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Sistema de Protección Contra Incendios de una Nave Industrial. TITULACIÓN: Ingeniería Técnica Industrial en Electrónica Industrial . AUTOR: Rubén Diéguez Macías. DIRECTOR: Joaquín Cruz Pérez. DATA: Junio del 2009.

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Sistema de Protección Contra Incendios de una Nave Industrial. 

TITULACIÓN: Ingeniería Técnica Industrial en Electrónica Industrial .

AUTOR: Rubén Diéguez Macías. DIRECTOR: Joaquín Cruz Pérez.

DATA: Junio del 2009.

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Director Autor Nombre: Joaquín Cruz Pérez Nombre: Rubén Diéguez Macías Dirección: Avda. Països Catalans, 5 Población: Tarragona Población: Tarragona C.P.: 43006 Despacho: 333 Escuela: ETSE e-mail: [email protected] Titulación: ETIEI

ÍNDICE GENERAL

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Sistema de protección contra incendios de una nave industrial

Índice general

2

Índice de la Memoria Descriptiva. 1. Introducción. 13 2. Objeto del proyecto. 13 3. Antecedentes. 13 4. Normativa técnica aplicable. 13 5. Definiciones y abreviaturas. 14 6. Descripción del recinto o pabellón. 15

6.1. Distribución y superficies. 15 6.2. Construcción. 15 6.3. Accesibilidad. 16

7. Descripción de la actividad. 16 8. Protección contra incendios. 17

8.1. Caracterización en relación a la seguridad contra incendios. 17 8.1.1. Configuración y ubicación. 17 8.1.2. Riesgo inherente o intrínseco. 17 8.1.3. Requisitos constructivos a cumplir según el reglamento. 17

8.1.3.1. Ubicaciones permitidas. 17 8.1.3.2. Sectorización del establecimiento industrial. 18 8.1.3.3. Materiales. 19 8.1.3.4. Estabilidad al fuego de los elementos constructivos

portantes. 20

8.1.3.5. Resistencia al fuego de los elementos constructivos de cerramiento.

21

8.1.3.5. Evacuación de los establecimientos industriales. 22 8.1.3.6. Ventilación y eliminación de humos y gases de la

combustión en establecimientos industriales. 23

8.2. Carga total de fuego ponderada y corregida. 23 8.3. Descripción general de la instalación. 23 8.4. Características de la instalación. 24

8.4.1. Instalación de detección de incendios. 24 8.4.2. Sistema manual de alarma y comunicaciones. 24 8.4.3. Bocas de incendio equipadas. 24 8.4.4. Extintores. 25

8.4.4.1. Extinción manual. 25 8.4.4.2. Extinción automática. 25

8.4.5. Alumbrado de emergencia. 25 8.4.6. Señalización. 25

8.5. Descripción de la instalación. 26 8.5.1. Instalación de detección de incendios. 26

8.5.1.1. Central de detección de incendios. 26 8.5.1.2. Detección de incendios. 26

8.5.2. Sistema manual de alarma y comunicaciones. 27 8.5.3. Bocas de incendio equipadas. 27 8.5.4. Extintores. 28

8.5.4.1. Extinción manual. 28 8.5.4.2. Extinción automática. 29

8.5.5. Alumbrado de emergencia. 29 8.5.6. Señalización. 32 8.5.7. Ampliación de la instalación eléctrica existente. 33

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Sistema de protección contra incendios de una nave industrial

Índice general

3

8.5.8. Instalación de tuberías y elementos de abastecimiento para la extinción.

34

8.5.9. Ventilación y renovación del aire. 34 8.6. Compartimentación. 34

9. Ejecución. 35 10. Orden de prioridad entre los Documentos Básicos. 35

Índice de la Memoria de Cálculo. 1. Cálculo y diseño de la instalación del sistema de protección

contra incendios. 40

2. Caracterización del establecimiento industrial por su configuración y ubicación con relación a su entorno.

40

3. Caracterización del establecimiento industrial por su nivel de riesgo intrínseco.

41

3.1. Densidad de carga de fuego. Procedimiento de cálculo. 42 3.1.1. Cálculo del riesgo intrínseco y cargas de fuego de la nave. 43

3.1.1.1. Sector 1: Oficinas, comedor, pasillo, vestíbulo y aseos. 44 3.1.1.2. Sector 2: Taller de producción y reparación. 44 3.1.1.3. Sector 3: Almacén. 44

3.1.2. Carga global de la nave industrial. 45 3.1.3. Determinación del nivel de riesgo intrínseco 45

4. Necesidades de la instalación. 46 4.1. Instalación de detección de incendios. 46

4.1.1. Zonas de detección y bucles. 46 4.1.2. Elección de tipo de detectores. 47

4.1.2.1. Desarrollo del incendio. 47 4.1.2.2. Altura del local. 48 4.1.2.3. Temperatura ambiente. 48 4.1.2.4. Movimiento del aire. 49 4.1.2.5. Vibraciones. 49 4.1.2.6. Humedad. 49 4.1.2.7. Humo, polvo y aerosoles similares. 49 4.1.2.8. Radiación óptica. 49 4.1.2.9. Cuadro de aptitud. 50

4.1.3. Número e implantación de los detectores. 50 4.1.3.1. Detectores de incendio en general. 50 4.1.3.2. Detectores térmicos. 50 4.1.3.3. Detectores de humos. 51

4.2. Sistema manual de alarma y comunicaciones. 53 4.2.1. Sistemas manuales de alarma de incendio. 53 4.2.2. Sistemas de comunicación de alarma. 53

4.3. Sistema de canalizaciones de extinción y rociadores. 53 4.4. Sistemas de bocas de incendio equipadas. 53

4.4.1. Tipo de BIE y necesidades de agua. 54 4.4.2. Disposición y características según el Reglamento de

Instalaciones de Protección Contra Incendios. 54

4.4.3. Sistema de abastecimiento de agua. 55 4.5. Extintores de incendio. 55

4.5.1. Extinción manual. 55

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Sistema de protección contra incendios de una nave industrial

Índice general

4

4.5.2. Extinción automática por agentes extintores gaseosos. 58 4.5.2.1. Capacidad del sistema de extinción automática FM-200. 58

4.6. Hidrantes exteriores. 59 5. Instalación de iluminación de emergencia. 59

5.1. Cálculo luminotécnico. 59 6. Ampliación de la instalación eléctrica existente. 80

6.1. Cálculo de sección de cables y tubos de protección. 80 6.1.1. Luminarias de emergencia. 80 6.1.2. Sistema de detección, pulsadores y alarmas. 81

6.2. Cálculo de los diferenciales y los PIA. 83 Índice de los Planos. 1. Situación y emplazamiento 1. 87 2. Situación y emplazamiento 2. 88 3. Planta. 89 4. Planta PCI (Protección Contra Incendios). 90 5. Rutas principales de evacuación. 91 6. Esquemas Eléctrico y Electrónico 92 7. Esquema J400-EXT. 93

Índice del Pliego de Condiciones. 1. Capítulo Preliminar: Disposiciones Generales. 97

1.1. Naturaleza y objeto del Pliego General. 97 1.2. Documentación del Contrato de Obra. 97

2. Capítulo I: Condiciones Facultativas. 97 2.1. Epígrafe 1: Delimitación General de Funciones Técnicas. 97 2.2. Epígrafe 2: De las obligaciones y derechos generales del

Contratista. 98

2.3. Epígrafe 3: Prescripciones generales relativas a los trabajos, a

los materiales y a los medios auxiliares. 101

2.4. Epígrafe 4: De las recepciones de las obras e instalaciones. 105 3. Capítulo II: Condiciones Económicas. 107

3.1. Epígrafe 1: Principio General. 107 3.2. Epígrafe 2: Fianzas. 107 3.3. Epígrafe 3: De los precios. 109 3.4. Epígrafe 4: Obras por administración. 111 3.5. Epígrafe 5: De la valoración y abono de los trabajos. 114 3.6. Epígrafe 6: De las indemnizaciones mutuas. 117 3.7. Epígrafe 7: Varios. 117

4. Capítulo III: Condiciones técnicas generales. 120 4.1. Instalación de Detección de Incendios. 121

4.1.1. Detectores humos óptico, instal.conv., UNE-EN 54-7, +base

superficie, mont.superf.

121

4.1.2. Detector térm. termoveloc., instal.conv., UNE-EN 54-5, +base superficie, mont.superf.

122

4.1.3. Central detección incendios, p/4zonas, indic., 2aliment., mont.en pared.

122

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Sistema de protección contra incendios de una nave industrial

Índice general

5

4.1.4. Sirena electrónica, instal.convencional/analógica, 100 dB, bitono, IP-54, UNE-EN 54-3, p/int.

123

4.1.5. Pulsador alarma, instalación conv., manual + rotura, UNE-EN 54-11, p/mont.superf.

126

4.2. Instalación de Extinción de Incendios. 127 4.2.1. Boca incendios D=45mm, BIE-45, manguera 15m,

armario. 127

4.2.2. Boca incendios D=45mm, BIE-45, manguera 20m, armario.

131

4.2.3. Extintor polvo seco, 6kg, presión incorpo.pintado. 131 4.2.4. Grupo presión incendios 37,5m3/h, 5bar-6bar, 1

bomb.serv. + 1 bomb.jockey, mont.s/bancad. 132

4.2.5. Tubo acero galv.s/sold., D=3/4”. 133 4.2.6. Depósito reserva agua, cntr.incendios, 25m3, p/ent.h,

cuñ.ap. 137

4.3. Instalación Eléctrica. 139 4.3.1. Interruptor dif.cl.AC, gam.terc., I=40A, bipol. (2P), 0,03A,

fij.inst., 2mód.DIN, p/mont.perf.DIN. 139

4.3.2. Interruptor auto.magnet., I=10A, ICP-M, (1P), corte=4500A, 1mód.DIN, p/mont.perf.DIN.

143

4.3.3. Luminaria emergencia/señalización, 110lúmenes,

auton<2h. 147

4.3.4. Luminaria emergencia/señalización, 230lúmenes, auton<2h.

150

4.3.5. Luminaria emergencia/señalización, 550lúmenes, auton<2h.

150

4.3.6. Conductor Cu UNE H07V-R, 2x1,5mm2, col.tubo. 150 4.3.7. Conductor Cu UNE H07V-R, 2x2,5mm2, col.tubo 153 4.3.8. Conductor Cu UNE H07V-R, 2x4mm2, col.tubo. 153 4.3.9. Conductor Cu UNE H07V-R, 2x25mm2, col.tubo. 153 4.3.10. Tubo flexible corrugado PVC s/halógenos, DN=12mm,

baja emisión humos, 2J, 320N, 2000V. 153

4.3.11. Tubo flexible corrugado PVC s/halógenos, DN=16mm, baja emisión humos, 2J, 320N, 2000V.

154

4.3.12. Tubo flexible corrugado PVC s/halógenos, DN=32mm, baja emisión humos, 2J, 320N, 2000V.

154

4.4. Instalación del sistema de extinción automática. 155 4.4.1. Cilindro modular 67l., acero forj., s/sold., prest.tr.

166bar, pres.pr.hidr. 250 bar, dens.máx. 1,1 kg/l. 155

4.4.2. Gas FM200 p/extinción. 155 4.4.3. Difusor cromado para gas FM200 cromado de 1,25''de D. 156 4.4.4. Tubo acero galv.s/sold., D=1"1/2. 156 4.4.5. Letrero lumin., señ.acust. 156 4.4.6. Pulsador alarma, instalación conv., manual + rotura,

UNE-EN 54-11, p/mont.superf, disparo.ext. 156

4.4.7. Mod. control. Ext. 156 4.5. Instalación de señalización. 156

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Sistema de protección contra incendios de una nave industrial

Índice general

6

4.5.1. Placa señal. medidas salv.+vías evac., 420x297mm, pintura fotolum., p/fij.mec.

156

Índice del Estado de las Mediciones. 1. Instalación de Detección de Incendios. 161 2. Instalación de Extinción de Incendios. 164 3. Instalación Eléctrica. 166 4. Instalación del Sistema Automático de Extinción. 168 5. Instalación de Señalización de Emergencia. 170

Índice de los Presupuestos. 1. Cuadro de precios unitarios. 173 2. Cuadro de descompuestos. 176

2.1. Instalación de detección de incendios. 176 2.2. Instalación de extinción de incendios. 181 2.3. Instalación eléctrica. 184 2.4. Instalación del sistema de extinción automática. 188 2.5. Instalación de señalización de emergencia. 193 2.6. Varios. 194

3. Presupuesto. 195 3.1. Instalación de detección de incendios. 195 3.2. Instalación de extinción de incendios. 197 3.3. Instalación eléctrica. 198 3.4. Instalación del sistema de extinción automática. 200 3.5. Instalación de señalización de emergencia. 202 3.6. Varios. 203

4. Resumen del presupuesto. 204 Índice del Anexo I: Estudio Básico de Seguridad y Salud. 1. Justificación del Estudio Básico de Seguridad y Salud. 207 2. Datos del Proyecto de Obra. 207 3. Cumplimiento del R.D. 1627/97 del 24 de octubre sobre

Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción.

207

4. Principios Generales Aplicables durante la Ejecución de la Obra. 208 5. Identificación de los Riesgos. 210 6. Medios y Maquinaria. 210 7. Trabajos Previos. 210 8. Instalaciones. 210 9. Medidas de Prevención y Protección. 211 10. Medidas de Protección Colectiva. 211 11. Medidas de Protección Individual. 211 12. Primeros Auxilios. 211 13. Seguridad y Salud en las Obras. 212

13.1. Relación de Normas y Reglamentos Aplicables. 212 13.2. Resoluciones Aprobatorias de Normas Técnicas

Reglamentarias por Diferentes Medios de Protección Personal de los Trabajadores.

214

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Sistema de protección contra incendios de una nave industrial

Índice general

7

Índice del Anexo II: Manual de Autoprotección. 1. DOCUMENTO I: Evaluación del Riesgo. 219

1.1. Clasificación del riesgo del edificio. 219 1.1.1. Ubicación y distribución del espacio. 219 1.1.2. Características constructivas. 219 1.1.3. Instalaciones. 219 1.1.4. Actividades. 221

1.2. Riesgo potencial del edificio respecto a su entorno. 221 1.2.1. Riesgos naturales y tecnológicos. 221 1.2.2. Evaluación del riesgo. 221 1.2.3. Riesgos por fuga de gas. 222 1.2.4. Accidente laboral con víctimas. 222

1.3. Compartimentación, comportamiento ante el fuego de los elementos constructivos y ocupación de los Sectores de Incendios.

222

1.3.1. Planta. 222 1.4. Condiciones de evacuación por Sectores. 222

1.4.1. Sector de Evacuación 1. 223 1.4.2. Sector de Evacuación 2. 223 1.4.3. Sector de Evacuación 3. 223

1.5. Señalización e iluminación de las vías de evacuación. 224 1.6. Planos de situación y emplazamiento. 224

2. DOCUMENTO II: Medios de Protección. 225 2.1. Inventario de los medios de protección. 225 2.2. Medios humanos. 225 2.3. Medios técnicos de protección. 227

2.3.1. Instalación de detección automática de incendios. 227 2.3.2. Detectores de incendio. 227 2.3.3. Pulsadores de alarma. 228 2.3.4. Sirenas de alarma. 228 2.3.5. Zonas de detección. 228 2.3.6. Señalización de seguridad. 229 2.3.7. Alumbrado de emergencia. 229 2.3.8. Extintores portátiles. 229 2.3.9. Red de agua contra incendios. 230 2.3.10. Bocas de incendio equipadas. 230 2.3.11. Sistema automático de extinción. 231 2.3.12. Mantenimiento de los medios de protección. 231

3. DOCUMENTO III: Manual de Actuación. 232 3.1. Introducción. 232

3.1.1. Manual de Autoprotección. 232 3.2. Objeto. 232

3.2.1. Secuencia de operaciones a desarrollar. 233 3.3. Clasificación de las emergencias. 233 3.4. Acciones. 234

3.4.1. Plan de alarma. 234 3.4.2. Plan de extinción. 236 3.4.3. Plan de evacuación. 236

3.5. Equipos de Emergencia. 236

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Sistema de protección contra incendios de una nave industrial

Índice general

8

3.5.1. Jefe de Emergencia. 237 3.5.2. Jefe de Intervención. 239 3.5.3. Centro de Control. 240 3.5.4. Equipo de Primera Intervención. 240 3.5.5. Equipo de Primeros Auxilios. 240 3.5.6. Equipo de Alarma, Evacuación y Confinamiento. 241

3.6. Desarrollo del Plan. 241 3.7. Puntos de reunión exterior. 242

4. DOCUMENTO IV: Implantación. 244 4.1. Introducción. 244 4.2. Responsabilidad. 244 4.3. Organización. 244 4.4. Medios técnicos. 245 4.5. Medios humanos. 245 4.6. Simulacros. 246 4.7. Programa de implantación. 247 4.8. Divulgación. 247 4.9. Programa de mantenimiento. 248 4.10. Investigación de siniestros. 248 4.11. Comprobación de los Medios Técnicos. 249

4.11.1. Características e instalación de los aparatos, equipos y sistemas de protección contra incendios.

249

4.11.2. Instaladores. 249 4.11.3. Mantenedores. 250 4.11.4. Instalación y puesta en servicio. 250 4.11.5. Operaciones a realizar por el personal del titular de la

instalación del equipo o sistema. 251

4.11.5.1. Sistemas automáticos de detección y alarma de incendios.

251

4.11.5.2. Extintores de incendios. 251 4.11.5.3. Bocas de incendio equipadas. 252 4.11.5.4. Sistemas fijos de extinción. 252

4.11.6. Operaciones a realizar por el personal especializado del fabricante o instalador del equipo o sistema.

252

4.11.6.1. Sistemas automáticos de detección y alarma de incendios.

252

4.11.6.2. Sistema manual de alarma de incendios. 253 4.11.6.3. Extintores de incendios. 253 4.11.6.4. Bocas de incendio equipadas. 253 4.11.6.5. Sistemas fijos de extinción. 253

4.12. Actualización del Manual. 254

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Director  Autor Nombre: Joaquín Cruz Pérez Nombre: Rubén Diéguez Macías Dirección: Avda. Països Catalans, 5 Población: Tarragona Población: Tarragona C.P.: 43006 Despacho: 333 Escuela: ETSE e-mail: [email protected] Titulación: ETIEI

MEMORIA DESCRIPTIVA 

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial 

Memoria Descriptiva 

10

0. Hoja de identificación 

1. Título del proyecto y código identificador. 

El título del proyecto es “Sistema Integral de Protección Contra Incendios de una Nave Industrial” y su código identificador es el 87251-H-X-13451.

2. Situación y emplazamiento. 

La nave industrial donde se realizará la instalación se ubica en la parcela nº 11 del Paseo de la Cabañera, en el Polígono Industrial Borao del término municipal de Alfajarín, provincia de Zaragoza.

3. Promotor de la instalación. 

• Promotor: RUVIC, S.A. • CIF: C-32542349 • Representante Legal: Miguel Ángel Castillo Calleja. • DNI: 34235567-H • Dirección: Paseo de la Cabañera s/n, nave 11 • Código postal y municipio: 50172 Alfajarín (Zaragoza) • Teléfono fijo: 976 505357 • Teléfono móvil: 600 249097 • e-mail: [email protected]

4. Proyectista de la instalación. 

• Nombre: Rubén Diéguez Macías • DNI: 47766938-D • Titulación: Ingeniero Técnico Industrial. • Dirección: Pasaje Gomera 10 • Código postal y municipio: 43006 Tarragona • Teléfono móvil: 638719979 • e-mail: [email protected]

5. Instalador 

• Instalador: PARSI, S.A. • CIF: 23453498-E • Representante legal: Iván Espejo Muñoz • DNI: 49273213-M • Dirección: Calle La Habana 19, nave 6 • Código postal y municipio: 50196 La Muela (Zaragoza) • Teléfono: 976 144850 • e-mail: [email protected]

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial 

Memoria Descriptiva 

11

Índice de la Memoria Descriptiva. 1. Introducción.  13 2. Objeto del proyecto.  13 3. Antecedentes.  13 4. Normativa técnica aplicable.  13 5. Definiciones y abreviaturas.  14 6. Descripción del recinto o pabellón.  15 

6.1. Distribución y superficies.  15 6.2. Construcción.  15 6.3. Accesibilidad.  16 

7. Descripción de la actividad.  16 8. Protección contra incendios.  17 

8.1. Caracterización en relación a la seguridad contra incendios.  17 8.1.1. Configuración y ubicación.  17 8.1.2. Riesgo inherente o intrínseco.  17 8.1.3. Requisitos constructivos a cumplir según el reglamento.  17 

8.1.3.1. Ubicaciones permitidas.  17 8.1.3.2. Sectorización del establecimiento industrial.  18 8.1.3.3. Materiales.  19 8.1.3.4. Estabilidad  al  fuego  de  los  elementos  constructivos 

portantes. 20 

8.1.3.5. Resistencia  al  fuego  de  los  elementos  constructivos de cerramiento. 

21 

8.1.3.5. Evacuación de los establecimientos industriales.  22 8.1.3.6. Ventilación  y  eliminación  de  humos  y  gases  de  la 

combustión en establecimientos industriales. 23 

8.2. Carga total de fuego ponderada y corregida.  23 8.3. Descripción general de la instalación.  23 8.4. Características de la instalación.  24 

8.4.1. Instalación de detección de incendios.  24 8.4.2. Sistema manual de alarma y comunicaciones.  24 8.4.3. Bocas de incendio equipadas.  24 8.4.4. Extintores.  25 

8.4.4.1. Extinción manual.  25 8.4.4.2. Extinción automática.  25 

8.4.5. Alumbrado de emergencia.  25 8.4.6. Señalización.  25 

8.5. Descripción de la instalación.  26 8.5.1. Instalación de detección de incendios.  26 

8.5.1.1. Central de detección de incendios.  26 8.5.1.2. Detección de incendios.  26 

8.5.2. Sistema manual de alarma y comunicaciones.  27 8.5.3. Bocas de incendio equipadas.  27 8.5.4. Extintores.  28 

8.5.4.1. Extinción manual.  28 8.5.4.2. Extinción automática.  29 

8.5.5. Alumbrado de emergencia.  29 8.5.6. Señalización.  32 8.5.7. Ampliación de la instalación eléctrica existente.  33 

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8.5.8. Instalación  de  tuberías  y  elementos  de  abastecimiento para la extinción. 

34 

8.5.9. Ventilación y renovación del aire.  34 8.6. Compartimentación.  34 

9. Ejecución.  35 10. Orden de prioridad entre los Documentos Básicos.  35           

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1. Introducción. 

La empresa RUVIC S.A. que desarrolla los trabajos de producción, reparación y almacenamiento de pequeños mecanismos y piezas metálicas destinadas a herramientas de corte, en la parcela nº 11 del Paseo de la Cabañera, en el Polígono Industrial Borao del término municipal de Alfajarín, en la provincia de Zaragoza, estaría interesada en instalar un sistema de protección contra incendios en su nave ya existente y definir un manual de autoprotección o plan de emergencia. El presente proyecto justifica y describe que dicha instalación y la actividad que desarrolla cumple con lo indicado en el Reglamento de Seguridad contra Incendios en Establecimientos Industriales (R.D. 2267/04). 2. Objeto del proyecto. 

El presente proyecto tiene como finalidad esencial el diseño y justificación de una instalación de protección contra incendios en una nave ya existente en la parcela nº 11 del Polígono Industrial Borao, en el término municipal de Alfajarín, provincia de Zaragoza, siguiendo las instrucciones del R.D. 2267/04. Se utilizará el proyecto para recabar de los organismos competentes las preceptivas autorizaciones tanto para permitir la ejecución, como para la puesta en marcha de la misma. 3. Antecedentes. 

La instalación que se esta diseñando es totalmente nueva al igual que este mismo proyecto. 4. Normativa técnica aplicable. 

Todas las unidades de obra se ejecutarán cumpliendo las prescripciones indicadas en los Reglamentos de Seguridad y Normas Técnicas de obligado cumplimiento para este tipo de instalaciones, tanto de ámbito nacional, autonómico o comarcal.

El diseño de la instalación estará de acuerdo con las siguientes exigencias y recomendaciones expuestas en la última edición de los siguientes códigos:

• Reglamento de Seguridad contra incendios en los establecimientos industriales (R.D. 2267/2004). Aprobado por el Real Decreto, de 3 de diciembre, a propuesta del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y es de obligado cumplimiento desde el 16 de enero de 2005. Tiene como objetivo establecer y definir los requisitos que deben satisfacer y las condiciones que deben cumplir los establecimientos e instalaciones de uso industrial para su seguridad en caso de incendio.

• Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan originar situaciones de emergencia (R.D. 393/2007). Aprobada por el Real Decreto del 23 de marzo, tiene como objetivo el establecimiento de los criterios esenciales, de carácter mínimo, para la regulación de la autoprotección, para la definición de las

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actividades a las que obliga, y para la elaboración, implantación material efectiva y mantenimiento del Plan de Autoprotección.

• NBE-CPI-96. Condiciones de Protección contra Incendios en los Edificios, aprobada por el Real Decreto 2177/1996, del 4 de octubre, establece las condiciones que deben reunir los edificios, para proteger a sus ocupantes frente a los riesgos originados por un incendio y para prevenir daños a terceros.

• Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (R.D. 1942/1993). Establece la regulación de las condiciones que deben cumplir los aparatos, equipos y sistemas, así como su instalación y mantenimiento, además de la regulación de los instaladores y mantenedores.

o Revisión de R.D. 1942/1993 (Orden del MINER 16 de abril de 1998). • Reglamentos de Aparatos a Presión I.T.C. MIE-AP5. Instrucción técnica

complementaria referida a extintores de incendios. • Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los proyecto de obras (R.D.

486/97). Se determina el cuerpo básico de garantías y responsabilidades preciso para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo.

• Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (R.D. 842/2002). Instrucciones Básicas Complementarias. Reglamento de obligado cumplimiento que prescribe las condiciones de montaje, explotación y mantenimiento de instalaciones de baja tensión. Según este reglamento se considera baja tensión aquella que es menor o igual a 1000 voltios en corriente alterna y 1500 voltios en caso de corriente continua.

• Ordenanzas Municipales y de la Comunidad Autónoma. Norma jurídica dictada por el ayuntamiento o Comunidad Autónoma para la gestión del municipio o la Comunidad Autónoma.

• Normas UNE correspondientes. Normativas tecnológicas. • Reglas técnicas CEPREVEN. Serie de normas técnicas aplicables en la

Instalación de Protección Contra Incendios. 5. Definiciones y abreviaturas. 

• PCI: Protección Contra Incendios. • NBE: Normas Básicas de la Edificación. • NTE: Normas Tecnológicas de la Edificiación. • REBT: Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión • R.D.: Real Decreto. • ITC: Instrucción Técnica Complementaria. • BT: Baja Tensión. • Cu: cobre. • Aut.: automático. • ml.: metro lineal. • lm: lúmenes. • lx: luxes. • D.N.: diámetro nominal. • I.D.: interruptor diferencial. • I.C.P.M. interruptor de control de potencia máxima.

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6. Descripción del recinto o pabellón. 

El recinto donde se va a realizar la instalación de protección contra incendios proyectada en este documento, se sitúa en la parcela nº 11 del Paseo de la Cabañera, en el Polígono Industrial Borao, en el término municipal de Alfajarín, provincia de Zaragoza. En los planos 1 y 2 del presente proyecto, referidos a la situación y emplazamiento, clarifican estos datos.

Este recinto consta de diferentes estancias o dependencias, donde se aplicará el

reglamento competente para la confección del diseño de la instalación demandada. Estas dependencias son las siguientes:

• Almacén de materias primas y de producto acabado. • Taller de manipulación, producción y reparación. • Oficina de admisión (entradas y salidas de material). • Oficina principal, dividida en una oficina del jefe de ventas y otra de

administración, prototipazo y planos. • Vestidores y lavabos para hombres y para mujeres. • Comedor. • Vestíbulo.

6.1. Distribución y superficies. 

Esta nave tiene una superficie construida de 1.316,25 m2 y una superficie útil de 1204,8 m2. Esta última esta dividida en las diferentes estancias siguientes:

Tabla 1. Distribución de superficies de las estancias de la nave industrial

Estancias o dependencias Superficie útil (m2) Taller de producción y reparación 161,4

Almacén 817,8 Vestíbulo 100,8 Comedor 19,8 Pasillo 14,4

WC Señoras 15,8 WC Caballeros 17,9

Oficina de recepción y expedición 11,9 Oficina jefe de ventas y logística 9

Oficina admón., planos y prototipado 36 TOTAL 1.204,8 m2

6.2. Construcción. 

El sistema constructivo de la nave a tratar es de pilares y paredes prefabricados de hormigón armado. La altura libre de la nave es de 3 metros, excepto en almacén y taller que es de 6 metros.

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6.3. Accesibilidad. 

El acceso al Polígono Industrial Borao, se podrá hacer por la Carretera Nacional II, o desde la Autopista AP-2 hacia la misma Carretera Nacional II.

El acceso a la nave es posible desde el Paseo de la Cabañera, donde se ubica la nave industrial a tratar. 7. Descripción de la actividad. 

La labor principal que se realiza en la nave industrial a tratar es la de la producción, manipulación, reparación y almacenamiento de pequeños mecanismos y piezas metálicas destinadas para herramientas, principalmente de corte.

En el almacén se realizan las tareas de almacenamiento del producto acabado que sale del taller y de la materia prima necesaria para realizar los trabajos en dicho taller. Las entradas y salidas de este almacén se gestionan en una oficina de admisión ubicada dentro del almacén.

En el taller de producción se realizan las siguientes labores específicas:

• Afilado: Se disponen de 8 afiladoras de precisión destinadas individualmente a trabajos de afilados específicos.

• Rectificación (normal y cilíndrica): Se cuentan con 2 rectificadoras, manual y CNC, que permiten realizar trabajos de rectificado de alta precisión y calidad. Se llevan a cabo rectificados cilíndricos de gran precisión y con distintos acabados con máquinas convencionales y CNC.

• Arenado y pintado: Se arenan todos los productos con silicio y corindón, que junto a la pintura aseguran el mejor acabado y protección.

• Perfilado: Se dispone de perfiladora manual y automática que permite realizar acabados de gran calidad y mantenimiento.

• Soldado: 3 soldadoras de inducción de diferente intensidad permiten llevar a cabo el soldado y el templado de las piezas.

• Torneado: Se cuentan con un torno CNC y otro manual para trabajos de torneado y roscado de cualquier tipo de piezas especiales.

• Fresado: Se utiliza la fresa como herramienta para realizar mecanizados por arranque de viruta mediante el movimiento de la maquina rotativa.

• Mecanizado: Se realizan trabajos de mecanizado CNC y manual para todo tipo de herramienta de metalurgia y de construcción.

• Control y medición: Las herramientas pasan por un riguroso sistema de medición y control para asegurar su calidad.

Existe una oficina principal, que incluye una oficina ocupada por el jefe de

ventas y logística, que gestiona el transporte de la mercancía como producto acabado y la petición de materia prima para la realización de las labores principales de la empresa, y una oficina de administración, planos y prototipado de piezas y mecanismos.

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8. Protección contra incendios. 

Este apartado tiene como misión justificar el cumplimiento de la normativa enunciada en el Reglamento de Seguridad contra Incendios en los Establecimientos Industriales (R.D. 2267/2004), que tiene como objetivo establecer y definir los requisitos que han de satisfacer y las condiciones que tienen que cumplir los establecimientos e instalaciones de uso industrial por su seguridad en caso de incendio, para prevenir su aparición y para dar la respuesta adecuada. En caso de producirse, limitar su propagación y posibilitar la extinción, con el objetivo de anular o reducir los daños o pérdidas que el incendio pueda producir tanto a las personas como a los bienes.

8.1. Caracterización en relación a la seguridad contra incendios. 

8.1.1. Configuración y ubicación. 

Según se ha podido demostrar en el “Anexo I: Cálculo y Diseño del Sistema de Protección Contra Incendios”, se determina que el establecimiento industrial que trata el presente proyecto es del tipo C.

8.1.2. Riesgo inherente o intrínseco. 

Por lo demostrado en el “Anexo I: Cálculo y Diseño del Sistema de Protección Contra Incendios”, se presenta la siguiente tabla donde se determina el riesgo intrínseco del establecimiento industrial que trata el presente proyecto, globalmente y por sectores.

Tabla 2. Determinación del nivel de riesgo intrínseco.

Sector Nivel de riesgo intrínseco Categoría

1 MEDIO 3 2 BAJO 1 3 ALTO 6

Global nave MEDIO 4

8.1.3. Requisitos constructivos a cumplir según el reglamento. 

8.1.3.1. Ubicaciones permitidas. 

Según el Anexo II, del Reglamento de Seguridad contra Incendios en los Establecimientos Industriales, titulado “Requisitos constructivos de los establecimientos industriales según su configuración, ubicación y nivel de riesgo intrínseco”, no se permite la ubicación de sectores de incendio con actividad industrial:

• De riesgo intrínseco alto, en configuraciones tipo A, según el Anexo 1. • De riesgo intrínseco medio, en planta bajo rasante, en configuraciones tipo A,

según Anexo I. • De cualquier riesgo, en configuraciones tipo A, cuando el perímetro accesible

del edificio sea inferior a 25% del perímetro del mismo.

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• De riesgo intrínseco medio o bajo en planta sobre rasante cuya altura de evacuación sea superior a 15 metros, en configuraciones tipo A, según el Anexo I.

• De riesgo intrínseco alto, cuando la altura de evacuación del edificio en sentido descendente sea superior a 15 metros, en configuración tipo B, según el Anexo I.

• De cualquier riesgo, en segunda planta bajo rasante o cuando la altura de evacuación de la planta en sentido ascendente sea superior a 4 metros, en configuraciones tipo A y tipo B, según el Anexo I.

• De riesgo intrínseco alto A-8, en configuraciones tipo B, según el Anexo I. • De riesgo intrínseco medio o alto, a menos de 25 m de masa forestal, con franja

perimetral permanentemente libre de vegetación baja arbustiva.

Viendo las restricciones que enumera este Anexo, se concluye que la nave industrial tratada para el diseño de la instalación contra incendios demandada no cumple ninguna de ellas, y por ello no tendrá ninguna ubicación no permitida de sectores de incendio con actividad industrial.

8.1.3.2. Sectorización del establecimiento industrial. 

Según el Anexo II del Reglamento de Seguridad contra Incendios en los

Establecimientos Industriales, titulado “Requisitos constructivos de los establecimientos industriales según su configuración, ubicación y nivel intrínseco”, se define en el apartado 2, la sectorización de los establecimientos industriales.

En el se define que todo establecimiento industriales constituirá al menos un sector de incendio cuando adopte las configuraciones tipo A, tipo B o tipo C, o constituirá un área de incendio cuando adopte las configuraciones D o tipo E, según el Anexo I.

La máxima superficie construida admisible de cada sector de incendio será la que se indica en la tabla siguiente que corresponde con la Tabla 2.1. “Máxima superficie construida admisible de cada sector de incendio”, del Anexo II del Reglamento de Seguridad contra Incendio en los Establecimientos Industriales.

Tabla 3. Máxima superficie construida admisible de cada sector de incendio. Configuración del establecimiento Riesgo intrínseco

del sector de incendio TIPO A (m2) TIPO B (m2) TIPO C (m2)

BAJO (1)-(2)-(3) (2)-(3)-(5) (3)-(4) 1 2.000 6.000 SIN LIMITE 2 1.000 4.000 6.000

MEDIO (2)-(3) (2)-(3) (3)-(4) 3 500 3.500 5.000 4 400 3.000 4.000 5 300 2.500 3.500

ALTO (3) (3)-(4) 6 2.000 3.000 7 1.500 2.500 8

NO ADMITIDO

NO ADMITIDO 2.000

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NOTAS TABLA 3 (tipo C). (3) Cuando se instalen sistemas de rociadores automáticos de agua que no sean exigidos preceptivamente por el Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales (Anexo III), las máximas superficies construidas admisibles, indicadas en la Tabla 3 pueden multiplicarse por 2. (4) En configuraciones de tipo C, si la actividad lo requiere, el sector de incendios puede tener cualquier superficie, siempre que todo el sector cuente con una instalación fija automática de extinción y la distancia a límites de parcelas con posibilidad de edificar en ellas sea superior a 10 m.

Tabla 4. Sectorización del establecimiento industrial (superficies máximas).

Sector Nivel de riesgo intrínseco Categoría

Superficie máxima por

norma

Superficie total del sector

1 MEDIO 3 5.000 225,6 2 BAJO 1 SIN LIMITE 161,4 3 ALTO 6 3.000 817,8

Se puede comprobar que la sectorización realizada del establecimiento industrial cumple con creces las disposiciones mínimas establecidas en el Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales, en cuanto a superficies máximas de sectorización se refiere.

8.1.3.3. Materiales. 

Las exigencias de comportamiento de los productos de construcción se definen determnando la clase que deben alcanzar, según la norma UNE-EN 13501-1 para aquellos materiales para los que exista norma armonizada y ya esté en vigor el marcado “CE”.

Las condiciones de reacción al fuego aplicable a los elementos constructivos se

justificarán:

a) Mediante la clase que figura en cada caso, en primer lugar conforme a la nueva clasificación europea.

b) Mediante la clase que figura en segundo lugar entre paréntesis, conforme a la clasificación que establece la norma UNE-23727.

Los productos de construcción cuya clasificación conforme a la norma UNE

23727:1990 sea válida para estas aplicaciones podrán seguir siendo utilizados después de que finalice su período de coexistencia, hasta que se establezca una nueva regulación de la reacción al fuego para dichas aplicaciones basada en sus escenarios de riesgo específicos. Para poder acogerse a esta posibilidad, los productos deberán acreditar su clase de reacción al fuego conforme a la normativa 23727:1990 mediante un sistema de evaluación de la conformidad equivalente al correspondiente al del marcado “CE” que les sea aplicable. Los productos de revestimientos, productos utilizados como revestimiento o acabado superficial deben ser:

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• En suelos: CFL-s1 (M2) o más favorable. o En el establecimiento industrial que trata este proyecto se cumple.

• En paredes y techos: C-s3 d0 (M2) o más favorable.

El establecimiento industrial que trata el presente proyecto cumple con las disposiciones mínimas que preceptuadas sobre los productos de revestimiento, ya que los materiales con los que están construidos son de la clase M2.

En paredes y cerramientos, cuando un producto que constituya una capa

contenida en estos sea de una clase más desfavorable que la exigida al revestimiento correspondiente, según lo referenciado en los productos de revestimiento, la capa y su revestimiento, en su conjunto serán, como mínimo, EI 30 (RF-30).

Este requisito no será exigible cuando se trate de productos utilizados en

sectores industriales clasificados según el Anexo I como de riesgo intrínseco bajo, ubicados en edificios de tipo B o de tipo C para los que será suficiente la clasificación Ds3 d0 (M3) o más favorables, para los elementos constitutivos de los productos utilizados para paredes o cerramientos.

El establecimiento industrial que trata el presente proyecto cumple con creces

esta disposición al estar construido con hormigón prefabricado y ser su resistencia al fuego de 240.

8.1.3.4. Estabilidad al fuego de los elementos constructivos portantes. 

Las exigencias de comportamiento ante el fuego de un elemento constructivo portante se definen por el tiempo en minutos, durante el que dicho elemento debe mantener la estabilidad mecánica (o capacidad portante) en el ensayo normalizado conforma la norma correspondiente de las incluidas en la Decisión 2000/367/CE de la Comisión, de 3 de mayo de 2000, modificada por la Decisión 2003/629/CE de la Comisión.

La estabilidad ante el fuego, exigible a los elementos constructivos portantes en

los sectores de incendio de un establecimiento industrial, puede determinarse:

1. Mediante la adopción de los valores que se establecen en el Anexo II del Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales.

2. Por procedimientos de cálculo, analítico o numérico, de reconocida solvencia o justificada validez.

La estabilidad al fuego de los elementos estructurales con función portante y

escaleras que sean recorridos de evacuación no tendrá un valor inferior al indicado en la siguiente tabla, referencia de la Tabla 2.2 de Anexo II, del Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales.

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Tabla 5. Estabilidad al fuego de los elementos estructurales portantes. TIPO A TIPO B TIPO C Nivel de

riesgo intrínseco

Planta sótano

Planta sobre

rasante

Planta sótano

Planta sobre

rasante

Planta sótano

Planta sobre

rasante R 120 R 90 R 90 R 60 R 60 R 30 BAJO (EF-120) (EF-90) (EF-90) (EF-120) (EF-120) (EF-120)

R 120 R 120 R 90 R 90 R 60 MEDIO NO ADMITIDO (EF-120) (EF-120) (EF-120) (EF-120) (EF-120)

R 180 R 120 R 120 R 90 ALTO NO ADMITIDO

NO ADMITIDO (EF-180) (EF-120) (EF-120) (EF-120)

Para el establecimiento industrial que trata el presente proyecto, únicamente interesara hacer referencia a la columna final de la tabla, ya que este ni dispone de planta sótano y tiene una única planta sobre rasante. Como se ha dicho anteriormente, la nave que conforma el establecimiento industrial esta construida con placas de hormigón armado, que tienen una estabilidad al fuego de 240, con lo que cumple sobradamente las disposiciones que se hacen referencia en la tabla anterior. Para la estructura principal de cubiertas ligeras y sus soportes en plantas sobre rasante, no previstas para ser utilizadas en la evacuación de los ocupantes, siempre que se justifique que su fallo no pueda ocasionar daños graves a los edificios o establecimientos próximos, ni comprometan la estabilidad de otras plantas inferiores o la sectorización de incendios implantada y, si su riesgo intrínseco es medio o alto, disponga de un sistema de extracción de humos, se podrán adoptar los valores siguientes:

Tabla 6. Estabilidad al fuego de los elementos de cubiertas ligeras y soportes. TIPO B TIPO C Nivel de riesgo intrínseco Sobre rasante Sobre rasante

Riesgo bajo R 15 (EF-15) NO SE EXIGE Riesgo medio R 30 (EF-30) R 15 (EF-15) Riesgo alto R 60 (EF-60) R 30 (EF-30)

El establecimiento industrial que trata este proyecto también cumple con las disposiciones mínimas al efecto.

En los establecimientos industriales de una sola planta situados en edificios tipo C, como es el caso, separados al menos 10 metros de los edificios o establecimientos industriales más próximos, no se exigirá la EF (estabilidad ante el fuego) a la estructura principal ni a la cubierta.

8.1.3.5. Resistencia  al  fuego  de  los  elementos  constructivos  de cerramiento. 

Las exigencias de comportamiento ante el fuego de un elemento constructivo de

cerramiento (o delimitador) se definen por tiempos durante los que dicho elemento debe mantener las siguientes condiciones, durante el ensayo normalizado conforme a la norma que corresponda de las incluidas en la Decisión 2000/367/CE de la Comisión, de 3 de mayo de 2000, modificada por la Decisión 2003/629/CE de la Comisión:

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a) Capacidad portante R. b) Integridad al paso de las llamas y gases calientes E. c) Aislamiento térmico I.

Estos tres supuestos se consideran equivalentes en los especificados en la norma

UNE 23093:

a) Estabilidad mecánica (o capacidad portante). b) Estanqueidad al paso de las llamas o gases calientes. c) No emisión de gases inflamables en la cara no expuesta al fuego. d) Aislamiento térmico suficiente para impedir que la cara no expuesta al fuego

supere las temperaturas que establece la norma correspondiente.

La resistencia al fuego de los elementos constructivos delimitadores de un sector de incendio respecto de otros no será inferior a la estabilidad al fuego exigida en la Tabla 5 de este documento que hace referencia a la Tabla 2.2 del Anexo II del Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales, para los elementos constructivos con función portante en dicho sector de incendio.

La nave industrial a tratar para el diseño de la instalación de protección contra

incendios cumple este requisito, sea cual sea el riesgo intrínseco del sector, ya que el hormigón armado con el cual esta construida tiene una resistencia al fuego de 240 (RF-240).

8.1.3.6. Evacuación de los establecimientos industriales. 

Según el apartado 6 del Anexo II del Reglamento de Seguridad Contra Incendios en los Establecimientos Industriales, se define espacio exterior seguro a aquel espacio al aire libre que permite que los ocupantes de un local o edificio puedan llegar, a través de él, a una vía pública o posibilitar el acceso al edificio a los medios de ayuda exterior.

Para la aplicación de las exigencias relativas a la evacuación de los establecimientos industriales, se determinará la ocupación de los mismos, P, deducida de las siguientes expresiones:

• pP ·10,1= , cuando 100<p . • ( )100·05,1110 −+= pP , cuando 200100 << p . • ( )200·03,1215 −+= pP , cuando 500200 << p . • ( )500·01,1524 −+= pP , cuando p<500 .

Donde p es el número de ocupantes. Para el caso de la nave industrial a tratar se

cumplirá el primer de ellos al ser la ocupación de menos de 100 personas.

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8.1.3.7. Ventilación y eliminación de humos y gases de la combustión en los edificios industriales. 

La eliminación de los humos y gases de la combustión y, con ellos del calor

generado, de los espacios ocupados por sectores de incendio de establecimientos industriales, debe realizarse de acuerdo con la tipología del edificio en relación con las características que determinan el movimiento del humo.

Dispondrán de sistema de evacuación de humos:

a) Los sectores con actividades de producción: i. De riesgo intrínseco medio y superficie construida ≥ 2000 m2.

ii. De riesgo intrínseco alto y superficie construida ≥ 1000 m2.

b) Los sectores con actividades de almacenamiento: i. De riesgo intrínseco medio y superficie construida ≥ 1000 m2.

ii. De riesgo intrínseco alto y superficie construida ≥ 800 m2.

Según estas disposiciones mínimas aplicadas al establecimiento industrial que trata el presente proyecto para el caso del taller de producción y reparación según el punto a) no sería necesaria la instalación de un sistema de evacuación de humos ya que es de riesgo intrínseco bajo y este no lo contempla.

Para el caso del almacén, tampoco sería necesaria la instalación de un sistema de

evacuación de humos. El sector ocupado por el almacén es de riesgo intrínseco alto pero supera la superficie construida limitada por el punto b) ii). 8.2. Carga total de fuego ponderada y corregida. 

Según los cálculos realizados en el Anexo I del presente proyecto, la carga total de fuego ponderada y corregida de cada uno de los sectores que comprende la nave y la global de la misma las tenemos referenciadas en la siguiente tabla.

Tabla 7. Determinación del nivel de riesgo intrínseco Densidad de carga Sector MJ/m2 Mcal/m2

1 1141,83 287,66 2 200 48 3 3600 864

Global nave 1661,79 404,20 8.3. Descripción general de la instalación. 

Según los cálculos realizados en el Anexo 1 del presente proyecto para conocer el nivel de riesgo intrínseco, tanto de cada uno de los sectores de la nave, como de la nave en su totalidad, ateniéndonos a la norma, será necesaria la instalación de un sistema de detección de incendios, sistema manual de aviso y comunicación, sistema de bocas de incendio equipadas y sistema de extinción manual.

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Memoria Descriptiva 

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8.4. Características de la instalación.  

Todos los aparatos, equipos, sistemas y componentes de las instalaciones de protección contra incendios de los establecimientos industriales, así como el diseño, la ejecución, la puesta en funcionamiento y el mantenimiento de sus instalaciones, cumplirán lo preceptuado en el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios, aprobado por el Real Decreto 1942/1993.

Los instaladores y mantenedores de las instalaciones de protección contra incendios, cumplirán los requisitos que, para ellos establece el Reglamento de Protección contra Incendios.

Las justificaciones de la instalación de los diversos dispositivos que conforma el

sistema de protección contra incendios que trata el presente proyecto se pueden comprobar en el Anexo I del presente proyecto.

8.4.1. Instalación de detección de incendios. 

• 1 centralita de detección de incendios. • 12 detectores, de los cuales:

o 10 detectores ópticos de humos en el almacén. o 2 detectores termovelocimétricos en la oficinal principal, de los cuales:

1 en la oficina de logística y ventas. 1 en la oficina de administración, prototipado y planos.

8.4.2. Sistema manual de alarma y comunicaciones. 

• 7 pulsadores manuales, de los cuales:

o 5 en el almacén. o 2 en el vestíbulo.

• 2 sirenas controladas, de las cuales:

o 1 en el almacén. o 1 en la oficina principal.

8.4.3. Bocas de incendio equipadas. 

• 4 bocas de incendio equipadas, de las cuales:

o 2 bocas de incendio de 45 mm. de boca y 20 mts. de manguera en el almacén.

o 1 boca de incendio de 45 mm. de boca y 15 mts. de manguera en el taller de producción y reparación.

o 1 boca de incendio de 45 mm. de boca y 15 mts. de manguera en el vestíbulo.

o Para el complemento y para asegurar el buen abastecimiento para las 2 BIES

simultáneas más desfavorables se procederá a la instalación de:

• 1 Grupo de presión.

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Memoria Descriptiva 

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• 1 Deposito de reserva de agua para protección contra incendios, dispuesto en aljibe enterrado.

8.4.4. Extintores. 

8.4.4.1. Extinción manual. 

• 6 extintores manuales, de los cuales: o 4 en el almacén. o 1 en el vestíbulo. o 1 en el taller de producción y reparación.

8.4.4.2. Extinción automática. 

Se dotará a la oficina principal de un sistema de extinción automática FM-200

(Heptafluoropropano, HFC-227ea, CF3CHFCF3). En el apartado descriptivo correspondiente se enumeran las características de este sistema.

8.4.5. Alumbrado de emergencia. 

Según el informe generado por el programa de cálculo Daisa 4.0, contenido en el

Anexo 1, las luminarias de emergencia serán instaladas con las siguientes disposiciones:

• 45 luminarias de emergencia, de las cuales: o 23 luminarias de emergencia en el almacén. o 5 luminarias de emergencia en el taller de producción y reparación. o 7 luminarias de emergencia en el vestíbulo. o 3 luminarias de emergencia en el pasillo. o 3 luminarias de emergencia en la oficina principal, de las cuales:

1 luminaria de emergencia en la oficina del jefe de ventas y logística.

2 luminarias de emergencia en la oficina de administración, prototipado y planos.

o 1 luminaria de emergencia en la oficina de recepciones y expediciones.

8.4.6. Señalización. 

• Señales de equipos contra incendios. o 7 señales con la leyenda “PULSADOR DE ALARMA”. o 4 señales con la leyenda “BOCA DE INCENDIOS”. o 5 señales con la leyenda “EXTINTOR” o 1 señal con la leyenda “AVISADOR SONORO”.

• Señales de salvamento y vías de evacuación.

o 5 señales con la leyenda “SALIDA DE EMERGENCIA”. o 12 señales de dirección de evacuación. o 5 señales de apertura de puertas de emergencia.

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Memoria Descriptiva 

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8.5. Descripción de la instalación. 

El presente apartado tiene como misión la de la descripción técnica de los elementos seleccionados para el diseño de la instalación de protección contra incendios, según los cálculos realizados en los anexos del presente proyecto y las aplicaciones de los Reglamentos y Normas correspondientes.  

8.5.1. Instalación de detección de incendios. 

8.5.1.1. Central de detección de incendios. 

La central de detección de incendios a instalar será de tipo convencional de la serie CFD4800 de DSC. Este tipo de centrales proporcionan funciones de control e indicación para sistemas de 2, 4 y 8 zonas de detección, es idónea para pequeñas y medianas instalaciones. Dispone de certificación EN54. Pueden conectarse hasta 21 elementos convencionales (pulsadores y detectores) en cada una de las zonas con un total de 168 elementos conexionables.

Es capaz de diferenciar alarmas generadas por pulsadores manuales de alarmas generadas por detectores convencionales. Dispone de la posibilidad de programar el modo día/noche con prealarma en modo día de forma manual o automática.

Cada zona de detección dispone de su propia salida de repetición de alarma que permite actuar de forma selectiva sobre el incendio. Además, la central dispone de 2 salidas de alarma silenciables para el control de sirenas autoalimentadas, sirenas piezoeléctricas, campanas de alarma, etc. Dispone de salida para marcador telefónico y una salida de colector abierto programable para alarma, avería, reset, test o doble detección así como de relés de alarma y avería.

Entre otras funcionalidades dispone de zona de gas compatible con sensores de 4-20 mA, reconocimiento de desaparición de detectores, tiempo de rearmado y estabilización programable, umbrales de detección ajustables.

Permite la instalación de un módulo de extinción de 1 riesgo, con salida para electroválvula controlada mediante comparación (AND/OR) entre el estado de las zonas de la central, con el tiempo de preextinción programable, salida de repetición de señales (preextinción, extinción y extinción activada), entrada para la activación forzada, señalización de avería de las líneas de entrada, posibilidad de inhibir la extinción y pulsador para el funcionamiento manual, automático y fuera de servicio de las salidas.

Dispone de una fuente de alimentación de 1,5 A y capacidad para alojar 2

baterías de 12 V – 7 Ah. Su tensión de trabajo es de 230 V en corriente alterna a 50 o 60 Hz, con salida de entre 19 hasta 27,6 V.

