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MINAET Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera Gestión Participativa para la Conservación del Agua y la Biodiversidad Comisión Interinstitucional para la Zona Protectora Cerros de La Carpintera Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones Sistema Nacional de Áreas de Conservación Área de Conservación Cordillera Volcánica Central

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Page 1: Telecomunicaciones Cerros de La Carpintera Manejo ACC/Zona... · Plan General de Manejo para la Zona Protectora Cerros de La Carpintera Gestión Participativa para la Conservación

MINAET

Ministerio de Ambiente,

Energía y Telecomunicaciones

Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

Gestión Participativa para la Conservación del Agua y la Biodiversidad

Comisión Interinstitucional para la Zona Protectora Cerros de La Carpintera

Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones

Sistema Nacional de Áreas de Conservación

Área de Conservación Cordillera Volcánica Central

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Plan General de Manejo

para la Zona Protectora

Cerros de La Carpintera Gestión Participativa para la Conservación

del Agua y la Biodiversidad

Comisión Interinstitucional para la Zona Protectora Cerros de La Carpintera

Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones

Sistema Nacional de Áreas de Conservación

Área de Conservación Cordillera Volcánica Central

Enero 2012, Costa Rica

MINAET

Ministerio de Ambiente,

Energía y Telecomunicaciones

Page 3: Telecomunicaciones Cerros de La Carpintera Manejo ACC/Zona... · Plan General de Manejo para la Zona Protectora Cerros de La Carpintera Gestión Participativa para la Conservación

Plan General de Manejo para la Zona

Protectora Cerros de La Carpintera

Gestión Participativa para la Conservación del Agua y

la Biodiversidad

Comisión Interinstitucional para la Zona Protectora Cerros de La Carpintera

Edición y Coordinación Técnica:

Ligia Quirós Enlace ACCVC-SOR / BMR

Mario Ossenbach Asociación Movimiento Cívico del Cantón de La Unión

Zayra Ramos BMR – Cooperante CUSO-VSO

Linda Vaillancourt BMR – Cooperante CUSO

Miguel Rodríguez MINAET / SINAC / ACCVC

Colaboradores:

Benoît Larcher BMR - ENSTIB/ENGREF(Francia)

Minor Serrano Mora Guías y Scouts de Costa Rica

Ricardo Redondo ASOPROCA

José Mario Sanabria Municipalidad La Unión

Jacqueline Martínez Ducke BMR – Cooperante CUSO

Milena Torres Municipalidad Cartago

Fotografías de portada: Anny Jalbert BMR – Cooperante CUSO-VSO

Fotografías (anexos):

Benoît Larcher BMR - ENSTIB/ENGREF(Francia)

Jacqueline Martínez Ducke BMR – Cooperante CUSO

Linda Vaillancourt BMR – Cooperante CUSO

Ligia Quirós Enlace ACCVC-SOR / BMR

Anny Jalbert BMR – Cooperante CUSO-VSO

Agradecimientos a:

Museo Nacional de Costa Rica

Instituto Nacional de Biodiversidad (INBio)

Cátedra de Gestión Forestal Territorial, Centro Agronómico Tropical de Investigación y Enseñanza (CATIE)

Asociación Ornitológica de Costa Rica (AOCR)

Universidad de Costa Rica (UCR)

Fundación Lankester

Planificación Regional y Urbana de la Gran Área Metropolitana (PRUGAM)

Federación de Municipalidades de Cartago

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Comisión Interinstitucional para la

Zona Protectora Cerros de La Carpintera

Asociación Movimiento Cívico del

Cantón de La Unión (ASMOCICU)

Asociación Guías y Scouts de Costa Rica

Municipalidad de La Unión

Asociación de Propietarios de la Carpintera

(ASOPROCA)

Bosque Modelo Reventazón (BMR)

MINAET / SINAC / Área de Conservación

Cordillera Volcánica Central (ACCVC) /

Sub - Región Oriental (SOR)

Municipalidad de Cartago

MINAET

Ministerio de Ambiente,

Energía y Telecomunicaciones

SINAC

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Comisión Interinstitucional para la

Zona Protectora Cerros de La Carpintera

Miembros Nombrados vía Decreto Ejecutivo No 34547-MINAE

Mario Ossenbach

ASMOCICU

Minor Serrano

Guías y Scouts de Costa Rica

Miguel Rodríguez

MINAET / SINAC / ACCVC

Ligia Quirós

Enlace ACCVC – SOR / BMR

José Mario Sanabria

Municipalidad de La Unión

Miembros Adjuntos

Ricardo Redondo

ASOPROCA

Zayra Ramos

BMR

Linda Vaillancourt

BMR

Milena Torres

Municipalidad de Cartago

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CONTENIDO

PRESENTACIÓN DIRECCIÓN DEL ÁREA DE CONSERVACIÓN CORDILLERA VOLCÁNICA

CENTRAL ................................................................................................................................................ 11

PRESENTACIÓN COORDINACIÓN COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL .................................... 12

1. INTRODUCCIÓN ................................................................................................................................ 14

1.1 PROYECTO DE ELABORACIÓN DEL PLAN DE MANEJO DE LA ZONA PROTECTORA CERROS DE LA

CARPINTERA ................................................................................................................................................. 14

1.2 METODOLOGÍA PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE MANEJO DE LA ZPCC ........................................ 17

1.2.1 Diagnóstico del estado de la ZPCC ................................................................................................ 17 1.2.2 Fundamento Técnico para el Manejo de la ZPCC y Zonificación ................................................. 18 1.2.3 Propuestas de Estrategias para el Manejo de la ZPCC ................................................................. 19 1.2.4 Validación del Plan de Manejo a nivel local .................................................................................. 19

2. CONTEXTO NACIONAL ................................................................................................................... 22

2.1 ASPECTOS POLÍTICO-ADMINISTRATIVOS ................................................................................................ 22

2.2 GEOFISIOGRAFÍA, REGIONES BIOGEOGRÁFICAS Y ZONAS DE VIDA ........................................................ 23

2.3 BIODIVERSIDAD EN COSTA RICA ............................................................................................................. 23

2.4 CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD EN COSTA RICA ........................................................................ 24

3. CONTEXTO REGIONAL – EL VALLE CENTRAL DE COSTA RICA .......................................... 28

3.1 RASGOS CULTURALES ............................................................................................................................. 28

3.1.1 Antropología e Historia .................................................................................................................. 28 3.1.2 Cultura Contemporánea ................................................................................................................. 28

3.2 TOPOGRAFÍA ........................................................................................................................................... 28

3.3 CARACTERÍSTICAS CLIMÁTICAS .............................................................................................................. 28

3.4 HIDROLOGÍA ........................................................................................................................................... 29

3.5 GEOLOGÍA Y GEOMORFOLOGÍA .............................................................................................................. 29

3.6 EDAFOLOGÍA ........................................................................................................................................... 29

3.7 BIODIVERSIDAD DE LA REGIÓN ............................................................................................................... 30

3.7.1 Flora ............................................................................................................................................... 30 3.7.2 Fauna .............................................................................................................................................. 30

3.8 CONSERVACIÓN DEL VALLE CENTRAL DE COSTA RICA .......................................................................... 30

3.8.1 Área de Conservación Cordillera Volcánica Central ..................................................................... 30 3.8.2 Corredor Biológico Ribereño Interurbano Subcuenca Reventado - Agua Caliente (COBRI

SURAC) ................................................................................................................................................... 31 3.8.3 Corredor Biológico Uniendo Cordilleras (CBUC) ........................................................................ 32

4. CONTEXTO LOCAL DE LA ZONA PROTECTORA CERROS DE LA CARPINTERA ............... 35

4.1 CONTEXTO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO ................................................................................................. 35

4.2 DESCRIPCIÓN GENERAL ........................................................................................................................... 38

4.2.1 Bosques nublados en Costa Rica .................................................................................................... 38 4.2.2 Los Cerros de La Carpintera .......................................................................................................... 40 4.2.3 Ubicación de la ZPCC .................................................................................................................... 41

4.3 SÍNTESIS DE RASGOS BIOFÍSICOS DE LA ZPCC ........................................................................................ 41

4.3.1 Topografía ...................................................................................................................................... 41 4.3.2 Características climáticas .............................................................................................................. 42

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4.3.3 Hidrología ...................................................................................................................................... 46 4.3.4 Geografía, Geología y Geomorfología ........................................................................................... 51 4.3.5 Edafología ...................................................................................................................................... 52 4.3.6 Áreas Críticas ................................................................................................................................. 52

4.4 BIODIVERSIDAD DE LA ZPCC ................................................................................................................. 54

4.4.1 Zonas de vida de la ZPCC .............................................................................................................. 55 4.4.2 Flora ............................................................................................................................................... 56 4.4.3 Fauna .............................................................................................................................................. 60

4.5 SÍNTESIS DE RASGOS SOCIOECONÓMICOS DE LA ZPCC ........................................................................... 63

4.5.1 Tenencia de la tierra ....................................................................................................................... 64 4.5.2 Uso de la tierra ............................................................................................................................... 65 4.5.3 Valores paisajísticos y calidad visual ............................................................................................. 66

4.6. ANÁLISIS DE FORTALEZAS, OPORTUNIDADES, DEBILIDADES Y AMENAZAS (FODA) ............................ 69

4.6.1 Fortalezas ....................................................................................................................................... 69 4.6.2 Oportunidades ................................................................................................................................ 69 4.6.3 Debilidades ..................................................................................................................................... 70 4.6.4 Amenazas ........................................................................................................................................ 70

5. MARCO TÉCNICO Y LEGAL PARA LA GESTIÓN DE LA ZPCC ................................................ 73

5.1 MARCO LEGAL DE LAS ÁREAS PROTEGIDAS DE COSTA RICA ................................................................. 73

5.2 MARCO LEGAL DE LA ZPCC ................................................................................................................... 74

5.3 MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN EN EL MANEJO DE LAS ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS .................... 75

5.4 DEFINICIÓN LEGAL DE CADA CATEGORÍA DE MANEJO ............................................................................. 76

5.5 CATEGORÍAS DE MANEJO DE ÁREAS PROTEGIDAS .................................................................................. 77 5.6 JUSTIFICACIÓN DE LA CATEGORÍA DE MANEJO ZONA PROTECTORA PARA LOS CERROS DE LA

CARPINTERA ................................................................................................................................................. 79

6. VISIÓN, MISIÓN Y OBJETIVOS DE MANEJO DE LA ZONA PROTECTORA CERROS DE LA

CARPINTERA ......................................................................................................................................... 80

7. ZONAS DE MANEJO .......................................................................................................................... 82

7.1 PROCESO REALIZADO PARA LA ZONIFICACIÓN ........................................................................................ 82

7.2 PLANIFICACIÓN TERRITORIAL POR SITIOS ............................................................................................... 85

7.3 NORMATIVA PARA LAS ZONAS DE MANEJO EN LA ZPCC ........................................................................ 87

7.3.1 Zona de Usos Restringidos ............................................................................................................. 88 7.3.3 Zona de Usos Especiales .............................................................................................................. 102 7.3.4 Zona de Asentamientos Humanos ................................................................................................. 104

8. PROGRAMAS DE MANEJO ............................................................................................................ 109

8.1 PROGRAMA ADMINISTRATIVO FINANCIERO .......................................................................................... 110

8.2 PROGRAMA DE CONTROL Y PROTECCIÓN .............................................................................................. 112 8.3 PROGRAMA DE GESTIÓN PARTICIPATIVA PARA EL MANEJO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALES

................................................................................................................................................................... 114

8.4 PROGRAMA DE GESTIÓN COMUNITARIA Y EDUCACIÓN AMBIENTAL .................................................... 117

9. PROPUESTA DE MODELO DE GESTIÓN DE LA ZPCC ............................................................. 119

10. BIBLIOGRAFÍA .............................................................................................................................. 124

11. LISTA DE ANEXOS EN CD ADJUNTO ........................................................................................ 128

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ACRÓNIMOS

ACCVC: Área de Conservación Cordillera Volcánica Central

ASADAS: Asociaciones Administradoras de Acueductos y Alcantarillados Sanitarios

ASMOCICU: Asociación Movimiento Cívico del Cantón de La Unión

ASOPROCA: Asociación de Propietarios de La Carpintera

ASP: Área Silvestre Protegida

A y A: Servicio Nacional de Acueductos y Alcantarillados

BMR: Bosque Modelo Reventazón

CATIE: Centro Agronómico Tropical de Investigación y Enseñanza

CUSO VSO: Canadian University Service Overseas-Voluntary Service Overseas

GAM: Gran Área Metropolitana

INBio: Instituto Nacional de Biodiversidad

MINAE: Ministerio de Ambiente y Energía (nombre anterior)

MINAET: Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (nombre actual)

PGM: plan general de manejo

SINAC: Sistema Nacional de Áreas de Conservación

CONAC: Consejo Nacional de Áreas de Conservación

CORAC: Consejo Regional de Áreas de Conservación

ZPCC: Zona Protectora Cerros de La Carpintera

SIG: sistema de información geográfica

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DEFINICIONES

Plan de manejo: documento que en diferentes aproximaciones refleja un proceso continúo de

planificación, donde se identifican misión, visión, objetivos, zonas de manejo,

programas de manejo y modelo de gestión del área protegida. Lo anterior como

resultado del análisis y evaluación de los recursos naturales y culturales

existentes en el área y su concordancia con las disposiciones legales vigentes.

También establece programas y acciones requeridos de administración y

manejo de los recursos, así como los medios y herramientas necesarios para la

implementación del mismo. En su planificación considera el monitoreo y

actualización periódica que permitirá integrar aprendizajes, mejorar y adecuar

su contenido a las necesidades del área silvestre protegida. Los planes de

manejo deben ser revisados y aprobados oficialmente por la autoridad

competente.

Categoría de manejo: nombre genérico que se asigna a cada una de las Áreas Silvestres Protegidas

para clasificarlas según el tipo de gestión, manejo o administración que vayan a

recibir para cumplir con una serie de objetivos generales dentro del sistema y

específicos del área en cuestión. Cada categoría tiene su propia reglamentación

y restricciones en cuanto al uso de sus recursos.

Zona protectora: Área formada por bosques y terrenos de aptitud forestal, donde el objetivo

principal sea la protección del suelo, la regulación del régimen hidrológico y la

conservación del ambiente y las cuencas hidrográficas (POA 2000).

Zonificar: Dividir el territorio en zonas geográficas continuas o separadas asignándoles diferentes

categorías de uso o zonas de acuerdo al uso actual o potencial de sus recursos naturales y

culturales, que en su conjunto permiten cumplir con los objetivos del ASP (Madriz,

2007).

IFAS: Balance total de carga ambiental de un espacio geográfico dado, que sumariza la condición

de aptitud natural del mismo (…), la condición de carga ambiental inducida, y la capacidad

de absorción de la carga ambiental adicional, vinculada a la demanda de recursos (Decreto

Ejecutivo No. 32967-MINAE).

Área de influencia: Comunidades y territorios inmediatos al límite exterior de la ZPCC en donde,

por su cercanía, las actividades y usos que se desarrollan en ellos tienen un

efecto directo sobre la dinámica interna de la Zona Protectora”.

Plan de sitio: ordenamiento de las actividades productivas y de conservación de las fincas conforme

a su capacidad natural de uso y en respeto de la normativa legal vigente que asegure

el mantenimiento de los servicios ambientales.

Ecoturismo: Viajar en forma responsable hacia áreas naturales, conservando el medio ambiente y

mejorando el bienestar de las poblaciones locales (Reglamento a la Ley Forestal 7575)

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[11]

PRESENTACIÓN DIRECCIÓN DEL ÁREA DE CONSERVACIÓN

CORDILLERA VOLCÁNICA CENTRAL

El Reglamento a la Ley de Biodiversidad define a las zonas protectoras como aquellas “áreas

geográficas formadas por los bosques o terrenos de aptitud forestal, en que el objetivo principal es

la regulación del régimen hidrológico, la protección del suelo y de las cuencas hidrográficas”.

Con este objetivo fueron creadas en el país una serie de áreas protegidas, entre las que se encuentra

la Zona Protectora Cerros de la Carpintera. Sin embargo, debido a que la mayor parte de la tierra

dentro de las Zonas Protectoras es de propiedad privada y a la escasez de recursos tanto humanos

como financieros, tradicionalmente el Estado ha puesto prioridad a la administración de otras

categorías de manejo como los Parques Nacionales y Reservas Biológicas. En las Zonas

Protectoras las labores se han circunscrito a la atención de solicitudes de aprovechamiento del

bosque y la atención de denuncias por delitos ambientales. Ninguna Zona Protectora en el país

cuenta actualmente con personal asignado, sino que se atienden desde las oficinas subregionales u

otras áreas protegidas del Sistema Nacional de Áreas de Conservación. Esta situación a lo largo de

los años ha generado cambios en la cobertura del bosque, pérdida de ecosistemas y la fauna

silvestre asociada, irrespeto a las zonas de protección de ríos y nacientes; así como desinformación

e inseguridad entre los propietarios de la tierra.

Por lo anterior, en el Área de Conservación Cordillera Volcánica Central nos enorgullece

enormemente presentar a la sociedad costarricense el Plan General de Manejo de la Zona Protectora

Cerros de la Carpintera, que representa un esfuerzo conjunto realizado por una Comisión Técnica

en la que participaron la sociedad civil, organizaciones no gubernamentales y el Sistema Nacional

de Áreas de Conservación, a través del Área de Conservación Cordillera Volcánica Central. El

presente Plan General de Manejo es la herramienta técnica de gestión para la solución de los

problemas relacionados con el uso de los recursos naturales y la biodiversidad en un área silvestre

protegida cada vez más aislada por el ambiente urbano, igualmente se convierte en un proceso de

vanguardia que esperamos sirva de norte para la planificación de las zonas protectoras en todo el

país y la consolidación del modelo de desarrollo sostenible.

La fase de planificación está concluida. Ahora viene el verdadero reto, su puesta en ejecución.

Rafael Gutiérrez Rojas

Director ACCVC

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[12]

PRESENTACIÓN COORDINACIÓN COMISIÓN

INTERINSTITUCIONAL

Desde setiembre de 2007, antes de su oficialización mediante Decreto Ejecutivo en junio del 2008,

me correspondió, en tanto que representante del Movimiento Cívico del Cantón de La Unión,

coordinar el trabajo de la Comisión Interinstitucional para la Zona Protectora Cerros de La

Carpintera.

Trabajo que, más que esfuerzo, ha requerido perseverancia. Pero que ha sido tanto enriquecedor

como satisfactorio.

Enriquecedor porque ha requerido coordinar instituciones públicas, instancias políticas,

organizaciones no gubernamentales, organizaciones civiles, grupos de propietarios y empresas

privadas, forma de trabajo a la que, reconozco, no estaba acostumbrado.

Satisfactorio porque me ha tocado trabajar con algunas personas extraordinarias que han compartido

conmigo el objetivo de preparar un Plan de Manejo para la Zona Protectora Cerros de La Carpintera

no solamente bueno, sino que fuera modelo para el resto de los planes de manejo que se elaborarán

de ahora en adelante en Costa Rica en Áreas Silvestres Protegidas en que las tierras son, sino en su

totalidad, al menos en su mayoría, de propiedad privada. Sin falsas modestias me permito decir que

“hemos hecho camino al andar”.

El presente Plan de Manejo recoge la mayor parte de los conocimientos que se tenían sobre los

Cerros de La Carpintera. Pero la Comisión Interinstitucional promovió también la generación de

información nueva en aquellos campos en que se requería, particularmente en cuanto a

biodiversidad y, sobre todo, en zonificación. Los Cerros de La Carpintera son actualmente una de

las Áreas Silvestres Protegidas mejor estudiadas del país. No menos meritorio es el trabajo de

índole legal: se hizo una recopilación de toda la legislación que afecta una Zona Protectora,

diferenciando entre las diferentes zonas que abarca y proponiendo reglas de manejo para cada una

de ellas. Gracias a esto, el presente Plan de Manejo es una herramienta de gran utilidad para las

autoridades municipales y ambientales, para aquellas personas que tengan interés en la

conservación de La Carpintera y, ante todo, para los propietarios de fincas en dicha Zona

Protectora. Particularmente en este campo, el presente Plan de Manejo deja el trabajo hecho a los

que sigan.

Quisiera agradecer ante todo a las M.Sc. Ligia Quirós, Linda Vaillancourt y Zayra Ramos por su

trabajo, su constancia y su dedicación. Fue un placer colaborar con ellas. El Ing. Minor Serrano,

Gerente del Campo Escuela Iztarú de la Asociación de Guías y Scouts, fue gran colaborador y

siempre un excelente anfitrión. José Mario Sanabria representó debidamente a la Municipalidad de

La Unión. El Ing. Benoît Larcher es responsable en gran parte de la calidad de este Plan de Manejo

gracias a su trabajo en zonificación. El Lic. Ricardo Redondo, en representación de ASOPROCA,

hizo posible la cooperación que se dio entre la Comisión y los propietarios de fincas en La

Carpintera. La Cátedra de Gestión Forestal Territorial del Centro Agronómico Tropical de

Investigación y Enseñanza (CATIE), de forma discreta y efectiva, nos apoyó permanentemente en

la logística. El Ing. Jorge Rodríguez, Ministro del MINAET, siempre se mantuvo atento a nuestro

trabajo, interviniendo cuando hizo falta y siempre que se lo requerimos.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[13]

Finalmente quiero agradecer a mis compañeros de Junta Directiva del Movimiento Cívico del

Cantón de La Unión, en particular a su presidente, Dr. Minor Romero, por su permanente apoyo al

trabajo realizado y por animarnos siempre que lo necesitamos.

Con la entrega de este Plan de Manejo al Consejo Regional del Área de Conservación Cordillera

Volcánica Central considero como cumplida la misión que el Presidente de la República, Dr. Oscar

Arias y el Ministro del MINAET, Ing. Jorge Rodríguez, encomendaron en el Decreto Ejecutivo No.

34547-MINAET, a la Comisión Interinstitucional para la Zona Protectora Cerros de La Carpintera.

Para aquellos que estamos interesados en la protección de estos hermosos Cerros de La Carpintera,

símbolo del Cantón de La Unión, el trabajo recién empieza.

Dr. Mario Ossenbach S.

Coordinador de la Comisión Interinstitucional

Tres Ríos, 6 de abril de 2010

Foto: Felipe Sanabria R .

“… sería un acto patriótico si este último resto de bella vegetación natural se conservara permanentemente como

monumento nacional, de manera que las futuras generaciones pudieran ver lo bello que era su país en su estado

primitivo…” (Paul C. Standley, 1884-1963)

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[14]

1. INTRODUCCIÓN

1.1 Proyecto de Elaboración del Plan de Manejo de la Zona Protectora

Cerros de La Carpintera

A pesar de tener una extensión de solo 51,100 km2, Costa Rica provee refugio a aproximadamente

5% de la biodiversidad mundial. En el territorio nacional, caracterizado por su belleza natural, hay

160 áreas silvestres protegidas, en diferentes categorías de protección, reuniendo en conjunto más

del 26% de la superficie terrestre del país (MINAET-SINAC, 2007). Éstas se encuentran

consolidadas en el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas. Además de sus valores

ambientales, espirituales y culturales, las áreas silvestres protegidas tienen una incidencia directa e

importante en la generación de ingresos. Así, del millón de turistas que ingresaron a Costa Rica en

el año 2006, alrededor del 60% visitó alguna de las áreas silvestres protegidas del país (MINAET-

SINAC, 2006).

Por lo tanto, el Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET) elaboró en 2003

la “Agenda para las Áreas Silvestres Protegidas Administradas por el Sistema Nacional de Áreas

de Conservación (SINAC)”, que se debía implementar en el periodo 2003-2008. Instrumento

orientador, la Agenda Nacional incluye cinco ámbitos de gestión. Entre éstos, en el ámbito

administrativo, se propone “Elaborar y actualizar los Planes de Manejo de las Áreas Silvestres

Protegidas (ASP) aplicando el procedimiento respectivo”. Para tal efecto, se sugiere “Conformar

equipos de trabajo con personal de las ASP, Oficinas Subregionales y Direcciones Regionales que

puedan liderar la elaboración y actualización de los planes de manejo” (SINAC, 2003).

La Zona Protectora Cerros de La Carpintera (ZPCC) fue establecida mediante Decreto Nº 6112-A

MAG del 23 de junio de 1976, al mismo tiempo que las Zonas Protectoras de Caraigres, Tiribí,

Cerros de Escazú, El Rodeo, Río Grande y Cerro Atenas. Por decreto Nº 21837 MIRENEM-S del

22 de diciembre de 1992 se agrega a la ZPCC el área correspondiente al Relleno Sanitario Río Azul,

y en el Decreto Nº 221888 MIRENEM del 20 de mayo de 1993 se dispone que correspondería al

MIRENEM la administración de dicho Relleno. Posteriormente, mediante Decreto Nº 23315-S-

MIRENEM del 12 de mayo de 1994, se anulan los dos decretos anteriores y la ZPCC vuelve a los

límites definidos originalmente en 1976. El 15 de enero de 2001, mediante Decreto Nº 29278-

MINAE, se dispone segregar una parte de la ZPCC y agregarle otra, definiéndose los límites

actualmente vigentes. Esta modificación de los límites de la ZPCC se dio luego de una negociación

entre la empresa Vidriera Centroamericana SA (VICESA) y el Estado, a fin de permitir la

explotación de sílice en terrenos de dicha empresa. A cambio de esta concesión VICESA adquirió

un terreno adyacente y lo donó al MINAE para su incorporación en la ZPCC.

La ZPCC tiene un área de 2391 hectáreas, y entre las razones que se citan para justificar su

constitución predomina el hecho que en ella se encuentran los últimos remanentes de los bosques

húmedos montanos del Valle Central. Los Cerros de La Carpintera se sitúan estratégicamente en el

centro geográfico del país, entre la Cordillera Volcánica Central (al norte del Valle Intermontano

Central) y los Cerros del Tablazo que son estribaciones de la Cordillera de Talamanca (al sureste de

dicho valle), en las provincias de Cartago (80%) y San José (20%). Están unidos a la Cordillera

Volcánica Central por el Alto de Ochomogo. Por esta razón tienen importancia también como

corredor biológico entre ambas cordilleras (Mata, 2005). Además, La Carpintera es fuente de

Page 15: Telecomunicaciones Cerros de La Carpintera Manejo ACC/Zona... · Plan General de Manejo para la Zona Protectora Cerros de La Carpintera Gestión Participativa para la Conservación

Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[15]

recursos hídricos y su biodiversidad es importante, contando con algunas especies de plantas e

insectos endémicas.

Para los habitantes del Cantón de La Unión, los Cerros de La Carpintera tienen un significado

especial, formando parte de la identidad de sus pobladores y del imaginario colectivo, origen de

leyendas, cuentos y tradiciones. Los Cerros de La Carpintera forman parte esencial del paisaje del

cantón. Así, aunque solamente dos quintas partes de la ZPCC se encuentran dentro de La Unión, es

de los habitantes y representantes de este cantón que han salido las iniciativas para su protección.

En 1994, bajo el Nº 12.055, la diputada Maria Luisa Ortiz Meseguer presentó el proyecto de ley

“Creación del Parque Nacional Cerros de La Carpintera” (La Gaceta Nº 242 del 21 de diciembre

de 1994) que devino, luego de pasar por los laberintos de la Asamblea Legislativa, en un proyecto

para la creación de un Monumento Natural. Aún en esta forma, éste no prosperó por diversas

razones, en particular económicas (en el 2006, el diputado Oscar López Arias reintrodujo en la

corriente legislativa dicho proyecto, sin que la Asamblea se haya pronunciado aún al respecto). Más

tarde, en el periodo 1998-2002, el diputado por La Unión, Álvaro Torres Guerrero, presentó

igualmente un proyecto de ley bajo el nombre de “Proyecto de Ley Reserva Hídrica Cerros de La

Carpintera”, que igualmente fue archivado por la Asamblea Legislativa. En tanto que asesor del

diputado Torres Guerrero, el M.Sc. Víctor Villalobos R. preparó en marzo del año 2000 un

“Programa Ambiental para la Consolidación de la Zona Protectora Cerros de La Carpintera”.

Aunque dicho programa nunca fue ejecutado, es un importante resumen de los conocimientos que

se tenían hasta la fecha sobre la ZPCC en cuanto a ubicación, distribución geográfica, clima, uso de

la tierra, geología, recursos hídricos e importancia biológica.

Haciéndose eco del sentir de la población del cantón, la Asociación Movimiento Cívico del Cantón

de La Unión (ASMOCICU), constituida en el año 2000 y declarada de utilidad pública en el año

2007, ha venido realizando actividades para garantizar e incrementar la protección de los Cerros de

La Carpintera, haciendo también gestiones ante las autoridades gubernamentales para obtener apoyo

en este sentido. Entre las iniciativas de ASMOCICU para la protección de la ZPCC se cuenta la

creación, en el año 2002, del Fideicomiso Nº24-02 ASMOCICU-BCAC, mediante el cual se

pretende recaudar fondos para la compra de tierras en la Zona Protectora Cerros de La Carpintera.

Dicho Fideicomiso garantiza a los donantes:

1. Que los fondos donados serán utilizados exclusivamente para la compra de tierras en la

ZPCC y su zona de amortiguamiento y, en caso de no ser utilizados para este fin serán

devueltos a los donantes, para lo cual se llevará el debido registro.

2. Que las tierras adquiridas serán sometidas a un régimen forestal voluntario.

3. En caso de disolución del Fideicomiso, las tierras serán traspasadas al Estado, en la figura

del MINAET.

A la fecha, ASMOCICU ha adquirido dos fincas en la ZPCC, una por donación directa de una

empresa privada y la otra comprada con los fondos recaudados. Con un área total aproximada de 32

hectáreas, ambas fincas han sido sometidas al régimen forestal voluntario.

En la Administración 2002-2006, el entonces Ministro de Ambiente y Energía, Lic. Carlos Manuel

Rodríguez Echandi, en un taller organizado por ASMOCICU, prometió que durante su gestión se

emitiría un decreto declarando la intención del Estado de convertir la ZPCC en un Parque Nacional

(Crónicas de La Unión de setiembre de 2005). Dicha promesa no se concretó antes de la

finalización de la Administración Pacheco, de manera que la Asociación buscó apoyo en el

entonces Vice Ministro (actualmente titular) del MINAET, Ing. Jorge Rodríguez Quirós.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[16]

Así, y con un enfoque más pragmático, el 1 de febrero de 2008 se firmó el Decreto Nº 34547-

MINAE, publicado en La Gaceta Nº110 del 9 de junio del mismo año, creando una Comisión

Interinstitucional cuyos fines serian:

1. Estudiar científicamente la situación actual de los Cerros de La Carpintera como Zona

Protectora.

2. Definir una propuesta social y políticamente realista, así como económicamente viable,

para incrementar y mejorar el grado de protección de los Cerros de La Carpintera.

3. Proponer un plan de acción al Estado en el corto, mediano y largo plazo para la

implementación de esta propuesta.

Dicha Comisión estaría constituida por un representante de la Asociación de Guías y Scouts de

Costa Rica, un representante de la Asociación Movimiento Cívico del Cantón de La Unión, un

representante de la Municipalidad de La Unión y dos representantes del Área de Conservación

Cordillera Volcánica Central (ACCVC).

Correspondería al ACCVC la conformación y la coordinación de dicha comisión, así como la

responsabilidad de que cumpliera con sus objetivos en el plazo establecido.

Desde un inicio, la Comisión contó además con el apoyo de la iniciativa Bosque Modelo

Reventazón (BMR) y de la Federación de Municipalidades de Cartago.

La Comisión procedió entonces a la elaboración del Plan General de Manejo para la Zona

Protectora Cerros de La Carpintera, siguiendo los lineamientos de la “Agenda para las Áreas

Silvestres Protegidas Administradas por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación”. El

proceso de elaboración del Plan se caracterizó por ser un esfuerzo colectivo, donde ASMOCICU

desempeñó un papel clave asumiendo de manera natural la coordinación de la Comisión

Interinstitucional, y se contó con la participación activa y apoyo constante del resto de las instancias

miembros de la Comisión, como los Guías y Scouts de Costa Rica, La Municipalidad de La Unión,

BMR, ASOPROCA, y ACCVC, estos últimos brindando un apoyo técnico y político substancial.

La incorporación de la Asociación de Propietarios de La Carpintera (ASOPROCA) a la Comisión

Interinstitucional oficialmente en Octubre de 2007, como resultado de un proceso de conciliación de

intereses facilitado por el Señor Ministro, Ing. Jorge Rodríguez, del MINAET, fue uno de los hitos

relevantes para la culminación y validación participativa del Plan General de Manejo, que evidencia

el interés de los propietarios privados en la conservación y manejo sostenible de los recursos

naturales de la ZPCC.

