sociedad comerical de responsabilidad limitada

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FACULTAD DE CONTABILIDAD Y FINANZAS CONTABILIDAD II SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA – S.R.Ldta. ALUMNOS: Velasque luque diego Morales Salazar fernando Laban zegarra lester Moroco Humalla Christhian PROFESORA: Mg. Flor Marlene Recavarre Ramírez 1

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Page 1: Sociedad Comerical de Responsabilidad Limitada

FACULTAD DE CONTABILIDAD Y

FINANZAS

CONTABILIDAD II

SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA – S.R.Ldta.

ALUMNOS:

Velasque luque diego Morales Salazar fernando Laban zegarra lester Moroco Humalla Christhian

PROFESORA:

Mg. Flor Marlene Recavarre Ramírez

1

Page 2: Sociedad Comerical de Responsabilidad Limitada

Lima – Perú

2013

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DEDICATORIA:

Queremos dedicarle este trabajo a nuestra profesora de contabilidad por la gran pasciencia que demostra en cada clase con mucha estima de sus alumnos.

Page 3: Sociedad Comerical de Responsabilidad Limitada

INDICE

INDICE

INTRODUCCION

SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

CAPITULO I: SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

1.1Definición.........................................................................................................06

1.2Características.................................................................................................06

1.3Artículos...........................................................................................................06

1.3.1 Articulo 283°.-Definicion y responsabilidad.................................................06

1.3.2 Articulo 284°.-Denominacion......................................................................07

1.3.3 Articulo 285°.-capital social.........................................................................07

1.3.4 Articulo 286°.-Formacion de la voluntad social...........................................07

1.3.5 Articulo 287°.-Administracion:Gerentes......................................................07

1.3.6 Articulo 288°.-Responsabilidad de los Gerentes........................................08

1.3.7 Articulo 289.-Caducidad de la responsabilidad...........................................08

1.3.8 Articulo 290°.-Transmision de las participaciones por sucesión.................08

1.3.9 Articulo 291°.-Derecho de adquisición preferente......................................08

1.3.10 Articulo 292°.-Usufructo, prenda y medidas cautelares sobre

Participaciones...........................................................................................09

1.3.11 Articulo 293°.-Exclusion y separación de los socios...................................09

1.3.12 Articulo 294°.-Estipulaciones a ser incluidas en el pacto social.................09

1.4Ventajas...........................................................................................................10

1.5Desventajas.....................................................................................................10

1.6Estadísticas......................................................................................................10

1.7Comparación entre sociedades.......................................................................11

1.8Caso practico...................................................................................................12

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Page 4: Sociedad Comerical de Responsabilidad Limitada

CONCLUSIONES

RECOMENDACIONES

BIBLIOGRAFÍA

INTRODUCCION

La presente investigación se refiere al tema de “Sociedad comercial de

responsabilidad limitada”, que puede definirse como sociedad de carácter

mercantil, cuyo capital está dividido en participaciones iguales, que no pueden

incorporarse a títulos negociables, ni denominarse acciones y la responsabilidad

de los socios se limita al capital aportado.

La sociedad comercial de Responsabilidad Limitada encuentra el origen en

Europa el siglo XIX como derivación de la Sociedad Anónima, su origen

respondía a la necesidad de regular aquellas actividades no bien atendidas

eficazmente por los modelos societarios vigentes.Hasta ese momento la

sociedad Anónima se había implantando como el único modelo legal disponible

para las iniciativas empresariales cualquiera fuera el capital involucrado. Sin

embargo, aquellas actividades emprendidas por un grupo reducido de personas,

relacionadas en muchos con vínculos familiares o de amistad veían serias

dificultades en su estructura, considerando a la Sociedad Anónima como muy

rígida y formal lo cual retaba dinámica a una organización de dimensión mediana

o pequeña. En este sentido, la SRL ofrecía así una propuesta adecuada para

empresas de pocos socios quienes mantenían lazos personales estrechos y con

goce de autonomía patrimonial a través de la responsabilidad limitada.

Esta sociedad presenta diversas características, las cuales son fundamentales

para su constitución, como constituirse mediante escritura publica, inscribirse en

el registro público, entre otros, ventajas y desventajas, las cuales serán

detalladas en el transcurso del trabajo.