8.5.1.2. Detección de incendios. 

Los detectores ópticos de humo a instalar deberán ser compatibles para la centralita de tipo convencional que instalaremos. Estos serán de la serie Z630 de ZITON que son detectores ópticos de humo de tipo puntual, es decir, en los que emisor y receptor se encuentran alojados en la misma cámara. Cuando entra humo en la cámara

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el haz de luz emitido se refracta y puede alcanzar al receptor, activándose la alarma correspondiente.

Entre sus características más importantes tenemos que este tipo de detector tiene una superficie de vigilancia de 80 m2 y una tensión de trabajo de 15 a 30 V en corriente continua con un consumo de 50 mA limitados por la central.

Los detectores termovelocimétricos a instalar serán también de la marca ZITON en su serie Z620-582. Son, al igual que los anteriores, detectores convencionales compatibles con la centralita a instalar. Este dispositivo controla el incremento gradual de la temperatura, activando la alarma al sobrepasara un valor establecido durante un tiempo determinado. Si este incremento en el tiempo lo denominamos velocidad de activación, ésta suele programarse entorno a los 10º C por minuto.

Son dispositivos ideales para lugares donde el incremento de la temperatura puede ser importante y para poder discriminar fácilmente falsas alarmas.

Sus características más importantes son una tensión de trabajo de 15 a 30 V en

corriente continua con un consumo de 50 mA limitados por la central y una superficie de vigilancia de 20 m2.

8.5.2. Sistema manual de alarma y comunicaciones. 

El sistema manual de alarma se implantará con un sistema de pulsadores manuales de tipo convencional compatibles con la centralita a instalar. Los elegidos para la instalación serán de la serie ZC6-CP2 de la marca ZITON que son pulsadores convencionales de alarma y rearmables.

Son puntos de activación de alarma manual para sistemas de detección convencional. Una vez accionado, éste queda activado hasta que se realice un rearme manual mediante la llave. Para rearmar el pulsador se girará la llave un cuarto de vuelta hacia la derecha y quedará lista para un nuevo uso. Su máxima corriente de contactos es de 3 A a 24 V en corriente continua.

El sistema de alarma se implantara con sirenas de tipo convencional de la marca ZITON en su modelo ZF-ES4-R. Consisten en sirenas electrónicas bitonales de carcasa rectangular de bajo perpil fabricadas en plástico ABS de color rojo.

Creadas para aplicaciones interiores, disponen de certificación EN54. Poseen una salida acústica de 97 dB a 1 metro y consumen 18 mA a 24 V en corriente continua.

8.5.3. Bocas de incendio equipadas.  

Todas las bocas de incendio equipadas con las que se dota la instalación tienen las siguientes características con la única diferencia en la longitud de su manguera, ya que habrá 2 de 20 metros y 2 de 15 metros. Las bocas de incendio a instalar serán del modelo PARSI 4515/4520 (los dos últimos de cada referencia define el número de metros que tienen las mangueras):

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• 45 mm. de boca y 15 o 20 metros de manguera. • Dimensiones en milímetros: 630 x 500 x 120. • Armario construido en una pieza de chapa blanca de 1 mm. • Troquelado lateral para ventilación. • Entrada troquelada para toma de agua y taladros en la parte inferior para

desagüe. • Cerradura en ABS abrefácil con llave y precinto. Puerta para cristal de

metacrilato desmontable. Devanadera de radios de 385 mm., con ángulo de giro de 180º.

• Válvula de asiento de latón forjado con salida de 110º y roscas de 1”1/2.

El sistema se someterá a una prueba de estanqueidad y resistencia mecánica sometiendo a la red a una presión estática igual a la máxima de servicio y como mínimo de 980 kPA, manteniendo esta presión durante 2 horas.

Tal como se ha calculado en el Anexo 1, se dispondrá también de un aljibe con

su grupo de presión correspondiente para asegurar la presión para las 2 BIES simultáneas más desfavorables. Contará con los siguientes elementos:

• Grupo de presión de caudal 35 m3/h, como máximo, presión mínima de 5 bar y máxima 6 bar con una bomba de servicio y 1 bomba jockey y montado sobre bancada, para asegurar el abastecimiento por simultaneidad de funcionamiento de las 2 bocas de incendio equipadas más desfavorables, como justifica el Anexo I del presente Proyecto.

• Depósito de poliéster para reserva de agua contra incendios de 25 m3 de capacidad, para enterrar en posición horizontal, con cuñas de apoyo, para asegurar el suministro de agua a las bocas de incendio equipadas en caso de fallo del sistema de abastecimiento de agua.

8.5.4. Extintores. 

8.5.4.1. Extinción manual. 

Los extintores manuales que conforman la instalación de protección contra

incendios tendrán las siguientes características:

• Polvo polivalente tipo ABC (27A 183B C, para oficinas y taller; 34A 244B C, para el almacén).

• Carga de 6 kg. • Alcance de 6 metros (7 metros para los del almacén). • Temperatura de funcionamiento comprendida entre -30 ºC hasta + 60 ºC. • Tiempo de descarga de 16 segundos. • Presión de funcionamientos de 15 bares. • Propulsor de nitrógeno. • Dimensiones en milímetros: 507 x 220 x 162. • Peso del aparato de 9,1 kg. (15 kg. para los del almacén).

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8.5.4.2. Extinción automática. 

La botella contenedora del gas se situará fuera del riesgo en la parte exterior de la nave, contigua a las oficinas. Se dispondrán pulsadores de paro y disparo manual en el exterior del riesgo junto a la puerta de entrada, así como un letrero luminoso/acústico de aviso de disparo. Se dispondrá de una sirena interior de prealarma para la evacuación de las zonas.

En el caso que ocupa este proyecto, el gas estará contenido en un cilindro

modular, construido en acero forjado sin soldadura, con una presión de trabajo de 166 bar. y una presión de prueba hidráulica de 250 bar., con una densidad máxima de carga por cilindro de 1,1 kg./l. Según los cálculos realizados el cilindro modular será de 67 litros de capacidad, cargado con 55,99 kilos de gas FM-200.

El sistema de difusión estará formado por 1 difusor de 1 ½” para la oficina principal.

Para el disparo forzado del sistema de extinción automático se instalarán 1 pulsador de disparo de sistema automático FP3-YL de la marca CQR, con la leyenda “DISPARO EXTINCIÓN”. Esta equipado con LED de alarma, circuito de alarma con contacto NA/NC, 6 terminales para realizar la conexión del mismo y cristal intercambiable y/o dispositivo mecánico rearmable mediante llave. Rectangular de color amarillo. Su máxima corriente de contactos es de 3 A a 24 V en corriente continua.

En el exterior de las dos estancias a proteger con el sistema de extinción automática, se colocarán un letrero luminoso con la leyenda “EXTINCION DISPARADA”, de la Serie 5000 de MENVIER CSA, que están equipados con avisadores ópticos y acústicos. Consumen 65 mA a 24 V a corriente continua.

Finalmente mencionar la instalación en la central de detección de incendios del modulo de control de extinción J400-EXT, que nos permitirá controlar la extinción del sistema automático, programar retardos para la evacuación de la zona antes de que se dispare la extinción, etc.

También puede reducir la proporción de falsas alarmas del sistema y controlar fallos en la presión de distribución del agente extintor, marcando la avería correspondiente.

8.5.5. Alumbrado de emergencia. 

Según los resultados obtenidos en la simulación realizada con el programa Daisalux, los dispositivos a instalar serán:

• 3 luminarias de emergencia Daisa LUNA N3. • 24 luminarias de emergencia Daisa MYRA N11. • 18 luminarias de emergencia Daisa MYRA P6.

Primeramente, por lo que respecta a las luminarias Daisa LUNA N3, hay que

decir que es un cuerpo circular con bordes redondeados que consta de una carcasa fabricada en PC/ASA y un difusor en policarbonato. Consta de una lámpara

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fluorescente que se ilumina si falla el suministro de red. Trabaja con corriente alterna a 230 V y 50 Hz. de frecuencia y tiene un flujo de 110 luxes. Seguidamente se dispone de un detalle y dimensiones de la luminaria:

Figura 1. Dimensiones LUNA N3.

También se facilitan las curvas polares de iluminación de la luminaria:

Figura 2. Curvas polares de iluminación LUNA N3.

Seguidamente hablaremos de las luminarias de emergencia tipo MYRA N11.

Consiste en un cuerpo cuadrado en el que sus piezas frontales forman una lámina ligeramente curvada con posibilidad de ajuste horizontal o vertical. Consta de una

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carcasa decorativa fabricada en PC/ASA y difusor en policarbonato. Consta de una lámpara fluorescente que se ilumina si falla el suministro de red. Trabaja en corriente alterna de 230 V y 50 Hz. de frecuencia y tiene un flujo de iluminación de 550 luxes. Seguidamente se dispone de un detalle y dimensiones de la luminaria:

Figura 3. Dimensiones MYRA N11.

También se facilitan las curvas polares de iluminación de la luminaria:

Figura 4. Curvas polares de iluminación MYRA N11.

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Finalmente, las luminarias de emergencia MYRA P6, tienen las mismas caracteristicas que la MYRA N11, al ser de la misma serie, excepto de que tiene un flujo luminoso de 230 luxes y sus curvas polares de iluminación son las siguientes:

Figura 5. Curvas polares de iluminación MYRA P6.

8.5.6. Señalización. 

En la siguiente tabla se especifica cuales son las señalizaciones que se van a colocar

a lo largo de todo el establecimiento:

Tabla 5. Señalización de emergencia a colocar.

Señales de equipos contra incendios Señal Referencia Cantidad Leyenda Propósito

523 7 PULSADOR DE ALARMA

Señalizar todos los pulsadores de

alarma de la instalación.

502 4 BOCA DE INCENDIO

Señalizar todas las bocas de

incendio equipadas de la

instalación.

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504 6 EXTINTOR Señalizar todos los extintores de la instalación.

411 1 AVISADOR SONORO

Señalizar todas las sirenas o avisadores

sonoros de la instalación.

Señales de salvamento y vías de evacuación Señal Referencia Cantidad Leyenda Propósito

612 5 SALIDA DE EMERGENCIA

Señalizar todas las salidas de

emergencia de la instalación.

644 12 Sin leyenda

Señalizar todos los recorridos de evacuación de

tiene la instalación.

623 5 Sin leyenda

Marcar la forma de abertura de las

puertas de emergencia.

Decir que los carteles señalizadores para el caso del sistema de extinción

automática están desarrollados en el apartado correspondiente.

8.5.7. Ampliación de la instalación eléctrica existente. 

Según las justificaciones realizadas en el Anexo I del presente proyecto, la ampliación de la instalación eléctrica existente se realizará mediante los siguientes elementos:

• Interruptor diferencial de la clase AC, gama terciario, de 40 A de intensidad nominal, bipolar (2P), de 0,03 A de sensibilidad, de desconexión fijo instantáneo, con botón de test incorporado y con indicador mecánico de defecto, construido según las especificaciones de la norma UNE-EN 61008-1, de 2 módulos DIN de 18 mm de ancho, para montar en perfil DIN.

• Interruptor automático magnetotérmico, de 10 A de intensidad nominal, tipo ICP-M, unipolar (1P), de 4500 A de poder de corte según UNE 20-317, de 1 módulo DIN de 18 mm de ancho, para montar en perfil DIN.

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Memoria Descriptiva 

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• Conductor de cobre de designación UNE H07V-R unipolar de sección 2x1,5 mm2, colocado en tubo, que conectarán hacia la centralita de detección de incendios los detectores, la sirena, el sistema FM-200 y el cartel señalizador de “EXTINCIÓN DISPARADA”.

• Conductor de cobre de designación UNE H07V-R unipolar de sección 2x2,5 mm2, colocado en tubo, que conectará hacia la centralita de detección de incendios el pulsador de disparo de extinción automática.

• Conductor de cobre de designación UNE H07V-R unipolar de sección 2x4 mm2, colocado en tubo, que conectarán hacia la red las luminarias de emergencia.

• Conductor de cobre de designación UNE H07V-R unipolar de sección 2x25 mm2, colocado en tubo, que conectarán hacia la centralita de detección de incendios los pulsadores manuales de emergencia.

8.5.8. Instalación  de  tuberías  y  elementos  de  abastecimiento  para 

extinción. 

Se dotará para abastecer de agua a las bocas de incendio equipadas de los siguientes elementos:

• Tubo de acero galvanizado sin soldadura de diámetro ¾”, según la norma DIN EN ISO 2440 ST-35.

Para el caso del sistema de extinción automática FM-200, se dotará al mismo de

los siguientes elementos, para el suministro del gas:

• Tubo de acero galvanizado sin soldadura de diámetro 1 ½”, según la norma DIN EN ISO 2440 ST-35.

8.5.9. Ventilación y renovación del aire. 

Como se ha comentado anteriormente, no será necesaria la instalación de un

sistema de ventilación y renovación ya que los sectores que trata el Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimiento Industriales no se ajusta a las características del establecimiento industrial que trata el presente proyecto. 8.6. Compartimentación. 

La compartimentación hace referencia a la resistencia al fuego de los elementos de la instalación. Normalmente en este caso se hace mención a puertas de acceso cortafuegos. No será de aplicación en el presente proyecto, al ya estar dotada la nave de este tipo de puertas contra incendios.     

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Memoria Descriptiva 

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9. Ejecución 

Día 1 

Día 2 

Día 3 

Día 4 

Día 5 

Día 6 

Día 7 Actividad 

M  T  M  T  M  T  M  T  M  T  M  T  M  T 

Marcar zona de trabajo

Ampliación centralita eléctrica

Instalación cableado detectores

Instalación detectores y centralita

Instalación cableado y sirena

Instalación cableado iluminación de emergencia

Instalación de iluminación de emergencia.

Instalación tubo de acero

Instalación BIE, grupo de presión y depósito.

Instalación extintores

Instalación FM-200

Puesta en marcha del sistema

10. Orden de prioridad entre los Documentos Básicos. 

• Planos. • Pliego de condiciones. • Presupuestos. • Mediciones. • Memoria y anexos. • Estudios con entidad propia.

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial 

Memoria Descriptiva 

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Tarragona, 4 de junio de 2009

Rubén Diéguez Macías Las presente Memoria, consta de 24 páginas, está suscrito como prueba de conformidad por parte de los Técnicos en triplicado ejemplar, uno para el técnico, el segundo para el Técnico Director y el tercer para el expediente del Proyecto depositado en el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Tarragona, el cual asegura que dará fe de su contenido en caso de discrepancias o posibles dudas.

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Director Autor Nombre: Joaquín Cruz Pérez Nombre: Rubén Diéguez Macías Dirección: Avda. Països Catalans, 5 Población: Tarragona Población: Tarragona C.P.: 43006 Despacho: 333 Escuela: ETSE e-mail: [email protected] Titulación: ETIEI

MEMORIA DE CÁLCULO

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Memoria de Cálculo

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Índice de la Memoria de Cálculo. 1. Cálculo y diseño de la instalación del sistema de protección contra

incendios. 40

2. Caracterización del establecimiento industrial por su configuración y ubicación con relación a su entorno.

40

3. Caracterización del establecimiento industrial por su nivel de riesgo intrínseco.

41

3.1. Densidad de carga de fuego. Procedimiento de cálculo. 42 3.1.1. Cálculo del riesgo intrínseco y cargas de fuego de la nave. 43

3.1.1.1. Sector 1: Oficinas, comedor, pasillo, vestíbulo y aseos. 44 3.1.1.2. Sector 2: Taller de producción y reparación. 44 3.1.1.3. Sector 3: Almacén. 44

3.1.2. Carga global de la nave industrial. 45 3.1.3. Determinación del nivel de riesgo intrínseco 45

4. Necesidades de la instalación. 46 4.1. Instalación de detección de incendios. 46

4.1.1. Zonas de detección y bucles. 46 4.1.2. Elección de tipo de detectores. 47

4.1.2.1. Desarrollo del incendio. 47 4.1.2.2. Altura del local. 48 4.1.2.3. Temperatura ambiente. 48 4.1.2.4. Movimiento del aire. 49 4.1.2.5. Vibraciones. 49 4.1.2.6. Humedad. 49 4.1.2.7. Humo, polvo y aerosoles similares. 49 4.1.2.8. Radiación óptica. 49 4.1.2.9. Cuadro de aptitud. 50

4.1.3. Número e implantación de los detectores. 50 4.1.3.1. Detectores de incendio en general. 50 4.1.3.2. Detectores térmicos. 50 4.1.3.3. Detectores de humos. 51

4.2. Sistema manual de alarma y comunicaciones. 53 4.2.1. Sistemas manuales de alarma de incendio. 53 4.2.2. Sistemas de comunicación de alarma. 53

4.3. Sistema de canalizaciones de extinción y rociadores. 53 4.4. Sistemas de bocas de incendio equipadas. 53

4.4.1. Tipo de BIE y necesidades de agua. 54 4.4.2. Disposición y características según el Reglamento de

Instalaciones de Protección Contra Incendios. 54

4.4.3. Sistema de abastecimiento de agua. 55 4.5. Extintores de incendio. 55

4.5.1. Extinción manual. 55 4.5.2. Extinción automática por agentes extintores gaseosos. 58

4.5.2.1. Capacidad del sistema de extinción automática FM-200. 58 4.6. Hidrantes exteriores. 59

5. Instalación de iluminación de emergencia. 59 5.1. Cálculo luminotécnico. 59

6. Ampliación de la instalación eléctrica existente. 80 6.1. Cálculo de sección de cables y tubos de protección. 80

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Memoria de Cálculo

39

6.1.1. Luminarias de emergencia. 80 6.1.2. Sistema de detección, pulsadores y alarmas. 81

6.2. Cálculo de los diferenciales y los PIA. 83

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Memoria de Cálculo

40

1. Cálculo y diseño de la instalación del sistema de protección contra incendios.

El propósito de este documento es el de enumerar los procedimientos y los

cálculos que se han llevado a cabo para la justificación de la instalación de elementos del sistema de protección contra incendios y de las luminarias de emergencia.

Todos ellos se basarán en el Anexo III del Reglamento de Seguridad Contra

Incendios en Establecimientos Industriales, donde se especifica que todo establecimiento industrial, para su posterior dotación de los dispositivos que conformarán el sistema de protección contra incendios que trata el presente proyecto, ha de estar caracterizado según:

Su configuración y ubicación con relación a su entorno. Su nivel de riesgo intrínseco.

2. Caracterización del establecimiento industrial por su

configuración y ubicación con relación a su entorno.

Las muy diversas configuraciones y ubicaciones que pueden tener los establecimientos industriales se consideran reducidas a:

a) Establecimientos industriales ubicados en un edificio. i. TIPO A: el establecimiento industrial ocupa parcialmente un edificio que

tiene, demás, otros establecimientos, ya de otros usos. ii. TIPO B: el establecimiento industrial ocupa totalmente un edificio que está

adosado a otro u otros edificios, o a una distancia igual o inferior a tres metros de otro u otros edificios, de otro establecimiento, ya sean de uso industrial o bien de otros usos. Para establecimientos industriales que ocupen una nave adosada con estructura compartida con las contiguas, que en todo caso deberán tener cubierta independiente, se admitirá el cumplimiento de las exigencias correspondientes al tipo B, siempre que se justifique técnicamente que el posible colapso de la estructura no afecte a las naves colindantes.

iii. TIPO C: el establecimiento industrial ocupa totalmente un edificio, o

varios, en su caso, que está a una distancia mayor de tres metros del edificio más próximo de otros establecimientos. Dicha distancia deberá esta libre de mercancías combustibles o elementos intermedios susceptibles de propagar el incendio.

b) Establecimientos industriales que desarrollan su actividad en espacios abiertos

que no constituyen un edificio. i. TIPO D: el establecimiento industrial ocupa un espacio abierto, que puede

estar totalmente cubierto, alguna de cuyas fachadas carece totalmente de cerramiento lateral.

ii. TIPO E: el establecimiento industrial ocupa un espacio abierto que puede estar parcialmente cubierto (hasta un 50% de su superficie), alguna de

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cuyas fachadas en la parte cubierta carece totalmente de cerramiento lateral.

La siguiente figura muestra gráficamente los tipos de establecimiento industrial

por su configuración y ubicación:

Figura 6. Configuraciones de los establecimientos industriales.

Habiendo conocido todos los tipos de establecimientos industriales por su configuración y su ubicación con relación al entorno que define el Anexo III, el establecimiento industrial que trata el presente proyecto se ajusta al tipo C, ya que es un establecimiento donde sus actividades son realizadas en una nave que ocupa totalmente un edificio y el edificio colindante se encuentra a más de 3 metros de distancia. 3. Caracterización del establecimiento industrial por su nivel de

riesgo intrínseco.

El método más generalizado para saber los elementos que necesita una nave industrial para su instalación del sistema de protección contra incendios es caracterizarla por su riesgo de nivel intrínseco.

Los establecimientos industriales, en general, estarán constituidos por una o varias configuraciones de los tipos A, B, C, D y E tal como se ha comentado anteriormente. Cada una de estas configuraciones constituirá una o varias zonas (sectores o áreas de incendio) del establecimiento industrial.

1. Para los tipos A, B y C se considera “sector de incendio” el espacio del edifico cerrado por elementos resistentes al fuego durante el tiempo que se establezca en cada caso.

2. Para los tipos D y E se considera que la superficie que ocupan constituye un “área de incendio” abierta, definida solamente por su perímetro.

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Para el establecimiento industrial que trata el presente proyecto consideraremos “sectores de incendio” ya que, como se ha demostrado antes, este establecimiento es de tipo C. 3.1. Densidad de carga de fuego. Procedimiento de cálculo.

El nivel de riesgo intrínseco de cada sector de incendio se evalúa calculando las siguientes expresiones que determinan la densidad de carga de fuego, ponderada y corregida, de cada sector o área de incendio, diferenciando entre sectores donde se realizan actividades de producción, reparación o cualquiera distinta al almacenado, y sectores donde solo se efectúan tareas de almacenamiento.

Para actividades de producción, reparación o cualquier otra distinta al almacenamiento:

(1) RaA

CqsQ

i

ivii

S ···

1

(MJ/m2) o (Mcal/m2)

Donde:

o QS: Densidad de carga de fuego, ponderada y corregida, del sector del

incendio, en MJ/m2 o Mcal/m2. o Ci: Coeficiente adimensional que pondera el grado de peligrosidad (por

la combustibilidad) a cada uno de los combustibles (i) que existen en el sector de incendio.

o Ra: Coeficiente adimensional que corrige el grado de peligrosidad (por la activación) inherente a la actividad industrial que se desarrolla en el sector de incendio, producción, montaje, transformación, reparación, almacenamiento, etc.

o A: Superficie construida del sector de incendio en m2. o qsi: Densidad de carga de fuego de cada zona con proceso diferente

según los distintos procesos que se realizan en el sector de incendio (i), en MJ/m2 o Mcal/m2.

o Si: Superficie de cada zona con proceso diferente y densidad de carga de fuego, qsi diferente, en m2.

Para actividades exclusivamente de almacenamiento:

(2) RaA

hCqsQ

i

iivii

S ····

1

(MJ/m2) o (Mcal/m2)

Donde:

o QS, Ci, Ra y A: Tienen la misma significación que en el apartado que

precede este.

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o qvi: Carga de fuego aportada por cada m2 de cada zona con diferente tipo de almacenamiento (i) existente en el sector de incendio en MJ/m2 o Mcal/m3.

o hi: Altura de almacenamiento de cada uno de los combustibles (i) en m. o Si: Superficie ocupada en planta por cada zona con diferente tipo de

almacenamiento (i) existente en el sector de incendio.

3.1.1. Cálculo del riesgo intrínseco y cargas de fuego de la nave.

Para verificar el riesgo intrínseco y las cargas de fuego que tendremos en la nave en cuestión se divide la nave en tres zonas por tipo de sector de incendio, donde se va a aplicar el procedimiento correspondiente antes citado:

Tabla 6. Relación de sectores de incendio y sus zonas correspondientes.

Sector Zona de la nave correspondiente 1 Oficinas, comedor, pasillo, vestíbulo, aseos. 2 Taller de producción y reparación. 3 Almacén.

A partir de este momento se aplican los reglamentos correspondientes. El valor

del coeficiente Ci, que nos define el grado de peligrosidad de los combustibles se deduce de la tabla 1.1 del Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales.

Tabla 7. Grado de peligrosidad de los combustibles. VALORES DEL COEFICIENTE DE PELIGROSIDAD POR

COMBUSTIBILIDAD, Ci. ALTA MEDIA BAJA

Liquidos clasificados como clase A en ITC MIE-APQ1

Líquidos clasificados como subclase B2 en la ITC MIE-APQ1

Líquidos clasificados como clase D en la ITC MIE-APQ1

Líquidos clasificados como subclase B, en la ITC-MIE-APQ1

Líquidos clasificados como clase C en la ITC MIE-APQ1

Sólidos que comienzan su ignición a una temperatura superior a 200ºC.

Sólidos capaces de iniciar su combustión a una temperatura inferior a 100ºC.

Sólidos que comienzan su ignición a una temperatura comprendida entre 100ºC y 200ºC.

Productos que pueden formar mezclas explosivas con el aire a temperatura ambiente.

Sólidos que emiten gases inflamables.

Productos que pueden iniciar combustión espontánea en el aire a temperatura ambiente.

Ci = 1,60 Ci = 1,30 Ci = 1,00

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Los valores de qsi, qvi y Ra se deducen de la tabla 1.2. del Reglamento anteriormente citado, donde quedan tabulados y ordenados por actividades. A continuación se relacionan los datos citados, con las zonas de riesgo que se tienen estipuladas en la nave a tratar.

3.1.1.1. Sector 1: Oficinas, comedor, pasillo, vestíbulo y aseos.

Tabla 8. Sector 1: Oficinas, comedor, pasillo, vestíbulo y aseos. Qsi Qs Actividad Ci MJ/m2 Mcal/m2 Ra Si (m2) MJ/m2 Mcal/m2

Oficinas comerciales 1,60 800 192 1,5 20,9

Archivo (admón.,

prototipado y planos)

1,60 1700 409 2,0 36

Muebles de madera

(comedor) 1,00 500 120 1,5 19,8

Zonas de paso (pasillo y vestíbulo)

1,30 100 24 1,5 115,2

Aseos (Señoras y caballeros)

1,00 200 48 1,5 33,7

1141,83 287,6

A = 225,6

3.1.1.2. Sector 2: Taller de producción y reparación.

Tabla 9. Sector 2: Taller de producción y reparación. Qsi Qs Actividad Ci MJ/m2 Mcal/m2 Ra Si (m2) MJ/m2 Mcal/m2

Taller de mecánica de

precisión 1,00 200 48 1,0 161,4 200 48

A = 161,4

3.1.1.3. Sector 3: Almacén.

En este caso la superficie a utilizar (Si) será la que ocupan todas las zonas de almacenamiento, es decir, la que ocupan todos los estantes que existen en el almacén.

Tabla 10. Sector 3: Almacén. Qvi Qs Actividad Ci MJ/m2 Mcal/m2 Ra Si (m2) hi

(m) MJ/m2 Mcal/m2

Almacenes de talleres 1,00 1200 288 1,0 182,25 3 3600 864

A = 182,25

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3.1.2. Carga global de la nave industrial.

El nivel de riesgo intrínseco de un edificio o un conjunto de sectores y/o áreas de incendio de un establecimiento industrial, a los efectos de la aplicación de este reglamento, se evaluará calculando la siguiente expresión, que determina la densidad de carga de fuego, ponderada y corregida, Qe, de dicho establecimiento industrial.

(3)

i

i

i

isi

eA

AQQ

1

1

· (MJ/m2) o (Mcal/m2)

Donde:

o Qe: Densidad de carga de fuego, ponderada y corregida, del edificio industrial, en MJ/m2 o Mcal/m2.

o Qsi: Densidad de carga de fuego, ponderada y corregida, de cada uno de los sectores o áreas de incendio, (i), que componen el edificio industrial, en MJ/m2 o Mcal/m2.

o Ai: Superficie construida de cada uno de los sectores o áreas de incendio, (i), que componen el edificio industrial, en m2.

Sabiendo esto tenemos que la carga ponderada y corregida del establecimiento

industrial será:

(4)

279,166125,1824,1616,225

25,182·36004,161·2006,225·83,1141 mMJQe

(5)

220,404

25,1824,1616,22525,182·8644,161·486,225·6,287 mMJQe

3.1.3. Determinación del nivel de riesgo intrínseco

Después de haber calculado la densidad de carga de cada sector de incendio

definido, o del edificio industrial en todas su totalidad, el nivel intrínseco lo podremos obtener de la tabla 1.3. del Anexo 1 del Reglamento de Seguridad contra Incendios en Establecimientos Industriales:

Tabla 11. Determinación del nivel de riesgo intrínseco Densidad de carga Sector MJ/m2 Mcal/m2

Nivel de riesgo intrínseco Categoría

1 1141,83 287,6 MEDIO 3 2 200 48 BAJO 1 3 3600 864 ALTO 6

Global nave 1661,79 404,20 MEDIO 4

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4. Necesidades de la instalación.

Todos los aparatos, equipos, sistemas y componentes de las instalaciones de protección contra incendios de los establecimientos industriales, así como el diseño, la ejecución, la puesta en funcionamiento y el mantenimiento de sus instalaciones, cumplirán lo preceptuado en el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios, aprobado por el Real Decreto 1942/1993, del 5 de noviembre y en la Orden del 16 de abril de 1998, sobre normas de procedimiento y desarrollo del mismo.

Habiendo ya conocido el nivel de riesgo intrínseco de todos los sectores de incendio que comprende la nave industrial y su caracterización por características y por ubicación en relación al entorno, tendremos las siguientes necesidades de elementos para la instalación del sistema de protección contra incendios según la norma. 4.1. Instalación de detección de incendios.

Según el Reglamento, contarán con una instalación de detección y alarma las siguientes instalaciones:

Tabla 12. Requisitos para la instalación de detección de incendios.

Tipo de edifcio Nivel de riesgo Superficies en almacenes (m2)

Superficie en resto de industria (m2)

A Cualquiera ≥ 150 ≥ 300 B MEDIO ≥ 1000 ≥ 2000 B ALTO ≥ 500 ≥ 1000 C MEDIO ≥ 1500 ≥ 3000 C ALTO ≥ 800 ≥ 2000

Conociendo el riesgo intrínseco de la nave industrial y de todos sus sectores,

será necesaria la instalación de detección de incendios únicamente en el almacén, ya que supera los 800 m2 mínimos que nos especifica la norma. En el resto de la industria, como no superamos en ningún momento los 2000 m2, no será necesaria, como disposición mínima, la instalación de los mismos.

4.1.1. Zonas de detección y bucles.

La superficie debe dividirse en zonas. Al activarse un detector debe poderse identificar fácilmente en que zona se encuentra. Estas zonas deben delimitarse de forma tal que sea posible localizar con rapidez y seguridad el foco del incendio.

Las zonas no deben comprender más de una planta o un sector de incendios, a

excepción de las cajas de escalera, de los patios interiores cubiertos, de los conductos de ascensor u otros conductos verticales de las construcciones en forma de torre y de pequeños edificios de varias plantas que, aun constituyendo cada una un sector distinto, pueden agruparse en la misma zona.

Varios locales contiguos pueden pertenecer a la misma zona, si satisfacen una de

las siguientes condiciones:

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Su número no es superior a 5 y su superficie total no excede de 400 m2. Sus accesos se pueden abarcar fácilmente con la vista, su número no es superior

a 10, su superficie total no excede de 1.000 m2 y, en la proximidad de los accesos de cada local se instalan indicadores ópticos de alarma bien visibles que permitan determinar en caso de incendio el local del siniestro.

La superficie en planta de una zona no debe exceder de 1.600 m2. Los detectores de incendio colocados bajo los falsos sueles, sobre los falsos

techos, en los conductos de cables, en las instalaciones de climatización, aireación o ventilación, deben pertenecer a zonas distintas. En caso contrario se debe poder determinar de manera fácil en qué parte del local han actuado inicialmente los detectores.

Se recomienda que los pulsadores de alarma no se conecten a los bucles de

detectores de incendios automáticos. Una zona de pulsadores no contendrá más de 10 pulsadores.

Se recomienda indicar claramente sobre cada detector o en su proximidad

inmediata a qué zona pertenece. Después de estas consideraciones que expone la “Regla Técnica CEPREVEN para las Instalaciones de Detección Automática de Incendios”, se decide instaurar 2 zonas que controlará la central de detección de incendios:

El sector de almacenamiento. La oficina principal, donde irá dispuesto un sistema automático de extinción.

4.1.2. Elección de tipo de detectores.

A la hora de elegir el tipo de detector a instalar, conviene tener en cuenta el

desarrollo probable de incendio en sus fases iniciales, la altura del local, las condiciones ambientales y las fuentes posibles de falsas alarmas en las zonas a vigilar. Se deberán considerar los criterios siguientes para elegir los detectores, principalmente cuando se espere un desarrollo lento del incendio en su fase inicial.

4.1.2.1. Desarrollo del incendio.

Cuando la actividad ejercida en la zona a vigilar haga prever un incendio de desarrollo lento en su fase inicial (gran desprendimiento de humo, débil desprendimiento de calor y llamas escasas o nulas) son más apropiados los detectores de humo.

Ejemplo de este tipo de fuegos:

Fuego de cables en su fase inicial. Fuego de madera y de papel con escasez de oxígeno.

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Cuando la actividad ejercida en la zona a vigilar haga prever un incendio de desarrollo rápido desde su nacimiento (gran desprendimiento de calor, llamas intensas y producción importante de humo) podrán ser utilizados detectores de humo, térmicos, de llamas o combinaciones de diferentes tipos de detectores.

Ejemplo de este tipo de fuegos:

Fuego de madera y papel en presencia de gran cantidad de oxígeno.

Cuando la actividad ejercida en la zona a vigilar haga prever un desarrollo del

incendio descrito de los dos tipos anteriores, los detectores de humos son los más apropiados.

4.1.2.2. Altura del local.

Puesto que el tiempo de respuesta de los detectores es función de la altura del

local, se aplicarán ciertas restricciones a su utilización de gran altura. La relación entre la amplitud de los diversos tipos de detectores y la altura del local, así como los límites absolutos de utilización se indican en la siguiente tabla:

Tabla 13. Cuadro de aptitud Detectores Térmicos Altura del

local (m) Cat. 1 Cat. 2 Cat. 3 Detector de

humos Detector de

llamas 20 ** ** ** ** * 12 ** ** ** * * 7,5 * ** ** * * 4,5 * * * * *

* = Apropiado. ** = No apropiado. No se tendrá en cuenta la altura de las partes del techo cuya superficie sea inferior al 10% de la superficie total del techo siempre que estas partes no superen la superficie vigilada por detector. En caso contrario se considerarán como locales diferenciado a efectos de distribución de detectores. Ya que el establecimiento industrial que trata el presente proyecto es menor que las dispuestas en la anterior tabla podemos concretar que todo tipo de detectores es adecuado.

4.1.2.3. Temperatura ambiente.

Los detectores de humo y de llamas pueden utilizarse para temperatura ambiente inferior o igual a 50º C, siempre que el certificado de aprobación no fije expresamente otra.

La temperatura fija de activación de la parte termostática de los detectores térmicos debe superar en 10 a 35º C a la temperatura ambiente máxima esperada en las cercanías del detector. Cuando la temperatura ambiente sea inferior a 0º C no deberán utilizarse detectores únicamente termostáticos.

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Los detectores de humo y de llamas, así como los combinados termostáticos – termovelocimétricos pueden utilizarse a temperaturas inferiores a -20º C, si el fabricante certifica su funcionamiento.

4.1.2.4. Movimiento del aire.

Los detectores de humo pueden utilizarse hasta una velocidad de aire de 5 m/s, a no ser que el certificado de aprobación indique un valor mayor.

No se impone ninguna limitación a los detectores térmicos y de llamas.

4.1.2.5. Vibraciones.

No se impone ninguna limitación a este respecto si los detectores de incendio se colocan sobre los elementos de construcción.

Cuando los detectores de incendio van montados sobre máquinas, las

vibraciones deberán medirse en caso de duda y convendrá en cada caso aportar la prueba de aptitud del detector.

4.1.2.6. Humedad.

No se impone ninguna limitación con respecto a la humedad del aire para el

empleo de detectores de incendio cuando exista la certeza de que no se formarán condensaciones.

4.1.2.7. Humo, polvo y aerosoles similares.

El humo, el polvo o aerosoles similares, consecuencia de la actividad ejercida, pueden ser causa de falsas alarmas si se utilizan detectores de humo.

Es necesario en estos casos utilizar detectores de humo. Si esto no posible por otras razones, los detectores de humo sólo se utilizaran

cuando exista la certeza de que las alarmas intempestivas están prácticamente excluidas. Este objetivo puede alcanzarse, por ejemplo en el caso de polvo, utilizando filtros especiales para detectores o tomando otras medidas cuya eficacia habrá que demostrar.

4.1.2.8. Radiación óptica. No se impone ninguna limitación a este respecto en los detectores de humo y térmicos. Los detectores de llamas pueden producir alarmas si reciben radiación directa o indirectamente del sol o de fuentes luminosas y si esta radiación esta modulada, por ejemplo por reflexión de la superficie de un líquido, por elementos de máquinas en rotación, o por otras causas. El empleo de los detectores de infrarrojos se ve restringido en presencia de estos elementos perturbadores.

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4.1.2.9. Cuadro de aptitud.

El cuadro de aptitud establecido a partir de la verificación de los tipos de detectores proporciona información suplementaria que permite elegir correctamente el tipo de detector. Este cuadro esta representado en la Tabla 13.

Después de las diversas consideraciones anteriores se ha decidido instalar

detectores ópticos de humo en el sector de almacenamiento, al ser la mayoría de los productos a almacenar de combustión lenta y en la oficina principal se ha decidido instalar detectores térmicos termovelocimétricos ya que lo contenido en la misma puede ser de combustión rápida, por ejemplo el papel, y estos detectores son adecuados para discriminar falsas alarmas y no hacer que se dispare el sistema automático de extinción por estas mismas falsas alarmas.

4.1.3. Número e implantación de los detectores.

4.1.3.1. Detectores de incendio en general. La determinación del número y de la implantación de los detectores de incendio

en función del tipo de detector empleado, de la superficie y de la altura del local a vigilar, así como de la forma del techo o de la cubierta, del tipo de actividad ejercida y de las condiciones de circulación de aire en dicho local. Los detectores deben elegirse de forma que descubran en su estado inicial todos los incendios previsibles.

Además los detectores deben ser implantados de forma que eviten las alarmas

intempestivas.

4.1.3.2. Detectores térmicos.

El número de detectores térmicos debe determinarse de manera que la superficie vigilada por cada sector no sobrepase los valores Sv indicados en la Tabla 13 que sigue a continuación.

Los detectores térmicos deben repartirse de forma que ningún punto del techo

o de la cubierta quede situado a una distancia horizontal de un detector superior a los valores Smax indicados en la misma tabla.

En los locales con cubierta de inclinación superior a 20º en los que la cara

interior de la cubierta constituye al mismo tiempo el techo se deberá implantar una fila de detectores en el plano vertical que pasa por la cumbrera o en la parte más alta del local.

En los locales con cubierta en diente de sierra, cada diente debe ser equipado

con una fila de detectores. Esta fila debe situarse del lado de la vertiente de la cubierta que tenga la pendiente menor, a una distancia horizontal de por lo menos un metro del plano vertical que pasa por la cumbrera.

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Tabla 13. Valores de Sv y Smax para detectores térmicos. Superficie Máxima de Vigilancia (Sv) y Distancia Máxima

entre Detectores (Smax)

INCLINACIÓN DEL TECHO i < 15º 15º < i < 30º i > 30º

PENDIENTE DEL TECHO

Superficie del local

(SL)

Altura del local (h)

p ≤ 0,2679 0,2679 < p ≤ 0,5774 p > 0,5774

m2 m Sv (m2) Smax (m) Sv (m2) Smax (m) Sv (m2) Smax (m) Cat. 1 → 7,5 Cat. 2 → 6,0 SL ≤ 30 Cat. 3 → 4,5

30 7,90 30 9,20 30 10,60

Cat. 1 → 7,5 Cat. 2 → 6,0 SL > 30 Cat. 3 → 4,5

20 6,50 30 9,20 40 12,20

En el caso que se compete en este establecimiento industrial, los detectores térmicos van a ir destinados a una zona que supera con creces los 30 m2 y la inclinación del techo es menor de 15º, con lo que el detector a instalar deberá de tener una superficie de vigilancia máxima de 20 m2 y una separación máxima entre detectores de 6,50 metros. Se instalarán dos detectores de este tipo, para que así, la discriminación de las falsas alarmas se haga de forma más efectiva, ya que tendrán que ser activados los dos detectores para que se dispare el sistema automático de extinción de incendios.

4.1.3.3. Detectores de humos.

El número de detectores de humo debe determinarse de manera que la superficie vigilada por detector no sobrepase los valores Sv indicados en la Tabla 14.

Los detectores de humos deben repartirse de forma que ningún punto del techo o

de la cubierta quede situado a una distancia horizontal de un detector superior a los valores Smax indicados en la misma tabla.

En los locales con cubierta inclinada de inclinación superior a 20º en los que la

cara interior de la cubierta constituya al mismo tiempo el techo, se deberá implantar una fila de detectores en el plano vertical que pase por la cumbrera o en la parte más alta del local.

En los locales con cubierta en diente de sierra, cada diente será equipado con

una fila de detectores implantados en la coronación esta fila debe estar situada en el lado de la cubierta que tenga la pendiente menor a una distancia horizontal de por lo menos, 1 metro del plano vertical que pase por la cumbrera.

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Tabla 14. Valores de Sv y Smax para detectores de humos. Superficie Máxima de Vigilancia (Sv) y Distancia Máxima

entre Detectores (Smax)

INCLINACIÓN DEL TECHO i < 15º 15º < i < 30º i > 30º

PENDIENTE DEL TECHO

Superficie del local

(SL)

Altura del local (h)

p ≤ 0,2679 0,2679 < p ≤ 0,5774 p > 0,5774 m2 m Sv (m2) Smax (m) Sv (m2) Smax (m) Sv (m2) Smax (m)

SL ≤ 80 h ≤ 12 80 11,40 80 13,00 80 15,10

h ≤ 6 80 9,90 80 13,00 100 17,00 SL > 80

6 < h ≤ 12 80 11,40 100 14,40 120 18,70 En este caso, en el almacén irán instalados detectores ópticos de humos, que según la tabla anterior tendrán una superficie de vigilancia de como mucho 80 m2, ya que el almacen supera los 80 m2 y la altura del almacen es inferior a 6 metros, tal como queda remarcado en la tabla. Además también hay que tener en cuenta que la separación máxima entre detectores es de 9,90 metros. Sabiendo que los detectores que tendremos que utilizar son de 80 m2 de superficie de vigilancia, haciendo una simple división entre la superficie total del almacén y esta superficie de vigilancia para encontrar el número aproximado de detectores a instalar:

(6) 22,1080

8,8172

2

mm 10 detectores

Con una distribución de 10 detectores en la zona de almacenamiento, según el plano nos quedan los detectores a menos distancia de la máxima estipulada por la tabla 14, con lo que se ha conseguido ajustar bastante lo exigido por la norma. 4.2. Sistema manual de alarma y comunicaciones.

4.2.1. Sistemas manuales de alarma de incendio.

Se instalarán sistemas manuales de alarma de incendio en los sectores de incendio de los establecimientos industriales cuando en ellos se desarrollen:

a) Actividades de producción, montaje, transformación, reparación u otras distintas al almacenamiento, si:

1) Su superficie total construida es de 1000 m2 o superior, o 2) No se requiere la instalación de sistemas automáticos de detección de

incendios, según el apartado anterior. b) Actividades de almacenamiento, si:

1) Su superficie total construida es de 800 m2 o superior, o 2) No se requiere la instalación de sistemas automáticos de detección de

incendios, según el apartado anterior.

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En el establecimiento industrial que trata el presente proyecto se verá dotado en su totalidad de pulsadores manuales de alarma, ya que las zonas diferentes de almacenamiento ocupan menos de 1000 m2, pero no requieren la instalación de sistemas automáticos de detección de incendios, y en la zona de almacenamiento ya que la superficie total es superior de 800 m2.

Este se situará, en todo caso, un pulsador junto a cada salida de evacuación del

sector de incendio, y la distancia máxima a recorrer desde cualquier punto hasta alcanzar un pulsador no debe superar los 25 m.

4.2.2. Sistemas de comunicación de alarma.

Se instalarán sistemas de comunicación de alarma en todos los sectores de incendio de los establecimientos industriales, si la suma de la superficie construida de todos los sectores de incendio del establecimiento industrial es de 10.000 m2 o superior.

Al ser la superficie total construida del establecimiento industrial que trata este

proyecto menor de 10.000 m2, no será necesaria la instalación de sistemas de comunicación de alarma. 4.3. Sistema de canalizaciones de extinción y rociadores.

Según el Reglamento, será necesaria la instalación de rociadores en los siguientes casos:

Tabla 15. Requisitos para la instalación de rociadores.

Tipo de edificio Nivel de riesgo Superficies en almacenes (m2)

Superficie en resto de industria (m2)

A MEDIO ≥ 500 ≥ 300 B MEDIO ≥ 2500 ≥ 1500 B ALTO ≥ 1000 ≥ 800 C MEDIO ≥ 3500 ≥ 2500 C ALTO ≥ 2000 ≥ 1000

Según lo calculado y sabiendo el nivel de riesgo intrínseco del almacén, no se

ajusta a ninguna de las prescripciones anteriores, con lo que no será necesaria la instalación de sistemas de canalizaciones de extinción ni rociadores, aunque se tendrá en cuenta ya que sí es necesaria la instalación de un sistema de extinción automática. 4.4. Sistemas de bocas de incendio equipadas.

Se instalarán sistemas de bocas de incendio equipadas en los sectores de incendio de los establecimientos industriales si:

a) Están ubicados en edificios de tipo A y su superficie total construida es de 300 m2 o superior.

b) Están ubicados en edificios de tipo B, su nivel de riesgo intrínseco es medio y su superficie total construida es de 500 m2 o superior.

c) Están ubicados en edificios de tipo B, su nivel de riesgo intrínseco es alto y su superficie total construida es de 200 m2 o superior.

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Memoria de Cálculo

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d) Están ubicados en edificios de tipo C, su nivel de riesgo intrínseco es medio y su superficie total construida es de 1.000 m2 o superior.

e) Están ubicados en edificios de tipo C, su nivel de riesgo intrínseco es alto y su superficie total construida es de 500 m2 o superior.

f) Son establecimientos de configuraciones de tipo D o E, su nivel de riesgo intrínseco es alto y la superficie ocupada es de 5.000 m2 o superior.

En el caso del establecimiento industrial que trata el presente proyecto solo será

necesario instalar un sistema de bocas de incendio equipadas en el almacén, ya que es un sector que se encuentra en un establecimiento industrial de tipo C, su riesgo intrínseco es alto y supera la superficie total construida de 500 m2 que dispone el apartado e).

4.4.1. Tipo de BIE y necesidades de agua.

Además de los requisitos establecidos en el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios, para su disposición y características se cumplirán las siguientes condiciones hidráulicas:

Tabla 16. Condiciones hidráulicas de un sistema de bocas de incendio equipadas. Nivel de riesgo intrínseco del

establecimiento Tipo de BIE Simultaneidad Tipo de autonomía

BAJO DN 25 mm. 2 60 minutos MEDIO DN 45 mm. 2 60 minutos ALTO DN 45 mm. 3 90 minutos

Según lo calculado y sabiendo el nivel el riesgo intrínseco de la nave, según la

tabla, necesitaremos instalar un sistema de bocas de incendio equipadas de tipo DN 45 mm, de simultaneidad 2 y con una autonomía de 60 minutos en la zona de almacenamiento, por las razones antes mencionadas.

4.4.2. Disposición y características según el Reglamento de

Instalaciones de Protección Contra Incendios.

Los sistemas de bocas de incendio equipadas estarán compuestos por una fuente de abastecimiento de agua, una red de tuberías para la alimentación de agua y las bocas de incendios equipadas (BIE) necesiarias.

Las BIE se situarán, siempre que sea posible, a una distancia máxima de 5 m de

las salidas de cada sector de incendio, sin que constituyan obstáculo para su utilización. El número y distribución de las BIE en un sector de incendio, en espacio

diáfano, será tal que la totalidad de la superficie del sector de incendio en que estén instaladas quede cubierta por una BIE, considerando como radio de acción de esta la longitud de su manguera incrementada en 5.

La separación máxima entre cada BIE y su más cercana será de 50 m. La

distancia desde cualquier punto del local protegido hasta la BIE más próxima no deberá exceder de 25 m.

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Se deberá mantener alrededor de cada BIE una zona libre de obstáculos que permita el acceso a ella y su maniobra sin dificultad.

Teniendo en cuenta estas consideraciones, el sistema de bocas de incendio

equipadas que irá instalado en la zona de almacenamiento estará formado por 2 bocas de incendio equipadas de boca 45 mm. y 20 metros de manguera.

4.4.3. Sistema de abastecimiento de agua.

Para asegurar que lo anterior dispuesto se cumple, se procede al dimensionado de un

depósito que asegure el abastecimiento. Para ello se debe de tener en cuenta que el caudal mínimo para una BIE de 45 mm. es de 3,3 litros/segundo, siempre que funcione simultáneamente las dos BIES hidráulicamente más desfavorables. Sabiendo esto tenemos que:

(7) litrosss

lQ 760.23min60·min60·3,3·2min

En el exterior de la nave se situará un depósito de reserva de agua con una capacidad

total de 25 m3 de agua. Este depósito irá equipado con el correspondiente equipo de presión que garantice los caudales en las BIES.

A lo que al número de BIEs a instalar se refiere, deberemos de tener en cuenta que habrá que instalar un número mínimo de BIEs suficientes como para dar cobertura total a la superficie de la nave teniendo en cuenta todos los obstáculos que se puedan encontrar al paso de la manguera, y que la distancia máxima que se haya de recorrer hasta alcanzar una de ellas no sea de más de 25 metros.

4.5. Extintores de incendio.

4.5.1. Extinción manual.

Se instalarán extintores de incendio portátiles en todos los sectores de incendio de los establecimientos industriales.

El agente extintor utilizado será relacionado de acuerdo con la tabla I-1 del Anexo I

del Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios, que seguidamente se facilita.

Tabla 17. Agentes extintores y su adecuación a las distintas clases de fuego. Clase de fuego (UNE 23.010)

Agente extintor A (Sólidos) B (Líquidos) C (Gases) D (Metales especiales)

Agua pulverizada (2) *** * Agua a chorro (2) **

Polvo BC (convencional) *** ** Polvo ABC (polivalente) ** ** ** Polvo específico metales **

Espuma física (2) ** ** Anhídrido carbónico (1) * *

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Hidrocarburos halogenados (1) * **

Siendo: *** Muy adecuado, ** Adecuado, *Aceptable. Notas: (1) En fuegos poco profundos (profundidad inferior a 5 mm) puede asignarse **. (2) En presencia de tensión eléctrica no son aceptables como agentes extintores el agua a chorro ni la espuma; el resto de los agentes extintores podrán utilizarse en aquellos extintores que superen el ensayo dieléctrico normalizado en UNE 23.110. Cuando en el sector de incendio coexistan combustibles de la clase A y de la clase B, se considerará que la clase de fuego del sector de incendio es A o B cuando la carga de fuego aportada por los combustibles de clase A o de clase B, respectivamente, sea, al menos, el 90% de la carga de fuego del sector. En otro caso, la clase de fuego del sector de incendio se considerará A-B. Si la clase de fuego del sector de incendio es A-B, se determinará la dotación de extintores del sector de incendio de acuerdo con la Tabla 18 o con la Tabla 19, respectivamente. Si la clase de fuego del sector de incendio es A-B, se determinará la dotación de extintores del sector de incendio sumando los necesarios para cada clase de fuego (A y B), evaluados independientemente, según las tablas antes mencionadas. Cuando en el sector de incendio existan combustibles de clase C que puedan aportar una carga de fuego que sea, al menos, el 90% de la carga de fuego del sector, se determinará la dotación de extintores de acuerdo con la reglamentación sectorial específica que la afecte. En otro caso, no se incrementará la dotación de extintores si los necesarios por la presencia de otros combustibles (A y/o B) son aptos para fuego de clase C. Cuando en el sector de incendio existan combustibles de clase D, se utilizarán agentes extintores de características específicas adecuadas a la naturaleza del combustible, que podrán proyectarse sobre el fuego con extintores, o medios naturales, de acuerdo con la situación y las recomendaciones particulares del fabricantes del agente extintor.

Tabla 18. Determinación de la dotación de extintores portátiles en sectores de incendio con

carga de fuego aportada por combustibles de clase A. Grado de riesgo

intrínseco del sector de incendio

Eficacia mínima del extintor

Área máxima protegida del sector de incendio

BAJO 21A Hasta 600 m2 (un extintor más por cada 200 m2, o fracción en exceso)

MEDIO 21A Hasta 400 m2 (un extintor más por cada 200 m2, o fracción en exceso).

ALTO 34A Hasta 300 m2 (un extintor más por cada 200 m2, o fracción en exceso).

