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Subsector transportes: EVAP, Clasificación y Evaluación de EIA-d
Miraflores, 21 de junio de 2017
Dirección de Certificación Ambiental
Nuevos aspectos de la evaluación ambiental –D.S. N° 004-2017-MTC
Funciones del Senace sobre certificación ambiental del subsector Transportes
a. Emitir un pronunciamiento sobre la evaluación preliminar para la categorización de proyectos de inversión pública (PIP).
b. Clasificar el proyecto de inversión en alguna de las tres categorías posibles.
c. Evaluar y aprobar los EIA-d de proyectos de inversión, sus modificaciones, actualizaciones e Informes Técnicos Sustentatorios.
d. Administrar el Registro Nacional de Consultoras Ambientales.
Funciones de los Gobiernos Regionales sobre certificación ambiental del subsector Transportes
• La competencia de certificación ambiental para proyectos de inversión del subsector Transportes de ámbito regional y local aún no ha sido transferida a los gobiernos regionales ni a los gobiernos locales.
• Por esta razón, el Gobierno Nacional, a través del Senace y de la DGASA del MTC, mantienen competencia en esta materia.
Pronunciamiento del Senace sobre la evaluaciónpreliminar para la categorización del PIP a nivel deperfil
• Los titulares de PIP del subsector Transportessujetos al SEIA, cuya declaración de viabilidadesté prevista con estudios de pre-inversión anivel perfil, deben obtener un pronunciamiento delSenace sobre la evaluación preliminar para lacategorización del PIP, como un requisito para serdeclarado viable en el SNIP (actualmente,Invierte.pe).
El Proceso de Clasificación
Procedimientos TUPA a cargo del Senace
TUPA N° 6
Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental detallado. Plazo 120 días hábiles.
TUPA N° 7
Modificación del Estudio de Impacto Ambiental detallado. Plazo 120 días hábiles.
TUPA N° 8
Evaluación y aprobación del Informe Técnico Sustentatorio. Plazo 15 días hábiles.
TUPA N° 9
Clasificación de estudios ambientales. Plazo 30 días hábiles.
Requisitos de Admisibilidad
• Se presenta a través de la Ventanilla Única (R.J. N° 120-2016-Senace/J), deberá contener lo siguiente:
Solicitud de Clasificación (Formulario DCA -2)
EVAP en versión digital - Anexo VI del Reglamento del SEIA y la propuesta de TdR (Artículo 41°)
Pago del derecho de trámite
Suscripción de los estudios
Senace podrá solicitar el cumplimiento de algún otro documento
Evaluación Ambiental Preliminar - EVAP
Contenido de la EVAP
Documentación mínima, marco normativo:
TUO de la Ley
N° 27444
Artículo 122°
Requisitos de los escritos para entidades
públicas
Decreto Supremo
N° 019-2009-MINAM
Artículo 40° y 41°
Contenido de la EVAP y TdR del EIA y Solicitud
de Clasificación
Decreto Supremo
N° 012-2015-MINAM y Decreto Supremo N°001-2016-MINAM
TUPA-Senace
Contenido de la EVAP
Artículo 40° del Reglamento del SEIA (D.S. N°019-2009-MINAM):
• “La Evaluación Preliminar debe contener comomínimo lo establecido en el Anexo VI sin perjuiciode la información adicional que pueda solicitar laAutoridad Competente y debe estar suscrito por eltitular y el o los profesionales responsables de suelaboración”.
Contenido de la EVAP
• Artículo 41°.- Solicitud de Clasificación
a. Datos generales del titular y de la entidad autorizada para la elaboración de la EVAP.
b. Descripción del Proyecto.c. Aspectos del medio físico, biótico, social, cultural y económico.d. Plan de participación Ciudadana.e. Descripción de los posibles impactos ambientales.f. Medidas de prevención, mitigación o corrección de los impactos
ambientales.g. Plan de seguimiento y control.h. Plan de cierre o Abandono.i. Cronograma de ejecución.j. Presupuesto de Implementación.
