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La República Corte Superior de Arequipa Viernes, 19 de octubre del 2018 EDICTOS EDICTO JUDICIAL Por, ante el séptimo juzgado civil expediente N° 02091-2017-0-0401-JR-CI-07 del Juez CARLOS ENRI- QUE POLANCO GUTIERREZ, y especialista legal KE- NIA MALENA RISCO BERROGAL, seguidos por ELENA DEL ROSARIO APARICIO GARCIA en el proceso sobre NULIDAD DE ACTO JURÍDICO, mediante Resolución N° 03, SE RESUELVE: ADMITIR la demanda de NULI- DAD DE ACTO JURIDICO la misma que se corrige, mediante Resolución N° 07. SE DISPONE: Correr traslado de la presente a los demandados ISABEL AMPARO APARICIO GARCÍA y a la sucesión procesal de la quien en vida fue JESÚS NILDA GARCÍA DE APARICIO, a fin de que en el plazo de TREINTA DÍAS cumplan con apersonarse al proceso y formular contestación, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Kenia M. Risco Berrocal Secre- taria Judicial. Raha T. Salinas Rivas Abogado C.A.A. 04843. (09-15-19 octubre) B/E 031-13240. EDICTO En el Exp. N° 00009-2018-0403-JM-CI-01, ante el Juzgado Mixto de Caravelí, que despacha el señor Juez Dr. Miguel Rubén Mollo Lloque se viene tra- mitando el proceso sobre PRESCRIPCIÓN ADQUI- SITIVA DE DOMINIO del bien inmueble ubicado en el predio y/o fundo denominado las “ANIMAS Y COFRADIA’’, sector Tiruque, distrito de Quicacha, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa cuyos linderos y colindancias constan en la Partida Registral N° 04002423 del Registro de Propiedad Inmueble de Arequipa. En el citado expediente se ha dispuesto mediante resolución 01:1) ADMITIR a trámite la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por GUMERCINDA RAMOS MURILLO, en contra de la sociedad conyugal con- formada por ABRAHAM EDMUNDO NEYRA RAMIRES y NIEVES GUMERCINDA NEYRA RAMOS. 2) Sustán- ciese el presente proceso en la vía procedimental correspondiente al proceso ABREVIADO. 3) Confié- rase TRASLADO de la demanda a la parte demanda- da, por el plazo de DIEZ DÍAS, para que conteste la misma, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía. 4) TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios y a sus antecedentes los anexos adjun- tados. 5) NOTIFICAR con la demanda y anexos a los colindantes lladio Santiago Ramos Hilarión, Basilio Ramos Guerreros, Raúl Fredy Farfán Rodríguez, la Municipalidad Distrital de Quicacha; y Angel Raúl Caballero Chiclla, Sandra Paola Prado Arcos y Wil- berto Ignacio Frafan Cruces, como colindantes (se precisa que respecto a los tres últimos colindantes, se los ha tenido por precisados mediante resolu- ción 06-2018). 6) SE DISPONE que un extracto de la presente resolución se publique por tres veces, con intervalo de tres días, en la forma prevista por los artículos 167 y 168 del código adjetivo. Firman el señor Juez Doctor Miguel Rubén Mollo Lloque, asistido por el especialista Marco Antonio Castro Lobón. Caravelí 28/09/2018.- (15-19-25 octubre) B/E 031-13224.- EDICTO JUDICIAL: PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE EL DECIMO JUZGADO CIVIL de Arequipa des- pachado por la Dra. SALAS FLORES ZORAIDA JULIA en el expediente 2950-2018 bajo la actuación del secretario judicial Dr. GUTIERREZ CHALCO GILDO ALEXANDER, se ha emitido la resolución N°2 de fecha 18 de setiembre del 2018 que resuelve ad- mitir la demanda interpuesta por AMERICO LUCIA- NO QUISPE PILLCO y EMILDA CEPRIANA PAREDES QUISPE DE QUISPE sobre prescripción adquisitiva del inmueble ubicado en Programa habitacional Alto Cayma III Deán Valdivia Mz T-5 lote 1 distrito de Cayma Arequipa de una área de 128 m2 inscrita en la partida registral N° P06107350 de los Registro Públicos de Arequipa en contra de BANCO DE MA- TERIALES en liquidación con emplazamiento de los colindantes CARMEN YANETT BRAVO DIAZ, MARTIN MAMANI PAREDES e LE. SAN JOSE DE CALASANZ; debiendo de sustanciarse en la vía procedimental de proceso abreviado y consecuencia se corra tras- lado de la demanda por el termino de diez días al demandado para su contestación; asimismo, dis- pongo se notifique con la demanda a los referidos colindantes. Arequipa 28 de setiembre del 2018. ALEXANDER GUTIERREZ CHALCO ESPECIALISTA LEGAL. (15-19-25 octubre) B /E 031-13256 EDICTO En el Exp. N° 00009-2018-0403-JM-CI-01, ante el Juzgado Mixto de Caravelí, que despacha el señor Juez Dr. Miguel Rubén Mollo Lloque se viene tra- mitando el proceso sobre PRESCRIPCIÓN ADQUI- SITIVA DE DOMINIO del bien inmueble ubicado en el predio y/o fundo denominado las “ANIMAS Y COFRADIA’’, sector Tiruque, distrito de Quicacha, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa cuyos linderos y colindancias constan en la Partida Registral N° 04002423 del Registro de Propiedad Inmueble de Arequipa. En el citado expediente se ha dispuesto mediante resolución 01:1) ADMITIR a trámite la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por GUMERCINDA RAMOS MURILLO, en contra de la sociedad conyugal con- formada por ABRAHAM EDMUNDO NEYRA RAMIRES y NIEVES GUMERCINDA NEYRA RAMOS. 2) Sustán- ciese el presente proceso en la vía procedimental correspondiente al proceso ABREVIADO. 3) Confié- rase TRASLADO de la demanda a la parte demanda- da, por el plazo de DIEZ DÍAS, para que conteste la misma, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía. 4) TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios y a sus antecedentes los anexos adjun- tados. 5) NOTIFICAR con la demanda y anexos a los colindantes lladio Santiago Ramos Hilarión, Basilio Ramos Guerreros, Raúl Fredy Farfán Rodríguez, la Municipalidad Distrital de Quicacha; y Angel Raúl Caballero Chiclla, Sandra Paola Prado Arcos y Wil- berto Ignacio Frafan Cruces, como colindantes (se precisa que respecto a los tres últimos colindantes, se los ha tenido por precisados mediante resolu- ción 06-2018). 6) SE DISPONE que un extracto de la presente resolución se publique por tres veces, con intervalo de tres días, en la forma prevista por los artículos 167 y 168 del código adjetivo. Firman el señor Juez Doctor Miguel Rubén Mollo Lloque, asistido por el especialista Marco Antonio Castro Lobón. Caravelí 28/09/2018.- (16-19-25 octubre) B/E 031-13224.- EDICTO EL EXPEDIENTE Nro.028-2016 SEGUJDO ANTE EL JUZGADO DE PAZ DE LA COLÍNA DE MAJES QUE DESPACHA EL SEÑOR JUEZ DE PAZ LÍMBER CON- GONA, CONFORME A LA RESOLUCION Nro. 11-2018 ADMITIR LA DEMANDA INTERPUESTA POR DOÑA EUSEBIA BARRANTES TAPIA EN VIA PROCESO DE EJECUCION DE ACTA DE CONCILIACIÓN DE ALI- MENTOS, EN CONSECUENCIA NOTIFIQUESE A DON RODOLFO CANZA MOLLEAPAZA, PARA QUE EN EL TERMINO DE CINCO DIAS DE NOTIFICADO CUMPLA CON PAGAR A FAVOR DE LA EJECUTANTE LA CAN- TIDAD DE S/.10,600.00 QUE CORRESPONDE DEL 15 DE MAYO DEL 2009 AL 15 DE SETIEMBRE DEL 2016, BAJO APERCIBIMIENTO DE REMITIRSE COPIAS AL MI- NISTERIO PUBLICO PARA QUE PROCEDA CONFORME A SUS ATRIBUCIONES, TOMESE RAZON HAGASE SA- BER.- AREQUIPA, 04 DE OCTUBRE, 2017.- LIMBER E. CONGONA ROMERO JUEZ DE PAZ LA COLINA.- (18- 19-22 octubre) B/E 031-13259. EDICTO JUDICIAL En el expediente Nro. 00131-2014-0-0404-JM-CI-01, seguido ante el Juzgado Mixto de Aplao, Juez Ju- lia Ysabel Loaiza Callata, Especialista Legal Wilmer Jesús Vera Machaca, se ha resuelto ADMITIR a trá- mite la demanda de Prescripción Adquisitiva de Dominio y como pretensiones objetivas, originarias y accesorias, la cancelación del asiento Nro. 0007 del rubro del Título de Dominio de la Partida Nro. P06164564 de la Zona Registral XII - Sede Arequipa, interpuesta por Dionis Luis Cárdenas Cervantes y Verónica Cárdenas Huertas de Cárdenas en contra de Víctor Godofredo Guillen Camargo y Tula Tejada Gutiérrez de Guillen, en la Vía de proceso abreviado, corriéndose traslado a los demandados por el plazo de diez días. Autoriza en la fecha Wilmer Jesús Vera Machaca - Especialista Legal del Juzgado Mixto de Aplao. Aplao 04 de Septiembre de 2018. WILMER J. VERA MACHACA SECRETARIO JUDICIAL. (17-18-19 octubre) B/E 031-13263. EDICTO Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado - Sede Ca- yma, que Despacha la Doctora CLAUDIA NOELIA VALDIVIA TICONA, con intervención de la Es- pecialista Legal NELVAR HOMERO NÚÑEZ TEJA- DA, se tramita el proceso de alimentos número 07163-2018-0-0401-JP-FC-01, donde se ha expedi- do la Resolución 01 que ha resuelto; “1) ADMITIR a trámite la demanda de ALIMENTOS; interpuesta por KARINA SUL Y TICONA DÍAZ; en representación de sus menores hijos DIEGO ANDRÉS RUIZ TICONA y LORENA MICHELL RUIZ TICONA, en contra de MA- NUEL RUIZ TAPULLIMA, adecuándose a la vía del PROCESO UNICO. 2) DISPONGO: correr traslado a la parte demandada, conforme a lo establecido en la ley, por el plazo de CINCO DÍAS, bajo apercibi- miento de ser declarado REBELDE”. Posteriormente, por Resolución 2 de fecha 21 de setiembre del 2018 se ha resuelto: ‘MODIFICAR la demanda sobre CO- BRO DE ALIMENTOS, interpuesta por KARINA SUL Y TICONA DIAZ, en representación de sus menores hijos DIEGO ANDRES, LORENA MICHELL y GONZALO GABRIEL RUIZ TICONA, en contra de MANUEL RUIZ TAPULLINA”. Asimismo, en la misma resolución al resolver el escrito 5074-2018 se ha resuelto: “NO- TIFICAR por edicto al demandado MANUEL RUIZ TAPULLINA para que comparezca al proceso judicial iniciado en su contra; acreditando debidamente su legitimidad de interés para obrar”. NELVAR HOME- RO NUÑEZ TEJADA ESPECIALISTA LEGAL. (17-18-19 octubre) B/E 031-13263. EDICTO JUDICIAL En el expediente número 03996-2014-0-0401-JR- CI-05, tramitado en el Quinto Juzgado Especia- lizado Civil, sobre REIVINDICACIÓN seguido por PASTORA ABELINA SALAS VDA. DE FIGUEROA con JOSE ADALBERTO FIGUEROA SALAS Y OTROS, tra- mitado por el Especialista Legal Néstor Puma Sa- lazar, el Juez Yuri Filamir Corrales Cuba, mediante resolución número 25 de fecha 02 de noviembre del 2017, ha dispuesto lo siguiente: SE RESUELVE: SUSPENDER el presente proceso por el plazo de treinta días a fin que se apersonen a proceso los su- cesores procesales del demandado - fallecido, JOSE ADALBERTO FIGUEROA SALAS; SE DISPONE que la parte demandante PASTORA ABELINA SALAS VIUDA DE FIGUEROA con gestionar la NOTIFICACIÓN POR EDICTOS a los sucesores del causante pre nombra- do, con el objeto que comparezcan al proceso, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. ORDENO que la parte demandante, proporcione un juego de la demanda, anexos y auto admisorio; así como el arancel judicial por concepto de exhorto y la correspondiente cédula de notificación, para que la demandada GABRIELA LEONOR GAMARRA SALAS sea notificada en el inmueble materia sub Litis (asentamiento N° 5 de la Irrigación San Camilo del distrito de la Joya Provincia y departamento de Arequipa ) Firma: Maraza .- Juez .- Puma.- Espe- cialista Legal .- Arequipa, 11 de octubre del 2018.- (17-18-19 octubre) B/E 031-13263. EDICTO Por ante el 5to. Juzgado Especializado Civil de Are- quipa, especialista legal Puma Salazar Néstor, Exp. N° 2993-2015, sobre División y Partición, seguido por Josefina Teresa Alemán Núñez de Sobenes en contra de Felipe Emilio Alemán Núñez, mediante resolución N° 24 se ha ordenado la notificación por edictos a los sucesores del causante Felipe Emilio Alemán Núñez: ELIANA MARA, GONZALO ALEMAN ZAVALA Y RENZO ALEMAN ZAVALA, a objeto de que se apersonen al proceso, acreditando su represen- tación procesal, en el plazo de ley, bajo apercibi- miento de nombrársele curador procesal. Arequipa, 16 de octubre del 2018.- NESTOR PUMA SALAZAR ESPECIALISTA LEGAL .- (18-19-22 octubre) B/E 031- NOTIFICACIONES NOTIFICACIÓN POR EDICTO Por ante el Sexto Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa Juez Dra. Valdivia Franco Patrica Ruby en el Expediente Nro.00491-2018-0- 0401-JP-CI-07, con intervención del Especialista Legal Dra. Gutiérrez Hancco en la demanda sobre Ejecución de Acta de Conciliación en la via del pro- ceso UNICO DE EJECUCIÓN, interpuesta por Riveros Becerra Teodoro Rubén y Vargas Andrade de Riveros Dionicia Nicida, RESOLVIÉNDOSE mediante RESO- LUCIÓN Nro. 02. fecha 28 de mayo del 2018. ADMI- TE a trámite la demanda de Ejecución de Acta de Conciliación en contra de Pablo Vargas Andrade, en consecuencia cumplan los demandados en el plazo de cinco dias con ejecutar el Primer Acuerdo del Acta de Conciliación Nro. 792-2017 del 21 de julio del 2017 emitido en el centro de conciliación PRO- PAZ BAJO APERCIBIMIENTO de iniciarse la Ejecución Forzada. RESOLUCIÓN CUATRO de fecha 24 de sep- tiembre del 2018 SE RESUELVE: Declarar la sucesión procesal del demandado que en vida fuera PABLO VARGAS ANDRADE en consecuencia notifiquese por edictos a sus sucesores a fin que se apersonen al proceso y formulen lo que convenga a su derecho, en el plazo de treinta dias, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal SE ORDENA la sus- pensión del proceso por el plazo antes indicado. TOMESE RAZÓN Y HAGASE SABER7 Arequipa, 2018 octubre 10. FANNY ZEVALLOS DURAND. ABOGADA. MAT.C.A.A 4216.- FANNY ZEVALLOS DURAND ABO- GADA VERONICA GUTIERREZ HANCCO ESPECILIS- TA LEGAL. (18-19-22 octubre) B/E 031- REMATES PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente: 00024-2018-0-0410-JR-CI-01.- En los seguidos por ERICK JHONATAN CALCINA MORALES en contra de LUIS ANGEL CARREÑO VALERIANO en el proceso sobre EJECUCION DE GARANTIA HIPO- TECARIA, El Juzgado Civil del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar a cargo de la señor Juez Dr. Luis Eduardo Madariaga Condori y Especialista Legal: Dr. Milton Red Gonzales Aroquipa, ha en- cargado al Martillero Público Fredt Peter Valdivia Holguín sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CON- VOCATORIA el inmueble ubicado en Asentamiento Humano Los Balcones de Mariano Melgar H-2, Dis- trito de Mariano Melgar, Provincia y Departamento de Arequipa; inscrita en la partida Registral Nro. P06133119 de la Zona Registral N° XII – Sede Are- quipa. Con un VALOR DE TASACION: s/. 30 000.00 soles, siendo la BASE DE LA POSTURA: s/. 20 000.00 soles. GRAVAMENES INSCRITOS: 1).- Asiento 00005, INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA. HIPOTECA.- Constitui- da por su propietario, Luis Angel Carreño Valeriano (Deudor Hipotecario), a favor de Erick Jhonatan Calcina Morales (Acreedor Hipotecario), soltero e identificado con DNI 46708589; hasta por la suma de s/. 10 000.00 nuevos soles, con la finalidad de garantizar el Mutuo otorgado ascendente a la suma s/. 10 000.00, plazo de 36 meses contados a partir de la firma de la presente escritura, el mismo que devengará un interés de s/. 4 000.000. Así y más ampliamente consta de la Escritura Pública Nº 794 de fecha 26-02-2014 otorgada ante Notario Público Dra. Elsa Holgado de Carpio en la ciudad de Arequi- pa. DIA Y HORA DEL REMATE: El día 25 de Octubre del 2018 a las 14:00 horas. LUGAR DEL REMATE: En el frontis del Juzgado Civil de Mariano Melgar ubi- cado dentro del Módulo Básico de Justicia de Maria- no Melgar sito en esquina de Avenida Simón Bolívar con calle Junín s/n, Mariano Melgar. POSTORES: De- berán depositar antes del remate una cantidad no menor al 10% de la tasación que en este caso sería: s/. 3 000.00 soles, el depósito deberá ser efectua- do en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre del postor; adicional a lo anterior el postor o postores deben presentar D.N.I., Arancel judicial por Derecho de Participación en Remate Judicial de bien Inmueble por el monto que corresponda al va- lor de tasación y que además deberá consignarse el número de Documento de Identidad, el número de Expediente y el Juzgado correspondiente (original y copia). Juez: Dr. Luis Eduardo Madariaga Condori, Especialista Legal: Dr. Milton Red Gonzales Aroqui- pa, Martillero Público Fredt Peter Valdivia Holguín con Reg 325. Arequipa 11 de Octubre del 2018. (12- 15-16-17-18-19 octubre) B/E 031-13255. EDICTO PRIMERA CONVOCATORIA DE REMATE JUDICIAL DE BIEN INMUEBLE EN LOS SEGUIDOS POR SERVICIOS COBRANZAS E IN- VERSIONES SAC CONTRA HÉCTOR GUILLERMO SÁN- CHEZ RAMÍREZ, SOBRE EJECUCION DE GARANTIAS, EXPEDIENTE JUDICIAL Nº 03573-1999-0-0401-JR- CI-05, EL QUINTO JUZGADO CIVIL DE LA CSJ DE AREQUIPA, A CARGO DEL SEÑOR JUEZ DR. YURI FI- LAMIR CORRALES CUBA Y ESPECIALISTA LEGAL DR. NESTOR PUMA SALAZAR, HAN DISPUESTO SACAR A REMATE JUDICIAL EN PRIMER CONVOCATORIA EL SI- GUIIENTE BIEN INMUEBLE: PRIMER INMUEBLE: DES- CRIPCIÓN DEL BIEN INMUEBLE: EL BIEN INMUEBLE A REMATAR SE ENCUENTRA UBICADO EN LA CALLE AVENIDA OLÍMPICA 305 DE LA URBANIZACIÓN IV CENTENARIO, DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTA- MENTO DE AREQUIPA, CUYAS ÁREAS, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS APARECEN INSCRITAS EN LA PARTIDA N°01127080 DEL REGISTRO DE PROPIE- DAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N° XII SEDE AREQUIPA. VALOR DE TASACIÓN: US$ 56,819.07 (CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE CON 07/100 DÓLARES AMERICANOS). BASE DEL RE- MATE: US$ 37,879.38 (TREINTA Y SIETE MIL OCHO- CIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 38/100 DÓLARES AMERICANOS), EQUIVALENTE A LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DE TASACIÓN. AFECTACIONES: A) CESIÓN DE DERECHOS HIPOTECARIOS.- SCOTIA- BANK PERÚ SAA A FAVOR DE SERVICIOS COBRAN- ZAS E INVERSIONES S.A.C. COMO CONSTA EN ESCRI- TURA PÚBLICA Nº6348 DE FECHA 30 DE MAYO DE 2008 OTORGADO ANTE NOTARIO PERCY GÓNZALES VIGIL BALBUENA, EN LA CIUDAD DE LIMA, INSCRITO EN EL ASIENTO D00005 DE LA PARTIDA Nº 01127080 REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XII SEDE AREQUIPA. FECHA DE INSCRIPCIÓN 22/12/2008. B) RENOVACIÓN DE ASIENTO DE HIPO- TECA.- CONTENIDA EN EL ASIENTO 01 (AS. 10, FS. 139, TM. 206), 04 Y 05 DE ESTE RUBRO, A FAVOR DE SERVICIOS COBRANZAS E INVERSIONES S.A.C., EN MÉRITO DE LA DECLARACIÓN JURADA POR ANTE NOTARIO DONATO HERMAN CARPIO VELEZ, EN LA CIUDAD DE LIMA, Y EN FECHA 22 DE MAYO DE 2009. INSCRITO EN EL ASIENTO D00006 DE LA PARTIDA Nº 01127080 REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA RE- GISTRAL N° XII SEDE AREQUIPA. FECHA DE INSCRIP- CIÓN 04/06/2009. DÍA Y HORA DEL REMATE: 06 DE NOVIEMBRE DE 2018, A HORAS 12.00. LUGAR DEL REMATE: SALA DE REMATES DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, SITO EN EL SÓTANO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, UBICADO EN LA PLAZA ESPAÑA S/N, DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. LOS POSTORES: 1) DEBERÁN OBLAR ANTES DEL REMATE, MEDIANTE DEPÓSITO EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE SIN SELLO DE NO

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Page 1: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte ... · lia Ysabel Loaiza Callata, ... parte demandante PASTORA ABELINA SALAS VIUDA ... Alemán Núñez: ELIANA MARA, GONZALO ALEMAN

La República 1SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAViernes 19 de octubre del 2018

La República

Corte Superior de Arequipa

Viernes, 19 de octubre del 2018

EDICTOS EDICTO JUDICIAL

Por, ante el séptimo juzgado civil expediente N° 02091-2017-0-0401-JR-CI-07 del Juez CARLOS ENRI-QUE POLANCO GUTIERREZ, y especialista legal KE-NIA MALENA RISCO BERROGAL, seguidos por ELENA DEL ROSARIO APARICIO GARCIA en el proceso sobre NULIDAD DE ACTO JURÍDICO, mediante Resolución N° 03, SE RESUELVE: ADMITIR la demanda de NULI-DAD DE ACTO JURIDICO la misma que se corrige, mediante Resolución N° 07. SE DISPONE: Correr traslado de la presente a los demandados ISABEL AMPARO APARICIO GARCÍA y a la sucesión procesal de la quien en vida fue JESÚS NILDA GARCÍA DE APARICIO, a fin de que en el plazo de TREINTA DÍAS cumplan con apersonarse al proceso y formular contestación, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Kenia M. Risco Berrocal Secre-taria Judicial. Raha T. Salinas Rivas Abogado C.A.A. 04843. (09-15-19 octubre) B/E 031-13240.

EDICTO

En el Exp. N° 00009-2018-0403-JM-CI-01, ante el Juzgado Mixto de Caravelí, que despacha el señor Juez Dr. Miguel Rubén Mollo Lloque se viene tra-mitando el proceso sobre PRESCRIPCIÓN ADQUI-SITIVA DE DOMINIO del bien inmueble ubicado en el predio y/o fundo denominado las “ANIMAS Y COFRADIA’’, sector Tiruque, distrito de Quicacha, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa cuyos linderos y colindancias constan en la Partida Registral N° 04002423 del Registro de Propiedad Inmueble de Arequipa. En el citado expediente se ha dispuesto mediante resolución 01:1) ADMITIR a trámite la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por GUMERCINDA RAMOS MURILLO, en contra de la sociedad conyugal con-formada por ABRAHAM EDMUNDO NEYRA RAMIRES y NIEVES GUMERCINDA NEYRA RAMOS. 2) Sustán-ciese el presente proceso en la vía procedimental correspondiente al proceso ABREVIADO. 3) Confié-rase TRASLADO de la demanda a la parte demanda-da, por el plazo de DIEZ DÍAS, para que conteste la misma, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía. 4) TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios y a sus antecedentes los anexos adjun-tados. 5) NOTIFICAR con la demanda y anexos a los colindantes lladio Santiago Ramos Hilarión, Basilio Ramos Guerreros, Raúl Fredy Farfán Rodríguez, la Municipalidad Distrital de Quicacha; y Angel Raúl Caballero Chiclla, Sandra Paola Prado Arcos y Wil-berto Ignacio Frafan Cruces, como colindantes (se precisa que respecto a los tres últimos colindantes, se los ha tenido por precisados mediante resolu-ción 06-2018). 6) SE DISPONE que un extracto de la presente resolución se publique por tres veces, con intervalo de tres días, en la forma prevista por los artículos 167 y 168 del código adjetivo. Firman el señor Juez Doctor Miguel Rubén Mollo Lloque, asistido por el especialista Marco Antonio Castro Lobón. Caravelí 28/09/2018.- (15-19-25 octubre) B/E 031-13224.-

EDICTO JUDICIAL: PRESCRIPCION ADQUISITIVA

ANTE EL DECIMO JUZGADO CIVIL de Arequipa des-pachado por la Dra. SALAS FLORES ZORAIDA JULIA en el expediente 2950-2018 bajo la actuación del secretario judicial Dr. GUTIERREZ CHALCO GILDO ALEXANDER, se ha emitido la resolución N°2 de fecha 18 de setiembre del 2018 que resuelve ad-mitir la demanda interpuesta por AMERICO LUCIA-NO QUISPE PILLCO y EMILDA CEPRIANA PAREDES QUISPE DE QUISPE sobre prescripción adquisitiva del inmueble ubicado en Programa habitacional Alto Cayma III Deán Valdivia Mz T-5 lote 1 distrito de Cayma Arequipa de una área de 128 m2 inscrita en la partida registral N° P06107350 de los Registro Públicos de Arequipa en contra de BANCO DE MA-TERIALES en liquidación con emplazamiento de los

colindantes CARMEN YANETT BRAVO DIAZ, MARTIN MAMANI PAREDES e LE. SAN JOSE DE CALASANZ; debiendo de sustanciarse en la vía procedimental de proceso abreviado y consecuencia se corra tras-lado de la demanda por el termino de diez días al demandado para su contestación; asimismo, dis-pongo se notifique con la demanda a los referidos colindantes. Arequipa 28 de setiembre del 2018. ALEXANDER GUTIERREZ CHALCO ESPECIALISTA LEGAL. (15-19-25 octubre) B /E 031-13256

EDICTO

En el Exp. N° 00009-2018-0403-JM-CI-01, ante el Juzgado Mixto de Caravelí, que despacha el señor Juez Dr. Miguel Rubén Mollo Lloque se viene tra-mitando el proceso sobre PRESCRIPCIÓN ADQUI-SITIVA DE DOMINIO del bien inmueble ubicado en el predio y/o fundo denominado las “ANIMAS Y COFRADIA’’, sector Tiruque, distrito de Quicacha, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa cuyos linderos y colindancias constan en la Partida Registral N° 04002423 del Registro de Propiedad Inmueble de Arequipa. En el citado expediente se ha dispuesto mediante resolución 01:1) ADMITIR a trámite la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por GUMERCINDA RAMOS MURILLO, en contra de la sociedad conyugal con-formada por ABRAHAM EDMUNDO NEYRA RAMIRES y NIEVES GUMERCINDA NEYRA RAMOS. 2) Sustán-ciese el presente proceso en la vía procedimental correspondiente al proceso ABREVIADO. 3) Confié-rase TRASLADO de la demanda a la parte demanda-da, por el plazo de DIEZ DÍAS, para que conteste la misma, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía. 4) TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios y a sus antecedentes los anexos adjun-tados. 5) NOTIFICAR con la demanda y anexos a los colindantes lladio Santiago Ramos Hilarión, Basilio Ramos Guerreros, Raúl Fredy Farfán Rodríguez, la Municipalidad Distrital de Quicacha; y Angel Raúl Caballero Chiclla, Sandra Paola Prado Arcos y Wil-berto Ignacio Frafan Cruces, como colindantes (se precisa que respecto a los tres últimos colindantes, se los ha tenido por precisados mediante resolu-ción 06-2018). 6) SE DISPONE que un extracto de la presente resolución se publique por tres veces, con intervalo de tres días, en la forma prevista por los artículos 167 y 168 del código adjetivo. Firman el señor Juez Doctor Miguel Rubén Mollo Lloque, asistido por el especialista Marco Antonio Castro Lobón. Caravelí 28/09/2018.- (16-19-25 octubre) B/E 031-13224.-

EDICTO

EL EXPEDIENTE Nro.028-2016 SEGUJDO ANTE EL JUZGADO DE PAZ DE LA COLÍNA DE MAJES QUE DESPACHA EL SEÑOR JUEZ DE PAZ LÍMBER CON-GONA, CONFORME A LA RESOLUCION Nro. 11-2018 ADMITIR LA DEMANDA INTERPUESTA POR DOÑA EUSEBIA BARRANTES TAPIA EN VIA PROCESO DE EJECUCION DE ACTA DE CONCILIACIÓN DE ALI-MENTOS, EN CONSECUENCIA NOTIFIQUESE A DON RODOLFO CANZA MOLLEAPAZA, PARA QUE EN EL TERMINO DE CINCO DIAS DE NOTIFICADO CUMPLA CON PAGAR A FAVOR DE LA EJECUTANTE LA CAN-TIDAD DE S/.10,600.00 QUE CORRESPONDE DEL 15 DE MAYO DEL 2009 AL 15 DE SETIEMBRE DEL 2016, BAJO APERCIBIMIENTO DE REMITIRSE COPIAS AL MI-NISTERIO PUBLICO PARA QUE PROCEDA CONFORME A SUS ATRIBUCIONES, TOMESE RAZON HAGASE SA-BER.- AREQUIPA, 04 DE OCTUBRE, 2017.- LIMBER E. CONGONA ROMERO JUEZ DE PAZ LA COLINA.- (18-19-22 octubre) B/E 031-13259.