Sin Plan de Manejo hasta el presente, la ZPCC carecía de las condiciones básicas para cumplir con

los objetivos de conservación por los cuales fue declarada área protegida. El presente Plan de

Manejo contiene, entre otros, los elementos más importantes para la gestión de un área protegida,

tales como el ordenamiento del territorio (zonas de manejo con sus respectivas normas de uso), los

objetivos de conservación, así como las estrategias y acciones organizadas en Programas de

Manejo.

Para elaborar el Plan de Manejo de la ZPCC, la Comisión Interinstitucional para la Protección de

los Cerros de La Carpintera ha contado con el apoyo técnico de profesionales del ACCVC y del

SINAC, así como con la colaboración de múltiples organismos como el Museo Nacional, el

Instituto Nacional de Biodiversidad (INBio), la Asociación Ornitológica de Costa Rica, la

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[17]

Universidad de Costa Rica, la Fundación Lankester, el Centro Agronómico Tropical de

Investigación y Enseñanza (CATIE), entre otros. También, propietarios de fincas en la ZPCC y

miembros de las comunidades vecinas han participado de manera activa en la elaboración del Plan

de Manejo mediante talleres participativos y otras actividades.

Como elementos sobresalientes para mejorar la protección de la ZPCC se indica la necesidad y

prioridad de fortalecer la presencia institucional permanente (personal y patrullaje), establecer una

cooperación con los propietarios de fincas en la ZPCC, así como alianzas con organizaciones e

instituciones locales, nacionales e internacionales.

Paralelamente al proceso de elaboración del Plan General de Manejo de la ZPCC, el Área de

Conservación Cordillera Volcánica Central y su Comité Técnico Científico giro la directriz a sus

oficinas de elaborar los planes de manejo de las Zonas Protectoras y Reservas Forestales ubicadas

en el Área de Conservación. Actualmente, esta directriz genera un contexto político y técnico

positivo para el proceso de oficialización del Plan General de Manejo de la ZPCC y su posterior

implementación.

1.2 Metodología para la Elaboración del Plan de Manejo de la ZPCC

Este plan de manejo fue elaborado siguiendo la “Guía para la Formulación y Ejecución de los

Planes de Manejo de las Áreas Silvestres Protegidas” sugerida por el SINAC (Artavia, 2004), que

comprende:

Diagnóstico del estado de la ZPCC

Estudio del fundamento técnico para el manejo de la ZPCC

Propuestas de estrategias para el manejo de la ZPCC

Validación

Para el proceso participativo, en cada etapa se organizaron talleres involucrando tanto funcionarios

como actores locales.

1.2.1 Diagnóstico del estado de la ZPCC

En una primera etapa se recopiló toda la información que se pudo obtener sobre la ZPCC. Muy

importante el anteriormente mencionado trabajo del M.Sc. Víctor Villalobos R., “Programa

Ambiental para la Consolidación de la Zona Protectora Cerros de La Carpintera”, por la

información que contiene en cuanto a ubicación, distribución geográfica, clima, uso de la tierra,

geología, recursos hídricos e importancia biológica. Igualmente, el “Borrador Preliminar de Plan

de Manejo Zona Protectora La Carpintera”, documento para discusión preparado por el Centro

Agronómico Tropical de Investigación y Enseñanza (CATIE) en 1984. Otras fuentes de

información importantes fueron las estadísticas nacionales, el Plan Regulador Urbano de la Gran

Área Metropolitana (PRUGAM) y los Índices de Fragilidad Ambiental (IFA) preparados para este

efecto, la información suministrada por el Instituto de Acueductos y Alcantarillados, los datos de la

estación meteorológica del Campo Escuela Iztarú (operada bajo convenio con el Instituto

Meteorológico Nacional). En lo que se refiere a biodiversidad, existía poca información rigurosa y

de valor científico sobre los Cerros de La Carpintera, a excepción de los conteos de aves realizados

en conjunto entre la Asociación Ornitológica de Costa Rica (AOCR) y ASMOCICU en los años

2000, 2001 y 2003, así como el “Catálogo Preliminar de Orquídeas de La Carpintera”

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[18]

(Ossenbach, C., Ossenbach, M. y Pupulin, F., Fundación Lankester 2003). Antes de iniciar sus

labores la Comisión Interinstitucional, la Asociación de Guías y Scouts de Costa Rica había

suscrito un convenio con el Museo Nacional para estudiar la biodiversidad de los Cerros de La

Carpintera, trabajo que estaba en curso en ese momento y que fue publicado en julio de 2008. La

Comisión Interinstitucional, con el apoyo de Bosque Modelo Reventazón y ASMOCICU, organizó

además varias giras de investigación en convenio con el Instituto de Biodiversidad (InBio).

En un I Taller: Análisis FODA de la ZPCC organizado por la Comisión Interinstitucional se

realizó un análisis participativo de las fortalezas, oportunidades, debilidades y amenazas (FODA)

para complementar la información primaria que ya se tenía a través de visitas y entrevistas a

propietarios y vecinos de la ZPCC sobre la situación socio-económica, ambiental y cultural, así

como las actividades económicas y las oportunidades de proyectos en la zona. En un II Taller:

Resultados del Diagnóstico de la ZPCC, se presentaron los avances del Plan y la situación actual

de la zona protectora.

Gran parte de la información mencionada ha sido puesta a disposición del público a través de las

páginas Web de la Asociación de Guías y Scouts de Costa Rica y la Asociación Movimiento Cívico

del Cantón de La Unión.

1.2.2 Fundamento Técnico para el Manejo de la ZPCC y Zonificación

Esta etapa se inició con el análisis de la categoría de manejo correspondiente al área silvestre

protegida (ASP) según la legislación de Costa Rica – en este caso la categoría de Zona Protectora –

y de la Unión Mundial para la Naturaleza (UICN), haciéndose luego la revisión y definición de los

objetivos de conservación que motivaron la creación de la ZPCC.

Con el apoyo inicial del cooperante francés, Ing. Benoît Larcher – quien vino a realizar prácticas

con el Bosque Modelo Reventazón – se elaboraron varias capas de información en SIG, tanto para

el proceso de diagnóstico de la situación actual como para la zonificación de la ZPCC. El principal

producto fue la clasificación detallada de los usos del suelo al interior de la zona protectora.

Posteriormente, con el apoyo de una cooperante CUSO-VSO para el Bosque Modelo Reventazón,

se prosiguió con el proceso de elaboración de la propuesta de zonificación. Para ello, también se

obtuvo información SIG facilitada por el PRUGAM y del Atlas de Costa Rica (ITCR 2008). Entre

todas las fuentes se obtuvo la siguiente información:

1. Altitud

2. Pendiente

3. Orientación de las pendientes

4. Cobertura boscosa

5. Uso del suelo

6. Recursos hídricos

7. Recarga acuífera

8. Zonas de vida

9. Asentamientos humanos y vías públicas

10. Riesgos geológicos

11. Fragilidad ambiental

Paralelamente, se analizó el marco legal ambiental vigente para poder definir inicialmente criterios

para la zonificación (división de la ZPCC en zonas de manejo) y posteriormente poder desarrollar la

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[19]

normativa para cada zona de manejo determinada. Los criterios de zonificación y la propuesta de

zonificación con su normativa fueron discutidos en los siguientes talleres:

III Taller: Criterios de Zonificación

IV y V Talleres: Zonificación - Propuestas preliminares

VI Taller - parte 1: Zonas de Manejo y Normativas (convocatoria a través de prensa

nacional)

con amplia participación de propietarios de fincas en la ZPCC. Cabe decir que para ese entonces, el

proceso de elaboración del Plan de Manejo dirigido por la Comisión Interinstitucional incitó a un

grupo de propietarios de fincas en la ZPCC a organizarse en una Asociación de Propietarios de La

Carpintera (ASOPROCA) con la finalidad de involucrarse y contar con representación en el

proceso. Con miembros de esta Asociación se realizaron varias reuniones para explicar los objetivos

y alcances del trabajo de la Comisión Interinstitucional, así como para explicar el marco legal

vigente aplicable a las propiedades situadas en una Zona Protectora. En concordancia a lo anterior,

ASOPROCA está desarrollando una propuesta de “Plan ASOPROCA-ACCVC-MINAET”, con

asesoría del Despacho del Ministro de MINAET. Este Plan cubre un área aproximada de 1442 has,

que comprende las propiedades de los miembros de esta asociación y busca orientar la planificación

a nivel de finca, en donde se reflejen tanto los intereses particulares como colectivos de

conservación y usos sostenible de los recursos naturales, en concordancia con las normativas del

Plan General de Manejo (PGM).

1.2.3 Propuestas de Estrategias para el Manejo de la ZPCC

Según la legislación vigente, en las Áreas Silvestres Protegidas (ASP) es el MINAET el ente

regulador y, en consecuencia, los Planes Reguladores de las Municipalidades no tienen vigencia en

éstas. Por otra parte, el Plan de Manejo de la Zona Protectora Cerros de La Carpintera es el primero

que se elabora en Costa Rica para este tipo de categoría de protección en donde la tenencia de la

tierra casi en su totalidad está en manos privadas. La legislación ambiental cubre la mayor parte de

los aspectos legales requeridos para el manejo de las diferentes zonas en una Zona Protectora, pero

presenta algunos vacíos que era necesario llenar. En consecuencia, el Área de Conservación

Cordillera Volcánica Central (ACCVC) reunió a un equipo de expertos para definir en todos los

detalles la parte legal del Plan de Manejo. A ésta se agregaron las estrategias en los temas de

Manejo, Protección y Control de Recursos Naturales, Educación Ambiental, Gestión Comunitaria,

Administración y Uso Público. Estas acciones se complementaron y agruparon por afinidad

(programas y secciones) y se priorizaron en un horizonte no mayor de diez años. También se

determinaron algunos recursos (humanos) necesarios para ejecutar los programas de manejo. En el

VI Taller (parte 2): Propuestas de manejo (realizado el mismo día de la parte 1), la convocatoria

fue a través de un medio de comunicación de cobertura nacional (La Nación – prensa escrita). En

este taller se discutieron con los propietarios de fincas en la ZPCC los programas estratégicos de

manejo, en los cuales se definen las propuestas de manejo.

1.2.4 Validación del Plan de Manejo a nivel local

Para terminar, se realizó un último taller participativo, VII Taller: Validación para presentar el

contenido final y validarlo por los participantes. Este último taller se hizo igualmente tras

convocatoria por un medio de comunicación de cobertura nacional (La Nación – prensa escrita).

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[20]

Asimismo, para tener más respaldo en la validación, el Plan de Manejo se presentó ante una sesión

pública de la Municipalidad de La Unión, donde participan vecinos de los diferentes distritos.

El presente Plan de Manejo para la Zona Protectora Cerros de La Carpintera es pues el resultado de

un trabajo participativo, científico, técnico y legal, expuesto abiertamente a la discusión y

proposición de las comunidades aledañas y, ante todo, de los propietarios de fincas en dicha Zona

Protectora. Ofrece un marco legal que servirá a propietarios e instituciones a la hora de tomar

decisiones referentes al desarrollo de actividades productivas o recreativas en los Cerros de La

Carpintera.

Finalmente, este Plan de Manejo, al ser el primero para una Zona Protectora, o sea, un Área

Silvestre Protegida en la que la casi totalidad de las tierras son propiedad privada, servirá de

referencia para la elaboración de los planes de manejo de las otras zonas protectoras del país.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[21]

Figura 1-1. Diagrama resumen de proceso metodológico para la elaboración del Plan de

Manejo de la Zona Protectora Cerros de La Carpintera

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[22]

2. CONTEXTO NACIONAL

2.1 Aspectos Político-Administrativos

La Ley Orgánica del Ambiente No

7554 del 4 de octubre de 1995, en su capitulo VII ÁREAS

SILVESTRES PROTEGIDAS, artículos 32, 35, 37 y 38 brinda el marco legal general a las zonas

protectoras y otras áreas silvestres protegidas.

El artículo 114 de la Ley de Biodiversidad que reforma los incisos l) y m) del artículo 3 de la Ley

Forestal 7575 y en lo que nos interesa respecto a la categoría de manejo de las zonas protectoras

el artículo 72 del mismo cuerpo legal, que define: articulo 37 Facultades del Poder Ejecutivo: las

fincas particulares afectadas según lo dispuesto por este articulo por encontrarse en Parques

Nacionales, Reservas Biológicas, y Zonas Protectoras, quedarán comprendidas dentro de las

áreas protegidas estatales solo a partir del momento en que se hayan pagado o expropiado

legalmente, salvo cuando en forma voluntaria se someten al régimen forestal. Tratándose de

reservas forestales, zonas protectoras y refugios de vida silvestre y en caso de que el pago o la

expropiación no se haya efectuado y mientras se efectúa, las áreas quedaran sometidas a un plan

de ordenamiento ambiental que incluye la evaluación de impacto ambiental y posteriormente, al

plan de manejo, recuperación y reposición de los recursos.

De conformidad con la legislación costarricense, las únicas categorías de manejo de áreas silvestres

protegidas donde resulta compatible la presencia permanente de poblaciones humanas son:

1. las reservas forestales

2. las zonas protectoras

3. los humedales

4. los refugios nacionales de vida silvestre de tipo mixto

En estas categorías de manejo los regímenes de tenencia de la tierra son frecuentemente mixtos (con

propiedad tanto pública como privada), lo que permite el desarrollo de ciertas actividades humanas

sujetas a determinadas regulaciones de uso.

Existen ejemplos de gestión participativa que han venido funcionando de hecho, mediante decretos

ejecutivos (reglamentos locales) que se respaldan en el espíritu de la Ley Orgánica del Ambiente N°

7554 (artículo 6°), donde se establece que “el Estado y las municipalidades fomentarán la

participación activa y organizada de los habitantes de la República, en la toma de decisiones y

acciones tendientes a proteger y mejorar el ambiente”. Un esquema de gestión conjunta pero con

objetivos diferentes es el de los comités para el manejo de cuencas hidrográficas que se han venido

estableciendo en varios puntos del país, mediante decretos ejecutivos. En ellas participan distintos

tipos de actores: representantes de otras instituciones del gobierno central, de los gobiernos locales,

de las organizaciones, etc.

Por su parte, la Ley de Biodiversidad N° 7788, al definir la estructura orgánica del SINAC

(artículos 23° al 33°), estableció una serie de espacios formales para la participación real de la

sociedad civil en el quehacer de la institución, lo que incluye, desde luego, la toma de decisiones

sobre asuntos relacionados con la gestión de las áreas silvestres protegidas (Araya et al., 2006).

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[23]

La elaboración del presente Plan de Manejo se da en un momento en que, bajo la dirección del Ing.

Jorge Rodríguez Quirós como Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, las políticas

estatales de protección de las Áreas Silvestres Protegidas se orientan hacia una mayor colaboración

con los propietarios de fincas en y alrededor de éstas. Este cambio de orientación se ha visto

motivado en parte por la incapacidad económica del estado para comprar todas aquellas tierras que

se considera importante proteger, pero también por la toma de conciencia de que las ASP no pueden

estar aisladas de las zonas que las rodean.

2.2 Geofisiografía, Regiones Biogeográficas y Zonas de Vida

La superficie de Costa Rica alcanzaba 51.200 km2

hasta 1991, cuando en abril del mismo año el

terremoto de Limón produjo un levantamiento de la costa que incrementó la superficie del país a

51.450 km2. Costa Rica muestra en su diversidad fisiográfica islas, litorales, penínsulas, llanuras,

valles y cordilleras. Una de las características más importantes de Costa Rica es su posición

intercontinental e interoceánica, lo cual le da gran particularidad.

Su eje montañoso central de dirección noroeste-sureste, se interpone a la influencia dominante de

uno y otro océano, originando una gran diversidad climatológica y ecológica.

La región central del país está conformada por el Valle Central Intermontano. Este queda partido en

dos secciones por lo que se conoce como divisoria continental de aguas en el Alto de Ochomogo y

los Cerros de la Carpintera: la oriental y la occidental. Debido a la actividad volcánica y a los

materiales depositados por ésta, la mayoría de las tierras del Valle Central presenta gran fertilidad.

El valle oriental está drenado por el río Reventazón que va a desaguar al Caribe con el nombre de

Parismina y en él se encuentra la antigua capital del país, Cartago. El valle occidental es drenado

por el río Virilla que, al unirse con el Grande de San Ramón, forma el río Grande de Tárcoles. En

este valle se localiza la actual capital de la República, San José.

Costa Rica forma parte de dos provincias biogeográficas de la región neotropical y, siguiendo el

sistema Holdridge, se han identificado doce zonas de vida en el país (ver Mapa 2-1). Posee casi

todas las variedades de clima, desde cálido y húmedo en el Caribe, cálido y seco en la vertiente del

Pacífico, a frío en las cimas, semejantes a algunas partes de clima templado del continente

(Jiménez, 2003).

2.3 Biodiversidad en Costa Rica

Costa Rica forma parte de Mezo América que resalta en importancia por su gran cantidad de

especies endémicas y por el rol que juega como corredor para las especies entre las masas

continentales de Norte y Sur América (MINAE-SINAC, 2007). En sus 51.450 km² de superficie

terrestre (0.03% de la superficie mundial) y sus 589.000 km² de mar territorial; se estima que se

encuentra alrededor del 5% de la totalidad de las especies vivientes en el planeta (ver Tabla 2-1).

Sus dos estaciones climáticas, su sistema montañoso que le provee de una gran variación altitudinal

y sus dos costas, son algunos de los factores que inciden para que Costa Rica posea esta gran

diversidad biológica que la caracteriza (MINAE, 2000).

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[24]

Grupos

Especies conocidas

en el mundo

Especies conocidas en

C.R. % del total

Aves 9.040 864 9,55

Mamíferos 4.629 229 4,94

Reptiles 6.700 222 3,31

Anfibios 4.500 175 3,88

Plantas 270.000 10.000 3,70

Peces 19.056 835 4,38

Tabla 2-1 Biodiversidad en Costa Rica y el resto del mundo, 2002 (Fuente: Obando, 2002)

2.4 Conservación de la Biodiversidad en Costa Rica

El ambiente y la biodiversidad son ámbitos que —a pesar de los importantes logros del país en las

últimas décadas— siguen estando muy amenazados. El índice de deforestación en la superficie

forestal virgen sigue siendo difícil de controlar, y aunque la tasa total de cubierta forestal empieza a

mostrar signos de recuperación como resultado de los programas comerciales de reforestación, el

Pago de Servicios Ambientales (PSA) y el abandono de las actividades agropecuarias en zonas de

bajo rendimiento o donde se dan actividades económicas más rentables, no se ha detenido la pérdida

de biodiversidad. A la luz de la cada vez más vital contribución del turismo a la economía nacional,

la preservación del patrimonio natural de Costa Rica adquiere mayor significado, pues el valor de

una selva virgen dedicada exclusivamente a fines de ocio, que además es parte de la imagen que

Costa Rica desea proyectar, puede ser considerablemente mayor del inicialmente previsto (Informe

Estratégico Nacional, 2002-2006).

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[25]

Mapa 2-1 Distribución geográfica de las zonas de vida en Costa Rica (Comisión

Interinstitucional ZPCC, Plan General de Manejo ZPCC)

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[26]

Para conservar muestras representativas de los diferentes ecosistemas, el país inició desde 1955 un

proceso sistemático para establecer Áreas Silvestres Protegidas (ASP), resguardando legalmente en

la actualidad el 26% del territorio terrestre nacional (MINAE-SINAC, 2006).

Supeditado al Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET), el Sistema

Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) es la organización cuya responsabilidad consiste en la

administración, regulación y control de las Áreas Silvestres Protegidas (ASP) del país. Fue creado

mediante la Ley de Biodiversidad No 7788 del 23 de abril de 1998, Artículo No. 22, que dice así:

“Créase el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, en adelante denominado Sistema, que

tendrá personería jurídica propia; será un sistema de gestión y coordinación institucional,

desconcentrado y participativo, que integrará las competencias en materia forestal, vida silvestre,

áreas protegidas y el Ministerio del Ambiente y Energía, con el fin de dictar políticas, planificar y

ejecutar procesos dirigidos a lograr la sostenibilidad en el manejo de los recursos naturales de

Costa Rica. Conforme a lo anterior, la Dirección General de Vida Silvestre, la Administración

Forestal del Estado y el Servicio de Parques Nacionales ejercerán sus funciones y competencias

como una sola instancia, mediante la estructura administrativa del Sistema, sin perjuicio de los

objetivos para los que fueron establecidos...” (Asamblea Legislativa, 1998).

El SINAC se estableció como resultado de la integración de tres organizaciones responsables de la

administración de los recursos naturales en ese momento: el Servicio de Parques Nacionales, la

Dirección General Forestal y la Dirección de Vida Silvestre. La integración tenía como propósito la

descentralización y regionalización del manejo de los recursos naturales, involucrando a los

diferentes sectores que lo conforman (Jiménez, 2003). Las categorías de manejo de las áreas

silvestres protegidas incluyen desde usos muy restringidos, como en las Reservas Biológicas (donde

se permite únicamente actividades de investigación y de educación ambiental), hasta Zona

Protectora o Reserva Forestal, donde son posibles usos múltiples como investigación, turismo,

pesca, manejo de bosque, agricultura y ganadería. Según Jiménez (2003), un cambio importante en

la operación del SINAC es que ha pasado de un enfoque meramente funcional (departamentos

técnicos) a un enfoque de procesos, en el cual el concepto de democratización y participación ha

estado presente en todo el establecimiento de la estructura del SINAC, por cuanto existe la

convicción de que la sociedad civil debe incorporarse en la toma de decisiones regionales, a través

de los Consejos Regionales, y que debe participar más activa y responsablemente en las actividades

de conservación. Operativamente, el SINAC está constituido por una unidad de coordinación

central y 11 Áreas de Conservación. Éstas operan en territorios definidos bajo la Dirección de un

gerente que coordina, con un Comité Técnico y un Comité Regional (ver Mapa 2-2).

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[27]

Mapa 2-2 Áreas de Conservación en Costa Rica (Comisión Interinstitucional ZPCC, Plan

General de Manejo ZPCC)

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[28]

3. CONTEXTO REGIONAL – EL VALLE CENTRAL DE COSTA RICA

3.1 Rasgos Culturales

3.1.1 Antropología e Historia

De los grupos indígenas Brunca, Chorotega y Huetar que habitaban Costa Rica, fueron los huetares

los que dejaron mayores rasgos históricos-culturales en el Valle Central. Desde la conquista y

pacificación de los aborígenes, el Valle Central ha sido la región más densamente poblada,

produciendo principalmente artículos básicos para la subsistencia hasta que, con la Independencia,

se inició en el siglo XIX la explotación minera, la era cafetalera y otras transformaciones sociales

que han originado el actual estado de producción, derecho de propiedad privada y libre empresa.

3.1.2 Cultura Contemporánea

Las actividades socioeconómicas y culturales del país se han centralizado históricamente en la

región del Valle Central, que agrupa la mayor concentración de población del país. Sus actuales

pobladores son en su mayoría mestizos. En el transcurso del siglo XX la población del Valle

Central pasó de ser de tipo rural para constituir, hoy en día, un grupo social de cultura

fundamentalmente urbana.

3.2 Topografía

El Valle Central se encuentra rodeado por la cordillera Volcánica Central, al norte, y los Cerros de

Escazú, Candelaria, Tablazo y La Carpintera, así como la Cordillera de Talamanca, en el sur. En

general el valle presenta una topografía medianamente plana. Al pie de las cordilleras, la topografía

es obviamente más accidentada y quebrada. El Valle Central está dividido por el Alto de Ochomogo

en un sector Oriental (Valle de Cartago) y un sector Occidental (San José, Heredia y Alajuela). Por

el Alto de Ochomogo pasa la división continental, o divisoria de las vertientes: el Valle Oriental

desagua en el Atlántico mientras que el Valle Occidental lo hace en el Océano Pacífico.

3.3 Características climáticas

Existe una estación seca que va de diciembre a abril y una lluviosa que va de mayo a noviembre o

principios de diciembre. La precipitación promedio anual varía entre 1.500 a 2.000 mm en la parte

baja del Valle, excepto en la zona de Cartago cuya precipitación no supera los 1.400 mm de

promedio anual. En las faldas de las montañas, la precipitación varía entre 2.000 y 3.000 mm. La

temperatura media anual en el Valle varía de 20o a 23

o C en las partes bajas, y es de

aproximadamente 15o

C en las partes altas de la Cordillera Volcánica Central. La humedad relativa

varía muy poco durante el año y oscila entre 70 y 80% en las partes bajas y entre 80 y 90% en las

montañas. La dirección predominante del viento es noreste (vientos alisios), la velocidad promedio

en Alajuela es de 22 a 27 km/hr, en San José y Cartago de 12 a 14 km/hr (Aguilar et al., 1984).

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[29]

3.4 Hidrología

La configuración de la red hidrográfica de Costa Rica está determinada por las cordilleras que

atraviesan longitudinalmente el país de noroeste a sureste, la estrechez del territorio entre los dos

océanos y la intensidad y distribución anual de las lluvias.

El Valle Central se encuentra dividido en dos grandes vertientes: la del Atlántico y la del Pacífico,

divididas por los Cerros de La Carpintera y el Alto de Ochomogo. En la primera de ellas se destaca

la cuenca del Río Reventazón. En el Pacífico sobresale la cuenca del Río Grande de Tárcoles, que

tiene dos componentes principales: el Río Grande y el Virilla; este último tiene un gran número de

afluentes.

3.5 Geología y Geomorfología

Los suelos de la región de estudio son de diferentes orígenes, encontrándose en mayor porcentaje

los edificios volcánicos recientes y actuales, y los piroclásticos asociados con materiales volcánicos:

lavas, tobas y piroclastos. Desde el punto de vista geomorfológico se distinguen una serie de zonas

(Aguilar et al., 1984). En el Valle Central Occidental tenemos ocho:

piedemonte

área de conos discados

área de meseta

cañones fluviales

piedemonte meridional

piedemonte volcánico oeste

depresión de acumulación volcanolacustre

serranía de La Carpintera

En el Valle Central Oriental existen seis, que son:

piedemonte volcánico cuaternario

área de meseta

cuenca de Coris

Valle superior de Orosí

karst volcánico de Poás

Cañón fluvial del Reventazón

3.6 Edafología

Se encuentran cuatro grandes grupos: inceptisoles, alfisoles, ultisoles y vertisoles. El primer grupo

ocupa el 30% de la superficie de la Región, existiendo en la mitad norte y sur del Valle Central,

separado por pequeñas áreas de suelos verticales (Aguilar et al., 1984).

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[30]

3.7 Biodiversidad de la región

3.7.1 Flora

La vegetación originaria del Valle Central, correspondiente al bosque húmedo y muy húmedo

premontano, húmedo tropical transicional a premontano, húmedo y muy húmedo montano bajo, ha

sido fuertemente eliminada desde mediados del siglo XIX, para dar paso a la ganadería y la

caficultura y, más recientemente, al desarrollo urbano e industrial. Por ejemplo, del bosque húmedo

premontano tropical no queda ningún área significativa de vegetación primaria en la región y en las

restantes zonas de vida, solo existen algunos relictos en aquellas áreas que, por su abrupta

topografía hacen imposible cualquier uso agrícola o ganadero. A pesar de lo anterior, todavía es

posible encontrar manchas pequeñas de bosque bajo diferentes estado de sucesión (Aguilar et al.,

1984).

3.7.2 Fauna

Del análisis de la cobertura forestal del Valle Central se deduce que no puede ofrecer refugio ni

recursos alimenticios para la gran mayoría de especies faunísticas propias de las zonas de vida que

comprende, particularmente para los mamíferos. Para aves, Stiles & Campos (1981) reportan 204

especies pertenecientes a 40 familias (Aguilar et al., 1984).

3.8 Conservación del Valle Central de Costa Rica

3.8.1 Área de Conservación Cordillera Volcánica Central

A través del SINAC, la responsabilidad por la administración de las áreas silvestres protegidas del

Valle Central y de la supervisión de la protección del medio ambiente le compete específicamente

al Área de Conservación Cordillera Volcánica Central (ACCVC), quien está a cargo de 16 Áreas

Protegidas en total (Mapas 3-1 y 3-2). El ACCVC es una unidad territorial que,

administrativamente, ocupa 34 cantones en una superficie total de 5.662 km2 con alrededor de

2,200,000 habitantes, desde la parte central - que incluye la gran área metropolitana de San José con

80% de la población del territorio - hasta la frontera de Nicaragua al norte de Costa Rica. El

ACCVC presenta casi el 23% de su territorio bajo alguna categoría de protección y su cobertura

forestal es una de las más importantes de Costa Rica. Incluye también siete macizos volcánicos

(Platanar, Porvenir, Palmira, Barva, Poás, Irazú y Turrialba), de los cuales algunos presentan

actividad volcánica.

En los últimos años, el uso de la tierra del ACCVC se encuentra bajo una constante presión debido

a varios factores, siendo la densidad de la población del Gran Área Metropolitana (GAM) el mayor

factor de presión.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[31]

Mapa 3-1 ASP del Área de Conservación

Cordillera Volcánica Central

(Fuente: D. Garita, SIG-ACCVC 2008)

Mapa 3-2 Relieve del Área de Conservación

Cordillera Volcánica Central

(Fuente: D.Garita, SIG-ACCVC 2009)

3.8.2 Corredor Biológico Ribereño Interurbano Subcuenca Reventado - Agua Caliente

(COBRI SURAC)

El COBRI SURAC está localizado en la provincia de Cartago, abarcando los cantones de

Oreamuno, El Guarco y Cartago, y se encuentra dentro del Área de Conservación Cordillera

Volcánica Central (ACCVC). El Corredor inició en el 2006, comprende una superficie de 18.451 ha

y busca mantener y restablecer la conectividad biológica entre siete áreas silvestres protegida: los

parques nacionales Volcán Irazú y Tapantí-Macizo de la Muerte, las reservas forestales Cordillera

Volcánica Central y Río Macho, las zonas protectoras Tiribí, Cerros de La Carpintera y Río

Navarro-Río Sombrero (ver Mapa 3-3).

Una de las grandes potencialidades del COBRI SURAC es su condición de corredor ribereño e

interurbano, donde el bosque ribereño constituye el eje articulador de la conectividad y la

arborización del casco urbano representa un reto: considera el 6% de la provincia de Cartago siendo

está de importancia estratégica como oferente de servicios ambientales, principalmente de agua para

consumo humano y producción de energía, tanto en el ámbito provincial como a nivel nacional.

El COBRI SURAC está conformado por un Comité Gestor, Operativo, una Junta Administrativa

responsable de la toma de decisiones y cuatro comités que se encargan de desarrollar las áreas

temáticas:

1. Protección y rescate de los recursos agua, suelo, aire, biodiversidad y ecología urbana

2. Manejo integral de residuos sólidos municipales y comunales

3. Alternativas de desarrollo sostenible

4. Capacitación y formación.

En poco tiempo de existencia, el COBRI SURAC ha logrado consolidar alianzas estratégicas entre

instituciones gubernamentales, académicas, gobiernos locales, organizaciones ambientalistas,

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[32]

comunidad civil y el sector privado. Estas alianzas han permitido fortalecer las capacidades locales

mediante la formación de recurso humano en temas claves para el corredor y el apoyo técnico, la

facilitación y la promoción de iniciativas productivas en armonía con la naturaleza (COBRI

SURAC, 2008).

3.8.3 Corredor Biológico Uniendo Cordilleras (CBUC)

"Uniendo Cordilleras" pretende la conservación de los últimos remanentes de bosque ubicados en la

periferia sur y sureste del Valle Central, muchos de los cuales no son aún Área Silvestre Protegida y

otros que tienen categorías bajas de protección, como Zonas Protectoras. Las Zonas Protectoras

abarcadas por el corredor son: Tiribí, Cerros de la Carpintera, Cerros de Escazú, Quitirrisí y Rodeo.

También se comprenden zonas boscosas y de gran importancia a nivel de recurso hídrico como la

Loma Salitral, la Fila Ventolera y el Alto Tablazo. Se pretende lograr la interconexión biológica de

estas áreas vulnerables con áreas boscosas mayores de la Cordillera Volcánica Central (PN Volcán

Irazú) y la Cordillera de Talamanca (ZP Río Navarro - Río Sombrero). La propuesta asigna un valor

importante a la protección de los recursos hídricos, a la conservación del bosque y a la

biodiversidad en general. Paralelamente, se busca resaltar el valor de los fragmentos de bosque

existentes como una herramienta para la educación ambiental, como áreas para el esparcimiento de

los habitantes del Valle Central y como posibles fuentes locales de ingresos económicos por medio

del pago por servicios ambientales y el eco turismo rural. Otros beneficios del Corredor Biológico

de igual importancia son la producción de oxígeno y el secuestro de CO2 del aire, que ayudan a

mitigar el efecto invernadero y el calentamiento global; el valor paisajístico; los reservorios de

diversidad genética para la bioprospección; el recurso para estudios científicos, y los servicios

ecológicos para la agricultura de la región, al constituir el hábitat fundamental para el

mantenimiento de poblaciones de organismos benéficos para los cultivos, como los polinizadores y

los controladores naturales de plagas (A. Cascante, P. Mata, A. Estrada, 2008).