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Para el sector ocupado por las oficinas, al ser un sector de riesgo intrínseco medio, la eficacia mínima del extintor será de 21A, y el área máxima protegida del sector de incendio será de hasta 400 m2 (un extintor más por cada 200 m2, o fracción en exceso). Con un extintor en este sector bastará. Para el sector ocupado por el taller de producción y reparación, al ser un sector de riesgo intrínseco bajo, la eficacia mínima del extintor será de 21 A, y el área máxima protegida del sector de incendio será de hasta 600 m2 (un extintor más por cada 200 m2, o fracción en exceso). Con un extintor en este sector bastará. Para el sector ocupado por el almacén, al ser un sector de riesgo intrínseco alto, la eficacia mínima del extintor será de 34A, y el área máxima protegida del sector de incendio será de 300 m2 (un extintor más por cada 200 m2, o fracción en exceso). En este caso se instalarán al menos 4 extintores ya que supera los 300 metros (1 extintor), 2 veces 200 m2 (2 extintores más) y la fracción en exceso (1 extintor más).

Tabla 19. Determinación de la dotación de extintores portátiles en sectores de incendio con carga de fuego aportada por combustibles de clase B.

Volumen máximo, V (1), de combustibles líquidos en el sector de incendio.

V ≤ 20 20 < V ≤ 50 50 < V ≤ 100 100 < V ≤ 200 Eficacia

mínima del extintor

113B 113B 144B 233B

Cuando más del 50% del volumen de los combustibles líquidos, V, esté contenido en recipientes metálicos perfectamente cerrados, la eficacia mínima del extintor puede reducirse a la inmediatamente anterior de la clase B, según la Norma UNE-EN 3-7. Cuando el volumen de combustibles líquidos en el sector de incendio, V, supere los 200 litros, se incrementará la dotación de extintores portátiles con extintores móviles sobre ruedas, de 50 kilos de polvo BC, o ABC, a razón de:

Un extintor, si 200 l < V ≤ 750 l. Dos extintores, si 750 l < V ≤ 2000 l.

En el caso que ocupa el presente proyecto se estima que haya un volumen de

combustibles líquidos entre 100 y 200 litros en el almacén, por lo que la eficacia mínima del extintor en cuanto a fuego de tipo B será 233B, pero como más del 50% está contenido en recipiente metálicos perfectamente cerrados, esta eficacia mínima se reducirá a 144B.

El emplazamiento de los extintores portátiles de incendio permitirá que sean

fácilmente visibles y accesibles, estarán situados próximos a los puntos donde se estime mayor probabilidad de iniciarse el incendio y su distribución será tal que el recorrido máximo horizontal, desde cualquier punto del sector de incendio hasta el extintor, no supere 15 metros.

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Finalmente nos queda que se instalarán 4 extintores portátiles de eficacia mínima 34A y 144B. En la zona de oficinas será de 21A al igual que en el taller de producción y reparación. Seguidamente se presenta una tabla con los extintores a instalar y su eficacia comercial inmediatamente superior a la estimada por norma. Todos ellos serán de polvo seco.

Tabla 20. Disposición final de extintores manuales en el establecimiento industrial.

Sector de incendio Cantidad Eficacia comercial mínima

1 1 27A 183B C 2 1 27A 183B C 3 4 34A 233B C

TOTAL 6

4.5.2. Extinción automática por agentes extintores gaseosos.

Según el Reglamento, es necesaria la instalación de un sistema de extinción automática para recintos con equipos electrónicos, centros de cálculo, banco de datos, centros de control o medida y análogos y la protección con sistemas de agua pueda dañar los equipos.

En la nave donde se realizará la instalación, estos equipos están situados en la oficina principal, que contarán con un sistema de extinción automática con gases inertes del tipo FM-200 (Heptafluoropropano, HFC-227ea, CF3CHFCF3).

4.5.2.1. Capacidad del sistema de extinción automática FM-200.

En el presente apartado se pretende calcular la carga óptima en kilogramos que deberán disponer las bombonas del agente extintor FM-200. Para realizar el cálculo de la capacidad del sistema, al no existir un cálculo normativo de obligado cumplimiento, se utilizará el que considera la asociación americana NFPA, que dice que para calcular la cantidad de agente del gas, se hará de acuerdo a la siguiente expresión:

(8)

CC

SVW

100·

Donde:

o W: Cantidad, en peso (kg.), del agente extintor. o V: Volumen neto (volumen bruto, menos el volumen de los elementos

estructurales inertes) del riesgo, en m3. o C: Concentración de diseño para el agente considerado, en tanto por

ciento de volumen. o S: Volumen específico para cada agente, en m3/kg., y que es en función

de la temperatura ( TkkS ·21 ).

La NFPA considera como volumen específico aproximado del FM-200, la ecuación lineal TS ·0005,01269,0 (a 0º C). A efectos de mayor operatividad el NFPA facilita el volumen específico S de dicho agente que será entorno a los 0,1269 con una concentración del 5% (datos del fabricante). Teniendo en cuenta que el

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volumen de la oficina a proteger es de 135 m3, ya podemos disponernos a calcular cual es la carga de gas y poder conocer también de que capacidad será el cilindro modular que lo contendrá:

(9) 99,555100

5·1269,0135

W kilos.

Deberemos cargar un cilindro modular de 67 litros (capacidad comercial inmediatamente superior) con 55,99 kilos de gas extintor FM-200. 4.6. Hidrantes exteriores.

La instalación de los hidrantes dependerá de las circunstancias que se reflejan en la siguiente tabla:

Tabla 21. Necesidades para dotación de hidrantes exteriores.

Riesgo intrínseco Configuración de la zona de

incendio

Superficie del Sector o Área

(m2) Bajo Medio Alto

≥ 300 NO SI A ≥ 1000 SI SI ≥ 1000 NO NO SI ≥ 2500 NO SI SI B ≥ 3500 SI SI SI ≥ 2000 NO NO SI C ≥ 3500 NO SI SI ≥ 5000 SI SI SI C ≥ 15000 SI SI SI

La nave industrial a tratar no cumple con las prescripciones de la tabla, por lo

tanto no será necesaria la instalación de hidrantes exteriores. De todas formas el polígono posee una red de hidrantes exteriores y uno de ellos se sitúa muy cercano a la nave. 5. Instalación de iluminación de emergencia.

Para asegurar una buena iluminación de los recorridos de evacuación en caso de emergencia y de los elementos activos de protección contra incendios, se procede a la instalación de luminarias de emergencia. 5.1. Cálculo luminotécnico.

Para la realización del estudio luminotécnico de la nave que trata el presente proyecto, se utiliza el programa Daisa en su versión 4.0. Este programa esta desarrollado por la empresa Daisalux S.A. dedicada a la fabricación de luminarias de emergencia, y realiza sus cálculos garantizando el cumplimiento del CTE (Código Técnico de la Edificación), como el Reglamento de Seguridad contra incendios en Establecimientos Industriales, como el del REBT (Reglamento Electrotécnica de Baja Tensión).

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Memoria de Cálculo

60

La colocación de las luminarias se hace garantizando los objetivos que estable el Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Indústriales. Estos son los siguientes:

1 lux como mínimo en los recorridos de evacuación. Una uniformidad en los recorridos de evacuación de 1/40 (luxes mínimos / luxes

máximos). 5 luxes como mínimo en los puntos de seguridad. Entenderemos por puntos de

seguridad todos los elementos activos de los que consta la instalación de protección contra incendios de la nave.

Una uniformidad en la sala de 1/40 (luxes mínimos / luxes máximos).

Antes de pasar al informe que facilita el programa, veremos como el programa ha verificado los puntos anteriores y nos demuestra que son correctos:

Figura 7. Captura de pantalla de DAISALUX. Cumplimiento de objetivos establecidos.

En las páginas siguientes se muestra el informe final realizado por el mismo programa donde se detallan todos los objetivos calculados que se referencian en la anterior figura:

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61

Plano de situación de Productos

1

2

3

4

5 6

7

8

9 10

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

21

22

23

24

25

26

27

28

29

30

31

32

33

34

35

36

37

38

39

40

41

42

43

44

45

Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

Situación de las Luminarias

Nº Referencia1 Fabricante Coordenadas

x y h (m.) ( º )

1 MYRA P6 Daisalux 0.84 0.23 3.00 0 0 0

2 MYRA N11 Daisalux 2.22 10.52 3.00 0 0 0

3 MYRA N11 Daisalux 2.41 22.81 3.00 0 0 0

4 MYRA N11 Daisalux 2.47 3.99 3.00 0 0 0

5 MYRA N11 Daisalux 2.47 16.98 3.00 0 0 0

6 MYRA N11 Daisalux 10.82 16.79 3.00 0 0 0

7 MYRA N11 Daisalux 10.83 10.51 3.00 0 0 0

8 MYRA N11 Daisalux 10.94 4.18 3.00 0 0 0

9 MYRA N11 Daisalux 10.95 22.79 3.00 0 0 0

1Descripción no disponible

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Nº Referencia1 Fabricante Coordenadas

x y h (m.) ( º )

10 MYRA N11 Daisalux 17.93 22.92 3.00 0 0 0

11 MYRA N11 Daisalux 18.37 16.97 3.00 0 0 0

12 MYRA N11 Daisalux 18.53 4.06 3.00 0 0 0

13 MYRA N11 Daisalux 18.57 10.06 3.00 0 0 0

14 MYRA N11 Daisalux 24.62 4.06 3.00 0 0 0

15 MYRA N11 Daisalux 24.68 16.85 3.00 0 0 0

16 MYRA N11 Daisalux 24.74 10.14 3.00 0 0 0

17 MYRA N11 Daisalux 24.74 22.81 3.00 0 0 0

18 MYRA P6 Daisalux 26.62 0.17 3.00 0 0 0

19 MYRA P6 Daisalux 29.02 16.76 3.00 90 0 0

20 MYRA P6 Daisalux 29.02 22.55 3.00 90 0 0

21 MYRA P6 Daisalux 30.91 19.53 3.00 0 0 0

22 MYRA P6 Daisalux 30.92 13.02 3.00 0 0 0

23 MYRA P6 Daisalux 31.10 17.42 3.00 0 0 0

24 MYRA N11 Daisalux 31.29 9.91 3.00 0 0 0

25 MYRA P6 Daisalux 31.35 0.29 3.00 0 0 0

26 MYRA N11 Daisalux 31.35 4.00 3.00 0 0 0

27 MYRA N11 Daisalux 33.23 20.54 3.00 0 0 0

28 MYRA N11 Daisalux 33.30 23.93 3.00 0 0 0

29 MYRA P6 Daisalux 34.93 15.44 3.00 0 0 0

30 MYRA P6 Daisalux 35.69 24.44 3.00 90 0 0

31 MYRA P6 Daisalux 35.84 17.42 3.00 0 0 0

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Nº Referencia1 Fabricante Coordenadas

x y h (m.) ( º )

32 MYRA P6 Daisalux 38.14 19.84 3.00 0 0 0

33 MYRA N11 Daisalux 38.42 3.12 3.00 0 0 0

34 MYRA N11 Daisalux 38.48 9.83 3.00 0 0 0

35 MYRA P6 Daisalux 39.33 15.57 3.00 0 0 0

36 MYRA P6 Daisalux 40.57 17.48 3.00 0 0 0

37 LUNA N3 Daisalux 41.78 24.46 3.00 0 0 0

38 MYRA P6 Daisalux 41.79 14.19 3.00 0 0 0

39 MYRA P6 Daisalux 41.85 19.22 3.00 0 0 0

40 MYRA N11 Daisalux 44.25 9.83 3.00 0 0 0

41 MYRA N11 Daisalux 44.38 3.05 3.00 0 0 0

42 MYRA P6 Daisalux 46.65 14.17 3.00 0 0 0

43 MYRA P6 Daisalux 46.65 19.02 3.00 90 0 0

44 LUNA N3 Daisalux 46.70 8.14 3.00 90 0 0

45 LUNA N3 Daisalux 46.71 24.39 3.00 0 0 0

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Memoria de Cálculo

64

Gráfico de tramas del plano a 0.00 m.

Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

Leyenda:

0.50 1.0 3.0 5.0 7.5 10 15 20 lx.

Factor de Mantenimiento: 1.000 Resolución del Cálculo: 0.33 m. Objetivos Resultados Uniformidad 40.0 mx/mn. 39.9 mx/mn. Superficie cubierta Con 0.50 lx. o más 88.3% de 1177.9 m2 Lúmenes / m2 ---- 15.0 lm/m2 Iluminación media ---- 6.99 lx.

Nota 1: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 2: Descripción no disponible.

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Memoria de Cálculo

65

Curvas isolux en el plano a 0.00 m.

0.1

0.1

0.1

0.1

0.1

0.1

0.1 0.1

0.1

0.1

0.1 0.1

0.1 0.1

0.1

0.1

0.2

0.2

0.2

0.2

0.2

0.2

0.2

0.2

0.2

0.2

0.2

0.2

0.2 0.2

0.2

0.5

0.5

0.5

0.5

0.5

0.5

0.5 0.5

0.5

0.5

0.5

0.8

0.8

0.8

0.8

0.8 0.8

1.0

1.0

1.0

1.0

1.0 1.0

2.5

2.5

2.5

2.5

2.5

2.5

2.5

2.5

2.5

2.5

2.5

2.5

2.5

2.5

2.5

2.5

5.0

5.0

5.0

5.0

5.0 5.0

5.0

5.0 5.0

5.0

5.0

5.0

5.0

5.0

5.0

5.0

5.0

5.0 5.0

5.0

5.0

5.0

5.0

5.0

5.0

5.0

5.0 7.5

7.5

7.5

7.5

7.5

7.5

7.5

7.5

7.5

7.5

7.5

7.5

7.5

7.5

7.5

7.5

7.5

7.5

7.5

7.5

7.5

7.5

7.5

10.0

10.0

10.0

10.0

10.0

10.0

10.0

10.0 10.0

10.0

10.0

10.0 10.0

10.0

10.0

10.0

10.0

10.0

10.0

10.0

10.0

10.0

10.0

10.0

10.0

12.0

12.0

12.0

12.0

12.0

12.0

12.0

12.0 12.0

12.0

12.0

12.0

12.0

12.0

12.0

12.0

12.0

12.0

12.0

12.0

12.0 12.0

12.0 15.0

15.0

15.0

15.0

15.0

15.0

15.0

15.0 15.0

15.0

15.0

15.0

15.0

15.0

15.0

15.0

15.0

15.0

15.0

15.0

15.0 15.0

15.0

17.5

17.5

17.5

17.5

17.5

17.5

17.5

17.5

17.5

17.5

17.5

17.5

17.5

17.5

17.5

17.5

17.5

17.5

17.5

17.5

17.5 17.5

17.5

0.5

0.5

0.5

0.5

0.5

0.5

0.5 0.5

0.5

0.5

0.5

1.0

1.0

1.0

1.0

1.0 1.0

Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

Factor de Mantenimiento: 1.000 Resolución del Cálculo: 0.33 m.

Nota 1: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 2: Descripción no disponible.

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Memoria de Cálculo

66

Recorridos de Evacuación Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

1

Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

0.0 13.00.0

19.0

- Luxes sobre el recorrido 1 -

(m)

(lx)

Altura del plano de medida: 0.00 m. Resolución del Cálculo: 0.33 m. Factor de Mantenimiento: 1.000 Objetivos Resultados Uniform. en recorrido 40.0 mx/mn. 1.6 mx/mn lx. mínimos 1.00 lx. 5.19 lx. lx. máximos ---- 8.11 lx. Longitud cubierta Con 1.00 lx. o más 100.0 %

Nota 1: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 2: Descripción no disponible.

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Memoria de Cálculo

67

Recorridos de Evacuación

Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

2

Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

0.0 14.00.0

19.0

- Luxes sobre el recorrido 2 -

(m)

(lx)

Altura del plano de medida: 0.00 m. Resolución del Cálculo: 0.33 m. Factor de Mantenimiento: 1.000 Objetivos Resultados Uniform. en recorrido 40.0 mx/mn. 4.4 mx/mn lx. mínimos 1.00 lx. 3,97 lx. lx. máximos ---- 17.43 lx. Longitud cubierta Con 1.00 lx. o más 100.0 %

Nota 1: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 2: Descripción no disponible.

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Memoria de Cálculo

68

Recorridos de Evacuación

Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

3

Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

0.0 14.00.0

19.0

- Luxes sobre el recorrido 3 -

(m)

(lx)

Altura del plano de medida: 0.00 m. Resolución del Cálculo: 0.33 m. Factor de Mantenimiento: 1.000 Objetivos Resultados Uniform. en recorrido 40.0 mx/mn. 2.9 mx/mn lx. mínimos 1.00 lx. 6.08 lx. lx. máximos ---- 17.36 lx. Longitud cubierta Con 1.00 lx. o más 100.0 %

Nota 1: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 2: Descripción no disponible.

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Memoria de Cálculo

69

Recorridos de Evacuación Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

4

Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

0.0 15.00.0

19.0

- Luxes sobre el recorrido 4 -

(m)

(lx)

Altura del plano de medida: 0.00 m. Resolución del Cálculo: 0.33 m. Factor de Mantenimiento: 1.000 Objetivos Resultados Uniform. en recorrido 40.0 mx/mn. 3.7 mx/mn lx. mínimos 1.00 lx. 4.29 lx. lx. máximos ---- 15.82 lx. Longitud cubierta Con 1.00 lx. o más 100.0 %

Nota 1: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 2: Descripción no disponible.

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Memoria de Cálculo

70

Recorridos de Evacuación

Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

5

Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

0.0 20.00.0

19.0

- Luxes sobre el recorrido 5 -

(m)

(lx)

Altura del plano de medida: 0.00 m. Resolución del Cálculo: 0.33 m. Factor de Mantenimiento: 1.000 Objetivos Resultados Uniform. en recorrido 40.0 mx/mn. 2.9 mx/mn lx. mínimos 1.00 lx. 5.54 lx. lx. máximos ---- 16.22 lx. Longitud cubierta Con 1.00 lx. o más 100.0 %

Nota 1: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 2: Descripción no disponible.

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Memoria de Cálculo

71

Recorridos de Evacuación

Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

6

Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

0.0 20.00.0

19.0

- Luxes sobre el recorrido 6 -

(m)

(lx)

Altura del plano de medida: 0.00 m. Resolución del Cálculo: 0.33 m. Factor de Mantenimiento: 1.000 Objetivos Resultados Uniform. en recorrido 40.0 mx/mn. 3.4 mx/mn lx. mínimos 1.00 lx. 5.29 lx. lx. máximos ---- 17.93 lx. Longitud cubierta Con 1.00 lx. o más 100.0 %

Nota 1: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 2: Descripción no disponible.

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Memoria de Cálculo

72

Recorridos de Evacuación

Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

7

Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

0.0 13.00.0

19.0

- Luxes sobre el recorrido 7 -

(m)

(lx)

Altura del plano de medida: 0.00 m. Resolución del Cálculo: 0.33 m. Factor de Mantenimiento: 1.000 Objetivos Resultados Uniform. en recorrido 40.0 mx/mn. 3.5 mx/mn lx. mínimos 1.00 lx. 4.75 lx. lx. máximos ---- 16.83 lx. Longitud cubierta Con 1.00 lx. o más 100.0 %

Nota 1: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 2: Descripción no disponible.

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Memoria de Cálculo

73

Recorridos de Evacuación

Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

8

Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

0.0 12.00.0

19.0

- Luxes sobre el recorrido 8 -

(m)

(lx)

Altura del plano de medida: 0.00 m. Resolución del Cálculo: 0.33 m. Factor de Mantenimiento: 1.000 Objetivos Resultados Uniform. en recorrido 40.0 mx/mn. 4.3 mx/mn lx. mínimos 1.00 lx. 3.61 lx. lx. máximos ---- 15.45 lx. Longitud cubierta Con 1.00 lx. o más 100.0 %

Nota 1: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 2: Descripción no disponible.

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Memoria de Cálculo

74

Recorridos de Evacuación

Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

9

Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

0.0 16.00.0

19.0

- Luxes sobre el recorrido 9 -

(m)

(lx)

Altura del plano de medida: 0.00 m. Resolución del Cálculo: 0.33 m. Factor de Mantenimiento: 1.000 Objetivos Resultados Uniform. en recorrido 40.0 mx/mn. 4.2 mx/mn lx. mínimos 1.00 lx. 3.95 lx. lx. máximos ---- 16.72 lx. Longitud cubierta Con 1.00 lx. o más 100.0 %

Nota 1: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 2: Descripción no disponible.

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Memoria de Cálculo

75

Recorridos de Evacuación Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

10

Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

0.0 10.00.0

19.0

- Luxes sobre el recorrido 10 -

(m)

(lx)

Altura del plano de medida: 0.00 m. Resolución del Cálculo: 0.33 m. Factor de Mantenimiento: 1.000 Objetivos Resultados Uniform. en recorrido 40.0 mx/mn. 1.8 mx/mn lx. mínimos 1.00 lx. 7.92 lx. lx. máximos ---- 13.97 lx. Longitud cubierta Con 1.00 lx. o más 100.0 %

Nota 1: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 2: Descripción no disponible.

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Memoria de Cálculo

76

Recorridos de Evacuación

Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

11

Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

0.0 18.00.0

19.0

- Luxes sobre el recorrido 11 -

(m)

(lx)

Altura del plano de medida: 0.00 m. Resolución del Cálculo: 0.33 m. Factor de Mantenimiento: 1.000 Objetivos Resultados Uniform. en recorrido 40.0 mx/mn. 2.6 mx/mn lx. mínimos 1.00 lx. 4.45 lx. lx. máximos ---- 11.40 lx. Longitud cubierta Con 1.00 lx. o más 100.0 %

Nota 1: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 2: Descripción no disponible.

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Memoria de Cálculo

77

Recorridos de Evacuación Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

12

Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

0.0 7.00.0

19.0

- Luxes sobre el recorrido 12 -

(m)

(lx)

Altura del plano de medida: 0.00 m. Resolución del Cálculo: 0.33 m. Factor de Mantenimiento: 1.000 Objetivos Resultados Uniform. en recorrido 40.0 mx/mn. 3.6 mx/mn lx. mínimos 1.00 lx. 5.55 lx. lx. máximos ---- 19.96 lx. Longitud cubierta Con 1.00 lx. o más 100.0 %

Nota 1: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos.

Nota 2: Descripción no disponible.

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Memoria de Cálculo

78

Plano de Situación de Puntos de Seguridad y Cuadros Eléctricos

Y (m.)

X (m.)0.0-2.0 49.0

0.0

-2.0

27.0

6.86

1

5.32

2

5.56

3

6.85

4

6.75

5

5.95

6

6.49

7

7.60

8

7.89

9

8.98

10

8.53

11

5.45

12

6.14

13

Resultado de Puntos de Seguridad y Cuadros Eléctricos

Nº Coordenadas Resultado* Objetivo (m.) (lx.) (lx.) x y h

1 29.00 24.10 1.20 6.86 5.00

2 30.63 12.28 1.20 5.32 5.00

3 46.69 6.78 1.20 5.56 5.00

4 29.52 0.46 1.20 6.85 5.00

*Cálculo realizado a la altura de utilización del Punto de Seguridad o Cuadro Eléctrico (h). Nota 1: Medidas efectuadas conforme a las normativas referentes a la instalación de iluminación de emergencia (entre ellas Reglamento de Baja Tensión, y Código Técnico de Edificación), no se tiene en cuenta la reflexión de paredes y techos. Nota 2: Descripción no disponible

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Memoria de Cálculo

79

Nº Coordenadas Resultado* Objetivo

(m.) (lx.) (lx.) x y h

5 2.48 0.33 1.20 6.75 5.00

6 0.26 11.89 1.20 5.95 5.00

7 1.96 25.02 1.20 6.49 5.00

8 24.88 24.95 1.20 7.60 5.00

9 35.50 23.12 1.20 7.89 5.00

10 34.60 17.13 1.20 8.98 5.00

11 46.68 20.34 1.20 8.53 5.00

12 33.99 18.26 1.20 5.45 5.00

13 29.06 15.12 1.20 6.14 5.00

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Memoria de Cálculo

80

6. Ampliación de la instalación eléctrica existente.

Al estar dotado nuestro diseño del sistema de protección contra incendios, de elementos que necesitarán energía eléctrica, es necesaria la proyección de la ampliación de la instalación eléctrica existente. 6.1. Cálculo de sección de cables y tubos de protección.

Para calcular la sección de los cables de los conductores de los diferentes circuitos que conforman la ampliación que sufrirá la instalación eléctrica existente de la nave por la instalación de nuevos equipos eléctricos, tendremos en cuenta primero que las luminarias de emergencia funcionan con corriente alterna y que la instalación de detección lo hace con corriente continua. Sabiendo esto procederemos al cálculo.

6.1.1. Luminarias de emergencia.

Como se ha dicho anteriormente, y como consta en las especificaciones técnicas referenciadas en la Memoria del presente proyecto, las luminarias de emergencia funcionan con corriente alterna de 230 V y 50 Hz. Por tanto, según el REBT (Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión), deberemos aplicar la siguiente fórmula:

(10) VePLS

····2

Donde:

S = Sección (mm2). L = Longitud (m). P = Potencia (W).

σ = 56

2·mm

m (conductividad del cobre).

e = 3 % de la tensión nominal (V) (caída de tensión). V = Tensión (V).

Mirando las especificaciones del fabricante tenemos que las LUNA N3 consumen 4 W cada una, las MYRA 11 y las MYRA P6 consumen 16 W cada una. Con todo ello, tendremos en las luminarias de emergencia, una potencia total de:

(11) WWWWP 68416·1816·244·3

Por otro lado, según la ITC-BT-19 del R.E.B.T. la caída de tensión e entre el origen de la instalación y cualquier punto de utilización ha de ser menor que el 3 % de la tensión nominal, por tanto e tendrá un valor máximo de:

(12) VVe 9,6230·100

3

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Memoria de Cálculo

81

Una vez calculados estos parámetros, y sustituyéndolos en la fórmula que nos facilitará la sección del cable tendremos que:

(13) 244,3230·9,6·56648·244·2

····2 mmVePLS

Tabla 22. Determinación de cableado y tubos para la

iluminación de emergencia (corriente alterna).

Instalación L (m)

P (W)

σ (m / Ω · mm2)

e (V)

V (V)

Sección calculada S (mm2)

Valor comercial S (mm2)

Diametro comercial

tubo (mm)

Iluminación de

emergencia 244 648 56 6,9 230 3,44 4 16

6.1.2. Sistema de detección, pulsadores y alarmas.

Anteriormente se ha comentado que los detectores, pulsadores y alarmas,

además del módulo de control y el letrero avisador del disparo de extinción automática, trabajan con corriente continua. En este caso el R.E.B.T. referencia que la fórmula a aplicar para calcular la sección de los cables será la siguiente:

(14) e

ILS···2

Donde:

S = Sección (mm2). L = Longitud (m). I = Intensidad (A).

σ = 56

2·mm

m (conductividad del cobre).

e = 3 % de la tensión nominal (V) (caída de tensión).

Al igual que hemos hecho para las luminarias de emergencia, la caída de tensión e entre el origen de la instalación y cualquier punto de utilización ha de ser menor que el 3 % de la tensión nominal, por tanto en este caso, al trabajar en tensión continua, e tendrá un valor máximo de:

Para los detectores:

(15) VVe 9,030·100

3

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Memoria de Cálculo

82

Para las sirenas, pulsadores y módulo de control de extinción:

(16) VVe 72,024·100

3

Sabiendo esto, podemos disponer los cálculos de la sección de los conductores

necesarios:

Detectores Zona 1: (17) 214,09,0·5605,0·75·2

···2 mme

ILS

Detectores Zona 2: (18) 2027,09,0·5605,0·14·2

···2 mme

ILS

FM-200: (19) 2018,072,0·56075,0·5·2

···2 mme

ILS

Letrero “EXTINCIÓN DISPARADA”:

(20) 2048,072,0·56065,0·15·2

···2 mme

ILS

Sirenas: (21) 20064,072,0·56

018,0·75,0·2···2 mme

ILS

Pulsadores manuales: (22) 275,1872,0·56

3·126·2···2 mme

ILS

Pulsador de disparo de extinción: (23) 223,272,0·563·15·2

···2 mme

ILS

Tabla 23. Determinación de cableado y tubos para los elementos

de corriente continua.

Instalación L (m) I (A) σ (m /

Ω · mm2)

e (V) Sección

calculada S (mm2)

Valor comercial S (mm2)

Diámetro comercial

tubo (mm)

Detectores Zona 1 75 0,05 56 0,9 0,14 1,5 12

Detectores Zona 2 14 0,05 56 0,9 0,027 1,5 12

FM-200 5 0,075 56 0,72 0,018 1,5 12 Letrero 15 0,065 56 0,72 0,064 1,5 12 Sirenas 0,75 0,018 56 0,72 0,0064 1,5 12

Pulsadores 126 3 56 0,72 18,75 25 32 Pulsador de

disparo 15 3 56 0,72 2,23 2,5 12

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Memoria de Cálculo

83

6.2. Cálculo de los diferenciales y los PIA.

La ITC-BT 24 titulada “Instalaciones interiores o receptoras. Protección contra los contactos directos o indirectos” nos ayudará a conocer cual será el interruptor diferencial adecuado a instalar.

La Tabla 1 de dicha Instrucción Técnica nos dice que para una tensión de 230 V,

el tiempo de interrupción en segundos ha de ser de 0,4, es decir 400 milisegundos:

Tabla 24. Tiempos de interrupción.

Uo (V) Tiempos de interrupción (s)

230 0,4 400 0,2

> 400 0,1

Seguidamente se muestra una gráfica en la que se puede ver como se relacionan la corriente a través del cuerpo con la duración de la corriente. Esta gráfica es la que nos ayudará a obtener cuál es la sensibilidad del diferencial que debemos elegir.

Esta está dividida en 4 zonas, dependiendo del grado de peligrosidad hacia las personas que resulta de esta relación. Nuestro caso nos interesará que este lo más cerca de la primera zona, que resulta la menos peligrosa.

Figura 8. Relación entre la corriente a través del cuerpo y su debido tiempo de interrupción.

Vemos que la norma, para nuestro caso, nos pide que el tiempo de interrupción

sea de 400 ms. Si vamos a la tabla vemos que para garantizar que nos encontremos en la primera zona, nuestro diferencial a elegir ha de tener una sensibilidad de hasta 50 mA. Para nuestro caso escogeremos un diferencial con una sensibilidad de 30 mA ya que es más común comercialmente.

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Memoria de Cálculo

84

En el caso de la intensidad nominal, se decide que el diferencial sea de 40 A, ya que para la carga existente de la ampliación de la instalación es más que suficiente y es muy común comercialmente. Tarragona, 4 de junio de 2009

Rubén Diéguez Macías La presente Memoria de Cálculo, consta de 45 páginas, está suscrito como prueba de conformidad por parte de los Técnicos en triplicado ejemplar, uno para el técnico, el segundo para el Técnico Director y el tercer para el expediente del Proyecto depositado en el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Tarragona, el cual asegura que dará fe de su contenido en caso de discrepancias o posibles dudas.

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Director Autor Nombre: Joaquín Cruz Pérez Nombre: Rubén Diéguez Macías Dirección: Avda. Països Catalans, 5 Población: Tarragona Población: Tarragona C.P.: 43006 Despacho: 333 Escuela: ETSE e-mail: [email protected] Titulación: ETIEI

PLANOS

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Planos

86

Índice de los Planos. 1. Situación y emplazamiento 1. 87 2. Situación y emplazamiento 2. 88 3. Planta. 89 4. Planta PCI (Protección Contra Incendios). 90 5. Rutas principales de evacuación. 91 6. Esquemas Eléctrico y Electrónico 92 7. Esquema J400-EXT. 93

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Director Autor Nombre: Joaquín Cruz Pérez Nombre: Rubén Diéguez Macías Dirección: Avda. Països Catalans, 5 Población: Tarragona Población: Tarragona C.P.: 43006 Despacho: 333 Escuela: ETSE e-mail: [email protected] Titulación: ETIEI

PLIEGO DE CONDICIONES

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Pliego de Condiciones

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Índice del Pliego de Condiciones. 1. Capítulo Preliminar: Disposiciones Generales. 97

1.1. Naturaleza y objeto del Pliego General. 97 1.2. Documentación del Contrato de Obra. 97

2. Capítulo I: Condiciones Facultativas. 97 2.1. Epígrafe 1: Delimitación General de Funciones Técnicas. 97 2.2. Epígrafe 2: De las obligaciones y derechos generales del

Contratista. 98

2.3. Epígrafe 3: Prescripciones generales relativas a los trabajos, a

los materiales y a los medios auxiliares. 101

2.4. Epígrafe 4: De las recepciones de las obras e instalaciones. 105 3. Capítulo II: Condiciones Económicas. 107

3.1. Epígrafe 1: Principio General. 107 3.2. Epígrafe 2: Fianzas. 107 3.3. Epígrafe 3: De los precios. 109 3.4. Epígrafe 4: Obras por administración. 111 3.5. Epígrafe 5: De la valoración y abono de los trabajos. 114 3.6. Epígrafe 6: De las indemnizaciones mutuas. 117 3.7. Epígrafe 7: Varios. 117

4. Capítulo III: Condiciones técnicas generales. 120 4.1. Instalación de Detección de Incendios. 121

4.1.1. Detectores humos óptico, instal.conv., UNE-EN 54-7, +base superficie, mont.superf.

121

4.1.2. Detector térm. termoveloc., instal.conv., UNE-EN 54-5, +base superficie, mont.superf.

122

4.1.3. Central detección incendios, p/4zonas, indic., 2aliment., mont.en pared.

122

4.1.4. Sirena electrónica, instal.convencional/analógica, 100 dB, bitono, IP-54, UNE-EN 54-3, p/int.

123

4.1.5. Pulsador alarma, instalación conv., manual + rotura, UNE-EN 54-11, p/mont.superf.

126

4.2. Instalación de Extinción de Incendios. 127 4.2.1. Boca incendios D=45mm, BIE-45, manguera 15m,

armario. 127

4.2.2. Boca incendios D=45mm, BIE-45, manguera 20m, armario.

131

4.2.3. Extintor polvo seco, 6kg, presión incorpo.pintado. 131 4.2.4. Grupo presión incendios 37,5m3/h, 5bar-6bar, 1

bomb.serv. + 1 bomb.jockey, mont.s/bancad. 132

4.2.5. Tubo acero galv.s/sold., D=3/4”. 133 4.2.6. Depósito reserva agua, cntr.incendios, 25m3, p/ent.h,

cuñ.ap. 137

4.3. Instalación Eléctrica. 139 4.3.1. Interruptor dif.cl.AC, gam.terc., I=40A, bipol. (2P), 0,03A,

fij.inst., 2mód.DIN, p/mont.perf.DIN. 139

4.3.2. Interruptor auto.magnet., I=10A, ICP-M, (1P), corte=4500A, 1mód.DIN, p/mont.perf.DIN.

143

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Pliego de Condiciones

96

4.3.3. Luminaria emergencia/señalización, 110lúmenes, auton<2h.

147

4.3.4. Luminaria emergencia/señalización, 230lúmenes, auton<2h.

150

4.3.5. Luminaria emergencia/señalización, 550lúmenes, auton<2h.

150

4.3.6. Conductor Cu UNE H07V-R, 2x1,5mm2, col.tubo. 150 4.3.7. Conductor Cu UNE H07V-R, 2x2,5mm2, col.tubo 153 4.3.8. Conductor Cu UNE H07V-R, 2x4mm2, col.tubo. 153 4.3.9. Conductor Cu UNE H07V-R, 2x25mm2, col.tubo. 153 4.3.10. Tubo flexible corrugado PVC s/halógenos, DN=12mm,

baja emisión humos, 2J, 320N, 2000V. 153

4.3.11. Tubo flexible corrugado PVC s/halógenos, DN=16mm, baja emisión humos, 2J, 320N, 2000V.

154

4.3.12. Tubo flexible corrugado PVC s/halógenos, DN=32mm, baja emisión humos, 2J, 320N, 2000V.

154

4.4. Instalación del sistema de extinción automática. 155 4.4.1. Cilindro modular 67l., acero forj., s/sold., prest.tr. 166bar,

pres.pr.hidr. 250 bar, dens.máx. 1,1 kg/l. 155

4.4.2. Gas FM200 p/extinción. 155 4.4.3. Difusor cromado para gas FM200 cromado de 1,25''de D. 156 4.4.4. Tubo acero galv.s/sold., D=1"1/2. 156 4.4.5. Letrero lumin., señ.acust. 156 4.4.6. Pulsador alarma, instalación conv., manual + rotura,

UNE-EN 54-11, p/mont.superf, disparo.ext. 156

4.4.7. Mod. control. Ext. 156 4.5. Instalación de señalización. 156

4.5.1. Placa señal. medidas salv.+vías evac., 420x297mm, pintura fotolum., p/fij.mec.

156

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Pliego de Condiciones

97

1. Capítulo Preliminar: Disposiciones Generales.

1.1. Naturaleza y objeto del Pliego General.

Artículo 1.- El presente Pliego General de Condiciones tiene carácter supletorio del Pliego de Condiciones particulares del Proyecto. Ambos, como parte del proyecto tienen como finalidad regular la ejecución de las obras fijando los niveles técnicos y de calidad exigibles y precisan las intervenciones que correspondan, según el contrato y de acuerdo con la legislación aplicable, al Promotor o propietario de la obra, al Contratista o constructor de la obra, a sus técnicos y encargados, al Proyectista, así como las relaciones entre ellos y sus obligaciones correspondientes en orden al cumplimiento del contrato de obra.

1.2. Documentación del Contrato de Obra.

Artículo 2.- Integran el contrato los documentos siguientes relacionados por orden de relación por lo que se refiere al valor de sus especificaciones en caso de omisión o contradicción aparente:

1. Las condiciones fijadas en el mismo documento de contrato de empresa o arrendamiento de obra si es que existe.

2. El Pliego de Condiciones particulares. 3. El presente Pliego General de condiciones. 4. El resto de la documentación del Proyecto (memoria, planos, mediciones y

presupuesto).

Las ordenes e instrucciones de la Dirección Facultativa de las obras se incorporan en el Proyecto como interpretación, complemento o precisión de sus determinaciones. En cada documento, las especificaciones literales prevalecen sobre las gráficas y en los planos, la cota prevalece sobre la medida a escala. 2. Capítulo I: Condiciones Facultativas.

2.1. Epígrafe 1: Delimitación General de Funciones Técnicas. EL PROYECTISTA:

Artículo 3.- Corresponde al Proyectista:

a) Redactar los cumplimientos o rectificaciones del proyecto que sean necesarios. b) Asistir a las obras, tantas veces como lo requiera su naturaleza y complejidad,

por tal de resolver contingencias que se produzcan e impartir las instrucciones complementarias que sean necesarias para conseguir la solución correcta.

c) Coordinar la intervención en obra de otros técnicos que, en su caso, concurran a la dirección con función propia en aspectos parciales a su especialidad.

d) Aprobar las certificaciones parciales de obra, la liquidación final y asesorar al promotor en el acto de la recepción.

e) Preparar la documentación final de la obra y expedir y suscribir el certificado de final de obra.

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Pliego de Condiciones

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EL CONSTRUCTOR:

Artículo 4.- Corresponde al Constructor:

a) Organizar los trabajos de construcción, redactando los planes de obra que sean necesarios y proyectando o autorizando las instalaciones provisionales y medios auxiliares de la obra.

b) Elaborar el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo en el cual se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contempladas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra.

c) Suscribir con el Proyectista el acto de replanteo de la obra. d) Ostentar la dirección de todo el personal que intervenga en la obra y coordinar

las intervenciones de los subcontratistas. e) Asegurar la idoneidad de todos y cada uno de los materiales y elementos

constructivos que se utilicen, comprobando los preparados en obra y rechazando, por iniciativa propia o por prescripción del Proyectista, los suministros o prefabricados que no cuenten con las garantías o documentos de idoneidad requeridos por las normas de aplicación.

f) Custodiar el Libro de órdenes y seguimiento de la obra, y dar el visto bueno a las anotaciones de su cometido.

g) Preparar las certificaciones parciales de obra y la propuesta de liquidación final. h) Suscribir con el Promotor los actos de recepción provisional y definitiva. i) Concretar las aseguradoras de accidentes de trabajo y de daños a terceros

durante la obra.

2.2. Epígrafe 2: De las obligaciones y derechos generales del Contratista. VERIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DEL PROYECTO:

Artículo 5.- Antes de comenzar las obras, el Contratista consignará por escrito que la documentación aportada le resulta suficiente para la comprensión de la totalidad de la obra contratada, o en caso contrario, solicitará las aclaraciones pertinentes. PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD:

Artículo 6.- El contratista, a la vista del Proyecto que contenga el Estudio de Seguridad y Salud o bien el estudio básico, presentará el Plan de Seguridad y Salud que se tendrá que aprobar, antes del inicio de la obra, por el coordinador en materia de seguridad y salud o por la dirección facultativa en caso de no ser necesaria la designación de coordinador.

Será obligatoria la designación, por parte del promotor, de un coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra siempre que en la misma intervenga más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomos.

Los contratistas y subcontratistas serán responsables de la ejecución correcta de las medidas preventivas fijadas en el Plan de Seguridad y Salud, relativo a las obligaciones que les corresponda a ellos directamente o, en todo caso, a los trabajadores autónomos contratados por ellos. Los contratistas y subcontratistas responderán

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Pliego de Condiciones

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solidariamente de las consecuencias que se deriven del incumplimiento de las medidas prevista en el Plan, en los términos del apartado 2 del Artículo 42º de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales. OFICINA EN LA OBRA:

Artículo 8.- El Contratista habilitará en la obra una oficina en la cual habrá una mesa adecuada, donde se puedan extender y consultar los planos.

En la citada oficina estará siempre el Contratista a disposición de la Dirección Facultativa:

El proyecto completo, incluidos los complementos que en su caso, redacte el Proyectista.

La Licencia de obras. El Libro de Órdenes y Asistencias. El Plan de Seguridad y Salud. La documentación de las aseguradoras mencionadas en el Artículo 4.

Dispondrá además el Contratista una oficina para la Dirección Facultativa,

convenientemente condicionada para trabajar con normalidad a cualquier hora de la jornada.

El Libro de Incidencias, que tendrá que permanecer siempre en la obra, se encontrará en poder del coordinador en materia de seguridad y salud o, en el caso de no ser necesaria la designación de coordinador, en poder de la Dirección Facultativa. REPRESENTACIÓN DEL CONTRATISTA:

Artículo 9.- El Contratista esta obligado a comunicar a la propiedad la persona designada como su delegado en la obra, que tendrá carácter de Jefe de la misa, con dedicación plena y con facultades para representarlo y adoptar en todo momento aquellas decisiones que se refieran a la Contrata.

Sus funciones serán las del Contratista según se especifica en el Artículo 5.

Cuando la importancia de las obras lo requiera y así se consigne en el Pliego de “Condiciones particulaes de índole facultativa” el Delegado del Contratista será un facultativo de grado superior o grado medio, según el caso.

El Pliego de Condiciones particulares determinará el personal facultativo o especialista que el Contratista se obligue a mantener en la obra como mínimo, y el tiempo de dedicación comprometida.

El incumplimiento de esta obligación o, en general, la falta de cualificación suficiente por parte del personal según la naturaleza de los trabajos, facultará al Proyectista para ordenar la paralización de las obras, sin ningún derecho a reclamación, hasta que sea solucionada la deficiencia.

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Pliego de Condiciones

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PRESENCIA DEL CONTRATISTA EN LA OBRA:

Artículo 10.- El Jefe de obra, por el mismo o mediante sus técnicos o encargados, estará presente durante la jornada legal de trabajo y acompañará a la Dirección Facultativa en las visitas que hagan a las obras, poniéndose a su disposición para la práctica de los reconocimientos que se consideren necesarios y suministrándoles los datos que sean necesarios para la comprobación de mediciones y liquidaciones. TRABAJOS NO ESTIPULADOS EXPRESAMENTE:

Artículo 11.- Es obligación de la contrata ejecutar todo lo que sea necesario para la buena construcción y aspecto de las obras, aún no se encuentre expresamente determinado en los documentos del Proyecto, siempre que, sin separarse de su asperita y recta interpretación, lo disponga el Proyectista dentro de los límites de posibilidades que los presupuestos habiliten por cada unidad de obra y tipo de ejecución.

En caso de defecto de especificación en el Pliego de Condiciones particulares, se entenderá que es necesario un reformado del proyecto requiriendo consentimiento expreso de la propiedad toda variación que suponga un incremento de precios de alguna unidad de obra en más del 20 por 100 o del total del presupuesto en más de un 10 por 100. INTERPRETACIONES, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES DE LOS DOCUMENTOS DEL PROYECTO:

Artículo 12.- Cuando se trate de aclarar, interpretar o modificar preceptos de los Pliegos de Condiciones o indicaciones de los planos o croquis, las órdenes e instrucciones correspondientes se comunicarán precisamente por escrito al Contratista que estará obligado a devolver los originales o las copias suscribiendo con su firma la conformidad que figurará al pie de todas las órdenes, avisos o instrucciones que reciba, tanto de la Dirección Facultativa.

Cualquier reclamación que en contra de las disposiciones de la Dirección Facultativa quiera hacer el Contratista, tendrá que dirigirla, dentro precisamente del término de tres días, aquel que la haya dictado, el cual dará al Contratista el correspondiente recibido si así lo solicitase.

Artículo 13.- El Contratista podrá requerir de la Dirección Facultativa, las instrucciones o aclaraciones que sean necesarias para la correcta interpretación y ejecución del proyecto. RECLAMACIONES CONTRA LAS ÓRDENES DE LA DIRECCIÓN FACULTATIVA:

Artículo 14.- Las reclamaciones que el Contratista quiera hacer contra las órdenes o instrucciones solicitadas de la Dirección Facultativa, solamente podrá presentarlas, a través del Proyectista, delante de la Propiedad, si son de orden económico y de acuerdo como las condiciones estipuladas en los Pliegos de Condiciones correspondientes. Contra disposiciones de orden técnico de la Dirección Facultativa, no se admitirá ninguna reclamación, y el Contratista podrá salvar su responsabilidad, si se estima oportuno, mediante exposición razonada dirigida al

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Pliego de Condiciones

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Proyectista, el cual podrá limitar su respuesta a la acusación de recepción que en todo caso será obligatorio por este tipo de reclamaciones. RECUSACIÓN POR EL CONTRATISTA DEL PERSONAL CITADO POR EL PROYECTISTA:

Artículo 15.- El Contratista no podrá recusar a los Proyectistas o personal encargado por estos de la vigilancia de la obra, ni pedir que por parte de la propiedad se designen otras facultativas por los reconocimientos y mediciones.

Cuando se crea perjudicado por su tarea, procederá de acuerdo con aquello estipulado en el Artículo precedente, pero sin que por esto no se puedan interrumpir ni perturbar la marcha de los trabajos. FALTAS DE PERSONAL:

Artículo 16.- El Proyectista, en el caso de desobediencia a sus instrucciones, manifiesta incompetencia o negligencia grave que compromete o perturba la marcha de los trabajos, podrá requerir el Contratista para que aparte de la obra a los dependientes u operarios causantes de la perturbación.

Artículo 17.- El Contratista podrá subcontratar capítulos o unidades de obra a otros contratistas e industriales, sujetándose en su caso, a aquello estipulado por el Pliego de Condiciones particulares y sin perjuicio de sus obligaciones como Contratista general de la obra.

2.3. Epígrafe 3: Prescripciones generales relativas a los trabajos, a los materiales y a los medios auxiliares.

CAMINOS Y ACCESOS:

Artículo 18.- El Contratista dispondrá por su cuenta de los accesos a la obra, la señalización y su cerramiento o vallado. La Dirección Facultativa podrá exigir su modificación o mejora. REPLANTEO:

Artículo 19.- El Contratista iniciará las obras replanteándolas en el terreno y señalando las referencias principales que mantendrá como base de ulteriores replanteos parciales. Estos trabajos se considerarán a cargo del Contratista e incluidos en su oferta.

El Contratista someterá a replanteo a la aprobación de la Dirección Facultativa y una vez esta haya dado su conformidad preparará una acta acompañada de un plano que tendrá que ser aprobado por el proyectista, y será responsabilidad del Contratista la omisión de este trámite. COMIENZO DE LA OBRA. RITMO DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS:

Artículo 20.- El Contratista comenzará las obras en el término marcado en el Pliego de Condiciones Particulares, desarrollándolas en la forma necesaria para que dentro de los periodos parciales señalados en el Pliego citado queden ejecutados en los

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Pliego de Condiciones

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trabajos correspondientes y, en consecuencia, la ejecución total se lleve a cabo dentro del término exigido en el Contrato.

Obligatoriamente y por escrito, el Contratista tendrá que dar cuenta a la Dirección Facultativa del comienzo de los trabajos al menos con tres años de anticipación. ORDEN DE LOS TRABAJOS:

Artículo 21.- En general, la determinación del orden de los trabajos es facultad de la Contrata, excepto aquellos casos en que, por circunstancias de orden técnico, la Dirección Facultativa estime conveniente variar. FACILIDAD PARA OTROS CONTRATISTAS:

Artículo 22.- De acuerdo con el que requiera la Dirección Facultativa, el Contratista General tendrá que dar todas las facilidades razonables para la realización de los trabajos que sean solicitados a todos los demás Contratistas que intervengan en la obra. Esto sin perjuicio de las compensaciones económicas que tengan lugar entre Contratistas por utilización de medios auxiliares o suministros de energía u otros conceptos. En caso de litigio, ambos Contratista respetarán aquello que resuelva para la Dirección Facultativa. AMPLIACIÓN DEL PROYECTO POR CAUSAS IMPREVISTAS O DE FUERZA MAYOR:

Artículo 23.- Cuando sea necesario por motivo imprevisto o por cualquier accidente ampliar el Proyecto, no se interrumpirán los trabajos y se continuarán según las instrucciones hechas por la Dirección Facultativa en tanto que se formule o tramite el Proyecto reformado.

El Contratista está obligado a realizar con su personal y sus materiales aquello que la Dirección de las obras disponga para hacer calzados, apuntalados, derribos, recalzados, bastidas o cualquier obra de carácter urgente, anticipando de momento este servicio, el importe del cual le será consignado en un presupuesto adicional o abonado directamente, de acuerdo con el que se estipule. PRÓRROGA POR CAUSA DE FUERZA MAYOR:

Artículo 24.- Si por causa de fuerza mayor e independiente de la voluntad del Contratista, este no pudiese comenzar las obras, o hubiese que suspenderse, o no le fuera posible acabarlas en los términos prefijados, se le otorgará una prórroga proporcionada por el cumplimiento de la Contrata, previo informe favorable del Proyectista. Por esto, el Contratista expondrá, en un escrito dirigido a la Dirección Facultativa la causa que impida la ejecución o la marcha de los trabajos y el retardo que debido a esto se originaría en los términos acordados, razonando debidamente la prórroga que por citada causa solicita.

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Pliego de Condiciones

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RESPONSABILIDAD DE LA DIRECCIÓN FACULTATIVA EN EL RETARDO DE LA OBRA:

Artículo 25.- El Contratista no podrá excusarse de no haber cumplido los términos de obras estipulados, alegando como causa la carencia de planos o órdenes de la Dirección Facultativa, a excepción del caso en que habiéndolo solicitado por escrito no se le hubiera proporcionado. CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS:

Artículo 26.- Todos los trabajos se ejecutarán con estricta sujeción al Proyecto, a las modificaciones que previamente hayan estado aprobadas y a las órdenes y instrucciones que bajo la responsabilidad de la Dirección Facultativa y por escrito, entreguen los Proyectistas al Contratista, dentro de las limitaciones presupuestarias y de conformidad con aquello especificado en el Artículo 11.

Durante la ejecución de la obra se tendrán en cuenta los principios de acción preventiva de conformidad con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. OBRAS OCULTAS:

Artículo 27.- De todos los trabajos de obra que tengan que quedar ocultos al finalizar la obra, se levantaran los planos que sean necesarios por tal que queden perfectamente definidos; estos documentos se extenderán por triplicado y se entregarán: un a los Técnicos Proyectistas y otro al Contratista. Estos documentos irán firmados por los técnicos directores y el contratista. Los planos, que tendrán que ir suficientemente acotados, se considerarán documentos indispensables y irrecusables para efectuar las mediciones. TRABAJOS DEFECTUOSOS:

Artículo 28.- El Contratista tendrá que utilizar materiales que cumplan las condiciones exigidas en las “Condiciones generales y particulares de índole técnica” del Pliego de Condiciones y realizará todos y cada uno de los trabajos contratados de acuerdo con aquello especificado también en el citado documento.

Por esto, y hasta que tenga lugar la recepción definitiva del edificio, es responsable de la ejecución de los trabajos que ha contratado y de las faltas y defectos que en los trabajos y pudieran existir por su mala ejecución o para la deficiente calidad de los materiales utilizados o aparatos colocado sin que le exonere de responsabilidad el control que es competencia de los Técnicos Proyectistas, ni tampoco el hecho que estos trabajos hayan estado valorados en las certificaciones parciales de obra, que siempre se entenderán extendidas y abonadas a buena cuenta.