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Page 5: Sociedad Comerical de Responsabilidad Limitada

CAPITULO I

SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD

LIMITADA

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Page 6: Sociedad Comerical de Responsabilidad Limitada

CAPITULO I: SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

1.1DEFINICIONEs la unión de uno o más Personas Natural o Jurídica, en que el capital esta

dividido en participaciones iguales, acumulables e indivisibles, que no pueden

ser incorporadas en títulos valores, ni denominarse acciones. Los socios no

pueden acceder de 20 y no responden personalmente por las obligaciones

sociales.

1.2CARACTERISTICAS Es una alternativa típica para empresas familiares.

Requiere de un mínimo de dos socios y no puede exceder de veinte (20)

socios.

Los socios tienen preferencia para la adquisición de las aportaciones.

El Capital Social está integrado por las aportaciones de los socios.

Al constituirse la sociedad, el capital debe estar pagado en no menos del

25% de cada participación. Asimismo debe estar depositado en una entidad

bancaria o financiera del sistema financiero nacional a nombre de la

sociedad.

La responsabilidad de los socios, se encuentra delimitada por aporte

efectuado, es decir, no responden personalmente o con patrimonio por las

deudas u obligaciones de la empresa.

La voluntad de los socios que representen la mayoría del capital social

regirá la vida de la sociedad. El estatuto determina la forma y manera como

se expresa la voluntad de los socios, pudiendo establecer cualquier medio

que garantice su autenticidad.

1.3ARTICULOS1.3.1 Articulo 283°.-Definicion y responsabilidad

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Page 7: Sociedad Comerical de Responsabilidad Limitada

Es la unión de uno o más Personas Naturales o Jurídicas, en que el capital

está dividido en participaciones iguales, acumulables e indivisibles, que no

pueden ser incorporadas en títulos valores, ni denominarse acciones.

Los socios no pueden acceder de 20 y no responden personalmente por las

obligaciones sociales (Art. 283°, Ley 26887).

1.3.2 Articulo 284°.-Denominacion

Tiene una denominación, pudiendo utilizar además un nombre abreviado, al

que en todo caso, debe añadir la indicación "Sociedad Comercial de

Responsabilidad limitada" o su abreviatura "S.R.L." (Art. 284°, Ley 26887).

1.3.3 Articulo 285°.-capital social

Está integrado por las aportaciones de los socios. Al constituirse la

sociedad el capital debe estar pagado en números del veinticinco por ciento

de cada participación; y depositado en cantidad bancaria o financiera del

Sistema Nacional financiero a nombre de la Sociedad (Art. 285° , Ley

26887).

1.3.4 Articulo 286°.-Formacion de la voluntad social

La voluntad de los socios que representan la mayoría de capital social

regirá la vida de la sociedad.

El estatuto determina la forma y manera como se expresa la voluntad de los

socios, pudiendo establecer cualquier medio que garantice su autenticidad.

Sin perjuicio de lo anterior, será obligatoria la celebración de la Junta

General cuando soliciten su realización socios que represente por lo menos

la quinta parte del capital social, (Art. 286, Ley 26887)

1.3.5 Articulo 287°.-Administracion:Gerentes

La Administración de la sociedad se encarga a uno o más gerentes, socios

o no, quienes la representan en todos los asuntos relativos a su objeto.

a) Los Gerentes no pueden dedicarse por cuenta propia o ajena, al mismo

género de negocios que constituye el objeto de la sociedad.

b) Los Gerentes o administradores gozan de las facultades generales

especiales de representación procesal por el sólo mérito de su

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Page 8: Sociedad Comerical de Responsabilidad Limitada

nombramiento.

c) Los Gerentes pueden ser separados de su cargo según acuerdo

adoptado por la mayoría simple del capital social, excepto cuando tal

nombramiento hubiese sido condición del pacto social, en cuyo caso sólo

podrán ser removidos judicialmente y por dolo, culpa o inhabilidad para

ejercerlo (Art. 287°, Ley 26887).

1.3.6 Articulo 288°.-Responsabilidad de los Gerentes

Los gerentes responden frente a la sociedad por los daños y perjuicios

causados por dolo, abuso de facultades o negligencia grave. La acción de

la sociedad por responsabilidad contra los Gerentes exige el previo,

acuerdo de los socios que representen la mayoría del capital social (Art.