Contenido de la EVAP
41.3 Otros que determine la Autoridad Competente en relación a la naturaleza del proyecto u otro aspecto de relevancia.
• Para la categoría I del documento EVAP constituye la DIA. Para las categorías II y III, el titular deberá presentar una propuesta de TdR para el estudio de impacto ambiental correspondiente.
Consejos para presentar mejores EVAP
Definir claramente el alcance y ubicación del proyecto.
Compatibilidad del SERNANP cuando el trazo del proyecto y/oinstalaciones auxiliares recaen en ANP y/o ZA.
Exigencias mínimas del Anexo VI de la D.S. 019-2009-MINAM, porejemplo el inventario de emisiones, ruido, vibraciones, efluentes(domésticos e industriales), residuos sólidos.
Consejos para presentar mejores EVAP
Requerimiento de electricidad para las diferentes etapas del proyecto.
Planos de diseño del proyecto suscritos en formato editable (dwg) y para los mapas de línea base los shapes (opcional).
Adjuntar y verificar las Fichas Ambientales de instalaciones /componentes: Canteras, DME, campamento, patio de máquina, planta dechancado, concreto, asfalto y polvorín, con sus respectivos planostopográficos. Tomando como referencia la Resolución Directoral N° 444-2016-MTC/16.
8.El listado de las instalaciones auxiliares debe ser concordante en eldocumento de la EVAP y los planos, tanto en nombre y cantidad.
Consejos para presentar mejores EVAP
El trazo de la vía debe estar claramente ubicado y georreferenciado,asimismo las áreas de influencia con su respectiva justificación ydelimitación.
Si el trazo o instalaciones auxiliares afectan el recurso hídrico, la EVAPdebe incluir los lineamientos de la Resolución Jefatural N° 090-2016-ANATérminos de Referencia Comunes del contenido hídrico que deberáncumplirse en la elaboración de los estudios ambientales.
11.Para las zonas de cantera y/o de extracción del material de acarreo,como fuente de insumo en la construcción del proyecto vial, se debeevaluar la posible afectación de la calidad del agua de la fuente naturalen el marco de la Resolución Jefatural N° 423-2011-ANA.
Describir la gestión de residuos sólidos en las AID, específicamente enlos lugares donde se albergaría el personal foráneo.
Consejos para presentar mejores EVAP
En la descripción de proyecto precisar aspectos temporales como:
- Picos de personal, y procedencia, y periodos
- Duración de actividades y frecuencia.
- Costo del proyecto en sus diferentes etapas.
Los planos de canteras y DME deben mostrar la delimitación de sus áreasy cuadros técnicos. Asimismo, presentar planos de corte de lasinstalaciones una vez realizado el cierre de las mismas.
Definir el tema de abastecimiento de agua para consumo del personal ensus diferentes etapas; captación y sistema de tratamiento. Para otro tipode abastecimiento indicarlo de manera específica.
Consejos para presentar mejores EVAP
Para las diferentes etapas, identificar los efluentes generados por elproyecto (domésticos e industriales) en las diferentes instalaciones;asimismo, precisar su sistema de tratamiento y disposición final. En casoel tratamiento y disposición se realice a través de una EPS-RS, indicarpara qué tipo de efluente.
Presentar planos en planta y corte de las instalaciones dealmacenamiento temporal de residuos sólidos inorgánicos no peligrososy de los residuos peligrosos.
Según corresponda, presentar planos en planta y corte del sistema deabastecimiento de combustible, indicando los implementos de seguridady de contingencia ante derrames.
Verificar que los planos presentados sean impresos de manera quepermita su adecuada visualización. Asimismo, verificar la escala deimpresión con la que se indique en el cajetín del plano.
Procedimiento de Clasificación -Senace - EVAP
• Plazo del procedimiento 30 d.h.
17 d 20 d 21 d 30 d
TitularPresenta EVAP
Senace (*) Solicita opinión y remite avisos para difusión del EVAP
EntidadesEmiten O.T.Formulanobservaciones
Senace* Requiere información o• Formula
observaciones• Traslada aportes de
ciudadanía
Titular (**)AbsuelveObservaciones
EntidadesEvalúan y
emiten O.T.