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[33]

Mapa 3-3 Corredor Biológico Ribereño Interurbano Subcuenca Reventado – Agua Caliente

(Fuente: COBRI SURAC)

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[34]

Mapa 3-4 Corredor Biológico UNIENDO CORDILLERAS – Prioridades de Conservación

(Fuente: CBUC, información técnica noviembre 2008)

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[35]

CantónSuperficie

(ha)Porcentaje Distritos

Río Azul

San Diego

San Rafael

San Nicolas

Guadalupe

Quebradilla

Patarrá

TirassesCurridabat

La Unión 975 41%

Cartago 964 40%

TOTAL

18%

1%

2396 100%

Desamparados 429

28

4. CONTEXTO LOCAL DE LA ZONA PROTECTORA CERROS DE LA

CARPINTERA

4.1 Contexto Político-Administrativo

El territorio de la ZPCC y su zona de influencia se sitúan en cuatro cantones (La Unión, Cartago,

Desamparados y Curridabat) y ocho distritos (Tabla 4-1), compartido entre las provincia de Cartago

y de San José, (Ver Mapa 4-1).

Tabla 4-1 División político-administrativa de la ZPCC (Atlas de Costa Rica, ITCR 2008)

La ZPCC está considerada entre las áreas silvestres protegidas con mayor presión por la expansión

urbana en los años 80. En efecto, como se puede ver en la Tabla 4-2, todos los distritos en que se

encuentra la ZPCC y que conforman su área de influencia, han tenido desde 1970 un crecimiento

superior al de la respectiva provincia y, obviamente, superior al crecimiento demográfico de todo el

país.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[36]

Mapa 4-1 División político-administrativa de la ZPCC (Comisión Interinstitucional ZPCC, Plan

General de Manejo ZPCC)

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[37]

1970

1980

1990

2000

2010

2015

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es

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(Fuente: Adaptado de Bixby 2002)

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[38]

En el año de 1970 los ocho distritos de Patarrá, Tirrases, Río Azul, San Diego, San Rafael, San

Nicolás, Guadalupe y Quebradilla tenían un total de 13.818 habitantes. Para el año 2015 se prevé

que estos mismos ocho distritos tendrán una población estimada en 289.678 habitantes, lo que

significaría un crecimiento anual promedio de un 7,00%, muy por encima de la media nacional

(2,36%) y también provincial (2,32% para San José y 2,42% para Cartago). Destaca en primer lugar

San Diego con un 11,53%, pero también los distritos de Patarrá, Tirrases y San Nicolás. Es decir, el

área de influencia está sufriendo un crecimiento demográfico desproporcionado, con la consiguiente

presión sobre la ZPCC (ver Mapa 4-2). En el estudio “Diagnóstico del Cantón de La Unión”, de

Ixel Quesada Vargas et al, realizado por encargo de la Asociación Movimiento Cívico del Cantón

de La Unión en el año 2005, se encuentra información adicional sobre el crecimiento urbanístico y

demográfico en el Cantón de La Unión en las últimas décadas.

4.2 Descripción general

4.2.1 Bosques nublados en Costa Rica

Según Kappelle (2001), la definición más aceptada actualmente de Bosque Nublado es la que surgió

de un simposio realizado en Puerto Rico en 1993, descrita por Hamilton, Juvik y Scatena (1995) en

los siguientes términos:

“Los Bosques Nublados (Tropical Montane Cloud Forests) constituyen ecosistemas forestales con

una flora y una estructura características. Normalmente ocurren en una franja altitudinal donde el

ambiente se caracteriza por una cobertura de nubes persistente o estacional. Esta persistente

nubosidad reduce la radiación solar y el déficit de vapor, llegando a suprimir los procesos de

evapotranspiración. La precipitación total que llega al interior del bosque se ve significativamente

incrementada por el aporte de la neblina interceptada por la vegetación (“precipitación

horizontal”), que queda así disponible. En comparación con los húmedos sistemas forestales de

tierras bajas (Tropical Rain Forests), los Bosques Nublados presentan árboles de menor tamaño,

incrementándose por consiguiente la densidad de los tallos. Los árboles dominantes del dosel

generalmente exhiben troncos y ramas retorcidos o tortuosos, presentando hojas más pequeñas y

coráceas. También estos bosques nublados se caracterizan por presentar una proporción alta de

epifitas (biófitas, líquenes y helechos) y una correspondiente reducción de las lianas leñosas. Los

suelos en general son húmedos y presentan una gruesa capa de materia orgánica humidificada. Los

valores de biodiversidad de árboles, hierbas, arbustos y epifitas son altos, considerando su

reducida superficie con relación a la selva tropical lluviosa, en la cual la alta riqueza especifica se

concentra en los árboles principalmente. Los valores de endemismos son también muy altos. Los

Bosques Nublados ocurren en un rango muy amplio de precipitaciones (500 – 10.000 mm anuales).

También hay una importante variación en los niveles altitudinales donde ocurren”.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[39]

Mapa 4-2 Infraestructura vial y urbanización en la Zona Protectora Cerros de La Carpintera (Comisión Interinstitucional ZPCC, Plan General de Manejo ZPCC)

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[40]

Los bosques de montaña de Costa Rica se encuentran entre 500 y 3000 m sobre el nivel del mar

(msnm) y se distribuyen en los pisos premontano, montano bajo, montano alto y subalpino. Están

ubicados en las cordilleras de Guanacaste, Tilarán, Volcánica Central y de Talamanca, así como en

los cerros del sur del Valle Central. El clima de los bosques de montaña tiene un carácter templado

diurno, con temperaturas promedio anuales de 10º C a 20º C. La precipitación anual fluctúa entre

2000 y 5000 mm. Los vientos alisios causan la formación de enormes fajas de nubes, en particular

en la vertiente Atlántica de las cordilleras, originando la presencia diaria de neblina en estos

bosques, razón por la cual la mayoría de ellos se puede llamar bosques nublados o nubosos. Los

bosques de las cordilleras tienen de 10 a 35 m de altura y áreas básales de 25 a 60 m2. Son

sumamente diversos en epifitas como bromelias, orquídeas, helechos, musgos y hepáticas. Estos

bosques se encuentran en buen estado de conservación dentro de varias áreas protegidas y son

utilizados principalmente para la generación de agua potable y electricidad mediante plantas

hidroeléctricas. El ecoturismo, por otro lado, cada vez adquiere más importancia como fuente

principal de ingresos para los habitantes de estos bosques (Kappelle, 2001).

4.2.2 Los Cerros de La Carpintera

En los Cerros de La Carpintera se encuentran algunos de los pocos remanentes del bosque propio

del Valle Central, lo que le da un valor particular para fines de conservación a pesar de su reducida

extensión (2.391 ha) y las alteraciones que presenta. Hay informes de antiguas colectas de insectos

realizadas en este lugar por el British Museum, que dan cuenta de especies no colectadas en ningún

otro sitio del país (SINAC-GRUAS I, 1996).

De topografía bastante irregular, en sus faldas está la ciudad de Tres Ríos así como otros pueblos

del cantón de La Unión. Se extiende en un área situada entre el Valle de Cartago y el collado de

Ochomogo al este, el Valle de San José y Quebrada Honda al oeste, Tres Ríos y Curridabat al

norte, y Coris al sur. En sus partes más altas aún hay algunos bosques primarios, mientras que en su

parte media predominan los bosques secundarios, pastos, algunas lecherías y cultivos de café.

Si bien es cierto que la protección de los Cerros de La Carpintera es una preocupación de las

comunidades aledañas, también lo es el hecho de que, al menos en su flanco norte, la cobertura

boscosa ha tenido una franca recuperación en los últimos ochenta años. Fotografías de los años

treinta del siglo XIX muestran unos Cerros de La Carpintera cubiertos de pastos en las zonas altas y

de cafetales en las medias y bajas, contrastando con la imagen que se percibe hoy en día (ver Foto

4-1).

Bajo protección desde 1976 como Zona Protectora Cerros de La Carpintera, es un referente

geográfico de toda la región. Junto con el Alto de Ochomogo divide a dos de las grandes urbes de la

Gran Área Metropolitana: San José y Cartago. Esta área es el sector de naturaleza verde y natural de

más fácil acceso desde cualquiera de sus flancos este y oeste. Su comunicación con otras tierras que

todavía tienen restos de bosques naturales y corredores fluviales intactos de la cordillera Volcánica

Central, en el flanco suroeste del Volcán Irazú, y con la cordillera de Talamanca, en el sur, le da una

importancia que se puede medir por sus valores y potencialidades (Mata, 2005), tales como:

a) Patrimonio ecológico

b) Recurso científico

c) Medio para el embellecimiento y el ordenamiento urbano

d) Agente para la protección de la salud

e) Variedad de servicios ambientales

f) Conexión ecológica entre las Cordilleras de Talamanca y Central

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[41]

g) Contribución al corredor Biológico Mesoamericano (CBM) y al Corredor Biológico

Pan- Americano (CBP)

h) Potencial educacional y cultural

i) Proyección ecoturística

j) Valor económico

k) Acervo histórico

Foto 4-1 Los Cerros de La Carpintera alrededor de 1930 (Álbum de La Unión, fotografía

cedidas a ASMOCICU para su publicación)

4.2.3 Ubicación de la ZPCC

La ZPCC se ubica en la hoja cartográfica del Instituto Geográfico Nacional 1:50.000 IZTARÚ 3445

IV o bien, en escala 1:10.000, en las hojas cartográficas PATARRA 3345-I-20, CARPINTERA

3445 IV-16 y OCHOMOGO 3445 IV-17. Estas hojas no indican la modificación introducida a los

límites por el Decreto Nº 29278-MINAE del 15 de enero de 2001. La descripción exacta de los

límites actuales de la Zona Protectora Cerros de La Carpintera se encuentra en este decreto (ver

Introducción, Sección 1.1).

4.3 Síntesis de Rasgos biofísicos de la ZPCC

4.3.1 Topografía

En general, se encuentran tres estratos o niveles: estrato bajo, con pendientes que oscilan entre 0 y

5%; estrato intermedio, que corresponde a la zona a los pies de los cerros, con una pendiente entre 5

y 15 % y una altitud de 1.300 a 1.500 msnm; estrato superior que oscila entre 30% y más de

pendiente y con una altitud que varía entre 1.500 y 1.800 msnm (ver Mapas 4-3 y 4-4).

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[42]

Los Cerros de La Carpintera son una serie de picos entre 1600 y casi 1900 msnm. Entre el Cerro

Quirazú (1794 msnm) y el Alto Lima (1651 msnm), al este, y el Alto Coris (1608 msnm) y el Alto

Lajas (1611 msnm) al oeste, se encuentran seis cimas de más de 1800 msnm. Los dos cerros más

altos tienen 1877 msnm y 1872 msnm. En las hojas cartográficas no se indican los nombres de estos

cerros ni en la cultura popular se les tiene denominación particular, pero Carpio (1983) cita el

Atalaya y el Aguacate como los dos de más altura.

El Mapa 4-5 nos muestra la orientación de las pendientes. Tomando en cuenta la latitud norte de

Costa Rica (aproximadamente 10º), y las pendientes que en algunos casos superan los 40º, es de

esperar que, sobre todo durante el invierno boreal, las pendientes del lado norte de los Cerros de La

Carpintera tengan una muy baja insolación.

Las pendientes del flanco sur de La Carpintera son más suaves y más expuestas al sol. Esto tal vez

explique por qué la agricultura y ganadería han sido abandonadas en su mayoría desde hace

bastante tiempo en el lado noreste de la ZPCC, mientras que persisten en el lado sur.

4.3.2 Características climáticas

En el Campo Escuela Iztarú está ubicada una estación meteorológica operada por el Instituto

Meteorológico Nacional. A una altura de unos 1700 msnm, los datos recopilados por esta estación,

si bien no son representativos del clima en general de los Cerros de La Carpintera, nos dan una idea

de las condiciones climatológicas de las partes altas de la ZPCC (ver Tabla 4-3 y los

correspondientes Gráficos 4-1 a 4-4). Desafortunadamente la estación carece de mediciones de

radiación, lo que sería interesante para tener una idea de la nubosidad en esas alturas.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[43]

Mapa 4-3 Elevaciones topográficas en la Zona Protectora Cerros de La Carpintera

(Comisión Interinstitucional ZPCC, Plan General de Manejo ZPCC)

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[44]

Mapa 4-4 Pendientes en la Zona Protectora Cerros de La Carpintera

(Comisión Interinstitucional ZPCC, Plan General de Manejo ZPCC)

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[45]

Mapa 4-5 Orientación de las pendientes en la Zona Protectora Cerros de La Carpintera

(Comisión Interinstitucional ZPCC, Plan General de Manejo ZPCC)

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[46]

De los datos se desprende que hay dos estaciones bien marcadas:

estación seca, de mediados de diciembre a principios de mayo

lluviosa, de mediados de mayo a mediados de diciembre

Esta última presenta dos máximos de precipitación, uno a finales de mayo y otro en octubre. La

precipitación anual promedio de 1764 mm está dentro del rango para el Valle Central, que es de

1500 a 2500 mm.

Las temperaturas son bastante constantes a través de todo el año, siguiendo patrones propios del

hemisferio boreal (más frío entre noviembre y febrero – un poco más caliente el resto del año).

La humedad relativa baja solamente entre febrero y mayo, estando el resto del año alrededor del

96%.

Los vientos, generalmente alisios provenientes del noreste, son más fuertes en la estación seca.

En las partes bajas de los Cerros de La Carpintera predominan características climáticas propias de

las dos secciones del Valle Central Intermontano.

4.3.3 Hidrología

4.3.3.1 Cuencas y Red de Drenaje

La división continental o divisoria de aguas entre las vertientes Atlántica y Pacífica llega a los

Cerros de La Carpintera desde el sur, de la Cordillera de Talamanca, pasa por la cima de sus picos y

desciende hacia el Alto de Ochomogo, continuando hacia Llano Grande y el Volcán Irazú, al norte.

En consecuencia, los Cerros de La Carpintera son tributarios de ambas vertientes, existiendo una

gran cantidad de ríos y quebradas que conforman diversas subcuencas.

En la parte suroeste del Macizo de la Carpintera encontramos la subcuenca de Quebrada Honda que

nace en los Altos de Coris y en la que confluyen, entre otras, la Quebrada Mesas y la Quebrada

Lajas. Desembocando en el Río Damas, que a su vez fluye en el Río Tiribí, esta subcuenca

pertenece a la vertiente Pacífica.

El sector noroeste es desaguado por la Quebrada Quebradas, alimentada por la Quebrada Chorro, la

Quebrada Alta y la Quebrada Palmira. Tributaria del Río Damas, esta subcuenca pertenece también

a la vertiente Pacífica.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[47]

ESTACION METEOROLÓGICA IZTARÚ

Promedios mensuales 2003 – 2009

Variable ene Feb Mar abr may jun jul ago sep oct nov dic

Precipitación Mm 29,4 10,8 20,3 28,6 236,0 156,3 177,4 162,1 327,6 384,6 174,2 56,4

Temp. Promedio ºC 14,7 15,2 15,6 16,5 16,9 17,0 16,7 16,7 16,9 16,7 16,0 15,1

- máxima ºC 19,4 20,7 21,5 22,6 22,6 22,9 22,1 22,4 23,1 22,1 20,8 20,0

- mínima ºC 12,0 11,9 12,3 13,2 14,2 14,5 14,2 14,2 14,2 14,3 13,7 12,4

Humedad relativa % 94,0 91,0 91,0 90,0 92,0 94,0 95,0 96,0 96,0 95,0 96,0 96,0

Velocidad del viento m/s 8,9 10,6 11,1 9,0 7,1 6,3 7,2 6,6 5,4 4,4 5,8 9,0

Tabla 4-3 Datos meteorológicos para las partes altas de la ZPCC

Gráfico 4-1 Gráfico 4-2

Gráfico 4-3 Gráfico 4-4

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[48]

Más hacia el este, siempre en la vertiente norte, la Quebrada Monte desemboca directamente en el

Río Tiribí, mientras que la Quebrada Bosque, la Quebrada San Vicente y la Quebrada Carpintera lo

hacen por intermediación del Río Chiquito. Más al este, la Quebrada Quirazú confluye con la del

Fierro para terminar, igualmente, en el Río Tiribí.

En el sureste, las quebradas Barahona, Luisa, Atalaya, Negra y Alajuela, junto con otras fuentes

menores, conforman el Río Coris que desemboca en el Río Purires para desaguar, a través del

Reventazón, en la vertiente Atlántica.

En el citado trabajo del M.Sc. Víctor Villalobos R., preparado para el diputado Álvaro Torres

Guerrero, en el 2000, se puede leer:

“La Zona Protectora los Cerros de la Carpintera, se ha dividido en dos patrones con diferentes

procesos fluviales, a saber:

Sector Norte:

Este Sector está regado principalmente por el Río Tiribí, el cuál precisamente recoge la mayoría de

las nacientes de agua que tienen su origen en el flanco norte de los Cerros de la Carpintera, y por

el Río Damas que recoge las nacientes de la Quebrada Quebradas para depositarlas luego aguas

abajo al Río Tiribí.

Entre los ríos tributarios más importantes tenemos:

Quebrada Carpintera

Río Bosque

Quebrada Monte

Quebrada Quebradas

Las aguas de los ríos presentan colores turbios debido al material de suspensión transportado y a

las consecuencias de la erosión de los suelos.

Sector Sur:

Debido a condiciones topográficas propias del lugar, este Sector está drenado por dos ríos:

El colector Quebrada Honda al extremo oeste de los Cerros de la Carpintera cuyas aguas nacen en

el Alto de Coris que luego de unirse a la Quebrada Quebradas son llevadas al Río Damas.

Presenta un patrón dendrítico en sus nacientes con problema de taludes fácilmente erosionables.

En este sector, las quebradas presentan como característica el atravesar por una zona

eminentemente sedimentaria (areniscas y arcilla) la que se ve erosionada y degradada

rápidamente, manifestándose en una serie de terrazas aluviales a la orilla de los ríos.

El colector Río Purires que recogen las aguas de las nacientes de la Quebrada Barahona, la Luisa

y las Quebradas Atalaya 1, 2 y 3. Sus nacientes presentan un patrón dendrítico. Este sector de los

Cerros de la Carpintera se encuentra seriamente deforestado. La Quebrada Barahona y la Luisa

son las únicas que poseen caudal regular durante todo el año.”

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[49]

4.3.3.2 Aprovechamiento del recurso hídrico

De conformidad con información suministrada por la Dirección de Aguas del MINAET, existen en

la ZPCC un total de 78 caudales asignados para un total de 42 concesionarios de aprovechamiento

de agua para diferentes usos, tales como doméstico, industrial y agropecuario. Existen

concesionarios con una sola concesión y otros de hasta 18 concesiones. Las 78 concesiones dadas

representan una extracción de agua de 85.64 lts/s, equivalente a una extracción de agua de 7.400 m3

/ día.

El uso más común dado al agua lo representa el uso doméstico, seguido luego del riego de frutales,

hortalizas, pastos y café. Igualmente es utilizada en otras actividades productivas como porquerizas,

lecherías, abrevaderos, granjas y para el sector industrial.

Las comunidades de Rincón Mesén, San Diego, Santiago, San Vicente, Coris, Bermejo y otras

vecindades utilizan el recurso hídrico generado en la ZPCC para llenar sus necesidades básicas de

consumo doméstico. Asimismo, el Campo Escuela Nacional Iztarú, perteneciente a la Asociación

de Guías y Scouts de Costa Rica usa el agua de la ZPCC (Villalobos, 2000).

Además de ello, prácticamente todas las propiedades existentes en su interior captan y utilizan el

agua de ella. Este hecho determina la importancia de mantener los flujos en cantidad y calidad

(Aguilar et al., 1984).

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[50]

Mapa 4-6 Ríos y nacientes en la Zona Protectora Cerros de La Carpintera (Comisión

Interinstitucional ZPCC, Plan General de Manejo ZPCC)

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[51]

DISTRITO ADMINISTRACION No.

1 Quebradilla ASADA 3

2 Damas AyA 1

ASADA 3

AyA 1

Comité 1

Por Definir 1

ASADA 4

AyA 1

1

5 Río Azul ASADA 1

6 San Diego Municipalidad 1

7 San Juan Municipalidad 1

8 San Rafael ASADA 2

TOTAL 21

Patarrá

San Miguel

3

4

Tabla 4-4 Captación del recurso hídrico de la ZPCC (Fuente: AyA 2008)

4.3.4 Geografía, Geología y Geomorfología

El Complejo de la ZPCC se sitúa en el centro geográfico del país, entre la Cordillera Volcánica

Central al norte y los Cerros del Tablazo (que son estribaciones de la Cordillera de Talamanca) al

sureste. Constituyen cerros centinelas que, junto con una planicie en el collado de 1500 m de largo

por 300 m de ancho, conocido como Alto de Ochomogo, separan al Valle del Guarco del Valle de

San José (Mata, 2005).

El área comprende dos grandes sectores geológicos que son el macizo de La Carpintera

propiamente y las zonas adyacentes a él. En la constitución del macizo participan dos formaciones:

ígnea y sedimentaria. Las zonas adyacentes están conformadas por el Cerro Blanco, Cerro de

Patarrá y las zonas de Quebrada Honda, Coris y el Río Tiribí. Las formaciones estructurales son las

de Térraba, San Miguel y Coris, así como los aluviones (valle fluvio lacustre de Cartago) (Aguilar

et al., 1984).

En las formaciones calcáreas arenáceas que se encuentran en algunos lugares, se presentan fallados

y plegados lo que permite, según Strahler (citado por Meza en 1979), “la fácil salida de las aguas

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[52]

subterráneas a lo largo de los planos de fallas. Estos manantiales sean calientes o fríos, suelen

estar situados a lo largo de las líneas de falla. Este hecho suele tener lugar en las bases de las

montañas jóvenes por bloques fallados”. Esta condición, demuestra la existencia de un foco

volcánico subyacente activo, probablemente del Volcán Irazú, que permite el surgimiento de aguas

termales como las de Coris, Orosí, Aguacaliente de Cartago, San Antonio de Desamparados, entre

otros (Villalobos, 2000) (ver Mapa 4-7).

4.3.5 Edafología

Existen cinco subgrupos principales de suelos que son: typic distrandept, typic humitropt,

andicustic, humitropept y typic distropept. De ellos, el más representado es este último con un 65%

(Aguilar et al., 1984). Los suelos typic distrandept se caracterizan por ser rojos, profundos y bajos

en bases. Están asociados con suelos con muy poco desarrollo y delgados, además con suelos un

poco más desarrollados, pero poco profundos en relieves de colinas y montaña (latosoles y

litosoles) (Pérez, 1978 en Murillo et al., 1999).

4.3.6 Áreas Críticas

El Plan Regulador Urbano de la Gran Área Metropolitana (PRUGAM) define Zona Potencial de

Conservación y Protección aquellas zonas de muy alta fragilidad ambiental y que constituyen un

valor patrimonial regional y nacional en función de los recursos naturales, el valor escénico y la

biodiversidad. La zonificación territorial del PRUGAM 2008-2030 considera, con fundamento en

los requerimientos ambientales propios del marco jurídico nacional, establecer como Zona Potencial

de Conservación y Protección en la Cordillera Volcánica Central, del lado sur, el área que

comprende el sector de los cerros de Escazú hasta colindar con la ZPCC (Tomo IV: Atlas

Cartográfico, Plan PRUGAM 2008-2030 – Mapa SUAD 29 y Anexo 1: Zonificación IFAS para la

GAM).

“(La ZPCC…) tiene características y funciones de conservación principalmente, permitiéndose

usos de conservación, investigación, turismo y residencial de acuerdo al marco jurídico vigente. Es

el área comprendida por todas las zonas donde el Índice de Fragilidad Ambiental integrado tiene

la valoración de ser muy alto” (PRUGAM, 2008). Ver también Mapa 4-7.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[53]

Mapa 4-7 Fallas sísmicas y riesgos de inundación en la Zona Protectora Cerros de La

Carpintera (PRUGAM, 2008)

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[54]

En 1984, es decir hace ya 26 años, Aguilar et al. habían establecido cuatro tipos de áreas críticas en

la ZPCC y sus alrededores:

Zonas con problemas de deslizamientos - Río Bosque, Quebrada Honda, Río Reventado

Subcuencas - Virilla, Tiribí, Torres y María Aguilar

Ecosistemas únicos o importantes - Bosque Nuboso de la Carpintera, Zona Pantanosa de

Coris. Respecto a éste último, cabe resaltar que ha sido en los últimos años fuertemente

diezmado como consecuencia del drenado para el establecimiento de industrias diversas

Lugares con fuertes pendientes (Cerros de La Carpintera, Cerro Tablazo, la zona al oeste de

Patarrá y la zona al noreste de San Antonio): todos ellos con una pendiente que oscila entre

el 45 y 60%

4.4 Biodiversidad de la ZPCC

Ya desde finales del siglo XIX, los biólogos y botánicos que visitaron Costa Rica en busca de

especies nuevas reconocieron en La Carpintera un ecosistema de características particulares. El

primero de ellos de quien tenemos noticias es Augustus Endrés. Alsaciano enigmático y uno de los

más importantes colectores de la flora de nuestro país en el siglo XIX, residió en San Ramón de

Alajuela entre 1866 y 1873 aproximadamente, desde donde realizó giras de investigación por todo

el valle central y las zonas aledañas. Algunas de sus colectas, hoy en día en el Museo de Historia

Natural de Viena, indican como lugar de recolección los cerros de La Carpintaria (sic) y Tablazo.

En el Herbario del Museo Nacional, el primer ejemplar colectado en los cerros data de 1887.

También Henri Pittier colectó en La Carpintera alrededor del 1900. En la década de 1920, Paul C.

Standley, autor de la primera Flora de Costa Rica, visitó varias veces los cerros, que describió así:

“Único entre los sitios de colecta de la región central es el Cerro de La Carpintera, cercano a Tres

Ríos y Cartago, una montaña aislada y elevada que surge sobre los campos de Ochomogo. Siento

una atracción especial por La Carpintera, porque puede alcanzarse fácilmente a pie desde Cartago

o Tres Ríos y por su flora, extraordinariamente variada, que nos ha ofrecido docenas de nuevas

especies.

Las laderas altas de la montaña se han limpiado para potreros y hay senderos fáciles hasta el

límite del bosque que cubre las partes altas, alrededor de la cima. Se corta madera en los bordes

del bosque, de manera que cada año el número de árboles se reduce.

El bosque alto de La Carpintera es denso y húmedo, y difícil de penetrar. En ninguna parte de

costa Rica he visto una vegetación tan variada y exuberante. Hay profusión de árboles raros,

muchos helechos arborescentes, un crecimiento exuberante de innumerables tipos de epifitas,

numerosos helechos y gran variedad de bellas flores.

Lo más memorable de un ascenso a La Carpintera es el hecho que todo el día se entretiene uno con

los aullidos de unos cuantos “nausingos” que de alguna manera han sobrevivido en su restringido

y aislado hábitat. En ningún otro lugar tan cercano a las ciudades de Costa Rica es posible oír las

magníficas voces de estos grandes, negros, monos aulladores, los más grandes simios de

Centroamérica.”

Finalmente, vale la pena resaltar que la parte alta de la ZPCC constituye una asociación atmosférica

muy húmeda, determinada por el contacto frecuente de la niebla y las nubes con la vegetación,

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[55]

denominada Bosque Nublado (Aguilar et al., 1984). Esta asociación es importante porque intercepta

agua, aumentando así la captación de este recurso en la zona: gran parte de esta vegetación captura

agua en abundancia de las nubes que pasan por su frondosidad y la lleva al suelo, sin necesidad de

que llueva, fenómeno conocido como precipitación horizontal (Mata, 2005). Las contribuciones de

la precipitación horizontal han sido documentadas en los últimos años reportándose casos donde

esta significa el 50% de los aportes totales de agua. A pesar de que pocos Bosques Nublados han

sido explorados sistemáticamente, lo cierto es que se trata de almacenes de biodiversidad y su papel

vital como fuentes y proveedores de agua dulce para millones de personas está siendo

desenmarañado y reconocido (WWF/UICN, 2000). Así, acumulando todas estas propiedades casi

mágicas, no es sorprendente que - al igual que los Bosques Naturales de muchas partes del mundo,

la ZPCC posea fuertes valores espirituales y culturales.

4.4.1 Zonas de vida de la ZPCC

Según la clasificación de Holdridge (1978), se identifican cuatro zonas distintas de vida en la ZPCC

(ver Mapa 4-8), que son el Bosque muy Húmedo Premontano (bmh-P), Bosque muy Húmedo

Montano Bajo (bmh-MB), Bosque Húmedo Montano Bajo (bh-MB), Bosque Húmedo Premontano

(bh-P).

BOSQUE MUY HÚMEDO PREMONTANO (bmh-P)

La zona de vida Bosque muy Húmedo Premontano (bmh-P) posee un rango de precipitación amplio

entre 2000 y 4000 mm como promedio anual. Se extiende a lo largo de las cordilleras, en ambas

vertientes y contiene una gran variedad de condiciones edáficas. La vegetación del bosque original

está constituida por especies como: Scheffera morototoni (fosforillo), Vochysia allenii (botarrama),

Ruopala montana (carne asada), Cedrela odorata (cedro amargo), Turpinia occidentalis (falso

cristóbal), Ulmus mexicana (tirrá) (Quesada, 2007).

BOSQUE MUY HÚMEDO MONTANO BAJO (bmh-MB)

El rango de precipitación oscila entre 1850 y 4000 como promedio anual, es muy característico de

esta zona de vida la presencia de neblina durante largos periodos durante el día y en el transcurso

del año (Bolaños et al, 2005). Por esta característica se le llama bosque nuboso o de neblina. Los

terrenos de esta zona de vida son en su mayoría de topografía accidentada, con laderas expuestas a

vientos que traen mucha humedad. Esta formación se ubica en la Cordillera de Talamanca, donde

domina el género Quercus (robles y encinos, con más de 10 especies), Alnus acuminata (jaúl),

Cornus disciflora (lloró), Magnolia poasana (magnolia). Un buen ejemplo son los bosques del

Cerro de la Muerte. El bosque presenta una estructura compuesta por individuos emergentes de

Quercus que sobrepasan los 40 m de altura, un dosel medio denso de hasta 25 m y un sotobosque

denso dominado por varias especies de cañuelas y carrizos. Los troncos de los árboles están

cubiertos por abundantes epifitas.

BOSQUE HÚMEDO MONTANO BAJO (bh-MB)

El rango de precipitación oscila entre 1400 y 2000 mm como promedio anual. Presenta un periodo

efectivamente seco moderado de 2 a 4 meses (Bolaños et al, 2005). En Costa Rica lo encontramos

en las cercanías de Zarcero, en Ochomogo, y en todas las localidades ubicadas entre los 1400 y

2100 msnm dentro de la zona de clima tipo Pacífico seco. En su condición natural el bosque de esta

zona de vida es de baja altura, con dos estratos, poco denso, con abundancia de epifitas.

BOSQUE HÚMEDO PREMONTANO (bh-P)

El ámbito de precipitación para esta zona de vida varía entre 1200 y 2200 mm, como promedio

anual, se presenta un periodo efectivo seco de 3,5 a 5 meses (Bolaños et al, 2005). En el Valle

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[56]

Central este tipo de bosque se encontraba generalmente en áreas de suelos volcánicos y fértiles,

pero ha desaparecido casi totalmente (Fournier, 1980). Entre las especies características de esta

zona de vida están los géneros Nectandra, Persea y Cinnamomun (familia Lauraceae), Cupania

(familia Sapindaceae), Eugenia (familia Myrtaceae), Cedrela salvadorensis (cedro), Cedrela

tonduzii (cedro dulce), Albizia adinocephala (carboncillo), Dendropanax arboreus (fosforillo), etc.

4.4.2 Flora

La ZPCC incluye prácticamente la única muestra existente del bosque que antiguamente cubría el

Valle Central. Esto, a pesar de las alteraciones que presenta, le da un valor particular para fines de

conservación (García, 1996). Hay áreas de bosque primario (aproximadamente 618 ha), cuya altura

promedio es de 20 metros y con diámetros variables, alcanzando algunos hasta un metro. En este

tipo de bosque hay un alto grado de epifitismo y gran cantidad de orquídeas, bromelias y helechos

arborescentes (Aspitia, 2007). Los bosques nativos de la Zona Protectora se extienden en pequeños

parches entre áreas dedicadas a la ganadería y la agricultura y se caracterizan por la vegetación

exuberante, con árboles que alcanzan 40-50 m. de altura (Villalobos, 2000).

A pesar de su poca extensión, la ZPCC constituye un lugar predilecto para botánicos debido a su

gran diversidad florística. En la literatura botánica se citan numerosos ejemplares colectados en el

área. Además, hay varias especies cuyos nombres le hacen referencia, tales como Piper

carpinteranum, Peperomia carpinterana, Itel carpinterae y Pleurothalis carpinterae, entre otros

(Aguilar et al., 1984).