Como consecuencia de lo expresado anteriormente, cuando el Técnico Proyectista detecta vicios o defectos en los trabajos ejecutados, o que los materiales utilizados o los aparatos colocados no reúnan las condiciones preceptuadas, ya sea en el decurso de la ejecución de los trabajos, o una vez finalizados, y antes de ser verificada la recepción definitiva de la obra, podrá disponer que las partes defectuosas sean derribadas o desmontadas y reconstruidas o instaladas de acuerdo con lo que se haya contratado y todo a cargo del Contratista.

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Si la Contrata no estime justa la decisión y se negara al derribo o desmonte y reconstrucción ordenadas, se planteará la cuestión delante el Proyectista de la obra, que lo resolverá. VICIOS OCULTOS:

Artículo 29.- Si el Técnico Proyectista tuviese razones de peso para creer en la existencia de vicios ocultos de construcción en las obras ejecutadas, ordenará a efectuar a cualquier momento, y antes de la recepción definitiva, los ensayos, destructivos o no, que crea necesarios para reconocer los trabajos que suponga que son defectuosos. Los gastos que ocasionen serán a cuenta del Contratista, siempre y cuando los vicios existan realmente, en caso contrario serán a cargo de la Propiedad. DE LOS MATERIALES Y DE LOS APARATOS. SU PROCEDENCIA:

Artículo 30.- El Contratista tiene librado de proveerse de los materiales y aparatos de toda clase en los puntos que el crea conveniente, excepto en los caso en que le Pliego Particular de Condiciones Técnicas preceptúe una procedencia determinada.

Obligatoriamente, y antes de proceder a su utilización y recogida, el Contratista tendrá que presentar al Técnico Proyectista una lista completa de los materiales y aparatos que tenga que utilizar en el cual se especifiquen todas las indicaciones sobre marcas, calidades, procedencia y idoneidad de cada uno. PRESENTACIÓN DE MUESTRAS:

Artículo 31.- A petición de la Dirección Facultativa, el Contratista le presentará las muestras de los materiales con la anticipación prevista en el Calendario de la Obra. MATERIALES NO UTILIZABLES:

Artículo 32.- El Contratista, a su cargo, transportará y colocará, agrupándolos ordenadamente y en el lugar adecuado, los materiales procedentes de las excavaciones, derribos, etc., que no sean utilizables en la obra.

Se retirarán de la obra o se llevarán al vertedero, cuando así sea establecido por el Pliego de Condiciones Particulares vigente en la obra.

Si no se hubiera preceptuado nada sobre el Particular, se retirarán de la obra cuando así lo ordene la Dirección Facultativa, pero acordando previamente con el Contratista su justa tasación, teniendo en cuenta el valor de estos materiales y los gastos de su transporte. MATERIALES Y APARATOS DEFECTUOSOS:

Artículo 33.- Cuando los materiales, elementos de instalaciones o aparatos no fuesen de la calidad prescrita en este pliego, o no tuvieran la preparación en él exigida o, en fin, cuando la falta de prescripciones formales de aquel, se reconociera o demostrara que no eran adecuados para su objeto, el arquitecto a instancias del aparejador o

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arquitecto técnico, dará orden al constructor de sustituirlos por otros que satisfagan las condiciones o llenen el objeto a que se destinen.

Si a los 15 días de recibir el constructor orden de que retire los materiales que no estén en condiciones, no ha sido cumplida, podrá hacerlo la propiedad cargando los gastos a la contrata.

Si los materiales, elementos de instalaciones o aparatos fueran defectuosos, pero aceptables a juicio del arquitecto, se recibirán pero con la rebaja del precio que aquel determine, a no ser que el constructor prefiera sustituirlos por otros en condiciones. GASTOS OCASIONADOS POR PRUEBAS Y ENSAYOS:

Artículo 34.- Todos los gastos originados por las pruebas y ensayos de materiales o elementos que intervengan en la ejecución de las obras, serán de cuenta de la contrata.

Todo ensayo que no haya resultado satisfactorio o que no ofrezca las suficientes garantías podrá comenzarse de nuevo a cargo del mismo. LIMPIEZA DE LAS OBRAS:

Artículo 35.- Es obligación del constructor mantener limpias las obras y sus alrededores, tanto de escombros como de materiales sobrantes, hacer desaparecer las instalaciones provisionales que no sean necesarias, así como adoptar las medidas y ejecutar todos los trabajos que sean necesarios para que la obra ofrezca buen aspecto. OBRAS SIN PRESCRIPCIONES:

Artículo 36.- En la ejecución de trabajos que entran en la construcción de las obras y para los cuales no existan prescripciones consignadas explícitamente en este pliego ni en la restante documentación del proyecto, el constructor se atendrá, en primer término, a las instrucciones que dicte la Dirección Facultativa de las obras y, en segundo lugar, a las reglas y prácticas de la buena construcción.

2.4. Epígrafe 4: De las recepciones de las obras e instalaciones. DE LAS RECEPCIONES PROVISIONALES:

Artículo 37.- Treinta días antes de finalizar las obras, la Dirección Facultativa comunicará a la Propiedad la proximidad de su finalización con la finalidad de convenir la fecha por el acto de recepción provisional.

Esta recepción se hará con la intervención de la Propiedad, del Constructor y la Dirección Facultativa. Se convocará también a los técnicos restantes que, en su caso, hubiesen intervenido en la dirección con función propia en aspectos parciales o unidades especializadas.

Practicado un detenido reconocimiento de las obras, se extenderá un acta con tantos ejemplares como interventoras y firmados por todos ellos. Desde esta fecha

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empezará a correr el plazo de garantía, si las obras se hallasen en estado de ser admitidas. Seguidamente, los técnicos de la Dirección Facultativa extenderán el correspondiente certificado de final de obra.

Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas, se hará constar en el acta y se darán al constructor las oportunas instrucciones para remediar los defectos observados, fijando un plazo para subsanarlos, expirado el cual, se efectuará un nuevo reconocimiento a fin de proceder a la recepción provisional de la obra.

Si el constructor no hubiese cumplido, podrá declararse resuelto el contrato con pérdida de la fianza. DOCUMENTACIÓN FINAL DE LA OBRA:

Artículo 38.- La Dirección Facultativa facilitará a la Propiedad la documentación final de las obras, con las especificaciones y contenido dispuestos por la legislación vigente y, si se trata de edificios habitados, con aquello que se establezca en los parágrafos 2, 3, 4 y 5, del Artículo 4º del R.D. 515/1989, de 21 de abril. MEDICIÓN DEFINITIVA DE LOS TRABAJOS Y LIQUIDACIÓN PROVISIONAL DE LA OBRA:

Articulo 39.- Recibidas provisionalmente las obras, se procederá inmediatamente por el aparejador o arquitecto técnico a su medición definitiva, con precisa asistencia del constructor o de su representante. Se extenderá la oportuna certificación por triplicado que, aprobada por el arquitecto con su firma, servirá para el abono por la propiedad del saldo resultante salvo la cantidad retenida en concepto de fianza (según lo estipulado en el artículo 6 de la LOE). TÉRMINO DE GARANTÍA:

Artículo 40.- El plazo de garantía deberá estipularse en el pliego de condiciones particulares y en cualquier caso nunca deberá ser inferior a 9 meses (1 año en contratos con las administraciones públicas). CONSERVACIÓN DE LAS OBRAS RECIBIDAS PROVISIONALMENTE:

Artículo 41.- Los gastos de conservación durante el plazo de garantía comprendido entre las recepciones provisional y definitiva, correrán a cargo del contratista.

Si el edificio fuese ocupado o utilizado antes de la recepción definitiva, la guardería, limpieza y reparaciones causadas por el uso correrán a cargo del propietario y las reparaciones por vicios de obra o por defectos en las instalaciones, serán a cargo de la contrata. DE LA RECEPCIÓN DEFINITIVA:

Artículo 42.- La recepción definitiva se verificará después de transcurrido el plazo de garantía en igual forma y con las mismas formalidades que la provisional, a partir de cuya fecha cesará la obligación del constructor de reparar a su cargo aquellos

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desperfectos inherentes a la normal conservación de los edificios y quedarán sólo subsistentes todas las responsabilidades que pudieran alcanzarle por vicios de la construcción. PRÓRROGA DEL TÉRMINO DE GARANTÍA:

Artículo 43.- Si al proceder al reconocimiento para la recepción definitiva de la obra, no se encontrase ésta en las condiciones debidas, se aplazará dicha recepción definitiva y el arquitecto director marcará al constructor los plazos y formas en que deberán realizarse las obras necesarias y, de no efectuarse dentro de aquellos, podrá resolverse el contrato con pérdida de la fianza. DE LAS RECEPCIONES DE TRABAJOS LA CONTRATA DE LAS CUALES HAYA ESTADO RESCINDIDA:

Artículo 44.- En el caso de resolución del contrato, el contratista vendrá obligado a retirar, en el plazo que se fije en el pliego de condiciones particulares, la maquinaria, medios auxiliares, instalaciones, etc., a resolver los subcontratos que tuviese concertados y a dejar la obra en condiciones de ser reanudada por otra empresa.

Las obras y trabajos terminados por completo se recibirán provisionalmente con los trámites establecidos en este pliego de condiciones. Transcurrido el plazo de garantía se recibirán definitivamente según lo dispuesto en este pliego.

Para las obras y trabajos no determinados, pero aceptables a juicio del arquitecto director, se efectuará una sola y definitiva recepción. 3. Capítulo II: Condiciones Económicas.

3.1. Epígrafe 1: Principio general.

Artículo 45.- Todos los que intervienen en el proceso de construcción tienen derecho a percibir puntualmente las cantidades devengadas por su correcta actuación, con arreglo a las condiciones contractualmente establecidas.

Artículo 46.- La propiedad, el contratista y, en su caso, los técnicos pueden exigirse recíprocamente las garantías adecuadas al cumplimiento puntual de sus obligaciones de pago.

3.2. Epígrafe 2: Fianzas.

Artículo 47.- El contratista prestará fianza con arreglo a alguno de los siguientes procedimientos según se estipule:

a) Depósito previo, en metálico, valores, o aval bancario, por importe entre el 4% y el 10% del precio total de contrata.

b) Mediante retención en las certificaciones parciales o pagos a cuenta en igual proporción.

El porcentaje de aplicación para el depósito o la retención se fijará en el pliego

de condiciones particulares.

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FIANZA PROVISIONAL:

Artículo 48.- En el caso de que la obra se adjudique por subasta pública, el depósito provisional para tomar parte en ella se especificará en el anuncio de la misma y su cuantía será de ordinario, y salvo estipulación distinta en el pliego de condiciones particulares vigente en la obra, de un 4% como mínimo, del total del presupuesto de contrata.

El contratista a quien se haya adjudicado la ejecución de una obra o servicio para la misma, deberá depositar en el punto y plazo fijados en el anuncio de la subasta, o el que se determine en el pliego de condiciones particulares del proyecto, la fianza definitiva que se señale y, en su defecto, su importe será el 10% de la cantidad por la que se haga la adjudicación de las formas especificadas en el apartado anterior.

El plazo señalado en el párrafo anterior, y salvo condición expresa establecida en el pliego de condiciones particulares, no excederá de 30 días naturales a partir de la fecha en que se le comunique la adjudicación, y dentro de él deberá presentar el adjudicatario la carta de pago o recibo que acredite la constitución de la fianza a que se refiere el mismo párrafo.

La falta de cumplimiento de este requisito dará lugar a que se declare nula la adjudicación, y el adjudicatario perderá el depósito provisional que hubiese hecho para tomar parte en la subasta. EJECUCIÓN DE TRABAJOS CON CARGO A LA FIANZA:

Artículo 49.- Si el contratista se negase a hacer por su cuenta los trabajos precisos para ultimar la obra en las condiciones contratadas, el arquitecto director, en nombre y representación del propietario, los ordenará ejecutar a un tercero, o, podrá realizarlos directamente por administración, abonando su importe con la fianza depositada, sin perjuicio de las acciones a que tenga derecho el propietario, en el caso de que el importe de la fianza no bastara para cubrir el importe de los gastos efectuados en las unidades de obra que no fuesen de recibo. DE SU DEVOLUCIÓN EN GENERAL:

Artículo 50.- La fianza retenida será devuelta al contratista en un plazo que no excederá de 30 días una vez firmada el acta de recepción definitiva de la obra. La propiedad podrá exigir que el contratista le acredite la liquidación y finiquito de sus deudas causadas por la ejecución de la obra, tales como salarios, suministros, subcontratos, etc. DEVOLUCIÓN DE LA FIANZA EN EL CASO QUE SE HAGAN RECEPCIONES PARCIALES:

Artículo 51.- Si la propiedad, con la conformidad de la Dirección Facultativa, accediese a hacer recepciones parciales, tendrá derecho el Contratista a que le sea devuelta la parte proporcional de la fianza.

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3.3. Epígrafe 3: De los Precios. COMPOSICIÓN DE LOS PRECIOS UNITARIOS:

Artículo 52.- El cálculo de los precios de las distintas unidades de obra es el resultado de sumar los costes directos, los indirectos, los gastos generales y el beneficio industrial.

Se consideran costes directos:

a) La mano de obra, con sus pluses, cargas y aseguradoras sociales, que intervengan directamente en la ejecución de la unidad de obra.

b) Los materiales, a los precios resultantes a pie de obra, que queden integrados en la unidad de que se trate o que sean necesarios por su ejecución.

c) Sus equipos y sistemas técnicos de seguridad e higiene para su prevención y protección de accidentes y enfermedades profesionales.

d) Los gastos de personal, combustible, energía, etc. que tengan lugar por el accionamiento o funcionamiento de la maquinaria e instalación utilizadas en la ejecución de la unidad de obra.

e) Los gastos de amortización y conservación de la maquinaria, instalaciones, sistemas y equipos anteriormente citados.

Se considerarán costes indirectos:

Los gastos de instalación de oficinas a pie de obra, comunicaciones, edificación de almacenes, talleres, pabellones temporales para obreros, laboratorios, seguros, etc., los del personal técnico y administrativo adscrito exclusivamente a la obra y los imprevistos. Todos estos gastos, se cifrarán en un porcentaje de los costes directos. Se considerarán gastos generales:

Los gastos generales de empresa, gastos financieros, cargas fiscales y tasas de la administración, legalmente establecidas. Se cifrarán como un porcentaje de la suma de los costes directos e indirectos (en los contratos de obras de la administración pública este porcentaje se establece entre un 13 por 100 y un 17 por 100). Beneficio industrial:

El beneficio industrial del contratista se establece en el 6 por 100 sobre la suma de las anteriores partidas en obras para la administración. Precio de ejecución material:

Se denominará precio de ejecución material el resultado obtenido por la suma de los anteriores conceptos a excepción del beneficio industrial. Precio de Contrata:

El precio de contrata es la suma de los costes directos, los indirectos, los gastos generales y el beneficio industrial.

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El IVA se aplica sobre esta suma (precio de contrata) pero no integra el precio. PRECIOS DE CONTRATA. IMPORTE DE CONTRATA:

Artículo 53.- En el caso de que los trabajos a realizar en un edificio u obra aneja cualquiera se contratasen a riesgo y ventura, se entiende por precio de contrata el que importa el coste total de la unidad de obra, es decir, el precio de ejecución material, más el tanto por 100 sobre este último precio en concepto de beneficio industrial del contratista. El beneficio se estima normalmente en el 6 por 100, salvo que en las condiciones particulares se establezca otro distinto. PRECIOS CONTRADICTORIOS:

Artículo 54.- Se producirán precios contradictorios sólo cuando la propiedad por medio del arquitecto decida introducir unidades o cambios de calidad en alguna de las previstas, o cuando sea necesario afrontar alguna circunstancia imprevista.

El contratista estará obligado a efectuar los cambios.

A falta de acuerdo, el precio se resolverá contradictoriamente entre el arquitecto y el contratista antes de comenzar la ejecución de los trabajos y en el plazo que determine el pliego de condiciones particulares. Si subsiste la diferencia se acudirá, en primer lugar, al concepto más análogo dentro del cuadro de precios del proyecto, y en segundo lugar al banco de precios de uso más frecuente en la localidad.

Los contradictorios que hubiere se referirán siempre a los precios unitarios de la fecha del contrato. RECLAMACIONES DE AUMENTO DE PRECIOS POR CAUSAS DIVERSAS:

Artículo 55.- Si el contratista, antes de la firma del contrato, no hubiese hecho la reclamación u observación oportuna, no podrá bajo ningún pretexto de error u omisión reclamar aumento de los precios fijados en el cuadro correspondiente del presupuesto que sirva de base para la ejecución de las obras. FORMAS TRADICIONALES DE MEDIR O APLICAR PRECIOS:

Artículo 56.- En ningún caso podrá alegar el contratista los usos y costumbres del país respecto de la aplicación de los precios o de la forma de medir las unidades de obras ejecutadas, se estará a lo previsto en primer lugar, al pliego general de condiciones técnicas y en segundo lugar, al pliego de condiciones particulares técnicas. DE LA REVISIÓN DE LOS PRECIOS CONTRATADOS:

Artículo 57.- Contratándose las obras a riesgo y ventura, no se admitirá la revisión de los precios en tanto que el incremento no alcance, en la suma de las unidades que falten por realizar de acuerdo con el calendario, un montante superior al 3 por 100 del importe total del presupuesto de contrato.

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Caso de producirse variaciones en alza superiores a este porcentaje, se efectuará la correspondiente revisión de acuerdo con la fórmula establecida en el pliego de condiciones particulares, percibiendo el contratista la diferencia en más que resulte por la variación del IPC superior al 3 por 100.

No habrá revisión de precios de las unidades que puedan quedar fuera de los plazos fijados en el calendario de la oferta. ACOPIO DE MATERIALES:

Artículo 58.- El contratista queda obligado a ejecutar los acopios de materiales o aparatos de obra que la propiedad ordene por escrito.

Los materiales acopiados, una vez abonados por el propietario son, de la exclusiva propiedad de éste; de su guarda y conservación será responsable el contratista.

3.4. Epígrafe 4: Obras por administración. ADMINISTRACIÓN:

Artículo 59.- Se denominan obras por administración aquellas en las que las gestiones que se precisan para su realización las lleva directamente el propietario, bien por sí o por un representante suyo o bien por mediación de un constructor.

Las obras por administración se clasifican en las dos modalidades siguientes:

a) Obras por administración directa. b) Obras por administración delegada o indirecta.

OBRAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA:

Artículo 60.- Se denominan obras por administración directa aquellas en las que el propietario por sí o por mediación de un representante suyo, que puede ser el propio arquitecto director, expresamente autorizado a estos efectos, lleve directamente las gestiones precisas para la ejecución de la obra, adquiriendo los materiales, contratando su transporte a la obra y, en suma interviniendo directamente en todas las operaciones precisas para que el personal y los obreros contratados por él puedan realizarla; en estas obras el constructor, si lo hubiese, o el encargado de su realización, es un mero dependiente del propietario, ya sea como empleado suyo o como autónomo contratado por él, que es quien reúne en sí, por tanto, la doble personalidad de propietario y contratista. OBRAS POR ADMINISTRACIÓN DELEGADA O INDIRECTA:

Artículo 61.- Se entiende por obra por administración delegada o indirecta la que convienen un propietario y un constructor para que éste, por cuenta de aquel y como delegado suyo, realice las gestiones y los trabajos que se precisen y se convengan.

Son por tanto, características peculiares de las obras por administración delegada o indirecta las siguientes:

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a) Por parte del propietario, la obligación de abonar directamente, o por mediación del constructor, todos los gastos inherentes a la realización de los trabajos convenidos, reservándose el propietario la facultad de poder ordenar, bien por sí o por medio del arquitecto director en su representación, el orden y la marcha de los trabajos, la elección de los materiales y aparatos que en los trabajos han de emplearse y, en suma, todos los elementos que crea preciso para regular la realización de los trabajos convenidos.

b) Por parte del constructor, la obligación de llevar la gestión práctica de los trabajos, aportando sus conocimientos constructivos, los medios auxiliares precisos y, en suma, todo lo que, en armonía con su cometido, se requiera para la ejecución de los trabajos, percibiendo por ello del propietario un % prefijado sobre el importe total de los gastos efectuados y abonados por el constructor.

LIQUIDACIÓN DE OBRAS POR ADMINISTRACIÓN:

Artículo 62.- Para la liquidación de los trabajos que se ejecuten por administración delegada o indirecta, regirán las normas que a tales fines se establezcan en las condiciones particulares de índole económica vigentes en la obra; a falta de ellas, las cuentas de administración las presentará el constructor al propietario, en relación valorada a la que deberá acompañarse y agrupados en el orden que se expresan los documentos siguientes todos ellos conformados por el aparejador o arquitecto técnico:

a) Las facturas originales de los materiales adquiridos para los trabajos y el documento adecuado que justifique el depósito o el empleo de dichos materiales en la obra.

b) Las nóminas de los jornales abonados, ajustadas a lo establecido en la legislación vigente, especificando el número de horas trabajadas en la obra por los operarios de cada oficio y su categoría, acompañando. a dichas nóminas una relación numérica de los encargados, capataces, jefes de equipo, oficiales y ayudantes de cada oficio, peones especializados y sueltos, listeros, guardas, etc., que hayan trabajado en la obra durante el plazo de tiempo a que correspondan las nóminas que se presentan.

c) Las facturas originales de los transportes de materiales puestos en la obra o de retirada de escombros.

d) Los recibos de licencias, impuestos y demás cargas inherentes a la obra que haya pagado o en cuya gestión haya intervenido el constructor, ya que su abono es siempre de cuenta del propietario.

A la suma de todos los gastos inherentes a la propia obra en cuya gestión o pago

haya intervenido el constructor se le aplicará, a falta de convenio especial, un 15 por 100, entendiéndose que en este porcentaje están incluidos los medios auxiliares y los de seguridad preventivos de accidentes, los gastos generales que al constructor originen los trabajos por administración que realiza y el beneficio industrial del mismo. ABONO AL CONSTRUCTOR DE LAS CUENTAS DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA:

Artículo 63.- Salvo pacto distinto, los abonos al constructor de las cuentas de administración delegada los realizará el propietario mensualmente según las partes de trabajos realizados aprobados por el propietario o por su delegado representante.

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Independientemente, el aparejador o arquitecto técnico redactará, con igual periodicidad, la medición de la obra realizada, valorándola con arreglo al presupuesto aprobado. Estas valoraciones no tendrán efectos para los abonos al constructor, salvo que se hubiese pactado lo contrario contractualmente. NORMAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LOS MATERIALES Y APARATOS:

Artículo 64.- No obstante las facultades que en estos trabajos por administración delegada se reserva el propietario para la adquisición de los materiales y aparatos, si al constructor se le autoriza para gestionarlos y adquirirlos, deberá presentar al propietario, o en su representación al arquitecto director, los precios y las muestras de los materiales y aparatos ofrecidos, necesitando su previa aprobación antes de adquirirlos. RESPONSABILIDAD DEL CONSTRUCTOR EN EL BAJO RENDIMIENTO DE LOS OBREROS:

Artículo 65.- Si de los partes mensuales de obra ejecutada que preceptivamente debe presentar el constructor al arquitecto director, éste advirtiese que los rendimientos de la mano de obra, en todas o en algunas de las unidades de obra ejecutada, fuesen notoriamente inferiores a los rendimientos normales generalmente admitidos para unidades de obra iguales o similares, se lo notificará por escrito al constructor, con el fin de que éste haga las gestiones precisas para aumentar la producción en la cuantía señalada por el arquitecto director.

Si hecha esta notificación al constructor, en los meses sucesivos, los rendimientos no llegasen a los normales, el propietario queda facultado para resarcirse de la diferencia, rebajando su importe del 15 por 100 que por los conceptos antes expresados correspondería abonarle al constructor en las liquidaciones quincenales que preceptivamente deben efectuársele. En caso de no llegar ambas partes a un acuerdo en cuanto a los rendimientos de la mano de obra, se someterá el caso a arbitraje. RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA:

Artículo 66.- En los trabajos de obras por administración delegada, el constructor sólo será responsable de los defectos constructivos que pudieran tener los trabajos o unidades por él ejecutadas y también de los accidentes o perjuicios que pudieran sobrevenir a los obreros o a terceras personas por no haber tomado las medidas precisas que en las disposiciones legales vigentes se establecen. En cambio, y salvo lo expresado en el artículo 63 precedente, no será responsable del mal resultado que pudiesen dar los materiales y aparatos elegidos con arreglo a las normas establecidas en dicho artículo.

En virtud de lo anteriormente consignado, el constructor está obligado a reparar por su cuenta los trabajos defectuosos y a responder también de los accidentes o perjuicios expresados en el párrafo anterior.

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3.5. Epígrafe 5: De la valoración y abono de los trabajos. FORMAS DIFERENTES DE ABONO DE LAS OBRAS:

Articulo 67. Según la modalidad elegida para la contratación de las obras, y salvo que en el pliego particular de condiciones económicas se preceptúe otra cosa, el abono de los trabajos se efectuará así:

a) Tipo fijo o tanto alzado total. Se abonará la cifra previamente fijada como base de la adjudicación, disminuida en su caso en el importe de la baja efectuada por el adjudicatario.

b) Tipo fijo o tanto alzado por unidad de obra. Este precio por unidad de obra es invariable y se haya fijado de antemano, pudiendo variar solamente el número de unidades ejecutadas. Previa medición y aplicando al total de las diversas unidades de obra ejecutadas, del precio invariable estipulado de antemano para cada una de ellas, estipulado de antemano para cada una de ellas, se abonará al contratista el importe de las comprendidas en los trabajos ejecutados y ultimados con arreglo y sujeción a los documentos que constituyen el proyecto, los que servirán de base para la medición y valoración de las diversas unidades.

c) Tanto variable por unidad de obra. Según las condiciones en que se realice y los materiales diversos empleados en su ejecución de acuerdo con las órdenes del arquitecto director. Se abonará al contratista en idénticas condiciones al caso anterior.

d) Por listas de jornales y recibos de materiales, autorizados en la forma que el presente pliego general de condiciones económicas determina.

e) Por horas de trabajo, ejecutado en las condiciones determinadas en el contrato. RELACIONES VALORADAS Y CERTIFICACIONES:

Artículo 68.- En cada una de las épocas o fechas que se fijen en el contrato o en los pliegos de condiciones particulares que rijan en la obra, formará el contratista una relación valorada de las obras ejecutadas durante los plazos previstos, según la medición que habrá practicado el aparejador.

Lo ejecutado por el contratista en las condiciones preestablecidas, se valorará aplicando al resultado de la medición general, cúbica, superficial, lineal, ponderada o numeral correspondiente para cada unidad de obra, los precios señalados en el presupuesto para cada una de ellas, teniendo presente además lo establecido en el presente pliego general de condiciones económicas respecto a mejoras o sustituciones de material y a las obras accesorias y especiales, etc.

Al contratista, que podrá presenciar las mediciones necesarias para extender dicha relación, se le facilitarán por el aparejador los datos correspondientes de la relación valorada, acompañándolos de una nota de envío, al objeto de que, dentro del plazo de 10 días a partir de la fecha del recibo de dicha nota, pueda el contratista examinarlos y devolverlos firmados con su conformidad o hacer, en caso contrario, las observaciones o reclamaciones que considere oportunas.

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Dentro de los 10 días siguientes a su recibo, el arquitecto director aceptará o rechazará las reclamaciones del contratista si las hubiere, dando cuenta al mismo de su resolución, pudiendo éste, en el segundo caso, acudir ante el propietario contra la resolución del arquitecto director en la forma referida en los pliegos generales de condiciones facultativas y legales.

Tomando como base la relación valorada indicada en el párrafo anterior,

expedirá el arquitecto director la certificación de las obras ejecutadas. De su importe se deducirá el tanto por cien que para la construcción de la fianza se haya preestablecido.

El material acopiado a pie de obra por indicación expresa y por escrito del propietario, podrá certificarse hasta el 90 por 100 de su importe, a los precios que figuren en los documentos del proyecto, sin afectarlos del tanto por 100 de contrata.

Las certificaciones se remitirán al propietario, dentro del mes siguiente al período a que se refieren, y tendrán el carácter de documento y entregas a buena cuenta, sujetas a las rectificaciones y variaciones que se deriven de la liquidación final, no suponiendo tampoco dichas certificaciones aprobación ni recepción de las obras que comprenden.

Las relaciones valoradas contendrán solamente la obra ejecutada en el plazo a que la valoración se refiere. En el caso de que el arquitecto director lo exigiera, las certificaciones se extenderán al origen. MEJORAS DE OBRAS LIBREMENTE EJECUTADAS:

Artículo 69.- Cuando el contratista, incluso con autorización del arquitecto director, emplease materiales de más esmerada preparación o de mayor tamaño que el señalado en el proyecto o sustituyese una clase de fábrica con otra que tuviese asignado mayor precio o ejecutase con mayores dimensiones cualquiera parte de la obra, o, en general, introdujese en ésta y sin pedírsela, cualquiera otra modificación que sea beneficiosa a juicio del arquitecto director, no tendrá derecho, sin embargo, más que al abono de lo que pudiera corresponder en el caso de que hubiese construido la obra con estricta sujeción a la proyectada y contratada o adjudicada. ABONO DE TRABAJOS PRESUPUESTADOS CON PARTIDA ALZADA:

Artículo 70.- Salvo lo preceptuado en el pliego de condiciones particulares de índole económica, vigente en la obra, el abono de los trabajos presupuestados en partida alzada, se efectuará de acuerdo con el procedimiento que corresponda entre los que a continuación se expresan:

a) Si existen precios contratados para unidades de obras iguales, las presupuestadas mediante partida alzada, se abonarán previa medición y aplicación del precio establecido.

b) Si existen precios contratados para unidades de obra similares, se establecerán precios contradictorios para las unidades con partida alzada, deducidos de los similares contratados.

c) Si no existen precios contratados para unidades de obra iguales o similares, la partida alzada se abonará íntegramente al contratista, salvo el caso de que en el

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presupuesto de la obra se exprese que el importe de dicha partida debe justificarse, en cuyo caso el arquitecto director indicará al contratista y con anterioridad a su ejecución, el procedimiento que de seguirse para llevar dicha cuenta, que en realidad será de administración, valorándose los materiales y jornales a los precios que figuren en el presupuesto aprobado o, en su defecto, a los que con anterioridad a la ejecución convengan las dos partes, incrementándose su importe total con el porcentaje que se fije en el pliego de condiciones particulares en concepto de gastos generales y beneficio industrial del contratista.

ABONO DE AGOTAMIENTOS Y OTROS TRABAJOS ESPECIALES NO CONTRATADOS:

Artículo 71.- Cuando fuese preciso efectuar agotamientos, inyecciones y otra clase de trabajos de cualquiera índole especial y ordinaria, que por no estar contratados no sean de cuenta del contratista, y si no se contratasen con tercera persona, tendrá el contratista la obligación de realizarlos y de satisfacer los gastos de toda clase que ocasionen, los cuales le serán abonados por el propietario por separado de la contrata.

Además de reintegrar mensualmente estos gastos al contratista, se le abonará juntamente con ellos el tanto por cien del importe total que, en su caso, se especifique en el pliego de condiciones particulares. PAGOS:

Artículo 72.- Los pagos se efectuarán por el propietario en los plazos previamente establecidos, y su importe corresponderá precisamente al de las certificaciones de obra conformadas por el arquitecto director, en virtud de las cuales se verifican aquellos. ABONO DE TRABAJOS EJECUTADOS DURANTE EL TÉRMINO DE GARANTÍA:

Artículo 73.- Efectuada la recepción provisional y si durante el plazo de garantía se hubieran ejecutado trabajos cualesquiera, para su abono se procederá así:

a) Si los trabajos que se realicen estuvieran especificados en el proyecto, y sin causa justificada no se hubieran realizado por el contratista a su debido tiempo; y el arquitecto director exigiera su realización durante el plazo de garantía, serán valorados a los precios que figuren en el presupuesto y abonados de acuerdo con lo establecido en los pliegos particulares o en su defecto en los generales, en el caso de que dichos precios fuesen inferiores a los que rijan en la época de su realización; en caso contrario, se aplicarán estos últimos.

b) Si se han ejecutado trabajos precisos para la reparación de desperfectos ocasionados por el uso del edificio, por haber sido éste utilizado durante dicho plazo por el propietario, se valorarán y abonarán a los precios del día, previamente acordados.

c) Si se han ejecutado trabajos para la reparación de desperfectos ocasionados por deficiencia de la construcción o de la calidad de los materiales, nada se abonará por ellos al contratista.

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3.6. Epígrafe 6: De las indemnizaciones mutuas: IMPORTE DE LA INDEMNIZACIÓN POR RETARDO NO JUSTIFICADO EN EL TÉRMINO DE FINALIZADO DE LAS OBRAS:

Artículo 74.- La indemnización por retraso en la terminación se establecerá en un tanto por mil del importe total de los trabajos contratados, por cada día natural de retraso, contados a partir del día de terminación fijado en el calendario de obra, salvo lo dispuesto en el pliego particular del presente proyecto.

Las sumas resultantes se descontarán y retendrán con cargo a la fianza. DEMORA EN LOS PAGOS:

Artículo 75.- Si el propietario no efectuase el pago de las obras ejecutadas, dentro del mes siguiente al que corresponde el plazo convenido el contratista tendrá además el derecho de percibir el abono de un 5 por 100 anual (o el que se defina en el pliego particular), en concepto de intereses de demora, durante el espacio de tiempo del retraso y sobre el importe de la mencionada certificación.

Si aún transcurrieran 2 meses a partir del término de dicho plazo de 1 mes sin realizarse dicho pago, tendrá derecho el contratista a la resolución del contrato, procediéndose a la liquidación correspondiente de las obras ejecutadas y de los materiales acopiados, siempre que éstos reúnan las condiciones preestablecidas y que su cantidad no exceda de la necesaria para la terminación de la obra contratada o adjudicada.

No obstante lo anteriormente expuesto, se rechazará toda solicitud de resolución del contrato fundada en dicha demora de pagos, cuando el contratista no justifique que en la fecha de dicha solicitud ha invertido en obra o en materiales acopiados admisibles la parte de presupuesto correspondiente al plazo de ejecución que tenga señalado en el contrato.

3.7. Epígrafe 7: Varios. MEJORAS Y AUMENTOS DE OBRA. CASOS CONTRARIOS:

Artículo 76.- No se admitirán mejoras de obra, más que en el caso en que el arquitecto director haya ordenado por escrito la ejecución de trabajos nuevos o que mejoren la calidad de los contratados, así como la de los materiales y aparatos previstos en el contrato. Tampoco se admitirán aumentos de obra en las unidades contratadas, salvo caso de error en las mediciones del proyecto a menos que el arquitecto director ordene, también por escrito, la ampliación de las contratadas.

En todos estos casos será condición indispensable que ambas partes contratantes, antes de su ejecución o empleo, convengan por escrito los importes totales de las unidades mejoradas, los precios de los nuevos materiales o aparatos ordenados emplear y los aumentos que todas estas mejoras o aumentos de obra supongan sobre el importe de las unidades contratadas.

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Se seguirán el mismo criterio y procedimiento, cuando el arquitecto director introduzca innovaciones que supongan una reducción apreciable en los importes de las unidades de obra contratadas. UNIDADES DE OBRA DEFECTUOSAS PERO ACEPTABLES.

Artículo 77.- Cuando por cualquier causa fuera menester valorar obra defectuosa, pero aceptable a juicio del arquitecto director de las obras, éste determinará el precio o partida de abono después de oír al contratista, el cual deberá conformarse con dicha resolución, salvo el caso en que, estando dentro del plazo de ejecución, prefiera demoler la obra y rehacerla con arreglo a condiciones, sin exceder de dicho plazo. ASEGURADORA DE LAS OBRAS:

Artículo 78.- El contratista estará obligado a asegurar la obra contratada durante todo el tiempo que dure su ejecución hasta la recepción definitiva; la cuantía del seguro coincidirá en cada momento con el valor que tengan por contrata los objetos asegurados. El importe abonado por la sociedad aseguradora, en el caso de siniestro, se ingresará en cuenta a nombre del propietario, para que con cargo a ella se abone la obra que se construya, y a medida que ésta se vaya realizando.

El reintegro de dicha cantidad al contratista se efectuará por certificaciones, como el resto de los trabajos de la construcción. En ningún caso, salvo conformidad expresa del contratista, hecho en documento público, el propietario podrá disponer de dicho importe para menesteres distintos del de reconstrucción de la parte siniestrada.

La infracción de lo anteriormente expuesto será motivo suficiente para que el contratista pueda resolver el contrato, con devolución de fianza, abono completo de gastos, materiales acopiados, etc., y una indemnización equivalente al importe de los daños causados al contratista por el siniestro y que no se le hubiesen abonado, pero sólo en proporción equivalente a lo que suponga la indemnización abonada por la compañía aseguradora, respecto al importe de los daños causados por el siniestro, que serán tasados a estos efectos por el arquitecto director.

En las obras de reforma o reparación, se fijarán previamente la porción de edificio que debe ser asegurada y su cuantía, y si nada se prevé, se entenderá que el seguro ha de comprender toda la parte del edificio afectada por la obra.

Los riesgos asegurados y las condiciones que figuren en la póliza o pólizas de seguros, los pondrá el contratista, antes de contratarlos, en conocimiento del propietario, al objeto de recabar de éste su previa conformidad o reparos.

Además se han de establecer garantías por daños materiales ocasionados por vicios y defectos de la construcción, según se describe en el artículo 81, en base al artículo 19 de la LOE.

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CONSERVACIÓN DE LA OBRA:

Artículo 79.- Si el contratista, siendo su obligación, no atiende a la conservación de la obra durante el plazo de garantía, en el caso de que el edificio no haya sido ocupado por el propietario antes de la recepción definitiva, el arquitecto director, en representación del propietario, podrá disponer todo lo que sea preciso para que se atienda a la guardería, limpieza y todo lo que fuese menester para su buena conservación, abonándose todo ello por cuenta de la contrata.

Al abandonar el contratista el edificio, tanto por buena terminación de las obras, como en el caso de resolución del contrato, está obligado a dejarlo desocupado y limpio en el plazo que el arquitecto director fije.

Después de la recepción provisional del edificio y en el caso de que la conservación del edificio corra a cargo del contratista, no deberá haber en él más herramientas, útiles, materiales, muebles, etc., que los indispensables para su guardería y limpieza y para los trabajos que fuese preciso ejecutar.

En todo caso, ocupado o no el edificio, está obligado el contratista a revisar y reparar la obra, durante el plazo expresado, procediendo en la forma prevista en el presente pliego de condiciones económicas. UTILIZACIÓN POR EL CONTRATISTA DE EDIFICIOS O BIENES DEL PROPIETARIO:

Artículo 80.- Cuando durante la ejecución de las obras ocupe el contratista, con la necesaria y previa autorización del propietario, edificios o haga uso de materiales o útiles pertenecientes al mismo, tendrá obligación de repararlos y conservarlos para hacer entrega de ellos a la terminación del contrato, en perfecto estado de conservación, reponiendo los que se hubiesen inutilizado, sin derecho a indemnización por esta reposición ni por las mejoras hechas en los edificios, propiedades o materiales que haya utilizado.

En el caso de que al terminar el contrato y hacer entrega del material, propiedades o edificaciones, no hubiese cumplido el contratista con lo previsto en el párrafo anterior, lo realizará el propietario a costa de aquel y con cargo a la fianza. PAGO DE ARBITRIOS:

El pago de impuestos y arbitrios en general, municipales o de otro origen, sobre vallas, alumbrado, etc., cuyo abono debe hacerse durante el tiempo de ejecución de las obras y por conceptos inherentes a los propios trabajos que se realizan, correrán a cargo de la contrata, siempre que en las condiciones particulares del proyecto no se estipule lo contrario. GARANTÍAS POR DAÑOS MATERIALES OCASIONADOS POR VICIOS Y DEFECTOS DE LA CONSTRUCCIÓN:

Artículo 81.- El régimen de garantías exigibles para las obras de edificación se hará efectivo de acuerdo con la obligatoriedad que se establece en la LOE (el apartado

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c) exigible para edificios cuyo destino principal sea el de vivienda, según disposición adicional segunda de la LOE), teniendo como referente a las siguientes garantías:

a) Seguro de daños materiales o seguro de caución, para garantizar, durante 1 año, el resarcimiento de los daños causados por vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras, que podrá ser sustituido por la retención por el promotor de un 5% del importe de la ejecución material de la obra.

b) Seguro de daños materiales o seguro de caución, para garantizar, durante 3 años, el resarcimiento de los daños causados por vicios o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad especificados en el artículo 3 de la LOE.

c) Seguro de daños materiales o seguro de caución, para garantizar, durante 10 años, el resarcimiento de los daños materiales causados por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y estabilidad del edificio.

4. Capítulo III: Condiciones técnicas generales.

Artículo 82.- La instalación se ajustará al presente proyecto según se explica en

la memoria y planos que lo componen. Su ejecución práctica se ajustará a las Normas UNE y al Reglamento de Electrotécnico de Baja Tensión (R.E.B.T.).

Artículo 83.- Todos los materiales y elementos a utilizar en la instalación han de reunir las cualidades específicas que se expresan en el proyecto de acuerdo con la aplicación de los reglamentos.

Artículo 84.- En el caso de que el instalador, tenga la necesidad de cambiar el tipo y características del material a instalar, previamente consultará a la Dirección Facultativa, será el responsable único de lo que pudiera derivar tanto en el ámbito administrativo como judicial.

Artículo 85.- Antes de la instalación o colocación del material que forma la instalación y descrito en los apartados de presupuesto, memoria y cálculos, y a conformidad previa del Director Facultativo (ingeniero técnico), que de acuerdo con su criterio de justicia, se reserva el derecho de ordenar que sean retirados o sustituidos durante todo el periodo que dure la instalación de los elementos, materiales y otros que a su criterio no cumplan las condiciones necesarias.

Artículo 86.- Una vez finalizada la instalación, el instalador efectuará las pruebas y mediciones que se indica en el reglamento, y que el director de obra, y en presencia de este que de acuerdo con el resultado da su conformidad o bien dictará las correcciones oportunas para subsanar los errores o deficiencias en el caso que se presenten. Los gastos que se puedan originar en el anterior supuesto, irán a cargo del instalador.

Artículo 87.- Ante cualquier duda por parte del instalador que se pueda presentar con la ejecución de la instalación tendrá que comunicarlo al director de obra, a fin de determinar o resolver la duda presentada, en el caso de no llevar a cabo la consulta a la

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dirección de obra, la Dirección Facultativa previa autorización de la propiedad de la instalación, podrá desautorizar o rescindir el contrato, previo abono de todos los gastos derivados que se puedan presentar.

Artículo 88.- Del cumplimiento de las disposiciones laborales vigentes, especialmente en todo aquello que hace referencia a las Normas de Seguridad e Higiene del Trabajo de obligatorio cumplimiento de todas las instrucciones del ingeniero técnico-director, por lo que respecta al tema.

4.1. Instalación de Detección de Incendios.

4.1.1. Detectores humos óptico, instal.conv., UNE-EN 54-7, +base superficie, mont.superf.

Detector de humos óptico para instalación contra incendios convencional, según

norma UNE-EN 54-7, con base de superficie, montado superficialmente.

1. DEFINICIÓN Y CONDICIONES DE LAS PARTIDAS DE OBRA EJECUTADAS.

Detectores para instalaciones de protección de incendios y detección de gases, montados. Se han considerado los siguientes elementos:

Detectores iónicos de humos para instalaciones contra incendios convencionales. Detectores ópticos de humos para instalaciones contra incendios convencionales. Detectores térmicos termovelocimétricos para instalaciones contra incendios

convencionales. Sensores iónicos de humos para instalaciones contra incendios analógicas. Sensores ópticos de humos para instalaciones contra incendios analógicas. Sensores térmicos termovelocimétricos para instalaciones contra incendios

analógicas. Sensores duales (térmico y humos) para instalaciones contra incendios

analógicas. Detectores lineales de humos para instalaciones contra incendios analógicas. Detector de CO. Detector autónomo de CO.

La ejecución de la unidad de obra incluye las siguientes operaciones:

Fijación del detector (o en su caso de la base) a la superficie. Conexión a la red eléctrica (red no incluida en el elemento unitario). Conexión al circuito de detección (excepto detectores autónomos) (No incluido

el circuito en el elemento unitario). Acoplamiento del cuerpo a la base, si es el caso. Prueba de servicio.

A. CONDICIONES GENERALES:

La posición será la reflejada en la DT o, en su defecto, la indica por la Dirección

Facultativa.

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La base se fijará sólidamente a la superficie. El cuerpo quedará sólidamente acoplado a la base.

B. DETECTORES DE HUMOS, GAS, DE CO Y TÉRMICOS NO AUTÓNOMOS:

Las señales luminosas de alarma y servicio quedarán encaradas al punto de

acceso de las zonas que protegerán. Quedará conectado por el sistema de dos conductores a la red que le

corresponda, de una central de detección, a 24 V. Tolerancias de instalación:

o Posición: ± 30 mm.

2. UNIDAD Y CRITERIOS DE MEDICIÓN.

Unidad de cantidad instalada, medida según las especificaciones de la DT.

3. NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO.

R.D. 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios.

R.D. 842/2002 de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.

4.1.2. Detector térm. termoveloc., instal.conv., UNE-EN 54-5, +base

superficie, mont.superf.

Detector térmico termovelocimétrico para instalación contra incendios convencional, según norma UNE-EN 54-5, con base de superficie, montado superficialmente.

Lo anterior dispuesto.

4.1.3. Central detección incendios, p/4zonas, indic., 2aliment., mont.en pared.

Central de detección de incendios, para 4 zonas, con indicador de zona, de

avería, de conexión de zona, de prueba de alarma, de doble alimentación y montada en pared.

1. DEFINICIÓN Y CONDICIONES DE LAS PARTIDAS DE OBRA EJECUTADAS.

Centrales de detección de incendios, gas y de CO montadas y colocadas en la pared. La ejecución de la unidad de obra incluye las siguientes operaciones:

Fijación al paramento. Conexión a la red eléctrica y al circuito de detección (No se incluye la red ni el

circuito en el elemento unitario).

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A. CONDICIONES GENERALES:

La posición será reflejada en la DT o, en su defecto, la indicada por la DF. Estará fijada sólidamente en posición vertical mediante tacos y tornillos. Quedará con los lados aplomados y nivelados. La puerta abrirá y cerrará con facilidad. Irá conectada a la red de alimentación y a cada sistema de detección de la zona. Altura desde el pavimento: 1200 mm. Tolerancias de la instalación:

o Posición: ± 30 mm. o Horizontalidad: ± 3 mm. o

2. CONDICIONES DEL PROCESO DE EJECUCIÓN.

Antes de empezar los trabajos de montaje, se hará un replanteo previo que deberá ser aprobado por la DF.

Su instalación no alterará las características del elemento. Se debe comprobar que las características del producto corresponden a las

especificadas en el proyecto. Las conexiones se realizarán con las herramientas adecuadas. Después de la instalación, se procederá a la retirada de la obra de todos los

materiales sobrantes (embalajes, recortes de cables, etc.).

3. UNIDAD Y CRITERIOS DE MEDICIÓN.

Unidad de cantidad instalada, medida según las especificaciones de la DT.

4. NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO.

R.D. 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios.

R.D. 842/2002 de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.

4.1.4. Sirena electrónica, instal.convencional/analógica, 100 dB, bitono,

IP-54, UNE-EN 54-3, p/int.

Sirena electrónica para instalación convencional y analógica, nivel de potencia acústica 100 dB, sonido bitono, grado de protección IP-54, fabricada según la norma UNE-EN 54-3, para colocación interior.

1. DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LOS ELEMENTOS.

Sirenas electrónicas para instalaciones fijas de protección contra incendios. Se han considerado los siguientes tipos:

Dispositivos acústicos del tipo A según EN 54-3 (montaje interior). Dispositivos acústicos del tipo B según EN 54-3 (montaje exterior).

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Se han considerado los siguientes elementos:

Con señal luminosa. Sin señal luminosa.

A. CARACTERÍSTICAS GENERALES:

Tendrá un aspecto uniforme y sin defectos.

Estará formado por una envolvente de protección, con la forma adecuada para

propagar el sonido, que alojará en su interior los componentes necesarios para la correcta configuración del aparato, el sistema de generación de la señal acústica y óptica, si es el caso, el espacio para las conexiones eléctricas, y el sistema de fijación.

Deberán estar diseñados y construidos de acuerdo con las especificaciones de la

norma EN 54-3. Dispondrán de medios para limitar el acceso a las partes desmontables o al dispositivo completo y para realizar el ajuste del modo de funcionamiento, por ejemplo: necesidad de utilizar herramientas especiales, empleo de códigos de acceso, tornillos ocultos, precintos, etc.

El grado de protección proporcionado por la envolvente (código IP) cumplirá:

Para los dispositivos tipo A: Código IP21C como mínimo, según EN 60529 (UNE 20324).

Para los dispositivos tipo B: Código IP21C como mínimo, según EN 60529 (UNE 20324).

Los dispositivos acústicos que además emiten una señal luminosa, incorporarán

la óptica para la señal luminosa en la cara frontal y la lámpara correspondiente en el interior.

2. CONDICIONES DE SUMINISTRO Y ALMACENAJE.

Suministro: Empaquetadas, en cajas. Almacenamiento: En lugares protegidos de impactos y de la intemperie.

3. CONDICIONES DE MERCADO Y CONTROL DE LA DOCUMENTACIÓN.

El suministrador aportará la siguiente documentación, que acredita el marcado

CE, según el sistema de evaluación de conformidad aplicable, de acuerdo con lo que dispone el apartado 7.2.1 del CTE:

Sistema 1: Declaración CE de conformidad del fabricante y Certificado de conformidad CE del producto.

Cada dispositivo acústico de alarma de incendio deberá tener claramente marcada la siguiente información:

o La nomenclatura de los terminales. o Las tensiones nominales de alimentación, y tipo de corriente de

alimentación. o La intensidad y consumo de potencia.

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o Una marca o código por el que el fabricante pueda identificar, como mínimo, la fecha o lote y lugar de fabricación, así como el número de la versión del software contenido en el dispositivo.

o Llevarán el marcado CE de conformidad con lo dispuesto en los Reales Decretos 1630/1992 de 29 de diciembre y 1328/1995 de 28 de julio.

Si se utilizan símbolos o abreviaturas poco corrientes, se deberá dar una

explicación en la documentación suministrada con el dispositivo.

No es necesario que la información sea legible cuando el dispositivo esté instalado y listo para su empleo, pero deberá ser visible durante la instalación y deberá ser accesible durante el mantenimiento.

No se deberán marcar elementos fácilmente desmontables, como pudieran ser tornillos o arandelas. El símbolo normalizado CE (de acuerdo con la directiva 93/68/CEE) se debe colocar en el producto acompañado por:

El número de identificación del organismo notificado de certificación del producto.

El número del cerificado de conformidad CE. El número de identificación del organismo notificado de certificación del

producto. El nombre o marca de identificación y la dirección de la sede social del

fabricante. Las dos últimas cifras del año de impresión del marcado. El número del certificado de conformidad CE. Referencia a la norma EN 54-3. Descripción del producto de construcción. La categoría del entorno (A o B). La designación del tipo/modelo del producto. Los datos requeridos según el apartado 4.6.2 de la norma EN 54-3. El(los) intervalo(s) de tensión de alimentación. Las gamas de frecuencia de alimentación. Para todos los modos de funcionamiento, el nivel acústico ponderado mínimo,

en dB. La frecuencia acústica principal. Código IP según la norma EN 60529. Cualquier otra información necesaria para su correcta instalación,

funcionamiento y mantenimiento.

4. UNIDAD Y CRITERIOS DE MEDICIÓN.

Unidad de cantidad instalada, medida según las especificaciones de la DT.

5. NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO.

R.D. 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios.

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R.D. 842/2002 de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.

UNE-EN 54-3: 2001 Sistemas de detección y alarma de incendios. Parte 3: Dispositivos de alarma de incendios. Dispositivos acústicos.

UNE-EN 54-3/A1: 2002 Sistemas de detección y alarma de incendios. Parte 3: Dispositivos de alarma de incendios. Dispositivos acústicos.

4.1.5. Pulsador alarma, instalación conv., manual + rotura, UNE-EN 54-

11, p/mont.superf.

Pulsador de alarma para instalación contra incendios convencional, accionamiento manual por rotura de elemento frágil, según norma UNE-EN 54-11, para montar superficialmente.

1. DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LOS ELEMENTOS.

Pulsadores manuales de alarma para uso en instalaciones de detección y alarma de incendios, para montar superficialmente o empotrar. Se han considerado los siguientes tipos de pulsadores:

Pulsadores de accionamiento directo (tipo A), por rotura de un elemento frágil. Pulsadores de accionamiento directo (tipo A), por cambio de posición de un

elemento frágil (rearmables).

A. CARACTERÍSTICAS GENERALES:

Tendrá un aspecto uniforme y sin defectos superficiales.

Estará fabricado según las especificaciones de la norma UNE-EN 54-11, que deberá cumplir.

El elemento frágil tiene que estar diseñado de manera que no se produzcan lesiones al usuario cuando se accione.

La superficie de la cara visible será de color rojo, exceptuando la cara de accionamiento, los símbolos y textos de la cara frontal y el acceso de la herramienta especial (de haberlo) así como los orificios de entrada de cables y los tornillos.