EDICTO JUDICIAL

En el expediente Nro. 00131-2014-0-0404-JM-CI-01, seguido ante el Juzgado Mixto de Aplao, Juez Ju-lia Ysabel Loaiza Callata, Especialista Legal Wilmer Jesús Vera Machaca, se ha resuelto ADMITIR a trá-mite la demanda de Prescripción Adquisitiva de Dominio y como pretensiones objetivas, originarias

y accesorias, la cancelación del asiento Nro. 0007 del rubro del Título de Dominio de la Partida Nro. P06164564 de la Zona Registral XII - Sede Arequipa, interpuesta por Dionis Luis Cárdenas Cervantes y Verónica Cárdenas Huertas de Cárdenas en contra de Víctor Godofredo Guillen Camargo y Tula Tejada Gutiérrez de Guillen, en la Vía de proceso abreviado, corriéndose traslado a los demandados por el plazo de diez días. Autoriza en la fecha Wilmer Jesús Vera Machaca - Especialista Legal del Juzgado Mixto de Aplao. Aplao 04 de Septiembre de 2018. WILMER J. VERA MACHACA SECRETARIO JUDICIAL. (17-18-19 octubre) B/E 031-13263.

EDICTO

Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado - Sede Ca-yma, que Despacha la Doctora CLAUDIA NOELIA VALDIVIA TICONA, con intervención de la Es-pecialista Legal NELVAR HOMERO NÚÑEZ TEJA-DA, se tramita el proceso de alimentos número 07163-2018-0-0401-JP-FC-01, donde se ha expedi-do la Resolución 01 que ha resuelto; “1) ADMITIR a trámite la demanda de ALIMENTOS; interpuesta por KARINA SUL Y TICONA DÍAZ; en representación de sus menores hijos DIEGO ANDRÉS RUIZ TICONA y LORENA MICHELL RUIZ TICONA, en contra de MA-NUEL RUIZ TAPULLIMA, adecuándose a la vía del PROCESO UNICO. 2) DISPONGO: correr traslado a la parte demandada, conforme a lo establecido en la ley, por el plazo de CINCO DÍAS, bajo apercibi-miento de ser declarado REBELDE”. Posteriormente, por Resolución 2 de fecha 21 de setiembre del 2018 se ha resuelto: ‘MODIFICAR la demanda sobre CO-BRO DE ALIMENTOS, interpuesta por KARINA SUL Y TICONA DIAZ, en representación de sus menores hijos DIEGO ANDRES, LORENA MICHELL y GONZALO GABRIEL RUIZ TICONA, en contra de MANUEL RUIZ TAPULLINA”. Asimismo, en la misma resolución al resolver el escrito 5074-2018 se ha resuelto: “NO-TIFICAR por edicto al demandado MANUEL RUIZ TAPULLINA para que comparezca al proceso judicial iniciado en su contra; acreditando debidamente su legitimidad de interés para obrar”. NELVAR HOME-RO NUÑEZ TEJADA ESPECIALISTA LEGAL. (17-18-19 octubre) B/E 031-13263.

EDICTO JUDICIAL

En el expediente número 03996-2014-0-0401-JR-CI-05, tramitado en el Quinto Juzgado Especia-lizado Civil, sobre REIVINDICACIÓN seguido por PASTORA ABELINA SALAS VDA. DE FIGUEROA con JOSE ADALBERTO FIGUEROA SALAS Y OTROS, tra-mitado por el Especialista Legal Néstor Puma Sa-lazar, el Juez Yuri Filamir Corrales Cuba, mediante resolución número 25 de fecha 02 de noviembre del 2017, ha dispuesto lo siguiente: SE RESUELVE: SUSPENDER el presente proceso por el plazo de treinta días a fin que se apersonen a proceso los su-cesores procesales del demandado - fallecido, JOSE ADALBERTO FIGUEROA SALAS; SE DISPONE que la parte demandante PASTORA ABELINA SALAS VIUDA DE FIGUEROA con gestionar la NOTIFICACIÓN POR EDICTOS a los sucesores del causante pre nombra-do, con el objeto que comparezcan al proceso, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. ORDENO que la parte demandante, proporcione un juego de la demanda, anexos y auto admisorio; así como el arancel judicial por concepto de exhorto y la correspondiente cédula de notificación, para que la demandada GABRIELA LEONOR GAMARRA SALAS sea notificada en el inmueble materia sub Litis (asentamiento N° 5 de la Irrigación San Camilo del distrito de la Joya Provincia y departamento de Arequipa ) Firma: Maraza .- Juez .- Puma.- Espe-cialista Legal .- Arequipa, 11 de octubre del 2018.- (17-18-19 octubre) B/E 031-13263.

EDICTO

Por ante el 5to. Juzgado Especializado Civil de Are-quipa, especialista legal Puma Salazar Néstor, Exp. N° 2993-2015, sobre División y Partición, seguido

por Josefina Teresa Alemán Núñez de Sobenes en contra de Felipe Emilio Alemán Núñez, mediante resolución N° 24 se ha ordenado la notificación por edictos a los sucesores del causante Felipe Emilio Alemán Núñez: ELIANA MARA, GONZALO ALEMAN ZAVALA Y RENZO ALEMAN ZAVALA, a objeto de que se apersonen al proceso, acreditando su represen-tación procesal, en el plazo de ley, bajo apercibi-miento de nombrársele curador procesal. Arequipa, 16 de octubre del 2018.- NESTOR PUMA SALAZAR ESPECIALISTA LEGAL .- (18-19-22 octubre) B/E 031-

NOTIFICACIONES NOTIFICACIÓN POR EDICTO

Por ante el Sexto Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa Juez Dra. Valdivia Franco Patrica Ruby en el Expediente Nro.00491-2018-0-0401-JP-CI-07, con intervención del Especialista Legal Dra. Gutiérrez Hancco en la demanda sobre Ejecución de Acta de Conciliación en la via del pro-ceso UNICO DE EJECUCIÓN, interpuesta por Riveros Becerra Teodoro Rubén y Vargas Andrade de Riveros Dionicia Nicida, RESOLVIÉNDOSE mediante RESO-LUCIÓN Nro. 02. fecha 28 de mayo del 2018. ADMI-TE a trámite la demanda de Ejecución de Acta de Conciliación en contra de Pablo Vargas Andrade, en consecuencia cumplan los demandados en el plazo de cinco dias con ejecutar el Primer Acuerdo del Acta de Conciliación Nro. 792-2017 del 21 de julio del 2017 emitido en el centro de conciliación PRO-PAZ BAJO APERCIBIMIENTO de iniciarse la Ejecución Forzada. RESOLUCIÓN CUATRO de fecha 24 de sep-tiembre del 2018 SE RESUELVE: Declarar la sucesión procesal del demandado que en vida fuera PABLO VARGAS ANDRADE en consecuencia notifiquese por edictos a sus sucesores a fin que se apersonen al proceso y formulen lo que convenga a su derecho, en el plazo de treinta dias, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal SE ORDENA la sus-pensión del proceso por el plazo antes indicado. TOMESE RAZÓN Y HAGASE SABER7 Arequipa, 2018 octubre 10. FANNY ZEVALLOS DURAND. ABOGADA. MAT.C.A.A 4216.- FANNY ZEVALLOS DURAND ABO-GADA VERONICA GUTIERREZ HANCCO ESPECILIS-TA LEGAL. (18-19-22 octubre) B/E 031-

REMATESPRIMER REMATE JUDICIAL

Expediente: 00024-2018-0-0410-JR-CI-01.- En los seguidos por ERICK JHONATAN CALCINA MORALES en contra de LUIS ANGEL CARREÑO VALERIANO en el proceso sobre EJECUCION DE GARANTIA HIPO-TECARIA, El Juzgado Civil del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar a cargo de la señor Juez Dr. Luis Eduardo Madariaga Condori y Especialista Legal: Dr. Milton Red Gonzales Aroquipa, ha en-cargado al Martillero Público Fredt Peter Valdivia Holguín sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CON-VOCATORIA el inmueble ubicado en Asentamiento Humano Los Balcones de Mariano Melgar H-2, Dis-trito de Mariano Melgar, Provincia y Departamento de Arequipa; inscrita en la partida Registral Nro. P06133119 de la Zona Registral N° XII – Sede Are-quipa. Con un VALOR DE TASACION: s/. 30 000.00 soles, siendo la BASE DE LA POSTURA: s/. 20 000.00 soles. GRAVAMENES INSCRITOS: 1).- Asiento 00005, INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA. HIPOTECA.- Constitui-da por su propietario, Luis Angel Carreño Valeriano (Deudor Hipotecario), a favor de Erick Jhonatan Calcina Morales (Acreedor Hipotecario), soltero e identificado con DNI 46708589; hasta por la suma de s/. 10 000.00 nuevos soles, con la finalidad de garantizar el Mutuo otorgado ascendente a la suma s/. 10 000.00, plazo de 36 meses contados a partir de la firma de la presente escritura, el mismo que devengará un interés de s/. 4 000.000. Así y más ampliamente consta de la Escritura Pública Nº 794

de fecha 26-02-2014 otorgada ante Notario Público Dra. Elsa Holgado de Carpio en la ciudad de Arequi-pa. DIA Y HORA DEL REMATE: El día 25 de Octubre del 2018 a las 14:00 horas. LUGAR DEL REMATE: En el frontis del Juzgado Civil de Mariano Melgar ubi-cado dentro del Módulo Básico de Justicia de Maria-no Melgar sito en esquina de Avenida Simón Bolívar con calle Junín s/n, Mariano Melgar. POSTORES: De-berán depositar antes del remate una cantidad no menor al 10% de la tasación que en este caso sería: s/. 3 000.00 soles, el depósito deberá ser efectua-do en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre del postor; adicional a lo anterior el postor o postores deben presentar D.N.I., Arancel judicial por Derecho de Participación en Remate Judicial de bien Inmueble por el monto que corresponda al va-lor de tasación y que además deberá consignarse el número de Documento de Identidad, el número de Expediente y el Juzgado correspondiente (original y copia). Juez: Dr. Luis Eduardo Madariaga Condori, Especialista Legal: Dr. Milton Red Gonzales Aroqui-pa, Martillero Público Fredt Peter Valdivia Holguín con Reg 325. Arequipa 11 de Octubre del 2018. (12-15-16-17-18-19 octubre) B/E 031-13255.

EDICTO PRIMERA CONVOCATORIA DE REMATE

JUDICIAL DE BIEN INMUEBLE

EN LOS SEGUIDOS POR SERVICIOS COBRANZAS E IN-VERSIONES SAC CONTRA HÉCTOR GUILLERMO SÁN-CHEZ RAMÍREZ, SOBRE EJECUCION DE GARANTIAS, EXPEDIENTE JUDICIAL Nº 03573-1999-0-0401-JR-CI-05, EL QUINTO JUZGADO CIVIL DE LA CSJ DE AREQUIPA, A CARGO DEL SEÑOR JUEZ DR. YURI FI-LAMIR CORRALES CUBA Y ESPECIALISTA LEGAL DR. NESTOR PUMA SALAZAR, HAN DISPUESTO SACAR A REMATE JUDICIAL EN PRIMER CONVOCATORIA EL SI-GUIIENTE BIEN INMUEBLE: PRIMER INMUEBLE: DES-CRIPCIÓN DEL BIEN INMUEBLE: EL BIEN INMUEBLE A REMATAR SE ENCUENTRA UBICADO EN LA CALLE AVENIDA OLÍMPICA 305 DE LA URBANIZACIÓN IV CENTENARIO, DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTA-MENTO DE AREQUIPA, CUYAS ÁREAS, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS APARECEN INSCRITAS EN LA PARTIDA N°01127080 DEL REGISTRO DE PROPIE-DAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N° XII SEDE AREQUIPA. VALOR DE TASACIÓN: US$ 56,819.07 (CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE CON 07/100 DÓLARES AMERICANOS). BASE DEL RE-MATE: US$ 37,879.38 (TREINTA Y SIETE MIL OCHO-CIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 38/100 DÓLARES AMERICANOS), EQUIVALENTE A LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DE TASACIÓN. AFECTACIONES: A) CESIÓN DE DERECHOS HIPOTECARIOS.- SCOTIA-BANK PERÚ SAA A FAVOR DE SERVICIOS COBRAN-ZAS E INVERSIONES S.A.C. COMO CONSTA EN ESCRI-TURA PÚBLICA Nº6348 DE FECHA 30 DE MAYO DE 2008 OTORGADO ANTE NOTARIO PERCY GÓNZALES VIGIL BALBUENA, EN LA CIUDAD DE LIMA, INSCRITO EN EL ASIENTO D00005 DE LA PARTIDA Nº 01127080 REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XII SEDE AREQUIPA. FECHA DE INSCRIPCIÓN 22/12/2008. B) RENOVACIÓN DE ASIENTO DE HIPO-TECA.- CONTENIDA EN EL ASIENTO 01 (AS. 10, FS. 139, TM. 206), 04 Y 05 DE ESTE RUBRO, A FAVOR DE SERVICIOS COBRANZAS E INVERSIONES S.A.C., EN MÉRITO DE LA DECLARACIÓN JURADA POR ANTE NOTARIO DONATO HERMAN CARPIO VELEZ, EN LA CIUDAD DE LIMA, Y EN FECHA 22 DE MAYO DE 2009. INSCRITO EN EL ASIENTO D00006 DE LA PARTIDA Nº 01127080 REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA RE-GISTRAL N° XII SEDE AREQUIPA. FECHA DE INSCRIP-CIÓN 04/06/2009. DÍA Y HORA DEL REMATE: 06 DE NOVIEMBRE DE 2018, A HORAS 12.00. LUGAR DEL REMATE: SALA DE REMATES DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, SITO EN EL SÓTANO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, UBICADO EN LA PLAZA ESPAÑA S/N, DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. LOS POSTORES: 1) DEBERÁN OBLAR ANTES DEL REMATE, MEDIANTE DEPÓSITO EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE SIN SELLO DE NO

Page 2: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte ... · lia Ysabel Loaiza Callata, ... parte demandante PASTORA ABELINA SALAS VIUDA ... Alemán Núñez: ELIANA MARA, GONZALO ALEMAN

La República2 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Viernes, 19 de octubre del 2018

NEGOCIABLE EL 10% DEL VALOR DE LA TASACIÓN, 2) PRESENTAR EN LA DILIGENCIA, EN ORIGINAL Y COPIA DOCUMENTO DE IDENTIDAD Y/O RUC, SE-GÚN CORRESPONDA; Y EL ARANCEL JUDICIAL RES-PECTIVO CONSIGNANDO EL JUZGADO, NÚMERO DE EXPEDIENTE Y EL DOCUMENTO DE IDENTIDAD O RUC. 3) PRESENTAR COPIA DEL CHEQUE DE GEREN-CIA SI EL OBLAJE SE REALIZA CON DICHO INSTRU-MENTO. 4) EN CASO DE ACTUAR A TRAVÉS DE RE-PRESENTANTE SE DEBERÁ ACREDITAR LOS PODERES RESPECTIVOS. EL ADJUDICATARIO Y/0 EL EJECUTAN-TE SEGÚN CORRESPONDA EL CASO EN PARTICULAR CANCELA LOS HONORARIOS PROFESIONALES DEL MARTILLERO PUBLICO MÁS IGV DE ACUERDO A LEY AL FINALIZAR EL REMATE JUDICIAL DE ACUERDO AL ARTÍCULO 18 DEL DECRETO SUPREMO Nº 008-2005-JUS (REGLAMENTO DE LA LEY DEL MARTILLERO PU-BLICO). EL REMATE JUDICIAL SERÁ EFECTUADO POR CHRISTIAN RUBÉN VIZCARRA ADRIANO, ABOGADO - MARTILLERO PÚBLICO - REGISTRO NACIONAL N° 264 CEL. 979726457. CORREO ELECTRÓNICO: [email protected].(06 DÍAS DE PUBLICA-CIÓN). AREQUIPA LUNES 17 SEPTIEMBRE DEL 2018. NESTOR PUMA SALAZAR ESPECIALISTA LEGAL. CHRISTIAN R. VIZCARRA ADRIANO MARTILLERO PUBLICO REG. N° 264.- (16-17-18-19-22-23 octubre) B/E 031-13260.

PRIMER REMATE JUDICIAL

NOMBRES DE LAS PARTES Y TERCEROS LEGITIMA-DOS: En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A. contra HUAMANI PACCO LUIS FERNANDO y como tercero emplazado al menor Alexis Santiago Huamaní Bedregal, debi-damente representado por sus padres Luis Fernan-do Humaní Pacco y Frida Marlene Bedregal Ururi . Expediente Nº 02253-2018-0-0412-JR-CI-02 , sobre Ejecución de Garantía Hipotecaria; el Segundo Juzgado Especializado Civil del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, a cargo de la señora Jue-za UCHANI SARMIENTO BERTHA, con intervención de la especialista legal AVENDAÑO CAMA CARMEN RUTH, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO JUDI-CIAL en PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble que seguidamente se detalla: BIEN A REMATAR: Bien inmueble ubicado en el lote 1 de la Manzana N, denominado Sub Lote 1-A, de la Asociación Amplia-ción Socabaya, del Distrito de Socabaya, Provincia y Departamento de Arequipa, cuyas Medidas Pe-rimétricas y demás características se encuentran especificadas en la partida registral Nº11262876 del Registro de Predios de la Zona Registral Nro. XII, Sede Arequipa. AFECTACIONES DEL BIEN: A) Hipoteca a favor de Caja Municipal de Ahorro y Cré-dito Cusco S.A, hasta por la suma de S/ 120,000.00 (Ciento Veinte Mil con 00/100 Soles), Inscrita en el Asiento D0002 B) Anticipo de legítima, a favor del menor Alexis Santiago Huamaní Bedregal, Inscrita en el Asiento C0004 VALOR DE LA TASACIÓN: US$ 61,261.23 (Sesenta y Un Mil Doscientos Sesenta y Uno con 23/100 Dólares de Estados Unidos de América) PRECIO BASE DEL REMATE: US$ 40,840.82 (Cuarenta Mil Ochocientos Cuarenta con 82/100 Dólares de Estados Unidos de América) equivalente a las 2/3 partes de la tasación. LUGAR DEL REMA-TE: Sala de Lectura del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata , ubicado en la esquina de la calles Alberto Laveau con Teniente Alcantara s/n Guardia Civil III Etapa, en el distrito de Paucarpata, provin-cia y departamento de Arequipa DÍA Y HORA DEL REMATE: 09 de Noviembre del 2018, a las Once Horas. FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMA-TE: Martillero Público José María Pinto Vargas, con número de registro 150. PORCENTAJE QUE DEBE DEPOSITARSE PARA PARTICIPAR EN EL REMATE: Los Postores deberán depositar no menos del 10 % del valor de la tasación, equivalente a: US$ 6,126.12 (Seis Mil Ciento Veintiséis con 12/100 Dólares de Estados Unidos de America), en efectivo o cheque de gerencia, presentarán su DNI y Arancel Judi-cial por derecho a participar en remate de bienes inmuebles, indicando número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). Los honorarios del martillero público serán a cargo del adjudicatario. Arequipa, 16 de Octubre del 2017. Abog. Jose Ma. Pinto Vargas Martillero Publico Reg. 150. Carmen Ruth Avendaño C. Secretaria Judicial (17-18-19-22-23-24 octubre) B/E 031-13264.

PRIMER REMATE

En los seguidos por CESAR AUGUSTO LECAROS HUANQUI, en contra de YENNY FELICITAS ACOSTA GUTIERREZ, sobre EJECUCION DE GARANTIAS; Ex-pediente N° 03473-2013-0-0401-JR-CI-07; el señor Juez del Setimo Juzgado Civil de Arequipa, Dr. Car-los Enrique Polanco Gutierrez, Especialista Legal Dr. Glenda Maria Cardenas Enchuña, ha autorizado a

la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro Nº 318, sacar a REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubica-do en: PROGRAMA HABITACIONAL ALTO CAYMA III – DEAN VALDIVIA MZ. W-4, LOTE 6, DISTRITO DE CAYMA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUI-PA, INSCRITO EN LA PARTIDA N° P06107563, DE LA ZONA REGISTRAL Nº XII – SEDE AREQUIPA, DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS DE AREQUIPA; VALOR DE TASACIÓN: S/ 40,000.00 (Cuarenta mil 100/100 soles); PRECIO BASE: S/ 26,666.66 (Veintiséis mil seiscientos se-senta y seis con 66/100 soles), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación del inmueble materia del presente; AFECTACIONES: 1) HIPOTECA COMUN: Hasta por el monto equivalente a 20.00 USPAC, a favor de BANVIP, así consta inscrito en el asiento 00004; 2) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: Hasta por la suma de S/2,100.00, a favor de Paola Patricia Masías Barreda, endosatario en procura-ción de la caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, así consta inscrito en el asiento 00006; 3) HIPOTECA: Hasta por la suma de S/25,000.00 nuevos soles, a favor de Cesar Augusto Lecaros Huanqui, así consta inscrito en el asiento 00007; 4) MODIFICACION DE HIPOTECA: hasta por el monto de S/37,000.00, a favor de Cesar Augusto Lecaros Huanqui, así consta inscrito en el asiento 00008; 5) HIPOTECA: Hasta por la suma de S/25,000.00 nuevos soles, a favor de Cesar Augusto Lecaros Huanqui, así consta inscrito en el asiento 00009; afectaciones que se hallan inscritas en la partida Nº P06107563, de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos de Arequipa; DIA Y HORA DE REMATE: 30 DE OCTUBRE DEL 2018, A HORAS 11:00 (ONCE) A.M.; LUGAR DEL REMATE: Se realizara en la sala de remates, ubicado en el Sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la esquina formada por la Plaza España con Avenida Siglo XX S/N Cercado – Arequipa; LOS POS-TORES: Depositaran no menos del diez por ciento (S/ 4,000.00) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la su-basta pública, caso contrario perderá la suma depo-sitada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Marti-llero Público, más el IGV, son por cuenta de la parte ejecutante o el adjudicatario, según corresponda, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del martillero Público. Arequipa 2018, octubre 09.- MARLENE CLEOFE FLORES DE MENDOZA MARTILLERO PUBLICO REG. N° 318.- GLENDA CARDENAS ENCHUÑA ESPE-CIALISTA LEGAL.- (17-18-19-22-23-24 octubre) B/E 031-13264.-

PRIMER REMATE

El día 04 de diciembre del 2018 a las 10.15 horas, en la Sala de Remates Judiciales, ubicada en el sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, esquina formada por la Av. Siglo XX y Plaza España; ORDENADO POR EL JUEZ DEL OCTAVO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL – Dr. AURELIO RONALD VALENCIA DE ROMAÑA - Expe-diente Nº 5248-2015 - Especialista Legal Dr. CARLOS ALBERTO MONTAÑEZ LUDEÑA; En el proceso de EJECUCIÓN DE GARANTÍAS que sigue BANCO IN-TERNACIONAL DEL PERU S.A.A. - INTERBANK contra MARCO ANTONIO SUCA PAREJA, SE REMATARA: el inmueble ubicado en la calle Prolongación 27 de noviembre # 501, Departamento N°42, del Distrito de CERRO COLORADO, Provincia y Departamento de Arequipa; cuya área, linderos, medidas perimé-tricas y demás características obran inscritas en el REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XII – SEDE AREQUIPA, en la Partida N° 11217447; TASACIÓN= U.S.$.80,146.00 - BASE DE REMATE= U.S.$.53,430.67 - AFECTACIONES: 1).- HIPOTECA a favor del BANCO INTERNACIONAL DEL PERU S.A.A. hasta por U.S.$.84,903.60 (Asiento D00003). 2).- EM-BARGO en forma de inscripción a favor del BANCO INTERNACIONAL DEL PERU – INTERBANK, hasta por S/.50,000.00 (Asiento D00004). LOS POSTORES, para participar en la subasta depositarán en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre, suma no menor a U.S.$.8,015.00 adjuntando arancel judicial consignando número de expediente y juzgado. Los honorarios del Martillero Público más el IGV, serán cancelados por el adjudicatario en forma inmediata concluido el remate (Art° 732 del CPC. Modificado por la Ley N° 28371)(Decreto Supremo N° 008-2005-JUS Art° N° 18) – ARMANDO G. PEREZ ANGULO – MARTILLERO PÚBLICO – REGISTRO N°

175 - Telef. 959692243 - 966907733. Arequipa 09 de octubre del 2018. Armando G. Pérez Angulo Marti-llero Público - Reg. Nº 175.- CARLOS A. MONTAÑEZ LUDEÑA SECRETARIO JUDICIAL. (18-19-22-23-24-25 octubre) B/E 031-

PRIMER REMATE PÚBLICO

En el expediente Nº 05092-2017-0-0401-JR-CI-03 sobre Ejecución de Garantías seguido por el BAN-CO DE CRÉDITO DEL PERU en contra de EMPRESA DE SERVICIOS DAHIL E.I.R.L, el Señor Juez del Tercer Juzgado Civil de Arequipa, Dr. Zoilo Alcides Chavez Mamani, con intervención del Especialista Legal Karina Cecilia Ylla Velasquez, han dispuesto se lle-ve a efecto el PRIMER REMATE PUBLICO del bien que a continuación se detalla:INMUEBLE signado como Pueblo Joven Progresista, Mz G, Lote 19, del distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa, cuya área, linderos, medidas perimé-tricas y demás características obran inscritas en la la Partida P06053586 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa GRAVAMENES: 1) Hipoteca a favor de Banco de Crédito del Perú, hasta por la suma de US$. 110,362.37, que es ma-teria del presente proceso. VALOR DE LA TASACION: US$ 130,787.00 (CIENTO TREINTA MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 00 /100 DOLARES AMERICA-NOS) BASE DEL REMATE: US$ 87,191.33 (OCHENTA Y SIETE MIL CIENTO NOVENTA Y UNO CON 33/100 DO-LARES AMERICANOS) equivalente a las dos terceras partes de la tasación. LUGAR, DIA Y HORA DE REMA-TE: El remate se realizará en la Sala de Remates sito en el Sótano de Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en esquina de plaza Es-paña con calle Siglo XX S/N, del Distrito, Provincia y Departamento de Arequipa, el día 29 de octubre de 2018 a horas 14:00 PM en la Sala de Remates de la Corte Superior de Arequipa, ante el Martillero Público Srta. Pamela Alva Rivera. DE LOS POSTORES: 1) Al momento del acto del remate deberán Oblar como garantía en efectivo o en cheque de geren-cia girado a nombre del propio postor: el 10% de la Tasación del Inmueble 2) Presentar arancel Judi-cial consignando número de expediente, juzgado y número de DNI del postor. 3) Presentar en original y copia el documento de identidad: DNI y/o RUC, según corresponda. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario de confor-midad con los montos establecidos en el DS. Nro. 008-2005-JUS más el IGV.- Arequipa, 2018 octubre 12. PAMELA ALVA RIVERA MARTILLERA PUBLICA REG. S. N° 319.- KARINA CECILIA YLLA VELASQUEZ ESPECIALISTA LEGAL.- (18-19-22-23-24-25 octubre) B/E 031.