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[57]

Mapa 4-8. Zonas de Vida presentes en la ZPCC (Comisión Interinstitucional, Plan General de

Manejo ZPCC)

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[58]

La flora arborescente de la región está formada por un gran número de especies nativas, como

Quercus sp (Robles y Encinos), Bursera simarouba (Indio Desnudo), varias Lauraceas como

Nectandra salifolia (Quizarrá Amarillo), Persea schiedeana (sus frutos son una importante fuente

de alimento para los Quetzales), Inga sp. (Guaba) y meliáceas del tipo Cedrela sp (Cedros), entre

otros (Carpio, 1983). Además, Aguilar (1984) menciona que el Quercus se encuentra asociado con

euforbiáceas (Sapium sp., Pittieri sp.), rutáceas (Zanthoxylum elephantiasis, Zanthoxylum

monophyllum y Zanthoxylum microcarpum Croton sp.), taráceas, podocarpáceas (Podocarpus sp.),

juglandáceas (Engelhardtia sp. y Alfaroa sp.), representantes de verbenáceas (Citharexylum sp.),

varias compuestas (Montanoa sp.), mirtáceas (Myrcia sp., Calyptranthes sp., Eugenia valeria,

Psidium guajava y Eugenia jambos), urticáceas (Urena sp., Myrlocarpa sp.), clorantáceas

(Hedyosmum sp.), varias especies de palmas (Malvaviscos sp. y Robinsonella sp.) (Aguilar et al.,

1984; y Tenorio, 1998 en Murillo et al., 1999). El sotobosque está constituido también por una

enorme cantidad de especies de helechos, lianas, bambúes, hierbas, epifitas (incluyendo orquídeas y

bromelias), enredaderas, heliconias, etc. (Villalobos, 2000).

De las colecciones realizadas por los hermanos Curt y Alfred Brade y provenientes de La

Carpintera, Rudolf Schlechter (1872-1925) enumera en su “Bibliografía orquideológica de Costa

Rica” un total de 15 especies en 10 géneros diferentes. Oakes Ames (1874-1950), describió en su

obra “Schedulae Orchidianae” numerosas especies nuevas, entre ellas 8 especies en 5 géneros

colectadas en La Carpintera (en adición a las ya mencionadas por Schletchter). Paul Standley

resume los conocimientos en la “Flora of Costa Rica” (1937), enumerando 16 especies y 11

géneros suplementarias. Tomando las especies citadas por Schlechter, Ames y Standley, así como

las depositadas en los herbarios y colecciones nacionales, el “Catalogo Preliminar anotado de las

Orchidacea de la Zona Protectora Cerros de La Carpintera, Costa Rica” (Ossenbach et al. 2003),

señala para la ZPCC un total de 44 géneros con un total de 82 especies de orquidáceas, de las

cuales:

10 especies descritas por primera vez en base a colectas en La Carpintera

7 especies endémicas de Costa Rica

1 especie endémica de los Cerros de La Carpintera (Malaxis carpinterae)

La Asociación de Guías y Scouts de Costa Rica firmó un convenio con el Museo Nacional para

realizar un inventario preliminar de plantas, mamíferos y mariposas en su propiedad, el Campo

Escuela Iztarú, en la ZPCC. , para determinar en forma general las condiciones en que se encuentra

el bosque.

El informe del Museo Nacional, publicado en julio de 2008, en lo referente a plantas, dice así:

“DIVERSIDAD DE ESPECIES. En total se han recolectado 663 especies de plantas, distribuidas

en 131 familias botánicas. Entre estas especies se encuentran 93 de helechos y 570 de plantas con

flores, lo cual corresponde al 60% de especies esperadas para el área (1109), según el estimador

de Chao 2 (Colwell 1994). La familia que contiene mayor número de especies es Orchidaceae

(orquídeas) que, como se verá más adelante, es una familia en su mayoría compuesta por hierbas

epifitas, seguido por las Asteráceas que son principalmente hierbas y arbustos frecuentes en sitios

abiertos. Rubiaceae, una familia representada principalmente por arbustos de sotobosque de los

géneros Palicourea y Psychotria, géneros típicos de bosques premontanos y montanos. Las

Bromelias (Bromeliaceae) es otra familia de hierbas epifitas, con géneros abundantes como

Tillandsia y Werauhia. Las piperáceas es la siguiente familia, representada principalmente por

especies epifitas del género Peperomia y algunas terrestres del género Piper. La familia de las

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[59]

Poaceae se encuentra representada por 23 especies principalmente de pastos nativos e

introducidos. Es destacable la presencia de Chusquea longifolia, especie típica del sotobosque de

los bosques montanos. La familia Polypodiaceae está representada por especies de helechos

principalmente epifitos. Finalmente las aráceas conforman un importante grupo también de epifitas

y hemiepifitas, plantas que definitivamente necesitan del ambiente boscoso para vivir”.

“DIVERSIDAD DE FORMAS DE CRECIMIENTO. En la composición de la vegetación de La

Carpintera las plantas herbáceas son la forma de vida dominante representando el 43% de las

especies. Las hierbas terrestres (21%) están mayormente representadas por asteráceas, gramíneas

y piperáceas de vegetación secundaria y bordes de bosques. Un segundo grupo importante de

hierbas (22%) lo componen las orquídeas, bromelias, aráceas y helechos que adicionalmente son

de hábito epifito o hemiepifito en el caso de las aráceas. En general, las especies de vida epifita son

de gran importancia en la flora del sitio porque representan más de la cuarta parte del total de

especies, muchas de ellas restringidas a los fragmentos de bosque poco alterado o secundarios

avanzados. Las especies arbustivas representan un 16% del total, principalmente plantas de

sotobosque de las familias Asteraceae, Rubiaceae y Solanaceae. Cerca de una cuarta parte de los

arbustos presentan formas de vida epifita, entre ellos especies de ericáceas, rubiáceas,

gesneriáceas y las especies hemi-parásitas de la familia loranthaceae que crecen sobre sus árboles

hospederos. Existe un grupo de especies que pueden desarrollarse como arbustos o tomar la forma

de árboles de porte pequeño (14%), básicamente plantas de sotobosque o de vegetación secundaria

de las familias Euphorbiaceae, Melastomaceae, Fabaceae y Myrsinaceae, entre otras” (J. Sánchez

González, F. Durán Alvarado, G. Vega Araya, julio 2008).

En un esfuerzo conjunto de la Comisión Interinstitucional para la ZPCC, la Asociación Movimiento

Cívico del Cantón de La Unión, la Asociación de Guías y Scouts de Costa Rica y el Bosque Modelo

Reventazón, se organizaron y financiaron dos giras de una semana cada una de investigadores del

Instituto Nacional de Biodiversidad (InBio) para estudiar la flora y fauna de la ZPCC.

En lo que se refiere a hongos, el resultado de la investigación indica:

“Se recolectaron 75 especimenes de macrohongos, de los cuales 2 fueron identificados a nivel de

familia, 46 a nivel de género y 27 a nivel de especie.

Del género Schizophyllum se recolectó un espécimen que posiblemente constituya una

especie nueva para el país o incluso para el mundo. Este material es necesario someterlo a

un estudio morfológico y microscópico detallado y en caso necesario, contactar a algún

investigador a nivel internacional para enviar el material y así completar dicho estudio.

Se recolectaron algunas especies con usos como: Auricularia delicata (comestible),

Ganoderma applanatum (medicinal), Geastrum triplex (medicinal), Pseudohydnum

gelatinosum (comestible) y Schizophyllum commune (medicinal)”.

Concluye el informe indicando que el presente reporte se basa en las recolectas obtenidas en una

única visita en el mes de agosto, por lo que cabe esperar una cantidad mucho mayor de hongos en la

ZPCC, y que la información que se pueda obtener relacionada con los hongos de esta área sería de

gran relevancia, principalmente porque los bosques como éstos han sido eliminados casi en su

totalidad del Valle Central. Los datos recopilados servirán de base para comparar los rangos de

distribución de las especies ya conocidas. Sobre todo, se espera el descubrimiento de nuevas

especies para el mundo.

En cuanto a líquenes, el estudio concluye:

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[60]

“Durante la gira se recolectaron un total de 139 especimenes de líquenes, 37 fueron identificados a

nivel de género y 102 a nivel de especie.

La especie Ramalina celastri es un nuevo taxón para la colección de líquenes del

INBio.

Del género crustáceo Phaeographis, se recolectó posiblemente una especie aún no

descrita para la ciencia; para su descripción es necesario realizar un estudio

microscópico más detallado y comparar con especimenes depositados en el Museo de

Historia Natural de Chicago (USA).

Se recolectaron algunas especies con usos y/o importancia ecológica tales como:

Coccocarpia pellita (indicador de contaminación), Coccocarpia palmicola (indicador

de contaminación), Cryptothecia rubrocincta (tinte para telas), Heterodermia

diademata (medicinal), Pseudocyphellaria aurata (medicinal), Ramalina complanata

(producción de cosméticos), Usnea mexicana y Usnea ramillosa (medicinales).

Las especies del género Phyllopsora y Coenogonium son características de micrositios

de áreas con sombra, por lo que su presencia nos indica que dentro del área

muestreada existen bosques en un avanzado estado de regeneración.

Heterodermia presentó la mayor cantidad de especies, principalmente por ser un

género característico de micrositios abiertos a semiabiertos (vegetación secundaria,

orillas de caminos, áreas de pastoreo), en elevaciones medias.

El inventario en los diferentes micrositios refleja una diferencia significativa entre las diferentes

especies de líquenes, enfatizando el potencial de estos como bioindicadores de continuidad

ecológica (colonización de diferentes sitios). Existen especies típicas de bosque primario, otras de

áreas semiabiertas y otras de sitios totalmente expuestos a la intensidad de la luz” (J.L. Chaves

Chaves, E. Navarro Valverde, E. Alvarado Picado, octubre 2008).

4.4.3 Fauna

4.4.3.1 Mamíferos

Según el estudio del Museo Nacional:

“… se registraron 31 especies de mamíferos, que representan aproximadamente el 13 % de las

especies del país. Aunque el porcentaje es bajo, esta comunidad de mamíferos es interesante debido

a su presencia en un bosque del Valle Central, con un notable grado de alteración, ubicado muy

cerca de núcleos urbanos y carreteras. Esta característica convierte los cerros de La Carpintera en

uno de los últimos refugios de fauna de mamíferos en esta parte del país. Como es usual en

evaluaciones de mastofauna en el país, el grupo con mayor representación son los murciélagos,

con un total de 16 especies (52 %), que corresponde al 14 % de las especies de este orden de

mamíferos (Chiroptera) en el país. La especie que presentó más frecuencia de captura fue el

murciélago esturnira de Ludovico (Sturnira hondurensis), la cual es abundante en elevaciones

medias y de hábitats alterados. Por su parte el carolia de cola corta (Carollia sowelli), aunque se

registró en menor cantidad, es de común a abundante en casi todos los hábitat; similar al caso del

artibeo tolteco (Artibeus toltecus) (La Val & Rodríguez-H. 2002). Dentro del género Artibeus la

especie A. toltecus es el principal representante en este sitio, donde la captura del común artibeo

jamaiquino (A. jamaicensis) ha sido escasa, con solo 3 individuos registrados. Con estos resultados

se deduce que la comunidad de murciélagos de La Carpintera muestra una tendencia a estar

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[61]

conformada por una o dos especies dominantes, en este caso Sturnira hondurensis y Carollia

sowelli. Los roedores son el segundo grupo en importancia con seis especies (19 % de registros y

13 % de las especies del orden Rodentia en Costa Rica). Este grupo de mamíferos es el más diverso

en el país después de los murciélagos. Varias razones contribuyen a su diversidad y extensa

distribución geográfica que van desde una alimentación muy variada, que la mayoría son de

pequeño tamaño, de que ocupan diversos nichos (acuáticos, arbóreos, terrestres, habitaciones

humanas, altas montañas) y hasta el hecho de que la mayoría de las especies se reproducen

rápidamente (Reid 1997, Mora 2000). Entre los roedores más frecuentes de observar están sin

duda dos especies de ardillas Sciurus granatensis y S. variegatoides. Al igual que con los

murciélagos, es notable el predominio en los registros de una sola especie, en este caso el ratón

cantor Scotinomys teguina. Ha sido notable y sorpresiva la ausencia hasta el momento de una

especie por lo general común o abundante en varios tipos de hábitat, como es el ratón de pata

blanca Peromyscus mexicanus (Reid 1997). El tercer grupo en importancia es el orden Carnivora

(carnívoros) con cinco especies (16 % de las registradas y 17 % de las especies del orden en Costa

Rica), que a pesar de ser pocas, se caracterizan por ser sumamente adaptables. Los coyotes (Canis

latrans) se han extendido en gran parte del país, incluyendo algunos remanentes boscosos del Valle

Central, pues aparte de su variada dieta, se han visto favorecidos con la deforestación (Monge-

Nájera 1987). La martilla (Potos flavus) y el mapache (Procyon lotor) son de la familia

Procyonidae, grupo que se caracteriza por su gran adaptabilidad, debido a que son omnívoros y

que se pueden encontrar también en áreas alteradas (Mora 2000). Es notable y de interés el

avistamiento de una especie de gato silvestre, el caucel o tigrillo (Leopardos wiedii), especie muy

difícil de ver. Con menor representación se encuentran los grupos Xenarthra (perezosos y

armadillos) con 2 especies. La más fácil de observar son el perezoso de dos dedos Choloepus

hoffmanni, que aunque es mayormente de costumbres nocturnas, se observa con cierta facilidad de

día mientras reposa, o incluso come algunas hojas. El armadillo (Dasypus novemcinctus) a menudo

se detecta por la presencia de tierra removida o huellas. Por último y con una sola especie se

encuentran el orden Didelphimorphia con la especie Didelphis marsupialis (zorro pelón), la cual a

pesar de que no fue observada en este muestreo es muy posible que esté presente ya que es muy

adaptable a condiciones tanto de bosque alterado como cultivos, y Lagomorpha (conejos), con el

conejo de monte (Sylvilagus brasiliensis) quienes se observan principalmente durante las noches

por los caminos de lastre”. (J. Sánchez González, F. Durán Alvarado, G. Vega Araya, julio 2008).

4.4.3.2 Aves

Para documentar la riqueza de la avifauna en los Cerros de La Carpintera, la Asociación

Ornitológica de Costa Rica y la Asociación Movimiento Cívico del Cantón de La Unión realizaron

censos de aves en el mes de marzo de los años 2000, 2001 y 2003. Se pudo documentar la presencia

de 187 especies diferentes de aves.

Llama la atención la cantidad de aves acuáticas, debido a la presencia de lagunas y humedales,

particularmente en el Alto de Ochomogo y en los sectores de La Lima y Coris.

La avifauna es rica y es la que cabe esperar para la zona. Es interesante que a unos veinte minutos

del centro de Tres Ríos se puedan ver aves como toledos (Chiroxiphia linearis), tucancillos verdes

(Aulacorhynchus prasinus), trogones collarejos (Trogon collares), rualdos (Chlorophonia

callophrys) y hasta 16 especies de colibríes, entre ellos el espectacular alas de sable (Campylopterus

hemileucurus).

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[62]

Es probable que censos posteriores revelen la presencia de más especies de aves, particularmente

gavilanes y halcones, pero también migratorias. Igualmente sería de esperar que se encuentren

algunas especies de lechuzas que no se avistaron.

Recientemente se ha reportado la presencia de quetzales (Pharomachrus mocinno) en los Cerros de

La Carpintera, concretamente en el Campo Escuela Iztarú y en las partes altas de Coris. Esto

indicaría que la calidad de los bosques de La Carpintera y su conectividad con las cordilleras

Volcánica Central y de Talamanca están mejorando.

4.4.3.3 Mariposas

El estudio realizado en convenio entre el Museo Nacional y la Asociación de Guías y Scouts de

Costa Rica concluye, en lo que se refiere a mariposas, lo siguiente:

“DIVERSIDAD DE ESPECIES. En este trabajo se obtuvo un total de 146 especies de mariposas

diurnas distribuidas en 105 géneros, 6 familias y 17 subfamilias. El total de especies encontradas

representa el 11% de las especies de mariposas diurnas registradas para Costa Rica (Haber y

Stevenson 2004). Las familias mejor representadas fueron Nymphalidae con 80 especies (54%)

seguida por Hesperiidae con 36 (24%) y Pieridae con 17 especies (11%). Este patrón respecto a la

diversidad por familia se presenta en otros inventarios de mariposas a nivel neotropical, lo cual es

de esperar si consideramos que las dos primeras familias son las más diversas en esta área

geográfica (Tobar 2002, Luna y Llorente 2004). La familia Nymphalidae tiene la particularidad de

ser la familia que más se ha diversificado en la explotación de hábitat, aportando el mayor número

de especies específicas de hábitat de bosque. Hesperiidae aun cuando es la segunda familia más

diversa a nivel neotropical, ha sido poco estudiada a nivel taxonómico, biológico y biogeográfico,

aportando la mayor cantidad de especies raras en los inventarios y colecciones. En este estudio por

ejemplo, esta familia aportó 8 nuevas especies a la lista de mariposas del Valle Central, ampliando

por lo tanto el ámbito de distribución de las mismas; además mostró 17 especies compartidas con

los cerros de Escazú y 14 especies con El Rodeo (Ciudad Colón). En mariposas nocturnas se

encontró 32 especies distribuidas en 17 géneros, 3 subfamilias y 2 familias. La familia más diversa

fue Sphingidae con 24 especies respecto a Saturnidae con 8 especies. Estos resultados representan

un 24 % de las especies reportadas para Costa Rica en la familia Sphingidae y un 8% en el caso de

Saturnidae. La alta diversidad de esfíngidos encontrada en la carpintera tiene importancia

ecológica, puesto que las mariposas de esta familia son importantes polinizadores de árboles y

orquídeas (Haber & Frankie 1989). En este sentido, los cerros de la Carpintera, por su

accesibilidad y seguridad, son un sitio ideal para realizar estudios de polinización y de otras

relaciones ecológicas, fundamentales en la dinámica y conservación de este ecosistema. Es

importante mencionar la recolecta del esfíngido Manduca opima, puesto que es una especie muy

rara en colecciones en Costa Rica. Existen solo 4 ejemplares en la colección del INBIO,

recolectados en Grano de Oro en Turrialba, y en Monteverde. Esto implica que la Carpintera es la

tercera localidad registrada para esta especie en Costa Rica.

DIVERSIDAD DE ESPECIES POR HÁBITAT. Para las mariposas diurnas se encontró 72 especies

relacionadas con hábitat de bosque (49 %), respecto a 74 especies típicas de hábitat de crecimiento

secundario (51%). Las subfamilias Ithomiinae (21 especies) y Charaxinae (11 especies) aportaron

el mayor número de especies propias de hábitat de bosque. Del total de especies registradas para

Costa Rica en estas subfamilias, los charaxinos encontrados representan el 11%, y los itómidos el

32% (Fig 13). Los Charaxinae habitan en el dosel y son frugívoros, aprovechando en la zona los

frutos podridos de las familias Moraceae, Icacinaceae, Sabiaceae, Lauraceae y Malphigiaceae,

entre otras. Además disponen de plantas hospederas como Casearia sp. que sirve a Zaretis

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[63]

silvestres, las especies de Ocotea a Memphis moruus, Croton a Memphis perenna, y algunas

especies de Piper a Consul electra, entre otras. Horner (2003) encontró que las mariposas

frugívoras pueden ser indicadoras del estatus de toda la comunidad de mariposas en una región.

Los itómidos por su parte habitan en el sotobosque, y son nectarívoros, haciendo uso del néctar de

Asteráceas (Senecio spp.), Rubiaceae (Hamelia sp. ) y Heliconiaceae (Heliconia sp.), entre otras.

También utilizan variedad de plantas como hospederas, de las familias Solanaceae y Apocynaceae

que crecen dentro del bosque y en los bordes. Los itómidos han sido vistos como buenos

indicadores de calidad de hábitat de bosque (Brown 1991). Por lo tanto, la alta diversidad

encontrada tanto de itomidos como de charaxinos, muestra que los diferentes estratos del bosque

de La Carpintera (sotobosque, dosel), conservan elementos bióticos (néctar, plantas hospederas) y

abióticos (luz, humedad, temperatura, refugio) adecuados para especies específicas de hábitat de

bosque, y por lo tanto, frágiles a la pérdida del mismo.

ENDEMISMO. Se encontró 23 especies y 8 subespecies endémicas regionales (Costa Rica –

Panamá) y 1 subespecie (Memphis perenna lankesteri) endémica de Costa Rica. El 80% de las

subespecies y el 85 % de las especies endémicas regionales son propias de hábitat de bosque, y

pertenecen en su mayoría a las subfamilias Ithomiinae y Dismorphinae. Entre estas especies y

subespecies se encuentran Dismporhia crisia lubina, D. zathoe pallidula y Oleria vicina. Este

resultado sugiere que los fragmentos de bosque relativamente grandes son importantes porque

mantienen especies raras y endémicas. No obstante, la especialización de mariposas endémicas a

vivir en hábitat de bosque, implica que la deforestación puede con mayor posibilidad perjudicar

estas especies, y que las faunas de mariposas de las distintas zonas van a ser más similares en la

medida que las especies endémicas locales desaparezcan (Thomas 1991)” (J. Sánchez González, F.

Durán Alvarado, G. Vega Araya, julio 2008).

En cuanto a mariposas, los resultados de los estudios realizados por el InBio, aún por publicarse,

podrían incrementar el número de especies observadas.

4.4.3.4 Otros

Quedan por publicarse los resultados de las investigaciones del InBio en herpetología y

entomología, que incrementarían nuestros conocimientos sobre la biodiversidad de los Cerros de La

Carpintera.

4.5 Síntesis de Rasgos socioeconómicos de la ZPCC

Las características de la población del cantón de La Unión se establecen a partir de los datos

generados por el último censo realizado en el país en el año 2000 y publicados en setiembre del

2001. Según éstos, La Unión es el noveno cantón con mayor crecimiento relativo de población en el

periodo 1984 – 2000, al presentar una tasa de crecimiento exponencial media anual del 4.2%. Así,

mientras en el año 1984 La Unión tenía una densidad de 915 hab./km2, ya para el año 2000 alcanzó

una densidad de 1791 hab/km2. Por otra parte, la densidad de población del cantón Desamparados

es de 1636 hab/km2 (I.Quesada et al, 2005).

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[64]

La Zona Protectora Cerros de La Carpintera está enclavada en el Valle Central, región que

comprende zonas altamente productivas y donde se da la mayor parte de la producción nacional de

café, hortalizas y caña de azúcar. Además, en esta área se lleva a cabo una importante actividad

ganadera, concentrándose aquí el 55% de la producción nacional de leche y el 52% de producción

de carne de aves. Para 1984 la destrucción del bosque y de los recursos forestales en la región

central era dramática pues, según el uso potencial, se indicaba que existían 2.956 km² aptos para uso

forestal y 2.288 km² como áreas de protección. En realidad quedaban solamente 900 km2 de

cobertura boscosa (Aguilar et al., 1984). Para el 2004 la situación ha mejorado, ya que desde hace

varios años se ha revertido la tendencia a la deforestación y se ha conseguido elevar la cobertura

forestal a más de 40% del territorio nacional (García et al., 2006).

De acuerdo con los resultados de un estudio realizado por el Centro Científico Tropical y el

Laboratorio de Sistemas de Observación Terrestre de la Universidad de Alberta en Canadá para

determinar la situación de la cobertura forestal, Costa Rica tenía en el 2002 aproximadamente

45,4% de cobertura forestal y se llegaba a 46,3% sumando los manglares y plantaciones (Jiménez,

2003).

La recuperación de los Cerros de La Carpintera, al menos en el sector noreste, es de más larga data.

Si observamos las fotos de los años treinta del siglo pasado, al menos desde la perspectiva de Tres

Ríos o de las faldas del Volcán Irazú, vemos que hasta media altura los cerros estaban cubiertos de

cafetales, las partes altas de repastos para ganado lechero. Solamente una mínima parte era bosque.

Cafetales y potreros fueron abandonados por ser poco rentables y el bosque empezó a recuperar

terreno. Quedan de recuerdo de la ganadería el potrero de Los Pinos y el de Los Novillos, del café

las filas de cipreses y alguno que otro poró extranjero que despunta entre el bosque secundario.

Ahora bien, si los flancos norte y este están en franca recuperación, el costado sur, por el lado de

Coris, todavía está cubierto casi hasta la cima de potreros de relativa calidad.

A pesar de estos signos alentadores, la función de conectividad biológica de los Cerros sigue

estando amenazada, ya que la autopista a Cartago y la urbanización de ambos lados de la misma

constituyen un corte cada vez más profundo que los separa de las faldas del Irazú. Por los lados de

San Vicente, Santiago del Monte, San Diego, Río Azul, y Linda Vista las casas van escalando poco

a poco la montaña.

Por otra parte, el área tan reducida de bosque denso hace difícil que este ecosistema sea viable a

largo plazo, por lo que es necesario no solamente garantizar su protección sino que también es

indispensable fortalecer su conexión con las dos cordilleras a las que sirve de puente.

4.5.1 Tenencia de la tierra

Desde el punto de vista de tenencia de la tierra, la zona comprende en su casi totalidad terrenos

privados, con la existencia de predios de diversas extensiones.

Al 23 de noviembre de 1999, existían un total de 928 propiedades registradas, con áreas desde muy

pequeñas (escasos 100 m2) hasta fincas del orden de 60, 80, 100 has y más, según datos de la

Oficina de Atención al Usuario del MINAE.

El progreso en la digitalización de los catastros municipales mejorará la información en este campo.

La Municipalidad de La Unión tiene ya completamente digitalizado su catastro, con lo que se

dispone de información muy exacta sobre la tenencia de la tierra en al menos un 41% del área de la

ZPCC. Las municipalidades de Cartago, Desamparados y Curridabat aún no han empezado a

trabajar en la digitalización del catastro en la ZPCC, dedicándose sobre todo a las áreas urbanas.

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[65]

4.5.2 Uso de la tierra

El uso de la tierra según información suministrada por el Sistema Nacional de Áreas de

Conservación (SINAC) - Área de Conservación Cordillera Volcánica Central (ACCVC) se presenta

en la Tabla 4-5.

Uso actual Área %

Bosque primario o muy denso 618 has 26

Bosque secundario 194 has 8

Charral 57 has 2

Cultivos y pasto 769 has 32

Suelo desnudo y ciudades 256 has 11

Reforestación/Recuperación 502 has 21

Total 2396 has 100

Tabla 4-5 Uso del suelo en la ZPCC

Desde el punto de vista agronómico-forestal y según el mapa de capacidad de uso de la tierra escala

1:50.000, usando la metodología oficial según Decreto Ejecutivo 232114 MAG-MIRENEM, de

junio de 1994, la ZPCC presentan las clases de capacidad de uso de la tierra que indica la Tabla 4-6.

La clase VI debe ser dedicada a la reforestación o la siembra de cultivos permanentes. La clase VII

debe ser para el manejo del bosque nativo o manejar su regeneración forestal. La clase VIII debe

ser dedicada exclusivamente a labores de protección de áreas de recarga acuífera (Villalobos, 2000).

Capacidad de uso Tipo de uso Área

VI Cultivos

permanentes

850 has

VII Manejo del bosque 700 has

VIII Protección 750 has

Tabla 4-6 Uso del suelo en la ZPCC

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[66]

Como una forma de incentivar la protección forestal por parte de los propietarios privados, el

Estado ha optado por el pago por servicios ambientales, conocidos como PSA, bajo sus diferentes

modalidades (protección de bosque, regeneración natural, reforestación y sistemas agroforestales) a

través del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO). En el caso de la ZPCC, para

el año 2007 cinco propiedades totalizando 147,5 has recibían pagos por PSA.

Beneficiario Período Área en PSA

Villas Río Vista Tres S.A. 2004 - 2009 14,5 has

Jae De Escazu S.A. 2004 - 2009 14,7 has

Movimiento Cívico del Cantón de

La Unión

2005 - 2010 19,6 has

Guías y Scouts de Costa Rica 2004 - 2009 63,7 has

Inversiones Vista Tres Ríos S.A. 2002 - 2007 35 has

TOTAL 147,5 has

Fuente: FONAFIFO 2007

Tabla 4-7 Pago de servicios ambientales (PSA) en la ZPCC

4.5.3 Valores paisajísticos y calidad visual

Por la vista panorámica, los sitios más sobresalientes son Quirazú, Los Pinos, Altos de Atalaya y

Alto Coris. En general, se caracterizan por poseer un alto valor panorámico antes que cualidades

escénicas propias, correspondiendo a potreros ubicados en cimas con pendientes fuertes en algunos

casos.

Los bosques primarios en las partes altas de los Cerros de La Carpintera, en que sobresalen los

robles, higuerones y cedros amargos gigantes, son de una belleza natural inigualable. Su valor es

mayor considerando su cercanía a poblaciones como Tres Ríos, Cartago y San José.

Como se mencionó en la introducción, para los habitantes del Cantón de La Unión, los Cerros de La

Carpintera tienen un significado especial, formando parte de la identidad de sus pobladores y del

imaginario colectivo, origen de leyendas, cuentos y tradiciones. Los Cerros de La Carpintera

forman parte esencial del paisaje y de las vivencias de los habitantes del cantón, en particular la

Piedra del Encanto, el Hoyo Negro y el Potrero de Los Pinos.

Los fines de semana los senderos de los Cerros de La Carpintera reciben la visita de numerosos

caminantes y deportistas amantes del ciclismo de montaña, frecuentemente ignorando las

prohibiciones de paso en los senderos, la mayoría de ellos de propiedad privada.

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Mapa 4-9 Cobertura boscosa de la Zona Protectora Cerros de La Carpintera (Comisión Interinstitucional ZPPC, Plan General de Manejo ZPCC)

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Mapa 4-10 Uso del suelo en la Zona Protectora Cerros de La Carpintera

(Comisión Interinstitucional ZPPC, Plan General de Manejo ZPCC)

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[69]

Complejos comerciales como Terramall, de construcción reciente, han apostado a la vista sobre los

Cerros de La Carpintera, utilizando la belleza del paisaje como un atractivo más.

La recreación y el turismo no constituyen todavía una actividad masiva ni estructurada, aunque ya

hay un centro de actividades turísticas (restaurante, canopy, turismo de aventura, etc.) y se pretende

la construcción de un hotel cinco estrellas en el límite de la ZPCC, hacia la ciudad de Tres Ríos.

4.6. Análisis de Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas

(FODA)

El análisis de fortalezas, oportunidades, debilidades y amenazas (FODA) de la ZPCC se hizo

mediante un taller participativo el 7 de junio del 2008. Las principales conclusiones están resumidas

en la Tabla 4-8.

4.6.1 Fortalezas

Las fortalezas sociopolíticas radican fundamentalmente en que el Área Silvestre Protegida ya

dispone de una declaratoria legal de protección, el de Zona Protectora. A esto se agrega el que

existe, al menos en el Cantón de La Unión, un grupo (ASMOCICU) de la sociedad civil organizada,

con un fuerte apoyo político local y nacional, que está luchando por la protección del ASP.

Recientemente, una parte de los propietarios, los de fincas más grandes, se han organizado en una

asociación comprometida con la protección de la ZPCC, denominada Asociación de Propietarios de

La Carpintera (ASOPROCA). Las organizaciones involucradas cuentan con capital humano

calificado. La población del Cantón tiene un alto nivel de conciencia ambiental y se siente

comprometido con la protección de los Cerros de La Carpintera.

Económicamente, las organizaciones civiles que apoyan la protección de la ZPCC tienen capacidad

de gestión y de convocatoria. Empresarios e industriales de la zona también se sienten

comprometidos con la protección de los Cerros de La Carpintera. Finalmente, la ZPCC tiene una

belleza escénica de mucho valor. En lo ecológico, los Cerros de La Carpintera tienen una alta

biodiversidad, reducto de los ecosistemas que han ido desapareciendo en el Valle Central por la

expansión urbana. Su ubicación como un espacio de conectividad entre corredores biológicos y

cordilleras le confiere una gran importancia estratégica dentro de los planes de conservación

nacionales. La cobertura boscosa, al menos de la parte noroeste de la ZPCC, está en franca

recuperación desde ya hace casi ochenta años. La cada vez mayor importancia del recurso hídrico

hace que la población esté tomando conciencia sobre la necesidad de proteger esta zona.

4.6.2 Oportunidades

La toma de conciencia a nivel local, nacional e internacional sobre la necesidad de proteger el

medio ambiente tiene que ser vista como una gran oportunidad. El compromiso ambiental de las

empresas privadas (ISO 14001, captación de CO2, compensación de emisiones) debe ser

aprovechado en beneficio de la ZPCC. La presencia de numerosos centros educativos públicos y

privados en el Cantón de La Unión es también una oportunidad que debe ser aprovechada.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[70]

Las organizaciones civiles involucradas en la protección de la ZPCC tienen excelentes relaciones

con instituciones públicas que pueden colaborar en muchos aspectos (UCR, Museo Nacional,

INBio, etc.). El ecoturismo es, finalmente, una de las grandes oportunidades de la ZPCC.