288°, Ley 26887).

1.3.7 Articulo 289.-Caducidad de la responsabilidad

La responsabilidad Civil del Gerente caduca a los dos (2) años de acto

realizado u omitido por éste, sin perjuicio de la responsabilidad y reparación

para que se ordenara, si fuera el caso (Art. 289°, Ley 26887).

1.3.8 Articulo 290°.-Transmision de las participaciones por sucesión

La adquisición de alguna participación por herencia, nombra al heredero

como socio. Sin embargo, el estatuto puede establecer que los otros socios

tengan derecho a adquirir las participaciones dentro de un plazo que este

determine.

Si fueran varios los socios que quisieran adquirir dicha s participaciones, se

distribuirán entre todos de acuerdo a la cantidad de sus respectivas partes

sociales.

1.3.9 Articulo 291°.-Derecho de adquisición preferente

En caso el socio de una sociedad comercial de responsabilidad limitada

desee transferir sus participaciones a persona extraña debe comunicarlo

por escrito al gerente, quien lo pondrá en conocimiento de los otros socios

en el plazo de 10 días; teniendo éstos 30 días desde la notificación para

expresar su voluntad de compra y en caso de ser varios los interesados, se

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Page 9: Sociedad Comerical de Responsabilidad Limitada

distribuirá entre todos ellos a medida de sus respectivas participaciones

sociales.

Si ningún socio ejercita ese derecho la sociedad podrá adquirirlas para ser

amortizadas, reduciendo el capital social.

Si transcurrido el plazo nadie ha hecho uso de su preferencia, el socio

queda libre para transferir sus participaciones sociales, salvo que se

hubiese convocado a junta para decidir la adquisición de las participaciones

por la sociedad.

Son nulas las transferencias a persona extraña a la sociedad que no se

ajusten a lo establecido en este artículo. La transferencia de participaciones

se formaliza en escritura pública y se inscribe en el Registro.

1.3.10 Articulo 292°.-Usufructo, prenda y medidas cautelares sobre

Participaciones

En los casos de usufructo y prenda de participaciones sociales, se estará a

lo dispuesto para las sociedades anónimas en los artículos 107 y 109,

respectivamente. Sin embargo, la constitución de ellos debe constar en

escritura pública e inscribirse en el Registro.

1.3.11 Articulo 293°.-Exclusion y separación de los socios

Puede ser recluido el socio gerente que:

a) Infrinja las disposiciones del Estatuto, cometa actos dolosos contra la

sociedad.

b) Se dedique por cuenta propia o ajena al mismo género denegocios que

constituye el objeto social.

La exclusión del socio de acuerdo con el voto favorable de la mayoría de

las participaciones sociales, sin considerar los del Socio para exclusión se

discute, debe constar. En escritura pública y se inscribe en el registro si la

sociedad sólo tiene dos (2) socios, la exclusión de uno de ellos sólo puede

ser resuelta por el Juez, mediante demanda en proceso abreviado (Art.

293° Ley N° 26887). por el Juez, mediante demanda en proceso abreviado

(Art. 293° Ley N° 26887).

1.3.12 Articulo 294°.-Estipulaciones a ser incluidas en el pacto social

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Page 10: Sociedad Comerical de Responsabilidad Limitada

El pacto social, en adición a las materias que contenga conforme a lo

previsto en la presente sección, debe incluir reglas relativas a:

a) Los bienes quedan que cada socio aporte indicando el titulo con que se

hace, así como el informe de valorización a que se refiere el articulo 27,

b) Las prestaciones accesorias que se hayan comprometido a realizar los

socios, si ello correspondiera, expresando su modalidad y la retribución

que con cargo a beneficios hayan de recibir los que la realicen, así

como la referencia a la posibilidad que ellas sean transferibles con el

solo consentimiento d los administradores

1.4VENTAJAS

No requiere capital mínimo para su constitución.- La motivación de cada

socio para dedicar su mejor esfuerzo es grande dado queparticipan

directamente en los beneficios

La posibilidad de reunir un mayor capital para la empresa.- Son varias las

experiencias que se dedican a imprimir dinamismo a la empresa.- Las

responsabilidades ante las obligaciones sociales de la empresa

estánlimitadas al patrimonio de ésta

La sociedad se mantiene aún después de la muerte de alguno de sus

socios.