En la cara posterior de la caja habrá los orificios para su fijación.

En el interior habrá el sistema de conexión eléctrica.

Intensidad admisible: ≤ 80 mA.

Grado de protección de la envolvente (UNE 20-354): IP-40X.

Cada pulsador deberá estar marcado de forma clara e indeleble con la siguiente información:

Referencia a la norma EN 54-11.

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El nombre o marca comercial del fabricante o proveedor. Definición del modelo (tipo A o tipo B). La categoría ambiental (interior/exterior, características especiales del entorno). Denominaciones de los terminales de conexión. Una marca o código por el que el fabricante pueda identificar, como mínimo, la

fecha o lote y lugar de fabricación, así como el número de la versión del software contenido en el dispositivo.

Si se utilizan símbolos o abreviaturas poco corrientes, se deberá dar una

explicación en la documentación suministrada con el dispositivo.

No es necesario que la información sea legible cuando el dispositivo esté instalado y listo para su empleo, pero deberá ser visible durante la instalación y deberá ser accesible durante el mantenimiento.

No se deberán marcar elementos fácilmente desmontables, como pudieran ser

tornillos o arandelas.

2. CONDICIONES DE SUMINISTRO Y ALMACENAJE.

Suministro: Empaquetados individualmente en cajas.

Almacenamiento: En lugares protegidos de impactos y de la intemperie.

3. UNIDAD Y CRITERIOS DE MEDICIÓN.

Unidad de medición del elemento necesaria suministrada en la obra.

4. NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO.

Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios.

Real Decreto 842/2002 de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. REBT 2002.

UNE-EN 54-11:2001 Sistemas de detección y alarma de incendios. Parte 11: Pulsadores manuales de alarma.

4.2. Instalación de Extinción de Incendios.

4.2.1. Boca incendios D=45mm, BIE-45, manguera 15m, armario.

Boca de incendios con enlace de 45 mm de diámetro, BIE-45, con manguera de

15 m, con armario.

1. DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LOS ELEMENTOS.

Bocas de incendio equipadas con manguera y protegidas con armario. Se han considerado los siguientes tipos:

BIE-25 con manguera semirígida de 20 m.

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BIE-45 con manguera plana de 15 o 20 m.

A. CARACTERÍSTICAS GENERALES:

Boca de incendios formada por:

Lanza-boquilla de tres funciones: interrupción, chorro libre y pulverización. Manguera de material resistente a la putrefacción con una capa lisa de material

elastómetro en su interior. Válvula de entrada cuya maniobra completa de cierre y apertura se realizará

entre 2 ¼ y 3 ½ vueltas de volante. Manómetro, con escala de 0 a 15 bar. Enlaces rápidos para la interconexión de los diferentes elementos. Armario metálico con la cara frontal practicable y con vidrio. En la cara

posterior habrá orificios para su sujeción y los soportes para colgar los diferentes elementos y una entrada lateral para la conexión a la red; estará esmaltado al fuego y pintado de color rojo; en el vidrio habrá la inscripción “Rómpase en caso de incendio”; tendrá rendijas de aireación.

Los materiales utilizados en la construcción de las bocas de incendios serán

resistentes a la corrosión y a los esfuerzos mecánicos debidos a su utilización. Los discos de la devanadera serán de color rojo normalizado ISO 3864. Los enlaces rápido o racores tendrán la forma y dimensiones especificadas en la norma UNE 23-400.

La posición de pulverización de la lanza-boquilla estará entre la de cierre y la de chorro compacto. La lanza-boquilla llevará marcadas las posiciones en que realiza las diferentes funciones. La válvula de cierre cerrará en el sentido de las agujas del reloj. La válvula tendrá marcado el sentido de giro de apertura. La puerta del armario abrirá a 180º.

El vidrio romperá sin riesgo de provocar heridas a los usuarios.

Resistencia impacto lanza-boquilla: Sin deterioros ni fugas. Resistencia impacto y carga de la boca de incendio: Sin deformaciones

permanentes. Estanqueidad de los racores: Sin fugas a la presión de prueba. Holgura diámetro exterior volante válvula-elementos armario: ≥ 35 mm. Resistencia corrosión piezas metálicas con recubrimiento: Cumplirá. Envejecimiento de materiales sintéticos: Sin fisuras ni deterioros. Resistencia a la corrosión conjunto devanadera-válvula de cierre: Sin deterioros,

funcionará correctamente.

Alcance a 0,2 MPa:

Con chorro libre: ≥ 10 m. Con pulverización en cortina: ≥ 6 m. Con pulverización cónica: ≥ 3 m.

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Ángulos de pulverización:

Para pulverización en cortina: 90º ± 5º. Para pulverización cónica: ≥ 45º.

Las características anteriores se determinarán según las UNE-EN 671-1 y UNE-

EN 671-2. La boca de incendio equipada estará marcada con la siguiente información:

Nombre del suministrador o marca comercial. El número de la norma UNE-EN 671-1 para las BIE equipadas con mangueras

semirrígidas. El número de la norma UNE-EN 671-2 para las BIE equipadas con mangueras

planas. Año de fabricación. Presión máxima de servicio. Longitud y diámetro de la manguera. Diámetro equivalente del orificio de la lanza-boquilla. Llevarán el marcado CE de conformidad con lo dispuesto en los R.D. 1630/1992

de 29 de diciembre y 1328/1995 de 28 de julio.

Tolerancias:

Diámetro interior de la manguera para mangueras planas de 45 mm. de diámetro nominal (según UNE 23091-2A):

o Calibre pasa: 44 mm. o Calibre no pasa: 45 mm.

Longitud de la manguera para mangueras planas de 45 mm. de diámetro nominal (según UNE 23091-2A): +5%, -0%.

El soporte de almacenamiento de la manguera será de tipo devanadera o

replegable en zigzag, orientable en un plano horizontal.

La devanadera girará alrededor de un eje y permitirá la extracción de la manguera libremente.

El tambor interior de la devanadera tendrá un diámetro mínimo de 70 mm con

una ranura de ancho mínimo 20 mm. En la devanadera se alojará la manguera plegada en toda su longitud.

El soporte de la manguera girará 90° respecto del plano posterior del armario, con un eje vertical de rotación. El sistema de fijación de la manguera al racor asegurará la retención de la manguera a la caña del racor mediante una presión regular en todo su perímetro. El ángulo formado por la entrada y la salida de la válvula de cierre no será inferior a 90° ni superior a 135°.

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Par de fuerza máximo para el cambio de las funciones de la lanza-boquilla (UNE-EN 671-2): <= 7 Nm.

La manguera estará fabricada de acuerdo con las especificaciones de la norma

UNE 23091-2A. Diámetro interior de la manguera: 45 mm. Tipo de manguera: flexible plana para servicio ligero. Cada tramo de la manguera será marcado legible e indeleblemente como mínimo

dos veces por tramo, preferiblemente a cada extremo, con la siguiente información:

Designación según la norma UNE 23091-2A (Para la BIE 45 será: UNE 23091-2A – 45).

El nombre y la marca del fabricante. El trimestre y año de fabricación.

2. CONDICIONES DE SUMINISTRO Y ALMACENAJE.

Suministro: Empaquetados en cajas.

Se suministrarán acompañadas de las instrucciones de uno completas, fijadas a

la boca de incendios o en sus inmediaciones. El suministrador entregará un manual de instalación y mantenimiento de la boca de incendio equipada. También aportará la siguiente documentación, que acredita el mercado CE, según el sistema de evaluación de conformidad aplicable, de acuerdo con lo que dispone el apartado 7.21. del CTE:

Sistema 1: Declaración CE de conformidad del fabricante y Certificado de conformidad CE del producto.

Almacenamiento: En lugares protegidos de impactos y de la intemperie.

3. UNIDAD Y CRITERIOS DE MEDICIÓN.

Unidad de medición de elemento necesaria suministrada en la obra.

4. NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO.

R.D. 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de

Instalaciones de Protección contra Incendios. UNE 23400-5:1998 Material de lucha contra incendios. Racores de conexión.

Procedimientos de verificación. UNE 23410-1:1994 Lanzas-boquilla de agua para la lucha contra incendios.

Parte 1: Lanzas convencionales. UNE-EN 671-2:2001 Instalaciones fijas de lucha contra incendios. Sistemas

equipados con mangueras. Parte 2: Bocas de incendio equipadas con mangueras planas.

UNE 23400-2:1998 Material de lucha contra incendios. Racores de conexión de 45 mm.

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UNE 23091-2A:1996 Mangueras de impulsión para la lucha contra incendios. Parte 2A: Manguera flexible para servicio ligero, de diámetro 45mm y 70mm.

4.2.2. Boca incendios D=45mm, BIE-45, manguera 20m, armario.

Boca de incendios con enlace de 45 mm de diámetro, BIE-45, con manguera de

20 m, con armario.

Lo anterior dispuesto.

4.2.3. Extintor polvo seco, 6kg, presión incorpo.pintado.

Extintor de polvo seco, de carga 6 kg, con presión incorporada, pintado.

1. DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LOS ELEMENTOS.

Aparato autónomo que contiene un agente extintor que puede ser proyectado y dirigido sobre un fuego por la acción de una presión interna. Son extintores manuales los que han sido diseñados para utilizarse a mano o transportados, y que en condiciones de funcionamiento tienen una masa menor o igual a 20 kg.

A. CARACTERÍSTICAS GENERALES:

El fabricante, o el importador en su caso, han de garantizar que el extintor corresponda a un tipo registrado ante la Administración y que dispone de un certificado emitido por un organismo de control facultado para la aplicación del Reglamento de Aparatos a Presión, que acredite que el extintor corresponde plenamente al del proyecto presentado para registrar el tipo.

Ha de tener una placa oficial, fijada de forma permanente, donde estén gravados los siguientes datos:

Indicación de la administración que realiza el control. La presión de diseño (presión máxima de servicio). El número de registro del aparato. La fecha de la primera prueba y la marca de quien la realizó. Los espacios libres para pruebas sucesivas.

El cuerpo del extintor estará provisto de una etiqueta con los siguientes datos:

Nombre o razón social del fabricante o importador que ha registrado el tipo al

que corresponde el extintor. Temperatura máxima y mínima de servicio. Productos contenidos y cantidad de los mismos. Eficacia para extintores portátiles de acuerdo con la norma UNE 23-110. Tipo de fuegos para los que no puede utilizarse el extintor. Instrucciones de uso. Fecha y contraseña correspondiente al registro del tipo.

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2. CONDICIONES DE SUMINISTRO Y ALMACENAJE.

Suministro: Por unidades, en funda de plástico.

Almacenamiento: En lugares protegidos de impactos y de la intemperie.

3. UNIDAD Y CRITERIOS DE MEDICIÓN.

Unidad de medición del elemento necesaria suministrada en la obra.

4. NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO.

Orden de 31 de mayo de 1982 por la que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC MIE-AP 5 del Reglamento de Aparatos a Presión referente a extintores de incendios.

Orden de 26 de octubre de 1983 por la que se modifican los artículos 2.0, 9.0 y 10 de la ITC MIE-AP 5 del Reglamento de Aparatos a Presión relativo a extintores de incendios.

Orden de 31 de mayo de 1985 por la que se modifican los artículos 1, 4, 5, 7, 9 y 10, y adición de un nuevo artículo a la Instrucción Técnica Complementaria MIE-AP 5, del Reglamento de Aparatos a Presión, referente a extintores de incendios.

Orden de 10 de marzo de 1998 por la que se modifica la Instrucción Técnica Complementaria MIE-AP 5 del Reglamento de Aparatos a Presión sobre extintores de incendios.

Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios.

4.2.4. Grupo presión incendios 37,5m3/h, 5bar-6bar, 1 bomb.serv. + 1

bomb.jockey, mont.s/bancad.

Grupo de presión para instalaciones contra incendios de caudal 37,5 m3/h, como máximo, presión mínima de 5 bar y máxima 6 bar con 1 bomba de servicio y 1 bomba jockey y montado sobre bancada.

1. DEFINICIÓN Y CONDICIONES DE LAS PARTIDAS DE OBRA EJECUTADAS.

Grupos de presión de agua contra incendios montados sobre bancada. La ejecución de la unidad de obra incluye las siguientes operaciones:

Fijación del depósito acumulador. Fijación de las bombas a la bancada. Colocación de los accesorios al grupo. Conexiones bomba-depósito y accesorios. Conexiones a la red de suministro y de distribución. Fijación del cuadro de maniobra. Conexiones eléctricas correspondientes cuadro-bomba y cuadro-red eléctrica. Prueba de servicio.

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A. CONDICIONES GENERALES:

La bomba estará conectada a la red a la que dará servicio, el cuadro de maniobra a la línea de alimentación eléctrica y los motores y presostatos al cuadro de maniobra.

Las tuberías de aspiración e impulsión serán, como mínimo, del mismo diámetro que las bocas correspondientes.

Las reducciones de diámetro se harán con piezas cónicas, con una conicidad total ≤ 30°.

Las reducciones que sean horizontales se harán excéntricas y quedarán enrasadas por la generatriz superior, para evitar la formación de bolsas de aire.

La bancada quedará fijada sólidamente a una superficie lisa y nivelada.

La sujeción del grupo se hará anclándolo con espárragos o tornillos, se utilizarán los taladros de la bancada.

El cuadro de maniobra quedará fijado sólidamente al paramento por un mínimo de cuatro puntos.

Las tuberías no transmitirán ningún tipo de esfuerzo al grupo.

Las uniones serán completamente estancas.

La posición será la reflejada en la DT o, en su defecto, la indicada por la DF.

2. CONDICIONES DEL PROCESO DE EJECUCIÓN.

Se comprobará si la tensión del motor corresponde a la disponible y si gira en el sentido conveniente.

3. UNIDAD Y CRITERIOS DE MEDICIÓN.

Unidad de cantidad instalada, medida según las especificaciones de la DT.

4. NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO.

Real Decreto 842/2002 de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. REBT 2002.

Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios.

4.2.5. Tubo acero galv.s/sold., D=3/4". Tubo de acero galvanizado sin soldadura de diámetro 3/4", según la norma DIN

EN ISO 2440 ST-35.

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1. DEFINICIÓN Y CONDICIONES DE LAS PARTIDAS DE OBRA EJECUTADAS.

Tubos de acero galvanizado sin soldadura ST-35 según la norma DIN-2440, roscado de diámetro entre 3/8” y 6”.

Se han considerado los grados de dificultad de montaje siguientes:

Grado bajo, que corresponde a una red de tramos largos, con pocos accesorios y situada en lugares fácilmente accesibles (montantes, instalaciones de hidrantes, etc.).

Grado medio, que corresponde a una red equilibrada en tramos lineales y con accesorios (distribuciones de agua, gas, calefacción, etc.).

Grado alto, que corresponde a una red con predominio de accesorios (sala de calderas, instalación de bombeo, etc.).

La ejecución de la obra incluye las operaciones siguientes:

Replanteo de la conducción. Colocación de los tubos y accesorios en su posición definitiva. Ejecución de todas las uniones necesarias. Limpieza de la cañería. Retirada de la obra de recortes de tubos, materiales para juntas, etc.

No se incluye, en las instalaciones sin especificación del grado de dificultad, la

colocación de accesorios. La variación del grado de dificultad en los distintos tramos de la red no permite fijar la repercusión de accesorios; por ello, su colocación se considera una unidad de obra distinta.

A. CONDICIONES GENERALES:

La posición será la reflejada en la DT o, en su defecto, la indicada por la DF.

Las juntas serán estancas a la presión de prueba, resistirán los esfuerzos mecánicos y no producirán alteraciones apreciables en el régimen hidráulico de la tubería.

Las reducciones de diámetro, si no se especifican, serán excéntricas y se colocarán enrasadas con las generatrices superiores de los tubos a unir.

Todas las uniones, cambios de dirección y salidas de ramales se harán únicamente por medio de los accesorios correspondientes al tipo de unión con que se ejecute la conducción (accesorios roscados o soldados).

Si es preciso aplicar un elemento roscado, no se roscará al tubo, se utilizará el correspondiente enlace de cono elástico a compresión.

Las tuberías por las que circulan gases con presencia eventual de condensados, tendrán una pendiente mínima del 0,5% para facilitar la evacuación de estos condensados.

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La tubería que, en régimen de trabajo, se caliente, se separará de las vecinas a distancias ≥ 250 mm.

El paso por elementos estructurales se hará con pasamuros y el espacio que

quede se llenará con material elástico. Los pasamuros sobresaldrán ≥ 3 mm del paramento. Dentro del pasamuros no quedará ningún accesorio.

La superficie del tubo o del calorifugante, si debe haberlo, estará a ≥ 300 mm de distancia de cualquier conductor eléctrico y se procurará que pase por debajo de éste.

a. Colocación superficial:

Los tubos serán accesibles. Las tuberías se extenderán perpendicular o paralelamente con respecto a la estructura del edificio. Las horizontales pasarán preferentemente cerca del pavimento o del forjado.

La separación entre los tubos o entre éstos y los paramentos será >= 30 mm. Ésta

aumentará convenientemente si deben ir aislados.

Los dispositivos de sujeción estarán situados de tal manera que aseguren la estabilidad y alineación de la tubería.

Sobre tabiques, los soportes se fijarán con tacos y tornillos, y en las paredes, se empotrarán. Entre la abrazadera del soporte y el tubo se interpondrá una anilla elástica. No se soldará el soporte al tubo. La tubería no atravesará chimeneas ni conductos.

Tolerancias de instalación:

Nivel o aplomado: ≤ 2 mm/m, ≤ 15 mm/total.

b. Colocación enterrada:

Se situará sobre un lecho de apoyo, cuya composición y espesor cumplirá lo especificado en la DT.

Quedarán centrados y alineados dentro de la zanja.

La tubería quedará protegida de los efectos de cargas exteriores, del tráfico (en su caso), inundaciones de la zanja y de las variaciones térmicas.

Para contrarrestar las reacciones axiales que se producen al circular el fluido, los puntos singulares (curvas, reducciones, etc.), estarán anclados en dados macizos de hormigón.

En caso de coincidencia de tuberías de agua potable y de saneamiento, las de agua potable pasarán por un plano superior a las de saneamiento e irán separadas tangencialmente 100 cm.

Por encima del tubo habrá un relleno de tierras compactadas, que cumplirá las especificaciones de su pliego de condiciones.

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Distancia de la generatriz superior del tubo a la superficie:

En zonas de tráfico rodado: ≥ 100 cm. En zonas sin tráfico rodado: ≥ 60 cm.

2. CONDICIONES DEL PROCESO DE EJECUCIÓN.

La descarga y manipulación de los elementos se hará de forma que no reciban

golpes.

Si la unión es roscada, la estanqueidad de los accesorios se conseguirá preferentemente con teflón.

Para realizar la unión de los tubos no se forzarán ni deformarán los extremos.

La unión entre los tubos y otros elementos de obra se realizará garantizando la no transmisión de cargas, la impermeabilidad y la adherencia con las paredes.

Cada vez que se interrumpa el montaje, se taparán los extremos abiertos.

Una vez terminada la instalación se limpiará interiormente haciendo pasar un

disolvente de aceites y grasas y, finalmente, agua.

Si la tubería es para abastecimiento de agua, se procederá a un tratamiento de depuración bacteriológica después de limpiarla.

a. Colocación enterrada:

Antes de bajar los elementos a la zanja la DF los examinará, rechazando los que presenten algún defecto.

Antes de la colocación de los elementos se comprobará que la rasante, la

anchura, la profundidad y el nivel freático de la zanja corresponden a los especificados en la DT. En caso contrario se avisará a la DF.

Durante el proceso de colocación no se producirán desperfectos en la superficie del tubo. Se recomienda la suspensión del tubo por medio de bragas de cinta ancha con el recubrimiento adecuado.

El fondo de la zanja estará limpio antes de bajar los elementos.

La anchura de la zanja será más grande que el diámetro del elemento más 60 cm.

Si la tubería tiene una pendiente > 10%, la colocación de los tubos se realizará en sentido ascendente. De no ser posible, habrá que fijarla provisionalmente para evitar el deslizamiento de los tubos.

Los tubos se calzarán y acodarán para impedir su movimiento.

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Una vez colocados los elementos dentro de la zanja, se comprobará que su interior esté libre de elementos que puedan impedir su asentamiento o funcionamiento correctos (tierras, piedras, herramientas de trabajo, etc.).

Las tuberías y las zanjas se mantendrán libres de agua, achicando con bomba o dejando desagües en la excavación.

No se montarán tramos de más de 100 m de largo sin hacer un relleno parcial de la zanja dejando las juntas descubiertas. Este relleno cumplirá las especificaciones técnicas del relleno de la zanja.

Una vez situada la tubería en la zanja, parcialmente rellena excepto en las uniones, se realizarán las pruebas de presión interior y de estanqueidad según la normativa vigente.

No se procederá al relleno de la zanja sin autorización expresa de la DF.

Los dados de anclaje se realizarán una vez lista la instalación. Se colocarán de

forma que las juntas de las tuberías y de los accesorios sean accesibles para su reparación.

3. UNIDAD Y CRITERIOS DE MEDICIÓN.

a. Tubos:

m de longitud instalada, medida según las especificaciones de la DT, entre los

ejes de los elementos o de los puntos a conectar.

Este criterio incluye las pérdidas de material como consecuencia de los recortes.

En las instalaciones con grado de dificultad especificado, se incluye, además, la repercusión de las piezas especiales a colocar.

b. Colocación enterrada:

No se incluyen en este criterio los dados de hormigón para el anclaje de los tubos ni las bridas metálicas para la sujeción de los mismos.

4. NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO.

La normativa será la específica al uso al que se destine.

4.2.6. Depósito reserva agua, cntr.incendios, 25m3, p/ent.h, cuñ.ap.

Depósito de poliéster para reserva de agua contra incendios de 25 m³ de capacidad, para enterrar en posición horizontal, con cuñas de apoyo.

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1. DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LOS ELEMENTOS.

Depósitos cilíndricos o prismáticos, con tapa y capacidad de 60 a 2000 l. Se han considerado los siguientes materiales:

Poliéster reforzado.

A. CARACTERÍSTICAS GENERALES:

No presentará golpes, grietas o irregularidades en los puntos donde pueda afectar

a la estanqueidad, ni tendrá otros defectos superficiales.

El interior será regular y liso. Se permitirán pequeñas irregularidades que no disminuyan su calidad intrínseca, ni alteren el funcionamiento del mismo.

Dispondrá de una entrada de agua situada 40 mm por encima del desagüe superior.

Dispondrá de un desagüe situado, como mínimo, 40 mm por encima del nivel máximo previsto, con una capacidad mínima de evacuación doble del caudal de entrada.

a. Deposito de poliéster:

Estará hecho de poliéster reforzado con fibra de vidrio. La coloración estará realizada en más y será uniforme y estable.

2. CONDICIONES DE SUMINISTRO Y ALMACENAJE.

Suministro: De manera que no se alteren sus características. En el propio depósito o en el albarán de entrega constarán las siguientes indicaciones:

Nombre del fabricante o marca comercial. Capacidad, dimensiones y otras características del producto.

Almacenamiento: Sobre superficies planas, de manera que no sufran impactos

capaces de producir grietas o roturas.

3. UNIDAD Y CRITERIOS DE MEDICIÓN.

Unidad de medición del elemento necesaria suministrada en la obra.

4. NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO.

Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación Parte 2. Documento Básico de Salubridad DB-HS.

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4.3. Instalación Eléctrica.

4.3.1. Interruptor dif.cl.AC, gam.terc., I=40A, bipol. (2P), 0,03A, fij.inst., 2mód.DIN, p/mont.perf.DIN.

Interruptor diferencial de la clase AC, gama terciario, de 40 A de intensidad

nominal, bipolar (2P), de 0,03 A de sensibilidad, de desconexión fijo instantáneo, con botón de test incorporado y con indicador mecánico de defecto, construido según las especificaciones de la norma UNE-EN 61008-1, de 2 módulos DIN de 18 mm de ancho, para montar en perfil DIN.

1. DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LOS ELEMENTOS.

Interruptores automáticos para actuar por corriente diferencial residual. Se ha contemplado los tipos siguientes:

Interruptores automáticos diferenciales para montar en perfil DIN. Bloques diferenciales par montar en perfil DIN para trabajar conjuntamente con

interruptores automáticos magnetotérmicos. Bloques diferenciales de caja moldeada para montar en perfil DIN o para montar

adosados a interruptores automáticos magnetotérmicos, y para trabajar conjuntamente con interruptores automáticos magnetotérmicos.

A. CARACTERÍSTICAS GENERALES:

Tendrá un aspecto uniforme y sin defectos.

La envolvente será aislante e incombustible.

Dispondrá de bornes para la entrada y salida de las fases y del neutro.

Tendrá un dispositivo de desconexión automática del tipo omnipolar y "Libre

mecanismo" frente a corrientes de defecto a tierra y pulsador de comprobación.

a. Interruptores automáticos diferenciales para montar en perfil DIN:

Cumplirán las especificaciones de la norma UNE-EN 61008-1.

Llevarán un sistema de fijación por presión que permita su montaje y desmontaje sobre un perfil normalizado.

El interruptor llevará marcadas como mínimo las indicaciones siguientes:

El nombre del fabricante o marca comercial. La designación del tipo, el número de catálogo o el número de serie. La o las tensiones asignadas. La frecuencia asignada si el interruptor está fabricado para trabajar a frecuencias

distintas a 50 Hz. La corriente asignada. La corriente diferencial de funcionamiento asignada en amperios (A).

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El símbolo S dentro de un recuadro para los aparatos selectivos. Elemento de maniobra del dispositivo de ensayo, marcado con la letra T. Esquema de conexión. Características de funcionamiento en presencia de corrientes diferenciales con

componente continua, marcada con el símbolo correspondiente.

Las marcas se encontrarán sobre el propio interruptor o bien sobre una o varias placas señalizadoras fijadas al mismo. Serán visibles y legibles cuando el interruptor esté instalado.

Si es preciso establecer una distinción entre los bornes de entrada y los de salida, estos estarán claramente marcados.

Los bornes destinados exclusivamente a la conexión del neutro del circuito estarán marcados con la letra N.

Las marcas serán indelebles, fácilmente legibles y no estarán situadas sobre tornillos, arandelas u otras partes movibles del interruptor.

b. Bloques diferenciales para montar en perfil DIN y para trabajar conjuntamente con interruptores automáticos magnetotérmicos:

Llevarán un sistema de fijación por presión que permita su montaje y

desmontaje sobre un perfil normalizado.

Llevará los conductores para la conexión con el interruptor automático magnetotérmico con el que ha de trabajar de forma conjunta.

No será posible modificar las características de funcionamiento del bloque diferencial por medios distintos a los específicamente destinados a la regulación de la intensidad diferencial residual de funcionamiento asignada o de la temporización definida.

Cumplirán las especificaciones de alguna de las normas siguientes:

Interruptores fabricados según las especificaciones de la norma UNE-EN 61009-1.

Interruptores fabricados según las especificaciones de la norma UNE-EN 60947-2 anexo B.

Los interruptores que cumplen las especificaciones de la norma UNE-EN 61009-

1 llevarán marcadas como mínimo las siguientes indicaciones:

El nombre del fabricante o su marca de fábrica. La designación del tipo, el número de catálogo o el número de serie. La o las tensiones asignadas. La frecuencia asignada si el interruptor está previsto para una frecuencia distinta

de 50 Hz. La corriente asignada en amperios sin el símbolo A.

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La corriente diferencial de funcionamiento asignada. El símbolo S dentro de un recuadro para los aparatos selectivos. Elemento de maniobra del dispositivo de ensayo, marcado con la letra T. Esquema de conexión. La característica de funcionamiento en caso de corrientes diferenciales con

componentes continuas con los símbolos normalizados correspondientes.

Las marcas deberán encontrarse sobre el propio bloque diferencial o bien sobre una o varias placas señalizadoras fijadas al mismo. Estas marcas serán visibles y legibles cuando el aparato esté instalado.

Si fuese necesario establecer una distinción entre los bornes de entrada y los de salida, éstos estarán claramente marcados.

Los bornes destinados exclusivamente a la conexión del neutro del circuito estarán marcados con la letra N.

Las marcas serán indelebles, fácilmente legibles y no estarán situadas sobre tornillos, arandelas, u otras partes móviles o extraíbles.

Los bloques diferenciales que cumplen las especificaciones de la norma UNE-EN 60647-2 anexo B llevarán marcadas como mínimo las siguientes indicaciones:

El nombre del fabricante o su marca de fábrica. La designación del tipo, el número de catálogo o el número de serie. La intensidad diferencial residual de funcionamiento asignada, en amperios (A). Regulaciones de la intensidad diferencial residual de funcionamiento asignada,

si procede. Tiempo mínimo de no respuesta. El símbolo S dentro de un recuadro para los aparatos selectivos. Elemento de maniobra del dispositivo de ensayo, marcado con la letra T, si

procede. La característica de funcionamiento en caso de corrientes diferenciales con

componentes continuas con los símbolos normalizados correspondientes. La o las tensiones asignadas, si son distintas a las de los interruptores

automáticos con los que están acoplados. Valor (o dominio de valores) de la frecuencia asignada si difiere de la del

interruptor automático. Referencia a esta norma.

En lugar no necesariamente visible, o bien en la documentación o manuales del

fabricante habrá el esquema de conexión. Las características de marcado cumplirán las mismas condiciones que las del

apartado anterior.

c. Bloques diferenciales de caja moldeada para montar en perfil DIN o para montar adosados a interruptores automáticos magnetotérmicos, y para trabajar conjuntamente con interruptores automáticos magnetotérmicos:

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Pliego de Condiciones

142

Estarán constituidos por una carcasa-soporte de material aislante moldeado que forme parte integrante del interruptor automático.

Cumplirá las especificaciones de la norma UNE-EN 60947-3 anexo B.

El marcado será el mencionado en el apartado anterior, por lo que respecta a los

bloques diferenciales fabricados según las especificaciones de la norma UNE-EN 60947-2 anexo B.

Los bloques diferenciales de caja moldeada preparados para ir montados sobre

perfiles DIN normalizados llevarán un sistema de fijación por presión que permita el montaje y el desmontaje sobre el perfil.

Los interruptores preparados para ir montados adosados al interruptor automático magnetotérmico llevarán los bornes para la unión con el interruptor.

2. CONDICIONES DE SUMINISTRO Y ALMACENAJE:

Suministro: En cajas.

Almacenamiento: En lugares protegidos de impactos, lluvias, humedades y de los rayos solares. El fabricante entregará la documentación necesaria para la correcta instalación del interruptor.

3. UNIDAD Y CRITERIOS DE MEDICIÓN:

Unidad de medición del elemento necesaria suministrada en la obra.

4. NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO:

a. Normativa general:

Real Decreto 842/2002 de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. REBT 2002.

b. Interruptores automáticos diferenciales para monta en perfil DIN:

UNE-EN 61008-1:1996 Interruptores automáticos para actuar por corriente

diferencial residual, sin dispositivo de protección contra sobre intensidades, para usos domésticos y análogos (ID). Parte 1: Reglas generales.

c. Bloques diferenciales para montar en perfil DIN y para trabajar conjuntamente

con interruptores automáticos magnetotérmicos:

Interruptores automáticos para actuar por corriente diferencial residual, con dispositivo de protección contra sobre intensidades incorporado, para usos domésticos y análogos (AD). Parte 1: Reglas generales.

UNE-EN 60947-2:1998 Paramenta de baja tensión. Parte 2: Interruptores automáticos.

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Pliego de Condiciones

143

d. Bloques diferenciales de caja moldeada para montar en perfil DIN o para montar adosados a interruptores automáticos magnetotérmicos, y para trabajar conjuntamente con interruptores automáticos magnetotérmicos:

UNE-EN 60947-2:1998 Paramenta de baja tensión. Parte 2: Interruptores automáticos.

4.3.2. Interruptor auto.magnet., I=10A, ICP-M, (1P), corte=4500A,

1mód.DIN, p/mont.perf.DIN.

Interruptor automático magnetotérmico, de 10 A de intensidad nominal, tipo ICP-M, unipolar (1P), de 4500 A de poder de corte según UNE 20-317, de 1 módulo DIN de 18 mm de ancho, para montar en perfil DIN.

1. DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LOS ELEMENTOS.

Interruptor automático magnetotérmico unipolar con 1 polo protegido, bipolar con 1 polo protegido, bipolar con 2 polos protegidos, tripolar con 3 polos protegidos, tetrapolar con 3 polos protegidos, tetrapolar con 3 polos protegidos y protección parcial del neutro y tetrapolar con 4 polos protegidos. Se han considerado los siguientes tipos:

Para control de potencia (ICP). Para protección de líneas eléctricas de alimentación a receptores (PIA). Interruptores automáticos magnetotérmicos de caja moldeada.

A. CARACTERÍSTICAS GENERALES:

Tendrá un aspecto uniforme y sin defectos.

La envolvente será aislante e incombustible.

Estará diseñado y construido de manera que sus características en uso normal

sean seguras y sin peligro para el usuario y su entorno.

El sistema de conexión será el indicado por el fabricante.

Tendrá bornes para la entrada y la salida de cada fase o neutro.

a. ICP:

Cumplirá las especificaciones de la norma UNE 20-317.

Llevarán un sistema de fijación por presión que permita el montaje y desmontaje sobre un perfil normalizado.

Llevará marcadas las indicaciones siguientes:

La denominación ICP-M. La intensidad nominal, en amperios (A). La tensión nominal, en voltios (V). El símbolo normalmente aceptado para la corriente alterna. El poder de corte nominal, en amperios.

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144

El nombre del fabricante o la marca de fábrica. La referencia del tipo del fabricante. Referencia reglamentaria justificativa del tipo de aparato. Número de orden de fabricación.

La indicación del poder de corte consistirá en su valor, expresado en amperios, sin el símbolo A y situado en el interior de un rectángulo.

La intensidad nominal debe colocarse en cifras seguidas del símbolo de amperio (A). Para indicar la tensión nominal, pueden emplearse únicamente cifras.

El símbolo de la corriente alterna debe colocarse inmediatamente a después de la indicación de la tensión nominal.

Las indicaciones de la intensidad nominal y del nombre del fabricante o de la marca de fábrica, deben figurar en la parte frontal del interruptor.

Cuando sea necesario diferenciar los bornes de alimentación y los de salida, los

primeros se marcarán mediante flechas que tengan la punta dirigida hacia el interior del interruptor y los otros mediante flechas que tengan la punta dirigida hacia el exterior del interruptor.

Los interruptores deben estar provistos de un esquema de conexiones, si no es

evidente su conexión correcta. En el esquema de conexiones, los bornes deben designarse por los símbolos correspondientes.

Las marcas e indicaciones deben ser indelebles y fácilmente leíbles, y no deben colocarse en tornillos, arandelas u otras partes no fijas del interruptor.

b. PIA:

Llevarán un sistema de fijación por presión que permita el montaje y desmontaje sobre un perfil normalizado.

Deberán cumplir las especificaciones de alguna o algunas de las siguientes normas:

Interruptores fabricados según las especificaciones de la norma UNE-EN 60898. Interruptores fabricados según las especificaciones de la norma UNE-EN 60898

y UNE_EN 60947-2. Interruptores fabricados según las especificaciones de la norma UNE-EN 60947-

2.

Los interruptores que cumplen las especificaciones de la norma UNE-EN 60898 llevarán marcadas las indicaciones siguientes:

El nombre del fabricante o su marca de fábrica. Designación del tipo, número de catálogo u otro número de identificación. Tensión asignada con el símbolo normalmente aceptado para designar la

corriente alterna.

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145

La corriente asignada sin el símbolo A precedido del símbolo de la característica de disparo instantáneo.

La frecuencia asignada si el interruptor está previsto para una sola frecuencia. Poder de corte asignado en amperios, dentro de un rectángulo, sin indicación del

símbolo de las unidades. El esquema de conexión, a menos que el modo de conexión sea evidente. La temperatura ambiente de referencia si es diferente de 30ºC. Clase de limitación de energía, si se aplica.

La designación de la corriente asignada sin el símbolo de amperio (A) precedido

del símbolo de la característica de disparo instantáneo debe ser visible cuando el interruptor esté instalado.

Las otras indicaciones pueden situarse en el lateral o en el dorso del interruptor automático.

El esquema eléctrico puede situarse en el interior de cualquier envolvente, que deba quitarse para la conexión de los cables de alimentación. Este esquema no puede estar sobre una etiqueta adhesiva pegada al interruptor.

Las marcas e indicaciones han de ser indelebles y fácilmente leíbles no deben

estar sobre tornillos, arandelas u otras partes no fijas del interruptor.

Los interruptores que cumplen la norma UNE-EN 60947-2 llevarán marcadas sobre el propio interruptor o sobre una o varias placas de características fijadas al mismo las siguientes marcas:

En lugar visible cuando el interruptor está instalado:

Intensidad asignada. Capacidad para el seccionamiento, si hay lugar, con el símbolo normalizado. Indicaciones de las posiciones de apertura y de cierre, respectivamente por 0 y I

si se emplean símbolos.

En lugar no necesariamente visible cuando el interruptor está instalado:

Nombre del fabricante o marca del fabricante. Designación del tipo y del número de serie. Referencia a esta norma. Categoría de empleo. Tensiones asignadas de empleo. Valor de la frecuencia asignada y/o indicación de corriente continua con el

símbolo normalizado. Poder asignado de corte de servicio en cortocircuito, en kiloamperios (kA). Poder asignado de corte último en cortocircuito, en kiloamperios (kA). Intensidad asignada de corta duración admisible y corta duración

correspondiente para la categoría de empleo B. Bornes de entrada y salida, a menos que su conexión sea indiferente. Bornes del polo neutro, si procede, por la letra N.

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146

Borne de tierra de protección, si procede, marcado con el símbolo normalizado. Temperatura de referencia para los disparadores térmicos no compensados, si es

distinta de 30ºC.

El resto de indicaciones pueden estar marcadas sobre el cuerpo del interruptor en lugar no necesariamente visible o deben especificarse en los catálogos o manuales del fabricante.

c. Interruptores automáticos de caja moldeada:

Estarán constituidos por una carcasa-soporte de material aislante moldeada que forme parte integrante del interruptor automático.

Cumplirán las especificaciones de la norma UNE-EN 60947-2.

El marcado será el mencionado en el apartado anterior, por lo que hace referencia a los interruptores tipo PIA fabricados exclusivamente según las especificaciones de la norma UNE-EN 60947-2.

Los interruptores preparados para ir montados sobre perfiles normalizados deberán llevar un sistema de fijación por presión que permita el montaje y el desmontaje sobre el perfil.

2. CONDICIONES DE SUMINISTRO Y ALMACENAJE.

Suministro: En cajas.

Almacenamiento: En lugares protegidos de impactos, lluvias, humedades y de los rayos solares.

El fabricante entregará la documentación necesaria para la correcta instalación del interruptor.

3. UNIDAD Y CRITERIOS DE MEDICIÓN.

Unidad de medición del elemento necesaria suministrada en la obra.

4. NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO.

a. Normativa general:

Real Decreto 842/2002 de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. REBT 2002.

b. ICP:

UNE 20317:1988 Interruptores automáticos magnetotérmicos, para control de

potencia, de 1,5 a 63 A. UNE 20317/1M: 1993 Interruptores automáticos magnetotérmicos para control

de potencia de 1,5 A a 63 A.

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147

c. PIA:

UNE-EN 60898/A1:1993 Interruptores automáticos para instalaciones domésticas y análogas para la protección contra sobreintensidades.

UNE-EN 60898/A1:1993 ERR Interruptores automáticos para instalaciones domésticas y análogas para la protección contra sobreintensidades.

UNE-EN 60947-1:2002 Paramenta de baja tensión. Parte 1: Reglas generales. UNE-EN 60947-2:1998 Paramenta de baja tensión. Parte 2: Interruptores

automáticos.

d. Interruptores automáticos de caja moldeada:

UNE-EN 60947-1:2002 Paramenta de baja tensión. Parte 1: Reglas generales. UNE-EN 60947-2:1998 Paramenta de baja tensión. Parte 2: Interruptores

automáticos.

4.3.3. Luminaria emergencia/señalización, 110lúmenes, auton<2h.

Luminaria de emergencia y señalización con lámpara de incandescencia de 110 lúmenes, de 2 horas de autonomía, como máximo.

1. DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LOS ELEMENTOS:

Luminaria de emergencia antideflagrante con lámparas de fluorescencia, con autonomía de 1 hora como mínimo, de forma cilíndrica, con carcasa de fundición de aluminio y vidrio de protección de boro-silicato, para montar superficialmente.

A. CARACTERÍSTICAS GENERALES:

Tendrá un aspecto exterior uniforme y sin defectos.

No tendrá cantos afilados o aristas vivas que puedan, durante la instalación, uso normal o mantenimiento, suponer un riesgo para los usuarios o para los elementos de la instalación que lo rodean.

Tendrá la resistencia mecánica suficiente y estará construido de manera que pueda soportar, sin precauciones especiales, las condiciones de uso, montaje y mantenimiento.

Incorporará acumuladores de Ni-Cd estancos, dispositivos eléctricos de carga y

maniobra y protección, limitador de descarga, lámparas y portalámparas, indicador de carga de las baterías visible desde el exterior y regleta de conexiones.

Los dispositivos de soporte y fijación serán mecánicos y regulables.

Los bornes de conexión estarán marcados o numerados.

Todos los materiales aislantes protectores contra choques eléctricos y que mantienen las partes activas en la posición prevista, serán autoextinguibles.

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148

La luminaria estará diseñada y construida de forma que, una vez instalada y cableada para un uso normal, así como en las operaciones normales de mantenimiento, las partes eléctricamente activas sean inaccesibles.

Todos los componentes del equipo eléctrico serán resistentes a la humedad, el calor y la corrosión. Serán compatibles entre sí, y compatibles con el tipo y potencia de la lámpara o lámparas que admite la luminaria.

En caso de avería, ningún componente del equipo eléctrico, emitirá llamas ni gases inflamables.

Los pasos de cables por el interior de la luminaria, serán lisos, sin aristas vivas, asperezas, rebabas o similares, que puedan provocar la abrasión de la cubierta o del aislamiento del cableado.

No puede haber tornillos con punta u otros elementos similares que penetren dentro de los pasos de cables.

El cableado interno estará realizado con conductores del tipo, calidad y sección adecuados, de forma que pueda soportar la potencia de entrada en uso normal.

El aislamiento será de un material capaz de soportar la tensión y la temperatura máxima a la que pueda estar sometido, sin que afecte a la seguridad, mientras esté correctamente instalado y conectado a la red de alimentación.

Estarán realizadas todas las conexiones internas y únicamente quedarán

accesibles los bornes de conexión a la red.

Los conductores seguirán el código de colores normalizados: el conductor neutro será de color azul claro y los conductores de fase pueden ser de color marrón, gris o negro.

Cumplirán las condiciones de rigidez eléctrica, torsión y resistencia mecánica.

Las baterías irán protegidas contra descargas excesivas.

Podrán funcionar a una temperatura máxima de 70°C durante 1 h.

Tensión nominal de alimentación: 230 V Frecuencia: 50 Hz.

Autonomía (después de 24 h de carga en la tensión nominal de alimentación),

(UNE 20062): ≥ 1 h.

Grado mínimo de protección (UNE 20324): IP-65X.

Aislamiento (REBT): Clase II.

Las luminarias para iluminación de emergencia estarán clasificadas y marcadas de la siguiente forma, en función de su construcción.

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149

Una única designación, indicando el tipo, el modo de funcionamiento, los dispositivos incorporados y la duración asignada de la luminaria, deben de aparecer claramente sobre la misma.

La designación consiste en un rectángulo, dividido en tres o cuatro celdas

alineadas, cada una de les cuales contiene una o más posiciones. En función de la construcción, una posición estará ocupada por una letra, una cifra o un punto si no hay ninguna indicación que dar.

La primera celda (una única posición) contiene la información del tipo:

X: Aparato autónomo. Z: Aparato alimentado por fuente central.

La segunda celda (una única posición) contiene la información del

funcionamiento:

0: No permanente. 1: Permanente. 2: Combinado no permanente. 3: Combinado permanente. 4: Compuesto no permanente. 5: Compuesto permanente. 6: Satélite.

La tercera celda (con cuatro posiciones) contiene información sobre los

dispositivos. Ha de completarse de manera adecuada en el momento de la instalación:

A: Dispositivo de verificación incorporado. B: Con puesta en estado de reposo a distancia. C: Con puesta en estado de neutralización. D: Luminarias para a zonas de alto riesgo.

La cuarta celda (con tres posiciones) contiene información sobre la duración

mínima del estado de funcionamiento de emergencia expresada en minutos:

*10: 10 min. *60: 1 h. 120: 2 h. 180: 3 h.

2. CONDICIONES DE SUMINISTRO Y ALMACENAJE.

Suministro: En cajas. En el embalaje figurarán los siguientes datos:

Nombre del fabricante o marca comercial. Tensión nominal de alimentación. Número de modelo o referencia tipo. Potencia nominal.

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Pliego de Condiciones

150

El fabricante suministrarla documentación técnica con las características de la luminaria y las instrucciones de montaje.

Almacenamiento: En lugares protegidos de impactos, lluvias, humedades y de los rayos solares.

3. UNIDAD Y CRITERIOS DE MEDICIÓN.

Unidad de medición del elemento necesaria suministrada en la obra.

4. NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO.

Real Decreto 842/2002 de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. REBT 2002

UNE 72550:1985 Alumbrado de emergencia. Clasificación y definiciones. UNE 72551:1985 Alumbrado (de emergencia) de evacuación. Actuación. UNE 72552:1985 Alumbrado (de emergencia) de seguridad. Actuación. UNE 72553:1985 Alumbrado (de emergencia) de continuidad. Actuación. *UNE-EN 60598-1:2001 Luminarias. Parte 1: Requisitos generales y ensayos. *UNE-EN 60598-2-22:1999 Luminarias. Parte 2-22: Requisitos particulares.

Luminaria para alumbrado de emergencia. *UNE 20392:1993 Aparatos autónomos para alumbrado de emergencia con

lámparas de fluorescencia. Prescripciones de funcionamiento. *UNE-EN 60924:1994 Balastos electrónicos alimentados en corriente continua

para lámparas fluorescentes tubulares. Prescripciones generales y de seguridad (versión oficial EN 60925: 1991).

*UNE-EN 60925:1994 Balastos electrónicos alimentados en corriente continua para lámparas fluorescentes tubulares. Sección uno-Prescripciones de funcionamiento (versión oficial EN 60925: 1991).

4.3.4. Luminaria emergencia/señalización, 230lúmenes, auton<2h.

Luminaria de emergencia y señalización con lámpara de incandescencia de 230

lúmenes, de 2 horas de autonomía, como máximo.

Lo anterior dispuesto.

4.3.5. Luminaria emergencia/señalización, 550lúmenes, auton<2h.

Luminaria de emergencia y señalización con lámpara de incandescencia de 110 lúmenes, de 2 horas de autonomía, como máximo.

Lo anterior dispuesto.

4.3.6. Conductor Cu UNE H07V-R, 1x1,5mm2, col.tubo.

Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 1x1,5 mm2, colocado en tubo.

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151

1. DEFINICIÓN Y CONDICIONES DE LAS PARTIDAS DE OBRA EJECUTADAS.

Cables unipolares con conductor de cobre, con aislante y sin cubierta, de 450/750 V de tensión asignada, para instalaciones fijas. Se han considerado los siguientes tipos de cables:

Cables con aislante de policloruro de vinilo (PVC): o Cables flexibles (clase 5 según UNE 21022) de designación H07V-K. o Cables rígidos (clase 1 según UNE 21022) de designación H07V-U. o Cables rígidos (clase 6 según UNE 21022) de designación H07V-R. o Cables con aislante a base de material termoplástico con baja emisión de

humos y gases corrosivos: Cables flexibles (clase 5 según UNE 21022) de designación

ES07Z1-K (AS).

Se han considerado los siguientes tipos de colocación: Montado superficialmente. Colocado en tubo.

La ejecución de la unidad de obra incluye las siguientes operaciones:

El tendido, fijación y conexión a cajas o mecanismos.

A. CONDICIONES GENERALES:

Los empalmes y derivaciones se harán con bornes o regletas de conexión, prohibiéndose expresamente el hacerlo por simple atornillado o enrollamiento de los hilos.

El recorrido será el indicado en la DT.

Los conductores quedarán extendidos de manera que sus propiedades no queden

dañadas.

Los conductores estarán protegidos contra los daños mecánicos que puedan venir después de su instalación.

El conductor penetrará dentro de las cajas de derivación y de las de mecanismos.

El cable tendrá una identificación mediante anillas o bridas del circuito al cual pertenece, a la salida del cuadro de protección.

No tendrá empalmes entre las cajas de derivación ni entre éstas y los mecanismos.

En todos los lugares donde el cable sea susceptible de estar sometido a daños, se protegerá mecánicamente mediante tubo o bandeja de acero galvanizado.

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152

El radio de curvatura mínimo admitido será 10 veces el diámetro exterior del cable en mm.

Penetración del conductor dentro de las cajas: ≥ 10 cm.

Tolerancias de instalación:

Penetración del conductor dentro de las cajas: ± 10 mm. a. Colocado superficialmente:

Cuando se coloque montado superficialmente, quedará fijado al paramento y

alineado paralelamente al techo o al pavimento. Su posición será la fijada en el proyecto.

Distancia entre fijaciones: ≤ 40 cm.

2. CONDICIONES DEL PROCESO DE EJECUCIÓN:

A. CONDICIONES GENERALES:

El instalador cuidará que no sufra torsiones ni daños en su cubierta al sacarlo de

la bobina.

Se tendrá cuidado al sacar el cable de la bobina para no causarle retorcimientos ni coqueras.

a. Cable colocado en tubo:

El tubo de protección deberá estar instalado antes de la introducción de los conductores. El conductor se introducirá dentro del tubo de protección mediante un cable guía cuidando que no sufra torsiones ni daños en su cobertura.

3. UNIDAD Y CRITERIOS DE MEDICIÓN.

m de longitud instalada, medida según las especificaciones del proyecto, entre los ejes de los elementos a conectar.

Este criterio incluye las pérdidas de material correspondientes a recortes, así

como el exceso previsto para las conexiones.

4. NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO.

Real Decreto 842/2002 de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. REBT 2002.

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153

4.3.7. Conductor Cu UNE H07V-R, 1x2,5mm2, col.tubo.

Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 1x2,5 mm2, colocado en tubo.

Lo anterior dispuesto.

4.3.8. Conductor Cu UNE H07V-R, 1x4mm2, col.tubo.

Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 1x4 mm2, colocado en tubo.

Lo anterior dispuesto.

4.3.9. Conductor Cu UNE H07V-R, 1x25mm2, col.tubo. Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 1x25

mm2, colocado en tubo.

Lo anterior dispuesto.

4.3.10. Tubo flexible corrugado PVC s/halógenos, DN=12mm, baja emisión humos, 2J, 320N, 2000V.

Tubo flexible corrugado de PVC sin halógenos, de 12 mm de diámetro nominal,

aislante y no propagador de la llama, de baja emisión de humos y sin emisión de gases tóxicos ni corrosivos, resistencia al impacto de 2 J, resistencia a compresión de 320 N y una rigidez dieléctrica de 2000.

1. DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LOS ELEMENTOS.

Tubo flexible no metálico de hasta 250 mm de diámetro nominal. Se consideran los siguientes tipos de tubos:

Tubos de PVC corrugados. Tubos de PVC forrados, de dos capas, semilisa la interior y corrugada la

exterior. Tubos de material libre de halógenos. Tubos de polipropileno. Tubos de polietileno.

Características generales:

Estará diseñado y construido de manera que sus características en uso normal sean seguras y sin peligro para el usuario y su entorno.

El interior del tubo tendrá que estar exento de salientes y otros defectos que

puedan dañar a los conductores o herir a instaladores o usuarios.

El diámetro nominal será el del exterior del tubo y se expresará en milímetros.

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Pliego de Condiciones

154

El diámetro interior mínimo lo declarará el fabricante. Las dimensiones cumplirán la norma EN-60423.

2. CONDICIONES DE SUMINISTRO Y ALMACENAJE.

Suministro: En rollos. Estarán marcados con:

Nombre del fabricante. Marca de identificación de los productos. El marcaje será legible. Incluirán las instrucciones de montaje correspondientes.

Almacenamiento: En lugares protegidos contra los impactos y contra la lluvia.

3. UNIDADES Y CRITERIOS DE MEDICIÓN.

Unidad de medición del elemento necesaria suministrada en la obra.

4. NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO.

Real Decreto 842/2002 de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. REBT 2002.

UNE-EN 50086-1:1995 Sistemas de tubos para instalaciones eléctricas. Parte 1: Requisitos generales.

UNE-EN 60423:1996 Tubos de protección de conductores. Diámetros exteriores de los tubos para instalaciones eléctricas y roscas para tubos y accesorios.

4.3.11. Tubo flexible corrugado PVC s/halógenos, DN=16mm, baja

emisión humos, 2J, 320N, 2000V.