4.6.3 Debilidades

Una de las principales debilidades de la ZPCC es la división político-administrativa en cuatro

cantones, de los cuales solamente el de La Unión se siente plenamente identificado con su

protección.

Por otra parte, el sector occidental, en los distritos Río Azul, Tirrases y Patarrá, el precarismo y la

urbanización incontrolada han invadido la zona y su erradicación parece, al menos en el corto plazo,

imposible.

Otra de las debilidades es la poca presencia institucional en lo que se refiere e la vigilancia de los

recursos naturales.

Finalmente, con solamente 2396 has, la Zona Protectora Cerros de La Carpintera es un ecosistema

frágil que requiere mayor conectividad con otras zonas para mantener la viabilidad de muchas

especies.

4.6.4 Amenazas

La principal amenaza parece ser la expansión del Gran Área Metropolitana (GAM), ante todo en el

área de influencia de la ZPCC. El crecimiento urbano alrededor de las principales vías de

comunicación alrededor de la zona, en particular la autopista San José – Cartago (ver Mapa 4-2),

puede conducir a un aislamiento ecológico particularmente grave debido a la reducida dimensión de

la ZPCC.

La explotación ilegal e incontrolada de los recursos es otra de las amenazas graves para la flora y la

fauna. La minería a nivel artesanal, en la medida que no está controlada, es también una amenaza.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[71]

Tabla 4-8 Fortalezas y Oportunidades

FORTALEZAS OPORTUNIDADES

SOCIO – POLÍTICO

Declaración de Zona Protectora vía decreto Designación internacional como Reserva de Biosfera

Sociedad civil y propietarios comprometidos Plan Regulador para el área de influencia

Apoyo político local y nacional

Ciudadanía con conciencia ambiental Identificación de la población del cantón con la ZPCC

Capital humano calificado en los grupos organizados Socios institucionales (UCR, INBio, Museo Nacional)

Desarrollo de actividades educativas y de conservación Centros educativos públicos y privados en La Unión

Riqueza histórica, parte del imaginario colectivo Recurso arqueológico como valor agregado

Atractivo turístico por belleza escénica, biodiversidad

Buenas vías de acceso y cercanía geográfica

ECONÓMICO

Capacidad de gestión de recursos financieros Compromiso ambiental empresarial: ISO 14001, Captación

– C02

Empresarios y propietarios comprometidos Incremento de la conciencia ambiental nacional e

internacional

Riqueza biológica y escénica Ecoturismo

Apoyo de empresas e instituciones de la zona

Cambio de gobierno en USA

ECOLÓGICO

Interconexión con otros corredores del Valle Central Ecosistemas diezmados, atracción de instituciones

Parcialmente ubicada dentro de COBRISURAC Interacción con otros corredores biológicos

Cobertura boscosa en recuperación en zona norte Identificación de la población del cantón con la ZPCC

Cobertura boscosa se mantiene en la zona sur Integrar población de Curridabat, Desamparados y Cartago

“Pulmón” del Área Metropolitana Presencia de parches de bosque en zonas aledañas

Fuente de recursos hídricos Evolución de la conciencia ciudadana sobre recursos hídrico

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[72]

Tabla 4-9 Debilidades y Amenazas (FODA)

DEBILIDADES AMENAZAS

SOCIO – POLÍTICO

Precarismo y urbanización incontrolada del sector oeste Expansión urbana en área de influencia

Falta de Plan de Manejo Precarismo dentro de la ZPCC

Falta de experiencia en ASP de propiedad privada Explotación minera sin control ni estudios adecuados

División político-administrativa del territorio en varios

municipios Politización del proceso

Falta de comunicación con propietarios y empresarios Fragmentación de la propiedad

Falta de organización entre propietarios Turismo no planificado y sin control

ECONÓMICO

Falta de recursos para reubicación de precaristas Minería no planificada – corrupción

Falta de recursos para compra de tierras en la ZPCC Presiones politícas por intereses particulares

ECOLÓGICO

Falta de vigilancia de los recursos naturales Aislamiento ecológico cada vez mayor

Poca consciencia del valor de los servicios ambientales Extracción de recursos naturales: flora y fauna

Falta de información Disminución del nivel hídrico

Falta de compromiso institucional y personal Cambio ilegal de uso de la tierra

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[73]

5. MARCO TÉCNICO Y LEGAL PARA LA GESTIÓN DE LA ZPCC

5.1 Marco Legal de las Áreas Protegidas de Costa Rica

Costa Rica cuenta con varias leyes relacionadas con las áreas silvestres protegidas:

1969: Ley Forestal 7575 y su Reglamento, publicada en el Alcance No. 21 de la Gaceta N

o. 72 del

16 de abril de 1996, en su artículo 2.

La declaratoria de área silvestre protegida puede producirse mediante Ley de la República o

mediante Decreto Ejecutivo. No obstante, existe reserva de ley para reducir los límites físicos de

aquellas categorías que integran el Patrimonio Natural del Estado, según lo dispone el artículo 38 de

la Ley Orgánica del Ambiente. Al SINAC le corresponde administrar las áreas silvestres protegidas

de acuerdo al artículo 32 de la Ley Orgánica del Ambiente.

Desde el punto de vista jurídico, se puede entender que el área silvestre protegida, es una zona

geográfica previamente determinada y declarada como tal mediante una norma de rango legal o

reglamentaria , en la que existen recursos naturales y elementos de biodiversidad, cuya presencia

actual y futura amerita la creación de un régimen especial de protección jurídica y funcional por

parte del Estado, ya que sin tales medidas el destino de los recursos se torna incierto, sobre todo, la

grave amenaza que representa la constante presión que ejerce la actividad humana sobre las demás

especies.

Lo frágil de algunos de estos recursos, o lo vulnerable de las condiciones en las cuales su existencia

es posible u óptima, así como, su escasez o las pautas de consumo o aprovechamiento que ha

empleado el ser humano, son las razones que motivan la declaratoria de las distintas categorías de

manejo de las áreas silvestres protegidas en el territorio nacional.

Conforme se ha ido produciendo avances el pensamiento científico y en el seguimiento de las

especies que integran la totalidad de recursos naturales presentes en el territorio nacional, así se ha

modificado la cantidad de áreas silvestres protegidas bajo las distintas categorías de manejo que la

legislación ha permitido declarar y una de ellas son las zonas protectoras, áreas formadas por

bosques y terrenos de aptitud forestal, donde el principal objetivo es la protección del suelo, la

regulación del régimen hidrológico, la conservación del ambiente y las cuencas hidrográficas.

El artículo 2, faculta al Poder Ejecutivo para que, por medio del Ministerio de Ambiente y Energía

(MINAE), en terrenos de dominio privado, establezca áreas silvestres protegidas, cualquiera que

sea su categoría de manejo, en virtud de los recursos naturales existentes en el área que se desea

proteger, los cuales quedan sometidos en forma obligatoria al régimen forestal.

Estos terrenos podrán ser integrados voluntariamente a las áreas silvestres protegidas o bien

comprados directamente cuando haya acuerdo de las partes. En caso, contrario, serán expropiados

de acuerdo con el procedimiento establecido en la Ley de Expropiaciones No 7495, del 3 de mayo

de 1995 y sus reformas. Cuando, previa justificación científica y técnica del interés público, se

determine mediante ley que el terreno es imprescindible para conservar la diversidad biológica o

los recursos hídricos, quedará constituida una limitación a la propiedad que impedirá cortar

árboles y cambiar el uso del suelo. Esta restricción deberá inscribirse como afectación en el

Registro Público. El Estado dará prioridad a la expropiación de los terrenos.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[74]

1977: Ley de Creación del Servicio de Parques Nacionales No 6084 del 24 de agosto de 1977.

1995: Ley Orgánica del Ambiente No 7554 del 4 de octubre de 1995, CAPITULO VII ÁREAS

SILVESTRES PROTEGIDAS, artículos 32, 35, 37 y 38.

1998: Ley de Biodiversidad No 7788 del 30 de abril de 1998 y su reglamento en donde se establecen

mecanismos ágiles para el manejo y protección de las áreas silvestres protegidas

Existen en la legislación otras leyes y reglamentos conexos que norman diferentes aspectos del

aprovechamiento y protección de los recursos contenidos en las áreas silvestres protegidas, entre

otras: Ley de suelos, Ley de Aguas, Código de Minería. Aunque se promulgó la Ley Orgánica del

Ambiente en 1996, ya existía legislación de carácter o con implicaciones ambientales, tales la Ley

de Salud, Ley de Conservación de la Vida Silvestre, la Ley de Uso, Conservación y Manejo de

Suelos, el Reglamento de Vertido y Re-uso de Aguas Residuales, Reglamento de Basuras, Decretos

Ejecutivos de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), el canon por vertidos, y otras

normas específicas (Chaves, 2006).

El SINAC tiene la responsabilidad de elaborar las políticas y lineamientos institucionales para la

debida gestión en las áreas protegidas. En 1997 se publicaron las primeras políticas referidas a la

administración de las áreas silvestres protegidas del SINAC. Dichas políticas se presentan según las

siguientes áreas temáticas:

- Consolidación y Desarrollo Institucional

- Incentivos

- Permisos y otras Formas de Uso

- Manejo de Recursos

- Protección y Control

- Planificación

- Ordenamiento territorial

- Investigación

- Turismo

- Educación Ambiental

- Extensión Comunal

En 2001, dichas políticas fueron revisadas, actualizadas por el personal del SINAC y consideradas

en la elaboración de la Agenda Institucional para las Áreas Silvestres Protegidas de Costa Rica

(SINAC, 2003).

5.2 Marco legal de la ZPCC

1. La Zona Protectora Cerros de La Carpintera (ZPCC) fue establecida mediante Decreto Nº 6112-A

MAG del 23 de junio de 1976, al mismo tiempo que las Zonas Protectoras de Caraigres, Tiribí,

Cerros de Escazú, El Rodeo, Río Grande y Cerro Atenas.

2. Por decreto Nº 21837 MIRENEM-S del 22 de diciembre de 1992 se agrega a la ZPCC el área

correspondiente al Relleno Sanitario Río Azul

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[75]

3. En el Decreto Nº 221888 MIRENEM del 20 de mayo de 1993 se dispone que correspondiera al

MIRENEM la administración de dicho Relleno.

4. Posteriormente, mediante Decreto Nº 23315-S-MIRENEM del 12 de mayo de 1994, se anulan los

dos decretos anteriores y la ZPCC vuelve a los límites definidos originalmente en 1976.

5. El 15 de enero de 2001, mediante Decreto Nº 29278-MINAE, se dispone segregar una parte de la

ZPCC y agregarle otra, definiéndose los límites actualmente vigentes. Esta modificación de los

límites de la ZPCC se dio luego de una negociación entre la empresa Vidriera Centroamericana SA

(VICESA) y el Estado, a fin de permitir la explotación de sílice en terrenos de dicha empresa. A

cambio de esta concesión VICESA adquirió un terreno adyacente y lo donó al MINAE para su

incorporación en la ZPCC.

Varias iniciativas se han propuesto para mejorar y elevar la protección de los Cerros de La

Carpintera, sin que tuvieran efectos prácticos:

a) “Borrador Preliminar de Plan de Manejo Zona Protectora La Carpintera” preparado

por Aguilar et al., del Centro Agronómico Tropical de Investigación y Enseñanza

(CATIE) en 1984.

b) Proyecto de ley “Creación del Parque Nacional Cerros de La Carpintera” presentado

a la Asamblea Legislativa en 1994, bajo el Nº 12.055, por la diputada Maria Luisa Ortiz

Meseguer (La Gaceta Nº 242 del 21 de diciembre de 1994).

c) Proyecto de ley “Reserva Hídrica Cerros de La Carpintera” presentado a la Asamblea

Legislativa por el Diputado Álvaro Torres Guerrero en marzo del 2000.

d) “Programa Ambiental Consolidación de la ZPCC” preparado por el M.Sc. Víctor

Villalobos a iniciativa del diputado Álvaro Torres Guerrero en el 2000.

e) Proyecto de ley “Ley de Monumentos Naturales y Creación del Monumento Natural

Cerros de La Carpintera” presentado a la Asamblea Legislativa por el Diputado Oscar

López Arias en el 2006.

5.3 Mecanismos de participación en el manejo de las Áreas Silvestres

Protegidas

Dentro de la legislación ambiental costarricense hay ejemplos de clara apertura a la participación

civil en la administración de las áreas silvestres protegidas, que se remontan más de tres décadas

atrás. Uno de ellos se halla en la Ley Forestal N°4465 (1969), que autorizaba al Ministerio de

Agricultura y Ganadería, a través de la Dirección General Forestal, para delegar en otras

instituciones del Estado la administración de parte de su patrimonio forestal, siempre que dichas

instituciones se comprometieran a manejarlos de acuerdo con los principios estipulados en dicha ley

(Artículo 29). Fue al amparo de esta norma que se promulgó el decreto ejecutivo de creación de la

entonces Reserva Forestal de San Ramón (Decreto Ejecutivo N°4960-A, 1975), donde se establecía

que la administración de dicha área estaría a cargo de un comité integrado por tres representantes de

la municipalidad local y otros tres de un centro universitario regional de carácter público (Artículo

8).

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[76]

En 1991 se le cambió su categoría original por la de Zona Protectora y, en 1993, la Ley de Creación

de la Reserva Biológica Alberto Manuel Brenes N°7354, le cambió una vez más el nombre y la

categoría de manejo, otorgándole a la Universidad de Costa Rica la posibilidad de compartir la

administración de esta área protegida (Artículos 4° y 5°).

Con el ánimo de regular las iniciativas locales de gestión participativa de las áreas silvestres

protegidas y en busca de promover una participación más ordenada y efectiva de la sociedad civil

en la administración de las áreas silvestres protegidas declaradas por el Estado, el SINAC ha

promovido la formulación participativa de una Política de Manejo Compartido de las Áreas

Silvestres Protegidas de Costa Rica. Con relación a la Política de Manejo Compartido de las Áreas

Silvestres Protegidas de Costa Rica, un informe de la Contraloría dice:

“…, existen elementos concretos en la legislación costarricense que permiten la participación

ciudadana en la gestión ambiental y aunque estos elementos no admiten ser parte directa de la

gestión de un área silvestre protegida, como para poder implementar procesos de co-manejo, si

han establecido un grado cada vez mayor para que la ciudadanía sea coadyuvante de la

administración del Estado en las áreas silvestres protegidas. De hecho la participación de las

comunidades locales y los habitantes en general, en la conservación y uso racional de los recursos

naturales protegidos por el Estado han constituido desde hace varios años un requisito

fundamental para un efectivo y posible desarrollo sostenible. (...) esta Contraloría General (...)

advierte que dicha política no podría aún contener aspectos que no son factibles de llevar a la

práctica por no existir fundamento en la normativa vigente en materia de participación ciudadana

(...) En el tanto las leyes vigentes no hayan sido modificadas podrían presentarse actuaciones

amparadas en la política emitida, pero no por el ordenamiento jurídico, lo que eventualmente

podría generar responsabilidades a funcionarios del MINAE.”

Actualmente, el SINAC trabaja en la formulación de un plan específico para la implementación de

esta política.

5.4 Definición legal de cada categoría de manejo

El texto que sigue en este punto es un extracto del Informe Final del Decimosegundo Informe sobre

el Estado de la Nación en Desarrollo Humano Sostenible, intitulado “Los 10 Años de la Ley

Orgánica del Ambiente: Logros y Perspectivas” (Chaves, 2007).

“En cuanto a la protección de la biodiversidad en áreas protegidas, la Ley Orgánica del Ambiente

(LOA), en su artículo 32, otorga la atribución al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de

Ambiente y Energía, de establecer y administrar áreas silvestres protegidas. Además las clasifica y

establece sus objetivos de creación, conservación, administración y desarrollo.

La Ley presenta un listado, pero no define cada categoría de manejo, y la legislación actual

forestal tampoco lo hace. Se señalan objetivos comunes para todas las áreas, pero no específicos

para cada una de ellas. En el Plan de Ordenamiento Territorial (POA 2000) se presenta la

definición, descripción y objetivos primarios para las Zonas Protectoras, Reservas Forestales y

Refugios de Vida Silvestres.

La misma LOA también establece puntualmente los requisitos de creación de las áreas protegidas,

requisitos recalcados también en la Ley de Biodiversidad posteriormente. Pero, en la realidad, en

la gran mayoría de los casos, ni siquiera hay estudios de tenencia de la tierra claros, que

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[77]

especifiquen las tierras a pagar o pendientes de expropiación. También la ley define que la

superficie de las áreas silvestres protegidas, patrimonio natural del Estado sólo podrá reducirse

por Ley de la República, después de realizar los estudios técnicos que justifiquen esta medida. (Art.

38 LOA).

Asimismo, de acuerdo con el párrafo tercero del artículo 37 de la LOA:

Las fincas particulares afectadas según lo dispuesto en este artículo, por encontrarse en parques

nacionales, reservas biológicas, refugios de vida silvestre, reservas forestales y zonas protectoras,

quedarán comprendidas dentro de las áreas silvestres protegidas estatales, solo a partir del

momento en que se haya efectuado legalmente su pago o expropiación, salvo cuando en forma

voluntaria se sometan al régimen forestal.

Respecto a este párrafo y su contenido es necesario comentar que la política estatal no siempre fue

la establecida en el artículo 37 de la LOA. Anteriormente, una vez declarada un área protegida el

Estado limitaba el derecho de propiedad de quienes poseyeran terrenos ubicados dentro de los

límites del área, a tal punto que no podían continuar sembrando, construyendo, en fin, no podía

realizar ningún tipo de actividad. Ante esta situación, se interpone un recurso de amparo, ante el

cual la Sala Constitucional se pronunció mediante el Voto No. 796-91, mejor conocido como Voto

Arenal. Como consecuencia de este recurso el Estado ha tenido que permitir que los propietarios

y/o poseedores de terrenos ubicados dentro de áreas protegidas continúen con ciertas actividades

en dichos inmuebles, siempre que no se cambie el uso del suelo. La Ley Orgánica del Ambiente

reconoce y define esta situación jurídica.”

5.5 Categorías de Manejo de Áreas Protegidas

Los miembros de la UICN han trabajado conjuntamente para redactar una nueva definición de área

protegida. El primer borrador de esta nueva definición se preparó en una reunión sobre categorías

celebrada en Almería, España en mayo de 2007 y desde entonces ésta ha sido depurada y revisada

por muchas personas de UICN-CMAP (para explicación de los términos empleados en la definición

de “Área Protegida” de la UICN véase el CD de anexos). De acuerdo a esto, un área protegida es:

“Un espacio geográfico claramente definido, reconocido, dedicado y gestionado, mediante medios

legales u otros tipos de medios eficaces para conseguir la conservación a largo plazo de la

naturaleza y de sus servicios ecosistémicos y sus valores culturales asociados” (Dudley, 2008).

La definición previa es muy parecida a la de Bermúdez (2007) en Costa Rica, para quien un área

protegida es la:

“…designación técnica y legal que se le asigna a un espacio geográfico terrestre y/o marino

legalmente establecido, según sus características intrínsecas, capacidades y posibilidades de

aprovechamiento de sus recursos; en un determinado contexto político, económico, sociocultural y

ambiental de un país”.

La clasificación o categorización de las áreas protegidas (AP) en el ámbito internacional - aprobada

en el Congreso Mundial de Parques Nacionales y otras Áreas Protegidas, realizado en Caracas-

Venezuela en el año 1992, y publicada por la Unión Mundial para la Naturaleza (UICN) en el año

1994 -, establece seis categorías de manejo. Estas Categorías de Manejo se fundamentan en

objetivos que cada una de las áreas protegidas debe cumplir, según sus características intrínsecas y

sus posibilidades de aprovechamiento de los recursos (aprovechamientos indirectos y directos).

Aunque los nombres de las categorías de manejo difieren de un país al otro, la clasificación de la

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[78]

UICN permite reconocer las categorías que tienen los mismos objetivos. El cuadro 5-1 compara las

categorías de manejo de AP según UICN y Costa Rica.

También, la UICN (1994), establece una matriz que relaciona los objetivos de manejo, con las

categorías de manejo, dándole una importancia al objetivo desde primario, hasta la no aplicación del

mismo (ver Cuadro 5-2).

La UICN (1994) da la siguiente definición de un área protegida de la categoría VI Área Protegida

con recursos manejados:

“Área que contiene predominantemente sistemas naturales no modificados, que es objeto de

actividades de manejo para garantizar la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica

a largo plazo, y proporcionar al mismo tiempo un flujo sostenible de productos naturales y

servicios para satisfacer las necesidades de la comunidad” (UICN, 1994).

El Plan de Ordenamiento Territorial (POA 2000) define Zonas Protectoras como “área formada

por bosques y terrenos de aptitud forestal, donde el objetivo principal sea la protección del suelo,

la regulación del régimen hidrológico y la conservación del ambiente y las cuencas hidrográficas”.

Cuadro 5-1 Nombre y Objetivos de Categorías de Manejo de ASP, UICN y Costa Rica

(Fuente: Adaptación de UICN, 1994, y SINAC 2006)

CAT NOMBRE

UICN

NOMBRE

COSTA RICA

OBJETIVOS

TOTAL

COSTA

RICA

I Reserva Natural Estricta/

Área Natural Silvestre

Reserva Biológica Protección integral 8

Reserva Natural

Absoluta Protección integral 2

II Parque Nacional Parque Nacional Conservación de ecosistemas y

turismo

27

Monumento Nacional 1

III Monumento Natural Monumento Natural Conservación de características

naturales 1

IV

Área de Manejo de

Hábitat/Especies

Refugio Nacional de

Vida Silvestre

Conservación a través del manejo

activo 67

IV

Área de Manejo de

Hábitat/Especies Humedal

Conservación a través del manejo

activo 13

V

Paisajes Terrestres y Marinos

Protegidos

Conservación de paisajes terrestres

y/o marinos, y recreo

0

VI

Área Protegida con Recursos

Manejados Zona Protectora

Utilización sostenible de ecosistemas

naturales

31

VI

Área Protegida con Recursos

Manejados Reserva Forestal

Utilización sostenible de ecosistemas

naturales

9

TOTAL............ 160

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[79]

Cuadro 5-2 Matriz de objetivos y categorías de manejo de áreas protegidas UICN

(Fuente: UICN, 1994)

OBJETIVO DE MANEJO Ia Ib II III IV V VI

Investigación científica 3 2 2 2 2 3

Protección de zonas silvestres 1 2 3 3 - 2

Preservación de especies y diversidad genética 1 2 1 1 1 2 1

Mantenimiento de los servicios ambientales 2 1 1 - 1 2 1

Protección de características naturales y culturales

específicas - - 2 1 3 1 3

Turismo y recreación - 2 1 1 3 1 3

Educación - - 2 2 2 2 3

Utilización sostenible de los recursos derivados de

ecosistemas naturales - 3 3 - 2 2 1

Mantenimiento de los atributos culturales y

tradicionales - - - - - 1 2

Clave:

1 – Objetivo Principal, 2 – Objetivo Secundario, 3 – Objetivo potencialmente aplicable, – No aplica

5.6 Justificación de la Categoría de Manejo Zona Protectora para los Cerros

de La Carpintera

Según indica el POA (2000), una Zona Protectora reúne una serie de características que se

mencionan a continuación y que coinciden con la realidad técnica de la Zona Protectora Cerros de

La Carpintera.

Definición: Área formada por bosques y terrenos de aptitud forestal, donde el objetivo principal

sea la protección del suelo, la regulación del régimen hidrológico y la conservación del ambiente y

las cuencas hidrográficas.

Características: Área generalmente boscosa, escarpada y quebrada. De valor primordialmente

para la producción de agua. Ningún valor especial reconocido de tipo ecológico o científico. Poco

potencial recreativo.

Objetivos primarios: Mantener o manejar la calidad y cantidad de producción de agua. Conservar

otros valores naturales”. (POA 2000)

Adicionalmente, debe agregarse que es un área protegida con una superficie muy reducida y un

nivel de alteración fuerte, razones por las cuales no calificaría en la categoría de Parque Nacional.

Económicamente tiene un régimen de tenencia de la tierra mixto, donde más del 90% de la

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[80]

superficie es propiedad privada. Por esta razón, no se puede declarar superficies de protección

absoluta, a excepción de aquellos casos donde se expropie y posteriormente se adquiera la tierra por

parte del Estado. En este caso, dada la cercanía de la ZPCC a la GAM, el costo de adquisición de

estas tierras se saldría totalmente de las posibilidades económicas del Estado. Considerando que el

Estado aún debe tierras declaradas Parque Nacional hace varias décadas, la política de gobierno

actual es dar prioridad a las categorías de conservación absoluta y de uso muy restringido (como,

turismo e investigación) como es el caso de los Parques Nacionales.

No obstante, la iniciativa de la Asociación Movimiento Cívico del Cantón de La Unión, de crear un

Fideicomiso para la compra de tierras en la Zona Protectora Cerros de La Carpintera,

principalmente en las partes más amenazadas, tiene particular importancia dentro del presente Plan

de Manejo.

6. VISIÓN, MISIÓN Y OBJETIVOS DE MANEJO DE LA ZONA

PROTECTORA CERROS DE LA CARPINTERA

VISIÓN Propietarios privados, organizaciones civiles e instituciones del Estado organizados para la gestión

territorial conjunta de la ZPCC, garantizando la conservación de los suelos, los bosques, la

biodiversidad y el recurso hídrico.

MISIÓN

La ZPCC constituida en un modelo de conservación y producción sostenible donde la conciliación

de intereses entre el Estado, propietarios privados y sociedad civil prevalece, garantizándose la

continuidad de la producción de bienes y servicios ecosistémicos, entre ellos la recarga acuífera y

la producción de agua en cantidad y calidad.

OBJETIVO GENERAL

Conservar para las generaciones presentes y futuras los suelos, el ambiente, la belleza paisajística y

la biodiversidad silvestre de los Cerros La Carpintera, así como, la producción de agua en cantidad

y calidad.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1. Conservar la provisión de servicios ambientales, tales como:

a. protección del agua para uso humano

b. mitigación de emisiones de gases de efecto invernadero: fijación, reducción,

secuestro, almacenamiento y absorción

c. conservación de la biodiversidad para su uso sostenible, para la investigación

científica y el estudio de sus aplicaciones farmacéuticas

d. protección de ecosistemas, formas de vida y belleza escénica natural para fines

turísticos y educativos.

2. Brindar conectividad ecológica y biológica entre áreas silvestres protegidas y las

cordilleras, al representar por su ubicación un elemento clave para el funcionamiento de

los corredores biológicos circundantes (COBRI SURAC y CBUC), contribuyendo así a la

conservación de las especies, los ecosistemas y la diversidad genética.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[81]

3. Propiciar la conciliación de intereses entre la conservación y el desarrollo sostenible, a

través de la promoción del uso sostenible de los recursos naturales, el ecoturismo y

actividades de recreación y educación amigables con el ambiente.

4. Evitar el avance urbanístico hacia el interior de la Zona Protectora Cerros de La

Carpintera, para conservar una de las últimas áreas naturales presentes en la Gran Área

Metropolitana.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[82]

7. ZONAS DE MANEJO

Para la zonificación de la Zona Protectora Cerros de La Carpintera se utilizaron las orientaciones

generales dadas por el ACCVC, la Guía para la formulación y ejecución de Planes de Manejo de

ASP (Artavia, 2004), y el Manual de Procedimientos para la formulación de Planes de Manejo de

ASP (Madriz, 2007).

7.1 Proceso realizado para la zonificación

Zonificar en su definición más simple es “dividir un terreno en zonas”. Sin embargo, la

zonificación de un Área Silvestre Protegida tiene un carácter especial debido a los objetivos de

conservación que éstas persiguen. Por ello, la Guía define zonificación como “la organización del

territorio de un ASP en función del valor de sus recursos y de su capacidad de acogida para los

distintos usos, en la que se establecen objetivos muy claros y precisos y con la normativa

correspondiente con el fin de minimizar los impactos negativos y de asegurar un uso del espacio

compatible con la conservación de los recursos naturales y culturales presentes en el área y su

relación con la dinámica socio ambiental de su entorno inmediato” (Artavia, 2004).

Figura 7-1 Esquema para la gestión territorial de una ASP

Para las ASP, Artavia propone 7 diferentes Zonas de Manejo. El Cuadro 7-1 muestra qué Zonas de

Manejo se permiten en cada Categoría de Área Silvestre Protegida.

La zonificación de un ASP busca organizar el territorio en Zonas de Manejo de tal forma que la

gestión territorial de estas zonas se oriente hacia la consolidación del área protegida para cumplir

sus objetivos de creación. Este tipo de zonificación por Zonas de Manejo, según la “aptitud de uso

de recursos naturales y culturales” (Madriz, 2007) consiste en “dividir el territorio en zonas

geográficas continuas o separadas asignándoles diferentes categorías de uso o zonas de acuerdo al

uso actual o potencial de sus recursos naturales y culturales, que en su conjunto permiten cumplir

con los objetivos del ASP”.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[83]

Cuadro 7-1. Categorías de Zonificación para la formulación y ejecución de planes de manejo

de ASP (Fuente: Artavia, 2004)

Siguiendo el método propuesto por Madriz, la zonificación se obtuvo por superposición de mapas

temáticos, en cuatro pasos:

1. Inventario de los recursos naturales y culturales – la información SIG necesaria se

compiló en las etapas de Diagnóstico y Fundamento Técnico.

2. Identificación de restricciones o vocaciones del territorio – determinado con el análisis

de la legislación ambiental vigente, la información SIG y los Índices de Fragilidad

Ambiental del PRUGAM (IFAs).

3. Zonificación del territorio.

4. Presentación de resultados y elaboración de la memoria cartográfica.

Los Índices de Fragilidad Ambiental son un instrumento para la introducción de la variable

ambiental en el ordenamiento territorial dentro de Planes Reguladores u otra planificación de uso

del suelo. Un IFA es definido como “el balance total de carga ambiental de un espacio geográfico

dado, que sumariza la condición de aptitud natural del mismo (…), la condición de carga

ambiental inducida, y la capacidad de absorción de la carga ambiental adicional, vinculada a la

demanda de recursos” (Decreto Ejecutivo No. 32967-MINAE). El conjunto de IFAs desarrollados

para la Gran Área Metropolitana (GAM) se basó en aspectos geológicos (geoaptitud), biológicos

(bioaptitud), edáficos (edafoaptitud) y antrópicos (antropoaptitud). De la integración de estos IFAs,

la GAM es dividida en Zonas de Fragilidad Ambiental para las cuales se definen limitantes técnicas

y recomendaciones sobre las posibles actividades y usos (PRUGAM 2008). Dado que la ZPCC se

encuentra dentro del territorio de la GAM, y que los IFAs cuentan con la viabilidad ambiental de

ZONAS DE MANEJO ÁREA PROTEGIDA

PN RB RVS ZP RF Mnac Mnat H AM

Protección Absoluta X X X X X X X X

Uso Restringido X X X X X X X X X

Uso Público: X X X X X X X X

Intensivo X X X X X X

Extensivo X X X X X X

Uso Sostenible de Recursos X X X X X

Asentamientos Humanos X X X X X

Uso Especial X X X X X X X X X

Amortiguamiento X X X X X X X X X

PN Parque Nacional, RB Reserva Biológica, RVS Refugio de Vida Silvestre, ZP Zona Protectora

RF Reserva Forestal, MNac Monumento Nacional, Mnat Monumento Natural, H Humedal

AM Área Marina de Uso Múltiple

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[84]

SETENA (Resoluciones No. 1308-2009-SETENA, No. 1532-2009-SETENA, y No. 2748-2009-

SETENA), se consideró de importancia que aquellas limitantes técnicas y recomendaciones

pertinentes fueran incorporadas dentro de la presente normativa.

La información SIG empleada en el proceso de zonificación de la ZPCC fue de dos tipos diferentes:

a. Diagnóstico y situación actual del territorio: aquellos mapas que reflejan el estado actual de

la ZPCC: usos actuales del suelo, ríos, nacientes, pendientes, acueductos, caminos, líneas de

transmisión eléctrica de alta tensión, entre otros.

b. Restricciones o vocación del territorio: aquellas que definen áreas que están bajo alguna

regulación o limitación de uso por ley, o áreas que tienen consideraciones especiales de uso

debido a su vocación o aptitud. Para este caso específico se utilizaron mapas (o capas

digitales) de:

cobertura de bosque

áreas de protección de nacientes, ríos y quebradas

capacidad de uso del suelo

índices de fragilidad ambiental

Con esta información, y considerando las expectativas de los propietarios privados en cuanto a

oportunidades de actividades económicas, se determinó la normativa a regir en cada zona.