SenaceEmite R.D., aprueba TdR y lineamientos delPPC
(*) Inicio del procedimiento en Entidades (flujograma)(**) Suspende el plazo para la entidad. El Titular puede solicitar la ampliación del plazo por 10 días adicionales.
Marco NormativoD.S. 019-2009-MINAM, art. 43 y 44D.S. N° 005-2016-MINAM, art. 20Ley N° 27444
2 d.h 15 d.h 3 d.h 10 d.h 5 d.h
25 d
5 d.h
SenaceTraslada subsanación Obs. a opinantes.
Flujograma de Clasificación
Ingreso de EVAP por mesa de
parte o vía electrónica
Revisión Admisibilidad
(TUPA)
Admisible
¿conforme?EVAP es
devuelto al Titular para
que absuelva observación
Se deriva a DCA UPISSi
No
Revisión de la EVAP
Consulta SIG
Inadmisible¿Titular
absuelve observación?
SiNo
Opinión de la ANA
(Vinculante)
¿Proyecto afecta recurso hídrico?
Si
Opinión del Sernanp
(Vinculante)
No
¿Proyecto afecta ANP y/o
ZA?
SiNo
Otros Opinión 1Si
No
Flujograma de Clasificación
SENACE emite informe de observaciones (propias y
de opinantes)
¿Titular subsana obs. en el plazo?
Revisión del SENACE para clasificación del
Proyecto
Titular solicita ampliación
¿Titular absuelve observaciones?
Se resuelve el expediente
con información
obrante
¿Proyecto genera impacto
leve?
Se aprueba la EVAP como una DIA
SI
¿Proyecto genera impacto
moderado?
Aprueba EVAP, Asigna Categ. II, TDR
NO
SI
Aprueba EVAP, Asigna Categ. III, TDR
NOSI
NOSI
NO
SENACE evalúa información de la EVAP y de Opinantes
¿La información de la EVAP es satisfactoria?
SI
NO
1
Clasificación anticipada
Se asigna, a través de una norma, una
categoría a un grupo de proyectos con
características comunes y similares.
Dichos proyectos clasificados de
manera anticipada se complementan con
TdR comunes, aprobados mediante
Resolución Ministerial.
Clasificación anticipada
Establece la Clasificación Anticipada de proyectos de inversión(Anexo 1)
La autoridad competente podrá establecer mecanismos para la CA ydefinición de los TdR (EIA) para proyectos con característicascomunes.
La clasificación anticipada podrá ser ampliada y modificada por laautoridad competente, previa opinión favorable del MINAM.
El titular de un proyecto que cuente con CA deberá elaborar elEstudio Ambiental correspondiente de acuerdo a los TdRaprobados.
La autoridad podrá clasificar en una categoría distinta los proyectoscontenidos en el Anexo 1, cuando considere que la significancia delos impactos no corresponden a las categorías de CA.
Clasificación Anticipada (D.S. N° 004-2017-MTC, Anexo 1)Nº Proyectos de inversión
Categoría en el
marco del SEIA
1Construcción y operación de aeropuertos incluyendo sus actividades conexas.
EIA detallado
2Construcción y/o ampliación de aeródromos de jerarquía nacional, incluyendo sus actividades conexas
EIA detallado
3
Construcción y operación de un Terminal Portuario cuya cantidad de carga proyectada a movilizar anualmente es superior a 1'500,000 TM y/o está comprendido dentro de Áreas Naturales Protegidas (ANP), Zonas de Amortiguamiento (ZA) de ANP o Áreas de Conservación Regional (ACR).
EIA detallado
4Construcción y operación de líneas y terminales de Ferrocarril, tren de cercanías y/o metro.
EIA detallado
5Construcción y operación de terminales de buses y/o camiones interprovinciales
EIA detallado
6 Construcción y operación de Hidrovías EIA detallado
7 Construcción de carretera sin trazo existente EIA detallado
Evaluación Ambiental para la Certificación Ambiental
Consideraciones previas a la presentación del EIA-d
Autorizaciones de investigación.
Plan de Trabajo para la elaboración de línea base.
Plan de Participación Ciudadana.