Tubo flexible corrugado de PVC sin halógenos, de 16 mm de diámetro nominal, aislante y no propagador de la llama, de baja emisión de humos y sin emisión de gases tóxicos ni corrosivos, resistencia al impacto de 2 J, resistencia a compresión de 320 N y una rigidez dieléctrica de 2000

4.3.12. Tubo flexible corrugado PVC s/halógenos, DN=16mm, baja emisión humos, 2J, 320N, 2000V.

Tubo flexible corrugado de PVC sin halógenos, de 32 mm de diámetro nominal,

aislante y no propagador de la llama, de baja emisión de humos y sin emisión de gases tóxicos ni corrosivos, resistencia al impacto de 2 J, resistencia a compresión de 320 N y una rigidez dieléctrica de 2000

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155

4.4. Instalación de sistema de extinción automática:

4.4.1. Cilindro modular 67l., acero forj., s/sold., prest.tr. 166bar, pres.pr.hidr. 250 bar, dens.máx. 1,1 kg/l.

Cilindro modular con capacidad de 67 litros en acero forjado sin soldadura,

tratado térmicamente (temple y revenido). Presión de trabajo de 166 bar y presión de prueba hidráulica de 250 bar. Densidad máxima de carga por cilindro 1,1 kg/litro.

1. DEFINICIÓN Y CONDICIONES DE LAS PARTIDAS DE OBRA EJECUTADAS.

Batería de botellas de los sistemas de extinción con gases, con el colector, y los mecanismos de accionamiento manual y automático, conectado a la red de extinción. La ejecución de la unidad de obra incluye las siguientes operaciones:

Replanteo de la instalación. Montaje del colector. Montaje de los mecanismos de accionamiento y regulación. Colocación de las botellas con el gas extintor. Operaciones de verificación del sistema.

B. CONDICIONES GENERALES:

El conjunto tendrá el esquema de funcionamiento de la DT.

La botella contendrá la cantidad de gas que indique la DT.

La empresa que realice las operaciones de montaje suministrará toda la

documentación que justifique las operaciones realizadas y que el sistema de extinción está en condiciones de ser utilizado. Se indicará el período de vigencia de la carga.

2. CONDICIONES DEL PROCESO DE EJECUCIÓN.

La empresa que realice el montaje deberá tener las autorizaciones para manipular estos productos. La manipulación de las botellas se hará sin perjudicarlas, evitando golpes, arrastres, etc.

3. UNIDAD Y CRITERIOS DE MEDICIÓN.

Unidad de batería montada con las especificaciones de la DT.

4. NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO. Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el

Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios.

4.4.2. Gas FM200 p/extinción.

Gas tipo FM200 o equivalente para extinción de incendios.

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Pliego de Condiciones

156

4.4.3. Difusor cromado para gas FM200 cromado de 1,25''de D.

Difusor cromado para gas tipo FM-200 o equivalente, de 1,25'' de D.

4.4.4. Tubo acero galv.s/sold., D=1"1/2.

Tubo de acero galvanizado sin soldadura de diámetro 1"1/2, según la norma DIN EN ISO 2440 ST-35.

Las condiciones técnicas de este elemento coinciden exactamente con las del tubo de acero galvanizado para el abastecimiento de agua de las bocas de incendio equipadas citadas en el apartado de Instalación de Extinción de Incendios..

4.4.5. Letrero lumin., señ.acust.

Letrero luminoso de alarma con señal acústica, con la leyenda “EXTINCIÓN DISPARADA”.

Las condiciones técnicas de este elemento coinciden exactamente con las de las luminarias de emergencia citadas en el apartado de Instalación Eléctrica.

4.4.6. Pulsador alarma, instalación conv., manual + rotura, UNE-EN 54-11, p/mont.superf, disparo.ext.

Pulsador de alarma para instalación contra incendios convencional,

accionamiento manual por rotura de elemento frágil, según norma UNE-EN 54-11, para montar superficialmente, para disparo de extinción automática.

Las condiciones técnicas de este elemento coinciden exactamente con las de los pulsadores citados en el apartado de Instalación de Detección de Incendios.

4.4.7. Mod. control. ext.

Módulo de control de extinción para el retardo y disparo del sistema de extinción automática.

Las condiciones técnicas de este elemento serán las mismas citadas para la central de detección de incendios del apartado Instalación de Detección de Incendios.

4.5. Instalación de señalización.

4.5.1. Placa señal. medidas salv.+vías evac., 420x297mm, pintura fotolum., p/fij.mec.

Placa de señalización interior para indicación de medidas de salvamento y vías

de evacuación, de 420 x 297 mm, con pintura fotoluminiscente según normas UNE y DIN, para fijar mecánicamente.

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Pliego de Condiciones

157

1. DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LOS ELEMENTOS.

Placas de señalización de vías de evacuación de interior de edificios, colocadas en su posición definitiva con fijaciones mecánicas. La ejecución de la unidad de obra incluye las siguientes operaciones:

Replanteo. Fijación del elemento. Limpieza.

A. CARACTERÍSTICAS GENERALES:

El elemento de señalización estará fijado al soporte en la posición indicada en la

DT, con las modificaciones introducidas en el replanteo previo, aprobadas por la DF. Tendrá colocados y enroscados todos los tornillos previstos para su fijación.

La cara exterior de la placa estará en un plano vertical, con la arista superior

horizontal.

El carácter numérico estará en un plano vertical y correctamente orientado.

Tolerancias de ejecución:

Nivel: ± 5 mm. Aplomado: ± 1 mm/15 cm.

2. CONDICIONES DEL PROCESO DE EJECUCIÓN.

B. CONDICIONES GENERALES:

El paramento donde se colocará estará totalmente acabado.

No se dañará la pintura ni se abollará la plancha durante la colocación.

No se agujereará la placa para fijarla. Se utilizarán los agujeros existentes.

3. UNIDADES Y CRITERIOS DE MEDICIÓN.

Unidad de cantidad colocada según las especificaciones de la DT.

4. NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO.

UNE 23033-1:1981 Seguridad contra incendios. Señalización. UNE 23034:1988 Seguridad contra incendios. Señalización de seguridad. Vías

de evacuación.

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Pliego de Condiciones

158

Tarragona, 4 de junio de 2009

Rubén Diéguez Macías El presente Pliego de Condiciones, consta de 61 páginas, está suscrito como prueba de conformidad por parte de los Técnicos en triplicado ejemplar, uno para el técnico, el segundo para el Técnico Director y el tercer para el expediente del Proyecto depositado en el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Tarragona, el cual asegura que dará fe de su contenido en caso de discrepancias o posibles dudas.

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Director Autor Nombre: Joaquín Cruz Pérez Nombre: Rubén Diéguez Macías Dirección: Avda. Països Catalans, 5 Población: Tarragona Población: Tarragona C.P.: 43006 Despacho: 333 Escuela: ETSE e-mail: [email protected] Titulación: ETIEI

ESTADO DE LAS MEDICIONES

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Estado de las Mediciones

160

Índice del Estado de las Mediciones. 1. Instalación de Detección de Incendios. 161 2. Instalación de Extinción de Incendios. 164 3. Instalación Eléctrica. 166 4. Instalación del Sistema Automático de Extinción. 168 5. Instalación de Señalización de Emergencia. 170

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Estado de las Mediciones

161

1. Instalación de Detección de Incendios. Uds. Código Descripción Parciales Cantidad

u EM121436

Detectores humos óptico, instal.conv., UNE-EN 54-7, +base superficie, mont.superf. Detector de humos óptico para instalación contra incendios convencional, según norma UNE-EN 54-7, con base de superficie, montado superficialmente.

Almacén 10 10

u EM111520

Detector térm. termoveloc., instal.conv., UNE-EN 54-5, +base superficie, mont.superf. Detector térmico termovelocimétrico para instalación contra incendios convencional, según norma UNE-EN 54-5, con base de superficie, montado superficialmente.

Oficina de recepciones y expediciones 1 Oficina principal 1 2

u EM111120

Central detección incendios, p/4zonas, indic., 2aliment., mont.en pared. Central de detección de incendios, para 4 zonas, con indicador de zona, de avería, de conexión de zona, de prueba de alarma, de doble alimentación y montada en pared.

Almacén 1 1

u EM141102

Pulsador alarma, instalación conv., manual + rotura, UNE-EN 54-11, p/mont.superf. Pulsador de alarma para instalación contra incendios convencional, accionamiento manual por rotura de elemento frágil, según norma UNE-EN 54-11, para montar superficialmente.

Almacén 5 Vestíbulo 2 7

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Estado de las Mediciones

162

u EM131211

Sirena electrónica, instal.convencional/analógica, 100 dB, bitono, IP-54, UNE-EN 54-3, p/int. Sirena electrónica para instalación convencional y analógica, nivel de potencia acústica 100 dB, sonido bitono, grado de protección IP-54, fabricada según la norma UNE-EN 54-3, para colocación interior.

Almacén 1 1

m EG326206

Conductor Cu UNE H07V-R, 2x1,5mm2, col.tubo. Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 1x1,5 mm2, colocado en tubo.

Detectores Zona 1 75 Detectores Zona 2 14 Sirena 0,75 89,75

m EG326806

Conductor Cu UNE H07V-R, 2x25mm2, col.tubo. Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 1x25 mm2, colocado en tubo.

Pulsadores de alarma 126 126

m EG222511

Tubo flexible corrugado PVC s/halógenos, DN=12mm, baja emisión humos, 2J, 320N, 2000V. Tubo flexible corrugado de PVC sin halógenos, de 12 mm de diámetro nominal, aislante y no propagador de la llama, de baja emisión de humos y sin emisión de gases tóxicos ni corrosivos, resistencia al impacto de 2 J, resistencia a compresión de 320 N y una rigidez dieléctrica de 2000.

Detectores Zona 1 75 Detectores Zona 2 14 Sirena 0,75 90,5

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Estado de las Mediciones

163

m EG222811

Tubo flexible corrugado PVC s/halógenos, DN=32mm, baja emisión humos, 2J, 320N, 2000V. Tubo flexible corrugado de PVC sin halógenos, de 20 mm de diámetro nominal, aislante y no propagador de la llama, de baja emisión de humos y sin emisión de gases tóxicos ni corrosivos, resistencia al impacto de 2 J, resistencia a compresión de 320 N y una rigidez dieléctrica de 2000.

Pulsadores de alarma 126 126

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Estado de las Mediciones

164

2. Instalación de Extinción de Incendios. Uds. Código Descripción Parciales Cantidad

u

EM23224R

Boca incendios D=45mm, BIE-45, manguera 15m, armario. Boca de incendios con enlace de 45 mm de diámetro, BIE-45, con manguera de 15 m, con armario.

Taller de producción y reparación 1 Vestíbulo 1 2

u

EM23234R

Boca incendios D=45mm, BIE-45, manguera 20m, armario. Boca de incendios con enlace de 45 mm de diámetro, BIE-45, con manguera de 20 m, con armario.

Almacén 2 2

u

HM31161J

Extintor polvo seco, 6kg, presión incorpo.pintado. Extintor de polvo seco, de carga 6 kg, con presión incorporada, pintado.

Almacén 4 Vestíbulo 1 Pasillo principal 1 6

u

ENXA6425

Grupo presión incendios 35m3/h, 5bar-6bar, 1 bomb.serv. + 1 bomb.jockey, mont.s/bancad. Grupo de presión para instalaciones contra incendios de caudal 35 m3/h, como máximo, presión mínima de 5 bar y máxima 6 bar con 1 bomba de servicio y 1 bomba jockey y montado sobre bancada.

Exterior 1 1

u

EM131211

Depósito reserva agua, cntr.incendios, 25m3, p/ent.h, cuñ.ap. Depósito de poliéster para reserva de agua contra incendios de 25 m³ de capacidad, para enterrar en posición horizontal, con cuñas de apoyo.

Exterior 1 1

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Estado de las Mediciones

165

m

EF215211

Tubo acero galv.s/sold., D=3/4". Tubo de acero galvanizado sin soldadura de diámetro 3/4", según la norma DIN EN ISO 2440 ST-35.

Bocas de incendio equipadas 110,1 110,1

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Estado de las Mediciones

166

3. Instalación Eléctrica. Uds. Código Descripción Parciales Cantidad

u

EG411319

Interruptor dif.cl.AC, gam.terc., I=40A, bipol. (2P), 0,03A, fij.inst., 2mód.DIN, p/mont.perf.DIN. Interruptor diferencial de la clase AC, gama terciario, de 40 A de intensidad nominal, bipolar (2P), de 0,03 A de sensibilidad, de desconexión fijo instantáneo, con botón de test incorporado y con indicador mecánico de defecto, construido según las especificaciones de la norma UNE-EN 61008-1, de 2 módulos DIN de 18 mm de ancho, para montar en perfil DIN.

Contador 1 1

u

EG42429H

Interruptor auto.magnet., I=10A, ICP-M, (1P), corte=4500A, 1mód.DIN, p/mont.perf.DIN. Interruptor automático magnetotérmico, de 10 A de intensidad nominal, tipo ICP-M, unipolar (1P), de 4500 A de poder de corte según UNE 20-317, de 1 módulo DIN de 18 mm de ancho, para montar en perfil DIN.

Contador 1 1

u

EH612225

Luminaria emergencia/señalización, 110lúmenes, auton<2h. Luminaria de emergencia y señalización con lámpara de incandescencia de 110 lúmenes, de 2 horas de autonomía, como máximo.

3 3

u

EH612325

Luminaria emergencia/señalización, 230lúmenes, auton<2h. Luminaria de emergencia y señalización con lámpara de incandescencia de 230 lúmenes, de 2 horas de autonomía, como máximo.

18 18

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Estado de las Mediciones

167

u

EH614112

Luminaria emergencia/señalización, 550lúmenes, auton<2h. Luminaria de emergencia y señalización con lámpara de incandescencia de 550 lúmenes, de 2 horas de autonomía, como máximo.

24 24

m

EG326406

Conductor Cu UNE H07V-R, 2x4mm2, col.tubo. Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 1x4 mm2, colocado en tubo.

Luminarias de emergencia 244 244

m

EG222511

Tubo flexible corrugado PVC s/halógenos, DN=16mm, baja emisión humos, 2J, 320N, 2000V. Tubo flexible corrugado de PVC sin halógenos, de 12 mm de diámetro nominal, aislante y no propagador de la llama, de baja emisión de humos y sin emisión de gases tóxicos ni corrosivos, resistencia al impacto de 2 J, resistencia a compresión de 320 N y una rigidez dieléctrica de 2000.

Luminarias de emergencia 244 244

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Estado de las Mediciones

168

4. Instalación del Sistema Automático de Extinción. Uds. Código Descripción Parciales Cantidad

u

EM424500

Cilindro modular 67l., acero forj., s/sold., prest.tr. 166bar, pres.pr.hidr. 250 bar, dens.máx. 1,1 kg/l. Cilindro modular con capacidad de 67 litros en acero forjado sin soldadura, tratado térmicamente (temple y revenido). Presión de trabajo de 166 bar y presión de prueba hidráulica de 250 bar. Densidad máxima de carga por cilindro 1,1 kg/litro.

Exterior 1 1

Kg. EM43F000

Gas FM200 p/extinción. Gas tipo FM200 o equivalente para extinción de incendios

Cilindro modular 66,528 66,528

u

EM411100

Difusor cromado para gas FM200 cromado de 1,25''de D. Difusor cromado para gas tipo FM-200 o equivalente, de 1,25'' de D.

Oficina principal 1 1

m

EF218211

Tubo acero galv.s/sold., D=1"1/2. Tubo de acero galvanizado sin soldadura de diámetro 1"1/2, según la norma DIN EN ISO 2440 ST-35.

Oficina principal 5 5

u

EH6B3841

Letrero lumin., señ.acust. Letrero luminoso de alarma con señal acústica, con la leyenda “EXTINCIÓN DISPARADA”

Pasillo principal 1 1

u

EM1422D2

Pulsador alarma, instalación conv., manual + rotura, UNE-EN 54-11, p/mont.superf, disparo.ext. Pulsador de alarma para instalación contra incendios convencional, accionamiento manual por rotura de elemento frágil, según norma UNE-EN 54-11, para montar superficialmente, para disparo de extinción automática.

Oficina principal 1 1

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Estado de las Mediciones

169

u

EM251011

Mod. control. Ext. Módulo de control de extinción para el retardo y disparo del sistema de extinción automática.

Centralita detección de incendios 1 1

m

EG326206

Conductor Cu UNE H07V-R, 2x1,5mm2, col.tubo. Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 1x1,5 mm2, colocado en tubo.

FM-200 5 Fusible automático puerta cortafuegos 15 Letrero “EXTINCION DISPARADA” 15 35

m

EG326306

Conductor Cu UNE H07V-R, 2x2,5mm2, col.tubo. Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 1x2,5 mm2, colocado en tubo.

Pulsador de disparo de extinción 15 15

m

EG222511

Tubo flexible corrugado PVC s/halógenos, DN=12mm, baja emisión humos, 2J, 320N, 2000V. Tubo flexible corrugado de PVC sin halógenos, de 12 mm de diámetro nominal, aislante y no propagador de la llama, de baja emisión de humos y sin emisión de gases tóxicos ni corrosivos, resistencia al impacto de 2 J, resistencia a compresión de 320 N y una rigidez dieléctrica de 2000.

FM-200 5 Letrero “EXTINCION DISPARADA” 15 Pulsador de disparo de extinción 15 50

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Estado de las Mediciones

170

5. Instalación de Señalización de Emergencia. Uds. Código Descripción Parciales Cantidad

u

EMDBU010

Placa señal. medidas salv.+vías evac., 420x297mm, pintura fotolum., p/fij.mec. Placa de señalización interior para indicación de medidas de salvamento y vías de evacuación, de 420 x 297 mm, con pintura fotoluminiscente según normas UNE y DIN, para fijar mecánicamente.

Pulsadores de alarmas 7 Bocas de incendio equipadas 4 Extintores 6 Avisador sonoro 1 Salidas de emergencia 5 Indicadores de dirección 12 Modo apertura puertas de emergencia 5 40

Tarragona, 4 de junio de 2009

Rubén Diéguez Macías Las presentes Mediciones, constan de 10 páginas, está suscrito como prueba de conformidad por parte de los Técnicos en triplicado ejemplar, uno para el técnico, el segundo para el Técnico Director y el tercer para el expediente del Proyecto depositado en el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Tarragona, el cual asegura que dará fe de su contenido en caso de discrepancias o posibles dudas.

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Director Autor Nombre: Joaquín Cruz Pérez Nombre: Rubén Diéguez Macías Dirección: Avda. Països Catalans, 5 Población: Tarragona Población: Tarragona C.P.: 43006 Despacho: 333 Escuela: ETSE e-mail: [email protected] Titulación: ETIEI

PRESUPUESTO

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Presupuesto

172

Índice de los Presupuestos. 1. Cuadro de precios unitarios. 173 2. Cuadro de descompuestos. 176

2.1. Instalación de detección de incendios. 176 2.2. Instalación de extinción de incendios. 181 2.3. Instalación eléctrica. 184 2.4. Instalación del sistema de extinción automática. 188 2.5. Instalación de señalización de emergencia. 193 2.6. Varios. 194

3. Presupuesto. 195 3.1. Instalación de detección de incendios. 195 3.2. Instalación de extinción de incendios. 197 3.3. Instalación eléctrica. 198 3.4. Instalación del sistema de extinción automática. 200 3.5. Instalación de señalización de emergencia. 202 3.6. Varios. 203

4. Resumen del presupuesto. 204

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Presupuesto

173

1. Cuadro de precios unitarios.

Código Uds. Descripción Precio (€) A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra VARIOS A012H000 h Oficial 1a electricista 18,24 A012J000 h Oficial 1a fontanero 18,24

A012M000 h Oficial 1a montador 18,24 A013H000 h Ayudante electricista 16,4 A013J000 h Ayudante fontanero 16,4

A013M000 h Ayudante montador 16,42

B0A71A00 u Abrazadera metálica, de 24 mm de diámetro interior 0,4

B0A71H00 u Abrazadera metálica, de 47 mm de diámetro interior 0,61

BF215200 m Tubo de acero galvanizado sin soldadura de diámetro 3/4", según la norma DIN EN ISO 2440 ST-35

4,45

BF218200 m Tubo de acero galvanizado sin soldadura de diámetro 1"1/2, según la norma DIN EN ISO 2440 ST-35

8,57

BFW21510 u Accesorio para tubos de acero galvanizado sin soldadura, de diámetro 3/4", para roscar 4,47

BFW21810 u Accesorio para tubos de acero galvanizado sin soldadura, de diámetro 1"1/2, para roscar 12,22

BFY21510 u Parte proporcional de elementos de montaje para tubos de acero galvanizado sin soldadura, de diámetro 3/4", roscado

0,39

BFY21810 u Parte proporcional de elementos de montaje para tubos de acero galvanizado sin soldadura, de diámetro 1"1/2, roscado

1,13

BG222510 u

Tubo flexible corrugado de PVC, de 12 mm de diámetro nominal, aislante y no propagador de la llama, resistencia al impacto de 1 J, resistencia a compresión de 320 N y una rigidez dieléctrica de 2000 V

0,14

BG222510 m

Tubo flexible corrugado de PVC, de 16 mm de diámetro nominal, aislante y no propagador de la llama, resistencia al impacto de 1 J, resistencia a compresión de 320 N y una rigidez dieléctrica de 2000 V

0,14

BG222510 m Módulo de control de extinción para el retardo y disparo del sistema de extinción automática. 72,23

BG222810 m

Tubo flexible corrugado de PVC, de 32 mm de diámetro nominal, aislante y no propagador de la llama, resistencia al impacto de 1 J, resistencia a compresión de 320 N y una rigidez dieléctrica de 2000 V

0,25

BG326200 m Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 2x1,5 mm2 0,32

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Presupuesto

174

BG326300 m Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 2x2,5 mm2 0,52

BG326400 m Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 2x4 mm2 0,86

BG326400 m

Pulsador de alarma para instalación contra incendios convencional, accionamiento manual por rotura de elemento frágil, según norma UNE-EN 54-11, para disparo de extinción automática

13,07

BG326800 m Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 2x25 mm2 5,89

BG411319 u

Interruptor automático magnetotérmico, de 10 A de intensidad nominal, tipo ICP-M, unipolar (1P), de 4500 A de poder de corte según UNE 20-317, de 1 módulo DIN de 18 mm de ancho, para montar en perfil DIN

10,8

BG42429H u

Interruptor diferencial de la clase AC, gama residencial, de 25 A de intensidad nominal, bipolar (2P), de 0,03 A de sensibilidad, de desconexión fijo instantáneo, con botón de test incorporado y con indicador mecánico de defecto, construido según las especificaciones de la norma UNE-EN 61008-1, de 2 módulos DIN de 18 mm de ancho, para montar en perfil DIN

62,69

BGW41000 u Parte proporcional de accesorios para interruptores magnetotérmicos 0,36

BGW42000 u Parte proporcional de elementos especiales para interruptores diferenciales 0,33

BH612220 u Luminaria de emergencia y señalización con lámpara de incandescencia de 110 lúmenes, de 2 horas de autonomía, como máximo

146,63

BH612320 u Luminaria de emergencia y señalización con lámpara de incandescencia de 230 lúmenes, de 2 horas de autonomía, como máximo

123,7

BH614112 u Luminaria de emergencia y señalización con lámpara de incandescencia de 550 lúmenes, de 2 horas de autonomía, como máximo

115,82

BH6B3841 u Letrero luminoso de alarma con señal acústica, con la leyenda “EXTINCIÓN DISPARADA” 84,42

BHW61000 u Parte proporcional de accesorios de luminarias de emergencia y señalización 0,5

BM111120 u Detector de humos óptico para instalación contra incendios convencional, según norma UNE-EN 54-7, con base de superficie

22,02

BM111520 u Detector térmico termovelocimétrico para instalación contra incendios convencional, según norma UNE-EN 54-5, con base de superficie

15,4

BM121430 u Central de detección de incendios, para 2 zonas, con indicador de zona, de avería, de conexión de zona, de prueba de alarma y de doble alimentación

226,78

BM131211 u Sirena electrónica para instalación convencional y 24,05

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Presupuesto

175

analógica, nivel de potencia acústica 100 dB, sonido multitono, grado de protección IP-54, fabricada según la norma UNE-EN 54-3, para colocación interior

BM131211 u Depósito de poliéster para reserva de agua contra incendios de 25 m³ de capacidad 4188,27

BM141102 u

Pulsador de alarma para instalación contra incendios convencional, accionamiento manual por rotura de elemento frágil, según norma UNE-EN 54-11, para montar superficialmente

7,28

BM232240 u Boca de incendios con enlace de 45 mm de diámetro, BIE-45, con manguera de 15 m, con armario

135,57

BM232340 u Boca de incendios con enlace de 45 mm de diámetro, BIE-45, con manguera de 20 m, con armario

148,86

BM311611 u Extintor de polvo seco, de carga 6 kg, con presión incorporada, pintado 36,35

BM411100 u Difusor cromado para gas tipo FM-200 o equivalente, de 1,25'' de D 17,37

BM424500 u

Cilindro modular con capacidad de 67 litros en acero forjado sin soldadura, tratado térmicamente (temple y revenido). Presión de trabajo de 166 bar y presión de prueba hidráulica de 250 bar. Densidad máxima de carga por cilindro 1,1 kg/litro

1.073,53

BM43F000 kg Gas tipo FM200 o equivalente para extinción de incendios 34,02

BMDBU010 u

Placa de señalización interior para indicación de medidas de salvamento y vías de evacuación, de 420 x 297 mm, con pintura fotoluminiscente según normas UNE y DIN, para fijar mecánicamente

6,77

BMY11000 u Parte proporcional de elementos especiales para detectores 0,32

BMY12000 u Parte proporcional de elementos especiales para centrales de detección 0,59

BMY13000 u Parte proporcional de elementos especiales para sirenas

BMY14000 u Parte proporcional de elementos especiales para pulsadores de alarma 0,27

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Presupuesto

176

2. Cuadro de descompuestos.

2.1. Instalación de detección de incendios.

EM111120 u

Detectores humos óptico, instal.conv., UNE-EN 54-7, +base superficie, mont.superf. Detector de humos óptico para instalación contra incendios convencional, según norma UNE-EN 54-7, con base de superficie, montado superficialmente.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012M000 h Oficial 1a montador 18,24 0,24 4,37 A013M000 h Ayudante montador 16,42 0,24 3,94

BM111120 u

Detector de humos óptico para instalación contra incendios convencional, según norma UNE-EN 54-7, con base de superficie

22,02 1,00 22,02

BMY11000 u Parte proporcional de elementos especiales para detectores 0,32 1,00 0,32

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 8,31 0,015 0,12

TOTAL 30,77 Sube el precio total de la partida a la cantidad de TREINTA EUROS con SETENTA Y SIETE CÉNTIMOS.

EM111520 u

Detector térm. termoveloc., instal.conv., UNE-EN 54-5, +base superficie, mont.superf. Detector térmico termovelocimétrico para instalación contra incendios convencional, según norma UNE-EN 54-5, con base de superficie, montado superficialmente.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012M000 h Oficial 1a montador 18,24 0,24 4,37 A013M000 h Ayudante montador 16,42 0,24 3,94

BM111520 u

Detector térmico termovelocimétrico para instalación contra incendios convencional, según norma UNE-EN 54-5, con base de superficie

15,40 1,00 15,40

BMY11000 u Parte proporcional de elementos especiales para detectores 0,32 1,00 0,32

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 8,31 0,015 0,12

TOTAL 24,15 Sube el precio total de la partida a la cantidad de VEINTICUATRO EUROS con QUINCE CÉNTIMOS.

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Presupuesto

177

EM121436 u

Central detección incendios, p/4zonas, indic., 2aliment., mont.en pared. Central de detección de incendios, para 2 zonas, con indicador de zona, de avería, de conexión de zona, de prueba de alarma, de doble alimentación y montada en pared.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012M000 h Oficial 1a montador 18,24 1,40 25,53 A013M000 h Ayudante montador 16,42 1,40 22,98

BM121430 u

Central de detección de incendios, para 4 zonas, con indicador de zona, de avería, de conexión de zona, de prueba de alarma y de doble alimentación

226,78 1,00 226,78

BMY12000 u Parte proporcional de elementos especiales para centrales de detección

0,59 1,00 0,59

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 48,52 0,015 0,72

TOTAL 276,60 Sube el precio total de la partida a la cantidad de DOS CIENTOS SETENTA Y SEIS EUROS con SESENTA CÉNTIMOS.

EM141102 u

Pulsador alarma, instalación conv., manual + rotura, UNE-EN 54-11, p/mont.superf. Pulsador de alarma para instalación contra incendios convencional, accionamiento manual por rotura de elemento frágil, según norma UNE-EN 54-11, para montar superficialmente.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012M000 h Oficial 1a montador 18,24 0,24 4,37 A013M000 h Ayudante montador 16,42 0,24 3,94

BM141102 u

Pulsador de alarma para instalación contra incendios convencional, accionamiento manual por rotura de elemento frágil, según norma UNE-EN 54-11, para montar superficialmente

7,28 1,00 7,28

BMY14000 u Parte proporcional de elementos especiales para pulsadores de alarma

0,27 1,00 0,27

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 8,31 0,015 0,12

TOTAL 15,98 Sube el precio total de la partida a la cantidad de QUINCE EUROS con NOVENTA Y OCHO CÉNTIMOS.

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Presupuesto

178

EM131211 u

Sirena electrónica, instal.convencional/analógica, 100 dB, bitono, IP-54, UNE-EN 54-3, p/int. Sirena electrónica para instalación convencional y analógica, nivel de potencia acústica 100 dB, sonido bitono, grado de protección IP-54, fabricada según la norma UNE-EN 54-3, para colocación interior.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012M000 h Oficial 1a montador 18,24 0,24 4,37 A013M000 h Ayudante montador 16,42 0,24 3,94

BM131211 u

Sirena electrónica para instalación convencional y analógica, nivel de potencia acústica 100 dB, sonido multitono, grado de protección IP-54, fabricada según la norma UNE-EN 54-3, para colocación interior

24,05 1,00 24,05

BMY13000 u Parte proporcional de elementos especiales para sirenas 0,53 1,00 0,53

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 8,31 0,015 0,12

TOTAL 33,01 Sube el precio total de la partida a la cantidad de TREINTA Y TRES EUROS con UN CÉNTIMO.

EG326206 m Conductor Cu UNE H07V-R, 2x1,5mm2, col.tubo. Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 1x1,5 mm2, colocado en tubo.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012H000 h Oficial 1a electricista 18,24 0,01 0,18 A013H000 h Ayudante electricista 16,40 0,01 0,16

BG326200 m Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 1x1,5 mm2

0,32 1,00 0,32

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 0,34 0,015 0,005

TOTAL 0,66 Sube el precio total de la partida a la cantidad de SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS.

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Presupuesto

179

EG326806 m Conductor Cu UNE H07V-R, 2x25mm2, col.tubo. Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 1x25 mm2, colocado en tubo.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012H000 h Oficial 1a electricista 18,24 0,025 0,45 A013H000 h Ayudante electricista 16,40 0,025 0,41

BG326800 m Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 1x25 mm2

5,89 1,00 5,89

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 0,86 0,015 0,013

TOTAL 6,76 Sube el precio total de la partida a la cantidad de SEIS EUROS con SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS.

EG222511 m

Tubo flexible corrugado PVC s/halógenos, DN=12mm, baja emisión humos, 2J, 320N, 2000V. Tubo flexible corrugado de PVC sin halógenos, de 12 mm de diámetro nominal, aislante y no propagador de la llama, de baja emisión de humos y sin emisión de gases tóxicos ni corrosivos, resistencia al impacto de 2 J, resistencia a compresión de 320 N y una rigidez dieléctrica de 2000.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012H000 h Oficial 1a electricista 18,24 0,016 0,29 A013H000 h Ayudante electricista 16,40 0,02 0,32

BG222510 m

Tubo flexible corrugado de PVC, de 12 mm de diámetro nominal, aislante y no propagador de la llama, resistencia al impacto de 1 J, resistencia a compresión de 320 N y una rigidez dieléctrica de 2000 V

0,14 1,00 0,14

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 0,61 0,015 0,009

TOTAL 0,76 Sube el precio total de la partida a la cantidad de SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS.

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Presupuesto

180

EG222811 m

Tubo flexible corrugado PVC s/halógenos, DN=32mm, baja emisión humos, 2J, 320N, 2000V. Tubo flexible corrugado de PVC sin halógenos, de 20 mm de diámetro nominal, aislante y no propagador de la llama, de baja emisión de humos y sin emisión de gases tóxicos ni corrosivos, resistencia al impacto de 2 J, resistencia a compresión de 320 N y una rigidez dieléctrica de 2000.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012H000 h Oficial 1a electricista 18,24 0,016 0,29 A013H000 h Ayudante electricista 16,40 0,02 0,32

BG222810 m

Tubo flexible corrugado de PVC, de 25 mm de diámetro nominal, aislante y no propagador de la llama, resistencia al impacto de 1 J, resistencia a compresión de 320 N y una rigidez dieléctrica de 2000 V

0,25 1,00 0,25

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 0,61 0,015 0,009

TOTAL 0,87 Sube el precio total de la partida a la cantidad de OCHENTA Y SIETE CÉNTIMOS.

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Presupuesto

181

2.2. Instalación de extinción de incendios.

EM23224R u Boca incendios D=45mm, BIE-45, manguera 15m, armario. Boca de incendios con enlace de 45 mm de diámetro, BIE-45, con manguera de 15 m, con armario.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012M000 h Oficial 1a montador 18,24 2,50 45,60 A013M000 h Ayudante montador 16,42 2,50 41,05

BM232240 u

Boca de incendios con enlace de 45 mm de diámetro, BIE-45, con manguera de 15 m, con armario

135,57 1,00 135,57

BMY23000 u Parte proporcional de elementos especiales para bocas de incendio

0,59 1,00 0,59

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 86,65 0,015 1,30

TOTAL 224,11 Sube el precio total de la partida a la cantidad de DOS CIENTOS VEINTICUATRO EUROS con ONCE CÉNTIMOS.

EM23234R u Boca incendios D=45mm, BIE-45, manguera 20m, armario. Boca de incendios con enlace de 45 mm de diámetro, BIE-45, con manguera de 20 m, con armario.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012M000 h Oficial 1a montador 18,24 2,50 45,60 A013M000 h Ayudante montador 16,42 2,50 41,05

BM232340 u

Boca de incendios con enlace de 45 mm de diámetro, BIE-45, con manguera de 20 m, con armario

148,86 1,00 148,86

BMY23000 u Parte proporcional de elementos especiales para bocas de incendio

0,59 1,00 0,59

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 86,65 0,015 1,30

TOTAL 237,40 Sube el precio total de la partida a la cantidad de DOS CIENTOS TREINTA Y SIETE EUROS con CUARENTA CÉNTIMOS.

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Presupuesto

182

HM31161J u Extintor polvo seco, 6kg, presión incorpo.pintado. Extintor de polvo seco, de carga 6 kg, con presión incorporada, pintado.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012M000 h Oficial 1a montador 18,24 0,20 3,64 A013M000 h Ayudante montador 16,42 0,20 3,29

BM311611 u Extintor de polvo seco, de carga 6 kg, con presión incorporada, pintado

36,35 1,00 36,35

BMY31000 u Parte proporcional de elementos especiales para extintores manuales.

0,28 1,00 0,28

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 6,93 0,015 0,10

TOTAL 43,66 Sube el precio total de la partida a la cantidad de CUARENTA Y TRES EUROS con SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS.

ENXA6425 u

Grupo presión incendios 37,5m3/h, 5bar-6bar, 1 bomb.serv. + 1 bomb.jockey, mont.s/bancad. Grupo de presión para instalaciones contra incendios de caudal 37,5 m3/h, como máximo, presión mínima de 5 bar y máxima 6 bar con 1 bomba de servicio y 1 bomba jockey y montado sobre bancada.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012M000 h Oficial 1a montador 18,24 8,00 145,92 A013M000 h Ayudante montador 16,42 8,00 131,36

BNXA6420 u

Grupo de presión para instalaciones contra incendios de 37,5 m3/h de caudal, como máximo, presión mínima de 5 bar y máxima de 6 bar con 1 bomba de servicio y 1 bomba jockey

3.832,68 1,00 3.832,68

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 277,28 0,025 6,93

TOTAL 4116,89 Sube el precio total de la partida a la cantidad de CUATRO MIL CIENTO DIECISEIS EUROS con OCHENTA Y NUEVE CÉNTIMOS.

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Presupuesto

183

EM131211 u

Depósito reserva agua, cntr.incendios, 25m3, p/ent.h, cuñ.ap. Depósito de poliéster para reserva de agua contra incendios de 25 m³ de capacidad, para enterrar en posición horizontal, con cuñas de apoyo.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012J000 h Oficial 1a fontanero 18,24 6,50 118,56 A013J000 h Ayudante fontanero 16,40 6,50 106,60

BM131211 u

Depósito de poliéster para reserva de agua contra incendios de 25 m³ de capacidad

4188,27 1,00 4188,27

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 225,16 0,025 5,30

TOTAL 4418,73 Sube el precio total de la partida a la cantidad de CUATRO MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO EUROS con SETENTA Y TRES CÉNTIMOS

EF215211 m Tubo acero galv.s/sold., D=3/4". Tubo de acero galvanizado sin soldadura de diámetro 3/4", según la norma DIN EN ISO 2440 ST-35.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012J000 h Oficial 1a fontanero 18,24 0,145 2,64 A013J000 h Ayudante fontanero 16,40 0,145 2,38

B0A71A00 u Abrazadera metálica, de 24 mm de diámetro interior 0,40 0,33 0,13

BF215200 m

Tubo de acero galvanizado sin soldadura de diámetro 3/4", según la norma DIN EN ISO 2440 ST-35

4,45 1,00 4,45

BFW21510 u Accesorio para tubos de acero galvanizado sin soldadura, de diámetro 3/4", para roscar

4,47 0,15 0,67

BFY21510 u

Parte proporcional de elementos de montaje para tubos de acero galvanizado sin soldadura, de diámetro 3/4", roscado

0,39 0,50 0,19

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 5,02 0,015 0,07

TOTAL 10,53 Sube el precio total de la partida a la cantidad de DIEZ EUROS con CINCUENTA Y TRES CÉNTIMOS.

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Presupuesto

184

2.3. Instalación eléctrica.

EG411319 u

Interruptor auto.magnet., I=10A, ICP-M, (1P), corte=4500A, 1mód.DIN, p/mont.perf.DIN. Interruptor automático magnetotérmico, de 10 A de intensidad nominal, tipo ICP-M, unipolar (1P), de 4500 A de poder de corte según UNE 20-317, de 1 módulo DIN de 18 mm de ancho, para montar en perfil DIN.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012H000 h Oficial 1a electricista 18,24 0,15 2,73 A013H000 h Ayudante electricista 16,40 0,20 3,28

BG411319 u

Interruptor automático magnetotérmico, de 10 A de intensidad nominal, tipo ICP-M, unipolar (1P), de 4500 A de poder de corte según UNE 20-317, de 1 módulo DIN de 18 mm de ancho, para montar en perfil DIN

10,80 1,00 10,80

BGW41000 u Parte proporcional de accesorios para interruptores magnetotérmicos

0,36 1,00 0,36

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 6,01 0,015 0,09

TOTAL 17,26 Sube el precio total de la partida a la cantidad de DIECISIETE EUROS con VEINTISEIS CÉNTIMOS.

EG42429H u

Interruptor dif.cl.AC, gam.terc., I=40A, bipol. (2P), 0,03A, fij.inst., 2mód.DIN, p/mont.perf.DIN. Interruptor diferencial de la clase AC, gama terciario, de 40 A de intensidad nominal, bipolar (2P), de 0,03 A de sensibilidad, de desconexión fijo instantáneo, con botón de test incorporado y con indicador mecánico de defecto, construido según las especificaciones de la norma UNE-EN 61008-1, de 2 módulos DIN de 18 mm de ancho, para montar en perfil DIN.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012H000 h Oficial 1a electricista 18,24 0,35 6,38 A013H000 h Ayudante electricista 16,40 0,20 3,28

BG42429H u

Interruptor diferencial de la clase AC, gama residencial, de 25 A de intensidad nominal, bipolar (2P), de 0,03 A de sensibilidad, de desconexión fijo instantáneo, con botón de test incorporado y con indicador mecánico de defecto, construido según las especificaciones de la norma UNE-EN 61008-1, de 2

62,69 1,00 62,69

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Presupuesto

185

módulos DIN de 18 mm de ancho, para montar en perfil DIN

BGW42000 u Parte proporcional de elementos especiales para interruptores diferenciales

0,33 1,00 0,33

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 9,66 0,015 0,14

TOTAL 72,82 Sube el precio total de la partida a la cantidad de SETENTA Y DOS EUROS con OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS.

EH612225 u

Luminaria emergencia/señalización, 110lúmenes, auton<2h. Luminaria de emergencia y señalización con lámpara de incandescencia de 110 lúmenes, de 2 horas de autonomía, como máximo.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012M000 h Oficial 1a montador 18,24 0,15 2,73 A013M000 h Ayudante montador 16,40 0,15 2,46

BH612220 u

Luminaria de emergencia y señalización con lámpara de incandescencia de 110 lúmenes, de 2 horas de autonomía, como máximo

146,63 1,00 146,63

BHW61000 u Parte proporcional de accesorios de luminarias de emergencia y señalización

0,50 1,00 0,50

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 5,19 0,015 0,07

TOTAL 152,39 Sube el precio total de la partida a la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y DOS EUROS con TREINTA Y NUEVE CÉNTIMOS.

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Presupuesto

186

EH612325 u

Luminaria emergencia/señalización, 230lúmenes, auton<2h. Luminaria de emergencia y señalización con lámpara de incandescencia de 230 lúmenes, de 2 horas de autonomía, como máximo.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012H000 h Oficial 1a electricista 18,24 0,15 2,73 A013H000 h Ayudante electricista 16,40 0,15 2,46

BH612320 u

Luminaria de emergencia y señalización con lámpara de incandescencia de 230 lúmenes, de 2 horas de autonomía, como máximo

123,70 1,00 123,70

BHW61000 u Parte proporcional de accesorios de luminarias de emergencia y señalización

0,50 1,00 0,50

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 5,19 0,015 0,07

TOTAL 129,46 Sube el precio total de la partida a la cantidad de CIENTO VEINTINUEVE EUROS con CUARENTA Y SEIS CÉNTIMOS.

EH614112 u

Luminaria emergencia/señalización, 550lúmenes, auton<2h. Luminaria de emergencia y señalización con lámpara de incandescencia de 550 lúmenes, de 2 horas de autonomía, como máximo.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012H000 h Oficial 1a electricista 18,24 0,15 2,73 A013H000 h Ayudante electricista 16,40 0,15 2,46

BH614112 u

Luminaria de emergencia y señalización con lámpara de incandescencia de 550 lúmenes, de 2 horas de autonomía, como máximo

115,82 1,00 115,82

BHW61000 u Parte proporcional de accesorios de luminarias de emergencia y señalización

0,50 1,00 0,50

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 5,19 0,015 0,07

TOTAL 121,58 Sube el precio total de la partida a la cantidad de CIENTO VEINTIUN MIL EUROS con CINCUENTA Y OCHO CÉNTIMOS.

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Presupuesto

187

EG326406 m Conductor Cu UNE H07V-R, 2x4mm2, col.tubo. Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 1x4 mm2, colocado en tubo.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012H000 h Oficial 1a electricista 18,24 0,01 0,18 A013H000 h Ayudante electricista 16,40 0,01 0,16

BG326400 m Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 1x4 mm2

0,86 1,00 0,86

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 0,34 0,015 0,005

TOTAL 1,20 Sube el precio total de la partida a la cantidad de UN EURO con VEINTE CÉNTIMOS.

EG222511 m

Tubo flexible corrugado PVC s/halógenos, DN=16mm, baja emisión humos, 2J, 320N, 2000V. Tubo flexible corrugado de PVC sin halógenos, de 12 mm de diámetro nominal, aislante y no propagador de la llama, de baja emisión de humos y sin emisión de gases tóxicos ni corrosivos, resistencia al impacto de 2 J, resistencia a compresión de 320 N y una rigidez dieléctrica de 2000.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012H000 h Oficial 1a electricista 18,24 0,016 0,29 A013H000 h Ayudante electricista 16,40 0,02 0,32

BG222510 m

Tubo flexible corrugado de PVC, de 12 mm de diámetro nominal, aislante y no propagador de la llama, resistencia al impacto de 1 J, resistencia a compresión de 320 N y una rigidez dieléctrica de 2000 V

0,14 1,00 0,14

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 0,61 0,015 0,009

TOTAL 0,76 Sube el precio total de la partida a la cantidad de SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS.

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Presupuesto

188

2.4. Instalación del sistema de extinción automática.

EM424500 u

Cilindro modular 67l., acero forj., s/sold., prest.tr. 166bar, pres.pr.hidr. 250 bar, dens.máx. 1,1 kg/l. Cilindro modular con capacidad de 67 litros en acero forjado sin soldadura, tratado térmicamente (temple y revenido). Presión de trabajo de 166 bar y presión de prueba hidráulica de 250 bar. Densidad máxima de carga por cilindro 1,1 kg/litro.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012H000 h Oficial 1a electricista 18,24 2,00 36,48 A013H000 h Ayudante electricista 16,40 2,00 32,84

BM424500 u

Cilindro modular con capacidad de 67 litros en acero forjado sin soldadura, tratado térmicamente (temple y revenido). Presión de trabajo de 166 bar y presión de prueba hidráulica de 250 bar. Densidad máxima de carga por cilindro 1,1 kg/litro

1.073,53 1,00 1.073,53

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 69,32 0,015 1,04

TOTAL 1.143,89 Sube el precio total de la partida a la cantidad de MIL CIENTO CUARENTA Y TRES EUROS con OCHENTA Y NUEVE CÉNTIMOS.

EM43F000 kg Gas FM200 p/extinción. Gas tipo FM200 o equivalente para extinción de incendios

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe

BM43F000 kg Gas tipo FM200 o equivalente para extinción de incendios 34,02 1 34,02

TOTAL 34,02 Sube el precio total de la partida a la cantidad de TREINTA Y CUATRO EUROS con DOS CÉNTIMOS

EM411100 u Difusor cromado para gas FM200 cromado de 1,25''de D. Difusor cromado para gas tipo FM-200 o equivalente, de 1,25'' de D.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012M000 h Oficial 1a montador 18,24 0,25 4,56 A013M000 h Ayudante montador 16,42 0,25 4,10

BM411100 u Difusor cromado para gas tipo FM-200 o equivalente, de 1,25'' de D

17,37 1,00 17,37

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 8,66 0,015 0,13

TOTAL 26,16 Sube el precio total de la partida a la cantidad de VEINTISEIS EUROS con DIECISEIS CÉNTIMOS.

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Presupuesto

189

EF218211 u Tubo acero galv.s/sold., D=1"1/2. Tubo de acero galvanizado sin soldadura de diámetro 1"1/2, según la norma DIN EN ISO 2440 ST-35.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012J000 h Oficial 1a fontanero 18,24 0,29 5,29 A013J000 h Ayudante fontanero 16,40 0,29 4,76

B0A71H00 u Abrazadera metálica, de 47 mm de diámetro interior 0,61 0,29 0,17

BF218200 m

Tubo de acero galvanizado sin soldadura de diámetro 1"1/2, según la norma DIN EN ISO 2440 ST-35

8,57 1,00 8,57

BFW21810 u Accesorio para tubos de acero galvanizado sin soldadura, de diámetro 1"1/2, para roscar

12,22 0,15 1,83

BFY21810 u

Parte proporcional de elementos de montaje para tubos de acero galvanizado sin soldadura, de diámetro 1"1/2, roscado

1,13 1,00 0,56

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 10,05 0,015 0,15

TOTAL 21,33 Sube el precio total de la partida a la cantidad de VEINTIUN EUROS CON TREINTA Y TRES CÉNTIMOS.

EH6B3841 u Letrero lumin., señ.acust. Letrero luminoso de alarma con señal acústica, con la leyenda “EXTINCIÓN DISPARADA”

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012H000 h Oficial 1a electricista 18,24 0,15 2,73 A013H000 h Ayudante electricista 16,42 0,15 2,46

BH6B3841 u

Letrero luminoso de alarma con señal acústica, con la leyenda “EXTINCIÓN DISPARADA”

84,42 1,00 84,42

BHW61000 u Parte proporcional de accesorios de luminarias de emergencia y señalización

0,50 1,00 0,50

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 5,19 0,015 0,07

TOTAL 90,18 Sube el precio total de la partida a la cantidad de NOVENTA EUROS con DIECIOCHO CÉNTIMOS.

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Presupuesto

190

EM1422D2 u

Pulsador alarma, instalación conv., manual + rotura, UNE-EN 54-11, p/mont.superf, disparo.ext. Pulsador de alarma para instalación contra incendios convencional, accionamiento manual por rotura de elemento frágil, según norma UNE-EN 54-11, para montar superficialmente, para disparo de extinción automática.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012M000 h Oficial 1a montador 18,24 0,24 4,37 A013M000 h Ayudante montador 16,42 0,24 3,94

BG326400 m

Pulsador de alarma para instalación contra incendios convencional, accionamiento manual por rotura de elemento frágil, según norma UNE-EN 54-11, para disparo de extinción automática

13,07 1,00 13,07

BMY14000 u Parte proporcional de elementos especiales para pulsadores de alarma

0,27 1,00 0,27

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 8,31 0,015 0,12

TOTAL 21,77 Sube el precio total de la partida a la cantidad de VEINTIUN EUROS con SETENTA Y SIETE CÉNTIMOS.

EM251011 u Mod. control. Ext. Módulo de control de extinción para el retardo y disparo del sistema de extinción automática.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012M000 h Oficial 1a montador 18,24 0,50 9,12 A013M000 h Ayudante montador 16,42 0,50 8,21

BG222510 m

Módulo de control de extinción para el retardo y disparo del sistema de extinción automática.

72,23 1,00 72,23

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 17,33 0,015 0,26

TOTAL 89,82 Sube el precio total de la partida a la cantidad de OCHENTA Y NUEVE EUROS con OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS.

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Presupuesto

191

EG326206 m Conductor Cu UNE H07V-R, 2x1,5mm2, col.tubo. Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 1x1,5 mm2, colocado en tubo.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012H000 h Oficial 1a electricista 18,24 0,01 0,18 A013H000 h Ayudante electricista 16,40 0,01 0,16

BG326200 m Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 1x1,5 mm2

0,32 1,00 0,32

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 0,34 0,015 0,005

TOTAL 0,66 Sube el precio total de la partida a la cantidad de SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS.

EG326306 m Conductor Cu UNE H07V-R, 2x2,5mm2, col.tubo. Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 1x25 mm2, colocado en tubo.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012H000 h Oficial 1a electricista 18,24 0,01 0,18 A013H000 h Ayudante electricista 16,40 0,01 0,16

BG326300 m Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 1x2,5 mm2

0,52 1,00 0,52

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 0,34 0,015 0,005

TOTAL 0,86 Sube el precio total de la partida a la cantidad de OCHENTA Y SEIS CÉNTIMOS.

EG222511 m

Tubo flexible corrugado PVC s/halógenos, DN=12mm, baja emisión humos, 2J, 320N, 2000V. Tubo flexible corrugado de PVC sin halógenos, de 12 mm de diámetro nominal, aislante y no propagador de la llama, de baja emisión de humos y sin emisión de gases tóxicos ni corrosivos, resistencia al impacto de 2 J, resistencia a compresión de 320 N y una rigidez dieléctrica de 2000.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012H000 h Oficial 1a electricista 18,24 0,016 0,29 A013H000 h Ayudante electricista 16,40 0,02 0,32

BG222510 m

Tubo flexible corrugado de PVC, de 12 mm de diámetro nominal, aislante y no propagador de la llama, resistencia al impacto de 1 J, resistencia a compresión de 320 N y una rigidez dieléctrica de 2000 V

0,14 1,00 0,14

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 0,61 0,015 0,009

TOTAL 0,76

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Presupuesto

192

Sube el precio total de la partida a la cantidad de SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS.

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Presupuesto

193

2.5. Instalación de señalización de emergencia.

EMDBU010 m

Placa señal. medidas salv.+vías evac., 420x297mm, pintura fotolum., p/fij.mec. Placa de señalización interior para indicación de medidas de salvamento y vías de evacuación, de 420 x 297 mm, con pintura fotoluminiscente según normas UNE y DIN, para fijar mecánicamente.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe A012M000 h Oficial 1a montador 18,24 0,15 2,73 A013M000 h Ayudante montador 16,42 0,15 2,46

BMDBU010 u

Placa de señalización interior para indicación de medidas de salvamento y vías de evacuación, de 420 x 297 mm, con pintura fotoluminiscente según normas UNE y DIN, para fijar mecánicamente

6,77 1,00 6,77

A%AUX001 % Gastos auxiliares sobre la mano de obra 5,19 0,015 0,7

TOTAL 12,66 Sube el precio total de la partida a la cantidad de DOCE EUROS CON SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS.

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Presupuesto

194

2.6. Varios.

JG21C203 u

Control de calidad de la instalación proyectada. Conjunto de ensayos necesarios para la correcta puesta a punto de la instalación proyectada incluidas pruebas de presión, ajuste de sensibilidad de detectores, comprobación niveles lumínicos resultantes,etc.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe (Sin descomposición) 816,00 TOTAL 816,00

Sube el precio total de la partida a la cantidad de OCHOCIENTOS DIECISEIS EUROS.