De acuerdo a los tipos de zonas básicas sugeridas en la Guía (Cuadro 7-1), se dividió la ZPCC en

cuatro zonas de manejo:

Zona de Usos Restringidos (ZUR)

Zona de Usos Sostenibles de Recursos (ZUS)

Zona de Usos Especiales (ZUE)

Zona de Asentamientos Humanos (ZAH)

Para cada zona de manejo se indica la normativa que guía la gestión, es decir las actividades

permitidas y no permitidas y las acciones orientadoras.

Además de la zonificación interna de la ZPCC se considera un área de influencia, que no es una

zona de manejo en sí, pero que comprende aquellos actores y territorios fuera de la ZPCC que

tienen una influencia directa o indirecta en la integridad de la Zona Protectora y que tienen ser

considerados en los programas de gestión. Para cada programa, el área de influencia puede ser

diferente.

Definimos un área de influencia inmediata como “las comunidades y territorios inmediatos

alrededor del límite exterior de la ZPCC en donde, por su cercanía, las actividades y usos que se

desarrollan en ellos tienen un efecto directo sobre la dinámica interna de la Zona Protectora”. En

esta área se deben buscar alianzas estratégicas con gobiernos locales, entidades estatales,

comunidades y propietarios privados, para coordinar acciones conjuntas que coadyuven a la

conservación de la Zona Protectora. Por ejemplo, el programa de gestión comunitaria y educación

ambiental debe enfocar esfuerzos de educación ambiental en esta área para desarrollar

conocimientos, valores, capacidades y cultura ambiental de los actores locales.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[85]

7.2 Planificación Territorial por Sitios

La planificación territorial por sitios es la planificación individual de las propiedades privadas, es

decir, el ordenamiento de las actividades productivas y de conservación de las fincas conforme a su

capacidad natural de uso y en respeto de la normativa legal vigente que asegure el mantenimiento

de los servicios ambientales. En este sentido, la finca es la unidad mínima de territorio para el

manejo (Figura 7-1). Si bien es cierto el Plan General de Manejo (PGM) y su Zonificación

establecen directrices, tal como lo hemos mencionado anteriormente, éstas son de carácter general.

Por lo que, para un efectivo cumplimiento de los objetivos de la ZPCC, se requiere un manejo al

nivel de la finca, en donde cada propietario toma las decisiones de uso de su territorio y puede

incorporar las normativas aquí establecidas.

En concordancia a lo anterior, ASOPROCA está desarrollando una propuesta de “Plan

ASOPROCA-ACCVC-MINAET”, con asesoría del Despacho del Ministro de MINAET. Este Plan

cubre un área aproximada de 1442 has, que comprende las propiedades de los miembros de esta

asociación y busca orientar la planificación a nivel de finca, en donde se reflejen tanto los intereses

particulares como colectivos de conservación y uso sostenible de los recursos naturales, y acorde a

las normativas del PGM.

La administración de la ZPCC debe de considerar la planificación de sitios como un punto clave

para lograr una efectiva gestión territorial participativa, en donde los propietarios se identifican con

el presente PGM, aplicando sus directrices a la planificación y manejo de sus fincas de manera

individual, pero además donde éstos, de manera colectiva, también velan por la conservación y uso

sostenibles de los recursos naturales de toda la zona protectora. En este sentido, la administración

de la ZPCC debe de promover la planificación de sitios, así como apoyar e incentivar a aquellos

propietarios que voluntariamente son participes del desarrollo e implementación de este PGM.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[86]

Mapa 7-1. Zonificación de la Zona Protectora Cerros de La Carpintera (Comisión

Interinstitucional ZPCC, Plan General de Manejo ZPCC)

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[87]

7.3 Normativa para las Zonas de Manejo en la ZPCC

Esta sección se organiza por Zonas de Manejo, presentándose la normativa que regirá el uso del

suelo en cada una de ellas.

Cada Zona de Manejo se presenta en un cuadro conteniendo la siguiente información:

NOMBRE DE LA ZONA DE MANEJO

Descripción de la zona de manejo:

ACTIVIDADES

PERMITIDAS

ACTIVIDADES NO

PERMITIDAS

ACCIONES

ORIENTADORAS

LEGISLACIÓN

VIGENTE QUE

APLICA

Las actividades permitidas y no permitidas se derivan del análisis de la legislación ambiental

vigente. Por ello, como referencia y respaldo, se especifican las Leyes y Decretos Ejecutivos que

aplican en cada zona. Las acciones orientadoras son recomendaciones estratégicas para dar una guía

inicial para la gestión de cada zona de manejo.

A continuación se presentan las cuatro zonas de manejo en que se dividió la ZPCC:

1. Zona de Usos Restringidos (ZUR):

Subzona 1

Subzona 2

2. Zona de Usos Sostenibles de Recursos (ZUS)

3. Zona de Usos Especiales (ZUE)

4. Zona de Asentamientos Humanos (ZAH)

Las descripciones generales empleadas para cada zona de manejo son las indicadas por el ACCVC,

algunas de ellas fueron levemente modificadas para mejorar su entendimiento y su aplicabilidad a la

Zona Protectora Cerros de La Carpintera.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[88]

7.3.1 Zona de Usos Restringidos

ZONA DE USOS RESTRINGIDOS (ZUR)

Descripción: Se incluyen aquí aquellas áreas de bosque ya sea primario o secundario, en las que aplican las

regulaciones que establecen los Artículos 18, 19 y 20 de la Ley Forestal y el Decreto Ejecutivo No. 34559-

MINAE, las áreas de protección de nacientes y ríos de acuerdo a los Artículos 33 y 34 de la Ley Forestal y el

Artículo 31 de la Ley de Aguas, y las zonas de recarga acuífera (Ley de Biodiversidad, articulo 114). Se

incluyen además aquellas áreas vulnerables desde el punto de vista geológico (zonas de riesgo) más suelos

clases VII y VIII (Ley de Suelos, Decreto Ejecutivo No 23214-MAG-MIRENEM). En el caso de las zonas de

recarga acuífera (que son de prioridad para la protección absoluta) se incluirán en la Zona de Uso Restringido

con limitantes al uso del suelo. Solo pasarán a protección absoluta en caso de que se expropien o compren a

favor del Estado

La ZUR se divide en dos subzonas de acuerdo al uso actual del suelo y la legislación que aplica (Ver Anexo:

Legislación aplicable a la ZPCC).

ZONA DE USOS RESTRINGIDOS (ZUR): SUB-ZONA 1

En la Sub-Zona 1 se incluyen todas aquellas áreas de bosque primario o secundario, las áreas de protección

de nacientes captadas (200 m de radio) y no captadas (100 m de radio), y de márgenes de ríos en terrenos

planos (15 m a cada lado) y quebrados (50 m a cada lado), según lo que la Ley estipula para cada caso. Esta

subzona se identifica como zona de recarga acuífera y suelos clases VII y VIII de capacidad de uso. Aquellas

áreas comprendidas en esta subzona que se encuentren desprovistas de cobertura forestal deberán ser

dedicadas a la recuperación o restauración del bosque. Se incluyen las áreas de alta vulnerabilidad a sismos

que están cubiertas de bosques.

Objetivo: Garantizar el cumplimiento de los objetivos de creación de la ZPCC, a través de la

conservación de la cobertura boscosa existente y su biodiversidad, así como la recuperación y

conservación de la cobertura boscosa en las áreas de protección de nacientes y ríos.

ZONA DE USO RESTRINGIDO (ZUR) – SUBZONA 1: ACTIVIDADES PERMITIDAS

ACTIVIDADES

1. La investigación y educación de manera controlada, de forma que no causen deterioro en la

biodiversidad, los suelos y las aguas superficiales y subterráneas, cumpliendo con los requisitos

establecidos por la Ley de Conservación de la Vida Silvestre y la Ley de Biodiversidad (como permiso de

investigación, colecta, otros).

2. La Recreación y el ecoturismo (canopy, senderismo, observación de aves, y similares), que se realicen en

una intensidad que no conlleve al deterioro de la biodiversidad, los suelos y las aguas superficiales y

subterráneas. Estas actividades requieren de monitoreo periódico del impacto que estas pueden ejercer

sobre la biodiversidad (por ejemplo, en ecosistemas y poblaciones de especies) y los recursos naturales.

3. El aprovechamiento maderable del bosque en propiedad privada, sólo si cuenta con un plan de manejo

que contenga el impacto que pueda ocasionar sobre el ambiente. Los planes de manejo requerirán cumplir

con los requisitos de la Administración Forestal del Estado, de acuerdo con el artículo 20 de La Ley

Forestal y el Decreto Ejecutivo No. 34559-MINAE referente al Manejo Forestal Sostenible, y deben

contar con la viabilidad ambiental de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) (Reglamento

sobre procedimientos de la SETENA No 25705-MINAE).

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[89]

4. La reforestación con especies nativas y pioneras para recuperar la cobertura boscosa con fines de

conservación.

CONSTRUCCIONES E INFRAESTRUCTURA

5. Una vivienda por finca para el uso del propietario o los propietarios y otras construcciones necesarias

para el uso o servicio de la finca (Artículo 19 de la Ley Forestal, Decreto No. 25902-MIVAH-MP-

MINAE).

6. Construcciones no permanentes1 vinculadas a actividades de recreación o ecoturismo en fincas de

dominio privado no menores a cinco hectáreas.

7. El desarrollo de infraestructura de servicios básicos (sanitarios, tomas de agua) para la atención del

turismo, siempre que cuenten con una evaluación técnica del terreno y de su impacto ambiental. Los

servicios básicos, en especial servicios sanitarios, deben estar ubicados de tal forma que no representen

un riesgo de contaminación de las aguas subterráneas y superficiales, ni de los suelos, y deben de contar

con sistemas de tratamientos de las aguas negras o servidas y un plan de manejo de los residuos sólidos

previo aval del Ministerio de salud. Estos servicios deben de contar con un plan de monitoreo de su

funcionamiento.

8. Los generadores de residuos de cualquier tipo y los gestores tienen la responsabilidad de manejarlos en

forma tal que no contaminen los suelos, los subsuelos, el agua, el aire y los ecosistemas.

9. Uso de sistemas de tratamientos, individuales o colectivos, para las aguas negras o servidas que sean

ambientalmente amigables, por ejemplo sistemas de tratamiento tipo FAFA2, biodepuradores (separación

de sólidos y líquidos) y similares que prevengan la contaminación de las aguas subterráneas,

superficiales y del suelo. En algunos casos de uso doméstico se podrá considerar la utilización de tanques

sépticos no convencionales, llevando a cabo prácticas amigables con el ambiente para el buen

funcionamiento de este sistema, garantizando así una vida útil larga, tales como el empleo de

microorganismos eficientes, sustancias de limpieza ambientalmente amigables u orgánicas (no utilizar

sustancias químicas como cloro, detergentes y desinfectantes). Los tanques modernos disponibles en el

país contemplan el uso de filtros. Los sistemas de tratamiento de las aguas negras o servidas deben contar

con una evaluación técnica del terreno para su ubicación y permiso de funcionamiento dado por el

Ministerio de Salud. El diseño debe superar las limitantes técnicas, de forma que la infraestructura no

represente un riesgo de contaminación de las aguas subterráneas y superficiales, y de los suelos. También

tienen competencia en el tema otras instancias como: A y A, SENARA y las municipalidades.

10. Mantenimiento de los caminos existentes, sin que esto conlleve a la ampliación de dichos caminos. Los

desechos provenientes del mantenimiento no deben ser dejados dentro de la ZPCC.

DE APLICACIÓN GENERAL:

El desarrollo de infraestructura debe ser en una cobertura no mayor de un 10% del área efectiva

apta para la construcción en la finca (área resultante después de considerar las limitantes

establecidas por la legislación ambiental vigente y las restricciones técnicas del terreno), de muy

baja intensidad, de tipo disperso, aprovechando claros, con huellas no mayores de 150 metros

cuadrados, no más de dos pisos de altura y comunicadas por caminos de no más de 3 metros de

ancho. Dichas construcciones deben ser con diseños y materiales amigables al ambiente

circundante. El desarrollo de construcciones deberá considerarse en principio en las áreas

desprovistas de bosques dentro de la ZUR-subzona 2, u otra zona de manejo, a menos que la

1 Construcciones no permanentes se refiere a infraestructura que pueda ser fácilmente removida una vez la actividad sea finalizada,

que no conlleven la compactación del suelo y que se inserten adecuadamente en el paisaje, por ejemplo construcciones de madera o

bambú.

2 Filtro Anaeróbico de Flujo Ascendente (FAFA)

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[90]

propiedad sólo cuente con territorios en la ZUR-subzona 1, debiéndose cumplir con los

procedimientos y requisitos establecidos por la Administración Forestal del Estado según lo

contemplado en el artículo 19 de la Ley Forestal. Se deben realizar los estudios técnicos

ambientales para determinar las limitantes técnicas, y permitir solamente aquellas construcciones

con diseños que superen dichas limitantes (algunas consideraciones técnicas tomadas de PRUGAM

2008).

El desarrollo de toda infraestructura y actividad económica deberá contar con previa Evaluación

de Impacto Ambiental (Artículo 114 de la Ley de Biodiversidad, que modifica el Artículo 37 de la

Ley Forestal). Deberá contar con el aval del ACCVC, que corresponde a una resolución razonada,

y deberá informársele al Consejo Local de la ZPCC.

En el tratamiento de aguas negras o servidas, así como en el manejo de los desechos sólidos, se

deben de considerar las competencias y regulaciones establecidas por instituciones como AyA,

Municipalidades, SENARA y Ministerio de Salud (Ley Orgánica del Ambiente No 7554, Decreto No

8689 Modificación de la Ley de Conservación de Vida Silvestre No 7317, Decreto No 34431-MINAE-S

Reglamento del Canon Ambiental por Vertidos, Ley General de Salud No 5395, Ley para la Gestión

Integral de Residuos N° 8839, Decreto N° 36093-S Reglamento sobre el manejo de residuos sólidos

ordinarios).

ZONA DE USO RESTRINGIDO (ZUR) – SUBZONA 1: ACTIVIDADES NO PERMITIDAS

1. La corta o el aprovechamiento del bosque en propiedad del Estado.

2. La corta o eliminación de árboles en áreas de protección de ríos y nacientes .

3. El establecimiento de plantaciones forestales con fines económicos, debido a la capacidad de uso del

suelo, en estos terrenos debe prevalecer el uso de bosques naturales

4. El cambio de uso del bosque, ni la corta de árboles, con las excepciones establecidas en el artículo 19 de

la Ley Forestal y previo evaluación de impacto ambiental. En estos casos, la corta del bosque será

limitada, proporcional y razonable.

5. El desarrollo de nuevos caminos públicos u otros tipos de proyectos de infraestructura, estatales o

privadas, a excepción de casos de declaración de interés público y conveniencia nacional según artículo

19 de la Ley Forestal, y con viabilidad ambiental aprobada. En dichos casos pasarían a constituir parte de

la Zona de Usos Especiales.

6. El desarrollo de nuevas urbanizaciones.

7. Fraccionamientos en parcelas resultantes menores a cinco hectáreas. Esta prohibición de fraccionamiento

incluye los márgenes de caminos públicos existentes antes o posterior a la declaratoria de área silvestre

protegida.

8. La quema de todo tipo de residuos.

9. El tratamiento y la disposición final de residuos sólidos ordinarios en sitios no aprobados por el

Ministerio de Salud.

10. La disposición de residuos sólidos ordinarios en los cuerpos receptores definidos en el Reglamento de

Vertido y Reuso de Aguas Residuales, así como caños, alcantarillas, vías y parajes públicos y propiedades

públicas y privadas no autorizadas para tal fin.

11. El uso de tanques sépticos convencionales para el tratamiento de las aguas negras o servidas.

12. El uso de agroquímicos ni otras sustancias que sean contaminantes.

13. La cacería y extracción de fauna silvestre.

14. La extracción de flora silvestre.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[91]

15. La minería de ningún tipo (metálica y no metálica).

16. La apertura de nuevas vías públicas.

ZONA DE USO RESTRINGIDO (ZUR) – SUBZONA 1: ACCIONES ORIENTADORAS

1. Promover el sometimiento a pago por servicios ambientales (PSA)

2. Promover la recuperación o restauración del bosque, por ejemplo a través de proyectos de reforestación

de especies nativas y pioneras, con la finalidad de incrementar las áreas para la conservación de la

biodiversidad y mejorar la capacidad de recarga acuífera.

3. Realizar estudios de capacidad de carga de los ecosistemas para las actividades de recreación y

ecoturismo (por ejemplo, número de visitantes por día).

4. El desarrollo de infraestructura no debería contemplar la tala de árboles. Por el contrario, de forma

paralela al desarrollo de infraestructura de baja densidad deberán ejecutarse intensos programas de

reforestación y mejoramiento ambiental y paisajístico (PRUGAM).

5. Dadas las condiciones de relieve, el desarrollo de construcciones de cualquier tipo, debe considerar

siempre una adecuada inserción paisajística a fin de evitar el deterioro del paisaje y la contaminación

visual (PRUGAM 2008).

6. Para la aplicación de las sanciones a la Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, el Ministerio

del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, el Ministerio de Salud, las municipalidades o cualquier

otra autoridad de policía deberán presentar la denuncia respectiva ante el Tribunal Ambiental

Administrativo, el cual deberá conceder previa audiencia al interesado, de conformidad con lo

establecido en la Ley Orgánica del Ambiente y el reglamento de procedimientos de dicho Tribunal.

No obstante lo anterior, además de los funcionarios antes citados, cualquier persona, física o jurídica,

podrá presentar de igual forma denuncias al Tribunal Ambiental Administrativo y a las instancias

judiciales correspondientes por violaciones a esta Ley.

7. El Ministerio de Salud podrá suspender, revocar o cancelar las licencias, los permisos y los registros

necesarios para la realización de las actividades que hayan dado lugar a la comisión de la infracción a la

Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839.

8. Sin perjuicio de las responsabilidades penales y administrativas, los infractores a las disposiciones

contenidas en la Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, sean personas físicas o jurídicas,

serán civil y solidariamente responsables por los daños y perjuicios causados contra el ambiente y la

salud de las personas, y deberán restaurar el daño, y, en la medida de lo posible, dejar las cosas en el

estado que se encontraban antes de la acción ilícita. Los titulares de las empresas o las actividades donde

se causen los daños responderán solidariamente.

ZONA DE USO RESTRINGIDO (ZUR) – SUBZONA 1: LEGISLACIÓN VIGENTE QUE APLICA

(VER ANEXO LEGISLACIÓN APLICABLE A LA ZPCC)

1. Ley Orgánica del Ambiente Ley No. 7554 del 28 de Septiembre de 1995. Artículos 17, 32, 65, 66, 67, 68,

69, 71 y 73.

2. Ley Forestal No. 7575 [reformada por Leyes No. 7609, 7761, 7788], Artículos 1, 2, 3, 19, 20, 28, 29, 33

y 34.

3. Ley de Vida Silvestre No. 7317, Artículo 132 y otros.

4. Ley de Aguas, Artículo 31, 148, 149 y 150.

5. Ley de Biodiversidad No. 7788, y su reglamento, Artículos 14, 60, 100 y 114 (que modifica el Artículo

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[92]

37 de la Ley Forestal).

6. Ley de uso, manejo y conservación de suelos, Artículo 44.

7. Ley No. 8689, Modificación a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre Ley No. 7317, Artículo 132.

8. Reglamento a la Ley Forestal. Capítulo I. Definiciones. Terrenos quebrados.

9. Decreto Ejecutivo No. 34599-MINAE [publicado en La Gaceta No. 115, lunes 16-06-2008], Principio No

3 y Artículo No 5.

10. Decreto Ejecutivo No. 25902-MIVAH-MP-MINAE, Artículos 2, 5 y 6.

11. Decreto Ejecutivo No. 23214-MAG-MIRENEM del 13-04-1994. Capacidad de Uso de la Tierra. [y

modificaciones en Decreto Ejecutivo No. 33957-MINAE-MAG].

12. Decreto Ejecutivo 29393-MINAE (Plan de Ordenamiento Ambiental, publicado el 15-05-2001), Articulo

No 1.

13. Decreto Ejecutivo No 25705-MINAE (Reglamento sobre procedimientos de la SETENA), Articulo No

22.

14. Análisis de Alcance Ambiental del Plan GAM (PRUGAM 2008)/ Plan PRUGAM 2008-2030/

resoluciones viabilidad ambiental No. 1308-2009-SETENA, No. 1532-2009-SETENA, y No. 2748-2009-

SETENA

Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos. Informe final de Gestión de Clara Zoomer

SETENA otorga la viabilidad ambiental a los cantones de: CARTAGO, ALVARADO, EL GUARCO,

PARAISO Y OREAMUNO

15. Ley General de Salud No. 5395, artículos 275, 276, 277, 285, 287, 294, 305.

16. Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, artículo 45, 51, 54, 56, 57.

17. Decreto N° 36093-S Reglamento sobre el manejo de residuos sólidos ordinarios, artículos 62, 64, 67

18. Decreto Ejecutivo No 34431-MINAE-S, artículos 14, 15, 16. Reglamento del Canon Ambiental por

Vertidos.

19. Decreto Ejecutivo No 31849-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC, articulo 4, anexos 1 y 3. Reglamento

General sobre Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).

20. Decreto Ejecutivo No 33957 –MINAE-MAG, Articulo No 2.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[93]

ZONA DE USOS RESTRINGIDOS (ZUR): SUB-ZONA 2

En la Sub-Zona 2 se incluyen aquellas áreas en donde aplican regulaciones por Ley, pero que actualmente se

encuentran desprovistas de bosque. Estas áreas se consideran dentro de la ZUR por ser identificadas como

zonas de recarga acuífera y por la predominancia de relieves de altos a muy pronunciados, encontrándose en

las categorías VII y VIII de capacidad de uso, correspondientes a terrenos de aptitud forestal y a zonas de

preservación de flora y fauna, protección de áreas de recarga acuífera, reserva genética y belleza escénica

respectivamente.

Objetivo: Incrementar la capacidad de la ZPCC para cumplir sus objetivos de creación, a través del

aumento de la cobertura arbórea en los sistemas productivos, la recuperación del bosque y la

implementación de prácticas productivas que promuevan la conservación de los suelos y las aguas

superficiales y subterráneas, así como mejorar la capacidad de recarga acuífera.

ZONA DE USO RESTRINGIDO (ZUR) – SUBZONA 2: ACTIVIDADES PERMITIDAS

ACTIVIDADES

1. A corto plazo se mantienen los usos del suelo actuales, pero debido a su importancia como zona de

recarga acuífera, la capacidad del uso del suelo (VII y VIII) y la alta vulnerabilidad a procesos de erosión

severa, se debe promover en el mediano plazo la transición hacia mejores prácticas productivas

(ambientalmente amigables) que coadyuven a la conservación de la biodiversidad, los suelos y las aguas

superficiales y subterráneas.

2. La agricultura ecológica diversificada para autoconsumo en áreas pequeñas dentro de la finca que se

identifiquen aptos para esta práctica y no comprometan la conservación de los suelos y las aguas.

3. Los cultivos permanentes de frutales y café, combinados con prácticas intensivas de conservación de

suelos y aguas superficiales y subterráneas.

4. La investigación y educación de manera controlada, de forma que no causen deterioro en la

biodiversidad, los suelos y las aguas superficiales y subterráneas, cumpliendo con los requisitos

establecidos por la Ley de Conservación de la Vida Silvestre y la Ley de Biodiversidad (como permiso

de investigación, colecta, otros).

5. La Recreación y el ecoturismo (canopy, senderismo, observación de aves, y similares), que se realicen en

una intensidad que no conlleve al deterioro de la biodiversidad, los suelos y las aguas superficiales y

subterráneas. Estas actividades requieren de monitoreo periódico del impacto que estas pueden ejercer

sobre la biodiversidad (por ejemplo, en ecosistemas y poblaciones de especies) y los recursos naturales.

6. La reforestación con especies nativas y pioneras para recuperar la cobertura boscosa con fines de

conservación.

7. Plantaciones forestales con fines comerciales y su aprovechamiento en terrenos no quebrados, con

pendientes menores al 40%, previa evaluación de impacto ambiental y con intensivas prácticas de

conservación de suelos y aguas.

8. El aprovechamiento maderable del bosque en propiedad privada, sólo si cuenta con un plan de manejo

que contenga el impacto que pueda ocasionar sobre el ambiente. Los planes de manejo requerirán

cumplir con los requisitos de la Administración Forestal del Estado, de acuerdo con el artículo 20 de La

Ley Forestal y el Decreto Ejecutivo No. 34559-MINAE referente al Manejo Forestal Sostenible, y deben

contar con la viabilidad ambiental de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) (Reglamento

sobre procedimientos de la SETENA No 25705-MINAE). Este punto se considera para las áreas que se

destinen a la recuperación del bosque, que en el futuro puedan ser de interés para la producción de

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[94]

madera.

CONSTRUCIONES E INFRAESTRUCTURA

1. Una vivienda por finca para el uso del propietario o los propietarios y otras construcciones necesarias

para el uso o servicio de la finca (Decreto No. 25902-MIVAH-MP-MINAE).

2. Construcciones relacionadas con la actividad agrícola local (Decreto No. 25902-MIVAH-MP-MINAE).

3. Construcciones no permanentes3 vinculadas a actividades de recreación o ecoturismo en fincas de

dominio privado no menores a cinco hectáreas. Construcciones permanentes podrán considerarse si se

justifica su importancia para la actividad y previa evaluación del impacto ambiental, permitiéndose

solamente si el diseño supera las limitantes técnicas del terreno, que no conlleve a la contaminación

visual ni al deterioro del paisaje y no consideré la tala de árboles.

4. El desarrollo de infraestructura de servicios básicos (sanitarios, tomas de agua) para la atención del

turismo, siempre que cuenten con una evaluación técnica del terreno y de su impacto ambiental. Los

servicios básicos, en especial servicios sanitarios, deben estar ubicados de tal forma que no representen

un riesgo de contaminación de las aguas subterráneas y superficiales, ni de los suelos, y deben de contar

con sistemas de tratamientos de las aguas negras o servidas y un plan de manejo de los residuos sólidos.

Estos servicios deben de contar con un plan de monitoreo de su funcionamiento.

5. Los generadores de residuos de cualquier tipo y los gestores tienen la responsabilidad de manejarlos en

forma tal que no contaminen los suelos, los subsuelos, el agua, el aire y los ecosistemas.

6. Uso de sistemas de tratamientos, individuales o colectivos, para las aguas negras o servidas que sean

ambientalmente amigables, por ejemplo sistemas de tratamiento tipo FAFA4, biodepuradores (separación

de sólidos y líquidos) y similares que prevengan la contaminación de las aguas subterráneas

superficiales y del suelo. En algunos casos de uso doméstico se podrá considerar la utilización de tanques

sépticos no convencionales, llevando a cabo prácticas amigables con el ambiente para el buen

funcionamiento de este sistema, garantizando así una vida útil larga, tales como el empleo de

microorganismos eficientes, sustancias de limpieza ambientalmente amigables u orgánicas (no utilizar

sustancias químicas como cloro, detergentes y desinfectantes). Los tanques modernos disponibles en el

país contemplan el uso de filtros. Los sistemas de tratamiento de las aguas negras o servidas deben contar

con una evaluación técnica del terreno para su ubicación y permiso de funcionamiento dado por el

Ministerio de Salud. El diseño debe superar las limitantes técnicas, de forma que la infraestructura no

represente un riesgo de contaminación de las aguas subterráneas y superficiales, y de los suelos.

7. Mantenimiento de los caminos existentes, sin que esto conlleve a la ampliación de dichos caminos. Los

desechos provenientes del mantenimiento no deben ser dejados dentro de la ZPCC.

DE APLICACIÓN GENERAL:

El desarrollo de infraestructuras debe ser en una cobertura no mayor de un 10% del área efectiva

apta para la construcción en la finca (área resultante después de considerar las limitantes

establecidas por la legislación ambiental vigente y las restricciones técnicas del terreno), de muy

baja intensidad, de tipo disperso, aprovechando claros, con huellas no mayores de 150 metros

cuadrados, no más de dos pisos de altura y comunicadas por caminos de no más de 3 metros de

ancho. Dichas construcciones deben ser con diseños y materiales amigables al ambiente

3 Construcciones no permanentes, se refiere a infraestructura que pueda ser fácilmente removida una vez la actividad sea finalizada,

que no conlleven la compactación del suelo y que se inserten adecuadamente en el paisaje, por ejemplo construcciones de madera,

bambú.

4 Filtro Anaeróbico de Flujo Ascendente (FAFA)

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[95]

circundante. Se deben realizar los estudios técnicos ambientales para determinar las limitantes

técnicas, y permitir solamente aquellas construcciones con diseños que superen dichas limitantes

(PRUGAM 2008).

El desarrollo de toda infraestructura y actividad económica deberá contar con previa Evaluación

de Impacto Ambiental (Artículo 114 de la Ley de Biodiversidad, que modifica el Artículo 37 de la

Ley Forestal). Deberá contar con el aval del ACCVC, que corresponde a una resolución razonada,

y deberá informársele al Consejo Local de la ZPCC.

En el tratamiento de aguas negras o servidas, así como en el manejo de los residuos sólidos, se

deben de considerar las competencias y regulaciones establecidas por instituciones como AyA,

Municipalidades, SENARA y Ministerio de Salud.

ZONA DE USO RESTRINGIDO (ZUR) – SUBZONA 2: ACTIVIDADES NO PERMITIDAS

1. El cambio de uso del bosque, ni la corta de árboles, con las excepciones establecidas en el artículo 19 de

la Ley Forestal y previa evaluación de impacto ambiental. En estos casos, la corta del bosque será

limitada, proporcional y razonable. [Este punto se incorpora considerando aquellas áreas donde se

recupere el bosque a futuro, y donde podrán aplicarse todos los incentivos relacionados a este uso del

suelo].

2. Los cultivos anuales, ni aquellas prácticas agrícolas que conlleven periodos de desnudez del suelo y/o

que propicien la erosión de los suelos.

3. Las plantaciones forestales con fines comerciales en terrenos con pendientes mayores al 40%, ni

aprovechar las existentes.

4. El desarrollo de nuevos caminos públicos, sólo en casos de declaración de interés público y conveniencia

nacional, y con viabilidad ambiental aprobada.

5. El desarrollo de nuevas urbanizaciones.

6. Fraccionamientos en parcelas resultantes menores a cinco hectáreas. Esta prohibición de fraccionamiento

incluye los márgenes de caminos públicos existentes antes o posterior a la declaratoria de área silvestre

protegida.

7. La quema de todo tipo de residuos.

8. El tratamiento y la disposición final de residuos sólidos ordinarios en sitios no aprobados por el

Ministerio de Salud.

9. La disposición de residuos sólidos ordinarios en los cuerpos receptores definidos en el Reglamento de

Vertido y Reuso de Aguas Residuales, así como caños, alcantarillas, vías y parajes públicos y

propiedades públicas y privadas no autorizadas para tal fin.

10. El uso de tanques sépticos convencionales para el tratamiento de las aguas negras o servidas.

11. El uso de agroquímicos ni otras sustancias que sean contaminantes.

12. La cacería y extracción de fauna silvestre.

13. La extracción de flora silvestre.

14. La minería metálica y no metálica. En el caso de la minería no metálica se pueden hacer excepciones y

permitirse siempre que cumplan con los requisitos ambientales establecidos, con un sistema de

monitoreo del impacto que puedan tener sobre la biodiversidad y los recursos naturales. Además, el

aprovechamiento debe ser condicionado a su uso en mantenimiento de la red vial e infraestructura

pública existente.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[96]

ZONA DE USO RESTRINGIDO (ZUR) – SUBZONA 2: ACCIONES ORIENTADORAS

1. Promover la recuperación del bosque, acorde con la capacidad de uso de los suelos (VII y VIII).

2. Promover la incorporación al sistema de pagos por servicios ambientales (PSA).

3. Evitar la plantación de especies forestales que puedan acelerar los procesos de erosión hídrica.

4. Promover la recuperación o restauración del bosque, por ejemplo a través de proyectos de reforestación

de especies nativas y pioneras. Esto con la finalidad de incrementar las áreas para la conservación de la

biodiversidad y mejorar la capacidad de recarga acuífera.

5. Promover el desarrollo de una producción agrícola orgánica, así como la implementación de buenas

prácticas de uso, manejo y conservación de suelos (PRUGAM 2008).

6. Realizar estudios de capacidad de carga de los ecosistemas para las actividades de recreación y

ecoturismo (por ejemplo, número de visitantes por día).

7. Recomendar que el desarrollo de infraestructura no implique la tala de árboles. Por el contrario, de forma

paralela al desarrollo de infraestructura de baja densidad deberán ejecutarse intensos programas de

reforestación y mejoramiento ambiental y paisajístico (PRUGAM 2008).