PRIMER REMATE JUDICIAL

En los seguidos por MIBANCO, BANCO DE LA MI-CROEMPRESA S.A. contra HUAMAN CHOQUEPATA MANUEL y PACCO PUMA CIRILA ANGELICA, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, expedien-te 01519-2013-0-0412-JM-CI-01; el primer Juzgado Civil del Modulo Basico de Justicia de Paucarpata-Arequipa, a cargo del Señor Juez Dr. Zuñiga Por-tocarrero Lino y Especialista Legal: Dr. Torreblan-ca Gómez Christian Omar, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en el ASENTAMIENTO HUMANO EL MIRADOR DE JESUS, MZ F, LOTE 10, DISTRITO PAUCARPATA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, cuyas características, linderos y medi-das perimétricas corren inscritos en la Partida Nº P06189096 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XII – Sede Arequipa. VALOR DE TASACIÓN: S/. 24,936.60 (VEINTICUATRO MIL NOVE-CIENTOS TREINTA Y SEIS CON 60/100 SOLES) BASE DEL REMATE: S/. 16,624.40 (DIECISEIS MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO CON 40/100 SOLES), que constituye las dos terceras partes del Valor de dicha Tasación. OBLAJE: 10% del valor de tasación: S/. 2,493.66 (DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 66/100 SOLES) AFECTACIONES: 1).- EM-BARGO a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA, hasta por la suma de S/. 36,000.00; inscrito en el Asiento 00003; 2).- EMBAR-GO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN a favor de MIBAN-CO, BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A. hasta por la suma de S/.69,000.00; inscrito en el Asiento 00004. Que es materia de ejecución en el presente Proceso. 3).- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN a favor de EDPYME NUEVA VISION S.A. hasta por la suma de S/.36,500.00; inscrito en el Asiento 00005. NO SE CONOCEN OTROS GRAVAMENES. DIA Y HORA DEL REMATE: El día 09 de Noviembre del 2018, a horas 11:30 a.m. LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Lectu-ra del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata sito en Urbanización Guardia Civil III Etapa esquina calle Alberto Laveau con Calle Teniente Alcantara s/n, Distrito de Paucarpata - Arequipa. POSTORES: De-

berán depositar antes del remate una cantidad no menor al 10% de la tasación. El depósito deberá ser efectuado en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del Banco de la Nación, además el postor o postores deben presentar D.N.I., Aran-cel judicial respectivo que indicará Documento de Identidad, el número de Expediente y el Juzgado correspondiente (original y copia). Martillero Pú-blico JOSE MARIA JAVIER PINTO VARGAS, Registro a nivel nacional Nro. 150. Arequipa, 03 de octubre del 2018. Abog. Jose Ma. Pinto Vargas Martille-ro Publico Reg. 150 . CHRISTIAN O. TORREBLANCA GOMEZ ESPECIALISTA LEGAL.. (18-19-22-23-24-25 octubre) B/E 031-

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO.-

En los seguidos por TUBERIAS Y GEOSISTEMAS DEL PERU S.A contra COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA JO-SELITO EIRL sobre obligación de dar suma de dinero Expediente Nº 0259-2016-0-0402-JR-CI-01; el Juz-gado Especializado en lo Civil de Camaná a cargo del Dr. Zenón Luque Céspedes Secretario Judicial Dr. Amílcar Leopoldo Millán De La Cruz ha dispues-to sacar a Remate Público en PRIMERA CONVOCA-TORIA el inmueble sito en Parcela N° 156 U.C Santa Elizabeth del Predio Villa Hermosa Pucchun-Jaguay distrito de Mariscal Cáceres, provincia de Camaná y departamento de Arequipa, inscrito en la partida electrónica N° 04002501 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XII- Sede Arequipa Oficina Re-gistral Camaná.- VALOR DE TASACIÓN: $ 400,000.00 (cuatrocientos mil y 00/100 dólares americanos).- BASE DEL REMATE: $ 266,666.67 (doscientos sesen-ta y seis mil seiscientos sesenta y seis y 67/100 dóla-res americanos) suma equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación.- AFECTACIONES: A) EMBARGO: Inscrito en el asiento D00005 de la parti-da electrónica N° 04002501 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XII- Sede Arequipa Oficina Registral Camaná hasta por la suma de veinticinco mil nuevos soles dispuesto por el Sr. Juez especiali-zado en lo civil de Camaná Dr. Fernando Javier Deza Medina Secretaria Judicial Haydeé Torres Choque a favor de Facunda Huillcaya de Muñoz sobre los derechos expectaticios que le pudieran corres-ponder a Fernando Alberto Begazo Ranilla en los seguidos por Facunda Huillcaya de Muñoz contra Fernando Begazo Ranilla sobre cobro de beneficios sociales Exp. 20-2001-L. B) HIPOTECA: Registrada en el asiento D00008 de la partida electrónica N° 04002501 del Registro de Predios de la Zona Regis-tral N° XII- Sede Arequipa Oficina Registral Camaná a favor de Tuberias y Geosistemas del Perú S.A has-ta por la suma de $ 400,000.00 dólares americanos. C) EMBARGO: Registrado en el asiento D00009 de la partida electrónica N° 04002501 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XII- Sede Arequipa Oficina Registral Camaná hasta por la suma de S/. 14,978.00 nuevos soles dispuesto por la ejecutora coactiva de Sunat-Arequipa doña Anna Luisa Vás-quez Valencia en el procedimiento de cobranza coactiva que sigue SUNAT contra Comercial Distri-buidora Joselito E.I.R.L Exp. 05300708787777.-DIA Y HORA DEL REMATE: El 5 de noviembre de 2018 a las 12:00 p.m.- LUGAR DEL REMATE: Local del Juzgado Especializado en lo Civil de Camaná ubicado en la Urbanización Villa Salazar B-7, segundo piso, cerca-do de Camaná provincia de Camaná departamen-to de Arequipa .- LOS POSTORES: Depositarán no menos del 10% de la tasación en efectivo o cheque de gerencia (sin restricciones) girado a su nombre y presentarán original y copia del DNI, así como el respectivo arancel judicial consignando el número de expediente y juzgado. El acto de remate será rea-lizado por el Sr. Rodolfo Alberto Farfán Zambrano Martillero Público a Nivel Nacional con Registro N° 272 Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el Art. 732 del Código Procesal Civil y están afectos al IGV. Camaná 12 de octubre de 2018. AMILCAR L. MILAN DE LA CRUZ SECRETARIO JUDICIAL.- (19-22-23-24-25-26 octubre) B/E 031-13267.

RECTIFICACIONES RECTIFICACION DE AREA

Ante el Juzgado Civil de Islay se viene tramitando, bajo el expediente N° 04108-2018- 0-0407-JR-CI-01, una demanda de Rectificación de Área y Linderos sobre el predio Rústico denominado “Lote 6-14 de la Irrigación Ensenada, Mejía Moliendo, ubicado en el distrito de Mejía, provincia de Islay y Región de Arequipa, interpuesta por Irma Juana Condori Vda. de Mamani y Elizabeth Mamani Condori, em-plazando a los colindantes Cecilia Carmen Murillo Cáceres, la Sucesión de Favio Ortiz Gonzales y otros. STEPHANIE J. CHAMPILLIQUEN TASON SECRETARIA

JUDICIAL. (15-19-25 octubre) B/E 031-13256.

EDICTOS PENALES 1o Juzgado de Familia EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMANDADO AGRAVIADO DEMAN-DANTE 09865-2018-0-0401 -JR-FT-01 VIOLENCIA FA-MILIAR AQUIZE CACERES ROCIO DEL MILAGRO VAL-DEIGLESIAS CHAMBIZEA KARINA LLANOS JUAREZ, ALBERTO ROMERO F W, LL COMISARIA DE JOSE LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO EDICTO JUDICIAL La Seño-ra Juez del Primer Juzgado Especializado de Fami-lia, notifica a DORIS AYDE CUTIMANGO MACHACA CON EL CONTENIDO DE LA RESOLUCIÓN 01-2018 mediante la cual se dictan las medidas de protec-ción a favor de la agraviada y el menor de iniciales F.W.LL.C, en el proceso de VIOLENCIA FAMILIAR. 1.- PROHÍBO a ALBERTO ROMEO LLANOS JUAREZ agre-dir física o psicológicamente, de manera directa o indirecta a DORIS AYDE CUTIMANGO MACFIACA y al menor de iniciales F.W.LL.C., recordándosele que en caso de incumplimiento comete el delito de des-obediencia a la autoridad. 2.- Oficíese a la comisaría del sector del domicilio de la agraviada, quienes deberán prestar el auxilio necesario e incluso otor-garle un número de comunicación directa, dando cuenta de ello a este Juzgado. 3.- Ordeno que el denunciado ALBERTO ROMEO LLANOS JUAREZ se someta a una terapia psicológica la cual deberá ser supervisada por el equipo técnico multidisciplina-rio de los juzgados de familia, quienes los podrán derivar al lugar que corresponda para el tratamien-to psicológico, debiendo cursarse el memorándum en tal sentido. 4.- ORDENO se oficie al Hospital Ho-norio Delgado a efecto se remita a este Despacho la historia clínica de la agraviada. 5.- ORDENO se obtenga la ficha RENIEC de la madre agraviada y del presunto agresor y se REMITA LUEGO UN EXHORTO para que se realice una vista social en el lugar don-de habitan las partes, dando cuenta de los resulta-dos a este Despacho. 6.- ORDENO que personal del equipo técnico se constituya al Hospital en el día para verificar si la agraviada se encuentra allí y ex-plicarle el contenido y alcances de la presente. Are-quipa, 16 de octubre de 2018. (19-22-23 octubre)

1o Juzgado de Familia EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA MENOR DEMANDADO DEMANDANTE 08753-2018-0-0401-JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR AQUIZE CACERES ROCIO DEL MILAGRO VALDEIGLE-SIAS CHAMBIZEA KARINA AY, AA HUAMAN SIMEON, OSCAR RAUL DEMUNA DE LA MINICIPALIDAD PRO-VINCIAL DE AREQUIPA, EDICTO JUDICIAL La señora Jueza del Primero Juzgado de Familia notifica a Oscar Raúl Huaman Simeón con la resolución uno, en la que se Resuelve: I No convocar a audiencia es-pecial de tutela, teniendo en cuenta la previsión del artículo 36 del Reglamento de la ley 30364 II DIC-TAR como medidas de protección, las siguientes: 1.- PROHÍBO a OSCAR RAUL HUAMAN SIMEON agredir física o psicológicamente, de manera directa o indi-recta a la menor ATENEA ANGHELY A.Y., recordán-dosele que en caso de incumplimiento comete el delito de desobediencia a la autoridad. 2.- PROHÍBO a OSCAR RAUL HUAMAN SIMEON acercarse a la me-nor ATENEA ANGHELY A.Y. a menos de tres cuadras de distancia sea en lugar público o privado, salvo citación de autoridad competente, recordándosele que en caso de incumplimiento comete el delito de desobediencia a la autoridad. AUTORIZO a que en caso de desacato de esta orden, los señores policías detengan al denunciado por veinticuatro horas, sin perjuicio de ello, les invoco que actúen conforme a sus atribuciones en caso de flagrancia. 3.- Ofíciese a la comisaría del sector del domicilio de la agra-viada, quienes deberán prestar el auxilio necesario e incluso otorgarle un número de comunicación directa, dando cuenta de ello a este Juzgado. 4.- Ordeno que el denunciado OSCAR RAUL HUAMAN SIMEON se someta a una terapia psicológica la cual deberá ser supervisada por el equipo técnico mul-tidisciplinario de los juzgados de familia, quienes los podrán derivar al lugar que corresponda para el tratamiento psicológico, debiendo cursarse el memorándum en tal sentido le concedo a la parte denunciada eltermino de tres días para coordinación de esta tera-pia, vencido dicho termino y ante el incumplimien-to de esta orden el Fiscal Penal deberá revisar la co-misión o no del ilícito penal de desobediencia a la autoridad. 5.- ORDENO que la Unidad de Protección Especial, investigue sobre la situación actual en la que se encuentra la menor ANGHELY A.Y. para que actúe de acuerdo a sus atribuciones. 6.- Ordeno que se realice un informe social completo sobre la situa-ción de la menor ANGHELY A.Y., que se realizará por la asistenta social del equipo multidisciplinario de

Page 3: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte ... · lia Ysabel Loaiza Callata, ... parte demandante PASTORA ABELINA SALAS VIUDA ... Alemán Núñez: ELIANA MARA, GONZALO ALEMAN

La República 3SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAViernes 19 de octubre del 2018

los Juzgados de Familia en el domicilio de la agra-viada, informando a este Juzgado en el más breve tiempo posible. REMITASE los actuados a la Fiscalía Penal Especializada en Violencia de Genero, debien-do la Fiscalía Penal bajo responsabilidad funcional informar la decisión que adopte frente al presente, sea archivo, formalización de denuncia. (19-22-23 octubre)

NOTIFICACIÓN POR EDICTO

Por ante el Tercer Juzgado de Familia la Corte Su-perior de Justicia de Arequipa, que despacha la señora Jueza Julia María Fátima Montesinos y Mon-tesinos Hartley, con intervención de la Especialista Legal Angela Briseida Mostacero Rosas, se tramita el expediente número 9191-2018-0-0401-JR-FC-03, sobre Violencia Familiar, seguida por Yesica Aroto-ma Romero, en contra de Teófilo Chambi Candia; se ha dispuesto la notificación mediante edictos la Resolución número 02, de fecha seis de agosto del dos mil catorce, que RESUELVE: DICTAR las siguien-tes medidas de protección: 1. El denunciado TEOFI-LO CHAMBI CANDIA, deberá abstenerse de ejercer cualquier acto de violencia en agravio de la denun-ciante YESICA AROTOMA ROMERO. 2. El denunciado TEOFILO CHAMBI CANDIA, será retirado del hogar convivencial en la fecha, por personal policial, en-contrándose autorizado a retirar sus efectos perso-nales; la denunciante y sus menores hijos podrán quedarse en el hogar conviviencial, salvo que deci-da la denunciante retirarse del mismo junto con sus hijos, como lo ha manifestado en su declaración po-licial, lo que no podrá tomarse como una abandono de hogar. 3.- PROHIBO al denunciado acercarse a la denunciante y niños, a menos de cincuenta metros de distancia, en cualquier lugar público o privado que se encuentren estos. 4.- El Centro De Emer-gencia Mujer De Arequipa deberá brindar apoyo integral a la denunciante para su empoderamien-to para lo cual se pondrá en inmediato contacto con la misma. 5.- Personal Policial de la comisaria del Sector del domicilio de la denunciante deberá acudir a cualquier llamado de auxilio ante cualquier hecho de violencia que pudiera propiciar el denun-ciado, o ante el incumplimiento de las medidas de protección dictadas. Se hace de conocimiento del denunciado que el incumplimiento de las medidas de protección implica incurrir en desobediencia a la autoridad. DISPONGO: Que la Policía Nacional del Perú, se encargue de la ejecución de lo ordenado en la presente resolución, bajo responsabilidad. De-biendo su personal cumplir con las previsiones del artículo 47 del Reglamento de la Ley 30364, en es-pecial deberá informar personalmente a la denun-ciante y al denunciado sobre las medidas dictadas y lo necesario para su cumplimiento, de lo cual senta-rá el acta correspondiente. En caso que la Comisaría a la cual se curse el oficio no resulte competente por el lugar donde domicilie la parte denunciante, procederán a derivar la comunicación respectiva -dando cuenta al despacho- a la Comisaría corres-pondiente, quien ejecutará lo ordenado no debien-do —bajo ninguna circunstancia- devolver el ofi-cio a este Juzgado. ORDENO que por secretaría se cursen los oficios respectivos. REMÍTASE lo actuado a la Fiscalía Provincial Penal Especializada en Vio-lencia de Género y contra los integrantes del grupo familiar, para que, conforme a ley, se avoque a su conocimiento. Debiendo dicha fiscalía comunicar a este despacho, en su oportunidad, el destino final de la presente denuncia. Tómese razón y hágase sa-ber. Arequipa, 2018 octubre 16. (19-22-23 octubre)

8o JUZGADO DE PAZ LETRADO – FAMILIA JUEZ ESPECIALISTA DEMANDADO DEMANDANTE EXPE-DIENTE MATERIA 03308-2018-0-0401 -JP-FC-08 ALI-MENTOS IRURI GOMEZ DE TORRES ELIANA SHELLA OLAVE LARICO MATILDE VILCAPAZA ARIAS, JOSUE DAVID BEJARAÑO CARPIO, EMILIA MEDALID NOTIFI-CACIÓN POR EDICTO POR ENCARGO DE LA SEÑORI-TA JUEZA DEL OCTAVO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE AREQUIPA, ELIANA SHELLA IRURI GOMEZ DE TO-RRES. SEÑORES DIRECTOR DEL DIARIO OFICIAL LA REPÚBLICA Ante el Octavo Juzgado de Paz Letrado de Arequipa que despacha la Jueza Dra. Eliana She-lla Iruri Gómez De Torres (quién asume competen-cia por disposición superior), con la intervención de la Especialista Legal Matilde Olave Larico se tramita el expediente Nro. 3308-2018-0-0401-JP-FC- 08, en el que se dispuso notificar al demandado JOSUE DAVID VILCAPAZA ARIAS a efecto de que tome co-nocimiento de la RESOLUCION N° 1, QUE RESUELVE: “ADMITIR a trámite en la via del PROCESO ÚNICO la demanda de COBRO DE ALIMENTOS, interpuesta por EMILIA MEDALID BEJARANO CARPIO, en repre-sentación del menor Josué Maximiliano Vilcapaza Bejarano, en contra de JOSUE DAVID VILCAPAZA ARIAS, en consecuencia, DISPONGO: Correr TRASLA-

DO al demandado por el plazo de CINCO DIAS para su absolución; bajo apercibimiento de ser declara-do rebelde en caso de incumplimiento; téngase por ofrecidos los medios probatorios, agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntados”; asimismo, mediante RESOLUCION N° 2, se resolvió notificar al demandado mediante edictos bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal en caso de no contestar la demandada o no apersonarse a proce-so dentro del plazo concedido.- (19-22-23 octubre)

EXPEDIENTE : 02531 -2017-0-0401 -JP-PE-01 ES-PECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Co-misarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dis-puesto se notifique a José Alberto Alejo Villalobos, con la siguiente resolución N° 04. Parte resolutiva. RESUELVE: 1.- ARCHIVAR PROVISIONALMENTE las actuaciones en torno al proceso seguido, en contra de JOSE ALBERTO ALEJO VILLALOBOS, en agravio de CELIA LUZ MARINA CUTIPA ESCARCENA; por Faltas contra la persona en la modalidad de lesiones por violencia familiar; dejando a salvo el derecho de la parte agraviada de revivir el proceso en caso la parte agraviada lo considere pertinente y necesario (conforme lo señalado al segundo considerando). 2.- DEJAR VIGENTES LAS MEDIDAS DE PROTECCION emitidas por el Segundo Juzgado de Familia (con-forme lo señalado al tercer considerando), asimis-mo deberá notificarse mediante edictos conforme aparece de los antecedentes. TÓMESE RAZÓN Y HÁ-GASE SABER.- (19-22-23 octubre)

EXPEDIENTE : 02840-2017-0-0401 -JP-PE-01 ESPE-CIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZ-GADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se no-tifique a Hilda Ccorpuna Márquez , con la siguiente resolución N° 04. Parte resolutiva. RESUELVE: 1.- ARCHIVAR PROVISIONALMENTE las actuaciones en torno al proceso seguido, en contra de FRANCISCO JAVIER CHACO, en agravio de HILDA CCORPUNA MARQUEZ; por Faltas contra la persona en la mo-dalidad de lesiones por violencia familiar; dejando a salvo el derecho de la oarte agraviada de revivir el proceso en caso la parte agraviada lo considere pertinente v necesario (conforme lo señalado al segundo considerando). 2.- DEJAR VIGENTES LAS MEDIDAS DE PROTECCION emitidas por el Cuarto Juzgado de Familia (conforme lo señalado al ter-cer considerando), asimismo notifíquese mediante edictos conforme aparece de los antecedentes. TÓ-MESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- (19-22-23 octubre)

Por medio de la presente, la señorita Jueza del Juz-gado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar notifica a WILBERT CANCAPA QUISPE, con la RESOLUCIÓN NRO. 01-2018. QUE RE-SUELVE: DECLARAR NO HA LUGAR abrir proceso por faltas contra el patrimonio en la modalidad de da-ños de forma cruzada en agravio de WILBERT CAN-CAPA QUISPE y LUIS ALBERTO SÁNCHEZ BARRIGA, dejándose a salvo el derecho que pudieran tener las partes sobre los daños causados a sus vehícu-los, debiendo hacerlos valer en la vía y forma perti-nente; y en consecuencia, SE DISPONE El ARCHIVO DEFINITIVO de la presente causa en este extremo. Tómese Razón y hágase Saber. - Ello en el proceso N° 04485-2017-0-0410-JP-PE-02 por Faltas. Mariano Melgar, 10 de octubre del 2018.- (19-22-23 octubre)

Expediente: 12946-2017-2JPLCC-EGCH Secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. En el SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO-PENAL DEL DISTRITO DE CERRO COLORADO, ubicado en la CALLE ALFONSO UGARTE 119 MANZANA X LOTE CERRO COLORADO A LA ALTURA DEL MERCADO DE CERRO COLORADO. Ha dispuesto notifique a HUAITO HUAYTO, WILLIZ-MAN EN AGRAVIO DE PACCI ROMERO, RICHARD AN-DERSON CON LA RESOLUCION CERO cinco III. PARTE RESOLUTIVA: Por lo expuesto, este Juzgado de Paz Letrado ha resuelto: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de WILLIZMAN HUAITO HUA-YTO por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSO-NA EN LA MODALIDAD DE MALTRATO, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatro-cientos cuarenta y dos del Código Penal, en agravio de PACSI ROMERO RICHARD ANDERSON. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada WILLIZMAN HUAITO HUAYTO. 3) FIJAR fecha para la realización de la AU-DIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS CATORCE HORAS CON QUINCE

MINUTOS; en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado- Penal, ubicado en la calle Alfonso Ugarte N° 119 del Distrito de Cerro Colorado de Arequipa - Audiencia a la que deberán asistir: La parte impu-tada WILLIZMAN HUAITO HUAYTO, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su com-parecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular PACSI ROMERO RICHARD ANDERSON, deberán concurrir con abogado defen-sor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las par-tes procesales, deberán tener en cuenta que la au-diencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen con-veniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 4) CONFORME LO ESTABLE-CE el Artículo 155-A del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial modificado por la ley 30229 y lo dispuesto por la Resolución Admi-nistrativa de Presidencia N° 370- 2015-PRES/CSJAR cumpla con señalar casilla electrónica y casilla física tanto el abogado defensor de la parte agraviada como el abogado defensor de la parte imputada. 5) DISPONGO: Que por Secretaría de Juzgado se noti-fique debidamente con la presente a las partes.TO-MESE RAZON Y HAGASE SABER.- (19-22-23 octubre)

1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE MATERIA JUEZESPECIALISTA MENOR DEMANDADO DEMANDANTE 03947-2018-0-0401 -JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR RILDO LOZA PEÑA MARCO ANTONIO PERALTA LEONARDO LRZC. COA-SACA CONDORE NOEMI JAKELIN CEM DE MIRAFLO-RES . Notificación por Edicto De : DR. RUDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a NOEMI JAKELIN COASACA CON-DORI, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2, SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a NOEMI JAKELIN COASACA CONDORI realizar cualquier tipo de agresión física o psico-lógica en agravio del menor de iniciales L.R.Z.C. (10 años); B. Prohibir a NOEMI JAKELIN COASACA CONDORI el generar discusiones o actos de agre-sión de cualquier tipo en presencia del menor de iniciales L.R.Z.C. (10 años); C. Disponer la remisión de copias de los actuados a la Unidad de Protección Especializada, para que proceda conforme a sus atribuciones respecto de la situación del menor de iniciales L.R.Z.C. (10 años); D. Disponer el menor de iniciales L.R.Z.C. (10 años) reciba terapia psicológica y NOEMI JAKELIN COASACA CONDORI terapia ree-ducativa, por ante la psicóloga del equipo multidis-ciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notificación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audiencia; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBE-RÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTEN-CIA A LA AUTORIDAD; 2) DISPONGO: Que se REMI-TAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la parte agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sen-tencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pro-nunciamiento Fiscal por el que se decida no presen-tar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PÓNGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públi-cos y privados destinados para tal fin. Registrese, comuníquese y cúmplase.- Ello en el proceso n° 03947-2018-0-0401-JR-FT- 01 CERRO COLORADO 2018. OCTUBRE 01.- (19-22-23 octubre)

JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE MATERIA JUEZESPECIALISTA DEMAN-DADO DEMANDANTE 03830-2018-0-040 l-JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR RILDO LOZA PEÑA MARCO ANTONIO PERALTA LEONARDO RETAMOZO MEN-DOZA. ROGER JIMMI SUYO YANA, NORMA ALICIA

Notificación por Edicto De: DR. RUDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO.- Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a ROGER JIMMI RETAMOZO MENDOZA, como parte del presente proceso, a efecto de que tome co-nocimiento de la RESOLUCIÓN N°2, SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohi-bir a ROGER JIMMI RETAMOZO MENDOZA realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de NORMA ALICIA SUYO YANA. B. Prohibir a ROGER JIMMI RETAMOZO MENDOZA, ingresar al domicilio en el que habita NORMA ALICIA SUYO YANA en estado de ebriedad, o consumir licor en el interior de dicho domicilio. Autorizándose a la Policía Nacional del Perú a retirarlo del lugar hasta que recobre la sobriedad, debiendo levantarse el acta respectiva. C. Se dispone terapia reeducativa para ROGER JIMMI RETAMOZO MENDOZA la que se realizara por ante la psicóloga del equipo multidis-ciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notificación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audiencia; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBE-RÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTEN-CIA A LA AUTORIDAD; 2) DISPONGO: Que se REMI-TAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agra-viada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de pro-tección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Con-forme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pronuncia-miento Fiscal por el que se decida no presentar de-nuncia penal por resolución denegatoria. 5) PÓN-GASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públicos y priyá-doé destinados para tal fin. Regístrese, comunique-se y cúmplase.- Ello en el proceso N° 00049-2018-0-0401- JR-FT-01. Cerro Colorado, 2018, octubre 01. (19-22-23 octubre)

1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORA-DO EXPEDIENTE MATERIA JUEZESPECIALISTA DE-MANDADO DEMANDANTE : 05768-2017-0-0401 -JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO MARCO ANTONIO PERALTA LEONARDO ARCE MELO. WILBER JOSE PERALTA MOLLAPAZA, SUSANA Noti-ficación por Edicto De: DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO CO-LORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a SUSANA PERALTA MOLLAPAZA, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2, SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a WILBER JOSE ARCE MELO realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de SUSANA PERALTA MOLLAPAZA; bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser detenido el denunciado por veinticuatro horas por la Policía Nacional del Perú; B. Disponer que SUSANA PERALTA MOLLA-PAZA reciban terapia psicológica y WILBER JOSE ARCE MELO tratamiento reducativo o terapéutico, por ante la psicóloga del equipo multidisciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notifi-cación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de au-diencia; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DE-NUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD; 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agra-viada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar aeste despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) PÓNGASE en conocimiento de la parte denun-

ciante que conforme a ley tiene derecho a la asis-tencia jurídica gratuita por parte de los servicios públicos y privados destinados para tal fin. Regís-trese, comuniqúese y cúmplase.- Ello en el proceso N° 05768-2017-0-0401- JR-FT-01. Cerro Colorado, 2018, octubre 01. (19-22-23 octubre)