1.5DESVENTAJAS

La admisión de nuevos socios requiere del consentimiento de los otros.-

Existe un límite de 20 socios máximo.

Las responsabilidades ante las obligaciones sociales de la empresa est´´an

limitadas al patrimonio de esta.

El capital de la empresa no puede aumentar a menos que este sea integra y

efectivamente pagado, lo que puede ocasionar lentitud en los procesos de

expansión de la empresa.

1.6ESTADÍSTICAS

Total de empresas constituidas al 14 de noviembre del 2012: 35,904

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Page 11: Sociedad Comerical de Responsabilidad Limitada

1.7COMPARACION ENTRE SOCIEDADES

D. Ley 21621 Ley General de Sociedades 26887Empresa Individual de Responsabilidad Limitada E.I.R.L.

Sociedad Comercial de

Responsabilidad Limitada S.R.L.

Sociedad Anónima S.A.

Sociedad Anónima Cerrada

S.A.C.

Es una persona jurídica de derecho privado, constituida por voluntad unipersonal con patrimonio distinto al de su titular. Se constituye para el desarrollo exclusivo de actividades económicas de micro y pequeñas empresas. La responsabilidad de la empresa esta limitada al patrimonio y el titular de la misma no responde personalmente por las obligaciones de ésta.

Es una forma societaria, el mínimo de socios es de dos (2) y máximo de veinte (20) personas. La responsabilidad de los socios está limitada a su aporte. El patrimonio personal de los socios no esta afecto. El capital esta dividido en participaciones iguales acumulables e indivisibles que no pueden ser incorporados en títulos valores ni denominarse acciones.

Es una sociedad de capitales, con responsabilidad limitada, en la que el capital social se encuentra representado por títulos negociables y que posee un mecanismo jurídico propio y dinámico orientado a separar la propiedad de la administración de la sociedad. El mínimo de socios es de dos (2) y máximo de veinte (20).El patrimonio personal de los socios no esta afecto.

Es una persona jurídica de derecho privado, de naturaleza comercial o mercantil, cualquiera sea su objeto social. El mínimo es de dos (2) y máximo de veinte (20) accionistas y sus acciones no pueden ser inscritas en el registro Público del Mercado de Valores. Es una sociedad de responsabilidad limitada. El patrimonio personal de los socios no esta afecto.

Titular: órgano máximo de la empresa que tiene a su cargo la decisión de los bienes y actividades·

Gerencia: órgano que tiene a su cargo la administración y representación de la empresa, es designado por el titular. El titular,

Junta General de Socios: representa a todos los socios de la empresa·

Gerente Gral.: es el encargado de la dirección y administración de la sociedad, goza de las facultades generales y especiales de representante

Junta General de Accionistas: es el órgano supremo de la sociedad, está integrado por el total de socios. ·

Directorio: es el órgano colegiado, elegido por la Junta General de Accionistas. En ningún caso el número de

Junta General de Accionistas: es el órgano supremo de la sociedad, está integrado por el total de socios que conforman la empresa.

Gerente Gral.: es la persona en quién recae la representación legal y de gestión

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Page 12: Sociedad Comerical de Responsabilidad Limitada

puede asumir el cargo de gerente, en cuyo caso tendrá las facultades, deberes y responsabilidades de ambos cargos, debiendo denominársele Titular Gerente.

procesal·

Sub-Gerente: reemplaza al gerente en caso de ausencia.

directores es menor de tres (3). ·

Gerente Gral.: es nombrado por el Directorio. Es el representante legal y administrador de la empresa.·

Sub-Gerente: reemplaza al gerente en caso de ausencia.

de la sociedad, es quién convoca a la Junta de Accionistas

Sub-Gerente: reemplaza al gerente en caso de ausencia. · El Directorio: es facultativo (según la LGS).

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Page 13: Sociedad Comerical de Responsabilidad Limitada

CONCLUSIONES

La sociedad comercial de responsabilidad limitada es una sociedad que está conformada por un mínimo de dos socios y un máximo de veinte; el capital está divido en participaciones iguales y para que la sociedad se pueda constituir se debe pagar al banco un 25% en cada participación.

Tiene como principal característica denominar a los que integran esta sociedad como socios y no accionistas como lo es en otros casos.