8. Dada las condiciones de relieve, el desarrollo de construcciones de cualquier tipo, debe considerar

siempre una adecuada inserción paisajística a fin de evitar el deterioro del paisaje y la contaminación

visual (PRUGAM 2008).

9. Para la aplicación de las sanciones a la Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, el Ministerio

del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, el Ministerio de Salud, las municipalidades o cualquier

otra autoridad de policía deberán presentar la denuncia respectiva ante el Tribunal Ambiental

Administrativo, el cual deberá conceder previa audiencia al interesado, de conformidad con lo

establecido en la Ley Orgánica del Ambiente y el reglamento de procedimientos de dicho Tribunal.

No obstante lo anterior, además de los funcionarios antes citados, cualquier persona, física o jurídica,

podrá presentar de igual forma denuncias al Tribunal Ambiental Administrativo y a las instancias

judiciales correspondientes por violaciones a esta Ley.

10. El Ministerio de Salud podrá suspender, revocar o cancelar las licencias, los permisos y los registros

necesarios para la realización de las actividades que hayan dado lugar a la comisión de la infracción a la

Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839.

11. Sin perjuicio de las responsabilidades penales y administrativas, los infractores a las disposiciones

contenidas en la Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, sean personas físicas o jurídicas,

serán civil y solidariamente responsables por los daños y perjuicios causados contra el ambiente y la

salud de las personas, y deberán restaurar el daño, y, en la medida de lo posible, dejar las cosas en el

estado que se encontraban antes de la acción ilícita. Los titulares de las empresas o las actividades donde

se causen los daños responderán solidariamente.

ZONA DE USO RESTRINGIDO (ZUR) – SUBZONA 2: LEGISLACIÓN VIGENTE QUE APLICA

(VER ANEXO LEGISLACIÓN APLICABLE A LA ZPCC)

1. Ley Orgánica del Ambiente Ley No. 7554 del 28 de Septiembre de 1995. Artículos 17, 32, 65, 66, 67,

68, 69, 71 y 73.

2. Ley Forestal No. 7575 [reformada por Leyes No. 7609, 7761, 7788], Artículos 1, 2, 3, 19, 20, 28, 29, 33

y 34.

3. Ley de Conservación de la Vida Silvestre No. 7317, Artículo 132 y otros.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[97]

4. Ley de Aguas, Artículos 31, 148, 149 y 150.

5. Ley de Biodiversidad No. 7788, y su reglamento, Artículos 14, 60 ,100 y 114 (que modifica el Artículo

37 de la Ley Forestal).

6. Ley de uso, manejo y conservación de suelos, Artículo 44.

7. Ley No. 8689, Modificación a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre Ley No. 7317, Artículo 132.

8. Reglamento a la Ley Forestal. Capítulo I. Definiciones. Terrenos quebrados.

9. Decreto Ejecutivo No. 34599-MINAE [publicado en La Gaceta No. 115, lunes 16-06-2008], principio

No 3, Articulo 5.

10. Decreto Ejecutivo No. 25902-MIVAH-MP-MINAE, Artículos 2, 5 y 6.

11. Decreto Ejecutivo No. 23214-MAG-MIRENEM del 13-04-1994. Capacidad de Uso de la Tierra. [y

modificaciones en Decreto Ejecutivo No. 33957-MINAE-MAG].

12. Decreto Ejecutivo 29393-MINAE (Plan de Ordenamiento Ambiental, publicado el 15-05-2001), Articulo

No 1.

13. Decreto Ejecutivo No 25705-MINAE (Reglamento sobre procedimientos de la SETENA), Articulo No

22.

14. Análisis de Alcance Ambiental del Plan GAM (PRUGAM 2008)/ Plan PRUGAM 2008-2030/

resoluciones viabilidad ambiental No. 1308-2009-SETENA, No. 1532-2009-SETENA, y No. 2748-

2009-SETENA.

Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos. Informe final de Gestión de Clara Zoomer

SETENA otorga la viabilidad ambiental a los cantones de: CARTAGO, ALVARADO, EL GUARCO,

PARAISO Y OREAMUNO

15. Ley General de Salud No. 5395, artículos 275, 276, 277, 285, 287, 294, 305.

16. Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, artículo 45, 51, 54, 56, 57.

21. Decreto N° 36093-S Reglamento sobre el manejo de residuos sólidos ordinarios, artículos 62, 64.

67.

17. Decreto Ejecutivo No 34431-MINAE-S, artículos 14, 15, 16. Reglamento del Canon Ambiental por

Vertidos.

18. Decreto Ejecutivo No 31849-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC, articulo 4, anexos 1 y 3. Reglamento

General sobre Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).

19. Decreto Ejecutivo No 33957 –MINAE-MAG, Articulo No 2.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[98]

7.3.2 Zona de Uso Sostenible de Recursos

ZONA DE USO SOSTENIBLE DE RECURSOS (ZUS)

Descripción: Se incluyen aquellos terrenos actualmente desprovistos de bosque que no tienen las

regulaciones por ley indicadas para la ZUR. Además, se entiende uso sostenible como la utilización de

componentes de la biodiversidad, del suelo y del agua de un modo y a un ritmo que no ocasione su

disminución o deterioro a largo plazo, con lo cual se mantienen sus posibilidades de satisfacer las necesidades

y las aspiraciones de las generaciones actuales y futuras.

ZONA DE USO SOSTENIBLE (ZUS): ACTIVIDADES PERMITIDAS

ACTIVIDADES

1. Todas las actividades permitidas en la ZUR Subzonas 1 y 2

2. Proyectos de turismo sostenible

3. Agricultura sostenible, con prácticas intensivas de manejo y conservación de suelos.

4. Ganadería y proyectos de industria limpia.

5. Todo generador o poseedor de residuos esta obligado a tomar las medidas para lo siguiente:

[…]

a) Separar los residuos desde la fuente, clasificarlos y entregarlos a un gestor autorizado o a un sistema

municipal, de conformidad con el Reglamento a la Ley N° 8839 y el reglamento municipal que le

corresponda , con el fin de facilitar su valorización.

b) Entregar los residuos sujetos a disposición final y vigilar para que sean gestionados en forma

ambiental y sanitariamente segura por medio de un gestor autorizado.

c) Gestionar los residuos en forma tal que estos no pongan en peligro la salud o el ambiente, o

signifiquen una molestia por malos olores, ruido o impactos visuales, entre otros.

d) Gestionar sus residuos únicamente con gestores autorizados para brindar servicios de gestión de

residuos.

[…]

h) Fomentar el uso de alternativas de producción más limpia y de manejo de residuos en forma integral.

CONSTRUCCIONES

6. Una vivienda por finca para el uso del propietario o los propietarios y otras construcciones necesarias

para el uso o servicio de la finca (Decreto No. 25902-MIVAH-MP-MINAE).

7. Construcciones relacionadas con la actividad agrícola local (Decreto No. 25902-MIVAH-MP-MINAE).

8. Construcciones vinculadas a actividades de recreación o ecoturismo.

9. El desarrollo de infraestructura de servicios básicos (sanitarios, tomas de agua) para la atención del

turismo, siempre que cuenten con una evaluación técnica del terreno y de su impacto ambiental. Los

servicios básicos, en especial servicios sanitarios, deben estar ubicados de tal forma que no representen

un riesgo de contaminación de las aguas subterráneas y superficiales, ni de los suelos, y deben de contar

con sistemas de tratamientos para las aguas negras o servidas y un plan de manejo para los desechos

sólidos previo aval del Ministerio de Salud. Estos servicios deben de contar con un plan de monitoreo de

su funcionamiento.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[99]

10. Los generadores de residuos de cualquier tipo y los gestores tienen la responsabilidad de manejarlos en

forma tal que no contaminen los suelos, los subsuelos, el agua, el aire y los ecosistemas.

11. Uso de sistemas de tratamientos, individuales o colectivos, para las aguas negras o servidas que sean

ambientalmente amigables, por ejemplo sistemas de tratamiento tipo FAFA5, biodepuradores (separación

de sólidos y líquidos) y similares que prevengan la contaminación de las aguas subterráneas superficiales

y del suelo. En algunos casos de uso doméstico se podrá considerar la utilización de tanques sépticos no

convencionales, llevando a cabo prácticas amigables con el ambiente para el buen funcionamiento de este

sistema, garantizando así una vida útil larga, tales como el empleo de microorganismos eficientes,

sustancias de limpieza ambientalmente amigables u orgánicas (no utilizar sustancias químicas como

cloro, detergentes y desinfectantes). Los tanques modernos disponibles en el país contemplan el uso de

filtros. Los sistemas de tratamiento de las aguas negras o servidas deben contar con una evaluación

técnica del terreno para su ubicación y permiso de funcionamiento dado por el Ministerio de Salud. El

diseño debe superar las limitantes técnicas, de forma que la infraestructura no represente un riesgo de

contaminación de las aguas subterráneas y superficiales, y de los suelos.

12. Mantenimiento de los caminos existentes, sin que esto conlleve a la ampliación de dichos caminos. Los

desechos provenientes del mantenimiento no deben ser dejados dentro de la ZPCC.

DE APLICACIÓN GENERAL:

El desarrollo de infraestructuras debe ser en una cobertura no mayor de un 10% del área efectiva

apta para la construcción en la finca (área resultante después de considerar las limitantes

establecidas por la legislación ambiental vigente y las restricciones técnicas del terreno), de muy

baja intensidad, de tipo disperso, aprovechando claros, con huellas no mayores de 150 metros

cuadrados, no más de dos pisos de altura y comunicadas por caminos de no más de 3 metros de

ancho. Dichas construcciones deben ser con diseños y materiales amigables al ambiente

circundante. Se deben realizar los estudios técnicos ambientales para determinar las limitantes

técnicas, y permitir solamente aquellas construcciones con diseños que superen dichas limitantes

(PRUGAM 2008).

El desarrollo de toda infraestructura y actividad económica deberá contar con previa Evaluación

de Impacto Ambiental (Artículo 114 de la Ley de Biodiversidad, que modifica el Artículo 37 de la

Ley Forestal). Deberá contar con el aval del ACCVC, que corresponde a una resolución razonada,

y deberá informársele al Consejo Local de la ZPCC.

En el tratamiento de aguas negras o servidas, así como en el manejo de los desechos sólidos, se

deben de considerar las competencias y regulaciones establecidas por instituciones como AyA,

Municipalidades, SENARA y Ministerio de Salud.

ZONA DE USO SOSTENIBLE (ZUS): ACTIVIDADES NO PERMITIDAS

1. El desarrollo de nuevas urbanizaciones.

2. Fraccionamientos en parcelas menores a cinco hectáreas. Esta prohibición de fraccionamiento incluye los

márgenes de caminos públicos existentes previo y posterior a la declaratoria de área silvestre protegida.

3. El desarrollo de nuevos caminos públicos, sólo en casos de declaración de interés público y conveniencia

nacional, y con viabilidad ambiental aprobada.

4. La quema de todo tipo de residuos.

5. El tratamiento y la disposición final de residuos sólidos ordinarios en sitios no aprobados por el

Ministerio de Salud.

5 Filtro Anaeróbico de Flujo Ascendente (FAFA)

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[100]

6. La disposición de residuos sólidos ordinarios en los cuerpos receptores definidos en el Reglamento de

Vertido y Reuso de Aguas Residuales, así como caños, alcantarillas, vías y parajes públicos y propiedades

públicas y privadas no autorizadas para tal fin.

7. El uso de tanques sépticos convencionales para el tratamiento de las aguas negras o servidas. En el caso

de remodelación o nueva construcción de infraestructura se deberá instalar sistemas de tratamientos,

individuales o colectivos, para las aguas negras o servidas que sean ambientalmente amigables, indicadas

en la sección de actividades permitidas.

8. La cacería y extracción de fauna silvestre.

9. La extracción de flora silvestre.

10. La minería metálica y no metálica. En el caso de la minería no metálica se pueden hacer excepciones y

permitirse siempre que cumplan con los requisitos ambientales establecidos, con un sistema de monitoreo

del impacto que puedan tener sobre la biodiversidad y los recursos naturales. Además, el

aprovechamiento debe ser condicionado a su uso en mantenimiento de la red vial e infraestructura

pública existente.

ZONA DE USO SOSTENIBLE (ZUS): ACCIONES ORIENTADORAS

1. Evitar plantaciones en terrenos con pendientes mayores de 40%.

2. Evitar la plantación de especies forestales que puedan acelerar los procesos de erosión hídrica.

3. La aplicación de agroquímicos y plaguicidas debe ser de forma controlada y restringida, se debe

promover el desarrollo de una producción agrícola orgánica o de transición, así como la implementación

de buenas prácticas de uso, manejo y conservación de suelos (PRUGAM, 2008; Ley de Uso, Manejo y

Conservación de Suelos No 7779).

4. Realizar estudios de capacidad de carga de los ecosistemas para las actividades de recreación y

ecoturismo (por ejemplo, número de visitantes por día).

5. El desarrollo de infraestructura no debería contemplar la tala de árboles. Por el contrario, de forma

paralela al desarrollo de baja densidad deberán ejecutarse intensos programas de reforestación, sistemas

agroforestales o silvo pastoriles.

6. Dada las condiciones de relieve, el desarrollo de construcciones de cualquier tipo, debe considerar

siempre una adecuada inserción paisajística a fin de evitar el deterioro del paisaje y la contaminación

visual (PRUGAM 2008, Ley Orgánica del Ambiente No 7554).

9. Para la aplicación de las sanciones a la Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, el Ministerio

del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, el Ministerio de Salud, las municipalidades o cualquier

otra autoridad de policía deberán presentar la denuncia respectiva ante el Tribunal Ambiental

Administrativo, el cual deberá conceder previa audiencia al interesado, de conformidad con lo

establecido en la Ley Orgánica del Ambiente y el reglamento de procedimientos de dicho Tribunal.

No obstante lo anterior, además de los funcionarios antes citados, cualquier persona, física o jurídica,

podrá presentar de igual forma denuncias al Tribunal Ambiental Administrativo y a las instancias

judiciales correspondientes por violaciones a esta Ley.

10. El Ministerio de Salud podrá suspender, revocar o cancelar las licencias, los permisos y los registros

necesarios para la realización de las actividades que hayan dado lugar a la comisión de la infracción a la

Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839.

11. Sin perjuicio de las responsabilidades penales y administrativas, los infractores a las disposiciones

contenidas en la Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, sean personas físicas o jurídicas,

serán civil y solidariamente responsables por los daños y perjuicios causados contra el ambiente y la

salud de las personas, y deberán restauran el daño, y, en la medida de lo posible, dejar las cosas en el

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[101]

estado que se encontraban antes de la acción ilícita. Los titulares de las empresas o las actividades donde

se causen los daños responderán solidariamente.

ZONA DE USO SOSTENIBLE (ZUS): LEGISLACIÓN VIGENTE QUE APLICA (VER ANEXO

LEGISLACIÓN APLICABLE A LA ZPCC)

1. Ley Orgánica del Ambiente Ley No. 7554 del 28 de Septiembre de 1995. Artículos 17, 32, 65, 66, 67, 68,

69, 71 y 73.

2. Ley de Conservación de la Vida Silvestre No. 7317, Artículo 132 y otros.

3. Decreto Ejecutivo No. 25902-MIVAH-MP-MINAE, Artículos 2, 5 y 6.

4. Decreto Ejecutivo 29393-MINAE (Plan de Ordenamiento Ambiental, publicado el 15-05-2001), Articulo

No 1.

5. Decreto Ejecutivo No 25705-MINAE (Reglamento sobre procedimientos de la SETENA), Articulo No

22.

6. Análisis de Alcance Ambiental del Plan GAM (PRUGAM 2008)/ Plan PRUGAM 2008-2030/

resoluciones viabilidad ambiental No. 1308-2009-SETENA, No. 1532-2009-SETENA, y No. 2748-2009-

SETENA.

Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos. Informe final de Gestión de Clara Zoomer

SETENA otorga la viabilidad ambiental a los cantones de: CARTAGO, ALVARADO, EL GUARCO,

PARAISO Y OREAMUNO

7. Ley de Biodiversidad No. 7788, y su reglamento, Artículos 14, 60, 100 y 114 (que modifica el Artículo

37 de la Ley Forestal).

8. Ley Forestal No. 7575 [reformada por Leyes No. 7609, 7761, 7788], Artículos 1, 2, 3, 19, 20, 33 y 34.

9. Ley No. 8689, Modificación a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre Ley No. 7317, Artículo 132.

10. Ley de Aguas, Artículo 31, 148, 149 y 150.

11. Ley de uso, manejo y conservación de suelos, Artículo 44.

12. Reglamento a la Ley Forestal. Capítulo I. Definiciones. Terrenos quebrados.

13. Decreto Ejecutivo No. 23214-MAG-MIRENEM del 13-04-1994. Capacidad de Uso de la Tierra. [y

modificaciones en Decreto Ejecutivo No. 33957-MINAE-MAG].

14. Ley General de Salud No. 5395, artículos 275, 276, 277, 285, 287, 294, 305.

15. Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, artículo 31, 38, 45, 51, 54, 56, 57.

16. Decreto N° 36093-S Reglamento sobre el manejo de residuos sólidos ordinarios, artículos 62, 64,

67.

17. Decreto Ejecutivo No 34431-MINAE-S, artículos 14, 15, 16. Reglamento del Canon Ambiental por

Vertidos.

18. Decreto Ejecutivo No 31849-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC, articulo 4, anexos 1 y 3. Reglamento

General sobre Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).

19. Decreto Ejecutivo No 33957 –MINAE-MAG, Articulo No 2.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[102]

7.3.3 Zona de Usos Especiales

ZONA DE USOS ESPECIALES (ZUE)

Descripción: Se incluye en esta zona la infraestructura actualmente existente y aquellas obras que no son

acordes a la conservación de los recursos naturales, como: caminos, carreteras, puentes, infraestructura

administrativa estatal, torres de telefonía, subestaciones, líneas de transmisión eléctrica, entre otras. El

desarrollo de nuevos caminos públicos o proyectos de infraestructura, estatal o privada, sólo se permitirá en

caso de que sean declarados de interés público o conveniencia nacional, con previa aprobación de viabilidad

ambiental y contar con la autorización del ACCVC / MINAET, con el aval de la Administración y Consejo

Local de la ZPCC.

En esta zonificación, para la identificación de la ZUE se incluyeron los caminos, acueductos y servidumbres

de líneas eléctricas actualmente presentes en la ZPCC.

ZONA DE USOS ESPECIALES - ZUE: ACTIVIDADES PERMITIDAS

1. Únicamente el uso especial indicado.

2. Mantenimiento de los caminos e infraestructura existente, sin que esto conlleve a la ampliación de dichos

caminos o infraestructuras. Los desechos provenientes del mantenimiento no deben ser dejados dentro de

la ZPCC.

3. Se permiten las actividades de mantenimiento de las áreas de servidumbre, dichas actividades deben

generar el menor impacto posible al medio ambiente natural. En el caso de las servidumbres de tendido

eléctrico, la poda de la vegetación no debe ser excesiva, sólo lo necesaria para mantener el buen estado

de la infraestructura. Para ello, se deben de aplicar protocolos especiales de mantenimiento, los cuales

deben de ser avalados por el ACCVC / MINAET, la administración y el Consejo Local de la ZPCC.

ZONA DE USOS ESPECIALES - ZUE: ACTIVIDADES NO PERMITIDAS

1. Utilizar las servidumbres como caminos públicos.

2. El desarrollo de nuevas urbanizaciones (Decreto ejecutivo No 25902-MIVAH-MP-MINAE).

3. Fraccionamientos en parcelas menores a cinco hectáreas. Esta prohibición de fraccionamiento incluye los

márgenes de caminos públicos existentes antes y posterior a la declaratoria de área silvestre protegida.

4. El desarrollo de nuevos caminos públicos u otros tipos de infraestructura, sólo en caso de declaración de

interés público y conveniencia nacional, y con viabilidad ambiental aprobada.

5. Arrojar residuos de cualquier tipo, en vías públicas, parques y áreas de esparcimiento colectivo.

6. El lavado y limpieza de vehículos y cualquier recipiente que haya contenido o transportado residuos en

vías y áreas públicas.

7. La cacería y extracción de fauna silvestre.

8. La extracción de flora silvestre.

9. La minería metálica y no metálica. En el caso de la minería no metálica se pueden hacer excepciones y

permitirse siempre que cumplan con los requisitos ambientales establecidos, con un sistema de monitoreo

del impacto que puedan tener sobre la biodiversidad y los recursos naturales. Además, el

aprovechamiento debe ser condicionado a su uso en mantenimiento de la red vial e infraestructura

pública existente.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[103]

ZONA DE USOS ESPECIALES - ZUE: ACCIONES ORIENTADORAS

1. El mantenimiento de las servidumbres de líneas eléctricas de alta tensión debe ser amigable con el

ambiente, no debe conllevar el deterioro del paisaje ni la contaminación visual. Tampoco debe

representar una pérdida de conectividad para la vida silvestre dentro de la zona protectora.

2. Se debe velar por prevenir la contaminación de las aguas y el suelo, así como la contaminación visual.

3. Se deben realizar obras de conservación de suelos para contribuir con el objetivo de conservación del

recurso hídrico.

ZONA DE USOS ESPECIALES - ZUE: LEGISLACIÓN VIGENTE QUE APLICA (VER ANEXO

LEGISLACIÓN APLICABLE A LA ZPCC)

1. Ley Orgánica del Ambiente Ley No. 7554 del 28 de Septiembre de 1995. Artículos 32, 65, 66, 67, 68, 69,

71 y 73.

2. Decreto Ejecutivo No. 25902-MIVAH-MP-MINAE, Artículos 2, 5 y 6.

3. Decreto Ejecutivo No 25705-MINAE (Reglamento sobre procedimientos de la SETENA), Articulo No

22.

4. Ley de Conservación de la Vida Silvestre No. 7317, Artículo 132 y otros.

5. Ley No. 8689, Modificación a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre Ley No. 7317, Artículo 132.

6. Decreto Ejecutivo 29393-MINAE (Plan de Ordenamiento Ambiental, publicado el 15-05-2001), Articulo

No 1.

7. Ley General de Salud No. 5395, artículos 275, 276, 277, 285, 287, 294, 305.

8. Decreto N° 36093-S Reglamento sobre el manejo de residuos sólidos ordinarios, artículos 65 y 66.

9. Decreto Ejecutivo No 34431-MINAE-S, artículos 14, 15, 16. Reglamento del Canon Ambiental por

Vertidos.

10. Decreto Ejecutivo No 31849-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC, articulo 4, anexos 1 y 3. Reglamento

General sobre Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[104]

7.3.4 Zona de Asentamientos Humanos

Dentro de la ZPCC, el desarrollo de asentamientos humanos ilegales representa una de las principales

amenazas para la integridad y consolidación de esta área protegida, fundamentalmente en los sectores

comprendidos en los distritos de Río Azul, Tirrases y Patarrá. Esta amenaza es identificada dentro del Plan de

Ordenamiento Ambiental (2000) y en el análisis FODA realizado en taller participativo dentro del proceso de

formulación de este Plan General de Manejo. El límite entre esta zona y las tierras circundantes deben de ser

prioridad para el programa de control y protección, para definir una estrategia que permita frenar el avance de

caseríos ilegales hacia el interior de la ZPCC. La compra de tierras para la conservación deberá dirigirse

prioritariamente a los límites de esta zona.

ZONA DE ASENTAMIENTOS HUMANOS (ZAH)

Descripción: Incluye aquellas áreas cubiertas actualmente por asentamientos humanos. Es la zona meta para

la educación ambiental. Se debe de trabajar para incorporar criterios establecidos en planes reguladores,

alineamientos, dimensiones de la zona y tratamiento de los residuos.

ZONA DE ASENTAMIENTOS HUMANOS – ZAH: ACTIVIDADES PERMITIDAS

1. Se aplicará estrictamente la Legislación Ambiental vigente, así como las orientaciones del Plan GAM o

planes reguladores vigentes.

2. En el caso de remodelación o nueva construcción de infraestructura se deberá instalar sistemas de

tratamientos, individuales o colectivos, para las aguas negras o servidas que sean ambientalmente

amigables, indicadas en el punto siguiente.

3. Las empresas, organizaciones o instituciones que se dediquen a la valorización de los residuos sólidos

ordinarios deben realizar las acciones necesarias para que los sistemas utilizados sean técnica, financiera,

social y ambientalmente sostenibles.

4. Las actividades tendientes a la valorización de residuos sólidos ordinarios deberán cumplir con lo

establecido en el Reglamento General para el Otorgamiento de Permisos de Funcionamiento del

Ministerio de Salud vigente.

5. Las estaciones de transferencia para su operación deberán contar con el permiso sanitario de

funcionamiento, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General para el Otorgamiento de Permisos

Sanitarios de Funcionamiento del Ministerio de Salud.

6. Las estaciones de transferencia deberán contar con sistemas que garanticen los límites máximos

permitidos que les sean aplicables en materia de emisiones a la atmósfera, vertido de aguas residuales,

ruido y vibraciones; de acuerdo con la reglamentación vigente.

7. Los productores, importadores ó distribuidores de bienes y servicios, están obligados a recibir los

materiales de empaque y embalaje de los artículos y serán responsables de su almacenamiento y

transporte al sitio de recuperación o tratamiento.

8. Las estaciones de transferencia deberán guardar una distancia mínima de 20 metros del área de

acopio/manejo de los residuos a transferir al lindero de su propiedad.

9. Todas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que se dediquen a la gestión total o parcial de

residuos para poder operar deben registrarse ante el Ministerio de Salud y cumplir los requisitos que

establezca el reglamento respectivo, así como cualquier otra legislación ambiental, de salud y social

pertinente.[…]

10. Todo generador o poseedor de residuos esta obligado a tomar las medidas para lo siguiente:

[…]

e) Separar los residuos desde la fuente , clasificarlos y entregarlos a un gestor autorizado o a un sistema

municipal, de conformidad con el Reglamento a la Ley N° 8839 y el reglamento municipal que le

corresponda , con el fin de facilitar su valorización.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[105]

f) Entregar los residuos sujetos a disposición final y vigilar para que sean gestionados en forma

ambiental y sanitariamente segura por medio de un gestor autorizado.

g) Gestionar los residuos en forma tal que estos no pongan en peligro la salud o el ambiente, o

signifiquen una molestia por malos olores, ruido o impactos visuales, entre otros.

h) Gestionar sus residuos únicamente con gestores autorizados para brindar servicios de gestión de

residuos.

[…]

i) Fomentar el uso de alternativas de producción más limpia y de manejo de residuos en forma integral.

11. Los generadores de residuos ordinarios están obligados a separarlos, clasificarlos y entregarlos a las

municipalidades para su valorización o disposición final, en las condiciones en que determinen los

reglamentos respectivos.

12. Los generadores de residuos de cualquier tipo y los gestores tienen a responsabilidad de manejarlos en

forma tal que no contaminen los suelos, los subsuelos, el agua, el aire y los ecosistemas.

13. Uso de sistemas de tratamientos, individuales o colectivos, para las aguas negras o servidas que sean

ambientalmente amigables, por ejemplo sistemas de tratamiento tipo FAFA6, biodepuradores (separación

de sólidos y líquidos) y similares que prevengan la contaminación de las aguas subterráneas superficiales

y del suelo. En algunos casos de uso doméstico se podrá considerar la utilización de tanques sépticos no

convencionales, llevando a cabo prácticas amigables con el ambiente para el buen funcionamiento de este

sistema, garantizando así una vida útil larga, tales como el empleo de microorganismos eficientes,

sustancias de limpieza ambientalmente amigables u orgánicas (no utilizar sustancias químicas como

cloro, detergentes y desinfectantes). Los tanques modernos disponibles en el país contemplan el uso de

filtros. Los sistemas de tratamiento de las aguas negras o servidas deben contar con una evaluación

técnica del terreno para su ubicación y permiso de funcionamiento dado por el Ministerio de Salud. El

diseño debe superar las limitantes técnicas, de forma que la infraestructura no represente un riesgo de

contaminación de las aguas subterráneas y superficiales, y de los suelos.

14. Mantenimiento de los caminos existentes, sin que esto conlleve a la ampliación de dichos caminos. Los

desechos provenientes del mantenimiento no deben ser dejados dentro de la ZPCC.

ZONA DE ASENTAMIENTOS HUMANOS – ZAH: ACTIVIDADES NO PERMITIDAS

1. La expansión de los asentamientos humanos existentes.

2. El desarrollo de nuevas urbanizaciones.

3. Fraccionamientos en parcelas menores a cinco hectáreas. Esta prohibición de fraccionamiento incluye los

márgenes de caminos públicos existentes antes y posterior a la declaratoria de área silvestre protegida.

4. El desarrollo de nuevos caminos públicos u otros tipos de proyectos de infraestructura, sólo en casos

probados de conveniencia nacional y aprobación de viabilidad ambiental.

5. La quema de todo tipo de residuos.

6. El tratamiento y la disposición final de residuos sólidos ordinarios en sitios no aprobados por el

Ministerio de Salud.

7. La disposición de residuos sólidos ordinarios en los cuerpos receptores definidos en el Reglamento de

Vertido y Reuso de Aguas Residuales, así como caños, alcantarillas, vías y parajes públicos y propiedades

públicas y privadas no autorizadas para tal fin.

8. La permanencia en vías y sitios públicos bolsas con residuos sólidos ordinarios en días y horarios

diferentes a los establecidos por el servicio de recolección.

6 Filtro Anaeróbico de Flujo Ascendente (FAFA)

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[106]

9. Edificaciones para uso multifamiliar de cualquier tipo, institucional y comercial u otras que la

municipalidad respectiva determine, tendrán un sistema de almacenamiento colectivo de residuos sólidos

ordinarios que deberá considerar la separación de los residuos desde la fuente.

10. Las áreas destinadas para el almacenamiento colectivo de residuos sólidos ordinarios en las edificaciones

a que hace referencia el punto anterior, cumplirán como mínimo, con los siguientes requisitos:

a) Ubicado en un sitio protegido de la lluvia y de fácil acceso para el servicio de recolección.

b) Permitir su fácil limpieza y lavado e impedir la formación de ambientes propicios para el desarrollo

de insectos, roedores y microorganismos en general.

c) Las aguas de lavado deberán ser canalizadas al sistema de recolección de las aguas residuales del

edificio.

d) El aseo y mantenimiento del sistema de almacenamiento colectivo de residuos sólidos será

responsabilidad de los usuarios y de la administración del edificio.

13. La municipalidad establecerá un servicio de recolección de residuos sólidos de tal forma que éstos no

alteren o propicien condiciones adversas en la salud de las personas o contaminen el ambiente.

14. Los vehículos destinados a la recolección y transporte de residuos sólidos ordinarios deberán garantizar la

correcta prestación del servicio y no permitir el vertido de líquidos y lixiviados.

16. El uso de tanques sépticos convencionales para el tratamiento de las aguas negras o servidas. Para las

infraestructuras ya existentes se debe de hacer la transición a sistemas de tratamientos como los indicados en

la sección de actividades permitidas en el momento de remodelaciones o ampliaciones.

11. La cacería y extracción de fauna silvestre.

12. La extracción de flora silvestre.

13. La minería metálica y no metálica. En el caso de la minería no metálica se pueden hacer excepciones y

permitirse siempre que cumplan con los requisitos ambientales establecidos, con un sistema de monitoreo

del impacto que puedan tener sobre la biodiversidad y los recursos naturales. Además, el

aprovechamiento debe ser condicionado a su uso en mantenimiento de la red vial e infraestructura

pública existente.

ZONA DE ASENTAMIENTOS HUMANOS – ZAH: ACCIONES ORIENTADORAS

1. Desarrollar un diagnóstico de las áreas de asentamientos humanos existentes en la ZPCC, para

orientar a los programas pertinentes en el manejo de esta zona.

2. Desarrollar urgentemente una estrategia para la protección de las tierras circundantes a los

asentamientos humanos, de tal forma que se frene la expansión de caseríos ilegales y las invasiones

en fincas. Fundamentalmente en Río Azul, Tirrases y Patarrá.

3. Promover el trabajo con propietarios en las tierras circundantes para fortalecer el control y la

protección, incrementando la sensibilización ambiental y la capacidad técnica.

4. Promover la compra de tierras a través del Estado o de alguna ONG local que cuente con esta

facilidad y el interés de conservar la ZPCC.

5. El Estado incentivará y apoyará a las pequeñas y medianas empresas nacionales que sean

generadoras de residuos, con el fin de que se adapten a los cambios tecnológicos, los nuevos

requisitos y los plazos que la Ley para la Gestión Integral de Residuos establece, incluida la eventual

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[107]

sustitución de materiales, componentes o equipos.

6. Para la aplicación de las sanciones a la Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, el

Ministerio del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, el Ministerio de Salud, las municipalidades

o cualquier otra autoridad de policía deberán presentar la denuncia respectiva ante el Tribunal

Ambiental Administrativo, el cual deberá conceder previa audiencia al interesado, de conformidad

con lo establecido en la Ley Orgánica del Ambiente y el reglamento de procedimientos de dicho

Tribunal.