1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE: 06110-2017-0-040 l-JR-FT-01 MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMANDADO DEMANDANTE VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO MARCO AN-TONIO PERALTA LEONARDO CHINO HANCCO, RAUL PEÑAFORT FUENTES FIRATA, MARIBEL Notificación por Edicto. : DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRI-MER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADOPor medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a RAUL PEÑAFORT CHINO HANCCO, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conoci-miento de la RESOLUCIÓN N°2. SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a RAUL PEÑAFORT CHINO HANCCO realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de MARIBEL FUENTES FIRATA, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser detenido el denun-ciado por veinticuatro horas por la Policía Nacio-nal del Perú; B. Prohibir a RAUL PEÑAFORT CHINO HANCCO que se acerque o aproxime a MARIBEL FUENTES FIRATA en cualquier forma, a una distan-cia no menor a 50 metros, ya sea en su hogar, centro de estudios, centro de trabajo o vía pública, salvo en casos de diligencias judiciales o extrajudiciales que pudieran tener las partes, autorizándose a la Policía Nacional del Perú a retirarlo en caso de in-cumplimiento; C. Prohibir a RAUL PEÑAFORT CHINO HANCCO el comunicarse con MARIBEL FUENTES FIRATA vía epistolar, telefónica, electrónica; asimis-mo, vía Chat, redes sociales, red institucional, intra-net u otras redes o formas de comunicación; D. Se dispone tratamiento reducativo o terapéutico para el denunciado RAUL PEÑAFORT CHINO HANCCO la que se realizara por ante la psicóloga del equipo multidisciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la reali-zación o notificación de la presente audiencia, coor-dinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audiencia; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD; 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal corres-pondiente para que proceda conforme a sus atribu-ciones, no solo por los nuevos hechos de violencia sino por el presunto delito de desobediencia y/o resistencia a la autoridad en el que habría incurrido RAUL PEÑAFORT CHINO HANCCO por el incumpli-miento de las medidas de protección dictadas ante-riormente; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protec-ción dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio in-mediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medi-das. 4) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Pe-nal o hasta el pronunciamiento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PÓNGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene de-recho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públicos y privados destinados para tal fin. Regístrese, comunique Ello en el proceso N° 06110-2017-0-0401-JR-FT-01. Cerro Co-lorado, 2018.- octubre 01.- (19-22-23 octubre)

1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLO-RADO EXPEDIENTE MATERIA JUEZESPECIALISTA DEMANDADO DEMANDANTE 03093-2018-0-0401 -JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RIL-DO MARCO ANTONIO PERALTA LEONARDO VILCA MERMA, BERNARDINO PEREZ TACO, ZUNILDA ALI-CIA Notificación por EdictoDR. RUDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a BERNARDINO VILCA MERMA, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conoci-miento de la RESOLUCIÓN N°2, SE RESUELVE: 1) DIC-TAR como medidas de protección: A. Prohibir a BER-NARDINO VILCA MERMA realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de ZUNILDA ALICIA PEREZ TACO, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser detenido el denunciado por

Page 4: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte ... · lia Ysabel Loaiza Callata, ... parte demandante PASTORA ABELINA SALAS VIUDA ... Alemán Núñez: ELIANA MARA, GONZALO ALEMAN

La República4 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Viernes, 19 de octubre del 2018

veinticuatro horas por la Policía Nacional del Perú/ B. Prohibir a BERNARDINO VILCA MERMA, ingresar al domicilio en el que habita ZUNILDA ALICIA PEREZ TACO en estado de ebriedad, o consumir licor en el interior de dicho domicilio. Autorizándose a la Poli-cía Nacional del Perú a retirarlo del lugar hasta que recobre la sobriedad, debiendo levantarse el acta respectiva; C. Prohibir a BERNARDINO VILCA MER-MA que se acerque o aproxime a ZUNILDA ALICIA PEREZ TACO en estado etílico, a una distancia no menor a veinte metros, ya sea en su hogar, centro de estudios, centro de trabajo o vía pública, autori-zándose a la Policía Nacional del Perú a retirarlo en caso de incumplimiento; D. Se dispone terapia ree-ducativa para BERNARDINO VILCA MERMA la que se realizara por ante la psicóloga del equipo multidis-ciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notificación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audiencia; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal corres-pondiente para que proceda conforme a sus atri-buciones; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protec-ción dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio in-mediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medi-das. 4) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Pe-nal o hasta el pronunciamiento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PÓNGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene dere-cho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios publicos y privados destinados para tal fin. Regístrese, comuniquese y cúmplase.- Ello en el proceso N° 03093-2018-0-0401-JR-FT-01. Cerro Co-lorado, 2018,octubre 05.- (19-22-23 octubre)

1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMAN-DADO DEMANDANTE 03936-2018-0-0401-JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO MARCO ANTONIO PERALTA LEONARDO RETAMOZO MEN-DOZA, ROGER JIMMI SUYO YANA, NORMA ALICIA Notificación por Edicto DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO CO-LORADOPor medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, no-tifica a ROGER JIMMI RETAMOZO MENDOZA, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2, SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohi-bir a ROGER JIMMI RETAMOZO MENDOZA realizar cualquier tipo de agresión psicológica en agravio de NORMA ALICIA SUYO YANA, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser retirado el de-nunciado del domicilio donde habita las partes; B. Prohibir a ROGER JIMMI RETAMOZO MENDOZA, in-gresar al domicilio en el que habita NORMA ALICIA SUYO YANA en estado de ebriedad, o consumir licor en el interior de dicho domicilio. Autorizándose a la Policía Nacional del Perú a retirarlo del lugar y de-tenerlo por veinticuatro horas, debiendo levantarse el acta respectiva; C. Prohibir a ROGER JIMMI RETA-MOZO MENDOZA el ingresar a los ambientes que de manera exclusiva ocupa NORMA ALICIA SUYO YANA en el domicilio donde habitan las partes; D. Se dispone terapia reeducativa para ROGER JIMMI RETAMOZO MENDOZA la que se realizara por ante la psicóloga del equipo multidisciplinario adscri-to al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notificación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audien-cia; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUN-CIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones, no solo por los nuevos hechos de violencia sino por el pre-sunto delito de desobediencia y/o resistencia a la autoridad en el que habría incurrido ROGER JIMMI RETAMOZO MENDOZA por el incumplimiento de las medidas de protección dictadas anteriormente; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada,

a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la parte agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sen-tencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pro-nunciamiento Fiscal por el que se decida no presen-tar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PÓNGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene derecho/a la asistencia ju-rídica gratuita por parte de los servicios públicos y privados/destinados para tal fin. Regístrese, comu-niquese y cúmplase.- Ello en el proceso N° 03936-2018-0-0401- JR-FT-01. Cerro Colorado, 2018, octu-bre 04. (19-22-23 octubre)

1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMAN-DADO DEMANDANTE 03722-2018-0-0401-JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO MARCO AN-TONIO PERALTA LEONARDO DE MORAES GIMENEZ, MONICA GUIHERME ROSAND SILVA, HUGO LUIS Notificación por Edicto De: DR. RUDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a MONICA GUIHERME DE MORAES GIME-NEZ, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2, SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a MONICA GUIHERME DE MORAES GI-MENEZ realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de HUGO LUIS ROSAND SIL-VA; B. Se dispone terapia reeducativa para MONICA GUIHERME DE MORAES GIMENEZ la que se realizara por ante la psicóloga del equipo multidisciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notifi-cación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de au-diencia; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DE-NUNCIADA POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD; 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agra-viada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de pro-tección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Con-forme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pronuncia-miento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PÓNGASE en conocimiento de la parte denuncian-te que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públi-cos y privados destinados para tal fin. Registrese comuníquese y cúmplase .- Ello en el proceso N° 03722-2018-0-0401-JR-FT-01. Cerro Colorado 2018 octubre 04.- (19-22-23 octubre)

1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE : 01239-2018-0-040l-JR-FT-01 01239-2018-0-0401 - JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO MARCO ANTONIO PERALTA LEONARDO VEGA HURTADO. TIMOTEA PEREZ VEGA. JIMENA LUANA PEREZ QUISPE, OSCAR EUSTAQUIO MATE-RIA JUEZESPECIALISTA DEMANDADO AGRAVIADO DEMANDANTE Notificación por Edicto.- DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Ce-rro Colorado, notifica a TIMOTEA VEGA HURTADO, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2, SE RE-SUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a TIMOTEA VEGA HURTADO realizar cualquier tipo de agresión física y psicológica en agravio de la menor de iniciales J.L.P.V. ( 09 AÑOS). B. Disponer que la menor de iniciales J.L.P.V. (09 AÑOS) reciba terapia psicológica y TIMOTEA VEGA HURTADO terapia reeducativa, por ante la psicó-loga del equipo multidisciplinario adscrito al Juz-gado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notificación de la pre-

sente audiencia, coordinar su cita con la sola pre-sentación de la copia del acta de audiencia. C. Se dispone se realice visita social inopinada, a realizar-se en el domicilio de la menor agraviada, a efecto de verificar su situación actual, debiendo notificar-se a la Asistenta Social del equipo multidisciplinario de los Juzgados de familia de Cerro Colorado, quien deberá informar bajo responsabilidad la realización o en su defecto la imposibilidad de la visita dis-puesta; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DE-NUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD: 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones: 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agra-viada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de pro-tección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Con-forme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pronuncia-miento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PÓNGASE en conocimiento de la parte denuncian-te que conforme a lev tiene derecho a la asistencia jurídica qratuita por parte de los servicios públi-cos y privados destinados para tal fin. Registrese comuníquese y cúmplase . Ello en el proceso n° 01239-2018-0-0401-JR-FT-01 Cerro Colorado. 2018 Octubre 04.- (19-22-23 octubre)

Módulo Básico de Justicia Mariano Melgar Por me-dio de la presente, la señorita Jueza del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Jus-ticia de Mariano Melgar, cita, notifica, JOHANA LIS-SETH RIOS ORE con la RESOLUCIÓN NRO. 01-2008. QUE RESUELVE: REQUERIR a JOHANA LISSETH RIOS ORE para que en representación del menor Nicolás Armando Castro RÍOS, en el plazo de cinco días, cumpla con formalizar judicialmente denuncia y presentar todos los medios probatorios pertinen-tes, y/o realice las acciones que considere necesa-rias en acción y resguardo de los derechos de su menor hijo, bajo apercibimiento en caso de incum-plimiento de disponerse el archivo provisional del proceso. Tómese razón y hágase saber.- Ello en la instrucción N° 00340-2018-0-0410-JP-PE-02 por maltratas. Mariano Melgar, 10 de octubre del 2018.- (19-22-23 octubre)

1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE MATERIAJUEZ ESPECIALISTA DEMAN-DADO DEMANDANTE 03235-2018-0-0401 -JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO BARRIO DE MENDOZA QUISPE FARAHI ANDONAYRE ESPINO-ZA, LUIS DANILO CASTILLA ESCARRAGA, SANDRA FILIANNotifícación por Edicto- DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLO-RADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, noti-fica a SANDRA LILIAN CASTILLA ESCARRAGA, como partes del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2, SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohi-bir a LUIS DANILO ANDONAYRE ESPINOZA realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de SANDRA LILIAN CASTILLA ESCARRAGA. B. Prohibir a LUIS DANILO ANDONAYRE ESPINOZA que se acerque o aproxime a SANDRA LILIAN CASTI-LLA ESCARRAGA en cualquier forma, a una distancia no menor a diez metros, ya sea en su hogar, centro de estudios, centro de trabajo o vía pública, autori-zándose a la Policía Nacional del Perú a retirarlo en caso de incumplimiento. C. Prohibir a LUIS DANILO ANDONAYRE ESPINOZA el comunicarse con SAN-DRA LILIAN CASTILLA ESCARRAGA vía oral, episto-lar, telefónica, electrónica; asimismo, vía chat, redes sociales, red institucional, intranet u otras redes o formas de comunicación. D. Se dispone terapia reeducativa para LUIS DANILO ANDONAYRE ESPI-NOZA la que se realizara por ante la psicóloga del equipo multidisciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notificación de la presente au-diencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audiencia ; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DES-OBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD; 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la

Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se pon-ga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; de-biendo informar a este despacho de manera inme-diata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección esta-rán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pronunciamiento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PÓNGASE en cono-cimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públicos y privados desti-nados para tal fin. Regístrese, comuníquese y cúm-plase.- Ello en el proceso N° 03235-2018-0-0401-JR-FT-01. Cerro Colorado 2018 Setiembre 24. RILDO DOLOZA PEÑA JUEZ TITULAR.- (18-19-22 octubre)

EXPEDIENTE: N° 6361-2018- TURNO “A” COMISA-RIAS SECRETARIO: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” EL SEÑOR JUEZ QUE SUS-CRIBE DOCTOR JORGE VILLANUEVA RIVEROS dis-pone que se notifique mediante edictos a la parte AGRAVIADA de DOMINIC JOHANNES WEIB GREIN CON LA RESOLUCIÓN NUMERO UNO DE FECHA VEINTIOCHO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO, por la cual SE RESUELVE: Poner en conocimiento de la parte agraviada DOMINIC JOHANNES WEIB GREIN, la recepción por este Juzgado de la inves-tigación por accidente de tránsito, para que en el plazo de TREINTA DIAS de recibida la presente, y de considerarlo conveniente a su derecho, cumpla con presentar la querella particular correspondiente con arreglo a ley, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ordenar el ARCHIVO DEL PRO-CESO..- Tómese Razón y Hágase Saber. ESPECIALIS-TA LEGAL JANETH ROCIO MURILLO CALSIN: (19-22-23 octubre)

JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Chumbi-vilcas EXPEDIENTE: 00299-2018-0-1008-JR-PE-01 JUEZ:JOSE OBLEA MAMANI ESPECIALISTA : DIAZ AN-TEZANA DEVORA SISARA Se pone en conocimiento del señor WILSON RAUL SACSI ARONI, que la Fisca-lía Provincial Penal De Chumbivilcas. ha requerido PROCESO INMEDIATO contra WILSON RAUL SACSI ARONI, por el delito contra la familia en su modali-dad de omisión a la asistencia familiar en su forma de Omisión de Prestación de Alimentos, en agravio de su menor hija de iniciales L.M.S.H., representada por su progenitora JULIA IDALIA HINOJOSA APEATA; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLU-CIÓN N° 01 de fecha trece de agosto del año dos mil dieciocho, que resolvió: 1. ADMITIR A TRÁMITE el requerimiento de Proceso Inmediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Chumbivilcas contra el imputado WILSON RAUL SACSI ARONI. 2. CITAR a Audiencia Única de Proceso Inmediato (...), 3. PRE-CISAR que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de proceso inmediato, en cuyo caso será represen-tado por su abogado de libre elección o defensor de oficio. 4. NOTIFIQUESE al imputado a su domici-lio real y procesal con la presente resolución, quien en el plazo de veinticuatro horas deberá designar abogado defensor de su libre elección o ratificar al abogado defensor designado por el Ministerio Público a favor de dicho imputado, bajo apercibi-miento designar Defensor Público en caso incum-plimiento y llevarse a cabo la audiencia con asis-tencia del Defensor Público; por ser una audiencia inaplazable a quien deberá mortificarse con el pre-sente requerimiento, y a los demás sujetos en sus respectivos domicilio procesal señalado en auto; así también, se pone en su conocimiento que se ha reprogramado la audiencia de incoación de proce-so inmediato mediante resolución N° 02 de fecha 01 de octubre del 2018, para el 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS 14:30 DE LA TARDE, el mismo que se llevara a cabo en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparato-ria de Chumbivilcas - Santo Tomas.- Chumbivilcas, 10 de octubre del 2018. (18-19-22 octubre)

Ante el Juzgado de Paz Letrado de Hunter, que despacha la señorita Jueza Yenny Soledad Condori Fernández, en el expediente número 001759-015-0-0411-JP-PE-01, especialista Luisa

Gutiérrez Rodríguez, seguido en agravio de SALO-MON COALLA QUIQUIJANA y en contra de PEDRO ALEJANDRINO JALLURANA JIMENEZ, sobre Faltas Contra la Persona en la modalidad de Lesiones Do-losas, se ha dispuesto notificar con la Resolución doce a las personas SALOMON CCALLA QUIQUIJA-NA y PEDRO ALEJANDRINO JALLURANA JIMENEZ, cuyo contenido es el siguiente: “SE DISPONE NOTI-FICAR al agraviado SALOMON COALLA QUIQUIJA-NA e imputado PEDRO ALEJANDRINO JALLURANA JIMENEZ mediante edictos a publicarse en el diario local, en atención a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 104-2017-CE-PJ, SE DISPONE RE-PROGRAMAR la AUDIENCIA DE JUICIO para el DÍA TRES DE ENERO DEL DOS MIL DIECINUEVE A LAS DOCE HORAS en el local del primer Juzgado de Paz Letrado del Modulo Basico de Justicia de Hunter..- (18-19-22 octubre)

Ante el Juzgado de Paz Letrado de Hunter, que despacha la señorita Jueza Yenny Soledad Condorl Fernández, en el expediente número 001232-2015-0-0411-JP-PE-01, especialista Luisa Gutiérrez Rodríguez, seguido en agravio de YSABEL PORTILLA AVILES y en contra de RONALD JOVER BOZA MOLINA, sobre Faltas Contra la Persona en la modalidad de Lesiones Dolosas, se ha dispues-to notificar con la Resolución tres al imputado RONALD JOVER BOZA MOLINA, cuyo contenido es el siguiente: “SE DISPONE NOTIFICAR al imputado RONALD JOVER BOZA MOLINA mediante edictos a publicarse en el diario local de las ciudades de Are-quipa, en atención a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 104-2017-CE-PJ, SE DISPONE RE-PROGRAMAR la AUDIENCIA DE JUICIO para el DÍA NUEVE DE ENERO DEL DOS MIL DIECINUEVE A LAS QUINCE HORAS CON TREINTA MINUTOS, en el loca} del Primer Juzgado de Paz Letrado del Módulo Bási-co de Justicia de Hunter.” (18-19-22 octubre)

1o JUZ. UNIPERSONAL SUPRAPROVINCIAL - Sede Espinar EXPEDIENTE JUEZ ESPECIALISTA 0034-2018-4-1009-JR-PE-01 BEDOYA GALDOS SAN-DRA SMILLY CARMEN YOVANA HUAMPA CAHUANA. Se pone en conocimiento de: CELEDONIO SUPO HUARACHA, que se viene tramitando el PROCESO PENAL N° 0034-2018-4-1009-JR-PE-01, seguido por el presunto delito contra el Patrimonio en su modalidad de Abigeato, sub tipo de HURTO DE GA-NADO, ¡lícito previsto y sancionado en el artículo 189-A primer párrafo del Código Penal, en agravio de AGAPITO SAICO TAIPE, en el cual se ha dispues-to la publicación del edicto judicial en la ciudad de Arequipa así como sigue: SE RESUELVE: PRIME-RO.- Declarar frustrada la audiencia de juicio oral señalada para la fecha SEGUNDO.- Se reprograma la audiencia de juicio oral para el día MIERCOLES SIETE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 A.M.), En la Sala de audiencias del juzgado de Espinar.Espinar, 10 de Octubre del 2018. (18-19-22 octubre)

1° JUZ. UNIPERSONAL SUPRAPROVINCIAL - Sede Espinar EXPEDIENTE JUEZ ESPECIALISTA 0033-2018-34-1009-JR-PE-01 BEDOYA GALDOS SANDRA SMILLY CARMEN YOVANA HUAMPA CA-HUANA. Se pone en conocimiento de: JORGE LUIS UMASI CCORAHUA, que se viene tramitando en el PROCESO PENAL N° 0033-2018-34-1009-JR-PE-01, seguido por el presunto delito contra el Patrimonio en su modalidad de Apropiación Ilícita, en su forma de APROPIACION ILICITA COMUN, ilícito previsto y sancionado en el artículo 190 primer párrafo del Código Penal, en agravio de EUGENIO CHOQUE CABRERA y otros, en el cual se ha dispuesto la pu-blicación del edicto judicial que domicilia el impu-tado: SE RESUELVE: PRIMERO,- Declarar frustrada la audiencia de juicio oral señalada para la fecha. SE-GUNDO.- Se reprograma la audiencia de juicio oral para el día MARTES TREINTA DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, En la Sala de audiencias del juzgado de Espinar. (18-19-22 octubre)

En el expediente judicial 2017-318 FT sobre Investi-gación Tutelar, tramitado por ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Huancané, a cargo del Magistra-do Carlos Alfredo Bustamante Casas, con interven-ción de la Secretarla Judicial Marleny Adco Chura, mediante resolución veintiocho de fecha uno de octubre del dos mil dieciocho, se ha dispuesto CI-TAR a Marta Chambi Abado, progenitora del menor tutelado y a los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad (cuyos nombres se desconoce) del menor DANNY CUTIPA CHAMBI, nacido en fecha doce de marzo del dos mil nueve, de nueve años y seis meses de edad, hija de Marta Chambi Abado (se desconoce su domicilio

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La República 5SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAViernes 19 de octubre del 2018

real) y Justo Cutipa Zapana, a fin de que puedan hacer valer sus derechos conforme a Ley y pres-ten su declaración en audiencia inmediata, bajo apercibimiento de prescindirse de su declaración y continuarse con el trámite del proceso, en caso de omisión. CIRCUNSTANCIAS: El referido menor fue puesto a disposición de la Segunda Fiscalía Provincial Civil y Familia de la ciudad de Juliaca, en fecha veintinueve de abril del dos mil trece a horas 10:06 por su progenitor Justo Cutipa Zapana, refi-riendo qye no lo puede tener en su custodia por-que no tiene un trabajo estable, el cual le permita mantener a su hijo, señalando que hace un año y dos meses aproximadamente, la madre biológica de su hijo, Marta Chambi Abado los abandono por constantes problemas familiares. Lo que se pone en conocimiento de Marta Chambi Abado, progenitora del menor tutelado, y los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad del menor DANNY CUTIPA CHAMBI, así como de los interesados para los fines de ley. Espinar, 05 de Oc-tubre del 2018. (18-19-22 octubre)

Expediente N° 819-2018-50-JR-PE-01 Primer Juz-gado Penal Unipersonal de TambopataJuez: Fran-cisco Palomino Cárdenas Especialista Judicial de Juzgado: Eva B. Canahuire Abarca. Se NOTIFICA al acusado HIRBIN FERNANDEZ TUESTA, con la Re-solución N° 05 de fecha 09 de octubre del 2018, a efecto de que ASISTA a la Audiencia Única de Juicio inmediato, programada para el DÍA 27 DE NOVIEM-BRE DEL AÑO 2018 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA HORA EXACTA. en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Tambopata, sito en el 2do piso de la Av. Ernesto Rivera N° 720 de Puerto Maldonado; dispuesto en el Proceso Penal N° 819-2018-50 seguido en contra Hirbin Fernández Tuesta y otro, por la presunta comisión del delito de Hurto Agravado en agravio de Emerson Manuel Luna, bajo apercibimiento que en caso de inasistencia injusti-ficada del acusado de ser declarado reo contumaz y disponerse su conducción compulsiva por la Po-licía Nacional del Perú a nivel nacional en caso de inconcurrencia.-Puerto Maldonado, 15 de octubre de 2018.- (18-19-22 octubre)

Ante el Juzgado de Paz Letrado de Hunter, que despacha la señora Jueza Yenny Soledad Condorl Fernández, en el expediente número 1176-2015-0-0411-JP-PE-01, especialista Luisa Gutiérrez Rodríguez, seguido en agravio de Nilda Vanesa Adco Yanqui, y en contra de Angel Aguirre Huarachi, Luis Armando Luna Ucharico, Juan José Peña Asqui, y Jeremi Richard Rosas Galia, sobre Fal-tas Contra la Persona en la modalidad de Lesiones Dolosas, se ha dispuesto notificar con la Resolución veintiuno, a la agraviada NILDA VANESA ADCO YAN-QUI, cuyo contenido es el siguiente: “SE DISPONE NOTIFICAR a la AGRAVIADA NILDA VANESA ADCO YANQUI, mediante edictos a publicarse en el dia-rio local, de las ciudades de Arequipa, en atención a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 104-2017-CE-PJ., SE DISPONE REPROGRAMAR la AUDIENCIA DE LEY para el DÍA TRES DE ENERO DEL DOS MIL DIECINUEVE, A LAS DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS en el local del Primer Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Hunter.’- (18-19-22 octubre)

NOTIFICACIÓN POR EDICTO

DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Fami-lia de Cerro Colorado, notifica a MENDOZA ANCO, JAIME y MENDOZA ANCO, ROLAND, como partes del presente proceso, a efecto de que tome cono-cimiento de la RESOLUCIÓN N°2, SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a ROLAND MENDOZA ANCO y a JAIME MENDOZA ANCO realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica recíproca. B. Prohibir a ROLAND MEN-DOZA ANCO Y A JAIME MENDOZA ANCO el ingresar a los ambientes que de manera exclusiva ocupan las partes en el domicilio donde habitan. C. Se dispone terapia reeducativa para ROLAND MENDOZA ANCO y para JAIME MENDOZA ANCO la que se realizara por ante la psicóloga del equipo multidisciplinaño adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notifi-cación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de au-diencia; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DE-NUNCIADOS POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3)

DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agra-viada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de pro-tección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Con-forme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pronuncia-miento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PÓNGASE en conocimiento de la parte denuncian-te que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públi-cos y privados destinados para tal fin. Registrese, comuníquese y cúmplase. Ello en el proceso N° 03388-2018-0-0401-JR-FT-01. CERRO COLORADO 2018 SEPTIEMBRE 21.- (16-17-18 octubre)

1° JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE : 03276-2018-0-0401 -JR-FT-01 MATE-RIA JUEZ ESPECIALISTA DEMANDADO DEMANDAN-TE VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO BARRIO DE MENDOZA QUISPE FARAHI CCORPUNA QUISPE, NANCY CCORPUNA JUCHARO, YONI EVANISA Noti-ficación por Edicto- RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORA-DO Por medio de la presente, el señor Juez del Pri-mer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a CCORPUNA JUCHARO, YONI EVANISA, como parte del presente proceso, a efecto de que tome cono-cimiento de la RESOLUCIÓN N°2, SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a NANCY CCORPUNA QUISPE y a YONI EVANIZA CCOR-PUNA JUCHARO realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica recíproca B. Prohibir a NANCY CCORPUNA QUISPE y a YONI EVANIZA CCORPUNA JUCHARO que se acerquen entre ellas o aproximen a en cualquier forma, a una distancia no menor a veinte metros, autorizándose a la Policía Nacional del Perú a retirarlas en caso de incumplimiento. C. Prohibir a NANCY CCORPUNA QUISPE y a YONI EVANIZA CCORPUNA JUCHARO el comunicarse entre ellas mismas vía oral, epistolar, telefónica, electrónica; asimismo, vía chat, redes sociales, red institucional, intranet u otras redes o formas de co-municación D. Se dispone terapia reeducativa para NANCY CCORPUNA QUISPE y para YONI EVANIZA CCORPUNA JUCHARO la que se realizara por ante la psicóloga del equipo multidisciplinario adscri-to al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notificación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audien-cia; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DE-NUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD; 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agra-viada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de pro-tección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Con-forme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pronuncia-miento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PÓNGASE en conocimiento de la parte denuncian-te que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte d elos servicios públi-cos y privados destinados para tal fin. Registrese, comuníquese y cúmplase . Ello en el proceso N° 03276-2018-0401-JR-FT-01 Cerro Colorado, 20|18 septiembre 24.- (16-17-18 octubre)

1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE : 02588-2018-0-040l-JR-FT-01 MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMANDADO DEMANDANTE VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO BARRIO DE MENDOZA QUISPE FARAHi YALLERCO SACSI, RICARDINA JARA CCACYA, YHIMBER NOTIFICACION POR EDICTO : DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRI-MER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a RICARDINA YALLERCO SACSI y YHIMBER JARA CCA-