JF113203 u Seguridad y Salud en la ejecución. Aplicación del estudio básico de seguridad y salud en la ejecución de la instalación.

Código Uds. Descripción Precio Cantidad Importe (Sin descomposición) 612,00 TOTAL 612,00

Sube el precio total de la partida a la cantidad de SEISCIENTOS DOCE EUROS.

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Presupuesto

195

3. Presupuesto.

3.1. Instalación de detección de incendios. Código Uds. Descripción Cantidad Precio Importe

u

Detectores humos óptico, instal.conv., UNE-EN 54-7, +base superficie, mont.superf. Detector de humos óptico para instalación contra incendios convencional, según norma UNE-EN 54-7, con base de superficie, montado superficialmente. 10 30,77 307,70

u

Detector térm. termoveloc., instal.conv., UNE-EN 54-5, +base superficie, mont.superf. Detector térmico termovelocimétrico para instalación contra incendios convencional, según norma UNE-EN 54-5, con base de superficie, montado superficialmente. 2 24,15 48,30

u

Central detección incendios, p/4zonas, indic., 2aliment., mont.en pared. Central de detección de incendios, para 2 zonas, con indicador de zona, de avería, de conexión de zona, de prueba de alarma, de doble alimentación y montada en pared. 1 276,60 276,60

u

Pulsador alarma, instalación conv., manual + rotura, UNE-EN 54-11, p/mont.superf. Pulsador de alarma para instalación contra incendios convencional, accionamiento manual por rotura de elemento frágil, según norma UNE-EN 54-11, para montar superficialmente. 7 15,98 111,86

u

Sirena electrónica, instal.convencional/analógica, 100 dB, bitono, IP-54, UNE-EN 54-3, p/int. Sirena electrónica para instalación convencional y analógica, nivel de potencia acústica 100 dB, sonido bitono, grado de protección IP-54, fabricada según la norma UNE-EN 54-3, para colocación interior. 1 33,01 33,01

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Presupuesto

196

m

Conductor Cu UNE H07V-R, 2x1,5mm2, col.tubo. Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 1x1,5 mm2, colocado en tubo. 89,75 0,66 59,24

m

Conductor Cu UNE H07V-R, 2x25mm2, col.tubo. Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 1x25 mm2, colocado en tubo. 126 6,76 851,76

m

Tubo flexible corrugado PVC s/halógenos, DN=12mm, baja emisión humos, 2J, 320N, 2000V. Tubo flexible corrugado de PVC sin halógenos, de 12 mm de diámetro nominal, aislante y no propagador de la llama, de baja emisión de humos y sin emisión de gases tóxicos ni corrosivos, resistencia al impacto de 2 J, resistencia a compresión de 320 N y una rigidez dieléctrica de 2000. 90,5 0,76 68,78

m

Tubo flexible corrugado PVC s/halógenos, DN=32mm, baja emisión humos, 2J, 320N, 2000V. Tubo flexible corrugado de PVC sin halógenos, de 12 mm de diámetro nominal, aislante y no propagador de la llama, de baja emisión de humos y sin emisión de gases tóxicos ni corrosivos, resistencia al impacto de 2 J, resistencia a compresión de 320 N y una rigidez dieléctrica de 2000. 126 0,87 109,62

TOTAL INSTALACIÓN DETECCIÓN DE INCENDIOS 1866,87

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Presupuesto

197

3.2. Instalación de extinción de incendios. Código Uds. Descripción Cantidad Precio Importe

u

Boca incendios D=45mm, BIE-45, manguera 15m, armario. Boca de incendios con enlace de 45 mm de diámetro, BIE-45, con manguera de 15 m, con armario. 2 224,11 448,22

u

Boca incendios D=45mm, BIE-45, manguera 20m, armario. Boca de incendios con enlace de 45 mm de diámetro, BIE-45, con manguera de 20 m, con armario. 2 237,40 474,80

u

Extintor polvo seco, 6kg, presión incorpo.pintado. Extintor de polvo seco, de carga 6 kg, con presión incorporada, pintado. 6 43,66 261,96

u

Grupo presión incendios 50m3/h, 5bar-6bar, 1 bomb.serv. + 1 bomb.jockey, mont.s/bancad. Grupo de presión para instalaciones contra incendios de caudal 50 m3/h, como máximo, presión mínima de 5 bar y máxima 6 bar con 1 bomba de servicio y 1 bomba jockey y montado sobre bancada. 1 4.116,89 4.116,89

u

Depósito reserva agua, cntr.incendios, 25m3, p/ent.h, cuñ.ap. Depósito de poliéster para reserva de agua contra incendios de 25 m³ de capacidad, para enterrar en posición horizontal, con cuñas de apoyo. 1 4.418,73 4.418,73

m

Tubo acero galv.s/sold., D=3/4". Tubo de acero galvanizado sin soldadura de diámetro 3/4", según la norma DIN EN ISO 2440 ST-35. 110,1 10,53 1.159,35

TOTAL INSTALACIÓN EXTINCION DE INCENDIOS

10.879,95

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Presupuesto

198

3.3. Instalación eléctrica. Código Uds. Descripción Cantidad Precio Importe

u

Interruptor dif.cl.AC, gam.terc., I=40A, bipol. (2P), 0,03A, fij.inst., 2mód.DIN, p/mont.perf.DIN. Interruptor diferencial de la clase AC, gama terciario, de 40 A de intensidad nominal, bipolar (2P), de 0,03 A de sensibilidad, de desconexión fijo instantáneo, con botón de test incorporado y con indicador mecánico de defecto, construido según las especificaciones de la norma UNE-EN 61008-1, de 2 módulos DIN de 18 mm de ancho, para montar en perfil DIN. 1 17,26 17,26

u

Interruptor auto.magnet., I=10A, ICP-M, (1P), corte=4500A, 1mód.DIN, p/mont.perf.DIN. Interruptor automático magnetotérmico, de 10 A de intensidad nominal, tipo ICP-M, unipolar (1P), de 4500 A de poder de corte según UNE 20-317, de 1 módulo DIN de 18 mm de ancho, para montar en perfil DIN. 1 72,82 72,82

u

Luminaria emergencia/señalización, 110lúmenes, auton<2h. Luminaria de emergencia y señalización con lámpara de incandescencia de 110 lúmenes, de 2 horas de autonomía, como máximo. 3 152,89 457,17

u

Luminaria emergencia/señalización, 230lúmenes, auton<2h. Luminaria de emergencia y señalización con lámpara de incandescencia de 230 lúmenes, de 2 horas de autonomía, como máximo. 18 129,46 2.330,28

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Presupuesto

199

u

Luminaria emergencia/señalización, 550lúmenes, auton<2h. Luminaria de emergencia y señalización con lámpara de incandescencia de 550 lúmenes, de 2 horas de autonomía, como máximo. 24 121,58 2.917,92

m

Conductor Cu UNE H07V-R, 2x4mm2, col.tubo. Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 1x4 mm2, colocado en tubo. 244 1,20 292,80

m

Tubo flexible corrugado PVC s/halógenos, DN=16mm, baja emisión humos, 2J, 320N, 2000V. Tubo flexible corrugado de PVC sin halógenos, de 12 mm de diámetro nominal, aislante y no propagador de la llama, de baja emisión de humos y sin emisión de gases tóxicos ni corrosivos, resistencia al impacto de 2 J, resistencia a compresión de 320 N y una rigidez dieléctrica de 2000. 244 0,76 185,44

TOTAL INSTALACIÓN ELECTRICA 6.273,69

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Presupuesto

200

3.4. Instalación del sistema de extinción automática. Código Uds. Descripción Cantidad Precio Importe

u

Cilindro modular 67l., acero forj., s/sold., prest.tr. 166bar, pres.pr.hidr. 250 bar, dens.máx. 1,1 kg/l. Cilindro modular con capacidad de 67 litros en acero forjado sin soldadura, tratado térmicamente (temple y revenido). Presión de trabajo de 166 bar y presión de prueba hidráulica de 250 bar. Densidad máxima de carga por cilindro 1,1 kg/litro. 1 1.143,89 1.143,89

kg

Gas FM200 p/extinción. Gas tipo FM200 o equivalente para extinción de incendios 66,528 34,02 2.263,29

u

Difusor cromado para gas FM200 cromado de 1,25''de D. Difusor cromado para gas tipo FM-200 o equivalente, de 1,25'' de D. 1 26,16 26,16

m

Tubo acero galv.s/sold., D=1"1/2. Tubo de acero galvanizado sin soldadura de diámetro 1"1/2, según la norma DIN EN ISO 2440 ST-35. 5 21,33 106,65

u

Letrero lumin., señ.acust. Letrero luminoso de alarma con señal acústica, con la leyenda “EXTINCIÓN DISPARADA” 1 90,18 90,18

u

Pulsador alarma, instalación conv., manual + rotura, UNE-EN 54-11, p/mont.superf, disparo.ext. Pulsador de alarma para instalación contra incendios convencional, accionamiento manual por rotura de elemento frágil, según norma UNE-EN 54-11, para montar superficialmente, para disparo de extinción automática. 1 21,77 21,77

u

Mod. control. Ext. Módulo de control de extinción para el retardo y disparo del sistema de extinción automática. 1 89,82 89,82

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Presupuesto

201

m

Conductor Cu UNE H07V-R, 2x1,5mm2, col.tubo. Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 1x1,5 mm2, colocado en tubo. 20 0,66 13,20

m

Conductor Cu UNE H07V-R, 2x2,5mm2, col.tubo. Conductor de cobre de designación UNE H07V-R, unipolar de sección 1x25 mm2, colocado en tubo. 15 0,86 12,90

m

Tubo flexible corrugado PVC s/halógenos, DN=12mm, baja emisión humos, 2J, 320N, 2000V. Tubo flexible corrugado de PVC sin halógenos, de 12 mm de diámetro nominal, aislante y no propagador de la llama, de baja emisión de humos y sin emisión de gases tóxicos ni corrosivos, resistencia al impacto de 2 J, resistencia a compresión de 320 N y una rigidez dieléctrica de 2000. 35 0,76 26,60

TOTAL INSTALACIÓN SISTEMA DE EXTINCIÓN AUTOMÁTICA 3.794,46

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Presupuesto

202

3.5. Instalación de señalización de emergencia. Código Uds. Descripción Cantidad Precio Importe

u

Placa señal. medidas salv.+vías evac., 420x297mm, pintura fotolum., p/fij.mec. Placa de señalización interior para indicación de medidas de salvamento y vías de evacuación, de 420 x 297 mm, con pintura fotoluminiscente según normas UNE y DIN, para fijar mecánicamente. 40 12,66 506,40

TOTAL INSTALACIÓN SEÑALIZACIÓN DE EMERGENCIA 506,40

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Presupuesto

203

3.6. Varios. Código Uds. Descripción Cantidad Precio Importe

u

Control de calidad de la instalación proyectada. Conjunto de ensayos necesarios para la correcta puesta a punto de la instalación proyectada incluidas pruebas de presión, ajuste de sensibilidad de detectores, comprobación niveles lumínicos resultantes,etc. 1 816,00 816,00

u

Seguridad y Salud en la ejecución. Aplicación del estudio básico de seguridad y salud en la ejecución de la instalación. 1 612,00 612,00

TOTAL VARIOS 1.428,00

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Presupuesto

204

4. Resumen del presupuesto. Capítulo Importe (€) 1. Instalación de detección de incendios. 1.866,87 2. Instalación de extinción de incendios. 10.879,95 3. Instalación eléctrica. 6.273,69 4. Instalación del sistema de extinción automática. 3.794,46 5. Instalación de señalización de emergencia. 506,40 6. Varios. 1.428,00 TOTAL EJECUCIÓN MATERIAL 24.749,37 13% Gastos generales. 3.217,41 6% Beneficio industrial. 1.484,96 2% Honorarios proyectista. 494,98 SUMA G.G., B.I. y H.P. 5.197,35 TOTAL PRESUPUESTO A CONTRATAR 29.946,72 16% IVA 4.791,47 TOTAL PRESUPUESTO GENERAL 34.738,19 El presupuesto general de la instalación sube a la cantidad de TREINTA Y CUATRO MIL SIETECIENTOS TREINTA Y OCHO EUROS con DIECINUEVE CÉNTIMOS. Tarragona, 4 de junio de 2009

Rubén Diéguez Macías El presente Presupuesto, consta de 32 páginas, está suscrito como prueba de conformidad por parte de los Técnicos en triplicado ejemplar, uno para el técnico, el segundo para el Técnico Director y el tercer para el expediente del Proyecto depositado en el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Tarragona, el cual asegura que dará fe de su contenido en caso de discrepancias o posibles dudas.

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Director Autor Nombre: Joaquín Cruz Pérez Nombre: Rubén Diéguez Macías Dirección: Avda. Països Catalans, 5 Población: Tarragona Población: Tarragona C.P.: 43006 Despacho: 333 Escuela: ETSE e-mail: [email protected] Titulación: ETIEI

ANEXO I: ESTUDIO BÁSICO DE

SEGURIDAD Y SALUD

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Anexo I: Estudio Básico de Seguridad y Salud

206

Índice del Anexo I: Estudio Básico de Seguridad y Salud. 1. Justificación del Estudio Básico de Seguridad y Salud. 207 2. Datos del Proyecto de Obra. 207 3. Cumplimiento del R.D. 1627/97 del 24 de octubre sobre

Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción.

207

4. Principios Generales Aplicables durante la Ejecución de la Obra. 208 5. Identificación de los Riesgos. 210 6. Medios y Maquinaria. 210 7. Trabajos Previos. 210 8. Instalaciones. 210 9. Medidas de Prevención y Protección. 211 10. Medidas de Protección Colectiva. 211 11. Medidas de Protección Individual. 211 12. Primeros Auxilios. 211 13. Seguridad y Salud en las Obras. 212

13.1. Relación de Normas y Reglamentos Aplicables. 212 13.2. Resoluciones Aprobatorias de Normas Técnicas

Reglamentarias por Diferentes Medios de Protección Personal de los Trabajadores.

214

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Anexo I: Estudio Básico de Seguridad y Salud

207

1. Justificación del Estudio Básico de Seguridad y Salud.

El R.D. 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, establece en el apartado 2 del Artículo 4 que en los proyectos de obra no incluidos en los supuestos prevista en el apartado 1 del mismo Artículo, el promotor estará obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un Estudio Básico de Seguridad y Salud.

Por lo tanto, hay que comprobar que se dan todos los supuestos siguientes:

El Presupuesto de Ejecución por Contrata (PEC) es inferior a 450.000 €. La duración estimada de la obra no es superior a 30 días o no se emplea en

ningún momento a más de 20 trabajadores simultáneamente. Plazo de ejecución previsto en 90 días. Previsión máxima de 8 trabajadores que trabajen simultáneamente. El volumen de mano de obra estimada es inferior a 500 trabajadores-día (suma

de los días de trabajo del total de los trabajadores en la obra). No es una obra de túneles, galerías, conducciones subterráneas o presas.

Como no se da ninguno de los supuestos previstos en el apartado 1 del Artículo 4

del R.D. 1627/1997 se redacta el presente ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD. 2. Datos del Proyecto de Obra. Tipo de Obra: Sistema Integral de Protección contra Incendios de una Nave Industrial. Situación: Paseo de la Cabañera, parcela 11. Población: Polígono Industrial Borao, 50172, Alfajarín (Zaragoza). Promotor: RUVIC, S.A; Universitat Rovira i Virgili (ETSE). Proyectista: Rubén Diéguez Macías. 3. Cumplimiento del R.D. 1627/97 del 24 de octubre sobre

Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción.

Este Estudio Básico de Seguridad y Salud establece, durante la ejecución de esta

obra, las previsiones respecto a la prevención de riesgos de accidentes y enfermedades profesionales, así como información útil para efectuar en su día, en las debidas condiciones de seguridad y salud, los previsibles trabajos posteriores de mantenimiento.

Servirá para dar unas directrices básicas a la empresa constructora para llevar a cabo sus obligaciones en el terreno de la prevención de riesgos profesionales, facilitando su desarrollo, de acuerdo con el Real Decreto 1627/1997 del 24 de octubre, por el cual se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.

En base al Artículo 7º, y en aplicación de este Estudio Básico de Seguridad y Salud, el contratista tiene que elaborar un Plan de Seguridad y Salud en el trabajo en el cual, se

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Anexo I: Estudio Básico de Seguridad y Salud

208

analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el presente documento.

El Plan de Seguridad y Salud tendrá que ser aprobado antes del inicio de la obra por el Coordinador de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra o, cuando no lo haya, por la Dirección Facultativa. En caso de obras de las Administraciones Públicas se tendrá que someter a la aprobación de esta Administración.

Se recuerda la obligatoriedad de que en cada centro de trabajo haya un Libro de Incidencias para el seguimiento del Plan. Cualquier anotación hecha en el Libro de Incidencias tendrá que ponerse en conocimiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el término de 24 horas.

Al mismo tiempo se recuerda que, según el Artículo 15º del Real Decreto, los contratistas y subcontratistas tendrán que garantizar que los trabajadores reciban la información adecuada de todas las medidas de seguridad y salud en la obra.

Antes del comienzo de los trabajos el promotor tendrá que efectuar un aviso a la autoridad laboral competente, según el modelo incluido en el Anexo III del Real Decreto.

La comunicación de obertura del centro de trabajo a la autoridad laboral competente tendrá que incluir el Plan de Seguridad y Salud.

El Coordinador de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra o cualquier integrante de la Dirección Facultativa, en caso de apreciar un riesgo grave inminente para la seguridad de los trabajadores, podrá para la obra parcial o totalmente, comunicándolo a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, al contratista, subcontratista y representantes de los trabajadores.

Las responsabilidades de los coordinadores, de la Dirección Facultativa y del promotor no eximirán de sus responsabilidades a los contratistas y los subcontratistas (Artículo 11º). 4. Principios Generales Aplicables durante la Ejecución de la

Obra.

El Artículo 10 del R.D. 1627/1997 establece que se aplicaran los principios de acción preventiva recogidos en el Artículo 15º de la “Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995, del 8 de noviembre)” durante la ejecución de la obra y en particular en las siguientes actividades:

El mantenimiento de la obra en buen estado de orden y limpieza. La elección del emplazamiento de los lugares y áreas de trabajo, teniendo en

cuenta sus condiciones de acceso y la determinación de las vías o zonas de desplazamiento o circulación.

La manipulación de los diferentes materiales y la utilización de los medios auxiliares.

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Anexo I: Estudio Básico de Seguridad y Salud

209

El mantenimiento, el control previo a la puesta en servicio y el control periódico de las instalaciones y dispositivos necesarios para la ejecución de la obra, con objeto de corregir los defectos que puedan afectar a la seguridad y salud de los trabajadores.

La delimitación y condicionamiento de las zonas de almacenamiento y depósito de los diferentes materiales, en particular si se trata de materias y sustancias peligrosas.

La adaptación en función de la evolución de la obra del periodo de tiempo efectivo que se tendrá que dedicar a las diferentes tareas o fases de trabajo.

La cooperación entre los contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos.

Los principios de acción preventiva establecidos en el Artículo 15º de la Ley 31/95 son los siguientes:

El empresario aplicará las medidas que integran el deber general de prevención, de acuerdo con los siguientes principios generales:

Evitar riesgos. Evaluar los riesgos que no se puedan evitar. Combatir los riesgos desde el origen. Adaptar el trabajo a la persona, en particular con los que respecta a la

concepción de los lugares de trabajo, la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, por tal de reducir el trabajo monótono y repetitivo y reducir los efectos del mismo en la salud.

Tener en cuenta la evolución de la técnica. Sustituir todo aquello que es peligroso por otros que tengan poco o ningún

peligro. Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre la técnica,

la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo.

Adoptar medidas que pongan por delante la protección colectiva a la individual. Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.

El empresario tendrá en consideración las capacidades profesionales de los

trabajadores en materia de seguridad y salud en el momento de ordenar los trabajos.

El empresario adoptará las medidas necesarias para garantizar que solo los trabajadores que hayan recibido información suficiente y adecuada puedan acceder a las zonas de riesgo grave y específico.

La efectividad de las medidas preventivas habrá de prever las distracciones y imprudencias no temerarias que pudiese cometer el trabajador. Para su aplicación se tendrán en cuenta los riesgos adicionales que pudiesen implicar determinadas medidas preventivas, que solo podrán adoptarse cuando la magnitud de los comentados riesgos sea substancialmente inferior a las de los que se pretenden controlar y no existan alternativas más seguras.

Podrán concretar operaciones de aseguradores que tengan como finalidad garantizar como ámbito de cobertura la previsión de riesgos derivados del trabajo, la empresa

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Anexo I: Estudio Básico de Seguridad y Salud

210

respecto de sus trabajadores, los trabajadores autónomos respecto de ellos mismos y las sociedades cooperativas respecto los socios, la actividad de los cuales consista en la prestación de su trabajo personal. 5. Identificación de los Riesgos.

Sin perjuicio de las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud aplicables a la obra establecidas en el Anexo IV del Real Decreto 1627/1997 del 24 de octubre, se enumeran a continuación los riesgos particulares de diferentes trabajadores de obra, considerando que algunos de ellos se pueden dar durante todo el proceso de ejecución de la obra o bien ser aplicables a otras tareas.

Se tendrá especial cuidado en los riesgos más usuales en las obras, como pueden ser, caídas, cortes, quemaduras, erosiones y golpes, adoptándose en cada momento la postura mas adecuada para el trabajo que se realice.

Además, se tendrá que tener en cuenta las posibles repercusiones en las estructuras de la edificación vecinas y tener cuidado en minimizar en todo momento el riesgo de incendio.

Al mismo tiempo, los riesgos relacionados se tendrán en cuenta por los posibles trabajos posteriores (reparación, mantenimiento, etc.). 6. Medios y Maquinaria.

Atropellos, choques con otros vehículos, atrapadas. Interferencias con Instalaciones de suministro público (agua, luz, gas, etc.). Caídas desde puntos altos y/o desde elementos provisionales de acceso

(escaleras, plataformas). Golpes y tropiezos. Caída de materiales, rebotes. Contactos eléctricos directos o indirectos.

7. Trabajos Previos.

Interferencias con Instalaciones de subministro público (agua, luz, gas, etc.). Caídas desde puntos altos y/o desde elementos provisionales de acceso

(escaleras, plataformas). Golpes y tropiezos. Caída de materiales, rebotes. Sobreesfuerzos por posturas incorrectas.

8. Instalaciones.

Interferencias con Instalaciones de subministro público (agua, luz, gas, etc.). Caídas desde puntos altos y/o desde elementos provisionales de acceso

(escaleras, plataformas). Cortes y pinchazos.

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Anexo I: Estudio Básico de Seguridad y Salud

211

Golpes y tropiezos. Caída de materiales, rebotes. Contactos eléctricos directos o indirectos. Sobreesfuerzos por posturas incorrectas.

9. Medidas de Prevención y Protección.

Como criterio general primarán las protecciones colectivas frente a las individuales. Además, se tendrán que mantener en buen estado de conservación los medios auxiliares, la maquinaria y las herramientas de trabajo. De otro lado los medios de protección tendrán que estar homologados según la normativa vigente.

Al mismo tiempo, las medidas relacionadas se tendrán que tener en cuenta por los previsibles trabajos posteriores (reparación, mantenimiento, etc.). 10. Medidas de Protección Colectiva.

Organización y planificación de los trabajos para evitar interferencias entre las diferentes tareas y circulaciones dentro de la obra.

Señalización de las zonas de peligro. Prever el sistema de circulación de vehículos y su señalización, tanto en el

interior de la obra como en relación con los viales exteriores. Respetar las distancias de seguridad con las Instalaciones existentes. Los elementos de las Instalaciones tendrán sus protecciones aislantes. Revisión periódica y mantenimiento de maquinaria y equipos de obra.

11. Medidas de Protección Individual.

Utilización de casco homologado. Utilización de calzado de seguridad. Utilización de protectores auditivos homologados en ambientes excesivamente

ruidosos. 12. Primeros Auxilios.

Se dispondrá de un botiquín con el contenido de material especificado en la normativa vigente.

Se informará en el inicio de la obra, de la situación de los diferentes centros médicos a los cuales se tendrán que trasladar los accidentados. Es conveniente disponer en la obra y en lugar bien visible de una lista con los teléfonos y direcciones de los centros asignados para urgencias, ambulancias, taxis, etc. para garantizar el rápido traslado de posibles accidentados.

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Anexo I: Estudio Básico de Seguridad y Salud

212

13. Seguridad y Salud en las Obras.

13.1. Relación de Normas y Reglamentos Aplicables.

En negrita quedan dispuestas las que afectan directamente a la Construcción. Fecha de actualización del 12 de diciembre de 1998. Directiva 92/57/CEE de 24 de junio (DO: 26/08/92). Disposiciones mínimas de seguridad y de salud que deben aplicarse en las obras de construcción temporales o móviles. R.D. 1627/1997 de 24 de octubre (BOE: 25/10/97). Disposiciones mínimas de Seguridad y de Salud en las obras de Construcción. Transposición de la Directiva 92/57/CEE. Deroga el R.D. 555/86 sobre obligatoriedad de la inclusión del Estudio de Seguridad e Higiene en proyectos de edificación y obras públicas. Ley 31/1995 de 8 de noviembre (BOE: 10/11/95). Prevención de riesgos laborales. Desarrollo de la Ley a través de sus siguientes disposiciones. R.D. 39/1997 de 17 de enero (BOE: 31/01/97). Reglamento de los Servicios de Prevención. Modificaciones: R.D. 780/1998 de 30 de abril (BOE: 01/05/98). R.D. 485/1997 de 14 de abril (BOE: 23/04/97). Disposiciones mínimas en materia de señalización, de seguridad y salud en el trabajo. R.D. 486/1997 de 14 de abril (BOE: 23/04/97). Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. En el Capítulo I excluye las obras de construcción pero el R.D. 1627/1997 la nombra en cuanto a escaleras de mano. Modifica y deroga algunos capítulos de la Ordenanza de Seguridad e Higiene en el Trabajo (O. 09/03/1971). R.D. 487/1997 de 14 de abril (BOE: 23/04/97). Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañen riesgos, en particular dorso-lumbares, para los trabajadores. R.D. 488/1997 de 14 de abril (BOE: 23/04/97). Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización. R.D. 664/1997 de 12 de mayo (BOE: 24/05/97). Protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. R.D. 665/1997 de 12 de mayo (BOE: 24/05/97). Protección de los trabajadores contra riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Anexo I: Estudio Básico de Seguridad y Salud

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R.D. 773/1997 de 30 de mayo (BOE: 12/06/97). Disposiciones mínimas de seguridad y salud, relativas a la utilización por los trabajadores de protección individual. R.D. 1215/1997 de 18 de julio (BOE: 07/08/97). Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. Transposición de la Directiva 89/655/CEE sobre utilización de los equipos de trabajo. Modifica y deroga algunos capítulos de la Ordenanza de Seguridad e Higiene en el Trabajo (O. 09/03/1971). O. de 31 de enero de 1940. Andamios: Cap. VII, Art. 66º a 74º (BOE: 03/02/40). Reglamento general sobre Seguridad e Higiene. O. de 28 de agosto de 1970. Art. 1º a 4º, 183º a 291º y Anexos I y II (BOE: 05/09/70; 09/09/70). Ordenanza del trabajo para las industrias de la Construcción, vidrio y cerámica. Corrección de erratas: BOE: 17/10/70. O. de 20 de septiembre de 1986 (BOE: 13/10/86). Modelo de libro de incidencias correspondiente a las obras en que sea obligatorio el estudio de Seguridad e Higiene. Corrección de erratas: BOE: 31/10/86. O. de 16 de diciembre de 1987 (BOE: 29/12/87). Nuevos modelos para la notificación de accidentes de trabajo e instrucciones para su cumplimiento y tramitación. O. de 31 de agosto de 1987 (BOE: 18/09/87). Señalización, balizamiento, limpieza y terminación de obras fijas en vías fuera de poblado. O. de 23 de mayo de 1977 (BOE: 14/06/77). Reglamento de aparatos elevadores para obras. Modificación: O. de 7 de marzo de 1981 (BOE: 14/03/81). O. de 28 de junio de 1988 (BOE: 07/07/88). Instrucción Técnica Complementaria MIE-AEM 2 del Reglamento de Aparatos de elevación y manutención referente a grúas torre desmontables para obras. Modificación: O. de 16 de abril de 1990 (BOE: 24/04/90). O. de 7 de enero de 1987 (BOE: 15/01/87). Normativas complementarias del Reglamento sobre seguridad de los trabajos con riesgo de amianto. R.D. 1316/1989 de 27 de octubre (BOE: 02/11/89). Protección a los trabajadores frente a los riesgos derivados de la exposición al ruido durante el trabajo.

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Sistema integral de protección contra incendios de una nave industrial

Anexo I: Estudio Básico de Seguridad y Salud

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O. de 9 de marzo de 1971 (BOE: 16 y 17/03/71). Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el trabajo. Corrección de erratas: BOE: 06/04/71. Modificación: BOE: 02/11/89. Derogados algunos capítulos por: Ley 31/1995, R.D. 485/1997, R.D. 486/1997, R.D. 664/1997, R.D. 665/1997, R.D. 773/1997 y R.D. 1215/1997. O. de 12 de enero de 1998 (DOG: 27/01/98). Se aprueba el modelo de Libro de Incidencias en obras de construcción.

13.2. Resoluciones Aprobatorias de Normas Técnicas Reglamentarias por Diferentes Medios de Protección Personal de los Trabajadores.

R. de 14 de diciembre de 1974 (BOE: 31/12/74): N.R. MT-1: Cascos no

metálicos. R. de 28 de julio de 1975 (BOE: 01/09/75): N.R. MT-2: Protecciones auditivas. R. de 28 de julio de 1975 (BOE: 02/09/75): N.R. MT-3: Pantallas para

soldadores. Modificación: BOE: 24/10/75. R. de 28 de julio de 1975 (BOE: 03/09/75): N.R. MT-4: Guantes aislantes de

electricidad. Modificación: BOE: 25/10/75. R. de 28 de julio de 1975 (BOE: 04/09/75): N.R. MT-5: Calzado de seguridad

contra riesgos mecánicos. Modificación: BOE: 27/10/75. R. de 28 de julio de 1975 (BOE: 05/09/75): N.R. MT-6: Banquetas aislantes de

maniobras. Modificación: BOE: 28/10/75. R. de 28 de julio de 1975 (BOE: 06/09/75): N.R. MT-7: Equipos de protección

personal de vías respiratorias. Normas comunes y adaptadores faciales. Modificación: BOE: 29/10/75.

R. de 28 de julio de 1975 (BOE: 08/09/75): N.R. MT-8: Equipos de protección personal de vías respiratorias: filtros mecánicos. Modificación: BOE: 30/10/75.

R. de 28 de julio de 1975 (BOE: 09/09/75): N.R. MT-9: Equipos de protección personal de vías respiratorias: mascarillas autofiltrantes. Modificación: BOE: 31/10/75.

R. de 28 de julio de 1975 (BOE: 10/09/75): N.R. MT-10: Equipos de protección personal de vías respiratorias: filtros químicos y mixtos contra amoniaco. Modificación: BOE: 01/11/75.

Normativa de ámbito local (ordenanzas municipales).

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Anexo I: Estudio Básico de Seguridad y Salud

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Tarragona, 4 de junio de 2009

Rubén Diéguez Macías El presente Anexo I: Estudio Básico de Seguridad y Salud, consta de 9 páginas, está suscrito como prueba de conformidad por parte de los Técnicos en triplicado ejemplar, uno para el técnico, el segundo para el Técnico Director y el tercer para el expediente del Proyecto depositado en el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Tarragona, el cual asegura que dará fe de su contenido en caso de discrepancias o posibles dudas.

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Tutor Autor Nombre: Joaquín Cruz Pérez Nombre: Rubén Diéguez Macías Dirección: Avda. Països Catalans, 5 Población: Tarragona Población: Tarragona C.P.: 43006 Despacho: 333 Escuela: ETSE e-mail: [email protected] Titulación: ETIEI

ANEXO II: MANUAL DE

AUTOPROTECCIÓN

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Manual de Autoprotección

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Índice del Anexo II: Manual de Autoprotección. 1. DOCUMENTO I: Evaluación del Riesgo. 219

1.1. Clasificación del riesgo del edificio. 219 1.1.1. Ubicación y distribución del espacio. 219 1.1.2. Características constructivas. 219 1.1.3. Instalaciones. 219 1.1.4. Actividades. 221

1.2. Riesgo potencial del edificio respecto a su entorno. 221 1.2.1. Riesgos naturales y tecnológicos. 221 1.2.2. Evaluación del riesgo. 221 1.2.3. Riesgos por fuga de gas. 222 1.2.4. Accidente laboral con víctimas. 222

1.3. Compartimentación, comportamiento ante el fuego de los elementos constructivos y ocupación de los Sectores de Incendios.

222

1.3.1. Planta. 222 1.4. Condiciones de evacuación por Sectores. 222

1.4.1. Sector de Evacuación 1. 223 1.4.2. Sector de Evacuación 2. 223 1.4.3. Sector de Evacuación 3. 223

1.5. Señalización e iluminación de las vías de evacuación. 224 1.6. Planos de situación y emplazamiento. 224

2. DOCUMENTO II: Medios de Protección. 225 2.1. Inventario de los medios de protección. 225 2.2. Medios humanos. 225 2.3. Medios técnicos de protección. 227

2.3.1. Instalación de detección automática de incendios. 227 2.3.2. Detectores de incendio. 227 2.3.3. Pulsadores de alarma. 228 2.3.4. Sirenas de alarma. 228 2.3.5. Zonas de detección. 228 2.3.6. Señalización de seguridad. 229 2.3.7. Alumbrado de emergencia. 229 2.3.8. Extintores portátiles. 229 2.3.9. Red de agua contra incendios. 230 2.3.10. Bocas de incendio equipadas. 230 2.3.11. Sistema automático de extinción. 231 2.3.12. Mantenimiento de los medios de protección. 231

3. DOCUMENTO III: Manual de Actuación. 232 3.1. Introducción. 232

3.1.1. Manual de Autoprotección. 232 3.2. Objeto. 232

3.2.1. Secuencia de operaciones a desarrollar. 233 3.3. Clasificación de las emergencias. 233 3.4. Acciones. 234

3.4.1. Plan de alarma. 234 3.4.2. Plan de extinción. 236 3.4.3. Plan de evacuación. 236

3.5. Equipos de Emergencia. 236

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3.5.1. Jefe de Emergencia. 237 3.5.2. Jefe de Intervención. 239 3.5.3. Centro de Control. 240 3.5.4. Equipo de Primera Intervención. 240 3.5.5. Equipo de Primeros Auxilios. 240 3.5.6. Equipo de Alarma, Evacuación y Confinamiento. 241

3.6. Desarrollo del Plan. 241 3.7. Puntos de reunión exterior. 242

4. DOCUMENTO IV: Implantación. 244 4.1. Introducción. 244 4.2. Responsabilidad. 244 4.3. Organización. 244 4.4. Medios técnicos. 245 4.5. Medios humanos. 245 4.6. Simulacros. 246 4.7. Programa de implantación. 247 4.8. Divulgación. 247 4.9. Programa de mantenimiento. 248 4.10. Investigación de siniestros. 248 4.11. Comprobación de los Medios Técnicos. 249

4.11.1. Características e instalación de los aparatos, equipos y sistemas de protección contra incendios.

249

4.11.2. Instaladores. 249 4.11.3. Mantenedores. 250 4.11.4. Instalación y puesta en servicio. 250 4.11.5. Operaciones a realizar por el personal del titular de la

instalación del equipo o sistema. 251

4.11.5.1. Sistemas automáticos de detección y alarma de incendios.

251

4.11.5.2. Extintores de incendios. 251 4.11.5.3. Bocas de incendio equipadas. 252 4.11.5.4. Sistemas fijos de extinción. 252

4.11.6. Operaciones a realizar por el personal especializado del fabricante o instalador del equipo o sistema.

252

4.11.6.1. Sistemas automáticos de detección y alarma de incendios.

252

4.11.6.2. Sistema manual de alarma de incendios. 253 4.11.6.3. Extintores de incendios. 253 4.11.6.4. Bocas de incendio equipadas. 253 4.11.6.5. Sistemas fijos de extinción. 253

4.12. Actualización del Manual. 254

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1. DOCUMENTO I: Evaluación del Riesgo.

1.1. Clasificación del riesgo del edificio.

1.1.1. Ubicación y distribución del espacio.

La nave industrial ocupada por la empresa RUVIC, S.A., se encuentra ubicado en la parcela 11 del Paseo de la Cabañera, en el Polígono Industrial Borao de Alfajarín, en la provincia de Zaragoza.

La edificación de dicha nave está formada por 3 zonas o sectores: 1, 2 y 3, que

corresponden respectivamente a las oficinas, aseos, comedor y vestíbulo; el taller de producción y reparación; y la zona de almacenamiento. Todas éstas se encuentran dispuestas en una sola planta.

1.1.2. Características constructivas.

En principio debe indicarse que los elementos constructivos tienen en todos los casos un buen comportamiento ante el fuego. A modo de ejemplo debe indicarse que elementos como pilarse tienen una resistencia al fuego de 240 (RF-240), incluida su fachada principal, al ser todo construido en hormigón.

Referente a los elementos estructurales de la edificación, están construidos de

hormigón armado, construyendo unas formaciones modulares de 7 m x 14 m. La construcción esta realizada en pieza de hormigón prefabricado, no requiriendo acabado alguno, por tanto la estructura constructiva se halla a la vista.

Los elementos de cierre también son prefabricados en hormigón armado y los

cerramientos acristalados son metálicos con hojas de aluminio. Las grandes cristaleras del vestíbulo de acceso al edificio están construidas con perfiles de gran dimensión 60 x 120 cm., galce para luna de 10 – 12 mm. La carpintería interior está prefabricada, con armadura tipo panel, rechazada con madera de la misma calidad.

La tabiquería adoptada es la valla de obra, en piezas prefabricadas de dimensiones

1,60 m x 0,60 m x 0,10 m. Los pavimentos del edifico son tipo terrazo de tamaño 30 x 30 cm, pulido en fábrica y abrillantado en obra, en los núcleos de vestuarios servicios se ha utilizado gres industrial en piezas de 20 x 20 y 2 cm. En el almacén y el taller de producción y reparación el material de pavimento es hormigón repisado tratado especialmente.

1.1.3. Instalaciones.

El edificio objeto de este Manual de Autoprotección cuenta con las instalaciones que a continuación se detallan:

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Red de agua de abastecimiento.

La red de abastecimiento tiene como objeto el suministro de agua potable a todos los servicios de la nave.

La alimentación se realiza a través de contadores situados en un registro apropiado en el Paseo de la Cabañera.

Existe un hidrate de incendios ubicado en la misma calle conectado a la Red de Agua Contraincendios del Polígono Industrial Borao. Dicho hidrante se complementará con un aljibe instalado dentro de la parcela donde se ubica la nave, próxima a la fachada principal, que abastecerá a las BIES instaladas en el recinto.

Red eléctrica y disposición de cuadros eléctricos.

La Compañía encargada de suministrar energía eléctrica a la nave industrial que trata este Manual de Autoprotección es ENDESA ARAGÓN. Por las elevadas necesidades de consumo se ha ubicado una Estación Transformadora, que se encuentra en la parcela continua a la que está ubicada la nave, en un cuarto habilitado al efecto siguiendo las instrucciones de la Compañía Suministradora. Dicho cuarto es propiedad de la compañía y tiene acceso independiente desde el exterior.

Desde la Estación Transformadora se alimentará al Equipo de Medida y Contaje, ubicado en la parte trasera de la Estación Transformadora y desde él partirá la línea eléctrica, enterrada según normas del Reglamente Electrotécnico de Baja Tensión (REBT 2002) hasta el Cuadro General ubicado en el Almacén. De dicho Cuadro General partirán las diferentes líneas eléctricas para dar servicio a los consumos de la nave.

La tensión de suministro de la Compañía es de 400/230 V.

o Protección contra sobreintensidades.

Se ha realizado mediante la instalación de interruptores magnetotérmicos o fusibles calibrados al origen de los circuitos y a las derivaciones de éstos cuando sea conveniente. El calibre de estas protecciones es el adecuado de tal manera que puede proteger de manera eficiente a los usuarios, aparatos y/o instalaciones. El dimensionado de los conductores se ha realizado teniendo en cuenta las intensidades máximas admisibles, las cuales se encuentran en las tablas correspondientes del Reglamento antes mencionado y las caídas máximas de tensión admisibles.

o Protección contra contactos indirectos.

Se ha realizado mediante la puesta a tierra de las masas utilizando interruptores

diferenciales. Todos los aparatos, enchufes y partes accesibles de las instalaciones van conectadas a tierra a través de esta red.

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Red de Comunicaciones.

La nave industrial dispone de una central de telefonía ubicada en el cuarto de control de la planta baja. Hasta dicha central llegan las líneas por canalización enterrada y son propiedad de Telefónica.

Para realizar llamadas externas es necesario marcar el “0” y posteriormente el número deseado.

1.1.4. Actividades.

La actividad principal de la nave industrial se centra en la producción y reparación de pequeños mecanismos y de piezas metálicas principalmente destinadas para herramientas de corte.

1.2. Riesgo potencial del edifico respecto a su entorno.

1.2.1. Riesgos naturales y tecnológicos.

La nave industrial se halla a unos 2 kilómetros del río Ebro. Por ello se estima que el riesgo de inundación de la nave es relativamente bajo o nulo.

Por lo que respecta a los riesgos tecnológicos, destacar como principal el de incendio, explosión y accidente laboral.

1.2.2. Evaluación del riesgo.

Los edificios o instalaciones se clasifican conforme al nivel de riesgo intrínseco de las instalaciones, en función de la carga de fuego ponderada de las diferentes zonas que constituyen el recinto.

La carga de fuego ponderada del edificio ha sido calculada considerando todos los materiales combustibles que lo integran, incluyendo aquellos que se prevean como normalmente utilizables y todos aquellos otros que puedan quedar almacenados.

Para dichos cálculos se ha empleado para las diferentes zonas, el método de carga térmica. Dicho método se basa en el cálculo del riesgo intrínseco de incendio de un local o edificio o en función de su carga térmica ponderada, calculada a partir de los siguientes parámetros: cantidad de productos expresada en Kg., poder calorífico y coeficiente de peligrosidad de los productos, superficie del local y riesgo de activación de incendio a causa del proceso industrial.

Tabla 17. Determinación del nivel de riesgo intrínseco.

Sector Nivel de riesgo intrínseco Categoría

1 MEDIO 3 2 BAJO 1 3 ALTO 6

Global nave MEDIO 4

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1.2.3. Riesgos por fuga de gas.

Al no existir ninguna instalación de distribución de gas, se considera que el riesgo como consecuencia de fuga de gas es nulo.

1.2.4. Accidente laboral con víctimas.

Por la utilización de maquinaria industrial peligrosa por su uso indebido, se considerará que las zonas donde se producirá máximo riesgo de accidentes laborales con víctimas serán el almacén y el taller de producción y reparación.

1.3. Compartimentación, comportamiento ante el fuego de los elementos constructivos y ocupación de los Sectores de Incendios.

El recinto de la nave industrial se ha estructurado en diferentes sectores de incendio

y evacuación.

Se han definido los siguientes sectores:

SECTOR 1: Oficinas, comedor, aseos y vestíbulo. SECTOR 2: Taller de producción y reparación. SECTOR 3: Almacén.

Por lo que respecta al grado de ocupación, en este caso también se pone de

manifiesto el fenómeno de movilidad, sobretodo en el almacén y el taller. La ocupación normal de las instalaciones es de aproximadamente 20 personas entre personal administrativo, mozos de almacén y personal de taller. También se contabiliza el servicio de seguridad que permanecerá en la instalación cuando la nave cesa su actividad diaria.

1.3.1. Planta.

La nave industrial tiene una única planta con una superficie construida de 1316,25 m2 y una superficie útil de 1204,8 m2. Estos se encuentran divididos en los sectores antes mencionados.

1.4. Condiciones de evacuación por Sectores.

Dada la actividad del edificio, horarios y turnos de trabajo en el mismo, a efectos de evacuación se considerará horario de trabajo las 24 horas del día, contabilizando el servicio de vigilancia.

Para facilitar y racionalizar la evacuación del personal de las diferentes estancias se han definido los denominados Sectores de Evacuación, ya descritos en el apartado anterior, que a continuación se pormenorizan y comentan.

En el Documento referente a los planos del Proyecto se adjunta el plano donde se especifican estos Sectores, sus salidas de emergencia y los recorridos principales de evacuación.

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1.4.1. Sector de Evacuación 1.

Dependencias comprendidas:

o Oficina principal, aseos, comedor y vestíbulo.

Salida de emergencia del Sector:

o Por la puerta de emergencia del Sector más próxima, o bien, por la entrada principal a la nave industrial por el vestíbulo.

Recorrido principal:

o Por pasillo principal, hacia el vestíbulo. Desde la oficina principal por la

puerta que comunica directamente a la salida de emergencia más próxima.

1.4.2. Sector de Evacuación 2.

Dependencias comprendidas:

o Taller de producción y reparación.

Salida de emergencia del Sector:

o Por la puerta de entrada principal a la nave por el vestíbulo.

Recorrido principal:

o Por la puerta de entrada al Taller desde el vestíbulo hacia la entrada principal de la nave por el mismo.

1.4.3. Sector de Evacuación 3.

Dependencias comprendidas:

o Almacén Se considera también, aún no formando parte de este sector, la

oficina de recepciones y expediciones, ya que, aunque se encuentre en el Sector 1, su entrada comunica directamente al Almacén.

Salida de emergencia del Sector:

o Dado a que es una zona con una gran superficie, se considerará salida de

emergencia del Sector, toda aquella salida de emergencia más próxima. En el caso de la oficina de recepciones y expediciones la evacuación se hará por la salida de emergencia más cercana, situada anexa a los contadores y la central de detección.

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1.5. Señalización e iluminación de las vías de evacuación.

Todas las salidas de planta o edificio que han sido consideradas como de emergencia se encuentran señalizadas con la correspondiente señal de “SALIDA DE EMERGENCIA”.

Se han dispuesto señales indicativas de dirección en los recorridos principales a seguir de forma que, desde cualquier punto que pueda considerarse como origen de evacuación, puede apreciarse una de estas señales, la propia salida o bien la señal que la indique.

En aquellos puntos de los recorridos de evacuación en los que se ha considerado la existencia de alternativas que puedan conducir a error, también se han dispuesto señales de dirección, de forma tal que queda claramente indicada la alternativa correcta.

En aquellos puntos en los que exista un punto de servicio de elementos activos para la protección activa contraincendios (bocas de incendio, extintores, etc.) se han dispuesto señales indicativas de su situación.

Las señales “SALIDA DE EMERGENCIA”, las direccionales y las de indicación de elementos activos de protección contraincendios cumplen con lo establecido en la norma UNE 23034.

Se ha instalado alumbrado de emergencia homologado y normalizado en todos los recorridos generales de evacuación, salidas de emergencia y junto a medios de extinción.

1.6. Planos de situación y emplazamiento.

En el Documento de planos del Proyecto se adjuntan los planos de situación y emplazamiento, al igual que los planos que definen los principales recorridos de evacuación.

Se dispondrá de una copia de los mismos en el vestíbulo, dentro de un armario rotulado “USO EXCLUSIVO DE INCENDIOS” a disposición de las ayudas exteriores que puedan precisarlo.

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2. DOCUMENTO II: Medios de Protección.

En este capítulo se efectuará un estudio de los medios de protección existentes en la nave industrial para luchar contra una situación de emergencia.

2.1. Inventario de los medios de protección.

En primer lugar se realizará un inventario de los medios de protección disponibles, si bien es necesaria la adecuada coordinación para la utilización eficaz de los mismos.

Los medios de protección se clasifican en dos grupos.

Medios humanos. Medios técnicos (detección, extinción, etc.).

2.2. Medios humanos.

La nave industrial estará ocupada por personal de administración, almacén y taller

de 8 a 19 horas. A partir de las 19 horas y durante los fines de semana existe un servicio de vigilancia y acceso restringido previa autorización.

Existirá una estructura organizativa para hacer frente a eventuales situaciones de emergencia. Esta estructura organizativa se definirá cuando se implante el presente Manual de Autoprotección.

Estas funciones dependerán de la ocupación y del personal disponible en la nave industrial en el momento de presentarse una situación de emergencia.

La nave deberá de disponer de personal instruido y adecuadamente adiestrado para situaciones de emergencia de tal forma que periódicamente se realizarán ejercicios de entrenamiento o simulacros para la utilización de los medios de protección (extintores y bocas de incendio equipadas), y prácticas de salvamento.

En el siguiente apartado se definen las funciones que deberán asumirse en situaciones de emergencia considerando que el edificio se halla en situación de actividad normal; para otras situaciones excepcionales de ocupación se adaptarán a los medios disponibles.

Analizada la estructura del personal de la nave industrial, se estima que en una situación de emergencia deberán asumirse las siguientes funciones, siguiendo la normativa promovida por el Ayuntamiento de Alfajarín para sus polígonos industriales.

Comité para situaciones de emergencia. Equipo de primera intervención. Equipo de alarma, evacuación y confinamiento. Equipo de primeros auxilios.

La descripción de las funciones a desarrollar y de la coordinación de las actividades,

se realiza de forma detallada en el Documento III.

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Se elaborará un cuadro en el que se detallará para cada una de las funciones las personas que las desempeñarán: FUNCIÓN Titular Suplente Criterio general de asignación

Los responsables de la nave en todo momento deberán tener la capacidad de asignar las funciones establecidas en el presente manual de autoprotección según los criterios establecidos en el mismo.

TITULAR: Persona o cargo que en el caso de encontrarse presente en la nave industrial deberá asumir una determinada función.

SUPLENTE: Persona que debe asumir las funciones en caso de no hallarse presente el titular.

CRITERIO GENERAL DE ASIGNACIÓN: Criterio mediante el cual en todo momento será posible asignar una persona para la realización de una determinada función.

En cuanto a los medios exteriores de protección, se considerarán éstos a los

servicios públicos y privados a los que podrá recurrirse para recibir ayuda en caso de siniestro.

Servicios públicos de extinción y de operaciones de salvamento:

Urgencias: 080 Bomberos Zaragoza Teléfono: 976 721600

Servicios de asistencia médica:

Urgencias (Centro de Salud Alfajarín) 976 790650 Mutua Laboral (Fraternidad Muprespa /

Dirección Provincial de Zaragoza) 976 304455

Centro Asistencial Mutua 976 304455 Hospital Universitario Miguel Servet

(Zaragoza) 976 765500

Servicios de transporte:

Ambulancia (Servicio de Emergencia

Aragón) 061

Ambulancia (Ambuibérica) 902 122180 Cruz Roja Española (Delegación

Zaragoza) 976 222222

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Entidades del municipio:

Ayuntamiento de Alfajarín 976 100131 Protección Civil 112 Guardia Civil 062

Juzgados (de Guardia nº1 de Zaragoza). 976 208253

Operaciones de manutención: PARSI, S.A. (Delegación Zaragoza) 976 144850

Entidades diversas:

Compañía de Aguas (Agbar – Aguas de Aragón)

976 205160

Compañía Eléctrica (ENDESA ARAGÓN) 902 515451 Compañía de Seguridad (PROSEGUR) 976 422242

Además de lo indicado los medios humanos desempeñarán funciones tales como:

Tareas preventivas diversas en cada uno de los Sectores. Detección y transmisión de alarmas. Intervención y control de emergencias. Evacuación de las plantas. Prestación de primeros auxilios.

Los medios humanos han sido relacionados tenidos en cuenta las funciones

específicas de cada uno de los equipos de intervención y los diferentes Sectores o áreas de actuación existentes.

2.3. Medios técnicos de protección.

En este apartado se enumeran:

Los medios técnicos dispuestos en el edificio para la transmisión de alertas en caso de incendio (medios automáticos).

La protección estática del edificio respecto a la compartimentación de sectores de incendio según sus características constructivas y condiciones generales de diseño arquitectónico.

Los medios de transmisión de alarma para la puesta en conocimiento del personal responsable, de la existencia de un incendio, riesgo o emergencia.

2.3.1. Instalación de detección automática de incendios.

La finalidad de un sistema de detección automática de incendio es la de detectar un

incendio en su fase inicial mediante una señal luminosa y/o acústica, o ambas, en una central receptora de avisos de incendios. Dicho aviso permitirá a los responsable de la nave determinar la zona afectada por el incendio y emprender las actuaciones oportunas.

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La instalación de detección automática se compone de unos cabezales detectores y una red de conexión a una central.

El tipo de detector será el adecuado al previsible tipo de fuego.

Las características y pruebas se ajustarán a la norma UNE 23-007 en sus diversos apartados.

La distribución de los detectores puede efectuarse según la Regla Técnica de CEPREVEN RT3-DET:

Cubículo hasta 80 m2, 1 detector a una altura máxima de 12 m. Cubículo superior a 80 m2, 1 detector cada 60 m2 o más a una altura máxima de

12 m. Pasillos: 1 detector cada 11,5 m.

