestra Oficina virtual

⋅ Verifique que el trabajador posea el documento de identificación y carnet vigente de su EPS de afiliación.

⋅ Traslade al accidentado hacia la IPS que le indique el asesor de la LÍNEA EFECTIVA.

⋅ Si el estado del trabajador lo amerita la LÍNEA EFECTIVA coordinará el Traslado medicalizado requerido.

*El reporte del Accidente de Trabajo a la LÍNEA EFECTIVA no es aviso legal ni remplaza la notificación escrita que debe presentarse por parte del empleador dentro de los plazos estipulados por la ley (dos días hábiles siguientes a la ocurrencia).

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El Sindicato PROENSALUD utiliza la metodología del Modelo ATENEA de ARL Colmena vida y riesgos Laborales, la cual permite aprovechar la información de los accidentes e incidentes de trabajo que se presenten, con el fin de:

- Establecer las causas básicas e inmediatas que generaron el accidente de trabajo.

- Establecer acciones de control sobre las causas generadoras del accidente.

- Llevar registro de los resultados en el control sobre las causas básicas e inmediatas detectadas y las recomendaciones implementadas.

- Soporte para investigación de accidentes que se presenten en el futuro.

(Anexo 11)

4.2.8 Elementos de Protección Personal para el Trabajador de la Salud

El Sindicato PROENSALUD, Para lograr adecuada utilización de los Elementos de Protección Personal, tuvo en cuenta las siguientes pautas:

- Se establecieron las necesidades de protección personal por puesto de trabajo, con base en la Matriz de Peligro.

- Se determinó las características técnicas en materia de protección de cada elemento, de acuerdo con la evaluación realizada del factor de riesgo en el ambiente de trabajo.

- Se definieron cuáles son los equipos necesarios para la protección del personal por cada cargo existente en la corporación, adicionalmente se lleva un registro de todos los implementos que son entregados a él durante la permanencia en la institución. (Ver anexo 12)

4.2.9 Manual de Bioseguridad:

El Sindicato PROENSALUD, cuenta con un manual de Bioseguridad (Anexo 10), el cual contempla las Normas por oficio y la estandarización del Manejo de los cortopunzantes.

Las normas de Bioseguridad son un conjunto de acciones a tener en cuenta durante la ejecución de ciertas actividades para prevenir y proteger a las personas de la exposición a factores de riesgo biológico.

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El desarrollo de las medidas de bioseguridad busca reducir el mayor grado posible, la frecuencia y gravedad de los accidentes, especialmente cuando se presentan condiciones críticas como, inadecuadas instalaciones físicas y estructurales, insuficiencia de presupuesto, dificultad para el mantenimiento de equipos, etc.

4.2.10 Programa de Manejo de Residuos Hospitalarios Y Similares

Los colaboradores del Sindicato PROENSALUD cumplirán con lo establecido en los Planes de

Gestión Integral de Residuos Hospitalarios y Similares PGIRHS de los hospitales y clínicas donde

prestan sus servicios.

5. CAPACITACIÓN E INDUCCIÓN

El Plan de Capacitación de Salud Ocupacional está inmerso dentro del Plan Anual de Capacitación del Sindicato PROENSALUD, en el cual se incluyen las actividades encaminadas a proporcionar al trabajador los conocimientos y destrezas necesarias para desempeñar su labor asegurando la prevención de accidentes, protección de la salud e integridad física y emocional.

Este elemento es de vital importancia para la implementación y resultados específicos de los otros subprogramas, ya que en el radica el proceso de información y capacitación del personal en el manejo y control de los riesgos profesionales. Además, esté es obligatorio dentro del decreto 2309/2002 y la resolución 1239/2002 en la gestión del recurso humano.

Objetivos

• Proporcionar sistemáticamente a los trabajadores el conocimiento necesario para desempeñar su trabajo en forma eficiente, cumpliendo con estándares de seguridad, salud, calidad y producción.

• Lograr el cambio de actitudes y comportamientos frente a determinadas circunstancias y situaciones que puedan resultar en pérdidas para la empresa.

• Generar motivación hacia la salud ocupacional desarrollando campañas de promoción.

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11.1 Actividades a desarrollar

Las actividades de capacitación se harán con base en necesidades identificadas de los trabajadores, para lo cual es indispensable tener en cuenta:

- Indicadores de ausentismo y Accidentalidad,

- Riesgos Prioritarios

- Resultados de Diagnostico de Clima Organizacional u otros Diagnósticos

- Otras fuentes

La programación de las capacitaciones de Salud Ocupacional se hará anualmente y se soporta en el Plan de Acción Conjunta realizado con la ARL COLMENA

Salud Ocupacional formará parte del equipo que participa en los procesos de Inducción que realiza la empresa

12. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

En esta parte del Programa se incluyen todas las actividades de Salud Ocupacional que el Sindicato PROENSALUD ejecutará en compañía de la ARL COLMENA, y se plasman en el PLAN DE ACCION CONJUNTA que se realiza cada año, el cual incluye: variables de interés de la empresa, los riesgos potenciales y reales que se van a intervenir, la tarea que se ejecutará, responsable, recurso, fecha e Indicador. Anexo 14 (Cronograma de Actividades)

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7. EVALUACION DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

7.1 Proceso (Indicadores de Ejecución)

PLANEACION

Porcentaje de cumplimiento del cronograma

No. Actividades ejecutadas * 100

No. Actividades programadas

INTERVENCION

Indicadores de cobertura

No. TRABAJADORES que recibieron “ACTIVIDAD” en el período

No. Promedio de trabajadores OBJETO en el período

ACTIVIDAD: Condiciones de trabajo

Condiciones de salud Condiciones conjuntas de trabajo y salud

Cobertura

de exámenes de ingreso, Periódico o egreso

No. Puestos de trabajo que recibieron “EXAMEN DE xxxxx” en el período

No. Promedio de trabajadores en el período

Cobertura

de capacitación

No. de trabajadores que recibieron

“CAPACITACIÓN” en el período

_____________________________

No. Promedio de trabajadores objeto en el período

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7.2 RESULTADOS (Indicadores de efectividad o impacto)

tasas de accidentalidad

Tasa de Frecuencia de accidentes

# de accidentes de trabajo *100

# trabajadores expuestos

Tasa de severidad de accidentes

# de días de incapacidad * 100

# trabajadores expuestos

Índice General de ausentistas IGA

No. de ausentistas en un período * 100

No. total de trabajadores en el mismo período

Firma Director Ejecutivo: _________________________ Firma Responsable del SG- SST: ______________