CYA, como partes del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2, SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a RICARDINA YALLERCO SACSI realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de YHIMBER JARA CCACYA. B. Disponer que YHIMBER JARA CCACYA reciban terapia psicológica y RICARDINA YALLERCO SACSI tratamiento reduca-tivo o terapéutico, por ante la psicóloga del equipo multidisciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la reali-zación o notificación de la presente audiencia, coor-dinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audiencia; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal corres-pondiente para que proceda conforme a sus atri-buciones; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protec-ción dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio in-mediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medi-das. 4) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Pe-nal o hasta el pronunciamiento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PONGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene dere-cho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públicos y privados destinados para tal fin. Registrese Comuniquese y cúmplase. Ello en el proceso N° 02588-2018-0-0401-JR-FT-01. Cerro Colorado 2018 septiembre 21.- (16-17-18 octubre) SEDE CERRO COLORADO 03095-2018-0-0401 -JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO BA-RRIO DE MENDOZA QUISPE FARAHI MENOR : AYND AGRAVIADA. DEMANDADO : MAYTA PARI, JUAN DE-MANDANTE : DIAZ JOVE, VIRGINIA FLAVIA EXPE-DIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA Notificación por Edicto DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRI-MER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a JUAN MAYTA PARI y VIRGINIA FLAVIA DIAZ JOVE, como partes del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2. SE RE-SUELVE: I) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a JUAN MAYTA PARI realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de VIR-GINIA FLAVIA DIAZ JOVE y del menor de iniciales A.Y.N.D. (10 años), bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser detenido et denunciado por veinticuatro horas por la Policía Nacional del Perú; B. Prohibir a JUAN MAYTA PARI que se acerque o aproxime a VIRGINIA FLAVIA DIAZ JOVE y al menor de iniciales A.Y.N.D. (10 años) en cualquier forma, a una distancia no menor a diez metros, ya sea en su hogar, centro de estudios, centro de trabajo o vía pública, salvo en casos de diligencias judicia-les, extrajudiciales o régimen de visitas legalmente establecidos que pudieran tener las partes, autori-zándose a la Policía Nacional del Perú a retirarlo en caso de incumplimiento; C. Disponer que VIRGINIA FLAVIA DIAZ JOVE y el menor de iniciales A.Y.N.D. (10 años) reciban terapia psicológica y JUAN MAYTA PARI terapia reeducativa, por ante la psicóloga del equipo multidisciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notificación de la presente au-diencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audiencia; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DES-OBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se pon-ga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; de-biendo informar a este despacho de manera inme-diata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección esta-rán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pronunciamiento Fiscal

por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PÓNGASE en cono-cimiento de la parte denunciante que conforme a ley TIENE derecho a la asistencia jurídica gratui-ta por parte de los servicios públicos y privados destinados para tal fin. Regístrese. comuníquese y cúmplase.- Ello en el proviso N° 03095-2018-0-0401 -JR-FT-01. Cerro Colorado, 2018, septiembre 24. (16-17-18 octubre)

1°JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMAN-DADO DEMANDANTE 03148-2018-0-040 l-JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO BARRIO DE MENDOZA QUISPE FARAHI PACHECO CRUZ, GOYO AYMA MANGO, MARIA TERESA Notificación por Edicto DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juz-gado de Familia de Cerro Colorado, notifica a GOYO PACHECO CRUZ, como partes del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLU-CIÓN N°2, SE RESUELVE: 1) NO HA LUGAR a dictar medida de protección, por los hechos denuncia-dos por MARIA TERESA AYMA MANGO, respecto de GOYO PACHECO CRUZ ;2) DISPONGO: Que se REMI-TAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones. 3) PÓNGASE en conocimiento de la parte denuncian-te que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públi-cos y privados destinados para tal fin. Regístrese, comuniqúese y cúmplase.- Ello en el proceso N° 03148-2018-0-0401-JR-FT-01. Cerro Colorado, 2018, septiembre 24. (16-17-18 octubre)

JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA AGRA-VIADO DEMANDANTE 03198-2018-0-0401 -JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO BARRIO DE MENDOZA QUISPE FARAHI AMBOS , CCALLO VALEN-CIA, AE MENOR DE EDAD CCAÑA QUISPE, JUANA JOSEFINA Notificación por Edicto De : DR. RUDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMI-LIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presen-te, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a JUANA JOSEFINA CCAÑA QUISPE y AUSTIN CCALLO VALENCIA, como partes del presente proceso, a efecto de que tome cono-cimiento de la RESOLUCIÓN N°2, SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir al adolescente de iniciales A.E CC.V. (16 años) realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de JUANA JOSEFINA CCAÑA QUISPE, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser detenido el denunciado por veinticuatro horas por la Policía Nacional del Perú. B Prohibir al adolescen-te de iniciales A.E.CC.V. (16 años) que se acerque o aproxime a JUANA JOSEFINA CCAÑA QUISPE en cualquier forma, a una distancia no menor a trein-ta metros, ya sea en su hogar, centro de estudios, centro de trabajo o vía pública, salvo en casos de diligencias judiciales, extrajudiciales o régimen de visitas legalmente establecidos que pudieran tener las partes, autorizándose a la Policía Nacional del Perú a retirarlo en caso de incumplimiento. C. Prohi-bir al adolescente de iniciales A.E.CC.V. (16 años) el comunicarse con JUANA JOSEFINA CCAÑA QUISPE vía oral, epistolar, telefónica, electrónica; asimismo, vía Chat, redes sociales, red institucional, intranet u otras redes o formas de comunicación, salvo para situaciones referidas para el cuidado, atención o ré-gimen de visitas respecto de su menor hijo, el cual deberá ser por escrito. D. Se dispone terapia reedu-cativa para A.E.CC.V. ( 16 AÑOS) la que se realizara por ante la psicóloga del equipo multidisciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notifi-cación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de au-diencia; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DE-NUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD; 2) No ha lugar a dictar medidas de protección a favor del adolescente de iniciales A.E.CC.V. (16 años) respecto de JUANA JOSEFINA CCAÑA QUISPE; 3) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 4) DIS-PONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía de Familia correspondiente para que proceda con-forme a sus atribuciones; 5) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se res-ponsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; de-

biendo informar a este despacho de manera inme-diata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 6) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección esta-rán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pronunciamiento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 7) PÓNGASE en cono-cimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratui-ta por parte de los servicios públicos y privados destinados para tal fin. Regístrese, comuniquese y cúmplase.- Ello en el proceso N° 03198- 2018-0-0401 -JR-FT-01. Cerro Colorado, 2018,septiembre 24. (16-17-18 octubre)

2o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE PAUCARPATA EX-PEDIENTE : 06930-2018-0-0412-JR-FT-02 MATERIA: VIOLENCIA FAMILIAR JUEZ: CALDERON BELTRAN JAVIER EDMUNDO ESPECIALISTA : MEJIA CACERES IDELMA ISABEL DEMANDADO : INCA OLIVERA, JES-US DEMANDANTE: MAMANI TURPO, FELICIA NOTIFI-CACIÓN POR EDICTO Por ante el Segundo Juzgado de Familia del Módulo de Justicia del Paucarpata, que Despacha el señor doctor Javier Edmun-do Calderón Beltrán, en el proceso Nro.: 06930- 2018-0-0412-JR-FC-02, se ha dispuesto poner en conocimiento del demandado JESUS INCA OLIVE-RA, las medidas de protección dictadas mediante resolución 01, en su parte pertinente: 1) DICTAR como medidas de protección a favor de la víctima, las siguientes: ORDENO: a) La prohibición de todo maltrato físico o psicológico o hechos que consti-tuyan violencia familiar de parte del denunciado JESUS INCA OLIVERA hacia la denunciante FELICIA MAMANI TURPO y hacia el menor D.A.I.M. tanto en su hogar, centro de trabajo, centro de estudios, vía pública o cualquier lugar donde se encuentre, b) El impedimento de todo tipo de acoso por par-te del denunciado hacia la denunciante y hacia el menor D.A.I.M.; quedando impedido de acercarse a la denunciante a una distancia de 50 metros, salvo para el ejercicio de un régimen de visitas que pu-diera fijarse a su favor judicial o extrajudicialmente respecto de sus menores hijos; dejando a salvo el derecho de las partes respecto de sus menores hijos de recurrir a las vías pertinentes; ello bajo apercibi-miento de ser denunciado por desobediencia a la autoridad y ante el incumplimiento de lo ordenado y/o EN CASO DE SUSCITARSE NUEVOS HECHOS DE VIOLENCIA en flagrancia, se procederá a la deten-ción del denunciado por el término de 24 horas por parte de la Policía Nacional del Perú, quienes deberán apersonarse de forma inmediata al lugar donde se encuentre la denunciante a su llamado y bajo responsabilidad, c) Se dispone que la de-nunciante, el denunciado y su menor hijo D.A.I.M., realicen una terapia de orientación psicológica por ante la Psicóloga adscrita a este Módulo de Justicia, debiendo las partes presentar copia de la presente resolución para su atención Autoriza la secretaria judicial abogada Idelma Mejia Cáceres. Arequipa 28 de setiembre del 2018. (16-17-18 octubre)

2o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE PAUCARPATA EX-PEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA MENOR DE-MANDADO DEMANDANTE 10192-2018-0-0412-JR-FT-02 VIOLENCIA FAMILIAR CALDERON BELTRAN JAVIER EDMUNDO DEL CARPIO RIVERA GLORIA PATRICIA NKGV, VENTOCILLA RECUA Y, ROXANA GU-TIERREZ SULCA, JUAN CARLOS Edicto judicial 2do Juzgado de familia de Paucarpata. Juez Corrales Especialista Del Carpió. Expediente 10192- 2018. materia violencia Familiar, se notifica a Roxana Ven-tocilla Recuay res. 04.- Estando a lo manifestado por la señora asistenta social, se requiere a doña Roxa-na Ventocilla Recuay concurra al local del juzgado a coordinar la visita social ordenada bajo apercibi-miento de merituarse su conducta Notifiquese la presente por edictos.- Arequipa, 03 de octubre del 2018.- (16-17-18 octubre)

1Io JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMAN-DADO DEMANDANTE 03150-2018-0-0401 -JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO BARRIO DE MENDOZA QUISPE FARAHI BECERRA MORALES, JOSE LUIS WILFREDO HUAYTO HUALLPA, PATRICIA Notificación por Edicto DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a JOSE LUIS WILFREDO BECERRA MORALES y PATRICIA HUAYTO HUALLPA, como partes del pre-sente proceso, a efecto de que tome conocimien-to de la RESOLUCIÓN N°2, SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a JOSE

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La República6 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Viernes, 19 de octubre del 2018

LUIS WILFREDO BECERRA MORALES el dirigirse a PATRICIA HUAYTO HUALLPA con insultos, ofensas o amenazas. B. Se dispone terapia reeducativa para JOSE LUIS WILFREDO BECERRA MORALES la que se realizara por ante la psicóloga del equipo multidis-ciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notificación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audiencia; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBE-RÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTEN-CIA A LA AUTORIDAD, 2) DISPONGO: Que se REMI-TAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agra-viada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de pro-tección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Con-forme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pronuncia-miento Fiscal por el que se decida no presentar de-nuncia penal por resolución denegatoria. 5) PÓN-GASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tic gratuita por parte de los servicios públicols y privados destinados para tal fin Regís-trese, comuniquese y cúmplase Ello en el proceso N° 03150-2018-0-0401-JR-FT-01. Cerro Colorado, 2018.- (16-17-18 octubre)

1° JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA A FA-VOR DE APODERADO DEMANDADO DEMANDANTE 06114-2017-0-0401 - J R-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO BARRIO DE MENDOZA QUISPE FARAHI GAGP, PFOCORI BENITO. BERTA BEATRIZ GOMEZ SOTO. AMERICO CEM DE MIRAFLORES , No-tificación por Edicto DR. RILDO LOZA PENA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO CO-LORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, noti-fica a BERTA BEATRIZ PFOCORI BENITO y AMERICO GOMEZ SOTO, como partes del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLU-CIÓN N°2, SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a AMERICO GOMEZ SOTO realizar cualquier tipo de agresión física o psicoló-gica en agravio de la menor de iniciales G.A.G.P. (8 años); B. Prohibir a AMERICO GOMEZ SOTO, ingresar al domicilio en el que habita la menor de iniciales G.A.G.P. (8 años) en estado de ebriedad, o consumir licor en el interior de dicho domicilio. Autorizándo-se a la Policía Nacional del Perú a retirarlo del lugar hasta que recobre la sobriedad, debiendo levantar-se el acta respectiva; C. Prohibir a AMERICO GOMEZ SOTO que se acerque o aproxime a la menor de ini-ciales G.A.G.P. (8 años) en estado etílico a menos de diez metros de distancia, ya sea en la vía pública, su domicilio o donde ella se encuentre, autorizándose a la Policía Nacional del Perú a retirarlo del lugar hasta que recobre la sobriedad, debiendo levantar-se el acta respectiva; D. Prohibir a AMERICO GOMEZ SOTO el generar discusiones o actos de agresión de cualquier tipo en presencia de la menor de inicia-les G.A.G.P. (8 años); E. Disponer que la menor de iniciales G.A.G.P. (8 años) reciba terapia psicológica y AMERICO GOMEZ SOTO tratamiento reducativo o terapéutico, por ante la psicóloga del equipo multidisciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notificación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la co-pia del acta de audiencia; F. Disponer se realice visi-ta social inopinada, a realizarse en el domicilio de la menor de iniciales G.A.G.P. (8 años) a efecto de veri-ficar su actual situación, a tal efecto notifíquese a la Asistenta Social del equipo multidisciplinario de los Juzgados de Familia de Cerro Colorado; MEDIDAS DE PROTECCION QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORI-DAD; 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se pon-ga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; de-

biendo informar a este despacho de manera inme-diata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección esta-rán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pronunciamiento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PÓNGASE en cono-cimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públicos y privados desti-nados para tal fin. Regístrese, comuniquese y cum-plase.- Ello en el proceso N° 06114-2017*04)401-JR-FT-01. Cerro Colorado, 2018, .- (16-17-18 octubre)

1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMAN-DADO 03787-2018-0-0401 -JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO BARRIO DE MENDO-ZA QUISPE FARAHI CONDORI MOLLO, YESSENIA ROSMARY HUAMANI YALLERCCO, GUIDO OLMER Notifícación por Edicto.- DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a CONDORI MOLLO, YESSENIA ROSMARY y HUAMANI YALLERCCO, GUIDO OLMER , como partes del presente proceso, a efecto de que tome cono-cimiento de la RESOLUCIÓN N°2, SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a GUIDO OLMER HUAMANI YALLERCCO y YESSENIA ROSMARY CONDORI MOLLO realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica de manera recípro-ca, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser detenidos por veinticuatro horas por la Poli-cía Nacional del Perú; B. Se dispone terapia reedu-cativa para GUIDO OLMER HUAMANI YALLERCCO y YESSENIA ROSMARY CONDORI MOLLO la que se realizara por ante la psicóloga del equipo multidis-ciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notificación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audiencia; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBE-RÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADOS POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTEN-CIA A LA AUTORIDAD 2) DISPONGO: Que se REMI-TAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agra-viada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de pro-tección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Con-forme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pronuncia-miento Fiscal por el que se decida no presentar de-nuncia penal por resolución denegatoria. 5) PÓN-GASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios público privados destinados para tal fin. Regístrese, comuníquese y cúmplase.-Ello en el proceso N° 03787-2018-0-0401- JR-FT-01. Cerro Colorado, 2018, septiembre 24.- .- (16-17-18 octubre)

1o JUZ. UNIPERSONAL SUPRAPROVINCIAL - Sede Espinar EXPEDIENTE JUEZ ESPECIALISTA 0034-2018-4-1009-JR-PE-01 BEDOYA GALDOS SAN-DRA SMILLY CARMEN YOVANA HUAMPA CAHUANA. Se pone en conocimiento de: CELEDONIO SUPO HUARACHA, que se viene tramitando el PROCESO PENAL N° 0034-2018-4-1009-JR-PE-01, seguido por el presunto delito contra el Patrimonio en su modalidad de Abigeato, sub tipo de HURTO DE GA-NADO, ilícito previsto y sancionado en el artículo 189-A primer párrafo del Código Penal, en agravio de AGAPITO SAICO TAIPE, en el cual se ha dispues-to la publicación del edicto judicial en la ciudad de Arequipa así como sigue: SE RESUELVE: PRIME-RO.- Declarar frustrada la audiencia de juicio oral señalada para la fecha SEGUNDO.- Se reprograma la audiencia de juicio oral para el día MIERCOLES SIETE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 A.M.), En la Sala de audiencias del juzgado de Espinar. Espinar, 10 de Octubre del 2018. (15-16-17 octubre)

El señor magistrado sustanciador de la ODECMA de Arequipa, Jaime Alberto Moreno Chirinos, en el

Proceso Disciplinario Nro. 2018-401, ha dispuesto la notificación por edictos de don Carlos Benites Ma-chuca, a efecto de notificarle la Resolución 12 del diez de octubre del dos mil dieciocho, por la que: SE RESUELVE: CORREGIR la Resolución N° 7, del 31 de julio del 20113, en su literal b del fundamento 4.13: B) NORMA INFRINGIDA (SUBSUNCIÓN AL CON-TENIDO TÍPICO) en el que se indica: En estricta apli-cación del principio de legalidad, el hecho descrito calificaría como falta gravísima prevista en el artícu-lo 55 literal h) segundo párrafo de la Ley de la Carre-ra del Trabajador Judicial, Ley N° 30745, que esta-blece: “h) (...) Establecer relaciones extraprocesales con las partes o terceros, que afecten el normal desarrollo de los procesos judiciales”; o, de acuerdo al perjuicio causado y de no resultar demostrados los elementos que componen la calificación jurídi-ca principal calificaría alternativamente como falta gravísima, prevista en el artículo 55, literal k) de la mencionada Ley, que señala: “(...) k) Incurrir en acto u omisión que sin ser delito, vulnere gravemente los deberes del cargo previsto en la ley debiendo quedar en lo sucesivo como: “B) NORMA INFRINGI-DA (SUBSUNCIÓN AL CONTENIDO TÍPICO). El hecho descrito calificaría como falta muy grave prevista en el inciso 8 del artículo 10 de la Resolución Ad-ministrativa N° 227-2009-CE-PJ del Regiamente que regula el régimen disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial, que establece: ‘8) Establecer relaciones extraprocesales con las partes o terceros, que afecten el normal desarrollo de los procesos judiciales’, o, de acuerdo al perjuicio causado y de no resultar demostrados los elemen-tos que componen la calificación jurídica principal calificaría alternativamente como falta muy grave, prevista en el inciso 10 del artículo 10, de reglamen-to mencionado, que señala: ‘10) Incurrir en acto u omisión que sin ser delito, vulnere gravemente los deberes del cargo previstos en la ley’ SE DISPONE: Notificar al servidor judicial Carlos Benites Machuca con la presente resolución en el diario La República, por tres días hábiles. Regístrese y Comuniqúese.- (15-16-17 octubre)

1o JUZ. UNIPERSONAL SUPRAPROVINCIAL - Sede Espinar EXPEDIENTE JUEZ ESPECIALISTA 0033-2018-34-1009-JR-PE-01 BEDOYA GALDOS SANDRA SMILLY CARMEN YOVANA HUAMPA CA-HUANA. Se pone en conocimiento de: JORGE LUIS UMASI CCORAHUA, que se viene tramitando en el PROCESO PENAL N° 0033-2018-34-1009-JR-PE-01, seguido por el presunto delito contra el Patrimonio en su modalidad de Apropiación Ilícita, en su forma de APROPIACION ILICITA COMUN, ilícito previsto y sancionado en el artículo 190 primer párrafo del Código Penal, en agravio de EUGENIO CHOQUE CABRERA y otros, en el cual se ha dispuesto la pu-blicación del edicto judicial que domicilia el impu-tado: SE RESUELVE: PRIMERO.- Declarar frustrada la audiencia de juicio oral señalada para la fecha. SE-GUNDO.- Se reprograma la audiencia de juicio oral para el día MARTES TREINTA DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, En la Sala de audiencias del juzgado de Espinar. (15-16-17 octubre)

EXPEDIENTE N° 2054-2018-0-0405-JP-PE-01 SE-CRETARIA ANGELA AGUILAR SALINAS JUZGADO DE PAZ LETRADO MAJES- PEDREGAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA AIDA BETTY MAMANI CHO-QUECHAMBI DISPONE SE NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTOS A LA PARTE AGRAVIADA MARIBEL HUAC-CHA CCAHUA CON LAS SIGUIENTES RESOLUCIONES: RESOLUCIÓN N° 01. III. PARTE RESOLUTIVA: POR LO EXPUESTO, ESTE JUZGADO DE PAZ LETRADO HADECIDIDO: 1) CITAR A JUICIO EN EL PROCESO POR FALTAS AL IMPUTADO ALEX ALVAROCHURA QUECAÑO POR LA PRESUNTA COMISIÓN DE FALTAS CONTRA LA PERSONA, PREVISTO EN ELPRIMER PÁ-RRAFO DEL ARTÍCULO 441° DEL CÓDIGO PENAL E N AGRAVIO DE MARIBEL HUACCHACCAHUA. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES EN CONTRA DEL IMPUTADOALEX ALVARO CHURA QUECAÑO. 3) FIJAR FECHA PARA LA REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA DEJUICIO ORAL (...); EN EL LOCAL DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL PEDREGAL DEBIENDO CONCURRIR ELIMPUTADO CON SU ABO-GADO BAJO APERCIBIMIENTO DE SER CONDUCIDO POR LA FUERZA PUBLICA O INCLUSODE ORDENAR-SE LA PRISIÓN PREVENTIVA HASTA QUE SE REALICE Y CULMINE LA AUDIENCIA: Y RESPECTO A LAPARTE AGRAVIADA EN SU CALIDAD DE QUERELLANTE PAR-TICULAR BAJO APERCIBIMIENTO DE APLICARSE EL-DESISTIMIENTO TÁCITO EN CASO DE INASISTENCIA. 4) HACER SABER A LAS PARTES QUE: EL JUICIO SE-REALIZARÁ, DE SER POSIBLE, EN UNA SOLA SESIÓN, EN LA QUE SE EFECTUARÁ: A) LA DECLARACIÓN DE-

LIMPUTADO ALEX ALVARO CHURA QUECAÑO; B) LA DECLARACIÓN DEL AGRAVIADO MARIBELHUACCHA CCAHUA, C) LA RATIFICACIÓN DEL CERTIFICADO MÉDICO LEGAL PARA LO CUAL SE CITARÁ ALMÉDI-CO LEGISTA EN SU OPORTUNIDAD; D) LA PRUEBA DOCUMENTAL QUE OBRA EN AUTOS. ASIMISMO, ENDICHA OPORTUNIDAD LAS PARTES PUEDEN PRESENTAR TODOS LOS MEDIOS PROBATORIOS QUE CONSIDERENNECESARIOS PARA LA DEFENSA DE SUS DERECHOS, DEBIENDO LOS ABOGADOS CONCURRIR PREPARADOS PARAPRESENTAR SUS ALEGATOS. SÓLO EN CASO EXCEPCIONAL, EN LA MISMA AUDIENCIA SE PODRÁ SUSPENDERSU CON-TINUACIÓN DENTRO DE LOS TRES DÍAS SIGUIENTES A LA FECHA SEÑALADA. TÓMESE RAZÓN YHÁGASE SABER. Y CON LA RESOLUCIÓN N° 02. PROVEYENDO A LOS INFORMES DE DEVOLUCIÓN CON NÚMERO DE REGISTRO 7056-2018 Y 7018-2018: ESTANDO A LAS DEVOLUCIONES DE LA CÉDULA DE NOTIFICACIÓN EN VISTA QUE NO SE PUDO UBICAR LADIRECCIÓN DEL DOMICILIO REAL DE LA PARTE AGRAVIADA Y ADVIRTIÉNDOSE QUE TAMBIÉN NO SE PUDO UBICA-REL DOMICILIO CONSIGNADO EN LA FICHA RENIEC DE MARIBEL HUACCHACCAHUASE DISPONE: 1)NOTI-FICAR VIA EDICTOS CON EXTRACTO DE LA PARTE RE-SOLUTIVA PERTINENTE DE LA RESOLUCIÓNNÚMERO UNO (AUTO DE CITACIÓN A JUICIO) Y LA PRESENTE RESOLUCIÓN A MARIBEL HUACCHACCAHUACON-FORME AL ARTÍCULO 167 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL, PARA LO CUAL OFICÍESE AL DIARIO LAREPÚ-BLICA- AREQUIPA. 2) REPROGRAMAR LA FECHA DEL JUICIO ORAL PARA EL DÍADIECIOCHO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ HORAS CON TREINTAMINUTOS EL CUAL SE LLEVARA CABO EN LA SALA DE AUDIENCIA DEL JUZGADO DE PAZ LETRA-DO; BAJOAPERCIBIMIENTO QUE EN CASO LA PARTE AGRAVIADA NO ASISTA A DICHA DILIGENCIA SE PROCEDERÁ ALARCHIVO DEFINITIVO DEL PROCESO POR APLICACIÓN DEL DESISTIMIENTO TÁCITO CON-FORME AL ARTÍCULO110 DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL; ASÍ TAMBIÉN BAJO APERCIBIMIENTO A LA PARTE IMPUTADA QUE ENCASO DE INCONCURREN-CIA SE CURSARA OFICIO A LA POLICIAL NACIONAL DEL PERÚ PARA SU CONDUCCIÓNCOMPULSIVA.- (15-16-17 octubre)

EXPEDIENTE: N° 00184-2015-0-0402-IP-FC-01- IUZ-GADO DE PAZ DE CAMANÁ. EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAMANÁ DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, LA SEÑORA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARIA LUISA PICKMANN ADRIAZOLA dispone que se notifique mediante edictos a MIGUEL CARLOS DELGADO con la parte resolutiva de la resolución 03 de fecha 25 de Mayo del dos mil quince y resolución 14 de fecha 17 de Setiembre del dos mil dieciocho, que SE RESUELVE: RESOLUCION 02: RESUEL.VO: I) ADMITIR a trámite por la vía del PROCESO ESPECIAL la demanda de FILIACION JUDICIAL DE PATERNIDAD EXTRAMATRI-MONIAL y en forma acumulativa objetiva originaria ACCESORIA, EL COBRO DE PENSION DE ALIMENTOS, formulado por AMALIA CARBAJAL ALVARADO en representación del menor Jackson Miguel Carlos Carbajal, en contra de MIGUEL CARLOS DELGADO. 2) REQUIERO al demandado para que dentro de plazo de DIEZ DIAS de notificado cumpla con re-conocer la paternidad del referido menor, así como absuelva la pretensión de Cobro de alimentos, bajo apercibimiento de declararse judicialmente la paternidad respecto de dicho menor y fijarse la pensión alimenticia que corresponda. 3) TENGASE por ofrecidos los medios de prueba que se indican y agréguese a los antecedentes los anexos adjun-tados. AL PRIMER OTROSI: Otorguese la gratuidad del proceso, ello conforme el articulo 297 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. AL SEGUNDO OTROSI: Exonérese el pago de tasas judiciales, conforme el artículo 562 del Código Procesal Civil, ya que el monto de la pensión no excede de veinte Uni-dades de Referencia Procesal. AL TERCER OTROSI: Otorgúese las facultades generales y especiales de representación procesal al letrado que autoriza la demanda previsto en el articulo 74 y 75 del CPC. Tó-mese razón y hágase saber. RESOLUCIÓN NRO. 04. Dejando constancia de la excesiva carga procesal que afronta el Juzgado AL ESCRITO NRO. 1803-2018 presentado por el abogado de la demandante - De revisión de autos, se advierte que se ha generado cédulas de notificación al demandado en el domi-cilio que obra en el escrito de demanda, así como también en la que obra en su ficha RENIEC, con la resolución dos, copia de demanda y anexos; sin em-bargo, este último ha sido devuelto sin diligenciar por el Juez de Paz de Tayabamba; en consecuencia, conforme el artículo 165 del Código Procesal Civil y el interese superior de Niño, SE DISPONE notificar al demandado con la presente resolución y resolución dos mediante EDICTOS, debiendo de efectuarse las

publicaciones en el Diario El peruano y el de mayor circulación. SECRETARIA LESLIE EDUARDO COLLAN-QUI, AREQUIPA . 17, 18 Y 19 DE OCTUBRBDEL 2018.- (17-18-19 octubre)