No obstante lo anterior, además de los funcionarios antes citados, cualquier persona, física o jurídica,

podrá presentar de igual forma denuncias al Tribunal Ambiental Administrativo y a las instancias

judiciales correspondientes por violaciones a esta Ley.

7. El Ministerio de Salud podrá suspender, revocar o cancelar las licencias, los permisos y los registros

necesarios para la realización de las actividades que hayan dado lugar a la comisión de la infracción

a la Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839.

8. Sin perjuicio de las responsabilidades penales y administrativas, los infractores a las disposiciones

contenidas en la Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, sean personas físicas o jurídicas,

serán civil y solidariamente responsables por los daños y perjuicios causados contra el ambiente y la

salud de las personas, y deberán restauran el daño, y, en la medida de lo posible, dejar las cosas en el

estado que se encontraban antes de la acción ilícita. Los titulares de las empresas o las actividades

donde se causen los daños responderán solidariamente.

ZONA DE ASENTAMIENTOS HUMANOS – ZAH: LEGISLACIÓN VIGENTE QUE APLICA (VER

ANEXO LEGISLACIÓN APLICABLE A LA ZPCC)

1. Ley Orgánica del Ambiente Ley No. 7554 del 28 de Septiembre de 1995. Artículos 17, 32, 65, 66,

67, 68, 69, 71 y 73.

2. Decreto Ejecutivo No. 25902-MIVAH-MP-MINAE, Artículos 2, 5 y 6.

3. Decreto Ejecutivo 29393-MINAE (Plan de Ordenamiento Ambiental, publicado el 15-05-2001),

Articulo No 1.

4. Decreto Ejecutivo No 25705-MINAE (Reglamento sobre procedimientos de la SETENA), Articulo

No 22.

5. Análisis de Alcance Ambiental del Plan GAM (PRUGAM 2008)/ Plan PRUGAM 2008-2030/

resoluciones viabilidad ambiental No. 1308-2009-SETENA, No. 1532-2009-SETENA, y No. 2748-

2009-SETENA.

Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos. Informe final de Gestión de Clara Zoomer

SETENA otorga la viabilidad ambiental a los cantones de: CARTAGO, ALVARADO, EL

GUARCO,

PARAISO Y OREAMUNO

6. Ley de Conservación de la Vida Silvestre No. 7317, Artículo 132 y otros.

7. Ley No. 8689, Modificación a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre Ley No. 7317, Artículo

132.

8. Ley General de Salud No. 5395, artículos 275, 276, 277, 285, 287, 294, 305.

9. Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, artículos 21, 31, 32, 38, 39, 45, 51, 54, 56, 57.

10. Decreto N° 36093-S Reglamento sobre el manejo de residuos sólidos ordinarios, artículos 14,

16, 17, 21, 24, 29, 33, 34, 48, 49, 51, 62, 64, 67.

11. Decreto Ejecutivo No 34431-MINAE-S, artículos 14, 15, 16. Reglamento del Canon Ambiental por

Vertidos.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[108]

12. Decreto Ejecutivo No 31849-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC, articulo 4, anexos 1 y 3. Reglamento

General sobre Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[109]

8. PROGRAMAS DE MANEJO

El área protegida presenta características particulares: no cuenta con presencia institucional

permanente; tiene un régimen de tenencia de la tierra mixto, donde más del 90% de su superficie es

propiedad privada; una categoría con un objetivo primario, según el POA de, “mantener o manejar

la calidad y cantidad de producción de agua… (así como) conservar otros valores naturales”;

considerada como un área protegida fuertemente amenazada por la expansión urbana y con riesgos

naturales significativos que podrían acentuarse como consecuencia de un inadecuado manejo del

entorno natural. Por estas razones, el manejo debe ser orientado hacia la consolidación del área

protegida, paralelamente al establecimiento de alianzas estratégicas y conciliación de intereses de

conservación y producción sostenible, como etapa previa al desarrollo del área. Para tal efecto, se

propone organizar el manejo en cuatro programas operativos, para los cuales se establecen los

resultados esperados, las acciones estratégicas y las metas a alcanzar. Las metas se clasifican según

su prioridad en períodos en los cuales se espera deban realizarse, esto con la finalidad de brindar un

cronograma a grandes rasgos que oriente la elaboración de los planes anuales operativos.

En el presente capítulo las prioridades se señalan como:

Período Años (de vigencia del Plan General de Manejo)

1. Corto Plazo Del año 1 al 3

2. Mediano Plazo Del año 4 al 6

3. Largo Plazo Del año 7 al 10

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[110]

8.1 Programa Administrativo Financiero

PROGRAMA ADMINISTRATIVO FINANCIERO

DESCRIPCION DEL PROGRAMA: Considerado insumo fundamental para la implementación exitosa de

los programas propuestos. Orientado a dar un soporte ágil y efectivo a los programas e incluye la

cooperación entre recursos humanos, administración, gestión financiera, procesamiento y análisis de datos,

control de activos, coordinación interinstitucional y alianzas estratégicas.

OBJETIVO: Asegurar la disponibilidad de los recursos humanos, financieros, técnicos y logísticos

necesarios para operativizar los programas planteados de forma ágil y eficiente garantizando la conservación

de los recursos naturales (hídrico, suelos, biodiversidad), la reducción del riesgo y el desarrollo de

actividades productivas sostenibles para el beneficio de los propietarios, organizaciones comunales y

beneficiarios de los servicios ambientales proveídos.

RESULTADOS ESPERADOS ACCIONES ESTRATEGICAS METAS

Área protegida con presencia

institucional permanente,

equipada y logísticamente

facultada para operativizar los

programas

Asegurar una presencia

institucional permanente y

eficiente en el área protegida

(infraestructura, equipo y recurso

humano idóneo)

Contar con 3 funcionarios

permanentes: Un gestor del

manejo y dos funcionarios de

apoyo. La contratación será

preferiblemente local para facilitar

integración local, incorporación de

conocimiento vivencial y asegurar

un alto grado de identificación con

los recursos a proteger. 1

Establecer la infraestructura

necesaria para garantizar la

presencia institucional permanente

y la operativización de los

programas.

Infraestructura mínima establecida

y con equipo básico para operar. 2

Diseñar e implementar una

estrategia para la gestión de

recursos financieros que apoye la

operativización, el monitoreo de la

ejecución del plan de manejo y la

compra de tierras en sitios

fuertemente amenazados por la

expansión urbana.

En ejecución una estrategia para

la gestión de recursos financieros.

1

Un plan de comunicación en

ejecución. 1

Un inventario de posibles donantes

y empresas con responsabilidad

social corporativa interesadas en la

ZPCC. 2

Un aliado estratégico identificado

(con personería jurídica,

declaratoria de interés público,

fideicomiso activo) que facilite la

recaudación de fondos. 2

Una negociación con SETENA

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[111]

que permita al fideicomiso

referido ser receptor de las

penalidades/ sanciones a

infractores dentro de la ZPCC y su

área de influencia. 2

Área protegida con un plan de

monitoreo y actualización en

ejecución que permite dar

seguimiento a su consolidación

y aplicación de medidas

correctivas para garantizar su

desarrollo

Conformar el Consejo Local de la

Zona Protectora Cerros de La

Carpintera, siguiendo lo dispuesto

por la Ley de Biodiversidad No

7788 y su Reglamento (Decreto No

34433-MINAE).

Un Consejo Local dando

seguimiento al plan de manejo. 1

Planificar y ejecutar el monitoreo

anual y actualización del plan de

manejo cada 10 años.

Un monitoreo anual participativo y

una actualización del plan de

manejo cada diez años. 2

Planificar internamente: compras,

distribución, inventario y control

de suministros, materiales,

insumos y equipo para los

programas apegándose a la

legislación vigente.

Un plan interno para estructurar y

consolidar el área administrativa.

2

Fortalecer las capacidades

integrales del recurso humano,

procurando su desarrollo

profesional-personal y potenciando

la calidad de su gestión para

asegurar la consecución de los

objetivos de los programas

planteados.

Un plan de fortalecimiento del

recurso humano en ejecución. 3

Analizar la viabilidad de

modificación de límites del área

protegida, considerando espacios

territoriales donde los recursos

naturales han sido fuertemente

diezmados, fundamentalmente por

el establecimiento de

asentamientos humanos.

Un estudio técnico de los espacios

urbanizados y su viabilidad de

manejo como parte de la ZPCC. 2

Gestionar las recomendaciones del

estudio técnico ante las instancias

correspondientes. 2

Fortalecer la ZPCC mediante el

posesionamiento del patrimonio

natural del Estado.

Un inventario de propiedades

patrimonio del Estado. Incluye

ubicación, institución tutelar y

contactos institucionales. 1

Gestión e incorporación bajo la

tutela de MINAET de las

propiedades patrimonio del

Estado en aras de la consolidación

de la ZPCC. 1

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[112]

Implementadas diferentes

estrategias para asegurar su

posicionamiento como patrimonio

del Estado, tales como, cogestión

con organizaciones ambientalistas

locales e instituciones académicas

2

8.2 Programa de Control y Protección

PROGRAMA DE CONTROL Y PROTECCION.

DESCRIPCION DEL PROGRAMA: Incluye medidas para aumentar la eficiencia del control y protección

de los recursos naturales, asegurar el respeto del territorio declarado como zona protectora, mantener el

recurso hídrico en calidad y cantidad mediante el respeto a la normativa legal vigente y acciones

preventivas, aumentar las capacidades de sensibilización, vigilancia y regulación del uso sostenible de los

recursos naturales. El programa integrará acciones de prevención, control, vigilancia, educación y

sensibilización para disminuir o eliminar los delitos ambientales y las amenazas a los recursos naturales en

la ZPCC, en alianza y con la participación activa de gobiernos locales, organizaciones comunales, ONG’s,

voluntariado y de manera particular con los propietarios de tierras ubicados en el área protegida.

OBJETIVO: Asegurar el cumplimiento de la normativa legal vinculada a la protección, manejo y uso

sostenible de los recursos naturales en la ZPCC mediante la integración de acciones de prevención, control,

vigilancia, educación y sensibilización para prevenir delitos ambientales en alianza con actores locales clave.

RESULTADOS

ESPERADOS

ACCIONES ESTRATEGICAS METAS

Recursos naturales conservados

y/o en manejo y uso sostenible

mediante el cumplimiento de la

normativa legal y la ejecución

de acciones de prevención,

control, vigilancia, regulación,

educación y sensibilización.

Elaborar y ejecutar el Plan de

Control y Protección en

coordinación con los actores

estratégicos, con énfasis en la

vigilancia permanente de áreas

con alto riesgo de expansión de

invasiones o precarismo.

Un plan de control y protección

elaborado y en ejecución. 1

Gestionar instrumentos

tecnológicos para fortalecer las

capacidades de vigilancia (GPS,

monitoreo de imágenes satélite

etc.)

Al menos dos instrumentos

tecnológicos en aplicación. 2

Elaborar y divulgar material

impreso en lenguaje amigable,

sobre delitos ambientales,

Al menos dos materiales impresos

disponibles dirigidos a actores

Page 113: Telecomunicaciones Cerros de La Carpintera Manejo ACC/Zona... · Plan General de Manejo para la Zona Protectora Cerros de La Carpintera Gestión Participativa para la Conservación

Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[113]

alcances legales, penas y

valorización de los bienes y

servicios que provee el área

protegida.

clave. 1

Identificar comunidades con alto

grado de amenaza a los recursos

naturales (dar prioridad a

propietarios ubicados en los

límites de la ZPCC y en las áreas

con fuerte riesgo de expansión de

invasiones de tierras) y potencial

para apoyar acciones de control y

protección.

Comunidades y grupos clave

identificadas y con acciones en

ejecución. Al menos dos acciones

ejecutadas. 1

Fortalecer las alianzas ya

existentes y concretar nuevas con

entidades claves para aumentar la

eficiencia del control y

protección (Fuerza pública,

ministerio público, Ministerios de

Salud y Agricultura,

ASMOCICU, ASOPROCA,

Asociación de Caleros y Canteros

de Patarra y gobiernos locales).

Fortalecer alianza existente con

COBRI SURAC, CBUC y BMR.

Alianzas en ejecución y/o

fortalecidas con entidades claves. Al

menos cuatro alianzas nuevas. 1

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[114]

8.3 Programa de Gestión Participativa para el Manejo Sostenible de los

Recursos Naturales

PROGRAMA DE GESTION PARTICIPATIVA PARA EL MANEJO SOSTENIBLE DE LOS

RECURSOS NATURALES.

DESCRIPCION DEL PROGRAMA: Incluye acciones dirigidas a conciliar intereses de conservación y

producción sostenible mediante una participación activa de propietarios, instituciones académicas, instancias

con competencia ambiental y otros actores que operan en el área protegida y su zona de influencia y que

tienen incidencia en el área protegida (comunidades, sector privado, organismos técnicos y ONGs). Tiene

implícitos acuerdos para la promoción conjunta de acciones diversas de producción sostenible. Entre ellas,

investigación, uso sostenible de la biodiversidad, ordenamiento territorial, educación, capacitación,

divulgación, etc. dirigidas a la conservación y uso sostenible de los recursos hídricos, biodiversidad y

recursos naturales en general, así como mejoras en la situación socioeconómica y ambiental de los

propietarios, sus familias y grupos locales organizados.

OBJETIVO: Establecer acciones concertadas con los actores locales estratégicos para asegurar la

conservación y mantenimiento del recurso hídrico, la biodiversidad, la reducción del riesgo y el desarrollo

sostenible local en la ZPCC y su área de influencia.

RESULTADOS ESPERADOS ACCIONES ESTRATEGICAS METAS

La conservación de los recursos

naturales y su uso racional esta

fortalecido por medio de la

promoción e implementación de

actividades de manejo sostenible.

Fortalecer o crear alianzas con

actores estratégicos clave (como:

INBio, Museo Nacional,

Universidades, INA, MAG,

MAOCO, CATIE, BMR-CUSO

VSO/KEDLAP, ICT, Dirección de

Geología y Minas, Holcim y

ONGs, otras) para el desarrollo de

una agenda conjunta que facilite

la investigación, sistematización,

capacitación, asistencia técnica y

promoción de actividades

productivas sostenibles:

producción forestal, agroforestal y

silvopastoril; producción orgánica

o de transición, uso sostenible de

productos no maderables, turismo

de naturaleza y aprovechamientos

geológicos artesanales.

Al menos cuatro alianzas

establecidas y con acciones

conjuntas en ejecución. 1

Generar una alianza entre la ZPCC

y las municipalidades de los

cantones de La Unión, Cartago,

Desamparados y Curridabat para

una gestión mancomunada que

permita abordar operativamente la

amenaza de expansión urbana

hacia adentro de la ZPCC y la

Alianza estratégica en operación y

con sesiones regulares de

coordinación. 1

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[115]

regulación de los territorios del

área de influencia inmediata.

Promover entre los propietarios de

la ZPCC la elaboración de estudios

de sitio o planes de manejo

orientados hacia un manejo

sostenible.1

Al menos cinco propietarios

cuentan con plan de manejo para

su finca. 2

Promover el turismo sostenible

como oportunidad para posicionar

la ZPCC nacional e

internacionalmente y la generación

de beneficios socioeconómicos

(diversificación de ingresos,

opciones de empleo).

Alianzas establecidas con

instituciones vinculadas al

turismo, oficinas de gestión

turística municipal y con

propietarios interesados el tema.

2

Integrar la gestión de la ZPCC con

otras iniciativas y grupos

organizados que promueven la

conectividad biológica (Programa

Nacional de CB, Bosque Modelo

Reventazón, COBRI SURAC,

CBUC, otros.)

Contactos establecidos con

grupos organizados vinculados a

iniciativas de fortalecimiento de

la conectividad biológica. 2

Desarrollar un plan de

sensibilización y acción orientado

a: reducción de emisiones de gases

de efecto invernadero, reducción

de la vulnerabilidad y el riesgo a

los impactos del cambio climático,

compensación de emisiones y

finalmente, mostrar las bondades

empresarialmente hablando de ser

“Carbono Neutralidad”.

Al menos cinco empresas con

responsabilidad social corporativa

comprometidas con “carbono

neutralidad” y compensando

emisiones vía pagos por servicios

ambientales en categoría de

certificados de sostenibilidad

ambiental. 2

Promover el manejo integrado de

residuos sólidos y la disposición

adecuada de vertidos en

comunidades, centros educativos y

sectores productivos ubicados en

el área protegida.

Al finalizar la vigencia del plan

de manejo al menos cinco

iniciativas están operando. 2

Promover intercambios de

experiencias entre propietarios y

grupos organizados para el

fortalecimiento de actividades

productivas sostenibles y la

conservación de los recursos

naturales.

Incluir propietarios ubicados en

Al menos cinco intercambios de

experiencias ejecutados durante la

vigencia del plan. 3

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[116]

inmediaciones de áreas de alto

riesgo de invasión de tierras y

próximos a los límites del área

protegida, a quienes dichos

intercambios podría fortalecer en

la protección de sus tierras.

Generar la información técnica y

científica necesaria para la toma de

decisiones, la conservación y uso

sostenible de los recursos naturales

en la ZPCC.

Concluir el mapa de tenencia de la

tierra de la ZPCC, en colaboración

con las municipalidades

competentes, con énfasis en los

territorios de mayor presión por

expansión urbana.

Ejecutadas al menos cinco

investigaciones sobre el tema al

finalizar la vigencia del plan. 3

Un estudio de tenencia de la tierra

completo. 3

Promover la sistematización de

información técnica, científica y

vivencial que contribuya a la

conservación y manejo sostenible

de los recursos naturales del área

protegida.

Al menos tres experiencias han

sido sistematizadas durante la

primera mitad de la vigencia del

plan de manejo. 2

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[117]

8.4 Programa de Gestión Comunitaria y Educación Ambiental

PROGRAMA DE GESTIÓN COMUNITARIA Y EDUCACIÓN AMBIENTAL

DESCRIPCION DEL PROGRAMA: Incluye acciones para promover y construir conocimiento sobre

conservación del recurso hídrico, la biodiversidad y los otros bienes y servicios que provee la ZPCC a la

sociedad, el fortalecimiento de capacidades locales para la autogestión socio ambiental y financiera, que

contribuyan a la conservación y uso sostenible de los recursos naturales. Involucra acciones conjuntas con

diversos sectores de la población (estudiantes, jóvenes, amas de casa, productores, propietarios,

comerciantes, organizaciones comunales etc.). Además, la coordinación con instancias que apoyen este tipo

de acciones y la caracterización de los sectores según sus intereses y tipo de relación con el área protegida.

OBJETIVO: Generar conocimientos, valores, capacidades y cultura ambiental en conjunto con los sectores

de la población para el posicionamiento social del área protegida, la reducción de amenazas a los recursos

naturales y el fomento del desarrollo sostenible local.

RESULTADOS ESPERADOS ACCIONES ESTRATEGICAS METAS

Área protegida socialmente

posicionada, recursos naturales

conservados y en uso sostenible

mediante la co-gestión de la

ZPCC con actores clave locales

y externos

Ejecutar un plan de

sensibilización, educación y

divulgación ambiental con

centros educativos y grupos

locales organizados ubicados en

el área protegida y su área de

influencia.

Socialización del plan de manejo

oficializado mediante una

exposición itinerante dirigido a

comunidades y actores claves,

como etapa previa a la

conformación del Consejo Local.

Un plan de sensibilización,

educación y divulgación ambiental

en ejecución. 2

Una exposición itinerante ejecutada.

1

Concretar alianzas con entidades

claves para la educación

ambiental (MEP, A y A,

instituciones académicas, ONGs

etc.).

Una lista de entidades claves y

prioridades de contacto. 1

Contactos establecidos y acciones

en ejecución al menos con tres

instancias. 1

Generar acuerdos con los

gobiernos locales para reducir la

presencia de basura domestica,

agropecuaria y clandestina

dentro del área protegida.

Acuerdos establecidos con al menos

dos municipios inicialmente y con

los dos restantes al concluir la

vigencia del plan. 3

Promover prácticas ambientales

mejoradas: manejo de residuos,

viveros, reforestación, huertas

orgánicas, etc., dirigido a centros

educativos y grupos locales

Iniciativas establecidas con al

menos tres grupos meta. 3

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[118]

organizados.

Desarrollar un plan de rotulación

que permita el posicionamiento

del área protegida y la

valorización de sus recursos

naturales.

Plan de rotulación elaborado e

implementado. 2

Desarrollar un plan de

información y educación, para

promover el uso sostenible de los

recursos naturales y su

valorización.

Plan de información y educación

elaborado y en ejecución. 2

Promover y fortalecer la

participación en el Programa

Bandera Azul Ecológica en

centros educativos y grupos

organizados locales.

Contactos con A y A establecidos y

al menos dos grupos meta

comprometidos con el programa. 2

Facilitar la integración de

voluntariado local y externo que

contribuya a concretar las

acciones planteadas.

Contactos establecidos con

voluntariado local y aporte de

voluntariado externo en ejecución.

2

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[119]

9. Propuesta de Modelo de Gestión de la ZPCC

Posterior a la declaratoria de un área silvestre protegida se requiere a la brevedad posible contar con

un plan de manejo que oriente su desarrollo. El plan como instrumento de toma de decisiones y

acciones bien documentadas “no esta escrito en piedra”, en su planificación se considera el

monitoreo y actualización periódica que permitirá ir integrando aprendizajes, mejorando y

adecuando su contenido a las necesidades del área protegida.

Una vez alcanzada esta meta, el paso siguiente es lograr implementar el plan, para ello es

fundamental una capacidad mínima de co-gestión que incluye la asignación de personal y recursos

para la gestión del manejo por parte del MINAET/SINAC/ACCVC y de actores locales clave, así

como, la integración de un Consejo Local conformado por un conjunto de actores relevantes que

apoyen propositivamente la gestión del área protegida.

En particular la ZPCC presenta retos para una co-gestión exitosa que deben ser vistos como

obstáculos a superar que permitirán consolidar aún más el actuar mancomunado:

1. El co-financiamiento y nombramiento de un equipo técnico responsable de implementar el

plan.

2. La creación de un consejo Local de área protegida que contribuya a la gestión del plan y al

monitoreo de la implementación.

3. La zonificación y normativa desarrollada en el plan de manejo debe implementarse hasta el

nivel de finca como área mínima de manejo. En consecuencia, el acompañamiento a los

propietarios en el desarrollo de sus planes de sitio será fundamental para lograr el

ordenamiento del territorio conciliando intereses productivos y de conservación.

4. La concordancia de los planes de sitio, con el plan de manejo y los planes reguladores es

fundamental. Esto requiere un trabajo técnico de acompañamiento a propietarios y

municipios que permita mantener una comunicación fluida entre MINAET, otras

instituciones competentes, municipios y propietarios. De manera que las directrices técnicas

sean claras, así como, las competencias y todo se encuentre en concordancia con lo

establecido en la legislación ambiental vigente.

5. El diseño e implementación de una estrategia conjunta que permita detener el avance de

asentamientos humanos legales e ilegales constituidos en la principal amenaza al área

protegida. Siendo un área protegida estratégica por: encontrarse inmersa dentro de la GAM,

cumplir un rol fundamental como espacio de conectividad entre las cordilleras Volcánica

Central y de Talamanca, catalogada como un pulmón proveedor de servicios ambientales a

las comunidades inmediatas y en general al sector este de la GAM. La presencia de

asentamientos humanos estimados en un 11 % de su superficie y la creciente presión por la

expansión de la frontera urbana amerita una gestión eficiente e inmediata para salvaguardar

el recurso.

6. Lograr un plan de manejo consensuado en condiciones adversas genera sensaciones

positivas, sin embargo debe estar claro que si no se logra la capacidad mínima de gestión

del plan este será un documento de escritorio solamente.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[120]

Organigrama del Modelo de Gestión Propuesto para la Zona Protectora Cerros de La

Carpintera, desde las autoridades estatales a nivel nacional hasta la estructura de gestión a

nivel local

MINAET

CONAC

CORAC

Director ACCVC

ACCVC

Jefatura Oficina de

Cartago

Unidad de Áreas Silvestres

Protegidas

Gestor del Manejo para la

Zona Protectora Cerros de La

Carpintera

Técnico de

Apoyo para la

Gestión 1

Técnico de

Apoyo para la

Gestión 2

Consejo Local de la

Zona Protectora

Aliados Estratégicos (Municipalidades

de La Unión, Cartago, Desamparados y

Curridabat, ASMOCICU y otros),

Patrocinadores y Ministerio de

Seguridad

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[121]

Descripción de componentes del modelo

Jefatura Oficina de Cartago del SINAC

Es la entidad superior que en coordinación con la dirección del ACCVC conduce y ejecuta

decisiones para el manejo de la Zona Protectora Cerros de La Carpintera.

Unidad de Manejo de Áreas Silvestres Protegidas

Unidad a cargo de coordinar el manejo de las áreas protegidas del SINAC-ACCVC-Oficina de

Cartago. En consecuencia, deberá apoyar y facilitar en su gestión al equipo operativo y al Consejo

Local de la ZPCC. Para lo cual, coordinará acciones con el equipo operativo y apoyará al Consejo

Local.

Equipo operativo mínimo

El equipo estará constituido por un gestor del manejo y dos asistentes técnicos, preferiblemente uno

con énfasis en el área social y el otro en el área biológica/ambiental. Este equipo será responsable

de operativizar el Plan de Manejo de la ZPCC. El gestor del manejo será facilitado por el SINAC-

ACCVC mediante contratación o reubicación de personal que actualmente está sobre calificado

para las labores que está realizando en puestos operativos. El asistente o los asistentes dependiendo

de la disponibilidad de los actores clave locales serán asumidos por la comunidad organizada. El

equipo tendrá su sede inicialmente en ACCVC– Oficina de Cartago quiénes le brindarán el apoyo

logístico necesario para realizar el seguimiento de campo correspondiente a los planes generales de

manejo. Este equipo será reforzado mediante la formación de COVIRENAS conformados por

voluntarios de la comunidad, así como personal de las fincas de los propietarios interesados en

reforzar el control y protección de sus propiedades y apoyar en general la conservación de la ZPCC.

El gestor del manejo será parte del Consejo Local de la ZPCC como su secretario ejecutivo.

Gestor del Manejo

Su misión es promover el manejo integrado de los recursos naturales propiciando la conciliación

entre intereses productivos y de conservación para garantizar la provisión de los servicios

ambientales de la ZPCC.

Su objetivo es implementar el Plan de Manejo de la ZPCC mediante la articulación con los actores

relevantes (instituciones, ONG locales, empresa privada) y en particular con los propietarios

privados.

Asistentes Técnicos 1 y 2

Supeditados al gestor del manejo, están orientados a apoyar la gestión del área protegida en

concordancia con lo planificado en los planes de manejo y los planes anuales operativos, así como

apoyar la gestión del Consejo Local del Área Protegida. Se considera este personal como parte de la

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[122]

contrapartida local en virtud de la imposibilidad de contratación de personal por parte de Estado y

por tratarse de un área protegida donde más del 90% de su territorio es de carácter privado. En

consecuencia, existe un interés por parte de los propietarios de proteger y desarrollar el área

protegida en armonía con la naturaleza.

Consejo Local

Se propiciará la conformación del Consejo Local de la ZPCC siguiendo los lineamientos

establecidos en la Ley de Biodiversidad No 7788 y su Reglamento (Decreto No 34433-MINAE).

El Consejo estará conformado por representantes de los sectores público, privado y comunal y para

su elección se realizará una convocatoria en la prensa nacional. Cada sector se reunirá

individualmente y nombrarán su o sus representantes ante el Consejo. Deberá incluir instancias con

competencia ambiental, actores clave comunales y ONG locales, aliados estratégicos,

patrocinadores y se reunirá mensualmente.

El Consejo Local responderá al Consejo Regional de Área de Conservación en lo que a sus

funciones y gestión compete. Por tanto, será éste quien defina sus pautas de actuación y

reglamentación. Este consejo se organizará al amparo de la Ley de Biodiversidad y en concordancia

con las normas que regulan el funcionamiento de los órganos colegiados de la Ley General de la

Administración Pública (Nº 6227). La Convocatoria inicial para la conformación del Consejo Local

se realizará en primera instancia por la Dirección del ACCVC en coordinación con aliados

estratégicos. Una vez constituido el primer Consejo Local, será el mismo quién solicite al Director

del Área de Conservación realizar las convocatorias dirigidas y públicas correspondientes, en

concordancia con el Artículo 29 de la Ley de Biodiversidad #7788.

Entre los actores fundamentales a ser convocados: los municipios de La Unión, Cartago,

Desamparados, Curridabat; Ministerio de Salud; Ministerio de Agricultura; Ministerio de Seguridad

Pública; Instituto Nacional de Acueductos y Alcantarillado; Servicio Nacional de Riego y

Avenamiento (SENARA); Instituto Costarricense de Turismo (ICT); Asociación Movimiento

Cívico del Cantón de La Unión (ASMOCICU); Asociación de Propietarios de La Carpintera

(ASOPROCA); Asociación de Caleros y Canteros de Patarrá; Asociación de Guías y Scouts de

Costa Rica; ASADAS; Asociaciones de Desarrollo Integral; Compañía Nacional de Fuerza y Luz

(CNFL); Ministerio de Seguridad Social; Cámara de Comercio Local, entre otros.

La sede del Consejo Local de la ZPCC será inicialmente el Campo Escuela Iztaru propiedad de la

Asociación de Guías y Scouts de Costa Rica ubicada en el distrito de San Diego del cantón de La

Unión. El Consejo se reunirá mensualmente y responderá en principio a las siguientes funciones:

a) Conformarse y consolidarse como una instancia de apoyo para el manejo de la ZPCC,

apoyando el accionar del equipo gestor.

b) Velar por la aplicación de las políticas estatales reflejadas en el Plan de Manejo y las

emanadas del Consejo Regional y Nacional.

c) Fomentar la participación de los diferentes sectores en el análisis, la discusión y la búsqueda

de soluciones para los problemas que enfrenta el área protegida.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[123]

d) Proponer al Consejo Regional de Área de Conservación las estrategias, los lineamientos, los

planes y los presupuestos de los programas específicos de manejo de la ZPCC para que

respondan a lo establecido en el Plan de Manejo.

e) Proponer el plan anual operativo, presupuesto anual, informes anuales y los reglamentos de

funcionamiento.

f) Definir asuntos específicos para la gestión del área protegida y presentarlos al Consejo

Regional para su aprobación.

g) Recomendar, al Consejo Regional del Área de Conservación, la modificación de los límites

cuando se dé el caso. h) Coordinar con las diferentes instancias la organización de actividades para la conservación

del patrimonio natural y su desarrollo sostenible.

i) Motivar la organización de las comunidades y promover la participación de grupos

organizados en las acciones que se desarrollan.

j) Canalizar, facilitar información y promover su divulgación en todas las esferas de acción de

la ZPCC.

k) Propiciar el apoyo de recursos humanos, materiales y financieros de otras instancias para la

implementación del plan de manejo.

l) Cualquier otra función que asigne la legislación nacional o el Consejo Regional.

Aliados estratégicos y patrocinadores

Contribuyen a través del aporte de recursos humanos, materiales y financieros para alcanzar el

manejo adecuado de los recursos naturales de la Zona Protectora. Están principalmente constituidos

por instituciones de investigación y enseñanza, ONGs, municipalidades y la empresa privada.

Las instituciones de investigación y enseñanza se visualizan como actores protagónicos en la

generación de información que orienta la toma de decisiones. Las ONG locales pueden contribuir a

la facilitación de contactos y como apoyo directo en la gestión del área protegida, en particular se

menciona ASMOCICU por su trayectoria de compromiso constante con esta área protegida. De

igual forma a los municipios de La Unión y Cartago por su desempeño principalmente en educación

ambiental, control y protección de los recursos de La Carpintera. Las empresas con responsabilidad

social y otros tipos de entes como patrocinadores o posibles donantes que pueden contribuir o

coadyuvar a la gestión financiera de la ZPCC.

Redes, alianzas o plataformas sociales son fundamentales para facilitar procesos y la movilización

de recursos a través de los contactos que por ellos se pueden establecer, tal es el caso del Bosque

Modelo Reventazón y el COBRI SURAC.

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[124]

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera

[128]

11. Lista de Anexos en CD adjunto

1) Decreto Nº 34547-MINAE y Recurso de Amparo contra el mismo

2) Línea de tiempo y minutas de las reuniones de la Comisión Interinstitucional para la ZPCC

3) Correspondencia de la Comisión Interinstitucional para la ZPCC

4) Talleres - Participantes en los Talleres - Convocatorias en La Nación a los Talleres de

Propuestas de Manejo y Validación

5) Explicación de términos utilizados en la definición de las Categorías de Manejo

6) Publicaciones en la prensa nacional sobre la ZPCC

7) Varios

- Decreto 29278 MINAE con los límites actuales de la ZPCC

- Legislación aplicable a la ZPCC

- Zonas de manejo en la ZPCC, áreas porcentuales

- Otros

8) Fotografías

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