Compatibilidad del Sernanp en ANP
Procedimiento de evaluación de EIA-d Admisibilidad
Senace dispone de 5 días hábiles contados desde la presentación del EIA-d para realizar lo siguiente:
Revisar si el estudio ambiental coincide
con los TdRComunes o
específicos y si éstos contienen la
información técnica básica.
De no cumplirse con los TdR la autoridad
declarará la inadmisibilidad del estudio ambiental.
Remitir copia del estudio ambiental a
las autoridades opinantes.
Disponer la publicación de los mecanismos de
participación ciudadana.
Certificación Ambiental EIA-d
1 d.h. 60 d.h. 90 d.h. 100 d.h. 110 d.h. 125 d.h.
50 d.h.5 d.h.
Admisibilidad
Senace*Formula el Informe de observaciones
Titular(**) AbsuelveObservaciones(30 d.h)
EntidadesEvalúan y emiten O.T.(7 d.h)
TitularPresenta Solicitud de Certificación Ambiental EIA-d
Senace*Revisa EIA-d*Remite EIA-d a opinantes técnicos• Difusión del PPC (5 d.h)
5 d.h
Entidades• Emiten Opinión Técnica
Favorable• Formulan observaciones
(45 d.h)
45 d.h 10 d.h
(**) El Titular puede solicitar la ampliación del plazo por 30 días adicionales.
30 d.h
Senace*Requiere información complementaria
10 d.h 10 d.h 15 d.h
TitularPresenta Información complementaria(15 d.h)
135 d.h.
10 d.hSenaceEmite R.D.(10 días)
SenaceRemite Levant. Obs. a opinantesTécnicos (3 d.h)
Certificación ambiental fraccionada
• En el artículo 16 del Reglamento de la Ley del SEIA seestablece una excepción al principio de indivisibilidad, la cualha sido desarrollada en el Reglamento de ProtecciónAmbiental para el Sector Transportes.
• Este Reglamento establece que se podrá tramitar laCertificación Ambiental Fraccionada de proyectos quecumplan ciertas características (Art. 21°).
Certificación ambiental fraccionada
•Proyectos de naturaleza vial,formulados, evaluados y aprobados portramos.
•Infraestructura ferroviaria y/o sistemasde transporte masivo que se desarrollenen zonas urbanas o inter urbanas.
Características
Certificación ambiental fraccionada
Alcance
• Los titulares tramitan la Certificación Ambiental Fraccionadapor cada uno de los tramos.
• Al finalizar el quinto (05) año de otorgada la primeraCertificación Ambiental Fraccionada, se presenta un EstudioAmbiental Integrado, donde se detalle todas las obligacionesambientales de los estudios aprobados por cada tramo.
• El Estudio Ambiental Integrado estará sujeto al proceso deactualización, las obligaciones del Reglamento de la Ley N°27446 y las acciones de supervisión y control respectivas.
Ficha Técnica Socio Ambiental (FITSA)
Es un IGA Complementario al SEIA que aplica a
aquellos proyectos de competencia del Sector Transporte
que no están comprendidos en el
ámbito del SEIA.
La Autoridad Ambiental
Competente tendrá un plazo máximo de diez (10) días hábiles para su atención.
La FITSA está sujeta a un proceso de
validación por la autoridad
competente.
La FITSA debe ser elaborada por
personal calificado y con experiencia en
temas relacionados al
sector Transporte.
Adecuación ambiental de actividades sin certificación ambiental
Están sujetas a la obligación de adecuación ambiental las actividades, que hayaniniciado operaciones antes de la entrada en vigencia del Reglamento del SEIA y nocuenten con IGA aprobado por la autoridad competente.
Deberán presentar un Programa de Adecuación y Manejo Ambiental – PAMA, en unplazo no mayor de 12 meses contados a partir de la entrada en vigencia del RPAST.
Los compromisos que adquiere el Titular con la aprobación del PAMA deberán serejecutados en un plazo máximo de 3 años contados desde la aprobación del citadoinstrumento.
La aprobación del PAMA se realiza sin perjuicio de las sanciones que correspondan.
La autoridad competente aprobará TdR.