La central de alarmas se halla ubicada junto al cuadro eléctrico en el Almacén,

donde también se halla la alarma centralizada de la nave. La central instalada se trata de una central convencional.

2.3.2. Detectores de incendio.

Los detectores son diversos y corresponden a detectores térmicos termovelocimétricos y detectores ópticos de humos. Los primeros detectan el aumento rápido de la temperatura y por su propia simplicidad son de alta fiabilidad, si bien actúan en una etapa en que el fuego ya ha generado incrementos notorios de temperatura. Los segundos se basan en la detección de oscurecimiento de luz provocada por el humo, siendo de mayor sensibilidad y aplicación más extendida.

2.3.3. Pulsadores de alarma.

Los pulsadores de alarma básicamente servirán para activarlos de forma inmediata al detectarse una situación de emergencia. Van protegidos con un vidrio para evitar la entrada en funcionamiento involuntario.

Están localizados junto a todas las salidas hacia el exterior de la nave y disponen de señalización.

2.3.4. Sirenas de alarma.

Existe una sirena de alarma centralizada, junto a la central de detección de incendios. Ésta es de tipo electrónica de dos tonos.

2.3.5. Zonas de detección.

La central de detección dispone de panel sinóptico detallando en el mismo en cual

de las cuatro zonas configuradas se ha producido la detección.

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2.3.6. Señalización de seguridad.

En todo el recinto de la nave industrial existe una señalización de seguridad que indica salidas y salidas de emergencia. Durante la implantación del Plan de Autoprotección se instalarán un conjunto de paneles de indicaciones de actuación en caso de emergencia en los que se indica la situación de la persona que lo visualiza, salidas de emergencia y medios de extinción. Mediante la señalización de seguridad, que cumple la normativa vigente, se indica:

Medios de protección contraincendios. Salidas de emergencia. Dirección de rutas de evacuación. Modo de abertura de puertas de salida de emergencia.

2.3.7. Alumbrado de emergencia.

Toda la nave dispone de alumbrado de emergencia, compuesto por luminarias con fuente de energía propia, que entrará en funcionamiento automáticamente al producirse un fallo de alimentación en la instalación de alumbrado normal, cumpliendo las condiciones de servicio durante dos horas como mínimo, desde el momento que tenga lugar el fallo. La instalación de alumbrado de emergencia se ha realizado atendiendo las prescripciones del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y las normas UNE 20062 y UNE 20392.

2.3.8. Extintores portátiles. Se consideran extintores portátiles aquellos que pesan menos de 20 Kg. Si pesan más de dicho peso irán mediante ruedas y recibirán el nombre de carros extintores. Los agentes extintores serán eficaces al tipo de fuego que previsiblemente habrán de apagar. Las características, criterios de calidad y ensayos de eficacia se especifican en MIE-ITC-AP5 y la norma UNE 23-110 en sus diversos apartados. En todos los casos la eficacia de cada aparato extintor y el agente que contiene han de ser indicados en la etiqueta que va situada en el propio aparato. En general un extintor no puede faltar en ninguna dependencia por poco peligrosa que sea. Se instalarán siempre:

Se dispondrán extintores en número suficiente para que el recorrido en cada planta desde cualquier origen de evacuación hasta un extintor no supere los 15 m y en locales de alto riesgo no supere los 10 m.

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Para proteger cuadros eléctricos, motores o maquinaria en condiciones de trabajo y bajo tensión resulta conveniente la utilización de extintores de anhídrido carbónico.

Así se han instalado extintores portátiles de polvo ABC y seco, de aplicación para protección de lugares donde la naturaleza del fuego es difícilmente previsible. Son eficaces contra fuegos de la clase A, B y C incluidos los eléctricos hasta 1000 V. Presentan la ventaja de que son de alta eficacia, pero tienen el inconveniente de que pueden causar daños en máquinas o equipos delicados. El polvo seco puede aplicarse para fuegos de clase B y C. También sobre fuegos de tipo eléctrico. Son aconsejables en refinerías, destilerías, instalaciones eléctricas, etc.

2.3.9. Red de agua contra incendios. Es muy conveniente que la red de agua contra incendios esté directamente conectada a la red pública si el diámetro, presión y caudal lo permiten. La conexión de entrada se realizará en la red general y será independiente de la de otros usos, sin contadores ni válvulas cerradas. En caso de no cumplirse las condiciones anteriores será preciso un depósito de reserva de agua contra incendios de capacidad suficiente. En este caso para asegurar el abastecimiento de la red de bocas de incendio equipadas se dispone de un aljibe con un grupo de presión de agua contra incendios.

2.3.10. Bocas de incendio equipadas. Se trata de dispositivos constituidos por un determinado sistema de suministro de agua, una válvula, un rácor de conexión normalizado conectado a una manguera que termina en una lanza. Normalmente disponen de un manómetro que permite ver en todo momento la presión del agua de la red contraincendios. Normalmente se encuentran dispuestas en un armario colocado en la pared. Es importante que las bocas de incendio equipadas se alimenten de una red exclusiva contraincendios. Deberán cumplir las siguientes condiciones:

Las lanzas serán de triple efecto: abrir – cerrar, regular el caudal y formar el cono de salida.

Las mangueras de 25 mm serán semirígidas y no autocolapsables. Las características y pruebas de las mangueras se hallan recogidas en las normas

UNE 23-091 y 23-098. La forma y características de los rácores de unión se hallan detallados en las

normas UNE 23-400. La válvula será de material resistente a la oxidación. De obertura rápida ¼ de

vuelta o bien mediante volante con una accionamiento 2 ¼ hasta 3 ½ vueltas. El número de bocas de incendio equipadas se determinará de forma que toda la

superficie de las dependencias quede al menos al abrigo de una BIE.

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Manual de Autoprotección

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Alrededor de cada BIE debe quedar una zona libre de obstáculos que permita el acceso a la misma de forma fácil.

Durante una hora las bocas de incendio equipadas que funcionan en condiciones más desfavorables, en funcionamiento simultáneo han de cumplir las siguientes condiciones de funcionamiento:

o La presión dinámica en punta de lanza estará comprendida entre 3,5 Kg./cm2 y 5 Kg./cm2.

o Las BIEs de 25 mm. deberán tener un caudal de 1,6 l/seg. y de 3,3 l/seg. las de 45 mm.

En la nave industrial existen bocas de incendio equipadas de 45 mm y se hallan por el perímetro interior del almacén, en el taller de producción y reparación; y en el vestíbulo. Todas ellas cubren la superficie de incendio de menos de 25 m. contando con los obstáculos que se puedan encontrar. La dos BIEs más alejadas se encuentran a menos de 50 metros.

2.3.11. Sistema automático de extinción. Se aconseja que si alguna dependencia de la nave dispone de banco de datos o de aparatos electrónicos, que con extinción convencional puedan ser dañados, se proceda a al instalación de un sistema de extinción automática con gases inertes. Existe un sistema de dichas características con gas FM-200 (hepta fluor propano) para proteger el banco de datos y ordenadores de la zona ocupada por la oficina principal.

2.3.12. Mantenimiento de los medios de protección. Todos los elementos e instalaciones descritas deberán someterse a un estricto programa de mantenimiento en función de la legislación vigente (Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios. R.D. 1942/1993, de diciembre de 1993). Dicho programa afectará a la totalidad de los sistemas de protección contra incendios y se establecerá unos mínimos, los cuales vienen descritos en el Documento IV de este Manual de Autoprotección.

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Manual de Autoprotección

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3. DOCUMENTO III: Manual de Actuación.

3.1. Introducción. En el primer Documento se ha estudiado la nave industrial y se han identificado los riesgos y en el segundo se ha efectuado un inventario y un análisis de los medios de protección, todo ello para organizar la autoprotección, labor que se efectúa en este documento. La legislación vigente sobre seguridad y salud laboral en los centros de trabajo y más concretamente la “Ley de Prevención de Riesgos Laborales” y otros decretos y disposiciones que la desarrollan establecen que en la seguridad y prevención de accidentes deben estar implicados todos los niveles de la empresa. Desde esta perspectiva se plantea, el presente documento del Manual de Autoprotección para la seguridad contra incendios, de forma que se implique a todos los elementos, así como la totalidad de trabajadores de la empresa.

3.1.1. Manual de Autoprotección. En el Manual de Autoprotección se definirá la secuencia de acciones, funciones y operaciones a desarrollar para el control inicial de las situaciones de emergencias que pudieran producirse en las instalaciones de la nave industrial o en su entorno inmediato y que, además, pudieran afectar a la misma. El Manual de actuación indicará la composición, misiones y responsabilidades de los equipos de emergencia y de los miembros de ellos. El Manual de actuación ante una determinada situación de emergencia tratará de dar respuesta a las siguientes cuestiones: ¿Qué se hará? ¿Quién lo hará? ¿Cuándo? ¿Cómo? ¿Dónde? Todas las operaciones se adecuarán a los medios materiales y a los recursos humanos disponibles.

3.2. Objeto. Definir la secuencia de acciones a desarrollar para el control de las emergencias que puedan producirse, planificando la organización humana con los medios que posibiliten dicho control. Los objetivos de este PLAN se pueden resumir en los siguientes puntos:

Conocer el edificio y sus instalaciones (continentes y contenido), los medios de protección disponibles y las zonas de peligro.

Disponer de personal que pueda actuar con eficacia y rapidez ante cualquier situación.

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Manual de Autoprotección

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Tener informados a todos los ocupantes de la nave de cómo deben actuar ante una alarma o emergencia.

Garantizar la fiabilidad de todos los medios de prevención y extinción de incendios.

En definitiva, se contemplan las diferentes hipótesis de emergencia así como los planes de actuación a aplicar, en cada una de ellas, por los diferentes equipos de intervención.

3.2.1. Secuencia de operaciones a desarrollar. Toda organización capaz de responder eficazmente ante una emergencia debe conseguir en cualquier circunstancia y con la mayor celeridad:

Detectar la emergencia: identificar una posible situación de riesgo para los ocupantes y sus instalaciones.

Determinar el grado de emergencia. Dar la alarma: poner en marcha unos mecanismos previstos de forma

automática. Desalojar los ocupantes del sector afectado: situarse en una posición segura o

confinarlas si las condiciones exteriores así lo aconsejan. Atender a las personas afectadas: asistencia de forma inmediata a las personas

que pudieran haber percibido algún percance. Tratar de controlar el problema: luchar contra el siniestro de forma segura y

eficaz mientras se espera la colaboración de los servicios o ayudas externas. En la mayoría de los incidentes la rapidez resulta muy importante. Si la emergencia es causada por un incendio, el descubrimiento del comienzo es fundamental y condicionará la posibilidad de su inmediata extinción, la seguridad en la evacuación del recinto y en general reducir las consecuencias del mismo.

3.3. Clasificación de las emergencias. En el presente apartado se enuncian las características más importantes que definen las diferentes situaciones de emergencia, que pueden precisar distintas acciones para su control. Se clasifican en función de las dificultades existentes para su extinción y de sus posibles consecuencias, factores ambos que, en definitiva, determinan la gravedad de la emergencia y las acciones a emprender para minimizar sus efectos negativos. Por su gravedad se clasifican, de forma genérica, en:

Conato de Emergencia: Es el accidente que puede ser controlado y dominado de forma sencilla y rápida por el personal de la zona siniestrada, o por el Jefe de Intervención, con los medios manuales existentes en la misma.

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El personal entrenado, Equipo de Primera Intervención (EPI), detecta y evalúa personalmente el incendio y si cree que lo puede controlar, procede a su extinción con los medios disponibles en el Sector.

Emergencia Parcial: Es el accidente que para ser dominado requiere la actuación de los equipos especiales de emergencia, pudiendo ser necesaria la evacuación del personal del Sector afectado. Se considera Emergencia Parcial cuando los efectos de la misma quedan limitados a un Sector y no afectan a otros colindantes. Una Emergencia Parcial puede ser consecuencia o bien de la imposibilidad inicial de controlar una determinada emergencia por parte del EPI (o del Jefe de Intervención) o del intento frustrado de control y extinción de ella por parte de mencionando equipo.

Emergencia General: Es el accidente que precisa de la actuación de todos los equipos y medios de protección de la nave y la ayuda de medios de socorro y salvamento exteriores. La Emergencia General comportará la evacuación total de las personas existentes en la nave en el momento de la emergencia. Por disponibilidad de medios humanos, los planes de actuación en emergencias se han clasificado en:

Horario laboral: comprende los periodos de actividad laboral, que será de 8 horas a 19 horas.

Festivos y nocturno: períodos sin actividad laboral (laborales de 19:00 a 5:00, y días festivos).

3.4. Acciones.

El Manual de actuación es la planificación humana para la utilización óptima de los medios técnicos previstos en caso de emergencia, con la finalidad de reducir al máximo sus posibles consecuencias. Dicho PLAN contempla tres fases que se llevarán a cabo según la importancia de la gravedad de la emergencia.

3.4.1. Plan de alarma. Al producirse una señal de alarma en la centralita de detección y alarma, que debe estar permanentemente vigilada, se inicia el Plan de alarma que supone de modo general (horario laboral) emprender las siguientes acciones:

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1. Localizar la alarma, por parte del responsable (conserje, personal de admisión, localizado en el vestíbulo), a través de la información expuesta en el panel de detección de la centralita. Esta puede ser avisada por parte del personal que ocupa el almacén, ya que es allí donde se encuentra la central.

2. Localizar y avisar al Jefe de Intervención (Jefe Equipo Primer Intervención) comunicándole el lugar y tipo de alarma detectada (en el supuesto de que éste no se encontrara en el vestíbulo), y a los EPI.

3. El Jefe de Intervención junto con los EPI se dirigirán al lugar de los hechos, verificarán la alarma y el Jefe de Intervención determinará la gravedad de la causa que ha provocado la señal de alarma; pudiéndose dar tres casos diferentes:

a. Falsa alarma: el Jefe de Intervención comprobará la normalidad de la situación, determinará las posibles causas del suceso, restablecerá los medios y alarmas y anotará el hecho en un libro de incidencias.

b. Conato de Emergencia: el Jefe de Intervención con los EPI controlará el incendio producido con los medios de extinción del Sector, comprobará su completa extinción, tomará las medidas preventivas adecuadas para que no se repita el suceso, restablecerá los medios y alarma y anotará el suceso en un libro de incidencias. Posteriormente junto al Jefe de Emergencia (servicio de vigilancia) investigará las causas de la emergencia.

c. Emergencia Parcial o General: al no poder extinguir en breves momentos el incendio o porque inicialmente ya se prevea que no se pueda controlar, el Jefe de Intervención avisará rápidamente al conserje o directamente al Jefe de Emergencia quien iniciará el Plan de Extinción o Plan de Evacuación según la determinación del estado de emergencia que se considere.

En horario no lectivo y período vacacional, se asignará un Conserje (servicio de vigilancia) para que efectúe rondas que comprendan las estancias o zonas ocupadas. En el supuesto de que detecte cualquier señal de alarma, deberá localizarla y verificarla personalmente, pudiéndose dar tres supuestos:

1. Falsa alarma: comprobará la normalidad de la situación, restablecerá los medios y las alarmas y anotará el hecho en un parte de incidencias.

2. Conato de Emergencia: extinguirá el incendio con los medios manuales disponibles en el Sector, comprobará la extinción completa, restablecerá las alarmas y anotará el suceso en un parte de incidencias.

3. Emergencia Parcial o General: avisará rápidamente a los medios de auxilio exterior por medio del sistema de telefonía. Deberá poseer un directorio telefónico. Asimismo, avisará a todo el personal para que procedan a la evacuación activando la alarma del edificio, alertando al Jefe de Emergencia para notificarle el siniestro y requerir su presencia.

El Conserje esperará a las ayudas externas y las acompañará hasta el lugar del

siniestro, poniéndose a su disposición hasta la llegada del mencionado Jefe.

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3.4.2. Plan de extinción.

Se inicia cuando se comunica al conserje, la existencia de un incendio (Emergencia Parcial o General) que no puede ser extinguido rápida y fácilmente por el Jefe de Intervención y los EPI.

Se procederá de la manera que a continuación se detalla siguiendo los pasos

siguientes:

1. Si la comunicación de la emergencia es realizada telefónicamente, el responsable del Centro de Control recabará la información necesaria sobre el siniestro ocurrido (qué sucede, dónde y quién lo comunica) y avisará rápidamente al Jefe de Intervención (en el caso de que no sea éste el comunicante), informándole de los hechos. Éste ordenara avisar al jefe de Emergencia (por teléfono).

2. El Jefe de Intervención (de encontrarse en el Centro de Control) se dirigirá al lugar del siniestro mientras que el Jefe de Emergencia lo hará al Centro de Control (Conserjería).

3. El Jefe de Emergencia, desde el Centro de Control, decidirá el tipo de emergencia a declarar, así como las acciones a emprender en función de la información que le sea suministrada por el Jefe de Intervención.

4. En el supuesto de que existan motivos suficientes para pensar que la emergencia declarada no puede afectar otros sectores, el Jefe de Emergencia la declarará como Emergencia Parcial.

5. Tras dicha declaración ordenará avisar al Equipo de Primeros Auxilios para que se persone con el material necesario en el Centro de Control, así como alertar al EAEC (Equipo de Alarma, Evacuación y Confinamiento) de los distintos Sectores a fin de que permanezcan en sus puestos de trabajo en estado de alerta a la espera de nuevas órdenes.

6. El Jefe de Emergencia junto con el Jefe de Intervención decidirán las medidas complementarias a tomar en el Sector afectado como pueden ser el corte de ventilación, evacuación del personal del Sector afectado, corte de suministro eléctrico, etc.

7. Una vez tomadas las pertinentes medidas, el Jefe de Intervención junto a los EPI actuarán frente a la emergencia con todos los medios manuales disponibles tales como extintores y bocas de incendio equipadas.

8. Si se logra controlar y extinguir el incendio, el Jefe de Intervención comprobará su extinción completa, tomará las medidas preventivas adecuadas para que no se repita el suceso, restablecerá los medios y alarmas y anotará el suceso en el libro de incidencias. Posteriormente y junto al Jefe de Emergencia investigarán las causas de la emergencia, realizando el correspondiente informe.

9. Si las dimensiones del incendio superan las posibilidades de extinción de los Equipos actuantes en el Sector, el Jefe de Intervención se lo comunicará al de Emergencia quien declarará, desde le Centro de Control (por medio de la alarma general de incendios), la Emergencia General, poniendo de este modo en marcha el Plan de Evacuación.

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3.4.3. Plan de evacuación.

Se inicia cuando el Jefe de Emergencia determina el estado de la Emergencia General.

La determinación de tal situación corresponde única y exclusivamente al Jefe de

Emergencia, o al Conserje en horario no laboral, quien desde el Centro de Control activará la alarma general que será la indicación de actuación para todos los equipos de emergencia de la nave.

A través del equipo de telefonía el Jefe de Emergencia podrá informar a los

miembros de los diferentes equipos (que pueden haber sido avisados o alertados con anterioridad en el supuesto de que la Emergencia General derive de una Parcial), sobre las acciones a emprender.

Los equipos de emergencia actuarán siguiendo este esquema general:

El Equipo de Primera Intervención junto al Jefe de Intervención, actuarán según lo expuesto en el Plan de Extinción, ordenando la evacuación del Sector.

El Equipo de Primeros Auxilios (EPA) tras recoger los equipos necesarios para asegurar su acción, se dirigirá al Centro de Control donde recibirá las instrucciones pertinentes del Jefe de Emergencia.

Los distintos miembros del Equipo de Evacuadores ordenarán y dirigirán la evacuación del personal existente en su Sector asignado hacia los puntos de reunión exteriores establecidos. Además, darán la orden de evacuación a las plantas superiores cuando las suyas hubiesen sido desalojadas.

Paralelamente al accionamiento de la alarma general, el Jefe de Emergencia ordenará avisar a las ayuda externas necesarias (Bomberos, Guardia Civil, Protección Civil, asistencia sanitaria, etc.), aguardándolas para recibirlas y conducirlas al lugar del siniestro.

El Jefe de Emergencia recibirá las ayudas externas que serán conducidas al lugar del siniestro por él personalmente, o por el Jefe de Intervención, o por el Conserje o Jefe de Limpieza, o por alguna persona que aquél haya designado al efecto.

En el lugar del siniestro el Jefe de Intervención o el de Emergencia coordinará y organizará la actuación de los equipos de emergencia internos con la de las ayudas externas, de forma que se consiga la máxima eficacia posible.

Finalmente, se comprobará la extinción total de la emergencia y a continuación se procederá tal y como se ha descrito en los apartados anteriores.

3.5. Equipos de Emergencia.

Los constituyen el conjunto de personas especialmente entrenadas y organizadas para la prevención y actuación en caso de accidente dentro del ámbito de la nave. Los miembros de los Equipos de Emergencia tienen misiones generales y específicas según dos líneas de actuación: la prevención y la acción en caso de que éstos ocurran:

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Prevención: Deben tomar las precauciones útiles para impedir que se encuentren reunidas las condiciones que puedan originar un siniestro o accidente, para lo cual los componentes de los diferentes equipos deberán:

o Estar informados del riesgo general y particular que presentan los diferentes sectores de la nave.

o Señalar las anomalías que detecten y verificar que han sido subsanadas. o Tener conocimiento de la existencia y forma de uso de los medios

materiales para combatir las diferentes emergencias.

Actuación: Realizando las misiones que les haya sido asignadas en el MANUAL DE ACTUACIÓN. Para ello, cada uno de los componentes deberá:

o Estar capacitado para suprimir sin demora las causas que puedan provocar cualquier anomalía.

o Combatir el fuego desde su descubrimiento. o Prestar ayuda al personal ajeno a la nave y a las personas accidentadas. o Coordinarse con los miembros de otros equipos para anular los efectos

de los accidentes o reducirlos al mínimo. Los equipos de emergencia y los responsables de su coordinación son los siguientes.

3.5.1. Jefe de Emergencia.

De acuerdo con lo establecido, este puesto lo ostentará la persona que se encargue de la seguridad de la empresa.

Su lugar de actuación será el vestíbulo y desde allí. Organizará los medios técnicos y humanos. En el caso de Emergencia General (Plan de Evacuación) con concurrencia de

ayudas externas, puede actuar desde el lugar del siniestro si ello es necesario.

Deberá ser avisado:

Siempre desde el vestíbulo (Centro de Control) por orden directa del Jefe de Intervención cuando exista una Emergencia Parcial o posible General.

En el supuesto de un Conato de Emergencia o emergencia rápidamente controlable no será necesario dicho aviso.

Sus misiones específicas serán:

Asumir el mando absoluto en las Emergencia Parciales y Generales (Plan de

Extinción y Evacuación). Declarar los distintos estados de emergencia.

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Definir las acciones a emprender en función de la información facilitada por el Jefe de Intervención.

Ordenar el aviso o alerta de los diferentes equipos actuantes. Decidir las medidas complementarias a adoptar como son el corte de

electricidad, vías alternativas de evacuación etc. Activar la alarma general y ordenar el aviso a las personas ajenas, así como de

las ayudas externas en caso de Emergencia General. Recibir las ayudas externas, informarlas detalladamente y conducirlas, u ordenar

dicha acción, al lugar del siniestro. En cualquier caso y situación es el máximo responsable de la coordinación de

los diferentes equipos que puedan intervenir en la emergencia. Colaborar en la comprobación de la extinción, reposición de medios y alarmas,

adopción de medidas de prevención y en la determinación del fin de la emergencia.

En supuestos de amenaza de bomba declarar la Emergencia General (Plan de Evacuación), dando las órdenes oportunas para que todo el personal se concentre en el punto de reunión exterior establecido y señalizado en los planos para tal supuesto.

3.5.2. Jefe de Intervención.

Es la persona nombrada como jefe del equipo de primera intervención. Actuará con

los medios de extinción disponibles en el lugar del siniestro y organizará los medios técnicos y humanos en este mismo lugar.

Organizará los medios técnicos y humanos.

Deberá ser avisado:

Por el responsable del Centro de Control (cuando no se encuentre en el vestíbulo) y siempre que se detecte cualquier incidencia o alarma y sea por detección humana o mecánica.

Sus misiones específicas serán:

Verificar todas las notificaciones de emergencia que le sean comunicadas. Actuar con los medios de extinción disponibles en el lugar del siniestro en caso

de Conato de Emergencia. Adoptar las medidas preventivas necesarias en este mismo lugar. Comprobar la extinción completa, adoptar las medidas complementarias

pertinentes, reponer los medios y alarmas y determinar el fin del Conato de Emergencia.

Comunicar las Emergencias Parciales y posibles Generales al Centro de Control y del Jefe de Emergencia. En estos casos, informar al Jefe de Emergencia del estado de la situación y de las medidas adoptadas; poniéndose a sus órdenes.

Colaborar con los diferentes equipos de actuación coordinándolos. Colaborar con las ayudas externas, poniéndose a las órdenes de su jefatura.

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3.5.3. Centro de Control.

Será la persona que se encuentra en el vestíbulo en recepción. Su lugar de actuación siempre será en estas dependencias, en las cuales podrá ver por ordenador las señales de detección de la centralita y podrá actuar con un servicio de telefonía.

Sus misiones específicas serán:

Vigilancia y control de las centrales de detección y comunicaciones. Recepción de todas las notificaciones de emergencia. Preguntar qué ocurre, quién llama y desde dónde lo hace. Avisar al Jefe de Intervención y al Jefe de Emergencia si el primero se lo ordena. Alertar o avisar al resto de equipos y ayudas externas cuando se lo ordene el Jefe

de Emergencia. Recibir comunicaciones de los diferentes equipos actuantes en relación a la

situación de extinción, evacuación, peligros, etc. Activar el sistema de alerta o aviso (telefonía) para proceder a la evacuación del

personal de la nave cuando el Jefe de Emergencia lo estime oportuno.

3.5.4. Equipo de Primera Intervención.

Estará compuesto por dos personas por turno, uno de ellos actuará como Jefe del Equipo, con la formación adecuada y especialmente entrenadas en materia de lucha contra incendios.

El lugar de actuación será el Sector al cual sean requeridos por el Jefe de

Intervención. Sus misiones específicas serán:

Actuar de fuerza de choque apagando el incendio con todos los medios

disponibles (extintores portátiles) en el Sector, dificultando la expansión del mismo.

Utilizar las bocas de incendio equipadas en colaboración con el Jefe de Intervención.

Ordenar la evacuación del Sector en el caso de Emergencia General.

3.5.5. Equipo de Primeros Auxilios.

Serán nombradas dos personas por turno con los conocimientos suficientes y necesarios en materia de primeros auxilios.

Al ser requeridos por el Jefe de Emergencia se dirigirán con el material asignado al

Centro de Control (Vestíbulo) donde esperarán las órdenes del mismo. Sus misiones específicas serán:

Prestar los primeros auxilios a los posibles lesionados. Colaborar con el Servicio Asistencial de Salud si es necesaria su intervención.

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Colaborar en la evacuación de aquellas personas que lo requieran. Ofrecer ayuda y colaboración a las ayudas sanitarias externas.

El equipo de Primeros Auxilios dispones del siguiente material:

Botiquín portátil. Chaleco identificativo. Teléfono móvil.

3.5.6. Equipo de Alarma, Evacuación y Confinamiento.

Será nombrada una persona por cada Sector de Evacuación. Su lugar de actuación

será en el Sector asignado.

Al declararse la Emergencia General por cualquier medio descrito se situarán en la salida de emergencia de su sector para iniciar la evacuación.

Sus misiones específicas serán:

Garantizar que el personal propio y ajeno han recibido la notificación de

evacuación. Asegurar la evacuación total y ordenada del Sector. Cerrar las ventanas y puertas a medida que se vayan desalojando las estancias. Centrar el foco de atención durante la evacuación para evitar el pánico. Emitir órdenes claras e imperativas. Comunicar al coordinador (y éste a su vez al de Emergencia) la finalización de

la evacuación del Sector.

3.6. Desarrollo del Plan.

Durante la fase de implantación del Manual de Autoprotección, se establecerá el organigrama general de actuación en caso de emergencia, en donde se contemplarán todas las clases de emergencias expuestas, así como de actuación de los diferentes equipos y personas en cada una de ellas (Plan de Alarma, de Extinción y de Evacuación).

Se adjuntan consignas de actuación, generales para todo el personal y particulares

para el Centro de Control (Conserjería) que serán entregadas a todo el personal, en el caso de las generales, y a los conserjes (particulares); con la finalidad de divulgar y concretar las acciones a emprender en caso de emergencia.

Para los miembros de los diferentes Equipos de Emergencia se establecerán

consignas de actuación específicas (a partir de las misiones y actuaciones expuestas en los apartados correspondientes del presente Capítulo que le serán entregadas a cada uno de sus miembros para definir claramente las misiones y personas que deben intervenir en cada tipo de emergencia).

En el Centro de Control (Conserjería), para los supuestos de horario vacacional y de

limpieza, existirá un directorio telefónico que permita localizar las diferentes ayudas externas, así como a los principales responsables del Manual de Autoprotección (Jefe de

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Manual de Autoprotección

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Emergencia). Igualmente, es recomendable transcribir la forma de actuación a seguir, para estos supuestos, en caso de emergencia.

3.7. Puntos de reunión exterior.

La fijación de los puntos de reunión exterior para el personal desalojado responde a distintos motivos entre los que cabe destacar:

Evitar aglomeraciones de personas frentes a la fachada del edificio ya que ello conlleva el riesgo de estar relativamente próximo a la situación de emergencia y dificulta las tareas de las ayudas exteriores en caso de que éstas sean necesarias.

Facilitar la información sobre la situación de la emergencia o sobre cuantos otros aspectos al Jefe de Emergencia estime oportunos.

Por lo expuesto, se ha establecido, para el presenta Manual de Autoprotección, los

siguientes puntos de reunión exterior, a los que deberán dirigirse todo el personal de la nave:

Punto 1: Zona exterior frente entrada principal (hacia vestíbulo).

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CONSIGNAS DE ACTUACIÓN

1. Para todo el personal.

1) Si descubre fuego:

En caso de que la central no detectase el incendio, proceder al pulsado de alarma manual y comunicarlo al Centro de Control.

Indicar la zona donde se ha iniciado el incendio.

2) Actuar según sus funciones específicas si es miembro de algún equipo de actuación.

3) Si se oye la alarma general dirigirse con presteza a la salida de emergencia más próxima y evacuar la estancia tan rápidamente como sea posible cerrando las puestas y ventanas que se encuentre a su paso, dirigiéndose al punto de reunión exterior previsto de antemano (si se perteneciera a algún equipo de emergencia dirigirse rápidamente al punto que se le indique o se haya asignado en el Manual de actuación).

4) Si se viera bloqueado por el humo, gatear o arrastrarse por el suelo. En caso de que se prendiera ropa, rodar por el suelo y sobre todo no correr. Envolverse en una manta si se dispone de ella.

5) Mantener la calma, evitar el pánico y no correr en todas las direcciones. No recoger objetos personales.

6) Colaborar con todos los Equipos de Intervención y Actuación acatando las órdenes y directrices que éstos vayan dando.

7) Una vez estando en el exterior dirigirse al punto de reunión preestablecido. 8) No intentar salir con mochilas, carteras, bolsos, cascos de moto, etc.

2. Para el personal del Centro de Control.

1) Comprobar al comienzo de cada turno y después de la falta de suministro

eléctrico, el correcto funcionamiento de la centralita de detección y central telefónica.

2) Si se detecta alguna señal óptica o acústica en la centralita de detección avisar al Jefe de Intervención, si este no se encontrara en su puesto.

3) Nunca dar consignas a través del sistema de telefonía ni llamar a ayudas externas si no es previa orden del Jefe de Emergencia.

4) Recordar que el accionamiento de la alarma es potestad del Jefe de Emergencia. 5) Actuar siempre con serenidad y orden, tranquilizando al personal sin abandonar

el puesto asignado hasta que sea ordenado o sea razonablemente necesario. 6) Comprobar la ausencia de visitas en el Sector.

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Manual de Autoprotección

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4. DOCUMENTO IV: Implantación.

4.1. Introducción.

Resulta absolutamente necesaria la adecuada implantación del Manual de Autoprotección. En este capítulo se efectúan las directrices generales de la misma, sin embargo se procederá de forma concreta a fragmentar este Manual para obtener una implantación eficaz.

Este proceso contemplará los siguientes apartados:

Divulgación. Es necesario promover el conocimiento del Manual de

Autoprotección para los trabajadores que deban asumir una determinada función y en general a todas las personas afectadas.

Designar las personas que deben asumir funciones de responsabilidad. Nombrar los miembros de los equipos operativos. Dotar a los equipos del material adecuado. Planificar ensayos para verificar operativas concretas. Planificación de simulacros periódicos: fechas de realización, objetivos

concretos, etc. Planificar la formación y prácticas a realizar por los operativos. Mantenimiento de las instalaciones y equipos de protección contra incendios. Dinámica de corrección y mejora del Manual. Registro y análisis de siniestros. Otros.

4.2. Responsabilidad.

La responsabilidad de la implantación, revisión y adecuación del Manual de

Autoprotección recae, en este supuesto, sobre el servicio de seguridad de la nave.

De conformidad con lo previsto en la legislación vigente, el personal directivo y trabajadores de la nave, participarán en la implantación y desarrollo del Manual de Autoprotección elaborado para nave industrial.

4.3. Organización.

El titular de la actividad podrá delegar la coordinación de las acciones necesarias para la implantación y mantenimiento del Plan en el Comité de Situaciones de Emergencia, máximo responsable de la nave industrial.

Serán miembros del Comité para Situaciones de Emergencia la persona que designe el Jefe como máximo responsable, el servicio de seguridad y el recepcionista y algún otro que se estime oportuno.

Es conveniente que existan representantes de los trabajadores y otras personas que se estime oportuna su participación.

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Manual de Autoprotección

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4.4. Medios técnicos.

La nave industrial está dotada de los medios de protección y prevención precisos, especificados y detallados en el Documento II de este MANUAL DE AUTOPROTECCIÓN destinados a combatir cualquier tipo de siniestro con la mayor efectividad y seguridad que sea posible.

Las instalaciones de protección contra incendios, como todas aquellas que sean susceptibles de ocasionarlos, serán sometidas a las condiciones generales de mantenimiento y uso establecidos en la legislación vigente, las condiciones particulares de utilización y de mantenimiento dictadas por el fabricante y/o instalador y otras instrucciones técnicas más estrictas que las anteriores cuya utilización resulte recomendable para mejorar el nivel de seguridad.

Para información de las ayudas externas, en caso de emergencia, se dispondrá, en "Recepción" de un juego de planos completos colocados dentro de un armario con el rótulo "USO EXCLUSIVO BOMBEROS".

Dichos planos contendrán todos los medios de protección y extinción de incendios, los locales de especial riesgo y las vías y salidas de evacuación.

4.5. Medios humanos.

Se constituirán los Equipos de Emergencia e Intervención contemplados en los apartados correspondientes del Documento III "Manual de actuación".

Una vez constituidos y organizados se realizarán reuniones informativas para todo el personal de la nave con el objetivo de exponer las generalidades del MANUAL DE AUTOPROTECCIÓN y de actuación en caso de emergencia.

Se entregará a todo el personal un folleto con las consignas generales de actuación conteniendo:

Precauciones a adoptar para evitar las causas que puedan originar las emergencias.

Forma en cómo debe informarse la detección de una emergencia interior. Forma en cómo se les transmitirá la alarma, general y parcial, en caso de

emergencia. Información sobre lo que se debe hacer y evitar en caso de emegencia.

Además se impartirá la formación específica para los miembros de los Equipos de

Emergencia y sus jefaturas incluyendo adiestramiento práctico. Dicha información incluirá los siguientes aspectos.

Características generales del edificio tales como las entradas al edificio, salidas de emergencia, sectores de evacuación y los locales de riesgo especial.

Vías de evacuación para personas como son escaleras de uso común, pasillos, entradas a plantas y dependencias, salidas exteriores y de evacuación de los diferentes sectores e itinerarios principales y alternativos de evacuación.

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Medios de transmisión de alarmas y alertas. Emplazamiento y funcionamiento de los diferentes aparatos de transmisión (teléfono, sirenas, etc.).

Medios de evacuación. Instrucciones para evacuar los diferentes sectores de evacuación y todo el edificio.

Medios de detección y extinción. Instrucciones de manejo y emplazamiento de los sistemas de detección y extinción manuales.

Medidas complementarias o auxiliares. Aviso de ayudas externas, corte de fluidos y energías, etc.

Dicha formación se complementará con reciclajes anuales para los diferentes

equipos y sus Jefes.

4.6. Simulacros.

La política de RUVIC, S.A. es la realización de dos simulacros anuales en sus naves industriales (uno por la mañana y otro por la tarde).

A efectos orientativos solamente se pueden considerar tiempos máximos para la

evacuación de un edifico los siguientes:

10 minutos para la evacuación total de la nave. 2 minutos para la evacuación de cada sector.

En conjunto se estima que la duración total de una práctica de evacuación, es decir,

la interrupción de las actividades normales, no debería ser superior a 25 minutos.

Para la realización de este ejercicio práctico, y con finalidad de simular una situación lo más cercana posible a la realidad en caso de emergencia, deberá preverse la eventualidad de que una de las salidas exteriores se considera bloqueada, debiendo utilizarse únicamente las restantes vías de salida existentes en el edificio.

El simulacro deberá realizarse en la situación de máxima ocupación del edificio, en su actividad laboral, así como la disposición normal de mobiliario.

Se prevé que este ejercicio se ejecute sin contar con la colaboración exterior (Policía, Bomberos, Servicios Asistenciales, etc.) ya que se trata de un mero ejercicio sin causa real de emergencia. Por otro lado, una evacuación por motivos reales también suele iniciarse sin servicios exteriores, contando únicamente con los medios propios.

Igualmente, y con varios días de antelación a la realización del simulacro, se informará al personal de los pormenores y objetivos de este ejercicio y se les explicarán las instrucciones que deberán seguir, si no hubiese sido explicado con anterioridad.

Es muy importante, para el buen resultado de este ejercicio, mantener en secreto el momento exacto del simulacro, que será determinado por el Comité para Situaciones de Emergencia, y no se comunicará en ningún caso a las personas restantes, con un objeto de que el factor sorpresa simule una emergencia real.

No se utilizarán en los simulacros otras salidas que no sean las normales del la nave.

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Finalizado el ejercicio de evacuación, el Comité para Situaciones de Emergencia inspeccionará la nave, con objeto de detectar posibles anomalías o desperfectos que hayan podido ocasionarse.

Se considera aconsejable, después de terminar el simulacro, celebrar una reunión con todos los equipos que intervienen en la emergencia para comentar y evaluar el ejercicio, redactándose un informe al efecto, que se archivará con el original del Manual de Autoprotección.

4.7. Programa de implantación.

En el Documento II (Medios de Protección) se han inventariado y detallado los medios técnicos de autoprotección del presente Manual de Autoprotección. Igualmente, se han contemplado los diferentes tipos hipotéticos de emergencia y los planes de actuación para cada una de ellas.

A partir del mencionado Documento se procederá a la confección del programa de implantación del Manual de Autoprotección que incluirá:

La organización de los Equipos de Intervención y la asignación de los cometidos en función de las diferentes emergencias.

La redacción de consignas de prevención y actuación en caso de emergencia para el personal.

Reuniones informativas para el personal. La selección, formación y adiestramiento de los componentes de los Equipos de

Emergencia y Actuación. Comprobación de este Manual de Autoprotección.

4.8. Divulgación.

Se planificará con los responsables de la nave la divulgación del Manual de

Autoprotección de forma que las informaciones del mismo alcancen a todo el personal de la nave.

Conocimientos generales del Manual de Autoprotección. Plan de evacuación.

o Identificación de la sirena. o Forma de salir de la nave. o Actitudes básicas en una evacuación de emergencia. o Punto de reunión. o Situación en el punto de emergencia.

Plan de detección. Plan de alarma. Plan de actuación.

El proceso se estructurará de forma que una vez se haya transmitido la información

el personal tenga la posibilidad de aportar mejoras en esta información.

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4.9. Programa de mantenimiento.

Se preparará un programa anual, con el correspondiente calendario, que comprenderá las siguientes actividades:

Cursos periódicos de formación y adiestramiento del personal. Mantenimiento de las instalaciones susceptibles de provocar incendios. Mantenimiento de las instalaciones de detección y extinción de incendios según

lo establecido legalmente. Inspecciones periódicas de seguridad para detectar condiciones subestándar. Simulacros de emergencia. Investigación de las causas de los siniestros: origen, programación y

consecuencias. Actualización del Manual de Autoprotección.

4.10. Investigación de siniestros.

Existen numerosos estudios técnicos que prueban que siniestros importantes han

sido precedidos de pequeños siniestros que analizados de forma adecuada indicaban la posibilidad de este siniestro de magnitud, por ello deben analizarse y registrarse todo tipo de incidentes que se presenten en la nave.

Se investigarán las causas que posibilitaron su origen, propagación y consecuencias que tuvo y que podría haber tenido; se analizará el comportamiento de las personas y los equipos de emergencia y se adoptarán las medidas correctoras precisas.

Todo siniestro debe tener un detallado informe para extraer las oportunas conclusiones y es un error muy grave silenciar o no analizar cualquier incidente por poco relevante que este sea.

Todo tipo de siniestro aunque comporte leves consecuencias personales o materiales, es conveniente que se elabore un informe escrito sobre el mismo, donde se detalle:

Descripción del sucedido. Lugar del evento. Cuándo ha sucedido: hora y circunstancias temporales. Análisis de causas que han desembocado el suceso. Medidas a emprender para evitar el acontecimiento. Posibles consecuencias del siniestro.

De producirse alguna emergencia en la nave, el Jefe de Emergencia y el Jefe de

Intervención investigarán las causas que hayan posibilitado su origen, propagación y consecuencias, y analizarán el comportamiento de las personas y Equipos de Emergencia con el objeto de tomar las medidas correctoras precisas.

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4.11. Comprobación de los Medios Técnicos.

En este apartado se establecen las condiciones que deben reunir los aparatos, equipos y sistemas empleados en la protección contra incendios según lo preceptuado legalmente en el “Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios” aprobado por el Real Decreto 1942/1993 de 5 de noviembre; para lograr que su empleo, en caso de incendio, sea eficaz, así como facilitar la aplicación de las condiciones mínimas de mantenimiento que aseguren su buen estado de conservación.

4.11.1. Características e instalación de los aparatos, equipos y sistemas de protección contra incendios.

A los aparatos, equipos o sistemas ya instalados o en proyecto de instalación con

anterioridad a la entrada en vigor del Reglamento (14 de diciembre de 1993), únicamente les serán de aplicación aquellas materias relativas a su mantenimiento.

Los aparatos, equipos o sistemas que se instalen a partir de un año de la entrada en vigor del Reglamento, deberán poseer la correspondiente marca que justifique, mediante certificación del organismo de control, la conformidad a las normas en él establecidas.

No será necesaria la marca de conformidad de los aparatos, equipos u otros componentes cuando éstos se diseñen y fabriquen como modelo único para una instalación determinada, en cuyo caso deberá presentarse ante los servicios competentes de la Comunidad Autónoma de Aragón, antes de su puesta en funcionamiento.

1) El equipo o el sistema. 2) Un proyecto relativo a características técnicas, de funcionamiento y acreditación

del cumplimiento de las prescripciones contenidas en el Reglamento. 3) Realización de los ensayos y pruebas correspondientes.

4.11.2. Instaladores.

Todos los aparatos, equipos y sistemas y sus componentes deben ser instalados por

instaladores autorizados (con excepción de los extintores portátiles) consignados en el Libro de Registro correspondiente a la Comunidad Autónoma de Aragón, la cual emitirá un certificado acreditativo para los aparatos, equipos y sistemas solicitados.

Los instaladores autorizados no deben instalar equipos, aparatos, sistemas o componentes de protección contra incendios que no cumplan con las disposiciones vigentes que les sean aplicables, poniendo los hechos en conocimiento del comprador o usuario de los mismos.

Efectuada la instalación, el instalador debe facilitar al comprador o usuario de la

misma la documentación técnica e instrucciones de mantenimiento peculiares de la instalación, necesarias para su buen uso y conservación.

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4.11.3. Mantenedores.

El mantenimiento y reparación de equipos, aparatos, etc. de protección contra incendios debe ser realizado por mantenedores autorizados.

La Comunidad Autónoma de Aragón, llevará un Libro de Registro en el que figurarán los mantenedores autorizados y experdirá los correspondientes certificados acreditativos para los aparatos, equipos y sistemas solicitados.

En relación con los aparatos, equipos o sistemas cuyo mantenimiento o reparación les sea encomendado, los mantenedores autorizados tienen las siguientes obligaciones

1) Revisar, mantener y comprobar los aparatos, equipos, sistemas y sus componentes de acuerdo con los plazos reglamentarios, utilizando recambios y piezas originales.

2) Facilitar personal suficiente y competente para corregir las averías y deficiencias que se produzcan en los aparatos, equipos o sistemas cuyo mantenimiento tiene encomendado.

3) Disponer un informe técnico escrito al titular de los aparatos, equipos y sistemas que:

a. No ofrezcan garantía de correcto funcionamiento. b. Presenten deficiencias que no puedan ser corregidas. c. No cumplan las disposiciones vigentes que les sean aplicables.

4) Conservar la documentación justificativa correspondiente a: a. Las operaciones de mantenimiento realizadas. b. Fechas de ejecución de las mismas. c. Resultados e incidencias. d. Elementos sustituidos. e. Aspectos relevantes para conocer el estado de operatividad de los

aparatos, equipos y sistemas. 5) Entregar, al titular de la instalación, una copia de la documentación comentada

en el párrafo anterior, quien la conservará como mínimo durante 5 años. 6) Comunicar al titular las fechas en que corresponda efectuar las operaciones de

mantenimiento periódicas.

Cuando el usuario de los aparatos, equipos o sistemas acredite que dispone de medios técnicos y humanos suficientes para efectuar el correcto mantenimiento de sus instalaciones de protección contra incendios, podrá adquirir la condición de mantenedor autorizado de las mismas, al obtener la autorización correspondiente de los servicios competentes en materia de industria de la Comunidad Autónoma de Aragón.

4.11.4. Instalación y puesta en servicio.

La instalación en los establecimientos y zonas de uso industrial de los aparatos, equipos y sistemas incluidos en el Reglamento requerirá, cuando así se especifique, la presentación de un proyecto o documentación que indicará los aparatos, equipos o sistemas o sus componentes sujetos a marca de conformidad (firmado y redactado por un técnico titulado competente) ante los servicios competentes en materia de industria de la Comunidad Autónoma de Aragón.

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El procedimiento que deberá seguirse, salvo que específicamente se disponga otra cosa, será el establecido en el Real Decreto 2135/1980, de 26 de Septiembre, sobre liberalización industrial y en la Orden de 19 de Diciembre de 1980, que establece normas de procedimiento y desarrollo de dicho Real Decreto.

En los edificios en los que sea de aplicación la Norma Básica de la Edificación "Condiciones de protección contra incendios en los edificios", NBE-CPI-91, las instalaciones de protección contra incendios, en relación a la presentación de un proyecto o documentación, se atendrán a lo dispuesto en dicha Norma.

La puesta en funcionamiento de las instalaciones se realizará de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2135/1980, no precisando otro requisito que la presentación, ante los servicios competentes en materia de industria de la Comunidad Autónoma, de un certificado de la empresa instaladora visado (emitido) por un técnico titulado competente designado por la misma.

4.11.5. Operaciones a realizar por el personal del titular de la instalación del equipo o sistema.

Las operaciones de mantenimiento que se recogen a continuación pueden ser

efectuadas por el personal:

De un instalador autorizado. De un mantenedor autorizado. Del usuario o titular de la instalación.

4.11.5.1. Sistemas automáticos de detección y alarma de incendios.

Periodicidad trimestral.

Comprobar integralmente la instalación de acuerdo con las instrucciones del fabricante o instalador, incluyendo en todo caso:

o Verificación de los componentes del sistema (dispositivos de disparo y alarma).

o Comprobación de la carga de agente extintor y del indicador de la misma (peso o presión).

o Comprobación del estado del agente extintor. o Prueba de la instalación en las condiciones de su recepción.

4.11.5.2. Extintores de incendios.

Periodicidad trimestral.

Comprobar la accesibilidad, buen estado aparente de conservación, seguros, precintos, inscripciones, manguera, etc.

Comprobar el estado de carga (peso y presión) del extintor y del botellín de gas impulsor (si existe), y el estado de las partes mecánicas (válvulas, boquilla, manguera, etc.)

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4.11.5.3. Bocas de incendio equipadas. Periodicidad trimestral.

Comprobar la buena accesibilidad y señalización. Comprobar por inspección todos los componentes. Proceder a desenrollar la manguera en toda su extensión y accionamiento de la

boquilla en caso de que ésta sea de varias posiciones. Comprobar la presión de servicio por la lectura del manómetro. Limpiar el conjunto y engrasar los cierres y bisagras de las puertas del armario.

4.11.5.4. Sistemas fijos de extinción.

Periodicidad trimestral.

Comprobar que las boquillas del agente extintor o rociadores están en buen estado y libres de obstáculos para su funcionamiento correcto.

Comprobar el buen estado de los componentes del sistema, especialmente de la válvula de prueba en los sistemas rociados, o los mandos manuales de la instalación de los sistemas de polvo, o agentes extintores gaseosos.

Comprobar el estado de carga de la instalación de los sistemas de polvo, anhídrido carbónico, o hidrocarburos halogenados y de botellas de gas impulsor cuando éstas existan.

Comprobar los circuitos de señalización, pilotos, etc. en los sistemas con indicaciones de control.

Limpieza general de todos los componentes.

4.11.6. Operaciones a realizar por el personal especializado del fabricante o instalador del equipo o sistema.

Las operaciones de mantenimiento recogidas en los siguientes subapartados pueden

ser efectuadas por el personal:

Del fabricante. Del instalador autorizado. Del mantenedor autorizado. Del titular o usuario de la instalación, si éste ha adquirido la condición de

mantenedor por disponer de medios técnicos y humanos adecuados, a juicio de los servicios competentes en materia de industria de la Comunidad Autónoma de Aragón.

4.11.6.1. Sistemas automáticos de detección y alarma de incendios.

Periodicidad anual.

Verificar integralmente la instalación. Limpiar equipos de centrales y accesorios. Verificar uniones roscada o soldadas. Limpiar y reglar relés.

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Regular tensiones e intensidades. Verificar los equipos de transmisión de alarma. Probar toda la instalación con cada fuente de suministro eléctrico.

4.11.6.2. Sistema manual de alarma de incendios.

Periodicidad anual.

Verificar integralmente la instalación. Limpiar sus componentes. Verificar uniones soldadas y roscadas. Probar toda la instalación con cada fuente de suministro eléctrico.

4.11.6.3. Extintores de incendios.

Periodicidad anual.

Verificar el estado de la carga (peso y presión) y en el caso de extintores de polvo con botellín de impulsión, estado del agente extintor.

Comprobar la presión de impulsión del agente extintor. Verificar estado de la manguera, boquilla o lanza, válvulas y parte mecánicas.

Periodicidad quinquenal.

Retimbrar el extintor de acuerdo con la ITC-MIE AP5 (a partir de la fecha de timbrado del extintor y por tres veces).

4.11.6.4. Bocas de incendio equipadas.

Periodicidad anual.

Desmontar la manguera y ensayarla en lugar adecuado. Comprobar el correcto funcionamiento de la boquilla en sus diferentes

posiciones. Comprobar la estanqueidad de los rácores, manguera y estado de las juntas. Comprobar la indicación del manómetro con otro de referencia (patrón)

acoplado en el racor de conexión de la manguera. Periodicidad quinquenal.

La manguera debe ser sometida a una presión de prueba de 15 Kg./cm2.

4.11.6.5. Sistemas fijos de extinción. Periodicidad anual.

Comprobar integralmente la instalación de acuerdo con las instrucciones del fabricante o instalador, incluyendo en todo caso:

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o La verificación de los componentes del sistema (dispositivos de disparo y alarma).

o Comprobación de la carga de agente extintor y del indicador de la misma (peso o presión).

o Comprobación del estado del agente extintor. o Prueba de la instalación en las condiciones de su recepción.

4.12. Actualización del Manual.

En principio del Manual de Autoprotección tendrá una vigencia de cuatro años, al cabo de los cuales se procederá a su revisión. Asimismo, el Manual de Autoprotección debe revisarse:

Si en la realización de los simulacros de aprecian diferencias o bien que no se logra la adecuada eficacia.

Si como consecuencia de una emergencia real se prueba que no resultan eficaces los procedimientos establecidos.

Si se modifica la legislación vigente. Si se producen modificaciones físicas o de procedimientos en las dependencias

de la nave. Tarragona, 4 de junio de 2009

Rubén Diéguez Macías El presente Manual de Autoprotección, consta de 35 páginas, está suscrito como prueba de conformidad por parte de los Técnicos en triplicado ejemplar, uno para el técnico, el segundo para el Técnico Director y el tercer para el expediente del Proyecto depositado en el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Tarragona, el cual asegura que dará fe de su contenido en caso de discrepancias o posibles dudas.