La ventaja más importante de conformar una SRL es que les permite a los socios, tener responsabilidad limitada. La SRL es una entidad jurídica separada y, por lo tanto, sus bienes están separados de los bienes de los Socios, excepto el monto que el socio invierte en la SRL.

La Sociedad de Responsabilidad Limitada tiene semejanza con la sociedad Anónima ya que deriva de esta.

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Page 14: Sociedad Comerical de Responsabilidad Limitada

RECOMENDACIONES

Una de las recomendaciones más importantes que llegamos a concluir en

este grupo, es que si alguien desea constituir su empresa, primero debe

nutrirse de una buena información para así elegir correctamente la forma

societaria que desee.

Cabe recalcar que las distintas formas societarias tienen grandes ventajas

como también tienen desventajas.

Para aquellos que deseen formar su empresa con los miembros de su

familia o personas conocidas, les recomendamos de ante mano escoger la

sociedad comercial de responsabilidad limitada (S.R.Ltda), ya que esta es

la mas idónea.

Cuando una persona decide comenzar una actividad empresarial, lo

primero que tiene es una idea. Esa idea puede ser buena, pero lo

importante para que el resultado sea positivo es utilizar el tiempo necesario

para que su inversión económica llegue a buen puerto.

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Page 15: Sociedad Comerical de Responsabilidad Limitada

BIBLIOGRAFÍA

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en:http://www.miempresapropia.com/2007/sociedad-comercial-de-responsabilidad-

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el 27 de noviembre del 2012

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responsabilidad-limitada/sociedad-comercial-responsabilidad-limitada.shtml .

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en:http://www.slideshare.net/yanisgutierrez/sociedad-comercial . Consultado el 27 de

noviembre del 2012.

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Page 17: Sociedad Comerical de Responsabilidad Limitada

ANEXO

CASO PRACTICO

AÑO: 2010

SOCIOS CAPITAL %

MODALIDAD

EFECTIVO MERCADERIAS CAMIONETA COMPUTADORA30 DIAS

D 80,000 25% 80,000

F 80,000 25% 40,000 40,000

L 80,000 25% 80,000

C 80,000 25% 60,000 5,000 15,000

320,000 100% 180,000 40000 80000 5000 15,000

El 01/11/2010 se constituyo la empresa comercial “DFLC S.R.Ltda “,

representado por un capital suscrito y pagado de 320,000. Acciones de 100

c/u.

Se depositó al BCP la suma de 80 000, 40000, 60000 respectivamente, el

tiempo depositado es de 60, 90,120 días. Con una tasa de interés anual de 20

%.

Ese mismo día se cancelo al notario por los gastos de constitución por un

importe de s/. 1,200.

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Page 18: Sociedad Comerical de Responsabilidad Limitada

Noviembre:

15/11 - Vendemos mercaderías al contado por s/. 30,000 + IGV

16/11 - Compramos mercaderías por un valor de s/.60, 000 cancelándose el

50% al contado y el saldo al crédito en 30 días.

25/11 - Vendemos mercaderías s/. 20,000 cobrándose en efectivo.

30/11 - Provisiones del ejercicio: Depreciaciones activo fijo 10%

Diciembre:

01/12 - Se cobra el aporte del socio “c”

01/12 - Se paga el saldo al crédito de la compra del día 16

15/12- Recibimos factura de Edelnor por s/.400.00. Se cancela.

19/12 - Se realizan gastos de publicidad al contado por s/. 1,500 + IGV

30/12 - Se provisiona la depreciación del activo fijo.

30/12 - Provisión del costo de venta (existencia final s./50.000)

AÑO: 2011

El 01/01/2011 se perdió la fotocopiadora del área administrativa que aportó la

socia “c” y fue valuada en s/.5, 000 según libros, la tasa de depreciación es del

10% anual y su valor residual es del 3% de su costo.

El 01/02/2011 los socios aprobaron el incremento del activo fijo en el 10%,

teniendo en cuenta que su valor residual es del 5% y la tasa de depreciación

del 20%.

El 01/03/2011 la empresa declaro dividendos, por un 60%

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Page 19: Sociedad Comerical de Responsabilidad Limitada

Con fecha 01/04/2011 los socios aprueban el aumento de capital por cuentas

patrimoniales en un 60%

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