EXPEDIENTE 03876-2017-0-0405-JP-PE-01 SECRE-TARIA: ANGELA AGUILAR SALINAS EXPEDIENTE N° 03876-2017-0-0405-JP-PE-01 SECRETARIA ANGELA AGUILAR SALINAS JUZGADO DE PAZ LETRADO MA-JES- PEDREGAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTI-CIA DE AREQUIPA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA AIDA BETTY MAMANI CHOQUECHAMBI dispone se notifique mediante edictos a la parte MOISES MA-MANI ANCO. Con las siguientes resoluciones: RESO-LUCIÓN N° 03. RESUELVO: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE DEL PROCESO A LA QUERELLANTE PARTICULAR TOMASA DANIELA ALCASIHUINCHA¿ CONDORI, dando por concluido el proceso, seguido en contra de MOISES MAMANI ANCO, sobre faltas contra la persona y 2) ARCHIVAR DEFINITIVAMENTE el presente proceso. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SA-BER. (17-18-19 octubre)

El PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-8971-0 (Imputa-do) Ana Sofía Hurtado Gonzales. Se notifica a la agraviada Sonia Nanclares Gil , delito CONTRA LA FE PUBLICA EN LA MODALIDAD DE FALSEDAD GE-NERICA ART. 438° DEL CÓDIGO PENAL, agraviado SONIA NANCLARES GIL Y MARÍA CRISTINA FUERTES ITURRIA , DILIGENCIA 17-10-2018, 14:00, Sala 1, ; Se-cretario: Díaz .-(16-17-18 octubre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-2-76 (Imputado) JUAN MARTIN FLORES VELASQUEZ, delito CON-DUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 30-11-2018, 12:30 HORAS, Sala 1, ; Secretario: Valero .- .-(16-17-18 octubre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-1802-0 YOSSELYN NOHELY CCOA COASACA, delito LESIONES GRAVES, agraviado MARILU GARCIA MAMANI, DILIGENCIA 30-11-2018, 11.00 A.M., Sala 1, ; Secretario: Espinoza .- .-(16-17-18 octubre) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-8811-0 (Imputado) JOSÉ LUIS CHAVEZ BLANCO, delito PELIGRO COMUN CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL, agra-viado , NOTIFICACION , , , REPROGRAMACIÓN DE LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA TREINTA DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO, A LAS DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS, EN LA SALA DE AUDIEN-CIAS Nº 02.- ; Secretario: Fernández .- .-(16-17-18 octubre)

EL CUARTO JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-7480-37 JOSÉ LUIS QUISPE PAUCAR, delito Hurto Agravado, agraviado Mery Guadalupe Cáce-res Huillca, DILIGENCIA 26-10-2018, 09:00, Sala 12, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CON-TUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secre-tario: Ccapa .- .-(16-17-18 octubre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los si-guientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-5522-0 (Imputado) VICENTE FIGUEROA SUNI, delito lesiones leves por violencia familiar, agraviado Ali-cia Miriam Figueroa Suni, DILIGENCIA 17-12-2018, 14.15 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Se-cretario: Díaz .- .-(16-17-18 octubre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguien-

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La República 7SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAViernes 19 de octubre del 2018

tes procesados para que se pongan a derecho y de-fiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-4808-99 (Imputado) JUAN DAVID ROMERO SALINAS, deli-to OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado RAQUEL TACO MONTALGO, NOTIFICACION, N° 01: SE REQUIERE AL SENTENCIADO PARA QUE EL TER-MINO DE 03 DÍAS CUMPLA CON EL PAGO DE LA RE-PARACIÓN CIVIL Y PENSIONES DEVENGADAS, BAJO APERCIBIMIENTO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE REVOCARSE LA RESERVA DEL FALLO IMPUESTA. ; Se-cretario: Gallegos .- .-(16-17-18 octubre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los si-guientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-9380-0 JOHN FRANK REYNALDO CACERES APAZA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MARITZA PALMA HUARICALLO REPRESENTANTE DEL MENOR AGRAVIADO JOSUE THIAGO CACERES PALMA, NOTIFICACION, CON FE-CHA 12.12.2018 SE DISPUSO SEÑALAR FECHA PARA AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA 17.12.2018 A LAS 09:00 HRS. SALA 1- MBJ PAUCAR-PATA, DESIGNANDOLE AL INVESTIGADO DEFENSOR PÚBLICO A LA DRA. GRACIELA ELIZABETH CHARUN SEGOVIA. ; Secretario: Figueroa .- .-(16-17-18 octu-bre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-1239-0 (Imputado) ROLANDO ELUCARIO FLORES QUISPE (AGRAVIADO)JUAN ARNALDO LA-RICO VILCA, delito LESIONES LEVES POR VIOLEN-CIA FAMILIAR , agraviado JUAN ARNALDO LARICO VILCA, DILIGENCIA 08-01-2019, 12:30 HRS, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Arones .- .-(16-17-18 octubre)

EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los car-gos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4165-16 CORIMANYA PARICAHUA GERALDINE NIEVES, delito HURTO SIM-PLE , agraviado SAGA FALABELLA S.A., DILIGENCIA 26-10-2018, 7:45, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCON-CURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIO-NAL DEL PROCESO; Secretario: PEREZ .- .-(16-17-18 octubre)

EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos for-mulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-73-62 JAVIER ENRIQUE SOLIS MAMANI, delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado SANDRA JAQUELINE SOLIS MAMANI, DILIGENCIA 31-10-2018, 7:45, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: PEREZ .- .-(16-17-18 octubre)

EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos for-mulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-1638-87 TORREBLANCA CA-HUANA MARIBEL MADALI, delito HURTO, agraviado ROLANDO PUMA YANQUE, DILIGENCIA 18-10-2018, 11:45, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLA-RADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCE-SO; Secretario: PEREZ .- .-(16-17-18 octubre)

EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos for-mulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-6630-91 LUIS MIGUEL CCANAS LLAVE, delito LESIONES LEVES, agraviado ALEJAN-DRO VALENTINO ACHAHUI LAZARTE, DILIGENCIA 22-11-2018, 9:15, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCON-CURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIO-NAL DEL PROCESO; Secretario: PEREZ .- .-(16-17-18 octubre)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes

procesados para que se pongan a derecho y de-fiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-7743-0 NOTIFICAR.-RICHARD MOISES YAPU TICONA , delito , agraviado , DILIGENCIA 23 -11-2018, 08:30, , RESOLUCIÓN N° 06 -2018 Arequipa, once de octu-bre Dos mil dieciocho.- RESUELVE: 1) DISPONER se aperciba judicialmente a RICHARD MOISÉS YAPU TICONA, a efecto de que cumpla con las Jornadas de Prestación de Servicios a la Comunidad esta-blecidos en la sentencia de fecha 02 de mayo del 2017 en un total de 208 Jornadas de Prestación de Servicios a la Comunidad otorgándosele el plazo de 24 horas a efecto de que se constituya en la Oficina de Medio Libre a efecto de que se le asignen y co-mience el cumplimiento de las ordenadas, cuestión que deberá acreditar el procesado; 2) Sin perjuicio del requerimiento o al apercibimiento anterior, se cumpla con notificar al procesado a su domicilio consignado en Pasaje Los Rosales manzana C, lote 3, Pueblo Joven Ciudad Blanca, Paucarpata y en caso se torne este inubicable se cursen los EDICTOS correspondientes; asimismo la notificación en Calle Los Jazmines 103, Ciudad Blanca, Paucarpata, Are-quipa; debiendo tomar las providencias necesarias la Especialista a cargo del presente proceso a efecto de una cabal notificación, debiendo en todo caso notificarse tanto con el apercibimiento judicial para el cumplimiento de las Jornadas como con la repro-gramación de la presente audiencia; 3) DISPONER la REPROGRAMACIÓN de la audiencia para el día 23 DE NOVIEMBRE DEL 2018 a las 08:30 HORAS en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investi-gación Preparatoria de Cerro Colorado. ; Secretario: CCORAHUA .- .-(16-17-18 octubre)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguien-tes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su con-tra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-6366-60 MARIA CCAMA FLORES, AUGUSTO CHIARCCAHUANA HUAMANI, delito USURPACION, agraviado GREGORIA INCA MNAURO G: ZAPANA HUARICALLO GIL ROSARIO, CHIRINOS CAYRA MAR-CO VICTOR, ARISACA HUISA MARCELINO, HUACASI PARQUI SADOT LEON, SUCAPUCA HUANCA BENI-TA JOSEFA MELO MAMANI CELIA, HUAYHUA GIVW, DILIGENCIA 19-10-2018, 14:15 pm, Sala 2, RESO-LUCIÓN Nº 18-2018 Arequipa, 12 de Octubre del 2018 VISTOS Y CONSIDERANDO: conforme obra en audio. De conformidad con el Acuerdo Plenario Nº 6-2011/CJ-116, se procede a transcribir la par-te resolutiva de la presente audiencia. Por estos fundamentos: SE RESUELVE: (00:28:52) Declarar INFUNDADA la NULIDAD solicita por la defensa de HAYDEE CHIARCCAHUANA FERNÁNDEZ. Regístrese y notifíquese. 00:29:01 Ministerio Público: Confor-me. 00:29:04 Abog. José Jorge Medina González: No interpondrá ningún recurso. ------ 00:29:07 Juez: Se ha esperado hasta las 10:34 a.m advertimos que no ha concurrido la defensa técnica.- 00:29:26 Abog. Lenin Adolfo Apaza Mamani: Señala que tiene au-diencia programada y solicita la reprogramación de la presente audiencia y habiendo esperado un tiempo prudencial a la defensa pública, corre en au-dio. 00:29:59 Abog. Luis Alberto Olanda Velásquez: Solicita la reprogramación de la presente audiencia, corre en audio. 00:30:27 Abog. Juan Carlos Apaza Coaquira: Sin oposición. 00:30:56 Ministerio Públi-co: Sin oposición y solicita se oficie a coordinación de la defensoría pública. 00:31:20 Abog. Anahí Adriana Moscoso Manrique: Solicita se notifique por edictos a María Ccama Flores y Augusto Chiarc-cahuana Huamaní. 00:32:03 Juez: Procede a expedir la resolución que corresponde, corre en audio. RE-SOLUCIÓN Nº 19-2018 Arequipa, 12 de Octubre del 2018 Estando a lo pedido por la defensa técnica de los acusados y estando también a la aceptación del Fiscal y de la defensa del aparte agraviada, habien-do esperado hasta las 10:39 a.m. y no habiéndose hecho presente al defensa pública Flor Gallegos Ga-llegos con quien el Sr. Coordinador de la Defensoría Pública Dr. Denis Huanca señaló que debía concu-rrir en el plazo de media hora esto hace 25 minutos aproximadamente y no habiendo concurrido no es posible instalar la presente audiencia para efectos de continuar con la audiencia de control de acusa-ción debiendo de reprogramarse la misma con los apercibimientos correspondientes y atendiendo a los pedidos del Ministerio Público, defensa de la parte agraviada así como la defensa de los acusa-dos. En consecuencia, disponemos la CONTINUA-CIÓN DE LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL 19 DE OCTUBRE DEL 2018 A LAS 14:15 HORAS, a llevarse a cabo en esta sala de audiencias del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria. Se dispone notificar a la letrada Flor Gallegos Gallegos así como al de-

fensor Lucio Toro Ríos para efectos de que asuman la defensa de los acusados Augusto Chiarccahuana Huamani, Abraham Benito Paredes y María Ccama Flores. Se dispone poner en conocimiento de la Coordinación de la Defensoría Pública por la inasis-tencia a esta audiencia de la defensora pública Flor Gallegos Gallegos a pesar de encontrarse válida-mente notificada conforme al acta de la sesión an-terior. Se dispone la notificación en sus domicilios reales de las acusadas no presentes y que no han señalado abogado privado – la acusada María Cca-ma Flores y Augusto Chiarccahuana Huamani - sin perjuicio, de ser notificados mediante edictos, las partes asistentes quedan notificadas en este acto. 00:36:39 Ministerio Público: Conforme; Secretario: Valdivia .- .-(16-17-18 octubre)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los si-guientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-1191-38 (Imputado) CRAMER HENRY GONZALES CALDERON, delito ADMINISTRACION FRAUDULEN-TA Y OTROS, agraviado COMUNIDAD CAMPESINA PAMPAS VIEJAS, NOTIFICACION , , , RES.01:CORRER TRASLADO REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO A FAVOR DE CRAMER HENRY GONZALES CALDERON Y OTROS POR DELITO FRAUDE EN ADMINISTRACION DE PERSONAS JURIDICAS AGRAVIO COMUNIDAD CAMPESINA PAMPAS VIEJAS SOCABAYA POR DIEZ DIAS A FIN PRESENTEN PRUEBA ; Secretario: Díaz .-(16-17-18 octubre)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA - EL PEDREGAL, cita y emplaza a los siguientes procesa-dos para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-8825-0 (Impu-tado) MIGUEL HANCCO MORALES. Se reprograma AUDIENCIA DE INCOACCIÓN DE PROCESO INMEDIA-TO, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASIS-TENCIA FAMILIAR, agraviado Adela Quispe Hancco, DILIGENCIA 12-11-2018, 12:30, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRAR-SELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: Hernández .- .-(16-17-18 octubre)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA - EL PEDREGAL, cita y emplaza a los siguientes proce-sados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el pro-ceso que se les sigue mediante Exp. 2018-8828-0 (Imputado) AURELIO ENRIQUE CCOSCCO LAIME. Se programa AUDIENCIA DE INCOACCIÓN DE PROCESO INMEDIATO. (PUBLICAR EN EL PERUANO POR TRES DIAS CONSECUTIVOS), delito CONTRA LA FAMI-LIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado LABRIANA QUISPE CUSI, DILIGENCIA 22-11-2018, 10:30, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APER-CIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFEN-SOR DE OFICIO; Secretario: Hernández .- .-(16-17-18 octubre)

SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a de-recho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-1049-10 (Imputado) IRIS SANTISTEBAN VALDI-VIEZO; y Agraviada HILDA LUZ SULCA LAZARTE: Se les notifica con parte de la Resolución Nro. 07-2018 que resuelve: PRIMERO.- DECLARAR FUNDADO EL REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO FORMULA-DO POR MINISTERIO PUBLICO a favor de IRIS SAN-TIESTEBAN VALDIVIEZO, por la presunta comisión del delito CONTRA EL PATRIMONIO en la modalidad de ESTAFA previsto y penado en el articulo 196 del Código Penal, en agravio de HILDA LUZ SULCA LA-ZARTESEGUNDO.- Disponer la cancelación de los antecedentes que hubiera generado la realización del presente proceso. TERCERO.- Disponer la no prosecución del proceso respecto a la pretensión civil, dejándose a salvo el derecho de la parte agra-viada., delito ESTAFA AGRAVADA, agraviado HILDA LUZ SULCA LAZARTE, NOTIFICACION, res 07-2018 ; Secretario: CANO.- .-(16-17-18 octubre) EL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA DE DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIO-NARIOS, cita y emplaza a los siguientes procesa-dos para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2014-6108-43 LUIS ALBERTO GOMEZ ZEBALLOS, delito PECULADO, agraviado EL ESTADO, NOTIFICACION, AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION EL DIA SIETE DE NO-VIEMBRE DEL 2018, A LAS 08:30 EN LA SALA DE AU-

DIENCIAS UBICADO EN CALLE TUPAC AMARU 464, CERRO COLORADO ; Secretario: Pareja.- .-(16-17-18 octubre) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-8961-2 (Imputado) PRUDENCIO SAICO USCCA, delito USO DE DOCUMENTOS FALSOS, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 02:04:2019, 08:00, Sala de Au-diencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCU-RRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Sucapuca.- (17-18-19 octubre)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-7807-0 (Agraviada) YENY YANOHALYA NINAHUAMAN CALCINA REPRE-SENTANTE DEL MENOR Jean Pierre Huamane Nina-huaman, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado JPHN, DILIGENCIA 05-12-2018, 12:00, Sala 2, AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO; Secretario: Vargas .- (17-18-19 octubre)

EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-332-90 (Imputada) GLORIA UMASI ALVAREZ, delito ABORTO CONSEN-TIDO, agraviado LA SOCIEDAD Y OTRO, DILIGENCIA 19-11-2018, 11.30, Sala 3, EXISTE ACUSACION EN SU CONTRA POR DELITO DE ABORTO CONSENTIDO Y QUE EL ESTADO DEL PROCESO ES EL DE SEÑALA-MIENTO DE FECHA, LA QUE SE PONE EN SU CONOCI-MIENTO A EFECTO DE QUE CONCURRA; Secretario: Vargas .- (17-18-19 octubre)

EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-4323-0 (Imputado) RODOLFO DIMAS VALDEZ AGUILAR, delito VIO-LACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, agraviado C.D.CC.C. , DILIGENCIA 24-10-2018, 15:00 p.m., Sala 3, AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION ; Secre-tario: Vargas .- (17-18-19 octubre)

EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-5487-85 (Imputado) EUSTAQUIO ANCA-LLE CCOICOSI , delito USURPACION A. , agraviado MELITON CARI , DILIGENCIA 18:10:2018, 12:00, Sala 6, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DIS-PONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Sucapuca .- (17-18-19 octubre)

EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4858-0 (agraviado) DAVID HUAMANI ZAPANA, delito LESIONES LEVES, agraviado , DILIGENCIA 19-10-2018, 09:00, Sala 4, ; Secretario: SALAS .- (17-18-19 octubre)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y de-fiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2017-394-1 ALLISON ELIZABETH BEGAZO NUÑEZ, delito HURTO SIMPLE, agraviado MONTALVO SPA, NOTIFICACION, RES 3 Uno.- Declarar Fundado el Sobreseimiento propuesto por el Ministerio Publico, Tercer despa-cho de Investigación de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa, en la causa que se sigue a Alisson Elizabeth Begazo Nuñez, ; Secreta-rio: Valdivia .- (17-18-19 octubre)

QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATO-RIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los si-guientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4951-0 imputada FELICITAS DORA TURPO PEÑA, delito TRAFICO ILEGAL DE ESPECIES ACUÁTICAS DE LA FLORA Y FAUNA PROTEGIDAS , agraviado , NOTI-FICACION, SE NOTIFICA la RESOLUCION N° 01 de fe-

cha 26 de Junio de 2018, QUE CORRE TRASLADO del REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN por el plazo de 10 DÍAS HÁBILES para los efectos del articulo 350 del Código Procesal Penal, debiendo a su vez designar abogado defensor de su libre elección, debiendo señalar su casilla electrónica, bajo apercibimiento de designársele un abogado defensor publico. Pu-blicación que se realiza en merito a la Resolución N° 05 de fecha 17 de setiembre del año en curso ; Secretario: Vilca .- (17-18-19 octubre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-6021-43 (Impu-tado) FERNANDO ALEJANDRO MALAGA DAVILA, delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 29-11-2018, 08:00 horas, Sala 1, ; Secretario: Belizario.- (19-22-23 octubre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-9920-57 (Impu-tado) LUIS ANIBAL CARRILLO GUTIERREZ, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado JORDAN CARRILLO VALENCIA Y OTRO, NOTIFICA-CION, RES.05 QUE DECLARA FUNDADO EN PARTE EL REQUERIMIENTO DE REVOCATORIA y dispone que el sentenciado cumpla hasta el 15 de noviembre del 2018 con abonar los S/5 000. Exhortándolo a que cumpla con registrar sus reglas de conducta ; Secre-tario: Valero .- (19-22-23 octubre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2011-3000-52 (Imputa-do) Daniel López Nina y otros. (Sucesión de Daniel López Nina, Fredy Ernesto López Mendizábal, Julio Ernesto López Mendizábal, Olga Ynés López Mendi-zábal, e Hilda Mendizábal Roque , delito CONTRA-BANDO, RECEPTACIÓN ADUANERA Y FRAUDE PRO-CESAL , agraviado SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA SU-NAT Y OTROS , DILIGENCIA 05-12-2018, 11:00, Sala 1, ; Secretario: Diaz .- (19-22-23 octubre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-4631-9 (Imputada) JULIA MARGARITA CHAPOÑAN VALDERA, delito ES-TAFA GENERICA, agraviado ESTEFANIA ESCOBEDO ZEVALLOS, DILIGENCIA 17-12-2018, 08.00 a.m., Sala 1, SE SEÑALA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO; Secretario: Vargas. (19-22-23 octubre) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-4631-9 (Imputado) JULIA MARGARITA CHAPOÑAN VALDERA, delito ES-TAFA GENERICA, agraviado ESTEFANIA ESCOBEDO ZEVALLOS, NOTIFICACION, SE LE NOTIFICA CON LA RES. 04 CON LA CUAL SE CORRE TRASLADO EL RE-QUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO POR EL PLAZO DE 10 DIAS PARA QUE PUEDA FORMULAR OPOSI-CION O LO QUE CONSIDERE PERTINENTE ; Secreta-rio: Vargas. (19-22-23 octubre)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesa-dos para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-2731-97 TER-CERO CIVIL RESPONSABLE LUCY DEL PILAR RAMOS QUINAYA , delito LESIONES CULPOSAS, agraviado EDSON JOSUE HUANCA HUANCA , DILIGENCIA 10-12-2018, 08:00 A.M. , Sala 2, ; Secretario: Huerta .- (19-22-23 octubre)

EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-6740-71 (Imputa-da) YOLANDA JESUSA APAZA PARISACA, delito FA-BRICACION O FALSIFICACION DE SELLOS O TIMBRES OFICIALES, agraviado EL ESTADO Y OTRO, DILIGEN-CIA 30-11-2018, 10:30, Sala 3, SE SEÑALA FECHA

Page 8: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte ... · lia Ysabel Loaiza Callata, ... parte demandante PASTORA ABELINA SALAS VIUDA ... Alemán Núñez: ELIANA MARA, GONZALO ALEMAN

La República8 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Viernes, 19 de octubre del 2018

PARA LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION ; Secretario: Vargas .- (19-22-23 octu-bre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los si-guientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-9332-0 (Agraviada) ROSA HICELA TORRES DE LA CRUZ, delito omisión a la asistencia familiar, agra-viado ROSA HICELA TORRES DE LA CRUZ, DILIGEN-CIA 18-12-2018, 09.00 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Díaz .- (19-22-23 octubre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguien-tes procesados para que se pongan a derecho y de-fiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-4808-99 (Imputado) JUAN DAVID ROMERO SALINAS, deli-to OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado RAQUEL TACO MONTALGO, DILIGENCIA 06-12-2018, 14:00, Sala 1, LLEVARSE A CABO LA AUDIENCIA DE REVOCATORIA DE PENA SIN SU PRESENCIA; Secreta-rio: Gallegos .- (19-22-23 octubre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los si-guientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2018-9605-0 (Imputado) VIDAL MOYA GOMEZ, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agravia-do DAVID VIDAL Y YOSHUE MOYA QUISPE, DILIGEN-CIA 14-01-2019, 10.30 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Díaz (19-22-23 octubre)

EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos for-mulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-8559-72 (Imputado) WILBER ELEAZAR GUTIERREZ HUAMANI, delito LESIONES CULPOSAS POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado , DILIGENCIA 12-11-2018, 12:00 HORAS, Sala 4, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Ramírez .- (19-22-23 octubre)

EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los car-gos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4422-59 (Imputado) LUZ MARINA ANCCASI HUAMANI (Agraviado) NELIA HUAMANI MERMA , delito LESIONES CULPOSAS POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado NELIA HUAMANI MERMA, DILIGENCIA 06-12-2018, 11:15 HORAS, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DIS-PONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Ramírez .- (19-22-23 octubre)

EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAU-CARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesa-dos para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-1764-91 agra-viados Sonia Ana Ari Mamani, Francisca Ari de Pa-ricanaza, Leo Roger Ari Mamani y Hugo Honorio Centeno Motta, con la resolución N° 11-2018, por el que ce concede apelación al Ministerio Público de la sentencia de fecha 10/09/2018, por el que se absuelve a Rosalía Cari y Carmen Vargas Inofuen-tes, delito ESTAFA AGRAVADA, agraviado Sonia Ana Ari Mamani y otros, DILIGENCIA ----, ---, Sala de Audiencia del Juzgado, ---; Secretario: Talave-ra.- (19-22-23 octubre)

EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes pro-cesados para que se pongan a derecho y defien-dan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-399-23 (Imputado) , delito FEDERICO MARINO CHOQUE CONDORI, agraviado J.CH.CH., DILIGENCIA 02-04-2019, 10:30 HORAS, Sala 2, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Arce .- (19-22-23 oc-tubre)

EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes

procesados para que se pongan a derecho y de-fiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-8292-99 (Imputado) BRUNO GUERRA QUISPE ( Agraviado) ERMES YOLANDA QUSIPE CAYLLAHUE, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LE-SIONES LEVES, agraviado ERMES YOLANDA QUSIPE CAYLLAHUE, DILIGENCIA 19-03-2019, 12:30, Sala 2, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CON-TUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA SOLO PARA EL IMPUTADO ; Secretario: Monge .- (19-22-23 octubre)

EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los car-gos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-530-84 (Imputado)LUIS ENRIQUE GUERRA CAPPELLETTY , delito Hur-to Simple, agraviado SERGIO ENRIQUE PEZO ALEN-CASTRE, NOTIFICACION, Se le declara contumaz, se Archiva Provisionalmente el Proceso, se nombra a la Defensa Pública de Camaná, se giran las orde-nes de captura ; Secretario: Chuctaya .- (19-22-23 octubre)

EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los car-gos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-217-46 (Imputado)ESMILSON GARUTAYPE FERIA , delito Agresio-nes en contra de Integrantes de Grupo Familiar, agraviado LUZ MARGARITA ROMERO MAMANI, DILIGENCIA 27 de noviembre 2018, 9:30 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya .- (19-22-23 octubre)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA - EL PEDREGAL, cita y emplaza a los siguientes proce-sados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el pro-ceso que se les sigue mediante: Exp. 2018-9177-0 (Imputado) YHONN LIBALDO LUZA ESPEDILLA. Se programa audiencia de incoación de proceso in-mediato., delito CONDUCCION DE VEHICULO MO-TORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado La Sociedad, DILIGENCIA 29-10-2018, 14:30, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: Hernández .- (19-22-23 octubre)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, cita y empla-za a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue me-diante Exp. 2017-5842-24 (Imputado) RIGOBERTO APAZA CALDERÓN, delito ROBO AGRAVADO, agra-viado CINTHYA RUBÍ VARGAS LUNA, NOTIFICACION 24/10/2018, 11:00, Sala de Audiencia del Juzgado, RESOLUCIÓN N° 05: REPROGRAMA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN PARA EL DÍA 24 DE OC-TUBRE DEL 2018 A LAS 11:00 HORAS, LA MISMA QUE SE LLEVARA ACABO EN LA SALA DE AUDIEN-CIAS DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARA-TORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, UBI-CADA EN LA CALLE ALFONSO UGARTE 119 CERRO COLORADO - AREQUIPA, DILIGENCIA A LA QUE DEBERÁ DE ASISTIR OBLIGATORIA MENTE EL ACU-SADO RIGOBERTO APAZA CALDERÓN BAJO APER-CIBIMIENTO DE LLEVARSE ACABO LA AUDIENCIA CON LA SOLA PRESENCIA DE DEFENSOR PUBLICO; Secretario: Zegarra .- (19-22-23 octubre)

EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y empla-za a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue median-te Exp. 2018- 7532-5 (Imputado) ULICES ALVAREZ CHANI , delito LESIONES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado ELISA CCAPACCA CONTO, DILIGENCIA 12-12-2018, 9:00 A.M., Sala de Audiencia del Juz-gado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DIS-PONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCE-SO; Secretario: Lazarte.- (19-22-23 octubre)

EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y empla-za a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue me-

diante Exp. 2018-4360-75 (Imputado) JOEL CON-DO ROSEL, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado JOEL MAURICIO REPRESENTADO POR CARMEN CARREÑO QUILLA, DILIGENCIA 20-12-2018, 11:00, Sala de Audiencia, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CON-TUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Se-cretario: MARQUEZ .- (19-22-23 octubre)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesa-dos para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-7483-0 (Im-putado) JESUS RUBEN PAIVA CUELA, delito AGRE-SIONES FISICAS, agraviado LUISA ALEJANDRINA PAIVA CUELA, NOTIFICACION, Resolución N° 01 por el cual se le corre traslado por el plazo de diez días con el Requerimiento de Acusación, el cual podrá recabar en las oficinas del Módulo Penal de la Cor-te Superior de Justicia de Arequipa ; Secretario: Valero .- (19-22-23 octubre)

EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesa-dos para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2013-2630-1 (Im-putado) EDWIN APAZA TRUJILLO, delito FALSEDAD IDEOLOGICA, agraviado El Estado y Otra, NOTIFI-CACION, ACTA DE AUDIENCIA CONTENIENDO LA RESOLUCIÓN Nº 15-2018 MEDIANTE LA CUAL SE DICTA EL AUTO DE ENJUICIAMIENTO, ADMITEN MEDIOS PROBATORIOS Y SE DISPONE LA REMISION DE AUTOS AL JUZGADO COLEGIADO PENAL ; Se-cretario: Belizario .- (19-22-23 octubre) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a de-recho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-1383-0 (Imputado) ANGEL CARLOS RO-JAS URQUIZO, delito LESIONES LEVES POR VIOLEN-CIA FAMILIAR, agraviado , DILIGENCIA 19-11-2018, 15.00 HRS, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secre-tario: Díaz .- (19-22-23 octubre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a de-recho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-6868-0 CARMEN ROSA HUILLCACURI NAULA Y LUIS ALBERTO MAMANI ANCO, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIO-NES LEVES, agraviado CARMEN ROSA HUILLCACURI NAULA Y LUIS ALBERTO MAMANI ANCO, DILIGEN-CIA 14-03-2019, 12:00, Sala de Audiencia del Juz-gado, ; Secretario: Figueroa .- (19-22-23 octubre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a de-recho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-5416-0 (Imputado) DIANA KATHERINE SALAS CHAMBI , delito LESIONES LEVES POR VIO-LENCIA FAMILIAR, agraviado VICTOR ERNESTO BALDARRAGO BOHORQUEZ, DILIGENCIA 08-03-2019, 12:00, Sala 1, LLEVARSE A CABO LA AUDIEN-CIA DE CONTROL DE ACUSACION SIN SU PRESEN-CIA; Secretario: Gallegos .- (19-22-23 octubre)

EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORA-DO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proce-so que se les sigue mediante Exp. 2018-6504-35 (Imputado) FREDY PONCE CONDOI, delito LESIO-NES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR , agraviado GABINA CUBA CHAUCCA, DILIGENCIA 27-12-2018, 11:00 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: MOSCOSO .- (19-22-23 octubre)

EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMA-NÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-303-63 (Imputa-

do) HERMENES FLORES GOMEZ , delito Omisión a la Asistencia Familiar, agraviado menor C.F.L., DI-LIGENCIA 17 de diciembre 2018, 11:00 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya .- (19-22-23 octubre)

JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y de-fiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-4723-57 ANTONIO CARRION CHIARA , delito VIO-LACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD , agraviado L.G.H.S., DILIGENCIA 20-11-2018, 8:30-9:30, Sala 10, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIO-NAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTU-RA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Luque.- (19-22-23 octubre)

SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue median-te Exp. 8586-2018-0 NOTIFICAR A.- TITO PONCE ELMER RAUL, delito , agraviado , DILIGENCIA 25-10-2018, 12:00, , Resolución Nro.1 Arequipa, tres de setiembre Del dos mil dieciocho.- Asumiendo el cargo por disposición del Superior desde el mes de Mayo del año dos mil diecisiete.-AL PRINCIPAL.- Estando al requerimiento de Proceso inmediato, solicitado por el representante del Ministerio Pú-blico, conforme a lo previsto por el articulo cua-trocientos cuarenta y siete del Código Procesal Penal modificado por el Decreto Ley 1194; y, de la revisión de los actuados se tiene que la situa-ción jurídica del investigado es de libertad y a fin de garantizar su asistencia a la audiencia de in-coación de proceso inmediato, que presupone un debido emplazamiento, tanto más que la norma adjetiva citada prevé la posibilidad de aplicación de principio de oportunidad en la diligencia a lle-varse a cabo, resulta necesario contar con un plazo razonable para efectuar una debida notificación, en ese sentido SE SEÑALA fecha para la realización de la AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PRO-CESO INMEDIATO PARA EL DIA VEINTICINCO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOCE HORAS, la misma que, conforme a la norma adje-tiva antes mencionada, es de carácter inaplazable y se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Se-gundo Juzgado de Investigación Preparatoria para Delitos de Flagrancia de Cerro Colorado, sito en la calle Alfonso Ugarte Nro. 119, Urbanización La Li-bertad del distrito de Cerro Colorado ; Secretario: CCORAHUA .- (19-22-23 octubre)

SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-8490-0 (Imputado) PASCUAL ELEUTERIO HANCCO CHOQUEHUANCA, delito omisión a la asistencia familiar, agraviado Alexander Hancco Gonzáles, DILIGENCIA 19-11-2018, 11:00AM, Sala de Audiencia, SE REPROGRAMA LA AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO PARA EL DÍA 19 DE NOVIEM-BRE DE 2018 A LAS 11:00HORAS; Secretario: RIVE-RA .- (19-22-23 octubre)

EL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA DE DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIO-NARIOS, cita y emplaza a los siguientes procesa-dos para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-233-0 ROY JONATHAN QUISPE QUISPE, delito PECULADO, agraviado EL ESTADO, NOTIFICACION, SE SEÑALA FECHA DE AUDIENCIA DE PRORROGA DE PLAZO DE INVESTIGACION PREPARATORIA EN CASO COM-PLEJO PARE EL DIA VEINTINUEVE DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO A LAS CATORCE HORAS CON TREIN-TA MINUTOS, EN SALA DE AUDIENCIA DE TUPAC AMARU 464 CERRO COLORADO ; Secretario: Pareja .- (19-22-23 octubre)

EL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA DE DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIO-NARIOS, cita y emplaza a los siguientes procesa-dos para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso

que se les sigue mediante Exp. 2018-8960-39 MI-GUEL LUIS CONCHA CHIRINOS, delito COLUSION, agraviado EL ESTADO , NOTIFICACION , NOTIFI-QUESE A LOS SUJETOS PROCESALES POR EL PLAZO DE TRES DIAS HABILES, PARA LOS EFECTOS DEL AR-TICULO 102, INCISO 2 DE CPP ; Secretario: Pareja .- (19-22-23 octubre)

EL SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA DE DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIO-NARIOS, cita y emplaza a los siguientes procesa-dos para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el pro-ceso que se les sigue mediante Exp. 2016-404-69 (Imputado) PEDRO ISAAC GOMEZ NAGAY, delito COHECHO PASIVO PROPIO, agraviado EL ESTADO REPRESENTADO POR EL PROCURADOR PUBLICO ANTICORRUPCION DE AREQUIPA, DILIGENCIA 13 DE NOVIEMBRE DEL , 08:30 HORAS, Sala de Au-diencia del Juzgado, AL ESCRITO CON NUMERO DE REGISTRO 128145-2018: Téngase por cumplido el mandato efectuado por el representante del Mi-nisterio Publico, por lo que se dispone reiterar la notificación dispuesta en la resolución siete del catorce de setiembre del dos mil dieciocho, ex-hortándole al señor asistente de comunicaciones, verificar la constancia de notificación efectuada por el Ministerio Publica, el mismo que se adjunta al presente; por otro lado estando continuando con el trámite del presente proceso y conforme a su estado se señala fecha para la realización de la Audiencia Preliminar de Control de Sobreseimien-to para el DÍA TRECE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO a las OCHO HORAS CON TREINTA MI-NUTOS, la misma que se llevará a cabo en la sala de Audiencias del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria especializado en Delitos de Corrup-ción de Funcionarios ubicado en la Calle Túpac Amaru 464 del Distrito de Cerro Colorado, siendo obligatoria para su instalación la presencia del representante del Ministerio Público y de los abo-gados defensores privados de los investigados. LA CITACIÓN para el representante fiscal es bajo aper-cibimiento, en caso de inasistencia, de remitirse copias certificadas a la Oficina Desconcentrada de Control Interno del Ministerio Público; LA CI-TACIÓN para los abogados de los investigados es bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de SUBROGARSE la defensa y llevarse a cabo la au-diencia con Defensor Público, para lo cual se de-signa al abogado LUCIO TORO RIOS en aplicación del Artículo 85 del Código Procesal Penal, quien deberá de concurrir obligatoriamente, bajo aper-cibimiento de remitir copias a la Coordinación de la Defensoría Pública. Apercibimientos que se ha-rán efectivos el día de la audiencia, al tratarse de una audiencia inaplazable asimismo que estando que el domicilio real del investigado PEDRO ISAAC GOMEZ NAGAY es impreciso se autoriza la notifi-cación por edictos; Suscribiendo el Especialista Judicial de Causas, por expreso mandato del señor Juez a cargo del proceso, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 122 del Código Procesal Civil de aplicación supletoria en el caso de autos.- DE SUBROGARSE SU DEFENSA; Secretario: Fuentes .- (19-22-23 octubre)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-9221-0 (Imputado) SILBERIO PUMACAYO LIMA y DEYSI HUILLCA DELGADO: Se les notifica con parte del Acta de Audiencia de fecha 17 de Octubre de 2018.- Reprogramar la presente au-diencia de control de Acusación en la causa que se sigue a Silverio Pumacallo Lima por la presunta comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de agresiones en contra de las mujeres e integrantes del grupo familiar previs-to y sancionado en el primer párrafo del Art 122-B del Código penal y en agravio de Deysi Huillca Delgado para el día 16 de Noviembre del año 2018 a horas 09:00 de la mañana a realizarse en la sala de audiencias del primer juzgado de investigación preparatoria de cerro colorado. DOS.- Se dispone además la notificación de la presente resolución a los señores Silverio Pumacallo Lima y Deysi Huillca Delgado en las direcciones reales propuestas por el Ministerio Publico: � Asociación Utupara Avanza Mz N, Lote 06 Zona F /Yura , provincia y región de Arequipa, Sin perjuicio de notificarlos vía edicto judicial, delito lesiones leves por violencia fami-liar, agraviado Deysi Huillca Delgado, DILIGENCIA 16-11-2018, 09:00, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: CANO .- (19-22-23 octubre)

Page 9: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte ... · lia Ysabel Loaiza Callata, ... parte demandante PASTORA ABELINA SALAS VIUDA ... Alemán Núñez: ELIANA MARA, GONZALO ALEMAN

La República 9SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAViernes 19 de octubre del 2018

CRONICAS JUDICIALES

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA

SEGUNDA SALA LABORAL

CRÓNICA JUDICIAL MAYO 2018

02 DE MAYO DEL 2018

SENTENCIA DE VISTA Nº 507-2018-2SL

Con los señores Kenneth del Carpio Barreda, Burga Cer-vantes, Luna Regal

Registro Nº 2010-3518-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia 1114-2016-2JETT que declara infundada la demanda contenciosa administrativa interpuesta por Dante Armando Cervan-tes Anaya en contra de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa.SENTENCIA DE VISTA Nº 508-2018-2SL

Con los señores Kenneth del Carpio Barreda, Burga Cer-vantes, Luna Regal

Registro Nº 2016-703-0

RESOLVEMOS: REVOCAR la sentencia 3-2017 que falla declarando infundada la demanda contencioso adminis-trativa interpuesta por Juan Mendoza Sota en contra de la Contraloría General de la República, REFORMÁNDOLA se declara fundada la demanda AD-57-D

Con los señores del Carpio B., Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 6260-2017-0 DECLARA NULO EL CONCESORIO contenido en Resolu-ción N° 6 del 21 de marzo del 2018. RECHAZAR el escrito de apelación formulado por la parte demandada a través de su abogada delegada en foja 50, en contra de la Sen-tencia N° 55-2018-4JET, declarándose IMPROCEDENTE.

ANA SOFÍA DÍAZ AGUILAR CARLOS ALBERTO LUNA REGAL RELATORA JUEZ SUPERIOR (P)

03 DE MAYO DE 2018

SENTENCIA DE VISTA 509-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes, Luna Regal

Registro Nº 2015-4376-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia 64-2016-4JET que declara fundada la demanda. En los seguidos por Jonathan Sergio Zea Quispe con Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior.SENTENCIA DE VISTA 510-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes, Luna Regal

Registro Nº 2014-4251-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia 116-2017 que declara infundada la demanda. En los seguidos por Die-go Diaz Alanoca con Seguro Social de Salud – ESSALUD. SENTENCIA DE VISTA 511-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes, Luna Regal

Registro Nº 2016-7793- -0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia 593-2017 que declara fundada en parte la demanda contenciosa admi-nistrativa interpuesta por Sonia Socorro Edelina Zarate Mendiguri, en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Norte. SENTENCIA DE VISTA 512-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes, Luna Regal

Registro Nº 2016-7920-0

RESOLVEMOS: CONFIRMA la sentencia 689-2017-3JT que declara fundada en parte la demanda contencioso administrativa interpuesta por Julia Gloria Garate Pérez en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Are-quipa Norte. SENTENCIA DE VISTA 513-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes, Luna Regal

Registro Nº 2017-1686-0

RESOLVEMOS: CONFIRMA la sentencia 471-2017 que fa-lla declarando fundada en parte la demanda contencio-so administrativa seguida por Elena Mendoza Durand en contra de Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Norte. SENTENCIA DE VISTA 514-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-3252-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR PARCIALMENTE la Sentencia N° 661-2017-6JET de fecha 27 de junio del 2017 de foja 40 a 56, que falla declarando Fundada en parte la de-manda contencioso administrativa interpuesta por doña Loyala Carlota Vera Durand en contra de la Gerencia Re-gional de Educación de Arequipa, con emplazamiento del Procurador Público del Gobierno Regional, en los extremos que resuelve declarar Fundada en parte la de-manda y dispone que la demandada dentro del plazo de quince días cumpla con emitir resolución reconociendo y disponiendo en favor de la parte demandante el reajus-te de la bonifi cación personal, diferencial y del benefi cio por vacaciones en base a la remuneración básica de cin-cuenta nuevos soles dispuesta por el D.U. N° 105-2001, desde el 1 de septiembre del 2001, más el pago de los in-tereses legales correspondientes e Infundada la deman-da respecto del pedido de otorgamiento de los reajus-tes dispuestos por los Decretos de Urgencia N° 090-96, 073-97 y 011-99. REVOCAMOS la referida Sentencia en cuanto al extremo que declara Infundada la pretensión de otorgamiento y reajuste de la bonifi cación personal, diferencial y benefi cio vacacional después de la entrada en vigencia de la Ley N° 29944. REFORMÁNDOLA la de-claramos fundada, en consecuencia se ordena el reajuste de la bonifi cación personal, diferencial y benefi cio vaca-cional desde el 1 de septiembre del 2001 hasta el 23 de diciembre del 2012, ello teniendo en cuenta lo expuesto en la presente Sentencia; DISPONEMOS se devuelva el expediente a su Juzgado de origen.. SENTENCIA DE VISTA 515-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-7020-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia N° 999-2017-6JET de fecha 29 de septiembre del 2017 de folios 34 a 39, que falla declarando Fundada la demanda conten-ciosa administrativa interpuesta por Ángel Bustamante

García en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Norte, con emplazamiento del Procurador Pú-blico del Gobierno Regional, con lo demás que la con-tiene. DISPONEMOS: Que se devuelva el expediente al juzgado de origen SENTENCIA DE VISTA 516-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-5360-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia N° 871-2017-6JET de fecha 14 de septiembre del 2017 de folios 51 a 64, que falla declarando Fundada en parte la demanda contencioso administrativa interpuesta por doña Car-men María Núñez Melgar Vera en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Norte, con empla-zamiento del Procurador Público del Gobierno Regional, con todo lo demás que la contiene. DISPONEMOS: Se devuelva el expediente al juzgado de origenSENTENCIA DE VISTA 517-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº2017-3866-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia N° 810-2017-6JET de fecha 21 de agosto del 2017 de folios 39 a 49, que falla declarando Fundada la demanda contenciosa administrativa interpuesta por doña Judith Emilia Laos Farfán en contra de la Unidad de Gestión Educativa Lo-cal Arequipa Norte, con emplazamiento del Procurador Público del Gobierno Regional, con todo lo demás que la contiene. DISPONEMOS: Se devuelva el expediente al juzgado de origenSENTENCIA DE VISTA 518-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 5744-2016-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia cuatrocientos cuarenta y siete-dos mil diecisiete, del veintinueve de mayo de dos mil diecisiete, de folio cincuenta y cuatro y siguientes, en el extremo que declara fundada en parte la demanda; con lo demás que contiene y es materia de grado. En los seguidos por Gladys Rosaura Vera Mansilla en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Are-quipa Norte, sobre Proceso Contencioso Administrativo. Y los devolvemos a su juzgado de origenAUTO DE VISTA Nº 166-2018-2SL

Con los señores del Carpio B., Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2429-2017-9

CONFIRMA la resolución tres, del treinta de mayo de dos mil diecisiete, copiada a folio treinta y tres, en el extremo apelado que resuelve variar la medida cautelar respeto a la designación del órgano de auxilio judicial, con lo demás que contiene y es materia de grado. Y los devol-vemos a su juzgado de origen. AD-58-D

Con los señores del Carpio B., Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 7943-2017-0 DECLARA NULO EL CONCESORIO contenido en Resolu-ción N° 6 del 22 de marzo del 2018. RECHAZAR el escrito de apelación formulado por la parte demandada a través de su abogada delegada en foja 62, en contra de la Sen-tencia N° 57-2018-4JET, declarándose IMPROCEDENTE.

AT-174-T

Con los señores del Carpio B., Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 1617-2016-0 ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de aten-ción. AT-175-T

Con los señores del Carpio B., Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 410-2015-0 ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de aten-ción. AT-176-T

Con los señores del Carpio B., Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 4456-2015-0 ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de Justicia de la República, con la debida nota de aten-ción. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Al primer y se-gundo otrosí: téngase presente. AT-177-T

Con los señores Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 4679-2017-0 ACEPTARON: la abstención del señor Kenneth del Carpio Barreda, debiendo llamarse al Juez Superior expedito por ley. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Y verifi cándo-se que entre el folio 23 y 24 hay una hoja sin foliar, au-torizaron su interpolación, debiendo quedar como 23-A. AT-178-T

Con los señores Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 5983-2017-0 ACEPTARON: la abstención del señor Kenneth del Carpio Barreda, debiendo llamarse al Juez Superior expedito por ley. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Y, conforme al estado del proceso, REMÍTASE al Ministerio Público para el dictamen correspondiente, debiendo ser devueltos con el dictamen emitido dentro del plazo de ley y bajo responsabilidad. Proveyéndose el informe de Secretaría de Sala que antecede: téngase presente. AT-179-T

Con los señores del Carpio B., Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 3948-2017-0 RESOLVIERON: CORREGIR el error anotado en la resolu-ción de fojas 120, debiendo entenderse como resolución número “diez” y no “nueve”, dejándose subsistente en todo lo demás que contiene. AT-180-T

Con los señores del Carpio B., Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 7810-2017-0 AUTORIZARON: la interpolación de la hoja que obra en-tre los folios 15 y 16 debiendo quedar como 15 A. TÓ-MESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. En cuanto a los demás rubros del informe de Secretaría de Sala que antecede:

téngase presente.

ANA SOFÍA DÍAZ AGUILAR CARLOS ALBERTO LUNA REGAL RELATORA JUEZ SUPERIOR (P)

4 DE MAYO DE 2018

SENTENCIA DE VISTA 519-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-7794-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia Nº 492-2017 de fecha 20 de junio del 2017 de folios 44 a 58, que falla declarando Fundada en parte la demanda interpuesta, con todo lo demás que contiene y es materia de grado. DISPONEMOS: Se devuelva el expediente al juzgado de origen. En los seguidos por Nery Filomena Alcantara Contreras de Manrique, en contra de la Unidad de Ges-tión Educativa Local Arequipa Sur, sobre Proceso Con-tencioso AdministrativoSENTENCIA DE VISTA 520-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-6865-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia quinientos no-venta y siete-dos mil diecisiete, del diecinueve de junio de dos mil diecisiete, de folio setenta y tres y siguientes, en el extremo apelado (bonifi cación personal), que de-clara fundada en parte la demanda en consecuencia, dis-pone que la demandada cumpla con emitir resolución reconociendo y disponiendo el reajuste de la bonifi ca-ción personal desde el 1 de septiembre de 2001, más intereses legales simples, con lo demás que contiene y es materia de grado.SENTENCIA DE VISTA 521-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº2016-2983-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia trescientos cua-renta y seis de dos mil diecisiete, del veintisiete de abril de dos mil diecisiete, de folio cuarenta y uno a cuarenta y seis, que declara infundada la demanda. En los seguidos por Rosa Benita Casapia de Sosa en contra de la Gerencia Regional de Educación de Arequipa, sobre Proceso Con-tencioso Administrativo.SENTENCIA DE VISTA 522-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-1451-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia quinientos vein-ticinco-dos mil diecisiete, del veintiocho de junio de dos mil diecisiete, de folio treinta y nueve a cuarenta y nueve, que declara FUNDADA EN PARTE la demanda, con lo de-más que contiene y es materia de grado. En los seguidos por Francisco Gutiérrez Guzmán en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Norte, sobre Pro-ceso Contencioso Administrativo. Y los devolvemos a su juzgado de origenSENTENCIA DE VISTA 523-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Page 10: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte ... · lia Ysabel Loaiza Callata, ... parte demandante PASTORA ABELINA SALAS VIUDA ... Alemán Núñez: ELIANA MARA, GONZALO ALEMAN

La República10 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Viernes, 19 de octubre del 2018

Registro Nº 2017-705-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia Nro. 509-2017-5JET, de fecha 05 de mayo del 2017 de foja 36 a 42, por la que se declara fundada en parte la demanda; en consecuencia, ORDENA que la demandada cumpla con recalcular el monto de la bonifi cación por preparación de clases y evaluación en base al 30% de su remune-ración total a partir del 21 de mayo de 1990 hasta el 23 de diciembre del 2012 como auxiliar de educación. En los seguidos por Amelia Rufi na Gutiérrez Arancibia, en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequi-pa Sur, sobre Proceso Contencioso Administrativo. Y los devolvemos a su juzgado de origen.SENTENCIA DE VISTA 525-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-5135-0

RESOLVEMOS: CORREGIR la Sentencia Nº 342-2017 de fecha veinticinco de abril de abril del dos mil diecisiete, de foja 36 a 51, señalando que el pago de devengados debe efectuarse desde el 01 de setiembre del 2001 en adelante. CONFIRMARON la Sentencia N° 342-2017 de fecha veinticinco de abril de abril del dos mil diecisie-te, de foja 36 a 51, en el extremo que declara fundada en parte la demanda; en consecuencia dispone que la demandada cumpla con: a) Emitir resolución efectuan-do el reajuste de la bonifi cación personal, diferencial y benefi cio vacacional, tomando como referencia para el cálculo la remuneración básica señalada por el artículo 1 del Decreto de Urgencia N° 105-2001, montos que de-berán recalcularse desde el 01 de setiembre del 2001 en adelante; b) Reconozca y efectué el pago de los deven-gados respectivos, debiendo efectuar los cálculos con deducción de los pagos.SENTENCIA DE VISTA 526-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-8385-0

RESOLVEMOS: REVOCAR la Sentencia N° 336-2017 de fecha dieciséis de mayo de dos mil diecisiete, de foja 47 a 55, que declara infundada la demanda. REFORMÁN-DOLA declararon FUNDADA EN PARTE la demanda, en consecuencia dispusieron que la demandada en el plazo de quince días, proceda a emitir resolución reco-nociendo y ordenando el pago del incremento remu-nerativo correspondiente al diez por ciento (10%) de la parte del haber mensual que al mes de enero de mil novecientos noventa y tres está afecto a la contribución del Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI), dispuesto por el Decreto Ley N° 25981 en su artículo 2, con sus respectivos devengados desde el 01 de enero de 1993 hasta el 28 de octubre del 2016, así como el pago de los intereses legales correspondientes; montos que debe-rán ser presupuestados conforme a lo dispuesto por el artículo 47 del T.U.O. de la Ley N° 27584, para su pago. INFUNDADA la demanda respecto a que se le pague los devengados hasta la actualidad. En los seguidos por Gaby Cidelsa Vela Lazo en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Norte con emplaza-miento del Procurador Público a cargo de los asuntos del Gobierno Regional de Arequipa. Y los devolvemos a su Juzgado de origen.SENTENCIA DE VISTA 527-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-1172-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia Nº 330-2017-3JT de fecha 21 de abril del 2017, fojas 81 a 88, que falla declarando infundada la demanda interpuesta, con todo lo demás que contiene y es materia de grado. DIS-PONEMOS se devuelvan los autos al Juzgado de origen. En los seguidos por Félix Bernabé Cuevas Ortega, en contra de la Ofi cina de Normalización Previsional, sobre Proceso Contencioso Administrativo.SENTENCIA DE VISTA 528-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-8683-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia Nº 493-2017-5JET del 28 de abril del 2017, de foja 43 a 48, en el extremo que declara fundada la demanda; en conse-cuencia: DISPONE: que la demandada proceda a emitir resolución reconociendo, calculando y ordenando el pago del incremento remunerativo correspondiente al diez por ciento (10%) de la parte del haber mensual

que al mes de enero de mil novecientos noventa y tres está afecto al FONAVI, dispuesto por el Decreto Ley N° 25981, en su articulo 2, con sus respectivos devengados e intereses legales. Sin costas ni costos. En los seguidos por Neiva Barria Ramírez, en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Norte, sobre Proceso Contencioso Administrativo. Y los devolvemos a su juz-gado de origenSENTENCIA DE VISTA 529-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-7823-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia N° 774-2017-5JET del 10 de julio del 2017, de foja 39 a 46, por la que se declara fundada la demanda; en consecuencia: OR-DENA: que la entidad demandada cumpla con emitir re-solución reajustando la pensión de cesantía de la parte demandante en cuanto a sus bonifi caciones personal, diferencial y vacacional, teniendo en cuenta para ello la remuneración básica establecida en el artículo 1° del Decreto de Urgencia N° 105-2001 (S/ 50.00), para lo cual en el caso de la bonifi cación personal deberá tenerse en cuenta los años de servicios prestados al momento de su cese, conforme a lo expuesto en la parte consi-derativa, todo lo cual será verifi cado en ejecución de sentencia. Asimismo deberá cumplir con emitir la reso-lución que reconozca el pago de los intereses legales, los cuales se calcularán sobre la base de los devengados hasta la fecha de cancelación de éstos, de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa de esta sentencia. Y los devolvieron a su juzgado de origen. En los seguidos por Leonor Sara Rodríguez de Herrera, en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Norte, so-bre Proceso Contencioso Administrativo.SENTENCIA DE VISTA 530-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-7693 -0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia N° 553-2017 de fecha 9 de junio del 2017 de folios 47 a 60, que falla declarando Fundada en parte la demanda interpuesta, con todo lo demás que contiene y es materia de grado. DISPONEMOS: Se devuelva el expediente al juzgado de origen .SENTENCIA DE VISTA 531-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-2446-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia N° 676-2017-6JET de fecha 28 de junio del 2017, fojas 50 a 63, que falla declarando fundada en parte, con todo lo demás que contiene y es materia de grado. DISPONEMOS se devuelvan los autos al Juzgado de origen. En los segui-dos por Trinidad Yacasi Iquise, en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Norte, sobre ProcesoContencioso Administrativo.SENTENCIA DE VISTA 532-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-3422-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia N° 822-2017-5JET de fecha 19 de julio del 2017, fojas 160 a 170, que falla declarando fundada la demanda interpuesta, con todo lo demás que contiene y es materia de grado. DIS-PONEMOS se devuelvan los autos al Juzgado de origen. En los seguidos por Víctor Raúl Cadenas Velásquez, en contra del Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, sobre Proceso Contencioso Administrativo.SENTENCIA DE VISTA 533-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2014-6075-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia Nº 966-2016 de fecha 25 de octubre del 2016, de foja 400 a 409, que falla declarando fundada en parte la demanda contenciosa administrativa interpuesta por Roberto Vargas Gonzá-les en contra de la Gerencia General del Poder Judicial, con emplazamiento del Procurador Público del Poder Judicial, con todo lo demás que contiene y es materia de grado. ORDENAMOS se devuelvan los actuados al Juzgado de origen.AUTO DE VISTA Nº 169-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 6594-2014-15

RESOLVIERON: CONFIRMAR la resolución apeladaAUTO DE VISTA 170-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 3797-2011-18

RESOLVIERON: CONFIRMAR la resolución apeladaAUTO DE VISTA 171-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 3797-2011-18

RESOLVIERON: CONFIRMAR la resolución apeladaAUTO DE VISTA 172-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 8561-2016-40

RESOLVIERON: REVOCAR la resolución apeladaAUTO DE VISTA 173-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 7473-2016-42

RESOLVIERON: CONFIRMAR la resolución apeladaAUTO DE VISTA 174-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 4779-2015-81

RESOLVIERON: CONFIRMAR la resolución apeladaAUTO DE VISTA 175-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2996-2014-33

RESOLVIERON: REVOCAR la resolución apeladaAUTO DE VISTA 176-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 9831-2017-99

RESOLVIERON: REVOCAR la resolución apelada.AUTO DE VISTA 177-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 3422-2016-0

RESOLVIERON: CONFIRMAR la resolución apelada.AUTO DE VISTA 178-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 6075-2014-0

RESOLVIERON: CONFIRMAR la resolución apelada AD-65-D

Con los señores del Carpio B., Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 1241-2016-0 DECLARA NULA la Resolución N° 06 de fecha veintiséis de octubre del dos mil dieciséis de folio 54; con que se concede recurso de apelación con efecto suspensivo en contra de la Sentencia N° 1072- 2016 2JETT de fecha veintinueve de setiembre del dos mil dieciséis, a favor de la demandada Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Sur. IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por la demandada Unidad de Gestión Edu-cativa Local Arequipa Sur debidamente representado por el abogado delegado de la Procuraduría Pública Adjunta a cargo de los asuntos judiciales del Gobierno Regional de Arequipa de folios 51 a 53.

ANA SOFÍA DÍAZ AGUILAR CARLOS ALBERTO LUNA REGAL RELATORA JUEZ SUPERIOR (P)

07 DE MAYO DE 2018

SENTENCIA DE VISTA 534-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2014-4596-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia N° 40-2017 del 31 de enero del 2017, de foja 98 a 105, por la que se de-clara infundada la demanda. Sin costas ni costos. En los seguidos por Rubén Walter Lindo Galván, en contra de la Ofi cina de Normalización Previsional, sobre Proceso Contencioso Administrativo. AUTO DE VISTA 179-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 3846-2010-21

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la resolución apeladaAUTO DE VISTA 180-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 1726-2012-10

RESOLVIERON: CONFIRMAR la resolución apelada.AUTO DE VISTA 181-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 1726-2012-10

RESOLVIERON: CONFIRMAR la resolución apelada.AUTO DE VISTA 182-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 1726-2012-10

RESOLVIERON: CONFIRMAR la resolución apeladaAUTO DE VISTA 183-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 4759-2009-20

RESOLVIERON: REVOCARON la resolución apelada.

ANA SOFÍA DÍAZ AGUILAR CARLOS ALBERTO LUNA REGAL RELATORA JUEZ SUPERIOR (P)

08 DE MAYO DE 2018SENTENCIA DE VISTA 535-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2015-7166-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia N° 137-2016-2JTT de fecha 23 de diciembre del 2016, fojas 137 a 149, que falla declarando fundada en parte la demanda interpuesta, con todo lo demás que contiene y es ma-teria de grado. DISPONEMOS se devuelvan los autos al Juzgado de origen. En los seguidos por Juana Idalia Díaz Flores, en contra del Tribunal Superior de Responsabi-lidades Administrativas de la Contraloría General de la Republica, sobre Proceso Contencioso Administrativo.AD-59-D

Con los señores del Carpio B., Reymer Urquieta y Pa-redes Lozada

Registro Nº 4348-2017-0 RESOLVEMOS: APROBAR la Transacción Extrajudicial del 15 de setiembre del 2017, celebrada por el Procu-rador Público Regional en representación del Gobierno Regional de Arequipa y el demandante Pedro Tevez García, obrante a foja 63 a 64. Ordenamos su estricto cumplimiento bajo responsabilidad. En consecuencia, declaramos concluido el proceso y disponemos su ar-chivo. Y los devolvemos.

ANA SOFÍA DÍAZ AGUILAR CARLOS ALBERTO LUNA REGAL RELATORA JUEZ SUPERIOR (P)

09 DE MAYO DE 2018

SENTENCIA DE VISTA 536-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-5176-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia Nro. 0854-2017-6JET de fecha 11 de septiembre del 2017, de foja 42 a 55, en el extremo que declara fundada en parte la demanda, y en consecuencia: DISPONE: que la parte de-mandada -dentro del plazo de quince días- cumpla con emitir resolución reconociendo y disponiendo a favor de la parte demandante, el reajuste y pago de la boni-fi cación personal, bonifi cación diferencial, así como el benefi cio adicional por vacaciones (compensación va-cacional), en base a la remuneración básica de S/. 50.00 soles dispuesta por el Decreto de Urgencia N° 105-2001, desde el 01 de setiembre del 2001 en adelante; debien-do además disponerse el pago de intereses legales sim-ples en la forma establecida en la sentencia. En los se-guidos por Candelaria Benita Rodríguez, en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Sur, sobre Proceso Contencioso Administrativo. Y los devolvemos a su juzgado de origen .SENTENCIA DE VISTA 537-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-7669-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia Nro. 199-2017-6JET de fecha 17 de febrero del 2017, de foja 46 a 54, que declara fundada la demanda, y en consecuencia: DECLARA: La nulidad total de la Resolución Directoral N°04877 de fecha 16 de mayo del 2016 y de la reso-lución fi cta. DISPONE: Que la demandada – en el plazo de quince días – cumpla con emitir resolución recono-ciendo y disponiendo a favor de la parte demandante, el reajuste de la bonifi cación personal y de la compen-sación vacacional, en base a la remuneración básica de cincuenta nuevos soles dispuesta por el Decreto de Urgencia 105-2001, desde el 01 de setiembre del 2001 en adelante; debiendo además disponerse el pago de intereses legales en la forma establecida en la presente sentencia. En los seguidos por José Serapio Cari Cuevas, en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Are-quipa Sur, sobre Proceso Contencioso Administrativo. Y los devolvemos a su juzgado de origen SENTENCIA DE VISTA 538-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-602-0

RESOLVEMOS: REVOCAR PARCIALMENTE la Sentencia N° 660-2017-6JET de fecha 27 de junio del 2017 de foja 83 a 91, que falla declarando Fundada en parte la demanda contencioso administrativa interpuesta por don Luis Cutimbo Carreón en contra de la Gerencia Re-gional de Agricultura de Arequipa con emplazamiento del Procurador Público del Gobierno Regional, en el ex-tremo que declara fundada la pretensión referida al re-conocimiento, otorgamiento y pago de la bonifi cación personal dispuesta en el artículo 51° del D. Leg. 276, en base a la remuneración básica de s/. 50.00 nuevos soles dispuesta por D.U. N° 105-2001, desde el 1 de septiem-bre del 2001 en adelante, así como en el extremo que ordena el pago de intereses legales simples generados. REFORMÁNDOLA se declara Infundadas dichas preten-siones por los fundamentos expuestos en la presente Sentencia y; CONFIRMAMOS la referida Sentencia en lo demás que la contiene. DISPONEMOS: Se devuelva el

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La República 11SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAViernes 19 de octubre del 2018

expediente al juzgado de origen.SENTENCIA DE VISTA 539-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-6787-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia N° 873-2017 del 14 de septiembre del 2017 de folios 20 a 30 que falla declarando fundada la demanda contenciosa adminis-trativa interpuesta por Laura Soledad Necochea del Car-pio en contra de la Gerencia Regional de Educación de Arequipa, con emplazamiento del Procurador Público del Gobierno Regional de Arequipa, con lo demás que la contiene. ORDENAMOS: se devuelva el Expediente al Juzgado de origenSENTENCIA DE VISTA 540-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-7461-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR Sentencia N° 995-2017-6JET de fecha 29 de septiembre del 2017 de foja 38 a 52, que falla declarando Fundada en parte la demanda contencioso administrativa interpuesta por don Carlo-magno Marino Eduardo Llerena Gonzáles en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Sur, con emplazamiento del Procurador Público del Gobierno Regional, con todo lo demás que la contiene. DISPONE-MOS: Se devuelva el expediente al juzgado de origen.SENTENCIA DE VISTA 541-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-3697-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia N° 829-2017-6JET de fecha veintinueve de agosto del 2017 de foja 45 a 58, que falla declarando Fundada en parte la de-manda contencioso administrativa interpuesta por don Bernardino Gregorio Miranda Huertas en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Norte, con emplazamiento del Procurador Público del Gobierno Regional, con todo lo demás que la contiene. DISPONE-MOS: Se devuelva el expediente al juzgado de origen.SENTENCIA DE VISTA 542-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-9109-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia N° 1228-2017-6JET de fecha veinticuatro de noviembre del 2017 de folios 31 a 42, que falla declarando Fundada la demanda contenciosa administrativa interpuesta por doña Isabel Álvarez de Zárate en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Norte, con emplazamiento del Procurador Público del Gobierno Regional, con todo lo demás que la contiene. DISPONEMOS: Se devuelva el expediente al juzgado de origen.SENTENCIA DE VISTA 543-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-6702-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia N° 984-2017-6JET de fecha 29 de septiembre del 2017 de folios 39 a 51, que falla declarando Fundada en parte la demanda contencioso administrativa interpuesta por doña Ruth Elena Gutiérrez Pachao en contra de Gerencia Regional de Educación de Arequipa, con emplazamiento del Procurador Público del Gobierno Regional, con todo lo demás que la contiene. DISPONEMOS: Se devuelva el expediente al juzgado de origen.SENTENCIA DE VISTA 544-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-7806-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia N° 422-2017 de fecha 25 de mayo del 2017 de folios 36 a 45, que falla declarando Fundada en parte la demanda contencioso administrativa interpuesta por doña Julia Benigna Rojo de Bustinza en contra del Hospital Honorio Delgado Es-pinoza, con emplazamiento del Procurador Público del Gobierno Regional. DISPONEMOS: Que se devuelva el expediente al juzgado de origen.SENTENCIA DE VISTA 545-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-200-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia N° 728-2017 de fecha 14 de julio del 2017 de folios 57 a 73, que falla declarando Fundada en parte la demanda contencioso administrativa interpuesta por doña Marianela Angé-lica Cáceres Garate en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Norte, con emplazamiento del Procurador Público del Gobierno Regional, con todo lo demás que la contiene. DISPONEMOS: Se devuelva el expediente al juzgado de origen.SENTENCIA DE VISTA 546-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-2067-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia N° 604-2017-4JET de fecha 27 de junio del 2017 de folios 52 a 60, que falla declarando Fundada en parte la demanda contencioso administrativa interpuesta por don Juan Pepe Pari Pari en contra de la Gerencia Regional de Edu-cación Arequipa, con emplazamiento del Procurador Público del Gobierno Regional, con todo lo demás que la contiene. DISPONEMOS: Se devuelva el expediente al juzgado de origen.SENTENCIA DE VISTA 547-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2015-5549-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia seiscientos ochenta y uno-dos mil diecisiete, del diecinueve de junio de dos mil diecisiete, de folio ochenta y dos y si-guientes, en el extremo que declara fundada en parte la demanda; con lo demás que contiene y es materia de grado. Precisando que el reajuste solo corresponderá en las fechas en las que se le haya otorgado a la deman-dante la bonifi cación personal y diferencial, lo que se verifi cará en ejecución de sentencia. En los seguidos por Gladys Janeth Álvarez Minaya en contra de la Uni-dad de Gestión Educativa Local Arequipa Norte, sobre Proceso Contencioso Administrativo. Y los devolvemos a su juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA 548-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-4015-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia setecientos cin-cuenta-dos mil diecisiete, del treinta y uno de julio del dos mil diecisiete, de folio treinta y nueve y siguientes, en el extremo que declara fundada en parte la deman-da; con lo demás que contiene y es materia de grado.SENTENCIA DE VISTA 549-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2015-989-0

RESOLVEMOS: ANULAR la sentencia ciento veintiséis-dos mil diecisiete, del treinta y uno de enero de dos mil diecisiete, de folio trescientos sesenta y uno y siguien-tes, que declara FUNDADA la demanda; en consecuen-cia, Dispusieron que el a quo vuelva a emitir pronuncia-miento conforme lo señalado en la parte expositiva de la presente. Y los devolvieron.SENTENCIA DE VISTA 550-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017- 8982 -0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia N° 1241-2017-6JET de fecha 24 de noviembre del 2017 de folios 40 a 57, en el extremo que falla declarando Fundada en parte la demanda contencioso administrativa inter-puesta por doña Rosa Isabel Cuti Mayhuiri en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Sur, con emplazamiento del Procurador Público del Gobierno Regional, con todo lo demás que la contiene. DISPONE-MOS: Se devuelva el expediente al juzgado de origen.SENTENCIA DE VISTA 551-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-86-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia setecientos cuatro-dos mil diecisiete, del veintidós de junio de dos mil diecisiete, de folio cincuenta y ocho y siguientes, con lo demás que contiene y es materia de grado. Pre-cisando que el pago de las respectivas bonifi caciones es a partir de la fecha señalada en la presente sentencia en adelante. En los seguidos por Félix Felipe Palomino Tamo en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Sur, sobre Proceso Contencioso Administrati-vo. Y los devolvemos a su juzgado de origen.SENTENCIA DE VISTA 552-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 662-2017-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia setecientos veintitrés-dos mil diecisiete, del veintiséis de junio de dos mil diecisiete, de folio sesenta y uno y siguientes, que declara fundada en parte la demanda, con lo demás que contiene y es materia de grado. Precisando que el pago de las respectivas bonifi caciones es a partir de la fecha señalada en la presente sentencia en adelante. En los seguidos por Livio Sinche Fajardo en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Sur, sobre Proceso Contencioso Administrativo. Y los devolvemos a su juzgado de origen.SENTENCIA DE VISTA 553-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-7454-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia Nº 646-2017-5JET de fecha 5 de junio del 2017 de folios 37 a 41, que falla declarando Fundada la demanda contencioso ad-ministrativa interpuesta por doña Natividad Felicidad Delgado Berlanga Vda. de Suclly en contra del Hospital Honorio Delgado Espinoza, con emplazamiento del Pro-curador Público del Gobierno Regional. DISPONEMOS: Que se devuelva el expediente al juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA 554-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2015-5410-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia N° 0647-2017-4JET de fecha doce de julio del 2017 de folios 63 a 71, que falla declarando Fundada en parte la demanda contencioso administrativa interpuesta por don Isaac Condori Callo en contra de la Unidad de Gestión Edu-cativa Local Arequipa Norte, con emplazamiento del Procurador Público del Gobierno Regional, con todo lo demás que la contiene. DISPONEMOS: Se devuelva el expediente al juzgado de origen.SENTENCIA DE VISTA 580-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-5419-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia novecientos cincuenta y ocho-dos mil diecisiete, del veintinueve de agosto de dos mil diecisiete, de folio treinta y siete a cuarenta y tres, que declara fundada la demanda, con lo demás que contiene y es materia de grado. En los se-guidos por Eliana Carlota Llerena Neira en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Sur, sobre Proceso Contencioso Administrativo. Y los devolvemos a su juzgado de origen.AUTO DE VISTA 184-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 1928-78-14

RESOLVEMOS: REVOCAR la resolución apeladaAUTO DE VISTA 185-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 1163-09-76

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la resolución apelada.AUTO DE VISTA 186-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 10-16-21

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la resolución apeladaAUTO DE VISTA 187-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 4044-12-86

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la resolución apelada.AUTO DE VISTA 188-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 4044-12-86

RESOLVIERON: CONFIRMAR la resolución apelada.AUTO DE VISTA 189-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 989-15-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la resolución apelada.AUTO DE VISTA 190-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 1731-10-51

RESOLVEMOS: REVOCAR la resolución apelada.AUTO DE VISTA 191-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 5609-15-66

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la resolución apelada.AUTO DE VISTA 192-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 688-17-77

RESOLVIERON: CONFIRMAR la resolución apelada.AUTO DE VISTA 193-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 6327-13-50

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la resolución apelada.AUTO DE VISTA 194-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 961-15-76

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la resolución apelada.AUTO DE VISTA 195-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 4743-13-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la resolución apelada.AUTO DE VISTA 196-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 1366-16-11

RESOLVEMOS: REVOCAR la resolución apelada.AUTO DE VISTA 197-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 1277-12-44

RESOLVEMOS: REVOCAR la resolución apelada.AUTO DE VISTA 198-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 1277-12-44

RESOLVEMOS: declarar NULA la resolución apelada.

ANA SOFÍA DÍAZ AGUILAR CARLOS ALBERTO LUNA REGAL RELATORA JUEZ SUPERIOR (P)

10 DE MAYO DE 2018

SENTENCIA DE VISTA 555-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-230-0

CONFIRMAR la Sentencia N° 683-2017-5JET de fecha 19 de junio del 2017 de folios 50 a 57, que falla declarando Fundada en parte la demanda interpuesta por Blanca Luz Sardón Molina en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Norte, con todo lo demás que la contiene. DISPONEMOS: Se devuelva el expediente al juzgado de origen.SENTENCIA DE VISTA 556-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-3353-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia N° 695-2017-6JET de fecha 7 de julio del 2017 de folios 44 a 61, que falla declarando Fundada en parte la demanda inter-puesta, con todo lo demás que contiene y es materia de grado. DISPONEMOS se devuelvan los autos al Juzgado de origen. En los seguidos por Nancy Rosalía Pizarro Becerra en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Sur, sobre Proceso Contencioso Admi-nistrativo.SENTENCIA DE VISTA 557-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-5667-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia N° 275-2017 del 3 de abril del 2017 de folios 41 a 51 que falla de-clarando fundada la demanda interpuesta por Florencia Nancy Jesús Eyzaguirre Romero en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Sur, con lo demás que la contiene. ORDENAMOS: se devuelva el Expedien-te al Juzgado de origen. SENTENCIA DE VISTA 558-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-6504-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia N° 913-2017-6JET de fecha 21 de setiembre del 2017 de folios 38 a 47 que falla declarando infundada la demanda interpuesta por Delia Becerra Quiroz en contra de la Unidad de Ges-tión Educativa Local Arequipa Norte, con lo demás que lo contiene. ORDENAMOS: se devuelva el Expediente al Juzgado de origen.SENTENCIA DE VISTA 559-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-6760-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia N° 312-2017-4JET de fecha 7 de abril del 2017, folios 56 a 61, que falla declarando improcedente la demanda interpuesta por Heraclides Ricaldi Canchihuaman en contra de la Ofi cina de Normalización Previsional, con lo demás que la contiene. ORDENAMOS se devuelva el Expediente al Juzgado de origen.AUTO DE VISTA 199-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 8829-16-19

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la resolución apelada.AUTO DE VISTA 201-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2622-11-44

RESOLVEMOS: CONFIMAR la resolución apelada.AT-190-T

Page 12: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte ... · lia Ysabel Loaiza Callata, ... parte demandante PASTORA ABELINA SALAS VIUDA ... Alemán Núñez: ELIANA MARA, GONZALO ALEMAN

La República12 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Viernes, 19 de octubre del 2018

COMUNICADO LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA REQUIERE DE UN INMUEBLE UBICADO EN EL DISTRITO DE AREQUIPA, EN UN RADIO NO MAYOR A 12 KM DE LA PLAZA ESPAÑA, QUE CUENTE CON 850 M2 DE ÁREA CONSTRUIDA, 6 BAÑOS COMO MINIMO, PARA ARRENDAMIENTO INMEDIATO, CON DOCUMENTACIÓN EN ORDEN. COMUNICARSE CON EL ÁREA DE LOGÍSTICA AL TELÉFONO 282763 Ó 226335 Ó 382520 ANEXO 51520 Ó ANEXO 51553 O DEJAR PROPUESTA DE ARRENDAMIENTO EN CALLE PERAL 1110, SEGUNDO PISO A LA COORDINACIÓN DE LOGÍSTICA.

COORDINACION DE LOGISTICA

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2639-2016-0 ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Supre-ma de Justicia de la República, con la debida nota de atención. AT-191-T

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 3495-2016-0 ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Supre-ma de Justicia de la República, con la debida nota de atención. AT-192-T

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 517-2016-0 DECLARARON: Improcedente la solicitud de interrup-ción del proceso solicitada por el demandante Adrián Valderrama Ballón.

ANA SOFÍA DÍAZ AGUILAR CARLOS ALBERTO LUNA REGAL RELATORA JUEZ SUPERIOR (P)

11 DE MAYO DE 2018

SENTENCIA DE VISTA 560-2018-2SLCon los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-5945-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia N° 373-2017-6JET de fecha 30 de marzo del 2017 de folios 43 a 50, que falla declarando Fundada la demanda contencio-so administrativa interpuesta por doña Olinda Edith

Rivera López en contra del Hospital Regional Honorio Delgado Espinoza, con emplazamiento del Procurador Público del Gobierno Regional, con todo lo demás que la contiene.SENTENCIA DE VISTA 561-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-149-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia cuatrocientos noventa y uno-dos mil diecisiete, del diecinueve de junio de dos mil diecisiete, de folio cincuenta y uno y siguientes, en el extremo apelado (bonifi cación perso-nal), que declara fundada la demanda, en consecuencia ordena que la demandada cumpla con emitir resolución efectuando el reajuste de la bonifi cación personal de la demandante; tomando como referencia para el cálculo la Remuneración Básica señalada por el artículo 1 del Decreto de Urgencia 105-2001, montos que deberán recalcularse desde el uno de setiembre de dos mil uno en adelante; reconozca y efectúe el pago de los deven-gados respectivos, debiendo efectuar los cálculos con deducción de los pagos efectuados calculados en forma errónea por tal concepto, siempre que en ejecución de sentencia no se verifi que el pago correcto del concep-to reclamado, a partir del uno de setiembre de dos mil uno en adelante y reconozca y efectúe el pago de los intereses legales respectivos; precisando que para el respectivo reajuste deberá tenerse en cuenta los años de servicio prestados al momento de su cese. SENTENCIA DE VISTA 562-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2015-1154-0RESOLVEMOS: REVOCAR la sentencia mil doscientos seis-dos mil dieciséis, del dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis, de folio ciento noventa y uno y siguientes, que declara infundada la demanda; RE-FORMÁNDOLA Declararon FUNDADA la demanda, en consecuencia Se Dispone que la entidad demanda-da EsSalud cumpla con RECONOCER la plaza 622A-25617000 de Enfermera III (Jefe de Servicio Asistencial) ganada mediante concurso por la actora, según la tabla

de conversión de cargos de mil novecientos noventa y seis, cargo que le corresponde a la actora. ORDENARON que la demandada cumpla con pagar los devengados e intereses legales conforme a lo anotado en la presente. En los seguidos por Ariela Adelaida Ali Linares contra EsSalud, sobre Proceso Contencioso Administrativo. Y los devolvemos a su juzgado de origen.SENTENCIA DE VISTA 563-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-8879-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia quinientos treinta y nueve-dos mil diecisiete, del once de mayo de dos mil diecisiete, obrante a folios cuarenta y cinco y siguientes, en el extremo apelado (bonifi cación per-sonal), que declara fundada en parte la demanda, por tanto, ordena que la entidad demandada cumpla con emitir resolución reajustando la pensión de cesantía en cuanto a la bonifi cación personal, con retroactividad al 1 de setiembre de 2001, más intereses legales de los de-vengados hasta la fecha de cancelación de estos, con lo demás que contiene y es materia de grado. En los segui-dos por Máxima Lidia Cárdenas de Torres en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Sur. Y los devolvemos a su juzgado de origenSENTENCIA DE VISTA 564-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-5379-0

RESOLVEMOS: CORREGIR la parte resolutiva de la sen-tencia trescientos cincuenta-dos mil diecisiete, del vein-ticinco de abril de dos mil diecisiete, de folio cincuenta y siete y siguientes, señalando que el nombre correcto de la demandante es “Vicentina Candia Mollinedo”, no como erróneamente se ha consignado en la recurrida. CONFIRMARON la sentencia impugnada, que declara fundada en parte la demanda; con lo demás que contie-ne y es materia de grado. En los seguidos por Vicentina Candia Mollinedo en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Norte, sobre Proceso Conten-cioso Administrativo. Y los devolvemos a su juzgado de

origen.SENTENCIA DE VISTA 565-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-9021-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia ciento ochenta y cinco-dos mil diecisiete, del dieciocho de julio de dos mil diecisiete, de folio 76 y siguientes que declara fun-dada la demanda, con todo lo demás que contiene y es materia de grado. En los seguidos por Adleny Eusebia Zegarra de Santillán en contra de la Gerencia Regional de Educación de Arequipa, sobre Proceso Contencioso Administrativo. Y los devolvemos a su juzgado de ori-gen. SENTENCIA DE VISTA 566-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-5280-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la sentencia cuatrocientos ochenta y uno-dos mil diecisiete, del catorce de junio de dos mil diecisiete, de folio cuarenta y cinco y siguientes, en el extremo que declara fundada en parte la deman-da; con lo demás que contiene y es materia de grado. Precisando que el reajuste de la respectiva bonifi cación será en adelante (a partir de la fecha del cumplimento de resolución). En los seguidos por Teodora Cacilda Ca-rita Núñez en contra de la Gerencia Regional de Educa-ción de Arequipa, sobre Proceso Contencioso Adminis-trativo. Y los devolvemos a su juzgado de origen.SENTENCIA DE VISTA 567-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2014-384-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR en parte la sentencia sesen-ta y nueve-dos mil diecisiete, del treinta de enero de dos mil diecisiete, de foja doscientos cincuenta y nueve y si-guientes, que declara infundada la demanda, en cuan-to a la nulidad de las Resoluciones 020182-2013-ONP/

DPR.SC/DL 19990 y 06704-2013-ONP/DPR/DL 19990. REVOCARON la sentencia en cuanto al reconocimiento de periodos de aportación; en consecuencia, Refor-mándola, Declararon Fundada en parte la demanda y dispusieron se reconozca a favor del demandante 1 mes y 12 días adicionales a los ya reconocidos, conforme a la parte considerativa. En los seguidos por Nicomedes Vilca Calcina en contra de la Ofi cina de Normalización Previsional, sobre Proceso Contencioso Administrativo. Y los devolvemos a su juzgado de origen.SENTENCIA DE VISTA 568-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2017-1984-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia N° 660-2017 de fecha 22 de agosto del 2017 de folios 41 a 57, que falla declarando Fundada la demanda contencioso admi-nistrativa interpuesta por don Henrry Jesús Rodríguez Bracamonte en contra del Hospital Honorio Delgado Es-pinoza, con emplazamiento del Procurador Público del Gobierno Regional, con todo lo demás que la contiene. PRECISAMOS la citada Sentencia, indicando que, en es-tricto cumplimiento de la Resolución Administrativa N° 1021-2015-GRA/GRS/GR-HRHD/DG-OEA-OP, vale decir, en sus propios términos; el cálculo y correspondiente pago de los intereses legales generados por el no pago oportuno de los devengados, debe realizarse desde la fecha en que la administración incumple con lo resuelto en la resolución administrativa materia de cumplimien-to. DISPONEMOS: Se devuelva el expediente al juzgado de origen.SENTENCIA DE VISTA 569-2018-2SL

Con los señores Del Carpio Barreda, Burga Cervantes y Luna Regal

Registro Nº 2016-128-0

RESOLVEMOS: CONFIRMAR la Sentencia N° 273-2017 de fecha 31 de marzo del 2017 de folios 56 a 62, que falla declarando Improcedente la demanda contencio-sa administrativa interpuesta por don Carlos Alfredo Villamar Flores en contra del Hospital Regional Honorio Delgado Espinoza, con emplazamiento del Procurador

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La República 13SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAViernes 19 de octubre del 2018

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La República14 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Viernes, 19 de octubre del 2018

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La República 15SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAViernes 19 de octubre del 2018

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La República16 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Viernes, 19 de octubre del 2018